Gaceta Parlamentaria, año IX, número 2127-I, martes 7 de noviembre de 2006


Iniciativas Proposiciones
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Iniciativas

QUE REFORMA Y ADICIONA EL ARTÍCULO 30 DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DEL DIPUTADO JUAN DE DIOS CASTRO MUÑOZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El suscrito, Juan de Dios Castro Muñoz, diputado federal de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, miembro del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 55 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona el artículo 30 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de Los Estados Unidos Mexicanos al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Primero. La actividad legislativa reviste una enorme importancia en la vida política y republicana de nuestro país y es por ello que la presentación de las iniciativas -ya sea por el Poder Ejecutivo federal, por las legislaturas de los estados y del propio Congreso General, obedece a las urgentes necesidades para normar el funcionamiento legal de los tres niveles de gobierno, así como también de los Poderes de la Unión.

Segundo. La presentación de proposiciones con puntos de acuerdo, son documentos que contienen posicionamientos sobre un tema en particular e implican alguna propuesta que tiene que ver con creación de comisiones, extrañamientos, excitativas y otras modalidades pero que no impactan de manera efectiva en el quehacer legislativo propiamente, como es la de generar leyes.

Tercero. Durante mucho tiempo, la presentación de puntos de acuerdo en esta soberanía, ha rebasado y por mucho la presentación de iniciativas, así como el proceso de dictamen correspondiente, lo que ha generado un abuso de posicionamientos sobre diferentes temas que muchas veces no tienen impacto social alguno y en muchos de los casos, el destinatario de las excitativas, al no tener una obligación legal de su cumplimiento hace caso omiso de las mismas. Prueba de ello son los 2 mil 923 puntos de acuerdo presentados en la LIX, de los cuales se dictaminaron solamente 423, y se recibió respuesta solamente en 152 casos.

En abono a reforzar esta idea, vale la pena comparar los puntos de acuerdo presentados, contra las iniciativas, ya que en la legislatura anterior se presentaron 2 mil 906, se aprobaron 796 y quedaron pendientes 2 mil 110.

Cuarto. La duración de las sesiones como lo estipula el propio Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos se ve rebasado en la mayoría de las ocasiones, por el excesivo número de posicionamientos que los diferentes grupos parlamentarios presentan en calidad de puntos de acuerdo, lo que provoca que se difumine -para la opinión pública y medios de comunicación- cualquier interés que pudieran generar dichos posicionamientos por muy urgentes que éstos sean.

Quinto. La proporcionalidad y pluralidad de los grupos parlamentarios, representados en esta soberanía, están establecidas en los mecanismos que la propia Ley Orgánica del Congreso General y el Reglamento para el Gobierno Interior prevén para integrar los órganos de decisión de la propia Cámara de Diputados, como es el caso de la Junta de Coordinación Política, la Mesa Directiva y la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos; además que este mismo marco jurídico no limita a ningún grupo parlamentario a presentar un número de iniciativas dependiendo de su número de integrantes, por lo que sería absurdo limitar el número de presentación de puntos de acuerdo por este mismo criterio.

Sexto. Es cierto que para moderar la presentación de un número indiscriminado de puntos de acuerdo, se puede hacer mediante un compromiso de la propia Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, o en su caso de la propia Junta de Coordinación Política, sin embargo esta opción no garantiza dicho propósito como lo haría una reforma al reglamento, que limitaría de manera explicita el número de lecturas de presentación de proposiciones con puntos de acuerdo en una sesión, dejando con esto, mayor dinámica en las sesiones y mayor tiempo para la presentación de iniciativas y a dictaminar las mismas. Aunado a que a menor número de puntos de acuerdo, mayor atención e interés de los compañeros diputados.

Por las razones anteriormente expuestas, comparezco ante esta soberanía para presentar proyecto de

Decreto que reforma el artículo 30 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de Los Estados Unidos Mexicanos

Artículo único. Se reforma el artículo 30 del reglamento para quedar como sigue:

Artículo 30. En las sesiones se dará cuenta con los negocios en el orden del día siguiente:

I al VII. .........

VIII. Proposiciones con punto de acuerdo

En una sesión ordinaria no podrán leerse más de dos proposiciones con punto de acuerdo por grupo parlamentario, salvo en los casos que por su importancia y urgencia, la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos acuerde extender dicho límite. Los grupos parlamentarios podrán presentar a la Mesa Directiva, sin embargo, las proposiciones con punto de acuerdo que no ameriten lectura para que sean turnadas a las comisiones correspondientes para su respectivo dictamen.

Transitorio. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 7 días del mes de noviembre del 2006.

Diputado Juan de Dios Castro Muñoz (rúbrica)
 
 
 
QUE REFORMA EL ARTÍCULO 48 DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, A CARGO DEL DIPUTADO CÉSAR HORACIO DUARTE JÁQUEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

En representación de los diputados del sector agrario del Partido Revolucionario Institucional de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa que contiene proyecto de decreto de adición de un párrafo al artículo 48 de la Ley General de Educación, de conformidad con las razones que se expresan en la siguiente

Exposición de Motivos

Según estudios de la Organización Mundial de la Salud, el sedentarismo y la obesidad se han convertido en problemas de salud pública que han afectado en forma importante al mundo, problema en el que también se ve involucrada la sociedad mexicana, en especial la población infantil. Actualmente un estudio realizado por la Secretaría de Salud revela que en los últimos 10 años el sobrepeso y la obesidad infantil han crecido hasta un 60 por ciento; se estima que, en nuestro país, uno de cada cuatro niños es obeso, debido a que los niños pasan un promedio de cuatro horas diarias jugando videojuegos, en la computadora, viendo televisión o en Internet. Este tipo de actividades suplen la práctica de alguna actividad física; la obesidad y el sobrepeso incrementan el riesgo a padecer males como la diabetes, hipertensión, problemas cardiacos, renales, lípidos, articulares e incluso cáncer.

Pero esta problemática no sólo afecta el estado físico de los menores, sino que también los afecta en su estado de ánimo, en la pérdida de autoestima, que se refleja en una mala calidad de vida, problemas en la conducta social, convivencia y en complejos que sólo perjudican a la persona en esta etapa de formación tan importante en la vida de los seres humanos, y todos los problemas antes mencionados se ven reflejados en el aprovechamiento escolar.

Ante ello, es necesario buscar mecanismos para evitar que este problema siga creciendo y, al miso tiempo, solucionar esta problemática real, que aqueja a nuestros niños, implementando una política de estado que tenga como fin principal crear hábitos para la práctica de las actividades físicas y deportivas en mayores sectores de la población; por ello, la finalidad de la presente iniciativa es adicionar un párrafo al artículo 48 de la Ley General de Educación para establecer la obligatoriedad, por parte de la Secretaría de Educación Pública, de que en el momento de determinar los planes y programas de estudio, aplicables y obligatorios en toda la República Mexicana para la educación preescolar, primaria y secundaria deberán de establecerse por lo menos 3 horas, como mínimo, de clases de educación física.

Por otro lado, con esta medida se estaría contribuyendo el desarrollo integral del individuo, para que ejerza plenamente sus capacidades humanas y, al mismo tiempo, se estimularía la educación física y la practica de algún deporte (principios consagrados en el artículo 7 de la propia Ley General de Educación). Cabe hacer mención de que en muchos de los países desarrollados hay por lo menos 4 horas de clase semanales de educación física

La realización regular y sistemática de una actividad física o deporte ha demostrado ser una práctica sumamente benéfica en la prevención y desarrollo de la salud, así como un medio para forjar el carácter, la disciplina, la toma de decisiones, la inteligencia y la aceptación del cumplimiento de toda clase de normas, beneficiando al mejor desenvolvimiento de quien la practica en todos los ámbitos de la vida cotidiana.

La educación física es un eficaz instrumento de la pedagogía, en cuanto a que ayuda a desarrollar las cualidades básicas del hombre como unidad biológica, psicológica y social.

La actividad física, debe ser tomada como una práctica regular y sistemática en la vida de todas las personas, sin distinción de algún motivo de discriminación por edad, sexo o condición social, por los múltiples beneficios para la salud orgánica, emocional y psíquica de las personas; por esta formación integral en los niños y jóvenes, la educación física se considera como un elemento fundamental de la cultura.

Al realizar la adición en comento e incorporarla en nuestro orden normativo estaríamos en concordancia con lo establecido en la Carta Internacional de Educación Física y el Deporte del 21 de Noviembre de 1978, la cual afirma que todo ser humano tiene derecho a desarrollar las facultades físicas, intelectuales y morales por medio de la educación física y el deporte, y deberá garantizarse tanto en el marco del sistema educativo como en el de los demás aspectos de la vida social; al mismo tiempo da importancia a la educación física y al deporte de elemento esencial de la educación permanente dentro del sistema global de educación.

Esta misma carta nos sigue diciendo: "La educación física y el deporte, dimensiones esenciales de la educación y de la cultura, deben desarrollar las aptitudes, la voluntad y el dominio de sí mismo de cada ser humano y favorecer su plena integración en la sociedad". Contribuyen a preservar y mejorar la salud, a proporcionar una sana ocupación del tiempo libre y a resistir mejor los inconvenientes de la vida moderna, enriquecen las relaciones sociales; todo sistema educativo debe atribuir a la educación física la importancia necesaria para establecer el equilibrio entre las actividades físicas y los demás elementos de la educación y reforzar sus vínculos.

A su vez, también existe una resolución (la 58/5) de la Asamblea General, aprobada el 3 de noviembre de 2003, en la quincuagésima octava sesión de las Naciones Unidas, la cual considera la Educación Física y el Deporte, como un medio de promoción de la educación, la salud, el desarrollo de los pueblos y la paz; esta declaración persigue fundamentalmente promover la educación física como elemento esencial de la calidad de la educación y parte integrante de la educación a lo largo de la vida; busca extender la educación física y el deporte no sólo para la salud y el desarrollo físico, sino también para la adquisición de valores estimuladores de la cohesión social y el diálogo intercultural; también para que los jóvenes aprendan a comunicar, cooperar, trabajar en equipo, respetar a los demás y adquirir disciplina.

Para finalizar, la educación física y el deporte son actividades trascendentales para el desarrollo integral de la persona, por lo que la vida educacional no se escapa de esto; por ello es necesario aumentar las horas de clase en las escuelas del país, lo cual traería múltiples consecuencias positivas en la población, ya que los niños, al tener actividad física extra, estarían mas abiertos mentalmente a poner más atención y a aprender más en sus otras materias; también se estaría contribuyendo a combatir el sedentarismo y la obesidad, problemas graves a los que debemos hacerles frente con políticas adecuadas, como el aumento de horas de clase de educación física y el fomento a las actividades deportivas; también se contribuiría a que los niños y jóvenes se desarrollen de manera integral y crezcan integrados socialmente.

Por los motivos expuestos y de conformidad con lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos a la consideración de esta asamblea, la siguiente

Iniciativa de adición de un párrafo al artículo 48 de la Ley General de Educación

El artículo 48 de la Ley General de Educación, en su texto, quedaría como está en la actualidad, con la salvedad de que en la última parte se adicionaría un sexto y último párrafo, el cual quedaría como sigue:

Artículo 48. ........

La secretaría, al determinar los planes y programas de estudio de educación preescolar, primaria y secundaria aplicables y obligatorios en toda la República Mexicana, deberá de incluir un mínimo de 4 horas de clases de educación física o de actividades deportivas.

Palacio Legislativo, a 6 de noviembre de 2006.

Diputado César Horacio Duarte Jáquez
 
 
 
QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y DE LA LEY DEL BANCO DE MÉXICO, A CARGO DEL DIPUTADO JOSÉ MANUEL DEL RÍO VIRGEN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA

El suscrito diputado, José Manuel Del Río Virgen, integrante del Grupo Parlamentario de Convergencia en la LX Legislatura, con fundamento en los artículos 71, 72 y 73 constitucionales presento la siguiente iniciativa que modifica el párrafo sexto del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 2, 18 y añade una fracción IV al artículo 51 de la Ley del Banco de México. Bajo la siguiente

Exposición de Motivos

La política monetaria se refiere a las acciones por medio de las cuales el Banco Central, afecta las tasas de interés, el tipo de cambio y el abastecimiento de dinero, con el objeto de mantener la estabilidad del nivel de precios, que es en la actualidad y por mandato constitucional su principal objetivo, esta acción necesariamente tiene influencia en las decisiones de gasto de los individuos.

Para explicar mejor lo anterior debemos recordar que al principio de la humanidad la gente comerciaba por medio del trueque, que en otras palabras, era el cambio directo de mercancías y servicios.

El dinero se inventó porque resolvió muchas de las limitaciones severas de trocar, el dinero facilita los procesos de producción y consumo además permite el consumo intemporal es decir, uno puede ahorrar dinero para gastarlo después.

A través del tiempo, la invención del dinero ha incrementado la capacidad de la gente para concentrar sus energías en las cosas ellos hacen mejor, y entonces comerciar sus excedentes

Sin embargo para que el dinero sea útil debe reunir las siguientes características:

1. Debe ser ampliamente aceptado dentro de la sociedad.
2. Debe ser conveniente.
3. Debe ser una norma confiable de valor (una medida confiable del valor relativo de mercancías y servicios).
4. Debe ser un almacén conveniente y efectivo de valor (conservar su valor a través del tiempo).
Una política monetaria adecuadamente manejada debe contribuir a proveer al dinero de tales características.

Para lograr estas metas, la cantidad total de dinero disponible en la comunidad debe guardar una estrecha relación uniforme con el volumen total de los bienes y servicios que se producen en la economía.

Si esto no se cumple entonces el poder adquisitivo del dinero disminuye o aumenta, que es la inflación o deflación. Cuando esto sucede la utilidad de dinero como un almacén y norma confiable de valor se pierde, y los beneficios de tener un sistema monetario también.

Tiempo, energía y el dinero se derrochan, tratando de encontrar maneras de evitar las pérdidas que van desde una falta de credibilidad en la moneda, hasta una catástrofe social.

Sin embargo debemos de reconocer que la estabilidad de precios es un medio, no un fin, pero en la actualidad el párrafo sexto del artículo 28 de nuestra Constitución Política, mantiene a la estabilidad de precios como un fin y no como un medio, ya que textualmente señala lo siguiente:

"El Estado tendrá un banco central que será autónomo en el ejercicio de sus funciones y en su administración. Su objetivo prioritario será procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional, fortaleciendo con ello la rectoría del desarrollo nacional que corresponde al Estado." Esta situación ha obligado a que el Banco de México enfoque todas sus acciones al alcanzar este objetivo, dejando a un lado el crecimiento económico, y con ello, el empleo.

De hecho el artículo 18 de la Ley del Banco de México señala textualmente que:

El Banco de México contará con una reserva de activos internacionales, que tendrá por objeto coadyuvar a la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional mediante la compensación de desequilibrios entre los ingresos y egresos de divisas del país. Lo anterior implica que la constitución de las reservas internacionales tendrá por objeto la regulación monetaria, para contener la inflación.

Por ésta razón en muchas ocasiones no entendemos cuál es la lógica de mantener la mayor parte de nuestras reservas internacionales en dólares cuándo como en la actualidad ésta moneda se depreciado considerablemente contra otras, como lo es en el caso del euro.

Esta situación ha originado, por un lado, que muchas veces se confronten por un lado la política fiscal buscando mantener bajos déficits públicos y la política monetaria que al querer contener la inflación aplica los "cortos", que si bien logran mucha veces desalentar el crecimiento de los precios, también contribuyen a incrementar la tasa de interés y con ello el costo financiero de la deuda pública, presionando al final a la meta de déficit fiscal.

Esta confrontación de objetivos de política económica, ha generado efectos devastadores para la economía mexicana ya que como sucede en la actualidad, nos enfrentamos a una inflación creciente, a un escenario de bajo crecimiento económico y elevado desempleo.

Sin lugar a dudas, todo lo anterior confunde, a los legisladores, a los sectores productivos, a los sectores sociales y a la población en general.

Más aún la propia autonomía de la que goza el Banco de México ha propiciado que su relación con el Congreso sea únicamente para informar sobre sus acciones a través de 3 documentos que se entregan al Congreso en los meses de enero, abril y septiembre de cada año.

Por todo lo anterior el suscrito, y con fundamento en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos someto a su consideración la siguiente:

Iniciativa de Ley que Modifica el Párrafo Sexto del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 2, 18 y añade una fracción IV al artículo 51 de la Ley del Banco de México

Artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, párrafo sexto, dice:

El Estado tendrá un banco central que será autónomo en el ejercicio de sus funciones y en su administración. Su objetivo prioritario será procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional, fortaleciendo con ello la rectoría del desarrollo nacional que corresponde al Estado.

Debe decir:

El Estado tendrá un banco central que será autónomo en el ejercicio de sus funciones y en su administración. Su objetivo prioritario será procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional, atendiendo al crecimiento económico y fortaleciendo con ello la rectoría del desarrollo nacional que corresponde al Estado.

Artículo 2 de la Ley del Banco de México, dice:

El Banco de México tendrá por finalidad proveer a la economía del país de moneda nacional. En la consecución de esta finalidad tendrá como objetivo prioritario procurar la estabilidad del poder adquisitivo de dicha moneda. Serán también finalidades del banco promover el sano desarrollo del sistema financiero y propiciar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos.

Debe decir:

El Banco de México tendrá por finalidad proveer a la economía del país de moneda nacional. En la consecución de esta finalidad tendrá como objetivo prioritario procurar la estabilidad del poder adquisitivo de dicha moneda, atendiendo al crecimiento económico. Serán también finalidades del banco promover el sano desarrollo del sistema financiero y propiciar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos.

Artículo 18 de la Ley del Banco de México:

Dice:

El Banco de México contará con una reserva de activos internacionales, que tendrá por objeto coadyuvar a la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional mediante la compensación de desequilibrios entre los ingresos y egresos de divisas del país.

Debe decir:

El Banco de México contará con una reserva de activos internacionales, que tendrá por objeto coadyuvar al alcance de sus objetivos.

Artículo 51 de la Ley del Banco de México, dice:

El Banco enviará al Ejecutivo federal y al Congreso de la Unión y, en los recesos de este último, a su Comisión Permanente, lo siguiente:

I. En enero de cada año, una exposición sobre la política monetaria a seguir por la institución en el ejercicio respectivo; así como un informe sobre el presupuesto de gasto corriente e inversión física de la institución correspondiente a dicho ejercicio;

II. En septiembre de cada año, un informe sobre la ejecución de la política monetaria durante el primer semestre del ejercicio de que se trate, y

III. En abril de cada año, un informe sobre la ejecución de la política monetaria durante el segundo semestre del ejercicio inmediato anterior y, en general, sobre las actividades del banco en el conjunto de dicho ejercicio, en el contexto de la situación económica nacional e internacional.

Debe decir:

El Banco enviará al Ejecutivo federal y al Congreso de la Unión y, en los recesos de este último, a su Comisión Permanente, lo siguiente:

I. En enero de cada año, una exposición sobre la política monetaria a seguir por la institución en el ejercicio respectivo; así como un informe sobre el presupuesto de gasto corriente e inversión física de la institución, correspondiente a dicho ejercicio;

II. En septiembre de cada año, un informe sobre la ejecución de la política monetaria durante el primer semestre del ejercicio de que se trate, y

III. En abril de cada año, un informe sobre la ejecución de la política monetaria durante el segundo semestre del ejercicio inmediato anterior y, en general, sobre las actividades del banco en el conjunto de dicho ejercicio, en el contexto de la situación económica nacional e internacional.

IV. Asimismo deberá comparecer ante la Cámara de Diputados a más tardar el 15 de septiembre de cada año, para explicar la política monetaria que acompañará al paquete económico que es entregado el 8 de septiembre.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 7 días del mes de noviembre del año dos mil seis.

Diputado José Manuel Del Río Virgen (rúbrica)
 
 
 
QUE REFORMA EL ARTÍCULO 73 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DEL DIPUTADO GUSTAVO CÁRDENAS MONROY, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

En ejercicio del derecho de iniciativa previsto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en su correlativo artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento ante la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, iniciativa de decreto que reforma el último párrafo de la fracción XXIX del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conforme a la siguiente:

Exposición de Motivos

En la concepción moderna del estado federal estamos obligados al replanteamiento, revisión y transformación de las relaciones intergubernamentales ante la dinámica de la realidad, debido a los procesos económicos y sociales en los ámbitos nacional e internacional.

La estabilidad política existe cuando los conflictos entre un segmento de la población y el ejercicio del poder público se ventilan ante instituciones como esta representación popular, foro privilegiado de las divergencias ideológicas y punto de convergencia de lo que, como mexicanos, aspiramos alcanzar, en la perspectiva de mejores oportunidades de desarrollo y la preservación de la paz social.

La estabilidad y el desarrollo económico se posibilitan cuando los factores que lo integran, contribuyen al impulso de más y mejores oportunidades de vida digna a una población dinámica y ávida de respuestas; sin estabilidad política y económica es imposible plantearse el crecimiento; en su ausencia la justicia social es inalcanzable.

La consolidación de la democracia y del federalismo tienen como premisa el fortalecimiento económico de estados y municipios, mediante el consenso de todos los involucrados, a través de instrumentos que contribuyan a imprimir certeza, eficacia y eficiencia a la distribución del presupuesto programable, mediante un sistema de coordinación fiscal que responda al actual entorno social.

