México, DF, a 23 de agosto de 2010.
Senador Carlos Navarrete Ruiz
Presidente de la Mesa Directiva
Comisión Permanente
Honorable Congreso de la Unión
Presente
Durante las últimas semanas, el proceso de licitación para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento y explotación de las bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico en el segmento 1710-1770/2110-2170 MHz (licitación 21) ha suscitado un intenso y complicado debate en los medios de comunicación.
Sin embargo, en ocasiones la discusión se ha alejado de uno de los objetivos fundamentales de la licitación 21, que es fortalecer la competencia en los servicios de telecomunicaciones, en beneficio de todos sus usuarios.
En virtud de lo anterior, la Comisión Federal de Competencia (CFC) manifiesta su entera disposición para dialogar con el Congreso de la Unión en el formato que estime pertinente esa soberanía, a fin de exponer las razones que explican las decisiones de la CFC en torno a este tema.
Sin otro particular, aprovecho para reiterarle la seguridad de mi atenta consideración.
Atentamente
Eduardo Pérez Motta (rúbrica)
Presidente
(Remitido a la Junta de Coordinación Política.
Agosto 25 de 2010.)
DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN,
CON EL QUE REMITE EL INFORME DE LA PARTICIPACIÓN DEL PRESIDENTE
DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, FELIPE CALDERÓN HINOJOSA, EN LA
IV CUMBRE DE LÍDERES DEL G 20
Secretarios de la Comisión Permanente del Honorable
Congreso de la Unión
Presentes
Por este conducto hago de su conocimiento que mediante oficio número DEP1263/10, Betina Claudia Chávez Soriano, directora general de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, remite el informe sobre la participación del presidente de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, en la IV Cumbre de Líderes del G-20, en Toronto, Canadá, el 26 y 27 de junio del año en curso.
Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en la fracción XIV del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, les acompaño para los fines procedentes, copia del oficio al que me he referido y de su anexo.
Sin otro particular, reciban un cordial saludo.
Atentamente
El titular de la unidad
Licenciado José Alfredo Labastida Cuadra
México, DF, a 17 de agosto de 2010.
Licenciado Julián Hernández Santillán
Subsecretario de Enlace Legislativo
Secretaría de Gobernación
Presente
Estimado señor subsecretario,
Por instrucciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores, embajadora Patricia Espinosa Cantellano, con fundamento en el artículo 16, fracciones I y III, del Reglamento Interior de la SRE, y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito hacerle llegarlos pormenores del viaje del presidente de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Felipe Calderón Hinojosa a la ciudad de Toronto, Canadá, el 26 y 27 de junio del año en curso, con motivo de su participación en la IV Cumbre de Líderes del G 20.
Lo anterior, con la atenta solicitud de que sea el amable conducto para remitir la documentación adjunta a la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión.
Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para reiterarle la seguridad de mi más alta consideración.
Atentamente
Betina Claudia Chávez Soriano
Directora General
Informe de la participación del presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Felipe Calderón Hinojosa, en la IV Cumbre de Líderes del G 20
Toronto, Canadá, 26 y 27 de junio de 2010
I. Contexto de la visita
El presidente Felipe Calderón Hinojosa realizó una visita de trabajo a Toronto, Canadá, del 26 al 27 de junio de 2010 para participar en la IV Cumbre de Líderes del G 20, cuyo lema fue "Recuperación y un nuevo comienzo". La cumbre tuvo lugar en un contexto de frágil recuperación, que se vio afectada por las recientes olas de inestabilidad en los mercados financieros de Europa a principios de junio y los altos niveles de déficit y deuda acumulada en algunas economías desarrolladas. La complejidad del entorno de la cumbre aumentó en razón de los diferentes puntos de vista sobre las opciones de política entre los países para asegurar la recuperación en el mediano plazo. Esto fue particularmente notable en el ámbito de las finanzas públicas: mientras algunos miembros subrayaron la importancia de emprender mayores estímulos fiscales para afianzar la recuperación, otros conminaron a enfrentar la difícil situación fiscal, reduciendo los déficits y ajustando el gasto público.
Durante la cumbre todos los miembros dieron la bienvenida al anuncio de China sobre la f1exibilización de su tipo de cambio, considerando que esta medida podría tener efectos positivos para equilibrar los flujos internacionales de comercio. Asimismo, en Estados Unidos fue anunciada la aprobación de un paquete de reformas del sector financiero en el Congreso y en Europa una serie de acciones de política para enfrentar el desequilibrio fiscal. Todos estos elementos contribuyeron a una negociación fructífera, particularmente en lo que concierne al Marco para el crecimiento vigoroso, sustentable y equilibrado.
Los temas que mayor atención generaron fueron la puesta en marcha de las estrategias de salida a los estímulos económicos para enfrentar la crisis, el momento oportuno para llevarlas a cabo y la adopción de un impuesto a las instituciones bancarias para asegurar que no se repita otra crisis financiera. A este respecto, los líderes subrayaron la importancia de enviar un fuerte mensaje sobre la consolidación fiscal y propusieron objetivos específicos para reducir el déficit a la mitad y estabilizar la deuda en un plazo relativamente corto. En cuanto al establecimiento de un impuesto bancario, no se estableció un monto específico, pero se acordó que cada país tomaría medidas según sus circunstancias nacionales.
Por último, durante la Cumbre los Líderes hicieron un balance de los acuerdos adoptados en sus reuniones previas, como el mantener una economía abierta y resistir el proteccionismo, realizar progresos en el ámbito de la regulación financiera para la prevención del riesgo en el sector y reformar las instituciones financieras internacionales. En este sentido, los líderes definieron una ruta crítica de acciones para su verificación en la próxima Cumbre del G 20 Seúl, a celebrarse en noviembre de 2010.
II. Desarrollo de los trabajos
La IV Cumbre del G 20 fue inaugurada por el primer ministro de Canadá, Stephen Harper, y contó con la presencia de todos los miembros del grupo (Alemania, Arabia Saudita, Argentina, Australia, Brasil, Canadá, China, Corea del Sur, Estados Unidos de América, Francia, India, Indonesia, Italia, Japón, México, Reino Unido, Rusia, Sudáfrica, Turquía y la Unión Europea), así como de los líderes de España, Países Bajos, Etiopía, Malawi (en su calidad de presidente en turno de la Unión Africana) y Viet Nam (como presidente en turno de la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático), que participaron en calidad de invitados especiales. Asimismo, asistieron a la cumbre los titulares de la Organización de las Naciones Unidas, del Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial, el Foro de Estabilidad Financiera, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, la Organización Mundial de Comercio y la Organización Mundial del Trabajo.
III. Documentos adoptados
El principal documento resultante de la cumbre fue la Declaración de Líderes de Toronto y sus anexos, que reflejó los acuerdos alcanzados en relación con la situación económica internacional y la consolidación fiscal; el Marco para el crecimiento vigoroso, sustentable y equilibrado; la reforma de las instituciones financieras internacionales; los avances en materia de regulación y supervisión bancaria; el comercio y la inversión; y otros temas como la eliminación de los subsidios a los combustibles fósiles, el combate a la corrupción y el desarrollo.
En razón de la significativa variedad de circunstancias nacionales en los diversos asuntos de competencia del G 20, los líderes acordaron que no existen soluciones únicas para hacer frente a la compleja situación económica actual, por lo que se acordó privilegiar la coordinación de políticas sobre la uniformidad.
El Marco para el crecimiento vigoroso, sustentable y equilibrado fue ratificado como el principal instrumento del G 20 para alcanzar los objetivos comunes y evaluar la armonización de las acciones de política de los miembros. En Toronto se definió con mayor precisión el conjunto de políticas que los países deben adoptar de manera diferenciada pero coordinada para asegurar un escenario económico global más próspero en el mediano plazo. Entre estas medidas destacan la necesidad de acelerar el paso en temas como la reducción del desequilibrio presupuestario, especialmente en las economías con los niveles más altos de déficit, fomentar la estabilidad del sistema financiero e impulsar la demanda interna.
Por otra parte, los líderes se comprometieron a seguir avanzando en el fortalecimiento y la reforma del sistema financiero internacional, con base en una agenda de cuatro pilares: un marco regulatorio sólido, que provea, particularmente, nuevas reglas de liquidez y de calidad del capital; una supervisión más efectiva y nuevas reglas de vigilancia; la creación de reglas para la solución de crisis en instituciones de importancia sistémica y un proceso transparente y efectivo de evaluación mutua.
En cuanto a la modernización de las instituciones financieras internacionales, los Líderes del G 20 se comprometieron a seguir apoyando la capitalización de los bancos multilaterales de desarrollo, para que estos cuenten con mejores instrumentos para impulsar la recuperación en los países emergentes y en desarrollo. Asimismo, acordaron acelerar la revisión de cuotas y de participación de los países en desarrollo en el Fondo Monetario Internacional con el fin de concluirla antes de la próxima Cumbre del G 20 en Seúl en noviembre de 2010.
En lo que se refiere al comercio internacional, los líderes se comprometieron a llevar la Ronda de Doha a buen término lo más pronto posible, así como a mantener sus mercados abiertos y no imponer nuevas barreras al comercio y la inversión hasta 2013.
Asimismo, los líderes reafirmaron su compromiso con la recuperación verde y el crecimiento global sustentable. Se comprometieron también a involucrarse en las negociaciones sobre cambio climático en el marco de Naciones Unidas, con base en el principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas y capacidades respectivas, además de anunciar su determinación de alcanzar un resultado exitoso en la decimosexta Conferencia de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (COP 16), a celebrarse este año en Cancún.
Durante la cumbre de Toronto también se realizó un balance de los avances sobre el compromiso de eliminar progresivamente los subsidios ineficientes a los combustibles fósiles, anunciados en la Cumbre de Líderes del G 20 en Pittsburgh en septiembre de 2009. Los líderes constataron que ha habido buenos avances en este sentido y anunciaron su disposición de seguir implantando estrategias para conseguirlo.
Asimismo, se acordó fortalecer los trabajos del grupo en la lucha contra la corrupción y en materia de desarrollo. Sobre este tema, los líderes convinieron que la reducción de la brecha entre los países y la reducción de la pobreza es fundamental para alcanzar los objetivos más amplios del G 20 relacionados con un crecimiento más fuerte, sustentable y balanceado. Por ello, acordaron establecer un grupo de trabajo encargado de integrar una agenda de desarrollo y planes de acción multianuales para dirigir los esfuerzos del G 20 en este ámbito. En materia de corrupción, los líderes acordaron crear un grupo de trabajo que presentará una serie de recomendaciones en la próxima Cumbre del G 20 en Seúl, para que este grupo contribuya en los esfuerzos internacionales en contra de este problema.
Como un reconocimiento al trabajo y liderazgo de México en este foro, se acordó que nuestro país encabece el G 20 y sea sede de la Cumbre en 2012.
Todos estos compromisos quedaron plasmados en la Declaración de Líderes adoptada al término de la cumbre.
IV. Participación de México
La participación de nuestro país tuvo como objetivos prioritarios promover acciones que permitan consolidar la recuperación económica mundial; avanzar en las reformas de las instituciones financieras internacionales, la regulación del sistema financiero internacional, así como la coordinación de acciones y la elaboración de principios en favor de la instrumentación del Marco para el crecimiento vigoroso, sustentable y equilibrado acordado en la cumbre de Pittsburgh.
Durante sus participaciones, el presidente Felipe Calderón Hinojosa refrendó el compromiso de México a favor de la cooperación en el marco del G 20 para consolidar una recuperación plena y una más vigorosa creación de empleos, con particular atención a los grupos en situación de desventaja. En un contexto caracterizado por una incipiente recuperación que no está exenta de riesgos y retos, México destacó la necesidad de moderar los desequilibrios fiscales, pues estos constituyen uno de los mayores obstáculos al desarrollo económico en el futuro. En ese sentido, subrayó la necesidad de que los países desarrollados emprendan planes de consolidación fiscal compatibles con el crecimiento.
En la sesión sobre la reforma del sistema financiero global, México conminó a evitar presiones para introducir elementos de regulación que puedan encarecer el acceso al crédito, como requerimientos de capital demasiado estrictos. Adicionalmente, México respaldó los esfuerzos realizados por el Comité de Basilea de Supervisión Bancaria y de la Junta de Estabilidad Financiera para crear un paquete de reformas regulatorias que aseguren estándares de capital y liquidez que mitiguen el riesgo en el sector. Asimismo, el presidente Calderón hizo énfasis en la necesidad de fortalecer la coordinación internacional entre supervisores y su alcance sobre otras entidades, instrumentos y mercados que conlleven riesgos sistémicos.
Asimismo, el presidente Felipe Calderón anunció que el Ejecutivo federal presentará una iniciativa de ley al honorable Congreso de la Unión que contemple un marco para resolver procesos de quiebra de las instituciones financieras.
Reconociendo el papel central de las instituciones financieras internacionales en la articulación de medidas para enfrentar la crisis financiera global, México dio la bienvenida al esfuerzo sostenido para apoyar a los países emergentes y en desarrollo durante la crisis, así como los logros alcanzados en materia de recapitalización y las reformas de voz de estas instituciones. Durante su participación, el Presidente Felipe Calderón subrayó la necesidad de redoblar esfuerzos para concretar el aumento y la redistribución de cuotas en el Fondo Monetario Internacional, a fin de que mantenga un papel relevante y aumente su capacidad de asistencia en el futuro.
Con respecto al tema del comercio, el presidente de México se pronunció a favor de eliminar barreras proteccionistas en los países industrializados, pues su lenta recuperación afecta las perspectivas del sector exportador de los países en desarrollo. En este sentido, el presidente pugnó por la pronta culminación de la Ronda de Doha de la Organización Mundial de Comercio, pues ello coadyuvaría a evitar una caída del comercio como la que sucedió en 2009, que fue la más abrupta de los últimos 70 años.
En cuanto a los subsidios ineficientes a los combustibles fósiles, México reconoció que este compromiso plantea desafíos distintos para cada uno de los miembros del G 20, ya que las condiciones nacionales varían enormemente. No obstante, México reafirmó la voluntad política para cumplir con este compromiso con acciones concretas y de forma gradual.
En materia de desarrollo, México apoyó firmemente la creación de un grupo de trabajo sobre el tema, considerando que el objetivo último del G20 debe ser promover el desarrollo sustentable a escala global. Además, México señaló que este grupo debería coadyuvar al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.
El presidente Felipe Calderón también coincidió en apuntalar los esfuerzos del G 20 en la lucha contra la corrupción y la conveniencia de formar un grupo de trabajo especializado, toda vez que el mandato del grupo de trabajo sería consistente con las acciones y esfuerzos que nuestro país ha realizado en el marco del Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción y la Convención Interamericana contra la Corrupción (OEA), entre otros mecanismos. Asimismo, enfatizó la necesidad de la coordinación con los organismos internacionales competentes para evitar duplicidades y hacer sinergias, lo cual quedó plasmado en el documento final.
Finalmente, el presidente tuvo la oportunidad de realizar ante sus contra partes un balance sobre el estado de las negociaciones rumbo a la Conferencia de las Partes de la Convención de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (COP 16). El presidente hizo un llamado a hacer de la COP 16 un parteaguas en la lucha de la humanidad contra el cambio climático, y afirmó que las dificultades de la economía global no deben desviar la atención de un problema que no le dará al mundo una segunda oportunidad: el calentamiento global. Por ello, insistió que la Conferencia de las Partes, misma que se llevará a cabo a finales de este año en Cancún, representa una oportunidad para lograr avances significativos y tomar decisiones que produzcan resultados tangibles en cuanto a la emisión de gases de efecto invernadero.
III. Comitiva oficial mexicana
1. Embajadora Patricia Espinosa Cantellano
Secretaria de Relaciones Exteriores.
2. Actuario Ernesto Cordero Arroyo
Secretario de Hacienda y Crédito Público.
3. General de Brigada, diplomado del Estado Mayor, Jesús
Javier Castillo Cabrera
Jefe del Estado Mayor Presidencial.
4. Embajadora María de Lourdes Aranda Bezaury
Subsecretaria de Relaciones Exteriores.
5. Embajador Juan Manuel Gómez Robledo
Subsecretario para Asuntos Multilaterales y Derechos
Humanos.
6. Doctor Alejandro Werner Wainfeld
Subsecretario de Hacienda y Crédito Público.
7. Embajador Francisco Barrio
De México en Canadá.
8. Embajador Mauricio Toussaint
Cónsul general de México en Toronto.
9. Licenciada Aitza Alejandra Aguilar Sánchez
Secretaria particular adjunta del presidente de la República.
10. Doctor Rafael Fernández de Castro
Asesor para Asuntos Internacionales de la Presidencia
de la República.
11. Señor John Moody
Director de Programas Sociales de la Presidencia de la
República.
12. Embajador Jorge Castro-Valle Kuehne
Director General de Protocolo (SRE).
