Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 1900-I, jueves 8 de diciembre de 2005.


Dictámenes a discusión
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Dictámenes
DE LAS COMISIONES UNIDAS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, Y DE ECONOMÍA, CON PROYECTO DE DECRETO QUE EXPIDE LA LEY DE PRODUCTOS ORGÁNICOS

HONORABLE ASAMBLEA:

A las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería y de Economía de la LIX Legislatura de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión les fueron turnada para su análisis, estudio y dictamen correspondiente, la Minuta con Proyecto de Decreto que Expide la Ley de Productos Orgánicos enviada por la H. Cámara de Senadores el pasado 22 de noviembre de 2005.

Con fundamento en los artículos 72 inciso e) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los Artículos 65, 87, 88, 89 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde a estas Comisiones de Agricultura y Ganadería y de Economía el análisis y estudio de la Minuta en comento para presentar ante el Pleno de la H. Cámara de Diputados el correspondiente dictamen.

ANTECEDENTES

El 26 de abril de 2005, la H. Cámara de Senadores aprobó por mayoría el dictamen presentado por las Comisiones dictaminadoras por la que se expide la Ley de Productos Orgánicos, remitiéndose a esta H. Cámara de Diputados.

El 28 de abril de 2005 la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la mencionada Minuta a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería y de Economía, para su correspondiente análisis, discusión y elaboración de dictamen.

El 13 de julio de 2005 la Presidencia de la Mesa Directiva modifico el turno a la Minuta en cuestión para quedar como sigue: "Se turna a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería y de Economía, con opinión de la Comisión de Desarrollo Rural"

El 18 de octubre de 2005, las Camisones dictaminadoras de esta Cámara de Diputados sometieron a votación el proyecto de dictamen de la Ley de Productos Orgánicos y con base el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se devolvió al Senado de la República con observaciones.

El 20 de octubre de 2005 la Cámara de Senadores recibió la minuta con proyecto de decreto que expide la Ley de Productos Orgánicos con las observaciones de esta Soberanía para su estudio y análisis.

El 17 de noviembre de 2005 se aprobó en la Cámara de Senadores las observaciones enviadas por esta colegisladora resultando favorablemente la aprobación de las dos observaciones realizadas por las Comisiones dictaminadoras, no así de las enmiendas aprobadas en el Pleno de la Cámara de Diputados.

El 22 de noviembre la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turno la mencionada minuta a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería y de Economía para su estudio análisis y dictamen correspondiente.

DESCRIPCIÓN DE LA MINUTA

En el Titulo Primero, se establece el reconocimiento jurídico de la producción agropecuaria orgánica, así como la definición de sus características más generales, los objetivos de la Ley y el ámbito de su aplicación, de forma tal que no se limitan las posibilidades para la expansión del objeto de la Ley o de las actividades reguladas, pero se confiere un marco general de regulación que otorgue protección y fomento a productores y consumidores.

En el Titulo Segundo, se disponen las formas y procedimientos generales para la producción y procesamiento de productos que pretenden obtener la certificación para su comercialización bajo la denominación de productos orgánicos; así como los mecanismos para la conversión de la producción convencional a orgánica.

En el Titulo Tercero, se encuentran las formas y procedimientos para el control de las actividades reguladas, creando para el efecto un organismo de control desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación denominado Comité Nacional de Producción Orgánica, al que se encarga la organización de una serie de organismos públicos o privados encargados de la certificación de los productos orgánicos. Asimismo, se establecen las medidas de control que podrán desarrollar tanto la Secretaria como el Comité, las formalidades para el registro, certificación, etiquetado y vigilancia de los productos derivados de la actividad y la determinación de las substancias permitidas o no para el desarrollo de las actividades bajo reglamentación.

Al Titulo Cuarto se reserva la regulación de la importación de mercancías que pretendan ser comercializadas en el mercado mexicano bajo la denominación de productos orgánicos, estableciendo los requisitos y procedimientos para su internación conservando dicha calidad.

En el Titulo Quinto, se establecen los mecanismos para la promoción y fomento de la producción y el consumo de productos orgánicos.

En el Sexto y último Titulo, se disponen las sanciones que puede establecer la Secretaría cuando existan violaciones a la regulación en esta materia y los recursos que pueden promover los particulares en contra de dichas sanciones o en caso de actos que afecten sus interese. Asimismo, se establece la posibilidad del arbitraje para la resolución de controversias surgidas en el desarrollo de las actividades reguladas.

CONSIDERACIONES

Que la Cámara de Senadores conformó un grupo plural e interinstitucional mediante el cual se abrió un espacio para el debate, el análisis y la conclusión por la cual se consideró pertinente y necesaria una Ley de Productos Orgánicos.

Que los productos orgánicos son aquellos producidos sin pesticidas, ni agroquímicos de síntesis y que son controlados en toda la cadena productiva; de tal forma que garantiza alimentos sanos para el consumidor y con grandes beneficios al medio ambiente antes, durante y después de su producción.

Que los sistemas de producción y procesamiento orgánicos, permiten la conservación y mejoramiento de los recursos naturales, tales como agua, suelo, aire, biodiversidad, etc. Se basan en normas de producción específicas y precisas cuya finalidad es lograr agroecosistemas óptimos, que sean sostenibles desde el punto de vista social, ecológico y económico.

Que la agricultura orgánica es un sistema de producción fácilmente adaptado por miles de productores mexicanos, quienes entre otros factores favorables encuentran:

a) Tecnología accesible.
b) Mercado internacional y nacional abierto.
c) La gran diversidad climática de México permite el desarrollo integral de estos sistemas de producción.
d) Cada vez más consumidores concientes ambientalmente pero también preocupados por su salud.
e) Aplicación de prácticas compatibles en áreas de reserva a zonas protegidas.
Que la Ley de Productos Orgánicos servirá para fomentar el desarrollo de estos sistemas productivos en el territorio nacional; para la recuperación de cuencas hidrológicas, aguas, suelos, ecosistemas y sistemas agropecuarios deteriorados por las prácticas convencionales de producción de alto uso de insumos agropecuarios y reorientarlas a prácticas sustentables y amigables a los ecosistemas. Fomentará la producción de alimentos libres de sustancias dañinas al hombre y a los animales y podrá contribuir a la soberanía y a la seguridad alimentarías en sectores más desprotegidos. Además se fomentará el desarrollo de un mercado nacional de consumidores de productos orgánicos, ecológicos, naturales.

Que el sector orgánico en México esta representado en casi la totalidad de los estados del país e integran a más de 33 mil productores quienes cultivan bajo estos sistemas más de 400 mil hectáreas generando divisas que superan en valor los 300 millones de dólares.

Que existe en el país una legislación sólo incipiente en materia de regulación y fomento de actividades productivas bajo prácticas orgánicas y que una Ley específica, como la que propone esta Minuta, proporcionaría el marco jurídico general más adecuado para dar coherencia e integridad en la materia. Esto no solo, en lo referente a algunos aspectos de la regulación, sino sobre todo, en lo que corresponde al fomento de estas actividades. La tendencia nacional e internacional de la producción orgánica, la apertura de mercados y el desarrollo del marcado doméstico hacen indispensable un marco normativo e institucional que garantice el respeto de las características específicas de la producción orgánica para la protección de los productores y los consumidores.

Que las prácticas orgánicas, al menos en productos de origen vegetal, se están realizando en las Entidades Federativas del país entre los que destaca el estado de Chiapas, en donde operan el mayor número de zonas y superficie a nivel nacional en actividades productivas de tal naturaleza. Asimismo los estados de Oaxaca, Chihuahua, Michoacán, Guerrero, Jalisco, Baja California, Baja California Sur, Sonora, Sinaloa, Tamaulipas, Puebla, Hidalgo, Colima, Guanajuato, Querétaro, Yucatán, Tabasco, Nayarit, Durango, Veracruz, Coahuila y Zacatecas.

Que en lo que corresponde a productos orgánicos vegetales, los cultivos que en orden de importancia así se manejan abarcan el café, el mango, ajonjolí, vainilla, palma africana, manzana, aguacate y varios más. En el caso del café, en el año 2000, más del 11% de la producción total nacional provenía de prácticas orgánicas y actualmente, de acuerdo a lo manifestado en el II Foro Internacional de Agricultura Orgánica, alrededor del 25% de la producción cafetalera nacional es orgánica.

Estas Comisiones dictaminadoras después de hacer un estudio minucioso de las de la minuta que nos remite la colegisladora y una ves que se revisaron los argumentos técnicos, y jurídicos se considera que la minuta satisface y cumple con los objetivos y alcances previstos en lo general por la Ley que se pretende expedir.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, estas Comisiones dictaminadoras y con la opinión favorable de la Comisión de Desarrollo Rural estimamos viable y certeras las argumentaciones y planteamientos sustantivos de la colegisladora y hemos tenido a bien someter a la consideración de esta H. Soberanía el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO QUE EXPIDE LA DE LEY DE PRODUCTOS ORGÁNICOS

Artículo Único: Se expide la Ley de Productos Orgánicos

LEY DE PRODUCTOS ORGÁNICOS

TÍTULO PRIMERO
DEL OBJETO Y APLICACIÓN DE LA LEY

Artículo 1.- La presente Ley es de orden público y de interés social y tiene por objeto:

I. Promover y regular los criterios y/o requisitos para la conversión, producción, procesamiento, elaboración, preparación, acondicionamiento, almacenamiento, identificación, empaque, etiquetado, distribución., transporte, comercialización, verificación y certificación de productos producidos orgánicamente.

II. Establecer las prácticas a que deberán sujetarse las materias primas, productos intermedios, productos terminados y subproductos en estado natural, semiprocesados o procesados que hayan sido obtenidos con respeto al medio ambiente y cumpliendo con criterios de sustentabilidad;

III. Promover que en los métodos de producción orgánica se incorporen elementos que contribuyan a que este sector se desarrolle sustentado en el principio de justicia social;

IV. Establecer los requerimientos mínimos de verificación y Certificación orgánica para un Sistema de control, estableciendo las responsabilidades de los involucrados en el proceso de Certificación para facilitar la producción y/o procesamiento y el comercio de productos orgánicos, a fin de obtener y mantener el reconocimiento de los certificados orgánicos para efectos de importaciones y exportaciones;

V. Promover los sistemas de producción bajo métodos orgánicos, en especial en aquellas regiones donde las condiciones ambientales y socioeconómicas sean propicias para la actividad o hagan necesaria la reconversión productiva para que contribuyan a la recuperación y/o preservación de los ecosistemas y alcanzar el cumplimiento con los criterios de sustentabilidad;

VI. Permitir la clara identificación de los productos que cumplen con los criterios de la producción orgánica para mantener la credibilidad de los consumidores y evitar perjuicios o engaños;

VII. Establecer la lista nacional de substancias permitidas, restringidas y prohibidas bajo métodos orgánicos así como los criterios para su evaluación, y

VIII. Crear un organismo de apoyo a la Secretaría donde participen los sectores de la cadena productiva orgánica e instituciones gubernamentales con competencia en la materia, quien fungirá corno Consejo asesor en la materia.

Artículo 2.- Son sujetos de la presente Ley, las personas físicas o morales que realicen o certifiquen actividades agropecuarias mediante sistemas de producción, recolección y manejo bajo métodos orgánicos, incluyendo su procesamiento y comercialización.

Artículo 3.- Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

I. Acreditación: Procedimiento por el cual una entidad de acreditación reconoce la competencia técnica y confiabilidad de los organismos de certificación para la Evaluación de la conformidad;

II. Actividades Agropecuarias: Procesos productivos primarios y secundarios basados en recursos naturales renovables tales como la agricultura, ganadería, acuacultura, pesca y silvícolas;

III. Aprobación: Proceso en el que la Secretaría reconoce y autoriza legalmente a un Organismo de Certificación para que desempeñe las funciones de certificador o inspector;

IV. Certificación orgánica: Proceso a través del cual los organismos de certificación acreditados y aprobados, constatan que los sistemas de producción, manejo y procesamiento de productos orgánicos se ajustan a los requisitos establecidos en las disposiciones de esta Ley;

V. Certificado orgánico: Documento que expide el organismo de certificación con el cual asegura que el producto fue producido y/o procesado conforme a esta Ley y sus disposiciones reglamentarias;

VI. Consejo: Consejo Nacional de Producción Orgánica;

VII. Evaluación de la conformidad: La determinación del grado de cumplimiento con las normas oficiales mexicanas o la conformidad con las normas mexicanas, las normas internacionales u otras especificaciones, prescripciones o características. Comprende, entre otros, los procedimientos de muestreo, prueba, calibración, certificación y verificación;

VIII. Disposiciones aplicables: Normas, lineamientos técnicos, pliegos de condiciones o cualquier otro documento normativo emitido por las Dependencias de la Administración Pública Federal que tengan competencia en las materias reguladas en este ordenamiento;

IX Manejo: La acción de vender, procesar o empacar productos orgánicos, el transporte o la entrega de cosechas, ganado o captura de parte del productor de éstos al negociante, excepto que tal término no incluye la comercialización final;

X. Métodos excluidos: Los métodos utilizados para modificar genéticamente organismos o influir en su crecimiento y desarrollo por medios que no sean posibles según condiciones o procesos naturales y que no se consideren compatibles con la producción orgánica. Tales métodos incluyen de manera enunciativa y no limitativa a la fusión de células, micro-encapsulación y macro-encapsulación, y tecnología de recombinación de ácido desoxiribonucléico (ADN), incluyendo supresión genética, duplicación genética, la introducción de un gen extraño, y cambiar las posiciones de los genes cuando se han logrado por medio de la tecnología de recombinado ADN. También son conocidos como organismos obtenidos o modificados genéticamente. En tales métodos quedan excluidos el uso de la reproducción tradicional, conjugación, fermentación, hibridación, fertilización in vitro o el cultivo de tejido;

XI. Operador orgánico: persona o grupo de personas que realizan operación orgánica;

XII. Orgánico: término de rotulación que se refiere a un producto de las actividades agropecuarias obtenido de acuerdo con esta Ley y las disposiciones que de ella deriven. Las expresiones orgánico, ecológico, biológico y las denominaciones con prefijos bio y eco, que se anoten en las etiquetas de los productos, se consideran como sinónimos y son términos equivalentes para fines de comercio nacional e internacional;

XIII. Organismos de certificación orgánica: personas morales acreditadas y aprobadas para llevar a cabo actividades de Certificación orgánica;

XIV. Periodo de conversión: tiempo que transcurre entre el comienzo de la producción y/o manejo orgánico y la Certificación orgánica de cultivos, ganadería u otra actividad agropecuaria;

XV. Plan orgánico: documento en que se detallan las etapas de la producción y el manejo orgánico e incluye la descripción de todos los aspectos de las actividades de producción orgánica sujetos a observancia de acuerdo con esta Ley y sus disposiciones reglamentarias;

XVI. Procesamiento: las actividades de cocinar, hornear, curar, calentar, secar, mezclar, moler, batir, separar, extraer, sacrificar animales, cortar, fermentar, destilar, destripar, descabezar, preservar, deshidratar, preenfriar, enfriar y congelar o procedimientos de manufactura análogos a los anteriores; incluye el empaque, reempaque, enlatado, envasado, enmarquetado o la contención de alimentos en envases;

XVII. Producción Orgánica: sistema de producción y procesamiento de alimentos, productos y subproductos animales, vegetales u otros satisfactores, con un uso regulado de insumos externos, restringiendo y en su caso prohibiendo la utilización de productos de síntesis química;

XVIII. Registro: cualquier información por escrito, visual, o en forma electrónica en el que consten las actividades llevadas a cabo por un productor, procesador, comercializador u Organismo de Certificación en el cumplimiento de esta Ley y sus disposiciones reglamentarias;

XIX. Secretaría: Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación,y

XX. Sistema de control. Es el conjunto de procedimientos y acciones de la Secretaría para garantizar que los productos denominados como orgánicos hallan sido obtenidos conforme lo establece esta Ley.

Artículo 4.- La aplicación e interpretación de la presente Ley, para efectos administrativos, corresponderá al Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría. Cuando se trate de productos, subproductos y materias primas forestales o productos y subproductos de la vida silvestre, la aplicación e interpretación de la presente Ley corresponderá a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

La Secretaría coordinará sus acciones con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que, respetando sus respectivas competencias, se establezca una ventanilla única para el trámite de la certificación previsto en la presente Ley que involucre productos, subproductos y materias primas comprendidos dentro del ámbito de competencia de ambas dependencias.

Artículo 5.- Serán de aplicación supletoria de la presente Ley:

I. En materia de Acreditación de Organismos de Certificación y Evaluación de la conformidad, la Ley Federal sobre Metrología y Normalización;

II. Tratándose de recursos, materias primas, productos y subproductos forestales, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, y

III. Tratándose de productos y subproductos de la vida silvestre, la Ley General de Vida Silvestre.

Artículo 6.- Corresponderá a la Secretaría. I. Proponer acciones para impulsar el desarrollo de la producción orgánica;

II. Coordinar y dar seguimiento a las actividades de fomento y desarrollo integral en materia de productos orgánicos;

III. Celebrar convenios de concertación y suscripción de acuerdos de coordinación para la promoción del desarrollo de la producción orgánica con las entidades federativas y municipios;

IV. Promover el desarrollo de capacidades de los Operadores, Organismos de Certificación, evaluadores y auditores orgánicos y el grupo de expertos evaluadores de insumos para operaciones orgánicas;

V. Promover la integración de los comités sistema producto en materia orgánica, de conformidad con lo establecido en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable;

VI. Fomentar la Certificación orgánica así como la promoción de los productos orgánicos en los mercados nacional e internacional;

VII. Promover la investigación científica y la transferencia de tecnología orientada al desarrollo de la actividad de producción y procesamiento de productos orgánicos;

VIII. Promover programas de cooperación con centros de investigación y de enseñaza, nacionales o internacionales, para fomentar la investigación científica que apoye el desarrollo del sector productivo orgánico;

IX. Emitir los instrumentos y/o Disposiciones aplicables que regulen las actividades de los Operadores orgánicos;

X. Publicar y mantener actualizadas:

A. La lista nacional de substancias, materiales, métodos, ingredientes e insumos permitidos, restringidos y prohibidos para la producción o manejo bajo métodos orgánicos.

B. Las Disposiciones aplicables para la producción, cosecha, captura, recolección, acarreo, elaboración. preparación, procesamiento, acondicionamiento, identificación, empaque, almacenamiento, transporte, distribución, pesca y acuacultura; la comercialización, etiquetado, condiciones de uso permitido de las substancias, materiales o insumos; y demás que formen parte del Sistema de control y Certificación de productos derivados de actividades agropecuarias que lleven un etiquetado descriptivo relativo a su obtención bajo métodos orgánicos.

C. Las especificaciones para el uso del término orgánico en el etiquetado de los productos.

XI. Coordinarse en su caso con la Secretaría de Economía para gestionar y mantener la equivalencia internacional para el reconocimiento del Sistema de control nacional, a fin de facilitar el comercio internacional de los productos orgánicos, así como evaluar los sistemas de control aplicados en los países que soliciten acuerdos de equivalencia en la materia;

XII. Promover la apertura en las fracciones arancelarias existentes para productos provenientes de sistemas orgánicos, a fin de facilitar la comercialización diferenciada y coadyuvar al mantenimiento de la integridad orgánica en las exportaciones e importaciones de las mercancías, y

XIII. Aplicar los derechos relacionados con los servicios en todo el Sistema de control nacional y demás actos administrativos de la Secretaría que se deriven de la aplicación de esta ley, los cuales se sujetarán a lo dispuesto por la Ley Federal de Derechos.

Artículo 7.- La Secretaría se coordinará con las Dependencias de la Administración Pública Federal en el ámbito de sus respectivas competencias para lo conducente sobre la materia objeto del presente ordenamiento.

TÍTULO SEGUNDO
DE LOS CRITERIOS DE LA CONVERSIÓN, PRODUCCIÓN Y PROCESAMIENTO ORGÁNICOS

CAPÍTULO PRIMERO
DE LA CONVERSIÓN

Artículo 8.- Todos los productos deberán pasar por un periodo de conversión para acceder a la Certificación orgánica. Los productos obtenidos en periodo de conversión no podrán ser certificados ni identificados como orgánicos.

Artículo 9.- Las especificaciones generales a que se sujetarán los productos en periodo de conversión se establecerán en las Disposiciones aplicables que emitirá la Secretaría.

CAPÍTULO SEGUNDO
DE LA PRODUCCIÓN Y PROCESAMIENTO

Artículo 10.- La Secretaría publicará, con la asesoría y opinión del Consejo, las Disposiciones aplicables para establecer los criterios que los Operadores deben cumplir en cada fase de la cadena productiva para la obtención de productos orgánicos, para que se puedan denominar como tales en el mercado nacional y con fines de exportación.

Artículo 11.- Para el almacenamiento, transporte y distribución de los productos orgánicos, se estará a las Disposiciones aplicables que publique la Secretaría, con la finalidad de mantener la integridad orgánica.

Artículo 12.- Tratándose de productos y subproductos de la vida silvestre los Operadores observarán los criterios de la Ley General de Vida Silvestre y, tratándose de recursos, materias primas, productos y subproductos forestales, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable así como las disposiciones que de ellas se deriven.

TÍTULO TERCERO
DEL CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN ORGÁNICA

CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 13.- Se crea el Consejo Nacional de Producción Orgánica como órgano de consulta de la Secretaría, con carácter incluyente y representativo de los intereses de los productores y agentes de la sociedad en materia de productos orgánicos. Este Consejo se integrará por el Titular de la Secretaría, quien lo presidirá, dos representantes de las organizaciones de procesadores orgánicos, uno de comercializadores, cuatro de Organismos de certificación, uno de consumidores y por siete de organizaciones nacionales de productores de las diversas ramas de la producción orgánica.

Artículo 14.- Formarán parte del Consejo representantes de la propia Secretaría, de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal relacionadas con la materia, representantes de instituciones académicas y de investigación.

Artículo 15.- El Consejo operará en los términos que disponga su reglamento interior.

Artículo 16.- Son funciones del Consejo:

I. Emitir opinión a la Secretaría sobre instrumentos regulatorios nacionales o internacionales que incidan en la actividad orgánica;

II. Expresar opinión y asesorar a la Secretaría sobre las Disposiciones que ésta emita relativas a métodos orgánicos, así como para la evaluación de sustancias y materiales;

IV. Asesorar a la Secretaría en los aspectos de orden técnico;

IV. Proponer a la Secretaría la celebración de convenios de concertación y suscripción de acuerdos de coordinación para la promoción del desarrollo de la producción orgánica con las entidades federativas y municipios;

V. Fomentar, en coordinación con la Secretaría, la capacitación y el desarrollo de capacidades de Operadores, Organismos de certificación, evaluadores y auditores orgánicos y del grupo de expertos evaluadores de insumos para operaciones orgánicas;

VI. Coadyuvar con la Secretaría en el reconocimiento mutuo en el ámbito internacional de la equivalencia del Sistema de control mexicano;

VII. Proponer a la Secretaría acciones y políticas que tengan como objetivo el fomento al desarrollo de la producción orgánica;

VIII. Establecer grupos de trabajo en las diferentes actividades específicas relacionadas con la producción orgánica;

IX. Coadyuvar con la Secretaría en el establecimiento de un padrón de los sujetos destinatarios de las disposiciones de la presente Ley, así como en la generación de información para conformar las estadísticas nacionales de la producción y comercialización de productos orgánicos;

X. Reglamentar su funcionamiento interno, y

XI. Las demás que le asignen la presente Ley y demás disposiciones que se deriven de la misma.

TÍTULO CUARTO
DEL SISTEMA DE CONTROL Y CERTIFICACIÓN DE PRODUCTOS ORGÁNICOS

CAPÍTULO PRIMERO
DE LOS ORGANISMOS DE CERTIFICACIÓN Y LA CERTIFICACIÁN

Artículo 17.- La Evaluación de la conformidad y Certificación de los productos orgánicos solamente podrá llevarse a cabo por la Secretaría o por Organismos de Certificación acreditados conforme a lo establecido en esta Ley y las disposiciones que se deriven de ella, así como en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, en su carácter de ordenamiento supletorio.

Artículo 18.- Los Organismos de certificación interesados en ser aprobados para certificar productos orgánicos deberán cubrir como mínimo los siguientes requisitos:

I. Solicitar por escrito la aprobación a la Secretaría, y

II. Demostrar haberse acreditado por una Entidad de Acreditación en términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y/o demostrar Acreditación bajo la Guía ISO 65 o su equivalente nacional o de otros países.

Artículo 19.- Los operadores interesados en certificar sus productos como orgánicos, deberán acudir a un Organismo de Certificación Acreditado y Aprobado, el cual evaluará la conformidad de los mismos respecto a las Disposiciones aplicables emitidas por la Secretaría y otorgará, en su caso, un certificado orgánico.

Artículo 20.- Los Organismos aprobados para Certificación de productos orgánicos deberán presentar un informe anual de sus actividades a la Secretaría, el cual debe comprender una lista de las operaciones atendidas y el status de su Certificación, el alcance y cobertura de la Certificación en las unidades de producción correspondientes y lista de evaluadores orgánicos;

Artículo 21.- La Secretaría emitirá Disposiciones aplicables dirigidas a establecer:

I. Un sistema de registros y datos en los que consten las estadísticas y actividades llevadas a cabo por los Operadores de productos orgánicos en el país;

II. Las acciones a realizar en caso de negativa de Certificación a un Operador, y

III. Las acciones a realizar por los Operadores en los casos del retiro, término de la vigencia o revocación de la autorización a los Organismos de certificación con la cual estaban certificando.

Artículo 22.- Para denominar a un producto como orgánico, deberá contar con la Certificación correspondiente expedida por un Organismo de Certificación Acreditado y Aprobado.

Artículo 23.- La certificación orgánica podrá otorgarse a un Operador individual o a un grupo de productores, para lo cual se deberá presentar un plan orgánico como lo establezcan las Disposiciones aplicables que la Secretaría emita.

