Gaceta Parlamentaria, año XII, número 2791, viernes 3 de julio de 2009


Comunicaciones Oficios Iniciativas Actas Convocatorias Invitaciones
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Comunicaciones
DEL SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS


 
 







Oficios
DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, CON EL QUE ENVÍA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LOS MONTOS DE ENDEUDAMIENTO INTERNO NETO, EL CANJE O REFINANCIAMIENTO DE OBLIGACIONES DEL ERARIO FEDERAL Y EL COSTO TOTAL DE LAS EMISIONES DE DEUDA INTERNA Y EXTERNA CORRESPONDIENTES A MAYO DE 2009

México, D.F., 30 de junio de 2009.

Senador Gustavo Enrique Madero Muñoz.
Presidente de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión
Presente

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 107, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, me permito enviar la información relativa a los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del Erario Federal, en los términos de la Ley General de Deuda Pública, y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa correspondientes al mes de mayo de 2009.

Asimismo, se informa sobre la recaudación federal participable que sirvió de base para el cálculo del pago de las participaciones a las entidades federativas, así como el pago de las mismas, desagregada por tipo de fondo, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal, y por entidad federativa, efectuando en ambos casos la comparación correspondiente con el mes de mayo de 2008.

De igual forma, en términos del artículo 22, fracción I, de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, se proporciona la información sobre la evolución de la recaudación para el mes de mayo de 2009. Adicionalmente, se incluye la información consolidada sobre las finanzas públicas y la deuda pública al mes de mayo del año en curso.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Agustín Guillermo Carstens Carstens (rúbrica)
Secretario
 
 
 

DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, CON EL QUE COMUNICA QUE EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, SE AUSENTARÁ DEL TERRITORIO NACIONAL DEL 7 AL 10 DE JULIO DE 2009

México, DF, a 30 de junio de 2009.

Secretarios de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión
Presentes

Por este conducto y para los efectos del artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito hacer de su conocimiento que Betina C. Chávez Soriano, directora general de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, comunica que el presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, se ausentará del territorio nacional del 7 al 10 de julio de 2009 a efecto de participar en la reunión de líderes del Grupo de los Cinco (G5) y en la Cumbre del Grupo de los Ocho (G8), por celebrarse en L’Aquila, Italia.

Por lo anterior, y con fundamento en lo establecido en la fracción XIV del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, les acompaño copia del documento a que me he referido.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
Manuel Minjares Jiménez (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo
 
 

México, DF, a 29 de junio de 2009.

Manuel Minjares Jiménez
Subsecretario de Enlace Legislativo
Secretaría de Gobernación
Presente

Por instrucciones de la secretaria de Relaciones Exteriores, embajadora Patricia Espinosa Cantellano, con fundamento en el artículo 16, fracciones I y III, del Reglamento Interior de la SRE, con arreglo a las facultades de la subsecretaría a su digno cargo y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicito a usted que sea el conducto para informar a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión que el presidente de la República, licenciado Felipe Calderón Hinojosa, se ausentará del territorio nacional del martes 7 al viernes 10 de julio de 2009, a efecto de participar en la reunión de líderes del Grupo de los Cinco (G5) y en la cumbre del Grupo de los Ocho (G8), por celebrarse en L’Aquila, Italia.

La participación del presidente Felipe Calderón en dichos actos se sustenta en los siguientes motivos:

1. México ha participado todos los años, desde 2005, en el Diálogo Ampliado de la Cumbre del G8, junto con los jefes de Estado o de gobierno de Brasil, China, India y Sudáfrica, que junto con México forman el Grupo de los Cinco (G5) y que han consolidado una creciente influencia política y económica en el escenario internacional.

2. El G8, formado por Alemania, Canadá, Estados Unidos, Francia, Italia, Japón, Reino Unido y Rusia, y en el que también participa la Unión Europea, es un importante interlocutor para la coordinación de políticas y la discusión de los principales temas de la agenda global en el nivel de líderes.

3. Este año, el presidente del Consejo de Ministros de la República Italiana, Silvio Berlusconi, ha invitado a los líderes del G5 para participar en la Cumbre del G8, que se celebrará en L’Aquila. Además de los países del G8 y el G5, se prevé que participen en esta reunión los líderes de Angola, Argelia, Australia, Dinamarca, Egipto, España, Indonesia, Libia, Nigeria, Países Bajos, la República de Carea, Senegal y Turquía, así como los representantes de diversas organizaciones internacionales.

4. La presidencia italiana del G8 ha impulsado consistentemente la necesidad de incluir los países emergentes en las discusiones del grupo, consciente de que el G8 por sí solo no es capaz de encontrar las soluciones que requieren los grandes problemas globales. Por ello, Italia ha dispuesto que la Cumbre de L’Aquila cuente con una participación amplia y variada.

5. La Cumbre de L’Aquila tendrá lugar en un contexto internacional complejo y desafiante, en el que, por un lado, se viven los efectos de una de las peores crisis económicas y financieras del último siglo y, por otro, los riesgos que presentan el cambio climático, la seguridad alimentaria y la pobreza, entre muchos otros, exigen una respuesta pronta y concertada por parte de la comunidad internacional. Para hacer frente a estos retos es necesario concebir un nuevo paradigma de cooperación global, en el que los países emergentes y en desarrollo tengan una participación plena. La participación de México en la Cumbre del G8 se inscribe en este contexto. En esta reunión, México reafirmará su voluntad de formar parte activa en la transformación de la gobernanza global y de desempeñar un papel importante en la nueva geometría de poder internacional.

6. En el marco de la cumbre, los líderes del G8 y el G5 recibirán el informe final del Proceso de Heiligendamm, mecanismo establecido en 2007 a propuesta de la presidencia alemana del G8. Este proceso tuvo como fin establecer un diálogo franco y abierto sobre los temas de inversión, innovación, energía y desarrollo, por medio del cual se intercambiaron mejores prácticas, se identificaron convergencias y divergencias de posiciones, y se exploraron diversas áreas con potencial para la cooperación futura. Se establecieron cuatro grupos de expertos, bajo la dirección política de los sherpas, o altos representantes de los 13 países y de la Comisión Europea. Cada grupo tuvo la oportunidad de producir documentos de discusión, organizar talleres, y enriquecer sus discusiones con la participación de diversos organismos internacionales especializados en algunas de sus sesiones. Con base en los resultados que se presenten y a fin de dar continuidad a su trabajo conjunto, los líderes del G8 y del G5 analizarán las perspectivas para ampliar y reforzar la colaboración entre ambos grupos.

7. Asimismo, se espera que, junto con los otros países y organizaciones invitados a la cumbre, los líderes del G5 y el G8 analicen temas de vital importancia en la coyuntura actual, en la cual destacan cuatro retos: 1) continuar apuntalando la respuesta global a la crisis económica y financiera internacional, particularmente por medio de la plena implantación de los acuerdos alcanzados en el marco del G20; 2) apoyar las negociaciones sobre cambio climático rumbo a la conferencia de Naciones Unidas sobre el tema, por celebrarse en Copenhague en diciembre de este año; 3) dar seguimiento a los esfuerzos en favor de la seguridad alimentaria global; y 4) impulsar la cooperación internacional para hacer frente a las enfermedades infecciosas.

8. Desde 2005, los líderes del G5 se reúnen cada año antes de su participación en la Cumbre del G8, a fin de discutir diversos temas de interés común, coordinar posiciones y presentar propuestas comunes. De esa manera, el G5 se ha fortalecido como un actor independiente, con una agenda de diálogo propia, capaz de impulsar los intereses de los países en desarrollo ante el G8.

9. México ha coadyuvado activamente a la consolidación del G5, particularmente desde septiembre de 2007, cuando fue designado coordinador del grupo e interlocutor con la presidencia en turno del G8.

10. A fin de seguir profundizando en la colaboración entre los cinco países, en L’Aquila el presidente Felipe Calderón presidirá una nueva reunión de líderes del G5, en su calidad de coordinador del grupo. Este encuentro tendrá lugar con antelación a la participación del G5 en la Cumbre del G8, y sus objetivos principales serán intercambiar perspectivas sobre los temas apremiantes de la agenda internacional, particularmente la crisis económica y financiera global, el desarrollo sustentable, la seguridad alimentaria, el cambio climático, los cambios en la arquitectura internacional, entre los relevantes; identificar vías para seguir fortaleciendo el G5; y coordinar posiciones para impulsar una participación más asertiva del G5 en la cumbre.

11. A fin de alimentar las discusiones de los líderes en la Cumbre de L’Aquila, la presidencia italiana del G8 ha organizado diversos encuentros ministeriales a lo largo de este año. México participó activamente en las reuniones de ministros de Trabajo y Políticas Sociales (Roma, 29 a 31 de marzo), Agricultura (Treviso, 18 a 20 de abril), Medio Ambiente (Siracusa, 22 a 24 de abril), Energía (Roma, 24 y 25 de mayo) y Desarrollo (Roma, 11 y 12 de junio). En el caso de las reuniones ministeriales de medio ambiente y de energía se adoptaron diversos documentos conjuntos que proveerán elementos para el análisis a nivel de líderes del tema del cambio climático, uno de los más importantes en la agenda de la cumbre.

12. En todos los encuentros ministeriales mencionados, los representantes del G5 sostuvieron reuniones de coordinación, a fin de intercambiar perspectivas y presentar posiciones comunes ante el G8. Entre los temas discutidos en estos encuentros destacan la importancia de fortalecer los programas sociales para contrarrestar los efectos la crisis en los sectores más vulnerables; la necesidad de concluir la Ronda de Doha y mejorar el acceso de los países en desarrollo a los mercados de productos agrícolas; el cambio climático desde una perspectiva amplia, incluyendo sus efectos en la salud y el ambiente, energías limpias y biodiversidad; y la conveniencia de contar con mecanismos de financiamiento adecuados para impulsar el desarrollo tecnológico en el campo de la energía.

13. En la Cumbre del G8, México impulsará como temas prioritarios la necesidad de reformar las instituciones internacionales para hacer frente a los retos actuales y dar mayor voz a los países en desarrollo; promover la propuesta de crear un fondo verde que contribuya al combate del cambio climático; impulsar la cooperación internacional y el diálogo en el tema de pandemias y enfermedades infecciosas; y enfatizar la necesidad de hace frente a las repercusiones sociales de la crisis económica y financiera.

14. Adicionalmente, durante su visita a L’Aquila, el presidente Felipe Calderón sostendrá reuniones bilaterales con diversos jefes de Estado o de gobierno participantes en la Cumbre del G8, con quienes buscará fortalecer el diálogo político y las relaciones económicas, culturales y de cooperación, así como identificar convergencias en temas prioritarios en los foros multilaterales.

En los términos del artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, concluido el viaje del presidente de la República se enviará un informe a la Comisión Permanente sobre las actividades realizadas durante la visita.

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para reiterar a usted las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente
Betina C. Chávez Soriano (rúbrica)
Directora General de Coordinación Política

(Remitida a la Comisión de Relaciones Exteriores. Julio 1 de 2009.)
 
 
 

DE LA COMISIÓN PERMANENTE, CON EL QUE REMITE OFICIO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN QUE CONTIENE LOS INDICADORES OPERATIVOS Y FINANCIEROS DE PETRÓLEOS MEXICANOS

México, DF, a 30 de junio de 2009.

Gustavo Enrique Madero Muñoz
Presidente de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión
Presente

Hago de su conocimiento que mediante el oficio número 200.277/09, el licenciado Jordy Herrera Flores, subsecretario de Planeación Energética y Desarrollo Tecnológico de la Secretaría de Energía, remite los indicadores operativos y financieros de Petróleos Mexicanos.

Por lo anterior, y con fundamento en lo dispuesto en la fracción XIV del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, remito, para los fines procedentes, copia del oficio al que me he referido, y de sus anexos.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente
Manuel Minjares Jiménez (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo
 
 

México, DF, a 26 de junio de 2009.

Manuel Minjares Jiménez
Subsecretario de Enlace Legislativo
Secretaría de Gobernación
Presente

Anexo al presente remito a usted oficio del subsecretario de Hidrocarburos, por medio del cual envía los indicadores operativos y financieros de Petróleos Mexicanos, para que por su amable conducto se hagan llegar al Congreso de la Unión.

Asimismo, le informo que dichos indicadores se encuentran disponibles en la página de Internet de la Secretaría de Energía.

Sin más por el momento, aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

Atentamente
Jordy Herrera Flores (rúbrica)
Subsecretario de Planeación Energética y Desarrollo Tecnológico
 
 

México, DF, a 22 de junio de 2009.

Jordy Herrera Flores
Subsecretario de Planeación Energética y Desarrollo Tecnológico
Presente

De conformidad con lo establecido en el artículo noveno transitorio del decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, envío los indicadores operativos y financieros de Petróleos Mexicanos correspondientes a 2008, para que por su conducto se hagan llegar a las Cámaras del Congreso de la Unión.

Asimismo, le informo que dichos indicadores reflejan las cifras de los estados financieros auditados de Petróleos Mexicanos al cierre de 2008 y se encuentran disponibles en la página del Internet de la Secretaría de Energía.

Sin más por el momento, aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

Atentamente
Mario Gabriel Budebo (rúbrica)
Subsecretario de Hidrocarburos

(Remitido a la Comisión de Energía. Julio 1 de 2009.)
 
 
 

DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, CON EL QUE COMUNICA QUE EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, SE AUSENTARÁ DEL TERRITORIO NACIONAL EL 29 DE JUNIO DE 2009

México, DF, a 29 de junio de 2009

Secretarios de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión
Presentes

Por este conducto y para los efectos del artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito hacer de su conocimiento que la Secretaría de Relaciones Exteriores comunica que el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, se ausentará del territorio nacional el día de hoy con el propósito de asistir a la trigésima cuarta reunión ordinaria de jefes de Estado y de gobierno del Sistema de Integración Centroamericana (Sica), en la que México participa como país observador. Dicha reunión se celebrará en Managua, Nicaragua.

Por lo anterior y con fundamento en lo establecido en la fracción XIV del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, les acompaño copia de los anexos respectivos.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
Manuel Minjares Jiménez (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo
 
 

México, DF, a 28 de junio de 2009.

Manuel Minjares Jiménez
Subsecretario de Enlace Legislativo
Secretaría de Gobernación
Presente

Por instrucciones de la secretaria de Relaciones Exteriores, embajadora Patricia Espinosa Cantellano, con fundamento en el artículo 16, fracciones I y III, del Reglamento Interior de la Secretaría, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito solicitar a usted que sea el amable conducto para informar a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión que el presidente de la República, licenciado Felipe Calderón Hinojosa, se ausentará de territorio nacional este lunes 29 de junio, con el propósito de asistir a la trigésima cuarta reunión ordinaria de jefes de Estado y de gobierno del Sica, en la que México participa como país observador.

Dicha reunión será celebrada en Managua, Nicaragua. Entre otros temas propios de la región que suelen tratarse en la cumbre, se abordará de manera especial la grave situación por la que atraviesa la República de Honduras.

Respecto de dicha problemática que enfrenta nuestro vecino centroamericano, el gobierno de México condenó los hechos sucedidos e hizo un llamado a todas las partes involucradas para que se restablezcan con la mayor brevedad el estado de derecho, la institucionalidad y los valores democráticos y, en particular, a que se permita el regreso del presidente Manuel Zelaya a su posición al frente del gobierno hondureño.

El pasado viernes 26 de junio, México, en su calidad de secretario pro témpore del Grupo de Río, promovió la aprobación de una declaración política en la que, además de expresar su preocupación por la situación imperante, los Estados miembros hicieron un llamado a todos los actores políticos y sociales en la República Hondureña para que explorasen fórmulas que permitieran distender la situación mediante el diálogo y la concertación, a fin de encontrar solución a sus diferencias políticas.

Ayer se aprobó una nueva declaración en la que dicho grupo expresa su condena al golpe de Estado perpetrado en la República de Honduras, rechazando asimismo el uso de la fuerza armada en la detención arbitraria del jefe del Ejecutivo.

Para mayor referencia de los señores legisladores, se anexan el boletín emitido por la Secretaría de Relaciones Exteriores y las declaraciones señaladas que emitió el Grupo de Río al respecto.

En los términos del artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, concluido el viaje del presidente de la República, cuyo regreso a territorio nacional está programado para el mismo lunes 29 por la noche, se enviará un informe al Congreso de la Unión sobre los acuerdos de la cumbre y el resultado de los encuentros sostenidos.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
Betina C. Chávez Soriano (rúbrica)
Directora General de Coordinación Política

(Remitido a la Comisión de Relaciones Exteriores. Julio 1 de 2009.)
 
 
 

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, CON EL QUE ENVÍA EL INFORME FINANCIERO Y ACTUARIAL, DICTAMINADO POR AUDITOR EXTERNO, SOBRE DIVERSOS ASPECTOS QUE GUARDA LA INSTITUCIÓN EN MATERIA FINANCIERA, ACTUARIAL Y ESTADÍSTICA

México, DF, a 29 de junio de 2009.

Senador Gustavo Enrique Madero Muñoz
Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores
Presente

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 214, fracción XIX, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, me permito enviar a usted el informe financiero y actuarial dictaminado, por auditor externo, sobre diversos aspectos que guarda la institución en materia financiera, actuarial y estadística.

No omito comentarle que dicho informe fue aprobado en la sesión de la Junta Directiva celebrada el 29 de junio del año en curso.

Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Licenciado Miguel Ángel Yunes Linares (rúbrica)
Director General

(Remitido a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Seguridad Social. Julio 1 de 2009)
 
 
 

DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, CON EL QUE REMITE EL INFORME SOBRE SU SITUACIÓN FINANCIERA Y RIESGOS

México, DF, a 26 de junio de 2009.

Senador Gustavo Enrique Madero Muñoz
Presidente de la Mesa Directiva
Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión
Presente

Estimado senador Madero

Por acuerdo del Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 268 y 273 de la Ley del Seguro Social, anexo me permito presentarle el informe al Ejecutivo federal y al Congreso de la Unión sobre la situación financiera y los riesgos del Instituto Mexicano del Seguro Social 2008-2009.

Por lo anterior, le solicito de la manera más atenta ser el amable conducto para informar al honorable Congreso de la Unión sobre la recepción en tiempo y forma del referido documento.

Agradezco de antemano la atención brindada al presente y aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente
Daniel Karam Toumeh (rúbrica)
Director General

(Remitido a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Seguridad Social. Julio 1 de 2009.)
 
 







Iniciativas

QUE REFORMA EL ARTÍCULO 9-A DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL, REMITIDA POR EL CONGRESO DE CHIHUAHUA Y RECIBIDA EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2009

Chihuahua, Chihuahua, a 28 de mayo de 2009.

Senador Gustavo Enrique Madero Muñoz
Presidente de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión
México, DF

Para su conocimiento y efectos conducentes, le remito copia del acuerdo número 391/09 II P.O., así como del dictamen que le dio origen, por medio del cual la Sexagésima Segunda Legislatura del honorable Congreso del estado formula iniciativa con carácter de decreto ante el honorable Congreso de la Unión, en la que se propone reformar el segundo párrafo del artículo 9-A de la Ley de Coordinación Fiscal.

Sin otro particular de momento, le reitero a usted la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.

Diputado Gerardo Alberto Fierro Archuleta (rúbrica)
Presidente del Congreso de Chihuahua
 

Acuerdo número 391/09 II P.O.

La Sexagésima Segunda Legislatura del honorable Congreso del estado de Chihuahua, reunida en su segundo período ordinario de sesiones, dentro del segundo año de ejercicio constitucional

Acuerda

Artículo Único. Formular ante el honorable Congreso de la Unión, iniciativa con carácter de decreto, con el propósito de reformar el segundo párrafo del artículo 9-A de la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar como sigue:

Artículo 9-A. La federación, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y los estados y municipios en donde existan puentes de peaje operados por la primera, podrán convenir en crear fondos cuyos recursos se destinen a la construcción, mantenimiento, reparación y ampliación de obras de vialidad en aquellos municipios donde se ubiquen dichos puentes o, en su caso, a la realización de obras de infraestructura o gasto de inversión, de impacto regional directamente en la zona donde se encuentre el cobro de peaje, sin que en ningún caso tales recursos se destinen al gasto corriente.

La aportación a los fondos mencionados se hará por el estado, por el municipio o, cuando así lo acordaren, por ambos, en un 20 por ciento del monto que aporte la federación, sin que la aportación de ésta exceda de un 50 por ciento del monto total de los ingresos brutos que obtenga por la operación del puente de peaje de que se trate. La aportación federal se distribuirá como sigue: municipios 50 por ciento y estados 50 por ciento.

...

...

...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el salón de sesiones del Poder Legislativo, en la ciudad de Chihuahua, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil nueve.

Diputados Gerardo Alberto Fierro Archuleta (rúbrica), Presidente; María Ávila Serna, Nadia Hanoi Aguilar Gil (rúbricas), Secretarias.

(Turnado a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. Julio 1 de 2009.)
 
 


QUE ADICIONA EL INCISO I) A LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 2-A Y DEROGA LA FRACCIÓN V DEL ARTÍCULO 15 DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, REMITIDA POR EL CONGRESO DE NUEVO LEÓN Y RECIBIDA EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2009

Diputado César Duarte Jáquez
Presidente de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión
Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la LXXI Legislatura del Congreso de Nuevo León aprobó que se presentara ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma, por adición de un inciso i) a la fracción II del artículo 2A, y por derogación de la fracción V del artículo 15, la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para lo cual anexamos al presente copia del acuerdo número 396, aprobado en la sesión de hoy, así como del expediente 4518 formado sobre el particular.

Lo anterior para su conocimiento y efectos correspondientes, agradeciéndoles que nos hagan saber el trámite legislativo que se dé a la presente iniciativa.

Sin otro particular, aprovechamos la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente
Monterrey, NL, a 18 de junio del 2009.
Sufragio Efectivo. No Reelección.

