Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2685-D, miércoles 28 de enero de 2009.


Dictámenes a discusión
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Dictámenes
DE LA TERCERA COMISIÓN, CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA A LAS SECRETARÍAS DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA QUE INFORMEN SOBRE LOS AVANCES, EL CUMPLIMIENTO Y LA EJECUCIÓN DEL FONDO NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA

Honorable Asamblea

A la Tercera Comisión de la Comisión Permanente, fue turnada la proposición con punto de acuerdo por la que se solicita a los secretarios de Comunicaciones y Transportes, y de la Función Pública que informen a la Comisión Permanente sobre los avances, el cumplimiento y la ejecución del Programa y el Fondo Nacional de Infraestructura, respectivamente, presentada por el senador Ramiro Hernández García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Los ciudadanos legisladores integrantes de esta comisión realizaron el estudio y análisis de la proposición a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Con fundamento en los artículos 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 127 y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 58, 60, 87, 88, 176 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los miembros de esta Tercera Comisión que suscriben, someten a la consideración del Pleno el presente dictamen:

Antecedentes

La proposición con punto de acuerdo que se cita en el proemio, fue presentada en la sesión del Pleno de la Comisión Permanente de fecha 14 de enero de 2009, y turnada para su estudio y dictamen correspondiente a la Tercera Comisión.

Consideraciones

En su capítulo de Consideraciones el autor de la proposición con punto de acuerdo que se dictamina señala que el 18 de julio de 2007, el Ejecutivo federal presentó el Programa Nacional de Infraestructura 2007-2012 (PNI). Tenía como objetivos multiplicar los intercambios productivos, elevar la competitividad de la economía, llevar los servicios básicos a más familias, favorecer la integración de mercados, propiciar un desarrollo regional más equilibrado y generar los empleos que demandan millones de mexicanos.

Que el programa consideraba una inversión base de 2 billones 532 mil millones de pesos en conjunto, para los sectores carretero, ferrocarriles, puertos, aeropuertos, telecomunicaciones, agua potable, hidroagrícola y control de inundaciones, electricidad, y producción de hidrocarburos, así como refinación, gas y petroquímica. De los 2 billones 532 mil millones de pesos que importaría el PNI, 78.0 por ciento estaría a cargo del sector público y 22.0 por ciento provendría de fuentes privadas.

Que el 7 de febrero de 2008 se expidió el decreto por el que se ordena la creación del fideicomiso Fondo Nacional de Infraestructura (Fonadin). A través de éste se canalizarían recursos del orden de 270 mil millones de pesos para inversiones en proyectos de infraestructura durante los siguientes cinco años. En su inicio, el fondo contó con recursos líquidos por más de 40 mil millones de pesos.

Que el Fonadin crearía 700 mil empleos directos desde su constitución y hasta el cierre de la administración federal, aumentaría el crecimiento económico en 0.6 por ciento adicional cada año.

Que según el secretario de Hacienda, la idea de dicho fondo "no era únicamente crear la infraestructura que por sí misma generaría empleos e impulsaría la economía sino que, además, sería muy importante para aumentar la competitividad del país y para interconectar mejor a la nación y así ayudar también al bienestar social y al abatimiento de la pobreza".

Que el Fonadin quedó a cargo del Banobras, entidad encargada de la coordinación con las dependencias y las entidades de la administración pública federal. También realizaría las contrataciones necesarias, en concordancia con los fines del Fonadin. De la misma manera, la SCT fue designada para otorgar las concesiones para los proyectos de caminos y puentes. A la Secretaría de la Función Pública corresponde fiscalizar la operación y evaluar el desempeño del Fonadin. Por tanto, son las dependencias federales encargadas de su coordinación, operación y evaluación.

Que al cierre de octubre pasado, la Secretaría de Hacienda informó que la inversión en infraestructura en comunicaciones y transportes registraba un avance de 65 por ciento contra el programa anual. Con ello se reconoció la existencia de un subejercicio de los recursos presupuestales, hecho que el secretario de Comunicaciones y Transportes aceptó ante la comisión respectiva en la Cámara de Senadores, al asegurar que en 2008 la dependencia a su cargo tendría un subejercicio de 4.4 por ciento.

Explicó que en el caso de las carreteras, mil 400 millones de pesos no se gastarían, de un monto total de casi 40 mil millones asignados por el Congreso de la Unión en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2008.

Que un hecho que ha preocupado al legislativo son los subejercicios presupuestales. De hecho, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes se ha destacado como una de las dependencias con mayor subejercicio, por lo cual es necesario que las dependencias de la administración pública federal cumplan el exhorto presidencial para que su ejecución fluya lo más rápido posible a efecto de contener los efectos derivados de la coyuntura de crisis internacional.

II. La comisión dictaminadora desea señalar que en 2009, el presupuesto carretero ronda 49 mil 751.4 millones de pesos, 24.4 por ciento más respecto al año anterior, enfatizando el destino de los recursos hacia la construcción de nuevas vías y en trabajos de conservación.

Adicionalmente, han pasado 18 meses del anunció del Programa Nacional de Infraestructura y casi un año de anunciado el Fondo Nacional de Infraestructura, cuyo propósito es atenuar el efecto adverso de la desaceleración de la economía mexicana, generar empleos, y escalar lugares en competitividad a través de incentivos mediante el desarrollo de infraestructura.

En estos momentos, de crisis económica, las inversiones en infraestructura son fundamentales para fortalecer el mercado interno y el empleo. Por ello, nos manifestamos a favor de la proposición presentada para solicitar a los titulares de las dependencias de la administración pública federal involucrados que den a conocer los proyectos y avances en la ejecución del programa, así como el destino de los recursos asignados.

En mérito de lo antes expuesto, la Tercera Comisión, se permite someter a la consideración del Pleno el siguiente

Puntos de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión solicita a los secretarios de Comunicaciones y Transportes, y de la Función Pública, informen a esta soberanía sobre los avances, el cumplimiento y la ejecución del Programa Nacional de Infraestructura 2007-2012.

Segundo. Se solicita al director de Banobras, Alonso Pascual García Tamés, que informe a esta soberanía sobre el monto y destino de los recursos ejercidos en los proyectos del Fondo Nacional de Infraestructura.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.- México, DF, a 27 de enero de 2009.

Por la Tercera Comisión –Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas– de la Comisión Permanente

Senador Raúl José Mejía González, presidente; diputado Carlos Eduardo Felton González, senador Rubén Fernando Velázquez López, secretarios; senadora Gabriela Ruiz del Rincón, senadora María Teresa Ortuño Gurza, senadora Eva Contreras Sandoval, diputado Carlos Augusto Bracho González, diputada María Esther Jiménez Ramos, diputado José Ascención Orihuela Bárcenas, senador Rogelio Rueda Sánchez, diputado José Rubén Escajeda Jiménez, diputado Octavio Martínez Vargas, diputado Carlos Altamirano Toledo, diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva, senador Alejandro González Yáñez.
 
 
 

DE LA TERCERA COMISIÓN, CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A INCLUIR EN EL ACUERDO NACIONAL EN DEFENSA DE LA ECONOMÍA FAMILIAR Y DEL EMPLEO EL GAS NATURAL, A FIN DE QUE FIJE UN PRECIO ÚNICO PARA TODO 2009

Honorable Asamblea

A la Tercera Comisión de la Comisión Permanente, fue turnada la proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta al Ejecutivo federal que incluya en el Acuerdo Nacional a favor de la Economía Familiar y del Empleo el gas natural, para que fije un precio único para todo el 2009, presentada por la diputada Eva Angelina Sánchez Valdés, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Los ciudadanos legisladores integrantes de esta comisión realizaron el estudio y análisis de la proposición a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Con fundamento en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 127 y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87, 88, 176 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los miembros de esta Tercera Comisión que suscriben, someten a la consideración del Pleno el presente dictamen.

Antecedentes

La proposición con punto de acuerdo que se cita en el proemio fue presentada en la sesión del Pleno de la Comisión Permanente del 21 de enero de 2009, y turnada para su estudio y dictamen correspondiente a la Tercera Comisión.

Consideraciones

En su capítulo de consideraciones el autor de la proposición con punto de acuerdo que se dictamina señala que el 7 de enero del presente año, el titular del Ejecutivo federal presentó el Acuerdo Nacional en favor de la Economía Familiar y el Empleo, en palacio nacional ante integrantes del Poder Legislativo, el Poder Judicial, la Conferencia Nacional de Gobernadores, presidentes municipales, líderes empresariales, sindicales y sociales.

