Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 1851-I, jueves 29 de septiembre de 2005.


Dictámenes
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Dictámenes
DE LA COMISIÓN DEL DISTRITO FEDERAL, CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA UN SEGUNDO PÁRRAFO AL TRANSITORIO DÉCIMO PRIMERO DEL ARTÍCULO PRIMERO, DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL ESTATUTO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, DE LA LEY DE EXPROPIACIÓN Y DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, PUBLICADO EL 4 DE DICIEMBRE DE 1997, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Honorable Asamblea:

A la Comisión del Distrito Federal de la H. Cámara de Diputados, le fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa que adiciona un artículo decimoséptimo transitorio al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, presentada ante el pleno de la Cámara de Diputados en la sesión ordinaria del 5 de abril de 2004, por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

La Comisión del Distrito Federal, con fundamento en las atribuciones que le otorgan los artículos 39 numerales 1º y 3º; 43, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 89, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de los miembros de esta Honorable Asamblea, el presente dictamen bajo la siguiente:

METODOLOGÍA

La Comisión encargada del análisis y dictamen de la iniciativa mencionada anteriormente, desarrolla su trabajo conforme el procedimiento que a continuación se describe:

I. En el capítulo de "ANTECEDENTES" se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida iniciativa y de los trabajos previos de la Comisión.

II. En el capitulo correspondiente a "CONTENIDO DE LA INICIATIVA", se exponen los motivos y alcance de la propuesta de reformas y adiciones en estudio, así mismo, se hace una breve referencia de los temas que la componen.

III. En el capítulo de "CONSIDERACIONES", la Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la decisión de respaldar en lo general la iniciativa en análisis.

I. ANTECEDENTES 1. En sesión de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el día el 5 de abril de 2004, el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LIX Legislatura, con fundamento en las disposiciones contenidas en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentó la iniciativa que adiciona un articulo décimo séptimo transitorio al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

2. A su vez la Presidencia de la Mesa Directiva turnó en esa misma fecha la iniciativa en comento, a la Comisión del Distrito Federal de la Cámara de Diputados, para su estudio y dictamen.

3. Los integrantes de la Comisión, en diversas reuniones de trabajo, se encargaron de analizar y preparar el dictamen tomando en consideración las aportaciones de los Diputados de los diversos grupos parlamentarios integrantes de la misma.

4. Siendo presentado el resultado de estas deliberaciones en la sesión plenaria de la multicitada Comisión para su análisis, discusión y en su caso aprobación.

II. CONTENIDO DE LA INICIATIVA

En este apartado se exponen los motivos aducidos por el Grupo Parlamentario promovente de la iniciativa en estudio, respecto de la propuesta de adicionar un articulo decimoséptimo transitorio al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

En dicha iniciativa se señala, que el Instituto Electoral del Distrito Federal es el organismo público autónomo, depositario de la autoridad electoral y responsable de la función estatal de organizar las elecciones locales y los procedimientos de participación ciudadana.

Agrega que el Instituto Electoral del Distrito Federal es un organismo de carácter permanente, independiente en sus decisiones, autónomo en su funcionamiento y profesional en su desempeño, con personalidad jurídica y patrimonio propios.

Dicho Instituto tiene su domicilio y ejerce sus funciones en todo el territorio del Distrito Federal por medio de un Consejo General que es el órgano superior de dirección del mismo; además esta integrado por los Órganos ejecutivos y técnicos; por un órgano desconcentrado en cada uno de los Distritos Electorales uninominales en que se divide el Distrito Federal; los órganos de vigilancia; y las mesas de casilla.

Sus fines y acciones estarán orientadas a contribuir el desarrollo de la vida democrática, preservar el fortalecimiento del régimen de Partidos Políticos, asegurar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones, garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes de los Órganos de Gobierno Legislativo y Ejecutivo del Distrito Federal, así como la celebración de los procedimientos de participación ciudadana y preservar la autenticidad y efectividad del sufragio.

Agrega que en este sentido, la Ciudad de México ha experimentado importantes cambios en su vida política durante los 10 años recientes. En 1993, a partir de la experiencia acumulada en casi 6 años de representación a través de la Asamblea se reformó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para permitir la promulgación de un Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, que permitiera normar las relaciones políticas en esta ciudad. Así, en 1994, el Congreso de la Unión expidió el primer Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

Asimismo la reforma constitucional de mediados de 1996 tuvo un enorme impacto en las estructuras de gobierno de la ciudad. Se incrementaron las facultades de la Asamblea Legislativa que ahora está integrada por Diputados, con atribuciones suficientes para crear y modificar los ordenamientos legales que norman la vida cotidiana de los capitalinos. Además, se determinó que a partir de 1997 y el año 2000, respectivamente, el Jefe de Gobierno y los responsables de las demarcaciones políticas que la conforman serán electos por voto universal, secreto y directo.

Señala que en julio de 1997, los capitalinos elegimos a los Diputados de la Asamblea Legislativa y al Jefe de Gobierno, en un ejercicio ciudadano de gran participación y sentido democrático. Desde entonces, la Legislatura se dio a la tarea de adecuar las normas jurídicas que rigen la vida política de la ciudad y, en noviembre de 1997, aprobó y envió al Congreso de la Unión una iniciativa de reforma al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal la cual fue aprobada y se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 1997.

Este nuevo Estatuto sentó las bases para la promulgación de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal y del Código Electoral del Distrito Federal. Estos ordenamientos dan vida y rigen las actividades del IEDF y establecen las normas para la participación democrática de la ciudadanía en la toma de decisiones que tienen que ver con la vida política de la Ciudad de México.

Constitucionalmente la Ciudad de México es el Distrito Federal, la capital de la República, el asiento de los poderes del Gobierno Federal, con una naturaleza diferente a las Entidades Federativas, es decir, fue concebido por el constituyente como una demarcación territorial en la que existía una injerencia directa sobre su gobierno y soberanía de los poderes de la Unión.

En la confección de nuestras leyes fundamentales de 1824, 1857 y 1917, uno de los debates que tuvieron más controversia fue la de discutir el lugar de residencia de los poderes federales; la existencia sobre los derechos políticos de los habitantes de la Ciudad; y el régimen de coexistencia entre los poderes federales y los poderes del Estado.

Por lo anterior, el constituyente permanente decidió que el gobierno para el Distrito Federal debería funcionar de manera diferente, a los gobiernos de los Estados de la República.

Es así como el Gobierno del Distrito Federal quedó integrado por autoridades a las que se les encomendó el cumplimiento de las funciones legislativas, administrativas y judiciales, que son los actos inherentes a todo gobierno. Destacamos que para el Distrito Federal no se crearon poderes locales, encargados de las funciones antes señaladas, sino que fue el propio Gobierno Federal quien se hizo cargo de manera directa o delegada de dichas funciones.

En el caso de la función legislativa, quedó a cargo del H. Congreso de la Unión, por lo que éste adquirió una doble naturaleza, en la medida de estaba investido de facultades para expedir leyes para toda la República; al mismo tiempo, tenía la facultad para expedir leyes para el Distrito Federal, lo que significa que además de ser el Congreso de la Unión, fue el Congreso Local del Distrito Federal.

Sin embargo, lo anterior como bien lo sabemos, es en forma parcial, ya que el Distrito Federal sigue dependiendo del Congreso de la Unión, toda vez que éste tiene la facultad de legislar en lo relativo al Distrito Federal con excepción de las materias expresamente conferidas a la Asamblea.

En ese orden, podemos afirmar que la Asamblea Legislativa se rige bajo el principio de que las materias que no estén expresamente definidas por la Constitución Federal a la ASAMBLEA LEGISLATIVA, se entienden reservadas a la Federación, en este caso al Congreso de la Unión. Jurídicamente el Congreso de la Unión pudo expedir el Estatuto de Gobierno, por consecuencia, puede reformar el mismo.

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que en los siguientes párrafos que integran el presente capítulo, analizaremos los diferentes argumentos y estudios realizados por esta Comisión dictaminadora referentes al tema que nos ocupa, tales como el aspecto técnico, político y jurídico del mismo.

SEGUNDO. Que la Comisión coincide, que los Consejeros del Instituto Electoral del Distrito Federal tienen el mandato de coadyuvar al desarrollo de la vida democrática en la Ciudad de México, el fortalecimiento del régimen de Partidos Políticos, la promoción de los derechos político-electorales de los ciudadanos y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones, la celebración periódica y de manera pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes de los Órganos de Gobierno Legislativo y Ejecutivo del Distrito Federal, así como de los procedimientos de participación ciudadana.

Es decir por disposición estatutaria expresa es facultad del IEDF, organizar ejecutar y calificar las elecciones locales en el Distrito Federal.

Y consideramos que es, en este último punto, donde los diputados federales, debemos ser sumamente cuidadosos de que en el Distrito Federal se realicen de manera eficaz y ordenada, la renovación de los poderes locales, renovación que se realizará el 2 de julio del 2006. Fecha en la será necesario contar con un cuerpo colegiado maduro en la toma de decisiones, las cuales, sin duda, determinarán el futuro democrático y político de la Ciudad.

TERCERO. Que de acuerdo con la opinión que emitida en el juicio de revisión constitucional electoral por la sala superior con el número SUP-JRC-411/2000. de acuerdo con el Diccionario de la Lengua Española, vigésima primera edición, Real Academia Española, 1992, pagina 1005, el termino fundamental significa: "Que sirve de fundamento o es lo principal de una cosa", Asimismo, el término fundamento se define como: "1. Principio y cimiento en que estriba y sobre el que se apoya un edificio u otra cosa. (?) 3.- Razón principal o motivo con que se pretende afianzar y asegurar una cosa. (...)".

Así, bien se puede definir el término fundamental como lo esencial, lo más importante de una cosa.

Para el objeto de esta opinión, la "cosa" estaría identificada con el sistema electoral.

El fin principal de todo sistema electoral consiste en la renovación periódica de sus órganos de gobierno. Para alcanzar dicho fin, es necesario que la legislación prevea las bases del sistema electoral, como pueden ser, por ejemplo, los sujetos que intervienen en las contiendas electorales (partidos políticos, ciudadanos, órganos encargados de la organización de las elecciones, etcétera), la manera en que participarán dichos sujetos en las contiendas electorales y los derechos o atribuciones, obligaciones y fines de cada uno, etcétera. En ese orden de ideas, las bases fundamentales del sistema electoral serán aquellas que sirvan de cimiento a dicho sistema.

