Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2207-I, martes 6 de marzo de 2007.


Iniciativas Proposiciones Excitativas
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Iniciativas

QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B) DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL, A CARGO DEL DIPUTADO NEFTALÍ GARZÓN CONTRERAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

El suscrito, Neftalí Garzón Contreras, diputado federal de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en ejercicio de la facultad que le concede el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 55, fracción II, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La democratización de los sindicatos es una exigencia indeclinable. Ya basta de limitarnos a formas huecas de contenido, o abiertamente opuestas a éste. No podemos permitir que muchos de los llamados sindicatos sirvan en realidad como instrumentos para desconocer los derechos de los trabajadores y reprimir sus exigencias de democracia; que ni siquiera cumplan la obligación mínima de cualquier organización, la cual es la rendición de cuentas a los miembros del sindicato respecto a su patrimonio.

El concepto del hombre como ser social no sólo comprende su asociación en el seno de lo estrictamente político, sino en todas aquellas esferas en que su unidad se hace indispensable o útil para su mejor desarrollo y la consecución de sus intereses. En este sentido, bajo el impulso de la Revolución Industrial, en virtud de la cual la máquina arrebató el predominio a la actividad meramente manual, el conglomerado de trabajadores con necesidades y reclamos semejantes caminó hacia diversas formas asociativas, que culminaron en los siglos XVIII a XX en la conformación de los sindicatos, cuyo nacimiento es historia de encarcelamientos, asesinatos, persecuciones. Los sindicatos, pues, nacieron de y para los trabajadores como expresión de su voluntad y para enfrentar con mayores posibilidades de éxito su problemática, que iba desde la reducción de la jornada hasta la obtención de un salario digno, estabilidad en el empleo y condiciones adecuadas de seguridad e higiene.

Luego frente al derecho a la sindicalización, el Estado, a través del Legislativo y, concretamente el Constituyente, no ha dado sino sólo reconocido tal derecho, que la misma clase obrera ha hecho nacer y desarrollado con objeto de lograr su defensa y dignificación.

En México se reconoció el derecho a la libre sindicalización en el artículo 123 constitucional, como la primera declaración de derechos sociales en el mundo, después de una revolución cruenta por la profundidad de sus contradicciones. Sin embargo, pronto se caminó hacia su distorsión, de manera que los sindicatos en lugar de ser instituciones para los obreros, trocaron en la mayoría de las veces en instrumentos contra los trabajadores, como si los sindicatos fueran propiedad de los líderes charros y blancos, manejados como negocio particular y subordinados de manera corporativa al gobierno en turno o al patrón.

Esta realidad chocaba con la esencia de los sindicatos: la democracia, y de su vocación de servicio a los derechos de los trabajadores. La voluntad de sus integrantes ya no era más escuchada sino perseguida, las directivas se autoelegían y perpetuaban en el poder valiéndose de todas las trampas y represiones, contando con la complicidad de las autoridades que teóricamente debían respetar y hacer respetar el estado de derecho. Sin embargo, aún no podemos ni debemos hablar en pasado de los sindicatos opuestos a los fines de los que viven de su trabajo, sino que es una realidad lacerante y actual, que no sólo violenta la letra y espíritu del artículo 123 constitucional, y a las leyes federales del Trabajo y de los Trabajadores al Servicio del Estado, sino que choca con el esfuerzo que realiza el pueblo de México por avanzar en otras esferas de nuestra nación en la senda de la democracia.

De manera que a estas fechas los sindicatos se nos presentan como una de las más graves rémoras que sufre la reforma del Estado hacia la democracia. Lo que al propio tiempo se traduce en que a los trabajadores se les arrebata su principal instrumento para hacer valer sus derechos, y lograr una mejor distribución de la riqueza.

Uno de los momentos en que con más fuerza se manifiestan estas iniquidades y aberraciones es cuando los sindicatos cumplen el proceso para la designación de su directiva; son ya legendarias las mil chicanadas de que se hace uso para impedir que se manifieste la democracia, la voluntad de la mayoría. Y cuando aun con éstas no se puede vencer el empuje de las masas que exigen tomar control de lo que es suyo, vienen los actos de represión, del uso de golpeadores a la fabricación de falsas acusaciones penales, pasando incluso por el asesinato de los luchadores del sindicalismo democrático. Por lo que, siendo amplia y compleja la solución que debe darse a esta problemática, quiero abordar en esta iniciativa dos de las cuestiones centrales, el derecho mínimo de los miembros de un sindicato a elegir a sus dirigentes mediante voto universal, directo y secreto. Esto que tanto ha representado, con todos sus dudas y retrocesos, para avanzar en la democratización del país, parece un ideal inalcanzable en la actual realidad sindical del país, que somete a los trabajadores en los procedimientos para la elección de sus líderes al voto a mano alzada, lo que se presta a todo tipo de presiones y amenazas, impidiéndose que tales elecciones sean democráticas, transparentes.

No podremos hablar de un respeto al derecho humano a la sindicalización en tanto el Legislativo no consagre de manera expresa el derecho al voto universal, directo y secreto en la elección de la directivas, de manera que la elección sea verdaderamente libre y a favor de las personas que el trabajador considere que realmente les representarán y defenderán sus intereses de clase. Suprimiéndose al propio tiempo todo acto de discriminación o adulteración al momento de que los trabajadores cumplan este derecho-obligación.

Este derecho va de la mano de la necesidad de hacer efectiva la obligación de las directivas sindicales de rendir cuentas a sus agremiados, de manera que el patrimonio sindical formado gracias a las cuotas de los trabajadores se use en bien de todos y no como negocio personal de los líderes y sus familias, o para alcanzar fines políticos que pavimenten la carrera política de directivas espurias. En suma, el patrimonio sindical, que igualmente es de y para los trabajadores, no debe distraerse de los fines propios de los sindicatos.

De manera que, sin crear instrumentos jurídicos que se puedan prestar para allanamientos de la autonomía sindical, deben buscarse soluciones para que los miembros de un sindicato puedan exigir cuentas a su directiva. Lo cual, nuevamente revertirá en mayor democratización de la vida de los gremios. No es posible que se permita que las directivas de los sindicatos vivan en un verdadero paraíso de no rendición de cuentas, donde todo les está permitido so pretexto de la autonomía sindical. Todo abuso es legal y moralmente insostenible.

A la fecha el artículo 373 de la Ley Federal del Trabajo consagra de manera expresa la obligación semestral de rendición de cuentas de parte de las directivas sindicales, desafortunadamente al no preverse acción legal para hacerla exigible, los líderes deshonestos omiten su cumplimiento.

La Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado tampoco prevé una acción laboral de los miembros del sindicato para hacerla valer ante las autoridades jurisdiccionales del trabajo, sino que reduce, en sus artículos 80 y 81, el accionar a meras acciones civiles o del derecho común, lo que evidentemente limita y dificulta la exigencia de responsabilidad frente a los líderes deshonestos. Pero además, no existe disposición expresa sobre la rendición de cuentas y acciones para hacerla exigible.

Desde luego, nada de esto ha sido accidental, sino juego de poder y de complicidades entre líderes sindicales espurios y los gobierno en turno y los empresarios deshonestos. Así, los sindicatos apuntalan a empresas expoliadoras y a gobiernos igualmente espurios, corruptos y antinacionales, prestándose, de ser necesario, a reprimir a los trabajadores, a cambio de manos libres para expoliar las franquicias sindicales.

Evidentemente esto no sería posible sin el apoyo de las autoridades administrativas y judiciales y los instrumentos de represión estatal. En consecuencia, se exige una reforma del Estado mismo y también un cambio integral del marco jurídico laboral, comenzando con las instancias encargadas de registrar a los sindicatos, sus directivas, a los contratos colectivos, así como la necesaria sustitución de las autoridades que tienen a su cargo la impartición de la justicia en el mundo del trabajo.

Sin embargo, esta iniciativa se circunscribe a proponer, insisto, una consagración del voto secreto y un camino para la efectiva rendición de cuentas, ambas en relación con las directivas de los sindicatos, para así ir abriendo camino en estas dos demandas tan sentidas por la clase trabajadora.

Para darle a estas propuestas toda la relevancia que la problemática actual exige, esta iniciativa tiene como particularidad que los derechos de mención se consagrarían a nivel de la Constitución federal, tanto a favor de los trabajadores del Apartado A, como de los del Aparatado B. Así se asignará mayor estabilidad jurídica a esta solución, arrancándose al propio tiempo toda duda sobre la letra y espíritu de las reformas.

Paralelamente, bajamos estas reformas a nivel de las leyes federales del Trabajo y de los Trabajadores al Servicio del Estado, con objeto de que en automático tomen practicidad, contribuyéndose a la transformación de nuestra realidad laboral que así lo exige.

Los avances, por criticables que sean, en el mundo de la política del país hacia la democracia, indudablemente han influido al todo social; por ello, ahora llega el momento de impulsar la democracia en la vida de los sindicatos, lo que a su vez empujará la profundización de la democracia política. Y en su conjunto nos permitirá avanzar en mayor justicia y humanización del Estado, con el concepto de que éste no es una mera entelequia que se reduce a aparatos político-represivos, sino que comprende a la sociedad toda en las diversas esferas en que el hombre se forma y convive.

Finalmente quiero señalar que con las reforma propuestas cumplimos lo mandatado por el Convenio 87 de la OIT, "Sobre la Libertad Sindical y la Protección de Sindicación", ratificado por nuestro país, y en cuya parte conducente señala:

Artículo 3

1. Las organizaciones de trabajadores y de empleadores tienen el derecho de redactar sus estatutos y reglamentos administrativos, el de elegir libremente sus representantes, el de organizar su administración y sus actividades y el de formular su programa de acción.

2. Las autoridades públicas deberán abstenerse de toda intervención que tienda a limitar este derecho o a entorpecer su ejercicio legal.

Artículo 8

1. Al ejercer los derechos que se les reconocen en el presente convenio, los trabajadores, los empleadores y sus organizaciones respectivas están obligados, lo mismo que las demás personas o las colectividades organizadas, a respetar la legalidad.

Por todo lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa de ley que propone reformas y adiciones al artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la Ley Federal del Trabajo, y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, para quedar como sigue:

Artículo Primero. Se adiciona un segundo párrafo a la fracción XVI del apartado A, y a la fracción X del apartado B, ambas del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los siguientes términos:

XVI. …

La elección de las directivas de los sindicatos deberá realizarse mediante voto universal, directo y secreto. Estas directivas deberán rendir cuenta de la administración del patrimonio sindical; en caso de omisión los afiliados tendrán acción ante la autoridad competente para reclamar su cumplimiento.

X. …

La elección de las directivas de los sindicatos deberá realizarse mediante voto universal, directo y secreto. Estas directivas deberán rendir cuenta de la administración del patrimonio sindical; en caso de omisión los afiliados tendrán acción ante la autoridad competente para reclamar su cumplimiento.

Artículo Segundo. Se adiciona un párrafo a la fracción X del artículo 371, e igualmente se adiciona un segundo párrafo al artículo 373, ambos de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 371

I. a VIII. …

IX. Procedimiento para la elección de la directiva y número de sus miembros. La elección de esta directiva deberá realizarse mediante voto universal, directo y secreto;

X. a XV. …

Artículo 373

Ante la omisión de la obligación señalada en el párrafo anterior, los miembros del sindicato tendrán acción ante la Junta de Conciliación y Arbitraje competente para que la obligación se cumpla. Esto con independencia de otras acciones que legalmente procedan.

Artículo Tercero. Se adiciona un párrafo a la fracción II del artículo 72, e igualmente se adiciona un artículo 81-A, ambos de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, en los siguientes términos:

Artículo 72

I. …

II. Los estatutos del sindicato. En los estatutos deberá señalarse el procedimiento para la elección de la directiva y número de sus miembros. La elección de esta directiva deberá realizarse mediante voto universal, directo y secreto;

Artículo 81-A. Con independencia de lo señalado en los artículos 80 y 81 de esta ley, la directiva de los sindicatos debe rendir a la asamblea cada seis meses, por lo menos, cuenta completa y detallada de la administración del patrimonio sindical. Esta obligación no es dispensable.

Ante la omisión de la obligación señalada en el párrafo anterior, los miembros del sindicato tendrán acción ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje para que la obligación se cumpla.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de marzo de 2007.

Diputado Neftalí Garzón Contreras (rúbrica)
 
 


QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DEL DIPUTADO CÉSAR CAMACHO QUIROZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

César Camacho, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma los artículos 14, 16, 19 y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La revisión del sistema de justicia en México se presenta actualmente como un reto impostergable. La sociedad mexicana percibe que la lentitud, iniquidad, corrupción e impunidad son el denominador común en la mayoría de los casos cuando las personas intervienen en la sustanciación de un proceso penal.

Lo anterior genera desconfianza en las instituciones y debilita la consolidación de éstas. Es tiempo de abandonar las prácticas arcaicas que incluso están enquistadas en la legislación y migrar a un nuevo sistema que satisfaga la demanda ciudadana.

La modernización de un sistema penal de un Estado social y democrático como el nuestro, que salvaguarde los derechos reconocidos en nuestra Constitución a las víctimas del delito, así como a los acusados de éste y a la ciudadanía en general, es posible a través de un procedimiento acusatorio, adversarial y oral, que sin falsos garantismos cumpla los principios del debido proceso, como el de inmediación, concentración, contradicción, publicidad y continuidad, utilizando como herramienta indispensable la oralidad.

En los meses recientes, diversos actores han mostrado interés en la actualización del sistema de justicia en México, particularmente de la justicia penal. Éste es un reclamo generalizado, que demanda nuestra puntual atención.

Quien promueve se suma a las propuestas que apuntan a la actualización de dicho sistema, particularmente a la atinada propuesta que realizo la Red Nacional a favor de los Juicios Orales y Debido Proceso Legal, mejor conocida como la "Red" que, formada por una serie importante de organizaciones académicas y de la sociedad civil, puso a consideración del Congreso un anteproyecto de reforma constitucional en materia de juicios orales y debido proceso.

Ese esfuerzo invaluable ha sido detonante de la amplia y necesaria discusión sobre este muy importante tema.

En la presente iniciativa se retoman algunos de los planteamientos del anteproyecto de la Red para ser matizados por otras necesidades de regulación. En lo que sigue se hace una explicación de estas propuestas.

Se considera que las expresiones "juicios orales" y "debido proceso" son acertadas, toda vez que el impacto mediático busca un lenguaje sencillo para la sociedad.

Cabe mencionar que la oralidad es una característica que da pauta para la consecución de los principios del debido proceso que redunden en beneficio de la sociedad.

Los beneficios que se ofrecen a los mexicanos no son la oralidad por la oralidad, sino la expectativa de que el sistema de justicia sea más eficaz en la resolución de los conflictos sociales derivados del delito y que dichas soluciones se tomen siempre con la convicción de que se han respetado puntualmente los derechos fundamentales reconocidos a los gobernados en la Constitución, los instrumentos internacionales y en las leyes.

Como puede apreciarse, se trata de lograr dos objetivos básicos: en primer lugar, contar con un diseño normativo capaz de proporcionar a los agentes encargados de hacer cumplir la ley, las herramientas necesarias para perseguir con eficacia el delito, enseguida, hacerlo con las garantías del debido proceso.

Lo que se pretende con la reforma del sistema de justicia es dar soluciones de calidad a los gobernados.

Principios de "lesividad" y "mínima intervención"

Para garantizar un sistema penal democrático es preciso no sólo construir sus alcances sino, también, definir los límites de intervención que un Estado social y democrático debe ofrecer a sus gobernados. En este sentido, coincidimos con la propuesta de la Red que, en materia sustantiva penal, agrega en un párrafo tercero a los principios fundamentales del ius puniendo, como el de "proporcionalidad" y "lesividad".

Adicionalmente, consideramos que se requiere hacer una precisión de los alcances de este último. Esto es, no se trata en modo alguno de prohibir los delitos de peligro abstracto, los cuales ciertamente no lesionan o ponen en peligro de manera directa bienes jurídicos. En este sentido, es correcto continuar criminalizando conductas como el narcotráfico o las que pudieran llegar a lesionar el ambiente, entre otras posibilidades.

Creemos de suma relevancia incluir un tercer principio, que se relaciona directamente con los anteriores: el de "mínima intervención", el cual establece en primer término el carácter subsidiario o ultima ratio, mediante el cual se limita la intervención del derecho penal única y exclusivamente cuando los demás instrumentos o medios han fallado y, por otro lado, su carácter fragmentario, lo que significa que el derecho penal sólo regula los casos en que los bienes jurídicos deben ser protegidos cuando la amenaza o lesión sea relevante o peligrosa.

Posible comisión del hecho delictivo

Se considera que la reforma del artículo 16 que se propone en esta iniciativa enriquece la de la Red y sugiere que, por una parte, se modifique de fondo una noción que reiteradamente ha introducido confusión en el marco del proceso penal mexicano y que lo ha mantenido como un proceso de corte mixto. Se trata de la noción de "cuerpo del delito". Éste es un concepto cuya complejidad y, a veces, confusión han generado no pocos enredos en el ejercicio de funciones de procuración e impartición de justicia. Se trata de una figura jurídica de difícil manejo para muchos abogados e impenetrable para las personas legas.

El texto constitucional alude en dos ocasiones a la noción "cuerpo del delito": la primera de ellas, justamente en el artículo 16; y la segunda, en el 19. Los debates del foro se han concentrado en buena medida en esta noción, la que algunos aceptan con desgano al haber quedado superada la de elementos del tipo penal, la cual fue adoptada por el poder revisor de la Constitución en 1993 y posteriormente abandonada en 1999.

En esta reforma se asume que la noción de cuerpo del delito constituye una exigencia probatoria demasiado alta para el Ministerio Público, sobre todo si se considera que los requerimientos para acreditar su existencia se plantean en fases demasiado tempranas de la investigación de los delitos. Ha sido justamente este estándar el que impide una investigación ministerial ágil, en la que las medidas cautelares adoptadas para la salvaguarda de la materia del proceso sean decretadas con la información suficiente y sin requerir a la autoridad investigadora un cúmulo de pruebas ciertamente excesivas.

En nuestro medio, dichas trabas han propiciado la creación de figuras cuya constitucionalidad es por lo menos cuestionable; es el caso de la figura del arraigo.

La noción cuerpo del delito parte de una epistemología muy ingenua que asume que es posible acreditar plenamente hechos del pasado. Si para la sentencia definitiva es muy complejo referirse a plenitud probatoria, cuanto más lo es para un momento tan inmediato en el proceso.

Diversos teóricos del derecho que se han venido ocupando del tema de la prueba, como Michelle Taruffo, han señalado que la prueba de los hechos en el derecho, igual que lo que ocurre en otras materias como la historia, no puede aspirar a la certidumbre plena.

Como ocurre con cualquier conocimiento de tipo empírico, el que es propio del derecho está inevitablemente confinado a los marcos de la probabilidad. La probabilidad exigida puede ser más o menos grande de acuerdo con el tipo de decisión práctica que deba adoptarse.

Así, para condenar a alguien a una pena es natural que se pida un alto grado de probabilidad; el sistema estadounidense exige, verbigracia, el estándar de la duda razonable; otros, en cambio, utilizan fórmulas como el de la hipótesis más plausible o el de la mejor explicación, entre las muchas posibilidades existentes.

Como quiera que sea los sistemas procesales más avanzados han renunciado ya al estándar de la certeza plena. Si para las decisiones definitivas sobre la responsabilidad esto ha venido ocurriendo, con mayor razón debería operar para decisiones intermedias, provisionales y revisables como es el caso de las órdenes de aprehensión o la decisión de sujetar al inculpado a alguna medida cautelar.

En lugar de exigir la acreditación del cuerpo del delito como requisito previo para librar una orden de aprehensión, se propone sustituir tal noción por la de datos que hagan probables el hecho delictivo y la responsabilidad del indiciado.

Debe tenerse en cuenta que el hecho de que una persona sea aprehendida porque prima facie se ha considerado probable su intervención en un hecho también probable, no necesariamente se traduce –como hasta ahora– en que el imputado vaya a quedar sometido a prisión preventiva.

Como más adelante se detallará, esta reforma implica que el sistema de justicia penal sea siempre pensado desde la libertad del imputado y no desde su encarcelamiento –de ahí que se abandone el sistema de delitos graves para determinar quién es procesado en prisión y quién lo es en libertad–, que es lo que ocurre actualmente.

Teniendo como telón de fondo ese presupuesto, en la presente iniciativa se pretende aligerar los requisitos que el Ministerio Público debe llenar para que le sean obsequiadas las órdenes de aprehensión.

Igualmente, en el párrafo séptimo del artículo 16 constitucional, relativo a la delincuencia organizada, se propone eliminar la prorroga de 96 horas, toda vez que se pretende eliminar criterios de excepción que atentan contra el principio de seguridad jurídica y que, con la nueva sistemática procesal, el Ministerio Público ya no deberá acreditar con un estándar tan exigente los requisitos para consignar ante el juez.

Evidentemente, el estándar probatorio será mucho más alto en el juicio, pero para entonces el Ministerio Público habrá contado con el tiempo necesario para desarrollar una investigación suficientemente exhaustiva y meticulosa que le permita probar la responsabilidad del imputado, en su caso, y derrotar la presunción de inocencia que obra en favor de éste.

Consignar ante un juez será fácil, pero condenar exigirá mucho rigor en la investigación y en el juicio.

Las modificaciones anotadas permitirán conjurar el fantasma del derecho penal de excepción para procesar a la delincuencia organizada, que precisamente ha sido la tendencia de otras iniciativas de reforma constitucional que se han presentado en el pasado.

Con esas herramientas tan simples podrán enfrentarse eficazmente tanto la delincuencia común como la organizada sin necesidad de recurrir a un proceso penal oscuro y antidemocrático.

El régimen para la intervención de comunicaciones privadas en materia de delincuencia organizada permanecerá intacto.

Auto de prisión preventiva

Una reforma de los alcances que hasta ahora se han delineado requiere nuevas denominaciones. Como se indicó más arriba, en nuestro país el sistema procesal penal está pensado desde el encarcelamiento del imputado, desde su inmediata puesta en desventaja. Si se pretende construir un proceso democrático es necesario empezar a hablar y a pensar desde la libertad y desde los derechos. Así pues, en lugar de usar la añeja expresión "auto de formal prisión" para referirnos a la decisión judicial que impone la medida cautelar de prisión preventiva, se propone usar el término "auto de prisión preventiva".

Los requisitos para dictar dicho auto serían los mismos que actualmente existen, excepción hecha de la ya comentada noción de cuerpo del delito. Además, al igual que la propuesta inicial de la Red se exigirían acreditar los mismos presupuestos que para la necesidad de cautela, es decir, el peligro de fuga, la obstrucción al curso del proceso y la probabilidad de que el imputado afecte a terceros o a la sociedad cometiendo delitos. Al igual que para el caso del artículo 16, la noción cuerpo del delito sería sustituida por "los datos que... deberán ser bastantes para estimar como probables la existencia de un hecho delictivo y la responsabilidad del indiciado".

Además de lo ya expuesto sobre el cambio de noción de cuerpo del delito cuando se abordó la reforma artículo 16, aquí cabe detenerse en una cuestión complementaria, es decir, el tema de si se requiere acreditar los dos extremos citados únicamente cuando se vincula al imputado a proceso. La propuesta de la Red es que se acredite la probabilidad del hecho, sin necesidad de acreditar la probable responsabilidad.

En atención a la misma línea de razonamiento seguida por la propuesta original, no se aprecia la necesidad de acreditar ningún extremo. La razón de ello es que la vinculación a proceso es precisamente una garantía. Lo es en tanto que constituye la comunicación formal que hace el Ministerio Público a una persona, ante un tercero imparcial, de que su conducta está siendo investigada.

