Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2685-I, miércoles 28 de enero de 2009.


Comunicaciones Oficios Iniciativas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Comunicaciones
DE LA SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL

México, DF, a 20 de enero de 2009.

Comisión Permanente del Congreso de la Unión

Me refiero al oficio número DGPL 60-II-2-2123, expediente 437 CP, del 8 de enero de 2009, recibido en la oficialía de partes de esta Sociedad Hipotecaria Federal, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo (SHF), el 9 del mismo mes y año, suscrito por el diputado César Duarte Jáquez y el senador Ramiro Hernández García, Presidente y Secretario de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, respectivamente, mediante el cual hacen del conocimiento que en sesión del 8 de enero de 2009 se aprobó el punto de acuerdo que a continuación se transcribe:

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión solicita a la Sociedad Hipotecaria Federal, SNC, un informe detallado con los nombres de los peritos valuadores que no cumplieron con el plazo de tres años para obtener su cédula profesional de posgrado, como lo dispone el artículo segundo transitorio del decreto que reformó la Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 2005, en virtud de que ha fenecido el término otorgado. Acompañando al oficio se anexa copia del dictamen correspondiente emitido por la Tercera Comisión –Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas– de la Comisión Permanente.

Al respecto, en relación con el requerimiento contenido en el punto de acuerdo, así como en el dictamen correspondiente, informo lo siguiente:

1. Con fundamento en el tercer párrafo del artículo 7 de la Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado (Ley de Crédito Garantizado), la Sociedad Hipotecaria Federal, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo (SHF) expidió las reglas de carácter general relativas a la autorización como valuador profesional de inmuebles objeto de créditos garantizados a la vivienda (Reglas), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2003 y cuyas modificaciones fueron publicadas en el mismo medio de difusión oficial el 29 de agosto de 2003, el 30 de diciembre de 2003, el 14 de abril de 2005, el 24 de octubre de 2006, y el 25 de octubre de 2006 referente a la aclaración a la modificación publicada el 24 de octubre de 2006 y el 5 de octubre de 2007 disposiciones en las que se contienen los términos, condiciones y procedimientos para la inscripción de las unidades de valuación y la solicitud de autorización de los valuadores profesionales, así como de renovación de ésta. Por lo que se refiere a la autorización en términos de la Ley de Crédito Garantizado y las Reglas, la SHF realiza el análisis de las solicitudes como valuador profesional conforme le son puestos a consideración por parte de la unidad de valuación respectiva, quien a su vez, para poder inscribir a los interesados en su padrón, se asegura de que éstos cumplan con los requisitos normativos. Este esquema que deriva de la Ley de Crédito Garantizado, procura que los valuadores profesionales mantengan la relación directa con la unidad de valuación, lo que permite la transparencia y seguridad en el proceso, teniendo como razón el hecho de que la unidad de valuación, siendo una persona moral, cuenta con procesos, controles y políticas que permiten el establecimiento de medidas que aseguran a la población contar con mayores elementos de certidumbre en la prestación del servicio de valuación, debido a que el resultado no depende de un solo individuo, sino de una unidad de valuación, la cual se responsabiliza de la función de los valuadores profesionales que se encuentran inscritos en su padrón.

Es menester destacar que una vez transcurrido el plazo de tres años de vigencia de la autorización, temporalidad que establece la Ley de Crédito Garantizado, y que comienza a partir del otorgamiento de ésta como valuador profesional, para poder seguir fungiendo como valuador profesional se debe solicitar la renovación de dicha autorización, siendo necesario que el interesado cumpla con el mismo procedimiento que el relativo a la solicitud de autorización.

Por lo anterior, los valuadores profesionales que solicitan su renovación a través de la unidad de valuación correspondiente, conforme a los términos del artículo segundo transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Transparencia y Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 2005, se encuentran obligados a presentar la documentación a la unidad de valuación que acredite el cumplimiento de los requisitos aplicables, para la procedencia de la solicitud que, en su caso, se presente a la SHF.

En este sentido se concluye que conforme al artículo segundo transitorio del decreto antes señalado, no se obligó a quienes contaban con la autorización al 8 de febrero de 2005 a que durante la vacatio legis, debieran presentar la cédula profesional de postgrado en valuación respectiva, por lo que SHF sólo quedó facultada a verificar el cumplimiento del requisito de la cédula profesional de postgrado en valuación expedida por la Secretaría de Educación Pública, conforme a las disposiciones normativas aplicables contenidas en la Ley de Crédito Garantizado y las Reglas; esto es, al momento de resolver una solicitud de autorización o renovación, según sea el caso.

Conforme a lo señalado, se informa que la SHF ha verificado en el otorgamiento de las autorizaciones y sus renovaciones para la práctica valuatoria de inmuebles objeto de créditos garantizados a la vivienda, que los interesados a través de las unidades de valuación acrediten el cumplimiento de los requisitos que les son exigibles conforme al marco jurídico establecido en la Ley de Crédito Garantizado y las Reglas, por lo que las autorizaciones y renovaciones que la SHF ha emitido se han realizado conforme a los términos de las disposiciones normativas y en estricto cumplimiento a las mismas, particularmente a lo dispuesto por el artículo segundo transitorio en comento.

2. El decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Transparencia y Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 2005, adicionó la fracción IX del artículo 3o. a dicha ley en los términos siguientes:

Artículo 3o. ...

I. a VIII. …

IX. Valuador profesional es la persona que cuenta con cédula profesional de posgrado en valuación expedida por la Secretaría de Educación Pública y que se encuentra autorizada para tal efecto por la Sociedad Hipotecaria Federal, SNC.

El requisito antes mencionado y que se adicionó mediante el decreto citado implica que para poder solicitar la autorización o, en su caso, la renovación de ésta como valuador profesional, el interesado debe acreditar que cuenta con cédula profesional de postgrado en valuación expedida por la Secretaría de Educación Pública, motivo por el cual, en acatamiento a la fracción citada, a partir del 8 de febrero de 2005, para emitir la autorización como valuador profesional, la SHF verifica en las solicitudes que se realizan por conducto de cada unidad de valuación interesada, que el particular que requiere obtener la autorización como valuador profesional, cuenta con cédula profesional de postgrado en valuación expedida por la Secretaría de Educación Pública.

En este sentido, a partir del 8 de febrero de 2005, la SHF ha verificado, para emitir la autorización como valuador profesional, que el interesado acredite a través de la unidad de valuación correspondiente, contar con la cédula profesional de postgrado en valuación señalada.

Igualmente, por lo que se refiere a la renovación de la autorización como valuador profesional, a partir del 8 de febrero de 2008, fecha en que terminó la vacatio legis referida, la SHF ha verificado para emitirla que el interesado acredite a través de la unidad de valuación correspondiente, contar con la cédula profesional de postgrado en valuación señalada.