El acuerdo se encuentra dividido en cinco ejes rectores que a su vez se dividen en puntos a ejecutar.

El segundo eje rector considera en las medidas uno y dos, congelar el precio de las gasolinas durante todo el año y reducir el precio del gas LP en un diez por ciento y mantenerlo así el resto del 2009.

Sin duda se debe señalar que existieron promesas de campaña donde el ahora titular del Ejecutivo se comprometió a que de ser electo presidente de los Estados Unidos Mexicanos bajaría los precios de los energéticos destinados al consumo de las familias mexicanas: luz, gas, gasolina, etcétera. La obviedad no se juzga, los precios aumentaron, algunos hasta 35 por ciento.

Que es pertinente destacar que el 4 de noviembre de 2008, el presidente legítimo de México, el licenciado Andrés Manuel López Obrador, entregó ante los diputados federales del Frente Amplio Progresista, en el salón de protocolo del Palacio de San Lázaro de la Cámara de Diputados, el Programa para la Defensa de la Economía Popular. Acciones en materia presupuestaria. En dicho texto, en el punto 16, estableció que "Deben bajarse de inmediato los precios de las gasolinas, el diesel, el gas y la energía eléctrica".

Dicha petición anticipó lo que ahora el gobierno federal y este Congreso de la Unión se resistía a reconocer: la crisis financiera en los Estados Unidos de América, y en consecuencia la crisis económica que ahora se encuentra afectando directamente el poder adquisitivo de las clases económico-sociales paupérrimas de la república.

Que, ahora bien, el acuerdo nacional propuesto por el titular del Ejecutivo federal se encuentra limitado para resolver la crisis que se padece por los hogares mexicanos, sigue sin atender de forma integral la falta de poder adquisitivo y su recuperación, el sector agropecuario y su abandono; y recientemente el aumento al diesel de uso marítimo.

Ante lo anterior también consideramos que el acuerdo deja inatendible lo concerniente al consumo de gas natural por millones de familias mexicanas.

Que en 1996 el gobierno mexicano, mediante una reforma constitucional en materia de gas, inicio a proveer el consumo industrial y doméstico del gas natural, entre otras consideraciones porque

a) México es uno de los principales productores de este energético;

b) Existen reservas importantes de este energético en nuestro país;

c) Es un combustible que no contiene azufre ni plomo, ni produce partículas suspendidas en el ambiente.

Por estas consideraciones se promovió el uso del energético en millones de hogares mexicanos.

Que la Asociación Mexicana de Gas Natural, AC, establece que la distribución de este energético en nuestro país asciende casi a un millón y medio de casas habitación donde se beneficia su consumo a cerca de seis millones de mexicanos.

Debemos establecer que la crisis económico-social que existe en nuestra patria afecta directamente a los extractos sociales más pobres, pero no deja de afectar a las clases medias, su estabilidad y nivel de vida.

Que debido a la devaluación que afecta al peso mexicano desde septiembre y octubre de 2008 debido al acaparamiento de dólares por algunas empresas traidoras a la economía mexicana (la Cámara de Diputados aprobó exhortar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que publique el nombre de las empresas que se beneficiaron en esta conducta delictiva), a enero de 2009, se estima que el valor cambiario frente al dólar americano asciende a 28 por ciento.

Debemos señalar que la devaluación del peso mexicano frente al dólar americano se ha cotizado de forma escandalosa y preocupante en el mes de enero, hasta en 14 pesos con 50 centavos por dólar en las casas de cambio del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México. En consecuencia, se profundiza el aumento del precio de gas natural debido a los índices y fórmulas con las que se determina el valor de dicho energético.

Que la Comisión Reguladora de Energía fijó el precio de gas natural, para enero del presente año, en 5.147 dólares por millón de BTU; equivalentes a 4.878 dólares por gigajoules.

Que el cálculo del costo mensual del gas natural distribuido en México se hace con base en la fórmula establecida en el resolutivo segundo de la resolución 046/2005 y con referencia en los siguientes indicadores:

a) El índice de Texas Eastern Transmission Corp., renglón South Texas Zone, publicado en el Inside FERC’s Gas Market Report, correspondiente al mes de determinación del precio máximo del gas natural objeto de venta de primera mano (convertido de dólares/mm BTU a dólares/unidad), y

b) El promedio de los precios correspondientes al renglón Texas Eastern STX, encabezado South Corpus Christi, de la publicación Gas Daily, Daily Price Survey, columna "Mid point", para los últimos cinco días hábiles del mes anterior al mes de determinación del precio máximo del gas natural objeto de venta de primera mano (convertido de dólares/mm BTU a dólares/unidad).

Que como observamos, la cotización de la venta del gas natural se establece a partir de índices y precios de referencia de empresas del sur de los Estados Unidos de América, como la tasa de referencia del sur de Texas.

La Comisión Dictaminadora desea señalar que considerando que el Acuerdo Nacional en defensa de la Economía Familiar y del Empleo impulsado por el titular de Ejecutivo federal es un plan parcial y, en consideración de algunos economistas, ineficaz y excluyente; y que la Comisión Reguladora de Energía cuenta con las facultades legales para establecer un precio fijo para la adquisición de gas natural durante el tiempo que se considere la economía mexicana en crisis; puede ser pertinente que dicha comisión estudie la posibilidad y viablidad.

En función de que el presidente de la República, a través del acuerdo antes citado, está considerando congelar y bajar los precios de energéticos de uso común como gasolina, gas LP y energía eléctrica, se podría incorporar al gas natural.

Es por ello que nos manifestamos a favor de la proposición presentada por el autor, a efecto de que como lo señala, se exhorte al Ejecutivo federal para que fije un precio único al gas natural durante el 2009.

En mérito de lo antes expuesto, la Tercera Comisión, se permite someter a la consideración del Pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con pleno respeto de su soberanía, exhorta al titular del Ejecutivo federal a incluir en el Acuerdo Nacional en defensa de la Economía Familiar y del Empleo, el gas natural, para que fije un precio único para todo 2009 y se le equipare el trato con el gas LP.

Sala de comisiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión. México, DF, a 27 de enero de 2009.

Por la Tercera Comisión –Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas– de la Comisión Permanente

Senador Raúl José Mejía González, presidente; diputado Carlos Eduardo Felton González, senador Rubén Fernando Velázquez López, secretarios; senadora Gabriela Ruiz del Rincón, senadora María Teresa Ortuño Gurza, senadora Eva Contreras Sandoval, diputado Carlos Augusto Bracho González, diputada María Esther Jiménez Ramos, diputado José Ascención Orihuela Bárcenas, senador Rogelio Rueda Sánchez, diputado José Rubén Escajeda Jiménez, diputado Octavio Martínez Vargas, diputado Carlos Altamirano Toledo, diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva, senador Alejandro González Yáñez.
 
 
 

DE LA TERCERA COMISIÓN, CON PUNTO DE ACUERDO PARA AMPLIAR EL SERVICIO DE GUARDERÍA INFANTIL POR UN PERIODO DE SEIS MESES POSTERIOR A LA PÉRDIDA DE EMPLEO

Honorable Asamblea:

A la Tercera Comisión de la Comisión Permanente, fue turnada la proposición con punto de acuerdo, para ampliar el Servicio de Guardería Infantil por un periodo de seis meses, posterior a la pérdida de empleo, suscrita por los diputados César Duarte Jáquez, Emilio Gamboa Patrón, Lilia Merodio Reza e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Los ciudadanos legisladores integrantes de esta comisión realizaron el estudio y análisis de la proposición a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Con fundamento en los artículos 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 127 y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 58, 60, 87, 88, 176 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los miembros de esta Tercera Comisión que suscriben, someten a la consideración del Pleno el presente dictamen:

Antecedentes

La proposición con punto de acuerdo que se cita en el proemio, fue presentada en la sesión del Pleno de la Comisión Permanente de fecha 21 de enero de 2009, y turnada para su estudio y dictamen correspondiente a la Tercera Comisión.

Consideraciones

En su capítulo de Consideraciones los autores de la proposición con punto de acuerdo que se dictamina señalan que la participación de las mujeres en el ámbito económico ha ido en aumento para bien del desarrollo, la economía y la igualdad. En el caso de Latinoamérica, por ejemplo, en el año 2002 la participación de las mujeres en la población económicamente activa fue del 38.9 por ciento, comparado con el 20.9 por ciento que se tenía en los años sesenta.