En esta tesitura debe entenderse que el proceso de investigación ya ha comenzado sólo que –por emplear una metáfora– a espaldas del imputado, sin que éste conozca los avatares de la investigación. Al quedar vinculado al proceso el imputado, el Ministerio Público está obligado a mostrar sus pruebas y pierde la posibilidad de mantener bajo reserva los elementos de convicción que, en su momento y de considerarlo así, se desahogarán en juicio. En este sentido, el imputado activa su derecho a la jurisdicción en materia penal y puede desde el momento de la vinculación a proceso empezar a planear su estrategia defensiva. Es además una garantía porque la vinculación fija la materia de la investigación y del eventual juicio.

En la presente iniciativa, en consecuencia, se plantea que no se exija acreditar ningún extremo para vincular a proceso al imputado. Si además de la vinculación el Ministerio Público solicita una medida cautelar distinta a la prisión preventiva, se deja en libertad al legislador ordinario para establecer los requisitos de su procedencia, exigiendo en todo caso que la misma sea necesaria.

Ahora bien, cabe hacer un último comentario sobre la propuesta de cambiar la categoría "cuerpo del delito" por la ya indicada. La adopción de un sistema procesal de corte acusatorio reclama adoptar un nuevo estándar no para el simple hecho de la vinculación, sino para la imposición de la medida de prisión preventiva. Si se exige un examen de mérito, como ocurre en nuestro actual sistema mixto, aunque no se solicite medida cautelar alguna, la fase de juicio se convertirá en el remedo del debido proceso que nunca será real. La práctica cotidiana permite observar cómo, en los actuales autos de formal prisión o de sujeción a proceso, se condena virtualmente al imputado al finalizar la denominada fase de preinstrucción.

El estándar probatorio tan excesivo exigido en este plazo se traduce de facto en que el imputado tenga que defenderse ante su propio acusador, es decir, ante el Ministerio Público, en un entorno en el que no puede haber contradicción de la prueba porque apenas se está preparando el caso desde la perspectiva de una de las partes y sin tercero imparcial. Obligar al imputado a defenderse ante su propio acusador contradice las más elementales nociones de justicia y los principios fundamentales del debido proceso. La idea de que el imputado puede defenderse en averiguación previa ha solido generar demagogia, injusticia e impunidad.

Características y principios del proceso penal

Es evidente e inevitable que la presente propuesta considere establecer las características y principios en los que se sustenta el nuevo proceso penal, como ha quedado establecido en la iniciativa propuesta a instancia de la Red.

Las características serán la oralidad, lo acusatorio y lo adversarial; los principios serán la inmediación, la publicidad, la contradicción, la concentración y la continuidad.

Por lo antes expuesto y con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el siguiente proyecto de

Decreto que reforma los artículos 14, 16, 19 y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único. Se reforman y adicionan los artículos 14, 16, 19 y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 14.

Las leyes penales serán el último recurso para la solución de conflictos.

Artículo 16. ...

No podrá librarse orden de aprehensión sino por la autoridad judicial y sin que preceda denuncia o querella de un hecho que la ley señale como delito, sancionado cuando menos con pena privativa de libertad y existan datos para estimar como probables la existencia del hecho delictivo y la responsabilidad del indiciado.

Ningún indiciado podrá ser retenido por el Ministerio Público por más de cuarenta y ocho horas, plazo en que deberá ordenarse su libertad o ponérsele a disposición de la autoridad judicial. Todo abuso a lo anteriormente dispuesto será sancionado por la ley penal.

Artículo 19. Ninguna detención ante autoridad judicial podrá exceder del plazo de setenta y dos horas, a partir de que el indiciado sea puesto a su disposición, sin que se justifique con un auto de prisión preventiva en el que se expresarán: el delito que se impute al acusado; el lugar, tiempo y circunstancias de ejecución, así como los datos que arroje la averiguación previa, los que deberán ser bastantes para estimar como probables la existencia de un hecho delictivo y la responsabilidad del indiciado.

El plazo señalado en el párrafo primero podrá prorrogarse únicamente a petición del indiciado, en la forma que señale la ley. La prolongación de la detención en su perjuicio será sancionada por la ley penal. La autoridad responsable del establecimiento en el que se encuentre internado el indiciado, que dentro del plazo antes señalado no reciba copia autorizada del auto de prisión preventiva o de la solicitud de prórroga, deberá llamar la atención del juez sobre dicho particular en el acto mismo de concluir el plazo y, si no recibe la constancia mencionada dentro de las tres horas siguientes, pondrá al indiciado en libertad.

Todo proceso se seguirá forzosamente por los hechos señalados en el auto de prisión preventiva o de vinculación a proceso. Si en la secuela de un proceso apareciere que se ha cometido un hecho distinto del que se persigue, deberá ser objeto de averiguación separada, sin perjuicio de que después pueda decretarse la acumulación, si fuere conducente.

Para vincular a proceso sólo se requerirá consignar los hechos delictivos que el Ministerio Público atribuya al inculpado. Si el Ministerio Público solicita alguna medida cautelar distinta a la prisión preventiva deberá justificar su necesidad de acuerdo con lo que disponga la ley.

….

Artículo 20. El proceso penal será de tipo acusatorio, adversarial, y oral; se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación, a fin de garantizar los siguientes derechos:

Apartado A. …

I-X, … Apartado B. … I-VI. … Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Segundo. La Federación y las entidades federativas tienen un plazo de hasta cinco años para realizar de manera gradual, coordinada y eficaz las adecuaciones necesarias para la celebración de juicios.

Tercero. El Congreso de la Unión y las legislaturas de los Estados deberán destinar los recursos necesarios para la construcción y operación de las infraestructuras, y para la capacitación de los operadores de la norma que resulten necesarias para la aplicación del presente decreto. Las determinaciones presupuestales deberán señalarse en el presupuesto inmediato siguiente a la entrada en vigor del mismo y en los sucesivos.

Cuarto. La Presidencia de la República tendrá a su cargo una oficina dedicada a dar impulso, asesoría, capacitación y divulgación del sistema democrático de justicia penal y de los medios alternativos de solución de controversias a los que se refiere este decreto, para lo cual el Congreso de la Unión le dedicará la provisión presupuestal correspondiente al aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación mencionado en el artículo transitorio anterior. Esta oficina será de carácter temporal. La conclusión de sus funciones será determinada por el Presidente de la República, pero en ningún caso se realizará antes de tres años, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto. El titular de la oficina deberá presentar periódicamente un informe público en el que dará cuenta de los avances realizados y de las tareas pendientes.

Quinto. El Congreso de la Unión deberá dictar en el plazo máximo de un año, contado a partir de la entrada en vigor del presente decreto, una ley del debido proceso legal que, con carácter general, precise y detalle las disposiciones del mismo.

Recinto legislativo de la Cámara de Diputados, a los seis días del mes de marzo del año 2007.

Diputado César Camacho Quiroz (rúbrica)
 
 


QUE REFORMA EL ARTÍCULO 222 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, A CARGO DEL DIPUTADO JESÚS GONZÁLEZ MACÍAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PVEM

Jesús González Macías, integrante de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II y 73 fracción XXX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos ante el Pleno de esta honorable asamblea, la presente iniciativa para reformar el artículo 222 de la Ley del Impuesto sobre la Renta con el objeto de que se otorgue un estímulo fiscal a los patrones que contraten a adultos mayores, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La participación de los adultos mayores en la sociedad resulta cada vez más evidente, incluida la importancia de incorporarlos en el proceso de desarrollo y utilizar su productividad de manera que beneficie tanto a ellos como a la sociedad.

En los últimos años se ha dado mayor énfasis a esta cuestión, debido a que en el mundo la expectativa de vida ha aumentado alrededor de 20 años, mientras que la tasa de fecundidad va en descenso. Esto da lugar al aumento de personas adultas mayores, tanto en proporción como en números absolutos.

La preocupación que este tema suscita a nivel internacional desde hace ya tiempo, quedó de manifiesto en las cumbres de Viena y Madrid, celebradas respectivamente en 1982 y 2002, fechas en las que se elaboraron planes de acción internacional sobre el envejecimiento.

Situación a la que no debemos restar importancia, ya que México se comprometió, a través del Plan de acción internacional de Madrid sobre el Envejecimiento, a brindar oportunidades de empleo a todas las personas de edad que deseen trabajar mediante la "eliminación de los obstáculos por razones de edad en el mercado de trabajo estructurado, fomentando la contratación de personas de edad e impidiendo que los trabajadores que van envejeciendo comiencen a experimentar desventajas en materia de empleo."

Más aún en el país –en la medida que avanza el proceso de envejecimiento– no sólo habrá cada vez más adultos mayores, sino que éstos vivirán por más años, como consecuencia de la reducción de la mortalidad en las edades avanzadas.

De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), cada 24 horas 790 personas llegan a los 60 años. Por ejemplo en el Distrito Federal en el año 2000, la población de sesenta y más años, fue de 769 mil 289 personas (7.2 por ciento de la población de la entidad); en el 2005 ascendió a 876 mil 623 (9.9 por ciento de la población de la entidad); para el 2010 será de 985 mil 88 (11.1 por ciento), en 2020 llegará a un millón 362 mil 793 (que representará el 15.5 por ciento de los habitantes y, en 2030, alcanzará la cifra de un millón 792 mil 93 personas (el 20.7 por ciento de la población de la entidad).

El envejecimiento de la población implica un peso cada vez mayor de los adultos mayores en la población total. Este cambio trae consigo complejos y variados desafíos tanto a la sociedad como a sus instituciones, entre los que destacan el ámbito laboral ya que existe una tendencia a minusvalorar las capacidades y experiencia de los adultos mayores.

Sin embargo, diversos estudios científicos han demostrado la falsedad de muchos estereotipos sobre la inevitable e irreversible decadencia que la edad trae consigo, por lo que es inexorable proporcionar, a los adultos mayores que deseen y puedan hacerlo, posibilidades de continuar en el mercado laboral.

Lo anterior, resulta apremiante si consideramos que "uno de cada dos adultos mayores se encuentra en condiciones de pobreza patrimonial". De acuerdo con información de Conapo, el envejecimiento demográfico en México ocurre en un contexto de altos niveles de pobreza, profunda desigualdad en la distribución del ingreso, e insuficiencias en la creación de empleo que alimentan la informalidad y la precariedad laboral.

Es así que "más del 75 por ciento de los adultos mayores que trabajan reciben una remuneración menor a dos salarios mínimos. Entre las mujeres este porcentaje alcanza 83.0 por ciento. Los elevados porcentajes de trabajadores por cuenta propia o sin pago, con empleos informales, y con bajos ingresos, revelan la alta precariedad del trabajo en las edades avanzadas".

Actualmente las oportunidades de empleo para este sector de la población son menores. A pesar de que muchos adultos mayores cumplirían los requisitos laborales, son discriminados por su edad.

Si se continúa así, en México habrá graves problemas sociales: una población envejecida, sin ingresos, pero con capacidad para desempeñar un trabajo, lo que derivará en un crecimiento desmesurado de la miseria.

En tal virtud, resulta ineludible impulsar, tal como lo hacen otras naciones, acciones orientadas a revalorar el trabajo y la experiencia que aportan los adultos mayores y por consiguiente, impulsarles en la obtención y mantenimiento de un empleo productivo, en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana, que les asegure independencia económica y cierta calidad de vida.

Por lo anterior, se considera necesario implantar una política de Estado para el empleo del adulto mayor, a través del otorgamiento de estímulos fiscales a los patrones que los contraten en su planta productiva. Para tal efecto, se propone reformar el artículo 222 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

La reforma propuesta resulta apremiante, ya que si bien actualmente existe el programa de Empleo para adultos mayores, éste por sí mismo no resuelve el problema, debido a que actualmente el 70 por ciento de la población con 60 años está desempleada, y con amplias posibilidades de desempeñar algún tipo de actividad productiva. Además, en todo caso quienes tienen un trabajo considerado como informal es un 80 por ciento.

Por lo expuesto, el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, somete a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de:

Decreto mediante el cual se reforma el artículo 222 de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Artículo Único. Se reforma el artículo 222 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 222. El patrón que contrate a adultos mayores, personas que padezcan discapacidad motriz y que para superarla requieran usar permanentemente prótesis, muletas o sillas de ruedas; mental; auditiva o de lenguaje, en un ochenta por ciento o más de la capacidad normal o tratándose de invidentes, podrá deducir de sus ingresos, un monto equivalente al 100 por ciento del impuesto sobre la renta de estos trabajadores, retenido y enterado conforme al capítulo I del título IV de esta ley, siempre y cuando el patrón esté cumpliendo respecto de dichos trabajadores con la obligación contenida en el artículo 12 de la Ley del Seguro Social y, en su caso, además obtenga del Instituto Mexicano del Seguro Social el certificado de discapacidad del trabajador.

Transitorios

Único. El presente decreto entrará en vigor a los sesenta días siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la sede del honorable Congreso de la Unión a los seis días del mes de marzo de 2007.

Diputado Jesús González Macías (rúbrica p.a.)
 
 


QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Y DE LA LEY PARA LA COORDINACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR, A CARGO DEL DIPUTADO MIGUEL ÁNGEL SOLARES CHÁVEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

El suscrito, diputado federal Miguel Ángel Solares Chávez, de la LX Legislatura del Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos y disposiciones de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En la hora actual, la riqueza o la pobreza de las naciones dependen de la calidad de la educación superior. Quienes posean habilidad y mayor capacidad para aprender pueden esperar una vida de los logros económicos sin precedente. No obstante, en las décadas venideras, a los que tengan escasa instrucción sólo les cabrá esperar algo más que la oscura perspectiva de una vida en silenciosa desesperación. Esta advertencia, hecha en 1999 por Malcolm Gilles, rector de la Universidad de Rice, actualmente es una realidad que enfrentan muchos jóvenes estudiantes mexicanos. Los informes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) reportan que durante cinco años consecutivos México ha ocupado los últimos lugares por el pobre desempeño de sus estudiantes, debido a la baja calidad de la enseñanza.

Adicionalmente, la UNESCO ha señalado que la calidad de los conocimientos generados en las instituciones de educación superior y la disponibilidad de éstos para la economía en general, se ha ido transformando en un problema cada vez más serio para la competitividad de los países, lo que constituye un fenómeno grave para el mundo en desarrollo.

En 1998, esa preocupación fue el eje de la Declaración Mundial sobre la Educación Superior, signada por México, en la cual se establecen las pautas esenciales para las mejoras de la calidad educativa, como un concepto pluridimensional que comprende todas sus funciones y actividades: enseñanza y programas académicos, investigación y becas, personal, estudiantes, edificios, instalaciones, equipamiento y servicios a la comunidad y al mundo universitario. Una autoevaluación interna y un examen externo realizados con transparencia por expertos independientes, en lo posible especializados en lo internacional".

La problemática de la educación superior en México exige llevar a cabo esa estrategia planteada por la UNESCO, sobre todo a partir de la proliferación de instituciones de educación superior que no cumplen las expectativas de los educandos ni las de la sociedad, en el sentido de proporcionar las capacidades y herramientas pertinentes para desarrollarse en un mundo donde la calidad de los conocimientos es divisa fundamental.

Ese escollo se ubica en la educación superior particular, que se caracteriza por una calidad heterogénea y un crecimiento anárquico. De un lado, hay unas instituciones de "elite" y de prestigio, algunas operadas por ordenes religiosas; por otro, existe un grupo menos exclusivas que están más interesadas en captar la mayor demanda educativa, la eficiencia económica de la institución y la minimización de los costos, sin preocuparse por la calidad de sus programas, personal académico y servicios; y hay un tercer grupo numeroso de dudosa calidad, cuyo fin simplemente es el lucro y, por tanto, resultan un verdadero fraude educativo y académico. Es más, operan instituciones o planteles de educación superior privados que ni siquiera cuentan con el reconocimiento de validez oficial de estudios.

La problemática de la proliferación de instituciones de educación superior particular o privada con deficiente calidad o incluso carente de ésta, ha sido ampliamente documentada en el estudio Análisis temático de la educación terciaria correspondiente a México, realizado por un equipo de especialistas de la OCDE y en el que colaboraron autoridades de la Secretaría de Educación Pública.

En el estudio publicado en noviembre de 2006, el organismo internacional consideró "inquietante" la proliferación de instituciones de educación superior particulares denominadas "universidades o escuelas patito", pero sobre todo porque sólo un bajísimo porcentaje de ellas han obtenido la certificación que garantizan una buena calidad.

La expansión de las instituciones de educación superior particulares ha sido tal, que actualmente superan a las públicas: del total de mil 982 instituciones de educación superior en el país, mil 179 son privadas (63.3 por ciento) y atienden a 830 mil 862 alumnos, mientras 713 son públicas (37.6 por ciento) y atienden a una población escolar de 1 millón 707 mil 394 jóvenes.

En la actualidad, no hay estado del país donde no operen instituciones educativas particulares, que en algunos casos están por arriba de las públicas. Destacan el Distrito Federal con 144 particulares y 41 públicas; Puebla, 112 y 34; Guanajuato, 58 y 25; Veracruz, 61 y 35; Yucatán, 32 y 12; Tamaulipas, 43 y 19; y estado de México, 45 y 29.

El auge de la educación superior particular se inició en la década de los setenta, sobre todo en el nivel de licenciatura, y ha continuado su expansión debido fundamentalmente a tres cosas: una, la restricción de recursos del gobierno a la educación superior pública; dos, hay que reconocerlo, a la laxitud o incumplimiento de la autoridad educativa para aplicar lo dispuesto en la Ley General de Educación para otorgar la autorización y el reconocimiento de validez oficial de estudios; y tres, a lagunas o inconsistencias de la legislación educativa.

Así, la autorización y el reconocimiento son otorgados por diversas instancias: el jefe del Ejecutivo, distintas dependencias de la Secretaría de Educación Pública, autoridades educativas locales, instituciones de educación superior con carácter de organismos públicos descentralizados, sean federales o estatales. Esto genera que en muchos casos, los particulares o dueños de los planteles educativos privados evadan el cumplimiento de la normatividad, toda vez que si una autoridad o institución educativa les negó la autorización o el reconocimiento, tienen la opción de acudir a otra autoridad o institución distinta para obtenerlos.

Así, la actual Ley General de Educación, en el artículo 13, dispone que "corresponde de manera exclusiva a las autoridades educativas locales otorgar, negar y revocar autorización a los particulares para impartir la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás formación de maestros de educación básica". Esta facultad también la ejerce la Secretaría de Educación Pública en el Distrito Federal, toda vez que no han sido descentralizados los servicios de educación básica y normal al gobierno capitalino.

La misma Ley General de Educación, en el artículo 14, establece que "corresponde a las autoridades educativas federal y locales, de manera concurrente, otorgar, negar y retirar el reconocimiento de validez oficial de estudios distintos de los de preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás formación de maestros de educación básica"; es decir, para la educación media superior, superior, capacitación para el trabajo o de cualquier otro tipo de nivel terciario.

En cuanto a los requisitos y criterios, la legislación educativa propicia la heterogeneidad y discrecionalidad para otorgar la autorización y el reconocimiento, toda vez que los lineamientos establecidos en la Ley General de Educación son enunciativos y, consecuentemente, las autoridades educativas los interpretan o aplican de distintas maneras.

A su vez, la Ley para la Coordinación de la Educación Superior carece de una adecuada normatividad, además de que remite a la obsoleta Ley Federal de Educación en lo conducente a la autorización para impartir educación normal y el reconocimiento de validez oficial de otros estudios de tipo superior.

Adicionalmente, en el caso específico de la educación superior, está el acuerdo 279, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 10 de julio de 2000 y emitido por la Secretaría de Educación Pública, en el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de estudios de tipo superior. Sin embargo, la aplicación de este acuerdo es sólo de observancia obligatoria para las unidades administrativas y los órganos desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública.

Empero, tal como señala la OCDE en el Análisis temático de la educación terciaria correspondiente a México, un factor que favorece la proliferación de instituciones educativas privadas de baja calidad, es el reducido porcentaje de planteles de este sector que someten a evaluación o acreditan la calidad de sus programas, personal y servicios.

Baste un dato de la OCDE: de las mil 179 instituciones particulares de educación superior, únicamente 14 han obtenido las certificaciones que garantizan una enseñanza de calidad. En contraste, prácticamente la mayoría de las instituciones públicas de educación superior han pasado por ambos procesos.

Los más recientes reportes de los comités interinstitucionales de evaluación de la educación superior (CIEES) arrojan los siguientes resultados: 98 por ciento de las instituciones públicas de educación superior fueron evaluadas, entre ellas universidades autónomas, estatales, tecnológicas y otras de distinta denominación e institutos tecnológicos; en tanto únicamente 2 por ciento de las universidades particulares fueron evaluadas.

Otro dato: al 30 de diciembre de 2005, los nueve CIEES habían evaluado 118 instituciones de educación superior públicas (tecnológicos y universidades autónomas y estatales). En la lista de esa fecha no hay ninguna institución particular de educación superior. Por ejemplo, han sido evaluadas instituciones como la UNAM, la UAM, el IPN y hasta la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea.

También, el Consejo para la Acreditación de la Educación Superior (Copaes) informa que de los programas acreditados, 62 correspondieron a instituciones públicas y 33 a instituciones particulares. Por otra parte, datos de la ANUIES señalan que de mil 200 universidades particulares, sólo siete por ciento responde a los estándares de calidad académica.

La problemática descrita, de ninguna manera debe interpretarse como un ataque o descalificación a la educación superior particular; la cual consideramos debe ser coadyuvante del sistema educativo público; pero además el artículo 3o. constitucional reconoce el derecho de los particulares a impartir educación en todos los tipos y modalidades.

Ese derecho, sin embargo, está acotado en el mismo artículo 3o. constitucional, el cual dispone que en los términos que establezca la ley, el Estado otorgará y retirará el reconocimiento de validez oficial a los estudios impartidos en planteles particulares; y en el caso de la educación preescolar, primaria secundaria y normal deberán obtener previamente, en cada caso, la autorización expresa del poder público, también en los términos que establezca la ley.

Pero lo más importante es mejorar la calidad de la educación superior, a través de generalizar de manera obligatoria procesos permanentes de evaluación y acreditación interna y externa de todas las instituciones, y establecer criterios claros y transparentes para el otorgamiento de las autorizaciones y los reconocimientos de validez oficial de estudios.

En materia de la evaluación y acreditación de la educación terciaria, México tiene amplia experiencia. La Coordinación Nacional para la Planeación de la Educación Superior (Conpes) creó en 1991 los CIEES, destinados a realizar evaluación diagnóstica y acreditación de programas académicos, así como de las funciones de administración y gestión y de difusión y extensión de la cultura de las instituciones de educación superior. Los comités actualmente constituidos son Administración y Gestión Institucional, Arquitectura, Diseño y Urbanismo, Ciencias Agropecuarias, Ciencias de la Salud, Ciencias Naturales y Exactas, Ciencias Sociales y Administrativas, Difusión y Extensión de la Cultura, Educación y Humanidades, Ingeniería y Tecnología.

La evaluación se institucionalizó con el Programa para la Modernización Educativa 1989-1994. Para avanzar en el logro de este objetivo, la Conpes creó en 1989 la Comisión Nacional de Evaluación de la Educación Superior (Conaeva), la cual ha fomentado desde entonces la autoevaluación.

En 1997, la Asamblea General de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES) acordó junto con la Conpes impulsar la creación de un organismo no gubernamental, cuyo propósito fuera regular los procesos de acreditación, y que diera certeza de la capacidad técnica y operativa de las organizaciones especializadas dedicadas a la acreditación de programas académicos.

En 2000 fue instituido formalmente el Copaes, donde participan representantes educativos del sector público y particular.

Los asociados constituyentes son la Secretaría de Educación Pública, la ANUIES, la Federación de Instituciones Mexicanas Particulares de Educación Superior, la Federación de Colegios y Asociaciones de Médicos Veterinarios Zootecnistas de México, el Colegio de Ingenieros Civiles de México, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, la Barra Mexicana, el Colegio de Abogados, la Academia Mexicana de Ciencias, la Academia Nacional de Medicina de México y la Academia Nacional de Ingeniería.

En el ámbito de la educación superior pública, algunas universidades han dado pasos para construir una alianza de calidad de ese nivel, a través de la creación del Consorcio de Universidades Mexicanas de Excelencia, integrado por las universidades autónomas de Aguascalientes, Baja California, Ciudad Juárez, Nuevo León, San Luis Potosí, Yucatán y las de Colima y Occidente de Sinaloa.

