Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2709-I, martes 3 de marzo de 2009.


Comunicaciones Oficios
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Comunicaciones
DEL DIPUTADO HUMBERTO LÓPEZ LENA CRUZ

Palacio Legislativo, a 26 de febrero de 2009.

Diputado Javier González Garza
Presidente de la Junta de Coordinación Política de la Honorable Cámara de Diputados
Presente

Por medio de la presente y con fundamento en los artículos 70, párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 30 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le informo que a partir del último día del presente mes dejo de pertenecer al Grupo Parlamentario de Convergencia.

Por lo antes expuesto y en ejercicio de mis derechos consagrados en las leyes que sirven de fundamento al presente escrito, a efecto de garantizar la libre expresión de las corrientes ideológicas representadas en la Cámara de Diputados, he decidido pronunciarme como diputado sin partido.

Lo hago de su conocimiento para que se me resguarden y hagan efectivos los derechos que se desprenden del artículo 30 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del acuerdo emitido por la Junta de Coordinación Política relativo a los apoyos administrativos para diputados sin partido.

Sin más por el momento y seguro de la atención que sirva dar a la presente, quedo de usted.

Diputado Humberto López Lena Cruz (rúbrica)
 
 


DE LA CÁMARA DE SENADORES

México, DF, a 26 de febrero de 2009.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Para conocimiento de esa honorable Cámara de Diputados, informo que la Cámara de Senadores realizará sesión solemne el próximo lunes 9 de marzo del año en curso, para recibir en el Pleno la visita del presidente de la República Francesa, señor Nicolás Sarkozy, y sesiones ordinarias el 9 y el 11 del mismo mes.

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Atentamente
Senador José González Morfín (rúbrica)
Vicepresidente
 
 
 

DEL GOBIERNO DE CHIAPAS

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a 9 de febrero de 2009.

Diputado Izcóatl Tonatiuh Bravo Padilla
Diputada Marcela Cuen Garibi
Vicepresidente y Secretaria de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión
Presentes

En atención de su oficio número DGPL 60-II-5-2385, de fecha 14 de enero del presente año, a través del cual hacen del conocimiento de este gobierno el punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, en el sentido de exhortar al Legislativo y Ejecutivo de esta entidad federativa a impulsar, promover y aprobar, en su caso, las modificaciones legislativas e institucionales necesarias para adecuarlas y hacerlas compatibles con la Convención Internacional de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, considerando las observaciones emitidas por el Comité de los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), que se derivan del tercer Informe de México sobre la Niñez, me permito hacer de su conocimiento lo siguiente:

Conforme a las leyes vigentes en la entidad, en el Código de Procedimientos Penales se consideran y sancionan como delitos graves el tráfico de menores de edad, la sustracción de menores, la corrupción de menores y la pornografía infantil. Respecto a la igualdad de géneros, se han realizado reformas a fin de equiparar la edad legal para contraer matrimonio, por lo que el Código Civil, en el artículo 145, dispone que la edad mínima para contraer matrimonio es de 16 años, tanto para el hombre como para la mujer. Asimismo, se creó el Código de Atención a la Familia y Grupos Vulnerables, que tiene por objeto crear y establecer las bases y los procedimientos de prevención, asistencia y atención, entre otros, del menor, coordinando la colaboración de los gobiernos federal, estatal y municipal, así como la participación de los sectores social y privado.

Por lo expuesto, queda de manifiesto que los Poderes Legislativo y Ejecutivo del estado refrendan su compromiso de proteger a niños y a adolescentes, al adecuar su marco normativo, considerando las observaciones emitidas por el Comité de los Derechos del Niño de la ONU.

Me despido reiterando mi más atenta y distinguida consideración.

Atentamente
Licenciado Carlos Octavio Castellanos Mijares (rúbrica)
Consejero Jurídico del Gobernador
 
 
 

DEL GOBIERNO DE HIDALGO

Pachuca de Soto, Hidalgo, a 22 enero de 2009.

Diputado Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla
Diputada Mercela Cuen Garibi
Vicepresidente y Secretaria
Comisión Permanente del Congreso de la Unión
Presentes

Me refiero al contenido de su oficio número DGPL 60-II-5-2385, de fecha 14 de enero del presente año, por medio del cual comunican el punto de acuerdo donde se exhorta a las autoridades ejecutivas y legislativas de las 32 entidades federativas del país a impulsar, promover y aprobar, en su caso las modificaciones legislativas e institucionales necesarias para adecuarlas y hacerlas compatibles con la Convención Internacional de los Derechos de los Niños, y con la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, considerando particularmente las observaciones emitidas por el Comité del Niño de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) respecto al tercer Informe de México sobre la Niñez.

La asistencia a las adultas y a las niñas es obligación irrenunciable de todo gobierno. En Hidalgo se realiza de manera cotidiana esta importante tarea, que tiene como finalidad lograr un marco de justicia y equidad para los grupos vulnerables que permita su sano crecimiento y desarrollo físico e intelectual. Por eso hay mayor compromiso para la construcción de una sociedad justa, donde todos tengan las mismas oportunidades para vivir con decoro y dignidad.

Con fecha 20 de octubre de 2003, siendo gobernador del estado el licenciado Manuel Ángel Núñez Soto y secretario de Gobierno el licenciado Miguel Ángel Osorio Chong, actual gobernador constitucional, se publicó en el Periódico Oficial del Estado la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en el Estado de Hidalgo, la cual tiene como objeto garantizar a los niños y a los adolescentes la tutela y el respeto de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Hidalgo.

Dicha ley determina con claridad que a las autoridades estatales y a las municipales corresponde de manera directa, en los ámbitos de su competencia, establecer las medidas necesarias, así como instaurar políticas y estrategias, en coordinación con los sectores privado y social, para contribuir a su cumplimiento, garantizando los derechos fundamentales de los niños y de los adolescentes.

También se establecen políticas públicas orientadas a la protección de los derechos de los niños y los adolescentes, como a la asignación de recursos suficientes para las instituciones de tutela, destacando por su importancia el derecho a la vida y su consiguiente desarrollo en un clima de armonía y conciliación social.

En Hidalgo, el desarrollo social se manifiesta con la modernización de las instituciones y leyes que norman el comportamiento individual. El estado de derecho es una condición de vida y de convivencia, que garantiza que los individuos practiquen de manera absoluta sus derechos y libertades, que los organismos del Estado actúen con eficiencia, y que haya gobernabilidad democrática.

Atentos a la vigencia del estado de derecho que predomina en el estado, con fecha 9 de abril del 2007 se publicaron en el Periódico Oficial del Estado la Ley para la Familia del Estado de Hidalgo y el Código de Procedimientos Familiares. Resalta en la primera la intervención del Estado en todo lo que tienda a la preservación de la familia; la obligación que tienen las autoridades judiciales para asegurar a los niños y a los adolescentes la protección y el ejercicio de sus derechos, así como las medidas necesarias para su bienestar, considerando los derechos y deberes de sus padres y demás ascendientes, tutores y custodios u otras personas e instituciones públicas o privadas que sean responsables de ellos. La segunda contiene características propias, como la falta de formalidad en aras del interés superior de los menores y la suplencia de la deficiencia de la queja, pretendiendo la congruencia que exigen nuestras leyes con los tratados internacionales relativos a los derechos de los menores, entre otras bondades que tienen estas nuevas leyes.
 
 
 

DEL GOBIERNO DE TABASCO

Villahermosa, Tabasco, a 25 de febrero de 2009.

Diputado Itzcóat. Tonatiuh Bravo Padilla
Vicepresidente de la Mesa Directiva de la LX Legislatura del Congreso de la Unión

Por instrucciones del gobernador del Estado Libre y Soberano de Tabasco, químico Andrés Rafael Granier Melo y en referencia a su oficio número DGPL 60- II-S-2385, me permito hacer de su conocimiento que las disposiciones contenidas en la Convención Internacional de los Derechos de los Niños y en la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes así como las observaciones finales emitidas por el Comité de los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas respecto al III informe de México sobre la Niñez, en su sesión del 2 de junio de 2006, fueron en su momento tomadas en cuenta en la Ley para la protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de Tabasco, publicada en el Periódico Oficial del Estado el 3 de enero de 2007.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para saludarlo con afecto y reiterarme a sus órdenes.

Atentamente
"Sufragio Efectivo. No Reelección"

Miguel Alberto Romero Pérez (rúbrica)
Consejero Jurídico del Poder Ejecutivo
 
 


DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE GRUPO AEROPORTUARIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

México, DF, a 25 de febrero de 2009.

Diputado César Duarte Jáquez
Presidente
Diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela
Secretaria
Mesa Directiva de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presente.

Me permito dar respuesta a su atento oficio número D.G.P.L. 60-II-3-2276, expediente 3039, recibido el 13 del presente, mediante el cual se sirven ustedes informar respecto del punto de acuerdo que fue dirigido al licenciado Gilberto López Meyer, director general de Aeropuertos y Servicios Auxiliares, que a su vez fue turnado al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México Benito Juárez (AICM), por ser asunto de su competencia, el cuál fue aprobado por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a saber:

"Único. La Cámara de Diputados exhorta al titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a las autoridades del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México y de Aeropuertos y Servicios Auxiliares para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, atiendan la problemática que presenta el servicio de autotransporte público de pasajeros vía taxi de y hacia el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México; y, por otra parte, respeten las relaciones contractuales que se han creado con agrupaciones del servicio de taxis del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, en el sentido de que se establezcan criterios de calidad y servicio".

Motivo de que los instrumentos jurídicos que regulaban la prestación del servicio autorizado de taxis en el aeropuerto vencieron el 29 de mayo de 2006, el AICM inició negociaciones respecto de la nueva relación contractual con los taxistas, basándose en la Ley de Aeropuertos y su reglamento y las propias recomendaciones de la Comisión de Comunicaciones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, de la Procuraduría Federal del Consumidor y principalmente de la Comisión Federal de Competencia, así como de los comentarios, quejas y sugerencias del público usuario, siendo éste último el factor más importante a considerar sin menoscabo de la importancia que reviste la procuración del empleo para los trabajadores del volante.

Para mayor detalle, a la Comisión Federal de Competencia se le expuso el escenario completo del funcionamiento del servicio de taxis en la terminal aérea, a efecto de analizar el esquema más conveniente para el aeropuerto y, consecuentemente, para sus usuarios.

El 11 de mayo de 2006, mediante oficio número PRES-10-096-2006-076 la Comisión Federal de Competencia recomendó lo siguiente:

Definir y establecer criterios de calidad en el servicio y condiciones de seguridad para el usuario que deberá cumplir en lo general cualquier prestador del servicio y difundirlos públicamente.

Eliminar cualquier intervención del AICM en la determinación y registro de tarifas para estos efectos.

Establecer contraprestaciones para Al CM no asociadas a los ingresos o tarifas de los prestadores del servicio.

Promover la división del Sitio 300 en dos o más agrupaciones, a fin de establecer condiciones de competencia en la prestación del servicio con unidades sedan (servicio ordinario).

Eliminar el derecho de preferencia de las agrupaciones en la ampliación del parque vehicular a fin de suprimir exclusividades.

Introducir como causal de rescisión del contrato la realización de prácticas monopólicas absolutas.

En congruencia con lo anterior, AICM diseñó el esquema a adoptar para la continuidad del servicio, el cual se encuentra orientado a asegurar mejores condiciones de operación en términos de eficiencia, seguridad, calidad y honestidad, en beneficio de los usuarios.

El aeropuerto ofreció a los taxistas un nuevo contrato que responde a las siguientes características:

Aeropuerto Internacional Benito Juárez, Ciudad de México

Vigencia de 10 años, renovable por un periodo similar, siempre y cuando el servicio se hubiere prestado de acuerdo a las condiciones pactadas.

Una contraprestación mensual para el aeropuerto, por concepto del derecho de acceso, pagadero por cada unidad vehicular y que resulta un 20 por ciento menor en comparación a lo que pagaban anteriormente.

Conforme a lo recomendado por la Comisión Federal de Competencia, se establecen los criterios de calidad y las condiciones de seguridad para la prestación del servicio.

No existen exclusividades para la prestación del servicio.

Algunos taxistas asociados al Sitio 300, que concentraba el 100 por ciento de los vehículos tipo sedán y el 94 por ciento del total de taxis que operaban en el aeropuerto, junto con otras agrupaciones que ya actuaban en el aeropuerto pero cuyos contratos de derecho de acceso fenecieron igualmente en mayo de 2006, aceptaron el esquema de contratación propuesto y en la actualidad tienen presencia en la terminal aérea conforme a lo siguiente: Agrupación: Porto Taxi Ejecutivo, SA de CV.
Parque vehicular: 105 taxis.