Diputado Ricardo Parás Welsh (rúbrica)
Secretario

Diputado Ranulfo Martínez Valdez (rúbrica)
Secretario
 

El honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, LXXI Legislatura, en uso de las facultades que le concede el artículo 63, de la Constitución Política local, expide el siguiente

Acuerdo número 396

Artículo Primero. Se aprueba la solicitud de los ciudadanos diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional a la LXXI Legislatura del honorable Congreso del estado de Nuevo León, para que esta soberanía remita a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la iniciativa de decreto para reformar, por adición de un inciso i) a la fracción II del Artículo 2-A, y por derogación de la fracción V del Artículo15, la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Artículo Segundo. La LXXI Legislatura del Congreso de Nuevo León, con fundamento en lo dispuesto en la fracción III del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicita al Congreso de la Unión que apruebe el siguiente proyecto de

Decreto

Único. Se reforma, por adición de un inciso i) a la fracción II del artículo 2A, y por derogación de la fracción V del artículo 15, la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

Artículo 2ª. …

I. …

II. La prestación de servicios independientes:

a) a h). …

i). El transporte público terrestre de personas, excepto ferrocarril.

III. a IV. …

Artículo 15. … I. a IV. …

V. Derogada

VI. a XVI. …

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Por tanto, envíese al Ejecutivo del estado, para su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Dado en el salón de sesiones del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, en Monterrey, su capital, a los dieciocho días del mes de junio de 2009.

Diputados: Ángel Valle de la O (rúbrica), presidente; Ricardo Parás Welsh (rúbrica), Ranulfo Martínez Valdez (rúbrica), secretarios.
 
 


QUE REFORMA EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 22 DE CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, REMITIDA POR EL CONGRESO DE NUEVO LEÓN Y RECIBIDA EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2009

Diputado César Duarte Jáquez
Presidente de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión
Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la LXXI Legislatura del honorable Congreso del estado de Nuevo León aprobó que se presentara ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para lo cual acompañamos al presente copia del acuerdo numero 397, aprobado en la sesión de hoy, así como del expediente 5275 formado sobre el particular.

Lo anterior para su conocimiento y efectos correspondientes, agradeciéndoles que nos hagan saber el trámite legislativo dado a la presente iniciativa.

Sin otro particular, aprovechamos la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente
Monterrey, NL, a 18 de junio del 2009.
Sufragio Efectivo. No Reelección.

Diputado Ricardo Parás Welsh (rúbrica)
Secretario

Diputado Ranulfo Martínez Valdez (rúbrica)
Secretario
 

El honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, LXXI Legislatura, en uso de las facultades que le concede el artículo 63, de la Constitución Política local, expide el siguiente

Acuerdo número 397

Artículo Primero. Se aprueba la solicitud del ciudadano diputado Gregorio Hurtado Leija, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional a la LXXI Legislatura del Congreso del estado de Nuevo León, para que esta soberanía remita a la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión la iniciativa de reforma al primer párrafo del artículo22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Articulo Segundo. La LXXI Legislatura del honorable Congreso del estado de Nuevo León, con fundamento en lo dispuesto en la fracción III del numeral 71 de la Carta Magna de los Estados Unidos Mexicanos, solicita al Congreso de la Unión la aprobación del siguiente proyecto de:

Decreto

Artículo Único. La LXXI Legislatura al Congreso del estado de Nuevo León, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 63, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; así como los artículos 71, fracción III, 72, 135 y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aprueba que se presente a la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión la iniciativa de reforma al primer párrafo del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 22. Quedan prohibidas las penas de muerte, de mutilación, de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales. Toda pena deberá ser proporcional al delito que sancione y al bien jurídico afectado. La pena de prisión vitalicia sólo podrá imponerse al que cometa los delitos de producción, tenencia o tráfico de narcóticos; secuestro, homicidio calificado o violación.

(…)

I. a III. (...) Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Por tanto, envíese al Ejecutivo del Estado para su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Dado en el salón de sesiones del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, en Monterrey, su capital, a los dieciocho días del mes de junio de 2009.

Diputados: Ángel Valle de la O (rúbrica), presidente; Ricardo Parás Welsh (rúbrica), Ranulfo Martínez Valdez (rúbrica), secretarios.
 
 


QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 203, 204 Y 213 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, PRESENTADA POR LA DIPUTADA SILVIA LUNA RODRÍGUEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE NUEVA ALIANZA, EN LA SESIÓN DEL MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2009

México, DF, a 1 de julio de 2009.

Diputado Miguel Ángel Navarro Quintero
Presidente de la Comisión de Seguridad Social
Presente

Me permito comunicar a usted que, en sesión celebrada en esta fecha, la diputada Silvia Luna Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 203, 204 y 213 de la Ley del Seguro Social.

La Presidencia dispuso que dicha iniciativa se turnara a la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados, la que se anexa.

Atentamente
Senador José González Morfín (rúbrica)
Vicepresidente
 

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 203, 204 y 213 de la Ley del Seguro Social

Silvia Luna Rodríguez, diputada federal de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 122 y 127 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60, 63, 64, 176 y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones jurídicas aplicables, somete a consideración de esta honorable soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 203, 204 y 213 de la Ley del Seguro Social, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Los lamentables acontecimientos que tuvieron lugar el 5 de junio pasado en la guardería ABC del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Hermosillo, Sonora, donde hasta el momento se puede contar el fallecimiento de 48 niñas y niños, revelan que las condiciones de seguridad en que funcionan estos centros subrogados a particulares para prestar a las madres trabajadoras los servicios de guardería infantil son deficientes y funcionan sin supervisión adecuada por las autoridades.

Los hechos que derivaron en la tragedia de Hermosillo son resultado de la negligencia y nula atención tanto de las autoridades encargadas de concesionar este tipo de servicios como de las responsables de verificar los requerimientos de seguridad y dar garantía de ello.

Y a pesar de que son muchas las contradicciones que se derivan de este acontecimiento que tendrán que ser clarificadas y resueltas, es algo que no se puede repetir, es urgente que se tomen medidas inmediatas para la prevención, el control y el cumplimiento estricto de las normas de seguridad.

En México, la prestación del servicio de guardería infantil está considerado en el artículo 171 de la Ley Federal del Trabajo, el cual establece que los servicios de guardería infantil se prestarán por el IMSS de conformidad con su ley y disposiciones reglamentarias.

La Ley del Seguro Social menciona que la seguridad social tiene como finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión.

El seguro de guardería cubre el riesgo de no poder proporcionar cuidados a los hijos e hijas entre los 43 días y 4 años de edad, por parte de la madre o el padre, que se encuentran en los supuestos mencionados en el artículo 201 de la ley, durante la jornada de trabajo. Esta prestación debe proporcionarse, según el artículo 202, atendiendo a cuidar y fortalecer la salud del niño y su buen desarrollo futuro, así como a la formación de sentimientos de adhesión familiar y social, a la adquisición de conocimientos que promuevan la comprensión, el empleo de la razón y de la imaginación, y a constituir hábitos higiénicos y de sana convivencia y cooperación en el esfuerzo común con propósitos y metas comunes, todo ello de manera sencilla y acorde con su edad y con la realidad social y con absoluto respeto de los elementos formativos de estricta incumbencia familiar.

A pesar de que en la Ley del Seguro Social se menciona la prestación del servicio de guarderías infantiles, la normatividad referida es muy general y no especifica de forma clara cómo y en qué condiciones mínimas debe prestarse el servicio. La única norma que hace referencia a algunas de las especificaciones que deben regir las acciones de este tipo de instituciones es la Norma Oficial Mexicana 167-SSA1-1997, para la prestación de servicios de asistencia social para menores a adultos mayores, que se refiere a instituciones de asistencia social entre las cuales se encuentran las guarderías infantiles.

Sin embargo, no hay actualmente una ley que la cual se especifique las normas mínimas a partir de las cuales se debe prestar el servicio de guarderías y mediante las cuales se protege la salud, la integridad y la vida de niños y niñas y del personal que labora en estos centros.

Por ello, en la Ley del Seguro Social debe considerarse que los servicios de guardería incluirán, además de lo especificado, la seguridad de los menores. Para lograr un mejor funcionamiento, cada guardería deberá contar con los recursos financieros, el mobiliario, el equipo, así como el material didáctico y de consumo necesarios. Asimismo, el personal que labore en la guardería tendrá que cumplir los requisitos establecidos y recibirá de manera permanente capacitación teórica y práctica que le permita desarrollar de manera óptima sus funciones. Con la finalidad de que la prestación de este servicio sea de calidad y acorde con la normatividad interna, el instituto realizará actividades de certificación, supervisión y seguimiento de los servicios, utilizando indicadores para evaluar la cobertura y calidad de los servicios.

Además, para otorgar la prestación de los servicios de guardería, el instituto establecerá instalaciones especiales, que reúnan requisitos como que el inmueble deberá localizarse lejos de zonas de alto riesgo que puedan dar lugar a desastres causados por agentes naturales o humanos, instaurándose para ello redes de detección, monitoreo, pronóstico y medición de riesgos. Será una obligación que las instalaciones, el equipo y el mobiliario cumplan los criterios de seguridad y las disposiciones emitidas por el Programa Nacional de Protección Civil y las normas oficiales mexicanas en la materia. Asimismo, deberán recibir mantenimiento preventivo o correctivo para su conservación y buen funcionamiento a fin de garantizar la integridad física de los menores, usuarios y del personal.

En la iniciativa también se considera que para que el instituto pueda celebrar convenios de reversión de cuotas o subrogación de servicios con los patrones que tengan instaladas guarderías en sus empresas o establecimientos, éstos deberán cumplir las condiciones necesarias para el cuidado de los menores en materia de salud, alimentación, educación, seguridad, higiene y recreación.

Con estas modificaciones de la Ley del Seguro Social se pretende prevenir e identificar posibles riesgos en el interior y en el exterior de los inmuebles que pueden poner en peligro la integridad física de todas las personas que se encuentren en las instalaciones donde se presta el servicio de guardería. Por ello ponemos a consideración de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión el presente

Decreto que reforma los artículos 203, 204 y 213 de la Ley del Seguro Social

Único. Se reforman los artículos 203, 204 y 213 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:

Artículo 203. Los servicios de guardería infantil incluirán el aseo, la alimentación, el cuidado de la salud, la seguridad, la educación y la recreación de los menores a que se refiere el artículo 201. Serán proporcionados por el Instituto, en los términos de las disposiciones que al efecto expida el Consejo Técnico.

Para su buen funcionamiento, el servicio de guardería infantil deberá contar con los recursos financieros, el mobiliario y el equipo, así como el material didáctico y de consumo necesarios.

El personal que labore en la guardería deberá cumplir los requisitos establecidos y recibirá de manera permanente capacitación teórica y práctica que le permita desarrollar sus funciones de manera óptima.

El Instituto realizará actividades de certificación, supervisión y seguimiento de los servicios, utilizando indicadores para evaluar la seguridad, cobertura y calidad de los servicios.

Artículo 204. Para otorgar la prestación de los servicios de guardería, el Instituto establecerá instalaciones especiales, que reúnan los siguientes requisitos:

I. El inmueble deberá ubicarse en zonas convenientemente localizadas con relación a los centros de trabajo y de habitación, y en las localidades donde opere el régimen obligatorio.

II. El inmueble deberá localizarse lejos de zonas de alto riesgo que puedan dar lugar a desastres causados por agentes naturales o humanos.

Para ello y en coordinación con las autoridades responsables, se instaurarán redes de detección, monitoreo, pronóstico y medición de riesgos.

III. Las instalaciones, el equipo y el mobiliario deberán cumplir los criterios de seguridad y las disposiciones emitidas por el Programa Nacional de Protección Civil y las normas oficiales mexicanas en la materia.

Asimismo, deberán recibir mantenimiento preventivo o correctivo para su conservación y buen funcionamiento a fin de garantizar la integridad física de los menores, usuarios y del personal.

Artículo 213. El Instituto podrá celebrar convenios de reversión de cuotas o subrogación de servicios con los patrones que tengan instaladas guarderías en sus empresas o establecimientos siempre que cumplan las condiciones necesarias para el cuidado de los menores en materia de salud, alimentación, educación, seguridad, higiene y recreación, además de reunir los requisitos señalados en las disposiciones relativas.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Senado de la República, sede de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 1 de julio de 2009.

Diputada Silvia Luna Rodríguez (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Seguridad Social. Julio 1 de 2009.)
 
 
QUE REFORMA Y ADICIONA EL ARTÍCULO 347 DEL CÓDIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, RECIBIDA DE LA DIPUTADA MARICELA CONTRERAS JULIÁN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2009

La suscrita, diputada Maricela Contreras Julián, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 347 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Como parte de la reforma del Estado, el Congreso de la Unión llevó a cabo diversas reformas constitucionales en materia electoral, las cuales dieron como resultado también la expedición de un nuevo Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).

Estas reformas fueron consecuencia de la crisis en el sistema electoral mexicano, generada por las tan cuestionadas elecciones presidenciales de 2006 donde, además del fraude electoral que no permitió a Andrés Manuel López Obrador asumir la Presidencia de la República, prevaleció la intromisión de diversos actores, mediante la guerra sucia, para impedir que un proyecto de izquierda asumiera el poder en nuestro país.

Después de diversas negociaciones entre los grupos parlamentarios representados en el Congreso de la Unión, el 13 de noviembre de 2007 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) reformas en materia electoral; posteriormente, el 14 de enero de 2008 se publicó en el DOF el nuevo Cofipe, el cual traduce en norma secundaria las disposiciones constitucionales en la materia.

La reforma electoral tiene los siguientes ejes:

• Reducir tiempos y costos de la campaña electoral y regular las precampañas.

• Regular la propaganda político-electoral.

• Establecer lineamientos para el acceso a los medios de comunicación por parte de los partidos políticos.

• Prohibir la contratación de propaganda en medios de comunicación por parte de personas físicas o morales para el beneficio o la promoción de una persona que aspire a un cargo de elección popular.

• Prohibir la propaganda que denigre a las instituciones o algún candidato a puesto de elección popular.

• Regular las campañas institucionales que se realicen con recursos públicos.

• Fortalecer las facultades de la autoridad electoral, es decir, del Instituto Federal Electoral (IFE).

Aunque significaron un avance, hay diversos temas pendientes que no se abordaron de manera plena, por citar un ejemplo, la promoción y el impulso de la participación política de las mujeres en igualdad de oportunidades.

Sin lugar a dudas, un tema que debe resaltarse es el relativo a la utilización de los medios de comunicación y la propaganda político-electoral. Las disposiciones que sobre esta materia se establecieron tienen por objeto hacer equitativas las campañas electorales, además de contrarrestar la llamada "propaganda negra", que tanto fue utilizada en las elecciones de 2006.

Antes de abordar el tema no debe perderse de vista que el artículo 108 constitucional establece que los representantes de elección popular, los miembros del Poder Judicial Federal y del Poder Judicial del Distrito Federal, los funcionarios y empleados y, en general, toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso de la Unión, en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal o en la administración pública federal o en el Distrito Federal, así como a los servidores públicos de los organismos a los que esta Constitución otorgue autonomía, serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones.

A su vez, el artículo 341, inciso f), del Cofipe establece que son sujetos de responsabilidad por infracciones cometidas a las disposiciones electorales contenidas en él, las autoridades o los servidores públicos de cualquiera de los Poderes de la Unión, de los poderes locales, órganos de gobierno municipales, órganos de gobierno del Distrito Federal, órganos autónomos y cualquier otro ente público.

Como se anotó, uno de los puntos por destacar en la reforma electoral es el que se refiere al uso de la propaganda político-electoral y la utilización de los medios de comunicación para estos fines.

Al respecto, el artículo 134 constitucional establece una serie de disposiciones en el tema que nos interesa; se dirigen en dos rubros:

• La utilización de los recursos públicos de que dispone la federación, estados, municipios, el Distrito Federal y las delegaciones.

• La propaganda que lleven a cabo los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno.

Sobre el primer apartado es necesario apuntar que sólo se hace referencia a los recursos públicos que disponen las instancias señaladas, no así de los recursos privados. En tanto, en el segundo punto, el texto constitucional es claro al señalar que la propaganda que se difunda no debe incluir nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público; sin embargo, es importante resaltar que esta prohibición se refiere a la propaganda que se realice en el carácter de las instituciones que señala el propio artículo, situación que se comprueba en la lectura del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: "La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público." Esta afirmación se sustenta además en que de las disposiciones del Cofipe sobre accesos a medios de comunicación y campañas y precampañas electorales se refieren a los precandidatos, candidatos, instituciones que manejan recursos públicos y a personas físicas o morales, durante las precampañas o campañas electorales. Sobre el particular, el código establece una serie de prohibiciones, que en lo referente a servidores públicos son para la utilización de programas sociales o recursos públicos para favorecer algún candidato, o la difusión de propaganda gubernamental en la campaña electoral. Veamos lo que dice el artículo 49 del Cofipe: "3. Los partidos políticos, precandidatos y candidatos a cargos de elección popular, en ningún momento podrán contratar o adquirir, por sí o por terceras personas, tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión. Tampoco podrán contratar los dirigentes y afiliados a un partido político, o cualquier ciudadano, para su promoción personal con fines electorales. La violación a esta norma será sancionada en los términos dispuestos en el libro séptimo de este código.

4. Ninguna persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, ni a favor o en contra de partidos políticos o de candidatos a cargos de elección popular. Queda prohibida la transmisión en territorio nacional de este tipo de propaganda contratada en el extranjero. Las infracciones a lo establecido en este párrafo serán sancionadas en los términos dispuestos en el libro séptimo de este código."

Asimismo, vamos lo que dicta el artículo 211 del Cofipe: "3. Los precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular que participen en los procesos de selección interna convocados por cada partido no podrán realizar actividades de proselitismo o difusión de propaganda, por ningún medio, antes de la fecha de inicio de las precampañas; la violación a esta disposición se sancionará con la negativa de registro como precandidato."

"5. Queda prohibido a los precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular, en todo tiempo, la contratación de propaganda o cualquier otra forma de promoción personal en radio y televisión. La violación a esta norma se sancionará con la negativa de registro como precandidato, o en su caso con la cancelación de dicho registro. De comprobarse la violación a esta norma en fecha posterior a la de postulación del candidato por el partido de que se trate, el Instituto Federal Electoral negará el registro legal del infractor."

El artículo 347 del Cofipe dicta lo siguiente: "1. Constituyen infracciones al presente código de las autoridades o los servidores públicos, según sea el caso, de cualquiera de los Poderes de la Unión, de los poderes locales, órganos de gobierno municipales, órganos de gobierno del Distrito Federal, órganos autónomos y cualquier otro ente público; …

b) La difusión, por cualquier medio, de propaganda gubernamental dentro del periodo que comprende desde el inicio de las campañas electorales hasta el día de la jornada electoral inclusive, con excepción de la información relativa a servicios educativos y de salud, o la necesaria para la protección civil en casos de emergencia; …

e) La utilización de programas sociales y de sus recursos, del ámbito federal, estatal, municipal, o del Distrito Federal, con la finalidad de inducir o coaccionar a los ciudadanos para votar a favor o en contra de cualquier partido político o candidato…"

Debe tomarse en cuenta que estas disposiciones no reglamentan lo que estable el artículo 134 de la Constitución que hemos citado, por lo que podemos decir que existe una laguna jurídica respecto a la utilización de propaganda político-electoral por parte de servidores públicos, por lo menos en la norma secundaria del precepto constitucional citado.

Por esta razón, el Consejo General del IFE, en la sesión de 12 de marzo de 2008 aprobó el Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral con el cual se aprueba el Reglamento del Instituto Federal Electoral en materia de propaganda institucional y político electoral de servidores públicos.

Este instrumento, se estima, viene a llenar la laguna jurídica en el Cofipe respecto a las disposiciones del artículo 134 constitucional en la materia, ya que hace la interpretación de este precepto; lo anterior se apoya en el considerando 5 del texto de referencia, que señala lo siguiente:

"Que de lo ordenado en el artículo 134 constitucional, así como de la ratio essendi de la misma norma, se infiere como deber jurídico para todo servidor público de la federación, los estados y municipios, del Distrito Federal y de los órganos autónomos, el administrar y ejercer, en todo momento, con eficiencia, eficacia, honradez e imparcialidad los recursos públicos, por lo que no podrán hacer uso de la propaganda gubernamental para influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos o para promover ambiciones personales de carácter político." Apoyando esta afirmación, se encuentran también los considerandos 32, 33 y 34 del mismo documento, en el que se precisa que al no haber reformas secundarias en su totalidad respecto a las disposiciones constitucionales en materia electoral, sobre todo en la propaganda de servidores públicos y el IFE debe ejercer sus facultades para fortalecer las condiciones de equidad en la contienda política, por lo que se expide el Reglamento del Instituto Federal Electoral en materia de propaganda institucional y político electoral de servidores públicos: 32. Que en virtud de que las adecuaciones a la legislación secundaria derivadas de la reforma constitucional no han sido emitidas en su totalidad, en específico en lo que se refiere al tema del uso de la propaganda por parte de los servidores públicos en tiempos no electorales, se hace necesario determinar las facultades de este instituto en la materia a fin de fortalecer el principio de certeza y los valores de equidad y transparencia en la competencia política.

33. Que toda vez que la propaganda de los servidores públicos derivada de las actividades inherentes a su función puede generarse en cualquier momento, no es dable admitir que su regulación se limita únicamente al periodo de proceso electoral, ya que la pluralidad de los sujetos y tiempos involucrados, su emisión, tiende a causar efectos que no son óptimos para la consolidación del principio de certeza, ni para los valores de la equidad y la transparencia que deben caracterizar la vida democrática.

34. Que uno de los fines fundamentales de la normativa electoral consiste en generar en forma permanente condiciones de equidad e imparcialidad en las elecciones mediante restricciones específicas, como la promoción personal de los servidores públicos, de cualquiera de los Poderes de la Unión, de los poderes locales, órganos autónomos y cualquier otro ente público, mediante propaganda institucional. Por ello corresponde al Instituto Federal Electoral velar en forma permanente por su debido cumplimiento y, en su caso, sancionar su inobservancia."

De la lectura de estos preceptos se desprende que es la autoridad electoral la que emite las reglas sobre el uso de propaganda político-electoral por parte de los servidores públicos, ante el vacío legal que existe en la normatividad secundaria.

