Gaceta Parlamentaria, año XI, número 2420-I, miércoles 9 de enero de 2008


Iniciativas Proposiciones
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Iniciativas

CON PROYECTO DE DECRETO, QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 22 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DE LA DIPUTADA OMEHEIRA LÓPEZ REYNA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

Las suscritas, Omeheira López Reyna y Esmeralda Cárdenas Sánchez, diputadas federales, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55 fracción II, 56, 62, 135 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten, a consideración de este honorable Congreso de la Unión, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, misma que se fundamenta y motiva bajo la siguiente:

Exposición de Motivos

Los crímenes de lesa humanidad son una catástrofe del humanismo, son crímenes de alcance universal y de los cuales desafortunadamente se tienen múltiples datos históricos, pues como olvidar que en el año de 1933 con el ascenso de Adolf Hitler como canciller el partido nazi, surgió una de las masacres más brutales y masivas del mundo pues, tras su afán de reestructurar la composición étnica de Europa, realizó múltiples asesinatos para el exterminio de todos los judíos europeos y de la población gitana europea.

Tampoco podemos olvidar los hechos atroces perpetrados en 1939 como consecuencia de la Segunda Guerra Mundial. Acontecimientos seguidos por las acciones inhumanas denominadas "crimen sin nombre" que se perpetraron en 1941 como consecuencia de la invasión de la Alemania nazi a la Unión Soviética.

Pese al avance que significó la creación del Tribunal Militar Internacional en Nuremberg y el mensaje internacional que representó el procesamiento de líderes nacionales en el periodo de 1950 y 1987 se perpetuaron nuevamente crímenes masivos contra poblaciones civiles, producto de las secuelas de la Segunda Guerra Mundial y durante la Guerra Fría, sin embargo, esos crimines no fueron castigados pese al compromiso adquirido por diversos países.

Dichas masacres continuaron hasta situarnos en las atrocidades que se dieron en las guerras de la ex Yugoslavia, mismas que se caracterizaron por los crímenes de guerra masivos y los crímenes contra la humanidad. El conflicto en Bosnia (1992-1995) produjo en Europa algunos de los peores enfrentamientos y masacres desde la Segunda Guerra Mundial. En un pueblo, Srebrenica, 7 mil 800 hombres y niños fueron asesinados por fuerzas serbias, creándose como consecuencia el Tribunal Criminal Internacional de la ex Yugoslavia (TCIY) en La Haya.

Asimismo, otro de los hechos atroces sufridos por la humanidad fue el conocido genocidio en Ruanda, se asesinaron a más de 800 mil personas, fue un asesinato de escala, alcance y rapidez devastador. Lo que a su vez dio lugar a la creación del Tribunal Criminal Internacional de Ruanda.

Y finalmente en el 2004 las declaraciones del entonces secretario de Estado de los Estados Unidos de América, Colin Powell donde reconoce que el genocidio ha sido cometido en Darfur y que el gobierno de Sudán y el Janjaweed llevan la responsabilidad.

Es innegable que todos estos acontecimientos atroces no se pueden ignorar, pues como olvidar hechos acontecidos en Auschwitz en donde niños y mujeres embarazadas fueron gaseados. En Ruanda donde los niños fueron sistemáticamente suprimidos, las mujeres embarazadas fueron a menudo eviscesaradas, se dice que cuando se atrapaba una mujer tuti embarazada primero se le perforaba el estómago con la hoja de un cuchillo con el despreciable objetivo de eliminar su raza. En Alemania, en 1934, se masacraron a los nacidos de uniones de soldados negros del ejército francés y a mujeres alemanas en la Primera Guerra Mundial. En Noruega, las autoridades experimentaban en los años cincuenta y sesenta drogas mortales en niños nacidos de padre alemán durante la guerra, convertidos en parias después de 1945, retirados de su familia y colocados en instituciones especiales con la etiqueta de enfermo mental.

Es así, como la perpetración de múltiples hechos inhumanos hicieron inolvidables a personajes como Stalin, Mao, Franco, Salazar, Hiro Hito, Pol Not, Kim, Nixon, Kissinger, Amin Dada, Mobutu, Hasan II, Hoffa, Cosescou, Somoza, Pinochet, Strossner, Videla, Medici, Trujillo, Fujimori, Pérez-Jiménez, Suharto, Saddam, quienes valiéndose y abusando de la posición de poder que gozaban cometieron actos sumamente crueles e inhumanos.

Debido a esta historia de masacres perpetradas por individuos desbordados que, valiéndose de una posición de poder en algún país, han realizado atrocidades contra la humanidad, en su mayoría impunes, han enseñado al mundo, que deben emplearse todos los mecanismos legales necesarios para evitar que se repita la historia.

Sin embargo, violaciones masivas y crueles a la humanidad, son realidades que importan a la comunidad internacional, para lo cual, como ya se mencionó, se fueron creando a lo largo de la historia distintos órganos para juzgar y sancionar, órganos e individuos cuyo comportamiento se encuentra regulado por las normas del derecho internacional público.

Por ello, nos regimos por un derecho internacional humanitario así como por el derecho internacional de los derechos humanos, los cuales velan por el irrestricto respeto a la persona, su vida, su salud, su dignidad, de forma tal, que uno constituye el complemento del otro.

Sin embargo, el punto más débil, y a la vez el más fuerte, del derecho internacional público y en esto aplica al derecho internacional de los derechos humanos y derecho internacional humanitario, es que, en esta disciplina, la voluntad de los Estados es el principio y el fin de todo lo que puede lograrse en estos sistemas de protección de los humanos. Esto es, dependiendo de la perspectiva de donde se analice, pues hoy en día, en virtud de la voluntad de los Estados y su cooperación es que tenemos desde un marco jurídico hasta instancias jurisdiccionales internacionales, pero también por otro lado es que existen graves problemas, situaciones en que se violentan derechos humanos y nada puede hacerse pues el Estado no juzga y no permite injerencias de organizaciones o sugerencias de las comisiones de derechos humanos.

En este sentido, el Estado mexicano, es parte de ambos sistemas de protección; sin embargo, hay mucho que aún debe hacerse para lograr que fácticamente se apliquen; es decir, que ante situaciones de graves violaciones ya sea que ocurran o que el responsable se encuentre en el territorio del Estado mexicano, debe contar con la capacidad suficiente para enfrentar las obligaciones que derivan de nuestra firma y ratificación de los instrumentos internacionales.

Estos instrumentos internacionales, de los cuales derivan dichas obligaciones son precisamente la Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad, que se ratificó el 15 de marzo de 2002 y la cual dispone en su artículo primero que los crímenes de guerra y de lesa humanidad que enumera, dentro de los que se halla el genocidio, son imprescriptibles, cualquiera que sea la fecha en que se hayan cometido; el Estatuto de Roma cuyo numeral 29 señala que los crímenes de la competencia de la Corte no prescribirán, entre los cuales menciona al genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra; en este rubro México respecto de la adopción del Estatuto de Roma tiene la obligación de cumplir con el principio de complementariedad, que implica el poder el juzgar estos crímenes con sus autoridades pero con base en leyes afines a lo contenido en el Estatuto de Roma, de no hacerlo así la Corte Penal Internacional podrá intervenir y juzgar a los individuos que no pudo juzgar el Estado mexicano.

Por ello, consideramos oportuno que dicha propuesta de imprescriptibilidad de hechos tan atroces, debe ser adoptada y clarificada por el Estado mexicano, a fin de impedir la impunidad en este ámbito, por ello se propone plasmar en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que los crímenes de lesa humanidad, genocidio y crímenes de guerra sean imprescriptibles, fortaleciendo así la protección a la integridad, dignidad, libertad, y vida de las personas, que debe prevalecer en todo sistema jurídico de representación democrática, y ante todo no podemos permitir que estos crímenes queden impunes.

Otra de las razones por las cuales se propone que esta reforma sea a nivel constitucional es que nos encontrarnos ante una clara excepción a las disposiciones generales en materia de prescripción, por ello, la misma debe implementarse en nuestra Carta Magna a fin de que no pueda ser criticada o lo que sería peor, se declarase inaplicable por contravenir a la Constitución Federal, por ello al tratarse de un régimen de excepción se propone incluirla en el numeral 22 que se caracteriza por contener disposiciones de naturaleza similar, y así se lograría dotar a dicha propuesta de armonía y congruencia, en relación al texto vigente.

Asimismo, a fin de destacar que el respeto a los derechos humanos y humanitarios por su trascendencia se anteponen a cualquier otro principio vigente en la Constitución, pues la protección en los valores fundamentales interesa a toda la sociedad mundial, se propone plasmar la imprescriptibilidad de dichos crímenes, con base en interpretación progresiva y sistemática que consiste en adaptar los textos constitucionales a la dinámica de la comunidad internacional del presente, con independencia de la obligación que de ellos emana.

Por ello, la presente reforma representa la firme convicción de que México, comparte con la comunidad internacional la postura de que ciertos crímenes no pueden quedar sin castigo sin importar el tiempo que haya transcurrido desde su comisión ni el rango o posición de sus perpetradores.

No omitimos mencionar que Ecuador, Paraguay, España, Francia, Venezuela entre otros, ante dicho compromiso internacional y motivados por la misma preocupación han modificado sus legislaciones, a efecto de prever la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad, de guerra y genocidio, inclusive alguno de ellos prevén la imprescriptibilidad en el caso de secuestro, tortura, homicidio.

Por ello, señores legisladores, los conmino a que reflexionen sobre la trascendencia de la presente reforma, pues no podemos olvidar que fueron necesarias varias décadas de esfuerzos inalcanzables para que la lucha contra la impunidad quedara plasmada en un instrumento internacional vinculante y de alcance universal, que afirma de manera categórica que el genocidio, los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra no pueden justificarse bajo ninguna circunstancia.

Debemos de pensar que ningún país está exento de sufrir males fatales llevados a cabo por el desbordamiento de gobernantes quienes, abusando de su poder, han masacrado países, no podemos permitir que dichas atrocidades ocurran y mucho menos podemos permitir que queden impunes, por ello los invito a reflexionar sobre la gravedad y urgencia de este tema.

México ha pugnado siempre por un respeto irrestricto a los derechos humanos, esta no puede ser la excepción, actuemos de forma responsable y solidaria, no permitamos que la sociedad mexicana sea víctima de una mente perversa, que sea capaz de matar de forma cruel a nuestros niños, mujeres, ancianos y no sólo ello que cometa la peor de las bajezas antes de su muerte.

La responsabilidad por dichos crímenes debe ser sometida a la impartición de justicia por instancias jurisdiccionales internacionales o nacionales ante las graves violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario, no importa cual, importa que exista sanción y un sistema firme que inhiba la comisión de tales atrocidades a la humanidad.

Proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Primero. Se adiciona un párrafo segundo, recorriéndose en consecuencia los actuales párrafos segundo y tercero, para quedar como tercero y cuarto, respectivamente, todos del numeral 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 22. …

El genocidio, los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra son imprescriptibles.

...

...

Transitorio

Único. La presente reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Diputadas: Omeheira López Reyna (rúbrica), Esmeralda Cárdenas Sánchez.
 
 


CON PROYECTO DE DECRETO, QUE REFORMA EL PÁRRAFO QUINTO DEL ARTÍCULO 4o. DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PARA ELEVAR A RANGO DE LEY LA OBLIGACIÓN DEL ESTADO MEXICANO DE GARANTIZAR EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN Y LA NUTRICIÓN DEL PUEBLO, A CARGO DEL DIPUTADO PABLO LEOPOLDO ARREOLA ORTEGA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PT

El suscrito diputado federal de la LX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del pleno de la honorable Comisión Permanente, la presente iniciativa con proyecto decreto que reforma el párrafo cinco del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para elevar a rango de ley la obligación del Estado mexicano para garantizar el derecho a la alimentación y la nutrición del pueblo de México bajo la siguiente:

Exposición de Motivos

El derecho a la alimentación constituye uno de los aspectos cruciales de la reproducción de la especie humana, en concordancia con la necesidad de reproducir las condiciones materiales de la producción en general.

Por esa razón, los seres humanos necesitan producir simultáneamente no sólo los alimentos que le son consustanciales para su sobrevivencia, sino también fabricar los instrumentos de trabajo que les permitan producir más de lo que consumen día a día, porque es la única forma en que pueden ir más allá de sus necesidades inmediatas y acumular cosas o bienes.

Esto significa que la forma en que se organizan para producir y la base material que sustenta esa organización, son fundamentales para que consigan satisfacer plenamente sus necesidades materiales en todos los sentidos.

En este contexto cabría preguntarse, ¿por qué el sistema capitalista en nuestro país no logra producir desde hace ya varias décadas los alimentos necesarios que requiere el pueblo para que tengamos autosuficiencia alimentaria y una base soberana de decisión en esta materia?

La respuesta tiene varias aristas. Una de ellas es la modalidad de acumulación capitalista que hemos adoptado históricamente, consistente en la sobreprotección que han tenido, por parte del Estado mexicano, las diversas industrias que se han desarrollado en nuestra nación.

Parte de ese desarrollo fue paradójicamente, apalancado por el sector agrícola, con claras desventajas para este sector, que durante años fue el baluarte de nuestra industrialización y transfirió enormes recursos productivos hacia el ámbito industrial a costa de su propia subsistencia.

Conforme la industria mexicana evolucionó hacia la constitución de grandes monopolios y oligopolios, la agricultura fue abandonada a su suerte y descapitalizada en un contexto de mayores exigencias para abastecer al aparato industrial de las materias primas que demandaba.

Se abrió así una desarticulación entre ambos sectores que hasta nuestros días subsiste, sólo que ahora agravada por una feroz competencia mundial tanto en la industria como en la agricultura.

En lugar de apoyar a los productores agropecuarios para superar los graves rezagos estructurales, el Estado mexicano se abocó a promover la inserción de los grandes productores capitalistas del campo al mercado mundial, dejando en el abandono a los pequeños propietarios, comuneros y ejidatarios del campo.

El resultado final de este proceso, es que ahora tenemos graves deficiencias en la producción de alimentos y en general en casi todas las actividades agropecuarias.

Hoy somos grandes importadores de alimentos, así como de materias primas agrícolas, por carecer de una base productiva nacional que satisfaga los requerimientos del país.

Además, la creación de poderosos grupos empresariales en todas las actividades económicas, condujo a una severa concentración del ingreso nacional, que hace que hoy día, los dueños de México, sean solo cien familias, frente a millones de mexicanos que viven en la pobreza y carecen de poder adquisitivo para comprar los alimentos que requieren.

El INEGI documenta este hecho en su Encuesta de Ingreso y Gasto de los Hogares Mexicanos, donde se destaca que el 30 por ciento de las personas ocupadas en la economía mexicana concentran el 70 por ciento de la riqueza nacional, mientras la mayoría de los trabajadores mexicanos, no recibe más del 30 por ciento de ese ingreso.

El resultado de todo lo anterior se caracteriza, en que la mayoría de los mexicanos está mal alimentada y al mismo tiempo, sufre de aguda desnutrición, sobre todo los niños y las mujeres pobres del campo y la ciudad.

La Sedeso reconoce que actualmente en nuestra nación existen 30 millones de personas que padecen pobreza alimentaria, es decir, que no satisfacen sus necesidades primarias de alimentación.

De acuerdo con los datos del estudio efectuado por la Sociedad Latinoamericana de Nutrición, con datos del año 2000, plantea que a nivel nacional el 15 por ciento de la población padece desnutrición extrema y 34 por ciento está en una situación de desnutrición alta.

Por otra parte, la escalada de los precios de los bienes básicos en los últimos 5 años, han provocado un marcado descenso en el consumo de productos fundamentales para la nutrición de las familias como la carne, el huevo, el pollo, la tortilla, la leche, el atún, el arroz, el azúcar, harina de trigo, el pan, las pastas para sopa, las verduras y hortalizas, así como todas las frutas y una larga lista más.

Compañeras y compañeros legisladores: ¿Cómo queremos tener a la población trabajadora bien alimentada y apta para el trabajo, si estructuralmente no producimos los alimentos necesarios a bajo precio?

¿Cómo queremos que la fuerza laboral de este país, soporte la brutal sobreexplotación que significa la apertura de nuestra economía al mercado mundial, si al mismo tiempo se le recorta su poder adquisitivo con escalada de precios y salarios de miseria?

Por esa razón, el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo considera que es necesario que el Estado mexicano, asuma su compromiso y responsabilidad frente a la sociedad mexicana de garantizar la producción de alimentos básicos y el derecho a la alimentación del pueblo.

Para ello, requerimos impulsar una nueva modalidad de acumulación que privilegie el papel de coordinación del Estado en el desarrollo económico.

También es necesario subordinar el papel de la banca múltiple a los requerimientos de la producción, porque hasta ahora, la banca privada sólo presta a quienes tienen capacidad de reflujo de los créditos, excluyendo a los micro, pequeños y medianos empresarios.

Necesitamos alentar la producción de las comunidades rurales y de los ejidatarios y pequeños propietarios, promoviendo la reconversión productiva de cultivos, la asociación de los productores, la vinculación con los centros de educación superior y la multiplicación de proyectos productivos, mediante esquemas cooperativos con los asalariados del campo.

Requerimos crear una banca de financiamiento público, para garantizar que los productores de este país, tengan acceso al crédito barato y sin restricciones.

Para garantizar que los productos del campo sean competitivos y suficientes, tenemos que garantizar una distribución que rompa con el intermediarismo, para lo cual se tiene que crear un organismo estatal que regule los precios y sea a su vez, un canal de abasto de estos productos.

Compañeras y compañeros legisladores: por las consideraciones antes expuestas y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del pleno de la honorable Comisión Permanente, la presente

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el párrafo cinco del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo Primero. Se reforma el párrafo cinco del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 4. ...

...

...

...

Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo. Asimismo, el Estado mexicano tendrá la obligación de garantizar el derecho a la alimentación y nutrición adecuada de las familias mexicanas; así como la obligación de instrumentar las políticas públicas necesarias que conduzcan a la salvaguarda del derecho a la alimentación, la nutrición y la autosuficiencia alimentaria del pueblo mexicano.

...

...

...

Transitorio

Artículo Único. La presente iniciativa entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el salón de plenos de la Comisión Permanente a los nueve días del mes de enero de dos mil ocho.

Diputado Pablo Leopoldo Arreola Ortega (rúbrica)
 
 


CON PROYECTO DE DECRETO, QUE REFORMA DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL EN EL RAMO DEL PETRÓLEO, A CARGO DEL DIPUTADO CARLOS ALBERTO GARCÍA GONZÁLEZ, EN NOMBRE DEL DIPUTADO ALONSO MANUEL LIZAOLA DE LA TORRE, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El de la voz, diputado Carlos Alberto García González, a nombre del diputado Alonso Manuel Lizaola de la Torre, ambos diputados federal de la LX Legislatura, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el articulo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversos artículos de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el ramo del Petróleo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El petróleo es un recurso estratégico no renovable, por lo que ningún país que tenga acumulaciones de hidrocarburos puede darse el lujo de menospreciar el descubrimiento y desarrollo de reservas petroleras.

En México el petróleo es un bien de la nación cuyo aprovechamiento conlleva obligadamente la prospección petrolera. Durante más de 50 años Petróleos Mexicanos ha explorado el territorio nacional y ha desarrollado con recursos propios las reservas probadas que actualmente alimentan sus refinerías y apoyan una muy respetable exportación.

Pemex Exploración y Producción (PEP) dio a conocer su más reciente evaluación de las reservas petroleras en su anuario "Las reservas de hidrocarburos de México. Evaluación al 1 de enero de 2007", donde se informa sobre el esfuerzo exploratorio y la incorporación de reservas petroleras en el año previo. Las reservas probadas al 31 de diciembre de 2006 ascienden a 15 mil 514 millones de barriles de petróleo crudo equivalente, de las cuales el 71 por ciento corresponde a crudo; 12 por ciento a condensados y líquidos de planta; y el restante 17 por ciento a gas seco equivalente a líquido.

Cabe señalar que durante el año 2005 la producción disminuyó a 22 millones de barriles respecto de 2004. Sin embargo, se tiene la expectativa de aumentar las posibilidades de producción, especialmente Si se desarrolla el potencial del Golfo de México en aguas profundas. De acuerdo con Pemex Exploración y Producción, el país podría alcanzar una producción de hasta seis o siete millones de barriles diarios para 2010-2020, dependiendo del nivel de desarrollo e inversión que se tenga en los yacimientos del Golfo de México.