Artículo 24.- Se promoverá la certificación orgánica participativa de la producción familiar y/o de los pequeños productores organizados para tal efecto, para lo cual la Secretaría con opinión del Consejo emitirá las disposiciones suficientes para su regulación, con el fin de que dichos productos mantengan el cumplimento con esta Ley y demás y disposiciones aplicables y puedan comercializarse como orgánicos en el mercado nacional.

Artículo 25.- Los solicitantes de Certificación de productos de recolección silvestres y de recursos forestales deberán presentar al Organismo de certificación orgánica las autorizaciones que en materia de aprovechamiento y producción de dichos productos competan a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Artículo 26.- En Disposiciones aplicables se establecerán las responsabilidades de los Operadores orgánicos, los registros y sus características, y las formas en que la Secretaría y otras entidades gubernamentales se coordinarán para coadyuvar al mantenimiento del Sistema de control nacional para garantizar la integridad orgánica de los productos certificados como orgánicos.

CAPÍTULO SEGUNDO
DEL USO DE METODOS, SUBSTANCIAS Y/O MATERIALES EN LA PRODUCCION ORGANICA

Artículo 27.- El uso de todos los materiales, productos e ingredientes o insumos que provengan o hayan sido producidos a partir de Métodos excluidos u organismos obtenidos o modificados genéticamente, quedan prohibidos en toda la cadena productiva de productos orgánicos.

Artículo 28.- La Secretaría publicará y mantendrá actualizados la lista de materiales, sustancias, productos, insumos y los métodos e ingredientes permitidos, restringidos y prohibidos en toda la cadena productiva, previa evaluación y dictamen del grupo de expertos del Consejo.

Artículo 29.- La Secretaría emitirá en las Disposiciones aplicables los requisitos y procedimientos para la evaluación de los materiales, sustancias, productos, insumos y los métodos e ingredientes permitidos, restringidos y prohibidos en toda la cadena productiva de productos orgánicos.

CAPÍTULO TERCERO
DE LAS REFERENCIAS EN EL ETIQUETADO Y DECLARACIÓN DE PROPIEDADES EN LOS PRODUCTOS ORGÁNICOS

Artículo 30.- Sólo los productos que cumplan con esta Ley podrán ser identificados con el término "orgánico" o denominaciones equivalentes en el etiquetado así como en la declaración de propiedades, incluido el material publicitario y los documentos comerciales y puntos de venta.

Artículo 31.- Con la finalidad de dar identidad a los productos orgánicos en el mercado nacional e internacional, la Secretaría, con opinión del Consejo, emitirá un distintivo nacional que portarán los productos orgánicos que cumplen con esta Ley y sus disposiciones.

Artículo 32.- Observando las Disposiciones aplicables en materia de etiquetado, la Secretaría emitirá Disposiciones específicas para el etiquetado y declaración de propiedades de productos orgánicos así como del uso del distintivo nacional.

TÍTULO QUINTO
DE LAS IMPORTACIONES DE PRODUCTOS ORGÁNICOS E INSUMOS PARA LA PRODUCCIÓN ORGÁNICA

CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 33.- Cuando se importe un producto bajo denominación orgánica o etiquetado como orgánico, deberá provenir de países en los que existan regulaciones y sistemas de control equivalentes a las existentes en los Estados Unidos Mexicanos, o en su defecto, dichos productos deberán estar certificados por un Organismo de certificación orgánica aprobado por la Secretaría.

Artículo 34.- La integridad orgánica del producto debe mantenerse desde la importación hasta su llegada al consumidor. Los productos orgánicos importados que no se ajusten a los requisitos de esta Ley y sus disposiciones complementarias por haber sido expuestos a un tratamiento prohibido, perderán su condición de orgánicos.

Artículo 35. Los materiales vegetales y animales, así como las semillas orgánicas para fines de reproducción, deberán acompañarse de su certificado orgánico respectivo y cumplir además con las disposiciones fito y zoosanitarias aplicables. En todo caso, la Secretaría analizará y determinará con la opinión del Consejo, sobre las prácticas o insumos alternativos que se aplicarán a los mismos, para salvaguardar la calidad orgánica de los materiales y la sanidad en el territorio nacional.

Artículo 36. Las sustancias, materiales, semillas, material vegetal y/o insumos destinados a la producción orgánica podrán ser importados siempre que estén permitidos e incluidos en la lista nacional que publique la Secretaría, o en su defecto, que estén incluidos en las regulaciones internacionales en materia de alimentos orgánicos de los países de origen y con los cuales la Secretaría se reconozca equivalencia.

TÍTULO SEXTO
DE LA PROMOCIÓN Y FOMENTO

CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 37.- A fin de promover la producción agropecuaria y alimentaria bajo métodos orgánicos, la Secretaría celebrará convenios con los gobiernos de las entidades federativas, buscando la participación de los municipios, así como con instituciones y organizaciones estatales y nacionales, públicas y privadas.

Artículo 38.- La Secretaría en coordinación con las Entidades Federativas y Municipios en el ámbito de su competencia, promoverá políticas y acciones orientadas a:

I. Coadyuvar a la conservación de la biodiversidad y el mejoramiento de la calidad de los recursos naturales incluidos los recursos acuáticos, mediante la aplicación de sistemas bajo métodos orgánicos;

II. Contribuir a la soberanía y seguridad alimentarias mediante el impulso de la producción orgánica, y

II. Fomentar el consumo de productos orgánicos para promover actitudes de consumo socialmente responsables.

Artículo 39.- La Secretaría, con opinión del Consejo, promoverá que en actividades agropecuarias se adopte y desarrolle la producción bajo métodos orgánicos para: I. Aprovechar las condiciones ambientales y socioeconómicas propicias para la actividad;

II. Recuperar sistemas agro ecológicos que se encuentren en estado de degradación o estén en peligro de ser degradados por acción de las prácticas agropecuarias convencionales;

III. Proporcionar una alternativa sustentable a los sistemas de producción de los pequeños productores, cooperativistas, ejidatarios y comuneros, y

IV. Obtener un mayor valor en el mercado o acceder a nuevos mercados constituyendo una alternativa sostenible de los productores a través de la reconversión hacia la producción orgánica.

Artículo 40.- Se promoverá la apertura en las fracciones arancelarias para los productos provenientes de sistemas orgánicos, a los efectos de discriminar correctamente la comercialización de dichos productos, a fin de facilitar la comercialización diferenciada y coadyuvar al mantenimiento de la integridad orgánica de las mercancías.

Artículo 41.- Para impulsar el desarrollo de los sistemas de producción orgánicos y las capacidades del sector orgánico, el gobierno federal promoverá:

I. Programas y apoyos a los que desarrollen prácticas agroambientales bajo métodos orgánicos;

II. Apoyos directos a los pequeños productores orgánicos que les permita incrementar la eficiencia de sus unidades de producción, mejorar sus ingresos y fortalecer su competitividad frente a los acuerdos y tratados sobre la materia;

III. El diseño y operación de esquemas de financiamiento integral, seguro contra de riesgos y el otorgamiento de apoyo a los Operadores certificados o en conversión, y

IV. Apoyos a los Organismos de certificación para el acceso al reconocimiento internacional de su Acreditación y certificados orgánicos

TÍTULO SÉPTIMO
DE LOS CRITERIOS SOCIALES EN LOS MÉTODOS DE PRODUCCIÓN ORGÁNICA

CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 42.- Los programas que establezca el Gobierno Federal para el apoyo diferenciado de las actividades reguladas en el presente ordenamiento, deberán considerar como ejes rectores, criterios de equidad social y sustentabilidad para el desarrollo.

TÍTULO OCTAVO
DE LAS INFRACCIONES, SANCIONES Y RECURSO ADMINISTRATIVO

CAPÍTULO PRIMERO
DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 43.- Son infracciones a lo establecido en la presente Ley:

I. Que un Operador, con pleno conocimiento, comercialice o etiquete materias primas, productos intermedios, productos terminados y subproductos como "orgánico", sin cumplir con lo establecido en esta Ley;

II. Que los Operadores certificados utilicen sustancias prohibidas en contravención a la presente Ley;

III. Que un organismo aprobado certifique como orgánico un producto que no cumpla con lo establecido en la presente Ley debido a que se les hubiere aplicado prácticas, sustancias, materiales e ingredientes prohibidos;

IV. El incumplimiento de parte del organismo aprobado de las obligaciones previstas en esta Ley y sus disposiciones;

V. El uso por terceras personas de los Métodos excluidos, a que se refiere la fracción X del artículo 3, y con motivo de ello se alteren las condiciones de integridad orgánica de las unidades de producción o de manejo orgánicos o en conversión, y

VI. El uso por terceras personas de substancias o materiales prohibidos y los referidos en el artículo 27, y con motivo de ello se alteren las condiciones de integridad orgánica de las operaciones orgánicas o en periodo de conversión.

Artículo 44. La Secretaría sancionará con multa de cinco mil hasta quince mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal a quien cometa las infracciones previstas en la Fracciones I, II, III, IV y VI del artículo anterior, sin perjuicio del resarcimiento de los daños y perjuicios que causen al afectado, a la salud humana, a la diversidad biológica, a la propiedad, al medio ambiente y de las sanciones previstas en otros ordenamientos.

Artículo 45.- La infracción prevista en la fracción V del artículo 43 será sancionada por la Secretaría con multa de quince mil uno hasta cuarenta y cinco mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal. Lo anterior sin perjuicio del resarcimiento de los daños y perjuicios que causen al afectado, a la salud humana, a la diversidad biológica, a la propiedad, al medio ambiente y de las sanciones previstas en otros ordenamientos, así como de la indemnización al operador orgánico.

Artículo 46.- En caso de que se verifiquen los supuestos previstos en las fracciones II, III, V y VI del artículo 43se revocará la Certificación obtenida, los productos perderán su calificación como orgánicos e iniciarán nuevamente el proceso de Certificación. Los productos serán eliminados de todo el lote de la serie de producción afectada quedando prohibida su comercialización como orgánicos, sin perjuicio de que la Secretaría ordene desprender las etiquetas del lote a la producción afectada por la irregularidad de que se trate.

Artículo 47.- Para la imposición de la sanción la Secretaría tomará en cuenta la gravedad de la infracción, al igual que los antecedentes, circunstancias personales y situación socioeconómica del infractor. En caso de reincidencia se aplicará multa hasta por el doble del límite máximo de la sanción que corresponda. Para los casos de segunda reincidencia, en el supuesto de la fracciones III y IV del artículo 43, además de la sanción pecuniaria se impondrá la revocación de la aprobación procediendo a la inhabilitación de 2 a 4 años para obtener nueva aprobación.

Artículo 48.- En ninguno de los casos por contaminación de terceros se considerará infracción por parte del Operador orgánico ni tendrá la responsabilidad de la carga de la prueba.

CAPÍTULO SEGUNDO
DEL RECURSO ADMINISTRATIVO

Artículo 49.- Los interesados afectados por los actos y resoluciones de la Secretaría que ponga fin al procedimiento administrativo, a una instancia o resuelva un expediente, podrán interponer recurso de revisión en términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Artículo 50.- En contra de los actos emitidos por los Organismos de Certificación, los interesados podrán presentar las reclamaciones que consideren pertinentes, las cuales se sustanciarán y resolverán en los términos previstos por el artículo 122 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

TRANSITORIOS

ARTÍCULO PRIMERO. La presente Ley entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

ARTÍCULO SEGUNDO. La constitución del Consejo Nacional de producción Orgánica y sus grupos de trabajo deberá realizarse dentro de los seis meses siguientes a la fecha de publicación de esta Ley en el Diario Oficial de la Federación.

ARTÍCULO TERCERO. El Ejecutivo Federal expedirá el Reglamento y demás disposiciones complementarias correlativas a esta Ley dentro de los seis meses posteriores a su entrada en vigor.

ARTÍCULO CUARTO. Las erogaciones que se generen por la aplicación de la presente Ley deberán cubrirse con cargo al presupuesto aprobado para la Secretaría por la Cámara de Diputados para ese efecto.

ARTÍCULO QUINTO. La Secretaría y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales suscribirán bases de colaboración para que, en ejercicio de sus respectivas atribuciones, coordinen acciones conjuntas conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 4 de la presente Ley.

Palacio Legislativo, a 30 de noviembre de 2005.

Comisión de Agricultura y Ganadería:

Diputados: Cruz López Aguilar (rúbrica), Presidente; Juan Manuel Dávalos Padilla, Gonzalo Ruiz Cerón (rúbrica), Edmundo Valencia Monterrubio, Diego Palmero Andrade (rúbrica), Antonio Mejía Haro, secretarios; Julián Nazar Morales, Lázaro Arias Martínez (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala (rúbrica), Heriberto Ortega Ramírez, Alejandro Saldaña Villaseñor (rúbrica), Lamberto Díaz Nieblas, María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Jesús Morales Flores (rúbrica), Esteban Valenzuela García (rúbrica), Rafael Galindo Jaime, Roger David Alcocer García (rúbrica), Arturo Robles Aguilar (rúbrica), José Irene Álvarez Ramos (rúbrica), Mario Ernesto Dávila Aranda, Javier Castelo Parada (rúbrica), José María de la Vega Lárraga (rúbrica), Rocío Guzmán de Paz (rúbrica), Alberto Urcino Méndez Gálvez (rúbrica), Isidro Camarillo Zavala, Regina Vázquez Saut (rúbrica), Valentín González Bautista, Marcelo Herrera Herbert (rúbrica), Enrique Torres Cuadros (rúbrica), Víctor Suárez Carrera (rúbrica).

Comisión de Economía:

Diputados: Manuel López Villarreal (rúbrica), Presidente; Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), Julio Horacio Lujambio Moreno (rúbrica), secretarios; Ricardo Alegre Bojórquez (rúbrica), Francisco Javier Barrio Terrazas (rubrica), Jaime del Conde Ugarte (rúbrica), José Francisco J. Landero Gutiérrez (rúbrica), Jesús Antonio Nader Nasrallah, Miguel Ángel Rangel Ávila (rúbrica), María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles, José Manuel Abdalá de la Fuente, Fernando Ulises Adame de León, Jorge Baldemar Utrilla Robles, Óscar Bitar Haddad (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala, Juan Manuel Dávalos Padilla, Alfredo Gómez Sánchez (rúbrica), Gustavo Moreno Ramos, Edurado Olmos Castro, José Mario Wong Pérez, Juan José García Ochoa, Isidoro Ruiz Argaiz, Yadira Serrano Crespo (rúbrica), Víctor Suárez Carrera (rúbrica), Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE SALUD, CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 31 DE LA LEY GENERAL DE SALUD

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Salud fue turnada para su estudio y posterior dictamen la Iniciativa con Proyecto de Decreto que adiciona un párrafo al artículo 31 de la Ley General de Salud, presentada por la Diputada Martha Palafox Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 numerales 1º y 3º, 43, 44 y 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 88, 89, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Salud somete a consideración de esta Honorable Asamblea, el presente Dictamen el cual se realiza de acuerdo con la siguiente:

METODOLOGÍA

I. En el capítulo de "ANTECEDENTES" se da constancia del proceso legislativo, en su trámite de inicio, recibo de turno para el dictamen de la referida iniciativa y de los trabajos previos de la Comisión.

II. En el capítulo correspondiente a "CONTENIDO DE LA INICIATIVA" se exponen los motivos y alcance de la propuesta de reforma en estudio.

III. En el capítulo de "CONSIDERACIONES" la Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la decisión de respaldar o desechar la iniciativa en análisis.

I. ANTECEDENTES.

En sesión celebrada con fecha 8 de febrero de 2005, la Diputada Martha Palafox Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó ante el pleno de la H. Cámara de Diputados la Iniciativa con Proyecto de Decreto que adiciona un párrafo al artículo 31 de la Ley General de Salud, donde se establece que los precios de los medicamentos del cuadro básico no podrán incrementarse por arriba del aumento que registren anualmente los salarios mínimos.

En la misma fecha, la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados, turnó la mencionada iniciativa a la Comisión de Salud para su estudio y dictamen.

II. CONTENIDO DE LA INICIATIVA.

En su exposición de motivos la Diputada manifiesta su preocupación por los millones de familias que al no contar con seguro médico, o que no son derechohabientes del IMSS o el ISSSTE, no pueden financiar el gasto que implica un problema de salud.

Manifiesta también que existe una desigualdad en la prestación de los servicios de salud y la enorme carga que significa para la mayoría de las familias mexicanas procurar su salud.

Debido a estas razones la Diputada propone reformar el artículo 31 de la Ley General de Salud, señalando que el aumento de los precios de los medicamentos del cuadro básico, no podrá exceder el aumento anual de los salarios mínimos.

III. CONSIDERACIONES.

A. Como menciona la diputada promovente el incremento en la esperanza de vida y el éxito de los programas de salud han llevado a que las enfermedades sean más complejas, por lo que el costo de los medicamentos se ha elevado sin ninguna mesura.

B. Como lo menciona la promovente, el número de personas mayores; las enfermedades cerebrovasculares, la cirrosis, las isquemicas del corazón, el cáncer, la diabetes, sida, los riesgos ambientales, los accidentes, la violencia doméstica, entre otras forman parte de este nuevo espectro epidemiológico que esta viviendo el país.

C. La Fundación Mexicana para la Salud señala que los pobres son los que se encuentran con mayores dificultades para atender sus necesidades de salud, ya sea porque enfrentan serias barreras de acceso a los servicios públicos de salud o porque no cuentan con los recursos para recurrir a otros proveedores.

D. Según el citado organismo, regionalmente, la población con seguridad social que se ubica en el rango de 49 al 70% son la mayoría de los estados de norte y el DF (Sonora, Chihuahua, Baja California, Nuevo León); del 37 al 49% Nayarit, Jalisco, Querétaro estado de México, Quintana Roo; de 18 a 37% Zacatecas, Guanajuato, Michoacán Tlaxcala, Guerrero, Puebla, Hidalgo, etc. De lo que se infiere que, a pesar de que el gasto público en salud en México es alrededor del 6% del Producto Interno Bruto, el mayor gasto en salud lo realizan las familias mexicanas que no son asegurados y se ubican en los estados mas pobres.

E. Es un hecho irrefutable que las grandes empresas farmacéuticas productoras de la mayor parte de los medicamentos que se consumen en nuestro país han visto incrementados sus precios por arriba de la inflación, aunque para este aumento, argumenten el incremento en el tipo de cambio con el dólar.

F. Es obligación de esta legislatura promover el bienestar de la población mexicana por encima de los intereses comerciales de las grandes compañías farmacéuticas.

G. El esfuerzo conjunto de reducir los precios de los medicamentos ha visto reflejado en todos los países y ha tenido enorme éxito sobre todo en lo que respecta a los medicamentos antiretrovirales contra el VIH; de hecho, recientemente se consiguió un acuerdo para reducir sustancialmente los precios de medicamentos para combatir el Sida en países en vías de desarrollo. El pacto fue alcanzado con cuatro compañías que producen drogas genéricas en India y Sudáfrica con el fin de suministrar los medicamentos por menos de un tercio del costo que las versiones patentadas. De tal suerte que como podemos ver, la preocupación de reducir los costos de los medicamentos no es privativa de nuestro país, sino que concierne a todos los países y México no puede quedarse atrás en el intento por hacer efectivo el derecho a la Salud consagrado en párrafo tercero del artículo 4° de la Constitución.

H. Por otra parte la propia industria farmacéutica ha expresado su intención de aplicar un Código Comportamiento Ético que evite abusos y cualquier intención para encarecer las medicinas, este tipo de declaraciones nos dan otro elemento para establecer reglas que limiten el aumento en los precios de los medicamentos.

I. Es indispensable establecer acciones tendientes a garantizar el acceso a lo medicamentos a toda la población, un esfuerzo importante en este sentido es la inclusión en la Ley General de Salud del Sistema de Protección Social en Salud, conocido como "Seguro Popular", sin embargo el aumento desmedido de los precios de los medicamentos entorpece dichas acciones, por lo que se requiere que la Secretaría de Salud asuma un papel determinante en esta materia.

J. Es precisamente por este motivo que requerimos poner un freno al incremento desmedido de los precios de los medicamentos a los que la mayor parte de la población no tiene acceso y por lo que los diputados integrantes de la Comisión de Salud coincidimos plenamente con el texto de la iniciativa.

Por lo anteriormente expuesto los integrantes de la Comisión de Salud con las atribuciones que les otorgan los artículos 73 fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 45 numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ponen a su consideración el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 31 DE LA LEY GENERAL DE SALUD.

Artículo Único. Se reforma el artículo 31 de la Ley General de Salud para quedar como sigue:

Artículo 31. La Secretaría de Economía, oyendo la opinión de la Secretaría de Salud, asegurará la adecuada distribución y comercialización y fijará los precios máximos de venta de los medicamentos e insumos. La Secretaría de Economía tendrá la intervención que le corresponda en la determinación de los precios, cuando tales bienes sean producidos por el sector público. El incremento en los precios de los medicamentos que comprenden el Cuadro Básico de insumos a que se refiere el artículo 28 de esta ley, no será mayor al aumento que observen anualmente el promedio de los salarios mínimos.

La Secretaría de Salud proporcionará los elementos técnicos a la Secretaría de Economía, acerca de la importación de insumos para la salud.

TRANSITORIOS.

Artículo Único. El presente Decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Diputados: José Ángel Córdova Villalobos (rúbrica), José Javier Osorio Salcido, Pablo Anaya Rivera (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar, Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas, María del Rocío Jaspeado Villanueva (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Maki Esther Ortiz Domínguez, Francisco Rojas Toledo, José Luis Treviño Rodríguez, Jesús Aguilar Bueno, Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Jaime Fernández Saracho (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), José García Ortiz, Isaías Soriano López (rúbrica), Rosa Hilda Valenzuela Rodelo (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (rúbrica), José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Julio Boltvinik Kalinka, Javier Manzano Salazar, Irma Sinforina Figueroa Romero, Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Guillermo Velasco Rodríaguez (rúbrica), María Angélica Ramírez Luna (rúbrica), Joslé Luis Naranjo y Quintana (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE SALUD, CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 10, 11, 27, 54, 106, 393 Y 403; Y ADICIONA LOS ARTÍCULOS 3, 6, 67, 93 Y 113 DE LA LEY GENERAL DE SALUD

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Salud, fue turnada para su estudio y posterior dictamen, la Minuta con Proyecto de Decreto que se reforman los artículos 10, 11, la fracción del articulo 11, la fracción X del artículo 27, el artículo 106, el artículo 393, el segundo párrafo del artículo 403, y se adicionan; las fracciones IV bis, V bis y XXIII bis al artículo 3, las fracciones IV bis y VI bis al artículo 6, se adiciona un párrafo a la fracción XI del artículo 7, se adiciona una fracción IV bis del apartado B del artículo 13, se adiciona la fracción III bis y VIII bis al artículo 27, se adiciona la parte final del artículo 54, se adiciona un párrafo final al artículo 67 se adiciona una fracción II bis al artículo 90, se adiciona un segundo párrafo al artículo 93 y se adiciona un párrafo al artículo 113; todos de la Ley General de Salud; misma que fue remitida por la Cámara de Senadores de H. Congreso de la Unión con fecha 12 de Diciembre de 2002.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 numerales 1º y 3º, 43, 44 y 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 88, 89,93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Salud somete a consideración de esta Honorable Asamblea, el presente Dictamen el cual se realiza de acuerdo con la siguiente:

METODOLOGÍA

I. En el capítulo de "ANTECEDENTES" se da constancia del proceso legislativo, en su trámite de inicio, recibo de turno para el dictamen de la minuta en estudio y de los trabajos previos de la comisión.

II. En el capítulo correspondiente a "CONTENIDO DE LA INICIATIVA" se exponen los motivos y alcance de la propuesta de reforma en estudio.

III. En el capítulo de "CONSIDERACIONES" la Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la decisión de respaldar o rechazar la minuta en análisis.

I ANTECEDENTES.

En sesión celebrada con fecha 15 de noviembre de 2001, por la H. Cámara de Senadores se presentó la iniciativa que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley General de Salud en materia de medicina para comunidades indígenas, por el Senador Miguel Ángel Navarro Quintero a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

La iniciativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Salud y Seguridad Social, de Asuntos Indígenas y de Estudios Legislativos Primera, del Senado de la República, las cuales realizaron el dictamen respectivo y que fue aprobado por el pleno de la H. Cámara de Senadores en la sesión celebrada con fecha 12 de Diciembre de 2002.

Con fecha 13 de Diciembre de 2002, la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados dio cuenta de la minuta referida y la turnó a la Comisión de Salud, para su estudio y dictamen.

II. CONTENIDO DE LA INICIATIVA.

En su exposición de motivos, el Senador Navarro Quintero, aduce que para cumplir con el mandato constitucional de protección a la salud, es necesario, entre otras cosas, reconocer e incorporar los servicios de medicina tradicional indígena dentro de la Ley General de Salud.

Según el proponente, su iniciativa pretende hacer explícita la necesidad de otorgar una más alta prioridad a la conservación de la salud.

Asimismo, pretende facultar a las autoridades indígenas para convenir la concertación de acciones con las autoridades de salud, además de reconocer e incorporar al sistema nacional de salud la medicina tradicional indígena.

Propone, entre otras reformas, adicionar una fracción V bis y una XVIII bis al artículo 3 de la Ley General de Salud para que la medicina tradicional indígena y la nutrición infantil de la población indígena se consideren materias de salubridad general.

También propone establecer programas obligatorios de educación para la salud en forma bilingüe.

Además se plantea que se debe incluir la medicina tradicional indígena en la formación de recursos humanos, así como la inclusión de lenguas indígenas en la promoción y capacitación del personal de salud.

En el mismo sentido, la iniciativa establece la facultad de las autoridades indígenas para celebrar convenios con las autoridades de la Secretaría de Salud.

Del mismo modo pretende que se otorguen derechos de propiedad intelectual de los insumos y servicios que proporcionan los curanderos tradicionales.

III. CONSIDERACIONES.

A. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el apartado B, fracción III del artículo 2°, la Federación, los estados y los municipios tiene la obligación de asegurar acceso efectivo a los servicios de salud, aprovechando debidamente la medicina tradicional.

B. Por este motivo creemos pertinente hacer notar que la propuesta de reforma al artículo 3° de la Ley General de Salud, aprobada por los senadores pretende asumir en la Ley General de Salud y los principios Constitucionales expresados en el artículo 2°.

