Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2847-II, jueves 17 de septiembre de 2009.


Iniciativas Proposiciones
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Iniciativas
QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DEL DIPUTADO CÉSAR AUGUSTO SANTIAGO RAMÍREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

César Augusto Santiago Ramírez, diputado a la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y demás relativos, somete respetuosamente a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea, la presente iniciativa con proyecto de decreto mediante la cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El deterioro de la normatividad que regula el desempeño de la Cámara de Diputados es evidente.

Los debates que constituyen el aspecto esencial de la actividad parlamentaria son actualmente conducidos de manera irregular: por un lado se aplica en lo posible el reglamento de debates que data de 1934, y por otro, diversas reglas derivadas de múltiples acuerdos de la Junta de Coordinación Política, de la Conferencia e incluso de la propia Mesa Directiva de la Cámara, que sin facultades expresas en la ley han ido aportando reglas que ahora se usan en lo que resulte conducente.

Resulta increíble y, por supuesto, es inaceptable que la Cámara de Diputados no disponga de una ley orgánica actualizada, de un reglamento de debates que responda a la conformación y a las exigencias contemporáneas, y que ante esa ausencia improvise usos y prácticas que son la regla actual en la conducción de las sesiones de la Cámara.

El Congreso General también carece de normatividad. En 2008, se reformó el artículo 69 de la Constitución para facilitar al actual presidente de la república lo que se suponía podría constituir una accidentada comparecencia del Ejecutivo federal en la apertura de sesiones del primer periodo ordinario de la legislatura, donde antiguamente se rendía el informe anual del Estado que guarda la administración pública federal.

La reforma al artículo 69 constitucional deja mucho que desear puesto que deja cuestiones dudosas que no tienen la precisión que un texto constitucional debiera tener. Por otro lado el desarrollo de las actividades propias del informe y aún la instalación misma del Congreso General no están regulados en la Ley Orgánica, que no se ha podido actualizar al tenor de la reforma constitucional del artículo 69.

Es evidente entonces que el acuerdo reciente que votamos en la sesión de instalación del Congreso General es tan sólo una improvisación más para salir del paso, sin que se atienda la necesaria certeza y la legalidad que deben prevalecer en cualquier acto del Congreso de la Unión.

Por otro lado, se ha mostrado, apenas hace unos días, al realizar la Presidencia de la Cámara una notificación al pleno, un desordenado debate en un asunto que constituía una simple comunicación y que no contenía un espacio legal apropiado para el debate.

El Presidente condujo una especie de asamblea en que menudearon las expresiones en contra de la comunicación y que, otra vez en una improvisación provocada por la carencia de normas, el asunto fue regresado a la propia mesa directiva sin que se sepa, a ciencia cierta, cuál es el procedimiento que sigue a este errático encuentro que hemos tenido todos en el pleno cameral.

De otra parte, debe decirse que la normatividad que regula el desempeño del poder ejecutivo, deja también mucho que desear.

No se cumple ya con la Ley de Planeación, Presupuesto y Cuenta Pública, no se respetan los enunciados de los artículos 25 y 26 de la Constitución, se da manga ancha para que el Ejecutivo disponga a sus anchas del presupuesto que anualmente otorga, en un acto de profundo sentido republicano, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Aprobados los rubros del presupuesto, luego, hay una absoluta discrecionalidad en su ejercicio cotidiano, se inventan reglas de operación para la aplicación de los recursos, se transfieren de una partida autorizada a fideicomisos oscuros montos presupuestales importantes; más delicado aún; se crean plazas, se fijan salarios estratosféricos, se aportan canonjías, seguros médicos y protecciones privadas a los altos mandos del ejecutivo sin que pase más que por el autoritarismo de quien dicta esas disposiciones, sin importar el mal uso del dinero público, que debiera de dejarse a otras cuestiones que tienen prioridad para el común de los ciudadanos.

En el Poder Judicial es ya una costumbre que al final de cada ejercicio se destine hasta el último sobrante que pueda quedar del presupuesto autorizado, en improvisadas compras, estímulos, compensaciones y otros gastos, que se realizan para evitar que ese poder tenga un subejercicio que impida que al año siguiente se pueda disminuir el volumen de recursos que solicita.

Recientemente el presidente del Consejo Federal del IFE enfrentó una severa crítica en los medios de comunicación por el aparato burocrático que le rodea y la discrecionalidad en los sueldos y prestaciones con que recompensa a ese número de servidores que giran a su alrededor.

Si el problema de la rendición de cuentas es un asunto muy delicado, de igual magnitud es el del abuso, del exceso o de la falta de regulación que aclare ante los ciudadanos lo que el poder, así en términos generales, hace o debiera de hacer para cumplir con su cometido esencial.

El poder público tiene que ser revalorado, se entiende que durante la prevalencia de gobiernos de derecha, la disminución del Estado sea para ellos una necesidad en el ánimo, siempre manifiesto, de hacer negocios o permitir que el sector privado se haga subrepticiamente de responsabilidades consubstanciales al ejercicio mismo del poder público.

La reforma del poder público es imprescindible porque tiene que lograrse su eficacia, pero también su eficiencia; porque tiene que volverse a dar en un esquema que responda al objetivo central de la política, el servicio público que modere la indigencia y la opulencia –como dijera Morelos– y que promueva la base del desarrollo nacional con libertad, igualdad y justicia social –como decimos nosotros.

La necesidad de reformar el poder ha estado presente en los últimos años, de ahí los intentos en distintas vías, para realizar proyectos comúnmente llamados "reforma del Estado".

Desafortunadamente esos proyectos no han concretado la revisión exhaustiva del poder y, aún cuando han logrado aciertos, éstos se han referido principalmente a la adecuación del sistema electoral.

Para atender de manera pragmática la urgencia de revisar la legislación, empezando por esta Cámara, propongo la creación de una comisión que tenga carácter duradero e importancia destacada.

Sé bien que existe la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias; pero se bien que ésta ha sido totalmente improductiva e irrelevante en las últimas legislaturas. La Junta de Coordinación Política ha dispuesto siempre y nunca ha estado entre sus prioridades la renovación y actualización de la normatividad a que ésta iniciativa se refiere.

Someto pues a su consideración esta iniciativa, que con sentido práctico y que sin espíritu grandilocuente de otras iniciativas pretende orientarse a revisar y renovar la legislación de fondo y darle al poder público un aire nuevo que bien lo necesita.

De aprobarse en esta LXI Legislatura la instalación de una comisión ordinaria de reforma y vigilancia del poder público, se fortalecerían los mecanismos de control parlamentario que permiten un auténtico equilibrio de pesos y contrapesos entre los poderes públicos federales y se establecería un medio de control oportuno para detectar irregularidades como subejercicios y desvío de recursos públicos, en momentos de crisis donde lo que se requiere es oportunidad y eficacia en la aplicación de las distintas partidas del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Por lo expuesto, se somete respetuosamente a consideración de la honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que adiciona una fracción XXXIII al artículo 39, y un numeral 6 al artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se adiciona la fracción XXXIII al artículo 39, recorriéndose las demás en su orden para ser un total de XLI, y un numeral 6 al artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 39. ...

1. ...

2. La Cámara de Diputados cuenta con comisiones ordinarias que se mantienen de legislatura a legislatura y son las siguientes:

I. a XXXII. ...

XXXIII. Comisión para la Reforma del Poder Público y su Vigilancia.

XXXIII. a XL. (Se recorren).

3. ...

Artículo 40. ...

6. La Comisión para la Reforma del Poder Público a que se refiere la fracción XXXIII del artículo 39 de esta ley tendrá la facultad de emitir opinión vinculatoria, en su materia, a las demás comisiones ordinarias, a efecto de que la consideren en sus dictámenes o resoluciones. Su objetivo es actualizar las leyes, normas, reglamentos y acuerdos que garanticen que la actuación de los órganos del supremo poder de la federación se ajuste a lo dictado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y cumpla con la indispensable revaloración del Poder Público que exige el pueblo de México.

Transitorio

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 17 de septiembre de 2009.

Diputado César Augusto Santiago Ramírez (rúbrica)
 
 


QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DE FOMENTO A LAS ACTIVIDADES REALIZADAS POR ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL, A CARGO DE LA DIPUTADA TOMASA VIVES PRECIADO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

La que suscribe, diputada federal Tomasa Vives Preciado, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, de conformidad con lo establecido en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y lo dispuesto en el artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, bajo la siguiente:

Exposición de Motivos

Las organizaciones de la sociedad civil (OSC), como organismos de apoyo a la comunidad, han tomado una importancia inusitada en todas las democracias del mundo. Son, sin duda, uno de los baluartes representativos del fomento de los valores de la sociedad civil. En ellas se cuenta con la participación de los ciudadanos y de expertos profesionales y técnicos en diversas áreas, cuyo fin es el apoyo comunitario.

Son diversas las contribuciones que las OSC han realizado a través del desarrollo de procesos participativos para la mejora de viviendas y barrios, satisfacción de necesidades sociales económicas y culturales; preservación de los derechos humanos, así como generación de experiencias del buen ciudadano. Además de ello, se han conformado como una guía fundamental para marcar el rumbo de la agenda de políticas públicas.

El desarrollo de los objetivos de las OSC se ha centrado en temas del espacio social como salud, educación, recreación, vivienda, medio ambiente, servicios públicos domiciliarios, entre otros. Ello ha generado que sus actividades no resulten ajenas al Estado sino que, por el contrario, se interrelacionen con las suyas.

Al respecto, las OSC han alcanzado el reconocimiento suficiente como para considerarlas como un espacio que requiere apoyo público, lo que implica también una dinámica de compromiso en cuanto al manejo de recursos públicos y privados, la contratación, la atención de la población objetivo y la influencia en la organización de la comunidad para su protección, desarrollo y prosperidad general.