Agrupación: Transportación Terrestre Nueva Imagen, AC.
Parque vehicular: 302 taxis.
Se separaron de Sitio 300

Agrupación: Confort y Servicios en Transportación Terrestre, SC de RL de CV.
Parque vehicular: 19 taxis
Se separaron de Sitio 300

Por otra parte, y con la finalidad de cubrir la demanda residual en la prestación del servicio, el 21 de mayo de 2008 fue publicada la invitación para participar en la subasta pública número SP-03/2008 para el otorgamiento de contrato de acceso a la zona federal para la prestación del servicio público de autotransporte federal de pasajeros con origen o destino en esta terminal aérea, para incorporar 300 nuevas unidades vehiculares; este contrato de derecho de acceso fue adjudicado a Servicio de Excelencia, SA de CV, quién presentó la mejor oferta, consistente en las tarifas más bajas para el beneficio de los usuarios, y que representa, en comparación a las tarifas que aplica actualmente Sitio 300, ahorros que van de los 5 a los 40 pesos en cada servicio que tenga como origen o destino las colonias Del Valle, Narvarte, Nápoles, Polanco, Roma, Condesa o Cuahutémoc, donde se concentra el 70 por ciento de la demanda de los servicios.

Caso aparte, 716 taxistas que aún continúan asociados a Sitio 300 y que rechazan incorporarse al esquema de contratación propuesto por el aeropuerto; no obstante que, a través de intensas negociaciones, las partes hemos logrado consensuar la totalidad de los términos de los nuevos contratos, con excepción de la exclusividad que estos taxistas pretenden para la prestación del servicio, concepto que para el aeropuerto resulta imposible de otorgar, pues estaría contraviniendo las disposiciones legales en materia de competencia económica.

Así las cosas, me complace manifestar que los términos del punto de acuerdo de referencia se satisfacen plenamente, en razón de que en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, Benito Juárez, se atiende la problemática que representa el servicio de transportación terrestre de pasajeros, conforme a las recomendaciones de la Secretaría de Comunicaciones y Transporte y de la Comisión Federal de Competencia, además de que se han establecido los criterios de calidad y condiciones de seguridad que deben prevalecer en la prestación del servicio con respeto, en todos los casos, a las condiciones contractuales vigentes que se han pactado con las diferentes agrupaciones de taxistas.

Sin otro particular, quedo de ustedes.

Atentamente
Licenciado Héctor J. Velásquez Corona (rúbrica)
Director general
 
 








Oficios
DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, CON EL QUE REMITE EL INFORME GENERAL DE ACTIVIDADES DEL CONSEJO DE SEGURIDAD NACIONAL

México, DF, a 27 de febrero de 2009.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presentes

Por este conducto me permito hacer de su conocimiento que, mediante oficio número CSN/ST/053/09, Sigrid Arzt Colunga, secretaria técnica del Consejo de Seguridad Nacional, envía el informe a que se refiere el artículo 58 de la Ley de Seguridad Nacional, correspondiente al periodo del 1 de septiembre de 2008 al 31 de enero de 2009.

Por lo anterior y con fundamento en lo establecido en la fracción XIV del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito remitir copia del documento a que me he referido y de su anexo, a fin de que por su amable conducto se sirvan hacerlo del conocimiento de los integrantes de la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional del Poder Legislativo Federal.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
Cuauhtémoc Cardona Benavides (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo
 
 


DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, CON EL QUE REMITE INFORME DE LA SUBSECRETARÍA DE PLANEACIÓN ENERGÉTICA Y DESARROLLO TECNOLÓGICO DE LA SECRETARÍA DE ENERGÍA CORRESPONDIENTE AL AVANCE DEL PROGRAMA PARA INCREMENTAR LA EFICIENCIA OPERATIVA EN PETRÓLEOS MEXICANOS Y SUS ORGANISMOS SUBSIDIARIOS AL CUARTO TRIMESTRE DE 2008

México, DF, a 27 de febrero de 2009.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presentes

Por este conducto me permito hacer de su conocimiento que mediante oficio número SPEDT/ 200.095/09, el licenciado Jordy Herrera Flores, subsecretario de Planeación Energética y Desarrollo Tecnológico de la Secretaría de Energía, remite el informe del seguimiento del Programa para Incrementar la Eficiencia Operativa en Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios al cuarto trimestre de 2008, así como las observaciones de dicha dependencia a ese plan.

Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en la fracción XIV del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, les acompaño para los fines procedentes, copia del oficio a que me he referido y de sus anexos.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
Cuauhtémoc Cardona Benavides (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo
 
 

México, DF, a 27 de febrero de 2009.

Licenciado Cuauhtémoc Cardona Benavides
Subsecretario de Enlace Legislativo
Secretaría de Gobernación

De conformidad con lo establecido en el artículo noveno transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de octubre de 2007, así como en los lineamientos a que deberán sujetarse Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios en la ejecución del Programa para Incrementar la Eficiencia Operativa en Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios (PEO), publicados en el Diario Oficial de la Federación el 3 de junio de 2008, adjunto oficio de la Subsecretaría de Hidrocarburos que contiene el informe de seguimiento del PEO al cuarto trimestre de 2008 así como las observaciones de esta Secretaría.

Derivado lo anterior le solicito tenga a bien remitir estos documentos al Honorable Congreso de la Unión para dar cabal cumplimento a las disposiciones señaladas.

Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.

Atentamente
Licenciado Jordy Herrera Flores (rúbrica)
Subsecretario de Planeación Energética y Desarrollo Tecnológico
 
 

México, DF, 26 de febrero de 2009.

Licenciado Jordy Herrera Flores
Subsecretario de Planeación Energética y Desarrollo Tecnológico
Secretaría de Energía
Presente

De conformidad con lo establecido en el artículo noveno transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de octubre de 2007 (decreto), así como en los lineamientos a los que deberán sujetarse Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios en la ejecución del Programa para Incrementar la Eficiencia Operativa en Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios (PEO), publicados en el Diario Oficial de la Federación el 3 de junio de 2008, por este conducto me permito enviarle el informe de seguimiento del PEO al cuarto trimestre de 2008, entregado por Pemex el 30 enero de 2009 a esta dependencia, y las observaciones de la Secretaría de Energía al mismo. Lo anterior con el objeto de que se haga llegar dicha información al Congreso de la Unión, dando cumplimiento a lo estipulado en el artículo noveno transitorio del decreto.

Sin más por el momento, aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

Atentamente
Mario Gabriel Budebo (rúbrica)
Subsecretario de Hidrocarburos
 

Observaciones de la Secretaría de Energía al Informe del Programa para Incrementar la Eficiencia Operativa de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios al Cuarto Trimestre de 2008

1. Antecedentes

La Ley Federal de Derechos obliga a Petróleos Mexicanos (Pemex), a enviar al Congreso de la Unión, a través de la Secretaría de Energía (Sener), un informe trimestral durante los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre de cada año, con el seguimiento del programa para incrementar la eficiencia operativa en Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios (PEO), el cual debe ir acompañado de las observaciones de la secretaría a dicho informe.

De conformidad con lo que establece la Ley Federal de Derechos y a solicitud de la Sener, el informe incluye indicadores que son contrastados con las metas establecidas. En caso de que los indicadores no cumplan con las metas, éstos se califican por Pemex con un desempeño "insuficiente", se precisan las causas de las desviaciones y se comprometen acciones correctivas, de mejora o de ambas.

Este segundo informe de seguimiento trimestral refleja razonablemente la situación operativa de Pemex y actualiza, al cuarto trimestre de 2008, la información remitida al Congreso de la Unión el pasado 27 de noviembre. Los indicadores contenidos en este informe se calcularon a partir de datos estimados de cierre de año y son contrastados con las metas anuales del programa.

2. Observaciones al informe del PEO al cuarto trimestre de 2008

La Sener analizó el informe trimestral y presenta las siguientes observaciones generales:

El informe permite identificar las áreas en las que Petróleos Mexicanos ha logrado tener un avance en su desempeño operativo, las cuales si bien son limitadas, permiten sentar la base para un mejor desempeño futuro. Asimismo, identifica con toda amplitud las áreas sobre las cuales tiene que mejorar.

El PEO debe ser un programa de mejoramiento continuo. En este sentido, la Sener ha solicitado a Pemex hacer una revisión de las acciones planteadas para incidir en los objetivos del programa. Lo anterior parte de que cuando una acción llega a concretarse o cuenta con un avance significativo, debe reflejarse en la mejora de indicadores y en el cumplimiento de las metas programadas. En caso de que las acciones no estén contribuyendo a lograr los resultados esperados, como está ocurriendo en algunos casos, debe replantearse el programa, de modo que se incorporen acciones de mayor efectividad.

Como parte del seguimiento del PEO se incorporan acciones correctivas y de mejora –adicionales a las acciones planteadas en un inicio–. En este sentido, los mecanismos de planeación al interior de Pemex deben ser reforzados para detectar y realizar aquellas acciones que son más efectivas para cumplir con las metas propuestas.

Las acciones correctivas o de mejora que se establecen en el informe contemplan finalizar en un plazo igual o mayor a un año. Con el fin de observar resultados a lo largo del año se considera necesario incorporar acciones de corto plazo en los siguientes informes.

A partir de la reforma energética, Pemex cuenta con mejores mecanismos de gestión, los cuales deberán fomentar un mejor desempeño conforme se vayan instrumentando los lineamientos internos y se vaya adecuando la organización de la paraestatal para aprovechar una mayor flexibilidad en su operación. En este sentido, resulta necesario incluir los avances que vaya teniendo Pemex en estos aspectos en los próximos reportes trimestrales.

Con base en el análisis de los aspectos más relevantes reportados por cada uno de los organismos y el corporativo, la Sener hace las siguientes observaciones.

Pemex Exploración y Producción

De los 28 indicadores reportados en el informe, los cuales miden el avance en la eficiencia operativa de Pemex Exploración y Producción, 14 (50 por ciento) cumplen con la meta establecida; 9 (32 por ciento) muestran un desempeño insuficiente; y 5 (18 por ciento) no fueron reportados debido a que no hay información disponible a la fecha.1 Respecto a los indicadores no reportados, el organismo deberá incluirlos en el siguiente informe, contrastándolos con las metas respectivas.

Respecto a los indicadores que cumplen o superan la meta, se destaca lo siguiente (en paréntesis se reporta su comportamiento respecto a la meta):

• Perforación no convencional (+8 por ciento). Pemex muestra un esfuerzo por incrementar la perforación no convencional en campos que permiten aprovechar esta tecnología por sus características geológicas. Es importante continuar con el avance de las acciones que impulsen este tipo de perforación (pozos horizontales y multilaterales), con el fin de incrementar el factor de recuperación.

• Metodología de visualización "front end loading –FEL" (se aplicó a los 5 proyectos programados). Se cumplió con la meta de aplicar la metodología FEL o "visualización, conceptualización y diseño" en los campos Cantarell, Ku Maloob Zaap, Surgos, Crudo Ligero y Chicontepec, lo cual mejorará la planeación, y con ello se podrán obtener mejores resultados en la ejecución de estos proyectos.

• Proporción de crudo ligero en la producción total (+2 por ciento). Aún cuando se cumplió la meta de proporción de crudo ligero respecto del total, se anticipa un potencial limitado de este tipo de crudo; por lo tanto, se deberán implementar estrategias que permitan hacer más eficientes las técnicas de mezclado de crudos (ante una menor disponibilidad de crudo ligero), así como mejorar el manejo del crudo extra pesado. Adicionalmente, se deberá evaluar la conveniencia de instalar una planta de mejoramiento de la calidad del crudo en el mediano plazo.

En contraste, respecto a los indicadores que tienen un desempeño insuficiente, cabe señalar las siguientes observaciones (en paréntesis se reporta su desviación respecto a la meta):

• Producción de petróleo crudo (-10 por ciento) y entrega a ventas (-10 por ciento). Pemex explica esta desviación en la producción y entrega a ventas de crudo principalmente por el comportamiento de Cantarell. La producción de dicho campo en 2008 ascendió a 1,016 miles de barriles diarios (mbd), 20 por ciento (259 mbd) por debajo de la meta anual, lo cual denota un problema en la administración de la declinación del yacimiento.

Asimismo, el proyecto Chicontepec alcanzó una producción promedio en 2008 de 30 mbd, 37 por ciento inferior al programado en el año, resultado de un problema de ejecución.

Adicionalmente, como causa de la desviación, se menciona el cierre de pozos por cancelación de cargamentos programados para Estados Unidos. Lo anterior generó saturación en el almacenamiento de crudo y provocó que Pemex tuviera que cerrar la producción algunos días.

Desde el informe trimestral anterior, la Sener ha señalado la necesidad de acelerar los procesos de recuperación mejorada, así como de aumentar la capacidad de almacenamiento de crudo y así evitar que las cancelaciones de cargamentos lleven a cerrar la producción.

