Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 1721-II, jueves 31 de marzo de 2005.


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Dictámenes

DE LAS COMISIONES UNIDAS DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, Y DE SEGURIDAD SOCIAL CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 165 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL

HONORABLE ASAMBLEA:

A las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, les fue turnada, para su estudio y dictamen, iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículos 165 de la Ley del Seguro Social, presentada en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados del 23 de abril de 2003, por el diputado José Antonio Gloria Morales, a nombre propio y de otros integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LVIII Legislatura.

En atención a ello, y de conformidad con las atribuciones que les otorgan los artículos 39, numerales 1 y 3, y 45, numeral 6, incisos e y f, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 60, 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y Seguridad Social presentan a la consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente dictamen.

ANTECEDENTES

1. El diputado José Antonio Gloria Morales, a nombre. propio y de otros legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LVIII Legislatura, con fecha 23 de abril de 2002, presentaron al Pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 165 de la Ley del Seguro Social.

2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados ordenó que el asunto fuera turnado a las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social.

Previo estudio y análisis de la iniciativa, se procedió a la elaboración del presente dictamen.

CONTENIDO DE LA INICIATIVA

1. La iniciativa propone hacer extensiva a las mujeres aseguradas la ayuda para gastos de matrimonio, contenida en el artículo 165 de la Ley del Seguro Social, y que equivale a 30 días del salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

2. El texto que propone la iniciativa es el siguiente:

Artículo 165. El asegurado y la asegurada tienen derecho a retirar, como ayuda para gastos de matrimonio y proveniente de la cuota social aportada por el Gobierno Federal en su cuenta individual, una cantidad equivalente a treinta días de salario mínimo general que rija en el Distrito Federal, conforme a los siguientes requisitos:

I. Que se tenga acreditado un mínimo de ciento cincuenta semanas de cotización en el Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, en la fecha de la celebración del matrimonio.

II. Que comprueben con documentos fehacientes la muerte de la persona que en su caso cualquiera de los cónyuges haya registrado como esposa o esposo, ante el Instituto o que, en su caso, exhiban el acta de divorcio, y

III. Que los nuevos cónyuges no hayan sido registrados con anterioridad como esposos de otros matrimonios.

Este derecho se ejercerá por una sola vez y el asegurado no tendrá derecho por posteriores matrimonios.

3. La iniciativa con proyecto de decreto materia de este dictamen refiere en su exposición de motivos que su objeto es eliminar el trato desigual que subsiste entre el hombre y la mujer sujetos del régimen obligatorio comprendido en la Ley del Seguro Social, ya que el artículo 165 de dicha Ley otorga una compensación únicamente al varón.

Así esta iniciativa pretende hacer extensiva esta prestación a las mujeres, en el caso de que el hombre con el que pretendan desposarse no se encuentre afiliado al régimen obligatorio del Seguro Social, lo cual, según los promoventes no tiene justificación, dado que las mujeres pagan las mismas cuotas y trabajan las mismas horas que los varones.

4. La Nueva Ley del Seguro Social, vigente desde el 1 de julio de 1997, establece que el financiamiento de esta prestación se realizará con cargo a al cuenta individual, específicamente sobre lo que haya aportado el Gobierno Federal por concepto de cuota social. Este señalamiento tiene por objeto determinar que no procede el otorgamiento si en la cuenta individual no hay saldo suficiente para financiarla.

De esta manera, el hecho de otorgar esta compensación a las mujeres no afectaría las finanzas del Instituto Mexicano del Seguro Social, pues el saldo acumulado en la cuenta individual de cada trabajador es propiedad del mismo.

Conforme a los antecedentes y motivaciones de referencia, las Comisiones exponen las siguientes

CONSIDERACIONES

1. Las Comisiones que dictaminan están de acuerdo con los propósitos de la presente iniciativa, ya que el derecho para recibir las prestaciones que se derivan de la Ley del Seguro Social tiene que ser equitativo e igualitario, sin distinción de género o de otro tipo, más que los que comprenda la Ley y que no se contrapongan con las garantías individuales vigentes en la Constitución.

2. La Ley del Seguro Social, al referirse al trabajador, al asegurado, al pensionado, al beneficiario o al derechohabiente no hace distingos de género, sino que usa un término genérico. El derecho a una prestación como la que se comenta, tiene que interpretarse como un derecho tanto del hombre como de la mujer asegurados, por lo que en estricto sentido no hay necesidad de reformar el párrafo I del artículo 165, pues de hacerse, tendría que reformarse el género gramatical de las dichas en toda la Ley, lo que por un principio de sencillez y claridad no se considera necesario.

3. El que se deduzca que esta prestación es exclusiva del varón se deriva de los requisitos establecidos en las fracciones II y III del artículo 165, en las que sí hace mención a "la esposa", por lo que es procedente sustituir dicho término "esposa" por el de "cónyuge".

4. Dado que esta prestación proviene de la cuota social que aporta el Gobierno Federal a la cuenta individual, no representa erogación adicional para el Instituto Mexicano del Seguro Social ni para la Hacienda Pública.

CONCLUSIONES

1. De lo anteriormente expuesto, las Comisiones que dictaminan concluyen que la iniciativa de mérito constituye un acierto en virtud de que el derecho a recibir prestaciones, tanto en especie como económicas, derivadas de la Ley del Seguro Social, tiene que ser equitativas, sin distinción de género, toda vez que las aportaciones que provienen de trabajadores se cubren por igual, en las modalidades previstas por la Ley, sin segregación de acuerdo al género al cual pertenezca el aportante.

2. Además, al provenir los recursos de esta prestación de la cuota social que se integra a la cuenta individual del trabajador o la trabajadora, ésta modificación no representaría una carga financiera adicional al Instituto Mexicano del Seguro Social o a las Finanzas Públicas.

3. Finalmente, se considera adecuado modificar el texto de la iniciativa para dotarla de mayor precisión y claridad modificando únicamente las fracciones II y III del artículo 165.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, estas Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, someten a consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente proyecto de

DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 165 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL

Único. Se reforman las fracciones II y III del artículo 165 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:

Artículo 165. ...

I. ...

II. Que compruebe con documentos fehacientes la muerte de la persona que registró como cónyuge en el Instituto, o que, en su caso, exhiba el acta de divorcio, y

III. Que cualquiera de los cónyuges no haya sido registrado con anterioridad en el Instituto con esa calidad.

...

Transitorio

Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados a los 16 días del mes de marzo de dos mil cinco.

