Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2401-III, martes 11 de diciembre de 2007.


Proposiciones
 
 
 
 
 
 
 
 


Proposiciones

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE SOLICITA A LA SEGOB QUE INFORME A ESTA SOBERANÍA SOBRE LOS TRABAJOS REALIZADOS EN 2005, 2006 Y 2007 POR LA COMISIÓN CALIFICADORA DE PUBLICACIONES Y REVISTAS ILUSTRADAS EN MATERIA DE PUBLICACIONES DE CONTENIDO MARCADAMENTE SEXUAL, A CARGO DE LA DIPUTADA SILVIA OLIVA FRAGOSO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

Silvia Oliva Fragoso, en mi carácter de diputada federal por el Partido de la Revolución Democrática en la LX legislatura, suscribo con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la presente proposición con punto de acuerdo para solicitar a la Secretaría de Gobernación informe a esta soberanía sobre los trabajos realizados en los años 2005, 2006 y 2007, por la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas en materia de publicaciones de contenido marcadamente sexual, a través de las siguientes

Consideraciones

El mercado sexual se encuentra plasmado en la mayoría de los medios, revistas, publicaciones y videos, son sólo algunos de los objetos que se encuentran fácilmente comercializados entre la población.

En últimas fechas, padres de familia y profesores se han percatado de que niños y adolescentes que en ocasiones no llegan ni a los 15 años de edad acceden con plena facilidad a las revistas y publicaciones de contenido sexual pornográfico, portando este material en sus hogares y centros de estudio.

Según una nota periodística reciente de El Grafico Tamaulipas, las revistas pornográficas se venden sin restricción alguna a menores de edad. A través de un sondeo se constató como una gran cantidad de expendios de revistas ofertan este tipo de ediciones, las cuales están al alcance de cualquier bolsillo, e incluso del de los infantes.

"La gravedad del asunto es que cualquier niño puede adquirir revistas porno, en alguna de sus vertientes –historietas, play boy y caricaturas– sin que nadie se los impida, pese a que se indica la prohibición de su venta a menores de edad".

En la mayoría de los casos, estas revistas no cuentan con la declaración de licitud de título y de contenido que otorga la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas, por lo que se encuentran fuera del marco legal que regula el contenido y la forma en la que deberán comercializarse las publicaciones de contenido marcadamente sexual.

Reconocemos que la libertad de expresión en cualquiera de sus manifestaciones es un derecho fundamental inherente a todos los seres humanos, consagrado en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos:

"Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión". Este derecho es defendido como un medio para la libre difusión de las ideas y es un requisito indispensable para la existencia misma de una sociedad democrática.

La libertad de expresión es la base de la libertad de imprenta y de prensa.

Así, en el país estas libertades se encuentran plasmadas en la Constitución. Señalando desde su mismo texto las limitantes al ejercicio de estos derechos.

Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público; …"

Artículo 7o. Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad pueden establecer la previa censura, ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública. En ningún caso podrá secuestrarse la imprenta como instrumento del delito.

Las leyes orgánicas dictarán cuantas disposiciones sean necesarias para evitar que so pretexto de las denuncias por delito de prensa, sean encarcelados los expendedores, "papeleros", operarios y demás empleados del establecimiento de donde haya salido el escrito denunciado, a menos que se demuestre previamente la responsabilidad de aquéllos.

Lo anterior nos deja claro que todo derecho para ser ejercido correctamente conlleva limitantes, es decir, que todos y cada uno de los derechos deben ser regidos y reglamentados dentro de un marco jurídico que establezca las reglas para su ejercicio.

Desde hace más de cuatro décadas nacieron las primeras disposiciones protectoras de la cultura y la educación en el país, pugnando por mantener a las publicaciones como vehículos que defiendan de modo positivo la cultura y la educación en beneficio de la sociedad en general, evitando las publicaciones que socaven o destruyan la base moral de la familia, a través del "Reglamento de los artículos 4o. y 6o. fracción VII de la Ley Orgánica de la Educación Pública, sobre Publicaciones y Revistas Ilustradas en lo tocante a la cultura y a la educación", cuya aplicación correspondía a la Secretaría de Educación.

La preocupación sobre esta materia obedeció a las circunstancias internacionales que dieron lugar a la Convención para Reprimir la Circulación y el Tráfico de Publicaciones Obscenas, celebrada en Ginebra el 12 de septiembre de 1923, suscrita por México y ratificada por el Senado el 31 de diciembre de 1946.

El 21 de abril de 1977 se modificó la denominación del antiguo reglamento para quedar como "Reglamento sobre Publicaciones y Revistas Ilustradas", quedando su aplicación a cargo de la Secretaría de Gobernación. Lo anterior, en congruencia con la atribución de dicha dependencia de vigilar que las publicaciones impresas entre otras formas de comunicación se mantengan dentro de los limites del respeto a la vida privada, a la paz y moral pública y a la dignidad personal.

La Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas es el organismo encargado de revisar los títulos y contenidos de las publicaciones y revistas ilustradas, declarar su licitud, imponer las sanciones que en su caso correspondan y en general, vigilar el cumplimiento del reglamento de la materia.

Según información de la misma comisión, su tarea fundamental es satisfacer los requerimientos de la sociedad mexicana, editores y distribuidores a través de la prestación de un servicio de calidad apegado al marco legal, al tiempo de satisfacer las libertades que garantizan la Carta Magna.

Sabemos que es de suma importancia garantizar el respeto de las disposiciones constitucionales y de las leyes en general, en este caso, en lo referente a la libertad de expresión. Sin embargo, también estamos concientes de la importancia de que las revistas o cualquier tipo de publicación de contenido marcadamente sexual no sea por ningún motivo accesible a los menores de edad.

Ya que no obstante que el artículo 7o. del citado reglamento dispone la forma en la que deberán presentarse dichas publicaciones, con la leyenda en un lugar visible de que son propias para adultos, esta disposición no se está cumpliendo.

Un hecho alarmante es que –según datos de la Fundación Infantia, AC– México se ha convertido en el tercer país productor de pornografía infantil.

El problema que atañe esta situación no es sólo el hecho de que los niños sean vulnerables a la pornografía y al comercio sexual, sino el fomento de estas conductas a través de publicaciones que lo promueven.

"La pornografía involucra libros, revistas, vídeos y accesorios, y se ha trasladado desde la periferia de la sociedad hacia su centro, mediante el alquiler de videos, venta de revistas de "pornografía suave" y la difusión de películas sexualmente explícitas en la televisión por cable. Para algunos, la pornografía no significa más que mujeres con poca ropa en poses seductoras. Pero la pornografía se ha convertido en mucho más que fotografías de mujeres desnudas".1 El término pornografía procede del griego porne "prostituta" y grafía "descripción", es decir "descripción de una prostituta". Designando en origen la descripción de una prostituta y por extensión las actividades propias de su trabajo.

Como legisladores, tenemos la obligación de intervenir en este grave problema, considerando dos aspectos fundamentales:

El cumplimiento del Reglamento sobre Publicaciones y Revistas Ilustradas por conducto de la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas ilustradas, a fin de que se revisen que las publicaciones de contenido marcadamente sexual que se encuentran circulando en el mercado cuenten con las declaratorias correspondientes para ese efecto y con la forma en la que deben ser presentadas al público y; la revisión de que, aún cuando sean revistas o publicaciones dentro del marco legal correspondiente, sea efectiva la aplicación de la disposición que prohíbe su venta a menores de edad.

En ese sentido, nos referimos a las disposiciones contenidas en el numeral 9 de la Ley Federal de Protección al Consumidor que refiere que los proveedores de bienes o servicios incurren en responsabilidad administrativa por los actos propios que atenten contra los derechos del consumidor, lo que a su vez nos refiere a que uno de los principios básicos en las relaciones de consumo es la protección a la vida, la salud y la seguridad del consumidor.

Asimismo el artículo 13 de la mencionada Ley refiere que la Procuraduría Federal del Consumidor podrá realizar visitas, requerimientos de información o monitoreos, entre otros, a los proveedores de bienes o servicios, a fin de verificar el cumplimiento de la misma. Pudiendo actuar de oficio según el artículo 96 de dicha Ley.

Sabedores de que las publicaciones de contenido marcadamente sexual deben cumplir con lo dispuesto en nuestro marco legal y de que éstas no deben por ningún motivo ser accesibles a menores, ya que pueden poner en riesgo su desarrollo psicosexual y emocional, someto a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. Se solicita respetuosamente que la Secretaría de Gobernación informe a esta soberanía respecto de los años 2005, 2006 y 2007, lo referente a las publicaciones de contenido marcadamente sexual, lo siguiente:

1. Los trabajos realizados por la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas, en el marco de las facultades que le confiere el artículo 5o. del Reglamento sobre Publicaciones y Revistas Ilustradas, referente a: las declaraciones de licitud o ilicitud de título o contenido de las publicaciones o revistas ilustradas; la puesta en conocimiento del Ministerio Público, en su caso, de las publicaciones delictuosas; la cancelación de los certificados de licitud de títulos y contenidos por causas supervenientes; la imposición de sanciones; y el auxilio que en su caso haya brindado la Comisión Calificadora a otras autoridades que lo hubieran solicitado.

2. Los exámenes de oficio que se hubieren realizado a las publicaciones y revistas ilustradas.

Segundo. Se exhorte a la Procuraduría Federal del Consumidor a instaurar un mecanismo para verificar que los proveedores de revistas o publicaciones de contenido marcadamente sexual no las expendan a menores de edad.

Nota
1) Kerby Anderson. La plaga de la pornografía.
http://espanol.leaderu.com/docs/ministeriales/la_plaga.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2007.

Diputada Silvia Oliva Fragoso (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A IMPLANTAR PROGRAMAS DE FOMENTO DE LA INDUSTRIA VITIVINÍCOLA NACIONAL Y PROMOCIÓN DE LOS BENEFICIOS DEL CONSUMO DE VINO TINTO PRODUCIDO EN MÉXICO, Y A ELABORAR UN ESTUDIO DE VIABILIDAD PARA LA EXENCIÓN DEL IEPS A LA ENAJENACIÓN DE PRODUCTOS VITIVINÍCOLAS NACIONALES, A CARGO DEL DIPUTADO HÉCTOR RAMOS COVARRUBIAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el suscrito, diputado federal Héctor Manuel Ramos Covarrubias, integrante de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente punto de acuerdo de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

Nuestra economía tiene su motor principal en las empresas mexicanas que ofrecen sus productos en el mercado nacional e internacional y realizan importantes esfuerzos por hacer eficientes sus procesos y obtener un mayor beneficio particular, que se ve reflejado también en más bienestar de la economía interna y externamente.

Una de las industrias con mayor potencial de crecimiento es sin duda la vitivinícola nacional, que a pesar de la desventaja comparativa con países que gozan de estímulos fiscales que los hacen más competitivos en el mercado mundial, como Chile y Argentina, ofrece productos competitivos en calidad que es donde puede participar.

