El suscrito, diputado Elías Cárdenas Márquez, del Grupo Parlamentario de Convergencia a la LX Legislatura, con fundamento en los artículos 58,59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita que se exhorte al titular de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para que explique por qué las instituciones bancarias, violando la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y otras leyes federales, no otorgan tarjetas de crédito a las personas de 65 años o más; de conformidad con los siguientes
Antecedentes
1. El 14 de agosto de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se aprueba el diverso en que se adicionan un segundo y tercer párrafos al artículo 1o., se reforma el artículo 2o., se deroga el párrafo primero del artículo 4o., y se adicionan un sexto párrafo al artículo 18, y un último párrafo a la fracción tercera del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El párrafo tercero del artículo1o., a la letra dice "Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, género, edad, capacidades diferentes, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana o tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas."
El 4 de diciembre de 2006, otro decreto, publicado también en el Diario Oficial, modifica nuevamente el citado párrafo primero y cambia la expresión "las capacidades diferentes" por "las discapacidades". Las editoriales usan indistintamente una u otra expresión en sus impresos.
2. La discriminación separa y diferencia cosas entre sí. Es la desigualdad de trato que se da a uno o varios miembros de una comunidad o grupo étnico.
Los casos que más afectan a los seres humanos guardan relación con la raza, etnia, edad, color de la piel, lengua, nacionalidad, religión, sexo, orientación sexual, condición social y económica, estado civil, familiar, educación, salud y discapacidades de cualquier tipo.
La discriminación se refleja en un evidente y notable deterioro del desarrollo humano que afecta lo económico, social y político de cualquier sociedad.
Si se discriminara por edad, en el mundo se habrían afectado a 200 millones en 1950; para 1970 a 307 millones y en el 2000 a 580 millones de habitantes. La Organización de las Naciones Unidas ha establecido principios en beneficio de los adultos mayores:
• Recibir un trato digno, independientemente de su edad, sexo, raza o procedencia étnica o contribución económica.
En nuestro país, alrededor del diez por ciento de la población tiene alguna discapacidad, y según cálculos del Consejo Nacional de Población, las personas de la tercera edad entre el 2000 y el 2050, aumentará 30 millones.
3. Todas las instituciones bancarias son unidades económicas que se dedican a actividades inmersas en las ocupaciones de los comerciantes que per se son fortuitas, esto es, que por su propia naturaleza pertenecen al campo económico de las pérdidas y las ganancias.
Los bancos mexicanos apuestan únicamente a las ganancias.
A manera de ejemplo, en tarjetas de débito, y de conformidad con la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros y la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, la institución bancaria HSBC por aclaración improcedente por uso de cajero de otro banco, cobra 300 pesos; por esa misma actividad, Scotiabank, cobra 150 pesos. Por retiro, HSBC cobra 19.95 pesos, pero Scotiabank, cobra 20 pesos; y por reposición de tarjeta por robo y extravío, HSBC cobra 100 pesos; Scotiabank, 75 pesos; Banco Fácil, 100 pesos; y Bansi, 150 pesos. Son los mismos servicios pero los cobros son diferentes.
A propósito, se discrimina a las personas que tienen 65 años de edad, ahora, hasta por los plásticos que ofrecen las tiendas de autoservicio. Puede ser lógico que se investigue el historial de crédito, pero para negar el otorgamiento de la tarjeta el criterio, en todo caso, debe ser la capacidad financiera, nunca la edad.
De acuerdo con datos de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) y con cifras que actualizó la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), el margen financiero de la banca mexicana, en promedio, es el doble que en los Estados Unidos de América y el triple que en Gran Bretaña. Esto significa que la tarjeta Banamex clásica cuesta un 178 por ciento más en México; 115 por ciento más la Bancomer visa y un 300 por ciento más la BBVA Bancomer.
La discriminación tiene costos profundos que cubren a toda la sociedad, no sólo a los grupos estigmatizados.
Algunos de esos costos son:
• Las pérdidas económicas, al desaprovechar los recursos, capacidades y experiencias de las personas y grupos que sufren la discriminación.
• El quebranto de los derechos y libertades y la negación de oportunidades para quienes son objeto de discriminación.
• La degradación de la vida democrática, porque las oportunidades de desarrollo son selectivas.
Lo más común en el país es la discriminación por edad.
Actualmente la edad promedio es de 26 años, para el 2050, será de 36.
Por todo lo anterior, presento ante esta honorable asamblea las siguientes
Consideraciones
1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos tajantemente prohíbe la discriminación en su artículo 1o. "Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas".
La constitución es muy clara e incontrovertible, ya que lo prohibido está impedido; es lo que se manda o se dispone con autoridad, en este caso, que no se haga.
Si se afectan los derechos de terceros, si hay tratos diferenciados, o si las oportunidades no promueven una igualdad real, seguramente se está ante acciones discriminatorias, vengan de personas o de leyes.
No es discriminatorio lo que distingue, restringe o prefiere, por ejemplo entre ciudadanos o no ciudadanos, los requisitos de ingreso o permanencia en el servicio público o el trato diferente que en su beneficio recibe una persona que padece una enfermedad mental.
Si las instituciones bancarias no otorgan tarjetas de crédito a las personas de 65 años o más que las soliciten, discriminan porque ello forma parte, primero, de las actividades que realizan todos los comerciantes, sujetas a la eventualidad de ganar o perder; y segundo, porque la carta magna prohíbe la discriminación por edad.
La norma reglamentaria, como es la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, que fue publicada el 11 de junio de 2003 en el Diario Oficial de la Federación, la define en su artículo 4 así "Para los efectos de esta ley, se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas.
También se entenderá como discriminación la xenofobia y el antisemitismo en cualquiera de sus manifestaciones."
El objeto de la ley reglamentaria es prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona, en los términos señalados en el artículo 1o. constitucional y promover la igualdad de oportunidades y de trato.
Si las disposiciones de la ley son de orden público y de interés social, inciden siempre en beneficio de los gobernados.
Al propio Estado le corresponde iniciar o activar las condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas sean reales y efectivas. Los poderes públicos federales deberán eliminar las barreras que limiten o impidan el desarrollo pleno de las personas y su efectiva participación en la vida económica, cultural, social y política del país, y promover la participación de los demás órdenes de gobierno y de los particulares, para que se eliminen dichos obstáculos (artículo 2).
Son tan precisos estos mandatos que agregar muchos comentarios puede empañarlos; sólo estos:
2. También la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros es de orden público y de interés social.
El Banco de México está facultado para emitir disposiciones de carácter general para regular, no sólo las tasas de interés, sino las comisiones y pagos anticipados de las operaciones que realicen con sus clientes, y hasta suspender operaciones con aquellas instituciones que violenten la ley de la materia.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de oficio, podrá suspender la publicidad que realicen las entidades financieras cuando a su juicio sean inexactas, desleales y que induzcan a error en las operaciones y servicios que presten.
Sin embargo, los bancos se publicitan como les viene en gana y cobran en forma idéntica. No hay quien los obligue a acatar las leyes vigentes. Todo indica que son protegidos por Hacienda, en primera instancia. Observe este caos en el cobro de instituciones bancarias: por retiro de efectivo, Afirme cobra 15 pesos; pero a BBVA Bancomer se le pagan 20 pesos; a Bancoppel, 10 pesos; a Banjército, 7.25; a Banorte, 19; Famsa 12; a HSBC 19.95; y 20 pesos a Scotiabank.
Pero así continúa el desorden en los otros rubros que pagan los clientes: consulta de saldo, por retiro en tu banco, por aclaración improcedente, reposición de tarjeta por robo y extravío.
Aún con esta veta de cobros, discriminan por edad; le niegan a quien tiene 65 años o más la expedición de una tarjeta de crédito.
Esta ley no atiende expresamente la discriminación por edad. Es omisa a pesar de la constitución.
Prevé sanciones en el rango de doscientos a dos mil días de salario y hasta la multa de cuatro mil a veinte mil días de salario, en otras hipótesis distintas a la edad.
3. La Ley de Instituciones de Crédito es de orden público y de aplicación general en todo el país. Su objeto es regular el servicio de banca y crédito, la organización y funcionamiento de esas instituciones, sus actividades y operaciones, su desarrollo sano y equilibrado y, sin duda alguna, la protección de los intereses del público.
La conclusión jurídica la advierte la Ley de Protección al Consumidor, que fija en su artículo 58 al proveedor de bienes, productos o servicios un límite para que no niegue o condicione sus actividades al consumidor, por razones de género, nacionalidad, étnicas, preferencia sexual, religiosas o cualquiera otra particularidad.
En esta última parte, se engloba la edad.
No se pueden establecer preferencias o discriminación alguna a los solicitantes del servicio que configure una clientela seleccionada, condicione el consumo, reserve derechos de admisión, excluya o establezca prácticas similares, salvo que se afecten la seguridad y tranquilidad del establecimiento o se funden en disposiciones de otros ordenamientos legales.
