Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2704-I, martes 24 de febrero de 2009.


Comunicaciones Oficios Minutas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Comunicaciones
DEL GOBIERNO DE PUEBLA

Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla y Marcela Cuen Garibi
Vicepresidente y Secretaria de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión
Presentes

En atención de su oficio número DGPL-60-II-5-2385, de fecha 14 de enero de 2009, recibido en esta entidad federativa el 19 del mismo mes y año, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 70 y 79, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, y 2 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, hago de su conocimiento lo siguiente:

El gobierno del estado se impone de su contenido y, en ejercicio de las atribuciones conferidas al Poder Ejecutivo, se toma nota del dictamen aprobado por esa soberanía en sesión pública realizada con fecha 14 de enero del año en curso, por virtud del cual se exhorta a las autoridades ejecutivas y legislativas de las 32 entidades federativas del país a impulsar, promover y aprobar, en su caso, las modificaciones legislativas e institucionales necesarias para adecuarlas y hacerlas compatibles con la Convención Internacional de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, considerando particularmente las observaciones finales emitidas por el Comité de los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas respecto al tercer Informe de México sobre la Niñez.

No omito manifestarles que es objetivo y función prioritaria del gobierno que me honro representar llevar a cabo acciones que permitan la preservación del estado de derecho, pues éste constituye la expresión positiva y ordenada de la soberanía popular, cuya voluntad está sintetizada en las normas jurídicas constitucionales, así como llevar a cabo acciones que conduzcan a la articulación y coordinación interinstitucional, con la plena participación de la sociedad, a fin de garantizar el estado de derecho, mediante la constante y permanente actualización del marco jurídico que nos rige con la estricta observancia y adecuada aplicación de la ley, mejorando la certidumbre jurídica y la convivencia social democrática, todo ello de conformidad con lo plasmado en el Plan Estatal de Desarrollo 2005-2011, que contiene en el eje rector 1, "Puebla Estado de Derecho y Justicia", los objetivos, las estrategias y las líneas de acción que desarrollará el gobierno del estado referente a este tema, en los Capítulo 1.3., "Justicia", y 1.4., "Seguridad Pública".

De lo expuesto, y considerando la relación de coordinación y colaboración que debe haber entre Poderes, le expreso la disposición del Poder Ejecutivo que represento de contribuir a lograr el objetivo que se pretende. No omito manifestar que se instaurarán las acciones que, en su caso, resulten procedentes, para los efectos legales y administrativos a que haya lugar.

Hago propicio el conducto para enviarle un cordial saludo.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
H. Puebla de Zaragoza, a 10 de febrero de 2009.

Licenciado Mario P. Marín Torres (rúbrica)
Gobernador Constitucional de Puebla
 
 
 

DEL GOBIERNO DE SONORA

Hermosillo, Sonora, a 17 de febrero de 2009.

Diputada Martha Hilda González Calderón
Vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Diputado José Manuel del Río Virgen
Secretario de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Presentes

Por medio del presente, en atención a su oficio número DGPL 60-II-4 1784, expediente 4388, en el cual solicita al gobierno del estado información relacionada a la implementación de acciones referentes al bloqueo de llamadas de teléfonos celulares y otros medios de comunicación, así como de las revisiones periódicas realizadas a las instalaciones de los internos de los centros de readaptación social del estado, me permito remitirle tal información, la cual fue proporcionada por la Coordinación General del Sistema Estatal Penitenciario, misma que en materia del asunto que nos ocupa, refuerza constantemente toda acción y programa encaminado a tal fin.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
Francisco Figueroa Bouquet (rúbrica)
Secretario ejecutivo de Seguridad Pública
 
 

Hermosillo, Sonora, a 14 de enero de 2009.

Licenciado José Ricardo Bonillas Fimbres
Director general jurídico de la Secretaría Ejecutiva de Seguridad Pública
Presente

En atención a su tarjeta número DGJ/01/01/2009, del 6 de enero de 2009, mediante la cual solicita información requerida por los diputados Martha Hilda González Calderón y José Manuel del Río Virgen, acerca de la implantación de acciones referente al bloqueo de llamadas de teléfonos celulares y otros medios de comunicación no permitidos desde los centros de readaptación social del estado, así como de las revisiones periódicas realizadas a las instalaciones de los internos y fortalecer las medidas para evitar el ingreso de artículos y sustancias prohibidas a los mismos, al respecto informo a usted lo siguiente:

Esta coordinación general a mi cargo, atenta a la problemática por el uso de teléfonos celulares, principalmente en los centros de readaptación social de Ciudad Obregón, Hermosillo I y II, Nogales I y II; al ser los centros penitenciarios en los que se concentra el mayor número de población en el estado, recibió el apoyo del secretario ejecutivo de Seguridad Pública, a través del C4, para la instalación de bloqueadores de señal de teléfonos y otros medios de comunicación, con lo que se logró disminuir el riesgo de que la seguridad de estos centros sea vulnerada, y ha evitado que por el uso de estos equipos se cometan los delitos ya conocidos.