Su importancia para la evolución social y su necesaria y permanente observancia por parte del Estado y la comunidad, les exige hoy día un adecuado y responsable comportamiento en cada una de las esferas en que desarrollan su actividad, ya que el principal activo con que cuentan es su credibilidad.

Es así que deben estar provistas de mecanismos que les permitan demostrar la evolución de sus alcances y avance en sus metas. Su capacidad de alcanzar esto es el único elemento que le permitirá legitimación.

Una OSC que garantice su legitimidad tendrá la certeza de que sus donantes y afiliados continuarán contribuyendo al cumplimiento de su misión. El requisito esencial para su supervivencia es la preservación de ese activo intangible.

En México y en todo el mundo las OSC han gozado niveles de confianza pública que superan los de cualquier otro sector de la sociedad. Las encuestas mundiales, realizadas al respecto desde 1999, lo demostraron sistemáticamente.

Sin embargo, este reconocimiento no fue permanente. En 2007, por primera vez, una proporción mayor de las personas confió más en las empresas que en las ONG.1

Las causas parecieran ser múltiples y no se presentan solamente en naciones cuya evolución económica no ha sido favorable. En los países en desarrollo, el nivel de confianza de las ONG es del 50 por ciento y ocupa el tercer lugar después de las empresas, con 60 por ciento, y los medios de comunicación, con un 53 por ciento.

Los bajos niveles de confianza por parte de los ciudadanos para con las ONG se deben a la débil rendición de cuentas, a la omisión de los impactos logrados y a su nulo vínculo con lo que los constituyentes señalan como prioridades sociales.2

Es por ello que tomar acciones para rescatar uno de los elementos imprescindibles de una sociedad democrática –la participación ciudadana y su espacio por excelencia, las OSC– es tarea de Estado.

Ni las OSC ni ningún otro espacio de participación puede gozar de legitimidad y credibilidad si no recurren a la rendición de cuentas, que no es privativa del sector público y ha cobrado relevancia en los últimos años.

Informar con periodicidad a los ciudadanos sobre el estado que guarda el cumplimiento de misiones y objetivos es una tarea cotidiana y obligatoria. Al respecto, muchas OSC han iniciado el camino hacia su cumplimiento pues no se pueden quedar a la zaga.

El Estado debe apoyar y consolidar este proceso, a través del establecimiento de reglas y mecanismos claros en el sistema legal, en el cual se incentive a las OSC a garantizar la transparencia en sus acciones sobre todo cuando estas se hacen con recursos públicos.

Esto es fundamental para rescatar la credibilidad de este sector, para no mermar y sí promover el ejercicio ciudadano; pero sobre todo para garantizar que todo aquel ámbito en el que el Estado invierte sea un espacio con resultados palpables y que beneficien a la población.

El objetivo es garantizar la transparencia y la difusión del trabajo de las OSC para que toda la sociedad mexicana pueda verse beneficiada de sus experiencias y las lecciones aprendidas.

En México, mediante la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, se obliga a las organizaciones a informar anualmente a la comisión sobre las actividades que realizaron y el cumplimiento de sus propósitos, así como información financiera, contable y patrimonial para transparentar su funcionamiento.

Si bien con ello se cuenta con un primer instrumento que permite conocer el funcionamiento de las OSC, es necesario impulsar mecanismos de transparencia y rendición de cuentas.

Por todo ello, se propone el establecimiento de un espacio propicio para la evaluación de los informes que emiten las OSC, al interior de la Comisión de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil, con la creación de una oficina de evaluación y monitoreo, garantizando que las organizaciones de la sociedad civil sean quienes definan los criterios de análisis de dichos los informes, aprovechando su vasta experiencia y conocimiento técnico.

Se propone también que para impulsar una mayor transparencia, las dependencias y las entidades de la administración pública federal hagan públicos los lineamientos específicos para otorgar los apoyos y estímulos referidos, así como el listado de organizaciones que los reciben.

Con estas reformas y adiciones a la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil se vigoriza la transparencia y rendición de cuentas, que fortalece el trabajo de la sociedad civil y genera mayores posibilidades de participación en un marco de certeza y eficiencia en la utilización de recursos públicos.

Compañeras y compañeros legisladores fortalezcamos la participación ciudadana y la democracia nacional.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de

Decreto

Artículo Único: Se reforma la fracción V del artículo 7; se adiciona un artículo 11 Bis, se reforma la fracción I del artículo 13, y se adiciona una fracción VIII al artículo 29 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, para quedar como sigue:

Artículo 7.

I. a IV. …

V. Informar anualmente a la Comisión, a través de la Oficina de Evaluación y Monitoreo, sobre las actividades realizadas y el cumplimiento de sus propósitos, así como el balance de su situación financiera, contable y patrimonial, que reflejen en forma clara su situación y, especialmente, el uso y resultados derivados de los apoyos y estímulos públicos otorgados con fines de fomento, para mantener actualizado el Sistema de Información y garantizar así la transparencia de sus actividades;

VI. a XIII. …

Artículo 11 Bis. Para la evaluación de los informes anuales de las organizaciones de la sociedad civil, la Comisión contará con una Oficina de Evaluación y Monitoreo, la cual tendrá las siguientes atribuciones: I. Recibir los informes de las organizaciones;

II. Evaluar los informes a los que se refiere la fracción anterior;

III. Emitir el dictamen derivado de la evaluación;

IV. Publicar los resultados en los medios que considere convenientes, para que la sociedad los pueda conocer y aprovechar las experiencias del trabajo de las organizaciones, y

V. Los criterios para la evaluación de los informes serán establecidos por el Consejo en su carácter de órgano experto.

Artículo 13. I. Otorgamiento de apoyos y estímulos para los fines de fomento que correspondan, conforme a lo previsto por esta ley y las demás disposiciones legales y administrativas aplicables. Las dependencias y entidades harán públicos los lineamientos específicos para otorgar los apoyos y estímulos referidos, así como el listado de organizaciones que los reciben;

II. a VIII. …

Artículo 29. I. a VII. …

VIII. Establecer los criterios para la evaluación de los informes que presenten las organizaciones a la Comisión.

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas
1. Edelman, Trust Barometer. www.edelman.com/trust/2007; consultado en noviembre 2007.
2. Bonbright D (2007) El rostro cambiante de la rendición de cuentas de las ONG. Conferencia magistral, Instituto de Comunicación y Desarrollo, Montevideo.

Dado en el salón de plenos del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de septiembre de 2009.

Diputada Tomasa Vives Preciado (rúbrica)
 
 


QUE REFORMA EL ARTÍCULO 39 DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DEL DIPUTADO PORFIRIO MUÑOZ LEDO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PT

El suscrito, diputado a la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XXXIII, al artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El fin del sistema de partido hegemónico significó el desmantelamiento del orden político existente y selló el fin del pacto social proveniente de la Revolución y la Constitución de 1917. El fraude electoral de 1988 agudizó las contradicciones en la clase gobernante en virtud de que la tecnocracia se apoderó del gobierno, pasando por alto el compromiso social que el Estado mexicano tenía con la clase obrera y campesina.

En materia política, el inicio de la era neoliberal significó la emergencia de actores sociales y políticos que demandaban una mayor injerencia en los asuntos públicos. Al perder el Estado la rectoría económica, perdió la capacidad para mantener la gobernabilidad del país y no fue sino hasta 1997 que las fuerzas de oposición pudieron construir la mayoría absoluta en la Cámara de Diputados gracias a la serie de cambios en materia electoral que se remontan al periodo 1995-1996, donde las modificaciones fueron acordadas por el consenso de todas las fuerzas políticas nacionales.

En el año 2000, la alternancia en el Ejecutivo llegó con el compromiso de impulsar una reforma integral a la Constitución y a las instituciones del Estado. Para tal efecto se constituyó la Comisión de Estudios para la Reforma del Estado, CERE, grupo plural de expertos que entregó un amplio catálogo de reformas que no fueron atendidas al no haber voluntad política del Ejecutivo para convertir la alternancia en una transformación de fondo del Estado mexicano.

En el ámbito legislativo, el Congreso ha fundado instancias específicas con la tarea de asumir los cambios y transformaciones del Estado. La LVII Legislatura de la Cámara de Diputados elaboró una encuesta entre especialistas donde se evidenció la necesidad de lograr una nueva constitucionalidad y encomendó a la entonces Comisión de Estudios Legislativos el análisis y la investigación de los temas relativos. La LVIII legislatura aprobó la conformación de una Comisión Especial para la Reforma del Estado, que fue reinstalada por la LIX y la LX Legislaturas. En la Cámara de Senadores, hacia el año 2002 se creó la Comisión Especial para la Reforma del Estado, que fue refrendada en 2006 por la LX Legislatura.

En 2007 se promulgó la Ley para la Reforma del Estado, que tuvo como objetivo "establecer los mecanismos para el análisis, negociación y construcción de acuerdos para la concreción del proceso de la reforma del Estado mexicano". La ley contempló un mecanismo excepcional que obligaba al Congreso a adoptar las reformas constitucionales en un solo espacio: para ello, se creó la Comisión Ejecutiva de Negociación y Construcción de Acuerdos, CENCA, como órgano rector y conductor de los trabajos.

Con la concurrencia de ciudadanos, organizaciones civiles, académicos y actores políticos, la CENCA discutió un amplio conjunto de temas. No obstante, las Cámaras adoptaron las reformas electoral, y sobre seguridad y justicia al margen de las normas adoptadas y, en gran parte, con un sentido ajeno a las propuestas procesadas.