Nuestra industria vitivinícola está integrada por pequeños y grandes productores, que para mantenerse en el mercado requieren elaborar un producto de calidad a precios relativamente bajos, atravesando también por el complejo proceso de hacer rentable la empresa, dado el tiempo que tarda la inversión en convertirse en producción y a su vez en ingresos.

Es digno de mencionar a esta honorable asamblea que el proceso de producción del vino es bastante largo y complejo, ya que una vez concluido la etapa de viticultura, se tienen que enfrentar altos costos de almacenaje y financiamiento para que el vino permanezca cuando menos un año en las barricas, y en ocasiones hasta 5 años; un año embotellado y el tiempo suficiente para su comercialización.

Es precisamente el proceso de comercialización en el que los productos vitivinícolas nacionales enfrentan uno de los obstáculos más grandes, ya que los vinos importados acaparan poco más del 70 por ciento del mercado nacional al gozar de una mayor aceptación por los consumidores debido a su menor precio sobre los producidos en México, por la amplia difusión y publicidad que se les ha otorgado a través del tiempo.

Sin embargo, aunado a los beneficios económicos que propicia el buen desempeño de la industria vitivinícola nacional, el consumo moderado de vino también tiene una repercusión benéfica en la salud.

Es preciso indicar que desde 1990 numerosos estudios han evidenciado que las personas que consumen cantidades moderadas de vino presentan una incidencia inferior de enfermedades cardiovasculares, obteniendo resultados que demuestran una disminución de un 30 a un 40 por ciento en el riesgo de sufrir estas enfermedades.

De los beneficios para la salud por el consumo moderado de vino, destacan 3: aumento del colesterol HDL, también llamado colesterol bueno; disminución del colesterol LDL o colesterol malo; y una disminución también de los mecanismos implicados en el fenómeno de coagulación sanguínea.

Con datos publicados por la Fundación para la Investigación del Vino y la Nutrición (FIVIN), provenientes del estudio científico sobre el vino y las enfermedades cardiovasculares, realizado por expertos del Hospital Clínico Universitario de Barcelona, se identifican claramente los beneficiosos que el consumo moderado de vino tiene en la prevención de lesiones arteriales y de la trombosis, así como sus efectos antiinflamatorios.

Según el estudio citado, en el que participaron también instituciones de Francia, Gran Bretaña e Italia, el consumo de entre dos y tres vasos diarios de vino tinto hace disminuir el riesgo de muerte por infarto o accidente cerebro-vascular en un 33 por ciento, la mortalidad cardiovascular en un 40 por ciento y la muerte por cáncer en un 22 por ciento.

Entre algunos otros beneficios para la salud mencionados por la FIVIN, se encuentran la detención en la proliferación de células cancerígenas; la prevención de la aparición del herpes labial y del herpes genital; acciones antivirales; acciones anticaries, impidiendo la formación de la placa bacteriana; beneficios en el proceso de digestión, entre otros beneficios.

Sin duda alguna las bondades de la ingesta moderada de vino son bastantes; sin embargo, no se les ha dado la difusión necesaria para que el consumidor mexicano pueda conocerlos y apoyar a nuestra industria nacional incrementando la demanda de los mismos. A lo anterior, se une la gran desventaja en precio de los vinos mexicanos en los mercados de otros países, a pesar de la alta calidad que han demostrado tener, al obtener en los últimos 15 años más de 300 premios internacionales.

En virtud de lo expuesto y con base en los artículos 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito poner a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero: Se exhorta al Poder Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Economía, con el objetivo de que ésta última desarrolle un programa público que tenga por objeto fomentar la producción, eficiencia y competitividad en la industria vitivinícola nacional, generando la base detonante para el desarrollo de la misma e impulso a la exportación del vino producido en nuestro país.

Segundo: Se exhorta al poder Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para realizar una campaña de promoción, con el objetivo específico de fomentar el consumo moderado del vino producido en territorio nacional, apoyado en la difusión de los beneficios resultantes de éste.

Tercero: Se exhorta al Poder Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a elaborar un estudio sobre las repercusiones económicas y la viabilidad de la exención en el pago del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) a la enajenación de los productos vitivinícolas nacionales, dado que son resultado de procesos de fermentación y no de destilación, como se especifica actualmente el gravamen a bebidas con contenido alcohólico en la Ley del IEPS. Bajo el objetivo primordial de fomentar la producción y exportación de los vinos producidos en nuestro país.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2007.

Diputado Héctor Manuel Ramos Covarrubias (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA A LA SHCP A ESTABLECER EN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN DE 2008 CRITERIOS DE EFICIENCIA Y TRANSPARENCIA ADMINISTRATIVA PARA EVITAR EL SUBEJERCICIO DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS AL CAMPO, A CARGO DEL DIPUTADO IRINEO MENDOZA MENDOZA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

El suscrito, diputado federal Irineo Mendoza Mendoza, integrante del Grupo Parlamentario del PRD en la LX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía, el siguiente punto de acuerdo en relación a la aplicación de las reglas de operación en los programas del sector agropecuario para el año 2007.

Exposición de Motivos

La relevancia del presente punto de acuerdo que se presenta ante esta soberanía, radica en la trascendencia que tiene el campo en el país en la actualidad, más aún, si tenemos presente la importancia histórica que ha representado para el desarrollo del país. Si consideramos la participación que tienen los productos generados en el campo mexicano, y la población que se mantiene ocupada, respecto al producto interno bruto, nacional, nos muestra una percepción mayor de la trascendencia del tema que ponemos en la mesa.

Nuevamente ponemos el tema a discusión, pues como podrán recordar compañeros legisladores, el año pasado en el primer periodo de sesiones de la LX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados propusimos un punto de acuerdo similar al que ahora presentamos, y a pesar de que se presentó el dictamen correspondiente por parte de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, en el numeral;

"103. Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para que en el PEF de 2007, se incrementen los recursos destinados al programa "Alianza para el Campo". Presentado por el diputado Irineo Mendoza Mendoza, el 14 de diciembre de 2006.

En el cual señala que se consideran atendidas todas las proposiciones con punto de acuerdo relacionadas con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2007, aprobado por la Cámara de Diputados y publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Si bien es cierto que se cumplió con el proceso legislativo, tal y como señala la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, por parte de la comisión dictaminadora, también es cierto que el problema aún esta vigente, por ello, compañeros legisladores, propongo el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a establecer los mecanismos institucionales para que en el ejercicio del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2008, la utilización de los recursos contenga los máximos criterios de eficiencia administrativa y transparencia, a fin de evitar el subejercicio de los recursos públicos destinados al campo, asimismo se entregue un informe trimestral detallado a esta soberanía, sobre los avances en la entrega de recursos de los programas bajo reglas de operación.

Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico, a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y a la Secretaría de Desarrollo Rural a informar de manera clara y amplia –en las comunidades rurales y entre los productores–, los procedimientos necesarios para acceder a los beneficios de los programas federales de apoyo al campo sujetos a reglas de operación, asimismo para que modifiquen el criterio de las reglas de operación en el Programa Alianza para el Campo, con el objetivo de que en las zonas que están consideradas de alta y muy alta marginación los beneficiarios aporten la participación que les corresponde y al mismo tiempo el gobierno federal, estatal y municipal, entreguen los recursos asignados, para dicho proyecto.

Tercero. Se exhorta a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, para que en las discusiones sobre el Presupuesto de Egresos para 2008, se incrementen los recursos destinados al Programa Alianza para el Campo.

Dado en el Palacio Legislativo, a 11 de diciembre de 2008.

Diputado Irineo Mendoza Mendoza (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL TITULAR DEL EJECUTIVO FEDERAL A ENVIAR A ESTA SOBERANÍA UN INFORME RESPECTO A LA UTILIZACIÓN Y AL ESTADO ACTUAL DE LOS BIENES INCAUTADOS AL CIUDADANO ZHENLI YE GON, A CARGO DEL DIPUTADO GUSTAVO CABALLERO CAMARGO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta H. Asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, con carácter de urgente y obvia resolución, al tenor de los siguientes:

Motivos

México, por su ubicación geográfica, padece las consecuencias derivadas de fenómenos meteorológicos que se presentan durante el año. La mayoría de estos eventos de la naturaleza, se generan en Centroamérica y en su trayectoria natural, deben pasar por territorio mexicano para disolverse en las aguas frías ubicadas en lugares cercanos al polo norte.

El año en curso para nuestro país ha sido especialmente complicado debido a la cantidad de fenómenos meteorológicos y la intensidad de los mismos, un ejemplo claro es lo que recientemente sucedió en Tabasco, entidad que ha sido afectada por las fuertes lluvias que se presentaron, las cuáles han ocasionado que miles de familias hayan perdido su patrimonio.

Entre las causas que dieron origen a la tragedia se ha mencionado que en un periodo muy corto de tiempo la precipitación pluvial fue superior a los 300 milímetros cúbicos lo que ocasionó el desbordamiento de los ríos ubicados en Tabasco, además de que las presas que se ubican en la entidad resultaron ser insuficientes para contener el agua de lluvia, a lo anterior debemos agregar que se dieron errores humanos, lo que dio pie a la contingencia natural. Respecto a las fallas institucionales, las autoridades correspondientes se encargarán de realizar las investigaciones pertinentes y de sancionar a las personas responsables.

En este momento es importante concentrarnos en construir los consensos que permitan implementar mecanismos de ayuda inmediata a los habitantes de Tabasco a fin de subsanar las inconveniencias derivadas del fenómeno meteorológico.

Los esfuerzos que se realizan para ayudar a nuestros hermanos tabasqueños resultan insuficientes ante la magnitud de la tragedia y los estragos que ha causado. Por ello, es prioritario destinar recursos humanos y económicos suficientes a fin de permitir iniciar la reconstrucción de la zona devastada por las lluvias.

El pueblo mexicano ha dado muestras claras de sensibilidad y solidaridad con la tragedia ocurrida en Tabasco, lo cual se refleja en los millones de toneladas de ayuda que se han enviado a dicha entidad procedente de diversas partes del país. De igual forma, en el recién aprobado Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2008 apoyamos la creación de un Fondo de Apoyo para la Reconstrucción de Tabasco.

Sin embargo, no debemos olvidar que la reconstrucción de dicha entidad no se logrará en el corto plazo, los daños ocasionados se han cuantificado en miles de millones de pesos, los cuales deberán se obtienen a través de aportaciones de diversa índole, destacándose las que realizará el gobierno federal.

Los problemas presupuestales de México son por todos conocidos, por ello, los recursos destinados a Tabasco pueden ser complementados por otro tipo de ingresos gubernamentales, entre los que destacan los obtenidos por la incautación de bienes que realizan las autoridades judiciales del gobierno federal a organizaciones delictivas, en este sentido, cabe hacer mención del caso relacionado con el chino, nacionalizado mexicano, Zhenli Ye Gon, al cual le fueron incautados más de 205 millones de dólares.