Por otra parte, hago de su conocimiento que, en relación a las medidas que se han tomado para evitar el ingreso a los centros penitenciarios de artículos y substancias prohibidas, esta coordinación general giró las instrucciones respectivas y se ejecutaron las siguientes acciones:

A). Con motivo del ingreso de aproximadamente 10 mil visitantes cada semana a los centros de readaptación social en el estado, personal de vigilancia y custodia con pleno respeto a la dignidad y a los derechos humanos de dichos visitantes (familiares y amigos de los internos), implementan las medidas de seguridad necesarias, como revisiones personalizadas, el uso del arco detector de metales y vigilancia a través de circuito cerrado de monitores de televisión, que han evitado, en la medida de lo posible, el ingreso de objetos y sustancias prohibidas, permitiendo orden, tranquilidad y un mejor control en la seguridad.

B). Durante el 2007 y 2008 se efectuaron en los 15 centros de readaptación social del estado 3 mil 487 y 3 mil 963revisiones, respectivamente, en las cuales se decomisaron 140 y 249 celulares. Mismos que oportunamente fueron puestos a disposición de la Procuraduría General de la Republica para su investigación.

C). Por otra parte, es de destacarse que periódicamente se realizan revisiones a los internos y a sus pertenencias en los pabellones en donde se encuentran recluidos, con el propósito de proteger la integridad física de toda persona privada de su libertad.

Sin otro particular por el momento, me es grato reiterarle a usted mi más atenta y distinguida consideración.

Atentamente
Saúl E. Torres Millán (rúbrica)
Coordinador general del Sistema Estatal Penitenciario
 
 


DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD

México, DF, a 11 de febrero de 2009.

Diputado Cesar Duarte Jáquez
Presidente de la Honorable Cámara de Diputados
LX Legislatura
Presente

Me dirijo a usted en atención a su oficio número DGPL-60-II-I-2153 expediente 514, fechado el 28 de enero de 2009, mediante el cual se notifica a esta paraestatal el punto de acuerdo de la Comisión Permanente que exhorta al director general de la CFE a remitir a dicha representación soberana un informe detallado y pormenorizado con relación al proyecto de geotermia ubicado en el Bosque de la Primavera, Jalisco.

Al respecto, adjunto al presente me permito enviarle dos documentos:

1. Informe detallado y pormenorizado del proyecto geotermoeléctrico Cerritos Colorados.

2. Un volumen de anexos consistente en: copia del certificado de industria limpia para el campo geotérmico, planos, anexo fotográfico, análisis comparativo de sitios, información básica forestal del estudio técnico justificativo, estudio de dispersión del ácido sulfhídrico y copia del convenio entre CFE y el ejido Adolfo López Mateos.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un respetuoso saludo.

Atentamente
Alfredo Elías Ayub (rúbrica)
Director General
 
 
 

DEL DIPUTADO FRANCISCO DOMÍNGUEZ SERVIÉN

Palacio Legislativo, a 19 de febrero de 2009.

Diputado César Horacio Duarte Jáquez
Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados
Presente

El suscrito, diputado federal por Querétaro del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en atención a lo dispuesto en el artículo 47 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me dirijo a usted a fin de someter a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados la presente solicitud de licencia para separarme del cargo por tiempo indefinido a partir del 24 de febrero de 2009.

Agradezco la atención que sirva darle a la presente.

Atentamente
Diputado Francisco Domínguez Servién (rúbrica)
 
 
 

DE LA DIPUTADA MARÍA ORALIA VEGA ORTIZ

Palacio Legislativo, 23 de febrero de 2009.

Diputado César Duarte Jáquez
Presidente de la Mesa Directiva
Presente

Por este medio y con fundamento de lo dispuesto en el artículo 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito solicitar licencia por tiempo indefinido para separarme de mi cargo como diputada federal a partir del día 24 de febrero del año en curso.

Lo hago de su conocimiento para los efectos a que haya lugar, con el propósito de que se realicen todos los trámites conducentes.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente
Diputada María Oralia Vega Ortiz (rúbrica)
 
 
 

DEL DIPUTADO FERNANDO QUETZALCÓALT MOCTEZUMA PEREDA

Palacio Legislativo, a 23 de febrero de 2009.

Diputado César Duarte Jáquez
Presidente de la Mesa Directiva
Presente

Por este conducto, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito solicitar licencia por tiempo indefinido para separarme de mi cargo como diputado federal a partir del 24 de febrero del año en curso.

Lo hago de su conocimiento para los efectos a que haya lugar, con el propósito de que se realicen todos los trámites conducentes.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente
Diputado Fernando Quetzalcóalt Moctezuma Pereda (rúbrica)
 
 
 

DEL DIPUTADO JOSÉ ALEJANDRO AGUILAR LÓPEZ

Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 23 de febrero de 2009.

Diputado César Duarte Jáquez
Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados de la LX Legislatura
Presente

Recibe un atento saludo, aprovecho la ocasión para expresarte que con fundamento en lo dispuesto en el artículo 47 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me dirijo para solicitarte, muy respetuosamente, seas el conducto para someter a consideración del Pleno de la honorable Cámara de Diputados, mi solicitud de licencia, para separarme, por tiempo indefinido, del cargo de diputado federal de la LX Legislatura, a partir del 23 de febrero del año en curso.