Por la Comisión de Seguridad Social

Diputados: Miguel Alonso Raya (rúbrica), Roberto Javier Vega Galina (rúbrica), Concepción Olivia Castañeda Ortiz (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Manuel Pérez Cárdenas, Pablo Anaya Rivera (rúbrica), José Mario Wong Pérez (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar, Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Jaime Fernández Saracho, David Hernández Pérez (rúbrica), Armando Neyra Chávez (rúbrica), Óscar Martín Ramos Salinas (rúbrica), Alfonso Rodríguez Ochoa (rúbrica), Rogelio Rodríguez Javier, Martín Carrillo Guzmán (rúbrica), Roberto Colín Gamboa, Israel Raymundo Gallardo Sevilla, Gisela Juliana Lara Saldaña, Miguel Ángel Llera Bello, Juan Francisco Molinar Horcasitas, Carlos Tiscareño Rodríguez (rúbrica), Tomás Antonio Trueba Gracián (rúbrica), Agustín Rodríguez Fuentes, Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica), Francisco Javier Carrillo Soberón (rúbrica), Rocío Sánchez Pérez, Emilio Serrano Jiménez, Francisco Amadeo Espinosa Ramos.

Por la Comisión de Trabajo y Previsión Social

Diputados: Enrique Burgos García (rúbrica), Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez (rúbrica), María Sara Rocha Medina (rúbrica), María del Carmen Mendoza Flores (rúbrica), Sergio Álvarez Mata (rúbrica), Agustín Rodríguez Fuentes, Miguel Alonso Raya (rúbrica), José Guillermo Aréchiga Santamaría, Pedro Ávila Nevárez, Francisco Javier Carrillo Soberón, Marko Antonio Cortés Mendoza (rúbrica), Tomás Cruz Martínez (rúbrica), Álvaro Elías Loredo, Blanca Eppen Canales, Fernando Espino Arévalo (rúbrica), Víctor Félix Flores Morales (rúbrica), Pablo Franco Hernández (rúbrica), Marco Antonio García Ayala (rúbrica), José García Ortiz, Francisco Grajales Palacios, Salvador Márquez Lozornio (rúbrica), Carlos Mireles Morales, Armando Neyra Chávez, Ángel Pasta Muñuzuri (rúbrica), Pablo Pavón Vinales (rúbrica), Juan Pérez Medina, Sergio Arturo Posadas Lara, José Felipe Puelles Espina, Ricardo Rodríguez Rocha (rúbrica), Margarita Zavala Gómez del Campo.
 
 
 
DE LA COMISION DE PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA, CON PROYECTO DE DECRETO DE LA CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL DEL EJERCICIO FISCAL DE 2001

Honorable Asamblea:

En cumplimiento a lo establecido en el artículo 74, fracción IV, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual otorga a esta Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión de manera exclusiva la facultad y obligación de revisar la Cuenta Pública del año anterior, la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública con fundamento en los artículos 39 numerales 1 y 3, y 45 numerales 5 y 6 inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 80 y 81 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos recibió para su estudio, análisis y dictamen la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio fiscal de 2001.

La Cuenta de la Hacienda Pública Federal fue presentada en tiempo y forma por el Ejecutivo Federal, de acuerdo con lo establecido en los artículos 74 fracción IV, sexto párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 8 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación y 43 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

El documento presentado a esta Soberanía se integra por un tomo impreso que analiza los resultados generales alcanzados por el sector público presupuestario en el ejercicio fiscal de 2001, así como por un banco de información que fue entregado en medios magnéticos, en donde se incluyen datos consolidados del Sector Público Presupuestario, del Gobierno Federal y de las entidades de control presupuestario directo e indirecto, referentes a los ingresos considerados en la Ley de Ingresos de la Federación; a los egresos de los ramos administrativos y generales, a los estados analíticos del presupuesto en clasificación funcional, y a la deuda pública (amortización, costo financiero y erogaciones en programas de saneamiento). También se presenta información institucional sobre el Gobierno Federal y las entidades paraestatales de control presupuestario directo e indirecto.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, la Cuenta de la Hacienda Pública Federal del Ejercicio Fiscal de 2001 fue turnada a la Auditoria Superior de la Federación, para que en ejercicio de sus facultades llevara a cabo su revisión y fiscalización.

La Auditoria Superior de la Federación, órgano técnico de la Cámara de Diputados, en cumplimiento a lo establecido por los artículos 79, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 30, 31 y 32 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, elaboró y rindió a la Cámara de Diputados, por conducto de la Comisión de Vigilancia de la Auditoria Superior de la Federación, el Informe Semestral de Gestión Financiera de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2001, conforme a lo establecido en los artículos 74, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 66, 67, fracción I, 74 fracción XV de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación y 40, numeral 4, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Asimismo, la Comisión de Vigilancia de la Auditoria Superior de la Federación, en apego a lo dispuesto por el artículo 67, fracción III, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, presentó a esta dictaminadora el Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2001. La información contenida en este Informe fue considerada para el análisis y elaboración del presente Dictamen.

El presente dictamen, se apegó al marco jurídico vigente siendo éste la "Ley de Fiscalización Superior de la Federación", respecto del estudio y análisis, sujetándose también al "Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2001", así como otras fuentes de información siendo el "Primer Informe de Gobierno", el "Informe de Ejecución del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006", el "Informe Anual del Banco de México 2001", los informes sobre la "Situación Económica", las "Finanzas Públicas" y la "Deuda Pública", de los cuatro trimestres de 2001, así como algunas otras fuentes de información primaria.

A partir de las conclusiones, observaciones y recomendaciones que sobre la información y documentación fueron realizadas por el Grupo de Trabajo y en ejercicio de las facultades Constitucionales, los suscritos diputados integrantes de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública emitimos el presente:

DICTAMEN

I. ASPECTOS GENERALES

La cultura de la rendición de cuentas es un elemento fundamental para el adecuado funcionamiento de las Instituciones Públicas Mexicanas. El mandato constitucional que ordena al Poder Ejecutivo Federal la presentación de la Cuenta Pública Federal a la Cámara de Diputados, tiene el propósito de fortalecer el principio de división y equilibrio entre los poderes de la Unión y representa el instrumento constitucional que hace posible que la administración pública se conduzca bajo los criterios de legalidad, honestidad, transparencia y eficacia.

En el caso de la Cuenta Pública Federal correspondiente al ejercicio fiscal de 2001, tuvo una doble connotación, dado que se desarrolló en el marco de un nuevo orden legal, que, por voluntad mayoritaria del Congreso de la Unión fue creado y entró en vigor precisamente para el ejercicio anual de 2001. En dicho marco, se ha fortalecido la participación de la Cámara de Diputados en el proceso de revisión de la nueva Administración Federal de las instituciones públicas que manejan recursos y se ha dotado de mecanismos más eficaces en la conducción de las responsabilidades que corresponden a la Auditoria Superior de la Federación.