C. En la minuta aprobada por el Senado, se adiciona una fracción IV bis al artículo 3° de la Ley General de Salud; la cual, a pesar de estar prevista por la fracción IV, del mismo artículo, resulta necesaria, ya que se podría considerar como una "discriminación positiva" a favor de los pueblos indígenas.

D. Por otra parte la adición de la fracción V bis, hace a la Ley General de Salud coincidente con el texto constitucional al establecer en la Ley el término de " medicina tradicional indígena".

E. En este mismo artículo se propone reformar la fracción VII, para establecer una coordinación entre los prestadores de servicios de salud y los "prestadores de servicios de salud tradicional indígena", práctica que se viene llevando a cabo en muchas comunidades y que sin embargo no está sostenida por ningún precepto legal.

F. Al mismo artículo 3° se pretende adicionar una fracción XXIII bis; para proteger los derechos de propiedad intelectual de los insumos y servicios que prestan los curanderos tradicionales, sin embargo, por razones de técnica legislativa creemos impertinente que se incluya la protección de la propiedad intelectual de los insumos que utilizan los curanderos, así como lo relativo a los servicios que prestan, debido a que por un lado, la propiedad intelectual no es materia de la Ley General de Salud, y por otro, la propuesta excede la capacidad normativa de la Ley, ya que no se cuenta con ninguna institución que avale los conocimientos propios de los curanderos, por lo que no nos es posible reglamentar dichas prácticas.

G. En lo que se refiere a las adiciones al artículo 6°, la minuta aprobada por al Cámara de Senadores, incluye la adición de una fracción IV bis, que consideramos pertinente y adecuada toda vez que es en las comunidades indígenas dónde así se requiere de la promoción del desarrollo, aprovechando los conocimientos ancestrales de dichos pueblos.

H. La adición de una fracción VI bis al mismo artículo 6, también debe considerarse pertinente, en el marco del aprovechamiento de la medicina tradicional, pero a pesar de coincidir con el espíritu de la reforma, creemos que no podemos establecer la obligación de promover la capacitación y formación de los recursos humanos, ya que los conocimientos de la medicina tradicional indígena se trasmiten oralmente y de una generación a otra, de acuerdo con los usos y costumbres de cada comunidad, por lo que estaríamos invadiendo la práctica de la medicina indígena.

I. En lo relativo al artículo 7, que establece la coordinación de los servicios de salud; la minuta pretende adicionar una fracción XI, la cual se encuentra completamente fuera de contexto, ya que esta se refiere a la capacitación en los conocimientos de medicina tradicional; que por otra parte no pueden estar reglamentados y regulados por la Ley General de Salud, ya que su enseñanza depende de procedimientos establecidos por las comunidades indígenas y no por las Instituciones Públicas.

J. Por lo que se refiere al artículo 10 que estipula la promoción de la Secretaría de Salud en la participación de los Servicios de Salud; la minuta pretende que en dicha promoción, participen las autoridades de las comunidades indígenas, lo cual nos parece congruente con lo establecido en el texto constitucional.

K. Por otra parte en la minuta se pretende reformar el artículo 11 que se refiere a concertación de acciones entre la Secretaría de Salud y los sectores social y privado; pretendiendo ampliar esta concertación a las autoridades de las comunidades indígenas; con lo que los diputados de la comisión de Salud estamos completamente de acuerdo debido a que incluye a las autoridades indígenas como factor de enlace con la sociedad.

L. La minuta en comento propone la adición de una fracción IV bis al artículo 13, relativo a la competencia entre la Federación y las entidades federativas; en la cual menciona a las autoridades de la medicina tradicional, lo cual a nuestro modo de ver, a pesar de su intención, podría tomarse como una carga para las autoridades indígenas, dando lugar a la invasión de su autonomía y la libre práctica de los usos y costumbres de estas comunidades.

M. Por lo que se refiere al articulo 27 que establece los servicios básicos de salud; la presunta adición de una fracción III bis, incurre en el mismo error que señalamos en el párrafo anterior, ya que en un afán de integrar a la medicina tradicional indígena, se caería en la invasión de una competencia única de la las autoridades de los pueblos indígenas.

N. A este mismo artículo 27, pretende adicionarse una fracción VIII bis, la cual está fuera del marco de la Ley ya que la "herbolaria" no está reconocida por la misma, y en todo caso se debería definir en el capítulo IV de la Ley, que se refiere a los medicamentos.

O. Así mismo, la minuta reforma la fracción X del mencionado artículo 27, incluyendo a las comunidades indígenas, con lo que estamos de acuerdo ya que como lo expresamos anteriormente conlleva una "discriminación positiva" para los pueblos indígenas.

P. En lo referente a la reforma del artículo 54 para incluir que la protección de los usuarios de los servicios de salud será bilingüe, concordamos plenamente con el texto de la minuta objeto del presente dictamen.

Q. Por lo que se refiere a la adición de un último párrafo al artículo 67, nos parece necesaria y congruente con el espíritu de la minuta en estudio.

R. Sin embargo, resulta inviable la adición de una fracción II bis al artículo 90 de la Ley, ya que como se mencionó con antelación, no podemos pretender que la tradición oral implícita en la enseñanza de la medicina indígena sea impartida por una institución educativa, ya que es tan diversa como los pueblos y las comunidades que la practican.

S. En el mismo error incurre la pretendida adición de un segundo párrafo al artículo 93, pero estamos completamente de acuerdo en que se debe reconocer respetar y promover el desarrollo de la medicina tradicional indígena, pero de ningún modo podemos pretender que sea regulada invadiendo los usos y costumbres de las comunidades; además cabe señalar que la minuta repite un error ortográfico cuando estipula "...respectando siempre sus derechos humanos"; por lo que es necesario hacer la corrección en la propuesta que pondremos a su consideración.

T. En lo que referente a la reforma del artículo 106, relativo al suministro de información estipulado en el artículo 104, de la propia ley; se pretende que exista coordinación con las autoridades de las comunidades indígenas, por lo que estamos de acuerdo con el texto de la minuta.

U. La minuta propone también una reforma del artículo 113, que establece la coordinación de la Secretaría de Salud, la Secretaría de Educación Pública y los gobiernos de las entidades federativas para formular, proponer y desarrollar los programas de educación para la salud; los cuales se deberán realizar de manera bilingüe en las comunidades indígenas, con lo que los diputados de la Comisión de Salud coincidimos plenamente.

V. Asimismo concordamos con la minuta objeto del presente dictamen en incluir a las comunidades indígenas en las reformas a los artículos 393 y 403 para incluir la participación de las autoridades de los pueblos indígenas en las políticas de salud de sus comunidades.

W. Por lo señalado anteriormente, ésta Comisión Dictaminadora considera que la minuta objeto del presente dictamen deberá ser remitida a la Cámara de Senadores para los efectos de lo dispuesto por el inciso e) del Artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Los integrantes de la Comisión de Salud, con las atribuciones que les otorgan los artículos 73 fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 45 numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ponen a la consideración de la Honorable Asamblea el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD.

Artículo Único. Se reforman los artículos 10, párrafo primero; 11, párrafo primero y la fracción I; 27, fracción X; 54; 106; 393, segundo párrafo y 403, segundo párrafo, y se adicionan los artículos, 3o., con una fracción IV Bis; 6o. con las fracciones IV Bis y VI Bis; 67, con un último párrafo; 93, con un segundo párrafo y 113, con un segundo párrafo de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 3o.- En los términos de esta Ley, es materia de salubridad general:

I. a IV. ....

IV Bis. El programa de nutrición materno-infantil en los pueblos y comunidades indígenas.

V. a XXX. .......

Articulo 6o.- El sistema nacional de salud tiene los siguientes objetivos:

I. a IV. ........

IV Bis. Impulsar el bienestar y el desarrollo de las familias y comunidades indígenas que propicien el desarrollo de sus potencialidades político sociales y culturales; con su participación y tomando en cuenta sus valores y organización social.

V. y VI. .......

VI Bis. Promover el conocimiento y desarrollo de la medicina tradicional indígena y su práctica en condiciones adecuadas.

VII. y VIII. .......

Artículo 10. La Secretaria de Salud promoverá la participación, en el sistema nacional de salud, de los prestadores de servicios de salud, de los sectores publico, social y privado, de sus trabajadores y de los usuarios de los mismos, así como de las autoridades o representantes de las comunidades indígenas, en los términos de las disposiciones que al efecto se expidan.

........

Artículo 11. La concertación de acciones entre la Secretaria de Salud y las autoridades de las comunidades indígenas, los integrantes de los sectores social y privado, se realizará mediante convenios y contratos, los cuales se ajustarán a las siguientes bases:

I. Definición de las responsabilidades que asuman las partes;

II. a IV. .........

Artículo 27. Para los efectos del derecho a la protección de la salud, se consideran servicios básicos de salud los referentes a:

I. a IX. ......

X. La asistencia social a los grupos más vulnerables y, de éstos, de manera especial, a los pertenecientes a las comunidades indígenas.

Artículo 54. Las autoridades sanitarias competentes y las propias instituciones de salud, establecerán procedimientos de orientación y asesoría a los usuarios sobre el uso de los servicios de salud que requieran, así como mecanismos para que los usuarios o solicitantes presenten sus quejas, reclamaciones y sugerencias respecto de la prestación de los servicios de salud y en relación a la falta de probidad, en su caso, de los servidores públicos. En el caso de las poblaciones o comunidades indígenas las autoridades sanitarias brindarán la asesoría y en su caso la orientación en español y en la lengua o lenguas en uso en la región o comunidad.

Artículo 67. ...

.....

.....

En materia de planificación familiar, las acciones de información y orientación educativa en las comunidades indígenas deberán llevarse a cabo en español y en la lengua o lenguas indígenas en uso en la región o comunidad de que se trate.

Artículo 93. ....

De la misma manera reconocerá, respetará y promoverá el desarrollo de la medicina tradicional indígena. Los programas de prestación de la salud, de atención primaria que se desarrollan en comunidades indígenas, deberán adaptarse a su estructura social y administrativa, así como su concepción de la salud y de la relación del paciente con el médico, respetando siempre sus derechos humanos.

Artículo 106. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los gobiernos de las entidades federativas, los municipios y las autoridades de las comunidades indígenas cuando proceda, así como las personas físicas y morales de los sectores social y privado, que generen y manejen la información a que se refiere él articulo 104 de esta ley, deberán suministrarla a la Secretaria de Salud, con la periodicidad y en los términos que ésta señale, para la elaboración de las estadísticas nacionales para la salud.

Artículo 113. ...

Tratándose de las comunidades indígenas, los programas a los que se refiere el párrafo anterior, deberán difundirse en español y la lengua o lenguas indígenas que correspondan.

Artículo 393. .....

La participación de las autoridades municipales y de las autoridades de las comunidades indígenas, estará determinada por los convenios que celebren con los gobiernos de las respectivas entidades federativas y por lo que dispongan los ordenamientos locales.

Artículo 403. ......

La participación de los municipios y de las autoridades de las comunidades indígenas estará determinada por los convenios que celebren con los gobiernos de las respectivas entidades federativas y por lo que dispongan los ordenamientos locales.

TRANSITORIO.

Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Por la Comisión de Salud

Diputados: José Ángel Córdova Villalobos (rúbrica), José Javier Osorio Salcido, Pablo Anaya Rivera, María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Rafael García Tinajero Pérez, Raúl Rogelio Chavarría Salas, María del Rocío Jaspeado Villanueva (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña, Lucio Galileo Lastra Marín, Maki Esther Ortiz Domínguez, Francisco Rojas Toledo, María Salomé Elyd Sáenz, Jesús Aguilar Bueno, Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Jaime Fernández Saracho (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Isaías Soriano López (rúbrica), Rosa Hilda Valenzuela Rodelo (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez (rúbrica), Martín Remigio Vidaña Pérez (rúbrica), Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (rúbrica), José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Julio Boltvinik Kalinka, Martha Lucía Mícher Camarena, Irma Sinforina Figueroa Romero, José Luis Naranjo y Quintana (rúbrica), Guillermo Velasco Rodríguez (rúbrica), María Angélica Ramírez Luna (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE SALUD, CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA UNA FRACCIÓN V AL ARTÍCULO 65 DE LA LEY GENERAL DE SALUD

HONORABLE ASAMBLEA:

En la sesión celebrada 28 de abril de 2005, le fue turnada a la Comisión de Salud, para su estudio y dictamen, la Iniciativa para vigilar los alimentos que proporcionan en las escuelas y la sana alimentación de los menores en las mismas, dentro de sus tiempos de esparcimiento, presentada por el Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Los integrantes de esta Comisión dictaminadora, con fundamento en los artículos 73, fracción XVI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 numerales 1° y 3°, 43, 44, 45 numeral 6, inciso e) y f), y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 89, 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de los miembros de esta Honorable Asamblea, el presente dictamen mismo que se realiza bajo la siguiente:

METODOLOGÍA

La Comisión encargada del análisis y dictamen de la Iniciativa mencionada anteriormente, desarrolla su trabajo conforme el procedimiento que a continuación se describe:

En el capítulo de "ANTECEDENTES" se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida Iniciativa, así como de los trabajos previos de la Comisión.

En el capítulo correspondiente a "CONTENIDO", se exponen los motivos y alcance de la propuesta en estudio, así mismo, se hace una breve referencia de los temas que la componen.

En el capítulo de "CONSIDERACIONES", la Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuestas y los motivos que sustentan el resolutivo del dictamen.

I. ANTECEDENTES.

El 28 de abril de 2005, el diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona los artículos 61 y 65 de la Ley General de Salud, con el propósito de vigilar los alimentos que se proporcionan en las escuelas y la sana alimentación de los menores en las mismas, dentro de sus tiempos de esparcimiento.

En la misma fecha fue turnada dicha Iniciativa, a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, para su respectivo estudio y dictamen.

II. CONTENIDO DE LA INICIATIVA.

La propuesta de la Iniciativa objeto del presente dictamen se realiza con el objeto de evitar que los menores consuman los alimentos denominados "chatarra" en sus tiempos de esparcimiento dentro de la escuela.

El diputado proponente manifiesta que los niños y las niñas que estudian en las escuelas se encuentran vulnerables debido a que no siempre reciben una instrucción adecuada por parte de las mismas, en cuanto a su alimentación y nutrición, por lo cual, resulta oportuno generar una cultura de sana alimentación, como atribución y obligación de las autoridades a nivel sanitario y escolar.

III. CONSIDERACIONES.

A. El derecho a la salud es una de las más importantes prerrogativas de las personas no sólo porque constituye un valor fundamental para su desarrollo sino porque además, dignifica al hombre. El artículo 4º de nuestra Constitución Política consagra dicho derecho y determina, para tal efecto, que el Estado tiene la obligación de establecer las bases y modalidades de acceso a los servicios de salud a través de sus leyes, igualmente, indica en forma particular que los niños tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de salud.

El ser humano precisa de una correcta alimentación para mantener la salud. En el caso de los niños, el consumo habitual de alimentos debe cubrir las necesidades de nutrimentos que el organismo requiere para el crecimiento y desarrollo, el mantenimiento de sus funciones orgánicas y la actividad física, es decir que debe haber un equilibrio entre el consumo y el gasto para conservar un óptimo estado de nutrición y salud.

Una dieta desequilibrada y deficiente puede provoca en los menores desnutrición y obesidad. En ambos casos las repercusiones en la salud son graves, por un lado, la obesidad predispone al niño a padecer obesidad en la edad adulta y otras enfermedades crónicodegenerativas como la diabetes e hipertensión; por el otro, la desnutrición propicia menor crecimiento, desarrollo, rendimiento intelectual y capacidad física.

B. Coincidimos en que los problemas alimenticios de nuestro país se acompañan de deficiencias en el crecimiento y desarrollo de la población y en que los niños que estudian en las escuelas son especialmente vulnerables ya que generalmente no reciben una instrucción adecuada respecto a su alimentación y nutrición.

Sin embargo, es prudente señalar que no es correcto incorporar cuestiones de alimentación saludable a aspectos de atención materno-infantil, por lo que consideramos que no se justifica ni es prudente la adición de una fracción VI al artículo 61 de la Ley General de Salud.

C. Por otro lado, cotidianamente los menores consumen alimentos denominados "chatarra" en sus tiempos de esparcimiento dentro de la escuela, lo cual es cada vez más frecuente y genera una deficiencia en su nutrición, causando problemas importantes, entre los que destacan los de crecimiento y obesidad.

Considerando que los primeros 10 años son esenciales para un menor respecto a su nutrición y aprovechamiento de los alimentos, resulta oportuno generar acciones tendientes a crear una cultura de sana alimentación, partiendo en primera instancia por las autoridades a nivel sanitario y escolar.

D. México enfrenta hoy problemas de mala nutrición tanto por deficiencia como por exceso. La transformación del perfil epidemiológico del país está íntimamente ligada a un cambio en los principales factores de riesgo a los que se expone la población. Según el Instituto Nacional de Geografía e Informática (INEGI) y el Consejo Nacional de Población, en 1999 la tasa de mortalidad del grupo de edad de cinco a nueve años fue de entre 32.6 por 100 000 y 34 por 100 000. Para ese mismo grupo, dentro de las primeras causas de mortalidad encontramos la desnutrición.

La Encuesta Nacional de Nutrición, realizada en 1999 por el Instituto Nacional de Salud Pública, indica que el 17.7 por ciento de los niños sufre desnutrición crónica y el 7.5 por ciento, desnutrición moderada. El promedio citado es mayor en los estados de Chiapas, Oaxaca e Hidalgo; además, se estima que más del 20 por ciento de los niños presentan sobrepeso o son obesos por exceso de cereales y azúcares en la dieta, dando origen a lo que se ha denominado como "obesidad de la pobreza".

No es de extrañar, por lo mismo, que en años recientes se haya presentado un incremento de la mortalidad por enfermedades asociadas a la obesidad. La diabetes mellitus, según el Programa Nacional de Salud, pasó de ser la novena causa de muerte en México en 1980 a ser la tercera causa en el año 2000.

E. De acuerdo a la NOM-174-SSA1-1998, para el manejo integral de la obesidad, la obesidad es una enfermedad crónica caracterizada por el almacenamiento en exceso de tejido adiposo en el organismo, acompañada de alteraciones metabólicas, que predisponen a la presentación de trastornos que deterioran el estado de salud, asociada en la mayoría de los casos a patología endócrina, cardiovascular y ortopédica principalmente y relacionada a factores biológicos, socioculturales y psicológicos.

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), la obesidad es considerada como un grave problema de salud pública, dada su magnitud y trascendencia y es la enfermedad nutricional más común a nivel internacional y; de acuerdo a datos de la propia OMS, se encuentra dentro de los diez primeros lugares como riesgo de salud. En México se estima que más del 50% de la población sufre de obesidad y sobrepeso.

Este mal no solo afecta a los adultos, la infancia también reciente los daños de los problemas nutricionales y por sus características, constituye una población especialmente vulnerable. En México, según datos de la Secretaría de Salud, el 35% de los niños en edad escolar padecen de sobre peso u obesidad y, de no ser controlada durante esta etapa, sufrirán durante su vida adulta una complicación crónica como diabetes o hipertensión arterial.

De acuerdo al Servicio de Endocrinología del Hospital Infantil de México "Federico Gómez" (HIMFG), de la Secretaría de Salud, se reciben aproximadamente 40 niños al mes con problemas de sobrepeso y obesidad, muchos de los cuales son diagnosticados como diabéticos o bien, presentan intolerancia a la glucosa, lo cual se considera un paso previo a esta enfermedad, que es la principal causa de mortalidad en México.

Anteriormente, la diabetes tipo II sólo se presentaba en adultos, pero en la actualidad es muy común en los niños. La tendencia a cambiado radicalmente, ya que hace algunos años el 95% de los pacientes del Servicio de Endocrinología del HIMFG presentaban diabetes Tipo I, conocida también como juvenil, sin embargo a la fecha más del 30 % de los pacientes que se atienen en la Clínica de Diabetes del citado hospital presentan diabetes Tipo II, antes considerada exclusiva de la población adulta, pues es de origen hereditario y el riesgo de desarrollarla aumenta cuando existen otros factores como la obesidad.

F. De conformidad con lo establecido en el Programa Intersectorial de Educación Saludable, en la prevención y detección de problemas de salud se destaca la importancia de evitar que los escolares se enfermen y se les identifique tempranamente los problemas de salud que les afectan, esto último permitiría la referencia a la institución de servicios de salud idónea para su evaluación y manejo. Para ello, son necesarios convenios específicos entre la SEP, la SSA y reformas a la legislación vigente aplicable.

Por lo anterior, el Paquete de Servicios de Salud para Escolares (PASSE) tiene contemplado en el punto 6.2.2.4., la orientación alimentaria y vigilancia del crecimiento (peso, talla, obesidad y deficiencia de hierro, entre otras).

El propio Programa Intersectorial de Educación Saludable establece dentro del apartado referente a la Orientación alimentaria y vigilancia del crecimiento( 8.4) los factores de riesgo para la desnutrición escolar y la obesidad, entre los que destacan:

Igualmente, el Programa cita recomendaciones al respecto para el grupo de trabajo de la escuela y para el personal de salud, destacando la ausencia de una recomendación para la vigilancia de los alimentos y la sana alimentación de los menores en las escuelas, aún cuando el consumo de alimentos chatarra se reconoce como un importante factor de riesgo para la desnutrición y la obesidad del menor en edad escolar.

G. Por su parte, la Norma Oficial Mexicana NOM-008-SSA2-1993, Control de la nutrición, crecimiento y desarrollo del niño y del adolescente. Criterios y procedimientos para la prestación del servicio, establece en su apartado 5.10, los lineamientos sobre la promoción de la salud de los cinco a los nueve años (edad escolar), pero así como en otras Normas, en ésta, también existen restricciones, en este caso, en cuanto al campo de aplicación, ya que la promoción de la salud del escolar se limita a la comunidad y a los servicios de atención médica.

Además, a pesar de que dentro de las medidas generales de la Norma respecto a la promoción de la salud del escolar se encuentra el fomento de la alimentación de acuerdo con la edad, en ningún momento se establece nada respecto a la prevención del consumo de alimentos "chatarra" ni precisa nada en cuanto a la desnutrición o la obesidad en los menores.

Incluso, la Norma en comento parece dirigirse más al diagnóstico de la desnutrición, sobrepeso y obesidad, con la consecuente atención del niño a un servicio de atención médica especializada para atender el problema, que a la prevención de estos problemas, cada vez mas presentes en los niños mexicanos.

H. Por otro lado, es importante enfatizar que el Estado tiene un compromiso con la infancia y en general con el pueblo, de llevar acabo estrategias para poder combatir y aventajar este problema, máxime si consideramos que el propio Programa Nacional de Salud 2001-2006, reconoce los problemas de nutrición como evitables con intervenciones de bajo costo y que son los que sobre todo dan origen al llamado rezago epidemiológico.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Salud con las atribuciones que les otorgan los artículos 73 fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 45 numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ponen a su consideración el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO PARA ADICIONAR UNA FRACCIÓN V AL ARTÍCULO 65, DE LA LEY GENERAL DE SALUD.

Artículo Único.- Se adiciona una fracción V al artículo 65, de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 65.- ........

I. a IV. ........

V. La vigilancia de la calidad nutricional de los alimentos que se proporcionan o venden a los niños en las instituciones educativas. La Secretaría emitirá las Normas Oficiales Mexicanas que se requieran para procurar alimentación sana y nutritiva de los menores en las escuelas.

TRANSITORIO.

Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Por la Comisión de Salud

Diputados: José Ángel Córdova Villalobos (rúbrica), José Javier Osorio Salcido, Pablo Anaya Rivera, María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Rafael García Tinajero Pérez, Raúl Rogelio Chavarría Salas, María del Rocío Jaspeado Villanueva (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña, Lucio Galileo Lastra Marín, Maki Esther Ortiz Domínguez, Francisco Rojas Toledo, María Salomé Elyd Sáenz, Jesús Aguilar Bueno, Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Jaime Fernández Saracho (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Isaías Soriano López (rúbrica), Rosa Hilda Valenzuela Rodelo (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez (rúbrica), Martín Remigio Vidaña Pérez (rúbrica), Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (rúbrica), José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Julio Boltvinik Kalinka, Martha Lucía Mícher Camarena, Irma Sinforina Figueroa Romero, José Luis Naranjo y Quintana (rúbrica), Guillermo Velasco Rodríguez (rúbrica), María Angélica Ramírez Luna (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE SALUD, CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LA FRACCIÓN X DEL ARTÍCULO 257 DE LA LEY GENERAL DE SALUD

HONORABLE ASAMBLEA:

En la sesión celebrada 19 de abril de 2005, le fue turnada a la Comisión de Salud, para su estudio y dictamen, la Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma el articulo 257 de la Ley General de Salud, presentada por el Diputado Federal José Ángel Córdova Villalobos,, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Los integrantes de esta Comisión dictaminadora, con fundamento en los artículos 73, fracción XVI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 numerales 1° y 3°, 43, 44, 45 numeral 6, inciso e) y f), y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 89, 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de los miembros de esta Honorable Asamblea, el presente dictamen mismo que se realiza bajo la siguiente:

METODOLOGÍA

En el capítulo de "ANTECEDENTES" se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida Iniciativa, así como de los trabajos previos de la Comisión.

En el capítulo correspondiente a "CONTENIDO", se exponen los motivos y alcance de la propuesta en estudio, así mismo, se hace una breve referencia de los temas que la componen.

En el capítulo de "CONSIDERACIONES", la Comisión Dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuestas y los motivos que sustentan el resolutivo del dictamen.

I. ANTECEDENTES.

El 19 de abril de 2005, el Diputado Federal José Ángel Córdova Villalobos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el articulo 257 de la Ley General de Salud. con la misma fecha la Mesa directiva turno el documento a la Comisión de Salud, para la elaboración del dictamen respectivo.

II. CONTENIDO DE LA INICIATIVA.

La propuesta de la Iniciativa objeto del presente dictamen, hace referencia que la palabra farmacia -"ciencia cuyo objetivo es preparar los medicamentos"- fue introducida por primera vez por Claudio Galeno (131-201), creador de la ungüentum refrigerans Galeni, conocida como coldcream, quien separó la farmacia de la medicina, y cuyos postulados prevalecieron hasta el siglo XVI.

