Gaceta Parlamentaria, año VII, número 1456, martes 16 de marzo de 2004



Orden del Día de la sesión del martes 16 de marzo de 2004

Comunicaciones

Oficios Minutas Iniciativas Dictámenes Proposiciones Convocatorias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Orden del Día
SESION DEL MARTES 16 DE MARZO DE 2004

Declaratoria del inicio del segundo periodo ordinario de sesiones del primer año de ejercicio de la Quincuagésima Novena Legislatura.

Designación de comisiones reglamentarias.

Comunicaciones

La Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal invita a la ceremonia cívica que, con motivo del 66 aniversario de la expropiación petrolera, tendrá lugar el 18 de marzo, a las 8:00 horas, en el patio poniente del antiguo Palacio del Ayuntamiento del Distrito Federal, Plaza de la Constitución y 5 de Febrero, delegación Cuauhtémoc.

De los Congresos de los estados de Tlaxcala y de Tabasco.

De la Junta de Coordinación Política.

De la Secretaria General de la Cámara de Diputados.

Oficios de la Comisión Permanente.

Protesta de ciudadanos diputados.

Oficio de la Secretaría de Gobernación

Con el que remite las observaciones que el Presidente de la República hace al decreto emitido por el Congreso de la Unión durante el pasado periodo de sesiones por el que se reforma el artículo 222 de la Ley General de Salud. (Turno a Comisión)

Minutas

Con proyecto de decreto, por el que se reforma el segundo párrafo de la fracción V del artículo 15 de la Ley Aduanera. (Turno a Comisión)

Con proyecto de Ley de Navegación y Comercio Marítimos, para efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto, por el que se adiciona un artículo al Código de Comercio. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Educación. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto, por el que se reforma el artículo 135 de la Ley de Amparo. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud. (Turno a Comisión)

Con proyecto de decreto, que reforma el artículo 50 de la Ley de Puertos. (Turno a Comisión)

Iniciativas de ciudadanos diputados

Que reforma el artículo 202 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley General de Salud, en materia de adicción.

De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 5 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud.

De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona un artículo 41 Bis a la Ley General de Salud.

De la Comisión de Salud, con proyecto de decreto que adiciona los artículos 268 Bis y 268 Bis I y reforma el artículo 419 de la Ley General de Salud, para regular la elaboración de tatuajes permanentes, micropigmentación y perforaciones.

De la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de declaratoria que adiciona una fracción XXIX-M al artículo 73 y reforma la fracción VI del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Reforma Agraria, con puntos de acuerdo en relación con la proposición para solicitar a las secretarías y a los organismos del Gobierno Federal que procedan a resolver el problema de la reubicación y el pago a que tienen derecho los ciudadanos de pueblos afectados por los rezagos agrarios.

De la Comisión de Reforma Agraria, con puntos de acuerdo en relación con la proposición a fin de que se solicite al titular del Poder Ejecutivo federal que, en el ámbito de sus atribuciones, se tomen las medidas necesarias para que se concluya la restitución o el pago de las tierras que fueron afectadas por causa de utilidad pública de los ejidos La Concordia y Niños Héroes, del municipio de La Concordia, Chiapas.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo en relación con la proposición para solicitar a la Secretaría de Salud que expida la norma oficial mexicana para la cuantificación de plomo en polvo y suelos.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo en relación con la proposición a fin de exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a realizar los estudios y trámites necesarios para decretar parque nacional la isla Lobos.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo en relación con la proposición para que se determine el riesgo real en que se encuentra la población infantil de Ciudad Juárez, Chihuahua.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo en relación con la proposición para exhortar y establecer las medidas y los programas especiales de carácter migratorio.

Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a usar la facultad que le confiere el artículo 16 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2004 en el sentido de autorizar las adecuaciones presupuestarias necesarias a fin de que el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación obtenga una ampliación de su presupuesto, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, para que el Gobierno Federal brinde apoyo a los Centros de Educación Tecnológica Agropecuaria, a cargo del diputado Felipe de Jesús Díaz González, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, en relación con el aprovechamiento ilegal de productos de tortuga marina en el estado de Jalisco, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Urgente resolución)

Con punto de acuerdo, a fin de expresar el rechazo a las medidas de bloqueo implantadas por el gobierno de Estados Unidos de América respecto a la comunidad científica para impedir el libre intercambio y difusión de investigaciones desarrolladas por científicos cubanos o a participar en foros de ese carácter que tengan sede en territorio de Cuba, a cargo del diputado Luis Maldonado Venegas, del grupo parlamentario de Convergencia. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que se otorgue un reconocimiento a los ganadores del Premio Nacional de la Juventud 2002, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Desarrollo Social federal y al Ejecutivo del estado de Puebla a no avalar la quinta modificación del programa subregional de desarrollo urbano de los municipios de Cuautlacingo, San Andrés Cholula y San Pedro Cholula, Puebla, a cargo del diputado Rogelio Alejandro Flores Mejía, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que se otorgue un reconocimiento a los ganadores de medalla en los Juegos Mundiales Universitarios que se realizaron en Daegu, Corea, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para exhortar al secretario de Gobernación y al gobernador de Puebla a llevar a cabo los trabajos y las acciones que se desprenden del convenio suscrito en materia de evacuación de las localidades cercanas al volcán Popocatépetl, a cargo del diputado Rogelio Alejandro Flores Mejía, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que se realice un extrañamiento a la Conade por la falta de invitación a la Comisión de Juventud y Deporte de la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura a la entrega del Premio Nacional del Deporte 2003, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que se realice un extrañamiento al Instituto Mexicano de la Juventud por la falta de invitación a la Comisión de Juventud y Deporte de la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura a la entrega del Premio Nacional de la Juventud 2002, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que se otorgue un reconocimiento a la deportista Nancy Llarely Contreras Reyes y al atleta paralímpico Saúl Mendoza Hernández, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte. (Turno a Comisión)

Con punto de acuerdo, para que se otorgue un reconocimiento a los deportistas ganadores del Premio Nacional del Deporte 2003, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte. (Turno a Comisión)

Excitativas

A las Comisiones de Puntos Constitucionales, y de Justicia y Derechos Humanos, a solicitud del diputado José Sigona Torres, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

A la Comisión de Puntos Constitucionales, a solicitud del diputado José Luis Treviño Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

A las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Justicia y Derechos Humanos, a solicitud del diputado Alejandro González Yáñez, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo.

Agenda política

Pronunciamiento para promover los acuerdos y consensos necesarios que permitan avanzar en las reformas electoral y del Estado en este periodo ordinario de sesiones, a cargo del grupo parlamentario de Convergencia.
 
 











Comunicaciones
DE LA SECRETARIA DE CULTURA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

Dip. Juan de Dios Castro Lozano
Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados
Presente.

El Gobierno del Distrito Federal, a través de la Secretaría de Cultura, ha programado la ceremonia cívica conmemorativa del LXVI (66) aniversario de la Expropiación Petrolera, el próximo jueves 18 de marzo a las 8:00 horas, en el patio poniente del antiguo Palacio del Ayuntamiento del Distrito Federal, en Plaza de la Constitución y 5 de Febrero, delegación Cuauhtémoc.

Por tal motivo, me permito solicitar muy atentamente se sirva girar sus respetables instrucciones, a efecto de que un representante de esa honorable Cámara de Diputados, asista a la ceremonia de referencia.

Agradezco las atenciones que se sirva prestar a la presente y le reitero las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente
Angelina Barona del Valle
Directora de Patrimonio Cultural y Participación Ciudadana
 
 
 

DEL CONGRESO DE TABASCO

Villahermosa, Tabasco, a 10 de febrero de 2004.

Presidente de la Honorable
Cámara de Diputados Federal
Presente

En cumplimiento a lo establecido en el artículo tercero del punto de acuerdo emitido por la Quincuagésima Octava Legislatura al honorable Congreso del estado, en sesión de fecha diez de febrero de dos mil cuatro, correspondiente al primer periodo ordinario de sesiones del primer año de ejercicio constitucional, mediante el cual el pleno aprobó adherirse y apoyar la solicitud formulada por el honorable Congreso del estado de Campeche, para que el nombre de don Manuel Crescencio García Rejón sea inscrito con letras de oro en el salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados Federal, se remite a esta soberanía el punto de acuerdo en cuestión en muestra del respaldo y adhesión de la solicitud planteada ante esta honorable Cámara de Diputados federal por la Legislatura de Campeche, lo anterior para los efectos legales a los que haya lugar.

Sin otro asunto que tratar aprovecho la oportunidad para saludarle cordialmente.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.

Lic. Joel Alberto García González (rúbrica)
Oficial Mayor
 
 

Villahermosa, Tabasco, febrero 9 de 2004.

C. Presidente del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Tabasco
Presente

Los integrantes de la Gran Comisión de la Quincuagésima Octava Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Tabasco, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 28, segundo párrafo; 36, fracción XLIII, de la Constitución Política del estado de Tabasco, 49, 50, 52, fracción I, 59, 81, 82, 85 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, 51, 61 y 80 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado; con base en los siguientes:

Antecedentes

1.- Que en la sesión pública ordinaria celebrada el pasado día veintinueve de enero de 2004, el ciudadano diputado Pascual Bellizzia Rosique, del Partido Verde Ecologista de México, presentó una propuesta de punto de acuerdo, para apoyar y adherirse a la solicitud presentada por el honorable Congreso del estado de Campeche, a efecto de que el honorable Congreso de la Unión inscriba con letras de oro el nombre de don Manuel Crescencio García Rejón en el Salón de Sesiones de su Cámara de Diputados.

2.- Que el Presidente de la Mesa Directiva de este Congreso, por el mes de enero del año en curso, turnó a esta Gran Comisión la propuesta de punto de acuerdo en mención, para que conjuntamente con los coordinadores de las fracciones parlamentarias, se formulen opiniones y el dictamen que en derecho corresponde.

3.- Que de acuerdo con el estudio y análisis realizado por esta Gran Comisión, y

Considerando

Primero.- Que en la sesión del 23 de enero de 1824, en los trabajos del Segundo Constituyente Federal, se aprobó la credencial de don José María Ruiz de la Peña como primer diputado tabasqueño al Congreso General de la República.

Segundo.- Que en la sesión del 29 de enero de ese mismo año, el diputado José María Ruiz de la Peña pidió que Tabasco fuera declarado estado de la República.

Tercero.- Que en dicha sesión el diputado por Yucatán, Manuel Crescencio García Rejón se pronunció a favor de la propuesta del diputado Ruiz de la Peña, manifestando entre otros argumentos que "la población de Tabasco era de más de 60 mil almas, y que su comercio de propiedad era más opulento que el que tenía el honor de representar, pues si era verdad, que el comercio de Tabasco era mayor que el de Yucatán por sus renglones territoriales, también era cierto que el comercio de economía de Yucatán era infinitamente superior al de Tabasco.

Cuarto.- Que en esa Sesión fue puesta a votación la propuesta de lo que sería la división territorial de la primera Constitución General de la República, se aprobó lo solicitado por Ruiz de la Peña apoyado por Crescencio García Rejón; y desde entonces puede decirse que Tabasco es otra entidad federativa de la República Mexicana.

Quinto.- Que don Manuel Crescencio García Rejón es el autor de la institución mexicana del amparo, eminente aportación a la ciencia jurídica.

Sexto.- Que el Congreso del estado de Campeche sometió formalmente a la consideración del Congreso de Unión la solicitud de inscripción con letras de oro del nombre de don Manuel Crescencio García Rejón en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados federales.

Séptimo.- Que esta petición se encuentra en trámite ante el Poder Legislativo federal.

Octavo.- Que es facultad de esta Gran Comisión dictaminar sobre asuntos concernientes al estado, tomando en cuenta las proposiciones de los diputados; además de que los puntos de acuerdo tienen por finalidad gestionar ante las instancias competentes apoyo a la población. Para tales efectos, la Gran Comisión puede celebrar con los coordinadores de las fracciones, los acuerdos parlamentarios necesarios para el mejor desempeño de los trabajos de la Cámara y con el objeto de agilizar y organizar los trabajos legislativos.

Por lo que se emite y se somete a la consideración del pleno de este honorable Congreso del estado de Tabasco, el siguiente dictamen de

Punto de Acuerdo

Artículo Primero.- El Congreso del Estado Libre y Soberano de Tabasco se adhiere y apoya la solicitud formulada por el honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Campeche, para que el nombre de don Manuel Crescencio García Rejón sea inscrito con letras de oro en el Salón de Sesiones de la representación nacional, considerando los indiscutibles méritos de este insigne personaje, autor de la institución mexicana del amparo, así como su destacada participación a favor de que Tabasco fuera declarado estado de la Federación Mexicana.

Artículo Segundo.- Se exhorta al Poder Ejecutivo de Tabasco y a tos ayuntamientos de la entidad, para los efectos de que se dirijan a la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, expresando su respaldo a la adhesión anterior.

Artículo Tercero.- Remítase oficio a la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, manifestando que el Congreso del estado de Tabasco se adhiere y apoya la solicitud del honorable Congreso del estado de Campeche, en los términos del punto primero.

Artículo Cuarto.- Mediante oficio hágase del conocimiento al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Campeche el presente punto de acuerdo.

Transitorio

Artículo Unico.- Se instruye al Oficial Mayor del Congreso del estado de Tabasco, gire los oficios respectivos a la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y al honorable Congreso del estado de Campeche, para los efectos a que se refieren los artículos tercero y cuarto del presente punto de acuerdo; asimismo, se le instruye para que libre los atentos exhortos a que se refiere el artículo segundo.

Atentamente.
Sufragio Efectivo. No Reelección.

Diputados: Carlos Mario Ocampo Cano, Presidente (rúbrica); Darvin González Ballina, secretario (rúbrica); Adolfo Díaz Orueta, secretario (rúbrica); Javier Díaz Hernández, secretario (rúbrica); Jesús Selván García, vocal (rúbrica); Jorge Luis González Marín, vocal (rúbrica); Evaristo Hernández Cruz, vocal (rúbrica); Antonio Lope Báez, vocal (rúbrica); Pascual Bellizzia Rosique, prosecretario (rúbrica).
 
 
 

DEL CONGRESO DE TLAXCALA

CC. Diputados Secretarios del H. Congreso de la Unión
Presente

Con fundamento en lo establecido por el artículo 96, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Tlaxcala, me permito informarles que en sesión ordinaria pública celebrada el día 11 de febrero del año 2004, la LVII Legislatura del estado de Tlaxcala aprobó el acuerdo por el que esta soberanía se adhiere al punto de acuerdo emitido por la LIV Legislatura del Congreso del estado de Querétaro, por el que solicitan exhortar al titular del Poder Ejecutivo Federal a que apoye las funciones, atribuciones y objeto del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA), impidiendo su desaparición como organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal. Se anexa el acuerdo de mérito.

Aprovecho la presente para enviarles un cordial y respetuoso saludo.

Sufragio Efectivo. No Reelección.
Tlaxcala de X., a 17 de febrero de 2004.

El Secretario Parlamentario del H. Congreso
Sergio Cuauhtémoc Lima López (rúbrica)
 

Punto de Acuerdo

Primero. El honorable Congreso del estado de Tlaxcala apoya y se adhiere al punto de acuerdo emitido por la LIV Legislatura del Congreso del estado de Querétaro, por el que solicitan exhortar al titular del Poder Ejecutivo Federal a que apoye las funciones, atribuciones y objeto del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA), impidiendo su desaparición como organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal.

Segundo. Se haga del conocimiento por conducto de la Secretaría Parlamentaria de este honorable Congreso del estado el presente punto de acuerdo al Congreso de la Unión y a las legislaturas de cada uno de los estados y la del Distrito Federal.

Dado en la Sala de Sesiones del Palacio Juárez, Recinto Oficial del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, en la ciudad de Tlaxcala de Xicohténcatl, a los once días del mes de febrero del dos mil cuatro.

Dip. José Antonio Rosas Lezama, (rúbrica)
Presidente

Dip. Froylán Mendieta Cuapio (rúbrica)
Secretario

Dip. María del Rayo Netzáhuatl Ilhuicatzi (rúbrica)
Secretaria
 

CC. Diputados Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
Presentes

Con fundamento en lo establecido en el artículo 96, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Tlaxcala, me permito informarles que, en sesión ordinaria pública celebrada el 19 de febrero del año en curso, la LVII Legislatura aprobó el acuerdo por el que se adhiere al acuerdo parlamentario del honorable Congreso del estado de Guerrero por el cual se exhorta a la honorable Cámara de Diputados federal para que se aboque al estudio minucioso de la iniciativa de la Ley Federal de Juegos con Apuestas, Sorteos y Casinos y, a partir de las observaciones y señalamientos que sobre la conveniencia, que en su concepto del Congreso de esa entidad federativa generaría en beneficios sobre inversión, empleo y de recaudación fiscal para el país, resuelva y, en su caso, profundice en el análisis de los argumentos indicados en el resultado primero de este dictamen. Se anexan acuerdo y copia del dictamen.

Sin otro particular, les envió un cordial y afectuoso saludo.

Sufragio Efectivo. No Reelección.
Tlaxcala de X., a 23 de febrero de 2004.

Lic. Sergio Cuauhtémoc Lima López (rúbrica)
Secretario Parlamentario del H. Congreso
 

Punto de Acuerdo

Primero. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 45, 46, fracción I, y último párrafo de la Constitución Política del estado de Tlaxcala; 9, fracción III, 77, 80, 81, fracción XV, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Tlaxcala; 35, 37, fracción XV, 53, fracción III, y 124 del Reglamento Interior del Congreso del estado, esta soberanía resuelve que se adhiere al acuerdo parlamentario del honorable Congreso del estado Guerrero, por el cual se exhorta a la honorable Cámara de Diputados federal para que se aboque al estudio minucioso de la iniciativa propuesta y, a partir de las observaciones y señalamientos que sobre la conveniencia que en beneficios sobre inversión, empleo y de recaudación fiscal para el país, resuelva y, en su caso, profundice en el análisis de los argumentos indicados en el resultado primero de este dictamen.

Segundo. Instrúyase al secretario parlamentario para que solicite a la Comisión de Turismo de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión que remita a esta soberanía la información relacionada con la iniciativa de Ley Federal de Juegos con Apuestas, Sorteos y Casinos, que derogaría la actual Ley de Juegos y Sorteos, para nuestro mejor conocimiento, del estado que guarda el proceso legislativo correspondiente y, en su caso, emitir una opinión.

Tercero. Asimismo, instrúyase al secretario parlamentario para que, dentro de sus funciones, remita el presente dictamen a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y a la Legislatura del estado de Guerrero, para los efectos procedentes.

Cuarto. Publíquese el presente punto de acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del estado, para su conocimiento general.

Dado en la Sala de Sesiones del Palacio Juárez, Recinto Oficial del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, en la Ciudad de Tlaxcala de Xicohténcatl, a los diecinueve días del mes de febrero del año dos mil cuatro.

Dip. José Antonio Rosas Lezama (rúbrica)
Presidente

Dip. Froylán Mendieta Cuapio (rúbrica)
Secretario

Dip. María del Rayo Netzáhuatl Ilhuicatzi (rúbrica)
Secretaria
 

C. Dip. José Antonio Rosas Lezama
Presidente de la Mesa Directiva de la LVII Legislatura del Congreso del Estado
Presente

Honorable Asamblea:

Por instrucciones del Presidente de la Mesa Directiva, en sesión ordinaria celebrada el veintiocho de octubre del año dos mil tres se turnó a la Comisión de Desarrollo Económico el oficio número OM/1318/03, que dirige a esta soberanía el licenciado Sáenz Guadalupe Pavia Guerrero, oficial mayor del Poder Legislativo del estado de Guerrero, mediante el cual comunica que, en cumplimiento del quinto transitorio del acuerdo parlamentario que aprobaron, por medio del cual exhortan a la honorable Cámara de Diputados federal para que esta última ejercite las facultades consideradas en el artículo 73, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con la mayor brevedad retome y, en su caso, se apruebe la iniciativa de Ley Federal de Juegos con Apuestas, Sorteos y Casinos, que derogaría la actual Ley de Juegos y Sorteos, para el estudio, análisis y dictamen correspondientes.

En cumplimiento de lo ordenado por la Presidencia de la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 45, 46, fracción I, y último párrafo, de la Constitución Política del estado de Tlaxcala; 9, fracción III, 77, 80, 81, fracción XV, de la Ley Orgánica del Poder legislativo del estado de Tlaxcala; y 35, 37, fracción XV, 53, fracción III, y 124 del Reglamento Interior del Congreso del estado de Tlaxcala, la Comisión de Desarrollo Económico procede a formular el presente dictamen, con base en los siguientes

Resultandos

Primero. Por oficio número OM/1318/03, de fecha veinticuatro de septiembre del año dos mil tres, el oficial mayor de la LVII Legislatura del Estado Libre y Soberano de Guerrero remitió a esta soberanía el acuerdo parlamentario del tenor siguiente:

"La Quincuagésima Séptima Legislatura al Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, en nombre del pueblo que representa y: Considerando

La iniciativa de Ley Federal de Juegos con Apuestas, Sorteos y Casinos que pretende derogar la Ley de Juegos y Sorteos, que actualmente se encuentra pendiente de aprobación en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, que plantea como punto principal permitir la instalación de casinos, ha generado debates a favor y en contra de que exista este tipo de espacios.

El debate, como se ha señalado, se centra en que el Estado federal mexicano permita de forma legal la instalación de casinos y locales especiales para juegos con apuestas, como punta cesta o jai alai, carreras de caballos, carreras de galgos, peleas de gallos y máquinas tragamonedas, esto es, dar reconocimiento legal a las apuestas en casinos ubicados en tierra (en centros turísticos y ferias) y mar (cruceros), salas de juegos de números, hipódromos y galgódromos. Este cuerdo legislativo pretende regularizar que muchos de los juegos y las apuestas que se realizan actualmente, tanto de manera clandestina como de manera abierta en contubernio de las autoridades tengan un marco normativo específico susceptible de control.

El mercado clandestino y el mercado tolerado de juegos representan a bandas que desde hace varios años libran ya una soterrada batalla por el control de un mercado que generará ingresos por 2 mil 500 millones de dólares anuales. (Fuente: Dr. Martín Sandoval de Cordia, Los casinos en México y sus principales efectos sociales. Análisis de opinión pública, que fue editado por el Servicio de Investigación y Análisis de División Política Social de la Cámara de Diputados.)

Los antecedentes inmediatos sobre la regulación de apuestas y juegos de azar, y exactamente los que conllevan a la prohibición de instalar casinos, data del 24 de junio de 1938. Estos se remontan al decreto del entonces Presidente Lázaro Cárdenas, quien ordenó la prohibición de ese tipo de actividades, con el argumento de que, "por su propia naturaleza, son focos de atracción del vicio, las mafias y la explotación por parte de apostadores profesionales". Esta visión la comparten actualmente quienes están contra la instalación de los casinos. Sin embargo, existe otra corriente que está a favor y plantea que, vigilados de una manera adecuada, esos centros de juego son un factor beneficioso desde el punto de vista económico y social, ya que atraerán turistas e inversionistas extranjeros, además de crear empleos, con mínimo deterioro en el impacto ambiental.

En este sentido, la falta de una ley aprobatoria respecto al establecimiento de casinos sólo afecta a los inversionistas que buscan crear fuentes de trabajo y ganancias dentro de los marcos legales, mientras que la prohibición no ha servido para detener a quienes no importa la norma. Para ellos, no hay límites y, sin mayores problemas, administran más de 900 casinos clandestinos en todo el país. Esos centros evaden impuestos por más de 500 millones de dólares al año. (Fuente: Ortiz Moreno, Humberto. Artículo de opinión. Página web http//www.nucleo.unam.mx/~jornada/010605.dir/018nlecuhtml.)

En un informe de la Autoridad de Convenciones y Visitantes de Las Vegas señaló que México representa un mercado muy considerable. Tan sólo en 1999, por lo menos 225 mil mexicanos visitaron sus casinos. En 2000, casi 300 mil, dejando una derrama económica de 200 millones de pesos. México es el cuarto mercado internacional más importante para Las Vegas. (Fuente: Dr. Martín Sandoval de Cordia, Los casinos en México y sus principales efectos sociales. Análisis de opinión pública, que fue editado por el Servicio de Investigación y Análisis, División de Política Social de la Cámara de Diputados.)

Los casinos de juego son una de las pocas opciones con que cuenta México para generar empleos en un mercado nuevo y novedoso que permita la captación de inversión, la captación de divisas e impuestos en menor tiempo y que dimensione internacionalmente su competitividad, principalmente frente a sus socios comerciales Estados Unidos y Canadá, y otorgar un nuevo aliciente de visita a los mercados turísticos de Europa y Asia.

Su operación permitiría además elevar los rangos de aforo, inversión, pernocta, estadía, gastos y reincidencia turística, permitiendo contar con un producto turístico determinado, lo que provocaría un nuevo impulso a la industria turística nacional y, específicamente, la del estado de Guerrero.

En efecto, con base en el análisis de la Comisión de Turismo de la Cámara de Diputados, entre los lugares más considerados para el establecimiento de casinos en el ámbito nacional están los puertos de Acapulco y Zihuatanejo. Lo anterior es así -señala el informe- porque cuentan con prestigio internacional consolidado, tienen una importante captación de turistas, por su belleza natural y su infraestructura inmobiliaria y de seguridad, los hacen idóneos y podrían competir con los casinos de Norteamérica.

Los sectores productivos y de gobierno del país están interesados en la instalación de casinos. Entre ellos, se encuentra un importante grupo de empresarios mexicanos, que han planteado que los casinos sean manejados con una inversión mixta con empresas extranjeras asociadas con participación mayoritaria de capital nacional.

En este sentido, la inversión que la iniciativa privada (nacional y extranjera) inyectaría en proyectos para instalar 10 casinos de tamaño convencional en una primera etapa fluctúa entre 2 mil 40 millones al inicio y entre 3 y 4 mil millones de dólares en el mediano plazo.

Es claro que con esta inversión se construirá una nueva infraestructura material, lo cual representaría un incremento sobre la tendencia de aumento anual sobre la construcción y empleo directo a miles de trabajadores en el estado.