Si el proveedor está obligado a dar las facilidades a las personas con discapacidad para que puedan utilizar los bienes o los servicios que ofrecen, a mayor abundamiento a quienes sólo por la edad se les discrimina.
Tanto las facilidades como los dispositivos no pueden ser inferiores a los que determinen las disposiciones legales o normas oficiales aplicables.
Tampoco el proveedor puede establecer condiciones o limitaciones que reduzcan los derechos que legalmente correspondan al discapacitado, y se agrega al discriminado por edad.
La Constitución prohíbe la discriminación por edad.
Son de aplicación supletoria a la Ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, la Ley Federal de Protección al Consumidor, el Código de Comercio, la Ley de Instituciones de Crédito, la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, entre otras.
En mérito de lo expuesto y con fundamento en los artículos 58, 59, y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta, con las consideraciones debidas, al titular de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores a que acuda al pleno de la Comisión de Hacienda y Crédito Público a explicar por qué las instituciones bancarias, violando la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y otras leyes federales, no otorgan tarjetas de crédito a las personas de 65 años o más.
Se solicita también del Pleno de la Cámara de Diputados que la presente proposición con punto de acuerdo se tramite por obvias razones, de urgente resolución; con fundamento en los artículos 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2008.
Diputado Elías Cárdenas Márquez (rúbrica)
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE
SE EXHORTA A LA COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA A INVESTIGAR EN
LAS AGENCIAS AUTOMOTRICES ESTABLECIDAS EN EL PAÍS LAS CONDICIONES
QUE DETERMINAN LA VALIDEZ DE LA GARANTÍA VEHICULAR DE MANTENIMIENTO
Y SI ÉSTAS CONTRAVIENEN LA LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA,
A CARGO DEL DIPUTADO JACINTO GÓMEZ PASILLAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO
DE NUEVA ALIANZA
Jacinto Gómez Pasillas, diputado integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo previsto en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito se ponga a discusión y aprobación de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Actualmente el ejercicio de la garantía de un vehículo automotriz, se condiciona a la realización del servicio de mantenimiento en talleres de la propia agencia distribuidora, estableciendo una carga directa al comprador del vehículo.
Esta condición sine qua non para hacer valer una garantía vehicular en México, ha propiciado la creación de monopolios en materia de servicio automotriz, caracterizada por la cartera de clientes cautivos, que se sujetan sin alternativa alguna, a las cláusulas diseñadas a modo por las agencias distribuidoras.
Al respecto el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos desde 1917 prohíbe expresamente los monopolios y las prácticas monopólicas.
Nuestro sistema jurídico vigente protege al consumidor con la Ley Federal de Competencia Económica, reglamentaria del artículo 28 constitucional que vigila el proceso de competencia y libre concurrencia, mediante la prevención y eliminación de monopolios, prácticas monopólicas y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados de bienes y servicios, y con la Ley Federal de Protección al Consumidor promueve y tutela los derechos y cultura del consumidor y procura la equidad, certeza y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.
Sin embargo, actualmente no existe disposición específica en materia de garantía que proteja al consumidor para cumplir a cabalidad una condición exigible por el proveedor y con ello hacer válida y efectiva la garantía de determinado servicio por concepto de mantenimiento de un vehículo.
Asimismo también es inexistente la expedición de alguna norma oficial mexicana por parte de la Secretaría de Economía, en la que se contenga la regulación técnica y obligatoria que establezca las reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables al servicio de mantenimiento automotriz.
Ante la evidente práctica monopólica de las agencias automotrices de hacer valer la garantía vehicular únicamente en los talleres de servicios de éstas y de acuerdo con lo que establece el artículo 10 de la Ley Federal de Competencia Económica, que a la letra señala:
…
II. La imposición del precio o demás condiciones que un distribuidor o proveedor deba observar al comercializar o distribuir bienes o prestar servicios;
…
Razones por demás fundadas para que el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, asuma el reto de hacer valer y reconocer el derecho de opción de los clientes a servicios de mantenimiento a vehículos automotrices y no se perpetúe la costumbre monopólica en este ramo de la economía nacional.
Por lo anterior, pongo a consideración de ésta honorable soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Primero. Se exhorta a la Comisión Federal de Competencia, para que en la esfera de sus atribuciones inicie una exhaustiva investigación a las agencias automotrices nacionales y extranjeras establecidas en nuestro país, respecto de las condiciones que determinan la validez de la garantía vehicular de mantenimiento y si éstas se consideran violatorias de la Ley Federal de Competencia Económica.
Segundo. Ordene a las agencias automotrices nacionales y extranjeras de nuestro país a suprimir las prácticas monopólicas que condicionan la validez de la garantía vehicular por servicios de mantenimiento.
Tercero. Suscribir convenios con las agencias automotrices y talleres mecánicos capacitados y certificados, con el objeto de regular la competencia y libre concurrencia en materia de mantenimiento automotriz y ampliar la garantía al consumidor.
Cuarto. Se informe a esta soberanía de los avances obtenidos.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2008.
Diputado Jacinto Gómez Pasillas (rúbrica)
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE
SE CREA LA COMISIÓN ESPECIAL PLURAL ENCARGADA DE VIGILAR EL USO
DE RECURSOS PÚBLICOS EN EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL DE 2009, A
CARGO DE LA DIPUTADA ALMA EDWVIGES ALCARAZ HERNÁNDEZ, DEL GRUPO
PARLAMENTARIO DEL PAN
De conformidad con los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la que suscribe somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor de lo siguiente:
I. Exposición de Motivos
Entre las facultades que constitucionalmente han sido conferidas a la Cámara de Diputados se encuentra, de acuerdo con el artículo 74 de la Carta Magna, la de aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación. Esa facultad no se limita exclusivamente a la asignación de los recursos públicos sino que, por consecuencia legal y lógica, se extiende a la de revisión de la Cuenta Pública y fiscalización superior de la gestión financiera de los entes públicos.
La magnitud de los recursos del PEF de 2009 que se ejercerán el próximo año por sí sola obliga a que esta Cámara esté pendiente de que su gasto se ajuste a la normatividad que los regula, pero existe otra situación adicional que obliga a una mayor vigilancia y seguimiento de los representantes de esta soberanía, como es el proceso electoral que se verificará el año siguiente con motivo de la renovación de los integrantes de la Cámara de Diputados, lo que puede provocar que durante las campañas políticas de los candidatos a diputados federales se incluyan en el proselitismo recursos federales, estatales o municipales.
También coinciden con las federales elecciones en estados como Sonora, Campeche, Querétaro, San Luis Potosí, Colima y México para renovar titulares del Poder Ejecutivo, diputados locales y ayuntamientos. Igualmente, se presenta el cambio de diputados ante la Asamblea Legislativa del DF y de titulares en sus demarcaciones territoriales.
La función fiscalizadora de la Cámara de Diputados pugna por velar en favor de la cabal aplicación de los recursos públicos, evitando su desvío a fines distintos de los programados y permitiendo que el órgano conozca, de ser procedente, las imputaciones, sanciones, responsabilidades e investigaciones que se realicen sobre servidores y entes públicos respecto al desvío o uso indebido de recursos pertenecientes al erario.
De esos recursos del erario, se destina un monto al financiamiento de los partidos políticos para que puedan cumplir sus metas y objetivos políticos y sociales establecidos en el artículo 41 constitucional;* a saber, el artículo 77 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) establece que el régimen de financiamiento de los partidos políticos tendrá las modalidades de financiamiento público, financiamiento por la militancia, financiamiento de los simpatizantes, autofinanciamiento y financiamiento por rendimientos financieros, fondos y fideicomisos.
El citado artículo del Cofipe establece que no podrán realizar aportaciones o donativos a los partidos políticos ni a los aspirantes, precandidatos o candidatos a cargos de elección popular, en dinero o en especie, por sí o por interpósita persona y en ninguna circunstancia:
b) Las dependencias, las entidades o los organismos de la administración pública federal, estatal o municipal, centralizada o paraestatal, y los órganos de gobierno del Distrito Federal.
La finalidad de contar con mecanismos de revisión y auditorías de los recursos públicos que se entregan para financiar a los partidos políticos es asegurar que éstos cuenten de manera equitativa con elementos para llevar a cabo sus actividades y campañas electorales, debiendo garantizar que los recursos públicos prevalezcan sobre los de origen privado.
II. Objetivo General
La creación de una comisión especial plural encargada de vigilar el uso de los recursos públicos federales, estatales y municipales en el proceso electoral federal de 2009 permitirá que la Cámara de Diputados, órgano encargado de definir el destino de los recursos públicos y coordinar y evaluar el desempeño de las funciones de la entidad de fiscalización superior de la federación, vigile que los recursos que se empleen en el proceso electoral federal provengan de fuentes lícitas, prevalezca el financiamiento público sobre el privado, no sean empleados recursos de programas federales para financiar campañas u obtener votos y, en general, que durante la contienda federal prevalezcan los principios de democracia, legalidad, libertad, igualdad y equidad.