Con dicho antecedente, las iniciativas resultantes de los trabajos de la comisión merecieron una atención menor en el Congreso: sólo unas cuantas fueron dictaminadas y ninguna ha sido aprobada totalmente en sus términos originales.

Las instituciones del Estado no responden hace tiempo a las necesidades del país. Las reformas parciales al orden constitucional que se han venido introduciendo desde su promulgación han incurrido en contradicciones y lagunas que han deformado y en ocasiones traicionado el texto original.

Es menester que la ciudadanía cuente con los instrumentos de participación y de control político del ejercicio de gobierno. El pueblo debe ser el titular efectivo de la soberanía, el actor de la vida política nacional y el autor del destino colectivo.

Proponemos establecer como comisión ordinaria de dictamen legislativo la Comisión de Reforma del Poder Público y Derechos Fundamentales que, a diferencia de las comisiones especiales de reforma del Estado que la preceden, sí contará con la facultad legal para dictaminar todas las iniciativas bajo un modelo integral de revisión al ordenamiento jurídico nacional.

La nueva comisión que proponemos crear dictaminaría el conjunto de proyectos e iniciativas que se han venido acumulando dentro de un proyecto articulado de revisión integral del andamiaje institucional del Estado, en tanto que la Comisión de Puntos Constitucionales continuaría recibiendo y dictaminando las iniciativas sobrevivientes que incidan en el texto constitucional. En todo caso, debiera establecerse una conexión eficiente entre las comisiones especializadas del Congreso en cada materia y el proyecto de conjunto, que sería responsabilidad de la comisión que proponemos.

Una vez establecido este nuevo organismo, convendría relacionarlo con las actividades correspondientes del Senado, según el sistema de conferencia. De no encontrarse una fórmula que permitiese destrabar un proceso lamentablemente estancado, probablemente no quedaría más solución que la convocatoria a una asamblea constituyente del bicentenario. Sería pertinente entonces recurrir a la fórmula planteada por la CERE: un artículo transitorio constitucional que disponga la formación de una asamblea constituyente compuesta por los legisladores electos, de tal forma que los suplentes ocuparan el lugar de los propietarios en las Cámaras del Congreso. A pesar de que dicho esfuerzo fue acogido por la mayor parte de los actores políticos, nunca fue implantado.

Por las consideraciones antes expuestas y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona la fracción XXXIII al artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se adiciona la fracción XXXIII, corriéndose en su orden la actual fracción XXXIII para pasar a ser fracción XXXIV y así sucesivamente del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 39.

1. y 2. …

I. a XXXII. …

XXXIII. Reforma del Poder Público y Derechos Fundamentales;

XXXIV. Relaciones Exteriores; (se recorre)

XXXIV. Salud; (se recorre)

XXXV. Seguridad Pública; (se recorre)

XXXVI. Seguridad Social; (se recorre)

XXXVII. Trabajo y Previsión Social; (se recorre)

XXXVIII. Transportes; (se recorre)

XXXIX. Turismo, y (se recorre)

XL. Vivienda. (se recorre)

3.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 17 días del mes de septiembre de 2009.

Diputado Porfirio Alejandro Muñoz Ledo y Lazo de la Vega (rúbrica)
 
 


QUE REFORMA EL ARTÍCULO 20 DE LA LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN, A CARGO DEL DIPUTADO JORGE ANTONIO KAHWAGI MACARI, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE NUEVA ALIANZA

Jorge Antonio Kahwagi Macari, diputado a la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 122 y 127 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60, 63, 64, 176 y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones jurídicas aplicables presenta ante esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XVIII al artículo 20 de la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Durante las últimas décadas, el país ha experimentado importantes avances en la aplicación de medidas y estrategias para eliminar progresivamente la discriminación. Con la publicación, en 2003, de la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación y la creación del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), en 2004, el Estado mexicano reconoció que la discriminación en México en todas sus formas y manifestaciones es un grave problema que conduce a la exclusión y alimenta la desigualdad, la fragmentación social y el abuso de poder.

A pesar de los avances jurídicos y de la creación de organismos encargados de velar por el respeto y la protección de los derechos humanos y de generar las condiciones necesarias para que la igualdad de trato y oportunidades sea real, las transformaciones siguen siendo insuficientes para garantizar la plena inclusión de los millones de personas que siguen viviendo en condiciones de marginación y vulnerabilidad en México.1

La institución rectora en el país encargada de promover las políticas y medidas tendentes a contribuir al desarrollo cultural y social y avanzar en la inclusión social en el país es el Conapred.

A través de acciones que protegen a todos los ciudadanos de cualquier distinción o exclusión basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra que impida o anule el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas, el consejo trata de eliminar los obstáculos que limitan en los hechos la participación efectiva en la vida política, económica, cultural y social del país e impiden el pleno desarrollo de las personas.

En una sociedad calificada como sumamente discriminadora, la prevención se convierte en una herramienta imprescindible para lograr el pleno ejercicio y goce de los derechos fundamentales, reconocidos en la Constitución mexicana. Por ello, la tarea antidiscriminatoria constituye, como bien se menciona en la carpeta de información básica del consejo, una obligación del Estado que se presenta como inexcusable si se quiere abandonar la situación de atraso.

Gracias al trabajo del Conapred, muchas investigaciones, encuestas, estudios y análisis se han realizado alrededor del problema de la discriminación en México, los grupos que la padecen, los tipos y las políticas públicas y acciones afirmativas que se requieren para combatirla.

En este sentido y como institución encargada de articular la política antidiscriminatoria en el país, debemos aprovechar la función del Conapred para que éste tenga, además de las atribuciones señaladas en el artículo 202 de la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación, la de actuar como un órgano de consulta, capacitación y asesoría de las dependencias y entidades de la administración pública federal, así como de las autoridades estatales y de las municipales, y de los sectores social y privado en materia de igualdad, prevención y eliminación de la discriminación.

El fin es que cualquier organismo público o privado, cuando lo requiera, pueda contar con la ayuda, la asesoría y la capacitación de la institución encargada de promover en el país los programas, los proyectos y las acciones para prevenir y eliminar la discriminación y así avanzar en la lucha de una sociedad más igualitaria y justa. El trabajo del Conapred puede contribuir de forma importante a las acciones y decisiones que se llevan a cabo en dependencias y en entidades de la administración pública, las autoridades en sus tres ámbitos y el sector privado. Por ello someto a consideración de la LX legislatura del honorable Congreso de la Unión el presente

Decreto que adiciona la fracción XVIII al artículo 20, recorriéndose las siguientes, para quedar en 20 fracciones, de la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación.

Único. Se adiciona la fracción XVIII al artículo 20, recorriéndose las siguientes, para quedar en 20 fracciones, de la ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, para quedar como sigue:

Artículo 20. Para el cumplimiento de su objeto, el consejo tendrá las atribuciones siguientes:

I. a XVI. …

XVII. Elaborar y suscribir convenios, acuerdos, bases de coordinación y demás instrumentos jurídicos con órganos públicos o privados, nacionales o internacionales en el ámbito de su competencia;

XVIII. Actuar como órgano de consulta, capacitación y asesoría de las dependencias y de las entidades de la administración pública federal, así como de las autoridades estatales y de las municipales, y de los sectores social y privado en materia de igualdad, prevención y eliminación de la discriminación, cuando así lo requieran.

XIX. Diseñar y aplicar el servicio de carrera como un sistema de administración de personal basado en el mérito y la igualdad de oportunidades que comprende los procesos de reclutamiento, selección, ingreso, sistema de compensación, capacitación, evaluación del desempeño, promoción y separación de los servidores públicos; y

XX. Las demás establecidas en esta ley, en el estatuto orgánico y demás disposiciones aplicables.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas
1. De los 106 millones de mexicanos (2005), 53 millones corresponden a mujeres; 13 millones, a indígenas; 10 millones, a personas que viven con discapacidad; 31 millones, a niños; 31 millones, a jóvenes; 10 millones, a las que profesan una religión diferente del catolicismo; y 8 millones, a adultos mayores. Mientras, 100 mil personas viven con VIH/sida, y un número no registrado de personas han sido discriminadas por tener preferencias sexuales distintas de la heterosexual. Información del Conapred.
2. Artículo 20. Para el cumplimiento de su objeto, el consejo tendrá las atribuciones siguientes:

I. Diseñar estrategias e instrumentos, así como promover programas, proyectos y acciones para prevenir y eliminar la discriminación;
II. Proponer y evaluar la ejecución del Programa Nacional para Prevenir y Eliminar la Discriminación conforme a la legislación aplicable;
III. Verificar la adopción de medidas y programas para prevenir y eliminar la discriminación en las instituciones y organizaciones públicas y privadas, así como expedir los reconocimientos respectivos;
IV. Desarrollar, fomentar y difundir estudios sobre las prácticas discriminatorias en los ámbitos político, económico, social y cultural;
V. Realizar estudios sobre los ordenamientos jurídicos y administrativos vigentes en la materia, y proponer, en su caso, de conformidad con las disposiciones aplicables, las modificaciones que correspondan;
VI. Emitir opinión en relación con los proyectos de reformas en la materia que envíe el Ejecutivo federal al Congreso de la Unión, así como los proyectos de reglamentos que elaboren las instituciones públicas;
VII. Divulgar los compromisos asumidos por el Estado mexicano en los instrumentos internacionales que establecen disposiciones en la materia, así como promover su cumplimiento en los diferentes ámbitos de gobierno;
VIII. Difundir y promover contenidos para prevenir y eliminar las prácticas discriminatorias en los medios de comunicación;
IX. Investigar presuntos actos y prácticas discriminatorios, en el ámbito de su competencia;
X. Tutelar los derechos de los individuos o grupos objeto de discriminación mediante asesoría y orientación, en los términos de este ordenamiento;
XI. Promover la presentación de denuncias por actos que puedan dar lugar a responsabilidades previstas en ésta u otras disposiciones legales;
XII. Conocer y resolver los procedimientos de queja y reclamación señalados en esta ley;
XIII. Establecer relaciones de coordinación con instituciones públicas federales, locales y municipales, así como con personas y organizaciones sociales y privadas. Asimismo, podrá coordinarse con las dependencias y las entidades de la administración pública federal y demás órganos públicos con el propósito de que en los programas de gobierno se prevean medidas positivas y compensatorias para cualquier persona o grupo;
XIV. Solicitar a las instituciones públicas o a particulares información para verificar el cumplimiento de este ordenamiento, en el ámbito de su competencia, con las excepciones previstas en la legislación;
XV. Aplicar las medidas administrativas establecidas en esta ley;
XVI. Asistir a las reuniones internacionales en materia de prevención y eliminación de discriminación;
XVII. Elaborar y suscribir convenios, acuerdos, bases de coordinación y demás instrumentos jurídicos con órganos públicos o privados, nacionales o internacionales en el ámbito de su competencia;
XVIII. Diseñar y aplicar el servicio de carrera como un sistema de administración de personal basado en el mérito y la igualdad de oportunidades que comprende los procesos de reclutamiento, selección, ingreso, sistema de compensación, capacitación, evaluación del desempeño, promoción y separación de los servidores públicos; y
XIX. Las demás establecidas en esta ley, en el estatuto orgánico y demás disposiciones aplicables.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de septiembre de 2009.

Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (rúbrica)
 
  
 
 
 
 


Proposiciones
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA A LA SCT Y A LA SEMARNAT RESPECTO A LA CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN DEL PUERTO MULTIMODAL DE PUNTA COLONET, EN ENSENADA, BAJA CALIFORNIA, A CARGO DEL DIPUTADO CÉSAR MANCILLAS AMADOR, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El suscrito, César Mancillas Amador, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En abril de 2007, con el apoyo de la UNESCO, se celebró en La Palma, Islas Canarias, España, la Conferencia internacional en defensa de la calidad del cielo nocturno y el derecho a observar las estrellas, al final de la cual se suscribió la Declaración de La Palma por el Derecho a Observar las Estrellas.

En dicha conferencia los participantes coincidieron en la necesidad de garantizar a las generaciones venideras su derecho a un cielo limpio, que permita la observación nocturna del firmamento que representa un soporte de la historia de la humanidad, de la cultura y de los lazos sociales, que asegura a cada generación y a cada individuo su pertenencia a la gran familia humana.

Asimismo, reconocieron el grave deterioro que ha venido sufriendo la nitidez de la obscuridad nocturna y de cómo esto afecta una adecuada observación astronómica; igualmente, identificaron la necesidad de priorizar la protección y recuperación de los cielos nocturnos como medio excepcional para el desarrollo de la ciencia, el conocimiento y el entendimiento común, para lo cual, propusieron alianzas eficaces y urgentes entre los actores político sociales que pueden influir con sus decisiones a revertir el proceso de degradación de la calidad de la noche, con el fin de forjar la esperanza de recuperar y garantizar la continuidad de este patrimonio de la humanidad.

La contaminación lumínica es definida como la emisión de flujo luminoso de fuentes artificiales nocturnas en intensidades, direcciones, rangos espectrales u horarios innecesarios para la realización de las actividades previstas en la zona en la que se instalan las luces.

En este sentido, un ineficiente y mal diseñado alumbrado exterior; la utilización de proyectores y cañones láser; la inexistente regulación del horario de apagado de iluminaciones publicitarias, monumentales u ornamentales; son algunas de las causas más comunes generadoras de la contaminación lumínica.

La contaminación lumínica tiene, como manifestación más evidente, el aumento del brillo del cielo nocturno por reflexión y difusión de la luz artificial en los gases y en las partículas del aire, de forma que se altera su calidad y condiciones naturales hasta el punto de hacer desaparecer estrellas y demás objetos celestes.

Es indudable que el alumbrado exterior es un logro que hace posible desarrollar múltiples actividades en la noche, pero es indispensable iluminar de forma adecuada, evitando la emisión de luz directa a la atmósfera empleando la cantidad de luz estrictamente necesaria. Toda luz enviada lateralmente, hacia arriba o hacia los espacios en donde no es necesaria, no proporciona seguridad ni visibilidad y es una fuente de contaminación lumínica y ambiental, además de ser un despilfarro de energía y dinero.

Sobre este grave problema, hasta el momento existe escasa conciencia social, pese a que genera efectos nocivos tanto en materia ambiental como económica, como son: el aumento del gasto energético y económico, inseguridad vial, dificultad en el tráfico aéreo y marítimo, daño a los ecosistemas nocturnos y la degradación del cielo nocturno, entre otros.

Los perjuicios producidos por la contaminación lumínica no se limitan al entorno del lugar donde se produce dicha contaminación; es decir, no sólo afecta a los poblados, polígonos industriales, áreas comerciales y carreteras, por el contrario, la luz se propaga por la atmósfera y su efecto se deja sentir a centenares de kilómetros a la redonda de su fuente de emisión.

Dicha situación afecta de manera muy particular la actividad de la astronomía que, cada vez más, se está abocando a la observación de objetos más lejanos; por tal razón, requiere de observatorios que cuenten con grandes telescopios y de cielos alejados de las fuentes lumínicas que les permitan contar con la obscuridad propicia para poder observar regiones lejanas de nuestro universo.

En este sentido, nuestro país es privilegiado al contar con el observatorio astronómico nacional de San Pedro Mártir, ubicado en Ensenada, Baja California, que el próximo 17 de septiembre cumplirá 30 años de su inauguración oficial.

La calidad de cielo óptimo para la observación astronómica, el gran número de noches despejadas, los bajos niveles de contaminación lumínica, aunado a su privilegiada ubicación geográfica y climatológica, lo coloca como uno de los mejores lugares del mundo para la investigación astronómica.

Debido a las cualidades que presenta para la observación de los astros el observatorio de San Pedro Mártir contará para 2014 con un nuevo telescopio capaz de realizar una cartografía rápida del espacio. Con un espejo primario de 6.5 metros capaz de completar el rango de observación para los astrónomos, quienes actualmente cuentan con tres telescopios de 0.84, 1.5 y 2.1 metros de diámetro cada uno. Con un equipo de semejante envergadura en unos años se ampliará la capacidad de observación y se incrementará el trabajo científico al contar con la capacidad de captar más luz para concentrarla en un punto, por lo que se ampliará la observación.

Al mismo tiempo, el observatorio se encuentra trabajando en la robotización de los dos telescopios más pequeños, los cuales para 2010 no necesitarán ya ser operados por personas y registrarán datos del cielo por sí mismos, lo cual permitirá captar datos de forma permanente y aportan información estadística que sólo se logra con largos periodos de observación.

Como se podrá observar, el observatorio astronómico nacional de San Pedro Mártir es una institución en constante modernización y pleno desarrollo; sin embargo, su actual situación pudiera, de no tomarse las medidas adecuadas, verse afectada por la construcción y posterior operación del proyecto del puerto multimodal de Punta Colonet, el más importante de América Latina y el proyecto de infraestructura más relevante del sexenio por su tamaño, conectividad logística y los 50 mil millones de pesos que la iniciativa privada invertirá en su construcción.

Se trata de un proyecto muy ambicioso que traerá desarrollo y bienestar a los mexicanos y, en particular, a los bajacalifornianos; el proyecto incluye la construcción y operación de la administración portuaria integral (API), una terminal para el manejo anual de 6 mil contenedores de carga, lo cual representa el doble de lo que se mueve ahora en todo el país, una frecuencia radioeléctrica y la construcción de al menos dos vías férreas que conectarán a México con Estados Unidos, lo cual abarcará 2 mil 600 hectáreas ubicadas en el municipio de Ensenada, Baja California.

Son indudables los beneficios económicos y sociales que traerá la construcción y operación de este megaproyecto; por tal razón, se deben tomar todas las medidas adecuadas a fin de salvaguardar el entorno ambiental de la zona.

Una de las medidas que se tendrán que tomar en cuenta para asegurar la convivencia de este megaproyecto con la operación del observatorio de San Pedro Mártir será la de prevenir por todos los medios y tecnologías disponibles la contaminación lumínica que pudiera afectar en la disminución de la obscuridad del cielo de la sierra de San Pedro Mártir.

En este sentido se hace necesaria la aplicación de medidas administrativas que regulen la iluminación de los centros urbanos, parques industriales, y desarrollos turísticos en todo el estado de Baja California. Es importante señalar que, un control adecuado de la contaminación lumínica mediante la sustitución de equipo de alumbrado de última generación traerá como consecuencia un significativo ahorro energético, el cual permitirá recuperar en pocos meses la inversiones hechas; aunado a lo anterior, Baja California y en particular la sierra de San Pedro Mártir podrán seguir contando con las condiciones de obscuridad necesarias para seguir siendo considerado como uno de los mejores sitios para la observación astronómica.

Actualmente es posible aplicar técnicas y medidas para mantener un correcto nivel de iluminación y, con ello, prevenir y mitigar el problema de la contaminación lumínica, como son las siguientes:

a) Impedir que la luz se emita por encima de la horizontal y dirigirla sólo donde es necesaria;

b) Usar lámparas de espectro poco contaminante y gran eficiencia energética, como son las de vapor de sodio a baja presión (VSBP) o de vapor de sodio a alta presión (VSAP), con una potencia adecuada al uso;

c) Iluminar exclusivamente aquellas áreas que lo necesiten, de arriba hacia abajo y sin dejar que la luz escape fuera de estas zonas;

d) Ajustar los niveles de iluminación en el suelo a los recomendados por organismos internacionales como el Instituto Astrofísico de Canarias o la Comisión Internacional de Iluminación;

e) Regular el apagado de iluminaciones ornamentales, monumentales y publicitarias;

f) Prohibir los cañones de luz o láser y cualquier proyector que envíe la luz hacia el cielo;

g) Reducir el consumo en horas de menor actividad, mediante el empleo de reductores de flujo en la red pública o el apagado selectivo de luminarias. Apagar totalmente las luminarias que no sean necesarias.