3. Asimismo, el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Transparencia y Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 2005, estableció en el artículo segundo transitorio una vacatio legis para aquellos que no hubieran contado con la cédula profesional de posgrado en valuación al momento de la publicación de éste, conforme a los términos siguientes:

Artículo Segundo. Las personas que cuenten actualmente con autorización de perito valuador ante la Sociedad Hipotecaria Federal, SNC, contarán con un plazo de tres años, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto en el Diario Oficial de la Federación, para obtener la cédula profesional a que se refiere el artículo 3o., fracción IX, pudiendo en el transcurso de dicho plazo fungir como peritos valuadores.

Si concluido el plazo antes señalado no obtuvieran la cédula profesional en cuestión, la autorización como perito valuador les será cancelado.

Lo anterior implicó que quienes contaban con la autorización expedida por la SHF podrían continuar realizando avalúos para inmuebles objeto de créditos garantizados a la vivienda, sin la obligación de cumplimentar el requisito establecido por la fracción IX del artículo 3o. de la Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado (Ley de Crédito Garantizado), consistente en contar con cédula profesional de postgrado en valuación expedida por la Secretaría de Educación Pública, manteniendo los derechos y obligaciones inherentes a la autorización conferida.

4. Finalmente, resulta importante aclarar que la SHF carece de valuadores que se encuentren adscritos a ella, dado que lo que dispone la Ley de Crédito Garantizado es que la SHF autoriza, pero no por ello tiene adscritos a valuadores, en virtud de que el término adscripción infiere una dependencia que no tiene razón de existir cuando el acto administrativo se constriñe a una autorización para que el interesado pueda fungir como valuador profesional, sin que ello implique tampoco que la SHF tenga la facultad de requerir a dichas personas la emisión de avalúos, puesto que tal actividad la realizan derivado de la solicitud que formulen los sujetos de crédito, a través de las unidades de valuación de su elección, en operaciones de crédito garantizado, personas que deberán observar las disposiciones normativas de la materia para tales efectos. Atentamente
Javier Gavito Mohar (rúbrica)
Director General
 
 
 

DEL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA

Distrito Federal, a 23 de enero de 2009.

Diputado César Duarte Jáquez
Presidente de la Mesa Directiva de la LX Legislatura de la Honorable Cámara de Diputados
Presente

En atención al oficio número D.G.P.L.90-II-6-2713, mediante el cual informa que la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, aprobó los puntos de acuerdo en los que se "exhorta al Instituto Nacional de Antropología, suspenda los diversos trabajos que se realizan en los basamentos piramidales de la zona arqueológica de Teotihuacán, por el denominado espectáculo de Luz y Sonido y, por otra parte, solicita al Ejecutivo que lleve a cabo la investigación correspondiente y si existe delito en contra el patrimonio nacional, se proceda a fincar las responsabilidades que correspondan"; al respecto me permito informar lo siguiente:

En todo momento la postura del Instituto Nacional de Antropología e Historia ha sido la de cumplir con la obligación de respetar la integridad de los monumentos arqueológicos, sin dañar en forma alguna los vestigios originales de las estructuras de la zona arqueológica de Teotihuacán, por lo que desde la presentación del proyecto denominado Resplandor Teotihuacano ante este instituto por la Secretaría de Turismo del gobierno del estado de México, por procedimiento normativo se sometió a revisión del Consejo de Arqueología, órgano colegiado integrado por especialistas en la materia y que actúa como una instancia técnica.

De la revisión realizada por dicho órgano colegiado a la propuesta, resultaron modificaciones al proyecto con el propósito de mejorar su contenido y salvaguardar el patrimonio.

No obstante lo anterior, con el objeto de atender los planteamientos formulados por los trabajadores de este instituto, con fecha 23 de diciembre de 2008 se inició el retiro de canaletas, para minimizar el impacto visual de la citada instalación. Asimismo, se procedió a desmontar las luminarias que habían sido ancladas con taquetes, de 5 centímetros, a los empedrados reconstruidos en los cuerpos de la pirámide del Sol y de la Luna. Las oquedades de 5 centímetros de profundidad han sido rellenadas con mezcla a base de cal química, arena y cemento en muy bajas proporciones; y, en su caso, piedra molida. No omito señalar que todas estas acciones se han realizado bajo la estricta supervisión del personal especializado del Instituto Nacional de Antropología e Historia.

Es importante señalar que el proyecto denominado Resplandor Teotihuacano promovido por el gobierno del estado de México se inscribe dentro del convenio celebrado entre el gobierno del estado de México, Nacional Financiera, SNC, Fonatur, los ayuntamientos de Teotihuacán, Axapusco, Texocotitla, Otumba, Acolman, Nopaltepec, San Martín de las Pirámides y este instituto como testigo, para llevar a cabo el Programa Regional de Desarrollo Turístico del Corredor Teotihuacán-Acolman-Otumba, estado de México.

Cabe mencionar que las decisiones del Instituto Nacional de Antropología e Historia se han tomado con estricto arreglo a lo que señala la Ley Orgánica del propio instituto y la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, determinaciones que se sustentan con la opinión del Consejo de Arqueología, motivo por el cual podemos afirmar que las personas que han intervenido en los trabajos y supervisión del proyecto Resplandor Teotihuacano no han provocado daño alguno al patrimonio arqueológico, en virtud de que todas las actividades se han ejecutado de conformidad con las especificaciones técnicas aprobadas, por lo que en este sentido, el instituto reitera que de ninguna manera los trabajos realizados han ocasionado daños físicos a las estructuras arqueológicas originales de las pirámides.

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para enviarles un cordial saludo.

Licenciado Alfonso de María y Campos Castelló (rúbrica)
Director General
 
 
 

DEL CONGRESO DE DURANGO

Licenciado César Duarte Jáquez
Presidente de la Comisión Permanente de la LX Legislatura de la Honorable Cámara de Diputados

En sesión ordinaria de la Comisión Permanente verificada el 13 de enero del presente año, la honorable Sexagésima Cuarta Legislatura del Estado de Durango aprobó un punto de acuerdo que a la letra dice lo siguiente:

Envíese el presente punto de acuerdo a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a través de la Comisión Permanente, para que en breve promuevan una modificación al decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de septiembre de 2008, que reforma, adiciona y deroga algunos artículos de la Ley que crea el Fideicomiso 2106, y varios numerales de las reglas de operación del fideicomiso del programa Fondo de Apoyo Especial para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, de tal manera que

I. El artículo tercero transitorio sea modificado para que considere una ampliación del plazo para la recepción de documentos de dos a cuatro meses a partir de la apertura de las mesas receptoras.

II. El artículo 6 de la ley y el numeral 4 de las reglas de operación considere entre los documentos que acreditan la condición de ex bracero.

a) La credencial de trabajador emigrante expedido por la propia Secretaría de Gobernación y que para algunos casos sustituyó a la mica de internación expedida por el gobierno de Estados Unidos de América.

b) La tarjeta que acredita una mención honorífica para trabajadores migratorios mexicanos.