III. Integración
La comisión especial estará integrada por cinco miembros, propuestos por los grupos parlamentarios, en la siguiente proporción: dos diputados del Partido Acción Nacional, uno del Partido de la Revolución Democrática, uno del Partido Revolucionario Institucional y uno del Partido Verde Ecologista de México.
IV. Duración
La comisión especial efectuará sus actividades, sesiones e investigaciones mientras se lleve a cabo el proceso electoral, y tendrá vigencia hasta el 31 de julio de 2009, fecha en que deberá rendir su informe de labores.
V. Plan de Trabajo
La comisión especial deberá elaborar su plan de trabajo en un plazo no mayor de 10 días, contados a partir de su creación, el que deberá difundir entre la población en general.
El plan de trabajo deberá cubrir el objetivo general de creación de la comisión y considerará las reuniones, las visitas y los recursos financieros y materiales mínimos para el cabal desempeño de sus funciones y actividades.
VI. Objetivos Específicos
Dar seguimiento e investigar respecto a las denuncias ciudadanas recibidas con motivo de algún uso indebido o de probable desvío de recursos para la realización del proceso electoral federal;
Contribuir a la vigilancia para que los partidos políticos no empleen financiamiento de fuentes ilícitas;
Vigilar que los candidatos o partidos políticos no empleen ningún puesto público para obtener beneficios electorales;
Vigilar que los programas de desarrollo social y los recursos para financiarlos no sean empleados para coaccionar en elecciones partidistas y obtener beneficios electorales;
Vigilar que los funcionarios públicos no empleen recursos materiales o financieros para apoyar a algún candidato o partido;
Vigilar que los funcionarios públicos no coaccionen o influyan en que sus subordinados o personal laboral comprometan su voto por algún candidato o partido político o que sean obligados, mediante amenazas laborales, a participar en algún acto proselitista;
Cerciorarse de que los servidores públicos no condicionen la entrega de apoyos, la inscripción en programas de desarrollo social, la realización o el mantenimiento de obras públicas, la ampliación de la cobertura de servicios públicos o algún otro servicio u apoyo de carácter público o gratuito al voto por algún candidato o partido político;
Vigilar que ningún servidor público emplee su encargo para recibir beneficios políticos o partidarios;
Cerciorarse de que los servidores públicos que, por su encargo o comisión, posean documentación comprobatoria de algún probable desvío o uso indebido de recursos públicos para financiar campañas políticas o actos proselitistas no los destruyan o alteren, y que los entreguen a las autoridades competentes;
Vigilar que los servidores públicos no empleen o autoricen el uso de instalaciones, o bienes muebles o inmuebles de propiedad pública para realizar algún acto proselitista, apoyar a algún candidato o partido político u obtener beneficios electorales;
Cerciorarse de que los servidores públicos no realicen proselitismo o difundan propaganda en las oficinas o instalaciones de la administración; y
Vigilar que los servidores públicos realicen autónomamente su trabajo y efectúen los trámites encomendados a su gestión sin otorgar perjuicios o beneficios a los ciudadanos que no compartan su preferencia política o partidaria.
Para cumplir esos objetivos, la comisión podrá
2. Disponer de los medios pertinentes para recibir, analizar y, en su caso, canalizar las denuncias ciudadanas respecto al uso indebido de los recursos públicos en el proceso electoral federal.
3. Realizar visitas a cualquier entidad federativa y municipio en los cuales, de acuerdo con la información recibida y analizada acerca de la comisión de algún delito se presuma infracción o desvío de recursos en materia electoral, dando prioridad a las cabeceras distritales según la división realizada por el Instituto Federal Electoral.
4. Solicitar la documentación e información comprobatoria que considere pertinente a los servidores públicos, a los partidos políticos y a cualquier otro sujeto o ente de derecho público o privado cuyas actividades o información sean de utilidad para corroborar la legitimidad, equidad y legalidad del proceso electoral federal, así como para ayudar en la vigilancia del empleo de los recursos públicos en el proceso electoral.
5. Celebrar convenios de colaboración con la Procuraduría General de la República, a través de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales, el Programa de Desarrollo de Naciones Unidas, el Instituto Federal Electoral, la Auditoría Superior de la Federación, la Secretaría de la Función Pública, y los Congresos locales.
6. Trabajar en coordinación con la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales a fin de realizar reuniones y visitas, así como de canalizar a dicha fiscalía las denuncias ciudadanas que se reciban relacionadas con el probable uso indebido de recursos públicos en el proceso electoral federal.
7. Solicitar a las autoridades correspondientes de la fiscalización de los recursos públicos la realización de auditorías e inspecciones cuando del análisis de documentos, testimonios o cualquier otro medio probatorio se desprenda un probable desvío o uso indebido de recursos materiales, financieros, humanos, de programas federales o apoyos que pudieren incidir de forma alguna en la obtención de beneficios electorales.
8. Denunciar, cuando haya flagrancia o pruebas fehacientes de un hecho, a los servidores públicos que incurran en uso indebido de recursos, bienes muebles o inmuebles, materiales, personales o documentación que haya propiciado una práctica electoral desleal o no equitativa.
9. Denunciar a los servidores públicos que, en uso de su encargo, empleo o comisión, destinen apoyos, inscripciones, recursos o materiales provenientes de programas de desarrollo social para beneficiar a un partido o candidato electoral.
Punto de Acuerdo
Único. Se crea la comisión especial plural encargada de vigilar el uso de los recursos públicos federales, estatales y municipales en el proceso electoral federal de 2009.
Nota
* Promover la participación del pueblo en la vida
democrática, contribuir a la integración de la representación
nacional y, como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso
de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los
programas, los principios y las ideas que postulan y mediante el sufragio
universal, libre, secreto y directo.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2008.
Diputada Alma Edwviges Alcaraz Hernández (rúbrica)
CON PUNTO DE ACUERDO, SOBRE LA
MUERTE DEL PROFESOR OTHÓN SALAZAR RAMÍREZ, PRECURSOR DE LA
LIBERTAD EN EL SINDICATO DE MAESTROS Y LUCHADOR SOCIAL DEL MOVIMIENTO DE
IZQUIERDA, A CARGO DEL DIPUTADO ALBERTO AMARO CORONA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO
DEL PRD
Con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo atendiendo a las siguientes
Consideraciones
El profesor Othón Salazar Ramírez fue un hombre de lucha de izquierda, congruente, digno y humano.
Por su participación en las movilizaciones magisteriales de 1958 y 1960, el entonces presidente Adolfo López Mateos le quitó su plaza de maestro y nunca más se la devolvieron. Fue dirigente del Movimiento Revolucionario del Magisterio, con lo que constituyó la primera oposición y disidencia crítica dentro del magisterio.
Othón Salazar nació en Alcozauca, localidad conocida como el corazón de la Montaña de Guerrero, el 17 de mayo de 1924. Estudió en las normales rurales de Oaxtepec, Morelos, y Ayotzinapa, Guerrero, y en la Escuela Nacional de Maestros.
En 1958, al mismo tiempo de los movimientos de los ferrocarrileros, de los petroleros y de los telegrafistas, los maestros se manifestaron en las calles con la bandera de la demanda de democracia sindical y mejoras laborales. Esos movimientos fueron reprimidos, y Othón Salazar quedó preso el 8 de septiembre de ese año en el penal de Lecumberri, acusado de disolución social.
Aún estando en la cárcel, fue electo secretario general de la sección 9 del Sindicato Nacional de los Trabajadores del Estado. Al salir de prisión en 1960, encabezó movilizaciones para que fuera reconocida la dirigencia de la sección 9. Las siguientes dos décadas se mantuvo como un luchador social, hasta que en 1979 fue electo diputado plurinominal dentro del primer Grupo Parlamentario del Partido Comunista Mexicano.
Además de disputar la gubernatura de Guerrero, fue candidato a la presidencia municipal de Alcozauca en 1987 y se convirtió en el tercer gobernante comunista, bajo las siglas del Partido Socialista Unificado de México.
En días pasados, Julia Carabias recordó el legado que representó Othón Salazar para un grupo de biólogos, ingenieros, economistas y sociólogos, a quienes invitó a la Montaña de Guerrero para proponer soluciones, proyectos, programas y alternativas para combatir la pobreza, la deforestación y el deterioro de los recursos naturales en la zona de los amuzgos, mixtecos y tlapanecos.