En ese sentido, el Reglamento del Instituto Federal Electoral en materia de propaganda institucional y político electoral de servidores públicos, establece en el artículo 2o. lo siguiente:

"Artículo 2o. Se considerará propaganda político-electoral contraria a la ley, la contratada con recursos públicos, difundida por instituciones y poderes públicos federales, locales, municipales o del Distrito Federal, órganos autónomos, cualquier ente público de los tres órdenes de gobierno o sus servidores públicos mediante radio, televisión, prensa, mantas, bardas, anuncios espectaculares, volantes u otros medios similares, que contenga alguno de los elementos siguientes:

a) El nombre, la fotografía, la silueta, la imagen, la voz de un servidor público o la alusión en la propaganda de símbolos, lemas o frases que en forma sistemática y repetitiva conduzcan a relacionarlo directamente con la misma;

b) Las expresiones voto, vota, votar, sufragio, sufragar, comicios, elección, elegir, proceso electoral y cualquier otra similar vinculada con las distintas etapas del proceso electoral.

c) La difusión de mensajes tendientes a la obtención del voto a favor de algún servidor público, de algún tercero o de algún partido político, aspirante, precandidato o candidato;

d) La mención de que un servidor público aspira a ser precandidato;

e) La mención de que algún servidor público aspira a algún cargo de elección popular o al que aspira un tercero;

f) La mención de cualquier fecha de proceso electoral, sea de organización, precampaña, campaña, jornadas de elección o de cómputo y calificación, u otras similares;

g) Otro tipo de contenidos que tiendan a promover la imagen personal de algún servidor público; y

h) Cualquier otro mensaje similar destinado a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, a favor o en contra de aspirantes, precandidatos, candidatos o partidos políticos."

Aunque con la redacción de este artículo se puede interpretar que estarán en los supuestos de propaganda político-electoral contraria a la ley la difundida por las instancias y personas señaladas y que sea contratada con recursos públicos, es necesario que se lea en conjunto con lo que establece el artículo 8o. del mismo ordenamiento, donde se deja a discreción del Consejo General del IFE determinar si se configuran actos anticipados de precampaña o campaña, sobre todo los apartados del artículo 2o. del reglamento, ya sea con la utilización de recursos públicos y privados.

Esta disposición es el fundamento para que se pueda sancionar cualquier tipo de propaganda que difundan los servidores públicos, aun que sea contratada con recursos privados, ya que es a criterio el Consejo General, y éste se verá necesariamente influido por todo lo que aquí se ha expresado, además se verá en la necesidad de sancionar debido a la laguna jurídica que existe en la materia:

"Artículo 8o. Además de los actos procesales señalados en los incisos a) al d) del artículo 7o. del presente reglamento, el Consejo General determinará, en su caso, respecto de todos los apartados del artículo 2o. de este ordenamiento, sobre la configuración de los actos anticipados de precampaña o campaña, realizados por sí, o por interpósita persona, pagados con recursos privados o públicos, o convenidos con medios de comunicación social, con las consecuencias del caso consistentes en amonestación pública, multa o inclusive la negativa a registrar como candidato al aspirante que haya violado las disposiciones normativas que al efecto se regulan."

Sin embargo, este tipo de regulación, se estima, debe ir en el Cofipe por ser la norma reglamentaria de la Constitución Política en la materia.

Por lo expuesto y fundado, se propone el siguiente proyecto de

Decreto que reforma y adiciona el artículo 347 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales

Artículo Único. Se reforma y adiciona el artículo 347 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:

Artículo 347. …

1. Constituyen infracciones al presente código, de las autoridades o los servidores públicos, según sea el caso, de cualquiera de los Poderes de la Unión, de los poderes locales, órganos de gobierno municipales, órganos de gobierno del Distrito Federal, órganos autónomos y cualquier otro ente público:

a) a d) ...

e) La utilización de programas sociales y de sus recursos, de los ámbitos federal, estatal, municipal, o del Distrito Federal, con la finalidad de inducir o coaccionar a los ciudadanos para votar a favor o en contra de cualquier partido político o candidato;

f) La promoción personal durante el tiempo que desempeñen su encargo, ya sea con recurso públicos o privados; y

g) El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones contenidas en este código.

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 1 de julio de 2009.

Diputada Maricela Contreras Julián (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Gobernación. Julio 1 de 2009.)
 
 


QUE ADICIONA LA FRACCIÓN XV BIS AL NUMERAL 2 DEL ARTÍCULO 39 DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A EFECTO DE CREAR LA COMISIÓN DE ÉTICA Y TRANSPARENCIA, RECIBIDA DEL DIPUTADO HUMBERTO LÓPEZ LENA CRUZ EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2009

Humberto López Lena Cruz, diputado sin partido a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás relativos, comparezco ante esta soberanía para presentar iniciativa con proyecto de decreto, con base en los siguientes

Antecedentes

La ética y transparencia dentro de las instituciones es una expresión de la nueva democracia que vivimos y demuestra la exacta aplicación de los recursos del gasto público para los fines establecidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Al respecto, el artículo 6 constitucional aprobado en el Pleno de esta Cámara establece que toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, estatal y municipal es pública. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad.

El Poder Legislativo federal es uno de los poderes que a través de las diferentes legislaturas se ha visto envuelto en un gran desprestigio, debido a los malos manejos en su interior, que han sido dados a conocer en las primeras planas de los periódicos nacionales.

Por tal motivo, es necesario establecer mecanismos con la finalidad de crear una nueva relación entre el gobierno y la sociedad, sustentada en los valores de ética, transparencia y la rendición de cuentas por parte de los integrantes de los tres poderes de gobierno, con el único objetivo de regresar a la ciudadanía la confianza en las instituciones.

Exposición de Motivos

Esta soberanía se ha visto enredada en un desagradable escándalo en el sentido del manejo discrecional que hicieron los coordinadores parlamentarios de los ocho partidos políticos representados en esta Cámara por más de 146 millones de pesos, provenientes de los remanentes del ejercicio 2006.

Así también, de acuerdo con informes publicados en la Gaceta Parlamentaria en diferentes fechas, los Grupos Parlamentarios de esta legislatura recibieron en el periodo de marzo a agosto de 2007 la cantidad de 298 millones 792 mil 0.09 pesos; de septiembre de 2007 a febrero de 2008, 192 millones 446 mil 99 pesos; de marzo a agosto 2008, 278 millones 549 mil .18 pesos; y de septiembre de 2008 a febrero de 2009 la suma de 347 millones 775 mil pesos.

Es decir, en los periodos arriba señalados los Grupos Parlamentarios han recibido mil 117 millones 563 mil 0.26 pesos.

Además, según datos de la Auditoría Superior de la Federación, en 2007 se entregó la cantidad de 78 millones 886 mil 200 pesos para ampliar la partida 3827, subvención ordinaria variable, que por su origen no requiere comprobación para su aplicación, que es a discreción de los coordinadores parlamentarios.

Cuando se instaló esta LX Legislatura, señalé junto con otros legisladores la preocupación de que la imagen y confianza de la sociedad en los diputados era de las más bajas, dicho señalamiento quedó pronto en el olvido y hoy de nueva cuenta con este escándalo, nuestra imagen ante la sociedad sigue y seguirá decreciendo si no actuamos de forma congruente y responsable con nuestras obligaciones y derechos para ganarnos la confianza del pueblo mexicano.

La sociedad nos exige urgentemente el establecimiento de reglas claras sobre la disposición y manejo de recursos públicos de que dispone esta Cámara baja, los cuales deben de ser aplicados correctamente, y en beneficio del trabajo legislativo, ya que no podemos cerrar los ojos y olvidar que saliendo de estas puertas existen millones de mexicanos que viven en pobreza extrema y que confían en sus representantes populares.

Es indignante apreciar como la sociedad se siente agraviada al ver, escuchar y leer en los medios de comunicación cómo dilapidamos los recursos del pueblo, y lo peor es que no manifestamos ninguna voluntad de solucionarlo.

Como representantes populares debemos sentirnos comprometidos y obligados a devolver a la Cámara de Diputados el contenido ético que perdió hace muchos años y ponerla al servicio de la ciudadanía entera, sosteniéndola también en los valores de transparencia, rendición de cuentas, tolerancia y respeto a la autonomía.

La actividad legislativa y la ética no pueden ser conceptos independientes: nuestra actividad debe incorporar la ética como un valor central en el cual gire toda la labor parlamentaria.

Con la creación de la comisión ordinaria de ética y de transparencia, la Cámara de Diputados se constituirá un órgano autocrítico para evitar la corrupción y que los excedentes de recursos que no se ejercen durante la Legislatura sean devueltos para que se apliquen en obras en beneficio de la sociedad, además de la distribución de viajes al extranjero debe ser plural y haciendo un reporte a ésta de los viajes.

Para garantizar la equidad, es necesario que dicha comisión esté integrada por el mismo número de legisladores de cada partido, independientemente de la proporcionalidad representada en la Cámara y en las demás comisiones, y que su presidente sea nombrado por el Pleno de la Cámara, previa negociación de los distintos grupos parlamentarios, designando a una persona que a lo largo de su trayectoria y de su vida tenga una conducta intachable.

Entre las múltiples funciones y atribuciones que tendría la comisión, una de las importantes sería la de citar a cualquier miembro de la Cámara a comparecer ante ésta, o de cualquier subcomisión o grupo de trabajo, para presentar información, documentos y/o cualquier otro elemento que faciliten el desarrollo de una investigación.

Es importante señalar que una de las funciones de gran trascendencia en esta comisión será revisar la forma en que se gastaron los recursos públicos de la Cámara, no obstante de la existencia de algunos otros medios de fiscalización, señalando que la Comisión de Ética y Transparencia buscará que la designación de los recursos de la Cámara sean distribuidos de forma equitativa, evitando el amiguismo que hasta la fecha se ha presentado.

Tal situación se puede apreciar en la forma en que son designadas las comisiones internacionales, donde no se busca la participación justa y equitativa, atendiendo en algunos casos a cuestiones totalmente ajenas a la labor legislativa; es decir, se designa a los integrantes de dichas comisiones de entre los amigos o como pagos de favores, situación que no se puede seguir permitiendo.

Otro punto que tocará y analizará esta Comisión de Ética y de Transparencia es la forma en que son asignados los recursos para el apoyo legislativo, señalando que la labor parlamentaria sería mucho más eficiente si efectivamente se aplicaran los recursos para el beneficio laboral de los legisladores y de su personal, el cual en muchas ocasiones podría desarrollar mejor sus actividades, si se le dotara de los recursos materiales necesarios y que son básicos, como lo es la contratación de asesores, adquisición de equipo de computo, profesionalización constante, apoyo administrativo, así como el correcto manejo de los medios de comunicación, entre otras situaciones.

Así también, es necesario vigilar y exhortar a las diferentes comisiones que se integran en la Cámara a reunirse en pleno al menos 3 veces al mes para desahogar todas las iniciativas y puntos de acuerdo que tengan que resolver, y con esto evitar el rezago que legislatura tras legislatura se tiene.

Por lo expresado y en el entendido de que es un tema de actualidad que necesita regularse, me permito presentar la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona la fracción XV Bis al numeral 2 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto crear la Comisión de Ética y Transparencia

Artículo Primero. Se adiciona al artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos la fracción XV Bis, para quedar como sigue:

Artículo 39.

1. Las Comisiones son órganos constituidos por el Pleno, que a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales.

2. La Cámara de Diputados cuenta con comisiones ordinarias que se mantienen de legislatura a legislatura y son las siguientes:

I. Agricultura y Ganadería.

II. …

III. …

IV. …

V. …

VI. …

VII. …

XV Bis.- Ética y Transparencia.

XXXV. …

XL. …

Transitorios

Único: El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Diputado Humberto López Lena Cruz (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. Julio 1 de 2009.)
 
 


QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL; Y DEROGA EL ARTÍCULO 84 DE LA LEY REGLAMENTARIA DE LA FRACCIÓN XIII BIS DEL APARTADO B DEL ARTÍCULO 123 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, RECIBIDA DE LA DIPUTADA ANA YURIXI LEYVA PIÑÓN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2009

La suscrita, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional; y deroga el artículo 84 de la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

1. El Partido de la Revolución Democrática ha sostenido, desde su fundación, la demanda de democracia y libertad sindical como legado de las grandes luchas obreras del siglo XX para que los sindicatos sean representantes legítimos de los derechos y aspiraciones de la clase trabajadora.

Efectivamente, en su programa el partido postula:

En la construcción de una sociedad democrática, resulta fundamental garantizar la libertad de organización de las y los trabajadores para luchar por mejorar sus ingresos, sus condiciones de trabajo y su nivel de vida.

Sostiene la Organización Internacional del Trabajo que sin libertad sindical no puede haber diálogo social ni progreso hacia la justicia. Esta libertad garantiza a los trabajadores la posibilidad de expresar sus aspiraciones, fortalecer su postura en la negociación colectiva y participar en la elaboración y aplicación de la política económica y social.

La lucha de los trabajadores por el derecho a defender sus intereses mediante sindicatos autónomos se inició en el siglo XIX y prosigue hasta nuestros días, siendo aún muchos los trabajadores que actualmente se ven privados de este derecho fundamental y son objeto de persecución, despido y encarcelamiento; muchos incluso han entregado su vida en esta lucha.

2. Si bien en el país el grado de democracia y libertad sindical es muy relativo, en el caso de los trabajadores enmarcados en el Apartado B del artículo 123 está simple y llanamente prohibida.

Esto contraviene el propio artículo 123 y el Convenio 87 de la OIT que, al haber sido firmado por México y ratificado por el Senado de la República el 29 de diciembre de 1950, es ley suprema de toda la unión. En efecto, la fracción X del artículo 123, en el Apartado B, establece simplemente que "los trabajadores tendrán el derecho de asociarse para la defensa de sus intereses comunes". Sin embargo, la Ley Reglamentaria del Apartado B impone rígidas condiciones que conculcan en la práctica este derecho.

Para los servidores públicos, sus derechos colectivos fundamentales: libre asociación, el derecho de huelga y la bilateralidad en la contratación colectiva son impracticables.

Por otra parte, el Convenio 87 de la OIT, sobre libertad sindical, obliga al poder público a respetar la decisión de los trabajadores de constituir las asociaciones sindicales que consideren pertinentes y lo obliga a abstenerse de intervenir en la limitación de esta libertad o en menoscabar su ejercicio legal.

La lucha legal de los trabajadores del Apartado B ha tenido efectos positivos en el marco legal. Ejemplo de lo anterior es la jurisprudencia 1/96, que abrió la posibilidad a un sector importante de los trabajadores al servicio del Estado a que lograran su reconocimiento como trabajadores del Apartado A. La jurisprudencia estableció que los organismos desconcentrados del gobierno no son parte directa de la administración pública y, como tales, no se encuentran enmarcados en la aplicación de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Algunos contingentes, como el Sindicato de Trabajadores del Instituto Mexicano del Petróleo, lograron su contratación colectiva en el marco de la Ley Federal del Trabajo.

Los trabajadores también han dado la lucha por el reconocimiento de un segundo sindicato en una misma dependencia. Tal es el caso de los trabajadores del Sindicato de Pesca. Al fusionarse dos secretarías en una (Pesca y Semarnap), el sindicato de la primera entidad, con una reconocida vida democrática se negó a desaparecer y manteniendo la lucha por su reconocimiento ha llegado incluso a figurar en foros internacionales.

La jurisprudencia 43/99 es parte de este proceso. La determinación de la Suprema Corte reconoció el derecho de los trabajadores al servicio del Estado a constituir libremente sindicatos. En consecuencia, en una dependencia de los Poderes de la Unión pueden coexistir dos o más sindicatos si así lo decide la base trabajadora, contra lo establecido en el artículo 68 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado.

Y el paso más reciente en esta dirección es el reconocimiento de que estos trabajadores pueden coaligarse en una federación diferente de la oficial, la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado (FSTSE).

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación otorgó un amparo a una federación sindical diferente de la única reconocida en la ley, la FSTSE. La Federación Democrática de Sindicatos de Servicios Públicos había solicitado su registro como federación en abril de 2004. Sin embargo, el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje se lo denegó por lo establecido en el artículo 78 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. En segunda instancia, la federación obtuvo el 4 de marzo pasado el amparo a dicha resolución reconociéndola finalmente como registro y como agrupación de sindicatos y terminado la inconstitucionalidad de dos artículos de la Ley Reglamentaria del Apartado B Constitucional.

3. Las anteriores resoluciones han constituido pasos importantes en el marco de la democratización de los sindicatos de los trabajadores al servicio del Estado; sin embargo, mientras no se modifique la ley, el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje seguirá denegando el registro a sindicatos ajenos a la FSTSE.

De ahí la necesidad de reformar la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado para establecer con firmeza en la ley lo que el Poder Judicial ha reconocido como inconstitucional.

El propósito de la presente iniciativa es erradicar las trabas que desde la ley impiden la libre democratización de los trabajadores al servicio del Estado en el tema de la libre sindicalización, con dos modificaciones básicas: eliminar la prohibición de constituir más de un sindicato en cada dependencia del poder público (en consonancia con la jurisprudencia 43/99) y eliminar el monopolio sindical de la FSTSE como federación única, reconocida en la ley para que los sindicatos de trabajadores públicos se coaliguen.

La iniciativa reforma el artículo 1o. de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado para ajustarla al precepto constitucional que establece que como Apartado B las relaciones entre los Poderes de la Unión y del Gobierno del Distrito Federal. En el primer artículo de su ley reglamentaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 21 de febrero de 1983, se amplía esta cobertura, al incluir nominalmente algunas instituciones y al dejar abierta la observancia de la ley para los trabajadores al servicio de organismos descentralizados "que tengan a su cargo funciones públicas". Esta disposición, que contrapone lo establecido en la fracción XXXI del Apartado A, fue declarada inconstitucional en la jurisprudencia 1/96, que establece que los organismos públicos descentralizados no deben regirse por el derecho laboral burocrático.

En segundo lugar, se elimina, por inconstitucional, el monopolio de la FSTSE para que los trabajadores al servicio del Estado puedan coaligarse en la forma que a sus intereses convengan y se establecen las normas para esta integración (se reforma el artículo 78 y se adicionan los artículos 78 Bis, 78 Ter, 78 Quáter y 78 Quinquies y se deroga el 84).

Se elimina también el precepto de que en una dependencia sólo pueda existir un sindicato, introduciendo las disposiciones vigentes en la Ley Federal del Trabajo para garantizar la libre sindicalización y una representación auténtica de los intereses de los trabajadores (artículos 68, 71 y 72 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado).

Además, congruente con la eliminación de este monopolio sindical, se propone introducir el principio de pluralidad a las facultades que actualmente tiene la FSTSE, en materia salarial y para la integración del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (artículos 32 y 118 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado).

La iniciativa con proyecto de decreto que presentamos también deroga el artículo 23 de la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a fin de eliminar del derecho laboral de los trabajadores de la banca el monopolio que sin justificación constitucional detenta la Federación Nacional de Sindicatos Bancarios.

Por último, en disposiciones transitorias, se establece un intervalo de 180 días para que el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje reciba y tramite el registro de federaciones y confederaciones de los trabajadores al servicio del Estado y, de acuerdo con los padrones con que cuente, se haga el nombramiento del ministro que represente a los trabajadores.

Esperamos que estas modificaciones legislativas allanen el camino de los trabajadores al servicio del Estado en el rescate de su dignidad y su autonomía, para que las fuerzas sindicales auténticamente representativas no sean mediatizadas con instrumentos legales, cuya inconstitucionalidad está más que probada.

Por lo expuesto y fundado, la suscrita, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LX Legislatura del Congreso de la Unión, somete a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional; reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; y deroga el artículo 84 de la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Primero. Se reforman los artículos 1, 32, tercer párrafo, 68, 71, 72, fracción IV y último párrafo, 73, 78, 85 y 118; se adicionan los artículos 78 Bis, 78 Ter, 78 Quáter y 78 Quinquies; y se deroga el artículo 84 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, para quedar como sigue:

Artículo 1. La presente ley es de observancia general para los titulares y trabajadores de las dependencias de los Poderes de la Unión y del Gobierno del Distrito Federal.

Artículo 32. …

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, tomando en cuenta la opinión de las federaciones y confederaciones de los trabajadores al servicio del Estado, fijará las normas, lineamientos y políticas que permitan establecer las diferencias en las remuneraciones asignadas para los casos de alcances en los niveles de tabulador que se originen con motivo de los incrementos a que se refiere el párrafo anterior.

Artículo 68. Si dentro de la misma dependencia existen varios sindicatos, se observarán las normas siguientes:

I. Si concurren sindicatos de empresas o industriales o unos y otros, las condiciones generales de trabajo se celebrarán con el que tenga mayor número de trabajadores dentro de la empresa;

II. Si concurren sindicatos gremiales, las condiciones generales de trabajo se celebrarán con el conjunto de los sindicatos mayoritarios que representen las profesiones, siempre que se pongan de acuerdo. En caso contrario, cada sindicato celebrará condiciones generales de trabajo especiales para su profesión;

III. Si concurren sindicatos gremiales y de empresa o de industria, podrán los primeros celebrar condiciones generales de trabajo para su profesión, siempre que el número de sus afiliados sea mayor que el de los trabajadores de la misma profesión que formen parte del sindicato de empresa o de industria; y

IV. En caso de concurrencia sindical bajo cualquier otra modalidad organizativa, se aplicarán por analogía las reglas anteriores, garantizándose en todo caso el derecho de los trabajadores para determinar libremente a la organización que represente sus intereses.

Artículo 71. Para que se constituya un sindicato, se requiere que lo formen veinte trabajadores o más.

Artículo 72. …

I. a III. …

IV. Lista que contenga número, nombres, domicilio y firma de sus miembros.

El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje no podrán exigir requisitos distintos de los que anteceden para el registro de los sindicatos. Si la autoridad no resuelve dentro de un término de 60 días, se tendrá por hecho el registro para todos los efectos legales, quedando obligada la autoridad, dentro de los tres días siguientes, a expedir la constancia respectiva.