Consciente de la problemática aquí planteada, el 10 de agosto de 2006 el pleno del honorable ayuntamiento de Ensenada aprobó el Reglamento para la Protección de la Contaminación Lumínica en el Municipio de Ensenada; dicho reglamento tiene como finalidad la de atender el problema de la contaminación lumínica y el adecuado consumo de la energía utilizada en la iluminación exterior de todo el municipio, permitiendo la buena calidad astronómica del cielo en Ensenada.

Por lo expuesto y en vista de que el 20 de diciembre de 2007 las Naciones Unidas en su LXII asamblea general proclamaron a 2009 Año Internacional de la Astronomía a iniciativa de la Unión Astronómica Internacional y de la UNESCO, es que someto a la consideración de este pleno los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de las Secretarías de Comunicaciones y Transportes, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales exijan las medidas técnicas y ambientales necesarias a las empresas encargadas de la construcción y posterior operación del puerto multimodal de Punta Colonet en Ensenada, Baja California; a fin de prevenir la contaminación lumínica que pudiera generar dicho proyecto con las consecuentes afectaciones para la operación del observatorio astronómico nacional de San Pedro Mártir.

Segundo. Se exhorta al Ejecutivo estatal y a los gobiernos municipales del estado de Baja California para que, en aras de conservar la calidad del cielo nocturno de la entidad, procedan a expedir reglamentos para la protección de la contaminación lumínica de todo la entidad.

Septiembre de 2009.

Diputado César Mancillas Amador (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE CREA UNA COMISIÓN ESPECIAL PARA ANALIZAR EL PRESUPUESTO DE GASTOS FISCALES, A CARGO DEL DIPUTADO DAVID PENCHYNA GRUB, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El que suscribe, David Penchyna Grub, diputado de la Sexagésima Primera Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 34 y 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 58, 59, 60 y 90 del Reglamento Interior para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de ese Pleno punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, en términos de los siguientes

Antecedentes y Consideraciones

El resultado de las urnas del pasado 5 de julio manifestó, con la integración de esta soberanía, un mensaje incuestionable: la urgencia de que el gobierno promueva ahora la reactivación inmediata de la economía y proteja el empleo de los mexicanos.

Es evidente que el actual modelo económico está agotado. Se trata de recuperar el empleo y la dinámica del crecimiento económico en el corto plazo, y crear, sobre nuevas bases, las condiciones para un desarrollo sostenido, equitativo y competitivo en el mediano plazo. Para el Partido Revolucionario Institucional el crecimiento debe ser la prioridad.

Al inicio de esta legislatura, mantenemos nuestro compromiso de actuar como una oposición responsable decidida a proponer soluciones y construir acuerdos por el bien supremo de México.

Lo hemos hecho desde hace 9 años, en que hemos venido observando y denunciando la inoperancia gubernamental ante los grandes problemas nacionales. Es cierto que el entorno económico internacional ha sido adverso y que la situación por la que transitoriamente pasa nuestro país no es del todo culpa del gobierno federal. Sin embargo, lo que no podemos permitir es que renuncie a sus capacidades propias de gobierno para contrarrestar y aminorar los efectos negativos de la crisis que hoy enfrentamos.

En ese sentido, en el PRI, concretamente su fracción parlamentaria habla hoy por mi conducto, para asumir mediante la mediación política responsable la tarea de convertir las carencias de un paquete económico ajeno a los tiempos actuales, en propuestas materializables que abarquen sin distingo a todos los mexicanos.

Nuestro llamado es a todas las fuerzas políticas representadas en esta Cámara, a todas sin distinción alguna, para autorizar la creación de una comisión que se avoque a revisar la estructura y composición del presupuesto de gastos fiscales para identificar las áreas de oportunidad que incrementen los recursos tributarios y hacer con ello un sistema fiscal más equitativo, ya que, de acuerdo al presupuesto de gastos fiscales de 2009, elaborado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, éstos ascienden a más de 460 mil millones de pesos, lo cual equivale a 3.87 por ciento del producto interno bruto (PIB) y, según estimación planteada en el paquete económico, para 2010 ascenderá a 502 mil 533.4 millones de pesos, equivalentes a 3.97 puntos del PIB.

Sobre este tema, la solicitud sería que a la comisión se le otorgara la facultad de citar a los funcionarios del ramo y a los sectores involucrados, a fin de que se determinen las alternativas y opciones para que pueda evitar la pérdida de recursos económicos.

Nos llama poderosamente la atención que los gastos fiscales relacionados al ISR equivalen a 1.7 por ciento del PIB –casi dos puntos–, mientras que los correspondientes a la tasa cero de IVA en alimentos y medicinas representan menos de 0.8 por ciento del PIB. La reducción de los gastos fiscales en materia de ISR, logrando una mayor equidad y fortaleza de las finanzas públicas, es una prioridad para el PRI.

La discusión sobre el paquete económico para 2010 no es el único problema que el país enfrenta, sin embargo es el más inmediato.

Es momento de que el gobierno federal comprenda que se requieren prioridades y concentrar el esfuerzo. En esto el PRI y muchos otros actores políticos entendemos que, por encima de la confrontación política natural a una sociedad compleja, hay momentos en que hay que aportar y cooperar. De ahí la formulación que hacemos hoy de una estrategia urgente e inmediata para atender con responsabilidad debida la recesión en sus reales términos y proporciones.

Los legisladores del PRI y, estoy seguro que contaremos con el respaldo de todas las fuerzas representadas en esta casa, proponemos que a partir de los diagnósticos y conclusiones de esta comisión construyamos para México un paquete económico para 2010 responsable y patriota, acorde con las necesidades que el país demanda. La solución no está en gravar más al contribuyente, la herramienta es simplificar el pago de impuestos y ampliar la base tributaria.

Advertimos con preocupación que el paquete fiscal presentado tiene como único objetivo cuadrar las cuentas del gobierno y no incluye ninguna medida que promueva el crecimiento y el empleo. Por el contrario, la creación y elevación de impuestos que propone el presidente de la república ahondarán la más grave recesión económica que México ha sufrido en décadas.

En el paquete económico para 2010 no se advierte el incremento en gasto de inversión en infraestructura, el apoyo a las pequeñas y medianas empresas, la política industrial para la competitividad y el empleo, la revisión de los programas sociales y del campo, y el fortalecimiento de las finanzas de los estados y municipios, tampoco encontramos el importante papel que deberá jugar la banca de desarrollo como puntal del financiamiento.

Como en otras ocasiones, el PRI ha planteado alternativas económicas que con éxito han visto reflejados muchos de sus objetivos en la Ley de Ingresos y en el decreto de Presupuesto de Egresos. Por eso es que creemos que nuevamente podemos acompañar al país, llevando a buen término una propuesta como la que hoy presentamos.

Por todo lo expuesto, y en términos de los preceptos legales invocados, someto a consideración de ese Pleno los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se crea la Comisión Especial para analizar el presupuesto de gastos fiscales, cuyo objeto será revisar la estructura y composición del presupuesto de gastos fiscales para identificar y corregir la estructura fiscal que, en forma equitativa y proporcional, incremente los recursos tributarios.

Segundo. La Comisión Especial se integrará por diputadas y diputados pertenecientes a todos los grupos parlamentarios con base en el criterio de proporcionalidad, entre la integración del pleno y su conformación.

El número podrá ser mayor a treinta miembros a efecto de integrar a un diputado de cada grupo parlamentario que no haya alcanzado a incorporarse en razón de la proporción.

Tercero. La presidencia de la comisión será rotatoria entre los tres grupos parlamentarios más numerosos, de suerte que cada uno de éstos presida un año el ejercicio de esta comisión especial. Cada grupo parlamentario de éstos, que no ocupe la presidencia, contará con un secretario. La comisión funcionará por el término de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de septiembre de 2009.

Diputado David Penchyna Grub (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE CREA UNA COMISIÓN ESPECIAL PARA DAR CUENTA DE LA PROBLEMÁTICA QUE AQUEJA LA CUENCA LERMA-CHAPALA-SANTIAGO, SUSCRITA POR INTEGRANTES DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los suscritos diputados federales de Jalisco, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, presentan ante la honorable Cámara de Diputados el siguiente punto de acuerdo, que tiene como finalidad hacer un exhorto a la Junta de Coordinación Política para que se forme una comisión especial con el objetivo de dar cuenta de la problemática que aqueja a la cuenca Lerma-Chapala-Santiago, basado en las siguientes

Consideraciones

De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Ecología (INE), la cuenca comprendida entre el río Lerma, el lago de Chapala y el río Santiago se encuentra en 204 municipios en 5 entidades, distribuidos de la siguiente manera: Guanajuato (43.75 por ciento), Michoacán (30.26 por ciento), Jalisco (13.42 por ciento), estado de México (9.8 por ciento) y Querétaro (2.76 por ciento).

La cuenca Lerma-Chapala es una de las más importantes del país, no sólo porque concentra el 16 por ciento de la población nacional, de acuerdo al INE, sino también por el preocupante grado de contaminación que presenta. Diferentes estudios manifiestan que aunado a la contaminación, la sobreexplotación y el deficiente aprovechamiento de la cuenca provocan serios daños al ecosistema, graves enfermedades en su población piscícola, serios niveles de asolvamiento y gran cantidad de nutrimentos que genera la sobrepoblación del lirio acuático, que tienen por consecuencia que la calidad del agua para consumo humano no sea óptima.