13. Señor Ricardo Ernesto Ochoa Rodríguez
Jefe de Unidad de Asuntos Internacionales de Hacienda.
14. Licenciado Virgilio Muñoz Alberich
Director General de Análisis Político y
Medios Internacionales de la Presidencia de la República.
DE LA COMISIÓN PERMANENTE,
CON EL QUE REMITE LOS INFORMES DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO
PÚBLICO SOBRE LA SITUACIÓN ECONÓMICA, LAS FINANZAS
PÚBLICAS Y LA DEUDA PÚBLICA CORRESPONDIENTES AL SEGUNDO TRIMESTRE
DE 2010
México, D. F., a 25 de agosto de 2010.
Diputado Mario Alberto Becerra Pocoroba
Presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito
Público
Presente
Me permito comunicar a usted que en sesión celebrada en esta fecha se recibieron de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los informes sobre la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública correspondientes al segundo trimestre de 2010.
La Presidencia dispuso que dicha documentación, la cual se anexa, se remitiera a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Senadores y de la Cámara de Diputados.
Atentamente
Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica)
Vicepresidente
(Remitida a la Comisión de Hacienda y Crédito
Público. Agosto 25 de 2010.)
DE LA MESA DIRECTIVA DE LA COMISIÓN
PERMANENTE, DOS CON LOS QUE REMITE ACUERDOS APROBADOS EN LA SESIÓN
DEL MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010
México, DF, a 25 de agosto de 2010.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
Me permito hacer de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha se aprobó un dictamen de la Primera Comisión de la Comisión Permanente, con el siguiente punto de acuerdo:
Segundo. La Comisión Permanente exhorta respetuosamente a la Cámara de Diputados a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011y subsecuentes asigne al Instituto Mexicano del Seguro Social los recursos necesarios con la finalidad de que cubra puntualmente las pensiones en curso de pago con el tope de 25 salarios mínimos marcados en la Ley del Seguro Social.
(Turnado a las Comisiones de Seguridad Social, y de Hacienda
y Crédito Público, el primer punto, y de Presupuesto y Cuenta
Pública, el segundo. Agosto 25 de 2010.)
México, DF, a 25 de agosto de 2010.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
Me permito hacer de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha se aprobó un dictamen de la Primera Comisión de la Comisión Permanente con el siguiente punto de acuerdo:
(Turnado a las Comisiones de Justicia
y de Seguridad Pública. Agosto 25 de 2010.)
La que suscribe, diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política; y 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción VII, con lo que se recorren las subsecuentes, al artículo 8; y modifica los artículos 13 y 45 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Uno de los grandes logros del siglo XX es sin duda el sistema internacional de derechos humanos que tenemos en la actualidad y que busca defender la igualdad, la dignidad humana y las necesidades básicas a cuya satisfacción todos los seres humanos tenemos derecho, sea cual fuere el origen nacional.
Se puede considerar que este sistema fue el resultado de la Segunda Guerra Mundial, ya que la conciencia de la humanidad había evolucionado suficientemente para considerar que los horrores de la guerra perpetrados por regímenes basados en la exclusión por estigma o prejuicios como los nazis y los fascistas no debían repetirse. Por eso, desde su creación, organizaciones como la de las Naciones Unidas (ONU) se esforzaron por encontrar medidas para luchar contra problemas como la discriminación racial y la violencia étnica.
Así, en el artículo 1 de la carta de la ONU de 1945 se menciona como uno de los propósitos "el desarrollo y estímulo del respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión".1
Posteriormente, la Asamblea General de la ONU aprobó en 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual establece en el artículo 2 que "toda persona tiene los derechos y las libertades proclamados, sin distinción de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición".
Otro instrumento fundamental hacia la protección contra la discriminación fue la Declaración de Naciones Unidas sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, la cual en el primer artículo planteaba:
La discriminación entre los seres humanos por motivos de raza, color u origen étnico es un atentado contra la dignidad humana y debe condenarse como una negación de los principios de la carta de la ONU, una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos, un obstáculo para las relaciones amistosas y pacíficas entre las naciones y un hecho susceptible de perturbar la paz y la seguridad entre los pueblos.
Sobre la base de esta declaración se construyó pocos años después la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, que entró en vigor en 1969, donde sobresale, entre otras cosas, que "cualquier doctrina de diferenciación racial o superioridad es científicamente falsa, moralmente condenable, socialmente injusta y peligrosa; no tiene justificación en teoría ni en práctica. Que la discriminación racial y demás políticas gubernamentales basadas en superioridad racial u odio violan los derechos humanos fundamentales, ponen en peligro las relaciones amigables entre las personas, la cooperación entre naciones y la paz y seguridad internacional".
Otro instrumento internacional de derechos humanos trascendente en la materia es la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, cuya una premisa básica es la "prohibición de todas las formas de discriminación contra la mujer", entendida ésta como "toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y de la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera".
Además de los anteriores instrumentos internacionales, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos surgen dos pactos internacionales aprobados también en la ONU: el de Derechos Civiles y Políticos, y el de los Derechos Sociales, Económicos y Culturales, ambos de 1966.
Esta primera generación de derechos individuales consagrados constitucionalmente en los derechos internos de los Estados son influidos por una segunda ola de derechos sociales impulsados en el campo laboral, educación, salud, vivienda, etcétera, los cuales confluyen en la protección de la persona.2
En el ámbito nacional, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prohíbe en el artículo 1o. toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y las libertades de las personas.
El Congreso de la Unión aprobó en 2003 la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación, la cual tiene por objeto prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona en los términos del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como promover la igualdad de oportunidades y de trato.
La misma ley dispone en el artículo 9 la prohibición de toda práctica discriminatoria que tenga por objeto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades.
No obstante los esfuerzos y avances legales que se han hecho tanto en el ámbito nacional como en el internacional, la discriminación sigue siendo un problema latente en nuestra sociedad.
Ejemplos hay muchos: tenemos que, de acuerdo con la primera Encuesta Nacional sobre Discriminación, realizada en 2005, 19.4 por ciento de los entrevistados ha sentido que sus derechos han sido limitados o no han sido respetados en razón de no tener dinero. De éstos, 31.3 por ciento señaló que en las oficinas públicas no respetaron sus derechos, y 14.5 sintió que sus derechos fueron limitados por su apariencia física y 14 por ciento por razón de su género.
De conformidad con datos del Sistema de Información Estadística para Mujeres y Hombres del Instituto Nacional de las Mujeres, 18 por ciento de las mexicanas de 15 años y más señaló haber sufrido algún incidente de violencia en alguna dependencia pública.
La discriminación es un problema serio que vulnera los derechos de los individuos, pero este problema se agrava aún más cuando es cometido por algún agente del Estado, en virtud de que éste tiene la obligación no sólo de abstenerse de incurrir en todo acto o práctica discriminatoria sino, además, de tomar todas las medidas necesarias para eliminar la discriminación practicada por cualquier persona, organización o empresa; es decir; el Estado debe garantizar la igualdad de oportunidades y trato.
Al respecto, la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación señala en el artículo 2 la obligación del Estado de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas sean reales y efectivas, así como el deber de los poderes públicos federales de eliminar los obstáculos que limiten en los hechos su ejercicio e impidan el pleno desarrollo de las personas, así como su efectiva participación en la vida política, económica, cultural y social del país y de promover la participación de las autoridades de los demás órdenes de gobierno y de los particulares en la eliminación de dichos obstáculos.
Cuando un servidor público comete algún acto discriminatorio, además de atentar contra la dignidad de las personas –lo que ya es de suyo grave–, quebranta diversas disposiciones legales, como los artículos 1o. constitucional, y 2 y 9 de la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación, entre otros, violentando así el principio de legalidad que, de conformidad con lo establecido en el artículo 113 de la Carta Magna, tiene la obligación de salvaguardar en el desempeño de sus funciones, empleos, cargos y comisiones.
La misma Carta Magna dispone en la fracción III del artículo 109 que los servidores públicos que transgredan el principio de legalidad expuesto serán sujetos de la aplicación de sanciones administrativas. No obstante, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos es omisa respecto a la obligación de los servidores públicos de abstenerse de realizar cualquier práctica discriminatoria que tenga por objeto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de un derecho.
Sabemos que la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación establece un procedimiento especial que se sigue ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación por conductas presuntamente discriminatorias cometidas por los servidores públicos federales en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, denominado reclamación.
De acuerdo con esta ley, en caso de que la reclamación no llegue a resolverse mediante una conciliación el consejo inicia una investigación. Sin embargo, aun cuando en ésta se comprobare que los servidores públicos cometieron alguna conducta discriminatoria, la ley no prevé la imposición de sanción alguna; se limita a señalar medidas administrativas que tienen como finalidad prevenir y eliminar la discriminación.
En virtud de lo anterior, estamos convencidos de la necesidad de adicionar una fracción al artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, que establezca la obligación de abstenerse de realizar cualquier práctica discriminatoria que tenga por objeto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de un derecho.
Estamos seguros de que con la aprobación de esta iniciativa abonamos al cumplimiento de las obligaciones del Estado y contribuimos a la eliminación de una práctica que deteriora el estado de derecho y menoscaba el pleno ejercicio de los derechos humanos.
En atención de lo expuesto, someto a consideración de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona una fracción VII, con lo que se recorren las actuales VII a XXIV, para ser VIII a XXV, al artículo 8; y se modifican los artículos 13 y 45 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos
Único. Se adiciona una fracción VII, con lo que se recorren las subsecuentes, al artículo 8; y se reforman los artículos 13 y 45 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, para quedar como sigue:
Artículo 8. …
VII. Abstenerse de realizar cualquier práctica discriminatoria que tenga por objeto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de un derecho.
VIII. Comunicar por escrito al titular acritud de la dependencia o entidad en que preste sus servicios las dudas fundadas que le suscite la procedencia de las órdenes que reciba y que pudiesen implicar violaciones de la ley o de cualquier otra disposición jurídica o administrativa, a efecto de que el titular dicte las medidas que en derecho procedan, las cuales deberán ser notificadas al servidor público que emitió la orden y al interesado;
IX. Abstenerse de ejercer las funciones de un empleo, cargo o comisión por haber concluido el periodo para el cual se le designó, por haber sido cesado o por cualquier otra causa legal que se lo impida;
X. Abstenerse de disponer o autorizar que un subordinado no asista sin causa justificada a sus labores, así como de otorgar indebidamente licencias, permisos o comisiones con goce parcial o total de sueldo y otras percepciones;
XI. Abstenerse de autorizar la selección, contratación, nombramiento o designación de quien se encuentre inhabilitado por resolución de autoridad competente para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público;
XII. Excusarse de intervenir, por motivo de su encargo, en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellos de los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, o parientes civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas referidas formen o hayan formado parte.
El servidor público deberá informar por escrito al jefe inmediato sobre la atención, trámite o resolución de los asuntos a que hace referencia el párrafo anterior y que sean de su conocimiento, y observar sus instrucciones por escrito sobre su atención, tramitación y resolución, cuando el servidor público no pueda abstenerse de intervenir en ellos;
XIII. Abstenerse, durante el ejercicio de sus funciones, de solicitar, aceptar o recibir, por sí o por interpósita persona, dinero, bienes muebles o inmuebles mediante enajenación en precio notoriamente inferior al que tenga en el mercado ordinario, donaciones, servicios, empleos, cargos o comisiones para sí, o para las personas a que se refiere la fracción XI de este artículo, que procedan de cualquier persona física o moral cuyas actividades profesionales, comerciales o industriales se encuentren directamente vinculadas, reguladas o supervisadas por el servidor público de que se trate en el desempeño de su empleo, cargo o comisión y que implique intereses en conflicto. Esta prevención es aplicable hasta un año después de que se haya retirado del empleo, cargo o comisión.
Habrá intereses en conflicto cuando los intereses personales, familiares o de negocios del servidor público puedan afectar el desempeño imparcial de su empleo, cargo o comisión.
Una vez concluido el empleo, cargo o comisión, el servidor público deberá observar, para evitar incurrir en intereses en conflicto, lo dispuesto en el artículo 9 de la ley;
En el caso del personal de los centros públicos de investigación, los órganos de gobierno de dichos centros, con la previa autorización de su órgano de control interno, podrán determinar los términos y las condiciones específicos de aplicación y excepción de lo dispuesto en esta fracción, tratándose de los conflictos de intereses que puede implicar las actividades en que este personal participe o se vincule con proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico en relación con terceros de conformidad con lo que establezca la Ley de Ciencia y Tecnología;
XIV. Desempeñar su empleo, cargo o comisión sin obtener o pretender obtener beneficios adicionales a las contraprestaciones comprobables que el Estado le otorga por el desempeño de su función, sean para él o para las personas a que se refiere la fracción XI;
XV. Abstenerse de intervenir o participar indebidamente en la selección, nombramiento, designación, contratación, promoción, suspensión, remoción, cese, rescisión del contrato o sanción de cualquier servidor público, cuando tenga interés personal, familiar o de negocios en el caso, o pueda derivar alguna ventaja o beneficio para él o para las personas a que se refiere la fracción XI;
XVI. Presentar con oportunidad y veracidad las declaraciones de situación patrimonial, en los términos establecidos en la ley;
XVII. Atender con diligencia las instrucciones, requerimientos o resoluciones que reciba de la secretaría, del contralor interno o de los titulares de las áreas de auditoría, de quejas y de responsabilidades, conforme a la competencia de éstos;
XVIII. Supervisar que los servidores públicos sujetos a su dirección cumplan las disposiciones de este artículo;
XIX. Denunciar por escrito ante la secretaría o la contraloría interna los actos u omisiones que en ejercicio de sus funciones llegare a advertir respecto de cualquier servidor público que pueda constituir responsabilidad administrativa en los términos de la ley y demás disposiciones aplicables;
XX. Proporcionar en forma oportuna y veraz toda información y datos solicitados por la institución a que legalmente competan la vigilancia y defensa de los derechos humanos. En el cumplimiento de esta obligación, además, el servidor público deberá permitir sin demora el acceso a los recintos o instalaciones, expedientes o documentación que la institución de referencia considere necesario revisar para el eficaz desempeño de sus atribuciones y corroborar también el contenido de los informes y datos que se le hubiesen proporcionado;
XXI. Abstenerse, en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, de celebrar o autorizar la celebración de pedidos o contratos relacionados con adquisiciones, arrendamientos y enajenación de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra pública o de servicios relacionados con ésta, con quien desempeñe un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o bien con las sociedades de que dichas personas formen parte. Por ningún motivo podrá celebrarse pedido o contrato alguno con quien se encuentre inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público;
XXII. Abstenerse de inhibir por sí o por interpósita persona, utilizando cualquier medio, a los posibles quejosos con el fin de evitar la formulación o presentación de denuncias o realizar, con motivo de ello, cualquier acto u omisión que redunde en perjuicio de los intereses de quienes las formulen o presenten;
XXIII. Abstenerse de aprovechar la posición que su empleo, cargo o comisión le confiere para inducir a que otro servidor público efectúe, retrase u omita realizar algún acto de su competencia, que le reporte cualquier beneficio, provecho o ventaja para sí o para alguna de las personas a que se refiere la fracción XI;
XXIV. Abstenerse de adquirir para sí o para las personas a que se refiere la fracción XI bienes inmuebles que pudieren incrementar su valor o, en general, que mejoren sus condiciones, como resultado de la realización de obras o inversiones públicas o privadas, que haya autorizado o tenido conocimiento con motivo de su empleo, cargo o comisión. Esta restricción será aplicable hasta un año después que el servidor público se haya retirado del empleo, cargo o comisión; y
XXV. Abstenerse de cualquier acto u omisión que implique incumplimiento de cualquier disposición legal, reglamentaria o administrativa relacionada con el servicio público.
…
…
…
…
En todo caso, se considerará infracción grave el incumplimiento de las obligaciones previstas en las fracciones IX, XI a XV, XVII, XX, XXIII y XXIV del artículo 8 de la ley.
…
…
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1. Giraldo Rodríguez, Martha Liliana. Aportes
para una segunda encuesta nacional de discriminación en México,
Conapred, 2008, páginas 8 y 9.
2. Ídem.
Sede de la Comisión Permanente, a 25 de agosto de 2010.
Diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de la Función Pública.
Agosto 25 de 2010.)
