Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 1978-V, jueves 30 de marzo de 2006.


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Dictámenes
DE LAS COMISIONES UNIDAS DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, Y DE SEGURIDAD SOCIAL, CON PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR AL EJECUTIVO FEDERAL A INCREMENTAR EL NÚMERO DE GUARDERÍAS INFANTILES DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS

HONORABLE ASAMBLEA

A las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social les fue turnada para su estudio y dictamen Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal a incrementar el número de guarderías infantiles del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el estado de Tamaulipas, presentada en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el martes 30 de noviembre de 2004 por el diputado José Julián Sacramento Garza, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

En atención a ello, y de conformidad con las atribuciones que les otorgan los artículos 39, numerales 1 y 3, y 45, numeral 6, incisos e y f, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 60, 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social someten a consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente:

DICTAMEN

ANTECEDENTES

1. Con fecha 30 de noviembre de 2004, se presentó por el diputado José Julián Sacramento Garza, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal a incrementar el número de guarderías infantiles del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el estado de Tamaulipas.

2. En la misma fecha, la Presidencia de la H. Cámara de Diputados dictó el siguiente trámite: "Túrnese a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social".

Previo estudio y análisis, se procedió a elaborar el presente dictamen.

CONTENIDO DE LA PROPOSICIÓN

1. La proposición plantea un exhorto al Ejecutivo Federal para que instruya a las autoridades del Instituto Mexicano del Seguro Social a instalar un mayor número de guarderías y a adoptar acciones más eficientes de vigilancia en las guarderías tanto del Instituto, como las subrogadas, especialmente del estado de Tamaulipas, en los siguientes términos:

Artículo Único. Se exhorta al Ejecutivo Federal para que instruya al Titular del Instituto Mexicano del Seguro Social, que le den prioridad al incremento del número de guarderías en las ciudades fronterizas del estado de Tamaulipas, conforme a la demanda del servicio en la región. Asimismo, que realicen las acciones de supervisión en todas las guarderías de dicha entidad en las que el Instituto otorgue los servicios, a fin de que se cumplan cabalmente todas las normas de seguridad y calidad del servicio. 2. En sus consideraciones, el proponente señala que la falta de cobertura del servicio de guarderías que forma parte del régimen obligatorio contemplado en la Ley del Seguro Social es más crítico en varios estados, como el de Tamaulipas en que la incorporación creciente de madres trabajadores al trabajo remunerado es cada vez mayor, sobre todo en el sector de maquiladoras

Refiere el autor de la proposición que en dicha entidad federativa sólo se encuentran establecidas 55 guarderías, distribuidas en 11 municipios de un total de 43 y que en todas las ciudades de la zona fronteriza de Tamaulipas, es insuficiente su número y algunas de ellas operan en mal estado.

CONSIDERACIONES

1. El Seguro de Guarderías y Prestaciones Sociales forma parte del régimen obligatorio contemplado en la Ley del Seguro Social y ofrece a los asegurados (sean trabajadoras o asegurados viudos o divorciados que detenten la custodia de los hijos) los servicios de aseo, alimentación, cuidado de la salud, y recreación de los hijos desde los 43 días de nacidos y hasta los 4 años de edad, durante las horas de trabajo.

La Ley del Seguro Social mandató al Instituto a establecer instalaciones especiales para otorgar el servicio en zonas convenientemente localizadas en relación a los centros de trabajo y la habitación y en localidades donde opere el régimen obligatorio del Seguro Social. Además, contempló que el Instituto pueda celebrar convenios de reversión de cuotas o subrogación de servicios con los patrones que tengan instaladas guarderías en sus empresas o establecimientos, cuando reúnan los requisitos señalados en las disposiciones relativas.

En 1997, se inició la aplicación del esquema "vecinal comunitario", mediante el cual el Instituto presta el servicio a través de microempresas sociales, mediante contratos de subrogación y a partir de 2003, la prestación del servicio por particulares se dio bajo un solo esquema, el "vecinal comunitario único", con contratos de tres años.

Según el "Informe al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión sobre la Situación Financiera y los Riesgos del Instituto Mexicano del Seguro Social 2003-2004", estos esquemas alternativos han permitido que en los últimos tres años, la capacidad instalada de las guarderías aumente en 75 por ciento y en 194 por ciento respecto a 1998. Aún así, la oferta se encuentra muy por debajo de la demanda de servicio. El Instituto estima en 508 mil casos la demanda potencial del servicio de guarderías, medida por el número de certificados de incapacidad por maternidad expedidos por el IMSS, lo que significa que sólo se cubre la tercera parte de esa demanda.

En 2003, de 181 mil 972 lugares disponibles, 29 mil 868 correspondieron a guarderías operadas por el IMSS y el resto, 152 mil 104, a servicios prestados por particulares. En cuanto al número de guarderías, de 1 mil 320 que prestan el servicio a los derechohabientes, sólo 142 se otorgaban por la prestación directa del servicio y 1 mil 178 por prestación indirecta. Cinco de cada seis lugares y nueve de cada diez guarderías disponibles para derechohabientes del IMSS eran operados por particulares.

En 2003, el Seguro de Guarderías y Prestaciones Sociales tuvo ingresos por 8 mil 354 millones de pesos y gastos totales de 11 mil 938 millones, por lo que el déficit fue de 3,584 millones. Para 2004, el Instituto ha estimado un déficit de 3 mil 861 millones; para 2005 y 2006 se estima que se tenga déficit por 4 mil 127 y 4 mil 354 millones, respectivamente.

La situación tenderá a ser más difícil, dado que las estimaciones actuariales del IMSS indican que en 10 años este déficit seguirá creciendo bajo el supuesto de que se duplicará la oferta de espacios en guarderías.

3. En este escenario, las Comisiones que emiten el presente Dictamen coinciden en la necesidad de exhortar al Ejecutivo Federal y al IMSS a que establezcan como una de sus prioridades ampliar la cobertura del servicio de guarderías prestado por el Instituto y atender con mayor cuidado la supervisión de los servicios, a fin de que se ofrezca un servicio de calidad, que aunque no sea un problema exclusivo de la entidad federativa a que se alude en esta Proposición, el exhorto resulta pertinente, tomando en cuenta la composición de la fuerza de trabajo presente en la región fronteriza a que se alude.

4. Para efectos de una mejor comprensión de la Proposición se introducen cambios gramaticales y se precisa el texto del exhorto.

CONCLUSIONES

En conclusión, las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social consideran que debe aprobarse la presente Proposición a fin de que se hagan esfuerzos para ampliar la cobertura del servicio de guarderías del Seguro Social destinado a la población trabajadora de las ciudades fronterizas del estado de Tamaulipas.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social y, con fundamento en los artículos 39, 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente:

ACUERDO

Único.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta al Titular del Ejecutivo Federal para que instruya al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, a priorizar el incremento del número de guarderías en las ciudades fronterizas del estado de Tamaulipas, conforme a la demanda del servicio en la región, y para que fortalezca las acciones de supervisión en las guarderías de dicha entidad que presten el servicio a los derechohabientes del Seguro Social conforme a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, a fin de que se cumplan cabalmente todas las normas de seguridad y calidad en el servicio.

Salón de Sesiones de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, Palacio Legislativo de San Lázaro, México, D. F., a los 16 días del mes de marzo de dos mil seis.

Por la Comisión de Seguridad Social

Diputados: Miguel Alonso Raya (rúbrica), Roberto Javier Vega y Galina (rúbrica), Concepción Olivia Castañeda Ortiz (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Manuel Pérez Cárdenas, Pablo Anaya Rivera (rúbrica), José Mario Wong Pérez (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Jaime Fernández Saracho, David Hernández Pérez (rúbrica), Armando Neyra Chávez (rúbrica), Oscar Martín Ramos Salinas (rúbrica), Alfonso Rodríguez Ochoa (rúbrica), Rogelio Rodríguez Javier, Martín Carrillo Guzmán (rúbrica), Roberto Colín Gamboa (rúbrica), Israel Raymundo Gallardo Sevilla (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Miguel Ángel Llera Bello (rúbrica), Juan Francisco Molinar Horcasitas (rúbrica), Carlos Noel Tiscareño Rodríguez (rúbrica), Tomás Antonio Trueba Gracián (rúbrica), Agustín Rodríguez Fuentes, Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica), Francisco Javier Carrillo Soberón, Rocío Sánchez Pérez (rúbrica), Emilio Serrano Jiménez, Francisco Amadeo Espinosa Ramos (rúbrica).

Por la Comisión de Trabajo y Previsión Social

Diputados: Enrique Burgos García (rúbrica), Presidente; Mayela Quiroga Tamez (rúbrica), secretaria; Graciela Larios Rivas (rúbrica), secretaria; María del Carmen Mendoza Flores (rúbrica), secretaria; Sergio Álvarez Mata, secretario; Agustín Rodríguez Fuentes, secretario; Miguel Alonso Raya (rúbrica), José Guillermo Aréchiga Santamaría, Pedro Ávila Nevárez, Francisco Javier Carrillo Soberón (rúbrica), Marko Antonio Cortés Mendoza, Tomás Cruz Martínez (rúbrica), Blanca Eppen Canales (rúbrica), Fernando Espino Arévalo, Pablo Franco Hernández (rúbrica), Marco Antonio García Ayala, José García Ortiz, Francisco Grajales Palacios, Víctor Flores Morales, Salvador Márquez Lozornio (rúbrica), Carlos Mireles Morales (rúbrica), Armando Neyra Chávez (rúbrica), Ángel Pasta Muñuzuri, Pablo Pavón Vinales (rúbrica), Juan Pérez Medina, Sergio Arturo Posadas Lara (rúbrica), José Felipe Puelles Espina (rúbrica), Ricardo Rodríguez Rocha (rúbrica), Margarita Zavala Gómez del Campo.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, CON PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA A QUE INVESTIGUE LA POSIBLE COMISIÓN DE DELITOS EN LA INTEGRACIÓN DE BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA OPORTUNIDADES EN EL ESTADO DE MICHOACÁN

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de la Función Pública, le fue turnada para su análisis y dictamen, la Proposición con Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de la Función Pública para investigar la posible comisión de delitos en la integración de beneficiarios del Programa Oportunidades en el Estado de Michoacán. Así mismo, el texto de la proposición también solicita que se requiera la intervención de la Auditoria Superior de la Federación, presentada por la Diputada Cristina Portillo Ayala del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 numeral 1; 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como de los diversos artículos 60, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión es competente para dictaminar la proposición en comento, por lo que se somete a la consideración de la Honorable Asamblea el presente Dictamen, con base en los siguientes antecedentes y consideraciones:

ANTECEDENTES

1.- En sesión celebrada en fecha 14 de febrero de 2006, por la Cámara de Diputados del Honorable congreso de la Unión, se presentó el Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de la Función Pública, para investigar la posible comisión de delitos en la integración de beneficiarios del programa oportunidades en el Estado de Michoacán, solicitando también la intervención de la Auditoria Superior de la Federación, presentada por la promovente. Derivado de ello, se dictó por parte de la Presidencia de la Mesa Directiva el trámite de turno a esta Comisión.

2.- Se recibió oficio emitido por la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados de la misma fecha, con anexo duplicado del expediente número 5067 que contiene la proposición con punto de acuerdo citada.

3.- Esta Comisión dio conocimiento de la remisión señalada en el numeral anterior a sus integrantes, con oficio de fecha 17 de febrero, de los corrientes.

Tomando como base la información disponible y los antecedentes de la propuesta multicitada, esta Comisión se abocó a su estudio para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados, bajo los siguientes:

CONSIDERANDOS

A.- La Dip. Cristina Portillo Ayala, en su proposición, señala declaraciones formuladas a los medios de comunicación por el Sr. David Niño Zavala, coordinador del Programa Oportunidades en el Estado de Michoacán, acerca de que en una revisión realizada al programa señalado en el mes de enero del presente año, se detectó la existencia de 600 servidores públicos incorporados en el padrón del Programa, en contravención a sus reglas de operación, así como a las disposiciones legales que prohíben el uso indebido de los programas y recursos públicos, especialmente tratándose de los que se dirigen hacia los sectores sociales de menores ingresos. Los nombres de dichos servidores públicos no fueron dados a conocer, dada la prohibición señalada por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, de que los padrones de beneficiarios no pueden ser publicados. Los servidores públicos detectados pudieron haber gozado ilegalmente de este beneficio en un lapso de entre uno a tres años.

La legisladora promovente señala que, durante la misma revisión se dieron de baja a 4200 familias, a la luz del cruce de datos con la base de derechohabientes del ISSSTE, situación que, en los términos de las reglas de operación de dicho programa federal, los hizo inelegibles para continuar recibiendo el apoyo del programa. En consecuencia, señala la propia legisladora, resulta relevante que en la sola revisión de 6 000 expedientes, se detectaran a los 600 servidores públicos indebidamente incorporados al padrón y a las 4 200 familias que fueron dadas de baja, cuestionando la eficacia de la aplicación de sus reglas de operación, pudiendo existir intereses ajenos al interés y al servicio público.

En el mismo orden de ideas es de destacarse que el coordinador estatal del Programa Oportunidades en el Estado de Michoacán declaró que tales hechos son del conocimiento de la Coordinación Nacional, en espera de determinar las acciones administrativas ó penales que correspondan.

B.- La Comisión constata que el artículo 108 Constitucional señala con claridad que toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal será responsable por los actos u omisiones en que incurra en el desempeño de sus respectivas funciones. Este precepto se refuerza en el artículo 109 fracción II, de la propia carta Magna de que la comisión de delitos por parte de cualquier servidor público será perseguida y sancionada en los términos de la legislación penal. Asimismo, de acuerdo a la fracción III, las omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia se sancionarán administrativamente.

C.- La solicitud de exhorto a la Secretaría de la Función Pública para que intervenga en la investigación de estos hechos, tiene correlación con las atribuciones que le señala el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en sus fracciones I, en materia de inspección del gasto público federal, la VII, para realizar auditorias y evaluaciones a las dependencias y entidades de la Administración Pública con el objeto de promover la eficiencia en su gestión y propiciar el cumplimiento de sus objetivos, además de la fracción XVII para investigar las conductas de los servidores públicos que puedan constituir responsabilidades administrativas; aplicar las sanciones correspondientes y, en su caso presentar denuncias ante el Ministerio Público. Este fundamento permite constatar que si es procedente la solicitud planteada en la Proposición.

D.- La Comisión considera necesario señalar que, con relación a la solicitud para pedir la intervención de la Auditoria Superior de la Federación, los artículos 66 y 67 de la Ley de Auditoria Superior de la Federación establecen la existencia de una Comisión específica que vincula a la Cámara de Diputados con el órgano fiscalizador referido, que en nuestro caso es la Comisión de Vigilancia de la Auditoria Superior de la Federación. Por lo tanto, se considera improcedente pronunciarse en este dictamen sobre dicha petición

En consecuencia, por lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en los artículos 108 y 109 fracciones I, II, y III, así como 113 de la propia Carta Magna, que establecen el código de conducta y el régimen de obligaciones y responsabilidades de los servidores públicos, además de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, artículo 37, fracciones I, VII y XVII, que señalan que la Secretaría de la Función Pública es competente para investigar lo denunciado, esta Comisión encuentra procedente la proposición presentada por la Diputada Cristina Portillo Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática y, con fundamento en las facultades que le confieren los artículos 39, 40 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General y los artículos 58 y 60 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente dictamen con:

PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO.- Se exhorta a la Secretaría de la Función Pública para que investigue la denuncia de la inclusión indebida de 600 servidores públicos en los tres niveles de gobierno en el padrón del Programa "Oportunidades" en el Estado de Michoacán, determinando la aplicación de sanciones administrativas o el inicio de los procedimientos penales que correspondan. Asimismo, que realice una evaluación sobre la aplicación de las reglas de operación de dicho Programa a nivel nacional, para prevenir la ocurrencia de este tipo de hechos, que vulneran los principios de eficacia, imparcialidad y transparencia que deben normar el servicio público.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de marzo de 2006.

La Comisión de la Función Pública

Diputados: Adrián Víctor Hugo Islas Hernández (rúbrica), Presidente; Salvador Vega Casillas, Beatriz Mojica Morga (rúbrica), secretarios; Marcela Guerra Castillo (rúbrica), Irma Guadalupe Moreno Ovalles (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Rafael Sánchez Pérez, José Felipe Puelles Espina (rúbrica), María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Guillermo Velasco Rodríguez, Jesús Emilio Martínez Álvarez, Joel Padilla Peña (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, CON PUNTOS DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA PARA INVESTIGAR A LAS INSTITUCIONES INVOLUCRADAS EN EL PROGRAMA EMPRENDEDORES CON DISCAPACIDAD

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de la Función Pública, le fue turnada para su estudio y dictamen la Proposición con Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de la Función Pública para realizar una auditoria integral a las instituciones involucradas en el Programa Emprendedores con discapacidad, presentada por la Diputada Martha Palafox Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. Dicho documento incluye también una solicitud para requerir la intervención de la Auditoria Superior de la Federación, así como para solicitar una opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, sobre el otorgamiento de microcréditos a una tasa de 1.5% semanal a las personas inscritas en dicho Programa por parte de Banco Azteca, S.A. de C.V.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 numeral 1; 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como de los diversos artículos 60, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión es competente para dictaminar la proposición en comento, por lo que se somete a la consideración de la Honorable Asamblea el presente Dictamen, con base en los siguientes antecedentes y consideraciones:

ANTECEDENTES

1.- En sesión celebrada el 7 de marzo de 2006, por la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, se presentó el Punto de Acuerdo para investigar a las instituciones involucradas en el Programa Emprendedores con Discapacidad, así como para requerir la intervención correspondiente de la Auditoria Superior de la Federación, presentada por la promovente. Derivado de ello, se dictó por parte de la Presidencia de la Mesa Directiva el trámite de turno a esta Comisión, así como a la de Vigilancia de la Auditoria Superior de la Federación, de acuerdo a la competencia de cada una.

2.- Se recibió oficio emitido por la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados de la misma fecha, con anexo duplicado del expediente número 5215 que contiene la Proposición con Punto de Acuerdo citada.

3.- Esta Comisión dio conocimiento de la remisión señalada en el numeral anterior a sus integrantes, con oficio de fecha 8 de marzo, de los corrientes.

Tomando como base la información disponible y los antecedentes contenidos en la propuesta multicitada, esta Comisión se abocó a su estudio para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados, bajo los siguientes:

CONSIDERANDOS

A.- La Dip. Martha Palafox Gutiérrez expone la posible operación indebida del Programa de Emprendedores con Discapacidad, aprobado el 2 de septiembre del año pasado por el Ejecutivo Federal. El mismo se dio a conocer en la instalación del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad consistiendo en una asociación del Gobierno Federal y empresas privadas para constituir un fondo de atención para dicho sector, integrado inicialmente con 40 millones de pesos.

Como lo refiere la Diputada Palafox, existe una estimación de aproximadamente 10 millones de personas en esta situación, enfrentando una baja institucionalización de las políticas y los recursos que atiendan sus necesidades y su calidad de vida. Por lo tanto, constituye una política prioritaria la atención de estos sectores poblacionales de alta vulnerabilidad. No obstante, señala la autora de la Proposición que dicho Programa ha sido puesto bajo la dirección de una asociación civil denominada "Fundación Ayuda Ecodis" que ha promovido inclusive el cambio de la denominación del programa, que ahora se conoce como "Programa Súper 100 E-codis".

El Programa reporta un conjunto de acciones, orientado a generar 6 mil empleos a través de 18 cooperativas, por lo que promueve un modelo de negocios que incluye el desarrollo de tiendas, moto repartidores, venta directa de productos de catálogo, venta de productos en centros comerciales y centros de venta de comida rápida en varios puntos. La inversión globalizada para el Gobierno Federal será de 88.68 millones de pesos.

La Legisladora señala dos desviaciones en el ejercicio de dicho Programa: en primer lugar, la persona que aparece como titular de dicha Fundación es el actual Titular del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad. En segundo lugar, se menciona que sus beneficiarios han sido canalizados hacia una entidad bancaria para contratar un crédito de 5 mil pesos, a una tasa anual de 72%.

B.- La Comisión considera que los hechos denunciados constituyen probablemente una transgresión a diversos artículos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, que prohíbe el ejercicio indebido de empleos, cargos o comisiones; la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que exista interés personal, familiar o de negocios, señalando claramente la existencia de intereses en conflicto, sin demérito de otras disposiciones señaladas en la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público.

C.- La Comisión constata que el artículo 108 Constitucional señala con claridad que toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal será responsable por los actos u omisiones en que incurra en el desempeño de sus respectivas funciones. Este precepto se refuerza en el artículo 109 fracción II, de la propia carta Magna de que la comisión de delitos por parte de cualquier servidor público será perseguida y sancionada en los términos de la legislación penal. Asimismo, de acuerdo a la fracción III, las omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia se sancionarán administrativamente. La Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos tipifica el conflicto de intereses en su artículo 8º, fracciones I, II, III, IV, XI y XII.

D.- La solicitud de exhorto a la Secretaría de la Función Pública para que realice una auditoria integral, tiene correlación con las atribuciones que le señala el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en sus fracciones I, en materia de inspección del gasto público federal, la VII, para realizar auditorias y evaluaciones a las dependencias y entidades de la Administración Pública con el objeto de promover la eficiencia en su gestión y propiciar el cumplimiento de sus objetivos, además de la fracción XVII para investigar las conductas de los servidores públicos que puedan constituir responsabilidades administrativas; aplicar las sanciones correspondientes y, en su caso presentar denuncias ante el Ministerio Público. Este fundamento permite constatar que si es procedente la solicitud planteada en la Proposición.

E.- La Comisión considera necesario señalar que, con relación a la solicitud para pedir la intervención de la Auditoria Superior de la Federación, los artículos 66 y 67 de la Ley de Auditoria Superior de la Federación establecen la existencia de una Comisión específica que vincula a la Cámara de Diputados con el órgano fiscalizador referido, que en nuestro caso es la Comisión de Vigilancia de la Auditoria Superior de la Federación. Por lo tanto, se considera improcedente pronunciarse en este dictamen sobre dicha petición.

En consecuencia, por lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en los artículos 108 y 109 fracciones I, II, y III, así como 113 de la propia Carta Magna, que establecen el código de conducta y el régimen de obligaciones y responsabilidades de los servidores públicos, además de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, artículo 37, fracciones I, VII y XVII, que señalan que la Secretaría de la Función Pública es competente para investigar lo denunciado, esta Comisión encuentra procedente la proposición presentada por la Diputada Martha Palafox Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y, con fundamento en las facultades que le confieren los artículos 39, 40 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General y los artículos 58 y 60 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, además de la indicación de Mesa Directiva para dictaminar de acuerdo a la competencia de la Comisión, somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente dictamen con:

PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO.- Se exhorta a la Secretaría de la Función Pública para que realice una auditoria integral a la operación de los recursos del Programa de Emprendedores con Discapacidad, abarcando a todas las entidades de la Administración Pública vinculadas con el mismo, a efecto de aclarar la posible existencia de conflicto de intereses y orientación a intereses particulares, salvaguardando su interés público y social.

SEGUNDO.- Se solicita a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores que formule una opinión respecto de los contratos suscritos entre Banco Azteca S.A. de C.V. y las personas incorporadas al Programa de Emprendedores con Discapacidad, especialmente en lo relacionado con el monto de los intereses que se cobran.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de marzo de 2006.

La Comisión de la Función Pública

Diputados: Adrián Víctor Hugo Islas Hernández (rúbrica), Presidente; Salvador Vega Casillas, secretario; Beatriz Mojica Morga (rúbrica), secretaria; Marcela Guerra Castillo, Irma Guadalupe Moreno Ovalles (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Rafael Sánchez Pérez, José Felipe Puelles Espina (rúbrica), María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Guillermo Velasco Rodríguez, Jesús Martínez Álvarez, Joel Padilla Peña (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CON PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES Y A LA COMISIÓN NACIONAL FORESTAL A LLEVAR A CABO LA REFORESTACIÓN DE LA SIERRA DE SAN MARTÍN DE BOLAÑOS, JALISCO

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales le fue turnada para su análisis y dictamen, la proposición con Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Nacional Forestal, lleven a cabo la reforestación de la Sierra de San Martín de Bolaños, Jalisco.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1; 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como de los artículos 60, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la H. Cámara de Diputados es competente para dictaminar la proposición en comento por lo que se somete a la consideración de la Honorable Asamblea el presente Dictamen, con base en los siguientes antecedentes y consideraciones:

ANTECEDENTES

1.- En sesión celebrada el día 14 de febrero de 2006, fue presentada la proposición con Punto de Acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Nacional Forestal, lleven a cabo la reforestación de la Sierra de San Martín de Bolaños, Jalisco, suscrita por la Diputada Lorena Torres Ramos, a nombre de la Fracción Parlamentaria del Partido Acción Nacional, siendo turnada en esa fecha a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Tomando como base la información disponible, así como la propuesta multicitada, esta Comisión se abocó al estudio para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados, bajo los siguientes:

CONSIDERANDOS

1.- Que el municipio de San Martín de Bolaños se localiza al norte del estado de Jalisco, en las coordenadas 21° 10? 00?? a los 21° 48? 00?? de latitud norte y de los 102° 33? 00?? a los 104° 13? 00?? de longitud oeste, alcanzando alturas de entre los 780 a 2,500 metros sobre el nivel del mar. Limita al norte con Chimaltitán y Bolaños, al sur con los municipios de Tequila y Hostotipaquillo, al este con el estado de Zacatecas y al oeste con estado de Nayarit.

2.- Que al municipio lo corta casi a la mitad, de norte a suroeste, el río Bolaños; y cuenta con los arroyos El Limón, Las Huásimas, La Barranca, El Platanito, Cantarranas, Moros, El Platanar, Las Huertas, El Carrizal y El Cajón. Existen varios manantiales, los más abundantes se encuentran al sur de la cabecera municipal.

3.- Que la riqueza natural con que cuenta el municipio está representada por 60,349 hectáreas de bosque donde predominan especies de mezquite, huizache, garambullo, palillo y hozote, principalmente. Los principales tipos de vegetación y uso del suelo, así como su porcentaje de superficie son: bosque de pino (30%), bosque de encino (36%), selva baja caducifolia (17%) y otros (17%). Sus recursos minerales son yacimientos de oro, plomo, cobre, zinc, fluorita y plata.

4.- Que la mayor parte del suelo tiene pastizales, por lo cual su uso es agropecuario. La tenencia de la tierra en su mayoría corresponde a la propiedad privada. Entre los cultivos locales destaca el maíz, sorgo, fríjol, sandía, mango, rábano, cebolla y melón. También se cría ganado bovino de carne y productos lácteos (leche, queso, requesón); así como porcino, equino, diversas aves de corral y colmenas.

5.- Que es poca la actividad industrial que se desarrolla en este municipio, desarrollándose en mínima proporción la rama extractiva. Existen minerales metálicos como oro, plomo, cobre en pocas cantidades, pero principalmente la plata.

6.- Que junto con los municipios de Bolaños, Chimaltitán, La Yesca, Mezquitic, Villa Guerrero, el sitio forma parte de la Región Terrestre Prioritaria de México, RTP-60 de acuerdo a la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO).

7.- Que se trata de una zona templada con alta concentración de especies consideradas en riesgo de extinción como la guacamaya enana, la ardilla (Tamias sp.) y el guajolote silvestre y tiene el último registro del lobo mexicano en la región. Dentro de esta región se incluye vegetación de bosque de pino-encino y de encino con vegetación secundaria.

8.- Que algunas de sus partes han sido alteradas gravemente por la actividad forestal, constituyendo la región un importante corredor ecológico entre la Sierra Madre Occidental y el Sistema Volcánico Transversal. Así mismo, es una zona importante como ruta (corredor) de dispersión de aves.

9.- Que el mayor problema detectado en la región es la silvicultura extensiva, llegando a presentar un impacto severo en algunos sitios, como fragmentación de hábitat natural. A la fecha se ha manifestado como un problema importante para algunas especies de pino y encino, y se están alterando el hábitat de especies endémicas o en peligro de extinción como la guacamaya enana, el guajolote silvestre y el lobo mexicano.

10.- Que San Martín de Bolaños ha sido considerado de interés especial para el Programa de Desarrollo Forestal (PRODEFOR) por contar con terrenos forestales de aptitud preferentemente forestal que cuentan con potencial maderable alto y medio y que están bajo procesos o en riesgo de deforestación y degradación.

11.- Que en años anteriores, la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) ha declarado el Plan DN3 en los municipios de Villa Guerrero, San Martín de Bolaños, Mezquitic y Chimaltitán debido a la magnitud de los incendios en estos municipios de la Zona Norte de Jalisco.

Por lo anterior, esta Comisión, con fundamento en las facultades que le confieren los artículos 39, 40 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General; y los artículos 58 y 60 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente dictamen con:

PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO.- SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, POR CONDUCTO DE LA COMISIÓN NACIONAL FORESTAL A IMPLEMENTAR UN PROGRAMA DE REFORESTACIÓN EN LA SIERRA DE SAN MARTÍN DE BOLAÑOS, JALISCO E INFORMEN DEL RESULTADO A ESTA CÁMARA DE DIPUTADOS A TRAVÉS DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 15 días del mes de marzo de dos mil seis.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán (rúbrica), Presidenta; Francisco Javier Lara Arano (rúbrica), Roberto Aquiles Aguilar Hernández (rúbrica), Carlos Manuel Rovirosa Ramírez (rúbrica), José Luis Cabrera Padilla (rúbrica), secretarios; Irene Herminia Blanco Becerra, Raúl Leonel Paredes Vega (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), Lorena Torres Ramos (rúbrica), Mario Ernesto Dávila Aranda (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), María Guadalupe García Velasco, Guillermo Tamborrel Suárez, Bernardo Loera Carrillo (rúbrica), Óscar Rodríguez Cabrera (rúbrica), Julián Nazar Morales (rúbrica), Víctor Manuel Alcerreca Sánchez (rúbrica), Roberto Antonio Marrufo Torres (rúbrica), Óscar Félix Ochoa, Miguel Amezcua Alejo (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Jacobo Sánchez López (rúbrica), Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), Pascual Sigala Páez (rúbrica), Carlos Silva Valdés, María del Rosario Herrera Ascencio, Nancy Cárdenas Sánchez (rúbrica), Adrián Chávez Ruiz, Modesta Vázquez Vázquez (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CON PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LA PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE A ESTABLECER UN PROGRAMA PERMANENTE DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA A LAS EMPRESAS DEDICADAS A LA PRODUCCIÓN CAMARONÍCOLA EN NAYARIT Y SINALOA

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales le fue turnada para su análisis y dictamen, la proposición con Punto de Acuerdo en relación con la destrucción de manglares en la zona costera de los Estados de Nayarit y Sinaloa.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, numeral 1; 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como de los artículos 60, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la H. Cámara de Diputados es competente para dictaminar la proposición en comento por lo que se somete a la consideración de la Honorable Asamblea el presente Dictamen, con base en los siguientes antecedentes y consideraciones:

ANTECEDENTES

1.- En sesión celebrada el día 19 de Abril de 2005, el Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó proposición con Punto de Acuerdo en relación con la destrucción de manglares en la zona costera de los Estados de Nayarit y Sinaloa.

2.- Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 23 fracción f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, en esa misma fecha acordó turnar la proposición con Punto de Acuerdo que nos ocupa para su análisis y dictamen a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

3.- Tomando como base los elementos de información disponibles así como la propuesta multicitada la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales se abocó al estudio para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados, bajo los siguientes:

CONSIDERANDOS

La camaronicultura inicia aproximadamente en la década de los 70´s con el surgimiento de un convenio entre el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de la Universidad de Sonora (CICTUS, hoy DICTUS) y la Universidad de Arizona, de Estados Unidos. En este convenio se contempló la construcción de una Unidad Experimental de Puerto Peñasco, la cual se encuentra funcionando hasta la fecha y depende directamente de la Universidad de Sonora. Originalmente el modelo de desarrollo tecnológico planteado fue el cultivo intensivo de camarón azul (Penaeus stylirostris),

En la década de los 80´s, fue cuando se comenzó a ver a la camaronicultura con un enfoque comercial, mediante la creación de un programa de apoyo al sector social. La zona no cuenta con las características idóneas para ofrecer terrenos afines a las actividades agrícolas y pecuarias, optándose por la acuicultura.