De acuerdo a diversas investigaciones de la Universidad Nacional Autónoma de México, se estima que en el Golfo de México, particularmente en la frontera entre México y Estados Unidos, existe un potencial aproximado de 100 mil millones de barriles de petróleo, la segunda más importante después del golfo Pérsico. Al respecto, Pemex Exploración y Producción ha reconocido la existencia de al menos cinco sitios de aguas ultraprofundas en el Golfo de México que son yacimientos transfronterizos y que son susceptibles de ser desarrollados desde el lado mexicano.

El tema de los recursos marinos, entre ellos los que existen en yacimientos transfornterizos, llevó a México y a Estados Unidos a la mesa de negociación y a la celebración de dos tratados internacionales, cuyo objeto común derivó en la creación de reglas bilaterales para el aprovechamiento de dichos recursos. El primer tratado, denominado "Tratado de Limites Marítimos entre los Estados Unidos Mexicanos y Estados Unidos de América", firmado por ambos países el 4 de mayo de 1978, tuvo como objeto la definición de los limites marítimos, lo cual, a su vez, resulto en la delimitación de sus respectivas zonas económicas exclusivas. Los acuerdos sobre estas zonas de riqueza petrolera fueron materia de un tratado posterior: el "Tratado entre el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el gobierno de los Estados Unidos de América sobre la delimitación de la plataforma en la región occidental del Golfo de México más allá de las 200 millas náuticas", firmado por las partes el 9 de junio de 2000. Sucintamente, delimita un polígono en la plataforma occidental del Golfo de México, del cual 10 mil 556 kilómetros cuadrados corresponden a México (60.36 por ciento) mientras que 6 mil 932 kilómetros cuadrados corresponden a Estados Unidos (39.64 por ciento).

Debido a que la explotación de los yacimientos transfronterizos compete tanto a los Estados Unidos como al país, es necesario trabajar en la creación de un modelo contractual que permita lograr alianzas estratégicas para explotar los yacimientos transfronterizos "con riesgos controlados". Es decir, que se logren acuerdos en los cuales ambos países se beneficien de manera equitativa por la explotación de los yacimientos transfronterizos, aprovechando la gran riqueza en hidrocarburos que ambos países comparten en dichos yacimientos y respetando en todo momento la soberanía de ambas naciones.

Es relevante señalar, que no podemos esperar a que llegue el 16 de enero de 2011, fecha en la cual vence el segundo tratado, y entonces preocuparnos sobre qué hacer con el petróleo mexicano transfronterizo, tal como ocurre ahora con la desgravación del maíz y fríjol, establecida desde hace años en el marco del TLCAN. Por lo tanto, es necesario legislar para lograr un mejor y óptimo aprovechamiento de nuestra riqueza en hidrocarburos, ubicada en yacimientos transfronterizos.

Por lo anterior, se considera de suma importancia reformar la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, para permitir la realización de convenios de "unitización" para la explotación de yacimientos transfronterizos. Es importante señalar que los convenios de unitización se definen como: el convenio mediante el cual se establecerá un área unitizada para el desarrollo de uno o más reservorios compartidos, bajo un plan de desarrollo coordinado; estos convenios se suscriben de manera voluntaria u obligatoria, entre los titulares de contratos de riesgo compartido con áreas colindantes.

Para México, el poder realizar convenios de unitización para la explotación única y exclusiva de yacimientos transfronterizos, es sumamente importante y benéfico, ya que significa estar en condiciones, tanto financieras como técnicas, para explorar y explotar oportuna y eficazmente los yacimientos transfronterizos.

Finalmente, es importante señalar que no se viola la soberanía nacional en ningún momento, y que está medida da mayor viabilidad y factibilidad al desarrollo de Pemex como empresa líder en el sector de hidrocarburos.

En atención a lo expuesto, el suscrito, diputado Alonso Manuel Lizaola de la Torre, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, somete a consideración de la honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa, que reforma la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, en los siguientes términos:

Único. Se adiciona un párrafo segundo al artículo 1o., un párrafo segundo al artículo 2o. y se recorre el actual párrafo segundo para pasar a ser el articulo tercero, se adiciona también un párrafo segundo al artículo 4o. y los actuales párrafos segundo, tercero, cuarto y quinto se recorren en su orden para ser párrafos tercero, cuarto, quinto y sexto respectivamente de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, para quedar como sigue:

Artículo 1o.

En lo que corresponde a los mantos y yacimiento transfronterizos de petróleo, se podrán realizar convenios de unitización.

Artículo 2o.

Se exceptúa del párrafo anterior la explotación de hidrocarburos provenientes de mantos y yacimientos transfronterizos, en los que se celebren convenios de unitización.

En esta ley se comprende con la palabra petróleo a todos los hidrocarburos naturales a que se refiere el artículo 1o.

Artículo 4o.

Cuando Petróleos Mexicanos determine la existencia de mantos o yacimientos transfronterizos, podrá celebrar convenios de unitización con Estados extranjeros para la explotación conjunta de dichos mantos o yacimientos.

Salvo lo dispuesto en el artículo 3o., el transporte, el almacenamiento y la distribución de gas podrán ser llevados a cabo, previo permiso, por los sectores social y privado, los que podrán construir, operar y ser propietarios de ductos, instalaciones y equipos, en los términos de las disposiciones reglamentarias, técnicas y de regulación que se expidan.

Palacio Legislativo de San Lázaro, Cámara de Diputados, a 9 de enero de 2008.

Diputados: Alonso Manuel Lizaola de la Torre (rúbrica), Carlos Alberto García González (rúbrica).
 
 


CON PROYECTO DE DECRETO, QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD, A CARGO DEL SENADOR GUILLERMO TAMBORREL SUÁREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

Guillermo Tamborrel Suárez y Ernesto Saro Boardman, senadores de la República de la LX Legislatura del Congreso de la Unión e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

1. Para la Organización Mundial de la Salud (OMS), el derecho a la salud obliga a los Estados a generar condiciones en las cuales todos puedan vivir lo más saludablemente posible, las cuales comprenden la disponibilidad garantizada de servicios de salud, condiciones de trabajo saludables y seguras, viviendas adecuadas y alimentos nutritivos, por lo que elimina la errónea idea de que el derecho a la salud se limita a estar sano.

Este derecho a la salud se encuentra establecido dentro de diversos tratados internacionales, como por ejemplo:

• Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 1966.
• Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, 1979.

• Convención sobre los Derechos del Niño, 1989.
• Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, 2006.

Señala la OMS que para hacer operacionales las medidas establecidas en los diferentes instrumentos internacionales, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, que supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, adoptó en 2000 una Observación General sobre el Derecho a la Salud, la cual establece que el derecho a la salud no sólo abarca la atención de salud oportuna y apropiada, sino también los principales factores determinantes de la salud, como el acceso al agua limpia potable y a condiciones sanitarias adecuadas, el suministro adecuado de alimentos sanos, una nutrición adecuada, una vivienda apropiada, condiciones sanas en el trabajo y en el medio ambiente, además del acceso a la educación e información sobre cuestiones relacionadas con la salud.

Según la Observación General, este derecho a la salud abarca los cuatro elementos siguientes:

Disponibilidad. Se deberá contar con un número suficiente de establecimientos, bienes y servicios públicos de salud, así como de programas de salud.

Accesibilidad. Los establecimientos, bienes y servicios de salud deben ser accesibles a todos dentro de la jurisdicción del Estado Parte.

Aceptabilidad. Todos los establecimientos, bienes y servicios de salud deberán ser respetuosos de la ética médica y culturalmente apropiados, a la par que sensibles a los requisitos del género y el ciclo de vida

Calidad. Los establecimientos, bienes y servicios de salud deberán ser apropiados desde el punto de vista científico y médico y ser de buena calidad.

Al mismo tiempo puntualiza que el derecho a la salud impone a los Estados Partes tres tipos de obligaciones, a saber: Respetar. Exige abstenerse de injerirse en el disfrute del derecho a la salud.

Proteger. Requiere adoptar medidas para impedir que terceros (actores que no sean el Estado) interfieran en el disfrute del derecho a la salud.

Cumplir. Requiere adoptar medidas positivas para dar plena efectividad al derecho a la salud.

La Observación General sobre el Derecho a la Salud, recuerda también que el derecho a la salud comprende obligaciones básicas referentes al nivel mínimo esencial del derecho. Aunque ese nivel no se puede determinar en abstracto porque es una tarea nacional para guiar el proceso de establecimiento de prioridades se enumeran los siguientes elementos fundamentales: atención primaria de salud esencial; alimentación esencial mínima nutritiva; saneamiento; agua limpia potable, y medicamentos esenciales.

Otra obligación básica es la de adoptar y aplicar una estrategia y un plan de acción nacionales de salud pública para hacer frente a las preocupaciones en materia de salud de toda la población; esa estrategia y ese plan deberán ser elaborados y periódicamente revisados, sobre la base de un proceso participativo y transparente; que deberán prever indicadores y bases de referencia que permitan vigilar estrechamente los progresos realizados, y prestar especial atención a todos los grupos vulnerables o marginados.

Por último, para la OMS los Estados Parte deben adoptar medidas de conformidad con el principio de realización progresiva, lo que se traduce en la obligación de avanzar lo más expedita y eficazmente posible, tanto por sí mismos como con la asistencia y la cooperación internacionales, hasta el máximo de los recursos que dispongan.

2. En la práctica, el derecho a la salud no siempre es una garantía, especialmente en el caso de las personas con discapacidad, debido a que no en todas las ocasiones se cuenta con la infraestructura o adecuaciones necesarias que permitan a estas personas acceder libremente a las instalaciones de salud; además de que las instituciones públicas adolecen de las especialidades médicas necesarias y del personal plenamente calificado, capaz de subsanar y atender las necesidades de las personas con discapacidad.

Al respecto, es preciso citar el artículo 4° Constitucional que a la letra dice:

Artículo 4o ...

...

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.

...

...

...

...

...

Como se puede ver, la misma Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos garantiza la impartición del derecho a la salud sin restricción alguna, por lo que el Estado no se basa ni puede hacerlo, en la condición que presente o pueda presentar cierta persona para otorgárselo o no.

3. Por su parte, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad establece en su artículo 25 lo siguiente:

Artículo 25

Salud

Los Estados Partes reconocen que las personas con discapacidad tienen derecho a gozar del más alto nivel posible de salud sin discriminación por motivos de discapacidad. Los Estados Partes adoptarán las medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad a servicios de salud que tengan en cuenta las cuestiones de género/ incluida la rehabilitación relacionada con la salud.

En particular, los Estados Partes:

a) Proporcionarán a las personas con discapacidad programas y atención de la salud gratuitos o a precios asequibles de la misma variedad y calidad que a las demás persona, incluso en el ámbito de la salud sexual y reproductiva, y programas de salud pública dirigidos a la población;

b) Proporcionarán los servicios de salud que necesiten las personas con discapacidad específicamente como consecuencia de su discapacidad incluidas la pronta detección e intervención, cuando proceda, y servicios destinados a prevenir y reducir al máximo la aparición de nuevas discapacidades, incluidos los niños y las niñas y las personas mayores;

c) Proporcionarán esos servicios lo más cerca posible de las comunidades de las personas con discapacidad incluso en las zonas rurales;

d) Exigirán a los profesionales de la salud que presten a las personas con discapacidad atención de la misma calidad que a las demás personas sobre la base de un consentimiento libre e informado, entre otras formas mediante la sensibilización respecto de los derechos humano, la dignidad la autonomía y las necesidades de las personas con discapacidad a través de la capacitación y la promulgación de normas éticas para la atención de la salud en los ámbitos público y privado;

e) Prohibirán la discriminación contra las personas con discapacidad en la prestación de seguros de salud y de vida cuando éstos estén permitidos en la legislación nacional, y velarán por que esos seguros se presten de manera justa y razonable;

f) Impedirán que se nieguen, de manera discriminatoria, servicios de salud o de atención de la salud o alimentos sólidos o líquidos por motivos de discapacidad.

Como se dijo anteriormente, la OMS considera a la accesibilidad como un elemento fundamental para garantizar el derecho a la salud. Concepto que no se limita a contar con los medicamentos y condiciones sanitarias aceptables, sino también a la inexistencia de barreras físicas que impiden a las personas con discapacidad desenvolverse con la mayor independencia posible. Al respecto, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad establece lo siguiente: Artículo 9. Accesibilidad

1. A fin de que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los Estados Partes adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales. Estas medidas, que incluirán la identificación y eliminación de obstáculos y barreras de acceso, se aplicarán, entre otras cosas, a:

a) Los edificios, las vías públicas, el transporte y otras instalaciones exteriores e interiores como escuelas, viviendas, instalaciones médicas y lugares de trabajo;

b) Los servicios de información, comunicaciones y de otro tipo, incluidos los servicios electrónicos y de emergencia;

2. Los Estados Partes también adoptarán las medidas pertinentes para:

a) Desarrollar, promulgar y supervisar la aplicación de normas mínimas y directrices sobre la accesibilidad de las instalaciones y los servicios abiertos al público o de uso público;

b) Asegurar que las entidades privadas que proporcionan instalaciones y servicios abiertos al público o de uso público tengan en cuenta todos los aspectos de su accesibilidad para las personas con discapacidad;

c) Ofrecer formación a todas las personas involucradas en los problemas de accesibilidad a que se enfrentan las personas con discapacidad;

d) Dotar a los edificios y otras instalaciones abiertas al público de señalización en Braille y en formatos de fácil lectura y comprensión;

e) Ofrecer formas de asistencia humana o animal e intermediarios, incluidos guías, lectores e intérpretes profesionales de la lengua de señas, para facilitar el acceso a edificios y otras instalaciones abiertas al público;

f) Promover otras formas adecuadas de asistencia y apoyo a las personas con discapacidad para asegurar su acceso a la información;

g) Promover el acceso de las personas con discapacidad a los nuevos sistemas y tecnologías de la información y las comunicaciones, incluida Internet;

h) Promover el diseño, el desarrollo, la producción y la distribución de sistemas y tecnologías de la información y las comunicaciones accesibles en una etapa temprana, a fin de que estos sistemas y tecnologías sean accesibles al menor costo.

De esta forma la Convención garantiza y promueve íntegramente el derecho a la salud en el sentido más amplio y del cual deben gozar las personas con discapacidad, sin limitantes ni restricciones.

4. En cuanto a la legislación nacional interna, la Ley General de las Personas con Discapacidad establece en su artículo 7, que las personas con discapacidad tienen derecho a servicios públicos para la atención de su salud y rehabilitación integral, para lo cual las autoridades competentes del sector salud, en su respectivo ámbito de competencia, diseñarán, ejecutarán y evaluarán programas para la orientación, prevención, detección, estimulación temprana, atención integral y rehabilitación de las diferentes discapacidades.

Asimismo, establecerán los programas de educación para la salud, celebrarán convenios de colaboración con instituciones educativas públicas y privadas; implementarán acciones de capacitación y actualización dirigidos al personal médico y administrativo para la atención de la población con discapacidad; implementarán mecanismos para garantizar servicios de atención y tratamiento psicológicos; elaborarán y expedirán normas técnicas para la atención de estas personas; ofrecerán información, orientación y apoyo psicológico, tanto a las personas con discapacidad como a sus familiares, y crearán programas de educación, rehabilitación y orientación.

Por su parte, el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal confiere a la Secretaría de Salud el establecimiento y conducción de la política nacional en materia de asistencia social, servicios médicos y salubridad general, con excepción de lo relativo al saneamiento del ambiente.

También es la encargada de crear y administrar establecimientos de salubridad, asistencia pública y terapia social; planear, normar, coordinar y evaluar el Sistema Nacional de Salud, y proveer la adecuada participación de las dependencias y entidades públicas que presten servicios de salud.

Asimismo, de conformidad con la Ley, la Secretaría de Salud propiciará y coordinará la participación de los sectores social y privado en dicho Sistema; determinará las políticas y acciones de inducción y concertación correspondientes; dictará las normas técnicas a que quedará sujeta la prestación de servicios de salud en las materias de salubridad general, incluyendo las de asistencia social; ejecutará el control sobre preparación, posesión, uso, suministro, importación, exportación y distribución de drogas y productos medicinales, y pondrá en práctica las medidas tendientes a conservar la salud y la vida de los trabajadores.

A su vez, la Ley General de Salud, materia de la presente iniciativa, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 1984 y se define como la ley que reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona en los términos del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia entre la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general.

Sin embargo, en lo que respecta a las personas con discapacidad nos encontramos con que la Ley General de Salud no cumple a cabalidad con los requisitos mínimos establecidos en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ya que el trato que les da a ellas resulta despectivo y obsoleto.

En su articulado no se han realizado adecuaciones tan sencillas como cambiar el término "invalidez" por el de "discapacidad" o "personas con discapacidad". Al mismo tiempo, se estima necesario dar una atención más integral a la discapacidad, garantizando que esa condición no sea solamente prevenida, sino también habilitada y rehabilitada.

Al respecto, debemos tener claro que la rehabilitación es el conjunto de procedimientos médicos y psicológicos para que una persona con discapacidad alcance el más completo potencial físico, psicológico, etcétera, intentando con ello restaurar los efectos producidos por la discapacidad. Es así que la rehabilitación debe actuar tanto en la causa de la discapacidad como en los efectos que esta produce, en tanto que la habilitación se refiere a los procesos terapéuticos, educativos y sociales aplicados a individuos que han sufrido una discapacidad antes de adquirir una habilidad propia dentro de su desarrollo.

Resulta oportuno advertir que para el pleno funcionamiento de la habilitación y rehabilitación, es necesario que estos procesos estén coordinados en el desarrollo de las habilidades funcionales de cada individuo, a través de objetivos claramente establecidos que tengan como finalidad obtener el máximo nivel de independencia.

Es en este sentido que otra de las finalidades de la iniciativa es garantizar que las instituciones médicas o de salud cuenten con las adecuaciones necesarias que les permitan el libre acceso y tránsito a las personas con discapacidad dentro de estas.

Por último, es urgente que trabajemos en pro del respeto del derecho a la salud de las personas con discapacidad, con la finalidad de materializar de una vez por todas uno de los derechos más importantes que tienen estas personas, inherente a ellos por el simple hecho de serio y que a través de los años no ha sido garantizado íntegramente.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos citados en el proemio, se propone la siguiente:

Iniciativa con proyecto de decreto por el cual se reforman diversos artículos de la Ley General de Salud

Artículo Único: Se reforman la fracción XIX del artículo 3o., la fracción III del artículo 6o., los artículos 46, 59, la fracción VI del artículo100, la fracción I del artículo104, la fracción III del artículo 112, el Título Noveno incluidos el artículo 167, las fracciones I, II y IV del artículo 168, los artículos 171 y 173, las fracciones I a VII del artículo 174 y los artículos 175, 177, 178 y 180, además de la fracción I del artículo 254, el artículo 300, la fracción I del artículo 326, y los artículos 332, 465 y 467, todos de la Ley General de Salud para quedar como siguen:

Artículo 3o. En los términos de esta Ley, es materia de salubridad general:

I. a XVIII. ...

XIX. La prevención, habilitación y rehabilitación de la discapacidad.

XX. a XXX. ...

Artículo 6o. El sistema nacional de salud tiene los siguientes objetivos: I. y II. ...

III. Colaborar al bienestar social de la población mediante servicios de asistencia social, principalmente a menores en estado de abandono, ancianos desamparados y personas con discapacidad, para fomentar su bienestar y propiciar su incorporación a una vida equilibrada en lo económico y social;

IV. a VIII ...

Artículo 46. La construcción y equipamiento de los establecimientos dedicados a la prestación de servicios de salud, en cualquiera de sus modalidades, se sujetará a las normas oficiales mexicanas que, con fundamento en esta Ley y demás disposiciones generales aplicables, expida la Secretaría de Salud, sin perjuicio de la intervención que corresponda a otras autoridades competentes, garantizando que estos establecimientos cuenten con las adecuaciones necesarias que permitan el libre acceso y tránsito a las personas con discapacidad.

Artículo 59. Las dependencias y entidades del sector salud y los gobiernos de las entidades federativas, promoverán y apoyarán la constitución de grupos, asociaciones y demás instituciones que tengan por objeto participar organizadamente en los programas de promoción y mejoramiento de la salud individual o colectiva, así como en los de prevención de enfermedades y accidentes, y de prevención, habilitación y rehabilitación de la discapacidad.

Artículo 100. La investigación en seres humanos se desarrollará conforme a las siguientes bases:

I. a V. ...

VI. El profesional responsable suspenderá la investigación en cualquier momento, si sobreviene el riesgo de lesiones graves, discapacidad o muerte del sujeto en quien se realice la investigación, y

VII. ...

Artículo 104. La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, y de conformidad con la Ley de Información Estadística y Geográfica y con los criterios de carácter general que emita la Secretaría de Programación y Presupuesto, captarán, producirán y procesarán la información necesaria para el proceso de planeación, programación, presupuestación y control del Sistema Nacional de Salud, así como sobre el estado y evolución de la salud pública.

