Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2738-VI, jueves 16 de abril de 2009.


Dictámenes a discusión
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Dictámenes
DE LA COMISIÓN DE RÉGIMEN, REGLAMENTOS Y PRÁCTICAS PARLAMENTARIAS, CON PROYECTO DE DECRETO PARA INSCRIBIR CON LETRAS DE ORO EN EL MURO DE HONOR DEL PALACIO LEGISLATIVO DE SAN LÁZARO LA LEYENDA "JUNTA DE ZITÁCUARO"

Honorable Asamblea:

Con fecha 25 de septiembre la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, tuvo a bien turnar a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se inscribe con letras de oro en el Muro de Honor del Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados "Suprema Junta Nacional Americana de Zitácuaro", para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.

Esta Comisión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70, 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 40 numeral 2, inciso b), 45 numeral 6 incisos f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60 y 88, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, habiendo analizado su contenido, somete a la consideración de esta soberanía el proyecto de dictamen en sentido positivo conforme a los siguientes:

I. Antecedentes

1. En la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, realizada el 25 de septiembre de 2008, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio cuenta de la iniciativa con proyecto de decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda "Suprema Junta Nacional Americana de Zitácuaro", presentada por el diputado Mario Vallejo Estévez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática y suscrita por la diputada Rosa Elva Soriano Sánchez y por los diputados Fausto Fluvio Mendoza Maldonado, Rafael Villicaña García, Adrián Pedrozo Castillo, Antonio Soto Sánchez, José Jacques y Medina, Mario Enrique del Toro, Francisco Márquez Tinoco, Miguel Ángel Arellano Pulido, Raúl Ríos Gamboa, Javier González Garza, Concepción Ojeda Hernández, Irineo Mendoza Mendoza, Erick López Barriga, Humberto Wifredo Alonso Razo, Felipe Díaz Garibay, Jaime Espejel Lazcano, Daniel Chávez García, Juan Carlos Velasco Pérez. Asimismo determinó que se turnara a esta Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

2. Esta iniciativa registrada con el número 98/LX en los expedientes de la comisión, fue publicada en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, número 2599-II del jueves 25 de septiembre de 2008.

3. El 2 de diciembre de 2008 se recibió en la comisión el oficio MVE/403/08, del diputado Mario Vallejo Estévez, autor de la iniciativa por medio del cual solicitó al entonces Presidente de la comisión Carlos Chaurand Arzate, incluirla para su discusión y análisis de la reunión ordinaria de la comisión efectuada el 3 de diciembre de 2008.

II. Contenido de la iniciativa

1. La propuesta legislativa propone dar el reconocimiento al primer gobierno de México y ampliar el homenaje nacional a los caudillos de la Independencia a través de la inscripción en letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo la leyenda "Suprema Junta Nacional Americana de Zitácuaro".

2. Los argumentos vertidos en la exposición de motivos expresan que los caudillos independentistas deciden organizar, en nombre de la Nación en guerra, un gobierno que diera sentido y dirección al movimiento de independencia. Así la Suprema Junta Nacional Americana erigida el 19 de agosto de 1811, en la entonces Villa de San Juan Zitácuaro se afirmó como el esbozo y el origen de nuestra soberanía nacional.

3. La Suprema Junta nacional Americana como fruto de su legitimidad expide patentes de grado para miembros del ejército nacional destacados; dicta medidas de aliento económico basadas en el proyecto de reformas fiscales elaborado por el capitán Bernardo de Miramón; nombra como embajador extraordinario y plenipotenciario al coronel Francisco Antonio Peredo con la encomienda de negociar la compra de pertrechos militares buscando inclinar la balanza a favor de los independentistas.

4. Los Elementos Constitucionales, es el texto fundacional de derecho y del estado mexicano. En esta obra quedan asentados los conceptos de soberanía e independencia. En los Elementos Constitucionales se inscriben, por primera vez la inviolabilidad del domicilio, la abolición de castas y de gremios y la libertad de prensa y de reunión.

III. Consideraciones y análisis

1. La iniciativa presentada que en este dictamen se analizan cumple con los requisitos formales que exige la práctica parlamentaria: Se formuló por escrito y se presentó con un título por quienes están facultados para iniciar el proceso legislativo, con sus nombres y firmas; contiene un apartado expositivo de los motivos que la animan; presenta el texto legal que proponen; señala la vigencia del decreto; establece la fecha de presentación ante el Pleno, y fue difundida con oportunidad.

2. Como bien lo señala la iniciativa que se dictamina, la instalación de la Suprema Junta Nacional Americana a convocatoria de Ignacio López Rayón, fue la respuesta de los caudillos independentistas cuya finalidad era organizar en nombre de la nación en guerra un gobierno que diera sentido y dirección al movimiento independentista. Después de que en 1811 Hidalgo y los demás jefes insurgentes cayeron en prisión y posteriormente fueron fusilados por la traición de un antiguo jefe realista, Ignacio Elizondo, el movimiento quedó acéfalo. Al enterarse Rayón se trasladó a Zacatecas e intentó formar una junta para reorganizar el movimiento insurgente presentando un proyecto de arreglo con la autoridad virreinal. Sin lograr la unificación en torno a la Junta Zacatecana y temiendo un ataque realista, Rayón decide marchar a Michoacán tomando el camino del sur y después de escapar pasando por los pueblos del rincón, San Pedro, Piedra Gorda, se refugia en la Piedad hasta finales de mayo y finalmente se traslada a Zitácuaro. En la región Zitácuaro, los insurgentes eran encabezados por don Benedicto López Tejada, vecino de Pátambaro, municipio de Tuxpan. El gobierno virreinal preocupado por los éxitos de los guerrilleros ordenó al capitán realista Juan Bautista de la Torre que atacara a los insurgentes de esta región, pero éste fue derrotado.

3. Después de esta lucha en la villa de Zitácuaro se decidió crear un organismo que diera orden al movimiento emancipador y que legitimara la lucha insurgente, organizara los ejércitos, coordinar las acciones militares y diera dirección a la ideología independentista; para ello convocó a los jefes insurgentes a asistir a la villa de Zitácuaro, acudieron al llamado, José María Liceaga, don Ignacio Martínez, don Benedicto López, don José Rubio Huidobro, don Tomás Ortiz, don Manuel Manzo, don Miguel Serrano, don Juan Albarrán, don Ignacio Ponce de León, don José Izquierdo, así como los representantes de José María Morelos y José Antonio Torres y otros oficiales y jefes insurgentes. Así, el día 19 de Agosto de 1811 se instaló la Suprema Junta Nacional Americana y aunque sólo tuvo vigencia por dos años la ideología plasmada en los Elementos Constitucionales permitió que se propiciara a la postre la conformación del Congreso de Chilpancingo y dar origen a la Constitución de Apatzingán.

4. Los Elementos Constitucionales, fue el estatuto jurídico integrado por una breve exposición de motivos y 38 artículos en el que Rayón contempló varios aspectos fundamentales: la cuestión de la soberanía, la organización del gobierno y las garantías del individuo fundamentadas en el derecho natural y de gentes. Se declaró por medio de este importante documento, la independencia de América de España reconociendo que el gobierno estaría formado mediante un Consejo Nacional Americano, un Consejo de Estado y una Junta Auxiliar del Supremo Consejo; habría además un Protector Nacional, un representante de cada Ayuntamiento de provincia y cada corporación se compondría de las personas más honradas.

5. La Suprema Junta Nacional Americana se integró por cinco miembros: Ignacio López Rayón, José María Liceaga, José Sixto Verduzco, José María Cos y José María Morelos y Pavón. La Junta, organizó los ejércitos y se convirtió en el centro de las operaciones que liberarían a la nación mexicana de la opresión de España, tuvo también a su cargo la organización del gobierno político y económico de los pueblos a través del nombramiento de autoridades, de los administradores de rentas, el manejo de las contribuciones, la asignación de los curatos y vicarías y de las operaciones militares, para esto se instaló un consejo de guerra regido por un despacho de gracia y justicia, de guerra y hacienda encargada de expedir los títulos y nombramientos de los insurgentes. Asimismo, la Junta había determinado un plan de operaciones para toda la América Septentrional y emprendió los trabajos diplomáticos necesarios con Estados Unidos y Haití para obtener el reconocimiento del gobierno independiente de otras naciones americanas.

6. La Junta de Zitácuaro fue retomada por Simón Bolívar en la Carta de Jamaica, dicha carta dirigida al ciudadano inglés Henry Cullen expuso las cusas y razones de la independencia en los distintos países de América que estaban sometidos por la corona española haciendo referencia a la situación que prevalecía en México, por ello, vale la pena citar el texto:

"Los sucesos de México han sido demasiado varios, complicados, rápidos y desgraciados para que se puedan seguir en el curso de la revolución. Carecemos, además, de documentos bastante instructivos, que nos hagan capaces de juzgarlos. Los independientes de México, por lo que sabemos, dieron principio a su insurrección en septiembre de 1810, y un año después, ya tenían centralizado su gobierno en Zitácuaro, instalado allí una junta nacional bajo los auspicios de Fernando VII, en cuyo nombre se ejercían las funciones gubernativas. Por los acontecimientos de la guerra, esta junta se trasladó a diferentes lugares, y es verosímil que se haya conservado hasta estos últimos momentos, con las modificaciones que los sucesos hayan exigido. Se dice que ha creado un generalísimo o dictador que lo es e l ilustre general Morelos; otros hablan del célebre general Rayón; lo cierto es que uno de estos dos grandes hombres o ambos separadamente ejercen la autoridad suprema en aquel país; y recientemente ha aparecido una constitución para el régimen del Estado. En marzo de 1812 el gobierno residente en Zultepec, presentó un plan de paz y guerra al virrey de México concebido con la más profunda sabiduría. En él se reclamó el derecho de gentes estableciendo principios de una exactitud incontestable. Propuso la junta que la guerra se hiciese como entre hermanos y conciudadanos; pues que no debía ser más cruel que entre naciones extranjeras; que los derechos de gentes y de guerra, inviolables para los mismos infieles y bárbaros, debían serlo más para cristianos, sujetos a un soberano y a unas mismas leyes; que los prisioneros no fuesen tratados como reos de lesa majestad, ni se degollasen los que rendían las armas, sino que se mantuviesen en rehenes para canjearlos; que no se entrase a sangre y fuego en las poblaciones pacíficas, no las diezmasen ni quitasen para sacrificarlas y, concluye, que en caso de no admitirse este plan, se observarían rigurosamente las represalias. Esta negociación se trató con el más alto desprecio; no se dio respuesta a la junta nacional; las comunicaciones originales se quemaron públicamente en la plaza de México, por mano del verdugo; y la guerra de exterminio continuó por parte de los españoles con su furor acostumbrado, mientras que los mexicanos y las otras naciones americanas no la hacían, ni aun a muerte con los prisioneros de guerra que fuesen españoles. Aquí se observa que por causas de conveniencia se conservó la apariencia de sumisión al rey y aun a la constitución de la monarquía. Parece que la junta nacional es absoluta en el ejercicio de las funciones legislativa, ejecutiva y judicial, y el número de sus miembros muy limitado."

7. Algunos historiadores coinciden en que la instalación de la Suprema Junta Nacional Americana fue el primer ensayo de gobierno independiente en el que la soberanía es tutelada por el pueblo y depositada en los miembros de la Junta.

8. Inscribir con letras de oro en el Salón de Sesiones la leyenda "Junta de Zitácuaro" representaría un homenaje a quienes configuraron el primer antecedente histórico del constitucionalismo mexicano y brindaríamos el reconocimiento a quienes contribuyeron a la instauración e independencia del Poder Legislativo mexicano.

IV. Conclusiones y modificaciones

En razón de lo antes expuesto, toda vez que la propuesta pretende realizar un reconocimiento a profundas virtudes y valores asentados en hechos históricos que testimonian el devenir de esta patria y que resultan atendibles por la vía legislativa; los argumentos vertidos son válidos, y representaría un acto de justicia cumplir con la solicitud hecha, la Comisión que dictamina considera que la iniciativa es de aprobarse. Sin embargo, como es muy extenso el nombre y debido a que el espacio físico que se dispone para la inscripción es reducido, se propone modificar la iniciativa optando por la leyenda "Junta de Zitácuaro", denominación que ha sido también aceptada por los textos históricos, sin que por ello, se desconozca el nombre que está registrado en los documentos originales de la época. En consecuencia, los integrantes de la Comisión ponen a consideración de esta soberanía el siguiente:

Proyecto de Decreto

Artículo Único. Inscríbase con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda "Junta de Zitácuaro".

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, definirán la fecha, el orden del día y el protocolo de la sesión solemne que debe llevarse a cabo para cumplir con lo señalado en el artículo único de este decreto.

Así lo acordaron los integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias el dieciocho de marzo del año dos mil nueve.

La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Diputados: Jorge Mario Lescieur Talavera (rúbrica), presidente; María Elena Álvarez Bernal, Jaime Espejel Lazcano (rúbrica), secretarios; Elías Cárdenas Márquez (rúbrica), Jorge Luis de la Garza Treviño (rúbrica), Alejandro Enrique Delgado Oscoy (rúbrica), Rutilio Escandón Cadenas (rúbrica), Jesús Vicente Flores Morfín, Silvano Garay Ulloa (rúbrica), Armando García Méndez (rúbrica), Ma. de los Ángeles Jiménez del Castillo, Antonio Xavier López Adame (rúbrica), Víctor Samuel Palma César (rúbrica), Marta Rocío Partida Guzmán (rúbrica), Ana Elisa Pérez Bolaños (rúbrica), Juan José Rodríguez Prats, José Guillermo Velázquez Gutiérrez.
 
 


DE LA COMISIÓN DE RÉGIMEN, REGLAMENTOS Y PRÁCTICAS PARLAMENTARIAS, CON PROYECTO DE DECRETO PARA INSCRIBIR CON LETRAS DE ORO EN EL MURO DE HONOR DEL PALACIO LEGISLATIVO DE SAN LÁZARO EL NOMBRE DE SALVADOR ALVARADO

Honorable Asamblea:

La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, tuvo a bien turnar a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, las iniciativas con proyecto de decreto por el que se inscribe con letras de oro en el Muro de Honor del Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados el nombre del general Salvador Alvarado, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.

Esta Comisión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70, 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 40 numeral 2 inciso b), 45 numeral 6 incisos f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, habiendo analizado su contenido, somete a la consideración de esta soberanía el proyecto de dictamen en sentido positivo, conforme a los siguientes:

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en fecha 9 de abril de 2002, el diputado Fernando Díaz de la Vega, a nombre de diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Revolucionario Institucional, Acción Nacional, de la Revolución Democrática, del Trabajo, Alianza Social y de Convergencia por la Democracia Partido Político Nacional e Independiente, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se inscribe con letras de oro en el Muro de Honor del Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados el nombre del general Salvador Alvarado. Con la misma fecha la Mesa Directiva de esta honorable asamblea, turnó a ésta Comisión el asunto antes mencionada para su respectivo, estudio, análisis y dictaminación.

Con fecha 5 de septiembre de 2006, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, emitió acuerdo relativo a los dictámenes de proyectos de ley o de decreto y puntos de acuerdo que quedaron pendientes de conocerse por el Pleno de la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura, en consecuencia se turnó el asunto a la Comisión para los trámites correspondientes.

Segundo. En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en fecha 4 de marzo de 2008, el diputado Gilberto Ojeda Camacho del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Institucional, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se inscribe con letras de oro en el Muro de Honor del Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, el nombre del general Salvador Alvarado. Con la misma fecha la Mesa Directiva de esta honorable asamblea, turnó a esta Comisión el asunto antes mencionada para su respectivo, estudio, análisis y dictaminación.

Contenido

1. Los autores de las iniciativas destacan que el general Salvador Alvarado, fue un mexicano valioso y comprometido con la causa de la Revolución Mexicana, hombre de firmes principios morales, disciplinado en el trabajo y entregado por su cuenta a la lectura y al estudio. Originario de la ciudad de Culiacán, Sinaloa, vivió en Sonora en donde se educó y desarrollo políticamente.

2. El general Salvador Alvarado es recordado con admiración y respeto, ya que en apenas un periodo de dos años, realizó una enorme cantidad de obras y acciones legales de beneficio social, además de haber creado instituciones avanzadas que han sido referente para el México moderno.

3. Durante el periodo de gobierno del General Salvador Alvarado, en Yucatán fue revisado a profundidad el marco legislativo del estado, e implemento acciones tales como:

a) En materia social, convirtió a 60 mil siervos en ciudadanos libres, anuló las deudas de los campesinos mayas con los hacendados, prohibió la opresión, los azotes, la tutela, la retención de los hijos y el confinamiento de los campesinos, construyó sanatorios para los obreros, generó las condiciones para la apertura de 300 bibliotecas y más de un millar de escuelas, fundó la Escuela Libre de Derecho así como una Escuela Normal de Profesores.

b) En materia laboral, reglamentó el trabajo doméstico, expidió una Ley del Trabajo, implemento las Juntas de Conciliación y Arbitraje y fundó la Casa del Obrero Mundial.

c) En lo económico, fundó la primera flota mercante yucateca, creó una Comisión encargada de importar y vender a precio de costo artículos de primera necesidad, financió las primeras explotaciones petroleras en el sureste mexicano, rescató de la quiebra y amplio ferrocarriles y modernizó la industria cordelera.

Esta Comisión, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea, el presente dictamen, de acuerdo con las siguientes:

Consideraciones

I. La Comisión considera que la trayectoria de vida y obra del general Salvador Alvarado destacó sin duda, ya que fue un mexicano valioso y comprometido con la causa de la Revolución Mexicana, hombre de firmes principios morales nacido en la ciudad de Culiacán, Sinaloa, en el céntrico barrio «El Coloso» el 16 de septiembre de 1880; que desde niño, a los ocho años, se trasladó junto con su familia a Sonora. En ese estado norteño terminaría por formarse como hombre de firmes principios morales, disciplinado en el trabajo y entregado por su cuenta a la lectura y al estudio.

En 1906, Salvador Alvarado es nombrado elector en los comicios del estado de Sonora, y al entrar en relaciones con mineros inconformes con el régimen se adhiere al Partido Liberal Mexicano, iniciándose de ese modo en actividades antiporfiristas y convirtiéndose en propagador clandestino del ideario político de Ricardo Flores Magón.

En 1910, al promoverse la candidatura a la presidencia de la República de don Francisco I. Madero en Sonora, fue uno de los primeros que se afilian al Partido Antirreleccionista, que era coordinado por el sinaloense Benjamín Hill.

II. El primero de marzo de 1913, Salvador Alvarado ascendió a teniente coronel y luego el 5 de marzo se le otorga el rango de coronel y el nombramiento de jefe de la zona militar del centro de Sonora. En julio de 1914, ya con el grado de general brigadier concedido por Venustiano Carranza, se le dio el mando de las tropas del Cuerpo del Ejército Constitucionalista del Noroeste que mantuvieron el sitio del puerto de Guaymas.

En febrero de 1915, Venustiano Carranza lo nombró gobernador y comandante militar de Yucatán. Se traslada por vía marítima y desembarca en Campeche. En tres batallas derrota a los federales, entra a Mérida y toma posesión de su cargo. Una de sus primeras acciones fue liberar a los campesinos mayas de la servidumbre al anular las deudas de éstos con los hacendados y prohibir otras formas de opresión, como los azotes, la tutela, la retención de los hijos y el confinamiento, entre otras.

III. Reglamentó el trabajo doméstico y patrocinó la realización del primer Congreso Feminista. Organizó además el Primer Congreso Pedagógico, donde se trazaron reformas y acordaron propuestas que fructificaron con la apertura de 300 bibliotecas y más de un millar de escuelas, impulsando la educación en todos los niveles, ya que fundó una escuela normal de profesores, una normal mixta, una escuela de agricultura, una escuela de artes y oficios, un conservatorio de música, así como escuelas nocturnas para artesanos. Y como parte de su política social, cerró cantinas y prostíbulos.

Que en materia laboral, sobresale la apertura en Mérida de la Casa del Obrero Mundial, la expedición de una Ley del Trabajo y la creación de juntas de conciliación y un tribunal de arbitraje. En la región del sureste a Salvador Alvarado se le recuerda con admiración, pues se distinguió como el gobernante revolucionario que en menos tiempo, alrededor de dos años, realizó el mayor número de obras benéficas que haya efectuado una administración gubernamental.

IV. Que en la Revolución Constitucionalista, trasladada por él a Yucatán, desde su arribo transformó las bases en que estaba sustentada la economía regional, pues con sus reformas trascendentales, el general Salvador Alvarado introdujo cambios al sistema del liberalismo dominante, generando una normatividad situada entre los extremos del interés privado y el estatal. Lo que importaba era aumentar la productividad de las haciendas sobre bases sólidas y con justicia social para dar sustento financiero a la revolución constitucionalista.

El gran triunfo de Salvador Alvarado constituyó haber plantado la semilla del nuevo Estado Nacional en la península de Yucatán, pues, marcó el origen del Estado Social de Derecho al fundar una política de concertación entre gobierno, empresarios y trabajadores. Igualmente, pretendió poner fin a la política caciquil de compadrazgos y favoritismos, y que en su lugar se impusiera una serie de prácticas basadas en el ahorro del esfuerzo, en la línea de menor resistencia, en una palabra: en la eficiencia administrativa.

V. Que con las medidas económicas, políticas y jurídicas que dictó en ese estado de la República se anticipó en varias décadas a la legislación agraria y laboral de México, instrumentó reformas legislativas que luego fueron incorporadas a la Constitución de 1917; pues cabe mencionar que la diputación yucateca al Congreso Constituyente de 1916 a 1917 fue portadora de esas iniciativas radicales inspiradas en el pensamiento visionario de Salvador Alvarado.

Que para consolidar lo rescatable del viejo liberalismo de corte individualista en Yucatán, el general Alvarado rápidamente incorporó alto contenido social a sus medidas políticas, porque no encontró otra forma de superar el debate frente a los conservadores y demás críticos, asimismo frente a los incrédulos y poderosos hacendados de la «casta divina», además, tenía que ser congruente con uno de sus postulados fundamentales: seguir alentando el cambio social, por sobre todas las concertaciones con los hacendados y caciques.

VI. Entregó el poder el primero de enero de 1918, después de efectuarse elecciones convocadas ya de acuerdo al texto constitucional de 1917, después el presidente Venustiano Carranza lo designó comandante militar del Istmo, Oaxaca y Veracruz. Sin embargo, como hombre de firmes principios democráticos solicitó licencia como general del ejército por oponerse a la imposición de la candidatura a la presidencia de la República de Ignacio Bonillas. La licencia le fue negada y como consecuencia fue aprehendido. Al no comprobársele algún delito viaja al destierro voluntario y se dirige a los Estados Unidos.

En 1919, regresa a nuestro país y funda el diario capitalino El Heraldo de México, además publica en ese año el libro La Reconstrucción de México. Un mensaje a los pueblos de América y en 1916, había escrito su Carta al pueblo.

VII. En 1920, se adhirió al triunfante Plan de Agua Prieta, alcanzando el grado de general de división. Y con el arribo de los sonorenses al poder y siendo presidente interino Adolfo de la Huerta es designado secretario de Hacienda y Crédito Público.

En diciembre de 1923, se unió a la frustrada rebelión De la Huertista como jefe de la infantería. Defiende la plaza de Ocotlán, Jalisco, por once días; es derrotado y abandona el país por el puerto de Manzanillo, desembarcando en San Francisco, California, luego se dirige a Nueva York. Regresa a México al año siguiente, por invitación de su amigo Adolfo de la Huerta y se hace cargo del movimiento insurrecto en el sureste durante el mes de marzo. Pero las operaciones militares de los rebeldes fracasan y viendo la causa perdida se dirige con un pequeño grupo de seguidores al territorio de Guatemala. Es interceptado por fuerzas obregonistas cerca del rancho «El Hormiguero», entre Tenosique, Tabasco y Palenque, Chiapas.

Salvador Alvarado muere fusilado en dicho lugar el 10 de junio de 1924, sin habérsele formado causa. Las órdenes de su ejecución fueron cumplidas por su captor el teniente coronel Diego Zubiaur, subordinado del general obregonista Federico Aparicio.

VIII. Salvador Alvarado fue un hombre autodidacta, empedernido lector de libros sobre temas económicos, políticos y sociales; poseedor de amplia cultura y escritor prolífico; un visionario del México moderno; además, un representante genuino del liberalismo mexicano y un militar revolucionario incorruptible y generoso que debe ser ejemplo e inspiración para las nuevas generaciones de mexicanos y sinaloenses.

Su preocupación por abrevar en el conocimiento científico y saber popular no disminuyó con los años intensos vividos al calor de la Revolución Mexicana y pese a los múltiples problemas políticos y militares a que se enfrentó con valentía y decisión.

IX. Es así que, en septiembre de 1980, con el propósito de conmemorar el centenario del natalicio del general Salvador Alvarado, Yucatán lo declaró Benemérito del Estado, igualmente su nombre quedó inscrito en letras de oro en el salón de sesiones del Congreso del estado de Yucatán a fin de perpetuar la memoria de tan esclarecido militar y estadista.

Diez años después, el Congreso del estado de Sinaloa, a través de su LIII Legislatura, le rindió tributo a su memoria y también decretó se inscribiera su nombre con letras de oro en el Muro de Honor del Salón de Sesiones del Palacio Legislativo, según decreto número 23, publicado en el Periódico Oficial El Estado de Sinaloa, número 23 de 21 de febrero de 1990.

Por las consideraciones vertidas y basadas en la historia de la evolución de nuestro país, así como acciones de la vida y obra del general Salvador Alvarado, de las cuales se han ocupado biógrafos, ensayistas e historiadores que nos han legado amplitud de referentes, la comisión manifiesta el siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Primero. Inscríbase con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro el nombre de Salvador Alvarado.

Artículo Segundo. Se instruye a la Mesa Directiva de esta Cámara para que, en coordinación con la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, organice la ceremonia en la que se dé cumplimiento a este decreto.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Así lo resolvieron los diputados integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, el día 18 de marzo de 2009.

La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Diputados: Jorge Mario Lescieur Talavera (rúbrica), presidente; María Elena Álvarez Bernal, Jaime Espejel Lazcano (rúbrica), secretarios; Elías Cárdenas Márquez (rúbrica), Jorge Luis de la Garza Treviño (rúbrica), Alejandro Enrique Delgado Oscoy, Rutilio Escandón Cadenas (rúbrica), Jesús Vicente Flores Morfín, Silvano Garay Ulloa (rúbrica), Armando García Méndez (rúbrica), Ma. de los Ángeles Jiménez del Castillo, Antonio Xavier López Adame (rúbrica), Víctor Samuel Palma César (rúbrica), Marta Rocío Partida Guzmán (rúbrica), Ana Elisa Pérez Bolaños (rúbrica), Juan José Rodríguez Prats, José Guillermo Velázquez Gutiérrez.
 
 


DE LA COMISIÓN DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 65 BIS A LA LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracciones II y III, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 66 de la Ley de Instituciones de Crédito.

Esta Comisión que suscribe, con base en las facultades que le confieren los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al análisis de la iniciativa antes señalada, reunidos en Pleno, presentan a esta honorable Asamblea el siguiente:

Dictamen

Antecedentes

En la sesión del 11 de diciembre de 2008, fue presentada la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 66 de la Ley de Instituciones de Crédito por el diputado Luis Xavier Maawad Robert, del Grupo Parlamentario del Partido de Acción Nacional, en esa misma fecha la Mesa Directiva turno la Iniciativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su estudio y dictamen.