En México, de acuerdo con lo previsto en los artículos 41, segundo párrafo, 115, fracciones I y VIII y 116, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el fin primordial del sistema electoral es la renovación de los poderes Legislativo y Ejecutivo, así como de los ayuntamientos, a través de elecciones libres, auténticas y periódicas.

Para el cumplimiento de ese fin, lo propios articulo señalan las bases sobre las que descansa el sistema electoral mexicano. A esas bases debe sujetarse toda la legislación electoral, incluso la de los estados, tal como lo dispone el artículo 116, base IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Lo anterior conduce a afirmar, que las bases previstas en los artículos 41, segundo párrafo, 115, fracciones I y VIII y 116, fracción IV, de la Carta Magna son las fundamentales para nuestro sistema electoral, en virtud de que, sin ellas, tal sistema carecería de los elementos necesarios para su funcionamiento.

CUARTO. Que así tenemos, que de acuerdo con los preceptos citados, el sistema electoral mexicano se relaciona con los siguientes elementos capitales:

a) La renovación de los poderes Legislativo y Ejecutivo, así como de los ayuntamientos, ya que respecto a esta actividad recae el objeto del sistema electoral.

b) Los partidos políticos, porque es a través de dichas entidades de interés público como, entre otras cosas, se promueve la participación del pueblo en la vida democrática y se hace posible el acceso de los ciudadanos al ejercicio del poder público.

c) Los elementos necesarios para que los partidos políticos lleven a cabo sus actividades, ya que con ellos, dichos institutos políticos cumplen con los fines para los que fueron creados.

Dentro de estos elementos cabe resaltar al financiamiento público, pues a través de él, entre otras cosas, se busca la independencia de los partidos políticos, respecto de presiones corporativas o ilegales que podrían proceder de centros o grupos de poder (económico, social e institucional), para lo cual, el Estado dota a esas entidades de interés público de recursos financieros, por vías transparentes, públicas y por fórmulas predeterminadas, de manera tal, que les permitan llevar a cabo sus funciones. d) El organismo público encargado de organizar las elecciones, En virtud de que tal órgano tiene a su cargo todas las actividades inherentes a las elecciones, las cuales debe realizar sujetándose a los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.

e) El sistema de medios de impugnación, pues a través de éste es como se controla que todos los actos provenientes del sistema electoral se sujeten a los principios de constitucionalidad y legalidad.

En consecuencia, cualquier modificación que se haga con relación a dichos conceptos debe catalogarse como fundamental, en virtud de que con ella se alterarían las bases que sirven de cimiento al sistema electoral mexicano y para el caso que nos ocupa el sistema electoral del Distrito Federal.

Por tanto el cambio de los consejeros electorales tienen el carácter de fundamental en el proceso electoral del 2006 y éste se daría dentro del mismo, patentizando que con tales modificaciones se conculca el principio de certeza rector de la materia electoral.

QUINTO. Que al dar cumplimiento a lo estipulado en el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y el Código Electoral del Distrito Federal respecto de la renovación de este Consejo al inicio del año 2006 (15 de enero), será poco el tiempo que tendrán los nuevos encargados, para comprender y aplicar las necesidades que devienen de su nuevo encargo, además, tendrán la inherente responsabilidad de organizar, vigilar, conducir y sancionar el proceso electoral que elegirá Jefe de Gobierno, Delegados y Diputados Locales, mismo que hubo de iniciar en octubre del 2005.

SEXTO. Que la responsabilidad en esta materia, no es exclusiva de las autoridades locales, es el Congreso de la Unión, el responsable en esta materia y garante de la buena ley, que otorgue certidumbre a la ciudadanía, en el ámbito electoral.

Esto es así, porque debemos atender a la conformación y naturaleza jurídica del Distrito Federal, misma que difiere con la de las Entidades Federativas, en cuanto que no tiene con una Constitución propia y detenta cierta dependencia del Gobierno Federal, en el caso que nos ocupa del Congreso de la Unión.

SÉPTIMO. Que la Comisión dictaminadora considera que es necesario entender los antecedentes de la conformación del Distrito Federal a efecto de estar en posibilidad de justificar plenamente la presentación de esta iniciativa que adiciona un segundo párrafo al articulo décimo primero del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 04 de diciembre de 1997 y su trascendencia en la solución del problema planteado, ello claro ésta derivado de la renovación del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal.

OCTAVO. Que otro aspecto fundamental y al que no podemos sustraernos es el contenido del inciso f) de la fracción II en su tercer párrafo del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que a la letra dice:

... "Las leyes electorales federal y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse y durante el mismo no podrá haber modificaciones legales fundamentales". De ahí que no pedemos caer en el error de realizar una interpretación aislada y conceptual, sino que ésta debe efectuarse con una visión más amplia e integral, es decir considerando el sentido y contenido de esta disposición, podemos inferir que realizar la renovación de los Consejeros del Instituto Electoral del Distrito Federal cuando el proceso electorales encuentra en marcha seria un contrasentido, respecto de lo que dispone nuestra Ley suprema, pues se estaría consumando una modificación fundamental que podría poner en serios predicamentos el desarrollo y resultado del multicitado proceso, por lo que los integrantes de ésta dictaminadora creemos que es necesario subsanar ésta inconsistencia de la legislación secundaria a efecto de sentar las bases para que la contienda del 2006 y demás que devienen, se den en condiciones de objetividad y certeza jurídica, que otorguen la credibilidad y confianza a la institución responsable de su organización y ejecución.

NOVENO. Que así también es importante destacar que el Artículo 120, del Código Electoral del Distrito Federal, establece que "La renovación de las autoridades legislativa y ejecutiva de carácter local, así como de los titulares de los órganos político-administrativo de las demarcaciones territoriales, se realizará mediante elecciones libres, auténticas y periódicas. Son principios rectores de la función electoral en el Distrito Federal los de imparcialidad, legalidad, objetividad, certeza e independencia. La emisión del sufragio será universal, libre, secreta y directa".

Por lo que, quienes integramos la Comisión del Distrito Federal entendemos que no debemos apartarnos del camino que hemos elegido para renovar nuestros poderes constitucionales, otorgando la certeza y credibilidad plena a quienes ejercen su derecho al voto, demostrándoles que las personas que están vinculadas directamente con las elecciones en nuestro país y por supuesto en el Distrito Federal cuentan tanto con capacidad como con la experiencia necesaria para poderlos llevar al termino con una expectativa de transparencia y legalidad que no deje escollos en el camino.

De ahí que como lo cita el artículo arriba enunciado los principios rectores para la realización de elecciones se deben tomar en cuenta par tener la seguridad de contar con las personas adecuadas, que tengan la experiencia y pericia que la función requiere, hecho que nos dará como resultado una mayor objetividad y confianza en su trabajo, ello claro esta en beneficio de todos los que habitamos en el Distrito Federal, por eso el aplazar la renovación de los consejeros electorales del Distrito Federal, hasta después de los comicios electorales de julio del 2006, es un acto de elemental responsabilidad que hoy debemos aprobar, en pro de coadyuvar y consolidar una gran institución como el Instituto Electoral del Distrito Federal y la democracia que en torno al mismo venimos construyendo.

DÉCIMO. Que por ultimo es preciso aclarar que la adición de un articulo decimoséptimo como lo propone el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en su iniciativa, es preciso redefinirla toda vez que el artículo decimoséptimo transitorio del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal es de la reforma de julio de 1994, por lo tanto ésta dictaminadora en un afán propositivo y dada la trascendencia que la propuesta conlleva, considera pertinente que la adición, se realice pero al articulo décimo primero transitorio del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 04 de diciembre de 1997.

UNDÉCIMO.- Que la aprobación del presente dictamen conlleva a la eventual reforma de diversas disposiciones jurídicas de orden local, mismas que son competencia de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y que en consecuencia habrían de realizarse.

Por lo anteriormente expuesto y derivado del análisis y estudio hecho a la iniciativa presentada por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, los integrantes de la Comisión del Distrito Federal, consideramos que es de aprobarse en los términos aquí planteados, por lo que hoy sometemos a la consideración de la Honorable Cámara de Diputados el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA UN SEGUNDO PÁRRAFO AL TRANSITORIO DÉCIMO PRIMERO DEL ARTÍCULO PRIMERO, DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL ESTATUTO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL; DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS; DE LA LEY DE EXPROPIACIÓN Y DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, PUBLICADO EL 04 DE DICIEMBRE DE 1997 EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN.

Artículo Único.- Se adiciona un segundo párrafo al transitorio décimo primero del artículo primero, del decreto por el que se reforman adicionan y derogan diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos; de la Ley de Expropiación y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado el 04 de diciembre de 1997, en el Diario Oficial de la Federación, para quedar como sigue:

Décimo Primero. .........

Los Consejeros que actualmente integran el Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal, durarán en su cargo hasta el 31 de diciembre del 2006.

TRANSITORIOS

Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal.

Los CC. diputados que integran la Comisión del Distrito Federal:

Diputados: José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Fernando Espino Arévalo (rúbrica), Marco Antonio Gutiérrez Romero (rúbrica), Ernesto Herrera Tovar (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández, Alfredo Gómez Sánchez (rúbrica), Rubén Maximiliano Alexander Rábago (rúbrica), Filemón Primitivo Arcos Suárez Peredo (rúbrica), Pablo Bedolla López, Roberto Rafael Campa Cifrián (rúbrica), Roberto Colín Gamboa (rúbrica), Nancy Cárdenas Sánchez, Francisco Diego Aguilar, Federico Döring Casar (rúbrica), Patricia Garduño Morales (rúbrica), Fernando Fernández García (rúbrica), Víctor Ernesto González Huerta (rúbrica), Magdalena Adriana González Furlong (rúbrica), Jorge Legorreta Ordorica (rúbrica), Susana Guillermina Manzanares Córdova, Horacio Martínez Meza, Fidel René Meza Cabrera, María de los Dolores Padierna Luna, Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Miguel Ángel Toscano Velasco, Jorge Triana Tena (rúbrica), Roberto Javier Vega y Galina (rúbrica).
 