La información se referirá, fundamentalmente, a los siguientes aspectos:

I. Estadísticas de natalidad, mortalidad, morbilidad y discapacidad.

II. y III. ...

Artículo 112. La educación para la salud tiene por objeto: I. y II. ...

III. Orientar y capacitar a la población preferentemente en materia de nutrición, salud mental, salud bucal, educación sexual, planificación familiar, riesgos de automedicación, prevención de farmacodependencia, salud ocupacional, salud visual, salud auditiva, uso adecuado de los servicios de salud, prevención de accidentes, prevención, habilitación y rehabilitación de la discapacidad, y detección oportuna de enfermedades.

Título Noveno
De la Asistencia Social y la Prevención, Habilitación y Rehabilitación de la Discapacidad

Artículo 167. Para los efectos de esta Ley, se entiende por Asistencia Social el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan al individuo su desarrollo integral, así como la protección física, mental y social de las personas con discapacidad y personas en estado de necesidad o desprotección, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva.

Artículo 168. Son actividades básicas de Asistencia Social:

I. La atención a personas con discapacidad y aquellas que por sus carencias socio-económicas se vean impedidas para satisfacer sus requerimientos básicos de subsistencia y desarrollo;

II. La atención en establecimientos especializados a menores, ancianos y personas con discapacidad, en estado de abandono, desamparo o sin recursos;

III. a IV. ...

V. La prestación de servicios de asistencia jurídica y de orientación social, especialmente a menores, ancianos y personas con discapacidad, sin recursos;

VI. a IX. ...

Artículo 171. Los integrantes del Sistema Nacional de Salud, deberán dar atención preferente e inmediata a menores, ancianos y personas con discapacidad, sometidos a cualquier forma de maltrato que ponga en peligro su salud física y mental. Asimismo, darán esa atención a quienes hayan sido sujetos pasivos de la comisión de delitos que atenten contra la integridad física o mental o el normal desarrollo psico-somático de los individuos.

En estos casos, las instituciones de salud podrán tomar las medidas inmediatas que sean necesarias para la protección de la salud de los menores y ancianos, sin perjuicio de dar intervención a las autoridades competentes.

Artículo 173. Para los efectos de esta Ley, se entiende por discapacidad aquella deficiencia física, mental, intelectual o sensorial a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puede impedir la participación plena y efectiva de la sociedad, en igualdad de condiciones.

Artículo 174. La atención en materia de prevención, habilitación y rehabilitación de la discapacidad comprende:

I. La investigación de las causas de la discapacidad y de los factores que la condicionan;

II. La promoción de la participación de la comunidad en la prevención y control de las causas y factores condicionantes de la discapacidad;

III. La identificación temprana y la atención oportuna de procesos físicos, mentales y sociales que puedan causar discapacidad;

IV. La orientación educativa en materia de prevención, habilitación y rehabilitación de la discapacidad a la colectividad en general, y en particular a las familias que tengan una o más personas con discapacidad entre sus miembros, promoviendo al efecto la solidaridad social;

V. La atención integral de las personas con discapacidad, incluyendo la adaptación de las prótesis, órtesis y ayudas funcionales que requieran;

VI. La promoción para adecuar facilidades urbanísticas y arquitectónicas a las necesidades de las personas con discapacidad, y

VII. La promoción de la educación y la capacitación para el trabajo, así como la promoción del empleo de las personas en proceso de rehabilitación y de las personas con discapacidad.

Artículo 175. La Secretaría de Salud establecerá las normas oficiales mexicanas de carácter nacional en materia de prevención, habilitación y rehabilitación de la discapacidad, además de que coordinará, supervisará y evaluará su cumplimiento por parte de las instituciones públicas, sociales privadas que persigan estos fines.

Artículo 177. La Secretaría de Salud a través del organismo a que alude el artículo 172 de esta Ley, y los gobiernos de las entidades federativas, coordinadamente y en sus respectivos ámbitos de competencia, promoverán el establecimiento de centros y servicios de habilitación y rehabilitación somática, psicológica, social y ocupacional para las personas con discapacidad, así como acciones que faciliten la disponibilidad y adaptación de prótesis, órtesis y ayudas funcionales.

Artículo 178. El organismo del gobierno federal previsto en el artículo 172, tendrá entre sus objetivos operar establecimientos de habilitación y rehabilitación, además de realizar estudios e investigaciones, en materia de discapacidad, así como participar en programas de rehabilitación y educación especial.

Artículo 180. La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en coordinación con otras instituciones públicas, promoverán que en los lugares en que se presten servicios públicos, se garantice la accesibilidad de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones.

Artículo 254. La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas en sus respectivos ámbitos de competencia, para evitar y prevenir el consumo de substancias inhalantes que produzcan efectos psicotrópicos en las personas, se ajustarán a lo siguiente:

I. Determinarán y ejercerán medios de control en el expendio de substancias inhalantes, para prevenir su consumo por parte de menores de edad y personas con discapacidad que no puedan comprender el significado del hecho;

II. a IV. ...

...

Artículo 300. Con el fin de proteger la salud pública, es competencia de la Secretaría de Salud la autorización de la publicidad que se refiera a la salud, al tratamiento de las enfermedades, a la prevención, habilitación y rehabilitación de la discapacidad, al ejercicio de las disciplinas para la salud y a los productos y servicios a que se refiere esta Ley. Esta facultad se ejercerá sin perjuicio de las atribuciones que en esta materia confieran las leyes a las Secretarías de Gobernación, Educación Pública, Comercio y Fomento Industrial, Comunicaciones y Transportes y otras dependencias del Ejecutivo Federal.

Artículo 326. El consentimiento tendrá las siguientes restricciones respecto de las personas que a continuación se indican:

I. El tácito o expreso otorgado por menores de edad, personas con discapacidad que no puedan comprender el significado del hecho o por personas que por cualquier circunstancia se encuentren impedidas para expresarlo libremente, no será válido, y

II. ...

Artículo 332. La selección del donante y del receptor se hará siempre por prescripción y bajo control médico, en los términos que fije la Secretaría de Salud.

No se podrán tomar órganos y tejidos para trasplantes de menores de edad vivos, excepto cuando se trate de trasplantes de médula ósea, para lo cual se requerirá el consentimiento expreso de los representantes legales del menor.

Tratándose de menores que han perdido la vida, sólo se podrán tomar sus órganos y tejidos para trasplantes con el consentimiento expreso de los representantes legales del menor.

En el caso de las personas con discapacidad que por su condición no sean capaces de comprender el acto descrito en este artículo y otras personas sujetas a interdicción, no podrá disponerse de sus componentes en vida ni después de su muerte.

Artículo 465. Al profesional, técnico o auxiliar de las disciplinas para la salud y, en general, a toda persona relacionada con la práctica médica que realice actos de investigación clínica en seres humanos, sin sujetarse a lo previsto en el Título Quinto de esta Ley, se le impondrá prisión de uno a ocho años, suspensión en el ejercicio profesional de uno a tres años y multa por el equivalente de cien a dos mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate.

Si la conducta se lleva a cabo con menores, personas con discapacidad que por su condición no sean capaces de comprender el acto descrito en este artículo, ancianos, sujetos privados de libertad o, en general, con personas que por cualquier circunstancia no pudieran resistirse, la pena que fija el párrafo anterior se aumentará hasta en un tanto más.

Artículo 467. Al que induzca o propicie que menores de edad o personas con discapacidad que por su condición no sean capaces de comprender el acto, consuman, mediante cualquier forma substancias, que produzcan efectos psicotrópicos, se le aplicará de siete a quince años de prisión.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor a los 30 días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Recinto Legislativo de San Lázaro, a 9 de enero de 2008.

Senador Guillermo Tamborrel Suárez (rúbrica)
Senador Ernesto Saro Boardman
 
 







Proposiciones

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA EXHORTAR A LA SEMARNAT A DAR SEGUIMIENTO PUNTUAL A LAS LABORES DE RESCATE, ASÍ COMO AL EVENTUAL TRASLADO, DESAGÜE O DISPOSICIÓN FINAL DEL TRASBORDADOR EL ARCÁNGEL, A CARGO DEL DIPUTADO GREGORIO BARRADAS MIRAVETE, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El suscrito, diputado federal del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional ante la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la alta consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El 13 de octubre de 2007 se difundió por la prensa nacional la noticia de que el trasbordador El Arcángel, después de romper amarras en el muelle de Puerto Morelos, municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, había encallado en un barco de arena.

Este hecho no fue más que la culminación de una serie de irregularidades y problemas en un intento de poner en operación una embarcación chatarra con más de 30 años de antigüedad. En seguida trascribo algunos hitos de esa historia negra y que son del dominio público:

22 de marzo de 2007. Los ejecutivos de la naviera San Miguel, SA de CV, anuncian que la dirección de Marina Mercante de la Coordinación General de Puertos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes dio anuencia al transbordador El Arcángel para que preste servicio de transporte de carga en Cozumel, esto pese a que el barco tiene 31 años de haber sido construido.

13 de abril de 2007. Capitán Raymundo Mata Contreras, director general adjunto de Marina Mercante y otros altos funcionarios de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes estuvieron presentes en las maniobras de prueba de atraque del buque. Uno de los motores falló y el atraque se dificultó en condiciones meteorológicas favorables.

15 de abril de 2007. El Arcángel estuvo a punto de encallar en dos ocasiones ese domingo: en el punto de atraque numero tres contra las rocas; y, en la posición de atraque cuatro, donde las corrientes lo arrastraron hasta el balneario Playa Casitas, donde cientos de bañistas miraban atónitos la escena.

8 de mayo de 2007. A las cinco de la mañana El Arcángel dio su viaje inaugural de Cozumel a Calica, luego de más de un año del anuncio de la creación de la naviera San Miguel la embarcación por fin entró en operaciones.

8 de junio de 2007. Por más de una hora el trasbordador de carga El Arcángel intentó atracar en el muelle de carga de la Administración Portuaria Integral de Quintana Roo sin éxito. Los pasajeros entrevistados al descender afirmaron que el retraso se debió a una falla en los motores. Una fuente al interior del Sector Naval Militar filtró información de que el barco, en menos de un mes que tiene operando, ha derramado aceite en el mar durante las travesías entre Calica y Cozumel.

5 de agosto de 2007. El Arcángel preparaba su salida en el turno de las 19 horas y al momento de encender las máquinas sonó una alarma proveniente del motor estribor lo que propicio que los pasajeros y sus vehículos descendieran del navío. Ese mismo mes la Capitanía de Puerto de Cozumel emite una recomendación por escrito a la naviera.

10 de agosto de 2007. Los ejecutivos de la empresa dan a conocer que enviarán el barco a reparar a Cuba.

13 de octubre de 2007. Después de romper amarras el transbordador encalla en un banco de arena.

Desde esa fecha hasta el día de hoy, el transbordador sigue encallado y, por la actitud de empresarios y autoridades, todo parece indicar que la solución y el riesgo que representa para la vida marina y para el turismo van para largo.

Cabe mencionar que la embarcación no hace honor a su nombre, ya que al parecer contiene en sus motores y tanques, aceite y combustibles que, en una operación de rescate mal llevada a cabo (y vaya que las han tenido), puede afectar la vida marina y las actividades productivas en una zona con un intenso desarrollo turístico como lo es Cancún.

Por otra parte, es necesario que la autoridad responsable (Semarnat y la Profepa) verifique las condiciones de seguridad en su eventual traslado, desguace o disposición final, toda vez que se tiene información de la posible utilización de asbesto, material prohibido y peligroso, en su construcción.

Por lo expuesto anteriormente, someto a esta soberanía la aprobación de la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que dé seguimiento puntual a las labores de rescate, así como el eventual traslado, desguace o disposición final del transbordador El Arcángel, verificando el cabal cumplimiento de las disposiciones legales que regulan la materia para evitar daños a los recursos naturales o a los ecosistemas, e informe de las medidas tomadas a esta honorable Cámara de Diputados.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de enero de 2008.

Diputado Gregorio Barradas Miravete (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE LA COMISIÓN PERMANENTE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A REALIZAR UN ESTUDIO INTEGRAL SOBRE LAS REPERCUSIONES QUE LA NUEVA LEY DE TRABAJADORES LEGALES DE ARIZONA TENDRÁ PARA EL PAÍS Y –DE MANERA INICIAL– LOS MUNICIPIOS FRONTERIZOS DE SONORA, A CARGO DEL SENADOR ALFONSO ELÍAS SERRANO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El pasado mes de junio del 2007, se aprobó en el estado de Arizona un nuevo ordenamiento llamado "Ley de Trabajadores Legales de Arizona" que castiga rigurosamente a los patrones que empleen a inmigrantes indocumentados, estableciéndose el 1 de enero del 2008 como fecha de inicio de su vigencia.

Existen varios juicios reclamando la inconstitucionalidad de la ley, interpuestos por empresarios y organizaciones civiles norteamericanas que han aplazado la ejecución de este ordenamiento.

Sin embargo, ya ha causado pánico entre nuestros paisanos que radican en el estado de Arizona, y alarma en los municipios fronterizos del estado de Sonora.

La también llamada "Ley de Sanciones a Empleadores" castigará al patrón que con conocimiento de causa contrate a un trabajador indocumentado, obligándolo a usar una base de datos federal en la que supuestamente podrá confirmar la legitimidad de una persona para laborar.

La ley establece que la primera infracción originará la suspensión de su licencia para operar por 10 días, y en la segunda generará la revocación definitiva de dicho permiso.

Según datos de la Universidad Estatal de Arizona, el número de indocumentados en el estado asciende a 500 mil personas, que constituyen aproximadamente el 11 por ciento de la fuerza de trabajo local.

El sentimiento antiinmigrante se incrementa cada vez más en la sociedad estadounidense, producto de la percepción de que el migración, lo que ha originado un cúmulo de legislaciones locales, muchas de ellas radicales y violatorias de los derechos humanos.

Tan sólo en el 2007, las legislaturas estatales estadounidenses produjeron poco más de mil 500 iniciativas de ley relacionadas con el tema, que van desde la prohibición del uso oficial del idioma español hasta la negativa de acceso a la educación y la salud a personas indocumentadas, prohibiéndoles el arrendamiento de viviendas, la obtención de licencias o permisos y el acceso a servicios públicos.

Sonora será, sin duda, la entidad en la que mayormente se resentirán los efectos de este nuevo ordenamiento, pues el tramo entre Sonora y Arizona reporta el flujo más considerable de migrantes –cerca del 45 por ciento del total– y también el mayor número de repatriaciones de connacionales, promediando alrededor del 38 por ciento en el transcurso del año.

Las autoridades de los municipios fronterizos sonorenses han comenzado a mostrar su desesperación ante el cúmulo de problemas sociales y económicos que se avecinan en dichas localidades ante el éxodo de connacionales procedentes de Arizona, quienes de acuerdo a la experiencia demandarán atención médica, educación y empleo, en tanto encuentran los medios para regresar a sus lugares de origen.

Y los gobiernos locales, con sus reducidos presupuestos, no están en posibilidades de atender las necesidades de los nuevos pobladores, mucho menos ante un incremento masivo como el que se anticipa como producto de la nueva ley arizonense.

En este sentido, es que presento ante esta honorable Comisión Permanente la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, hace un respetuoso exhorto al Ejecutivo federal, para que por conducto de la Secretaría de Gobernación, a través de su Subsecretaría de Migración, Población y Asuntos Religiosos, el Instituto Nacional de Migración y el Consejo Nacional de Población, así como de la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de sus embajadas y consulados, realice un estudio integral sobre el impacto que tendrá para el país y, de manera inicial, para los municipios fronterizos del estado de Sonora, la nueva "Ley de Trabajadores Legales de Arizona" y, en consecuencia, asigne los recursos necesarios a las haciendas públicas municipales y preste la asesoría técnica suficiente para que estén en posibilidades de hacer frente a los problemas derivados del excepcional incremento poblacional.

A los nueve días del mes de enero de 2008.

Senador Alfonso Elías Serrano (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE LA COMISIÓN PERMANENTE SOLICITA AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL QUE PROPONGA FORMALMENTE A LOS GOBIERNOS DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y DE CANADÁ LA REVISIÓN DEL CAPÍTULO AGROPECUARIO DEL TLCAN, A CARGO DEL SENADOR SILVANO AUREOLES CONEJO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

Quien suscribe, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, a la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 67, numeral 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía, para efecto de que sea considerada como asunto de urgente u obvia resolución y puesta a discusión de inmediato, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión solicita al titular del Poder Ejecutivo federal que proponga formalmente a los gobiernos de los Estados Unidos de América y de Canadá, la revisión del capítulo agropecuario del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, de conformidad con lo establecido en el Capitulo XXII, artículo 2202, del propio texto del acuerdo trilateral.

Segundo. En tanto se lleva a cabo dicho proceso de renegociación, se exhorta al Poder Ejecutivo a aplicar las medidas bilaterales contempladas en el artículo 801, Capítulo VIII, del texto del Tratado de Libre Comercio de América del Norte.

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 9 de enero de 2008.

Senador Silvano Aureoles Conejo (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, RELATIVO AL DERRAME DE HIDROCARBUROS EN LA SONDA DE CAMPECHE, A CARGO DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PVEM

Jorge Legorreta Ordorica y Manuel Portilla Diéguez, integrantes de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 116 y 127 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes

Consideraciones

Como todos sabemos, el 23 de octubre se presentó la colisión de una plataforma petrolera con el pozo KAB 101, provocando un derrame de petróleo en una emergencia donde, por irresponsabilidad de los encargados de la plataforma (además de los encargados en tierra), hubo más de 21 personas muertas.

Desde ese momento denunciamos que este era un accidente muy importante, tal vez el mayor ocurrido desde el derrame del pozo Ixtoc en 1979.

Sin embargo, las autoridades ambientales, así como la propia empresa Pemex, minimizaron los daños y ocultaron los datos reales. Por ejemplo, se dijo que el pozo KAB 101 producía un promedio de 500 barriles diarios, mientras los registros oficiales demostraban que producía mil 500 barriles por día y eso era lo que se derramaba.

Se ha demostrado científicamente que los derrames de hidrocarburos como este provocan daño a la vida marina, ya que los componentes de los hidrocarburos pasan a formar parte de la cadena alimenticia porque los animales bivalvos, como son los ostiones y mejillones, absorben el petróleo que se acumula en sus tejidos, convirtiéndolos en alimentos con diversas grados de toxicidad para el ser humano. Si los niveles de hidrocarburos son altos en el medio marino, pueden llegar incluso a obstruir sus sistemas respiratorios y matarlos.

De igual manera, animales que dependen de peces para su supervivencia, se ven afectados por los altos grados de toxicidad y envenenamiento de sus presas. También existe un daño a la vegetación marina, ya que obstruye e impide la fotosíntesis (tan indispensable para la base de la vida marina) de la cual dependen todos los animales que forman parte de la cadena alimenticia.

Los daños a la vida marina, manglares, pesca y acuacultura y, por tanto, a la economía local y regional, son también impredecibles.

Con fecha 15 de noviembre, el Senado de la República aprobó un punto de acuerdo en el que se solicitaba, tanto a la Semarnat como a la Profepa, determinaran el alcance y los impactos presentes y probables a los ecosistemas marinos y costeros, derivados del derrame de hidrocarburos ocurrido en la sonda de Campeche. También se solicitó a la Conapesca realizara la investigación sobre los impactos en las pesquerías de la zona. De la misma forma se solicitó a la Secretaría de Trabajo y a Pemex se garantizara la debida atención a los deudos y la revisión exhaustiva de las causas que provocaron la muerte de dichos trabajadores. Hasta el momento nada se ha informado.

A pesar de que hubo varias ocasiones en que Pemex declaraba que ya había controlado el derrame, los medios dejaron ver la llegada de hidrocarburos a las costas y a los manglares, hecho que pasó a segundo término por el desastre provocado por las lamentables inundaciones ocurridas en Tabasco.

Es así que sólo hasta el día 17 de diciembre Pemex declaraba que ya había logrado el control efectivo del pozo KAB 101.

Hoy es tiempo de iniciar las acciones de restauración. Muchos de los daños se llevaron a cabo en la zona de Laguna de Términos. Ésta es un área natural protegida decretada en 1995, misma que cuenta con un plan de manejo elaborado

Además, se creó el Consejo Consultivo dependiente directo de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), en el que se encuentran representados todos los sectores productivos del área protegida. Dentro de este consejo existe un subcomité técnico-científico que es el encargado de dirigir los destinos del dinero disponible. En este caso, las acciones de este Consejo Consultivo resultan de primer orden para otorgar certeza jurídica y confianza a la población afectada, ya que todos los sectores están representados. Además, se creó un fideicomiso precisamente para obras de remediación para este tipo de casos.