Por su parte, Pemex vincula a estos indicadores la acción "fortalecer la ejecución de los proyectos de desarrollo para mejorar el factor de recuperación y desarrollar nuevas reservas"; no obstante, dicha acción reporta un avance limitado de 7 por ciento. Por lo tanto, resulta fundamental lograr un mayor avance en esta área e incidir en la brecha con la meta propuesta.

• Producción de gas entregada a ventas (-6 por ciento). Si bien la producción de gas cumplió la meta y se incrementó 14 por ciento (860 millones de pies cúbicos diarios –Mmpcd) respecto al año anterior, 1,333 Mmpcd se enviaron a la atmósfera en 2008. Como parte de la justificación de la desviación se señala el alto contenido de nitrógeno en el gas producido, en particular en la región de Cantarell, así como los problemas operativos en los equipos de compresión en la Región Marina Noreste. Para atender esta problemática es necesario mejorar los pronósticos respecto a la producción de gas. Lo anterior permitirá construir con oportunidad las plantas separadoras de nitrógeno y adquirir con la debida anticipación los equipos de compresión, que sean necesarios. En los siguientes informes se solicitará a Pemex precisar cómo se están implementando estas acciones, así como referentes internacionales sobre las mejores prácticas para el manejo del gas y para la reducción de su quema y venteo.

• Aprovechamiento de gas (-16 por ciento). Las causas de la desviación son similares a las que explican una menor disponibilidad de gas para ventas, es decir, el alto contenido de nitrógeno en el gas producido, así como problemas operativos y en la capacidad de compresión para manejo de gas a proceso. Si bien se establecen acciones correctivas como el incremento de la capacidad de inyección de gas al yacimiento, así como de la capacidad de compresión, se requiere precisar el alcance que tendrán dichas acciones. En este sentido se requiere tener una aproximación cuantificable del impacto por incrementar la capacidad de inyección y compresión, así como las necesidades de recursos (monetarios, humanos, operativos, etcétera.) para implementar con éxito las medidas. Finalmente, con el objeto de dar seguimiento a las acciones que permitirán mejorar este indicador, se debe contar con el avance de la operación de los nuevos equipos de compresión, la perforación de nuevos pozos fuera de la zona de transición y la operación de la planta separadora de nitrógeno.

• Éxito exploratorio comercial (-29 por ciento). Pemex Exploración y Producción señala como causa de la desviación respecto a la meta, que un número importante de pozos previamente clasificados como productores, resultaron no rentables. En este sentido, el organismo menciona que la utilización de la metodología FEL en todos los pozos prioritarios aportará información más robusta y propiciará un mayor éxito exploratorio comercial. Si continúa la tendencia observada hasta el momento, se requerirá ampliar y detallar las explicaciones sobre las causas que provocaron un éxito exploratorio comercial menor al que establece la meta del PEO y fortalecer las acciones correctivas correspondientes.

Pemex Refinación De los 22 indicadores reportados en el informe, los cuales miden el avance en la eficiencia operativa de Pemex Refinación, 14 (64 por ciento) cumplen con la meta establecida y 8 (36 por ciento) muestran un desempeño insuficiente.

Respecto a los indicadores que cumplen la meta se destaca lo siguiente (en paréntesis se reporta su comportamiento respecto a la meta):

• Mantener rendimientos de gasolinas (+1.3 por ciento) y destilados del crudo (+1.3 por ciento). Como parte de las acciones que han impulsado el cumplimiento de estas metas, destacan la implementación de mejores prácticas en refinerías y la eliminación de cuellos de botellas.

Si bien se lograron los resultados previstos en 2008, es importante continuar avanzando con éstas y las demás acciones establecidas en el programa, para mejorar el desempeño y cumplir las metas en los siguientes periodos. En particular, la Sener está dando seguimiento a las acciones relacionadas con la reconfiguración de Minatitlán, que si bien se encuentran en una etapa avanzada, algunas se mantuvieron prácticamente sin cambio respecto al tercer trimestre de 2008.

• Utilización de la capacidad de destilación equivalente (+1.1 por ciento). El resultado de este indicador, si bien positivo, es un reflejo de que el programa de mantenimiento no se realizó en su totalidad. De las 78 plantas programadas para rehabilitación, sólo se realizaron 49, difiriendo 19 para 2009. Existe el riesgo de no cumplir con las metas asociadas a este indicador por no realizar oportunamente los programas de mantenimiento.

• Días de autonomía de crudo en refinerías (+4 por ciento). La meta se cumplió impulsada por el aumento en la capacidad de almacenamiento que se generó con la rehabilitación de 6 tanques (de 11 programados) con capacidad de 580 mil barriles, así como el TV-504 con capacidad bombeable de 400 mil barriles.

En referencia a los indicadores que tienen un desempeño insuficiente, cabe señalar las siguientes observaciones (en paréntesis se reporta su desviación respecto a la meta):

• Mantener el proceso de crudo dentro de la banda propuesta (-3.0 por ciento). Se estableció una meta de procesamiento de crudo de entre 1,270 y 1,300 miles de barriles diarios. En el periodo reportado, se procesaron 1,261 miles de barriles diarios, cifra por debajo del rango inferior de la meta. Como justificación a la desviación se menciona el paro total de la refinería de Salina Cruz por el sismo ocurrido en febrero de 2008; la interrupción total de las operaciones en las refinerías de Tula y Salina Cruz por falla de servicios auxiliares en mayo y julio respectivamente; el retraso en el desalojo de productos por factores climatológicos y por el retiro de combustóleo de CFE; por problemas con la calidad del crudo (alto contenido de agua y sales) y los paros de plantas por mantenimientos no programados. Para mejorar este indicador, Pemex se compromete a cumplir con los programas de mantenimiento y desalojo de productos de las refinerías, para lo cual se le solicitará mayor detalle en el siguiente informe sobre las acciones emprendidas en esta materia.

• Costo de transporte (+8.1 por ciento). La meta en 2008 fue de 0.1782 $/t-km. Sin embargo, el costo fue de 0.193 $/t-km. Lo anterior se atribuye a que, si bien se cumplieron las metas de proporción del volumen total transportado por ducto (aumentándolo, por ser un transporte muy eficiente) y ruedas (disminuyéndolo, por ser el de más costo), en el caso del transporte por buque tanque (que representa una alternativa atractiva al transporte por pipa o tren), el porcentaje del volumen total transportado fue menor al programado. Por ello, a pesar de que durante la segunda mitad de 2008 se incorporaron a la flota petrolera cuatro buques tanque, se requiere continuar con la modernización del transporte marítimo como acción correctiva para mejorar este indicador.

• Margen variable de refinación (-68 por ciento). El margen de refinación se ubicó en 2.33 dólares por barril, mientras que se tenía como meta en 2008, un margen de entre 7 y 7.3 dólares por barril. Independientemente de que el margen se ve afectado por la situación del mercado internacional de hidrocarburos, que es exógena a Pemex, el organismo debe buscar incrementarlo mediante la mejora continua del rendimiento de destilado y el aumento en la utilización de sus plantas.

• Días de autonomía en terminales críticas de gasolina (-4 por ciento) y de diesel (-13 por ciento). La meta en 2008 en lo que se refiere a gasolinas fue de 2.5 días y para diesel fue de 3.0; sin embargo, para gasolinas se alcanzaron 2.4 días y para diesel 2.6 días. En este sentido, se requiere aumentar la capacidad de almacenamiento e implementar acciones que permitan contar con un mayor número de días de autonomía en función del comportamiento del mercado.

• Emisiones de SOx (-2 por ciento). El aumento en las emisiones se explica principalmente por las reparaciones programadas y mantenimientos correctivos en diversos trenes de las unidades recuperadoras de azufre. Para estos efectos, Pemex debe hacer un esfuerzo por aumentar la confiabilidad de las plantas de azufre y continuar trabajando en la implementación del Sistema Pemex Seguridad, Salud y Protección Ambiental, con el fin de disminuir las emisiones.

Pemex Gas y Petroquímica Básica

De los 30 indicadores reportados en el informe, que miden el avance en la eficiencia operativa de Pemex Gas y Petroquímica Básica, 21 (70 por ciento) cumplen con la meta establecida y 9 (30 por ciento) muestran un desempeño insuficiente.

Respecto a los indicadores que cumplen la meta se destaca lo siguiente (en paréntesis se reporta su comportamiento respecto a la meta):

• Margen por unidad de energía equivalente (+1 por ciento). Este indicador cumple con la meta. Sin embargo, no queda clara la vinculación entre las acciones propuestas y los resultados. Cabe mencionar que algunas de las acciones ligadas a este indicador reportan poco avance, como la construcción de una planta de cogeneración en el Centro Procesador de Gas (CPG) de Nuevo Pemex (avance de 7 por ciento), recuperar el diferencial de precios entre el gas LP importado y su venta en el mercado nacional (avance 21 por ciento) y desarrollar un esquema comercial de gas LP (avance 37 por ciento). En este sentido, se requiere una revisión de dichas acciones y verificar que éstas incidan efectivamente en los resultados. En su caso, se tendría que revisar la meta al alza, ya que actualmente se tiene un buen desempeño sin tener acciones claramente vinculadas.

• Costos de operación por CPG (-26 por ciento). Los costos de operación por centro procesador de gas cumplieron la meta. Sin embargo, también en este caso se requiere aclarar la vinculación entre las acciones propuestas y los resultados. A este indicador se ligan acciones como desarrollar un esquema comercial de gas LP y recuperar su diferencial de precios entre las importaciones y las ventas de este hidrocarburo en el mercado nacional, en las que no queda claro de qué forma se ven afectados los costos de operación.

• Producción de gas seco, de gas licuado y de etano por unidad procesada. Si bien estos indicadores no presentan un comportamiento por encima a la banda superior de la meta, se encuentran dentro del rango aceptable de cumplimiento. Algunas acciones que contribuyeron a ubicarse dentro de los rangos comprometidos fueron la entrada en operación de la planta criogénica 5 y la optimización en los procedimientos de contratación del suministro de bienes y servicios.

En contraste, respecto a los indicadores que tienen un desempeño insuficiente, cabe señalar las siguientes observaciones (en paréntesis se reporta su desviación respecto a la meta): • Indicadores vinculados a la disponibilidad de materia prima.

* Capacidad criogénica utilizada (-5 por ciento). Se reporta un porcentaje de la capacidad utilizada de 76.0 por ciento, en comparación con una meta de entre 77 y 80 por ciento.

* Producción de gas seco (-8 por ciento) y gas licuado (-12 por ciento). La producción de gas seco se ubicó en 3,461 Mmpcd, cifra por debajo del mínimo establecido como meta, de 3,502 Mmpcd. La producción de gas licuado, por su parte, se ubicó en 182.4 Mbd, cuando la meta mínima establecida fue de 192 Mbd.

* Producción de gasolinas por unidad procesada (-10 por ciento). A diferencia de los demás indicadores de producción por unidad procesada (mencionados en el primer bloque de indicadores), este indicador no estuvo dentro de los rangos que establece la meta 2008. Mientras que el rango de la meta va de 19 a 20 barriles diarios por Mmpcd procesados, el indicador reportado fue de 18.1.

* Uptime sistema nacional de gasoductos (-13 por ciento) y Uptime criogénicas (-7 por ciento). Estos indicadores se ubicaron en 80.5 y 78.7 por ciento, cuando las metas (banda inferior) eran de 82.8 y 83.5 por ciento respectivamente.

Para estos indicadores Pemex Gas y Petroquímica Básica señala que la razón de la desviación fue la menor disponibilidad de materia prima (gas húmedo y condensados). Para estos efectos, es necesaria una mejor planeación integral al interior de Pemex, que reconozca el volumen de materias primas requeridas y la oportunidad en su entrega. Lo anterior permitirá incidir favorablemente en los indicadores de Pemex Gas y Petroquímica Básica, a través de una mejor coordinación con Pemex Exploración y Producción.

• Emisiones de SO2 a la atmósfera (-22 por ciento). Este indicador registró un valor de 41.4 kg de SO2/t de azufre, que resulta mayor que la meta de 34 kg de SO2/t de azufre como máximo. PGPB argumenta que la NOM-137-SEMARNAT-2003 establece como límite <51 kg SO2/t de azufre, por lo que considera elevada la meta planteada. Con base en lo anterior, la Sener revisará la meta indicada.

Pemex Petroquímica

De los 15 indicadores reportados en el informe, los cuales miden el avance en la eficiencia operativa de Pemex Petroquímica, 12 (80 por ciento) cumplen con la meta establecida y 3 (20 por ciento) muestran un desempeño insuficiente.