En el estado de Nayarit, se encuentra uno de los sistemas de manglar más importantes a nivel nacional (Marismas Nacionales) con una estanquería reportada oficialmente de aproximadamente 1,500 ha. Además de su posición geográfica cercana a uno de los mercados consumidores de pescados y mariscos más grandes del mundo, el norteamericano, lo sitúan en una posición muy ventajosa para llevar a cabo el cultivo de especies de alto valor y calidad.

Es muy importante que recordemos que los humedales costeros son una parte importante del hábitat marino que proveen una rica fuente de nutrientes para organismos que habitan el océano y también alimentan peces juveniles e invertebrados marinos. En la costa del Golfo y las costas del Pacífico de la Baja California Sur, muchos de estos humedales están marginados por arbustos y árboles llamados mangles.

Los humedales de mangle se encuentran cerca del mar y se inundan por las mareas diurnas. El mangle rojo (Rhizophora mangle) muestra sus características raíces. Los mangles negro (Avicennia germinans) y blanco (Laguncularia racemosa) se pueden encontrar tierra adentro del mangle rojo.

Los humedales de mangle proveen hábitat y también nido y sitios para cientos de especies de aves migratorias. Los mangles son el apoyo de extensas redes alimenticias de la costa, proveen estabilidad en la línea costera, previenen la erosión y protegen de las tormentas. Los bosques de mangle viven literalmente en dos mundos al mismo tiempo, actuando como punto de contacto entre el mar y la tierra. Los mangles actúan como amortiguador y valla para capturar sedimentos y materia aluvial estabilizando así la elevación de la tierra y promoviendo la construcción de sedimentos en las áreas de marea. El efecto de filtro de los bosques de Mangles protegen también los vitales arrecifes de coral y pastizales marinos del daño por erosión.

En el presente punto de acuerdo, se manifiesta la gran preocupación por la destrucción de manglares en la zona costera de los estados de Sonora y Nayarit, la cual es causada por las empresas dedicadas a la acuicultura de camarón. En específico se ha reportado una gran problemática con la empresa denominada Granjas AquaNova, S.A. DE C.V., una de las más grandes ya que es la única que se puede decir presenta una verdadera integración vertical, a pesar de que la mayor parte de su infraestructura no se encuentra dentro de los límites del Estado de Nayarit, sino que se encuentra distribuida con los Estados colindantes de la región.

Dicha empresa cuenta con diversas instalaciones las cuales cubren toda la cadena productiva de esta industria: una granja de reproductores en Teacapán, Sinaloa; un laboratorio de producción de postlarvas en operación en el mismo municipio; una planta de alimentos balanceados para camarón en Culiacán, Sinaloa; una granja de engorda de camarón en Chamentla, Sinaloa, con 100 10hectáreas de extensión y 18 estanques de aproximadamente 5 hectáreas cada uno; una granja de engorda en Boca Cegada, en el municipio de San Blas, Nayarit; una comercializadora localizada en Mazatlán, Sinaloa, donde esta construyendo una planta congeladora de camarón con la intención de convertirla en una procesadora de productos de valor agregado; y finalmente una empresa de asesoría técnica para ofrecer sus productos y servicios a terceros, en forma independiente o como granjas asociadas.

A continuación veamos cuales son algunos de los problemas más importantes que ha presentado la empresa AquaNova a través del tiempo:

AquaNova realizó a fines de 1994 consultas informales con la Subdelegación de Medio Ambiente en Nayarit, entonces SEDESOL, la cual le propuso mantener la consulta permanente en tanto se realizaba la Manifestación de impacto ambiental.

Se creó la SEMARNAP y se generó un vacío de autoridad por la falta del nombramiento del nuevo Delegado de la SEMARNAP y de integración de sus áreas hasta el 16 de marzo de 1995, motivando que la empresa dirigiera sus trámites a oficinas centrales de la Secretaría, sin notificar a la Delegación en Nayarit.

El Instituto Nacional de Ecología (INE) a través de su Dirección General de Ordenamiento Ecológico emitió el dictamen de impacto ambiental aprobatorio condicionado para la primera fase de la obra el 7 de febrero de 1995.

AquaNova inició obras sin contar con la autorización de cambio de usos de suelo, ni con la concesión de zona federal marítimo terrestre correspondientes, e incumpliendo varias condicionantes del dictamen de impacto ambiental respectivo, en especial la referente al desmonte de 49 ha. de manglar.

La Delegación de la PROFEPA después de realizar una inspección y verificar la situación procedió a aplicar una clausura temporal de la obra. Después de realizar una reunión de análisis del asunto en la Delegación de PROFEPA, donde participó por primera vez la Delegación de SEMARNAP, se acordó que la empresa suspendería totalmente los desmontes y quemas, realizando al término de la reunión una visita a la zona por invitación de AquaNova.

Durante la visita se verificó que la constructora contratada por AquaNova no había cumplido a cabalidad con las instrucciones de conformidad con lo convenido y la Delegación de PROFEPA manifestó su decisión de llevar a cabo una clausura total definitiva de la obra. A petición de la empresa AquaNova el delegado de PROFEPA decidió evaluar el caso y con el resto de los funcionarios se hizo un análisis de la situación y sus alternativas.

La Delegación de SEMARNAP recomendó que la restitución del daño material se hiciera "en especie", mediante un programa de reforestación de manglar, dado que las multas y pagos no beneficiarían directamente a la región, a excepción del Delegado de PROFEPA la mayoría de los funcionarios participantes estuvieron de acuerdo.

A partir de 1996 la empresa AquaNova obtuvo autorizaciones, para la operación de las fases II y III del proyecto, ambas firmadas por el Lic. Pedro Álvarez de Icaza, Director General de Impacto Ambiental del INE. También obtuvo, de la Delegación Estatal las autorizaciones para el cambio de uso de suelo para la fase II en 1996 y para la fase III en 1997, respaldadas ambas por una autorización del Consejo Forestal Estatal.

Así mismo en 1998 obtuvo el permiso para la construcción del dren de descarga de aguas residuales al mar para las fases II y III y la modificación del dren de la fase I.

Lo anterior muestra que el conflicto de la empresa AquaNova con diferentes actores de la actividad, presenta diversas facetas interrelacionadas y complicadas; y que sólo podrá ser analizado en el mediano plazo ya que la forma actual de evaluar y autorizar proyectos de esta magnitud y tipo resulta muy inadecuada por falta de una secuencia lógica en el trámite correspondiente y por la inexistencia de un trámite único, debidamente verificado por la autoridad local y consultado con los Gobiernos y sectores locales.

En cuanto a los daños ocasionados al medio ambiente, es muy difícil establecer un diagnóstico confiable con respecto a los impactos ambientales de la actividad en el estado, debido a que en las manifestaciones de impacto ambiental no se pormenorizan características geológicas, fisicoquímicas y de flora y fauna tanto terrestre como acuática que permitan evaluar el estado particular de las granjas y su entorno. Por otra parte, las manifestaciones que si cuentan con esa información tienen la limitante de la poca confiabilidad de los datos aportados en ellas, ya que en su mayoría son repetitivos, inexactos y algunas veces describen ambientes no representativos del estado.

A lo anterior se suma el que la mayoría de las granjas tampoco cuentan con una bitácora o sistema de registro de sus operaciones, que permitan estimar el impacto en sus zonas adyacentes así como su nivel de eficiencia productiva y económica.

La biodiversidad se encuentra amenazada principalmente por la devastación de grandes áreas de manglar debido al incremento en la salinidad provocado artificialmente y una probable reducción en los aportes de agua dulce debido a los represamientos en la parte alta de las cuencas para fines agrícolas.

Tanto las lagunas, esteros y manglares de la parte norte en Las Marismas Nacionales, como El Estero San Cristóbal en la zona de San Blas, son consideradas como zonas de protección para las aves migratorias y su medio ambiente en un convenio tripartita firmado por los gobiernos de México, Estados Unidos y Canadá.

Las granjas en el Estado están en una situación muy próxima a la comunidad de manglar, particularmente los sistemas ubicados al sur. Asimismo están en colindancia con zonas agrícolas por lo que un mayor crecimiento por fuerza representa una invasión al manglar o bien una competencia con la agricultura, por lo tanto la única solución posible es que se respeten las regulaciones existentes en materia ambiental o agravarán no sólo los conflictos de tipo ambiental, sino los de tipo social y legal. Y al mismo tiempo se optimicen los procesos productivos, ya que la restauración ambiental no es posible.

En el caso concreto del conjunto Francisco Villa, el problema ambiental más importante es el azolvamiento natural de la laguna El Chumbeño, pudiendo incrementarse por la actividad acuícola. Así mismo, hay que señalar que si bien la acuicultura puede contribuir a un cambio en la hidrodinámica y la salinidad de la región, existen otros procesos provocados por obras de ingeniería que están contribuyendo a incrementar la problemática y que en un momento dado implican un mayor riesgo para la actividad, tal es el caso del Canal de Cuautla y la Presa de la Cuchara en Acaponeta.

También existen problemas ambientales más graves que los generados por el sitio de asentamiento de las granjas, nos referimos principalmente a los provocados por el inadecuado manejo y administración de las granjas del sector social, como: la incorrecta construcción de la estanquería, siendo común el caso donde el diseño y topografía es tal que impide un adecuado tratamiento de las aguas de desecho, dificultades para la cosecha, tamaños de estanque que no pueden ser manejados de manera conveniente e irregularidades en la densidad de siembra entre otros.

Ésta Comisión tuvo a bien solicitar información a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente delegación Nayarit, respecto a los resultados de la inspección y vigilancia realizada a la empresa AquaNova, S. A de C.V., siendo informados de lo siguiente:

" La empresa AquaNova, S.a de C.V. en diferentes ocasiones ha recibido visitas de inspección por parte de esta Delegación de la PROFEPA, Nayarit, derivándose en resoluciones sancionatorias y un convenio que puso fin al procedimiento respectivo instaurado; antecedentes de los cuales, por su importancia, tuvo conocimiento en forma directa la Procuraduría Federal de de Protección al Ambiente, y toda vez que el grupo ecologista "El Manglar" del Municipio de San Blas Nayarit, solicitó la intervención de la Comisión para la Cooperación Ambiental de América del Norte, éste organismo concluyó con la elaboración de un expediente de hechos por Petición Ciudadana, Asunto Aqua-Nova, código de identificación (SEM- 98- 006)mismo que por su amplio y detallado contenido no es posible insertar en este comunicado, sin embargo hago de su conocimiento que puede consultar en la página de internet que se identifica como www.cec.org.

Respecto de actuaciones recientes, le menciono que con fecha 17 de junio del año 2002, se emitió la Orden de Verificación No. SIV.2002/405 mediante la cual se comisionó personal autorizado de esta Dependencia, para que se trasladara hasta el ejido de "Isla del Conde" del Municipio de San Blas Nayarit, donde se encuentra la empresa Granjas AquaNova, S. A de C. V., a fin de verificar los avances de la implementación del Programa de Reforestación de Mangle, derivado del Convenio Administrativo celebrado entre la empresa Granjas AquaNova, S. A de C. V. y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.

En cumplimiento de dicha orden, con fecha 20 de junio de 2002 el personal de actuación elaboró Acta de Verificación No. VIA/2002/104, de cuyo resultado fue posible conocer que la empresa en cuestión cumplía en sus términos el programa de Restauración citado, por ello con fecha 26 de julio del 2002, se emite acuerdo de Conclusión y cierre del procedimiento administrativo, ordenándose en consecuencia el archivo definitivo del expediente No. 086/02/IA, que por ese motivo se había instaurado.

Posteriormente con fecha 29 de julio del año 2002, se emitió la orden de inspección No. SIV.2002/497, comisionandose personal de esta adscripción para que se trasladara hasta el lugar conocido como "Boca Cegada" en el Municipio de San Blas Nayarit, a fin de realizar visita de verificación a la empresa Granjas AquaNova, S. A de C. V., con el proposito de dar cumplimiento al oficio No. SGPA/DGVS.-002.-3042, de fecha 31 de mayo del 2002, signado por el C. Eleazar Loa Loza; Director de Atención y Apoyo a Usuarios de la Dirección General de Vida Silvestre, de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, quien comunicó lo siguiente: " ? En atención a las recomendaciones enviadas a esta Dirección General, por la Delegación Federal de la SEMARNAT en el estado de Nayarit, respecto al riesgo que corren los cocodrilos del Centro para la Conservación e investigación de Vida Silvestre " La Palma" al alimentarlos con los ejemplares sacrificados provenientes de este programa; esta Dirección determina que deberá realizarse la incineración inmediata de los cadáveres provenientes del Programa de Control, por el riesgo que representan los perdigones de plomo para el bienestar de los animales y el medio ambiente.

Así mismo deberá enviar un informe sobre los resultados del control autorizado en el oficio No. DOO.-002.-4352 de fecha 6 de agosto del 2001, a la Delegación de la SEMARNAT en el estado de Nayarit, e informar sobre el destino final que se les dio a los ejemplares sacrificados, y si la PROFEPA fue notificada y dio fe del evento".

Congruente con lo anterior, el día 31 de julio del 2002, se dio cumplimiento a la referida orden de inspección, elaborándose Acta de Inspección No. VS/2002/348, e instaurándose Procedimiento Administrativo en contra de la empresa Granjas AquaNova, S. A de C. V., con expediente No. 025/02-VS y una vez sustanciado el procedimiento respectivo, con fecha 25 de julio del 2003, se emitió la resolución administrativa No. 205/2003, mediante la cual se acreditó la infracción a la Ley General de Vida Silvestre, por incumplimiento al contenido del oficio No. DOO.-002-4532 de fecha 6 de agosto del 2001, que al representante de la mencionada empresa le dirige el C. Pedro Esteban Díaz Díaz, Director de Gestión y Servicios a Usuarios, de la Dirección General de Vida Silvestre, de la Secretaría de Medio Ambiente y Recurso Naturales.

La Citada Resolución sanciona a la empresa en cita, con una multa por la cantidad de $42,150.00 equivalente a 1000 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, imponiéndosele además la obligación de que cumpla en sus términos el oficio de autorización otorgado por la referida Dirección General de Vida Silvestre.

No omito mencionar que la empresa en cuestión se incorporó al Programa Nacional de Auditoria Ambiental, según registro No.2453 de fecha 15 de agosto del 2003, habiendo presentado su Plan de Acción, con propuesta de actividades específicas para cumplir cabalmente con la Legislación de la materia, y con la finalidad de obtener el certificado de cumplimiento ambiental".

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con las facultades que le confieren los artículos 39, 40 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General y los artículos 58 y 60 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable asamblea el presente dictamen con:

PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO.- SE EXHORTA A LA PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE A IMPLEMENTAR UN PROGRAMA PERMANENTE DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA A LAS EMPRESAS DEDICADAS A LA PRODUCCIÓN CAMARONICOLA EN LOS ESTADOS DE NAYARIT Y SINALOA, CON LA FINALIDAD DE VERIFICAR EL PUNTUAL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD AMBIENTAL; ASIMISMO INFORME DE LOS RESULTADOS A ESTA CÁMARA DE DIPUTADOS A TRAVÉS DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 15 días del mes de marzo del año dos mil seis.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán (rúbrica), Presidenta; Francisco Javier Lara Arano (rúbrica), Roberto Aquiles Aguilar Hernández (rúbrica), Carlos Manuel Rovirosa Ramírez (rúbrica), José Luis Cabrera Padilla (rúbrica), secretarios; Irene Herminia Blanco Becerra, Raúl Leonel Paredes Vega (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), Lorena Torres Ramos (rúbrica), Mario Ernesto Dávila Aranda (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), María Guadalupe García Velasco, Guillermo Tamborrel Suárez, Bernardo Loera Carrillo (rúbrica), Óscar Rodríguez Cabrera (rúbrica), Julián Nazar Morales (rúbrica), Víctor Manuel Alcerreca Sánchez (rúbrica), Roberto Antonio Marrufo Torres (rúbrica), Óscar Félix Ochoa, Miguel Amezcua Alejo (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Jacobo Sánchez López (rúbrica), Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), Pascual Sigala Páez (rúbrica), Carlos Silva Valdés, María del Rosario Herrera Ascencio, Nancy Cárdenas Sánchez (rúbrica), Adrián Chávez Ruiz, Modesta Vázquez Vázquez (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CON PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR AL TITULAR DE LA COMISIÓN FEDERAL DE MEJORA REGULATORIA A PUBLICAR EL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-055-ECOL-2003, QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS SITIOS QUE SE DESTINARÁN PARA UN CONFINAMIENTO CONTROLADO DE RESIDUOS PELIGROSOS

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales le fue turnada para su análisis y dictamen, la proposición con Punto de Acuerdo para que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y el Instituto Nacional de Ecología expidan la Norma Oficial Mexicana que regule la operación de los centros integrales para el manejo y aprovechamiento de los residuos industriales (CIMARIS?s) de conformidad al procedimiento establecido en la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, numeral 1; 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como de los artículos 60, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la H. Cámara de Diputados es competente para dictaminar la proposición en comento por lo que se somete a la consideración de la Honorable Asamblea el presente Dictamen, con base en los siguientes antecedentes y consideraciones:

ANTECEDENTES

1.- En sesión celebrada el día 08 de diciembre de 2005, el Diputada Jesús González Schmal del Grupo Parlamentario de Convergencia, presentó proposición con Punto de Acuerdo para que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y el Instituto Nacional de Ecología expidan la norma oficial mexicana que regule la operación de los centros integrales para el manejo y aprovechamiento de los residuos industriales (CIMARIS?s) de conformidad al procedimiento establecido en la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización.

2.- Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 23 fracción f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, en esa misma fecha acordó turnar la proposición con Punto de Acuerdo que nos ocupa para su análisis y dictamen a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

3.- Tomando como base los elementos de información disponibles así como la propuesta multicitada la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales se abocó al estudio para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados, bajo los siguientes:

CONSIDERANDOS

El desarrollo de la industria ha tenido un papel muy importante en el desarrollo económico y social en nuestro país, tan es así que, a dado lugar a la creación de empleos y a la incorporación de la población a sectores modernos de la economía, pero, representa también un alto costo para la sociedad y el medio ambiente.

Como consecuencia de las actividades industriales se generan subproductos nocivos, entre los que se encuentran los residuos industriales peligrosos (Rips) que tienen características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas o inflamables, que si no son manejados y dispuestos adecuadamente pueden afectar al ser humano o a su entorno.

Se estima que la generación total de residuos peligrosos de origen industrial en México asciende a un volumen aproximado de 10 millones y medio de toneladas anuales, lo que no incluye los jales mineros, residuos que también pueden ser peligrosos y que se producen en grandes cantidades.

El establecimiento de infraestructura para el tratamiento de los Rips se ha dado circunstancialmente, por el lento desarrollo de tecnología en el procesamiento del reciclado, tratamiento y confinamiento de los residuos, aunado a la necesidad de traslados a grandes distancias hacia las empresas que operan este tipo de residuos.

Es relativamente reciente el que nuestro país lleve a cabo acciones por parte del sector privado, así como del sector público, para la instalación de Centros Integrales para el Manejo y Aprovechamiento de los Residuos Industriales Cimaris. A través de estas instalaciones industriales, se manejan los residuos como insumos para la elaboración de nuevos productos en procesos de reciclaje y recuperación de materiales y de energía, donde sólo se confinan aquellos para los cuales ya no es viable dar otro tratamiento una vez estabilizados y neutralizados.

Si bien es cierto, la normatividad que regula los residuos peligrosos está determinado por la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su reglamento, también se encuentra regulado en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, sin embargo esta última no especifica los requisitos que deben cumplir los confinamientos de residuos peligrosos o Cimaris.

Hay que resaltar que dentro de nuestra normatividad encontramos otros ordenamientos como Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Ley Federal sobre Metrología y Normalización, Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, las cuales permiten la creación de las Normas Oficiales Mexicanas y también la actualización de las mismas, con la finalidad de que no se vuelvan obsoletas.

Tenemos que aclarar que la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente es insuficiente para atender la problemática identificada ya que en ella se establecen obligaciones para el manejo de residuos peligrosos pero no especifica parámetros de cumplimiento para el confinamiento de residuos peligrosos. En el Reglamento, se establece que el generador de residuos peligrosos deberá darles la disposición final que corresponda de acuerdo con los métodos previstos en el reglamento y normas.

Actualmente encontramos en la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER) el proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-055-ECOL- 2003, que establece los requisitos que deben reunir los sitios que se destinarán para un confinamiento controlado de residuos peligrosos (excepto los líquidos y los radiactivos) previamente estabilizados. Esta proyecto Abroga a la NOM-055-ECOL-1993.

La Norma Oficial Mexicana NOM-055-ECOL-1993.- establece los requisitos que deben reunir los sitios destinados al confinamiento controlado de residuos peligrosos, excepto de los radiactivos, sin embargo ya es insuficiente para atender la problemática identificada, la norma vigente contiene disposiciones técnicas que la hacen poco operativa, y que no consideran avances que permiten un manejo técnico, social y económicamente factible y ambientalmente adecuado de los residuos

Existen otras Normas Oficiales Mexicanas que se relacionan con la normatividad de dichos confinamientos, loa cuales son:

La Norma Oficial Mexicana NOM-052-ECOL-1993, la cual establece las características de los residuos peligrosos, el listado de los mismos y los límites que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad, pero no establece el criterio adecuado de manejo de los mismos.

La Norma Oficial Mexicana NOM-056-ECOL-1993, la cual establece los requisitos para el diseño y construcción de las obras complementarias de un confinamiento controlado de residuos peligrosos, pero es insuficiente para atender la problemática identificada ya que es complementaria de la norma para la selección del sitio. Contiene las especificaciones para el diseño y construcción de obras complementarias de un confinamiento controlado de residuos peligrosos.

La Norma Oficial Mexicana NOM-057-ECOL-1993, que señala los requisitos que deben observarse en el diseño, construcción y operación de celdas de un confinamiento controlado de residuos peligrosos, pero también resulta insuficiente para atender la problemática, ya que es complementaria de la norma para la selección del sitio. Contiene las especificaciones para el diseño, construcción y operación de las celdas de confinamiento, de obras de captación de lixiviados y de sistemas de venteo, entre otros.

La Norma Oficial Mexicana NOM-058-ECOL-1993, establece los requisitos para la operación de un confinamiento controlado de residuos peligrosos sin embargo, es insuficiente para atender la problemática identificada, ya que es complementaria de la norma para la selección del sitio de confinamiento y contiene los lineamientos para la operación segura del confinamiento de residuos peligrosos.

Debemos señalar que las Normas Oficiales Mexicanas que tienen por objeto el regular dichos confinamientos ya existen, pero, no ha sido publicado el proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-055-ECOL- 2003.

Por lo anteriormente expuesto, esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con las facultades que le confieren los artículos 39, 40 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General y los artículos 58 y 60 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable asamblea el presente dictamen con:

PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO: SE EXHORTA AL TITULAR DE LA COMISIÓN FEDERAL DE MEJORA REGULATORIA, PUBLIQUE EL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-055-ECOL- 2003, QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS SITIOS QUE SE DESTINARÁN PARA UN CONFINAMIENTO CONTROLADO DE RESIDUOS PELIGROSOS E INFORMEN DE LOS RESULTADOS A ESTA CÁMARA DE DIPUTADOS A TRAVÉS DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, el día 15 del mes de marzo de 2006.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán (rúbrica), Presidenta; Francisco Javier Lara Arano (rúbrica), Roberto Aquiles Aguilar Hernández (rúbrica), Carlos Manuel Rovirosa Ramírez (rúbrica), José Luis Cabrera Padilla (rúbrica), secretarios; Irene Herminia Blanco Becerra, Raúl Leonel Paredes Vega (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), Lorena Torres Ramos (rúbrica), Mario Ernesto Dávila Aranda (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), María Guadalupe García Velasco, Guillermo Tamborrel Suárez, Bernardo Loera Carrillo (rúbrica), Óscar Rodríguez Cabrera (rúbrica), Julián Nazar Morales (rúbrica), Víctor Manuel Alcerreca Sánchez (rúbrica), Roberto Antonio Marrufo Torres (rúbrica), Óscar Félix Ochoa, Miguel Amezcua Alejo (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Jacobo Sánchez López (rúbrica), Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), Pascual Sigala Páez (rúbrica), Carlos Silva Valdés, María del Rosario Herrera Ascencio, Nancy Cárdenas Sánchez (rúbrica), Adrián Chávez Ruiz, Modesta Vázquez Vázquez (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CON PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LA COMISIÓN NACIONAL FORESTAL A AUMENTAR SUS ESFUERZOS DE TAL FORMA QUE SE PUEDAN CONCRETAR LOS OBJETIVOS DEL PROGRAMA NACIONAL FORESTAL 2001-2006 AL CONCLUIR EL SEXENIO

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales le fue turnada para su análisis y dictamen, la proposición con Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a emprender acciones contundentes contra la explotación indiscriminada de bosques del país e implantar con la mayor brevedad la siembra y reforestación de éstos.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1; 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como de los artículos 60, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la H. Cámara de Diputados es competente para dictaminar la proposición en comento por lo que se somete a la consideración de la Honorable Asamblea el presente Dictamen, con base en los siguientes antecedentes y consideraciones:

ANTECEDENTES

1.- En sesión celebrada el día 10 de noviembre de 2005, fue presentada la proposición con Punto de Acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a emprender acciones contundentes contra la explotación indiscriminada de bosques del país e implantar con la mayor brevedad la siembra y reforestación de éstos, suscrito por la Diputada Dolores Padierna Luna, a nombre de la Fracción Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, siendo turnada en esa fecha a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Tomando como base la información disponible, así como la propuesta multicitada, esta Comisión se abocó al estudio para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados, bajo los siguientes:

CONSIDERANDOS

1.- Que debido a la situación geográfica de México atraviesa por su parte media el Trópico de Cáncer que lo ubica en un área de contacto de las floras boreal y tropical, debido a su forma, climas, orografía, geología y suelos, presenta una gran diversidad florística y de tipos de vegetación. La diversidad que existe de estos factores ecológicos explica que en México se observen casi todas las formaciones vegetales descritas a nivel mundial.

2.- Que en México, de acuerdo con los resultados del Inventario Nacional Forestal Periódico, el 70 % del territorio nacional, equivalente a 141.7 millones de hectáreas, está cubierto por terrenos forestales. Las áreas arboladas, constituidas por bosques y selvas, ocupan 56.8 millones de hectáreas. Se estima que alrededor de 20 millones de hectáreas arboladas tienen potencial de producción maderable sustentable.

3.- Que México cuenta con uno de los acervos más importantes a nivel mundial de recursos forestales, tanto en términos de superficie cubierta como por la diversidad de especies que habitan dentro en estos.

4.- Que actualmente se aprovechan alrededor de 9 millones de hectáreas con programas de manejo forestal autorizados. Los recursos no maderables se encuentran en todas las regiones forestales del país.

5.- Que por su importancia económica destacan la resina de pino, los hongos comestibles, la candelilla, la lechuguilla, la yuca o palmilla y el orégano, entre otros como las cactáceas y las orquídeas. Además, existen otros recursos no maderables que se distribuyen en todos los ecosistemas y se agrupan en la categoría de plantas medicinales.

6.- Que aunque al parecer, con una tendencia a disminuir, persisten altos niveles de deforestación, degradación y tala clandestina de los recursos forestales, especialmente en zonas de alta densidad demográfica. Se requiere mejorar el manejo técnico y la productividad, incorporar nuevas áreas de bosque natural a la producción sustentable.

7.- Que los principales rezagos en materia productiva son: baja productividad, falta de infraestructura caminera, técnicas de extracción y transformación poco eficientes y productivas, escasa inversión y, como resultado, poca competitividad en general, ante productos del exterior y para exportar.

8.- Que en las zonas forestales habitan la mayoría de la población indígena del país y la que tiene niveles más altos de pobreza. Se requiere llevar los servicios básicos a las zonas montañosas y aisladas. También los apoyos necesarios, para que los dueños y poseedores que tienen más del 95% de los recursos forestales reciban los ingresos y beneficios necesarios, que propicien que los protejan y aprovechen sustentablemente.

9.- Que para el 2001, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales reportaba una Tasa anual de Deforestación, de una superficie equivalente al Estado de Querétaro u 8 veces la superficie del Distrito Federal.

10.- Que entre las principales causas de deforestación se encuentran la ganadería extensiva, la agricultura, los incendios forestales, la construcción de caminos, la minería y extracción de petróleo.

11.- Que de acuerdo a la SEMARNAT, los Estados más afectados en su cobertura vegetal, para finales de 2002, son:

                BOSQUE

ESTADO                             PERDIDA

CAMPECHE                   100%
TABASCO                         58.12%
HIDALGO                            9.76%
VERACRUZ                         9.64%
NAYARIT                             8.65%

                SELVA

ESTADO                             PERDIDA

YUCATÁN                         35.21%
QUERETARO                    30.21%
VERACRUZ                        22.38%
TABASCO                          20.71%
HIDALGO                           20.49%

12.- Que la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR) fue creada por Decreto Presidencial el 4 de abril del 2001, como un Organismo Público Descentralizado cuyo objeto es desarrollar, favorecer e impulsar las actividades productivas, de conservación y restauración en materia forestal, así como participar en la formulación de los planes y programas, y en la aplicación de la política de desarrollo forestal sustentable.

13.- Que la misión de la CONAFOR es: Contribuir a elevar la calidad de vida de los mexicanos y al crecimiento de empleo y oportunidades de desarrollo por medio del manejo forestal sustentable (MFS), asunto de seguridad nacional, a través de la aplicación de los criterios de inclusión, competitividad y desarrollo regional, con base en la planeación de largo plazo y en las normas de gobernabilidad, democracia, federalismo, transparencia y rendición de cuentas, para avanzar en la construcción de una mejor realidad forestal para México en el entorno global, en la cual cobren vigencia los principios de humanismo, equidad y cambio.

14.- Que la visión de la CONAFOR es:

- Las personas que habitan en las zonas forestales habrán mejorado su calidad de vida, pues contarán con más y mejores empleos; los dueños y poseedores de terrenos, ejidos y comunidades, obtendrán mayores beneficios provenientes de las actividades forestales y del pago de servicios ambientales. Se habrá incrementado la contribución del sector forestal al P. I. B. nacional y reducido el déficit de la balanza de pagos sectorial. Las plantaciones comerciales, la industrial de transformación y las empresas pequeñas y medianas del ramo habrán incrementado su productividad y competitividad en el mercado global, mediante la integración de la cadena productiva, el acceso a mejores fuentes de incentivos y financiamiento, la investigación y desarrollo tecnológico y la formación de talento.

- Los impactos ambientales desfavorables disminuirán ya que se reducirá la tasa de deforestación, millones de hectáreas de suelos degradados habrán sido restauradas y se logrará el rescate de cuencas a través de programas de reforestación y restauración de suelos con altos niveles de eficacia. Se contará con un sistema nacional de corredores ecológicos y áreas naturales protegidas integrado y fortalecido, lo que disminuirá la presión sobre áreas clave de la biodiversidad; declinará la pérdida y fragmentación de ecosistemas forestales por causa de incendios y aumentará la captura de CO2 y la disponibilidad de agua.

- Habrá un cambio notable en la actitud de las personas hacia el entorno ecológico; el cuidado de los bosques, suelos y agua formará parte importante de los programas educativos, se respetará la biodiversidad y existirán menos especies amenazadas o en peligro de extinción, se utilizarán racionalmente los productos obtenidos de los ecosistemas forestales y su reciclaje será práctica generalizada. Las personas, las instituciones y los medios de comunicación participarán activamente en los programas de conservación y restauración tanto en las ciudades como en el medio rural.