La esencia del sistema vigente se estableció a partir de la adición de la fracción XXIX del artículo 73 de la Norma Fundamental, realizada mediante decreto del veinticuatro de octubre de mil novecientos cuarenta y dos; al incorporar las entidades federativas con la federación, a un sistema de coordinación fiscal a través de un convenio de adhesión, con la renuncia de la potestad tributaria de los estados soberanos, desincorporando el órgano legislativo local de su ámbito competencial en materia de contribuciones, a riesgo de que, de hacerlo, estaría expidiendo disposiciones de observancia general que carecen del requisito de fundamentación, previsto en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De acuerdo con este sistema, los ingresos estatales quedan reducidos a ciertos impuestos, aclarando que renuncian a establecer algunos de ellos cuando ingresan al sistema de coordinación fiscal, derechos, tarifas sobre servicios públicos, entre otros, y las transferencias federales, en las que vale la pena destacar que muchas veces duplican esfuerzos, no hay criterios de racionalidad global con las participaciones por impuestos.

Las entidades y sus municipios no son meros receptores de ingresos provenientes de participaciones, son parte actuante de la administración tributaria nacional, pues depende de ellos en forma esencial la mayoría de los sistemas de administración de los ingresos coordinados, siendo algunos tan importantes como el valor agregado.

Aunado a ello, las participaciones no han llevado la misma tendencia de los ingresos tributarios totales del gobierno federal ni del producto interno bruto, con lo cual queda demostrado que el actual sistema de coordinación no guarda un paralelismo con dichas variables económicas, haciendo más injusta e inequitativa la aplicación del sacrificio fiscal en nuestro país.

La distribución de las facultades financieras y, consecuentemente, de los recursos ha sido siempre un tema delicado, pero en la actualidad resulta aun más trascendente si tomamos en cuenta que entidades federativas y municipios requieren de una plena autonomía financiera para llevar a cabo todas las atribuciones que originalmente tenían y las que han adquirido como consecuencia de las políticas asistenciales que se aplican en nuestro país, propias de una población que depende cada vez más de la inversión pública en el suministro de obras y servicios, producto de la explosión demográfica; así como de la descentralización de facultades y obligaciones de los diversos órdenes de gobierno.

El actual esquema de coordinación fiscal, entre otras características negativas, representa la voluntad unilateral del gobierno federal de imponer el monto y la forma de las participaciones, cuya modificación es al mismo tiempo discrecional, favorece a unos estados en detrimento de otros, mediante criterios poco claros, injustos e inicuos, que no reflejan la actividad económica de las entidades y su capacidad contributiva; en una época en que el manejo y distribución transparente de los recursos y la rendición de cuentas constituyen el fundamento de la gobernabilidad democrática de la administración pública, el sistema de coordinación fiscal carece de transparencia en tanto que las entidades federativas no pueden obtener y validar la información relacionada con los impuestos federales asignables que fueron recaudados en su territorio.

Con apoyo en el poder tributario genérico, previsto en la fracción VII del artículo 73 de la Carta Magna, la Federación puede establecer impuestos sobre materias que le están reservadas y sobre todas las demás; es por tanto inexacto que sólo puede legislar sobre aquello para lo cual ha sido expresamente autorizada, pues puede hacerlo sobre todas aquellas materias que le están sujetas por razón de dominio o jurisdicción, como poder soberano, aun cuando ninguna ley le confiera específicamente tal facultad, en detrimento de las menguadas facultades tributarias de las entidades federativas.

Sin una verdadera autonomía financiera, toda pretensión de construir un Estado políticamente descentralizado es irrealizable, por eso es imperativo redefinir el régimen de facultades constitucionales en materia fiscal, que actualice los mecanismos de distribución de los recursos financieros, ante los reclamos de una población que por momentos adquiriere fuerza y rigor. Ante ello, a esta honorable representación popular corresponde la alta responsabilidad de adecuar el actual esquema de coordinación fiscal, estableciendo la obligación entre federación y estados en esta área nodal del desarrollo nacional.

En términos de la concurrencia tributaria sustentada en la fracción IV del artículo 31 de la propia Constitución General de la República; la federación, los estados y los municipios pueden compartir entre ellos los productos de la recaudación de sus respectivas contribuciones, siendo obligación de los ciudadanos la aportación de los mismos; el actual esquema tributario sólo contempla participaciones de federación a estados y municipios y transferencias de aquéllos a éstos, aunque técnicamente podrían haberlas en sentido contrario.

Se hace necesario el replanteamiento de un nuevo esquema de coordinación fiscal, en el que se precisen facultades y responsabilidades, eliminando la discreción de las autoridades hacendarías, en donde los estados sean parte en el sistema tributario con facultades y obligaciones precisas y concretas.

La propuesta de reforma al último párrafo de la fracción XXIX del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para que la federación, las entidades federativas y los municipios, bajo los principios de coordinación y concurrencia tributaria, determinen los rendimientos de las contribuciones especiales, previstas en la propia constitución a través de la integración de los instrumentos de coordinación fiscal que la ley secundaria federal establezca, guarda estrecha relación con las propuestas de reforma en materia de presupuestos multinanuales, metropolitano y del agua expuestas ante esta soberanía, porque inciden en el ingreso, el gasto y el financiamiento público, conforman un campo disciplinario claramente definido en el marco del federalismo fiscal.

Proyecto de Decreto

La presente iniciativa reforma el último párrafo de la fracción XXIX del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

I. a XXIX. ......

g) .......

Las entidades federativas deberán participar en el rendimiento de estas contribuciones especiales, mediante la integración de los instrumentos de coordinación fiscal que acuerden, en términos que la ley secundaria federal determine. Las legislaturas locales fijarán el porcentaje correspondiente a los municipios en sus ingresos por concepto del impuesto sobre energía eléctrica;

Diputado Óscar Gustavo Cárdenas Monroy (rúbrica)
 
 
 
QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD Y DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, A CARGO DE LA DIPUTADA SILVIA LUNA RODRÍGUEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO PNA

La suscrita, diputada federal Silvia Luna Rodríguez, de la LX Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos y los correlativos 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurre a solicitar que se turne a la Comisión de Salud la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se añade un párrafo segundo a la fracción II del artículo 226 de la Ley General de Salud y se adiciona un Capítulo VI Bis, denominado "Beta Agonistas", con los artículos 256 Bis 1, 256 Bis 2 y 256 Bis 3, así como la creación de un Capítulo III, denominado "Engorda Ilegal de Ganado para Consumo Humano", en el Título Séptimo, de "Delitos contra la Salud", con los artículos 199 Bis 2, 199 Bis 3 y 199 Bis 4 del Código Penal Federal, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Hace algunos años, en la década de los noventa, en diversos estados de la república empezaron a presentarse repetidos brotes de intoxicación que, sumados, han afectado a muchos miles de personas. Estos casos se dieron después de haber consumido carne de res contaminada por productos farmacéuticos utilizados para aumentar el rendimiento del ganado. Tras diversas investigaciones se pudo establecer con certeza científica que a los animales sacrificados se había administrado como complemento alimenticio, para reducir grasa y aumentar el volumen muscular, alguno de los medicamentos del grupo de los beta agonistas, siendo los más frecuentemente usados el clorhidrato de clembuterol y, más recientemente, el zipalterol.

La administración de esa familia de productos y su eliminación previamente había sido evaluada por diversos institutos, incluyendo el Nacional de Ciencias Biológicas y Nutrición, y ellos habían determinado que no había depósitos del medicamento en hígado y riñón, por lo cual erróneamente se estableció que para su excreta total sólo se requería evitar la administración del producto unos cuantos días antes de su sacrificio para no tener riesgos en el consumo humano. Sin embargo, lo que realmente sucedió es que no se había investigado los depósitos finales en todos los tejidos y vísceras, y que, a diferencia de los hábitos de consumo en otros países, algunas otras vísceras, como ojos, labio, lengua, útero, trompas de Falopio y cerebro, sí son consumidas por los mexicanos.

Ante la evidencia de que se podían encontrar depósitos de los beta agonistas en las vísceras señaladas, cuya aplicación -como se ha señalado- es disminuir la grasa del animal y aumentar la producción cárnica, la Sagarpa emitió la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-015-ZOO-2002, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de marzo de 2002. Esta norma prohíbe el uso de todos los beta agonistas para consumo animal. Se estableció en la misma norma la prohibición para su producción, manufactura, fabricación, elaboración, preparación, acondicionamiento, transportación, comercialización, importación, suministro y aplicación para el consumo y uso en animales destinados al consumo humano.

La norma contiene los nombre de todos los beta agonistas que tradicionalmente se han utilizado en consumo animal y que alguna vez se han comercializado en nuestro país, no quedando para nadie ninguna duda de la amplitud y certeza de esta norma.

Asimismo, es preciso señalar que los beta agonistas están prohibidos como complemento dietético para animales en todo el mundo, excepto un par de países en África, que por cierto no producen esos fármacos, sino que los compran y que al laboratorio que producía zipalterol (el más reciente beta agonista utilizado) se le han prohibido en Alemania y por el Parlamento Europeo la producción y venta de sus activos a cualquier parte del mundo, lo que sabemos con certeza que ellos han cumplido.

De todo lo anterior se podría desprender que los beta agonistas que puedan estar utilizando algunos y afortunadamente pocos ganaderos, lo obtengan de recetas de médicos veterinarios o humanos, ya que estos productos deben ser usados para algunos padecimientos neumológicos y como broncodilatador, o que los estén importando ilegalmente, de lo que podemos inferir que las excitativas y los puntos de acuerdo de legisladores federales y estatales en las anteriores legislaturas, en las cuales solamente pretendían que no se permitieran la importación y comercialización de los beta agonistas han sido insuficientes, ya que lo que debe hacerse es en el sentido de que no se vendan indiscriminadamente en farmacias humanas o veterinarias, lo que hace indispensable que las recetas deban ser conservadas y darles el trato de medicamentos controlados, así como paralelamente establecer la tipología penal de engorda ilegal de ganado para el consumo humano.

Consideramos imprescindible ver las responsabilidades de cada una de las partes de la cadena de comercialización, y que incluya no sólo al ganadero que administre beta agonistas, también al que hace alimentos para animales con medicamentos y sustancias nocivas para el humano, el introductor de carne y el proveedor del producto.

En México ya es práctica cotidiana el uso de sustancias y medicamentos como parte de los aditivos que promueven la engorda de diversos animales para el consumo humano, sin que medien investigaciones sobre la inocuidad de estos productos, por lo cual se usan en todo el territorio sin ninguna vigilancia sanitaria. Ésa es la razón por la que encontramos repetidos brotes de intoxicaciones por el consumo ya no sólo de reses, sino de aves de corral y carne de cerdo. Asimismo, considero necesario que se conozca que los residuos que dejan en la carne algunos medicamentos pueden además afectar la calidad misma de los productos de origen animal.

La legislación vigente en los países integrantes de la Unión Europea, los de América, Asia y el resto del mundo, con excepción de algunos países africanos, tienen entre sus normas desde la década de los ochenta la prohibición del uso de anabólicos del tipo beta agonistas para la engorda de animales, debido a los comprobados efectos nocivos sobre la salud humana.

El cuadro clínico de intoxicación por beta agonistas incluye ataque al estado general, taquicardia, dolores musculares, dolor de cabeza y temblores que requieren atención hospitalaria, el periodo de hospitalización ha variado de 1 a 30 días; además, se han dado incapacidades de hasta 120 veinte días. Por toro lado, en algunos casos se exacerbaron enfermedades previamente existentes, presentándose insuficiencia hepática, glucosuria, crisis epilépticas, mareos, vértigo, vómito y embolias.

Las modificaciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal que presento ante esta honorable asamblea establece las sanciones a quien o quienes participen en la engorda ilegal de ganado o en la cadena de comercialización de carne contaminada; asimismo, la necesaria vigilancia a quien recete estos productos, además de aceptarse que estos hechos son constitutivos de un delito contra la salud pública.

Es preciso que entendamos que la administración de sustancias prohibidas y aditivos para engorda, no solamente los beta agonistas, a animales destinados al consumo humano es un grave delito contra la salud pública y que debido a la amplia gama de productos que hoy se utilizan en la engorda de animales, nos enfrentamos no sólo a intoxicaciones más o menos graves, sino al consumo de carcinógenos, sustancias de efecto hormonal y tireostático y organismos transgénicos, entre otros.

Toda vez que los agentes hormonales y los beta agonistas pueden ser usados para el tratamiento de enfermedades de las diversas especies de animales destinadas al consumo humano, se requerirá que un médico veterinario expida la receta correspondiente, con fecha y la identidad de los animales tratados, los cuales no podrán ser destinados al consumo humano hasta que se haya constatado que las sustancias utilizadas no están presentes en las vísceras del animal.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y el Código Penal Federal

Artículo Primero. Se adiciona un párrafo segundo a la fracción II del artículo 226 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 226. Los medicamentos para su venta y suministro al público se consideran:

I. ...

II. ...

Medicamentos que requieren para su adquisición receta médica, que deberá ser registrada en los libros de control que al efecto se lleven de acuerdo con los términos señalados en el Capítulo VI de este título. Esta prescripción deberá ser retenida por el establecimiento que la surta en la tercera ocasión; el médico determinará el número de presentaciones del mismo producto.

III. a VI. ...

Artículo Segundo. Se adiciona un Capítulo VI Bis, denominado "Beta Agonistas", con los artículos 256 Bis 1, 256 Bis 2 y 256 Bis 3 a la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Capítulo VI Bis
Beta Agonistas

Artículo 256 Bis 1. Para los efectos de esta ley, se consideran sustancias beta agonistas los compuestos químicos del grupo de los beta adrenérgicos que confiere a cualquier producto, dilución o mezcla el carácter farmacéutico de los mismos, con efectos sobre el aparato respiratorio, reductores de la grasa corporal e hipertrofia de la masa muscular.

Artículo 256 Bis 2. Queda prohibida la utilización de beta agonistas para uso zootécnico para emplearse como parte de aditivos alimenticios en animales que serán destinados al consumo humano.

Artículo 256 Bis 3. Están prohibido el uso de los siguientes beta agonistas como aditivos alimenticios para la engorda de animales destinados al consumo humano:

Clembuterol
Bromobuterol
Carbuterol
Cimaterol
Cimbuterol
Fenoterol
Isoprotenerol
Maboferoide
Mapenterol
Pirbiterol
Salbutamol
Salmeterol
Terbutalina
Formoterol
Ractopamina
Zipalterol
La lista anterior no es limitativa e incluye cualquier otro beta agonista conocido o de nueva creación.

La Secretaría de Salud tendrá la facultad de adicionar a esta lista otras sustancias nocivas para el consumo humano y la alimentación de animales de engorda, lo que deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Tercero. Se adiciona al Título Séptimo del Código Penal Federal un Capítulo Tercero, denominado "Engorda Ilegal de Ganado Destinado al Consumo Humano", con el artículo 199 Bis 2, para quedar como sigue:

Capítulo III
Engorda Ilegal de Ganado Destinado al Consumo Humano

Artículo 199 Bis 2. Al que a sabiendas de los daños que causan a la salud humana utilice las siguientes sustancias beta agonistas: clembuterol, bromobuterol, carbuterol, cimaterol, cimbuterol, fenoterol, isoprotenerol, maboferoide, mapenterol, pirbiterol, salbutamol, salmeterol, terbutalina, formoterol, ractopamina, zipalterol, y harinas cárnicas, prohibidas para la engorda de animales destinados al consumo humano, se impondrán prisión de uno a cinco años y de cien a mil días de multa.

Artículo Transitorio

Primero. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los siete días del mes de noviembre de dos mil seis.

Diputada Silvia Luna Rodríguez (rúbrica)
 
 
 
QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS, A CARGO DE LA DIPUTADA VERÓNICA VELASCO RODRÍGUEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PVEM

Verónica Velasco Rodríguez, diputada a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 4o., tercero, sexto y séptimo párrafos, 71, fracción II, 72, y 73, fracciones VII, XVI y XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 62, 63 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y demás disposiciones jurídicas aplicables, solicita que se turne a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto con base en la siguiente

Exposición de Motivos

De conformidad con el párrafo tercero del artículo 4o. constitucional, toda persona tiene derecho a la protección de la salud.

Del mismo modo, dicho artículo establece en sus párrafos sexto y séptimo que los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral, así como también que los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos y que el Estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos.

También nuestra Carta Magna establece, en su artículo 73, que el Congreso tiene facultad para imponer las contribuciones necesarias para cubrir el presupuesto; dictar leyes sobre salubridad general de la república; para expedir todas las leyes que sean necesarias a objeto de hacer efectivas las facultades que ese artículo 73 constitucional establece, y todas las otras concedidas por el Código Supremo a los Poderes de la Unión.

Por lo anterior es claro que el honorable Congreso de la Unión, dentro sus facultades constitucionales, debe velar por la protección de la salud de los mexicanos, en especial la de los niños, niñas y jóvenes, y más aún tratándose del consumo de tabaco.

No está por demás señalar que más de 16 millones 319 mil adolescentes cuyas edades están entre los 15 y 19 años, y que alrededor de 6 millones de niños y niñas mayores de 5 y hasta 14 años de edad han fumado alguna vez,1 y que por esto las tabacaleras encuentran un mercado atractivo en ese sector de la población mexicana para incrementar sus ganancias, aun cuando se argumente que realizan actividades de responsabilidad social, dado que su misión, entre otras, es primordialmente incrementar el valor de las acciones de la corporación: aumentar la riqueza de sus accionistas, pues de lo contrario, las tabacaleras no tendrían razón de existir.

Es necesario que esta Cámara de Diputados y posteriormente la de Senadores, con la participación del Ejecutivo federal, dirijan sus esfuerzos a expedir leyes y publicarlas, según corresponda, con las cuales se tenga un mayor y mejor control en términos de salud pública y de recaudación fiscal.

Todo proyecto de ley o decreto aprobado por cualquiera de las Cámaras en que se divide el Congreso General debe atender lo establecido en la Norma Fundamental y, con mayor importancia, tratándose de garantías individuales, sin dejar de lado la correspondencia adecuada entre ingresos y egresos públicos.

En este último punto es conveniente señalar que el Partido Verde Ecologista de México, a través de su grupo parlamentario en el Senado de la República durante la Legislatura LIX, presentó una iniciativa con la cual, entre otros aspectos, proponía el principio de austeridad republicana, donde los legisladores observarían en todo momento el equilibrio entre los ingresos y egresos públicos.2

La iniciativa Constitucional que se señala en el párrafo anterior tiene relación directa, aunque con distinta naturaleza, conforme con los principios de supremacía constitucional y orden jerárquico normativo (jerarquía normativa) que dispone el artículo 133 de la Carta Magna con la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, ya que en esta ley se establece, entre otras cosas, que la responsabilidad hacendaria se entiende como la observancia de los principios y las disposiciones de dicha ley, la Ley de Ingresos, el Presupuesto de Egresos y los ordenamientos jurídicos aplicables que procuren el equilibrio presupuestario, la disciplina fiscal y el cumplimiento de las metas aprobadas por el Congreso de la Unión.

Por lo señalado, y considerando que debemos buscar una congruencia entre lo que el Estado gasta y las obligaciones que tenemos los mexicanos para contribuir para los gastos públicos, así como también que una de las atribuciones del Servicio de Administración Tributaria es emitir los marbetes que los contribuyentes deban utilizar cuando las leyes fiscales los obliguen, el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México propone adicionar un artículo 53-M a la Ley Federal de Derechos, con objeto de establecer el cobro del derecho de cada marbete que se adhiera a las cajetillas o empaques de cigarros.

Con la presente iniciativa se mitigaría el impacto presupuestal que ocasionarían los proyectos de decreto presentados por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta Cámara de Diputados, relacionados con la adhesión de marbetes a los empaques o cajetillas de cigarros, que como medida de control sanitario y fiscal básicamente se contribuiría a mejorar la salud pública, así como incrementar la recaudación fiscal, con lo que a través del tiempo se disminuiría la piratería y el contrabando de cigarros, suponiendo que las tabacaleras no tienen injerencia, directa o indirectamente, en dichas actividades fraudulentas, previniendo un aumento de los impuestos al cigarro.

En otras palabras, con la iniciativa que nos ocupa se está proponiendo la fuente de recursos para pagar los costos en que incurriría el Estado por concepto de la expedición de los marbetes para los empaques o cajetillas de cigarros.

Por lo expuesto, la legisladora que suscribe, Diputada a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4o., tercero, sexto y séptimo párrafos, 73, fracciones VII, XVI y XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y demás disposiciones jurídicas aplicables, somete a la consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que adiciona el artículo 53-M a la Ley Federal de Derechos.

Artículo Único. Se adiciona el artículo 53-M a la Ley Federal de Derechos, para quedar como sigue:

Artículo 53-M. Por la obtención de marbetes que se adhieran a las cajetillas o empaques de cigarros a que se refieren la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios o, en su caso, la Ley General de Salud, se pagará el derecho de marbetes conforme a la cuota de ................................ $0.080 por cada uno.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2007.

Segundo. Se derogan y, en su caso, se abrogan, todas las disposiciones que se opongan al presente decreto y se dejan sin efecto todas las disposiciones administrativas, reglamentarias, acuerdos, convenios, circulares y todos los actos administrativos que contradigan al presente decreto.

Notas:
1 Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (2004). Encuesta Nacional de Adicciones 2002.
2 Iniciativa constitucional presentada por la otrora senadora Gloria Lavara Mejía el 17 de marzo de 2005.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil seis.