Que en África, donde las mujeres forman parte de más de la mitad de los pequeños agricultores, se tiene registrado que su trabajo produce alrededor del 80 por ciento de los alimentos y constituyen cerca de las tres cuartas partes de la fuerza laboral en la producción y procesamiento de los mismos. Pero las mujeres todavía no tienen acceso a la tierra. Sin derechos de propiedad, ellas no están en condiciones de obtener ni créditos ni apoyo para la producción.

Asimismo, existen múltiples retos para mejorar la condición de la participación de las mujeres en la actividad económica y comercial, como son evitar que tengan un nivel de salario inferior en condiciones similares a los hombres. En comparación con los varones, su participación se encuentra más a menudo en los sectores informales, careciendo de beneficios y derechos legales; generalmente las mujeres son más propensas a ser contratadas en posiciones menos regulares, en condición temporal y en puestos de jerarquía inferior y limitadas oportunidades de desarrollo.

Que, además, la función reproductora de las mujeres ha seguido siendo percibida como un estigma en el mercado laboral. En un esfuerzo para promover un cambio de actitud, algunos gobiernos han adoptado políticas para armonizar las responsabilidades laborales y familiares en pugna.

Que en el Código del Trabajo y el Código de Bienestar Familiar de Polonia se garantiza la igualdad de derechos a las mujeres y a los hombres en lo que respecta a licencias para atender las necesidades familiares, pero se concede protección especial a las mujeres por razones de maternidad.

Que en nuestro país tenemos el Reglamento para la Prestación de los Servicios de Guardería, regulatorio de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social, el cual establece, específicamente en su artículo 3, que los asegurados que causen baja en el régimen obligatorio conservarán el derecho a las prestaciones que otorga el ramo de guarderías sólo durante las cuatro semanas posteriores a la presentación del aviso correspondiente.

Este periodo resulta a todas luces insuficiente e injusto, ya que las madres trabajadoras que cuentan con el servicio de guardería infantil, como una prestación derivada de su empleo y de la aportación de sus cuotas obrero-patronales, al causar baja en sus empleos se encuentran en el conflicto de hallar un lugar en donde dejar a sus hijos a fin de realizar otro tipo de actividades para subsistir, tomado en cuenta la escasez de fuentes de trabajo el período de cuatro semanas resulta exiguo, quedando en franca desprotección del régimen social del Estado.

Que recientemente el presidente de la República dio a conocer el Acuerdo Nacional en Favor de la Economía Familiar y el Empleo. Dentro de sus 25 medidas se encuentra la ampliación de la cobertura del Seguro Social para trabajadores desempleados, extendiéndose de dos a seis meses la cobertura de atención médica y de maternidad para quienes hayan perdido el empleo, pero no consideró a las mujeres trabajadoras con hijos en sus guarderías, lo cual es una omisión inaceptable.

II. La comisión dictaminadora desea señalar que se debe reconocer la aportación que el género femenino hace a la economía de nuestro país y que una manera de hacerlo es precisamente con este tipo de incentivos.

Resulta insuficiente, como lo manifiestan los autores de la proposición, el periodo de cuatro semanas para el servicio de guardería infantil con el que cuentan las madres trabajadoras y día con día se aumenta la preocupación de encontrar sitios donde dejar a sus hijos para que ellas puedan trabajar y llevar el sustento a sus hijos.

La ley en este sentido establece claramente que:

…"los asegurados que causen baja en el régimen obligatorio conservarán el derecho a las prestaciones que otorga el ramo de guarderías sólo durante las cuatro semanas posteriores a la presentación del aviso correspondiente…" Teniendo el sustento legal y reconociendo el esfuerzo de este género productivo y trabajador, cómo lo es la mujer mexicana, reconocemos la necesidad de que se amplíe el servicio de guardería infantil por un periodo de seis meses posteriores a la pérdida del empleo, a fin de beneficiar a las mujeres trabajadoras, que tienen la cualidad de ser madres y ello no debe ser un estigma ni jurídico, ni social.

Estamos inmersos en una crisis mundial de la que todavía no se conocen sus verdaderas proporciones. El ejemplo más claro es el Acuerdo Nacional en Favor de la Economía Familiar y el Empleo que hace unas semanas anunció el presidente de la República y en el que, el Congreso de la Unión, hará valer cada una de sus medidas, incluyendo el cuidado, fomento y preservación del empleo.

En mérito de lo antes expuesto, la Tercera Comisión, se permite someter a la consideración del Pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta al Poder Ejecutivo federal a ampliar en el Reglamento para la Prestación de los Servicios de Guardería el servicio de guardería infantil por un periodo de seis meses posteriores a la baja del empleo, para que las mujeres trabajadoras del régimen del seguro social, como una medida adicional al Acuerdo Nacional en Favor de la Economía Familiar y el Empleo dentro de sus 25 puntos. Asimismo, a garantizar por medio del Instituto Mexicano del Seguro Social, la ampliación de seis meses en la cobertura de los derechos de los trabajadores desempleados.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.- México, DF, a 27 de enero de 2009.

Por la Tercera Comisión –Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas– de la Comisión Permanente

Senador Raúl José Mejía González, presidente; diputado Carlos Eduardo Felton González, senador Rubén Fernando Velázquez López, secretarios; senadora Gabriela Ruiz del Rincón, senadora María Teresa Ortuño Gurza, senadora Eva Contreras Sandoval, diputado Carlos Augusto Bracho González, diputada María Esther Jiménez Ramos, diputado José Ascención Orihuela Bárcenas, senador Rogelio Rueda Sánchez, diputado José Rubén Escajeda Jiménez, diputado Octavio Martínez Vargas, diputado Carlos Altamirano Toledo, diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva, senador Alejandro González Yáñez.
 
 
 

DE LA TERCERA COMISIÓN, CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN A CUMPLIR, EN OBSERVANCIA DE LAS DISPOSICIONES LEGALES EN MATERIA DE COMPETENCIA ECONÓMICA, LOS PRINCIPIOS DE LIBRE COMPETENCIA Y LIBRE CONCURRENCIA EN LA EXPORTACIÓN DE GUAYABA DE AGUASCALIENTES

Honorable Asamblea:

A la Tercera Comisión de la Comisión Permanente fue turnada la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) a cumplir los principios de libre competencia y libre concurrencia en el mercado de la guayaba; y a la Comisión Federal de Competencia, a verificar la posible existencia de prácticas monopólicas en la exportación de guayaba de Aguascalientes a Estados Unidos, presentada por el diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva, del Grupo Parlamentario de Convergencia.

Los ciudadanos legisladores integrantes de esta Comisión realizaron el estudio y análisis de la proposición a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Con fundamento en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 127 y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 58, 60, 87, 88, 176 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los miembros de esta Tercera Comisión que suscriben someten a consideración del Pleno el presente dictamen.

Antecedentes

La proposición con punto de acuerdo que se cita en el proemio fue presentada en la sesión del Pleno de la Comisión Permanente de fecha 21 de enero de 2009, y turnada para su estudio y dictamen correspondiente a la Tercera Comisión.

Consideraciones

En su capítulo de consideraciones el autor de la proposición con punto de acuerdo que se dictamina señala que el 20 de noviembre de 2008 se llevó a cabo el primer tratamiento de irradiación de un embarque de guayaba de Aguascalientes, con mil 80 cajas de 8.2 kilogramos cada una, por un total de 8 mil 856 kilogramos, para su envío al mercado estadounidense, lo que marcó el inicio de las exportaciones de guayaba mexicana en esta modalidad a ese país, después de intensas negociaciones entre la Sagarpa y el Departamento de Agricultura de Estados Unidos, y del trabajo constante e intenso de los productores y empacadores de esta fruta.

Que con este nuevo mercado se amplían las posibilidades de desarrollo de este sector productivo al tener esta opción de comercialización, gracias a la aplicación de medidas de mitigación de riesgo como el tratamiento basado en irradiación, beneficiando con esto a más de 56 mil productores que se dedican al cultivo del fruto en la República Mexicana.

Que se han presentado anomalías para la exportación de guayaba irradiada en fresco hacia Estados Unidos porque, para llegar a cumplir los requisitos que exige su gobierno, tuvo que crearse un organismo que tuviera la obligación de responder ante los eventuales problemas en calidad e inocuidad de la guayaba, lo que motivó la creación de la asociación civil Productores y Empacadores Exportadores de Guayaba Mexicana (Peguam).