Con espíritu autocrítico debe señalarse que el dictamen de la cuenta pública del ejercicio 2001, debió analizarse, discutirse y dictaminarse con mayor oportunidad, dado que el retraso evidente en que se ha incurrido afecta la eficacia de las acciones que la legislación prevé. La revisión de cada cuenta pública debe ser útil no sólo para percatarse de eventuales desviaciones al marco legal en el manejo de los recursos públicos, sino además debe servir para, en un ejercicio corresponsable con el Ejecutivo Federal, mejorar constantemente la gestión gubernamental, tanto en sus aspectos mensurables como en los de carácter cualitativo. Abordar hasta ahora la dictaminación de la cuenta pública del año 2001 canceló muchas acciones que pudieron implementarse de haberse dado este proceso con mayor oportunidad.

La revisión y dictaminación de la cuenta pública representa la fase de control más importante del proceso, de aquí se toman democráticamente decisiones que hacen más eficaz y transparente la gestión gubernamental; derivado del dictamen, debería realizarse una evaluación conjunta entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo con el propósito de evaluar la conveniencia de mantener, eliminar o fortalecer programas y acciones gubernamentales, independientemente del seguimiento a posibles conductas que no respetaron el marco legal. No es ocioso que dentro del marco de organización de la Cámara de Diputados se haya constituido una Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, su responsabilidad se centra en la obligación de conectar los resultados obtenidos en los diferentes programas y acciones gubernamentales con la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio siguiente. Ese marco constitucional y legal no tendría sentido si estas funciones legislativas no tuvieran una buena interconexión.

Para el adecuado desarrollo de sus atribuciones, la Auditoría Superior de la Federación (A.S.F.) presentó a la Comisión de Vigilancia de la Cámara de Diputados su programa de auditorías, visitas e inspecciones para la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2001, no obstante, los datos del Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública 2001, que rindió la Auditoria Superior de la Federación a la H. Cámara de Diputados, indican que se practicaron 335 auditorías, es decir, 49 adicionales a las programadas, con lo cual se practicaron 30 de desempeño, 286 de regularidad y 39 especiales. La variación en el número de auditorias programadas y realizadas corresponden en determinación de la Auditoría Superior de la Federación de auditar más entes públicos federales, ello en plena consonancia con su autonomía técnica y de gestión.

II.- PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y GENERALMENTE ACEPTADOS.

La cuenta pública federal representa el único instrumento creado por la Ley que hace posible que la Cámara de Diputados ejerza su facultad Constitucional de fiscalizar el manejo de los recursos públicos, en consecuencia, dicho instrumento debe reunir requisitos mínimos de calidad y contenido, a efecto de estar en condiciones, con apoyo del órgano técnico de fiscalización, de emitir el presente dictamen.

De acuerdo con la información de la Comisión de Vigilancia de la Cámara de Diputados en términos generales, el Informe de resultados de la revisión de la Cuenta Pública del año 2001, se apegó a lo dispuesto por los artículos 31 y 32 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.

Asimismo, con base en los análisis de esta dictaminadora en el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2001, respecto a la observancia del cumplimiento y sujeción por parte de la administración pública federal a los Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental, se puede concluir que, en lo general, la Cuenta de la Hacienda Pública Federal relativa al ejercicio fiscal por el año 2001, está presentada bajo los Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental, salvo lo que se señala a continuación:

No obstante, se observaron diversas excepciones al cumplimiento de los Principios citados, que en el caso del Sector Central se pueden mencionar las siguientes:

- Registros extemporáneos de ingresos y gastos, realizados o devengados.
- Deficiencias en el control físico y documental de los bienes existentes.

- Estados financieros cuya información es incompleta, al no reconocer el efecto de la inflación.

- En las cuentas de activo no se registraron algunos bienes adquiridos y, por otra parte, no se actualizaron los valores de los inmuebles de las entidades paraestatales.

- En materia de registro presupuestal no se observaron todas las disposiciones legales aplicables, así como clasificaciones incorrectas de partidas presupuestales en el gasto ejercido.

- Registro incorrecto del pago de prestaciones al personal con plaza presupuestal y de honorarios.
- Registro contable incorrecto por adquisiciones de inmuebles, mobiliario y equipo.

En general, la revisión de la Cuenta Pública 2001 pudo constatar que diversas dependencias y entidades del sector paraestatal, en su caso, presentaron sus estados financieros con información incompleta, por la omisión de la actualización de sus cifras; no efectuaron recuentos físicos de los bienes inventariables; no crearon las reservas de las obligaciones laborales; no cumplieron con la consistencia en el cálculo de la depreciación de los activos fijos; tienen activos excedidos respecto a su valor de recuperación; y no consolidan ni valoran las inversiones a través del método de participación.

Asimismo, algunas entidades registraron inobservancias a los Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental, emitidos por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y a los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados emitidos por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C., que se aplican de manera supletoria, siendo las de mayor frecuencia la falta de "Cumplimiento de Disposiciones Legales", "Revelación Suficiente", y "Base de Registro". Se constató que las operaciones y su registro no se ajustaron a las disposiciones de las leyes y reglamentos aplicables, los estados financieros y los registros de los sistemas informáticos no incluyen toda la información que resulta de las operaciones, y los registros se realizaron en forma extemporánea, consignando gastos que no fueron devengados y se presentaron como ejercidos en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2001.

III.- OBSERVANCIA DE LOS PRECEPTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS

Por lo que se refiere a la observancia de los preceptos jurídicos y normativos, con base en los datos presentados en el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2001, esta dictaminadora pudo constatar que en términos generales, la Administración Pública Federal se ajustó a lo que disponen los principales ordenamientos legales, tales como la Ley de Ingresos de la Federación, el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2001, la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; la Ley del Servicio de la Tesorería de la Federación; la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; la Ley de Coordinación Fiscal; y demás ordenamientos aplicables en la materia, salvo lo que prevén los párrafos siguientes:

se señala enseguida:

Esta dictaminadora detectó que derivado de la revisión de la Cuenta Pública existieron diversas irregularidades, ya que el total de las dependencias y entidades revisadas, en mayor o menor medida, no cumplieron estrictamente algunas de las disposiciones y normas jurídicas aplicables. Las principales normas que en materia de ingreso-gasto tuvieron una mayor incidencia de inobservancia, fueron: la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público, y su Reglamento; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al Ejercicio Fiscal de 2001.

A nivel de sectores y ramos, los principales infractores fueron los 14 entes auditados del Sector Energía, ya que 12 de los principales ordenamientos jurídicos que inciden en su operación fueron infringidos; en el Sector Comunicaciones y Transportes los 9 entes auditados inobservaron 9 de dichos ordenamientos. Otros sectores donde se detectaron incumplimientos relevantes, son: Salud, Hacienda y Crédito Público, Desarrollo Social y, Entidades Paraestatales no Coordinadas Sectorialmente.