Sin otro particular, nos es grato reiterarle las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.
Victoria de Durango, Durango, a 13 de enero de 2009.

Diputados: Adán Soria Ramírez, Fernando Ulises Adame de León (rúbricas), secretarios.
 
 
 

DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL

Recinto Legislativo a 21 de enero de 2009.

Diputado César Duarte Jáquez
Presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión
Presente

Por este conducto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 42, fracción XXV, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 50, fracciones IV, V, VII y 58, fracción XVII, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, me permito hacer de su conocimiento que el Pleno de la Diputación Permanente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en sesión celebrada en la fecha citada al rubro, resolvió aprobar el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Esta Asamblea Legislativa del Distrito Federal exhorta a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a realizar las adecuaciones necesarias a la Ley Federal de Competencia Económica, con el propósito de incorporar la normativa requerida para fijar precios máximos a los productos básicos, en situaciones especiales.

Lo anterior para los efectos correspondientes, anexo al presente sírvase encontrar copia del punto de acuerdo en comento.

Sin otro particular, reitero a usted mi consideración distinguida.

Atentamente
Diputado Daniel Salazar Núñez (rúbrica)
Presidente
 
 

México, DF, a 14 de enero de 2009.

Diputado Daniel Salazar Núñez
Presidente de la Mesa Directiva de la Diputación Permanente en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
IV Legislatura
Presente

El suscrito, diputado Enrique Vargas Anaya, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, de la IV Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 13, fracción II, y 17, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa, así como 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, somete a la consideración de este honorable órgano legislativo la siguiente propuesta con propuesta de punto de acuerdo para exhortar a la Cámara de Diputados a realizar las adecuaciones necesarias a la Ley Federal de Competencia Económica con el propósito de incorporar la normativa requerida para fijar precios máximos a los productos básicos, en situaciones especiales.

Considerandos

Primero. Que al concluir el 2008 era evidente que la crisis económica internacional había contaminado el ambiente nacional. Las expectativas de todos los agentes económicos eran de una reducción en los ritmos de crecimiento económico, y el año concluía con la inflación más elevada de los últimos ocho años, duplicando prácticamente los pronósticos oficiales.

En el caso de los productos básicos, el incremento de los precios está ahora muy por encima del crecimiento del índice general de precios al consumidor, golpeando severamente la economía familiar.

En esta perspectiva, el gobierno federal tardíamente ha propuesto una serie de acciones que, a criterio de este legislador, no atacan los efectos devastadores de la pérdida del poder adquisitivo de la mayoría de la población.

Segundo. Que el modelo neoliberal que se ha aplicado desde hace más de 20 años, y la consecuente desregulación de prácticamente todo el sistema de mercado, han puesto en entredicho el principio constitucional de rectoría económica del estado, supuestamente para dinamizar la capacidad de producción de la economía sin distorsionar el mercado. Cuando ha sido el carácter predominantemente oligopólico lo que ha deformado dramáticamente el principio de libre mercado.

Las prácticas monopólicas están a la orden del día, perjudicando a los consumidores nacionales, en especial a los estratos de menores ingresos.

Tercero. Que el haber desmantelado el sistema de precios de garantía y desaparecido a la Compañía Nacional de Subsistencias Populares han sido factores que, en momentos de crisis, contribuyen a encarecer los productos básicos, favoreciendo las practicas especulativas, como se ha visto en el caso de las tortillas.

Cuarto. Que el gobierno ha sido renuente a incorporar mecanismos de control de precios aún temporalmente, dando argumentos falaces al respecto, mientras se continúa beneficiando únicamente a los grandes empresarios y comerciantes transnacionales y nacionales, quienes demuestran poca solidaridad con la situación actual y contribuyen a la especulación, el acaparamiento y la espiral inflacionaria.

Quinto. Que la pérdida real del poder adquisitivo de la mayoría de la población, resultante del crecimiento de los precios perjudica la mermada situación de la mayoría de las familias mexicanas, que al no contar con capacidad de compra refuerza la expectativa de estancamiento de la producción y, en consecuencia, de pérdida de empleos, que agudiza la crisis económica. Así, el estancamiento con inflación es la peor cara del capitalismo salvaje, que en el caso de México, dominado por una minoría beneficiada con el esquema neoliberal, ha provocado que hasta un premio Nóbel de Economía se haya mofado del mismo, catalogándolo como "capitalismos de compadres".

Sexto. Que actualmente, a pesar de que constitucionalmente se cuenta con los instrumentos jurídicos necesarios para la regulación económica del mercado, las leyes secundarias, como la Federal de Competencia Económica y la de Defensa del Consumidor, intencionalmente no cuentan con las atribuciones explicitas para regular casos especiales como el que se está viviendo en este momento en el país, para instrumentar, temporalmente, precios máximos en los productos de consumo básico.

Séptimo. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 25 señala:

"Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento de económico y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad ofrece esta Constitución" Octavo. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 25 señala: "El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional y llevará a cabo la regulación y fomento de actividades que demande el interés general". Noveno. Que en la misma Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 28 señala que las prácticas monopólicas están prohibidas en este país: (...) El Estado contará con los organismos y empresas que requiera para el eficaz manejo de las áreas estratégicas a su cargo, y en las actividades de carácter prioritario donde, de acuerdo con las leyes, participe por sí o con los sectores social y privado". Asimismo, el último párrafo del artículo citado señala: "Se podrán otorgar subsidios a actividades prioritarias cuando sean generales, de carácter temporal y no afecten sustancialmente las finanzas de la Nación. El Estado vigilará su aplicación y evaluará los resultados de la misma". Décimo. Que el marco legal vigente para regular el proceso de fijación de precios para el consumidor nacional se encuentra estrechamente limitado ya que la emisión de un decreto que establezca o fije precios para determinados bienes y servicios requiere de inexistencia de condiciones de competencia, a criterio de la Comisión Federal de Competencia, con base en el artículo séptimo de la Ley Federal de Competencia Económica.

y limpiadores, analgésicos, antibióticos, anticonceptivos y hormonales, antigripales, metro, o transporte eléctrico, taxi, cuadernos, carpetas y útiles escolares.

Decimoquinto. Que por todo lo anterior, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 17, fracción VI, de la Ley Orgánica; y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior, ambos de la Asamblea Legislativa del DF, someto a la consideración de este Pleno el siguiente punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución.

Único. Esta Asamblea Legislativa del Distrito Federal exhorta a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión a realizar las adecuaciones necesarias a la Ley Federal de Competencia Económica con el propósito de incorporar la normativa requerida para fijar precios máximos a los productos básicos, en situaciones especiales

Dado en el Recinto Parlamentario, sede de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, IV Legislatura, a 14 días de enero de 2009.

Atentamente
Diputado Enrique Vargas Anaya (rúbrica)
 
 
 

DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA

México, DF, a 15 de enero de 2009.