- Se habrá fortalecido la corresponsabilidad entre sociedad y gobierno en la definición y aplicación de las políticas forestales; una vez efectuadas las reformas jurídicas, se contará con una normatividad accesible, sencilla y eficaz que se aplicará de manera coordinada entre los tres órdenes de gobierno en el contexto de un auténtico federalismo forestal. La sociedad supervisará y evaluará el desempeño de las instituciones públicas y el cumplimiento de los compromisos internacionales suscritos por el país en materia de desarrollo sustentable, por lo cual se incrementará la calidad y productividad de los servicios y disminuirá la corrupción. Los servicios técnicos forestales se ejecutarán con profesionalismo y sentido social.

- Se habrá contribuido al fortalecimiento de la seguridad nacional ya que disminuirá la tala clandestina y otras actividades ilícitas, se reducirá el tráfico y cultivo de enervantes y se contará con el ordenamiento territorial para establecer el uso del suelo de acuerdo a su vocación natural. Se propiciará la prosperidad social y económica en las comunidades que habitan las zonas forestales, aspecto fundamental para contribuir a un clima de seguridad

Por lo anterior, esta Comisión, con fundamento en las facultades que le confieren los artículos 39, 40 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General; y los artículos 58 y 60 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente dictamen con:

PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO.- SE EXHORTA A LA COMISIÓN NACIONAL FORESTAL (CONAFOR) A AUMENTAR SUS ESFUERZOS DE TAL FORMA QUE SE PUEDAN CONCRETAR LOS OBJETIVOS DEL PROGRAMA NACIONAL FORESTAL 2001-2006 AL CONCLUIR EL SEXENIO E INFORMEN DE LOS RESULTADOS A ESTA CÁMARA DE DIPUTADOS A TRAVÉS DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 15 días del mes de marzo de dos mil seis.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán (rúbrica), Presidenta; Francisco Javier Lara Arano (rúbrica), Roberto Aquiles Aguilar Hernández (rúbrica), Carlos Manuel Rovirosa Ramírez (rúbrica), José Luis Cabrera Padilla (rúbrica), secretarios; Irene Herminia Blanco Becerra, Raúl Leonel Paredes Vega (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), Lorena Torres Ramos (rúbrica), Mario Ernesto Dávila Aranda (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), María Guadalupe García Velasco, Guillermo Tamborrel Suárez, Bernardo Loera Carrillo (rúbrica), Óscar Rodríguez Cabrera (rúbrica), Julián Nazar Morales (rúbrica), Víctor Manuel Alcerreca Sánchez (rúbrica), Roberto Antonio Marrufo Torres (rúbrica), Óscar Félix Ochoa, Miguel Amezcua Alejo (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Jacobo Sánchez López (rúbrica), Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), Pascual Sigala Páez (rúbrica), Carlos Silva Valdés, María del Rosario Herrera Ascencio, Nancy Cárdenas Sánchez (rúbrica), Adrián Chávez Ruiz, Modesta Vázquez Vázquez (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CON PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR AL TITULAR DEL EJECUTIVO FEDERAL A REALIZAR, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, LOS ESTUDIOS NECESARIOS A FIN DE DECRETAR COMO ÁREA NATURAL PROTEGIDA LA LAGUNA DE TECOCOMULCO, HIDALGO

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales le fue turnada para su análisis y dictamen, la proposición con Punto de Acuerdo para exhortar al Ejecutivo Federal a realizar por conducto de la SEMARNAT los estudios necesarios a efecto de que se decrete la Laguna de Tecocomulco, Hidalgo, como Área Natural Protegida.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1; 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como de los artículos 60, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la H. Cámara de Diputados es competente para dictaminar la proposición en comento por lo que se somete a la consideración de la Honorable Asamblea el presente Dictamen, con base en los siguientes antecedentes y consideraciones:

ANTECEDENTES

1.- En sesión celebrada el día 23 de febrero de 2006, fue presentada la proposición con Punto de Acuerdo, para exhortar al Ejecutivo Federal a realizar por conducto de la SEMARNAT los estudios necesarios a efecto de que se decrete la Laguna de Tecocomulco, Hidalgo, como Área Natural Protegida, suscrita por los Diputados Cuauhtemoc Ochoa Fernández y Alfredo Bejos Nicolas, siendo turnada en esa fecha a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Tomando como base la información disponible, así como la propuesta multicitada, esta Comisión se abocó al estudio para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados, bajo los siguientes:

CONSIDERANDOS

1.- Que la Laguna de Tecocomulco se localiza entre los meridianos 19°53?20" y 19°50?08" de Latitud Norte y los paralelos 98° 21?54" y 98°25?44" de Longitud Oeste. Esta se encuentra comprendida dentro de la provincia del Eje Volcánico Transversal. Pertenece a la Región Hidrológica No. 26 del Río Pánuco, es un humedal que forma parte de la Cuenca hidrográfica de Valle de México.

2.- Que el sitio se ubica en la parte sureste del Estado de Hidalgo, dentro de los municipios de Tepeapulco, Apan y Cuautepec de Hinojosa, con una distancia de 46 Km. en línea recta del centro del humedal a la capital del Estado que es Pachuca de Soto. Las sierras que rodean la vegetación primaria es de Bosque de Pino-Encino en gran parte talado con vegetación secundaria de Juniperus, magueyes y cactáceas.

3.- Que la ciudad más cercana que concentra el mayor número de población es Ciudad Sahagún con algo mas de 28,000 habitantes, representando el 1.2% de la población total del Estado, le sigue la Ciudad de Apan con el 1.1%, Cuautepec de Hinojosa con el 0.7% y Tepeapulco con el 0.6%, respectivamente.

4.- Que la Laguna presenta una altitud media de 2,514.30 metros sobre el nivel del mar y cuenta con una superficie aproximada de 1,769 hectáreas de conformidad con la Declaración publicada en el Diario Oficial de la Federación del 22 de junio de 1951, marcando su límite con 86 monumentos.

5.- Que la cuenca de Tecocomulco que es donde se ubica la laguna, cubre una extensión de 49,300 hectáreas que comprende parte de los Municipios de Apan, Almoloya, Cuautepec de Hinojosa, Singuilucan y Tepeapulco del Estado de Hidalgo, así como parte del Municipio de Chignahuapan del Estado de Puebla.

6.- Que de acuerdo a la clasificación realizada por la Comisión Nacional de Agua (CNA), la Cuenca de Tecocomulco es una subdivisión regional hidrológica de la Cuenca del Valle de México, esta se ubica en el borde sur de la mesa central, queda comprendida en el centro de una gran zona volcánica que atraviesa la República Mexicana de oeste a este, se le considera dentro del grupo de las "Cuencas cerradas" que se ubica en la Región Hidrológica No. 26.

7.- Que la laguna es considerada como el último humedal relicto del antiguo sistema lacustre que predominó en toda la Cuenca del Valle de México, en que se refugian y habitan peces, anfibios y aves acuáticas características de lo que fueron los lagos de Anáhuac. Diversos estudios muestran que en la laguna habitan 26 especies de fanerógamas acuáticas que sirven de alimento a aves herbívoras, así mismo crecen charales y carpas, alimento de aves piscívoras y en sus riveras existen playas donde se alimentan aves limícolas. Lo anterior motivo que el 29 de septiembre de 2003 fuera incluida como sitio RAMSAR.

8.- Que se comporta como un vaso regulador para recarga de acuíferos de la región. Alberga una rica biodiversidad y una gran cantidad de hábitat; algunas especies en peligro de extinción (Ajolote Ambystoma mexicanus, Pato real Chairina moschata y la Rana montezumae) y otras con el estatus de protegidas (Pato mexicano Anas diazi, Pato golondrino Anos acutatzitzihoa y el Pato boludo Caythia affinis).

9.- Que Tecocomulco es de gran importancia ecológica toda vez que es sitio de nidificación, reproducción y paso de gran cantidad de especies de aves acuáticas y terrestres, encontrando más de una decena de aves migratorias provenientes del norte de México, Estados Unidos y Canadá.

10.- Que de acuerdo al documento: Programa Integral de Protección, Conservación, Restauración y Aprovechamiento de la Cuenca de Tecocomulco, elaborado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Pesca (SEMARNAP), 1999, en la Laguna se cuenta con 48 especies de aves terrestres identificadas, pertenecientes a 8 Órdenes y 21 Familias, de las cuales 27 son residentes y 20 son migratorias de invierno y solo una Hirundo rustica es migratoria de verano, destacando durante la época migratoria: la garcita blanca dedos amarillos Egretta tula y el garzón blanco Casmerodius albus con poblaciones de 60 a 200 individuos.

11.- Que otra familia de aves la constituyen la Anatidae (patos) con 14 especies; de las que más abundan en la época de migración son la cerceta de alas azules Anas discors y el pato tepalcate Oxyura jamaicensis con poblaciones de 3000 a 5000 individuos.

12.- Que de conformidad con la clasificación de humedales propuesta por Dugan (1992), la laguna de Tecocomulco, se ubica dentro de los Sistemas Lacustrinos; depósitos de agua formados por depresiones causadas por fenómenos de origen volcánico. La cuenca es alimentada por los ríos Coatlaco, Coyuco y Tepozan, además de otras corrientes de menor importancia que bajan de los cerros. La parte central de la cuenca recibe aportaciones de corrientes pluviales formadas en las laderas de los cerros que la rodean y son estimadas en 12.5 millones de m3 anuales que dan origen a la porción lacustre.

13.- Que la Laguna de Tecocomulco fue un polo de atracción para la actividad humana desde épocas muy tempranas. Testimonio de lo anterior son las pinturas rupestres, localizadas en un abrigo rocoso en la población de San Miguel Allende. Aunque los arqueólogos no han hecho un fechamiento preciso, algunos pictóricos hacen suponer la presencia humana en Tecocomulco alrededor de 9,000 años antes del presente siglo. Se trata de grupos recolectores cazadores, que podrían fácilmente sobrevivir de las posibilidades que presentaba la Laguna, como es la caza de aves acuáticas migratorias y algunas especies acuáticas nativas como: pato mexicano, cucaste, pato real, bocón, chalcoán, tepalcate, lista verde, entre otras.

14.- Que durante el surgimiento de la agricultura en el Territorio Nacional, hace aproximadamente 2,500 años, Tecocomulco debió presentar posibilidades para el surgimiento de los primeros intentos de los cultivos. Un mayor número en las estribaciones Noroestes de la Laguna, donde son abundantes los vestigios de muros, plataformas y tiestos que permiten suponer una población numerosa de habitantes, sobre todo en los años inmediatamente anteriores a la conquista de México.

15.- Que con el propósito de contrarrestar el deterioro que ha sufrido la cuenca en su conjunto, se han realizado en diferentes períodos trabajos tendientes a su recuperación; tales como reforestaciones en los municipios de Almoloya, Cuautepec de Hinojosa, Singuilucan y Tepeapulco. Con el apoyo del Gobierno Estatal, FIRCO y el PET se ha realizado el cercado y la apertura de brechas corta-fuego en algunos ejidos de la cuenca; por ejemplo, los Ejidos de Tecocomulco de Juárez y Tres Cabezas, Municipio de Cuautepec.

Así mismo, se han realizado algunos trabajos de conservación de suelo y agua, consistentes en la construcción de presas de gaviones en el Ejido Jagüey Prieto.

16.- Por ultimo, que Tecocomulco es un ambiente natural característico de Hidalgo, con un ecosistema frágil, que requiere asegurar su equilibrio y la continuidad de los procesos evolutivos y ecológicos; y que como lo prevé la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para decretar Áreas Naturales Protegidas, necesitamos contar con biodiversidad representativa del territorio nacional, con especies que están en categoría de riesgo, ser zona de protección de poblados por su área boscosa, de recarga del ciclo hidrológico, así como ser área de importancia para la recreación, la cultura e identidad nacionales y de los pueblos indígenas

Por lo anterior, esta Comisión, con fundamento en las facultades que le confieren los artículos 39, 40 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General; y los artículos 58 y 60 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente dictamen con:

PUNTO DE ACUERDO

UNICO.- SE EXHORTA AL TITULAR DEL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES A REALIZAR LOS ESTUDIOS NECESARIOS A FIN DE DECRETAR LA LAGUNA DE TECOCOMULCO, HIDALGO, COMO ÁREA NATURAL PROTEGIDA, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 57 DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 15 días del mes de marzo de dos mil seis.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán (rúbrica), Presidenta; Francisco Javier Lara Arano (rúbrica), Roberto Aquiles Aguilar Hernández (rúbrica), Carlos Manuel Rovirosa Ramírez (rúbrica), José Luis Cabrera Padilla (rúbrica), secretarios; Irene Herminia Blanco Becerra, Raúl Leonel Paredes Vega (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), Lorena Torres Ramos (rúbrica), Mario Ernesto Dávila Aranda (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), María Guadalupe García Velasco, Guillermo Tamborrel Suárez, Bernardo Loera Carrillo (rúbrica), Óscar Rodríguez Cabrera (rúbrica), Julián Nazar Morales (rúbrica), Víctor Manuel Alcerreca Sánchez (rúbrica), Roberto Antonio Marrufo Torres (rúbrica), Óscar Félix Ochoa, Miguel Amezcua Alejo (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Jacobo Sánchez López (rúbrica), Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), Pascual Sigala Páez (rúbrica), Carlos Silva Valdés, María del Rosario Herrera Ascencio, Nancy Cárdenas Sánchez (rúbrica), Adrián Chávez Ruiz, Modesta Vázquez Vázquez (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CON PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LA SEMARNAT A PUBLICAR LOS PLANES Y PROGRAMAS, ASÍ COMO RESULTADOS Y GRADO DE AVANCE CON RELACIÓN A LA PROBLEMÁTICA DE DETERIORO ECOLÓGICO DE LA RESERVA DE LA BIOSFERA DE LOS TUXTLAS, VERACRUZ

HONORABLE ASAMBLEA:

A la comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales le fue turnada para su análisis y dictamen, la proposición con Punto de Acuerdo para que se se exhorte a la SEMARNAT a que publique los planes y programas, así como resultados y grado de avance con relación a la problemática de deterioro ecológico de la Reserva de la Biosfera de los "TUXTLAS", en el Estado de Veracruz, presentada por el Diputado Marcelo Herrera Herbert del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democratica.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 numeral 1; 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como de los diversos artículos 60, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la H. Cámara de Diputados es competente para dictaminar la proposición en comento por lo que se somete a la consideración de la Honorable Asamblea el presente Dictamen, con base en los siguientes antecedentes y consideraciones:

ANTECEDENTES

1.- El sesión celebrada en fecha 8 de diciembre de 2005, por la Cámara de Diputados del Honorable congreso de la Unión, se presentó el Punto de Acuerdo para que se exhorte a la SEMARNAT a que publique los planes y programas, así como resultados y grado de avance con relación a la problemática de deterioro ecológico de la Reserva de la Biosfera de los "TUXTLAS", en el Estado de Veracruz; y se dictó el tramite de turno a esta Comisión.

2.- Se recibió oficio emitido por la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados de fecha 8 de diciembre de 2005 con anexo duplicado del expediente número 4610 que contiene la proposición con punto de acuerdo citada.

Tomando como base la información disponible los antecedentes citados, así como la propuesta en comento, esta Comisión se aboco a su estudio para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados, bajo los siguientes:

CONSIDERANDOS

De la exposición de motivos del punto de acuerdo que nos ocupa, se desprende que "Los grandes avances de industrialización del mundo, en los que México no puede ser la excepción, han llevado a la agonía de los espacios naturales con que contamos; la reserva de Los Tuxtlas, el caso que hoy nos ocupa, fue decretado como área natural protegida de competencia federal el 23 de noviembre de 1998, bajo la inteligencia de evitar su gradual destrucción, sin embargo, los muchos y diferentes problemas generados por el hombre tales como la agricultura, el crecimiento poblacional, la cacería furtiva, la deforestación, la contaminación de cuerpos de agua, y sin lugar a dudas por la inadecuada y torpe aplicación de políticas en materia ecológica, han dado como resultado que gran parte de esa área sea consumida día con día.

Los Tuxtlas, es un área "protegida" que se encuentra sometida a una intensa presión derivada del gran número de habitantes en la región. Dentro de los límites del área protegida viven 25,447 habitantes de tres municipios en la sierra de Santa Marta.

Esta Reserva, representa un ecosistema clave constituyendo el área de mayor importancia en la región para la captación de agua de lluvia, y la principal fuente proveedora de agua para ciudades importantes de los alrededores tales como Coatzacoalcos, Minatitlán, Acayucan, San Andrés Tuxtla y Catemaco.

Los Tuxtlas es una de las reservas mejor estudiadas en Latinoamérica, pero también es una de las áreas protegidas donde mejor, desgraciadamente, se han documentado los procesos de deforestación de las selvas tropicales. A pesar de los múltiples estudios y trabajos de investigación por instituciones académicas y programas gubernamentales de desarrollo social para la región, no se ha podido detener el avance de la deforestación, tráfico de especies silvestres y grave contaminación de cuerpos de agua. Las actividades agrícolas y ganaderas en la región han causado la pérdida de cobertura forestal en más del 85% de la original. Las amenazas mencionadas ponen en serio riesgo la integridad biológica de la reserva, por lo que se considera altamente amenazada. Sin embargo, a partir de 1998 cuando se decretó la Reserva de la Biosfera Los Tuxtlas, el gobierno implementó una serie de programas y acciones para promover proyectos de desarrollo que no dañaran el medio ambiente, todo esto desde luego, sin resultados positivos.

Los graves problemas que enfrenta esta maravilla natural, pueden corregirse implementando políticas públicas que favorezcan el desarrollo de las comunidades bajo un esquema de desarrollo sustentable, dicho esto, ya que resulta que la principal causa de deforestación, es el cambio de uso de suelo para convertirlo en potreros o campos de cultivo. Esa práctica ha sido fomentada por todos los niveles de gobierno, que sólo han visto los bosques y las selvas como terrenos ociosos, sin poder entender sus múltiples beneficios ni su carácter vital. Mas aun, la deforestación propicia una fatal disminución en la captación de agua a escala incluso nacional, por si fuera poco, rompe con su equilibrio, lo cual representa una grave amenaza en los cambios climáticos.

Otro factor que atenta contra los bosques y selvas, es la tala ilegal, un problema grave en nuestro país pues se estima que el 70% del mercado nacional de madera, tiene procedencia ilegal. La marginación que por décadas se ha padecido en el campo, la falta de oportunidades laborales así como la nula cultura ecológica para el buen aprovechamiento de bosques y selvas, han privilegiando la tala indiscriminada, en el mayor de los casos para su venta ilegal, según datos de Greenpeace, el 82 por ciento de la deforestación se debe a esa causa.

La enorme importancia biológica y los servicios ambientales que brinda la reserva de Los Tuxtlas a las poblaciones humanas de la región, al parecer no han sido argumentos lo suficientemente sólidos como para impulsar políticas de desarrollo sustentable que permitan frenar el avance del deterioro sobre los bosques y las selvas.

Ahora los mexicanos tenemos la responsabilidad de ser observadores del cumplimiento de los compromisos adquiridos por la presente administración. En 1998, como ya se mencionó, se dieron una serie de avances y logros al decretar la Reserva de la Biosfera Los Tuxtlas, así como iniciar programas de ordenamiento ecológico, expropiación de tierras y desarrollo de proyectos productivos alternativos que deben seguir siendo apoyados y auditados.

En Los Tuxtlas, a pesar que se ha perdido más del 85% de la superficie original de la región aún quedan áreas de gran importancia biológica, como tres zonas núcleo que cuentan con cerca de 30.000 ha de selvas conservadas, además de un gran número de fragmentos de selva de suma importancia. La región de Los Tuxtlas representa uno de los sitios con las más altas precipitaciones anuales del país, entre 1.700 mm en la época de secas de marzo a mayo, y 4.700 mm en la época de lluvias de junio a febrero. Este hecho como la captación de agua de lluvia, el control del arrastre de suelo, regulación del clima, mantener temperaturas estables, la filtración y purificación del agua, son algunos de los servicios ambientales que proporcionan los bosques y selvas de la Sierra de Los Tuxtlas."1

De conformidad con el artículos 65 y 66 de la LGEEPA la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, tiene la obligación de expedir dentro del plazo de un año contado a partir de la publicación de la declaratoria respectiva en el Diario Oficial de la Federación los programas de manejo de las áreas naturales protegidas; así mismo, la Secretaría deberá publicar un resumen de dicho programa y el croquis de localización del área. Aunado a que en el mismo decreto se señala:

TERCERO.- La Secretaría de Medio Ambiente, Recursos naturales y Pesca, conforme a lo dispuesto en el presente Decreto, deberá elaborar el programa de manejo de la reserva de la biosfera Los Tuxtlas, en un término no mayor de 365 días naturales contados a partir de la fecha de publicación del presente Decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Sin embargo y no obstante haberse decretado la Reserva de la Biosfera "Los Tuxtlas" el 23 de noviembre de 1998 como ya quedo asentado, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) hasta el 3 de diciembre de 2003, público en su pagina Web lo siguiente: "La Reserva de la Biosfera Los Tuxtlas, fue decretada el 23 de noviembre de 1998. El programa de manejo está en elaboración y contendrá las estrategias para lograr las metas de conservación, investigación, desarrollo económico y recreación.

Es administrada por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas. El personal operativo ha realizado proyectos de capacitación técnica productiva, reforestación, colecta de semilla, establecimiento de viveros; capacitación en tecnologías alternativas y fomento al ecoturismo. Se desarrollan actividades de inspección, vigilancia, combate de incendios; logrando mecanismos de vinculación entre los diferentes actores regionales, para que todos juntos logremos conservar este patrimonio natural.

El equipo operativo asignado a la Reserva de la Biosfera Los Tuxtlas está impulsando talleres de capacitación, proyectos productivos, de reforestación, proyectos alternativos y otros, que tienen el objetivo de integrar a los habitantes de la reserva en trabajos en pro de la conservación de los recursos naturales y que participen activamente en la elaboración y ejecución del Programa de Manejo."2

Ocho años después de la declaratoria y tres años después de la publicación de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, dicha área no cuenta con su programa de manejo, y mientras tanto la gente se pregunta el por que dicha zona a pesar de estar protegida se esta acabando.

Los programas de manejo constituyen instrumentos para el manejo y administración de las áreas naturales protegidas del país, en ellos se establecen aspectos que son de utilidad para una gestión adecuada de estas áreas; las acciones a realizar a corto, mediano y largo plazo, estableciendo su vinculación con el Plan Nacional de Desarrollo, así como con los programas sectoriales correspondientes; la forma de organización para la administración del área y los mecanismos de participación social; los inventarios biológicos existentes; y las reglas administrativas o reglamento del área en el cual se encuentra la regulación de las obras y actividades que pueden realizarse en el área natural protegida de que se trate.

Entonces como es que la Conanp dice que la administra; si no cuenta con su respectivo programa de manejo.

Cabe hacer mención, que si un área natural protegida no cuenta con su programa de manejo, presupuestariamente no se le pueden asignar recursos, en el presupuesto de egresos de la federación 2006 en el capitulo correspondiente a las reglas de operación para programas, se regula como operaran estos y que no operaran los programas que no tengan reglas de operación como lo es el caso de los Tuxtlas, es por esto que urge que se elabore y publique el programa de manejo, no de esta área únicamente sino de todas las del país.

Por lo que, por todo anterior, esta Comisión, encuentra procedente la proposición presentada por el Diputado Marcelo Herrera Herbert, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, y con fundamento en las facultades que le confieren los artículos 39, 40 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General y los artículos 58 y 60 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente dictamen con:

PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO.-SE EXHORTA A LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, PUBLIQUE A LA BREVEDAD POSIBLE EL PROGRAMA DE MANEJO DE LA RESERVA DE LA BIOSFERA "LOS TUXTLAS", EN EL ESTADO DE VERACRUZ, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 65 Y 66 DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE; ASIMISMO SE INFORME DE LOS RESULTADOS A ESTA CÁMARA DE DIPUTADOS A TRAVÉS DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.

Notas:
1 Cámara de Diputados. Gaceta Parlamentaria. Punto de Acuerdo presentado por el Diputado Marcelo Herrera Herbert. Exposición de motivos.
2 http://www.conanp.gob.mx/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 15 días del mes de marzo de dos mil seis.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán (rúbrica), Presidenta; Francisco Javier Lara Arano (rúbrica), Roberto Aquiles Aguilar Hernández (rúbrica), Carlos Manuel Rovirosa Ramírez (rúbrica), José Luis Cabrera Padilla (rúbrica), secretarios; Irene Herminia Blanco Becerra, Raúl Leonel Paredes Vega (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), Lorena Torres Ramos (rúbrica), Mario Ernesto Dávila Aranda (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), María Guadalupe García Velasco, Guillermo Tamborrel Suárez, Bernardo Loera Carrillo (rúbrica), Óscar Rodríguez Cabrera (rúbrica), Julián Nazar Morales (rúbrica), Víctor Manuel Alcerreca Sánchez (rúbrica), Roberto Antonio Marrufo Torres (rúbrica), Óscar Félix Ochoa, Miguel Amezcua Alejo (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Jacobo Sánchez López (rúbrica), Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), Pascual Sigala Páez (rúbrica), Carlos Silva Valdés, María del Rosario Herrera Ascencio, Nancy Cárdenas Sánchez (rúbrica), Adrián Chávez Ruiz, Modesta Vázquez Vázquez (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CON PUNTOS DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES A INTERVENIR PARA QUE SE ATAQUE LA PLAGA EN EL BOSQUE DE OYAMEL DE LA MARIPOSA MONARCA EN MICHOACÁN

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales le fue turnada para su análisis y dictamen, la proposición con Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a intervenir para que se ataque la plaga en el Bosque de Oyamel de la Mariposa Monarca, en el Estado de Michoacán.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1; 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como de los artículos 60, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la H. Cámara de Diputados es competente para dictaminar la proposición en comento por lo que se somete a la consideración de la Honorable Asamblea el presente Dictamen, con base en los siguientes antecedentes y consideraciones:

ANTECEDENTES

1.- En sesión celebrada el día 22 de noviembre de 2005, fue presentada la proposición con Punto de Acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a intervenir para que se ataque la plaga en el Bosque de Oyamel de la Mariposa Monarca, en el Estado de Michoacán, suscrita por la Diputada Jacqueline G. Argüelles Guzmán, a nombre de la Fracción Parlamentaria del Partido Verde Ecologista de México, siendo turnada en esa fecha a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Tomando como base la información disponible, así como la propuesta multicitada, esta Comisión se abocó al estudio para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados, bajo los siguientes:

CONSIDERANDOS

1.- Que la palabra oyamel procede del náhuatl oyametl y significa abeto, nombre que se le da en la parte central de México a la especie Abies religiosa, conífera de la familia de las Pinaceae. La Enciclopedia de México señala que probablemente por sus ramillas colgantes, casi siempre opuestas y en forma de cruz, se le aplicó la denominación específica de "religiosa".

2.- Que el oyamel se localiza en lugares fríos o templados entre los 2 mil o 3 mil metros de altitud. Abunda en las montañas del Valle de México y de los estados de México, Morelos, Hidalgo, Puebla, Michoacán, Jalisco, Guerrero, Tlaxcala, Veracruz y en el Distrito Federal.

3.- Que el bosque de oyamel es un ecosistema especializado de altura que se presenta en 13 islas vegetacionales en los picos más altos de México y se localiza en menos del 0.5% del territorio mexicano. Nueve de estas islas montañosas se ubican en el Eje Neovolcánico Transversal, tres en la Sierra Madre Oriental y una al norte de Baja California.

4.- Que la revista Ciencia Forestal en México, del Instituto Nacional de Investigaciones Forestales y Agropecuarias, INIFAP, Vol. 20 núm. 77, ene-jun 1995, se refiere a estos árboles como: "Dichos árboles estructuran bosques formados por comunidades clímax (aquellas que se perpetúan con escasas y pequeñas alteraciones) de la vegetación de coníferas, que domina las partes altas de los montes que rodean al valle y cuya conservación es determinante para la calidad de vida del área metropolitana de la Ciudad de México".

5.- Que dichos oyameles han estado presentes en el territorio mexicano desde tiempos prehispánicos, sin embargo, las oportunidades que ellos brindan para trabajar su madera propició un aprovechamiento sistemático y exagerado, que contribuyó fuertemente al deterioro de su entorno y, consecuentemente a la reducción de sus poblaciones.

6.- Que el bosque de oyamel ocupa importantes extensiones del subsistema montañoso y las partes altas de los aparatos volcánicos, se caracteriza por la predominancia de Abies religiosa y constituye el hábitat característico de la mariposa monarca. En las áreas perturbadas, principalmente en las laderas, se desarrolla un estrato arbóreo inferior con presencia de especies como Quercus, Alnus, Arbutus, Salix y Prunus, entre otros. El estrato arbustivo y el herbáceo se encuentran representados por los géneros Juniperos, Senecio, Eupatorium, Stevia y Archivacharis. El estrato rasante está dominado por musgos como Thuidium y Minium y hongos basidiomicetos en las épocas de lluvias.

7.- Que es la comunidad más representativa de la zona núcleo de la Reserva de la Biosfera de la Mariposa monarca. Ocupa importantes extensiones del subsistema montañoso y las partes altas de los aparatos volcánicos, se caracteriza por la predominancia de Abies religiosa y constituye el hábitat característico de la mariposa Monarca. En las áreas perturbadas, principalmente en las laderas, se desarrolla un estrato arbóreo inferior con presencia de especies como Quercus, Alnus, Arbutus, Salix y Prunus, entre otros. El estrato arbustivo y el herbáceo se encuentran representados por los géneros Juniperus, Senecio, Eupatorium, Stevia y Archibaccharis. El estrato rasante está dominado por musgos como Thuidium y Minium y hongos basidiomicetos en las épocas de lluvias.

8.- Que la mariposa monarca (Danaus plexippus plesippus) habita la franja fronteriza de Canadá y los Estados Unidos durante el verano, cuando los días largos y las altas temperaturas le permiten madurar y reproducirse. Al terminar el verano, los días se hacen más cortos y aparecen las primeras ventiscas de aire polar, causando una disminución drástica de la temperatura. La falta de control de la temperatura interna y la escasez de alimento por el letargo invernal en que entran las plantas de las que se alimenta la monarca, la obligan a desplazarse hace latitudes más cálidas.

9.- Que hasta la fecha se conocen tres rutas migratorias. Las monarca que viven entre el Pacífico y las Montañas Rocallosas se dirigen hacia el estado de California, cerca de San Diego. Las poblaciones que habitan entre el Atlántico y los Grandes Lagos cruzan los estados de Carolina y Florida, para llegar a Cuba, aunque después de ahí no se sabe con certeza hacia dónde se dirigen. La tercera ruta es la que, a fines de septiembre, parte de la zona ubicada entre las Rocallosas y los Grandes Lagos, y baja hacia México por la Sierrra Madre Oriental, entra al Altiplano por las montañas más bajas, para llegar a mediados de noviembre a los estados de México y Michoacán.

10.- Que la mariposa monarca establece sus colonias en los bosques de oyamel (Abies religiosa) de las laderas sur y suroeste de las montañas en donde haya algún arroyo cercano, a más de 2,700 metros sobre el nivel del mar.

11.- Que el Programa de Manejo de la Reserva de la Biosfera de la Mariposa Monarca, menciona que como consecuencia del debilitamiento del arbolado por incendios y el mal aprovechamiento que hace la explotación clandestina, se deja un gran volumen de desperdicio en el monte y se induce la aparición de hongos, brotes virulentos, plagas y diversas enfermedades forestales que llegan a constituir un verdadero problema epidémico para la salud del recurso silvícola.

12.- Entre las principales plagas que llegan a presentarse en el área se encuentran: los insectos descortezadores del pino Dendroctonus mexicanus, D. adjunctus, D. parallelocollis, D. Valens e Ips spp; el descortezador del oyamel Scolytusaztecus y Pseudohylesinus variegatus; los barrenadores de brotes y yemas Eucosoma sonomana y, Rhyacionia frustrana; la mariposa resinera Synanthedon cardinalis; el defoliador del pino Neodiprion vallicola; el barrenador del cono Conophtorus sp. Y plantas parásitas como el muérdago enano Arcenthobium globosum y el muérdago verdadero Psittacanthus spp.