Exposición de Motivos:

El actual movimiento económico requiere de leyes claras y precisas que privilegien la competencia y fomenten la competitividad, y que al tiempo den seguridad jurídica a las instituciones de crédito, organizaciones auxiliares de crédito y a los particulares. Por ello, es de igual forma determinante que el marco jurídico regulatorio de las actividades bancarias y financieras sea claro y evite confusiones o juicios que retrasen la marcha económica del país.

La iniciativa conlleva a una modernización de ese marco jurídico y, por ende, el esclarecimiento de las leyes que nos rigen. La reforma que se propone dará como resultado facilitar el desarrollo de las actividades económicas y brindará más opciones a los usurarios de los servicios bancarios y financieros, mejorando con ello la competitividad de todos los agentes económicos.

Los convenios y contratos relacionados con las actividades bancarias deben estar perfecta y claramente establecidos en las leyes que los regulan, para que de esa manera nuestro país cuente con un marco que fomente la actividad económica y, con ello, incremente sus niveles de competitividad internacional.

Es importante resaltar, en aras de una mayor competitividad, la necesidad de contar con más prestadores de servicios para formalizar ese tipo de actos.

Es importante facilitar las actividades y el desarrollo de las pequeñas, medianas y grandes empresas, así como impulsar que los ciudadanos de manera individual logren una mejor calidad de vida.

Las transiciones nacionales e internacionales requieren de celeridad y de seguridad jurídica, como requisito sine qua non frente al creciente tráfico de dinero, sea inversión nacional o inversión extranjera, y para brindar mayor confianza y agilidad en los préstamos para la pequeña, mediana y grandes industrias, así como para los particulares.

Parte de la actividad económica del país es soportada por el otorgamiento de créditos a las pequeñas, medianas y grandes industrias, así como al público en general que demuestre solvencia económica, figura que encuentra su fundamento legal en la Ley de Instituciones de Crédito de orden federal y, por tanto, de observación para todas las entidades federativas.

Es de suma importancia subrayar que el artículo 66 de la Ley de Instituciones de Crédito que mediante la presente iniciativa se reforma no expresó, aunque si comprende los créditos simples que la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito considera en su artículo cuarto, sección primera, referente a los créditos y su apertura, si no se tiene una visión amplia y objetiva de lo que en la ley se establece, pareciera que las normas del artículo 66 se refiere exclusivamente a dichos créditos refaccionarios y de habilitación o avío, lo cual sería incongruente con el principio de ibi eadem est ratio, idem ius, a igual razón igual disposición.

Lo anterior crea confusión, conllevando de alguna manera a la necesidad de la intervención de los tribunales, situación que crea desconfianza para propios y extraños en la inversión, en el préstamo y en las garantías mediante las cuales se sustentan.

La iniciativa aclara y no deja dudas del tipo de crédito, sus formalidades, los bienes sobre los cuales se constituye, así como la finalidad de éstos.

Acorde con lo anterior, la iniciativa tiene por objeto dar luz y claridad a la Ley de Instituciones de Crédito, incluyendo en el contexto de su redacción los créditos y sus tipos, en lugar de individualizarlos con la confusión que se daba conforme en cómo hasta ahora se encuentra redactada.

Es de observarse que la presente modificación dará agilidad, eficacia y certeza jurídica a las operaciones que realicen las instituciones de crédito con la pequeña, mediana y gran industria de nuestro país y con el público inversionista, además del público usuarios de este servicio.

Con esta reforma se amplía notoriamente, como ya se encuentra consignada en la misma ley y en el mismo artículo, la posibilidad de diversas formas de otorgamiento de créditos, trayendo como consecuencia un abaratamiento o reducción de los costos en su colocación para beneficio del público usuario, que a su vez constituye un pilar de suma importancia en el desarrollo de la economía del país.

Consideraciones de la comisión

La presente iniciativa tiene como finalidad impulsar la libre competencia y garantizar la seguridad jurídica, en aras de la modernidad y actualización de las leyes federales que regulan la actividad económica del país, así como dar certeza a los actos pasados ante los fedatarios públicos para con ello lograr un más sano y libre desarrollo de la nación.

El actual movimiento económico requiere de leyes claras y precisas que privilegien la competencia y privilegien la competitividad entre las instituciones de crédito, organizaciones auxiliares de crédito y a los particulares.

En tal virtud, es prioritario que el marco jurídico de las actividades financieras y crediticias sea más claro, y a su vez, facilite el desarrollo de las actividades económicas al brindarles más opciones a los usuarios de estos servicios bancarios e incentivando la competitividad entre todos los agentes económicos que participan en el crédito.

Ahora bien, cuando se habla de la importancia del crédito para la pequeña y mediana empresa en nuestro país (PyMES), se coincide en que el crédito a las empresas contribuye al crecimiento económico de nuestro país, razón de más para enfocar esta iniciativa a la necesidad de buscar la manera de hacer más accesible la obtención de financiamientos, sobre la base de que las personas físicas o morales tienen claro el destino que se le dará al dinero y el plazo en el que podrán pagar el mismo.

Al parecer, nuestro país finalmente empieza a recibir los beneficios de la competitividad entre las instituciones de crédito que viene operando en el sector financiero, como resultado de la elevada participación del crédito al sector servicios en el total del crédito otorgado por los bancos comerciales a las PyMES, lo cual debería reflejarse en menores costos de crédito para los usuarios, diversidad de servicios y por supuestos más ágiles en cuanto a su contratación.

Desafortunadamente, para lograr que los créditos sean más ágiles en México, se requiere de la concurrencia y vinculación de todos los actores involucrados, no sólo de las instituciones de crédito, sino de una legislación más dúctil que permita a los usuarios financieros mayores opciones para contratar los servicios y productos que ofrece la banca comercial y otros organismos crediticios.

Para muchas PyMES, el acceso al financiamiento puede ser la diferencia entre crecer y desaparecer del mapa de los negocios. Sin dinero, no tienen la capacidad de abrir nuevas sucursales, crecer el inventario, incrementar su producción o expandir su línea de productos. Al mismo tiempo, las tasas de interés para créditos en México comienzan a ubicarse en rangos más realistas para las posibilidades económicas de las PyMES. Resulta por esto indispensable saber cual es la situación de los esquemas de financiamiento a los que las empresas mexicanas pueden tener acceso según lo establece nuestra legislación, siendo los rubros más comunes por los que se puede obtener un crédito son la adquisición de activos1, el apoyo al capital de trabajo2, la restructuración de pasivos3, el desarrollo tecnológico4, entre otros.

Es precisamente en base a estas necesidades que las PyMES, requieren que los principales tipos de crédito que se pueden obtener con las instituciones de crédito y en especial los dirigidos a la producción como lo son los créditos de habilitación o avio y los créditos refaccionarios.

Incluso, el nombre genérico que se le da a los créditos refaccionaros y a los de habilitación o avío es el de créditos para la producción, mismos que según Dávalos Mejía5, son sistemas de préstamos ideados de manera especifica como apoyo y soporte para la producción de los sectores industrial, comercial y fundamentalmente agroindustrial; siendo ambas figuras crediticias el ejemplo más ilustrativo de que el crédito bancario debe estar dirigido a la promoción y al fomento de las actividades productivas y no a la simple sustitución de un acreedor.

Es importante señalar, que un crédito para la producción se estimará como tal y no en función del nombre que las partes le asignen, ya se refaccionario o de avío, tanto por los requisitos que establece el artículo 3266 de la LGTOC, como por el destino que se le de al importe del préstamo.

Ahora bien, respecto de la figura del crédito simple, el cual es considerado como un tipo de préstamo que únicamente se puede utilizar para un proyecto, mediante un contrato que se termina cuando se paga en su totalidad el crédito, cuyo monto se puede destinar a sólo una de las necesidades de la empresa, como es la compra de activos fijos, como apoyo capital de trabajo o para la reestructuración de pasivos.

Es decir, para la obtención de este tipo de créditos o de financiamiento, la persona o la empresa deberá tener bien claro el destino que se le dará al dinero y el plazo en el que se comprometerá a pagar el mismo, situación que previenen las instituciones bancarias o de crédito, con el fin de disminuir los riesgos de incumplimiento de pago, por parte de los acreditados.

De la misma forma, el crédito simple se otorga a empresas que tengan una actividad comercial o de servicio, debiéndose otorgar en garantía bienes muebles o inmuebles, como se prevé por la LTOC en su artículo 2987, en cuanto hace a los intereses y el capital del préstamo se cubre conforme a los que se pacte en el contrato o en forma mensual.

Si bien es cierto, que se encuentran algunas similitudes con los contratos de habilitación o avío, en cuanto a que estos son dirigidos al sector productivo o empresarial, existen diversas e importantes diferencias en cuanto a su naturaleza jurídica y características a las que están obligadas las partes como lo son:

1. Que el acreditado o la sociedad financiada se obliga a hacer uso del crédito concedido en la forma y en los términos del contrato, en el que se comprometerán a invertir el importe del crédito precisamente en la adquisición de las materias primas y materiales y en el pago de los jornales, salarios y gastos directos de explotación indispensables para los fines de su empresa. No obstante ello, es innegable que contienen múltiples características o perfiles comunes, y por esta razón la propia Ley de Títulos de Operaciones y Crédito establece en el artículo 3258, que los créditos refaccionarios y de habilitación pueden ser otorgados, conforme a la apertura de crédito; es decir, bajo el mismo procedimiento de los créditos simples en donde se pone a disposición del acreditado determinada suma de dinero con la única diferencia de que, en el refaccionamiento y avío, debe invertirse el dinero en un fin determinado o sea en la explotación o mejoramiento de la producción de una finca agrícola o industrial. 2. En relación a las garantías, en los contratos de apertura de créditos simples se tiene contemplado que las empresas deberán presentar como requisito para que les sea autorizado el préstamo por instituciones bancarias, ya sea bienes muebles o inmuebles como garantía del mismo, aunque generalmente las garantías se constituyen con los bienes que se adquirieron con el dinero del financiamiento. En cambio, los créditos de habilitación o avío estarán garantizados con las materias primas y materiales adquiridos, y con los frutos, productos o artefactos que se obtengan con el crédito, aunque éstos sean futuros o pendientes, como lo establece el artículo 3229 de la Ley de Títulos de Operaciones y Crédito.

De esta manera se considera que el contrato de crédito para la producción se utiliza, de acuerdo con la doctrina y con la ley (artículo 321 LTOC), para la inmediata finalidad de obtener los frutos o productos, éstos constituyen la garantía natural y principal del crédito, y así se explica que se deba expresar con claridad que la garantía la constituirán precisamente los frutos o productos que se obtengan con el crédito.

En el mismo sentido Raúl Cervantes Ahumada, señala que la garantía que resulta de los créditos refaccionarios y de avío es "natural" porque queda constituida, simple, natural y automáticamente, por efecto del contrato, y porque sólo se constituye en este tipo de créditos"10.

No obstante esta diferencia, se considera que en nada obstaculiza la iniciativa planteada, toda vez que no se busca que la figura del crédito simple modifique sus características, las cuales, por el contrario amplían el abanico de oportunidades para que las empresas accedan a créditos según sus necesidades, su giro empresarial y las garantías con las que pudieran contar, lo cual beneficia aún más a los usuarios.

3. También, se advierte que el crédito simple es un financiamiento a mediano o largo plazo documentado mediante contrato, dirigido para Personas Morales y en algunos casos para Personas Físicas con Actividad Empresarial y dados de alta en hacienda, con el fin de apoyar su actividad económica, como lo puede ser el financiar capital de trabajo permanente11, adquisición de activos fijos12 o reestructuración de pasivos13, su naturaleza es genérica, sin embargo se debe especificar la aplicación de los recursos. Lo anterior implica una nueva diferencia sustancial respecto a los créditos de producción, en virtud de que en este tipo de contratos, ofrecen generalmente plazos hasta por 36 meses para los créditos refaccionarios, mientras que los de avío podrán ser contratados para uno o más ciclos o periodos consecutivos u homólogos de producción, mismos que podrían llegar hasta los 10 años.

Cabe señalar que en cumplimiento a lo establecido por el artículo 334 fracción VII14 LGTOC, la garantía natural del crédito para la producción, queda constituida en el momento en que queda inscrito el contrato en el Registro Público del Comercio o de la Propiedad, por lo que la prenda queda constituida cuando se inscribe el contrato.

4. El contrato de crédito simple que suscriban las personas o empresas con actividades comerciales o de servicios con instituciones bancarias, deberán consignarse en contrato privado que se firmará por triplicado ante dos testigos conocidos ante notario público y se ratificará ante el encargado del Registro de Hipotecas que corresponda, según la ubicación de los bienes afectos en garantía, o en el Registro de Comercio respectivo, cuando en la garantía no se incluya la de bienes inmuebles. Si tomamos en cuenta lo anterior, encontramos un diferencia y beneficio palpable para los contratos de crédito refaccionario y de avío, ya que el texto vigente del artículo 66 de la Ley de Instituciones de Crédito, dispone es su primera fracción, que los contratos de crédito para la producción, que celebren las instituciones de crédito, se consignarán, según convenga a las partes y cualquiera que sea su monto, en póliza ante corredor público titulado, en escritura pública o en contrato privado, que en este último caso se firmará por triplicado ante dos testigos y se ratificará ante notario público, corredor público titulado, juez de primera instancia en funciones de notario o ante el encargado del Registro Público correspondiente.

Por lo que no cabe duda, que sería un gran incentivo para la las empresas que sólo pueden acceder a los llamados créditos simples, que pudiesen, por el hecho de también invertir este tipo de financiamiento a la productividad de sus empresas, él que accedieran a este beneficio consignado dentro de las bases del artículo 66 y que es materia del proyecto de la iniciativa que se propone.

5. En lo que hace a las instituciones de banca múltiple, actualmente ofrece de entre sus productos el crédito simple, que esta orientado a la micro, pequeña o mediana empresa, y es un préstamo al que podrán calificar y obtenerlo tanto personas físicas, como empresas que tengan una actividad comercial o de servicio. Se sabe que los bancos manejan opciones para este ramo empresarial, y que pueden acceder mediante los contratos de Apertura de Crédito Simple sin Garantía, con Garantía Prendaría o con Garantía Hipotecaria, mismos que podrán utilizarse para adquirir maquinaría o mobiliario, equipo de transporte, construcción, desarrollo tecnológico, capital de trabajo, restructuración de pasivos, pago de pasivos con proveedores, entre otros.

En tal virtud, se considera que los créditos simples son de naturaleza distinta a los contratos refaccionarios y de habilitación o avío, en se obligan a invertir el importe del crédito en apeos o sectores de producción agroindustrial, así como los fines de su empresa en los sectores industrial y comercial respectivamente, pero también se deduce que el origen y el destino que se prevé para los créditos simples siempre estará orientado a d financiar capital de trabajo, financiar proyectos de inversión, y pese a que su naturaleza es genérica, el solicitante siempre deberá especificar la aplicación de los recursos.

Cabe destacar, como se advierte del decreto que se propone en esta iniciativa que los contratos de crédito simple, no pierden ninguna de sus características previstas por la propia Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, sólo pretende en beneficio de los usuarios de los créditos empresariales o destinados a la producción se ajuste la figura de crédito simple con las bases que prevé el artículo 66 de la Ley de Instituciones de Crédito, y que al igual que los créditos de refacción y habilitación o avío puedan los créditos simples establecer garantías reales sobre bienes muebles o inmuebles, además de los que constituyen la garantía propia de estos créditos; los bienes sobre los cuales se constituya la prenda, en su caso, podrán quedar en poder del deudor; podrá usar y disponer de la prenda que quede en su poder, conforme a lo que se pacte en el contrato.

La Comisión que dictamina considera que la reforma de la iniciativa que reforma el artículo 66 de la Ley de Instituciones de Crédito se haga únicamente adicionando un nuevo artículo 65 Bis a la Ley de Instituciones de Crédito, en la que se establezca que los contratos de crédito simple, que celebren las instituciones de crédito, se ajustarán a lo dispuesto por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, además de que podrán establecer garantías reales sobre bienes muebles o inmuebles, los bienes sobre los cuales se constituya la prenda, en su caso, podrán quedar en poder del deudor y el deudor podrá usar y disponer de la prenda que quede en su poder, conforme a lo que se pacte en el contrato.

Asimismo, con esta reforma se prevé que en los casos en que se establezca una garantía prendaría o hipotecaria, se consignaran, según convenga a las partes y cualquiera que sea su monto, en póliza ante corredor público titulado, en escritura pública o en contrato privado, que en este último caso se firmará por triplicado ante dos testigos y se ratificará ante notario público, corredor público titulado, juez de primera instancia en funciones de notario o ante el encargado del Registro Público correspondiente, lo que sin duda beneficiará a las empresas que requieran financiarse bajo el esquema del crédito simple, promoviendo políticas de competencia empresarial, ya que la legislación vigente únicamente contempla la posibilidad que se consignará ante Notario Público, por lo anterior quedaría en la siguiente forma :

"Artículo 65 Bis. Los contratos de crédito simple, que celebren las instituciones de crédito, se ajustarán a lo dispuesto por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, y a las bases siguientes:

I. Se podrán establecer garantías reales sobre bienes muebles o inmuebles, además de los que constituyen la garantía propia de estos créditos, o sobre las actividades primarias, industrial, comercial o de servicios;

II. Las garantías reales que se establezcan sobre bienes inmuebles se consignarán, según convenga a las partes y cualquiera que sea su monto ante juez de primera instancia en función de notario, en póliza ante corredor público titilado o en escritura pública."

Por lo anteriormente expuesto la Camisón de Hacienda y Crédito Publico, pone a consideración del pleno el siguiente:

Decreto por el que se adiciona el artículo 65 Bis a la Ley de Instituciones de Crédito.

Artículo Único. Se adiciona el artículo 65 Bis a la Ley de Instituciones de Crédito, para quedar como sigue:

Artículo 65 Bis. Los contratos de crédito simple, que celebren las instituciones de crédito, se ajustarán a lo dispuesto por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, y a las bases siguientes:

I. Se podrán establecer garantías reales sobre bienes muebles o inmuebles, además de los que constituyen la garantía propia de estos créditos, o sobre las actividades primarias, industrial, comercial o de servicios;

II. Las garantías reales que se establezcan sobre bienes inmuebles se consignarán, según convenga a las partes y cualquiera que sea su monto ante juez de primera instancia en función de notario, en póliza ante corredor público Titilado o en escritura pública.

Transitorio

Único. Este decreto entrara en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:
1. Adquisición de activos fijos. Compra de maquinaría, locales comerciales, unidades de transporte, etcétera. Son todos los activos permanentes y tangibles para llevar a cabo el giro habitual del negocio.
2. Apoyo al capital de trabajo. Pago de la nómina. Una línea de crédito podría ser un mecanismo para resolver los problemas de flujo de efectivo.
3. Reestructuración de pasivos. Si por ejemplo ya tuviéramos un crédito con una tasa de interés del 35% anual, se podría liquidar ese crédito y obtener uno nuevo en condiciones más atractivas.
4. Desarrollo tecnológico. Inversión en infraestructura, sistemas de información, telecomunicaciones, etcétera.
5. DÁVALOS MEJÍA, Carlos Felipe, Derecho Bancario y Operaciones de crédito, Ed. Harlas, S.A de C.V., 2ª. ed., México, 1995, pág. 327.
6. Artículo 326. Los contratos de crédito refaccionario o de habilitación o avío:
I. Expresarán el objeto de la operación, la duración y la forma en que el beneficiario podrá disponer del crédito materia del contrato;
II. Fijarán, con toda precisión, los bienes que se afecten en garantía, y señalarán los demás términos y condiciones del contrato;
III. Se consignarán en contrato privado que se firmará por triplicado ante dos testigos conocidos y se ratificara ante el Encargado del Registro Público de que habla la fracción IV.
IV. Serán inscritos en el Registro de Hipotecas que corresponda, según la ubicación de los bienes afectos en garantía, o en el Registro de Comercio respectivo, cuando en la garantía no se incluya la de bienes inmuebles.
Los contratos de habilitación o refacción no surtirán efectos contra tercero, sino desde la fecha y hora de su inscripción en el Registro.
7. Artículo 298. La apertura de crédito simple o en cuenta corriente, puede ser pactada con garantía personal o real. La garantía se entenderá extendida, salvo pacto en contrario, a las cantidades de que el acreditado haga uso dentro de los límites del crédito.
8. Artículo 325. Los créditos refaccionarios y de habilitación o avío, podrán ser otorgados en los términos de la Sección 1a. de este Capítulo.
El acreditado podrá otorgar a la orden del acreditante, pagarés que representen las disposiciones que haga del crédito concedido, siempre que los vencimientos no sean posteriores al del crédito, que se haga constar en tales documentos su procedencia de manera que queden suficientemente identificados y que revelen las anotaciones de registro del crédito original. La transmisión de estos títulos implica, en todo caso, la responsabilidad solidaria de quien la efectúe y el traspaso de la parte correspondiente del principal del crédito representada por el pagaré, con las garantías y demás derechos accesorios, en la proporción que corresponda.
9. Artículo 322. Los créditos de habilitación o avío estarán garantizados con las materias primas y materiales adquiridos, y con los frutos, productos o artefactos que se obtengan con el crédito, aunque éstos sean futuros o pendientes.
10. CERVANTES AHUMADA, Raúl, Títulos y Operaciones de Crédito, Ed. Herrero, S.A. de C.V., 2ª. reimpresión, México 1994, pág. 327.
11. En muchas ocasiones no se sabe cuanto tardará en pagar un cliente, pero si se sabe exactamente cuando se debe pagar la nómina. Una línea de crédito podría ser un mecanismo para resolver los problemas de flujo de efectivo.
12. Compra de maquinaría, locales comerciales, unidades de transporte, etcétera. Son todos los activos permanentes y tangibles para llevar a cabo el giro habitual del negocio.
13. Si por ejemplo si se tuviera un crédito con una tasa de interés del 35% anual, se podría liquidar ese crédito y obtener uno nuevo en condiciones más atractivas, por decir un 20% anual.
14. Artículo 334. En materia de comercio, la prenda se constituye:
I. a VI. ...
VII. Por la inscripción del contrato de crédito refaccionario o de habilitación o avío, en los términos del artículo 326;

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados a 14 de abril de 2009.

Por la Comisión de Hacienda y Crédito Público

Diputados: Charbel Jorge Estefan Chidiac (rúbrica), presidente; Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Ricardo Rodríguez Jiménez (rúbrica), Carlos Alberto García González (rúbrica), Hugo Eduardo Martínez Padilla, José Antonio Saavedra Coronel (rúbrica), Antonio Soto Sánchez (rúbrica), Ismael Ordaz Jiménez (rúbrica), Horacio Garza Garza (rúbrica), Carlos Alberto Puente Salas (rúbrica), Juan Ignacio Samperio Montaño, Joaquín Humberto Vela González, Manuel Cárdenas Fonseca, Aída Marina Arvizu Rivas, secretarios; Samuel Aguilar Solís, José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), María del Consuelo Argüelles Arellano (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama, Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla, Francisco Javier Calzada Vázquez, Ramón Ceja Romero (rúbrica), José de la Torre Sánchez (rúbrica), Javier Guerrero García, Mariano González Zarur, Juan Nicasio Guerra Ochoa, José Martín López Cisneros, Lorenzo Daniel Ludlow Kuri (rúbrica), Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), Octavio Martínez Vargas, José Murat, Dolores María del Carmen Parra Jiménez (rúbrica), María Guadalupe Salazar Anaya (rúbrica), Mario Alberto Salazar Madera (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio, Pablo Trejo Pérez (rúbrica).
 
 


DE LAS COMISIONES UNIDAS DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, Y DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS EDUCATIVOS, CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 40 DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción I, y 72, inciso h) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los diputados Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla y Javier González Garza del Grupo Parlamentario del PRD, Emilio Gamboa Patrón del Grupo Parlamentario del PRI, Aída Marina Arvizu y María del Carmen Salvatori del Grupo Parlamentario de Convergencia, Ricardo Cantú y Rubén Aguilar Jiménez del Grupo Parlamentario del PT, presentaron la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal, en materia de financiamiento a la educación media superior.

Los integrantes de estas Comisiones Unidas, con base en las facultades que nos confieren los artículos 39, 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 60, 65, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente:

Dictamen

Antecedentes

1. Con fecha 10 de marzo de 2009, en sesión plenaria en la Cámara de Diputados se presentó la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal, en materia de Financiamiento a la educación media superior, a cargo de los diputados Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla y Javier González Garza del Grupo Parlamentario del PRD, Emilio Gamboa Patrón del Grupo Parlamentario del PRI, Aída Marina Arvizu y María del Carmen Salvatori del Grupo Parlamentario de Convergencia, Ricardo Cantú y Rubén Aguilar Jimenez del Grupo Parlamentario del PT.

2. En la misma sesión, la Mesa Directiva turnó la iniciativa en comento a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Educación Pública y Servicios Educativos para su análisis y discusión.

Descripción de la iniciativa

La iniciativa justifica en su primera parte que la educación constituye una pieza clave en el desarrollo económico de la sociedad. Posteriormente, describe el contenido de las políticas necesarias para que el Estado considere como una de sus prioridades la inversión en educación.

Asimismo, se expone brevemente la problemática que enfrenta el nivel medio superior en términos de financiamiento y presiones demográficas. Finalmente, menciona el presupuesto que se ha asignado al nivel en la presente Legislatura, justificando el sentido de la redacción propuesta en la Ley de Coordinación Fiscal.

Consideraciones de las comisiones unidas

1. Que los indicadores educativos en México reflejan que de cada 100 alumnos que entran a nivel primaria, sólo egresan de nivel superior alrededor de 12. Es decir, dada la insuficiencia y poca eficiencia en el uso de los recursos invertidos en educación, 88 de cada 100 alumnos que ingresan a primaria se quedan en el camino sea por deserción, reprobación y no matriculación, y no logran culminar estudios de nivel superior, esto se muestra en la Gráfica 1.1 En particular de los mencionados 100 alumnos solo se gradúan 25 del nivel medio superior según estadísticas del Sistema Educativo Mexicano (SEM).

Gráfica. 1. Trayectoria del Sistema Educativo Mexicano

100 alumnos

Fuente: Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, Cámara de Diputados. Datos SEP, 2006.

2. Que el Consejo Nacional de Población (CONAPO) y el INEGI advierten que la población en edad de cursar educación básica, de 5 a 14 años, mostrará una disminución importante hacia el año 2010. En este sentido, la cohorte poblacional de 5 a 9 años, que afecta la educación primaria, mostrará un decremento de 9 por ciento, lo anterior permitirá la concentración de esfuerzos de cobertura en las áreas sociales de mayor rezago2 como lo es la educación media superior.

La cohorte de 10 a 14 años, correspondiente a la población que cursa primaria y secundaria, disminuirá 2 por ciento, sin embargo, la mejora de la eficiencia terminal en el nivel de primaria hará que la matrícula en secundaria se incremente en 33 por ciento. Esto, obligará a este nivel a mejorar la eficiencia para garantizar, hacia el año 2010, que la población de 15 años tenga al menos 9 años de escolaridad. El mencionado incremento en la educación secundaria ejercerá una presión importante en la demanda de servicios de enseñanza media superior y superior.

Gráfica 2. Pirámide Poblacional 2000 y 2005

Fuente: INEGI (2005). II Conteo de Población y Vivienda 2005. Estados Unidos Mexicanos. Síntesis de resultados. México.