Senador Luis Alberto Villarreal García
Presidente

Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión
Presente

Hago referencia al punto de acuerdo aprobado en la sesión de la Comisión Permanente del 22 de diciembre de 2008, que se transcribe a continuación:

• Único. La Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión solicita, previo análisis técnico, a la Comisión Nacional del Agua que autorice la dotación de 350 millones de metros cúbicos adicionales a los mil 50 metros (sic) cúbicos aprobados por resolución presidencial para el ciclo 2009, teniendo así un total de mil 400 millones de metros cúbicos, en beneficio de organizaciones y productores campesinos de la región lagunera. Al respecto me permito informarle que el Comité Técnico de Operación de Obras Hidráulicas (CTOOH) de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) es quien autoriza los volúmenes de agua a extraer de las 137 presas que abastecen a los distritos de riego, en función del volumen de agua almacenado al inicio del año agrícola y de una probabilidad de ocurrencia de las aportaciones a las presas del 98 por ciento, correspondiente a un año seco. Este cuerpo colegiado está integrado por diferentes áreas de la Conagua; dependencias del gobierno federal, como la CFE, la Segob, la Sagarpa, entre otras; e instituciones de enseñanza e investigación como el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua y el Instituto de Ingeniería de la UNAM.

El 1 de octubre de 2008, inicio del año agrícola, las presas del río Nazas, El Palmito (Lázaro Cárdenas) y Las Tórtolas (Francisco Zarco), tenían almacenados 3 mil 386.9 y 343.7 millones de metros cúbicos (Mm3) respectivamente.

El CTOOH tomó el acuerdo de extraer del sistema de presas Lázaro Cárdenas y Francisco Zarco 1,050 Mm3 para el año agrícola 2008-2009, considerando los decretos presidenciales de 1963 y 1988, así como las reglas de extracción vigentes para el sistema de presas en comento.

Este volumen de agua autorizado, fue dado a conocer al Comité Hidráulico del Distrito de Riego 017, Región Lagunera, Coahuila y Durango, por la Dirección General del Organismo de Cuenca Cuencas Centrales del Norte, solicitando la elaboración del plan de riegos del año agrícola 2008-2009. El Comité Hidráulico aprobó el plan de riegos en la reunión del 17 de diciembre de 2008.

Le recuerdo que el Comité Hidráulico está integrado por los 17 presidentes de las asociaciones civiles de usuarios (módulos), que tienen concesionados el agua y la infraestructura para prestar el servicio de riego a sus asociados. Este comité es presidido por el ingeniero en jefe del distrito de riego, quien sólo tiene voto de calidad.

El punto de acuerdo de la Comisión Permanente fue remitido al CTOOH por la Subdirección General de Infraestructura Hidroagrícola (SGIH), para su discusión en su reunión del 13 de enero de 2009.

Para que el CTOOH tuviera más elementos, la SGIH le envió el análisis del plan de riegos 2008-2009, que se anexa al presente para su conocimiento.

A continuación comento algunos aspectos importantes de dicho análisis.

La Conagua cuenta con datos de escurrimientos del río Nazas desde 1929. Los escurrimientos anuales del río Nazas son muy variables, lo que hace que el coeficiente de variación sea muy grande e igual a 0.62. Las sequías hidrológicas en el río Nazas son muy recurrentes, en 78 años se han presentado 19 sequías hidrológicas, 1 extraordinaria y 2 severas, con 5 o más años de duración.

En los años agrícolas 1989-1990 a 1992-1993 se tuvieron aportaciones del río Conchos a las presas El Palmito y Las Tórtolas mayores a la media aritmética de mil 317.6 Mm3.

A partir del año agrícola 1993-1994 inició una sequía hidrológica en el río Nazas, que fue interrumpida en el año 1995-1996. Pero a partir del año 1996-1997 se inició la sequía extraordinaria que terminó en el año 2003-2004.

En los años agrícolas en que se tuvieron aportaciones a las presas mayores que la media aritmética, se hicieron extracciones superiores a las mil 50 Mm3, contraviniendo los decretos de 1963 y 1988. Por ejemplo en el año agrícola 1991-1992 se extrajeron 1,753 Mm3. Esta política de extracción, aunada a la sequía extraordinaria que inició en el año 1996-1997, ocasionó que el 1 de octubre de 2001 se tuvieran almacenados en las dos presas tan sólo 622 Mm3, autorizando el CTOOH una extracción de 309 Mm3, para ese año agrícola.

La Conagua propuso reglas de extracción de agua del sistema de presas El Palmito-Las Tórtolas, en función de la suma de los volúmenes de agua almacenados al 1 de octubre de cada año. Si este volumen de agua almacenado es mayor o igual a 2 mil 640.0 Mm3, el volumen de agua autorizado a extraer es de mil 50 Mm3. Estas reglas fueron obtenidas con ayuda de un modelo matemático de simulación del funcionamiento de los vasos de almacenamiento de ambas presas.

Tomando en cuenta los almacenamientos que se tenían el 1 de diciembre de 2008 y que eran 3 mil 127.3 Mm3 en El Palmito y 344.8 Mm3 en la Francisco Zarco, se hizo una simulación del funcionamiento de los dos vasos, considerando la extracción autorizada de mil 50 Mm3 en el año agrícola 2008-2009 y aportaciones correspondientes a un año seco, encontrándose que para los años agrícolas de 2009-2010 y 2010-2011 se autorizarían 880 y 717 Mm3, respectivamente. Si se autorizan los 360 Mm3 adicionales solicitados en el Punto de Acuerdo y si el año 2008-2009 fuera seco se autorizaría para el próximo año agrícola 530 Mm3.

Finalmente en el análisis se presenta una simulación en donde se considera el almacenamiento que tenían las presas el 1 de diciembre de 2008, que en el año agrícola 2008-2009 se extraen los mil 50 Mm3 autorizados y que se presentan los escurrimientos observados a partir del año 1993-1994. Los resultados de la simulación muestran que en el peor año, aplicando las reglas de extracción propuestas por la Conagua, se extraen 417 Mm3, volumen superior a los 309 Mm3 extraído en el año agrícola 2001-2002.

El CTOOH tomó el acuerdo 4550, en su reunión 874 del 13 de enero de 2009, que a la letra dice:

Contestar a la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, que no es conveniente aprobar 350 Mm3 de la presa Lázaro Cárdenas, Durango, adicionales a los mil 50 Mm3 asignados para el ciclo agrícola 2008-2009; a fin de respetar los Decretos Presidenciales y propiciar un uso racional del recurso; así como proponer presentantes, en su caso, los análisis técnicos realizados, que fundamentan lo anterior.