De los resultados de la revisión de la Cuenta Pública, se puede observar que las principales variantes de inobservancia por ordenamiento jurídico son las siguientes:

En el caso de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 18 de los 134 entes auditados, incumplieron con diversas disposiciones, siendo las más frecuentes que los manuales generales de organización de algunas dependencias y entidades no incluyen procedimientos específicos y/o carecen de autorización, infringiendo con ello el artículo 19 de dicho precepto.

En relación con la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2001, se determinó que se violaron diversos artículos, considerando que una de las entidades auditadas no enteró a la Tesorería de la Federación, los ingresos provenientes del cobro de los Derechos por Trámite Aduanero, contraviniendo lo dispuesto en los artículos 11, primer párrafo y 12; otra no obtuvo la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para contratar deuda externa; una más presentó indebidamente la declaración del cuarto trimestre correspondiente al ejercicio de 2001, relativa a los ingresos obtenidos por el aprovechamiento de rendimientos excedentes, con lo que incumplió lo dispuesto por el artículo 4, fracción XI.

En relación con la Ley General de Deuda Pública, en el Sector Energía en un ente auditado se observó que a algunos créditos se les dio tratamiento contable de Proyectos con Impacto Diferido en el Registro del Gasto, no obstante que por su naturaleza jurídica debieron considerarse como créditos directos, con lo cual se contravino lo dispuesto en los artículos 2 y 18 de dicha ley.

En 37 de los 134 entes auditados se determinaron operaciones que no se ajustaron a lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2001, ya que se realizaron contrataciones de personas físicas y morales para la realización de asesorías, estudios e investigaciones, sin notificar al Órgano Interno de Control correspondiente, con lo cual se infringió el artículo 36 de dicho ordenamiento. Se determinó que en el Sector Energía se autorizaron proyectos de infraestructura productiva sin autorización, con lo que se infringió lo dispuesto por el artículo 60.

La Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal estuvo entre los ordenamientos de mayor inobservancia, ya que en 32 dependencias y entidades revisadas se determinaron que se celebraron contratos de obras públicas que rebasaron las asignaciones presupuestales; deficiencias en los sistemas de programación y administración presupuestal, así como registros contables incorrectos. Los artículos de esta ley que no fueron observados son, entre otros, 13, 30, 39, 40 y 42.

En lo que hace al Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, ya que 66 entes fiscalizados no atendieron puntualmente su contenido. Los principales incumplimientos fueron por falta de registros por programa y subprograma; desfasamientos en los plazos para contabilizar los movimientos operados en el presupuesto, así como ausencia de procedimientos de registro y control de gastos, con lo cual no se atendieron los principios de contabilidad gubernamental, generales y específicos, infringiendo lo dispuesto en los artículos 40, 44, 49, 83, 84, 106 y 105 de dicho precepto.

En cuanto a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, esta Comisión de dictamen constató que en 43 de los 134 entes auditados se observaron diversos incumplimientos. Las principales irregularidades están referidas, entre otras causas a: inexistencia de fianzas; presentación extemporánea de fianzas por parte de contratistas; incumplimiento de contratistas de plazos estipulados para entrega de bienes y servicios, sin que se hayan aplicado las sanciones correspondientes; se determinaron compras de bienes en existencia y se detectaron compras fraccionadas. También se detectó que en varios contratos no se incluyeron cláusulas de garantía de cumplimiento, ni penas convencionales por la entrega extemporánea de los materiales; tampoco se estipularon las condiciones de pago ni se señaló el precio unitario de los bienes; en los contratos de servicio de asesoría no se precisó si el precio era fijo o estaba sujeto a ajustes. Los principales artículos no observados son 1, 6, 40, 45, 46, 48, 52, entre otros.

En materia de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la mayor incidencia de observaciones están asociadas a irregularidades en la planeación, ejecución, administración y control de obra pública. De manera específica, en una entidad se determinaron casos en que los volúmenes de obra contratada fueron superiores a las necesidades del ente; se efectuaron pagos indebidos por la incorrecta integración de precios unitarios, se pagaron volúmenes de obra diferentes a los contratados. Asimismo, se detectaron diferencias entre los volúmenes de obra pagados y los realmente ejecutados. En cuatro entidades fiscalizadas se observó que no contaron con la fianza de vicios ocultos, y en tres la fianza fue tramitada con fecha posterior a la firma y/o acta de entrega correspondiente. En otro caso se detectó que una de las entidades fiscalizadas no realizó con suficiencia los estudios previos de ingeniería; que los trabajos no se iniciaron en la fecha pactada; que la entidad no formalizó el acta de entrega recepción dentro de los plazos establecidos, y se determinaron pagos en exceso en virtud de que se omitió la aplicación de factores de decremento en los ajustes de costo. Se determinó que una entidad realizó pagos sin contar con el soporte documental que desglosa el peso de los elementos que integran las volumetrías pagadas y, en otra, las estimaciones recibidas de los contratistas consideran una periodicidad mayor a un mes. También se observaron diversos incumplimientos a las cláusulas previstas en los diferentes contratos de obra pactados con los proveedores. De esta ley se infringieron los artículos 19, 33, 44, 52, 53,54, 64, 66 y 74, entre otros.

Por lo que corresponde a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento, se determinó que una entidad revisada careció del Manual de Procedimientos para controlar la recepción, entrega y registro de mobiliario y equipo. Se determinó que el propio ente no presentó su programa anual de adquisiciones de bienes, servicios y obra pública, y que su Comité de Adquisiciones careció del manual que regula sus funciones. Por otra parte, se detectó que otra entidad creó reservas de partidas cuyo origen no es identificable; y no contó con los lineamientos aprobados por el Órgano de Gobierno para afectar contra reservas los saldos de las cuentas de bancos y las cuentas relacionadas con pasivo y patrimonio.

En la aplicación de la Ley de Coordinación Fiscal, se detectó que 22 entidades federativas, incluyendo diversos municipios auditados, no cumplieron con las disposiciones de esta ley. Dentro de las irregularidades más comunes podemos mencionar que los recursos federales transferidos vía Ramo General 33, fueron aplicados por 12 entidades a fines distintos a los que establecen los artículos 33, 37, 40, 45 y 46 de la ley, así como también deficiencias para la administración, control, aplicación, registro y comprobación de los recursos transferidos.

En lo concerniente a la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, se determinó su infracción en dos entidades públicas. El caso más relevante se refiere a una entidad que no enteró parte de la recaudación por Derecho de Trámite Aduanero, en contravención de lo que estipula el artículo 30, párrafo primero, de la referida Ley, y 26 de su Reglamento.