Agradezco de antemano tu atención y virtual apoyo, quedando como tu atento y seguro servidor.

Respetuosamente
Diputado José Alejandro Aguilar López (rúbrica)
 
 






Oficios
DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, TRES CON LOS QUE REMITE CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO APROBADOS POR LA COMISIÓN PERMANENTE

México, DF, a 13 de febrero de 2009.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presentes

En respuesta del oficio número DGPL 60-II-I-2154, signado por los diputados César Duarte Jáquez y Marcela Cuen Garibi, Presidente y Secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número 170/UCVPS/DGAVPS/120/2009, suscrito por el doctor Lucio Galileo Lastra Marín, director general adjunto de Vinculación Social de la Secretaría de Salud, así como el anexo que en él se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo al Programa Caravanas de la Salud 2009.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
Cuauhtémoc Cardona Benavides (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo
 
 

México, DF, a 6 de febrero de 2009.

Licenciado Cuauhtémoc Cardona Benavides
Subsecretario de Enlace Legislativo
Secretaría de Gobernación
Presente

Me refiero al punto de acuerdo presentado por la senadora María Elena Orantes López (Partido Revolucionario Institucional) y aprobado el 28 de enero por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, el cual solicita a la Secretaría de Salud informar sobre los criterios tomados en cuenta en las Reglas de Operación del Programa Caravanas de la Salud 2009, para ampliar la cobertura a 200 mil personas respecto a 2008, pero reduciendo de 20 mil localidades con difícil acceso a los servicios de salud en todos los estados del país, a 6 mil localidades de 125 municipios localizadas en 7 entidades federativas.

Al respecto, me permito acompañar el oficio CAS/151/09, suscrito por el doctor Francisco J. Bañuelos Téllez, coordinador de asesores de la Subsecretaría de Innovación y Calidad.

Con base en lo anterior, he de agradecer su amable intervención a efecto de remitir esta información a esta legislatura para su desahogo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente
Doctor Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica)
Director General Adjunto
 
 

México, DF, a 28 de enero de 2009.

Doctor Lucio Galileo Lastra Marín
Director General Adjunto de Vinculación Social
Presente

En respuesta de la solicitud de información realizada para el desahogo del punto de acuerdo presentado por la senadora María Elena Orantes López, en la sesión de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión celebrada el 14 de enero del presente, pongo a su consideración la siguiente información y comentarios, en respuesta de las inquietudes y cuestionamientos de la senadora promovente:

Primero

• Acumulado al cierre de 2008 de la población cubierta por el Programa Caravanas de la Salud, que habita en las localidades pertenecientes a los 125 municipios de menor índice de desarrollo humano. Chiapas Número de caravanas en operación: 25
Municipios visitados: 20
Localidades visitadas: 971
Población total en localidades visitadas: 19 mil 882
Durango Número de caravanas en operación: 8
Municipios visitados: 1
Localidades visitadas: 89
Población total en localidades visitadas: 15 mil 892
Guerrero Número de caravanas en operación: 35
Municipios visitados: 21
Localidades visitadas: 276
Población total en localidades visitadas: 87 mil 388
Nayarit Número de caravanas en operación: 16
Municipios visitados: 1
Localidades visitadas: 124
Población total en localidades visitadas: 8 mil 302
Oaxaca Número de caravanas en operación: 42
Municipios visitados: 29
Localidades visitadas: 176
Población total en localidades visitadas: 31 mil 860
Puebla Número de caravanas en operación: 6
Municipios visitados: 6
Localidades visitadas: 38
Población total en localidades visitadas: 9 mil 901
Veracruz Número de caravanas en operación: 10
Municipios visitados: 13
Localidades visitadas: 86
Población total en localidades visitadas: 35 mil 567
Total Número de caravanas en operación: 142
Municipios visitados: 91
Localidades visitadas: Mil 760
Población total en localidades visitadas: 208 mil 792
Fuente: Informe Gerencial, segunda, diciembre 2008.

Durante el 2008, a través del programa se brindaron un millón 192 mil 251 acciones de prevención y promoción de la salud, de atención medica y odontológica ambulatoria de primer nivel en las localidades pertenecientes a los 125 municipios de menor índice de desarrollo humano.

• Servicios médicos otorgados en las localidades beneficiadas

Los servicios médicos son otorgados gratuitamente y de manera continua, y forman parte del Catálogo Universal de Servicios Esenciales de Salud (Causes) del Sistema de Protección Social en Salud; se distribuye en los siguientes rubros1:

• Medicina ambulatoria.
• Odontología.
• Salud reproductiva.
• Embarazo, parto y recién nacido.

Cabe mencionar que según la tipología de Unidades Médicas Móviles, conforme a su capacidad resolutiva, el programa otorga hasta 79 intervenciones del Causes.