13.- Que el Programa de Manejo de la Reserva de la Biosfera de la Mariposa Monarca alude que la falta de manejo para conservar las áreas núcleo y de amortiguamiento originó la presencia de estas pudriciones de raíz que facilitan la muerte de oyameles y pinos por derribo del viento o por debilitamiento y el ataque a la regeneración. Este problema está presente en toda la Reserva afectando aproximadamente 7,700 hectáreas y puede generar una problemática mayor con muerte masiva de árboles.

Las masas forestales que se encuentran bajo protección dentro de las áreas naturales protegidas requieren de vigilancia permanente, ya que son bosques susceptibles de presentar plagas que si no se controlan pueden extenderse y afectar áreas de tamaño considerable.

Los principales agentes de plaga que se presentan en la zona de la Reserva de la Biosfera Mariposa Monarca y que periódicamente causan daños de importancia ecológica y económica son:

1) El defoliador de oyamel (Evita hyalinaria blandaria). Insecto que se presenta cada 8 -10 años provocando generalmente la exfoliación total del arbolado.

2) Los insectos descortezadores del oyamel (Scolytus mundus y Pseudohylesinus variegatus). Generalmente se asocian para atacar el arbolado de oyamel y se presenta en intervalos de 10 años. El último periodo de daño se presentó en 1988-1989.

3) La planta parásita (Arceuthobium abietis religiosa). Conocida como muérdago enano o injerto está presente en toda la zona de la Reserva de la Biosfera Mariposa Monarca provocando debilitamiento del arbolado en grados que van desde el ligero hasta el severo. El daño causado por esta planta parásita se refleja en la caída prematura del follaje, deformación del arbolado (formación de escobas de bruja), reducción en el crecimiento y consecuentemente en el vigor.

4) Palomilla de los conos Muchas especies de palomillas no sólo atacan las yemas y brotes jóvenes de determinadas especies forestales, sino también a sus frutos y semillas. Frecuentemente, los frutos y semillas son atacados durante la estación seca, cuando los árboles no tienen yemas ni brotes tiernos.

14.- Que los días, 26 de Noviembre de 2005, NOTIMEX de Morelia Michoacán y el 27 de Noviembre, el periódico de cobertura nacional, La Crónica, publicaron la siguiente información:

"Que el representante de los ejidatarios del Santuario El Rosario, Homero Gómez Rosales, denunció que la zona núcleo del santuario corre riesgo de morir a consecuencia de una plaga que está secando los árboles de oyamel, donde los insectos se mantienen a salvo de las bajas temperaturas. El ejidatario indicó en entrevista que los cuatro mil metros que abarca el área núcleo están afectados por un gusano barrenador, que inicia por secar las copas de los árboles y se extiende hasta acabar con las raíces. "Son miles de árboles los afectados, es toda la zona núcleo, la enfermedad ataca al oyamel, que es donde vive la mariposa", puntualizó. Resaltó que investigadores de la Universidad de Chapingo ya han detectado el tipo de plaga que afecta a los santuarios de la mariposa monarca.

El subdirector de la Reserva de la Biosfera de la Monarca, Miguel Martínez, reconoció la presencia de plagas en la zona donde hiberna la mariposa, "entre ellas se encuentran el muérdago, una planta parásita de los oyameles que les succiona la savia, los escarabajos Dendroctonus valens y D. mexicanus, que hacen canales por debajo de la corteza de los árboles.

15.- Que la Diputada promovente manifiesta haber recibido en sus oficinas varias denuncias de pobladores de la zona de la monarca, donde se menciona la grave afectación que esta causando una plaga en el bosque de oyamel.

16.- Que la fracción XXXV del artículo 22, de la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable, menciona que la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR) tendrá entre sus funciones: "Formular, coordinar y evaluar los programas y acciones de saneamiento forestal, así como diagnosticar, prevenir, combatir y controlar las plagas y enfermedades forestales".

17.- Que en la fracción II del artículo 24, dice: La Federación, a través de la Secretaría y de la Comisión, podrá suscribir convenios o acuerdos de coordinación, con el objeto de que los gobiernos del Distrito Federal o de los estados, con la participación, en su caso, de municipios, en el ámbito territorial de su competencia asuman las siguientes funciones: II. Programar y operar las tareas de prevención, detección y combate de incendios forestales en la entidad, así como los de control de plagas y enfermedades.

18.- Que en el artículo 119 de la citada Ley dice: "La Comisión establecerá un sistema permanente de evaluación y alerta temprana de la condición sanitaria de los terrenos forestales y difundirá con la mayor amplitud y oportunidad sus resultados; promoverá y apoyará los programas de investigación necesarios para resolver los problemas fitosanitarios forestales, en el marco del Sistema de Investigaciones para el Desarrollo Rural Sustentable, y difundirá, con el apoyo de los gobiernos de las entidades y de los municipios y de los Consejos, las medidas de prevención y manejo de plagas y enfermedades.

La Secretaría, expedirá las normas oficiales mexicanas para prevenir, controlar y combatir las plagas y las enfermedades forestales, así como para evaluar los daños, restaurar el área afectada, establecer procesos de seguimiento y las obligaciones o facilidades para quienes cuenten con programas de manejo vigentes, y las facilidades para quienes no los dispongan.

19.- Que el 25 de Octubre de 2000 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Norma Oficial Mexicana NOM-019-RECNAT-1999, Que establece los lineamientos técnicos para el combate y control de los insectos descortezadores de las coníferas.

Por lo anterior, esta Comisión, con fundamento en las facultades que le confieren los artículos 39, 40 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General; y los artículos 58 y 60 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente dictamen con:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO: SE EXHORTA A LA PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE (PROFEPA) A VIGILAR EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-019-RECNAT-1999, QUE ESTABLECE LOS LINEAMIENTOS TÉCNICOS PARA EL COMBATE Y CONTROL DE LOS INSECTOS DESCORTEZADORES DE LAS CONÍFERAS, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO POR EL NUMERAL 6.1 DE DICHA NORMA.

SEGUNDO: SE EXHORTA A LA COMISIÓN NACIONAL FORESTAL (CONAFOR) EN COORDINACIÓN CON LA COMISIÓN NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS (CONANP) Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MICHOACAN A IMPLEMENTAR UN PROGRAMA DE CONTROL DE PLAGAS Y ENFERMEDADES FORESTALES EN EL BOSQUE DE OYAMEL Y AREAS CIRCUNDANTES DE LA RESERVA DE LA BIOSFERA DE LA MARIPOSA MONARCA E INFORME DE LOS RESULTADOS A ESTA CÁMARA DE DIPUTADOS A TRAVÉS DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 15 días del mes de marzo de dos mil seis.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán (rúbrica), Presidenta; Francisco Javier Lara Arano (rúbrica), Roberto Aquiles Aguilar Hernández (rúbrica), Carlos Manuel Rovirosa Ramírez (rúbrica), José Luis Cabrera Padilla (rúbrica), secretarios; Irene Herminia Blanco Becerra, Raúl Leonel Paredes Vega (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), Lorena Torres Ramos (rúbrica), Mario Ernesto Dávila Aranda (rúbrica), Regina Vázquez Saut, María Guadalupe García Velasco, Guillermo Tamborrel Suárez, Bernardo Loera Carrillo (rúbrica), Óscar Rodríguez Cabrera (rúbrica), Julián Nazar Morales (rúbrica), Víctor Manuel Alcerreca Sánchez (rúbrica), Roberto Antonio Marrufo Torres (rúbrica), Óscar Félix Ochoa, Miguel Amezcua Alejo (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Jacobo Sánchez López (rúbrica), Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), Pascual Sigala Páez (rúbrica), Carlos Silva Valdés, María del Rosario Herrera Ascencio, Nancy Cárdenas Sánchez (rúbrica), Adrián Chávez Ruiz, Modesta Vázquez Vázquez (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CON PUNTOS DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES A IMPULSAR UN PROCESO QUE PERMITA DESCENTRALIZAR LOS TRÁMITES RELACIONADOS CON LA ADMINISTRACIÓN DE LA ZONA FEDERAL MARÍTIMO-TERRESTRE DE LOS ESTADOS Y MUNICIPIOS

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, le fue turnado para su análisis y dictamen, la proposición con Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a impulsar un proceso que permita descentralizar los trámites relacionados con la administración de la Zona Federal Marítimo Terrestre a los estados y municipios, presentado por el Dip. Zeferino Torreblanca Galindo del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 30 de abril de 2004.

Esta Comisión, con fundamento en los artículos 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 66, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y demás relativos; somete a la consideración del Pleno de esta Honorable Asamblea, el presente Dictamen con Proyecto de Decreto, conforme a los siguientes:

ANTECEDENTES

1.- En sesión celebrada el día 30 de abril de 2004, fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su análisis y dictamen, la proposición con Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a impulsar un proceso que permita descentralizar los trámites relacionados con la administración de la Zona Federal Marítimo Terrestre a los estados y municipios, presentado por el Dip. Zeferino Torreblanca Galindo del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Tomando como base la información disponible así como la propuesta multicitada, esta Comisión se abocó al estudio para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados, bajo los siguientes:

CONSIDERANDOS

1.- Que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a partir de la definición de manejo integral de zonas costeras y los lineamientos de las estrategias planteadas por la Agenda 21 y la OCDE, establece la siguiente definición del manejo integral de las zonas costeras: "proceso integrado de formulación de estrategias y adopción de decisiones por los poderes públicos a los niveles nacional, regional y local, que refuercen la integración y la armonización de las políticas sectoriales que influyen en la gestión de las zonas costeras, para fomentar la compatibilidad y el equilibrio entre los distintos usos de los recursos costeros, destinados a lograr la conservación y uso sustentable de la zona costera."

Fijando para esta síntesis conceptual del manejo integral de las zonas costeras lo siguiente:

a).- Objetivo: lograr la conservación y uso sustentable de la zona costera.

b).- Estrategias:

-Ordenamiento: compatibilidad y el equilibrio entre los distintos usos de los recursos naturales costeros;

-Corresponsabilidad: adopción de decisiones por los poderes públicos a los niveles nacional, regional (estatal) y local (municipal):

-Integralidad: reforzamiento de la armonización de las políticas sectoriales que influyen en la gestión de las zonas costeras. Y

-Concertación: Dar a las personas, los grupos y las organizaciones interesados, en la medida de lo posible, acceso a la información pertinente y oportunidad de que sean consultados y participen en la planificación y en la adopción de decisiones en los planos apropiados.

c).- Entre otras la siguiente línea de acción:

-Establecimiento de mecanismos de coordinación de las políticas sectoriales sobre el desarrollo sostenible de los asentamientos, la agricultura, el turismo, la pesca, los puertos y las industrias que utilizan la zona costera o que la afectan.

2.-.- Que la Zona Federal Marítimo Terrestre ("ZOFEMAT"), es la franja de 20 metros transitable y contigua la mar, que se determina a partir de la cota de pleamar máxima y es regulada principalmente por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por la Ley General de Bienes Nacionales, por el Reglamento Para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar y por la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Esta zona de acuerdo al artículos 3, 7 y 29 de la Ley General de Bienes Nacionales es un bien nacional de uso común del dominio público de la Federación, y por lo tanto inalienable, imprescriptible e inembargable y no esta sujeto a acción de posesión definitiva o provisional. Los terrenos ganados al mar son también considerados bienes de dominio público y por ello están sujetos a la misma regulación.

Los particulares y las instituciones públicas solo podrán usar, aprovechar y explotar los bienes de dominio publico a través de una concesión o permiso de acuerdo a las reglas y condiciones que establezcan las leyes aplicables y el titulo de concesión. Independientemente de lo anterior es importante destacar que los bienes de uso común son libres para cualquier persona y solo los aprovechamientos especiales requieren de una concesión. Así, para realizar un uso, aprovechamiento y explotación especial en la Zona Federal Marítimo Terrestre es necesario tener una concesión.

3- Que el Artículo 120 de la Ley de Bienes Nacionales establece que "El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, promoverá el uso y aprovechamiento sustentables de la zona federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar. Con este objetivo, dicha dependencia, previamente, en coordinación con las demás que conforme a la materia deban intervenir, establecerá las normas y políticas aplicables, considerando los planes y programas de desarrollo urbano, el ordenamiento ecológico, la satisfacción de los requerimientos de la navegación y el comercio marítimo, la defensa del país, el impulso a las actividades de pesca y acuacultura, así como el fomento de las actividades turísticas y recreativas."

4.- Que la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros,: Expresa: "?El Territorio sobre los que el Estado ejerce su soberanía, sirve de asiento a su población y esta delimitado por las fronteras naturales (litorales marinos) y artificiales (fronteras definidas en tratados internacionales); es dominio directo del Estado sobre su territorio: "(La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de territorio nacional, corresponden originalmente a la Nación la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada)". artículo 27".

5.- Que del análisis en relación con los Trámites que se realizan ante la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, se encontró lo siguiente:

a).- El procedimiento general de la Semarnat para otorgar un permiso se encuentra resumido en el siguiente diagrama

b).- Los trámites a realizarse ante la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros son:

SEMARNAT-01-001.- Concesión para el uso, aprovechamiento o explotación de una superficie de playa y/o zona federal marítimo terrestre y/o terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito natural de aguas marinas.

SEMARNAT-01-002.- Solicitud de autorización para modificar las bases y condiciones de la concesión.

SEMARNAT-01-003.- Solicitud de Prórroga de Concesión.

SEMARNAT 01-004.- Solicitud de autorización para la cesión de derechos y obligaciones derivadas de la concesión.

SEMARNAT-01-005.- Permiso para el uso y aprovechamiento transitorio de una superficie de playa y/o zona federal marítimo terrestre y/o terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito natural de aguas marinas.

SEMARNAT-01-006.- Solicitud de Autorización para Modificar las Bases y Condiciones del Permiso Transitorio.

SEMARNAT-01-007.- Solicitud de Prórroga del Permiso de uso y aprovechamiento transitorio de la zona federal marítimo terrestre.

SEMARNAT-01-008.- Solicitud de Permiso de Construcción de Obras.

SEMARNAT-01-009.- Autorización para Modificar las Bases y Condiciones del Permiso para Construcción de Obras.

SEMARNAT-01-010.- Prórroga del Permiso para Construcción de Obras.

SEMARNAT-01-011.- Permiso para ejercer el comercio ambulante en superficie no concesionada de playa y/o zona federal marítimo terrestre y/o terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito natural de aguas marinas.

SEMARNAT-01-012.- Prórroga del Permiso para ejercer el comercio ambulante.

SEMARNAT-01-013.- Autorización de obras para ganar terrenos al mar.

SEMARNAT-01-014.- Solicitud de desincorporación de terrenos ganados al mar.

SEMARNAT-01-015.- Aviso de la invasión de aguas y de la ejecución de obras de defensa.

6.- Que el 26 de septiembre de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se delegan a favor de los delegados federales de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales los tramites que se señalan"; y son los siguientes" SEMARNAT-01-005.- Permiso para el uso y aprovechamiento transitorio de una superficie de playa y/o zona federal marítimo terrestre y/o terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito natural de aguas marinas.

SEMARNAT-01-006.- Solicitud de Autorización para Modificar las Bases y Condiciones del Permiso Transitorio.

SEMARNAT-01-007.- Solicitud de Prórroga del Permiso de uso y aprovechamiento transitorio de la zona federal marítimo terrestre.

SEMARNAT-01-015.- Aviso de la invasión de aguas y de la ejecución de obras de defensa.

7.- Que los trámites que se realizan ante la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros están inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión de Mejora Regulatoria (Cofemer) con sus respectivas homoclaves, y que de ellos, de acuerdo a información del registro mencionado, es posible realizar todos en las delegaciones federales así como en las oficinas centrales de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros de la Secretaría de Medio Ambinet y Recursos Naturales y encontrándose que únicamente el tramite SEMARNAT-00-0001 (recurso de revisión) se debe realizar directamente en la Dirección mencionada en los casos en que se esté en desacuerdo con los actos y/o resoluciones definitivas emitidas por la SEMARNAT, cuando la resolución de un acto administrativo afecte los derechos del particular.

8.- Que al revisar el trámite SEMARNAT-01-011.- "Solicitud de permiso para ejercer el comercio ambulante en superficie no concesionada de playa y/o zona federal marítimo terrestre y/o terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito natural de aguas marinas", mencionado por el promovente, se encontró que efectivamente el tramité es realizado por las delegaciones federales de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y el formato marca que se atenderán los criterios por zonas, que para el efecto emita la Secretaría de Turismo del Gobierno Federal, y que corresponde al cumplimiento del Capítulo II, Sección I, del Reglamento para el uso y aprovechamiento del mar territorial, vías navegables, playas, zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar.

9.- Que el 28 de septiembre de 2004 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se crea la Comisión Intersecretarial de Turismo en la cual la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales forma parte de dicha comisión intersecretarial y en su Artículo 2, establece que "?para el cumplimiento de su objeto, corresponderá a la Comisión:

I. Acordar las medidas necesarias para atender los asuntos relacionados con la actividad turística nacional y respecto de los cuales se involucre la participación de dos o más dependencias o entidades de la Administración Pública Federal;

II. En el ámbito de competencia de cada uno de sus miembros, proponer la actualización y mejoramiento del marco jurídico, cuando de manera directa o indirecta incida en la actividad turística del país;

III. Proponer, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, la definición de criterios para la homogenización y simplificación administrativa de los trámites correspondientes al otorgamiento de autorizaciones, licencias y permisos que se relacionen con las actividades turísticas, a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal?."

10.- Que el artículo duodécimo del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al Orden del Día, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, expresa en su párrafo segundo "No se considerará materia para una proposición con punto de acuerdo aquella que verse sobre asuntos que entrañen una gestión, los cuales deberán exponerse de manera directa ante el Comité de Información, Gestoría y Quejas. De igual forma no constituye objeto de una proposición la solicitud de información a una dependencia gubernamental, ni la petición para que una comisión se reúna con un funcionario público del ejecutivo federal. Tales trámites deberán hacerse con base en lo preceptuado por el artículo 45 numeral 4 de la Ley Orgánica del Congreso General, así como de los artículos 89 y 90 del Reglamento para el Gobierno Interior.

11.- Que la Dirección de Sistemas, Métodos y Procedimientos de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros de la Secretaría de Medioambiente y Recursos Naturales ha emitido criterios ambientales y técnicos para la expedición de permisos y concesiones.

13.- Que siendo consideración de esta Comisión Dictaminadora que la atribución de la Semarnat, en relación a los trámites de la Zona Federal Marítimo-Terrestre está representada en las competencias de sus delegaciones federales, ya que la mayoría de los trámites relacionados pueden realizarse ante dichas delegaciones, lo anterior en base a la información de: la COFEMER; del Acuerdo de delegación de trámites a las delegaciones federales de la Semarnat del 26 de septiembre de 2005 y de la propia Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros. Esta comisión considera que no es necesario que los gobiernos estatales y los municipios conserven y vigilen los bienes de la Zona Federal Marítimo Terrestre ya que dicha atribución corresponde a la Federación.

14.- En relación a la solicitud de informes requerida por el promovente se considera pertinente atender lo estipulado en el acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos referido anteriormente por lo que se considera que la solicitud de información sobre las acciones requeridas en el punto primero, así como del informe sobre el rezago que guardan los trámites relacionados con los expedientes en materia de Zona federal Marítimo Terrestre y Terrenos ganados al mar contenido en punto de acuerdo segundo de la proposición en comento, se atienda lo dispuesto por el artículo 45 numeral 4 de la Ley Orgánica del Congreso General, así como de los artículos 89 y 90 del Reglamento para el Gobierno Interior.

15.- Que en relación con los criterios por zonas para ejercer el comercio ambulante que deberá emitir la Secretaría de Turismo contenidos en el tramite SEMARNAT-01-011 "Permiso para ejercer el comercio ambulante en superficie no concesionada de playa y/o zona federal marítimo terrestre y/o terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito natural de aguas marinas", atendiendo las atribuciones conferidas a esta Comisión Dictaminadora en el Articulo 39 numeral 3, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y siendo que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales pertenece a la Comisión Intersecretarial de Turismo, y que dentro de las atribuciones lde dicha Secretaría se encuentra lo relativo a la Zofemat, y asimismo tal dependencia es la encargada de otorgar el permiso en comento, esta comisión considera pertinente, por lo que respecta a los efectos que produce el comercio ambulante en las playas, emitir un exhorto a La Secretaría del Ramo a fin de que, como está establecido en el Acuerdo por el que se crea la Comisión Intersecretarial de Turismo en su Artículo 2 se definan de criterios para la homogenización y simplificación administrativa de los trámites correspondientes al otorgamiento de autorizaciones, licencias y permisos que se relacionen con las actividades turísticas, y se siga la línea de acción establecida por la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros a fin de que se establezcan mecanismos de coordinación de las políticas sectoriales sobre el desarrollo sostenibles de los asentamientos, agricultura , turismo , pesca, puertos e industrias que utilizan la zona costera, derivada de la síntesis conceptual del manejo integral de las zonas costeras propuesto por las definiciones planteadas por la agenda 21 y la OCDE, mencionadas al principio de estos considerandos, y se atienda la problemática real del efecto negativo en el ambiente provocado por el comercio ambulante.

Por lo anterior, esta Comisión, con fundamento en las facultades que le confieren los artículos 39, 40 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General; y los artículos 58 y 60 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente dictamen con:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO.- SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES PARA QUE DENTRO DE LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL DE TURISMO SE DEFINAN CONVENIOS INTERINSTITUCIONALES Y CRITERIOS APLICABLES A LA REALIDAD ACTUAL EN LO RELATIVO A LOS PERMISOS PARA EJERCER EL COMERCIO AMBULANTE EN SUPERFICIE NO CONCESIONADA DE PLAYA Y/O ZONA FEDERAL MARÍTIMO TERRESTRE Y/O TERRENOS GANADOS AL MAR O A CUALQUIER OTRO DEPÓSITO NATURAL DE AGUAS MARINAS, A FIN DE RESOLVER LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL EJERCIDA POR EL COMERCIO AMBULANTE Y LOGRAR UN DESARROLLO SUSTENTABLE EN LA ZONA FEDERAL MARÍTIMO TERRESTRE Y TERRENOS GANADOS AL MAR.

SEGUNDO.- SE SOLICITA A LA AUTORIDAD ANTERIORMENTE EXHORTADA A QUE INFORME DE LOS RESULTADOS A ESTA CÁMARA DE DIPUTADOS A TRAVÉS DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 15 días del mes de marzo de dos mil seis.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán (rúbrica), Presidenta; Francisco Javier Lara Arano (rúbrica), Roberto Aquiles Aguilar Hernández (rúbrica), Carlos Manuel Rovirosa Ramírez (rúbrica), José Luis Cabrera Padilla (rúbrica), secretarios; Irene Herminia Blanco Becerra, Raúl Leonel Paredes Vega (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), Lorena Torres Ramos (rúbrica), Mario Ernesto Dávila Aranda (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), María Guadalupe García Velasco, Guillermo Tamborrel Suárez, Bernardo Loera Carrillo (rúbrica), Óscar Rodríguez Cabrera (rúbrica), Julián Nazar Morales (rúbrica), Víctor Manuel Alcerreca Sánchez (rúbrica), Roberto Antonio Marrufo Torres (rúbrica), Óscar Félix Ochoa, Miguel Amezcua Alejo (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Jacobo Sánchez López (rúbrica), Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), Pascual Sigala Páez (rúbrica), Carlos Silva Valdés, María del Rosario Herrera Ascencio, Nancy Cárdenas Sánchez (rúbrica), Adrián Chávez Ruiz, Modesta Vázquez Vázquez (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CON PUNTOS DE ACUERDO PARA SOLICITAR A LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES QUE DESTINE MAYORES RECURSOS A LOS SANTUARIOS DE TORTUGA MARINA DE LAS PLAYAS MICHOACANAS Y QUE ÉSTOS SEAN CONSIDERADOS EN LOS PROGRAMAS DE CONSERVACIÓN Y MANEJO

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales le fue turnada para su análisis y dictamen, la proposición con Punto de Acuerdo para solicitar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales que destine mayores recursos a los santuarios de tortuga marina de las playas michoacanas y que éstos sean considerados en los Programas de Conservación y Manejo.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1; 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como de los diversos artículos 60, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la H. Cámara de Diputados es competente para dictaminar la proposición en comento por lo que se somete a la consideración de la Honorable Asamblea el presente Dictamen, con base en los siguientes antecedentes y consideraciones:

ANTECEDENTES

1.- En sesión celebrada el día 04 de noviembre de 2005, fue presentada la proposición con Punto de Acuerdo, para solicitar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales que destine mayores recursos a los Santuarios de tortuga marina de las playas michoacanas y que éstos sean considerados en los Programas de Conservación y Manejo, suscrita por el Diputado Fernando Espino Arévalo a nombre de la Fracción Parlamentaria del Partido Verde Ecologista de México, siendo turnada en esa fecha a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

2.- En la misma fecha fue recibido oficio Núm. DGPL 59-II-5-2024, con anexo del expediente Núm. 4262 conteniendo la proposición en comento.

Tomando como base la información disponible, así como la propuesta multicitada, esta Comisión se abocó al estudio para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados, bajo los siguientes:

CONSIDERANDOS

1.- Que las tortugas marinas forman parte de la biodiversidad mundial, son un grupo primitivo y singular con características anatómicas únicas que no han cambiado substancialmente desde que aparecieron en la tierra.

2.- Que las tortugas marinas en México son importantes desde diversos puntos de vista, entre los que podemos mencionar los de índole místico, religioso, cultural, educativo-didáctico, estético, biológico, ecológico, económico, investigación, conservación y recreación entre otros; se mencionan a continuación los considerados más importantes

3.- Que hasta el siglo XlX, las tortugas marinas fueron muy abundantes en sus áreas de distribución en los océanos templados y tropicales, estando sus poblaciones formadas por millones de individuos.

En la actualidad las poblaciones de las diferentes especies de tortugas marinas se encuentran reducidas. Esta merma en el ámbito de su distribución mundial es resultado de la interacción de diversas causas como son: la pesca excesiva, el comercio ilícito, el saqueo de nidadas, la captura y sacrificio de hembras anidadoras, la modificación y degradación de hábitat y la captura incidental de juveniles y adultos.

4.- Que en los últimos años, el hombre ha diezmado drásticamente la capacidad de estas especies para mantener su viabilidad, por lo que la mayoría de sus poblaciones se encuentran en declinación, frecuentemente a niveles críticos.

A partir de la segunda mitad del siglo XX, la importancia de las tortugas marinas aumentó rápidamente, especialmente en los años sesenta como pesquería ribereña. En México, la captura de tortugas marinas se desarrolló de tal manera que durante casi dos décadas (1965-1982) contribuyó al mercado con más de la mitad de la producción mundial debido a que su piel se comenzó a utilizar como sustituto de la piel de cocodrilo. El caparazón y la carne se procesaron industrialmente y se recolectaron grandes cantidades de huevo para su venta.

5.- Que de acuerdo a información del Instituto Nacional de Pesca, la captura de tortuga se mantuvo hasta 1989, con uno de los peores años para la pesquería de tortuga golfina, dado los bajos volúmenes de captura que se lograron; al no considerarse los límites biológicos de las poblaciones, pronto se rebasaron los niveles óptimos de explotación y se agotaron varias de las colonias más importantes de esta especie. Desde mucho tiempo antes se paró la captura de las otras especies, pues fueron llevadas con mayor rapidez a niveles incosteables económica y ambientalmente para propósitos de captura legal.

6.- Que las pesquerías de tortuga marina en las aguas nacionales fueron prohibidas total e indefinidamente mediante el Acuerdo por el que se establece la veda total para las Especies y Subespecies de Tortuga Marina en Aguas de Jurisdicción Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 1990, y derivado de esta prohibición, aunado a la falta de opciones de desarrollo económico y a la permanente demanda, la cotización de productos y subproductos de las tortugas marinas se ha disparado, fomentando su captura en forma clandestina por lo que no se cuenta con datos reales y claros de dicha actividad.

Hasta ahora, la naturaleza no ha sufrido la pérdida de ninguna de las ocho especies de tortugas marinas conocidas. Sin embargo, muchas de sus poblaciones se han reducido al mínimo, poniendo en riesgo a las propias especies, siendo la principal causa de la reducción de sus poblaciones, las de origen antropogénico.

7.- Que de acuerdo a los datos informados por el Gobierno de Michoacán, la tasa de mortalidad de las tortugas marinas en las playas mexicanas es alta, lo cual es posible evidenciar expresando que menos del 0.2% de ellas alcanzan la edad adulta, lo que ha propiciado que se puedan catalogar a todas sus especies como en peligro de extinción. Lo anterior ha sido originado principalmente por causas humanas, como la contaminación de las playas, la pesca incidental y el tráfico de huevos de tortuga y otros productos, como el caparazón y su aceite.

8.- Que en nuestro país, el Gobierno Federal ha establecido diversas acciones de índole técnica, jurídica y administrativa encaminadas a la protección, conservación, recuperación e investigación de las tortugas marinas, que han contribuido a contrarrestar el deterioro en las poblaciones de tortugas marinas a través de diversas acciones.

9.- Que una de las estrategias establecidas por el gobierno mexicano para la recuperación de las poblaciones de tortugas marinas, fue la instalación y operación de campamentos tortugueros en las playas más importantes de anidación de las diferentes especies.

La época de anidación de tortugas, de acuerdo a información de Semarnat ocurre desde marzo hasta marzo del siguiente año, iniciando con la tortuga lora (Lepidochelys kempii ) de marzo a octubre del mismo año, en playas del Golfo de México y Océano Atlántico, terminando con la tortuga prieta (Chelonia agassizii) de agosto a diciembre y la tortuga laúd (Dermochelys coriacea), de octubre a marzo del siguiente año, en las costas del Océano Pacifico y océano Atlántico, mientras que a la tortuga golfina (Lepidochelys olivacea) se le puede encontrar anidando casi todo el año (principalmente de junio a marzo del siguiente año) en las playas del Océano Pacífico.

10.-Que para finales del 2004, el Gobierno Federal ya operaba 28 Centros para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas (CPCTM) antes campamentos tortugueros, ocho en el Golfo de México (Tamaulipas, Veracruz y Campeche); dos en el Caribe (Yucatán y Quintana Roo); y 18 en el Pacífico (Baja California, Baja California Sur, Sinaloa, Nayarit, Jalisco, Colima, Michoacán, Guerrero, Oaxaca y Chiapas), incluido el Centro Mexicano de la Tortuga, ubicado en Mazunte, Oaxaca. Así mismo, 174 centros más son operados por diversas organizaciones, universidades, centros de enseñanza media, grupos de pescadores, particulares, que refuerzan sin lugar a dudas las acciones de protección hasta ahora desarrolladas.

11.- Que a partir del 16 de marzo del 2005, los proyectos de recuperación de especies prioritarias (PREP), y en particular el "Programa Nacional de Protección, Conservación, Investigación y Manejo de Tortugas Marinas", que ha venido operando la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) por conducto de la Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental, a través de la Dirección General de Vida Silvestre; están siendo operados por esta Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, Órgano Administrativo desconcentrado de la SEMARNAT, quien recibió mediante acta entrega-recepción, de Unidad Administrativa antes citada, y que de acuerdo a el informe de logros 2005 de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, el "Programa Nacional de Conservación de Tortugas Marinas" para el periodo 2000-2005 se han liberado más de 160 millones de crías de tortuga" y se dará especial énfasis a la tortuga laúd, severamente amenazada a nivel mundial.

12.- Que de acuerdo a información de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), en el "Programa de Protección y Conservación de la Tortuga Marina" si bien se protegieron 1 011 928 tortugas que arribaron a las playas oaxaqueñas para depositar sus huevos, en 216 visitas de inspección y 381 recorridos de vigilancia se aseguraron 2 110 huevos de tortuga marina y pusieron a disposición del ministerio público de la federación a 20 personas; y en la revisión de los dispositivos excluidores de tortugas marinas (DET?S) a embarcaciones camaroneras durante la temporada 2005, el 13.7 % de la embarcaciones inspeccionadas presentaron irregularidades.