Artículo 73. El registro del sindicato podrá cancelarse únicamente I. En caso de disolución; y

II. Por dejar de tener los requisitos legales.

El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje resolverá acerca de la cancelación del registro. Los sindicatos no están sujetos a disolución, suspensión o cancelación de su registro por vía administrativa.

Artículo 78. Los sindicatos pueden formar federaciones y confederaciones o cualquier otra forma de organización de nivel superior, las que se regirán por las disposiciones legales aplicables.

Artículo 78 Bis. Los miembros de las federaciones y confederaciones podrán retirarse de ellas, en cualquier tiempo, aunque exista pacto en contrario.

Artículo 78 Ter. Los estatutos de las federaciones y confederaciones, independientemente de los requisitos aplicables en el artículo 72, contendrán

I. Denominación y domicilio y los de sus miembros constituyentes;

II. Condición de adhesión a nuevos miembros; y

III. Forma en que sus miembros estarán representados en la directiva y las asambleas.

Artículo 78 Quáter. Las federaciones y confederaciones deben registrarse ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

A estas organizaciones será aplicable lo dispuesto en el último párrafo del artículo 72.

Artículo 78 Quinquies. Para los efectos del artículo anterior, las federaciones y confederaciones remitirán por duplicado

I. Copia autorizada del acta de la asamblea constitutiva;

II. Una lista con la denominación y domicilio de sus miembros;

III. Copia autorizada de los estatutos; y

IV. Copia autorizada del acta de asamblea en que se haya elegido la directiva.

Artículo 84. Se deroga.

Artículo 85. Todos los conflictos que surjan entre las federaciones y confederaciones, así como entre éstas y sus sindicatos integrantes, serán resueltos por el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

Artículo 118. El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje será colegiado, funcionará en pleno y en salas, se integrará cuando menos con tres salas, las que podrán aumentarse cuando así se requiera. Cada sala estará integrada por un magistrado designado por el gobierno federal, un magistrado representante de los trabajadores, designado por la federación, confederación o cualquier otra forma de organización de nivel superior de los trabajadores al servicio del Estado que acredite contar con la mayoría de los trabajadores y un magistrado tercer árbitro, que nombrarán los dos primeros y que fungirá como presidente de sala.

Artículo Segundo. Se deroga el artículo 23 de la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 23. Se deroga.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje expedirá las disposiciones reglamentarias acordes con el presente decreto en los 30 días posteriores a su publicación.

Tercero. El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje verificará los padrones de las federaciones, confederaciones o cualquier otra forma de organización de nivel superior de los trabajadores al servicio del Estado que tengan registro en ese momento, para efecto de nombrar al magistrado representante de los trabajadores al servicio del Estado, transcurridos 180 posteriores a la publicación del presente decreto. El tribunal hará públicos en esa fecha los padrones a que se refiere el presente artículo.

Cuarto. El ministro representante de los trabajadores al servicio del Estado del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje será removido cada tres años si la federación, confederación o cualquier otra forma de organización de nivel superior de los trabajadores al servicio del Estado que lo designó deja de ser mayoritaria.

Quinto. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Diputada Ana Yurixi Leyva Piñón (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social. Julio 1 de 2009.)
 
 


QUE REFORMA EL TERCER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 4o. DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, RECIBIDA DE LA DIPUTADA ANA YURIXI LEYVA PIÑÓN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2009

La suscrita, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el tercer párrafo del artículo 4o. constitucional, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

1. El mandato constitucional del Estado mexicano indica que es su deber proporcionar las condiciones para el pleno desarrollo de la sociedad; esto es incompatible con un modelo económico como el actual, que no garantiza el mejoramiento de los ingresos y las condiciones de vida de las mayorías que construyen nuestro país y que en el momento actual ha sumido al país en una profunda crisis cuyos efectos aún son impredecibles.

El modelo de desarrollo social previsto en nuestra Carta Magna ha sufrido un giro en su concepción, formulación y aplicación.

De la concepción constitucional de derechos sociales ciudadanos, donde la política social es entendida como la provisión de bienestar a cargo del Estado y sus instituciones, se ha pasado a colocar en el centro al mercado como el mecanismo distribuidor de recursos por excelencia. De una política redistributiva de los recursos generados por el desarrollo económico se ha transitado a la lógica del intercambio de acuerdo a la posición social.

Los ejes articuladores de una política de bienestar: equidad social, gratuidad, universalidad, integralidad y su carácter público, son desplazados por la ortodoxia neoliberal y sustituidos por la "igualdad de oportunidades ante la ley", el pago de servicios, la focalización y la privatización.

El compromiso del gobierno en materia social se ha reducido a medio garantizar la subsistencia de aquellos que considera en extrema pobreza. Y en estos estratos, en lugar de atacar las causas de la pobreza, sólo busca reducir sus efectos.

Para el gobierno federal salud, alimentación, educación, salario remunerador, empleo estable, vivienda digna, entre otros, no son derechos, como lo establecen nuestras leyes, sino mercancías que se pueden adquirir vía el esfuerzo y las capacidades individuales.

2. Aunque en la Constitución derechos como los anteriores están consagrados, problemas como su acceso en condiciones de suficiencia y oportunidad, su exigibilidad y la justiciabilidad en caso de carecer de ellos, han quedado pendientes.

Los derechos sociales constitucionales abarcan una amplia gama de problemáticas, aunque sea sólo en el terreno enunciativo: desde pueblos indios a derechos ambientales; desde la propiedad social de la tierra hasta la jornada laboral máxima. Estos derechos programáticos propios de la cultura presidencial, verdadero legislador hasta hace muy poco: los derechos se harán realidad con sólo nombrarlos.

Los artículos más importantes del constitucionalismo social mexicano son ocho (2o., 3o., 4o., 5o., 25, 27, 28 y 123). El contenido fundamental de estos artículos (3o., 27 y 123) fue resultado del Constituyente de Querétaro. Paradójicamente, artículos como el 25, que sancionó la rectoría económica del Estado; el 28, los derechos de los consumidores y el abasto popular, y el 4o. que ha sido un receptáculo de contenidos que no tenían otro lugar en la Constitución y trata de temas heterogéneos compensatorios de la discriminación y de efectos del agotamiento del Estado de bienestar en el ámbito mundial (igualdad entre el hombre y la mujer, derechos reproductivos, salud, medio ambiente, vivienda y derechos de niños y niñas),1se dan en pleno ascenso de los gobierno neoliberales.

Derechos como estos son de carácter programático, sin carácter vinculatorio, por lo que su efectividad como medida de justicia social es escasa. Si bien se defendía el sentido de estos derechos como una "guía" para las políticas públicas, cuando el gobierno queda sin los instrumentos y los recursos para hacerlos efectivos quedan en el plano retórico.

Durante un gran periodo no se realizaron grandes reformas sociales en la Constitución: más bien hubo retrocesos como el amparo agrario. En la década de los años sesenta se estableció el Apartado B del artículo 123, se definió el salario mínimo y se reguló el reparto de utilidades (derechos justiciables, pero anulados en la práctica, amarrados a decisiones gubernamentales); la década de los setenta deparó la creación del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores así como declaraciones de principios y derechos no vinculantes (derechos de género y protección a la familia) y la ampliación de derechos laborales (derecho al trabajo, pago de horas extras a mujeres trabajadoras, regulación de la seguridad e higiene y de la capacitación, seguros sociales y servicios de colocación); en los años ochenta tenemos derechos enunciativos (vivienda y salud) y la rectoría del desarrollo nacional (cuando los instrumentos de la misma se hacían añicos); a la siguiente década, otra declaración (derecho a un medio ambiente adecuado), retrocesos a los derechos agrarios, la obligatoriedad de la educación secundaria y la primera formulación de los derechos de los pueblos indios (modificada en 2001).

Esta trayectoria demuestra que en el tiempo el Constituyente Permanente ha ejercido un mayor activismo reformador que sin embargo no se ha traducido en un mejoramiento en el bienestar de la población y que la firmeza de los derechos.2

3. La salud de un pueblo expresa su calidad de vida. Refleja la forma en que vive, en que trabaja, en que satisface sus necesidades. El derecho a la salud es el derecho humano primordial, el que es condición del goce de cualquier otro derecho.

El de la protección de la salud es uno de los primeros derechos sociales reconocidos en todo el mundo; va de la mano con el desarrollo de la ciencia y con el fortalecimiento de una política pública dirigida a la protección de las personas.

Los derechos individuales tienen que ver con la libertad de perseguir nuestros propios objetivos sin interferencia del Estado, siempre y cuando respetemos los derechos de los demás. Son libertades positivas para el individuo y negativas (de no intervención) del estado. El objetivo de los derechos civiles y políticos es la no interferencia o inactividad del estado. Los derechos sociales por el contrario son derechos a prestaciones (dotación de bienes o prestación de servicios) y no una libertad de acción. Son obligaciones del estado para proveer.

El derecho a recibir al cuidado de la salud, por ejemplo, significa que el individuo tenga no sólo la libertad de contratar médico, hospital y seguro que quiera, sino que el estado se encuentra obligado de procurar esa atención. El Estado, como garante del interés general, debe canalizar los recursos fiscales para sustentar tal derecho

Los derechos sociales señalan las obligaciones del estado frente a la sociedad, sobre todo con quienes necesitan protección adicional: los campesinos, los trabajadores, los pueblos indígenas, la familia y los niños. Como tales, obligan al Estado a prestar una serie de medios o servicios públicos dirigidos a las personas que no tienen satisfechas sus necesidades básicas. Se sustentan en la acción directa del Estado.

Tomado así, como un derecho prestacional ¿en qué consiste el derecho a la protección de la salud? Partamos de la definición del bien a tutelar: la salud.

Una definición comúnmente aceptada es la que contiene la declaración de principios de la Organización Mundial de la Salud (OMS):3"La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades".

Los Estados que suscribieron la Constitución de la OMS adquirieron obligaciones específicas para generar condiciones en las cuales todos puedan vivir lo más saludablemente posible. Es decir, deben garantizar la disponibilidad de servicios de salud, condiciones de trabajo saludables y seguras, vivienda adecuada y alimentos nutritivos.

Prácticamente, para todas las naciones, el desarrollo de un sistema de salud es una parte indispensable de la convivencia cotidiana, de la conservación de la estabilidad política y del goce individual y colectivo de los bienes sociales.

Los avances en el conocimiento y la técnica médica durante la última centuria constituye uno de los cambios más trascendentales en la historia de la humanidad. Desde 1840, los avances terapéuticos permitieron alcanzar una mayor expectativa de vida, reducir la morbilidad y la mortalidad de padecimientos que azotaron al género humano por milenios y encontraron medios eficientes para alcanzar un mejor nivel de vida, una mejor salud. Medidas tan comunes para la medicina de hoy, así sea la más básica, eran impensables hace ciento cincuenta años: la anestesia, los antibióticos, el descubrimiento de la estructura del ADN, el descubrimiento de los gérmenes, la imagología, la inmunología, los métodos anticonceptivos, la rehidratación oral, la higiene sanitaria, el cultivo de tejidos y las vacunas, entre otros, además de constituir avances formidables generalizaron el uso de la medicina en la población mundial.

Sin avances como éstos, una política pública de salud sería inconcebible.

4. El derecho a la salud figura en los principales tratados internacionales y regionales, así como en la mayoría de las constituciones del mundo.

El artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1948 establece que

Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

En 1966, dicha asamblea desarrolla ampliamente este precepto a través del Pacto Internacional de los Derechos Económicos Sociales y Culturales. En su artículo 12 encontramos lo siguiente:

1. Los Estados Parte en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.

2. Entre las medidas que deberán adoptar los Estados Partes en el Pacto a fin de asegurar la plena efectividad de este derecho, figurarán las necesarias para:

a. La reducción de la mortinatalidad y de la mortalidad infantil, y el sano desarrollo de los niños;

b. El mejoramiento en todos sus aspectos de la higiene del trabajo y del medio ambiente;

c. La prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y de otra índole, y la lucha contra ellas;

d. La creación de condiciones que aseguren a todos asistencia médica y servicios médicos en caso de enfermedad.

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que supervisa la aplicación del pacto, aprobó en 2000 la observación general número 14, que desarrolla los derechos invocados anteriormente. Ahí especifica la centralidad de este derecho, sin el cual, se dice, es imposible el disfrute de los demás derechos humanos.

Para el comité el disfrute del nivel más alto posible de salud depende de las condiciones prevalecientes en un determinado Estado Parte, siendo éstas:

a) Disponibilidad. Cada Estado Parte deberá contar con un número suficiente de establecimientos, bienes y servicios públicos de salud y centros de atención de la salud, así como de programas…

b) Accesibilidad. Los establecimientos, bienes y servicios de salud deben ser accesibles a todos, sin discriminación alguna, dentro de la jurisdicción del Estado Parte. La accesibilidad presenta cuatro dimensiones superpuestas:

    i. No discriminación…

    ii. Accesibilidad física…

    iii. Accesibilidad económica (asequibilidad)…

    iv. Acceso a la información…

c) Aceptabilidad. Todos los establecimientos, bienes y servicios de salud deberán ser respetuosos de la ética médica y culturalmente apropiados…

d) Calidad. Además de aceptables desde el punto de vista cultural, los establecimientos, bienes y servicios de salud deberán ser también apropiados desde el punto de vista científico y médico y ser de buena calidad.

La observación general citada instituye que el derecho a la salud implica tres obligaciones para los estados miembros:

Al igual que todos los derechos humanos, el derecho a la salud impone tres tipos o niveles de obligaciones a los Estados Partes: la obligación de respetar, proteger y cumplir. A su vez, la obligación de cumplir comprende la obligación de facilitar, proporcionar y promover. La obligación de respetar exige que los Estados se abstengan de injerirse directa o indirectamente en el disfrute del derecho a la salud. La obligación de proteger requiere que los Estados adopten medidas para impedir que terceros interfieran en la aplicación de las garantías prevista en el artículo 12. Por último, la obligación de cumplir requiere que los Estados adopten medidas apropiadas de carácter legislativo, administrativo, presupuestario, judicial o de otra índole para dar plena efectividad al derecho a la salud.

Al respecto es conveniente invocar uno de los principios fundamentales del Pacto Internacional de los Derechos Económicos Sociales y Culturales es la progresividad en su aplicación. El artículo 2.1. determina que

Cada uno de los Estados parte en el presente pacto se compromete a adoptar medidas, tanto por separado como mediante la asistencia y la cooperación internacionales, especialmente económicas y técnicas, hasta el máximo de los recursos de que disponga, para lograr progresivamente, por todos los medios apropiados, inclusive en particular la adopción de medidas legislativas, la plena efectividad de los derechos aquí reconocidos.

La obligación de la progresividad se traduce en materia de salud "como la garantía de que ese derecho será ejercido sin discriminación alguna… y la obligación de adoptar medidas… en aras de la plena realización del artículo 12.

Finalmente, en el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales –Protocolo de San Salvador– de 1988, menciona en su artículo 10:

1. Toda persona tiene derecho a la salud, entendida como el disfrute del más alto nivel de bienestar físico, mental y social.

2. Con el fin de hacer efectivo el derecho a la salud los Estados partes se comprometen a reconocer la salud como un bien público y particularmente a adoptar las siguientes medidas para garantizar este derecho:

a. la atención primaria de la salud, entendiendo como tal la asistencia sanitaria esencial puesta al alcance de todos los individuos y familiares de la comunidad;

b. la extensión de los beneficios de los servicios de salud a todos los individuos sujetos a la jurisdicción del Estado;

c. la total inmunización contra las principales enfermedades infecciosas;

d. la prevención y el tratamiento de las enfermedades endémicas, profesionales y de otra índole;

e. la educación de la población sobre la prevención y tratamiento de los problemas de salud, y

f. la satisfacción de las necesidades de salud de los grupos de más alto riesgo y que por sus condiciones de pobreza sean más vulnerables.

4. El derecho a la protección a la salud en nuestro sistema jurídico está concebido como un derecho social, como un derecho que impone obligaciones a la autoridad para otorgar al individuo determinados bienes y servicios para satisfacer una demanda individual, pero colectivamente considerada.

Se trata de un derecho que se revela frente al estado, el cual asume el deber de proteger convenientemente la salud mediante la organización y la puesta en funcionamiento de los medios que se consideran necesarios para acceder a ella.

El sentido de la intervención estatal en el ámbito de la salubridad –como en cualquier otro derecho social– no es otro que el de superar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad y que impide a muchos un tratamiento médico adecuado, entre otros aspectos que este derecho contiene.4

A partir del triunfo de la reforma liberal, el Estado mexicano asumió las tareas relativas a la intervención pública a favor de la población nacional. En el marco de la Constitución de 1857, se facultó en 1908 al Congreso de la Unión a dictar leyes que garantizaran una correcta actividad sanitaria en el país.

El Constituyente de 1917 agregó a esta facultad, contenida en el artículo 73, una fracción XVI con cuatro bases generales para la aplicación de este mandato, bases que son vigentes a la fecha:

Artículo 73. El Congreso tiene facultad:

XVI. Para dictar leyes sobre nacionalidad, condición jurídica de los extranjeros, ciudadanía, naturalización, colonización, emigración e inmigración y salubridad general de la República.

1a. El Consejo de Salubridad General dependerá directamente del presidente de la república, sin intervención de ninguna secretaría de Estado, y sus disposiciones generales serán obligatorias en el país.

2a. En caso de epidemias de carácter grave o peligro de invasión de enfermedades exóticas en el país, la Secretaría de Salud tendrá obligación de dictar inmediatamente las medidas preventivas indispensables, a reserva de ser después sancionadas por el presidente de la república.

3a. La autoridad sanitaria será ejecutiva y sus disposiciones serán obedecidas por las autoridades administrativas del país.

4a. Las medidas que el Consejo haya puesto en vigor en la campaña contra el alcoholismo y la venta de sustancias que envenenan al individuo o degeneran la especie humana, así como las adoptadas para prevenir y combatir la contaminación ambiental, serán después revisadas por el Congreso de la Unión en los casos que le competan.

5. Sin embargo, el de la protección a la salud, como un derecho autónomo, fue establecido mediante reforma al artículo 4o. constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación del 3 de febrero de 1983. El párrafo adicionado, el tercero del artículo en comento y que sigue vigente a la fecha, es el siguiente:

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.

En la Constitución de 1917, el artículo 4o. reproducía casi exactamente el de la Constitución de 1857, cuyo contenido era el de la libertad de trabajo, o sea el del artículo 5o. constitucional vigente. Sin embargo, de 1974 a 2001, mediante sucesivas reformas (ocho hasta el momento) se le han venido incorporando derechos sociales. En suma, el artículo cuarto constitucional comprende cinco temas: la igualdad del varón y la mujer ante la ley y los derechos reproductivos; el derecho a la protección a la salud; el derecho a un medio ambiente adecuado; el derecho a la vivienda y los derechos de las niñas y los niños. Temas tan disímbolos reflejan la paradoja de este artículo constitucional: el reconocimiento de derechos fundamentales que ya estaban en boga en el ámbito internacional, su carácter básicamente retórico y su falta de lógica y unidad.

En el caso de la tercera de estas reformas, el derecho a la protección de la salud, se trata de una disposición que fija compromisos del estado mexicano y fija corresponsabilidades:

…el enunciado "protección a la salud" quiso connotar que la salud es una responsabilidad que comparten indudablemente el estado, la sociedad y los "interesados". Sin éstos, (según) la iniciativa (de reforma constitucional) no es posible que se conserve, recupere, incremente o proteja la salud.5 Definida así la protección a la salud, establece que la ley determine las modalidades para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia entre los Poderes de la Unión en materia de salubridad general.

A partir de esta determinación constitucional y la expedición de la Ley General de Salud, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 1984 se configuró el actual sistema nacional de salud.

Dicha ley desarrolla tres temas fundamentales: la protección a la salud, los componentes y objetivos del sistema nacional de salud y distribución de competencias. En cuanto al primero, el artículo 2o. de la Ley General de Salud especifica:

Artículo 2o. El derecho a la protección de la salud, tiene las siguientes finalidades:

I. El bienestar físico y mental del hombre, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades;

II. La prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida humana;

III. La protección y el acrecentamiento de los valores que coadyuven a la creación, conservación y disfrute de condiciones de salud que contribuyan al desarrollo social;

IV. La extensión de actitudes solidarias y responsables de la población en la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud;

V. El disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la población;

VI. El conocimiento para el adecuado aprovechamiento y utilización de los servicios de salud, y

VII. El desarrollo de la enseñanza y la investigación científica y tecnológica para la salud.

En los artículos 5o. y 6o. se especifican los componentes y objetivos del sistema nacional de salud: Artículo 5o. El sistema nacional de salud está constituido por las dependencias y entidades de la Administración Pública, tanto federal como local, y las personas físicas o morales de los sectores social y privado, que presten servicios de salud, así como por los mecanismos de coordinación de acciones, y tiene por objeto dar cumplimiento al derecho a la protección de la salud.

Artículo 6o. El sistema nacional de salud tiene los siguientes objetivos:

I. Proporcionar servicios de salud a toda la población y mejorar la calidad de los mismos, atendiendo a los problemas sanitarios prioritarios y a los factores que condicionen y causen daños a la salud, con especial interés en las acciones preventivas;

II. Contribuir al desarrollo demográfico armónico del país;

III. Colaborar al bienestar social de la población mediante servicios de asistencia social, principalmente a menores en estado de abandono, ancianos desamparados y minusválidos, para fomentar su bienestar y propiciar su incorporación a una vida equilibrada en lo económico y social;

IV. Dar impulso al desarrollo de la familia y de la comunidad, así como a la integración social y al crecimiento físico y mental de la niñez;

IV Bis. Impulsar el bienestar y el desarrollo de las familias y comunidades indígenas que propicien el desarrollo de sus potencialidades político sociales y culturales; con su participación y tomando en cuenta sus valores y organización social;

V. Apoyar el mejoramiento de las condiciones sanitarias del medio ambiente que propicien el desarrollo satisfactorio de la vida;

VI. Impulsar un sistema racional de administración y desarrollo de los recursos humanos para mejorar la salud;

VI Bis. Promover el conocimiento y desarrollo de la medicina tradicional indígena y su práctica en condiciones adecuadas;

VII. Coadyuvar a la modificación de los patrones culturales que determinen hábitos, costumbres y actitudes relacionados con la salud y con el uso de los servicios que se presten para su protección, y

VIII. Promover un sistema de fomento sanitario que coadyuve al desarrollo de productos y servicios que no sean nocivos para la salud.