QUE REFORMA EL PRIMER PÁRRAFO
DEL ARTÍCULO 3o., Y LA FRACCIÓN XXIX DEL APARTADO A Y EL
INCISO C) DE LA FRACCIÓN XI DEL APARTADO B DEL ARTÍCULO 123
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,
RESPECTO A LA EDUCACIÓN INICIAL Y A LAS ESTANCIAS INFANTILES, RECIBIDA
DE LA DIPUTADA ARACELI VÁZQUEZ CAMACHO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO
DEL PRD, EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES
25 DE AGOSTO DE 2010
La que suscribe, María Araceli Vázquez Camacho, diputada por el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LXI Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 78 de la Constitución Política; y 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman el primer párrafo del artículo 3o.; y la fracción XXIX del Apartado A y el inciso c) de la fracción XI del Apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La educación, como garantía individual, está prescrita la legislación en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; sin embargo, un nivel importante de la educación no se menciona en ese artículo. La educación inicial, despreciada por el sistema educativo nacional, no aparece en el documento fundamental. El sistema jurídico trata a los menores de edad de hasta cuatro años como paquetes, en razón de que se limita a apilarlos en las mal llamadas "guarderías".
Las guarderías aparecen en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en la fracción XXIX del Apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El servicio de guarderías, encaminado a la protección y al bienestar de los trabajadores y sus familias, es de utilidad pública y, conforme a la letra del documento fundamental, será comprendida en la Ley del Seguro Social, conforme a la legislación vigente, en el capítulo VII, "Del seguro de guarderías y de las prestaciones sociales". De manera específica, en el artículo 206 se prescribe que los servicios de guarderías se proporcionarán a los menores a que se refiere el artículo 201 desde la edad de cuarenta y tres días hasta que cumplan cuatro años.
La legislación vigente deprecia la atención que debe darse a los menores de cuatro años: califica de manera distinta la "educación" que la atención que se da a los menores a que se refiere el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La actividad de guarda, propia de las guarderías, se limita al depósito de los infantes en un área específica. Para ofrecer mejor atención a la población de infantes es necesario establecer grupos con distintas edades. Es importante atender el tema del servicio que se da a los niños en el aula, los niños deben ser motivados a ser independientes, colaborar y ayudarse mutuamente. Espacios como el que se describe en este párrafo empoderan al menor, pues el niño escogería su trabajo de acuerdo con su interés y habilidad, traduciría a su entender los conceptos del material recibido, trabajaría por el tiempo que quisiera en los proyectos o materiales escogidos, marcaría su propio paso o velocidad para aprender y hacer de él la información adquirida, descubriría sus errores a través de la retroalimentación del material, el aprendizaje se reforzaría por medio de la repetición de una actividad e internamente el niño recibiría la sensación de éxito; trabajaría donde se sienta confortable, donde se mueva libremente y hable en voz baja sin molestar a los compañeros.
La estructura de pensamiento del individuo se consolida en los primeros cinco años de vida. La carga neuronal y su temperamento marcarán su futuro en esta etapa. Precisamente el niño aprende a hablar, a caminar, a interrelacionarse con otros y con su ambiente, y es el periodo que en que el Estado evade su obligación de garantizar la educación del individuo. Deben diseñarse programas acordes con los periodos sensibles de desarrollo y capacidad del niño para motivarlos a aprender lúdicamente a explorarse y explorar su entorno, favoreciendo la repetición de actividades en categorías de periodos sensibles.
Es indispensable que el Estado intervenga en la creación de programas que favorezcan el aprendizaje del cuidado propio y del ambiente (limpiar zapatos, fregar, etcétera). El segundo eje, no menos importante, es que el Estado incorpore la organización de programas para padres, a fin de favorecer su participación en el proceso de aprendizaje de sus hijos y de ellos mismos.
Por lo general, en las guarderías la educación inicial se subsume a la preescolar. Equivocadamente, la atención que se da a los niños menores de cuatro años se califica de guarda. Los niños no son paquetería para ser "guardados". Los niños deben considerarse seres competentes, alentados a tomar decisiones importantes.
La educación inicial no es considerada tal en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Si bien el artículo 3o. indica que "todo mexicano tiene derecho a recibir educación", el Estado se limita a impartir la educación preescolar, primaria y secundaria. La educación inicial no figura como parte del derecho fundamental de todo mexicano a la educación. No es extraño que deficiencias como la que existe en la legislación mexicana devengan tragedias, como la que se suscitó en la Guardería ABC, SC, el 5 de junio de 2009, en Hermosillo. Sonora. Sería irresponsable condenar al soslayo la trágica experiencia. La LXI Legislatura tiene la responsabilidad y la oportunidad de salvar vidas, a través de la prevención que el poder de la acción legislativa representa. Es necesario insertar la educación inicial en la legislación mexicana como la primera etapa formativa del infante.
Pese a que hay un programa nacional de educación inicial, en general podemos afirmar que en las instituciones que dependen de salud pública (Instituto Mexicano del Seguro Social) y de la Secretaría de Desarrollo Social (centros de desarrollo infantil, Cendi) encargadas de ofrecer este servicio no han operado centros donde se imparta educación inicial de calidad y que esté al alcance de los padres en la unidad.
En países desarrollados, un centro de educación inicial es un espacio donde personal capacitado enseña a los padres diferentes ejercicios de estimulación temprana motriz y psicológica en sus hijos de cero a cuatro años, se les enseña también a observar las emociones del niño y a atender los pequeños detalles que aparentemente no tienen importancia, pero que constituyen la suma de lo que será su personalidad.
En sociedades de primer mundo, una guardaría se entiende como un establecimiento educativo, de gestión pública, privada o concertada (privada de gestión pública), que forma a niños de entre cero y tres años. Los encargados de supervisar a los menores son profesionales en el área de la educación temprana, educación preescolar o educación infantil y su trabajo consiste no sólo en supervisar a los niños y proveerlos de los cuidados necesarios de su edad como higiene, alimentación y el cuidado físico, sino también en alentarlos a aprender de manera lúdica mediante la estimulación de sus áreas cognitivas.
Como representantes del interés popular, los diputados a la LXI Legislatura debemos diseñar un método que atienda a las necesidades de los mexicanos conceptuando al individuo como un ente integral. Limitarnos a satisfacer las necesidades educativas del niño en etapas subsecuentes es limitar el interés público del Estado y de la encomienda que recae en el Congreso de la Unión.
Proponemos que se incorpore la educación inicial en el artículo 3o. constitucional. Dejar como está el artículo sería permitir que el Estado mexicano evada su responsabilidad al no considerar la educación inicial en el esquema de educación nacional.
Es pertinente destacar que, en un entorno de crisis especialmente intensa en los sectores financiero y económico, cuyo efecto se verificó tanto en el contexto internacional como el nacional, el Estado se ve obligado a recurrir a los particulares para prestar servicios que han sido su responsabilidad exclusiva durante aproximadamente 50 años. En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 4o. faculta a particulares, en la modalidad de subrogación, para prestar el servicio de guarderías. Esta declaración, inscrita en la máxima ley, evoca a la memoria de 49 niños, cuyos proyectos de vida fueron truncados; destruyendo sus garantías, en una institución que depende del gobierno. La pila de errores comienza en la comprensión insuficiente y equívoca de esta etapa de desarrollo en la formación del infante, falta de mecanismos de control constitucional, el agravante de corrupción e impunidad…
El cambio que se propone respecto al artículo 3o. no implica necesariamente un impacto presupuestal. Con la presente iniciativa no se propone que el Estado construya infraestructura; el espíritu de la propuesta consiste en que el Estado, a través de la Secretaria de Educación Pública (SEP), dote de planes de estudio y programas a los centros de educación inicial, públicos o privados, dirigidos a cumplir la garantía de educación de los niños en su primera etapa formativa. Son necesarios también planes y programas de estudio dirigidos a los padres de familia y al personal responsable de la educación de los niños.
La SEP dará seguimiento y evaluará la operación y el cumplimiento de los objetivos de dichos planes.
Proponemos que en el artículo 123 constitucional el término guardería sea modificado por estancia infantil ya que, como se ha mencionado, en las mal llamadas "guarderías" no sólo se almacenan infantes. Los niños mexicanos cuyos padres contratan el servicio de guarderías deben recibir no sólo protección, guarda, sino también educación.
Su creación se debe a la necesidad del cuidado de bebés en sociedades modernas donde tanto el padre como la madre trabajan y no tienen familiares cerca o disponibles para hacerse cargo del bebé.
La educación inicial debe ser considerada el servicio educativo que se presta a niños menores de cuatro años de edad, con el propósito de potenciar su desarrollo integral. El desarrollo debe entenderse como un proceso integral que estudia la percepción, el pensamiento, la lengua y todas las capacidades del ser humano y lo entienda como el producto de la interrelación entre unidades. Es importante favorecer que el desarrollo tenga lugar en un ambiente educativo y afectivo, que permitirá al niño adquirir una cultura, entendida como la sumatoria de habilidades, hábitos, y valores, así como el poder para desarrollar su autonomía, creatividad y actitudes necesarias en el desempeño personal y social.
La educación es un derecho de los niños; además, se puede ver como una oportunidad de los padres de familia para mejorar y enriquecer sus prácticas de crianza para elevar su calidad, sin olvidar también el compromiso del personal docente y de apoyo para cumplir los propósitos que se hayan planeado.
Con la educación inicial se garantiza un desarrollo armónico del individuo menor de cuatro años. Se cuenta con un programa pedagógico y su operación compete a todos los adultos que se relacionan y ejercen una influencia en los menores, pueden ser sus familiares o personal especializado en educación. Se brinda en dos modalidades: escolarizada y no escolarizada. La escolarizada se ofrece a través de los Cendi, donde se da atención a los hijos de madres trabajadoras y padres trabajadores de núcleos urbanos. La modalidad no escolarizada que se maneja en el instituto no requiere instalaciones, pues es un programa dirigido a la capacitación de padres y de madres para que eduquen adecuadamente a los hijos. Dicho programa se opera esencialmente en comunidades rurales, urbano-marginadas e indígenas.
La educación inicial tiene gran importancia porque no sólo propende hacia el desarrollo cognitivo del ser humano, sino que intenta desarrollar las demás potencias (emocional, habilidades, valores…), las cuales han sido condenadas al soslayo.
La educación se inicia con el nacimiento. En el sistema actual podríamos ubicar niños inmaduros, en distintos grados de inmadurez, que se manifiesta en la dependencia de la madre. La educación inicial tiene como objetivo principal estimular al niño para que su proceso de maduración sea el más adecuado y se pueda adaptar a su nuevo ambiente, donde tendrá que enfrentarse con distintas situaciones, como el proceso de socialización y el de educación.
A través de la educación inicial no sólo se mejoran las capacidades de aprendizaje del niño, sus hábitos de higiene, salud y alimentación, sino también la formación de valores, actitudes de respeto, creatividad y responsabilidades en distintas tareas a lo largo de su vida, que se reflejarán en las posteriores etapas de ésta.
Los integrantes de la LXI Legislatura nos dolemos por la muerte de los menores que desde el evento fatal que tuvo lugar en la Guardería ABC y, en cumplimento de las obligaciones que representa la distinción que nos ha hecho el electorado con su voto, debemos aprovechar la oportunidad que la historia nos da para proteger a los niños cuyos padres reciben actualmente el servicio de guardería. Nuestro deber se subraya en razón de que nuestra acción como legisladores protegerá también a los hijos de mexicanos que todavía no han sido alumbrados. Los niños de los Estados Unidos Mexicanos no son objetos inanimados para que se les "guarde"; son seres humanos, educandos, con potencias y necesidades específicas. Los diputados a la LXI Legislatura no podemos permitir que la ley los siga tratando como cosas.
Es necesario reformar el primer párrafo del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para que el Estado imparta la educación inicial y ésta se considere parte de la educación básica obligatoria.
Es necesario que el Estado, a través del Ejecutivo federal, determine los planes y programas de estudio de la educación inicial.
Es necesario reformar la fracción XXIX del Apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y eliminar el término guarderías, en razón de que el concepto violenta la naturaleza humana y potencial de los menores de cuatro años, y utilizar en su lugar la expresión "estancias infantiles", que describe de mejor manera la etapa formativa a que se hace referencia.
Es necesario reformar el inciso c) de la fracción XI del Apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para eliminar el término guarderías, en razón de que, como se argumentó, el concepto violenta la naturaleza humana y potencial de los menores de cuatro años, y utilizar en su lugar la expresión "estancias infantiles", que describe de mejor manera la etapa formativa.
Quizás si los mexicanos dejamos de tratar a los menores como paquetes, objetos de guarda, tendremos los elementos para evitar que tragedias como la acaecida el 5 de junio de 2009 en Sonora.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, garantista por vocación, no puede abrigar en su contenido la discriminación de que son objeto los menores de cuatro años, al limitar su educación a ser "guardados". Los menores de edad de hasta cuatro años son individuos, no paquetes, con derecho a recibir educación, en respeto de sus facultades y, sobre todo, de su calidad humana. Es necesario que el criterio constitucional se modifique para validar con acciones la garantía de educación de todos los mexicanos. Los infantes menores de cuatro años merecen recibir una atención de mejor calidad; merecen más que ser "guardados": merecen ser educados.
Por las anteriores consideraciones presento a esta soberanía el siguiente proyecto de
Decreto
Artículo Único. Se reforman el primer párrafo y la fracción III del artículo 3o., así como la fracción XXIX del Apartado A y el inciso c) de la fracción XI del Apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 3o. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado –federación, estados, Distrito Federal y municipios– impartirá educación inicial, preescolar, primaria y secundaria. La educación inicial, preescolar, primaria y la secundaria forman la educación básica obligatoria.
III. Para dar pleno cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo y en la fracción II, el Ejecutivo federal determinará los planes y programas de estudio de la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria y normal para toda la república. Para tales efectos, el Ejecutivo federal considerará la opinión de los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal, así como de los diversos sectores sociales involucrados en la educación, en los términos que la ley señale.
Artículo 123. …
A.
XXIX. Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de estancias infantiles y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares…
…
La seguridad social se organizará conforme a las siguientes bases mínimas:
…
XI. La seguridad social se organizará conforme a las siguientes bases mínimas:
c) Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación; gozarán forzosamente de un mes de descanso antes de la fecha fijada aproximadamente para el parto y de otros dos después del mismo, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo. En el periodo de lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a los hijos. Además, disfrutarán de asistencia médica y obstétrica, de medicinas, de ayudas para la lactancia y del servicio de estancias infantiles.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la sede de la Comisión Permanente, a 25 de agosto de 2010.
Diputada María Araceli Vázquez Camacho (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales.
Agosto 25 de 2010.)
QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS
723 Y 730 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, RECIBIDA DE LA DIPUTADA CLARA
GÓMEZ CARO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESIÓN
DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010
La suscrita, Clara Gómez Caro, integrante de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión por el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política; y 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma las fracciones I y II y adiciona las fracciones III a VI al artículo 723; y reforma el artículo 730 del Código Civil Federal, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El patrimonio familiar está sustentado como principio fundamental en el artículo 123, fracción XXVIII, de la Constitución Política de los Estados Mexicanos, elogiada en el mundo por ser la primera que consagró derechos sociales.
La citada fracción del artículo 123 constitucional establece las características distintivas del patrimonio familiar ordenando que las leyes determinen los bienes que constituyan dicho patrimonio, los cuales serán inalienables, no podrán sujetarse a gravámenes reales ni embargos, y serán transmisibles a título de herencia con simplificación de las formalidades de los juicios sucesorios.
En el Código Civil Federal se regula el patrimonio familiar, disponiéndose en el artículo 723 que son objeto de dicho patrimonio la casa habitación de la familia y, en algunos casos, una parcela cultivable, lo que es sumamente restringido dadas las condiciones en que se vive hoy día. Por tanto, se justifica su actualización incorporando más bienes y derechos que puedan constituir esa institución, precisando en lo relativo a la parcela cultivable que sea de dominio pleno, ya que las consideradas en la Ley Agraria están sujetas a las protecciones de ese ordenamiento.
Por otra parte, la cambiante situación económica del país provocó que en la actualidad se haya menoscabado la protección del patrimonio de familia, habida cuenta de que en el artículo 730 del Código Civil Federal se prevé como valor máximo de los bienes afectados a esa institución la cantidad que resulte de multiplicar por 3 mil 650 el importe del salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, en la época en que se constituya.
En esta tesitura, multiplicar por 3 mil 650 el antedicho salario mínimo general diario, que actualmente es de 57.46, pesos da como resultado 209 mil 729.00, cantidad insuficiente para proteger de manera efectiva el patrimonio familiar, ya que el valor de una gran mayoría de casas habitación y parcelas cultivables que en los términos del artículo 723 del Código Civil Federal puedan ser objeto de él supera y con mucho la referida suma. Aunado a ello, debe tomarse en cuenta la propuesta de que esa institución comprenda otros bienes y derechos.
En las relatadas condiciones, para que la institución del patrimonio familiar cobre plena vigencia en estos tiempos es indispensable, y por ello se propone, reformar el artículo 723 del Código Civil Federal, adicionándole las fracciones III a VI, a fin de que también sean objeto del patrimonio de familia el mobiliario y equipo de la casa habitación, los lotes destinados a la construcción de casa habitación y los derechos jurídicos del acto que transmita la propiedad sobre el terreno objeto de ese fin condicionado a que la familia no cuente con casa habitación o, contando con ella, ésta no sea acorde con las necesidades o circunstancias particulares de la familia, un automóvil, el equipo y herramienta de la micro o pequeña industria que sirva de sustento económico de la familia y la pequeña propiedad en los términos de la Ley Agraria, especificándose en lo relativo a la parcela cultivable que sea de dominio pleno.