Respecto a los indicadores que cumplen la meta se destaca lo siguiente (en paréntesis se reporta su comportamiento respecto a la meta):

• Factor de insumo etileno-polietileno, etano-etileno, gas natural-amoniaco y nafta-aromáticos (alcanzaron niveles de cumplimiento). Si bien estos indicadores no presentan un comportamiento por encima a la banda superior de la meta, se encuentran dentro del rango aceptable de cumplimiento. Se menciona que el uso de los estándares de consumo de materia prima y energía ha permitido mantener un estricto control operativo para lograr desempeños competitivos y por lo tanto cumplir las metas. Si bien en este caso no se requieren acciones correctivas, se sugiere incorporar acciones de mejora respecto al uso de materias primas, que contribuyan a mantener el cumplimiento de las metas a lo largo del programa.

En contraste, respecto a los indicadores que tienen un desempeño insuficiente, cabe señalar las siguientes observaciones (en paréntesis se reporta su desviación respecto a la meta):

• Gastos de operación (+266 por ciento). La causa de la desviación se debe a que la meta 2008 fue programada de acuerdo con el presupuesto que se tenía a principios de 2008, cuyo nivel de gasto se ubicó muy por debajo de los requerimientos reales para cumplir los programas de producción. Conforme se fueron liberando recursos adicionales para Pemex a lo largo del año, el gasto se pudo incrementar para cumplir con las metas de producción. El gasto estimado de cierre es de 2,051 pesos por tonelada, mientras que se había programado que fuera de 560. En este sentido, se requiere una revisión de las metas para verificar si corresponden a las necesidades de gasto del organismo, dentro de rangos que optimicen el uso de los recursos.

• Factor de insumo nafta-aromáticos (-24 por ciento). Este indicador resultó afectado debido a que se realizó un cambio de orientación del complejo de aromáticos a gasolinas, debido al cierre de la planta cristalizadora de paraxileno. Dado que el esquema de operación seguirá orientado a la producción de gasolinas, se requiere incorporar un nuevo indicador (nafta-gasolinas) para poder reflejar las nuevas condiciones de operación.

• Emisiones de SOx (+527 por ciento). El indicador fue de 0.088 t/Mt mientras que la meta era de 0.014 t/Mt. El organismo explicó que las desviaciones al indicador se deben principalmente a la utilización de combustóleo para la generación de energía eléctrica en los centros procesadores Morelos e Independencia a lo largo del año. Como acción correctiva el organismo propone el aprovechamiento de combustibles alternos, solo cuando no se incremente de manera importante la emisión de SOx. Para mejorar este indicador se requiere que Pemex Petroquímica continúe trabajando en la implementación del Sistema Pemex Seguridad, Salud y Protección Ambiental, con el fin de reducir las emisiones.

Petróleos Mexicanos (Corporativo)

De los 5 indicadores reportados en el informe, relacionados con los servicios médicos que provee la empresa, todos están dentro de rangos aceptables de cumplimiento.

Por otra parte, si bien no se establecieron metas para el indicador de "déficit actuarial", así como para su "componente de gasto de sistema de salud", se requiere reportar dicha información en cuanto esté disponible, lo que ocurrirá en el siguiente informe trimestral de Pemex.

Finalmente, se requiere continuar avanzando en el diseño e implementación de las medidas que derivan de la reforma energética, con el objetivo de mejorar la articulación entre las distintas áreas de Pemex, así como la gestión y el desempeño operativo de la empresa.

(rúbricas)

Nota
1. Algunos de estos indicadores se relacionan con la información de reservas para 2008 que publicará la Sener en 2009.
 
 
 

DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, DOS CON LOS QUE REMITE CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO APROBADOS POR LA COMISIÓN PERMANENTE

México, DF, a 25 de febrero de 2009.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 60-II-4-1977 signado por el diputado César Duarte Jáquez y el senador Ramiro Hernández García, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número CA/LFDC/018/2009 suscrito por el licenciado Luis Felipe Domínguez Cámara, asesor de la Secretaría de Educación Pública, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo al proyecto Resplandor Teotihuacano.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
Cuauhtémoc Cardona Benavides (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo.
 
 

México, DF, a 23 de febrero de 2009.

Licenciando Cuauhtémoc Cardona Benavides
Subsecretario de Enlace Legislativo
Secretaría de Gobernación
Presente

En relación a su oficio número SEL/300/535/09 del pasado 29 de enero, anexo me permito enviar la opinión que el Instituto Nacional de Antropología e Historia ha emitido sobre el exhorto de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión sobre el impacto estructural de las obras realizadas en la zona arqueológica de Teotihuacán con motivo de la instalación del sistema de iluminación para la visita nocturna.

Lo anterior para los fines a que haya lugar.

Sin más por el momento, me es grato enviarle un cordial saludo.

Atentamente
Licenciado Luis Felipe Domínguez Cámara (rúbrica)
Asesor de la secretaria
 
 

México DF, a 17 de febrero de 2009.

Licenciado Luis Felipe Domínguez
Asesor de la titular de la Secretaría de Educación Pública
Presente

En atención a su oficio CA/LFDC/006/2009 del pasado 10 de febrero y dirigido al director general del Instituto Nacional de Antropología e Historia, donde solicita que se informe sobre las acciones que el instituto ha emprendido para atender el exhorto de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión entorno al impacto estructural de las obras realizadas en la zona arqueológica con motivo de la instalación del sistema de iluminación para la visita nocturna, por instrucciones del titular de esta instancia le comento:

En referencia al informe sobre el programa regional de desarrollo turístico del corredor Teotihuacán, Acolman-Otumba-SanMartín-Axapusco-Nopaltepec, y en particular al proyecto Resplador Teotihuacano, que elaboró la Comisión de Cultura de la Cámara de Diputados y remitió el 22 de enero del presente a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, que hizo suyos los resolutivos y conclusiones, y notificó a este instituto mediante oficio DGPL 60-II-4-1979 del 28 de enero, donde se destaca el exhorto a constituir una mesa de especialistas para que emita una opinión técnica sobre el proyecto, este instituto, atendiendo a los resolutivos del informe, conformó un grupo técnico de especialistas en las siguientes materias: estructuras y cálculo; geología y mecánica de suelos; arqueología teotihuacana (revisión del guión); restauración patrimonial; iluminación; arquitectura de conservación (visuales); y urbanismo (plan de manejo), con el propósito de que su análisis del proyecto de iluminación y, en su caso, el impacto en las estructuras arqueológicas salvaguardara los criterios técnicos y académicos correspondientes.

Asimismo, con el propósito de abonar a la transparencia y rendición de cuentas se determinó que los integrantes de dicho grupo no guardaran relación laboral alguna vigente con este instituto, lo anterior no descalifica la capacidad técnica y académica de los trabajador e esta institución; únicamente se pretende evitar la polarización de criterios y opiniones imperantes.

Vale la pena destacar que los trabajos de análisis del grupo técnico evaluador no se ha limitado al análisis de les datos técnicos y demás documentos que conforman el expediente técnico del proyecto que nos ocupa, sino que dichos especialistas han realizado trabajo de campo, lo que ha incluido visitas de inspección a la zona arqueológica de Teotihuacán, donde se han entrevistado personalmente con los técnicos encargados de la instalación del sistema de iluminación.

Vale la pena destacar que las conclusiones que deriven del trabajo de este grupo técnico evaluador serán remitidas al Consejo de Arqueología, órgano colegiado de este instituto encargado, entre otras cosas, de pronunciarse sobre los trabajos de obra o mantenimiento que se realicen en las zonas arqueológicas de nuestro país, instancia que revisará el documento y, en caso de estar de acuerdo, hará suyas dichas conclusiones, siendo el momento en el cual el informe que derive del trabajo del grupo técnico evaluador se conformará como dictamen, no antes, lo que supone que una vez cumplido este trámite dicho dictamen se remitirá para su conocimiento y consideración al titular de este instituto, quien una vez que haya hecho la ponderación correspondiente sobre el mismo hará suyo dicho documento y ordenará, por consiguiente, el cumplimiento estricto de las conclusiones acordadas.

Esperando que el presente documento atienda a cabalidad la solicitud realizada, le reitero la más alta de mis consideraciones.

Atentamente
Doctor Luis Ignacio Sáinz (rubrica)
Secretario administrativo del Instituto Nacional de Antropología e Historia
 
 

México, DF, a 25 de febrero de 2009.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión
Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 60-II-3-2237 signado por el diputado César Duarte Jáquez y el senador Ramiro Hernández García, Presidente y Secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 349-A-VI- 051 suscrito por Pedro Luna Tovar, director general Adjunto de Precios y Tarifas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a la tarifa 9-N para uso agrícola.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
Cuauhtémoc Cardona Benavides (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo
 
 

México, DF, 24 febrero de 2009.

Licenciado Cuauhtémoc Cardona Benavides
Secretario de Enlace Legislativo
Secretaría de Gobernación
Presente

Hago referencia al punto de acuerdo presentado el 29 de enero de este año, aprobado por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en donde exhorta al Ejecutivo federal a que, a través de esta secretaría, acuerde la ampliación del horario de aplicación de la tarifa de estímulo para uso agrícola 9-N (horario nocturno) a las 24 horas del día. Al respecto le comento lo siguiente.

En las consideraciones del punto de acuerdo se señala que los precios de los insumos agrícolas se han incrementado en el último año lo que ha generado impactos negativos para los consumidores finales; sin embargo, cabe señalar que de igual forma, el costo de los energéticos se incrementó considerablemente durante 2008, principalmente en los combustibles utilizados para generar energía eléctrica, por ejemplo, el combustóleo aumentó 81 por ciento y el gas natural 32 por ciento. No obstante lo anterior, los cargos de las tarifas de estímulo agrícolas se incrementaron en 2008 sólo 2 centavos para la tarifa 9-CU y 1 centavo para la tarifa 9-N.

Así, el gobierno federal ha mantenido su política de estímulo al costo de energéticos para los productores del sector primario; de ahí el origen de la tarifa de estímulo 9-N, para establecer una tarifa nocturna a la cual se trasladara el beneficio de un menor costo de generación en horas de poca demanda.

Cabe señalar que en cumplimiento de la Ley de Energía para el Campo, el gobierno federal instrumentó la tarifa de estímulo para uso agrícola 9-CU, la cual representó una reducción de 23 por ciento respecto de las tarifas vigentes para bombeo agrícola de ese momento (9 y 9-M). Posteriormente, se implementó la tarifa 9-N, que tiene un descuento de 50 por ciento sobre la tarifa 9-CU. De esta forma, el descuento acumulado sobre las tarifas originales es de aproximadamente 66 por ciento.

Asimismo, las tarifas de estímulo para uso agrícola cubren menos del 30 por ciento de su costo de generación, transmisión y distribución. Por lo que ampliar el horario de la tarifa 9-N generaría un mayor deterioro en la relación precio/costo, con el consiguiente impacto en los planes de crecimiento en el sector eléctrico nacional.

El sector agrícola ha recibido, desde hace varios años, apoyos vía tarifas eléctricas y a partir del año 2003, con las tarifas de estímulo 9-CU y 9-N, se ha incrementado considerablemente dicho apoyo, de manera que para 2008 el apoyo se estima ascendió a 9 mil 600 millones de pesos.

Por lo anterior, se considera que técnica y económicamente no es factible incrementar el apoyo vía menores cargos tarifarios a través de la ampliación del horario de la tarifa nocturna.

Le envío un cordial saludo.

Atentamente
Pedro Luna Tovar (rúbrica)
Director General Adjunto
 
 


DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, CON EL QUE REMITE LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS MONTOS DE ENDEUDAMIENTO INTERNO NETO, EL CANJE O REFINANCIAMIENTO DE OBLIGACIONES DEL ERARIO FEDERAL Y EL COSTO TOTAL DE LAS EMISIONES CORRESPONDIENTES A ENERO DE 2009

México, DF, a 27 de febrero de 2009.

Diputado César Duarte Jáquez
Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión
Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 107, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, me permito enviar la información relativa a los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del erario federal, en los términos de la Ley General de Deuda Pública, y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa correspondientes al mes de enero de 2009.

Asimismo, se informa sobre la recaudación federal participable que sirvió de base para el cálculo del pago de las participaciones a las entidades federativas, así como el pago de aquéllas, desagregada por tipo de fondo, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal, y por entidad federativa, efectuando en ambos casos la comparación correspondiente con el mes de enero de 2008.

De igual forma, en términos del artículo 22, fracción I, de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, se proporciona la información sobre la evolución de la recaudación para el mes de enero de 2009. Adicionalmente, se incluye la información consolidada sobre las finanzas públicas y la deuda pública al mes de enero del año en curso.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Agustín Guillermo Carstens Carstens (rúbrica)
 
 
 

DE LA CÁMARA DE SENADORES, CON EL QUE REMITE ACUERDO DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA POR EL QUE SE DESIGNA A LA SENADORA MARÍA ROJO E INCHÁUSTEGUI COMO INTEGRANTE DE LA COMISIÓN BICAMARAL DEL SISTEMA DE BIBLIOTECAS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN

México, DF, a 26 de febrero de 2009.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó el siguiente acuerdo de la Junta de Coordinación Política:

Primero. Se designa a la senadora María Rojo e Incháustegui integrante de la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión.