Que en el contrato de distribución de guayaba de México en Estados Unidos se designa específicamente a tres personas morales que fungirán como distribuidores, importadores y comercializadores aprobados para el territorio de Estados Unidos: Austral Trading México, SA de CV; F-Díaz LLC; y Frutas Exóticas del Paraíso, SA de CV, por un plazo de cinco años, generando monopolio en la distribución del producto.

Que lo anterior ocasiona que no se garantice la libre competencia, generando prácticas que podrían ser calificadas de monopólicas en virtud de que con el contrato mencionado se desplaza indebidamente a otros agentes del mercado y se les impide sustancialmente su acceso o establece ventajas exclusivas en favor de una o varias personas, como en el presente caso ocurre en favor de Pegual, en perjuicio de otros distribuidores.

II. La comisión dictaminadora desea señalar que en México, el cultivo de guayaba está cobrando gran importancia, se cultivan 22 mil 764 hectáreas a nivel nacional ubicadas en 20 estados de la república, generando una producción promedio de más de 300 mil toneladas anuales, con un valor superior a los 836 millones de pesos. Destacando en producción los Estados de Michoacán, Zacatecas, Aguascalientes y el estado de México.

La mayor parte de la producción de guayaba se consume en fresco, de tal forma que se utiliza del 87 al 92 por ciento para este propósito, destinándose del 8 al 13 por ciento restante para la industria. Los alcances comerciales del fruto de guayaba han demostrado ser prometedores y actualmente su cultivo está en expansión.

El fruto es variable de acuerdo a las numerosas variedades en forma, tamaño y otras características. Pueden ser globulares, ovoides o piriformes y tener de 2.5 a 15 centímetros de diámetro longitudinal (William y Harold, 1963). Posee importantes propiedades nutrimentales como son alto contenido de vitamina C (superior 5 veces al de los cítricos, condición que caracteriza a la guayaba como la reina de la vitamina C), contenido de hidratos de carbono, vitaminas y minerales. Estas características le han conferido gran aceptación e integración en la dieta humana, ya que en la actualidad se utiliza para la industria en la producción de alimentos, bebidas y productos farmacéuticos.

Efectivamente como lo señala el proponente, el 20 de noviembre de 2008 se llevó a cabo el primer tratamiento de irradiación de un embarque de guayaba para su envío al mercado estadounidense, lo cual marcó el inicio de las exportaciones de guayaba mexicana bajo esta modalidad a ese país, después de intensas negociaciones entre la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y el Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA) y, del trabajo constante e intenso de los productores y empacadores de esta fruta, siempre acompañados por las autoridades estatales y federales. Este primer embarque consistió en mil 80 cajas de 8.2 kilogramos, cada una, haciendo un total de 8 mil 856 kilogramos, de guayaba del estado de Aguascalientes.

Este cargamento se envió cumpliendo con la regulación publicada por el USDA, el 14 de octubre del año en curso (Federal Register volumen 73, número 199, páginas 60673-60674), donde notifica su decisión de expedir permisos para la importación de guayabas de México a los Estados Unidos, cumpliendo con los siguientes requisitos fitosanitarios:

• Provenir de huertos y empacadoras registradas ante la Secretaría y reconocidos para exportación por el USDA.

• Cumplir con el Plan de Trabajo Operativo y demás procedimientos autorizados para la exportación de guayaba de México con destino a los Estados Unidos.

• El fruto debe ser irradiado con una dosis mínima absorbida de 400 gray.

• Cada embarque de guayaba debe ser inspeccionado y acompañado por un certificado fitosanitario internacional expedido por personal oficial de la secretaría.

• En el certificado fitosanitario internacional se debe indicar que el embarque recibió el tratamiento de irradiación requerido.

La declaración adicional debe indicar lo siguiente:

"El fruto de este embarque fue tratado con irradiación a una dosis mínima absorbida de 400 Gy, fue inspeccionado y se encontró libre de Ligonychus biharensis, Oligonychus psidium, Mycovellosiella psidii, Pestalotiopsis psidii y Sphaceloma psidii."

• Las guayabas únicamente pueden exportarse a los Estados Unidos en embarques comerciales.

Con este nuevo mercado se amplían las posibilidades de desarrollo de este sector productivo al tener esta opción de comercialización, gracias a la aplicación de medidas de mitigación de riesgo como el tratamiento cuarentenario a base de irradiación, beneficiando con esto a más de 56 mil productores que se dedican al cultivo de este fruto en la República Mexicana.

Por lo anterior, es importante verificar que no se presente ningún desplazamiento de productores de guayaba de Aguascalientes, con el riesgo de impedirles el acceso al mercado de Estados Unidos de América, al establecerse la posibilidad de exportación exclusivamente por la empresa Peguam, asociación que se ha atribuido la exclusividad en la venta final de dicha fruta.

Es por ello que nos manifestamos a favor de la Proposición presentada por el autor, a efecto de que como lo señala, exhortar a la Sagarpa a cumplir, en observancia de las disposiciones legales en materia de competencia económica, los principios de libre competencia y libre concurrencia en la exportación de guayaba del estado de Aguascalientes a Estados Unidos de América

En mérito de lo antes expuesto, la Tercera Comisión se permite someter a la consideración del Pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. En el marco de colaboración entre poderes, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a cumplir, en observancia de las disposiciones legales en materia de competencia económica, los principios de libre competencia y libre concurrencia en la exportación de guayaba del estado de Aguascalientes a Estados Unidos de América.

Segundo. Se exhorta a la Comisión Federal de Competencia a verificar, en cumplimiento de los artículos 9, 10 y 11 de la Ley Federal de Competencia Económica, la posible existencia de prácticas monopólicas que impidan la libre concurrencia en la exportación de guayaba en el estado de Aguascalientes a Estados Unidos de América.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión. México, DF, a 27 de enero de 2009.

Por la Tercera Comisión –Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas– de la Comisión Permanente

Senador Raúl José Mejía González, presidente; diputado Carlos Eduardo Felton González, senador Rubén Fernando Velázquez López, secretarios; senadora Gabriela Ruiz del Rincón, senadora María Teresa Ortuño Gurza, senadora Eva Contreras Sandoval, diputado Carlos Augusto Bracho González, diputada María Esther Jiménez Ramos, diputado José Ascención Orihuela Bárcenas, senador Rogelio Rueda Sánchez, diputado José Rubén Escajeda Jiménez, diputado Octavio Martínez Vargas, diputado Carlos Altamirano Toledo, diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva, senador Alejandro González Yáñez.
 
 
 

DE LA TERCERA COMISIÓN, CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LAS DEPENDENCIAS DEL EJECUTIVO FEDERAL A EJECUTAR LAS OBRAS Y ACCIONES SEÑALADAS EN EL DECRETO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA 2009

Honorable Asamblea:

A la Tercera Comisión de la Comisión Permanente fue turnada la proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta a las dependencias del Ejecutivo federal, ejecuten las obras y acciones señaladas en el decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2009, presentada por el diputado Carlos Altamirano Toledo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Los ciudadanos legisladores integrantes de esta comisión realizaron el estudio y análisis de la proposición a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Con fundamento en los artículos 78 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 127 y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 58, 60, 87, 88, 176 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los miembros de esta Tercera Comisión que suscriben someten a la consideración del Pleno el presente dictamen.

Antecedentes

La proposición con punto de acuerdo que se cita en el proemio, fue presentada en la sesión del Pleno de la Comisión Permanente de fecha 21 de enero de 2009, y turnada para su estudio y dictamen correspondiente a la Tercera Comisión.

Consideraciones

En su capítulo de consideraciones el autor de la proposición con punto de acuerdo que se dictamina señala que el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación representa más que un listado de obras y acciones; el acuerdo regional que por medio de los diputados federales, orienta la inversión y los programas públicos.

Toda vez que el decreto ya fue publicado en Diario Oficial de la Federación (el 28 de noviembre del 2008) lo que corresponde es su aplicación.

Que bajo esta circunstancia, la motivación del presente punto es doble. Por una parte, que el decreto no sufra modificaciones en las obras y acciones que los legisladores incluyeron a petición de distintos niveles de gobierno y en beneficio de las comunidades.

Lo anterior obedece a que se han tenido noticias de que, por ejemplo, en Oaxaca se intenta violar lo dispuesto en el decreto, unificando y mezclando recursos de diversos proyectos deportivos y culturales.