El dinero incautado al ciudadano Ye Gon, después de transcurrido el plazo legal para su reclamación, fue distribuido en partes iguales de acuerdo a lo establecido en el Código Federal de Procedimientos Penales y la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, siendo las instituciones beneficiadas: el Poder Judicial de la Federación, la Procuraduría General de la República y la Secretaría de Salud.

Sin embargo, ante la contingencia que se padece en Tabasco, solicitó su apoyo y solidaridad para que en el grupo de instituciones beneficiadas con los recursos se incluya a Tabasco, otorgándole la parte proporcional que le corresponde, la cual es equivalente a de 51.3 millones de dólares, que son poco más de 523 millones de pesos, cantidad que sería de mucha utilidad para coadyuvar a subsanar las necesidades de la población tabasqueña que ha sido víctima de las fuertes precipitaciones.

En relación a lo anterior, cabe mencionar que presentaré, en cuanto me asignen turno en tribuna, una iniciativa que reformará el Código Federal de Procedimientos Penales con el objeto de que el dinero que se obtengan por los bienes incautados, en la distribución de los mismos, se incluya al Fonden como parte de las instituciones beneficiadas, a fin de contar con mayores recursos para atender las necesidades de las personas que padecen las consecuencias de los desastres naturales.

No podemos predecir los daños económicos o las perdidas humanas que se pueden dar debido a los fenómenos meteorológicos, pero si podemos crear los mecanismos que nos permitan enfrentar de manera eficiente y eficaz las adversidades derivadas de las contingencias naturales.

Es fundamental contar con instituciones sólidas y con recursos suficientes que atiendan a las personas que son víctimas de los desastres naturales, por ello, de manera alternativa a la proposición que ahora someto a consideración del Pleno, presentare una iniciativa de ley para que dentro del conjunto de instituciones beneficiadas con los recursos monetarios incautados y no reclamados se incluya el Fondo Nacional de Desastres (Fonden), con el objeto de contar con recursos suficientes que permitan ayudar a las entidades afectadas por fenómenos meteorológicos.

En razón de lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al titular del Ejecutivo Federal, a fin de que:

1. Envíe a esta Cámara de Diputados, lo antes posible, un informe detallado respecto a la utilización de los bienes incautados y el estado que actualmente guardan los mismos, con el objeto de evaluar la posibilidad de que un porcentaje de los recursos obtenidos sea destinado al Fonden y en particular para apoyar quienes menos tienen. Palacio Legislativo de San Lázaro a 11 de diciembre de 2007.

Diputado Gustavo Fernando Caballero Camargo
(rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA A LA CFE, A LA SENER Y A LA SHCP A APLICAR LAS TARIFAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA 09-CU Y 09-N A LAS PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES SITUADAS EN LOS MUNICIPIOS DE LA CUENCA LERMA-CHAPALA, SUSCRITA POR INTEGRANTES DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE LA CUENCA LERMA-CHAPALA

Los que suscriben diputados federales de esta LX Legislatura de la H. Cámara de Diputados, integrantes de la Comisión Especial de la Cuenca Lerma- Chapala- Santiago, con fundamento en los artículos 58, 60 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta soberanía, como de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

La cuenca del Río Lerma, Lago de Chapala y Río Santiago (región hidrológica XII) es la más grande de México. Se encuentra repartida entre los estados de México, Querétaro, Guanajuato, Aguascalientes, Michoacán, Jalisco y Nayarit. Una parte de las aguas de la cuenca provienen del Río Lerma, que nace en el cinturón volcánico mexicano del sur oeste, mientras que otra parte proviene del norte vía el Río Verde, de los estados de Zacatecas y Aguascalientes.

El centro de este sistema hidráulico, el Lago de Chapala, está sufriendo grave estrés hídrico por la caída de sus niveles y la creciente contaminación que ponen en peligro su vida acuática y el ecosistema de su entorno.

Las aguas superficiales y los acuíferos que subyacen en la cuenca son utilizadas repetida e intensamente por un sistema agropecuario, agroindustrial, e industrial y una población crecientemente asentada en zonas urbanas. La carencia de plantas de tratamiento de los sistemas productivos que existen en todos estos ámbitos está provocando una creciente contaminación que amenaza la integridad de los ecosistemas y la salud humana.

Sobre el programa de saneamiento en la cuenca Lerma- Chapala, es preciso mencionar que del caudal generado, que es de 17.4 metros cúbicos por segundo, sólo se trata el 48 por ciento de las aguas, ya que se tienen construidas 123 plantas de tratamiento de aguas residuales municipales.

En la cuenca del Río Santiago se genera un caudal de 12.8 metros cúbicos por segundo de aguas residuales y existen 57 plantas de tratamiento con una cobertura del 31 por ciento.

Las aguas residuales son generadas por residencias, instituciones y locales comerciales e industriales. Esto puede ser tratado dentro del sitio en el cual es generado, (por ejemplo: tanques sépticos u otros medios de depuración) o recogido y llevado mediante una red de tuberías y eventualmente bombas a una planta de tratamiento municipal.

En el caso del Río Santiago, recibe aguas de los vertidos industriales y domésticos de las zonas urbanizadas de la región de Guadalajara, en especial en los municipios ribereños del Río el Salto y Juanacatlán, Jalisco. El primero de ellos es un área industrial donde viven unas 27,000 personas; el segundo tiene 5,500 habitantes.

El tratamiento de aguas residuales (o agua residual, doméstica o industrial, etc.) consiste en tratar y remover contaminantes físicos, químicos y biológicos introducidos por el uso humano cotidiano. El objetivo del tratamiento es producir agua ya limpia (o efluente tratado) o reutilizable en el ambiente.

Como es de nuestro conocimiento, el desarrollo de regiones que conforman las cuencas y campos agropecuarios en nuestra república mexicana, ha traído consigo una compleja problemática respecto a la situación que se genera por el grado de contaminación, desequilibrio hidrológico y baja cobertura de saneamiento.

En México el sector agropecuario utiliza 77% del agua concesionada. Por lo que a la fecha ya se han implementado subsidios que pretenden impulsar el campo hacia mayores niveles de producción.

Uno de esos subsidios consiste en la aplicación de la tarifa eléctrica 09-CU y 09-N, que se destina a los servicios que ocupan energía para el bombeo y rebombeo de agua, para el riego de tierras dedicadas al cultivo de productos agrícolas y al alumbrado local donde se encuentre instalado el equipo de bombeo.

Ahora bien, algunos municipios que se encuentran ubicados a lo largo de la cuenca Lerma- Chapala- Santiago, cuentan con plantas de tratamiento de aguas residuales, que contribuyen en gran medida al saneamiento de dicha cuenca al vertir aguas residuales tratadas, que después será reutilizada en las actividades agrícolas.

El costo de operación de las plantas de tratamiento de aguas residuales (PTAR’s), es soportado en su totalidad por el municipio en el cual se encuentra ubicada dicha planta, lo que provoca que en muchas ocasiones plantas de tratamiento se encuentren fuera de operación, es decir, fueron construidas con recursos compartidos entre los niveles de gobierno, pero se encuentran sin funcionar.

Lamentablemente el alto costo de operación de las plantas de tratamiento provoca, que ante la imposibilidad de financiar dichas cantidades por parte de municipios con escasos recursos, se apaguen dichas plantas, ya que es prioridad del presidente municipal, por ejemplo, pagar el sueldo a varios agentes de la policía, que echar a andar la planta de tratamiento y dejar el municipio sin la seguridad pública debida.

Es por esto, que estamos planteando como objetivo el desarrollo de un esquema para el manejo de plantas de tratamiento, para que se les aplique la tarifa eléctrica 09-CU y 09-N a las plantas de tratamiento de aguas residuales, que se encuentran ubicadas en los municipios comprendidos en la región de la cuenca Lerma- Chapala- Santiago, y con esto incentivar a los municipios para que en ningún momento paren su funcionamiento, y de esta forma se pueda contribuir en gran medida al saneamiento de la cuenca Lerma- Chapala- Santiago.

En mérito de lo antes mencionado, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea, como de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión Federal de Electricidad, a la Secretaría de Energía, y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que sean aplicadas las tarifas de energía eléctrica 09-CU y 09-N, a las plantas de tratamiento de aguas residuales ubicadas en los municipios comprendidos por la región de la cuenca Lerma- Chapala- Santiago.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2007.

Diputados: Joel Arellano Arellano, presidente; Jesús Sergio Alcántara Núñez, Rafael Villicaña García, secretarios; Leonardo Melesio de J. Magallón Arceo, Alfredo Barba Hernández, Mario Eduardo Moreno Álvarez, Martín Malagón Ríos, Francisco Javier Santos Arreola, Diego Cobo Terrazas, Lucía Susana Mendoza Morales, Martín Zepeda Hernández, Ernesto Oviedo Oviedo (rúbricas)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, RELATIVO A LAS ELECCIONES POR REALIZARSE EL 3 DE FEBRERO DE 2008 EN QUINTANA ROO, SUSCRITA POR DIPUTADOS DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

Los abajo firmantes, diputados federales del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en esta LX Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a esta asamblea las consideraciones que a continuación se narran y el punto de acuerdo que más adelante se indica.

Consideraciones

No cabe duda que hoy en día el proceso democrático en México necesita fortalecerse, y esto sólo se dará en la medida en que los actores políticos respeten los principios que rigen a los procesos electorales.

En este sentido la equidad, imparcialidad, objetividad, certeza e independencia deben ser postulados básicos para el buen desarrollo de procesos comiciales.

La importancia de un proceso electoral va más allá del triunfo de uno u otro partido político, debemos comprender que es la justificación misma de la democracia, ya que es mediante estos procesos que el ciudadano elige, en ejercicio de sus derechos, la integración de su gobierno y los representantes que deberán velar por los intereses de la sociedad en general.

En este contexto las autoridades electorales, cualquiera que sea su naturaleza administrativa o jurisdiccional, deben garantizar con su actuación el respeto irrestricto al marco legal vigente y a los principios rectores en materia electoral, por parte de todos los actores del proceso, y los terceros involucrados en el mismo.

Sólo de esta manera tendremos una jornada cívica ejemplar, donde el ejercicio libre del sufragio sea el único que decida el destino de Quintana Roo.

Hace pocas semanas en este recinto legislativo aprobamos una reforma a la Constitución General de la República en materia electoral, en ésta se contemplaban diversos temas, que eran urgentes para garantizar el buen desarrollo de las elecciones y de la democracia del país.

Este Congreso decidió no permitir la intervención de los gobiernos que pudiesen generar ventajas indebidas a favor de un candidato o detrimentos de otro. En el mismo dictamen consideramos que nuestro país merece y requiere campañas basadas en ideas y propuestas, no más en la descalificación entre candidatos, partidos o terceros que alteren la equidad en el proceso.