La evaluación y la acreditación tienen, entre otros beneficios, que las instituciones de educación superior ofrezcan a la sociedad prueba de la calidad de los programas, el personal y los servicios que prestan. En el caso de las instituciones públicas, se pone de manifiesto que los recursos destinados a la educación superior están justificados, en tanto que quienes acceden a la educación particular vean correspondida la inversión económica que hacen con la calidad educativa que reciben.

No obstante esos beneficios, la evaluación y la acreditación en México no son procesos generalizados, pues tienen carácter voluntario. De acuerdo con la Conpes, la solicitan los directivos de una institución de educación superior, pública o privada, o los organismos extranjeros que ofrecen o pretenden ofrecer programas académicos en nuestro país.

En consecuencia, si queremos ser competitivos con otros países y, en particular, con nuestros principales socios comerciales, es necesario generar una cultura de la evaluación y la acreditación de la calidad de la educación superior, sin menoscabo del derecho de los particulares a prestar servicios educativos.

El problema de la calidad de la educación superior particular fue ampliamente discutido en la LIX Legislatura, a partir de una minuta con proyecto de decreto enviada por el Senado de la República que proponía evaluar a las instituciones particulares de educación superior. Directivos y representantes de este sector expresaron desacuerdos contra la minuta senatorial. Una de sus críticas fue que no fueron consultados. Ante esto, la Comisión de Educación Pública y Servicios convocó a sendas reuniones de trabajo.

En ellas presentaron ponencias y propuestas: el entonces subsecretario de Educación Superior de la SEP, doctor Julio Rubio Oca; el presidente de la Federación de Instituciones Mexicanas Particulares de Educación Superior, maestro Francisco Lejarza Gallegos; el secretario general ejecutivo de la ANUIES, doctor Rafael López Castañares; el rector del Sistema Tecnológico de Monterrey, doctor Rafael Rancel Sostman; el rector de la Universidad de Las Américas, doctor Alejandro Gertz Manero; el rector de la Universidad Iberoamericana de la Ciudad de México, doctor José Morales Orozco; y el entonces titular de la SEP, doctor Reyes Tamez Guerra.

En las reuniones de trabajo de 4, 18, 25 y 26 de abril, la comisión trabajó una propuesta más integral con todos los aportes recibidos por las instituciones mencionadas y por los distintos grupos parlamentarios. Se elaboró un documento de trabajo, pero no se logró presentar antes de que concluyera el último periodo ordinario de sesiones de 2006 correspondiente a la LX Legislatura.

Los planteamientos de las primeras reuniones convocadas por la Comisión de Educación se vieron reflejados en otro esfuerzo legislativo del Senado de la República, que el 26 de abril del año pasado remitió a la Cámara de Diputados una nueva minuta de iniciativa de reforma de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, que incorpora aspectos de dichas reuniones. Sin desconocer lo valioso de la minuta senatorial y de otros esfuerzos legislativos, la presente iniciativa tiene como propósito contribuir a elevar la calidad de la educación superior, incorporando planteamientos y propuestas formuladas por los participantes en las reuniones de trabajo convocadas por la Comisión de Educación.

Además de la problemática descrita, esta iniciativa se fundamenta en lo dispuesto en la Ley General de Educación, que en su Sección 4, "De la Evaluación del Sistema Educativo Nacional", establece:

Artículo 29. Corresponde a la secretaría la evaluación del sistema educativo nacional, sin perjuicio de la que las autoridades educativas locales realicen en sus respectivas competencias.

Dicha evaluación, y la de las autoridades educativas locales, serán sistemáticas y permanentes. Sus resultados serán tomados como base para que las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, adopten las medidas procedentes.

Artículo 30. Las instituciones educativas establecidas por el Estado, por sus organismos descentralizados y por los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios otorgarán a las autoridades educativas todas las facilidades y colaboración para la evaluación a que esta sección se refiere.

En razón de lo anterior, el propósito central de la presente iniciativa es elevar la calidad de la educación superior, a través procesos de evaluación y acreditación de los planes y programas de estudio, el personal académico y los servicios educativos de las instituciones de educación públicas y particulares, así como regular el otorgamiento de la autorización y el reconocimiento de validez oficial de estudios.

Con ese espíritu, esta iniciativa propone diversas reformas y adiciones a la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, para precisar las autoridades e instituciones facultadas para otorgar autorización y reconocimiento de validez oficial de estudios de tipo superior, los requisitos que deben cumplir los particulares respecto a los planes y programas de estudio, el personal académico y las instalaciones para prestar servicios educativos.

Se determina que la autorización y el reconocimiento de validez oficial de estudios se otorgarán cuando los particulares cuenten, entre otros, con los siguientes requisitos: personal académico que acredite título correspondiente al nivel educativo en que despeñen funciones docentes y de investigación; instalaciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas; planes y programas de estudios que autoricen las autoridades o instituciones facultadas para otorgar autorización y reconocimiento; y la evaluación y acreditación de sus planes y programas de estudio, personal y servicios educativos que presten.

A fin de evitar fraudes educativos, se estipula que no podrán funcionar instituciones particulares de educación superior que no cuenten con la autorización y el reconocimiento de validez oficial de estudios; tampoco podrán ostentarse como universidades o utilizar este término, a menos que ofrezcan por lo menos cinco planes de estudio de licenciatura y posgrado, entre distintas áreas del conocimiento.

Otro problema que se propone subsanar es la transferencia de la autorización o el reconocimiento de validez oficial de estudios, particularmente de una institución mexicana a una de inversión extranjera o cuando se dé un proceso de compraventa de instituciones. Por ello, plantea que en ningún caso las autorizaciones o los reconocimientos podrán ser transferibles, directa o indirectamente, de una institución a otra distinta de aquella a que se haya otorgado la autorización o reconocimiento.

También se dispone que la autorización y el reconocimiento tendrán vigencia de cinco años, al término de los cuales los particulares de las instituciones de educación superior deberán obtener una nueva autorización o reconocimiento, previa aprobación de la evaluación y la acreditación de sus planes y programas de estudio, personal y servicios educativos y los demás requisitos.

En concordancia con lo anterior, se adiciona el Capítulo IV, "De la Evaluación y Acreditación", que entre otras cosas establece que la evaluación y acreditación de los planes y programas de estudio, el personal académico y los servicios educativos que presten las instituciones de educación superior son obligatorias y con vigencia de cinco años.

Se propone que el Copaes es la instancia facultada para efectuar los procesos de evaluación y acreditación de los planes y programas, el personal académico y los servicios educativos de las instituciones de educación superior. Para ello, el consejo podrá auxiliarse de los CIEES como instancias de apoyo. El Copaes será la única instancia validada por la Secretaria de Educación Pública para conferir reconocimiento oficial a los organismos acreditadores de los programas académicos de ese nivel educativo

Se exceptúan de la evaluación y la acreditación señaladas las instituciones que por primera vez presten servicios de educación superior o aún no cuente con egresados de un plan de estudios, pero deberán cumplir los demás requisitos previstos en la Ley General de Educación y en la Ley para la Coordinación de la Educación Superior.

Asimismo, se establece que esta disposición es también de observancia obligatoria cuando una institución educativa particular se asocie, directa o indirectamente, con organismos de inversión extranjera o éstos participen en cualquier porcentaje financiero o pedagógico en una institución educativa nacional.

En esos casos se deberá solicitar, según proceda, una nueva autorización o reconocimiento.

Con el propósito garantizar criterios homogéneos y la necesaria objetividad, se propone que la Secretaría de Educación Pública, en el ámbito de su competencia, formule las recomendaciones pertinentes para que las autoridades educativas estatales y las instituciones y dependencias públicas facultadas para otorgar autorización y reconocimientos establezcan en sus respectivas disposiciones normativas, lo conducente a los procesos de evaluación y acreditación estipulados en la Ley para la Coordinación de la Educación Superior.

Se dispone que los criterios y las normas de evaluación deberán hacerse del conocimiento público. Igualmente, para que la sociedad conozca los estándares de calidad de las instituciones educativas, se establece que las autoridades den a conocer a los maestros, alumnos, padres de familia los resultados de las evaluaciones y acreditaciones.

Por lo expuesto y motivado, someto al Pleno de esta soberanía diversas reformas y adiciones a la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, para quedar como sigue:

Artículo Único. Se reforma el párrafo segundo del articulo 2; se deroga el artículo 7; se adicionan un primer y un tercer párrafos al artículo 16 y el actual párrafo primero pasa a ser segundo; se reforma el primer párrafo del artículo 17 y se le adicionan las fracciones I y II, y un cuarto párrafo; el artículo 18 pasa a ser el 20 y, en su lugar, se adiciona un primer párrafo, la fracción I, el numeral 1 con cuatro incisos, el numeral 2 con dos incisos y el numeral 3; las fracciones II, III y IV y un duodécimo y decimotercer párrafos; el artículo 19 pasa a ser el 21 y en su lugar se adiciona un primer y un segundo párrafos, las fracciones I, II, III y IV; el artículo 20 pasa a ser el 22 y se reforma su primer párrafo y se adiciona un segundo párrafo; los artículos 21, 22, 23, 24, 25, 26 y 27 se recorren; se adiciona el Capítulo IV con tres artículos.

Artículo 2o. ...

A falta de disposición expresa de esta ley se aplicará supletoriamente la Ley General de Educación.

Artículo 7. (Se deroga)

Artículo 8o. La federación, los estados y los municipios prestarán, en forma coordinada y dentro de sus respectivas jurisdicciones, el servicio público de educación superior, atendiendo a sus necesidades y posibilidades, conforme a lo dispuesto en este ordenamiento y en la Ley General de Educación.

Artículo 16. Los particulares podrán impartir estudios de tipo superior en todas sus modalidades, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Educación y la presente ley.

La autorización para impartir educación normal y demás para la formación de docentes de educación básica y el reconocimiento de validez oficial a otros estudios de tipo superior se regirán por la Ley General de Educación, por la presente ley y por los convenios a que la misma se refiere, en la inteligencia de que para cada plantel, extensión, dependencia y plan de estudios se requerirá, según el caso, autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios.

La autorización y el reconocimiento de validez oficial de estudios tendrán vigencia de cinco años, al término de los cuales los particulares que prestan servicios de educación superior deberán obtener nueva autorización o reconocimiento de validez, según el caso, previa aprobación de los requisitos establecidos en la Ley General de Educación y en la presente ley.

Artículo 17. Compete otorgar, negar y revocar la autorización y el reconocimiento de validez oficial de estudios a la autoridad educativa federal y a los gobiernos de los estados, así como a las instituciones de educación superior que tengan carácter de organismos públicos descentralizados y estén facultadas para ello, en los siguientes términos:

I. Corresponde a las autoridades educativas locales otorgar, negar y revocar autorización a los particulares para impartir la educación normal y demás para la formación de docentes de educación básica, sólo cuando los planteles funcionen en su territorio.

II. Corresponde, de manera concurrente, a las autoridades educativas federales y a los gobiernos de los estados, así como a las instituciones de educación superior con carácter de organismos públicos descentralizados, otorgar, negar y revocar a los particulares el reconocimiento de validez oficial a estudios de tipo superior distintos de los señalados en el párrafo anterior; y sólo respecto de los planteles que funcionen y los planes de estudios que se impartan en territorio de la entidad federativa correspondiente.

La autorización y el reconocimiento de validez oficial de estudios no podrán ser transferibles, directa o indirectamente, entre instituciones educativas. En el caso de que una institución educativa se asocie u opere con participación financiera, pedagógica o académica de inversionistas u organismos extranjeros, se deberá solicitar nueva autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, según sea el caso.

Artículo 18. La autorización y el reconocimiento de validez oficial de estudios se otorgarán cuando los solicitantes cuenten

I. Con personal que acredite la preparación académica para impartir educación superior, cuyos requisitos mínimos serán los siguientes:

1. Para el caso de personal académico de asignatura, se requerirá

a) Poseer título correspondiente al nivel educativo en que se desempeñará;

b) Tratándose de estudios de profesional asociado o técnico superior universitario y licenciatura acreditar por lo menos cinco años de experiencia docente o profesional en el área respectiva;

c) Para impartir estudios de especialidad, tener título de licenciatura y experiencia mínima de tres años de ejercicio profesional o de docencia;

d) Para impartir estudios de maestría, tener título correspondiente a este nivel y experiencia mínima de cinco de ejercicio profesional o de docencia;

e) Para impartir estudios de doctorado, tener título de este nivel educativo y diez años de experiencia de ejercicio profesional o de docencia;

2. Para el caso de personal académico de tiempo completo, se requerirá a) Acreditar experiencia o preparación para la docencia y la investigación o la aplicación innovativa del conocimiento en el campo en el que desempeñará sus funciones o en la asignatura que impartirá; y

b) Acreditar grado académico superior a aquél en el que desempeñará sus funciones y en áreas del conocimiento afines.

3. Los demás requisitos que para tal efecto dispongan la Ley General de Educación y la presente ley, así como los dispuestos por la autoridad o el organismo público descentralizado otorgantes del reconocimiento de validez oficial de estudios.

II. Con instalaciones higiénicas, de seguridad y. pedagógicas que la autoridad o el organismo público descentralizado otorgante determinen, en el entendido de que para establecer un nuevo plantel se requerirá, según el caso, una nueva autorización o un nuevo reconocimiento;

III. Con planes y programas de estudio que la autoridad o el organismo público descentralizado otorgantes consideren procedentes, siempre que sean estudios distintos de los de educación normal y demás para la formación de docentes de educación básica.

IV. Con la evaluación y acreditación de sus planes y programas, personal y servicios, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Educación y la presente ley.

La evaluación y la acreditación señaladas en el párrafo anterior no será exigible tratándose de instituciones que por primera vez presten servicios de educación superior o en el caso de planes y programas de estudios que aún no tengan egresados, pero deberán cumplir todos los demás requisitos dispuestos en la presente ley y en la Ley General de Educación para obtener, según el caso, autorización o reconocimiento de validez oficial de estudio.

Las autoridades facultadas en la presente ley tienen la obligación de exigir que las instituciones a las que les hayan otorgado autorización y reconocimiento de validez oficial de estudios, según el caso, cumplan la evaluación y acreditación de calidad de sus planes y programas, personal académico y servicios educativos, en los términos de la presente ley.

Artículo 19. Las autoridades o los organismos públicos descentralizados que otorguen autorizaciones y reconocimientos de validez oficial de estudios, según el caso, serán directamente responsables de la supervisión académica y vigilancia de las instituciones respecto de los cuales concedieron dichas autorizaciones o reconocimientos.

Asimismo, vigilarán que las denominaciones de las instituciones o planteles de educación superior:

I. Eviten confusión con las denominaciones de otras instituciones educativas;

II. Omitan utilizar la palabra "nacional";

III. Eviten la utilización de términos autónoma o autónomo, por corresponder a instituciones de educación a las que les haya reconocido esa naturaleza, en los términos de la fracción VII de I artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y

IV. Omitan utilizar el término "universidad", a menos que ofrezcan por lo menos cinco planes de estudios de licenciatura o posgrado, en tres distintas áreas del conocimiento, una de las cuales deberá ser del área de humanidades.

Artículo 20. Los certificados, diplomas, títulos y grados académicos que expidan los particulares respecto de estudios autorizados o reconocidos requerirán de autenticación por parte de la autoridad que haya concedido la autorización o reconocimiento o, en su caso, del organismo público descentralizado que haya otorgado el reconocimiento.

Artículo 21. Los particulares que impartan estudios de tipo superior con autorización o reconocimiento de validez oficial deberán registrarse en la Secretaría de Educación Pública.

El incumplimiento de esta disposición motivará la imposición de multa hasta de cien mil pesos, y en caso de persistir el incumplimiento se podrá clausurar el servicio educativo.

Artículo 22. El funcionamiento de planteles en los que se imparta educación normal y demás para la formación de maestros de educación básica y otros estudios de tipo superior sin previa autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, según el caso, motivará la clausura inmediata del servicio sin prejuicio de la aplicación de las sanciones penales correspondientes por los delitos oficiales en que incurran los funcionarios y empleados públicos que hayan permitido su apertura o funcionamiento.

Para evitar perjuicio a los educandos, la autoridad o el organismo público descentralizado que dicten resolución adoptarán las medidas que sean necesarias. Asimismo, cuando la negativa o revocación de la autorización o del reconocimiento de validez oficial de estudios respectivos se dicte durante un ejercicio lectivo, la institución podrá seguir funcionando, a juicio y bajo la vigilancia de la autoridad o el organismo público descentralizado responsables correspondientes, hasta que aquél concluya.

Capítulo IV
De la Evaluación y la Acreditación

Artículo 30. La evaluación y la acreditación de los planes y programas, el personal académico y los servicios de la educación superior tienen por objeto identificar deficiencias y solventarlas, a fin de impulsar la calidad de las instituciones de ese nivel educativo en beneficio de los intereses de educandos, padres de familia y el desarrollo del país.

A efecto de lo anterior, las instituciones públicas y particulares de educación superior –incluidas las de educación normal y demás para la formación de docentes de educación básica– están obligadas a someter a evaluaciones y acreditaciones de calidad sus planes y programas, personal académico y servicios educativos.

En los mismos términos y con iguales propósitos, son obligatorias la evaluación y la acreditación de los planes y programas, el personal académico y los servicios educativos de aquellas instituciones particulares que tengan cualquier tipo de participación de inversionistas u organismos extranjeros, y las instituciones operadas por éstos, directa o indirectamente, o que pretendan operar en territorio nacional.

Las instituciones públicas de educación superior que por ley gocen de autonomía solamente tienen obligación de realizar auto evaluaciones cada cinco años ante los comités interinstitucionales de evaluación de la educación superior (CIEES).

La evaluación y acreditación de los planes y programas, del personal académico y de los servicios de las instituciones de educación superior, serán obligatorias y tendrán una vigencia de cinco años; al término de los cuales dichas instituciones deberán someter a evaluación y acreditación sus planes y programas, personal y servicios educativos.

Las instituciones particulares de educación superior que no satisfagan los criterios de evaluación y acreditación de sus programas, personal académico y servicios educativos, se les revocará, según el caso, la autorización o el reconocimiento de validez oficial de estudios.

Artículo 31. La evaluación y la acreditación comprenderán planes y programas en los niveles de profesional asociado, técnico superior universitario, licenciatura y postgrado de sus planes y programas, así como personal académico y servicios educativos que presten. En el caso de otro sistema, corresponderá al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología la evaluación de los programas académicos de posgrado.

Artículo 32. El Consejo para la Acreditación de la Educación Superior, AC (Copaes), será la única instancia de los procesos de evaluación y acreditación de los planes y programas, el personal académico y los servicios educativos de las instituciones de educación superior. Para ello, el consejo podrá auxiliar se de los comités interinstitucionales para la evaluación de la educación superior como instancias de apoyo. El Copaes será la única instancia validada por la Secretaría de Educación Pública para conferir reconocimiento oficial a los organismos acreditado res de los programas académicos de ese nivel educativo.

Los organismos acreditadores reconocidos por el Copaes están facultados para llevar a cabo los procesos de evaluación conducentes a la acreditación de programas de nivel de licenciatura y de técnico superior universitario o profesional asociado, incluidos los de posgrado, en áreas definidas del conocimiento, en las instituciones públicas y particulares de todo el país.

Con el propósito de garantizar la necesaria objetividad y el sustento técnico para la emisión de resultados y juicios que requiere la sociedad y los usuarios de los servicios, la Secretaría de Educación Pública, en el ámbito de su competencia, formulará las recomendaciones pertinentes con el fin de que las autoridades educativas de los estados, las instituciones de educación superior con carácter de organismos públicos descentralizados establezcan en sus respectivas disposiciones normativas, lo conducente para los procesos de evaluación, autoevaluación y acreditación que se señalan en el presente capítulo.

En todos los casos, los criterios y las normas de las autoevaluaciones, evaluaciones y acreditaciones deberán ser hechas del conocimiento público.

Las autoridades educativas publicarán en el órgano informativo oficial correspondiente, una relación de las instituciones a las que hayan otorgado, negado o revocado autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios.

Asimismo, para que la sociedad conozca los estándares de calidad de las instituciones educativas, se establece que las autoridades y los organismos públicos descentralizados otorgantes de la autorización y el reconocimiento de validez oficial de estudios informen a los maestros, alumnos, padres de familia los resultados de las evaluaciones y acreditaciones.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. A partir de la entrada en vigor del presente decreto, las instituciones de educación superior a que se les hayan otorgado autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios y no cuenten con la evaluación y la acreditación correspondientes tienen un plazo no mayor de un año para cumplir ambos requisitos.

Tercero. Las instituciones o planteles de educación superior que no cuenten, según sea el caso, con autorización y reconocimiento de validez oficial de estudios deberán obtenerlos en los términos de la presente ley y de la Ley General de Educación. A efecto no de afectar a los estudiantes usuarios de sus servicios, a partir de la entrada en vigor del presente ordenamiento tendrán un plazo de un año para obtener autorización o reconocimiento, según el caso.

Posteriormente a la obtención de la autorización y el reconocimiento, según el caso, deberán someter a evaluación sus planes y programas, personal y servicios pasados cinco años de haber obtenido autorización o reconocimiento, en los términos de la presente ley y de la Ley General de Educación.

Cuarto. Las autoridades educativas de los estados, las instituciones de educación superior con carácter de organismos públicos descentralizados que otorguen autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, dispondrán de un plazo no mayor de 60 días, para establecer las medidas pertinentes en sus respectivas disposiciones normativas, en lo referente a las modificaciones, reformas y adiciones contenidas en el presente ordenamiento.

Quinto. Las autoridades educativas deberán publicar en el órgano informativo oficial correspondiente, los resultados de las evaluaciones y acreditaciones en los términos dispuestos en el artículo 30 de esta ley, en un plazo no mayor de 30 días a partir de que tenga dichos resultados.

Dado en salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de marzo de 2007.

Diputado Miguel Ángel Solares Chávez (rúbrica)
 
 


QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B) DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL, Y DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, A CARGO DE LA DIPUTADA JUANA LETICIA HERRERA ALE, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

La suscrita, diputada federal Juana Leticia Herrera Ale, integrante de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; y del Código Civil Federal.

Exposición de Motivos

La adopción es el acto jurídico que crea un vínculo de parentesco civil entre el adoptante y el adoptado, derivado en relaciones análogas en las que resultan la paternidad y filiación legítimas.

Hace años, la adopción se percibía como la última opción para las parejas que no podían lograr la concepción biológica de un hijo. Esa situación generaba reservas frente al adoptado, al que con frecuencia se ocultaba su origen e incluso el propio hecho de la adopción, ya que los padres querían evitar al niño adoptado los problemas de integración que pudiera sufrir un "hijo diferente", además de la posibilidad de que en un futuro pudieran interesarse por su familia biológica e incluso pretender vivir con ella.

Hoy, afortunadamente, se ve a la adopción como un medio para disfrutar de la experiencia de tener un hijo. Por ello, los adoptados se constituyen en protagonistas, ofreciendo a quienes los acogen el ansiado privilegio de ser padres.

Sin embargo, es lamentable que en nuestro país aún no se desarrolle una plena cultura de la adopción, dificultad que se acrecienta en los niños mayores de seis años de edad, toda vez que las expectativas de las parejas es siempre tener un bebé, caso contrario al que existe en países como España, Francia y Canadá, los cuales durante el periodo comprendido de enero a julio de 2006, arrojaron el mayor índice de adopciones de niños mexicanos.

A pesar de que la adopción tiene como principal objetivo dar un hogar a un niño en situación de abandono, en México seguimos padeciendo el aumento de niños y adolescentes que ingresan en los centros de atención o albergues; los motivos principales son el maltrato, el abandono, la orfandad total, el abuso o que sus familiares están en un centro de readaptación social y requieren la custodia institucional.