Senador Villarreal García, la Comisión Nacional del Agua está en la mejor disposición para llevar a cabo una reunión de trabajo a la brevedad, con el senador Ramiro Hernández García y los diputados Rubén Escajeda Jiménez y Javier Guerrero García, promotores del punto de acuerdo, o con quien usted considere conveniente, para presentarles el análisis del plan de riegos 2008-2009 del Distrito de Riego 017, Región Lagunera, Coahuila y Durango.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
Ingeniero José Luis Luege Tamargo (rúbrica)
Director General de Conagua
 
 
 

DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

México, DF, a 12 de enero de 2009.

Diputado César Duarte Jáquez
Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Presente

Con fundamento en las Leyes de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres que confieren a esta Comisión Nacional el seguimiento, evaluación y monitoreo en materia de igualdad entre mujeres y hombres en el país, y con la finalidad de dar seguimiento a las conclusiones y propuestas del segundo Informe Especial sobre el Derecho de Igualdad entre Mujeres y Hombres, me permito comunicarle las propuestas derivadas del informe antes mencionado, dirigidas al Congreso de la Unión.

Fomente las acciones afirmativas para que a través de la temporalidad de éstas se reduzcan las brechas existentes y se logre la plena igualdad entre mujeres y hombres.

Definan las políticas públicas que afectan a las mujeres indígenas incluyendo su perspectiva y definición de prioridades, así como las necesidades específicas de sus comunidades.

Prevean que la puesta en práctica de los programas públicos se haga acorde con la Constitución, reconociendo los derechos y cultura indígena, contemplando las modalidades verbales de participación que existen en gran parte de los pueblos, ya que actualmente la mayoría de los programas exigen documentación escrita y generalmente la población más marginada carece de éstos.

Reconozcan la pluralidad de lenguas en los trámites para acceder a los programas públicos.

Remitan, en tiempo y forma, y de manera completa y veraz, los informes que les sean requeridos por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, por lo que deberán atender los requerimientos de información que realice.

Retomen el compromiso adquirido a través del artículo 2o. de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, el cual señala que es deber de los estados partes: b) Adoptar medidas adecuadas, legislativas y de otro carácter, con las sanciones correspondientes, que prohíban toda discriminación contra la mujer.

Modifiquen la cultura institucional a fin de garantizar que tanto mujeres como hombres tengan las mismas oportunidades reales de desarrollo personal y profesional, evaluando el cumplimiento de esta propuesta por medio del diseño de indicadores adecuados.

Capaciten y sensibilicen a servidores públicos sobre los derechos que le asisten a las mujeres en estado de gravidez para que se conduzcan de conformidad con lo establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales, especialmente el Convenio 183 sobre la Protección de la Maternidad, y la Recomendación 191 sobre la Protección de la Maternidad de la Organización Internacional del Trabajo, así como las demás leyes aplicables.

Capaciten a los servidores públicos a fin de que detecten actos de violencia contra las mujeres sus obligaciones, así como de las consecuencias legales que conlleva su omisión y la forma en cómo debe procederse en cada dependencia.

Se hace de su conocimiento que el informe especial de 2008 se encuentra a su disposición en el portal electrónico de esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos (http://www.cndh.org.mx) o, en su caso, podrá requerirlo en formato de disco compacto a este organismo.

Le solicitamos atentamente que, en caso de que la institución a su cargo realice acciones encaminadas a cumplir alguna de las propuestas, nos las haga saber en su oportunidad.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente
Doctor José Luis Soberanes Fernández (rúbrica)
Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
 
 
 

DE LA DIPUTADA SARA LATIFE RUIZ CHÁVEZ

Palacio Legislativo, a 24 de enero 2009.

Diputado César Duarte Jáquez
Presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente
Presente

Por este conducto, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito solicitar licencia por tiempo indefinido para separarme de mi cargo como diputada federal a partir de la fecha.

Lo hago de su conocimiento para los efectos a que haya lugar, con el propósito de que se realicen todos los trámites conducentes.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Diputada Sara Latife Ruiz Chávez (rúbrica)
 
 







Oficios
DEL BANCO DE MÉXICO, CON EL QUE REMITE INFORMACIÓN SOBRE SU PRESUPUESTO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2009, ESTRUCTURADO EN DOS PARTES: DE GASTO CORRIENTE E INVERSIÓN EN ACTIVOS FIJOS, Y DE INVERSIÓN EN ACTIVO CIRCULANTE POR CONCEPTO DE PRODUCCIÓN DE BILLETE Y ADQUISICIÓN DE MONEDA METÁLICA

México, DF, a 27 de enero de 2009.

Secretarios de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión
Presentes

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 51, fracción I de la Ley del Banco de México, informo a ustedes sobre el presupuesto de esta institución, correspondiente al ejercicio de 2009.

El presupuesto del banco está estructurado en dos partes: la primera respecto del gasto corriente e inversión en activos fijos y la segunda representa a la inversión en activo circulante.

Presupuesto de gasto corriente e inversión en activos fijos

Gasto corriente. Comprende las erogaciones que se destinan al pago de remuneraciones y servicios al personal, así como a cubrir otros gastos de carácter administrativo.

Inversión en activos fijos. Prevé las erogaciones cuyo fin es la adquisición, construcción, ampliación, adaptación y mejoras de bienes inmuebles, así como para la adquisición de maquinaria, mobiliario, equipo y vehículos.

Presupuesto de inversión en activo circulante Producción de billete. Corresponde a las erogaciones por adquisición de materia prima, pago de mano de obra y otros gastos relacionados con la fabricación y colocación de billete.

Adquisición de moneda metálica. Incluye el costo de adquisición de la moneda metálica, sus gastos asociados y los de colocación.

A efecto de mantener la congruencia que debe guardar la evolución del presupuesto del Banco con la del Presupuesto de Egresos de la Federación, según lo establece el articulo 46, fracción XI, de la Ley del Banco de México, es de señalarse que fue elaborado conforme a los siguientes escenarios macroeconómicos, además de los criterios de austeridad y racionalidad establecidos en el banco.

• Índice Nacional de Precios al Consumidor a diciembre de 2009: 3.8 por ciento
• Tipo de cambio promedio: 13 pesos por dólar americano
• Inflación en Estados Unidos de América: 2.9 por ciento1

La Junta de Gobierno, en sesión de fecha 15 de enero de 2009, conforme a las facultades que le confiere la Ley del Banco de México en su artículo 46, fracción XI, aprobó el Presupuesto de gasto corriente e inversión en activos fijos y el de inversión en activo circulante de la institución, para el ejercicio financiero que abarca del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, en los siguientes términos:

El Presupuesto de gasto corriente e inversión en activos fijos expresado en millones de pesos, asciende a la cantidad de 2 mil 629.2 correspondiendo 2 mil 282.9 al gasto corriente y 346.3 al activo fijo.

Con relación al ejercicio de 2008, presenta un incremento nominal de 335.3 millones de pesos, equivalente al 15 por ciento, y un aumento del 9 por ciento en términos reales.

Por lo que se refiere al Presupuesto de inversión en activo circulante expresado en millones de pesos, asciende a la cantidad de 1 mil 662.3 integrado por 917.6 para la producción de billete y 744.7 para la adquisición de moneda metálica.