El Diputado proponente, en su iniciativa da a conocer que, con el devenir del tiempo, la práctica de hacer medicamentos, conforme a los cánones establecidos por Galeno, dio forma a la expresión de farmacia galénica, conocida antiguamente en México como botica, a la que acudían sectores de la población que no tenían acceso a otro tipo de medicamentos.

Refiere igualmente que dichos espacios se han ido extinguiendo en el país, y sus técnicas y procedimientos de trabajo, desplazados por los laboratorios de medicina de patente, se están relegando al olvido. La mayor parte de la historia de las boticas y sus boticarios descansa en diversos archivos.

El Diputado refiere en su iniciativa que, durante la Colonia, se solía llamar farmacia a la profesión; y botica, al establecimiento. Según el Diccionario de la Real Academia Española, el vocablo farmacia designa la ciencia y la profesión de esta ciencia, y no el local donde se preparan y expenden las drogas, que llama botica, y que es el lugar físico en que se hacen y despachaban las medicinas o remedios para la curación de las enfermedades.

Actualmente, las farmacias son puntos de venta de diversos artículos para el cuidado de la salud, principalmente medicamentos a los que recientemente se han incorporado los medicamentos genéricos intercambiables, productos farmacéuticos, incluyendo artículos de belleza y perfumería.

Hace referencia el Diputado en su iniciativa que, las farmacias han incorporado en sus establecimientos, productos diversos no de la línea farmacéutica, tales como juguetes, artículos de oficina etcétera. Lo que hace que los propietarios tengan que acudir a la autoridad correspondiente para obtener permisos de giros adicionales.

Por ello, reformando el artículo 257 de la Ley General de Salud, en el que se incluyan los medicamentos genéricos intercambiables, así como los productos que cumplan la norma oficial mexicana, se estará regularizando la actividad que actualmente realizan las farmacias.

III CONSIDERACIONES

A. El derecho a la salud es una de las más importantes prerrogativas de las personas no sólo porque constituye un valor fundamental para su desarrollo sino porque además, dignifica al hombre. El artículo 4º de nuestra Constitución Política consagra ese derecho y determina, para tal efecto, que el Estado tiene la obligación de establecer las bases y modalidades de acceso a los servicios de salud a través de sus leyes.

I

Es incuestionable que la salud es un requisito primordial para lograr el bienestar de la sociedad en general, y es de esta Comisión Dictaminadora el considerar que no puede haber desarrollo económico pleno, si no se tiene salud.

Para obtener y mantener la salud son indispensables diversas circunstancias, entre ellas la disposición oportuna de medicamentos, su comercialización, abastecimiento, disponibilidad, y su adecuada dispensación

B: La adecuada comercialización de los productos farmacéuticos, es un reto que día a día enfrenta autoridades sanitarias y distribuidores farmacéuticos.

Contar en nuestro país con una regulación sanitaria acorde a la realidad comercial, es uno de los objetivos principales del Poder Legislativo.

Como lo señala el Diputado proponente en su iniciativa, actualmente el giro de "farmacia", ha incorporado en sus establecimientos, los medicamentos denominados Genéricos Intercambiables, así como productos diversos no precisamente de la línea farmacéutica.

Es por ello que actualizar el giro de las farmacias, beneficiara en forma directa a los propietarios de las mismas, e igualmente la regulación sanitaria estará acorde a una actividad que se viene realizando desde hace años., es decir que al modificar la ley, se actualiza y regulariza la actividad comercial de las farmacias.

C Las Farmacias, son establecimientos que constituyen la parte final de la cadena de abastecimiento y distribución de medicamentos. Su función principal es surtir las especialidades farmacéuticas prescritas en las recetas médicas y expender las medicinas de libre venta.

Según su ubicación, ya sea hospitalaria o para el usuario externo, la participación de la farmacia en la cadena de la atención médica es variable.

De acuerdo a datos de la Secretaria de Salud, en el país existen 51,186 farmacias, y de ellas 16,736 cuentan con licencia que implica la autorización para dispensar psicotrópicos y un profesionista relacionado con ciencias de la salud, como un licenciado en farmacia, medico, químico farmacéutico, como responsable sanitario.

De acuerdo a dicha información, el 50% de las farmacias son privadas y reciben prescripción de mas de 100 mil médicos. La distribución de las farmacias no obedece a marcadores demográficos o epidemiológicos, sino depende de decisiones comerciales.

A continuación se simplifica, la propuesta de Reforma a la Ley General de Salud;

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Salud con las atribuciones que les otorgan los artículos 73 fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 45 numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ponen a su consideración el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LA FRACCION X DEL ARTICULO 257 DE LA LEY GENERAL DE SALUD.

Artículo Único.- Se reforma la fracción X del artículo 257 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 257.- ........

I. a IX. ........

X Farmacia: El establecimiento que se dedica a comercializar las especialidades farmacéuticas, genéricos intercambiables, estupefacientes, psicotrópicos e insumos para la salud en general, así como otros productos y artículos de higiene personal y auxiliares para la salud, dispensándolos, manejándolos y comercializándolos, en el lugar que son requeridos por los usuarios.

XI. y XII. ?..

TRANSITORIO.

Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Por la Comisión de Salud

Diputados: José Ángel Córdova Villalobos (rúbrica), José Javier Osorio Salcido (rúbrica), Pablo Anaya Rivera (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas, María del Rocío Jaspeado Villanueva (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Maki Esther Ortiz Domínguez, Francisco Rojas Toledo, María Salomé Elyd Sáenz, Jesús Aguilar Bueno, Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Jaime Fernández Saracho (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Isaías Soriano López (rúbrica), Rosa Hilda Valenzuela Rodelo (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez (rúbrica), Martín Remigio Vidaña Pérez (rúbrica), Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (rúbrica), José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), María Angélica Díaz del Campo, Julio Boltvinik Kalinka, Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Irma Sinforina Figueroa Romero, José Luis Naranjo y Quintana (rúbrica), Guillermo Velasco Rodríguez (rúbrica), María Angélica Ramírez Luna (rúbrica).
 
 
 

DE LAS COMISIONES UNIDAS DE RELACIONES EXTERIORES Y DE ECONOMÍA, CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UNA FRACCIÓN VII AL ARTÍCULO 3 DE LA LEY SOBRE LA APROBACIÓN DE TRATADOS INTERNACIONALES EN MATERIA ECONÓMICA

HONORABLE ASAMBLEA:

A las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores y Economía de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondientes a la LIX Legislatura, les fue turnada para su estudio y dictamen, INICIATIVA QUE ADICIONA UNA FRACCION VII AL ARTÍCULO 3 DE LA LEY SOBRE LA APROBACIÓN DE TRATADOS INTERNACIONALES EN MATERIA ECONÓMICA, presentada por la C. Diputada Alejandra Méndez Salorio del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, el 10 de Marzo de 2005. Lo anterior, que en ejercicio de la fracción II del Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración del Honorable Congreso de la Unión.

Las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores y Economía de la LIX Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6 incisos d), e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocaron al estudio y análisis de la Iniciativa descrita, al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES

PRIMERO. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados, el día 10 de Marzo de 2005, los CC. Secretarios de la misma, dieron cuenta al pleno de la Iniciativa que presentó la C. Diputada Alejandra Méndez Salorio del Grupo Parlamentario Verde Ecologista de México de la LIX Legislatura.

SEGUNDO. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: "Túrnese a las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores y de de Economía".

TERCERO. Mediante sus propios conductos las Comisiones de Relaciones Exteriores y Economía dieron cuenta a sus integrantes del contenido de esta Iniciativa.

CUARTO. La legisladora propone lo siguiente:

"...

México debe integrarse en la economía mundial; pero bajo parámetros distintos a los que se han negociado. Este es el objetivo explícito de esta iniciativa.

México no logrará crecer de forma estable y acelerada y menos crear suficientes y buenos empleos si no se diseña una estrategia que al menos tenga los siguientes elementos:

a) Integrar o conectar las cadenas productivas nacionales para que los sectores que crezcan, exportadores o no, jalen tras de sí al resto de las unidades productivas, especialmente a la pequeña y mediana empresa.

b) Generalizar el crecimiento y la multiplicación de los empleos.

c) Ampliar y consolidar el mercado interno.

d) Mejorar los niveles de ingreso de la mayoría de la población

e) Abatir la pobreza. Al mejorar los niveles de vida de la mayoría de la población.

...

Con base en los motivos expuestos, presento ante esta H. Cámara de Diputados, la siguiente:

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción VII al artículo 3 de la Ley sobre la Aprobación de Tratados Internacionales en Materia Económica.

DECRETO

Artículo 3. Para la aprobación de un tratado se observarán los siguientes objetivos generales:

I. a la VI. (quedan igual).

VII. Contribuir al fortalecimiento del mercado interno y al crecimiento económico.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de aquél en el que sea publicado en el Diario Oficial de la Federación."

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que con base en los antecedentes indicados, las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores y Economía, con las atribuciones antes señaladas se abocaron a dictaminar la Iniciativa de referencia.

SEGUNDO. Que la apertura comercial de México emprendida en los años ochenta, tuvo como fundamento principal que el comercio exterior realice una asignación más eficiente de los recursos, generando mejores condiciones de crecimiento y desarrollo económico para la economía, por un lado, las exportaciones crean empleos y estimulan la actividad económica, y por el otro, las importaciones complementan la oferta interna, beneficiando al consumidor a través de más productos a menores precios.

TERCERO. Que la firma de 12 tratados comerciales con 43 economías, posesiona a nuestro país como uno de los más abiertos al comercio exterior y como la única economía en el mundo que tiene acceso a los mercados más competitivos y grandes del mundo; América del Norte, Unión Europea y Japón

CUARTO. Que la Constitución Política de nuestro país en sus Artículos 25 y 26 indica que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional mediante el fomento del crecimiento económico, sin menoscabo, de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la nación.

QUINTO. Que la globalización y la competitividad imponen nuevos retos para las economías, y en mayor medida a las integradas, por lo que es prioritario, contribuir al fortalecimiento interno de nuestra economía por medio del crecimiento y el desarrollo económico y así generar ventajas competitivas, en el entorno de los negocios en el país y de esta manera incentivar las exportaciones mexicanas.

SEXTO. Que la experiencia reciente indica que una mayor apertura o liberalización impulsan el crecimiento económico, sin embargo, los beneficios del comercio exterior no han llegado a todos los sectores productivos de la economía nacional, y en algunos casos, otros han sido perjudicados, por lo que es necesario que los tratados económicos que suscriba nuestro país, consideren el fortalecimiento del mercado interno, así como la integración de las ramas productivas al comercio exterior.

SÉPTIMO. Que es primordial el fortalecimiento del mercado interno a través de una vinculación de la oferta productiva de las empresas tanto a los mercados nacionales como internacionales, aprovechando así, más y mejor los tratados que tenemos suscritos, que nos otorgan un gran mercado potencial, pero la concentración comercial con los Estados Unidos, limita nuestras exportaciones, esto no tiene lógica ni eficiencia económica, y por supuesto, no responde a la idea central de los tratados.

OCTAVO. Que el crecimiento económico es el incremento de las actividades económicas, lo cual es un fenómeno objetivo, por lo que puede ser observable y medible, mientras que el desarrollo económico es el proceso por el cual los países pasan de un estado atrasado a un estado avanzado, y no se puede dar éste sin el crecimiento.

NOVENO. Que los CC. Diputados integrantes de las Comisiones Dictaminadoras, reconocen y concluyen que es importante que los tratados comerciales apuntalen el crecimiento y desarrollo económico de nuestro país, con base en un mercado interno fuerte y competitivo, mejorando las capacidades de producción y distribución de las empresas nacionales. Por lo que con el ánimo de enriquecer el espíritu de la legisladora, las Dictaminadoras proponen el siguiente texto:

VII. Contribuir al fortalecimiento del mercado interno, así como al crecimiento y desarrollo económico. En virtud de lo anteriormente expuesto, las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores y Economía, presentan al Pleno de esta Honorable Asamblea para su análisis, discusión y, en su caso, aprobación, el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UNA FRACCIÓN VII AL ARTÍCULO 3 DE LA LEY SOBRE LA APROBACIÓN DE TRATADOS INTERNACIONALES EN MATERIA ECONÓMICA.

Artículo Único.- Se Adiciona una Fracción VII al Artículo 3 de la Ley Sobre la Aprobación de Tratados Internacionales en Materia Económica, para quedar como sigue:

Artículo 3. ...

I. a la IV. ...

V. Fomentar la integración de la Economía Mexicana con la Internacional y contribuir a la elevación de la competitividad del País;

VI. Promover la transparencia en las relaciones comerciales internacionales y el pleno respeto a los principios de política exterior de la fracción X del artículo 89 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, y

VII. Contribuir al fortalecimiento del mercado interno, así como al crecimiento y desarrollo económico.

TRANSITORIO

Artículo Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 30 días del mes de marzo de 2005.

Comisión de Economía

Diputados: Manuel López Villarreal (rúbrica), Presidente; Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), Julio Horacio Lujambio Moreno, secretarios; Ricardo Alegre Bojórquez (rúbrica), José María de la Vega Lárraga, Jaime del Conde Ugarte (rúbrica), Jesús Antonio Nader Nasrallah, José Francisco J. Landero Gutiérrez (rúbrica), María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica), Miguel Ángel Rangel Ávila, Jorge Baldemar Utrilla Robles (rúbrica), José Mario Wong Pérez, Jesús María Ramón Valdez (rúbrica), Eduardo Olmos Castro, Juan Manuel Dávalos Padilla, Óscar Bitar Haddad (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala (rúbrica), Alfredo Gómez Sánchez, Fernando Ulises Adame de León, José Manuel Abdala de la Fuente, Gustavo Moreno Ramos, Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Yadira Serrano Crespo (rúbrica), Guillermo Antonio Olmos Capilla (rúbrica), Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica), Víctor Suárez Carrera.

Comisión de Relaciones Exteriores

Diputados: Adriana González Carrillo (rúbrica), Presidenta; Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre (rúbrica), secretario; Carlos Jiménez Macías (rúbrica), secretario; Arturo Robles Aguilar (rúbrica), secretario; Jorge Martínez Ramos (rúbrica), secretario; Rodrigo Iván Cortés Jiménez (rúbrica), Ángel Juan Alonso Díaz Caneja, Humberto Cervantes Vega (rúbrica), José Alberto Aguilar Iñarritu (rúbrica), Sami David David, Homero Díaz Rodríguez (rúbrica), Juan José García Ochoa (rúbrica), Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Alejandro González Yáñez, Benito Chávez Montenegro (rúbrica), Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica), Rogelio Alejandro Flores Mejía (rúbrica), Carlos Flores Rico (rúbrica), Blanca Gámez Gutiérrez (rúbrica), Fernando Alberto García Cuevas (rúbrica), Guadalupe Morales Rubio (rúbrica), Sergio Penagos García (rúbrica), Cristina Portillo Ayala, Francisco Saucedo Pérez (rúbrica), Carlos Noel Tiscareño Rodríguez, Marco Antonio Torres Hernández (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE CONCEDE EL PERMISO CONSTITUCIONAL NECESARIO PARA QUE EL CIUDADANO CAMILO DE JESÚS ANTÓN GARCÍA PUEDA DESEMPEÑAR EL CARGO DE CÓNSUL HONORARIO DEL REINO DE ESPAÑA EN LA CIUDAD DE QUERÉTARO, CON CIRCUNSCRIPCIÓN CONSULAR EN EL ESTADO DE QUERÉTARO

Honorable Asamblea

A la Comisión de Gobernación que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con el oficio de la Secretaría de Gobernación, por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Camilo de Jesús Antón García, pueda desempeñar el cargo de cónsul honorario del Reino de España en la ciudad de Querétaro, con circunscripción consular en el estado de Querétaro.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el día 20 de noviembre del año en curso se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen el expediente relativo.

Considerando

a) Que el peticionario acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

b) Que los servicios que el propio interesado prestará en el consulado del Reino de España en la ciudad de Querétaro serán de carácter consular.

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción IV del apartado C) del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea el siguiente:

Proyecto de Decreto

Artículo Único. Se concede permiso al ciudadano Camilo de Jesús Antón García para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario del Reino de España en la ciudad de Querétaro con circunscripción consular en el estado de Querétaro.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. México, DF, a 30 de noviembre de 2005.

Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Valladares Valle, secretaria; David Hernández Pérez (rúbrica), secretario; Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), secretaria; Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), secretario; Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), secretario; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje, Omar Bazán Flores (rúbrica), Pablo Bedolla López (rúbrica), José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios, Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Miguelángel García-Domínguez, Jesús González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Alonso Adrián Juárez Jiménez, Pablo Alejo López Núñez, Federico Madrazo Rojas (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco, Gonzalo Moreno Arévalo, Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), Mario Alberto Rafael Zepahua Valencia.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE CONCEDE EL PERMISO CONSTITUCIONAL NECESARIO PARA QUE EL CIUDADANO DANIEL ROMERO MEJÍA PUEDA DESEMPEÑAR EL CARGO DE CÓNSUL HONORARIO DEL JAPÓN EN LA CIUDAD DE TIJUANA, CON CIRCUNSCRIPCIÓN CONSULAR EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

Honorable Asamblea

En oficio fechado el 16 de noviembre del año en curso, la Secretaría de Gobernación solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Daniel Romero Mejía pueda aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario del Japón en la ciudad de Tijuana con circunscripción consular en el estado de Baja California.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el día 29 de noviembre se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen el expediente relativo.

Considerando

a) Que el peticionario acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada de su acta de nacimiento.

b) Que los servicios que el propio interesado prestará al Gobierno del Japón, serán de carácter estrictamente consular, y

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción IV del apartado C) del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la asamblea, el siguiente:

Proyecto de Decreto

Artículo Único. Se concede permiso al ciudadano Daniel Romero Mejía, para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario del Japón en la ciudad de Tijuana con circunscripción consular en el estado de Baja California.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. México, DF, a 30 de noviembre de 2005.

Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Valladares Valle, secretaria; David Hernández Pérez (rúbrica), secretario; Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), secretaria; Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), secretario; Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), secretario; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje, Omar Bazán Flores (rúbrica), Pablo Bedolla López (rúbrica), José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios, Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Miguelángel García-Domínguez, Jesús González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Alonso Adrián Juárez Jiménez, Pablo Alejo López Núñez, Federico Madrazo Rojas (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco, Gonzalo Moreno Arévalo, Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), Mario Alberto Rafael Zepahua Valencia.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES, CON PUNTOS DE ACUERDO PARA EXHORTAR AL EJECUTIVO FEDERAL A INSTRUIR A FIN DE ADOPTAR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA LA SUSPENSIÓN DEL COBRO POR LA EXPEDICIÓN DE LA CREDENCIAL DE AFILIACIÓN AL INSTITUTO NACIONAL DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, le fue turnado para su análisis y dictamen proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del poder ejecutivo federal para que instruya se adopten la medidas necesarias a efecto de que sea suspendido y en su caso reintegrado el cobro que por la expedición de credencial de afiliación al Instituto Nacional de las Personas las Adultas Mayores que se esta llevando a cabo.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 numerales 1, 2 fracción III y numeral 3; 45 en su numeral 6 fracción f) ambos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 58, 65, 83, 87 y 88, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión es competente para conocer del asunto en cuestión, por lo que se abocó el estudió y análisis del mismo con base en los siguientes:

ANTECEDENTES

I. En sesión ordinaria del Pleno de la Cámara de Diputados, celebrada el día 20 de Abril de 2004, el Diputado Emilio serrano Jiménez, a nombre de diversos diputados integrantes de los distintos grupos parlamentarios representados en este órgano colegiado presentó una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del poder ejecutivo federal para que instruya se adopten la medidas necesarias a efecto de que sea suspendido y en su caso reintegrado el cobro que por la expedición de credencial de afiliación al Instituto Nacional de las Personas las Adultas Mayores que se esta llevando a cabo.

II. Con esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva, turnó para su análisis y dictamen la proposición de referencia a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

III. Que la Presidencia de la Comisión, recibió de la Subsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, dependiente de la Secretaria de Desarrollo Social, escrito fechado del 13 de abril de 2004 en la que su titular, Dr. Rodolfo Tuirán Gutiérrez por instrucciones de la C. Secretaria, da contestación al oficio por los CC. Diputados Emilio Serrano, José Luis Naranjo, Omar Ortega y Santiago Cortés miembros de la Comisión, quienes manifiestan diversas inquietudes relacionadas con la aportación económica por la expedición de la nueva credencial de afiliación al Instituto de las Personas Adultas Mayores.

IV. Que con fecha los integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, se reunieron para analizar, discutir y aprobar el presente dictamen.

CONSIDERANDOS

1.- Que los adultos mayores, como un grupo expuesto a la vulnerabilidad social, tienen una serie de necesidades específicas a razón de su edad.

2.- Que desde la creación del Instituto Nacional de la Senectud (Insen) fue diseñada e implementada una credencial que identifica a los afiliados al Instituto y por el cual pueden ser beneficiarios de diversos convenios de descuento para la adquisición de bienes o servicios o para exención de pago en algunos transportes públicos como es el caso del Sistema de Transporte Colectivo metro en el Distrito Federal.

3.- Que el ahora Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, creado por la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, lleva a acabo un proceso de re-credencialización mismo que ha generado diversos cuestionamientos de parte por diversos diputados y organizaciones de la sociedad civil.

4.- Que en el escrito a que se hace mención en el antecedente III del presente dictamen el titular de dicha dependencia manifiesta lo siguiente:

"La expedición de la nueva credencial fue aprobada en la segunda sesión ordinaria del H. Consejo Directivo del INAPAM, celebrada el 15 de agosto del 2003. Con lo anterior, el instituto busca fundamentalmente. Otorgar los beneficios que se muestran en el documento anexo"

Además de dichos beneficios, y dadas las características físicas de esta credencial, se logra que la vida útil del documento sea mucho más larga que la anterior, que era de cartulina.

Con la expedición de esta nueva credencial de afiliación, el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores y el Registro Nacional de Población (RENAPO) se encuentran en posibilidad de contar con un padrón de datos estadísticos, demográficos, económicos y sociales de este sector de la población.

Asimismo, me permito hacer de su conocimiento que la C. Secretaria del Ramo, comparte su preocupación en el sentido de que hay adultos mayores que por su situación económica precaria no pueden sufragar el importe de la nueva credencial, por ello tomando en cuenta esa innegable realidad, el INAPAM firmó con la empresa ganadora del proyecto un convenio, en el cual se prevé y se establece que la emisión de credenciales sin costo se concede sin restricción alguna cuando el solicitante de la credencial señala carecer de recursos para el pago correspondiente. En el período comprendido entre el 19 de diciembre del 2003 al 13 de marzo del 2004, se han emitido 35,294 nuevas credenciales y únicamente han solicitado este beneficio 62 ciudadanos."

Lo anterior demuestra que el instituto puede expedir credenciales sin costo en los casos en los que la persona adulta mayor que la solicita, al manifestar no contar con recursos para pagarla, con la finalidad de que ésta sea accesible para la mayoría de las personas que solicitan la credencial, actualmente la aportación individual por la credencial, más el directorio de beneficios, asciende a la cantidad de $35.00 (treinta y cinco pesos)

5.- Que a pesar de los esfuerzos, programas e instituciones que actualmente existen en beneficio de la población adulta mayor y de la indispensable continuidad de los mismos para el correcto ejercicio de sus derechos, es necesario contar con nuevas estrategias y alternativas que sean congruentes con la actual situación económica de las personas adultas mayores.

7.- Que como representantes populares tenemos la obligación de atender las demandas de nuestros representados y por lo tanto gestionar y orientar la solución a las mismas; por ello y atendiendo a la situación económica que presenta la gran mayoría de la Población Adulta Mayor y la problemática consecuente para sufragar el costo anterior, se hace necesaria la gratuidad de la Credencial que expide el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, para que todos los Adultos Mayores puedan acceder a los descuentos y beneficios.

8.- Que esta Comisión atendiendo a esa sensibilidad exhorta al Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) para que en un sentido de solidaridad social y conforme al espíritu del objeto de su creación, cuide la situación personal de cada adulto mayor que solicite la credencial y que en apego a sus posibilidades económicas otorgue la credencial de la institución sin aportación alguna.

9.- Que el segundo punto de la proposición en estudio, solicita la comparecencia del Director General del INAPAM para que informe sobre el origen y base de tal cobro, del monto recaudado a la fecha y su destino. Toda vez que como lo establece el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos 53 y 90 las Comisiones, "para ilustrar su juicio en el despacho de los negocios que se les encomienden, tener conferencias con los funcionarios a que se refiere el artículo 53 de este Reglamento, quienes están obligados a guardar a cualesquiera de los miembros de las Comisiones las atenciones y consideraciones necesarias al cumplimiento de su misión." Por lo que en cualquier momento, la Comisión puede solicitar por acuerdo de sus integrantes, la comparecencia del Director General del INAPAM para informar sobre los aspectos que preocupan a los diputados proponentes del punto de acuerdo que se dictamina; por lo que se considera innecesario someter tal determinación al pleno.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables emiten el siguiente:

ACUERDO:

Primero.- Se aprueba la proposición que a nombre de diversos Diputados, integrantes de los distintos grupos parlamentarios representados en este órgano colegiado presentara el Diputado Emilio Serrano Jiménez, con base en las consideraciones ya señaladas.

Segundo.- Esta H. Cámara de Diputados, exhorta de manera respetuosa al Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) para que en un sentido de solidaridad social y conforme al espíritu del objeto de su creación, cuide la situación personal de cada adulto mayor que solicite la credencial y que se otorgue la credencial de la institución de manera gratuita.