Aunado a esto, el Estado, el encargado de procurar en todo momento el interés del adoptado, no cumple el objetivo primordial de la adopción, que es dar bienestar al menor o incapaz, por lo que seguimos enfrentando problemas en esta materia, destacando:

• La falta de rapidez en el trámite para aprobar la adopción;
• El sinnúmero de requisitos que pide la autoridad;

• La venta clandestina de menores, en ocasiones realizada hasta por los propios padres;
• El robo de niños sustraídos del país con documentos apócrifos para ser dados en adopción en otros países;

• El tráfico o venta de niños que realizan las instituciones públicas o privadas encargadas de la custodia de ellos;
• La participación de funcionarios en adopciones irregulares;

• No se toma en cuenta el origen cultural del menor; y
• La falta de mecanismos para supervisar las adopciones y proteger a los niños.

Algunos adolescentes o niños no muy pequeños, cuando son adoptados, pasan por una etapa de lucha de identidad, preguntándose a sí mismos cómo integrarse en su nueva familia. Por ello, los padres adoptivos deben ir construyendo un espacio para hacer sentir al niño la unión del padre o la madre con él, ya que tanto el menor como los padres se adoptan mutuamente.

Para que México avance en materia de adopción, es importante agilizar el proceso actual, reduciendo el tiempo para informar a un matrimonio si cumple o no los requisitos, procurando en todo momento que las necesidades esenciales de los niños, el perfil psicológico y las expectativas sean acordes con el solicitante. Las autoridades administrativas y judiciales deben asegurar que los niños, adolescentes e incapaces se desarrollen en un ambiente de bienestar adecuado.

Si bien las etapas previas a la adopción son esenciales, los factores que más influyen en la adaptación e integración familiar son la capacidad de los padres adoptivos y las experiencias que hayan tenido en el inicio de ésta. Por ello son elementales los primeros cuidados y la atención que se dé al adoptado, además de que los nuevos padres compartan convicciones como

• Llevar un hijo en el vientre no hace a una madre;
• Lo que hace que surja el amor no es la similitud genética sino el trato y la convivencia; y

• La adopción no produce psicopatologías específicas en los hijos ni en los padres: un hijo adoptado puede vivir feliz e integrado en su nueva familia y sus padres y hermanos pueden asumir sin problema la situación.

Compañeras y compañeros, es facultad también de los legisladores cuidar a la familia mexicana como núcleo de nuestra sociedad, conservando nuestros rasgos de identidad, propiciando el respeto, la equidad generacional y la transmisión de valores y cultura a los niños de México.

Por ello debemos superar los convencionalismos que existen en el tema de la adopción, permitiendo que paulatinamente se vaya teniendo mayor aceptación social. Necesitamos fortalecer de manera responsable la adopción e integración familiar, en aras de que los niños, adolescentes e incapaces que sean adoptados cuenten con un desarrollo social adecuado, viendo en la adopción una alternativa para la integración familiar.

Se considera necesario promover nuevos avances para dar mayor sustento y certeza jurídica a la figura de la adopción, en beneficio del adoptante y del adoptado. Por ello se propone modificar el Código Civil Federal, la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional.

En materia del Código Civil Federal, la iniciativa propone hacer una definición más clara de los conceptos de adopción simple y adopción plena, disipando con esto cualquier duda que pudiera surgir en el proceso de la adopción.

La adopción simple y la adopción plena pueden diferenciarse gracias a varios criterios, establecidos en la doctrina, como el análisis de la ruptura o del mantenimiento del vínculo de filiación con la familia de origen, y la revocabilidad o la irrevocabilidad de la decisión de adopción.

El primer criterio está basado, por una parte, en la integración total del niño en la familia adoptiva extensa y la ruptura de los vínculos con la familia de origen en la adopción plena; por otra parte, la adopción simple mantiene el vínculo de parentesco de origen e instaura un parentesco adoptivo limitado entre adoptantes y adoptado.

Un segundo criterio para diferenciar los dos tipos de adopción: si es irrevocable, entonces la adopción es considerada plena. Al contrario, si es revocable, será considerada simple.

Por ello, la iniciativa propone adicionar los artículos 402 Bis y 410 A Bis; asimismo, reformar los artículos 402 y 410 A, para establecer con claridad una definición de adopción simple y adopción plena, donde en el primer caso, el menor o incapacitado que haya sido adoptado puede impugnar su adopción dentro del año siguiente a su mayoría de edad o a la fecha en que haya desaparecido su incapacidad; y en el segundo caso confiere al adoptado los apellidos de los adoptantes y los mismos derechos, obligaciones y parentesco que la filiación sanguínea.

La iniciativa propone eliminar en el artículo 390 lo referente a que el adoptante tenga diecisiete años más que el adoptado, lo cual es incongruente con lo que estipula el propio precepto, al marcar como edad mínima para adoptar 25 años.

En el mismo artículo se adiciona una fracción IV, en la cual se prevé que el adoptante debe contar con buena salud y no tener ninguna enfermedad terminal o contagiosa. Con eso se evita que el adoptado quede nuevamente en estado de indefensión por muerte del adoptante en casos de enfermedades terminales o, en su defecto, adquiera alguna enfermedad que ponga en riesgo su salud o incluso que pueda causarle la muerte.

En el artículo 391 del Código Civil Federal se modifica lo referente al texto "el marido y la mujer", ya que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 4o., considera el término adecuado de "el hombre y la mujer"; además, se agrega la figura del concubinato en este artículo, siendo que el derecho civil lo aborda como otra forma en que dos personas de distinto sexo hagan vida marital y, por ende, puedan también tener derecho a adoptar.

Se adiciona un artículo 401 Bis, en el que se propone que los requisitos para adoptar deben ser claros y congruentes con este código, debiendo contener un plazo las autoridades para negar o aprobar la adopción de cuatro meses. Cumplido este plazo, en caso contrario, el funcionario que actúe fuera de tiempo será sujeto a responsabilidades.

Por ello se considera que cualquier persona que tenga como fin adoptar a un menor o incapaz tenga claros los requisitos de adopción, además de que la autoridad correspondiente pueda otorgar a los adoptantes la patria potestad del menor en un plazo menor del establecido actualmente.

En materia laboral, la iniciativa tiene como objeto integrar en los derechos de los trabajadores considerados en la Ley Federal del Trabajo y en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, referente al inciso B) del artículo 123 constitucional, 45 días de convivencia, similar a los 45 días de cuidados maternos. En este caso, el beneficio se otorga sin perjuicio del sexo del trabajador, con el fin de sentar las bases e ir desenvolviendo un vínculo que permita conocerse y a crear un lazo familiar más estrecho entre las partes.

Es importante que desde el momento en que se da la adopción se establezcan los lazos afectuosos entre el adoptante y el adoptado, mediante el intercambio de experiencias, haciendo sentir seguro e integrado al menor o incapaz en su nueva familia adoptiva, en un clima de confianza y serenidad.

Por ello, la iniciativa propone reformar los artículos 132 de la Ley Federal del Trabajo y adicionar un artículo 31 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, referente al artículo 123 de la Constitución.

Por lo anterior se somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de

Decreto

Primero. Se adiciona una fracción XXIX al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 132. Son obligaciones de los patrones:

I. a XXVIII. ...

XXIX. Proporcionar sin distinción de sexo 45 días de convivencia al trabajador que haya adoptado a un menor o incapaz, a fin de crear un vínculo familiar, gozando de su salario íntegro.
 
 

Segundo. Se adiciona un artículo 31 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, para quedar como sigue:

Artículo 31 Bis. El trabajador que haya adoptado a un menor o incapaz contará con 45 días de convivencia, a fin de crear un vínculo familiar, gozando de su salario íntegro.

Tercero. Se reforma el artículo 390 en su primer párrafo y se adiciona una fracción IV del Código Civil Federal, quedando de la siguiente forma:

Artículo 390. El mayor de veinticinco años, libre de matrimonio, en pleno ejercicio de sus derechos, puede adoptar a uno o más menores o a un incapacitado, aun cuando éste sea mayor de edad y que acredite además

I. a III. ...

IV. Que el adoptante es persona sana y no cuente con ninguna enfermedad terminal o contagiosa, lo cual deberá estar certificado médicamente.

...

Cuarto. Se reforma el artículo 391 en su primer párrafo y se adiciona la figura del concubinato, del Código Civil Federal, quedando de la siguiente forma:

Artículo 391. El hombre y la mujer casados o que vivan en concubinato podrán adoptar cuando los dos estén conformes en considerar al adoptado como hijo y aunque sólo uno de los cónyuges o concubinos cumpla el requisito de la edad a que se refiere el artículo anterior. Se deberán acreditar además los requisitos previstos en las fracciones del artículo anterior.

Quinto. Se adiciona un artículo 401 Bis del Código Civil Federal, para quedar de la siguiente forma:

Artículo 401 Bis. Los requisitos para adoptar a un menor o incapaz deben ser claros y congruentes con este código. El tiempo de las autoridades para negar o aprobar la adopción a los solicitantes no deberá exceder de cuatro meses una vez hecha la solicitud. Cumplido el término, si el funcionario no diere respuesta debidamente fundada, será sujeto de responsabilidades de acuerdo con la ley correspondiente.

Sexto. Se reforma el artículo 402; y se recorre el actual para quedar como 402 Bis, del Código Civil Federal, para quedar como sigue:

Artículo 402. Se entiende por adopción simple la relación jurídica que se da entre adoptante/s y adoptado, recayendo los efectos de la misma sólo en ellos, quedando el adoptado libre de cualquier obligación con los familiares del adoptante, pudiendo ser revocable el vínculo creado entre ambos.

Artículo 402 Bis. Los derechos y obligaciones que nacen de la adopción simple, así como el parentesco que de ella resulte, se limitan al adoptante y al adoptado, excepto en lo relativo a los impedimentos de matrimonio, respecto de los cuales se observará lo que dispone el artículo 157.

Séptimo. Se reforma el artículo 410 A y se recorre el actual, para quedar como 410 A Bis, del Código Civil Federal, para quedar como sigue:

Artículo 410 A. Se entiende por adopción plena a la relación jurídica entre el adoptante y adoptado, reconociendo a este último, como un verdadero hijo nacido del matrimonio, así como, cuando no exista el vínculo matrimonial, extendiéndose este vínculo entre el adoptado y los familiares del adoptante.

Artículo 410 A Bis. El adoptado bajo la forma de adopción plena se equipara al hijo consanguíneo para todos los efectos legales, incluyendo los impedimentos de matrimonio. El adoptado tiene en la familia del o los adoptantes los mismos derechos, deberes y obligaciones del hijo consanguíneo y debe llevar los apellidos del adoptante o adoptantes.

...

...

Transitorios

Primero. Quedará sin efecto cualquier disposición que se ponga al presente ordenamiento.

Segundo. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el diario Oficial de la Federación.

Tercero. La reglamentación y normatividad en la materia deberán adecuarse en un plazo no mayor de 30 días, una vez publicado el presente decreto.

Diputada Juana Leticia Herrera Ale (rúbrica)
 
 


QUE REFORMA EL ARTÍCULO 194 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, A CARGO DE LA DIPUTADA ANA YURIXI LEYVA PIÑÓN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

La suscrita, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confieren la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta al pleno de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por la que se adiciona la fracción I del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales con un numeral 18 para tipificar como delito grave el referido en el artículo 253 del Código Penal Federal, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La especulación y el acaparamiento injustificados son legal y moralmente condenables por ocultar y alterar el precio de un bien de consumo que en la alimentación y cultura de los mexicanos tiene un simbolismo que llega a la veneración.

En los primeros días de enero el precio de la tortilla se disparó de 6 pesos hasta, incluso, 15 pesos por kilogramo. Este incremento ha lesionado la economía de aproximadamente un 80 por ciento de los mexicanos que ganan menos de 10 mil pesos al mes, y de éstos la mayor parte menos de 2 mil pesos mensuales, toda vez que estas franjas de la población destinan poco más de la mitad de su ingreso mensual al consumo de dicho producto básico.

Para dimensionar lo anterior, cabe señalar que los norteamericanos de menores ingresos destinan alrededor de 20 por ciento de su ingreso a la adquisición de alimentos. En este sentido, un aumento del 30 por ciento en el costo de sus alimentos repercute en 6 por ciento de su sueldo, mientras que para los mexicanos en alrededor de 15 por ciento.

Sin embargo el asunto no paró ahí, el aumento en el precio del maíz desató un efecto en cascada, impactando el precio de otros alimentos como carnes, huevo, aceite, fécula y mieles; y ha afectado severamente la economía de la mayor parte de la población mexicana, sobre todo en los estratos de clase media y baja.

En los distintos ámbitos de la sociedad ha sido casi unánime la condena a esta alza, así como las causas que la originaron, por ejemplo, el 10 de enero el gobernador del Banco de México atribuyó el alza en los precios de la tortilla y el azúcar a los acaparadores y especuladores, exigiendo al gobierno federal su intervención para detener el incremento de los precios. En el mismo sentido se pronunció la Comisión Permanente de este honorable Congreso de la Unión en sus sesiones del 10 y del 11 de enero.

En un reconocimiento explícito a la gravedad del alza por sus impactos perniciosos, días después, Felipe Calderón instruyó al secretario de Economía, a la Secretaria de Desarrollo Social y al titular de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) para poner en operación las medidas a su alcance para asegurar el abasto y contener los aumentos en los precios de los productos básicos.

Asimismo, dio instrucciones al secretario de Agricultura para abrir los cupos de importación de maíz para satisfacer la demanda y abatir los precios. En todos los casos pidió a los titulares estar atentos y aplicar todo el peso de la ley a quienes especulen con básicos.

Sin embargo, la medida fue insuficiente, toda vez a que no fueron tocados ni llamados a cuentas los especuladores y acaparadores; en buena medida, porque en la legislación penal el acaparamiento, que genera ondas especulativas con el consecuente aumento de los precios de artículos básicos de consumo, no está considerado como delito grave.

El aumento en los precios de maíz es un problema de seguridad nacional, por su importancia estratégica en la alimentación de los mexicanos y ante la situación de pobreza en que se encuentra más de la mitad de la población total del país.

Coincidimos en la necesidad de que las dependencias del Ejecutivo federal instrumenten las medidas administrativas que se estimen necesarias, y que la Profeco sancione a quienes lleven a cabo prácticas desleales de comercio en detrimento de los consumidores.

Sin embargo, resulta indispensable que se aplique la acción prevista en los artículos 253 y 254 del Código Penal Federal, en contra de quienes resulten responsables de acaparar y especular con el maíz y demás alimentos básicos.

No está de más recordar que la madurez de un verdadero Estado democrático no se mide solamente por el ejercicio y respeto al sufragio universal; también se mide por su forma de impartir justicia, la que por cierto en nuestro país no goza de cabal salud, por la discrecionalidad en su aplicación, pero que los diputados, en nuestro carácter de representantes populares, tenemos la obligación legal y, como nos recomienda el filosofo-escritor Fernando Savater, "…desde el ejercicio de la función pública practiquemos una pedagogía de la ética… con información veraz y oportuna para que el ciudadano se convierta en un contralor permanente de los actos públicos que realizamos."

Y de la mano de Savater, agregamos que solamente de esta manera estaremos en posibilidad de guardar la observancia de la ley e incluso mejorarla para que la norma no solamente parezca sino que también lo sea.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, la suscrita legisladora del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que adiciona la fracción I del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales con un numeral 18 para tipificar como delito grave el referido en el artículo 253 del Código Penal Federal

Artículo Único. Se reforma y adiciona la fracción I del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, agregando un numeral 18 y recorriéndose las restantes en su numeración para quedar como sigue:

Artículo 194. Se califican como delitos graves, para todos los efectos legales, por afectar de manera importante valores fundamentales de la sociedad, los previstos en los ordenamientos legales siguientes:

I. Del Código Penal Federal, los delitos siguientes:

1. a 17. …

18) Contra el consumo y riqueza nacionales, previsto en el artículo 253, fracción I;

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de marzo de 2007.

Diputadas: Ana Yurixi Leyva Piñón, Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbricas)
 
 







Proposiciones

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA QUE SE INTEGRE LA COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN ENCARGADA DE REVISAR LA LEGALIDAD DE CONTRATOS Y CONCESIONES PÚBLICOS OTORGADOS A CONSTRUCCIONES PRÁCTICAS, SA DE CV, Y CUALESQUIERA OTRAS EMPRESAS QUE TUVIEREN RELACIÓN CON ÉSTA; Y QUE SE DÉ PRIORIDAD A LA SITUACIÓN SOCIAL EN MORELIA, MICHOACÁN, A CARGO DEL DIPUTADO ALBERTO ESTEVA SALINAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA

Alberto Esteva Salinas, integrante de esta LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario de Convergencia, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite presentar ante esta representación proposición con punto de acuerdo para excitar a la Comisión de Investigación encargada de revisar la legalidad de los contratos de obra pública, concesiones, contratos de suministro de bienes de consumo o de compraventa de bienes inmuebles de titularidad pública, otorgados por organismos descentralizados o empresas de participación estatal mayoritaria a la empresa Construcciones Prácticas, SA de CV, y cualesquiera otra que tuvieren relación con la misma, que está en proceso de integración para que, de inmediato, acoja en su agenda de estudio el caso de 206 familias de escasos recursos que están en riesgo de perder sus viviendas y ser desalojadas violentamente en el fraccionamiento Villas del Real de la ciudad de Morelia, estado de Michoacán.

Antecedentes

Como ha sido del conocimiento de la opinión pública, la empresa Construcciones Prácticas, SA de CV, donde se encontró la intervención e interés de Jorge Alberto Bribiesca Sahagún en distintas subastas del Instituto de Protección al Ahorro Bancario (IPAB), en las que participaron y en las que adquirían, a precios de ganga, unidades habitacionales en obra negra y predios y fraccionamientos en distintos sitios de la república, están siendo objeto de diversas investigaciones, incluyendo la que proseguirá esta Cámara y la que lleva a cabo la Procuraduría General de la República. Ello, sin embargo, no ha detenido la actividad que la misma empresa Construcciones Prácticas está desplegando para desocupar las viviendas que previamente había vendido a distintos adquirentes la empresa Plaza Industrial, SA de CV, que era propietaria de un conjunto de estos activos que fueron cedidos al IPAB a través de Bancrecer, que tenía los créditos que comprendían dichas garantías.

Es el caso que en Morelia, Michoacán, el fraccionamiento Villas del Real pasó a ser propiedad de Construcciones Prácticas, SA de CV, a través de Administradora de Activos El Fénix, que era la intermediaria de Bancrecer y que, a su vez, fue trasladada al IPAB para el mismo objeto. Parte de este fraccionamiento popular fue vendido antes de la cesión del IPAB a 206 familias en pequeños lotes, que lo rescataron del abandono y estado ruinoso, sin servicio público alguno y asediado por invasores clandestinos. La venta, en 1999, se hizo en la cantidad de 10 mil pesos por terreno de 80 metros y pie de casa sin herrería ni acabados en muros, de tabique de hormigón. Durante todos estos años no han podido continuar con el pago de esa compra porque no hubo en Plaza Industrial, en quiebra, quien les recogiera sus abonos.

Es el caso que ahora reaparece un licenciado Serafín González Pérez, quien dice que es apoderado de Plaza Industrial, pero que en realidad lo es de Construcciones Prácticas, SA de CV, y con amenazas pretende cobrar entre 100 y 170 mil pesos por vivienda a cada familia, amenazándolos con lanzarlos sino se satisfacen tales pretensiones.

Por la gravedad y urgencia del caso, solicito:

Único. Se integre la Comisión Investigadora de inmediato y se aboque al conocimiento de este grave problema social, solicitando la colaboración del gobierno de Michoacán a fin de evitar que se consuma un ilícito de esa dimensión por omisión o complacencia de las autoridades locales y del propio IPAB.

Diputado Alberto Esteva Salinas (rubrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA A LA SAGARPA, CONAPESCA Y AL INSTITUTO NACIONAL DE PESCA, A DISEÑAR PROGRAMAS DE ORDENAMIENTO PESQUERO EN EL GOLFO DE TEHUANTEPEC, A CARGO DEL DIPUTADO JORGE TOLEDO LUIS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

Con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La actividad pesquera en el país está atravesando por una difícil situación, donde la falta de una política nacional de planeación del sector, por lo menos en la última década, ha motivado que la abundancia de los recursos pesqueros de importancia comercial en su mayoría haya venido a la baja, y la falta de apoyos y estrategias por parte del órgano rector de la actividad ha propiciado que los pescadores de todo el país, principalmente el sector social de la pesca, se encuentre en una situación desesperada con grandes carencias y en un marcado abandono.

En el caso del sector social de la pesca en el estado de Oaxaca, es un clamor que la autoridad pesquera, la Comisión Nacional de la Pesca, tome cartas en el asunto y se involucre de manera comprometida a encontrar las soluciones que aquejan el sector.

Actualmente, en la costa Oaxaqueña se vive un conflicto muy agudo entre el sector social pesquero, tanto de la costa como del istmo, donde se tiene un registro de 72 sociedades cooperativas, que asocian a mil 492 pescadores de oficio y 72 personas físicas que ejercen la actividad con 674 pescadores, que suman 2 mil 166 personas afectadas por dicho conflicto, quines demandan la delimitación de las zonas de pesca de las embarcaciones de altura, principalmente los barcos atuneros que utilizan las zonas litorales costeras de poca profundidad, donde normalmente ellos realizan sus faenas de pesca y realizan sus capturas comerciales.

Eso propicia fuertes enfrentamientos, en los que incluso se presentan agresiones físicas, destrucción de equipos y artes de pesca o disparos de armas de fuego.

Por esos motivos es imperante que se aplique de inmediato lo que promueva la nueva Ley de Pesca y Acuacultura Sustentable aprobada por este Pleno el pasado mes de diciembre, en cuyo Título Sexto, artículos 36, 37 y 38, se establecen los instrumentos de la política pesquera, como los programas de ordenamiento pesquero, que buscan contar con la lista exhaustiva y actualizada de los usuarios de la región, los recursos pesqueros sujetos de aprovechamiento y la delimitación de las áreas de pesca para promover una administración ordenada y sustentable de los recursos pesqueros.

La pesca del atún es tradicionalmente una pesca oceánica en aguas continentales o internacionales a considerable distancia de las costas y no tiene limitaciones de zonas ni de temporadas; sin embargo, existe la Norma Oficial Mexicana NOM-EM-04-PESC-2001, "De la captura incidental de organismos juveniles de atún aleta amarilla y patudo", que establece las tallas mínimas de captura del atún aleta amarilla, equivalente a 4 kilogramos de peso y 60 centímetros de longitud, lo cual no debe exceder de 10 por ciento de la captura durante un viaje.

Sin embargo, existen evidencias, documentadas en los medios de comunicación, que dejan a los ojos de todos los mexicanos la forma irracional en que operan las flotas atuneras en las zonas someras de la costa de Oaxaca.

Esas zonas cuentan con muy amplia proporción de organismos juveniles menores de la talla permitida y que adicionalmente en sus maniobras de cerco atrapan gran cantidad de tortugas marinas, especialmente en las temporadas de reproducción y desove, donde se reportan mortandades de esta especie en veda permanente.

Las mantarrayas también han resultado afectadas, así como se ha ocasionado la muerte a una ballena.

Apoyamos de manera incondicional la pesca sustentable del atún, deseamos que todos los mexicanos tengamos las mismas oportunidades, pero estamos ciertos de que las áreas de pesca son vastas, casi ilimitadas, por lo que sin duda restringir la pesca en la zona cercana a las costas de Oaxaca no afecta en absoluto esta pesquería y traería grandes beneficios a los pescadores ribereños y del sector social, así como para la conservación de especies restringidas o en veda.

Además, es importante resolver este conflicto local, por las implicaciones económicas que puede representar el hecho de que la industria atunera de Estados Unidos de América pueda utilizar la información que genera el conflicto para retomar el embargo atunero a nuestro país.

Por lo anterior me permito poner a su consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. Que la Cámara de Diputados exhorte a la Sagarpa, a la Conapesca y al Instituto Nacional de la Pesca a elaborar los programas de ordenamiento pesquero para la pesca del atún en el golfo de Tehuantepec.