Asimismo, es obligado, y por ello se propone, reformar el artículo 730 del Código Civil Federal para aumentar el valor máximo de los bienes afectados al patrimonio de familia en la cantidad que resulte de multiplicar por 40 mil veces el importe del salario mínimo general diario en el Distrito Federal, que actualmente arroja 2 millones 298 mil 400.00 pesos, cantidad que se considera razonable de acuerdo con las condiciones económicas imperantes.
Por lo expuesto y fundado, se somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que reforma las fracciones I y II y adicionalas fracciones III a VI al artículo 723; y reforma el artículo 730 del Código Civil Federal
Artículo Único. Se reforman las fracciones I y II y se adicionan las fracciones III a VI al artículo 723; y se reforma el artículo 730 del Código Civil Federal, para quedar como sigue:
Artículo 723. Son objeto del patrimonio de la familia
II. Los lotes destinados a la construcción de casa habitación y los derechos derivados del acto jurídico que transmita la propiedad sobre el terreno objeto de este fin, siempre que la familia no cuente con casa habitación o, contando con ella, ésta no sea acorde con las necesidades o circunstancias particulares de la familia;
III. Un automóvil;
IV. El equipo y la herramienta de la micro o pequeña industria que sirva de sustento a la familia;
V. La parcela cultivable de dominio pleno; y
VI. La pequeña propiedad en los términos de la Ley Agraria.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Diputada Clara Gómez Caro (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Justicia. Agosto 25 de
2010.)
QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS
232, 241, 264 Y 265 DEL CÓDIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS
ELECTORALES, RECIBIDA DEL DIPUTADO JORGE KAHWAGI MACARI, DEL GRUPO PARLAMENTARIO
DE NUEVA ALIANZA, EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE
DEL MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010
Jorge Antonio Kahwagi Macari, diputado de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 78, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 122 y 127 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, 56, 60, 63, 64, 176 y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones jurídicas aplicables, presenta ante esta honorable soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 232, 241, 264 y 265 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La democracia tiene su origen y sustento en la participación ciudadana, por consiguiente, para hacer efectiva la vida institucional de un régimen democrático es necesario que se mantengan abiertos, y en su caso se amplíen, los canales para que los ciudadanos puedan expresar sus opiniones y manifestar sus preferencias. Sin embargo, y aun a pesar de que México cuenta con un padrón electoral de poco más de 76 millones de electores y donde en la elección federal del 2006 el IFE gastó casi 13 mil millones de pesos y para este 2010 el presupuesto del instituto asciende a 8 mil 600 millones de pesos, todavía hay sectores de la población que no cuentan con las herramientas necesarias que les permitan ejercer plenamente su derecho a votar y ser votado.
Es cierto que durante los últimos veinte años en México se han concentrado grandes esfuerzos para poner en marcha un régimen político que legítimamente pueda ser adjetivado como democrático. Hoy podemos decir que al momento de introducir el voto en las urnas todos los mexicanos somos iguales ante la ley. No obstante, tenemos que reconocer que las personas con discapacidad o aquellas con movilidad reducida –mujeres embarazadas, personas de la tercera edad, entre otros– siguen sufriendo por una infinidad de barreras técnicas que impiden su libre acceso a las urnas y a la emisión del voto.
Para hacer frente a esta problemática principalmente la sociedad, junto con algunas autoridades, han impulsado reformas, políticas públicas, acuerdos campañas, etcétera, para prevenir y erradicar ésta y otras formas de discriminación. Estos esfuerzos se vieron materializados, legislativamente, en: 1) la reforma al artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde quedó de manifiesto que en nuestro país queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico, género, edad, capacidades diferentes, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas; y 2) cuando en el 2001 se ratificó la Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contras las personas con discapacidad, y que en su artículo 3 dispone que los Estados parte de la convención se comprometen a adoptar las medidas para eliminar la discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración a la sociedad.
Como resultado de lo anterior el Instituto Federal Electoral han venido implantando una serie de instrumentos, como las mascarillas en braille para la jornada electoral, para hacer más accesible el voto a personas que presentan alguna discapacidad. Todo esto, sin lugar a dudas, han sido avances importantes y han demostrado que México puede estar a la altura de las necesidades de los diversos sectores que conforman su población. Sin embargo, estas medidas son posibles debido a los acuerdos logrados por el Consejo General del IFE y no por un mandato explicito en ley, recordemos que en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) no hay alguna referencia para garantizar en cada jornada electoral estas acciones positivas. Esto deja a la suerte el derecho fundamental de sufragio para las personas con alguna discapacidad, mujeres embarazadas y adultos mayores, ya que si el próximo Consejo General considera que esto no es viable o necesario, entonces no lo implantan.
Hoy más que nunca debemos seguir avanzando para tener una legislación posible y no solamente deseable; no podemos ignorar que la lucha para prevenir y erradicar la discriminación se vuelve, en este momento de nuestra vida nacional, uno de los caminos de mayor importancia para consolidar nuestro sistema democrático. Por ello, para hacer realidad la letra de nuestra constitución, es necesario que tanto el Estado como la sociedad provean las condiciones que ayuden a remover todas aquellas barreras que impiden igualar el acceso de las personas al universo de derechos conferidos por la ley, especialmente el derecho de sufragio, es decir, a elegir y ser elegido. Es en este sentido que proponemos incluir una serie de medidas, algunas nuevas y otras retomadas de los acuerdos del Consejo General del IFE de las pasadas elecciones y de esta forma continuar en la línea a favor de verdaderamente garantizar el acceso igualitario a las urnas y a la emisión del voto.
El sufragio es un derecho del ciudadano que es ejercido mediante el voto libre, igualitario, directo, secreto y personal. Su ejercicio es obligatorio dentro de los límites y condiciones que establece la ley, por ello una mala selección de los sitios para la votación o una limitada visión sobre las necesidades a cubrir para las personas que requieren una asistencia especial, terminan por convertirse en barreras físicas discriminatorias para un sector de la población.
Muchas veces sucede que un ciudadano no emite su voto por la simple razón de que no está en condiciones de subir los escalones que lo conduzcan a la casilla, u otras personas como ciegos o sordo mudos no votaron por que no tuvieron acceso a la propaganda electoral ya que los partidos no les ofrecieron esa alternativa para informarles de sus propuestas. En otras palabras, el problema no es de universalidad del voto, sino de accesibilidad al voto. Asimismo, al impulsar medidas como las que se proponen en la presente iniciativa, es probable que pudiéramos ayudar a disminuir el abstencionismo electoral que alcanza, recurrentemente, niveles por encima del 35 por ciento.
Consideramos entonces, que el principal reto legislativo que tenemos sobre este tema en particular es 1) implementar instrumentos, con ayuda tecnológica, para que el entorno físico de la casilla sea accesible, y 2) adoptar medidas para que los partidos políticos ofrezcan sus propuestas electorales a todos los electores, independientemente de su condición física, sexo, idioma, etcétera. Lo más importante obviamente es abrir el debate para encontrar las mejores soluciones y no ignorar el tema por considerar que el IFE ya se ha hecho cargo del asunto. Recordemos que este no es un asunto legislado expresamente; existe en la realidad gracias a la voluntad de unos cuantos, pero pudiera ser que el día de mañana estemos en la misma situación donde se menoscaben los derechos de un sector de la población.
Para concluir, es necesario que tomemos conciencia de que la legislación electoral debe estar a la altura para los más de 1 millón 600 mil electores con capacidades diferentes y los más de 8 millones de adultos mayores, que están en posibilidades de emitir su voto. Sin temor a equivocarnos, para que haya una democracia incluyente tenemos que tener una legislación acorde que respete los derechos de los ciudadanos y los haga participes de la toma de decisiones.
Por las consideraciones expuestas y fundadas, en mi calidad de integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman los artículos 232, 241, 264 y 265 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales
Único. Se reforman los artículos 232, 241, 264 y 265 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:
Artículo 232
1. a 2. …
3. Con el propósito de garantizar la igualdad de oportunidades y la no discriminación durante los procesos electorales federales, los partidos políticos también procuraran ofrecer durante la campaña electoral propaganda impresa en sistema de escritura braille y mensajes difundidos por medios visuales en lengua de señas. Todo ello de conformidad con los términos del presente ordenamiento.
Artículo 241
1. Las casillas deberán ubicarse en lugares que reúnan los requisitos siguientes:
b. Aseguren la instalación de canceles o elementos modulares que garanticen el secreto en la emisión del voto;
c) No ser casas habitadas por servidores públicos de confianza, federales, estatales o municipales, ni por candidatos registrados en la elección de que se trate;
d) No ser establecimientos fabriles, templos o locales destinados al culto, o locales de partidos políticos; y
e) No ser locales ocupados por cantinas, centros de vicio o similares.
f) Deberán preferirse locales con accesos amplios que posibiliten a las personas con alguna discapacidad el uso de ayudas técnicas, perros guía u otros apoyos. Se procurará que la puerta para el paso de los electores tenga un mínimo de 90 centímetros de ancho;
g) Los locales deben encontrarse, de preferencia, en un solo nivel dentro de un terreno plano y poco accidentado. Se evitará instalar casillas en lugares que impliquen riesgos de caídas o accidentes para las personas con discapacidad, madres embarazadas o personas de la tercera edad;
h) El lugar donde se instale la casilla deberá estar en planta baja, evitando en la medida de lo posible el uso de escalones y desniveles;
i) Para facilitar el paso a las personas con discapacidad visual se evitará la presencia de obstáculos naturales o de mobiliario en los lugares de acceso a la mesa directiva y a la mampara;
j) A fin de evitar aglomeraciones que impidan el libre tránsito de los concurrentes, se procurará que los alrededores de las casillas sean espacios abiertos.
Artículo 264
1. …
Los funcionarios de casilla procurarán dar preferencia para emitir su voto a las personas con discapacidad, a las mujeres embarazadas y a las personas de la tercera edad.
2. a 5. …
Artículo 265
1. …
2. Aquellos electores que no sepan leer o que se encuentren impedidos físicamente para marcar sus boletas de voto, podrán hacer uso de los siguientes instrumentos para emitir su voto:
b) Boleta auditiva;
c) Asimismo, si una persona con discapacidad, una mujer embarazada o una persona de la tercera edad, no se sintiese cómoda para votar en la mampara prevista para tal efecto, esta podrá solicitar al presidente de la mesa de casilla que, dentro del perímetro establecido para la casilla, en la medida de lo posible procure proporcionarle otro lugar donde ejerza de manera libre y secreta su voto.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Senado de la República, sede de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, el 25 de agosto de 2010.
Diputado Jorge Kahwagi Macari (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Gobernación. Agosto
25 de 2010.)
QUE REFORMA EL ARTÍCULO
11 DE LA LEY PARA LA TRANSPARENCIA Y ORDENAMIENTO DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS,
RECIBIDA DEL DIPUTADO JORGE KAHWAGI MACARI, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE
NUEVA ALIANZA, EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL
MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010
Jorge Antonio Kahwagi Macari, diputado federal a la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 122 y 127 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, 56, 60, 63, 64, 176 y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones jurídicas aplicables, presenta ante esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 11 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) realizó un ejercicio para verificar la transparencia y disponibilidad de información sobre contratos, solicitudes, folletos informativos y comisiones en productos bancarios como tarjetas de crédito.
El ejercicio se efectuó en sucursales de diversos bancos en la Ciudad de México, a efecto de corroborar que la información que dichas entidades proporcionan a la Condusef es la misma que entregan a sus clientes en las sucursales, considerando su congruencia, vigencia y actualización. Al respecto se detectaron situaciones que podrían afectar o confundir al público usuario.
Atender y resolver de manera eficiente y oportuna las controversias que los usuarios de servicios financieros presenten ante la Condusef, es uno de los objetivos prioritarios que se tienen, y para ello se han estado implementando acciones conjuntas con las Instituciones Financieras para la atención del público usuario, mediante mecanismos eficaces y equitativos para la solución de diferencias.
De 119 073 controversias atendidas por la Condusef el año pasado, las instituciones de banca múltiple resolvieron 64 725 a favor del usuario, lo que representa un promedio del 54 por ciento, índice que representa la gran área de oportunidad que se tiene para mejora a favor de los tarjetahabientes.
Los resultados obtenidos representan para la Condusef la oportunidad de seguir instrumentando mecanismos encaminados a garantizar los más altos niveles de atención y calidad a los usuarios de servicios financieros.
El Banco de México publica bimestralmente indicadores básicos del mercado de tarjetas de crédito en México a partir de la información proporcionada por los intermediarios financieros que ofrecen este producto, señalando entre otros lo siguiente:
Aunque la tasa efectiva promedio ponderada disminuyó en febrero de 2010, si se considera un horizonte de tiempo más largo, las tasas han permanecido relativamente estables desde la primera emisión de este reporte en junio de 2009.
La comisión por anualidad se elevó en 4.8 por ciento en términos nominales, en promedio ponderado para toda la industria entre diciembre de 2009 y febrero de 2010.
Durante febrero, el número total de tarjetas de uso generalizado así como la cartera de crédito continuaron con la tendencia descendente que habían registrado en los reportes anteriores. El número de tarjetas totales de 11.9 millones, se redujo en 0.8 por ciento, mientras que el monto del saldo de crédito otorgado cayó, en términos nominales, 5.5 por ciento respecto de lo registrado en diciembre de 2009.
Conforme a las prácticas bancarias que se han registrado en México, la fecha de pago de la tarjeta de crédito ha sido fija en un día determinado del mes, sin embargo existen instituciones que en la actualidad han variado dicha fecha al presentarse días inhábiles en al año calendario, anticipando la misma, esto genera incertidumbre y confusión para con el consumidor.
Para la expedición de tarjeta de crédito, se celebra contrato de adhesión, mismo que se define en la Ley Para La Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, así como su contenido, entre otros.
Con esta iniciativa se pretende dar certidumbre a los usuarios de este tipo de servicios financieros, estableciendo que en términos generales el pago de la tarjeta de crédito deberá efectuarse el mismo día en cada mes, señalando que en el caso de que sea inhábil, se prorrogará el plazo para el pago al día hábil siguiente.
Por lo expuesto y fundado, en mi calidad de integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 11 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros
Artículo Primero. Se adiciona un último párrafo al artículo 11 de la Ley General para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, para quedar como sigue
Artículo 11. Los contratos de adhesión que utilicen las entidades financieras para documentar operaciones masivas deberán cumplir con los requisitos que mediante disposiciones de carácter general establezca la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros. Las disposiciones señalaran los tipos específicos de contratos de adhesión a los que les serán aplicables las mismas y lo que debe entenderse por operaciones masivas en términos de este artículo.
Párrafos 1. a 8. …
Todo contrato de adhesión deberá establecer que en términos generales el pago de la tarjeta de crédito se efectuará siempre el mismo día de cada mes, y en el caso de que éste sea inhábil, se prorrogará el plazo del pago al día hábil siguiente.
Artículo Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Senado de la República, sede de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, el 25 de agosto de 2010.
Diputado Jorge Kahwagi Macari (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito
Público. Agosto 25 de 2010.)
QUE REFORMA EL ARTÍCULO
11 Y ADICIONA UN CAPÍTULO IV AL TÍTULO SEGUNDO DE LA LEY
GENERAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, RECIBIDA DEL DIPUTADO JORGE KAHWAGI
MACARI, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE NUEVA ALIANZA, EN LA SESIÓN DE
LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010
Jorge Kahwagi Macari, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza en la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 122 y 127 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, 56, 60, 63, 64, 176 y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones jurídicas aplicables, presenta ante el pleno de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 11 y se adiciona un Capítulo IV al Título Segundo de la Ley General de las Personas con Discapacidad, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
En la última década, a pesar de grandes avances, como la publicación, en junio de 2005, de la Ley General de las Personas con Discapacidad, que tiene como objetivo "establecer las bases que permitan la plena inclusión de las personas con discapacidad, en un marco de igualdad y de equiparación de oportunidades, en todos los ámbitos de la vida"; y el papel que jugó México a nivel internacional como promotor de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo, la discriminación por motivo de discapacidad en este país continua siendo un fenómeno que tiene gran presencia dentro de la sociedad mexicana.
El análisis de la información oficial disponible muestra que un gran porcentaje de la población con discapacidad es víctima de discriminación y a menudo se encuentra al margen del ejercicio de sus derechos humanos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Además, más del 60 por ciento de la población con discapacidad se encuentra en los dos quintiles más bajos de ingreso de los hogares del país, lo que muestra la grave vulnerabilidad de este grupo.