 
 

DE LAS COMISIONES UNIDAS DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, Y DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 26 Y 73, FRACCIÓN XXIX-D, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

HONORABLE ASAMBLEA:

A las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y dictamen la Minuta Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 26 y 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 40 y 44 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 56, 60, 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente:

DICTAMEN.

I. Del Proceso Legislativo.

A) En sesión celebrada el 13 de febrero de 2002, por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, la Diputada Miroslava García Suárez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los párrafos séptimo y octavo al artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde propone establecer el derecho de los ciudadanos a disponer de la información generada por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática y la obligación de éste de publicarla en los términos de ley, misma que fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente.

B) En sesión celebrada el 22 de octubre de 2002, por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, el Diputado Manuel Espino Barrientos, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 26 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde propone establecer la facultad del Congreso de la Unión para establecer las bases de coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios en el Sistema Nacional de Información Geográfica y Estadística, también sugiere otorgar autonomía presupuestal y de gestión al Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, misma que fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente.

C) En sesión celebrada en fecha 15 de diciembre de 2003 por la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Población y Desarrollo, de Estudios Legislativos y de Estudios Legislativos Primera, presentaron el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 26 y 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En la precitada sesión, el Pleno de la H. Cámara de Senadores discutió y aprobó el dictamen en comento.

D) Con fecha 15 de diciembre de 2003, la H. Cámara de Senadores envió a la H. Cámara de Diputados la Minuta Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 26 y 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

E) En sesión celebrada el 18 de diciembre de 2003, la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, turnó la Minuta a la Comisión de Puntos Constitucionales y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su estudio y dictamen.

F) En reuniones de la Comisión de Puntos Constitucionales, celebradas el 7 de agosto del 2002 y el 19 de diciembre del año 2003 se dio trámite de recibo correspondientes a las iniciativas enunciadas en los incisos A) y B) de este apartado.

En reunión de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Hacienda y Crédito Público, celebrada el 28 de abril del 2004 se dio trámite de recibo correspondiente a la Minuta enunciada en el inciso C) de este apartado.

G) En sesión de la Comisión de Puntos Constitucionales, celebrada el 27 de enero de 2004, existiendo el quórum reglamentario, el Pleno de dicho Órgano Colegiado determinó la integración de una Subcomisión Específica para el estudio de la Minuta referida y las Iniciativas relacionadas con objeto de integrar el proyecto de dictamen correspondiente para ser sometido a su consideración, mismo que fue aprobado por la Subcomisión.

H) Con fecha 12 de mayo del año 2004, en sesión de Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Hacienda y Crédito Público, existiendo el quórum reglamentario, fue aprobado el presente dictamen, por lo que se pone a consideración de esa Soberanía para su discusión y resolución constitucional.

II. Materia de las Iniciativas y la Minuta.

La Minuta aprobada por la H. Cámara de Senadores y las iniciativas presentadas en la H. Cámara de Diputados, coinciden en el propósito de reformar el texto Constitucional a fin de otorgar autonomía al Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática.

Esto logrará que el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, sea un organismo caracterizado por su independencia política y especialización técnica, a fin de que la información estadística y geográfica generada sea imparcial y objetiva.

La iniciativa enunciada en el inciso A) del capítulo referente al proceso legislativo considera otras posibles reformas, por lo que estas dictaminadoras solamente incluyen la materia de este dictamen, para que los otros temas puedan ser incluidos en dictámenes posteriores.

III. Valoración de las Iniciativas y la Minuta.

En términos generales, estas comisiones coinciden con la Minuta aprobada por del H. Senado de la República, en la necesidad de contar con un organismo caracterizado por su independencia política y especialización técnica y que esté a cargo de la información estadística y geográfica de interés nacional. Lo anterior, toda vez que una verdadera Reforma del Estado exige que las decisiones en materia de información, de disponibilidad de los datos y el acceso público a ellos, estén sometidas siempre a criterios que trasciendan a los intereses partidistas y se caractericen por su objetividad y transparencia. En consecuencia, la propuesta de dotar al Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática de autonomía en el ejercicio de sus funciones y el propósito de fortalecer su carácter institucional, mediante la atribución de competencias que le permitan garantizar la objetividad de la información gubernamental -a partir del diseño de la metodología, de sus estudios y levantamientos estadísticos y geográficos, hasta la integración final de los resultados obtenidos y su difusión- es evaluada en términos positivos por estas comisiones.

Asimismo, se coincide en que una sociedad cada vez más compleja y en continuo proceso de transformación, requiere del fortalecimiento de las labores de captación, procesamiento y divulgación de la información estadística y geográfica de interés nacional, para estar en condiciones de brindar a todos los sectores del país -público, privado, social, académico y profesional- información objetiva y confiable como base para la toma de sus decisiones.

Estas dictaminadoras también estiman acertado que al frente del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática esté una Junta de Gobierno integrada por cinco miembros, cuya designación esté a cargo del Presidente de la República, sujeta a la aprobación del Senado; asimismo, que el desempeño de su encargo sea por periodos cuya duración y escalonamiento coadyuven al ejercicio independiente de sus funciones. Por lo que se refiere al personal al servicio del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática se considera necesario que este organismo cuente con el personal técnico y profesional adecuado para el ejercicio de sus funciones.

Por lo que se refiere a la protección de los derechos laborales, estas comisiones coincide con la Colegisladora en el imperativo de respetar tales derechos. En el mismo sentido, consideramos necesario señalar expresamente que el régimen laboral de los trabajadores del nuevo organismo continuará siendo el dispuesto por el apartado B del artículo 123 constitucional.

Finalmente, en materia de técnica legislativa, esta comisiones coinciden con la Colegisladora en ubicar la reforma como un apartado B del artículo 26 constitucional; aunque consideramos pertinente señalar expresamente que se adiciona un apartado A que habrá de contener el texto vigente del artículo 26 constitucional.

No obstante lo anterior, derivado de la cuidadosa lectura de la Minuta aprobada por la H. Cámara de Senadores, así como del análisis de las iniciativas mencionadas, se ha considerado conveniente proponer un nuevo texto de reforma constitucional que busca contribuir a dar una mayor claridad y precisión a su contenido a fin de garantizar la eficacia normativa del proyecto propuesto por la Colegisladora. Las consideraciones que sustentan el texto que se propone son las siguientes:

Primera. En el marco del sistema federal debe advertirse que el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática no es el único productor de información estadística y geográfica del país, sino que existen múltiples instancias en los distintos niveles de gobierno que generan información para el ejercicio de sus atribuciones o como resultado de las mismas; es por ello, que el marco jurídico vigente para la generación de información estadística y geográfica, en nuestro país, descansa en una operación coordinada a través de los Sistemas Nacionales Estadístico y de Información Geográfica, haciendo indispensable la existencia de una normatividad común.

A partir del escenario descrito, estimamos ineludible que los datos contenidos en el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, sean considerados oficiales y, para el caso del Gobierno Federal, Gobiernos de los Estados, del Distrito Federal y de los Municipios, de uso obligatorio en los términos que establezca la ley general que en su momento apruebe el H. Congreso de la Unión.

En el mismo sentido, estas dictaminadoras consideran conveniente que la unidad central a cargo del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, cuente con las atribuciones necesarias para proporcionar, de forma eficiente, los datos oficiales en materia de información estadística y geográfica de interés nacional, de manera confiable y oportuna, con la finalidad de que se garantice a los usuarios de los sectores público, social y privado el acceso a la información.

Segunda. Aún y cuando en los considerandos del proyecto elaborado por la Colegisladora se establece que se responsabiliza al Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática "de los sistemas estadísticos y geográficos", debe destacarse que en el texto de la Minuta no se prevé la existencia de un Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica. Al respecto, estas comisiones, estiman indispensable prever expresamente en el texto constitucional la existencia del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica para que, a través de él, se coordinen las competencias para la captación, procesamiento y publicación de la información estadística y geográfica de interés nacional, generada por las unidades productoras de información de los distintos niveles de gobierno.

Adicionalmente, del estudio de diversas experiencias en el ámbito internacional, así como de la propia experiencia nacional, se desprende que la producción centralizada de información se enfrenta a grandes dificultades para generar la información estadística y geográfica con el nivel de desagregación y oportunidad que demandan tanto el sistema federal, en sus ámbitos sectorial y regional, como los diversos segmentos de la sociedad. Por ello, se considera conveniente que sea a través de la Ley que en su momento expida el H. Congreso de la Unión, en dónde se regulen las materias siguientes: a) el contenido del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica; b) las unidades que deban formar parte de él; c) la naturaleza del organismo que deberá fungir como unidad central coordinadora y normativa del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica; y d) la distribución de competencias y responsabilidades de las unidades del Sistema para la captación, producción, procesamiento, presentación y difusión de la información.

Por todo lo anterior, consideramos aconsejable avanzar en el fortalecimiento de las facultades del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, como unidad central coordinadora del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, que le permitan estar en condiciones de regular eficazmente a todas las unidades productoras de información que integren dicho Sistema en la captación, procesamiento y publicación de información. Se estima indispensable que en el primer párrafo del texto propuesto para el Apartado B del artículo 26 Constitucional, se precise el carácter de "oficial" a los datos que genere el multicitado sistema, y de uso obligatorio para el propio Estado Mexicano, es decir: Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios. (Connotación del Artículo 3º Constitucional).

Tercera. En relación con la integración de la Junta de Gobierno, se considera necesario para garantizar la autonomía de sus integrantes que éstos sólo puedan ser removidos de su cargo por causa grave, y que no puedan desempeñar ningún otro empleo cargo o comisión, con excepción de los no remunerados en instituciones docentes, científicas, culturales o de beneficencia. Por lo que se refiere a la duración del encargo, a los requisitos técnicos y profesionales que deban cumplir los servidores públicos, así como el procedimiento para la designación del titular de la Junta de Gobierno del organismo, serán establecidos en la Ley que en su momento expida el H. Congreso de la Unión.

Con el propósito de coadyuvar al ejercicio responsable de la función pública, podrán los miembros de la Junta de Gobierno sujetarse a lo dispuesto por el Titulo Cuarto de la Constitución.