Por lo descrito anteriormente, esta dictaminadora considera que si bien la administración pública federal atendió de manera general los preceptos jurídicos y normativos relacionados con la materia, de la revisión de la Cuenta Pública se desprenden un número significativo de incumplimientos que han constituido observaciones a su contenido, siendo procedente que la Auditoria Superior de la Federación, en el marco de sus atribuciones, de puntual seguimiento a su solventación y finque las responsabilidades conducentes.

IV.- EFECTOS ECONÓMICOS DE LAS OBSERVACIONES

De acuerdo con el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2001, la Auditoría Superior de la Federación realizó un ejercicio para cuantificar los efectos económicos de las observaciones determinadas, agrupándose para tal caso en tres bloques: a) criterios contables de registro y revelación; b) Fobaproa-IPAB, y c) inobservancia de la normatividad.

El conjunto de observaciones determinadas por la Auditoría Superior de la Federación se tradujo en un efecto económico de 339 mil 456.2 millones de pesos cifra que representa una referencia monetaria de las observaciones detectadas, las que agrupadas de manera esquemática por origen de la observación dan el siguiente resultado:
 

Las observaciones anteriores, en los términos de la Ley, fueron comunicadas a las dependencias y entidades responsables aún antes de la rendición del informe de resultados que sirve de base para emitir el siguiente dictamen, y su consideración obedece precisamente a hecho de que no fueron solventadas a la fecha de rendición del informe de resultados aludido, sin embargo, también apegado al proceso legal instituido, las dependencias y entidades han dispuesto de los plazos legales para argumentar lo que a ellas convenga, por lo que se estima conveniente presentar a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados la información que actualizada desde el 24 de enero del 2005, respecto del estado que guardan dichas observaciones, tal y como se muestra a continuación.

V.- ANÁLISIS DE LOS PRINCIPALES RESULTADOS ECONÓMICOS Y DE FINANZAS PÚBLICAS

V.1 Panorama Económico

Desde el inicio de 2001 la evolución de la economía mexicana se vio afectada por diversos factores, que si bien algunos de ellos fueron contemplados en la elaboración del programa económico, al agudizarse su tendencia hacían prever un desempeño menos favorable que el anticipado.

En particular, la desaceleración de la economía mundial en una proporción mayor a la esperada, la reducción de la plataforma de exportación de petróleo y la presencia de diversos episodios de volatilidad externa, impactaron negativamente al comercio exterior mexicano, y con ello a la actividad productiva y al empleo.

De esta manera se observó que las principales variables económicas presentaron desviaciones importantes respecto de las metas previstas en los Criterios Generales de Política Económica.

El Producto Interno Bruto (PIB) cayó 0.3% en términos reales, cifra muy por debajo del crecimiento de 4.5% originalmente proyectado y del alcanzado un año antes 6.6%.

El sector industrial se contrajo en 3.5 por ciento anual, lo que se reflejó en una pérdida importante de empleos, al perderse durante el año 358 mil 587 empleos formales.

Por su parte, el sector servicios mostró un crecimiento anual de 1.1 por ciento a precios constantes, influido por la evolución de los servicios financieros, seguros, actividades inmobiliarias y de alquiler, que se expandieron a una tasa de 4.1 por ciento.

El sector agropecuario, silvicultura y pesca aumentó en 2.5 por ciento real, debido tanto a las favorables cosechas en frutas, granos y oleaginosas, como a la mayor captura de diversas especies de mariscos y pescados.

No obstante las dificultades en la economía real, el desempeño financiero fue positivo. El ritmo de crecimiento de los precios se abatió significativamente, en razón del manejo de la política monetaria, y apoyado por menores presiones de demanda; de esta manera; la inflación se ubicó en 4.4%, cifra 2.1 puntos por debajo de la meta originalmente proyectada.

Producto de lo anterior, las tasas de interés tuvieron un comportamiento congruente con las bajas expectativas inflacionarias y las restricciones en materia de política monetaria. El rendimiento de los CETES a 28 días promedió 11.26%, lo que represento un punto porcentual por debajo de lo estimado.

Por lo que se refiere al sector externo, durante el 2001, el déficit de la cuenta corriente de la balanza de pagos representó el 2.9% del PIB, cifra ligeramente inferior a la registrada en el 2000. El comercio exterior de México se redujo, pues las importaciones mostraron una contracción de 3.5% respecto del año previo y las exportaciones lo hicieron en 4.8%, situación que se explica, entre otros factores, por la reducción en el volumen de venta al exterior del crudo, debido a las acciones llevadas a cabo para detener la caída de los precios en los mercados internacionales.

V.2 Finanzas Públicas.

El balance presupuestario, arrojó un déficit de 43,430 millones de pesos, monto superior en 2 mil 459.7 millones de pesos respecto de la meta aprobada. Como proporción del PIB fue equivalente a 0.75 por ciento, mayor en 0.1 puntos al aprobado en la Ley de Ingresos de la Federación para ese año. Comparativamente con el año anterior, fue inferior en 0.3 puntos porcentuales.

El superávit primario -que se obtiene de restar al balance presupuestario los recursos asociados al costo financiero de la deuda- se situó en 144 mil 630.5 millones de pesos, nivel equivalente al 2.5 por ciento del producto, menor en 0.1 y 0.2 puntos porcentuales al del ejercicio precedente y al pronóstico, respectivamente.

Los ingresos ordinarios del sector público se ubicaron en un billón 271 mil 646.3 millones de pesos, cifra inferior en 2.4 por ciento a la prevista en la Ley de Ingresos, y mayor en 2.3 por ciento real a la del ejercicio previo.

La disminución de la actividad económica, la fortaleza del peso frente al dólar y la reducción de la plataforma de exportación del crudo incidieron en la captación de los recursos, principalmente los de origen petrolero.

Por su parte, el crecimiento real con respecto del año 2000 fue resultado del favorable desempeño de los ingresos tributarios, mismos que se elevaron a una tasa de 6.8 por ciento en términos reales, así como el de los organismos y empresas diferentes de PEMEX que se incrementaron 2.4 por ciento real.

El gasto neto total del sector público -gasto total menos amortizaciones de la deuda- ascendió a un billón 327 mil 188.1 millones de pesos, monto que comparado con el del ejercicio precedente fue mayor en 1.3 por ciento real; en tanto que, respecto a lo autorizado originalmente resultó inferior en 34 mil 678.4 millones de pesos.

V.2.1 Ingresos Presupuestarios:

Durante 2001, los ingresos ordinarios del sector público presupuestario ascendieron a un billón 271 mil 646.3 millones de pesos, monto inferior en 2.4 por ciento con relación a lo previsto en la Ley de Ingresos. La contracción nominal observada, se explica fundamentalmente por los recursos de origen petrolero, que se asocia, al menos, con tres factores:

En cuanto a los ingresos no petroleros, se distinguen las caídas en los impuestos a la Importación y Especial sobre Producción y Servicios -IEPS-, así como en los Aprovechamientos, sobre todo por el diferimiento de las desincorporaciones previstas.