Datos del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación y el Observatorio Ciudadano por la Discapacidad en México revelan que el 94 por ciento de las y los mexicanos con discapacidad en México son discriminados y tienen limitaciones para acceder en igualdad de condiciones a derechos básicos que garantizan un pleno desarrollo y la satisfacción de diversas necesidades.
La Accesibilidad es uno de los principios generales de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y tiene una importancia fundamental, principalmente para las personas con discapacidad, ya que sin ella el disfrute de los demás derechos humanos se ve normalmente frustrado.
El concepto de accesibilidad y sus alcances ha evolucionado con el transcurso del tiempo. En la actualidad, la accesibilidad no solamente tiene que ver con el acceso físico a lugares, sino también con el acceso a la información y a las tecnologías de comunicación. Por ello, uno de los deberes del Estado Mexicano es "adoptar las medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales" (artículo 9, Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad).
Si bien, la Ley General de las Personas con Discapacidad habla sobre la accesibilidad como uno de los principios que deben tomarse en cuenta a la hora de implementar políticas públicas referentes tanto al derecho al libre desplazamiento (facilidades arquitectónicas, de desarrollo urbano y de vivienda) como al derecho a la educación, ésta no establece claramente la accesibilidad en cuanto al derecho a la libre expresión, opinión y acceso a la información, derechos por demás importantes que implican que las personas con discapacidad deben tener garantizado el derecho a expresarse; incluida la libertad de recabar, recibir y facilitar información mediante cualquier forma de comunicación que les facilite una participación e integración en igualdad de condiciones que el resto de la población.
Es innegable que por medio del libre intercambio de ideas e información se construyen tanto un proceso continuo de aprendizaje y conocimiento como esquemas de comunicación y convivencia social más acabados y equitativos. Por ello, el Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas considera que las libertades de información y de expresión son piedras angulares de toda sociedad libre y democrática que deben gozar todas las personas sin discriminación alguna.
En materia de comunicación, en México, es reconocido que la televisión es una fuente esencial de información y un medio para acceder a espectáculos culturales y deportivos; sin embargo el uso de de subtítulos para que este medio sea accesible para personas con discapacidad es casi nulo. Por otro lado, sólo en casos muy particulares se utiliza la interpretación simultánea con lengua de señas mexicana, lo cual deja al margen de este tipo de servicios a un importante segmento de la población con discapacidad auditiva.
A pesar de que el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos realiza la adaptación de materiales de educación básica al lenguaje braille, y cuenta además con más de mil 160 licencias de software para personas ciegas y débiles visuales que participan en plazas comunitarias de todo el país, en general el uso de Internet para personas ciegas está limitado sólo a las personas que tienen la capacidad económica para adquirir la tecnología adecuada y la mayoría de las páginas web no cuentan con las adaptaciones necesarias para tal efecto.
Aunado a lo anterior, no obstante que las bibliotecas centrales de la Universidad Nacional Autónoma de México y del Instituto Politécnico Nacional cuentan con materiales y ayudas técnicas para personas con discapacidad visual; muchas instituciones públicas y privadas no utilizan formatos alternativos como el braille para brindar información sobre sus actividades a personas ciegas o no cuentan con espacios específicos acondicionados para atender a personas con discapacidad visual o auditiva, lo que denota importantes áreas de oportunidad para avanzar en la igualdad de oportunidades para personas con discapacidad.
La lucha contra la discriminación, en general y particularmente la existente hacia las personas con discapacidad, no es una tarea exclusiva de una institución es una obligación de todas las instancias del Estado mexicano. En el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza consideramos que una sociedad incluyente y comprometida con el derecho a la no discriminación debe facilitar a las personas con discapacidad, de manera oportuna y sin costo adicional, la información dirigida al público en general en formatos accesibles y con las tecnologías adecuadas, que incluye también el deber de los medios de comunicación y las instituciones del sector privado que prestan servicios y suministran información al público.
En la actualidad, las nuevas tecnologías pueden aportar enormes beneficios en materia de información, pero deben de ir respaldadas de medidas que posibiliten su aprovechamiento: educación de calidad para todos, acceso universal a la información y el conocimiento, y respeto de la diversidad lingüística. Por ello, las autoridades deben promover la utilización de la lengua de señas, el sistema de escritura braille, los sistemas auditivos, y otros modos, medios y formatos de comunicación así como el acceso a los nuevos sistemas y tecnologías de la información y las comunicaciones, incluida Internet para hacer del derecho al acceso a la información y la libre expresión de las personas con discapacidad un derecho real.
Un ejemplo de lo que podemos hacer como sociedad para apoyar el desarrollo e integración de las personas con discapacidad es el es el convenio firmado entre el Instituto Politécnico Nacional y el Consejo Nacional para la Personas con Discapacidad para que el Canal 11 incluya en sus emisiones diarias de Once noticias la lengua de señas mexicana. En un país en donde los rezagos en la inclusión social son evidentes, hacer noticieros accesibles en lengua de señas es un importante avance en el ámbito de la televisión pública.
Para promover la difusión del conocimiento, la educación y la cultura en todas las naciones del mundo, es esencial que cualquier clase de información pueda circular libremente. El acceso a la información no sólo contribuye al entendimiento universal, sino que permite que la diversidad de opiniones sea reconocida y respetada y mejora el mutuo enriquecimiento entre las diversas culturas. En este sentido y por las consideraciones expuestas y fundadas, en mi calidad de integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto se reforma el artículo 11 y se adiciona un Capítulo IV al Título Segundo de la Ley General de las Personas con Discapacidad
Único. Se reforma el primer párrafo del artículo 11 y se adiciona un Capítulo IV, "De la Libertad de Expresión y Acceso a la Información", al Título Segundo, "De los Derechos y Garantías para las Personas con Discapacidad", de la Ley General de las Personas con Discapacidad, recorriéndose los subsecuentes capítulos, para quedar como sigue:
Artículo 11. Las personas con discapacidad tienen derecho a recibir información acerca de los programas de educación especial e integración educativa, las ayudas técnicas a la movilidad, aquellos dispositivos técnicos y tecnologías de apoyo, incluidas nuevas tecnologías así como cualquier forma de asistencia y servicios e instalaciones de apoyo creadas dentro del sistema educativo nacional para lograr su plena incorporación.
…
…
Capítulo IV
De la Libertad de Expresión, Opinión
y Acceso a la Información
12 Bis. Las personas con discapacidad tienen derecho a la libertad de expresión y opinión; incluida la libertad de recabar, recibir y facilitar información mediante cualquier forma de comunicación que les facilite una participación e integración en igualdad de condiciones que el resto de la población. Para tales efectos, las autoridades competentes establecerán entre otras, las siguientes medidas:
II. Promover la utilización de la lengua de señas, el sistema de escritura braille, los sistemas auditivos, y otros modos, medios y formatos de comunicación así como el acceso a los nuevos sistemas y tecnologías de la información y las comunicaciones, incluida Internet;
III. Las instituciones a cargo de servicios y programas sociales en materia de discapacidad proporcionarán la información y la asesoría requerida para favorecer su desarrollo e integración social.
IV. Alentar a los medios de comunicación y a las instituciones del sector privado que prestan servicios y suministran información al público en general, a proporcionarla en formatos accesibles y de fácil comprensión.
Artículos 13 a 16…
Capítulo VI
Del Transporte Público y las Comunicaciones
Artículos 17 y 18…
Capítulo VII
Del Desarrollo y la Asistencia Social
Artículos 19 y 20…
Capítulo VIII
Del Deporte y la Cultura
Artículos 21 a 23…
Capítulo IX
De la Seguridad Jurídica
Artículos 24 y 25…
Capítulo X
De la Concurrencia
Artículos 26 a 28…
Transitorio
Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Senado de la República, sede de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, el 25 de agosto de 2010.
Diputado Jorge Kahwagi Macari (rúbrica)
(Turnado a la Comisión de Atención a Grupos
Vulnerables. Agosto 25 de 2010.)
QUE ADICIONA UNA FRACCIÓN
XX AL ARTÍCULO 3o. DE LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, RECIBIDA
DEL DIPUTADO JORGE KAHWAGI MACARI, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE NUEVA ALIANZA,
EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES
25 DE AGOSTO DE 2010
Jorge Kahwagi Macari, Diputado Federal a la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 78, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 122 y 127 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, 56, 60, 63, 64, 176 y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones jurídicas aplicables, presenta ante el pleno de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XX al artículo 3o. de la Ley General de Asentamientos Humanos, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
A lo largo y ancho de nuestro territorio podemos encontrarnos con numerosas ciudades con niveles críticos de desorden urbano, que transmiten abandono y dejadez institucional a los ciudadanos que ahí residen. Este funesto mensaje ha derivado en problemas mayores cuya solución, en ocasiones, implica inversiones millonarias y un elevado costo de oportunidad. El embellecimiento y ordenamiento de la mancha urbana mediante la ejecución de pequeños proyectos, independientes entre sí dentro de un mismo plan de desarrollo, es el mecanismo ideal de sanación de la raíz de muchos de esos problemas ante un presupuesto limitado. La ventaja de crear un plan de desarrollo que contemple pequeños proyectos independientes estriba en que estos podrían ser financiados, parcial o totalmente, por todo tipo de instituciones a cambio de su reconocimiento público y publicitario.
Es fácil argumentar que dentro de las necesidades que un gobierno debe satisfacer a través de obra pública figuran asuntos mucho más urgentes que el orden y el embellecimiento estético de la mancha urbana. No obstante, esto no significa que la belleza y el orden carezcan de importancia.
El embellecimiento urbano, entendido solo como una cuestión de estética, parece incluso frívolo en un país con tantos problemas por resolver. Sin embargo, su importancia es tal, que la realidad indica que impacta en muchos otros aspectos de enorme relevancia para la sociedad y que debemos sensibilizarnos ante ellos.
Normalmente se tiene el prejuicio de que los recursos no permiten financiar necesidades ciudadanas locales de carácter estético, cultural, deportivo o recreativo por considerarlos triviales y prescindibles. El presupuesto parece muy limitado y debe resolver problemas y conflictos de carácter nacional más trascendentales. Sin embargo, no se toma en cuenta que los conflictos que hoy captan presupuestos millonarios, tales como la inseguridad o el narcotráfico y que actualmente dejan al país como un sitio desordenado y anárquico ante la crítica internacional, existen gracias a pequeños problemas que fueron claramente escalando bajo la desidia de los gobiernos que los permitieron.
Crear orden y belleza en la organización de los asentamientos humanos procura orden y belleza en el actuar de la sociedad que los habita.
La conservación estética de las zonas urbanas contribuye a mejorar la calidad de vida de los residentes, aumenta la actividad turística, artística y cultural, genera empleo, da plusvalía, mejora la integración ciudadana y con ello la vigilancia vecinal y por tanto la seguridad, incentiva la actividad deportiva extra muros. Todo esto aumenta la derrama económica local. Sin embargo, por prometedores que sean los objetivos con una mínima inversión económica, siempre representará una inversión y un trabajo de planeación y seguimiento.
Pero ¿cómo se pueden resolver estos pequeños problemas si el gobierno no parece tener los recursos suficientes para hacerlo?
Está claro que las dificultades económicas para resolver estos pequeños problemas antes de que se conviertan en mayores complicaciones pueden satisfacerse con creatividad y voluntad. Muchos de los problemas locales de mejoramiento estético y funcional de los asentamientos humanos pueden ser resueltos de forma inmediata, pero, ¿quién debe hacerlo? Probablemente la forma más eficiente para resolver estos pequeños problemas sea mediante la concurrencia de los gobiernos, la sociedad civil y la iniciativa privada.
Conseguir la unión entre sociedad civil y empresas privadas para patrocinar proyectos de mejoramiento urbano es plausible y más efectivo que esperar a tener un presupuesto federal o local para tal objeto. Además, la participación ciudadana en proyectos de mejoramiento urbano (mobiliario urbano, creación de parques, fuentes y glorietas, la construcción de centros culturales, polideportivos, banquetas, señalización, etcétera) es una estrategia efectiva de incluir a la ciudadanía en la resolución de los problemas que aquejan al estado. Esta estrategia ha dado resultados sorprendentes en países como Chile, Brasil, Japón, Holanda y el Reino Unido además de representar una mejora real en la calidad de vida de los ciudadanos. Entonces, ¿porqué no permitir que las organizaciones civiles, las empresas privadas y los ciudadanos puedan abanderar el altruismo en la mejora estética de la mancha urbana como una forma para conseguir mejoras locales y el justo reconocimiento de su sociedad?
En un México con constantes cambios y en un franco proceso de evolución y modernización, quizás es el momento de que se establezcan mecanismos que permitan al ciudadano actuar en beneficio de su localidad a través del reconocimiento público por medio de la ejecución de proyectos de mejoramiento estético y urbanístico de los barrios y colonias que habitan.
En el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza consideramos que cualquier organización civil, empresarial y los ciudadanos en general no deberíamos de seguir esperando a estar en un puesto de poder para entonces actuar por un México más parecido a lo que siempre hemos soñado. Creemos que podríamos hacerlo ya, desde donde estamos, siempre que nuestro gobierno nos ofrezca una posibilidad de hacerlo dentro de un plan nacional o local de desarrollo y que nos lo reconozca públicamente.
Algunos posibles proyectos sujetos a ser desarrollados por cualquier organismo que desee hacerlo, siempre previa aprobación del gobierno correspondiente podrían ser: construcción o rescate de pequeños parques, plazas, espacios polideportivos o centros culturales; embellecimiento con fuentes, esculturas de artistas locales, creación de relojes solares o monumentos conmemorativos en zonas de recreación ya existentes; creación de jardineras en las aceras, camellones y bulevares; reparación y, en muchos casos, construcción de aceras, glorietas, señalización horizontal y vertical que den seguridad a los ciudadanos; rescate de monumentos históricos; diseño, construcción y alumbrado de paradas de autobús; construcción de carriles bici seguros y bien señalizados; implementación de rampas para discapacitados en esquinas; iluminación de edificios y monumentos emblemáticos, material didáctico para centros educativos, contenedores de reciclado de basura, entre otros.
La participación ciudadana es un recurso y el reconocimiento una gratificación que hemos subestimado históricamente. En el actual contexto democrático y plural, es insostenible seguir apáticos ante esto. Es momento de comprender que la "demanda ciudadana" no es otra cosa más que el sencillo deseo que todos tenemos de vivir mejor, mejor en todo.
El desarrollo de estos pequeños proyectos, muy visibles y que pretenden hacer la vida diaria más simple y grata al ciudadano de a pié, por parte de patrocinadores varios, tendrían que recibir a cambio el reconocimiento por parte de las autoridades. Es necesario que se estructure este tipo de participación, tanto a nivel federal como a nivel local. Es necesario crear el sustento jurídico para que se puedan ofertar al público en general pequeños proyectos, que sumados den como resultado un plan de desarrollo urbano integral cuya ejecución sea por y para el pueblo.
Por lo anterior, consideramos necesario adicionar una fracción XX al artículo 3 de la Ley General de Asentamientos Humanos, para que en el proceso de mejoramiento del nivel y calidad de vida de la población urbana y rural se incentive a las personas, organizaciones civiles o empresariales que participen como patrocinadores de forma parcial o total en el desarrollo de proyectos de mejoramiento y embellecimiento de la infraestructura urbana, mediante el reconocimiento permanente de sus acciones en las propias obras.
Por las consideraciones expuestas y fundadas, en mi calidad de integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 3º. de la Ley General de Asentamientos Humanos
Artículo Único. Se adiciona una fracción XX al artículo 3o. de la Ley General de Asentamientos Humanos, para quedar como sigue:
Artículo 3o. …
XX. El desarrollo de proyectos de mejoramiento y/o embellecimiento de la infraestructura urbana con patrocinio parcial o total de cualquier persona u organización civil o empresarial, siempre y cuando se garantice el reconocimiento inscrito en las propias obras.
Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Senado de la República, sede de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, el 25 de agosto de 2010.
Diputado Jorge Kahwagi Macari (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Desarrollo Metropolitano.
Agosto 25 de 2010.)
La suscrita, senadora Rosalinda López Hernández, en nombre propio y del senador Jesús Garibay García, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXI Legislatura del honorable Senado de la República, en ejercicio de la facultad que nos confieren los artículos 67, numeral 1, inciso b, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta Comisión Permanente la siguiente: Proposición con Punto de Acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La necesidad de todo trabajador de gozar de niveles óptimos de certeza jurídica en cuanto a sus derechos laborales y de seguridad social, debe ser una prioridad del Estado mexicano; en este tenor, nuestra Carta Magna se perfiló desde 1917 como un instrumento de corte progresista, entre otras cosas por asumir la defensa del trabajador como una garantía, incluyendo un título específico relativo al trabajo y la previsión social.