Cuarta. El tema presupuestario adquiere especial relevancia a la luz de los propósitos de dotar al INEGI de autonomía en el ejercicio de sus atribuciones. Por ello, se propone que, en los términos de las disposiciones aplicables, se asegure la libre administración de su presupuesto y se establezca la no transferencia y la suficiencia de recursos públicos. Lo anterior, con el propósito de que el organismo pueda ejecutar las acciones previstas en los planes y programas que formule de conformidad con lo que disponga la ley a que se refiere el apartado B del artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Quinta. Consideramos indispensable que en el texto constitucional se consagren como principios rectores de la ley general que en su momento dicte el Congreso para establecer las bases del funcionamiento del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, los de accesibilidad a la información, transparencia, objetividad e independencia.

Sexta. A efecto de no modificar el texto vigente del artículo 108 Constitucional, se propone que la referencia a la posibilidad de que los miembros de la Junta de Gobierno sean sujetos de lo dispuesto por el Titulo Cuarto de la Constitución, se inscriba en el mismo texto del artículo 26 de la Constitución, en el apartado B.

Séptima. Se propone reformar la fracción XXIX-D del artículo 73 Constitucional, para otorgar facultad explícita al H. Congreso de la Unión, para legislar, no sólo en materia de planeación nacional del desarrollo económico y social, sino también en materia de información, estadística y geográfica de interés nacional.

Octava. En cuanto a los artículos transitorios de la Minuta con Proyecto de Decreto en comento, vale la pena homologar la denominación del organismo que se constituye, particularmente en sus artículos SEGUNDO, que precisa la denominación "Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática". Con respecto a los: CUARTO, SÉPTIMO y OCTAVO que le denominan: "Instituto Nacional de Geografía, Estadística e Informática".

Finalmente, corresponde señalar que las dictaminadoras convienen en que las decisiones de los distintos actores de la vida nacional, siempre serán más eficaces y trascendentes si se basan en información veraz, objetiva, transparente e independiente; busca también que con esta propuesta de reformas constitucionales, la información producida en el marco del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, en su ámbito, se convierta en un indicador confiable, permanente, accesible a todos los ciudadanos sobre el estado que guarda la administración pública y el país en su conjunto. Lo anterior, permitirá medir el avance y los resultados de los planes y programas de gobierno, así como el conocimiento de la situación que guarda la realidad geográfica y los recursos materiales y humanos con los que cuenta la República; todo con el fin de contribuir a la eficacia y eficiencia de las acciones y decisiones de gobierno y al mejor aprovechamiento de los recursos disponibles.

Motivados en los argumentos expuestos y con fundamento en lo establecido por el Artículo 72, inciso e) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos los integrantes de estas Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Hacienda y crédito Público coincidimos en someter a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente dictamen con Proyecto de

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 26 y 73 FRACCIÓN XXIX-D DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforma el artículo 26, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 26.-

A. El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la Nación.

Los fines del proyecto nacional contenidos en esta Constitución determinarán los objetivos de la planeación. La planeación será democrática. Mediante la participación de los diversos sectores sociales recogerá las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo. Habrá un plan nacional de desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública Federal.

La ley facultará al Ejecutivo para que establezca los procedimientos de participación y consulta popular en el sistema nacional de planeación democrática, y los criterios para la formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los programas de desarrollo. Asimismo, determinará los órganos responsables del proceso de planeación y las bases para que el Ejecutivo Federal coordine mediante convenios con los gobiernos de las entidades federativas e induzca y concierte con los particulares las acciones a realizar para su elaboración y ejecución.

En el sistema de planeación democrática, el Congreso de la Unión tendrá la intervención que señale la ley.

B. El Estado contará con un Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica cuyos datos serán considerados oficiales. Para la Federación, estados, Distrito Federal y municipios, los datos contenidos en el Sistema serán de uso obligatorio en los términos que establezca la Ley.

La responsabilidad de normar y coordinar dicho Sistema estará a cargo de un organismo con autonomía técnica y de gestión, personalidad jurídica y patrimonio propios, con las facultades necesarias para regular la captación, procesamiento y publicación de la información que se genere y proveer a su observancia.

El organismo tendrá una Junta de Gobierno integrada por cinco miembros, uno de los cuales fungirá como Presidente de ésta y del propio organismo; serán designados por el Presidente de la República con la aprobación de la Cámara de Senadores o en sus recesos por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.

La Ley establecerá las bases de organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, de acuerdo con los principios de accesibilidad a la información, transparencia, objetividad e independencia; los requisitos que deberán cumplir los miembros de la Junta de Gobierno, la duración y escalonamiento de su encargo.

Los miembros de la Junta de Gobierno sólo podrán ser removidos por causa grave y no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión, con excepción de los no remunerados en instituciones docentes, científicas, culturales o de beneficencia; y estarán sujetos a lo dispuesto por el Título Cuarto de esta Constitución.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se reforma la fracción XXIX-D del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 73.- ...

I a XXIX-C...

XXIX-D. Para expedir leyes sobre planeación nacional del desarrollo económico y social, así como en materia de información estadística y geográfica de interés nacional;

XXIX-E a XXX ...

TRANSITORIOS.

Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- En tanto se expide la Ley general a que se refiere el apartado B del artículo 26 de esta Constitución, continuará en vigor la Ley de Información Estadística y Geográfica, y demás disposiciones legales y administrativas aplicables. Asimismo, subsistirán los nombramientos, poderes, mandatos, comisiones y, en general, las delegaciones y facultades concedidas, a los servidores públicos del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática.

Tercero.- A la entrada en vigor de la Ley a que se refiere el apartado B del artículo 26 de esta Constitución, los recursos financieros y materiales, así como los trabajadores adscritos al Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se transferirán al organismo creado en los términos del presente Decreto. Los trabajadores que pasen a formar parte del nuevo organismo se seguirán rigiendo por el apartado B del artículo 123 de esta Constitución y de ninguna forma resultarán afectados en sus derechos laborales y de seguridad social.

Cuarto.- Conforme a las disposiciones aplicables, el régimen presupuestario del organismo creado en los términos del presente Decreto, deberá garantizar la libre administración, la no-transferencia y la suficiencia de recursos públicos. Lo anterior, a efecto de que el organismo esté en condiciones de dar cumplimiento a los planes y programas que formule en observancia de la ley a que se refiere el apartado B del artículo 26 de esta Constitución.

Quinto.- Los asuntos que se encuentren en trámite o pendientes de resolución a la entrada en vigor de este Decreto, se seguirán substanciado ante el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, y posteriormente ante el organismo creado en los términos del presente Decreto.

Sexto.- Dentro de los 180 días naturales, posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto, el Congreso de la Unión deberá emitir la Ley a la que se refiere el apartado B del artículo 26 de esta Constitución.

Séptimo.- Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al presente Decreto.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos. México, Distrito Federal, a los 12 días del mes de mayo del año 2004.

Comisión de Puntos Constitucionales

Diputados: Gonzalo Alemán Migliolo (rúbrica); Rubén Alexander Rábago (rúbrica), secretario; Sergio Álvarez Mata (rúbrica); René Arce Islas (rúbrica); Francisco Antonio Astiazarán Gutiérrez (rúbrica), secretario; Federico Barbosa Gutiérrez (rúbrica); Francisco Barrio Terrazas; Ángel Augusto Buendía Tirado (rúbrica); Enrique Burgos García (rúbrica); Víctor Manuel Camacho Solís (rúbrica); Horacio Duarte Olivares (rúbrica); Álvaro Elías Loredo (rúbrica), secretario; Enrique Ariel Escalante Arceo (rúbrica); Francisco Cuauhtémoc Frías Castro (rúbrica), Presidente; Luis Antonio González Roldán (rúbrica), secretario; J. Jesús Lomelí Rosas (rúbrica), secretario; Luis Maldonado Venegas (rúbrica), secretario; Germán Martínez Cázares (rúbrica); Arturo Nahle García (rúbrica), secretario; Janette Ovando Reazola (rúbrica); Jorge Luis Preciado Rodríguez; Rogelio Humberto Rueda Sánchez (rúbrica); Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica); Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica); Socorro Userralde Gordillo (rúbrica); Marisol Vargas Bárcena; Pedro Vázquez González (rúbrica), secretario; Emilio Zebadúa González (rúbrica).

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Diputados: Gustavo Madero Muñoz (rúbrica), Presidente; Francisco Suárez Dávila, Juan Carlos Pérez Góngora (rúbrica), José Felipe Puelles Espina (rúbrica), Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara (rúbrica), Alejandro Agundis Arias, Óscar González Yáñez, Jesús Emilio Martínez Álvarez (rúbrica), secretarios; José Alarcón Hernández (rúbrica), José Arturo Alcántara Rojas (rúbrica), Ángel Buendía Tirado, Marko Antonio Cortés Mendoza, Enrique Escalante Arceo, José Luis Flores Hernández (rúbrica), Juan Francisco Molinar Horcasitas (rúbrica), Francisco Luis Monárrez Rincón, Mario Moreno Arcos (rúbrica), José Adolfo Murat Macías (rúbrica), Jorge Carlos Obregón Serrano, José Osuna Millán (rúbrica), María de los Dolores Padierna Luna, Manuel Pérez Cárdenas (rúbrica), Alfonso Ramírez Cuéllar (rúbrica), Luis Antonio Ramírez Pineda, Javier Salinas Narváez (rúbrica), María Esther de Jesús Scherman Leaño, Miguel Ángel Toscano Velasco (rúbrica), Francisco Javier Valdéz de Anda (rúbrica), Jesús Vizcarra Calderón (rúbrica), Emilio Zebadúa González (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, CON PUNTOS DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN A SUSPENDER EL DESMANTELAMIENTO DE LA PRODUCTORA NACIONAL DE SEMILLAS

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Agricultura y Ganadería de esta H. Cámara de Diputados, le fue turnada para su estudio y dictamen, la Proposición con Punto de Acuerdo presentada por el Diputado Joel Padilla Peña del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, el pasado 18 de agosto de 2004, proposición con relación a la desaparición del Organismo "Productora Nacional de Semillas, PRONASE".

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45 numeral 6 inciso f de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a esta Comisión corresponde dictaminar la presente Proposición con Punto de Acuerdo a partir de los siguientes:

ANTECEDENTES

El 18 de agosto de 2004 el Diputado Joel Padilla Peña, presentó la Proposición de Punto de Acuerdo con relación a la desaparición del organismo "Productora Nacional de Semillas, PRONASE".