La complejidad de problemas interrelacionados en esta cuenca, vuelve de primordial importancia el mayor conocimiento tanto de su funcionamiento, como de los intereses de los agentes involucrados para, de esta manera, conseguir un alineamiento del desarrollo económico de la región al mismo tiempo que se promueve su desarrollo social y sustentable.

Por esta razón, durante la LX Legislatura, mediante un acuerdo de la Junta de Coordinación Política y la aprobación del pleno de la Cámara de Diputados, se creó una comisión especial destinada a atender la problemática de la cuenca Lerma-Chapala-Santiago.

Así, podemos observar que las tareas fundamentales de esta comisión consistían en la formulación de un diagnóstico sobre la situación tanto de la cuenca como de sus subcuencas; la revisión y análisis de la calidad del agua de fuentes superficiales y subterráneas, de la dotación de servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento con los que cuenta la población, de las aguas residuales que no reciben tratamiento previo a su descarga a los cuerpos receptores; y el análisis de la posibilidad de crear políticas e instrumentos para la protección ambiental y el equilibrio ecológico de la cuenca.

Dentro de los principales logros de esta comisión especial destacan: las reuniones celebradas con la Comisión Nacional del Agua, con el Grupo de Seguimiento y Evaluación del Consejo de Cuenca Lerma-Chapala y con el director del Organismo de Cuenca Lerma-Santiago Pacífico, así como la puesta en marcha del primer Foro Nacional rumbo al Saneamiento Integral de la Cuenca Lerma-Chapala-Santiago, y la presentación de un punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Federal de Electricidad, a la Secretaría de Energía y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a aplicar las tarifas de energía eléctrica 09-CU y 09-N a las plantas de tratamiento de aguas residuales situadas en los municipios ubicados en la cuenca Lerma-Chapala.

No obstante lo anterior, sólo se publicó el informe semestral de las labores de esta comisión correspondiente al periodo del 21 de diciembre de 2006 al 22 de junio de 2007, lo que dificulta conocer la magnitud del rezago existente. Esta situación, aunada al deterioro ambiental que presenta esta cuenca, vuelve de primordial importancia la creación de una comisión especial, durante la LXI Legislatura, con la finalidad de vigilar y atender los aspectos relacionados con la satisfacción de las necesidades, el desarrollo social, económico y sustentable de las comunidades que habitan la cuenca Lerma-Chapala-Santiago.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, me permito presentar ante esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se hace un atento exhorto a la Junta de Coordinación Política para que se forme una Comisión Especial con la finalidad de dar cuenta de la problemática que aqueja a la cuenca Lerma-Chapala-Santiago.

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la honorable Cámara de Diputados, a 17 de septiembre de 2009.

Diputados: Gumercindo Castellanos Flores, Juan José Cuevas García, Alberto Esquer Gutiérrez, Gustavo González Hernández, José Luis Íñiguez Gámez, César Octavio Madrigal Díaz, Carlos Luis Meillón Johnston, María Joann Novoa Mossberger, Ana Elia Paredes Arciga, Francisco Javier Ramírez Acuña, Felipe de Jesús Rangel Vargas, Ignacio Téllez González (rúbricas).
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE SOLICITA A LAS DEPENDENCIAS GUBERNAMENTALES QUE MANEJAN PROGRAMAS DE APOYO A DISCAPACITADOS QUE FLEXIBILICEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE ÉSTOS; Y A LAS QUE NO LOS CONSIDERAN, QUE LOS ESTABLEZCAN EN SU PRÓXIMO PROGRAMA OPERATIVO, CON EL PROPÓSITO DE BENEFICIAR A UN MAYOR NÚMERO DE INTEGRANTES DE ESA POBLACIÓN, SUSCRITA POR LAS DIPUTADAS CLAUDIA EDITH ANAYA MOTA Y YOLANDA DE LA TORRE VALDEZ, DE LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS DEL PRD Y DEL PRI, RESPECTIVAMENTE

Quienes suscriben, Claudia Edith Anaya Mota y Yolanda de la Torre Valdez, diputadas integrantes respectivamente de los Grupos Parlamentarios del Partido de la Revolución Democrática y del Partido Revolucionario Institucional ante la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta soberanía la proposición con punto dé acuerdo por el que se solicita a las dependencias gubernamentales que manejan programas de apoyo a personas con discapacidad que flexibilice las reglas de operación de éstos, y a las que no los contemplen los establezcan en su próximo programa operativo, con el propósito de beneficiar a un mayor número de integrantes de esta población, conforme a las siguientes

Consideraciones

El derecho a la igualdad y el principio de no discriminación se encuentran consagrados en el artículo 10 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Conforme a ellos, todas las personas que se encuentran en el país, gozan de los derechos fundamentales previstos en el orden jurídico mexicano, independientemente de las características particulares propias de la condición humana.

La noción de igualdad se desprende directamente de la naturaleza del género humano y es inseparable de la dignidad esencial de la persona, frente a la cual es incompatible toda situación que, por considerar superior a un determinado grupo, conduzca a tratarlo con privilegio; o que, a la inversa, por considerarlo inferior, lo trate con hostilidad o de cualquier forma que lo discrimine del goce de derechos que sí se reconocen a quienes no se consideran en tal situación de inferioridad.

En lo que corresponde a la discriminación, debemos tener en cuenta que ésta no siempre se expresa de manera extrema, pero no deja de implicar un factor de exclusión que opera restringiendo derechos.

Por lo anterior, debemos reconocer que las personas con discapacidad son sujetos de derechos fundamentales en igualdad de condiciones que cualquier otro individuo; y que pueden hacerse acciones para facilitar el ejercicio de sus derechos, en atención a la situación de desventaja en la que se encuentran.

La experiencia permite identificar que las instituciones de la administración pública aún no han logrado diseñar políticas públicas en las que involucren a las personas con discapacidad y a sus familias. De ahí, que el acceso a los fondos o programas públicos continúe centralizado y no esté abierto a todos los sectores de la sociedad, ya que no se consideran; la diversidad geográfica, social, económica y antropológica existentes. Situación que trae como consecuencia la exclusión de particularidades espaciales, culturales y sanitarias.

De ahí la necesidad de que el aparato gubernamental se replantee la responsabilidad que tiene frente a las personas con discapacidad. Si bien es cierto, que algunas instituciones han establecido programas de apoyo para este sector, otras han mantenido distancia a las necesidades específicas de este tema. Por otra parte, las exigencias burocráticas han complicado y entorpecido la relación entre las instituciones y las y los beneficiados. Pues los requisitos plantean un escenario ajeno a la realidad que viven las personas con discapacidad, lo que ha frenado experiencias reales de desarrollo integral.

En adición, para acceder a estos beneficios se toma en cuenta el índice de desarrollo humano, IDH, establecido por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. El cuál tiene como limitación importante, no contar con estadísticas del PIB per cápita para esta unidad de análisis geográfico y parata estimación de los IDH por municipio. De manera que, si una persona con discapacidad vive en un estado con IDH elevado, independientemente de que viva en condiciones de pobreza, esta persona no tiene posibilidades de acceso al programa.

Es fundamental que los programas destinados a la atención de las personas con discapacidad sean flexibilizados con la reducción de los requisitos que se establecen en las reglas de operación definidas por diversas secretarías de estado (Sagarpa, Sedesol, Fonaes, DIF, entre otros). Sólo así, se contribuirá a eliminar las barreras que éstas encuentran a diario, debido a una sociedad carente de una educación adecuada para tratarlas.

Por ello, demandamos a los titulares de la administración pública federal coordinar esfuerzos de vinculación con la sociedad civil para adecuar las reglas de operación de los programas ya existentes, o en su caso, generen acciones afirmativas como medidas compensatorias, acompañadas de recursos económicos, que garanticen la no discriminación y la inclusión de las personas con discapacidad, independientemente del lugar en donde vivan. Sólo así, se brindará a éstas la posibilidad de desarrollar plenamente sus capacidades y su inserción plena en la comunidad.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a la consideración de esta soberanía la aprobación del siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se solicita a las dependencias gubernamentales que manejan programas de apoyo a discapacitados que flexibilicen las reglas de operación, y las que no los contemplen, los establezcan en su próximo programa operativo, con el propósito de beneficiar a un mayor número de integrantes de esta población.

Palacio Legislativo, a 17 de septiembre de 2009.