Por su parte, las competencias del sistema se distribuyen concurrentemente de la siguiente forma: Artículo 13. La competencia entre la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general quedará distribuida conforme a lo siguiente:

A. Corresponde al Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Salud:

I. Dictar las Normas Oficiales Mexicanas a que quedará sujeta la prestación, en todo el territorio nacional, de servicios de salud en las materias de salubridad general y verificar su cumplimiento;

II. En las materias enumeradas en las fracciones I, III, V, VI, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII Y XXIX, del artículo 3o. de esta ley, organizar y operar los servicios respectivos y vigilar su funcionamiento por sí o en coordinación con dependencias y entidades del sector salud;

III. Organizar y operar los servicios de salud a su cargo y, en todas las materias de salubridad general, desarrollar temporalmente acciones en las entidades federativas, cuando éstas se lo soliciten, de conformidad con los acuerdos de coordinación que se celebren al efecto;

IV. Promover, orientar, fomentar y apoyar las acciones en materia de salubridad general a cargo de los gobiernos de las entidades federativas, con sujeción a las políticas nacionales en la materia;

V. Ejercer la acción extraordinaria en materia de salubridad general;

VI. Promover y programar el alcance y las modalidades del sistema nacional de salud y desarrollar las acciones necesarias para su consolidación y funcionamiento;

VII. Coordinar el sistema nacional de salud;

VIII. Realizar la evaluación general de la prestación de servicios de salud en materia de salubridad general en todo el territorio nacional;

IX. Ejercer la coordinación y la vigilancia general del cumplimiento de las disposiciones de esta ley y demás normas aplicables en materia de salubridad general, y

X. Las demás que sean necesarias para hacer efectivas las facultades anteriores y las que se establezcan en esta ley y en otras disposiciones generales aplicables.

B. Corresponde a los gobiernos de las entidades federativas, en materia de salubridad general, como autoridades locales y dentro de sus respectivas jurisdicciones territoriales:

I. Organizar, operar, supervisar y evaluar la prestación de los servicios de salubridad general a que se refieren las fracciones II, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI Y XXII, del artículo 3o., de esta ley, de conformidad con las disposiciones aplicables;

II. Coadyuvar a la consolidación y funcionamiento del sistema nacional de salud, y planear, organizar y desarrollar sistemas estatales de salud, procurando su participación programática en el primero;

III. Formular y desarrollar programas locales de salud, en el marco de los Sistemas estatales de salud y de acuerdo con los principios y objetivos del Plan Nacional de Desarrollo;

IV. Llevar a cabo los programas y acciones que en materia de salubridad local les competan;

V. Elaborar información estadística local y proporcionarla a las autoridades federales competentes;

VI. Vigilar, en la esfera de su competencia, el cumplimiento de esta ley y demás disposiciones aplicables, y

VII. Las demás atribuciones específicas que se establezcan en esta ley y demás disposiciones generales aplicables.

Aparte de otras disposiciones en la materia, como la Ley de los Institutos Nacionales de Salud o la Ley de Asistencia Social, la legislación secundaria es más bien de carácter orgánico, referido a las instituciones y entidades encargadas de prestar el servicio a los sujetos del derecho:

Como sucede con buena parte de los ordenamientos secundarios que regulan los derechos sociales fundamentales, la legislación en materia de salud no configura verdaderas prerrogativas de los ciudadanos exigibles a los poderes públicos.6

De entre las principales modificaciones recientes a la Ley General de Salud destaca la creación del Sistema de Protección Social en Salud. El 15 de mayo de 2003, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Salud. Por este medio, se otorgó la cobertura de servicios de salud a población no asegurada a los sistemas públicos de seguridad social. El sistema, también conocido como Seguro Popular, es un mecanismo financiero para acumular recursos y transferirlos a los sistemas estatales a fin de otorgar atención a la población que se afilie al sistema.

Más que una garantía de cobertura de salud efectiva, el Seguro Popular es un instrumento financiero que otorga un paquete de servicios de acuerdo al perfil de la familia afiliada que corre a cargo de las instituciones del sistema nacional de salud.

El aseguramiento a esta estructura paralela (ya existen formas de atención a población abierta y de escasos recursos, como IMSS Oportunidades). Actualmente, el Seguro Popular tiene una cobertura escasa en la población a la que supuestamente debe enfocarse pues carece de capacidad de copago, se localiza en pequeñas comunidades de difícil acceso y que ya recibe servicios gratuitos.

6. La situación de los servicios de salud son la mejor demostración, la más irrefutable, de que las reformas a la legislación en materia de salud han sido insuficientes o de plano irrelevantes para enfrentar los retos y las carencias de nuestra nación.

En primer lugar, la astringencia de recursos públicos para la atención a la salud se ha mantenido iguales o menores al tres por ciento del producto interno bruto. Comparado con otras naciones, el esfuerzo presupuestal en la materia es nimio.

Con datos a 2007, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), sitúa a nuestro país como el que menos gasta de entre sus 30 miembros, con 2.9 por ciento de gasto como proporción del producto interno bruto. El gasto por habitante, 307 dólares, es también el más bajo en este grupo de países: el promedio de los países es de mil 999 dólares, más de 6.5 veces por arriba del gasto nacional.

Una comparación con el resto del mundo, con base en cifras del Banco Mundial ubica a México en la posición 71 de 152 países, debajo de naciones como Afganistán, Botswana, Brasil, Bulgaria, Burundi, Canadá, Colombia, República Democrática del Congo, Costa Rica, Cuba, y Argentina.

Los mismos datos se aprecian en la infraestructura hospitalaria. México cuenta con 0.8 camas por cada mil habitantes, cuando el promedio de los miembros de la OCDE es de cuatro. Países como Argentina, Ecuador, Bolivia y Belice tienen más de 10 camas de hospital por cada 10 mil habitantes. En Brasil, hay 26, mientras que en México sólo existen 10.

Las recomendaciones de la OMS establecen un mínimo de una cama por cada mil habitantes. Sólo cinco entidades federativas cumplen con el estándar.

Un indicador preciso de la calidad, oportunidad y suficiencia de los servicios de salud se relaciona con las quejas presentadas ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). De enero de 2000 al mismo mes de 2009, la CNDH registró casi 12 mil quejas contra los servicios de salud, en específico por la falta de médicos especialistas y personal de enfermería; la falta de capacitación para realizar diagnósticos eficientes; la falta de infraestructura hospitalaria; así como la insuficiencia de camas, medicamentos e instrumental médico.

La CNDH revela que los quejosos reportan dilación en estudios, conducta discriminatoria hacia pacientes, maltrato, negligencia y deficiente atención durante el embarazo. Concluye el organismo:

La prestación indebida del servicio de salud es contraria al derecho de toda persona a la prolongación y al mejoramiento de su calidad de vida, a la conservación y disfrute de condiciones de salud; a la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud, y al disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan oportunamente las necesidades de la población, derechos establecidos por el orden jurídico en vigor.7

7. Este panorama demuestra la necesidad de asumir el tema de la protección a la salud desde una óptica integral. Además de dotar a esta atención de un presupuesto suficiente, necesario para atender los rezagos acumulados, la necesidad de rediseñar el derecho a la salud como una garantía exigible, con criterios determinados desde el texto constitucional y acorde con las recomendaciones internacionales.

Se debe determinar de manera clara y explícita la responsabilidad el estado en esta tarea y las directrices para el financiamiento de los servicios, así como la garantía del acceso universal a la protección a la salud.

Una reforma constitucional en materia de salud, como la propuesta permitiría reestructurar el sector salud para darle dinamismo y funcionalidad a un sistema que actualmente opera con duplicidades, centralizado, con recursos escasos y sin políticas rectoras.

Por esta razón, la propuesta que sometemos a consideración de esta honorable asamblea es garantizar la universalidad de la protección a la salud y las condiciones en que debe darse; delimitar la obligación estatal en la materia, sus facultades concurrentes y la constitución de un sistema único de salud con mecanismos de financiamiento solidarios y equitativos.

La finalidad de la reforma constitucional que se propone es reconocer que los derechos son los vehículos para la realización de la justicia y una mejor calidad de vida. Un vehículo para el avance la sociedad y para garantizarle su viabilidad como una sociedad democrática y en constante desarrollo. Los derechos, con los medios para alcanzarlos, con garantías claras y exigibles, más allá de su semántica, debe ser un compromiso ineludible de aquellos a quienes se nos ha depositado la representación nacional.

Por lo expuesto y fundado, la suscrita, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LX Legislatura del Congreso de la Unión, somete a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el tercer párrafo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se reforma el tercer párrafo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 4o. …

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud en condiciones de calidad, accesibilidad, asequibilidad, disponibilidad y no discriminación. El Estado garantizará la tutela de este derecho y el acceso universal a los servicios para atender las necesidades de salud de la población mediante un sistema unificado con financiamiento solidario y equitativo de instituciones públicas de salud. La ley establecerá la concurrencia de la federación, entidades federativas y municipios en esta materia.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Congreso de la Unión, las legislaturas de los estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal deberán realizar las adecuaciones que correspondan a sus Constituciones locales, así como a su legislación secundaria, en un plazo máximo de ciento ochenta días naturales contados a partir del inicio de la vigencia de este decreto.

Tercero. Hasta en tanto no se expidan los ordenamientos a que se refiere el artículo anterior, se mantendrán vigentes las disposiciones que no se opongan al presente decreto.

Cuarto. Se derogan las disposiciones legales en lo que se opongan al contenido del presente decreto.

Notas:
1. En realidad, hay algo común a todos estos derechos: su carácter no vinculante. Al respecto Carbonell opina en La Constitución en serio. Multiculturalismo, igualdad y derechos sociales. México, Porrúa-UNAM, 2001:
Respecto al artículo 4° puede decirse que ha ido convirtiéndose, a través de las distintas reformas que se la han hecho, en un verdadero mosaico de disposiciones constitucionales que no tienen mucha o ninguna relación entre ellas. En realidad, se trata de algo así como una especie de "cajón de sastre" donde se han ido encontrando disposiciones que, seguramente, no supieron dónde ubicar quienes se encargaron de elaborar las reformas constitucionales (pp. 75 y 76).
2. Jesús Trápaga va más allá y habla de una franca involución legislativa en materia social. Ver "El derecho social en México: problemas y perspectivas", en Boltvinik, Julio, y otros. Desarrollo Social. Modelos, tendencias y marco normativo. Comisión de Desarrollo Social Cámara de Diputados, LVII Legislatura, 2000. página 83 y subsiguientes.
3. La Constitución de la OMS fue adoptada por la Conferencia Sanitaria Internacional, celebrada en Nueva York del 19 de junio al 22 de julio de 1946, firmada el 22 de julio de 1946 por los representantes de 61 estados y entró en vigor el 7 de abril de 1948. Incluye las reformas adoptadas por la vigésima sexta, la vigésima novena, la trigésima novena y la quincuagésima Asambleas Mundiales de la Salud, que entraron en vigor el 3 de febrero de 1977, el 20 de enero de 1984, el 11 de julio de 1994 y el 15 de septiembre de 2005.
4. Participación de la señora Ministra Olga Sánchez Cordero de García Villegas, en el simposio internacional Por la calidad de los servicios médicos y la mejoría de la relación médico paciente, celebrado en el auditorio Jaime Torres Bodet del Museo Nacional de Antropología en la Ciudad de México, el 9 de octubre de 2000, página 8.
5. Jorge Madrazo. "Comentario al artículo cuarto constitucional" en Derechos del pueblo mexicano. México a través de sus constituciones. México, Cámara de Diputados, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Miguel Ángel Porrúa, 2006. Tomo XVI, página 154.
[6] Carbonel, Miguel. op. cit., pág. 190.
[7] Comunicado CGCP/063/09 de la CNDH del 11 de mayo de 2009.

Diputada Ana Yurixi Leyva Piñón (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Julio 1 de 2009.)
 
 


QUE REFORMA LOS PÁRRAFOS PRIMERO Y SEGUNDO DEL ARTÍCULO 16 DE LA LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN, PRESENTADA POR EL DIPUTADO ANTONIO ORTEGA MARTÍNEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2009

México, DF, a 1 de julio de 2009.

Presidencia de la Comisión de la Función Pública de la Cámara de Diputados
Presente

Me permito comunicar a usted que en sesión celebrada en esta fecha, el diputado Antonio Ortega Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma los párrafos primero y segundo del artículo 16 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

La Presidencia dispuso que dicha iniciativa se turnara a la Comisión de la Función Pública de la Cámara de Diputados, misma que se anexa.

Atentamente
Senador José González Morfín (rúbrica)
Vicepresidente
 

El suscrito, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en la LX Legislatura, en ejercicio de la facultad conferida en los artículos 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del honorable Congreso de la Unión, por conducto de la Comisión Permanente, la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforma el párrafo primero y segundo del artículo 16 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, conforme a los siguientes

Antecedentes

El miércoles 7 de mayo de 2008, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual tuvo como objetivos, entre otros, el de fortalecer la fiscalización, que la Cámara de Diputados realiza sobre la Cuenta Pública Federal del Estado mexicano; también se avanzó en el fortalecimiento de la rendición de cuentas que todas las entidades fiscalizadas están obligadas a llevar a cabo ante la representación nacional y al mismo tiempo ante la ciudadanía; y por último se lograron avances en la transparencia del ejercicio de la gestión pública y de la hacienda pública federal.

En cumplimiento a tal disposición, el 29 de mayo de 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el que se expide la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, que de conformidad con su artículo 1 tiene por objeto reglamentar los artículos 74, fracciones II y IV, y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de revisión y fiscalización de la Cuenta Pública.

Exposición de Motivos

Con la derogación de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación y la expedición de una nueva Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, se realizaron trascendentes cambios.

En particular, el Título Segundo y el Capítulo II del cual forma parte el artículo 16, motivo de la presente iniciativa, fueron modificados; el Título cambia de denominación, –puesto que el contenido de la Cuenta Pública, está ahora definido en Ley General de Contabilidad Gubernamental– y ahora sólo se refiere a la fiscalización de la Cuenta Pública; el capítulo segundo se refiere ahora a la "fiscalización de la Cuenta Pública" y se detalla mejor el procedimiento para la dicha fiscalización: se precisa el objeto de la Cuenta Pública, la entrega de ésta por la Comisión de Vigilancia a la Auditoría Superior, y una amplia lista de disposiciones que detallan las atribuciones que la ASF ejerce en la fiscalización, en particular durante la ejecución de las auditorías.

Sin embargo, el legislativo al querer acotar el proceso de preconfronta y confronta, no precisó adecuadamente tal situación. Una vez finalizadas las actividades sustantivas de una auditoría, se dan a conocer a las entidades fiscalizadas, la parte que les corresponde de los resultados finales y las observaciones preliminares que se derivan de la revisión, a efecto de que dichas entidades presenten las justificaciones y aclaraciones que correspondan. Ésta situación consiste en la imposibilidad material, de que en un periodo tan corto (durante diciembre y enero) y tan cercano a la fecha de presentación del Informe de Resultados de la Fiscalización de la Cuenta Pública a la Cámara de Diputados, puedan realizarse las reuniones de preconfronta y confronta, la incorporación de las observaciones de las entidades fiscalizadas y redacción final de los informes de cada una de las auditorías practicadas, cerca del mil auditorías para la Cuenta Pública del 2008 que se encuentra en proceso de revisión.

La consecuencia es que existe el grave riesgo de que la Auditoría Superior de la Federación entregue incompleto el informe, o no pueda entregarlo en la fecha del 20 de febrero, que marca la Carta Magna; con la agravante de que los supuestos: de solicitar prórroga para la entrega del informe, o las sanciones que se derivan de un incumplimiento de tal entrega, que no es atribuible al auditor, no se encuentran reguladas en la ley.

En la presente iniciativa se propone establecer que el límite para que la Auditoría Superior de la Federación entregue los resultados a las entidades fiscalizadas será enero del año siguiente al que se entregue la Cuenta Pública. Asimismo, se precisa que la Auditoría Superior de la Federación deberá iniciar el proceso de preconfronta y confronta inmediatamente después de finalizar sus labores de revisión.

La reforma que se propone, permitiría el estricto cumplimiento del programa anual de auditorías para la fiscalización de la Cuenta Pública 2008, por parte de la Auditoría Superior de la Federación, mediante el óptimo aprovechamiento de los recursos humanos y materiales con lo que cuenta; así como maximizar la cobertura y el impacto de los resultados de las auditorías, lo que incidiría en una mayor calidad en la elaboración del Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública, que se entrega a la honorable Cámara de Diputados.

Con base en lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma el párrafo primero y segundo del artículo 16 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación

Artículo Único. Se reforma el párrafo primero y segundo del artículo 16 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, para quedar como sigue:

Artículo 16. La Auditoría Superior de la Federación, a más tardar en enero del año siguiente al que se presentó la Cuenta Pública, dará a conocer a las entidades fiscalizadas la parte que les corresponda de los resultados finales y las observaciones preliminares que se deriven de la revisión de la misma, a efecto de que dichas entidades presenten las justificaciones y aclaraciones que correspondan.

A las reuniones en las que se a conocer a las entidades fiscalizadas la parte que les corresponda de los resultados y observaciones preliminares de las auditorías que se les practicaron, se les citará por lo menos con 3 días hábiles de anticipación; remitiendo con la misma anticipación a las entidades fiscalizadas los resultados y las observaciones preliminares de las auditorías practicadas. En dichas reuniones las entidades fiscalizadas podrán presentar las justificaciones y aclaraciones que estimen pertinentes. Adicionalmente, la Auditoría Superior de la Federación les concederá un plazo de 7 días hábiles para que presenten argumentaciones adicionales y documentación soporte. El proceso de aclaraciones de los resultados y observaciones deberá iniciar inmediatamente de que concluya la revisión.

...

Artículo 17. …

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 1 de julio de 2009.

Diputado Antonio Ortega Martínez (rúbrica)

(Turndada a la Comisión de la Función Pública. Julio 1 de 2009.)
 
 


QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 72-B A LA LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN, RECIBIDA DE LA DIPUTADA MARTHA ANGÉLICA ROMO JIMÉNEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2009

La suscrita, Martha Angélica Romo Jiménez, diputada federal s la LX Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 73, fracciones XVI, XVII, XIX-G y XXX y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del Pleno de la honorable Cámara de Diputados el siguiente proyecto de decreto que reforma la legislación a efecto de que las televisoras transmitan todos sus programas en vivo o repeticiones con subtítulos ocultos opcionales –closed caption–, buscando que los televidentes sordos y con problemas de audición puedan seguir el diálogo y la acción de un programa simultáneamente. De acuerdo con las siguientes

Consideraciones

En México habitan más de 281 mil personas con alguna discapacidad auditiva. Tres personas por cada mil habitantes. Y el 69 por ciento de ellos vive en zonas urbanas.

Solo la mitad de las personas con discapacidad auditiva son mayores de 60 años. Entre las diversas causas por las que se puede adquirir este tipo de discapacidad, 38.2 por ciento de la población afectada declara la edad avanzada.

De cada 100, 31 personas con discapacidad auditiva mayores de 12 años trabajan o se encuentran en condiciones de realizar alguna actividad económica.

El hecho de no ser capaz de oír o entender las conversaciones limita la posibilidad de utilizar el teléfono, afecta a la capacidad de participar en diversas actividades sociales y produce un sentimiento de aislamiento

También se aísla porque se cansa de leer los labios. Al final, se niega a salir porque, en la calle, en medio del bullicio, se siente aún más aislado, y los espectáculos les agotan porque debe mantenerse en alerta constante. Así, acaban por vivir en su propio mundo, callando y relegados.

Debido a la imposibilidad de oír, la persona que padece sordera puede volverse injustificadamente desconfiada, que pueden derivar en el desarrollo de personalidades débiles y otros problemas graves.

Según lo pactado por nuestro país en la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad; el Estado mexicano se compromete a

Artículo 1

Promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente.

Artículo 4

1. Los Estados Partes se comprometen a asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminación alguna por motivos de discapacidad.

Artículo 9

1. A fin de que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los Estados Partes adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales. Estas medidas, que incluirán la identificación y eliminación de obstáculos y barreras de acceso, se aplicarán, entre otras cosas, a los servicios de información, comunicaciones y Promover otras formas adecuadas de asistencia y apoyo a las personas con discapacidad para asegurar su acceso a la información.

En México, la Ley General de las Personas con Discapacidad señala que los medios de comunicación deben utilizar la tecnología que permita a las personas sordas las facilidades de comunicación y el acceso al contenido de su programación. Según su: Artículo 18

Los medios de comunicación implementarán el uso de tecnología y, en su caso, de intérpretes de la Lengua de Señas Mexicana, que permitan a la comunidad de sordos las facilidades de comunicación y el acceso al contenido de su programación.

• Definición de los subtítulos ocultos –closed caption.

Los subtítulos abren el mundo de la televisión a las personas sordas o con problemas de audición. Los subtítulos son palabras que se muestran en una pantalla de televisión y que describen el audio y sonido de un programa.

Los subtítulos ocultos opcionales son del mismo idioma, en cuadros de texto localizados en alguna parte de la pantalla. Se les llama opcionales y ocultos porque están escondidos en la señal de televisión y su contenido expresa en forma escrita lo que se está emitiendo en ese momento a través de la señal de audio (efectos sonoros, ruidos, timbres, truenos, llantos, gritos, disparos, etcétera).

Las ventajas de los subtítulos ocultos es que el usuario puede hacer uso o no de ellos, ya que por medio del control remoto puede hacer que aparezcan en la pantalla o quitarlos. Es un avance tecnológico que no incomoda a los demás usuarios y si ayuda en mucho a quien padece sordera o discapacidad auditiva.