Segundo. Con fundamento en lo anterior, se exhorte a la Sagarpa, a la Semarnat, a la Conapesca y al Instituto Nacional de la Pesca para que modifiquen la Norma Oficial Mexicana NOM-EM-04-PESC-2001, donde se norma la operación de la flota atunera de altura, con el fin de evitar el daño a las poblaciones de tortuga marina, mantarrayas y ballenas, así como la competencia desleal que ejercen dichas embarcaciones sobre los pescadores ribereños del golfo de Tehuantepec.

Compañeras y compañeros: en esta tribuna hemos hecho hincapié en buscar un México mejor, un México más justo, con oportunidades para todas y todos que sea racional y que se conduzca por el marco de la legalidad.

Igualmente, deseamos que nuestras riquezas naturales se preserven y que las generaciones venideras las aprecien y disfruten de ellas; sin embargo, si seguimos permitiendo que las flotas atuneras continúen acercándose y pescando en las costas de Oaxaca, terminaremos por extinguir especies que debemos proteger celosamente.

Esta tierra es nuestra; tratémosla como tal y no contribuyamos a su decadencia y extinción.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de marzo de 2007.

Diputado Jorge Toledo Luis (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A PROMOVER LA REALIZACIÓN DEL PRIMER CONGRESO INTERNACIONAL SOBRE DERECHOS DE LOS ADULTOS MAYORES, A CARGO DEL DIPUTADO MARIO ENRIQUE DEL TORO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

El que suscribe diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

Una de las características más sobresalientes de la contemporaneidad son los cambios, derivados principalmente de los avances científicos y tecnológicos, y su aplicación a la vida diaria. Frente a este contexto la interdisciplina ha acelerado considerablemente dichas variaciones a la vida, produciendo importantes modificaciones en la sociedad en periodos relativamente breves, en comparación a los experimentados el siglo pasado.

La aplicación de los avances científicos y tecnológicos a la medicina, el mejoramiento y la dignificación de las condiciones de vida de la población se han constituido como los factores principales de la prolongación del umbral de vida del ser humano. Si a ello agregamos los programas de control de la natalidad, tenemos como resultado una importante modificación dentro de la composición de la población.

El hecho de que los países, en desarrollo, como México accedan rápidamente a los avances científicos y médicos de los países desarrollados, han permitido que, contrario a lo ocurrido en estas naciones, la prolongación de la vida y el envejecimiento de la población se haya producido en un periodo mucho más breve.

La transformación y nueva composición de las sociedades ha sorprendido a los conjuntos humanos contemporáneos, con una imagen de juventud como la nuestra, y sólo en los últimos quince o veinte años el tema de los adultos en plenitud ha cobrado una mayor importancia entre las prioridades públicas. En los últimos tiempos se han multiplicado diversas iniciativas de muy variada índole y orientación, pero todas ellas con el mismo objetivo, el de atender de manera digna al creciente grupo ya citado, a través de actividades que les permitan una nueva y mejor reincursión en la sociedad.

Parte importante del tratamiento de este problema social lo constituye el cambio en la percepción cultural de la vejez, lo que implica un cambio de actitud hacia esta etapa de la vida, tanto de las generaciones más jóvenes, como de los mismos adultos mayores. Hoy se observan distintas imágenes y percepciones del adulto en plenitud como integrante de la sociedad, predominando aún las más tradicionales, a pesar de los grandes esfuerzos para modificar la imagen cultural del anciano.

Uno de los esfuerzos que el Estado ha realizado, como institución fundamental para la dignificación de las condiciones de vida, es el de trabajar para cambiar la percepción pública del Adulto en plenitud –aquella históricamente tradicional– a una más moderna, con un ser humano que busca una mayor independencia y una mejor inclusión en las estructuras de la sociedad.

Ejemplos de este esfuerzo lo constituyen la creación del Inapam, y establecimiento del eje estratégico de transmisión de valores, que puso en marcha la campaña de revaloración del anciano, con la cual se busca propiciar el intercambio intergeneracional, favoreciéndose la convivencia, así como el acercamiento entre los extremos de la vida y el rescate de los valores de respeto y consideración hacia los ancianos. Además de otros programas, que ofrecen diversos recursos de extensión destinados a este segmento social; los estudios e investigaciones sobre las características del adulto en plenitud que comienzan; y otras iniciativas públicas destinadas a sensibilizar a la población y proyectar una nueva imagen de este segmento de la sociedad.

Sin embargo, ¿cuál es la estimación sobre este segmento de la sociedad y su importancia en la actualidad?

Para entender a la población de adultos en plenitud, es necesario analizar algunos datos que permitan tener una idea más clara de la situación. Dicho segmento actualmente México se conforma por 8.4 millones de hombres y mujeres de 60 años de edad y más, cifra que para el año 2050 representará el 27.95 por ciento de la población total, aproximadamente.

Otro factor a tomar en cuenta, y que nos obliga a realizar cambios urgentes en diversos ámbitos de gobierno y sociedad, es la curva demográfica de crecimiento, que alerta sobre el aumentos en la población de adultos en plenitud. En México diariamente 799 personas cumplen 60 años, según el Consejo Nacional de Población para el año 2015 habrá 15 millones de adultos mayores y para el 2050 sumarán 42 millones. Esta situación obliga a enriquecer las políticas asistenciales, financieras, pensiones y otros muchos temas prioritarios, en función de que será la primera ocasión en la historia de la humanidad y del país, que ocurra que las personas de la tercera edad alcancen un volumen tal –y proporción tan significativa– convirtiéndose en una prioridad social. Los grupos de edad más jóvenes descienden en las sociedades económicamente más desarrolladas, aumentando así el grupo de personas de más edad, es decir que las poblaciones envejecen como las propias sociedades.

Ante este panorama, ¿Cuál es la situación a la que se enfrenten actualmente los adultos en plenitud?

En función de la nueva reconfiguración y movilidad social, la problemática a la que el adulto en plenitud se enfrenta puede ser vista desde varias aristas.

Una de ellas es la percepción y trato que reciben de la sociedad los adultos en plenitud. Dicho trato puede ser analizado bajo 3 teorías, una es la del retraimiento basada en la premisa de la satisfacción que se produce tanto en el adulto mayor como en la sociedad, el abandono de parte de los adultos mayores de la interacción social, al llegar a dicha etapa o a la vejez. La otra es la opuesta o la de la actividad en donde los adultos mayores para ser personas felices deben mantener sus actitudes y actividades lo más posible, por lo beneficioso que resulta. La tercera es la de continuidad que trata acerca de la multiplicidad de modelos y ajustes, por el estilo de vida de los adultos mayores; esto produce un condicionamiento de su vejez. Otras teorías consideran al anciano o adulto mayor como una minoría o subcultura por sus actividades cotidianas.

La vejez es mayoritariamente femenina, sin embargo efectos de ésta se dejan sentir especialmente en los hombres dado lo dramático que para ellos resulta; también se vincula al estilo de vida, al nivel de salud, entre otras causas que se relacionan con los ingresos, con la forma de obtenerlos y de gastarlos, a través de los valores y actitudes desarrollados por las personas, estos van conformando los diferentes modelos de vejez que adoptan y/o mantiene las personas. Uno de los principales problemas de los adultos en plenitud es la salud, porque los problemas relacionados a ellos van en aumento con la edad; en la actualidad por los diversos avances muchas de ellos están en mejor estado de salud, lo cual rompe con el mito o la imagen de que las personas de esta edad son enfermas e incapaces en todo sentido.

La discriminación laboral –sin duda alguna– se configura como el segundo reto a superar. En México cumplir 60 años significa dejar de ser elegible a un puesto de trabajo en función de una incorrecta homogenización, que solo contribuye a la construcción de una visión negativa de ellos y de su rol en la sociedad.

En síntesis: las personas de 60 años y más se enfrentan a situaciones de marginación, discriminación, rechazo familiar, abandono y maltrato, convirtiéndose en uno de los sectores más vulnerables de la sociedad. Esto es el reflejo de la pérdida de la cultura de respeto y reconocimiento hacia la figura de los ancianos que antaño simbolizaban la experiencia, sabiduría, ecuanimidad y serenidad, entre otros muchos atributos.

Pero, es aquí y ahora, un buen momento para hacer una pausa, y cuestionarnos ¿Cuál es el valor real de los adultos en plenitud y qué podemos hacer para coadyuvar en una dignificación en sus condiciones de vida?

La manera en que el adulto en plenitud enfrenta este momento de su vida depende de factores internos, como el nivel de madurez que alcanza en el desarrollo personal unido a los vínculos afectivos que ha sido capaz de conformar, así como otros externos ya sea la familia, el trabajo y las comunidades donde participa (religiosa, social, política u otras). Dentro de la crisis se distingue la de tipo externa, constituida por el ambiente social y físico en donde el adulto mayor se mueve, vive, con que recursos cuenta, la posibilidad de entrega, ya sea en un trabajo remunerado, asimismo como en una actividad de servicio, la que reporta enormes beneficios personales y colectivos, a pesar de que sea de tipo gratuito, solo por el hecho de ayudar a los demás.

Los adultos mayores tienen valores y formas de pensar propios, por esto mantiene una opinión y actitud independiente al tomar todo tipo de decisiones. Todo esto permite llegara a la "generatividad", término acuñado por el psicólogo estadounidense Érick Erickson, que la define como "como un proceso mediante el cual nos volvemos paternales y creativos y aceptamos el compromiso voluntario de guiar a las nuevas generaciones, ayudando a una autorrealización personal"; lo anteriormente definido significa un proceso de suma importancia para la sociedad, el reconocer en el adulto en plenitud a un transmisor de la tradición: que es el heredar un modo de ver hacia delante, no conservar un modo de ver hacia atrás.

Otro elemento a tomar en cuenta para la integración de este estrato de la población es el lugar donde radica, debido a que al pasar la edad ellos tienden a disminuir sus actividades, su interacción social va decreciendo a nivel de intensidad tanto en número como en variedad de personas con las que interactúan; pasan la mayoría del tiempo en sus domicilios por distintas razones, más que cualquier grupo al dar gran importancia a la calidad del entorno físico y social más próximos a su vida y realidad cotidiana. La vivienda y el barrio son elementos relevantes que influencian tanto en forma positiva –en la calidad de vida de los adultos en plenitud–, al otorgarles una seguridad y participación en un grupo social, al considerar como óptimo la vida dentro del hogar o vecindario, por el fácil desplazamiento que tiene al conocer a cabalidad su territorio.

La familia constituye uno de los pilares fundamental en esta etapa de la vida, al ser un grupo social que influye en la socialización construyendo la base en lo material y emocional; en los últimos tiempos, la situación a logrado revertirse al modificarse los roles de familia, estableciendo lazos nuevos, tanto en lo emocional como en lo afectivo. La atención tradicional hacia los padres y abuelos, se ha convertido en una nueva responsabilidad filial con características peculiares en la sociedad, beneficiando el establecimiento de un nuevo tipo de relación abuelos–padres–hijos.

Ahora bien, tomando en consideración que el mundo actual está viviendo una revolución demográfica que se traduce en una disminución universal de las tasas de natalidad y mortalidad, por otra parte que México tendrá hondas repercusiones en la relación entre productividad económica y gasto social, y que eso afectará no sólo al grupo de personas de edad sino también a las generaciones más jóvenes y al equilibrio social en su conjunto, el Estado, debe poner entre sus prioridades fundamentales a los adultos en plenitud, a efecto de garantizar las condiciones suficientes para dar a cada uno las mismas oportunidades de una vida mayormente digna.

Finalmente, ¿Por qué México debe promover un foro tan importante como el de los derechos de los adultos en plenitud?

La construcción de la democracia requiere de escuchar. Democracia es la palabra, palabra interior de la conciencia, palabra de honor que se da y se cumple, palabra jurídica que se respeta, palabra veraz que se escucha y se intercambia, palabra de humano que prevalece sobre el dinero y la espada. La violencia es el fracaso de la política y la política sólo fracasa si fracasa la palabra.

Cualquier foro de ideas, implica por sí mismo un esfuerzo en pro de una mejora, al tomar parte en este esfuerzo se busca en primera instancia la toma de conciencia y sensibilización de los pueblos y gobiernos del mundo sobre la importancia del problema de los derechos de los adultos en plenitud.

Vislumbrando además a dicho foro como una fuente de conocimientos objetivos, retos y oportunidades, así como el intercambio de experiencias exitosas.

Por todo lo anterior y teniendo en consideración las atribuciones concedidas a esta soberanía consagrados en los artículos 58 y 59 de la Constitución Política de los Estados Unidos y demás normas que se apliquen, se somete a su alta consideración el presente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita al Ejecutivo federal que promueva la realización del primer congreso internacional sobre los derechos de los adultos mayores.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de marzo de 2007.

Diputado Mario Enrique del Toro (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA A LA SHCP A ASIGNAR RECURSOS PARA COMPLEMENTAR EL PAGO DE LAS CUOTAS DE ASEGURAMIENTO AL IMSS DE LOS PRODUCTORES DE CAÑA DE AZÚCAR, A CARGO DEL DIPUTADO PEDRO MONTALVO GÓMEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

Pedro Montalvo Gómez, diputado del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículos 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, comparece ante ustedes para someter a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo a partir de los siguientes

Antecedentes

Por disposición contenida en la Ley que incorpora al Régimen del Seguro Social Obligatorio a los Productores de Caña de Azúcar y a sus Trabajadores, expedida en el año de 1963, los productores cañeros del país están obligados a la incorporación del seguro social. Este mecanismo se ha constituido en significativo desarrollo de la seguridad social en muchas regiones rurales de los 224 municipios de 15 entidades federativas en donde se produce la caña de azúcar, que de otra manera difícilmente se hubiera dado. Lo anterior significa también que los productores cañeros han sido pioneros en esta materia.

De la totalidad de productores, el 37.5 por ciento, por no disponer de más superficie, cultiva parcelas con una superficie menor a 3.5 hectáreas, lo que les hace materialmente imposible poder cubrir esa obligación legal con las economías que se generan de la actividad cañera.

Ante ello y desde la instauración de la obligatoriedad hasta la reforma a la Ley del Seguro Social de 1997, esta obligación económica se cubría en un 50 por ciento por los industriales de los ingenios, otro 25 por ciento por el gobierno federal, y el 25 por ciento restante, lo cubría productor cañero obligado.

Sin embargo esa reforma, en su artículo séptimo transitorio, manda la continuidad de la incorporación al IMSS de los productores de caña de azúcar, consignando que dicha incorporación se suscriba por la vía de convenios de vigencia anual, estableciendo además el régimen financiero de pago conforme a la ley general, donde, la cuota de aseguramiento tanto de los productores cañeros como la de sus trabajadores eventuales esté a cargo únicamente del mismo cañero.

Con estas nuevas disposiciones hubo productores de caña con ingresos insuficientes que no alcanzaron a cubrir la totalidad de sus cuotas de aseguramiento, por lo que el IMSS se vio en la necesidad de absorber el diferencial faltante durante los años de 1998 a 2001.

Del 2001 al 2006 se ha asignado una partida en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) con el objetivo de apoyar el pago de los productores con superficies cultivadas menores a 3.5 hectáreas, bajo un marco de reglas de operación que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público le ha marcado al Instituto Mexicano del Seguro Social como condición indispensable para entregarle los recursos, mismos que se han manejado institucionalmente, garantizando totalmente la transparencia e identificación de cada beneficiario.

Para el ejercicio fiscal de 2004 en el PEF se consideró un monto de 250 millones de pesos para cubrir los adeudos de los productores de menos de 3.5 hectáreas. Estos recursos fueron ejercidos en tiempo y forma.

En el PEF del año 2005 los diputados autorizaron una partida de 200 millones de pesos para apoyar a los productores con las características arriba descritas, sólo que esos recursos no han sido trasferidos al IMSS por parte de la Secretaría de Hacienda por lo que se ha generado un pasivo creciente a cargo de los productores cañeros, mismo que por su naturaleza se hace incobrable para el instituto.

Para el 2006 se asignaron 145.8 millones de pesos con los que se apoyaron a 58 mil 894 productores pudiendo el instituto de los recursos en tiempo, evitándose la generación de actualizaciones o créditos accesorios.

Para el 2007 en el anexo 7 "Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable", Ramo 19 "Aportaciones de Seguridad Social", del Presupuesto de Egresos de la Federación, dados los montos que se asignaron, existe la posibilidad de separar una subpartida para apoyar la incorporación al IMSS de los productores cañeros con superficies menores a 3.5 hectáreas, tal como sucedió en el ejercicio del 2006 que se contempló y se clasificó en ese ramo.

Por lo anterior, se propone el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que asigne recursos por un monto de 300 millones de pesos, para complementar el pago de las cuotas de aseguramiento al IMSS de los productores de caña de azúcar con menos de 3.5 hectáreas de cultivo, incorporados por convenio. Este monto será para resarcir la partida de 200 millones de pesos que la Secretaría de Hacienda no transfirió al IMSS no obstante que la honorable Cámara de Diputados la había considerado en el PEF de 2005 y los 100 millones restantes que corresponderían al ejercicio de 2007.

Salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 6 días del mes de marzo del año 2007.

Diputado Pedro Montalvo Gómez (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA A LA TITULAR DE LA SEP A INCLUIR LA ENSEÑANZA DE LA LENGUA INGLESA EN LOS PROGRAMAS DE EDUCACIÓN PÚBLICA PREESCOLAR Y PRIMARIA, A CARGO DEL DIPUTADO ÓSCAR GONZÁLEZ MORÁN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El que suscribe, Óscar González Morán, en su calidad de diputado federal en la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, por este conducto solicita respetuosamente a la Presidencia de esta honorable Cámara de Diputados, con fundamento en el artículo 23, numeral 1, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que se someta a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, por la que se exhorta a la titular de la Secretaria de Educación Publica Federal, así como a las autoridades educativas de los estados, a que se incluya en los programas educativos la enseñanza de la lengua inglesa en los grados de preescolar y primaria de la educación pública, con la formación especializada de los profesores que se requiera, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Con fundamento en el articulo 3o. de nuestra Constitución; cito el artículo: "Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado –federación, estados, Distrito Federal y municipios–, impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación preescolar, primaria y la secundaria conforman la educación básica obligatoria".

"La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia". Termino la cita.

La educación en México, pese a los esfuerzos realizados en los últimos años, no ha alcanzado los resultados requeridos para la competencia internacional, los comparativos de carácter mundial así lo han señalado. La calidad de la educación en México está muy por debajo de los estándares internacionales, por tanto, es menester realizar los esfuerzos que nos lleven a alcanzar los niveles de calidad de la educación internacional.

El aprendizaje de alguna lengua extranjera en los primeros años de vida es imprescindible, puesto que a esta edad los conectores neuronales tienen mejor capacidad para la retención de la información, lo que hará que en lo posterior se alcance un dominio perfecto de la lengua.

El lenguaje es un componente esencial en el desarrollo humano, y a través de él los individuos pueden comunicar sus necesidades reales y tener acceso a la información que les asista en la toma de decisiones para encontrar posibles soluciones a los propios requerimientos de su vida diaria.

El aprendizaje de idiomas permite trascender las fronteras de la educación y la cultura, permitiendo además el acceso a mejores oportunidades de negocios y empleo; por tanto, el mejor desarrollo humano y una positiva convivencia y entendimiento entre los individuos de distintas naciones.

La sociedad civil organizada, por ejemplo, los colegios de profesionistas, está realizando proyectos en este ámbito, procurando establecer calidad en la enseñanza y aprendizaje de la lengua inglesa, para todas las áreas de desempeño profesional.

Las cifras internacionales indican que mil 497 millones de personas hablan la lengua inglesa en el mundo, lo que resulta significativo y demuestra que es necesario dominar esta lengua, a fin de poder comunicarse en esta etapa de globalización.

En virtud de que el Programa Nacional de Educación sugiere como línea de acción promover enfoques educativos que desarrollen la capacidad de los estudiantes de aprender a lo largo de la vida y consideren el dominio de las lenguas extranjeras, principalmente del inglés.

La enseñanza de la lengua inglesa en los grados de primaria y preescolar en la educación privada ya es una realidad, y lo que hace aún más importante dotar las escuelas publicas con este tipo de enseñanzas es que la calidad educativa de los alumnos egresados de escuelas públicas sea igual o semejante a la de los alumnos egresados de las escuelas de carácter privado, y combatir así, la discriminación por no tener una educación de calidad.

Debido a la dinámica económica de México, anualmente crece la población migrante, y es necesario dotar a esta población con elementos básicos del lenguaje para la subsistencia durante su estancia en el extranjero, con lo que podrán obtener mejores ingresos para incrementar la calidad de vida de sus familias.

El pasado 30 de abril de 2004 México firmó un documento con 22 países de la cuenca del Pacífico, comprometiéndose a introducir el inglés como segunda lengua, lo que seguramente contribuirá a mejorar la vinculación económica de nuestro país, con el resto de ellos.

Por lo anteriormente expuesto me permito presentar ante esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Por el que se exhorta a la titular de la Secretaría de Educación Pública federal a que se incluya en los programas educativos la enseñanza de la lengua inglesa en los grados de preescolar y primaria de la educación pública con la formación especializada de los profesores que se requiera.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de marzo de 2007.

Diputado Óscar González Morán (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL, A LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA Y A LA SECRETARÍA DE SALUD A CUMPLIR LA NORMA OFICIAL MEXICANA QUE ESTABLECE EL PRECIO MÁXIMO DE VENTA DE MEDICINAS AL PÚBLICO, A CARGO DEL DIPUTADO ADRIÁN PEDROZO CASTILLO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

El suscrito, Adrián Pedrozo Castillo, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite presentar ante esta soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El pasado lunes 26 de febrero del presente año el ciudadano Felipe Calderón Hinojosa reconoció: "…que aún no se ha logrado el acceso a medicamentos a todos los mexicanos", al firmar un compromiso para garantizar la suficiencia, disponibilidad y precio justo de los medicamentos con el sector farmacéutico y distribuidores, en donde no se establecieron las reglas claras de operación de cómo y cuando se cumplimentará el compromiso con la industria farmacéutica, distribuidores y autoridades federales a las que competa.

En nuestro país se ha venido fomentando y regulando la industria farmacéutica, particularmente en 1978 y 1984, mediante decretos del Ejecutivo federal; lo anterior, para cumplir con la disposición constitucional del derecho a la salud para todos los mexicanos, a precios justos, que se suministren en cantidad y calidad adecuadas, recomendando en todo momento las políticas de fijación o modificación de precios de los medicamentos mediante estudios de costo-precio y de conformidad con reglas de operación, tanto para su venta al público como para las instituciones del sector salud.

En 1996 la Secretaría de Economía creó el Programa de Modernización de la Industria Farmacéutica, celebrando varios convenios, el último, el de 2004, donde acordaron los lineamientos para establecer los precios máximos de los medicamentos, bajo un mecanismo de autorregulación supervisado, el cual se ha incumplido, ya que en México la industria farmacéutica es el décimo lugar a nivel mundial, con alrededor de 7.7 millones de dólares de ventas anuales, por lo que la Secretaría de Economía no ha previsto las consecuencias que se han venido provocando y son eminentes en el incremento del 1035 por ciento de los medicamentos, afectando a consumidores que no son sujetos del régimen de seguridad social y a las instituciones prestadoras de servicios sociales que están obligadas a proporcionar medicamentos.

Los medicamentos son de uso necesario y deben ser considerados como un bien jurídico tutelado, derivado de los derechos fundamentales del hombre, como son la salud, protección de la vida, entre otros.

Asimismo la Norma Oficial Mexicana NOM-072-SSA1-1-1993, en el numeral 5.16, dice: "Precio máximo al público". El envase que se presente al consumidor deberá llevar la leyenda "precio máximo al público", seguido del importe que corresponda en caracteres legibles e indelebles. Por lo que esa norma se viene desdeñando desde hace más de tres años y se incumple, ya que al comparar o adquirir medicamentos se encuentran con dos precios en las cajas o empaques: el precio máximo al público, que viene en la mayoría de los casos cubierto con tinta negra y reetiquetado, y el precio de venta del establecimiento.