Segundo. Comuníquese este acuerdo a la honorable Cámara de Diputados.

Atentamente
Senador José González Morfín (rúbrica)
Vicepresidente
 
 


DE LA CÁMARA DE SENADORES, CON EL QUE REMITE INICIATIVA QUE REFORMA LA LEY DEL SEGURO SOCIAL

México, DF, a 26 de febrero de 2009.

Secretarios de la Honorable Cámara de Diputados
Presentes

Me permito comunicar a usted que en sesión celebrada el 24 de febrero de 2009, los senadores Rubén Fernando Velázquez López, José Luis García Zalvidea y Silvano Aureoles Conejo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentaron iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la Ley del Seguro Social, en materia de seguro de desempleo.

La Presidencia dispuso que dicha iniciativa se turnara a la Cámara de Diputados, misma que se anexa.

Atentamente
Senador José González Morfín (rúbrica)
Vicepresidente
 

Los suscritos, Rubén Fernando Velázquez López, José Luis García Zalvidea y Silvano Aureoles Conejo, senadores del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LX Legislatura del Senado de la República, en ejercicio de la facultad que les confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la Ley del Seguro Social en materia de seguro de desempleo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El pasado 4 de diciembre presenté junto con otros legisladores de mi grupo parlamentario una iniciativa que considero de la mayor relevancia en estos momentos difíciles para México; me refiero al proyecto de decreto que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de desempleo.

En tal instrumento, dábamos cuenta de la necesidad de contar con un marco jurídico y constitucional que protegiera al trabajador en la eventualidad de hallarse sin medio de sustento, ampliando las protecciones con las que cuenta mediante la incorporación de un seguro de desempleo.

En este sentido, pretendemos reconocer e incorporar plenamente a nuestro sistema jurídico una elemental demanda de la clase trabajadora, como cimiento de la actual concepción de los derechos fundamentales del trabajador.

En marzo de 2001 la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió una tesis jurisprudencial que establece que el seguro por cesación involuntaria del trabajo no podrá otorgarse al derechohabiente por despido, pues -explican- aunque el desempleo es una causa involuntaria, al igual que la edad, el legislador no está obligado a considerarla, pues con otorgarla por edad avanzada se cumple lo establecido en la carta magna, que hasta hoy no se especifica qué tipo de cesantía se debía proteger.

Así las cosas, es menester cambiar el sentido de aquellos razonamientos, incorporando al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, la protección por pérdida de empleo, de manera tal que todo trabajador que haya cotizado cuando menos ciento cuatro semanas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, pueda acceder a una renta de hasta tres salarios mínimos mensuales, de acuerdo con sus cotizaciones, por un plazo de tiempo que no excederá los seis meses. Dicho plazo estará determinado por la cantidad de cotizaciones semanales que haya aportado, correspondiendo un mes por cada año.

Como es de observarse, la propuesta establece una solución de mediano plazo, por lo que en un afán de establecer las medidas más inmediatas posibles se establecen reglas para que el asegurado que tenga menos de ciento cuatro cotizaciones semanales pero por lo menos cincuenta y dos, esté amparado por este seguro y pueda acceder a la renta hasta por un mes.

Es necesario, además, señalar la cantidad que deberán aportar el trabajador, el patrón y el gobierno para contar con recursos suficientes que permitan garantizar la nueva prestación. Así, se establece una aportación a cargo del trabajador de punto veinticinco por ciento sobre el salario base de cotización; de punto setenta y cinco por ciento para el patrón, y de un tanto de lo aportado por trabajadores y patrones a cargo del gobierno federal.

Para garantizar la viabilidad de esta propuesta, fue necesario incorporar ciertos candados, tales como la temporalidad máxima de seis meses, establecida en congruencia con las aportaciones semanales hechas por el trabajador; el tope de tres salarios mensuales a la renta que el asegurado recibiere; y, por último, una limitación para aprovechar el seguro sólo una vez cada cinco años. Así, aseguramos que los trabajadores al amparo de este ramo reciban una renta de desempleo, no se aprovechen de ella por medio de simulaciones; sobretodo, considerando el carácter solidario de las cuotas y aportaciones.

Asimismo, se establece que estas aportaciones tendrán el carácter de solidarias, por lo que aquella que se haga en nombre de un trabajador beneficiará a la totalidad de los asegurados; para ello, se establecerá una reserva operativa para cubrir las contingencias de pérdida involuntaria del empleo, que operará según las reglas generales de este tipo de reservas, así como de conformidad con los lineamientos administrativos que al efecto se hubieren de expedir.

Cabe destacar la oportunidad de ésta propuesta, sobretodo tomando en consideración que la cifra de desempleo en México en el último trimestre del 2008 ascendió a casi dos millones de personas, lo que representa una tasa de cuatro punto 30 por ciento de la población económicamente activa; asimismo, casi 12 millones de mexicanos en edad laborar trabajaban dentro de la economía informal, lo que representa el 27 por ciento de la población económicamente activa.

Con los anteriores datos no se pretende ser catastrofista -término que está muy de moda para calificar a quien señala realidades que le incomodan a ciertos funcionarios-, por el contrario, se pretende contextualizar al legislador y ponerlo en consciencia de los peligros que implica adoptar una actitud pasiva.

Como puede verse, se trata de otorgar al trabajador y al estado de mayores y mejores herramientas para enfrentar el desempleo, así, las personas que quedan cesantes mantendrán un nivel mínimo de ingreso, facilitando además la situación de aquellas personas que por falta de cumplimiento de las obligaciones del patrón, se ven orilladas a renunciar en búsqueda de nuevos puestos de trabajo.

Por lo anteriormente expuesto, y en ejercicio de las facultades otorgadas por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto que adiciona la Ley del seguro Social en materia de seguro de desempleo

Único. Se adicionan los artículos 11, fracción IV; 15, fracción VII; 22, párrafo cuarto; 25, párrafo segundo; 27, fracción III; 40 B, párrafo tercero; 40 D, párrafos primero, tercero y cuarto; 40 E, párrafo quinto; 117, párrafo segundo; 122, párrafo segundo; 152; 159, fracción I, y párrafo segundo; 165, fracción I; 167; 168, fracciones IV y V; 193; 195; 218, párrafos primero y tercero e inciso a); 222, fracción segunda e incisos a), b), c) y d); 247, párrafo segundo; 251, fracciones XII y XXVI; 264, fracción I; 281, fracciones VI, VII y VIII; 282; 291, párrafo tercero; 299 y 304 A, fracción V; se modifica la nomenclatura del capítulo VI; se crea la sección tercera bis del capítulo sexto, integrada por los artículos 164 A, 164 B, 164 C, 164 D y 164 E; todos ellos de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:

Artículo 11. El régimen obligatorio comprende los seguros de:

I. a III. ...

IV. Pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; y

V. ...

Artículo 15. Los patrones están obligados a: I. a VI. ...

VII. Cumplir con las obligaciones que les impone el capítulo sexto del Título II de esta ley, en relación con el seguro de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez;

VIII. a IX. ...

...

...

Artículo 22. ...

...

I. a IV. ...

...

La información derivada del seguro de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez será proporcionada directamente, en su caso, por las administradoras de fondos para el retiro, así como por las empresas procesadoras de información del Sistema de Ahorro para el Retiro. Esta información estará sujeta, en materia de confidencialidad, a las disposiciones de carácter general que emita la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, en términos de la ley correspondiente.

Artículo 25. ...

Para cubrir las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad de los pensionados y sus beneficiarios, en los seguros de riesgos de trabajo, invalidez y vida, así como pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, los patrones, los trabajadores y el Estado aportarán una cuota de uno punto cinco por ciento sobre el salario base de cotización. De dicha cuota corresponderá al patrón pagar el uno punto cero cinco por ciento, a los trabajadores el cero punto trescientos setenta y cinco por ciento y al Estado el cero punto cero setenta y cinco por ciento.

Artículo 27. ...

I. a II. ...

III. Las aportaciones adicionales que el patrón convenga otorgar a favor de sus trabajadores por concepto de cuotas del seguro de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez;

IV a IX. ...

...

...

Artículo 40 B. ...

...

Transcurrido el plazo señalado sin que el patrón hubiese aplicado la nota de crédito o solicitado su monetización, dentro de los quince días siguientes al referido plazo, el importe de la misma prescribirá a favor del instituto. Las notas de crédito no serán aceptadas como medios de pago cuando se trate de créditos por concepto de cuotas o sus accesorios legales del seguro de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

...

Artículo 40 D. Tratándose de cuotas del seguro de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, no pagadas oportunamente, sólo se podrá autorizar plazo para el pago diferido por periodos completos adeudados, sin condonación de accesorios.

...

El pago diferido de las cuotas del seguro de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, también causará los accesorios a que se refiere el artículo anterior, depositándose las cuotas actualizadas y los recargos en la cuenta individual del trabajador.

De todas las prórrogas que involucren cuotas del seguro de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, el instituto deberá informar a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro. Sin perjuicio de lo anterior, los patrones deberán proporcionar copia de las prórrogas que involucren dichas cuotas a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, así como a las entidades financieras que mediante reglas generales determine la misma comisión.

Artículo 40 E. ...

I. a VI. ...

...

...

...

Lo dispuesto en este artículo sólo será aplicable a las cuotas a cargo del patrón. Las cuotas que correspondan al seguro de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, así como las retenidas a sus trabajadores, deberán ser cubiertas en los términos y condiciones que esta Ley establece.

Artículo 117. ...

Esta disposición será aplicable a los seguros de riesgos de trabajo, invalidez y vida, y pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

Artículo 122. ...

El declarado en estado de invalidez de naturaleza permanente que no reúna las semanas de cotización señaladas en el párrafo anterior podrá retirar, en el momento que lo desee, el saldo de su cuenta individual del seguro de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez en una sola exhibición.

Capítulo VI
Del seguro de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez

Artículo 152. Los riesgos protegidos por este capítulo son la pérdida involuntaria del empleo, el retiro, la cesantía en edad avanzada y la vejez del asegurado, así como la muerte de los pensionados por este seguro, en los términos y con las modalidades previstas en esta ley.

Artículo 159. Para efectos de esta ley se entenderá por:

I. Cuenta individual. Aquella que se abrirá para cada asegurado en las Administradoras de Fondos para el Retiro, para que se depositen las cuotas obrero-patronales y estatal por concepto del seguro de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, así como los rendimientos. La cuenta individual se integrará por las subcuentas: de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; de pérdida involuntaria del empleo; de vivienda y de aportaciones voluntarias.

Respecto de las subcuentas de vivienda y de pérdida involuntaria del empleo, las Administradoras de Fondos para el Retiro deberán hacer entrega de los recursos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y a la reserva operativa de pérdida involuntaria del empleo, según corresponda en los términos de su propia ley o de las disposiciones administrativas que al efecto se establezcan.

II. a VIII. ...

La renta vitalicia y el seguro de sobrevivencia, que otorguen ,de acuerdo a lo previsto en los seguros de riesgos de trabajo, invalidez y vida y retiro, y de pérdida involuntaria del empleo; cesantía en edad avanzada y vejez, las instituciones de seguros se sujetarán a las reglas de carácter general que expida la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, oyendo previamente la opinión de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.

Sección Tercera Bis
Del ramo de pérdida involuntaria del empleo

Artículo 164 A. Para los efectos de esta ley existe pérdida involuntaria del empleo cuando el asegurado quede privado de trabajos remunerados por alguna de las razones que a continuación se señalan:

I. Por rescisión de las relaciones de trabajo, sin que compruebe el patrón causa justificada de conformidad con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo;

II. Por renuncia del trabajador determinada por causa justificada relacionada con la falta de cumplimiento de las obligaciones del patrón, de conformidad con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo;

En el caso de la fracción II, deberá comprobarse ante el instituto que se trata de una situación laboral que llevaría a una persona a dejar su trabajo, aún cuando deseara conservarlo.

Para gozar de las prestaciones de este ramo se requiere que el asegurado tenga reconocidas ante el instituto un mínimo de ciento cuatro cotizaciones semanales, de las cuales por lo menos cincuenta y dos deberán haber sido continuas.

Artículo 164 B. La contingencia consistente en la pérdida involuntaria del empleo, obliga al instituto al otorgamiento de una renta por desempleo hasta por seis meses, proveniente de la cuota social aportada por el gobierno federal en su cuenta individual, por una cantidad equivalente al salario promedio de sus cotizaciones semanales, hasta el límite de tres salarios mínimos cotizados de manera mensual; cantidad que será descontada del saldo de su subcuenta individual, bajo los términos y condiciones establecidos en esta ley y las reglas que de ella emanen.