Diputada Verónica Velasco Rodríguez (rúbrica)
 
 
 
QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS, A CARGO DE LA DIPUTADA VERÓNICA VELASCO RODRÍGUEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PVEM

Verónica Velasco Rodríguez, diputada a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 4o., tercero, sexto y séptimo párrafos, 71, fracción II, 72 y 73, fracciones VII, XVI y XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 62, 63 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y demás disposiciones jurídicas aplicables, solicita que se turne a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La salud pública resulta indispensable para el desarrollo integral de las naciones, y más aún en estos tiempos de interdependencia mundial, donde los actores que intervienen cotidianamente en la globalización no se fijan en razas, colores, creencias o ideologías sino en destinos atractivos para la inversión que aseguren una buena ganancia y respeto a los derechos de propiedad.

Ante esto, podemos señalar que la globalización no sólo debería ser entendida en términos de interdependencia económica, sino en un sentido más amplio que incluye aspectos de salud, de educación, políticos, sociales y culturales, respetando en todo momento la soberanía de cada país, conforme a su historia y momentos presentes, toda vez que la globalización en si misma es la transformación del tiempo y del espacio en nuestras vidas.1

El estado de salud de las personas influye en la productividad laboral así como en el rendimiento escolar de los estudiantes, y más aún si se trata de educación inicial o en la básica.

Nuestra Constitución Política consagra el derecho a la salud al establecer, en el párrafo tercero del artículo 4o., que "......toda persona tiene derecho a la protección de la salud......."2 El espíritu que buscaba el poder revisor al establecer la garantía individual en comento fue, entre otros:

"........Con esta reforma en materia de salud se completa la decisión nunca abandonada por la nación de que cada uno de los mexicanos, por el solo hecho de serlo, gocen dignamente de los elementos de bienestar personal, familiar y social. Advierte la comisión que el artículo 4o. constitucional, en el que se conjunta la voluntad general del pueblo para promover la igualdad entre el varón y la mujer, promover la organización y desarrollo de la familia, proteger al niño y con él a las partes más sensibles de la sociedad, declarar el derecho de toda familia a la vivienda y ahora garantizar la salud para todos, se enlista un catálogo de derechos individuales de raigambre colectiva, garantías individuales y derechos sociales, en una sabia armonía que ha caracterizado desde su origen a la Constitución General de la República...........".3 Asimismo, pasando por las reformas y adiciones al artículo 4o. constitucional publicadas en el Diario Oficial de la Federación de fechas 18 de marzo de 1980 ("......Es deber de los padres preservar el derecho de los menores a la satisfacción de sus necesidades y a la salud física y mental. La Ley determinará los apoyos a la protección de los menores, a cargo de las instituciones pública........"); la ya mencionada de 3 de febrero de 1983; aquella del 28 de enero de 1992 (".........La Nación mexicana tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas. La Ley protegerá y promoverá el desarrollo de sus lenguas, culturas, usos, costumbres, recursos y formas específicas de organización social, y garantizará a sus integrantes el efectivo acceso a la jurisdicción del Estado. En los juicios y procedimientos agrarios en que ellos sean parte, se tomarán en cuenta sus prácticas y costumbres jurídicas en los términos que establezca la ley........"); y la del 28 de junio de 1999 (".........Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar..........".),4 no es sino hasta el 7 de abril de 2000 cuando se publica de manera correcta, explícita y concreta la ampliación de los derechos humanos relativos a las niñas y los niños en materia de alimentación, educación, sano esparcimiento y, por supuesto, en su salud, para su desarrollo integral:5 "Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.

"Los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos. El Estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos.

"El Estado otorgará facilidades a los particulares para que se coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez?".

Por otra parte, la fracción XVI del artículo 73 constitucional establece que el honorable Congreso de la Unión tiene facultad para legislar en materia de salubridad general.

En materia de tabaco, se estima que en México mueren más de más de 50 mil personas al año debido a la adicción a dicha droga legal, a pesar de que el sector salud destina aproximadamente 30 mil millones de pesos anuales para atender las enfermedades relacionadas con consumo de tabaco.

De la misma forma, podemos señalar que las tabacaleras encuentran atractivo el mercado que está integrado por personas cuyas edades oscila entre los 15 y 19 años, ya que en este rango de edad se encuentran más de 16 millones 319 mil adolescentes que alguna vez han fumado, sin dejar de mencionar que aproximadamente 5 millones 509 niños de 10 a 14 años o casi 360 mil niños de 5 a 9 años también han fumado por lo menos una vez en su corto periodo de vida.6

Debemos proteger a las niñas, niños y jóvenes del consumo de tabaco mediante mecanismos que, por un lado, incrementen implícitamente el precio de las cajetillas de cigarros y, por el otro, que en el caso de que tristemente lo llegaran a consumir sepan que lo que adquieren es de legal procedencia y que no se encuentra adulterado, para tratar de reducir los efectos negativos que ocasiona en su salud el fumar cigarros piratas o adulterados.

Por lo anterior, el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta Cámara de Diputados propone reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios en materia de marbetes en las cajetillas de cigarros, para establecer:

Que el marbete, como signo de control sanitario y fiscal, además de adherirse a los envases que contengan bebidas alcohólicas que no excedan de 5 mil mililitros, también es el que se adhiere a las cajetillas que contengan cigarros.

Que se deberán adherir marbetes en las cajetillas de cigarros inmediatamente después de su empaquetado.

Que el marbete deberá ser colocado en la cajetilla de cigarros de tal forma que una vez abierta se rompa o inutilice el marbete correspondiente, para que el consumidor observe que la cajetilla de cigarros es de legal procedencia.

Que los productores e importadores de cigarros deberán inscribirse en el padrón de contribuyentes de cigarros para poder solicitar marbetes.

Que se presume que las cajetillas de cigarros que no tengan adherido el marbete y que se encuentren fuera de los almacenes, bodegas o cualquier otro lugar propiedad o no del contribuyente, o de los recintos fiscales o fiscalizados fueron enajenadas y efectivamente cobradas las contraprestaciones o importadas.

Con la presente iniciativa, además de fortalecer el segundo párrafo del artículo 23 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios se espera reducir el comercio ilegal de cigarros, incrementando al mismo tiempo la recaudación mediante un mejor control fiscal en el mercado de tabaco, desincentivando conductas de evasión y elusión fiscales, el contrabando, la piratería y la adulteración de cigarros, que incide negativamente en la salud pública, y en especial en la de los niños, niñas y jóvenes. Esta Cámara de Diputados, en octubre de 2004 ya se manifestó al respecto: "Asimismo, esta soberanía está de acuerdo en establecer la obligación de adherir marbetes a los cigarros en cajetillas, por considerarla una medida eficaz para desalentar prácticas de evasión del pago de impuestos y aranceles a la importación, contrabando y piratería, ello en detrimento de la salud pública y los ingresos de la federación...".7 Finalmente, la iniciativa que nos ocupa atiende una de las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, en el sentido de imprimir números de serie en cada cajetilla o empaque de cigarros, como mecanismo de control del contrabando de tabaco.8

En atención a lo expuesto, la legisladora que suscribe, diputada a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 4o., tercero, sexto y séptimo párrafos; y 73, fracciones VII, XVI y XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y demás disposiciones jurídicas aplicables, somete a la consideración de esta asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

Artículo Único. Se reforman los artículos 3o., fracción IV, 19, fracciones V -párrafos primero, segundo y quinto- y XV, 23-B y 26, y se adiciona el artículo 19, fracción XIV, con un segundo párrafo, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para quedar como sigue:

Artículo 3o. ........

I. a III. .......

IV. Marbete, el signo distintivo de control fiscal y sanitario que se adhiere a los envases que contengan bebidas alcohólicas con capacidad que no exceda de 5 mil mililitros, o que se adhiere a las cajetillas que contengan cigarros.

V. a XVI. .......

Artículo 19. ........ I. a IV. .........

V. Los contribuyentes deberán adherir marbetes a los envases que contengan bebidas alcohólicas, inmediatamente después de envasarlos. Tratándose de bebidas alcohólicas a granel, se deberán adherir precintos a los recipientes que las contengan, cuando las mismas se encuentren en tránsito o transporte. Tratándose de cigarros, los contribuyentes deberán adherir marbetes en las cajetillas inmediatamente después de empaquetados. No será aplicable lo dispuesto en este párrafo tratándose de bebidas alcohólicas envasadas o de cajetillas de cigarros empaquetadas que se destinen a la exportación, siempre que se cumplan con las reglas de carácter general que al efecto se señalen en el reglamento de esta ley.

Quienes importen bebidas alcohólicas o cigarros y estén obligados al pago del impuesto en términos de esta ley, deberán colocar los marbetes o precintos a que se refiere esta fracción previamente a la internación en territorio nacional de los productos o, en su defecto, tratándose de marbetes, en la aduana, almacén general de depósito o recinto fiscal o fiscalizado, autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. No podrán retirarse los productos de los lugares antes indicados sin que se haya cumplido con la obligación señalada.

........

.........

El marbete para cigarros deberá ser colocado en la cajetilla de tal forma que una vez abierta se rompa o inutilice el marbete correspondiente, con el objeto de que el consumidor pueda observar que el producto es de legal procedencia.

VI. a XIII. .......

XIV. ..........

Asimismo, los productores e importadores de cigarros deberán estar inscritos en el padrón de contribuyentes de cigarros, para poder solicitar marbetes, debiendo cumplir con las disposiciones del reglamento de esta ley y disposiciones de carácter general que para tal efecto se emitan.

XV. Los productores, empaquetadores, envasadores e importadores de bebidas alcohólicas o de cigarros, según sea el caso, estarán obligados a presentar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, trimestralmente, en los meses de abril, julio, octubre y enero del año que corresponda, un informe que contenga y describa de forma precisa, los números de folio de marbetes y precintos, según se trate, obtenidos, utilizados, destruidos e inutilizados durante el trimestre inmediato anterior.

XVI. a XXI. .........

Artículo 23-B. Se presume que las bebidas alcohólicas o las cajetillas de cigarros que no tengan adherido el marbete o precinto correspondiente y que se encuentren fuera de los almacenes, bodegas o cualesquiera otro lugar propiedad o no del contribuyente o de los recintos fiscales o fiscalizados, fueron enajenados y efectivamente cobradas las contraprestaciones o importados, en el mes en que se encuentren dichos bienes al poseedor o tenedor de los mismos, y que el impuesto respectivo no fue declarado. Para tales efectos, se considerará como precio de enajenación, el precio promedio de venta al público en el mes inmediato anterior a aquél en el que dichos bienes sean encontrados.

Lo dispuesto en el párrafo anterior no será aplicable respecto de las bebidas alcohólicas o cajetillas de cigarros destinadas a la exportación por las que no se esté obligado al pago de este impuesto, que se encuentren en tránsito hacia la aduana correspondiente, siempre que dichos bienes lleven adheridos etiquetas o contraetiquetas que contengan los datos de identificación del importador en el extranjero.

Artículo 26. Cuando el contribuyente sea omiso en presentar por más de tres veces en un mismo ejercicio las declaraciones a que se refiere el artículo 19 de esta ley, tenga adeudos fiscales a su cargo, salvo que los contribuyentes celebren convenio con las autoridades fiscales para cubrir a plazos, ya sea mediante pago diferido o en parcialidades o los hayan impugnado mediante cualquier medio de defensa, no se compruebe el uso de los marbetes o precintos entregados previamente, o se compruebe el uso incorrecto de los mismos, así como cuando no exista relación entre el volumen producido, empaquetado, envasado o comercializado y la solicitud respectiva, las autoridades fiscales podrán no proporcionar los marbetes o precintos a que se refiere esta ley.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el 1 enero de 2007.

Segundo. El Servicio de Administración Tributaria, dentro de los 90 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, emitirá las reglas de carácter general en las que se establecerá la seguridad de los marbetes que se deberán adherirse a las cajetillas de cigarros y demás disposiciones aplicables, conforme lo establece la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

Tercero. Todas las cajetillas que contengan cigarros que se produzcan o se importen a partir del 1 de mayo de 2007 deberán contener el marbete a que hace referencia la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

Cuarto. Se derogan y, en su caso, se abrogan, todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto, y se dejan sin efecto todas las disposiciones administrativas, reglamentarias, acuerdos, convenios, circulares y todos los actos administrativos que contradigan el presente decreto.

Notas:
1 Giddens, Anthony (1999). La tercera vía. La renovación de la socialdemocracia. Taurus, página 43.
2 Decreto por el que se adiciona con un párrafo penúltimo el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 1983.
3 Declaratoria de adición de un penúltimo párrafo al artículo 4o. constitucional. Dictamen de la Tercera Comisión de Trabajo, aprobado el 2 de febrero de 1983.
4 También se señala que en el Diario Oficial de la Federación de fecha 14 de agosto de 2001 se publica la derogación del primer párrafo del artículo 4o. constitucional, para que el mismo se estableciera de forma integral con la reforma al artículo 2o. de la Carta Magna, entre otros artículos de ese máximo ordenamiento.
5 El 12 de abril de 2000 se publica en el Diario Oficial de la Federación una fe de erratas al decreto por el que se declara reformado y adicionado el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en ese mismo diario, como ya se señaló, el 7 de abril de 2000 en el sentido de que debe decir ".....El Estado organizará facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez.........."
6 Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (2004). Encuesta Nacional de Adicciones 2002.
7 Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público del proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, aprobado por la Cámara de Diputados el 28 de octubre de 2004.
8 ".......Some governments are now suing tobacco companies for revenue lost due to smuggling activities allegedly condoned by the companies. Measures needed to control smuggling should include monitoring cigarette routes, using technologically sophisticated tax-paid markings on tobacco products, printing unique serial numbers on all packages of tobacco products, and increasing penalties......." World Health Organization (2002). The Tobacco Atlas. Mackay, J. & Michael Eriksen.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil seis.

Diputada Verónica Velasco Rodríguez (rúbrica)
 
 
 
QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, A CARGO DE LA DIPUTADA VERÓNICA VELASCO RODRÍGUEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PVEM

Verónica Velasco Rodríguez, diputada a la LX Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 4o., tercer, sexto y séptimo párrafos, 71, fracción II, 72 y 73, fracciones VII, XVI y XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 62, 63 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y demás disposiciones jurídicas aplicables, solicita que se turne a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Como bien se ha exteriorizado y establecido en nuestra Ley Fundamental y en los tratados firmados y ratificados por el Estado mexicano, así como en las leyes, la Cámara de Diputados se ha preocupado y ocupado de la salud de todos y cada uno de los mexicanos.

No es simplista y coyuntural que se haya establecido en la Carta Magna que "toda persona tiene derecho a la protección de la salud". Asimismo, el poder revisor consideró, y así lo razona actualmente en la LX Legislatura, que "los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral".

Por ello, los legisladores federales debemos reglamentar, a través de las leyes, los derechos establecidos en la Norma Fundamental, y más aun si se trata de la salud pública de los mexicanos, así como llevar a cabo reformas legales concretas para disminuir la evasión y elusión fiscales.

De conformidad con el Diccionario de la Real Academia Española, marbete significa, entre otros, "cédula que por lo común se adhiere a las piezas de tela, cajas, botellas, frascos u otros objetos, y en que se suele manuscribir o imprimir la marca de fábrica, o expresar en un rótulo lo que dentro se contiene, y a veces sus cualidades, uso, precio, etcétera".

Si en cada empaque o cajetilla de cigarros se adhiriera un marbete, tanto los consumidores de tabaco, que conocen y sufren los efectos dañinos en su salud, así como también saben del deterioro que causan a la salud de los demás, el Estado, garante de la protección de la salud y recaudador de las contribuciones para destinarlas al gasto público, y la industria del tabaco tendrán, además de certidumbre jurídica, también económica y social:

Menores problemas de salud pública y, por consiguiente, menor aplicación de recursos públicos para recuperar el estado de salud de los fumadores o de aquellos a que afectan desfavorablemente. En nuestro país se destinan recursos públicos por más de 30 mil millones de pesos al año para atender enfermedades relacionadas con el consumo de tabaco. Dada la falta de recursos públicos que se requieren para financiar el desarrollo que requiere México, no se satisfacen plenamente otras necesidades apremiantes, como el combate de la pobreza o el fomento de la inversión privada para generar empleos o frenar la gran inseguridad que impera en ciertas partes del país.

Se esperaría que ya no se distraigan recursos públicos, escasos, para atender enfermedades ocasionadas por el consumo tabaco, y sí destinarlo a satisfacer las necesidades básicas de la población mexicana, en especial los menos aventajados.

La disminución del contrabando o falsificación de cigarros, que impacta negativamente en las finanzas públicas y en la industria del tabaco. Un mejor y mayor control de las enajenaciones de cigarros en el país beneficiaría no sólo la salud de los mexicanos sino, también, el erario público, con mayor recaudación de impuestos; la generación de empleos; y la lucha contra la economía informal, pues ahí se comercializan cigarros introducidos en el país de manera ilegal o que están adulterados. En ese sentido, se supone que las tabacaleras no propician el contrabando de cigarros como una prevención ante futuros aumentos de impuestos de dicha droga legal.

Por lo anterior, el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la Cámara de Diputados propone modificaciones del Código Fiscal de la Federación, con objeto de establecer atribuciones a las autoridades correspondientes para fiscalizar y, en su caso, sancionar a los contribuyentes que se dediquen a las actividades de enajenación o importación de cigarros y que no adhieran a las cajetillas de cigarros los denominados "marbetes", como medida de control sanitario y fiscal.

Así, la presente iniciativa consiste básicamente en lo siguiente:

Que las autoridades fiscales, mediante visitas domiciliarias, estén facultadas para verificar que las cajetillas de cigarros tengan adherido el marbete correspondiente;

Que se incurre en infracciones fiscales cuando las cajetillas de cigarros no tengan adheridas el marbete; cuando se posea por cualquier título cajetillas de cigarros que no cuenten con el marbete; o si se hace un uso diferente de dichos marbetes del de adherirlos a las cajetillas de cigarros;

Que se sancione con las mismas penas del contrabando a quien enajene, comercie, adquiera o tenga en su poder por cualquier título mercancía extranjera que no sea para su uso personal sin la documentación que compruebe su legal estancia en el país, sin el permiso previo de la autoridad federal competente o sin marbetes tratándose de cigarros. Asimismo, a quien retire de la aduana, almacén general de depósito o recinto fiscal o fiscalizado cajetillas de cigarros que no tengan adherido el marbete correspondiente, o a quien falsifique marbetes que se deban adherir a las cajetillas de cigarros;

Que las autoridades fiscales puedan decretar el aseguramiento de los bienes o la negociación del contribuyente cuando se detecten cajetillas de cigarros sin que tengan adheridas el marbete, o no se acredite la legal posesión de los mismos, estén adulterados o sean falsos.

La presente iniciativa contribuye a la minimización de la información asimétrica que ocurre en el mercado de tabaco, toda vez que es claro que en la economía informal se venden cigarros pirata, falsificados o adulterados, dañando aún más la salud de las personas que consumen tabaco.

En este punto, es necesario manifestar que la adhesión de marbete a las cajetillas de cigarros significará para las tabacaleras el pago o entero a la hacienda pública de una contribución, un "derecho" por dicho concepto,1 y que por lo mismo la industria del tabaco buscará trasladarlo a los fumadores mediante el incremento de los precios al cigarro, dado el espíritu de ganancia que intenta en todo momento maximizar el valor de las acciones de la corporación en contraposición al derecho de salud de toda persona establecido en la Ley Fundamental.

Así, se esperaría que las niñas, los niños y los jóvenes encuentren mayores dificultades para adquirir tabaco dado el incremento del precio del mismo: enfrentarán el dilema de destinar los recursos con que cuentan a comprar tabaco o a satisfacer otras necesidades, como el transporte para llegar a la escuela. Esto es, los menores de edad son más propensos a disminuir drásticamente el consumo de tabaco si experimentan una subida de precios, situación que no ocurre con las personas que ya llevan fumando un considerable periodo.

Por lo expuesto, la legisladora que suscribe, diputada a la LX Legislatura del Congreso de la Unión, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 4o., tercer, sexto y séptimo párrafos, y 73, fracciones VII, XVI y XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y demás disposiciones jurídicas aplicables, somete a la consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto que reforma diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación

Artículo Único. Se reforman los artículos 42, fracción V; 86-A, primer párrafo, fracciones I, II y III; 86-B, fracción III; 105, fracciones I, IX y XVII; 145-A, fracción V, del Código Fiscal de la Federación, para quedar como sigue:

Artículo 42. ...

I. a IV. ...

V. Practicar visitas domiciliarias a los contribuyentes, a fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de expedición de comprobantes fiscales y de la presentación de solicitudes o avisos en materia del registro federal de contribuyentes, así como para solicitar la exhibición de los comprobantes que amparen la legal propiedad o posesión de las mercancías, y verificar que las cajetillas de cigarros tengan adheridas los marbetes y que los envases o recipientes que contengan bebidas alcohólicas cuenten con el marbete o precinto correspondiente o, en su caso, que los envases que contenían dichas bebidas hayan sido destruidos, de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 49 de este código.

...

VI. a VIII. ...

...

Artículo 86-A. Son infracciones relacionadas con la obligación de adherir marbetes a las cajetillas de cigarros o de adherir marbetes o precintar los envases o recipientes que contengan bebidas alcohólicas, de cerciorarse al adquirirlos de que dichas cajetillas de cigarros, envases o recipientes cuenten con el marbete o precinto correspondiente, así como de destruir los envases que contenían bebidas alcohólicas, en los términos de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, las siguientes: I. No adherir marbetes a las cajetillas de cigarros o marbetes o precintos a los envases o recipientes que contengan bebidas alcohólicas.