3. Que los datos de 2006 de la Secretaría de Educación Pública y del Consejo de Especialistas de la Educación3, muestran que la cobertura en Educación media superior alcanzó 3.7 millones de estudiantes, incluidas las modalidades propedéutica, bivalente y terminal, de los cuales el 82.8 por ciento de la matrícula es atendida por la educación pública.

La población escolar de este nivel educativo equivale al 58.6 por ciento del grupo de edad entre 15 y 17 años; sin embargo, únicamente 58 por ciento de los inscritos logran concluir estudios, y aproximadamente el 25 por ciento del primer ingreso se pierde en la transición del primero al segundo grado.

Al respecto, es importante mencionar que la UNESCO recomienda tasas de cobertura de entre el 40 y 50 por ciento de educación superior, como mínimo, para alcanzar el desarrollo sostenido. Sin embargo, con las actuales tasas de cobertura de y una deserción por arriba del 50 por ciento en la educación media superior, difícilmente se alcanzaría esa meta.

4. Que persiste el problema de la inequidad y la centralización en la cobertura en educación media superior en el país. Datos de la SEP4 muestran la desigualdad entre entidades federativas, mientras que la cobertura en este nivel educativo es de 88.5 por ciento en el Distrito Federal, en Michoacán es de tan solo 37.1 por ciento. Estas desigualdades no permiten la consolidación del sistema educativo.

5. Que en el marco de la Ley para la Reforma del Estado, se está procesando en el Congreso de la Unión una reforma constitucional al artículo tercero que, entre otros aspectos hace obligatoria la educación media superior. Lo anterior, constituye la base para reconocer como prioridad para el desarrollo nacional un financiamiento creciente para este nivel educativo.

6. Que las entidades federativas estarán en mejores condiciones que la Federación para atender el mandato constitucional con un mayor conocimiento de las necesidades particulares de cada región, lo anterior justifica que se recurra a un Fondo perteneciente al Ramo 33 de aportaciones federales a las entidades federativas como lo es el Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM).

El FAM es fondo que contiene recursos para las aportaciones federales que se destinarán al otorgamiento de desayunos escolares, apoyos alimentarios y de asistencia social a la población en condiciones de pobreza extrema, apoyos a la población en desamparo. Además dichos recursos, se utilizan para la construcción, equipamiento y rehabilitación de infraestructura física de los niveles de educación básica, y superior.

En términos del destino de los recursos totales del FAM, estos consistentemente han crecido por encima de la inflación, permitiendo la expansión de la inversión a rubros como la infraestructura del nivel medio superior. La mencionada tendencia se muestra en la Gráfica 3.

Gráfica 3. Cambio porcentual en los recursos asignados al FAM

Fuente: PEF 2000 a 2009

Aún cuando la Cámara de Diputados ha aprobado recursos crecientes a la educación media superior, sobre todo a partir de 2007, como muestra la Gráfica 4, la participación de este nivel educativo como porcentaje del total gastado en educación es considerablemente baja, alrededor de 12 por ciento.

Gráfica 4. Presupuesto Federal Aprobado en Educación Media Superior

Fuente: PEF 2005-2009

7. Que la agenda pendiente en la inversión en este nivel educativo está marcada por la necesidad de incrementar los recursos que se le destinan. En 2009 el presupuesto Federal para media superior alcanzó 0.41 por ciento del PIB comparado con 2.17 por ciento que recibirá la educación básica, y 0.69 en educación superior y posgrado.

Los datos demográficos presentados antes, junto con los presupuestales, dejan claro que se deben encontrar nuevos mecanismos de inversión pública, definidos con las necesidades de la población como premisa. La pirámide poblacional, el desarrollo social y económico del país, demandan mayor atención para el nivel medio superior y así mejorar sustantivamente los indicadores de cobertura, calidad y equidad.

8. Que debe tomarse en cuenta que incluir a la educación media superior como objetivo en el FAM tiene un carácter descentralizador, lo anterior por la composición y los fines del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación. Sumado a lo anterior es importante destacar que:

• La Ley de Coordinación Fiscal tiene por objeto, según su artículo 1º:

"...coordinar el sistema fiscal de la Federación con los de los Estados, Municipios y Distrito Federal, establecer la participación que corresponda a sus haciendas públicas en los ingresos federales; distribuir entre ellos dichas participaciones; fijar reglas de colaboración administrativa entre las diversas autoridades fiscales; constituir los organismos en materia de coordinación fiscal y dar las bases de su organización y funcionamiento."

• Según el artículo 39º de la Ley de Coordinación Fiscal, el FAM se determinará:

"anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación por un monto equivalente, sólo para efectos de referencia, al 0.814% de la recaudación federal participable a que se refiere el artículo 2o. de esta Ley, según estimación que de la misma se realice en el propio presupuesto, con base a lo que al efecto establezca la Ley de Ingresos de la Federación para ese ejercicio. Para el entero de estos recursos, no procederán los anticipos a que se refiere el segundo párrafo del artículo 7o. de esta Ley."

9. Que resulta de la mayor importancia que la inversión en infraestructura educativa en el nivel medio superior se realice a partir del año 2010, ello para hacer frente a las necesidades educativas que la pirámide poblacional, y los indicadores educativos muestran. Para lo anterior, se considera importante incluir un transitorio para que el decreto entre en vigor el primero de septiembre de 2009. Esto para que se pueda incluir el Proyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, cuyo límite de entrega a esta Cámara de Diputados es el ocho de septiembre, incluya recursos para la educación media superior a través del FAM.

Con base en las Consideraciones expuestas, estas Comisiones Dictaminadoras concluyen que el Estado reconozca la prioridad que representa la inversión en la educación media superior para el desarrollo del país. Asimismo, las Dictaminadoras consideran que los factores demográficos, económicos, de desarrollo social y de competitividad justifican una mayor atención a la demanda de educación en este nivel educativo y que el Ramo 33, por medio del FAM, constituye una vía factible y eficiente para hacerlo.

Asimismo, para precisar la entrada en vigor de esta reforma, las Comisiones Unidas consideran necesario incluir en las disposiciones transitorias la siguiente redacción:

"Primero. El presente decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2010.

Segundo. En la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para los ejercicios 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014, la Cámara de Diputados proveerá lo conducente a fin de que la asignación de recursos no distribuibles geográficamente del Fondo de Aportaciones Múltiples, se incremente para el nivel medio superior."

Por lo expuesto, las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público las y de Educación Pública y Servicios Educativos ponen a consideración del Pleno el siguiente:

Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal

Artículo Único. Se reforma el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal para quedar como sigue:

Artículo 40. Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones Múltiples reciban los Estados de la Federación y el Distrito Federal se destinarán exclusivamente al otorgamiento de desayunos escolares, apoyos alimentarios y de asistencia social a la población en condiciones de pobreza extrema, apoyos a la población en desamparo, así como a la construcción, equipamiento y rehabilitación de infraestructura física de los niveles de educación básica, media superior y superior en su modalidad universitaria según las necesidades de cada nivel.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2010.

Segundo. En la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para los ejercicios 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014, la Cámara de Diputados proveerá lo conducente a fin de que la asignación de recursos no distribuibles geográficamente del Fondo de Aportaciones Múltiples, se incremente para el nivel medio superior.

Notas
1. Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos (2007). Elaboración con datos del Informe anual de la SEP 2006. Metodología de González-Romero V. M., Navarro Rodríguez M., Cabral Araiza, J. y López Ramírez E. O. (2005), Reflexiones sobre la educación superior mexicana, en Tecnologías para Internacionalizar el Aprendizaje, Universidad de Guadalajara.
2. Ibídem.
3. Consejo de Especialistas para la Educación, 2006
4. 6to. Informe. Secretaría de Educación Pública, 2006.

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados, a 14 de abril de 2009.

Por la Comisión de Hacienda y Crédito Público

Diputados: Charbel Jorge Estefan Chidiac (rúbrica), presidente; Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Ricardo Rodríguez Jiménez (rúbrica), Carlos Alberto García González (rúbrica), Hugo Eduardo Martínez Padilla, José Antonio Saavedra Coronel (rúbrica), Antonio Soto Sánchez (rúbrica), Ismael Ordaz Jiménez (rúbrica), Horacio Garza Garza (rúbrica), Carlos Alberto Puente Salas (rúbrica), Juan Ignacio Samperio Montaño, Joaquín Humberto Vela González, Manuel Cárdenas Fonseca (rúbrica), Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica), secretarios; Samuel Aguilar Solís (rúbrica), José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), María del Consuelo Argüelles Arellano (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama, Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla (rúbrica), Francisco Javier Calzada Vázquez (rúbrica), Ramón Ceja Romero (rúbrica), José de la Torre Sánchez (rúbrica), Javier Guerrero García, Mariano González Zarur, Juan Nicasio Guerra Ochoa (rúbrica), José Martín López Cisneros, Lorenzo Daniel Ludlow Kuri (rúbrica), Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), Octavio Martínez Vargas, José Murat, Dolores María del Carmen Parra Jiménez (rúbrica), María Guadalupe Salazar Anaya (rúbrica), Mario Alberto Salazar Madera (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Pablo Trejo Pérez (rúbrica).

Por la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Diputados: Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla (rúbrica), presidente; Constantino Acosta Dávila (rúbrica), Ariel Castillo Nájera, Leobardo Curiel Preciado (rúbrica), Delber Medina Rodríguez (rúbrica), Víctor Manuel Lizárraga Peraza (rúbrica), Adrián Pedrozo Castillo (rúbrica), Abundio Peregrino García, Enrique Rodríguez Uresti (rúbrica), Odilón Romero Gutiérrez (rúbrica), Arnoldo Ochoa González, Sergio Sandoval Paredes (rúbrica), secretarios; José Rosas Aispuro Torres (rúbrica), Daniel Amador Gaxiola (rúbrica), Raymundo Cárdenas Hernández (rúbrica), Faustino Javier Estrada González, Jesús Vicente Flores Morfín (rúbrica), María Gabriela González Martínez (rúbrica), Benjamín Ernesto González Roaro (rúbrica), Sergio Hernández Hernández (rúbrica), Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo (rúbrica), Adolfo Mota Hernández, Francisco Javier Murillo Flores (rúbrica), Concepción Ojeda Hernández (rúbrica), Ignacio Alberto Rubio Chávez (rúbrica), Sagrario María del Rosario Ortiz Montoro (rúbrica), Miguel Ángel Solares Chávez (rúbrica), Gerardo Sosa Castelán (rúbrica), José Luis Varela Lagunas (rúbrica).
 
 


DE LA COMISIÓN DE JUSTICIA, CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL PÁRRAFO PRIMERO Y DEROGA EL TERCERO DEL ARTÍCULO 3 BIS DE LA LEY DE AMPARO, REGLAMENTARIA DE LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Justicia fue turnada la minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 3 Bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución.

Esta Comisión de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70, 71, 72, inciso e), y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 45 numeral 6, incisos f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen de la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 3 Bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en fecha 14 de julio de 2004, el diputado Jorge Uscanga Escobar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los párrafos primero y tercero del artículo 3 Bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Segundo. La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, en esa fecha, mediante oficio número CP2R1AE.1028, acordó que se turnara dicha iniciativa a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Tercero. En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en fecha 18 de octubre de 2005, se dio cuenta con el oficio número D.G.P.L.59-II-1-1517, mediante el cual se remite a la Cámara de Senadores la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 3 Bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria del Artículo 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Cuarto. En sesión ordinaria celebrada por el Senado de la República el 20 de octubre de 2005, se recibió de la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la minuta proyecto de decreto que reforma el artículo 3 Bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Quinto. Recibida la minuta en la Cámara de Senadores, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso su turno a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Primera, para su análisis y dictamen correspondiente.

Sexto. En sesión celebrada por la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión en fecha 23 de octubre de 2007, se dio cuenta con el oficio número DGPL/2.1253, mediante el cual la Cámara de Senadores remite la minuta proyecto de decreto que reforma el artículo 3 Bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para los efectos de lo dispuesto en el inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Séptimo. El 25 de octubre de 2007, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, mediante oficio número D.G.P.L.60-II-1-956, acordó que se turnara dicha minuta a la Comisión de Justicia, la cual presenta este dictamen al tenor de las siguientes consideraciones:

Análisis de la minuta

Primera. En la minuta proyecto de decreto, la Cámara de Senadores, la cual es Cámara revisora, establece modificaciones que vendrán a enriquecer y fortalecer un proyecto que esta Cámara de origen le remitió con reformas a enunciados que son ya inaplicables en el derecho vigente. Tal es el caso del tercer párrafo del artículo 3 Bis de la Ley de Amparo, para establecer que, cuando con el fin de fijar la competencia se aluda al salario mínimo, deberá entenderse el salario mínimo general vigente al momento y en el lugar donde se presente la demanda de amparo o se interponga el recurso. Esta reforma no solamente es inatendible, sino lo que procede también es la derogación del enunciado en el que se inserta, sin embargo, se aprobó la propuesta de reformar el párrafo primero del artículo en cita.

Segunda. En el dictamen elaborado por las Comisiones Unidas del Senado a las que fue turnada la iniciativa, se expresa que:

Las reformas que se insertan en el artículo 3 Bis de la Ley de Amparo, se fundan en un principio de justicia social y de equidad, al establecer que el cálculo de las multas que prevé esta disposición legal deberá determinarse en razón del salario mínimo general vigente que rija en la zona geográfica en la que se ordene su imposición, o bien, cuando con el fin de fijar la competencia del juicio de garantías o de los recursos que en éste se contemplan se aluda al salario mínimo, deberá entenderse también el que rija en la zona geográfica donde se presente la demanda o se interpongan aquéllos. Bajo esa tesitura, en tal precepto, que trata del tema de las multas en la materia y determina el cálculo de su importe con base en el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, se dejará sin efecto la obligación de considerar a este último salario para fijar las multas o la competencia de referencia.

Asimismo, es dable arribar a la conclusión de que sólo es atendible la primera de ellas, es decir, la que se refiere al salario mínimo que se tendrá como base para calcular el importe de las multas previstas en la Ley de Amparo; reforma que adecua racionalmente el factor –el tipo de salario– al que se acudirá para determinar las multas que habrán de imponerse a los infractores que, a juicio del juzgador, hubieren actuado de mala fe.

Ciertamente, si reconocemos que entre los derechos y obligaciones que toda persona tiene como gobernado debe obrar una cierta igualdad proporcional, y sabemos que en el territorio nacional hay tres niveles distintos de salario mínimo, clasificados por áreas geográficas determinadas por la Dirección Técnica y el Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, es una consecuencia, natural y legítima, que las multas que se impongan en el juicio de amparo, se calculen con base en el salario mínimo general que rija en el área geográfica en que se encuentre el órgano jurisdiccional que las ordenó, y no con base en el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, al momento de realizarse la conducta por sancionar.

Por otra parte, con relación a la diversa reforma que se invoca para tener por entendido que el salario mínimo al que se aluda con el fin de fijar la competencia del juicio de garantías o de los recursos que en éste se interpongan, lo sea también el que rija en el área geográfica donde aquéllos se tramiten. Porque si bien esta inquietud del legislador se sustenta en los mismos principios de justicia y de equidad que animaron la adecuación del factor que habrá de considerarse para calcular el importe de las multas previstas en la Ley de Amparo, en el caso particular, resultaría estéril alcanzar esa finalidad, o alguna otra distinta, en virtud de las reformas que tratándose de este ordenamiento jurídico y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, entraron en vigor después del 15 de enero de 1988; vigencia, a partir de la cual, para fijar la competencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de los Tribunales Colegiados de Circuito, dejó de tomarse como criterio el relativo a la cuantía del negocio.

Por lo expuesto, y con fundamento en el inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la minuta proyecto de decreto que reforma el artículo 3 Bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se devuelve a esta Cámara de origen con las observaciones que la revisora plantea en la minuta y con las que esta Comisión de Justicia coincide, en cuanto a derogar el párrafo tercero del artículo 3 Bis de la Ley de Amparo, apoyando los términos y consideraciones realizadas.

Por ello, es de aprobarse la minuta en estudio, para los efectos del inciso e) del artículo 72 constitucional, toda vez que la reforma planteada hará que se tome como base el salario mínimo general vigente en el área geográfica al momento de realizarse la conducta ilícita.

Por lo expuesto, la Comisión de Justicia somete a consideración de esta asamblea, el siguiente proyecto de

Decreto que reforma el párrafo primero y deroga el párrafo tercero del artículo 3 Bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se reforma el párrafo primero y se deroga el párrafo tercero del artículo 3 Bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 3 Bis. Las multas previstas en esta ley se impondrán a razón de días de salario. Para calcular su importe se tendrá como base el salario mínimo general vigente en la zona geográfica que corresponda al momento de realizarse la conducta sancionada.

El juzgador sólo aplicará las multas establecidas en esta ley a los infractores que, a su juicio, hubieren actuado de mala fe.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de marzo de 2009.

Por la Comisión de Justicia

Diputados: César Camacho Quiroz (rúbrica), presidente; Carlos Alberto Navarro Sugich (rúbrica), Miguel Ángel Arellano Pulido, Jorge Mario Lescieur Talavera (rúbrica), Gerardo Sosa Castelán, Verónica Velasco Rodríguez (rúbrica), secretarios; Mónica Arriola, Alliet Mariana Bautista Bravo, Luis Enrique Benítez Ojeda (rúbrica), Liliana Carbajal Méndez (rúbrica), Patricia Castillo Romero (rúbrica), Raúl Cervantes Andrade, Claudia Lilia Cruz Santiago (rúbrica), Jesús de León Tello (rúbrica), Antonio de Jesús Díaz Athié (rúbrica), Arturo Flores Grande (rúbrica), Silvano Garay Ulloa (rúbrica), Violeta del Pilar Lagunes Viveros (rúbrica), Andrés Lozano Lozano, Omeheira López Reyna (rúbrica), Victorio Rubén Montalvo Rojas, Jesús Ricardo Morales Manzo, Mario Eduardo Moreno Álvarez (rúbrica), Édgar Armando Olvera Higuera, María del Pilar Ortega Martínez, Luis Gustavo Parra Noriega, Alfredo Adolfo Ríos Camarena, Yadhira Yvette Tamayo Herrera.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE PERMISO AL CIUDADANO MARCOS SHEMARÍA ZLOTORYNSKI PARA DESEMPEÑAR EL CARGO DE CÓNSUL HONORARIO DEL ESTADO DE ISRAEL EN GUADALAJARA, CON CIRCUNSCRIPCIÓN CONSULAR EN JALISCO

Honorable Asamblea:

En oficio fechado el 6 de marzo del año en curso, la Secretaría de Gobernación solicitó permiso constitucional para que el ciudadano Marcos Shemaria Zlotorynski pueda aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario del Estado de Israel en la ciudad de Guadalajara, con circunscripción consular en Jalisco.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el día 19 de marzo, se turnó a la suscrita comisión, para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

Considerando

a) Que el peticionario acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada de su acta de nacimiento;

b) Que los servicios que el propio interesado prestará en el Consulado de Israel en la ciudad de Guadalajara, serán de carácter estrictamente consular, con circunscripción en el estado de Jalisco, y

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción IV del Apartado C) del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a consideración de la honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se concede permiso al ciudadano Marcos Shemaria Zlotorynski, para desempeñar el cargo de cónsul honorario del Estado de Israel en la ciudad de Guadalajara, con circunscripción consular en Jalisco.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 20 de marzo de 2009.

Por la Comisión de Gobernación

Diputados: Diódoro Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Cristián Castaño Contreras (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama, Alberto Amador Leal (rúbrica), Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante, Antonio Xavier López Adame, Layda Elena Sansores San Román, Ricardo Cantú Garza (rúbrica), secretarios; Carlos Armando Biebrich Torres, César Octavio Camacho Quiroz, Ariel Castillo Nájera, Jesús de León Tello (rúbrica), María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Javier Hernández Manzanares (rúbrica), Juan Darío Lemarroy Martínez, Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica), Mario Eduardo Moreno Álvarez, Adolfo Mota Hernández (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Raciel Pérez Cruz, Gerardo Priego Tapia (rúbrica), José Jesús Reyna García (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Francisco Javier Santos Arreola, Rosa Elva Soriano Sánchez, Alberto Vázquez Martínez, Gerardo Villanueva Albarrán, Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE PERMISO A LOS CIUDADANOS ENRIQUE DAU FLORES Y VÍCTOR SARQUÍS SADE PARA ACEPTAR Y USAR LA CONDECORACIÓN ORDEN DEL CEDRO NACIONAL, QUE LES OTORGA EL GOBIERNO DE LÍBANO

Honorable asamblea

A la Comisión de Gobernación que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con la minuta proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Enrique Dau Flores y Víctor Sarquis Sade, para que puedan aceptar y usar la condecoración La Orden del Cedro Nacional, que les confiere el gobierno del Líbano.

La comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado, y en tal virtud, de conformidad con lo que establece la fracción III del apartado C) del artículo 37 constitucional, y el segundo párrafo del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente

Proyecto de Decreto

Primero. Se concede permiso para que el ciudadano Enrique Dau Flores pueda aceptar y usar la condecoración La Orden del Cedro Nacional, que le confiere el gobierno del Líbano.

Segundo. Se concede permiso para que el ciudadano Víctor Sarquis Sade pueda aceptar y usar la condecoración La Orden del Cedro Nacional, que le confiere el gobierno del Líbano.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. México DF, a 20 de marzo de 2009.

La Comisión de Gobernación

Diputados: Diódoro Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Cristian Castaño Contreras (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama, Narciso Alberto Amador Leal (rúbrica), Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante, Antonio Xavier López Adame, Layda Elena Sansores San Román, Ricardo Cantú Garza (rúbrica), secretarios; Carlos Armando Biebrich Torres, César Octavio Camacho Quiroz, Ariel Castillo Nájera, Jesús de León Tello (rúbrica), María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Javier Hernández Manzanares (rúbrica), Juan Darío Lemarroy Martínez, Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica), Mario Eduardo Moreno Álvarez, Adolfo Mota Hernández (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Raciel Pérez Cruz, Gerardo Priego Tapia (rúbrica), José Jesús Reyna García (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Francisco Javier Santos Arreola, Rosa Elva Soriano Sánchez, Alberto Vázquez Martínez, Gerardo Villanueva Albarrán, Javier Martín Zambrano Elizondo.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE PERMISO A LOS CIUDADANOS GUILLERMO GALVÁN GALVÁN, MANUEL VÍCTOR ESTRADA RICÁRDEZ, EDUARDO IBARROLA NICOLÍN, LEONARDO AYALA TORRES, JORGE CALVILLO ORDÓÑEZ Y PATRICIA ESPINOSA CANTELLANO PARA ACEPTAR Y USAR CONDECORACIONES QUE LES CONFIEREN EN DIVERSOS GRADOS EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA; LA FUERZA AÉREA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA; Y LOS GOBIERNOS DE LAS REPÚBLICAS DE HONDURAS, DE PERÚ Y DE EL SALVADOR

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Gobernación que suscribe, el 19 de marzo de 2009, fue turnado para estudio y dictamen, los expedientes con las minutas con proyecto de decreto por los que concede permiso a los ciudadanos Guillermo Galván Galván, Manuel Víctor Estrada Ricardez, Eduardo Ibarrola Nicolín, Leonardo Ayala Torres, Jorge Calvillo Ordoñez y Patricia Espinosa Cante Llano, para que puedan aceptar y usar las condecoraciones Cruz de la Fuerza Aérea; Cruz de la Fuerza Aérea Guatemalteca; José Cecilio del Valle, en grado de oficial; Cruz Peruana al Mérito Militar, en grado de Gran Cruz; y de la Orden Nacional "Doctor José Matías Delgado", en grado de Gran Cruz Placa de Plata, que les otorgan los gobiernos de las Repúblicas de Guatemala, de Honduras, de Perú y de El Salvador, respectivamente.

La comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de conformidad con lo establecido en la fracción III, del Apartado C, del artículo 37 constitucional y el artículo 60, segundo párrafo, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a consideración de la honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Primero. Se concede permiso al ciudadano Guillermo Galván Galván para que pueda aceptar y usar la condecoración Cruz de la Fuerza Aérea, que le otorga el gobierno de la República de Guatemala.

Artículo Segundo. Se concede permiso al ciudadano Manuel Víctor Estrada Ricardez para que pueda aceptar y usar la condecoración Cruz de la Fuerza Aérea, que le otorga el gobierno de la República de Guatemala.

Artículo Tercero. Se concede permiso al ciudadano Eduardo Ibarrola Nicolín para aceptar y usar la condecoración Cruz de la Fuerza Aérea Guatemalteca, que le otorga la Fuerza Aérea de la República de Guatemala.

Artículo Cuarto. Se concede permiso al ciudadano Leonardo Ayala Torres para que pueda aceptar y usar la condecoración José Cecilio del Valle, en grado de oficial, que le otorga el gobierno de la República de Honduras.

Artículo Quinto. Se concede permiso al ciudadano Jorge Calvillo Ordoñez para que pueda aceptar y usar la condecoración Cruz Peruana al Mérito Militar, en grado de Gran Cruz, que le otorga el gobierno de la República de Perú.

Artículo Sexto. Se concede permiso para que la ciudadana Patricia Espinosa Cantellano pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional "Doctor José Matías Delgado", en grado de Gran Cruz Placa de Plata, que le otorga el gobierno de la República de El Salvador.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 20 de marzo de 2009.

La Comisión de Gobernación

Diputados: Diódoro Humberto Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Cristián Castaño Contreras (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama, Narciso Alberto Amador Leal (rúbrica), Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante, Layda Elena Sansores San Román, Antonio Xavier López Adame, Ricardo Cantú Garza (rúbrica), secretarios; Carlos Armando Biebrich Torres, César Octavio Camacho Quiroz, Ariel Castillo Nájera, Jesús de León Tello (rúbrica), María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Javier Hernández Manzanares (rúbrica), Juan Darío Lemarroy Martínez, Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica), Mario Eduardo Moreno Álvarez, Adolfo Mota Hernández (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Raciel Pérez Cruz, Gerardo Priego Tapia (rúbrica), José Jesús Reyna García (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Francisco Javier Santos Arreola, Rosa Elva Soriano Sánchez, Alberto Vázquez Martínez, Gerardo Villanueva Albarrán, Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE PERMISO A LOS CIUDADANOS JAIME FONT Y GUTIÉRREZ SOLANA, SIOSHIN MURAKAMI TERAUCHI, KAZUSHIGE SEKIGUCHI HOSHINO, ALEJANDRO SANTANA ALCARAZ, PATRICIA ROMO AGUIRRE Y LUZ MARÍA DALILA ALDANA ARANDA PARA ACEPTAR Y USAR CONDECORACIONES QUE LES CONFIEREN EN DIFERENTES GRADOS LOS GOBIERNOS DEL REINO DE ESPAÑA, DE JAPÓN Y DE LA REPÚBLICA FRANCESA

Honorable asamblea

A la Comisión de Gobernación que suscribe le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con las minutas proyecto de decreto que conceden permiso a los ciudadanos Jaime Font y Gutiérrez Solana, Sioshin Murakami Terauchi, Kazushige Sekiguchi Hoshino, Alejandro Santana Alcaraz, Patricia Romo Aguirre y Luz María Dalila Aldana Aranda, para que puedan aceptar y usar las condecoraciones que en diferentes grados les otorgan los gobiernos del Reino de España, de Japón y de la República Francesa.

La comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y, en tal virtud, de conformidad con lo que establece la fracción III del apartado C) del artículo 37 constitucional, y al segundo párrafo del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la consideración de la honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto

Primero. Se concede permiso al ciudadano Jaime Font y Gutiérrez Solana para que pueda aceptar y usar la condecoración Cruz de oficial de la Orden de Isabel la Católica, que le otorga el gobierno del Reino de España.