Mientras la situación de desempleo persista, el trabajador cesante por rescisión podrá acceder a la renta por tantos meses como años de cotizaciones semanales tenga, con el límite establecido en el párrafo precedente. El asegurado que tenga menos de ciento cuatro cotizaciones semanales pero por lo menos cincuenta y dos, podrá acceder a la renta hasta por un mes.

Artículo 164 C. El derecho al goce de la renta de pérdida involuntaria del empleo comenzará desde el día en que el asegurado acredite el cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 153 A de esta ley, siempre que solicite el otorgamiento de dicha prestación.

Artículo 164 D. Al tratarse de una aportación solidaria, los recursos acumulados en la subcuenta de pérdida involuntaria del empleo que no hayan sido utilizados por el trabajador al momento de su retiro o cesantía, se integrarán a la reserva operativa de pérdida involuntaria del empleo.

Artículo 164 E. Las prestaciones de este ramo, no podrán ejercerse más de una vez cada cinco años.

Artículo 165....

I. Que tenga acreditado un mínimo de ciento cincuenta semanas de cotización en el seguro de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, en la fecha de celebración del matrimonio;

II. a III. ...

...

Artículo 167. Los patrones y el gobierno federal, en la parte que les corresponde, están obligados a enterar al instituto del importe de las cuotas obrero patronales y la aportación estatal del seguro de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Dichas cuotas se recibirán y depositarán en las respectivas subcuentas de la cuenta individual de cada trabajador, en los términos previstos en la Ley para la Coordinación de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Artículo 168. Las cuotas y aportaciones a que se refiere el artículo anterior serán:

I. a III. ...

IV. En el ramo de pérdida involuntaria del empleo, a los patrones y los trabajadores les corresponde cubrir las cuotas del punto setenta y cinco por ciento y punto veinticinco por ciento sobre el salario base de cotización, respectivamente, las que tendrán carácter de solidarias.

V. El gobierno federal aportará mensualmente una cuota solidaria equivalente a un tanto de la cantidad aportada por los patrones y los trabajadores en un la reserva operativa de pérdida involuntaria del empleo, que será administrado por el instituto, garantizando las rentas de los trabajadores cuando los recursos acumulados en su subcuenta individual resulten insuficientes.

VI. ...

...

Artículo 193. Los beneficiarios del trabajador titular de una cuenta individual del seguro de pérdida involuntaria del empleo; retiro, cesantía en edad avanzada y vejez serán los que establecen las fracciones III al IX del artículo 84, en relación con los artículos 129 al 137 de esta ley.

...

...

...

Artículo 195. La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, atendiendo a consideraciones técnicas y asegurando los intereses de los trabajadores, mediante la expedición de disposiciones administrativas, podrá autorizar mecanismos, procedimientos, formas y términos relacionados con el seguro de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, conforme a lo establecido en esta ley y la Ley para la Coordinación de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Artículo 218. El asegurado, con un mínimo de cincuenta y dos cotizaciones semanales acreditadas en el régimen obligatorio en los últimos cinco años, al ser dado de baja, tiene el derecho de continuar voluntariamente en el mismo, y en los seguros conjuntos de invalidez y vida así como de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, inscrito con el último salario, o superior al que tenía en el momento de la baja. El asegurado cubrirá las cuotas que le correspondan por mensualidad adelantada y cotizará de la manera siguiente:

a) Respecto al seguro de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, en los ramos de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, el asegurado cubrirá por cuanto hace al ramo primero la totalidad de la cuota y por los otros dos ramos cubrirá el importe de las cuotas obrero patronales; el Estado debe aportar la parte que, conforme a esta ley, le corresponde, incluyendo la cuota social, y

b) En el seguro de invalidez y vida el asegurado cubrirá las cuotas obrero patronales y el Estado la parte que le corresponda de acuerdo a los porcentajes señalados en esta ley.

Adicionalmente, el asegurado deberá cubrir las cuotas que corresponderían al patrón y al trabajador, señaladas en el párrafo segundo del artículo 25 de esta ley.

En caso de que el asegurado se encuentre gozando de las prestaciones correspondientes al ramo de pérdida involuntaria del empleo, las cuotas que le correspondan para continuar voluntariamente en el régimen obligatorio, serán descontadas de la renta otorgada.

Artículo 222. ...

I. a II. ...

a) Para los sujetos a que se refieren las fracciones I y III del artículo 13 de esta ley, las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad y las correspondientes de los seguros de invalidez y vida, así como del seguro de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, en los ramos de, en los términos de los capítulos respectivos;

b) Para los sujetos a que se refiere la fracción II del artículo 13 de esta ley, las prestaciones en especie de los seguros de riesgos de trabajo y de enfermedades y maternidad y las correspondientes de los seguros de invalidez y vida, así como de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, en los términos de los capítulos respectivos;

c) Para los sujetos a que se refiere la fracción IV del artículo 13 de esta ley, las prestaciones del seguro de riesgos de trabajo, las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad y las correspondientes de los seguros de invalidez y vida, así como de pérdida involuntaria del empleo, retiro y vejez, en los términos de los capítulos respectivos;

d) Para los sujetos a que se refiere la fracción V del artículo 13 de esta ley, las prestaciones del seguro de riesgos de trabajo, las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad y las correspondientes de los seguros de invalidez y vida, así como de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, en los términos de los capítulos respectivos, y

...

e) ...

Artículo 247. ...

Las prestaciones económicas a que se refiere el presente artículo corresponderán a los ramos de los seguros de riesgo de trabajo y de invalidez y vida así como de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

Artículo 251. El Instituto Mexicano del Seguro Social tiene las facultades y atribuciones siguientes:

I. a XI. (...)

XII. Recaudar y cobrar las cuotas de los seguros de riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y vida, guarderías y prestaciones sociales, salud para la familia y adicionales, los capitales constitutivos, así como sus accesorios legales, percibir los demás recursos del instituto, y llevar a cabo programas de regularización de pago de cuotas. De igual forma, recaudar y cobrar las cuotas y sus accesorios legales del seguro de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez;

XIII. a XXV. ...

XXVI. Emitir y notificar, por parte del personal del instituto, las cédulas de determinación de las cuotas del seguro de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, conjuntamente con las liquidaciones de las aportaciones y descuentos correspondientes al fondo nacional de la vivienda, previo convenio de coordinación con el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en dispositivos magnéticos, digitales, electrónicos o de cualquier otra naturaleza, o bien en documento impreso;

Artículo 264. El consejo técnico tendrá las atribuciones siguientes; I. Decidir sobre las inversiones de las reservas y demás recursos del instituto, con sujeción a lo previsto en esta ley y sus reglamentos, excepto los provenientes del seguro de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; en los ramos de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; Artículo 281. Se establecerá una reserva operativa para cada uno de los siguientes seguros y coberturas: I. a V. ...

VI. Seguro de salud para la familia;

VII. Pérdida involuntaria del empleo, y

VIII. Para otros seguros o coberturas, que en su caso, se establezcan con base en esta ley.

Artículo 282. En el caso del seguro de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, se estará a lo dispuesto por el artículo 167 de esta ley.

Artículo 291....

...

Las cantidades que se obtengan respecto del seguro de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de acuerdo a lo señalado en este artículo, deberán ser puestas a disposición de la Administradora de Fondos para el Retiro que lleve la cuenta individual del trabajador de que se trate, a más tardar dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su cobro efectivo. En caso de no hacerlo, se causarán recargos y actualización a cargo del instituto o de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, según corresponda, y a favor del trabajador, en los términos establecidos en el código.

Artículo 299. Las cuotas enteradas sin justificación legal serán devueltas por el instituto, actualizadas conforme a lo previsto en el artículo 17-A, del Código Fiscal de la Federación, desde el mes en que se realizó el pago de lo indebido o se presentó la declaración que contenga el saldo a favor y hasta aquél en que la devolución esté a disposición del contribuyente, siempre y cuando sean reclamadas dentro de los cinco años siguientes a la fecha del entero correspondiente, excepto las provenientes del seguro de pérdida involuntaria del empleo, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; por lo que se refiere a estas últimas, se estará a lo previsto en las disposiciones legales y reglamentarias respectivas. Tratándose de las otras ramas de aseguramiento, el instituto podrá descontar el costo de las prestaciones que hubiera otorgado.

Artículo 304 A. Son infracciones a esta ley y a sus reglamentos, los actos u omisiones del patrón o sujeto obligado que se enumeran a continuación:

I. a IV. ...

V. No informar al trabajador o al sindicato de las aportaciones realizadas a la cuenta individual del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez;

VI. a XXI. ...

Transitorio

Primero. El presente decreto entrará en vigor seis meses después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Instituto Mexicano del Seguro Social deberá establecer las reglas de operación del ramo de pérdida involuntaria de empleo, antes de la entrada en vigor del presente decreto.

Dado en el salón de sesiones del Senado de la República, a 24 de febrero de 2009.

Senadores: Rubén Fernando Velázquez López, José Luis García Zalvidea, Silvano Aureoles Conejo
 
 


DE LA CÁMARA DE SENADORES, CON EL QUE REMITE SOLICITUD DE EXCITATIVA A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA QUE DICTAMINE LA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 36 Y 37 DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL, PRESENTADA POR EL SENADOR JAIME RAFAEL DÍAZ OCHOA, EN NOMBRE PROPIO Y DE LUIS ALBERTO COPPOLA JOFFROY, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

México, DF, a 24 de febrero de 2009.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, los senadores Jaime Rafael Díaz Ochoa y Luis Alberto Coppola Joffroy, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentaron solicitud de excitativa a comisiones en relación con el proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 36 y 37 de la Ley de Coordinación Fiscal.

La Presidencia acordó remitir la documentación a la Cámara de Diputados, la que se anexa.

Atentamente
Senador José González Morfín (rúbrica)
Vicepresidente
 

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión
Presente

Jaime Rafael Díaz Ochoa y Luis Alberto Coppola Joffroy, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 66, inciso c), y 67, inciso g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitan respetuosamente que se formule excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados para que, de conformidad con el artículo 45, apartado 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, dictamine acerca del proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 36 y 37 de la Ley de Coordinación Fiscal, al tenor de los siguientes

Antecedentes

En la sesión del 16 de octubre de 2007, los suscritos presentamos ante el Pleno de la Cámara de Senadores la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 36 y 37 de la Ley de Coordinación Fiscal. En la misma fecha se remitió el referido proyecto de decreto a la Cámara de Diputados, y se turnó el 18 de octubre de 2007 a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para los efectos constitucionales correspondientes.

Consideraciones

La iniciativa pone de manifiesto que los cuerpos de bomberos del país se organizan y actúan con los escasos recursos asignados para su función, optimizándolos al máximo para cumplir su trabajo heroico y comprometido con los ciudadanos, en el que arriesgan y hasta pierden la vida para salvaguardar la de otros.

Subraya la inminente necesidad de que tales órganos cuenten con una fuente de recursos constante que contribuya a garantizarles el equipamiento necesario y la capacitación permanente que requieren para el desempeño de sus loables tareas, sin incurrir en la contradicción de esperar y exigirles mayores resultados, sin brindarles los recursos humanos, materiales y financieros necesarios y suficientes para atender las necesidades de la población.

La necesidad abordada en la citada iniciativa evidencia el olvido y la escasa atención que se la ha prestado al tema, que sólo cobra protagonismo y relevancia cuando ocurren hechos lamentables como los del pasado 15 de febrero, en los que perdió la vida Ángela de Jesús Mendoza, una joven mujer bombera, de tan sólo 24 años de edad, mientras cumplía su trabajo, tras varias horas de apagar un incendio que se desató esa tarde en las bodegas de una comercializadora en Cuautitlán Izcalli, México.

Según sus superiores, Ángela era una de las bomberas más capacitadas, contaba con el grado de sargento y una trayectoria de cinco años que la calificaban para impartir asesoría y capacitación al sector industrial de la zona. Sin embargo, pese a la experiencia su trabajo le permitía devengar un salario de únicamente 4 mil 500 pesos al mes, con jornadas de 24 horas de trabajo por 24 de descanso, sin contar con un seguro que la protegiera contra accidentes o a su pequeño hijo, de escasos 6 años, en caso de muerte.

Resulta cuestionable que en el país se sigan repitiendo escenas en las que bomberos deben enfrentarse a una contingencia con sólo un par de cubetas y una manguera, pidiendo apoyo y agua a la comunidad vecina para atender una conflagración. Esta realidad nos exige no permanecer indiferentes y generar alguna fuente de financiamiento que contribuya a satisfacer las necesidades de este renglón de la protección civil.

Los cuerpos de bomberos deberían contar con una dotación por lo menos cercana a la del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Pemex, que tiene tecnología de punta y equipo refinado.