Diputados: Adriana González Furlong (rúbrica), Presidenta; Francisco Javier Bravo Carbajal (rúbrica), secretario; Laura Elena Martínez Rivera (rúbrica), secretaria; Homero Ríos Murrieta (rúbrica), secretario; Emilio Serrano Jiménez (rúbrica), secretario; Pablo Anaya Rivera, Gaspar Ávila Rodríguez (rúbrica), María Ávila Serna (rúbrica), Emilio Badillo Ramírez (rúbrica), Virginia Yleana Baeza Estrella, Abraham Bagdadi Estrella (rúbrica), Álvaro Burgos Barrera (rúbrica), Florencio Collazo Gómez (rúbrica), Santiago Cortés Sandoval (rúbrica), Mercedes Rojas Saldaña (rúbrica), Manuel González Reyes, Ma. del Carmen Izaguirre Francos (rúbrica), Francisco Javier Lara Arano, Ma. Isabel Maya Pineda, Alfonso Moreno Morán (rúbrica), José Luis Naranjo y Quintana (rúbrica), Omar Ortega Álvarez, Martha Palafox Gutiérrez, Evangelina Pérez Zaragoza (rúbrica), Mayela Quiroga Tamez, Martha Leticia Rivera Cisneros (rúbrica), Benjamín Sagahón Medina, Rocío Sánchez Pérez, Norma Elizabeth Sotelo Ochoa, Guillermo Tamborrel Suárez.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 29 días de septiembre de 2005.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, CON PUNTOS DE ACUERDO POR LOS QUE LA CÁMARA DE DIPUTADOS SE CONGRATULA POR LA NORMALIZACIÓN DEL PROCESO DE TRANSICIÓN DEMOCRÁTICA EN UCRANIA Y FELICITA AL NUEVO PRESIDENTE UCRANIANO, VIKTOR YUSCHENKO

El pasado 28 de Abril de 2005, a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados le fue turnado para su estudio y posterior elaboración de dictamen, la proposición con punto de acuerdo de los Diputados Federales Adriana González Carrillo y Homero Ríos Murrieta, por el que la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión se congratula por la normalización del proceso de transición democrática en Ucrania, felicita al nuevo presidente ucraniano Víctor Yuschenko y exhorta al Ejecutivo a abrir una Embajada de México en Kiev.

Los Diputados Federales, integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Asamblea el siguiente Acuerdo por las siguientes:

Consideraciones

Después de la proclamación de su independencia el 1 de diciembre de 1991, Ucrania inició el largo camino hacia la creación de un Estado independiente y democrático que se vio interrumpido desde julio de 1994 cuando Leonid Kuchma, entonces primer ministro, tomó posesión de la presidencia.

Después de un periodo de diez años donde la democracia, el estado de derecho y la transparencia vieron sus peores momentos desde la dominación soviética en ese país, la sociedad ucraniana decidió movilizarse y protestar en las calles contra el autoritarismo y a favor de la transparencia electoral.

El economista Víctor Yuschenko, primer ministro de Ucrania de diciembre de 1999 a abril de 2001, contendió y obtuvo la victoria en las pasadas elecciones de noviembre de 2004. No obstante, el triunfo no le fue reconocido.

Antes de las elecciones Yuschenko había sido envenenado con una dosis de dioxinas como un intento para apartarlo de la contienda. Cuando en la segunda vuelta electoral del 21 de noviembre de 2004 se dio el triunfo a Yanukovich, el candidato oficial, la llamada revolución naranja, abanderada por el movimiento político "Nueva Ucrania" convocó a las multitudes para una protesta multitudinaria que obtuvo el apoyo internacional por las múltiples evidencias de fraude electoral.

Centenares de miles de ucranianos y la gran mayoría de la comunidad internacional, excepto Rusia, condenaron los comicios y exigieron una tercera vuelta electora con manifestaciones masivas que colocaron al país al borde de un conflicto civil.

Al fin de la tercera vuelta electoral, la elite política no tuvo más remedio que reconocer el apabullante triunfo de Yuschenko con más del 57% de votos.

Como ha afirmado Jean Meyer, el surgimiento repentino de una Ucrania democrática, después de 14 años de gobiernos dudosos, cuando no francamente corruptos y autoritarios, es un acontecimiento mayor. Para Europa como para México, es una gran noticia.

Nadie mejor que los mexicanos conocemos las complicaciones y los avatares de un proceso de transición democrática. Nadie mejor que los mexicanos conocemos la sensación de júbilo y responsabilidad que supone haber dejado atrás la época del fraude electoral, la corrupción y el autoritarismo.

En buena medida la transición mexicana y la ucraniana deben conocerse mejor para identificar sus similitudes y trazarse caminos paralelos. Ucrania como México está atravesando por su periodo de construcción y fortalecimiento de instituciones, reformas estructurales de la economía, reformas electorales, constitucionales y de su política exterior para consolidar su nuevo régimen político.

Las relaciones de México con Ucrania, establecidas desde 1992, han sido de una gran intensidad. En enero de 1999, se abrió una Embajada de Ucrania en nuestro país y un Consulado Honorario de México en Kiev, en noviembre de 2000. A partir de entonces, el intercambio comercial, las consultas políticas y la cooperación científica, educativa y tecnológica entre ambos países se proyectaron al futuro como espacios de oportunidad extraordinariamente fértiles y proclives a ser fortalecidos. El 27 de mayo de 2003, se suscribió el Acuerdo de Cooperación Económica México-Ucrania que da marco a una serie de instrumentos de convergencias de políticas con una enorme oportunidad de implementarse con la llegada del nuevo gobierno ucraniano. Así, el triunfo de la denominada "revolución naranja" nos provee de la ocasión propicia para fortalecer el conjunto de nuestras relaciones bilaterales.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, se somete a la consideración del Pleno de esta Asamblea, la siguiente Proposición con Punto de Acuerdo de Urgente u Obvia resolución:

Acuerdo

PRIMERO.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión se congratula por la normalización del proceso de transición democrática en Ucrania y felicita al Presidente Ucraniano Víctor Yuschenko por su histórica victoria electoral.

SEGUNDO.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión extiende un amplio reconocimiento a la sociedad ucraniana por apuntalar este proceso cívico de transición democrática y saluda la apertura de una nueva etapa para este país y su flamante incursión en la comunidad internacional de Estados democráticos, respetuosos de los derechos humanos y comprometidos con el desarrollo económico y cultural de sus pueblos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2005.

Diputados: Adriana González Carrillo (rúbrica), Presidenta; Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre (rúbrica), secretario; Carlos Jiménez Macías (rúbrica), secretario; Arturo Robles Aguilar (rúbrica), secretario; Jorge Martínez Ramos (rúbrica), secretario; Rodrigo Iván Cortés Jiménez (rúbrica), Ángel Juan Alonso Díaz Caneja, Humberto Cervantes Vega (rúbrica), José Alberto Aguilar Iñarritu (rúbrica), Sami David David, Homero Díaz Rodríguez (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica), Rogelio Alejandro Flores Mejía (rúbrica), Carlos Flores Rico (rúbrica), Blanca Gámez Gutiérrez (rúbrica), Fernando Alberto García Cuevas (rúbrica), Juan José García Ochoa (rúbrica), Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Alejandro González Yáñez, Benito Chávez Montenegro (rúbrica), Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), Guadalupe Morales Rubio (rúbrica), Sergio Penagos García (rúbrica), Cristina Portillo Ayala, Francisco Saucedo Pérez (rúbrica), Carlos Noel Tiscareño Rodríguez, Marco Antonio Torres Hernández (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, CON PUNTOS DE ACUERDO POR LOS QUE LA CÁMARA DE DIPUTADOS SE CONGRATULA POR LA RATIFICACIÓN DEL PROTOCOLO DE KYOTO POR PARTE DE LA FEDERACIÓN RUSA

El pasado 7 de diciembre de 2004, a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados le fue turnado para su estudio y posterior elaboración de dictamen, la proposición con punto de acuerdo de la Diputada Federal Blanca Gámez Gutiérrez, por el que la H. Cámara de Diputados se congratula por la reciente ratificación del Protocolo de Kyoto por parte de la Federación de Rusia.

Los Diputados Federales, integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Asamblea el siguiente Acuerdo por las siguientes:

Consideraciones

Los Estados que aprobaron la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el cambio climático en 1992 reconocieron que ésta podría ser una plataforma para tomar medidas más enérgicas en el futuro. Al establecer un procedimiento permanente de examen, debate e intercambio de informaciones, la Convención permite asumir compromisos adicionales en respuesta a los cambios que se produzcan en la comprensión científica de los problemas y en la voluntad política existente.

El primer examen de la adecuación de los compromisos de los países desarrollados se realizó, según lo solicitado, en la primera reunión de la Conferencia de las Partes (CP-1), que se celebró en Berlín en 1995. Las Partes decidieron que el compromiso de los países desarrollados, de tratar de restablecer sus emisiones en los niveles de 1990 para el año 2000, a más tardar, no era suficiente para alcanzar el objetivo a largo plazo de la Convención, de impedir las "interferencias antropogénicas [atribuidas a la actividad humana] peligrosas en el sistema climático".

Los ministros y otros funcionarios de alto nivel respondieron adoptando el "Mandato de Berlín" y lanzando una nueva ronda de conversaciones para fortalecer los compromisos de los países desarrollados. Con el objeto de redactar un acuerdo sobre el particular, se estableció el Grupo especial sobre el Mandato de Berlín que, tras ocho reuniones, remitió un texto a la CP-3 con miras a su negociación definitiva.

Unos 10,000 delegados, observadores y periodistas asistieron a este evento, de gran envergadura, celebrado en Kyoto, Japón, en diciembre de 1997. En la Conferencia se llegó por consenso a la decisión (1/CP.3) de aprobar un Protocolo en virtud del cual los países industrializados se comprometen a reducir, para el periodo 2008 - 2012, el total de sus emisiones de gases de efecto invernadero por lo menos en un 5%, en relación con los niveles de 1990. Se confía en que este compromiso vinculante produzca una reversión histórica de la tendencia ascendente de las emisiones, que se inició en dichos países hace unos 150 años.

El Protocolo de Kyoto se abrió a la firma el 16 de marzo de 1998 y entrará en vigor 90 días después de que o haya sido ratificado al menos por 55 Partes en la Convención, entre ellas, los países desarrollados que producían al menos el 55% del total de emisiones de dióxido de carbono del grupo de naciones industrializadas en 1990.

El pasado 5 de noviembre de 2004, el Presidente Ruso Vladimir Putin, suscribió el Protocolo de Kyoto, lo cual representa el paso final para que el pacto internacional sobre defensa del clima entre en efecto el próximo año.

Cabe mencionar, que ambas cámaras del parlamento ruso han aprobado el protocolo, el cual busca reducir el calentamiento global al reducir las emisiones de gases que producen el llamado efecto invernadero.

Sin el apoyo de Rusia, el pacto, que ha sido rechazado por Estados Unidos (EU) y Australia, no podría entrar en efecto, ya que requería la ratificación de 55 naciones industrializadas, las cuales produjeron el 55% de las emisiones de esos gases en 1990.

Asimismo, es menester señalar que la adición de México al Protocolo de Kyoto fue muy bien recibida por la comunidad internacional, toda vez que México fue el primer país latinoamericano en ratificar dicho protocolo, siendo testimonio para toda América Latina del compromiso indiscutible de México con la protección al medio ambiente.

Por lo antes expuesto y fundado sometemos a la consideración del pleno de esta soberanía el siguiente:

Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, extiende su más cordial reconocimiento al Presidente Vladimir Putin y al Parlamento de la Federación Rusa por haber suscrito el Protocolo de Kyoto, lo cual representa su entrada en vigor.

Segundo.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, respalda y reconoce la gestión de la Organización de las Naciones Unidas para la consecución de la suscripción y posterior aplicación del Protocolo de Kyoto, denotando su indiscutible compromiso con la protección del medio ambiente en el mundo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2005.

Diputados: Adriana González Carrillo (rúbrica), Presidenta; Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre (rúbrica), secretario; Carlos Jiménez Macías (rúbrica), secretario; Arturo Robles Aguilar (rúbrica), secretario; Jorge Martínez Ramos (rúbrica), secretario; Homero Díaz Rodríguez (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica), Rogelio Alejandro Flores Mejía (rúbrica), Carlos Flores Rico (rúbrica), Rodrigo Iván Cortés Jiménez (rúbrica), Ángel Juan Alonso Díaz Caneja, Humberto Cervantes Vega (rúbrica), José Alberto Aguilar Iñarritu (rúbrica), Sami David David, Blanca Gámez Gutiérrez (rúbrica), Fernando Alberto García Cuevas (rúbrica), Juan José García Ochoa (rúbrica), Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Alejandro González Yáñez, Benito Chávez Montenegro (rúbrica), Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), Guadalupe Morales Rubio (rúbrica), Sergio Penagos García (rúbrica), Cristina Portillo Ayala, Francisco Saucedo Pérez (rúbrica), Carlos Noel Tiscareño Rodríguez, Marco Antonio Torres Hernández (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, CON PUNTOS DE ACUERDO EN RELACIÓN CON LA PROBLEMÁTICA DE ACCESO AL MERCADO DE AMÉRICA DEL NORTE

El pasado 28 de Abril de 2005, a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados le fue turnado para su estudio y posterior elaboración de dictamen, la proposición con punto de acuerdo del Diputado Federal Juan José García Ochoa, en Relación con la Problemática de Acceso al Mercado de América del Norte.

Los Diputados Federales, integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Asamblea el siguiente Acuerdo por las siguientes:

Consideraciones

Han pasado ya once años de la implementación del tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN). El TLCAN ha logrado incrementar el comercio y la inversión en la región. En diez años, duplicó el comercio total entre los tres países participantes. Las exportaciones totales mexicanas se triplicaron al pasar de 52 mil millones de dólares en 1993 a 165 mil millones en el 2003.

Desde la entrada en vigor del Tratado, la frontera entre México y Estados Unidos ha cobrado nuevas dimensiones estratégicas. A través de los 55 puntos de ingreso de nuestra frontera norte se comercian 638 millones de dólares y cruzan aproximadamente 1 millón de personas y 330 mil vehículos al día.

Para garantizar el cumplimiento de las estipulaciones del TLCAN, México ha cumplido su parte al desplegar una serie de modificaciones (normativas, legislativas y hasta cambios en la Constitución) para adaptarse a los tiempos de la globalización y a las exigencias de sus socios de América del Norte.

No obstante, el libre acceso a los mercados ha sido trastocado por una serie de medidas restrictivas y no se han tomado en cuanta las asimetrías entre los 3 países socios. Adicionalmente después de los terribles atentados del 11 de septiembre, se ha hecho todavía más difícil el tránsito legítimo de personas y bienes en los puertos y en la frontera.

La Ley sobre Bioterrorismo, ha provocado la distorsión del mercado y la detención de cargamentos mexicanos. La estrategia estadounidense no se ha concentrado en inspecciones de tráfico de alto riesgo ni en la implementación de mejor tecnología para hacer expedito el tránsito de bajo riesgo y de personas. La discrecionalidad de los funcionarios estadounidenses ha impedido la libre circulación de los flujos de comercio entre ambas naciones, trastocando los objetivos del TLCAN.

En materia de transporte, el verdadero espíritu del TLCAN, de fortalecer la cooperación para alcanzar beneficios comerciales mutuamente provechosos, está siendo ignorado. Este sector ha padecido toda clase de evasivas y tratos in equitativos por parte de Estados Unidos para no cumplir con los acuerdos estipulados del TLCAN. Acciones que van desde la implementación de una moratoria unilateral, con el argumento de que nuestro sistema de transporte no garantiza la seguridad, hasta decisiones como el establecer reglas y requisitos sumamente estrictos para condicionar la entrada de los transportistas mexicanos.

De la misma manera, el servicio ferroviario ha sido relegado, siendo quizás este sector donde la modernización de infraestructura, de equipo y el mejoramiento de las prácticas operativas tienen un mayor impacto en el mercado del TLCAN.

Los problemas ambientales que genera el trasporte de carga terrestre en la región fronteriza de México y Estados Unidos son ya, insoslayables. A las presiones ambientales que este tráfico genera, habría que añadirle el congestionamiento tan grande que se produce por la constante revisión a la carga por parte de autoridades estatales y federales; además de n o contar con el número de vías necesarias, así como las dificultades de operación que se presentan por no contar con la infraestructura, personal y horario suficiente.

El programa US Visit, que tiene la finalidad de proporcionar información sobre la entrada y salida de extranjeros dentro y fuera del territorio Estados Unidos, ha aumentado significativamente los retrasos en los cruces y en el comercio fronterizo terrestre.

Por lo anterior, es necesaria una enorme inversión durante los próximos diez años para superar el déficit infraestructural en nuestra frontera norte. Se deberá crear un plan regional integrado para el transporte y la infraestructura, que comprenda nuevas autopistas norteamericanas y corredores ferroviarios de alta velocidad, así como un plan estratégico para la construcción de libramientos, puentes, cruces ferroviarios, aeropuertos fronterizos y conexiones ínter modales para el cruce fronterizo, en donde intervengan ciudadanos que reciban adiestramiento conjunto y crear procedimientos para racionalizar la documentación y lograr un eficiente cruce en la frontera.

Por lo antes expuesto y fundado sometemos a la consideración del pleno de esta soberanía el siguiente:

Acuerdo

Primero.- Se exhorta al Ejecutivo Federal para que en una próxima reunión con los Jefes de Estado y de Gobierno de Estados Unidos y Canadá, se logren compromisos conjuntos para que en la relación trilateral priven políticas comerciales justas y equitativas.

Segundo.- Se exhorta al Ejecutivo Federal a lograr compromisos conjuntos para el desarrollo e implementación de un plan estratégico a largo plazo para la coordinación física y tecnológica en relación con el flujo creciente del tráfico transfronterizo, lo que redunde en una frontera más eficiente y amigable.

Tercero.- Se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a su vez solicite a los Estados Unidos de América, la agilización del trabajo de revisión en los puntos de inspección fronterizos con el objetivo de brindar un trato digno y respetuoso a las personas que los transitan.

Cuarto.- Se solicita al Ejecutivo Federal constituir un fondo de financiamiento por parte del Gobierno Federal mediante la Secretaria de Comunicaciones y Transportes y Secretaría de Economía, a efecto de fortalecer el Programa de Chatarrización vigente.

Quinto.- Se exhorta al Ejecutivo Federal para se negocie con Estados Unidos un acuerdo definitivo, mutuamente satisfactorio para México y Estados Unidos con relación al acceso del transporte de carga mexicano a Estados Unidos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2005.

Diputados: Adriana González Carrillo (rúbrica), Presidenta; Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre (rúbrica), secretario; Carlos Jiménez Macías (rúbrica), secretario; Arturo Robles Aguilar (rúbrica), secretario; Jorge Martínez Ramos (rúbrica), secretario; Homero Díaz Rodríguez (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica), Rogelio Alejandro Flores Mejía (rúbrica), Carlos Flores Rico (rúbrica), Rodrigo Iván Cortés Jiménez (rúbrica), Ángel Juan Alonso Díaz Caneja, Humberto Cervantes Vega (rúbrica), José Alberto Aguilar Iñarritu (rúbrica), Sami David David, Blanca Gámez Gutiérrez (rúbrica), Fernando Alberto García Cuevas (rúbrica), Juan José García Ochoa (rúbrica), Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Alejandro González Yáñez, Benito Chávez Montenegro (rúbrica), Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), Guadalupe Morales Rubio (rúbrica), Sergio Penagos García (rúbrica), Cristina Portillo Ayala, Francisco Saucedo Pérez (rúbrica), Carlos Noel Tiscareño Rodríguez, Marco Antonio Torres Hernández (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, CON PUNTOS DE ACUERDO POR LOS QUE LA CÁMARA DE DIPUTADOS EFECTÚA UN RECONOCIMIENTO AL G-8 POR LA PUESTA EN PRÁCTICA DE MODALIDADES GENEROSAS DE JUSTICIA Y SEGURIDAD SOCIAL

El pasado 15 de Junio de 2005, a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados le fue turnado para su estudio y dictamen correspondiente, la proposición con punto de acuerdo del Diputado Federal Alfonso Rodríguez Ochoa, por el que se realiza un pronunciamiento de reconocimiento al grupo G-8 por la puesta en práctica de modalidades generosas de justicia y seguridad social.

Los Diputados Federales, integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Asamblea el siguiente Acuerdo por las siguientes:

Consideraciones

El pasado sábado 11 de junio de los corrientes, el G-8 o grupo de los ocho países más industrializados del mundo, constituido por Gran Bretaña, Japón, Canadá, Estados Unidos, Francia, Italia, Alemania y Rusia, acordó condonar la deuda que por alrededor de 55,000 millones de dólares que habían contraído 18 países en desarrollo. De esta forma la deuda de Benin, Bolivia, Burkina Fasso, Etiopía, Ghana, Guyana, Honduras, Madagascar, Mali, Mauritania, Mozambique, Nicaragua, Níger, Ruanda, Senegal, Tanzania, Uganda y Zambia fue condonada por acuerdo firmado por los ministros de Finanzas de este grupo como parte de una campaña liderada por el Reino Unido para librar al África subsahariana de la pobreza y para un programa de erradicación mundial de enfermedades como la malaria, asociadas a situaciones de pobreza extrema en el mundo.

Según anunció en Londres el ministro de Economía del Reino Unido, el perdón de la deuda está sujeto a la adopción de estos países de la ejecución de medidas en materia de transparencia y de lucha contra la corrupción. El G-8 señaló también en su comunicado que es "esencial que los países en desarrollo apliquen políticas para el crecimiento económico, el desarrollo sostenible y la reducción de la pobreza" puesto que esta decisión tiene el objetivo final de dar un paso importante en el cumplimiento con los Objetivos de Desarrollo del Milenio acordados en las Naciones Unidas en el año 2000 para reducir a la mitad los niveles de pobreza extrema y enfermedad en el mundo.

En total, el acuerdo concierne la cancelación de 55.000 millones de dólares de deuda multilateral, de los cuales 6.000 millones de dólares debidos por estos países al FMI, 44.000 millones de dólares al Banco Mundial y 5.000 millones al Banco Africano para el Desarrollo.

Según el cálculo de algunas agencias de ayuda humanitaria se necesitaría la condonación del 100% de la deuda de 62 países si quiere llegar a este escenario.

Con esta decisión quedan liberados cerca de 1,500 millones de dólares anuales, destinados hasta ahora por estas naciones a pagar la deuda y que ahora se destinarán, también por acuerdo del G-8, a los sectores de salud, educación e infraestructura.

En la reunión las naciones del G-8, acordaron incrementar la ayuda a los países empobrecidos de 40 a 80 mil millones de dólares en el periodo 2005-2010. Asimismo, aprobaron destinar recursos por 4 mil millones de dólares para planes de vacunación de niños y promover el acceso universal al tratamiento contra el Sida, también antes de 2010. El acuerdo pide al resto de los países que cancelen deudas bilaterales, incluidas dentro de la iniciativa para los Países Pobres Fuertemente Endeudados, con compromisos de nuevos aportes a organismos multilaterales de crédito, para evitar procesos de descapitalización.

Además de la cancelación de deudas, el Reino Unido impulsa la creación de un Fondo Financiero Internacional, que tendrá como objetivo la promoción de programas de ayuda para la región africana, que hasta ahora han recibido apoyo internacional unánime.

Esta decisión, en mucho abonará para la erradicación de la pobreza extrema en el mundo y servirá para garantizar el crecimiento económico internacional, dos de las preocupaciones constantes de México en su participación en Foros económicos mundiales. Nuestro país, como anfitrión de la pasada Cumbre sobre el financiamiento al desarrollo de la Organización de Naciones Unidas ha manifestado su mayor interés en la evolución de la asistencia al desarrollo y, especialmente, en la obtención de compromisos para cumplir con los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

La cancelación de la deuda tiene ineludibles implicaciones éticas, y socioeconómicas que no se pueden ignorar: porque en efecto, las deudas impagables ponen en entredicho la subsistencia misma de cientos de millones de personas, que ven herida su dignidad por condiciones de vida infrahumanas.

La deuda externa impagable que maniata el desarrollo y bienestar social de los países pobres es inaceptable y posee como efecto económico la pobreza, la inestabilidad social, la pérdida de gobernabilidad y la afectación de la democracia por los conflictos sociales.

Creemos que es urgente, por tanto, que los países ricos continúen tomando medidas para eliminar la deuda externa de los países pobres y en vías de desarrollo, dado que la condonación de la misma es una condición previa para que estos puedan luchar eficazmente contra la miseria y la pobreza.

Por lo antes expuesto y fundado sometemos a la consideración del pleno de esta soberanía el siguiente:

Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, se pronuncia efectuando un reconocimiento al grupo de países ricos denominado G-8, para expresarle que nos congratulamos que pongan en práctica medidas objetivamente generosas, de justicia y equidad social.

Segundo.- La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, convoca a los países que integran dicho Grupo, para que continúen tomando medidas de cancelación de la deuda externa a los países pobres y en vías de desarrollo, en nombre de la justicia y de la solidaridad social que une a todos los seres humanos y a todos los pueblos del mundo.

Tercero.- La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, elogia los pasos de sensibilidad y compromiso social que han comenzado a darse para la condonación total o parcial de la deuda externa, y hace un llamado a los países ricos del denominado G-8 y a los responsables de las instituciones financieras internacionales, para que dicha acción no se reduzca a los países denominados técnicamente "los más pobres y altamente endeudados", sino también se aplique para aquellos que pertenecen a la comunidad latinoamericana y del Caribe que sufren esta situación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2005.

Diputados: Adriana González Carrillo (rúbrica), Presidenta; Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre (rúbrica), secretario; Carlos Jiménez Macías (rúbrica), secretario; Arturo Robles Aguilar (rúbrica), secretario; Jorge Martínez Ramos (rúbrica), secretario; Homero Díaz Rodríguez (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica), Rogelio Alejandro Flores Mejía (rúbrica), Carlos Flores Rico (rúbrica), Rodrigo Iván Cortés Jiménez (rúbrica), Ángel Juan Alonso Díaz Caneja, Humberto Cervantes Vega (rúbrica), José Alberto Aguilar Iñarritu (rúbrica), Sami David David, Blanca Gámez Gutiérrez (rúbrica), Fernando Alberto García Cuevas (rúbrica), Juan José García Ochoa (rúbrica), Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Alejandro González Yáñez, Benito Chávez Montenegro (rúbrica), Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), Guadalupe Morales Rubio (rúbrica), Sergio Penagos García (rúbrica), Cristina Portillo Ayala, Francisco Saucedo Pérez (rúbrica), Carlos Noel Tiscareño Rodríguez, Marco Antonio Torres Hernández (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, CON PUNTOS DE ACUERDO POR LOS QUE SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES A REPATRIAR EFICIENTEMENTE CADÁVERES DE NUESTROS CONNACIONALES DESDE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

El pasado 7 de Diciembre de 2004, a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados le fue turnado para su estudio y posterior elaboración de dictamen, la proposición con punto de acuerdo del Diputado Federal Álvaro Burgos Barrera, para exhortar a la Secretaría de Relaciones Exteriores a realizar eficientemente la repatriación de cadáveres de nuestros connacionales desde Estados Unidos de América.