Por lo antes expuesto, diputadas y diputados, me permito someter a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal y a las secretarías de Economía, y de Salud a exigir fiel cumplimiento a la disposición de la Norma Oficial Mexicana NOM-072-SSA1-1993; a indexar a nivel inflacionario el precio de los medicamentos, mediante estudios escrúpulos de costo-precio, y que los medicamentos sean considerados como un bien jurídico, como extensión de la salud y sea enviado el listado de todos los medicamentos, incluyendo los precios máximos al público, a esta soberanía, a fin de que sean publicados para el público en general.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de marzo de 2007.

Diputado Adrián Pedrozo Castillo (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, PARA EL DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA URBANA DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, A CARGO DEL DIPUTADO ALBERTO AMADOR LEAL, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El suscrito, diputado federal Alberto Amador Leal, integrante del Grupo Parlamentario del PRI de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión con fundamento en la fracción I de los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía la siguiente propuesta con punto de acuerdo para el desarrollo y fortalecimiento de la infraestructura urbana del municipio de Puebla.

Exposición de Motivos

A. Diagnóstico sociodemográfico

El municipio de Puebla es una de las ciudades del centro y sureste de México que ha experimentado, en los últimos años, un desarrollo sociodemográfico importante. Esto, nos compromete a compartir una visión derivada de las necesidades de todos sus habitantes, que les brinde posibilidades de un desarrollo común, con perspectiva a futuro, producto del consenso de todos los sectores sociales y de un gobierno municipal incluyente, eficaz y sensible ante las demandas y necesidades locales, aunque restringido por la falta de recursos presupuestales.

Para ello, es necesario establecer estrategias emergentes que permitan incrementar la inversión productiva, darle mayor valor a las cadenas productivas y diversificar las actividades económicas del municipio, ya que un municipio no es grande por sus bienes materiales o su extensión territorial, lo es por el trabajo constante de sus habitantes y de su gobierno, y por la inteligencia con que aprovecha los recursos. Por lo tanto, el compromiso por consolidar áreas de oportunidad para posicionarse en el ámbito nacional y aprovechar las oportunidades que brinda la inserción de la economía mexicana en la globalización y de este desprender el desarrollo humano y la seguridad para los poblanos.

Debido a su ubicación geográfica, el municipio de Puebla representa un paso obligado entre la zona metropolitana de la Ciudad de México, el puerto de Veracruz y la región sur sureste del país. Esta característica lo convierte en un punto de atracción de la población y de concentración de la planta productiva.

De los diez ejes carreteros que conforman la infraestructura nacional de comunicaciones, tres de ellos cruzan el territorio poblano, lo cual significa una ventaja comparativa, tanto para el estado como para la ciudad. Adicionalmente, la ciudad como capital de la entidad federativa constituye el centro de las actividades económicas, políticas, administrativas, culturales, recreativas y deportivas del estado.

Población

Su crecimiento poblacional del 2000 al 2005 representó un incremento del 10.31 por ciento al pasar de un millón 346 mil 946 habitantes a un millón 485 mil 941, de igual forma, se incrementó en 1.07 por ciento en comparación con el total de la población en el estado, es decir, concentra al 27.60 por ciento de la población total de la entidad. Cabe señalar que en el municipio hay un mayor índice de mujeres que hombres con el 52.19 por ciento.

La capital poblana registra un marginal porcentaje de indígenas, así lo arroja el XII Censo de Población y Vivienda de 2005. Para el año 2000, sólo contaba con 41 mil 292 y para 2005 se contabilizaron 42 mil 142 hablantes de lengua indígena de 5 años y más. No obstante, representa un punto importante de labor y transacciones comerciales en micro y pequeña escala para los que acuden a la capital en búsqueda de inclusión en los sectores productivos de bienes y servicios sin que tengan alguna residencia dentro del municipio.

Ingresos

En lo que concierne al nivel de marginación, se refleja un decremento ya que en el 2000 mostró un índice de desarrollo humano de -1.80493 y en 2005 de -1.71455; posee un muy bajo grado de marginación. El lugar que ocupó en el contexto nacional en el 2000 fue de 2 mil 394 y para el 2005 en el 2 mil 387 retrocediendo 7 posiciones.

Como puede verse en la gráfica siguiente, sobresale una disminución en la población ocupada con ingreso de hasta dos salarios mínimos del 2005 con relación al 2000 debido a la desaceleración de la economía local, parte de ello, producto de la fuerte dependencia del municipio y del estado en la rama automotriz que durante dos años se contrajo gradualmente su producción y utilidades.

Vivienda

En materia de vivienda, obtuvo significantes avances, puesto que para el año 2000 sólo existían 315 mil 891 viviendas particulares y, para 2005, remontó a un total de 353 mil 19 viviendas, o sea un 11.75 por ciento; ocasionando un reacomodo urbano y semiurbano de infraestructura debido a la regularización de predios y de la creación de nuevas colonias.

También, se abatió el índice de ocupantes en viviendas con pisos de tierra en comparación con los resultados obtenidos en el estado, así se muestra en la siguiente variación:

En cuanto a cobertura de servicios, de 2000 a 2005 se puede observar un notable crecimiento en las viviendas particulares que disponen de drenaje y energía eléctrica, cuya cobertura pasó de un 91.10 por ciento al 96.55 por ciento en el primer caso, y del 95.44 por ciento al 98.45 por ciento para el segundo caso.

Educación

En materia de educación, el municipio concentra un gran talante educativo al congregar a más del 40 por ciento de las escuelas en el Estado y de todos los niveles. A pesar de ello, no se desestima ningún apoyo ni recurso para la habilitación de espacios educativos. Datos censales revelan que se incrementó la población de cinco años y más con asistencia escolar en un 8.18 por ciento al pasar de 383 mil 710 a 415 mil 98 educandos, sin embargo, se incrementó la población sin asistencia escolar en un 10.78 por ciento al colocarse de 777 mil 910 en el año 2000 a 861,820 en 2005. Lo anterior se explica por el incremento de la población en edad de estudiar de cinco años y más que pasó de ser de un millón 168 mil 702 en el 2000 a un millón 285 mil 409 para 2005.

La tasa de analfabetismo comparado con el mismo rango de periodo de censo, registró una evidente baja al pasar de 42 mil 233 a 41 mil 306 analfabetas, una disminución del 2.19 por ciento, lo que significa que el 4.05 por ciento de una población total de un millón 18 mil 745 de 15 años y más, no sabe leer ni escribir. La población alfabeta representa el 95.8 por ciento de la población registra un incremento de 10.85 por ciento en comparación con el año 2000. Viene disminuyendo por la concentración y/o expansión de los recursos y de la demanda y oferta educativa, esto en base al siguiente cuadro de indicadores:

Salud

En el ramo de salud, el 47.6 por ciento de la población total son derechohabientes en algún sistema de salud. Por cada mil habitantes se cuenta con 1.85 médicos, por arriba de la media estatal con 1.12. En el Informe Nacional de Desarrollo Humano del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo 2000-2004, se clasifica al municipio de Puebla en el lugar vigésimo, como se muestra a continuación:

El mismo Informe de Naciones Unidas, en su apartado de Situación y evolución del desarrollo humano en Puebla, hace una clara distinción del índice de desarrollo humano, educación, salud e ingreso de los 217 municipios con los que cuenta la entidad, por lo que el municipio de Puebla presentó los índices máximos de desarrollo humano y salud; aunque en educación está en primer lugar el municipio de Mixtla que pertenece a la franja de desarrollo del estado y, en ingreso, el municipio de Ahuehuetitla registró el máximo índice debido a factores de migración y del envío de remesas a la zona de la mixteca.

En comparación con los indicadores promedios del municipio con el estado, entre el 2000 y el 2004, se van minimizando las brechas entre una y otra como a continuación se observa:

En los últimos dos años, el municipio de Puebla ha ejercido gran parte del gasto público en el rubro de inversión productiva e inversión de capital, para lo cual, la hacienda pública municipal, a pesar de la fuerte dependencia por parte de los recursos provenientes de la federación, se ha avocado a la búsqueda de un equilibrio presupuestal. De ahí que la conformación de un paquete de proyectos de inversión, que incidan en el desarrollo, es de alta prioridad para el municipio de Puebla, y mas aún cuando, según las estimaciones de la Dirección de Desarrollo Urbano de Puebla, prevén un crecimiento poblacional en la capital y zona conurbana de hasta 3 millones de personas para el año 2020, por lo que las acciones de urbanismo y planificación deberán ser programadas y congruentes con los proyectos de infraestructura requerida.

Ingresos municipales

En materia de financiamiento al municipio, ha venido ocurriendo lo que la lógica centralista le ha impuesto al gasto federalizado, es decir, no ha habido una medida que contribuya a materializar la libertad que la Constitución de la República consagra a los municipios.

El municipio de Puebla, al igual que muchos otros del país, por tener delimitadas atribuciones y recursos, debe sujetarse a las condiciones impuestas por las restricciones presupuestales, sin que medie un criterio de equidad social en cuanto a los costos-beneficios y a las severas necesidades sociales de pobreza y marginación como lo consta las zonas periféricas de la ciudad, las colonias, barrios y juntas auxiliares.

Como es de su conocimiento, la transferencia de recursos a estados y municipios comprende: a) Participaciones federales (Ramo 28); b) Aportaciones federales (Ramo 33); c) Convenios de descentralización que, como lo he repetido en otras ocasiones, constituyen un esquema limitado de desconcentración, toda vez que las reglas de operación establecidas por el propio Ejecutivo federal son excesivamente centralistas.

El comportamiento de los ingresos municipales por concepto de Participaciones y Aportaciones Federales, es el siguiente:

Podemos concluir que el máximo de crecimiento del 16.5 por ciento, respondió más a políticas que al desarrollo y fortalecimiento municipal en aras de concluir proyectos de inversión.

Los recursos de aportaciones federales del Ramo 33 "Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y del Fondo de Infraestructura Social Municipal", representan para el municipio:

Es posible concluir que el municipio ha avanzado particularmente en el periodo 2005-2006. Prueba de ello es la obtención de logros y avances trascendentales en el corto plazo que no se han dejado de reconocer por las autoridades federales, ya que el pasado cuatro de octubre del presente año, el Ejecutivo federal haya reconocido y entregado el premio Hábitat 2006 al municipio de Puebla en la categoría de Mayor Impacto Social, por sus acciones en combate a la pobreza y marginación.

En palabras del Ejecutivo "Hábitat significa que las ciudades son los hogares de la humanidad y, por ello, la democracia debe concretarse en las calles y en el acceso a los servicios".

Por lo anterior podemos deducir que combatir la marginación en las ciudades del país, dotar de agua potable a las personas, alcantarillado, proporcionarle un lugar digno donde vivir, pavimentar las calles y caminos, llevar energía eléctrica y alumbrado público es el compromiso de un gobierno con sensibilidad social y buenas prácticas democráticas, pero para ello es indispensable un incentivo extraordinario para la implementación de este tipo de acciones para contribuir en la institucionalización de las experiencias de buen gobierno y gestión pública en los municipios de México.

Finalmente la ciudad de Puebla constituye el núcleo central de la IV zona metropolitana del país y es además el punto de enlace más importante entre el centro y el sureste del país.

En este contexto, los retos son mayúsculos y los recursos insuficientes.

Por lo anterior, someto a la consideración de esta soberanía, el siguiente

Punto de Acuerdo

Para el desarrollo y fortalecimiento de la infraestructura urbana del municipio de Puebla.

Único. Se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social del gobierno federal a considerar en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2007, las obras prioritarias siguientes, correspondientes al programa Hábitat:

Palacio Legislativo, a 6 de marzo de 2007.

Diputado Alberto Amador Leal (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, PARA QUE ESTA SOBERANÍA Y EL GOBIERNO FEDERAL IMPULSEN MEDIANTE UNA POLÍTICA DE ESTADO EL CONSUMO DE PRODUCTOS PESQUEROS Y ACUÍCOLAS NACIONALES, A CARGO DEL DIPUTADO LUIS FERNANDO RODRÍGUEZ AHUMADA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El suscrito, diputado federal por Sonora Luis Fernando Rodríguez Ahumada, miembro del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LX Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a esta honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión una proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

De las estadísticas publicadas por INEGI sobre "el consumo nacional de productos pesqueros y acuícolas", se desprende que el consumo de pescados y mariscos desde los años noventa ha ido a la baja, con excepción del año 2004, cuando con apoyo del gobierno federal a través de la Sagarpa-Aserca se realizó una campaña de promoción intensa, a raíz de la cual se incrementó el consumo promedio diario de dichos productos casi en un 6 por ciento durante el 2004-2005. De hecho, en la semana santa del 2005 se obtuvieron reportes de un incremento en ventas hasta del 10 por ciento, comparado con el mismo periodo del 2004. Por su lado, el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) reportó el consumo per cápita más alto de los últimos 11 años.

Por desgracia, se debe reconocer que el consumidor mexicano no posee una cultura definida de consumo de productos pesqueros y sí, en cambio, consume grandes cantidades de otros productos de mala calidad alimentaria, inducidos y estimulados mayormente por los efectos mercadotécnicos y publicitarios.

Es por demás evidente y comprobable el efecto que la mercadotecnia y las campañas de promoción causan en el gusto y la toma de decisión de los consumidores.

Sólo por citar un ejemplo: industrias y productos como el "atún enlatado", que hace 30 años tenían un mercado insignificante a nivel nacional, requirieron en los años ochenta de un esfuerzo de promoción gubernamental, que ahora lo posiciona como uno de los productos básicos y más demandados en la dieta de los hogares mexicanos.

En efecto, cálculos derivados de un estudio realizado por Ipsos-Bimsa (Buró de Investigación de Mercados) revela que con un esfuerzo consistente de 6 años continuos de campañas publicitarias se podría aumentar el consumo per cápita de los mexicanos hasta en 3 kilogramos. Esto que se escucha sencillo; significaría un incremento en el consumo y demanda de productos pesqueros y acuícolas superior a las 300 mil toneladas, lo que representa unos 6 mil millones de pesos para el mercado interno, así como importantes ahorros en el gasto del sector salud al incluir en la dieta de la población pescados y mariscos 3 veces por semana.

Según estadísticas publicitarias, para realizar una campaña de promoción de esta naturaleza se requerirían aproximadamente 200 millones de pesos anuales, que comparados con los beneficios para la industria antes mencionados, pero sobre todo, para la salud de la población, resulta una inversión costo-beneficio altamente rentable.

De hecho la política de salud en nuestro país busca afanosamente mejorar la nutrición de los mexicanos a fin de disminuir la incidencia de enfermedades, ¿pero como lograrlo? Llevamos años haciendo esfuerzos y la meta cada vez se ve más difícil. Y, por su lado, el consumo de pescados y mariscos va a la baja, cuando representan una rica fuente de minerales y vitaminas, además de ser un aporte rico en proteína de alta calidad.

Las especies como la trucha, el bagre y la sardina, por ejemplo, además de contener los atributos anteriores, son ricas fuentes de Omega 3, componente que se asocia con la disminución del riesgo de la depresión, el déficit de atención con hiperactividad y el síndrome bipolar entre niños, adolescentes y adultos, así como con el combate al desarrollo de enfermedades como el diabetes, la presión arterial alta y las enfermedades cardiovasculares.

Se estima que para el año 2015 seremos casi 10 millones de mexicanos más, incremento que nos obliga a tener la capacidad de proveer alimentos de alta nutrición para esta su nueva población, enfoque que, a su vez, tiene dos panoramas que el gobierno siga destinando recursos para tratar de curar personas con enfermedades costosas o buscar que las población asuma la importancia de tener mejores hábitos de vida y que, a su vez, tenga acceso a alimentos promotores de salud y bienestar.

Existen en México embarcaciones pesqueras, lanchas menores y granjas dedicadas a las actividades pesqueras y acuícolas. La producción proveniente de la acuacultura incrementa la oferta de productos pesqueros año con año y cada vez a menores precios. Pero de nada sirve cultivar, pescar, procesar y empacar los mejores pescados y mariscos si no tenemos un mercado fuerte que este dispuesto a consumirlos.

Por ello, como legisladores debemos hacer algo y apoyar inducir al gobierno a que tome cartas en el asunto.

Por lo anteriormente expuesto, propongo el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero: Se exhorta a ésta honorable Cámara de Diputados, a través de la Comisión de Pesca, a organizar un foro internacional para fomentar la concientización de la importancia del consumo de los productos del mar.

Segundo: Que esta honorable Cámara de Diputados exhorte al Poder Ejecutivo a impulsar, por su alto valor nutricional y las bondades en materia de salud, el consumo de los recursos pesqueros y acuícolas a través de las diferentes dependencias, con las posibilidades del presupuesto actual.

Tercero: Que esta honorable Cámara de Diputados, trabaje para conformar destinar en el presupuesto del año 2008, recursos suficientes para lograr una política de estado a favor del consumo de los productos del mar.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de marzo de 2007.

Diputado Luis Fernando Rodríguez Ahumada (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA A LA ASF A FISCALIZAR LOS RECURSOS DESTINADOS A LOS PROGRAMAS SOCIALES DE LA SEDESOL CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FISCAL DE 2006, A CARGO DEL DIPUTADO MIGUEL ÁNGEL PEÑA SÁNCHEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

El suscrito, diputado Miguel Peña Sánchez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 71, 73 y 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta al Pleno de esta honorable Cámara, con carácter de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con punto de acuerdo, con el objeto de que se exhorte a la Auditoría Superior de la Federación a realizar una auditoría a los recursos destinados a los programas sociales de Sedesol correspondientes al ejercicio fiscal 2006.

Consideraciones

1. Aunque sólo con medidas que impulsen la producción nacional y la justa distribución de la riqueza en el país se erradicará el flagelo de la pobreza, no debe tolerarse que los recursos destinados a los programas sociales de la Secretaría de Desarrollo Social se destinen a fines ajenos.

2. Que durante las pasadas elecciones federales fueron constantes las denuncias sobre el desvío de recursos millonarios de la Secretaría de Desarrollo Social hacia las campañas de Felipe Calderón y los candidatos a diputados y senadores del Partido Acción Nacional.

3. Que inclusive en mayo de 2006, es decir, con toda oportunidad, diputados del Grupo Parlamentario del PRD presentaron ante la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) una denuncia de hechos contra este uso electorero de los recursos de Sedesol.

4. Que en esa denuncia se señalaba, entre otros, el desvío de por lo menos 57 millones de pesos del Programa de Vivienda Rural a una organización fantasma de nombre Huehuetépetl Comunitaria, y de ahí se aplicaron electoralmente a favor de la campaña de Calderón. Todo indica que el uso de asociaciones fantasmas fue el mecanismo líder para este despojo de recursos a los programas sociales.

5. Que debemos tener memoria y no permitir la impunidad para hechos que agraven los esfuerzos de nuestro pueblo para caminar hacia un sistema más democrático y justo. Sobre todo cuando se trate de recursos que debieron destinarse a combatir la pobreza que golpea con fuerza a por lo menos la mitad de los mexicanos, traducida en problemas de desnutrición, analfabetismo, muerte infantil, vivienda y desempleo, entre otros. Lo que además ayudará a impedir en lo futuro la repetición de estos hechos delictivos.

6. Que igualmente en mayo de 2006, Fundar Centro de Análisis e Investigación, que coordinó el estudio conocido como Monitoreo de Programas Sociales en Contextos Electorales, realizado a petición del Comité de Transparencia del Consejo Consultivo de Sedesol, señalaba públicamente que estaban dadas las condiciones para el uso electoral de los programas sociales, que en las elecciones del 2 de julio de 2006 unos 4 millones de marginados estarían sujetos a ofertas clientelares, lo que "puede ser la diferencia entre ganador y perdedor de las próximas elecciones presidenciales"; también señalaba que la Sedesol desatendía las conclusiones y recomendaciones de su propio Consejo Consultivo, por lo que para Sedesol era intrascendente el blindaje electoral de los referidos programas.

7. Que en general, durante el anterior proceso electoral, se hizo uso de los recursos de Sedesol, indebidamente para la compra de votos, abusando de la pobreza de la gente.

Por todo lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados, con el carácter de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación a que, en ejercicio de sus atribuciones, realice una auditoría a los recursos destinados a los programas sociales de la Secretaría de Desarrollo Social correspondientes al ejercicio fiscal de 2006.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de marzo de 2007.

Diputado Miguel Ángel Peña Sánchez (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, RELATIVO AL DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER, A CARGO DE LA DIPUTADA YOLANDA RODRÍGUEZ RAMÍREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

La suscrita, diputada federal de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del PRI, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de este Pleno el siguiente punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El 8 de marzo es una fecha significativa para las mujeres, aunque existen diversas versiones del porqué este día está instituido como el Día Internacional de la Mujer.

Algunas establecen que surge a raíz del incendio de una fábrica neoyorquina que ocasionó la muerte de más de 120 obreras en la primera década de 1900; otras lo atribuyen a las celebraciones que el Partido Socialista Americano realizaba con objeto de reivindicar el derecho de las mujeres al sufragio.

Una más, manifiesta que el Día Internacional de la Mujer se celebró por primera vez el 8 de marzo en Rusia, para recordar que en 1917 las mujeres rusas se amotinaron ante la falta de alimentos, lo cual dio inicio al proceso revolucionario que acabaría en octubre de ese mismo año.

Independientemente del motivo, lo cierto es que la lucha de las mujeres no ha sido fácil en ninguna parte del mundo, y hemos tenido que realizar un doble esfuerzo para que nuestros derechos humanos y libertades fundamentales sean reconocidos plenamente.

En pleno siglo XXI, que es la etapa en la cual se asume la búsqueda de la consolidación definitiva de la civilización humana, fundada en la observancia cotidiana de los valores de la libertad y de la democracia, sin distingos materiales ni barreras ideológicas o culturales para todas las personas, es necesario precisar que este proyecto será siempre inconcluso si no se eliminan las graves barreras que aún enfrentamos las mujeres para nuestro desarrollo.

Indistintamente del tipo de sociedad o Estado que analicemos, en mayor o menor proporción existen aún atavismos, lagunas jurídicas y prejuicios inspirados en valores étnicos, religiosos y sociológicos que consideran que el destino único de las mujeres puede ser la servidumbre y la subordinación.

Por lo anterior, esta fecha permite la unidad de ambos géneros en los cinco continentes, a fin de superar la división de las fronteras nacionales, y las diferencias étnicas, lingüísticas, culturales y políticas para renovar las estrategias de lucha con el propósito de alcanzar los objetivos planteados en pro de la igualdad de las mujeres desde hace 90 años.

En las últimas tres décadas se han realizado esfuerzos mundiales importantes para la mejor inserción de las mujeres en el desarrollo. Las conferencias de México en 1975, Copenhague en 1980, Nairobi en 1985 y Beijing en 1995 marcaron pautas para traducir en las instituciones y generar políticas públicas para impulsar la participación activa de la mujer en la vida política, económica y social de las naciones.

De ahí se ha generado una verdadera visión global que suma a los pueblos en una autocrítica y en un compromiso compartido. Sucesivamente, ello ha permitido el reconocimiento jurídico de la igualdad entre mujeres y hombres; acciones en materia de educación, salud y empleo; el reconocimiento social de nuestros derechos humanos; y puntos concretos para luchar contra la discriminación, la pobreza extrema y alcanzar una mejor participación en la actividad transformadora de la política.

En México, desde el Congreso Feminista de Yucatán de 1916, la igualdad entre el varón y la mujer reconocida en la Constitución de 1917, el Código Civil igualitario de 1928 y el reconocimiento del derecho al voto en 1953 se ha desplegado una agenda pública específica para mejorar nuestra condición, aunque no suficiente, sí importante para avanzar.

Aún nos falta mucho por hacer, el Informe sobre la desigualdad entre géneros 2005 del Foro Económico Mundial refleja la amplia brecha de desigualdad entre hombres y mujeres en nuestro país. A pesar de lo logrado existen graves diferencias en educación, salud, oportunidades laborales, bienestar, participación social e integración política.