Entre las necesidades más apremiantes se encuentra la modernización de su parque vehicular, porque las unidades con que cuentan se encuentran obsoletas, algunas datan de hace más de 30 años, convirtiendo las estaciones de bomberos en verdaderos museos de vehículos, que las obliga a destinar gran parte de sus recursos al pago de constantes reparaciones, además del combustible requerido.

En materia de capacitación también adolecen de graves deficiencias, porque ésta debe ser constante para actualizar al personal en nuevas técnicas de rescate, atendiendo a que cada vez son más los materiales nuevos que se utilizan para la fabricación de vehículos y en construcciones.

Debemos tener cuerpos de bomberos diestros en materia de rescate y manejo de sustancias peligrosas y combustibles, cuyo personal cuente con una capacitación integral para casos de emergencia médica y manejo de pacientes con traumatismo.

En muchos municipios, los bomberos no cuentan con uniformes, cuyo costo aproximado oscila entre 15 mil y 20 mil pesos, inversión que, si bien onerosa, es indispensable para que un bombero pueda atender debidamente cualquier tipo de siniestro. Resulta irresponsable que sólo se les dote de una playera y que ellos mismos deban proveerse de pantalón y botas, que no cuenten con las especificaciones requeridas para cumplir su deber, como ocurre en distintos puntos de la República Mexicana.

Son recurrentes las peticiones de los cuerpos de bomberos a los gobiernos locales para que los apoyen con la dotación de uniformes y equipo, pero como suele ocurrir con este tipo de demandas, la respuesta no llega o resulta infructuosa, sin reparar en que se pone en riesgo la vida de millones de mexicanos al dotar a los cuerpos de bomberos con un equipo tan precario e inadecuado, que les impide actuar apropiadamente frente a las contingencia.

De lo expuesto se deriva la importancia de regular, respecto del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, lo relativo a las aportaciones destinadas concretamente a protección civil y, en particular, al rubro de equipamiento y profesionalización de los cuerpos de bomberos.

Las reformas y adiciones propuestas respecto a la Ley de Coordinación Fiscal pretenden garantizar la modernización del equipamiento de los cuerpos de bomberos de todo el país, igual que su debida capacitación, para lo cual se propone reformar los artículos 36 y 37 de la Ley de Coordinación Fiscal, a fin de aumentar de 2.35 a 2.37 por ciento la proporción de la recaudación federal participable que integra el citado fondo para los municipios, y para el caso del Distrito Federal y sus demarcaciones territoriales se prevé un aumento de 0.2123 a 0.2125.

Dicho incremento permitirá a los municipios y al Distrito Federal destinar a las acciones de protección civil, particularmente al equipamiento y profesionalización de los cuerpos de bomberos, .84 y .094 por ciento, respectivamente, de los recursos que reciben a través del fondo mencionado.

Señor Presidente: en virtud de lo expuesto, le solicitamos respetuosa y atentamente que de trámite a la siguiente

Excitativa

Único. En los términos del artículo 67, inciso g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite y envíe el presente documento a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados para que formule el dictamen correspondiente al proyecto de decreto mencionado.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Senadores, a 24 de febrero de 2009.

Senadores: Jaime Rafael Díaz Ochoa, Luis Alberto Coppola Joffroy (rúbricas).
 
 


DE LA CÁMARA DE SENADORES, CON EL QUE REMITE SOLICITUD DE EXCITATIVA A LAS COMISIONES UNIDAS DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA, Y DE PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA PARA QUE DICTAMINEN LA MINUTA CON PROYECTO DE DECRETO QUE EXPIDE LA LEY QUE CREA LA AGENCIA ESPACIAL MEXICANA, PRESENTADA POR LOS SENADORES FRANCISCO JAVIER CASTELLÓN FONSECA, JESÚS MURILLO KARAM Y MARÍA BEATRIZ ZAVALA PENICHE, DE LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS DEL PRD, DEL PRI, Y DEL PAN, RESPECTIVAMENTE

México, DF, a 26 de febrero de 2009.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, los senadores Francisco Javier Castellón Fonseca, Jesús Murillo Karam, María Beatriz Zavala Peniche y Ángel Aguirre Rivero presentaron solicitud de excitativa a comisiones en relación con el proyecto de decreto que expide la Ley que crea la Agencia Espacial Mexicana, presentada el 4 de noviembre de 2008.

La Presidencia acordó remitir la documentación a la Cámara de Diputados, la que se anexa.

Atentamente
Senador José González Morfín (rúbrica)
Vicepresidente
 

Senador Gustavo Madero Muñoz
Presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República
LX Legislatura
Presente

Los que suscriben, Francisco Javier Castellón Fonseca, Jesús Murillo Karam, María Beatriz Zavala Peniche y Ángel Heladio Aguirre Rivero, senadores de la república de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 66, numeral 1, inciso c), y 67, inciso g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, respetuosamente solicitan que se formule excitativa a las Comisiones Unidas de Ciencia y Tecnología, y de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados para que presenten el dictamen relativo a la minuta que contiene proyecto de decreto que expide la Ley que crea la Agencia Espacial Mexicana, al tenor de los siguientes

Antecedentes

1. En sesión ordinaria celebrada el 25 de octubre de 2005 por la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el diputado Moisés Jiménez Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI), presentó una iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley que crea la Agencia Espacial Mexicana. En la misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión turnó la citada iniciativa a la Comisión de Ciencia y Tecnología, para estudio y elaboración del dictamen correspondiente.

2. La citada iniciativa fue dictaminada y sometida a votación del Pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el 26 de abril de 2006, aprobándose por la colegisladora con 224 votos a favor, 83 en contra y 6 abstenciones.

3. En la fecha señalada en el numeral anterior, la colegisladora envió a la Cámara de Senadores el expediente con la minuta proyecto de decreto por el que se expide la Ley que crea la Agencia Espacial Mexicana, que se turnó el 27 de abril de 2006 a las Comisiones Unidas de Ciencia y Tecnología, y de Estudios Legislativos, Primera.

4. Posteriormente, una vez constituidas estas comisiones legislativas en la LX Legislatura, dieron inicio al proceso de análisis y consulta, a efecto de elaborar el dictamen correspondiente.

5. Con fecha 7 de octubre de 2008, la Mesa Directiva del Senado de la República aprobó la participación de la Comisión de Hacienda y Crédito Público en el análisis del presente dictamen, únicamente para emitir opinión.

6. Con fecha 9 de octubre del presente año, las Comisiones Unidas de Ciencia y Tecnología, y de Estudios Legislativos, Primera, aprobaron el dictamen por virtud del cual se crea la Agencia Espacial Mexicana.

7. En sesión ordinaria del 4 de noviembre de 2008, el Pleno de la Cámara de Senadores aprobó por unanimidad con 85 votos a favor el dictamen que contiene el proyecto de decreto por el cual se expide la Ley que crea la Agencia Espacial Mexicana.

8. En la fecha señalada en el numeral anterior, la Cámara de Senadores envió a la colegisladora el expediente con la minuta proyecto de decreto por el que se expide la Ley que crea la Agencia Espacial Mexicana, que se turnó a las Comisiones Unidas de Ciencia y Tecnología, y de Presupuesto y Cuenta Pública.

Consideraciones

Primera. El acelerado desarrollo científico y tecnológico mundial obliga a nuestro país a dedicar un lugar prioritario a la educación e investigación, impulsando y apoyando específicamente la ciencia y la tecnología como condición indispensable para garantizar la viabilidad futura del país como una nación desarrollada, libre y soberana.

Segunda. Los indicadores mundiales comprueban que la inversión de recursos en ciencia y tecnología es un detonador económico, que estimula no sólo el crecimiento sino, además, la productividad, la competitividad y el ingreso per cápita, lo cual redunda en creación de empleos de alto valor agregado y, por ende, en mayor bienestar para la sociedad.

Tercera. La creación de una agencia espacial mexicana que cuente con el aval del gobierno mexicano permitirá al país integrarse a la comunidad espacial internacional, con lo que se daría un paso adelante para crear condiciones a fin de contar en un corto plazo con tecnologías a las que, en otras condiciones, sólo podría tenerse acceso en el largo plazo. Del mismo modo, el funcionamiento de esta institución trae aparejados para el país beneficios en los sectores educativo, económico, social, industrial y ambiental. Por otra parte, su creación impulsará e incrementará las capacidades nacionales en materia científica y tecnológica.

Cuarta. El rezago social y la pobreza en el país deben atacarse con medidas que permitan avanzar en la creación de proyectos que estimulen las inversiones y el empleo. Por tanto, la generación de riqueza, una agencia espacial en México no sólo permitirá el desarrollo de oportunidades para el valioso capital humano con que contamos sino que, también, permitirá desarrollar proyectos que tendrán un efecto positivo en el desarrollo económico y social de las regiones donde se realizarán. Hay países como Perú, Paraguay, Nigeria, Turquía, Brasil o Argentina que ya cuentan con una agencia de este tipo y que los coloca en la posibilidad de realizar proyectos con las grandes agencias espaciales del mundo desarrollado.

Quinta. Económicamente, de acuerdo con un estudio de la Agencia Espacial Estadounidense (o NASA), por cada dólar invertido en proyectos espaciales, se obtienen 7 en beneficio del sector privado y en aplicaciones que pueden ser comercializadas. Por otra parte, en China se ha comprobado que por cada dólar que se invierte en terreno espacial trae a la economía beneficios de impulso por un monto de 8 a 14 dólares, más de mil 800 tecnologías espaciales han sido aplicadas en diferentes ramas de la economía nacional, y 80 por ciento de los más de mil 100 nuevos materiales desarrollados en los últimos años fueron logrados con el impulso de la tecnología espacial.

Sexta. Gastamos más de 5 por ciento del producto interno bruto en dependencia tecnológica y alrededor de 1 por ciento en dependencia en el área espacial, por lo que nos hemos convertido en consumidores de tecnología, en vez de desarrolladores.

Séptima. Más que nunca, y en el marco de la crisis económica mundial, es necesario emprender acciones que fomenten las actividades científicas y tecnológicas en el país. La inversión económica para la creación de la agencia espacial mexicana es mínima, en contraste con los resultados y beneficios que su puesta en marcha trae aparejados; se requieren de pocos recursos para un máximo desarrollo. Su aprobación es urgente para revertir la caída en la competitividad mundial y la dependencia tecnológica a que México ha estado sujeto.

Por lo expuesto, y habiéndose cumplido el plazo que establece el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de las atribuciones que nos confiere la ley nos permitimos solicitarle, ciudadano Presidente, la propuesta de la siguiente

Excitativa

Única. Se turne la presente a la Cámara de Diputados, a fin de que la Mesa Directiva de la colegisladora excite a las Comisiones Unidas de Ciencia y Tecnología, y de Presupuesto y Cuenta Pública a efecto de que presenten con la mayor brevedad el dictamen relativo a la minuta con proyecto de decreto que expide la Ley que crea la Agencia Espacial Mexicana, aprobada por la Cámara de Senadores el 4 de noviembre de 2008; y, en caso de que las comisiones no presenten el dictamen respectivo durante el presente periodo ordinario, se proponga un cambio de turno a otra comisión, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 21, fracción XVI, y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Salón de sesiones de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, a 27 de febrero de 2009.

Senadores: Francisco Javier Castellón Fonseca (rúbrica), Jesús Murillo Karam, Ángel Heladio Aguirre Rivero (rúbrica), Beatriz Zavala Peniche (rúbrica).
 
 


DE LA CÁMARA DE SENADORES, CON EL QUE REMITE SOLICITUD DE EXCITATIVA A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA QUE DICTAMINE LAS INICIATIVAS CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMAN LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 42 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, PRESENTADAS POR LOS SENADORES MARIO LÓPEZ VALDÉS Y CARLOS LOZANO DE LA TORRE, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

México, DF, a 26 de febrero de 2009.

Secretarios de la honorable Cámara de Diputados
Presentes

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador Mario López Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó solicitud de excitativa a comisiones, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 42 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para que las inversiones en automóviles sean deducibles hasta por un monto de 250 mil pesos, remitida el 20 de septiembre de 2007.

La Presidencia acordó remitir la documentación a la Cámara de Diputados, misma que se anexa.

Atentamente
Senador José González Morfín (rúbrica)
Vicepresidente
 

Excitativa de los senadores Mario López Valdez y Carlos Lozano de la Torre, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en relación con dos iniciativas de reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta, en materia de deducibilidad de de inversiones en automóviles.