Por citar un ejemplo; a partir de julio de 2005 Azteca América anunció que cuentan con el sistema de subtitulación simultánea denominado "closed caption", convirtiéndose en la primera televisora mexicana que ofrece este servicio y demostrando con esto que ofrecer la programación con este sistema de subtítulos es posible y viable.

La Ley Federal de Radio y Televisión es el ordenamiento específico para establecer disposiciones en materia de programación de televisión, por lo que se recomienda realizar las modificaciones pertinentes en esta ley por medio de este proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se adiciona un artículo 72-B de la Ley Federal de Radio y Televisión, para quedar como sigue:

Artículo 72-B. Los concesionarios de frecuencias de televisión transmitirán todos sus programas grabados y en vivo, con el sistema de subtítulos ocultos opcionales.

La programación cuyo contenido de audio se encuentra impreso sobre la pantalla y los programas de música instrumental quedaran exentos de transmitirse con ese sistema.

Para los efectos de la presente ley, se entiende por subtítulos ocultos opcionales los cuadros de texto localizados en la pantalla que reproducen visualmente los sonidos, efectos sonoros, música, diálogos y los mensajes hablados que acompañan a las imágenes que se emiten.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Poder Ejecutivo federal cuenta con 30 días para realizar las modificaciones correspondientes al Reglamento de la Ley Federal de Radio y Televisión, de acuerdo con lo previsto en el presente decreto.

Tercero. Para los programas grabados los concesionarios de frecuencias de televisión cuentan con 180 días a partir de la entrada en vigor del presente decreto para cumplir con lo previsto en el primer párrafo del artículo 72-B de dicho decreto; para los programas en vivo cuentan con 360 días a partir de la entrada en vigor de éste para cumplir con lo establecido en el mencionado artículo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, Cámara de Diputados, a 21 de abril de 2009.

Diputada Martha Angélica Romo Jiménez (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Radio Televisión y Cinematografía. Julio 1 de 2009.)
 
 


QUE REFORMA EL ARTÍCULO 420, FRACCIÓN II BIS, DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, RECIBIDA DEL DIPUTADO ALAIN FERRAT MANCERA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PVEM, EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2009

El suscrito, diputado Alain Ferrat Mancera, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que le confieren los artículos 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la consideración de esta comisión, la iniciativa de decreto por el que se reforma la fracción II Bis del Código Penal Federal la cual se encuentra sustentada en la siguiente

Exposición de Motivos

Actualmente en el mundo se reconocen 72 especies de caracoles pertenecientes a la familia Strombidae, su tamaño varía desde 2.5 centímetros (Strombus mutabilis) hasta los 37.5 centímetros que alcanza el caracol gigante de Brasil Strombus goliath.

En el Caribe mexicano encontramos cinco especies y la más abundante es el caracol rosado (Strombus gigas) que alcanza una longitud de 20-25 centímetros, habita en aguas claras a poca profundidad, aunque han sido reportados hasta los 120 metros y su hábitat típico son arenales, pastos marinos y pedacería de coral. Desde tiempos muy antiguos se ha capturado y utilizado como alimento de subsistencia, instrumentos musicales, piezas de ornato, materia prima para la construcción de herramientas e inclusive como moneda, sin embargo la demanda de su carne ha prevalecido sobre las demás.

Para Quintana Roo, uno de los pocos estados de la república que cuenta en sus litorales con la especie de caracol rosado (Strombus gigas) también conocido como de abanico o reina, constituye un significativo recurso de tradición e importancia económica, al ser la segunda pescadería más importante después de la langosta espinosa (Panulirus argus), y tratarse de una de las especies marinas con un alto valor comercial debido a la demanda nacional e internacional con que cuenta. Aunado a ello el caracol tiene un valor heráldico ya que se encuentra representado en el escudo de este estado lo que le confiere además un alto valor cultural y social.

Siendo así y por las nobles características de este producto marino fue que al final de la década de los ochentas que la pesquería comenzó a declinar significativamente debido a la pesca furtiva, comercialización ilegal, así como consumo de producto durante las vedas, aunado a la falta de un marco legal que protegiera más esta especie.

Hoy por hoy esta pesquería aunque disminuida, sigue siendo aprovechada en Banco Chinchorro y Cozumel, y su fuerza de trabajo son aproximadamente 108 pescadores organizados en cuatro sociedades cooperativas, utilizándose un total de 76 embarcaciones, con un beneficio directo a más de 200 familias mexicanas.

La zona pesquera donde se extrae más del 90 por ciento de la producción de esta especie de caracol rosado (Strombus gigas) es Banco Chinchorro ubicado entre los poblados pesqueros de Mahahual e Xcalak, en el municipio de Othón P. Blanco, Quintana Roo, el cual fue declarado mediante decreto presidencial –de fecha 19 de julio de 1996– área natural protegida con carácter de Reserva de la Biosfera pues esta área presenta ecosistemas con una gran productividad y biodiversidad marina, con especies raras, amenazadas y en peligro de extinción, las cuales hay que proteger, como por ejemplo el pasto marino, pasto de tortuga y el pasto de manatí, arrecifes de coral representados por Cuerno de Alce, Coral de Fuego, Montaña, Estrella, Hoja, Cerebro, Cuerno de Ciervo, peces de diversas especies, tales como Acanthurus coeruleos, entre otros; especies de fauna migratorias, raras y en peligro de extinción, tales como, tortugas caguama, tortuga carey, tortuga blanca, cocodrilo de manglar, águila pescadora, halcón peregrino, gusaneros, gaviotines y especies de flora en peligro de extinción, raras o amenazadas, tales como: Trinax radiata y mangle. Además de formar parte del segundo sistema arrecifal más grande del mundo, lo cual le confiere una mejor significación internacional.

Condiciones similares respecto a los productos pesqueros de langosta y de abulón, ya que de acuerdo con la Carta Nacional Pesquera (2004), acerca de los principales estados productores de langosta en Quintana Roo representa el 40.8 por ciento del valor de la producción pesquera en la entidad, y el 12.7 por ciento de la producción social total, lo que coloca al estado como la entidad donde la captura de langosta es una de las actividades económicas más importantes.

No obstante a pesar de que Banco Chinchorro es un área natural protegida y cuenta con un programa especifico de conservación y manejo cuyo objetivo es asegurar el equilibrio y la continuidad de sus procesos ecológicos, salvaguardar la diversidad genética de las especies existentes, planear y administrar integralmente el cuidado y uso de los recursos naturales de la región así como el aprovechamiento sustentable de los recursos incluyendo la pesca de caracol rosado (Strombus gigas), no ha sido suficiente para impedir la sobreexplotación pesquera y la comercialización ilegal de esta y otras especies en los últimos años.

En ese sentido se han ejercido diversas acciones institucionales conducentes a proteger especies que por su valor natural y económico deben contar con medidas para regular su aprovechamiento y me refiero al aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 16 de marzo de 1994 por el que se da a conocer el establecimiento de épocas y zonas de veda para la pesca de diferentes especies de la fauna acuática en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos, específicamente el caracol del litoral en Quintana Roo estableciendo un periodo de veda del 1 de mayo al 31 de octubre de cada año.

Asimismo el 21 de abril de 1995 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-013-PESC-1994, con el fin de regular el aprovechamiento de las especies de caracol en aguas de jurisdicción federal de los estados de Campeche, Quintana Roo y Yucatán, incluyendo medidas de regulación que considera variaciones regionales y locales, tallas mínimas de captura, métodos de pesca y una cuota anual de captura.

Derivado de lo anterior, actualmente el Instituto Nacional de Pesca, órgano desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, se encarga de garantizar la pesca bajo el principio de precaución consistiendo su manejo en estimar la abundancia de la población para recomendar una cuota anual de captura por zona, comparando la distribución geográfica y comportamiento del recurso para que el muestreo proporcione estimaciones precisas de biomasa. En Banco Chinchorro y Cozumel personal del CRlP Puerto Morelos realiza anualmente un conteo de caracoles por cuadrantes dentro de una red de estaciones. De esta forma se han definido criterios para el aprovechamiento basado en un modelo dinámico de producción excedente: disponer del 50 por ciento de la biomasa adulta manteniendo una densidad mínima de 0.0048 ind/m2 (punto de referencia límite, PRL) para favorecer el éxito reproductivo. La evaluación para la temporada de pesca 2008-2009 se realizó en agosto de 2008, dando como resultado que la densidad media de caracoles en Banco Chinchorro fue de 0.02 ind/m2, por lo que la cuota recomendada fue de nueve toneladas, sin embargo la densidad en Cozumel fue de 0.007 ind/m2, inferior al PRL, por lo que se recomendó no autorizar cuota de captura.

Así también otra medida adoptada fue la reforma al Código Penal Federal publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 8 de febrero de 2006, mediante la cual se adicionó al Título Vigésimo Quinto, Delitos contra el Ambiente y la Gestión Ambiental, en su Capítulo Segundo, De la Biodiversidad, una fracción II Bis al artículo 420, para contemplar como delito al que "de manera dolosa capture, transforme, acopie, transporte, destruya o comercie con las especies acuáticas denominadas abulón y langosta1, dentro o fuera de los periodos de veda, sin contar con la autorización que corresponda, en cantidad que exceda 10 kilogramos de peso…". No obstante esta medida indudablemente favorable dejó fuera al caracol rosado (Strombus gigas).

Posteriormente la medida más recientemente adoptada es el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 13 de febrero de 2009, por el que se establecen periodos de veda para la pesca comercial de caracol rosado o blanco (Strombus gigas) en aguas de jurisdicción federal correspondientes al litoral de Quintana Roo, con el objeto de aumentar el periodo de veda además del ya establecido, durante todo el mes de febrero y estableciendo la veda durante 3 años en el Banco de Cozumel.

Lamentablemente, pese a este último esfuerzo la experiencia ha demostrado que de ampliar del periodo de veda para inducir el aprovechamiento sustentable de este recurso pesquero en Quintana Roo, difícilmente mostrará una recuperación sustancial en las poblaciones de caracol, por lo que considero, debemos adoptar una medida análoga a la determinada para las especies de abulón y langosta, pues ya han desaparecido en algunas zonas de la costa del Estado de Quintana Roo la población de este caracol.

Cabe mencionar que este panorama es compartido por otras naciones del Caribe y ha dado lugar a diversas prácticas de manejo, como vedas, talla mínima, cuotas de captura y en muchos casos el cierre total de la pesquería, como en nuestro país sin resultados favorables para esta especie.

El deterioro del caracol rosado (Strombus gigas) declarado por la Carta Nacional Pesquera es evidente, basta mencionar que en el año de 1987 la cuota de captura para los pescadores otorgada fue de 71 toneladas, para la década de los años 90 la cuota permitida fue de 45 toneladas, para el 2005 disminuyó a 21 toneladas y para el 2008, como anteriormente se expresó, sólo se permitieron 9 toneladas tal y como se detalla en la gráfica siguiente:

En esta tesitura y como resultado de las reuniones llevadas a cabo en el Comité Interinstitucional para la Atención a los Delitos Ambientales en Quintana Roo, del cual fui miembro como parte de la actual XII Legislatura del honorable Congreso del estado de Quintana Roo, es que se consolida primordialmente, la necesidad de reformar el marco jurídico de acción en aras de proteger la actual población de caracol rosado (Strombus gigas), asegurando su aprovechamiento futuro; así como se consolida mi compromiso de impulsar la presente iniciativa.

Este comité se creó el 13 de febrero de 2004 con el objeto de prevenir y ayudar en el combate de los delitos contra el ambiente y la gestión ambiental, en la actualidad se encuentra conformado por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, la delegación estatal Quintana Roo de la Procuraduría General de la República, las Secretarías de la Marina, de la Defensa Nacional, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Seguridad Pública estatal, la Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente, así como el Congreso del estado de Quintana Roo entre otras autoridades federales, estatales y municipales, las cuales se encuentran verdaderamente comprometidas con el medio ambiente.

El Comité Interinstitucional para la Atención a los Delitos Ambientales en Quintana Roo, coincide con la problemática que existe en torno al caracol rosado (Strombus gigas) caracterizada por:

• Sobre Pesca, transporte y comercialización ilegal no controlada;
• Actuaciones no fundamentadas o atendidas;
• Consumo de producto durante las vedas;
• Amenazas de muerte y agresiones recurrentes a los pescadores y autoridades;
• Poca valoración de la sociedad por el delito de comercialización y consumo durante la veda.
Razones por las cuales se ha promovido una mayor vigilancia en el área de Banco Chinchorro, además de una mayor coordinación entre instituciones e inclusive con los pescadores y comercializadores, para poder frenar –en la medida de lo posible– este proceso de deterioro, sin embargo sabemos que se requiere del instrumento legal correctamente aplicado para lograr la subsistencia y aprovechamiento sustentable de la población del caracol rosado (Strombus gigas).

En ese mismo sentido, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, presentó el dictamen técnico del Instituto Nacional de Pesca (noviembre de 2008) el cual recomienda reducir el peso permitido. Cito:

Estimación de biomasa explotable de Strombus gigas en los bancos abiertos a la pesca en Quintana Roo, México: Banco Chinchorro y Banco de Cozumel. Temporada de Captura 2008-2009 Conclusiones y Recomendaciones.

"Se recomienda no autorizar una cuota de captura superior a las 9 toneladas en Banco Chinchorro y evitar la pesca en Cozumel al menos en la siguiente temporada de captura". En este orden de ideas se propone reformar la fracción II Bis del artículo 420 del Código Penal Federal con el objeto de aumentar la penalización a aquellos que de manera dolosa capture, transforme, acopie, transporte, destruya o comercie esta valiosa especie, así también se propone se disminuya la cantidad de kilogramos de peso de 10 a 8 kilogramos en virtud de representar, de acuerdo a la talla de la especie llámese langosta o caracol, una cantidad significativa de individuos de la población que reitero se encuentra en riesgo.

Aunado a ello, cabe destacar que al adicionar esta especie dentro del numeral citado en el párrafo anterior, se prevé que este delito ambiental sea considerado como grave tal y como lo señala el Código Federal de Procedimientos Penales vigente que al tenor literal expresa lo siguiente:

Artículo 194. Se califican como delitos graves, para todos los efectos legales, ...

I. Del Código Penal Federal, los delitos siguientes:

1) a 35)

36) En materia de delitos ambientales, el previsto en la fracción II Bis del artículo 420.

II a XIV. ...

De lo vertido con anterioridad considero necesario y obligatorio como ciudadano quintanarroense y legislador ecologista impulsar esta iniciativa nacida del Comité Interinstitucional para la Atención a los Delitos Ambientales en Quintana Roo, en aras de proteger la fragilidad y vulnerabilidad de esta especie ante la pesca furtiva y la indiferencia social, así como de entender y transmitir la gran riqueza natural, cultural y económica del caracol rosado (Strombus gigas).

En consecuencia el legislador que suscribe, Alain Ferrat Mancera, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta comisión, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma la fracción II Bis del artículo 420 del Código Penal Federal

Artículo Único. Se reforma la fracción II Bis del artículo 420 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 420. ...

I. ...

II. ...

II Bis. De manera dolosa capture, transforme, acopie, transporte, destruya o comercie con las especies acuáticas denominadas abulón, caracol rosado (Strombus gigas) y langosta, dentro o fuera de los periodos de veda, sin contar con la autorización que corresponda, en cantidad que exceda 8 kilogramos de peso y cuando las conductas a que se refiere la presente fracción se cometan por una asociación delictuosa, en los términos del artículo 164 de este Código, se estará a lo dispuesto en el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.

III. a V. ...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el siguiente día al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. A las personas que hayan cometido el delito contemplado en el presente decreto con anterioridad a su entrada en vigor, les serán aplicables las disposiciones del Código Penal Federal vigentes en el momento de su comisión.

Nota
1. La Carta Nacional Pesquera (2004). La langosta roja ocupa el 95 por ciento de la producción en la península de Baja California y la langosta común del Caribe que representa el 99.5 por ciento de la captura en las costas de Yucatán y Quintana Roo.

Recinto del Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a 1 de julio de 2009.

Diputado Alain Ferrat Mancera (rúbrica)

Senador Javier Orozco Gómez (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Justicia. Julio 1 de 2009.)
 
 






Actas
DE LA COMISIÓN DE FOMENTO COOPERATIVO Y ECONOMÍA SOCIAL, RELATIVA A LA REUNIÓN EXTRAORDINARIA DEL PLENO EFECTUADA EL MARTES 11 DE DICIEMBRE DE 2007

A las 10:45 horas del 11 de diciembre de 2007, en el salón 2 del edificio I de la Cámara de Diputados del Palacio Legislativo de San Lázaro, sito en Congreso de la Unión 66, colonia El Parque, delegación Venustiano Carranza, se llevó a cabo la reunión extraordinaria de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, para el desahogo y la discusión del siguiente orden del día: 1. Lista de asistencia; 2. Declaratoria del quórum legal; 3. Lectura y aprobación del orden del día; 4. Opinión respecto a la Ley General de Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Artículo 25 Constitucional; y 5. Clausura.

El presidente, diputado Leonardo Magallón Arceo, procedió a desahogar el orden del día.

1. Lista de asistencia

Se pasó lista de asistencia mediante el registro de firma de los diputados. Se encontraban presentes Leonardo Magallón Arceo, presidente; Dolores de María Manuell-Gómez Angulo, Adolfo Escobar Jardinez, Othón Cuevas Córdova, Raciel Pérez Cruz, Joel Guerrero Juárez, secretarios; Antonio Sánchez Díaz de Rivera, Gerardo Aranda Orozco, Antonio del Valle Toca, Adriana Díaz Contreras, Wenceslao Herrera Coyac, Ma. de los Ángeles Jiménez del Castillo, Claudia Sánchez Juárez, Enrique Serrano Escobar, Luis Xavier Maawad Robert, Víctor Manuel Méndez Lanz, Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda, Ernesto Oviedo Oviedo, Rosa Elia Romero Guzmán, Carlos René Sánchez Gil, Sergio Sandoval Paredes.

2. Declaratoria del quórum legal

El presidente, diputado Leonardo Magallón Arceo, inició la reunión en lo que se formaba el quórum reglamentario, que en el transcurso de la sesión se cumplió.

3. Lectura y aprobación del orden del día

El presidente, diputado Leonardo Magallón Arceo, leyó y puso a consideración de los presentes el orden del día. Como no hubo quien hiciera uso de la palabra, la presidencia lo sometió a votación. Se aprobó en votación económica.

El presidente presentó el punto cuatro del orden del día, correspondiente a

4. Opinión respecto a la Ley General de Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Artículo 25 Constitucional

En atención de la próxima discusión, en el Pleno de la Cámara de Diputados, de la iniciativa de la Ley General de Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Artículo 25 Constitucional, así como de las revisiones hechas en las de análisis de esta iniciativa, los integrantes de la comisión acordaron solicitar a la diputada Ruth Zavaleta Salgado, Presidenta de la Mesa Directiva, que fuese devuelta a la comisión para que sea nuevamente estudiada y, en su caso, corregida para que en su momento sea nuevamente remitida para su validación en el Pleno.

5. Clausura

Como no hubo más puntos generales que tratar, a las 11:15 horas el presidente, diputado Leonardo Magallón Arceo, dio por clausurada la reunión extraordinaria del pleno.

Diputados: Leonardo Magallón Arceo, presidente; Adolfo Escobar Jardinez, Dolores de María Manuell-Gómez Angulo, Othón Cuevas Córdova, Raciel Pérez Cruz, Joel Guerrero Juárez, secretarios (rúbricas).
 
 


DE LA COMISIÓN DE FOMENTO COOPERATIVO Y ECONOMÍA SOCIAL, DERIVADA DE LA NOVENA REUNIÓN PLENARIA, QUE TUVO VERIFICATIVO EL MIÉRCOLES 23 DE ENERO DE 2008

A las 15:00 horas del 23 de enero de 2008, en el salón B del edificio G de la Cámara de Diputados del Palacio Legislativo de San Lázaro, sito en Congreso de la Unión 66, colonia El Parque, delegación Venustiano Carranza, se llevó a cabo la novena reunión ordinaria de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, para el desahogo y discusión del siguiente orden del día: 1. Lista de asistencia; 2. Declaratoria del quórum legal; 3. Lectura y aprobación del orden del día; 4. Presentación del plan anual de trabajo de la comisión; 5. Presentación del diplomado de economía social, propuesto por el Tecnológico de Monterrey; 6. Presentación del foro internacional Aportes de la economía social y solidaria al desarrollo de México. Legislación y política pública; 7. Presentación del micrositio de la comisión; 8. Calendario de sesiones correspondiente a 2008; y 9. Clausura.

El presidente, diputado Leonardo Magallón Arceo, procedió a desahogar el orden del día.

1. Lista de asistencia

Se pasó lista de asistencia mediante el registro de firma de los diputados. Se encontraban presentes Leonardo Magallón Arceo, presidente; Adolfo Escobar Jardinez, Othón Cuevas Córdova, Raciel Pérez Cruz, Joel Guerrero Juárez, secretarios; Gerardo Aranda Orozco, César Flores Maldonado. Ma. de los Ángeles Jiménez del Castillo, Juan Darío Lemarroy Martínez, Antonio Sánchez Díaz de Rivera, Carlos René Sánchez Gil, Sergio Sandoval Paredes, Enrique Serrano Escobar, Daniel Torres García.

Justificaron inasistencia los diputados Dolores de María Manuell-Gómez Angulo y Xavier Maawad Robert, por actividades propias de su agenda de trabajo.

2. Declaratoria del quórum legal

El presidente, diputado Leonardo Magallón Arceo, inició la reunión ordinaria en lo que se formaba el quórum reglamentario, que en el transcurso de la sesión se cumplió.

3. Lectura y aprobación del orden del día

El presidente, Leonardo Magallón Arceo, pidió al diputado secretario Joel Guerrero Juárez que leyera y pusiera a consideración de los presentes el orden del día. Como no hubo quien hiciera uso de la palabra, la presidencia lo sometió a votación. Fue aprobado en votación económica.