En palabras de Kofi Annan "La voluntad de la gente tiene que ser la base de la autoridad gubernamental. Este es el fundamento de la democracia. Este es el fundamento del buen gobierno, el cual le dará a cada ciudadano... Un papel real y duradero en el futuro de sus sociedades."

Es por esta razón que se debe privilegiar la voluntad ciudadana de los quintanarroenses de elegir libremente a sus gobernantes, y que las contiendas electorales no se conviertan en simple lucha de partidos sino que prevalezca la equidad entre candidatos, y la certeza de que los autoridades electorales actuarán con objetividad y profesionalismo, garantizando así que serán los únicos que determinen el resultado de las elecciones.

Acción Nacional está convencido de que la democracia es, y debe seguir siendo, la única manera de acceder a los distintos cargos de gobierno. En este sentido se pronuncia una vez más por el respeto irrestricto de la misma y de los valores fundamentales que la rigen. Es por esta razón que los gobiernos y sus recursos, en sus distintos ámbitos de competencia, deben estar al servicio de la población, y no ser utilizados con fines electorales que privilegien la ilegalidad y nulifiquen la competencia justa en los procesos electorales.

También es necesario establecer que la Cámara de Diputados, en ejercicio de sus facultades de vigilancia y control, no altera el sano desarrollo del procedimiento electoral, ya que no interviene políticamente en el mismo, respetando así la autonomía de los comicios electorales y las facultades de los órganos creados para dicho fin. En el pasado ya se han aprobado puntos de acuerdo que se han constituido en referentes importantes para la consolidación de un sistema político democrático que garantice condiciones equitativas de competencia electoral. Con fundamento en estos acuerdos se han integrado comisiones plurales encargadas de vigilar que no se desvíen recursos públicos en diversos procesos electorales locales, o se generen otro tipo de conductas que puedan poner en duda e incertidumbre el resultado de los comicios. De la misma manera poder allegarse de todos los elementos probatorios para proceder conforme a sus atribuciones constitucionales y legales.

En este orden de ideas, cabe decir que el próximo 3 de febrero se llevarán a cabo elecciones en Quintana Roo, mediante las cuales se elegirán 33 cargos de elección popular, 8 presidencias municipales, 15 diputados de mayoría relativa y 10 diputados de representación proporcional.

Sólo en la medida en que el proceso electoral se desarrolle en un ambiente de transparencia, se incrementará la confianza de los electores en las autoridades, los candidatos, los partidos y otros actores políticos que intervengan en el proceso.

Sólo de esta manera tendremos una jornada cívica ejemplar, con una amplia participación ciudadana donde el ejercicio libre del sufragio sea el único que decida el destino de Quintana Roo.

Compañeros diputados, nuestra obligación como representantes populares es defender el legal y sano ejercicio de los derechos políticos de los ciudadanos, es en virtud de la democracia que nos encontramos aquí, por consiguiente es nuestro deber defenderla.

Por ello, y en virtud de las consideraciones expuestas, solicitamos al Pleno de esta soberanía el siguiente

Acuerdo

Primero. Se solicita a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores que, a través de sus respectivas Juntas de Coordinación Política, consideren la creación e integración de una Comisión Especial de Observación Plural de Legisladores que acuda a Quintana Roo a observar y dar testimonio del desarrollo del proceso electoral que se celebrará el próximo 3 de febrero de 2008.

Segundo. Que entre las actividades a desarrollar por la comisión a que se alude en el numeral que antecede, y con respeto a la soberanía del estado de Quintana Roo, esté vigilar la legalidad, imparcialidad y respeto irrestricto de la voluntad popular, así como atender que no se desvíen recursos públicos en forma indebida para actividades electorales, todo ello con el fin de coadyuvar al buen desarrollo del proceso electoral en Quintana Roo.

Tercero. Hágase del conocimiento a las autoridades electorales de Quintana Roo de la integración de la comisión especial, para el debido cumplimiento de sus actividades.

Cuarto. Se exhorta al Instituto Federal Electoral a que por conducto de la Comisión de Vigilancia del mismo se haga una auditoria en el estado por las presuntas irregularidades en el registro al padrón electoral.

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a 11 de diciembre de 2007.

Diputados: Ángel Rafael Deschamps Falcón (rúbrica), Yolanda Mercedes Garmendia Hernández (rúbrica), Addi Cecilia Joaquín Coldwell, Martha Cecilia Díaz Gordillo (rúbrica), Jorge Justiniano González Betancourt, Gerardo Antonio Escaroz Soler (rúbrica), Joaquín de Jesús Díaz Mena (rúbrica), Lizbeth Evelia Medina Rodríguez (rúbrica), Edgar Martín Ramírez Pech, María Sofía del Perpetuo Socorro Castro Romero (rúbrica), Jorge Rubén Nordhausen González, Marcos Salas Contreras (rúbrica), Pedro Pulido Pecero, Gerardo Priego Tapia (rúbrica).
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA A LA PGR A INFORMAR A ESTA SOBERANÍA SOBRE LAS ACCIONES EMPRENDIDAS PARA DISMINUIR Y, EN SU CASO, ERRADICAR EL TRÁFICO ILEGAL DE ARMAS DE FUEGO ENTRE MÉXICO Y ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, A CARGO DEL DIPUTADO IRINEO MENDOZA MENDOZA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

El suscrito diputado Federal, Irineo Mendoza Mendoza, integrante del Grupo Parlamentario del PRD en la LX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía, el siguiente punto de acuerdo.

Exposición de Motivos

Los problemas que ponen en riesgo a la seguridad nacional, mismos que se han agravado en los últimos años en nuestro país, en buena medida son resultado de la descomposición de la sociedad y el empobrecimiento de ésta. Entre los problemas que afectan y ponen en riesgo la integridad de la sociedad podemos apreciar el tráfico de armas de fuego. Debido a la relevancia del tema y lo que representa para la seguridad de los ciudadanos, el honorable Congreso de la Unión no puede estar ausente de esta discusión, es por ello que el día de hoy se presenta este punto de acuerdo.

En este contexto, es necesario revisar qué están realizando nuestras autoridades sobre este tema. Cabe señalar que el pasado 19 de octubre del año 2005, autoridades de Estados Unidos y México se reunieron para discutir las propuestas sobre el combate al tráfico ilegal de armas, en donde el entonces embajador de los Estados Unidos, Tony Garza, y Carl J. Truscott, director de la Oficina de Estados Unidos del Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (ATF, por sus siglas en inglés), señalaron que "Estados Unidos está comprometido en el combate contra el flujo ilegal de armas de fuego hacia México. Estaremos trabajando hombro con hombro con nuestros colegas mexicanos para desmembrar las organizaciones criminales que buscan destruir nuestras instituciones y socavar nuestro estilo de vida al traficar ilegalmente con armas de fuego".

Entre las propuestas resultantes de aquella reunión resultó la creación del Equipo de Impacto contra el Crimen Violento de la ciudad de Laredo, Texas, el cual tendría el objetivo de orientar los recursos de la procuración de justicia para la identificación y aprehensión de los traficantes de armas ilegales. Es necesario que revisemos cuáles fueron los resultados de este grupo de trabajo.

Por su parte, distintas dependencias de Estados Unidos han reconocido la magnitud del tráfico ilegal de armas de fuego, como es el caso de la Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (ATF) del gobierno estadounidense, que reconoce que el 60 por ciento de las armas ilegales que circulan en México proviene de Estados Unidos. En entrevista, el vocero de esa oficina gubernamental, Robert Champion, aseguró que "es una prioridad ayudar a abatir el tráfico de armas a México por la violencia que hay ahí".

Cada día ingresan al territorio nacional 2 mil armas ilegales por medio de las aduanas del país, debido a la corrupción de diversos funcionarios públicos. De acuerdo con los datos que se tienen registrados, los focos rojos están ubicados en la frontera norte, particularmente en Nogales, Sonora; San Isidro, Baja California; Matamoros y Nuevo Laredo, Tamaulipas; por donde transitan cada día 10 mil camiones y un millón de personas. El problema se agrava debido a la relativa facilidad para conseguir armas en Estados Unidos, pues en este país la adquisición de armas tiene una regulación escasa por parte de las autoridades.

El mismo titular de la procuraduría señaló, el pasado mes de abril, ante la Comisión de Seguridad Pública de este órgano legislativo que "hay un fenómeno todavía más complicado, hay una figura que se autodenomina tianguis de armas, donde se puede comprar de cualquier tipo, de diferentes calibres, de alto poder, sin ningún registro y además están cerca de la frontera con México, en Texas". También ha mencionado que la dependencia a su cargo tiene detectados 12 mil centros de venta y distribución de armas en la franja fronteriza, dentro de territorio estadounidense.

Cabe señalar y como dato final, en la administración del ex presidente Vicente Fox entraron 4 millones 380 mil armas de fuego, de las cuales sólo 8 mil 88 fueron decomisadas, según datos de la Procuraduría General de la República y de la Secretaría de Seguridad Pública Federal; la pregunta que resulta de lo anterior es ¿Cuántas armas ingresaran al país de manera ilegal y en beneficio de la delincuencia organizada?

Punto de Acuerdo

Primero. Se solicita a la Secretaría de Seguridad Pública y la Procuraduría General de la República, informen a esta soberanía sobre las acciones, planes y programas que dichas dependencias están realizando en torno a la retención de armas de fuego que son portadas de manera ilegal.

Segundo. Se exhorta a la Procuraduría General de la República, informe a esta soberanía qué acciones está realizando, en cooperación con su contraparte de Estados Unidos, para la disminución y erradicación del tráfico ilegal de armas de fuego, entre ambas naciones.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2007.

Diputado Irineo Mendoza Mendoza (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A INSTRUIR A LA SHCP Y A LA SEMARNAT PARA QUE ADECUEN LAS MEDIDAS DE LEGALIZACIÓN DE AUTOS IMPORTADOS, A CARGO DEL DIPUTADO GUSTAVO CABALLERO CAMARGO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El suscrito, diputado federal de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del Pleno un punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Como parte del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN, también llamado TLC), a partir de 2009 se podrán importar o exportar vehículos usados de 10 años o más. Según expertos, después de ese periodo de vida útil, en Estados Unidos esas unidades son de desecho, que se venden a un precio de entre mil y 2 mil dólares (entre 11 mil y 22 mil pesos), debido a que allá las normas de seguridad carretera restringen la circulación de tales unidades.

La ANPACE, la cual agrupa a empresas como Volkswagen, Volvo, Sterling Trucks, Scania, Man, Kenworth, International, Detroit Diesel, Mercedes-Benz, Cummin’s y Caterpillar, ha manifestado su preocupación por una oferta potencial de unos 124 mil camiones usados provenientes de Estados Unidos para ser vendidos en México, de los cuales más de 54 mil serían unidades "chatarra", cifra que contrasta con 48 mil 500 unidades nuevas vendidas en el país.