Sin embargo, y a pesar de haber sido creado con actores de todos los sectores de la sociedad, incluyendo académicos y científicos y la misma empresa Pemex, este consejo no ha tenido actividad en los últimos 5 años.

Por tanto, y siendo el canal institucional correcto para el manejo del presupuesto destinado para las acciones de remediación por los daños provocados en el Área Natural Protegida Laguna de Términos, es muy importante que este Consejo Consultivo se reactive y tome el liderazgo en estas acciones. Parte de las acciones del consejo son definir los criterios ambientales que normaran las actividades petroleras en el área.

Por lo anterior, además de insistir en que las diversas dependencias involucradas tomen acción y entreguen los informes que requirió el Senado de la República, resulta necesario solicitar a la Conanp, intervenga sin dilación y reactive el Consejo Consultivo del Área Natural Protegida Laguna de Términos.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a su consideración el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a la Comisión Nacional de Pesca y Acuacultura, así como a Petróleos Mexicanos, rindan un informe completo acerca de todas las acciones tomadas para limitar el daño a los ecosistemas marinos y costeros, así como el impacto en dichos ecosistemas y actividades pesqueras.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas que, en el ámbito de sus atribuciones, reactive las actividades del Consejo Consultivo del Área Natural Protegida Laguna de Términos, en el estado de Campeche, a fin de que retome las actividades que habían llevado a una buena conducción ambiental de dicha área y se proceda a otorgar financiamiento para la remediación de áreas afectadas por el derrame de hidrocarburos en la zona, por las vías institucionales, para tal efecto.

Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México

Senador Jorge Legorreta Ordorica; diputado Manuel Portilla Diéguez (rúbrica).
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, PARA EXHORTAR AL EJECUTIVO FEDERAL A DOCUMENTAR EL POSIBLE DAÑO A LOS PRODUCTORES NACIONALES DEL CAMPO Y DETERMINAR CON UN DIAGNÓSTICO SERIO LOS SIGNOS DE UNA AMENAZA AL CAMPO MEXICANO E IMPULSAR TODAS LAS ACCIONES EN EL MARCO DEL CAPÍTULO VIII, "MEDIDAS DE EMERGENCIA", DEL TLCAN, A CARGO DEL DIPUTADO CUAUHTÉMOC VELASCO OLIVA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA

Los suscritos, diputados federales Alejandro Chanona Burguete y Cuauhtémoc Velasco Oliva, del Grupo Parlamentario de Convergencia en la Cámara de Diputados, LX Legislatura, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentan ante la Comisión Permanente la siguiente proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, para exhortar al Ejecutivo federal a documentar el posible daño a los productores nacionales del campo y determinar con un diagnóstico serio los signos de una amenaza al campo mexicano; y actuar en consecuencia con el Capítulo VIII del Tratado de Libre Comercio de América del Norte y, en su caso, tomar las medidas de emergencia transitorias que sean necesarias, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La falta de previsión de los gobiernos de la república para atender el cumplimiento del calendario de eliminación arancelaria, acordado en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), nos exige ahora tomar medidas urgentes para afrontar todas sus consecuencias.

La liberalización arancelaria del frijol, del maíz, de la caña de azúcar y de la leche en polvo plantea un escenario que requiere de forma urgente nuestra atención y acción.

La situación del campo mexicano en general es grave por el abandono a que ha estado sujeto. Sabemos que nuestros campesinos se han visto obligados a abandonar el cultivo de la tierra. De hecho, la superficie de tierra cultivable en México se redujo 16 por ciento entre 1985 y 2007.

Así, nuestra capacidad productiva se ha contraído. Mientras que en México la razón del costo de hectárea cultivada por toneladas producidas de maíz es de 80 dólares por 2.4 toneladas de grano, en Estados Unidos es de 20 dólares por 8.4 toneladas.

De forma paralela, la capacidad productiva de frijol por hectárea cultivada en México es de 600 kilogramos, mientras que en Estados Unidos es de mil 800 kilogramos.

La situación es grave si se considera que 22 por ciento de la fuerza laboral de México se concentra en el campo; y que la producción de maíz ocupa 60 por ciento; el cultivo de frijol es el segundo empleador de la fuerza laboral agrícola.

Nuestra balanza comercial es deficitaria. De 1985 a 2007 creció en 192 por ciento. Para el caso del maíz, se estima que en 2007 nuestras exportaciones disminuyan 65 por ciento. En tanto, las exportaciones de frijol en 2006 disminuyeron 67 por ciento.

Ese escenario muestra con toda claridad que la importación indiscriminada de estos granos agravará sensiblemente la precaria situación del campo mexicano. El daño que provocarán al sector agrícola las importaciones es inminente.

Adicionalmente, debe señalarse que los apoyos y subsidios que Estados Unidos otorga a su sector agrícola son mayores que en México, lo que provoca competencia desleal e inicua.

Nuestro vecino del norte subsidia la agricultura en cerca de 26 mil dólares al año por productor; mientras que en México esta cifra es de 700 dólares.

Estamos en la antesala de la afectación a 30 millones de mexicanos vinculados, directa o indirectamente a esta actividad agrícola; del descontento popular por el incremento de la tortilla y otros productos básicos; y de mayor abandono del campo y de emigración al vecino del norte. Ya el Banco Mundial señaló que en los últimos 10 años fue de un cuarto de la población campesina.

En ese contexto, esta soberanía no puede regatear su apoyo al campo y a los campesinos mexicanos. En este momento crítico, el Congreso de la Unión debe asumir su responsabilidad e impulsar un conjunto de iniciativas en apoyo de la agricultura nacional. La propuesta que hoy presentamos se inscribe en tal corriente y es suplementaria a otros actos de esta Cámara.

Hagamos efectivas todas las previsiones consideradas en el TLCAN; no sólo las relativas a la eliminación arancelaria sino, también, con mayor fuerza, las que nos ayudan a proteger nuestra economía. No sólo puede insistirse en la renegociación del TLCAN: también podemos invocar los artículos 801 a 805, donde claramente se consagra que las partes pueden tomar medidas de emergencia transitorias cuando se identifica un daño o una amenaza a los productos y a los productores de un país miembro.

En consideración de lo anterior, nos permitimos someter a la aprobación de la Comisión Permanente la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

De urgente u obvia resolución

Único. Se exhorta al Ejecutivo federal a documentar el posible daño a los productores nacionales del campo y determinar con un diagnóstico serio los signos de una amenaza al campo mexicano e impulsar todas las acciones que en el marco del Capítulo VIII, "Medidas de Emergencia", del Tratado de Libre Comercio de América del Norte se prevén para proteger al campo mexicano.

Sede de la Comisión Permanente, a 9 de enero de 2008.

Diputados: Alejandro Chanona Burguete, Cuauhtémoc Velasco Oliva (rúbrica).
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE LA COMISIÓN PERMANENTE HACE UN URGENTE LLAMADO AL GOBIERNO FEDERAL PARA QUE INSTAURE DIVERSAS ACCIONES CON RELACIÓN AL CAPÍTULO AGROPECUARIO DEL TLCAN, A CARGO DEL DIPUTADO PABLO LEOPOLDO ARREOLA ORTEGA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PT

A 13 de años de que entró en vigor el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y Canadá, ha quedado demostrado que el propósito fundamental era reforzar la relación de negocios de las empresas asentadas en territorio mexicano, con sus contrapartes estadounidense y canadiense.

A los tecnócratas mexicanos negociadores del TLC nunca preocupó el interés del pueblo, ni mucho menos la situación de los micro, pequeños y medianos productores.

Sólo tenían en mente promover los negocios del gran capital nacional e internacional, como la evidencia ha probado en todos estos años de libre comercio con nuestros socios del norte.

Demagógicamente difundieron la idea de que los trabajadores tendrían mayores oportunidades de empleo y de ingreso, mejorando con ello su nivel de vida. Los dólares formarían parte de la economía cotidiana en nuestro país.

Efectivamente, México ha recibido gran cantidad de dólares por las exportaciones que se realizan al mercado mundial, sólo que la mayor parte de éstos queda depositada en bancos extranjeros, debido a la sobrevaluación cambiaria, que sirve de pretexto a los empresarios para no traer dólares baratos al país porque eso implica perder parte del poder adquisitivo de sus exportaciones.

Este hecho lo documentan fehacientemente el Banco de México y la OCDE, cuando señalan que más de 70 mil millones de dólares están depositados en bancos del exterior, cuyos propietarios son capitalistas mexicanos.

En cambio, esos empresarios utilizan los dólares baratos que envían los migrantes mexicanos a sus familias para comprar empresas en el extranjero.

Los dólares llegan al país gracias a los migrantes, al petróleo y al turismo, y por el narcotráfico, no por los empresarios mexicanos.

¿Dónde están las supuestas ventajas que traería para el pueblo mexicano la firma de un acuerdo comercial de tal envergadura como el TLC?

Calderón afirma que tenemos más empleos remunerados y mejores salarios. ¿Dónde están, que no los vemos? Millones de mexicanos están en la economía del ambulantaje, el desempleo y la migración.

Nuestro PIB pasó de 421 mil millones de dólares a 892 mil millones de dólares en los años trascurridos del TLC.

Mientras, los ingresos por exportaciones de bienes, servicios y transferencias pasaron de 78 mil millones de dólares en 1994 a 250 mil millones de dólares en 2006.

Nadie puede negar que la inserción de México en el mercado mundial se amplió, pero el asunto de fondo es que los únicos beneficiarios de esta mayor integración son los grandes empresarios industriales y agrícolas.

Este hecho es irrebatible, pero las consecuencias también son irrefutables porque hoy tenemos mayor número de migrantes que cruzan la frontera cada año, pueblos enteros en el campo ya sin hombres e incluso muchos ya no existen, producto de la migración masiva.

Los productores de caña de azúcar, maíz, frijol, trigo, carne de cerdo y leche, por mencionar los casos más delicados, sufren los brutales efectos de la desgravación arancelaria total, como resultado de los acuerdos del TLC.

Los datos son demoledores: hasta octubre de 2007, las importaciones mexicanas del sector agrícola sumaban 10 mil 500 millones de dólares, mientras que las exportaciones ascendían a 8 mil 500. Lo mismo ha sucedido desde 1994: hemos comprado 10 mil 900 millones de dólares en 2006 y las ventas llegaron a 9 mil 400 millones de dólares.

Entonces, los legisladores no nos podemos quedar con los brazos cruzados ante la cerrazón y la pasividad de un Ejecutivo federal proclive a los beneficiarios del TLC, como en días pasados quedó de manifiesto en el caso de los productos farmacéuticos, a los que sí se está protegiendo de la competencia extranjera.

Para el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, es más que claro que Calderón no tiene la menor intención de poner a debate el Capítulo Agropecuario del TLC, como lo manifestó en su alocución de principio de año.

Pensamos que es equivocado asumir que ya nada puede hacerse para negociar; nuestra posición estriba en que el Capítulo Agropecuario sí es renegociable en tanto forme parte de la agenda bilateral sobre narcotráfico y migración.

En esas condiciones, los legisladores del Partido del Trabajo consideran que, dadas las graves repercusiones que tiene el TLC sobre los productores del campo y de las pequeñas y medianas industrias, es necesario que el Ejecutivo federal tome la iniciativa de renegociarlo.

Para ello proponemos que se instauren las medidas compensatorias necesarias que reviertan los efectos de la competencia desigual que significa el tratado.

Asimismo, se instaure de inmediato un plan emergente que pueda paliar la situación del campo y de los micro, pequeños y medianos empresarios.

También, que se constituya por Estados Unidos y Canadá un fondo financiero para mitigar los efectos de la polarización regional que ha alentado el acuerdo en la economía de México, como lo hizo la Unión Europea cuando incorporó países de menor desarrollo a la unión económica.

Por las consideraciones expuestas, el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión hace un urgente llamado al Gobierno federal para que se instauren las siguientes acciones:

Primera. Que la administración federal se aboque de inmediato a renegociar el Capítulo Agropecuario del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y Canadá.

Segunda. Se instauren las medidas compensatorias necesarias que reviertan los efectos de la competencia desigual que significa este tratado.

Tercera. Se instaure de inmediato un plan emergente que pueda paliar la situación del campo y de los micro, pequeños y medianos empresarios.

Cuarta. Que el Ejecutivo federal solicite que se constituya por Estados Unidos y Canadá un fondo financiero para mitigar los efectos de la polarización regional.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a nueve de enero de dos mil ocho.

Diputado Pablo Leopoldo Arreola Ortega (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE LA COMISIÓN PERMANENTE EXPRESA SU REPUDIO AL ASESINATO DE LA EX PRIMERA MINISTRA DE PAKISTÁN Y REITERA SU ENÉRGICA CONDENA A LA VIOLENCIA Y AL TERRORISMO, EN CUALQUIERA DE SUS MANIFESTACIONES, A CARGO DEL DIPUTADO CARLOS ALBERTO GARCÍA GONZÁLEZ, EN NOMBRE DE LA SEGUNDA COMISIÓN

Quienes suscriben, integrantes de la Segunda Comisión de Relaciones Exteriores, Defensa Nacional y Educación de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del Pleno de esta Comisión Permanente, la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución por el que la Comisión Permanente del Congreso de la Unión expresa su repudio al asesinato de la ex primera ministra de Pakistán, Benazir Bhutto, y reitera una enérgica condena a la violencia y al terrorismo en cualquiera de sus manifestaciones al tenor de las siguientes

Consideraciones

El pasado 27 de diciembre, la lideresa opositora y ex primera ministra de Pakistán, Benazir Bhutto, murió a consecuencia de un atentado suicida cometido durante un mítin electoral en la ciudad de Rawalpindi, cerca de Islamabad.

Bhutto, quien participaría en las elecciones legislativas del próximo 8 de enero, habría fallecido tras recibir un disparo en la cabeza durante el ataque, en el que también murieron al menos 25 personas según preciso el propio gobierno pakistaní.

Bhutto, quien regresó en octubre pasado a Pakistán tras casi nueve años de exilio, era considerada como uno de los principales líderes de la oposición contra el gobierno del presidente Pervez Musharraf y ya había sido objetivo de ataques violentos de parte del extremismo islámico aunque hasta entonces había salido ilesa de los mismos.

Dos veces primera ministra de Pakistán (1988-1990) y (1993-1996), Bhutto heredó la dirección del Partido Popular de Pakistán, fundado en 1967 por su padre y era, sin duda, uno de los personajes más importantes de la política pakistaní e internacional. Su magnicidio ha provocado una reacción internacional de repudio y consternación al mismo tiempo que ha encendido los ánimos y la confrontación política en un país donde los extremismos y los radicalismos están desafortunadamente muy lejos de haberse erradicado.

Con dolor y tristeza, la comunidad internacional ha venido atestiguando la forma en que este cobarde asesinato ha contribuido a minar el proceso democrático en curso en Pakistán y ha dado un golpe severo a la economía y a la paz internacional.

Ni la violencia ni el terrorismo en ninguna de sus manifestaciones puede ofrecer una solución a los conflictos que experimenta el mundo en el siglo XXI. Sólo la tolerancia, la democracia, el pluralismo y el respeto a la ley abonan a la concordia, a la paz y al respeto frente a visiones antagónicas de una misma realidad.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, se somete a la consideración del Pleno de esta Comisión Permanente, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión expresa su repudio al asesinato de la ex primera ministra de Pakistán, Benazir Bhutto, y reitera una enérgica condena a la violencia y al terrorismo en cualquiera de sus manifestaciones.

Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, a 4 de enero de 2008.

Diputado Carlos Alberto García González (rúbrica)
Presidente
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, PARA EXHORTAR A LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO A DESTINAR RECURSOS A LA MODERNIZACIÓN DE LOS PUESTOS DE REVISIÓN CARRETEROS PRIORITARIOS, A CARGO DEL DIPUTADO JORGE JUSTINIANO GONZÁLEZ BETANCOURT, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El suscrito, Jorge Justiniano González Betancourt, diputado federal de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión por el Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

El Estado mexicano, a través de sus tres niveles de gobierno y de todas las autoridades que tengan atribuciones relacionadas, directa o indirectamente, con la seguridad, deben coadyuvar a lograr los objetivos de ésta, traducidos en libertad, orden y paz pública, como condiciones imprescindibles para gozar de las garantías que la Constitución reconoce a los gobernados. El examen de los diferentes preceptos citados, concluye que los conceptos de garantías individuales y seguridad no sólo no se oponen sino se condicionan recíprocamente.

Al instalar los puestos de revisión carreteros, la Secretaría de la Defensa Nacional lo hace atendiendo una estrategia del Estado contra la delincuencia organizada. No tendría razón de ser la seguridad, si no se buscara crear condiciones adecuadas para que los gobernados gocen de sus garantías; de ahí que el constituyente originario y el poder reformador de la Constitución, hayan dado las bases para que equilibradamente, y siempre en el estricto marco del derecho, se puedan prevenir, remediar y eliminar o, al menos disminuir significativamente, situaciones de violencia que como hechos notorios se ejercen en contra de las personas en su vida, libertad, posesiones, propiedades y derechos.

Por ello, sería inadmisible interpretar la seguridad como posibilidad de afectar a los individuos en sus garantías, lo que daría lugar a acudir a los medios de defensa que la propia Constitución prevé para corregir esas desviaciones. Consecuentemente, por el bien de la comunidad a la que se debe otorgar la seguridad, resulta inadmisible un criterio que propicie la proliferación y fortalecimiento de fenómenos que atenten gravemente contra los integrantes del cuerpo social, así como de cualquier otro que favoreciera la arbitrariedad de los órganos del Estado que, so pretexto de la seguridad, pudieran vulnerar las garantías individuales.

Por tanto, debe establecerse el equilibrio entre ambos objetivos: defensa plena de las garantías individuales y seguridad al servicio de aquéllas. Ello implica el rechazo a interpretaciones ajenas al estudio integral del texto constitucional que se traduzca en mayor inseguridad para los gobernados o en multiplicación de las arbitrariedades de los gobernantes, en detrimento de la esfera de derecho de los gobernados.

Para determinar cuáles son las funciones que puede desempeñar el Instituto Armado, es preciso atender las garantías individuales y en especial, la garantía de legalidad prevista en el artículo 16, en cuanto a que no puede molestarse a las personas sino por autoridad competente; de lo que se sigue que toda autoridad, especialmente tratándose de seguridad, tiene dos claras limitaciones, a saber: no vulnerar dichas garantías y no rebasar las atribuciones que las leyes le confieren.

Dentro de este marco es preciso que la solución de ese problema se haga conforme a la aplicación del derecho y su estricto acatamiento, que deben respaldar todas las autoridades de los tres niveles de gobierno, encontrando una fórmula equilibrada que suponga necesariamente la existencia y eficacia de mecanismos de defensa en favor de los gobernados, para así prevenir y remediar todo tipo de abuso por parte de las autoridades en el ejercicio de sus facultades, o en la extralimitación en éste, en particular, cuando ello sucede en el delicado campo de la seguridad interior.

El Ejército, Fuerza Aérea y Armada, si bien pueden participar en acciones civiles en favor de la seguridad, en situaciones en que no se requiera suspender las garantías, ello debe obedecer a la solicitud expresa de las autoridades civiles a las que deberán estar sujetos, con estricto acatamiento a la constitución y a las leyes.

Atendiendo lo anterior, la vigencia de los puestos de revisión carreteros es en función de los criterios para la seguridad. Existen porque son necesarios, han dado resultados efectivos y siguen siendo un referente social para la tranquilidad en las carreteras federales. Lo que se requiere es modernizarlos aplicando tecnología al servicio de los ciudadanos para que las revisiones a cargo del personal puedan ser ágiles y evitando en lo posible el menor tiempo posible de espera para los ciudadanos tanto a quienes circulan en automóviles particulares como quienes trabajan en el transporte público.

El proyecto, para iniciar su modernización, ya fue expuesto por la Subcomisión de Legislación Militar de la Comisión de Defensa nacional quienes se trasladaron en el mes de junio pasado, en gira de trabajo a Sonora al puesto de revisión militar "Benjamín Hill", cuyo informe fue aprobado por unanimidad al interior de este órgano legislativo. Dicha visita se realizó atendiendo una proposición con punto de acuerdo del diputado David Figueroa Ortega, del Partido Acción Nacional, cuyo dictamen elaborado por la Comisión de Defensa Nacional, también fue aprobado por este pleno.

Para el puesto de control de Benjamín Hill, se requiere una inversión superior a los 100 millones de pesos que se están gestionando por parte del gobierno del estado el cual ha aportado los terrenos para la construcción del punto de revisión inteligente en el municipio de Querobabi, a unos 15 kilómetros del actual punto de revisión de Benjamín Hill.