De 58 países, México ocupa el lugar 52 en la posición general, 51 en salud, 47 en participación económica, 45 en oportunidades económicas, 44 en educación y 41 en participación política.

La Primera Encuesta Nacional sobre Discriminación en México, de 2005, refleja que 94 por ciento de las mujeres coinciden en que hay discriminación contra su género y no se respetan sus derechos, como tener pago justo, trato igual ante la ley y vida libre de violencia. Revela también que los más graves problemas siguen siendo la violencia familiar, la pobreza y la falta de trabajo. Añadimos que en las instituciones que toman las decisiones públicas y que pueden impulsar la transformación de las condiciones de las mujeres hay rezago y, algunas veces, retroceso.

Estas consideraciones nos permiten señalar que es urgente una política de Estado transversal, que involucre a todas las instituciones públicas e implante medidas afirmativas que compensen las asimetrías sociales, económicas, culturales y políticas entre hombres y mujeres. De otra manera no podría haber una sociedad fundada en la igualdad y la justicia.

Es necesario asumir el compromiso de impulsar que la transversalidad de la perspectiva de género sea asumida por todas las instancias de la administración pública, en sus tres niveles, a fin de que la discriminación y la desigualdad puedan ser combatidas con eficacia.

Esta fecha debe permitir replantear y fortalecer las acciones públicas que garanticen para las mujeres trabajos dignos y bien remunerados; responsabilidades familiares compartidas y conciliadas en el ámbito laboral; respeto a la integridad física y psicológica en el trabajo y el hogar. Que se cumplan los acuerdos internacionales suscritos por el país en todas las materias; que se ponga fin a la impunidad en el tráfico de mujeres y en las acciones de explotación sexual; que se mejore la atención del embarazo de las adolescentes; que se abata el rezago educativo y, entre otras tareas, que se permita que arriben más mujeres a los cargos públicos.

Aprovecho este espacio para lanzar desde aquí un llamado a la reflexión, que el 8 de marzo no sea sólo un día de celebraciones sin contenido; por el contrario, debe ser un día en el que recapacitemos sobre lo que el sector más grande de la población en el país requiere.

Recordemos que un país en el que no son plenamente reconocidos los derechos de alguno de los grupos sociales no puede ser considerado un país plenamente democrático.

En tal virtud, someto a su consideración el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Exhortamos a las instituciones de gobierno, a los partidos políticos y a la sociedad en su conjunto a generar acciones para fortalecer los programas y las políticas públicas que tienen como objetivo eliminar las barreras que aún subsisten para la integración plena de las mujeres en todos los sectores de la economía, la cultura, el desarrollo social y la política, como una prioridad para el desarrollo equitativo de México.

Palacio Legislativo, a 6 de marzo de 2007.

Diputada Yolanda Rodríguez Ramírez (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA A LOS TRES PODERES DE LA UNIÓN A EFECTO DE QUE EN LOS ENCUENTROS QUE ORGANICEN CON CARGO AL ERARIO FEDERAL SE CONSUMAN SÓLO BEBIDAS NACIONALES, A CARGO DEL DIPUTADO HÉCTOR MANUEL RAMOS COVARRUBIAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El que suscribe, diputado federal por el estado de Baja California, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, bajo los siguientes

Considerandos

México tiene una historia vitivinícola antiquísima; incluso anterior a la conquista española, pues ya desde tiempos de la época prehispánica nuestros pueblos indígenas utilizaban las vides salvajes para hacer una bebida a la que agregaban otras frutas y miel; hasta la fecha, en algunos lugares, se elabora el vino de acachul con uvas y frutas silvestres. Tales vides salvajes (cimarronas) estaban cargadas de racimos, pero debido a su acidez no eran aptas para la producción de vino; existían especies diferentes de vides silvestres, como Vitis rupestris, Vitis labrusca y Vitis berlandieri, las cuales son diferentes de la Vitis vinífera europea, que es la especie de vid más apropiada para elaborar vinos de calidad.

Nuestro país en este sentido, podría ser pionero en todo el continente americano en la elaboración y producción de vino; sin embargo, su industria vitivinícola no se desarrolló como lo han hecho otras, como la del tequila. En últimas fechas, nuestros vinicultores han entrado a la elaboración, con gran éxito, de vinos de calidad, pues hoy día es necesaria la elaboración de vinos de alta calidad para poder competir con los que se producen alrededor de todo el mundo.

Ya durante la conquista y posteriormente durante la colonia los conquistadores y colonizadores españoles veían en el vino un artículo de primera necesidad, pues constituía parte fundamental de su consumo cotidiano; como alimento, como medicina y como reparador de fuerzas. Lo anterior, provocó un rápido incremento en la demanda de esta bebida, que se empezaba a comercializar en las tierras recién descubiertas.

La elaboración del vino tal como lo conocemos inició con la llegada de los misioneros evangelizadores, los cuales, por cuestiones prácticas y económicas, se dedicaron de inmediato al cultivo de la vid, pues requerían con urgencia de vino para consagrar y poder efectuar sus celebraciones religiosas.

La historia del vino en México se desenvolvió durante la Colonia, al ritmo de la colonización de los nuevos territorios; así, las primeras vides europeas que se plantaron en México fueron traídas por los conquistadores y misioneros españoles.

El viñedo de la Nueva España comenzó a extenderse a partir de la ciudad de México, capital del Virreinato, hacia las regiones septentrionales: Querétaro, Guanajuato y San Luis Potosí, alcanzando posteriormente un gran desarrollo en el Valle de Parras, Chihuahua, y luego Baja California y Sonora.

Una de las regiones reconocidas mundialmente por la calidad de su vid, es la de la península de Baja California, gracias al empeño y tenacidad de los misioneros jesuitas que transformaron los inhóspitos desiertos en zonas de viticultura, el cultivo de la uva acompañó su apostolado misionero. Sus sucesores, los franciscanos, avanzaron hacia lo que ahora es el estado de California, en Estados Unidos de América.

Fray Junípero de Serra estableció 21 misiones, las cuales se extendían de San Diego a Sonora; en los territorios de estas misiones se plantaron vides que hoy gozan de especial renombre internacional; esta variedad de uva plantada por los frailes adquirió una denominación especial, la uva misión; la cual es conocida con el nombre de "criolla" en toda Sudamérica.

Sin duda, el auge en el consumo de vino en nuestro país se dio durante la época de la colonia, no sólo por el hecho de que los colonos tuvieran una cultura de consumo de vino, sino también en parte al hecho de que el gobierno incentivaba la producción del vino; así, Hernán Cortés, gobernador de Nueva España, ordenó en 1524 que cada colono plantara mil pies de vid por cada cien aborígenes que tuviera. Por otro lado, es importante señalar que ya desde aquel tiempo se comenzó a practicar el injerto de la Vitis vinífera en cepas autóctonas, mediante métodos pioneros, pues esto no se hacía en ninguna otro parte del mundo.

Al aclimatarse los viñedos en los nuevos suelos, la producción se elevó, y la calidad del producto resultante mejoró de manera considerable, lo cual provocó que la corona española prohibiera la producción del vino en la Nueva España, temerosa de que, en un futuro el vino producido en las colonias desplazara por su precio y calidad al producido en la península Ibérica; de esta manera, la Ley XVIII, Titulo XVII, "De la Recopilación de las Indias", establecía la total prohibición de sembrar viñas en el territorio de la Nueva España; aunque se establecía que se podía seguir utilizando y explotando los viñedos existentes, lo cual sirvió para frenar la cultura vitivinícola de la Nueva España.

Los misioneros se negaron a acatar tan injusta disposición y continuaron difundiendo, si bien en pequeña escala, el cultivo de la vid y la elaboración del vino en la Nueva España; sin embargo, este esfuerzo fue insuficiente para contrarrestar los efectos de dicha disposición legal.

En el México independiente de finales del siglo XIX, la familia Concannon, pionera de la viticultura en California (Livermore Valley), persuadió al gobierno mexicano para que aprovechara el potencial vinícola del país e introdujo algunas docenas de variedades francesas en México. En el año de 1895, el gobierno mexicano se preocupó de extender la plantación de las vides, pero este esfuerzo no pudo ser continuo, debido, en gran parte, a los conflictos sociales que provocaban inestabilidad social en todo el país. En 1904 James Concannon abandonó México, pero seis años mas tarde otro vinificador californiano, Perelli Minetti, plantó otra gama de cepas en cientos de hectáreas cerca de Torreón.

Hacia 1900 gran parte de los viñedos mexicanos quedó destruida por la filoxera, al tiempo que el país atravesaba por problemas políticos y sociales que alcanzarían su clímax con la Revolución Mexicana de 1910. Estos dos hechos provocaron que la producción vitivinícola en nuestro país cayera estrepitosamente; fue hasta ya bien entrada la década de los años veinte cuando se empezó a recuperar la producción de vino nacional; por esta misma época se comenzó la producción semiindustrial del vino, el cual no se logró que tuviera buena calidad por diversos factores, entre los cuales estaban la faltaba de conocimiento de la vinicultura; el uso de equipo obsoleto y defectuoso y la inadecuada selección de variedades de vid. El producto, fruto de la inexperiencia y la falta de equipo adecuado, era vino blanco amarillento o tinto oxidado con defecto o exceso de dulzor o acidez en su sabor.

Ya para 1948 fue creada la Asociación Nacional de Vitivinicultores, que afilió inicialmente a quince empresas. En el periodo comprendido entre los años 1950 y 1954 se incorporaron catorce compañías más.

La situación general ha cambiado considerablemente a partir de los años setenta, por lo que el cultivo de la vid se ha incrementado. La implantación de variedades de uvas seleccionadas, la instalación de cavas de vinificación, los progresos de la ciencia enológica más moderna, el mejoramiento del nivel de vida de la clase media, así como los esfuerzos comerciales y educativos de las grandes marcas, han permitido colocar en el mercado productos de calidad, suscitando en el público un vivo interés hacia una nueva cultura de consumo del vino, lo cual contribuyó a que se triplicara la producción entre 1970 y 1980.

Este crecimiento sin precedente en la producción de vino fue debido en gran parte al hecho de que, en 1982, se cerraron las fronteras a la importación de vinos, lo cual trajo un breve lapso de bonanza para los vitivinicultores mexicanos; así, en 1987, uno de los últimos buenos años para los productores nacionales, se vendieron en México dos millones de cajas de vino (veinticuatro millones de botellas de 750 mililitros). De esa cifra, el noventa y ocho por ciento fue de vino nacional.

En la década de los setenta el consumo anual per cápita de vino en la Republica Mexicana era de un tercio de botella; subió en los ochenta a tres cuartas partes de botella para acabar en los noventa en dos botellas; sin embargo, este aumento en el consumo de vino, no ha representado beneficios para la industria vitivinícola de nuestro país, pues la entrada de los acuerdos de libre comercio que firmó nuestro país en la década de los noventa permitió la participación en el mercado nacional de vinos de muy mala calidad que desplazaron de la preferencia del público el producto nacional, por su bajo precio.

En la septuagésima Asamblea General del Vino, celebrada en México en 1980 por la Oficina Internacional del Vino, se reconoció en el ámbito mundial la creciente calidad de los vinos mexicanos; en ese momento existían más de veinte compañías productoras de vinos (con más de ochenta marcas diferentes) en el mercado nacional.

Hoy día, nuestra industria vitivinícola está dedicada, en gran parte, a la exportación de sus vinos, lo cual ha logrado gran éxito, debido a los altos estándares de calidad de sus productos; sin embargo, este incremento en la calidad del vino mexicano no se refleja en el aumento de su consumo interno ni en el nivel de producción nacional.

Nuestra industria vitivinícola, en un esfuerzo por sobrevivir a la globalización, crea nuevos vinos capaces de competir con los mejores de Europa, California y Australia; se han obtenido vinos blancos con aromas de fruta fresca y tintos con un color profundo y sabores y aromas intensos; para lo cual los productores nacionales han tenido que tecnificar sus plantas y capacitar a su personal; actualmente, por ejemplo, la temperatura de fermentación es controlada por computadora; las levaduras son producidas en laboratorios y la evolución de los caldos está supervisada por enólogos altamente capacitados para conocer cada uno de los pasos de la producción y elaboración del vino.

Así pues, compañeros diputados, como hemos podido observar, nuestra cultura vitivinícola ha sido sacudida por diversos acontecimientos de nuestra historia, lo cual ha impedido su pleno desarrollo. Es importante señalar que nuestra industria vitivinícola tiene una capacidad considerable de crecimiento, si tomamos en cuenta que el consumo mundial per cápita de vino sigue aumentando de manera significativa; una industria vitivinícola nacional fuerte, capaz de competir en el ámbito mundial será generadora de divisas en provecho de la economía nacional.

Es necesario apoyar nuestra industria vitivinícola mediante la implementación de acuerdos por medio de los cuales sólo se permita la compra de vinos de mesa nacionales para su consumo en los eventos que se efectúen con cargo al erario publico; se trataría de un magnifico primer paso para apoyar el consumo interno de nuestro vino nacional; lo anterior contribuirá, además, a fortalecer, en el mercado interno, a nuestros productores de vino, los cuales podrían competir de mejor manera para conquistar los mercados internacionales.

Otra ventaja de esta posible medida sería dar a conocer nuestros vinos en el ámbito internacional, para lo cual se utilizarían las embajadas de México para la promoción de nuestra industria vitivinícola; al establecerse la obligación de sólo adquirir vinos nacionales para ser consumidos en los eventos que se realicen con cargo al erario público estaremos convirtiendo nuestras embajadas en promotoras directas de nuestros excelentes vinos de producción nacional.

El vino mexicano sabe a la brisa del Mar de Cortés y sabe a Baja California, porque nueve de cada diez botellas de vino que se produce en el país nace de sus viñedos. Durante 2006 se produjeron cerca de un millón de 350 mil botellas de vino, por casas vitivinícolas ubicadas en el Valle de Guadalupe, esto representa el noventa por ciento de la producción nacional.

Aunque las 30 vinícolas bajacalifornianas integradas al padrón oficial han venido aumentando su producción gradualmente, todavía el consumo interno de vino se encuentra muy por debajo en las preferencias del público; aunado a lo anterior, hay que señalar la férrea competencia de los vinos importados con los que tiene que competir nuestro vino en el mercado nacional.

Es importante señalar que el consumo per cápita de vino en México, es de apenas 300 mililitros, cifra que resulta insignificante, si se compara con los 50 litros per cápita que consumen los países europeos; es por lo anterior que se hace necesario tomar medidas tendentes a promover el consumo del vino mexicano y a un cambio en la cultura de consumo de los mexicanos.

Debemos aprovechar las cualidades de la vid que se produce en la Baja California; una vez más, la situación geográfica de nuestro país nos ofrece una oportunidad privilegiada, pues el clima en que se desarrolla esta vid es muy semejante al que tiene la vid que se produce en el Mediterráneo europeo, lo que la hace perfecta para producir vinos de alta calidad. Compañeros diputados, si somos capaces de impulsar el desarrollo vitivinícola de esta región privilegiada del país, estaremos creando un polo de desarrollo económico que sin lugar a duda, traerá riqueza para todo México.

Tenemos que encontrar los mecanismos necesarios para apoyar el auge que actualmente vive nuestra industria vitivinícola; prueba de ello, son las 25 casas vinícolas que surgieron en menos de diez años en Baja California, así como el hecho de que el consumo y la demanda nacional se encuentren en constante crecimiento. Con el aumento en la demanda, las tres mil hectáreas que actualmente se siembran en el Valle de Guadalupe serán insuficientes para atender las exportaciones y el consumo nacional.

Actualmente, el cultivo de vid en esta región del país se encuentra en su límite de producción; se cosecha tempranillo, cabernet souvignon, merlot, chenin blanc, chardonay, y se encuentran en desarrollo las uvas sirah y nebbiol; sin embargo, según datos de la industria vitivinícola, es necesario duplicar la producción de vid para estar en posibilidades de competir en precio con los productores extranjeros.

La medida que propone este punto de acuerdo es simple; no implica ningún costo extra para nuestro gobierno y es de fácil aplicación, pero seguramente representará para toda nuestra industria vitivinícola una medida de gran apoyo que seguramente sabrán valorar y reconocer.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo para que sólo se adquieran vinos nacionales para ser consumidos en los eventos que se realicen con cargo al Presupuesto de Egresos de la Federación.

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a los tres Poderes de la Unión a establecer los mecanismos jurídicos y administrativos necesarios a fin de que, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, obliguen a sus diferentes órganos de gobierno a adquirir únicamente vinos de mesa de producción nacional para su consumo en los eventos realizados con cargo al Presupuesto de Egresos de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de marzo de 2007.

Diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A INCORPORAR EN EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO LAS PROPUESTAS SOBRE SOBERANÍA ALIMENTARIA CONSIDERADAS EN LA DECLARACIÓN DEL ZÓCALO, A CARGO DE LA DIPUTADA ADRIANA DÍAZ CONTRERAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

La que suscribe, diputada federal a la LX Legislatura integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, con base en los siguientes

Considerandos

La brutal alza de los productos de consumo básico, encabezada por el incremento de la tortilla, de inmediato mostró el rechazo de la población. Los índices de aceptación del gobierno de Calderón se fueron a la baja y la población inconforme salió a la calle.

El pasado 31 de enero, conmemorando la marcha del "Movimiento el Campo no Aguanta Más", presenciamos en la Ciudad de México a decenas de miles que salieron a manifestar su descontento. Una manifestación plural encabezada por las organizaciones campesinas, desde la CNC, el Barzón, el Consejo Nacional de Organizaciones Rurales y Pesqueras (Conorp) que agrupa a 15 organizaciones, el Consejo Nacional de Organizaciones Campesinas (Conoc) integrada por otras seis organizaciones, CAP, CNPA y otras. Enseguida el movimiento obrero: miles de trabajadores del Frente Sindical Mexicano, encabezado por el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), contingentes de la Unión Nacional de Trabajadores (UNT), del Seguro Social, telefonistas, pilotos, tranviarios. Finalmente, los ciudadanos agrupados por barrios, gremios, partidos políticos.

La exigencia de esta gran movilización fue la construcción de un nuevo pacto social que modifique la política económica, asegure la alimentación, el empleo, la soberanía sobre los bienes nacionales y frene la exclusión y represión. Demandas que no deberían estar debatiéndose en las calles sino en las mesas de trabajo de los nuevos funcionarios y entre la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo. Sin embrago, con gran preocupación observamos un distanciamiento entre los discursos y las acciones del Ejecutivo y las demandas del movimiento social.

Los últimos días de febrero se lanzó la "semana del campo", con una serie de actos mediáticos en los que además de tener la oportunidad de apreciar la poesía del secretario de Agricultura tratando de hacernos entender que los campesinos son ¡iguales a nosotros!, la máxima oferta presentada fue la continuidad del Procampo.

La situación nacional, y en particular la del campo, requiere con urgencia transformaciones profundas. El modelo neoliberal ha desmantelado la base productiva, dejando las grandes decisiones sujetas a las supuestas libres fuerza del mercado. Nuestro devenir no puede seguir dependiendo de intereses comerciales y particulares, tampoco podemos continuar ganando los primeros lugares de la lista de millonarios del mundo mientras crece la pobreza de manera lacerante.

Dejar nuestra alimentación sujeta al esquema de las "ventajas comparativas" significa que el día de mañana nuevamente aumente de manera desmedida el precio de los alimentos, y que además lleguen a faltar éstos. La transformación del objetivo central de la agricultura, de productora de alimentos a productora de combustibles, augura un escenario mundial de escasez de alimentos, y como nación debemos prepararnos para ello. Por eso no basta anunciar la continuidad de las mismas medidas que llevaron a 3.4 millones a emigrar en el sexenio pasado; urgen nuevos planteamientos estructurales enmarcados en un nuevo pacto social.

Sin embargo, a un mes de la movilización y a tres del nuevo gobierno, no observamos acciones responsables en este sentido, y como legisladores estamos sumamente preocupados, porque nuestro propósito es que el país avance en un esquema de justicia y paz. Y por el contrario, pareciera que se actúa para exacerbar el descontento social.

Producto de la movilización del 31 de enero se realizó una reunión con los dirigentes de las organizaciones sociales y los titulares de las Secretarias de Economía, del Trabajo, y de Agricultura. Aun cuando las organizaciones, particularmente en el tema del campo, han presentado una propuesta detallada y fundamentada sobre soberanía alimentaria que busca enfrentar la grave crisis alimentaria que vive el país y sienta las bases para una reorientación de fondo de la política agrícola, comercial y alimentaria de conformidad con el derecho a la alimentación de los mexicanos y la seguridad nacional, la respuesta del Ejecutivo ha sido evasiva y demagógica.

Frente a la demanda del Programa Emergente y Permanente de Apoyo a la Producción de Granos Básicos, responde con la existencia de mayor presupuesto para el campo; en este punto debemos recordarle al Ejecutivo, una vez más, que el incremento de recursos obedece a la decisión de este Poder Legislativo. Señalan en su respuesta a las organizaciones que "se recupera el ritmo de crecimiento del sector, de manera similar al de la economía en general", y nos preguntamos: ¿crecimiento que beneficia a quién? Porque más adelante afirma: "México es autosuficiente en maíz blanco", y entonces ¿por qué el encarecimiento de la tortilla?

La siguiente demanda profundiza este punto: aplicación de la ley y cárcel a especuladores. La respuesta reconoce que "es necesario aplicar la ley"; sin embargo, se plantean medidas dilatorias y señalan que a la fecha se "ha a emplazado a tortillerías que han incurrido en faltas". Al hablar de especuladores sabemos a quiénes nos estamos refiriendo, se ha dicho, está documentado, incluso se ha demostrado el apoyo que el mismo Ejecutivo les ha dado para exportar maíz cuando se sabía del incremento de precios, o bien, para mantener un precio de la tortilla que exterminará a los pequeños productores. Resulta evidente el apoyo irrestricto a los grandes monopolios y la ilegalidad en la que actúan, Maseca compró el año pasado la empresa Agroinsa aun cuando la Comisión Federal de Competencias hizo señalamientos sobre las implicaciones que esto tendría. La exigencia son acciones puntuales y efectivas que contrarresten un poco esta profunda desigualdad en que vivimos; no podemos continuar observando la firma de un supuesto acuerdo con quien, sabemos, infringe la ley y lucra con el alimento de los mexicanos.

En el mismo sentido, cuando se demanda abrir las negociaciones para revisar y modificar los términos del capítulo agropecuario del TLCAN, el planteamiento parte de la iniquidad en que vivimos en México. Se argumenta que en 2006 se solicitó al gobierno de los Estados Unidos y de Canadá la revisión del Capítulo Agropecuario del TLCAN, recibiendo respuesta negativa por parte de ambos gobiernos. Además se dice que se podría afectar a productos mexicanos que son altamente competitivos –frutas y hortalizas, que además son las mayores generadoras de jornales en el campo–; olvidan señalar que son estos niños jornaleros los que mueren atropellados por un tractor o fumigados con los peores pesticidas; por otra parte, sería bueno saber quiénes se benefician de la exportación de estos productos.

La responsabilidad que como representantes populares tenemos, así como la inminente necesidad de atender las justas demandas del movimiento social, nos obliga a adherirnos a las Propuestas sobre Soberanía Alimentaria de las organizaciones signatarias de la Declaración del Zócalo y a exhortar al Ejecutivo a la atención a éstas en aras del mantenimiento del orden social.

Por lo anterior, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

De urgente y obvia resolución

Primero. Se exhorta al Poder Ejecutivo a que se incorporen las Propuestas sobre Soberanía Alimentaria de las organizaciones signatarias de la Declaración del Zócalo en el Plan Nacional de Desarrollo.

Segundo. Asimismo, respeto a la división de poderes, exhortamos a la Secretaría de Economía y a la Secretaría de Agricultura a que en la próxima visita del secretario de Agricultura de Estados Unidos, Mike Johanns, se plantee la exclusión del maíz blanco y el frijol del TLCAN, en virtud de la grave situación alimentaria que vive el país.

San Lázaro, a 6 de marzo de 2007.