Los Diputados Federales, integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Asamblea el siguiente Acuerdo por las siguientes:

Consideraciones

Una de las prioridades que el Gobierno de México ha mostrado tener es la de velar por la dignidad, los derechos humanos y otras garantías de los mexicanos en el exterior.

Para nuestro país, particularmente en su relación con los Estados Unidos de América, la protección de nacionales cobra especial significado no sólo por el gran número de inmigrantes mexicanos que ahí se encuentran, sino también por lo que implica, la atención de los innumerables casos que se presentan en las oficinas consulares.

Esta Cámara asignó en el Presupuesto de Egresos para 2004 una partida para la Secretaría de Relaciones Exteriores del orden de los 120 millones de pesos, que fueron etiquetados para la protección de nuestros connacionales a través de diversos servicios: como la repatriación de cadáveres, el programa de asistencia jurídica, la defensa de condenados a muerte y los consulados móviles.

La comunidad migrante en el exterior, sobre todo la que se encuentra en los Estados Unidos de América, requiere cada vez con mayor frecuencia, de atención en lo que se refiere al apoyo para la repatriación de cadáveres de migrantes e indocumentados mexicanos.

Cabe mencionar que cada año se repatrían a México un promedio de 8 mil cadáveres de migrantes e indocumentados provenientes de Estados Unidos, de los cuales sólo de 4 mil de ellos se solicita apoyo de los consulados; esto constituye el mayor movimiento internacional de restos humanos en el mundo.

En la mayoría de estas muertes, su causa son accidentes laborales, enfermedades derivadas de su trabajo, accidentes viales, así como ahogamiento, deshidratación e hipotermia.

El costo anual de la repatriación asciende a 60 millones de pesos y en promedio el costo de cada una es de 35 mil pesos, de los cuales, los familiares pagan la mitad y la cancillería la otra parte.

Estos recursos, resultan de una innegable ayuda y apoyo a los familiares de nuestros hermanos que lamentablemente pierden la vida del otro lado de nuestra frontera, la mayoría jóvenes en busca de oportunidades para mejorar su calidad de vida.

Por lo antes expuesto y fundado sometemos a la consideración del pleno de esta soberanía el siguiente:

Acuerdo

Primero.- Se solicite a la Secretaría de Relaciones Exteriores y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que a la brevedad informe a esta Soberanía sobre los criterios que se están utilizando para brindar el apoyo económico en el caso de traslado de cadáveres así como los montos que son entregados en cada Consulado.

Segundo.- Se exhorte a la Secretaría de Relaciones Exteriores y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que los recursos económicos se encuentren disponibles de inmediato en las cuentas que manejan los Consulados de México, para evitar demoras innecesarias.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2005.

Diputados: Adriana González Carrillo (rúbrica), Presidenta; Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre (rúbrica), secretario; Carlos Jiménez Macías (rúbrica), secretario; Arturo Robles Aguilar (rúbrica), secretario; Jorge Martínez Ramos (rúbrica), secretario; Homero Díaz Rodríguez (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica), Rogelio Alejandro Flores Mejía (rúbrica), Carlos Flores Rico (rúbrica), Rodrigo Iván Cortés Jiménez (rúbrica), Ángel Juan Alonso Díaz Caneja, Humberto Cervantes Vega (rúbrica), José Alberto Aguilar Iñarritu (rúbrica), Sami David David, Blanca Gámez Gutiérrez (rúbrica), Fernando Alberto García Cuevas (rúbrica), Juan José García Ochoa (rúbrica), Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Alejandro González Yáñez, Benito Chávez Montenegro (rúbrica), Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), Guadalupe Morales Rubio (rúbrica), Sergio Penagos García (rúbrica), Cristina Portillo Ayala, Francisco Saucedo Pérez (rúbrica), Carlos Noel Tiscareño Rodríguez, Marco Antonio Torres Hernández (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL PODER EJECUTIVO FEDERAL A GESTIONAR ANTE EL GOBIERNO DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA LA REANUDACIÓN DEL OTORGAMIENTO DE VISAS HUMANITARIAS A LOS RESIDENTES DE LA FRONTERA NORTE PARA RECIBIR ATENCIÓN MÉDICA ESPECIALIZADA EN INSTITUCIONES DE SALUD DE ESE PAÍS

El pasado 28 de Febrero de 2005, a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados le fue turnado para su estudio y posterior elaboración de dictamen, la proposición con punto de acuerdo del Diputado Federal Norberto Corella Torres, por el que se exhorta al Poder Ejecutivo Federal a que realice las gestiones necesarias ante el Gobierno de los Estados Unidos de América, para la reanudación del otorgamiento de visas humanitarias a los residentes de la frontera norte con la finalidad de que puedan recibir atención médica especializada en instituciones de salud de ese país.

Los Diputados Federales, integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Asamblea el siguiente Acuerdo por las siguientes:

Consideraciones

A partir de los ataques terroristas que sufrió el pueblo de los Estados Unidos de América en septiembre del año 2001, y como parte del reforzamiento de las medidas de seguridad interna puestas en práctica por el gobierno de ese país, se restringió el otorgamiento de permisos especiales a pacientes que requerían ingresar a la Unión Americana, principalmente a personas de origen humilde que por muchos años han solicitado atención médica especializada gratuita. Estos permisos especiales conocidos también como visas humanitarias, han permitido que residentes de las ciudades fronterizas del norte de México, en su mayoría niños, reciban atención médica especializada en forma gratuita, en lugares como la Clínica Ortopédica de Calexico, el Hospital Shriners for Childrens de San Diego y el Hospital Ortopédico de Los Angeles, todos ellos del estado de California.

Por otra parte, estos instrumentos también han permitido que muchos niños participen en actividades deportivas y/o culturales en el vecino país y, que dados los costos asociados a la obtención de una visa formal para ellos y sus padres, la suspensión de la visa humanitaria en ocasiones hace imposible su participación.

En el caso más importante que se refiere a la salud, las visas humanitarias habían sido otorgadas por el Servicio de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos, de tipo médico o definitivas, dependiendo del diagnóstico, atención y tratamiento requerido por el paciente. No obstante, los trámites para solicitar las visas para asistir a los diferentes hospitales norteamericanos se restringieron a partir de enero de 2003 y ahora los pacientes de escasos recursos enfrentan dificultades para gestionarlas y sufragarlas.

La suspensión del otorgamiento de visas humanitarias ha ocasionado que médicos norteamericanos atiendan a los pacientes mexicanos en algunas instituciones de salud en las entidades del norte de nuestro país, donde en muchas ocasiones no se cuenta con las instalaciones adecuadas ni con los instrumentos necesarios para que estos profesionales de la salud, desarrollen su trabajo de forma eficiente.

Estas visitas de médicos norteamericanos fueron temporales en tanto el Gobierno de los Estados Unidos reanudara el otorgamiento de las visas humanitarias o permisos especiales, lo que significa que al no autorizarlas, miles de pacientes mexicanos de escasos recursos dejaron de recibir atención médica especializada gratuita.

Según datos proporcionados por el Consulado General de Estados Unidos en Tijuana, Baja California, tan sólo de diciembre de 2002 a octubre de 2003, fueron otorgadas en esa ciudad 5,000 visas humanitarias para atención médica, servicios funerarios y tratamiento a niños por parte del Hospital Shriner?s for Childrens de San Diego. Esta oficina diplomática recibía a la semana un promedio de 50 solicitudes de visas humanitarias.

Es necesario resaltar que algunos legisladores norteamericanos, en reconocimiento de la importancia de este tema, han presentado ya una iniciativa de ley para modificar la Ley de Nacionalidad e Inmigración de su país, a efecto de reanudar el programa de permisos temporales para los casos ya señalados de salud, participación en eventos culturales o deportivos o su asistencia a eventos comunitarios que se celebran en ambos lados de la frontera.

Por lo antes expuesto y fundado sometemos a la consideración del pleno de esta soberanía el siguiente:

Acuerdo

Único.- Se exhorta al Poder Ejecutivo Federal a que realice las gestiones necesarias ante el Gobierno de los Estados Unidos de América, para la reanudación del otorgamiento de visas humanitarias a los ciudadanos mexicanos que con la finalidad de recibir atención médica especializada en instituciones de salud de ese país deseen ingresar al mismo.

Igualmente, se realicen las acciones necesarias para que las personas que tengan a algún familiar enfermo en los Estados Unidos de América les sea expedida una visa de esta naturaleza.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2005.

Diputados: Adriana González Carrillo (rúbrica), Presidenta; Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre (rúbrica), secretario; Carlos Jiménez Macías (rúbrica), secretario; Arturo Robles Aguilar (rúbrica), secretario; Jorge Martínez Ramos (rúbrica), secretario; Homero Díaz Rodríguez (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica), Rogelio Alejandro Flores Mejía (rúbrica), Carlos Flores Rico (rúbrica), Rodrigo Iván Cortés Jiménez (rúbrica), Ángel Juan Alonso Díaz Caneja, Humberto Cervantes Vega (rúbrica), José Alberto Aguilar Iñarritu (rúbrica), Sami David David, Blanca Gámez Gutiérrez (rúbrica), Fernando Alberto García Cuevas (rúbrica), Juan José García Ochoa (rúbrica), Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Alejandro González Yáñez, Benito Chávez Montenegro (rúbrica), Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), Guadalupe Morales Rubio (rúbrica), Sergio Penagos García (rúbrica), Cristina Portillo Ayala, Francisco Saucedo Pérez (rúbrica), Carlos Noel Tiscareño Rodríguez, Marco Antonio Torres Hernández (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, CON PUNTOS DE ACUERDO POR LOS QUE LA CÁMARA DE DIPUTADOS SE PRONUNCIA EN FAVOR DE LA CONDENA ANTE LA ASAMBLEA GENERAL DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS DEL BLOQUEO ECONÓMICO DE ESTADOS UNIDOS CONTRA CUBA

El pasado 28 de Octubre de 2004 a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados le fue turnado para su estudio y posterior elaboración de dictamen, la proposición con punto de acuerdo de la Diputada Federal Blanca Gámez Gutiérrez, por el que se pronuncia la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión a favor de la condena, ante la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, del bloqueo económico de Estados Unidos sobre Cuba.

Los Diputados Federales, integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Asamblea el siguiente Acuerdo por las siguientes:

Consideraciones

El 28 de octubre de 2004 se cumplen 42 años de que el gobierno cubano emitió una declaración en relación con los pronunciamientos formulados por el Presidente Kennedy en carta enviada al primer ministro de la Unión Soviética, Nikita Kruschev, en el sentido de que Estados Unidos aceptaría, después de establecerse adecuados arreglos a través de las Naciones Unidas, eliminar las medidas de bloqueo en vigor y dar garantías contra una invasión a Cuba.

Uno de los ejes de política exterior de la administración de Vicente Fox es la promoción y defensa de los derechos humanos como valores universales. El bloqueo económico de Estados Unidos en contra de Cuba viola directamente estos derechos y las libertades fundamentales del pueblo cubano. Dados los antecedentes del punto de acuerdo presentado por el diputado federal Rodrigo Iván Cortés sobre las violaciones a los derechos fundamentales en Guantánamo y la votación de México en Ginebra, se estima necesario que el Congreso Mexicano respalde la denuncia contra este acto unilateral en congruencia con las decisiones que se han tomado con respecto a este tema y en total acuerdo con los ya mencionados ejes de política exterior.

El bloqueo contra Cuba ha provocado un total de $79,325 millones de dólares de afectaciones de la fecha de imposición a 2003, con lo que ha detenido el crecimiento y desarrollo económico de la isla. El comercio internacional ha crecido a una tasa anual de 10% desde mediados del decenio de 1980. Debemos considerar que, gracias a esto, muchos países en desarrollo están experimentando un notable grado de prosperidad y aún los países más pobres han obteniendo mejorías marginales. El bloqueo sobre Cuba ha evitado que la isla también obtenga parte de estos beneficios; sus efectos negativos, en especial sobre los grupos más vulnerables, son motivo de preocupación para todas las democracias del mundo y, en especial, para México.

Uno de las responsabilidades de la Organización de Naciones Unidas es promover niveles de vida más elevados, trabajo permanente para todos y condiciones de progreso y desarrollo social. El respaldo del Congreso Mexicano a la votación en contra del bloqueo en la Asamblea General es una forma de manifestar el compromiso adquirido al momento de firmar la Carta de las Naciones Unidas.

Por lo antes expuesto y fundado sometemos a la consideración del pleno de esta soberanía el siguiente:

Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, respalda y reconoce la posición que el gobierno de México ha mantenido con respecto a la defensa de los derechos humanos como valores universales.

Segundo.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, respalda la solicitud del gobierno cubano de que la comunidad internacional, y en este caso, que nuestro país denuncie el bloqueo económico de Estados Unidos contra Cuba mediante votación en contra de este acto ante la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Tercero.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, rechaza la imposición de sanciones políticas, económicas o militares que no hayan sido aprobadas expresamente por el Consejo de Seguridad o la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Cuarto.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, rechaza cualquier acción o conducta que vaya en contra del desarrollo independiente de un Estado e insta a que todos los actos o decisiones que se tomen a nivel internacional sean de carácter multilateral, respetando las normas del derecho internacional y del derecho internacional humanitario.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2005.

Diputados: Adriana González Carrillo (rúbrica), Presidenta; Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre (rúbrica), secretario; Carlos Jiménez Macías (rúbrica), secretario; Arturo Robles Aguilar (rúbrica), secretario; Jorge Martínez Ramos (rúbrica), secretario; Homero Díaz Rodríguez (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica), Rogelio Alejandro Flores Mejía (rúbrica), Carlos Flores Rico, Rodrigo Iván Cortés Jiménez (rúbrica), Ángel Juan Alonso Díaz Caneja, Humberto Cervantes Vega (rúbrica), José Alberto Aguilar Iñarritu (rúbrica), Sami David David, Blanca Gámez Gutiérrez (rúbrica), Fernando Alberto García Cuevas (rúbrica), Juan José García Ochoa (rúbrica), Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Alejandro González Yáñez, Benito Chávez Montenegro (rúbrica), Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), Guadalupe Morales Rubio (rúbrica), Sergio Penagos García (rúbrica), Cristina Portillo Ayala, Francisco Saucedo Pérez (rúbrica), Carlos Noel Tiscareño Rodríguez, Marco Antonio Torres Hernández (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA AL GOBIERNO FEDERAL QUE MANIFIESTE LA PREOCUPACIÓN POR LA APLICACIÓN DE LA LEY 200 AL GOBIERNO DEL ESTADO DE ARIZONA, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

El pasado 7 de Diciembre de 2004, a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados le fue turnado para su estudio y posterior elaboración de dictamen, la proposición con punto de acuerdo del Diputado Federal Carlos Jiménez Macías, para solicitar al Gobierno Federal que manifieste la preocupación por la aplicación de la Ley 200 al Gobierno del estado de Arizona, Estados Unidos de América.

Los Diputados Federales, integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Asamblea el siguiente Acuerdo por las siguientes:

Consideraciones

Desde la década de los 50 el gobierno de los Estados Unidos ha llevado a cabo diversas acciones para desalentar el paso de los migrantes ilegales a su territorio. Este proceso ha ido evolucionando paulatinamente hasta llegar a leyes como la Ley 187; la Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y de Responsabilidad del Inmigrante (IIRIRA por sus siglas en inglés) de 1996, que aumentó la vigilancia fronteriza; volvió inaceptables como inmigrantes autorizados por periodos de tres a diez años a aquellos que sean detectados como migrantes ilegales.

Otras medidas para disuadir y controlar el mismo, son las operaciones puestas en marcha entre 1993 y 1997 como la Operación Guardián, en el área de San Diego, California; la Operación Interferencia en Nogales, Arizona; la Operación Portero en El Paso Texas; la Operación Salva-guardia y Río Grande en la Frontera con Texas, mismas que arrojaron consecuencias tales como:

El aumento de muertes en la frontera mexicana.

Obligar el paso de los inmigrantes irregulares hacia regiones con una topología y un clima hostiles.

El considerable incremento de bandas organizadas de tráfico de personas (polleros).

Aumento de la inseguridad y la violencia; por citar algunas.

La dureza de esas medidas, viola los derechos humanos de nuestros migrantes haciéndose indispensable que se garantice y se pugne por el respeto a nuestros connacionales.

Ante este escenario, el objetivo central de las autoridades del Gobierno Norteamericano a través de los citados mecanismos de control, es impedir el paso de ilegales hacia su país, sustentadas en la hipótesis de que entre más duras sean las medidas, menor será el grado de migración hacia esos estados y sus ciudades; aún, cuando éstas abiertamente violenten los derechos humanos de las personas.

La Ley para Proteger al Ciudadano y Contribuyente de Arizona, votada el primero de noviembre de este año, conocida también como Ley 200, surge originalmente por el grupo antiinmigrante Protect Arizona Now, encabezado por Kathy McKee, es apoyada por 30 diputados locales, pero no así por la gobernadora demócrata Janet Napolitano, y por 10 legisladores federales de este estado.

Esta ley busca evitar que inmigrantes sin estatus legal con permanencia en Estados Unidos, reciban servicios por parte de dependencias estatales. Esta polémica ley es comparada con la propuesta 187 de California, que en 1994, pretendía negar estos servicios a los migrantes.

La Ley 200 además, contempla exigir una prueba de identidad la cual consistiría en la presentación de un acta de nacimiento o de naturalización para obtener la tarjeta de registro de votante. También obligaría a partir de su aplicación a que todos los funcionarios públicos denuncien a los inmigrantes indocumentados ante las autoridades federales al momento de descubrirlos, so pena de cárcel a quien omita hacer esto.

La medida también dispone que todos los habitantes del Estado, deberán identificarse para acceder a servicios gubernamentales tales como salud, educación, auxilio de bomberos o policía e incluso el ingreso a una biblioteca pública. Niega también los servicios para los hijos de inmigrantes indocumentados para acceso a guarderías o vacunas.

Por lo antes expuesto y fundado sometemos a la consideración del pleno de esta soberanía el siguiente:

Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión condena la aprobación de la llamada Ley 200, y exhorta al Gobierno Federal para que por los canales diplomáticos conducentes, exprese su malestar en contra de de dicha Ley.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2005.

Diputados: Adriana González Carrillo (rúbrica), Presidenta; Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre (rúbrica), secretario; Carlos Jiménez Macías (rúbrica), secretario; Arturo Robles Aguilar (rúbrica), secretario; Jorge Martínez Ramos (rúbrica), secretario; Homero Díaz Rodríguez (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica), Rogelio Alejandro Flores Mejía (rúbrica), Carlos Flores Rico, Rodrigo Iván Cortés Jiménez (rúbrica), Ángel Juan Alonso Díaz Caneja, Humberto Cervantes Vega (rúbrica), José Alberto Aguilar Iñarritu (rúbrica), Sami David David, Blanca Gámez Gutiérrez (rúbrica), Fernando Alberto García Cuevas (rúbrica), Juan José García Ochoa (rúbrica), Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Alejandro González Yáñez, Benito Chávez Montenegro (rúbrica), Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), Guadalupe Morales Rubio (rúbrica), Sergio Penagos García (rúbrica), Cristina Portillo Ayala, Francisco Saucedo Pérez (rúbrica), Carlos Noel Tiscareño Rodríguez, Marco Antonio Torres Hernández (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, CON PUNTOS DE ACUERDO POR LOS QUE SE CELEBRA EL TRIUNFO DE MAHMUD ABBAS EN LA JORNADA ELECTORAL DE PALESTINA Y SE HACEN VOTOS POR LA REANUDACIÓN DEL DIÁLOGO DE ÉSTA E ISRAEL

El pasado 19 de Enero de 2005, a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados le fue turnado para su estudio y posterior elaboración de dictamen, la proposición con punto de acuerdo de los Diputados Federales Lizbeth Rosas Montero y Jorge Martínez Ramos, por el que se celebra el triunfo de Mahmud Abbas en la jornada electoral en Palestina y se hacen votos por la reanudación del diálogo de ésta e Israel.

Los Diputados Federales, integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Asamblea el siguiente Acuerdo por las siguientes:

Consideraciones

Por décadas el conflicto entre Israel y Palestina ha sido ubicado como el centro de los problemas en la región del medio oriente y ha polarizado a la opinión internacional bajo el análisis de la legitimidad o ilegitimidad de las causas de ambos países.

Durante los años en que ha trascurrido este conflicto se han visto naufragar varias iniciativas de paz, lo que provocó que continuara y por momentos recrudeciera el mutuo intercambio de afrentas que han dejado un enorme y doloroso saldo de muertes para ambos países.

Una de las posturas expresadas en el debate internacional, ha justificado el conflicto señalando que las propias características del régimen palestino constituían un obstáculo para la consecución de la paz.

El pasado 9 de enero se proclamó la victoria de Mahmud Abbas como nuevo Presidente de la Autoridad Nacional Palestina, lo cual, logró cierta tranquilidad y legalidad que permitió el sufragio de más de un millón y medio de personas y el fortalecimiento de las instituciones democráticas del régimen Palestino.

El ejercicio democrático logrado vía las elecciones en Palestina, puede constituir un hecho de incalculable valor, en la medida en que sienta nuevas bases para el diálogo político con Israel y las negociaciones de paz.

La región sin embargo, continúa siendo sumamente vulnerable, puesto que han continuado los actos violentos a ambos lados de la frontera y el gobierno israelí ha manifestado incredulidad acerca del compromiso de la nueva Autoridad Palestina para combatir el terrorismo.

La renovación de la Autoridad Nacional Palestina por la vía de elecciones democráticas ha generado nuevas condiciones bajo las cuales no puede existir ningún pretexto que esté por encima de la voluntad de alcanzar la paz y ambos gobiernos tienen el reto de construir desde sus propios países, escenarios sociales y políticos que favorezcan el diálogo y permitan lograr la paz justa y duradera que sus pueblos merecen y necesitan.

Por lo antes expuesto y fundado sometemos a la consideración del pleno de esta soberanía el siguiente:

Acuerdo

Primero: La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, celebra el proceso electoral en Palestina que ha permitido el fortalecimiento de su democracia política.

Segundo: La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, hace un respetuoso llamado a los gobiernos de Israel y Palestina para que diriman a la brevedad las diferencias que mantienen estancado el diálogo y se reanude éste con la voluntad de alcanzar un justo acuerdo de paz.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2005.

Diputados: Adriana González Carrillo (rúbrica), Presidenta; Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre (rúbrica), secretario; Carlos Jiménez Macías (rúbrica), secretario; Arturo Robles Aguilar (rúbrica), secretario; Jorge Martínez Ramos (rúbrica), secretario; Homero Díaz Rodríguez (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica), Rogelio Alejandro Flores Mejía (rúbrica), Carlos Flores Rico, Rodrigo Iván Cortés Jiménez (rúbrica), Ángel Juan Alonso Díaz Caneja, Humberto Cervantes Vega (rúbrica), José Alberto Aguilar Iñarritu (rúbrica), Sami David David, Blanca Gámez Gutiérrez (rúbrica), Fernando Alberto García Cuevas (rúbrica), Juan José García Ochoa (rúbrica), Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Alejandro González Yáñez, Benito Chávez Montenegro (rúbrica), Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), Guadalupe Morales Rubio (rúbrica), Sergio Penagos García (rúbrica), Cristina Portillo Ayala, Francisco Saucedo Pérez (rúbrica), Carlos Noel Tiscareño Rodríguez, Marco Antonio Torres Hernández (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, CON PUNTOS DE ACUERDO POR LOS QUE LA CÁMARA DE DIPUTADOS EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A SOLICITAR OFICIALMENTE AL GOBIERNO DE AUSTRIA Y AL MUSEO DE ETNOLOGÍA DE ESE PAÍS DEVOLVER AL NUESTRO EL PENACHO DE MOCTEZUMA PARA PONERLO EN CUSTODIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA

El pasado 4 de Noviembre de 2005, a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados le fue turnado para su estudio y posterior elaboración de dictamen, la proposición con punto de acuerdo del Diputado Federal Jorge Triana Tena, por el que la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión Exhorta al Ejecutivo Federal a solicitar oficialmente al Gobierno de Austria y al museo de etnología de ese país a devolver al nuestro el penacho de Moctezuma para ponerlo en custodia del Instituto Nacional de Antropología e Historia.

Los Diputados Federales, integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Asamblea el siguiente Acuerdo por las siguientes:

Consideraciones

El penacho del emperador Moctezuma Xocoyotzin (1466-1520), es un Tocado de plumas de quetzal engarzadas en oro y piedras preciosas, actualmente se encuentra en el Museo de Etnología de Viena, en Austria, se supone que fue un signo del poder del emperador azteca, el penacho se encuentra clasificado dentro de la colección del museo: "Tesoros del México antiguo".

El penacho de Moctezuma es considerado con mucho, la reliquia más importante de México, que se encuentra fuera del territorio nacional y fuera del dominio de los mexicanos, por ello el gobierno de México ha intentado recuperarlo de manera infructuosa.

Por su parte el gobierno austriaco dice que intentar devolverlo es una empresa compleja, porque se trata de un bien con valor histórico y el Presidente del país no tiene facultades legales para devolverlo o entregarlo en donación, en cualquier caso, se necesita la autorización de diversos organismos de Austria y por lo mismo es aventurado en este momento intentarlo, pues en caso de fracasar, sería prácticamente imposible lograrlo después.