Por tanto, con esta proposición se pretende dejar claro nuevamente que no es la Secretaría de la Defensa Nacional la dependencia responsable de la modernización de estos puestos de revisión, sino que, como representantes populares, debemos insistir ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que en el marco de sus facultades destine los recursos necesarios para este fin.

Asimismo, en reciente visita al puesto de control de "El desengaño", en Sinaloa, de una delegación de diputados federales integrantes de la Comisión de Defensa Nacional, se pudo constatar que la Secretaría de la Defensa Nacional, atendiendo los justos reclamos de diversos sectores de la sociedad, ha hecho un gran esfuerzo por adquirir una nueva tecnología que permita eficientar los procesos de revisión en los puestos de control como es el caso de los dispositivos de detección molecular. Este puesto de revisión fue remodelado de manera integral gracias a una inversión superior a los 20 millones de pesos que dispuso directamente el gobierno del estado y dispone de una infraestructura de cuatro carriles, un módulo de revisión para tráileres con 4 fosas; un área de revisión de automóviles con ocho fosas; un área de revisión de autobuses con posibilidad de revisar cuatro autobuses al mismo tiempo y un área de descanso de pasajeros. El personal militar cuenta con un edificio entregado por las autoridades estatales en comodato a la Secretaría de la Defensa Nacional el cual dispone de oficinas, salón comedor, cocina, dormitorios, depósito de armamento, baños y un área de esparcimiento.

La pistola de detección molecular cuenta con una capacidad para almacenar hasta 12 tarjetas sensoras que detectan drogas, armas, dinero, psicotrópicos, explosivos y sustancias químicas, entre otros elementos prohibidos por las leyes mexicanas y sancionados en su comercio ilegal. En total, la Secretaría de la Defensa Nacional adquirió 66 equipos para todos los puestos de control estratégicos y se van a adquirir 60 más el próximo año. Estas pistolas moleculares no requieren baterías y funcionan con la energía estática del cuerpo, son muy sensibles y detectan el movimiento de las moléculas abarcando un radio de acción de hasta 300 metros. En este puesto de revisión, con fecha 2 de diciembre se recibieron 12 equipos de detección los cuales se encuentran desde ese momento al servicio del personal militar, obteniendo excelentes resultados y agilizando los tiempos de espera en las revisiones, sin embargo es necesario avanzar en la infraestructura de estos puestos y no sólo en los sistemas de detección.

Finalmente, dejo constancia en el presente punto de acuerdo que los puestos de control carreteros, considerados como prioritarios para el combate al narcotráfico y crimen organizado, los cuales deben considerarse prioritarios para ser modernizados son 10 a nivel nacional: Samalayuca, en Ciudad Juárez, Chihuahua; Tanque escondido, en Saltillo, Coahuila; La Coma, en el municipio de Cruillas, Tamaulipas; La estrella, en Frontera, Tabasco; Salina Cruz, en el municipio del mismo nombre en Oaxaca; Las Arsinas, en Trancoso, Zacatecas; El Atorón, ubicado en Acaponeta, Nayarit; El desengaño, en Los Mochis, Sinaloa; y, Benjamín Hill en Sonora, de los cuales ya me referí, y finalmente en el mismo estado de Sonora el de Cucapá, en el municipio de San Luis Río Colorado.

Por lo anterior, someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a que destine recursos para la modernización de los puestos de revisión carreteros prioritarios, manteniéndolos en mejores condiciones de operación, como una estrategia del Estado mexicano en la lucha contra el narcotráfico y la delincuencia organizada.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de enero de 2008.

Diputado Jorge Justiniano González Betancourt (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE LA COMISIÓN PERMANENTE HACE UN LLAMADO AL EJECUTIVO FEDERAL A FIN DE QUE –MEDIANTE LAS AUTORIDADES CORRESPONDIENTES– VIGILE Y DETENGA EL ALZA DE LOS PRODUCTOS BÁSICOS; Y SOLICITA LA COMPARECENCIA DE LOS TITULARES DE LA SAGARPA, DE LA SEDESOL, DE LA SE Y DE LA PROFECO PARA QUE EXPLIQUEN LAS ACCIONES QUE REALIZARÁ EL GOBIERNO FEDERAL CON OBJETO DE GARANTIZAR QUE SE FRENE EL DETERIORO DEL PODER ADQUISITIVO DE LAS PERSONAS Y DE LAS CONDICIONES DE NEGOCIOS DE LAS EMPRESAS EN EL PAÍS, A CARGO DEL SENADOR CARLOS LOZANO DE LA TORRE, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

Punto de Acuerdo

Primero. Derivado del incremento sustancial de precios de los principales productos básicos y de importantes insumos de producción como la electricidad, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita la comparecencia de los titulares de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, ingeniero Alberto Cárdenas Jiménez; de la Secretaría de Desarrollo Social, licenciada Beatriz Zavala Peniche; de la Secretaría de Economía, doctor Eduardo Sojo Garza Aldape; y de la Profeco, licenciado Antonio Morales de la Peña; para que expliquen a esta soberanía, entre otros planteamientos, las acciones que realizará el gobierno federal con el fin de garantizar que se detenga el deterioro del poder adquisitivo de las personas y de las condiciones de negocios de las empresas en el país.

Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, realiza un severo extrañamiento al titular del Poder Ejecutivo federal, que no ha podido detener de manera significativa el incremento de precios desde el inicio de la presente administración, en virtud incluso, de que el propio Congreso de la Unión le realizara reiterados llamados en nombre de la sociedad que representa, ante la preocupación que lo anterior representa para el sano desempeño económico del país.

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente, 9 de enero de 2008.

Senador Carlos Lozano de la Torre (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, RELATIVO A LA INSTALACIÓN DEL CONFINAMIENTO DE RESIDUOS TÓXICOS EN ZIMAPÁN, HIDALGO, A CARGO DEL DIPUTADO SALVADOR RUIZ SÁNCHEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de enero de 2008.

Considerandos

Primero. La Constitución General de la República establece en el artículo 4o. que "toda persona tiene derecho a la protección de la salud… a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar… toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decorosa".

Segundo. La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales tiene a su cargo fomentar la protección de los recursos naturales; establecer en correspondencia con autoridades locales normas oficiales sobre preservación y restauración de la calidad del ambiente, ecosistemas naturales, aprovechamiento de los recursos naturales, flora, fauna, descarga de aguas residuales, minería, materiales peligrosos y residuos sólidos peligrosos; vigilar con autoridades locales el cumplimiento de leyes y de normas oficiales, así como las sanciones correspondientes; evaluar y dictaminar el impacto ambiental de proyectos de desarrollo que le presenten el sector público, el social y el privado; y resolver sobre los estudios de riesgo ambiental y los programas para la prevención de accidentes con incidencia ecológica.

Tercero. A la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente corresponde contribuir al desarrollo sustentable y hacer cumplir las leyes en materia ambiental, teniendo a su cargo la vigilancia y evaluación de los ordenamientos jurídicos aplicables a la vigilancia y evaluación de la contaminación ambiental, preservación y protección de los recursos forestales vida silvestre y áreas naturales protegidas, así como en materia de impacto ambiental y ordenamiento ecológico de competencia federal; y establecer políticas y lineamientos administrativos para tal efecto; recibir, investigar y atender o, en su caso, determinar y canalizar ante las autoridades competentes las denuncias por incumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables a los recursos, a los bienes, a las materias y a los ecosistemas, salvaguardar los intereses de la población; y emitir resoluciones derivadas de los procedimientos administrativos en el ámbito de su competencia.

Cuarto. La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente establece en el artículo 172: "Cuando la gravedad de la infracción lo amerite, la autoridad solicitará a quien los hubiere otorgado la suspensión, revocación o cancelación de la concesión, permiso, licencia y, en general, toda autorización otorgada para la realización de actividades comerciales, industriales o de servicios, o para el aprovechamiento de recursos naturales que haya dado lugar a la infracción". Por su parte, el artículo 175 dice a la letra que "la secretaría podrá promover ante las autoridades federales o locales competentes, con base en los estudios que haga para ese efecto, la limitación o suspensión de la instalación o del funcionamiento de industrias, comercios, servicios, desarrollos urbanos, turísticos o cualquier actividad que afecte o pueda afectar el ambiente o los recursos naturales, o causar desequilibrio ecológico o pérdida de la biodiversidad.

Quinto. Es necesario asumir un papel responsable y evitar tajantemente anteponer los intereses económicos a los de la nación, especialmente a los de nuestras comunidades, parte del mosaico pluriétnico y cultural que nos da identidad. Tampoco es ético y ajustado a las responsabilidades de los servidores públicos engañar a los habitantes con argumentos que reclaman el desarrollo económico de la región ignorando los derechos elementales de cualquier ser humano, como la salud, la alimentación y la vivienda.

Sexto. Recordar que los signos actuales de la democracia y del quehacer gubernamental son la coparticipación y correspondencia en la toma de decisiones. De la misma manera, subrayar que la característica fundamental de cualquier política pública es que en su formulación e implantación la participación de la población directamente involucrada es fundamental.

Séptimo. Los residuos tóxicos son los que poseen alguna de las características de corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad o inflamabilidad, o que contengan agentes infecciosos que les confieran peligrosidad. En ese entendido, contar con plantas para el manejo y confinamiento de los residuos sólidos es de suma importancia, ya que permite un control sobre los desechos. Sin embargo, la construcción de esos centros debe emprenderse en sitios adecuados a fin de minimizar los impactos negativos.

Octavo. El proyecto de construcción y operación de una planta para el tratamiento, la estabilización y el confinamiento de residuos industriales peligrosos en Zimapán, Hidalgo, omitió la realización de la consulta ciudadana que establece la Ley de Equilibrio Ecológico. Representantes de la empresa española Befesa y del ayuntamiento expresaron que las obras formaban parte de la construcción de una recicladora, cuando en realidad se trataba de la construcción de una planta de confinamiento, según se constata en declaraciones del presidente municipal del 22 de junio de 2007. La situación provocó el descontento y las acciones de protesta por parte de la población, lo que desencadenó acciones represivas e intimidatorias de autoridades estatales y municipales; muestra de ello es la presencia constante de alrededor de mil elementos policiacos en la comunidad.

Noveno. En virtud de lo anterior, especialistas en la materia (geólogos, geofísicos, economistas, médicos, abogados ambientalistas, sociólogos) han vertido sus opiniones, todas sustentadas en la inviabilidad de instalar esta planta. Resaltan la cercanía del confinamiento, a escasos 7 kilómetros, de núcleos población mayores de 10 mil habitantes, lo que viola la Norma Oficial Mexicana NOM-055-SEMARNAT; y la incompatibilidad del aire, suelo y subsuelo de Zimapán, ya que posee graves problemas de contaminación debido a la presencia de alto contenido de arsénico en el agua, partículas de plomo en el aire, lo cual ocasiona que este municipio ocupe el primer lugar estatal en enfermedades crónico-degenerativas.

Los especialistas han expresado que al entrar en operación esta planta provocará un desequilibrio ecológico, ya que especies endémicas de flora y fauna serán arrancadas de su hábitat natural. En cuanto a la comunicación y transportación, será una afluencia diaria de más de 120 tractocamiones con un contenido de 4 mil toneladas de residuos peligrosos, que transitarán por caminos sinuosos, estrechos y en malas condiciones, recorriendo poblaciones como Ixmiquilpan, Jacala, Chapulhuacán, Tamazunchale, Querétaro, Ezequiel Montes y Cadereyta, y sobre la cortina de la presa hidroeléctrica Zimapán.

Es de resaltar también la existencia de la falla geológica denominada "Cabalgadura del Doctor" a escasos 2 kilómetros de la zona, así como la de grutas de aguas termales denominadas "de Saja", cuyos mantos acuíferos se interconectan con zonas turísticas del estado de Hidalgo y Querétaro, poniendo en riesgo la viabilidad el proyecto hidráulico Acueducto II, impulsado por el gobierno estatal de Querétaro, el cual pretende resolver el suministro de agua por los próximos 30 años. Autoridades estatales, y diputados locales y federales queretanos han expresado preocupación porque se atenta contra la estabilidad y salud de la población.

Décimo. Hay un ambiente de confrontación, desinformación y malestar de la población, que puede desencadenar en un ambiente de mayor agresión y confrontación entre autoridades, empresa y pobladores. Que la Semarnat y demás autoridades en materia ambiental asuman funciones de promoción de inversión privada, particularmente extranjera, pone en serio riesgo sus obligaciones, como la protección y preservación del ambiente, además de arrogarse funciones propias de la Secretaría de Economía. Esta soberanía no puede ni debe mantenerse al margen. Contrariamente, debe haber una actitud de apertura y solidaridad con la gente afectada, que en innumerables ocasiones ha expresado desesperanza por la falta de receptividad del Ejecutivo estatal. En consecuencia, y por lo inicialmente fundamentado, ponemos a consideración de esta soberanía lo siguiente:

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente a iniciar procedimiento y resolución administrativa por las presuntas irregularidades presentadas en el procedimiento de autorización de impacto ambiental liberada por la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a Sistemas de Desarrollo Sustentable, SA de CV, empresa subsidiaria mexicana de Befesa, respecto a la instalación del confinamiento de residuos tóxicos en la comunidad de Botiñha, municipio de Zimapán, Hidalgo.

Segundo. Exhortar al ayuntamiento de Zimapán, Hidalgo, a ser receptivo y sensible respecto a la principal demanda de los pobladores del municipio y no otorgue la renovación de la licencia de construcción a Sistemas de Desarrollo Sustentable, SA de CV, en función del conflicto social que se ha generado en la región por el riesgo latente y las consecuencias de la instalación del confinamiento de residuos tóxicos y las irregularidades que se dieron en torno de la generación del permiso.

Tercero. La Comisión Permanente acuerda crear una comisión plural de legisladores que constate en sitio las condiciones ambientales, geofísicas e hidrológicas, así como de riesgo a la salud de la población que implicaría la instalación del confinamiento operado por Sistemas de Desarrollo Sustentable, SA de CV, empresa subsidiaria mexicana de Befesa.

Diputado Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE LA COMISIÓN PERMANENTE MANIFIESTA SU SOLIDARIDAD CON EL PUEBLO DE UCRANIA Y SE SUMA AL PRONUNCIAMIENTO DEL PRESIDENTE DE ESE PAÍS PARA RECONOCER EL HOLODOMOR DE LOS AÑOS 1932-1933 COMO UN ACTO DE GENOCIDIO CONTRA DICHA COMUNIDAD, A CARGO DE LA DIPUTADA OMEHEIRA LÓPEZ REYNA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

La que suscribe, diputada Omeheira López Reyna, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución con base en las siguientes

Consideraciones

En la tormentosa historia del siglo XX, el holodomor (hambruna) de los años 1932-1933, llevado a cabo contra el pueblo ucraniano, ocupa un lugar especial. Esta acción terrorista global fue efectuada por el régimen estalinista contra la población pacífica, y al menos 10 millones de ucranianos fueron muertos por hambre organizada para lograr un objetivo político criminal, el debilitamiento y exterminio de los campesinos ucranianos libres, base social de la nación, de sus tradiciones, su fundamento, moral y autenticidad.

El hambre de 1932-1933 se extendió prácticamente a todas las regiones de Ucrania, que en aquel entonces era parte integrante de la URSS. No fue un fenómeno natural, sino una acción administrativa cínica, ejecutada en forma consciente, como lo han atestiguado los documentos de la época.

En el país se disponía de suficiente cantidad de trigo, pero este fue vendido al exterior. Por órdenes del gobierno estaba vedado cualquier comercio en zonas rurales, se prohibió abastecer las aldeas de alimentos, fueron perseguidos y condenados a 10 años de cárcel, inclusive a fusilamiento, a todos aquellos que usaban el trigo para el pago de salarios. Estos hechos están documentados en los archivos oficiales de los organismos del gobierno de entonces.

Los investigadores mencionan diversas cantidades de muertos por el holodomor. Sea cual fuere el caso, se trata de millones de inocentes víctimas que perdieron su vida por este motivo. Evidentemente, el criterio de apreciación de la magnitud de la tragedia no sólo está en la cantidad, sino en la capacidad de cada persona de tomar el dolor ajeno como suyo propio. La universalidad de esta catástrofe nacional sólo puede ser entendida con la profundidad de la conmoción interna de todo aquel que se considere una persona civilizada.

El profesor O. Shulhin, jefe de gobierno de la República Democrática de Ucrania, exiliado en París, dirigió una nota a la Liga de las Naciones y a la Cruz Roja Internacional sobre las horrendas consecuencias del hambre allí organizado. Sin embargo, los círculos políticos y empresariales de los países extranjeros observaban, en silencio, el desarrollo de la tragedia, o simplemente no la querían ver, engañados por la efectiva propaganda del régimen estalinista.

Es por tanto que nosotros desde esta tribuna debemos manifestar enérgicamente nuestro rechazo a todo acto que violente en cualquier grado la dignidad humana de las personas y más aun cuando se trata de crímenes contra la humanidad, como el genocidio, que es un crimen que puede manifestarse por los actos cometidos en tiempos de guerra o paz, con la intención de destruir total o parcialmente un grupo nacional, étnico, racial o religioso, empleando para ello diversos procedimientos, como el sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física total o parcial, mecanismo utilizado en perjuicio del pueblo ucraniano. Actualmente no reconocido, no obstante que cumple con los requisitos del artículo II de la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio.

Gracias a los esfuerzos de la emigración ucraniana fue formada una comisión del Congreso de los Estados Unidos de Norteamérica, encabezada por el científico James Mace, a cuyas instancias, en el año de 1986, el holodomor de 1932-1933 en Ucrania fue denominado genocidio. Poco tiempo después, en noviembre de 1989, una comisión de eminentes juristas, presidida por el prestigioso profesor de la Universidad de Stockholm, doctor Jacob Sandberg, dictaminó que la hambruna provocada por el régimen soviético, fue un genocidio contra el pueblo ucraniano.

El 14 de mayo del 2003, al conmemorarse el 70 aniversario del holodomor, fue convocada una sesión especial de la Verjovna Rada (Parlamento) de Ucrania. Los integrantes de esta sesión aprobaron una proclama al pueblo ucraniano, donde reconocen que "… el holodomor fue conscientemente organizado por el régimen estalinista y debe ser públicamente condenado por la sociedad ucraniana y por toda la comunidad internacional, debido a la cantidad de víctimas, como uno de los más grandes genocidios de la historia mundial".

En ese mismo año en la 58a. Sesión de la Asamblea General de la ONU, por primera vez en la historia de esta alta organización, hubo una declaración conjunta de las delegaciones de los Estados miembros que designó al holodomor como una tragedia nacional del pueblo ucraniano, declaró los pésames a sus víctimas y apeló a todos los Estados miembros de la organización, a sus entidades especializadas, a los fondos y asociaciones civiles, tributar homenaje a la memoria de todos aquellos que fallecieron en éste trágico periodo de historia.

En la reunión plenaria de la Asamblea General de la ONU del 15 de septiembre de 2005, el actual presidente de Ucrania, Víctor Yushchenko, en su alusión a los jefes de Estado presentes, apeló "en nombre de una nación que ha perdido 10 millones de personas por el holodomor-genocidio" a conocer toda la verdad sobre crímenes contra la humanidad y, para así tener la seguridad que la indiferencia no estimulará a los criminales.

El 28 de noviembre de 2006, la Verjovna Rada de Ucrania aprobó la Ley sobre el holodomor en Ucrania de los años 1932-1933, propuesta por el presidente de Ucrania, Víctor Yushchenko, en la que se declara el holodomor como un genocidio contra el pueblo ucraniano. En su preámbulo se incluye la definición del genocidio, de acuerdo a la jurisprudencia internacional aceptada. Establece esta ley también que la negación de este terrible acontecimiento se considera una burla a la memoria de los millones de víctimas de la tragedia, una humillación a la dignidad del pueblo ucraniano y es ilegal.

Es importante señalar que 13 países han reconocido a este acto de terror como genocidio contra el pueblo de Ucrania. Por nuestra parte, sería también muy importante, a nivel internacional, que México, como miembro de la ONU y nación que siempre ha manifestado su repudio hacia este tipo de actos y crímenes en contra de la humanidad, se adhiera a este reconocimiento del holodomor como un crimen de genocidio en contra del pueblo ucraniano.

Por último, es importante remarcar el hecho de que este año se conmemora el 75 aniversario de la gran tragedia, motivo por el cual Ucrania presentará ante la Asamblea General de la ONU, una nueva propuesta dirigida a declarar el holodomor de los años 1932-1933 un genocidio contra el pueblo ucraniano. Ayudando de este modo a renovar la justicia histórica, recordar a las víctimas y advertir una vez más sobre las horrorosas consecuencias de actividades de regímenes totalitarios de cualquier signo y color, tanto del pasado como del presente y futuro.