Por otro lado, otro beneficio sería que el gobierno integrara a sus arcas públicas impuestos que se dividirá entre la Federación, estados y municipio, y que esos ingresos podrían ser destinados -entre otros rubros- a la seguridad pública y desarrollo social en las localidades donde se instalen los casinos.

Con la aprobación de la iniciativa de Ley Federal de Juegos con Apuestas, Sorteos y Casinos, un fenómeno que ya existe en nuestra entidad y que procuraría que dejen de desarrollarse las actividades clandestinas de juegos y sorteos, lo que implica naturalmente que el Estado tendrá un mecanismo jurídico para vigilar y castigar a quien realice la operación de los casinos.

En suma, la iniciativa de Ley Federal de Juegos con Apuestas, Sorteos y Casinos, que pretende derogar la Ley de Juegos y Sorteos, acarrearía los siguientes beneficios:

Se daría un impulso al turismo de nuestros dos principales centros turísticos del estado. Debemos recordar que el turismo representa nuestra principal fuente de ingresos; esto, si logramos captar al menos un casino para el estado de Guerrero.

En cuanto a la inversión y derrama económica, ésta es del orden de 2 mil 40 millones de dólares para un primer proyecto y 25 mil millones para una primera fase de construcción de infraestructura en el ámbito nacional y estando consideradas las ciudades de Acapulco y Zihuatanejo, como sedes de instalación de casinos, la derrama económica que estaría impactada en la entidad sería de alrededor de 220 millones de dólares anuales.

Conforme a datos del informe de la Comisión de Turismo de la Cámara de Diputados federal, en promedio se estima una derrama por cada casino de 110 millones de dólares.

Recaudación de impuestos. Sería del orden de 500 millones de dólares anuales, a escala nacional, lo que representaría un ingreso sustancial a las arcas del estado y de los municipios involucrados, lo que implicaría la reactivación de la economía.

La creación de empleos en una primera etapa, temporales y permanentes en una segunda, lo que aliviaría el rezago en la materia, en beneficio de miles de familias guerrerenses.

Tomando en cuenta que el desempleo es una de las causas generadoras de la inseguridad, se disminuirían los índices delictivos en la entidad.

Corrección de la ilegalidad. En estos puntos se considera que la legalización evitará la clandestinidad y la evasión de impuestos, dado que existen condiciones para que operen con seguridad, pues se instalaría un marco normativo claro que establezca obligaciones y sanciones a las concesionarias de casinos en el país.

Que en sesión celebrada el veinticuatro de septiembre de 2003, la Comisión Permanente del Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero por unanimidad de votos aprobó la propuesta de punto de acuerdo parlamentario de antecedentes, ordenándose dar cumplimiento a sus resolutivos y artículos transitorios.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 47, fracción I, 48 y 49, fracción IX, de la Constitución Política Local; 8°, fracción I, 37, 43 fracción IV, y 127, párrafos primero y cuarto, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado número 286, tiene a bien expedir el siguiente

Punto de Acuerdo Parlamentario

Unico. Se exhorta, por parte de la LVII Legislatura al Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, a la honorable Cámara de Diputados federal a que esta última ejercite las facultades consideradas en el artículo 73, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con la mayor brevedad retome y, en su caso, apruebe la iniciativa de Ley Federal de Juegos con Apuestas, Sorteos y Casinos, que derogaría la actual Ley de Juegos y Sorteos.

Transitorios

Primero. El presente punto de acuerdo parlamentario surtirá sus efectos a partir de la fecha de expedición.

Segundo. Comuníquese el presente punto de acuerdo parlamentario a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión para que surta los efectos legislativos y legales correspondientes.

Tercero. Comuníquese el presente punto de acuerdo parlamentario al ciudadano gobernador constitucional del estado para su conocimiento y publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del estado.

Cuarto. Comuníquese al presente punto de acuerdo parlamentario a los cabildos de los H. ayuntamientos de los municipios del estado para su conocimiento y pronunciamiento a favor, en su caso.

Quinto. Dése vista a las Legislaturas de los estados de la República Mexicana para su conocimiento y adhesión al contenido del punto de acuerdo parlamentario.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Poder Legislativo, a los veinticuatro días del mes de septiembre del año dos mil tres.

Diputados: Juan José Castro Justo, Presidente; Constantino García Cisneros, David Jiménez Rumbo, secretario.

Segundo. Se ordenó formar el expediente parlamentario número 162/2003 y, con fecha treinta de octubre último, fue turnado a esta Comisión de Desarrollo Económico para su estudio, análisis y dictamen correspondientes.

Tercero. Del contenido del acuerdo parlamentario de que se trata se desprende que se ordenó su remisión para su conocimiento y adhesión de esta soberanía, por medio del cual exhortan a la honorable Cámara de Diputados federal a que esta última ejercite las facultades consideradas en el artículo 73, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con la mayor brevedad retome y, en su caso, apruebe la iniciativa de Ley Federal de Juegos con Apuestas, Sorteos y Casinos, que derogaría la actual Ley de Juegos y Sorteos.

Considerandos

Primero. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 45, 46, fracción I, y último párrafo, de la Constitución Política del estado de Tlaxcala; 9, fracción III, 77, 80 y 81, fracción XV, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Tlaxcala; y 35, 37, fracción XV, 53, fracción III, y 124 del Reglamento Interior del H. Congreso del estado de Tlaxcala, se tiene la facultad de conocer, analizar y resolver el contenido del mencionado punto de acuerdo parlamentario.

Segundo. La Comisión Dictaminadora llevó a cabo el análisis del punto de acuerdo emitido por el honorable Congreso del estado de Guerrero y, en primer término, debe decirse que, por lo que se refiere al exhorto que fue enviado a la Cámara de Diputados federal para que ejercite las facultades consideradas en el artículo 73, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con la mayor brevedad retome y, en su caso, se apruebe la iniciativa de Ley Federal de Juegos con Apuestas, Sorteos y Casinos, que derogaría la actual Ley de Juegos y Sorteos, esta Comisión considera que es procedente que la Cámara baja del Congreso de la Unión se aboque al estudio minucioso de la iniciativa propuesta y, a partir de las observaciones y los señalamientos que sobre la conveniencia de que en su concepto del Congreso de esa entidad federativa, generaría en beneficios sobre inversión, empleo y de recaudación fiscal para el país, resuelva y, en su caso, profundice en el análisis de los argumentos indicados.

Tercero. Finalmente, esta Comisión estima que, siendo de competencia federal la aprobación de la iniciativa que nos ocupa, se deje a la consideración del Congreso de la Unión su discusión y determinación sobre la procedencia de su aprobación y, en todo caso, se solicite a la Comisión de Turismo de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión que remita a esta soberanía la información relacionada con la iniciativa de Ley Federal de Juegos con Apuestas, Sorteos y Casinos, que derogaría la actual Ley de Juegos y Sorteos, para nuestro mejor conocimiento del estado que guarda el proceso legislativo correspondiente y, en su caso, emitir una opinión.

Con los preceptos legales antes citados se desprende que el honorable Congreso del estado es competente para conocer, analizar y resolver el contenido del citado punto de acuerdo parlamentare y se emite el siguiente

Dictamen

Primero. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 45, 46, fracción I, y último párrafo, de la Constitución Política del estado de Tlaxcala; 9, fracción III, 77, 80 y 81, fracción XV, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Tlaxcala; y 35, 37, fracción XV, 53, fracción III, y 124, esta soberanía resuelve que se adhiere al acuerdo parlamentario del honorable Congreso del estado de Guerrero por el cual se exhorta a la honorable Cámara de Diputados federal a que se aboque al estudio minucioso de la iniciativa propuesta y a partir de las observaciones y los señalamientos que sobre la conveniencia que en su concepto del Congreso de esa entidad federativa generaría en beneficios sobre inversión, empleo y de recaudación fiscal para el país, resuelva y, en su caso, profundice en el análisis de los argumentos indicados en el resultado primero de este dictamen.

Segundo. Instrúyase al secretario parlamentario para que solicite a la Comisión de Turismo de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión que remita a esta soberanía la información relacionada con la iniciativa de Ley Federal de Juegos con Apuestas, Sorteos y Casinos, que derogaría la actual Ley de Juegos y Sorteos, para nuestro mejor conocimiento del estado que guarda el proceso legislativo correspondiente y, en su caso, emitir una opinión.

Tercero. Asimismo, instrúyase al secretario parlamentario para que, dentro de sus funciones, remita el presente dictamen a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y a la Legislatura del estado de Guerrero, para los efectos procedentes.

Cuarto. Publíquese el presente punto de acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del estado, para su conocimiento general.

Dado en la Sala de Sesiones del Palacio Juárez, Recinto Oficial del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala de Xicohténcatl, a los diecinueve días del mes de febrero del año dos mil cuatro.

La Comisión Dictaminadora

Dip. José Gilberto Temoltzin Martínez (rúbrica)
Presidente

Dip. Víctor López Hernández (rúbrica)
Vocal

Dip. Alberto Amaro Corona (rúbrica)
Vocal
 
 
 

DE LA JUNTA DE COORDINACION POLITICA

Palacio Legislativo, México, DF, a 26 de febrero de 2004.

Dip. Juan de Dios Castro Lozano
Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados
Presente

En relación con el atento oficio de fecha 19 de diciembre del año 2003, suscrito por el C. diputado Pablo Gómez Alvarez, a través del cual solicita se considere su sustitución en la Comisión de Desarrollo Metropolitano, a la cual se encuentra incorporado y en su lugar se designa a la C. diputada Susana G. Manzanares Córdova, me permito hacer de su conocimiento lo siguiente:

En reunión de trabajo celebrada el pasado 23 de febrero del año en curso, los integrantes de la Junta de Coordinación Política, se dieron por enterados de la solicitud formulada en términos de lo dispuesto por los artículos 34, numeral 1, inciso c) y 44, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Lo anterior me permito hacerlo de su conocimiento para los efectos que resulten procedentes.

Atentamente
Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica)
Presidente
 
 

Palacio Legislativo, México, DF, a 26 de febrero de 2004.

Dip. Juan de Dios Castro Lozano
Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados
Presente

En relación con el atento oficio de fecha 11 de noviembre del año 2003, suscrito por el C. diputado Pablo Gómez Alvarez, a través del cual solicita sea sustituido de la Comisión de Turismo el diputado Pascual Sigala Páez y su lugar lo ocupe el diputado Francisco Mora Ciprés; asimismo, sea sustituido el diputado Francisco Mora Ciprés de la Comisión de Recursos Hidráulicos y su lugar lo ocupe el diputado Pascual Sigala Páez, me permito hacer de su conocimiento lo siguiente:

En reunión de trabajo celebrada el pasado 23 de febrero del año en curso, los integrantes de la Junta de Coordinación Política, se dieron por enterados de la solicitud formulada en términos de lo dispuesto por los artículos 34, numeral 1, inciso c), y 44, numeral, 2 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Lo anterior me permito hacerlo de su conocimiento para los efectos que resulten procedentes.

Sin otro particular por el momento, me es grato expresar a usted un cordial saludo.

Atentamente
Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica)
Presidente
 
 

Palacio Legislativo, México, DF, a 26 de febrero de 2004.

Dip. Juan de Dios Castro Lozano
Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados
Presente

En relación con el atento oficio de fecha 13 de noviembre del año 2003, suscrito por el C. diputado Pablo Gómez Alvarez, a través del cual solicita se considere la sustitución de la C. diputada María de los Dolores Padierna Luna, de la Comisión del Distrito Federal, designándose en su lugar a la C. diputada Lizbeth Eugenia Rosas Montero, me permito hacer de su conocimiento lo siguiente:

En reunión de trabajo celebrada el pasado 23 de febrero del año en curso, los integrantes de la Junta de Coordinación Política se dieron por enterados de la solicitud formulada en términos de lo dispuesto por los artículos 34, numeral 1, inciso c), y 44, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Lo anterior me permito hacerlo de su conocimiento para los efectos que resulten procedentes.

Sin otro particular por el momento, me es grato expresar a usted un cordial saludo.

Atentamente
Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica)
Presidente
 
 

Palacio Legislativo, México, DF, a 26 de febrero de 2004.

Dip. Juan de Dios Castro Lozano
Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados
Presente.

En relación con el atento oficio de fecha 17 de diciembre del año 2003, suscrito por el C. diputado Ricardo Rodríguez Rocha, a través del cual solicita se considere su sustitución en la Comisión de Vivienda, a la cual se encuentra incorporado, en atención a que según lo refiere, se encuentra en imposibilidad para cumplir con eficiencia dicha encomienda, me permito hacer de su conocimiento lo siguiente:

En reunión de trabajo celebrada el pasado 9 de febrero del año en curso, los integrantes de la Junta de Coordinación Política se dieron por enterados de la solicitud formulada al suscrito en mi carácter de coordinador del grupo parlamentario del PRI, en términos de lo dispuesto por los artículos 34, numeral 1, inciso c), y 44, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Lo anterior me permito hacerlo de su conocimiento para los efectos que resulten procedentes.

Sin otro particular por el momento, me es grato expresar a usted un cordial saludo.

Atentamente
Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica)
Presidente
 
 

Palacio Legislativo, México, DF, a 26 de febrero de 2004.

Dip. Juan de Dios Castro Lozano
Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados
Presente

En relación con el atento oficio de fecha 19 de diciembre del año 2003, suscrito por el C. diputado Carlos Blackaller Ayala, a través del cual solicita se considere su sustitución en la Comisión de Marina, a la cual se encuentra incorporado, en atención a que según lo refiere, se encuentra en imposibilidad para cumplir con eficiencia dicha encomienda, me permito hacer de su conocimiento lo siguiente:

En reunión de trabajo celebrada el pasado 9 de febrero del año en curso los integrantes de la Junta de Coordinación Política, se dieron por enterados de la solicitud formulada al suscrito en mi carácter de coordinador del grupo parlamentario del PRI, en términos de lo dispuesto por los artículos 34, numeral 1, inciso c), y 44, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Lo anterior me permito hacerlo de su conocimiento para los efectos que resulten procedentes.

Sin otro particular por el momento, me es grato expresar a usted un cordial saludo.

Atentamente
Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica)
Presidente
 
 

Palacio Legislativo, México, DF, a 26 de febrero de 2004.

Dip. Juan de Dios Castro Lozano
Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados
Presente

En relación con el atento oficio de fecha 21 de enero del año en curso, suscrito por el C. diputado Pablo Gómez Alvarez, a través del cual solicita se considere la baja de la C. diputada María Angélica Díaz del Campo de la Comisión de Cultura, me permito hacer de su conocimiento lo siguiente:

En reunión de trabajo celebrada el pasado 23 de febrero del año en curso, los integrantes de la Junta de Coordinación Política se dieron por enterados de la solicitud formulada en términos de lo dispuesto por los artículos 34, numeral 1, inciso c) y 44, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Lo anterior me permito hacerlo de su conocimiento para los efectos que resulten procedentes.

Sin otro particular por el momento, me es grato expresar a usted un cordial saludo.

Atentamente
Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica)
Presidente
 

México, Distrito Federal, a 15 de marzo de 2004.

Diputado Licenciado
Juan de Dios Castro Lozano
Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados
Presente

Por instrucciones del diputado Emilio Chuayffet Chemor, Presidente de la Junta de Coordinación Política, me permito remitir a usted para ser considerado en el orden del día de la sesión del Pleno del día 16 del mes en curso, la comunicación que en su carácter de coordinador del grupo parlamentario del PRI sometió a los integrantes de la Junta de Coordinación Política, en el que se dan de baja al C. diputado Gonzalo Moreno Arévalo de las Comisiones de Transportes, y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios; y al C. diputado David Hernández Pérez de la Comisión de Desarrollo Metropolitano.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente
Dr. Alfredo Salgado Loyo
Secretario Ejecutivo
 

Palacio Legislativo, México, DF, a 15 de marzo de 2004.

Dip. Juan de Dios Castro Lozano
Presidente de la Mesa Directiva
Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, numeral 1, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y a solicitud del diputado Pablo Gómez Álvarez, coordinador del grupo parlamentario del PRD, me permito solicitar a usted la modificación en la integración de las siguientes Comisiones:

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted
Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica)
Presidente
 
 

Palacio Legislativo, México, DF, a 15 de marzo de 2004.

Dip. Juan de Dios Castro Lozano
Presidente de la Mesa Directiva
Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, numeral 1, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 8º del Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos aprobado por el Pleno de la Cámara de Diputados el 7 de octubre de 2003, me permito solicitar a usted la modificación en la integración de las siguientes comisiones y el Comité de Administración, aprobadas en asamblea general del grupo parlamentario del PRI el pasado 12 del mes en curso:

Comisión de Desarrollo Rural

Cargo: Secretario
Nombre: Dip. Moreno Arévalo Gonzalo
En sustitución de: Dip. Arias Martínez Lázaro
 

Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social

Cargo: Secretario
Nombre: Dip. Herrera Solís Belizario Iram
En sustitución de: Dip. Nava Díaz Alfonso Juventino
 

Comisión de Fortalecimiento del Federalismo

Cargo: Secretario
Nombre: Dip. González Orantes César Amín
En sustitución de: Dip. Escalante Arceo Enrique Ariel
 

Comisión de Gobernación

Cargo: Secretario
Nombre: Dip. Hernández Pérez David
En sustitución de: Dip. Frías Castro Francisco Cuauhtémoc
 

Comisión Jurisdiccional

Cargo: Presidente
Nombre: Dip. Barbosa Gutiérrez Federico
En sustitución de: Dip. Romero Romero Jorge

Cargo: Secretario
Nombre: Dip. Muro Urista Consuelo
En sustitución de: Dip. Barbosa Gutiérrez Federico
 

Comisión de Pesca

Cargo: Secretario
Nombre: Dip. Mier y Concha Campos Eugenio
En sustitución de: Dip. Sánchez Vázquez Salvador

Cargo: Integrante
Nombre: Dip. Díaz Nieblas José Lamberto
En sustitución de: Dip. Ramírez Puga Leyva Héctor Pablo
 

Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios

Cargo: Secretario
Nombre: Dip. Fernández Saracho Jaime
En sustitución de: Dip. Celaya Luria Lino

Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública
Cargo: Presidente
Nombre: Dip. Buendía Tirado Angel
En sustitución de: Dip. Rojas Gutiérrez Francisco

Cargo: Secretario
Nombre: Dip. Osorio Sánchez Arturo
En sustitución de: Dip. Hinojosa Ochoa Baltazar Manuel

Comisión de Puntos Constitucionales
Cargo: Presidente
Nombre: Dip. Frías Castro Francisco Cuauhtémoc
En sustitución de: Dip. Yunes Linares Miguel Angel
 

Comisión de Vigilancia de la Auditoria Superior de la Federación

Cargo: Presidente
Nombre: Dip. Sánchez Vázquez Salvador
En sustitución de: Dip. Ibáñez Montes José Angel

Cargo: Secretario
Nombre: Dip. Zorrilla Fernández Guillermo
En sustitución de: Dip. Díaz Rodríguez Homero

Cargo: Secretario
Nombre: Dip. Nava Díaz Alfonso Juventino
En sustitución de: Dip. Campa Cifrián Roberto Rafael
 

Comité de Administración

Cargo: Presidente
Nombre: Dip. Gómez Sánchez Alfredo
En sustitución de: Dip. Moreno Valle Rosas Rafael

Cargo: Sustituto
Nombre: Dip. Jiménez Merino Francisco Alberto
En sustitución de: Dip. Gómez Sánchez Alfredo

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica)
Presidente
 
 
 

DE LA SECRETARIA GENERAL DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

Palacio Legislativo, México, DF, a 10 de marzo de 2004.

Dip. Juan de Dios Castro Lozano
Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Presente

Me permito hacer referencia al informe presentado por la Secretaría General, en términos del artículo 15, numeral 3 en correlación al 14 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, durante la Sesión Constitutiva de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados, celebrada el pasado 29 de agosto del 2003.

A este respecto, y como consecuencia de lo informado en dicha Sesión Constitutiva, en lo relativo a los expedientes SUP-REC-009/2003 y SUP-REC-010/2003 sobre la anulación de la elección y revocación de la Constancia de Mayoría y Validez ala fórmula ganadora en el Distrito 06 (Torreón) del estado de Coahuila, así como lo relativo al expediente SUP-REC-034/2003 sobre la anulación de la elección y revocación de la Constancia de Mayoría y Validez a la fórmula ganadora en el Distrito 05 (Zamora) del estado de Michoacán, los cuales fueron notificados por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; y tomando en consideración el desahogo del proceso electoral consecuencia del "Decreto por el que se convoca a elecciones extraordinarias de diputados federales a la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión en el distrito electoral federal 05, del estado de Michoacán, y en el distrito electoral federal 06, del estado de Coahuila" (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de octubre de 2003), me permito remitir a Usted de forma anexa el "Informe sobre las Elecciones Extraordinarias en los Distritos Electorales de Zamora, Michoacán y Torreón Coahuila", con la finalidad de que ese órgano determine lo conducente para llamar a los Diputados Electos a rendir la protesta constitucional y se realicen los registros legales y parlamentarios respectivos.

Sin más por el momento, quedo de usted.

Atentamente
Lic. Patricia Flores Elizondo (rúbrica)
Secretaria General
 

INFORME
SOBRE LAS ELECCIONES EXTRAORDINARIAS EN LOS DISTRITOS ELECTORALES DE ZAMORA, MICH. Y TORREÓN, COAH.

9 de marzo de 2004

A) ANTECEDENTES. Entre el 21 y el 25 de julio de 2003, la Secretaría General recibió de los presidentes de los 300 consejos distritales del Instituto Federal Electoral la documentación de la elección de diputados por el principio de mayoría relativa referida en los artículos 252 y 253 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, producto de los comicios federales del 6 de julio del mismo año, con lo cual dio inicio el proceso de renovación de la Cámara de Diputados para su LIX Legislatura. Cada Consejo Distrital entregó a la Secretaría General copia simple del Acta de Cómputo Distrital relativa a la elección de diputados por este principio; copia certificada de la Constancia de Mayoría y Validez expedida a la fórmula de candidatos que la hubieren obtenido; informe de los medios de impugnación interpuestos en contra de la elección de los diputados de mayoría relativa y copia simple del medio de impugnación interpuesto.

Los 300 expedientes del Proceso Electoral Federal del año 2003, para la renovación de la Cámara de Diputados se encuentran en resguardo en la Bóveda de Seguridad.

Del martes 22 de julio al lunes 4 de agosto de 2003, se recibieron las notificaciones de sentencias recaídas a los juicios de inconformidad y a un recurso de revisión, remitidas por las salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, como lo dispone el artículo 60 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y la segunda parte del inciso a), numeral 1, del artículo 14 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, por cuanto a la recepción de notificaciones de sentencias del órgano jurisdiccional electoral.

Entre el 16 y el 19 de agosto de 2003, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación notificó a la Secretaría General las sentencias a recursos de reconsideración interpuestos, dando cuenta de la anulación de elecciones en dos distritos electorales federales.

Según expedientes SUP-REC-009/2003 y SUP-REC-010/2003 recibidos el 19 de agosto, la Sala Superior resolvió anular la elección, revocar la asignación de la Constancia de Mayoría y Validez a la fórmula ganadora y convocar a nueva elección con respecto al Distrito 06 (Torreón) del estado de Coahuila.

De igual forma, según expediente SUP-REC-034/2003 de misma fecha, la Sala Superior resolvió anular la elección, revocar la asignación de la Constancia de Mayoría y Validez a la fórmula ganadora y convocar a nueva elección en el Distrito electoral 05 (Zamora) del estado de Michoacán.

Los expedientes generados en esta etapa se encuentran en custodia en la Bóveda de Seguridad de la Cámara de Diputados.

Con respecto a la documentación relativa a la asignación de diputados electos por el principio de representación proporcional, la Secretaría General con fecha viernes 22 de agosto de 2003 recibió copias certificadas de las constancias emitidas a los partidos políticos por el Consejo General del Instituto Federal Electoral, en cumplimiento con lo que dispone el artículo 263 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

El jueves 28 de agosto, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación notificó las resoluciones recaídas a los recursos de reconsideración interpuestos en contra de la asignación de diputados por este principio.

En esa misma fecha, en cumplimiento con el mandato del órgano jurisdiccional electoral, el Consejero Presidente del Consejo General del Instituto Federal Electoral remitió a esta Secretaría General copia de nuevo acuerdo con las constancias de asignación de diputados electos por el principio de representación proporcional expedidas al Partido del Trabajo y a Convergencia.

Por tal motivo, en virtud de la resolución 057/2003 de la Sala Superior del Tribunal Electoral, con la misma fecha la Secretaría General dejó sin efectos las acreditaciones expedidas en favor de dos diputados de representación proporcional, lo cual notificó oportunamente a los partidos políticos interesados.

En consecuencia, en la Sesión Constitutiva de la Cámara de Diputados en su LIX Legislatura, el 29 de agosto de 2003, la Secretaría General de acuerdo con los registros realizados, informó la siguiente
 

Estas cifras tomaron en cuenta la anulación de elecciones en dos distritos de mayoría relativa por disposición del órgano jurisdiccional electoral: el 06 del estado de Coahuila (Torreón), y 05 del estado de Michoacán (Zamora); así como la condición suspensiva determinada por el Consejo General del Instituto Federal Electoral para dos diputados de representación proporcional (3ª y 5ª circunscripciones plurinominales), hasta en tanto se tuviera el resultado de las elecciones extraordinarias que serían convocadas.

Por lo anteriormente expuesto, conforme lo dispone el inciso b), numeral 1, del artículo 14 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Secretaría General entregó credenciales de identificación y acceso al Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a diputadas y diputados electos, dando cuenta de ello en la Sesión Constitutiva de la LIX Legislatura del 29 de agosto último.

B) ACERCA DE LAS ELECCIONES EXTRAORDINARIAS. Para dar cumplimiento con lo previsto por la fracción IV del artículo 77 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por cuanto a expedir convocatoria para elecciones extraordinarias con el fin de cubrir las vacantes de sus respectivos miembros, así como con el numeral 1 del artículo 20 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en lo relativo a que ésta deberá emitirse dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a la conclusión de la última etapa del proceso electoral, el 7 de octubre de 2003 el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el Decreto por el que se convoca a elecciones extraordinarias de diputados federales a la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión en el distrito electoral federal 05, del estado de Michoacán, y en el distrito electoral federal 06, del estado de Coahuila, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación del 9 de octubre.