En este punto es importante tener presente que el gobierno federal debe hacer valer su anuncio de ejecutar sin modificaciones el presupuesto aprobado y que, además, las inversiones públicas no sólo beneficiarán por la obra pública ejecutada sino también significan un estímulo a la economía de las comunidades.

En segundo lugar, por el impacto y monto de los proyectos, lo conveniente es que sean las mismas autoridades municipales las que los realicen.

Puede ser que los municipios no tengan la capacidad para ejecutar grandes proyectos que requieren una planeación o perspectiva global; pero sin duda son los más indicados para realizar los proyectos e inversiones de impacto regional que, en muchos casos, ellos mismos gestionaron y promovieron en distintos ramos del presupuesto, presentando los estudios pertinentes a las autoridades federales.

Que de esta forma, el promovente considera oportuno comunicarle al gobierno federal su interés en prevenir retrasos o modificaciones a los proyectos, así como alentar la suscripción de los mecanismos legales necesarios para que sean las autoridades municipales quienes realicen los proyectos de inversión destinados a sus comunidades.

II. La comisión dictaminadora desea señalar que la solicitud del autor para pedirle a las dependencias del gobierno federal que ejecuten las obras y acciones del Presupuesto de Egresos 2009, cobra especial relevancia en un año marcado por la recesión global.

Particularmente en épocas de crisis, la exigencia de ejercer el gasto público con mayor eficiencia es mayúscula para hacer posibles las obras y los resultados que la sociedad demanda.

Otro aspecto de enorme relevancia es el subejercicio del gasto. En reiteradas ocasiones hemos hecho eco en el Congreso de la Unión de modo particular a los subejercicios y transferencias que pervierten los objetivos y las metas trazadas en el presupuesto y se someten a reiterados ajustes con amplia discrecionalidad.

Ejemplo de ello son las cifras de la Secretaría de Hacienda sobre el segundo trimestre del año pasado, 86.6 por ciento del subejercicio en el periodo de abril-junio se centraba en cuatros ramos.

En Comunicaciones y Transportes, con 4 mil 981.5 millones de pesos; Educación Pública, con 4 mil 702.7 millones de pesos; Medio Ambiente, por mil 32.4 millones de pesos; y Sagarpa, con mil 13 millones de pesos.

El subejercicio en el área de seguridad pública alcanzaba los mil 362.9 millones de pesos en el primer semestre del 2008.

Otras dependencias que no habían ejercido recursos en su totalidad eran la Defensa Nacional, las Secretarías de Marina, de Seguridad Pública, de Salud, Hacienda, la Cancillería y la Procuraduría General de la República.

Con cifras menores, los informes de Hacienda reportaban subejercicio en Gobernación, Trabajo, Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, Reforma Agraria, Desarrollo Social, Función Pública, Tribunales Agrarios, Presidencia de la República, Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, y Consejería Jurídica del Ejecutivo federal.

Es por ello que nos manifestamos a favor de la proposición presentada por el autor, a efecto de que como lo señala, se exhorte a la administración pública federal a ejecutar completa y sin variaciones las obras públicas y las acciones contenidas en el Presupuesto de Egresos de la Federación para este año.

En mérito de lo antes expuesto, la Tercera Comisión se permite someter a la consideración del Pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a las dependencias del Ejecutivo federal a que ejecuten sin variaciones las obras y acciones señaladas en el decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación 2009, en beneficio de las entidades federativas, y que sean las autoridades municipales quienes las realicen.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.- México, DF, a 27 de enero de 2009.

Por la Tercera Comisión –Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas– de la Comisión Permanente

Senador Raúl José Mejía González, presidente; diputado Carlos Eduardo Felton González, senador Rubén Fernando Velázquez López, secretarios; senadora Gabriela Ruiz del Rincón, senadora María Teresa Ortuño Gurza, senadora Eva Contreras Sandoval, diputado Carlos Augusto Bracho González, diputada María Esther Jiménez Ramos, diputado José Ascención Orihuela Bárcenas, senador Rogelio Rueda Sánchez, diputado José Rubén Escajeda Jiménez, diputado Octavio Martínez Vargas, diputado Carlos Altamirano Toledo, diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva, senador Alejandro González Yáñez.
 
 
 

DE LA TERCERA COMISIÓN, CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL TITULAR DE LA SEMARNAT A REVISAR E INVESTIGAR LOS TÉRMINOS EN QUE SE ENTREGÓ LA PLAYA DE MIRAMAR, EN TAMPICO, A LA SECCIÓN UNO DEL SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES PETROLEROS DE LA REPÚBLICA MEXICANA

Honorable Asamblea:

A la Tercera Comisión de la Comisión Permanente fue turnada la proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) a revisar e investigar los términos en que se entregó la playa de Miramar, en Tampico, Tamaulipas, a la Sección Uno del Sindicato Nacional de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, presentada por el diputado Octavio Martínez Vargas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Los ciudadanos legisladores integrantes de esta Comisión realizaron el estudio y análisis de la Proposición a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Con fundamento en los artículos 78 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 127 y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 58, 60, 87, 88, 176 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los miembros de esta Tercera Comisión que suscriben, someten a la consideración del Pleno el presente dictamen.

Antecedentes

La proposición con punto de acuerdo que se cita en el proemio, fue presentada en la sesión del Pleno de la Comisión Permanente de fecha 14 de enero de 2009, y turnada para su estudio y dictamen correspondiente a la Tercera Comisión.

Consideraciones

En su capítulo de consideraciones el autor de la proposición con punto de acuerdo que se dictamina señala que las playas del país por ley son propiedad de la federación y, por tanto, deben ser públicas y no se pueden vender. Según lo que la Ley General de Bienes Nacionales establece en el artículo 7, son bienes de uso común las playas marítimas y la zona federal marítimo-terrestre.

Que en el artículo 119 establece que la zona federal marítimo-terrestre estará constituida por la faja de 20 metros de ancho de tierra firme, transitable y contigua a playas o, en su caso, a las riberas de los ríos, desde la desembocadura de éstos en el mar hasta 100 metros río arriba.

Que en la misma ley se establece que el Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, promoverá el uso y aprovechamiento sustentables de la zona federal marítimo-terrestre y los terrenos ganados al mar. Con este objetivo, dicha dependencia podrá celebrar convenios o acuerdos de coordinación con objeto de que los gobiernos de los estados y de los municipios, en su caso, administren, conserven y vigilen dichos bienes.

Todas estas disposiciones se ratifican en el Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo-Terrestre y Terrenos ganados al Mar.

Que en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el artículo 32 Bis, otorga el despacho a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en la fracción VIII, de ejercer la posesión y propiedad de la nación en las playas, zona federal marítimo-terrestre y terrenos ganados al mar. Mientras la fracción XXXIX le concede otorgar contratos, concesiones, licencias, permisos, autorizaciones o asignaciones, y reconocer derechos, según corresponda, en materia de aguas, forestal, ecológica, explotación de la flora y fauna silvestres, y sobre playas, zona federal marítimo-terrestre y terrenos ganados al mar.

Que a pesar de la legislación señalada, el ayuntamiento de Ciudad Madero, Tamaulipas, que preside Sergio Posadas Lara, anunció que mediante convenio entregó 150 hectáreas de frente de playa en Miramar a la sección uno del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana.

Que la playa de Miramar representa uno de los principales puntos turísticos de Tamaulipas, y la cesión del terreno mencionado deja entrever un posible acto de tráfico de influencias, ya que el actual presidente municipal, antes de tomar el cargo, era dirigente justamente de la sección uno, con la que se firmó el convenio.

Que los empresarios del sector turístico han expresado que el plan de desarrollo turístico de la playa de Miramar se preveía con una inversión por más de 200 millones de dólares y que se encontraba estancado desde hace más de seis años por la falta de certeza jurídica en torno de la tenencia de la tierra y que con la llegada de Sergio Posadas, en vez de solucionar el problema de legalidad, se entregaron 120 hectáreas de frente de playa al sindicato. Además, el promotor de esta playa es Jaime Posadas Lara, hermano del alcalde de Ciudad Madero.

II. La comisión dictaminadora desea señalar que la legislación en materia playas establece claramente la propiedad y las facultades que el Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, tiene para su uso.