Por lo anterior, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión expresa su solidaridad con el pueblo ucraniano, con motivo del septuagésimo quinto aniversario de la trágica hambruna de los años 1932-1933, calificado este hecho como un acto de genocidio.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión manifiesta su rechazo a todo acto de totalitarismo y de crímenes perpetrados contra la humanidad en todas sus formas, al mismo tiempo que apela a los principios de justicia y respeto mutuo entre los países, para que hechos de esta naturaleza no se repitan.

Tercero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal para que se solidarice con el pueblo ucraniano adhiriéndose a la petición de Ucrania para declarar el holodomor de los años 1932-1933, como un acto de genocidio en contra del pueblo ucraniano.

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a 9 de enero de 2008.

Diputada Omeheira López Reyna (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, RELATIVO A LA SITUACIÓN QUE GUARDA EL SISTEMA HÍDRICO EN MÉXICO, A CARGO DEL DIPUTADO ADOLFO MOTA HERNÁNDEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El suscrito, Adolfo Mota Hernández, diputado de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del PRI, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del Pleno un punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

México en su geografía, es en su mayoría un territorio árido o semiárido (en un 56 por ciento) y el 67 por ciento de las lluvias caen en los meses de junio a septiembre.

En el país llueve aproximadamente 1 mil 511 kilómetros cúbicos de agua al año, el equivalente a una piscina de un kilómetro de profundidad del tamaño de la capital del país, el Distrito Federal. El promedio de lluvia es de unos 711 milímetros al año, no es mucho comparado con otros países.

Más del 70 por ciento del agua que llueve en el México se evapora y regresa a la atmósfera, el resto escurre por los ríos o arroyos o se infiltra. En los estados del norte llueve tan sólo el 25 por ciento del total.

En la parte angosta del país, que ocupa el 27.5 por ciento del territorio cae la mayoría del agua de lluvia (49.6 por ciento), siendo los estados del sur-sureste (Chiapas, Oaxaca, Campeche, Quintana Roo, Yucatán, Veracruz y Tabasco), los cuales presentan los índices elevados de lluvia.

Tenemos estados más secos como el de Baja California, donde tan sólo llueve un promedio de 199 milímetros por año. En contraste con Tabasco que recibe 2 mil 588 milímetros de agua cada año.

En los ríos del país escurren aproximadamente 400 kilómetros cúbicos de agua anualmente, incluyendo las importaciones de otros países y excluyendo las exportaciones. Aproximadamente el 87 por ciento de este escurrimiento se presenta en los 39 ríos principales y cuyas cuencas ocupan el 58 por ciento de la extensión territorial continental.

El 65 por ciento del escurrimiento superficial pertenece a siete ríos: Grijalva-Usumacinta, Papaloapan, Coatzacoalcos, Balsas, Pánuco, Santiago y Tonalá, cuya superficie representa el 22 por ciento de la del país. Los ríos Balsas y Santiago pertenecen a la vertiente del Pacífico y los otros cinco a la vertiente del Golfo de México. Por la superficie que abarcan destacan las cuencas de los ríos Bravo y Balsas. Por su longitud destacan los ríos Bravo, Grijalva-Usumacinta.

El año pasado se presentaron una serie de fenómenos naturales que afectaron el país, específicamente las lluvias atípicas que azotaron fuertemente el sur como fue el caso de Chiapas, Tabasco y Veracruz. En la primera entidad el reblandecimiento por las constantes lluvias ocasionó un deslizamiento de tierra consecuencia de las características geográficas de la zona provocaron una ola de gran magnitud muriendo alrededor de 26 personas.

En el estado de Veracruz se suscitaron diferentes inundaciones y desbordamientos de los ríos Pánuco, el Moctezuma y el Tamesí, resultando 50 mil personas damnificadas y más de 10 mil viviendas afectadas.

En Tabasco tuvimos un problema aun mayor que no puede volverse a repetir y es el de mayor complejidad hidrológica por estar constituido por una planicie costera donde escurren corrientes del sur, la falta de la prevención en el seguimiento oportuno en la estructura hidráulica por parte de la Conagua, habrá que preguntarse aquí que paso con la planeación y el uso de recursos que Pemex ha otorgado para obras contra inundaciones, así como que ha hecho el gobierno federal para detectar los problemas hidráulicos.

Por lo anterior es importante saber que hará el Ejecutivo federal sobre este importante tema del agua, ya que lo disponible representa menos del 1 por ciento de toda el agua potable existente, y aunado a lo anterior, no debemos olvidar que la humanidad la está contaminando, además de estar desperdiciando las reservas del vital líquido.

La preocupación sobre el tema del agua se ha venido incrementando lo que dio motivo para que en 1996 se organizarán dos entidades mundiales en torno al tema: el Consejo Mundial del Agua y la Asociación Mundial del Agua, y en donde los mexicanos fuimos anfitriones de un foro mundial en el año 2006.

Dicho foro propicio la participación y el diálogo de múltiples actores que aseguren un mejor nivel de vida para la humanidad y un comportamiento social más responsable hacia los usos del agua, en congruencia con la meta de alcanzar un desarrollo sostenible.

En la clasificación mundial, México está considerado como un país de disponibilidad baja de agua. En tanto que los países más ricos en disponibilidad de agua son Canadá y Brasil.

Tuvimos un gran foro y es fundamental saber cual será la utilización de nuestro vital líquido y que hará el gobierno federal para hacer más eficiente el uso racional de dicho líquido, por lo que es prioritario conocer los programas, proyectos y sistemas a implantar en materia hídrica en este año que comienza, para el beneficio de nosotros, los mexicanos.

Por lo anterior sometemos a esta Comisión Permanente la siguiente proposición de punto de acuerdo de urgente y obvia resolución:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para en marco de sus atribuciones, instruya a la Comisión Nacional del Agua en el rediseño del Plan Hídrico Nacional para este sexenio, acorde con las necesidades del país, el fenómeno del cambio climático y que privilegie la cultura de la prevención de desastres naturales.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, DF, a 9 de enero de 2008

Diputado Adolfo Mota Hernández (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, A FIN DE CITAR A COMPARECER A LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL PARA TRATAR EL TEMA DEL ALZA DE LOS PRODUCTOS BÁSICOS, A CARGO DEL SENADOR SILVANO AUREOLES CONEJO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

Quien suscribe, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 67, numeral 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía, para efecto de que sea considerada como asunto de urgente u obvia resolución y puesta a discusión de inmediato, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión cita a la ciudadana Beatriz Zavala Peniche, secretaria de Desarrollo Social, a comparecer ante la Tercera Comisión de Trabajo de este órgano legislativo, para tratar los temas relativos al indiscriminado aumento de precios a productos básicos que se ha presentado desde los últimos meses de 2007, así como a las medidas que el gobierno federal implantará para detener esa escalada y para prevenir y corregir la especulación y el abuso con dichos productos.

Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a disponer con carácter urgente la formación de una reserva estratégica alimentaria, como medida para garantizar la soberanía alimentaria del Estado mexicano.

Dado en la Comisión Permanente, a 9 de enero de 2008.

Senador Silvano Aureoles Conejo (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA A REFORZAR MEDIANTE LA PROFECO EL PROGRAMA DE VIGILANCIA PARA EVITAR UN ALZA INJUSTIFICADA DE BIENES Y SERVICIOS DERIVADA DEL INCREMENTO DEL PRECIO DEL DIESEL Y DE LA GASOLINA, A CARGO DEL DIPUTADO ECTOR JAIME RAMÍREZ BARBA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

Los suscritos diputados Ector Jaime Ramírez Barba, Pilar Ortega Martínez, y el senador Humberto Andrade Quezada, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 58 y 59 de la Ley Orgánica del Congreso de la Unión, presentamos ante la Comisión Permanente de la LX Legislatura, la siguiente proposición con punto de acuerdo, por la que se exhorta a la Secretaría de Economía y a la Procuraduría Federal del Consumidor a evitar un aumento injustificado de precios de productos y servicios, derivado del incremento al precio en el diesel y la gasolina, para ser considerado de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Como todos sabemos, el 21 de diciembre de 2007, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el que se reforman, adicionan, derogan y abrogan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, así como el acuerdo que autoriza el ajuste a las tarifas para suministro y venta de energía eléctrica 9-CU y 9-N.

El artículo sexto transitorio del decreto que se refiere a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios estipula en sus fracciones I y II que en el mes calendario en que entre en vigor el artículo 2o. A, fracción II, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, se aplicará una cuota de 2 centavos a cada litro de gasolina Magna, 2.44 centavos a cada litro de gasolina Premium UBA y 1.66 centavos a cada litro de Diesel. Y que las cuotas referidas se incrementarán mensualmente en 2 centavos, 2.44 centavos y 1.66 centavos, por cada litro de gasolina Magna, gasolina Premium UBA y Diesel, respectivamente, hasta llegar a las cuotas previstas en el artículo 2o. A, fracción II, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios1.

Dichos incrementos son sin duda necesarios y precisamente por eso fueron aprobados por esta soberanía para que mediante una aplicación gradual se evitara mermar la economía familiar.

Sin embargo, como legisladores somos sensibles a las inquietudes de los consumidores y de las familias, conscientes que estas reformas fiscales reflejarán una mejora en los servicios que recibe la población de cada entidad federativa, creemos que la preocupación de que este incremento sea utilizado como pretexto para un aumento de precios descontrolado e injustificado es real, por lo que resulta necesario que el Ejecutivo actúe para evitar dichas acciones.

Como lo establece el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal le corresponde a la Secretaría de Economía:

I. Formular y conducir las políticas generales de industria, comercio exterior, interior, abasto y precios del país, con excepción de los precios de bienes y servicios de la administración pública federal.

VII. Establecer la política de precios, y con el auxilio y participación de las autoridades locales, vigilar su estricto cumplimiento, particularmente en lo que se refiere a artículos de consumo y uso popular, y establecer las tarifas para la prestación de aquellos servicios de interés público que considere necesarios, con la exclusión de los precios y tarifas de los bienes y servicios de la administración pública federal, y definir el uso preferente que deba darse a determinadas mercancías.

De igual forma, como lo señala el artículo 20 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Procuraduría Federal del Consumidor es un organismo descentralizado de servicio social con personalidad jurídica y patrimonio propio, y tiene funciones de autoridad administrativa y está encargada de promover y proteger los derechos e intereses del consumidor y procurar la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores2.

Es necesario señalar que dentro de las atribuciones de la procuraduría, según el artículo 24 de la ley referida, se encuentran las siguientes:

• Promover y proteger los derechos del consumidor, así como aplicar las medidas necesarias para propiciar la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.

• Vigilar y verificar el cumplimiento de las disposiciones en materia de precios y tarifas establecidos o registrados por la autoridad competente, y coordinarse con otras autoridades legalmente facultadas para inspeccionar precios para lograr la eficaz protección de los intereses del consumidor y, a la vez evitar duplicación de funciones.

• Requerir a los proveedores o a las autoridades competentes a que tomen medidas adecuadas para combatir, detener, modificar o evitar todo género de prácticas que lesionen los intereses de los consumidores, y cuando lo considere pertinente publicar dicho requerimiento

• Ordenar se informe a los consumidores sobre las acciones u omisiones de los proveedores que afecten sus intereses o derechos, así como la forma en que los proveedores los retribuirán o compensarán.

Derivado de lo anterior, y conscientes de que el incremento a la gasolina y al diesel puede motivar un aumento excesivo de los precios de los productos y servicios por parte de especuladores en perjuicio de la población, consideramos necesario que la Secretaría de Economía, a través de la Procuraduría Federal del Consumidor refuerce el sistema de vigilancia a fin de impedir una escalada injustificada de precios en productos y servicios, y proteger la economía del pueblo. Por las razones anteriormente expuestas, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Artículo Único. Se exhorta a la Secretaría de Economía y a la Procuraduría Federal del Consumidor a intensificar la aplicación de los procedimientos, medidas de apremio y sanciones en caso de incumplimiento, así como de las atribuciones y facultades que se la ley les confiere, para garantizar la protección de los derechos de los consumidores ante la escalada de precios en diversos productos y servicios.

Notas:
1. Decreto por el que se reforman, adicionan, derogan y abrogan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Congreso de la Unión. 14 Septiembre 2007.
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5011094
2. Ley Federal de Protección al Consumidor. Congreso de la Unión. 24 Diciembre 1992.
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/113.doc

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de enero de 2008.

Diputados Ector Jaime Ramírez Barba (rúbrica), Pilar Ortega Martínez. Senador Humberto Andrade Quezada.
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A PUBLICAR EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN LOS PROGRAMAS SECTORIALES, ESPECIALES, INSTITUCIONALES Y REGIONALES, A CARGO DE LA DIPUTADA MARÍA DEL PILAR ORTEGA MARTÍNEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

Los suscritos, diputados María del Pilar Ortega Martínez y Ector Jaime Ramírez Barba y senador Humberto Andrade Quezada, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a publicar los planes sectoriales en el Diario Oficial de la Federación, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En nuestro país, de conformidad con la Ley de Planeación, la planeación nacional del desarrollo es la ordenación racional y sistemática de acciones que, con base en ejercicio de sus atribuciones, el Ejecutivo federal realiza en materia de regulación y promoción de la actividad económica, social, política, cultural, de protección al ambiente y aprovechamiento racional de los recursos naturales, que tiene como propósito la transformación de la realidad del país.

Dicha planeación se realizará a través de un sistema de planeación democrática en el que con la consulta de la sociedad y la consulta y recomendaciones del Congreso de la Unión se llega a un documento que permite la planeación nacional. Es decir, todos los actores interesados participan en la conformación de planes y programas que fomentan el desarrollo nacional.

El producto de este ejercicio democrático es el Plan Nacional de Desarrollo, en virtud del cual se ejercen las acciones de gobierno a lo largo de un sexenio para fomentar el desarrollo y la sustentabilidad en el país.

Además de dicho plan, se establecen los "programas sectoriales", a través de los cuales las distintas dependencias de la administración pública federal participan en la planeación democrática. Dichos planes guían la actuación de dichas dependencias y la ejecución de las políticas públicas, considerando siempre el alcanzar un país más desarrollado, que ofrezca mejores oportunidades y calidad de vida a sus habitantes en el contexto de una visión a futuro.

Sumado al Plan Nacional y a los planes sectoriales, también se generan planes institucionales, regionales y especiales elaborados por las distintas entidades de la administración pública federal.

En cumplimiento de la Ley de Planeación, el Plan Nacional de Desarrollo 2007–2012 se publicó el 31 de mayo de 2007 en el Diario Oficial de la Federación.

Es de destacarse que en la administración del presidente Calderón, este plan fue el que más pronto se ha publicado en comparación con los últimos sexenios.

Además, tanto el Plan Nacional de Desarrollo como los planes sectoriales que de él derivan, contienen estrategias, objetivos y líneas de acción claras que permiten sujetar la acción del gobierno a indicadores del desempeño y a la evaluación y monitoreo ciudadano. Esta es en realidad la innovación de la planeación democrática en estos tiempos.

Esta característica tan innovadora también la comparten los planes institucionales y especiales que han sido presentados, como el caso del Programa Nacional de Salud 2007–2012.

Un ejemplo de ello es que este programa contiene un esquema epidemiológico nacional y una prospectiva de lo que el Sistema Nacional de Salud tendría que ser hacia el 2030. Para lograr lo anterior, el programa contiene 5 objetivos sectoriales y 10 líneas estratégicas de las cuales emanan 64 líneas de acción; todas ellas serán evaluadas a través del seguimiento de indicadores y la verificación del cumplimiento de las metas comprometidas.1

Como podemos observar, los planes y programas sirven, no sólo para esquematizar la acción de gobierno, sino para someter dicha acción a indicadores del desempeño y a la evaluación de la ciudadanía, además de ligar dichas acciones a recursos públicos que logren el cumplimiento de metas y objetivos.

Sobra decir que en dicho esquema de planeación democrática es fundamental la publicidad de dichos planes y programas. Por ello, la Ley de Planeación contempla en sus artículos 30 y 31 la publicación del Plan Nacional de Desarrollo y de los programas sectoriales en el Diario Oficial de la Federación. De dichas disposiciones se entiende que también los programas institucionales, regionales y especiales deberían de publicarse en el Diario Oficial de la Federación dado que emanan del propio Plan Nacional de Desarrollo y tienen su fundamento en el Sistema de Planeación Democrática.

Sin embargo, por alguna razón, aún no se han publicado en el Diario Oficial los programas sectoriales ni algunos de los programas institucionales o especiales, como es el caso del Programa Nacional de Salud 2007–2012. Es por ello que resulta fundamental exhortar al Ejecutivo a publicarlos lo antes posible para darles carácter de oficial y obligatoriedad, además de lograr la transparencia y publicidad necesaria.

El objetivo de este punto de acuerdo es entonces exhortar al Ejecutivo federal a publicar los programas sectoriales derivados del Plan Nacional de Desarrollo, así como los programas institucionales, especiales y regionales que ya hayan sido presentados y no se encuentren publicados.

Por lo anteriormente expuesto, pongo a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Ejecutivo federal a que publique en el Diario Oficial de la Federación los programas sectoriales que hayan sido presentados a la sociedad, pero que no se encuentren publicados en dicho órgano de difusión. Así como a publicar los programas institucionales, especiales y regionales que se encuentren en la misma situación; lo anterior en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley de Planeación.

Nota:
1. Córdova Villalobos, José Ángel. Discurso pronunciado el 29 de noviembre de 2007 en Santiago Yogaza, Oaxaca.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de enero de 2008.

Diputados Ector Jaime Ramírez Barba (rúbrica), Pilar Ortega Martínez. Senador Humberto Andrade Quezada.
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE SOLICITA A LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES QUE INFORME SOBRE LA SITUACIÓN DEL TRAMO FERROVIARIO OAXACA-TEHUACÁN, A CARGO DEL SENADOR ADOLFO TOLEDO INFANZÓN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El suscrito, senador Adolfo Toledo Infanzón, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de conformidad con lo previsto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes:

Consideraciones

En el sur del país, es donde persisten los mayores rezagos y los niveles más altos de marginación y pobreza. La mayoría de las actividades económicas continúan siendo de baja productividad y no hemos logrado la competitividad necesaria en materia económica. Dentro de esta región, Oaxaca, es uno de los estados con mayor grado de marginación, ocupando el tercer lugar a nivel nacional.

Varios factores inciden en esta problemática, especialmente los altos costos de producción que en mucho tienen que ver con los elevados costos de transporte y la ausencia de una infraestructura y conectividad eficiente dentro de la región y entre ésta y el resto del país.

En este contexto, la infraestructura física, especialmente en comunicaciones, es un elemento fundamental para lograr el mejoramiento de la calidad de vida y el fortalecimiento del desarrollo productivo del estado. Por ello, se ha impulsado el desarrollo y operación de infraestructura carretera, portuaria, aeroportuaria y ferroviaria, siendo ésta última la que nos preocupa y ocupa en esta ocasión.

Una de las más importantes vías de comunicación de la entidad con el centro del país, es la vía ferroviaria Oaxaca-Tehuacán, tramo que fue concesionado a Ferrosur, SA de CV, y cuyo título de concesión fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de octubre de 2005.

No obstante, esta ruta funciona parcialmente ya que el tramo Sánchez-Oaxaca dejó de operar hace tres años, lo que ha provocado que el acceso de carga comercial del centro del país a Oaxaca se vea restringido, ocasionando el aumento de hasta un 300 por ciento de los costos logísticos para la distribución de bienes de las empresas oaxaqueñas.

La empresa Ferrosur ha argumentado que este tramo no opera en virtud de que se han perdido alrededor de 45 kilómetros de vías y que no se ha finalizado el proceso del acta de entrega-recepción. Sin embargo, el numeral 5.1 del título de concesión establece que la vigencia de la concesión será, cito "…contados a partir de la fecha de conclusión de la diligencia de entrega-recepción de las vías cortas y de los bienes, o a partir del 1 de diciembre de 2005, lo que ocurra primero". De lo anterior se deriva que independientemente de la entrega-recepción, los derechos y obligaciones del concesionario y de la STC tuvieron efectos a partir del 1 de diciembre de 2005.

En diversas ocasiones, el gobierno del estado ha solicitado a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes su intervención para la rehabilitación de esta importante vía. Asimismo, en septiembre del año pasado, diputados de la Comisión sur-sureste y funcionarios estatales sostuvieron una reunión con el subsecretario de Transportes de la SCT donde se planteó esta situación.