Como bien refiere Julia Carabias, el maestro Othón Salazar, sin saberlo, se convirtió en el detonador de una nueva etapa de los temas ambientales nacionales, la cual derivó en muchas políticas que se concretaron desde la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Finalmente, quiero citar la siguiente declaración de un compañero diputado, Carlos Rojas Gutiérrez, quien habló de la contribución de los movimientos sindicales que dirigió Othón Salazar: en todos esos movimientos que han ido contribuyendo a la construcción de la democracia en este país hay actores fundamentales y uno de ellos es el profesor Othón Salazar, que está esperando que le hagan justicia, que le reivindiquen sus derechos como trabajador del magisterio, y no ha encontrado eco de nadie.
Y murió y no hubo eco de nadie. Estoy convencido de que debemos ser justos con el profesor Othón Salazar, sin duda, un gran mexicano y un hombre de izquierda.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, con carácter de urgente resolución, someto ante el Pleno de esta soberanía la aprobación de la proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta a la Mesa Directiva y a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados a rendir un homenaje póstumo al profesor Othón Salazar Ramírez como un mexicano patriota, luchador social, hombre de izquierda, congruente con sus ideas, pionero de la democratización sindical, primer líder de la disidencia magisterial y un gran ser humano.
México, DF, a 11 de diciembre de 2008.
Diputado Alberto Amaro Corona (rúbrica)
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE
SE EXHORTA AL TITULAR DE LA SEDESOL A IMPLANTAR PROGRAMAS DE APOYO PARA
DISCAPACITADOS, A CARGO DE LA DIPUTADA YARY DEL CARMEN GEBHARDT GARDUZA,
DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI
La suscrita, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, a nombre de las diputadas de este grupo parlamentario, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de la asamblea proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Uno de los principios básicos que consagra la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la igualdad de derechos entre hombres y mujeres. De ahí que en el artículo 1o. se establezca la prohibición de toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, por género, edad, discapacidad, condición social o de salud, por religión, preferencias, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y las libertades de las personas.
No obstante, la desigualdad en los derechos de las personas discapacitadas, que son aquellas que padecen temporal o permanentemente una disminución en sus facultades físicas, mentales o sensoriales que les impidan realizar una actividad normal, se hace patente al intentar incorporarse a la vida activa de nuestro país.
De conformidad con datos proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía, tenemos que en México hay 2.2 millones de personas con algún tipo de discapacidad física o mental, o con un problema de salud de largo plazo, que les impide realizar con plenitud algunas actividades que llevarían a cabo en condiciones normales, lo que representa el 2.3 por ciento de la población total del país.1
De la población con discapacidad, 44.9 por ciento presenta limitaciones relacionadas con sus brazos o piernas, 28.6 por ciento es invidente o sólo percibe sombras, 16.5 por ciento es sorda o escucha con ayuda de un aparato, 14.6 por ciento tiene algún retraso o deficiencia mental, 4.5 por ciento es muda, y el restante 0.7 por ciento presenta otra clase de discapacidad. Las causas de la discapacidad son variadas. 31.6 por ciento adquirió esta condición derivada de alguna enfermedad, 22.7 por ciento como consecuencia de problemas relacionados con la edad avanzada, 19.4 por ciento nació con ella, 17.7 por ciento como resultado de algún accidente y 1.9 por ciento debido a otras causas.
Son las entidades más pobladas y que se encuentran en el centro del país las que registran un mayor número de población residente discapacitada, siendo éstas el estado de México, Distrito Federal, Veracruz y Jalisco con un total de 764 mil discapacitados, volumen que supera a la población total de entidades como Colima y Baja California Sur.
De ahí la importancia de que se implanten programas de atención y ayuda social para este sector de la población mexicana, que debido a la discapacidad que padecen son subestimadas de distintas formas, viéndose obligadas a enfrentar situaciones por demás adversas. Basta citar como ejemplo las barreras físicas y arquitectónicas para su desplazamiento, lo cual a su vez propicia marginación en el ámbito laboral, así como falta de acceso y uso de espacios educativos regulares.
Lo anterior no debe verse como una gestión de dádivas sino como una cuestión de justicia social. Datos del Banco Mundial indican que 75 por ciento de la población mexicana con alguna discapacidad está desempleada y únicamente 10 por ciento de los niños con capacidades diferentes asiste a escuelas regulares.2
La discriminación laboral de la cual son victimas las personas con discapacidad tiene consecuencias en el ámbito personal y social. Es uno de los factores determinantes de los estados de miseria en los cuales se encuentran grandes porciones de esta población, ya que afecta su capacidad de generar un ingreso propio. Este trato discriminatorio se ve reflejado en las brechas salariales y tasas de desempleo que presentan, las cuales siempre son mayores que las de la población general. Este trato desigual también impone costos económicos y sociales a otros agentes tales como las familias y el gobierno, los cuales son muy altos.3
La forma más habitual de discriminación laboral consiste en negarles por completo la posibilidad de trabajar o de desarrollar sus capacidades; se les suele asignar tareas mal remuneradas, de baja categoría y que no requieren muchas aptitudes.
La primera Encuesta Nacional sobre Discriminación en México 2005 revela que 90 por ciento de quienes tienen una discapacidad piensan que, en comparación con el resto de las personas, tienen menos oportunidades para movilizarse en el trasporte público y conseguir un empleo.
Casi 42 por ciento sostiene que se lo han negado por ser una persona con discapacidad. Pero aun habiéndose integrado al mercado laboral, más de la mitad dice haber sufrido algún tipo de discriminación.
De ahí el presente exhorto al secretario de Desarrollo Social a efecto de que implante programas de apoyo que atiendan a las personas discapacitadas de nuestro país, toda vez que entre las facultades de la Secretaría de Desarrollo Social se encuentran las concernientes a proveer protección social (reconocimiento de grupos en vulnerabilidad extrema, previsión social y protección contra riesgos individuales y colectivos) y generar oportunidades de ingreso (desarrollo local, acceso a créditos y generación de empleo).
Asimismo, esta dependencia de la administración pública federal tiene como ejes rectores de su competencia fomentar el desarrollo social con respeto a los derechos y la dignidad de las personas e impulsar una visión compartida para la superación de la pobreza en todas las políticas públicas.
En concordancia con lo anterior, tenemos que la misión institucional de la Secretaría de Desarrollo Social descansa en lograr la superación de la pobreza mediante el desarrollo humano integral incluyente y corresponsable, para alcanzar niveles suficientes de bienestar con equidad.
Por lo anterior, propongo a esta soberanía proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente al secretario de Desarrollo Social a implantar con la mayor brevedad programas de apoyo que atiendan a las personas discapacitadas de nuestro país.
Notas
1. http://www.inegi.gob.mx
2. http://www.eluniversal.com.mx/nacion/143992.html
3. http://www.conapred.org.mx/estudios/docs/E-02-2007.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2008.
Diputada Yary del Carmen Gebhardt Garduza (rúbrica)
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE
SE EXHORTA AL TITULAR DE LA SCT A CONCLUIR A TRAVÉS DEL DIRECTOR
GENERAL DEL CENTRO SCT EN OAXACA LA RECONSTRUCCIÓN DE LOS PUENTES
LAZA Y MADERA, EN EL ISTMO DE OAXACA, A CARGO DEL DIPUTADO HUMBERTO LÓPEZ
LENA CRUZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA
El suscrito, Humberto López Lena Cruz, diputado federal de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en el artículo 58 y 60 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita al Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados que formule un exhorto al doctor Luis Téllez Kuenzler, secretario de Comunicaciones y Transportes, a efecto de que sean concluidos los trabajos de reconstrucción de los puentes Laza y Madera, situados en los kilómetros 275+100 y 275+800, respectivamente, de la carretera federal 190, también conocida como Panamericana.
Antecedentes
I. La carretera Panamericana, conocida popularmente como la Panamericana, es un sistema colectivo de carreteras de aproximadamente 25.750 kilómetros de largo, que vincula por carretera de forma casi continua a todas las naciones de América.
II. En México, atraviesa por el estado de Oaxaca y ésta constituye una vía de comunicación muy importante para el desarrollo económico del estado.
III. La Panamericana, conocida como carretera 190, tiene una dirección noroeste-sureste, entra al estado cerca de Huajuapan de León, continúa hacia Tamazulapan del Progreso, Oaxaca, Tlacolula de Matamoros, Santiago Matatlán, Santa María Jalapa del Marqués, Santo Domingo Tehuantepec y Juchitán de Zaragoza.
Consideraciones
La necesidad de una infraestructura básica de comunicaciones en la región del istmo para lograr su integración con el mercado nacional y el desarrollo del mercado interno se cubrió con la construcción de esta carretera que comunicó al istmo con la capital del estado.
El desarrollo de los medios de transporte y comunicación en la zona están logrando superar el aislamiento histórico de la región.
Pero, actualmente, en el tramo carretero que va de Santo Domingo Tehuantepec a Juchitán de Zaragoza, desde hace aproximadamente 9 meses, se inició la rehabilitación de dos puentes conocidos como puentes Laza y Madera, situados en los kilómetros 275+100 de la carretera federal 190, en su tramo Tehuantepec-Juchitán, y 275+800 de la misma carretera, respectivamente. Y es que hasta hoy no se han logrado concluir satisfactoriamente dichas obras.