En este sentido, es contradictorio que el Estado, abandonando la observancia de los preceptos constitucionales y legales vigentes, no sólo tolere, sino haya promovido la contratación de empleados con derechos menores a los señalados como mínimos en nuestro marco jurídico. Es una realidad que un alto número de servidores públicos presta sus servicios bajo un esquema que se ha conocido como "de precariedad" y que este problema se acentuó en la última década.
Si bien es cierto que los trabajadores precarios en el sector público no son en términos estrictos empleados informales, es incuestionable también que la contraprestación que reciben por su trabajo es notablemente menor a la que percibe un trabajador regular. De hecho, algunas de las consecuencias de este esquema de contratación han sido la disminución forzada y progresiva de los salarios reales, la carencia de prestaciones (fondo de ahorro para el retiro, préstamos salariales, fondo de vivienda, entre otras), la ausencia de protección de seguridad social y en general, la falta de certeza jurídica en su situación laboral.
Ahora bien, resulta no menos que irónico, que uno de los sectores con mayores problemas de contratación precaria y falta de prestaciones de seguridad social, sea precisamente el hospitalario. Ello se debe a que la falta de autorización para crear nuevas plazas, no podía detener la demanda de servicios médicos; de hecho el problema se agravó con la puesta en marcha del programa de seguro popular, que requirió un aumento de recursos humanos tanto en la federación como en las entidades federativas.
Al respecto, señala el otrora diputado federal Érick López Barriga –en un instrumento similar al presente– que el número de trabajadores eventuales del multicitado sector pasó de 20 mil a más de 100 mil en el sexenio pasado.
En este sentido, nos preocupa que aunque esta problemática ya ha sido abordada por el legislador –tanto en el punto de acuerdo arriba referido, como al aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2006 (PEF 2006) y posteriormente, al emitir la nueva Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (LISSSTE) – los avances en el esquema de solución propuesto sean magros.
Para explicar lo anterior, es necesario señalar que
En cumplimiento de esta disposición, se instaló el 5 de julio de 2006 la Comisión Nacional para la Reglamentación de la Contratación de Recursos Humanos en las Entidades Federativas, como órgano encargado de hacer compatible la consolidación del sistema nacional de salud en un marco de descentralización y mejoramiento de los servicios proporcionados, con el respeto irrestricto a los derechos laborales de los trabajadores del sector; lo que requería la gradual regularización de trabajadores. Así, el Ejecutivo federal y las entidades federativas reconocieron también la necesidad de abandonar este esquema de contratación, sentando las bases para solucionar este problema por lo que se creó una subcomisión por cada entidad federativa, con la finalidad de implementar estrategias particulares para la regularización de los recursos precarios.
2. La LISSSTE incluyó en su artículo cuadragésimo tercero transitorio la obligación de incorporar integralmente al régimen de seguridad social del ISSSTE a los trabajadores precarios, disponiendo para tales efectos de un programa de incorporación gradual que inició en enero del 2008 y deberá concluir en enero de 2013, que a letra señala:
Asimismo, se les incorporará con los tabuladores aplicables en la dependencia o entidad en que presten sus servicios mediante un programa de incorporación gradual, que iniciará a partir del primero de enero del 2008 dentro de un plazo máximo de cinco años. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público establecerá los lineamientos para su incorporación.
En este sentido, es necesario contar con información sobre la estructura ocupacional precaria y en regularización en el sector salud, que contenga la integración de los recursos aprobados en el capítulo de servicios personales, con la desagregación de su plantilla total, incluidas las plazas a que se refiere el párrafo anterior, junto con las del personal operativo, eventual y el contratado bajo el régimen de honorarios, en el que se identifiquen todos los conceptos de pago y aportaciones de seguridad social que se otorguen con base en disposiciones emitidas por sus órganos competentes, así como la totalidad de las plazas vacantes con que cuenten a dicha fecha.
Asimismo, es necesario contar con información sobre los estados que han suscrito convenios de colaboración con el Ejecutivo Federal, el grado de avance en su implementación y el proceso de regularización en sus diversas etapas.
Es por lo anterior que se solicita a las secretarías de Salud y de Hacienda y Crédito Público federales, que remitan a la brevedad posible tal información a la Cámara de Diputados, para que ésta, dentro del ámbito de su competencia, proceda a otorgar los recursos necesarios para continuar con la regularización de trabajadores del sector salud.
Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta asamblea, el siguiente
Punto de Acuerdo
Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita al secretario de Hacienda y Crédito Público, maestro Ernesto Cordero Arroyo, a efecto de que en coordinación con el secretario de Salud, doctor José Ángel Córdova Villalobos, remita a la brevedad posible a la Cámara de Diputados un informe con relación a:
b. El total de recursos necesarios a transferir a las entidades federativas, para convertir en plazas permanentes, aquellas de contratación por honorarios, con cargo al Seguro Popular.
Tercero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión extiende un respetuoso exhorto a la Cámara de Diputados a fin de que en el proceso de análisis y discusión del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011 se incluyan los recursos necesarios para convertir en plazas permanentes aquellas asignadas bajo el esquema de precariedad a los trabajadores del Seguro Popular.
Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a los 18 días del mes de agosto de 2010.
Senadores: Rosalinda López Hernández, senador Jesús Garibay García (rúbrica).
(Turnada a la Comisión de Salud. Agosto 25 de 2010.)
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE
SE EXHORTA AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE CENTRO, TABASCO, A SUSPENDER Y CANCELAR
LA CONSTRUCCIÓN DEL PUENTE BICENTENARIO, DEBIDO AL DAÑO ECOLÓGICO
QUE CAUSARÁ, RECIBIDA DEL DIPUTADO JUAN GERARDO FLORES RAMÍREZ,
DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PVEM, EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN
PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010
Juan Gerardo Flores Ramírez, diputado federal a la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor literal de las siguientes
Consideraciones
El proyecto de desarrollo Bicentenario es de construcción de infraestructura integral para la modernización de espacios públicos que se encuentra bajo edificación en el municipio de Centro, estado de Tabasco, que forma parte del programa municipal de inversión en infraestructura que actualmente instrumenta la presidencia a cargo del ciudadano Jesús Alí de la Torre, por el periodo 2010-2012.
Entre las obras previstas dentro del referido proyecto se encuentra la construcción de un puente peatonal que unirá el vaso Cencalli con el parque Tomás Garrido, el cual es un área natural protegida bajo designio de reserva ecológica mediante el acuerdo de fecha 8 de febrero de 1995, suscrito por el ciudadano Manuel Gurría Ordóñez, entonces gobernador del estado de Tabasco. Dicho puente peatonal cruzará la vialidad Paseo Tabasco, contará con una distancia aproximada de 100 metros de longitud por 12.5 metros en su parte más ancha y con una altura variante entre 8.4 a 6 metros.
El presupuesto asignado dentro del proyecto de desarrollo Bicentenario para obras que se realizarán en el parque Rovirosa y para la construcción del puente referido con antelación asciende a $70 millones de pesos.
Como punto de partida, es menester destacar que el ayuntamiento de Centro jamás implementó una consulta ciudadana para medir la opinión generalizada relativa a dicha obra de alto impacto, sobre todo para determinar con claridad y certeza, mediante un sondeo colectivo, el verdadero grado de necesidad urbana o de exigencia cívica para instaurar el correspondiente puente peatonal.
De lo anterior se infiere que la obra se planeó sin consultar la opinión pública, no sólo por lo que respecta a la necesidad o exigencia de ésta, sino también sobre la dirección a la cual deban orientarse, de conformidad con las demandas sociales imperantes en la localidad, los flujos de gasto e inversión pública, así como las consideraciones que en materia ecológica deben ser observadas por lo que se refiere a reservas naturales protegidas, como es el presente caso.
En efecto, la opinión actual de la ciudadanía, la cual se manifiesta en forma de protesta pública, se orienta a cuestionar la prioridad de la obra y el hecho de destinar 70 millones de pesos del escaso presupuesto municipal a las obras del parque Rovirosa y, sobre todo, a la construcción de un puente peatonal que afecta una reserva natural protegida. Tal cifra equivale a cerca del veinte por ciento del total del presupuesto para inversión en el 2010.
Los anteriores recursos son cuantiosos, y su destino descrito agrava las circunstancias de mérito cuando se reflexiona que tales recursos pudieran generar mayores frutos de beneficio social si fueran destinados a otros objetivos, tales como el rescate integral de las aguas de dicha reserva, ya que presentan un alto grado de contaminación, el mejoramiento del sistema de drenaje, de los cárcamos, la construcción y mantenimiento de plantas de tratamiento de aguas residuales, y el dragado de ríos y lagunas para sanear las aguas y prevenir inundaciones.
En este aspecto, es prioritaria la pavimentación de calles y el despliegue de otras medidas enfocadas a evitar o mitigar que las lluvias ocasionen inundaciones tan perjudiciales como las que acontecen año con año en la localidad, tomando en seria consideración que a la fecha de presentación del presente punto de acuerdo, el caudal de río Grijalva presenta niveles que indican un potencial desbordamiento.
Por lo que concierne a la falta de consulta pública, también se desprende que no se requirió la opinión ciudadana en lo relativo a la interferencia que la edificación del puente peatonal suscitará en el entorno del parque, patrimonio de la comunidad, en lo particular por el acometimiento impetuoso y repentino que ocasionará sobre el delicado equilibrio de su paisaje natural y el perjuicio inmediato que causará sobre su flora y fauna.
Su construcción ya ha causado la tala de cuantiosos árboles en el entorno del parque y la consecuente dilapidación de la fauna que en su entorno residía. Adicionalmente, se irrumpirá de manera irreparable con el equilibrio ecológico prevaleciente en la cuenca de la laguna de Las Ilusiones, la cual es patrimonio del estado, por lo que resulta claro que en la construcción del puente Bicentenario, el municipio de Centro está alterando los usos, destinos y reservas del parque Tomás Garrido, de la laguna de Las Ilusiones, del vaso Cencalli y de la vialidad Paseo Tabasco, ya que con esta obra se invadirán esferas urbanas destinadas a la recreación, el deporte, la cultura y la preservación ecológica.
Parte de los reclamos ciudadanos se enfocan a que el parque Tomás Garrido se ha convertido en un virtual estacionamiento público de la contigua torre empresarial, lo cual ha sustraído espacios del parque que hoy se emplean para estacionar vehículos toda vez que en la torre no se han terminado de construir sus estacionamientos planeados y, a la fecha, las autoridades municipales no han exigido su conclusión. Se podría asumir que con la edificación del puente, el ayuntamiento les estaría otorgando facilidades a quienes laboran en la torre y estacionan sus automóviles en las áreas del parque para que tengan un acceso seguro y directo.
Por todo lo expuesto, destacando la grave afectación al medio ambiente de una área natural protegida, como lo son el parque Tomás Garrido y la Laguna de las Ilusiones, es menester que la administración pública del ciudadano Jesús Alí de la Torre, presidente municipal de Centro, Tabasco, suspenda y cancele de manera permanente la edificación del puente peatonal en comento, salvaguardando con ello la armonía natural de sus irrepetibles entornos naturales y el beneficio inherente que conceden a la ciudadanía que los valora.
En mérito de lo expuesto, someto a consideración de este Poder Legislativo la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados, en estricta observancia y respeto a la división de poderes, exhorta al ciudadano Jesús Alí de la Torre, presidente municipal de Centro, Tabasco, a suspender y cancelar el proyecto de construcción del denominado puente Bicentenario, con motivo del alto y perjudicial impacto ecológico que su edificación causará en distintos entornos naturales protegidos y su carencia de justificación económica en tiempos de crisis.
Segundo. La Cámara de Diputados, en estricta observancia y respeto a la división de poderes, exhorta al ciudadano Jesús Alí de la Torre, presidente municipal de Centro, Tabasco, a remitir a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de esta soberanía todos los estudios urbanos y de impacto ecológico que hayan sido elaborados por su administración pública en torno y con prelación a la definición del proyecto arquitectónico del Puente Bicentenario y al respectivo inicio de las obras.
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 25 de agosto de 2010.
Diputado Federal Juan Gerardo Flores Ramírez (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos
Naturales. Agosto 25 de 2010.)
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE
SE EXHORTA A LA SHCP Y AL SAT A CONSIDERAR EN LA ELABORACIÓN DE
LOS PROYECTOS DE LEY DE INGRESOS Y DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN
LOS PUNTOS DE VISTA DE LOS SECTORES PRODUCTIVOS, RECIBIDA DE LA DIPUTADA
NORMA SÁNCHEZ ROMERO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESIÓN
DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010
La que suscribe, Norma Sánchez Romero, diputada federal por la LXI legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que la Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Sistema de Administración Tributaria de la administración pública federal para que en la elaboración de la iniciativa de Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de 2011, considere los puntos de vista expresados por los sectores productivos del país, con la finalidad de acelerar la creación de empresas y empleos que México requiere, con base en las siguientes
Consideraciones
El artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece:
Al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la Nación.
En el marco de lo dispuesto en el artículo constitucional antes referido y atendiendo a que es el Poder Ejecutivo, el órgano de gobierno que ha elaborado y presentado ante el honorable Congreso de la Unión, las iniciativas de Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos correspondientes, y atendiendo a la difícil situación económica mundial que ha dificultado la creación de empresas y empleos, es prioridad para el desarrollo económico de nuestro país, que en el siguiente paquete de reformas fiscales se facilite y aliente la creación de empleos en beneficio de los mexicanos.
En la planeación del paquete fiscal, el gobierno federal considero en el 2010 la posible existencia de un déficit presupuestal provocado por factores coyunturales y estructurales, destacan entre los factores estructurales:
Acentuada debilidad en la captación fiscal como porcentaje del PIB. En América Latina, México Capta el 9 por ciento mientras que Chile capta el 18.9 por ciento. Incluso Haití capta un porcentaje mayor (10.45).
Reducida base de contribuyentes cautivos y sobre explotados
Desmedida proporción de la actividad económica desarrollándose en la economía informal e ilegal (se estima un 60 por ciento).
De acuerdo con lo anterior, diversas Cámaras empresariales, asociaciones de ciudadanos y los sectores productivos han presentado una serie de iniciativas para lograr el objetivo de simplificar y hacer más sencillo el cumplimiento de las obligaciones fiscales, con la finalidad de disminuir los costos y con ello alentar la creación de empleos, dentro de un régimen de formalidad jurídica.
Bajo esta lógica, estudios realizados por el Banco Mundial han indicado que existe una relación directa entre la facilidad para cumplir con la regulación y el nivel de formalidad o informalidad en la economía, es decir, a mayor carga burocrática y regulatoria, las empresas, micro y pequeñas, se ven forzadas a operar en la informalidad, a menor carga regulatoria y burocrática, se estaría alentando la creación de empleos y empresas dentro de la economía formal.
En México, alrededor del 93 por ciento de las empresas son micro, pequeñas y medianas, muchas de ellas no cuentan con los recursos económicos necesarios para cumplir con todas las regulaciones gubernamentales que le impone la ley, en ese sentido, una reforma fiscal importante debe considerar simplificar y disminuir las obligaciones formales y no solo las netamente impositivas para alentar la creación de empresas.
Adicionalmente, las micro, pequeñas y medianas empresas contribuyen, en forma importante, con los siguientes aspectos de la economía nacional:
En el marco de la planeación democrática que establece la Constitución federal es necesario que la elaboración de las iniciativas de la Ley de Ingresos, y de Presupuesto de Egresos para 2011, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como el Sistema de Administración Tributaria, consideren las propuestas que han sido formuladas por los sectores productivos del país con la finalidad de alentar la economía, así como para profundizar en las medidas de simplificación administrativa a que ha exhortado y ejecutado el titular del Poder Ejecutivo federal.
En este entorno, el tema de la eficiencia tributaria cobra relevancia y la desregulación y simplificación para las empresas debería también ser materia de una discusión seria para alentar su competitividad.
La actividad reguladora y fiscalizadora se convierte así en un pesado lastre que evita que los empresarios puedan concentrarse en su objetivo primordial que es la de producir, generar empleos y utilidades.
En el marco de las propuestas presentadas por el sector privado a continuación presentamos un catálogo de las mismas, las cuales tienen como finalidad alentar el desarrollo económico del país:
Para lo cual se solicita a dichas dependencias, se anexe un informe a la iniciativa de Ley Ingreso Ingresos y de Presupuesto de Egresos a ser presentada en el honorable Congreso de la Unión, en donde se explique si fueron consideradas las opiniones de los sectores productivos en la elaboración del paquete fiscal para 2011.
Por lo expuesto, me permito someter a consideración desde esta honorable soberanía, el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Sistema de Administración Tributaria de la Administración Pública Federal para que en la elaboración de la iniciativa de Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos de 2011, considere los puntos de vista expresados por los sectores productivos del país, con la finalidad de acelerar la creación de empresas y empleos que México requiere.