Hasta ahora no hemos obtenido ninguna respuesta por parte del gobierno federal, mucho menos el compromiso de dar cumplimiento a lo establecido en el título de concesión, aun cuando la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario le otorga todas las facultades, derechos y obligaciones en la materia a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Compañeras y compañeros legisladores, un factor determinante de atraso de los estados del sur, como Oaxaca, es la insuficiencia de infraestructura física.

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes informe de manera puntual, sobre las acciones que se han tomado para la reactivación del tramo ferroviario Sánchez-Oaxaca.

Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión manifiesta su inconformidad por la falta de atención del gobierno federal a cumplir con lo establecido en el título de concesión otorgado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a Ferrotur, SA de CV, y le solicita llevar a cabo las acciones pertinentes para reestablecer de manera inmediata el servicio ferroviario en la ruta Oaxaca-Tehuacán.

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a 9 de enero de 2008.

Senador Adolfo Toledo Infanzón (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, RELATIVO A LA PROTECCIÓN DE LOS HUMEDALES MEXICANOS, PRINCIPALMENTE LOS ECOSISTEMAS DE MANGLAR, A CARGO DE LA DIPUTADA ALEIDA ALAVEZ RUIZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

El estado en que se encuentran los humedales mexicanos es verdaderamente grave, principalmente lo que tiene que ver con los ecosistemas de manglar, que indiscutiblemente se han convertido en uno de los principales obstáculos para los objetivos del sistema.

Hasta el momento no existe un informe gubernamental, que utilice metodologías adecuadas y no para dejar en una posición muy cómoda al gobierno, sobre el estado que guardan los humedales mexicanos. Existen estudios e inventarios sobre manglares hechos por diversas entidades como el Instituto Nacional de Ecología y la Conabio, sin embargo, se utilizaron metodologías distintas, lo que hace impreciso el conocimiento sobre el estado real de estos ecosistemas.

En los últimos dos años se redujeron 230 mil hectáreas de manglares, pasando de 880 mil a 650 mil hectáreas. Sin embargo, y coincidente con la instauración del régimen neoliberal en México, el ecosistema de manglar desapareció en un 75 por ciento, esto propiciado fundamentalmente por obras turísticas, construcción de carreteras, relleno por cambio de usos de suelo y por la tala clandestina.

En lugares como Cancún, el proyecto de desarrollo en su tercera fase implica la destrucción de por lo menos 100 hectáreas de mangle, mientras que en la isla Cancún, este ecosistema desapareció por completo.

La desaparición del manglar también se da a lo largo del litoral mexicano. En zonas como Pichilingue-Balandra, isla San José, isla del Espíritu Santo, Loreto y Mulegé, en el Golfo de California existen planes turísticos que conllevan a la depredación de humedales a cambio de cuartos de hotel y campos de golf. En Guerrero, Sonora, Colima, Veracruz, Oaxaca, por sólo citar algunos, también se observan procesos drásticos de degradación del manglar.

Uno de los últimos ejemplos de los procesos de devastación de los humedales mexicanos lo da el cabildo del Puerto de Veracruz, el cual ha decidido modificar el uso suelo en predios del área natural protegida municipal Laguna de Tarimoya, constituida desde 1993 y que desde 2005 forma parte de la lista de humedales de importancia internacional inscrita por el gobierno federal ante el secretariado de la Convención Ramsar. La sociedad ya ha levantado la voz ante este atropello de un grupo de políticos que ignoran los propios acuerdos gubernamentales y las convenciones internacionales de las que formamos parte y, por tanto, se evidencia su falta de conocimiento de los temas de conservación ambiental. Por ello es urgente que la Semarnat y la PGR tomen las medidas conducentes para que no se afecten estos humedales.

Durante la gestión del director general de Impacto y Riesgo Ambiental Ricardo Juárez Palacios se cometieron presuntamente las mayores violaciones en contra de la legislación ambiental por la cual se afectó a numerosas hectáreas de manglar en toda la república, toda vez que el sistema privilegia el interés financiero sobre la protección ambiental. Este funcionario, por ejemplo, autorizó las manifestaciones de impacto ambiental para proyectos en Marina Careyes y La Huerta, en la zona de influencia de la reserva de la biosfera Chamela-Cuixmala, en Jalisco, a favor del empresario Roberto Hernández para el caso Careyes, a ocho días de la salida de Fox de Los Pinos.

En igual estado se encuentran las autorizaciones con relación a los casos de la autorización de la terminal de gas natural licuado de la empresa Chevron en las islas Coronado; la autorización de un delfinario en el club recreativo Playa Palancar en Cozumel, Quintana Roo; el proyecto Costa Cancún; y la posible autorización de la creación del puerto interno en la laguna de Cuyutlán, en el estado de Colima, entre otros casos.

Compañeros legisladores, ante este escenario debemos unirnos de manera urgente y decisivamente en la protección de estos últimos reductos de zonas de manglar que quedan en el territorio nacional.

Cuando un manglar se corta significa una pérdida irreversible para el patrimonio nacional, ya que es falso que estas especies puedan replantarse o llevarse a un vivero, como algunas autoridades lo han sugerido.

Desde esta tribuna conmino a las y los compañeros legisladores a no hacer una contrarreforma a la Ley General de Vida Silvestre que tanto costó su aprobación en febrero de 2007 y que contó con el consenso partidista que las decisiones ambientales requieren.

No podemos permitir que las presiones de los inversionistas, principalmente del ramo turístico, sobrepasen la defensa del territorio nacional y sus recursos. Si existen legisladores que tengan intereses con los capitales que pretenden devastar los ecosistemas lo más ético sería que renunciaran a sus curules, porque las mayorías no vamos a permitir que se afecte a un manglar más.

Para ello requerimos que se nos informe sobre el estado real en el que se encuentran los humedales mexicanos, principalmente las zonas de manglar y que la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas inicie de manera urgente los estudios técnicos con base en los estudios ya elaborados por el INE y la Conabio, así como los elaborados por distintas organizaciones ambientalistas, para que de una vez por todas se declaren a todas las zonas de manglar del territorio nacional sujetas al régimen de áreas naturales protegidas, bajo la categoría de santuarios o áreas de protección de flora y fauna.

Ese debe ser el mensaje de la autoridad ambiental, si es que es en serio su política de protección ambiental, particularmente para estos ecosistemas.

Con base en lo anteriormente expuesto y con fundamento en el artículo 59 del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Relativo a la protección de los humedales mexicanos, principalmente los ecosistemas de manglar.

Primero. Se solicita a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del gobierno federal, a través de la Comisión Nacional del Agua, de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, para que presente ante esta Comisión Permanente un informe sobre el estado que guardan los humedales mexicanos, particularmente los manglares.

Asimismo, emita un reporte sobre las distintas autorizaciones de impacto ambiental que ha otorgado del 1 de diciembre del año 2000 hasta el día que emita el reporte, que involucre afectaciones a humedales, particularmente a ecosistemas de manglar.

Segundo. Se solicita a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas iniciar, de manera urgente, la elaboración de los estudios técnicos que conlleven a decretar a todos los ecosistemas de manglar de las costas mexicanas áreas naturales protegidas bajo la categoría de santuarios.

Tercero. Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Procuraduría General de la República ha investigar y aplicar las sanciones correspondientes, incluso la comisión de delitos de carácter penal, con relación a la decisión del cabildo del ayuntamiento de Veracruz de modificar el uso de suelo que afecta los humedales de la laguna Vergara-Tarimoya, incluida como sitio inscrito por México ante la Convención Internacional sobre Humedales, comúnmente llamada Convención Ramsar, además de ser un área natural protegida municipal.

Cuarto. Se exhorta al secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales ha comunicar a la Comisión Permanente sobre las acciones emprendidas por esas dependencia para investigar la presunta comisión de violaciones a la legislación ambiental por el otrora director general de Impacto y Riesgo Ambiental, Ricardo Juárez Palacios; y a la Secretaría de la Función Pública sobre la resolución de las más de 19 quejas presentadas en contra de este personaje.

Dado en el Salón Legisladores del Palacio Legislativo, a 9 de enero de 2008.

Diputada Aleida Alavez Ruiz (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, PARA EXHORTAR A LA COMISIÓN NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS A PUBLICAR CON LA MAYOR BREVEDAD EL PLAN DE MANEJO DEL ÁREA DE PROTECCIÓN DE FLORA Y FAUNA CAMPO VERDE, A CARGO DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PVEM

Manuel Portilla Diéguez y Guadalupe García Noriega, diputados a la LX Legislatura del Congreso de la Unión, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), con fundamento en los artículos 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 116 y 127 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 58, 175 y 176 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitan que se turne a la Tercera Comisión, para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Comisión Permanente de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, la presente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

En reiteradas ocasiones, los integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM hemos señalado en esta tribuna la responsabilidad que implica ser uno de los 12 países con mayor diversidad biológica del planeta. Una de las características de la megadiversidad es el elevado número de especies de flora y fauna silvestre, particularmente las endémicas.

De acuerdo con La diversidad biológica de México: estudio de país, estudio elaborado por la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio), "el número total de especies conocidas en México es de 64 mil 878… La expresión ‘especies conocidas’ se refiere a las especies descritas o que cuentan con un nombre científico, y el número total se basa en la suma de especies por grupo para las que existen datos publicados. Al considerar el número de especies que se esperaría encontrar en los mismos grupos, la estimación del número total de especies en México es de 212 mil 932 especies, cantidad que seguramente se superará en la medida en que el conocimiento sobre dichos grupos y de otros se profundice".1

Por lo que se refiere a las aves, en México se han identificado mil 54 especies, de las cuales 111 son endémicas. "De las casi 10 mil especies de aves que se estiman para el mundo, al menos mil 54 se han registrado en México, es decir, casi 12 por ciento del total. Estas especies se distribuyen en 22 órdenes y 78 familias; los grupos de anátidos, troquílidos, tiránidos y emberízidos son los mejor representados".2

La diversidad biológica proporciona una importante gama de bienes y servicios que no siempre se valoran en su justa dimensión social, ambiental, económica y política. Sin embargo, ello no debe utilizarse como pretexto para descuidar su conservación y preservación. Tal es el caso de la cotorra serrana occidental (Rhynchopsitta pachyrhyncha), un ave que pertenece a la familia de los psitácidos (Psittacidae). Su color es verde opaco, pero la frente es color rojo y las plumas en la parte interior de las alas son amarillas. El iris de los ojos es color pardo rojizo y alrededor de éstos se presenta una especie de anillo color amarillo en el que destaca la ausencia de plumas. La cola tiene forma puntiaguda y su color es oscuro. El pico es grueso, de color oscuro o negro, y las patas son grises. Llegan a medir entre 37 y 43 centímetros.3

Destaca que aun cuando los psitácidos se encuentran en el trópico, el área de distribución de la cotorra serrana occidental se localiza en los bosques de pino de la Sierra Madre Occidental de Jalisco, Michoacán de Ocampo, Durango, Sonora y Chihuahua, que cubre una superficie de mil 200 kilómetros de largo por 200 kilómetros de ancho.4

La cotorra serrana occidental (Rhynchopsitta pachyrhyncha), alguna vez presente también en el territorio de Estados Unidos de América, concretamente en Arizona, se localiza en una zona en la que convergen diferentes áreas prioritarias para la conservación: regiones hidrológicas prioritarias RHP 16, Río Yaqui-Cascada Basaseachic; RHP 20, Cuenca Alta de los Ríos Culiacán y Humaya; RHP 34, Lago Babícora; y RHP 37, Lago Bustillos, así como las regiones terrestres prioritarias RTP 34, Babícora; RTP 35, Cuenca del Río Chico-Sirupa; y RTP 44, Bavispe-El Tigre, además de las áreas de importancia para la conservación de las aves AICA NO-44, Baserac-Sierra Tabaco-Río Bavispe; AICA NO-46, Sierra del Nido; AICA NO-71, Mesa de Guacamayas; y AICA NO-77, Maderas Chihuahua, entre otras.

En esta amplia zona, el clima es predominantemente templado, semifrío con verano fresco largo. La temperatura media anual oscila entre 5° C y 12° C, con una temperatura mínima de -3° C y una máxima de 18° C. La precipitación media anual oscila entre 200 mm y mil 800 mm.5

Además de la cotorra serrana occidental, ciertas especies igualmente importantes habitan en la zona; por ejemplo, oso negro (Ursus americanus); puma (Puma concolor); trogón orejón (Euptilotis neoxenus), amenazada y endémica; gavilán azor (Accipiter gentiles), amenazada; águila real (Aquila chrysaetos), amenazada; puercoespín del norte (Erethizon dorsatum), en peligro de extinción; jaguar (Panthera onca), en peligro de extinción; ocelote (Leopardus pardales), en peligro de extinción; ocelote margay (Leopardus weidii), en peligro de extinción; jaguarundi (Herpailurus yagouarondi), en peligro de extinción; murciélago hocicudo mayor (Leptonycteris nivalis), en peligro de extinción; águila cabeza blanca (Haliaeetus leucocephalus), en peligro de extinción; guacamaya verde (Ara militaris), en peligro de extinción; gavilán de Cooper (Accipiter cooperii), sujeta a protección especial; jilguero canario (Carduelis tristis); halcón peregrino (Falco peregrinus), sujeta a protección especial; búho manchado (Strix occidentales), amenazada; búho cornudo (Bubo virginianus), amenazada; tecolote bajeño (Glaucidium brasilianum); bolsero encapuchado (Icterus cucullatus); lagartija de collar común (Crotaphytus collares), amenazada; lagarto de gila (Heloderma suspectum), amenazada; galápago o tortuga del desierto (Gopherus agassizi), amenazada; culebra chirriadora común (Masticophis flagellum); culebra real común (Lampropeltis getula); culebra listonada del sur mexicano (Thamnophis eques), amenazada; culebra listonada manchada (T. marcianus), amenazada; culebra listonada cuello negro (T. cyrtopsis), amenazada; salamandra tigre (Ambystoma tigrinum); salamandra tarahumara (A. rosaceum); rana de Chiricahua (Rana chiricahuensis), amenazada".6 Ello refuerza cualquier argumento en favor de la conservación del hábitat de la cotorra serrana occidental.

Esta especie de ave en riesgo y, por tanto, prioritaria para la conservación se encuentra clasificada como en peligro de extinción en la norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001. Pertenece al anexo I de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres. En la Lista Roja de la Unión Mundial para la Naturaleza (IUCN, por sus siglas en inglés), se encuentra clasificada como "en peligro de extinción" porque su población estimada es menor de 10 mil individuos adultos; todos pertenecen a un mismo subgrupo, cuyo número decrece en forma continua.

El Servicio de Pesca y Vida Silvestre de Estados Unidos de América (US Fish and Wildlife Service) la ha clasificado como una especie en peligro de extinción.

Como se mencionó, la Rhynchopsitta pachyrhyncha habita los bosques de pino de la Sierra Madre Occidental. En el AICA NO-77, Maderas de Chihuahua, situada entre los estados de Sonora y de Chihuahua se encuentra la zona más norteña de sitios de reproducción, que también es la segunda en importancia de anidación.7 Algunos estudios llevados a cabo en el periodo 1995-1999 dan cuenta de la existencia de 218 nidos; sin embargo, este número debe ser tomado con cautela, pues a ciertos sitios de anidación no se puede acceder para llevar a cabo estudios por ser zonas donde el narcotráfico está presente.

En el AICA NO-77, Maderas de Chihuahua, pero concretamente en el municipio de Madera, la vegetación predominante es el bosque de coníferas de Pseudotsuga sp., Abies sp., pinos (Pinus arizona, Pinus Ayacahuite, Populus tremuloides). Dado que la cotorra serrana occidental construye sus nidos en los troncos de pinos huecos y se alimenta de semillas de pino, bellotas, brotes de coníferas y el néctar de algunas flores de maguey, se entiende por qué la especie en comento ha hecho de estos bosques su hábitat.8

El 3 de enero de 1938 la administración del entonces presidente Lázaro Cárdenas emitió un decreto por el que se declaró la reserva forestal nacional y zona de refugio de la fauna silvestre Campo Verde en los terrenos de Madera y Casas Grandes, Chihuahua. La reserva tiene un área de 108.069 hectáreas de superficie, y fue recategorizada como área natural protegida, con carácter de área de protección de flora y fauna, el 26 de diciembre de 2002, con una aclaración de ésta del 29 de enero de 2003. Con ello se incorporó en las ANP el municipio de Nacori Chico, Sonora. A la fecha, como muchas otras ANP, Campo Verde carece de un plan de manejo.

Con fundamento en el artículo 54 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, las áreas de protección de la flora y la fauna "se constituirán de conformidad con las disposiciones de esta ley, de la Ley General de Vida Silvestre, la Ley de Pesca y demás aplicables, en los lugares que contienen los hábitat de cuyo equilibrio y preservación dependen la existencia, transformación y desarrollo de las especies de flora y fauna silvestres. En dichas áreas podrá permitirse la realización de actividades relacionadas con la preservación, repoblación, propagación, aclimatación, refugio, investigación y aprovechamiento sustentable de las especies mencionadas, así como las relativas a educación y difusión en la materia.

"Asimismo, podrá autorizarse el aprovechamiento de los recursos naturales a las comunidades que ahí habiten en el momento de la expedición de la declaratoria respectiva, o que resulte posible según los estudios que se realicen, el que deberá sujetarse a las normas oficiales mexicanas y usos del suelo que al efecto se establezcan en la propia declaratoria."

Tomando en cuenta lo anterior y toda vez que existe una declaratoria de ANP para los municipios de Madera y Casa Grandes, Chihuahua; y Nacori Chico, Sonora, la ausencia del plan de Manejo de esta ANP constituye una flagrante violación del artículo 60 de la ley en comento, ya que claramente establece:

Artículo 60. Las declaratorias para el establecimiento de las áreas naturales protegidas señaladas en las fracciones I a VIII del artículo 46 de esta ley deberán contener por lo menos los siguientes aspectos:

I. La delimitación precisa del área, señalando la superficie, ubicación, deslinde y, en su caso, la zonificación correspondiente;

II. Las modalidades a que se sujetará dentro del área el uso o aprovechamiento de los recursos naturales en general o específicamente de los sujetos a protección;

III. La descripción de actividades que podrán llevarse a cabo en el área correspondiente, y las modalidades y limitaciones a que se sujetarán;

IV. La causa de utilidad pública que, en su caso, fundamente la expropiación de terrenos, para que la nación adquiera su dominio, cuando al establecerse un área natural protegida se requiera dicha resolución; en estos casos, deberán observarse las previsiones de las Leyes de Expropiación, y Agraria, y los demás ordenamientos aplicables;

V. Los lineamientos generales para la administración, el establecimiento de órganos colegiados representativos, la creación de fondos o fideicomisos y la elaboración del programa de manejo del área; y

VI. Los lineamientos para la realización de las acciones de preservación, restauración y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales dentro de las áreas naturales protegidas, para su administración y vigilancia, así como para la elaboración de las reglas administrativas a que se sujetarán las actividades dentro del área respectiva, conforme a lo dispuesto en ésta y otras leyes aplicables.

Las medidas que el Ejecutivo federal podrá imponer para la preservación y protección de las áreas naturales protegidas serán únicamente las que se establecen, según las materias respectivas, en la presente ley, las Leyes Forestal, de Aguas Nacionales, de Pesca, y Federal de Caza, y las demás que resulten aplicables.

La secretaría promoverá el ordenamiento ecológico del territorio dentro y en las zonas de influencia de las áreas naturales protegidas, con el propósito de generar nuevos patrones de desarrollo regional acordes con objetivos de sustentabilidad."

Además de violentar la ley, la ausencia de un plan de manejo para esta ANP contribuye de modo abierto a la extinción de la cotorra serrana occidental y seguramente de otras especies prioritarias, como las referidas, toda vez que, como señala la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, las aves mexicanas tienen un ámbito de distribución restringido que,9 además, está amenazado por la proliferación de explotación de madera: "hay consenso entre expertos en que la especie ha tenido una disminución abrupta durante este siglo, debido principalmente a las actividades madereras… Si el bosque, que es el hábitat de esta ave no es aprovechado sustentablemente, su extinción está asegurada".10

Por si lo anterior no fuese suficiente, otra amenaza contra la conservación de la cotorra serrana occidental es el tráfico ilegal. De acuerdo con un estudio apoyado por la Conabio, "en la ultima década, la especie [Rhynchopsitta pachyrhyncha] ha estado sujeta también a una sustancial captura ilegal para el mercado de mascotas, con estimados de más de mil aves capturadas e introducidas ilegalmente en Estados Unidos. En diversas ciudades de México aparece con frecuencia en el mercado de mascotas, a pesar de estar prohibido su aprovechamiento".11

A los integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM sorprende que, no obstante que el director general de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas aparece como responsable de Status, distribución, ecología y conservación de las cotorras serranas (Rhynchopsitta pachyrhyncha y R. terrisi) en el norte de México, investigación que se llevó a cabo durante el periodo 1995-99, en el que se reconoce la necesidad de incluir más zonas para la protección de esta especie, éste no haya llevado a cabo las gestiones conducentes para publicar con la mayor brevedad el plan de manejo del ANP Campo Verde.