• Medidas para brindar opciones de mayor calidad y permanencia para la atención de la salud en las poblaciones cubiertas por el programa.

a) Aceptación del servicio por parte del paciente. Se han realizado cursos de capacitación al personal operativo en materia de interculturalidad, teniendo en cuenta que más de la mitad de la población que pertenece a estas localidades es indígena, a fin de adecuar el servicio a las expectativas del paciente, incrementar su satisfacción y generar mayor respuesta al tratamiento y al servicio en general.

b) Integración a la red de servicios. Se ha capacitado al personal de los equipos de salud itinerantes sobre mortalidad materna e infantil y los criterios de gravedad a tener en cuenta al momento de referir a un paciente, permitiendo mejorarlos en el equipo que provee el servicio y, en consecuencia, fortaleciendo la coordinación con dichos niveles.

Asimismo, el programa participa activamente en el proceso de acreditación de sus unidades médicas, con el fin de mantener un elevado nivel de calidad de los servicios otorgados, e impactando de manera positiva en el nivel de salud de nuestros pacientes.

Segundo • El Programa Caravanas de la Salud contempla como población objetivo 20 mil 000 localidades. De este universo, tanto en las reglas de operación del 2008 como las del 2009, se establece como prioridad atender a la población que habita en los 125 municipios de menor índice de desarrollo humano. Las reglas de operación 2008 contemplan 1.2 millones de personas en dichos municipios, en base al conteo 2005, la cifra se sitúa en 1.4 millones de personas, cifra que se actualiza en las Reglas de Operación del Programa Caravanas de la Salud 2009.

• En virtud de que el programa tiene como objetivo principal acercar la oferta de servicios de salud a las personas que habitan en las localidades de alto grado de marginación que no cuentan con infraestructura de servicios en su localidad; y que para ellos es muy difícil acceder a la red de prestación de servicios de salud, las Reglas de Operación del Programa Caravanas de la Salud 2009 establecen en el apartado 5.5, como población potencial de recibir los beneficios del programa:

a) En primer término las localidades situadas en los 125 municipios de menor índice de desarrollo humano. Según proyecciones del Consejo Nacional de Población 2005, existen 6 mil 992 localidades con una población estimada de 1.4 millones de habitantes en estos 125 municipios que se encuentran en Guerrero, Chiapas, Oaxaca, Puebla, Nayarit, Durango y Veracruz.

b) De manera simultánea, el programa podrá aportar recursos para atender a las localidades de alta y muy alta marginación de los 25 estados restantes. Tomando en cuenta proyecciones de la Consejo Nacional de Población 2005, existen 9 mil 756 localidades de muy alta marginación y 3 mil 432 localidades de alta marginación.

En total suman 20 mil 180 localidades, que componen el universo identificado para la operación del programa, en las cuales, de acuerdo con las cifras disponibles, habitan aproximadamente 3.8 millones de personas.

• Cabe aclarar que en las Reglas de Operación del Programa Caravanas de la Salud 2009 no se establece la meta de ampliación de cobertura para este ejercicio fiscal, sólo se establece, en el apartado 5.5 Población objetivo, el universo total que contempla el programa, cuya cobertura depende de los recursos disponibles. También se establece en dicho apartado la prioridad en la atención de las localidades conforme al avance del programa.

Sobre la meta definida por la secretaría, conforme al avance alcanzado y los recursos asignados al programa, cabe mencionar que, aún cuando la prioridad seguirá siendo atender los 125 municipios de menor índice de desarrollo humano destinando los recursos para la operación de las caravanas existentes y las que se transfieran, de acuerdo a las necesidades, en el presente ejercicio fiscal también se contempla asignar recursos a las 25 entidades federativas restantes para ampliar la cobertura y presencia del programa, los cuales se refieren a la asignación de Unidades Médicas Móviles y recursos para cubrir el gasto de operación de las mismas.

Finalmente, le informo que al cierre de 2008, a nivel nacional, el programa logró tener presencia en 9 mil 241 localidades, que están ubicadas en las 31 entidades federativas y el Distrito Federal. La meta de ampliación de cobertura para el 2009 es llegar a 13 mil 272 localidades en todo el país.

Sin otro particular, reciba usted un cordial saludo.

Atentamente
Doctor Francisco J. Bañuelos Téllez (rúbrica)
Coordinador de Asesores

Nota
1. Anexo 1. Intervenciones del Causes que proporcionan los ESI del Programa Caravanas de la Salud
(Reglas de operación 2008. Diario Oficial de la Federación, diciembre 30 de 2007)