Artículo 7. Son bienes de uso común:

I. El espacio aéreo situado sobre el territorio nacional, con la extensión y modalidades que establezca el derecho internacional;

II. Las aguas marinas interiores, conforme a la Ley Federal del Mar;

III. El mar territorial en la anchura que fije la Ley Federal del Mar;

IV. Las playas marítimas, entendiéndose por tales las partes de tierra que por virtud de la marea cubre y descubre el agua, desde los límites de mayor reflujo hasta los límites de mayor flujo anuales;

V. La zona federal marítimo terrestre;

VI. Los puertos, bahías, radas y ensenadas;

VII. Los diques, muelles, escolleras, malecones y demás obras de los puertos, cuando sean de uso público;

VIII. Los cauces de las corrientes y los vasos de los lagos, lagunas y esteros de propiedad nacional;

IX. Las riberas y zonas federales de las corrientes;

X. Las presas, diques y sus vasos, canales, bordos y zanjas, construidos para la irrigación, navegación y otros usos de utilidad pública, con sus zonas de protección y derechos de vía, o riberas en la extensión que, en cada caso, fije la dependencia competente en la materia, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables;

XI. Los caminos, carreteras, puentes y vías férreas que constituyen vías generales de comunicación, con sus servicios auxiliares y demás partes integrantes establecidas en la ley federal de la materia;

XII. Los inmuebles considerados como monumentos arqueológicos conforme a la ley de la materia;

XIII. Las plazas, paseos y parques públicos cuya construcción o conservación esté a cargo del gobierno federal y las construcciones levantadas por el Gobierno Federal en lugares públicos para ornato o comodidad de quienes los visiten, y

XIV. Los demás bienes considerados de uso común por otras leyes que regulen bienes nacionales.

Por su parte, Artículo 119. Tanto en el macizo continental como en las islas que integran el territorio nacional, la zona federal marítimo terrestre se determinará:

I. Cuando la costa presente playas, la zona federal marítimo terrestre estará constituida por la faja de veinte metros de ancho de tierra firme, transitable y contigua a dichas playas o, en su caso, a las riberas de los ríos, desde la desembocadura de éstos en el mar, hasta cien metros río arriba;

II. La totalidad de la superficie de los cayos y arrecifes ubicados en el mar territorial, constituirá zona federal marítimo-terrestre;

III. En el caso de lagos, lagunas, esteros o depósitos naturales de agua marina que se comuniquen directa o indirectamente con el mar, la faja de veinte metros de zona federal marítimo terrestre se contará a partir del punto a donde llegue el mayor embalse anual o límite de la pleamar, en los términos que determine el reglamento, y

IV. En el caso de marinas artificiales o esteros dedicados a la acuacultura, no se delimitará zona federal marítimo terrestre, cuando entre dichas marinas o esteros y el mar medie una zona federal marítimo terrestre. La zona federal marítimo terrestre correspondiente a las marinas que no se encuentren en este supuesto, no excederá de tres metros de ancho y se delimitará procurando que no interfiera con el uso o destino de sus instalaciones.

Cuando un particular cuente con una concesión para la construcción y operación de una marina o de una granja acuícola y solicite a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales la enajenación de los terrenos ganados al mar, antes o durante la construcción u operación de la marina o granja de que se trate, dicha Dependencia podrá desincorporar del régimen de dominio público de la Federación los terrenos respectivos y autorizar la enajenación a título oneroso a favor del solicitante, en los términos que se establezcan en el acuerdo administrativo correspondiente, mismo que deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación.

A la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales corresponderá el deslinde y delimitación de la zona federal marítimo terrestre.

Asimismo, la ley también establece el otorgamiento de las concesiones para el uso o aprovechamiento de los inmuebles federales. Artículo 72. Las dependencias administradoras de inmuebles podrán otorgar a los particulares derechos de uso o aprovechamiento sobre los inmuebles federales, mediante concesión, para la realización de actividades económicas, sociales o culturales, sin perjuicio de leyes específicas que regulen el otorgamiento de concesiones, permisos o autorizaciones sobre inmuebles federales.

Para el otorgamiento de concesiones, las dependencias administradoras de inmuebles deberán atender lo siguiente:

I. Que el solicitante cumpla con los requisitos establecidos en las leyes específicas que regulen inmuebles federales;

II. Evitar el acaparamiento o concentración de concesiones en una sola persona;

III. Que no sea posible o conveniente que la federación emprenda la explotación directa de los inmuebles de que se trate;

IV. No podrán otorgarlas a favor de los servidores públicos que en cualquier forma intervengan en el trámite de las concesiones, ni de sus cónyuges o parientes consanguíneos y por afinidad hasta el cuarto grado o civiles, o de terceros con los que dichos servidores tengan vínculos privados o de negocios. Las concesiones que se otorguen en contravención a lo dispuesto en esta fracción serán causa de responsabilidades y de nulidad;

V. Que no se afecte el interés público;

VI. La información relativa a los inmuebles que serán objeto de concesión, será publicada con dos meses de anticipación al inicio de la vigencia de la concesión respectiva, en un diario de circulación nacional y en internet, y

VII. En el caso de concesiones de espacios sobre inmuebles federales que ocupen las dependencias administradoras de inmuebles, que la actividad a desarrollar por el concesionario sea compatible y no interfiera con las actividades propias de dichas dependencias, sujetándose a las disposiciones que las mismas expidan para tal efecto.

Las dependencias administradoras de inmuebles, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, conforme a las condiciones a que se refiere el artículo siguiente, emitirán los lineamientos para el otorgamiento o prórroga de las concesiones sobre los inmuebles federales de su competencia, sin perjuicio de las disposiciones legales aplicables. Asimismo, presentarán un informe anual a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión sobre las concesiones otorgadas en el periodo correspondiente.

Con el sustento anterior, aunado al apoyo de leyes y reglamentos relacionados con los derechos para el uso y aprovechamiento de los bienes nacionales, nos manifestamos a favor de la Proposición presentada por el autor, a efecto de que como lo señala se exhorte al titular de la Semarnat para que investigue los términos en los que se entregó la playa de Miramar, en Tampico, a la Sección Uno del Sindicato Nacional de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana.

En mérito de lo expuesto, la Tercera Comisión, se permite someter a la consideración del Pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a revisar e investigar los términos en que se realizó la entrega de la playa de Miramar, en Tampico, Tamaulipas, a la Sección Uno del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, y a informar de los resultados a esta soberanía.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión. México, D. F., a 27 de enero de 2009.

Por la Tercera Comisión –Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas– de la Comisión Permanente

Senador Raúl José Mejía González, presidente; diputado Carlos Eduardo Felton González, senador Rubén Fernando Velázquez López, secretarios; senadora Gabriela Ruiz del Rincón, senadora María Teresa Ortuño Gurza, senadora Eva Contreras Sandoval, diputado Carlos Augusto Bracho González, diputada María Esther Jiménez Ramos, diputado José Ascención Orihuela Bárcenas, senador Rogelio Rueda Sánchez, diputado José Rubén Escajeda Jiménez, diputado Octavio Martínez Vargas, diputado Carlos Altamirano Toledo, diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva, senador Alejandro González Yáñez.
 
 
 

DE LA TERCERA COMISIÓN, CON PUNTOS DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y A LA DIRECTORA GENERAL DE EDUCACIÓN INDÍGENA A PAGAR LOS SALARIOS VENCIDOS Y DEMÁS PRESTACIONES LABORALES A 65 TRABAJADORES DE DICHA DEPENDENCIA

Honorable Asamblea:

A la Tercera Comisión de Trabajo –de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas– de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en el primer receso del tercer año de ejercicio constitucional de la LX Legislatura, fue turnada el 17 de diciembre de 2008, para su análisis y dictamen la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Educación Pública y a la directora general de Educación Indígena a pagar los salarios vencidos y demás prestaciones a que tienen derecho 75 trabajadores adscritos a dicha unidad administrativa; presentada por los diputados Valentina Valia Batres Guadarrama y Gerardo Villanueva Albarrán, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con fundamento en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 122, párrafo primero, y 127 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como 58, 60, 87, 88, 175 y 176 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los miembros de esta Tercera Comisión que suscriben, someten a la consideración del Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el presente dictamen, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

1. Con fecha 17 de diciembre de 2008, los diputados Valentina Valia Batres Guadarrama y Gerardo Villanueva Albarrán, del Grupo Parlamentario del Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó ante el Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión la proposición de mérito.