II. Hacer cualquier uso diferente de los marbetes o precintos del de adherirlos a las cajetillas de cigarros o a los envases o recipientes que contengan bebidas alcohólicas.

III. Poseer, por cualquier título, cajetillas de cigarros o bebidas alcohólicas cuyas cajetillas, envases o recipientes carezcan del marbete o precinto correspondiente, así como no cerciorarse de que las citadas cajetillas, envases o recipientes que contengan cigarros o bebidas, según corresponda, cuenten con el marbete o precinto correspondiente al momento de adquirirlas, salvo en los casos en que de conformidad con las disposiciones fiscales no se tenga obligación de adherirlos, ambas en términos de lo dispuesto en el artículo 19, fracción V, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

IV. ...

Artículo 86-B. ... I. y II. ...

III. De $20.00 a $40.00, a la comprendida en la fracción III, por cada cajetilla de cigarros, envase o recipiente que carezca de marbete o precinto, según se trate.

IV. ...

...

Artículo 105. ... I. Enajene, comercie, adquiera o tenga en su poder por cualquier título mercancía extranjera que no sea para su uso personal sin la documentación que compruebe su legal estancia en el país, o sin el permiso previo de la autoridad federal competente, o sin marbetes tratándose de cajetillas o sin marbetes o precintos tratándose de envases o recipientes, según corresponda, que contengan cigarros, bebidas alcohólicas o su importación esté prohibida.

II. a VIII. ...

IX. Retire de la aduana, almacén general de depósito o recinto fiscal o fiscalizado cajetillas de cigarros, envases o recipientes que contengan bebidas alcohólicas que no tengan adheridos los marbetes según corresponda o, en su caso, los precintos a que obligan las disposiciones legales.

X. a XVI. ...

XVII. Falsifique el contenido de algún gafete de identificación utilizado en los recintos fiscales, o falsifique marbetes o precintos, según se trate, que se deban adherir a las cajetillas de cigarros, envases o recipientes que contengan bebidas alcohólicas según corresponda.

...

Artículo 145-A. ... I. a IV. ...

V. Se detecten envases o recipientes que contengan bebidas alcohólicas o cajetillas que contengan cigarros sin que tengan adheridos marbetes o precintos, según corresponda, o bien no se acredite la legal posesión de los marbetes o precintos, se encuentren alterados o sean falsos.

...

...
 
 

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2007.

Segundo. Se derogan y, en su caso, se abrogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto, y se dejan sin efecto todas las disposiciones administrativas, reglamentarias, acuerdos, convenios, circulares y todos los actos administrativos que contradigan el presente decreto.

Nota:
1 Ley del Servicio de Administración Tributaria, artículo 7o., fracción XVII. La contribución relativa al marbete en las cajetillas de cigarros estará contenida en la Ley Federal de Derechos.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 7 de noviembre de 2006.

Diputada Verónica Velasco Rodríguez (rúbrica)
 
 





Proposiciones

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE SOLICITA A LA SCJN QUE NOMBRE COMISIONADOS ESPECIALES PARA QUE INVESTIGUEN SOBRE HECHOS Y VIOLACIONES DE LAS GARANTÍAS INDIVIDUALES DE LA POBLACIÓN DE OAXACA, A CARGO DE LA DIPUTADA ALEIDA ALAVEZ RUIZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

Los suscritos diputados de distintos grupos parlamentarios de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente propuesta con punto de acuerdo por la cual la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita a la Suprema Corte de Justicia de la Nación nombre comisionados especiales, para que averigüen sobre los hechos que constituyen graves violaciones de las garantías individuales de la población que permanentemente o temporalmente reside o habita en el estado de Oaxaca, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos tiene gran relevancia para la conformación del estado de derecho y para sustentar la seguridad jurídica de la sociedad mexicana.

Los elementos expresados en este artículo consagran la facultad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para designar de entre alguno de los miembros del Poder Judicial de la Federación, a petición del Ejecutivo federal, de algún gobernador o de alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, para que averigüen hechos que constituyan una grave violación de alguna garantía individual.

A mayor abundamiento, el máximo tribunal de la nación ha sostenido el siguiente criterio para ejercer la facultad de investigación:

Registro No. 395157
Localización:
Sexta Época
Instancia: Pleno
Fuente: Apéndice de 1985
Parte I
Página: 227
Tesis: 117
Jurisprudencia
Materia(s): Constitucional

Suprema Corte de Justicia. Investigaciones autorizadas por el artículo 97, párrafo III, de la Constitución Federal.

El artículo 97 de la Constitución otorga a la Suprema Corte de Justicia la facultad para investigar algún hecho o hechos que constituyan la violación de alguna garantía individual, o la violación del voto público, o algún otro delito castigado por la ley federal, únicamente cuando ella así lo juzgue conveniente, o lo pidan el Ejecutivo federal, o alguna de las Cámaras de la Unión, o el gobernador de un estado. Cuando ninguno de los funcionarios o de los poderes mencionados solicitan la investigación, ésta no es obligatoria sino que discrecionalmente la Corte resuelve lo que estima más conveniente para mantener la paz pública. Los particulares no están legitimados en ningún caso para solicitar la investigación a la Suprema Corte, sino que sólo ella puede hacer uso de una atribución de tanta importancia, cuando a su juicio el interés nacional reclame su intervención por la trascendencia de los hechos denunciados y su vinculación con las condiciones que prevalezcan en el país, porque revistan características singulares que puedan afectar las condiciones generales de la nación. Si en todos los casos y cualesquiera que fueran las circunstancias, la Suprema Corte de Justicia ejercitara estas facultades, se desvirtuarían sus altas funciones constitucionales y se convertiría en un cuerpo político. En todo caso, cuando resuelve la Corte su abstención, no puede alegarse indefensión, porque las leyes establecen otros órganos y diversos recursos ordinarios para conocer y resolver sobre ellas.

Sexta Época, Primera Parte: Vol. XC, Pág. 109. Varios 60/42. Fernando Zavala González. 4 de febrero de 1942. Mayoría de 14 votos. Ponente: Gabino Fraga.

Vol. XC, Pág. 109. Varios. 211/43. Aquiles Elorduy. 17 de agosto de 1943. Mayoría de 14 votos. En la publicación no aparece el nombre del ponente.Vol. XCIII, Pág. 60. Varios 301/46. Partidos Democrático y Nacional Constitucionalista, Agustín Tamayo y otros. 7 de agosto de 1946. Mayoría de 14 votos. En la publicación no aparece el nombre del ponente.

Vol. XCIII, Pág. 60. Varios 3/46. Comité Nacional Directivo del Partido Acción Nacional. 7 de enero de 1946. Mayoría de 20 votos. Ponente: Hilario Medina.

Vol. XCIII, Pág. 60. Varios 280/47. Ayuntamiento de Honey, Puebla, 29 de julio de 1947. Mayoría de 16 votos. En la publicación no aparece el nombre del ponente.

Nota: En los precedentes primero y quinto se publica el tipo de negocio como Varios 211/42 y Varios 286/47, respectivamente, en las diversas publicaciones de los Apéndices al Semanario Judicial de la Federación.

Genealogía:

Apéndice al Tomo XXXVI N. L. PG. N. L.
Apéndice al Tomo L N. L. PG. N. L.
Apéndice al Tomo LXIV N. L. PG. N. L.
Apéndice AL TOMO LXXVI N. L. PG. N. L.
Apéndice AL TOMO XCVII N. L. PG. N. L.
Apéndice 54: TESIS N. L. PG. N. L.
Apéndice E 65: TESIS 26 PG. 73
Apéndice 75: TESIS 112 PG 246
Apéndice 85: TESIS 117 PG. 227
Apéndice 88: TESIS 192 PG. 324

Los lamentables acontecimientos que han sucedido en el estado de Oaxaca durante 163 días, han sometido a la sociedad oaxaqueña al desamparo del estado de derecho.

Por acción u omisión de las autoridades estatales, las garantías individuales de los oaxaqueños y las personas que visitan esta entidad federativa, penden de la voluntad de la anarquía.

Para apoyar la petición de ejercicio de la facultad de investigación de la Corte, es necesario describir algunos acontecimientos que se consideran necesarios hacer del conocimiento, mismos que se señalan a continuación y de los cuales se pueden apreciar la sistemática violación a las garantías individuales que priva en el estado de Oaxaca:

Conflicto Magisterial

El 22 de mayo del 2006 alrededor de 70 mil maestros de la Sección 22 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) del estado de Oaxaca realizaron un paro de labores en el Zócalo del estado en demanda de una serie de peticiones, entre ellas, exigen una mejora salarial.

En la madrugada del 14 de junio cientos de policías estatales trataron de desalojar a los maestros sin tener éxito, ya que retomaron el Zócalo. Aproximadamente a las 4:30 de la mañana un comando fuertemente armado irrumpió en el Hotel del Magisterio y al mismo tiempo en el plantón, instalado desde el 22 de mayo, con la intención de llegar al edificio sindical. Se calcula que en el plantón se encontraban aproximadamente 30 mil personas, entre maestros, maestras y miembros integrantes de diferentes organizaciones como la Promotora Estatal por la Unidad Contra el Neoliberalismo, y del Frente de Sindicatos y Organizaciones de Oaxaca (FSODO).

El ingreso al plantón del 14 de junio fue violento y se realizó por las calles de Bustamante, Las Casas, Fiallo y 5 de Mayo, principalmente; la policía preventiva entró disparando granadas de gas lacrimógeno, gas pimienta y disparando con armas de fuego, sin dar tiempo a que los plantonistas desalojaran el lugar en calma.

De los testimonios de los agredidos se ha establecido que algunos cuerpos policíacos portaban armas AR-15, Super 38 y calibre .45, otros más portaban toletes, escudos, picanas eléctricas y morteros lanzagranadas.

Durante el desalojo, fueron abiertas varias escuelas ubicadas en el centro histórico para refugiar a maestras, niñas y niños, a quienes les fueron lanzadas granadas de gas lacrimógeno. A las 6 de la mañana el desalojo de los maestros prácticamente se había realizado, parte de los ministeriales se retiran dejando a los preventivos en la plancha del Zócalo.

Durante las siguientes horas del desalojo de la Sección 22 del SNTE, el bloqueo a la ciudad se extendió, se suspendió prácticamente el servicio de transporte público. En las calles cercanas al centro podían verse pequeños retenes y barricadas, se realizaron acciones como bloqueos de carreteras y marchas en municipios de las diferentes regiones del estado en protesta por la represión contra el magisterio, así como tomas de palacios municipales en Huautla de Jiménez, Jalapa del Marqués, Pinotepa Nacional, Tehuantepec, Salina Cruz, Ciudad Ixtepec, Juchitán de Zaragoza, San Blas Atempa, Matías Romero, Zanatepec, Tapanatepec, Chahuites y Santiago Juxtlahuaca.

El reporte de la Cruz Roja, señala 11 muertos en el asalto de 3 mil 500 policías al plantón pacífico de los maestros en la capital de Oaxaca: 8 adultos, una de ellas una maestra embarazada que falleció luego de ser tundida a golpes por la policía, otro falleció por un impacto que le hizo saltar un ojo, 3 niños que pernoctaban al lado de sus padres en el plantón también han fallecido. Asimismo se reporto un total de 192 personas atendidas, a decir de su titular porque en algunos casos la atención fue rápida y en otros 6 porque fueron canalizados de inmediato.

En total se tienen identificadas a 113 personas atendidas en diversos hospitales públicos de la ciudad, de ellas se han identificado a 65 policías preventivos, 29 profesores, 5 civiles, 3 policías ministeriales, 3 menores, 1 estudiante, 1 policía y otras 6 personas más de las que no pudo precisarse su ocupación.

Hubo cientos de lesionados por el exceso de gas lacrimógeno y golpeados, que fueron atendidos por sus mismos compañeros, por los médicos y enfermeras voluntarias que se instalaron en diversos puntos del centro y la Facultad de Medicina. Otros más acudieron a servicios médicos particulares y otros definitivamente prefirieron llegar a sus lugares de origen para atenderse.

El 15 de junio el vocero presidencial, Rubén Aguilar, deslindó al gobierno federal de la acción del gobierno estatal, aunque la justificó al señalar que había fracasado todo intento de diálogo. El desalojo, insistió el funcionario: fue una decisión del gobierno de Oaxaca y este gobierno (el federal) respeta la soberanía de los estados. ¡Nunca más el autoritarismo presidencial y nunca más el centralismo!

El 2 de agosto el magisterio determinó no negociar las ofertas a su pliego petitorio hasta que el gobernador del estado, Ulises Ruiz, sea destituido de su cargo.

El 14 de julio más de 60 organizaciones civiles presentan informe sobre violaciones a derechos humanos durante el desalojo y recomiendan la destitución de Ulises Ruiz como gobernador por considerarlo responsable directo de los hechos del 14 de junio que se traducen en una vulneración grave y sistemática a los derechos humanos.

Ingobernabilidad en el estado de Oaxaca

El 17 de julio se cancela el Primer Lunes del Cerro de la Guelaguetza. El gobierno del estado argumenta que para evitar confrontaciones se suspende.

El 22 de julio, aproximadamente a las 21:15 un comando armado ataca Radio Universidad con rifles de asalto. No se reportan heridos ni muertes. Organizaciones defensoras de derechos humanos manifestaron su preocupación por estos hechos. En los días pasados se reportaron otras agresiones, como el intento de atentado contra Alejandro Cruz, integrante de OIDHO.

El 23 de julio, integrantes de la Asamblea Popular de Oaxaca rescatan a una persona detenida por la policía metropolitana. Durante la trifulca generada se captura a dos policías (luego liberados) y se causan destrozos a las instalaciones del cuartel de la policía metropolitana.

El 1 agosto miles de mujeres rebeldes marchan por las calles y ocupan instalaciones de radio y de Televisión del gobierno del estado.

Medios corporativos toman precauciones y evacuan instalaciones.

El 7 de agosto, Catarino Torres Pereda, vocero del Comité de Defensa Ciudadana (Codeci) organización integrante de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca es detenido en Tuxtepec por la policía ministerial en atención a una de las ordenes de aprehensión que, según indican funcionarios del gobierno estatal, comenzarán a ejecutarse contra dirigentes sociales participantes en las movilizaciones populares de protesta.

El 10 de agosto, un maestro murió durante una balacera registrada durante la marcha de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca, para demandar la liberación de sus dirigentes.

Desde el inició del conflicto magisterial han muerto varias personas en hechos suscitados en la ciudad de Oaxaca:

El 22 de agosto murió Lorenzo San Pablo, quien trabajaba en la Secretaría de Obras Públicas del gobierno del estado y apoyaba a la Asamblea Popular. Su muerte se registró durante un operativo que la Policía Ministerial, la Preventiva y la Municipal organizaron en contra de los manifestantes que tienen tomada la estación radiofónica La Ley.

El 11 de agosto murió José Jiménez Colmenares tras recibir un impacto de bala en el corazón durante una marcha organizada por el magisterio y la Asamblea Popular para exigir la liberación de los presos políticos.

El 14 de octubre Alejandro García Hernández de 39 años, fue asesinado de un balazo en la cabeza la madrugada del sábado, cuando se encontraba en la barricada 14 de junio ubicada en la avenida Símbolos Patrios.

El pasado 5 de octubre asesinaron al maestro Jaime René Calvo Aragón. El sujeto fue degollado por dos sujetos que lo interceptaron antes de abordar su automóvil. El profesor pertenecía al grupo disidente de la sección 22, al Consejo Central de Lucha, y esa noche se dirigía a una reunión de trabajo en donde se analizaba la reapertura de escuelas en el estado.

El 3 de octubre murió el policía popular Arcadio Hernández Santiago en el municipio de San Antonino Castillo Velasco, donde los pobladores, simpatizantes de la APPO, desconocieron al presidente municipal. Justamente un enfrentamiento entre la policía municipal y la popular fue lo que originó la muerte de este hombre, pues la gresca terminó en balacera.

El 2 de octubre murió degollado Daniel Ovando, de 24 años de edad. A bordo de una motocicleta, el joven se dirigía a su domicilio. Los manifestantes amarraron un cable de un poste de luz hasta un semáforo. El joven no se percató del obstáculo en el camino y murió.

Algunos datos documentados por diversos medios indican que se ha afectado a más de un millón 300 mil alumnos por la falta de clases, se han cerrado 42 mil escuelas, dos meses del ciclo escolar 2006-2007 perdidos, más de 5 mil millones de pesos perdidos en cinco meses

La cancelación de la festividad de la Guelaguetza, representó pérdidas por 330 millones de pesos para hoteleros y restauranteros. Las protestas han reducido el turismo en 75 por ciento y le ha costado a la ciudad al menos 45 millones de dólares., ya que se estima en 5 millones de pesos de pérdida diaria para el sector hotelero, 9 millones de pesos de pérdida diaria, para los comerciantes.

Más de 10 edificios públicos tomados, 25 hoteles cerrados 30 comercios cerrados, mil 500 desempleados, 20 mil empleados dados de baja en el IMSS, 1 mil 500 locales afectados de los mercados 20 de Noviembre y Benito Juárez.

Se calcula que tardará al menos 2 años para recuperarse de la crisis económica.

Después de este operativo se unieron a ellos miembros de organizaciones sociales, y a partir de ese momento, con los sucesos antes mencionados, exigen la renuncia del gobernador del estado Ulises Ruiz Ortiz; ante la serie de protestas el gobernador realizó cuatro cambios a su gabinete, entre ellos la destitución del secretario de Gobierno, así como la de Director General de Seguridad Pública.

De la visita que diversos diputados federales a la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión al estado de Oaxaca se desprende que las sedes de los poderes estatales han sido cambiadas: el Tribunal Superior del Estado y la Junta de Conciliación y Arbitraje han estado cerrados por más de tres meses.

El 20 de octubre en la Cámara de Senadores se discutió el dictamen de la Comisión de Gobernación por el que se analiza la desaparición de poderes en el estado de Oaxaca, presentada por particulares, en el mismo se señalaba lo siguiente

"V. Consideraciones políticas, sociales y económicas con relación al estado de Oaxaca.

Independientemente del análisis jurídico que precede, esta Comisión de Gobernación no puede sustraerse ni dejar de lado la realidad política, social y económica que priva en el estado de Oaxaca. La dictaminadora está obligada a considerar los elementos que enseguida se mencionan:

A nadie escapa que Oaxaca atraviesa por una crisis político-jurídica de proporciones mayores, misma que ha afectado -y continúa afectando gravemente- la vida institucional y el ejercicio pleno de los derechos y prerrogativas de los ciudadanos.

No cabe duda de que la magnitud actual del conflicto se debe, en buena medida, a la falta de conducción política, así como a las acciones y omisiones en que se ha incurrido.

Es público y notorio que la crispación y el encono entre las partes en conflicto se ha incrementado, al grado que es patente la ingobernabilidad por la que atraviesa la entidad. Los hechos violentos que los mexicanos hemos presenciado -tanto el operativo instrumentado por el gobierno del estado el 14 de junio pasado, así como las acciones violentas y violatorias de los más elementales derechos humanos por parte de la Asamblea Popular de Pueblos de Oaxaca (APPO)- se han transmitido a toda la nación por los distintos medios de comunicación y demuestran, fehacientemente, que la gobernabilidad en dicho estado ha dejado de ser la regla y, con ello, se ha perdido la vigencia plena del orden jurídico y de las instituciones.

La autoridad local, desplegó una operación política tardía e ineficiente, que alentó el conflicto, desdibujó la legalidad y sumió a la ciudadanía en la incertidumbre y la desesperación.

A mayor abundamiento, la falta de interlocución entre las partes es signo de debilidad institucional y hace frágil la capacidad de ejercicio.

De tal situación son responsables, por un lado, el gobierno del estado de Oaxaca y, por la otra, los grupos y organizaciones populares inconformes.

Ante todo ello, es claro que la permanencia del titular del Poder Ejecutivo del estado no otorga las condiciones suficientes que coadyuven a reestablecer la normalidad.

Por una parte, la sociedad oaxaqueña, en particular la que habita en la ciudad capital, padece la arbitrariedad, la inseguridad, la incertidumbre y el desgobierno. Con ello, ha resultado afectada en el disfrute de sus garantías individuales, en el ejercicio de sus derechos, en la protección de su integridad física y su patrimonio, en el acceso a los servicios públicos y en el detrimento de su fuente de ingresos.

Los efectos perniciosos del conflicto impactan, por igual, a trabajadores y patrones, a comerciantes y a prestadores de servicios, a los sectores sociales económicamente favorecidos y a los que menos tienen.

Las pérdidas económicas que la población ha soportado durante los últimos meses, así como el incremento del saldo de la deuda social frente a los oaxaqueños, han alcanzado proporciones inaceptables en una sociedad democrática.

Tampoco son admisibles los efectos de la inacción y la irresponsabilidad que han afectado la armonía social de los ciudadanos a quienes debe servir.

Por otro lado, las instituciones de la entidad han visto vulnerada su integridad, y el ejercicio cabal y normal de sus atribuciones se ha tornado difícil. La autoridad ha sufrido el menoscabo de sus potestades.

Asimismo, se han endurecido las posiciones con lo que se ha transitado de la intransigencia a la violencia. Esto lamentablemente ha causado la muerte de algunos ciudadanos enrareciendo el clima político del estado.