Segundo. Se concede permiso al ciudadano Sioshin Murakami Terauchi para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden del Sol Naciente con Rayos de Oro y Plata, que le otorga el Gobierno de Japón.

Tercero. Se concede permiso al ciudadano Kazushige Sekiguchi Hoishino para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden del Sol Naciente con Rayos de Plata, que le otorga el gobierno de Japón.

Cuarto. Se concede permiso al ciudadano Alejandro Santana Alcaraz para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de las Palmas Académicas, en grado de Caballero, que le otorga el gobierno de la República Francesa.

Quinto. Se concede permiso a la ciudadana Patricia Romo Aguirre para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de las Palmas Académicas, en grado de Caballero, que le otorga el gobierno de la República Francesa.

Sexto. Se concede permiso para que la ciudadana Luz María Dalila Aldana Aranda pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de las Palmas Académicas, en grado de Caballero, que le otorga el gobierno de la República Francesa.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. México, DF, a 20 de marzo de 2009.

La Comisión de Gobernación

Diputados: Diódoro Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Cristian Castaño Contreras (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama, Narciso Alberto Amador Leal (rúbrica), Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante, Antonio Xavier López Adame, Layda Elena Sansores San Román, Ricardo Cantú Garza (rúbrica), secretarios; Carlos Armando Biebrich Torres, César Octavio Camacho Quiroz, Ariel Castillo Nájera, Jesús de León Tello (rúbrica), María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Javier Hernández Manzanares (rúbrica), Juan Darío Lemarroy Martínez, Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica), Mario Eduardo Moreno Álvarez, Adolfo Mota Hernández (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Raciel Pérez Cruz, Gerardo Priego Tapia (rúbrica), José Jesús Reyna García (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Francisco Javier Santos Arreola, Rosa Elva Soriano Sánchez, Alberto Vázquez Martínez, Gerardo Villanueva Albarrán, Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE PERMISO A LOS CIUDADANOS RODRIGO GERMÁN ESPINO GONZÁLEZ, MAURICIO LEONARDO LÓPEZ BURGOS Y JUAN IGNACIO SOLANO TERRAZAS PARA PRESTAR SERVICIOS EN LA EMBAJADA DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EN MÉXICO Y EN SU CONSULADO EN CIUDAD JUÁREZ, CHIHUAHUA

Honorable Asamblea:

En oficio de fecha 9 de marzo de 2009, la Secretaría de Gobernación solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Rodrigo Germán Espino González, Mauricio Leonardo López Burgos y Juan Ignacio Solano Terrazas puedan prestar servicios de carácter administrativo en la Embajada de Estados Unidos de América en México y en su Consulado en Ciudad Juárez, Chihuahua.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el 19 de marzo del año en curso se turnó a la suscrita comisión, para estudio y dictamen, el expediente relativo.

Considerando

a) Que los peticionarios acreditan la nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

b) Que los servicios que los interesados prestarán en la Embajada de Estados Unidos de América en México y en su Consulado en Ciudad Juárez, Chihuahua, serán de carácter administrativo; y

c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del Apartado C del artículo 37 constitucional y al segundo párrafo del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a consideración de la honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Primero. Se concede permiso al ciudadano Rodrigo Germán Espino González para prestar servicios como visa clerk en la Embajada de Estados Unidos de América en México.

Artículo Segundo. Se concede permiso al ciudadano Mauricio Leonardo López Burgos para prestar servicios de mantenimiento mecánico (electricista) en la Embajada de Estados Unidos de América en México.

Artículo Tercero. Se concede permiso al ciudadano Juan Ignacio Solano Terrazas para prestar servicios como jardinero en el Consulado de Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 20 de marzo de 2009.

La Comisión de Gobernación

Diputados: Diódoro Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Cristián Castaño Contreras (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama, Narciso Alberto Amador Leal (rúbrica), Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante, Antonio Xavier López Adame, Layda Elena Sansores San Román, Ricardo Cantú Garza (rúbrica), secretarios; Carlos Armando Biebrich Torres, César Octavio Camacho Quiroz, Ariel Castillo Nájera, Jesús de León Tello (rúbrica), María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Javier Hernández Manzanares (rúbrica), Juan Darío Lemarroy Martínez, Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica), Mario Eduardo Moreno Álvarez, Adolfo Mota Hernández (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Raciel Pérez Cruz, Gerardo Priego Tapia (rúbrica), José Jesús Reyna García (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Francisco Javier Santos Arreola, Rosa Elva Soriano Sánchez, Alberto Vázquez Martínez, Gerardo Villanueva Albarrán, Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE PERMISO AL CIUDADANO SERGIO ROMERO ESCALANTE PARA PRESTAR SERVICIOS EN LA EMBAJADA DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA EN MÉXICO

Honorable Asamblea:

En oficio fechado 19 de marzo del año en curso, la Secretaría de Gobernación solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Sergio Romero Escalante pueda prestar servicios como chofer en la Embajada de la República Federal de Alemania en México.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el 26 de marzo se turnó a la suscrita comisión, para estudio y dictamen, el expediente relativo.

Considerando

a) Que el peticionario acredita la nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

b) Que los servicios que el interesado prestará en la Embajada de la República Federal de Alemania en México serán como chofer; y

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del Apartado C del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a consideración de la honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se concede permiso al ciudadano Sergio Romero Escalante para prestar servicios como chofer en la Embajada de la República Federal de Alemania en México.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 27 de marzo de 2009.

La Comisión de Gobernación

Diputados: Diódoro Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Cristián Castaño Contreras, Valentina Valia Batres Guadarrama, Narciso Alberto Amador Leal, Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante, Antonio Xavier López Adame, Layda Elena Sansores San Román (rúbrica), Antonio Xavier López Adame, Ricardo Cantú Garza (rúbrica), secretarios; Carlos Armando Biebrich Torres, César Octavio Camacho Quiroz (rúbrica), Ariel Castillo Nájera (rúbrica), Jesús de León Tello (rúbrica), María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Javier Hernández Manzanares (rúbrica), Juan Darío Lemarroy Martínez, Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica), Mario Eduardo Moreno Álvarez (rúbrica), Adolfo Mota Hernández (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega, Raciel Pérez Cruz, Gerardo Priego Tapia (rúbrica), José Jesús Reyna García (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Francisco Javier Santos Arreola (rúbrica), Rosa Elva Soriano Sánchez, Alberto Vázquez Martínez (rúbrica), Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE PERMISO A LOS CIUDADANOS MARÍA DEL CARMEN VALENZUELA STAATS, JULIETA PACHECO GÓMEZ Y ERNESTO DE LA CRUZ JIMÉNEZ PARA PRESTAR SERVICIOS EN LA EMBAJADA DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EN MÉXICO Y EN SU CONSULADO EN HERMOSILLO, SONORA

Honorable Asamblea:

En oficio de fecha 17 de marzo de 2009, la Secretaría de Gobernación solicitó el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos María del Carmen Valenzuela Staats, Julieta Pacheco Gómez y Ernesto de la Cruz Jiménez puedan prestar servicios de carácter administrativo en la Embajada de Estados Unidos de América en México y en su Consulado en Hermosillo, Sonora.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el 26 de marzo del año en curso se turnó a la suscrita comisión, para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

Considerando

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en la Embajada de Estados Unidos de América en México y en su Consulado en Hermosillo, Sonora, serán de carácter administrativo, y

c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del apartado C) del artículo 37 constitucional y en el segundo párrafo del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea el siguiente

Proyecto de Decreto

Artículo Primero. Se concede permiso a la ciudadana María del Carmen Valenzuela Staats para prestar servicios como ayudante de visas en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.

Artículo Segundo. Se concede permiso a la ciudadana Julieta Pacheco Gómez para prestar servicios como investigadora en el Consulado de Estados Unidos de América en Hermosillo, Sonora.

Artículo Tercero. Se concede permiso al ciudadano Ernesto de la Cruz Jiménez para prestar servicios como asistente de seguridad en el Consulado de los Estados Unidos de América en Hermosillo, Sonora.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, Distrito Federal, a 27 de marzo de 2009.

Por la Comisión de Gobernación

Diputados: Diódoro Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Cristián Castaño Contreras, Valentina Valia Batres Guadarrama, Alberto Amador Leal, Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante, Antonio Xavier López Adame, Layda Elena Sansores San Román (rúbrica), Ricardo Cantú Garza (rúbrica), secretarios; Carlos Armando Biebrich Torres, César Octavio Camacho Quiroz (rúbrica), Ariel Castillo Nájera (rúbrica), Jesús de León Tello (rúbrica), María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Javier Hernández Manzanares (rúbrica), Juan Darío Lemarroy Martínez, Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica), Mario Eduardo Moreno Álvarez (rúbrica), Adolfo Mota Hernández (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega, Raciel Pérez Cruz, Gerardo Priego Tapia (rúbrica), José Jesús Reyna García (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Francisco Javier Santos Arreola (rúbrica), Rosa Elva Soriano Sánchez, Alberto Vázquez Martínez (rúbrica), Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, CON PUNTO DE ACUERDO RELATIVO AL ALZA DE LA FRANQUICIA DE LAS MERCANCÍAS QUE INGRESAN EN EL PAÍS POR VÍA AÉREA, TERRESTRE O MARÍTIMA

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión correspondiente a la LX Legislatura fue turnada, para su estudio y análisis, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a incrementar el monto de la franquicia de las mercancías que ingresan en el país al amparo del programa Paisano.

Esta comisión, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos d), e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, con base en los siguientes

Antecedentes

Primero. Que en sesión celebrada en la Cámara de Diputados el 13 de diciembre de 2007, los ciudadanos Secretarios de ésta dieron cuenta al Pleno de la proposición que presentó el diputado Edmundo Ramírez Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para someter a la consideración del honorable Congreso de la Unión.

Segundo. El ciudadano Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: "Túrnese a la Comisión de Economía".

Tercero. El legislador propone lo siguiente:

• Se exhorta al Ejecutivo federal a instruir, en el ámbito de sus atribuciones, a los titulares de las Secretarías de Gobernación, y de Hacienda y Crédito Público, a fin de incrementar el monto de las mercancías adicionales al equipaje personal a mil dólares estadounidenses o su equivalente en otras monedas, cuando el ingreso sea por vía aérea o terrestre y cuando se demuestre con documentación migratoria o con la matrícula consular, su residencia en el extranjero. Queda sin validez la franquicia para la ropa usada, llantas y motores usados, así como las bebidas alcohólicas, tabacos labrados, combustible adicional para el vehículo, armas y todo artículo que prohíba expresamente la ley. Consideraciones

Primera. Que con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Economía, con las atribuciones antes señaladas, se abocó a dictaminar la proposición con punto de acuerdo de referencia.

Segunda. Que la franquicia es el permiso que el gobierno mexicano concede a una persona, ya sea nacional o extranjera, para no pagar derechos e impuestos por una determinada cantidad de mercancías que introduce al país.

Tercera. Que la primera resolución de modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2008, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2008, se reformó la Regla 2.7.2., último párrafo, estableciéndose que

"Durante los periodos comprendidos del 27 de junio al 31 de agosto de 2008 y del 24 de noviembre de 2008 al 9 de enero de 2009, los pasajeros de nacionalidad mexicana provenientes del extranjero que ingresen al país por vía terrestre, con excepción de las personas residentes en la franja o región fronteriza, podrán importar al amparo de su franquicia mercancía hasta por 300 dólares o su equivalente en moneda nacional; asimismo, los pasajeros procedentes de la franja o región fronteriza al interior del país podrán importar, al amparo de su franquicia, mercancía hasta por 300 dólares o su equivalente en moneda nacional."

Cuarta. Que cuando se ingresa a territorio nacional por vía marítima o aérea su franquicia será de hasta 300 dólares o su equivalente en moneda nacional o extranjera, en uno o varios artículos, excepto tratándose de cervezas, bebidas alcohólicas y tabacos labrados.

Quinta. Que cuando se ingresa al país por vía terrestre su franquicia cubre hasta 75 dólares o su equivalente en moneda nacional o extranjera, en uno o varios artículos, excepto tratándose de cervezas, bebidas alcohólicas, tabacos labrados y gasolina, salvo la contenida en el tanque de gasolina del vehículo de acuerdo con las especificaciones del fabricante. Durante el periodo del 24 de noviembre de 2008 al 9 de enero de 2009 se incrementó el monto franquicia de 75 a 300 dólares.

Sexta. Que las cantidades pueden acumularse por el padre, la madre y los hijos, considerando inclusive a los menores de edad, cuando el arribo a territorio nacional sea simultáneo y en el mismo medio de transporte.

La franquicia para pasajeros de nacionalidad mexicana provenientes del extranjero que ingresen al país por vía terrestre, siempre que no se trate de personas residentes en la franja o región fronteriza, se incrementara de 75 dólares hasta por 300 dólares durante el periodo comprendido del 24 de noviembre de 2008 al 9 de enero de 2009.

Los pasajeros procedentes de la franja o región fronteriza al interior del país, podrán importar al amparo de su franquicia mercancía hasta por 300 dólares o su equivalente en moneda nacional.

Séptima. Que en el caso de rebasar la franquicia, pero no por más de 3 mil dólares o su equivalente en moneda nacional o extranjera, es necesario el pago de contribuciones al comercio exterior, mediante un formulario, calculando 15 por ciento del valor de las mercancías, el cual será el impuesto a pagar.

Si el valor de las mercancías es mayor a 3 mil dólares o su equivalente en moneda nacional o extranjera, es necesario contratar los servicios de un agente aduanal, quien calculará el impuesto y realizará los trámites de importación.

Octava. Que como pasajero se pueden introducir las mercancías afines al equipaje personal y a la duración del viaje, en los términos de la regulación aplicable como lo es la fitozoosanitaria para el caso de mascotas.

Es importante destacar que dicha franquicia no ampara la introducción de bebidas alcohólicas, tabaco labrado ni combustible automotriz, salvo el que se contenga en el tanque del vehículo en el que está viajando.

Es importante recordar que en México está penado por las leyes federales portar o poseer armas de fuego o municiones, y en caso de que se trate de armas o municiones reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacional, su penalidad es mayor.

En caso de pertenecer a una asociación de cazadores, al ingresar a México se debe registrar el arma con identificación que acredite como miembro de dicha asociación ante la Secretaría de la Defensa Nacional.

Novena. Que al pasar por la aduana se debe declarar si se viaja con más de 10 mil dólares o su equivalente en moneda nacional o extranjera ya sea en efectivo, en documentos o en una combinación de ambos. Esta declaración no genera impuesto alguno, mercancías distintas al equipaje, animales.

Décima. Que en la aduana se deberá pasar a activar el mecanismo de selección automatizado o semáforo fiscal, el cual indicará de manera aleatoria, es decir que funciona sin la intervención de persona alguna, si el personal de la aduana revisará o no las pertenencias, en el que la luz roja indica que se realizará la revisión del equipaje y la declaración de aduana, y a su vez la luz verde indica que se puede pasar sin revisión.

Décima Primera. Que independientemente del resultado del mecanismo de selección automatizado o semáforo fiscal, la autoridad aduanera puede emitir una orden de verificación de mercancía para comprobar lo manifestado.

Si se arriba por avión o barco, se deberá entregar la declaración de aduana al personal de ésta y posteriormente se activará el mecanismo de selección automática o semáforo fiscal, el cual indicará si se revisará el equipaje o no.

Si se arriba por vía terrestre, se selecciona el carril por el que se internará a México; existen dos:

• Carril de autodeclaración, que se elige cuando se rebasa el monto de la franquicia y se llevan cosas adicionales al equipaje personal.

• Carril de nada que declarar, por el que los pasajeros residentes en el extranjero que ingresen a México en vehículos terrestres, embarcaciones que sean lanchas, yates o veleros, deberán realizar el trámite de importación temporal de su medio de transporte.

Décima Segunda. Paisano es un programa que se compone de un sistema integral de información actualizado, eficiente y oportuno para los connacionales que regresan a nuestro país, fortalece la cultura de servicio del personal de las dependencias, entidades e instituciones que integran Paisano, erradicando prácticas de corrupción y maltrato.

Gestiona y encamina un trato digno y de acuerdo con la ley para los mexicanos que ingresan, transitan o salen de nuestro país, a través de la información y difusión de los derechos, la protección de la integridad física, y patrimonial, sensibiliza y capacita a servidores públicos y sociedad. Atiende y da seguimiento a quejas y denuncias.

Paisano es un programa permanente, que opera bajo la figura de comisión intersecretarial, cuenta con un Comité técnico, una coordinación nacional, dos representaciones en Estados Unidos y 29 comités estatales en el ámbito nacional.

Décima Tercera. Que el pasado 28 de enero de 2009 la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhortó al Ejecutivo Federal para que a través de sus dependencias competentes realicen las acciones coordinadas necesarias para fortalecer y mejorar los servicios a los mexicanos que ingresen a territorio nacional.

Décima Cuarta. Que los ciudadanos diputados integrantes de la Comisión de Economía que dictamina, reconocen y concluyen que es importante lograr que todas las acciones de las dependencias, entidades e instituciones, se concreten en instrumentos orientados a garantizar a los connacionales que su ingreso, transito y salida del país, sea con garantía de sus derechos, la seguridad en sus bienes y personas y el pleno conocimiento de sus obligaciones.

Por lo expuesto, la Comisión de Economía somete a consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados, para su análisis, discusión y en su caso aprobación, el siguiente

Acuerdo

Único. Se exhorta al Ejecutivo Federal a instruir, en el ámbito de sus atribuciones y facultades, a los titulares de las Secretarías de Gobernación, y de Hacienda y Crédito Público a fin de que se examine la posibilidad de realizar un incremento en el monto de las mercancías adicionales al equipaje personal, cuando el ingreso sea por vía aérea, terrestre o marítima.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 26 días del mes de marzo de 2009.

La Comisión de Economía

Diputados: Adriana Rodríguez Vizcarra Velázquez (rúbrica), presidenta; Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Fausto Fluvio Mendoza Maldonado (rúbrica), Arnulfo Elías Cordero Alfonzo (rúbrica), Enrique Serrano Escobar (rúbrica), Jorge Godoy Cárdenas (rúbrica), secretarios; Jericó Abramo Masso (rúbrica), Narcizo Alberto Amador Leal (rúbrica), Antonio Berber Martínez (rúbrica), Carlos Alberto García González (rúbrica), Miguel Ángel González Salum (rúbrica), Jesús Sesma Suárez, Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), Martín Malagón Ríos (rúbrica), Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco (rúbrica), Octavio Martínez Vargas, Susana Monreal Ávila, Alicia Rodríguez Martínez (rúbrica), Mauricio Ortiz Proal (rúbrica), Eduardo Ortiz Hernández (rúbrica), Miguel Ángel Peña Sánchez (rúbrica), Raúl Ríos Gamboa, Ricardo Rodríguez Jiménez (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Ernesto Ruiz Velasco de Lira, Alejandro Sánchez Camacho, Víctor Gabriel Varela López (rúbrica), Joaquín Humberto Vela González (rúbrica), Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA A REDISEÑAR POLÍTICAS PÚBLICAS URGENTES PARA REACTIVAR LA PRODUCCIÓN Y LA INVERSIÓN EN LA EXPLOTACIÓN DE CAOLÍN EN VERACRUZ

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, correspondiente a la LX Legislatura, fue turnada, para estudio y análisis, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Economía a rediseñar políticas públicas para reactivar la producción y la inversión en la explotación del caolín en Veracruz.

La comisión, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos d), e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen con base en los siguientes

Antecedentes

Primero. Que en sesión celebrada en la Cámara de Diputados el 23 de diciembre de 2008, los Secretarios de ésta dieron cuenta al Pleno de la proposición que presentaron los diputados María del Carmen Pinete Vargas y Carlos Rojas Gutiérrez, ambos del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para someter a consideración del honorable Congreso de la Unión.

Segundo. El Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: "Túrnese a la Comisión de Economía".

Tercero. Los legisladores proponen lo siguiente:

• Se exhorta a la Secretaría de Economía a instrumentar el rediseño de políticas públicas urgentes, a fin de reactivar la producción y la inversión en la explotación del caolín en Veracruz. Consideraciones

Primera. Que con base en los antecedentes antes indicados y con los medios de información disponibles, la Comisión de Economía, con las atribuciones señaladas, se abocó a dictaminar la proposición con punto de acuerdo de referencia.

Segunda. Que la minería es la obtención selectiva de los minerales y otros materiales a partir de la corteza terrestre. Esto también corresponde a la actividad económica primaria relacionada con la extracción de elementos y es del cual se puede obtener un beneficio económico. Dependiendo del tipo de material a extraer y beneficiar, la minería se divide en metálica y no metálica.

Tercera. Que la minería se ha convertido en un motor para el desarrollo de la economía nacional. En cuanto a empleos se refiere, el sector minero contribuyó a la conservación y generación de más de 290 mil empleos en el año pasado, tan sólo en el primer mes de 2008 se reportó la creación de más de 5 mil 600 empleos.

El potencial geológico del subsuelo de México cuenta con un escenario favorable, actualmente somos el país con mayor potencial minero del mundo, destacando la extracción de plata, cobre y oro.

Cuarta. Que el nombre del caolín o caolinita viene del chino kao (alta) y ling (colina), que indicaba, en la provincia de Kiangsi, cerca de Jauchu Fa, el lugar donde los chinos encontraron por primera vez este tipo de arcilla al natural.

El caolín es un silicato de aluminio hidratado, producto de la descomposición de rocas feldespáticas, principalmente. El término caolín se refiere a arcillas en las que predomina el mineral caolinita. Sus principales características son, peso específico, 2.6; dureza, 2; color blanco (aunque puede tener diversos colores debido a las impurezas); brillo, generalmente terroso mate; higroscópico (absorbe agua); y plasticidad de baja a moderada.

Quinta. Que entre otras propiedades importantes del caolín se puede mencionar su blancura, su inercia ante agentes químicos, es inodoro, aislante eléctrico, moldeable y de fácil extrusión; resiste altas temperaturas, no es tóxico ni abrasivo y tiene elevada refractariedad y facilidad de dispersión. Es compacto, suave al tacto y difícilmente fusible. Tiene gran poder cubriente y absorbente y baja viscosidad en altos porcentajes de sólidos.

Los caolines de alta calidad son caracterizados por bajos niveles de impurezas como hierro, titanio y minerales de tierras alcalinas. Su blandura es importante en muchas aplicaciones al reducir la abrasión de los equipos de procesos.

Sexta. Que la balanza comercial del caolín es deficitaria debido a que nuestras exportaciones apenas sumaron 262 mil dólares en 2006, mientras que importamos 221 veces más: 58 millones de dólares. En el marco de los tratados comerciales en vigor, el mineral del caolín, cuya fracción es 25070001, se encuentra totalmente desgravado.

Con base a las cifras del Mineral Commodity Summaries, la producción mundial de caolín en 2006 se estimó en 11.8 millones de toneladas. Los principales países productores son Estados Unidos de América, Brasil y Reino Unido.

Su principal mercado en orden de importancia es el siguiente: la industria del cemento, pintura, papel y algunas cerámicas.

Séptima. Que en la industria de las pinturas, el caolín contribuye dando brillo u opacidad a la pintura, por tanto, los caolines usados en pinturas deben tener buen brillo y bajos niveles de impurezas. Otros requerimientos adicionales para caolines utilizados en pinturas es que deben deflocular fácilmente y tener bajos niveles de sales solubles. La distribución del tamaño de las partículas tiende a ser de 70 a 80 por ciento menor de 2 micrones. Los caolines calcinados son utilizados en pinturas porque imparten alto poder de cubrimiento en seco a la pintura y también producen una película de pintura más durable.

Octava. Que entre los principales estados productores de caolín en México están Michoacán, Guanajuato, Veracruz y Chihuahua, los cuales comprenden 99.36 por ciento de la producción nacional.

En los depósitos de Guanajuato existe más variedad de calidades, entre éstas, caolines ligeramente silicosos. Debido a las diversas calidades, los caolines de esta entidad se canalizan a las industrias del cemento, cerámica, papel, pintura, hule, agroquímicos, talco, tabiques refractarios y forraje (molido entre 60 y 80 mallas).

En los yacimientos de Huayacocotla, Veracruz, es posible encontrar lentes de material de buena calidad pero en extensiones muy pequeñas, esta región, en su mayoría, tiene yacimientos con alto contenido de sílice, por lo que no todo el material es susceptible de beneficiarse y cumplir con los requerimientos exigidos a los caolines de importación y sustituirlos. La región de Huayacocotla está formada por ejidos los estados de de Veracruz e Hidalgo.

Novena. Que los procesos productivos básicamente se clasifican en 2 procesos, de acuerdo a la calidad del caolín: seco y húmedo. El primero es utilizado en caolines con un mayor contenido de sílice y el segundo en caolines con contenidos superiores de alúmina. En el seco sólo se remueve la arena, se clasifica el caolín por tamaño y se seca; en el húmedo se realizan además otros pasos que involucran agua para realizar el lavado, obteniendo un producto más fino y de mayor calidad y pureza; este último se usa sólo para el caolín papelero. Además se presenta un proceso con tecnología reciente: tecnología estándar.

Décima. Que de acuerdo a datos de la Secretaría de Economía el gobierno federal, ha apoyado más de 9 mil empresas del sector minero y su cadena productiva, tan sólo en 2007, los apoyos consistieron en financiamiento, capacitación y asistencia técnica, lo que contribuye al desarrollo integral de las Pyme del sector. En cuanto a inversiones, la minería se ha convertido en un factor importante para la inversión debido a que se tienen identificados más de 20 mil millones de dólares para el periodo 2007-2012.

Undécima. Que los integrantes de la Comisión de Economía, que dictamina, reconocen y concluyen que es importante brindar continuar promoviendo las políticas públicas tendentes a brindar apoyo a la industria minera nacional y a su cadena productiva, principalmente a las micro, pequeñas y medianas empresas.

Por lo expuesto, la Comisión de Economía somete al Pleno de la Cámara de Diputados, para análisis, discusión y, en su caso, aprobación, el siguiente

Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Economía a instrumentar el rediseño de políticas públicas urgentes, a fin de reactivar la producción y la inversión en la explotación del caolín en Veracruz.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2009.

La Comisión de Economía

Diputados: Adriana Rodríguez Vizcarra Velázquez (rúbrica), presidenta; Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Fausto Fluvio Mendoza Maldonado (rúbrica), Arnulfo Elías Cordero Alfonzo (rúbrica), Enrique Serrano Escobar (rúbrica), Jorge Godoy Cárdenas (rúbrica), secretarios; Jericó Abramo Masso (rúbrica), Narciso Alberto Amador Leal (rúbrica), Antonio Berber Martínez (rúbrica), Carlos Alberto García González (rúbrica), Miguel Ángel González Salum (rúbrica), Jesús Sesma Suárez, Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), Martín Malagón Ríos (rúbrica), Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco (rúbrica), Octavio Martínez Vargas, Susana Monreal Ávila, Alicia Rodríguez Martínez (rúbrica), Mauricio Ortiz Proal (rúbrica), Eduardo Ortiz Hernández (rúbrica), Miguel Ángel Peña Sánchez (rúbrica), Raúl Ríos Gamboa, Ricardo Rodríguez Jiménez (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Ernesto Ruiz Velasco de Lira, Alejandro Sánchez Camacho, Alberto Amaro Corona (rúbrica), Joaquín Humberto Vela González (rúbrica), Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, CON PUNTOS DE ACUERDO POR LOS QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A CONTENER LAS ALZAS DE LOS PRODUCTOS BÁSICOS Y DE LOS SERVICIOS CUYO SUMINISTRO DERIVE DE ENERGÉTICOS

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión correspondiente a la LX Legislatura fue turnada, para su estudio y análisis, la proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta al secretario de Economía y al procurador federal del Consumidor a controlar y detener el alza injustificada de precios de la canasta básica, así como de los servicios cuyo suministro derive de energéticos.