Con lo anterior, México corre el riesgo de convertirse en "el cuarto de los tiliches" de Estados Unidos, ya que a partir de 2004 quedó abierta la libre importación de productos usados procedentes de Estados Unidos y de Canadá, sin que haya a la fecha una norma que regule su ingreso en el país.

De acuerdo con lo establecido en el TLCAN, a partir del 1 de enero de 2004, México abrió su frontera a bicicletas, motocicletas, remolques y maquinaria usados, lo cual nos convierte claramente en el principal basurero de Estados Unidos y de Canadá.

No obstante, para 2009 la apertura de la frontera será para importar automóviles nuevos y usados; estos últimos son los que principalmente se exportan a territorio mexicano. De permitir la importación de automóviles que no cumplen las normas de calidad de Estados Unidos y Canadá, México se llenaría de autos chatarra. Sin embargo, el riesgo que se corre es aún mayor, debido a que hasta hoy no han establecido las autoridades mexicanas las normas obligatorias que fijen límites de antigüedad para el parque vehicular que sirvan para la seguridad, salud o economía de los usuarios, así como medida de protección ambiental para el país.

México no puede vender nada usado a Estados Unidos y Canadá, ya que estos países tienen normas de seguridad, comercialización y ambientales con las que se protegen e impiden el acceso de productos "chatarra", por lo que resulta lamentable que las autoridades mexicanas no hayan tomado las acciones pertinentes para evitar que se sigan comercializando esos autos, que ponen en riesgo la vida de los usuarios y dañan el ambiente del país.

De acuerdo con el presidente del Instituto Nacional de Ecología, Adrián Fernández, con la legalización que el gobierno de Vicente Fox realizó en 2005 a la entrada de vehículos chatarra provenientes de Estados Unidos y de Canadá, mejor conocidos como "autos chocolate", México se retrasó más de una década en la lucha contra la contaminación ambiental, lo cual resulta sumamente preocupante.

Se espera que 600 mil vehículos con defectos causados por el huracán Katrina se vendan en México. Por ello, de no tomar las medidas preventivas y correctivas correspondientes ante el decreto que legaliza la importación de autos usados desde Estados Unidos, los más de 1 millón de vehículos defectuosos provenientes de ese país entrarán a partir de 2009, y en su mayoría son desechos. Se corren graves riesgos de diferente índole, permitiendo que México siga acumulando vehículos que dañan el ambiente, ponen en riesgo a los automovilistas e impiden el desarrollo.

Un claro ejemplo de lo anterior es que la mayoría de los 600 mil coches declarados inservibles por las aseguradoras de Estados Unidos en la zona de Nueva Orleans, después de Katrina, ya está concentrada en lotes de la frontera listos para ingresar en México, debido a que son considerados autos que han sufrido siniestros y ya no tienen condiciones de seguridad para circular en ese país, pero sí en el nuestro.

Cada año se importan ilegalmente a México casi 800 mil vehículos, cifra que podría aumentar a 1 millón con la apertura que prevé el TLC para 2009, lo cual es preocupante porque, como es bien sabido, muchos de estos vehículos tienen prohibido circular en Estados Unidos y Canadá ya que no cumplen los estándares de seguridad y ambientales. Para evitar que esos países nos sigan vendiendo sus desperdicios, es necesario que las autoridades mexicanas tomen cartas en el asunto, homologando tanto las normas ambientales como las de calidad y seguridad de México con las de sus socios comerciales en el TLC, a fin de certificar que los automóviles vendidos cuenten con el nivel de calidad adecuado, garantizando con esto la seguridad de las personas que adquieren ese tipo de automóviles, así como que estos no dañan el ambiente.

Por lo anterior, y en aras de evitar que con la apertura de las fronteras de México al mercado automovilístico establecido en el TLC para 2009 el país se vea inundado de autos de escasa calidad, que dañan el ambiente y ponen en riesgo la integridad de los usuarios, someto a consideración de esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Que la Cámara de Diputados exhorte al Ejecutivo federal para que, en el ámbito de sus atribuciones, instruya a los secretarios de Hacienda y Crédito Público, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales a fin de homologar las normas ambientales, de seguridad y de calidad que se aplican en países como Estados Unidos y Canadá.

Segundo. Que la Cámara de Diputados exhorte a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a modificar y adecuar los requisitos de legalización de automóviles, con objeto de evitar que se sigan introduciendo en el país, a partir de la apertura que prevé el TLC para 2009, automóviles chatarra, que sólo dañan el ambiente y ponen en riesgo la integridad física, y en ocasiones la vida, de las personas que adquieren este tipo de automóviles.

Tercero. Que la Cámara de Diputados exhorte al Congreso de Estados Unidos de América para que, en el ámbito de sus atribuciones, impida que los vehículos que por causas mecánicas o de daño ambiental no pueden ya circular en su territorio sean vendidos a México, toda vez que lo anterior constituye un fraude y engaño a nuestros connacionales.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2007.

Diputado Gustavo Fernando Caballero Camargo (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A CUMPLIR MEDIANTE LA SCT, CAPUFE Y EL FARAC LA LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL Y EL REGLAMENTO PARA EL APROVECHAMIENTO DEL DERECHO DE VÍA DE LAS CARRETERAS FEDERALES Y ZONAS ALEDAÑAS, A CARGO DEL DIPUTADO DEMETRIO ROMÁN ISIDORO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El que suscribe, diputado federal Demetrio Román Isidoro, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía la presente proposición como punto de acuerdo, al tenor de los siguientes

Antecedentes

La Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal establece, en su artículo 2, fracción III, que el derecho de vía en las carreteras federales tendrá como mínimo 20 metros de cada uno de sus lados, partiendo del vértice central o eje del camino.

La técnica moderna de construcción de vías rápidas, que asumen el carácter de autopistas de alta velocidad, ha hecho necesario dotarlas de un derecho de vía más amplio para facilitar la visibilidad y un margen de seguridad al usuario de la vía; sin embargo, predominan carreteras federales con los 20 metros que establece la referida ley.

No obstante que existe el marco jurídico para que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos; y el Fideicomiso de Apoyo al Rescate de Autopistas Concesionadas puedan llevar a cabo de una manera eficaz la preservación del derecho de vía de los caminos que se encuentran dentro de su jurisdicción respectivamente, y el procedimiento a seguir para las inspecciones relativas a los permisos, obras y señales informativas dentro del derecho de vía y la instalación de anuncios fuera de éste.

Así también, se señala el procedimiento para el desalojo del mismo, y precisa que las Autoridades tienen facultad legal para intervenir en estos casos; en los hechos no se cumple la aplicación puntual de la normatividad; incumplimiento que da por resultado que en las Carreteras Federales, llámense libres o de cuota, no existan los señalamientos adecuados ni las medidas o providencias para evitar la invasión de semovientes en el derecho de vía y vehículos, afectando el tránsito de los caminos carreteras y autopistas; estas últimas, por ser de altas especificaciones, resultan mortales las intromisiones de tales elementos.

Así se demuestra en los altos índices de accidentes, que se encuentran estadísticamente documentados en los reportes de accidentes que realiza la Policía Federal Preventiva (antes Policía Federal de Caminos y Puertos).

Las estadísticas de los accidentes automovilísticos son alarmantes; si bien es cierto que en países desarrollados los índices de mortalidad en carretera se han reducido, México sigue ocupando los primeros lugares, sobre todo en la población joven y productiva.

La situación en México es poco favorable debido a la falta de inversión en el mantenimiento de vías de comunicación, la inseguridad vial, la educación y la poca voluntad de cumplir ciertas normas básicas por parte de los conductores.

Los accidentes se deben a la combinación de diversos factores que pueden estar fuera del dominio del conductor, como la situación de las calles y carreteras, entre otros.

La Cruz Roja Internacional y la Organización Media Luna calculan que durante el Siglo XX murieron 30 millones de personas en un accidente automovilístico.

En el año de 1990 fue la novena causa de muerte, matando por lo menos medio millón al año, y dejando 15 millones de heridos e incapacitados en todo el mundo.

Se pronostica que para el año 2020 los accidentes automovilísticos alcanzaran el tercer lugar en la tabla de muerte e incapacidad física, mundial.

En los países en vías de desarrollo como el nuestro han aumentado los índices en un 70 por ciento, y más de 26 mil mexicanos mueren cada año, aproximadamente 400 mil accidentes automovilísticos en las carreteras federales del país, según las estadísticas del año 2004.

Esto, adicionalmente genera un problema de salud, pues de acuerdo a los datos de la Secretaría de Salud, se invierten 4 mil millones de pesos en la atención a pacientes, y que son 2.3 millones que requieren de hospitalización anualmente, por lesiones en accidentes.

Asimismo en 2005 ocurrieron, en la red carretera vigilada por la Policía Federal Preventiva, que son más de 55 mil kilómetros, 29 mil 468 accidentes y hubo 31 mil 172 lesionados, 4 mil 581 muertos y daños materiales del orden de mil 365 millones 618 mil 454 pesos.

Existen en el país rutas clasificadas como peligrosas que es donde se debe de poner mayor énfasis en las medidas de seguridad y preservación del derecho de vía.

Es importante resaltar que, de 10 años a la fecha, no se ha detenido el incremento de accidentes, pues tenemos que, de los aproximadamente 60 mil accidentes que se registraron en 1996, para 2005 las cifras aumentaron a 230 mil accidentes, aproximadamente, teniendo un registro de 34 mil personas lesionadas; asimismo, en 1996 se registraron cinco mil personas fallecidas, aproximadamente, repitiéndose la misma cifra en el año del 2005, ubicándose casi a la par, datos estadísticos que nos ayudan a comprender la viabilidad del presente punto de acuerdo.

El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 establece una estrategia clara y viable en materia de seguridad pública, bajo su eje rector denominado "Estado de derecho y seguridad".

En este eje se asume la búsqueda de que los habitantes del territorio nacional, en la vertiente de seguridad de tránsito, cuenten con la aplicación de las normas vigentes al circular por las vías generales de comunicación, y así tenemos, que el artículo 73, fracciones XVII y XXIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece la facultad del Congreso para establecer, con la participación de los estados y municipios, las bases de coordinación en materia de seguridad publica.

Los objetivos nacionales, las estrategias generales y las prioridades de desarrollo plasmados en el Plan Nacional de Desarrollo han sido diseñados de manera congruente con las propuestas vertidas, como la presente.