Diputada Adriana Díaz Contreras (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A REVISAR MEDIANTE LA SCT Y LA SHCP EL PROCESO ADMINISTRATIVO DE AUTORIZACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA EN INFRAESTRUCTURA, A CARGO DEL DIPUTADO MARTÍN MALAGÓN RÍOS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el suscrito diputado federal Martín Malagón Ríos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LX Legislatura, presenta ante esta Soberanía el siguiente punto de acuerdo, que exhorta al Ejecutivo federal, en particular a las secretarias de Comunicaciones y Transportes y de Hacienda y Crédito Público para que en el ámbito de sus respectivas competencias, coadyuven en la revisión del proceso administrativo de autorización de proyectos de inversión pública en infraestructura para los que se asignan recursos en el presupuesto de egresos de la federación, a fin de hacerlo más expedito y de menor costo, basado en las siguientes

Consideraciones

1. De acuerdo a lo establecido en el último análisis de políticas comerciales llevado a cabo por la Organización Mundial de Comercio para el país: "México se ha convertido en un ejemplo del papel que el comercio y la inversión extranjera pueden desempeñar como catalizadores de la modernización económica y el crecimiento de un país." En otras palabras, México se ha convertido, en un interlocutor comercial y polo de atracción de inversión extranjera cada vez más importante a nivel mundial.

Hasta noviembre de 2006, el comercio de mercancías entre México y Estados Unidos por vía terrestre, ascendía a más de 24 mil millones de dólares, con un crecimiento mayor a 11 por ciento con respecto al mismo mes de 2005. Asimismo las exportaciones hacia dicha nación crecieron 13.4 por ciento, durante el mismo periodo. Con ello, el país se encuentra en la antesala de un selecto grupo de países exportadores entre los que destacan: Alemania, Japón, Estados Unidos y otras potencias comerciales.

Esto demanda que las autoridades tomen todas las medidas posibles, para propiciar que una actividad que le reporta crecimiento al país tenga todas las facilidades para su óptimo desempeño.

2. Por otra parte, es un hecho documentado que en México son las entidades federativas mejor comunicadas con el vecino país del norte, las que más efectivamente han podido aprovechar los beneficios de la apertura comercial. En este sentido, vale la pena mencionar que es en la población de dichas entidades en la que se observan más altos niveles de ingreso, mayor escolaridad, y mejores niveles de salud.

Este es un motivo suficiente para la reflexión, los legisladores debemos de ser facilitadores de la inversión en infraestructura que tantos beneficios trae al país. Es esencial que a fin de lograr un país competitivo y generador de empleo, la inversión en infraestructura encaminada a promover nuestro comercio con el resto del mundo, tenga el apoyo y las facilidades que tanto necesita.

3. Me permito exponer lo anterior ante esta soberanía porque considero que si bien el gobierno federal ha sido un decidido promotor de la competitividad y del empleo, es desde aquí donde podemos mejorar las condiciones para que la inversión en infraestructura nos pueda mostrar el camino hacia un México más prospero y creador de riqueza.

En la actualidad, los procedimientos utilizados en el país por el sector comunicaciones y transportes, satisfacen altos estándares de calidad a nivel mundial. No obstante, consideramos que la normatividad vigente presenta áreas de oportunidad que la pueden hacer más clara, pero sobre todo más sencilla para facilitar la construcción de infraestructura, que nos permita alcanzar mayores niveles de competitividad.

4. Actualmente, el proceso de elaboración y presentación de proyectos de infraestructura carretera ante las dependencias del gobierno federal, constituyen por si mismo un proceso que garantiza los estándares de calidad y seguridad. Por ello, el tema que enfatizo, es el siguiente: La edificación de obra pública, de infraestructura en México, requiere hoy en día pasar por cinco etapas técnico-administrativas que garantizan por si mismas sus estándares de calidad. En cada una de éstas, grupos de expertos altamente calificados se hacen responsables de las evaluaciones técnicas, que al efecto emiten. Por tal motivo, consideramos que existe la posibilidad de simplificar el procedimiento administrativo asociado a la asignación por parte de la federación a obras de infraestructura.

En virtud de lo expuesto, me permito presentar ante esta honorable Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Ejecutivo federal, en particular a las secretarías de Comunicaciones y Transportes, y de Hacienda y Crédito Público para que en el ámbito de sus respectivas competencias, coadyuven en la revisión del proceso administrativo de autorización de proyectos de inversión pública en infraestructura, para los que se asignan recursos en el Presupuesto de Egresos de la Federación, a fin de hacer lo más expedito y de menor costo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de marzo de 2007

Diputado Martín Malagón Ríos (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE CONDENA LA NO ACREDITACIÓN EN CUBA DE CORRESPONSALES DE DIVERSOS PERIÓDICOS, SUSCRITA POR DIVERSOS DIPUTADOS DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

Quienes suscriben, Alejandro Landero Gutiérrez, María Eugenia Campos Galván, Obdulio Ávila Mayo, Rogelio Carbajal Tejada, Gustavo Parra Noriega, diputados federales del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LX Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución por el que se condena la no acreditación en Cuba de corresponsales de los periódicos El Universal de México, César González Calero; de la BBC británica, Stephen Gibbs; The Chicago Tribune de Estados Unidos, Gary Marx. Toda vez que esto implica una violación del derecho humano a la libertad de expresión, en virtud de las siguientes:

Consideraciones

Todo país que busque fortalecer un ámbito de cooperación está obligado a garantizar el derecho a la libertad de expresión.

A nivel internacional este derecho se encuentra inscrito en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que a la letra dice: "Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión."

Esta declaración fue adoptada y proclamada por la resolución de la asamblea general 217 A del 10 de diciembre de 1948, la cual fue publicada por todos los países miembros a petición de la asamblea.

Otro instrumento internacional que resalta la importancia al respeto de la libertad de pensamiento es el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, del cual cito el artículo 19 segundo párrafo: "Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección."

Los hechos suscitados en días pasados en la isla de Cuba, referentes al retiro de acreditación a corresponsales de la BBC británica, Stephen Gibbs; The Chicago Tribune, Gary Marx y del diario El Universal de México, César González Calero, son reprobables por coartar la libertad de prensa y el libre pensamiento. Esto sucedió en el marco de reacreditación por parte del Centro Internacional de Prensa (CIP), organismo del que dependen los corresponsales extranjeros en la isla, donde actualmente existen 180 periodistas de 136 medios de 38 países.

La razón para no renovar la acreditación del reportero César González Calero se debió, según el Centro Internacional de Prensa, a que su forma de enfocar la situación cubana no es la que más le conviene al gobierno cubano. De igual manera se expresó este centro respecto a los otros periodistas.

Este acto sin precedente ha levantado la voz no sólo al interior del país, ya que la organización internacional Reporteros sin Fronteras, con sede en París, protestó porque al régimen cubano le cuesta mucho entender que la prensa no es un instrumento de propaganda.

A su vez, la Sociedad Interamericana de Prensa, The New York Times y The Miami Herald, por mencionar algunos, señalaron que fue una medida errónea por parte del gobierno cubano.

El propio director del citado periódico mexicano se ha referido a dicho acto como una expulsión técnica de su corresponsal, ya que la única razón por la que no estará obligado a abandonar el territorio cubano es por estar casado con una ciudadana de ese país, pero estará impedido para ejercer cualquier actividad periodística. De tal suerte que sus colegas Gibbs de la BBC y Marx de The Chicago Tribune, tendrán que abandonar La Habana a partir del 28 de febrero, fecha en la cual sus credenciales como corresponsales dejarán de tener validez.

Nosotros condenamos el hecho y exhortamos al gobierno de Cuba a que dentro de su soberanía reconsidere lo ocurrido, ya que, para que una nación sea plenamente democrática debe de garantizar la libertad en todos los sentidos.

Por lo anterior, se somete a la consideración del Pleno de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Por el que se condena la no acreditación en Cuba de corresponsales de los periódicos El Universal de México, César González Calero; de la BBC británica, Stephen Gibbs; The Chicago Tribune de Estados Unidos, Gary Marx. Toda vez que esto implica una violación del derecho humano a la libertad de expresión.

Palacio Legislativo de San Lázaro, Cámara de Diputados, a 1 de marzo de 2007.

Diputados: Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica), María Eugenia Campos Galván, Obdulio Ávila Mayo (rúbrica), Rogelio Carbajal Tejada (rúbrica), Gustavo Parra Noriega (rúbrica).
 
 







Excitativas
A LA COMISIÓN DE RÉGIMEN, REGLAMENTOS Y PRÁCTICAS PARLAMENTARIAS, A SOLICITUD DE LOS DIPUTADOS ALEJANDRO LANDERO GUTIÉRREZ Y MARGARITA ARENAS GUZMÁN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

Los suscritos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, respetuosamente le solicitan, que en uso de la facultad que le confiere la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite en nombre de la Cámara, a la Comisión de Gobernación, a que presente el dictamen de la iniciativa presentada por los diputados de la LIX Legislatura, Adriana González Carrillo y Rodrigo Iván Cortes Jiménez, en la sesión de la Comisión Permanente el día 6 de abril del año 2006, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primera. El Presidente de la Mesa Directiva tiene la facultad, conforme a la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de excitar a las comisiones a nombre de la Cámara a que presenten dictamen si han transcurrido cinco días hábiles después de que se les turnó un asunto y, si no fuere suficiente, la emplazará para día determinado y, sí ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Segunda. Es el caso, que el día 6 de abril del año 2006, la Presidencia de la Mesa Directiva de la LIX Legislatura turnó a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, la iniciativa de decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, el nombre del poeta y ensayista mexicano Octavio Paz, la cual se fundamenta y motiva a continuación.

Tercera. Es de señalarse que ha transcurrido casi un año y la comisión referida, no ha presentado al Pleno de esta Cámara el dictamen respectivo, incumpliendo así con lo establecido por el Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que establece cinco días hábiles después de que se les turnó un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazará para día determinado y, sí ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Consideraciones

Nacido el 31 de marzo de 1914 en la Ciudad de México, Octavio Paz Lozano, hijo de Josefina Lozano y Octavio Irineo Paz un simpatizante de la Revolución Mexicana y cercano a Emiliano Zapata, comenzó a escribir poesía desde niño y reflexiones de tipo ensayístico desde la adolescencia.

Estudió en la Facultad de Derecho de la UNAM, a los 17 años publicó sus primeros poemas, lo que le permite posteriormente obtener la beca Guggenheim viajando a Estados Unidos para estudiar poesía. Más tarde en 1944, ingresa al Servicio Exterior Mexicano, cumpliendo distintas misiones diplomáticas en Estados Unidos, al finalizar la Segunda Guerra Mundial, Paz parte a Paris, en donde permanece como agregado cultural hasta 1951, país en donde conoce a André Breton y a Albert Camus, entre otros grandes intelectuales de la época.

Entre 1952 y 1953 participó en importantes misiones diplomáticas en Asia y Suiza, donde entró en contacto con la literatura local, a lo largo de la década de los sesenta la obra de Paz adquiere una madurez prosística notable, una definición integral de su discurso narrativo y, sin duda, una filosofía política a favor de la libertad y la democracia que hicieron una enorme contribución a México.

En 1963, Paz es designado embajador de México en la India, cargo que desempeño con un gran profesionalismo hasta su renuncia en 1968 a causa de su indignación ante la matanza de estudiantes en Tlatelolco. Quedando probada su calidad como demócrata y defensor de la libertad frente a la represión estudiantil del 2 de octubre de aquel año, sufrida a manos del gobierno, Paz se unió a la indignación y condena general e hizo pública su renuncia al cargo de embajador de México en la India, en la cual deja en claro su sentimiento de tristeza y cólera. Renuncia en la que señaló que "el desarrollo social y económico debe traer como consecuencia la participación más directa, amplia y efectiva del pueblo en la vida política. Concibo esa participación como un diálogo plural entre el gobierno y los diversos grupos populares. Es un diálogo que, de antemano, acepta la crítica, la divergencia y la oposición. Pienso no sólo en el proceso electoral y en otras formas tradicionales y predominantemente políticas, tales como la pluralidad de partidos".

Y ante todo dejó muy en alto su carácter de representante mexicano al dejarle muy en claro al entonces secretario de Relaciones Exteriores su postura como embajador y como mexicano:

"No quisiera decir aquí, en donde he representado a mi país por más de seis años, lo que no tendré empacho en decir en México: No estoy de acuerdo en lo absoluto con los métodos empleados para resolver, en realidad, reprimir, las demandas y problemas que ha planteado nuestra juventud".

Paz escribió grandes obras de la literatura hispanoamericana como El laberinto de la soledad, El arco y la lira, Marcel Duchamp o El castillo de la pureza, Renga, El mono gramático, El ogro filantrópico, Ladera este, Tiempo nublado, Sor Juana Inés de la Cruz o Las trampas de la fe y la obra de teatro La hija de Rappaccini entre muchas otras que el poeta y ensayista mexicano escribió a lo largo de su prolífica vida, además fue fundador de las revistas Taller, Hijo pródigo, Plural y Vuelta, las dos últimas fueron revistas literarias y de análisis político, que efectivamente abrieron brecha en un escenario editorial y periodístico que necesitaba de voces independientes y críticas del poder.

Octavio Paz fue reconocido a nivel internacional por su calidad literaria dejando muy en alto el nombre de nuestro país, siendo no sólo un gran diplomático del Servicio Exterior Mexicano, sino como un verdadero embajador de la cultura, la literatura y la sociedad mexicana, lo que lo llevó a ganar múltiples premios como el Gran Premio Internacional de Poesía, el Premio del Festival de Poesía de Flandes, el Premio Jerusalén de Literatura, el Gran Águila de Oro del Festival Internacional del Libro en Niza, el Premio Miguel de Cervantes, el Premio Internacional Menéndez Pelayo, el Premio Alexis de Tocqueville y, desde luego, el Premio Nóbel de Literatura en 1990, distinción nunca antes concedida a ningún mexicano, el Premio Príncipe de Asturias en 1993 y la Gran Cruz de la Legión de Honor Francesa en 1994.

El 19 de abril de 1998, a la edad de 84 años, fallece Octavio Paz en la Ciudad de México. Con su partida, Octavio Paz ha dejado un legado literario invaluable tanto para México como para la humanidad. Con su muerte desaparecía una de las figuras intelectuales de mayor renombre y uno de los grandes poetas de la lengua castellana, pero también, uno de los más importantes ideólogos de la transición democrática en México y, sin duda, uno de los más fuertes impulsores del cambio político y social en nuestro país.

El doctor en Derecho y maestro en Filosofía, Juan Federico Arriola, plasmó en la revista Istmo, número 236, de manera muy clara, la importancia de Paz en la vida contemporánea de México, "como intelectual enriqueció a México, como poeta tuvo el valor de explorar con la pluma y la imaginación realidades humanas con detalle de humanista. Paz tuvo la conciencia de que el silencio si bien es docto, en ciertas ocasiones puede ser imprudente, cuando lo importante es pronunciarse en contra de situaciones que lastiman la dignidad humana".

Paz fue un demócrata convencido de la necesidad de acabar con el autoritarismo tanto en México como en Europa del este. Fue un hombre comprometido, desde su trinchera intelectual, con dar fin a los regímenes de partido único tanto en México como en la Unión Soviética. Fue un enemigo acérrimo del presidencialismo y sus excesos, defensor de la modernización de la política y la economía de México y un convencido de revisar la historia para encontrar lecciones útiles al presente, pero además se enfrentó a intelectuales e incluso políticos de México que daban crédito al régimen de cubano: "todos ellos, voluntariamente, han escogido no ver lo que sucede en Cuba, ni oír las quejas de las víctimas de una obvia dictadura", decía Octavio Paz en Tiempo nublado y subrayaba que "la actitud de estos grupos y personas no difiere de la de los estalinistas de hace 30 años; algunos, un día, se avergonzarán, como aquellos, de lo que dijeron y de lo que callaron." Cuanta vigencia tienen estas palabras para la actual actitud de algunos políticos con la discrepancia hacía sus ideas.

Por todo esto es que no hay mayor homenaje y distinción que podamos hacer para un mexicano destacado como Octavio Paz que inscribir con letras de oro su nombre en el Muro de Honor del salón de sesiones de este Palacio Legislativo de San Lázaro, con motivo del aniversario XVI del Premio Nóbel obtenido por Octavio Paz el día 10 de diciembre de 1990, para orgullo de todos los mexicanos.

Por lo anterior, y con los fundamentos jurídicos expuestos, se pone a consideración del Pleno la siguiente

Excitativa

Único. En los términos de lo dispuesto por el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite y envíe el presente documento a la Comisión de Reglamentos y Prácticas parlamentarias para que se presente el dictamen respectivo a la iniciativa de decreto para inscribir, con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, el nombre del poeta y ensayista mexicano Octavio Paz, presentada por los diputados Adriana González Carrillo y Rodrigo Iván Cortés Jiménez integrantes de la LIX Legislatura a nombre del Grupo Parlamentario de Acción Nacional.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de marzo de 2007.

Diputados: Alejandro Landero Gutiérrez, Margarita Arenas Guzmán (rúbricas).
 
 
 

A LAS COMISIONES DE JUSTICIA; DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO; Y DE POBLACIÓN, FRONTERAS Y ASUNTOS MIGRATORIOS, A SOLICITUD DEL DIPUTADO JAIME VERDÍN SALDAÑA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El que suscribe, diputado federal Jaime Verdín Saldaña, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en la dispuesto por los artículos 21, fracción XVI, 87 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita respetuosamente de esta Presidencia, tenga a bien formular una excitativa a las comisiones de Justicia, de Hacienda y Crédito Público, y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, a efecto de que se dictaminen a la brevedad posible para su presentación ante el Pleno de este órgano legislativo, la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada en materia de combate al contrabando, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. El 12 de noviembre de 2002, los ciudadanos Fauzi Hamdan Amad y Ricardo Alaniz Posada, senadores de la República del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentaron la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, que, como lo señalan en su exposición de motivos, tiene el propósito de dotar a las autoridades, de mayores atribuciones que les permitan combatir y erradicar el delito de contrabando, por medio de las modificaciones al marco legal, para establecer las bases que posibiliten la adopción de estrategias que enfrenten eficazmente este fenómeno, por los efectos negativos que produce a la economía del país; esta iniciativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Justicia, de Hacienda y Crédito Público, y de Estudios Legislativos, de la Cámara de Senadores con fecha 14 de noviembre de 2002.

Segundo. El 19 de noviembre de 2002, los ciudadanos Enrique Jackson Ramírez y Antonio García Torres, senadores de la República del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentaron la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, con el fin de combatir el delito de contrabando, por los efectos nocivos que produce a la economía del país, ya que origina grandes pérdidas pecuniarias a las industrias que se dedican a la producción de bienes y servicios; esta iniciativa, con fecha 21 de noviembre de 2002, fue turnada para su estudio y dictaminación a las Comisiones Unidas de Justicia, y Estudios Legislativos, de la Cámara de Senadores.

Tercero. Con fecha 10 de diciembre de 2002, fue votado y aprobado el proyecto de decreto que reforma la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada por el Pleno del Senado de la República y enviada por el Presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Senadores a la honorable Cámara de Diputados, para los efectos constitucionales.

Cuarto. El 11 de diciembre de 2002, el Presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados, turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, ahora Comisión de Justicia, la minuta con proyecto de decreto que reforma la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para su análisis y dictaminación.

Quinto. Con fecha 13 de febrero de 2004, se amplió el turno a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para el estudio de esta minuta, y posteriormente se amplió a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios.

Consideraciones

Actualmente, el contrabando mundial, en donde México no es la excepción, constituye uno de los rostros más nocivos de la globalización del comercio internacional, porque ocasiona graves daños a las economías nacionales inundadas con esos productos que no pagan impuestos y provocan la pérdida de millones de empleos formales en diversos sectores, problema que se ha agravado en México en los últimos años, basta saber que las industrias textil, del calzado, jugueteras y fonográficas se encuentran entre las más perjudicadas por el contrabando y la piratería.

Lo anterior se hace patente con las estimaciones de la Unión Nacional de Federaciones y Sindicatos de la Industria Textil, que resaltan que 60 por ciento del mercado de prendas de vestir en el país lo acaparan productos introducidos de contrabando, en tanto que un estudio del Grupo de Economistas y Asociados (GEA) establece que el consumo de ropa en México asciende a 16 mil 295 millones de dólares, de los cuales 9 mil 451 millones se comercializan por canales ilegales. Esta situación ha provocado la pérdida de más de 140 mil empleos.

Por su parte, en el sector del calzado se calcula que al año ingresan unos 250 millones de pares de zapatos, gran parte de los cuales provienen de China, situación que ha provocado la pérdida de más de 100 mil empleos directos.

El arancel a las importaciones de calzado que se aplican a las naciones con las que México no tiene acuerdos comerciales es de 35 por ciento, mientras que las provenientes de Estados Unidos no pagan arancel, de ahí que gran parte del calzado de contrabando que ingresa y proviene de China, el mayor productor a nivel mundial, se realicen mediante la triangulación para evitar el pago de impuestos.

En el ramo juguetero, en el que México se ha convertido en uno de los mercados más codiciados en el mundo, la invasión asiática ha provocado el cierre de más de 70 por ciento de las fábricas nacionales, por lo que en la actualidad sólo 42 han logrado sobrevivir de las 400 que había registradas en 1985.

En suma, el contrabando ha dejado en nuestro país un saldo catastrófico por la pérdida de miles de empleos, el cierre de fábricas, la afectación a la recaudación fiscal y lo que es más, la proliferación del crimen organizado en este tipo de redituables actividades ilícitas, que ha visto en este aspecto un campo de acción fértil, aunado a que el contrabando está fuertemente ligado a otros delitos graves como la piratería, venta de mercancía robada y adulteración de productos como licores y perfumes.

En razón de lo anterior, surge la necesidad de implementar medidas para combatir el contrabando y particularmente el de fortalecer el marco jurídico punitivo para sancionar más severamente este tipo de conductas, particularmente cuando el crimen organizado participa en él, toda vez que el contrabando asociado al crimen organizado daña y pone en peligro bienes y valores de mayor importancia, tanto para la planta productiva nacional como para la industria, así como para el fisco, en virtud de que la capacidad de las organizaciones criminales dedicadas al contrabando y su delitos conexos supera en mucho a una actividad individual.

En tal virtud, la minuta materia de la presente iniciativa plantea fortalecer el combate de este tipo de delitos, estableciendo la posibilidad de que cuando se actualicen los supuestos legales necesarios al efecto, pueda aplicarse el régimen especial de la delincuencia organizada, el cual prevé disposiciones sustantivas y adjetivas más severas que las aplicables a la delincuencia común.

Lo anterior en virtud de que es sabido que, en el contrabando, participan una pluralidad de sujetos que van desde empresarios, productores, distribuidores e incluso algunos gobiernos; que opera un mercado global de contrabando que funciona y se fortalece con protección legal y física en los países invadidos por millones de toneladas de productos que ingresan por sus fronteras y puertos, y terminan la mayoría de las ocasiones en la economía informal y no pocas en el comercio legal, por lo tanto es una exigencia nacional castigar severamente a todos los que de una forma u otra, dolosamente intervengan o favorezcan las actividades de contrabando.

Consideraciones de Derecho

1. Desde el día 11 de diciembre de 2002 a la fecha, ha transcurrido más del tiempo que se concede en el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos para que las comisiones de la Cámara competentes presenten el dictamen correspondiente a la minuta descrita.

2. En tal virtud, es procedente que el Presidente de la Cámara de Diputados, en cumplimiento con lo dispuesto en la fracción XVI del artículo 21 del citado reglamento, excite a las comisiones de Justicia, a la de Hacienda y Crédito Público, así como a la de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, a fin de que emitan el dictamen correspondiente.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, a usted Presidente de la Cámara de Diputados en la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, atentamente pido se sirva

Único. En los términos de lo dispuesto por los artículos 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite y envíe el presente documento a las comisiones Justicia, Hacienda y Crédito Público así como a la de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, para que presenten el dictamen respectivo a la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, en materia de combate al contrabando.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 6 días del mes de marzo de 2007.

Diputado Jaime Verdín Saldaña (rúbrica)