Esta comisión, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos d), e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente Dictamen, con base en los siguientes

Antecedentes

Primero. Que en sesión celebrada en la Cámara de Diputados, el día 22 de noviembre de 2007, los ciudadanos secretarios de ésta dieron cuenta al Pleno de la proposición que presentó la diputada María del Carmen Salvatori Bronca, del Grupo Parlamentario de Convergencia, para someter la propuesta a consideración del honorable Congreso de la Unión.

Segundo. El ciudadano Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: "Túrnese a la Comisión de Economía".

Tercero. La legisladora propone lo siguiente

• La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a los titulares de la Secretaría de Economía y de la Procuraduría Federal del Consumidor a controlar y detener el alza de los precios de la canasta básica así como de los servicios cuyo suministro derive de energéticos. Consideraciones

Primera. Que con base en los antecedentes indicados la Comisión de Economía, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la proposición con punto de acuerdo de referencia.

Segunda. Que el índice nacional de precios al consumidor (INPC) es un indicador económico diseñado específicamente para medir el cambio promedio de los precios en el tiempo, mediante una canasta ponderada de bienes y servicios representativa del consumo de las familias urbanas de México. Es de publicación quincenal.

Tercera. Que la cobertura del INPC se encuentra representada por 46 ciudades del país, que integran al índice, agrupadas en siete regiones geográficas y clasificadas en tres tamaños de localidad (pequeña, mediana y grande) y cada estado del país está representado por al menos una ciudad.

Cuarta. Que de acuerdo con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) la canasta básica es el conjunto de bienes y servicios indispensables para que una persona o una familia pueda cubrir sus necesidades básicas a partir de su ingreso; en otras palabras, una canasta básica es aquella que tiene todos los productos necesarios para poder tener una vida sana, tanto física como mentalmente.

Quinta. Que la Ley Federal de Protección al Consumidor tiene por objeto promover y proteger los derechos y cultura del consumidor, así como procurar la equidad, certeza y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores; de igual forma, corresponde a la Profeco aplicar y ejecutar la referida ley, como un organismo público con el carácter de una autoridad administrativa.

Sexta. Que la Profeco es la encargada de verificar que se respeten los precios máximos establecidos en términos de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) así como los precios y tarifas que conforme a lo dispuesto por otras disposiciones legales sean determinados por las autoridades competentes.

Séptima. Que la LFCE contempla un procedimiento para que el Estado controle precios, en congruencia con el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, protegiendo y promoviendo el proceso de libre competencia y libre concurrencia, dicho procedimiento es utilizado como un mecanismo aplicable sólo para mercados cuya estructura no permite el funcionamiento pleno de la competencia.

Octava. Que los ciudadanos diputados integrantes de la Comisión de Economía que dictamina reconocen y concluyen que controlar los precios debe seguir un procedimiento legal aplicable únicamente a los mercados cuya estructura no permite el funcionamiento pleno de la competencia, aún los de los productos básicos de consumo generalizado, atendiendo a una serie de elementos técnico económicos, y sin embargo, se comparte la loable preocupación de la legisladora promovente de velar por la economía familiar.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Economía somete al Pleno de esta Cámara de Diputados para su análisis, discusión y en su caso aprobación, el siguiente

Acuerdo

Primero. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal a implantar a través de las dependencias competentes las medidas legalmente oportunas y aplicables con la finalidad de que se contengan los aumentos en los precios de los productos básicos de consumo generalizado, así como los servicios cuyo suministro derive de energéticos.

Segundo. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal a verificar a través de la Procuraduría Federal del Consumidor que los proveedores de bienes y servicios respeten los precios máximos establecidos.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2009.

La Comisión de Economía

Diputados: Adriana Rodríguez Vizcarra Velázquez (rúbrica), presidenta; Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Fausto Fluvio Mendoza Maldonado (rúbrica), Arnulfo Elías Cordero Alfonzo (rúbrica), Enrique Serrano Escobar (rúbrica), Jorge Godoy Cárdenas (rúbrica), secretarios; Jericó Abramo Masso (rúbrica), Narcizo Alberto Amador Leal (rúbrica), Antonio Berber Martínez (rúbrica), Carlos Alberto García González (rúbrica), Miguel Ángel González Salum (rúbrica), Jesús Sesma Suárez, Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), Martín Malagón Ríos (rúbrica), Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco (rúbrica), Octavio Martínez Vargas, Susana Monreal Ávila, Alicia Rodríguez Martínez (rúbrica), Mauricio Ortiz Proal (rúbrica), Eduardo Ortiz Hernández (rúbrica), Miguel Ángel Peña Sánchez (rúbrica), Raúl Ríos Gamboa, Ricardo Rodríguez Jiménez (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Ernesto Ruiz Velasco de Lira, Alejandro Sánchez Camacho, Alberto Amaro Corona (rúbrica), Joaquín Humberto Vela González (rúbrica), Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, CON PUNTOS DE ACUERDO POR LOS QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A CONTINUAR IMPLANTANDO LAS ACCIONES PERTINENTES DEL SERVICIO NACIONAL DE EMPLEO, A DAR MAYOR DIFUSIÓN AL PORTAL DEL EMPLEO EN INTERNET Y A DIFUNDIR AMPLIAMENTE A TRAVÉS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EL PROGRAMA PRIMER EMPLEO

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, correspondiente a la LX Legislatura, le fue turnada para su estudio y análisis la proposición con punto de acuerdo, relativo a exhortar al Ejecutivo federal a cumplir las promesas de generar empleos.

Esta comisión, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos d), e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, con base en los siguientes:

Antecedentes

Primero. Que en sesión celebrada en la Cámara de Diputados, el 13 de septiembre de 2007, los secretarios de la misma dieron cuenta al Pleno de la proposición que presentó la diputada Rosa Elva Soriano Sánchez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para someter a la consideración del honorable Congreso de la Unión.

Segundo. El Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: Túrnese a la Comisión de Economía.

Tercero. La legisladora propone:

Exhortar al Ejecutivo federal para que, a través de sus dependencias, cumpla sus promesas en materia de generación de empleo, sobre todo para los jóvenes mexicanos. Consideraciones

Primera. Que con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Economía, con las atribuciones antes señaladas, se abocó a dictaminar la proposición con punto de acuerdo de referencia.

Segunda. Que de acuerdo a los resultados de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, muestran que, durante el tercer trimestre de 2008 la población económicamente activa (PEA) del país se ubicó en 45.5 millones de personas, que representan el 58.8 por ciento de la población de 14 años y más. De ellas, el 95.8 por ciento estaba ocupado y el 4 por ciento restante desocupado.

Tercera. Que durante el tercer trimestre del 2008 la población de 14 años y más disponible para producir bienes y servicios en el país se incrementó en 868 mil personas, como consecuencia tanto del crecimiento demográfico, como de las expectativas que tiene la población de participar, o no, en la actividad económica. Mientras que 79 de cada 100 hombres en estas edades son económicamente activos, en el caso de las mujeres, 41 de cada 100 están en esta situación.

Cuarta. Que al interior de la PEA es posible identificar a la población que estuvo participando en la generación de algún bien económico o en la prestación de un servicio, denominada como población ocupada; la cual, en el tercer trimestre de 2008 alcanzó 43.6 millones de personas (27.4 millones hombres y 16.2 millones mujeres), superior en 709 mil a la del mismo trimestre de 2007, cuando se ubicó en 42.9 millones de personas.

Más de la mitad de la población ocupada (53 por ciento) se concentra en las ciudades más grandes del país (de 100 mil y más habitantes); le siguen las localidades rurales (menores de 2 mil 500 habitantes) donde se agrupa 19.4 por ciento de la población ocupada total; los asentamientos que tienen entre 15 mil y menos de 100 mil habitantes (urbano medio) albergan 14.5 por ciento y, finalmente, el resto de los ocupados (13.1 por ciento) residen en localidades de 2 mil 500 a menos de 15 mil habitantes (urbano bajo).

Quinta. Que la población ocupada, con relación al sector económico en el que labora, se tiene que 5.9 millones de personas (13.5 por ciento del total) trabajan en el sector primario, 10.9 millones (25 por ciento) en el secundario o industrial y 26.5 millones (60.7 por ciento) están en el terciario o de los servicios.

Asimismo, casi dos terceras partes del total, 28.7 millones (65.7 por ciento), son trabajadores subordinados y remunerados; 9.8 millones (22.5 por ciento) trabajan por su cuenta, sin emplear personal pagado; 3 millones (7 por ciento) son trabajadores que no reciben remuneración, y 2.1 millones (4.8 por ciento) son propietarios de los bienes de producción, con trabajadores a su cargo.

Sexta. Que a la fecha de la encuesta, 17.9 millones de personas (48.5 por ciento) estaban ocupadas en micronegocios; 6.6 millones (17.8 por ciento) en establecimientos pequeños; 4.4 millones (11.8 por ciento) en medianos; 3.8 millones (10.3 por ciento) en establecimientos grandes, y 4.2 millones (11.6 por ciento) se ocuparon en otro tipo de unidades económicas.

Cabe destacar que entre el lapso julio-septiembre de 2007 y el mismo periodo de 2008, fueron los micronegocios los que generaron el mayor número de empleos, con un incremento de 381 mil personas ocupadas, los establecimientos pequeños con 180 mil y los medianos con 55 mil; mientras que los grandes presentaron una reducción de 52 mil.

Séptima. Que la población sub ocupada, que es cuando la población ocupada tiene la necesidad de trabajar más tiempo, lo que se traduce en la búsqueda de una ocupación complementaria o de un nuevo trabajo con mayor horario, durante julio-septiembre de 2008 fue de 2.9 millones de personas, lo que significa una reducción en 27 mil personas con relación al total cuantificado en el mismo periodo de un año antes. La presencia de la subocupación es en siete de cada 100 personas ocupadas.

Octava. Que la población que labora dentro del sector informal de la economía es de 11.8 millones de personas, que representan al 27.1 por ciento de la población ocupada, la cual aumentó en 305 mil personas respecto al dato de un año atrás.

Novena. Que la ocupación presenta distintos grados de intensidad según sea la perspectiva desde la cual se le observa. Una de éstas es la población desocupada, la cual no trabajó siquiera una hora durante la semana de referencia de la encuesta, pero manifestó su disposición por hacerlo e hizo alguna actividad por obtenerlo.

En el tercer trimestre de 2008, la población desocupada en el país fue de 1.9 millones de personas y la tasa de desocupación equivalente es de 4.2 por ciento; este porcentaje de la PEA es superior al de 3.9 por ciento alcanzado en igual trimestre de 2007. Al estar condicionada a la búsqueda de empleo, la tasa de desocupación es más alta en las localidades grandes, en donde está más organizado el mercado de trabajo; es así que en las zonas más urbanizadas, con 100 mil y más habitantes, la tasa llegó a 5 por ciento, mientras que en las que tienen de 15 mil a menos de 100 mil habitantes fue de 3.9 por ciento, en las de 2 mil 500 a menos de 15 mil se ubicó en 3.3 por ciento y en las rurales de menos de 2 mil 500 habitantes se estableció en 2.6 por ciento.

Décima. Que la población no económicamente activa agrupa a las personas que no participan en la actividad económica ni como ocupados ni como desocupados. Durante julio-septiembre de 2008, 31.9 millones de personas, el 41.2 por ciento del total de la población de 14 años y más, integraba este sector; del cual 26.7 millones se declararon no estar disponibles para trabajar debido a que tienen que atender otras obligaciones, o tenían interés pero se encuentran en un contexto que les impide poder hacerlo (tiene impedimentos físicos, obligaciones familiares o están en otras condiciones). Por su parte, 5.2 millones se declararon disponibles para trabajar, pero no llevaron a cabo acciones al respecto, por lo que se constituyen en el sector que eventualmente puede participar en el mercado como desocupado u ocupado.

Decimoprimera. Que el número total de asegurados en el Instituto Mexicano del Seguro Social durante los primeros 11 meses de 2008 fue de 14 millones 458 mil 981 personas, en comparación con el 2007, que en el mismo lapso fue de 12 millones 960 mil 600, esto representa un incremento de 11 por ciento de un año a otro.

Decimosegunda. Que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social coordina el Servicio Nacional de Empleo, la institución pública a nivel nacional que se ocupa de atender de manera gratuita y personalizada los problemas de desempleo y subempleo en el país; presta los servicios de información, vinculación y orientación ocupacional, brinda apoyos económicos y capacitación, y apoyos a la movilidad laboral interna y externa.

Cabe mencionar que en 2008, a través de los servicios de vinculación, ha atendido a 2.66 millones de personas y colocado a 549 mil; a través del Programa de Apoyo al Empleo ha atendido a 452.5 mil personas y colocado a 255.6 mil; y a través del Programa para el Desarrollo Local ha atendido a 6 mil personas y colocado a 3 mil. Esto nos da un total global de 3.12 millones de personas atendidas y 807 mil 300 colocados a través del Servicio Nacional de Empleo.

Decimotercera. Que para contribuir a la generación de empleos permanentes y la formalización de las empresas, el gobierno federal creó el Programa Primer Empleo, a través del cual apoya a las personas físicas o morales para generar nuevos empleos permanentes, por medio de un subsidio aplicado a la parte de las cuotas obrero-patronales que les corresponde pagar a los empleadores al dar de alta a los trabajadores ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

De esta forma, este programa contribuye a generar mayores oportunidades en el país para formalizar los empleos, expandir la cobertura de la seguridad social, facilitar el acceso al mercado formal de trabajo a grupos de la población sin participación previa en el mismo, como los jóvenes y las mujeres, no solamente de menor experiencia laboral, sino de aquellos que tienen dificultades para lograr un mayor nivel de permanencia en sus puestos de trabajo; y estimular un desarrollo económico y social más ordenado, justo y equitativo.

Decimocuarta. Que los integrantes de la Comisión de Economía que dictamina, reconocen los esfuerzos del gobierno por proporcionar estímulos a la economía, que se traduzcan en mayores empleos, así como las acciones específicas para apoyar a la población a obtener empleo y a las empresas para contratar empleados en mejores condiciones; sin embargo, hacen suyos los motivos expresados por la diputada promovente porque el gobierno federal continúe impulsando la actual política económica que estimule fuertemente la generación de empleos y sea la punta de lanza del crecimiento del país para la construcción de un México moderno con más oportunidades para todos.

Por lo anterior, la Comisión de Economía somete al Pleno de esta Cámara de Diputados para su análisis, discusión y en su caso aprobación, el siguiente:

Acuerdo

Primero. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal para que, a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, continúe implementando las acciones pertinentes del Servicio Nacional de Empleo y le dé mayor difusión al Portal del empleo en internet para que exista un mayor y más efectivo vínculo entre la oferta y la demanda laboral del país, que permita a quienes buscan trabajo enterarse con más rapidez y facilidad de las ofertas laborales de las empresas que buscan personal. Asimismo, a que difunda mayormente los programas de capacitación para la colocación de miles de nuevos trabajadores.

Segundo. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal para que, a través del Instituto Mexicano del Seguro Social, dé una mayor difusión al Programa Primer Empleo y continúe facilitando los apoyos en cuanto a los subsidios destinados a cubrir las cuotas obrero-patronales y reducir el costo laboral, que contribuyan directamente a una mayor generación de empleos.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 días de marzo de 2009.

La Comisión de Economía

Diputados: Adriana Rodríguez Vizcarra Velázquez (rúbrica), presidenta; Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Fausto Fluvio Mendoza Maldonado (rúbrica), Arnulfo Elías Cordero Alfonzo (rúbrica),Enrique Serrano Escobar (rúbrica), Jorge Godoy Cárdenas (rúbrica), secretarios; Jericó Abrhamo Masso (rúbrica), Narciso Alberto Amador Leal (rúbrica), Antonio Berber Martínez (rúbrica), Carlos Alberto García González (rúbrica), Miguel Ángel González Salum (rúbrica), Jesús Sesma Suárez, Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), Martín Malagón Ríos (rúbrica), Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco (rúbrica),Octavio Martínez Vargas, Susana Monreal Ávila, Alicia Rodríguez Martínez (rúbrica), Mauricio Ortiz Proal (rúbrica), Eduardo Ortiz Hernández (rúbrica), Miguel Ángel Peña Sánchez (rúbrica), Raúl Ríos Gamboa, Ricardo Rodríguez Jiménez (rúbrica), Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Ernesto Ruiz Velasco de Lira, Alejandro Sánchez Camacho, Alberto Amaro Corona, Joaquín Humberto Vela González (rúbrica), Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE VIVIENDA, CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL CONSEJO NACIONAL DE VIVIENDA Y A LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL DE VIVIENDA A OTORGAR FACILIDADES A LAS PERSONAS CUYOS CRÉDITOS DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL HAN SIDO RECHAZADOS POR TENER INJUSTAMENTE REPORTES NEGATIVOS EN EL BURÓ DE CRÉDITO

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Vivienda fue turnada, para estudio, análisis y dictamen, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional de Vivienda, al Consejo Nacional de Vivienda y a la Comisión Intersecretarial de Vivienda a otorgar, en el ámbito de sus respectivas competencias, facilidades a las personas cuyos créditos de vivienda de interés social han sido rechazados por tener reportes negativos en el buró de crédito, presentada por la diputada Beatriz Manrique Guevara, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y perteneciente a la LX Legislatura de la Cámara de Diputados.

La Comisión de Vivienda, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, fracción XL, y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 56, 58, 60, 87, 93 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

1. Con fecha 18 de septiembre de 2008, la diputada Beatriz Manrique Guevara, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, perteneciente a la LX Legislatura de la Cámara de Diputados, presentó al Pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional de Vivienda, al Consejo Nacional de Vivienda y a la Comisión Intersecretarial de Vivienda a otorgar, en el ámbito de sus respectivas competencias, facilidades a las personas cuyos créditos de vivienda de interés social han sido rechazados por tener reportes negativos en el buró de crédito.

2. Con fecha 7 de octubre de 2008, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión turnó el citado asunto a la Comisión de Vivienda, para estudio, análisis y dictaminación, mediante el oficio número DGPL 60-II-5-1988.

De acuerdo con los antecedentes mencionados, los integrantes de la Comisión de Vivienda de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados exponemos las siguientes

Consideraciones

Primera. El desmesurado aumento de la población y la situación de inestabilidad económica que vive el país han traído como consecuencia que en el último trimestre del año, se imposibilite cubrir la oferta para el financiamiento de créditos de vivienda otorgadas por las instituciones bancarias, entidades financieras y empresas hipotecarias, principalmente la destinada a la población con vulnerabilidad, en extrema pobreza y carente de una fuente de trabajo formal para la adquisición de un crédito para vivienda de interés social.

La política nacional de vivienda implantada por el gobierno federal ha fijado metas y propuestas con programas de crédito a la vivienda, dirigida principalmente a los trabajadores activos y asalariados comprendidos en los Apartados A y B del artículo 123 constitucional, a través del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Fovissste), que materializan el derecho del trabajador a obtener por una sola vez crédito barato y suficiente para adquirir, construir, reparar, ampliar o mejorar su vivienda o para el pago del enganche y gastos de escrituración, en condiciones que le permitan incrementar su bienestar y seguridad patrimonial, sin importar su condición crediticia reportada en el buró de crédito.

Segunda. Uno de los problemas que aquejan a gran número de mexicanos es el de tener un historial negativo en el buró de crédito, que trae como consecuencia que las instituciones bancarias, entidades financieras y empresas hipotecarias no otorguen a la persona que lo solicita el crédito para la adquisición de una vivienda.

Desde el inicio de sus operaciones, el buró de crédito ha sido sumamente controversial, ya que ha sido el principal inhibidor en el otorgamiento de financiamiento a empresas y particulares, debido a que es una empresa privada formada como sociedad de información crediticia, orientada a integrar y proporcionar información previa para el otorgamiento de crédito. Es decir, funciona con base en reportes de las empresas que otorgan un crédito, no es un ente que califica a los deudores o a las personas; simplemente es una empresa que recoge los reportes y pone dicha información a disposición de cualquier entidad financiera o comercial que la solicite.

Sin embargo, en muchos de los casos, los datos contenidos en el buró de crédito es información errónea, debido a que hay personas que son afectadas por ser señaladas como morosas en créditos que nunca contrataron o que quizá ya terminaron de pagar hace mucho tiempo y que siguen reportadas.

En otros casos, las personas físicas o las morales que se llegan a atrasar un solo día en el pago en sus obligaciones contraídas con las instituciones bancarias o crediticias sufren un trato injusto por el buró de crédito, al ser reportadas y boletinadas de manera negativa, como personas que no pueden ser sujetas a adquirir cualquier tipo de crédito.

Tercera. Que las instancias y organismos de la administración pública que integran el sistema nacional de vivienda o las tengan a su cargo la instauración de la política nacional de vivienda, en sus ámbitos de competencia, respectivamente coordinen y concierten con el sector financiero privado acciones, instrumentos, procesos y apoyos a fin de facilitar que las personas físicas que buscan adquirir un crédito de vivienda de interés social y que están reportadas de manera injusta en el buró de crédito lo obtengan, así como incorporar estrategias que fomenten la concurrencia de los sectores público, social y privado para promover oportunidades de acceso a la vivienda para la población en situación de pobreza, marginación o vulnerabilidad, en sus diferentes tipos y modalidades a través del Programa Nacional de Vivienda, de los programas especiales y regionales, programas institucionales de las entidades de la administración pública federal en materia de vivienda, programas de la comisión y de las dependencias y demás entidades de la administración pública federal, y los programas de las entidades federativas y municipios.

Por lo anterior, la Comisión de Vivienda somete a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el siguiente

Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión Nacional de Vivienda, al Consejo Nacional de Vivienda y a la Comisión Intersecretarial de Vivienda a otorgar, en el ámbito de sus respectivas competencias, facilidades a las personas cuyos créditos de vivienda de interés social han sido rechazados por tener reportes negativos de manera injusta en el buró de crédito.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, Distrito Federal, a 27 de marzo de 2009.

La Comisión de Vivienda

Diputados: Diego Aguilar (rúbrica), Aracely Escalante Jasso (rúbrica), Martha Margarita García Müller, Raúl García Vivián (rúbrica), Eduardo Ortiz Hernández (rúbrica), Claudia Sánchez Juárez (rúbrica), María Elena Torres Baltazar (rúbrica), Martín Zepeda Hernández (rúbrica), Joel Arellano Arellano, Susana Sarahí Carrasco Cárdenas (rúbrica), Rosa Elena Galván Valles (rúbrica), Óscar González Morán (rúbrica), José Luis Murillo Torres (rúbrica), Alejandro Sánchez Domínguez (rúbrica), Luis Gerardo Serrato Castell, Marisol Mora Cuevas, Alberto López Rojas (rúbrica), Mario Vallejo Estévez (rúbrica), María Soledad López Torres, David Mendoza Arellano, Juan Manuel San Martín Hernández, Gerardo Villanueva Albarrán, Tomás Gloria Requena, Élmar Darinel Díaz Solórzano, Alfredo Barba Hernández, Lourdes Quiñones Canales (rúbrica), Jesús Ricardo Canavati Tafich (rúbrica), Beatriz Manrique Guevara (rúbrica), Robinson Uscanga Cruz (rúbrica), Jaime Cervantes Rivera.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, CON PUNTOS DE ACUERDO POR LOS QUE SE SOLICITA A LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Y A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA QUE INFORMEN RESPECTO A LAS ACCIONES DE CAPITALIZACIÓN EFECTUADAS POR LAS INSTITUCIONES DE BANCA MÚLTIPLE QUE OPERAN EN EL PAÍS Y A SUS REPERCUSIONES JURÍDICAS

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción I, y 72, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el diputado Manuel Cárdenas Fonseca, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, presentó la proposición con punto de acuerdo por la que se solicita a los titulares de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Procuraduría General de la República que informen a esta soberanía respecto a la capitalización que han efectuado diversos bancos y a las correspondientes repercusiones jurídicas.

Los integrantes de esta Comisión, con base en las facultades que nos confieren los artículos 39, 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 60, 65, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

1. En la sesión del 26 de marzo de 2009 el diputado Manuel Cárdenas Fonseca, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, presentó la proposición con punto de acuerdo por la que se solicita a los titulares de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Procuraduría General de la República que informen a esta soberanía respecto a la capitalización que han efectuado diversos bancos y a las correspondientes repercusiones jurídicas.

2. En sesión del 1 abril de 2009, por acuerdo de la Mesa Directiva de esta honorable Cámara la proposición fue turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su estudio y dictamen.

Consideraciones

El capital de un banco provee una red de seguridad para absorber un cierto nivel de pérdidas inesperadas sin afectar negativamente los intereses de los depositantes, a través de las siguientes dos formas: i) en el caso de situaciones adversas al banco, el capital tiene capacidad para absorber las pérdidas; por ejemplo, a través del no pago de dividendos a los accionistas o cupones de instrumentos híbridos; y ii) en el caso de liquidación de una entidad financiera el capital tiene menor grado de prelación que los depositantes.

El capital regulatorio es denominado "capital neto" por las normas mexicanas, y está formado por una parte básica y otra complementaria. Dentro del capital básico se admiten "los instrumentos de capitalización bancaria con flujos no acumulativos, es decir, en los que el emisor tenga la opción de que estos devenguen rendimientos. El monto computable como capital básico tendrá un límite de 15 por ciento de la parte básica, sin incluir tales instrumentos" (Secretaría de Hacienda y Crédito Público).

Para que dichos instrumentos híbridos, denominados instrumentos de capitalización bancaria con flujos no acumulativos, computen en la proporción básica del capital, deben contar con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y el Banco de México. Asimismo, deben tener, como características, un plazo mínimo de 10 años en el caso que no sean de conversión obligatoria en certificados de aporte patrimonial (plazo que puede ser extendido por la secretaría); una prelación inferior a la deuda subordinada; valor nominal pagadero al vencimiento; y no tener garantías específicas por parte del emisor. El monto total de las emisiones de los instrumentos de capitalización bancaria no convertibles computará como capital con excepción del segundo año inmediato anterior y el año inmediato anterior al vencimiento, en los cuales únicamente se considerará el 50 por ciento y el 20 por ciento, respectivamente, del saldo correspondiente.

En lo referido a la parte complementaria, se establece que se integrará por:

a) Los instrumentos de capitalización bancaria no incluidos en la parte básica y los que tengan rendimientos acumulativos, es decir, aquéllos en los que el emisor tiene la opción de diferir el pago de dichos rendimientos y las obligaciones subordinadas de conversión obligatoria;

b) Las obligaciones subordinadas no convertibles o de conversión voluntaria a capital hasta por un monto que no exceda del cincuenta por ciento de la parte básica.

De acuerdo con datos de la Comisión Nacional Bancaria y Valores (CNBV) sobre el índice de capitalización (Icap) de las instituciones de banca múltiple a septiembre, las bajas son ligeramente menores respecto al mes previo.

No obstante, de acuerdo con las reglas de carácter general a que se refiere el artículo 134 Bis de la Ley Instituciones de Crédito, mejor conocida como acciones correctivas tempranas, los 43 bancos que actualmente integran el sistema financiero mexicano registran un Icap superior al 10 por ciento exigido, por lo que se sitúan en la categoría I.