La convocatoria estableció que las elecciones extraordinarias de diputados federales propietario y suplente, a la LIX Legislatura del Congreso de la Unión, se realizarían el domingo 14 de diciembre de 2003 en el 05 Distrito Electoral Federal del estado de Michoacán, con sede en la ciudad de Zamora, y el 06 Distrito Electoral Federal del estado de Coahuila, con sede en la ciudad de Torreón, en los términos de las disposiciones incluidas en ésta y con lo que establecen el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral. (ANEXO I)

C) DOCUMENTACIÓN DEL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO. Con base en los resultados de las elecciones extraordinarias de diputados federales propietario y suplente a la LIX Legislatura del Congreso de la Unión, el 22 de diciembre de 2003 la Secretaría General recibió de los presidentes de los respectivos consejos distritales del Instituto Federal Electoral la documentación referida en los artículos 252 y 253 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Esta área acusó recibo de la copia certificada de la Constancia de Mayoría y Validez expedida a la fórmula de candidatos que la hubieren obtenido; del informe de los medios de impugnación interpuestos en contra de la elección de los diputados de mayoría relativa; y de la copia simple de los propios medios de impugnación; documentación que se incorporó en cada expediente de la elección de diputados federales por el principio de mayoría relativa y que se tiene disponible en la Bóveda de Seguridad de la Cámara de Diputados.

De la documentación legal recibida se desprende que en el 05 Distrito Electoral Federal del estado de Michoacán se registraron tres medios de impugnación interpuestos; en tanto que en el 06 Distrito Electoral Federal del estado de Coahuila se da conocimiento de la interposición de un medio de impugnación en contra de la elección extraordinaria. Por tal motivo, la Secretaría General estaría a la espera de la recepción de las resoluciones del órgano jurisdiccional electoral, esto es, de la notificación de sentencias que remitirían las salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

D) NOTIFICACIONES DEL TRIBUNAL ELECTORAL. A Juicios de Inconformidad:

El viernes 9 de enero de 2004, la Secretaría General recibió la notificación de la sentencia recaída a un juicio de inconformidad la cual fue remitida por la Sala Regional Monterrey (2ª Circunscripción) del Tribunal Electoral; cumpliéndose lo dispuesto por el artículo 60 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y la segunda parte del inciso a), numeral 1, del artículo 14 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Para efectos de identificar la composición de la Cámara de Diputados en su LIX Legislatura, en la resolución de este medio de impugnación la Sala Regional consigna que se confirma la validez de la elección y el otorgamiento de la Constancia de Mayoría y Validez de la elección de diputados al H. Congreso de la Unión, a la fórmula de candidatos de la coalición "Alianza para Todos"; integrada por Laura Reyes Retana Ramos, como propietario y Ana Luz Negrete Velázquez, como suplente, en el 06 Distrito Electoral Federal del estado de Coahuila, con sede en la ciudad de Torreón.

Por cuanto al 05 Distrito Electoral Federal del estado de Michoacán, el lunes 2 de febrero de 2004 se recibieron tres notificaciones de sentencias de la Sala Regional Toluca (5ª Circunscripción), a igual número de juicios de inconformidad interpuestos, en correspondencia con lo informado por el Consejo Distrital del Instituto Federal Electoral.

En los expedientes identificados con los números JIN-045 y JIN-047, se consigna que se confirma la declaración de validez de la elección extraordinaria de diputados federales por el principio de mayoría relativa, realizada por el 05 Consejo Distrital Uninominal, con sede en Zamora, Michoacán... lo mismo que el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez... a los integrantes de la fórmula de candidatos del Partido de la Revolución Democrática los CC. REYNALDO FRANCISCO VALDÉS MANZO en su carácter de propietario y BLANCA ISABEL ARRIAGA MARÍN como suplente.

Con respecto al recurso según expediente JIN-046, la Sala Regional Toluca resuelve que SE DESECHA DE PLANO la demanda de juicio de inconformidad promovida por la "COALICIÓN ALIANZA PARA TODOS"...

En consecuencia, la Secretaría General informa que, en las fechas que se indican previamente, se completó la recepción de notificaciones de las salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por cuanto a las sentencias recaídas a los juicios de inconformidad interpuestos en contra de la elección extraordinaria de diputados federales por el principio de mayoría relativa, celebradas en los distritos electorales 05 del estado de Michoacán y 06 del estado de Coahuila.

A Recursos de Reconsideración:

Asimismo, se informa que con fecha 19 de febrero de 2004 se recibieron las notificaciones de tres sentencias a igual número de recursos de reconsideración interpuestos en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

En lo que se refiere al 06 Distrito Electoral Federal con cabecera en Torreón, estado de Coahuila, según el expediente SUP-REC- 001/2004, la Sala Superior resolvió que se desecha la demanda mediante la cual se promueve el recurso de reconsideración presentado por la Coalición Alianza para Todos, ...

Según la notificación número SUP-REC- 002/2004, la Sala Superior resuelve que se confirma la sentencia emitida por la Sala Regional en la Segunda Circunscripción Plurinominal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación el nueve de enero de dos mil cuatro, ...

En consecuencia, el expediente de referencia remitido por la Sala Regional y conocido por esta Secretaría General consigna que se confirma la validez de la elección y el otorgamiento de la Constancia de Mayoría y Validez de la elección de diputados al H. Congreso de la Unión, a la fórmula de candidatos de la coalición "Alianza para Todos"; integrada por Laura Reyes Retana Ramos, como propietario y Ana Luz Negrete Velázquez, como suplente. (ANEXO II)

Por cuanto al 05 Distrito Electoral Federal con cabecera en Zamora, estado de Michoacán, según el expediente SUP-REC-003/2004, la Sala Superior resolvió que se confirma la resolución del dos de febrero del año dos mil cuatro, dictada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal, con sede en Toluca de Lerdo, Estado de México, ...

De la documentación respectiva, ya enunciada en el apartado anterior, la Sala Regional notificó su sentencia en el sentido de que se confirma la declaración de validez de la elección extraordinaria de diputados federales por el principio de mayoría relativa, realizada por el 05 Consejo Distrital Uninominal, con sede en Zamora, Michoacán, ... lo mismo que el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez ... a los integrantes de la fórmula de candidatos del Partido de la Revolución Democrática los CC. REYNALDO FRANCISCO VALDÉS MANZO en su carácter de propietario y BLANCA ISABEL ARRIAGA MARÍN como suplente. (ANEXO III)

Por lo anteriormente expuesto, y con base en la documentación electoral recibida de los consejos distritales del Instituto Federal Electoral y de las salas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la Secretaría General se permite informar que, como resultado de la convocatoria a elecciones extraordinarias de diputados federales a la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 9 de octubre y celebradas el 14 de diciembre de 2003, habrá de llamarse a rendir protesta y realizarse lo conducente para los registros legales y parlamentarios a los siguientes diputados electos por el principio de mayoría relativa:

05 Distrito Electoral Federal del estado de Michoacán, con sede en la ciudad de Zamora:
DIP. REYNALDO FRANCISCO VALDÉS MANZO, como propietario; y
DIP. BLANCA ISABEL ARRIAGA MARÍN, como suplente.

06 Distrito Electoral Federal del estado de Coahuila, con sede en la ciudad de Torreón:
DIP. LAURA REYES RETANA RAMOS, como propietario; y
DIP. ANA LUZ NEGRETE VELÁZQUEZ, como suplente.

ANEXO I

Iniciativa con proyecto de decreto, por el que se expide la convocatoria a elecciones extraordinarias de diputados federales a la LIX Legislatura del H. Congreso de la Union en los distritos electorales federales 05, del estado de Michoacan, y 06, del estado de Coahuila, suscrita por los coordinadores de los grupos parlamentarios en la sesion del martes 7 de octubre de 2003

Los diputados federales Elba Esther Gordillo Morales, coordinadora del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Francisco Barrio Terrazas, coordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional; Pablo Gómez Alvarez, coordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Jorge Kahwagi Macari, coordinador del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Alejandro González Yáñez, coordinador del grupo parlamentario del Partido del Trabajo; y Jesús Martínez Alvarez, coordinador del grupo parlamentario del Partido Convergencia, en ejercicio de la facultad que nos confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 77, fracción IV, de nuestra Carta Magna, así como al numeral 1 del artículo 20 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, sometemos a la consideración de esta soberanía, solicitando se le pueda dar el trámite de urgente resolución, de acuerdo con lo previsto en los artículos 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, el siguiente proyecto de decreto por el que se expide la convocatoria a elecciones extraordinarias de diputados federales a la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión en el distrito electoral federal 05, del estado de Michoacán, y en el distrito electoral federal 06, del estado de Coahuila, tomando como base las siguientes

Consideraciones

Primero. Que, según lo establecen los artículos 51 y 52 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión se integra por 500 diputados, que son elegidos en su totalidad cada tres años. De ellos, 300 son electos por el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales; y 200 más, electos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas regionales votadas en circunscripciones plurinominales.

Segundo. Que, de acuerdo con lo anterior y con base en lo previsto en la normatividad electoral aplicable, el 6 de julio de 2003 se llevaron a cabo elecciones federales ordinarias de diputados por el principio de mayoría relativa y por el de representación proporcional para integrar la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados.

Tercero. Que con fecha 19 de agosto de 2003, la Secretaría General de la Cámara de Diputados fue notificada mediante el oficio SGA-JA-1394/2003, al cual se anexó copia certificada de la sentencia por virtud de la que se anula la elección de diputados de mayoría relativa del distrito electoral federal 06, con sede en Torreón, Coahuila, y como consecuencia se revoca la constancia de mayoría y validez otorgada por el Consejo Distrital respectivo, dictada por la Sala Superior del Tribunal Federal Electoral del Poder Judicial de la Federación con relación a los recursos de reconsideración de expedientes SUP-REC-009/2003.

Cuarto. Que el mismo 19 de agosto, la Secretaría General de la Cámara de Diputados fue notificada mediante el oficio SGA-JA-1397/2003, al cual se anexó copia certificada de la sentencia mediante la que se anula la elección de diputados de mayoría relativa del distrito electoral federal 05, del estado de Michoacán, con sede en Zamora, y como consecuencia se revoca la constancia de mayoría y validez otorgada por el Consejo Distrital respectivo, dictada por la Sala Superior del Tribunal Federal Electoral del Poder Judicial de la Federación relativa al recurso de reconsideración de expedientes SUP-REC-034/2003.

Quinto. Que el Instituto Federal Electoral, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 263, párrafo primero, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, remitió a la Secretaría General de la Cámara de Diputados mediante el oficio PCG/341/03 copia certificada del "Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se efectúa el cómputo total, se declara la validez de la elección de diputados por el principio de representación proporcional y se asignan a los partidos políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, del Trabajo, Verde Ecologista de México, y Convergencia, los diputados que por este principio les corresponden", que en su punto sexto señala que la asignación de los diputados por el principio de representación proporcional del Partido Revolucionario Institucional, correspondientes a las fórmulas ubicadas en los lugares decimocuarto y décimo de las circunscripciones tercera y quinta, queda sujeta a la condición suspensiva del resultado definitivo, firme e inatacable, de las elecciones federales extraordinarias en los distritos 05 del estado de Michoacán y 06 del estado de Coahuila.

Sexto. Que la LIX Legislatura se integra actualmente por 496 diputados, haciéndole falta para su formación total dos diputados por el principio de mayoría relativa y dos más por el principio de representación proporcional, con sus respectivos suplentes.

Séptimo. Que la Cámara de Diputados está facultada para expedir convocatoria a elecciones extraordinarias con el fin de cubrir las vacantes de sus miembros, según lo previene la fracción IV del artículo 77 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Octavo. Que el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales establece en su artículo 20, numeral 1, que cuando se declare nula una elección, la convocatoria para la elección extraordinaria deberá emitirse dentro de los 45 días siguientes a la conclusión de la última etapa del proceso electoral.

Noveno. Que el 28 de agosto de 2003, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió los últimos recursos de reconsideración, del total de medios de impugnación interpuestos con motivo de la elección de diputados a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión y, en tal virtud, para dar cumplimiento al artículo 174, numeral 1, del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales, publicó en el Diario Oficial de la Federación el miércoles 3 de septiembre de 2003 la certificación de la declaración formal de conclusión del proceso electoral federal ordinario 2002-2003.

Décimo. Que, como consecuencia del punto anterior, a partir del 29 de agosto de 2003, fecha en que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación concluyó la última etapa del proceso electoral, empieza el cómputo de los 45 días que tiene la Cámara de Diputados para emitir la convocatoria a elecciones extraordinarias.

Por lo anteriormente expuesto, en ejercicio de la facultad que nos confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 77, fracción IV, de nuestra Carta Magna, así como al numeral 1 del artículo 20 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, los diputados federales Elba Esther Gordillo Morales, coordinadora del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Francisco Barrio Terrazas, coordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional; Pablo Gómez Alvarez, coordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Jorge Kahwagi Macari, coordinador del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Alejandro González Yáñez, coordinador del grupo parlamentario del Partido del Trabajo; y Jesús Martínez Alvarez, coordinador del grupo parlamentario del Partido Convergencia, sometemos a la consideración de esta soberanía el

Decreto por el que se convoca a elecciones extraordinarias de diputados federales a la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión en el distrito electoral federal 05, del estado de Michoacán, y en el distrito electoral federal 06, del estado de Coahuila

Artículo 1. Se convoca a elecciones extraordinarias de diputados federales propietario y suplente a la LIX Legislatura del Congreso de la Unión en el distrito electoral federal 05, del estado de Michoacán, con sede en la ciudad de Zamora, y en el distrito electoral federal 06, del estado de Coahuila, con sede en la ciudad de Torreón.

Artículo 2. Las elecciones extraordinarias se celebrarán el domingo 14 de diciembre de 2003, de acuerdo con lo dispuesto en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en materia Electoral, y conforme a las disposiciones de la presente convocatoria.

Artículo 3. Los candidatos a diputados propietario y suplente deberán cumplir los requisitos de elegibilidad previstos en el artículo 55 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 7 y 8 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Artículo 4. El Instituto Federal Electoral, conforme a lo dispuesto en los artículos 20 y 21 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, ajustará los plazos fijados por la ley para las diferentes etapas del proceso electoral, tomando en cuenta la fecha fijada en este decreto para la verificación de la elección extraordinaria.

El propio Instituto publicará oportunamente en el Diario Oficial de la Federación los acuerdos que adopte conforme a lo previsto en este artículo.

Artículo 5. El periodo de ejercicio constitucional de los diputados federales que resulten electos en los comicios electorales extraordinarios concluirá el 31 de agosto del año 2006.

Transitorio

Unico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 7 días del mes de octubre de 2003.

Diputados: Elba Esther Gordillo Morales (rúbrica), coordinadora del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Francisco Barrio Terrazas (rúbrica p.a.), coordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional; Pablo Gómez Alvarez (rúbrica p.a.), coordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Jorge Kahwagi Macari (rúbrica), coordinador del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Alejandro González Yáñez (rúbrica), coordinador del grupo parlamentario del Partido del Trabajo; Jesús Martínez Alvarez (rúbrica), coordinador del grupo parlamentario del Partido Convergencia.

(Aprobado en lo general y en lo particular por 436 votos y 4 abstenciones. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación. Octubre 7 de 2003.)
 

ANEXO II

INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL

CONSTANCIA DE MAYORIA Y VALIDEZ DE LA ELECCION EXTRAORDINARIA DE DIPUTADOS AL H. CONGRESO DE LA UNION

El Consejero Presidente del Consejo Distrital del Instituto Federal Electoral, correspondiente al 06 Distrito Electoral Federal con cabecera en TORREON en EL ESTADO DE COAHUILA en cumplimiento de la resolución tomada en sesión de fecha DIECISIETE de DICIEMBRE de 2003, por este cuerpo colegiado, en la que se efectuó el cómputo y se declaró la validez de la elección extraordinaria para Diputados de Mayoría Relativa en este Distrito, así como la elegibilidad de los candidatos que obtuvieron la mayoría de votos, y de conformidad con lo dispuesto en las partes conducentes de los artículos 41; 52 y 55 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 7; 117, párrafo 1, inciso e); 247 y 248 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, expide a la fórmula integrada por el C. LAURA REYES RETANA RAMOS, como propietario y el C. ANA LUZ NEGRETE VELÁZQUEZ, como suplente, la presente CONSTANCIA DE MAYORIA Y VALIDEZ, como Diputados electos.

En la Ciudad de TORREON, COAHUILA a los 17 días del mes de DICIEMBRE de 2003

Consejo Distrital

Lic. Nicolás Estrada Reza (rúbrica)
Consejero Presidente

Lic. Jesús M. Ruiz García (rúbrica)
Secretario

Laura Reyes Retana Ramos (rúbrica)
Propietario

Ana Luz Negrete Velázquez (rúbrica)
Suplente
 

EL SUSCRITO LIC. NICOLAS ESTRADA REZA, CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO DISTRITAL 06, DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, EN EL ESTADO DE COAHUILA, CERTIFICA Y HACE CONSTAR, QUE EL PRESENTE DOCUMENTO EN UNA FOJA ÚTIL, ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL EL CUAL TUVE A LA VISTA Y QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE ESTE 06 CONSEJO DISTRITAL.

SE EXTIENDE LA PRESENTE CERTIFICACIÓN EN LA CIUDAD DE TORREÓN, COAHUILA A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRES.

LIC. NICOLAS ESTRADA ESTRADA REZA
(rúbrica)
PRESIDENTE DEL CONSEJO DISTRITAL 06
 

ANEXO III

INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL

CONSTANCIA DE MAYORIA Y VALIDEZ DE LA ELECCION EXTRAORDINARIA DE DIPUTADOS AL H. CONGRESO DE LA UNION

El Consejero Presidente del Consejo Distrital del Instituto Federal Electoral, correspondiente al 05 Distrito Electoral Federal con cabecera en ZAMORA, en MICHOACAN, en cumplimiento de la resolución tomada en sesión de fecha DIECISIETE de DICIEMBRE de 2003, por este cuerpo colegiado, en la que se efectuó el cómputo y se declaró la validez de la elección extraordinaria para Diputados de Mayoría Relativa en este Distrito, así como la elegibilidad de los candidatos que obtuvieron la mayoría de votos, y de conformidad con lo dispuesto en las partes conducentes de los artículos 41; 52 y 55 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 7; 117, párrafo 1, inciso e); 247 y 248 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, expide a la fórmula integrada por el C. REYNALDO FRANCISCO VALDES MANZO como propietario y el C. BLANCA ISABEL ARRIAGA MARIN, como suplente, la presente CONSTANCIA DE MAYORIA Y VALIDEZ, como Diputados electos.

En la Ciudad de ZAMORA, MICHOACAN a los DIECISIETE días del mes de DICIEMBRE de 2003.

CONSEJO DISTRITAL

Lic. Julián de la Paz Mercado (rúbrica)
Consejero Presidente

Andrés Corona Hernández (rúbrica)
Secretario

FIRMA DE LOS INTERESADOS

REYNALDO FRANCISCO VALDES MANZO
(rúbrica)
PROPIETARIO

BLANCA ISABEL ARRIAGA MARIN (rúbrica)
SUPLENTE
 

CERTIFICACION: EL SUSCRITO C. LIC. JULIAN DE LA PAZ MERCADO, CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO DISTRITAL Y VOCAL EJECUTIVO DE LA JUNTA DISTRITAL EJECUTIVA 05 DEL INSTITUTO FEDERAL EN MICHOACAN, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 117, 178, 179 Y CORRELATIVOS DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, HACE CONSTAR Y CERTIFICA: QUE LA PRESENTE COPIA FOTOSTATICA DE LA "CONSTANCIA DE MAYORIA Y VALIDEZ DE LA ELECCION EXTRAORDINARIA DE DIPUTADOS AL H. CONGRESO DE LA UNION". OTORGADA EL DIA 17 DEL PRESENTE MES A LA FORMULA TRIUNFADORA INTEGRADA POR LOS CC. REYNALDO FRANCISCO VALDES MANZO Y BLANCA ISABEL ARRIAGA MARIN, PROPIETARIO Y SUPLENTE, RESPECTIVAMENTE, DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA, POR EL CONSEJO DISTRITAL 05 DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL EN MICHOACAN, CONSTANTE DE UNA FOJA UTIL EN SU ANVERSO Y CUYO REVERSO NO TIENE TEXTO, CONCUERDA FIELMENTE EN TODAS Y CADA UNA DE SUS PARTES CON SU ORIGINAL QUE TUVE A LA VISTA Y QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE ESTE ORGANO DISTRITAL COLEGIADO TEMPORAL.

ZAMORA DE HIDALGO, MICHOACAN, 20 VEINTE DE DICIEMBRE DE 2003 DOS MIL TRES.

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO DISTRITAL Y VOCAL EJECUTIVO DE LA JUNTA DISTRITAL 05 DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL EN MICHOACAN

LIC. JULIAN DE LA PAZ MERCADO (rúbrica)
 
 













Oficios
DE LA COMISION PERMANENTE

México, DF, a 25 de febrero de 2004.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Edificio

En sesión celebrada en esta fecha en la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, se dio cuenta con la solicitud de licencia de la diputada Martha Laguette Lardizábal, y se aprobó el siguiente punto de acuerdo:

"Unico.- Se concede licencia por tiempo indefinido a la diputada Martha Laguette Lardizábal, para separarse de sus funciones como diputada federal, electa en el octavo distrito electoral federal del estado de Chihuahua, a partir del 27 de febrero del presente año." Lo que comunicamos a ustedes para los efectos legales a que haya lugar.

Dip. Yolanda Valladares Valle (rúbrica)
Secretaria

Dip. Marcela Guerra Castillo (rúbrica)
Secretaria
 

Comisión Permanente

1er. Receso
1er. Año de Ejercicio

Informe de Labores
15 diciembre 2003-15 marzo 2004

Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios

CC Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Edificio.

Tenemos el honor de remitir a ustedes, el informe de las Actividades realizadas por la Honorable Comisión Permanente, durante el Primer Receso, del Primer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Novena Legislatura, con el que se dio cuenta en la sesión celebrada en esta fecha.

La presidencia dictó el siguiente trámite: "De enterado, insértese en el Diario de los Debates y remítase a las Honorables Cámaras de Diputados y Senadores".

México, DF, a 15 de marzo de 2004.

Dip. Manuel Camacho Solís (rúbrica)
Secretario

Dip. Marcela Guerra Castillo (rúbrica)
Secretaria
 

Informe sintetizado
(hasta sesión del día 10 de marzo de 2003)

Sesiones realizadas
Sesión Solemne: 1
Total:13

Oradores en Tribuna:
PRI - 93
PAN - 68
PRD - 85
PVEM - 16
PT - 12
PC - 13
Presidente de Costa Rica - 1
Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos - 1
Total: 289

Horas Transcurridas 38:34

Comisiones Reglamentarias y Protocolarias: 26

Comunicaciones de Legislaturas Locales:
*35 de ellas fueron remitidas a comisiones legislativas: 39
Comunicación de la Cámara de Diputados de la República de Chile: 1
Condecoraciones que otorgan Gobiernos extranjeros, permisos para aceptar y usar: 54
Cónsul General, nombramiento de: 9
Cónsul Honorario, permiso para aceptar y desempeñar el cargo: 6
Diputados que solicitan licencia: 2
Diputados que se reincorpora: 1
Embajadas o Consulados, permiso para prestar servicios: 34
Embajadas o Consulados, dejar de prestar servicios: 1
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, nombramiento de: 5
Excitativas a comisiones: 8
Grados Militares, ratificación de: 90
Magistrado de la Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa: 1
Minuto de silencio: 1
Presidente de la República, permiso para ausentarse del territorio nacional: 2
Puntos de acuerdo, aprobados: 28
Puntos de acuerdo, proposiciones de: 93
Contestaciones de dependencias a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados: 21
Contestaciones de dependencias a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Senadores: 25
Contestaciones de dependencias a puntos de acuerdo aprobados por la Comisión Permanente: 6
Representante Permanente de México ante los Organismos Internacionales con sede en Ginebra Suiza, nombramiento de: 1
Senadores que solicitan licencia: 4
Senador que se reincorpora: 1
Temas de agenda política: 15
Dictámenes con puntos de acuerdo de la Primera Comisión, aprobados: 19
Dictámenes con puntos de acuerdo de la Segunda Comisión, aprobados: 6
Dictámenes con puntos de acuerdo de la Tercera Comisión, aprobados: 13
Dictamen con puntos de acuerdo de la Tercera Comisión, desechado: 1

Iniciativas presentadas
Ejecutivo - 7
Congresos Estatales - 7
PRI - 13
PAN - 7
PRD - 4
PVEM - 2
PC - 2
Comisiones Legislativas - 1
Todos los grupos parlamentarios - 2
Total: 45

Informes de Actividades de Comisiones de Trabajo: 3
 
 
 

DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, CON EL QUE REMITE LAS OBSERVACIONES QUE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA HACE AL DECRETO EMITIDO POR EL CONGRESO DE LA UNION DURANTE EL PASADO PERIODO DE SESIONES POR EL QUE SE REFORMA EL ARTICULO 222 DE LA LEY GENERAL DE SALUD
 

México, DF, 15 de marzo de 2004.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
Presentes

Con fundamento en lo dispuesto por la fracción XIV del Artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con el presente envío a ustedes las observaciones que el Presidente de la República hace al Decreto emitido por el H. Congreso de la Unión durante el pasado periodo de sesiones, por el que se reforma el artículo 222 de la Ley General de Salud; en ejercicio de la facultad que le confiere el Artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En virtud de lo anterior, devuelvo al Honorable Congreso de la Unión el original del Decreto de referencia, con las firmas autógrafas de los legisladores Dip. Juan de Dios Castro Lozano, Sen. Enrique Jackson Ramírez, Dip. Marcos Morales Torres y Sen. Lydia Madero García, Presidentes y Secretarios de las Cámaras de Diputados y Senadores, respectivamente.

Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

Atentamente.
El Subsecretario de Enlace Legislativo
Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica)
 

C. Presidente de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presente.

El día 19 de diciembre de 2003 se recibió en la Secretaría de Gobernación el oficio número III-310, de fecha 12 de diciembre de ese mismo año, suscrito por la senadora Lydia Madero García y el diputado Marcos Morales Torres, mediante el cual el Honorable Congreso de la Unión remitió al Ejecutivo Federal a mi cargo; .para los efectos constitucionales correspondientes, el "Decreto por el que se reforma el artículo 222 de la Ley General de Salud", aprobado el 12 de diciembre de 2003.

Al respecto, con el propósito de continuar con el proceso legislativo y estando dentro del término señalado por el inciso b) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito devolver el mencionado Decreto a esa Soberanía para efectos de lo dispuesto por el inciso c) del mismo precepto constitucional.

Es importante destacar que la posibilidad de formular observaciones a los proyectos de leyes y decretos aprobados por el Congreso de la Unión constituye un instrumento institucional, cuya finalidad es propiciar una mayor reflexión sobre los asuntos de particular interés para la Nación.

Ante todo, es oportuno reconocer que el Honorable Congreso de la Unión ha sabido interpretar fielmente las prioridades que demanda el interés nacional, como se puede constatar con la emisión de nuevas leyes, o reformas y adiciones a las ya existentes, que recogen el sentir de muchos mexicanos.

Es así como, sin ocultar las diferencias propias de la diversidad política, el Poder Legislativo ha asumido un compromiso de diálogo permanente, marcado por la firme determinación de lograr coincidencias, convirtiendo éstas en ordenamientos que nos permitan enfrentar los nuevos desafíos y las necesidades hasta ahora desatendidas.

En este contexto, el Ejecutivo Federal a mi cargo comparte sin cortapisas las inquietudes detectadas acertadamente por legisladores de diversos partidos representados en el Honorable Congreso de la Unión, en cuanto a la necesidad de revisar y, en su caso, actualizar el marco legal relativo a la comercialización de medicamentos en nuestro país, sobretodo de aquéllos que son producidos en el extranjero y que, vía importación, llegan a los particulares, a través de nuestras instituciones de salud o de las empresas farmacéuticas.

Es pertinente reconocer a la industria farmacéutica nacional, tanto aquélla de origen mexicano como aquélla que, proviniendo del exterior, ha escogido a nuestro país para establecerse, en ambos casos participando en la creación de empleos, en la inversión productiva, en la aportación de recursos fiscales y en la investigación científica; todo en beneficio de México. En este sentido, reitero la disposición de la presente administración para apoyar y promover la consolidación de esta importante rama de la economía.

Este apoyo decidido puede y debe armonizarse con el interés superior de que todos los mexicanos que han visto afectada su salud puedan, en ejercicio del derecho previsto en el artículo 4o. de la Constitución, tener acceso a los medicamentos, sin por ello ver gravemente afectada su economía familiar. Más aún, este derecho tiene que seguir siendo garantizado por las instituciones estatales del sector salud.

Es importante recordar que el Derecho a la Salud incluye también el contar -con toda oportunidad- con aquellos medicamentos de vanguardia o innovadores que se producen para atacar enfermedades que aún no tienen una cura definitiva, o bien aquellos padecimientos recientes que aquejan a nuestra sociedad.

Por todo ello, el presente instrumento, más que confrontar, busca armonizar lo arriba señalado, promoviendo un espacio de análisis que nos permita encontrar nuevas fórmulas para mejorar y perfeccionar el control sanitario de los medicamentos, tanto nacionales como importados, con miras a asegurar su calidad y eficacia, sin por ello afectar los limitados presupuestos de las instituciones de salud o menos aún la economía de los que menos tienen.

Estamos seguros que el Congreso de la Unión comparte esta necesidad de concordar, por una parte, los requisitos que se demandan para un correcto control sanitario en la importación, con la exigencia para las instituciones de salud de obtener las mejores condiciones en precio; asegurando al mismo tiempo el abasto oportuno y el acceso a los medicamentos resultantes de la investigación más innovadora y avanzada. Es en este contexto, que me permito someter a la consideración de esa Soberanía las siguientes

OBSERVACIONES

Con la reforma aprobada por el Honorable Congreso de la Unión, se eleva a rango de Ley el "requisito de planta", es decir, la obligación de contar con licencia sanitaria de fábrica o laboratorio de medicamentos o productos biológicos para uso humano, para poder obtener el registro sanitario correspondiente. Esto significa que los fabricantes extranjeros o los importadores de medicamentos forzosamente deben tener una fábrica o laboratorio en territorio nacional, a fin de poder obtener el registro sanitario necesario para la comercialización del medicamento.

En efecto, el artículo 222 aprobado por el Congreso de la Unión establece lo siguiente:

"La Secretaría de Salud sólo concederá la autorización correspondiente a los medicamentos, cuando se demuestre que las substancias que contengan, reúnan las características de eficacia, seguridad y calidad y tomarán en cuenta, en su caso, lo dispuesto por el artículo 428 de esta Ley.

Para ser titular del registro sanitario de un medicamento se requiere contar con licencia sanitaria de fábrica o laboratorio de medicamentos o productos biológicos para uso humano."

Al respecto, no obstante los elevados propósitos que se persiguen con la reforma de mérito, un análisis integral sobre las implicaciones de tipo jurídico, sanitario, económico y de comercio internacional que tendrá la aplicación de esta disposición legal, en los términos en que fue aprobada, lleva a concluir que la aplicación de dicha reforma quizás contribuya a facilitar el control sanitario, pero a la vez tendría efectos adversos en otros no menos importantes aspectos, como el precio, el abasto y el acceso a medicamentos de última generación.

Antes de proceder al desarrollo de cada una de las observaciones específicas que justifican el presente instrumento, se considera importante subrayar que, a la fecha, no se cuenta con un diagnóstico preciso que compruebe que las importaciones de medicamentos han representado un riesgo sanitario para nuestro país.

Conforme al marco legal vigente, la Secretaría de Salud ha ejercido un estricto control sanitario a la importación de medicamentos y de las materias primas que intervienen en su elaboración, es decir, la importación de medicamentos no se realiza de manera libre y arbitraria. En efecto, uno de los medios mediante los cuales se ha ejercido dicho control sanitario es a través del otorgamiento del registro sanitario de productos. Para obtenerlo es necesario satisfacer, entre otros requisitos, diversas pruebas que tienen por objeto determinar el grado de riesgo inherente al producto y por consecuencia, si procede o no la autorización para comercializarlas. Estas pruebas se aplican a cualquier producto que pretenda comercializarse en territorio nacional, independientemente de que haya sido fabricado en México o en el extranjero.

Una vez concedido el registro, la vigilancia de que dicho producto no genere un riesgo sanitario, se ejerce mediante las facultades de supervisión y vigilancia que la Ley confiere a las autoridades sanitarias, en este caso, a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

Como se puede apreciar, en la actualidad ya existen mecanismos que evitan el riesgo de colocar en el mercado medicamentos que puedan dañar la salud. Ahora bien, ello de ninguna manera significa que no debamos avanzar en el mejoramiento y actualización de los mecanismos existentes, a fin de otorgar a la población mexicana la certeza de que los medicamentos que consumen son de alta calidad. Sin embargo, por las razones que se exponen a continuación, se estima que el "requisito de planta", previsto en el artículo 222 de la Ley General de Salud y aprobado por esa Soberanía, no constituye el mecanismo idóneo para lograr dicho fin.

1. La gran mayoría de los fabricantes ubicados en México no producen los medicamentos, sino que únicamente completan el proceso, es decir, importan las materias primas que intervienen en su elaboración, tales como sales y principios activos, y solamente agregan el aditivo, encapsulan, fabrican la tableta o el comprimido, envasan y empacan.

Por lo anterior, aún cuando una fábrica o laboratorio en México cumpliera con buenas prácticas de manufactura, su ubicación en territorio nacional no garantiza, per se, la pureza, calidad o efectividad del principio activo que importan.

Por otra parte, en los términos de la reforma aprobada, el hecho de que se obtenga una licencia de fábrica o laboratorio y el registro de los medicamentos para comercializarlos, no significa que dichos medicamentos hayan sido producidos en el país y, por ende, que se haya supervisado su elaboración.

Es decir, la reforma no exige que el medicamento sea producido en México, sino sólo que para obtener el registro sanitario se cuente con licencia sanitaria de fábrica o laboratorio; por lo que no habrá forma de verificar el proceso de producción de un medicamento fabricado en el extranjero y que comercialice un laboratorio que tenga planta en territorio nacional para la producción de un medicamento diverso del que se importa. Incluso podría llegarse al extremo de que quien tenga licencia de fábrica o laboratorio y produzca un solo medicamento, obtenga el registro de varios medicamentos que importe, cuya calidad no estará sujeta a controles distintos a los que existen actualmente.

De esta manera, es inexacto que el "requisito de planta" constituye un mecanismo de carácter preventivo, que garantiza la eficacia, seguridad y calidad de los medicamentos que se comercializan en el país.

Esto hace que la reforma no cumpla con su objetivo, ya que los controles sanitarios sobre los medicamentos importados seguirán siendo los mismos, pero ahora deberán comercializarse por o a través de quienes tengan fábrica o laboratorio en México, lo que en nada ayuda a la calidad o riesgo sanitario de los medicamentos.

En este contexto, el "requisito de planta" previsto en el artículo 222 aprobado no asegura que se fabriquen medicamentos de calidad y eficacia debidamente comprobada, sino que solamente impide a quienes no cuenten con un laboratorio establecido en territorio nacional la obtención del registro sanitario para la comercialización de su medicamento.

Como se puede apreciar la reforma en comento sólo limitará el número de sujetos que pueden comercializar los medicamentos, con consecuencias en su abasto y precio, y no contribuirá en garantizar la calidad de los mismos.

2. Con la aplicación del "requisito de planta", las principales instituciones públicas de salud como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad Social para los Trabajadores al Servicio del Estado (ISSSTE) y el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas (ISSFAM) se verán obligadas a adquirir medicamentos únicamente de productores que acrediten tener la licencia sanitaria de fábrica o laboratorio.

Al reducirse la importación de medicamentos, dichas instituciones verán reducido considerablemente su padrón de proveedores, limitándose a aquellos establecidos en México, aun y cuando un laboratorio en el exterior ofrezca el mismo medicamento a un precio notoriamente inferior.

Aunado a lo anterior, existe también el riesgo de afectar el abasto oportuno de medicamentos, en el caso de que la producción de éstos, en fábricas o laboratorios ubicados en territorio nacional, no sea suficiente en cantidad y variedad.

Sin perjuicio de lo señalado, las multicitadas instituciones no tendrán la posibilidad de allegarse de medicamentos innovadores o necesarios para atacar cierta enfermedad, cuando sólo se produzcan en el extranjero por laboratorios que carezcan de fábrica o laboratorio en nuestro país.

Es pertinente precisar que en países como Canadá y Estados Unidos de América, con los que México tiene celebrados tratados, se canalizan fuertes inversiones de recursos para investigación, para el desarrollo de nuevos medicamentos, así como para probar la eficacia, seguridad y calidad de sus principios activos. El "requisito de planta" previsto en la reforma al artículo 222 de la Ley General de Salud impediría a los mexicanos contar con estos medicamentos.

Como ejemplo de lo anterior tenemos que alrededor del 80% de las vacunas que adquiere el IMSS, y que se aplican en los programas nacionales de vacunación, son importadas directamente de las empresas fabricantes a las que se les exige registro sanitario, no así la licencia sanitaria (requisito de planta), de tal forma que al aceptar el artículo 222 en los términos propuestos, implicaría no poder hacer estas importaciones, con las graves consecuencias que esto tendría en la salud de los mexicanos.

Otro caso similar es el de los insumos médicos que permiten identificar los padecimientos conocidos como "Errores Innatos del Metabolismo", los cuales son producidos en países que, al menos por ahora, no tienen contemplado establecer fábricas o laboratorios en el exterior. De permanecer la redacción en su forma actual, se agravaría el problema de acceso a estos medicamentos con consecuencias palpables en niños, principalmente de retraso mental o incluso la muerte.

En suma, limitar el número de oferentes en México podría provocar que las instituciones públicas de salud enfrenten una severa problemática de desabasto de medicamentos, tanto por la falta de oferta, como por las situaciones que puedan presentarse ante el incumplimiento de proveedores, con lo cual se originaría un problema de salud pública y de riesgos sanitarios, que es precisamente lo que se busca evitar con la reforma.

De esta manera, aceptar la redacción, en su forma actual, implicaría que en México no habría acceso oportuno a medicamentos de vanguardia, en grave detrimento a la salud de la población mexicana.

3. La reforma propuesta crearía confusión acerca del régimen jurídico que deberá aplicarse a la importación de medicamentos, ya que, por un lado, provocaría un amplio margen de discrecionalidad e interpretación y, por el otro, se contrapondría con el Título Décimo Segundo de la Ley General de Salud, que regula la importación de medicamentos y de las materias primas que intervienen en su elaboración.

Esta reforma al artículo 222 establece que todos los medicamentos, fabricados en territorio nacional o fuera de éste, podrán ser comercializados en nuestro país sólo si el titular de su registro cuenta con licencia sanitaria de fábrica o laboratorio. Como ya se señaló, esto significa que los fabricantes extranjeros o los importadores de medicamentos necesariamente deben tener una fábrica o laboratorio en territorio nacional.

Esta medida encontraría su justificación, si la importación de medicamentos y su comercialización no estuvieran en la actualidad bajo el control sanitario de la Secretaría de Salud. Sin embargo, nuestro marco legal y reglamentario ya prevé todo un esquema de control sanitario de medicamentos, tanto de aquellos producidos en territorio nacional como de los que se importan al país.

De esta manera, el Título Décimo Segundo de la Ley General de Salud está orientado al estricto control sanitario que ejerce la Secretaría de Salud y a las autorizaciones que ésta emite para que puedan llevarse a cabo dichas importaciones.

Así, el artículo 194, último párrafo, del mencionado ordenamiento legal establece que el control sanitario del proceso, importación y exportación de medicamentos, estupefacientes y substancias psicotrópicas y las materias primas que intervengan en su elaboración, compete en forma exclusiva a la Secretaría de Salud, en función del potencial de riesgo para la salud que estos productos representan.

Por otra parte, el artículo 283 del propio ordenamiento legal confiere a la Secretaría de Salud el control sanitario de los productos y materias primas de importación y exportación comprendidas en el referido Título Décimo Segundo, incluyendo la identificación, naturaleza y características de los respectivos productos.

Asimismo, el artículo 284 de la Ley en comento prescribe que la Secretaría de Salud podrá identificar, comprobar, certificar y vigilar, en el ámbito nacional, la calidad sanitaria de los productos materia de importación y, en los casos en que no reúnan los requisitos que establezca la legislación correspondiente, aplicará las medidas de seguridad que correspondan.

En este contexto, en el artículo 286 BIS se establecen las bases bajo las cuales se realiza la importación de productos y materias primas que no requieran de autorización sanitaria previa de importación; y en el artículo 295 expresamente se señala:

"Sin perjuicio de las atribuciones de otras dependencias del Ejecutivo Federal, se requiere autorización sanitaria expedida por la Secretaría de Salud para la importación de los medicamentos y sus materias primas, equipos médicos, prótesis, órtesis, ayudas funcionales, agentes de diagnóstico, insumos de uso odontológico, material quirúrgico y de curación y productos higiénicos que determine el Secretario, mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación."

De los artículos señalados se desprende que la Secretaría de Salud sólo autoriza la importación de medicamentos cuando éstos no representan un riesgo a la salud, y que está facultada para ejercer el control sanitario en todo momento, aún después de la importación. Por tanto es válido afirmar que la reforma aprobada al artículo 222 no incorpora algún elemento adicional que pueda contribuir a la reducción del riesgo sanitario de los medicamentos.

Más aún, el adicionar al artículo 222 el "requisito de planta" implica un cambio total en la forma en que opera el mercado de medicamentos existente en nuestro país, debido a que, de hecho, se acabaría la importación de medicamentos. Ello crea confusión respecto del régimen aplicable a las importaciones que subsistiría en la Ley.

4. El excluir del mercado a quienes no tengan fábrica o laboratorio en nuestro país facilitaría la concentración de proveedores, lo que por un lado conllevaría a que se incrementen los precios artificialmente y, por el otro, generaría problemas de abasto. Ello, lógicamente, inquieta y afectaría gravemente a las instituciones del sector salud y especialmente a las familias de más bajos recursos.

Actualmente, la industria de medicamentos en México está concentrada en un número relativamente reducido de oferentes, mismos que tienen la posibilidad de determinar los precios, debido a los derechos de patente, contratos de exclusividad o a la división territorial. Esta situación provoca que las instituciones del sector salud estén vulnerables a los acuerdos de los oferentes, ya que se les obliga a comprar a determinados precios, o bien a incurrir en desabasto.

Para ejemplificar, en el caso del IMSS, sólo dos proveedores concentran alrededor del 25% del total de las compras del sector y diez proveedores representan más del 50% de las compras totales.

En ese sentido, al establecer en la Ley General de Salud la obligación de presencia local se reduciría el número de proveedores del IMSS al 79%, agravando así la concentración del mercado mexicano. Un estudio sobre el efecto del incremento de postores en licitaciones señala que reducir los postores en un 20% -como resultaría en el caso de establecer el requisito de planta local- repercutiría en los precios en alrededor del 20.56%.

Por el contrario, la importación al país de medicamentos fabricados en el extranjero reduce de manera significativa la brecha existente entre los precios de esos medicamentos en México y en otros países con los que tenemos suscritos tratados.

Un examen del volumen del comercio internacional de medicamentos muestra que México es todavía un país importador de productos farmacéuticos. En 2001, las importaciones representaron aproximadamente 17% del total del mercado de medicamentos y han registrado un crecimiento promedio de 23% en los últimos años.

Adicionalmente, como ya se señaló, aproximadamente el 70% de las sales de los medicamentos que se producen en México son importadas.

Las razones que motivan estas importaciones son que:

a) estas substancias no están disponibles en México, o
b) su precio es sustancialmente menor en el extranjero.
Como ejemplo de lo anterior tenemos el siguiente cuadro comparativo:

La participación de laboratorios extranjeros en los procesos de licitación del IMSS ha originado mejores precios, en beneficio del propio Instituto y de sus derechohabientes.

En virtud de lo anterior, podemos concluir que al establecer el "requisito de planta"" e impedir la importación de medicamentos, se incrementaría el poder de mercado de los laboratorios con presencia local con lo que la oferta de medicamentos disponibles se reduciría y sus precios se incrementarían, afectando a las instituciones públicas de salud y seguridad social y a sus derechohabientes -específicamente al IMSS, ISSSTE, SSA e ISSFAM, con graves efectos regresivos (mayor efecto sobre la población con menores recursos).

Es importante señalar que la actual situación económica y presupuestaria de las instituciones del sector salud, específicamente del IMSS, no puede permitir que se mantengan -y, en algunos casos, se incrementen- dichos sobreprecios, en detrimento de los derechohabientes de los servicios del sector salud.

La apertura al comercio de medicamentos permite el desarrollo de un mercado más competitivo que tenderá a la eliminación de cualquier diferencial de precios entre México y el resto del mundo. Lo anterior no afecta en forma alguna la calidad de los medicamentos, ya que las autoridades sanitarias están facultadas para mantener el control sanitario de los medicamentos existentes en el mercado.

5. El establecer el "requisito de planta" a nivel legal es violatorio de los compromisos comerciales adquiridos por México en diversos tratados internacionales.

La tendencia mundial en materia de salud es garantizar medicamentos a la población en general. Por ello, el acuerdo firmado el pasado mes de agosto de 2003 en el seno de la Organización Mundial de Comercio (OMC), en materia de medicamentos genéricos, permite que la población de los países más necesitados no se vea afectada doblemente, en primer lugar, por una falta de medicamentos y, segundo, por que se brinden a precios fuera de su alcance.

Adicionalmente, los Acuerdos resultantes de la Ronda Uruguay, que dieron origen a la OMC, establecieron como un principio fundamental para el desarrollo del comercio entre los países que ninguno de sus miembros impondría o mantendría restricciones a la importación o exportación de productos, salvo los derechos de aduana o impuestos.

Particularmente, en los citados Acuerdos quedó establecida la obligación de los miembros de asegurarse que no se elaborarían ni se aplicarían medidas que tuvieran por objetivo crear obstáculos innecesarios al comercio internacional y, en caso de que fuera inminente la imposición de este tipo de medidas, se debe justificar plenamente que fueron las "menos onerosas" que pudieron haberse adoptado.

Ahora bien, como puede observarse, la reforma aprobada por el Congreso de la Unión al artículo 222 de la Ley General de Salud constituye una potencial violación a las obligaciones de la OMC antes citadas, ya que, en la práctica, el resultado de la reforma sería imponer un requisito adicional a todos aquellos que deseen comercializar medicamentos importados en nuestro país, esto es, la obligación de tener una presencia local obligatoria en México (requisito de planta).

El "requisito de planta" ya ha sido considerado por algunos socios comerciales de México como un obstáculo innecesario al comercio internacional. En este sentido, es previsible que, de publicarse la reforma en comento, los socios comerciales de México impugnen la medida a través de los diversos mecanismos previstos para tales efectos. Ante este escenario, la Secretaría de Economía ha anticipado que la defensa de México resultaría en extremo complicada, tomando en consideración los precedentes y la jurisprudencia existente en la OMC.

Es importante destacar que, en caso de una resolución desfavorable, el Gobierno de México estaría obligado a modificar la legislación en materia de salud a fin de eliminar estos requisitos. De no acatar dicha resolución, las consecuencias serían mayores, debido a que los países reclamantes tendrían el derecho de imponer a nuestro país medidas con efectos equivalentes (restricciones a las exportaciones de medicamentos de México).

6. Si bien el "requisito de planta" es una figura jurídica prevista actualmente en el artículo 168 del Reglamento de Insumos para la Salud, ésta no tiene aplicación en la práctica. Debido a la supremacía de la ley sobre los reglamentos, el control sanitario de los medicamentos se ha regido por lo previsto en la Ley General de Salud. Dicha Ley permite el otorgamiento de licencia sanitaria a medicamentos de importación, para su distribución y comercialización en México.

Por otra parte, cabe señalar que en la actualidad en el Reglamento de Insumos para la Salud se establecen excepciones que, en los casos ahí enunciados, permiten la importación de medicamentos, incluso cuando no cuenten con registro sanitario (artículo 132).

7. Por último, no debemos perder de vista que el mecanismo que asegura que los medicamentos cumplen con los parámetros de calidad necesarios para su comercialización en México es el registro sanitario de los mismos.

En este sentido, lo importante es que se cuente con la certidumbre de que el producto final cumple con los requisitos que permitan su comercialización en el territorio nacional. En otras palabras, quizás es en estos requisitos donde deberíamos hacer un esfuerzo adicional para incrementar la certeza sobre la eficacia y calidad de los medicamentos.

Por ejemplo, se pueden establecer mecanismos que faciliten la verificación de los parámetros de calidad, con un menor costo para las autoridades sanitarias. Uno de ellos puede ser un reconocimiento de certificaciones de calidad de autoridades sanitarias seleccionadas por el Gobierno Mexicano. Los países más avanzados en materia sanitaria y farmacéutica efectúan diversas pruebas para permitir la comercialización, en sus países, de los medicamentos. Si no existen diferencias sustantivas entre los parámetros de certificación y dicho producto ha sido "aprobado" para su comercialización en ese país, se podría considerar el reconocimiento de dicha aprobación con el objeto de permitir su distribución en México.

Actualmente, el registro sanitario de medicamentos que se otorga en México se sustenta básicamente en una evaluación documental muy parecida a los procedimientos de autoridades en Estados Unidos de América y en la Comunidad Europea. Por lo que existirían otras alternativas para que medicamentos que han sido autorizados en países como Estados Unidos puedan ser aceptados en México, al amparo de los tratados, y mejorar por parte de la autoridad sanitaria en nuestro país, los mecanismos de supervisión y vigilancia, una vez autorizado el registro sanitario.

Igualmente, podríamos partir del principio de que ningún medicamento que no esté autorizado para consumo en el país de origen podría serlo en el nuestro. En fin, existen procedimientos que pueden ser adoptados por nuestra legislación.

CONCLUSIONES

1. El Ejecutivo Federal coincide plenamente con esa Honorable Asamblea en la necesidad de prevenir el riesgo sanitario que impone la comercialización de medicamentos en nuestro país, así como en dotar a las autoridades sanitarias de las herramientas indispensables para asegurar un excelente control de calidad sanitario. Sin embargo, se considera que el "requisito de planta", previsto en el artículo 222 de la Ley General de Salud, tal como lo aprobó ese Congreso de la Unión no es la mejor ni la única alternativa para lograrlo.

2. La propuesta de reforma tendría efectos contrarios a los que le dieron origen, lo cual resultaría contraproducente para la salud y protección sanitaria de los mexicanos.

Las instituciones del sector salud se verían seriamente afectadas, en especial el IMSS -principal adquiriente de medicamentos-, debido a que enfrentarían sobreprecios que les harían más difícil cumplir con sus objetivos.

Es por todo lo expuesto, que las principales instituciones de seguridad social de nuestro país -IMSS, ISSSTE e ISSFAM- manifestaron su preocupación ante la iniciativa y, posteriormente, a la reforma en los términos en que fue aprobada, en virtud de las implicaciones que ésta tiene y que han sido analizadas en este documento.

3. El objetivo que persigue la reforma puede alcanzarse mediante el establecimiento de requisitos para la obtención del registro sanitario, los cuales estarían directamente relacionados con la calidad de los productos y su riesgo sanitario, así como con el fortalecimiento de las facultades de las autoridades sanitarias para que, una vez obtenido el registro, vigilen el cumplimiento de la normatividad aplicable y revoquen los registros otorgados cuando quienes los comercializan no se ajusten a la misma.