Debe mencionarse que en Oaxaca, los problemas, los rezagos, las carencias y la violación a los derechos humanos, los rencores, enconos y prácticas caciquiles no son privativos del periodo que estamos analizando. Por ello, la sociedad oaxaqueña no encuentra respuestas a sus demandas, ni siquiera interlocución responsable con los servidores públicos de las distintas dependencias del gobierno local.

Por último, también debe señalarse como hecho notorio y patente, que durante los cinco últimos meses, se ha impedido que los niños de Oaxaca reciban la educación pública a que tienen derecho y que el Estado tiene la obligación constitucional de proporcionar."

En fecha reciente la opinión pública nacional e internacional ha sido testigo de la violencia que priva en el estado de Oaxaca.

El día viernes 27 de octubre de 2006, se tiene confirmado enfrentamientos violentos en diversos municipios del estado, en los que fallecieron el profesor Emilio Alonso Fabián, de la delegación de los Loxicha, y el comunero Esteban Ruiz, y el camarógrafo estadounidense Bradley Roland Will, quien fuera ultimado en el municipio de Santa Lucía del Camino, conurbano con la capital oaxaqueña.

Además de 23 personas heridas por arma de fuego, entre los que se encontraba el fotógrafo Oswaldo Ramírez, del periódico Milenio, quién recibió un rozón de bala en la rodilla izquierda.

Después de las 21:00 horas se informó que en Santa María Coyotepec fueron detenidos 20 profesores, de los cuales 13 estaban heridos de bala y fueron hacinados en la cárcel municipal.

Entrada la noche, el embajador Antonio Garza confirmó la nacionalidad estadounidense del periodista asesinado y alertó a sus conciudadanos sobre los peligros de visitar el estado por el creciente encono social.

Estos últimos hechos derivaron en la entrada de la Policía Federal Preventiva (PFP) a la ciudad de Oaxaca, en día domingo 29 de octubre.

El operativo inició a las 13 horas, y no fue sino hasta las 16 horas que la PFP pudo avanzar a las primeras calles del zócalo de la ciudad.

El operativo policial-militar se desarrollo en un ambiente de enfrentamientos y protestas contra su presencia en esa ciudad.

El presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), José Luis Soberanes Fernández, informa que tienen conocimiento de 22 detenidos ubicados en los separos de una cárcel cercana de la zona militar 28.

También confirma la muerte de un menor de edad de nombre Jorge Arturo López Bernal, quien era velado en la casa de sus padres pues el MP se negaba a acudir para practicar la diligencia, por lo que personal de la CNDH intervino para que se realizara y enviar el cuerpo al anfiteatro de la ciudad.

Ante este clima de inseguridad, de encono social y a la falta de las mínimas garantías de respeto al estado de derecho y al interés de la colectividad en la entidad, sometemos a consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Que con fundamento en los dispuesto en el párrafo segundo del artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita a la Suprema Corte de Justicia de la Nación nombre comisionados especiales, para que averigüen sobre los hechos que se han puesto en su conocimiento en el presente documento, que constituyen graves violaciones a las garantías individuales de la población que permanentemente o temporalmente reside o habita en el estado de Oaxaca.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados a los siete días del mes de noviembre del año dos mil seis.

Diputada Aleida Alavez Ruiz (rúbrica)
 
 
 
CON PUNTO DE ACUERDO, PARA EXHORTAR AL GOBIERNO FEDERAL A CREAR UN FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN QUE PERMITA LA ACREDITACIÓN DE CUETZALAN, PUEBLA, COMO PATRIMONIO CULTURAL Y NATURAL DE LA HUMANIDAD, A CARGO DEL DIPUTADO FRANCISCO ANTONIO FRAILE GARCÍA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El suscrito, diputado federal de la LX Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo estipulado en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

El patrimonio es el legado que recibimos del pasado, lo que vivimos en el presente y lo que transmitimos a las futuras generaciones.

Nuestro patrimonio cultural y natural son fuentes insustituibles de vida e inspiración; son nuestra piedra de toque, nuestros puntos de referencia, nuestra identidad.

Los sitios de patrimonio mundial pertenecen a todos los pueblos del mundo, independientemente del territorio en que estén localizados, de ahí que todas las acciones que desarrollemos para rescatar y preservar nuestro patrimonio cultural y natural habrán de traducirse en la mejor heredad a los tiempos y generaciones por venir.

Esta es una de las tareas sustantivas de todo gobierno y una de las misiones fundamentales del Poder Legislativo. Esta es la materia del punto de acuerdo que hoy presento a ésta soberanía.

El 27 de septiembre próximo pasado la UNESCO aceptó la inscripción de Cuetzalan y su entorno histórico, cultural y natural, en la lista indicativa mexicana.

De acuerdo con el procedimiento estipulado por la Convención del Patrimonio Mundial y la Comisión Mexicana de Cooperación con la UNESCO, la inscripción de un bien en la lista indicativa nacional representa el primer paso para aspirar a formar parte de la lista de patrimonio mundial; de ahí que para que un sitio sea acreditado patrimonio de la humanidad se requiera satisfacer múltiples requisitos.

Esta primera resolución representa, luego entonces, el principio de un largo proceso de cuya solventación dependerá que en un corto o mediano plazo la UNESCO acredite a la ciudad de Cuetzalan y su entorno histórico, cultural y natural como un sitio de valor universal excepcional.

La inscripción de Cuetzalan y su entorno histórico cultural y natural, en la lista indicativa mexicana está precedida de la convocatoria que para tal efecto hizo la Fundación Humbert para el Desarrollo Social y de la Biodiversidad, y la concurrencia del honorable ayuntamiento constitucional de Cuetzalan del Progreso, del gobierno del estado, a través de las secretarías de Gobernación, de Turismo, de Cultura, de Ecología y Medio Ambiente, de Desarrollo Social, y de Desarrollo Rural; del Centro Regional INAH; de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, CCDI Zacapoaxtla; del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes; Culturas Populares e Indígenas, Unidad Regional Puebla, y de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, delegación Puebla.

Cada una de estas instituciones, en su momento, aportó sus puntos de vista para integrar el expediente que da cuenta del valor universal excepcional de Cuetzalan y que acompañó la solicitud del 29 de septiembre de 2005 y su ratificación del 11 de septiembre del año en curso.

La iniciativa conlleva el propósito de un desarrollo integral mediante el equilibrio de variables de sustentabilidad.

Los indicadores de tales variables apuntan al rescate y preservación de los valores propios de la comunidad; a la generación de empleos e impulso a las micro, pequeñas y medianas empresas; a la integración de constructos culturales reales, patrimonio de Cuetzalan, de Puebla y de México, y a la restauración de ecosistemas en peligro de extinción, todo ello para beneficiar a una población preponderantemente de origen náhuatl.

El propósito es sentar las bases para un desarrollo integral que redunde en beneficios para Cuetzalan y para toda la región; contribuir a la superación del rezago social en una región de alta marginalidad, insertando a Cuetzalan como destino turístico, enfocado a las ciudades patrimonio; contribuir a la preservación del patrimonio de México y su valor universal, propiciando con ello la generación de recursos vía turismo; y restaurar, para su aprovechamiento integral, el medio ambiente.

El éxito del proyecto depende en mucho, dentro de otros aspectos, de la aplicación puntual de las disposiciones legales vigentes aplicables en materia de patrimonio, de la elaboración y ejecución de un proyecto ejecutivo integrador, dar sistematicidad a la inversión pública y categorización de las políticas públicas en torno al proyecto integrador, pero sobre todo, de la voluntad política de los tres niveles de gobierno para persuadir, con hechos, a la UNESCO de que Cuetzalan cuenta con atributos esenciales para ser patrimonio de la humanidad.

Las acciones realizadas hasta ahora, el interés mostrado por las autoridades competentes y la inscripción en la lista indicativa mexicana, según resolución de la UNESCO, permiten advertir que el proyecto se conduce a buen puerto; sin embargo, cabe señalar que el transcurso del tiempo la acción nociva del hombre y la incuria han propiciado que, desde las últimas décadas del siglo pasado, las bondades y atributos de Cuetzalan hayan sido violentados, atentando contra su invaluable acervo cultural y su rica diversidad ecológica.

El propósito de lograr que la UNESCO acredite a la ciudad de Cuetzalan y su entorno histórico, cultural y natural como patrimonio mundial, incorporándola como la segunda ciudad acreditada del estado de Puebla y la décima de la República Mexicana, obliga a solventar a corto, mediano y largo plazos, gobierno y sociedad civil organizada, el cúmulo de elementos deficitarios que derivan de un diagnóstico somero.

Para ello, es necesario conformar un fideicomiso de administración que cuente con órganos de gobierno que hagan posible la participación clara y transparente de las instituciones y patrocinadores del proyecto. Desde esta figura legal-económica se podrá diseñar un proyecto integrador que permita concentrar, coordinar y desarrollar todos los esfuerzos humanos y materiales que conviertan a Cuetzalan en un verdadero polo de desarrollo regional, dada su posición geográfica, su vocación turística y el conjunto de valores que conjuga.

El presente punto de acuerdo, tiene la intención de posibilitar la creación de un fideicomiso de administración que cuente con órganos de gobierno que permitan la participación clara y transparente de los patrocinadores del proyecto "Salvemos a Cuetzalan, patrimonio de la humanidad", donde el Gobierno Federal, a través de las Secretarías de Turismo, de Desarrollo Social, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Instituto Nacional de Antropología e Historia y el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, funja como fiduciaria y garantice el desarrollo de los programas y acciones tendentes a crear las condiciones para que en un corto o mediano plazo se logre la acreditación de Cuetzalan como Patrimonio Cultural y Natural de la Humanidad, privilegiando la participación ciudadana. Con ésta figura económico-legal quedarán abiertas las puertas para que todas aquellas organizaciones de la sociedad civil que deseen participar, lo hagan con la certidumbre de que se privilegia la participación ciudadana.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Que la honorable Cámara de Diputados exhorte al gobierno federal a crear, en coordinación con la Secretaría de Turismo, la Secretaría de Desarrollo Social, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el Instituto Nacional de Antropología e Historia y el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, un fideicomiso de administración que garantice el desarrollo de los programas y acciones que permitan la acreditación ante la UNESCO del municipio de Cuetzalan, del estado de Puebla, como patrimonio cultural y natural de la humanidad.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre de 2006.

Diputado Francisco A. Fraile García (rubrica)
 
 
 
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE ESTA SOBERANÍA DETERMINA REALIZAR UN DIÁLOGO NACIONAL PARA LA REFORMA DEL ESTADO, A CARGO DEL DIPUTADO JUAN N. GUERRA OCHOA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

Consideraciones

1. Por su naturaleza, el Poder Legislativo es la institución del Estado concebida para la confrontación de ideas y propuestas, así como para la búsqueda de acuerdos entre las fuerzas políticas que lo integran. De sus acuerdos han surgido las grandes trasformaciones legales a lo largo de nuestra historia y de ellos han emanado soluciones a los problemas que México ha enfrentado en el ámbito político, económico y social. La transición a la democracia y la alternancia política en el orden federal no se entenderían sin la participación activa del Congreso. La Cámara de Diputados ha sido un actor principal en la dinámica del cambio político mexicano.

2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley Orgánica del Congreso General, la Junta de Coordinación Política expresa la pluralidad de la Cámara de Diputados. Por tanto, es el órgano colegiado en el que se impulsan entendimientos y convergencias políticas con las instancias necesarias a fin de alcanzar acuerdos para que el Pleno pueda adoptar las decisiones que constitucional y legalmente le corresponden. Asimismo, este órgano de gobierno tiene entre sus atribuciones impulsar la conformación de acuerdos relacionados con el contenido de las agendas legislativas suscritas por los distintos grupos parlamentarios. Estas agendas fueron presentadas, por disposición legal, a principios del actual periodo de sesiones ordinarias de la LX Legislatura.

3. Un aspecto relevante de dichas agendas es lo que en el medio político y académico se ha denominado la reforma del Estado. Con independencia de la caracterización, alcance y profundidad de dicha reforma, todos los grupos parlamentarios representados en la Cámara de Diputados coinciden en incluirla entre sus prioridades legislativas. De esta manera, y de acuerdo con las propuestas entregadas por los distintos grupos parlamentarios, entre los ejes temáticos de la reforma del Estado se encuentran la reforma electoral, el fortalecimiento del Poder Legislativo, la revigorización del equilibrio de poderes, la reelección legislativa, el cambio de régimen político, reformas del Poder Judicial y del sistema de justicia, un nuevo federalismo, adopción de mecanismos de democracia participativa, regulación del cabildeo, modificaciones en materia de responsabilidades de los servidores públicos y la introducción de medidas de austeridad en el pago de sus remuneraciones, transparencia y acceso a la información pública gubernamental, democratización de los medios de comunicación, participación de las cámaras en la celebración de tratados internacionales y la autonomía del Distrito Federal.

En sintonía con estos cambios, los grupos parlamentarios presentaron un conjunto de propuestas orientadas a impulsar el crecimiento económico y el desarrollo social, la generación de empleo y la erradicación de las causas estructurales de la pobreza.

4. La Cámara de Diputados ha sido motor de la transformación política mexicana. Su pluralismo le ha permitido encontrar los mecanismos institucionales para que todas las voces se expresen, particularmente en asuntos de trascendencia nacional. Así, la discusión de la reforma del Estado ha sido parte de sus preocupaciones legislativas y la han llevado a crear las instancias parlamentarias para encauzarlas. Con este interés se creó por primera vez en noviembre de 2000, durante la LVIII Legislatura, a iniciativa de la Junta de Coordinación Política, la Comisión Especial para la Reforma del Estado.

En aquel entonces, alentados por el fenómeno de la alternancia en la Presidencia de la República -y por las enormes posibilidades que se abrían de consolidar nuestra incipiente democracia con un acuerdo básico de transformaciones profundas en el terreno legislativo-, los grupos parlamentarios expresaron su voluntad de participar activamente en los trabajos y el análisis de los temas que se involucraban en la reforma del Estado. Su finalidad era estar en condiciones de presentar iniciativas sobre las diversas materias durante el primer año legislativo.

La tarea principal que se acometió a través de esta instancia fue organizar las bases para promover un diálogo político nacional sobre la reforma del Estado, a partir de la consideración de que el Congreso de la Unión y la propia Cámara de Diputados eran el espacio institucional en el que debían confluir las opiniones provenientes de los diferentes órdenes de gobierno, grupos, partidos, sectores, organismos, instituciones diversas del país, así como de ciudadanos en lo particular. El fin era conformar los acuerdos que sirvieran de cimiento para los proyectos, iniciativas y dictámenes que debían conocer y aprobar en su caso las comisiones ordinarias y el Pleno de la Cámara.

Este ejercicio tuvo pocos resultados tangibles en su propósito de concluir en las grandes reformas legales y constitucionales que el país reclama, no obstante que fue continuado en la LIX Legislatura. Empero, representó un esfuerzo de reflexión importante sobre uno de los asuntos torales de nuestro desarrollo político.

5. A seis años de distancia de aquella decisión en que la Junta de Coordinación Política fue protagonista, es necesario dar un nuevo impulso al debate sobre la reforma del Estado. Con el resultado de las elecciones federales del 2 de julio de 2006 se abrió una nueva etapa política para el país y, sin embargo, los viejos problemas de nuestra incipiente democracia subsisten.

Sigue siendo un imperativo el diseño de un nuevo andamiaje institucional para adaptarlo a la realidad política que vivimos, que le permita a nuestra nación consolidar su democracia y crecer a tasas suficientes para abatir la pobreza y las enormes desigualdades sociales que la aquejan. La crisis política surgida a raíz del conflicto social en Oaxaca no hace más que constatar que nuestro régimen político ha llegado a su agotamiento y que es necesario encontrar nuevos equilibrios y formas de atender las demandas de bienestar de la población. Que es conveniente repensar el funcionamiento de nuestras instituciones para hacerlas más eficaces.

Por ello se requiere poner en el centro de la agenda política nacional la reforma del Estado. Tomar conciencia de que ésta es, incluso, una condición para la gobernabilidad democrática a la que aspiramos porque para que las reformas económicas y sociales avancen, deben actualizarse los mecanismos de toma de decisiones y de solución de las diferencias, así como propiciar los consensos requeridos para la generación de mayorías y para la conformación de gobiernos legítimos.

Por las anteriores consideraciones y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 33 y 34 la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, los legisladores sucritos someten a consideración del Pleno la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en el marco de las atribuciones que le otorgan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, acuerda convocar a la realización de un Diálogo Nacional para la Reforma del Estado.

Segundo. El Diálogo Nacional para la Reforma del Estado tendrá como propósito recoger las propuestas de los diferentes sectores de la sociedad en la materia, con objeto de que la Cámara de Diputados prepare las iniciativas y dictámenes legislativos que reflejen el consenso alcanzado.

Tercero. La Cámara de Diputados asume el compromiso de concretar, mediante dictamen de las comisiones ordinarias, las reformas constitucionales y legales que deriven de los consensos alcanzados entre las distintas fuerzas políticas del país, los representantes de los poderes federales, estatales y municipales, organizaciones sociales, económicas y civiles, y de los ciudadanos que participen en el Diálogo Nacional; para promover, cooperativa y respetuosamente, su aprobación en la honorable Cámara de Senadores y en el Constituyente Permanente, de ser el caso, al igual que su promulgación por parte del titular del Poder Ejecutivo.

Cuarto. El Diálogo Nacional para la Reforma del Estado será conducido por la Junta de Coordinación Política, con el apoyo de las comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados que se requiera y de la Comisión Especial para la Reforma del Estado cuando ésta se constituya. Las comisiones llevarán a cabo foros regionales y formarán las mesas de trabajo necesarias para la atención y desahogo de los temas que integren la agenda. La Junta de Coordinación Política concentrará y sistematizará, con el auxilio de las comisiones, las propuestas de reforma que se recojan, identificando los consensos.

Quinto. La Junta de Coordinación Política informará al Pleno de las conclusiones del Diálogo Nacional para la Reforma del Estado, así como de los acuerdos que se asumirán por los grupos parlamentarios, para traducirlos en resoluciones legislativas de la Cámara de Diputados.

Sexto. La Junta de Coordinación Política será la encargada de emitir la convocatoria al Diálogo Nacional para la Reforma del Estado, misma que dará a conocer al Pleno y que tendrá una amplia difusión en todo el país. (Se anexa propuesta)

Séptimo. En cuanto a las necesidades humanas, materiales, de comunicación, editoriales y de recursos financieros, la Junta de Coordinación Política presentará al Pleno de esta Cámara un programa especial, que será considerado en el Presupuesto de Egresos 2007, en el que se establecerán los objetivos, subprogramas y actividades, y en los que se presupuestarán los costos y requerimientos financieros necesarios al acuerdo para el Diálogo Nacional, a fin de asegurar que su alcance, identificación, imagen y difusión, así como la conclusión y calidad de sus consensos, sean ampliamente conocidos por todos los mexicanos y que se reflejen en reformas constitucionales y legales concretas.

Diputado Juan N. Guerra Ochoa (rúbrica)
 

Anexo

Convocatoria del Diálogo Nacional para la Reforma del Estado

Bases
I. De los participantes

Convoca

A Diputados y Senadores del H. Congreso de la Unión, a los Congresos Estatales y Asamblea Legislativa del Distrito Federal, al Poder Ejecutivo Federal; a los delegados y representantes del mismo en las entidades federativas; al Poder Judicial Federal; a los Gobiernos Estatales; a los Tribunales Superiores de Justicia; a los Gobiernos Municipales; a los partidos y organizaciones políticas; a las instituciones académicas; a los organismos empresariales; a las organizaciones civiles; a los sindicatos; a las asociaciones y organizaciones de productores; a las organizaciones y agrupaciones juveniles; a las organizaciones y agrupaciones no lucrativas; a los colegios, barras, ligas de profesionistas; a los medios de comunicación y a todos los ciudadanos en general.

Al Diálogo Nacional para la Reforma del Estado

II. De la realización de las asambleas

A) Para este Diálogo Nacional, se establece la realización de 8 asambleas regionales y una asamblea plenaria nacional.

B) En cada una de las asambleas regionales concurrirán los participantes de las entidades federativas que las integran.

C) Las regiones, ciudades sedes y fechas de realización son como sigue:

1. Región Centro: Querétaro, Estado de México, Morelos y Guerrero.
Ciudad Sede: Acapulco, Guerrero.
Fechas de Realización: 22, 23 y 24 de febrero de 2007.

2. Región Sureste: Yucatán, Tabasco, Campeche, Chiapas y Quintana Roo.
Ciudad Sede: Mérida, Yucatán.
Fechas de Realización: 15, 16 y 17 de marzo de 2007.

3. Región Noroeste: Baja California, Baja California Sur, Sonora, Sinaloa y Nayarit.
Ciudad Sede: Culiacán, Sinaloa.
Fechas de Realización: 30, 31 de marzo y 1 de abril de 2007.

4. Región Golfo Pacífico: Tlaxcala, Puebla, Veracruz y Oaxaca.
Ciudad Sede: Veracruz, Veracruz.
Fechas de Realización: 12, 13 y 14 de abril de 2007.

5. Región Norte: Chihuahua, Coahuila, Zacatecas y Durango.
Ciudad Sede: Zacatecas, Zacatecas.
Fechas de realización: 26, 27 y 28 de abril de 2007.

6. Región Occidente: Jalisco, Aguascalientes, Colima, Michoacán y Guanajuato.
Ciudad Sede: Guadalajara, Jalisco.
Fechas de Realización: 7, 8 y 9 de mayo de 2007.