El índice de capitalización, que mide la relación entre el capital neto y los activos sujetos a riesgo, es una medición de la solvencia de un banco. La recomendación del Banco de Pagos Internacionales, entidad que agrupa a bancos centrales y reguladores de todo el mundo, es que el índice de capitalización no sea menor a 8 por ciento.

Según la CNBV, el índice de capitalización promedio del sistema bancario se situó en febrero, en todos los casos, arriba del nivel mínimo recomendado internacionalmente. En BBVA Bancomer fue de 16.06 por ciento; en Banamex, de 16.26; y en Santander, de 13.03 por ciento, por citar a los bancos más grandes que operan en el país.

Aun con esta solidez financiera, el crecimiento del crédito, en especial dada la estrategia actual de la banca en México de canalizar más financiamiento a estratos de ingreso entre 3 mil y 5 mil pesos al mes y sin experiencia en el manejo de crédito, ha puesto la atención de analistas en la evolución de la morosidad.

Standard and Poor’s, la principal firma de calificación de valores en el mundo, comentó que a lo largo del último año el sistema bancario en México registró un aumento de los activos con problema, especialmente entre el tercer y cuarto trimestre, cuando el incremento en este rubro fue de 8 por ciento.

La Secretaría de Hacienda detectó que en las últimas semanas bancos establecidos en México trasladaron liquidez a sus matrices en el extranjero, a fin de hacer frente a la crisis que afecta los sectores financieros del mundo, sostuvo el jefe de la Unidad de Banca, Valores y Ahorro de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el marco del décimo Seminario internacional de prevención de lavado de dinero y financiamiento al narcotráfico. Ahí explicó que el modelo de la banca en México se compone por instituciones subsidiarias de los bancos extranjeros’ y en coyunturas difíciles como la actual, trasladan liquidez para solventar sus crisis.

Ya sean créditos o intercambios, o sea cual sea la forma en que se documenten las transferencias, la ley mexicana prevé que no se podrán hacer ese tipo de operaciones de liquidez por montos superiores a 50 por ciento del capital neto de las instituciones.

En febrero pasado entró en vigor una modificación a la legislación para evitar que se extralimiten las transferencias de recursos y de esa manera se garantiza la capitalización permanente de la banca en México.

Adicionalmente, muchas instituciones bancarias que tienen su matriz en el extranjero, aún cuando están operando en nuestro país como instituciones mexicanas, recibieron en los últimos meses aportaciones a su capital y rescate con recursos provenientes de gobiernos extranjeros.

Por lo expuesto, la Comisión de Hacienda y Crédito Público pone a consideración del Pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados de la LX Legislatura del Congreso de la Unión solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Procuraduría General de la República que expliquen, fundada y motivadamente, las acciones de capitalización que han efectuado las instituciones de banca múltiple que operan en el país.

Segundo. Que señalen con precisión bajo qué criterios y preceptos legales fueron autorizadas dichas capitalizaciones, sus montos y las instituciones de crédito que las realizaron.

Tercero. Que expliquen quiénes autorizaron dichas transferencias de liquidez a sus matrices en el extranjero, así como los motivos para determinar a unos bancos sobre otros.

Cuarto. Que estas autoridades –Secretaría de Hacienda y Crédito Público–, en su carácter de coordinadora sectorial y encargada de normar la operación bancaria, y la Procuraduría General de la República, en su carácter de abogado de la nación, nos informen fundando en derecho su respuesta, si la capitalización de los bancos con matriz en el extranjero que recibieron aportaciones de capital convertibles a acciones y, en su caso, toma de asiento y decisiones en los consejos de administración, violan o no las disposiciones jurídicas del derecho positivo mexicano.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados, a 2 de abril de 2009.

La Comisión de Hacienda y Crédito Público

Diputados: Charbel Jorge Estefan Chidiac (rúbrica), presidente; Emilio Ramón Ramiro Flores Domínguez (rúbrica), Ricardo Rodríguez Jiménez, Carlos Alberto García González (rúbrica), Hugo Eduardo Martínez Padilla, José Antonio Saavedra Coronel (rúbrica), Antonio Soto Sánchez, Ismael Ordaz Jiménez (rúbrica), Horacio Garza Garza (rúbrica), Carlos Alberto Puente Salas (rúbrica), Juan Ignacio Samperio Montaño, Joaquín Humberto Vela González, Manuel Cárdenas Fonseca (rúbrica), Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica), secretarios; Samuel Aguilar Solís, José Rosas Aispuro Torres, María del Consuelo Argüelles Arellano (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama, Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla (rúbrica), Francisco Javier Calzada Vázquez, Ramón Ceja Romero (rúbrica), José de la Torre Sánchez (rúbrica), Javier Guerrero García, Mariano González Zarur, Juan Nicasio Guerra Ochoa (rúbrica), José Martín López Cisneros, Lorenzo Daniel Ludlow Kuri (rúbrica), Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), Octavio Martínez Vargas (rúbrica), José Murat, Dolores María del Carmen Parra Jiménez (rúbrica), María Guadalupe Salazar Anaya (rúbrica), Mario Alberto Salazar Madera (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Pablo Trejo Pérez (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, CON PUNTOS DE ACUERDO POR LOS QUE SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, A LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y A LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN A INVESTIGAR Y FINCAR RESPONSABILIDADES RESPECTO AL MANEJO IRREGULAR DE RECURSOS DESTINADOS A VIVIENDA PARA LA POBLACIÓN DEVASTADA POR EL DESASTRE OCURRIDO EN TABASCO DESDE OCTUBRE DE 2007

Honorable Asamblea:

La Comisión de la Función Pública de esta Cámara de Diputados, con base en lo dispuesto en los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XVIII, 45, numeral 6, incisos e) y f), y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a su consideración el siguiente: dictamen sobre la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de la Función Pública, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Procuraduría General de la República y a la Auditoría Superior de la Federación a investigar y, en su caso, fincar responsabilidades respecto al manejo irregular de recursos destinados a vivienda para la población devastada por el desastre ocurrido en Tabasco desde octubre de 2007.

Antecedentes

I. La proposición que se dictamina fue publicada en la Gaceta Parlamentaria número 2699-III, el martes 17 de febrero del 2009, y presentada ese mismo día por el diputado Rafael Elías Sánchez Cabrales, en nombre propio y de la diputada Mónica Fernández Balboa, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

II. En esa misma fecha la Presidencia de la Mesa Directiva la turnó, para su estudio y dictamen, a la Comisión de la Función Pública.

III. Recibida en la Comisión de la Función Pública, se sometió a estudio y análisis, preparándose un proyecto de dictamen en sentido positivo, el cual fue sometido a la consideración y discusión de los integrantes de la comisión, quienes lo aprobaron en la sesión celebrada el día 24 de marzo del 2009, por 16 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.

Análisis de la proposición

Establecen los diputados proponentes que, con motivo del desastre iniciado en el estado de Tabasco, hace un año se autorizaron recursos del Fondo de Desastres Naturales, con cargo al Ramo 23, y que para el Fondo de Reconstrucción de Tabasco se asignaron 7 mil millones de pesos.

Que al fondo revolvente del Fondo de Desastres Naturales le fueron otorgados recursos adicionales para diversos requerimientos de los estados de Tabasco, Chiapas, Veracruz, Hidalgo y Quintana Roo por un total de 5 mil 710 millones de pesos, sin precisar lo correspondiente a cada entidad federativa.

Que continua pendiente que se informe de manera pormenorizada acerca del destino real de estos montos millonarios, por rubro y por municipio.

Que en su segundo Informe de Gobierno de 2008 la Secretaría de Desarrollo Social del estado reportó un total de 89 mil 671 viviendas dañadas por dichas inundaciones, y que el 14 de diciembre de 2007 el gobierno del estado y la Comisión Nacional de Vivienda suscribieron un convenio de colaboración mediante el cual se asignaron 350 millones de pesos para adquirir y urbanizar suelo apto y edificar 2 mil 500 viviendas para beneficiar a algunas familias afectadas por las inundaciones de octubre y noviembre de ese año.

Que existen evidencias de que el gobierno de Tabasco benefició en diversas operaciones inmobiliarias a Sociedad Suministros del Carmen, persona moral que obtuvo ganancias superiores a 143 millones de pesos, dado que adquirió predios por 102 millones de pesos. Los proponentes presumen que dicha compraventa involucra al secretario de Finanzas del estado, José Sáinz Pineda; al secretario de Asentamientos Humanos y Obras, Héctor López Peralta; al ex director del Instituto de Vivienda de Tabasco, Ariel Cetina; al Contralor, Roger Pérez Evoli; y al ex director general de la Comisión Nacional de Vivienda, Carlos Javier Gutiérrez.

Que el 22 de octubre de 2008, legisladores estatales y federales del Estado de Tabasco presentaron una denuncia ante la Procuraduría General de la República, argumentando que, entre otros delitos, los funcionarios aludidos cometieron fraude, ejercicio abusivo de funciones, lavado de dinero, evasión fiscal y tráfico de influencias.

Que el 23 de octubre del 2008, el gobierno estatal afirmó que adquirió, entre febrero y julio de 2008, cinco predios con una superficie total de 169.4 hectáreas en la zona del corredor urbano Parrilla-Playas del Rosario, en el municipio de Centro, con un valor de 239.4 millones de pesos, donde se edificarán 9 mil viviendas, reiterando que la operación se hizo "legal, transparente y con apego a los lineamientos respectivos, con el aval del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos"; al mismo tiempo, aseveró que la parte vendedora cumplió todos los requerimientos en cuanto a derechos de propiedad y el valor comercial del suelo.

Que los funcionarios estatales omiten informar a la opinión pública que la empresa Sociedad Suministros del Carmen disponía de información exacta acerca de la localización de los inmuebles objeto de las operaciones irregulares denunciadas, tampoco informan acerca de los recursos que permitieron a dicha empresa adquirir los cinco predios, ni se aclara lo relacionado con el diferencial entre los precios de compra y de venta.

Consideraciones

Primera. Una vez que ha sido analizada la propuesta de referencia, esta comisión especifica que son servidores públicos del estado de Tabasco los que se encuentran involucrados en las presuntas irregularidades que denuncian los proponentes.

Respecto a esta cuestión, ha sido criterio constante de la comisión que suscribe no tener injerencia en los asuntos en que están involucrados servidores públicos de las entidades federativas.

Segunda. Sin embargo, toda vez que los proponentes manifiestan que son recursos federales provenientes del Fondo de Desastres Naturales los que han sido desviados por estos sujetos, esta comisión se avocará a conocer de la presente proposición por la naturaleza de los recursos que se encuentran involucrados.

Tercera. Por lo tanto, en atención a los hechos que exponen los diputados que suscriben la proposición que se dictamina y a fin de satisfacer sus inquietudes, esta comisión dictaminadora estima procedente aprobarla con las siguientes modificaciones.

Cuarta. A la Procuraduría General de la República sólo se le solicitará que informe, en caso de ser posible, sobre la denuncia de hechos que le fue presentada el 22 de octubre de 2008 por legisladores locales y federales del Estado de Tabasco, más no que finque y aplique las sanciones que procedan por el manejo irregular de recursos destinados a la vivienda, pues en todo caso un juez penal (de distrito) será el que imponga las sanciones a los sujetos a los que previamente se les haya demostrado su culpabilidad.

Quinta. Por lo que respecta al segundo resolutivo, no es procedente solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que coadyuve con las investigaciones necesarias para reportar puntual y detalladamente las irregularidades que los proponentes expresan, ello en virtud de que esto no es parte de sus atribuciones, pues en todo caso la autoridad que está llevando a cabo las investigaciones sobre este asunto es la que será la que determine en su momento si solicita el auxilio de otras autoridades.

Sin embargo, es procedente solicitar a la Secretaría de la Función Pública que inicie una investigación sobre este asunto e informe en su momento sobre el resultado de la misma.

Sexta. Asimismo, se estima procedente solicitar a la Auditoria Superior de la Federación que analice los recursos ejercidos correspondientes al Fondo de Desastres Naturales por el gobierno del Estado de Tabasco

Séptima. Esta soberanía estará atenta al cabal cumplimiento que las autoridades señaladas den a los resolutivos contenidos en el presente.

Con base en lo anterior, la Comisión de la Función Pública presenta al Pleno de la Cámara de Diputados, para su aprobación, el siguiente:

Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente a la Procuraduría General de la República a informar a esta soberanía sobre el estado que guarda la denuncia penal interpuesta por legisladores locales y federales del estado de Tabasco por el desvío de los recursos del Fondo de Desastres Naturales que fueron asignados al gobierno del estado de Tabasco.

Segundo. Se exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de la Función Pública para que inicie una investigación por las probables irregularidades en el manejo de los recursos públicos provenientes del Fondo de Desastres Naturales, destinados para la reconstrucción de viviendas en el estado de Tabasco, e informe a esta soberanía de los resultados.

Tercero. Se solicita respetuosamente a la Auditoría Superior de la Federación que haga una revisión a los recursos del Fondo de Desastres Naturales que fueron asignados al gobierno del estado de Tabasco.

La Comisión de la Función Pública

Diputados: Benjamín González Roaro (rúbrica), presidente; Enrique Cárdenas del Avellano (rúbrica), Lariza Montiel Luis (rúbrica), Jesús Ricardo Morales Manzo, José Guillermo Velázquez Gutiérrez (rúbrica), secretarios; Jesús Sergio Alcántara Núñez, Alma Edwviges Alcaraz Hernández (rúbrica), Carlos Altamirano Toledo, Jesús Arredondo Velázquez, Carlos Armando Biebrich Torres (rúbrica), María Eugenia Campos Galván (rúbrica), Andrés Carballo Bustamante, José de la Torre Sánchez (rúbrica), Joaquín Conrado de los Santos Molina (rúbrica), Mario Enrique del Toro, Adriana Díaz Contreras (rúbrica), Arturo Flores Grande, María del Carmen Fernández Ugarte, Apolonio Méndez Meneses (rúbrica), Carlos Orsoe Morales Vázquez, Alan Notholt Guerrero (rúbrica), Sagrario María del Rosario Ortiz Montoro (rúbrica), Marcos Salas Contreras (rúbrica), Ramón Valdés Chávez (rúbrica), Héctor Padilla Gutiérrez, Rafael Plácido Ramos Becerril (rúbrica), Víctor Gabriel López Varela.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA A CONSIDERAR LA MODIFICACIÓN DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL FONDO NACIONAL DE APOYOS PARA EMPRESAS EN SOLIDARIDAD

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión correspondiente a la LX Legislatura fue turnada, para su estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo citada al rubro del presente.

Esta comisión, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos d), e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 56, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio, análisis y dictamen de la proposición con punto de acuerdo referida, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. Que en sesión celebrada en la honorable Cámara de Diputados, el 30 de octubre de 2008 los ciudadanos secretarios de ésta dieron cuenta al Pleno de la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Economía a revisar y, en su caso, modificar las Reglas de Operación del Fondo Nacional de Apoyos para Empresas en Solidaridad, que presentó la diputada Silvia Emilia Degante Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en ejercicio del derecho que le otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Segundo. La Presidencia de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: "túrnese a la Comisión de Economía".

Tercero. La legisladora propone:

• Exhortar al Ejecutivo federal a simplificar las Reglas de Operación del Fonaes, con objeto de hacerlo más accesible a su población objetivo. Consideraciones

Primera. Que el Fondo Nacional de Apoyos para Empresas en Solidaridad (Fonaes) es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Economía, creado por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 4 de diciembre de 1991.

Segunda. Que mediante Decreto del Ejecutivo federal publicado en el DOF el 30 de noviembre de 2000 se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, destacando la adición de una fracción X Bis al artículo 34, situación que le confirió coordinar y llevar a cabo la política nacional para el fomento de empresas que asocien a grupos de escasos recursos.

Tercera. Que en términos del artículo 48 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, publicado en el DOF el día 22 de noviembre de 2002, la Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad tiene, entre otras, la atribución de elaborar y desarrollar el Fonaes, en términos de sus reglas de operación (RO), que se publican anualmente.

Cuarta. Que la población objetivo del Fonaes, conforme a lo que indica en el numeral 8.1 de sus propias RO, se define como "la población rural, campesinos, indígenas y urbana de escasos recursos, que demuestren su capacidad organizativa, productiva, empresarial para abrir o ampliar un negocio".

Quinta. Que el pasado 29 de diciembre de 2008 se publicó en el DOF el acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Fondo Nacional de Apoyos para Empresas en Solidaridad operativas para el ejercicio fiscal 2009, y comparándolas con las del año anterior, se puede observar que se han modificado con el objeto de hacerlas más accesibles al público, al que va dirigido el programa.

Sexta. Que México, como integrante la Organización de las Naciones Unidas, está obligado a cumplir con las líneas temáticas de acción que se definieron en la Cumbre del Milenio realizada el año 2000 y que consisten en: 1) erradicar la pobreza extrema y el hambre, 2) lograr la enseñanza primaria universal, 3) promover la igualdad de género y la autonomía de la mujer, 4) reducir la mortalidad infantil, 5) mejorar la salud materna, 6) combatir el VIH/sida, el paludismo y otras enfermedades, 7) garantizar la sustentabilidad del medio ambiente, 8) fomentar una asociación mundial para el desarrollo.

Séptima. Que el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) colabora con los gobiernos federal, estatal y municipal, así como el sector privado y la sociedad civil, brindándoles información técnica, asesorías y recomendaciones para la generación de políticas públicas y en proyectos orientados al desarrollo.

Octava. Que en el año 2006 el PNUD dio a conocer el informe de avance que ha tenido México respecto a los Objetivos del Desarrollo del Milenio, en el cual se explica en términos generales que el combate a la pobreza es lento y resulta necesario proteger los programas sociales contra su uso político-electoral y por tanto una de las medidas consiste en hacerlos más accesibles a la población objetivo evitando intermediarios.

Novena. Que conforme a la Ley General de Desarrollo Social, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) es un organismo público descentralizado que tiene por objeto normar y coordinar la evaluación de las políticas y programas de desarrollo social que ejecuten las dependencias públicas y establecer los lineamientos y criterios para la definición, identificación y medición de la pobreza.

Décima. Que en el documento denominado "Seguimiento a aspectos susceptibles de mejora derivados de las evaluaciones externas 2007", de fecha 16 de diciembre de 2008 del Coneval, se identifican tres aspectos susceptibles de mejora para el Fonaes, como es: no contar con un diagnóstico en el cual se identifique la magnitud del problema, no contar con un método explícito en el que se determine y cuantifique la población potencial u objetivo y no contar con un plan estratégico de corto, mediano y largo plazo.

Décima Primera. Que el 29 de diciembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Fondo Nacional de Apoyos para Empresas en Solidaridad, vigentes para el año 2009; asimismo, en el boletín electrónico número 18 del Fonaes, se indica que dichas reglas de operación se han simplificado, resaltando la simplificación de los criterios de elegibilidad, de cinco a dos: escasez de recursos y que la actividad del solicitante se encuentre en el catalogo del Fonaes; además se extienden los apoyos para quienes no habitan en una de las 263 microrregiones de marginación en el país, se amplía la gama de apoyos y se otorgan más recursos a mujeres y personas con discapacidad de hasta un 80 y 90 por ciento del total del proyecto .

Décima Segunda. Que en la reunión de evaluación 2009 de los representantes federales del Fonaes se destacaron los siguientes resultados positivos: en 2006 se apoyó a 2 mil 500 proyectos; en 2007, 3 mil 200; y para 2008, después de más de 16 mil visitas de evaluación, se apoyó a más de 5 mil empresas, además ya se incubaron mil 300 proyectos que reciben recursos en el ejercicio 2009. En el caso de las personas con discapacidad entre 2004 y 2007 se apoyó a 115 empresas encabezadas por alguna persona con discapacidad y para el año 2008 tienen registro de apoyo 102 empresas de esas características.

Décima Tercera. Que los ciudadanos diputados integrantes de la Comisión de Economía que dictaminan consideran que aun cuando se han modificado de manera concreta las Reglas de Operación del Fonaes para el ejercicio fiscal 2009, en atención a las recomendaciones del PNUD; a las estrategias temáticas definidas por Naciones Unidas para alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio, al Acuerdo Nacional en Favor de la Economía Familiar y el Empleo, y que los resultados del programa son significativamente positivos, es necesario seguir la evaluación constante de las reglas de operación y los resultados obtenidos.

Décima Cuarta. Que con fundamento en las observaciones y consideraciones antes expuestas los diputados concluyen que es de aprobarse la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Economía a considerar, en virtud de los resultados obtenidos, la simplificación en la siguiente publicación las Reglas de Operación del Fonaes, y con ello hacerlo más accesible a su población objetivo, al mismo tiempo que se evita el uso político-electoral del programa, toda vez que no son necesarios ningún tipo de intermediarios entre la población objetivo y los encargados del programa.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Economía somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía a revisar y, en su caso, considerar la modificación de las Reglas de Operación del Fondo Nacional de Apoyos para Empresas en Solidaridad, con el fin de hacerlo más accesible a su población objetivo.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de abril de 2009.

La Comisión de Economía

Diputados: Adriana Rodríguez Vizcarra Velázquez (rúbrica), presidenta; Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Fausto Fluvio Mendoza Maldonado (rúbrica), Arnulfo Elías Cordero Alfonzo (rúbrica), Enrique Serrano Escobar (rúbrica), Jorge Godoy Cárdenas (rúbrica), secretarios; Jericó Abramo Masso (rúbrica), Narcizo Alberto Amador Leal, Antonio Berber Martínez (rúbrica), Carlos Alberto García González (rúbrica), Miguel Ángel González Salum (rúbrica), Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), Martín Malagón Ríos (rúbrica), Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco (rúbrica), Octavio Martínez Vargas (rúbrica), Susana Monreal Ávila, Alicia Rodríguez Martínez (rúbrica), Mauricio Ortiz Proal, Eduardo Ortiz Hernández, Miguel Ángel Peña Sánchez (rúbrica), Raúl Ríos Gamboa, Ricardo Rodríguez Jiménez, Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Ernesto Ruiz Velasco de Lira, Alejandro Sánchez Camacho (rúbrica), Alberto Amaro Corona (rúbrica), Joaquín Humberto Vela González (rúbrica), Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA A REALIZAR A TRAVÉS DEL PROGRAMA PARA LA AGENDA DE COMPETITIVIDAD EN LOGÍSTICA Y CENTRALES DE ABASTO UN ESTUDIO DESTINADO A DETERMINAR LA FACTIBILIDAD DE INSTALAR UNA CENTRAL DE ABASTO EN MATAMOROS, TAMAULIPAS

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la honorable Cámara de Diputados, correspondiente a la LX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen la proposición con punto de acuerdo presentada por el diputado Carlos Alberto García González del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 21 de enero del 2009.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45 numeral 6 incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 58, 60, 65, 66, 87 y 88 del Reglamento Para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a esta comisión corresponde dictaminar la presente proposición con punto de acuerdo a partir de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en la Cámara de Diputados, el día 21 de enero del 2009, los ciudadanos secretarios dieron cuenta al Pleno de la proposición con punto de acuerdo antes mencionada, suscrita por el diputado Carlos Alberto García González del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en ejercicio del derecho conferido por el artículo 58 del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Segundo. La Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión acordó dar el siguiente trámite "Túrnese a la Comisión de Economía".

Tercero. El legislador propone lo siguiente:

• Exhortar al Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Economía, a través del Programa para la Agenda de Competitividad en Logística y Centrales de Abasto, a realizar un estudio para determinar la factibilidad de instalar una central de abasto en Matamoros, Tamaulipas. Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta comisión dictaminadora formularon las siguientes

Consideraciones

Primera. Que en este mundo de alta competitividad y exigencia por parte de los consumidores, el gobierno federal en coordinación con los estatales y municipales debe buscar formular nuevos proyectos, mecanismos e instrumentos que tengan como objetivo primario mejorar el desempeño económico de la nación, lo que reflejara un grado de bienestar, desarrollo, transformación y nivel de vida mejor en la población.

Segunda. Que para lograr lo anterior, se deberá sin limitaciones estimular, facilitar y apoyar a la formación de una infraestructura más completa, adecuada y moderna que cubra las necesidades que la misma sociedad demanda.

Tercera. Que debido a la inminente desaceleración de la economía mundial, es imperante apoyar y fortalecer nuestro mercado interno y para lograrlo las instituciones de gobierno deben llevar a cabo una serie de acciones que tengan como objetivo coadyuvar al buen desempeño de la economía y fortalecimiento de nuestro mercado interno.

Por eso estimular, facilitar y apoyar a la inversión, a la regionalización y competitividad, a la creación de empleos de valor agregado, al consumo inteligente, al libre mercado, al acceso al financiamiento, a la producción y desarrollo tecnológico, es una tarea inminente.

Cuarta. Que de acuerdo al entorno mundial, el presidente constitucional Felipe Calderón Hinojosa, expresó la importancia de la logística en el Programa Nacional de Infraestructura 2007-2012, señalando como objetivo primario "convertir a México en una de las principales plataformas logísticas del mundo, aprovechando nuestra posición geográfica y nuestra red de tratados internacionales". Por su parte, las centrales de abasto son un eslabón importante en la cadena agroalimentaria porque a través de ellas se comercializa alrededor del 70 por ciento de la producción agrícola nacional de frutas y hortalizas; sin embargo su competitividad se ha visto reducida de manera drástica impactando entre otros canales de distribución al menudeo, los cuales se abastecen de dichas centrales.

Así entonces es que la dinámica de crecimiento demográfico y heterogéneo nivel de desarrollo económico y social han propiciado que el sistema de abasto alimentario no sea funcional ni suficiente, además de que la red de mercados públicos se ha visto obsoleta y con problemas operativos, pero sobre todo afectados por la competencia desleal del comercio ambulante que ha crecido desmedidamente.

Quinta. Que como resultado de lo anterior desde el año 2007 se han atendido y conformado propuestas en materia legislativa y presupuestal, teniendo como principal objetivo la remodelación y restructuración de los centros de abasto y redes de mercados, propiciando la detonación de una actividad económica más controlada y que brinde mejor servicio a la población, fundándose en la importancia de las centrales de abasto vistas como centros logísticos que permitan una comercialización al mayoreo y que impacten favorablemente la cadena de valor de los productos agroalimentarios y faciliten su abasto en las mejores condiciones a la población con la participación de comerciantes mayoristas, distribuidores, transportistas, gobiernos estatales, municipales y el gobierno Federal, llegando así a tener un nuevo y más eficiente sistema nacional para el abasto. Asimismo en el ramo Agricultura se etiquetó en el Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2008, un monto por 600 millones de pesos para equipamiento de agroindustria y centrales de comercialización de productores agropecuarios, lo que impacta directamente en el sector del abasto del país.

Sexta. Que el Programa de Competitividad en Logística y Centrales de Abasto (Prologyca), esta orientado a potenciar las capacidades con que cuenta el país para ofrecer servicios logísticos de clase mundial, incidir en la competitividad de las empresas productoras, comerciales y de servicios instaladas en el país y contribuir a que México se convierta en un hub logístico internacional, lo anterior mediante subsidios a proyectos que fomenten la creación, mejora, eficiencia, disminución de costos, competitividad y sustentabilidad en las empresas instaladas en el país, en lo que respecta a la logística y el abasto y fomentar la incorporación de mejores prácticas de logística.

Séptima. De conformidad con lo anterior podemos considerar que las centrales de abasto resultan ser un sector estratégico y prioritario en materia económica por lo que se deben respaldar las propuestas que busquen conformar y fortalecer a éste, ya que por ese conducto se logra detonar el desarrollo económico de una región, obteniendo con ello una comercialización al mayoreo que impacte favorablemente en los precios y calidad de los productos agroalimentarios, facilitando su abasto y brindando una proveeduría óptima a la población, lo que de igual manera vemos como un efecto cascada que beneficia directa e indirectamente diferentes sectores de la economía, desde el sector productivo agrícola, hasta el comercial al menudeo y al mismo consumidor final, reflejando un bienestar en la economía no solo a nivel macro sino también en propia economía familiar.