Estas medidas irían directamente relacionadas con la calidad de los medicamentos, relación directa que no existe con el establecimiento del requisito de planta, ya que no es claro como la licencia sanitaria de fábrica o laboratorio redundará en una mayor calidad en los productos que se comercializan.

4. Para preservar la eficacia, seguridad y calidad de los medicamentos que consume la población de nuestro país, es indispensable que esa Soberanía haga un análisis integral de la Ley General de Salud, a fin de establecer los requisitos y procedimientos necesarios para lograrlo; pero sin provocar, por una parte, los efectos negativos a las principales instituciones públicas de salud de nuestro país que han quedado señalados, así como las repercusiones que pueden generarse en perjuicio de la salud de los mexicanos y, por otro lado, interpretaciones erróneas que rompan la armonía de las disposiciones contenidas en dicho ordenamiento legal.

En esa virtud, el Ejecutivo Federal a mi cargo propone a esa Soberanía se revisen de manera integral las disposiciones correspondientes de la Ley General de Salud, en concordancia con el derecho a la protección de la salud que consagra el artículo 4° de nuestra Carta Magna, a efecto de estar en posibilidad de lograr realmente el objetivo perseguido con la reforma al artículo 222 de la Ley General de Salud.

Ciudadano Presidente de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el Ejecutivo Federal será, en todo momento, respetuoso de las decisiones del Poder Legislativo. No obstante ello, es mi responsabilidad ejercer las facultades que, en el marco de la división de poderes y dentro del proceso legislativo federal, la Constitución ha previsto, especialmente tratándose de cuestiones que tienen una implicación directa en todos los mexicanos, como lo son las políticas de salud pública. Reitero a usted la seguridad de mi consideración distinguida.

Palacio Nacional, a 14 de marzo de 2004.
Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos
Vicente Fox Quesada (rúbrica)
 
 

México, DF, a 12 de diciembre de 2003

Lic. Santiago Creel Miranda
Secretario de Gobernación
Presente.

Para los efectos constitucionales, nos permitimos remitir a usted el Decreto aprobado por el Honorable Congreso de la Unión, por el que se reforma el artículo 222 de la Ley General de Salud.

Reiteramos a usted las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

Dip. Marcos Morales Torres (rúbrica)
Secretario

Sen. Lydia Madero García (rúbrica)
Secretaria

El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, decreta se reforma el artículo 222 de la Ley General de Salud.

Artículo 222.- La Secretaría de Salud sólo concederá la autorización correspondiente a los medicamentos, cuando se demuestre que las substancias que contengan, reúnan las características de eficacia, seguridad y calidad y tomaran en cuenta, en su caso, lo dispuesto por el artículo 428 de esta Ley.

Para ser titular del registro sanitario de un medicamento se requiere contar con licencia sanitaria de fábrica o laboratorio de medicamentos o productos biológicos para uso humano.

TRANSITORIO

UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, DF, a 12 de diciembre de 2003.

Dip. Juan de Dios Castro Lozano, Presidente (rúbrica); Sen. Enrique Jackson Ramírez, Presidente (rúbrica); Dip. Marcos Morales Torres, Secretario (rúbrica); Sen. Lydia Madero García, Secretaria (rúbrica)
 
 













Minutas

CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE REFORMA EL SEGUNDO PARRAFO DE LA FRACCION V DEL ARTICULO 15 DE LA LEY ADUANERA

México, DF, a 28 de diciembre de 2003.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes.

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo de la fracción V del artículo 15 de la Ley Aduanera.

Atentamente.
Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)
Vicepresidente
 

MINUTA
PROYECTO DE DECRETO

POR EL QUE SE REFORMA EL SEGUNDO PÁRRAFO DE LA FRACCIÓN V DEL ARTÍCULO 15 DE LA LEY ADUANERA

ÚNICO.. Se reforma el segundo párrafo de la fracción V del artículo 15 de la Ley Aduanera, para quedar como sigue:

Art. 15.- ...

I. a IV. ...

V ...

...

Los plazos a que se refiere esta fracción se computarán en días naturales a partir del día siguiente a aquél en que el almacén reciba las mercancías, independientemente de que hayan sido objeto de transferencia o transbordo. Tratándose de importaciones que se efectúen por vía marítima o aérea, el plazo se computará a partir del día en que el consignatario reciba la comunicación de que las mercancías han entrado al almacén.

...

VI. a VIII ...

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 28 de diciembre de 2003.

Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)
Vicepresidente

Sen. Sara I. Castellanos Cortés (rúbrica)
Secretaria
 
 
 

CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE ADICIONA UN ARTICULO AL CODIGO DE COMERCIO

México, DF, a 15 de diciembre de 2003.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes.

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo al Código de Comercio.

Atentamente.
Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)
Vicepresidente
 

MINUTA
PROYECTO DE DECRETO

POR EL QUE SE ADICIONA UN ARTÍCULO AL CÓDIGO DE COMERCIO.

ARTICULO UNICO.- Al artículo 6, actualmente derogado, se adiciona un artículo con un párrafo con tres fracciones, para quedar como sigue:

Artículo 6. Los comerciantes deberán realizar su actividad de acuerdo a los usos mercantiles en materia industrial o comercial, por lo que se abstendrán de realizar actos de competencia desleal que:

I.- Creen confusión, por cualquier medio que sea, respecto del establecimiento, los productos o la actividad industrial o comercial, de otro comerciante;

II.- Desacrediten el establecimiento, los productos o la actividad industrial o comercial, de cualquier otro comerciante; o

III.- Induzcan al público a error sobre la naturaleza, el modo de fabricación, las características, la aptitud en el empleo o la cantidad de los productos.

TRANSITORIO

UNICO .- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 15 de diciembre de 2003.

Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)
Vicepresidente

Sen. Sara I. Castellanos Cortés (rúbrica)
Secretaria
 
 
 

CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE EDUCACION

México, DF, a 15 de diciembre de 2003.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes.

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 4° párrafos primero y segundo; 8° párrafo primero; 12° fracciones I, II, IV, V y VII; 13° fracciones II, III, V, y VI; 14° fracción IV; 33° fracción IV; 37° párrafo primero; 44° párrafo tercero; 48° párrafo, I; 51° párrafo primero; 53° párrafo primero; 54° párrafo segundo; 55° fracción III; 66° fracción I; 75° fracción V y 77° fracción III, de la Ley General de Educación.

Atentamente.
Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)
Vicepresidente
 

MINUTA
PROYECTO DE DECRETO

POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 4° PÁRRAFOS PRIMERO Y SEGUNDO; 8° PÁRRAFO PRIMERO; 12° FRACCIONES I; II, IV, V Y VII; 13° FRACCIONES II, III, V, Y VI; 14° FRACCIÓN IV; 33° FRACCIÓN IV; 37° PÁRRAFO PRIMERO; 44° PÁRRAFO TERCERO; 48° PÁRRAFO I; 51° PÁRRAFO PRIMERO; 53° PÁRRAFO PRIMERO; 54° PÁRRAFO SEGUNDO; 55° FRACCIÓN III; 66° FRACCIÓN I; 75° FRACCIÓN V Y 77° FRACCIÓN III, DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN.

ARTICULO ÚNICO.- Se reforman los artículos 4° párrafos primero y segundo; 8° párrafo primero; 12° fracciones I, II, IV, V y VII; 13° fracciones II, III, V, y VI; 14° fracción IV; 33° fracción IV; 37° párrafo primero; 44° párrafo tercero; 48° párrafo I; 51° párrafo primero; 53° párrafo primero; 54° párrafo segundo; 55° fracción III; 66° fracción I; 75° fracción V y 77° fracción III de la Ley General de Educación para quedar como sigue:

Articulo 4° Todos los habitantes del país deben cursar la educación preescolar, la primaria y la secundaria.

Es obligación de los mexicanos hacer que sus hijos o pupilos menores de edad cursen la educación preescolar, la primaria y la secundaria.

Articulo 8° El criterio que orientará a la educación que el estado y sus organismos descentralizados impartan -así como toda la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica que los particulares impartan-, se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los perjuicios. Además:

I a III. ... Articulo 12° Corresponden de manera exclusiva a la autoridad educativa federal las atribuciones siguientes: I.- Determinar para toda la República los planes y programas de estudio para la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, a cuyo efecto se considerará la opinión de las autoridades educativas locales y de los diversos sectores sociales involucrados en la educación en los términos del artículo 48;

II.- Establecer el calendario escolar aplicable en toda la República para cada ciclo lectivo de la educación preescolar, primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica;

III.- ...

IV Autorizar el uso de libros de texto para la educación preescolar, la primaria y la secundaria;

V.- Fijar lineamientos generales para el uso de material educativo para la educación preescolar, primaria y la secundaria;

VI.- ...

VII.- Fijar los requisitos pedagógicos de los planes y programas de educación inicial que, en su caso, formulen los particulares;

VIII a XIII.- ...

Articulo 13°.- ... I.- ...

II.- Proponer a la Secretaría los contenidos regionales que hayan de incluirse en los planes y programas de estudio para la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica;

III.- Ajustar, en su caso, el calendario escolar para cada ciclo lectivo de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, con respeto al calendario fijado por la Secretaría;

IV.- ...

V.- Revalidar y otorgar equivalencias de estudios de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, de acuerdo con los lineamientos generales que la Secretaría expida;

VI.- Otorgar, negar y revocar autorización a los particulares para impartir la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica; y

VII.- ...

Articulo 14° ... I a III.- ...

IV.- Otorgar, negar y retirar el reconocimiento de validez oficial a estudios distintos de los de preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica que impartan los particulares;

V a XI.- ...

...
 

Artículo 33°.- Para cumplir con lo dispuesto en el artículo anterior, las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias llevarán a cabo las actividades siguientes:

I a III.- ...

IV.- Prestarán servicios educativos para atender a quienes abandonaron el sistema regular, que faciliten la terminación de la educación preescolar; primaria y la secundaria;

...

V a XIII.- ...

Articulo 37°.- La educación de tipo básico esta compuesta por el nivel preescolar, el de primaria y el de secundaria.

...

...

Articulo 44° ...

...

El estado y sus entidades organizarán servicios permanentes de promoción y asesoría de educación para adultos y darán las facilidades necesarias a sus trabajadores y familiares para estudiar y acreditar la educación preescolar, primaria y la secundaria.

...

Articulo 48°.- La Secretaría determinará los planes y programas de estudio, aplicables y obligatorios en toda la República Mexicana, de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la educación normal y demás para la formación de maestros de educación básica.

...

...

...

...

Articulo 51°.- La autoridad educativa federal determinará el calendario escolar aplicable a toda la República, para cada ciclo lectivo de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, necesarios para cubrir los planes y programas aplicables. El calendario deberá contener doscientos días de clase para los educandos.

...

Articulo 53°.- El calendario que la Secretaría determine para cada ciclo lectivo de educación preescolar, de primaria, de secundaria, de normal y demás para la formación de maestros de educación básica, se publicará en el Diario Oficial de la Federación.

...

Articulo 54°.- ...

Por lo que concierne a la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, deberán obtener previamente, en cada caso, la autorización expresa del Estado, tratándose de estudios distintos de los antes mencionados podrán obtener el reconocimiento de validez oficial de estudios.

...

...

Articulo 55°.- ...

I a II.- ...

III.- Con planes y programas de estudio que la autoridad otorgante considere procedentes, en el caso de educación distinta de la preescolar, la primaria, la secundaria, la normal, y demás para la formación de maestros de educación básica.

Articulo 66°.- ... I. Hacer que sus hijos o pupilos menores de edad, reciban la educación preescolar, la primaria y la secundaria;

II a III.- ...
 
 

Articulo 75°.- ... I a IV.- ...

V.- Incumplir los lineamientos generales para el uso de material educativo para la educación preescolar, la primaria y la secundaria;

VI a XII.- ...

...

Articulo 77°.- ...

I a II.- .......

III.- Impartir la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, sin contar con la autorización correspondiente.

...

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

Artículo Primero.- El presente decreto, entrará en vigor, al día siguiente de su publicación en el diario oficial de la federación.

Articulo Segundo.- Con el objetivo de dar cumplimiento a lo señalado en la parte final del Artículo Cuarto Transitorio del Decreto por el que se modifican los artículos 3º y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Secretaría proveerá lo necesario para implementar programas de capacitación que permitan en un tiempo perentorio, garantizar la equidad de la calidad educativa y en su caso expedir la certificación que lo haga constar a quienes a la fecha de entrada en vigor de dicho Decreto, impartan el nivel.

Articulo Tercero.- La consideración del nivel de preescolar como prerrequisito para el ingreso al nivel de educación primaria, se hará de conformidad con la calendarización que establece el Artículo Quinto Transitorio del Decreto por el que se modifican los artículos 3º y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 12 de noviembre del 2002.

Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 15 de diciembre de 2003.

Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)
Vicepresidente

Sen. Sara I. Castellanos Cortés (rúbrica)
Secretaria
 
 
 

CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE REFORMA EL ARTICULO 135 DE LA LEY DE AMPARO

México, DF, a 15 de diciembre de 2003.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes.

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 135 de la Ley de Amparo.

Atentamente.
Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)
Vicepresidente
 

MINUTA
PROYECTO DE

DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 135 DE LA LEY DE AMPARO.

ÚNICO.- Se reforma y adiciona el artículo 135 de la Ley de Amparo, para quedar como sigue:

Art. 135.- Podrá concederse la suspensión del acto reclamado previo depósito de la cantidad que se cobra ante la Tesorería de la Federación o la de la Entidad Federativa o Municipio que corresponda.

El depósito no se exigirá cuando se trate del cobro de sumas que excedan de la posibilidad del quejoso, o cuando previamente se haya constituido la garantía del interés fiscal ante la autoridad exactora o cuando se trate de persona distinta del causante obligado directamente al pago; en este último caso, se asegurará el interés fiscal por cualquiera de los medios de garantía permitidos por las leyes fiscales aplicables.

Tratándose de los juicios de amparo que se pidan contra el cobro de contribuciones o aprovechamientos, sólo procederá la suspensión del acto reclamado previo depósito de las cantidades que correspondan ante la Tesorería de la Federación o la Entidad Federativa o Municipio que corresponda.

TRANSITORIO

Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 15 de diciembre de2003.

Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)
Vicepresidente

Sen. Sara I. Castellanos Cortés (rúbrica)
Secretaria
 
 
 

CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD

México, DF, a 15 de diciembre de 2003.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes.

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

Atentamente.
Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)
Vicepresidente
 

MINUTA
PROYECTO DE DECRETO

POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD.

ÚNICO.- Se reforma el artículo 314, fracción II de la Ley General de Salud y se adiciona un párrafo segundo al artículo 350 Bis 6, del mismo ordenamiento para quedar como sigue:

ARTICULO 314.- Para efecto de este titulo se entiende por:

I.- ...

II.- Cadáver, al cuerpo de todo ser humano independientemente de cual sea el estado de desarrollo en que se encuentre, en el que se compruebe la presencia de los signos de muerte referidos en la fracción II, de del artículo 343 de esta ley;

III a XV.- ...

ARTÍCULO 350 BIS 6.- Sólo podrá darse destino final a un feto previa expedición del certificado de muerte fetal.

En el caso de que el cadáver del feto no sea reclamado dentro del término que señala el artículo 348 de esta ley deberá dársele destino final. Salvo aquellos que sean destinados para el apoyo de la docencia e investigación por la autoridad de Salud conforme a esta ley y a las demás disposiciones aplicables, quien procederá directamente o por medio de las instituciones autorizadas que lo soliciten mismas que deberán de cumplir con los requisitos que señalen las disposiciones legales aplicables.

...

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- La legislación secundaria deberá adecuarse conforme a lo dispuesto en este decreto.

Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 15 de diciembre de 2003.

Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)
Vicepresidente

Sen. Sara I. Castellanos Cortés (rúbrica)
Secretaria
 
 
 

CON PROYECTO DE DECRETO, QUE REFORMA EL ARTICULO 50 DE LA LEY DE PUERTOS

México, DF, a 15 de diciembre de 2003.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes.

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto que reforma el artículo 50 de la Ley de Puertos.

Atentamente.
Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)
Vicepresidente
 

MINUTA
PROYECTO DE DECRETO

QUE REFORMA EL ARTÍCULO 50 DE LA LEY DE PUERTOS.

UNICO.- Se reforma al artículo 50 de la Ley de Puertos para quedar como sigue:

Articulo 50. Los actos y contratos relativos a los servicios portuarios serán de carácter mercantil, con excepción del pilotaje que será de carácter profesional. En los puertos o conjuntos de puertos y terminales sujetos al régimen de administración portuaria integral, los prestadores de servicios portuarios a que se refiere la fracción III del artículo 44 deberán constituirse como sociedades mercantiles. Las relaciones de éstas con sus trabajadores se regirán por lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones legales que se opongan a la presente reforma.

Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 15 de diciembre de 2003.

Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)
Vicepresidente

Sen. Sara I. Castellanos Cortés (rúbrica)
Secretaria
 
 











Iniciativas

QUE REFORMA EL ARTICULO 202 DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE, A CARGO DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PVEM

Jorge Antonio Kahwagi Macari, Manuel Velasco Coello, Alejandro Agundis Arias, Francisco Xavier Alvarado Villazón, Leonardo Alvarez Romo, Jacqueline Argüelles Guzmán, María Avila Serna, Fernando Espino Arévalo, Maximino Fernández Ávila, Félix Adrián Fuentes Villalobos, Luis Antonio González Roldán, Jorge Legorreta Ordorica, Julio Horacio Lujambio Moreno, Alejandra Méndez Salorio, Cuauhtémoc Ochoa Fernández, Javier Orozco Gómez, Raul Piña Horta, diputados de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71 fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55 fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurrimos a solicitar se turne a la Comisión Justicia y Derechos Humanos, para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Novena Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa de ley:

Exposición de Motivos

Una de las características de la República y de nuestra forma de gobierno, es la división de poderes. Los poderes determinados por la Constitución son tres: legislativo, ejecutivo y judicial, en donde la acción de gobernar corresponde con los tres poderes establecidos. Con esta división de poderes se busca, entre otras cosas, distribuir el trabajo para hacerlo mas eficiente, ya que cada uno de ellos tiene funciones y líneas de acción propias y, por lo tanto, no pueden invadir el campo que le corresponde a los otros.

En este sentido, las facultades que competen al poder ejecutivo son, como el poder administrador, el ejecutar o poner en vigencia las leyes y controlar su cumplimiento. El poder judicial, por su parte, es el encargado de la administración de justicia, integrado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal Electoral, los Tribunales Colegiados, los Tribunales Unitarios de Circuito, los Juzgados de Distrito y el Consejo de la Judicatura Federal1.

Bajo este principio de división de poderes, se encomienda exclusivamente al poder judicial, la aplicación de las penas propiamente tales, es decir, del castigo que impone la ley por la comisión de un delito, previa la tramitación legal y conforme a sentencia razonada y fundada. Sin embargo, existen otros castigos que sólo impropiamente se consideran como penas y mas bien son correcciones, los cuales pueden aplicarse por las autoridades políticas o administrativas. No obstante, es preciso observar que en estos casos no ejerce la autoridad funciones judiciales, sino únicamente emplea sus atribuciones en conservar el orden, y la disciplina tocante a aquellas leyes infracciones que no serían necesarias ni posible llevar a conocimiento de los jueces.

Así, la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos señala, en su artículo 16 que "no podrá librarse orden de aprehensión sino por la autoridad judicial y sin que preceda denuncia o querella de un hecho que la ley señale como delito, sancionado cuando menos con pena privativa de libertad y existan datos que acrediten el cuerpo del delito y que hagan probable la responsabilidad del indiciado". En base a esto, todo procedimiento penal inicia, de acuerdo al artículo 16 de la Constitución, cuando se presenta una querella o acusación ante el Ministerio Público, por lo tanto, sólo cumpliendo con tal requisito de procedibilidad si la representación social considera que se acredita el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del indiciado, ejercitará la acción penal correspondiente ante el tribunal judicial o autoridad judicial competente.

De igual forma, el artículo 21 Constitucional establece, que: "la imposición de las penas es propia y exclusiva de la autoridad judicial". Sin embargo, la investigación y persecución de los delitos es materia del Ministerio Público, "el cual se auxiliará con una policía que estará bajo su autoridad y mando inmediato"2. Asimismo, estipula que "compete a la autoridad administrativa la aplicación de sanciones por las infracciones de los reglamentos gubernativos y de policía, las que únicamente consistirán en multa o arresto".

Es preciso hacer el énfasis en la división de poderes y en las capacidades y lineamientos de acción que cada entidad tiene, ya que existen casos, como el mencionado en el artículo 202 de Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), en el cual se establece que:

"La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente está facultada para iniciar las acciones que procedan, ...ante las autoridades judiciales competentes, cuando conozca de actos, hechos u omisiones que constituyan violaciones a la legislación administrativa o penal". Sin embargo, se incurre en un error ya que estrictamente, como se ha mencionado anteriormente, las autoridades judiciales federales son la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal Electoral, los Tribunales Colegiados, los Tribunales Unitarios de Circuito, los Juzgados de Distrito y el Consejo de la Judicatura Federal; los cuales no están facultados para seguir o investigar delitos, sino que esta facultad es propia del Ministerio Público y de la Procuraduría General de la República.

Reafirmando lo antes mencionado, la Procuraduría General de la República, se define como "una institución ubicada en el ámbito del poder Ejecutivo Federal, a cargo de un Procurador General de la República, quien preside al Ministerio Público de la Federación"3. Las bases constitucionales que rigen a la Procuraduría General de la República se encuentran en los artículos 21, 102 apartado A, 105, 107 y 119 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Al respecto, el artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, inciso A, señala:

"...Incumbe al ministerio publico de la federación, la persecución, ante los tribunales, de todos los delitos del orden federal; y, por lo mismo, a él le corresponderá solicitar las ordenes de aprehensión contra los inculpados; buscar y presentar las pruebas que acrediten la responsabilidad de estos; hacer que los juicios se sigan con toda regularidad para que la administración de justicia sea pronta y expedita; pedir la aplicación de las penas e intervenir en todos los negocios que la ley determine". Asimismo, la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, establece, en su artículo 4 fracción I inciso A, las atribuciones de esta institución, en donde algunas de ellas son:

"I. Investigar y perseguir los delitos del orden Federal. El ejercicio de esta atribución comprende:

A) en la averiguación previa:

a) recibir denuncias o querellas sobre acciones u omisiones que puedan constituir delito;

b) investigar los delitos del orden federal, así como los delitos del fuero común respecto de los cuales ejercite la facultad de atracción, y

c) practicar las diligencias necesarias para la acreditación del cuerpo del delito y la probable responsabilidad del indiciado, así como para la reparación de los daños y perjuicios causados".

En base a todo lo antes dicho, la Profepa, de acuerdo a la redacción que se contempla en el artículo 202, no se podrán iniciar acciones sobre actos, hechos u omisiones, que constituyan violaciones a la legislación administrativa o penal, por lo que la propuesta de reforma al mencionado artículo consiste medularmente, en establecer que la Profepa pueda iniciar las acciones correspondientes, ante las autoridades competentes, que en la especie se traducen en la figura del Ministerio Público y las autoridades administrativas.

Por tanto, en atención a lo anteriormente expuesto los suscritos diputados respetuosamente sometemos a la consideración de esta H. Asamblea la presente iniciativa con proyecto de:

Decreto que reforma el artículo 202 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, que queda de la siguiente forma:

Artículo Unico.- Se reforma el artículo 202 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para quedar de la siguiente forma:

Artículo 202.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente en el ámbito de sus atribuciones, está facultada para iniciar las acciones que procedan, ante las autoridades competentes, cuando conozca de actos, hechos u omisiones que constituyan violaciones a la legislación administrativa o penal.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 16 días del mes de marzo del 2004.

Diputados: Jorge A. Kahwagi Macari, Coordinador; Manuel Velasco Coello, vicecoordinador, Alejandro Agundis Arias, Francisco Xavier Alvarado Villazón, Leonardo Álvarez Romo, Jacqueline Argüelles Guzmán, María Avila Serna, Fernando Espino Arévalo, Maximino Fernández Ávila, Félix Adrián Fuentes Villalobos, Luis Antonio González Roldán, Jorge Legorreta Ordorica, Julio Horacio Lujambio Moreno, Alejandra Méndez Salorio, Cuauhtémoc Ochoa Fernández, Javier Orozco Gómez, Raúl Piña Horta.

Notas:
1 Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2 Ibidem.
3 En la página www.pgr.gob.mx, en busca del ámbito de competencia de la PGR.
 
 












Dictámenes

DE LA COMISION DE SALUD, CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSOS ARTICULOS DE LA LEY GENERAL DE SALUD, EN MATERIA DE ADICCIONES

Con fecha 18 de Noviembre de 2003, fue turnada a esta Comisión de Salud de la H. Cámara de Diputados la iniciativa de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley General de Salud en materia de adicciones, presentada al pleno de la Cámara de Diputados por la diputada Irma Figueroa Romero, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

La Comisión de Salud, de conformidad con las atribuciones que le otorgan los artículos 39 numerales 1 y 3, los artículos 43, 45 en su numeral 6 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 55, 56, 60, 87, 88, 89, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, por lo cual corresponde a esta Comisión dictaminar la iniciativa en comento, somete a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen con proyecto de decreto, a partir de los siguientes:

ANTECEDENTES.

En sesión celebrada el 18 de noviembre de 2003, la diputada Irma Figueroa Romero del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados, la iniciativa de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley General de Salud en materia de adicciones.

En la misma fecha y de conformidad con los artículos 45 de la Ley orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 56 del reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la presidencia de este órgano legislativo, remitió dicha iniciativa para su estudio y dictamen, a esta Comisión.

CONTENIDO DE LA INICIATIVA.

En su exposición de motivos, la diputada expresa su preocupación en relación al consumo de drogas y estupefacientes en México, hace énfasis que en la encuesta nacional de adicciones de 1998 indica que el 5.3% de la población entre 12 y 65 años, residente en localidades urbanas, ha consumido una droga, por lo menos una vez en su vida, y que esta cifra tiene un incremento de 1.4 puntos porcentuales en relación con las cifras de 1993.