Los trabajos de reconstrucción de estos puentes están causando una serie de inconformidades por parte de los automovilistas que a diario tienen que transitar por este lugar. Y lamentablemente en lo que va de junio a noviembre de este año se han tenido por lo menos 9 accidentes que arrojan un saldo de 2 muertos, 3 heridos y cuantiosos daños materiales del orden de los 410 mil pesos, sin contar los daños ocasionados a la suspensión y a los amortiguadores de los vehículos que circulan por el lugar, debido a que las desviaciones se encuentran en pésimo estado, situación por la cual están surgiendo inconformidades.
Las autoridades federales han informado que el puente Laza está a cargo del grupo constructor Saframa, SA de CV, bajo el contrato de fecha 7 de marzo de 2008 número 8-T-CB-A-559-W-0-8, con un periodo de ejecución del 16 de marzo al 15 de noviembre de 2008.
Mientras que el puente denominado Madera es ejecutado por Inmobiliaria y Constructora Cedillo, SA de CV, bajo el contrato número 8-T-CB-A-560-W-0-8, con la misma fecha y periodo de ejecución.
Y a 9 meses, los trabajos sólo han avanzado en poco más de 40 por ciento, siendo que según los contratos debieron concluirse el pasado 15 de noviembre.
Por lo anterior, el presente punto de acuerdo tiene como finalidad exhortar al doctor Luis Téllez Kuenzler, secretario de Comunicaciones y Transportes, a efecto de que sean concluidos los trabajos de reconstrucción de los puentes Laza y Madera.
Lo anterior con fundamento en los artículos 5o., fracciones I y II, de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; y 36, fracciones I, XXI y XXII, de Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Por lo antes expuesto, me permito someter a consideración de la honorable asamblea el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al doctor Luis Tellez Kuenzler, secretario de Comunicaciones y Transportes, a girar instrucciones al director general del Centro SCT en Oaxaca para que se concluyan a la brevedad los trabajos de reconstrucción de los puentes Laza y Madera, situados en los kilómetros 275+100 y 275+800, respectivamente, ambos de la carretera federal 190, también conocida como Panamericana. Esto, debido a que a casi 9 meses del inicio de la obras no se han concluido y representa un gran riesgo para quienes transitan en esta vía principal de la región del istmo de Oaxaca.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2008.
Diputado Humberto López Lena Cruz (rúbrica)
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE
SE EXHORTA AL TITULAR DE LA PROFECO A ELABORAR Y PUBLICAR EN SU PÁGINA
DE INTERNET UN REGISTRO DE LAS CONSTRUCTORAS DE VIVIENDA QUE NO CUMPLEN
LAS NORMAS DE CALIDAD REQUERIDAS, A CARGO DEL DIPUTADO MARCO HERIBERTO
OROZCO RUIZ VELAZCO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN
El suscrito, diputado federal de la LX Legislatura, Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo establecido en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente punto de acuerdo a tenor de las siguientes consideraciones.
Exposición de Motivos
Uno de los principales pilares del trabajo del sexenio anterior y del plan nacional de desarrollo del actual presidente es la obtención por parte de las familias mexicanas de viviendas dignas.
Es por ello que se han trazado metas muy claras en la construcción y distribución de casas, además de que se han eliminado algunos trámites que solo entorpecían la obtención de créditos para solventar el gasto.
Por eso, los mexicanos de hoy en día están mas orgullosos y tranquilos debido a que se les están dando todas las facilidades para hacerse de un patrimonio propio que pueden heredar a sus hijos.
Una de las mayores preocupaciones de los padres de familia es el lugar donde van a vivir y donde se van a desenvolver sus hijos; después de solucionar esta incógnita las familias viven con una mayor estabilidad y los problemas internos son menores.
Hoy día es muy alentador observar que en las zonas conurbanas de las ciudades se están elaborando varios fraccionamientos o desarrollos habitacionales principalmente de interés social, lo cual beneficiará a innumerables familias que necesitan de un hogar para estar más tranquilos y cubrir sus necesidades básicas.
Desgraciadamente nos hemos encontrado que diversas empresas constructoras, con el afán de obtener mayores ganancias, han utilizado materiales más económicos y de baja calidad, lo cual es muy alarmante, pues los ciudadanos viven en continua alerta por el posible desplome de sus viviendas.
Yo personalmente he visitado varios conjuntos de casas en donde me plantean este problema y he constatado que la mayoría de las viviendas sufren los estragos de la humedad, en las paredes hay enormes grietas e incluso algunas casas se están cayendo, por lo cual es urgente resolver este conflicto.
Lo anterior es muy lamentable pues las personas han hecho muchos sacrificios y esfuerzos para conseguir el dinero y así comprarse una pequeña casa, por lo que me parece injusto que a los pocos meses o años ese sueño empiece a desmoronarse sin poder hacer nada, dado que muchas constructoras sólo les dan de garantía uno o dos años.
En muchas ocasiones nos lamentamos cuando una casa se cae y aplasta a sus habitantes, pero pocas veces hemos implantado los mecanismos necesarios para prevenir estos trágicos accidentes y lo principal que podemos hacer es el analizar y constatar la calidad de las viviendas.
Reflexionando sobre este grave problema de la sociedad mexicana me di a la tarea de investigar en las diversas páginas de Internet sobre la construcción de las viviendas en México, y tristemente pude observar que en todos los estados de la república la gente está inconforme por la pésima calidad de sus casas y se asombran aún más cuando se enteran que las mismas constructoras siguen desarrollando proyectos en todas las entidades federativas poniendo en más riesgo a otras familias.
Es por ello que en este punto de acuerdo busco crear un registro de las constructoras que ponen en riesgo a los mexicanos y ojalá que adoptando estas medidas los mismos empresarios prefieran mejorar la calidad de sus viviendas con tal de no estar en dicha lista.
Por lo expuesto, someto a consideración del Pleno el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta al procurador federal del Consumidor a elaborar en coordinación con los gobiernos estatales y municipales un registro de las constructoras de vivienda que no están cumpliendo las normas de calidad requerida y se publique semestralmente en su página de Internet con el fin de que los ciudadanos puedan acceder a dicha información y tomen así la mejor decisión en la compra de su casa.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 diciembre de 2008.
Diputado Marco Heriberto Orozco Ruiz Velazco (rúbrica)
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE
SE SOLICITA A LA ASF QUE FISCALICE LOS RECURSOS FEDERALES ENTREGADOS EN
LOS EJERCICIOS DE 2007 Y 2008 A TLALNEPANTLA DE BAZ, MÉXICO, SUSCRITA
POR LOS DIPUTADOS MARIO ENRIQUE DEL TORO, JOSEFINA SALINAS PÉREZ
Y RACIEL PÉREZ CRUZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD
Los suscritos, Josefina Salinas Pérez, Mario Enrique del Toro y Raciel Pérez Cruz, diputados federales de la LX Legislatura, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo estipulado en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Antecedentes
Primero. El 3 de julio del presente año, el ayuntamiento constitucional de Tlalnepantla de Baz, México, acordó en sesión ordinaria de cabildo otorgar en concesión el servicio público de limpia, en su modalidad de recolección y traslado de residuos sólidos urbanos para su disposición final, así como barrido manual y mecánico, solicitando a la legislatura local su autorización en términos de la Ley Orgánica del Estado de México, que establece que, en caso de concesión de servicios públicos debe mediar la autorización del Poder Legislativo de la entidad.
Segundo. Diversos vecinos de esa municipalidad, en pleno ejercicio de sus derechos ciudadanos, acudieron al Tribunal Contencioso Administrativo de la entidad, a interponer juicio contra el acuerdo de cabildo, al considerar cinco razones fundamentales para la improcedencia de la concesión del servicio público de limpia:
2. No puede modificarse la responsabilidad social ni la universalidad con la que debe prestarse el servicio público de limpia, por una concepción discriminatoria por razón de utilidad financiera.
3. Las experiencias llevadas a cabo en otras latitudes en las que se ha concesionado el servicio de limpia tienen una constante: la del fracaso.
4. Los derechos laborales de los trabajadores quedan a la deriva. En experiencias similares existen sobrados datos de complicidad y responsabilidad política y sindical, retroceso de las prestaciones sociales y creciente precariedad en el empleo en todos sus órdenes.
5. La opacidad en los procedimientos de concesión que incrementan la corrupción mediante licitaciones tramposas, tráfico de influencias, financiación ilícita y procesos de adjudicación a espaldas de la gente
Cuarto. Miles de ciudadanos de Tlalnepantla, México, han expresado su malestar por la medida que pretende tomar el ayuntamiento, y así lo han hecho saber a los Diputados de la LVI Legislatura del estado de México, lo que ha obligado a todas las partes involucradas a analizar profundamente la conveniencia de la concesión y a indagar si la autorización del ayuntamiento cumple con los requisitos y formalidades que señalan las leyes.