El suscrito, Mario López Valdez, senador de la República a la LX Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, vengo a solicitar a la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, se sirva enviar excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la honorable Cámara de Diputados, a fin de que proceda a dictaminar dos iniciativas con proyecto de decreto que reforman la fracción II, del artículo 42 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en materia de deducibilidad de inversiones en automóviles, al tenor de los siguientes antecedentes y consideraciones:

Antecedentes

El 20 de septiembre del 2007, los senadores del Grupo Parlamentario del PRI, Carlos Lozano de la Torre, Fernando Ortega Bernés, Amira Gómez Tueme y Carlos Aceves del Olmo, haciendo uso de la facultad que les confiere el artículo 71 constitucional, presentaron ante la LX Legislatura del Senado de la República, la Iniciativa que reforma la fracción II del artículo 42 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, misma que fue turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la honorable Cámara de Diputados.

Posteriormente, el 6 de noviembre del 2008, nuevamente los senadores priistas Carlos Lozano de la Torre, Carlos Aceves del Olmo y Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez, presentaron otra iniciativa que reforma la fracción II, del artículo 42 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que también fue turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la honorable Cámara de Diputados, para su análisis, discusión y dictamen correspondiente.

Consideraciones

La industria automotriz es un sector clave y estratégico de nuestra economía, que aporta el 17.3 por ciento del Producto Interno Bruto del sector manufacturero y genera más de 1 millón de empleos directos e indirectos, así como 43 mil millones de dólares por exportaciones de vehículos, partes y componentes.

México es el undécimo productor mundial de vehículos y uno de los más importantes productores de autopartes. Sin embargo, la actual crisis económica mundial, tal como a todos los sectores económicos del país, ha traído serios problemas a esta industria, principalmente debido a la contracción de la demanda nacional e internacional.

Según la revista estadounidense Automotive News, la comercialización de vehículos nuevos en Estados Unidos, durante 2008 disminuyó un 18 por ciento, equivalente a 2.9 millones de unidades menos; lo que sin lugar a dudas afecta la producción nacional, considerando que a ese país se dirige el 70 por ciento de nuestras exportaciones del ramo.

En el mercado interno, la demanda de vehículos ligeros enfrenta un grave periodo de recesión. En 2008 el mercado cayó 6.8 por ciento, y de acuerdo con especialistas del sector, esta situación será aún más grave en 2009, tan sólo en el mes de enero las ventas cayeron 28 por ciento respecto al mismo mes del año pasado, comercializándose únicamente 69 mil unidades, lo que refleja el dramático impacto de la crisis internacional al sector.

De acuerdo con especialistas del sector esta situación será aún más grave en 2009, tan sólo en enero las ventas cayeron 28 por ciento respecto al mismo mes de 2008, comercializándose únicamente 69 mil 664 unidades, equivalentes a 27 mil 180 vehículos menos.

Estas cifras han tenido repercusión en el empleo de miles de trabajadores del sector automotriz e impactado al resto de la economía de las regiones donde se asientan las instalaciones fabriles de las ensambladoras de vehículos y de los productores de autopartes.

Otro de los factores que han contribuido a acrecentar el problema, además de las importaciones de vehículos usados al por mayor, es el endeudamiento en crédito al consumo de gran parte de las familias mexicanas susceptibles de recibir financiamiento, lo que disminuye la demanda potencial del mercado automotriz, que sustenta el 70 por ciento de sus ventas en el crédito.

Ahora bien, para la miscelánea fiscal del 2007, en el marco de la política gubernamental de mayor recaudación, se determinó disminuir el monto permitido a deducir por concepto de inversiones en automóviles, pasando de 300 mil a 175 mil pesos, que actualmente establece el artículo 23 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Debido a las reacciones del mercado, sobre todo por la disminución en las ventas de automóviles registradas posterior a la nueva disposición; un grupo de senadores presentó una iniciativa para aumentar como deducible de impuestos las inversiones en automóviles hasta por un monto de 250 mil pesos, y así contribuir para regresar al esquema anterior.

Sin embargo, ante la situación económica actual que se ha agravado en los últimos meses, posteriormente se presentó otra iniciativa de reformas a la Ley del ISR, en este caso para hacer deducibles las inversiones las inversiones en automóviles, hasta por un monto equivalente al 75 por ciento del valor de la factura del vehículo, o bien, hasta 300 mil pesos.

Con lo anterior, se intenta dar marcha atrás a disposiciones que sólo perjudicaron al sector automotriz, desincentivando a empresas y personas físicas con actividad empresarial a comprar autos nuevos, sobre todo se inhibiendo la venta de camiones ligeros, tan importantes para todos los sectores productivos del país.

En un esfuerzo de fomentar el sector automotriz nacional y las empresas con necesidades de inversión en automotores ligeros, o bien para la renovación del parque vehicular, en beneficio de la ecología es que ambas iniciativas fueron presentadas, que a la fecha no han sido atendidas en la colegisladora.

El panorama actual del sector automotriz es preocupante y el tiempo apremia. De continuar con la tendencia negativa en las ventas de automotores, será inevitable el cierre de plantas y la restructuración laboral de la industria, poniendo en riesgo miles de empleos que durante muchos años han dado sustento a muchas familias mexicanas.

Necesitamos tomar medidas fiscales, económicas y regulatorias urgentes, encaminadas a impulsar el mercado interno, en sustitución del externo, de forma tal que se estimule el consumo particular y empresarial, con el objeto de incrementar la productividad y mejorar la situación lamentable por la que atraviesa el sector automotriz.

Así, lo anteriormente expuesto me lleva a presentar esta excitativa el día de hoy, dado la urgencia del tema y el tiempo que ha pasado para que la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la honorable Cámara de Diputados, dictamine ambas iniciativas a que he hecho alusión; por lo que con fundamento en lo que previene el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, vengo a solicitar atentamente a la Presidencia de la Mesa Directiva de esta Cámara de Senadores, se sirva efectuar la siguiente:

Excitativa

Único. Se excita respetuosamente a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a fin de que proceda a dictaminar las iniciativas con proyecto de decreto que reforman la fracción II del artículo 42 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a fin de aumentar el monto posible a deducir sobre inversiones en automóviles.

Palacio Legislativo de Xicoténcatl, sede de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, a los 26 días del mes de febrero del 2009.

Senadores: Mario López Valdez, Carlos Lozano de la Torre (rúbricas).
 
 

México, DF, a 26 de febrero de 2009.

Secretarios de la honorable Cámara de Diputados
Presentes

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador Mario López Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó solicitud de excitativa a comisiones, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma el artículo 42 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, remitida el 6 de noviembre de 2008.

La Presidencia acordó remitir la documentación a la Cámara de Diputados, misma que se anexa.

Atentamente.
Senador José González Morfín (rúbrica)
Vicepresidente.
 

Excitativa de los senadores Mario López Valdez y Carlos Lozano de la Torre, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en relación con dos iniciativas de reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta, en materia de deducibilidad de de inversiones en automóviles.

El suscrito, Mario López Valdez, senador de la República a la LX Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, vengo a solicitar a la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, se sirva enviar excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la honorable Cámara de Diputados, a fin de que proceda a dictaminar dos iniciativas con proyecto de decreto que reforman la fracción II, del artículo 42 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en materia de deducibilidad de inversiones en automóviles, al tenor de los siguientes antecedentes y consideraciones:

Antecedentes

El 20 de septiembre del 2007, los senadores del Grupo Parlamentario del PRI, Carlos Lozano de la Torre, Fernando Ortega Bernés, Amira Gómez Tueme y Carlos Aceves del Olmo, haciendo uso de la facultad que les confiere el artículo 71 constitucional, presentaron ante la LX Legislatura del Senado de la República, la Iniciativa que reforma la fracción II del artículo 42 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, misma que fue turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la honorable Cámara de Diputados.

Posteriormente, el 6 de noviembre del 2008, nuevamente los senadores priistas Carlos Lozano de la Torre, Carlos Aceves del Olmo y Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez, presentaron otra iniciativa que reforma la fracción II, del artículo 42 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que también fue turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la honorable Cámara de Diputados, para su análisis, discusión y dictamen correspondiente.

Consideraciones

La industria automotriz es un sector clave y estratégico de nuestra economía, que aporta el 17.3 por ciento del Producto Interno Bruto del sector manufacturero y genera más de 1 millón de empleos directos e indirectos, así como 43 mil millones de dólares por exportaciones de vehículos, partes y componentes.

México es el undécimo productor mundial de vehículos y uno de los más importantes productores de autopartes. Sin embargo, la actual crisis económica mundial, tal como a todos los sectores económicos del país, ha traído serios problemas a esta industria, principalmente debido a la contracción de la demanda nacional e internacional.

Según la revista estadounidense Automotive News, la comercialización de vehículos nuevos en Estados Unidos, durante 2008 disminuyó un 18 por ciento, equivalente a 2.9 millones de unidades menos; lo que sin lugar a dudas afecta la producción nacional, considerando que a ese país se dirige el 70 por ciento de nuestras exportaciones del ramo.

En el mercado interno, la demanda de vehículos ligeros enfrenta un grave periodo de recesión. En 2008 el mercado cayó 6.8 por ciento, y de acuerdo con especialistas del sector, esta situación será aún más grave en 2009, tan sólo en el mes de enero las ventas cayeron 28 por ciento respecto al mismo mes del año pasado, comercializándose únicamente 69 mil unidades, lo que refleja el dramático impacto de la crisis internacional al sector.

De acuerdo con especialistas del sector esta situación será aún más grave en 2009, tan sólo en enero las ventas cayeron 28 por ciento respecto al mismo mes de 2008, comercializándose únicamente 69 mil 664 unidades, equivalentes a 27 mil 180 vehículos menos.

Estas cifras han tenido repercusión en el empleo de miles de trabajadores del sector automotriz e impactado al resto de la economía de las regiones donde se asientan las instalaciones fabriles de las ensambladoras de vehículos y de los productores de autopartes.

Otro de los factores que han contribuido a acrecentar el problema, además de las importaciones de vehículos usados al por mayor, es el endeudamiento en crédito al consumo de gran parte de las familias mexicanas susceptibles de recibir financiamiento, lo que disminuye la demanda potencial del mercado automotriz, que sustenta el 70 por ciento de sus ventas en el crédito.

Ahora bien, para la miscelánea fiscal del 2007, en el marco de la política gubernamental de mayor recaudación, se determinó disminuir el monto permitido a deducir por concepto de inversiones en automóviles, pasando de 300 mil a 175 mil pesos, que actualmente establece el artículo 23 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Debido a las reacciones del mercado, sobre todo por la disminución en las ventas de automóviles registradas posterior a la nueva disposición; un grupo de senadores presentó una iniciativa para aumentar como deducible de impuestos las inversiones en automóviles hasta por un monto de 250 mil pesos, y así contribuir para regresar al esquema anterior.

Sin embargo, ante la situación económica actual que se ha agravado en los últimos meses, posteriormente se presentó otra iniciativa de reformas a la Ley del ISR, en este caso para hacer deducibles las inversiones las inversiones en automóviles, hasta por un monto equivalente al 75 por ciento del valor de la factura del vehículo, o bien, hasta 300 mil pesos.

Con lo anterior, se intenta dar marcha atrás a disposiciones que sólo perjudicaron al sector automotriz, desincentivando a empresas y personas físicas con actividad empresarial a comprar autos nuevos, sobre todo se inhibiendo la venta de camiones ligeros, tan importantes para todos los sectores productivos del país.

En un esfuerzo de fomentar el sector automotriz nacional y las empresas con necesidades de inversión en automotores ligeros, o bien para la renovación del parque vehicular, en beneficio de la ecología es que ambas iniciativas fueron presentadas, que a la fecha no han sido atendidas en la colegisladora.

El panorama actual del sector automotriz es preocupante y el tiempo apremia. De continuar con la tendencia negativa en las ventas de automotores, será inevitable el cierre de plantas y la restructuración laboral de la industria, poniendo en riesgo miles de empleos que durante muchos años han dado sustento a muchas familias mexicanas.

Necesitamos tomar medidas fiscales, económicas y regulatorias urgentes, encaminadas a impulsar el mercado interno, en sustitución del externo, de forma tal que se estimule el consumo particular y empresarial, con el objeto de incrementar la productividad y mejorar la situación lamentable por la que atraviesa el sector automotriz.

Así, lo anteriormente expuesto me lleva a presentar esta excitativa el día de hoy, dado la urgencia del tema y el tiempo que ha pasado para que la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la honorable Cámara de Diputados, dictamine ambas iniciativas a que he hecho alusión; por lo que con fundamento en lo que previene el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, vengo a solicitar atentamente a la Presidencia de la Mesa Directiva de esta Cámara de Senadores, se sirva efectuar la siguiente:

Excitativa

Único. Se excita respetuosamente a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a fin de que proceda a dictaminar las iniciativas con proyecto de decreto que reforman la fracción II del artículo 42 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a fin de aumentar el monto posible a deducir sobre inversiones en automóviles.

Palacio Legislativo de Xicoténcatl, sede de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, a los 26 días del mes de febrero del 2009.

Senadores: Mario López Valdez, Carlos Lozano de la Torre (rúbricas).