El 18 de agosto de 2004 la Presidencia de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión turnó la mencionada proposición para su estudio y dictamen a la Comisión de Agricultura y Ganadería,

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta Comisión formulamos las siguientes:

CONSIDERACIONES

Que dentro de los programas de fomento del Gobierno Federal, la Productora Nacional de Semillas fungió como el principal proveedor del programa de apoyo en especie a los acreditados del Banco Nacional de Crédito Rural, Sociedad Nacional de Crédito y en 1982 llegó a operar 40 plantas de Producción y a tener presencia comercial en 2,170 plazas agrícolas. Su máximo histórico de producción anual alcanzada fue de 216,000 toneladas.

Que como consecuencia en el incremento de la operación de este organismo público descentralizado, se acumularon altos inventarios de semillas y variedades mejoradas, con un elevado costo de almacenamiento, transporte y financiamiento con la generación de un déficit anual creciente y la necesidad de apoyos fiscales para hacerle frente. Aunque el otorgamiento de esos apoyos fiscales se sujetó a los compromisos programáticos de autosuficiencia financiera, el organismo no pudo alcanzarla, porque no fue factible reorientar sus actividades de producción y comercialización de semillas, con criterios de mercado, ni dimensionar sus activos y estructura.

Que en el Diario Oficial de la Federación del 15 de julio de 1991 se publicó una nueva Ley Sobre Producción, Certificación y Comercio de Semillas, que derogó la de 1961, cuyo artículo tercero transitorio ordenó que la Productora Nacional de Semillas conservara la estructura y funciones que le habían confiado los artículos 16, 17, 20, 21 y 22 de la Ley de la materia de 1960, publicada en1961. En la exposición de motivos de dicha Ley, se fijaron como objetivos básicos: sustituir a la autoridad interventora en casi todos los procesos relacionados con las semillas para siembra, por una autoridad eminentemente reguladora, dotando a esta última de instrumentos eficaces a través de los procesos y su verificación.

Que mediante acuerdo CID-02-VIII-3 aprobado por la Comisión Intersecretarial de desincorporación, ésta resolvió dictaminar favorablemente la propuesta de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en su carácter de Coordinadora Sectorial, para iniciar los trabajos de desincorporación de Productora Nacional de Semillas. Adicionalmente, en cumplimiento del artículo 22 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio Fiscal 2002, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en su carácter de Coordinadora de Sector, sometió a la consideración de la mencionada Comisión el correspondiente Proyecto de Dictamen respecto de la desincorporación, considerando el efecto social y productivo del mismo

Por las consideraciones anteriormente expuestas, los integrantes de esta Comisión de Agricultura y Ganadería hemos tenido a bien dictaminar la presente proposición en sentido positivo por lo que sometemos a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados el presente dictamen en los siguientes términos:

PUNTO DE ACUERDO

Primero: Se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación suspenda el desmantelamiento de la Productora Nacional de Semillas, hasta en tanto no se apruebe por el Senado de la República y se publique en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Protección y Fomento de Semillas.

Segundo: Se exhorta a la H. Cámara de Senadores aprobar a la brevedad posible la minuta con proyecto de Ley de Protección y Fomento de Semillas

Dado en la Sala de Juntas de la Comisión de Agricultura y Ganadería, a los veintisiete días del mes de julio de dos mil cinco.

Por la Comisión de Agricultura y Ganadería aprueban el dictamen con punto de acuerdo:

Diputados: Cruz López Aguilar (rúbrica), Presidente; Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), secretario; Gonzalo Ruiz Cerón (rúbrica), secretario; Edmundo Gregorio Valencia Monterrubio (rúbrica), secretario; Diego Palmero Andrade (rúbrica), secretario; Antonio Mejía Haro (rúbrica), secretario; Julián Nazar Morales (rúbrica), Lázaro Arias Martínez (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala (rúbrica), Gaspar Ávila Rodríguez, Alejandro Saldaña Villaseñor (rúbrica), José Lamberto Díaz Nieblas (rúbrica), María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Jesús Morales Flores, Esteban Valenzuela García (rúbrica), Rafael Galindo Jaime (rúbrica), Roger David Alcocer García, Arturo Robles Aguilar (rúbrica), José Irene Álvarez Ramos, Mario Ernesto de San Alberto Magno Dávila Aranda, Javier Castelo Parada, José María de la Vega Lárraga (rúbrica), Rocío Guzmán de Paz, Alberto Urcino Méndez Gálvez (rúbrica), Isidro Camarillo Zavala, Regina Vázquez Saut, Valentín González Bautista (rúbrica), Marcelo Herrera Herbert (rúbrica), Enrique Torres Cuadros (rúbrica), Víctor Suárez Carrera.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, CON PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN PARA QUE, CONJUNTAMENTE CON LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA, LLEVE A CABO UN INVENTARIO DE UNIDADES DE RIEGO PARA EL DESARROLLO RURAL

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Agricultura y Ganadería de esta H. Cámara de Diputados, le fue turnada para su estudio y dictamen, la Proposición con Punto de Acuerdo presentada por el Diputado Quintín Vázquez García del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el pasado 19 de octubre de 2004, proposición por el que se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, lleve a cabo un inventario de Unidades de Riego para el Desarrollo Rural, para conocer el aprovechamiento real del agua en el uso agrícola.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45 numeral 6 inciso f de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a esta Comisión corresponde dictaminar la presente Proposición con Punto de Acuerdo a partir de los siguientes:

ANTECEDENTES

El 19 de Octubre del 2004 el Diputado Quintín Vázquez García, presentó la Proposición de Punto de Acuerdo que pretende exhortar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que lleve a cabo un inventario de Unidades de Riego para el Desarrollo Rural, para conocer el aprovechamiento real del agua en el uso agrícola.

El 19 de Octubre del 2004 la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la mencionada proposición para su estudio y dictamen a la Comisión de Agricultura y Ganadería.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta Comisión formulamos las siguientes:

CONSIDERACIONES

Que en la reglamentación existente de los sistemas de riego en México, encontraremos grandes avances de respuesta organizada de la sociedad motivada por el aumento de usuarios en la operación de la infraestructura hidroagrícola.

Que en México en 1972 con la aprobación de la Ley Federal de Aguas Nacionales, se propuso apoyar en organización al llamado pequeño riego, y se da el nombre de unidades de riego y de unidades de riego para el desarrollo rural (URDERALES), que en ocasiones corresponden a una comunidad usuaria dentro de una junta de aguas.

Que la superficie de riego del país ha aumentado considerablemente de 750 mil hectáreas en el año de 1926 a 6.4 millones de hectáreas en la actualidad, lo que coloca al país en el séptimo lugar mundial en superficie con infraestructura de riego. El 53% de la superficie bajo riego corresponde a 84 Distritos de riego y el 47% restante a poco más de 39 mil Unidades de Riego (UNDERALES).

Que la agricultura de riego utiliza alrededor del 78% del agua superficial y subterránea extraída en el país; los métodos de riego aplicados son tradicionales en más del 80% de la superficie y el aprovechamiento del agua es baja, pues oscila entre 35 y 50 %.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, los integrantes de esta Comisión de Agricultura y Ganadería hemos tenido a bien dictaminar la presente proposición en sentido positivo por lo que sometemos a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados el presente dictamen en los siguientes términos:

PUNTO DE ACUERDO

Único: Se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que conjuntamente con la Comisión Nacional del Agua lleven a cabo un inventario de Unidades de Riego para el Desarrollo Rural (URDERALES), y evalué el estado actual de la infraestructura hidráulica, para tener un mejor control y conocimiento del aprovechamiento real del agua en el uso agrícola.

Dado en la Sala de Juntas de la Comisión de Agricultura y Ganadería, a los veintisiete días del mes de julio de dos mil cinco.

Por la Comisión de Agricultura y Ganadería aprueban el dictamen con punto de acuerdo:

Diputados: Cruz López Aguilar (rúbrica), Presidente; Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), secretario; Gonzalo Ruiz Cerón (rúbrica), secretario; Edmundo Gregorio Valencia Monterrubio (rúbrica), secretario; Diego Palmero Andrade (rúbrica), secretario; Antonio Mejía Haro (rúbrica), secretario; Julián Nazar Morales (rúbrica), Lázaro Arias Martínez (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala (rúbrica), Gaspar Ávila Rodríguez (rúbrica), Alejandro Saldaña Villaseñor (rúbrica), José Lamberto Díaz Nieblas (rúbrica), María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Jesús Morales Flores, Esteban Valenzuela García (rúbrica), Rafael Galindo Jaime (rúbrica), Roger David Alcocer García, Arturo Robles Aguilar (rúbrica), José Irene Álvarez Ramos, Mario Ernesto de San Alberto Magno Dávila Aranda, Javier Castelo Parada, José María de la Vega Lárraga (rúbrica), Rocío Guzmán de Paz, Alberto Urcino Méndez Gálvez (rúbrica), Isidro Camarillo Zavala, Regina Vázquez Saut, Valentín González Bautista (rúbrica), Marcelo Herrera Herbert (rúbrica), Enrique Torres Cuadros (rúbrica), Víctor Suárez Carrera.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, CON PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN A LLEVAR A CABO UNA DESCENTRALIZACIÓN MÁS EFECTIVA, A TRAVÉS DE UNA MODIFICACIÓN A FONDO DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA FEDERALIZADO ALIANZA PARA EL CAMPO

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Agricultura y Ganadería de esta H. Cámara de Diputados, le fue turnada para su estudio y dictamen, la Proposición con Punto de Acuerdo presentada por el Senador José Bonilla Robles, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el pasado 13 de noviembre de 2004, proposición que exhorta al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a modificar las Reglas de Operación del Programa Alianza para el Campo.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45 numeral 6 inciso f de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a esta Comisión corresponde dictaminar la presente Proposición con Punto de Acuerdo a partir de los siguientes:

ANTECEDENTES

El 13 de noviembre de 2004 el Senador José Bonilla Robles, presentó la Proposición de Punto de Acuerdo que pretende exhortar al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a modificar las Reglas de Operación del Programa Alianza para el Campo.