Quinto. No obstante el ayuntamiento constitucional de Tlalnepantla de Baz, México, desacatando la disposición del Tribunal Contencioso Administrativo y faltando al respeto institucional al Congreso local, aprobó en la septuagésima novena sesión ordinaria de cabildo, llevada a cabo el 27 de octubre, un acuerdo para que el gobierno municipal garantice a la persona física, colectiva o moral que tenga a su favor el título de concesión el pago del concepto establecido en el mismo; acordando otorgar como garantía de fuente de pago los ingresos que por concepto de participaciones federales presentes y futuras le correspondan, hasta por tres meses consecutivos.
Sexto. Independientemente de la inobservancia a la suspensión decretada por el Tribunal Contencioso Administrativo; sin existir aprobación de la Legislatura local como lo establece la Ley Orgánica Municipal y consecuentemente sin existir título de concesión a favor de persona alguna, el ayuntamiento pretende gravar participaciones federales sin observar las reglas esenciales para hacerlo.
Séptimo. El ayuntamiento constitucional de Tlalnepantla de Baz, México, viola la disposición contenida en el artículo 9o. de la Ley de Coordinación Fiscal, que establece que "las participaciones que correspondan a las entidades y municipios son inembargables; no pueden afectarse a fines específicos ni estar sujetas a retención; salvo para el pago de obligaciones contraídas por las entidades y municipios con autorización de las legislaturas locales e inscritas a petición de dichas entidades ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades y Municipios, a favor de la federación, de las instituciones de crédito, así como de las personas físicas y morales de nacionalidad mexicana".
Octavo. En el presente caso el ayuntamiento de Tlalnepantla de Baz, México, pretende afectar participaciones federales, sin cumplir con la Ley de Coordinación Fiscal y con las leyes estatales, y sin mediar dictamen por parte de la Legislatura del estado de México sobre la capacidad financiera del municipio, poniendo en riesgo programas fincados en recursos federales en beneficio de su población.
Por lo expuesto, se somete a consideración de esa soberanía el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. Solicitar la intervención de la Auditoría Superior de la Federación para que, en los términos de sus atribuciones practique auditoría sobre los recursos federales transferidos al ayuntamiento constitucional de Tlalnepantla de Baz, México, durante 2007 y 2008.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2008.
Diputados: Josefina Salinas Pérez, Mario
Enrique del Toro, Raciel Pérez Cruz (rúbricas).
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE
SE SOLICITA AL GOBERNADOR Y AL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DE CHIAPAS
QUE CREEN ZONAS ESCOLARES Y CATÁLOGOS DE PUESTOS PARA SUPERVISORES
Y JEFES DE SECTOR DE EDUCACIÓN PREESCOLAR INDÍGENA, A CARGO
DE LA DIPUTADA YARY DEL CARMEN GEBHARDT GARDUZA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO
DEL PRI
La suscrita, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, a nombre de las diputadas de este mismo grupo parlamentario, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de la asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La educación representa uno de los principales pilares sobre los cuáles se sustenta el progreso de la nación; pues es a través de ella que el individuo cambia su concepción de pensamiento y seguramente se convertirá en un individuo con una visión distinta a la De su entorno social, y seguramente será un individuo que contará con las herramientas para construir para él y para su familia condiciones de vida dignas de un sujeto que tiene la fortuna de vivir en un estado democrático de derecho.
Asimismo, la educación debe capacitar al individuo para participar efectivamente en una sociedad libre, favorecer la comprensión y la tolerancia entre todos los grupos raciales, étnicos o religiosos. Desde una perspectiva de los derechos humanos, la educación es un medio para que las personas desarrollen todas sus capacidades y potencialidades, accediendo a la herencia cultural de la humanidad.
La educación contribuye, asimismo, a que podamos exigir y ejercer otros derechos universales. Mediante la educación, las personas aprenden a relacionarse unas con otras en un ambiente de respeto y equidad.1
La educación es parte del desarrollo de nuestro país y en esta loable tarea, los maestros juegan un importante papel, educan a nuestros niños con eficacia, calidad y con los valores necesarios para hacer de ellos hombres libres con un alto sentido de responsabilidad, de trabajar por el país que todos queremos, un país democrático, fuerte, plural e incluyente.
En este tenor, sociedad y gobierno deben vigilar que se cumplan los propósitos educativos consagrados en el artículo 3o. Constitucional, así como garantizar que haya igualdad, bienestar y respeto a los derechos laborales de los trabajadores de la educación.
Es necesaria una mejor administración escolar, donde el plan pedagógico debe ser prioritario en el la mejora de las autoridades educativas, modernizando con nuevas estructuras, lo que permitirá el mejor funcionamiento de los programas educativos.
No obstante, el sector de la educación indígena en Chiapas presenta rezagos considerables; toda vez que la educación inicial, preescolar y primaria dependen administrativamente de un sólo supervisor en la zona escolar y de un jefe de zonas a nivel regional. Esto quiere decir que los maestros que laboran en el sector preescolar indígena no cuentan con supervisores y jefes de sector, para que ese nivel educativo sea atendido adecuadamente, de acuerdo a sus características y necesidades.
Aunado a esto, tenemos que el nivel de preescolar indígena tiene una estructura curricular diferente, y por tanto debe ser administrado por individuos que conozcan bien las particularidades de ese ámbito educativo, de modo que en las actividades de supervisión, las autoridades educativas den preferencia a los apoyos técnicos y didácticos, para el adecuado desempeño de la función docente, como lo prevé el artículo 22 de la Ley General de Educación.
Por ende, el sector de educación indígena debe transformarse de acuerdo a los requerimientos que la misma circunstancia exige, y no debe quedar al margen de los cambios; por lo que es indispensable brindar el servicio educativo con mayor pertinencia y de manera eficiente. Para lograrlo, es necesario reestructurar administrativamente la educación indígena en Chiapas, separando los niveles de educación; lo cual implica crear zonas escolares y catálogos de puestos para supervisores y jefes de sector de educación preescolar indígena.
Lo anterior permitirá salvaguardar los derechos laborales de los maestros de educación preescolar indígena, toda vez que se les abrirá la oportunidad de ascender, de acuerdo a lo establecido en el artículo 24, fracción VII, del Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del personal de la Secretaría de Educación Pública, y en nuestra norma suprema en el precepto 123, apartado B, fracción VIII.
Por ello es necesario que el gobierno y la Secretaría de Educación de Chiapas, a fin de lograr la mejor prestación de los servicios de educación indígena a nivel preescolar creen zonas escolares y catálogos de puestos para supervisores y jefes de sector de educación preescolar indígena, a fin de que el servicio público de educación se brinde con una mejor administración escolar.
Por lo anterior, propongo a esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente al gobernador constitucional de Chiapas y al secretario de Educación en el estado a que creen zonas escolares y catálogos de puestos para supervisores y jefes de sector de educación preescolar indígena en el estado.
Nota
1. Avilés, Karina "Denuncian franco retroceso
de la educación especial en el país", en La Jornada, 31
de julio de 2006.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2008.
Diputada Yary del Carmen Gebhardt Garduza (rúbrica)
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE
SE EXHORTA A LA SCJN A NOMBRAR COMISIONADOS ESPECIALES QUE INVESTIGUEN
PRESUNTAS VIOLACIONES DE LAS GARANTÍAS INDIVIDUALES EN EL DISTRITO
FEDERAL, A CARGO DE LA DIPUTADA DORA ALICIA MARTÍNEZ VALERO, DEL
GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN
Las diputadas y los diputados federales de distintos grupos parlamentarios de la LX Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con las disposiciones contenidas en los artículos 55 y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, para que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicite a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que nombre comisionados especiales para que averigüen los hechos que constituyen graves violaciones de las garantías individuales de la población que permanente o temporalmente reside o habita en el Distrito Federal al tenor de las siguientes
Consideraciones
Primera. El segundo párrafo del artículo 97 de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, establece la facultad de intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la investigación de algún hecho o hechos que constituyan una grave violación de alguna garantía individual la cual puede practicarse de oficio cuando este máximo tribunal de la república lo estime conveniente, o a petición de parte, pero no de cualquier sujeto indeterminado, sino exclusivamente cuando lo solicite el titular del Poder Ejecutivo a alguna de la Cámaras del Congreso de la Unión o el Gobernador de algún estado.
Segunda. El cinco diciembre de 2006, el ciudadano Marcelo Luis Ebrard Casaubón asumió el cargo de jefe del Gobierno del Distrito Federal.