De acuerdo a los resultados 2005 de la PROFEPA, "?se realizaron 12 operativos especiales en materia de recursos marinos y ecosistemas costeros con el objetivo de verificar el cumplimiento de la normatividad ambiental, así como para la protección de especies en riesgo como son las tortugas marinas, entre otras, en siete áreas naturales protegidas y cuatro fuera de éstas. Asimismo, derivado de estas acciones se levantaron 143 actas de inspección, asegurando precautoriamente 798 huevos de tortuga, cuatro tortugas marinas destazadas y se puso a disposición del Ministerio Público Federal a 10 presuntos infractores." y "?dichas acciones se realizaron en coordinación con las delegaciones de PROFEPA de los estados de Baja California, Baja California Sur, Sonora, Colima, Michoacán, Guerrero, Oaxaca, Campeche y Quintana Roo, así como con SEMAR, CONANP, CONAPESCA, PGR, Centro Mexicano de la Tortuga, Policía Ecológica del H. Ayuntamiento de Acapulco, Seguridad Pública y Protección Civil del Gobierno del Estado de Guerrero, Delegación SEMARNAT en Guerrero, Campamento Ixtapilla en Michoacán., Secretaría de Ecología del Estado de Campeche y Subprocuraduría Jurídica."

13.- Que el 11 de Octubre de 2005, fue aprobado por el pleno del Senado de la Republica la proposición con Punto de Acuerdo con los siguientes resolutivos:

PRIMERO.- Se Solicita la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales que informe detalladamente a esta Soberanía, cuáles han sido las actividades llevadas a cabo y cuáles se están aplicando para dar cumplimiento al Convenio de Colaboración Interestatal para conservar y recuperar la población de la tortuga Laúd del Pacífico Oriental, celebrado entre la Federación y los Estados de Oaxaca, Guerrero y Michoacán;

SEGUNDO.- Se solicita a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales que informe detalladamente sobre el estado que guardan los campamentos tortugueros que dependen de ella y del Instituto Nacional de Ecología, así como aquellos en los que participa mediante convenios de colaboración, y

TERCERO.- Se exhorta respetuosamente a la Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para que, en el ámbito de su competencia Constitucional y en el marco del análisis y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006, se destinen recursos a una partida especial para los campamentos tortugueros del país.

Por lo anterior, esta Comisión, con fundamento en las facultades que le confieren los artículos 39, 40 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General; y los artículos 58 y 60 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente dictamen con:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO.- SE EXHORTA A LA PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE A IMPLEMENTAR UN OPERATIVO PERMANENTE DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA EN LAS PLAYAS DE MICHOACAN, TODA VEZ QUE DESDE JUNIO HASTA FINALES DEL MES DE MARZO ARRIBAN TORTUGAS MARINAS DE LAS ESPECIES LEPIDOCHELYS OLIVACEA, CHELONIA AGASSIZII Y DERMOCHELYS CORIACEA (GOLFINA, PRIETA Y LAUD).

SEGUNDO.- SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES Y A LA COMISION NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS, A IMPLEMENTAR UNA ESTRATEGIA FINANCIERA QUE PERMITA DOTAR DE MAYORES RECURSOS A LOS CAMPAMENTOS TORTUGUEROS DE TODO EL PAIS Y QUE SEA INCLUIDA DENTRO DE LOS PRÓXIMOS PROYECTOS DE LEY DE INGRESOS Y DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN.

TERCERO.- SE SOLICITA A LAS AUTORIDADES ANTERIORMENTE EXHORTADAS INFORMEN DE LOS RESULTADOS A ESTA CÁMARA DE DIPUTADOS A TRAVÉS DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 15 días del mes de marzo de dos mil seis.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán (rúbrica), Presidenta; Francisco Javier Lara Arano (rúbrica), Roberto Aquiles Aguilar Hernández (rúbrica), Carlos Manuel Rovirosa Ramírez (rúbrica), José Luis Cabrera Padilla (rúbrica), secretarios; Irene Herminia Blanco Becerra, Raúl Leonel Paredes Vega (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), Lorena Torres Ramos (rúbrica), Mario Ernesto Dávila Aranda (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), María Guadalupe García Velasco, Guillermo Tamborrel Suárez, Bernardo Loera Carrillo (rúbrica), Óscar Rodríguez Cabrera (rúbrica), Julián Nazar Morales (rúbrica), Víctor Manuel Alcerreca Sánchez (rúbrica), Roberto Antonio Marrufo Torres (rúbrica), Óscar Félix Ochoa, Miguel Amezcua Alejo (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Jacobo Sánchez López (rúbrica), Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), Pascual Sigala Páez (rúbrica), Carlos Silva Valdés, María del Rosario Herrera Ascencio, Nancy Cárdenas Sánchez (rúbrica), Adrián Chávez Ruiz, Modesta Vázquez Vázquez (rúbrica).
 
 
 
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CON PUNTOS DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES A REALIZAR LOS ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL EN LA ZONA QUE ABARCA EL POBLADO DE SANTA TERESA 1ª, 2ª Y 3ª SECCIONES EN LA RANCHERÍA MUNDO NUEVO ARRIBA, EN EL MUNICIPIO DE JUÁREZ, CHIAPAS

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales le fue turnada para su análisis y dictamen, la proposición con Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a realizar los estudios de impacto ambiental en la zona de abarca el poblado de Santa Teresa 1ª., 2ª. y 3ª. Secciones y la Ranchería Mundo Nuevo Arriba, en el Municipio Juárez, en el Estado de Chiapas, presentada por la Diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 numeral 1; 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como de los diversos artículos 60, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la H. Cámara de Diputados es competente para dictaminar la proposición en comento por lo que se somete a la consideración de la Honorable Asamblea el presente Dictamen, con base en los siguientes antecedentes y consideraciones:

Antecedentes

1.- En sesión celebrada en fecha 28 de abril del 2005, por la Cámara de Diputados del Honorable congreso de la Unión, se presentó el Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a realizar los estudios de impacto ambiental en la zona de abarca el poblado de Santa Teresa 1ª., 2ª. y 3ª. Secciones y la Ranchería Mundo Nuevo Arriba, en el Municipio Juárez, en el Estado de Chiapas. Y se dictó el trámite de turno a esta Comisión.

2.- Se recibió oficio emitido por la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados de fecha 28 de abril de 2005 con anexo duplicado del expediente número 3514, que contiene la proposición con punto de acuerdo citada.

Tomando como base la información disponible los antecedentes citados, así como la propuesta en comento, esta Comisión se abocó a su estudio para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados, bajo los siguientes:

Considerandos

La explotación del petróleo en México, es una de las principales actividades que ofrecen desarrollo, progreso y prosperidad a la nación, sin embargo el conjunto de técnicas inadecuadas, la explotación acelerada, la falta de mantenimiento y de seguridad en las instalaciones de la empresa Petróleos Mexicanos (PEMEX), ha ocasionado que esta paraestatal sea la principal generadora de emergencias ambientales, causa del grave deterioro ambiental provocado en el país.

Petróleos Mexicanos (PEMEX), a pesar de ser el principal generador de emergencias ambientales, siempre ha buscado evadir la aplicación de la legislación ambiental. De la exposición de motivos del presente punto de acuerdo se desprende que "la paraestatal no sólo ha incumplido de manera recurrente con medidas establecidas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para sus instalaciones, sino además ha interpuesto numerosos procedimientos en contra de la actuación de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) y ha recurrido a amparos para no ser sancionada.

La empresa es responsable de 1500 emergencias ambientales aproximadamente con sustancias peligrosas que se presentaron en el país en los últimos años, y que dejaron 55 mil 600 personas afectadas, de las cuales cerca de 300 murieron. El sureste del país es la zona que ocupa el primer lugar en cuanto a afectaciones de este tipo, recalcando que estos accidentes se presentan repetidamente en las mismas regiones, sin que se apliquen medidas definitivas.

A fin de evadir el cumplimiento de sus obligaciones en cuanto a su infraestructura siguiendo el parámetro de los estipulado por la ley que rige la materia, Pemex interpuso ante el Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa unos 500 procedimientos contra la Profepa, en los cuales impugnó los mecanismos aplicados en su contra derivados de presuntas violaciones a las disposiciones ambientales donde la paraestatal obtuvo amparos en los tribunales colegiados en contra de la aplicación de sanciones impuestas por el organismo ambiental, los cuales fueron otorgados porque se consideró inconstitucional el precepto 171 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), el cual considera las sanciones aplicables por dañar el medio ambiente y violar regulaciones en la materia."

"La empresa incumple invariablemente en muchas disposiciones de la ley casos donde el saldo de los daños económicos y ambientales es aun in cuantificable."

"Chiapas no es la excepción, son muchos los casos en los que la población de mi estado particularmente la zona norte es afectada por las constantes fallas y descuidos que tiene PEMEX en sus instalaciones, es por eso que hoy como en repetidas ocasiones nos encontramos con protestas justas de los afectados, pidiendo solo unos minutos de audiencia para tratar de erradicar los constantes atropellamientos. Son muchas las irregularidades, pero solo una prueba de ello son los poblados de Santa teresa 1ª, 2ª y 3ª secciones y la Ranchería Mundo Nuevo Arriba ambos del Municipio de Juárez, donde han llegado a los niveles mas altos de inseguridad y peligro, donde mucha gente ha perdido la vida y a muchos mas se les mina la salud minuto a minuto, donde en algunos casos aun sin haber nacido ya contraen repercusiones en su salud, es alarmante el numero de personas que se les ha detectado cáncer en la sangre contraído por las malas condiciones del medio que les rodea, donde permanentemente se desprende un olor fétido de la batería Artesa planta de separación de gas Co2, como consecuencia hay severos daños en el sistema respiratorio de todos los habitantes, grandes perdidas en la economía regional debido a que la agricultura y ganadería están igualmente expuestas y son susceptibles a estos factores contaminantes, como lo son los gases, la contaminación del agua y sobretodo de los constantes derrames"1

Esto nos hace pensar en la necesidad de un cambio en las políticas seguidas por PEMEX que se basan en la indemnización, eludiendo cualquier compromiso de restauración ecológica o de transformación de sus prácticas contaminantes. Es decir, en el mejor de los casos se indemniza, mientras los daños al ambiente aumentan.

La PROFEPA en su pagina Web publicó un Análisis Nacional de Emergencias Nacionales, durante el periodo comprendido de 1997 a 2001, en donde se advierte que el 57 % de las mismas ocurre en instalaciones de PEMEX con materiales peligrosos.2

En el año 2002 el ING. RAÚL MUÑOZ LEOS, en conferencia de prensa informo a los medios de comunicación lo que de manera textual se transcribe:

"Voy a dar lectura a unas notas que tengo aquí, para posteriormente pasar a que nos hagan preguntas, recomendaciones y comentarios.

Señoras y señores, compañeros y compañeros de los medios de comunicación, aunque ésta conferencia de prensa fue convocada con el fin de exponer a ustedes diversos temas relativos a los programas de Petróleos Mexicanos, debo comenzar haciendo referencia a los dos últimos accidentes asociados a instalaciones y equipos de la empresa, accidentes que verdaderamente todos lamentamos.

Alrededor de las 23:00 horas del día de ayer, se presentaron dos fugas de petróleo crudo en el ducto de 30 pulgadas de PEMEX Refinación conocido como Nuevo Teapa-Venta de Carpio-Tula. Es el crudo que se bombea desde Veracruz a las refinerías de Tula y Salamanca.

La primera fuga sucedió en la estación de rebombeo número 6, en San Baltazar Temaxcalac, Municipio de San Martín Texmelucan, Puebla; la segunda fuga se situó en el kilómetro 170 de la autopista Puebla-Orizaba. O sea, el ducto va paralelo a la autopista en ese tramo.

Durante la madrugada se realizaron varios trabajos de emergencia para resolver el evento y minimizar su impacto, tanto para los habitantes de la zona afectada, como para el medio ambiente y las instalaciones de la empresa.

Lamento muchísimo informar que como consecuencia de la fuga de petróleo, falleció la niña Mari Tere Nolasco Zambrano, de 4 años de edad. Adicionalmente, 5 adultos más sufrieron una intoxicación por aspirar los vapores que vienen en el crudo, y se encuentran en estado delicado, aunque los médicos los reportan estables, hasta antes de iniciar esta conferencia.

El derrame es considerable. Se están preparando fosas para capturar este crudo. El bloqueo anterior del punto de fuga de la línea no está cercano, se encuentra a 32 kilómetros. La zona afectada se estima en un kilómetro y medio de largo por 10 metros de ancho y es una zona eminentemente rural.

PEMEX ha movilizado a mil 500 trabajadores en el área del accidente, también a brigadas médicas. El Director General de PEMEX Refinación, el ingeniero Armando Leal Santa Ana, está atendiendo la emergencia en esa zona.

Hemos estado en comunicación con la oficina del Gobernador, para asegurarle que cuenta con todo el apoyo en todo lo que se está haciendo, para tener una coordinación estrecha y obviamente con el personal de protección.

Hasta el momento no conocemos las causas de este accidente, estamos investigando su posible relación con el sismo de la tarde de ayer, así como con posibles fallas en las estaciones de bombeo.

Hoy en la mañana también ocurrió un accidente en el sur de la ciudad de México, provocado por la volcadura de un autotanque de PEMEX, lo cual tuvo como consecuencia un incendio con daños materiales a casas habitación y automóviles. Aquí afortunadamente no se reportaron personas lesionadas.

Igual que el primer accidente, éste se va a investigar. Debo decir que se trataba de un autotanque nuevo, con gobernador automático de control de velocidad, que cumplía además con la normatividad aplicable y obviamente asegurado por daños a terceros.

Debo señalar que PEMEX dió de inmediato toda la atención que el caso merecía, y también hemos estado en contacto con el delegado de la delegación, y para atender las consecuencias en ambos accidentes, hicimos contacto con las autoridades correspondientes, y hemos establecido una coordinación ágil.

Reitero que lamentamos las consecuencias de los accidentes que les he comentado, especialmente el deceso de la niña.

PEMEX está respondiendo por estos actos y ofrece todo su apoyo a las personas y a las familias afectadas. Está haciendo todo su esfuerzo para normalizar la situación y reparar los daños"3

La anterior declaración se transcribe con el objeto de ejemplificar la manera con que los funcionarios de PEMEX se conducen y se han conducido ante los llamados accidentes o emergencias ambientales ocasionados por PEMEX, su intención ante las muertes y daños ambientales siempre es la de brindar apoyo a las personas y familias afectadas, normalizar la situación y reparar los daños; sin embargo en la mayoría de los casos esto no sucede.

Los directivos de PEMEX ignoran que además de los daños ecológicos y sus consecuencias socioeconómicas, las emergencias ambientales le pueden costar al país importantes sanciones por el incumplimiento de compromisos internacionales que México ha suscrito respecto a la conservación del medio ambiente.

Nuestra Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, señala en su artículo 78, que en aquellas áreas que presenten procesos de degradación o graves desequilibrios ecológicos, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales deberá formular y ejecutar programas de restauración ecológica, promoviendo la participación de los propietarios, poseedores, organizaciones sociales, públicas o privadas, pueblos indígenas, gobiernos locales, y demás personas interesadas. Esto con el propósito es que se lleven a cabo las acciones necesarias para la recuperación y el restablecimiento de las condiciones que propicien la evolución y continuidad de los procesos naturales en las regiones afectadas.

La ley también establece, en su artículo 78 bis, que en caso de procesos acelerados de degradación con afectaciones irreversibles a los ecosistemas, la SEMARNAT promoverá ante el Ejecutivo Federal la expedición de declaratorias para el establecimiento de zonas de restauración ecológica. Para tal efecto, elaborará previamente, los estudios que las justifiquen.

Previo estudio del punto de acuerdo en que se actúa y por las consideraciones antes expuestas; esta Comisión encuentra procedente la proposición presentada por la Diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y con fundamento en las facultades que le confieren los artículos 39, 40 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General y los artículos 58 y 60 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente dictamen con:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO.- SE EXHORTA A LA SEMARNAT A FORMULAR Y EJECUTAR PROGRAMAS DE RESTAURACIÓN ECOLÓGICA EN LA ZONA QUE ABARCA EL POBLADO DE SANTA TERESA 1ª, 2ª Y 3ª SECCIONES Y LA RANCHERÍA MUNDO NUEVO ARRIBA, MUNICIPIO DE JUÁREZ EN EL ESTADO DE CHIAPAS, PROMOVIENDO LA PARTICIPACIÓN DE LOS PROPIETARIOS, POSEEDORES, ORGANIZACIONES SOCIALES, PÚBLICAS O PRIVADAS, PUEBLOS INDÍGENAS, GOBIERNOS MUNICIPALES, Y DEMÁS PERSONAS INTERESADAS; CON EL PROPÓSITO DE QUE SE LLEVEN A CABO LAS ACCIONES NECESARIAS PARA LA RECUPERACIÓN Y EL REESTABLECIMIENTO DE LAS CONDICIONES QUE PROPICIEN LA EVOLUCIÓN Y CONTINUIDAD DE LOS PROCESOS NATURALES EN LAS REGIONES AFECTADAS.

SEGUNDO.- EN CASO DE EXISTIR PROCESOS DE DEGRADACIÓN CON AFECTACIONES IRREVERSIBLES A LOS ECOSISTEMAS, SE EXHORTA A LA SEMARNAT A PROMOVER LA EXPEDICIÓN DE DECLARATORIAS PARA EL ESTABLECIMIENTO DE ZONAS DE RESTAURACIÓN ECOLÓGICA EN DICHA ZONA, ELABORANDO PREVIAMENTE, LOS ESTUDIOS QUE LAS JUSTIFIQUEN.

Notas:
1 Congreso de la Unión, Comisión Permanente, Presidencia, Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Proposición con punto de acuerdo presentado por la Diputada María Elena Orantes López, exposición de motivos.
2 Sitio Web de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente. Análisis ambiental.
http://www.profepa.gob.mx/recursos/EmerPemex.ppt
3 Pagina Web Petróleos Mexicanos PEMEX. Conferencias.
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La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán (rúbrica), Presidenta; Francisco Javier Lara Arano (rúbrica), Roberto Aquiles Aguilar Hernández (rúbrica), Carlos Manuel Rovirosa Ramírez (rúbrica), José Luis Cabrera Padilla (rúbrica), secretarios; Irene Herminia Blanco Becerra, Raúl Leonel Paredes Vega (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), Lorena Torres Ramos (rúbrica), Mario Ernesto Dávila Aranda (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), María Guadalupe García Velasco, Guillermo Tamborrel Suárez, Bernardo Loera Carrillo (rúbrica), Óscar Rodríguez Cabrera (rúbrica), Julián Nazar Morales (rúbrica), Víctor Manuel Alcerreca Sánchez (rúbrica), Roberto Antonio Marrufo Torres (rúbrica), Óscar Félix Ochoa, Miguel Amezcua Alejo (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Jacobo Sánchez López (rúbrica), Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), Pascual Sigala Páez (rúbrica), Carlos Silva Valdés, María del Rosario Herrera Ascencio, Nancy Cárdenas Sánchez (rúbrica), Adrián Chávez Ruiz, Modesta Vázquez Vázquez (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CON PUNTOS DE ACUERDO A FIN DE QUE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES CREE Y FINANCIE UN PROGRAMA ESPECIAL PARA EL RESCATE INTEGRAL DE LAS ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS DE LA DELEGACIÓN TLALPAN

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales le fue turnada para su análisis y dictamen, la proposición con Punto de Acuerdo, a fin de que la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales cree y financie un programa especial para el rescate integral de las áreas naturales protegidas de la delegación Tlalpan, a cargo de la diputada Susana Manzanares Cordova, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1; 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como de los diversos artículos 60, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la H. Cámara de Diputados es competente para dictaminar la proposición en comento por lo que se somete a la consideración de ésta Honorable Asamblea el presente Dictamen, con base en los siguientes antecedentes y consideraciones:

ANTECEDENTES

1.- Con fecha 13 de noviembre de 2003, fue presentada al pleno de la Cámara de Diputados la proposición con Punto de Acuerdo, a fin de que la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales cree y financie un programa especial para el rescate integral de las áreas naturales protegidas de la Delegación Tlalpan, a cargo de la diputada Susana Manzanares Cordova, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática y fue turnada a esta Comisión para su análisis y dictaminación.

Tomando como base la información disponible, así como la propuesta, esta Comisión se abocó al estudio para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados, bajo los siguientes:

CONSIDERANDOS

I.-Qué la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en sus artículo 5° determina las facultades de la Federación y en su artículo 7° las de los Estados en materia de establecimiento, regulación, administración y vigilancia de las áreas naturales protegidas de su respectiva competencia. Asimismo considerando que el artículo 11, de la citada Ley determina la facultad de suscribir convenios o acuerdos de coordinación, con el objeto de que los gobiernos del Distrito Federal o de los Estados, con la participación, en su caso, de sus municipios, asuman la administración y vigilancia de las Áreas Naturales Protegidas de Competencia de la Federación, conforme a lo establecido en el programa de manejo respectivo, en el ámbito de su jurisdicción territorial; y que el artículo 67 de la misma Ley contempla que la Federación podrá otorgar la administración de Áreas Naturales Protegidas de Competencia Federal a los Gobiernos de los Estado y del Distrito Federal.

II.-Qué los Parques Nacionales, están reconocidos como Áreas Naturales Protegidas de Competencia de la Federación, en el artículo 46, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección Ambiental, y que por lo tanto las áreas mencionadas en la proposición con punto de acuerdo en comento siguientes: Parque Nacional "Cumbres del Ajusco"; Parque Nacional "Desierto de los Leones", Parque Nacional "Insurgente Miguel Hidalgo y Costilla", Parque Nacional "Cumbres del Ajusco", Parque Nacional " Fuentes Brotantes de Tlalpan", Parque Nacional "El Tepeyac", Parque Nacional "Cerro de la Estrella" y Parque Nacional "Lomas de Padierna", son de Competencia Federal

IV.-Qué en el Acuerdo de Coordinación celebrado entre la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Pesca y el Gobierno del Distrito Federal y publicado en el diario Oficial de la Federación del 16 de abril de 1999, tiene:

Como primer objeto otorgar la administración de las Áreas Naturales Protegidas: Parque Nacional "Cumbres del Ajusco"; Parque Nacional "Desierto de los Leones" y Parque Nacional "Insurgente Miguel Hidalgo y Costilla".

Como segundo objeto llevar a cabo acciones coordinadas que apoyen la preservación, restauración, desarrollo y vigilancia de dichas áreas.

Y; como tercer objeto recategorizar las Áreas Naturales Protegidas de interés de la Federación siguientes: Parque Nacional "Fuentes Brotantes" de Tlalpan", Parque Nacional "El Tepeyac", Parque Nacional "Cerro de la Estrella" y Parque Nacional "Lomas de Padierna" en una acción simultánea del Gobierno Federal de abrogar estas áreas y el Gobierno del Distrito Federal de constituirlas como Áreas Naturales Protegidas de su competencia.

V.-Qué el proponente manifiesta que se está deteriorando de manera sustancial la biomasa de esta región, lo que pone en riesgo la vegetación y la fauna silvestre representativas del ecosistema del Valle de México, a este respecto la Comisión de Recursos Naturales y Desarrollo Rural del Gobierno del Distrito Federal, en su página de Internet, publicó un informe en lo concerniente a la transformación de la cobertura del suelo de conservación en siete delegaciones con presencia de bosques, entre los años 1994 y 2000, y de cuyos resultados se observa que las áreas de bosque presentaron una perdida de 2,400 hectáreas con un índice de cambio de uso de suelo de conservación hacia las zonas agrícolas del 5.5% y hacia los pastizales del 5.4%; El cambio hacia el uso urbano se dio en un 3%. Mencionando que las delegaciones de Milpa alta, Tlalpan y Cuajimalpa fueron las delegaciones con mayor pérdida del bosque por motivos agrícolas. Igualmente, Milpa Alta presentó los cambios más drásticos de uso forestal hacia pastizales con 1,280 hectáreas, mientras que Tlalpan con 625 hectáreas, ocupó el segundo lugar. También se observó que Tlalpan tuvo el mayor cambio de uso de suelo pasando de bosque a uso urbanos con una cantidad de 623 hectáreas, Datos que corroboran la tendencia a la degradación de las áreas forestales naturales en dicha zona.

VI.-Que de acuerdo a entrevista telefónica con el Director de la Comisión de Recursos Naturales y Desarrollo Rural del Distrito Federal, en el año 2000 se trasfirieron a la administración del Gobierno del Distrito Federal, mediante acta respectiva, los parques: "Cumbres del Ajusco", "Desierto de los Leones" e "Insurgente Miguel Hidalgo y Costilla" en su tramo correspondiente al Distrito Federal; mientras que están pendientes para la recategorización y las acciones de coordinación para preservación, mantenimiento, desarrollo y restauración de las Áreas Naturales Protegidas de Competencia Federal siguientes el Parque Nacional "Fuentes Brotantes de Tlalpan", el Parque Nacional "El Tepeyac", el Parque Nacional "Cerro de la Estrella" y el Parque Nacional "Lomas de Padierna".

VII.-Que hasta el día de hoy, el sistema de información de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas reporta como Áreas Naturales Protegidas de Competencia Federal vigentes a las siguientes: Parque Nacional "Cumbres del Ajusco"; Parque Nacional "Desierto de los Leones", Parque Nacional "Insurgente Miguel Hidalgo y Costilla", Parque Nacional "Cumbres del Ajusco", Parque Nacional "Fuentes Brotantes de Tlalpan", Parque Nacional "El Tepeyac", Parque Nacional "Cerro de la Estrella" y Parque Nacional "Lomas de Padierna".

Por todo lo anterior, esta Comisión, con fundamento en las facultades que le confieren los artículos 39, 40 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General y los artículos 58 y 60 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente dictamen con:

Punto de Acuerdo

Primero.- Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que, diseñe un Programa Especial para el mantenimiento Integral de las Áreas Naturales Protegidas de Competencia Federal ubicadas en el Distrito Federal y en consecuencia, incluya en el próximo Presupuesto de Egresos de esa Secretaría, la partida presupuestal necesaria.

Segundo Se exhorta al Gobierno del Distrito Federal y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales cumplir con el segundo objeto del Acuerdo de Coordinación celebrado entre la Secretaría del Medio Ambiente y el Gobierno del Distrito Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación del 16 de abril de 1999, a fin de llevar a cabo las acciones coordinadas que apoyen la preservación, restauración, desarrollo y vigilancia de las Áreas Naturales Protegidas de Competencia Federal existentes en el Distrito Federal.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán (rúbrica), Presidenta; Francisco Javier Lara Arano (rúbrica), Roberto Aquiles Aguilar Hernández (rúbrica), Carlos Manuel Rovirosa Ramírez (rúbrica), José Luis Cabrera Padilla (rúbrica), secretarios; Irene Herminia Blanco Becerra, Raúl Leonel Paredes Vega (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), Lorena Torres Ramos (rúbrica), Mario Ernesto Dávila Aranda (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), María Guadalupe García Velasco, Guillermo Tamborrel Suárez, Bernardo Loera Carrillo (rúbrica), Óscar Rodríguez Cabrera (rúbrica), Julián Nazar Morales (rúbrica), Víctor Manuel Alcerreca Sánchez (rúbrica), Roberto Antonio Marrufo Torres (rúbrica), Óscar Félix Ochoa, Miguel Amezcua Alejo (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Jacobo Sánchez López (rúbrica), Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), Pascual Sigala Páez (rúbrica), Carlos Silva Valdés, María del Rosario Herrera Ascencio, Nancy Cárdenas Sánchez (rúbrica), Adrián Chávez Ruiz, Modesta Vázquez Vázquez (rúbrica).
 
 
 

DE LAS COMISIONES UNIDAS DE RELACIONES EXTERIORES, Y DE POBLACIÓN, FRONTERAS Y ASUNTOS MIGRATORIOS, CON PUNTOS DE ACUERDO PARA EXHORTAR AL EJECUTIVO FEDERAL A REDOBLAR ESFUERZOS PARA LA PROTECCIÓN Y DEBIDA ATENCIÓN DE NIÑAS Y NIÑOS MIGRANTES EN LOS PROCESOS DE REPATRIACIÓN SEGURA Y ORDENADA EN LA FRONTERA NORTE DE MÉXICO

Honorable Asamblea:

Las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentan a la Honorable Asamblea el siguiente:

DICTAMEN

Antecedentes

A las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios de la Cámara de Diputados les fue turnado el pasado 10 de Noviembre de 2005 para su estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión Exhorta al Ejecutivo Federal a redoblar esfuerzos para la protección y debida atención de niñas y niños migrantes en los procesos de repatriación segura y ordenada en la frontera norte de México, presentada por la Diputada Federal Blanca Gámez Gutiérrez del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Consideraciones

La protección de los derechos humanos de los mexicanos en el exterior y el despliegue de acciones que permitan mejorar sus condiciones de vida, son parte fundamental de la política exterior del gobierno del presidente Vicente Fox y tarea permanente de la red consular de la Secretaría de Relaciones Exteriores, aún queda pendiente la protección de la niñez migrante en la frontera norte.

En el caso específico de menores migrantes, cuyas causas de migración se deben al deseo de los infantes por reunirse con sus familiares que se encuentran en Estados Unidos, o de encontrar un trabajo en este país, es necesario que las autoridades pongan especial énfasis toda vez que éstos flujos propician la violación sistemática de los derechos humanos de los infantes. Debido a su excesiva vulnerabilidad, los menores pueden ser involucrados en la comisión de delitos y caer en redes dedicadas al narcotráfico, a la explotación sexual o laboral, sufrir accidentes e inclusive perder la vida. Además, este tipo de migración provoca que las niñas y niños no disfruten plenamente de sus derechos a la alimentación, a la salud, a la educación y a la recreación, entre otros.

Por tal motivo es de vital importancia, verificar y atender los mecanismos de repatriación segura y ordenada de niños migrantes en la frontera norte, tomando en consideración los criterios de unidad familiar; el respeto de los derechos humanos de los infantes; la notificación de las autoridades que están facultadas para recibir a los menores mexicanos en territorio mexicano; y aquellas encargadas de brindar hospedaje, alimentación, asistencia social, atención médica y psicológica a los menores; horarios diurnos que garanticen la seguridad de los menores en los procesos de repatriación; identificación de los puntos de contacto donde se reciben a los menores y/o donde se transmite la información sobre incidentes de maltrato o posibles violaciones a los derechos humanos.

De acuerdo con el estudio Niñez migrante en la frontera norte: legislación y procesos, elaborado por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), la mayoría de los niños y niñas migrantes provienen del centro del país, aunque también hay niños y niñas originarios de las ciudades fronterizas. El 70 por ciento de los menores que son repatriados de los Estados Unidos a México son del sexo masculino mientras que el 30 por ciento restante son del sexo femenino.

La Secretaría de Relaciones Exteriores reportó que desde 1994 todos los consulados mexicanos en Estados Unidos, han apoyado a 87,757 niñas, niños y adolescentes mexicanos no acompañados. En el curso de 2003, en el marco del Programa Interinstitucional de Atención a Menores Fronterizos, los consulados han reportado la repatriación de 5,457 niñas y niños mexicanos no acompañados.

Por su parte, entre enero de 1998 y mayo de 2003 los albergues de las once ciudades fronterizas (Tijuana, Mexicali, Ojinaga, Ciudad Juárez, Ciudad Acuña, Piedras Negras, Nogales, Agua Prieta, Nuevo Laredo, Reynosa y Matamoros), que forman parte de este Programa Interinstitucional recibieron a 42,342 niñas, niños y adolescentes migrantes y repatriados.

Como ejemplo de la dimensión del fenómeno podemos mencionar que, solamente en 2002, los albergues de Tijuana, Baja California, recibieron a 1,936 niños, niñas y adolescentes repatriados, mientras que en Nogales, Sonora, se albergaban 1,154.