El 13 de noviembre de 2004 la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la mencionada proposición para su estudio y dictamen a la Comisión de Agricultura y Ganadería.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta Comisión formulamos las siguientes:

CONSIDERACIONES

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2000 - 2005 establece como compromiso que: "este gobierno fortalecerá el federalismo para responder a la demanda social por una distribución más equitativa de oportunidades entre regiones, mediante la distribución adecuada de atribuciones y recursos entre los tres órdenes de gobierno para mejorar la competitividad y cobertura de los servidores públicos."

Que el Presupuesto de Egresos de la Federación del año 2004 en su artículo 64 bis, inciso C, establece que; Se deberá garantizar la federalización en su totalidad de los siguientes programas: de la Alianza para el Campo; los subprogramas: Desarrollo Rural, Fomento Agrícola, Fomento ganadero e Integración de Cadenas Agroalimentarias; el Programa de Empleo Temporal; el

Programa Integral de Agricultura Sostenible y Reconversión Productiva en Zonas con Siniestralidad Recurrente (PIASRE) y los Programas de Mujeres en el Medio Rural.

Que deberán establecerse los criterios de distribución de recursos a las entidades federativas para cada uno de estos programas, que se publicarán en el Diario Oficial de la Federación, agregando que para la definición de estos criterios, deberán de participar los Consejos Estatales de Desarrollo Rural Sustentable.

Que aún cuando en una limitada parte de la Entidades se aprecie mejoría en las actividades agropecuarias, la situación económica del campo en la mayoría de los Estados sigue siendo endeble; y no obstante los ajustes y reasignaciones que año con año resultan de la revisión de la Ley de Ingresos, encontramos que en el Presupuesto de Egresos los recursos para el desarrollo rural siguen siendo insuficientes.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, los integrantes de esta Comisión de Agricultura y Ganadería hemos tenido a bien dictaminar la presente proposición en sentido positivo por lo que sometemos a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados el presente dictamen en los siguientes términos:

PUNTO DE ACUERDO

Único: Se exhorta al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación llevé a cabo una descentralización más efectiva, a través de una modificación a fondo de las Reglas de Operación del Programa Federalizado de Alianza para el Campo.

Dado en la Sala de Juntas de la Comisión de Agricultura y Ganadería, a los veintisiete días del mes de julio de dos mil cinco.

Por la Comisión de Agricultura y Ganadería firman el presente dictamen los diputados:

Diputados: Cruz López Aguilar (rúbrica), Presidente; Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), secretario; Gonzalo Ruiz Cerón (rúbrica), secretario; Edmundo Gregorio Valencia Monterrubio (rúbrica), secretario; Diego Palmero Andrade (rúbrica), secretario; Antonio Mejía Haro (rúbrica), secretario; Julián Nazar Morales (rúbrica), Lázaro Arias Martínez (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala (rúbrica), Gaspar Ávila Rodríguez, Alejandro Saldaña Villaseñor (rúbrica), José Lamberto Díaz Nieblas (rúbrica), María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Jesús Morales Flores, Esteban Valenzuela García (rúbrica), Rafael Galindo Jaime (rúbrica), Roger David Alcocer García, Arturo Robles Aguilar (rúbrica), José Irene Álvarez Ramos, Mario Ernesto de San Alberto Magno Dávila Aranda, Javier Castelo Parada, José María de la Vega Lárraga (rúbrica), Rocío Guzmán de Paz, Alberto Urcino Méndez Gálvez (rúbrica), Isidro Camarillo Zavala, Regina Vázquez Saut, Valentín González Bautista (rúbrica), Marcelo Herrera Herbert (rúbrica), Enrique Torres Cuadros (rúbrica), Víctor Suárez Carrera.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, CON PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN, A LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, DE MANERA DIRECTA, Y A LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA A ESTABLECER UN PROGRAMA QUE APOYE CON RECURSOS FEDERALES EL MEJORAMIENTO DE TÉCNICAS DE RIEGO

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Agricultura y Ganadería de esta H. Cámara de Diputados, le fue turnada para su estudio y dictamen, la Proposición con Punto de Acuerdo presentada por el Diputado Roberto Antonio Marrufo Torres, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el pasado 30 de noviembre de 2004, proposición por el que se exhorta a la SAGARPA y a la Comisión Nacional del Agua, para que apoyen a los productores agrícolas con recursos federales, a efecto de mejorar las técnicas de riego y con los volúmenes ahorrados, restablecer el equilibrio ecológico en cuencas y acuíferos.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45 numeral 6 inciso f de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a esta Comisión corresponde dictaminar la presente Proposición con Punto de Acuerdo a partir de los siguientes:

ANTECEDENTES

El 30 de noviembre de 2004 el Diputado Roberto Antonio Marrufo Torres presentó la Proposición de Punto de Acuerdo que pretende exhortar a la SAGARPA y a la Comisión Nacional del Agua, para que apoyen a los productores agrícolas con recursos federales, a efecto de mejorar las técnicas de riego y con los volúmenes ahorrados, restablecer el equilibrio ecológico en cuencas y acuíferos.

El 30 de noviembre de 2004 la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la mencionada proposición para su estudio y dictamen a la Comisión de Agricultura y Ganadería.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta Comisión formulamos las siguientes:

CONSIDERACIONES

Que el agua es el recurso natural indispensable para la vida, sin agua las expectativas disminuyen. La escasez de este vital líquido se ha agudizado a nivel global, grandes sequías en el mundo han ocasionado graves problemas de supervivencia por falta de alimentos; en nuestro país la falta de agua ya es notoria sobre todo en las grandes ciudades; por ahora el manejo del agua en México plantea un reto especial al existir una disparidad entre la disponibilidad del agua y la ubicación de los principales centros de demanda; dos terceras partes de nuestro país son desérticas, semidesérticas o áridas. El norte presenta 30% de la superficie del país, generando el 4% del escurrimiento. En zonas costeras el 20%, en el sureste 50%, y 26% en la zona centro, los indicadores dicen que la presión del agua en nuestro país aún es moderada, pero se puede agravar de no tomar las medidas adecuadas para ahorrar el vital líquido.

Que el área irrigable en nuestro país asciende a más de diez millones de hectáreas, de las cuales seis ya se abrieron al cultivo irrigado; por lo que la incorporación al riego de cuatro millones de hectáreas restantes que ahora se dedican para agostadero y a la siembra de temporal sería factible incorporarlas con esa técnica.

Que para la tecnificación del riego en el campo mexicano, indudablemente se requiere de recursos provenientes del gobierno federal en apoyo directo a los agricultores, esta medida beneficiaría de manera considerable la producción alimentaria en nuestro país.

Que en la actualidad casi la totalidad de los distritos de riego de nuestro país se utiliza el riego tradicional, por gravedad, rodado o hasta el de entarquinamiento, esto ocasiona un gran desperdicio que asciende al 78% del agua superficial y subterránea; con los sistemas de tecnificación además del ahorro del agua, también se cuidaría la calidad de suelos evitando la erosión y salinización de las áreas de cultivo, incrementándose de manera considerable la producción agrícola al asignársele a cada cultivo exactamente la humedad que requiera.

Que la aplicación de estas técnicas de irrigación, permitirá que los grandes volúmenes de liquido que se conseguiría ahorrar, servirían para restablecer el equilibrio hidrológico en cuencas y acuíferos sobre explotados.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, los integrantes de esta Comisión de Agricultura y Ganadería hemos tenido a bien dictaminar la presente proposición en sentido positivo por lo que sometemos a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados el presente dictamen en los siguientes términos:

PUNTO DE ACUERDO

Único: Se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de manera directa y a la Comisión Nacional del Agua, establezcan un programa que apoye con recursos federales para el mejoramiento de técnicas de riego y que los volúmenes ahorrados sirvan para restablecer el equilibrio hidrológico en cuencas y acuíferos.

Dado en la Sala de Juntas de la Comisión de Agricultura y Ganadería, a los veintisiete días del mes de julio de dos mil cinco.

Por la Comisión de Agricultura y Ganadería aprueban el dictamen con punto de acuerdo:

Diputados: Cruz López Aguilar (rúbrica), Presidente; Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), secretario; Gonzalo Ruiz Cerón (rúbrica), secretario; Edmundo Gregorio Valencia Monterrubio (rúbrica), secretario; Diego Palmero Andrade (rúbrica), secretario; Antonio Mejía Haro (rúbrica), secretario; Julián Nazar Morales (rúbrica), Lázaro Arias Martínez (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala (rúbrica), Gaspar Ávila Rodríguez, Alejandro Saldaña Villaseñor (rúbrica), José Lamberto Díaz Nieblas (rúbrica), María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Jesús Morales Flores, Esteban Valenzuela García (rúbrica), Rafael Galindo Jaime (rúbrica), Roger David Alcocer García, Arturo Robles Aguilar (rúbrica), José Irene Álvarez Ramos, Mario Ernesto de San Alberto Magno Dávila Aranda, Javier Castelo Parada, José María de la Vega Lárraga (rúbrica), Rocío Guzmán de Paz, Alberto Urcino Méndez Gálvez (rúbrica), Isidro Camarillo Zavala, Regina Vázquez Saut, Valentín González Bautista (rúbrica), Marcelo Herrera Herbert (rúbrica), Enrique Torres Cuadros (rúbrica), Víctor Suárez Carrera.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, CON PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN A INSTALAR EL CENTRO DE APOYO TÉCNICO Y FINANCIERO CON LA FINALIDAD QUE PRODUCIR MÁS CON MENOS AGUA, PRINCIPALMENTE EN CUENCAS Y ACUÍFEROS SOBREEXPLOTADOS

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Agricultura y Ganadería de esta H. Cámara de Diputados, le fue turnada para su estudio y dictamen, la Proposición con Punto de Acuerdo presentada por el Diputado Quintín Vázquez García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el pasado 14 de diciembre de 2004, proposición por el que se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para crear el Centro de Apoyo Técnico y Financiero con el fin de producir más con menos agua, sobre todo en cuencas o acuíferos sobre explotados.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45 numeral 6 inciso f de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a esta Comisión corresponde dictaminar la presente Proposición con Punto de Acuerdo a partir de los siguientes:

ANTECEDENTES

El 14 de diciembre de 2004 el Diputado Quintín Vázquez García, presentó la Proposición de Punto de Acuerdo que pretende exhortar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para crear el Centro de Apoyo Técnico y Financiero con el fin de producir más con menos agua, sobre todo en cuencas o acuíferos sobre explotados.