7. Región Noreste: Nuevo León, Tamaulipas, San Luis Potosí e Hidalgo.
Ciudad Sede: Monterrey, Nuevo León.
Fechas de Realización: 17, 18 y 19 de mayo de 2007.

8. Región Distrito Federal: Distrito Federal.
Ciudad Sede: Ciudad de México.
Fechas de Realización: 29, 30 y 31 de mayo de 2007.

Plenaria Nacional
Ciudad Sede: Ciudad de México.
Fecha de Realización: 14, 15 y 16 de junio de 2007.

III. De la Temática A) Los participantes podrán presentar tema abierto sobre la Reforma del Estado de conformidad, a los siguientes cinco ejes: 1. Reforma al Régimen Político ¿Régimen presidencial o parlamentario?
Reforma electoral: equidad, legitimidad, calendarios, medios de comunicación y federalización de procesos locales
Fortalecimiento de los poderes de la justicia y del federalismo judicial:

Tribunal constitucional y cortes estatales de justicia
Régimen resolutorio a favor de los derechos humanos y al consumidor
Seguridad pública.

2. Reforma al Pacto Federal y Municipal Principios constitucionales de relación política, equidad y compensación regional
Redistribución de facultades, funciones, responsabilidades y recursos
Relaciones y reformas fiscales y hacendarias
Reforma municipal
3. Reforma Económica Planeación Democrática para el crecimiento económico y la equidad regional
Política monetaria, crecimiento e infraestructura económica

Nuevo pacto fiscal entre Estado y sociedad: generalidad, simplificación y recaudación
El futuro de la política energética

Mercado interno y cadenas productivas de Pymes
El campo mexicano ante la total apertura del TLCAN

La sustentabilidad como condición indispensable del crecimiento económico.

4. Reforma Social Derecho a la alimentación: dieta mínima universal
Derecho a la salud: cobertura y equidad en la prestación del segundo y tercer nivel de los servicios, abasto de medicamentos

Extensión y ampliación del derecho a la educación
Fortalecimiento a la inversión en Ciencia y Tecnología

Sistema Nacional de Pensiones
Política promotora y subsidiaria de organismos de la sociedad civil

5. Reforma Política para el Distrito Federal Distrito Federal: por una garantía de trato equitativo en lo político y lo financiero

Cláusula para establecer la equivalencia del régimen político interno del DF como entidad federativa plena, compatible con su condición de sede de los Poderes de la Unión y urbe metropolitana

Identidad y espíritu público del proceso: referéndum ratificatorio
Nueva constitución al Distrito Federal.

La lista de temas aquí presentada es enunciativa no limitativa. Los participantes, a partir de los ejes enlistados, podrán proponer otras temáticas de acuerdo a los intereses regionales particulares, así deberán inscribirlo al momento de su registro. B) A cada participante se le asignará la Mesa de Trabajo, de acuerdo al área que le corresponda según la base IV de esta convocatoria. IV. De la Extensión y la Presentación de los Trabajos A) Los trabajos no tendrán límite de extensión; sólo para efectos de lectura, se deberá presentar un resumen de hasta 5 cuartillas.

B) Los trabajos se presentarán en cuartillas escritas en procesador de texto en Word de Windows XP, letra fuente Arial 14, a doble espacio y en sobre rotulado de acuerdo al siguiente punto.

C) La carátula deberá contener:

El nombre del trabajo; el área de trabajo a la que pertenece de conformidad a la clasificación establecida en la base V, inciso D de esta convocatoria; nombre del ponente; dirección y teléfonos; institución a la que pertenece; y en el caso de la ciudadanía en general, deberá escribir su nombre; dirección; teléfono; fecha y firma del participante.

Los trabajos se entregarán en original, copia y archivo electrónico.

D) El registro de participantes queda abierto a partir de la publicación de la convocatoria hasta 3 días antes que dé inicio la consulta, el cual deberá hacerse en: la Oficialía Mayor del Congreso de su Entidad y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, debiendo confirmar su registro mediante la comunicación a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión por fax a los teléfonos: XXXXXXXX y DDDDDD ext. RRRRR.

E) Como segunda opción podrán presentar los trabajos vía correo electrónico a la siguiente dirección de la Cámara de Diputados XXXXXXXXXXX, cubriendo lo relativo al punto IV de esta convocatoria.

V. De la organización de las asambleas regionales A) Cada asamblea iniciará y cerrará con sesión plenaria, con participaciones de orientación y de presentación de los objetivos colectivos deseados por parte de los legisladores federales responsables, y cerrará con la presentación de las conclusiones de la asamblea regional y de sus mesas de trabajo. Los participantes en las mesas elegirán un portavoz por mesa para ese efecto.

B) Se establecerán las mesas necesarias de acuerdo a los ejes temáticos y tópicos registrados. Se procurará la integración homogénea de las mesas de acuerdo a la base I y V, inciso D de esta convocatoria.

C) Cada mesa de trabajo tendrá un coordinador que será designado por la Subcomisión Coordinadora Regional que será nombrada para tal efecto, la cual será responsable del desarrollo de todas las actividades de la asamblea regional correspondiente.

D) Las mesas de trabajo estarán integradas de forma proporcional y representativa por integrantes de:

Poder Legislativo Federal: Diputados y Senadores
Poder Ejecutivo federal y sus delegados y representantes en las Entidades Federativas
Poder Judicial Federal: Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito

Gobiernos Estatales
Congresos Estatales y Asamblea Legislativa

Tribunales Superiores de Justicia
Gobiernos Municipales
Partidos y Organizaciones Políticas

Instituciones Académicas
Organismos Empresariales
Organizaciones Civiles
Sindicatos

Asociaciones y organizaciones de productores
Organizaciones y agrupaciones juveniles
Organizaciones y agrupaciones del deporte

Colegios, barras y legas de profesionistas
Medios de comunicación
Ciudadanos en general

E) La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión convocará, mediante concurso de oposición a facilitadores profesionales para que apoyen el proceso integral de recopilación de las participaciones, las frecuencias, la presentación de las relatorías en las plenarias de clausura regional y nacional, así como de la elaboración de las conclusiones, ordenación y opinión sobre los consensos alcanzados a la CPC, así como para la elaboración de la memoria del Diálogo Nacional 2007.

VI. De la Mecánica de Trabajo en las Asambleas Regionales A) Registro y ubicación en las mesas de trabajo

B) Elección de la directiva de la Mesa de Trabajo que será integrada por un Presidente, un Secretario y un Relator

C) Presentación y lectura de los trabajos en el orden cronológico a su registro

D) Trabajo de síntesis y relatoría de las ponencias presentadas a cargo de la directiva de la mesa de trabajo con el soporte de los facilitadores

E) Elección del portavoz a la plenaria final para la presentación de conclusiones

VII. De la Presentación de las Relatorías A) Cada uno de los portavoces, dará lectura de la síntesis de su mesa de trabajo en la sesión plenaria final.

B) Cada uno de los coordinadores de los ejes temáticos, dará lectura de la relatoría correspondiente a su área en la sesión de conclusiones del Diálogo Nacional.

C) Cada una de las subcomisiones coordinadoras regionales, harán la relatoría de las conclusiones de la plenaria nacional.

D) Tanto los coordinadores de los ejes temáticos a nivel nacional, como las subcomisiones regionales deberán integrar a miembros de los poderes locales y de las organizaciones de la sociedad civil como portavoces de los contenidos en lo que se refiere a conclusiones y consensos.

E) Los facilitadores brindarán el soporte para la presentación diáfana, clara, racionalizada y equilibrada de cada uno de estos trabajos.

VIII. De la Participación en la Reunión Plenaria Nacional

Se observará la misma mecánica que en las consultas regionales, con la salvedad de que participarán los responsables de las subcomisiones coordinadoras regionales y responsables de ejes temáticos en los términos expuestos, así como de los titulares y/o representantes de los organismos convocados, correspondientes al Poder Legislativo Federal, al Poder Judicial Federal y Ejecutivo, del sector social y del sector privado.

IX. De la Compilación e Impresión de los Trabajos

Todos y cada uno de los trabajos presentados, serán incluidos en la memoria del Diálogo Nacional. Se preparará una estrategia integral de comunicación política en medios electrónicos y prensa escrita, mediante el uso de tiempos oficiales, el canal del Congreso, y la edición de material de difusión para público académico y sectores social y económico.

X. De la Observancia

A) Los participantes se sujetarán a las bases descritas en el presente acuerdo y convocatoria.

B) Los casos no previstos en la presente convocatoria, serán resueltos por la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión en lo que se refiere a las funciones de su encomienda, y en lo que se refiere a los aspectos políticos entre poderes, entidades y municipios.
 
 
 


CON PUNTO DE ACUERDO, A FIN DE QUE SE DESTINEN RECURSOS PARA CONSTRUIR PLANTAS TRATADORAS DE AGUAS RESIDUALES EN HIDALGO, A CARGO DEL DIPUTADO FERNANDO MOCTEZUMA PEREDA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El que suscribe, diputado federal Fernando Moctezuma Pereda, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, pone a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, conforme a las siguientes

Consideraciones

El estado de Hidalgo, dada su proximidad con el Distrito Federal, no ha escapado al grave deterioro provocado por el acelerado proceso de urbanización e industrialización, que afecta principalmente a la región central del país, con sus consecuentes efectos ambientales. Esto se refleja en todas las regiones del estado en una constante movilidad poblacional, así como en la descomposición de las estructuras productivas agrarias y de los sectores productivos marginales.

En el aspecto ambiental, cada vez es más notorio el proceso de erosión del espacio rural, así como una preocupante concentración de contaminantes en el medio urbano.

La contaminación de los suelos por sales y metales pesados conlleva, a mediano o largo plazo, a procesos de salinización y sodificación, que redundarán en una baja productividad, pero sobre todo en un daño de los suelos por tiempo indefinido, cuya recuperación requerirá de un largo plazo, además de grandes inversiones económicas, de no atenderse a la brevedad con una planta tratadora de aguas residuales en la zona.

Las actividades industriales se unen a las actividades anteriores que afectan el ambiente; también la agricultura y el sector servicios son grandes consumidores de espacios y de recursos naturales; además, la entidad se ha convertido en importante receptor de aguas negras provenientes de la zona metropolitana del valle de México.

En consecuencia, los cambios de las condiciones ecológicas en el estado pueden representar a corto plazo una degradación acelerada de los recursos naturales no renovables si no se adoptan medidas contundentes y estrategias adecuadas de manejo, protección y conservación ecológica efectivas, así como un apropiado uso del suelo. Dado lo anterior, la región Tula-Tepeji enfrenta problemas complejos, al igual que otros municipios del estado que por su naturaleza demandan instrumentar medidas de atención urgentes.

Al respecto, en materia ambiental, el desafío es enfrentar plenamente las responsabilidades y los costos de un aprovechamiento racional de los recursos naturales que permitan impulsar el desarrollo sustentable para mejorar la calidad de vida de la población.

Los retos en materia de desarrollo regional consisten en lograr un mejor equilibrio, mediante la canalización de mayores recursos para la dotación de infraestructura y de servicios públicos básicos, principalmente a las regiones con mayores grados de marginación y en la integración de las economías regionales, destacando sin duda alguna la protección del ambiente, donde uno de sus objetivos consiste en integrar a la planeación del desarrollo estatal políticas para el ordenamiento ecológico del territorio a nivel regional.

Es preciso mencionar que la rectoría, en la planificación y administración de los recursos naturales, es función del Poder Ejecutivo federal cuya estructura, instrumentos y estrategias tienen como principal fundamento los artículos 2o., 25, 26, 28 y 29 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de tal forma que la política ecológica del estado de Hidalgo se sustenta en una base jurídica congruente con las estrategias del Plan Nacional de Desarrollo.

Es por las anteriores consideraciones que se pide que en el Presupuesto de Egresos de la Federación se incluyan los recursos necesarios para la construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales en el estado de Hidalgo, la cual además está ya contemplada dentro de los proyectos que tiene la Comisión de Desarrollo Metropolitano, la cual está integrada por los estados de Hidalgo, Querétaro, México y el Distrito Federal.

De igual forma, se propone supervisar el cumplimiento de la legislación en materia ambiental, promover mecanismos de financiamiento para la protección, conservación y restauración del ambiente, ordenar el uso del suelo y promover investigación científica aplicada.

Dadas las anteriores consideraciones, pido a esta asamblea su apoyo para impulsar el desarrollo ambiental del estado de Hidalgo, aprobando la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Que se destinen recursos adicionales suficientes dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación 2007 para que en el estado de Hidalgo se construyan plantas tratadoras de las aguas residuales, provenientes de la ciudad de México.

Diputado Fernando Moctezuma Pereda (rúbrica)
 
 
 
CON PUNTO DE ACUERDO, PARA EXHORTAR AL GOBIERNO DE MÉXICO, EN CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 89 CONSTITUCIONAL, A VOTAR EN FAVOR DEL PROYECTO DE RESOLUCIÓN QUE CONDENA EL EMBARGO ECONÓMICO, FINANCIERO Y COMERCIAL CONTRA CUBA POR ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, QUE SERÁ PRESENTADO EN LA SEXAGÉSIMA PRIMERA ASAMBLEA GENERAL DE NACIONES UNIDAS, EL PRÓXIMO 8 DE NOVIEMBRE, A CARGO DEL DIPUTADO ALEJANDRO CHANONA BURGUETE, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA

El suscrito diputado federal, coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con base en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución al tenor de las siguientes

Consideraciones

El artículo 89 constitucional, en su numeral X, otorga al Presidente de la República la facultad de dirigir la política exterior, pero también lo obliga a observar siete principios rectores que han formado parte de nuestra tradicional política exterior y que además son universalmente aceptados. Los dos primeros se refieren al respeto a la libre autodeterminación de los pueblos y a la no intervención.

México ha tenido profundos e históricos lazos de amistad con el pueblo cubano, y desde el triunfo de la Revolución Cubana los gobiernos de la república mantuvieron, hasta la administración del Presidente Fox, una actitud de respeto y apoyo a las decisiones del pueblo cubano y su gobierno. Lamentablemente, la actual administración decidió cambiar, para mal, esta tradicional política, en un intento de congraciarse con la Casa Blanca; objetivo que por cierto no cumplió.

A principios de febrero de 1962, el presidente estadounidense John F. Kennedy firmó el decreto presidencial 3447, donde se establecía oficialmente el bloqueo económico contra Cuba. Este bloqueo ha sido la piedra angular de la política anticubana de 9 administraciones norteamericanas, a lo largo de 44 años.

El bloqueo ha sido, en su forma y en su fondo, un intento ilegal, extraterritorial y violatorio de los derechos humanos de todo el pueblo cubano, para tratar de intervenir en la vida política y social de Cuba. La forma de organización política, económica y social es un asunto que compete única y exclusivamente a los cubanos.

Paradójicamente, el gobierno que así intenta someter promueve al mismo tiempo, por sí o por intermediarios, condenas a la situación de los derechos humanos en la isla. En abono a esta política intervencionista, el último informe presentado ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU por la representante personal del Alto Comisionado de Naciones Unidas para este tema, intenta minimizar los efectos del bloqueo, mientras crítica al gobierno cubano.

Establecer un cerco económico y político en contra de un país es una acción que contraviene todas las normas de derecho internacional; altera la armonía de la convivencia entre los países y se constituye en fuente permanente del conflicto. Cabe decir que esta acción unilateral del gobierno de Washington ha merecido la condena internacional.

La Asamblea General de las Naciones Unidas ha condenado ya en catorce ocasiones consecutivas el bloqueo contra la isla cubana por considerarlo injusto y violatorio de los derechos humanos.

El próximo jueves 8 de noviembre se votará, una vez más, en el Pleno de la Sexagésima Primera Asamblea General de las Naciones Unidas, un proyecto de resolución que condena el embargo financiero, económico y comercial a Cuba.

Siete grupos parlamentarios españoles ya exigieron al gobierno de España que apoye la resolución de Cuba contra el bloqueo de Estados Unidos, que será discutida en la Asamblea General de la ONU el próximo día 8.

La recién concluida Cumbre Iberoamericana en Montevideo también reclamó el inmediato final del bloqueo contra Cuba por parte de Estados Unidos.

En cumplimento de los principios establecidos en el artículo 89 constitucional y siguiendo nuestra tradicional política exterior hacia Cuba, es necesario que esta Cámara de Diputados se pronuncie a favor de esta condena al bloqueo estadounidense, a través del siguiente

Punto de Acuerdo

De urgente y obvia resolución

Único. Se exhorta al gobierno de México a votar, en cumplimiento del artículo 89 constitucional, a favor del proyecto de resolución que condena el embargo económico, financiero y comercial contra Cuba por parte de los Estados Unidos, que será presentado en la sexagésima primera Asamblea General de las Naciones Unidas el próximo 8 de noviembre.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 7 días del mes de noviembre de 2006.

Diputado Alejandro Chanona Burguete (rúbrica)
 
 
 
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE CREA UNA SUBCOMISIÓN QUE INVESTIGUE EL DAÑO ECOLÓGICO GENERADO POR PEMEX, LA CFE Y TEKCHEM EN SALAMANCA, GUANAJUATO, A CARGO DEL DIPUTADO ANTONIO VEGA CORONA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El diputado Antonio Vega Corona, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de la LX Legislatura, y los diputados abajo firmantes, con fundamento en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La mayoría de las actividades productivas en el territorio nacional han propiciado el desarrollo de diversos sectores sin tomar en cuenta las afectaciones a nuestro entorno natural y, por ende, a la salud de los mexicanos.

El incremento en la frecuencia e incidencia de enfermedades respiratorias asociadas con la contaminación atmosférica en algunas ciudades han propiciado una serie de ajustes a las políticas y programas de la administración pública federal, además de la adopción de nuevas tecnologías que permiten reducir considerablemente la emisión de contaminantes a la atmósfera. El tema de la contaminación atmosférica se convirtió en dos décadas en un asunto de salud pública a nivel de secretaría de Estado.

Aun cuando hubo avances, éstos se concentraron en las grandes urbes: Distrito Federal, Monterrey y Guadalajara. Si bien ello obedeció a que en esas ciudades los problemas de contaminación atmosférica eran más graves que en otras, poco a poco nuevas metrópolis se han visto afectadas por este problema.

Si bien en algunas ciudades se ha reducido la frecuencia con que se presentan elevadas concentraciones de contaminantes atmosféricos y con ello el riesgo a la salud pública, hoy en día la contaminación atmosférica sigue siendo uno de los principales problemas ambientales a resolver, y a éste se suman los problemas provocados por la contaminación a suelos y cuerpos de agua, tal es el caso de la ciudad de Salamanca, Guanajuato.

La contaminación atmosférica, resultado de actividades productivas, particularmente la industrial, petroquímica y la derivada de la generación de electricidad, ha afectado de manera permanente a los habitantes de la ciudad de Salamanca y de forma indirecta a sus recursos naturales e infraestructura al precipitarse como lluvia ácida. De igual forma, los pasivos ambientales de empresas como Tekchem continúan contaminando suelos y mantos acuíferos salmantinos.

Por lo que se refiere a la contaminación atmosférica, se identifica al dióxido de azufre (SO2) y al material particulado, fracción respirable de diez micrómetros, como los principales contaminantes.

Bajo condiciones ambientales los óxidos de azufre gaseosos se presentan como dióxido de azufre y trióxido de azufre. El dióxido de azufre es incoloro, no flamable y no explosivo, con un olor sofocante y altamente soluble en el agua. La principal fuente antropogénica de emisión de óxidos de azufre son los combustibles fósiles que contienen azufre. En forma natural son emitidos por la acción volcánica. El ácido sulfúrico, el bióxido de azufre y las sales de sulfato son irritantes de las membranas mucosas tanto del tracto respiratorio como a las conjuntivas. Incluso llegan a ocasionar enfermedades crónicas del sistema respiratorio como rinitis, bronquitis, asma y, en algunos casos, enfisema pulmonar, además de afecciones oculares y vasculares.

En cuanto a los recursos naturales, el dióxido de azufre causa daños a las plantas, llegando a necrosar los tejidos aéreos como hojas y tallos. Pero el principal problema del dióxido de azufre en el ambiente es su potencial para generar la lluvia ácida. Ya que al contacto con el agua de lluvia, mediante reacciones químicas que se dan en la naturaleza, el dióxido de azufre se puede convertir en ácido sulfhídrico o ácido sulfúrico modificando el pH de la lluvia convirtiéndola en un agente corrosivo y que al depositarse sobre materiales de construcción como el mármol, la cantera, la cal y el mortero termina por deshacerlos. Por ello podemos observar que los monumentos, edificios, esculturas e iglesias de Salamanca se han deteriorado rápidamente. Pero el problema de la lluvia ácida no acaba allí, ésta se deposita en el suelo y modifica el pH de éste, altera la composición de la microflora que mantiene la riqueza de los suelos y altera la capacidad de las plantas para absorber nutrientes y sustancias tóxicas, haciendo a estas últimas más fácilmente biodisponibles. Esta lluvia ácida también llega a los acuíferos superficiales y los convierte en aguas ácidas difíciles para sostener la vida.

Por su parte, el material particulado puede estar conformado por una diversidad de sustancias. Las partículas cuyo diámetro es menor o igual a 10 micrómetros (PM10) pueden estar formadas por aerosoles, polvos, metales, productos de combustión, o microorganismos como protozoarios, bacterias, virus, hongos y polen. Las principales fuentes antropogénicas de material particulado incluyen: la quema de combustibles sólidos como la madera y el carbón, las actividades agrícolas como la fertilización y almacenamiento de granos y las actividades de la industria de la construcción.