Medicina ambulatoria
l. Diagnóstico y tratamiento de anemia ferro priva
2. Diagnóstico y tratamiento de la desnutrición y obesidad en niños y adolescentes
3. Diagnóstico y tratamiento de rubéola
4. Diagnóstico y tratamiento de sarampión
5. Diagnóstico y tratamiento de varicela
6. Diagnóstico y tratamiento de amigdalitis aguda
7. Diagnóstico y tratamiento de faringitis aguda
8. Diagnóstico y tratamiento de laringitis y traqueitis agudas
9. Diagnóstico y tratamiento de otitis media supurativa
10. Diagnóstico y tratamiento de rinofaringitis aguda (resfriado común)
11. Diagnóstico y tratamiento de sinusitis aguda
12. Diagnóstico y tratamiento de conjuntivitis
13. Diagnóstico y tratamiento de rinitis alérgica
14. Diagnóstico y tratamiento del asma en adultos
15. Diagnóstico y tratamiento del asma en niños
16. Diagnóstico y tratamiento de dengue clásico
17. Diagnóstico y tratamiento de diarrea aguda
18. Diagnóstico y tratamiento de fiebre tifoidea
19. Diagnóstico y tratamiento de gastroenteritis infecciosa
20. Diagnóstico y tratamiento de tuberculosis (TAES)
21. Diagnóstico y tratamiento del herpes zoster
22. Diagnóstico y tratamiento de candidiasis
23. Diagnóstico y tratamiento de gonorrea
24. Diagnóstico y tratamiento de infecciones por clamydia (incluye tracoma)
25. Diagnóstico y tratamiento de infecciones por trichomona
26. Diagnóstico y tratamiento de sífilis
27. Diagnóstico y tratamiento de cistitis
28. Diagnóstico y tratamiento de uretritis y síndrome uretral
29. Diagnóstico y tratamiento de vaginitis aguda
30. Diagnóstico y tratamiento de vulvitis aguda
31. Diagnóstico y tratamiento farmacológico de amibiasis intestinal
32. Diagnóstico y tratamiento farmacológico de anquilostomiasis y necatoriasis
33. Diagnóstico y tratamiento farmacológico de ascariasis
34. Diagnóstico y tratamiento farmacológico de enterobiasis
35. Diagnóstico y tratamiento farmacológico de estrongiloidiasis
36. Diagnóstico y tratamiento farmacológico de filariasis
37. Diagnóstico y tratamiento farmacológico de giardiasis .
38. Diagnóstico y tratamiento farmacológico de teniasis
39. Diagnóstico y tratamiento farmacológico de tricuriasis
40. Diagnóstico y tratamiento de escabiasis
41. Diagnóstico y tratamiento de pediculosis y phthiriasis
42. Diagnóstico y tratamiento de micosis superficiales
43. Diagnóstico y tratamiento de celulitis
44. Diagnóstico y tratamiento de dermatitis alérgica de contacto
45. Diagnóstico y tratamiento de dermatitis de contacto por irritantes
46. Diagnóstico y tratamiento de dermatitis del panal
47. Diagnóstico y tratamiento de dermatitis exfoliativa
48. Diagnóstico y tratamiento de dermatitis seborreica
49. Diagnóstico y tratamiento de esofagitis por reflujo
50. Diagnóstico y tratamiento de gastritis aguda
51. Diagnóstico y tratamiento de úlcera péptica
52. Diagnóstico y tratamiento del síndrome de colon irritable
53. Diagnóstico y tratamiento de gota
54. Diagnóstico y tratamiento del hipotiroidismo (adultos)
55. Diagnóstico y tratamiento farmacológico (ambulatorio) de diabetes mellitus II
56. Diagnóstico y tratamiento farmacológico (ambulatorio) de hipertensión arterial
57. Diagnóstico y tratamiento de la insuficiencia cardiaca crónica
58. Diagnóstico y tratamiento de artritis reumatoide
59. Diagnóstico y tratamiento de osteoartritis
60. Diagnóstico y tratamiento de lumbalgia
61. Diagnóstico y tratamiento de depresión
62. Diagnóstico y tratamiento farmacológico de epilepsia

Odontología
63. Prevención de caries (curetaje, odontoxesis y aplicación tópica de flúor)
64. Sellado de fosetas y fisuras dentales
65. Obturación de caries con amalgama o resina
66. Eliminación de focos de infección, abscesos y restos radiculares
67. Extracción de piezas dentarias (no incluye tercer molar)
68. Diagnóstico y tratamiento de pulpitis y necrosis pulpar

Salud reproductiva
69. Métodos temporales de planificación familiar: anticonceptivos
70. Métodos temporales de planificación familiar: preservativos
71. Métodos temporales de planificación familiar: dispositivo intrauterino
72. Diagnóstico y tratamiento de dismenorrea
73. Atención del climaterio y menopausia

Embarazo, parto y recién nacido
74. Examen y prueba del embarazo
75. Atención del embarazo normal (atención prenatal)
76. Detección oportuna del Ca Cu, DOC.
77. Atención del puerperio normal
78. Atención del recién nacido normal
79. Estimulación temprana del recién nacido normal y del prematuro
 
 

México, DF, a 17 de febrero de 2009.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presentes

Por este medio y en alcance a mi oficio número SEL/300/694/09 me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número 349-A-0110, suscrito por Juan Manuel Pérez Porrúa, jefe de la Unidad de Política de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante el cual complementa la respuesta al punto de acuerdo relativo al incremento en los precios de los combustibles y las tarifas eléctricas.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
Cuauhtémoc Cardona Benavides (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo
 
 

México, DF, a 12 febrero de 2009.