Lo anterior se compensó, en parte, con una mayor captación respecto al año anterior de los gravámenes al Valor Agregado, sobre la Renta y Tenencia o Uso de Vehículos.

Asimismo, los ingresos propios del sector paraestatal distinto de PEMEX superaron en 1.0 por ciento la meta anual, lo que se atribuye, fundamentalmente, a recursos adicionales reportados por Luz y Fuerza del Centro, Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado y Caminos y Puentes Federales de Ingresos.

Por su parte, los ingresos del Gobierno Federal ascendieron a 939 mil 114.5 millones de pesos, cantidad inferior en 1.4 por ciento a la estimada en la Ley de Ingresos; en contraste, comparada con la obtenida un año antes fue superior en 2.6 por ciento real.

La diferencia con el pronóstico se explica, principalmente, por la menor recaudación proveniente del Impuesto Especial sobre Producción y Servicio que se aplica a la enajenación de gasolinas y diesel, dada la forma en que opera este gravamen.

También influyó la caída en rubros como el Impuesto a la Importación, Derechos sobre extracción de petróleo y Productos por inversiones financieras.

V.2.2 Gastos Presupuestarios.

Debido a que la reducción de los ingresos por la menor venta de petróleo no pudo ser compensada con los recursos del Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros, y dadas las condiciones legales establecidas para su aplicación, a lo largo del año se realizaron cuatro ajustes al presupuesto de las dependencias y entidades, con la finalidad de no rebasar el límite de déficit fiscal aprobado por el Poder Legislativo.

De esta manera durante el primer trimestre del año el sector público presupuestario registró ingresos ordinarios inferiores a lo estimado en 3 mil 375.3 millones de pesos, razón por la cual en mayo se realizó un ajuste al presupuesto de las dependencias y entidades por la misma cantidad.

Al período enero-junio los ingresos acumularon una contracción respecto a lo programado por 10 mil 175.3 millones de pesos, por ello, en agosto se determinó efectuar un segundo ajuste al gasto equivalente a 6 mil 800.0 millones de pesos, en función de los ahorros generados principalmente en las erogaciones corrientes.

Durante el tercer trimestre los ingresos presupuestarios continuaron su trayectoria negativa; respecto a lo programado, acumulando una menor captación por 13 mil 220.0 millones de pesos, así, en noviembre se determinó una nueva reducción al presupuesto de las dependencias y entidades por 3 mil 045.0 millones de pesos. Dicha medida se llevó a cabo a través de un recorte de 2 mil millones y con ahorros en gasto corriente por un mil 45.0 millones de pesos.

En diciembre se realizó un último ajuste por 3 mil millones de pesos, mismo que se cubrió con un ahorro en el presupuesto del Fondo de Desastres Naturales.

En resumen, los cuatro ajustes presupuestarios sumaron 16 mil 220.3 destacando los correspondientes a los presupuestos de los ramos: Provisiones Salariales y Económicas; Comunicaciones y Transportes; Hacienda y Crédito Público; Educación Pública; Medio Ambiente y Recursos Naturales, y Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, así como a algunas entidades de control presupuestario directo como Comisión Federal de Electricidad, Petróleos Mexicanos y el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Bajo este contexto, en 2001, el gasto neto total del sector público presupuestario -gasto total menos amortización de la deuda- ascendió a un billón 327 mil 188.1 millones de pesos, cifra por abajo de lo esperado en 2.5 por ciento, que equivale a una disminución neta de 34 mil 678.4 millones de pesos.

V.2.2.1 Gasto Programable:

El gasto programable fue de 937 mil 213.9 millones de pesos, cantidad inferior en 1.2 por ciento respecto al proyecto inicial, aunque respecto de lo ejercido un año antes fue superior en 4.0 por ciento en términos reales, lo que se asocia con el incremento en el gasto corriente por 3.4 por ciento y por el de capital en 6.7 por ciento.

Los menores recursos ejercidos se asocian, en gran medida, con los ajustes efectuados al presupuesto, mismos que afectaron la inversión física directa, que cayó 6.1 por ciento en términos reales en comparación con el 2000, y que en términos absolutos fue inferior en 26 mil millones de pesos frente a lo aprobado por la H. Cámara de Diputados.

Se destinaron mayores recursos a las entidades federativas a través del Ramo 33 para cubrir aumentos salariales y la creación de plazas asociadas a los sistemas estatales de educación básica y salud, y se observaron incrementos superiores a lo previsto en los sueldos y prestaciones económicas de las entidades de control presupuestario directo, particularmente en Petróleos Mexicanos y Comisión Federal de Electricidad.

La inversión física directa disminuyó en 19.0 por ciento con relación a lo autorizado. En este resultado influyeron, al menos, los siguientes factores:

El desfase en el programa de inversiones de Comisión Federal de Electricidad, particularmente de proyectos termoeléctricos e hidroeléctricos; el diferimiento de la entrada en operación comercial de las centrales Río Bravo, Hermosillo y Saltillo, y el menor tipo de cambio respecto al utilizado en la elaboración del presupuesto.

La reducción de los recursos orientados al pago de capital de los Proyectos de Infraestructura Productiva de Largo Plazo en operación de PEMEX; el ajuste en los registros del Proyecto Sistema Flotante de Almacenamiento y Descarga, y el retraso en la facturación de contratistas.

La demora en los procesos de licitación, que ocasionó la cancelación de algunas adquisiciones y el aplazamiento en la ejecución de obras por parte del IMSS, principalmente en hospitales generales, regionales y unidades de medicina familiar.

Los menores recursos asociados a la construcción de las carreteras a cargo de la SCT

La cancelación del Programa de Vivienda Progresiva en 11 entidades federativas, al no contar con la reserva territorial necesaria y que, en algunos casos, no cumplieron con las reglas de operación, lo cual incidió en el programa de inversión de SEDESOL.

V.2.2.2 Gasto No Programable:

Al gasto no programable del sector público presupuestario se destinaron 389 mil 974.2 millones de pesos, cantidad por abajo de la previsión en 5.7 por ciento.

Los intereses, comisiones y gastos de la deuda disminuyeron en 11.7 por ciento con relación a la meta. Dicho comportamiento se asocia tanto con el componente interno como con el externo.

Las participaciones a entidades federativas y municipios ascendieron a 196 mil 931.2 millones de pesos, cantidad superior en 1.5 por ciento a la programada, debido a la favorable evolución de la recaudación federal participadle.