2. En esa fecha la Presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, dispuso que dicha solicitud de punto de acuerdo se turnara para su estudio y dictamen correspondiente a la Tercera Comisión –de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas–, por lo que se emite en este acto el dictamen correspondiente.

3. La proposición en estudio, en síntesis, contiene los siguientes fundamentos y razones en que se sustenta:

A. Que el 25 de septiembre de 2007, el coordinador administrativo de la Dirección General de Educación Indígena (DGEI) notificó a los trabajadores que permanecían laborando en el edificio situado en la calle de Azafrán 486, colonia Granjas México, delegación Iztacalco, de esta ciudad, que a partir del 27 del mismo mes y año debían trasladarse a laborar en el edificio ubicado en avenida Cuauhtémoc 614, colonia Narvarte, delegación Benito Juárez; entregándoles la circular 2 del 27 de septiembre de 2007, firmada por el director general de Educación Indígena.

B. Que los trabajadores de la DGEI informaron a los directivos de la dirección general y a los apoderados de la Secretaría de Educación Pública, que permanecerían laborando en el mismo lugar, de acuerdo a las sesiones conciliatorias celebradas ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, y hasta en tanto dicho tribunal resolviera, en definitiva, sobre la seguridad estructural del edificio en cuestión. Ello en atención a que la seguridad estructural de la nueva sede es dudosa, lo que contraviene lo dispuesto en el artículo 44, fracción V, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, que refieren medidas de seguridad e higiene para los trabajadores.

C. Que los trabajadores, interpusieron una demanda de amparo, la cual fue resuelta en definitiva el Segundo Tribunal Colegiado en Materia del Trabajo del Primer Circuito, otorgándose el amparo a los trabajadores inconformes, revocándose la circular que les notificaba el cambio de sede laboral y ordenándose a la DGEI emitiera otro acto que cumpliera con la ley.

D. Que la Cuarta Sala del Tribunal Laboral dictó laudo condenando a la Secretaría de Educación Pública a respetar los derechos de los trabajadores y a pagarles las quincenas que la DGEI les adeuda, desde octubre de 2007, a los 65 trabajadores. La Secretaría de Educación Pública se inconformó con este laudo, determinando el Décimo Segundo Tribunal Colegiado que la Cuarta Sala emita otro laudo en el que funde y motive su sentencia.

E. Que, en opinión de los autores de la proposición, independientemente del resultado que se obtenga en los diversos juicios laborales, existe un hecho contundente e irrefutable, no existe razón alguna para seguir deteniendo indebidamente el pago de los trabajadores, puesto que ya un tribunal federal determinó que la Secretaría de Educación Pública está obligada a hacerlo.

F. Que la Secretaría de Educación Pública, como venganza hacia los trabajadores, hizo uso del juicio de amparo para no pagarles su salario y postergar el cumplimiento de una decisión de un tribunal federal, sólo por revanchismo. El juicio de amparo está diseñado para proteger a los particulares del abuso del poder; sin embargo, la Secretaría de Educación Pública lo utiliza para tener secuestrados los derechos laborales de los 65 trabajadores de la DGEI, cuya única falta ha sido pugnar por mejores condiciones laborales.

Con base en lo anterior, los autores de la proposición solicitan que se exhorte a la Secretaría de Educación Pública y a la directora general de Educación Indígena haga el pago de los salarios vencidos y demás prestaciones laborales a los 65 trabajadores adscritos a dicha unidad administrativa.

En consecuencia, los integrantes de la Tercera Comisión emiten al presente punto de acuerdo al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La Comisión Permanente tiene especial interés en que las instituciones públicas respeten los derechos laborales de los trabajadores al servicio del Estado, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones que como empleador tiene el gobierno y el adecuado ejercicio de las prerrogativas de los servidores públicos.

En inteligencia de ello, cualquier expresión popular en el sentido de que el gobierno está incumpliendo sus deberes laborales, principalmente el pago de salarios vencidos y demás prestaciones inherentes, deben ser atendidas por los legisladores, quienes como representantes sociales corresponde dar seguimiento al estricto cumplimiento de la legislación que aprueban.

Lo anterior, dentro del ámbito del ejercicio de sus facultades de control constitucional, que implican constituirse como un mecanismo de peso y contra peso con otras dependencias de gobierno del Poder Ejecutivo federal, a fin de vigilar el debido respeto de los intereses populares, en marco de respeto de las atribuciones constitucionales y legales de cada dependencia de gobierno.

En ese orden de ideas, el presente punto de acuerdo no constituye un mandato de esta autoridad legislativa con efectos vinculatorios, que prejuzgue sobre la situación concreta planteada ni que revoque los mandatos legítimos de las autoridades judiciales o ejecutivas emitidos en el ejercicio de sus atribuciones.

Las autoridades laborales competentes son a quienes corresponde emitir sus resoluciones apegadas a derecho, de acuerdo a las afirmaciones y pruebas aportadas por la partes. De ahí que para los efectos del análisis de la propuesta que precede al presente dictamen, no se prejuzgue sobre la certeza de las afirmaciones de los proponentes, ya que ello implicaría vulnerar la esfera de competencia de las autoridades competentes para ello.

El Poder Legislativo federal, como autoridad de representación popular, corresponde coadyuvar al adecuado ejercicio del estado de derecho, lo que implica que cada autoridad respeto los derechos de los gobernados y, al mismo tiempo, ejerza las atribuciones que le corresponda. Incluso, implica contribuir al sistema de control constitucional entre las dependencias, como un garante del orden constitucional.

En ese tenor, basta con la sola expectativa del derecho vulnerado a que hacen referencia los diputados autores de la proposición, para que esta comisión considere suficiente invitar a la Secretaría de Educación Pública y a la Dirección General de Educación Indígena a que haga el pago de los salarios vencidos y demás prestaciones laborales a los 65 empleados de dicha unidad administrativa.

Lo anterior independientemente de la existencia de algún medio de defensa legal que exista a favor de las dependencias del Ejecutivo federal, ya que si bien éstos pueden resultar favorables al empleador o a los trabajadores, también lo es que los mecanismos autocompositivos siempre deben prevalecer sobre los jurisdiccionales, a fin de evitar dilaciones en el cumplimiento de las obligaciones laborales y mayores beneficios a las partes en materia de impartición de justicia.

En ese sentido, esta entidad legislativa considera pertinente exhortar a las dependencias referidas al pago de las prestaciones laborales citadas, en razón de que conforme a los principios del ejercicio del buen derecho, aún en el supuesto de que existan medios de defensa que agotar por parte de la Secretaría de Educación Pública, éstos sólo retrazan el cumplimiento inminente de una obligación laboral de su parte que, tarde o temprano deberán acatar, habida cuenta que el salario y demás prestaciones laborales de los trabajadores, son prestaciones irrenunciables y de vital importancia para la sobrevivencia del servidor público.

La justificación de retrazar el cumplimiento de una prestación laboral con el apoyo de estrategias legales, sólo constituye una estrategia dilatoria que expresa un acto de prepotencia de la autoridad, máxime si es inminente un resultado judicial desfavorable a sus intereses. Es en esos momentos cuando el ejercicio de un derecho a impugnar, se convierte en un abuso de un derecho a retrazar el cumplimiento de una obligación.

La Comisión Permanente, en esta tesitura, pretende exhortar a la Secretaría de Educación Pública y a la Dirección General de Educación Indígena a realizar el pago de las prestaciones laborales reclamadas por sus empleados, evitando las estrategias dilatorias y contribuyendo a un ambiente de adecuado ejercicio del derecho en esas dependencias.

Lo anterior, se reitera, sin perjuicio de las decisiones laborales y judiciales y definitivas que emitan las autoridades competentes para ello.

Aunado lo anterior, se considera oportuno exhortar a la directora general de Educación Indígena a contribuir a un ambiente de armonía en la dependencia a su cargo, absteniéndose de tomar alguna represalia en contra de aquellos trabajadores que han ejercido su legítimo derecho a defender su prerrogativas constitucionales.

Por tanto, los legisladores integrantes de la Tercera Comisión de Trabajo –de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas–, de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, someten a esa honorable asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a la titular de la Secretaría de Educación Pública y a la directora general de Educación Indígena, Rosalinda Morales Garza, a que paguen de inmediato el salario y demás prestaciones laborales a que tienen derecho los 65 trabajadores inconformes adscritos a la citada Dirección General.