Licenciado Cuauhtémoc Cardona Benavides
Subsecretario de Enlace Legislativo
Secretaría de Gobernación

Hago referencia a su oficio número SEL/ 300/ 298/09, de fecha 15 de enero de 2009, dirigido al doctor Agustín Carstens Carstens, secretario de Hacienda y Crédito Público, mediante el cual da a conocer el "exhorto" aprobado por el honorable Congreso de la Unión en su sesión celebrada el 14 de enero de 2009, el cual señala lo siguiente:

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo Federal a instruir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que revise el incremento de los precios del diesel, los combustibles y las tarifas eléctricas; asimismo, a considerar su política de empleo y ejercer de manera eficiente y eficaz el gasto público. Sobre el particular le comento que los precios de los combustibles se incrementaron a finales del año pasado en nuestro país con la finalidad de disminuir los diferenciales de precio respecto al mercado internacional y, especialmente, en relación con los precios de nuestro principal socio comercial, Estados Unidos.

Cabe señalar que la política de precios de los combustibles tiene como objetivo reflejar su costo de oportunidad, buscando fomentar el saneamiento financiero e incrementar la eficiencia productiva de las empresas públicas. De esta manera, las personas y empresas que adquieren estos productos, reciben una señal de precios adecuada para la toma de decisiones productivas y de consumo.

El 7 de enero de 2009, el ciudadano presidente de la república, en el marco del Acuerdo Nacional en favor de la Economía Familiar y el Empleo, anunció que se mantendrían sin cambios los precios de las gasolinas durante 2009.

Los precios quedaron de la siguiente manera: para la gasolina Pemex Magna, el último cambio fue el 3 de enero de 2009, quedando en 7.72 pesos por litro para la zona resto del país de 15 por ciento de IVA y 7.41 pesos por litro para la zona resto del país de 10 por ciento de IVA. Por su parte, el último cambio a los precios de la gasolina Pemex Premium fue el 15 de noviembre de 2008; estos niveles, iguales a 9.57 pesos por litro para la zona resto del país de 15 por ciento de IVA; 9.58 pesos por litro para la zona metropolitana del valle de México, y 9.18 pesos por litro para la zona resto del país de 10 por ciento de IVA, estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2009.

Asimismo, el 27 de enero de 2009, el ciudadano presidente de la república anunció que a partir del 1 de febrero de 2009 el desliz del precio del diesel se reducirá de cinco centavos semanales a cinco centavos mensuales. Esto significa una reducción de 75 por ciento en el ritmo de crecimiento del precio del diesel. Con esta medida, el gobierno federal continúa apoyando a los sectores productivos de nuestro país.

Atentamente
Juan Manuel Pérez Porrúa (rúbrica)
Jefe de la Unidad de Política de Ingresos
 
 

México, DF, a 13 de febrero de 2009.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presentes

En respuesta al oficio número DGPL 60-II-2-2157, signado por los diputados César Horacio Duarte Jáquez y José Rubén Escajeda Jiménez, Presidente y Secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 349-A- 0088, suscrito por el licenciado Juan Manuel Pérez Porrúa, jefe de la Unidad de Política de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo al pago por la transición de amplitud modulada (AM) a frecuencia modulada (FM).

Atentamente
Cuauhtémoc Cardona Benavides (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo
 
 

México, DF, a 10 de febrero de 2009.

Licenciado Cuauhtemoc Cardona Benavides
Subsecretario de Enlace Legislativo
Secretaría de Gobernación

Me refiero a su oficio número SEL/300/429/09, de fecha 22 de enero de 2009, mediante el cual hace del conocimiento de esta secretaría el punto de acuerdo aprobado por el Pleno de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión el 21 de enero del presente año, en el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, de tener la propuesta de la Cofetel, relativa a la contraprestación que deban cubrir los interesados en la transición de AM a FM, informe y publique los montos que se hayan determinado para tal efecto.

Sobre el particular, le informo que a la fecha esta secretaría no ha recibido propuesta alguna de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) para fijar el monto de la contraprestación que deberán pagar los concesionarios por el cambio de frecuencias de AM a FM.

La solicitud a esta secretaría de la propuesta de contraprestación antes referida por parte de la Cofetel es indispensable en los términos del acuerdo en el que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes estableció el procedimiento para transición de AM a FM (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2008), que en su artículo cuarto señala que el monto de la contraprestación será determinado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por propuesta de la Cofetel.

Además, de conformidad con el artículo 3 del Código Fiscal de la Federación, la contraprestación antes referida tiene la naturaleza de aprovechamiento, por lo que se debe cumplir lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, que señala que tratándose de aprovechamientos que no hayan sido cobrados en el ejercicio inmediato anterior o que no se cobren de manera regular, las dependencias interesadas deberán someter para su aprobación a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el monto de los aprovechamientos que pretendan cobrar, en un plazo no menor a 10 días anteriores a la fecha de su entrada en vigor.

Atentamente
Licenciado Juan Manuel Pérez Porrúa (rúbrica)
Jefe de la Unidad de Política de Ingresos
 
 


DE LA CÁMARA DE SENADORES, CON EL QUE REMITE INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS, PRESENTADA POR EL SENADOR TOMÁS TORRES MERCADO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

México, DF, a 19 de febrero de 2009.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Me permito comunicar a usted que en sesión celebrada en esta fecha, el senador Tomás Torres Mercado, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

La Presidencia dispuso que dicha iniciativa se turnara a la Cámara de Diputados, y se anexa.