Para lo cual se solicita a dichas dependencias, anexen un informe en la iniciativa de Ley Ingresos y de Presupuesto de Egresos a ser presentada en el honorable Congreso de la Unión, en donde se explique si fueron consideradas las opiniones de los sectores productivos del país en la elaboración del paquete fiscal para 2011.
Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente, recinto legislativo de Xicoténcatl, Ciudad de México, el día 25 de agosto de 2010.
Diputada Norma Sánchez Romero (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito
Público. Agosto 25 de 2010.)
CON PUNTO DE ACUERDO, PARA QUE
EN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN DE 2011 SE ASIGNEN
RECURSOS PÚBLICOS PARA GARANTIZAR EL PAGO VITALICIO DE PENSIONES
Y JUBILACIONES DE LOS EX TRABAJADORES DE FERROCARRILES NACIONALES DE MÉXICO,
EN LIQUIDACIÓN, RECIBIDA DEL SENADOR CARLOS SOTELO GARCÍA
DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN
PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010
Senador Carlos Sotelo García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estado Unidos Mexicanos, presento ante la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, Proposición con Punto de Acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
Como sabemos, la privatización de los Ferrocarriles Nacionales de México, iniciada durante el gobierno de Ernesto Zedillo Ponce de León, culminó con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de junio de 2001, que declaró la extinción del organismo descentralizado y conservó su personalidad jurídica exclusivamente para efectos del proceso de liquidación.
Como consecuencia, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones laborales, en el artículo 4° de dicho decreto se estableció que los derechos laborales de los trabajadores de Ferrocarriles Nacionales de México, generados conforme al Contrato Colectivo de Trabajo aplicable y a la Ley, serían respetados; y en toda época, el Gobierno Federal garantizaría complementariamente el pago vitalicio de las pensiones otorgadas a los trabajadores jubilados y pensionados, de Ferrocarriles, en el caso de que el fondo de jubilaciones resultaré insuficiente.
Con el monto de los más de dos mil millones de dólares que obtuvo el Estado producto de la privatización, se constituyó un fondo para cubrir el pasivo de pensiones y jubilaciones de los entonces 50 mil jubilados y pensionados de Ferrocarriles Nacionales de México al momento de su extinción. Y al efecto, para su administración y aplicación, se transfirieron los fondos al Fideicomiso Ferronalesjub 5012-6.
En el periodo de 1997 al 2000, el fideicomiso se administró con finanzas sanas, toda vez que su capital se incrementó de 13 mil 500 millones a 19 mil millones.
Sin embargo, la descapitalización del fondo en los años subsecuentes, por la falta de controles eficientes en su dirección, pone en serio riesgo el pago oportuno de pensiones y jubilaciones en el 2011 y los años siguientes.
Al 31 de diciembre de 2009, el fideicomiso contaba con sólo 3 mil 869 millones de pesos para cubrir sus obligaciones.
Y según los resultados del cálculo actuarial realizado a principios de 2009 por el despacho Lescale Consultores Actuariales, SC, a encargo del propio Fideicomiso Ferronalesjub 5012-6, éste reporta un déficit de 15 mil 699 millones de pesos.
En este sentido, mediante comunicación folio SGAF/082/2009, de fecha 26 de enero de 2009, el licenciado Alberto Lona Sánchez, subdirector general y encargado del despacho de la liquidación, urge la intervención de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para capitalizar al fideicomiso, en virtud de que sus fondos sólo serán suficientes para cubrir el monto de las pensiones a los fideicomisarios hasta el mes de junio de 2011.
Al respecto, en el seno de esta Comisión Permanente, se presentaron sendos puntos de acuerdo de los diputados Francisco Hernández Juárez, Rigoberto Salgado Vázquez, Enrique Torres Delgado y Armando Ríos Piter, para exhorta al titular del Ejecutivo federal a que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación del Ejercicio Fiscal de 2011 incluya una partida para capitalizar el Fideicomiso Ferronalesjub 5012-6; y del diputado Silvio Lagos Galindo para exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a que atienda las recomendaciones de la Auditoría Superior de la Federación y aporte los recursos actuarialmente necesarios para cubrir el déficit financiero del Fideicomiso Ferronalesjub 5012-6.
No obstante, la gravedad de la situación que pone en riesgo la subsistencia de 39 mil jubilados y pensionados actuales y sus respetivas familias, exige no sólo el exhorto al titular del Ejecutivo federal sino también a la Cámara de Diputados para que en el proceso de discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011, se garantice la asignación de recursos públicos suficientes para solventar el pago vitalicio de pensiones y jubilaciones de los trabajadores de Ferrocarriles Nacionales de México en liquidación.
Por otra parte, estoy convencido que los buenos oficios de los legisladores federales que integran el Comité Técnico del Fideicomiso Ferronalesjub 5012-6 serán determinantes al objeto de esta proposición para que la Comisión de Presupuesto, primero, y el pleno de la Cámara de Diputados, después, haga las previsiones presupuestales para recapitalizar al fideicomiso.
En vista de las consideraciones anteriores, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estado Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía, los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Cámara de Diputados para que en el proceso de discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011, se asignen recursos públicos suficientes para garantizar el pago vitalicio de pensiones y jubilaciones de los trabajadores jubilados y pensionados de Ferrocarriles Nacionales de México en liquidación, con el objeto de continuar con cumplimiento de las obligaciones del Gobierno Federal establecidas en el artículo cuarto del decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México y se abroga su Ley Orgánica, publicado el 4 de junio de 2001 en el Diario Oficial de la Federación, y en cumplimiento de la Base Tercera para llevar a cabo la Liquidación de Ferrocarriles Nacionales de México, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio de 2001, así como del numeral II del apartado de "Antecedentes" del Convenio sobre el Fideicomiso Ferronalesjub 5012-6, del 19 de diciembre de 1997, en virtud de que los recursos con los que cuenta dicho Fideicomiso solo cubren las pensiones de los fideicomisarios hasta el mes de junio de 2011.
Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión atentamente pide a los legisladores federales que integran el Comité Técnico del Fideicomiso Ferronalesjub 5012-6, dar seguimiento al proceso de asignación de recursos públicos en el proceso de discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 en la Cámara de Diputados.
Tercero. La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión solicita a la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados, remita a las Cámaras que integran el Congreso de la Unión, el resultado de las autorías practicadas al Fideicomiso Ferronalesjub 5012-6.
Salón de sesiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a los 25 días del mes de agosto de 2010.
Senador Carlos Sotelo García (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta
Pública. Agosto 25 de 2010.)
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE
SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA Y A LA COMISIÓN
FEDERAL DE MEJORA REGULATORIA A CONTINUAR LAS MEDICIONES SOBRE SIMPLIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA EN LOS TRES NIVELES DE GOBIERNO, RECIBIDA DE LA DIPUTADA
NORMA SÁNCHEZ ROMERO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESIÓN
DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 25 DE AGOSTO DE 2010
La que suscribe, Norma Sánchez Romero, diputada federal por la LXI legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que la Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía y a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria de la administración pública federal a continuar realizando la medición y evaluación de las acciones de simplificación administrativa de los trámites federales, estatales y municipales relacionados con la apertura y operación de empresas en México,con base en las siguientes
Consideraciones
En el contexto de la globalización de nuestros días, la competitividad surge como un instrumento de suma importancia para lograr el crecimiento y el desarrollo económico. En este sentido, la competitividad de cada país se basa en buena medida en las relaciones y capacidades de los sectores económicos y sociales.
El desarrollo de la competitividad nacional es de suma importancia para mejorar las condiciones de vida de la población. Bajo este contexto, debemos reconocer que nuestro país ha perdido varias posiciones en los índices de competitividad a nivel internacional.
De acuerdo con el índice de competitividad global del Foro Económico Mundial, México ocupa el lugar 60 y sólo ocupa posiciones competitivas en los rubros de estabilidad macroeconómica en el lugar 48, en educación superior y capacitación en el lugar 24, y en tamaño de mercado en el lugar 11.
Analistas internacionales han establecido una relación directamente proporcional entre la calidad del marco regulatorio y el crecimiento económico, por lo que se estima que un incremento del 10 por ciento en la calidad del marco regulatorio, asumiendo que otros factores no cambien, puede tener un efecto positivo de 0.5 por ciento en el crecimiento del PIB.
El gobierno federal ha realizado esfuerzos importantes para incrementar la competitividad del país, no obstante ello, es necesario profundizar en dichas políticas para colocar a nuestras empresas en posición de competir con éxito en el mercado internacional, sobre todo en sectores vulnerables a la competencia.
La Comisión Federal de Mejora Regulatoria ha venido impulsando la instalación de sistemas de apertura de empresas, como un programa de coordinación, entre los diversos niveles de gobierno, federal, estatal y municipal, mediante el cual se pretende simplificar los trámites para la apertura de empresas, disminuyendo los tiempos de respuesta a la ciudadanía.
De acuerdo con el último estudio nacional 2010 del Banco Mundial, México todavía se encuentra en el lugar 51 a nivel mundial en facilidad para hacer negocios, por lo que a continuación se presenta la tabla elaborada por dicha institución1:
Singapore 1
New Zealand 2
Hong Kong, China 3
United States 4
United Kingdom 5
Denmark 6
Ireland 7
Canada 8
Australia 9
Korea, Rep. 19
Bahrain 20
Switzerland 21
Belgium 22
Malaysia 23
Estonia 24
Germany 25
Lithuania 26
Latvia 27
Austria 28
Israel 29
Netherlands 30
France 31
Macedonia, FYR 32
United Arab Emirates 33
South Africa 34
Puerto Rico 35
St. Lucia 36
Colombia 37
Azerbaijan 38
Qatar 39
Cyprus 40
Kyrgyz Republic 41
Slovak Republic 42
Armenia 43
Bulgaria 44
Botswana 45
Taiwan, China 46
Hungary 47
Portugal 48
Chile 49
Antigua and Barbuda 50
Mexico 51
Tonga 52
Slovenia 53
Fiji 54
Romania 55
Peru 56
Samoa 57
El Salvador 84
Pakistan 85
Dominican Republic 86
Maldives 87
Serbia 88
China 89
Zambia 90
Grenada 91
Ghana 92
Vietnam 93
Moldova 94
Kenya 95
Brunei Darussalam 96
Palau 97
Marshall Islands 98
Como parte de la evaluación del desempeño de dicho programa, la Cofemer con el apoyo del Banco Mundial ha venido realizando el estudio Doing Business, a nivel subnacional, en dicho estudio se pretende evaluar y comparar los esfuerzos que los diversos niveles de gobierno, federal, estatal y municipal, han realizado para simplificar y mejorar la regulación en México.
Además en dicho estudio se ha efectuado una análisis del clima general de negocios en las ciudades mexicanas seleccionadas, en donde se han considerado y evaluado los aspectos relativos a los tiempos para obtener el registro de una propiedad, el cumplimiento de un contrato, la apertura de una empresa, así como el procedimiento para obtener la licencia de construcción.
El referido estudio, por su carácter nacional e internacional, permite tener un marco de comparación y evaluación de desempeño de los programas de mejora regulatoria a nivel federal, estatal y municipal con otras regiones del mundo.
En ese sentido, nos parece necesario fortalecer su aplicación, logrando que el estudio de Doing Business, a nivel subnacional, se practique anualmente con la finalidad de tener una evaluación objetiva de los avances en el procesos de simplificación de impacto en la actividad económica, con la finalidad de que los ciudadanos e instituciones de gobierno conozcan con certeza los avances que el tema de simplificación administrativa tiene en México.
En virtud de lo anterior, propongo que esta Cámara exhorte respetuosamente a la Secretaría de Economía y a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria de la Administración Pública Federal para continuar realizando la medición y evaluación de las acciones de simplificación administrativa de los trámites Federales, Estatales y Municipales relacionados con la apertura y operación de empresas en México.
Por lo expuesto, me permito someter a consideración desde esta Honorable Soberanía, el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía y a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria de la Administración Pública Federal para continuar realizando la medición y evaluación de las acciones de simplificación administrativa de los trámites Federales, Estatales y Municipales relacionados con la apertura y operación de empresas en México.
Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente, recinto legislativo de Xicoténcatl, Ciudad de México, el día 25 de agosto de 2010
Diputada Norma Sánchez Romero (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Economía. Agosto de 2010)
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE
SE EXHORTA AL PRESIDENTE DE LA CNDH Y AL PROCURADOR DE LOS DERECHOS HUMANOS
DE GUANAJUATO A PROMOVER LA SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE ALERTA DE
VIOLENCIA DE GÉNERO; Y A LA PRESIDENTA DEL INMUJERES, POR EL AGRAVIO
COMPARADO COMETIDO SISTEMÁTICAMENTE POR LAS AUTORIDADES DE ESE ESTADO
Y QUE HA IMPOSIBILITADO A LAS MUJERES EL LIBRE GOCE DE SUS DERECHOS FUNDAMENTALES,
RECIBIDA DE LA DIPUTADA LETICIA QUEZADA CONTRERAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO
DEL PRD, EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES
25 DE AGOSTO DE 2010
La que suscribe, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 78 de la Constitución Política; y 58, 59, 60, 171 y 172 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos somete a consideración del pleno de la Comisión Permanente proposición con puntos de acuerdo, de urgente u obvia resolución, para que la Comisión Permanente exhorte al doctor Raúl Plascencia Villanueva, presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH); y al licenciado Gustavo Rodríguez Junquera, procurador de los Derechos Humanos de Guanajuato, a promover en conjunto o de manera indistinta la solicitud de declaración de alerta de violencia de género; y a la presidenta del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres, María del Rocío García Gaytán, por el agravio comparado cometido sistemáticamente por las autoridades de ese estado y que ha imposibilitado a las mujeres el libre goce de sus derechos fundamentales.
Antecedentes
1. Con el objetivo de incorporar a nuestro derecho vigente los compromisos internacionales suscritos por el Estado mexicano, se publicó 1 de febrero de 2007 en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
2. Esa ley establece, siguiendo los estándares internacionales, en sus artículos 22 al 25 y en los artículos 30 a 39 del reglamento de la ley (publicado con fecha 11 de marzo de 2008 en el Diario Oficial de la Federación), el mecanismo alerta de violencia de género, cuyo objetivo es garantizar la seguridad de las mujeres, cesar la violencia en su contra y eliminar las disposiciones normativas que impidan el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres.
3. La alerta de violencia consiste en el conjunto de acciones gubernamentales que enfrenten y erradiquen la violencia contra las mujeres.
4. La solicitud de Alerta es necesaria e idónea, en virtud de que el Instituto Nacional de las Mujeres debe velar por la aplicación de los principios de progresividad y de pleno respeto a los derechos humanos de las mujeres y debe regirse por la normatividad internacional de protección a los derechos humanos de las mujeres.
Asimismo, la creación de los mecanismos para el adelanto de las mujeres obedece a diferentes instrumentos internacionales que el Estado mexicano ha suscrito a lo largo de los últimos años, y su obligación es velar por el respeto y garantía de los derechos de las mujeres, tal como lo establece el agravio comparado, es decir, la necesidad de crear, modificar o derogar aquellas disposiciones que no propicien el adelanto de las mujeres y fomenten y perpetúen las condiciones de desigualdad entre las mujeres del país.
1. En nuestro país, el artículo 4° constitucional establece el derecho de toda persona para decidir de manera libre, informada y responsable sobre el número y el espaciamiento de sus hijas e hijos.
A su vez, el Programa de Acción Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo señala que los derechos reproductivos se basan en el reconocimiento del derecho básico de todas las parejas e individuos a decidir libre y responsablemente sobre el número de hijas e hijos a procrear y el espaciamiento de los nacimientos, a disponer de la información y de los medios para ello, así como a alcanzar el nivel más elevado de salud sexual y reproductiva.
De igual forma incluye el derecho de la mujer a adoptar las medidas que estime necesarias para decidir sobre su cuerpo. México ha suscrito diversos instrumentos internacionales en los que se reconocen y protegen los derechos fundamentales de las mujeres a la salud, la integridad corporal, la no discriminación, el derecho a una vida sin violencia, la igualdad y la libertad.
Algunos de estos convenios explicitan el derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo y obligan al respeto de sus vidas, entre los que destacan la Convención para eliminar Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra las Mujeres (Convención Belém do Pará), la Convención de los Derechos del Niño, la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Conferencia Mundial sobre la Mujer de 1975, la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijing en 1995, y la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo (El Cairo, 1994). La Plataforma de Acción de Beijing (1995) indica: "Considerar la posibilidad de revisar las leyes que prevén medidas punitivas contra las mujeres que han tenido abortos ilegales", y "reconocer y afrontar las consecuencias que tienen para la salud los abortos peligrosos, por ser una cuestión de gran importancia para la salud pública".