Con relación al ejercicio de 2008 presenta un decremento nominal de 96.0 millones de pesos, equivalente al -5 por ciento y una disminución del 10 por ciento en términos reales.

En los 4 anexos que acompaño al presente, se contiene la información concerniente al desglose del referido presupuesto.

Nota
1) El índice nacional de precios al consumidor y la inflación en Estados Unidos de América, que se utilizan como referencia para el cálculo de este presupuesto, se obtuvieron del documento de Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2009 por lo que no debe considerarse como un pronóstico del Banco Central.

Atentamente
Guillermo Ortiz Martínez (rúbrica)
Gobernador del Banco de México
 
 
 

DEL BANCO DE MÉXICO, CON EL QUE REMITE INFORMES RESPECTO A LA EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA MONETARIA PROPUESTA PARA 2009 Y A LA INFLACIÓN OCTUBRE-DICIEMBRE DE 2008, DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 51, FRACCIÓN I, DE LA LEY DEL BANCO DE MÉXICO

México, Distrito Federal, a 27 de enero de 2009.

Secretarios de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión
Presentes

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 51, fracción 1, de la Ley del Banco de México, envío a esa honorable Comisión Permanente la exposición sobre la política monetaria que el Banco de México se ha propuesto seguir en el ejercicio de 2009, así como el informe sobre la inflación octubre-diciembre de 2008.

Ruego a ustedes dar el trámite que corresponda en los términos establecidos por los ordenamientos aplicables.

Atentamente
Guillermo Ortiz Martínez (rúbrica)
Gobernador del Banco de México
 
 
 

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PETRÓLEOS MEXICANOS, CON EL QUE REMITE INFORME DE LOS INGRESOS NETOS OBTENIDOS EN FLUJO DE EFECTIVO CORRESPONDIENTES AL PERIODO ENERO-DICIEMBRE DE 2008, COMPARADO CON EL PRESUPUESTO ORIGINAL

México, DF, a 20 de enero de 2009.

Diputado César Duarte Jáquez
Presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente
México, DF

Conforme a lo establecido en el artículo 6o., fracción IV inciso a) del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2008, adjunto a usted los ingresos netos obtenidos en flujo de efectivo correspondientes al período enero-diciembre, comparado contra el presupuesto original, remitidos a esta Coordinación Ejecutiva por la Dirección Corporativa de Finanzas.

Aprovecho para comentarle que la información de ingresos netos que se le está enviando, se presentará para su aprobación y registro correspondiente en el próximo Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos.

Sin otro particular, le envío un cordial saludo.

Atentamente
Licenciado Roberto Ortega Lomelín (rúbrica)
Coordinador Ejecutivo de la Dirección General de Pemex


 
 
 

DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, POR EL QUE INFORMA QUE EN DICIEMBRE DE 2008 SE DIO DESTINO ÚNICAMENTE A MERCANCÍA PERECEDERA, DE FÁCIL DESCOMPOSICIÓN O DETERIORO Y NO TRANSFERIBLE AL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES

México, DF, a 19 de enero de 2009.

Diputado César Duarte Jáquez
Presidente de la Mesa Directiva y de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión
Presente

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 145, penúltimo párrafo de la Ley Aduanera, por este conducto me permito hacer de su conocimiento que el Servicio de Administración Tributaria, por conducto de las autoridades aduaneras locales competentes, en el mes de diciembre de 2008, únicamente dieron destino a mercancía perecedera, de fácil descomposición o deterioro y aquella que no es transferible al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE).

Los bienes reportados como destinados por dichas autoridades aduaneras se informan en relación anexa.

Atentamente
Licenciado Fernando Garcidueñas Torres (rúbrica)
Administrador Central de Destino de Bienes


 
 
 

DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, POR EL QUE COMUNICA QUE EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, SE AUSENTARÁ DEL TERRITORIO NACIONAL DEL 27 DE ENERO AL 1 DE FEBRERO DE 2009 A EFECTO DE PARTICIPAR EN LA REUNIÓN ANUAL DEL FORO ECONÓMICO MUNDIAL EN DAVÓS, SUIZA

México, DF, a 22 de enero de 2009.

Secretarios de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión
Presentes

Por este conducto y para los efectos del artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito hacer de su conocimiento que Betina C. Chávez Soriano, directora general de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, comunica que el presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, se ausentará del territorio nacional del 27 de enero al 1 de febrero de 2009, a efecto de participar en la reunión anual del Foro Económico Mundial (FEM) en Davós, Suiza.

Por lo anterior y con fundamento en lo establecido en la fracción XIV del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, les acompaño copia del documento a que me he referido.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
Cuauhtémoc Cardona Benavides (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo
 
 

México, DF, a 22 de enero de 2009.

Licenciado Cuauhtémoc Cardona Benavides
Subsecretario de Enlace Legislativo
Secretaría de Gobernación
Presente

Por instrucciones de la secretaria de Relaciones Exteriores, embajadora Patricia Espinosa Cantellano, con fundamento en el artículo 16, fracciones I y III, del Reglamento Interior de la secretaría, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicito a usted que sea el amable conducto para informar a la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión que el presidente de la República, licenciado Felipe Calderón Hinojosa, se ausentará del territorio nacional a partir del 27 de enero y regresará el 1 de febrero de 2009, a efecto de participar en la reunión anual del FEM de Davós, Suiza. La participación del ciudadano presidente Felipe Calderón en dicho encuentro se sustenta en los siguientes motivos:

El FEM es un espacio privilegiado de diálogo sobre temas de alcance global que reúne a líderes de los ámbitos político, empresarial, académico y de la sociedad civil.

En esta ocasión, el tema general del foro es "Dando forma al mundo poscrisis". Entre los rubros específicos de la reunión anual para este año destacan los siguientes:

• Estabilidad en el sistema financiero y crecimiento económico global.
• Gobernabilidad efectiva en el largo plazo a escalas global, regional y nacional.
• Retos del desarrollo y la sustentabilidad.
• Valores y principios de liderazgo en la poscrisis mundial.
• Crecimiento a través de la innovación, la ciencia y la tecnología.
• Implicaciones de los modelos de negocios en la industria.
En este marco, la participación del presidente tendrá el propósito de 1. Continuar la activa participación de México en el diseño de la nueva arquitectura financiera internacional.

2. Diferenciar a México de otros países emergentes y poner de relieve las oportunidades que ofrece nuestro país frente a la crisis.

3. Posicionar a México como un destino seguro para invertir.

4. Impulsar la agenda y las propuestas de México en los esfuerzos internacionales contra el cambio climático.

Para alcanzar dichos objetivos, el presidente Calderón participará en diversas sesiones organizadas por el FEM, así como en reuniones bilaterales con otros jefes de Estado, empresarios, académicos y expertos en cambio climático.