En ocasiones las niñas y niños migrantes indocumentados que cruzan la frontera con sus padres o parientes son separados de ellos por las autoridades migratorias norteamericanas y repatriados en una localidad distinta y alejada de aquella donde se les detectó con la finalidad de dificultar la reunificación familiar y desalentar un nuevo intento de cruce.

Los niños y niñas indocumentados detectados en territorio estadounidense por la Patrulla Fronteriza son asegurados en centros de detención para indocumentados en los que son ubicados en celdas con adultos que también han sido detenidos por carecer de permisos migratorios.

El Convenio de coordinación para la atención a la infancia migratoria en la frontera San Diego-Tijuana, establece compromisos de coordinación para las autoridades encargadas de procedimientos de repatriación y protección a niñas, niños y adolescentes migrantes y repatriados en esta localidad. En ocasiones, el Consulado de México en San Diego, brinda apoyo económico a los niños y niñas repatriados para el traslado a su lugar de origen y reintegración familiar (el DIF o los albergues se encargan de conseguir los boletos con esos recursos).

Las autoridades del Instituto Nacional de Migración no permiten que los adultos puedan recoger a los niños y niñas en sus oficinas. Todos los niños y niñas son canalizados al DIF.

En Mexicali rige el arreglo binacional firmado con Estados Unidos denominado Procedimientos para la repatriación segura y ordenada de nacionales mexicanos, en dicho instrumento se establece que las repatriaciones de los niños, niñas y adolescentes no acompañados deben realizarse de las 8:00 a las 15:00 horas, con la finalidad de que descansen y evitar el traslado nocturno. Sin embargo, algunas de esas repatriaciones se efectúan fuera de los horarios dispuestos para ello en el arreglo binacional. En Mexicali aún no se ejecuta un sistema de seguimiento y evaluación integral de las actuaciones de las instituciones encargadas de la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes migrantes y repatriados.

Aún cuando Chihuahua ha cumplido con la mayoría de los Acuerdos implementados, una ausencia significativa en la problemática migratoria en la entidad es la relativa a que en Ciudad Juárez aún no existe un sistema con indicadores de seguimiento y evaluación integral del procedimiento interinstitucional que se sigue a niños, niñas y adolescentes migrantes y repatriados. No obstante, en Ojinaga algunas de estas repatriaciones de niños, niñas y adolescentes no acompañados de familiares adultos se realizan fuera de los horarios convenidos para ello, con lo que se incumple lo dispuesto en el arreglo binacional al respecto. Los menores repatriados que no son recogidos por familiares en las oficinas del Instituto son remitidos al albergue del DIF municipal. Dicho albergue es el único que existe en la localidad y asiste a personas de todas las edades y condiciones.

En Coahuila, las repatriaciones de menores se rigen por el Arreglo para la repatriación segura y ordenada de nacionales mexicanos en las fronteras de Ciudad Acuña, Coahuila-Del Río, Texas y Piedras Negras, Coahuila-Eagle Pass, Texas. Con posterioridad se suscribió el Protocolo que enmienda el arreglo para la Repatriación segura y Ordenada y sin embargo las repatriaciones nocturnas de menores se siguen llevando a cabo. Asimismo en el municipio de Piedras Negras muchos niños y niñas locales son utilizados como guías por los traficantes de personas.

Por lo anterior, es conveniente que se haga evidente esta situación en los mecanismos consulares creados para ello, como es el Grupo de Trabajo sobre Migración y Asuntos Consulares de la Comisión Binacional; los Mecanismos de Enlace Fronterizo; y los Mecanismos de Consulta sobre Funciones del Servicio de Inmigración y Naturalización y Protección Consular y profundizar en las conversaciones y los acuerdos en este sentido entre las autoridades migratorias norteamericanas y los funcionarios de los respectivos consulados de México. Además de que el Gobierno Federal deberá tomar las medidas convenientes para la protección, verificación y debida atención de dichos sucesos.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, se somete a la consideración del Pleno de esta Asamblea, el siguiente:

Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, a efecto de que verifique el cumplimiento de los acuerdos binacionales y del Memorándum de Entendimiento sobre la Repatriación Segura, Ordenada, Digna y Humana de Nacionales Mexicanos, para que en su caso, realice las acciones conducentes a favor de que los procesos de repatriación segura y ordenada de menores migrantes en la frontera norte del país se apeguen a los criterios de la unidad familiar, el respeto de los derechos humanos de los infantes y se notifique a las autoridades que están facultadas para recibir a los menores mexicanos en territorio mexicano.

Segundo.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Gobernación, por medio de su Instituto Nacional de Migración, para dar cumplimiento a los procesos y acuerdos para la repatriación segura y ordenada de los menores migrantes en la frontera norte, para informar de la observancia de estos mecanismos al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia con la finalidad de que verifique su cabal cumplimiento y para formalizar, mediante un convenio de colaboración, al grupo de trabajo surgido del Programa Interinstitucional de atención a menores fronterizos.

Tercero.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Gobernación a honrar, hacer valer y promover la suscripción de aquellos convenios de colaboración entre los gobiernos de los estados receptores y de origen de las niñas, los niños y adolescentes migrantes repatriados con la finalidad de crear compromisos e implementar estrategias que permitan hacer frente al fenómeno y garantizar sus derechos de manera conjunta.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de diciembre de 2005.

Comisión de Relaciones Exteriores

Diputados: Adriana González Carrillo (rúbrica), Presidenta; Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre, secretario; Carlos Jiménez Macías (rúbrica), secretario; Arturo Robles Aguilar (rúbrica), secretario; Jorge Martínez Ramos (rúbrica), secretario; Rodrigo Iván Cortés Jiménez, Ángel Juan Alonso Díaz Caneja, Humberto Cervantes Vega (rúbrica), José Alberto Aguilar Iñarritu (rúbrica), Sami David David, Homero Díaz Rodríguez, José Luis Flores Hernández (rúbrica), Rogelio Alejandro Flores Mejía, Carlos Flores Rico, Blanca Gámez Gutiérrez (rúbrica), Fernando Alberto García Cuevas (rúbrica), Juan José García Ochoa, Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Alejandro González Yáñez, Benito Chávez Montenegro (rúbrica), Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), Guadalupe Morales Rubio (rúbrica), Sergio Penagos García (rúbrica), Cristina Portillo Ayala, Francisco Saucedo Pérez (rúbrica), Carlos Noel Tiscareño Rodríguez, Marco Antonio Torres Hernández.

Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios

Diputados: Juan Antonio Guajardo Anzaldúa (rúbrica), Presidente; Emilio Badillo Ramírez (rúbrica), secretario; Jaime Fernández Saracho, secretario; Ruth Trinidad Hernández Martínez (rúbrica), secretaria; Rosa María Avilés Nájera, secretaria; Fernando Álvarez Monje (rúbrica), Blanca Judith Díaz Delgado (rúbrica), Marco Antonio Gama Basarte, Alfonso Moreno Morán (rúbrica), Homero Ríos Murrieta, María Guadalupe Suárez Ponce, José Isabel Trejo Reyes, Carlos Osvaldo Pano Becerra, Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Jesús Zúñiga Romero, Laura Elena Martínez Rivera (rúbrica), Roberto Pedraza Martínez (rúbrica); Alfonso González Ruiz (rúbrica), Juan Manuel Vega Rayet (rúbrica); Julio César Córdova Martínez (rúbrica), Francisco Herrera León, Ricardo Rodríguez Rocha, Francisco Mora Ciprés (rúbrica), Elpidio Tovar de la Cruz (rúbrica), Reynaldo Valdés Manzo (rúbrica), Enrique Torres Cuadros (rúbrica), Ana Lilia Guillén Quiroz (rúbrica), María Ávila Serna.
 
 
 

DE LAS COMISIONES UNIDAS DE RELACIONES EXTERIORES Y DE ECONOMÍA, CON PUNTOS DE ACUERDO SOBRE LA DEFENSA LEGAL DE LAS EMPRESAS MEXICANAS QUE EXPORTAN A ESTADOS UNIDOS

Honorable Asamblea:

Las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores y de Economía de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentan a la Honorable Asamblea el siguiente:

DICTAMEN

Antecedentes

A las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores y de Economía les fue turnado el pasado 28 de Abril de 2005 para su estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo sobre la defensa legal de las empresas mexicanas que exportan a Estados Unidos, presentada por el Diputado Federal Juan José García Ochoa del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Consideraciones

El sector agropecuario mexicano estuvo sometido a varias reformas estructurales desde mediados de la década de los ochenta que buscaban desmantelar el modelo de sustitución de importaciones (SI) y establecer otro en base al libre mercado en un entorno de mercado abierto. Se argumentó que las reformas macroeconómicas que apuntaron hacia el desmantelamiento de dicha estrategia de crecimiento eliminarían la discriminación hacia el sector agropecuario y estimularían el crecimiento de su productividad.

Algunas actividades agrícolas o ciertos productores que se habían beneficiado con la protección o los subsidios del SI, se le concedieron nuevamente apoyos induciendo tasas reales de protección altas. Estos sectores consiguieron conservar algunas de estas políticas de apoyo, lo que trajo como resultado que los efectos de las reformas estructurales sobre la agricultura fueran ambiguos.

Así, en los últimos años el campo mexicano ha tenido que enfrentar diversos problemas, entre los que destacan los siguientes: insuficiente inversión sectorial y en infraestructura; reducción sustantiva del crédito; deficiencias en los sistemas de apoyo implementados por el gobierno federal; inestabilidad, con tendencia a la baja, de los precios internacionales de los productos agrícolas; políticas distorsionantes de subsidios de nuestros socios comerciales; disparidades en las condiciones de producción y comercialización de los productores; rezagos estructurales en el desarrollo de los mercados regionales, etc.

Todo esto se ha traducido en que la participación del sector agropecuario en el Producto Interno Bruto nacional es demasiado pequeña para el nivel de desarrollo con que cuenta nuestro país. La productividad de la agricultura mexicana es menor a la productividad media de la economía nacional, por su limitada capacidad de generar valor agregado.

La conclusión extraída de este proceso es que no es suficiente con abrir los mercados a la competencia externa para hacer más competitivos a los productores nacionales. Es indispensable contar con una infraestructura suficiente que integre los mercados y haga más rentables las inversiones.

Al mismo tiempo, a pesar de todos los fenómenos y factores adversos arriba señalados, algunos sectores específicos de la agricultura mexicana han presentado ganancias de eficiencia en los últimos años. Se han fortalecido las exportaciones agroindustriales, que tienen un mayor valor agregado nacional.

La competencia externa ha elevando la productividad y la competitividad. Durante el periodo de instrumentación del TLCAN, las exportaciones de frutas y hortalizas de México a Estados Unidos crecieron significativamente, convirtiendo a México en uno de los principales exportadores de productos agroalimentarios a Norteamérica, concentrando más del 30% de las importaciones totales agropecuarias a Estados Unidos.

De esta manera, muchos empresarios productores mexicanos han podido enfrentar eficazmente los retos y oportunidades que presenta el actual contexto internacional de apertura de mercados, dando empleo a muchos mexicanos que no pueden ser ocupados en otras partes.

Tenemos información de que varias empresas exportadoras agroalimentarias mexicanas han sufrido de la discriminación y de procesos fraudulentos en Estados Unidos. Cada vez es más común que nuestros empresarios tengan que enfrentar la falta de pago y el incumplimiento de los contratos firmados con comercializadoras estadounidenses quienes han venido actuando con toda impunidad.

La gravedad de esta situación se acentúa pues en México sólo la empresa "Corporación de Solución de Controversias sobre Frutas y Hortalizas", integrada por miembros de la industria de frutas y hortalizas de los tres países de América del Norte, se encarga de la ayuda sin fines de lucro a sus miembros para solucionar las controversias relacionadas con la calidad, la condición, el precio, la falta de pago y ruptura de contrato en la compra-venta de frutas y hortalizas frescas tanto a nivel nacional como internacional.

Por lo anterior, es preciso que el Gobierno Mexicano, a través de sus representaciones en el exterior, se constituya como un elemento más de defensa de los productores mexicanos en Estados Unidos.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, se somete a la consideración del Pleno de esta Asamblea, el siguiente:

Acuerdo

Primero.- Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Relaciones Exteriores y a la Secretaría de Economía del Ejecutivo federal a brindar todas las facilidades necesarias y otorgar el sustento jurídico profesional indispensable, para evitar que empresas fraudulentas de nacionalidad estadounidense continúen incumpliendo sus responsabilidades contractuales ante empresas mexicanas.

Segundo.- De la misma manera, se solicita a la Secretaría de Relaciones Exteriores, a la Secretaría de Economía, a Bancomext y a las representaciones de México en Estados Unidos, a evaluar la posibilidad de constituir un padrón de empresas estadounidenses suficientemente solventes, con el fin de que las empresas exportadoras mexicanas cuenten con la seguridad jurídica necesaria de exportar sus productos con la garantía de que no serán defraudados.

Tercero.- Se exhorta a la Sagarpa ampliar los recursos con los que se apoya al organismo denominado "Corporación de Solución de Controversias sobre Frutas y Hortalizas" (DRC por sus siglas en inglés) dado que es la única que lleva a cabo este procedimiento a nivel nacional.

Cuarto.- Se exhorta al Ejecutivo federal, por medio de la Secretaría de Relaciones Exteriores, a la Secretaría de Economía y a Bancomext, a otorgar mayor apoyo económico, logístico y de publicidad, para que los diversos productores puedan ser beneficiados.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2005.

Comisión de Relaciones Exteriores

Diputados: Adriana González Carrillo (rúbrica), Presidenta; Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre (rúbrica), secretario; Carlos Jiménez Macías (rúbrica), secretario; Arturo Robles Aguilar (rúbrica), secretario; Jorge Martínez Ramos (rúbrica), secretario; Homero Díaz Rodríguez (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica), Rogelio Alejandro Flores Mejía (rúbrica), Carlos Flores Rico (rúbrica), Rodrigo Iván Cortés Jiménez (rúbrica), Ángel Juan Alonso Díaz Caneja, Humberto Cervantes Vega (rúbrica), José Alberto Aguilar Iñarritu (rúbrica), Sami David David, Benito Chávez Montenegro (rúbrica), Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), Guadalupe Morales Rubio (rúbrica), Sergio Penagos García (rúbrica), Cristina Portillo Ayala, Blanca Gámez Gutiérrez (rúbrica), Fernando Alberto García Cuevas (rúbrica), Juan José García Ochoa (rúbrica), Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Alejandro González Yáñez, Francisco Saucedo Pérez (rúbrica), Carlos Noel Tiscareño Rodríguez, Marco Antonio Torres Hernández (rúbrica).

Comisión de Economía

Diputados: Manuel López Villarreal (rúbrica), Presidente; Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), Julio Horacio Lujambio Moreno, secretarios; Ricardo Alegre Bojórquez (rúbrica), Francisco Javier Barrio Terrazas, Jaime del Conde Ugarte, José Francisco J. Landero Gutiérrez (rúbrica), Jesús Antonio Nader Nasrallah, Miguel Ángel Rangel Ávila (rúbrica), María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica), José Manuel Abdalá de la Fuente, Fernando Ulises Adame de León (rúbrica), Jorge Baldemar Utrilla Robles, Óscar Bitar Haddad (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala, Juan Manuel Dávalos Padilla, Norma Violeta Dávila Salinas (rúbrica), Alfredo Gómez Sánchez, Gustavo Moreno Ramos (rúbrica), José Mario Wong Pérez (rúbrica), Juan José García Ochoa (rúbrica), Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Yadira Serrano Crespo, Víctor Suárez Carrera, Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica).
 
 
 

DE LAS COMISIONES UNIDAS DE RELACIONES EXTERIORES Y DE ECONOMÍA, CON PUNTOS DE ACUERDO PARA EXHORTAR AL TITULAR DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA, PARA QUE EN LA CELEBRACIÓN DE UNA PRÓXIMA REUNIÓN CON SUS HOMÓLOGOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y CANADÁ, SE ABORDE EL TEMA REFERENTE A LA APERTURA EN EL AÑO 2008 DE LA LIBRE IMPORTACIÓN DE MAÍZ Y FRIJOL

Honorable Asamblea:

Las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores y de Economía de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentan a la Honorable Asamblea el siguiente:

DICTAMEN

Antecedentes

A las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores y de Economía les fue turnado el pasado 10 de Noviembre de 2005 para su estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que establezca conversaciones con los gobiernos de Canadá y Estados Unidos y se acuerde no aplicar la libre importación de maíz y frijol a partir del año 2008 como lo establece el Tratado de Libre Comercio, presentada por la Dip. Dolores Padierna Luna del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Consideraciones

A partir de un proceso de mayor integración del sector agropecuario a la economía internacional y una mayor participación del sector privado en todas las fases de todas las cadenas productivas agropecuarias del país, se ha caminado por un proceso de internacionalización de la agricultura comercial. Por ello, es pertinente que el Estado Mexicano continúe reconociendo como una de las actividades estratégicas para el país la del Sector Agrícola; entre las cuales, figuran la producción de granos básicos, fundamentalmente el del maíz y del frijol.

Para estas Comisiones, el sector agropecuario requiere de importantes impulsos en el nivel de actividad productiva, tanto en el área agrícola, en la pecuaria, como en el sector forestal.

Los niveles de pobreza rural, necesitan de especial atención y consideraciones, al grado de considerarse como una de las prioridades de este Gobierno. Prueba de ello, los logros alcanzados por el Acuerdo Nacional Para el Campo y especialmente por la implementación a partir del año 2003 del denominado blindaje agroalimentario.

Precisamente, de esos mexicanos que viven en el campo y que actualmente suman más de 23 millones de personas; más de 3 millones están directamente vinculados a las actividades productivas de maíz y frijol.

Pues bien, son esos últimos 3 millones de personas quienes se verán seriamente perjudicados a partir del año 2008 en que entra en vigor la cláusula del Tratado de Libre Comercio que establece la libre importación de maíz y frijol.

Debido a lo anterior, se requieren de programas específicos que permitan que los campesinos más pobres del país puedan competir internacionalmente con su producción de maíz y frijol frente a productores de Estados Unidos y Canadá que cuentan con los más diversos esquemas de apoyo y subsidio que les otorgan sus respectivos gobiernos.

Resulta de la mayor importancia, que el Congreso de la Unión y el Gobierno federal emprendan en estos momentos las gestiones pertinentes para salvaguardar los intereses de esos millones de trabajadores del campo mexicano.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, se somete a la consideración del Pleno de esta Asamblea, el siguiente:

Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, resuelve que se integre un grupo plural de diputados cuyo objeto será elaborar un estudio y la estrategia jurídica que sirva como base para analizar y elaborar propuestas de apoyo a los productores de maíz y frijol de cara a la entrada en vigor para el año 2008, de la libre importación de estos granos.

Segundo.- La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a efecto de que informe a esta Soberanía sobre los logros y alcances del Acuerdo Nacional para el Campo.

Tercero.- La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, exhorta al Titular de la Secretaría de Economía, para que en la celebración de una próxima reunión con sus homólogos de los Estados Unidos de América y Canadá, se aborde el tema referente a la apertura en el año 2008 de la libre importación de maíz y frijol.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de diciembre de 2005.

Comisión de Relaciones Exteriores

Diputados: Adriana González Carrillo (rúbrica), Presidenta; Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre (rúbrica), secretario; Carlos Jiménez Macías (rúbrica), secretario; Arturo Robles Aguilar (rúbrica), secretario; Jorge Martínez Ramos, secretario; Rodrigo Iván Cortés Jiménez , Ángel Juan Alonso Díaz Caneja, Humberto Cervantes Vega (rúbrica), José Alberto Aguilar Iñarritu (rúbrica), Sami David David (rúbrica), Homero Díaz Rodríguez (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica), Rogelio Alejandro Flores Mejía (rúbrica), Carlos Flores Rico (rúbrica), Blanca Gámez Gutiérrez (rúbrica), Fernando Alberto García Cuevas (rúbrica), Juan José García Ochoa (rúbrica), Isidoro Ruiz Argaiz, Alejandro González Yáñez, Benito Chávez Montenegro (rúbrica), Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), Guadalupe Morales Rubio (rúbrica), Sergio Penagos García (rúbrica), Cristina Portillo Ayala (rúbrica), Francisco Saucedo Pérez, Carlos Noel Tiscareño Rodríguez (rúbrica), Marco Antonio Torres Hernández (rúbrica).

Comisión de Economía

Diputados: Manuel López Villarreal (rúbrica), Presidente; Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), Julio Horacio Lujambio Moreno, secretarios; Ricardo Alegre Bojórquez (rúbrica), Francisco Javier Barrio Terrazas, Jaime del Conde Ugarte, José Francisco J. Landero Gutiérrez (rúbrica), Gustavo Moreno Ramos (rúbrica), José Mario Wong Pérez (rúbrica), Juan José García Ochoa (rúbrica), Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Yadira Serrano Crespo, Víctor Suárez Carrera, Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica), Jesús Antonio Nader Nasrallah, Miguel Ángel Rangel Ávila (rúbrica), María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica), José Manuel Abdalá de la Fuente, Fernando Ulises Adame de León (rúbrica), Jorge Baldemar Utrilla Robles, Óscar Bitar Haddad (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala, Juan Manuel Dávalos Padilla, Norma Violeta Dávila Salinas (rúbrica), Alfredo Gómez Sánchez.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Dictámenes negativos
DE LA COMISIÓN DE SALUD, CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE DESECHA LA INICIATIVA QUE ADICIONA LOS ARTÍCULOS 193 BIS 1, 193 BIS 2 Y 193 BIS 3 A LA LEY GENERAL DE SALUD

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Salud fue turnada para su estudio y posterior dictamen la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 193 Bis 1, 193 Bis 2, y 193 Bis 3 a la Ley General de Salud, presentada por el diputado Isidro Camarillo Zavala.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 numerales 1º y 3º, 43, 44 y 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 88, 89, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Salud somete a consideración de esta honorable asamblea, el presente dictamen el cual se realiza de acuerdo con la siguiente

Metodología

I. En el capítulo de "antecedentes" se da constancia del proceso legislativo, en su trámite de inicio, recibo de turno para el dictamen de la referida iniciativa y de los trabajos previos de la Comisión.

II. En el capítulo correspondiente a "contenido de la iniciativa" se exponen los motivos y alcance de la propuesta de reforma en estudio.

III. En el capítulo de "consideraciones" la Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la decisión de respaldar o desechar la iniciativa en análisis.

I. Antecedentes.

En sesión celebrada con fecha 24 de Noviembre de 2005, fue presentada ante el pleno de la H. Cámara de Diputados por diputado Isidro Camarillo Zavala, la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adicionan los artículos 193 Bis 1, 193 Bis 2, y 193 Bis 3, A la Ley General de Salud.

Con la misma fecha, la Mesa Directiva, turnó la mencionada iniciativa a la Comisión de Salud para su estudio y posterior dictamen.

II. Contenido de la iniciativa.

En su exposición de motivos el diputado promovente manifiesta su preocupación por el problema de las adicciones, en particular de la ludopatía, la que afirma, ha encontrado una comorbilidad con otras adicciones, como abuso de alcohol o sustancias psicoactivas y un más alto índice de tabaquismo de hasta 5 a 1 con relación a no jugadores, a lo que habría que sumar lo que se denomina "enganchamiento" de los ludópatas, consistente en que las máquinas tragamonedas se instalan preferentemente en bares y que en los casinos o casas de juego existe amplia disponibilidad para el consumo de alcohol y tabaco, e incluso estos productos se obsequian a los jugadores.

Señala que al menos un 72% de los ludópatas han tenido un cuadro de depresión mayor, el 52% de ellos, trastornos afectivos mayores, el 57.1% son polidependientes a dos o más sustancias además de la adicción comportamental, lo que explica su ausentismo laboral, incumplimiento de las obligaciones financieras, problemas familiares, ausentismo escolar y crecientes deudas, conductas antisociales como girar cheques sin fondos, desfalco y robos, o confundir a incautos en juegos de destreza.

Asimismo afirma que este trastorno es más frecuente en hombres en una proporción de 3 a 1 que en mujeres, y aunque las mujeres por lo regular inician a mayor edad esta enfermedad, ellas son más propensas a la depresión y a buscar en el juego más un escape que una fuente de excitación. Por otro lado, el problema más grave en los hombres es que generalmente empiezan a jugar en la adolescencia, sobre todo en aquellas localidades donde existen casinos, ya que aun cuando se prohíbe la entrada a menores ellos encuentran la forma de jugar, por ejemplo vía Internet.

Manifiesta que el índice de suicidios entre ludópatas que es al menos del doble que entre no jugadores, quizá debido a la morbilidad que presenta junto a depresión, asimismo los jugadores patológicos tienen al menos en un 91% el denominado "craving" o ansía por jugar, el cual se acompaña de insomnio, dolor de cabeza, trastornos digestivos, temblor, sudoración y otros síntomas de abstinencia.

Por estos motivos propone diversas adiciones a la Ley General de Salud para incluir en el Título Décimo Primero, un Capítulo Quinto denominado "Programa contra las Adicciones Comportamentales", adicionando los artículos 193 Bis 1 al 193 Bis 3.

III. Consideraciones.

A. Según lo dispuesto por el artículo 184 Bis de la Ley General de Salud, se crea el Consejo Nacional Contra las Adiciones, que tendrá por objeto promover y apoyar las acciones de los sectores público, social y privado tendientes a la prevención y combate de los problemas de salud pública causados por las adicciones.

B. La misión del Conadic es promover y proteger la salud de los mexicanos, mediante la definición y conducción de la política nacional en materia de investigación, prevención, tratamiento, formación y desarrollo de recursos humanos para el control de las adicciones con el propósito de mejorar la calidad de vida individual, familiar y social.

C. Según el artículo 2 del Reglamento Interior del Conadic, algunas de sus atribuciones son:

Promover las políticas, estrategias y programas en materia de adicciones, que deberán considerar el alcoholismo, tabaquismo y farmacodependencia, así como promover las adecuaciones y modificaciones necesarias;

Promover las acciones que coadyuven al eficaz cumplimiento de los programas contra las adicciones, así como evaluar sus resultados;

Promover y acordar mecanismos de coordinación entre las autoridades de la Federación, de las entidades federativas y de los municipios para la eficaz ejecución de los programas a que se refiere el propio reglamento;

Fomentar que los programas de educación para la salud y seguridad e higiene en el trabajo, incorporen conceptos que tiendan a disminuir en la población el uso y abuso de bebidas alcohólicas, así como el alcoholismo, el tabaquismo y la farmacodependencia;

Promover en forma permanente actividades de investigación que apoyen las acciones contra el alcoholismo, el tabaquismo y la farmacodependencia;

Promover las acciones de sensibilización entre la población acerca de las adicciones y convocar a la comunidad a participar en la prevención y en la reinserción social de los adictos;

Recomendar medidas para el control sanitario de la publicidad relativa a bebidas alcohólicas y tabaco;

Proponer reformas a las disposiciones legales y administrativas relativas a la producción, comercialización y consumo de bebidas alcohólicas, tabaco y otras sustancias psicoactivas;

Promover la integración de grupos de trabajo tendientes al establecimiento de acciones en materia de regulación, investigación, prevención, tratamiento y rehabilitación en materia de adicciones;

Promover acciones que tiendan a la disminución de los riesgos asociados con el consumo de tabaco, bebidas alcohólicas y otras sustancias psicoactivas; entre otras.

D. Según algunos estudios lo que se considera o se conoce como ludopatía es la el juego patológico, mismo que fue reconocido oficialmente en 1980. El juego patológico, podría clasificarse como una adicción no tóxica.

E. De acuerdo con algunos estudios el diagnóstico de ludopatía se estable cuando se cumplen al menos cuatro de las condiciones o características siguientes:

Frecuente y creciente preocupación por el juego o por obtener dinero para jugar, con tendencia a rememorar experiencias lúdicas del pasado y a planear nuevas actividades.

Jugar con frecuencia mayor cantidad de dinero o por un periodo de tiempo más largo en relación con lo previsto.

Necesidad de incrementar el volumen o la frecuencia de las apuestas para conseguir la excitación deseada.

Intranquilidad e irritabilidad en caso de no poder jugar o al intentar reducir o dejar el juego.

Pérdidas repetidas de dinero debidas al juego y reiteración en la conducta de juego con el propósito de recuperar las pérdidas.

Repetidos esfuerzos infructuosos por abandonar o reducir el juego.

Aumento de la conducta de juego ante dificultades psicológicas o sociales.

Sacrificio de obligaciones familiares, sociales u ocupacionales para poder jugar.

Persistencia en el juego (incapacidad de abstención) a pesar de la imposibilidad de pagar las deudas crecientes o a pasar de otros problemas significativos (sociales, ocupacionales, legales), que la persona sabe que son incrementados por el juego.

F. A pesar de lo anterior y de que, sin duda es una conducta que está siendo analizada por diversas instituciones de salud, no existe aún un consenso en la forma de diagnostico de la llamada ludopatía.

G. Por otra parte, es necesario señalar que la ludopatía es epidemiológicamente muy inferior a otro tipo de adicciones toxicas como el alcoholismo, la fármaco dependencia y el tabaquismo, las cuales tienen evidentes repercusiones en la salud de quienes las padecen.

H. No es ningún secreto que dentro de las principales causas de morbi mortalidad en nuestro país se encuentran enfermedades relacionadas directamente con el tabaquismo, por citar solo un ejemplo.

I. Así mismo, es importante señalar que la iniciativa presentada por el diputado Camarillo, no aporta ninguna definición de lo que se debería entender por "adicciones comportamentales" contribuyendo a crear mayor confusión sobre el tema, que de por sí es controvertido aún entre los estudiosos del mismo.

J. Por otra parte es necesario señalar que a pesar de que estamos a favor de que se investigue y estudie el tema, esto no significa que se distraigan recursos necesarios para combatir adicciones que, efectivamente originan, no sólo enfermedades, sino muertes en gran parte de la población, por lo que no es prudente limitar esos recursos en aras de combatir las llamadas "adicciones comportamentales" que no tienen la misma repercusión en la salud de la población.

K. Los integrantes de la Comisión de Salud nos manifestamos a favor de la investigación de este tipo de adicciones, y como lo señala el propio artículo 2 del Reglamento Interior del Conadic, estamos a favor de promover acciones que tiendan a la disminución de los riesgos asociados con el consumo de tabaco, bebidas alcohólicas y otras sustancias psicoactivas; pero el establecer acciones de este tipo no quiere decir que se tenga que elevar a rango de ley el combate a una actividad cuyo diagnostico es sumamente controvertido y no tiene una repercusión directa en la salud de la población, además de carecer de las mínimas definiciones técnicas, así como los tratamientos para las mismas.

Por lo anteriormente expuesto los integrantes de la Comisión de Salud con las atribuciones que les otorgan los artículos 73 fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 45 numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ponen a su consideración el siguiente

Acuerdo

Único. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 193 Bis 1, 193 Bis 2, y 193 Bis 3, a la Ley General de Salud, presentada por el diputado Isidro Camarillo Zavala, el 24 de noviembre de 2005.

La Comisión de Salud

Diputados: José Ángel Córdova Villalobos (rúbrica), José Javier Osorio Salcido, Pablo Anaya Rivera (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar, Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), María del Rocío Jaspeado Villanueva (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Maki Esther Ortiz Domínguez (rúbrica), Francisco Rojas Toledo (rúbrica), María Salomé Elyd Sáenz (rúbrica), Jesús Aguilar Bueno, Marco Antonio García Ayala, Jaime Fernández Saracho, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Isaías Soriano López, Rosa Hilda Valenzuela Rodelo (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez, Martín Remigio Vidaña Pérez, Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Julio Boltvinik Kalinka, Martha Lucía Mícher Camarena, Irma Sinforina Figueroa Romero, José Luis Naranjo y Quintana (rúbrica), Raúl Piña Horta, María Angélica Ramírez Luna.
 