Durante la Segunda Guerra Mundial, alguien, que se considera fue un rico coleccionista, lo entregó al museo para evitar que fuera robado o destruido durante los azares de la guerra, entonces lo denominó "faldón de una cultura africana" sin embargo después de concluida la guerra, nunca se presentó a recuperarlo y cuando los especialistas tuvieron que incluirlo dentro de las colecciones del museo, se dieron cuenta que las plumas eran de quetzal, un ave exclusiva del continente americano, de Centroamérica y sin relación con África, así fue como después de comparar el faldón con algunos códices, lo catalogaron como el "Penacho de Moctezuma".

Los viajeros mexicanos pronto divulgaron que la corona del imperio azteca se encontraba en el museo y desde entonces han corrido diversas historias sobre como la familia de los Habsburgo la sustrajo de los tesoros de España y la entregó al gobierno austriaco.

Desde luego, algunos historiadores suspicaces consideran que no existió el "hombre rico" que entregó al museo de Viena el penacho creyéndolo un faldón y que en realidad, aprovechando este momento de grandes cambios en los museos del mundo, el gobierno austriaco decidió incorporar oficialmente el penacho al museo de etnología de Viena.

Desde la terminación de la Segunda Guerra Mundial, el penacho es el tema principal de las relaciones entre los gobiernos mexicano y austriaco, debido a que sin importar las dudas que existen sobre la pertenencia del penacho al emperador azteca, es una reliquia con la que los mexicanos de hoy se identifican, en especial por la revaloración del pasado precolombino e incluso por la misma belleza de esta pieza.

Algunos mexicanos en lo particular han organizado diferentes manifestaciones para recuperar lo que consideran la parte más importante de su pasado indígena, de la cultura azteca, se han conseguido firmas de apoyo y se han dirigido cartas a los funcionarios de Austria, hubo quien vestido a la usanza de los sacerdotes aztecas bailó danzas rituales frente al museo solicitando la devolución de la reliquia mexica.

Los directores del Museo Etnológico de Viena han expresado de manera reiterada y unánime que "el Penacho pertenece a Austria y no lo devolverá bajo ninguna circunstancia".

El Presidente Vicente Fox Quezada recibió en Palacio Nacional en mayo de este año al doctor Heinz Fischer, Presidente Federal de la República de Austria, quien realizo una vista de Estado a nuestro país.

En el salón de recepciones de Palacio Nacional, ambos mandatarios ofrecieron una conferencia de prensa y ahí se le pregunto al presidente Austriaco sobre la posibilidad de que regrese el penacho de Moctezuma a México y manifestó a los medios de comunicación la declaración siguiente:

"Hay un texto que ya existe y yo no puedo hacer una profecía de cual vaya a ser el desenlace, yo creo que la parte mexicana también está consciente de que esto es un tema que no solo afecta a Austria, sino a la Europa entera y todos los museos de Europa se vean afectados por esta cuestión en el manejo y trato de objetos que provienen de culturas y países extranjeros... es una cuestión que debemos encarar y discutir".

La visita de Estado del Presidente Fischer a México es la primera que realiza un mandatario austriaco a Latinoamérica.

En México se puede ver la réplica del penacho en el Museo Nacional de Antropología, durante los debates concernientes al ingreso de Austria a la Comunidad Europea se discutió mucho sobre la identidad austriaca. En este contexto para un país como México el tema de la identidad nacional es todavía aún más complejo, sobretodo después de su ingreso al Tratado de Libre Comercio, con los Estados Unidos y Canadá y los constantes cambios y situaciones especiales causadas por la globalización.

El penacho es una pieza muy importante del Museo de Etnología de Austria, pero no aporta nada a su identidad austriaca, para México en cambio tiene una gran importancia pues es un símbolo de nuestra nación.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, se somete a la consideración del Pleno de esta Asamblea, el siguiente:

Acuerdo

Único.- Se exhorta al Ejecutivo federal para que oficialmente haga la solicitud al gobierno de Austria y al Museo de Etnología de ese país de devolver a la nación mexicana el penacho de Moctezuma con la finalidad de ponerlo en custodia del Instituto Nacional de Antropología e Historia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de diciembre de 2005.

Diputados: Adriana González Carrillo (rúbrica), Presidenta; Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre, secretario; Carlos Jiménez Macías (rúbrica), secretario; Arturo Robles Aguilar (rúbrica), secretario; Jorge Martínez Ramos (rúbrica), secretario; Homero Díaz Rodríguez, María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica), Rogelio Alejandro Flores Mejía, Carlos Flores Rico, Rodrigo Iván Cortés Jiménez, Ángel Juan Alonso Díaz Caneja, Humberto Cervantes Vega (rúbrica), José Alberto Aguilar Iñarritu (rúbrica), Sami David David, Blanca Gámez Gutiérrez (rúbrica), Fernando Alberto García Cuevas (rúbrica), Juan José García Ochoa, Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Alejandro González Yáñez, Benito Chávez Montenegro (rúbrica), Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), Guadalupe Morales Rubio (rúbrica), Sergio Penagos García (rúbrica), Cristina Portillo Ayala, Francisco Saucedo Pérez (rúbrica), Carlos Noel Tiscareño Rodríguez, Marco Antonio Torres Hernández.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, CON PUNTOS DE ACUERDO POR LOS QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A INCORPORAR LA NOCIÓN DE "VIOLENCIA FEMINICIDA"

El pasado 7 de Septiembre de 2005, a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados le fue turnado para su estudio y posterior elaboración de dictamen, la proposición con punto de acuerdo de las Diputadas Federales Marcela Lagarde y De los Ríos y Blanca Gámez Gutiérrez, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal a incorporar la noción de violencia feminicida.

Los Diputados Federales, integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Asamblea el siguiente Acuerdo por las siguientes:

Consideraciones

Para México la defensa y promoción de los derechos de las mujeres es un asunto prioritario y por ello ha participado y da seguimiento a las distintas Convenciones y Declaraciones relativas a la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres.

Entre los compromisos que México ha adquirido se encuentran los contraídos en la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, adoptados hace diez años durante la IV Conferencia Mundial de la Mujer. Los informes relativos a su cumplimiento se presentan ante la Comisión para la Condición Jurídica y Social de la Mujer, órgano subsidiario del Consejo Económico y Social de la ONU.

Aunque mucho ha avanzado nuestro país en la consolidación de un marco jurídico que contribuya a la erradicación de la violencia contra las mujeres, se debe reconocer que en México se vive una situación de violencia extrema que hemos nombrado como violencia feminicida.

La violencia feminicida, es una forma extrema de violencia de género, en la cual hay una violación permanente a los derechos humanos de las mujeres que culmina, en algunos casos, en asesinatos crueles, en crímenes misóginos cometidos por hombres al amparo de la impunidad y de la fractura del Estado democrático de derecho.

En México, el caso emblemático son las desapariciones y homicidios de mujeres en ciudad Juárez y Chihuahua. Sin embargo, es necesario que se realice un diagnóstico nacional e internacional sobre esta forma de violencia extrema contra las mujeres, el cual permita diseñar leyes y políticas públicas que garanticen el derecho a una vida sin violencia y el acceso efectivo a la justicia para las mujeres.

Reconocer e incorporar como indicador de la violencia contra las mujeres la noción de feminicidio, contribuirá al enriquecimiento de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, se somete a la consideración del Pleno de esta Asamblea, el siguiente:

Acuerdo

PRIMERO.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, a incorporar la noción de violencia feminicida como indicador de la violencia contra las mujeres en los trabajos de la próxima sesión de la Comisión Jurídica y Social de la Mujer de la Organización de las Naciones Unidas.

SEGUNDO.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, a incorporar como indicador la violencia feminicida en su próximo informe, sobre la implementación de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de diciembre de 2005.

Diputados: Adriana González Carrillo (rúbrica), Presidenta; Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre, secretario; Carlos Jiménez Macías (rúbrica), secretario; Arturo Robles Aguilar (rúbrica), secretario; Jorge Martínez Ramos (rúbrica), secretario; Homero Díaz Rodríguez, María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica), Rogelio Alejandro Flores Mejía, Carlos Flores Rico, Rodrigo Iván Cortés Jiménez, Ángel Juan Alonso Díaz Caneja, Humberto Cervantes Vega (rúbrica), José Alberto Aguilar Iñarritu (rúbrica), Sami David David, Blanca Gámez Gutiérrez (rúbrica), Fernando Alberto García Cuevas (rúbrica), Juan José García Ochoa, Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Alejandro González Yáñez, Benito Chávez Montenegro (rúbrica), Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), Guadalupe Morales Rubio (rúbrica), Sergio Penagos García (rúbrica), Cristina Portillo Ayala, Francisco Saucedo Pérez (rúbrica), Carlos Noel Tiscareño Rodríguez, Marco Antonio Torres Hernández.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, CON PUNTOS DE ACUERDO POR LOS QUE LA CÁMARA DE DIPUTADOS EXHORTA A LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES A PROCURAR QUE LAS NACIONES INVOLUCRADAS RATIFIQUEN EL PROTOCOLO DE KYOTO, EN EL MARCO DE LA ONU

El pasado 4 de Noviembre de 2005, A la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados le fue turnado para su estudio y posterior elaboración de dictamen, la proposición con punto de acuerdo del Diputado Federal Leonardo Álvarez Romo, por el que la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión Exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores, procure a las naciones involucradas para que ratifiquen el Protocolo de Kyoto de la convención marco de las naciones unidas para el cambio climático.

Los Diputados Federales, integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Asamblea el siguiente Acuerdo por las siguientes:

Consideraciones

El clima de la Tierra ha cambiado muchas veces a lo largo de su historia. Esa variación se debió a cambios naturales que se han producido en el equilibrio energético entre la energía solar entrante y la energía reemitida por la Tierra hacia el espacio. Entre las causas naturales de esas variaciones se pueden citar las erupciones volcánicas, los cambios de la órbita de traslación de la Tierra, los cambios del ángulo del eje de rotación de la Tierra respecto al plano sobre el que se traslada y las variaciones de la composición de la atmósfera.

Desde la aparición del hombre y en fechas recientes, las causas del calentamiento global han ido cambiando, probablemente sea consecuencia de los más de 7 mil millones de toneladas de bióxido de carbono que estamos liberando y que se suman a los 750 mil millones de toneladas existentes en la atmósfera. Aunque gran parte del bióxido de carbono liberado a la atmósfera entra en los ciclos naturales de este gas, siendo consumido por las plantas o disuelto en las aguas oceánicas, alrededor de 50 por ciento permanece en la atmósfera.

Esto ha conducido a un aumento en este periodo postindustrial de 315 a 350 partes por millón de bióxido de carbono, y todas las previsiones apuntan a un incremento más notable para los próximos 20 años. Las consecuencias de este aumento son difíciles de prever, pero el ritmo actual de ascenso del consumo de combustibles fósiles, la tala de los bosques, el deterioro y la desertificación de los suelos vislumbran que se duplique en los próximos 100 años. Y, considerando la variación de este factor aislado, supone un incremento de la temperatura media anual en 2 a 3.5 grados centígrados, siendo mayor en los polos (arriba de 5 grados centígrados).

Muy a nuestro pesar, provocará cambios en la circulación atmosférica y oceánica, en el nivel de los mares, en la intensidad y distribución de las precipitaciones y en el volumen de los hielos. Dichos cambios seguramente no serán homogéneos en todo el mundo, respondiendo a particularidades regionales y estacionales.

Como sabemos, los océanos cubren 70 por ciento de la superficie terrestre, siendo la principal fuente de vapor de agua en la atmósfera. Asimismo, almacenan calor y lo transportan miles de kilómetros a través de las corrientes marinas. El calentamiento global podrá producir un aumento de la evaporación y, por tanto, un aumento de la nubosidad. Las nubes se comportarán de manera contradictoria respecto del calentamiento global porque enfriarán la Tierra, absorbiendo la energía procedente del Sol y la calentarán, atrapando el calor que emana de su superficie.

Las pruebas muestran una evidente influencia de la acción humana en el clima del planeta según el informe de 1995 del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC), una red mundial formada por 2 mil 500 científicos y expertos de primera categoría y patrocinada por la Organización de las Naciones Unidas.

Esos científicos previeron un calentamiento global de entre 1 y 3.5 grados centígrados en el presente siglo. Esto puede no parecer preocupante, pero el hecho es que la temperatura media global no ha subido más de 1 grado centígrado en los últimos 10 mil años.

El nivel del mar, como sabemos, ha ido subiendo y podría ascender de 20 centímetros a más de 1 metro para 2100 si se mantiene la tendencia actual, según el IPCC. Eso provocaría la inundación de áreas bajas y de islas. Un incremento de un metro, por ejemplo, desplazaría a 70 millones de personas en Bangladesh y sumergiría 80 por ciento de las islas Marshall.

También amenazaría el Golfo de México y las costas sudatlánticas de Estados Unidos, además de la zona costera en que se encuentran Tokio, Osaka y Nagoya, en Japón. El agua salada pasaría a los ríos y a las zonas costeras, afectando los suministros de agua potable y la pesca.

El IPCC ha previsto también más sequías, incendios y escasez de agua, junto con más muertes producidas por olas de calor, como la que provocó cientos de víctimas en el suroeste y oeste medio de Estados Unidos en 1995, o los fuertes calores que vivimos en casi todos los estados de la franja fronteriza norte de nuestro país. Las enfermedades tropicales, como la malaria, dengue o virus del Nilo, se extenderían a medida que los mosquitos y otros transmisores alcancen nuevas zonas.

Algunos cambios climáticos, si bien no está demostrado que se deban a la acción humana, se ajustan a las predicciones de los científicos.

Las estadísticas muestran un incremento de 0.3 a 0.6 grados centígrados de la temperatura media planetaria desde 1860 y el nivel del mar ha subido de 10 a 35 centímetros. La década de los noventa fue la más cálida jamás registrada y en 1998 se vieron las temperaturas más elevadas, según el Centro Nacional de Datos sobre el Clima de Estados Unidos.

En las regiones polares ya se ha producido un calentamiento destacado, coincidiendo con las previsiones del IPCC de que en latitudes superiores la temperatura aumentará más que en los trópicos. En la Antártida, la temperatura media ha subido 0.5 grados centígrados por década desde 1947, según los científicos de la Dirección de Investigaciones Antárticas del Reino Unido. Amplias zonas de las barreras de hielo antárticas se han ido desintegrando y, en muchas regiones, los glaciares están reduciéndose.

Los huracanes, como Emily, Katrina, Stan y Wilma, que azotaron Estados Unidos y el sureste mexicano hace pocos días, o las inundaciones y las olas de calor sin precedente de los últimos años han suscitado la alarma al confirmar las predicciones científicas de que cualquier cambio en la media de las condiciones climáticas afectará inevitablemente la frecuencia de fenómenos meteorológicos extremos, como lluvias intensas y olas de calor.

Por su parte, es de esperar que el calentamiento de los océanos tropicales provoque un aumento de la frecuencia y la intensidad de ciclones tropicales, haciéndolos cada día más intensos y frecuentes.

Se han hecho varios intentos por frenar esta problemática en las últimas décadas, como el Convenio Marco sobre los Cambios Climáticos de la ONU, que se abrió a la firma en la Cumbre de la Tierra de 1992 y ha sido ratificado desde entonces por 177 países.

A la fecha, el más contundente ha sido el nombrado Protocolo de Kyoto, que se implantó el 11 de diciembre de 1997, donde los países industrializados se comprometieron en la ciudad de Kyoto a ejecutar un conjunto de medidas para reducir los gases de efecto invernadero. Los gobiernos signatarios pactaron reducir en 5.2 por ciento la media de las emisiones contaminantes entre 2008 y 2012, tomando como referencia los niveles de 1990.

Recordemos que el acuerdo entró en vigor el 16 de febrero de 2005, después de la ratificación por parte de Rusia, el 18 de noviembre de 2004.

El objetivo común que nos plantea este acuerdo es luchar contra los efectos del cambio climático. Según las cifras de la ONU, se prevé que la temperatura media de la superficie del planeta aumente entre 1.4 y 5.8 grados centígrados de aquí a 2100, a pesar de que los inviernos -como se ha visto- son más fríos y violentos; esto, propiamente dicho, se conoce como "calentamiento global". Reflexionemos en que estos cambios repercutirán gravemente en los ecosistemas y en nuestras economías, como lo hemos venido comprobando en Quintana Roo, Yucatán, Chiapas y Veracruz.

Vale la pena señalar que el compromiso sería de obligatorio cumplimiento cuando lo ratifiquen los países industrializados, responsables de al menos 55 por ciento de las emisiones de bióxido de carbono. Con la ratificación de Rusia, en marzo de 2005, después de conseguir que la Unión Europea pague la reconversión industrial, así como la modernización de sus instalaciones, en especial las petroleras, el Protocolo ha entrado en vigor.

Las reducciones de los tres gases más importantes -dióxido de carbono, metano y óxido nitroso- se medirán tomando 1990 como año base. Las reducciones de tres gases industriales de larga duración -los hidrofluorocarbonos, los perfluorocarbonos y los hexafluoruros de azufre- se medirán, o bien, respecto a 1990, o bien, respecto a 1995. Al reducir las emisiones de gas de efecto invernadero 5 por ciento por debajo de los niveles de 1990, el Protocolo conseguirá que el nivel de emisiones en 2010 sea 20 por ciento más bajo de lo que habría sido sin él.

Muchas industrias que dependen de combustibles fósiles temen que esas medidas para reducir emisiones provocarán una disminución de los beneficios y del crecimiento económico. Pero muchas de las opciones políticas nacionales actualmente debatidas emplearían incentivos para minimizar el impacto económico. Igualmente, mecanismos internacionales como el comercio en créditos aspiran a reducir el coste de cumplir los objetivos.

Algunas de las grandes empresas ven la oportunidad de obtener beneficios creando industrias más competitivas y eficientes en el consumo de energía de largo plazo y también mediante la inversión en el incipiente mercado de energía y tecnologías limpias. Cerca de 70 grandes compañías aseguradoras -que han sufrido graves pérdidas últimamente debido a las tormentas y a las inundaciones- se han unido para pedir medidas que estabilicen el clima; y, junto a ellas, figuran más de 100 compañías bancarias y financieras.

Reflexionemos en que los países industrializados, con un escaso 20 por ciento de la población mundial, son responsables de 60 por ciento de las emisiones anuales de dióxido de carbono, y el emisor más importante, Estados Unidos, produce -él solo- más de 20 por ciento. En cuanto a las emisiones acumuladas de bióxido de carbono desde 1950 hasta 1992 -estos gases permanecen en la atmósfera durante años-, los países industrializados son responsables de 74 por ciento y Estados Unidos de 28 por ciento.

Las emisiones de los países en desarrollo, aunque están aumentando rápidamente, no alcanzarán el nivel de los países industrializados hasta 2035, según las previsiones. Aunado a lo anterior, el vecino país del norte continúa sin ser miembro de este Protocolo, lo que crea gran incertidumbre y nos condena a seguir padeciendo de más trastornos debidos al cambio climático.

Sabemos que en los últimos años se han hecho varias invitaciones al gobierno norteamericano a que signe el Protocolo de Kyoto por parte de la comunidad internacional, recibiendo siempre negativas. No obstante, estamos convencidos de que el huracán Katrina sembró bastante conciencia en la población de Nueva Orleans y en el resto del vecino país del norte; y esperamos que en esta ocasión comprendan la urgencia de adoptar acciones de sustentabilidad que nos permitan seguir conviviendo en este planeta.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, se somete a la consideración del Pleno de esta Asamblea, el siguiente:

Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para que en el marco de la Organización de las Naciones Unidas, se exhorte a los países que faltan de suscribir ó ratificar el Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, a llevarlo a cabo a la brevedad posible.

Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, resuelve en el marco de la diplomacia parlamentaria, que como uno de los temas a abordarse en las agendas de las Reuniones Interparlamentarias que celebre México con aquellos países que no hayan suscrito el Protocolo de Kyoto, se proponga como uno de los temas el del cambio climático.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de diciembre de 2005.

Diputados: Adriana González Carrillo (rúbrica), Presidenta; Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre, secretario; Carlos Jiménez Macías (rúbrica), secretario; Arturo Robles Aguilar (rúbrica), secretario; Jorge Martínez Ramos (rúbrica), secretario; Homero Díaz Rodríguez, María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica), Rogelio Alejandro Flores Mejía, Carlos Flores Rico, Rodrigo Iván Cortés Jiménez, Ángel Juan Alonso Díaz Caneja, Humberto Cervantes Vega (rúbrica), José Alberto Aguilar Iñarritu (rúbrica), Sami David David, Blanca Gámez Gutiérrez (rúbrica), Fernando Alberto García Cuevas (rúbrica), Juan José García Ochoa, Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Alejandro González Yáñez, Benito Chávez Montenegro (rúbrica), Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), Guadalupe Morales Rubio (rúbrica), Sergio Penagos García (rúbrica), Cristina Portillo Ayala, Francisco Saucedo Pérez (rúbrica), Carlos Noel Tiscareño Rodríguez, Marco Antonio Torres Hernández.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, CON PUNTO DE ACUERDO PARA IMPULSAR LA INTEGRACIÓN DE COMISIONES DE RECURSOS HIDRÁULICOS EN LAS LEGISLATURAS LOCALES

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Gobernación de la LIX Legislatura le fue turnada, para su análisis y dictamen, la Proposición con Punto de Acuerdo para impulsar la integración de Comisiones de Recursos Hidráulicos en el seno de las Legislaturas locales.

Esta Comisión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6 inciso e) y f) y numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 58, 60, 65, 85, 87, 88 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen de conformidad con los siguientes:

ANTECEDENTES

1. Con fecha nueve de diciembre de dos mil cuatro, la diputada Rosa Hilda Valenzuela Rodelo, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó al Pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Proposición con Punto de Acuerdo sobre la integración de Comisiones de Recursos Hidráulicos en el seno de las Legislaturas locales.

2. Con esa misma fecha, nueve de diciembre de dos mil cuatro, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha Proposición con Punto de Acuerdo se turnara para su estudio y dictamen a la Comisión de Gobernación.

3. Con fecha 29 de noviembre de 2005, los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación, aprobaron el presente dictamen.

Establecidos los antecedentes, los miembros de la Comisión de Gobernación de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados que suscriben el presente dictamen, exponemos las siguientes:

CONSIDERACIONES

A) En lo general

I. El agua es un elemento vital para cualquier organismo viviente en la Tierra; de la misma forma, el preciado líquido ha servido para el impulso y progreso de las sociedades humanas. La historia de las civilizaciones siempre ha estado unida a la historia del agua.

II. Sin embargo, aunque tres cuartas partes del globo terráqueo están formadas por las masas oceánicas, sólo un 3% de agua dulce está disponible para el consumo y uso humano, teniendo además como limitante su irregular distribución en el planeta. Generalmente, las reservas de agua dulce del mundo se encuentran disponibles en ríos, arroyos, lagos, lagunas y mantos subterráneos.

III. El incrementó de la población ha provocado una demanda de las reservas de agua dulce para el consumo que desde 1900 a la fecha se ha multiplicado por seis. Se estima que a mediados del siglo XXI, la población de la Tierra será de 12. 000 millones; Asia concentra el 60% de la población mundial y solamente tiene un 36% de provisión de agua a nivel global.

IV. En México, la distribución irregular ha provocado que el agua no se dote con eficiencia para la satisfacción de las necesidades de las grandes zonas urbanas. Como señala la diputada Valenzuela Rodelo, la disponibilidad de agua en territorio mexicano presenta problemas originados por la distribución geográfica y de las actividades económicas de la población.

V. La disponibilidad de agua por habitante se estima que ha variado de 31.000 metros cúbicos en 1910 a 4.841 metros cúbicos en 2001 y se considera que para el año 2020, la cantidad se reduzca a 3.750 metros cúbicos, lo que está por debajo de la media mundial de 4.500 metros cúbicos per capita.

VI. Por otro lado, del 100% del volumen consumido, el 76% es utilizado para la agricultura, el 17% es destinado al consumo del ser humano y el 5% tiene un uso industrial. Sin embargo, en la anterior distribución, se observan problemas en su aprovechamiento ya que las diferentes actividades humanas desperdician o usan de manera ineficaz el vital líquido.

VII. En efecto, a nivel mundial cerca del 60% del agua usada para riego se filtra por los canales de distribución o se pierde por evaporación. En los sistemas de abastecimiento de agua para consumo humano, las pérdidas en países desarrollados representa un 25% mientras que en los países en vías de desarrollo la cifra puede ascender al 50%.

VIII. En México, el 55% de agua para uso agrícola se pierde por evaporación e infiltración; entre 30 y 50% se fuga por deficiencias en las redes municipales de distribución y el 78% de las aguas residuales municipales y el 85% de las industriales son vertidas en cuerpos de agua sin haber recibido, previamente, tratamiento alguno.

IX. A lo anterior, hay que sumar la grave contaminación que enfrentan las reservas de agua disponibles en el país, además de la sobreexplotación ya que, según la proponente, de las 649 reservas del país que proporcionan el 36% de agua, 96 están seriamente agotadas.

B) Al proyecto I. Por lo anterior, la diputada Rosa Hilda Valenzuela considera que para el mejor cuidado y aprovechamiento del preciado líquido, y dadas las políticas de descentralización que marca la Ley de Aguas Nacionales y que ha venido instrumentando el Ejecutivo Federal, el poder legislativo de los Estados de la Unión consideren la instalación de una Comisión de Aguas en el seno de sus legislaturas respectivas, argumentado que desde las entidades federativas se eleve al máximo el nivel de sus particulares legislaciones concernientes al uso y aprovechamiento del agua como recurso prioritario.

II. La proponente además considera que el trabajo de los órganos legislativos, desde las Comisiones de dictamen, permitirá la atención directa y especializada del tema del agua en cada Congreso ya que el aporte de los legisladores en el tema hidráulico es fundamental para construir la legislación en materia de aguas que demanda nuestro régimen federal.

III. Esta Comisión comparte la inquietud de la diputada Rosa Hilda Valenzuela Rodelo sobre el cuidado y aprovechamiento del agua ya que, de forma urgente, deben procurarse los medios que permitan el adecuado uso del preciado elemento. El trabajo de los diversos órdenes de gobierno y de la sociedad civil en general es de importancia para garantizar la presencia y distribución de agua en el territorio mexicano.