El 14 de Diciembre de 2004 la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la mencionada proposición para su estudio y dictamen a la Comisión de Agricultura y Ganadería

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta Comisión formulamos las siguientes:

CONSIDERACIONES

Que la grave sobre explotación de las cuencas y acuíferos nos deja en una gran desventaja, en un mundo donde la producción juega un papel preponderante, basado en los costos y utilidades de los productos del campo.

Que deben ser analizadas la organización y reglamentación de las unidades de riego para el desarrollo rural, mismas que actualmente en su gran mayoría, no están organizadas, no cuentan con título de concesión de agua, no están conformadas como personas morales ni tienen reglamento de operación.

Que de la organización y una debida reglamentación nos permitiría contar con el vital líquido con mayor calidad y por más tiempo, viéndose beneficiados no solo las unidades de riego del país, si no la gran mayoría de los mexicanos.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, los integrantes de esta Comisión de Agricultura y Ganadería hemos tenido a bien dictaminar la presente proposición en sentido positivo por lo que sometemos a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados el presente dictamen en los siguientes términos:

PUNTO DE ACUERDO

Único: Se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, instale el Centro de Apoyo Técnico y Financiero con la finalidad de producir más con menos agua, principalmente en cuencas y acuíferos sobre explotados

Dado en la Sala de Juntas de la Comisión de Agricultura y Ganadería, a los veintisiete días de julio de dos mil cinco.

Por la Comisión de Agricultura y Ganadería aprueban el dictamen con punto de acuerdo:

Diputados: Cruz López Aguilar (rúbrica), Presidente; Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), secretario; Gonzalo Ruiz Cerón (rúbrica), secretario; Edmundo Gregorio Valencia Monterrubio (rúbrica), secretario; Diego Palmero Andrade (rúbrica), secretario; Antonio Mejía Haro (rúbrica), secretario; Julián Nazar Morales (rúbrica), Lázaro Arias Martínez (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala (rúbrica), Gaspar Ávila Rodríguez, Alejandro Saldaña Villaseñor (rúbrica), José Lamberto Díaz Nieblas (rúbrica), María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Jesús Morales Flores, Esteban Valenzuela García (rúbrica), Rafael Galindo Jaime (rúbrica), Roger David Alcocer García, Arturo Robles Aguilar (rúbrica), José Irene Álvarez Ramos, Mario Ernesto de San Alberto Magno Dávila Aranda, Javier Castelo Parada, José María de la Vega Lárraga (rúbrica), Rocío Guzmán de Paz, Alberto Urcino Méndez Gálvez (rúbrica), Isidro Camarillo Zavala, Regina Vázquez Saut, Valentín González Bautista (rúbrica), Marcelo Herrera Herbert (rúbrica), Enrique Torres Cuadros (rúbrica), Víctor Suárez Carrera.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, CON PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LAS SECRETARÍAS DE DESARROLLO SOCIAL, Y DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN; A LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS; Y A LAS ORGANIZACIONES DE CAMPESINOS E INDÍGENAS A REDOBLAR ESFUERZOS PARA PROMOVER LA AUTOPRODUCCIÓN ALIMENTARIA DE LAS POBLACIONES EN EXTREMA POBREZA

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Agricultura y Ganadería de esta H. Cámara de Diputados, le fue turnada para su estudio y dictamen, la Proposición con Punto de Acuerdo presentada por el Diputado Alberto Jiménez Merino, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el pasado 26 de enero de 2005, proposición por el que se exhorta a la SEDESOL, SAGARPA, Comisión Nacional de Pueblos Indígenas y Organizaciones de Campesinos e Indígenas, a promover la autoproducción alimentaria.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45 numeral 6 inciso f de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a esta Comisión corresponde dictaminar la presente Proposición con Punto de Acuerdo a partir de los siguientes:

ANTECEDENTES

El 26 de enero de 2005 el Diputado Alberto Jiménez Merino, presentó la Proposición de Punto de Acuerdo que pretende exhortar a la SEDESOL, SAGARPA, Comisión Nacional de Pueblos Indígenas y Organizaciones Campesinas e Indígenas, a promover la autoproducción alimentaria.

El 26 de enero de 2005 la Presidencia de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión turnó la mencionada proposición para su estudio y dictamen a la Comisión de Agricultura y Ganadería de la Cámara de Diputados.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta Comisión formulamos las siguientes:

CONSIDERACIONES

Que la pobreza extrema es uno de los principales retos a los que México se enfrenta. Uno de cada tres niños padecen problemas de desnutrición y 53.7 tiene deficiencias en talla debido a la mala alimentación. Las mujeres que viven en ambientes rurales, especialmente en el sureste mexicano, igualmente padecen desnutrición y anemia. Según cifras de la Organización de Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), existen 830 millones de personas alrededor del mundo víctimas de la desnutrición crónica, lo que no sólo les evita la vida saludable y activa, sino también las hunde cada vez más en el subdesarrollo y la pobreza. México tiene 20 millones de seres humanos atrapados en el círculo vicioso de la desnutrición, debido a la pobreza extrema. De manera tal que garantizar el derecho a la alimentación es prioridad para el Estado Mexicano.

Que la seguridad alimentaria es una responsabilidad ineludible del Estado Mexicano. La alimentación es uno de los derechos básicos del ser humano y por eso debe ser garantizado por el Estado.

Que para garantizar la acción estatal con relación al derecho a la alimentación, salud y educación se creó el Programa de Oportunidades, el cual es un importante esfuerzo para abatir los altos niveles de pobreza que aquejan a nuestro país, sin embargo no ha sido suficiente.

Que en lo que se refiere al derecho a la alimentación, el flujo de recursos económicos destinados para el consumo, poco o nada ha resuelto en lo que se refiere a la disminución de la desnutrición. Sin duda, ése es el gran lastre que debe ser aligerado con la mayor inmediatez posible. Sin la alimentación debida, de nada sirven las becas y las clínicas populares, pues un cuerpo mal nutrido redunda en un ser humano que no es factible de ser educado y que caerá enfermo continuamente, a pesar de médicos y medicinas.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, los integrantes de esta Comisión de Agricultura y Ganadería hemos tenido a bien dictaminar la presente proposición en sentido positivo por lo que sometemos a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados el presente dictamen en los siguientes términos:

PUNTO DE ACUERDO

Único. Se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social; a la Secretaría Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y a las Organizaciones de Campesinos e Indígenas redoblen esfuerzos en la implementación de una estrategia encaminada a promover eficientemente la autoproducción alimentaria de las poblaciones en extrema pobreza e indígenas del país, asegurándoles su derecho a la alimentación.

Dado en la Sala de Juntas de la Comisión de Agricultura y Ganadería a los veintisiete días del mes de julio de dos mil cinco.

Por la Comisión de Agricultura y Ganadería aprueban del Dictamen con Punto de Acuerdo:

Diputados: Cruz López Aguilar, Presidente (rúbrica); Juan Manuel Dávalos Padilla(rúbrica), secretario; Gonzalo Ruíz Cerón(rúbrica), secretario; Edmundo Gregorio Valencia Monterrubio(rúbrica), secretario; Diego Palmero Andrade (rúbrica), secretario; Antonio Mejía Haro, (rúbrica)secretario; Julián Nazar Morales (rúbrica), Lázaro Arias Martínez (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala (rúbrica), Gaspar Ávila Rodríguez, Alejandro Saldaña Villaseñor (rúbrica), José Lamberto Díaz Nieblas (rúbrica), María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Jesús Morales Flores, Esteban Valenzuela García (rúbrica), Rafael Galindo Jaime (rúbrica), Roger David Alcocer García, Arturo Robles Aguilar (rúbrica), José Irene Álvarez Ramos, Mario Ernesto Dávila Aranda, Javier Castelo Parada, José María de la Vega Larraga (rúbrica), Rocío Guzmán de Paz (rúbrica), Alberto Urcino Méndez Gálvez (rúbrica), Isidro Camarillo Zavala; Regina Vázquez Saut, Valentín González Bautista (rúbrica), Marcelo Herrera Herbert (rúbrica), Enrique Torres Cuadros (rúbrica), Víctor Suárez Carrera.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, CON PUNTOS DE ACUERDO POR LOS QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL PARA QUE EL PROGRAMA DEL SISTEMA DE SEGUIMIENTO SATELITAL, ACTUALMENTE DIRIGIDO POR LA SAGARPA, SEA CONSIDERADO COMO UN PROGRAMA PRIORITARIO

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Agricultura y Ganadería de esta H. Cámara de Diputados, le fue turnada para su estudio y dictamen, la Proposición con Punto de Acuerdo presentada por el Diputado Alberto Jiménez Merino, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el pasado 26 de enero de 2005, proposición que pretende que la SAGARPA cumpla íntegramente con lo dispuesto en la Ley de Producción, Certificación, y Comercialización de Semillas.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45 numeral 6 inciso f de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a esta Comisión corresponde dictaminar la presente Proposición con Punto de Acuerdo a partir de los siguientes:

ANTECEDENTES

El 26 de enero del 2005 el Diputado Alberto Jiménez Merino, presentó la Proposición de Punto de Acuerdo que pretende que la SAGARPA cumpla íntegramente con lo dispuesto en la Ley de Producción, Certificación y Comercialización. De Semillas

El 26 de enero del 2005 la Presidencia de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión turnó la mencionada proposición para su estudio y dictamen a la Comisión de Agricultura y Ganadería de la H. Cámara de Diputados.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta Comisión formulamos las siguientes:

CONSIDERACIONES

Que el Estado Mexicano está obligado a compatibilizar sus propósitos de modernización con los valores históricos de soberanía y de justicia social y económica, contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus Leyes Reglamentarias, por lo que requiere discriminar los insumos con valor solo de marcado, de aquellos que además son estratégicos en la consecución de la soberanía alimentaria y política de nuestro país, como son las semillas.

Que la producción, certificación y comercialización de las semillas son actividades estratégicas para incrementar la productividad del sector agrícola, controlar y abatir los costos de producción con una oferta regulada de las mismas, minimizar la dependencia de las empresas transnacionales de este insumo, hacer efectiva la soberanía en materia de bioseguridad, así como capitalizar la experiencia científica y tecnológica de los centros de investigación nacionales, aprovechando los avances científicos mundiales para el desarrollo nacional.