Diputadas: Claudia Edith Anaya Mota, Yolanda de la Torre Valdez (rúbricas).
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE SOLICITA A LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN QUE REALICE UNA AUDITORÍA DE DESEMPEÑO AL FUNCIONAMIENTO PROGRAMÁTICO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A CARGO DEL DIPUTADO JAIME FERNANDO CÁRDENAS GRACIA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PT

Jaime Fernando Cárdenas Gracia, diputado de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados como asunto de urgente y obvia resolución el proyecto de decreto con proposición con punto de acuerdo para solicitar a la Auditoría Superior de la Federación una auditoría de desempeño al funcionamiento programático de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Exposición de Motivos

El titular del Poder Ejecutivo federal y, posteriormente, el secretario de Hacienda y Crédito Público anunciaron el 8 de septiembre de 2009 "transformaciones mayores en la administración pública federal, lo que implica la desaparición de tres secretarías de Estado: las Secretarías de la Función Pública, de la Reforma Agraria, y de Turismo. Las funciones que han venido desempeñando serán absorbidas dentro del propio aparato gubernamental, generando ahorros significativos por la eliminación de duplicidades, por las sinergias que se obtendrán y por la desaparición de áreas administrativas o de insuficiente productividad. Asimismo, se considera fusionar la Lotería Nacional para la Asistencia Pública y Pronósticos para la Asistencia. Estas medidas de cambio estructural permitirán obtener ahorros de hasta 6 mil 500 millones de pesos en 2010 y, una vez que concluya la reestructura, a partir de 2011 dichos ahorros regularizables podrían ascender a 8 mil millones de pesos".1

Felipe Calderón y el secretario de Hacienda, en sus intervenciones públicas, jamás han explicado ni mucho menos justificado las razones de racionalidad, de administración pública o de Estado que animan la propuesta. Por el contexto de sus intervenciones, parece más bien una manera de resolver un problema de coyuntura para resolver los huecos en las finanzas públicas, a fin de reducir el gasto público sin ulteriores argumentos. Es verdad que esa medida de reducción del gasto público viene acompañada en el paquete fiscal con otras. Sin embargo, el gobierno federal nunca abunda de manera consistente y coherente en otras alternativas ellos ofrecidas. Exclusivamente, nos presentan una opción y no razonan sobre diversas posibles soluciones, tales como la supresión o derogación de privilegios de la alta burocracia en materia de pago de seguros de gastos médicos mayores, seguro de separación individualizada o seguros de vida, así como otros privilegios que reciben algunos servidores públicos, que podrían generar mayores ahorros a los considerados con la supresión parcial de tres secretarías de Estado y la fusión de dos organismos descentralizados. Además, de paso, se podrían cumplir con objetivos de equidad y de justicia social nada desdeñables.

En México necesitamos decisiones que constituyan auténticas políticas públicas, que no miren a la coyuntura sino a largo plazo. Es muy probable que la administración pública centralizada y descentralizada en México, al igual que el resto de los poderes públicos, órganos constitucionales autónomos y órdenes de gobierno requieran ajustes, racionalidad y modernidad. El gobierno mexicano en su conjunto es muy obeso, poco racional, moderno, eficiente, profesional y eficaz.

Requerimos un análisis de fondo, serio, de Estado y no coyuntural para atender a problemas como los siguientes: cuál es el tamaño correcto de las estructuras gubernamentales, cuáles deben ser sus funciones para ser eficientes y eficaces, cómo podemos racionalizar y modernizar al gobierno y en la actualidad preguntarnos si las dependencias y entidades de la administración pública cumplen sus objetivos constitucionales y legales.

Todos sabemos, y las propias autoridades gubernamentales reconocen algunos de estos problemas, tales como el crecimiento desmesurado en los últimos nueve años de subsecretarías de Estado, direcciones generales y oficinas homólogas a las anteriores. Ese crecimiento ha impactado enormemente en el gasto corriente. Los excedentes del petróleo, cuando los tuvimos, sirvieron para atender la voracidad de esas estructuras administrativas. Todo ello con una concepción profundamente patrimonialista, sin visión de Estado, sin un servicio civil de carrera serio y profesional.

Nuestro país no se puede dar esos lujos; es preciso que adoptemos medidas estructurales, de largo aliento, que nos permitan tener la administración pública que efectivamente requieren los ciudadanos para proteger sus derechos fundamentales y que necesita el funcionamiento constitucional del Estado y no la administración pública que desea la alta burocracia sin justificación alguna.

Qué razones tienen Calderón o Carstens para desaparecer la Secretaría de Turismo cuando el turismo en uno de los pocos rubros que genera divisas en la economía nacional; qué razones hay para desaparecer la Secretaría de la Reforma Agraria, cuando esta dependencia ha sido durante décadas el árbitro de primera instancia de las disputas agrarias, ha proveído de paz social en el ámbito rural al país y más, cuando todavía ahora en el campo viven cerca de 30 millones de mexicanos; y qué propósito persiguen al desaparecer la Secretaría de la Función Pública, será que ya no les interesa la modernización de la administración, su profesionalización o el control y fiscalización interno gubernamental. Las medidas anunciadas parecen ser tomadas al bote pronto, sin reflexión y análisis. Prueba de esto último es que ni siquiera se conoce una propuesta de reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Este proyecto de decreto con proposición con punto de acuerdo pretende que una institución respetable del Estado, como lo es la Auditoría Superior de la Federación, lleve a cabo una auditoría de desempeño al funcionamiento programático de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y nos diga cuál es el estado de la administración pública que tenemos y cuál es el que debería tener, a la luz del cumplimiento de los preceptos constitucionales y legales y de los objetivos y fines de los programas que orientan el funcionamiento administrativo del gobierno federal.

Una auditoría de desempeño "es una evaluación del quehacer público, en la que se miden la eficacia a través de resultados, con base en indicadores estratégicos y de impacto; la eficiencia, por medio de la fidelidad de la operación del programa y con apoyo en indicadores de gestión; la economía se mide por el costo de la política o programa público contra los resultados obtenidos. Además, la auditoría de desempeño comprueba el impacto de los resultados en la población objetivo a través de indicadores de calidad y de satisfacción del ciudadano.

"Finalmente, analiza el comportamiento de los actores o servidores públicos, tanto de la entidad responsable de poner en práctica el programa o política pública como de los operadores de ésta". 2 Similares auditorías y estudios se requieren, como se dijo anteriormente, para el resto de los poderes públicos, órganos constitucionales autónomos y órdenes del gobierno. Sin embargo, es preciso comenzar por la administración pública federal, porque es la que consume el mayor presupuesto del país y es la que requiere de atención inmediata por ser la puerta de entrada de los ciudadanos a la actividad del gobierno y, por lo mismo, la que suele estar más cerca de sus intereses y necesidades.

Es obvio que las competencias constitucionales y legales le corresponden a esta Cámara de Diputados y a la Auditoría Superior de la Federación. La fracción II del artículo 74 de la Constitución establece como facultades exclusivas de la Cámara de Diputados "coordinar y evaluar, sin perjuicio de su autonomía técnica y de gestión, el desempeño de las funciones de la entidad de fiscalización superior de la federación, en los términos que disponga la ley". Por su parte, el párrafo segundo de la fracción VI del mismo artículo 74 de la ley fundamental indica, en su parte conducente, "en el caso de la revisión sobre el cumplimiento de los objetivos de los programas, dicha entidad sólo podrá emitir las recomendaciones para la mejora en el desempeño de éstos en los términos de la ley".

Además, la fracción II del artículo 79 de la Carta Magna dice en la parte correspondiente que al entregar el informe del resultado de la revisión de la Cuenta Pública a la Cámara de Diputados a más tardar el 20 de febrero del año siguiente al de su presentación, la Auditoría Superior en dicho informe incluirá las auditorías practicadas "y la verificación del desempeño en el cumplimiento de los objetivos de los programas federales". Igualmente, el primer párrafo del artículo 134 de la ley suprema indica que "los recursos económicos de que dispongan la federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a tos que están destinados".

La Ley da Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación señala en el artículo 2, fracción II, que por auditoría sobre el desempeño se entiende la verificación en el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas federales mediante la estimación o cálculo de los resultados obtenidos en términos cuantitativos o cualitativos, o ambos. El artículo 12, fracción III, de esa ley federal, en los incisos a) y b), determina que la fiscalización de la Cuenta Pública tiene por objeto verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas, ya sea a través de la realización de auditorías del desempeño de los programas, verificando la eficiencia, la eficacia y la economía de éstos y su efecto o la consecuencia en las condiciones sociales, económicas y, en su caso, regionales en el país durante el periodo que se evalúe, y si se cumplieron las metas de los indicadores aprobados en el Presupuesto y si dicho cumplimiento tiene relación con el Plan Nacional de Desarrollo y los programas sectoriales. El artículo 13, fracción II, de la Ley de Fiscalización precisa que las observaciones que, en su caso, emita la Auditoría Superior de la. Federación, derivadas de la fiscalización de la Cuenta Pública, podrán derivar en recomendaciones, incluyendo las referentes al desempeño.

El artículo 15 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación establece que la Auditoría Superior de la Federación tiene, entre otras, las atribuciones siguientes: "IV. Evaluar el cumplimiento final de los objetivos y metas fijados en los programas federales, conforme a los indicadores estratégicos y de gestión establecidos en el presupuesto de egresos y tomando en cuenta el Plan Nacional de Desarrollo, los planes sectoriales, los planes regionales, los programas operativos anuales, los programas de las entidades fiscalizadas, entre otros, a efecto de verificar el desempeño de éstos y, en su caso, el uso de los recursos públicos federales conforme a las disposiciones legales. Lo anterior, con independencia de las atribuciones similares que tengan otras instancias; XIV. Formular recomendaciones al desempeño para mejorar los resultados, la eficacia, eficiencia y economía de las acciones de gobierno a fin de elevar la calidad del desempeño gubernamental; y XX. Elaborar estudios e investigaciones relacionadas con las materias de su competencia y publicarlos". Por su parte, el artículo 77 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación menciona, en la fracción I, que la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación es el conducto de comunicación entre la Cámara de Diputados y la entidad superior de fiscalización.

Por lo expuesto y fundado, se propone a esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto con proposición con punto de acuerdo para solicitar a la Auditoría Superior de la Federación una auditoría de desempeño al funcionamiento programático de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

Primero. Se solicita a la Auditoría Superior de la Federación que en el ámbito de sus competencias constitucionales y legales y con pleno respeto a la autonomía técnica y de gestión realice una auditoría de desempeño al funcionamiento programático de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Segundo. La Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación será el conducto con esta institución para que en los términos de los artículos 76 y 77 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación dé seguimiento puntual a las auditorías, visitas, inspecciones, trabajos, informes, evaluaciones, observaciones y recomendaciones que sean motivo de esta auditoría.