Menciona también que las drogas de mayor consumo en México son la marihuana, los inhalables y la cocaína, pero existe evidencia de cambios importantes que reflejan un posible proceso de transición epidemiológica dentro del cual se ve incrementado el consumo de cocaína, la heroína y metanfetaminas.

Así mismo señala que según datos de la Secretaría de Salud los usuarios de éstas drogas son de niveles socioeconómicos medio y bajo, de edades que corresponden a la adolescencia y la juventud y que la edad de inicio es cada vez más temprana. Además de que está creciendo la proporción de personas que se inician en el consumo de drogas con la cocaína, en lugar del alcohol, tabaco o marihuana, como sucedía anteriormente.

Es por estás razones que la diputada propone reformar los artículos 112, 185, 187, 188, 190 y 192; cambiando la denominación del Capítulo I del Título Décimo Primero, adicionando un párrafo cuarto al artículo 112 y un artículo 184 Ter; a la Ley General de Salud.

En su propuesta de adición, la diputada pretende añadir una fracción IV al artículo 112, en el que se incluiría la política a seguir en la prevención contra las adicciones, estableciendo que las campañas de prevención deberán contener información clara sobre los efectos de lasa sustancias que generan adicciones todos los ámbitos e impulsar la detección temprana.

Por otro lado, propone adicionar un artículo 184 Ter, que comprendería las acciones que le corresponderían a la secretaría de Salud, de los gobiernos de las entidades federativas y el Consejo de Salubridad General en materia de prevención de adicciones, incluyéndolas en las siguientes fracciones:

I. La prevención y el tratamiento de las adicciones y en su caso la rehabilitación.

II. La educación dirigida hacia los distintos grupos de población sobre los efectos en la salud del uso y abuso de las sustancias adictivas. Además de su efecto en las relaciones sociales y familiares.

III. La secretaría de Salud, elaborará el Programa Nacional contra las adicciones en tres rubros principalmente: programa contra el alcoholismo y el abuso de bebidas alcohólicas, programa contra el tabaquismo y el programa contra la fármaco dependencia. Y lo ejecutará en coordinación con dependencias y entidades del sector salud y con los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal.

Así mismo, la diputada propone agregar al Distrito Federal en los artículos 185, 187, 188, 190 y 192.

Los diputados integrantes de esta comisión de acuerdo con lo que establecen los artículos, 39, 45 fracción f) y demás respectivos de la ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, estudiamos y analizamos la propuesta de la diputada y llego a las siguientes:

CONSIDERACIONES.

Sabemos que el problema de las adicciones, ya sea a las drogas o al alcohol va en aumento, de modo que comprendemos y compartimos la preocupación de la diputada a éste respecto.

Según la encuesta nacional de adicciones 2002, en México, 3.5 millones de personas han usado algún tipo de droga, sin considerar el alcohol ni el tabaco.

En el mismo estudio se muestra que la zona de país con mayor incidencia en el consumo de drogas es la zona Norte de la República, seguido de la zona centro y en tercer lugar, la zona sur.

Por otro lado, se hace un análisis en el cual se encontró que, dependiendo la zona del país, cambia la distribución del consumo por sexo, así en la zona norte hay 4.5 hombres que consumen drogas por cada mujer, en a zona sur la diferencia es de 5.2 hombres por cada mujer, y en la región centro es en dónde se encuentra la menor diferencia, ya que por cada 3.3 hombres hay una mujer que usa drogas.

También se tienen datos que confirman que la droga ilegal de mayor consumo en el país es la marihuana, seguida de; la cocaína, los inahalables, estimulantes de tipo anfetamínico, la heroína y los alucinógenos.

El Consejo Nacional contra las Adicciones, nos da a conocer que la edad más frecuente de inicio, dentro del grupo de consumidores de drogas ilegales que comprende de los 12 a los 17 años, es de 14.

De esto podemos deducir que la adolescencia es la etapa en la cual existe una mayor vulnerabilidad para caer en el mundo de la drogadicción.

El problema de las adicciones en los adolescentes, es especialmente preocupante, según el CONADIC, más de 200 mil adolescentes entre 12 y 17 años han usado drogas, de éstos el 55.3 % siguió usándolas durante el año 2002, en el que se realizó la encuesta.

Otro dato alarmante que arroja el estudio realizado por CONADIC, es que sólo una proporción muy baja de usuarios ha solicitado ayuda.

Es cierto que México no se encuentra en los niveles más altos de consumo de drogas en el mundo, es necesario sin embargo, abatir los índices de drogadicción en el país, sin no para detenerlo, para reducirlo.

Es por estas razones que la propuesta de la diputada nos parece loable, sin embargo, después de un análisis profundo de dicha reforma creemos que el espíritu de la misma quedaría cumplido con una adición más sintetizada; por lo que hacemos la siguiente propuesta:

Art. 112. La educación para la salud tiene por objeto:

I.

II.

III. orientar y capacitar a la población preferentemente en materia de nutrición, salud mental, salud bucal, educación sexual, planificación familiar, riesgos de la automedicación, prevención en contra de las adicciones, salud ocupacional...

Lo anterior respeta la iniciativa de reforma de la diputada, pero sin adicionar la fracción IV, por que pensamos que dicha fracción invadiría las facultades que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal otorga a la Secretaría de Salud en su artículo 39 fracción XVI, que estipula como facultad de la Secretaría de Salud "Estudiar, adoptar y poner en vigor las medidas necesarias para luchar contra las enfermedades transmisibles, contra las plagas sociales que afecten la salud, contra el alcoholismo y las toxicomanías y otros vicios sociales, ..."

Por otro lado, creemos que la pretensión de la diputada de crear un artículo 184 ter. Es demasiado extensa y hasta concurrente con lo establecido en el artículo 184 bis; por lo que ésta comisión propone que el artículo 184 ter. Quede de la siguiente forma:

184 ter. La Secretaría de Salud se coordinará con los gobiernos de las entidades federativas, del Distrito Federal y con el Consejo de Salubridad General, para ejecutar los programas contra el uso de sustancias que ocasionan adicción, los cuales incluirán la prevención, tratamiento y rehabilitación; teniendo como mecanismo primordial la educación para dar a conocer los efectos de las adicciones. La propuesta incluye la creación de un Consejo Nacional Antialcohólico, como adición del artículo 187, sin embargo ésta comisión considera que las facultades que pretende otorgar a dicho Consejo, ya se atribuyen al Consejo Nacional contra las Adicciones, que se encarga de promover y apoyar las acciones encaminadas a prevenir y combatir las adicciones, razón por la cual, consideramos que es innecesaria la creación de otro organismo, cuyo funcionamiento requeriría de una infraestructura material y humana, para realizar funciones que ya efectúa otra institución.

En el artículo 44 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se estipula claramente la naturaleza jurídica de Distrito Federal, la cual, la diferencia de las otras entidades federativas; por lo que, a pesar de que el artículo 43 del mismo ordenamiento, lo cite como parte integrante de la Federación. En este sentido, el artículo 122, de la misma Constitución, específica claramente las autoridades, atribuciones y características del Distrito Federal.

Es por estas razones que juzgamos pertinente la adición propuesta por la diputada, ya que para detener la problemática de las adicciones es imperativa la colaboración de todos los niveles de gobierno.

Por todo lo anterior los diputados integrantes de esta Comisión de Salud, con las atribuciones que le otorga el artículo 73 fracción XVI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 45 numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, emitimos el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCION III, DEL ARTÍCULO 112 Y SE ADICIONA UN ARTÍCULO 184 TER. A LA LEY GENERAL DE SALUD.

Artículo Único.- Se reforma la fracción III, del artículo 112 y se adiciona un artículo 184 TER a la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 112. La educación para la Salud tiene por objeto:

I.

II.

III. Orientar y capacitar a la población preferentemente en materia de nutrición, salud mental, salud bucal, educación sexual, planificación familiar, riesgos de la automedicación, prevención en contra de las adicciones, salud ocupacional, uso adecuado de los servicios de salud, prevención de accidentes, prevención y rehabilitación de la invalidez y detección oportuna de enfermedades.

Artículo 184 TER. La Secretaría de Salud se coordinará con los gobiernos de las entidades federativas, del Distrito Federal y con el Consejo de Salubridad General, para ejecutar los programas contra el uso de sustancias que ocasionan adicción, los cuales incluirán la prevención, tratamiento y rehabilitación; teniendo como mecanismo primordial la educación para dar a conocer los efectos de las adicciones.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Los CC. diputados integrantes de la Comisión de Salud

Diputados: José Angel Córdova Villalobos (rúbrica), José Javier Osorio Salcido (rúbrica), Pablo Anaya Rivera (rúbrica), Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Rafael García Tinajero (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), María del Rocío Jaspeado Villanueva, Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Maki Esther Ortiz Domínguez (rúbrica), Francisco Rojas Toledo (rúbrica), José Luis Treviño Rodríguez (rúbrica), Jesús Aguilar Bueno, Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Jaime Fernández Saracho (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), José García Ortiz, Isaías Soriano López, Abraham Velázquez Iribe, Martha Palafox Gutiérrez, Martín Remigio Vidaña Pérez, Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Julio Boltvinik Kalinka (rúbrica), Javier Manzano Salazar, Irma S. Figueroa Romero, José Luis Naranjo Quintana (rúbrica), Raúl Piña Horta (rúbrica), María Angélica Ramírez Luna (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISION DE SALUD, CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LA FRACCION I DEL ARTICULO 5 DE LA LEY DE LOS INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Salud, de la H Cámara de Diputados, le fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa que reforma la fracción I del articulo 5° de la ley de los Institutos Nacionales de Salud, a fin de cambiar la denominación del Instituto Nacional de Cancerológica para la especialidad de las neoplasias por la de Instituto Nacional de Cancerológica Conrado Zuckermann, para la especialidad de las neoplasias, presentada en la LIX legislatura, por el diputado Jose Ángel Córdova Villalobos

La Comisión de Salud, con fundamento en las atribuciones que les otorgan los artículos 39 numerales 1° y 3°, 43,44 y 45 y relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 88, 89, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de los miembros de esta Honorable Asamblea, el presente dictamen, el cual se elabora bajo la siguiente;

METODOLOGÍA

Esta Comisión, encargada del análisis y dictamen de la iniciativa propuesta, desarrolla este dictamen, conforme a continuación se detalla:

I.-En el capítulo "ANTECEDENTES" se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida iniciativa y de los trabajos previos de la Comisión.

II.-En el capítulo correspondiente a "CONTENIDO DE LA INICIATIVA", se exponen los motivos y alcance de la propuesta de reformas y adiciones en estudio, así mismo, se hace una breve referencia de los temas que la componen.

III.-En el capítulo de "CONSIDERACIONES", la Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y los motivos que sustentan el resolutivo del dictamen a la iniciativa en análisis.

I. ANTECEDENTES

En Sesión celebrada el día 19 de noviembre del año dos mil tres, el Diputado Jose Ángel Córdova Villalobos del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 constitucional y el artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción I del articulo 5° de la ley de los Institutos Nacionales de Salud, a fin de cambiar su denominación por la de Instituto Nacional de Cancerológica Conrado Zuckermann, para la especialidad de las neoplasias.

Con la misma fecha, la Mesa Directiva de la LIX Legislatura turno a la Comisión de Salud la iniciativa, para su estudio y elaboración del Dictamen respectivo.

A su vez, esta Comisión y de conformidad con lo que señala el artículo 44 en su numeral 4, de la Ley Orgánica del Congreso, la Comisión de Salud, encomendó a su Segunda Subcomisión de Salud denominada "Medicina Preventiva y Bioética" a fin de preparar el dictamen respectivo, siendo sus integrantes de manera conjunta, quienes elaboraron, analizaron y discutieron ampliamente los considerandos que se incluyen en el capitulo respectivo del presente dictamen.

II.- CONTENIDO DE LA INICIATIVA

En este apartado, hacemos referencia a la Exposición de Motivos plasmada en la iniciativa en estudio:

El Diputado proponente, en su exposición de motivos expresa que actualmente el Instituto de Cancerología es un organismo descentralizado de tercer nivel, dependiente de la Secretaría de Salud; que brinda atención médica especializada a enfermos oncológicos y es además un centro de referencia e institución a la cual acuden personas que reciben la ayuda, experiencia y eficacia de las personas que lo forman.

Igualmente expresa que esta noble institución de salud fue creada hace más de 50 años con el propósito de atender de manera especializada los problemas del cáncer en nuestro país y en la creación y consolidación de esta prestigiada institución médica, participó de forma preponderante el reconocido cirujano Doctor Conrado Zuckermann Duarte, quien fungió, a propuesta del entonces presidente de la República Miguel Alemán Valdés, como el primer director del Instituto de Cancerología. El destacado desempeño al frente de dicho organismo, durante los catorce años que el Doctor Conrado Zuckerman lo dirigió, le valió el reconocimiento de la comunidad médica y de la sociedad por su compromiso en el cuidado y tratamiento de los pacientes afectados por el cáncer.

Refiere el Legislador que el Doctor Conrado Zuckermann Duarte nació en Mérida, Yucatán el 7 de Noviembre del año 1900, y realizó sus estudios en la Escuela Nacional de Medicina de México, donde se graduó de médico cirujano, posteriormente en los 60 años en los que se mantuvo en el ejercicio profesional contribuyó en forma importante al desarrollo y prestigio en la medicina nacional y llevó el nombre de nuestro país a niveles internacionales, particularmente en las especialidades de oncología, cirugía y ginecología, en las cuales destacó y aportó a través de sus actividades académicas y docentes a favor de instituciones, sociedades así como asociaciones y federaciones. "La misión del cirujano es prolongar la vida", fue el lema que practicó a lo largo de su vida profesional.

Igualmente señala el Diputado en su exposición de motivos, que el Dr. Conrado Zuckermann Duarte perteneció a 18 sociedades de la especialidad de diferentes partes del mundo, reconociéndosele su tributo al avance de la ciencia escribiendo 15 libros y más de 500 artículos científicos relativos a la oncologia, obteniendo la medalla de oro por el General Álvaro Obregón, entonces Presidente de la República Mexicana, por realizar el trabajo del metabolismo de los hidratos de carbono, mismo que introdujo a nuestro país el empleo en los diabéticos de la insulina la cual recientemente la habían descubierto.

III CONSIDERACIONES"

El Doctor Conrado Zuckermann, fue miembro fundador de la academia Mexicana de Cirugía.

Editó 15 libros el primero de ellos en 1928, en donde describe un gran avance en la investigación sobre el diagnóstico y tratamiento del cáncer.

Durante sus estudios profesionales obtuvo los primeros lugares con diplomas certificados en los años de 1918 a 1922, en 1924 el doctor Zuckermann termina su tesis profesional sobre el metabolismo de los carbohidratos la cual es la pauta en el país para el uso de la insulina, e identificación de glúcidos en la sangre de adultos, recibiendo al termino de su carrera profesional de Médico Cirujano en la Escuela Nacional de Medicina de México la medalla de oro, misma que fue entregada por el Gral. Alvaro Obregón, Presidente de la República en ese entonces.

En 1925 inicia su investigación en el área oncológica modificando las técnicas de tratamiento, dichas técnicas en esa época eran generalmente quirúrgicas, iniciando conjuntamente diversas campañas de prevención para la atención oportuna del cáncer, lo que conlleva a crear conciencia a las autoridades sanitarias, de ésta patología induciendo a la creación de un Instituto Nacional especializado en este tipo de padecimientos, estableciéndose así en Instituto Nacional de Cancerología, el cual fue creado en la época post-revolucionaria, contando con los servicios de consulta externa, laboratorios, rayos X y patología entre otros, fue dirigido por el Dr. Conrado Zuckermann, a propuesta del entonces Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Lic. Miguel Alemán Váldez en el inicio de la década de los cuarenta.

En diciembre de 1950 el Presidente Miguel Alemán Valdez, promulga la Ley del Instituto Nacional de Cancerología y en 1963 se traslada al que fuera en pabellón de oncología del Seguro Social, y en 1980 el Instituto cambia sus instalaciones al lugar que ocupa actualmente en Tlalpan en la CD. de México.

Este Instituto por su equipamiento, recursos humanos y materiales es una de las unidades oncológicas del país, que tienen los suministros adecuados para la prevención y tratamiento de las diferentes neoplasias.

Cabe destacar que el Dr Conrado Zuckermann, tal y como lo indica el Legislador proponente en su iniciativa, fue un hombre de gran apego a su país, médico ejemplar, un mexicano que atravesó barreras nacionales e internacionales en el mundo de la medicina, y aportó sin lugar a duda un gran valor, que actualmente se refleja en la rica historia que tiene México en la medicina moderna.

Dejó vestigio en el mundo de la medicina y en nuestra Nación, el resultado de su vida se envolvió de la honradez, honestidad, sabiduría y nobleza de su acción. Es tiempo que el Estado otorgue el reconocimiento que merece un ilustre patriota. Que mejor manera de hacerlo que permitiendo que la Institución a la que dedicó buena parte de su vida y cuya especialidad fue el centro de su desarrollo profesional lleve su nombre.

Por lo anteriormente expuesto los integrantes de esta Comisión de Salud con las atribuciones que le otorga el artículo 73 fracción XVI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 45 numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior de los Estados Unidos Mexicanos, emitimos el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LA FRACCIÓN I, DEL ARTÍCULO 5 DE LA LEY DE LOS INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD

Artículo Único. Se reforma la fracción I, del artículo 5 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 5. Los organismos descentralizados que serán considerados como Institutos Nacionales de Salud, son cada uno de los siguientes, para las áreas que se indican:

I. Instituto Nacional de Cancerología Doctor Conrado Zuckermann, para la especialidad de las neoplasias;

II. a XI. ...

TRANSITORIOS

Primero. Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Instituto Nacional de Cancerología Doctor Conrado Zuckermann para la especialidad de las neoplasias, contará con un plazo de seis meses para cambiar su denominación a Instituto Nacional de Cancerología Doctor Conrado Zuckermann, para la especialidad de las neoplasias.

Tercero. Los materiales y suministros e insumos para la salud que lleven inserto el nombre de Instituto Nacional de Cancerología, seguirán utilizándose hasta el término de su vida útil.

Así lo acordaron los Diputados que integran la Comisión de Salud.

Diputados: José Angel Córdova Villalobos (rúbrica), Presidente; Pablo Anaya Rivera (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar, José Javier Osorio Salcido (rúbrica), Rafael García Tinajero (rúbrica), secretarios; Jesús Aguilar Bueno, José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Julio Boltvinik Kalinka (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Jaime Fernández Saracho (rúbrica), Irma Sinforina Figueroa Romero, Marco Antonio García Ayala (rúbrica), José García Ortiz, María del Rocío Jaspeado Villanueva, Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Javier Manzano Salazar, José Luis Naranjo Quintana (rúbrica), Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, Maki Esther Ortiz Domínguez (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez, Raúl Piña Horta (rúbrica), María Angélica Ramírez Luna (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Francisco Antonio Rojas Toledo (rúbrica), Isaías Soriano López, José Luis Treviño Rodríguez (rúbrica), Abraham Velázquez Iribe, Martín Remigio Vidaña Pérez.
 
 
 

DE LA COMISION DE SALUD, CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA UN ARTICULO 41 BIS A LA LEY GENERAL DE SALUD

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa de decreto que adiciona la Ley General de Salud con un artículo 41-bis, para incorporar la obligación de contar en los hospitales del sector público, privado y asistencial, con comités hospitalarios de bioética, presentada en sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, por el Diputado Francisco Salvador López Brito a nombre de los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional el día jueves 14 de noviembre de 2002.

La Comisión de Salud, con fundamento en las atribuciones que les otorgan los artículos 39, 44 y 45 y relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55,56,60,65,66,87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente DICTAMEN:

METODOLOGÍA

La Comisión encargada del análisis y dictamen de la iniciativa mencionada anteriormente, desarrolla su trabajo conforme el procedimiento que a continuación se describe:

I.- En el capítulo de "ANTECEDENTES" se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo en turno para el dictamen de la referida iniciativa y de los trabajos previos de la Comisión dictaminadora.

II.- En el capítulo correspondiente a "CONTENIDO DE LA INICIATIVA", se sintetiza el alcance de la propuesta de reformas en estudio.

III.- En el capítulo de "CONSIDERACIONES", la Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la decisión de respaldar en lo general la iniciativa en análisis.

I. ANTECEDENTES

1.- El día jueves 14 de noviembre de 2002 en sesión celebrad por la Cámara de Diputados, el Diputado Federal Francisco Salvador López Brito del Grupo Parlamentario del partido Acción Nacional, presentó la iniciativa de decreto que adiciona la Ley General de Salud con un artículo 41-bis, para incorporar la obligación de contar en los hospitales del sector público, privado y asistencial, con comités hospitalarios de bioética, con fundamento en las disposiciones contenidas en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó dicha iniciativa mediante oficio No. D.G.P.L.58-II-1-1058 a ésta Comisión de Salud, para su estudio y dictamen.

2.- La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 73, fracción XVI, señala la facultad que tiene el Congreso de la Unión para legislar en materia de salubridad general, coincidiendo con las exigencias que establece el artículo cuarto, párrafo tercero, de la misma Constitución con la finalidad de garantizar el derecho a la protección de la salud, tema al que hace referencia la iniciativa de salud presentada por el Diputado Francisco Salvador López Brito a fin de que se realice el dictamen correspondiente.

3.- De conformidad con lo que establece el artículo 44 en su numeral 4 de la Ley Orgánica del Congreso, la Mesa Directiva de la Comisión de Salud, encomendó a su Segunda Subcomisión denominada "Medicina Preventiva y Bioética", preparar el dictamen respectivo, por lo cual ésta subcomisión llevó a cabo su reunión de trabajo el pasado día 3 de diciembre del año dos mil tres, con sus integrantes, en las que se analizó y discutió ampliamente tanto su exposición de motivos, como el contenido de la iniciativa.

4.- Así también, los integrantes de la Comisión de Salud encomendados a preparar el dictamen correspondiente hicieron aportaciones y recopilaron información de diversas fuentes para fundamentar la decisión final en torno a la iniciativa propuesta.

II. CONTENIDO DE LA INICIATIVA

En este apartado se exponen los motivos aducidos por el autor de la iniciativa en estudio, respecto de la propuesta para incorporar la obligación de contar en los hospitales del sector público, privado y asistencial, con comités hospitalarios de bioética, así como las consideraciones o justificaciones que se tomaron en cuenta para su presentación.

El Diputado que promueve la Iniciativa, señala en su exposición de motivos que el progreso y evolución de las ciencias biomédicas en el último siglo, aunado al desarrollo de tecnologías y técnicas de aplicación clínica, han provocado que los trabajadores de salud, los investigadores, los usuarios de los servicios y en general toda la población, en sus ámbitos de conocimiento y competencia se replanteen, tanto nuevas pautas del ejercicio profesional, como los alcances y aplicaciones de la ciencia, la técnica y la tecnología en la salud individual y colectiva.

Que en los últimos tiempos se han presentado hechos concretos y reales de agresión a la vida, la persona y la dignidad, entre los cuales señala como ejemplos la investigación en humanos realizada por lo nazis en sus campos de concentración y exterminio, las políticas de limpieza étnica en la ex-Yugoslavia, las dictaduras, la disposición de embriones para experimentación, las pruebas en humanos de nuevos medicamentos sobre todo en países pobres del planeta, y el uso de la tecnología para el desarrollo de armas biológicas y de destrucción total.

Que debido a las malas aplicaciones en la ciencia y la medicina, surge como alternativa y respuesta, una nueva disciplina, la bioética; ciencia que conjuga a la medicina, el derecho y la filosofía, como expresión de médicos, investigadores, filósofos, juristas y legisladores, que así crearon una nueva metodología de análisis a problemas asistenciales, clínicos, quirúrgicos y de investigación, que se basa en el análisis pluri e interdisciplinario de los conflictos, en una reflexión ética plural y respetuosa de las creencias e ideologías.

La bioética surge así, en un mundo dominado por el conocimiento tecnocientífico, en el cual los propios trabajadores de la salud se han visto superados por el uso y disposición de tecnologías, a los que sus códigos éticos y deontológicos no tienen respuesta inmediata, ante situaciones concretas que no están normadas y legisladas y que en ocasiones los líderes morales y ministros de culto se oponen sin pleno conocimiento y con un rigorismo dogmático.

Ante este escenario, es necesario proteger a la sociedad de latentes transgresiones a que pueden ser objeto para evitar mayores desconfianzas en los ciudadanos hacia los servicios y eventualmente la generada por los mismos médicos.

Argumenta en la iniciativa, que la postura ante los dilemas éticos que plantea el nuevo ejercicio de la medicina y el desarrollo científico y de tecnologías, se ha visto confrontada al menos en dos disposiciones radicalmente opuestas; por un lado se encuentra el argumento generalizado de algunos sectores de los científicos e investigadores que exigen que no se detenga la investigación y sus aplicaciones por motivos éticos o morales, pues aducen en este sentido, una supuesta carencia de ideología de las ciencias y sus usos, y por supuesto quienes así piensan, esgrimen las libertades de pensamiento y ejercicio profesional.

Asimismo, el Diputado proponente, apunta que es preciso responder de manera urgente a las necesidades de la sociedad y establecer una regulación nacional para asistir al paciente y a sus familiares, sobre todo en el ámbito intrahospitalario, para lo cual propone la creación de comités hospitalarios de bioética, integrados por grupos inter y multidisciplinarios, con una actitud ética pluralista, que se ocupen de los problemas éticos de la atención a la salud, certificando que al paciente le sea proporcionada no tan sólo la atención en sus problemas de salud, sino información veraz y suficiente, para lograr que los encargados de bioética participen en la discusión de los protocolos de investigación, en el área de su competencia, lo que equivale a asegurar la protección de la vida y los derechos de cada persona.

III. CONSIDERACIONES

En los siguientes párrafos que integran el presente capítulo, se analizan los diferentes argumentos y estudios realizados por esta Comisión dictaminadora referentes al tema que nos ocupa, tales como el aspecto técnico, ético, sociológico y jurídico del mismo.