Que el Estado debe asegurar la atención a los productores que por su nivel económico, magnitud de sus parcelas y dispersión, carecen de interés para la iniciativa privada transnacional por que tienen la constituyen clientes con capacidad de compra pero cuentan con potencial productivo y necesidad de incrementar sus condiciones económicas y sociales.

Que requiere diseñar y acordar con los productores un Sistema Nacional para la Producción, Certificación y Comercialización de Semillas y que en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, solo contempla el Servicio de Inspección y Certificación de Semillas, lo que permitiría que conjuntamente con los otros Sistemas que contempla esta Ley se atienda estas acciones estratégicas para mejorar las condiciones productivas, económicas y sociales de las familias campesinas y genere a su vez un mercado de semillas que respete este valor y aumente generé con eficiencia una oferta que satisfaga la demanda real de los productores nacionales.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, los integrantes de esta Comisión de Agricultura y Ganadería hemos tenido a bien dictaminar la presente proposición en sentido positivo por lo que sometemos a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados el presente dictamen en los siguientes términos:

PUNTO DE ACUERDO

Primero: Se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación que en tanto no se apruebe por el Senado de la República y se publique la Nueva Ley sobre Protección y Fomento de Semillas, aplique eficazmente la Ley Sobre Producción, Certificación y Comercio de Semillas de 1991.

Segundo: Se exhorta a la H. Cámara de Senadores aprobar a la brevedad posible la minuta con proyecto de Ley de Protección y Fomento de Semillas.

Dado en la Sala de Juntas de la Comisión de Agricultura y Ganadería, a los veintisiete días del mes de julio de dos mil cinco.

Por la Comisión de Agricultura y Ganadería aprueban del dictamen con punto de acuerdo:

Diputados: Cruz López Aguilar (rúbrica), Presidente; Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), secretario; Gonzalo Ruiz Cerón (rúbrica), secretario; Edmundo Gregorio Valencia Monterrubio (rúbrica), secretario; Diego Palmero Andrade (rúbrica), secretario; Antonio Mejía Haro (rúbrica), secretario; Julián Nazar Morales (rúbrica), Lázaro Arias Martínez (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala (rúbrica), Gaspar Ávila Rodríguez, Alejandro Saldaña Villaseñor (rúbrica), José Lamberto Díaz Nieblas (rúbrica), María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Jesús Morales Flores, Esteban Valenzuela García (rúbrica), Rafael Galindo Jaime (rúbrica), Roger David Alcocer García, Arturo Robles Aguilar (rúbrica), José Irene Álvarez Ramos, Mario Ernesto de San Alberto Magno Dávila Aranda, Javier Castelo Parada, José María de la Vega Lárraga (rúbrica), Rocío Guzmán de Paz, Alberto Urcino Méndez Gálvez (rúbrica), Isidro Camarillo Zavala, Regina Vázquez Saut, Valentín González Bautista (rúbrica), Marcelo Herrera Herbert (rúbrica), Enrique Torres Cuadros (rúbrica), Víctor Suárez Carrera.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, CON PUNTOS DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LAS SECRETARÍAS DE DESARROLLO SOCIAL, Y DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN A QUE EN TANTO NO SE APRUEBE POR EL SENADO DE LA REPÚBLICA Y SE PUBLIQUE LA NUEVA LEY SOBRE PROTECCIÓN Y FOMENTO DE SEMILLAS, APLIQUE EFICAZMENTE LA LEY SOBRE PRODUCCIÓN, CERTIFICACIÓN Y COMERCIO DE SEMILLAS DE 1991

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Agricultura y Ganadería de esta H. Cámara de Diputados, le fue turnada para su estudio y dictamen, la Proposición con Punto de Acuerdo presentada por el Diputado José Antonio Cabello Gil, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el pasado 28 de abril de 2005, proposición por el que se exhorta al Poder Ejecutivo, para que el Programa del Sistema de Seguimiento Satelital, actualmente dirigido por la SAGARPA, sea considerado como un programa prioritario.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45 numeral 6 inciso f de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a esta Comisión corresponde dictaminar la presente Proposición con Punto de Acuerdo a partir de los siguientes:

ANTECEDENTES

El 28 de abril de 2005 el Diputado José Antonio Cabello Gil, presentó la Proposición de Punto de Acuerdo que pretende exhortar al Poder Ejecutivo, para que el Programa del Sistema de Seguimiento Satelital, actualmente dirigido por la SAGARPA, sea considerado como un programa prioritario.

El 28 de abril de 2005 la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la mencionada proposición para su estudio y dictamen a la Comisión de Agricultura y Ganadería.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta Comisión formulamos las siguientes:

CONSIDERACIONES

Que la excesiva demanda de alimentos provoca la sobre-explotación de los recursos pesqueros. Este efecto negativo afecta a aquellas especies que son buscadas por los pescadores (especies-objetivo) y muy a menudo ocurre la captura incidental de especies acompañantes, muchas de las cuales son simplemente descartadas en alta mar puesto que carecen de valor comercial. De manera indirecta, la pesca puede redundar en deterioro ambiental y contaminación, especialmente en las áreas costeras, provocando la destrucción del hábitat. El deterioro ambiental antropogénico y natural que se experimenta en buena parte de la zona costera, de donde se extrae el 80% de la pesca, es cada vez más evidente. En una buena proporción de los embalses continentales la situación es similar, debido al deterioro de las cuencas hidrológicas y la sobre pesca.

Que los indicadores ecológicos en torno a la pesca sugieren que en la mayoría de las zonas los ecosistemas se encuentran próximos a la explotación plena. El océano índico oriental y el pacífico centro-occidental son las únicas zonas donde hay potencial para continuar desarrollando los recursos y se manifiestan pocos signos de tensión. Los recursos acuáticos continentales siguen sometidos a la presión causadas por la pérdida o derogación del hábitat y la sobre pesca.

Que la explotación de un recurso puede ser elevada debido a que las condiciones económicas de los productores son adversas, por lo que extraen mayores cantidades del recurso a fin de satisfacer sus necesidades monetarias, o bien debido a que la demanda del mismo es alta. La sobre- explotación agota los recursos pesqueros y conlleva a la captura incidental de especies no-objetivo, así como al descarte de las especies sin valor comercial, lo que daña al ecosistema en su conjunto.

Que los Sistemas de Seguimiento Satelital que han sido implementados por los países del mundo, a través de sus agencias encargadas del ámbito pesquero, tienen como objetivo el contribuir en la adopción de medidas de ordenamiento pesquero y lograr el aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, así como complementar las acciones de seguimiento, control y vigilancia de las actividades extractivas.

Que los Sistemas de Seguimiento Satelital se entiende como la totalidad de los equipos (hardware) y los servicios de comunicación vía satélite, así como los centros de procesamiento y control de la información recibida y del comportamiento de la flota. El equipo, está constituido por aquellos bienes y dispositivos que como parte del sistema son instalados a bordo de las embarcaciones pesqueras, y cuentan con las especificaciones técnicas apropiadas para la transmisión de señales vía satélite. Los Centros de Control son centros de recepción y procesamiento de los datos, que elaboran reportes y de toda la información transmitida a través del sistema.

Que el Sistema de Seguimiento Satelital coadyuvará en las labores de monitoreo de la flota y colaborar en el cumplimiento del ordenamiento pesquero de nuestro país.

Que el nivel de control con que se contará con el Sistema de Seguimiento Satelital será muy grande, el nivel de precisión es considerable ya que se podrá obtener la posición, velocidad, rumbo y ubicación de una embarcación pesquera las 24 horas del día y los 365 días del año, mostrando el recorrido y cualquier cambio de rumbo aún estando en puerto, generándose reportes más dinámicos y completos.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, los integrantes de esta Comisión de Agricultura y Ganadería hemos tenido a bien dictaminar la presente proposición en sentido positivo por lo que sometemos a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

Primero: Se exhorta al Ejecutivo Federal para que el Programa de Seguimiento Satelital, actualmente dirigido por la SAGARPA, sea considerado como un programa prioritario.

Segundo: Que el Sistema de Seguimiento Satelital permita rastrear la ruta y actividad de la vasta flota pesquera industrial no solo nacional, si no también extranjera cuando se hagan a la mar.

Tercero: Solicitar la instalación del Sistema de Seguimiento Satelital en todas las embarcaciones mayores y medianas de la flota pesquera industrial, para asegurar el cumplimiento del ordenamiento pesquero en resguardo de las zonas restringidas establecidas para la pesca artesanal y para asegurar el desarrollo normal y adecuado del ciclo biológico de las especies.

Dado en la Sala de Juntas de la Comisión de Agricultura y Ganadería, a los veintisiete días del mes de julio de dos mil cinco.

Por la Comisión de Agricultura y Ganadería aprueban del dictamen con punto de acuerdo:

Diputados: Cruz López Aguilar (rúbrica), Presidente; Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), secretario; Gonzalo Ruiz Cerón (rúbrica), secretario; Edmundo Gregorio Valencia Monterrubio (rúbrica), secretario; Diego Palmero Andrade (rúbrica), secretario; Antonio Mejía Haro (rúbrica), secretario; Julián Nazar Morales (rúbrica), Lázaro Arias Martínez (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala (rúbrica), Gaspar Ávila Rodríguez, Alejandro Saldaña Villaseñor (rúbrica), José Lamberto Díaz Nieblas (rúbrica), María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Jesús Morales Flores, Esteban Valenzuela García (rúbrica), Rafael Galindo Jaime (rúbrica), Roger David Alcocer García, Arturo Robles Aguilar (rúbrica), José Irene Álvarez Ramos, Mario Ernesto de San Alberto Magno Dávila Aranda, Javier Castelo Parada, José María de la Vega Lárraga (rúbrica), Rocío Guzmán de Paz, Alberto Urcino Méndez Gálvez (rúbrica), Isidro Camarillo Zavala, Regina Vázquez Saut, Valentín González Bautista (rúbrica), Marcelo Herrera Herbert (rúbrica), Enrique Torres Cuadros (rúbrica), Víctor Suárez Carrera.