Las partículas inhaladas no siempre se expulsan del organismo, causando problemas principalmente en el tracto respiratorio, lo cual contribuye a la presencia de enfermedades crónicas respiratorias. De hecho se estima que el riesgo de morir prematuramente aumenta en 2 por ciento, 8 por ciento por cada incremento de 50 mg de PM10, que pueden causar enfermedad pulmonar obstructiva crónica, neumonía y, en casos graves, la muerte.

Tanto la exposición esporádica a elevadas concentraciones de contaminantes atmosféricos como la exposición recurrente a concentraciones dentro de la normatividad vigente ha sido asociada a problemas en la salud, particularmente de la población más vulnerable, que son los niños y las personas adultas mayores. Los efectos se agudizan cuando el dióxido de azufre se combina con material particulado o la humedad del aire, pues el efecto negativo total es mayor que el que cada contaminante puede producir individualmente, esto quiere decir que se producen "sinergias" en sus efectos.

La refinería Antonio M. Amor, de la Paraestatal Petróleos Mexicanos, que comenzó sus operaciones en la década de los cincuenta es una de las principales fuentes fijas de dióxido de azufre para Salamanca. esta refinería se conforma por 53 plantas de proceso, las cuales elaboran 42 productos terminados y a lo largo de su vida útil ha tenido varias etapas de crecimiento en 1955, 1962, 1970-74, 1979, 1992-96 (plantas del paquete ecológico). En el año 2000 inició un proyecto de reconfiguración de largo plazo que tiene por objeto mejorar la eficiencia operativa de la refinería e incrementar la producción de gasolina de alta calidad, lo que contribuyó a reducir la importación de gasolinas. Para ello se construyeron 2 plantas de proceso nuevas: una unidad reformadora de naftas, una unidad hidrodesulfuradora de naftas, así como la integración y servicios auxiliares.

De acuerdo con Pemex Refinación, los beneficios de esta reconfiguración de largo plazo son: el incremento de la producción de gasolina, diésel y combustóleo. También hubo beneficios ambientales por la reducción de las emisiones de gases contaminantes a la atmósfera al implantar sistemas de lavado de gases en dos calderas.1

Por su parte, la Comisión Federal de Electricidad cuenta con una central termoeléctrica en esa ciudad que opera desde 1971, la que cuenta con cuatro unidades y tiene una capacidad instalada de 866 MW. Esta planta aún utiliza combustóleo para generar electricidad, por lo que sus emisiones de dióxido de azufre también son elevadas.

Las autoridades estatales y federales han reconocido que el problema de contaminación atmosférica en Salamanca es grave y han iniciado una serie de acciones para remediarlo. Entre las acciones que destacan se encuentran la conformación de una red de monitoreo atmosférico que fue establecida en 1998 y es administrada por el Patronato para el Monitoreo Atmosférico de la Calidad del Aire de Salamanca, AC. A partir de los datos recabados por la red se elaboró el primer inventario de emisiones en 2000.

Los datos del inventario demostraron que la industria "es la principal fuente generadora de dióxido de azufre, contribuyendo con más de 99 por ciento de las emisiones. Con respecto a las partículas menores a 10 micrómetros, las aportadas por la generación de energía eléctrica representan 29 por ciento de las emisiones, seguido por el tráfico vehicular en los caminos sin pavimentar con 27 por ciento, la quema de esquilmos con el 17 por ciento y las emisiones provenientes del sector transporte con 10 por ciento. El 17 por ciento restante es emitido por los demás subsectores.2

Con esta información se inició el diseño de políticas para mejorar la calidad del aire de Salamanca; se logró en 2004 la firma del Convenio para Mejorar la Calidad del Aire y se publicó el Programa para Mejorar la Calidad del Aire en Salamanca 2003-2006. Este programa comprometió recursos por un monto de 330 millones de pesos y estableció 15 acciones que lograrían el cometido de reducir las emisiones contaminantes, particularmente las de los principales contaminantes atmosféricos de la ciudad. En ese sentido, no es casualidad que muchas de estas medidas estén dirigidas a mejorar la calidad ambiental de la refinería y la termoeléctrica, destacando para la primera la implementación de un programa para reducir las emisiones de dióxido de azufre, así como realizar sus operaciones con una mezcla de combustibles que le permitieran cumplir con la normatividad todo ello desde el año 2004.

En el caso de la termoeléctrica se acordó reducir emisiones de dióxido de azufre en 40 por ciento, ello a partir del suministro de combustóleo con un contenido máximo de azufre de 3 por ciento en peso y la sustitución del combustóleo de 3.8 por ciento de azufre en peso por gas natural. Cabe mencionar que ese proceso inició en 2003, por lo que se infiere que se trató de una medida que no tendría un impacto económico considerable para la empresa, pues de todas formas ya se estaba llevando a cabo. También es importante mencionar que el porcentaje estándar de azufre en el combustóleo en la Ciudad de México es de 2 por ciento, es decir, mucho menor que el establecido en el Proaire Salamanca.

Otras medidas complementarias se relacionan con la implantación del Programa de Contingencias Atmosféricas, así como el fortalecimiento de la Red de Monitoreo Atmosférico.

A pesar de que las acciones, políticas y programas del Proaire Salamanca concluyen este año es claro que no sólo no han cumplido con el objetivo para el que fueron establecidas sino que, además, no han resuelto el grave problema de salud pública que viven los salmantinos. Prueba de ello es que en el Inventario Nacional de Emisiones publicado recientemente por el Instituto Nacional de Ecología, la ciudad de Salamanca registró emisiones de dióxido de azufre por 111.098.8 megagramos por año y de material particulado de 10 micrómetros por 5866.9 megagramos por año. Cabe señalar que éstas fueron las más altas del estado de Guanajuato.

Aunado a lo anterior y de acuerdo con la información proporcionada por el Patronato para el Monitoreo de la Calidad del Aire de Salamanca, AC, desde el 6 de enero del presente año se han registrado 22 episodios de precontingencia cuando la normatividad aplicable sólo permite 1 episodio al año, siendo el más reciente el que se registró del 7 al 10 de octubre de 2006. Más aún, durante enero de 2006 se decretó en 10 ocasiones la fase de contingencia.

Tal parece que para las autoridades competentes la grave situación que atraviesan los salmantinos es un asunto cotidiano que no requiere más que ordenar a las industrias que ocasionan estos episodios mediante la reducción de sus actividades para facilitar la dispersión de los contaminantes.

Aún cuando existe un convenio entre Semarnat y el Centro Nacional de Capacitación Ambiental (Cenica), para monitorear la contaminación atmosférica en ciudades, éste es reciente y el Cenica apenas iniciará el monitoreo de la calidad del aire en Salamanca. Por lo que respecta a la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Guanajuato, hasta ahora ésta ha tomado cartas en el asunto y ha intentado reunirse con los directivos de la Refinería Antonio M. Amor y la Termoeléctrica Salamanca, pues se ha especulado que éstas están utilizando el combustóleo inadecuado o lo están consumiendo en mayor cantidad.

Mientras tanto, la población padece los daños de la negligencia industrial. De hecho se tiene conocimiento de que a fin de evitar un mayor costo político por la mala calidad del aire que prevaleció esa semana, el Comité de Contingencias Ambientales por conducto del Instituto de Ecología de Guanajuato decidió de forma unilateral dar por terminada la precontingencia.

El dolor de cabeza y garganta, la picazón en la nariz y el ardor en los ojos fueron los síntomas más comunes reportados por la población. En las escuelas las actividades al aire libre se suspendieron, sin embargo los profesores han advertido que la regularidad de las fases de precontingencia y contingencia están ocasionando cambios en la conducta de los educandos.

Cabe hacer notar que el Proaire Salamanca estableció como una de sus estrategias que el Sistema de Vigilancia en Salud Pública Ambiental recopilara información primaria sobre diferentes indicadores de morbilidad, para a partir de ello construir una base de datos sobre los efectos en la salud asociados a la exposición a contaminantes atmosféricos. Esta estrategia comprendía el monitoreo periódico de los efectos agudos durante fase de contingencia y sin ésta, así como el análisis de morbilidad en las unidades médicas en fase de contingencia. Sin embargo, la autoridad sanitaria del estado carece de un programa de seguimiento del impacto en la población y de forma particular los más vulnerables como consecuencia de la exposición prolongada a estos contaminantes. A nivel federal, aun cuando existe el mecanismo denominado "sala de situación", dedicado a disminuir la concentración de los contaminantes, no existe un directorio del personal especializado para atender los daños a la salud en las ciudades de mayor riesgo como Salamanca.

Ahora bien, por lo que se refiere a la contaminación de suelos y agua, preocupa el caso de la empresa Tekchem, que inició actividades en Salamanca en 1991. Tekchem produce plaguicidas como el DDT, hexaclorobenceno, toxafeno y endrín. Éstos pertenecen a la docena sucia, es decir, son compuestos orgánicos persistentes, y en particular el DDT, un plaguicida prohibido en muchos países industrializados por sus efectos indeseables al ambiente.

Esta industria es sucesora de Fertimex y tiene un pasivo ambiental de más de 57 toneladas de fertilizantes químicos dispuestos a cielo abierto, por lo que además de contaminar el aire, como ya mencioné, provoca afectaciones a suelo y cuerpos de agua. Pero no sólo es el pasivo ambiental herencia de Fertimex lo que preocupa a los salmantinos, sino también el remitido por CFE con objeto de ser dispuesto temporalmente en sus instalaciones. En efecto, en enero pasado se tuvo cocimiento del confinamiento de varios transformadores que contienen askareles, un contaminante denominado orgánico persistente que es cancerígeno y fácilmente bioacumulable si llega a la cadena trófica por contaminación al suelo y agua.

A los salmantinos no se nos ha olvidado el trágico accidente registrado en 2000, cuando una nube tóxica de aproximadamente 5 kilómetros de diámetro generada por la fuga de malatión -un plaguicida organofosforado prohibido en otros países- obligó a las autoridades a evacuar a más de mil habitantes de la zona. En esa ocasión 213 personas resultaron intoxicadas y 36 tuvieron que ser hospitalizadas. Y por lo que toca al fideicomiso que se constituyó para remediar el pasivo ambiental de Tekchem, que recibió 240 millones de pesos en noviembre de 2004, aún se desconoce cómo se ha administrado y los resultados que ha obtenido. Mientras tanto, el problema ambiental persiste.

Las autoridades federal y estatal adoptaron una actitud pasiva en el caso de Teckchem. Ejemplo de ello es que la Fiscalía Especializada en Delitos Ambientales, dependiente de la Procuraduría General de la República, notificó que cerraba el expediente de la denuncia presentada en 2001 por el incidente de la fuga de matalión, y a pesar de que los quejosos se inconformaron, no han obtenido respuesta.

Por lo que toca a la salud de los salmantinos, lamentablemente en este caso tampoco ha habido un seguimiento del personal de Tekchem, que permita determinar si existe una relación entre la exposición a los contaminantes y la manifestación de enfermedades respiratorias, dermatológicas o de otra índole.

No podemos, como representantes del pueblo, mantenernos indiferentes ante esta situación y en esta tribuna hemos escuchado posturas diversas sobre nuestros avances en materia de salud, ciencia y tecnología. He escuchado aquí las posiciones ideológicas de los diferentes grupos parlamentarios, todas dignas de respeto. Hasta ahora nadie ha manifestado estar en contra de la salud pública, y el desarrollo sustentable, o de una política de cuidado integral del medio ambiente y esta legislatura, en mi opinión, se caracteriza por tener el entusiasmo y la voluntad de trabajar en serio en estos temas.

En ese sentido, pongo a su consideración, esta propuesta de trabajo para dar seguimiento a leyes aprobadas por quienes nos antecedieron, pero sobre todo, para que se apliquen en forma expedita y resuelvan los problemas que he señalado y que lamentablemente continúan aquejando a la población salmantina debido a sistemas de información poco confiables.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que el de la voz, a nombre de los legisladores del Partido Acción Nacional en la LX Legislatura, y los abajo firmantes, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, solicitando sea turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales para su estudio y dictamen.

Punto de Acuerdo

Único. Se propone la creación de una subcomisión en la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales que investigue los efectos en la salud causados por las elevadas concentraciones de contaminantes en aire, agua y suelo en la ciudad de Salamanca, Guanajuato; la existencia de pasivos ambientales confinados en las industrias paraestatales y privadas en la ciudad de Salamanca y sus alrededores, así como las opciones para su adecuado manejo; y el impacto que el depósito de estos pasivos ambientales ha tendido en el suelo y los mantos acuíferos de la región.

Notas:
1 Informe de Rendición de Cuentas de la Administración Pública Federal 2000-2006, Primera etapa, Pemex Refinación. En: http://www.ref.pemex.com/index.cfm?action=content&sectionID=10&catID=418 Página acezada el 16 de octubre de 2006.
2 Semarnat-Instituto de Ecología de Guanajuato-honorable ayuntamiento de Salamanca, 2004, Programa para Mejorar la Calidad del Aire en Salamanca 2004, México, p. 16.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 31 de octubre de 2006.

"2006, Año del Bicentenario del Natalicio del Benemérito de las Américas, Don Benito Juárez García"

Diputados: Antonio Vega Corona, Martín Stefanonni Mazzocco, María de los Ángeles Jiménez del Castillo, Jesús Flores Morfín, Ramón Landeros González, Elia Fernández Núñez, Margarita Arenas Guzmán, Beatriz Callado Lara, Adriana Rodríguez Vizcarra, Martín Malagón Ríos, Ramón Lemus Muñoz Ledo, Yolanda Garmendia Hernández, Íñigo Laviada Hernández, Rubí Laura López Silva, Carlos A. Bracho González, Jaime Verdin Saldaña, Nabor Ochoa López, Francisco J. Murillo Flores, Jesús Arredondo Ibarra, Marcos Salas Contreras, Artemio Torres Gómez, María Soledad López Torres, Aleida Álvarez Ruiz, Diego Cobo Terrazas, José Manuel del Río Virgen, Elías Cárdenas Márquez, Mary Carmen Salvatori Bronca, Víctor Manuel Lizárraga Peraza, Juan Adolfo Orci Martínez, Carlos Navarro López, Fernel Arturo Gálvez Rodríguez, Holly Matus Toledo, Carlos Morales Vázquez, Héctor Narcia Álvarez y José Luis Espinosa Piña (rúbricas).
 
 
 
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE SOLICITA LA COMPARECENCIA ANTE EL PLENO DE ESTA SOBERANÍA DE LOS DIRECTORES GENERALES DE PEMEX Y DE LA CFE, A CARGO DEL DIPUTADO ALEJANDRO SÁNCHEZ CAMACHO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

El suscrito, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 93 constitucional, y 53 y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía una proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En lo que constituye uno de los rasgos definitorios de la naturaleza del Estado mexicano, la Constitución establece en el artículo 27 que los hidrocarburos y la electricidad deben explotarse por y para beneficio de la nación. Explícitamente, señala que corresponde a la nación el dominio directo del petróleo y todos los carburos de hidrógeno, sólidos, líquidos o gaseosos. Asimismo, con toda claridad establece su exclusividad para generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público. Señala que en esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y que la nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines.

Ahora bien, en la práctica, las empresas energéticas han sido utilizadas como sustituto de una reforma fiscal progresiva, que grave el gran capital en una proporción adecuada. Dicho de otra manera: la renta energética se ha trasladado en buena medida a unos cuantos beneficiarios privados, por la vía de los privilegios fiscales para el gran capital y la asfixia tributaria para los organismos públicos.

Mientras las grandes corporaciones gozan de exenciones y facilidades fiscales, como el régimen de consolidación; las finanzas del gobierno federal dependen de los ingresos de las paraestatales encargadas de la explotación energética: los ingresos sumados de Pemex y la CFE aportan alrededor de la mitad del presupuesto. Tan sólo los ingresos petroleros representan en la actualidad alrededor de 40 por ciento de los ingresos netos presupuestarios.

De ser fundamentalmente un proveedor seguro de energía, Pemex se convirtió en la principal fuente de recursos fiscales. El resultado ha sido una baja dramática de nuestras reservas probadas de hidrocarburos y una creciente importación de los petrolíferos y refinados que requiere la actividad económica del país, reforzando el problema de la falta de integración de los sectores productivos nacionales y la casi nula capacidad de innovación tecnológica.

Todo ello da al gobierno el pretexto para abrir el sector petrolero a la inversión privada.

El ejemplo más acabado y grave de lo anterior lo constituyen los llamados "contratos de servicios múltiples", a través de los cuales Pemex cede a un tercero la exclusividad que en materia de hidrocarburos le otorga la Constitución.

En el caso del sector eléctrico, la principal crítica que hacemos se dirige a la obcecación del gobierno en fortalecer la generación privada de energía. El gobierno de Vicente Fox, como los anteriores gobiernos neoliberales, porfió en la entrega del sector eléctrico mexicano a los intereses privados, principalmente transnacionales. La estrategia foxista ha consistido en aprovechar los resquicios de la legislación secundaria para permitir a los privados invertir, operar y ser propietarios de infraestructura para algunos de los procesos de la prestación del servicio público de energía eléctrica, principalmente el de generación. Al amparo de las reformas de 1992 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, que abrieron legalmente espacios a la participación privada, se ha venido consolidando la presencia de intereses privados en el sector eléctrico, sobre todo con el empleo abusivo de la figura de "productor independiente" y la desnaturalización de las figuras de "autoabasto" y "cogeneración".

El resultado ha sido el estancamiento en los últimos años de la capacidad instalada con recursos públicos y, en contraste, un acelerado crecimiento de la capacidad instalada por permisionarios bajo el esquema productor independiente de energía. En la actualidad más de 25 por ciento de la generación de electricidad es hecha por empresas privadas.

Por todo lo anterior someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados cita a comparecer al seno de esta soberanía a los directores generales de Petróleos Mexicanos y de la Comisión Federal de Electricidad; a efecto de que expliquen la orientación de las políticas públicas implantadas en el ámbito de su competencia.

Diputado Alejandro Sánchez Camacho (rúbrica)
 
 
 
CON PUNTO DE ACUERDO, PARA SOLICITAR A LA CONAGUA QUE ATIENDA LA PETICIÓN DE DESAZOLVE DEL RÍO TECOLUTLA, EN VERACRUZ, A CARGO DEL DIPUTADO JOSÉ MANUEL DEL RÍO VIRGEN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA

El suscrito, José Manuel del Río Virgen, diputado a la LX Legislatura, del Grupo Parlamentario de Convergencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta el siguiente punto de acuerdo para solicitar que la Comisión Nacional del Agua atienda la solicitud de desazolve del río Tecolutla en el estado de Veracruz.

Antecedentes

Tecolutla se encuentra situado al sur de la costa veracruzana, y debido entre otras cosas a sus bellezas naturales, paisajes, vegetación, fauna acuática y manglares, así como a sus playas, marca geográficamente el comienzo de un pequeño corredor turístico llamado Costa Esmeralda, el cual incluye algunas de las playas más atractivas de Veracruz, por lo que su importancia económica y social para la región es incuestionable.

Sin embargo, esta región se encuentra expuesta a diversos fenómenos naturales que continuamente traen intensas lluvias que provocan el constante desbordamiento de los ríos regionales, como ocurrió con el Tecolutla en 1999 y 2003.

Dichos fenómenos causaron un importante daño económico en el estado, pero sobre todo en la población.

Considerando

1. Que año con año los pobladores de la región sufre las consecuencias de las intensas lluvias provocadas por los fenómenos naturales que continuamente azotan las costas de nuestro país, con los nocivos efectos para la población, en especial las personas de menores recursos.

2. Que de la información técnica recabada se observa claramente que los daños económicos y sociales podrían minimizarse si se llevara a cabo periódicamente el dragado y desazolve del río Tecolutla.

3. Que el desazolve y dragado de este río beneficiaría a toda la región, particularmente desde el municipio de Espinal, pasando por las comunidades de Papantla, Gutiérrez Zamora, hasta Tecolutla, y sus efectos positivos impactarían aproximadamente a 36 municipios del estado.

4. Que, además, el desazolve y dragado del río Tecolutla se ha solicitado continuamente y desde hace mucho tiempo a la Comisión Nacional del Agua.

5. Que, como representantes populares, es nuestra obligación atender a las demandas ciudadanas, y más aún cuando ellas se traducen en un beneficio económico y social para una región de importancia turística para el estado y para el país en su conjunto.

6. Que el impacto económico de los daños causados por este tipo de fenómenos, en muchos casos superan las posibilidades de las finanzas municipales, y que con las tareas solicitadas a la CNA se reducirían de manera significativa los efectos sobre las finanzas municipales, estatales y federales, y sobre todo sobre la población de la región.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 58 y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, solicito a la Presidencia de la mesa directiva someta a consideración de este pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Para solicitar que la Cámara de Diputados del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos exhorte a la Comisión Nacional del Agua, a fin de que se atienda la solicitud de dragado y desazolve del río Tecolutla, en el estado de Veracruz.

Dado en el Palacio Legislativo, a 7 de noviembre de 2006.

Diputado José Manuel del Río Virgen (rúbrica)
 
 
 
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL Y A LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA DE ESTA SOBERANÍA A CONSIDERAR EN EL PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN DE 2007 RECURSOS SUFICIENTES PARA EL SECTOR SALUD, A CARGO DEL DIPUTADO EFRAÍN MORALES SÁNCHEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

El que suscribe, diputado Efraín Morales Sánchez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, a que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2007, correspondiente al Sector Salud, se destine no menos de 5 puntos porcentuales del Producto Interno Bruto, bajo los siguientes

Considerandos

Que, entre otros factores, para que el sistema de salud logre aproximarse a la cobertura universal en salud, es fundamental una importante y creciente cantidad de recursos públicos.