 

DE LA COMISIÓN DE SALUD, CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE DESECHA LA INICIATIVA QUE REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, de la LIX Legislatura, fue turnada para su estudio y dictamen, la iniciativa con proyecto de decreto para adicionar un Capítulo Tercero Bis con el nombre de Investigación de Enfermedades Degenerativas; y para adicionar los artículos 115 Bis, 115 Ter y 115 Quáter a la Ley General de Salud, presentada por el diputado Jesús Martínez Álvarez, del grupo parlamentario del Partido Convergencia.

Los integrantes de la Comisión dictaminadora, con fundamento en los artículos 39, numerales 1° y 3°, 43, 44, y 45, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 89, 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de los miembros de esta honorable asamblea, el presente dictamen mismo que se realiza bajo la siguiente:

Metodología

La Comisión encargada del análisis y dictamen de la iniciativa mencionada anteriormente, desarrolla su trabajo conforme el procedimiento que a continuación se describe:

I. En el capítulo de "Antecedentes" se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida iniciativa y de los trabajos previos de la Comisión dictaminadora.

II. En el capítulo correspondiente a "Contenido de la iniciativa", se sintetiza el alcance de la iniciativa con proyecto de decreto en estudio.

III. En el capítulo de "Consideraciones", las Comisiones expresan los argumentos de valoración de la propuesta y los motivos que sustentan el resolutivo del dictamen a la iniciativa en análisis.

I. Antecedentes.

En sesión celebrada por el Pleno de la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura el 6 de octubre de 2005, el diputado Jesús Martínez Álvarez, integrante del grupo parlamentario Convergencia, presentó la iniciativa con proyecto de decreto para adicionar un Capítulo Tercero Bis con el nombre de Investigación de Enfermedades Degenerativas; y para adicionar los artículos 115 Bis, 115 Ter y 115 Quáter a la Ley General de Salud.

En la misma fecha fue turnada dicha iniciativa, a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, para su respectivo estudio y dictamen.

II. Contenido de la iniciativa.

En su iniciativa, el diputado proponente manifiesta que México es un país que se mantiene en lucha para posicionarse en la vanguardia de la investigación y la promoción de la salud, sin embargo no se ha logrado robustecer el campo de investigación sobre ciertos tipos de enfermedades que no son conocidas ampliamente, como es el caso de la espondilitis anquilosante, la enfermedad del Crohn y la del CUCI (colitis ulcerativa crónica inespecífica), que son enfermedades degenerativas del estómago y de los huesos.

Asimismo, afirma que estas enfermedades no son muy conocidas en México y que no se cuenta con medicamentos que representen una cura para las mismas, pero presentan un riesgo, ya que, aunque no se presentan como una epidemia, sí son peligrosas y al no tenerse conocimiento suficiente de las mismas, desconocemos su factor de expansión o contagio, si es que ello es factible. Además, expresa que sólo algunos hospitales han generado avances importantes en la investigación de estas enfermedades, por lo que sólo éstos pueden lograr con mayor facilidad su detección.

III. Consideraciones.

A. La salud es un valor fundamental e indispensable en todo ser humano que condiciona el desarrollo y bienestar de las comunidades humanas. La Constitución Política de los Estados unidos mexicanos, en su artículo 4, párrafo tercero, señala que toda persona tiene derecho a la protección de la salud y que para hacer efectiva esta prerrogativa, el Estado tiene la obligación de establecer las bases y modalidades de acceso a los servicios de salud a través de sus leyes.

B. Si bien entendemos el espíritu de la propuesta, es menester señalar que el Capítulo Tercero Bis que se pretende adicionar con la iniciativa al título de "Promoción de la Salud", no es congruente con el artículo 111 de la Ley General de Salud, el cual establece que la promoción de la salud comprende únicamente la educación para la salud; nutrición; control de los efectos nocivos del ambiente en la salud; salud ocupacional, y fomento sanitario; por lo que incluir un capítulo referente a enfermedades degenerativas resulta improcedente por cuestiones de técnica legislativa.

C. Por otro lado, el artículo 115 Bis que se pretende adicionar muestra error de técnica legislativa, ya que por un lado abarca en forma general el tema de las enfermedades degenerativas y por otro enuncia a manera de ejemplo las enfermedades del Crohn, la espondilitis anquilosante y la colitis ulcerativa crónica inespecífica, en forma innecesaria, toda vez que el uso de una palabra con carácter de género abarca a todos los elementos dentro de su espectro.

D. En lo que respecta al artículo 115 Ter, es propicio señalar que tanto la Ley General de Salud, en sus artículos 97, 98, 99, 160 y 161; como el Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Investigación para la Salud, en sus artículos 6o. y 11; ya regulan en torno a convenios de colaboración o de concertación en la investigación en salud.

Además, cabe mencionar que la Secretaría de Salud cuenta con mecanismos para investigar y prevenir el desarrollo de todo tipo de enfermedades y no sólo las degenerativas.

De hecho, en la actualidad se cuenta con el Programa de Acción "Investigación en Salud", el cual nace a partir de la necesidad de acciones para ubicar a nuestro país en los niveles deseados para dar solución a los problemas de salud sobresalientes y estar en condiciones competitivas en el área de la salud dentro del plano internacional.

Por ello, el propio programa plantea que para conseguir estos propósitos se tienen los siguientes retos desde la perspectiva del Sistema Nacional de Salud (SNS):

Reorientar la investigación,
Consolidarla,

Aplicarla y difundirla, e
Innovar el quehacer científico y transferir tecnologías.

Asimismo, establece a la investigación en salud como prioridad estratégica nacional, pilar del desarrollo y del bienestar social; y determina que ésta estará orientada a contribuir a la satisfacción de las necesidades de salud.

En el mismo tenor, el citado programa plantea dentro de sus objetivos específicos y estrategias el "Vincular el quehacer de los investigadores en salud con las prioridades nacionales de salud". (Estrategia 1). A partir del estudio los problemas de salud prioritarios más pertinentes del país, con atención particular a los proyectos interdisciplinarios orientados a estudiar, entre otras, las enfermedades crónicas o degenerativas.

E. Por otro lado, el artículo 115 Quáter resulta innecesario, ya que la Secretaría de Salud en la actualidad ya toma medidas para el adecuado tratamiento de las enfermedades degenerativas.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 133 de la Ley General de Salud, corresponde a la Secretaría de Salud dictar normas oficiales mexicanas, establecer y operar el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, realizar los programas, entre otras actividades, para la prevención y control de enfermedades. De lo que se desprende que la adición del artículo 115 Quáter provocaría una doble regulación.

Como ejemplo de las medidas que actualmente se toman señalamos que el jueves 17 de marzo de 2006 se Publicó en el Diario Oficial de la Federación la vigésima actualización del cuadro básico y catálogo de medicamentos, cuya finalidad consiste en tener al día la lista de los medicamentos que se requieren en las instituciones del sector salud para atender los principales problemas de salud de la población mexicana.

En esta actualización, como en anteriores, se tomaron en cuenta medicamentos para atender enfermedades reumatológicas, y por ello se agregó al grupo 21 "Reumatología" el medicamento Infliximab, utilizado para el tratamiento de la enfermedad de Crohn y la espondilitis anquilosante, entre otras.

F. En cuanto al fondo del contenido de la iniciativa es preciso manifestar que la Ley General de Salud en su Título Quinto regula lo concerniente al tema que nos ocupa, la investigación para la salud, y en su artículo 96 establece que la investigación para la salud comprende el desarrollo de acciones que contribuyan:

Al conocimiento de los procesos biológicos y psicológicos en los seres humanos;
Al conocimiento de los vínculos entre las causas de enfermedad, la práctica médica y la estructura social;

A la prevención y control de los problemas de salud que se consideren prioritarios para la población;
Al conocimiento y control de los efectos nocivos del ambiente en la salud;

Al estudio de las técnicas y métodos que se recomienden o empleen para la prestación de servicios de salud, y
A la producción nacional de insumos para la salud.

En el mismo sentido, el artículo 160 de la propia ley establece que la Secretaría de Salud coordinará sus actividades con otras dependencias y entidades públicas y con los gobiernos de las entidades federativas, para la investigación, prevención y control de las enfermedades no transmisibles.

De lo anterior se desprende que en el texto de la ley ya se contempla la investigación de enfermedades degenerativas, dado que éstas entran dentro del género de las enfermedades no transmisibles, de conformidad con el texto de la Ley General de Salud, máxime que su investigación también se ajusta a los supuestos establecidos en el citado artículo 96.

Por lo anteriormente expuesto los integrantes de las Comisiones dictaminadoras con las atribuciones que les otorga el artículo 73 fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como los artículos 45 numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior de los Estados Unidos Mexicanos, ponemos a consideración el siguiente:

Acuerdo.

Único. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley General de Salud, presentada por el diputado Jesús Martínez Álvarez, del grupo parlamentario del Partido Convergencia, el 6 de octubre de 2005.

La Comisión de Salud

Diputados: José Ángel Córdova Villalobos (rúbrica), José Javier Osorio Salcido, Pablo Anaya Rivera (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar, Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), María del Rocío Jaspeado Villanueva (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Maki Esther Ortiz Domínguez (rúbrica), Francisco Rojas Toledo (rúbrica), María Salomé Elyd Sáenz (rúbrica), Jesús Aguilar Bueno, Marco Antonio García Ayala, Jaime Fernández Saracho, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Isaías Soriano López, Rosa Hilda Valenzuela Rodelo (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez, Martín Remigio Vidaña Pérez, Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Julio Boltvinik Kalinka, Martha Lucía Mícher Camarena, Irma Sinforina Figueroa Romero, José Luis Naranjo y Quintana (rúbrica), Raúl Piña Horta, María Angélica Ramírez Luna.
 
 

DE LAS COMISIONES UNIDAS DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, Y DE SEGURIDAD SOCIAL, CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE DESECHA LA INICIATIVA QUE REFORMA EL ARTÍCULO 304 Y ADICIONA EL ARTÍCULO 304 E DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social les fue turnada para su estudio y dictamen iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 304 y adiciona el artículo 304 E de la Ley del Seguro Social, presentada por los diputados Elizabeth Yáñez Robles y Manuel Ignacio López Villarreal, integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados del miércoles 29 de septiembre de 2004.

En atención a ello, y de conformidad con las atribuciones que les otorgan los artículos 39, numerales 1 y 3, y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 60, 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social someten a consideración de esta honorable asamblea, el siguiente

Dictamen

Antecedentes

1. Con fecha 29 de septiembre de 2004, se presentó por los diputados Elizabeth Yáñez Robles y Manuel Ignacio López Villarreal, integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 304 y adiciona el artículo 304 E de la Ley del Seguro Social.

2. En la misma fecha, la Presidencia de la H. Cámara de Diputados dictó el siguiente trámite: "Túrnese a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social".

3. Con fecha 10 de noviembre de 2004, la Presidencia de la Comisión de Seguridad Social remitió el oficio número CSS-881/04 mediante el cual se solicita al Ejecutivo federal su opinión a dicha iniciativa.

4. La Unidad de Enlace Legislativo de la Subsecretaría de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, remitió a la Comisión de Seguridad Social, mediante Oficio No. SEL/UEL/DGAEGFSC/0158/05 de fecha 4 de febrero de 2005, la opinión vigente del Ejecutivo federal respecto a la iniciativa en comento.

Previo estudio y análisis, se procedió a elaborar el presente dictamen.

Contenido de la iniciativa

1. La iniciativa en comento tiene como propósito otorgar beneficios a patrones y demás sujetos obligados que sean omisos en el cumplimiento de la obligación que la Ley del Seguro Social les impone, de cubrir cuotas a su cargo, considerando para este supuesto que el monto de la multa a que fueran acreedores no excederá del 40 por ciento y que además por pronto pago se reducirá otro 10 por ciento. Adicionalmente, se propone descontar en un 50 por ciento el cobro de multas cuando el infractor sea un patrón de las micro o pequeñas empresas. Por último, en la adición establece condiciones para que se le condonen multas al infractor.

El texto de la reforma propuesta al artículo 304 y la adición del artículo 340 E es el siguiente:

Artículo 304.- Cuando los patrones y demás sujetos obligados realicen actos u omisiones, que impliquen el incumplimiento del pago de los conceptos fiscales que establece el artículo 287, serán sancionados con multa del cuarenta al cien por ciento del concepto omitido; excepto cuando se trate de omisión en el pago de las cuotas, en cuyo caso, la multa no excederá del cuarenta por ciento del monto de la cuota omitida.

Tratándose de la omisión en el pago de las cuotas, exclusivamente, el monto de la multa no excederá del diez por ciento del monto de la cuota omitida, cuando el infractor la entere dentro de los diez días hábiles siguientes a aquel en que la autoridad le notifique haber descubierto la infracción y le haya impuesto la sanción correspondiente.

Para efecto de considerar la gravedad de la falta en la imposición de la sanción respectiva, se tomarán en consideración los siguientes criterios:

a) La naturaleza propia del acto u omisión;
b) El número de trabajadores involucrados por la acción u omisión;

c) El importe del crédito fiscal omitido, y
d) La capacidad económica del infractor.

Adicionalmente la multa se reducirá en un 50% cuando el infractor sea un patrón de micro o pequeñas empresas en la fecha que se cometió la infracción.

Artículo 304 E. Cuando con motivo del ejercicio de facultades de comprobación, las autoridades del Instituto Mexicano del Seguro Social hubiesen determinado la omisión total o parcial del pago de cuotas obrero-patronales, el infractor podrá solicitar la condonación de la multa correspondiente, siempre y cuando acredite haber cumplido con los siguientes requisitos:

I.- Haber presentado los avisos, declaraciones y demás información que establece la Ley del Seguro Social y sus reglamentos, correspondientes a sus tres últimos ejercicios anuales.

II.- Que no se determinaron diferencias a su cargo en el pago de cuotas obrero-patronales superiores a un 10%, respecto de las que hubiese autodeterminado, en caso de que las autoridades del Seguro Social hubieran ejercido facultades de comprobación respecto de cualquier de los tres últimos ejercicios anuales.

III.- En el caso de que esté obligado a dictaminarse para efectos del Seguro Social, no se hubieran observado omisiones respecto del cumplimiento de sus obligaciones, o habiéndose hecho éstas hubiesen sido corregidas por el Contribuyente.

IV.- No estar sujeto al ejercicio de una o varias acciones penales, por delitos previstos en el capítulo III del Título Sexto de la Ley del Seguro Social o no haber sido condenado por esos delitos.

Las autoridades del Seguro Social una vez que se cercioren que el infractor cumple con los requisitos a que se refiere este artículo condonarán en su totalidad el monto de las multas por infracciones a la Ley del Seguro Social.

La condonación de la multa se condicionará a que el adeudo sea pagado ante las oficinas autorizadas, dentro de los 10 días hábiles siguientes a aquel en que se le haya notificado la resolución respectiva.

2. En la exposición de motivos, los promoventes justifican estas medidas porque consideran que el monto de las sanciones vigentes afectan a las micro y pequeñas empresas, las que además desarrollan sus actividades en condiciones económicas adversas.

CONSIDERACIONES

1. Para su análisis, las Comisiones que presentan este dictamen contaron con la opinión vigente del Ejecutivo federal, misma que fue solicitada por la Presidencia de la Comisión de Seguridad Social, mediante oficio CSS-881/04 del 10 de noviembre de 2004, y que fue remitida a dicha Comisión el 4 de febrero de 2005, mediante Oficio No. SEL/UEL/311/DGAEGFSC/0158/05, por la Unidad de Enlace Legislativo de la Subsecretaría de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.

Dicha comunicación contiene las opiniones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

2. En opinión del IMSS, la iniciativa omite considerar que entre los conceptos fiscales que se establecen en el artículo 287 de la Ley del Seguro Social, independientemente de los gastos realizados por el Instituto por inscripciones improcedentes y los que tenga derecho a exigir de las personas no derechohabientes están las cuotas, los capitales constitutivos, su actualización y los recargos.

Artículo 287. Las cuotas, los capitales constitutivos, su actualización y los recargos, las multas impuestas en los términos de esta Ley, los gastos realizados por el Instituto por inscripciones improcedentes y los que tenga derecho a exigir de las personas no derechohabientes, tienen el carácter de crédito fiscal. El pago de estas obligaciones es de primordial importancia para el IMSS, ya que se aplican para cubrir las prestaciones y servicios que otorga el Instituto a sus derechohabientes, por lo que su incumplimiento afecta su oportuno ejercicio. Además, debe evitarse que se pueda dar un efecto inverso al que se pretende conseguir al generar incumplimientos ante los reducidos montos de las sanciones.

El Instituto señala que las modificaciones propuestas implican un triple beneficio a los patrones y demás sujetos obligados infractores. En primer término, se reduce el monto de la multa al 40 por ciento, cuando se trate de omisión en el pago de cuotas; en segundo lugar, en este mismo supuesto, el monto se disminuye al 10 por ciento de la cuota omitida, cuando el infractor la entere dentro de los 10 días hábiles siguientes a aquel en que la autoridad le notifique haber descubierto la infracción y le haya impuesto la sanción correspondiente; finalmente, si la multa impuesta se paga dentro de los 15 días hábiles siguientes al de su notificación, la multa se reduce en un 20 por ciento, conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 189 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización:

Artículo 189. Las multas impuestas deberán ser pagadas dentro de los quince días hábiles siguientes a su notificación.

En el caso de que la multa se pague dentro del plazo señalado en el párrafo anterior, ésta se reducirá en un veinte por ciento de su monto, sin necesidad de que la autoridad que lo impuso dicte una nueva resolución.

...

De acuerdo a lo expuesto, se presentarían casos de patrones infractores, omisos en el pago de las cuotas a su cargo, a las que se aplicaría por ese hecho, multa por el 40 por ciento del concepto omitido, monto que se reduciría al 10 por ciento de la cuota omitida, sobre el cual además tendría una reducción de un 20 por ciento, por lo que en última instancia cubriría, por concepto de multa, el 8 por ciento de la cuota que omitió.

Si adicionalmente, añade el IMSS, se considera el beneficio que se pretende otorgar a las micro y pequeñas empresas, resultaría que al reducirse el monto de la multa en un 50 por ciento, como se consigna en la iniciativa, cubriría el infractor únicamente el 4 por ciento del concepto omitido.

En tal virtud, concluye en este aspecto la opinión institucional del IMSS, independientemente de que se podrían provocar distintas interpretaciones y en consecuencia controversias, respecto de la procedencia de aplicar o no la disposición reglamentaria citada, concomitantemente a las de la ley, se considera que no sería procedente la reforma en los términos en que se plantea, ya que se afectaría sensiblemente al IMSS y beneficiaría de forma desmedida a los patrones.

Por lo que se refiere a la adición del artículo 304 E, que regula lo relativo a la condonación de las multas, es conveniente señalar que los legisladores no toman en cuenta las disposiciones del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización aplicables ni los lineamientos que para tal efecto ha emitido el Consejo Técnico del IMSS.

El artículo 194 de dicho reglamento señala que:

Artículo 194. La condonación de las multas que hayan quedado firmes, y siempre que un acto administrativo conexo no sea materia de impugnación, se realizará en la forma y términos que señale el Consejo Técnico del Instituto. Por su parte, el Consejo Técnico, mediante acuerdo 187/2003, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de julio de 2003, aprobó, entre otros, los lineamientos siguientes: Sexto.- Para los efectos de la aplicación de los presentes lineamientos, el superior jerárquico de los subdelegados del Instituto, es el jefe de Servicios de Afiliación y Cobranza de la delegación correspondiente o de las unidades administrativas que los sustituyan. Séptimo. - La condonación será resuelta considerando los antecedentes del patrón o sujeto obligado en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales ante el Instituto, durante el año anterior, contado a partir de la fecha en que se notificó la multa cuya condonación se solicita, de conformidad a lo establecido en los presentes lineamientos. Octavo.- La solicitud de condonación deberá contar con los datos y la documentación indicada a continuación: I. Nombre, denominación o razón social del patrón o sujeto obligado; número de registro patronal ante el Instituto; y domicilio fiscal; II. El número de crédito, periodo y la fecha de notificación de la multa, indicando el por ciento de condonación que solicita en términos de estos lineamientos; y III. Acompañar los documentos con los que se acredite la personalidad del promovente, así como los correspondientes al cumplimiento de las condiciones respectivas señaladas en los lineamientos sexto y séptimo de este instrumento jurídico. Cuando no se cumplan los requisitos a que se refiere este lineamiento, se requerirá al solicitante a fin de que en un plazo de 10 días hábiles cumpla con el requisito omitido. En caso de no subsanarse la omisión en dicho plazo, la solicitud se tendrá por no presentada. Noveno.- Se condonará la multa en un cien por ciento, cuando el patrón o sujeto obligado, cumpla con las dos condiciones siguientes: I. No tener créditos fiscales de los señalados en el artículo 287 de la ley vencidos o exigibles o bien, que en caso de tener créditos fiscales de los antes mencionados en la fecha de la solicitud de condonación, acompañe a ésta los documentos con los que se demuestre fehacientemente su improcedencia, o bien, que exista por parte del Instituto autorización de prórroga para el pago en parcialidades o diferido, y II. Haber pagado en términos del artículo 39 de la ley las cuotas obrero patronales, durante el año anterior señalado en el punto séptimo de este lineamiento; Décimo.- Se condonará la multa en el por ciento que se indica en los casos siguientes: I. El 60% cuando el patrón cumpla con las condiciones de la fracción I del lineamiento noveno, y II. El 40% cuando el patrón cumpla con las condiciones de la fracción II del lineamiento noveno. Décimo Primero.- La condonación que se haya autorizado de la multa en los casos señalados en el lineamiento décimo, quedará sin efectos sin necesidad de resolución alguna, si no se efectúa el pago del importe no condonado dentro del plazo de cinco días hábiles, contado a partir del día hábil siguiente al en que surta efectos la notificación de la resolución de condonación. De igual forma quedará sin efectos sin necesidad de resolución alguna, la condonación total o parcial que se hubiere otorgado teniendo en cuenta la autorización de prórroga para el pago de los créditos fiscales adeudados, a que se refiere la fracción I del punto noveno del presente lineamiento, cuando se incumpla con los términos de dicha autorización. La solicitud de condonación no constituye instancia por lo que las resoluciones que dicte el Instituto al respecto no podrán ser impugnadas por los medios de defensa que establece la ley. Como puede apreciarse, existen notables diferencias entre las disposiciones que proponen los legisladores en materia de condonación de multas y los lineamientos emitidos por el Consejo Técnico con el fin de garantizar plenamente los intereses del IMSS, fundamentalmente por lo que se refiere a requisitos y porcentajes del monto de la multa objeto de condonación.

Por otra parte, según la opinión del IMSS, no se considera procedente elevar a rango de ley las disposiciones que regulan con detalle aspectos relacionados con los conceptos referidos en el párrafo anterior, que deben ser materia de normas de menor jerarquía, que permitan flexibilidad en su contenido y modificación. Aquí, es pertinente considerar que por esta razón, tratándose de infracciones a disposiciones fiscales, distintas a las establecidas en la Ley del Seguro Social, el artículo 74 del Código Fiscal de la Federación, faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para condonar las multas correspondientes, apreciando discrecionalmente las circunstancias del caso y los motivos que tuvo la autoridad que impuso la sanción:

Artículo 74.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá condonar las multas por infracción a las disposiciones fiscales, inclusive las determinadas por el propio contribuyente, para lo cual apreciará discrecionalmente las circunstancias del caso y, en su caso, los motivos que tuvo la autoridad que impuso la sanción.

La solicitud de condonación de multas en los términos de este artículo, no constituirá instancia y las resoluciones que dicte la Secretaría de Hacienda y Crédito Público al respecto no podrán ser impugnadas por los medios de defensa que establece este Código.

La solicitud dará lugar a la suspensión del procedimiento administrativo de ejecución, si así se pide y se garantiza el interés fiscal.

Sólo procederá la condonación de multas que hayan quedado firmes y siempre que un acto administrativo conexo no sea materia de impugnación.

En conclusión, por las consideraciones expuestas, el Instituto estima que la reforma planteada no es jurídicamente procedente.

3. Las consideraciones de la STPS respecto a la iniciativa objeto del presente dictamen son vertidas por la Subsecretaría de Desarrollo Humano para el Trabajo Productivo y consisten en lo siguiente:

El IMSS tiene carácter de organismo fiscal autónomo, por lo que cuenta con facultades para recaudar, administrar, y en su caso, determinar y liquidar las cuotas correspondientes a los seguros establecidos en la Ley del Seguro Social. Además, en caso de incumplimiento a las disposiciones legales, puede imponer las sanciones a que hubiere lugar.

La STPS estima que las sanciones previstas en diferentes ordenamientos, como es el caso de las contempladas en la Ley del Seguro Social, son las consecuencias jurídicas que se producen por la violación de la norma, y tienen por objeto reestablecer el orden legal o evitar una futura violación al mismo.

La iniciativa de mérito pretende incorporar un artículo 304 E que prevé que cuando, con motivo del ejercicio de facultades de comprobación, las autoridades del IMSS hubiesen determinado la omisión total o parcial del pago de cuotas obrero patronales podrá solicitar la condonación de la multa correspondiente, siempre y cuando acredite haber cumplido ciertos requisitos.

Esta propuesta resulta contradictoria con el artículo 304 C, en virtud de que el esquema de sanciones contempla la posibilidad de que no se impongan multas cuando se cumplan en forma espontánea las obligaciones patronales:

Artículo 304 C. No se impondrán multas cuando se cumplan en forma espontánea las obligaciones patronales fuera de los plazos señalados por la Ley o cuando se haya incurrido en infracción por caso fortuito o fuerza mayor. Se considerará que el cumplimiento no es espontáneo en el caso de que:

I. La omisión sea descubierta por el Instituto;

II. La omisión haya sido corregida por el patrón después de que el Instituto hubiere notificado una orden de visita domiciliaria, o haya mediado requerimiento o cualquier otra gestión notificada por el mismo, tendientes a la comprobación del cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad social, y

III. La omisión haya sido corregida por el patrón con posterioridad a los 15 días siguientes a la presentación del dictamen por contador público autorizado ante el Instituto, respecto de actos u omisiones en que hubiere incurrido y que se observen en el dictamen.

Inclusive, el Código Fiscal de la Federación, en su artículo 73, contiene un esquema similar al que utiliza la Ley del Seguro Social, ya que prevé que no se impondrán multas cuando se cumplan en forma espontánea las obligaciones fiscales fuera de los plazos señalados por las disposiciones fiscales o cuando se haya incurrido en infracción a causa de fuerza mayor o de caso fortuito. Artículo 73.- No se impondrán multas cuando se cumplan en forma espontánea las obligaciones fiscales fuera de los plazos señalados por las disposiciones fiscales o cuando se haya incurrido en infracción a causa de fuerza mayor o de caso fortuito. Se considerará que el cumplimiento no es espontáneo en el caso de que:

I. La omisión sea descubierta por las autoridades fiscales.

II. La omisión haya sido corregida por el contribuyente después de que las autoridades fiscales hubieren notificado una orden de visita domiciliaria, o haya mediado requerimiento o cualquier otra gestión notificada por las mismas, tendientes a la comprobación del cumplimiento de disposiciones fiscales.

III. La omisión haya sido subsanada por el contribuyente con posterioridad a los diez días siguientes a la presentación del dictamen de los estados financieros de dicho contribuyente formulado por contador público ante el Servicio de Administración Tributaria, respecto de aquellas contribuciones omitidas que hubieren sido observadas en el dictamen.

Siempre que se omita el pago de una contribución cuya determinación corresponda a los funcionarios o empleados públicos o a los notarios o corredores titulados, los accesorios serán, a cargo exclusivamente de ellos, y los contribuyentes sólo quedarán obligados a pagar las contribuciones omitidas. Si la infracción se cometiere por inexactitud o falsedad de los datos proporcionados por los contribuyentes a quien determinó las contribuciones, los accesorios serán a cargo de los contribuyentes.

4. El pago de las cuotas obrero patronales constituye la principal fuente de recursos para que el IMSS garantice la prestación de servicios y el pago de prestaciones en dinero que contempla el Seguro Social. Para que estos recursos se recaben íntegramente, una de las medidas de control prevista en la ley es la imposición de multas cuando los patrones incumplan con el pago de obligaciones tales como cuotas, capitales constitutivos, su actualización y los recargos correspondientes.

La sanción tiene como objeto disuadir al patrón o a sujeto obligado de incurrir en el incumplimiento de las obligaciones fiscales a su cargo. Lo anterior es congruente con el hecho de que aparte del proceder de aquél, el Instituto tiene la obligación de prestar al trabajador y sus beneficiarios los servicios a su cargo, por lo que debe tener un financiamiento suficiente para cumplir con su responsabilidad. Además, con la imposición de multas, se defiende al sistema contributivo cuando que, dados los alcances de la medida sancionadora se pretende igualar a todos los obligados a cumplir con la ley de manera oportuna y correcta.

La falta de disponibilidad y la reducción de recursos que implicaría la aplicación de las modificaciones propuestas afectarían las finanzas del Seguro Social, en la medida en que la reducción de las sanciones por el incumplimiento en el pago de cuotas representaría no sólo una pérdida de recursos injustificable para una institución con tantas necesidades como es el IMSS, sino que además enviaría una señal negativa a los patrones que sí cumplen con el pago oportuno de cuotas.

Además, el argumento de que menores sanciones constituirían un estímulo fiscal a las micro y pequeñas empresas olvida que la nueva Ley del Seguro Social, vigente desde el 1 de julio de 1997, contempló una reducción en las obligaciones de los patrones y trabajadores, con el pretendido fin de ampliar la cobertura del IMSS y fomentar la generación del empleo formal. La evidencia, después de casi 8 años de vigencia, no demuestra que esto se haya dado pues sigue predominando la informalidad en el mercado de trabajo y el Seguro Social no ha ampliado sustancialmente su cobertura.

5. Por otro lado, la iniciativa propone limitar el monto de la multa para la omisión de cuotas, para que se imponga un máximo de 10 por ciento, y considerar un descuento en la sanción de 50 por ciento, si el infractor es patrón de una micro o pequeña empresa.

Las Comisiones que presentan este dictamen consideran que no deben establecerse acciones específicas o situaciones de excepción para un sector dentro de la ley. En este sentido, el pretender incorporar en la redacción de la ley una concesión especial para este tipo de empresas significaría la discriminación del resto. La propuesta contenida en la iniciativa en comento iría clara y abiertamente en contra del principio de equidad de toda contribución, principio que radica en la igualdad ante la ley de todos los sujetos pasivos de un tributo, los que en tales condiciones deben recibir un tratamiento idéntico en lo concerniente a hipótesis de causación de las contribuciones.

Conclusiones

Las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social que suscriben el presente dictamen, coinciden en que la iniciativa en comento afectaría las finanzas del IMSS y contiene elementos contrarios a los principios de equidad y cumplimiento puntual de las contribuciones para el financiamiento de la seguridad social.

La iniciativa de mérito introduciría además contradicciones con leyes, reglamentos y disposiciones administrativas vigentes, además de constituir un precedente negativo que desalentaría a los patrones que cumplen con rigor el pago de sus aportaciones al régimen obligatorio comprendido en la Ley del Seguro Social.

Por estas razones, a juicio de las Comisiones que emiten el presente dictamen, las propuestas plasmadas en esta iniciativa no pueden dictaminarse en sentido positivo.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, con fundamento en los artículos 39, 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente:

Acuerdo

Único.- No es de aprobarse la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 304 y adiciona el artículo 304 E de la Ley del Seguro Social, presentada por los diputados Elizabeth Yáñez Robles y Manuel Ignacio López Villarreal, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados del 29 de septiembre de 2004.

Salón de Sesiones de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, Palacio Legislativo de San Lázaro, México, D. F., a los 16 días del mes de marzo de dos mil seis.