El presidente presentó el punto cuatro del orden del día, correspondiente a

4. Presentación del plan anual de trabajo de la comisión

Para la exposición del presente punto, el presidente cedió la palabra al secretario técnico, contador público Mauricio Fernández Candia, quien leyó el plan de trabajo de la comisión para 2008, y enumeró los objetivos generales:

• Impulsar las reformas de la legislación federal para el fomento de la economía social y solidaria.

• Promover la creación de un mecanismo nacional que coordine los programas y las acciones para el fomento de la economía social y solidaria.

• Trabajar activamente en la definición e implantación de una política de Estado encaminada a la economía social y solidaria que se refleje en la composición del Presupuesto.

Se hizo el señalamiento de que la comisión realizará diversas actividades en las áreas legislativa, estadística, de vinculación, de difusión, de capacitación y de gestión, así como diversos actos, como foros, exposición o feria, además de visita a diversas cooperativas y las actividades relativas a la comparecencia del secretario de Economía.

5. Presentación del diplomado de economía social, propuesto por el Tecnológico de Monterrey

Se presentó a los diputados el proyecto de diplomado de economía social y solidaria, propuesto por la Escuela de Graduados en Política Pública, del Tecnológico de Monterrey, junto con la Universidad de Harvard. Estaría compuesto por siete módulos: seis de clases presenciales y un séptimo, que comprende un viaje a Alemania y Austria.

Se distribuye en 100 horas lectivas, impartidas por 3 profesores de la Universidad de Harvard, 3 de la EGAP y 8 o 10 expertos en el tema.

Para el viaje a Berlín y Austria se pretende un encuentro con parlamentarios en Berlín, una charla con el ministro de la Relaciones Exteriores de aquellos países, una reunión con cooperativas, entrevista con autoridades de Erfurt, y una charla con la comunidad de negocios y actividades en las universidades de aquel país. La evaluación aprobatoria sería con 80 por ciento de la asistencia personal.

El trabajo final se consideró requisito para obtener el diploma correspondiente. Consistirá en un estudio comparativo, una propuesta legislativa, o bien, el desarrollo de una política pública que pueda reflejarse en el trabajo legislativo que realiza la comisión.

El diplomado fue aprobado por la mayoría del pleno de la comisión. Está pendiente la aprobación correspondiente por la Junta de Coordinación Política.

6. Presentación del foro internacional Aportes de la economía social y solidaria al desarrollo de México. Legislación y política pública

Para el 20 y el 21 de febrero se propone realizar el foro internacional Aportes de la economía social y solidaria al desarrollo de México. Legislación y política pública. Para organizarlo, se ha invitado a expositores de la Unión Europea, de España, de Canadá, de Sudamérica y de Alemania, así como diversos expositores de México. Uno los objetivos del foro es exponer los trabajos que se han hecho sobre economía social, reforzar los trabajos realizados para el proyecto de ley de economía social y enriquecer los puntos de vista que se tienen sobre la economía social. Los detalles sobre la organización del foro y la logística se analizarán en reuniones posteriores.

Se analizó la propuesta de realizar el señalado foro con el Senado de la República, a fin de considerar presupuesto para otras actividades. En razón de ello, se esperara la respuesta del Senado para hacer las consideraciones presupuestales.

Se sometió a votación del pleno de la comisión la realización del foro, que se aprobó.

7. Presentación del micrositio de la comisión

El micrositio de la comisión se integra con los documentos y la información que genera la propia comisión y conforme a los requisitos de la Ley Federal de Transparencia y los reglamentos relativos de la Cámara.

El objetivo es difundir los trabajos de la comisión. Se puede consultar la página web en el sitio de la Cámara de Diputados. La otra forma de ingreso en el micrositio sería a través de la Cámara de Diputados, en la sección correspondiente a los micrositios de las comisiones: "a través de comisiones, ingresamos por ordinarias y buscamos la Comisión de Fomento Cooperativo, y ya la ven aquí, en micrositio".

Las ligas con que se ha compuesto la página de la comisión incluyen el plan estratégico, una lista de los integrantes, un vínculo al marco normativo competencia de la comisión y a información varia relacionada con la comisión.

El presente punto se puso en conocimiento para que se realicen observaciones.

8. Calendario de sesiones correspondiente a 2008

Se propuso como calendario de sesiones de la mesa directiva serían los martes y el miércoles 20 de febrero, 19 de marzo, 23 de abril, 21 de mayo y 25 de junio, 23 de julio, 27 de agosto serían las ordinarias. Las reuniones del pleno serían un día después. Se destacó que en razón de los trabajos de la comisión y de la Cámara, las fechas pueden modificarse conforme a las necesidades y a los actos por realizar.

9. Asuntos generales

En asuntos generales, no se discutió o expuso alguno.

10. Clausura

Como no hubo más puntos generales que tratar, a las 16:25 horas el presidente diputado Leonardo Magallón Arceo, dio por clausurada la novena sesión plenaria de la comisión.

Diputados: Leonardo Magallón Arceo, presidente; Adolfo Escobar Jardinez, Dolores de María Manuell-Gómez Angulo, Othón Cuevas Córdova, Raciel Pérez Cruz, Joel Guerrero Juárez, secretarios (rúbricas).
 
 


DE LA COMISIÓN DE FOMENTO COOPERATIVO Y ECONOMÍA SOCIAL, CORRESPONDIENTE A LA DÉCIMA REUNIÓN PLENARIA, EFECTUADA EL MIÉRCOLES 27 DE FEBRERO DE 2008

A las 12:00 horas del 27 de febrero de 2008, en el salón 3 del edificio I de la Cámara de Diputados del Palacio Legislativo de San Lázaro, sito en Congreso de la Unión 66, colonia El Parque, delegación Venustiano Carranza, se llevó a cabo la décima reunión ordinaria de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social. El presidente de la comisión, diputado Leonardo Magallón Arceo, procedió a desahogar el orden del día.

1. Lista de asistencia

Se pasó lista de asistencia mediante el registro de firma de los diputados. Se encontraron presentes los diputados Leonardo Magallón Arceo (presidente); Adolfo Escobar Jardinez, Dolores de María Manuell-Gómez Angulo, Othón Cuevas Córdova, Raciel Pérez Cruz (secretarios); Gerardo Aranda Orozco, Patricia Obdulia de Jesús Castillo Romero, Antonio del Valle Toca, Armando Jesús Félix Holguín, Wenceslao Herrera Coyac, María de los Ángeles Jiménez del Castillo, Ernesto Oviedo Oviedo, Rosa Elia Romero Guzmán, Antonio Sánchez Díaz de Rivera, Carlos René Sánchez Gil, Sergio Sandoval Paredes, Enrique Serrano Escobar y Daniel Torres García.

2. Declaratoria de quórum

El presidente inició la reunión en lo que se completaba el quórum, lo cual en el transcurso de la sesión se cumplió.

3. Lectura y aprobación del orden del día

El presidente leyó el orden del día y lo puso a consideración de los presentes. No hubo quien hiciere uso de la palabra. Fue aprobado en votación económica.

4. Informe del foro internacional Aportes de la economía social y solidaria al desarrollo de México, legislación y política pública

Se leyó el informe sobre el foro realizado el 28 de febrero. Se destacó la participación de invitados internacionales y del sector, y se agradeció la participación de los diputados de la comisión, así como del senador Jorge Ocejo. Asistieron 305 personas.

5. Informe de la comparecencia del secretario de Economía

Se dio cuenta al pleno de la comparecencia, que se llevó a cabo el 26 de febrero, en la que hubo tres rondas de participación. Como conclusión se resaltó el planteamiento del secretario Eduardo Sojo para que se impulsaran los temas de economía social, para los cual se ha señalado la necesidad de fortalecer a figuras como el Fonaes.

6. Entrega de los obsequios (diputado Ricardo Torres Balaguer, del Congreso de España, a los líderes parlamentarios)

Se habló al pleno de los presentes que dejaría el diputado Ricardo Torres Balaguer (invitado del foro internacional) a los líderes parlamentarios. Se puso a consideración la forma de la entrega.

7. Presentación del contador público Ángel Sierra Ramírez, coordinador general del Fonaes. (Estrategias Fonaes 2008)

Ángel Sierra Ramírez habló de lo que se está haciendo en el Fonaes, de cuáles son algunos de los pendientes y del trabajo que se pretende hacer para fortalecer el trabajo de impulso de los créditos que otorga el Fonaes. Como primer punto abordó el tratamiento de la cartera vencida del fondo, la que se trata de canalizar mediante la firma de convenios o cancelaciones de deuda, según el caso específico. Posteriormente abordó lo relativo a los apoyos que otorga el fondo y las consideraciones sobre la población objetivo. De igual forma se abordó el tema de la feria que organizarán en el Palacio de los Deportes. Finalmente trató los trabajos que se están haciendo con el Bansefi y la Financiera Rural, así como el trabajo que hace el Fonaes con otros programas afines.

8. Asuntos generales (diplomado de economía social y solidaria)

Se planteó al pleno que la Junta de Coordinación Política no ha autorizado la realización de un diplomado de economía social y solidaria, por lo que se esperaría una nueva propuesta.

De igual forma, los diputados Othón Cuevas Córdova y Patricia Obdulia de Jesús Castillo Romero plantearon como asunto general la posibilidad de reactivar el equipo de trabajo de la Ley de Ahorro y Crédito Popular e iniciar los trabajos del Senado. Al respecto se iniciaron los trabajos con el Senado de la República para analizar lo relativo a la Ley de Ahorro y Crédito Popular.

9. Clausura

El presidente clausuró la décima sesión plenaria de la comisión a las 13:45 horas.

Diputados: Leonardo Magallón Arceo (rúbrica), presidente; Adolfo Escobar Jardinez (rúbrica), Dolores de María Manuell-Gómez Angulo (rúbrica), Othón Cuevas Córdova (rúbrica), Raciel Pérez Cruz, Joel Guerrero Juárez (rúbrica), secretarios.
 
 


DE LA COMISIÓN DE FOMENTO COOPERATIVO Y ECONOMÍA SOCIAL, CORRESPONDIENTE A LA DECIMOTERCERA REUNIÓN PLENARIA, EFECTUADA EL JUEVES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2008

A las 14:30 horas del 25 de septiembre de 2008, en el salón B del edificio G de la Cámara de Diputados del Palacio Legislativo de San Lázaro, sito en Congreso de la Unión 66 colonia El Parque, delegación Venustiano Carranza, se llevó a cabo la decimotercera reunión ordinaria de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social.

1. Lista de asistencia

Se pasó lista de asistencia mediante el registro de firma de los diputados. Se encontraron presentes Leonardo Magallón Arceo (presidente), Adolfo Escobar Jardinez, Dolores de María Manuell-Gómez Angulo, Othón Cuevas Córdova, Raciel Pérez Cruz, Joel Guerrero Juárez (secretarios), Gerardo Aranda Orozco, Wenceslao Herrera Coyac, Diana Pérez de Tejada, Fernando Moctezuma Pereda, Ernesto Oviedo Oviedo, Antonio Sánchez Díaz de Rivera, Carlos René Sánchez Gil y Sergio Sandoval Paredes.

2. Declaratoria de quórum

El presidente inició la reunión en lo que se completaba el quórum, lo cual ocurrió en el transcurso de la sesión.

3. Lectura y aprobación del orden del día

El presidente leyó el orden del día y lo puso a consideración de los presentes. No hubo quien hiciere uso de la palabra, y la presidencia lo sometió a votación. Fue aprobado en votación económica.

4. Comunicados de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Se comunicó al pleno de la comisión que la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados informó que los diputados Enrique Serrano Escobar y Daniel Torres García causaron baja, mientras que los diputados María Oralia Vega Ortiz, Efraín Peña Damacio y Secundino Catarino Crispín causaron alta en la comisión.

5. Acuerdo de las Comisiones Unidas de Economía, y de Fomento Cooperativo y de Economía Social sobre la Comparecencia del secretario de Economía

Se habló a la comisión del acuerdo sobre la próxima comparecencia del secretario de Economía, para el 30 de septiembre, en el salón de protocolo del edificio C. La comparecencia se compondrá de tres rondas. Primero la presidenta de la Comisión de Economía hace la presentación, luego habrá una exposición de 20 minutos del secretario de Economía, seguida por una ronda de preguntas de la propia Comisión de Economía de hasta 5 minutos por diputado y 3 minutos de réplica.

En la segunda ronda participa la Comisión de Fomento Cooperativo y de Economía Social, con una ronda de igual de preguntas hasta por cinco minutos por diputado y tres minutos de réplica.

En la tercera ronda dos diputados de cada comisión darán sus conclusiones hasta por cinco minutos. La comparecencia será clausurada por el presidente de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social. Para ello el presidente solicitó que en caso de no haber desacuerdo en la forma de participación, se procediera a firmar el documento que contiene las bases.

6. Comunicado de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública sobre el acuerdo que establece el mecanismo de participación de las comisiones ordinarias en el examen y la discusión del presupuesto por sectores para el ejercicio fiscal de 2009

Se presentó al pleno de la comisión el comunicado de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública sobre el acuerdo que establece el mecanismo de participación de las comisiones ordinarias en el examen y la discusión del presupuesto por sectores para el ejercicio fiscal de 2009, a fin de que los diputados de la comisión preparasen los proyectos de su interés conforme a la reglas fijadas por la propia Comisión de Presupuesto. Los proyectos de inversión que fuesen a presentar deberán hacerlo antes del 17 de octubre, a fin de que la comisión elabore el acuerdo correspondiente.

7. Informe sobre la asistencia al Quinto Encuentro de Parlamentarios de América, en el marco de la Decimosexta Conferencia Regional, denominada Responsabilidad social cooperativa y vida democrática, que tuvo verificativo del 21 al 25 de julio de 2008 en San José de Costa Rica

Se presentó el informe sobre la asistencia al encuentro de Costa Rica, en el cual estuvieron presentes los diputados Leonardo Magallóan Arceo, Dolores de María Manuell-Gómez Angulo, Othón Cuevas Córdova y Mercedes Colín Guadarrama, como representantes de la comisión.

Dicha conferencia concluyó con una declaratoria firmada por los diputados que asistieron, así como por parlamentarios de Bolivia, Brasil, Costa Rica, Paraguay, Perú, República Dominicana y Uruguay. La declaratoria contiene diversas consideraciones para impulsar el cooperativismo en los diferentes países asistentes.

8. Segundo informe semestral del segundo año de ejercicio de la LX Legislatura (marzo–septiembre de 2008)

Se presentó al pleno de la comisión el segundo informe semestral del segundo año de ejercicio de la LX Legislatura, donde se detallan las actividades de del periodo de marzo a septiembre de 2008.

9. Asuntos generales

Se dio cuenta de una invitación del Congreso de Argentina para realizar una visita de trabajo, la que se pone en conocimiento del pleno para considerar si los integrantes de la comisión estuviesen interesados en asistir.

De igual forma se dio cuenta de una invitación de Prodesarrollo, asociación que agrupa a diversas microfinancieras, a fin de conocer los proyectos y servicios que otorga, la cual se pone en conocimiento de los diputados interesados en asistir.

10. Clausura

A las 15:30 horas el presidente clausuró la decimotercera sesión plenaria de la comisión.

Diputados: Leonardo Magallón Arceo (rúbrica), presidente; Adolfo Escobar Jardinez (rúbrica), Dolores de María Manuell-Gómez Angulo (rúbrica), Othón Cuevas Córdova (rúbrica), Raciel Pérez Cruz, Joel Guerrero Juárez (rúbrica), secretarios.
 
 


DE LA COMISIÓN DE FOMENTO COOPERATIVO Y ECONOMÍA SOCIAL, CORRESPONDIENTE A LA REUNIÓN EXTRAORDINARIA EFECTUADA EL JUEVES 23 DE OCTUBRE DE 2008

A las 13:30 horas del 23 de octubre de 2008, en el salón 3 del edificio I de la honorable Cámara de Diputados del Palacio Legislativo de San Lázaro, sito en Congreso de la Unión número 66, colonia El Parque, delegación Venustiano Carranza, se llevó acabo la reunión extraordinaria de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social para el desahogo y discusión del siguiente orden del día:

El presidente de la comisión, diputado Leonardo Melesio de Jesús Magallón Arceo, procedió a desahogar la orden del día.

1. Lista de asistencia

Se pasó lista de asistencia mediante el registro de firma de los diputados Leonardo Melesio de Jesús Magallón Arceo, presidente; Dolores de María Mauell-Gómez Angulo, Raciel Pérez Cruz, secretarios; Gerardo Aranda Orozco, Antonio del Valle Toca, Adriana Díaz Contreras, César Flores Maldonado, Wenceslao Herrera Coyac, Ma. de los Ángeles Jiménez del Castillo, Ernesto Oviedo Oviedo, Diana Carolina Pérez de Tejada, Rafael Plácido Ramos Becerril, Rosa Elia Romero Guzmán, Antonio Sánchez Díaz de Rivera, Claudia Sánchez Juárez, María Oralia Vega Ortiz.

2. Declaratoria del quórum legal

El presidente, Leonardo Melesio de Jesús Magallón Arceo, dio inicio a la reunión en lo que se conformaba el quórum reglamentario, que en el transcurso de la sesión se cumplió.

3. Lectura y aprobación del orden del día

El diputado Leonardo Melesio de Jesús Magallón Arceo leyó y puso a consideración de los presentes el punto que integra la orden del día; al no existir quien hiciere uso de la palabra, lo sometió a votación económica y fue aprobado.

Acto seguido, el presidente, Leonardo Melesio de Jesús Magallón Arceo, presentó el punto cuatro del orden del día, correspondiente a

4. Discusión y en su caso aprobación del dictamen de diversos proyectos presentados sobre economía social para incluirlos en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2009

Se recibieron 173 propuestas, presentadas por los diputados de la comisión, integradas de la siguiente forma: 3 proyectos del licenciado Miguel Ángel Osorio Chong, gobernador del estado de Hidalgo; 1 del diputado Othón cuevas Córdova; 166 de la diputada Claudia Sánchez Juárez; 1 del diputado Ernesto Oviedo Oviedo; y 1 del diputado Rafael Ramos Becerril.

Todos los proyectos aprobados, fueron remitidos a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, a fin de que se analizaran y, en su caso, se aprobaran definitivamente.

De los presentes todos aprobaron el proyecto de dictamen, sin que hubiera votos o consideraciones en contra.

5. Clausura

Al no haber más puntos generales que tratar, a las 14:30 horas del 23 de octubre el presidente de la comisión, diputado Leonardo Melesio de Jesús Magallón Arceo, dio por clausurada la reunión extraordinaria.

Diputados: Leonardo Melesio de Jesús Magallón Arceo (rúbrica), presidente; Adolfo Escobar Jardinez (rúbrica), Dolores de María Manuell-Gómez Angulo (rúbrica), Othón Cuevas Córdova (rúbrica), Raciel Pérez Cruz, Joel Guerrero Juárez (rúbrica), secretarios.
 
 


DE LA COMISIÓN DE FOMENTO COOPERATIVO Y ECONOMÍA SOCIAL, CORRESPONDIENTE A LA DECIMOCUARTA REUNIÓN PLENARIA, REALIZADA EL MIÉRCOLES 29 DE OCTUBRE DE 2008

A las 14:00 horas del 29 de octubre de 2008, en el vestíbulo del edificio E de la honorable Cámara de Diputados del Palacio Legislativo de San Lázaro, sito en Congreso de la Unión número 66, colonia El Parque, delegación Venustiano Carranza, se llevó acabo la decimocuarta reunión ordinaria de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, para el desahogo y discusión del siguiente orden del día:

El presidente de la comisión, diputado Leonardo Melesio de Jesús Magallón Arceo, procedió a desahogar la orden del día.

1. Lista de asistencia

Se pasó lista de asistencia mediante el registro de firma de los diputados Leonardo Melesio de Jesús Magallón Arceo, presidente; Adolfo Escobar Jardinez, Dolores de María Manuell-Gómez Angulo, Othón Cuevas Córdova, Raciel Pérez Cruz, Joel Guerrero Juárez, secretarios; Gerardo Aranda Orozco, Armando Jesús Félix Holguín, Wenceslao Herrera Coyac, Ernesto Oviedo Oviedo, Rafael Plácido Ramos Becerril, Antonio Sánchez Díaz de Rivera, Carlos René Sánchez Gil, Claudia Sánchez Juárez, Sergio Sandoval Paredes.

2. Declaratoria del quórum legal

El presidente de la comisión dio inicio a la reunión ordinaria en lo que se conformaba el quórum reglamentario, que en el transcurso de la sesión se cumplió.

3. Lectura y aprobación del orden del día

El diputado Leonardo Melesio de Jesús Magallón Arceo leyó y puso a consideración de los presentes el orden del día; al no existir quien hiciere uso de la palabra, lo sometió a votación económica y fue aprobado.

Acto seguido, el presidente presentó el punto cuatro del orden del día, correspondiente a

4. Informe sobre el dictamen de diversos proyectos presentados sobre economía social y solidaria para incluirlos en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2009

Se presentó un informe sobre el dictamen de diversos proyectos presentados por la comisión para el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2009, el cual se integró por 173 proyectos, así como una propuesta para incrementar los recursos del Fondo Nacional de Apoyo a las Empresas de Solidaridad que se destinen a propuestas de economía social. Con base en esta consideración se hizo énfasis de que la aprobación definitiva la haría la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

5. Informe del dictamen en sentido negativo de la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el inciso e) de la fracción III del artículo 19 de la Ley Orgánica del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, presentada por el diputado Luis Antonio González Roldán, del Grupo Parlamentario del Verde Ecologista de México

Se presentó a la comisión una nota informativa por la que se presenta el estado que guarda la iniciativa, donde se advierte que fue dictaminada por la Comisión de Hacienda y Crédito Público en sentido negativo y que el pasado 10 de abril de 2007 el Pleno de la honorable Cámara de Diputados lo discutió y votó en ese sentido, por lo que el expediente se encuentra total y definitivamente concluido.