Es de tomarse en cuenta que la Visión 2030, es una apuesta común por un desarrollo humano sustentable, una descripción del México deseable y posible por encima de las diferencias. La imagen del país en el que deseamos vivir dentro de 23 años da sentido y contenido a las acciones que, como gobierno y como sociedad emprendemos a partir de ahora, en materia de seguridad vial en las carreteras federales ya sea libres o de cuota y la conminación a los responsables en las áreas de gobierno a las que pertenecen, se vean inmiscuidos, con su aportación al desarrollo nacional, que sirva de reflejo para el actuar de los inversionistas que obtengan las concesiones para explotar las carreteras de cuota, cumplan con su cometido en ese aspecto, al ser un referente una guía, un anhelo compartido y a la vez un punto de partida para alcanzar niveles óptimos de seguridad carretera. Existe el firme propósito de que los logros que consigamos los mexicanos en los próximos seis años nos acerquen al país que queremos heredar a las nuevas generaciones.

Considerando

Que en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal se establece lo que se debe de entender como derecho de vía, que se describe de la siguiente manera: "franja de terreno que se requiere para la construcción, conservación ampliación, protección y en general para el uso adecuado de una vía general de comunicación, cuya anchura y dimensiones fija la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la cual no podrá ser inferior a 20 metros a cada lado del eje del camino; tratándose de carreteras de dos cuerpos, se medirá a partir del eje de cada uno de ellos.

La libertad de tránsito en vías generales de comunicación debe de ser de manera ágil, pronta, expedita y segura.

En el Reglamento para el Aprovechamiento del Derecho de Vía de las Carreteras Federales y Zonas Aledañas se establecen los lineamientos a seguir a través de un marco técnico, tendiente a fijar las directrices tanto legales como técnicas para su uso y restricción, y en su caso condicionantes de seguridad y, obviamente se determina la prohibición de instalación de anuncios y el establecimiento de paradores.

También se establece el otorgamiento de permisos para la construcción de accesos; establecimientos de paradores en terrenos adyacentes al derecho de vía, así como licencias para la construcción, modificación de obras en zonas que por su ubicación especial afecten la operación, visibilidad o perspectiva panorámica de las carreteras federales, en perjuicio de la seguridad de los usuarios.

No obstante esta normatividad está vigente, pero las autoridades mencionadas no han cumplido a fidelidad la misma, en detrimento de la protección y seguridad de los usuarios, por lo cual, cada día se incrementan los accidentes en dichas carreteras llámense federales, libres o de cuota.

Diariamente, y de acuerdo a los reportes de accidentes emitidos por la Policía Federal Preventiva y por las notas periodísticas, es como nos podemos enterar del riesgo cotidiano que los usuarios tienen en su seguridad física y la de sus bienes, al transitar por las vías federales libres y de cuota, al no preservar el derecho de vía, y cumplir con su normatividad, pues es invadido por semovientes, vehículos, construcciones y anuncios, que constituyen un peligro continuo y latente para su seguridad y de sus acompañantes.

La seguridad pública, en su vertiente de transito en vías generales de comunicación se traduce en niveles de bienestar que el Estado tiene la obligación de asegurar para evitar la perdida de vidas de sus habitantes, afectaciones a su salud debido a lesiones y afectaciones económicas en su patrimonio derivado de los percances automovilísticos, situación que conlleva a procesos sociales que actúan en contra de la salud, economía y bienestar familiar, en detrimento de la calidad de vida de la población.

La seguridad pública, en su vertiente de protección a los usuarios de las vías de comunicación, requiere de una estrecha coordinación entre los diferentes entes de la administración pública federal, inmersos en esta actividad carretera, como lo son la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos y el Fideicomiso de Apoyo al Rescate de Autopistas Concesionadas.

Al ser una premisa establecida por el gobierno federal y encuadrada en el Plan Nacional de Desarrollo, se traduce en directrices a cumplir, a través de los esfuerzos conjuntos de los diversos niveles de gobierno, para mejorar la vialidad en las carreteras.

La perspectiva, detrás de los objetivos y estrategias del Plan Nacional de Desarrollo, es que, en el ámbito gubernamental, se aplique la función pública en aras de la seguridad vial carretera de sus habitantes a efecto de participar en la construcción de un México capaz de llegar más allá de sus expectativas actuales y posicionarlo como un actor importante en el escenario que se refleje en el actuar de protección de sus habitantes para generar perspectivas de inversión en los diversos polos de desarrollo nacional, confiados en la seguridad de transito de sus productos sin que sufran mermas económicas.

En la presente administración, será prioritario proteger a los usuarios de las carreteras e incrementar, bajo esquemas de protección y de manejo sustentable la seguridad de sus habitantes.

En este sentido, se apoyarán proyectos tendientes a lograr el objetivo de seguridad vial carretera para los usuarios de la red nacional; se promoverán esquemas de seguridad sustentables y se generará infraestructura, vías de comunicación, caminos rurales y lo que sea indispensable para dar un nuevo y fortalecido impulso a tal punto de seguridad.

El gobierno federal tendrá como prioridad aplicar una estrategia de gestión de seguridad carretera, eficiente, y expedita que garantice el cumplimiento de la legislación pertinente unificándola y hacerla aplicable y viable, sin recovecos que induzcan a su errónea interpretación y aplicación.

En este contexto, la gestión de seguridad carretera estará destinada fundamentalmente a propiciar la prevención, control y reversión de los accidentes carreteros, que generan pérdidas de vidas humanas y económicas, y a promover su conocimiento, con el fin de contribuir a mejorar la calidad de vida de la población. Asimismo, se orientará al ciudadano en sus deberes y obligaciones al manejar para evitar incurrir en violación a la normatividad aplicable por cuanto hace al derecho de vía, sin menoscabo de las demás acciones que debe de tomar, en razón del cumplimiento a normas de tránsito.

La sustentabilidad de la seguridad vial carretera sólo puede lograrse con base en la corresponsabilidad y coparticipación de los diferentes actores dentro del núcleo social. Para ello es necesario que se cumpla con el marco legal inicialmente por los responsables gubernamentales y posteriormente por los ciudadanos que queden involucrados y comprometidos para ello.

Por otro lado y tomando en cuenta la situación específica que motiva la presentación del presente punto de acuerdo, se establece que:

Frente a un agudo crecimiento de la inseguridad de transito vial, se presentan situaciones que han traído consigo el poner énfasis y atención a esta vertiente de la seguridad

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 73, fracciones XVII y XXIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y el Reglamento para el Aprovechamiento del Derecho de Vía de las Carreteras Federales y Zonas Aledañas, Ley Orgánica de la Administración Publica Federal, Ley de las Entidades Paraestatales, el Reglamento Interior de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, el decreto de creación del organismo publico estatal descentralizado denominado Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, y del decreto que crea el Fideicomiso de Apoyo al Rescate de Autopistas Concesionadas (FARAC), se establece el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al gobierno federal, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; del organismo publico estatal descentralizado denominado Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos; y el Fideicomiso de Apoyo al Rescate de Autopistas Concesionadas (FARAC), a cumplir el marco legal, en materia de seguridad vial en carreteras del país federales, ya sea libres o de cuota, para tomar las medidas legales establecidas y así preservar el derecho de vía en las mismas, y ejercer un debido control y supervisión que tenga como finalidad el de evitar accidentes viales que afecten a la población nacional, al transitar por las vías de comunicación de referencia.

Diputado Demetrio Román Isidoro (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO A SOLUCIONAR, EN COORDINACIÓN CON EL CONGRESO DE LA ENTIDAD Y LOS MUNICIPIOS DE TULTITLÁN, TULTEPEC Y NEXTLALPAN, LOS CONFLICTOS DE DELIMITACIÓN TERRITORIAL ENTRE DICHAS LOCALIDADES, A CARGO DEL DIPUTADO SANTIAGO LÓPEZ BECERRA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

Con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el que suscribe, diputado Santiago López Becerra, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, me permito exponer ante esta honorable soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. La problemática en la indefinición de los límites territoriales ha sido reiterada en nuestro país, dejando que el fenómeno evolucione sin control y derive en las consecuencias de un proceso al margen de una planeación para el desarrollo adecuada.

Segunda. El estado de México no ha sido la excepción, por lo que diversos municipios se han visto inmersos en problemáticas de límites territoriales, frenando el desarrollo inherente a los procesos de urbanización, lo que ha derivado en dualidades que se traducen en la atención o desatención en materia de servicios, propiamente, al estar presente el conflicto.

Tercera. Tomando en cuenta que es a la legislatura local a quien le corresponde fijar los límites territoriales conforme a la Ley para la Creación de Municipios en el estado de México, es importante la participación coordinada y corresponsable desde sus ámbitos de competencias del Ejecutivo estatal como de los presidentes municipales de Tultitlan, Tultepec y Nextlalpan, ya que pueden hacer aportaciones significativas en la identificación de la problemática, así como las propuestas de solución, de tal suerte que se pueda convenir en la solución del conflicto.

Cuarta. Postergar la acción coordinada en la atención de asuntos de carácter territorial, sólo coadyuvaría a postergar e inhibir el desarrollo regional en esas localidades, dejando a la deriva los espacios territoriales cuya definición de límites no esté clara, en perjuicio del otorgamiento de los servicios públicos, así como el cobro de las contribuciones que representan ingresos a las haciendas municipales.

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Ejecutivo estatal del estado de México, para que en coordinación con el Congreso estatal y con los gobiernos municipales de Tultitlan, Tultepec y Nextlalpan, se analicen y solucionen los conflictos de delimitación territorial que involucran a los tres municipios mencionados.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de diciembre de 2007.

Diputado Santiago López Becerra (rúbrica)
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE CREA LA UNIDAD DE EVALUACIÓN DEL IMPACTO LEGISLATIVO DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES, A CARGO DEL DIPUTADO GERARDO BUGANZA SALMERÓN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El que suscribe, Gerardo Buganza Salmerón, diputado federal por la LX Legislatura, presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores de la honorable Cámara de Diputados e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La proposición de crear una estructura técnica dentro de la Cámara de Diputados obedece a consideraciones de muy distinta índole que tienen que ver con

a) La evolución del orden normativo internacional.
b) La posición de México ante el derecho convencional internacional.

c) Las implicaciones de la interrelación del sistema jurídico internacional con el derecho nacional mexicano.

d) La recepción en el derecho mexicano de un aparte primordial del derecho internacional que son los tratados.

e) La exigencia inaplazable de un mecanismo institucional de carácter legislativo o parlamentario que adapte la legislación nacional a los tratados de México suscriba.

f) La pertinencia de que la Cámara haga uso de sus facultades constitucionales y derivadas de su Ley Orgánica, para que resuelva el creciente desfasamiento de la legislación nacional con todos los acuerdos internacionales de los que México es parte signataria.

g) La absoluta necesidad de que el mecanismo de adaptación legislativa se encuentre exclusivamente bajo el control de diputados.

Los aspectos recién mencionados se examinarán de manera sucesiva.

La evolución del orden normativo internacional

El mundo contemporáneo se ha caracterizado por una irreversible intensificación de las relaciones internacionales y del intercambio entre los Estados y los ciudadanos de diferentes nacionalidades. Desde mediados del siglo XIX se fue configurando una transformación paulatina de la comunidad internacional y del sistema jurídico que la rige.