Los miembros de la Comisión de Salud de la LIX Legislatura preocupados por la atención, defensa y protección de los derechos de todo individuo, en este caso particular, aquellos que deben tener los enfermos, pacientes y cada usuario de los servicios de salud, coinciden sobre todo en que es un deber el garantizar que la atención médica se brinde con la debida ética, seguridad, legalidad, eficacia, y con un elevado profesionalismo médico. Asimismo, que es necesario que se les brinde con oportunidad todos los cuidados necesarios, además, con un sumo respeto hacia la vida, que es uno de los fines primordiales de la medicina.

La iniciativa que nos ocupa refiere como estructura medular la instalación de comités de Bioética en centros hospitalarios, independientemente de su correspondencia al sector público o al privado, sin embargo para inducirnos al tema de la misma, es conveniente precisar que se entiende por Bioética.

De acuerdo con León Rabago, "el término Bioética, etimológicamente, alude a una ética o moral de la vida humana, entendida ésta, no en su sentido biográfico, como relación de lo que el hombre hace durante su existencia, sino en su sentido biológico, como fenómeno natural que condiciona nuestra existencia". A esta disciplina se le ha encomendado el estudio de todos los problemas éticos o morales relativos a la vida humana, así como el de los principios o normas a que deben sujetarse quienes se dedican al estudio o a la investigación, dentro del campo de las ciencias de la vida humana, y aquellos que ejercen profesiones relacionadas con la aplicación práctica de los conocimientos derivados de dichas ciencias, pero la bioética no solo abarca los múltiples temas y problemas morales relacionados con la ética médica, sino también, como refiere Juliana González, "a la no menos vasta y decisiva problemática, filosófica y ética, que plante la biotecnología y, en especial, la ingeniería genética, y se aboca asimismo a desentrañar los significados éticos de orden ecológico y demográfico."

En este sentido, la Bioética aún cuando se encarga de cuestiones aparentemente diferentes, las mismas recaen en un punto coincidente "la vida humana". Pueden ser tan variados los temas en que participa la Bioética, pero todos tienen la particularidad de que sus implicaciones afectan considerablemente la vida. Algunos de los casos más controvertidos en los que participa la ciencia o la práctica médica, donde se ve en juego los valores morales y más de algunas veces con implicaciones jurídicas, son los casos de la donación de órganos y transplantes, la procreación o reproducción asistida, la ingeniería genética, la clonación, el genoma humano, el aborto, la eutanasia, la asistencia a pacientes terminales, la relación médico paciente, eugenesia, entre otros.

Ante esta panorámica, el desarrollo de nuevas técnicas, los avances de la ciencia y las diferentes aplicaciones médicas, es necesario establecer medidas para salvaguardar de posibles ataques a los valores y a la esfera jurídica de la sociedad. En el ámbito internacional existe la preocupación sobre estas mismas cuestiones, en donde se han realizado diversas convenciones y conferencias, en las cuales se han emitido importantes documentos tendientes a proteger al individuo contra la previsible proliferación de fenómenos de manipulación genética y con ello graves ataques a su dignidad como: Declaración universal de la UNESCO sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos de 1997 (adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1998), el Convenio del Consejo de Europa para la Protección de los Derechos Humanos y la Dignidad del Ser Humano con respecto a las Aplicaciones de la Biología y la Medicina: Convenio sobre Derechos Humanos y Biomedicina de 1997, así como la Declaración Ibero-Latinoamericana sobre Derecho, Bioética y Genoma Humano (Declaración de Manzanillo en 1996, revisada en Buenos Aires en 1998 y en Santiago de Chile en 2001).

Como resultado de los amplios debates sobre temas bioéticos relacionados con las implicaciones de las nuevas tecnologías en materia genética, así como el manejo de las mismas y las intervenciones médicas, se ha dado un movimiento universal, en el que nuestro país no se ha quedado al margen de dichos sucesos, creándose como respuesta la Comisión Nacional de Bioética, el Código de Bioética para el personal de salud 2002, con el fin de definir y regir las actuaciones en las prácticas médicas, las relaciones médico-paciente, los valores implicados en la prestación de los servicios a enfermos y las diferencias con los familiares, entre otros temas de relevancia en los que se ponga en peligro la vida por la actuación de los profesionales de la salud.

En diferentes países como Chile, España, Argentina, Brasil, ya se ha legislado sobre el tema propuesto y no nada más mediante reformas o adiciones al articulado vigente, sino que se han expedido leyes especiales para regular de manera amplia y detallada de las funciones, estructura, integración, organización y sanciones para los comités de Bioética. Mención particular merece Argentina, que no solamente cuenta con una ley nacional al respecto, sino varias de sus provincias han dispuesto mediante leyes locales la regulación para los comités que aquí se proponen.

De lo expuesto y con el fin fundamental de reforzar las medidas tendientes a evitar que se trastoquen los derechos y se perjudique a los enfermos que necesitan una intervención o la participación médica en los servicios de salud y en las investigaciones con humanos y sus respectivas implicaciones, se propone la iniciativa de la Instalación de Comités de Bioética, para hacer frente a la previsible transgresión que puede suscitarse con la aplicación de las nuevas tecnologías científicas relacionadas con la medicina y la salud.

La instalación de Comités de Bioética en los centros hospitalarios no es algo novedoso, éstos tienen su origen en los comités de ética, establecidos con la finalidad de orientar, provocar conciencia en los médicos para hacerles reflexionar sobre la importancia de su práctica en la protección y salvamento de vidas. En diversas instituciones hospitalarias, se han puesto en marcha logrando resultados benéficos más allá de los logrados por los comités de ética, pues éstos últimos debido a la falta de una plena autoridad, vieron mermado su campo de acción. De esta forma fue que los Comités de ética se han sustituido por Comités de Bioética, los cuales tienen como objetivo reunir a un grupo de profesionales seleccionados por cada una de las áreas médicas que integran un hospital, para estudiar, revisar, exponer, y tomar decisiones sobre los temas de la práctica médica que tengan un impacto directo con la ética.

Otra de las razones por las cuales han evolucionado los comités de ética para transformarse en Comités de bioética, es debido a que la esfera de aplicación de la bioética es más amplia, pues tiene que ver con las reglas que rigen al individuo en relación con todo lo que ataña a la vida, lo que vaya en contra, lo que pueda afectarla, la que exige así que se actúe con una debida ética racional.

La finalidad pretendida en la instalación de Comités de Bioética en hospitales o instituciones de salud, es provocar un espíritu de actitud positiva en la conducta de los médicos, para que éstos estén convencidos de que toda acción que realicen ha de estar apegada a los valores filosóficos y morales, lo que se traduce en mejor atención y respeto hacia los pacientes así como, mayor responsabilidad, compromiso y eficacia en el desempeño de sus intervenciones.

En los comités de bioética se pretende que mediante acuerdo, los miembros que los integren resuelvan sobre aquellos casos prácticos en los que se vea involucrada la ética, la medicina, el derecho, la moral. Se pretende también, que los médicos tengan siempre presente que cada una de sus actuaciones deviene en responsabilidad y la utilización de valores a favor del asistido.

En los hospitales, se ha desarrollado una corriente sobre la instalación de Comités de bioética, pero no son los únicos, pues ya que a la par de estos también se han venido instalando Comités de Investigación, los cuales trabajan de manera conjunta a favor de mayores beneficios en la atención la especialización y aplicación de las prácticas biomédicas. Asimismo, dichos comités establecen nexos con las autoridades de la institución, con las instancias legales y sobre todo con el paciente para mejorar la relación médico-paciente.

En este sentido, las reglas que se instauren para estos comités deberán fijar la posibilidad de que sus integrantes se reúnan periódicamente haya o no un motivo especial. En algunas ocasiones será indispensable porque lo solicita algún miembro del personal médico o porque lo solicita un paciente, pero independientemente de ello, es necesario que tengan reuniones periódicas para determinar y consensar el tratamiento aplicable. La premisa con la que han de actuar los comités de bioética será siempre el respeto a la vida en todas las actividades que se realicen en la institución.

Si bien es cierto, que esta Comisión apoya la iniciativa presentada, los integrantes de la Comisión de Salud de la LIX Legislatura, posterior a realizar un análisis de la propuesta, hacemos la siguiente consideración a la proposición de la iniciativa, ya que es conveniente que se revise la siguiente redacción;.

"Artículo 41-bis. En todos los centros hospitalarios y los institutos nacionales, públicos, privados o asistenciales, del Sistema Nacional de Salud, deberá existir un comité hospitalario de bioética, el que tendrá funciones de consultoría, asesoramiento, estudio, docencia y supervisión de la investigación respecto a las cuestiones éticas que surjan de la praxis médica."

Por lo que se refiere al término "praxis", en una adecuada técnica legislativa no es recomendable utilizar términos propios de otro idioma. En este sentido, el término adecuado es "práctica", voz oportuna para referirnos al ejercicio o funciones de carácter médico.

"Los comités hospitalarios de bioética estarán integrados como equipos multi e interdisciplinarios integrados por médicos, abogados, filósofos, profesionales y técnicos de la salud, los cuales podrán ser o no, trabajadores del hospital".

Para su revisión este párrafo habremos de dividirlo en tres partes:

"Los comités hospitalarios de bioética estarán integrados como equipos multi e interdisciplinarios..."

Por lo que corresponde al término "multi" e interdisciplinario, tampoco resulta aceptable, dadas las recomendaciones enunciadas en el párrafo anterior y en virtud de que aún cuando el término "multi" es utilizado, el mismo suele usarse acompañado de un complemento, y este no es el caso, además para esta situación sobre la composición de los Comités de bioética, el término que resulta más apropiado es el término "plural", en razón de que deberán mantenerse abiertos al diálogo y a la representatividad de la múltiples corrientes morales y religiosas, así como también las diversas ramas del conocimiento, es decir, que intervengan en la integración los profesionales de la medicina, el derecho, la filosofía, la teología, entre otras relacionadas con los temas que se presenten, así como representantes de las instituciones o centros hospitalarios en que vayan a formarse estos comités.

En apoyo a la composición de estos Comités de Bioética, en las consideraciones del Dictamen de la Comisión de Salud en sentido negativo a la iniciativa de decreto por el que se adicionan cuatro párrafos al articulo 75 de la Ley General de Salud, presentada por diputados del PVEM en la LVIII Legislatura se estableció que "No existen reglas estrictas y en la última instancia correspondería a la Secretaría de Salud establecer las normas sobre la conformación del Comité, dependiendo del tamaño de la institución, número de enfermos, tipo de establecimiento, personal y otros factores".

"... integrados por médicos, abogados, filósofos, profesionales y técnicos de la salud,"

Esta parte del párrafo aun cuando sabemos que proviene de la composición de los comités por varias disciplinas, la redacción debe mejorarse, pues aun cuando señala que estarán integrados por médicos, pero seguidamente se refiere a abogados, filósofos, profesionales y técnicos de la salud, está circunscribiendo todas esas disciplinas dentro "de la salud", lo que no es correcto hacer, pues no suelen ser llamados abogados de la salud o filósofos de la salud, y si puede señalarse que estarán integrados por médicos, profesionales y técnicos de la salud, además por abogados y filósofos.

"... los cuales podrán ser o no, trabajadores del hospital".

Por lo que respecta a esta última parte del párrafo en comento, el término "trabajadores", indicado en dicha Iniciativa resulta apropiado pues cohesiona la calidad de trabajador indistintamente si pertenece al sector público o al sector privado, o si ha de regirse por lo dispuesto en e artículo 3 de la Ley Burocrática o por lo dispuesto por el artículo 9 de la Ley Federal del Trabajo, pero resulta más apropiado usar el término referente a adscripción, ya que generaliza a que cualquiera que esté adscrito al centro hospitalario podrá participar en dichos comités y aun cuando el término trabajador podría ser aplicado, el mismo exceptúa la libre participación de otros sujetos que no tengan esa calidad (de trabajador) aun cuando pertenezcan al mismo centro u hospital en el que se instale el comité de bioética.

"Serán temas de análisis y opinión obligatoria, del comité hospitalario de bioética, los siguientes: técnicas de reproducción asistida, experimentación en humanos, prolongación artificial de la vida, genética, trasplante de órganos, donación de órganos, salud mental, derechos de los pacientes, objeción de conciencia de los trabajadores de salud, objeción de conciencia de los usuarios, sigilio profesional, equidad y racionalidad en el uso de los recursos disponibles, eugenesia, voluntad anticipada".

Este párrafo expone una serie de conductas o casos en los cuales han de participar los comités de bioética, sin embargo, las mismas no deben contemplarse de manera limitativa, sino enunciativa, pues cualquier otra situación aun cuando tenga conexión con temas bioéticos o posibles transgresiones al individuo en materia de salud no podrán actuar debido a que la Ley no se los permite. Por ello, es conveniente que se amplié el margen de acción para actuar en todas aquellas situaciones que tengan impacto directo con los temas bioéticos aplicados en la práctica médica y en el uso de la medicina.

En cuanto a "objeción de conciencia de los trabajadores de salud, objeción de conciencia de los usuarios", dichos enunciados deben conjuntarse por referirse a la misma figura jurídica: objeción de conciencia , por ejemplo puede establecerse: objeción de conciencia de los usuarios y de los trabajadores de salud o bien, objeción de conciencia de los usuarios y prestadores de servicios de salud, pues así define a éstos últimos la Ley General de Salud en su capítulo III Título Tercero denominado Prestación de los servicios de salud.

"A solicitud del paciente o sus familiares, podrá ser invitado a participar, en el comité hospitalario de bioética, para opinar sobre su caso en particular, un ministro de culto, un jurista o un bioeticista, designado por el propio paciente o sus familiares".

En los Comités de Bioética, que existen ya en muchos hospitales se recomienda que estén constituidos por un número impar de miembros y que incluyan a una persona de la comunidad, por ejemplo el pariente de un enfermo (...)

Por las consideraciones anteriormente expuestas, y en un ejercicio de nuestras facultades constitucionales, los suscritos Diputados de la Comisión de Salud de esta la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados, presentamos el siguiente;
 

PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 41 BIS A LA LEY GENERAL DE SALUD.

Artículo Único.- Se adiciona al artículo 41 BIS a la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 41 bis. En los centros hospitalarios, institutos nacionales o estatales, públicos o privados o asistenciales del Sistema Nacional de Salud, deberá funcionar un comité hospitalario de bioética, el cual tendrá funciones de consultoría, asesoramiento, estudio, docencia y supervisión de la investigación respecto a cuestiones éticas que surjan de la práctica médica.

Los comités hospitalarios de bioética estarán integrados de forma multi e interdisciplinaria por médicos, profesionales y técnicos de la salud, abogados, filósofos y profesionales de otras disciplinas afines, quienes podrán estar adscritos o no al hospital.

Serán temas de análisis y opinión obligatoria de los comités hospitalarios de bioética, las técnicas de reproducción asistida, experimentación en humanos, prolongación artificial de la vida, genética, trasplante de órganos, donación de órganos, salud mental, derechos de los pacientes, objeción de conciencia de los usuarios y de los prestadores de servicios de salud, sigilo profesional, equidad y racionalidad en el uso de los recursos disponibles, eugenesia, voluntad anticipada, así como aquellos casos en los que se presenten conflictos éticos relacionadas con la vida humana,

TRANSITORIOS

Primero. Este decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. En un lapso de 90 días naturales, la Secretaría de Salud, expedirá el reglamento para la conformación de los comités hospitalarios de bioética, y las características de los centros hospitalarios, conforme al artículo séptimo fracción III del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica.

Diputados: José Angel Córdova Villalobos (rúbrica), Presidente; Pablo Anaya Rivera (rúbrica), secretario; María Cristina Díaz Salazar, secretaria; José Javier Osorio Salcido (rúbrica), secretario; Rafael García Tinajero (rúbrica), secretario; Jesús Aguilar Bueno, José Porfirio Alarcón Hernández, Julio Boltvinik Kalinka, Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Jaime Fernández Saracho, Irma Sinforina Figueroa Romero (rúbrica), Marco Antonio García Ayala (rúbrica), José García Ortiz, María del Rocío Jaspeado Villanueva (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Javier Manzano Salazar, José Luis Naranjo Quintana (rúbrica), Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, Maki Esther Ortiz Domínguez (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez (rúbrica), Raúl Piña Horta (rúbrica), María Angélica Ramírez Luna (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz, Francisco Antonio Rojas Toledo (rúbrica), Isaías Soriano López, José Luis Treviño Rodríguez (rúbrica), Abraham Velázquez Iribe, Martín Remigio Vidaña Pérez.
 
 
 

DE LA COMISION DE SALUD, CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA LOS ARTICULOS 268 BIS Y 268 BIS I Y REFORMA EL ARTICULO 419 DE LA LEY GENERAL DE SALUD, PARA REGULAR LA ELABORACION DE TATUAJES PERMANENTES, MICROPIGMENTACIÓN Y PERFORACIONES, CON OPINION DE LA COMISION DE JUVENTUD Y DEPORTE

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Salud con Opinión de la Comisión de Juventud y deporte de la H. Cámara de Diputados, le fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa de Ley para regular la elaboración de Tatuajes Permanentes, Micropigmentación y Perforaciones, presentada en el Pleno de la Cámara de Diputados, por la Diputada Miroslava García Suárez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LVIII Legislatura, el día 26 de noviembre de 2002.

La Comisión de Salud, con fundamento en las atribuciones que les otorgan los artículos 39 numerales 1° y 3°; 43, 44 y 45 y relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 89, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de los miembros de esta Honorable Asamblea, el presente dictamen bajo la siguiente:

METODOLOGÍA

La Comisión encargada del análisis y dictamen de la iniciativa mencionada anteriormente, desarrolla su trabajo conforme el procedimiento que a continuación se describe:

En el capítulo de "ANTECEDENTES" se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo de turno para el dictamen de la referida iniciativa y de los trabajos previos de la Comisión.

En al capítulo correspondiente a "CONTENIDO DE LA INICIATIVA", se exponen los motivos y alcance de la propuesta de reformas y adiciones en estudio, así mismo, se hace una breve referencia de los temas que la componen.

En el capítulo de "CONSIDERACIONES", la Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y los motivos que sustentan el resolutivo del dictamen a la iniciativa en análisis.

I. ANTECEDENTES

1. En sesión celebrada el día 26 de noviembre de 2002, por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, la Diputada Miroslava García Suárez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LVIII Legislatura, con fundamento en las disposiciones contenidas en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentó la iniciativa de Ley para regulara la elaboración de Tatuajes Permanentes, Micro-pigmentación y Perforaciones, por lo cual la Presidencia de la Mesa Directiva turnó la iniciativa de Ley a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, para su estudio y dictamen.

2. A su vez esta Comisión responsable de la emisión del dictamen, analizó la facultad del Congreso para legislar en la materia, de esto se desprendió que nuestra Carta Magna en el artículo 73 fracción XVI, faculta al Congreso de la Unión para legislar en materia de salubridad general, asimismo nuestra Constitución Política en su artículo 4°, párrafo tercero garantiza el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona.

3. De conformidad con lo que establece el artículo 44 en su numeral 4 de la Ley Orgánica del Congreso, la Mesa Directiva de la Comisión de Salud, encomendó a su Segunda Subcomisión denominada "Medicina Preventiva y Bioética", preparar el dictamen respectivo, por lo cual ésta subcomisión llevó a cabo su reunión de trabajo el pasado día 3 de diciembre del año dos mil tres, con sus integrantes, en las que se analizó y discutió ampliamente tanto su exposición de motivos, como el contenido de la iniciativa.

4. Así también, los integrantes de la Comisión de Salud encomendados a preparar el dictamen correspondiente hicieron aportaciones y recopilaron información de diversas fuentes para fundamentar la decisión final en torno a la iniciativa propuesta.

II. CONTENIDO DE LA INICIATIVA

En este apartado hacemos referencia a la Exposición de Motivos que se encuentra plasmada en la iniciativa de reforma en estudio, en la cual el autor de la misma tiene por objeto reformar los artículos 38, 43 y 83 de la Ley General de Salud, así como las consideraciones o justificaciones que se tomaron en cuenta para su presentación.

La exposición de motivos comienza señalando, que personas de todos los tiempos manifiestan su interés para adornar su cuerpo o modificarlo de manera permanente, y los métodos empleados varían de un lugar a otro, pero estas prácticas se han realizado de manera cotidiana en personas de todas las edades, condiciones económicas, religiones o sexos.

Sin embargo, el incremento en la demanda por ese tipo de trabajos, promovida en parte por los medios de comunicación masiva, obliga a que las instituciones presten atención sobre las implicaciones que pudiera tener esta demanda en la salud pública.

De acuerdo con especialistas de la Secretaría de Salud, existe la posibilidad de que por medio de los instrumentos que se emplean para efectuar los tatuajes o las perforaciones, se transmitan algunos virus y bacterias en caso de que no se sigan algunos procedimientos básicos de higiene.

En todo el país existen alrededor de mil tatuadores y perforadores, cifra de precisar en virtud de que no existe un registro sobre los establecimientos que se dedican a esta actividad. No obstante, por lo que sí cada una de ellas efectúa un trabajo diario, a la semana se llevan a cabo 7 mil tatuajes y perforaciones y 28 mil al mes.

Las enfermedades transmisibles a través de las agujas para tatuar o perforar, van desde una simple infección bacterial hasta el virus de la hepatitis C, misma que, al igual que el síndrome de inmunodeficiencia adquirida, es incurable. Salvo que, en el caso de la hepatitis, si se descubre a tiempo, se realice un trasplante de órganos.

Es por eso, que la presente iniciativa retoma las legislaciones que sobre el particular se han aprobado en otros países, así como en algunos estados de la República. Contempla la creación de un registro único de tatuadores y perforadores, a disposición de la Secretaría de Salud, así como las normas mínimas de higiene y seguridad para proteger a clientes y trabajadores. Señala también las sanciones a las que se harían acreedores quienes violen las disposiciones de la ley y la entrada en vigor de la misma.

Finalmente, se sugiere que las dependencias correspondientes se faciliten mecanismos financieros a fin de que los trabajadores de este gremio tengan acceso a micro créditos como cualquier otro empresario y de esta manera estén en mejores posibilidades de adecuar establecimientos y puedan cumplir de manera precisa con la presente ley.

III. CONSIDERACIONES

Una vez realizada la investigación relativa al tema que nos ocupa, los Diputados integrantes de esta Comisión Dictaminadora consideramos lo siguiente:

Es indispensable plasmar algunos conceptos relativos a los tatuajes y perforaciones con la finalidad de desarrollar de manera más extensa, el tema que nos ocupa.

La figura del tatuaje y la perforación de piel, ha existido desde los tiempos más antiguos y eran usados como un signo distintivo entre las tribus, como los rangos de autoridad. Sin embargo hoy son muchas las etnias que siguen reconociéndose de acuerdo a las pinturas en la piel, los collares u otros adornos como una característica para los guerreros, cazadores, la esposa del jefe de la tribu, entre otros.

En nuestra época los tatuajes y las perforaciones han dado un giro con relación a su uso, ya que un gran número de personas se aplican tatuajes en el cuerpo por diversas causas; como una elección estética, por diversión, por moda, como maquillaje permanente o bien como complemento de la cirugía reconstructiva al simular el pigmento natural y su duración depende si el tatuaje es realizado temporalmente o definitivos variando la forma de elaboración.

El tatuaje consiste en un dibujo elaborado por diferentes tintas que son introducidas en la piel, habitualmente las tintas empleadas son partículas de carbón o formadas a base de compuestos metálicos más complejos.

Algunos artículos señalan; que existen tres tipos de tatuajes, los traumáticos, los profesionales y los amateur. Los primeros se producen tras la introducción de partículas de carbón alquitrán o de asfalto en la piel, normalmente tras una caída o el estallido de la pólvora. Los segundos y los terceros son dibujos intencionados en la piel.

Dentro de los tatuajes ha surgido la denominada micro-pigmentación, como una técnica estética que se está implantando actualmente, por lo general en los salones de belleza, estéticas, peluquerías, entre otros, ya sea para crear maquillajes de larga duración o para crear tatuajes temporales; se utiliza una especie de lápiz eléctrico, cuyo funcionamiento no difiere mucho de una máquina de tatuar convencional con la diferencia en que "micro" consiste en una capa de piel menos profunda, que puede regenerarse y, por lo tanto, acaba borrando el tatuaje. Los diseños pueden durar desde unos meses a un máximo de tres años.

Otro suceso o tendencia importante en la actualidad es la perforación o también conocida mundialmente como piercing, en donde cualquier parte del cuerpo ya sea la nariz, oreja, ceja, boca, brazos, ombligo, etc., puede perforarse y ser atravesada con una argolla o metal de distintos tamaños y materiales según la preferencia de las personas.

Existen diversas opiniones con relación a las personas portadoras de un tatuaje o de alguna perforación las cuales varían de acuerdo al entorno social que se trate, relacionándolos muchas veces como personas conflictivas, personas adictas a alguna droga, rebeldes, o bien otros lo consideran un arte.

Sin embargo, independientemente del calificativo social que se le de al hecho de realizarse un tatuaje o una perforación, es necesario separarlo del tema que nos concierne en este dictamen y es el correspondiente a la Salud, en virtud de que el decorarse el cuerpo con perforaciones o tatuajes, puede traer grandes complicaciones médicas, dentro las que podemos mencionar:

Las infecciones suelen ser las más comunes, en virtud de que los equipos y agujas de tatuaje no esterilizados pueden transmitir enfermedades infecciosas, como la hepatitis y en el caso de las perforaciones cuando no se emplean técnicas estériles, se pueden introducir bacterias y virus en la corriente sanguínea, incluyendo el virus de la hepatitis B, que puede causar hepatitis crónica y cáncer hepático, el HIV, el virus que causa el SIDA, en el caso de las infecciones bacterianas generalmente son posterior a la lesión del tejido subcutáneo, seguidas por hemorragia y lesiones o desgarramientos en el sitio de la perforación.

La eliminación de un tatuaje es un proceso doloroso que suele conllevar tratamientos intensos y un considerable gasto. Puede ser imposible la eliminación completa del tatuaje sin producir cicatriz a pesar de los avances en tecnología láser.