En los programas de apoyo financiero se erogaron 39 mil 850.2 millones de pesos, lo que implicó rebasar lo previsto en 1.7 por ciento. Esto se explica por los mayores recursos destinados al Programa para Apoyar a los Deudores de Vivienda, a fin de cubrir los compromisos asumidos en el Programa Punto Final, lo que a su vez, implicará una disminución del monto a pagar de 2003 a 2006.

En resumen, los resultados son los siguientes:

Por considerarlo de interés general y además como soporte al presente dictamen, a continuación se muestran los resultados obtenidos particularmente en algunos programas que se consideran prioritarios:

Pobreza Extrema

Durante 2001 se destinó a los Programas para Superar la Pobreza Extrema 59 mil 713.8 millones de pesos, lo que significó un incremento anual de 9.7 por ciento real, pero un subejercicio de 5.2 por ciento con respecto del presupuesto autorizado por la Cámara de Diputados, al dejar de erogar 3,287.6 millones de pesos.

Desarrollo Humano:

Para el ejercicio fiscal del 2001, la Cámara de Diputados autorizó recursos destinados a este concepto, 31 mil 663 millones de pesos, sin embargo todos los programas que componen esta vertiente de apoyo social registraron subejercicios, que en conjunto ascendieron a 1,793.7 millones de pesos.

Infraestructura Social Básica:

Los recursos orientados al fortalecimiento de la Infraestructura Social Básica ascendieron a 20 mil 803.7 millones de pesos; de los cuales, se dejaron de ejercer 518.2 millones de pesos.

Productividad y Empleo:

La ejecución de los programas para promover la Productividad y el Empleo en zonas de pobreza correspondió a cuatro programas que en conjunto registraron un subejercicio de 975.7 millones de pesos.

V.3 Deuda Pública.

Durante el 2001, la política de deuda pública se orientó a cubrir el déficit fiscal, ampliar el vencimiento promedio de las obligaciones gubernamentales, reducir el costo del financiamiento, disminuir la vulnerabilidad de la deuda pública ante cambios en el entorno internacional y captar recursos para el refinanciamiento de las obligaciones financieras del sector público.

Entre las líneas de acción de mayor relevancia destacaron: financiar el déficit del Gobierno Federal a través del mercado interno; aprovechar el acceso a los mercados internacionales de capital, para realizar operaciones de administración de pasivos; colocar bonos en el exterior a fin de prolongar el vencimiento promedio de los pasivos externos, en particular los de tasa fija; retirar del mercado Bonos Brady, mediante operaciones de recompra e intercambio de deuda, y publicar con anticipación las subastas de valores gubernamentales para propiciar mayor certidumbre en los mercados.

En el ejercicio fiscal del año 2001, el saldo de la deuda bruta del sector público se ubicó en 1 billón 420 mil 869 millones de pesos, equivalente al 24.6 por ciento del PIB, 0.9 puntos porcentuales del producto menos que el registrado en el año 2000 y, en términos absolutos, superior en 19 mil 440.2 millones de pesos al del ejercicio del año anterior.

La deuda interna constituyó el 54.7 por ciento del saldo de la deuda bruta del sector público presupuestario (en el año 2000 representó 49.4 por ciento), acusando un crecimiento anual del 6.7 por ciento en términos reales.

Visto desde la perspectiva institucional, el Gobierno Federal aumentó en el año su saldo en 30 mil 345.1 millones de pesos, con lo que su monto total ascendió a 1 billón 304 mil 824 millones de pesos, significando el 91.8 por ciento del total de deuda bruta presupuestaria. Por su parte, el sector paraestatal disminuyó su saldo en 10 mil 904 millones de pesos, al situarlo en 116 mil 45 millones de pesos, cifra que significó el restante 8.2 por ciento de la deuda bruta presupuestaria.

Al cierre del año 2001, el sector público presupuestario registró un endeudamiento neto en términos de flujo de efectivo de 55 mil 120.9 millones de pesos, resultado que se explica por un endeudamiento interno neto por 68 mil 298.1 millones de pesos, que fue compensado por un desendeudamiento neto con el exterior por 13 mil 177.2 millones de pesos.

Institucionalmente, el Gobierno Federal presentó un endeudamiento neto de 64 mil 136.9 millones de pesos, resultado de un endeudamiento interno por 70 mil 549.6 millones, el cual fue compensado por un desendeudamiento con el exterior por 6 mil 412.7 millones de pesos. Por su parte, el sector paraestatal reportó un desendeudamiento neto de 9 mil 016 millones de pesos, de los cuales 2 mil 251.5 millones correspondieron al componente interno y 6 mil 764.5 millones al externo.

El saldo de la deuda externa bruta del sector público se ubicó en 643 mil 128.9 millones de pesos, cantidad inferior en 14 por ciento real respecto del registro del año 2000 y equivalente al 11.1 por ciento del PIB.

Entre los principales elementos que caracterizaron la evolución de la deuda externa pueden señalarse los siguientes:

- Reestructuración de pasivos externos para mejorar su perfil y costo, y la obtención de financiamientos por un monto no mayor al requerido para compensar los vencimientos de las obligaciones externas para el 2001.

- Operaciones de administración de pasivos que repercutieron de manera positiva en el saldo, costo y perfil de vencimientos de los pasivos externos, mediante las cuales se captaron 8 mil 999.7 millones de dólares.

- Cancelación anticipada de Bonos Brady por 8 mil 638.7 millones de dólares, cifra que representó poco más del 50 por ciento del saldo al cierre de 2000.

- Emisión de bonos en los mercados internacionales de capital por parte de PEMEX, por 600 millones de dólares, para apoyar el refinanciamiento de sus pasivos.

- Obtención de recursos provenientes de líneas de crédito de Comercio Exterior por 9 mil 8.6 millones de dólares; del Mercado Bancario por 3 mil 668.9 millones de dólares; de OFI?s por un mil 398.9 millones de dólares y por otros conceptos por 654.8 millones de dólares.

Es importante considerar que el financiamiento externo del sector público se destinó fundamentalmente a refinanciar pasivos; apoyar programas de exportación y exportación de crudo, gas natural y petrolíferos; programas de desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresas; y programas de saneamiento financiero de estados y municipios, y financiar proyectos de infraestructura petrolera y educativa, entre otros propósitos.

Respecto de la deuda interna bruta del sector público presupuestario, al cierre del 2001 ésta ascendió a 777 mil 740.1 millones de pesos, lo que representó un crecimiento del 6.7 por ciento real en relación con el saldo de un año antes. Como proporción del PIB, la deuda interna bruta presupuestaria se ubicó en 13.5 por ciento.