Que el gasto público tiene un impacto redistribuible notable y que por tanto contribuye al abatimiento de la desigualdad de oportunidades de salud.

Que la salud es un derecho de todos y un deber del Estado garantizarlo mediante políticas sociales y económicas que garanticen la reducción del riesgo de enfermedad y el acceso universal e igualitario a las acciones y servicios para su promoción y prevención.

Que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), el gobierno federal, la Secretaría de Salud, los gobiernos estatales, instituciones superiores de educación, investigadores, estudiosos, legisladores y medios de comunicación han mostrado y expuesto la extrema desigualdad del estado de salud de los mexicanos; así como la fragmentación y reiterada inequidad de los sistemas de salud para su atención; además, de la baja inversión, programación no priorizada y la acción no integral y multisectorial requerida. Factores que a nivel nacional ahondan la brecha entre los grupos sociales; y a nivel internacional coloca al país entre las naciones con los niveles más bajos en la procuración y atención de este fundamental derecho.

Que tomando en cuenta las cifras reportadas por la Secretaría de Salud a través de las Cuentas Nacionales de Salud y las del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados, en el lapso de 1990 a 2006, el promedio del gasto público en salud ha sido de no más del 2.5 del Producto Interno Bruto. Esta cifra ubica al país por debajo del nivel de varios países latinoamericanos como Argentina, Brasil y Chile. Y lo ubican en los últimos lugares de los países integrantes de la OCDE.

Que el incremento del acceso a la cobertura y la calidad de la atención para los grupos desfavorecidos es un reto crucial para el gobierno mexicano. El progreso en esta área requiere de un aumento en el nivel de recursos asignados al sector salud, así como de una reducción de la inequidad en la canalización del financiamiento tanto entre estados como de éstos a los municipios.

Que el sistema de salud del país se desarrolla en un ámbito en el cual los recursos son más escasos que las necesidades de la población, el éxito de las inversiones efectuadas en el campo de la salud dependen, entre otras variables, de la adecuada definición de prioridades y de la selección de intervenciones que sean a la vez efectivas y económicamente sustentables.

Que la desnutrición y el hambre continúan siendo un problema de salud pública en México, donde el 17.8 por ciento de la población menor de cinco años presenta un retardo severo en la estatura, resultado de una inadecuada alimentación y salud.

Por ello, la desigualdad de la salud debe ser un tema fundamental e impostergable de las políticas públicas en México. Para lo cual, es necesario y fundamental incrementar los recursos públicos destinados a la salud, mejorando la progresividad de esta inversión junto con la priorización de las acciones generales y particulares adecuadas.

Que a pesar de que no existe una relación lineal entre los niveles de inversión y del logro, se asume que, manteniendo constantes otras variables (alimentación, educación, acceso a agua potable, servicios sanitarios, calidad de la vivienda, empleo, medio ambiente, entre otras), los resultados en atención a la salud deberían mejorar cuando se invierte más en este sector ya que se cuenta con más recursos para atender los problemas de cada entidad. Puesto que la salud es un valor en sí mismo, pero también un indicador preciso del grado en que la sociedad promueve la equidad o tolera la injusticia.

Finalmente porque la protección de la salud no puede ser considerada una mercancía, un objeto de caridad o un privilegio de algunos; sino que es un derecho humano fundamental que se debe promover y auspiciar en los mejores términos y con todos los recursos posibles y una acción multisectorial.

Propongo y presento a consideración de esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo de urgente y obvia resolución.

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta al Ejecutivo federal y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2007, correspondiente al Sector Salud, se destine no menos de 5 puntos porcentuales del Producto Interno Bruto; y

Segundo. Que de ése 5.0 por ciento, se etiquete y desagregue para el gasto destinado a la salud mental, el 0.5 por ciento.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 7 días del mes de noviembre de 2006.

Diputado Efraín Morales Sánchez (rúbrica)
 
 
 
CON PUNTO DE ACUERDO, RELATIVO A LA DEPORTACIÓN DE UNA CONNACIONAL RADICADA EN ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, A CARGO DEL DIPUTADO JOSÉ JACQUES Y MEDINA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

Los suscritos, diputados y diputadas de la LX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes

Considerandos

1. Que la movilización de millones de mexicanos binacionales en más de 40 estados de la Unión Americana constituyó un movimiento de reivindicación por sus derechos y en contra de iniciativas aprobadas por el Congreso estadounidense, caracterizadas por una intención franca de criminalizar la pobreza, por su contenido racista, su unilateralidad y por tener un perfil francamente electorero.

2. Que la Convención Internacional de los Derechos de los Trabajadores Migratorios y sus Familias es una norma suscrita por la diplomacia mexicana y ratificada por el Senado; sin embargo, no ha sido aún aceptada por el gobierno de Estados Unidos, con lo que demuestra su desprecio por los derechos humanos y su apatía por la diplomacia internacional.

3. Que casi 12 millones de trabajadores migrantes indocumentados, en su mayoría de nacionalidad mexicana, están inmersos en un estado de indefensión y sujetos a leyes de inmigración hipócritas, obsoletas y violatorias de los derechos humanos fundamentales universalmente aceptados.

4. Que en la tradición de la lucha de autodefensa y mutualismo con que se han defendido los derechos adquiridos y las conquistas socioeconómicas de los migrantes se inscribe el caso de Elvira Arellano y su hijo, claro reflejo del movimiento ancestral de resistencia pro derechos civiles que permanece latente en nuestras comunidades. La activista mexicana de 31 años, madre soltera, y su hijo Saúl, de 7 años, nacido en Estados Unidos, refugiados en el santuario de la Iglesia Metodista de Chicago, Illinois, resisten la deportación, mientras la madre es acusada falsamente de ser terrorista potencial sólo por el hecho de haber trabajado limpiando aviones en Chicago durante el atentado al World Trade Center el 11 de septiembre de 2001. Actualmente ella es Presidenta de la Fundación Familias Unidas y ha luchado por la unión de familias separadas por la deportación.

5. Que actualmente Elvira tiene que reportarse telefónicamente una vez al mes con un oficial de Migración. Con respecto a la acusación de haber usado documentos falsos para poder trabajar, la juez federal Geraldine Soat Brown la sentenció a tres años de libertad condicional. Desde el momento de su detención, Elvira no ha vuelto a trabajar, y no lo podrá hacer mientras dure el proceso. Ella y su hijo se han podido mantener gracias a las donaciones que ha recibido tanto de individuos como de organizaciones, entre las que se encuentran Casa Aztlán, Instituto de Progreso Latino y Centro sin Fronteras.

6. Que diversas organizaciones religiosas y gobiernos locales en diferentes ciudades han declarado sus territorios como santuario para el refugio de migrantes injustamente acosados y en peligro de ser encarcelados y/o deportados.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a su consideración el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita al Departamento de Inmigración de Estados Unidos y al de Seguridad Nacional que suspendan la deportación de la señora Elvira Arellano y así impedir que se separe de su hijo, de nacionalidad estadounidense.

Segundo. Se recomienda al Senado estadounidense que, en función de las disposiciones aprobadas recientemente, relativas a los derechos adquiridos por los migrantes y al tiempo de residencia en Estados Unidos se decrete una moratoria a las deportaciones masivas.

Tercero. Se declara un firme y decidido apoyo al proceso de autodefensa y resistencia civil pacífica del Movimiento Santuario Activo, última instancia de resistencia en casos de amenaza de deportación.

Diputado José Jacques y Medina (rúbrica)
 
 
 
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA A LA SEMARNAT A RECONSIDERAR EL PERMISO OTORGADO A MINERA SAN XAVIER EN SAN LUIS POTOSÍ EL PASADO 10 DE ABRIL, A CARGO DEL DIPUTADO ARMANDO BARREIRO PÉREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

El que suscribe, diputado Armando Barreiro Pérez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes

Consideraciones

A lo largo de los tres últimos años hemos presenciado la valiente lucha que libran los pobladores y ejidatarios del municipio de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí, en contra de una minera de capital canadiense y estadounidense perteneciente al consorcio Metallica Resources, que en San Luis Potosí está registrada bajo la denominación de Minera San Xavier (MSX). Integrados en el Frente Amplio Opositor (FAO) los habitantes de Cerro de San Pedro han luchado por la preservación del patrimonio histórico, cultural natural y ecológico de los potosinos y, sobre todo, evitar el riesgo de que se presenten severos daños a la salud de los miles de habitantes de ese municipio y de la propia capital potosina.

El fondo del asunto es la naturaleza del proyecto minero que pretende explotar la zona mediante dos técnicas combinadas que son completamente depredadoras: tajo a cielo abierto y lixiviación.

La lixiviación es un procedimiento que consiste en la aplicación de una solución de cianuro de sodio, que es sumamente tóxico, y que se emplea para la recuperación de oro y plata de minerales a través del uso de soluciones acuosas a las que se aplica tal sustancia tóxica. En el mismo estado existen este tipo de explotaciones donde se ha registrado alta contaminación de plomo y cianuro en la sangre de los niños. El tajo es una excavación a cielo abierto para obtener mineral, para lo que se tendrán que emplear 25 toneladas de explosivos diariamente.

Esta explotación carece de permisos para operar en virtud de que Pro San Luis Ecológico, mediante la instauración de un juicio de nulidad, logró anular el permiso de uso de suelo otorgado en 1999 por el Instituto Nacional de Ecología a la trasnacional Minera San Xavier, la sentencia fue emitida por la Sala Superior del Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa el 5 de octubre del 2005. La inatacable sentencia, que implica la anulación total e irreversible del permiso se dio con base en que dicho permiso era totalmente violatorio al decreto estatal del 24 septiembre de 1993 que define que Cerro de San Pedro es una zona de preservación de la vida silvestre, con una política de restauración que deberá implementarse durante 20 años, protección del manto acuífero, así como violaciones a la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

Sin embargo, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) emitió el 10 de abril del 2006 un supuesto nuevo permiso que resulta ilegal y desacata la sentencia del 5 de octubre del 2005 que ordenó la nulidad de cualquier actividad de MSX en Cerro de San Pedro. Resulta extraño que se justifique que éste se dio con base en un nuevo estudio, cuando el que había realizado llevó a múltiples conclusiones y posibilitó que se emitieran diversas resoluciones.

A pesar de que la Minera San Xavier carece de los permisos y que diversos tribunales han fallado en contra de la explotación de esta minera, llama la atención que altos funcionarios de la Secretaría del Medio Ambiente insistan en otorgar un permiso que ya fue anulado. Parece que es necesario recordarles que pueden ser indiciados judicialmente pues de conformidad con el artículo 181 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente se establece con claridad que en caso de que se expidan licencias, permisos, autorizaciones o concesiones contraviniendo esta ley, serán nulas y no producirán efecto alguno; asimismo, los servidores públicos responsables serán sancionados conforme a lo dispuesto en la ley en la materia.

Ante el embate de la minera, en contubernio con la autoridad ambiental, el Frente Amplio Opositor se dio a la tarea de organizar una consulta entre la población para saber su opinión sobre la explotación minera. Esta consulta se sustenta en el artículo 39 de la Constitución Política del Estado, que define con claridad que este tipo de actos, que derivan en autorizaciones en el rubro federal, estatal y municipal deberán ser sometidos a consulta; asimismo, se basa en el artículo 34 de la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, que establece la obligación de la autoridad de someter a una consulta pública la opinión de la sociedad que sería afectada con la autorización de la manifestación de impacto ambiental.

Los resultados de esta consulta han rebasado la meta de los 15 mil participantes, con una tendencia casi del 97 por ciento contra la Minera San Xavier. Todavía el FAO procesa la información de decenas de casillas instaladas con el propósito de presentar un informe muy completo, que incluye los planteamientos de quienes defendieron a MSX ante la abrumadora mayoría ciudadana que la repudia. Los resultados serán entregados a esta soberanía y al gobernador del estado Marcelo de los Santos Fraga.

Por todo lo anterior, me permito poner a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales a reconsiderar el permiso otorgado el 10 de abril pasado a la Minera San Xavier toda vez que ha sido evidente no sólo para los diversos tribunales sino también para la sociedad, la naturaleza altamente contaminante y contra la salud que significa esta explotación.

Segundo. Por otra parte, exhortamos respetuosamente a las autoridades federales y estatales involucradas en esta explotación a que consideren los resultados de la consulta organizada el pasado 22 y 23 de octubre pasado por el Frente Amplio Opositor.

Palacio de San Lázaro, a 7 de noviembre de 2006.

Diputado Armando Barreiro Pérez (rúbrica)
 
 
 
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE SOLICITA A LA CONFERENCIA PARA LA DIRECCIÓN Y PROGRAMACIÓN DE LOS TRABAJOS LEGISLATIVOS QUE INCLUYA EN EL PROGRAMA LEGISLATIVO CORRESPONDIENTE EL ANÁLISIS, LA DISCUSIÓN Y LA VOTACIÓN DEL DICTAMEN SOBRE LA MINUTA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA LOS ARTÍCULOS 4O. Y 27 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DEL DIPUTADO VÍCTOR GABRIEL VARELA LÓPEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

El suscrito diputado federal Víctor Gabriel Varela López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 38, numeral 1, inciso a), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. Que en la sesión del 15 de diciembre de 2003 en la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión se aprobó el dictamen con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo tercero al artículo 40 y un segundo párrafo a la fracción XX del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo objeto es establecer el derecho a la alimentación.

Segunda. Que en la sesión celebrada el 18 de diciembre de 2003, la honorable Cámara de Diputados dio trámite de recibo a la referida minuta y el Presidente ordenó turnarla a la Comisión de Puntos Constitucionales para su estudio y dictamen correspondiente, la cual conformó una subcomisión que quedó integrada el 27 de enero de 2004.

Tercera. Que el 21 de abril de 2004 la Comisión de Puntos Constitucionales aprobó el dictamen elaborado por la subcomisión con las modificaciones que ésta propuso a la minuta recibida del Senado de la República, el cual fue aprobado el 29 de abril de 2004 y, en consecuencia, la minuta fue devuelta a la colegisladora, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 72, inciso e), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Cuarta. Que el 14 de diciembre de 2004 el Pleno de la Cámara de Senadores resolvió rechazar las modificaciones realizadas por su colegisladora y ratificar en sus términos la minuta que establece el derecho a la alimentación.

Quinta. Que en sesión celebrada el día 10 de febrero de 2005 la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de la Comisión de Desarrollo Social, la minuta proyecto de decreto que nos ocupa, que fuera remitida por la honorable Cámara de Senadores.

Sexta. Que en sesión celebrada el 22 de junio de 2005 el Pleno de la Comisión de Desarrollo Social aprobó una opinión favorable a la aprobación de la minuta en los términos que fue remitida por el Senado.

Séptima. Que establecer el derecho constitucional a la alimentación es un asunto de urgente resolución, toda vez que la situación que enfrenta nuestra nación es extremadamente preocupante. En México la desnutrición es un fenómeno endémico, pasa de generación en generación. Las cifras son contundentes: según información oficial, uno de cada cuatro mexicanos no cuenta con ingresos suficientes para alimentarse. Es necesario ser claros, una cuarta parte de las mexicanas y mexicanos vive hambre y marginación.

Octava. Según la última Encuesta Nacional de Nutrición, 1999, la anemia atribuible a deficiencia de hierro afecta al 50 por ciento de los niños en el segundo año de vida y al 33 por ciento en el tercer año. El 20 por ciento de las mujeres en edad reproductiva la padecen. Por otro lado, y muchas veces combinado con desnutrición, alarma la incidencia de los problemas de sobrepeso y obesidad, que afectan al 52.5 por ciento de las mujeres en el país.

Novena. Que el problema de soberanía alimentaria no es menos grave. Hoy, México importa el 39 por ciento de los productos básicos. El 30 por ciento del frijol que consumimos los mexicanos se compra en el exterior. Nuestro país es el principal importador de leche en polvo del mundo. El 30 por ciento de la carne de res y cerdo con que nos alimentamos la importamos de Estados Unidos.

Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos a incluir en el programa legislativo correspondiente al primer periodo ordinario de sesiones del primer año de ejercicio el análisis, discusión y votación del dictamen a la minuta con proyecto de decreto de que adiciona un párrafo tercero al artículo 4 y un segundo párrafo a la fracción XX del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de establecer el derecho a la alimentación.

Dado el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre de 2006.

Diputado Víctor Gabriel Varela López (rúbrica)
 
 
 
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN ESPECIAL PARA CONTINUAR LOS TRABAJOS SOBRE LA MINA CARBONÍFERA DE PASTA DE CONCHOS, EN COAHUILA, A CARGO DEL DIPUTADO JOSÉ ANTONIO ALMAZÁN GONZÁLEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

El suscrito diputado federal de la LX Legislatura, integrante del Grupos Parlamentario del PRD, con fundamento en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, con el carácter de urgente y obvia resolución, por el que se crea la Comisión Especial para continuar los trabajos sobre la explosión del 19 de febrero de 2006 en la mina carbonífera de Pasta de Conchos, en Coahuila. Esta solicitud conforme a los siguientes

Considerandos

1. Ante los condenables y lamentables hechos ocurridos en la mina Pasta de Conchos en la madrugada del 19 de febrero de 2006, que cobró la vida de 65 mineros, la Junta de Coordinación Política de la honorable Cámara de Diputados presentó al Pleno de la propia Cámara una proposición con punto de acuerdo, mismo que fue aprobado y publicado en la Gaceta Parlamentaria del 28 de febrero de 2006, y por el que se creó un Grupo de Trabajo de diputados integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social para conocer las condiciones laborales y de seguridad e higiene de la mina de carbón Pasta de Conchos, en el municipio de San Juan Sabinas, Coahuila.

2. Sin embargo la actividad de este Grupo de Trabajo -aunque realizó tareas en la consecución de sus objetivos-, nunca tuvo la agilidad y resultados exigidos por hechos tan graves. Concretamente incumplió lo ordenado en el punto de acuerdo que le dio creación y que a la letra dice: Tercero. El grupo de trabajo presentará un informe, así como las recomendaciones que se desprendan del mismo, al Pleno de esta honorable Cámara de Diputados. Además de entonces a la fecha se ha acumulado nuevos hechos e información, que exige su análisis.

3. Por todo el significado laboral y social de los hechos acaecidos en esta mina carbonífera, urge que nuestra representación popular continúe los trabajos del Grupo de Trabajo ya referido a través de la constitución de una Comisión Especial de esta LX Legislatura; misma que con mayor tiempo, elementos y recursos cumpla a profundidad con el reclamo de los trabajadores y los familiares afectados, así como del pueblo de México y nuestro estado de derecho, para el debido esclarecimiento de los hechos, con todos los efectos jurídicos inherentes.

Con base en todo lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados, con el carácter de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. Se crea la Comisión Especial que dé continuidad a las actividades realizadas durante la LIX Legislatura por el Grupo de Trabajo de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, por lo que esta comisión se encargará de conocer, coadyuvar con las autoridades competentes y dar seguimiento, sobre las causas de la explosión en la mina Pasta de Conchos no sólo con el fin de obtener elementos sobre el cumplimiento de las disposiciones en materia de seguridad e higiene y sobre la responsabilidades de los involucrados, sino para coadyuvar en la prevención de hechos tan graves en la actividad minera y en los centros de trabajo en general; paralelamente indagar sobre las condiciones laborales en Pasta de Conchos y en general sobre la actividad minera y sobre el respeto de las prestaciones, indemnizaciones y demás derechos de los trabajadores y los familiares, igualmente sobre los actos de intimidación de que han sido víctimas éstos últimos. También sobre el cumplimiento que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, ha realizado de la recomendación sobre Pasta de Conchos número 26/2006 de fecha 17 de julio de 2006 emitida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

Finalmente, coadyuvar al rescate de los restos de los trabajadores que perdieron la vida, derecho humano fundamental de sus familiares.

Segundo. El objeto de la comisión está contenido en la denominación de la misma. Para el cumplimiento de su objetivo, la comisión podrá allegarse de la información que considere pertinente, así como reunirse cuando lo considere necesario con las autoridades federales, estatales y municipales responsables, organizaciones sindicales y civiles, y desempeñar cualquier otra acción para el cumplimiento de su objetivo.

Tercero. La comisión estará integrada por trece miembros propuestos por los grupos parlamentarios en la siguiente proporción:

4 del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;
3 del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;
2 del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;

1 del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México;
1 del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo;
1 del Grupo Parlamentario de Convergencia; y
1 del Grupo Parlamentario de Alternativa Democrática y Campesina.

Cuarto. La comisión contará con una mesa directiva, que se conformará con un presidente y tres secretarios, designados por los grupos parlamentarios.

Quinto. La Comisión Especial estará vigente hasta el fin de la LX Legislatura. Para estos efectos deberá rendir de manera periódica un informe ante el Pleno de la Cámara de Diputados o, en su caso, ante la Comisión Permanente del Congreso General.

Sexto. La Comisión Especial presentará también un informe final, así como las recomendaciones que se desprendan del mismo, también al pleno de esta honorable Cámara de Diputados.

Séptimo. Esta comisión contará con lo recursos necesarios para el adecuado desempeño de sus funciones. Y el acuerdo por el que se crea esta comisión entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre de octubre de 2006.

Diputado José Antonio Almazán González (rúbrica)