Tercera. En su Programa General de Desarrollo 2006-2012 señala en materia de seguridad que su Gobierno tiene la responsabilidad ineludible de establecer las condiciones necesarias para garantizar la protección de los habitantes, su integridad física y su patrimonio, mediante el compromiso de optimizar el sistema de seguridad pública y de procuración de justicia, así como los mecanismos de protección civil, que propicien un ambiente de confianza y certeza para el desarrollo social y económico, cuestiones todas que se han incumplido.
Cuarta. La procuración de justicia representa una de las principales problemáticas en la que se observan reiteradas denuncias por violaciones a los derechos humanos de quienes habitan y transitan en la Ciudad de México.
Según la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, es evidente el aumento en las quejas respecto de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, pasando de 2 mil 416 menciones en 2006 a 2 mil 760 durante 2007, lo que representa un incremento de 14.2 por ciento.
En su mayoría, las quejas recibidas contra la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal se relacionan con actuaciones deficientes de servidores públicos encargados de atender a quienes han visto afectados sus derechos humanos, muestra de ello es que en ocho de cada diez casos, ha sido señalada la autoridad ministerial como probable responsable de violaciones a derechos humanos.
De igual forma preocupan los señalamientos de violaciones a los derechos humanos imputados a la Policía Judicial del Distrito Federal, que en 2007 presentaron un incremento de 4 por ciento con relación al año inmediato anterior.
Quinta. La seguridad pública constituye uno de los temas trascendentales para nuestro país, pues se trata de un derecho fundamental consagrado en los artículos 3o., 5o. y 9o. de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y establece entre otros aspectos, que todas las personas tenemos derecho a la libertad y seguridad personales.
Resulta preocupante que las intervenciones policiales con abuso de la fuerza constituyan la mayor problemática en el respeto de los derechos humanos. Tales abusos se presentan de diversas formas: detenciones arbitrarias, falta de fundamentación legal durante la detención o, de manera explícita uso indebido de la fuerza.
Entre los derechos humanos violados con mayor frecuencia en la actuación de lo cuerpos policíacos se encuentran el derecho a la seguridad jurídica, con 499 menciones; el derecho a la integridad personal, con 291; el derecho a la libertad y seguridad personal, con 241; el derecho a la honra y la dignidad, con 83 y los derechos de la niñez con 60menciones; estas menciones integran 77.36 por ciento del total por derecho humano vulnerados en este rubro, que se encuentran relacionados con el abuso de la fuerza policíaca.
Sexta. Entre las violaciones graves a los derechos humanos, se encuentran la tortura, la desaparición forzada o involuntaria de personas y la ejecución sumaria, que se refieren a prácticas que han caracterizado a los regímenes autoritarios y totalitarios y que constituyen una de las formas más graves de degradar la dignidad de las personas.
Durante 2007, respecto del año anterior, la cifra en denuncias por violaciones graves a derechos humanos se incremento en 53 por ciento.
Séptima. No obstante a ello, el jefe del Gobierno del Distrito Federal, se encuentra en la obligación de definir para la población políticas justas, atendiendo el rezago en seguridad pública, política interna, en derechos humanos, sistema penitenciario, readaptación social, transparencia y rendición de cuentas y en equidad de género, solo por mencionar algunos rubros.
En materia de derechos humanos, la administración de Marcelo Ebrard se ha hecho acreedora al mayor número de recomendaciones por violaciones respecto a las anteriores administraciones del Distrito Federal.
Octava. El viernes 20 de junio de 2008, la Secretaría de Seguridad Pública y la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, llevaron a cabo un operativo en el contexto del Sistema de Coordinación Policial del Distrito Federal, acción a la que la delegación Gustavo A. Madero se sumó para realizar una visita de verificación administrativa, en un establecimiento conocido como discoteca News Divine, situada en la avenida Eduardo Molina sin número, esquina con la calle 312, colonia Nueva Atzacoalco, dicho operativo lo realizaron sin un mandamiento, escrito fundado y motivado por autoridad competente, donde servidores públicos de esas instituciones ingresaron al lugar; los policías de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) hicieron maniobras para que las y los jóvenes salieran masivamente de ese establecimiento, sin embargo, otros elementos de la SSP ubicados en el exterior, en un lapso obstaculizaron el desalojo de las y los jóvenes lo que ocasionó la aglomeración de personas en un espacio cercano a la salida de este inmueble, en suma reducido, en condiciones de compresión, empujones, calor extremo, poca y para algunos casos fatales nula ventilación y aplastamiento, lo cual motivo la muerte de doce personas, nueve de ellas particulares, cuatro menores de 18 años, además del resultado del reporte del Servicio Médico Forense del Distrito Federal; que establece la muerte de una policía y un policía de la SSP; así como, un agente de la Policía judicial del Distrito Federal; donde asfixia o alteraciones viscerales o titulares fueron señaladas como las cusas de los decesos; aunado a las lesiones que muchas personas más, entre ellas menores de 18 años de edad, tanto clientes como servidores públicos.
Es importante mencionar que algunas personas, principalmente elementos policíacos, recibieron asistencia del Escuadrón de Rescate y Urgencias Médicas, dependiente de la SSP.
Novena. Durante todo el operativo, los servicios de emergencia fueron insuficientes para atender a todas las personas afectadas, por lo que algunos particulares con sus propios medios procuraron auxiliar a las personas, ante la mirada pasiva y omisión en el actuar de servidores públicos de las Instituciones que participaron en el operativo.
Décima. De los jóvenes desalojados de la discoteca, 102 fueron trasladados por elementos de la SSP a cuarteles de esa dependencia y a agencias de Ministerio Público, supuestamente con el carácter de víctimas o testigos del delito; pero, en instalaciones de la SSP se les retuvo; algunas mujeres señalaron haber sido desnudadas en la agencia del Ministerio Público ante un médico y algunos otros hombres para certificar su estado físico, lo anterior, consta en las quejas presentadas ante la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, en el expediente CDHDF/III/122/GAM/08/D3412, radicado en la primera visitaduría general.
Undécima. Algunos de los servidores públicos en general y prácticamente de forma continua, insultaron, manosearon, golpearon e infligieron malos tratos a varios de los jóvenes clientes de la discoteca, tanto adentro como afuera del establecimiento y durante su traslado a cuarteles; de igual forma, los mantuvieron de pie cerca de una hora recién los bajaron de los camiones, les fueron confiscadas sus pertenencias, entre ellas los teléfonos celulares, asimismo, asumieron conductas carentes de sensibilidad y respeto ante familiares de las y los jóvenes víctima de las acciones y omisiones de la autoridad.
Duodécima. Con motivo de estos acontecimientos, en la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal se acumularon la quejas con motivo de estos hechos, todas en el número de expediente CDHDF/III/122/GAM/08/D3430.
Asimismo, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal emitió una recomendación, registrada bajo el número 11/2008, en la cual se constan las violaciones a los derechos humanos de que fueron objeto los involucrados y, la conducta de los servidores públicos pertenecientes al gobierno del Distrito Federal, cuyo titular y principal responsable es el jefe del Gobierno, el ciudadano Marcelo Luis Ebrard Casaubón.
Por lo expuesto, presento a esta soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Para que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicite a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que nombre comisionados especiales para que averigüen los hechos que constituyen graves violaciones de las garantías individuales de la población que permanente o temporalmente reside o habita en el Distrito Federal.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los nueve días del mes de diciembre de dos mil ocho.
Diputada Dora Alicia Martínez Valero (rúbrica)
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE
SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A DESTINAR RECURSOS DEL PRESUPUESTO DE
EGRESOS DE 2009 AL FIDEICOMISO NÚMERO 5012-6, FERRONALESJUB, A CARGO
DEL DIPUTADO MARIO ENRIQUE DEL TORO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD
El suscrito, Mario Enrique del Toro, diputado federal de la LX Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo estipulado en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El proceso de privatización del sistema ferroviario nacional de 1995 a 1999 motivó que la autoridad laboral decretara la terminación de las relaciones laborales entre Ferrocarriles Nacionales de México, sus trabajadores y su organización sindical.
Dentro de este procedimiento, el Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana celebró una serie de acuerdos y compromisos, tanto con Ferrocarriles Nacionales de México como con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, tendientes a proteger los intereses de los trabajadores ferrocarrileros, miembros de dicha organización sindical, ya fuesen activos o jubilados.
Para proteger el pago vitalicio de las pensiones y las prestaciones de los ferrocarrileros jubilados de Ferrocarriles Nacionales de México, el ejecutivo federal, en respuesta a la gestión del sindicato, instruyó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes como responsable del proceso de privatización, y a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público para que, de las contraprestaciones que el gobierno federal recibiría por el otorgamiento de las concesiones federales para explotar los ferrocarriles mexicanos, se destinara la cantidad que fuera necesaria para constituir un fondo que permitiera garantizar el pago vitalicio de las pensiones para jubilados y las prestaciones de aquellos trabajadores que, al termino del proceso de privatización, hubieren obtenido de Ferrocarriles Nacionales de México el beneficio de su jubilación.