La deuda interna bruta correspondiente al Gobierno Federal alcanzó los 763 mil 558.6 millones de pesos, cifra superior en 88 mil 451.9 millones de pesos al saldo registrado en 2000, como resultado de un endeudamiento interno neto de 80 mil 209.4 millones de pesos, más ajustes contables al alza por 8 mil 242.5 millones de pesos. Con relación al PIB el saldo de la deuda interna bruta del Gobierno Federal se situó en 13.2 por ciento, frente a 12.3 por ciento del 2000. En términos netos, la deuda interna del Gobierno Federal, ascendió a 690 mil 977.2 millones de pesos, cifra mayor en 84 mil 795 millones de pesos respecto al observado en 2000.

Otros aspectos relevantes en materia de deuda interna para el ejercicio fiscal de 2001, fueron:

- Se cubrieron las necesidades de financiamiento derivadas del déficit del Gobierno Federal y se mejoró el perfil de vencimiento de los valores gubernamentales.

- Se siguió informando de manera anticipada el esquema trimestral de subastas de títulos gubernamentales vigentes.

- Se continuó aplicando medidas para ampliar la liquidez en los mercados secundarios del papel gubernamental, como son, la reapertura de emisiones a diferentes plazos y la consolidación de la figura de formadores de mercado.

- Se buscó reducir la vulnerabilidad de las finanzas públicas ante movimientos al alza en las tasas de interés, e impulsar un mercado de deuda privada de largo plazo, con la incorporación de instrumentos de más largo plazo.

- Se incrementó el plazo promedio de vencimiento de los valores gubernamentales en 39 por ciento, al pasar de 368 días al cierre de 2000 a 748 días a diciembre de 2001.

- Los valores gubernamentales representaron el 89.5 por ciento de la deuda interna bruta del Gobierno Federal, dentro del cual los BONDES representaron el 43.9 por ciento, los CETES 27.4, los Bonos de desarrollo a Tasa Nominal Fija 15.4; y UDIBONOS 13.3 por ciento.

En materia de costo financiero de la deuda pública, en el año 2001 el sector público presupuestario erogó 188 mil 060.6 millones de pesos para cubrir dicho costo (intereses, comisiones y gastos de la deuda), así como los apoyos financieros a los ahorradores y deudores de la banca, cantidad menor en 19 mil 24.7 millones de pesos respecto del monto originalmente previsto a ejercerse para ese año (207 mil 085.3 millones de pesos).

Para atender el pago de intereses, comisiones y gastos de la deuda pública presupuestaria, se destinaron 148 mil 210.4 millones de pesos, cifra 11.7 por ciento inferior a lo previsto en el programa anual.

Por lo que hace a los programas de apoyo a ahorradores y deudores de la banca, se erogaron 39 mil 850.2 millones de pesos, de los cuales 24 mil 270 millones se destinaron al Programa de Apoyo a Ahorradores a través del IPAB, y 15 mil 580.2 millones de pesos a los programas de Apoyo a Deudores, este último, superior en 672.3 millones de pesos a los recursos autorizados para el año, lo que se explica principalmente por la ampliación de los pagos destinados a cubrir los compromisos del Programa de Apoyo a Deudores de Créditos Hipotecarios.

Por todo lo anteriormente expuesto la H. Cámara de Diputados emite el siguiente D E C R E T O al amparo de los siguientes considerandos:

PRIMERO.- El Poder Ejecutivo Federal presentó en tiempo y forma la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio fiscal 2001.

SEGUNDO.- La Auditoria Superior de la Federación, en uso de las facultades que le otorga la Ley, revisó la Cuenta de la Hacienda Pública Federal e informó de sus resultados a la Cámara de Diputados, con base en lo cual se concluye que:

La Cuenta de la Hacienda Pública Federal fue presentada, en lo general, de conformidad con los principios de contabilidad gubernamental salvo lo previsto en el Capítulo II del presente documento.

La gestión Gubernamental de manera general respetó el marco normativo y legal aplicable, salvo lo dispuesto en el Capítulo III del presente documento.

Los resultados económicos tuvieron desviaciones respecto a las metas proyectadas, tal y como se explica en el Capítulo V del presente documento.

DECRETO

ARTÍCULO 1.- La Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio fiscal de 2001 fue recibida en tiempo y forma el 10 de junio del 2002 por la Cámara de Diputados, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 74 fracción IV séptimo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

ARTÍCULO 2.- En uso de las facultades previstas en el primer párrafo de la fracción IV del Artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Cámara de Diputados procedió a revisar la Cuenta Pública Federal correspondiente al ejercicio fiscal del año 2001.

ARTÍCULO 3.- En los términos del párrafo quinto de la fracción IV del artículo 74 Constitucional, la Cámara de Diputados ha conocido los resultados de la gestión financiera y ha comprobado que dichos resultados no se ajustan a los criterios señalados por el presupuesto ni se han cumplido los objetivos contenidos en los programas que expresamente fueron observados en los capítulos II, III y V.

ARTÍCULO 4.- La Cámara de Diputados en ejercicio de la facultad exclusiva que le otorga la fracción IV del Artículo 74 Constitucional, instruye a la Auditoría Superior de la Federación que goza de autonomía técnica y de gestión, para que en uso de sus atribuciones legales, continúe con los procesos de solventación pendientes y finque las responsabilidades procedentes.

Por la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Diputados: Ángel Augusto Buendía Tirado (rúbrica), Presidente; Alejandro González Yáñez, secretario; Minerva Hernández Ramos (rúbrica), secretaria; Guillermo Huízar Carranza (rúbrica), secretario; Jorge Antonio Kahwagi Macari, secretario; Arturo Osornio Sánchez, secretario; José Guadalupe Osuna Millán, secretario; Gabriela Ruiz del Rincón (rúbrica en contra), secretaria; Luis Antonio Ramírez Pineda (rúbrica en abstención), secretario; Luis Maldonado Venegas (rúbrica), secretario; Francisco Xavier Alvarado Villazón (rúbrica), Antonio Francisco Astiazarán Gutiérrez (rúbrica), Clara Marina Brugada Molina (rúbrica), Javier Castelo Parada (rúbrica en contra), María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Federico Döring Casar (rúbrica), José Ángel Ibáñez Montes, Gustavo Madero Muñoz (rúbrica en contra), Raúl Mejía González (rúbrica), Francisco Luis Monárrez Rincón (rúbrica), Juan Francisco Molinar Horcasitas (rúbrica en contra), Manuel Enrique Ovalle Araiza (rúbrica en contra), Oscar Pimentel González (rúbrica), Francisco Rojas Gutiérrez (rúbrica), María Esther Scherman Leaño (rúbrica), Francisco Xavier Salazar Díez de Sollano (rúbrica en contra), Víctor Suárez Carrera (rúbrica), Francisco Suárez Dávila (rúbrica), José Isabel Trejo Reyes (rúbrica en contra), Alfredo Villegas Arreola (rúbrica).