Por la Comisión de Seguridad Social

Diputados: Miguel Alonso Raya (rúbrica), Roberto Javier Vega y Galina (rúbrica), Concepción Olivia Castañeda Ortiz (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Manuel Pérez Cárdenas, Pablo Anaya Rivera (rúbrica), José Mario Wong Pérez (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Jaime Fernández Saracho, David Hernández Pérez (rúbrica), Armando Neyra Chávez (rúbrica), Oscar Martín Ramos Salinas (rúbrica), Alfonso Rodríguez Ochoa (rúbrica), Rogelio Rodríguez Javier, Martín Carrillo Guzmán (rúbrica), Roberto Colín Gamboa (rúbrica), Israel Raymundo Gallardo Sevilla (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Miguel Ángel Llera Bello (rúbrica), Juan Francisco Molinar Horcasitas (rúbrica), Carlos Noel Tiscareño Rodríguez (rúbrica), Tomás Antonio Trueba Gracián (rúbrica), Agustín Rodríguez Fuentes, Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica), Francisco Javier Carrillo Soberón, Rocío Sánchez Pérez (rúbrica), Emilio Serrano Jiménez, Francisco Amadeo Espinosa Ramos (rúbrica).

Por la Comisión de Trabajo y Previsión Social

Diputados: Enrique Burgos García (rúbrica), Presidente; Mayela Quiroga Tamez (rúbrica), secretaria; Graciela Larios Rivas (rúbrica), secretaria; María del Carmen Mendoza Flores (rúbrica), secretaria; Sergio Álvarez Mata, secretario; Agustín Rodríguez Fuentes, secretario; Miguel Alonso Raya (rúbrica), José Guillermo Aréchiga Santamaría, Pedro Ávila Nevárez, Francisco Javier Carrillo Soberón (rúbrica), Marko Antonio Cortés Mendoza, Tomás Cruz Martínez (rúbrica), Blanca Eppen Canales (rúbrica), Fernando Espino Arévalo, Pablo Franco Hernández (rúbrica), Marco Antonio García Ayala, José García Ortiz, Francisco Grajales Palacios, Víctor Flores Morales, Salvador Márquez Lozornio (rúbrica), Carlos Mireles Morales (rúbrica), Armando Neyra Chávez (rúbrica), Ángel Pasta Muñuzuri, Pablo Pavón Vinales (rúbrica), Juan Pérez Medina, Sergio Arturo Posadas Lara (rúbrica), José Felipe Puelles Espina (rúbrica), Ricardo Rodríguez Rocha (rúbrica), Margarita Zavala Gómez del Campo.
 
 

DE LA COMISIÓN DE CULTURA, CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE DESECHA LA INICIATIVA QUE REFORMA EL PUNTO UNO DEL ARTÍCULO 4 DE LA LEY DE FOMENTO A LA LECTURA Y EL LIBRO

Honorable Asamblea:

La Comisión de Cultura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 60, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente:

Dictamen

Antecedentes

En sesión celebrada el 20 de octubre de 2005, fue turnada a la Comisión de Cultura para su estudio y dictamen, la iniciativa que reforma el punto uno del artículo 4 de la Ley de Fomento par la Lectura y el Libro, presentada por el diputado Francisco Amadeo Espinosa Ramos, integrante del grupo parlamentario del Partido del Trabajo.

La iniciativa que se dictamina fue presentada ante el Pleno de esta H. Cámara el día 20 de octubre de 2005, y una vez que la Mesa Directiva constató que la Iniciativa fue publicada en tiempo y forma en la Gaceta Parlamentaria y que cumple con los requisitos para ser admitida a discusión, la turnó a esta Comisión de Cultura para los efectos conducentes.

Consideraciones

A. En el proceso de estudio y análisis de la iniciativa, la comisión encontró argumentos esgrimidos en la exposición de motivos que dan razones para dictaminar en sentido negativo, consecuentemente para preparar proyecto de dictamen para someter a consideración del pleno de la Comisión

B. Esta modificación a la ley es loable, sin embargo la manera en que se pretende dar un mayor impulso al fomento de la lectura en nuestro país se considera que no es el adecuado.

En virtud de que el planteamiento de la reforma obliga a la Secretaria de Educación Pública a proporcionar a cada educando del nivel básico, un paquete de doce libros, situación que podría rebasar las posibilidades de la misma manera y en consecuencia transgredir la propia norma, en caso de aprobarse de esta manera. De igual forma dicha reforma plantea que el paquete de libros también sea dirigido a docentes y padres de familia amen de que estos sean también los que supervisen y definan las estrategias para el desarrollo de habilidades del lectura, escritura e investigación, las cuales son el fondo de la iniciativa presente, situación que previamente se debe de programar y planear con expertos en la materia. Además que esta situación es muy ambigua, puesto que, lo que se necesita son mecanismos técnico-educativos para acercar a los educandos a un mayor interés por la lectura en nuestro país. En este sentido se considera que para tratar de cumplir esta disposición la obligación de definir estrategias es a través de programas específicos de la Secretaria de Educación Pública, que sea obligatorios para el nivel básico de educación y sus responsables de operarlos sea el Estado, sus entidades federativas y municipios, amén de otrosorganismos que participan en esta tarea, de conformidad con la Ley General de Educación.

C. Lo anterior, obedece a que en la reforma planteada no basta con la simple dotación de libros a los educandos, ya que con esta situación no se garantiza que estos por el simple hecho de recibirlos se conviertan en lectores.

D. Aunado a lo anterior, comenta esta Comisión que actualmente existe en el Gobierno Federal programa "Hacia un País de Lectores", dicho programa cuenta con varios directrices destacando las "Salas de Lectura", las cuales han ayudado a una parte de la población mexicana para el acercamiento a la lectura.

E. La Comisión dictaminadora comparte el criterio expresado en la iniciativa, en el sentido de que en nuestro sistema jurídico, la Educación Pública es una función que ha estado presente como preocupación central del Estado mexicano, y que el carácter laico, gratuito y obligatorio, que ahora tiene ha sido producto de luchas que ha liberado la nación a través de su historia y que no obstante hoy por hoy se suma la crisis que padecemos en el ámbito de la lectura. Como expresión de la crisis global de nuestro sistema educativo.

F. La Comisión comparte también la preocupación expresada en la iniciativa por los rezagos y retos de la educación nacional en materia de calidad, financiamiento del servicio, equidad de género, eficiencia del sistema, exclusión en los niveles medio superior y superior, el bajo porcentaje de gasto de las familias en la educación de sus hijos debido a los problemas de pobreza y marginalidad que enfrenta el país, así como por las consecuencias que todo esto implica para el desarrollo personal y nacional; por lo que en el campo de la lectura estamos en los últimos lugares a nivel mundial, porque solo leemos 2.8 libros al año en promedio por cada mexicano. En cambio se hace una comparación con Japón, Noruega y Canadá entre otros países que ocupan los primeros lugares a nivel mundial con promedio per cápita de 47 títulos al año.

G. Argumenta el diputado proponente que con razón en la importancia que han revestido para el desarrollo educativo del país la implantación generalizada de los libros de texto gratuitos para la educación primaria, como lo ilustra la lucha que en estos momentos desarrolla el pueblo español, en el sentido de que, para hacer realidad la educación gratuita en este país, el Estado proporcione en los niveles educativos obligatorios libros gratuitos.

H. En virtud de lo anterior, la iniciativa se acompaña de un proyecto de decreto para reformar el punto uno del artículo 4 la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro:

I. En ese tenor, el 13 de febrero de 1959 la Presidencia de la República emitió el Decreto de creación de la Comisión Nacional de Libros de Textos Gratuitos, bajo los siguientes considerandos:

Adolfo López Mateos. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en el ejercicio de las facultades que me otorga la fracción I del articulo 89 de la Constitución Federal y el tercer párrafo del artículo 22 de la Ley Orgánica de la Educación Pública, reglamentaria de los artículos 3º _ 31 fracción I. 73 fracciones X y XXV y 123º fracción XII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

Considerando I°: Que, según lo disponen las fracciones VI y VII del artículo 3º de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, la Educación Primaria impartida por el Estado -Federación, Estados y Municipios - ha de ser, además de obligatoria, gratuita;

Considerando 2º: Que dicha gratuidad sólo será plena cuando además de las enseñanzas magistrales los educandos reciban, sin costo alguno para ellos, los libros que les sean indispensables en sus estudios y tareas, circunstancia esta última, prevista en el apartado 3º del artículo 22 de la Ley Orgánica de la Educación Pública, del 31 de diciembre de 1941;

Considerando 3º Que las incidencias con que la situación económica mundial ha venido reflejándose en las escalas de precios del mercado mexicano hacen cada día más oneroso, particularmente entre determinadas clases sociales, el adquirir los libros de textos escolares;

Considerando 4º : Que mientras los libros de texto sean materia de actividad comercial resulta indefensible -pues surge entonces la tendencia a diversificarlos- que en sus características y precios influya el interés económico de los distintos sectores que los producen, los cuales, también por la naturaleza de las cosas, se multiplican, y que, inversamente, sometida la producción de dichos libros a las solas decisiones de un organismo extraño a los afanes de lucro, eso los abaratará en cuantía suficiente para que el Estado tome y soporte sobre si la carga de proporcionarlos gratis y

Considerando 5º: Que al recibir gratuitamente los educandos sus textos, y esto no como una gracia, sino por mandato de ley, se acentuará en ellos el sentimiento de sus deberes hacia la patria de la que algún día serán ciudadanos.

J. Estos mismos considerandos prevalecen en el decreto de 20 de febrero de 1980, por el que se crea la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos como organismo público descentralizado.

K. La Comisión coincide con la Iniciativa el argumento en el sentido de que los libros de texto gratuitos, con toda la importancia que revisten para hacer realidad la gratuidad de la educación en México, es ya una medida insuficiente para garantizar condiciones que permitan a los estudiantes garantizar su permanencia en el sistema, ante la realidad económica de la mayoría de las familias mexicanas.

L. Sin embargo, una política de este tipo, no puede ser extensiva en relación con un paquete de doce libros para alumnos cuyas familias estén en posibilidades de adquirirlos, sin incurrir en el grave riesgo de otorgar beneficios a quienes pueden cubrir estos gastos, habiendo en puerta necesidades apremiantes y de mayor envergadura que cubrir, como es el caso de la universalización de los libros y materiales para la educación secundaria y preescolar obligatorias.

M. Se considera prioritario ampliar la política de libros de texto gratuitos a los tres niveles de la educación básica obligatoria, que por mandato constitucional y por justicia debe ser gratuita, pero como se hace hasta ahora a través de programas compensatorios de la Secretaría de Desarrollo Social y de la Secretaría de Educación Pública a través del Consejo Nacional de Fomento Educativo (Conafe).

Por lo que la Comisión de Cultura considera que no es de aprobarse la iniciativa con proyecto de decreto.

Por lo anteriormente expuesto los integrantes de esta Comisión de Cultura de la LIX Legislatura, someten a consideración de la honorable asamblea el siguiente:

Acuerdo

Único.- No es de aprobarse la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el punto uno del artículo 4 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, presentada por el Dip. Francisco Amadeo Espinosa Ramos, el día 20 de octubre de 2005.

La Comisión de Cultura

Diputados: Filemón Primitivo Arcos Suárez Peredo (rúbrica), Presidente; José Antonio Cabello Gil (rúbrica), María Elba Garfias Maldonado (rúbrica), Paulo José Luis Tapia Palacios (rúbrica), secretarios; Lilia Isabel Aragón del Rivero (rúbrica), José Guillermo Aréchiga Santamaría, Laura Reyes Retana Ramos (rúbrica), Moisés Jiménez Sánchez (rúbrica), Florencio Collazo Gómez, Alfonso Juventino Nava Díaz, Evelia Sandoval Urbán, Abel Echeverría Pineda, Marco Antonio Torres Hernández (rúbrica), Jesús María Ramón Valdez, Patricia Flores Fuentes, María Salomé Elyd Sáenz (rúbrica), María Viola Corella Manzanilla (rúbrica), Norberto Enrique Corella Torres (rúbrica), Carla Rochín Nieto (rúbrica), Pablo Antonio Villanueva Ramírez (rúbrica), Bernardo Vega Carlos, Blanca Eppen Canales, Bernardo Loera Carrillo (rúbrica), Inti Muñoz Santini (rúbrica), Marbella Casanova Calam, Rafael Candelas Salinas, Rafael Flores Mendoza (rúbrica), Francisco Diego Aguilar, Pablo Franco Hernández, Leonardo Álvarez Romo.
 
 

DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CON PUNTOS DE ACUERDO POR LOS QUE SE DESECHA LA INICIATIVA QUE REFORMA EL ARTÍCULO 125 DE LA LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS

Honorable Asamblea:

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 60, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a la consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente:

DICTAMEN

Antecedentes

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales le fue turnado para su estudio y Dictamen el expediente que contiene la Iniciativa que reforma el Artículo 125 de la Ley general para la Prevención y Gestión para la Prevención y gestión Integral de los Residuos, presentada por el Diputado Hidalgo Contreras Covarrubias, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el día 14 de febrero de 2006.

Tomando como base los elementos de información disponibles así como la propuesta multicitada, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales se abocó al estudio para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados, bajo las siguientes:

Consideraciones

De los antecedentes y de la exposición de motivos de la iniciativa que nos ocupa, se desprende que "durante mucho tiempo, el derecho de las personas a un medio ambiente adecuado ha sido un tema prioritario en nuestro país; el constante desarrollo industrial y la constante actividad económica en todos sus rubros han dado lugar a la generación de un número mayor de residuos peligrosos que, en consecuencia, aumentan el riesgo de salud en nuestros habitantes.

Las adecuaciones del marco legal nos han llevado sin duda a perfeccionar nuestras normas y procurar un desarrollo sustentable, fundado en la prevención de la generación, valorización y gestión integral de residuos peligrosos, de los residuos sólidos urbanos y de un manejo especial para prevenir la contaminación de sitios con estos residuos y llevar a cabo su remediación.

En este contexto, la participación ciudadana ha sido básica para que las autoridades ambientales localicen los lugares que están siendo contaminados o que ya sufren de elementos nocivos que ponen en riesgo la salud pública. En tal circunstancia, es necesario precisar con mayor amplitud la participación de los ciudadanos para presentar su denuncia ante las autoridades correspondientes.

El artículo 125 de la Ley General para la Prevención y Gestión de Residuos, contenido en el Capítulo IV del Título Séptimo de dicho ordenamiento, establece que tanto las personas, grupos sociales, organizaciones no gubernamentales, asociaciones o la misma sociedad podrá denunciar todo hecho, acto u omisión que produzca o pueda producir desequilibrio ecológico, daños al ambiente, a los recursos naturales o a la salud.

En este contexto, la denuncia popular representa uno de los instrumentos legales más adecuados para abarcar un universo más amplio en cuanto a la vigilancia de quien o quienes infringen la ley causando daños al ambiente y poniendo en riesgo la salud de las personas.

No obstante que el numeral 125 antes mencionado si bien resulta genérico y abstracto, técnicamente adolece de falta de claridad, ya que no establece el tiempo posterior al que el ciudadano tiene para denunciar un hecho o conducta ilícita en materia ambiental.

Es decir, en la práctica principalmente en las zonas rurales del país se han estado registrando tiraderos clandestinos de residuos peligrosos, incluso en predios particulares cuyos propietarios se dedican a ocultar o enterrar dichos residuos en barrancas o depósitos no autorizados, con el consecuente peligro de daño ecológico a mantos freáticos y otros elementos naturales.

Estas actividades, por sólo mencionar algunas, deben ser denunciadas, pero por desconocer la fecha en que el ilícito se cometió o por razón de que el depósito clandestino de residuos ocurrió hace meses o algunos años, los ciudadanos no denuncian ya que las autoridades señalan que esos hechos ocurrieron hace mucho tiempo.

Para que no quede duda, tanto a ciudadanos como a las instancias ecológicas del Estado, debemos darle claridad a dicho dispositivo, señalando que en todo tiempo podrá denunciarse todo hecho o conducta que propicie un riesgo a la salud en términos de la ley antes citada, sin importar el tiempo en que éstos hayan sucedido, dándole el seguimiento investigatorio administrativo por la instancia que corresponda, tomando en cuenta que la materia de protección al ambiente en prevención y gestión de residuos actualmente es ya de orden público e interés social, resultando además por disposición de ley que tanto las medidas, obras y acciones que sirvan para evitar el deterioro o la contaminación son de utilidad publica para la nación.

De tal suerte, resulta que para fomentar y alentar la denuncia popular y lograr más certeza de los ciudadanos en el ejercicio de este derecho se debe incluir en el texto vigente del numeral en comento que en todo tiempo que hubiere ocurrido el hecho delictivo al ser denunciado la autoridad le dará el trámite normal que prevé la ley adjetiva aplicable al caso"1

De la lectura y análisis de lo anterior, se desprende que la intención del diputado promovente es la dar certidumbre y seguridad jurídica a los habitantes de la República Mexicana, al fijar en esta Ley el tiempo en el que toda persona puede acudir a denunciar todo hecho, acto u omisión que pueda producir desequilibrio ecológico, ya que de no establecerse un tiempo dejaría a los sujetos motivo de la misma en un estado de incertidumbre jurídica e indefensión.

Sin embargo y de la lectura del mismo artículo motivo del presente dictamen se desprende que: dicho artículo en su ultima parte nos remite a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en cuento a la tramitación de la denuncia popular a que hace alusión el mismo; y en el Capitulo VII de la LGEEPA relativo a la Denuncia Popular, en su artículo 203 párrafo segundo señala que el termino para demandar la responsabilidad ambiental, será de cinco años contados a partir del momento en que se produzca el acto, hecho u omisión correspondiente, por lo que no es procedente el de aprobarse dicha reforma.

Es por las razones expuestas por las cuales la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, somete a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente:

Acuerdo

Primero.- Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 125 de la Ley General de Prevención y Gestión de los Residuos, presentada por el diputado Hidalgo Contreras Covarrubias del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, el 14 de febrero de 2006.

Segundo.- Archívese como asunto totalmente concluido.

Notas:
1 Cámara de Diputados del LIX Congreso de la Unión. Iniciativa con Proyecto de Reforma del Artículo 125 de la Ley General de Prevención y Gestión de los Residuos, Dip. Hidalgo Contreras Covarrubias, Exposición de motivos. 14 de febrero de 2006.

Salón de Sesiones de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a los 15 días del mes de marzo de 2006.

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Jacqueline Argüelles Guzmán (rúbrica), Presidenta; Francisco Javier Lara Arano (rúbrica), Roberto Aquiles Aguilar Hernández (rúbrica), Carlos Manuel Rovirosa Ramírez (rúbrica), José Luis Cabrera Padilla (rúbrica), secretarios; Irene Herminia Blanco Becerra, Raúl Leonel Paredes Vega (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), Lorena Torres Ramos (rúbrica), Mario Ernesto Dávila Aranda (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), María Guadalupe García Velasco, Guillermo Tamborrel Suárez, Bernardo Loera Carrillo (rúbrica), Óscar Rodríguez Cabrera (rúbrica), Julián Nazar Morales (rúbrica), Víctor Manuel Alcerreca Sánchez (rúbrica), Roberto Antonio Marrufo Torres (rúbrica), Óscar Félix Ochoa, Miguel Amezcua Alejo (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Jacobo Sánchez López (rúbrica), Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), Pascual Sigala Páez (rúbrica), Carlos Silva Valdés, María del Rosario Herrera Ascencio, Nancy Cárdenas Sánchez (rúbrica), Adrián Chávez Ruiz, Modesta Vázquez Vázquez (rúbrica).
 
 

DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CON PUNTOS DE ACUERDO POR LOS QUE SE DESECHA LA INICIATIVA QUE REFORMA EL ARTÍCULO 33 DE LA LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, le fue turnada para su análisis y dictamen la Iniciativa con proyecto de decreto para reformar el artículo 33 de la Ley General de Vida Silvestre, presentada por el Diputado Guillermo Velasco Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Esta Comisión, con fundamento en los artículos 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y demás relativos; somete a la consideración del Pleno de esta Honorable Asamblea, el presente Dictamen con Proyecto de Decreto, conforme a los siguientes:

ANTECEDENTES

1.- En sesión celebrada el día 04 de Noviembre de 2005 fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su análisis y dictamen, la Iniciativa con Proyecto de Decreto para reformar el artículo 33, de la Ley General de Vida Silvestre, presentada por el Diputado Guillermo Velasco Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Tomando como base la información disponible así como la propuesta multicitada, esta Comisión se abocó al estudio para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados, bajo los siguientes:

CONSIDERANDOS

I.- El Decreto pretende reformar el artículo 33 de la Ley General de Vida Silvestre, de tal forma que se mejoren las condiciones de los organismos puestos en cuarentena.

II.- Para el desahogo de la presente iniciativa de reforma, vale la pena considerar lo siguiente:

1.- Que nuestro país tiene un importante potencial agrícola y ganadero, de gran riqueza en flora y fauna silvestre y al mismo tiempo se encuentra libre de muchas de las enfermedades y plagas existentes en otras regiones del mundo.

Algunas enfermedades y plagas, como la encefalopatía espongiforme bovina (síndrome de las vacas locas), fiebre aftosa, gusano barrenador del ganado, akabane, leucosis viral bovina, enfermedad hemorrágica viral de los conejos, peste porcina africana, gorgojo khapra, palomilla oriental de la fruta, la cochinilla rosada y cabeza amarilla del camarón se han conseguido mantener fuera de nuestro país.

2.- Que con objeto fijar las bases para el diagnóstico, la prevención, control y erradicación de las enfermedades y plagas de los animales, con excepción de los que tengan como hábitat el medio acuático, se publico en el Diario Oficial de la Federación, el 18 de junio de 1993, la Ley Federal de Sanidad Animal.

3.- Que en su artículo segundo define:

Cuarentena de los animales: medida zoosanitaria basada en el aislamiento, observación y restricción de la movilización de animales, por la sospecha o existencia de una enfermedad o plaga de los mismos, sujeta a control.

Estación cuarentenaria: conjunto de instalaciones especializadas para el aislamiento de animales, donde se practican medidas zoosanitarias para prevenir y controlar la diseminación de enfermedades y plagas de los animales;

Trato humanitario: las medidas para evitar dolor innecesario a los animales durante su captura, traslado, exhibición, cuarentena, comercialización, aprovechamiento, entrenamiento y sacrificio;

4.- Que la Ley Federal de Sanidad Animal en la fracción VIII de su artículo 12 menciona: Las normas oficiales podrán comprender las siguientes medidas zoosanitarias: VII.- La cuarentena y el aislamiento;

5.- Que la citada Ley, cuenta con un Capitulo VI, de las Campañas y las Cuarentenas, mencionando en sus artículos:

Artículo 31: La Secretaría expedirá normas oficiales que establezcan las campañas y cuarentenas de animales necesarias.

Artículo 33.- Las normas oficiales que establezcan cuarentenas, además de fijar las medidas zoosanitarias a aplicarse, deberán determinar las siguientes zonas:

I.- Focal, que será el área dentro de la cual los animales infestados o infectados estarán sujetos a observación y aislamiento. Dichos animales, así como los insumos, materiales y equipo que hayan estado en contacto con ellos, no podrán ser movilizados sin autorización expresa de la Secretaría; y

II.- Perifocal, que será el área dentro de la cual se vigilará que no se presente la enfermedad o plaga, así como el cumplimiento de los requisitos que deberán observarse para la movilización de animales, sus productos y subproductos.

6.- Que Artículo 29 de la Ley General de Vida Silvestre menciona: Los Municipios, las Entidades Federativas y la Federación, adoptarán las medidas de trato digno y respetuoso para evitar o disminuir la tensión, sufrimiento, traumatismo y dolor que se pudiera ocasionar a los ejemplares de fauna silvestre durante su aprovechamiento, traslado, exhibición, cuarentena, entrenamiento, comercialización y sacrificio.

7.- Que el propio artículo 33 vigente de la Ley General de Vida Silvestre menciona: Cuando de conformidad con las disposiciones en la materia deba someterse a cuarentena a cualquier ejemplar de la fauna silvestre, se adoptarán las medidas para mantenerlos en condiciones adecuadas de acuerdo a sus necesidades.

8.- Que el 16 de agosto de 1994 se publicó en el Diario oficial de la Federación, la Norma Oficial Mexicana NOM-011-PESC-1993, para regular la aplicación de cuarentenas, a efecto de prevenir la introducción y dispersión de enfermedades certificables y notificables, en la importación de organismos acuáticos vivos en cualesquiera de sus fases de desarrollo, destinados a la acuacultura y ornato en los Estados Unidos Mexicanos.

9.- Que el 08 de Junio de 1998 se publicó en el Diario oficial de la Federación, la Norma Oficial Mexicana NOM-054-ZOO-1996, relativa a el establecimiento de cuarentenas para animales y sus productos.

10.- Que dicha Norma, en su numeral 7 menciona: Las instalaciones en las que se reciban a los animales para su permanencia en cuarentena, deben de estar previamente autorizadas por la Delegación Estatal de la Secretaría de la entidad federativa en la que se localicen dichas instalaciones, las cuales deben de tener por lo menos las siguientes características:

- Ubicación de fácil acceso y con caminos que conduzcan a éstas, transitables con seguridad en lo que respecta a la vialidad.

- Con infraestructura suficiente para alojar adecuadamente a la especie y cantidad de animales por cuarentenar.

- Que los materiales de las instalaciones en general permitan su desinfección, el aislamiento de animales y la aplicación de las medidas zoosanitarias correspondientes.

- Adaptaciones para el control de ingresos y egresos de animales, alimentos, implementos y personal.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, somete a la consideración del pleno de la H. Cámara de Diputados, el siguiente:

Primero.- Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto para reformar el artículo 33 de la Ley General de Vida Silvestre, toda vez que la modificación propuesta ya esta contemplada por otros ordenamientos.

Segundo.- Archívese como asunto totalmente concluido.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 15 días del mes de marzo de dos mil seis.

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Jacqueline Argüelles Guzmán (rúbrica), Presidenta; Francisco Javier Lara Arano (rúbrica), Roberto Aquiles Aguilar Hernández (rúbrica), Carlos Manuel Rovirosa Ramírez (rúbrica), José Luis Cabrera Padilla (rúbrica), secretarios; Irene Herminia Blanco Becerra, Raúl Leonel Paredes Vega (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), Lorena Torres Ramos (rúbrica), Mario Ernesto Dávila Aranda (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), María Guadalupe García Velasco, Guillermo Tamborrel Suárez, Bernardo Loera Carrillo (rúbrica), Óscar Rodríguez Cabrera (rúbrica), Julián Nazar Morales (rúbrica), Víctor Manuel Alcerreca Sánchez (rúbrica), Roberto Antonio Marrufo Torres (rúbrica), Óscar Félix Ochoa, Miguel Amezcua Alejo (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Jacobo Sánchez López (rúbrica), Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), Pascual Sigala Páez (rúbrica), Carlos Silva Valdés, María del Rosario Herrera Ascencio, Nancy Cárdenas Sánchez (rúbrica), Adrián Chávez Ruiz, Modesta Vázquez Vázquez (rúbrica).
 
 

DE LAS COMISIONES UNIDAS DE RELACIONES EXTERIORES Y DE POBLACIÓN, FRONTERAS Y ASUNTOS MIGRATORIOS, CON PUNTOS DE ACUERDO POR LOS QUE SE DESECHA LA INICIATIVA CON PROYECTO DE LEY SOBRE LOS DERECHOS DE LOS MIGRANTES

Honorable Asamblea:

Las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentan a la Honorable Asamblea el siguiente:

DICTAMEN

Antecedentes

A las Comisiones unidas de Relaciones Exteriores y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados, les fue turnado el pasado 12 de noviembre de 2002 para su estudio y dictamen, la iniciativa con proyecto de Ley sobre los Derechos de los Migrantes, presentada por el Dip. Víctor Emanuel Díaz Palacios, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Consideraciones

Aunque coincidimos, en lo general, con el espíritu del texto y con la necesidad de una iniciativa de ley que establezca los derechos que gozan los migrantes dentro del territorio nacional, creemos que constituye un primer esfuerzo con muchas limitaciones.

Desde su instalación, los integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores han demostrado su preocupación por la promoción y defensa de los derechos humanos de los migrantes, así como del pleno reconocimiento y ejercicio de sus garantías individuales consagradas por nuestra Carta Magna.

Prueba de ello, han sido los numerosos puntos de acuerdo propuestos por esta Comisión y aprobados por esta Soberanía relativos a la protección y salvaguarda del bienestar de nuestros migrantes mexicanos.

Estamos concientes, de que más de 150 millones de emigrantes trabajan y viven en un país diferente al suyo, representando el 2 por ciento de la población mundial.

La migración es así, un fenómeno mundializado y que atañe por igual a las naciones del norte, como las del sur; a los países desarrollados, y a los que están en vías de desarrollo.

Por una parte no solo ya la Ley General de Población faculta al CONAPO en las materias que pretende regular la iniciativa sino que la enumeración de los derechos y la enunciación de las categorías de migrantes se encuentra presente ya, por ejemplo, en la Ley de Nacionalidad, el Reglamento de la Ley General de Población y, más aún, en la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, instrumento ratificado el 8 de marzo de 1999 por el Senado de la República.

Hace falta una ley integral que establezca estos derechos y les de proyección, que reglamente su tutela y que contenga disposiciones adicionales y complementarias para su defensa y no una iniciativa que solo enumere derechos y fije exclusivamente responsabilidades sobre ellos al CONAPO.

Por lo anteriormente expuesto, las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, someten a la consideración de la Honorable Asamblea el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Se desecha la Iniciativa con Proyecto de de Ley sobre los Derechos de los Migrantes, presentada por el Dip. Víctor Emanuel Díaz Palacios, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LVIII Legislatura, el 12 de noviembre de 2002.

SEGUNDO.- Archívese el asunto, como total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 13 de octubre de 2004.

Comisión de Relaciones Exteriores

Diputados: Adriana González Carrillo (rúbrica), Presidenta; Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre, secretario; Carlos Jiménez Macías (rúbrica), secretario; Arturo Robles Aguilar (rúbrica), secretario; Jorge Martínez Ramos (rúbrica), secretario; Rodrigo Iván Cortés Jiménez (rúbrica), Ángel Juan Alonso Díaz Caneja (rúbrica), Humberto Cervantes Vega, José Alberto Aguilar Iñarritu, Sami David David, Homero Díaz Rodríguez (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar, José Luis Flores Hernández (rúbrica), Rogelio Alejandro Flores Mejía (rúbrica), Carlos Flores Rico, Blanca Gámez Gutiérrez (rúbrica), Fernando Alberto García Cuevas, Juan José García Ochoa (rúbrica), Isidoro Ruiz Argaiz, Alejandro González Yáñez, Francisco Javier Guizar Macías (rúbrica), Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Francisco Xavier López Mena, Alejandra Méndez Salorio (rúbrica), Guadalupe Morales Rubio, Sergio Penagos García (rúbrica), Cristina Portillo Ayala, Francisco Saucedo Pérez, Carlos Noel Tiscareño Rodríguez, Marco Antonio Torres Hernández (rúbrica).

Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios

Diputados: Juan Antonio Guajardo Anzaldúa (rúbrica), Presidente; Emilio Badillo Ramírez (rúbrica), secretario; Jaime Fernández Saracho, secretario; Ruth Trinidad Hernández Martínez (rúbrica), secretaria; Rosa María Avilés Nájera, secretaria; Fernando Álvarez Monje (rúbrica), Blanca Judith Díaz Delgado (rúbrica), Marco Antonio Gama Basarte, Alfonso Moreno Morán (rúbrica), Homero Ríos Murrieta, María Guadalupe Suárez Ponce, José Isabel Trejo Reyes, Marisol Vargas Bárcena, Carlos Osvaldo Pano Becerra, Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Jesús Zúñiga Romero, Laura Elena Martínez Rivera (rúbrica), Roberto Pedraza Martínez (rúbrica); Alfonso González Ruiz (rúbrica), Margarita Martínez López (rúbrica), Juan Manuel Vega Rayet (rúbrica); Julio César Córdova Martínez (rúbrica), Francisco Herrera León, Ricardo Rodríguez Rocha, Francisco Mora Ciprés (rúbrica), Elpidio Tovar de la Cruz (rúbrica), Reynaldo Valdés Manzo (rúbrica), Enrique Torres Cuadros (rúbrica), Ana Lilia Guillén Quiroz (rúbrica), María Ávila Serna.