A fin de difundir entre los participantes en dicho foro las fortalezas y perspectivas de la economía mexicana, el presidente de la República dictará una conferencia sobre las acciones que México está tomando para mitigar los efectos de la crisis, apuntalar la competitividad del país y relanzar el crecimiento económico y la creación de empleo. Asimismo, encabezará un foro de análisis y discusión en el que, además de los mensajes anteriores, se brindará a los participantes información sobre las oportunidades que ofrece México para el comercio y la inversión productiva.

El presidente participará también en una cena con líderes latinoamericanos, en la que se discutirán vías para lograr que nuestra región se convierta en el próximo polo de sustentabilidad global, con énfasis en iniciativas para confrontar el cambio climático y preservar la biodiversidad. Esta intervención responde al interés que ha mostrado la comunidad internacional por conocer con mayor detalle la estrategia que México ha desarrollado para instaurar políticas públicas favorables a la protección y preservación del ambiente, y refleja un creciente reconocimiento del liderazgo internacional que el país ha asumido en la materia.

El presidente Calderón será orador además en la sesión plenaria "Respondiendo a la crisis financiera", en la que compartirá el panel con el secretario general de la ONU, Ban Ki-Moon; el primer ministro de Reino Unido, Gordon Brown; el primer ministro de Irlanda, Brian Cowen; y los jefes de Estado o de gobierno de Pakistán, Finlandia, República de Corea, República Checa, Sudáfrica, Suecia, Australia, Tailandia y Ucrania.

El presidente Calderón participará con otros líderes globales en sesiones sobre economía global y cambio climático.

En el marco del foro, el presidente Calderón también sostendrá encuentros bilaterales con el presidente de la Confederación Suiza y con el primer ministro de Dinamarca. Asimismo, se reunirá con los titulares de grandes empresas con inversiones en México, como la presidenta de Pepsi Co., señora Indra K. Nooyi; el presidente de Volkswagen AG, señor Martin Winterkom; y el presidente de Coca Cola Co., señor Multar Kent.

Finalmente, el presidente Calderón se reunirá con titulares de empresas que aún no tienen presencia en México pero que han manifestado interés en invertir en el país.

Proméxico aprovechará la presencia de México en el foro para promover las oportunidades que ofrece el país, destacando la estabilidad y fortaleza económica, así como los esfuerzos que México lleva a cabo para apuntalar la confianza que despierta en el exterior. Al efecto, se desplegará una campaña de publicidad que culminará con un coctel en el que se reiterarán los mensajes del presidente Calderón y se ofrecerá mayor información sobre el país. Se tiene considerada la participación del presidente en la apertura del encuentro.

En los términos del propio artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, concluido el viaje del presidente de la República se enviará un informe al honorable Congreso de la Unión sobre los resultados de las gestiones realizadas.

Atentamente
Betina C. Chávez Soriano (rúbrica)
Directora General de Coordinación Política
 
 
 

DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, CON EL QUE REMITE CONTESTACIÓN A PUNTO DE ACUERDO APROBADO POR LA CÁMARA DE SENADORES

México, DF, a 16 de enero de 2009.

Secretarios de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión
Presentes

En respuesta al oficio número DGPL-1P3A.-8840, signado por el senador José González Morfín, Vicepresidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número DEP-0042/09, suscrito por Betina C. Chávez Soriano, directora general de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo al memorándum de entendimiento en materia migratoria entre México y Cuba.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente
Cuauhtémoc Cardona Benavides (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo
 
 

México, DF, a 12 de enero de 2009.

Licenciado Cuauhtémoc Cardona Benavides
Subsecretario de Enlace Legislativo
Secretaría de Gobernación
Presente

Por instrucciones de la secretaria de Relaciones Exteriores, embajadora Patricia Espinosa Cantellano, y con fundamento en el artículo 16, fracciones I y III, del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, me permito hacer de su conocimiento que nuestra Embajada en Cuba ha hecho llegar a las autoridades correspondientes de ese país el punto de acuerdo aprobado en la sesión del 4 de diciembre del año próximo pasado relativo a la suscripción de un memorándum de entendimiento en materia migratoria entre México y Cuba:

"Primero. El Senado de la República saluda con beneplácito la suscripción de un memorándum de entendimiento en materia migratoria entre México y Cuba; y celebra que dicho acontecimiento represente una muestra contundente de los esfuerzos bilaterales por recomponer y fortalecer las relaciones entre nuestros gobiernos.

"Segundo. Las senadoras y los senadores de la República hacemos votos para que los vínculos existentes entre nuestros países vuelvan a la normalidad y retornen sus cauces históricos de amistad y cooperación.

Adicionalmente, le solicito su apoyo para que por la vía diplomática se haga llegar el contenido del presente acuerdo al gobierno de la República de Cuba, y en su momento se informe a esta Cámara de Senadores de la recepción que hagan de este acuerdo."

Lo anterior, para los efectos procedentes y el aviso correspondiente que por su amable conducto se dirija a la Mesa Directiva del Senado de la República.

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para reiterarle la seguridad de mi más alta consideración.

Atentamente
Betina C. Chávez Soriano (rúbrica)
Directora General
 
 






Iniciativas

DEL CONGRESO DE SAN LUIS POTOSÍ, QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

Diciembre 12 de 2008.

Diputados Secretarios del Honorable Congreso del Estado de Chihuahua
Presentes

En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 6 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado; por determinación emitida en sesión ordinaria del día de la fecha y, en cumplimiento de lo ordenado en el resolutivo primero del dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural y Forestal, que se aprobó por unanimidad de votos del pleno; notificamos que esta soberanía respalda la iniciativa planteada al Congreso de la Unión, que propone reformar y adicionar diversos artículos de la Ley General de Desarrollo Rural Sustentable.

Para los efectos legales y administrativos conducentes, y para mejor proveer, se adjunta copia certificada del instrumento parlamentario aludido.

Por la directiva del honorable Congreso del Estado

Diputado Vicente Toledo Álvarez (rúbrica)
Primer secretario

Diputada María Guadalupe Almaguer Pardo (rúbrica)
Segunda secretaria
 

Diputados secretarios de la LVIII Legislatura del Honorable Congreso del Estado
Presentes

En sesión ordinaria celebrada el 30 de junio del presente año, a la Comisión de Desarrollo Rural y Forestal le fue turnada para su estudio y dictamen iniciativa al Congreso de la Unión, a fin de que se reformen y adicionen diversos artículos de la Ley General de Desarrollo Rural Sustentable a efecto de lograr una mejor aplicación en los programas que benefician el desarrollo forestal y la implementación de políticas públicas en nuestro país, presentada por el Congreso de Chihuahua.

Considerandos

Primero. Que la iniciativa es acorde a lo dispuesto en los artículos 130 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí; 61, 62 y 67 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado, por lo que es procedente su análisis y correspondiente dictamen.