La irrupción de organismos internacionales como la Unión Telegráfica Internacional, la Unión Postal Universal o la Cruz Roja Internacional, desde el siglo XIX, delineaba una serie de tendencias que se fueron acentuando con el paso de las décadas. El siglo XX profundizó toda esa serie de mutaciones que han transfigurado definitivamente la comunidad de Estados y el derecho internacional.

Todos estos cambios han descrito un nuevo derecho internacional que difiere del anterior y coexiste con él, involucrando aspectos variados que en obsequio a la brevedad se mencionan con una explicación muy breve:

Institucionalización del derecho internacional, mediante la proliferación de organismos internacionales tanto regionales como universales. Actualmente se estima que existen no menos de 300 organismos (hay más organismos que Estados), la mayor parte de ellos constituidos en el siglo XX.

Multilateralización de los tratados, de manera que se ha pasado del predominio del tratado bilateral a la preferencia por las convenciones multilaterales, como fórmula para reglar con la mayor amplitud posible temas internacionalmente relevantes, sin que se dejen de formar los acuerdos bilaterales.

Función de cooperación internacional, de forma que se evolucionó de un sistema internacional que repartía y delimitaba competencias entre Estados en una vertiente negativa, a función positiva de impulsar la cooperación interestatal a efecto de resolver problemas comunes mediante esfuerzo conjunto. La vía por excelencia para canalizar esos esfuerzos es desde luego el tratado particularmente multilateral.

Derecho internacional humanizado y socializado, que se ocupa de una agenda relacionada con el bienestar del ser humano y la solución de problemas del desarrollo, extrayendo el tema de los derechos humanos como de la competencia discrecional y exclusiva de los Estados para proyectarlo como una cuestión internacional con objeto de promoción y tutela.

Regulación de materias nuevas, que prácticamente eran del domino exclusivo del derecho doméstico o nacional, o bien materias que tecnológicamente fueron desarrollándose y cayeron en la órbita del orden interestatal; por mencionar algunos ejemplos, la compraventa internacional de mercaderías, los espacios y el tráfico aéreos, los espacios marítimos y fluviales, los derechos humanos, los crímenes de Estado, la tutela del ambiente, etcétera. Prácticamente el derecho internacional está actualmente habilitado para incursionar en sectores diversificados de las relaciones interhumanas.

La aplicación inmediata y directa de normas internacionales en el derecho interno o doméstico de los Estados. A decir de diversos autores en la actualidad se ha incrementado el grado de exposición del individuo a las normas internacionales, en particular a los tratados. Esta exposición implica que la norma internacional produce efectos en la esfera jurídica de los individuos dentro de un Estado de manera autónoma, sin necesidad de una norma interna del Estado.

Este derecho internacional contemporáneo es una evolución del clásico que prevaleció antes de la mitad del siglo XIX. Consiste en un orden internacional más extenso, profundo, humano y eficaz, que no se detiene ante las fronteras del Estado y va propiciando con sus normas una armonización legislativa de escala universal en diversos rubros.

No se trata, por cierto, de una pérdida de la soberanía del Estado, sino la afirmación de valores humanos universales pro encima del egoísmo nacionalista, con lo que se edifica una solidaridad supranacional que trasciende de los recelos soberanistas. Las intervenciones humanitarias, la Corte Penal Internacional, el Protocolo de Kyoto, son apenas algunos ejemplos recientes de la preocupación supranacional del hombre; en conclusión, el derecho internacional no es hostil, sino un aliado imprescindible para la dignificación humana y el mejoramiento de la condición de las naciones.

El reflejo de este desarrollo del sistema internacional y de su creciente complejidad y ámbitos materiales de regulación, es el aumento de la producción normativa y su incrementada capacidad de penetración de los derechos nacionales. Las cifras son elocuentes.

Estimaciones aproximadas ubican el número de tratados multilaterales vigentes firmados por distintas naciones en alrededor de 1500;1 siendo que de 1970 a 1995 se triplicó el número de acuerdos vigentes. México, por su parte, desde el siglo XIX a la fecha, ha suscrito más de 2 mil 600 tratados bilaterales y multilaterales, de los cuales están vigentes cerca de mil 600.2

Resulta obvio el enorme acervo de normas convencionales que los Estados suscriben. Sin embargo, aunque las cifras conocidas no sean del todo exactas, tanto cuantitativa como cualitativamente, queda constancia de la sujeción de infinidad de materias o sectores normativos a la regulación establecida por la comunidad internacional a través de tratados de diferente alcance; de tal manera que la legislación nacional comparte el objeto de su regulación con instrumentos o convenciones internacionales.

Relación del derecho internacional y los derechos nacionales

A consecuencia de este robustecimiento del derecho internacional, se ha generado una relación cada vez más profunda y extensa entre los órdenes jurídicos nacionales y el orden internacional, de forma que los países han instituido diversas mecánicas o procedimientos para armonizar sus legislaciones y las normas convencionales o internacionales en general.

Doctrinalmente ha predominado la concepción llamada monista interna conforme a la cual las normas internacionales aplicables a un país deben ser cumplidas aún por encima de sus normas nacionales; de otra manera la nación que sobrepone su norma nacional a la norma internacional incurre en una infracción causal de responsabilidad internacional. La sentencia de la Corte de Justicia Internacional de 1927 que resuelve el litigio entre Alemania y Polonia sobre las fábricas de Chorzow, estableció el criterio del predominio de las normas internacionales sobre el derecho internacional.

Los países, en ejercicio de su soberanía eligen el método de incorporación de todo ese derecho internacional a su derecho interno. Pero en cualquier caso, la sumisión de su orden jurídico a las normas internacionales por cumplimiento deficiente o de pleno incumpliendo de una obligación internacional, que será exigible por los sujetos de la comunidad internacional frente a los que se contraiga el deber internacional.

Posición de México

México como una nación no ha estado nunca ajeno a esa corriente de intensificación de la cooperación internacional y a la construcción de intereses solidarios supranacionales. México ha signado multiplicidad de tratados en su momento o actualmente, revisten una significativa repercusión en el diseño de instituciones legales, culturales, económicas, políticas, sociales o de otro género. A título de ejemplo se puede mencionar la Convención de Montego Bay de 1982 sobre Derechos del Mar, o la Conferencia de Chicago sobre Espacios y Navegación Aéreos, las convenciones de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y Consulares, respectivamente de 1961 y 1963, el Estatuto Internacional de Refugiados o los tratados de integración suscritos por México. La conclusión es que cada uno de sus instrumentos internacionales tiene un impacto potencial determinante en el derecho nacional y no hay un mecanismo endógeno que después de la ratificación del acuerdo provea a la adecuación de la legislación nacional.

México en esta actividad convencional o de firma de acuerdos ha contraído compromisos normativamente relevantes que inciden sin duda alguna en una serie de figuras e instituciones jurídicas. México por ministerio de su artículo 133, disposición prácticamente transcrita de la Constitución de Filadelfia de Estados Unidos de 1787, establece un sistema de incorporación de los tratados en el derecho mexicano que ha sido denominado como automático, en el sentido que los acuerdos internacionales, después de su ratificación por la Cámara de Senadores, entrando en vigor internacionalmente surten efectos en el derecho positivo mexicano sin necesidad de un acto legislativo o administrativo de incorporación del acuerdo.

Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el presidente de la república, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los estados. La aplicación de este artículo en lo que a tratados respeta, tiene como efecto lógico y ordinario, la entrada en vigor de normas convencionales que naturalmente pueden chocar contra leyes, sin que el texto arbitre sobre el predominio de ninguna de las fuentes, salvo la Constitución, claro está.

Paradójicamente, la incorporación automática del tratado, aunque parezca patentizar una vocación internacionalista del país, al hacer aplicable la norma convencional en el derecho interno, propicia en los hechos la proliferación de una pluralidad de contradicciones, antinomias e incompatibilidades con las leyes nacionales; ya sean federales o locales, sin que exista un mecanismo institucional que se ocupe de armonizar las disposiciones.

La ejecutoria de la Suprema Corte de Justicia de 1999, en la que se pronuncia sobre la prevalecía de los tratados sobre las leyes federales, si bien introduce un parámetro para jerarquizar las fuentes del derecho en el orden positivo mexicano, adolece de ser una tesis aislada que no constituye jurisprudencia obligatoria (se requieren cinco ejecutorias en el mismo sentido ininterrumpidas), además de que el criterio de la Corte más integra que interpreta el artículo 133, de cuyo texto no se puede desprender inequívocamente esa primacía de los tratados sobre las leyes.

Necesidad de un mecanismo institucional de armonización legislativa

Al ser ratificados los acuerdos internacionales, suponiendo sin conceder que su preceptiva prevalezca sobre las leyes federales, el acto de ratificación no lo manifiesta y las normas en contra que existan en la legislación federal o local subsisten y poseen la suficiente fuerza jurídica para no ser derogadas por las normas de los acuerdos internacionales. Es decir, en nuestro sistema jurídico las disposiciones de una ley tienen suficiente fuerza jurídica pasiva para resistirse a la derogación por una norma contradictoria contenida en un tratado.

Ante este estado de cosas, es imprescindible que las Cámaras actúen legislativamente y prevengan todo ese cúmulo de contradicciones y antinomias que se suscitan cotidianamente entre acuerdos internacionales y leyes tanto locales como federales.

La unidad y coherencia del orden jurídico mexicano resultan severamente expuestas y erosionadas por la acción progresiva de los tratados suscritos por México, cuya compatibilidad con la legislación secundaria no es objeto de un análisis atento y detallado. La llamada derogación tácita que se desprende por la incompatibilidad entre 2 disposiciones, no hace sino generar un serio problema de aplicación normativa para los jueces y autoridades en general.

No se pierde de vista una incompatibilidad entre disposiciones no declarada legislativamente, constituye una transferencia invisible y silenciosa de poder de las Cámaras al Poder Judicial, cediendo parte de sus funciones a la judicatura, lo que a toda costa debe evitar el Poder Legislativo por implicarse una renuncia a sus facultades constitucionales de crear normas generales.

A la par, no se soslaya que en esos conflictos entre leyes y tratados, México se expone a incurrir en una violación del derecho internacional, al dejar subsistentes sus preceptos internos en contra de una convención internacional.

Las Cámaras, al no erradicar esos conflictos contribuyen al desorden sistemático del derecho federal y terminan por introducir un germen de inseguridad jurídica y falta de certeza en todo el sistema.

Es en consecuencia un acto de responsabilidad legislativa por parte de la Cámara de Diputados identificar el problema y proveer institucionalmente a su solución a través de un mecanismo que permita detectar, diagnosticar las antinomias o contradicciones entre las disposiciones de un tratado y las leyes federales.