Atentamente
Senador José González Morfín (rúbrica)
Vicepresidente
 

Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios a fin de disminuir el precio del diesel e impedir aumentos indiscriminados en el futuro

El suscrito, Tomás Torres Mercado, senador a la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta ante esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, con la siguiente

Exposición de Motivos

¿Qué hacer para crecer? Esta es la pregunta que ha ocupado gran parte de las preocupaciones del gobierno federal y de los mexicanos en los últimos meses.

Tal como hemos señalado con anterioridad, la respuesta a esta pregunta pasa necesariamente por el impulso de políticas de Estado que sean capaces de impulsar la inversión productiva, generar empleos suficientes y de calidad, garantizar el crecimiento de nuestro mercado interno y el bienestar de nuestros ciudadanos.

Sin duda, entre las medidas que deben emprenderse para garantizar un crecimiento sostenido de la economía se encuentra el establecimiento de una política energética que atienda las necesidades sociales y productivas del país. Lo cierto es que no podremos enfrentar de manera eficiente la crisis económica y financiera, ni sentar bases sólidas para el desarrollo del país con los actuales precios del gas, la gasolina y el diesel.

De manera particular resulta preocupante la falta de respuesta a la demanda social de congelar el incremento en el precio del diesel. Una disminución de 75 por ciento en los ajustes de incremento en el precio del diesel, como la anunciada por el titular del Ejecutivo federal hace poco tiempo, no es suficiente.

Como sabemos, el diesel posee una gran relevancia pues representa una de las más importantes fuentes de energía para los sectores agrícola e industrial de nuestro país, sobre todo en lo referente al transporte automotor, marítimo y ferroviario. Los motores diesel tienen un rendimiento superior al que presentan motores con otras fuentes de potencia y esta característica los ha convertido en los de mayor demanda en el campo, en la industria y en las zonas pesqueras de México.

En realidad, los altos precios del diesel no sólo perjudican a quienes lo utilizan de manera directa, sino que afectan el desempeño de nuestras cadenas productivas y limitan las posibilidades del país para encarar la crisis y fortalecer su posición económica.

La iniciativa tiene como objetivo congelar el precio de este importante combustible e impedir alzas indiscriminadas en el futuro. Concretamente, proponemos derogar el inciso c) de la fracción II del artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios para eliminar la aplicación de una cuota de 29.88 centavos por litro de diesel. Esta cuota, conforme de lo previsto en el artículo sexto de las disposiciones transitorias del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2007, se aplica de manera gradual.

El Congreso no puede ser sordo a las demandas de millones de productores y transportistas que solicitan la congelación inmediata del precio del diesel.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta asamblea proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se deroga el inciso c) de la fracción II del artículo 2o.-A y se reforma el artículo sexto de las disposiciones transitorias de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, contenida en el decreto por el que se reforman, adicionan, derogan y abrogan diversas disposiciones de las Leyes de Coordinación Fiscal, del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, y del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2007, para quedar como sigue:

Artículo 2o.-A. Las personas que enajenen gasolina o diesel en territorio nacional estarán sujetas a las tasas y cuotas siguientes:

I. ...

a) a f) ...

...

II. Sin perjuicio de lo previsto en la fracción anterior, se aplicarán las cuotas siguientes a la venta final al público en general en territorio nacional de gasolinas:

a) Gasolina Magna: 36 centavos por litro.

b) Gasolina Premium UBA: 43.92 centavos por litro.

c) (Se deroga)

Disposiciones transitorias de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

Artículo Sexto. Las reformas y adiciones a los artículos 2o.-A, 2o.-B, 7o. y 8o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios entrarán en vigor a los quince días naturales siguientes a la fecha de publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Las cuotas previstas en el artículo 2o.-A, fracción II, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios para la venta al público de gasolinas y diesel, se aplicarán de manera gradual, de conformidad con lo siguiente:

I. En el mes calendario en que entre en vigor el artículo 2o.-A, fracción II, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, se aplicará una cuota de 2 centavos a cada litro de gasolina Magna y 2.44 centavos a cada litro de gasolina Premium UBA.

II. Las cuotas mencionadas en la fracción anterior se incrementarán mensualmente en 2 centavos y 2.44 centavos, por cada litro de gasolina Magna y gasolina Premium UBA, respectivamente, hasta llegar a las cuotas previstas en el artículo 2o.-A, fracción II, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

III. ...

Transitorio

Artículo Único. El decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Cámara de Senadores, a 19 de febrero de 2009.

Senador Tomás Torres Mercado (rúbrica)
 
 







Minutas

CON PROYECTO DE DECRETO, QUE REFORMA EL ARTÍCULO 30 DE LA LEY AGRARIA

México, DF, a 19 de febrero de 2009.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 30 de la Ley Agraria.