IV. De igual manera, esta dictaminadora está de acuerdo con la afirmación sobre el proceso de descentralización que se ha venido consolidando, de manera que Estados y municipios participen con mayor responsabilidad en las políticas de uso y aprovechamiento del agua.

V. Como es sabido, en el seno de Congreso local, para el mejor despacho de sus negocios, se integran Comisiones, ordinarias o especiales, que desarrollan el trabajo legislativo de acuerdo a su específica competencia, misma que permite el cumplimiento de las atribuciones legales correspondientes al Poder Legislativo de cada entidad federativa.

VI. En algunas entidades de la Federación, las Cámaras de Diputados han consolidado la integración de una Comisión de recursos hidráulicos, con el fin de atender los problemas relativos al cuidado y distribución del agua, de acuerdo a las facultades otorgadas por la Ley Interior del Poder Legislativo de cada Estado. A continuación se enuncian las entidades y el nombre de la Comisiones que han integrado en sus legislaturas:

VII. Esta Comisión dictaminadora juzga viable la Proposición con Punto de Acuerdo a fin de que las legislaturas locales analicen y consideren la integración de las Comisiones sobre asuntos del agua en las Estados que todavía no la tienen, examinando su viabilidad de acuerdo a las atribuciones concedidas por las respectivas legislaciones y considerando, además, el trabajo que ya realizan otras Comisiones en el seno de los Congresos estatales, como lo son las avocadas al análisis y tratamiento de la ecología y la preservación de los recursos naturales y el medio ambiente.

Por lo expuesto y fundado, los integrantes de la Comisión de Gobernación, someten a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente punto de:

ACUERDO

ÚNICO.- Se exhorta respetuosamente a las legislaturas locales a impulsar la integración de una Comisión de Recursos Hidráulicos en su seno, a fin de contribuir al perfeccionamiento de la legislación en materia de agua, en virtud de la creciente importancia que ha cobrado la gestión descentralizada de este vital recurso natural.

Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, DF, a los veintinueve días del mes de noviembre de dos mil cinco.

Por la Comisión de Gobernación

Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; David Hernández Pérez (rúbrica), Yolanda Guadalupe Valladares Valle, Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje (rúbrica), Omar Bazán Flores, Pablo Bedolla López (rúbrica), Alonso Adrián Juárez Jiménez, Jesús González Schmal (rúbrica), José Luis Briones Briseño (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez, Socorro Díaz Palacios, José Sigona Torres (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco, Gonzalo Moreno Arévalo, Margarita Saldaña Hernández, Consuelo Muro Urista (rúbrica), Federico Madrazo Rojas (rúbrica), José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Miguelángel García-Domínguez, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), Mario Alberto Zepahua Valencia (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, CON PUNTO DE ACUERDO PARA QUE, DE ESTIMARLO CONVENIENTE, SE INSTALEN MÓDULOS DE REVISIÓN E INSPECCIÓN EN LAS TERMINALES DE AUTOBUSES DEL PAÍS A FIN DE PREVENIR LA LLEGADA DE INMIGRANTES ILEGALES, ESPECIALMENTE LOS INTEGRANTES DE LA ORGANIZACIÓN DELICTIVA MARASALVATRUCHA

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Gobernación de la LIX Legislatura le fue turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente la proposición siguiente:

Con punto de Acuerdo, por el que se solicita al Instituto Nacional de Migración la instalación de un modulo de revisión e inspección en la Terminal de Autobuses de Oriente (TAPO), con el fin de prevenir la llegada de los inmigrantes centroamericanos miembros de la organización delictiva conocida como "Mara Salvatrucha".

Esta Comisión con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como por los artículos 58, 60, 87, 88 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, siendo competente y habiendo analizado el contenido de la proposición con punto de acuerdo referida, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, con base en los siguientes antecedentes y consideraciones:

ANTECEDENTES

1. Con fecha 13 de septiembre de 2005, la diputada Guadalupe Morales Rubio, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó al Pleno de la Cámara de Diputados, proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al Instituto Nacional de Migración la instalación de un módulo de revisión e inspección en la Terminal de Autobuses de Oriente, con el fin de prevenir la llegada de los inmigrantes centroamericanos miembros de la organización delictiva conocida como "Mara Salvatrucha".

2. En la misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispuso que dicha proposición fuera turnada a la Comisión de Gobernación, para su estudio y dictamen.

3. En sesión plenaria del 29 de noviembre de 2005 se sometió a consideración de los diputados y diputadas integrantes de esta Comisión el anteproyecto de dictamen respectivo, siendo aprobado.

Establecidos los antecedentes, los diputados y diputadas miembros de la Comisión de Gobernación de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados que suscriben el presente dictamen, exponemos las siguientes:

CONSIDERACIONES

1. Que el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su fracción XVI, contempla la facultad para legislar sobre la condición jurídica de los extranjeros, emigración e inmigración.

2. Que con fundamento en el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal es la Secretaría de Gobernación a quien le corresponde conducir las relaciones con los Poderes de la Unión, además de formular y conducir la políticas de población, como se transcribe a continuación:

Artículo 27.- A la Secretaría de Gobernación corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I a III. .......

IV.- Formular y conducir la política de población, salvo lo relativo a colonización, asentamientos humanos y turismo;

VI a XIII. ...

XIV.- Conducir, siempre que no esté conferida esta facultad a otra Secretaría, las relaciones del Poder Ejecutivo con los demás Poderes de la Unión, con los órganos constitucionales autónomos, con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios y con las demás autoridades federales y locales, así como rendir las informaciones oficiales del Ejecutivo Federal;

XV a XXIX.......

3. Que el Instituto Nacional de Migración como un órgano técnico desconcentrado de la Secretaría de Gobernación cuenta con que de acuerdo con el artículo 55 del Reglamento Interior de esta Secretaría, tiene por objeto la planeación, ejecución, control, supervisión y evaluación de los servicios migratorios.

4. Que el Instituto Nacional de Migración ejercerá las facultades que sobre asuntos migratorios la Ley General de Población y su Reglamento, confieren a la Secretaría de Gobernación teniendo las siguientes atribuciones:

Artículo 57. A fin de alcanzar sus objetivos, el Instituto tiene las siguientes atribuciones:

I. Coordinar y orientar, con base en las instrucciones y lineamientos que expida el Secretario de Gobernación, la instrumentación de las políticas en materia migratoria;

II a XII. ...

XIII. Proponer las normas a que deban sujetarse los inmigrantes y determinar las políticas de inmigración que convengan al país;

XIV a XVII. ...

XVIII. Investigar si los extranjeros cumplen con las obligaciones migratorias establecidas, y en caso de violación a las disposiciones sobre la materia, presentarlos ante las autoridades competentes;

XIX. ...

XX. Intervenir en el trámite y ejecutar el acuerdo que dicte el titular del ramo, por el que se establezca o suprima un lugar destinado al tránsito internacional de personas;

XXI a XVIII. ...

XXIX. Realizar acciones orientadas a prevenir delitos previstos en la Ley General de Población;

XXX a XXXI. ...

5. Que la Ley General de Población establece que en asuntos de orden migratorio es la Secretaría de Gobernación la encargada de vigilar la entrada y salida de los nacionales y extranjeros, y revisar la documentación de los mismos, siendo facultad exclusiva de esta Secretaría, fijar los lugares destinados a regulación de tránsito de personas, por puertos marítimos, aéreos y fronteras, previa opinión de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, Comunicaciones y Transportes, Salud, Relaciones Exteriores, Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y en su caso la de Marina.

6. Que el Reglamento de la Ley General de Población en su artículo 99 establece que:

Artículo 99.- ...

La Secretaría establecerá en los puntos que estime convenientes en el territorio nacional, especialmente en fronteras, puertos aéreos y marítimos, la vigilancia que sea necesaria, a través del personal del servicio migratorio y de la Policía Federal Preventiva.

7. Que además de lo anterior, es el Comisionado del Instituto Nacional de Migración quien tiene entre sus atribuciones la de establecer la coordinación con autoridades federales, estatales, del Distrito Federal y municipales o delegacionales que participen en la promoción y control de flujos migratorios.

8. Que por otra parte, hasta hace pocos meses o años, el fenómeno de las bandas pertenecientes a la Mara Salvatrucha era prácticamente desconocido, siendo en la actualidad un fenómeno preocupante, ya que este grupo de jóvenes poseen un código de señas y se caracterizan por ser hostiles hacía quienes no pertenecen al grupo, además de su condición de inmigrantes ilegales, se les asocia con la comisión de delitos violentos. Comportamientos que exacerban la sensación de inseguridad y más delicado aún, cuando jóvenes mexicanos comienzan a crear admiración hacía éstos.

9. Que esto en un principio se manifestaba en puntos fronterizos del país, ya que el territorio nacional es paso obligado de los integrantes de estas bandas para llegar a los Estados Unidos, desde El Salvador, lugar de donde es originaria la Mara Salvatrucha.

10. Que recientemente el Secretario de Seguridad Pública declaró que el fenómeno de las "maras salvatruchas" se puede convertir en un problema de seguridad nacional debido a que en el trayecto de estas bandas hacía los Estados Unidos, comiencen a reclutar jóvenes mexicanos a las bandas, ya que además éstos, no cuentan con el más mínimo asomo de temor por la autoridad o por la cárcel.

11. Que un problema mayor es que cuando estos son detenidos, si no hay la consumación flagrante de otro delito, en su condición de migrantes ilegales, sólo les corresponde se deportados. Y además se complica porque ahora muchos de los integrantes no hay lugar al que se les pueda repatriar, por ser mexicanos con todos sus derechos a salvo, a menos que hayan cometido un delito.

RESULTANDO 1. Que la seguridad es un tema civil multidisciplinario, social, cultural, jurídico, político, económico, educativo, moral y mediático, ya que la Mara Salvatrucha es un fenómeno social que tienen múltiples facetas y repercusiones, siendo a la fecha uno de los temas de más difícil solución en la sociedades donde ocurre.

2. Que la Mara Salvatrucha por su conformación social tanto en su lugar de origen como en su lugar de destino, de jóvenes sin oportunidades laborales, sin educación, y por la sensación de exclusión de sus países de origen y sin mayor aceptación en el país receptor, son caldo de cultivo ideal para el crimen organizado que les encarga realizar acciones delictivas de todo tipo, desde pequeñas actividades hasta acciones tipo comando de asaltos o crimen por encargo, ligado a actividades de drogas, su comercialización y disputas de mercado entre bandas rivales.

3. Que tiene como forma de operar el mezclarse con los migrantes indocumentados para después asaltarlos y hasta matarlos. Además de sorprender a sus victimas en lugares de cruce clandestino, zonas de evasión de controles migratorios y de paso obligado de indocumentados extranjeros.

4. Que no hay tratamiento sencillo disponible y obliga al menos en teoría, al gobierno a disponer de recursos, planes, medios, acciones varias, para atender de la manera adecuada los aspectos de prevención, control y rehabilitación de las personas involucradas actualmente.

5. Que evitar el ingreso o los intentos posteriores de introducción ilegal a nuestro país de la Mara, respetando los derechos humanos, no es tarea fácil pero que entre las medidas de control y prevención aplicables al caso, se considera oportuno el establecimiento de puntos de revisión en las terminales camioneras del país, así como los respectivos módulos de revisión e inspección.

6. Que lo anteriormente expuesto, se propone en pleno respeto de la garantía constitucional consagrada en el artículo 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos, que a continuación se transcribe:

Artículo 11. Todo hombre tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvo-conducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país.

Por lo anteriormente expuesto, los diputados y diputadas integrantes de la Comisión de Gobernación, sometemos a consideración del Pleno de esta Honorable Asamblea el siguiente punto de:

ACUERDO

Único.- La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Gobernación a través del Instituto Nacional de Migración a instalar módulos de revisión e inspección en las terminales de autobuses del país con el fin de prevenir la llegada de inmigrantes ilegales, especialmente aquellos integrantes de la organización delictiva conocida como "Mara Salvatrucha".

Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, Distrito Federal, a los veintinueve días del mes de noviembre de dos mil cinco.

Por la Comisión de Gobernación

Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; David Hernández Pérez (rúbrica), Yolanda Guadalupe Valladares Valle, Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje (rúbrica), Omar Bazán Flores, Pablo Bedolla López (rúbrica), Alonso Adrián Juárez Jiménez, Jesús Porfirio González Schmal (rúbrica), José Luis Briones Briseño (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez, Socorro Díaz Palacios, José Sigona Torres (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco, Gonzalo Moreno Arévalo, Margarita Saldaña Hernández, Consuelo Muro Urista (rúbrica), Federico Madrazo Rojas (rúbrica), José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, Miguelángel García-Domínguez, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), Mario Alberto Rafael Zepahua Valencia (rúbrica).
 
 
 

DE LAS COMISIONES UNIDAS DE GOBERNACIÓN, Y DE SEGURIDAD PÚBLICA, CON PUNTO DE ACUERDO PARA IMPULSAR UNA POLÍTICA NACIONAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO

HONORABLE ASAMBLEA:

A las Comisiones Unidas de Gobernación y de Seguridad Pública de la LIX Legislatura les fue turnada, para su análisis y dictamen, Proposición con punto de Acuerdo sobre la seguridad vial.

Estas Comisiones Unidas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6 inciso e) y f) y numeral 7de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como por los artículos 58, 60, 65, 85, 87, 88 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen de conformidad con los siguientes:

ANTECEDENTES

I. Con fecha veinte de abril de dos mil cuatro, el Diputado Rafael García Tinajero, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó al Pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Proposición con punto de Acuerdo sobre seguridad vial.

II. Con esa misma fecha, veinte de abril de dos mil cuatro, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha Proposición con punto de Acuerdo se turnara para su estudio y dictamen a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Seguridad Pública.

III. Con fecha, veinte de abril de 2005 los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación, aprobaron el presente dictamen.

IV. Asimismo, los diputados integrantes de la Comisión de Seguridad Pública, aprobaron el presente dictamen.

Establecidos los antecedentes, los miembros de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Seguridad Pública de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados que suscriben el presente dictamen, exponemos las siguientes:

CONSIDERACIONES

1. En México, la garantía y protección del derecho a la salud que tiene toda persona, se encuentra tutelada por el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de igual forma, el artículo 3° de la Ley General de Salud considera como materia de salubridad general la prevención y control de accidentes.

2. La Secretaría de Salud es coordinadora del Sistema Nacional de Salud, de acuerdo a lo establecido por el artículo 39, fracción VI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. La dependencia enunciada señala que los accidentes son la segunda causa de muerte en edad productiva. Efectivamente, los datos reportados por el Consejo Nacional de Prevención de Accidentes, muestran que en el año 2002 se registraron 55,765 casos por accidentes de transporte en vehículos de motor, elevándose la cifra en 2003 a 67,051 casos. Los grupos más afectados son los comprendidos entre los 20 y 24 años y 45 a 49 años de edad, en el mismo período 2002-2003.

3. Por lo que hace a la casuística del peatón lesionado en accidente de transporte, el Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes señala que en el año 2002, se reportaron 31,421 casos, disminuyendo la cifra en 2003 a 27, 911 casos. Los grupos más vulnerables son los comprendidos entre los 20 a 24 y 45 a 49 años de edad en el año 2002 y en el año 2003, los grupos de edades afectados fueron los ubicados entre los 20 a 24 y 60 a 64 años de edad.

4. Atendiendo a los datos descritos, el Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes señala que las entidades que rebasan el promedio nacional en accidentes de transporte en vehículos de motor, durante el año 2002 son: el Distrito Federal, Sonora, Chihuahua, Baja California Sur y Campeche; en el 2003, las entidades fueron: Aguascalientes, Distrito Federal, Nuevo León, Tabasco y Campeche.

5. Por otro lado, las entidades de la Federación que en el año 2002 estuvieron por debajo del promedio nacional en accidentes de transporte de vehículos de motor, fueron: Yucatán, Morelos, Veracruz, Chiapas y México; para el año 2003, los Estados de Morelos, Guerrero, Colima, México y Chiapas, se ubicaron por debajo del promedio nacional en accidentes.

6. Ante la problemática social, económica y de salud pública que representan los accidentes viales, la Secretaría de Salud ha desarrollado programas y planes con el objetivo de realizar acciones concretas para su prevención. En el año de 1987, se constituyó el Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, integrado por las Secretarías de Gobernación, Educación, del Trabajo y Previsión Social, Comunicaciones y Transportes, Hacienda y Crédito Público, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto de Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores del Estado.

7. En la administración del actual Secretario de Salud, Doctor Julio Frenk Mora, se ha impulsado el desarrollo del Centro Nacional para la Prevención de Accidentes. Su creación obedece a la definición clara de prioridades y a la promoción de estilos de vida saludables. En la prevención de accidentes, tiene delimitadas las siguientes estrategias: el fortalecimiento de las acciones de prevención, la adecuación de los sistemas de registro, proceso, almacenamiento y análisis de información, la proyección de la Norma Oficial Mexicana, impulsar la adecuación del marco jurídico, promover la atención integral de los lesionados en accidentes, fomentar la capacitación en prevención y atención y la evaluación resultados de las acciones y estrategias.

8. Por otro lado, el Consejo de Salubridad General emitió un acuerdo publicado el 19 de noviembre de 2003 por el cual se establecen diversas medidas de protección tendentes a disminuir la ocurrencia y el impacto de los accidentes de tránsito, como política sanitaria en aras de prevenir muertes y discapacidades en la población afectada por accidentes de tránsito, ocasionados por factores externos debidamente identificados. Señala las siguientes medidas:

PRIMERO.- Se establecen las siguientes medidas de política sanitaria aplicables en toda la República Mexicana:

a) El uso del cinturón de seguridad a todos los ocupantes de automóviles de uso público o privado;
b) El uso de sillas portainfantes;

c) La ubicación de menores en el asiento posterior del vehículo;
d) El uso de casco protector para los ocupantes de motocicletas de uso público o privado;

e) Prohibir que los conductores de vehículos automotores conduzcan bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes u otras substancias tóxicas, y

f) Prohibir el uso de dispositivos de comunicación móvil, tales como radios y otros, que disminuyen la habilidad y capacidad de reacción al conductor del vehículo, impidiendo la máxima seguridad en la conducción de vehículos automotores.

9. El Acuerdo del Consejo de Salubridad General, en su punto tercero, determina que la Secretaría de Salud, en su carácter de coordinadora del Sistema Nacional de Salud, promoverá y asesorará a los gobiernos de las entidades federativas, a través del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, en la implementación de las medidas de política sanitaria para la prevención de accidentes relacionados con la seguridad vial.

10. Igualmente, la Secretaría de Salud ha establecido convenios con diferentes organismos de la Administración Pública Federal, con los distintos órdenes de gobierno y entidades de la sociedad civil. El 13 de marzo de 2004, se anunció la firma del convenio de colaboración para disminuir la ocurrencia y el impacto de los accidentes de tránsito y viales, entre el Centro Nacional para la Prevención de Accidentes y la Red Mexicana de Municipios por la Salud.

11. Entre los acuerdos generados por la firma del Convenio, se encuentra el de fortalecer las medidas preventivas que describe el Acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional, publicado el 19 de noviembre de 2003.

12. En relación con la atención de las víctimas afectadas por incidentes viales, la Secretaría de Salud envió a la Comisión Federal de Mejoría Regulatoria, el proyecto de Norma Oficial Mexicana "PROY-NOM-235-SSA1-2004. Atención prehospitalaria de las urgencias médicas", cuyo objeto es la sistematización de la atención a los lesionados por percances relativos al tránsito vehicular.

13. Con la Secretaría de Educación Pública, la Secretaría de Salud ha firmado convenios para establecer programas para la realización de acciones tendentes a modificar la cultura del riesgo, formando la conciencia de la sociedad mexicana y advertir que nueve de cada diez eventos pueden evitarse si se conocen y utilizan las medidas pertinentes en la prevención de accidentes.

14. De esta manera, según ambas Secretarías, se ha incluido información preventiva en los libros de texto gratuito de 3° y 6° año de educación primaria. Se tiene contemplada la meta de incluir material educativo de prevención de accidentes en todos los volúmenes desde educación preescolar hasta el sexto año de primaria.

15. Por otro lado, el Diputado Rafael García Tinajero, solicita en el primer resolutivo de la Proposición con punto de Acuerdo objeto del presente dictamen, la coordinación que debe observarse de la Secretarías de Comunicaciones y Transportes, de Educación Pública, del Trabajo y Previsión Social, de Economía y de Turismo para impulsar como política nacional prioritaria la prevención de los accidentes de tránsito.

16. Por lo que hace a la intervención de la Secretaría de Economía, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que, en el ámbito de su competencia, está facultada para la conducción de las políticas generales de la industria, del comercio exterior, el comercio interior, el abasto y precios del país y regula, promueve y vigila la comercialización, la distribución y consumo de los bienes y servicios. A juicio de estas Comisiones dictaminadoras, no parece viable el que se incluya a la Secretaría de Economía en el grupo de entidades de la Administración Pública Federal que señala la Proposición con punto de Acuerdo, para que coadyuven en el fortalecimiento de la seguridad vial.

17. Referente a la intervención de las Secretarías del Trabajo y Previsión Social y de Turismo, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el artículo 40, fr. XI, establece que la Secretaría del Trabajo está facultada para ordenar las medidas de seguridad e higiene industriales, para la protección de los trabajadores.

18. La Secretaría de Turismo, encargada de la actividad turística nacional, tiene la facultad de proyectar, promover y apoyar el desarrollo de la infraestructura turística y estimular la participación de los sectores social y privado, de acuerdo al artículo 42, fr. XIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; igualmente, el reglamento interno de la dependencia, en su artículo 7 fr. XXIV faculta al Subsecretario de Operación Turística para diseñar las estrategias de desarrollo de una cultura de servicio turístico de alta calidad, higiene y seguridad. A lo anterior, se añaden las facultades de la Dirección General de Servicios al Turista:

Artículo 24. La Dirección General de Servicios al Turista, tendrá las siguientes facultades:

I a II...

III. La coordinación de acciones con otras dependencias y entidades de la Administración Pública federal y con otros organismos públicos y privados, nacionales y extranjeros, para atender al turismo carretero en viajes al interior del país, proporcionando el servicio de radiocomunicación, información y asistencia en su tránsito por las carreteras nacionales;

IV a VI...

VII. Coordinar el desarrollo de programas especiales de información y protección al turista, con la participación que corresponde a otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y a los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios:

VIII a XIII...

XIV. Dirigir y controlar el servicio de auxilio turístico denominado Ángeles Verdes, coordinando los servicios de información, orientación, asistencia médica y de primeros auxilios en las carreteras y caravanas de vehículos automotores.

19. Estas Comisiones dictaminadoras consideran que el trabajo de la Secretaría de Salud y Secretarías coadyuvantes en la cuestión de accidentes viales, ha sido destacada tanto en su prevención como en la atención posterior a los eventos. Sin embargo, aún se advierte, como bien lo manifiesta el Dip. Rafael García Tinajero, que el índice de accidentes es elevado; por lo tanto, se juzga pertinente que esta Soberanía exhorte a las Secretarías competentes para que redoblen sus esfuerzos y fortalezcan los programas ya establecidos y a los distintos órdenes de gobierno y a la sociedad civil para impulsar reformas legales, con el fin de seguir consolidando una cultura preventiva que disminuya los decesos e incapacidades a consecuencia de trágicos eventos relacionados con la seguridad vial.

Por lo expuesto y fundado los integrantes de las Comisiones Unidas de Gobernación y Seguridad Pública, someten a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente proyecto:

ACUERDO

PRIMERO.- Se exhorta a la Secretaría de Salud, en su carácter de coordinadora del Sistema Nacional de Salud, para que en coordinación con las Secretarías de Comunicaciones y Transportes, de Educación Pública, del Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Pública y de Turismo, impulsen la planeación, definición o ejecución de acciones y programas en materia de seguridad vial, así como la instrumentación de las medidas necesarias para brindar la atención médica oportuna a las víctimas al verificarse los accidentes y con posterioridad a los mismos.

SEGUNDO.- Se exhorta a los gobiernos y congresos estatales, del Distrito Federal y a los Municipios a impulsar las reformas legales pertinentes para solucionar los graves problemas de salud pública derivados de los accidentes de tránsito, así como a formular, planear y ejecutar los programas y acciones en materia de seguridad vial.

Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, DF, a los veinte días del mes de abril de dos mil cinco.

Por la Comisión de Gobernación

Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; David Hernández Pérez (rúbrica), Yolanda Guadalupe Valladares Valle (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila (rúbrica), secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Patricia Garduño Morales (rúbrica), Fernando Álvarez Monje (rúbrica), José González Morfín, Omar Bazán Flores, Jesús González Schmal, Pablo Bedolla López (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), José Luis Briones Briseño (rúbrica), José Sigona Torres, Socorro Díaz Palacios, Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez, Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), Federico Madrazo Rojas (rúbrica), Miguelángel García-Domínguez, Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti, María Sara Rocha Medina (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, Sergio Vázquez García (rúbrica).

Por la Comisión de Seguridad Pública

Diputados: Jorge Uscanga Escobar (rúbrica), Presidente; José Manuel Abdala de la Fuente (rúbrica), Heliodoro Díaz Escárraga, Antonio Morales de la Peña (rúbrica), Blanca Judith Díaz Delgado (rúbrica), Lizbeth Eugenia Rosas Montero (rúbrica), secretarios; Álvaro Burgos Barrera (rúbrica), Guillermo del Valle Reyes (rúbrica), Fernando Alberto García Cuevas (rúbrica), Gema Isabel Martínez López (rúbrica), Fidel René Meza Cabrera (rúbrica), Rafael Alejandro Moreno Cárdenas, María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano (rúbrica), Raúl Pompa Victoria (rúbrica), Jorge Romero Romero, Quintín Vázquez García, Fernando Álvarez Monje, Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Jesús Antonio Nader Nasrallah (rúbrica), Raúl Leonel Paredes Vega (rúbrica), José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), René Arce Islas, Francisco javier obregón Espinosa, Marcos Álvarez Pérez (rúbrica), Arturo Nahle García (rúbrica), Félix Adrián Fuentes Villalobos, Luis Maldonado Venegas.