La prevención o remedio de las antinomias o contradicciones nunca ha sido puesta en práctica de manera sistemática o metódica, sino que de forma esporádica o casi accidental se puede advertir por algún legislador alguno de los conflictos normativos, motivo por el cual es necesario instituir un método y una estructura permanente que dote a la Cámara de Diputados del poder y la capacidad de desplegar una actividad permanente de armonización legislativa que la erija en garante de los valores de seguridad y certeza jurídicas y a la vez la habilite para tutelar y construir la unidad y coherencia del sistema jurídico.

Potestad o competencia de la Cámara de Diputados para crear una unidad de evaluación del impacto legislativo de los tratados.

El artículo 77 constitucional, fracción I, correlacionado con el 135 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, faculta sin lugar a dudas a la Cámara de Diputados para crear la unidad propuesta como un medio inaplazable para proveer a la unidad y coherencia de nuestro sistema legal a través de recursos especializados en el área de derecho convencional internacional y de legislación secundaria.

El artículo 77 establece las facultades de las Cámaras llamadas por la doctrina constitucional y parlamentaria como facultades comunes y separadas, puesto que cada Cámara las puede ejercer por separado:

Artículo 77. Cada una de las Cámaras puede, sin intervención de la otra:

I. Dictar resoluciones económicas relativas a su régimen interior;

Se plasma en este precepto facultades que integran la autonomía de gobierno y normativa de las Cámaras legislativas.

En estrecha conexión con el artículo citado el artículo 135 de la Ley Orgánica del Congreso asienta que:

Artículo 135.

1. Las Cámaras podrán establecer instituciones de investigación jurídica y legislativa para la mejor información y realización de los trabajos.

Se concluye del texto que antecede que cada Cámara, en ejercicio de su competencia para definir su régimen interior provista de base constitucional, puede, mediante un acto de alcance y efectos intracamarales, establecer instituciones de investigación legislativa como la unidad que se sugiere, por lo que la competencia del Pleno de la Cámara de Diputados para aprobar la creación de la unidad propuesta está fundamentada tanto en la Carta Magna como la Ley Orgánica; acto de aprobación que se podría formalizar mediante un acuerdo suscrito por el Pleno camaral.

Finalmente, se debe indicar que no se interfiere en las atribuciones del Senado, puesto que si bien se hace objeto de estudio a los tratados, ninguna decisión se adopta con relación a ellos, sino con respecto a las leyes federales que requieren adaptación o modificación, lo cual entra sin duda alguna en las facultades de la Cámara de Diputados como colegisladora.

Derecho comparado

A la luz del derecho comparado la mayor parte de los países que han promulgado sus constituciones en el siglo XX han establecido mecanismos institucionales específicos y muy ambiciosos de adaptación del derecho internacional en el derecho doméstico. Esos avances contrastan con la relativa apatía o indiferencia que el tema ha despertado en nuestro ámbito nacional.

Francia, con su Constitución de 1958 de la Quinta República, estableció un órgano de control constitucional que examina preventivamente la constitucionalidad de cualquier tratado de que Francia sea parte, así como valora la relación del tratado con otros sectores del derecho francés.

Portugal, con su Consejo de la Revolución o España a través de su Tribunal Constitucional han ejercido idéntica vigilancia en la adaptación legislativa de los tratados.

Otros países, sin ambages, en una vocación universalista de ultranza, confieren poder derogativo o abrogativo a los tratados, haciéndolos de aplicación directa.

Es el caso de Holanda o Alemania. La primera incluso prevé la derogación de normas constitucionales mediante tratado.

Estados Unidos, por su parte, ha establecido la práctica de implementar los tratados mediante legislación, lo que involucra a la Cámara Baja o de representantes que participa de esa manera y con mecanismos presupuestales en el control legislativo de la ejecución de los tratados.

Propuesta de la Unidad de Evaluación del Impacto Legislativo de los Tratados.

Como premisa de la institución propuesta, se tiene en cuenta una problemática a la que se intenta brindar una solución y que podría resumirse en los siguientes aspectos:

Inadecuación o desfasamieto del orden normativo nacional o doméstico con respecto a los tratados internacionales firmados y ratificados por México.

Multiplicidad de acuerdos internacionales suscritos por México de una gran complejidad y diversidad sectorial.

Inexistencia de un mecanismo institucional que garantice la incorporación de las normas internacionales en el derecho nacional.

Riesgos de incurrir por parte de México en cumplimiento deficiente o violación de los tratados de que es parte signataria.

Resulta absolutamente indispensable para resolver los problemas anteriores fijarse diversos objetivos que orienten la actividad de armonización o convergencia legislativa y que serían la razón de ser de la unidad sugerida y pueden ser enunciados de la siguiente manera: Armonizar la legislación o el derecho nacional con los acuerdos internacionales vinculantes para México.

Enriquecer el sistema jurídico nacional con las contribuciones que en materia de instituciones y políticas públicas internacionalmente acordados.

Prevenir situaciones de incumplimiento y responsabilidad internacional.

Conferirle unidad y coherencia al orden normativo nacional.

Controlar por vía parlamentaria y preventiva y a posteriori, el impacto legislativo de los tratados y reservas, así como la legalidad internacional del derecho nacional.

El instrumento institucional planteado consiste básicamente en

• Un mecanismo y estructura a la vez, mediante los cuales se

– Registren los tratados suscritos por México.
– Analice su contenido normativo.
– Evalúe su impacto tanto en el orden federal como en los locales.

– Propongan medidas y reformas legales de adecuación del orden normativo nacional a los tratados firmados y ratificados por México, con visitas a la presentación de iniciativas.

– Cree una unidad ad hoc dentro de la Comisión de Relaciones Exteriores o bajo su autoridad que asuma las funciones de determinación del impacto normativo de los tratados.

La actividad de armonización legislativa constituye por otro lado una función sustantiva de legisladores que no puede ser delegada a ninguna estructura burocrática camaral, sino que debe recaer exclusiva y necesariamente en el ámbito de legisladores, por lo que la unidad debe estar directamente adscrita a un órgano funcional de parlamentarios por su evidente incidencia en el proceso legislativo, dado que los estudios del impacto de los tratados desembocarán en proyectos de iniciativas sometidos a la consideración de legisladores.

Se propone la inserción estructural de la unidad de evaluación del impacto legislativo en los tratados en la Comisión de Relaciones Exteriores, por concernir obviamente la función a la materia de las relaciones jurídicas internacionales contraídas por el Estado mexicano, lo cual no necesita mayor argumentación para ser considerando como competencia del mencionado órgano legislativo.

La unidad de evaluación del impacto legislativo de los tratados desarrollaría las siguientes funciones:

Identificar, registrar, compilar y sistematizar todos los tratados que México suscriba independientemente de su ratificación.

Estudiar el contenido normativo de los tratados e identificar y analizar la legislación sectorial sobre la que incidirán los preceptos del tratado.

Determinar el efecto o impacto de las normas convencionales sobre el orden normativo nacional, federal o local.

Opinar técnicamente sobre las implicaciones jurídicas de los tratados y sus reservas, pendientes de ratificación, en el derecho nacional, sólo para efecto de su adaptación legislativa posterior.

Elaborar los correspondientes proyectos de iniciativa de ley que adapten la legislación federal a la preceptiva del tratado que haya sido ratificado, para efecto de someterlos a la consideración de la Comisión de Relaciones Exteriores y que ésta decida si presenta o no la iniciativa correspondiente de reforma.

Es importante aclarar que la unidad, como resultado de sus estudios no presentará iniciativas que es una facultad exclusiva de legisladores, sino que someterá al parecer de la Comisión de Relaciones Exteriores el proyecto de iniciativa resultante del estudio del impacto para que la comisión institucionalmente disponga y efectúe en su caso la presentación de la iniciativa.

Desde el punto de vista de su estructura e implicaciones presupuéstales viene al caso comentar que la operación y funcionamiento de la Unidad tendría un costo insignificante que tal como se ha proyectado no representaría más del 5% del presupuesto total destinado a los centros de estudios y en cambio tendría una repercusión inmediata y de lo más trascendental en el proceso legislativo mexicano. Complementariamente, su directa sujeción a un órgano de diputados está ligada a su incidencia en el proceso legislativo y a la conveniencia de evitar interferencias de estructuras burocráticas o extraparlamentarias.

Este acuerdo, es necesario precisar, no detalla los aspectos de la conformación de la unidad, determinación que se dejará al Pleno de la Comisión de Relaciones Exteriores para un desarrollo orgánico posterior.

En atención a todo lo expuesto con anterioridad, se pone a la consideración de esta honorable soberanía el siguiente proyecto de

Acuerdo por el que se crea la unidad de evaluación del impacto legislativo de los tratados, adscrita a la Comisión de Relaciones Exteriores.

Artículo Primero. Se crea la unidad de evaluación del impacto legislativo de los tratados, con carácter permanente, adscrita a la Comisión de Relaciones Exteriores y bajo su mando directo.

Artículo Segundo. La unidad tendrá las siguientes funciones:

a) Identificar, registrar, compilar y sistematizar todos los tratados que México suscriba independientemente de su ratificación.

b) Estudiar el contenido normativo de los tratados e identificar y analizar la legislación sectorial sobre la que incidirán los preceptos del tratado, incorporando en su caso consideraciones de derecho comparado.

c) Determinar el efecto o impacto de las normas convencionales sobre el orden normativo nacional, federal o local.

d) Opinar técnicamente a solicitud de la Comisión de Relaciones Exteriores sobre las implicaciones de los tratados pendientes de ratificación y sus reservas, en la legislación nacional.

e) Elaborar los correspondientes proyectos de iniciativa de ley que adapten la legislación federal a la preceptiva del tratado que haya sido ratificado, para efecto de someterlos a la consideración de la Comisión de Relaciones Exteriores y que ésta decida si presenta o no la iniciativa correspondiente de reforma.

f) Opinar a petición de la Comisión de Relaciones Exteriores sobre el impacto en los órdenes normativos locales de tratados en que México es parte signataria.

Artículo Tercero. La Comisión de Relaciones Exteriores determinará la organización interna de la unidad conforme a los recursos autorizados; evaluará a sus integrantes y los nombrará a propuesta del presidente de la comisión; y reglamentará su operación, funcionamiento y condiciones de desarrollo del trabajo técnico.

Transitorios

Primero. El acuerdo entrará en vigor en la fecha de su aprobación y la Unidad quedará integrada dentro de los 30 días posteriores.

Segundo. El acuerdo sólo quedará sin efecto por acuerdo revocatorio del Pleno.

Notas:
1 Álvarez, José E., artículo intitulado "The New Treaty Makers"; en la revista Boston College Internacional & Comparative Law Review, Volumen 25, número 2; 2002; páginas 213-234.
2 Referencia contenida en página web vinculada al Senado de la República.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 22 de noviembre de 2007.

Diputado Gerardo Buganza Salmerón (rúbrica)