6. Conformación de la delegación para asistir al tercer Encuentro agroalimentario que tendrá verificativo del 30 de octubre al 2 de noviembre de 2008 en Oaxaca

Se presentó a los diputados una invitación para participar en el tercer Encuentro agroalimentario, a fin de que su asistencia la hicieran en representación de la comisión.

7. Informe de la segunda Convención Nacional de Gerentes y Presidentes de Ahorro y Crédito Popular. Legislación especial para regular a las Cooperativas de Ahorro y Préstamo en México

Se presentó al pleno un informe de la segunda Convención Nacional de Gerentes y Presidentes de Ahorro y Crédito Popular. Legislación especial para regular a las cooperativas de ahorro y préstamo en México, a la que acudió la diputada Ma. de los Ángeles Jiménez del Castillo, en representación de la comisión. Los objetivos fueron continuar el proceso de reintegración de las cooperativas de ahorro y préstamo e impulsar la concienciación y la necesidad de retomar los principios y valores cooperativos en el desarrollo de la función de ahorro y préstamo, así como informar sobre los cambios legislativos que afectarán al sector cooperativo y analizar condiciones estratégicas para enfrentarlos. En lo general se pudo conocer algunas de las necesidades en regulación que requiere el sector.

8. Informe del oro Hacia una Ley de Fomento Cooperativo en Oaxaca, que tuvo verificativo el 20 de octubre de 2008

Se dio cuenta del informe del foro Hacia una Ley de Fomento Cooperativo en Oaxaca, en el cual se discutieron diversas experiencias locales de legislaciones sobre fomento cooperativo y se analizó la propuesta de generar una ley específica para el estado de Oaxaca.

Acudieron al foro los diputados Leonardo Melesio de Jesús Magallón Arceo y Othón Cuevas Córdova, quienes hicieron diversas reflexiones sobre el cooperativismo en México.

9. Informe del viaje en comisión nacional a la Confederación Mundial de Cooperativas de Ahorro y Crédito Popular, que tuvo verificativo del 13 al 16 de julio de 2008, en Hong Kong

Se presentó un informe de sobre el viaje en comisión nacional a la Confederación Mundial de Cooperativas de Ahorro y Crédito Popular, que tuvo verificativo del 13 al 16 de julio de 2008 en Hong Kong.

Participaron en esa actividad los diputados Adolfo Escobar Jardinez, Claudia Sánchez Juárez y Antonio Sánchez Díaz de Rivera. Se mantuvo contacto con funcionarios y especialistas en materia de cooperativismo mundial, así como de las expectativas del crecimiento de las cooperativas de ahorro y crédito en Latinoamérica.

10. Asuntos generales

No hubo asuntos generales que discutir.

11. Clausura

Al no haber más puntos generales que tratar, a las 15:30 horas del 29 de octubre, el presidente de la comisión dio por clausurada la decimocuarta sesión plenaria ordinaria.

Diputados: Leonardo Melesio de Jesús Magallón Arceo (rúbrica), presidente; Adolfo Escobar Jardinez (rúbrica), Dolores de María Manuell-Gómez Angulo (rúbrica), Othón Cuevas Córdova (rúbrica), Raciel Pérez Cruz, Joel Guerrero Juárez (rúbrica), secretarios.
 
 


DE LA COMISIÓN DE FOMENTO COOPERATIVO Y ECONOMÍA SOCIAL, CORRESPONDIENTE A LA DECIMOQUINTA REUNIÓN ORDINARIA, EFECTUADA EL MIÉRCOLES 22 DE ABRIL DE 2009

A las 12:30 horas del miércoles 22 de abril de 2009, en el salón 1 del edificio I de la honorable Cámara de Diputados del Palacio Legislativo de San Lázaro, sito Congreso de la Unión número 66, colonia El Parque, delegación Venustiano Carranza, se llevó acabo la decimoquinta reunión ordinaria de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social.

El presidente de la comisión, diputado Leonardo Magallón Arceo, procedió a desahogar el orden del día.

1. Lista de asistencia

Se pasó lista de asistencia mediante el registro de firma de los diputados, encontrándose presentes: Leonardo Magallón Arceo (presidente); Antonio Sánchez Díaz de Rivera, Dolores de María Manuell-Gómez Angulo, Othón Cuevas Córdova, Raciel Pérez Cruz, Miguel Rivero Acosta (secretarios); Antonio del Valle Toca, Adriana Díaz Contreras, Armando Jesús Félix Holguín, Ma. de los Ángeles Jiménez del Castillo, María Ofelia Gloria Malcos Amaro, Ernesto Oviedo Oviedo, Diana Carolina Pérez de Tejada Romero, Rosa Elia Romero Guzmán, Carlos René Sánchez Gil.

Justificó su inasistencia el diputado Sergio Sandoval Paredes, por motivos de trabajo.

2. Declaratoria del quórum legal

El presidente de la comisión, diputado Leonardo Melesio de Jesús Magallón Arceo dio inicio a la reunión ordinaria en lo que se conformaba el quórum reglamentario, que en el transcurso de la sesión se alcanzó.

3. Lectura y aprobación del orden del día

El presidente, Leonardo Magallón Arceo dio lectura y puso a consideración de los presentes el orden del día. No existiendo quien hiciere uso de la palabra, la presidencia lo sometió a votación, siendo aprobado en votación económica.

Acto seguido, el presidente de la comisión presentó el punto cuatro del orden del día.

4. Primer informe semestral de actividades del tercer año de ejercicio de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social de la LX Legislatura

Se dio cuenta al pleno de la comisión de las actividades realizadas durante el periodo de septiembre de 2008 a marzo de 2009, a fin de que hicieran sus consideraciones y observaciones.

5. Informe del segundo foro internacional: Respuesta a la crisis: Economía social y solidaria, que tuvo verificativo el 18 de marzo de 2009

Se dio cuenta al pleno de la comisión del segundo foro internacional Respuesta a la crisis: Economía social y solidaria, que contó con la participación de 13 diputados, 1 senador, 9 ponentes internacionales, 2 diputados extranjeros, 4 ponentes del sector, 4 ponentes del gobierno federal; asimismo se contabilizó una asistencia de 476 personas.

De igual forma, la conclusión del foro fue que la crisis financiera y económica internacional no es algo coyuntural, sino parte de un reacomodo sistémico que tiene consecuencias de mayor inequidad, concentración de capitales y decisiones; así como que se requieren cambios profundos para superar la actual situación, cambios culturales y de comportamiento, donde los valores predominantes sean la solidaridad, la equidad y la cooperación; donde el bien común sustituya a los intereses corporativos. De foros como este se busca la construcción de un sector sólido de la economía social y solidaria, que apunte al desarrollo sustentable con miras a un fortalecimiento democrático, inclusión social y laboral, equidad y redistribución de la riqueza. Y de forma indirecta en los sectores de la actividad económica y, en particular, aquellas que contribuyan en forma significativa al desarrollo nacional.

6. Acuerdo por el que se integra el equipo de trabajo de la comisión para dar cumplimiento a la obligación establecida en la Ley que crea el Fideicomiso que Administra el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, con relación al fraude cometido por la persona moral Sacriputla, SCRL

Se presentó al pleno de la comisión, un acuerdo para integrar un grupo de trabajo conforme al mandato de la Junta de Coordinación Política, por el que se instruye a las Comisiones de Fomento Cooperativo y Economía Social, y de Presupuesto y Cuenta Pública para que constituyan un grupo plural de trabajo con el objeto de dar seguimiento y coadyuven en la solución definitiva del fraude cometido por la Sociedad Sacriputla, SCRL, en agravio de los socios ahorradores. Por lo que se designó como diputados participantes a: Leonardo Magallón Arceo (presidente), Othón Cuevas Córdova y Miguel Acosta Rivero (secretarios), y las diputadas Ma. de los Ángeles Jiménez del Castillo y Rosa Elia Romero Guzmán.

7. Dictamen de Comisiones Unidas de Fomento Cooperativo y Economía Social, y de Hacienda Crédito Público de la minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley para regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Cooperativas, de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y de la Ley de Instituciones de Crédito

Se presentó ante el pleno de la comisión, para su discusión, votación y, en su caso, aprobación del dictamen de Comisiones Unidas de Fomento Cooperativo y Economía Social y de Hacienda Crédito Público de la minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley para regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Cooperativas, de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y de la Ley de Instituciones de Crédito; el cual tiene por principal objetivo regular las actividades de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo.

La creación de este nuevo marco legal pretende dar una mayor certidumbre y seguridad tanto a usurarios como ahorradores, ello respetando la naturaleza y forma de organización de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo como sociedades sin fines de lucro; crea un registro de todas las sociedades de ahorro y préstamo; así como se reconocen a las autoridades y demás actos administrativos expedidos a favor de las sociedades cooperativas.

Dicho dictamen fue aprobado por la mayoría de los diputados de la comisión y a fin de agilizar el trabajo se consideró oportuno turnarla a la Comisión de Hacienda y Crédito Público a fin de que hicieran lo propio.

8. Dictamen con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Fomento a la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en lo referente a la actividad económica del sector social de la economía

Se presentó para su discusión, votación y aprobación el dictamen con proyecto de decreto, por el que se expide la Ley Federal de Fomento a la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en lo referente a la actividad económica del sector social de la economía.

El documento presentado es resultado de la actividad del grupo de trabajo de análisis de la ley. En el pleno de la comisión no hubo consenso en la discusión del proyecto presentado; no obstante, a fin de que el dictamen no quede como un como pendiente legislativo, se analizaron nuevas propuestas de los diputados, el Pleno aprobó que se recabaran las firmas de votación para el 23 de febrero, cuando ya estuvieran integradas las observaciones hechas por los diputados.

Para el lunes 23 se recabaron la mayoría de las firmas aprobatorias, por lo que este dictamen fue aprobado y remitido al Pleno de la Cámara para el trámite respectivo.

10. Asuntos generales

No hubo asuntos generales que discutir.

11. Clausura

No habiendo más puntos generales que tratar a las 16:30 del miércoles 22 de abril, el presidente de la comisión, Leonardo Magallón Arceo, dio por clausurada la decimoquinta sesión plenaria ordinaria.

Diputados: Leonardo Magallón Arceo, presidente; Antonio Sánchez Díaz de Rivera, Dolores de María Manuell-Gómez Angulo, Othón Cuevas Córdova, Raciel Pérez Cruz, Miguel Rivero Acosta, (secretarios).
 
 





Convocatorias
DE LA TERCERA COMISIÓN –HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, AGRICULTURA Y FOMENTO, COMUNICACIONES Y OBRAS PÚBLICAS– DE LA COMISIÓN PERMANENTE

A la reunión que se verificará el martes 7 de julio, a las 13:00 horas, en la sala de comisiones Miguel Ramos Arizpe, situada en Donceles 14, primer piso (oficinas del Senado de la República).

Atentamente
Diputado César Duarte Jáquez
Presidente
 
 

DEL COMITÉ DEL CENTRO DE ESTUDIOS PARA EL DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE Y LA SOBERANÍA ALIMENTARIA

A la decimoquinta reunión ordinaria, que se llevará a cabo el miércoles 8 de julio, a las 10:00 horas, en el salón B del edificio G.

Atentamente
Diputado Alejandro Martínez Hernández
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN ESPECIAL PARA LA PROMOCIÓN DEL ACCESO DIGITAL A LOS MEXICANOS

A la presentación del informe final de actividades del órgano legislativo convocante, que se llevará a cabo el miércoles 15 de julio, a las 18:00 horas, en la zona C del edificio G.

Orden del Día

1. Bienvenida.
2. Intervención del presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados y de los coordinadores parlamentarios.
3. Intervención del diputado Antonio Vega Corona, presidente de la comisión.
4. Presentación del tercer informe de actividades de la comisión, correspondiente al periodo de enero a junio de 2008.
5. Presentación de la publicación Construcción de un gobierno electrónico en México. Camino hacia la sociedad del conocimiento, por Korina Velázquez Ríos.
6. Firma del acuerdo para la continuidad de la comisión en la LXI Legislatura.
7. Intervención de los integrantes de la comisión y de los asistentes.
8. Asuntos generales.
9. Clausura.
Atentamente
Diputado Antonio Vega Corona
Presidente
 
 





Invitaciones
DE LA COMISIÓN DE CULTURA

A la exposición Nostalgia, que permanecerá hasta el viernes 3 de julio en el vestíbulo principal.

Atentamente
Diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE CULTURA

A la exposición Inicios, que permanecerá hasta el viernes 3 de julio en el vestíbulo principal.

Atentamente
Diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE CULTURA

A la exposición Imágenes de mi tierra, que permanecerá del lunes 6 al viernes 10 de julio en el vestíbulo principal, donde se inaugurará el martes 7, a las 12:00 horas.

Atentamente
Diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE CULTURA

A la exposición Hábitat, que permanecerá del lunes 6 al viernes 10 de julio en el vestíbulo principal, donde se inaugurará el martes 7, a las 12:30 horas.

Atentamente
Diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE CULTURA

A la entrega de certificados de la primera generación de las licenciaturas en administración de empresas y negocios internacionales, que se realizará el miércoles 8 de julio, de las 12:00 a las 15:00 horas, en la zona C del edificio G.

Atentamente
Diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DEL DISTRITO FEDERAL

La Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México y la Asociación Nacional de Abogados Democráticos, al foro La impartición y procuración de justicia en el Distrito Federal; la autonomía del Poder Judicial y de otros organismos en su ejercicio, que se realizará el miércoles 8 y el jueves 9 de julio, de las 12:00 a las 15:00 horas, en el salón Legisladores la República, situado en el edificio A, segundo piso.

Programa

Miércoles 8

9:00 horas. Registro de asistentes.
9:30 horas. Palabras de bienvenida, por el diputado Ramón Félix Pacheco Llanes.

10:00 horas. Inauguración, por el licenciado Marcelo Ebrard Casaubón, jefe del Gobierno del Distrito Federal.

10:30 horas. Doctor Édgar Elías Azar, magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal.
11:00 horas. Licenciado Jesús Campos Linas, presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal.

11:30 horas. Licenciado José Raúl Armida Reyes, magistrado presidente del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal.
12:00 horas. Maestro Emilio Álvarez Icaza Longoria, presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.

12:30 horas. Maestro Óscar M. Guerra Ford, presidente comisionado del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
13:00 horas. Licenciado Óscar Alzaga, coordinador general de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos (ANAD).

13:30 horas. Licenciada María Estela Ríos González, ex presidenta de la ANAD.
14:00 horas. Preguntas y respuestas.

Jueves 9 9:00 horas. Doctor Miguel Ángel Mancera Espinosa, procurador general de Justicia del Distrito Federal.
9:30 horas. Doctora Leticia Bonifaz Alfonzo, consejera jurídica y de Servicios Legales del Gobierno del Distrito Federal.

10:00 horas. Licenciado Benito Mirón Lince, secretario de Trabajo y Fomento del Empleo del Gobierno del Distrito Federal.
10:30 horas. Licenciado Martí Batres Guadarrama, secretario de Desarrollo Social del Gobierno del Distrito Federal.

11:00 horas. Licenciado Ricardo García Sainz, contralor general del Gobierno del Distrito Federal.
11:30 horas. Licenciada Martha Lucía Mícher Camarena, directora general del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal.

12:00 horas. Licenciada Margarita Darlene Rojas Olvera, directora general del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal.
12:30 horas. Licenciado Lauro Jonathan Sol Orea, presidente de la ANAD.

13:00 horas. Licenciado Alejandro Rojas Díaz Durán, secretario de Turismo del Distrito Federal.
13:30 horas. Maestro Enrique Larios Díaz, presidente de la Asociación de Maestros de Derecho del Trabajo de la Universidad Nacional Autónoma de México.

14:00 horas. Preguntas y respuestas.
14:30 horas. Clausura, por el doctor Ruperto Patiño Manffer, director de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Atentamente
Diputado Ramón Félix Pacheco Llanes
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE ESTUDIOS DE LAS POLÍTICAS PARA LA MIGRACIÓN INTERNA

Al diplomado Análisis y debate de los problemas contemporáneos de México que, en coordinación con la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM, se llevará a cabo los viernes –de las 15:00 a las 21:00 horas– y los sábados –de las 9:00 a las 14:00– comprendidos hasta el 11 de julio, en la Cámara de Diputados.

Se analizarán los grandes problemas nacionales en sus dimensiones social, política, económica, cultural, internacional y legal, las leyes y políticas que enmarcan su tratamiento, a fin de identificar las condiciones que los determinan actualmente, generar su clarificación y proponer las reformas que se requieren para dar un nuevo curso al desarrollo del país.

Módulo 1. El estado de derecho a debate: ¿vigencia o decadencia?

• La Constitución, límites, suficiencias e insuficiencias.
• Los grandes déficit: desigualdad, corrupción, concentración centralización…
• El reconocimiento de los derechos de tercera generación.
• México: Estado capitalista. Estado liberal, estado de bienestar, estado fallido o estado en construcción.
• La reforma del Estado inconclusa, más allá de los cinco ejes propuestos.
• Reflexiones para un nuevo modelo de Estado mexicano.
• Sobre la tendencia de los estados sociales y democráticos de derecho.
Módulo II. ¿El modelo económico sigue siendo viable? • El sistema industrial y su modernización.
• El mercado interno.
• El sistema financiero.
• La inversión extranjera.
• El debate sobre la reforma laboral.
• Globalidad, comercio y competitividad.
• Mercado de valores, soberanía y desarrollo.
• Patentes, derechos y marcas en el contexto del libre comercio.
• Las Pymes.
• El sistema fiscal.
• Empleos, salarios e ingresos.
• Los límites entre el mercado y el Estado.
• El desarrollo sustentable.
Módulo III. La reforma del sistema político como condición de una nueva democracia • Las relaciones entre los poderes públicos.
• Presidencialismo y semipresidencialismo.
• Avances y limitaciones en el sistema electoral.
• La reforma de los partidos.
• La participación ciudadana para la democracia.
• ¿Hacia el jefe de gabinete?
• La ratificación legislativa de cargos públicos.
• La reelección.
• La reforma del Congreso.
• El debate sobre la naturaleza jurídica del DF.
• Un nuevo federalismo.
Módulo IV. Seguridad pública, justicia y derechos ciudadanos • La reforma de la justicia.
• Inseguridad: entre la percepción masiva y la realidad objetiva.
• Las estrategias frente al crimen organizado.
• Los viejos y los nuevos delitos y la globalización criminal.
• Límites y alcances del régimen protector de los derechos humanos.
• La seguridad pública como indicador de la eficacia estatal.
• El Ministerio Público.
• Los procesos judiciales.
• El régimen civil.
• Corrupción y ética pública.
• Ciudadanía y seguridad pública.
Módulo V. ¿Qué hacemos con la desigualdad social? • México frente a la extensión de la desigualdad.
• Viejas y nuevas exclusiones sociales.
• Desarrollo e igualdad como condición para la libertad.
• La realidad de la pobreza, ¿cuántos son, dónde están?
• Programas sociales, corporativismo y neopopulismo.
• Las políticas sociales de tercera generación.
• La opción contra la pobreza, ¿individuo o comunidad?
• Nuevas estrategias para redistribuir el ingreso y alcanzar el desarrollo social.
Módulo VI. El mundo: ¿socios o adversarios? • Un balance obligado tras 15 años de apertura comercial.
• La transnacionalización de la economía.
• El NAFTA en su etapa de conclusión.
• El factor Obama y la perspectiva de la relación México-EUA.
• Las relaciones con Europa, 15 años de estancamiento.
• ¿Dónde se encuentra la comunidad latinoamericana?
• México-Cuba, dos pasos atrás y uno adelante.
• Al norte los liberales, al sur los socialistas, ¿dónde nos encontramos?
• México y los conflictos en Medio Oriente.
• ¿Existe el gigante chino en la política exterior mexicana?
• El papel de México ante las nuevas instituciones internacionales (Corte Penal, OMC, OCDE…).
• ¿Cómo transitar en la globalización sin perder nuestra identidad?
Informes: En la comisión: Palacio Legislativo de San Lázaro, edificio F, planta baja; o en los números de teléfono 5036 0000, extensiones 58216 y 58215; o 044-55-3225-1261, 044-55-2921-2480 y 044-55-3666-5185; correo electrónico conocimientoglobal@yahoo.com

Atentamente
Diputado Raúl Ríos Gamboa
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE CULTURA

A la exposición Naturaleza abstracta, que permanecerá del lunes 13 al viernes 17 de julio y se inaugurará el martes 14, a las 12:30 horas, en el vestíbulo principal.

Atentamente
Diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera
Presidente
 
 

DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA

Al foro La industria del mezcal en México: problemática, retos y oportunidades que, organizado con las Comisiones de Agricultura y Ganadería, y de Desarrollo Rural, se llevará a cabo el miércoles 22 de julio, de las 9:00 a las 16:00 horas, en el salón Legisladores de la República, situado en el segundo piso del edificio A.

Atentamente
Diputada Adriana Rodríguez Vizcarra Velázquez
Presidenta
 
 

DEL CENTRO DE ESTUDIOS SOCIALES Y DE OPINIÓN PÚBLICA

Al diplomado Opinión pública y comunicación política que, en coordinación con la Universidad Nacional Autónoma de México, se llevará a cabo hasta el viernes 24 de julio, en la sala 4 del edificio I.

El diplomado contará con la participación de reconocidos especialistas de las principales casas encuestadoras en México, como Jorge Buendía, de Buendía & Asociados; Francisco Abundis, de Parametría; Roy Campos, de Consulta Mitofsky; y Ulises Beltrán, de BGC; e investigadores de la Universidad Nacional Autónoma de México. Estará dividido en seis módulos y 24 sesiones, con 48 horas efectivas de trabajo.

La vigésima primera y vigésima segunda sesiones se llevarán a cabo el 9 y el 10 de julio, de las 17:00 a las 20:00 y de las 10:00 a las 14:00 horas, respectivamente, en los salones de usos múltiples números 3 y 4 del edificio I.

Metodología

Módulo 6. Opinión pública, negociación y políticas públicas.

Expositor. UNAM.
Sesiones. 9, 10, 23 y 24 de julio.
Atentamente
Maestro Carlos Enrique Casillas Ortega
Director General