Por lo expuesto, los legisladores que suscriben, diputados a la LX Legislatura del Congreso de la Unión, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y demás disposiciones jurídicas aplicables, somete a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, para su estudio y dictamen:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas para que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de áreas naturales protegidas, y de su reglamento, publique con la mayor brevedad el plan de manejo del área natural protegida área de protección de flora y fauna Campo Verde.

Notas
1. Neyra González L. y Durand Smith L. (1998), "Parte II 3. Biodiversidad", en La diversidad biológica de México: estudio de país, Conabio, México, página 82.
2. Ídem, página 92.
3. Véase MVZ MSc. Abundio González González Oce y Heberto Cavazos Lliteras, Clasificación de la fauna (aves), en http://fmvz.uat.edu.mx/fauna/archivos/doc8.htm, página consultada el 4 de diciembre de 2007; y Acervo completo, en http://conabioweb.conabio.gob.mx/bancoimagenes/doctos/001_thumbs366-1.htm, página consultada el 4 de diciembre de 2007.
4. Véase Conabio (1998), Informe final del proyecto K016. Status, distribución, ecología y conservación de las cotorras serranas (Rhynchopsitta pachyrhyncha y R. terrisi) en el Norte de México, segunda fase, páginas 10 y 32.
5. Esta información se tomó por ser constante en las diferentes regiones prioritarias para la conservación en las que habita la cotorra serrana occidental. Para mayor información, véase http://www.conabio.gob.mx/regionalizacion
6. Conabio, "RTP 44, Bavispe-El Tigre", en http://www.conabio.gob.mx/conocimiento/regionalizacion/doctos/Tlistado.html, página consultada el 5 de diciembre de 2007.
7. Conabio, "Maderas Chihuahua; área de importancia para la conservación de aves AICA NO-77", en http://conabioweb.gob.mx/aicas/doctos/NO-77.html, página consultada el 4 de diciembre de 2007.
8. Véase Conabio (1999), Informe final del proyecto Q050 Status, distribución, ecología y conservación de las cotorras serranas (Rhynchopsitta pachyrhyncha y R. terrisi) en el norte de México, tercera fase, página 9.
9. G. Ceballos, H. Gómez de Silva y M. del Coro Arizmendi, "Áreas prioritarias para la conservación de las aves de México", en Biodiversitas, año 6, número 41, marzo de 2002.
10. Lanning y Shiflett (1981) y Collar, et al. (1992), citados en Conabio (1999), Informe final del proyecto Q050 Status, distribución, ecología y conservación de las cotorras serranas (Rhynchopsitta pachyrhyncha y R. terrisi) en el norte de México, tercera fase, página 11.
11. El nombre en corchetes es del promovente. Snyder y Wallace (1987), citados en Conabio (1997), Informe final del proyecto B116 Status, distribución, ecología y conservación de las cotorras serranas (Rhynchopsitta pachyrhyncha y R. terrisi) en el norte de México, página 9.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente del primer receso del segundo año de ejercicio de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, a los nueve días del mes de enero del año dos mil ocho.

Diputados: Manuel Portilla Diéguez, Guadalupe García Noriega (rúbrica).
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE CITA A COMPARECER AL SECRETARIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Y AL DIRECTOR GENERAL DE PETRÓLEOS MEXICANOS A FIN DE QUE PRESENTEN INFORMES RESPECTO A LAS MEDIDAS ADOPTADAS PARA GARANTIZAR LOS DERECHOS LABORALES DE LOS TRABAJADORES Y DE LOS CONTRATOS OTORGADOS A LAS EMPRESAS SUBCONTRATADORAS EN LA SONDA DE CAMPECHE, A CARGO DEL DIPUTADO CUAUHTÉMOC VELASCO OLIVA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA

El suscrito, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario de Convergencia de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo por el que se cita a comparecer al titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), para que presente un informe de las medidas adoptadas para garantizar los derechos laborales de los trabajadores de las empresas subcontratadoras de Pemex en la sonda de Campeche, así como para citar a comparecer al director de Petróleos Mexicanos para que presente un informe sobre los contratos otorgados por la paraestatal a empresas subcontratadoras en la sonda de Campeche.

Consideraciones

Desde el 2004 a la fecha los accidentes y. el fallecimiento de los trabajadores en actividades petroleras han sido constantes, al registrarse en este periodo 22 siniestros graves en instalaciones de Pemex con un resultado de 157 fallecidos, 14 de ellos en Tabasco, Veracruz, Guanajuato y Tlaxcala (111 fallecidos); y 8 accidentes más se han contabilizado en la sonda de Campeche (con un saldo de 46 decesos).

En lo que a la Sonda de Campeche se refiere presente un punto de acuerdo en el mes de julio de 2007, que fue aprobado por esta Comisión Permanente, para que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y Pemex revisaran y tomaran las medidas necesarias para garantizar tanto la seguridad de los trabajadores de las empresas subcontratadoras, como de sus condiciones laborales, ya que de acuerdo con la información que disponemos a julio de 2007 se habían registrado más de 5 mil denuncias de trabajadores por violación a sus derechos laborales.

La STPS por conducto del subsecretario de Trabajo, Seguridad y Previsión Social, el doctor Álvaro Castro Estrada, nos informó que esta dependencia lleva a cabo en forma permanente inspecciones tanto de condiciones generales de trabajo, como de condiciones generales de seguridad e higiene en el trabajo, para lo cual cuenta con un programa anual de trabajo en el estado de Campeche en donde durante en 2006, se efectuaron 421 inspecciones a 179 centros de trabajo que beneficiaron a 28 mil 568 trabajadores; y de enero a julio de 2007, se han realizado 218 inspecciones a 117 empresas, beneficiando a 21 mil 851 trabajadores, incluyendo a las empresas subcontratistas.

Se informó también a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión que la STPS promovió la creación de una unidad de verificación en Pemex, la cual cuenta con plena capacidad y autonomía técnica, que se encarga de vigilar las condiciones de seguridad en que operan los recipientes sujetos a presión y calderas que se tienen instalados en los centros de trabajo de la paraestatal con la finalidad de prevenir accidentes de trabajo, realizando pruebas de seguridad a poco más de 2 mil equipos, con lo que se mantiene una continua vigilancia del cumplimiento de la normatividad laboral, en especial la relacionada con la seguridad e higiene en el trabajo de las empresas contratistas de Pemex.

Por tal motivo, el pasado 15 de octubre con el apoyo del Frente Unido de Marinos Mercantes, diversos legisladores visitamos la sonda de Campeche, donde Pemex cuenta con más de 100 plataformas marítimas, y laboran 13 mil 500 personas, de éstas, 4 mil 500 se encuentran contratadas directamente por la paraestatal y el resto por compañías prestadoras de servicios, para conocer las condiciones en que laboran los marinos mexicanos y extranjeros, en lo que pudimos constatar la falta de medidas de seguridad para los trabajadores que laboran en las empresas subcontratadoras por Pemex.

Por ello, no es de sorprender los accidentes en la sonda de Campeche ocurridos en el mes de octubre; el primero, el 12 de octubre en el cuarto de máquinas del barco Seba’an, perteneciente a la empresa Oceanográfica, con el saldo de un trabajador muerto; el segundo, ocurrido en el buque Oficina porvenir, el 21 de octubre de 2007, de una empresa privada con 14 personas a bordo, que le costó la vida a un trabajador; y por último, el ocurrido el 23 de octubre de 2007, en la plataforma petrolera Usumacinta. Situación que nos obligó a acudir a la sonda de Campeche acompañados esta vez por visitadores de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). Hoy ratificamos después de haber constatado de viva voz de los trabajadores de la sonda de Campeche un listado de violaciones laborales que se cometen de parte de estas empresas contratadas por Petróleos Mexicanos, tales como:

Se obliga al trabajador a firmar contratos de trabajo en blanco para ser rellenados conforme a los intereses del patrón, ejemplo de ello es Catemar de México, SA, quien contrata a su personal por medio de la compañía Mano de Obra del Caribe, SC, que obliga a los trabajadores a firmar contratos en blanco y en los recibos de pago se indica que el horario es de lunes a sábado, aunque los hacen trabajar también los domingos por un sueldo de 50 pesos diarios.

No se paga salario por los días de descanso.

Se hace firmar al trabajador renuncias anticipadas a su trabajo o sus derechos.

Estas empresas arguyen en trabajar bajo contratos de obra determinada, para no pagar antigüedad.

Se afilia a los trabajadores a sindicatos "blancos", en donde ocurre que las hojas de afiliación se firman en blanco.

No existe capacitación alguna para el trabajo, siendo este de alto riesgo.

Las prestaciones de ley como aguinaldo y vacaciones no son pagadas, o bien son cubiertas con cantidades ínfimas sólo para cubrir los requisitos ante la ley.

Es constante que los salarios que reciben no concuerdan con los que se informan al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Infonavit, y que cuando un empleado se presenta a solicitar atención médica ha sido dado de baja, cuando en sus percepciones saláriales se les descuentan las cuotas correspondientes puntualmente.

El reparto de utilidades es nulo o se da en cantidades irrisorias, que hace pensar que las contratistas evaden al fisco.

No existe una estabilidad en el empleo porque se reflejan despidos masivos injustificados en el mes de diciembre y la recontratación de nuevo personal con el fin de evadir el pago de aguinaldos y vacaciones.

Existen amenazas de despido, siendo un mecanismo de control para evitar que lidien por mejorar las condiciones de trabajo.

No se les respeta el derecho a pago de viáticos y ni tampoco la empresa les proporciona una habitación higiénica y decorosa, en los términos del artículo 30 en relación al artículo 28 de la LFT.

El servicio médico está negado para los trabajadores durante su estancia en las plataformas, lo único a que tienen derecho, y eso en ocasiones, es a recibir primeros auxilios, pero estos no incluyen el traslado a tierra y éste, se hace en inseguras embarcaciones.

Los salarios no corresponden a categorías, sino que son totalmente discrecionales, ya que para un mismo nivel de trabajo ganan cantidades diferentes, es decir no se cumple la máxima de "a trabajo igual, salario igual", por lo que la lista de violaciones es sumamente larga.

El precario salario que reciben se les suele pagar en abonos, inclusive con cheques sin fondos.

La mayor parte los trabajadores son contratados mediante triangulaciones; es decir, pactan con una empresa, otra les paga y desarrollan el trabajo operativo bajo las órdenes de una más.

Además, hay trabajadores de los barcos de abastecimiento o de las plataformas semisumergibles de servicio con jornadas de 12 horas diarias por periodos de 28 días de labor por 14 de descanso.

Todo lo antes mencionado, ha contribuido a crear un clima de extrema explotación para los trabajadores de las compañías prestadoras de servicios a Pemex, esto nos obliga preguntar ¿qué hace la Secretaría del Trabajo y Previsión Social ante estos abusos?

En Convergencia tenemos una permanente preocupación por los derechos laborales de los trabajadores de las empresas subcontratadoras de Pemex, por ello pugnamos porque el Estado cumpla su obligación constitucional de garantizar a cada persona el goce de esos derechos.

Por lo expuesto, el Grupo Parlamentario de Convergencia propone a esta soberanía un punto de acuerdo con el fin de que el secretario del Trabajo y Previsión Social informe a esta representación sobre la situación de los derechos laborales en las empresas subcontratadoras de Pemex, y que el director de Pemex presente un informe de las condiciones en que se contratan a las empresas subcontratantes de esa paraestatal en la sonda de Campeche.

Punto de Acuerdo

Primero. Se cita a comparecer al titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para que presente un informe de las medidas adoptadas para garantizar los derechos laborales de los trabajadores de las empresas subcontratadoras de Pemex en la sonda de Campeche.

Segundo. Se cita a comparecer al director de Pemex para que presente un informe detallado de cómo y a qué empresas se otorgan los contratos en la sonda de Campeche, así como las condiciones de trabajo en las que operan.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de enero de 2008.

Diputado Cuauhtémoc Velasco Oliva (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, PARA EXHORTAR AL EJECUTIVO FEDERAL A ELABORAR –MEDIANTE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES Y EN COORDINACIÓN CON LAS AUTORIDADES ESTATALES Y LAS MUNICIPALES DE SONORA Y DE CHIHUAHUA– UN PROGRAMA EMERGENTE QUE ATENÚE LAS REPERCUSIONES DEL RETORNO DE MIGRANTES A TERRITORIO MEXICANO A CAUSA DE LA LEY HB2779 EN ARIZONA, ESTADOS UNIDOS, A CARGO DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El suscrito, diputado federal de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional, Luis Fernando Rodríguez Ahumada, en uso de las facultades que le confieren los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de la Cámara de Diputados el presente punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

I. Consideraciones

Con el paso del tiempo, la política antiinmigrante de Estados Unidos se ha endurecido por leyes estatales y federales que se han extendido a diversas regiones de aquella nación.

Esta vez, la importancia del impacto que tendrá en nuestro país una medida llevada a cabo en Arizona podría considerarse perniciosa.

El 1 de enero del presente año culminó el proyecto que se elaboraba desde algunos meses atrás. Ese inevitable curso que se ha seguido para endurecer las leyes antiinmigrantes del otro lado de la frontera norte es inminente.

Miles de empresas que se encuentran en aquel estado se ven forzadas a dar el cumplimiento necesario a una controvertida ley que obliga a los empleadores a verificar el estatus migratorio de las personas que contraten a partir del primer día del presente año. Se denomina Ley HB2779, y las ulteriores repercusiones para nuestro país son vitales.

Dicha ley establece como principales sanciones las siguientes:

La suspensión de licencias, por un máximo de 10 días, de las empresas que violen la norma una vez.

La sanción será de 10 días o más de suspensión –sin que haya un máximo– si se establece que la empresa lo hizo con la intención de tener a alguien ilegal en su nómina.

Si reinciden en el transcurso de tres años –o cinco en los casos intencionales–, pueden revocarse indefinidamente las licencias.

Esta medida no castiga de manera directa a los trabajadores indocumentados; sin embargo, obliga a las autoridades de Arizona a informar sobre ellos a los funcionarios de inmigración federales, lo que a todas luces puede resultar en la deportación.

Pese a que esta ley puede representar en el futuro un cierre masivo de compañías que no comprueben que sus nuevos trabajadores tienen permiso para laborar legalmente en Estados Unidos, las autoridades de ese país seguirán adelante, y es seguro que la deportación de mexicanos hacia nuestro territorio se llevará a cabo, lo que traerá consigo una alteración en la vida social y económica de Sonora y de otros estados fronterizos.

Más de medio millón de trabajadores indocumentados que laboran en aquel estado, que comparte 262 kilómetros de frontera, están en peligro de deportación y de que muy probablemente sus derechos sean violados en los próximos meses. Muchos de ellos regresarán con el ánimo de encontrar un trabajo temporal en los estados mexicanos fronterizos para intentar volver a Estados Unidos.

México debe contar con un programa emergente que ayude a nuestros paisanos y a las autoridades de los estados mexicanos receptores de migrantes –como Sonora– a encontrar equilibrio para no alterar la vida económica y social de sus comunidades.

Para muestra del problema que puede causar esta ley en México, podemos argüir que en Nogales, por ejemplo, el impacto puede ser tal, que alteraría el crecimiento acelerado, y en términos reales dicho municipio no cuenta con los recursos necesarios para solventar ese impacto.

Es imperioso realizar un estudio que muestre de manera diáfana y pormenorizada el impacto real que tendrá la llegada masiva de migrantes a nuestro territorio, además de la elaboración ulterior de un programa que tenga como objetivo la coadyuvancia y coordinación con las autoridades estatales y con las municipales para crear las condiciones adecuadas hacia los mexicanos que regresan.

Por lo expuesto, presento ante esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Ejecutivo federal a elaborar, mediante la Secretaría de Relaciones Exteriores y en coordinación con las autoridades estatales y las municipales de Sonora y Chihuahua, un programa emergente a fin de atenuar el impacto que tendrá el retorno de migrantes a territorio mexicano a causa de la Ley HB2779 en Arizona, Estados Unidos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de enero de 2008.

Diputado Luis Fernando Rodríguez Ahumada (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, A FIN DE EXHORTAR AL TITULAR DEL EJECUTIVO FEDERAL A IMPLANTAR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA QUE LOS INCREMENTOS DE LOS PRECIOS Y LAS TARIFAS DE BIENES Y DE SERVICIOS NO AFECTEN LA ECONOMÍA FAMILIAR, A CARGO DEL DIPUTADO ADOLFO MOTA HERNÁNDEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta Soberanía, la presente Proposición con Punto de Acuerdo, con carácter de urgente y obvia resolución, al tenor de los siguientes:

Motivos

Todos los mexicanos sabemos que a principio de cada año la escalada de precios de los bienes y servicios se presenta de manera automática, ello derivado de la propia dinámica de la economía mundial y los efectos que puede generar en nuestro País.

No debemos olvidar que desde hace más de 10 años la inflación, es decir, el incremento de los precios de los bienes y servicios, ha sido una de las variables económicas a la cual el Banco de México le ha dado una atención particular, ello con el objetivo de mejorar el poder adquisitivo de las familias mexicanas.

El incremento en el salario mínimo, que para este año fue menor al 4 por ciento, no permite subsanar los efectos negativos que deben padecer los millones de trabajadores que perciben dicha remuneración, el monto de la percepción mínima es insuficiente para hacer frente a los gastos de una familia.

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía en los resultados de la Encuesta Nacional Ingreso y Gasto de los Hogares señala que entre 2004 y 2006, el gasto corriente monetario de los hogares creció en 7.5 por ciento, a precios constantes; incrementándose los gastos relacionados con la salud, el vestido y la limpieza de la casa, así como en enseres domésticos.

Los principales componentes del gasto monetario tienen por destino la alimentación de los integrantes de los hogares (29.4 por ciento), el transporte (18.9 por ciento), la educación y el esparcimiento (15.5 por ciento), los cuidados personales (10.9 por ciento) y las erogaciones que se hacen en la vivienda (8.9 por ciento).

Estimaciones de realizadas por analistas financieros, con base en información de la Procuraduría Federal del Consumidor, señalan que el incremento de la canasta básica en el año 2007 fue del 35 por ciento, en tanto que, según el INEGI, el aumento del ingreso de las familias fue de 23 por ciento en promedio. Los productos que más se encarecieron a lo algo del año fueron: la lenteja, la harina de trigo, el frijol negro y los alimentos procesados para niños.

Lo mencionado anteriormente nos da una idea más clara de la forma en como resultan afectadas las familias debido a los incrementos de los precios, en relación a ello cabe mencionar que en varias entidades del país ya se han empezado a sentir los efectos del alza de los precios, principalmente en servicios como el transporte y en productos como el azúcar, la harina, el huevo, el aceite vegetal, la mantequilla, la leche y la tortilla.

El incremento de los precios es, por mucho, mayor al aumento de los salarios, asimismo, la diferencia salarial que existe en las entidades al ubicarse en diferentes zonas geográficas, agudiza el problema de la insuficiencia del poder adquisitivo.

Como representantes de la sociedad tenemos la obligación de procurar por que las familias mexicanas se desarrollen en un entorno favorable, que les permita tener una mejor calidad de vida y un nivel de ingreso que les sea suficiente para hacer frente a sus necesidades.

Es necesario insistir en señalar que el incremento en el precio de la gasolina que el Congreso de la Unión aprobó el año pasado se dará de manera gradual a lo largo del año, por ello no debe ser utilizado como una justificante para incrementar los precios de los bienes y los servicios.

Es prioritario que al inicio del presente año, se implanten las medidas necesarias que permitan subsanar los efectos que ocasiona el alza de los precios y tarifas de los bienes y servicios. No es suficiente con implantar mecanismos de compensación, aunado a ello es necesario sancionar de manera expedita y con apego a la ley todos los abusos que se pudieran presentar con el argumento del incremento natural de los precios.

En razón de lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía, con carácter de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal, en el ámbito de sus atribuciones para que:

1. Implante las medidas necesarias que permitan, a las familias mexicanas, subsanar los efectos negativos del incremento de los precios de los bienes y servicios.

2. Se sancione, de manera inmediata y con fundamento en la ley, a los particulares e instituciones públicas que incurran en prácticas ilegales con el argumento del incremento de los precios de bienes y servicios.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de enero de 2008.

Diputado Adolfo Mota Hernández (rúbrica)