Para dar cumplimiento a este acuerdo, la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Tesorería de la Federación, entregó a Ferrocarriles Nacionales de México la cantidad de 13 mil 530 millones de pesos, los cuales se destinaron a incrementar el patrimonio del fideicomiso Ferronalesjub 5012-6 de Nacional Financiera, SNC, que como fideicomitente había constituido para contar con las reservas necesarias, que le permitieran cumplir con sus obligaciones con sus trabajadores jubilados.
Por espacio de prácticamente ocho años, el fideicomiso Ferronalesjub 5012-6 de Nacional Financiera, SNC, operando como fondo de jubilaciones con independencia de la existencia del patrón Ferrocarriles Nacionales de México, ha pagado puntual y oportunamente las pensiones y prestaciones de los ferrocarrileros jubilados miembros de su organización. La administración que del fideicomiso hacen Nacional Financiera y la coordinación ejecutiva, bajo la supervisión y vigilancia del comité técnico, ha sido clara, transparente y ajustada a la legalidad, y así lo constató la Auditoria Superior de la Federación de la Cámara de Diputados dentro de la revisión a la Cuenta Pública de 2004, por ende, la fiabilidad en su desempeño queda manifiesta.
Durante la vigencia de las relaciones laborales en los procesos de revisión del contrato colectivo de trabajo, la dirigencia nacional del Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana, solicitó reiteradamente, el incremento en el número de días, que la empresa pagaba a los jubilados por concepto de aguinaldo anual, para igualarlos con el número de días, que por igual concepto se pagaba anualmente a los trabajadores en servicio activo y con los que reciben, por este concepto, es decir aumentarlos de quince a cuarenta, similar a los jubilados y pensionados de otros regímenes de pensiones del país. Sin embargo, esta negociación no se llegó a formalizar ante la conclusión del proceso de privatización.
Es por lo anterior que el fondo de jubilaciones únicamente protege a los ferrocarrileros jubilados un aguinaldo anual equivalente a quince días sobre el importe de la pensión mensual, lo cual resulta injusto y discriminatorio si atendemos a que la mayoría de los pensionados y jubilados dentro de los sistema oficiales de seguridad social (IMSS, ISSSTE, etcétera) reciben el equivalente a un mes de sus pensiones, de ahí que se estime necesario que se aporten al fideicomiso que administra el fondo de jubilaciones los recursos necesarios para que esta prestación anual se ajuste a lo que reciben por idéntico concepto la mayoría de los pensionados y jubilados de este país.
La voluntad política de todos los actores de las fracciones parlamentarias para apoyar este planteamiento, que por conducto de su dirigencia sindical hacen los ferrocarrileros jubilados de Ferrocarriles Nacionales de México por ver incrementado el aguinaldo que reciben del Fondo de Jubilaciones y un ajuste a sus pensiones jubilatorias, se vio reflejada en la autorización, dentro del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, de una partida presupuestal por 50 millones de pesos para que el gobierno federal la destinara a incrementar el patrimonio del fideicomiso Ferronalesjub 5012-6 de Nacional Financiera, SNC, cantidad que fue apenas suficiente para entregarles ese año una pequeña cantidad como gratificación anual, pero que estuvo lejos de ser suficiente para dotar de fondos al fideicomiso.
En octubre de 2007, el fideicomiso 5012-6, con un patrimonio de 8 mil 410 millones de pesos, protegía el pago de las pensiones y las prestaciones de 43 mil 984 ferrocarrileros jubilados, que a la fecha sobreviven. El monto de los recursos necesarios para atender el justo planteamiento de los ferrocarrileros jubilados y su organización sindical alcanzaría la suma aproximada de 550 millones de pesos, considerando ya la variación inflacionaria durante el periodo, entre la real y la estimada, en el estudio actuarial original, y sin tomar en cuenta el incremento en la expectativa de vida del grupo protegido por el fideicomiso.
Es necesario dotar de capacidad económica al fondo del fideicomiso, en aportación de una sola exhibición o anuales hasta llegar a su capitalización de un monto de 13 mil 428 millones de pesos, el cual deberá ser considerado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009, a fin de dar certeza económica a los más de 40 mil jubilados ferrocarrileros.
Por lo anteriormente expuesto, y en virtud de que resulta justo y conveniente que este grupo de jubilados, someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2009 se consideren recursos destinados a apoyar el Fideicomiso 5012-6, Ferronalesjub.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2008.
Diputado Mario Enrique del Toro (rúbrica)
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE
SE EXHORTA AL GOBIERNO DE PUEBLA A INVESTIGAR Y EJERCER ACCIÓN PENAL
A TRAVÉS DE SU PGJ CONTRA LOS INVOLUCRADOS EN EL CASO DE ABUSO INFANTIL
DONDE PARTICIPÓ EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE HUEYTLALPAN, A CARGO
DEL DIPUTADO JESÚS RICARDO MORALES MANZO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO
DEL PRD
El que suscribe, Jesús Ricardo Morales Manzo, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, atendiendo a los siguientes
Considerandos
El pasado 29 de noviembre del presente, durante la celebración del evento denominado jaripeo nocturno, efectuado en el municipio de Hueytlalpan, en la sierra norte de Puebla; con la presencia y apoyo de Juan Martín Barrientos Ramos, presidente municipal de esta localidad, que está catalogada como el segundo municipio más pobre del país, se organizó un desfile de niños a la medianoche, en el que expuso a varios menores, ante cientos de personas que les ofrecieron entre 50 y 150 pesos por cada prenda que se quitaran, mientras eran fotografiados y videograbados.
Dicho hecho ha sido denunciado ante la Procuraduría General de Justicia del estado por la diputada local Irma Ramos Galindo, integrante de la fracción parlamentaria de mi partido en aquella legislatura; en dicha querella manifestó que estuvo presente en el rodeo y jaripeo cuando el animador, que contrató el edil, pidió a los niños pasar al centro para hacer un desfile y posteriormente convocó a los asistentes a ofrecer dinero a los infantes para que se despojaran de su ropa, hasta quedar en ropa interior o desnudos.
Sin embargo, y dado que además ya se ha difundido en algunos noticiarios matutinos el video donde se consignan estos actos violatorios de la dignidad de dichos infantes, mismos que tipifican los delitos de ultrajes a la moral, corrupción de menores, ataques al pudor y apología del delito, además de pornografía infantil. Lamentablemente, al ser ciudadano Juan Martin Barrientos Ramos presidente municipal de Hueytlalpan, del mismo partido que el gobernador del estado, este ha sido protegido de la manera más abyecta por parte del Congreso local y de las autoridades judiciales, quienes ya han prejuzgado este asunto; tal y como se consigna en las declaraciones vertidas por el subprocurador de averiguaciones previas de la Procuraduría estatal, Víctor Pérez Dorantes, con el pretexto de que aún no se encuentra la figura penal para investigar los hechos ocurridos en Hueytlalpan.
Es evidente que en Puebla no se respeta el estado de derecho; al amparo del poder y de la impunidad, se cometen las peores violaciones a la dignidad humana, como el abuso de menores. Peor aún, este abuso es posible por los niveles de miseria y marginación en que viven la mayoría de los habitantes de este municipio. También es muy grave reconocer que en nuestro país la violencia no sólo se da en las calles, con los actos del crimen organizado, con los niveles de inseguridad existentes. Debemos recordar que la violencia en las calles casi siempre se genera por la violencia en el hogar, por la violencia contra los más débiles, contra quienes no se pueden defender y en cuyas mentes y cuerpos quedan secuelas gravísimas, que no les permite insertarse a la sociedad adecuadamente y los convierte en hombres violentos, que reproducen este esquema de manera indefinida. Recordemos: violencia sólo genera más violencia.
Por otra parte, debemos recordar que México está adherido a la resolución del el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, UNICEF, sobre los derechos de los niños, en el que se establece que las autoridades deben garantizar el sano desarrollo físico y mental de los menores. En este sentido, es urgentísimo que esta soberanía se manifieste con este exhorto a la Procuraduría General de Justicia de Puebla, para darle celeridad a las investigaciones en este asunto y castigar a los responsables de estos delitos, sin importar si entre los culpables, por acción u omisión, se encuentra el presidente municipal de Hueytlalpan, porque es evidente que, al menos, no impidió con la fuerza pública que se cometieran estas infamias.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración del Pleno la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno de Puebla, a través de la Procuraduría General de Justicia del estado y su titular, licenciado Rodolfo Igor Archundia Sierra, a investigar exhaustivamente y proceder a la acción penal en contra de los involucrados en el caso de abuso infantil, que tipifica los delitos de ultrajes a la moral, corrupción de menores, ataques al pudor y apología del delito, además de pornografía infantil; hechos en donde participó el presidente municipal de Hueytlalpan, Juan Martín Barrientos Ramos, en términos de la legislación local aplicable.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2008.
Diputado Jesús Ricardo Morales Manzo (rúbrica)