Tercero. La Auditoría Superior de la Federación formulará las recomendaciones al desempeño en la aplicación e interpretación de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para mejorar los resultados, la eficacia, eficiencia y economía de las acciones de gobierno, a fin de elevar la calidad, del desempeño gubernamental. En concreto, la auditoría de desempeño que se propone se ocupará

I. De la eficacia para conocer a través de indicadores estratégicos y de impacto si con las actuales estructuras orgánicas y organigramas administrativos de las distintas dependencias y entidades se cumplen a cabalidad las competencias constitucionales y legales de éstas, además de determinar si se satisfacen los programas gubernamentales, las actividades institucionales y las políticas públicas y si éstos atienden las necesidades y requerimientos ciudadanos y sociales;

II. De eficiencia, para medir, a través de indicadores de gestión, si los recursos humanos, financieros, presupuestales, materiales, de tiempo y técnicos son racionales y óptimos para alcanzar los fines legales que establece la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en cada una de las dependencias y entidades;

III. De economía, para medir el costo de los recursos aplicados a las actuales estructuras orgánicas y funcionales de la administración pública y saber si constituye la mejor alternativa para lograr los objetivos previstos en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;

IV. De calidad en el servicio, para determinar si la administración trabaja con transparencia, si existen vías de participación activa de los ciudadanos en la prestación de los servicios públicos, si se satisfacen los requerimientos de los ciudadanos y si éstos tienen facilidad de acceso a la administración;

V. De análisis de la relación ciudadano-usuario, para conocer qué tanto o cómo representa la administración pública federal los intereses de los ciudadanos y habitantes del país; y

VI. De competencia y desempeño de los actores, para precisar si los servicios públicos han sido bien diseñados y operan adecuadamente.

Cuarto. Los resultados de la auditoría de desempeño al funcionamiento de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal se entregarán a más tardar por esta única y extraordinaria vez el 31 de marzo de 2010, con independencia del informe de resultados sobre la Cuenta Pública de 2008, que deberá ser entregado por la entidad superior de fiscalización a más tardar el 20 de febrero del próximo año. Para tal efecto, la Auditoría Superior de la Federación presentará el costo estimado de dicha auditoría de desempeño, que se cubrirá, por lo que respecta a 2009, con una transferencia de la Tesorería de la Cámara de Diputados y, por lo que respecta a 2010, se considerará el costo en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación en los rubros correspondientes a la Auditoría Superior de la Federación.

Quinto. Las recomendaciones que arroje la auditoría de desempeño al funcionamiento programático de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal se turnarán a las instancias competentes de la Cámara, pero también a la Comisión de Puntos Constitucionales de este cuerpo legislativo, para que esta instancia proceda a desahogar las iniciativas de reforma constitucional y legal que correspondan.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas
1. Palabras del secretario de Hacienda y Crédito Público, Agustín Carstens, durante la conferencia de prensa con motivo de la entrega de los documentos que integran el programa económico para el ejercicio fiscal de 2010, 8 de septiembre, 2009, página 3.
2. Auditoría Superior de la Federación, Auditoría Especial de Desempeño. Marco operativo, Editorial Color, junio de 2007, página 114.

México, DF, a 15 de septiembre de 2009.

Diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL TITULAR DE LA SEP A AGILIZAR LOS TRÁMITES RELATIVOS A LA APROBACIÓN DEL ACUERDO 358, POR EL QUE SE EXTIENDE LA VIGENCIA DEL PROGRAMA ESPECIAL 2005-2009 PARA LA ACREDITACIÓN DE LA EDUCACIÓN PREESCOLAR QUE RECIBEN LOS NIÑOS QUE ASISTEN A CENTROS COMUNITARIOS DE ATENCIÓN A LA INFANCIA EN EL DISTRITO FEDERAL, A CARGO DE LA DIPUTADA ELSA MARÍA MARTÍNEZ PEÑA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE NUEVA ALIANZA

Elsa María Martínez Peña, integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, diputada federal a la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo previsto en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita la aprobación del Pleno de esta soberanía para la presente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

1. El 12 de noviembre de 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que fueron adicionados el artículo 3o., en su párrafo primero, fracciones III, V y VI, y el artículo 31, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer la obligatoriedad de la educación preescolar y el congruente deber de los padres de familia o tutores de enviar a sus hijos o pupilos a cursar la enseñanza preescolar, la primaria y la secundaria.

2. En el artículo sexto transitorio del citado decreto se estableció que las autoridades, educativas federales, en coordinación con las locales, pondrían en marcha programas especiales para cumplir con la prestación del servicio de educación preescolar en las zonas donde no haya sido posible establecer la infraestructura para la prestación de ese servicio educativo.

3. En el Distrito Federal fueron creadas, con la participación de padres de familia que trabajan en establecimientos no lucrativos, centros comunitarios que proporcionan diversos servicios asistenciales, como son la custodia, alimentación y atención médica a favor de niñas y niños de familias en condiciones económicas y sociales en desventaja.

En estos centros comunitarios se proporciona atención a las niñas y niños en horarios más amplios que aquellos con los que operan las escuelas públicas. Permitiendo con ello que los padres que trabajan realicen sus actividades sin preocupaciones, ya que sus hijos reciben atención y seguridad.

4. La situación especial de los centros comunitarios fue regularizada por la Secretaría de Educación Pública en el Distrito Federal, al establecer el Programa Especial 2005-2009, para la Acreditación de la Educación Preescolar que reciben los niños que asisten a los centros comunitarios de atención a la infancia en el Distrito Federal, a través del Acuerdo 358 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 03 de junio de 2005, en virtud del cual se adhirieron 231 centros pertenecientes a la Ciudad de México.

El programa referido llegó a su término, al concluir el ciclo escolar 2008-2009, por lo que actualmente los centros comunitarios de atención a la infancia en el Distrito Federal se encuentran impedidos para impartir educación preescolar con reconocimiento oficial.

5. A partir del 12 de agosto del presente año, 12 mil familias de esta capital viven la problemática de la falta de enseñanza preescolar para sus hijos, situación que vulnera su derecho a la educación, consagrado por el artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; asimismo, conculca los Objetivos de Desarrollo del Milenio, adoptados por la comunidad internacional en el año 2000, en virtud de los cuales México se comprometió a ir más allá del objetivo de la enseñanza primaria universal y lograr que todos los niños y niñas alcancen 12 años de educación efectiva para el año 2015.

6. La falta de alternativas que garanticen la educación a niñas y niños en edad preescolar obstaculiza el cumplimiento del Programa Nacional de Educación 2001-2006, en el que fue establecida la atención educativa con calidad y equidad en aspectos formales y no formales para grupos de población infantil que han quedado excluidos de los programas actuales y cuya educación constituye una condición necesaria para mejorar los aprendizajes durante la vida.

7. La Comisión Federal de Mejora Regulatoria, a solicitud de la Secretaría de Educación Pública, emitió, el 20 de mayo de 2009, un dictamen de manifestación de impacto regulatorio para analizar la viabilidad y oportunidad de extender la vigencia del acuerdo 358, en general, bajo las mismas reglas y procedimientos con los que operaba, mismos que no se limitan a sólo establecer la prórroga para el programa, sino también a requerir a los centros educativos el cumplimiento de condiciones mínimas para su funcionamiento, con la finalidad de evitar poner en riesgo la salud y el desarrollo de los menores.

8. En el Grupo Parlamentario Nueva Alianza estamos conscientes de las deficiencias en la infraestructura para la prestación del servicio de educación preescolar, más aún, de la carencia al no contar con un sistema federal de educación preescolar que posibilite la atención de las necesidades de guarda, custodia y alimentación para padres que trabajan y cuyas condiciones económicas y sociales no les permite acceder a servicios de guarderías o instancias infantiles; por ello estamos convencidos de que la Educación debe concebirse como el eje articulador del concepto de construcción de ciudadanía y no como una variable dependiente de la economía, consideramos que es urgente impulsar la continuidad de procedimientos que contribuyan a garantizar el acceso equitativo a la educación desde los primeros años y una de las vías lo constituye el Programa Especial para la Acreditación de la Educación Preescolar que reciben 12 mil niñas y niños que asisten diariamente a los diversos centros comunitarios de atención a la infancia en el Distrito Federal.

En este marco, hacemos un atento y respetuoso llamado al titular de la Secretaría de Educación Pública para que se agilicen los trámites de la aprobación del acuerdo 358, por el que se extiende la vigencia del Programa Especial 2005-2009 para acreditar la educación preescolar que reciben las niñas y niños que asisten a centros comunitarios de atención a la infancia en el Distrito Federal.

Con esta acción, la Secretaría de Educación Pública beneficiará a más de 12 mil menores de 6 años en situación de exclusión, riesgo y vulnerabilidad que viven en colonias urbanas marginadas y comunidades indígenas que habitan en la Ciudad de México, además de garantizar por parte del Estado mexicano la igualdad de oportunidades de acceso y la permanencia de las niñas y niños que asisten a centros comunitarios con la finalidad de recibir educación básica obligatoria; finalmente se evitará que 12 mil niños queden sin escuela, que 800 docentes pierdan el empleo y que padres de familia trabajadores carezcan de los servicios que les ofrecen dichos centros comunitarios.

Por lo expuesto y fundado, en mi calidad de integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza en la LXI Legislatura, someto a consideración de esta honorable soberanía, con carácter de urgente u obvia resolución, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al titular de la Secretaría de Educación Pública a agilizar los trámites para la aprobación del acuerdo 358, por el que se extiende la vigencia del Programa Especial 2005-2009 para la acreditación de la educación preescolar que reciben las niñas y niños que asisten a centros comunitarios de atención a la infancia en el Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de junio de 2005.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de septiembre de 2009.

Diputada Elsa María Martínez Peña (rúbrica)