2. La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia establece en el artículo octavo transitorio: "Las legislaturas de los estados promoverán las reformas necesarias en la legislación local, previstas en las fracciones II y XX del artículo 49, dentro de un término de 6 meses, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley", esta obligación vincula a los Estados y al Distrito Federal impulsaran las reformas, en el ámbito de su competencia, para el cumplimiento de los objetivos de la Ley General de Acceso. En el mismo sentido, obliga a la armonización legislativa, la recomendación 19 del Comité CEDAW, así como los puntos de acuerdo que obligan a que se dé cumplimiento a la armonización legislativa.
3. Guanajuato es la única entidad en el país que no cuenta con una ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia; es decir, no ha dado cumplimiento a la obligación derivada de la norma federal y por ende de los instrumentos internacionales.
4. De igual forma con la normatividad vigente en materia de aborto en este estado de la república se incurre en una violación a los derechos humanos de las mujeres, pues se obstaculiza el acceso a la justicia y al pleno goce de todos sus derechos como el derecho fundamental a decidir sobre su salud, su maternidad, su vida y su cuerpo de igual forma se discrimina a las mujeres guanajuatenses por el hecho de su residencia ya que en comparación a los derechos de las mujeres del Distrito Federal, éstas últimas gozan un derecho integral que les permite tomar una decisión basada en la consejería médica y la libre determinación humana, respetando en todo momento su integridad como sujeta plena de derechos y con acceso a los servicios públicos de salud.
5. La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia considera la alerta de violencia de género por agravio comparado como un mecanismo a disposición de los organismos de derechos humanos y de la sociedad civil, para respetar, proteger y garantizar el derecho de las mujeres a "no ser menos que" o "tener menos que", es decir, estar en una situación de desigualdad jurídica respecto a otras mujeres, en el entendido que el agravio comparado es la ofensa o perjuicio que se infiere a una persona en sus intereses o derechos, por comparación de trato con otra persona en caso similar por lo que cualquier entidad federativa que no quiera incurrir en agravio comparado, debe considerar de forma positiva las diferencias para impulsar el proceso de desarrollo equitativo y un mayor nivel de justicia en el Estado mexicano que es, entre otras, una de sus principales funciones.
6. Por lo expuesto, en Guanajuato se actualiza el supuesto jurídico que establece el artículo 31 fracciones II y III del Reglamento de la Ley, que establece la alerta de violencia de género por agravio comparado, debido a que se ha aplicado el tipo penal de homicidio en razón de parentesco y el de aborto, sancionando a las mujeres que tienen un aborto espontáneo en el que el resultado material escapa de la voluntad de las mujeres, en éstos casos, las mujeres en Guanajuato han sido sancionadas con pena privativa de la libertad que algunos casos ha sido de 35 años de prisión inconmutable y en el caso del delito de aborto se impone en el código sustantivo una pena que va desde los seis meses hasta tres años de prisión y multa de diez y hasta treinta días, en comparación con el Distrito Federal, cuya sanción máxima es conmutable y va de tres a seis meses de prisión o bien de 100 a 300 días de trabajo a favor de la comunidad y precisa que sea consumado.
7. Sin embargo la penalidad aplicable por el delito de aborto en Guanajuato asciende hasta a 3 años de prisión y comparativamente en el Distrito Federal, es una conducta no punible hasta las 12 semanas de gestación y una vez transcurrido este periodo la penalidad es inferior respeto a todo el territorio nacional.
8. Por eso, en Guanajuato se carece de una legislación congruente con un estado democrático de derecho, cuyos valores y principios intrínsecos son la libertad, la igualdad y la justicia social que garantice el ejercicio de sus derechos fundamentales, como es el derecho a decidir su maternidad libre y voluntaria, consagrado en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
9. En este sentido, se destaca la Recomendación emitida por la Representación de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, cito a la letra:
La oficina pudo observar la persistencia de patrones culturales que motivan la discriminación contra las mujeres, al mismo tiempo que limitan el pleno ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos. Las prácticas, actitudes y estereotipos que muchas veces prevalecen tanto al interior de la familia, la comunidad y determinadas autoridades son, sin duda alguna, formas de discriminación y violencia en contra de las mujeres. Con el ánimo de contribuir a la generación de condiciones que fortalezcan el ejercicio efectivo de los derechos de las mujeres en la entidad, la Oficina se permite formular las siguientes recomendaciones a las autoridades locales:
2. Revisar la figura penal del "homicidio en razón de parentesco" con el fin de que no se aplique a casos de distinta naturaleza y se garantice la proporcionalidad de las penas.
3. Esta Oficina confía en que el sistema de justicia implementará mecanismos para garantizar un trato no discriminatorio y prejuicioso en contra de las mujeres, con el fin de evitar acusaciones inadecuadas por los delitos de aborto u homicidio en razón de parentesco. En este sentido, es pertinente realizar una reflexión sobre los procesos legales emprendidos en contra de María Araceli Camargo Juárez, Ofelia Segura Frías, Yolanda Martínez Montoya, Liliana Morales Moreno, Ana Rosa Padrón Alarcón y Susana Dueñas Rocha a fin de que se asegure que tanto los procedimientos, como los principios fundamentales del derecho a la defensa hayan sido apegados a los estándares internacionales del debido proceso, particularmente el relacionado con el principio de presunción de inocencia.
Considerando
Primero. Que es indispensable para el Estado mexicano garantizar, en Guanajuato, la seguridad de las mujeres, cesar la violencia en su contra y eliminar las disposiciones normativas que impidan el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres.
Segundo. Que es indispensable que el Inmujeres actúe firmemente y decisión para garantizar la seguridad de las mujeres, cesar la violencia en su contra y eliminar las disposiciones normativas que impidan el ejercicio pleno de los derechos humanos de estas en todo el territorio nacional y particularmente en Guanajuato.
Tercero. Que es fundamental disminuir o eliminar la brecha de desigualdad jurídica entre las mujeres del Estado de Guanajuato respecto a las de otras entidades federativas, principalmente respecto del Distrito Federal en materia de derechos sexuales y reproductivos o interrupción legal del embarazo.
Cuarto. Que se debe legislar transversalizando, desde el congreso local, la perspectiva de género, estableciendo ampliamente las excluyentes de responsabilidad penal para los tipos penales de aborto, incrementando las existentes y contemplando en la legislación vigente la interrupción del embarazo y que el aborto, será no punible cuando proceda a partir de la duodécima semana de gestación.
En tanto, el legislador local deberá establecer con claridad el tipo penal de homicidio en razón de parentesco para que no sea utilizado para criminalizar a las mujeres e imponerles sanciones indebidas y contra la ley por una conducta que no corresponde al tipo penal citado ya que de prevalecer la normatividad vigente y la interpretación de las autoridades encargadas de procurar y administrar justicia se perpetuaría la violan de los derechos fundamentales de las mujeres en el país.
Quinto. Con relación al Poder Legislativo, se requiere que se realice una labor de armonización, que permita legislar desde la perspectiva de género en beneficio de las mujeres, propiciando el adelanto de las mujeres y el respeto a sus derechos humanos fundamentales, en lo que respecta ala Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia y su armonización en todo el marco jurídico de la entidad.
Se requiere hacer una reforma al artículo 1 párrafo segundo de la Constitución del Estado para que con base en el no se criminalice a las mujeres guanajuatenses, es decir que se de marcha atrás a la reforma que protege la vida desde la concepción ya que esta disposición incide de forma directa en la vida, la salud y la libertad de las mujeres y las obliga a llevara a termino un embarazo.
De igual forma, que los habitantes del estado accedan a una planificación familiar en los términos que establece el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así mismo, se requiere una reforma de los Códigos Penal y Civil del estado, en especifico del artículo 158, que tipifica el aborto, y el 163, que se refiere a las excluyentes de responsabilidad penal en materia de aborto, para ampliar estas excluyentes como cuando se ponga en riesgo al vida de la madre, por malformaciones congénitas, entre otras y principalmente que se legisle en materia de interrupción legal del embarazo, estableciendo que el aborto será punible hasta la décimo segunda semana de gestación.
Sexto. Debido a que la declaratoria de alerta de violencia de género exige como requisito de procedencia que sea interpuesto por un organismo de defensa y promoción de los derechos humanos, nacional o local, es necesario instar también a que accione dicho mecanismo, el presidente de la CNDH, doctor Raúl Plascencia Villanueva: y el licenciado Gustavo Rodríguez Junquera, procurador de los Derechos Humanos de Guanajuato, quienes apegados a lo dispuesto por el artículo 32 del Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Por lo expuesto, con carácter de urgente u obvia resolución someto a consideración de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, LXI Legislatura, la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta al doctor Raúl Plascencia Villanueva, presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; y al licenciado Gustavo Rodríguez Junquera, procurador de los Derechos Humanos de Guanajuato, a promover en conjunto o de manera indistinta la solicitud de declaración de alerta de violencia de género a la presidenta del Instituto Nacional de las Mujeres, María del Rocío García Gaytán, por el agravio comparado cometido sistemáticamente por las autoridades de ese estado y que ha imposibilitado el libre goce de los derechos fundamentales de las mujeres, generando discriminación y una aplicación inicua de la ley.
Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a la presidenta del Instituto Nacional de las Mujeres, María del Rocío García Gaytán, a formular en el ámbito de su competencia la declaratoria de alerta de género por agravio comparado, en virtud de la violación sistemática de los derechos fundamentales que ha imposibilitado el libre goce de los derechos de las mujeres, generando discriminación y una aplicación inicua de la ley.
Salón de sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 25 de agosto de 2010.
(Turnada a la Comisión de Equidad y Género.
Agosto 25 de 2010.)
A la sesión ordinaria que tendrá lugar el lunes 30 de agosto, a las 16:00 horas, en el salón de protocolo del edificio A.
Atentamente
Diputado Ildefonso Guajardo Villarreal
Presidente
DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
A la vigésima segunda reunión ordinaria, que se llevará a cabo el martes 31 de agosto, de las 9:00 a las 13:00 horas, en los salones C y D del edificio G.
Atentamente
Diputado Cruz López Aguilar
Presidente
DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
A la octava reunión plenaria, que se realizará el martes 31 de agosto, a las 11:00 horas, en el salón E del edificio G.
Atentamente
Diputada Ninfa Salinas Sada
Presidenta
DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO METROPOLITANO
A la tercera reunión de la Mesa Interparlamentaria para la Formulación del Marco Normativo para el Desarrollo Metropolitano en México, que se efectuará el martes 31 de agosto, a las 12:00 horas, en la zona B del edificio G.
Atentamente
Diputada Alma Carolina Viggiano Austria
Presidenta
DE LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES
A la reunión en comisiones unidas con la de Derechos Humanos que se realizará el martes 31 de agosto, a las 12:00 horas, en la zona C del edificio G.
Atentamente
Diputado Juventino Víctor Castro y Castro
Presidente
A la octava reunión plenaria, que se realizará el martes 31 de agosto, a las 14:00 horas, en el salón E del edificio G.
Atentamente
Diputado Carlos Manuel Joaquín González
Presidente
DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO RURAL
A la decimosexta reunión ordinaria, que tendrá verificativo el martes 31 de agosto, a las 16:00 horas, en los salones C y D del edificio G.
Orden del Día
5. Dictámenes a discusión:
5.1. Minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona
la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Integra iniciativas presentadas
en el periodo 2004-2006, remitidas por el Senado de la República;
5.2. Iniciativa con proyecto de decreto que expide la
Ley Nacional Agraria. Proponente: Diputado Félix Castellanos Hernández;
5.3. Iniciativa que reforma y adiciona los artículos
16, 41 y 42 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Proponente: Diputado
Carlos Ernesto Navarro López;
5.4. Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones
de las Leyes de Desarrollo Rural Sustentable, y de Planeación. Proponente:
Diputado Irineo Mendoza Mendoza; y
5.5. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se
reforman los artículos 6 de la Ley Agraria y 15 de la de Desarrollo
Rural Sustentable. Proponente: Diputado Roberto Pérez de Alva Blanco.
6. Asuntos generales:
6.1. Presentación del diputado Alberto Jiménez
Merino "Acciones legislativas para combatir la pobreza"; y
6.2. Comentarios sobre el tema de energías renovables
y bioenergéticos.
7. Clausura y cita para la próxima reunión.
DE LA COMISIÓN DE ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES
A la séptima reunión plenaria, que tendrá verificativo el martes 31 de agosto, a las 17:00 horas, en el salón de protocolo del edificio A.
Atentamente
Diputada Yolanda de la Torre Valdez
Presidenta
DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE SEGUIMIENTO A LA IMPLEMENTACIÓN DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN, EVALUACIÓN Y ARMONIZACIÓN CONTABLE
A la segunda reunión ordinaria, que se llevará a cabo el martes 31 de agosto, a las 17:00 horas, en el salón B del edificio G.
Orden del Día
DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO SOCIAL
A la reunión que se llevará a cabo el jueves 2 de septiembre, a las 15:00 horas, en el salón B del edificio G.
Atentamente
Diputado José Francisco Yunes Zorrilla
Presidente
DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE ACCESO DIGITAL
A la reunión de trabajo que tendrá verificativo el miércoles 8 de septiembre, a las 11:00 horas, en el salón B del edificio G.
Orden del Día
5. Presentación del informe de actividades de la
comisión:
a) Análisis y discusión de iniciativas
que presentará la comisión.
6. Asuntos generales.
7. Clausura.
Atentamente
Diputado Rodrigo Pérez-Alonso
Presidente
DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE ANÁLISIS DE POLÍTICAS DE CREACIÓN DE NUEVOS EMPLEOS
A la sexta reunión ordinaria, por celebrarse el miércoles 8 de septiembre, a las 11:15 horas, en el salón de usos múltiples número 3 del edificio I.
Orden del Día
DE LA COMISIÓN DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
A la séptima y octava reuniones ordinarias, por efectuarse el miércoles 8 de septiembre, a las 12:00 horas, en el salón de protocolo del edificio A.
Atentamente
Diputado Pablo Escudero Morales
Presidente
DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS EDUCATIVOS
A la novena reunión plenaria, que se efectuará el miércoles 22 de septiembre, a las 10:00 horas, en el salón B del edificio G.
Atentamente
Diputado José Trinidad Padilla López
Presidente
Al foro La Constitución de 1917: pasado, presente y futuro, que tendrá verificativo el jueves 2 de septiembre, a las 9:00 horas, en el auditorio del edificio E.
Atentamente
Diputado Juventino Víctor Castro y Castro
Presidente
DE LA COMISIÓN DE RECURSOS HIDRÁULICOS
Al primer Encuentro nacional para la innovación hídrica, experiencias y modelos de éxito, que se llevará a cabo el martes 7, el jueves 9 y el viernes 10 de septiembre, de las 10:00 a las 15:00 horas, en el salón de protocolo del edificio C.
Atentamente
Diputado Óscar Javier Lara Aréchiga
Presidente
Al Foro internacional por la universalización y atención integral de la salud, que se llevará a cabo el miércoles 29 de septiembre, a las 10:00 horas, en los salones de usos múltiples números 2 y 3 del edificio I.
Atentamente
Diputado Miguel Antonio Osuna Millán
Presidente
A la conferencia internacional Derecho de réplica y libertad de expresión: retos de la democracia que, en colaboración con la Asociación Mexicana de Derecho a la Información, la Universidad Autónoma Metropolitana, la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM y la Fundación Konrad Adenauer, se llevará a cabo el viernes 1 de octubre, de las 8:30 a las 21:30 horas, en el auditorio y el vestíbulo del edificio E.
Derecho de réplica y libertad de expresión: retos de la democracia
El derecho de réplica es un derecho humano fundamental que no se encuentra plenamente garantizado en México, lo que obliga a hacer una reflexión colectiva sobre el estado actual y los desafíos jurídicos para que esta garantía individual se consagre en el país.
Hasta ahora, en el Congreso de la Unión se han presentado diversas iniciativas que pretenden regular el ejercicio del derecho de réplica previsto en el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y existe un proyecto de dictamen que –actualmente– es analizado por las diferentes fuerzas políticas representadas en el Poder Legislativo.
Esta conferencia aportará elementos y reflexiones muy valiosas para que los legisladores tomen la mejor decisión para el país, pero también será la oportunidad para que los ciudadanos conozcamos más sobre un derecho, cuyo propósito es consolidar en nuestro país las instituciones democráticas, que suponen un régimen de libertad personal y de justicia social, fundado en el respeto de los derechos esenciales del hombre.
Con el objetivo de tener una visión más amplia, la que posibilita el derecho comparado, han sido invitados académicos y especialistas de América Latina, Europa y Estados Unidos, quienes con la participación de sus pares en México permitirán que los asistentes conozcan más sobre los medios de defensa cuando se considere que un particular fue afectado en su imagen o en su honor y sea necesario ejercer el derecho de réplica para que los ciudadanos tengan acceso a una información más equilibrada y apegada a la realidad.
Programa
9:00 a 9:45 horas. Inauguración
10:00 a 12:00 horas. Mesa 1. Un derecho para todos