Octava. Que de acuerdo a los argumentos vertidos en las consideraciones anteriores es que los ciudadanos diputados que integran la comisión que dictamina, reconocen la necesidad y urgencia de fortalecer la economía nacional para contribuir a la mejora en la calidad de vida de los mexicanos; en pleno conocimiento de que el sector abasto alimentario representa a más de 50 mil unidades de negocio, cerca de 1 millón 500 mil empleos directos y más de 3 millones de empleos indirectos y que el 70 por ciento de los alimentos que se consumen en México pasan por las centrales de abasto y no obstante ello, este sector no cubre por mucho la demanda y necesidades de la población siendo necesario realizar las acciones necesarias para que este sector crezca y fortalezca.

Por las consideraciones anteriormente expuestas la que dictamina somete a consideración del Pleno el siguiente:

Acuerdo

Único. Se exhorta al Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Economía, a través del Programa para la Agenda de Competitividad en Logística y Centrales de Abasto, a realizar un estudio para determinar la factibilidad de instalar una central de abasto en Matamoros, Tamaulipas.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 2 días del mes de abril de 2009.

La Comisión de Economía

Diputados: Adriana Rodríguez Vizcarra Velásquez (rúbrica), presidenta; Carlos Armando Reyes López (rúbrica), Jorge Alejandro Salum del Palacio (rúbrica), Fausto Fluvio Mendoza Maldonado (rúbrica), Arnulfo Elías Cordero Alfonzo (rúbrica), Enrique Serrano Escobar (rúbrica), Jorge Godoy Cárdenas (rúbrica), secretarios; Jericó Abramo Masso (rúbrica), Narcizo Alberto Amador Leal, Antonio Berber Martínez (rúbrica), Carlos Alberto García González (rúbrica), Miguel Ángel González Salum (rúbrica), Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Luis Xavier Maawad Robert (rúbrica), Martín Malagón Ríos (rúbrica), Octavio Martínez Vargas (rúbrica), Susana Monreal Ávila, Alicia Rodríguez Martínez (rúbrica), Mauricio Ortiz Proal, Eduardo Ortiz Hernández, Miguel Ángel Peña Sánchez (rúbrica), Raúl Ríos Gamboa, Ricardo Rodríguez Jiménez, Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Ernesto Ruiz Velasco de Lira, Alejandro Sánchez Camacho (rúbrica en abstención), Alberto Amaro Corona (rúbrica), Joaquín Humberto Vela González (rúbrica), Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, CON PUNTO DE ACUERDO RELATIVO AL CUMPLIMIENTO DE LA RECOMENDACIÓN DE LA CNDH 45/2006, DIRIGIDA AL GOBERNADOR DE SONORA CON MOTIVO DEL FALLECIMIENTO DEL NIÑO ISMAEL MONDRAGÓN MOLINA EN EL HOSPITAL INFANTIL DE ESA ENTIDAD

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos, con fundamento en los artículos 39, y 45, numeral 6, e incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículo 65, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a la honorable asamblea el siguiente:

Dictamen

Antecedentes

A las Comisión de Derechos Humanos le fue turnada para su estudio y dictamen la proposición con punto de acuerdo relativo al cumplimiento de la recomendación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos 45/2006, dirigida al gobernador de Sonora, con motivo del fallecimiento del niño Ismael Mondragón Molina, en el hospital infantil de esa entidad, presentado por el diputado Fernando Enrique Mayans Canabal, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 10 de abril de 2009.

Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

Exhortar a las autoridades involucradas en el caso de Ismael Mondragón Molina, a actuar de manera expedita y observar la recomendación 45/2006, emitida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y dirigida al gobernador de Sonora, en torno de la queja presentada por el ciudadano Edgar Mondragón Bustamante, padre del niño Ismael Mondragón Molina, quien perdiera la vida a consecuencia de las inconsistencias presentadas durante la intervención quirúrgica a que fue sometido por la craneosinostosis que le fue diagnosticada y corroborada por médicos del hospital infantil situado en Hermosillo, Sonora.

Consideraciones

Para los diputados de esta comisión es difícil entender cómo, por una presunta irresponsabilidad o negligencia médica, se presente el fallecimiento de un paciente; aún más cuando se trate de un menor de cuatro meses de edad, el cual fallece en el procedimiento quirúrgico, y a casi cinco años de distancia de los hechos no se ha logrado que los responsables paguen por ellos.

El Congreso de Sonora, de donde era originario Ismael Mondragón Molina, se pronunció, mediante acuerdo del 22 de marzo de 2007, por el que emitió exhorto para que las autoridades jurisdiccionales y administrativas que conocen del presente asunto resuelvan las pretensiones planteadas por el ciudadano Edgar Mondragón Bustamante, padre de Ismael Mondragón Molina, y a dos años de distancia de este acuerdo no se tiene ningún avance en el proceso para sancionar a los responsables.

Estimamos muy delicada esta falta de atención para este asunto, lo que está de por medio es el fallecimiento de un ser humano, hecho que sin duda no se puede corregir, pero se debe castigar a quien lo provocó, para que los padres del hoy occiso recuperen la confianza y credibilidad en sus autoridades. Recordemos que todo estado de derecho cumple con sus gobernados, y una parte de ese cumplimiento se realiza a través de sus órganos encargados de hacer justicia.

De igual forma, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Sonora, a petición de los interesados y encontrando los elementos para pronunciarse, emitió una recomendación dirigida al secretario de Salud de Sonora en los siguientes términos: que de inmediato instruya al órgano administrativo que corresponda para que se investiguen los hechos relacionados con el fallecimiento del menor Ismael Mondragón, en el Hospital Infantil de Sonora, los servicios que cada médico involucrado prestó, así como los profesionales técnicos y auxiliares del mencionado hospital para determinar el grado de responsabilidad de los involucrados y, en su oportunidad, se les impongan las sanciones administrativas y penales correspondientes.

Por otro lado, el 9 de marzo de 2006, la comisión estatal notificó al señor Édgar Mondragón Bustamante de las actuaciones que la Secretaría de Salud de Sonora había realizado para dar cumplimiento a la recomendación, y al manifestar éste su inconformidad, en la misma fecha presentó el recurso de impugnación, que fue recibido en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos el 2 de mayo de 2006.

En consecuencia, la comisión nacional, el 21 diciembre de 2006, declaró insuficiente el cumplimiento de la recomendación 07/2005, emitida por la comisión estatal, y por ello, mediante la recomendación 45/2006, se le solicitó al gobernador de Sonora que girase instrucciones al secretario de Salud en esa entidad federativa para que a la brevedad se dé cumplimiento a la recomendación 07/2005, emitida por la Comisión estatal de Derechos Humanos de Sonora el 2 de agosto de 2005, así como el seguimiento al procedimiento administrativo iniciado por el titular del Órgano de Control y Desarrollo Administrativo del Hospital Infantil de Sonora en contra de los servidores públicos de ese nosocomio, y se informe a esta comisión nacional sobre la resolución final que se emita en el procedimiento; asimismo, que gire instrucciones para que se otorgue la reparación del daño ocasionado a los familiares del menor que en vida llevó el nombre de Ismael Mondragón Molina, como consecuencia de la responsabilidad institucional.

Con esta relatoría de hechos, para los diputados de esta Comisión de Derechos Humanos, resulta difícil de entender porqué no se ha actuado en contra de los responsables, cuando por diferentes vías e instancias se ha solicitado una mayor investigación de los hechos para fincarles responsabilidad a los involucrados. Por eso esta comisión dictamina en sentido positivo el presente punto de acuerdo.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Comisión de Derechos Humanos somete a la consideración de la honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados, con absoluto respeto del principio de colaboración de los poderes, exhorta a todas las autoridades involucradas en este caso a actuar de manera expedita y a observar con la mayor brevedad la recomendación que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió en torno a la queja presentada por el ciudadano Edgar Mondragón Bustamante, padre del niño Ismael Mondragón Molina, quien perdiera la vida a consecuencia de las inconsistencias presentadas durante la intervención quirúrgica a que fue sometido por la craneosinostosis que le fue diagnosticada y corroborada por médicos del hospital infantil situado en Hermosillo, Sonora.

Salón de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos, Palacio Legislativo de San Lázaro, México, D F, a 25 de marzo de 2009.

La Comisión de Derechos Humanos

Diputados: Omeheira López Reyna (rúbrica), presidenta; Arturo Flores Grande (rúbrica), María Dolores González Sánchez (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Yary del Carmen Gebhardt Garduza (rúbrica), María Mercedez Maciel Ortíz, secretarios; José Antonio Almazán González, Silvia Emilia Degante Romero, Nemesio Domínguez Domínguez (rúbrica), Adriana Dávila Fernández (rúbrica), Martha Cecilia Díaz Gordillo (rúbrica), Rutilio Cruz Escandón Cadenas, Jorge Justiniano González Betancourt (rúbrica), Sonia Nohelia Ibarra Fránquez, José Jacques y Medina (rúbrica), María Soledad Limas Frescas (rúbrica), Alberto López Rojas (rúbrica), Rubí Laura López Silva, Dolores de María Manuell-Gómez Angulo, Carlos Alberto Navarro Sugich (rúbrica), José Guadalupe Rivera Rivera, Rosa Elva Soriano Sánchez (rúbrica), Eva Angelina Sánchez Valdez, Jesús Humberto Zazueta Aguilar, Patricia Obdulia de Jesús Castillo Romero (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE JUSTICIA, CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA INFORMACIÓN RESPECTO A LOS PROGRAMAS, ACCIONES Y RESULTADOS DEL COMBATE DE LOS DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LX Legislatura fue turnada, para estudio y dictamen, proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a instruir a la PGR la creación de una fiscalía especial para prevenir delitos contra el patrimonio cultural y la atención del tráfico de bienes culturales.

Antecedentes

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en fecha 11 de diciembre de 2008, el diputado Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a instruir a la PGR la creación de una fiscalía especial para prevenir delitos contra el patrimonio cultural y la atención del tráfico de bienes culturales.

En esa misma fecha la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó dicha proposición a la Comisión de Justicia para estudio y dictamen correspondiente.

Contenido del punto de acuerdo

El proponente plantea que, en la actualidad, el comercio ilegal de bienes culturales es un delito lamentablemente muy frecuente. Los estados, particularmente del sureste y occidente del país, son los que registran una mayor incidencia de saqueo arqueológico, de acuerdo a la información ofrecida por el Instituto Nacional de Antropología e Historia y su coordinación con instancias internacionales, que ilustra que los bienes saqueados tienen como destino principal Estados Unidos de América, Japón y países europeos, donde llegan a coleccionistas particulares, así como a museos privados y estatales. Este problema ha generado una serie de convenios internacionales en los últimos dos años, que han permitido la recuperación de cerca de 300 piezas.

Uno de los motivos principales para contar con una fiscalía especializada en el tráfico de bienes culturales refiere que es el hecho de que el comercio ilícito de bienes culturales es el tercero o cuarto delito más frecuente en el ámbito internacional, después del narcotráfico y del tráfico de armas.

Consideraciones

La comisión realizó el estudio y el análisis del planteamiento contenido en la proposición con punto de acuerdo, objeto de este dictamen, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar éste.

Esta Comisión de Justicia coincide con el proponente en que los bienes culturales son propiedad de la nación y representan parte de nuestra historia y nuestra identidad, por lo que es primordial su cuidado, así como la correcta persecución de los delitos en esta materia.

Sin embargo, desconocemos los programas y acciones que la Procuraduría General de la República tiene para combatir el robo o daño de estos bienes culturales. También sería importante contar con información precisa respecto a las estadísticas de los delitos en esta materia para poder establecer si realmente es necesaria la creación de una fiscalía especial o si los programas que se tienen han cumplido eficazmente con el combate de los delitos en contra de los bienes culturales de la nación.

Por lo anterior esta Comisión de Justicia resuelve lo siguiente:

Único. Se solicita respetuosamente a la Procuraduría General de la República información respecto a los programas, acciones y, en su caso, resultados del combate de los delitos contra el patrimonio cultural de la nación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de marzo de 2009.

La Comisión de Justicia

Diputados: César Camacho Quiroz (rúbrica), presidente; Carlos Alberto Navarro Sugich (rúbrica), Miguel Ángel Arellano Pulido (rúbrica), Jorge Mario Lescieur Talavera (rúbrica), Gerardo Sosa Castelán, Verónica Velasco Rodríguez (rúbrica), secretarios; Mónica Arriola, Alliet Mariana Bautista Bravo, Luis Enrique Benítez Ojeda (rúbrica), Liliana Carbajal Méndez, Patricia Castillo Romero (rúbrica), Raúl Cervantes Andrade, Claudia Lilia Cruz Santiago (rúbrica), Jesús de León Tello (rúbrica), Antonio de Jesús Díaz Athié (rúbrica), Arturo Flores Grande (rúbrica), Silvano Garay Ulloa (rúbrica), Violeta del Pilar Lagunes Viveros (rúbrica), Andrés Lozano Lozano, Omeheira López Reyna (rúbrica), Victorio Rubén Montalvo Rojas (rúbrica), Jesús Ricardo Morales Manzo (rúbrica), Mario Eduardo Moreno Álvarez (rúbrica), Édgar Armando Olvera Higuera, María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega, Alfredo Adolfo Ríos Camarena, Yadhira Yvette Tamayo Herrera.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE JUSTICIA, CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA AL PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA QUE INFORME SOBRE LOS PROGRAMAS, ACCIONES Y CAPACITACIÓN EN ESA INSTITUCIÓN PARA PROPORCIONAR ATENCIÓN APROPIADA Y SERVICIO DE CALIDAD A PERSONAS CON DISCAPACIDAD, A FIN DE GARANTIZAR SUS DERECHOS

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente proposición con punto de acuerdo:

Para exhortar al titular de la Procuraduría General de la República a que acuerde la creación de la agencia del ministerio público federal especializada para la atención de personas con discapacidad, en dicha institución.

Antecedentes

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el 13 de diciembre de 2007, el diputado Obdulio Ávila Mayo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar al titular de la Procuraduría General de la República a que acuerde la creación de la agencia del ministerio público federal especializada para la atención de personas con discapacidad, en dicha institución.

En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó dicha proposición a la Comisión de Justicia para su estudio y dictamen correspondiente.

Contenido del punto de acuerdo

El proponente plantea que, según la Organización Mundial de la Salud, en México existen 10 millones de personas con discapacidad; de éstos, el 2.3 por ciento tiene una discapacidad severa. Sin embargo, y en contraste con los datos de la Organización Mundial de la Salud, el Censo Nacional de Población y Vivienda 2000, realizado por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, reporta cifras que parecen subestimar de manera importante la magnitud del problema, ya que únicamente informa la existencia de 2.2 millones de mexicanos con algún tipo de discapacidad, lo que representa 2.3 por ciento de la población total del país.

Señala que cada discapacidad enfrenta retos distintos en todos los ámbitos del quehacer humano, y quienes presentan una marcada vulnerabilidad en los temas relativos a la procuración y administración de justicia son aquellos que tienen una discapacidad intelectual, visual o auditiva, ya sea como víctimas de un delito o como infractores de una norma penal.

Refiere que abundan los casos en los que personas con discapacidad intelectual son utilizadas como instrumentos para la comisión de delitos contra la salud. Quienes lo hacen, sabedores de su condición y sin escrúpulos, los exponen a ser maltratados o vejados, dejándolos a su suerte sin la menor consideración.

Diversas organizaciones no gubernamentales, como la Confederación Mexicana de Organizaciones a favor de la Persona con Discapacidad Intelectual, AC, arguyen que en reclusorios y centros de readaptación social existe, inexplicablemente, una población de personas con discapacidad intelectual involucrada en delitos contra la salud, resultado, casi siempre, de un nulo diagnóstico para considerarlos como inimputables y tomar las medidas de seguridad establecidas en la ley.

Otro grupo igualmente sensible a estas infamantes prácticas es el de las personas con discapacidad auditiva, quienes requieren de la ayuda de un intérprete, ya sea ante el Ministerio Público en la etapa indagatoria o ante el juez en el proceso penal.

De acuerdo con estadísticas de población penitenciaria vulnerable, proporcionadas por la Secretaría de Seguridad Pública, a través de su Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social, se confirma la existencia de, por lo menos, 11 mil 852 personas con discapacidad, que actualmente son internos de reclusorios y centros de readaptación social.

Lo anterior, aduce, pone de manifiesto la falta de sensibilidad y profesionalismo del Ministerio Público, para hacer un diagnóstico adecuado para pronunciarse sobre la inimputabilidad como excluyente de responsabilidad penal.

Por lo anterior, es que propone exhortar al Procurador General de la República a crear la agencia del ministerio público federal especializada para la atención de personas con discapacidad.

Consideraciones

La comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis del planteamiento contenido en la proposición con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el mismo.

Esta comisión considera fundamental el apoyo a las personas con discapacidad para que se encuentren en igualdad de condiciones ante la ley, por lo que es para nosotros muy importante que se diseñen reformas legales, a fin de garantizar el acceso efectivo a la justicia de este sector de la población.

Ahora bien, toda vez que no se cuenta con elementos suficientes para determinar la necesidad de la creación de una agencia del ministerio público federal especializada para la atención de personas con discapacidad, además de que los delitos son de naturaleza variada, por lo que lo idóneo sería impulsar la capacitación adecuada de todos los agentes del Ministerio Público, para cumplir con tales fines. Por ello, se estima que lo conveniente es solicitar a la Procuraduría General de la República información relativa a los programas, acciones y capacitación, en su caso, que se lleva a cabo para proporcionar una atención apropiada y un servicio de calidad a personas con discapacidad, tendientes a garantizar sus derechos.

Por todo lo anterior, esta Comisión de Justicia

Resuelve

Primero. Se solicita al procurador general de la República que informe a esta soberanía sobre los programas, acciones y capacitación, en su caso, que se llevan a cabo en la institución a su cargo para proporcionar una atención apropiada y un servicio de calidad a personas con discapacidad, tendientes a garantizar sus derechos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de marzo de 2009.

La Comisión de Justicia

Diputados: César Camacho Quiroz (rúbrica), presidente; Carlos Alberto Navarro Sugich (rúbrica), Miguel Ángel Arellano Pulido (rúbrica), Jorge Mario Lescieur Talavera (rúbrica), Gerardo Sosa Castelán, Verónica Velasco Rodríguez (rúbrica), secretarios; Mónica Arriola, Alliet Mariana Bautista Bravo, Luis Enrique Benítez Ojeda (rúbrica), Liliana Carbajal Méndez, Patricia Castillo Romero (rúbrica), Raúl Cervantes Andrade, Claudia Lilia Cruz Santiago (rúbrica), Jesús de León Tello (rúbrica), Antonio de Jesús Díaz Athié (rúbrica), Arturo Flores Grande (rúbrica), Silvano Garay Ulloa (rúbrica), Violeta del Pilar Lagunes Viveros (rúbrica), Andrés Lozano Lozano, Omeheira López Reyna, (rúbrica), Victorio Rubén Montalvo Rojas (rúbrica), Jesús Ricardo Morales Manzo (rúbrica), Mario Eduardo Moreno Álvarez (rúbrica), Édgar Armando Olvera Higuera, María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega, Alfredo Adolfo Ríos Camarena, Yadhira Yvette Tamayo Herrera.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE EQUIDAD Y GÉNERO, CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LOS GOBIERNOS Y CONGRESOS LOCALES DE LOS ESTADOS DE GUANAJUATO, QUERÉTARO Y OAXACA A ARMONIZAR SU LEGISLACIÓN CON LA LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Equidad y Género de la Cámara de Diputados fue turnada, para estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a los gobernadores y a los Congresos de Guanajuato, Oaxaca, Tabasco y Michoacán a armonizar su legislación local con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, presentada por la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Alternativa.

La Comisión de Equidad y Género, con fundamento en los artículos 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, el cual se realiza de acuerdo con la siguiente

Metodología

La comisión dictaminadora desarrolló su trabajo conforme al siguiente procedimiento:

I. En el capítulo de antecedentes se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen del referido punto de acuerdo y del trabajo previo de la comisión.

II. En el capítulo correspondiente al contenido del punto de acuerdo se exponen los motivos y el alcance de la propuesta en estudio; asimismo, se hace una breve referencia de los temas que la componen.

III. En el capítulo de consideraciones, la comisión expresa los argumentos de valoración de la propuesta y los motivos que sustentan el resolutivo del dictamen respecto al punto de acuerdo en análisis.

I. Antecedentes

En sesión de Pleno de la Cámara de Diputados celebrada el 9 de diciembre de 2008, la diputada Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Alternativa, presentó la proposición con punto de acuerdo para exhortar a los gobernadores y a los Congresos de Guanajuato, Oaxaca, Tabasco y Michoacán a armonizar su legislación local con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

En la misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la proposición en comento a la Comisión de Equidad y Género, para estudio y dictamen.

II. Contenido del punto de acuerdo

La iniciadora señala que desde que fue promulgada la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, como una respuesta a diversos compromisos del Estado mexicano con instrumentos internacionales en materia de violencia de género y no discriminación donde se promueven los derechos fundamentales de las mujeres y crea condiciones para disfrutar de los derechos humanos y de la libertad.

Con ello, la ley considera las bases de coordinación en los tres ámbitos de gobierno para atender estos compromisos; asimismo, en el artículo octavo transitorio establece que los estados deben promover las reformas necesarias de su legislación local en un término no mayor de seis meses, contados a partir de la entrada en vigor de la ley.

Aunado a ello, señala que como parte de esos compromisos, el 8 de marzo de 2007 los tres Poderes de la Unión firmaron el Acuerdo Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, donde se comprometen a promover acciones afirmativas para fomentar una vida sin violencia ni discriminación y una auténtica cultura para la igualdad.

Asimismo, resalta que en Guanajuato, Oaxaca, Tabasco y Michoacán, la incidencia de violencia de género y de discriminación es muy alta y por ello para garantizar el acceso de las mujeres a vivir libres de violencia mediante la armonización legislativa ayuda a crear un escenario propicio para lograr un sistema de impartición de justicia con perspectiva de género.

III. Consideraciones

La Comisión de Equidad y Género coincide con lo expuesto por la diputada proponente, ya que la firma de diversos instrumentos internacionales en materia de igualdad entre mujeres y hombres es un logro significativo en el combate de la violencia de género; sin embargo, es necesario que dichos instrumentos constituyan el paraguas de una legislación nacional y local para contrarrestar los fenómenos sociales que de diversas formas afectan a las mujeres, especialmente los que implican la violación de su derecho a la vida y la seguridad de su integridad física y psicoemocional.

Es de fundamental importancia dar impulso a las reformas jurídicas que permitan a las mujeres acceder a sus derechos fundamentales; al mismo tiempo, sancionar a quienes los transgreden, aun cuando se trate del propio Estado, ya que contar con un marco jurídico que prevea medidas de protección para las mujeres que se encuentren en situación de riesgo o peligro es sólo el primer paso para que las prácticas jurídicas y consuetudinarias que respalden la persistencia o tolerancia de la violencia contra la mujer sean erradicadas, dando paso al verdadero acceso de las mujeres a una vida libre de violencia.

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia establece condiciones jurídicas para brindar seguridad a todas las mujeres del país, sin ser exclusiva de una localidad y obligatoria para los tres niveles de gobierno para que éstos apliquen las políticas públicas necesarias para dar respuesta a las demandas de la población.

Además, la legislación pretende involucrar a las autoridades para que vigilen el eficaz cumplimiento de los programas sobre la no violencia contra las mujeres, como complemento de la labor legislativa que en el marco del federalismo habrá de aplicarse en todas las entidades federativas.

De ahí que sea importante resaltar algunos de los objetivos de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia:

• Proteger el derecho de las mujeres y las niñas a llevar una vida libre de violencia; establece las bases de coordinación para la prevención, protección y asistencia a las mujeres y a las niñas con objeto de erradicar la violencia que se ejerce contra ellas.

• Plantea que desde el Estado se realicen acciones para erradicar la violencia de género, y se señala que éste debe garantizar la seguridad e integridad de las víctimas mediante el otorgamiento de órdenes de protección y la intervención policial correspondiente, en los casos de violencia familiar o de violación.

• Establece la obligación de los Poderes Legislativos federal y locales de tipificar el delito de violencia familiar, además de establecerla como causal de divorcio, de pérdida de la patria potestad y de restricción para el régimen de visitas, así como el impedimento para la guarda y custodia de niños y de niñas.

• Obliga al Estado a destinar recursos suficientes para enfrentar la violencia contra las ellas; a los Congresos locales, a legislar en la materia; y a las autoridades, a garantizar, mediante políticas gubernamentales, la atención, sanción y erradicación de la violencia, desde el municipio hasta la federación.

Aunado a esos objetivos, se derivan responsabilidades para los Congresos y los gobiernos estatales, que se encuentran fundamentados en los artículos 49 y 50, que señalan:

Sección Novena

De las Entidades Federativas

Artículo 49. Corresponde a las entidades federativas, de conformidad con lo dispuesto en esta ley y los ordenamientos locales aplicables en la materia:

I. Instrumentar y articular sus políticas públicas en concordancia con la política nacional integral desde la perspectiva de género para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres;

II. Ejercer sus facultades reglamentarias para la aplicación de la presente ley;

VI. Integrar el sistema estatal de prevención, erradicación y sanción de la violencia contra las mujeres e incorporar su contenido al sistema;

VII. Promover, en coordinación con la federación, programas y proyectos de atención, educación, capacitación, investigación y cultura de los derechos humanos de las mujeres y de la no violencia, de acuerdo con el programa;

VIII. Impulsar programas locales para el adelanto y desarrollo de las mujeres y mejorar su calidad de vida;

IX. Proveer de los recursos presupuestarios, humanos y materiales, en coordinación con las autoridades que integran los sistemas locales, a los programas estatales y el programa;

X. Impulsar la creación de refugios para las víctimas conforme al modelo de atención diseñado por el sistema;

XIV. Rendir un informe anual sobre los avances de los programas locales;

XX. Impulsar reformas, en el ámbito de su competencia, para el cumplimiento de los objetivos de la presente ley, así como para establecer como agravantes los delitos contra la vida y la integridad cuando éstos sean cometidos contra mujeres por su condición de género;

Las autoridades federales harán las gestiones necesarias para propiciar que las autoridades locales reformen su legislación, para considerar como agravantes los delitos contra la vida y la integridad corporal cometidos contra mujeres.

Y del artículo octavo transitorio: Artículo Octavo. En un marco de coordinación, las legislaturas de los estados promoverán las reformas necesarias en la legislación local, previstas en las fracciones II y XX del artículo 49, dentro de un término de seis meses, contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley. De ahí que la protección de las mujeres mediante instrumentos jurídicos eficaces que establezcan las bases mínimas para lograr una vida libre de violencia en cualquiera de sus modalidades sea una responsabilidad tanto de la federación como de los estados y los municipios, pero más aún de los Congresos estatales, pues ellos deben estar conscientes de la realidad social que viven las mujeres respecto a la administración y al acceso a la justicia y a la protección de su integridad.

De ahí que esta comisión considere pertinente hacer un atento llamado a los gobernadores y Congresos locales para que emitan una ley que combata la violencia de género. En ese sentido, la dictaminadora propone una redacción para exhortar a los estados que aún no cuentan con tan importante instrumento jurídico.