Segundo. Que, con base en lo dispuesto en los artículo 105, fracción II, y VI de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, esta comisión es competente para conocer y dictaminar la solicitud que se plantea al Congreso de la Unión, a fin de que se reformen y adicionen diversos artículos de la Ley General de Desarrollo Rural Sustentable a efecto de lograr una mejor aplicación de programas que beneficien el desarrollo forestal y la implementación de políticas públicas en nuestro país.

Tercero. La nueva legislación hace un gran esfuerzo por señalar diversas formas para conciliar el aprovechamiento forestal con la conservación, y reconoce la necesidad de conservar; proteger y restaurar la biodiversidad de los ecosistemas forestales, a la vez se refiere al bienestar económico de los bosques; es decir; apela a los postulados de un desarrollo sustentable. Sin embargo, los principales problemas del campo forestal y su relación con la conservación están relacionados con la insuficiencia o poca claridad de los mecanismos de control y seguimiento para programas y proyectos, así como para aspectos de vigilancia y aplicación de la legislación, el combate a la corrupción y el tráfico ilegal.

Cuarto. No obstante, al igual que con el marco jurídico nacional, y a pesar de sus buenas intenciones, las leyes estatales enfrentan su punto débil en su aplicación. Los instrumentos y herramientas de la política sectorial forestal, agropecuaria, de pesca, ambiental, industrial o de turismo, entre otras, encuentran en las zonas rurales las mayores dificultades para la aplicación de las leyes. Existe una grave carencia de infraestructura para la aplicación de la ley, además de inercias de comportamiento entre los residentes locales y los encargados de la aplicación, que con frecuencia resultan en prácticas ilegales y corrupción.

Este cuerpo dictaminador considera oportuno adherirse a la propuesta del Congreso de Chihuahua para que el honorable Congreso de la Unión reforme y adicionen diversos artículos de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, a efecto de lograr una mejor aplicación de programas que beneficien el desarrollo forestal y la implementación de políticas publicas a favor de desarrollo forestal en nuestro país.

En tal virtud, con fundamento en los artículos 94 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; 85 y 86 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado, ponemos a consideración de este cuerpo colegiado legislativo, el siguiente

Dictamen

Único. Se aprueba la iniciativa; se envía al Congreso de la Unión a fin de que se reformen y adicionen los artículos 5; 22, fracción XXXII; 23; 24, fracciones I; 67, fracción III; 74, fracción III; 97; 112;116 y 163, fracciones XXIV, XXV y XXV de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, a efecto de lograr una mejor aplicación de programas que beneficien el desarrollo forestal y la implementación de políticas públicas en nuestro país, presentada por el Congreso Chihuahua, para quedar como sigue:

Artículo 5. La propiedad de los recursos forestales comprendidos dentro del territorio nacional corresponde a los ejidos, las comunidades, pueblos y comunidades indígenas, personas físicas o morales, la federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios que sean propietarios de los terrenos donde aquéllos se ubiquen. Los procedimientos establecidos por esta ley no alterarán el régimen de propiedad de dichos terrenos. El aprovechamiento de estos terrenos estará condicionado a la realización de un programa de manejo autorizado por la secretaría.

Artículo 22. ...

I al XXXI. ...

XXXII. Reglamentar y evaluar los sistemas y procedimientos relativos a la prestación de los servicios técnicos forestales, así como instrumentar, opera, dar seguimiento y establecer las condiciones mínimas de los mismos.

XXXIII al XXXIX. ...

Artículo 23. El sector público forestal impulsará la creación de las promotoras de desarrollo forestal en las entidades federativas, en coordinación con los estados y los municipios.

Artículo 24. ...

I al XI. ...

XII. Expedir la documentación que acredite la legal procedencia de materias primas forestales.

Artículo 27. ... I al IX. ...

X. Para definir políticas de origen y destino de las aguas superficiales y subterráneas, con la finalidad de validar y moderar la prestación de servicios ambientales hidrológicos.

Artículo 62. ... I. Firmar el programa de manejo y presentar, en su caso, el contrato de prestación de servicios técnicos forestales.

II al XIII. ...

Artículo 64. El manejo y el aprovechamiento de los recursos forestales estarán a cargo del titular del aprovechamiento. En el caso de que éste decida contratar a un prestador de servicios forestales, dicho prestador será responsable solidario con el titular; para lo cual el titular del aprovechamiento deberá registrar el contrato ante la secretaría con el objeto de asegurar la corresponsabilidad.

Artículo 67. ...

I al II. …

III. Cuando se haya expedido en violación a las disposiciones de esta ley, su reglamento, las normas oficiales mexicanos y las demás disposiciones de las que ella emanen, cuando una vez otorgada se acredite que no se actualizaron los supuesto; y requisitos establecidos para su otorgamiento o cuando el titular no demuestre tener la capacidad para asumir la conducción técnica del programa de manejo, o si contrata un prestador de servicios técnicos forestales, éste no reúne los requisitos que señala la ley.

Artículo 74. ... I al II. ...

III. Tratándose de ejidos y comunidades, deberán presentar acta de asamblea, de conformidad con la Ley Agraria, en la que se contenga el acuerdo para llevar a cabo el aprovechamiento, así como copia certificada del reglamento interno en el cual se definan las obligaciones y formas de participación en las labores de cultivo, protección y fomento de sus recursos; y los documentos debidamente certificados por el Registro Agrario Nacional que los acredite como propietarios.

Artículo 97. El aprovechamiento de recursos no maderables requerirá de la prestación de un programa de manejo simplificado a la autoridad competente. El reglamento o las normas oficiales mexicanas establecerán los requisitos y casos en que se requerirá autorización y/o presentación de programas de manejo simplificados.

Artículo 112. La comisión y los gobiernos de las entidades federativas promoverán la organización de los propietarios de terrenos forestales cuya ubicación esté entre los límites asignados al territorio de cada unidad de manejo forestal.

I al IX. ... Artículo 116. ...

La autorización deberá revalidarse cada dos años, de lo contrario, se cancelara de manera automática.

Articulo 163. Son infractores a lo establecido en esta ley;

I al XXIII. ...

XXIV. Operar un centro de transformación o almacenamiento sin la autorización respectiva vigente.

XXV El no dar aviso de suspensión de actividades dentro de los seis meses siguientes a partir de la fecha en que deja de operar.

XXVI. Cualquier otra contravención a lo dispuesto en la presente ley.

Primero. Notifíquese de esta resolución al Congreso de Chihuahua.

Dado en el auditorio Manuel Gómez Morín, del honorable Congreso de San Luis Potosí, a 19 de noviembre de 2008.

Comisión de Desarrollo Rural y Forestal

Diputados: Juan Izaguirre Ostiguín (rúbrica), presidente; José Luis Ramiro Galero (rúbrica), vicepresidente; Modesto Zumaya Salazar (rúbrica), secretario; Patricio Bravo Rivera (rúbrica), Marcos Esparza Martínez (rúbrica) vocales.