Atentamente
Senador José González Morfín (rúbrica)
Vicepresidente
 

Minuta
Proyecto de Decreto

Por el que se reforma el artículo 30 de la Ley Agraria

Artículo Único. Se reforma el artículo 30 de la Ley Agraria, para quedar como sigue:

Artículo 30. Para la asistencia válida de un mandatario a una asamblea bastará una carta-poder debidamente suscrita ante dos testigos que sean ejidatarios o avecindados, certificadas sus firmas ante la autoridad municipal que esté autorizada en ley para hacerlo o, en su caso, ante fedatario público. El ejidatario mandante que no pueda firmar imprimirá su huella digital en la carta y solicitará a un tercero que firme la misma y asiente el nombre de ambos.

El mandatario sólo podrá representar a un ejidatario en la asamblea para la cual se le confirió el poder, debiendo quedar asentada en el acta de la asamblea la participación del mandatario y el documento con que se acreditó.

En el caso de asambleas que se reúnan para tratar los asuntos señalados en las fracciones VII a XIV del artículo 23 de esta ley, el ejidatario no podrá designar mandatario.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Cámara de Senadores México.- DF, a 19 de febrero de 2009.

Senador José González Morfín (rúbrica)
Vicepresidente

Senadora Claudia Sofía Corichi García (rúbrica)
Secretaria
 
 


CON PROYECTO DE DECRETO, QUE REFORMA EL ARTÍCULO 72 DE LA LEY AGRARIA

México, DF, a 19 de febrero de 2009.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 72 de la Ley Agraria.

Atentamente
Senador José González Morfín (rúbrica)
Vicepresidente
 

Minuta
Proyecto de Decreto

Por el que se reforma el artículo 72 de la Ley Agraria

Artículo Único. Se reforma el artículo 72 de la Ley Agraria, para quedar como sigue:

Artículo 72. En cada ejido y comunidad podrá destinarse una parcela para constituir la unidad productiva para el desarrollo integral de la juventud, donde se realizarán actividades sociales, económicas, culturales, de salud y de capacitación, tendentes a procurar que los hijos de ejidatarios, comuneros y avecindados mayores de catorce y menores de veintinueve años logren una inserción sana, plena y productiva en el desarrollo del campo. Esta unidad será administrada por un comité cuyos miembros serán designados exclusivamente por los integrantes de la misma.

La puesta en marcha y los costos de operación de la unidad serán cubiertos por sus integrantes, quienes podrán recurrir a los programas de financiamiento y asesoría de la federación.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Cámara de Senadores.- México, DF, a 19 de febrero de 2009.

Senador José González Morfín (rúbrica)
Vicepresidente

Senadora Claudia Sofía Corichi García (rúbrica)
Secretaria
 
 


CON PROYECTO DE DECRETO, QUE REFORMA EL ARTÍCULO 164 DE LA LEY AGRARIA

México, DF, a 19 de febrero de 2009.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 164 de la Ley Agraria.

Atentamente
Senador José González Morfín (rúbrica)
Vicepresidente
 

Minuta
Proyecto de Decreto

Por el que se reforma el artículo 164 de la Ley Agraria

Artículo Único. Se reforma y adiciona el artículo 164 de la Ley Agraria para quedar como sigue:

Artículo 164. En la resolución de las controversias que sean puestas bajo su conocimiento, los tribunales se sujetarán siempre al procedimiento previsto por esta ley y quedará constancia de ella por escrito; además observarán lo siguiente:

I. Los juicios en los que una o ambas partes sean indígenas se considerarán los usos y costumbres de los pueblos o comunidades indígenas a los que pertenezcan mientras no contravengan lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y esta ley;

II. Las promociones que los pueblos o comunidades indígenas, o los indígenas en lo individual hicieren en su lengua no necesitarán acompañarse de la traducción al español. El tribunal la hará de oficio por conducto de persona autorizada para ello;

III. Los juicios en los que una o ambas partes sean indígenas y no supieran leer el idioma español, el tribunal realizará una versión sintetizada de los puntos esenciales de las actuaciones y de la sentencia dictadas por él, en la lengua o variantes dialectales de la que se trate; debiendo agregarse en los autos constancia de que se cumplió con esta obligación.

En caso de existir contradicción entre la traducción y la resolución, se estará a lo dispuesto por esta última.

IV. Cuando se haga necesario, el tribunal asignará gratuitamente a los indígenas un defensor y un traductor que conozca su cultura, hable su lengua y el idioma español, para que se le explique, en su lengua, el alcance y consecuencias del proceso que se le sigue.

Los tribunales suplirán la deficiencia de las partes en sus planteamientos de derecho cuando se trate de núcleos de población ejidales o comunales, así como ejidatarios y comuneros.

Transitorios

Primero. Para el desarrollo de las acciones que deba realizar el tribunal a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la presente ley podrá apoyarse en el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, así como en el Instituto Federal de Defensoría Pública, en el ámbito de sus respectivas competencias. Asimismo, deberá sujetarse a su disponibilidad presupuestaria.

Segundo. El decreto entrara en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 19 de febrero de 2009.

Senador José González Morfín (rúbrica)
Vicepresidente

Senadora Claudia Sofía Corichi García (rúbrica)
Secretaria