De esa manera, el exhorto se realizará a los estados de Guanajuato, Querétaro y Oaxaca solamente, ya que de las entidades federativas y el Distrito Federal, 31 han aprobado su legislación en materia de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia; sólo falta Guanajuato, mientras que no las han publicado Querétaro, donde se aprobó en octubre de 2008, y Oaxaca, que la aprobó en febrero del presente año.

Por lo expuesto, la Comisión de Equidad y Género somete a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a los gobiernos y a los Congresos de Guanajuato, Querétaro y Oaxaca a efecto de que, en cumplimiento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, emitan o publiquen, según el caso, una legislación local que atienda, prevenga, sancione y erradique la violencia de género.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2009.

La Comisión de Equidad y Género

Diputados: Maricela Contreras Julián (rúbrica), presidenta; Nelly Asunción Hurtado Pérez, Mirna Cecilia Rincón Vargas (rúbrica), Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez (rúbrica), Martha Angélica Tagle Martínez (rúbrica), Ana María Ramírez Cerda, secretarias; Alma Xóchil Cardona Benavidez, María Mercedes Corral Aguilar, Beatriz Eugenia García Reyes, María Hilda Medina Macías, Lizbeth Evelia Medina Rodríguez (rúbrica), Rocío del Carmen Morgan Franco, María Soledad Limas Frescas (rúbrica), Gerardo Priego Tapia, Ivette Jacqueline Ramírez Corral (rúbrica), Laura Angélica Rojas Hernández, Maribel Luisa Alva Olvera (rúbrica), Irene Aragón Castillo (rúbrica), Aurora Cervantes Rodríguez, Claudia Lilia Cruz Santiago (rúbrica), Holly Matus Toledo, David Sánchez Camacho (rúbrica), Guillermina López Balbuena (rúbrica), Lilia Guadalupe Merodio Reza, Mayra Gisela Peñuelas Acuña (rúbrica), Martha Rocío Partida Guzmán (rúbrica), Blanca Luna Becerril (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE EQUIDAD Y GÉNERO, CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL CONGRESO DE TABASCO A ARMONICE SU LEGISLACIÓN EN MATERIA DEL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA Y DE IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Equidad y Género de la Cámara de Diputados le fue turnada para su estudio y dictamen la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Congreso de Tabasco a armonizar su legislación, en materia del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y de igualdad entre mujeres y hombres, presentada por el diputado Gerardo Priego Tapia, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

La Comisión de Equidad y Género, con fundamento en los artículos 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable asamblea, el presente dictamen el cual se realiza de acuerdo con la siguiente

Metodología

I. En el capítulo "antecedentes" se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida iniciativa y de los trabajos previos de las comisiones.

II. En el capítulo "contenido de la proposición" se exponen los motivos y alcance de la propuesta en estudio; asimismo, se hace una breve referencia de los temas que la componen.

III. En el capítulo "consideraciones", la comisión expresa los argumentos de valoración de la propuesta y los motivos que sustentan el resolutivo del dictamen a la proposición en análisis.

I. Antecedentes

En sesión celebrada el 11 de diciembre de 2008 por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el diputado Gerardo Priego Tapia, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar al Congreso de Tabasco a que expida las disposiciones legales para promover la igualdad entre hombres y mujeres.

En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la iniciativa en comento a la Comisión de Equidad y Género, para su estudio y posterior dictamen.

II. Contenido de la proposición

El iniciador menciona que la suscripción de instrumentos del derecho internacional es parte de la política exterior del Estado mexicano, de acuerdo a los principios que señala la Constitución.

Señala que actualmente México forma parte de casi todos los instrumentos internacionales de derechos humanos y que se ha actualizado nuestro orden jurídico; sin embargo, el país tiene un rezago en la armonización de su derecho interno, federal y local con el contenido de los tratados y convenciones.

Refiere que el artículo 133 de la Constitución establece que los tratado celebrados por el presidente de la República con aprobación del Senado serán ley suprema; la Suprema Corte de Justicia de la Nación considera del orden jurídico los tratados internacionales colocándolos en un segundo plano; inmediatamente debajo de la Constitución y por encima de la leyes federales y locales.

El autor de la proposición sostiene que la armonización jurídica es necesaria si el orden jurídico no contempla los derechos que los instrumentos internacionales prevén o si su estándar de protección es menor a lo que establecen.

La armonización a la que se refiere la iniciativa se relaciona con el ámbito de lo penal, civil y administrativo, y sobre todo con la homologación de las definiciones relacionadas con las distintas formas de violencia contra las mujeres y con la actualización de las leyes de Tabasco, fundamentado en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres, y los tratados internacionales en la materia, de los que México ha sido parte.

Refiere que en México, a nivel federal, se cuenta con dos leyes para disminuir la violencia hacia las mujeres y hacer efectiva la equidad de género; la Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres, que en su artículo 14 establece que los Congresos de los estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal expedirán las disposiciones legales para promover los principios, políticas y objetivos que sobre igualdad entre hombres y mujeres prevé la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos.

De igual forma, menciona que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en su artículo 49 establece que corresponde a las entidades federativas ejercer sus facultades reglamentarias para la aplicación de la presente ley e impulsar reformas en el ámbito de su competencia, así como establecer como agravantes los delitos contra la vida y la integridad cuando estos sean cometidos contra mujeres, por su condición de género; y que el artículo octavo transitorio estipula que en un marco de coordinación, las legislaturas de los Estados promoverán las reformas necesarias a la legislación local, previstas en el artículo 49, dentro de un término de seis meses contados a partir de la entrada en vigor.

Refiere que en Tabasco, según la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones de los Hogares 2006, 48 de cada 100 mujeres de 15 años y más han experimentado algún tipo de violencia, que a nivel nacional el 15.9 por ciento de las mujeres manifestaron sufrir agresiones o maltratos, mientras que en Tabasco el 18.6 por ciento de las mujeres declararon haber sido sujetos de esta clase de incidentes.

Finalmente, la proposición contiene los siguientes resolutivos:

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Congreso de Tabasco a fin de que expida las disposiciones legales necesarias para promover los principios, políticas y objetivos que, sobre la igualdad entre mujeres y hombres, prevén la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley general para la Igualdad entre Hombres y Mujeres y los tratados internacionales de los que, en la materia, México es parte.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Congreso de Tabasco con objeto de que promueva las reformas necesarias, en el ámbito de la legislación penal, civil y administrativa, encaminadas a la homologación de las definiciones relacionadas con las distintas formas de violencia contra las mujeres y con la actualización de las leyes de Tabasco, de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y a los tratados internacionales de los que, en la materia, México es parte.

III. Consideraciones

Esta comisión coincide con el proponente en la importancia de la armonización legislativa.

El papel que tradicionalmente han desempeñado mujeres y hombres en la sociedad está experimentando una importante transformación. La mayor participación de las mujeres en el mercado laboral, su acceso a todos los niveles educativos, su mayor acceso a la formación y a la cultura y, en menor medida, a los ámbitos de toma de decisiones, está generando cambios sociales favorables para el avance en el camino hacia la igualdad de mujeres y hombres.

Sin embargo, los datos sobre el mercado laboral, la participación sociopolítica, la realización del trabajo doméstico, la violencia contra las mujeres, y la pobreza, entre otros, siguen mostrando la existencia de una jerarquización en las relaciones y la posición social de los hombres y las mujeres, que tiene su origen en los estereotipos y patrones socioculturales de conducta en función del sexo que asignan; a las mujeres la responsabilidad del ámbito de lo doméstico y a los hombres la del ámbito público, sobre la base de una muy desigual valoración y reconocimiento económico y social.

La desigualdad y discriminación no es solo por sexo, ya que muchas mujeres padecen otras discriminaciones derivadas de factores como la raza, origen étnico, lengua, edad, discapacidad y orientación sexual, lo que en la mayoría de las ocasiones condiciona el ejercicio pleno de los derechos inherentes de las mujeres.

Por otra parte, va siendo creciente el consenso social con relación a la aceptación del derecho a la igualdad de las mujeres por lo que respecta al empleo, la participación socio política, la autonomía económica, al disfrute del tiempo, así como sobre la necesidad, conveniencia y justicia de que los hombres participen más y sean corresponsables de las obligaciones del ámbito doméstico.

La aspiración es a tener una sociedad en la que mujeres y hombres tengan una participación igualitaria en los ámbitos público y doméstico, en la que se articule una relación no jerarquizada entre mujeres y hombres y entre la reproducción y la producción, en la que el valor del trabajo no dependa de si es realizado por mujeres u hombres, y en la que se haga un mejor uso de las potencialidades de todas las personas y colectivos.

El reto en estos momentos está en garantizar la aplicación práctica y efectiva del derecho a la igualdad, reconocido formalmente en los textos legales; y, en este sentido, decimos que el principio de igualdad de mujeres y hombres, así como la expresa prohibición de cualquier tipo de discriminación por razón de sexo, están recogidos en diferentes normas jurídicas.

En México contamos con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres que plantean mecanismos y medidas concretas para conseguir que las administraciones públicas lleven a cabo políticas y actuaciones más incisivas, de cara a eliminar este fenómeno estructural y universal de la desigualdad entre mujeres y hombres, el cual siempre o casi siempre trascienden hacia la violencia de género.

El proceso de armonización parte de reconocer que la violencia contra las mujeres es una violación a los derechos humanos, se basa en la asimetría de poder y, por tanto, elimina la conciliación, además de ser un indicador del desempeño gubernamental y grado de desarrollo.

Esta dictaminadora coincide con el promovente y estima que con, el fin de que surta los efectos que se busca, se propone unificar los resolutivos. Por lo antes expuesto, la Comisión de Equidad y Género, somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente:

Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Congreso de Tabasco a fin de que expida las disposiciones legales necesarias y modifique la legislación penal, civil y administrativa para promover los principios, políticas y objetivos que, sobre la igualdad entre mujeres y hombres, y las distintas formas de violencia de género prevén la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales de los que, en la materia, México es parte y las leyes federales.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 días de abril de 2009.

La Comisión de Equidad y Género

Diputados: Maricela Contreras Julián (rúbrica), presidenta; Nelly Asunción Hurtado Pérez, Mirna Cecilia Rincón Vargas (rúbrica), Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez (rúbrica), Ana María Ramírez Cerda, Martha Angélica Tagle Martínez (rúbrica), secretarias; Alma Xóchitl Cardona Benavidez (rúbrica), María Mercedes Corral Aguilar, Beatriz Eugenia García Reyes, María Hilda Medina Macías, Lizbeth Evelia Medina Rodríguez (rúbrica), Rocío del Carmen Morgan Franco, María Soledad Limas Frescas (rúbrica), Gerardo Priego Tapia, Ivette Jacqueline Ramírez Corral (rúbrica), Laura Angélica Rojas Hernández, Maribel Luisa Alva Olvera (rúbrica), Irene Aragón Castillo (rúbrica), Aurora Cervantes Rodríguez, Claudia Lilia Cruz Santiago (rúbrica), Holly Matus Toledo, David Sánchez Camacho (rúbrica), Gullermina López Balbuena (rúbrica), Lilia Guadalupe Merodio Reza, Mayra Gisela Peñuelas Acuña (rúbrica), Martha Rocío Partida Guzmán (rúbrica), Blanca Luna Becerril.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE EQUIDAD Y GÉNERO, CON PUNTOS DE ACUERDO RELATIVOS A LA PROHIBICIÓN DE USAR VESTIMENTA DETERMINADA A LAS ALUMNAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Equidad y Género de la Cámara de Diputados fue turnada, para estudio y dictamen, proposición con punto de acuerdo relativo a la prohibición de usar vestimenta determinada a las alumnas de la Universidad Autónoma de Sinaloa, presentada por la diputada Eva Sánchez Valdez, del Grupo Parlamentario del PRD.

La Comisión de Equidad y Género, con fundamento en el artículo 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen el cual se realiza de acuerdo con la siguiente

Metodología

I. En el capítulo "Antecedentes" se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de referida iniciativa y de los trabajos previos de las comisiones.

II. En el capítulo "Contenido de la proposición" se exponen los motivos y el alcance de la propuesta en estudio, asimismo se hace una breve referencia de los temas que la componen.

III. En el capítulo "Consideraciones", la comisión expresa los argumentos de valoración de la propuesta y los motivos que sustentan el resolutivo del dictamen a la proposición en análisis.

I. Antecedentes

En sesión celebrada con fecha 11 de diciembre de 2008 por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la diputada Eva Sánchez Valdez, del Grupo Parlamentario del PRD, presentó proposición con punto de acuerdo relativo a la prohibición de usar vestimenta determinada a las alumnas de la Universidad Autónoma de Sinaloa.

En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados turnó la iniciativa a la Comisión de Equidad y Género para estudio y posterior dictamen.

II. Contenido de la proposición

La proponente hace referencia de una disposición del rector de la Universidad Autónoma de Sinaloa donde, a través de un comunicado, da a conocer que dentro de los treinta y seis centros de bachillerato y en veinte extensiones de la propia universidad queda prohibido el uso de la prenda de vestir conocida como minifalda, por considerar que son el motivo para que las mujeres sufran algún tipo de ataque de carácter sexual, indicando dicha autoridad que la vestimenta en comento es "una invitación a ser agredidas".

Relaciona esa disposición a un artículo publicado por la Arquidiócesis de México donde recomienda la prohibición de ciertas vestimentas para las mujeres, como es el caso de la prenda conocida como minifalda, para evitar algún tipo de agresión de carácter sexual.

De igual forma hace mención a una serie de instrumentos internacionales y legislaciones nacionales que contienen derechos de las mujeres, específicamente en materia de violencia de género.

Finalmente, propone los siguientes resolutivos:

Primero. Se solicita al rector de la Universidad Autónoma de Sinaloa que deje sin efectos la prohibición de usar una vestimenta determinada en dicha institución educativa; asimismo, en el ámbito de sus facultades legales, tome las medidas necesarias, en coordinación con las autoridades constitucionales de Sinaloa para que se garanticen acciones gubernamentales a favor de la protección de los derechos humanos de las mujeres en la universidad.

Segundo. Solicitar al gobernador de Sinaloa que informe a la Cámara Diputados cuáles son los programas de su administración tendentes a garantizar una vida sin violencia de las mujeres en aquella entidad federativa.

Tercero. Solicitar al rector que informe a la honorable Cámara de Diputados si existen programas interinstitucionales entre la Universidad Autónoma de Sinaloa y el gobierno del estado que garanticen una vida libre de violencia a las mujeres que estudian, laboran o pertenecen a la administración de dicha universidad.

III. Consideraciones

Esta dictaminadora manifiesta su preocupación por los altos índices de violencia de género que existen en nuestro país y reconoce los esfuerzas que desde diversos ámbitos se están realizando para atender esta problemática.

El proceso de reconocimiento de los derechos de las mujeres en nuestro país ha sido largo; el romper barreras culturales y sociales no ha sido tarea fácil, más tratándose de reconocer la violencia de género como un problema de interés público que después de muchos años se logró sacar del ámbito privado para que se atendiera con políticas de Estado.

Las integrantes y los integrantes de la Comisión de Equidad y Género de la LX Legislatura han trabajado con la finalidad de avanzar en el reconocimiento de esos derechos, por encima de cualquier posición ideológica, siempre velando por el interés general y con apego a los derechos universalmente reconocidos.

Por lo que respecta a lo manifestado por la autora de la proposición respecto a la prohibición de la minifalda, manifiesta la dictaminadora lo siguiente:

Primero. Una disposición de esa naturaleza viola el principio de la libertad personal, de la no discriminación y el derecho a la identidad propia, que lo único que haría es desviar la atención sobre la violencia que se ejerce hacia las mujeres y no reconocer esta problemática. Sería no dimensionar el papel de la víctima ni tomar en cuenta los estándares que existen para su atención, mucho menos para la prevención de la violencia de género.

Segundo. Se iría en contra de los esfuerzos legislativos y de política pública que se están dando en nuestro país, donde se ha trabajado para erradicar los estereotipos y roles que se le asignan a las mujeres en nuestra sociedad.

Tercero. Si bien se desató un debate por lo anunciado a través de un comunicado por el rector de la Universidad de Sinaloa, es preciso mencionar que las mismas autoridades universitarias, mediante otro comunicado de prensa, aclararon lo que en un inicio habían informado sobre el uso de minifaldas, manifestando lo siguiente: "Jamás se impondrá que las jóvenes dejen de utilizar esta prenda como parte de su vestimenta escolar (…) nunca prohibiría a las jóvenes que cursan el bachillerato el uso de minifaldas, ya que violaría sus garantías individuales (…) no lo hará porque no le concierne ni a él ni a sus autoridades tomar una medida de este tipo; sí se ha distribuido entre los estudiantes de bachillerato el reglamento escolar universitario en el que, entre sus 7 títulos y 63 artículos, se plantean derechos, obligaciones y sanciones, pero que en ningún apartado se ha plasmado la prohibición de dicha prenda de vestir. Así como los comités evaluadores giran recomendaciones para mejorar los aspectos académicos y normativos de las escuelas preparatorias, también lo han hecho en el sentido de prevenir riesgos entre las adolescentes".

Cuarto. Con absoluto respeto al ámbito de atribuciones y competencia, se estima procedente la proposición con algunas modificaciones a la propuesta original, con la finalidad de que surtan el efecto deseado y esta soberanía coadyuve en el proceso de respeto y reconocimiento de los derechos de las mujeres.

Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a las autoridades de la Universidad Autónoma de Sinaloa a tomar las medidas necesarias en el ámbito de sus facultades legales, en coordinación con las autoridades constitucionales del Estado se lleven a cabo acciones a favor de la protección de los derechos humanos de las mujeres en esa universidad.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados, en el ámbito de colaboración de poderes, solicita respetuosamente al gobernador de Sinaloa y al rector de la Universidad Autónoma de dicho estado que remitan información a esta soberanía sobre programas o acciones encaminados a garantizar una vida sin violencia de las mujeres en aquella entidad federativa y en el ámbito universitario.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2009.

La Comisión de Equidad y Género

Diputados: Maricela Contreras Julián (rúbrica), presidenta; Nelly Asunción Hurtado Pérez, Mirna Cecilia Rincón Vargas (rúbrica), Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez (rúbrica), Martha Angélica Tagle Martínez (rúbrica), Ana María Ramírez Cerda, secretarias; Alma Xóchil Cardona Benavídez, María Mercedes Corral Aguilar, Beatriz Eugenia García Reyes, María Hilda Medina Macías, Lizbeth Evelia Medina Rodríguez (rúbrica), Rocío del Carmen Morgan Franco, María Soledad Limas Frescas (rúbrica), Gerardo Priego Tapia, Ivette Jacqueline Corral Ramírez (rúbrica), Laura Angélica Rojas Hernández, Maribel Luisa Alva Olvera (rúbrica), Irene Aragón Castillo (rúbrica), Aurora Cervantes Rodríguez, Claudia Lilia Cruz Santiago (rúbrica), Holly Matus Toledo, David Sánchez Camacho (rúbrica), Guillermina López Balbuena (rúbrica), Lilia Guadalupe Merodio Reza, Mayra Gisela Peñuelas Acuña (rúbrica), Martha Rocío Partida Guzmán (rúbrica), Blanca Luna Becerril (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE EQUIDAD Y GÉNERO, CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A DIVERSAS LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS A DEROGAR EN SUS CÓDIGOS PENALES LAS AGRAVANTES Y ATENUENTES DE RESPONSABILIDAD DE LOS HOMICIDIOS Y LESIONES CAUSADOS POR LA INFIDELIDAD CONYUGAL

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Equidad y Género de la Cámara de Diputados fue turnada, para su estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a las legislaturas de los estados a derogar en sus códigos penales las agravantes y atenuantes de responsabilidad de los homicidios y lesiones causados por la infidelidad conyugal, presentada por la diputada Blanca Luna Becerril, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.

La Comisión de Equidad y Género, con fundamento en el artículo 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, el cual se realiza de acuerdo con la siguiente

Metodología

Esta comisión dictaminadora desarrolló su trabajo conforme al siguiente procedimiento:

I. En el capítulo "Antecedentes" se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen del referido punto de acuerdo y del trabajo previo de la comisión.

II. En el capítulo "Contenido del punto de acuerdo" se exponen los motivos y alcance de la propuesta en estudio, asimismo, se hace una breve referencia de los temas que la componen.

III. En el capítulo "Consideraciones" la comisión expresa los argumentos de valoración de la propuesta y los motivos que sustentan el resolutivo del dictamen al punto de acuerdo en análisis.

I. Antecedentes

En sesión de la Comisión Permanente celebrada el 28 de enero de 2009, la diputada Blanca Luna Becerril, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, presentó la proposición con punto de acuerdo para exhortar a las legislaturas de los estados a derogar en sus códigos penales las agravantes y atenuantes de responsabilidad de los homicidios y lesiones causados por la infidelidad conyugal.

En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Comisión Permanente turnó la proposición en comento a la Comisión de Equidad y Género, para su estudio y dictamen.

II. Contenido del punto de acuerdo

La iniciadora señala que en el año 2003 la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, junto con diversos actores del gobierno, organizaciones de la sociedad civil e instituciones académicas, elaboraron el Diagnóstico sobre la situación de los derechos humanos en México, en el que se señalaron los principales obstáculos estructurales que impedían lograr una plena vigencia de los derechos humanos en el país.

Aunado a ello, el diagnóstico y la actualización del capítulo sobre los derechos humanos de las mujeres recomienda la "derogación de las agravantes, atenuantes o eximentes que responden a consideraciones morales y protegen el honor, así como las disposiciones que perdonan o sancionan con penas más bajas ciertas conductas que se consideran irrefrenables por ser propias de la naturaleza humana.

Sin embargo, en nuestro país diversas entidades federativas todavía tipifican en sus códigos penales los delitos llamados "homicidios por infidelidad conyugal", que son señalados en el derecho internacional como homicidios en razón de honor.

Así pues, la proponente señala que el delito de homicidio por infidelidad conyugal en las legislaciones estatales de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chihuahua, Durango, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Quintana Roo, San Luis Potosí, Tamaulipas, Yucatán y Zacatecas, son considerados con una penalidad inferior a la que generalmente tiene el homicidio, la cual va de 8 a 20 años de prisión en los códigos estatales.

Esta situación se repite para el tipo penal de lesiones por infidelidad conyugal, denominado así pues se argumenta que al igual que en el homicidio, el agresor vive un estado de emoción violenta y cuya penalidad estipulada por este delito en los diferentes códigos penales se ve reducida al compararlas con la correspondiente a lesiones, así mismo señala que las entidades que lo establecen son Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Jalisco, Michoacán, San Luis Potosí y Tamaulipas.

De ahí que la diputada considere importante que dichas entidades asuman el compromiso de armonizar y homologar la legislación nacional conforme a los tratados y convenciones internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres, con el fin de continuar en la lucha por erradicar la discriminación de género y proteger los derechos de las mujeres mexicanas.

III. Consideraciones

La Comisión de Equidad y Género, coincide con lo expuesto por la diputada proponente, ya que para lograr la igualdad entre mujeres y hombres es necesario que se promueva la incorporación, en la legislación nacional y estatal, de los lineamientos contenidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer de Belem do Pará, así como de los convenios de la OIT relativos a los derechos laborales de las mujeres y sobre responsabilidades familiares.

Esta dictaminadora estima que promover que se elimine de los códigos penales todo elemento que opere en detrimento de la protección de los derechos de las mujeres resulta un acto de justicia social derivado de un compromiso adquirido por nuestro país en los instrumentos internacionales antes señalados.

Asimismo, se estaría atendiendo a la recomendación hecha en Beijín +5, donde se obliga a nuestro país como Estado parte a "preparar, aprobar y aplicar plenamente leyes y otras medidas que se consideren convenientes, como políticas y programas educativos, para erradicar las prácticas consuetudinarias o tradicionales nocivas, entre ellas, la mutilación genital femenina, los matrimonios tempranos y forzados y los delitos denominados de honor que vulneran los derechos humanos de mujeres y niñas y constituyen obstáculos para el pleno disfrute por la mujer de sus derechos humanos y sus libertades fundamentales, e intensificar los esfuerzos, en cooperación con los grupos locales de mujeres, para crear conciencia a nivel colectivo e individual de la manera en que esas nocivas prácticas tradicionales o consuetudinarias vulneran los derechos humanos de la mujer".

De igual forma, se estaría dando atención a la recomendación general número 19 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, que establece directrices y criterios para comprender el fenómeno de la violencia de género y para reformar las legislaciones nacionales y estatales, lo cual redunda en la eliminación de cualquier ley que contravenga los derechos humanos de las mujeres y que interfiere con el adelanto de ellas.

De ahí que es una responsabilidad de la federación y de las entidades federativas impulsar acciones que generar las condiciones jurídicas idóneas para que, a través de la equidad, se dé la igualdad entre hombres y mujeres a través de la erradicación de la discriminación por razones de género.

Por otra parte, derivado de la publicación de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, que tiene por objeto la conjunción de esfuerzos, instrumentos, políticas, servicios y acciones interinstitucionales para atender esta problemática, se establece la obligación para que la federación, las entidades federativas, incluido el Distrito Federal, lleven a cabo las acciones necesarias que permita la armonización.

Lo anterior, involucra la participación de los congresos locales al momento de armonizar la legislación aplicable a los diversos tipos y modalidades de violencia, para que los delitos por razón de honor que implican un tipos de violencia grave sean atendidos y sancionados de manera igualitaria, donde la administración e impartición de la justicia, sea en concordancia con el marco internacional, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes generales.

Por lo que esta dictaminadora coincide con la proponente y reconoce que es responsabilidad de los Poderes Legislativo y Ejecutivo proveer de las condiciones necesarias para garantizar un nivel de vida digno para todas las mujeres, el pleno ejercicio de sus derechos a través de la eliminación y erradicación de los delitos llamados "por razones de honor."

Por lo expuesto, la Comisión de Equidad y Género somete a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a los gobiernos estatales y congresos locales de los estados de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chihuahua, Chiapas, Durango, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Quintana Roo, San Luis Potosí, Tamaulipas, Yucatán y Zacatecas a derogar de sus legislaciones, de acuerdo con su ámbito de competencia, las disposiciones que agraven o atenúen de responsabilidad en los homicidios y lesiones causados por infidelidad conyugal, por considerarse discriminatorios.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2009.

La Comisión de Equidad y Género

Diputados: Maricela Contreras Julián (rúbrica), presidenta; Nelly Asunción Hurtado Pérez, Mirna Cecilia Rincón Vargas (rúbrica), Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez (rúbrica), Martha Angélica Tagle Martínez (rúbrica), Ana maría Ramírez Cerda, secretarias; Alma Xóchil Cardona Benavídez, María Mercedes Corral Aguilar, Beatriz Eugenia García Reyes, María Hilda Medina Macías, Lizbeth Evelia Medina Rodríguez (rúbrica), Rocío del Carmen Morgan Franco (rúbrica), María Soledad Limas Frescas (rúbrica), Gerardo Priego Tapia, Ivette Jacqueline Corral Ramírez (rúbrica), Laura Angélica Rojas Hernández, Maribel Luisa Alva Olvera (rúbrica), Irene Aragón Castillo (rúbrica), Aurora Cervantes Rodríguez, Claudia Lilia Cruz Santiago (rúbrica), Holly Matus Toledo, David Sánchez Camacho (rúbrica), Guillermina López Balbuena (rúbrica), Lilia Guadalupe Merodio Reza, Mayra Gisela Peñuelas Acuña (rúbrica), Martha Rocío Partida Guzmán (rúbrica), Blanca Luna Becerril (rúbrica).