Segundo. Se exhorta a la directora general de Educación Indígena, Rosalinda Morales Garza, a conducirse institucionalmente y respetar los derechos de los trabajadores adscritos a esa Dirección General, así como a no tomar represalias en contra de ningún trabajador por haber ejercido su legítimo derecho a defenderse ante las autoridades competentes para ello.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión.- Ciudad de México, a 27 de enero de 2009.

Por la Tercera Comisión –Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas– de la Comisión Permanente

Senador Raúl José Mejía González, presidente; diputado Carlos Eduardo Felton González, senador Rubén Fernando Velázquez López, secretarios; senadora Gabriela Ruiz del Rincón, senadora María Teresa Ortuño Gurza, senadora Eva Contreras Sandoval, diputado Carlos Augusto Bracho González, diputada María Esther Jiménez Ramos, diputado José Ascención Orihuela Bárcenas, senador Rogelio Rueda Sánchez, diputado José Rubén Escajeda Jiménez, diputado Octavio Martínez Vargas, diputado Carlos Altamirano Toledo, diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva, senador Alejandro González Yáñez.
 
 
 

DE LA TERCERA COMISIÓN, CON PUNTO DE ACUERDO RELATIVO A LA PROBLEMÁTICA DE LA SIGATOKA NEGRA EN JALISCO

Honorable Asamblea

A la Tercera Comisión de la Comisión Permanente, fue turnada la proposición con punto de acuerdo relativa a la problemática de la sigatoka negra en Jalisco, presentada por la senadora Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Los ciudadanos legisladores integrantes de esta comisión realizaron el estudio y análisis de la proposición a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Con fundamento en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 127 y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87, 88, 176 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los miembros de esta Tercera Comisión que suscriben, someten a la consideración del Pleno el presente dictamen.

Antecedentes

La proposición con punto de acuerdo que se cita en el proemio fue presentada en la sesión del Pleno de la Comisión Permanente del 14 de enero de 2009, y turnada para su estudio y dictamen correspondiente a la Tercera Comisión.

Consideraciones

En su capítulo de consideraciones el autor de la proposición con punto de acuerdo que se dictamina señala que la sigatoka negra, causada por el hongo Mycosphaerella fijienesis, es considerada la enfermedad más peligrosa para los cultivos de plátano en todo el mundo; a tal grado que en algunos casos puede reducir la producción hasta en un 50 por ciento en la mayoría de los países productores, donde se propaga con gran rapidez y ha estado socavando la producción durante las tres últimas décadas.

Esta afectación disminuye la capacidad fotosintética de la planta y, como consecuencia, hay reducciones en rendimiento; lo que afecta la economía de los agricultores. El hongo se propaga de manera fácil y puede hacerlo a través del agua o el viento. El riego por aspersión, por ejemplo, ayuda a esparcir la enfermedad en el plantío.

El control tradicional se basa en la aplicación de funguicidas. Sin embargo, el control químico en plantaciones comerciales eleva en forma considerable los costos de producción, lo cual afecta de manera importante a los pequeños productores.

Que en algunos países los insumos químicos representan hasta 27 por ciento del costo de producción para los plátanos de exportación. Los fungicidas sistémicos permiten luchar de forma eficaz contra la sigatoka negra en las plantaciones comerciales, pero sus efectos sobre el ambiente y la salud de los trabajadores en las plantaciones son preocupantes.

Que, por otra parte, no hay realmente un control biológico de la enfermedad. Su manejo más bien consiste en tratar de minimizar su propagación en el plantío, eliminando hojas afectadas y, mejor aún, quemándolas. Pero como el hongo se propaga con el viento, el manejo se dificulta cuando los vecinos no hacen lo mismo.

Que los plátanos representan el alimento básico para casi 500 millones de personas en el mundo, pero sus cultivos se están perdiendo cada día más debido a las enfermedades. En los países en desarrollo, los plátanos representan el cuarto cultivo alimentario en importancia, después del arroz, el trigo y el maíz.

A escala mundial, 85 por ciento del cultivo se produce para el consumo doméstico y el comercio local, en gran parte sin usar los plaguicidas, lo que los hace susceptibles a las enfermedades. El 15 por ciento del cultivo global de plátano destinado a la exportación depende en gran parte de los insumos químicos.

Que México tiene un potencial de exportación de 10 mil toneladas por año, y es un importante productor de plátano a escala mundial, pues se sitúa en el decimotercer lugar en hectáreas cosechadas y en el octavo en toneladas producidas. Para nuestro país, el sector platanero es una gran fuente generadora de trabajo, ya que la actividad permite contar con 100 mil empleos directos en el campo y 150 mil indirectos.

Que el primer reporte oficial del hongo causante de la sigatoka negra que afectaba plantaciones comerciales de plátano en México fue en Chiapas y Tabasco, en el sureste, en 1981. Sin embargo, la enfermedad fue observada por primera vez en el área de Tapachula, Chiapas, a finales de 1980. Posteriormente, la sigatoka negra se diseminó hacia Veracruz y Oaxaca, en 1985.

Que en la región del Pacífico-centro, la sigatoka negra se detectó por primera vez en Colima en 1989, y un año después se diseminó a los vecinos Michoacán, Jalisco y Guerrero. En noviembre de 1994 la enfermedad fue encontrada en Nayarit. Con este último registro, la enfermedad se encuentra en todas las áreas productoras de plátanos en la república mexicana.

Que en Jalisco, la presencia de la sigatoka negra se detectó por primera vez en el ejido de El Rebalse, en 1990. La enfermedad se convirtió en el principal problema fitosanitario que amenaza la producción del cultivo de plátanos, siendo que este cultivo es fuente importante de alimentos y divisas en Cihuatlán.

A partir de esa fecha, año con año, y sobre todo en la época de lluvias, la enfermedad se agrava considerablemente, ya que es la temporada propicia para la proliferación de la sigatoka negra, haciéndola más difícil de controlar.

En esta época los productores de plátano del valle de Cihuatlán ven afectada gravemente su economía, ya que para poder vender su producción deben bajar los precios de su cosecha, lo cual trae consigo la reducción de su cotización en los mercados nacionales.

Que este año en particular, el costo de los productos para el control de la sigatoka negra se ha incrementado de manera significativa, lo que ha afectado considerablemente el buen control de la enfermedad respecto de años anteriores.

Actualmente, el nivel de infección en las huertas del municipio de Cihuatlán podría considerarse en un punto muy riesgoso si no se toman las medidas necesarias para controlar la presencia de la sigatoka negra en los cultivos, lo que pone en riesgo la economía del municipio.

La comisión dictaminadora desea señalar que en este año en particular de crisis económica global se debe tener especial cuidado en atender a la planta productiva nacional.

La situación que se plantea en la proposición, sin lugar a dudas, hace evidente que se está poniendo en peligro el bienestar y el nivel de vida de miles de personas que encuentran sustento en el cultivo de plátano.

El plátano, como lo señala el promovente, tiene un potencial exportador muy importante, por ser parte de la dieta básica en muchos países, que redundaría en beneficios económicos y generación de empleos directos e indirectos en el campo mexicano.

Por tal virtud, el Estado está obligado a garantizar las condiciones mínimas que permitan a los mexicanos desarrollar su actividad económica de la mejor manera posible. Nosotros, como legisladores, debemos escuchar los problemas de la gente y buscar una solución que les permita alcanzar ese objetivo.

En mérito de lo antes expuesto, la Tercera Comisión, se permite someter a la consideración del Pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a que de manera urgente tome las medidas necesarias y establezca programas y políticas encaminadas a controlar y combatir de manera efectiva la presencia de la sigatoka negra en los cultivos de plátano de Jalisco, específicamente en el municipio de Cihuatlán, y en las demás entidades federativas en que se cultive el plátano.

Sala de comisiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión. México, DF, a 27 de enero de 2009.

Por la Tercera Comisión –Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas– de la Comisión Permanente

Senador Raúl José Mejía González, presidente; diputado Carlos Eduardo Felton González, senador Rubén Fernando Velázquez López, secretarios; senadora Gabriela Ruiz del Rincón, senadora María Teresa Ortuño Gurza, senadora Eva Contreras Sandoval, diputado Carlos Augusto Bracho González, diputada María Esther Jiménez Ramos, diputado José Ascención Orihuela Bárcenas, senador Rogelio Rueda Sánchez, diputado José Rubén Escajeda Jiménez, diputado Octavio Martínez Vargas, diputado Carlos Altamirano Toledo, diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva, senador Alejandro González Yáñez.