Cuando ocurren reacciones alérgicas por tatuajes, son particularmente problemáticas, en virtud de que los pigmentos son difíciles de eliminar, sin importar la antigüedad del tatuaje. En el caso de las perforaciones las más comunes son provocadas por la colocación de aros fabricados con metales que provocan dermatitis de contacto, hasta infecciones graves en algunas personas.

La perforación de la lengua puede dar origen a una pérdida permanente de sensación, dificultad para hablar, pérdida de la capacidad de captar el sabor y problemas de respiración, si la inflamación es severa.

Los queloides son cicatrices que crecen más que sus límites normales, tiene riesgo de formar queloides a partir de un tatuaje, se pueden formar en cualquier Momento en que lesione o traumatice su piel, y de acuerdo a dermatólogos el tatuaje o la micro pigmentación constituyen una forma de traumatismo.

Los métodos de eliminación del tatuaje incluyen tratamientos láser, frote, solución salina para eliminar el pigmento, solución ácida y cirugía. Algunos intentan encubrir un tatuaje comprometedor con otro nuevo. Cada técnica tiene sus desventajas.

Sabemos que la transmisión de diversas enfermedades infecciosas por vía sanguínea es altamente riesgosa y en especial si las prácticas de tatuaje, micro pigmentación y perforación no son realizadas por personas que cuente con la información, los instrumentos y condiciones higiénicas adecuadas. Por lo tanto, coincidimos con la necesidad de que nuestro país se determinen normas sanitarias relacionadas con la elaboración de tatuajes permanentes y perforaciones, las cuales deberán cumplir tanto los encargados a realizar dichas actividades, los establecimientos donde se realizan las prácticas, y las personas que se someten a hacérselo, a fin de evitar los riesgos para la salud que éste tema implica y evitar consecuencias que actualmente se manifiestan de forma creciente.

Igualmente se debe considerar la presencia de enfermedades cutáneas crónicas, cuando las incisiones o pigmentaciones se realizan bajo condiciones insalubres, lo que puede dar origen a enfermedades bacterianas, incluyendo abscesos o infecciones secundarias invasivas que pueden comprometer las funciones vitales, principalmente en un enfermo debilitado, dichas patologías pueden iniciar con una dermatitis localizada o una reacción de hipersensibilidad, es decir una dermatitis alérgica, misma que puede conjuntarse con un proceso bacteriano en un principio en la zona de contacto, para posteriormente diseminarse a otras áreas o zonas del organismo a través del torrente sanguíneo, esto sin incluir la falta de esterilización del equipo con el que se realiza la perforación, mismo que puede estar contaminado como se menciono anteriormente con el virus causal de la hepatitis "C" o del VIH que origina el SIDA.

Igualmente se debe considerar que la Ley General de Salud, establece expresamente aquellos establecimientos que requieren de licencia sanitaria y faculta a la Secretaría de Salud para determinar aquellos que sólo deberán dar aviso de funcionamiento, de esta manera, el ejecutivo federal publicó el acuerdo 141 emitido en el Diario Oficial de la Federación el 29 de julio de 1997 donde se estipula que establecimientos requieren dar aviso de funcionamiento, y adicionalmente el título décimo de la Ley General de Salud, establece los productos, medios y atribuciones de los órganos de gobierno para ejercer el control sanitario de productos y servicios, que conjuntamente con las reformas del 7 de mayo de 1997, se determinó el régimen jurídico para los establecimientos, en el que se consideran tres esquemas: La licencia sanitaria para los de mayor riesgo, el aviso de funcionamiento para los de menor riesgo y la liberación total de los giros que no constituyen riesgo para la salud.

Tanto la doctrina, como la práctica jurídica, nos muestran que el Derecho es un orden que establece sanciones, en ese sentido cada norma jurídica, habrá de prescribir y regular el ejercicio de la coacción.

Por lo tanto para que se perfeccionara una ley, deberá establecer sanciones, para quien vulnere sus preceptos. Es en este sentido se propone una sanción, a quien infrinja las normas sanitarias que deben respetar los establecimientos que se dediquen a la elaboración y aplicación de tatuajes y perforaciones, por lo que, proponemos la adición del artículo 268 bis 1 en el artículo 419, correspondiente al titulo Décimo Octavo, que se refiere a las Medidas de Seguridad, Sanciones y Delitos
 

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE JUVENTUD Y DEPORTE

La Comisión de Juventud y Deporte, coincide con el dictamen en relación a que es indispensable la regulación y prestación de los servicios de tatuajes, micro pigmentación y perforaciones, no sólo por los problemas de salud individual que conlleva esta práctica, sino también por los riesgos multiplicadores de contagio de enfermedades del VIH/SIDA y la hepatitis "C".

Considera la Comisión, que la promulgación de una Ley no es el instrumento jurídico idóneo para regular a los establecimientos en mención, y que puede ser a través de la facultada que tiene la Secretaría de Salud para regular dichas actividades a fin de cubrir el vacío legal existente, proponiendo reformar el artículo 198 de la Ley General de Salud, e integrar posteriormente las normas Mexicanas pertinentes conforme a lo que dispone el artículo 195 de la misma Ley, y que dicha normatividad deberá considerar obligaciones para todas aquellas personas que realizan estas actividades, así como la información amplia a los usuarios en relación a los riesgos a la salud que conlleva la aplicación de tatuajes, micro pigmentación y perforaciones.

Por lo anterior, esta Comisión dictaminadora considera procedente, realizar una reforma de adición a la Ley General de Salud, a fin de regular en materia de tatuajes y perforaciones, en virtud de ser la encargada de reglamentar el derecho a la protección de la salud en los términos del artículo 4° constitucional, así como llevar a cabo, el control mediante acciones de orientación, educación, muestreo, verificación y en su caso, aplicación de medidas de seguridad y sanciones, que ejerce la Secretaría de Salud con la participación de los productores, comercializadores y consumidores en base a lo que establecen las normas oficiales mexicanas y otras disposiciones aplicables conceptuado en el artículo 194 de la misma Ley.

Esta Comisión dictaminadora difiere con la iniciativa de Ley presentada denominada "Ley para Regular la Elaboración de Tatuajes Permanentes, Micro-pigmentación y Perforaciones", y en su lugar propone una reforma de adición a la Ley General de Salud, que regule sobre la misma materia y a su vez conlleve a la creación del reglamento correspondiente por parte del ejecutivo, de acuerdo al artículo 89 fracción I constitucional.

Dicha reforma consiste, en adicionar el artículo 268 Bis. y 268 Bis 1, al capitulo VIII del Titulo Décimo-Segundo de la Ley General de Salud, el cual se refiere al Control Sanitario de Productos y Servicios y de su Importación y Exportación, en virtud de ser el encargado de las actividades de regulación, control y fomento sanitario, así como reformar el articulo 419 de la misma Ley, referente a sanciones.

Por lo anteriormente expuesto los integrantes de esta Comisión de Salud con las atribuciones que le otorga el artículo 73 fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como los artículos 45 numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el gobierno Interior de los Estados Unidos Mexicanos, ponemos a consideración el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA LOS ARTÍCULOS 268 Bis, 268 Bis 1, AL CAPITULO VIII DEL TITULO DÉCIMO SEGUNDO, Y SE REFORMA EL ARTICULO 419 DE LA LEY GENERAL DE SALUD.

Artículo Único.- Se adicionan los artículos 268 BIS, 268 BIS-1, al Capítulo VIII del Título Décimo Segundo y se reforma al artículo 419 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 268 BIS

Los tatuadores, perforadores o micro pigmentadores, deberán contar con autorización sanitaria de acuerdo con los términos del capitulo I del titulo XVI de esta Ley y las demás disposiciones aplicables.

Se entenderá por:

Tatuador: persona que graba dibujos, figuras o marcas en la piel humana, introduciendo colorantes bajo la epidermis con agujas, escalpelos u otro instrumento por las punzadas previamente dispuestas.

Perforador: persona que introduce algún objeto decorativo de material de implantación hipoalergénico en la piel o mucosa con un instrumento punzo cortante.

Micro-pigmentador: persona que incrusta pigmentos en áreas específicas de la piel humana, bajo la epidermis, en la capa capilar de la dermis con agujas accionadas mediante un instrumento manual o electromecánico.

Artículo 268 BIS-1

Queda prohibido realizar tatuajes, micro pigmentaciones y perforaciones a personas menores de 18 daños de edad, así como aquellas que no se encuentren en pleno goce de sus facultades mentales. En el caso de las acciones antes mencionadas, solo podrá exceptuarse lo anterior cuando los menores de 18 años estén acompañados de uno de sus padres o tutor previa acreditación de tal carácter, o cuenten con la autorización por escrito. La violación estará prevista en el artículo 419 de esta Ley, esta disposición conllevará a la revocación definitiva de la licencia respectiva.

Artículo 419

Se sancionará con multa hasta mil veces el salario mínimo general diario vigente en la zona económica de que se trate, la violación de las disposiciones contenidas en los artículos 55, 56, 83, 103, 107, 137, 138, 139, 161, 200 bis, 202, 259, 260, 263, 268 bis-1, 282 bis -1, 342, 346, 348, segundo párrafo, 350 bis-6, 391 y 392 de esta Ley.

TRANSITORIOS

PRIMERO. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. El Ejecutivo Federal contará con sesenta días a partir de la entrada en vigencia de este Decreto para emitir el Reglamento en Materia de Tatuajes, Micro pigmentaciones y Perforaciones.

Así lo acordaron y firmaron los diputados integrantes de la Comisión de Salud:

Diputados: José Angel Córdova Villalobos (rúbrica), Presidente; Pablo Anaya Rivera (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), José Javier Osorio Salcido (rúbrica), Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica), secretarios; Jesús Aguilar Bueno, José Porfirio Alarcón Hernández, Julio Boltvinik Kalinka, Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Jaime Fernández Saracho, Irma Sinforina Figueroa Romero (rúbrica), Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, Maki Esther Ortiz Domínguez (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez, Raúl Piña Horta (rúbrica), María Angélica Ramírez Luna (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Francisco Antonio Rojas Toledo (rúbrica), Marco Antonio García Ayala (rúbrica), José García Ortiz, María del Rocío Jaspeado Villanueva (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Javier Manzano Salazar, José Luis Naranjo Quintana (rúbrica), Isaías Soriano López, José Luis Treviño Rodríguez (rúbrica), Abraham Velázquez Iribe, Martín Remigio Vidaña Pérez.
 

Dip. José Angel Córdova Villalobos
Presidente de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados
Presente

Por acuerdo de los suscritos, nos permitimos enviar la opinión realizada por la Comisión de Juventud y Deporte sobre la iniciativa de Ley para Regular la Elaboración de Tatuajes Permanentes y Perforaciones.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Diputados: José Manuel Carrillo Rubio, Presidente (rúbrica); Rosalina Mazari Espín, secretaria (rúbrica); Jorge Ruiz Esparza Oruña, secretario (rúbrica); Jazmín Elena Zepeda Burgos, secretaria.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el pasado 26 de noviembre de 2002, la Presidencia de la Mesa Directiva acordó turnar la Iniciativa de Ley para regular la Elaboración de Tatuajes Permanentes y Perforaciones, presentada por la Diputada Miroslava García del Grupo Parlamentario del PRD, a la Comisión de Salud con opinión de la Comisión de Juventud y Deporte.

Así, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 39, numeral 1, y en el artículo 45, numeral 6, inciso e), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Juventud y Deporte remite a consideración de la Comisión de Salud la siguiente:

Opinión

Como resultado del estudio y análisis de la Iniciativa de Ley para Regular la Elaboración de Tatuajes Permanentes y Perforaciones, se desprenden las siguientes consideraciones, fundamentos jurídicos y conclusiones que constituyen la opinión de la Comisión.

Consideraciones

I. Desde tiempos remotos, el hombre ha utilizado su cuerpo como medio de expresión pintándolo y marcándolo para diferenciarse de los demás y/o por motivos religiosos, sociales y estéticos. Entre estas prácticas de "arte corporal" destacan los tatuajes y perforaciones (piercings), que en los últimos años se han convertido en una moda que atrae, sobre todo a los jóvenes, y que se ha llegado a imponer como expresión de un estilo de vida.

II. No se puede negar la existencia de estos hechos en nuestra sociedad, los cuales se hacen patentes entre los jóvenes, los cuales recurren al tatuaje y a las perforaciones como medio para expresar sus sentimientos, sus apegos, rebeldía, identificación y pertenencia. En muchas ocasiones, los individuos deciden tatuar o perforar su cuerpo, sin la influencia de un grupo determinado, aunque en muchos casos son influenciados por los medios de comunicación.

III. Dado el marcado aumento de la demanda de estas prácticas de "arte corporal", consideramos que es importante garantizar condiciones de higiene y salubridad para su realización, ya que estas prácticas utilizan material punzo-cortante lo cual implica la existencia de un constante riesgo de contraer infecciones o incluso enfermedades graves como la hepatitis C o el VIH/sida.

Es de relevancia la iniciativa en el sentido de generar una regulación que ofrezca garantías para la realización de tatuajes y de perforaciones corporales, ya que si no se toman las medidas adecuadas, estas prácticas de "arte corporal" pueden derivar en focos de infección que pueden poner en riesgo de contraer infecciones y/o enfermedades contagiosas, en muchos casos mortales, al grueso de la población.

Fundamentos Jurídicos

1. El contenido del proyecto pretende regular una actividad específica estableciendo criterios, normas, requisitos y procedimientos propios de un reglamento.

2. La propuesta se fundamenta en un vacío jurídico que no permite a la autoridad federal regular de manera más estricta la prestación del servicio de elaboración de tatuajes permanentes y perforaciones. Es decir, de acuerdo a la Ley General de Salud, las atribuciones que le competen a la autoridad federal son insuficientes para ésta, mediante trámites de autorización, normalización e inspección de los establecimientos que prestan dichos servicios, garantice la prestación libre de riesgos sanitarios para los usuarios.

3. El Sistema Nacional de Salud está constituido por las dependencias y entidades de la Administración Pública, tanto federal como local, y las personas físicas o morales de los sectores social y privado, que presten servicios de salud y como parte de sus objetivos se encuentra el de proporcionar servicios de salud a toda la población y mejorar la calidad de los mismos, atendiendo a los problemas sanitarios prioritarios y a los factores que condicionen y causen daños a la salud, con especial interés en acciones preventivas.

4. El derecho a la protección de la salud contiene entre sus vertientes la protección de la sociedad contra riesgos a la salud que representen los servicios que prestan los diversos establecimientos. De tal forma que, el control y la vigilancia de los servicios y establecimientos de salud queda bajo la tutela de la autoridad federal según el inciso A fracción I del artículo 13 de la Ley General de Salud. Asimismo el artículo 45 establece que es competencia de la Secretaría de Salud vigilar y controlar la creación y funcionamiento de todo tipo de establecimientos de servicios de salud, así como fijar las normas oficiales a las cuales deben sujetarse; y para determinar cuales son los establecimientos de salud se atiene a lo establecido en los artículos 23, 24 y 34 de dicha ley.

5. El 29 de julio de 1997, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo 141 donde se especifica que establecimientos de salud requieren dar aviso de funcionamiento. Es así como dentro de la subcategoría de otros servicios privados auxiliares al tratamiento médico.

6. Una de las premisas fundamentales del Sistema Nacional de Salud es la de promover la descentralización de los servicios de salud, por lo que, la actividad que la iniciativa pretende regular a nivel federal, bien podría regularse de manera general en la legislación federal vigente, estableciendo a la postre los mecanismos de regularización necesarios a fin de que sean implementados por las autoridades locales, aplicando al efecto las normas oficiales mexicanas y demás normas sanitarias que resulten aplicables a dicha actividad.

7. No obstante, se considera que la promulgación de una ley no es la vía más adecuada para cubrir tal deficiencia. Consideramos que únicamente se requiere facultar de manera expresa a la autoridad federal para emitir normas y demás disposiciones reglamentarias que regulen la prestación de servicios de tatuajes, micro pigmentación y perforaciones.

Conclusiones

La Comisión de Juventud y Deporte, coincide con la iniciativa de Ley en relación a que es indispensable la regulación y prestación de los servicios de tatuajes, micro-pigmentación y perforaciones, no solo por los problemas de salud individual que conlleva esta práctica, sino también por los riesgos multiplicadores de contagio de enfermedades del VIH/SIDA y la hepatitis "C".

Considera la Comisión, que la promulgación de una ley no es el instrumento jurídico idóneo para regular a los establecimientos en mención, y que pueden ser a través de la facultad que tiene la Secretaria de Salud para regular dichas actividades a fin de cubrir el vacío legal existente, proponiendo reformar el articulo 198 de la Ley General de Salud, e integrar posteriormente las normas Mexicanas pertinentes conforme a lo que dispone el articulo 195 de la misma Ley, y que dicha normatividad deberá considerar obligaciones para todas aquellas personas que realizan estas actividades, así como la información amplia a los usuarios con relación a los riesgos a la salud que conlleva la aplicación de tatuajes, micro-pigmentación y perforaciones.

Atentamente.
Diputados: José Manuel Carrillo Rubio, Presidente; Rosalina Mazari Espín, Jorge Ruiz Esparza Oruña, Jazmín Elena Zepeda Burgos, secretarios (rúbricas).
 
 
 

DE LA COMISION DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, CON PROYECTO DE DECLARATORIA QUE ADICIONA UNA FRACCION XXIX-M AL ARTICULO 73 Y REFORMA LA FRACCION VI DEL ARTICULO 89 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Declaratoria

Del Congreso de la Unión por la que se adiciona una fracción XXIX-M al artículo 73 y se reforma la fracción VI del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

A la Comisión de Puntos Constitucionales que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con la Minuta de Declaratoria por el que se adiciona una fracción XXIX-M al artículo 73 y se reforma la fracción VI del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para los efectos del artículo 135 de nuestra Carta Magna.

Antecedentes

Producto de varias iniciativas presentadas por ciudadanos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Honorable Cámara de Diputados, presentó para su discusión y votación el dictamen con Proyecto de Decreto que adiciona una fracción XXIX-M al artículo 73 y se reforma la fracción VI del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su sesión del 13 de diciembre del 2002, fecha en la que fue aprobado y se ordenó su turno a la Honorable Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

El 14 de diciembre del mismo año, la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Senadores turnó la Minuta con Proyecto de Decreto a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; y de Estudios Legislativos, Primera. Comisiones que presentaron el dictamen de consecuencia y fue aprobado en las sesión del Senado de la República realizada el día 29 de abril del 2003.

En esa misma fecha, la Presidencia dictó el trámite de turno a las Honorables Legislaturas de los estados, para los efectos del artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a partir de esa fecha y hasta el 23 de octubre, la Honorable Cámara de Senadores recibió diecinueve comunicaciones de diversas Legislaturas estatales y en la sesión del 28 de octubre recibió comunicación del Congreso del Estado de Sonora, turnándolas todas a su Comisión de Puntos Constitucionales. Las comunicaciones de las Legislaturas locales corresponden a los estados de Baja California, Baja California Sur, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Colima, Durango, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Querétaro, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz y Zacatecas.

Del examen de los expedientes mencionados, se pudo constatar que se aprobó la Minuta que adiciona una fracción XXIX-M al artículo 73 y se reforma la fracción VI del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los mismos términos que el Honorable Congreso de la Unión. Del cómputo realizado, el resultado es de veinte aprobaciones, por lo que satisface el requisito del artículo 135 de nuestra Constitución.

Proyecto de Declaratoria

El Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución General de la República y previa la aprobación de la mayoría de las Honorables Legislaturas de los estados, declara adicionada la fracción XXIX-M del artículo 73 y reformada la fracción VI del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

ARTÍCULO ÚNICO.- Se adiciona una fracción XXIX-M al artículo 73 y se reforma la fracción VI del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 73. .........

I al XXIX-L. .......

XXIX-M.- Para expedir leyes en materia de seguridad nacional, estableciendo los requisitos y límites a las investigaciones correspondientes.

XXX. ........

ARTÍCULO 89. ...... I al V. .........

VI.- Preservar la seguridad nacional, en los términos de la ley respectiva, y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente o sea del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación.

VII a XX. ........

TRANSITORIO

ÚNICO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.- México, Distrito Federal.

Diputados: Gonzalo Alemán Migliolo (rúbrica); Rubén Alexander Rábago (rúbrica), secretario; Sergio Alvarez Mata (rúbrica); René Arce Islas (rúbrica); Francisco Antonio Astiazarán Gutiérrez (rúbrica), secretario; Federico Barbosa Gutiérrez (rúbrica); Francisco Barrio Terrazas (rúbrica); Angel Augusto Buendía Tirado; Enrique Burgos García (rúbrica); Víctor Manuel Camacho Solís (rúbrica); Horacio Duarte Olivares (rúbrica); Alvaro Elías Loredo (rúbrica), secretario; Enrique Ariel Escalante Arceo (rúbrica); Francisco Cuauhtémoc Frías Castro (rúbrica); Luis Antonio González Roldán (rúbrica), secretario; J. Jesús Lomelí Rosas (rúbrica), secretario; Luis Maldonado Venegas (rúbrica), secretario; Germán Martínez Cázares (rúbrica); Arturo Nahle García (rúbrica), secretario; Janette Ovando Reazola; Jorge Luis Preciado Rodríguez (rúbrica); Rogelio Humberto Rueda Sánchez (rúbrica); Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica); Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica); Socorro Userralde Gordillo (rúbrica); Marisol Vargas Bárcena (rúbrica); Pedro Vázquez González (rúbrica), secretario; Miguel Angel Yunes Linares (rúbrica), Presidente; Emilio Zebadúa González (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISION DE REFORMA AGRARIA, AL PUNTO DE ACUERDO, PARA SOLICITAR A LAS SECRETARIAS Y ORGANISMOS DEL GOBIERNO FEDERAL, PROCEDAN A RESOLVER EL PROBLEMA DE LA REUBICACION Y EL PAGO A QUE TIENEN DERECHO LOS CIUDADANOS DE LOS PUEBLOS AFECTADOS POR LOS REZAGOS AGRARIOS, QUE SE GENERARON POR LA CONSTRUCCION DE LAS PRESAS PRESIDENTE MIGUEL ALEMAN Y PRESIDENTE MIGUEL DE LA MADRID, PROPOSICION PRESENTADA POR EL DIPUTADO EVIEL PEREZ MAGAÑA, EL 13 DE NOVIEMBRE DE 2003

HONORABLE ASAMBLEA:

El Diputado Eviel Pérez Magaña, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en uso de las facultades que le confiere el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentó ante el Pleno de esta Soberanía una Proposición con Punto de Acuerdo para "solicitar a las Secretarías y Organismos del Gobierno Federal, procedan a resolver el problema de la reubicación y el pago a que tienen derecho los ciudadanos de los pueblos afectados por los rezagos agrarios, que se generaron por la construcción de las presas Presidente Miguel Alemán y Presidente Miguel de la Madrid".

En los términos previstos por los artículos 39, numerales 1 y 3, y 45 numeral 6 inciso F, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, habiendo estudiado la Proposición con Punto de Acuerdo de referencia, la Comisión que suscribe presenta a la consideración de esta H. Asamblea los siguientes:

I. ANTECEDENTES

El 13 de noviembre de 2003, el Diputado Eviel Pérez Magaña, presentó ante el Pleno de esta Cámara de Diputados la Proposición con Punto de Acuerdo de referencia.

A dicha Proposición, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dictó el siguiente trámite: "túrnese a la Comisión de Reforma Agraria".

El 13 de noviembre de 2003, se recibió en la Comisión de Reforma Agraria la Proposición con Punto de Acuerdo, y en fecha 24 de noviembre de 2003, se turnó a los diputados integrantes de la Comisión para su conocimiento y efectos de Dictamen.

Mediante oficios CRA/102 y CRA/116 se solicito información sobre el asunto a la Secretaría de la Reforma Agraria y a la Comisión Federal de Electricidad respectivamente. En Sesión Plenaria de la Comisión de Reforma Agraria, realizada el 21 de enero de 2004, el Diputado Eviel Pérez Magaña, expuso ante los diputados integrantes la problemática relativa al presente punto de acuerdo.

II. PROBLEMÁTICA

La Presa Temascal, hoy Miguel Alemán, y la presa Cerro de Oro, hoy Miguel de la Madrid, se encuentran localizadas en el estado de Oaxaca, y forman parte de sistema hidrológico de la cuenca del río Papaloapan; sus principales poblados son Temascal, Cd. Alemán, Tuxtepec, San Lucas Ojitlán y San Martín Soyaltepec, cuya principal actividad económica es la pesca, la agricultura y recolección de barbasco.

En octubre de 1944 ante la problemática generada por las cíclicas inundaciones en la región del Papaloapan, el Gobierno Federal emitió un Acuerdo Presidencial que declaraba de utilidad pública el estudio y construcción de las obras de control del río Papaloapan.

El 26 de febrero de 1947, el C. Lic. Miguel Alemán Valdés -entonces presidente de la República-, emitió el decreto presidencial por el cual se creó la Comisión Ejecutiva del Papaloapan, dotándosele a este organismo de las más amplias facultades para la planeación y construcción de las obras necesarias de esa región.

De 1947 a 1952, el proyecto del Papaloapan recibió gran apoyo gubernamental, contando con los recursos necesarios para iniciar las acciones enmarcadas en los 7 objetivos principales que conformaran este proyecto:

Efectuar una campaña de saneamiento en la cuenca.
Desarrollar la agricultura y la ganadería por medio de sistemas de drenaje y de irrigación complementaria.

Aumentar la producción nacional de energía eléctrica.
Controlar las crecidas del río y evitar las inundaciones.
Crear nuevos centros de población y mejorar los ya existentes.

Hacer navegable el Papaloapan como a principios del siglo XIX.
Abrir nuevas vías de comunicación.

Entre las obras de mayor importancia destacan las siguientes:

La presa Miguel Alemán, la cual se construyó para control de avenidas y generación de energía eléctrica y para la piscicultura, además de contar con un gran potencial para el riego. La planta hidroeléctrica permitía generar 154 mil kilovatios, equivalentes en ese tiempo, al 10% de la capacidad instalada de generación eléctrica en el país. Se puso en servicio en 1962. Como resultado del embalse, miles de campesinos mazatecos se asentaron en tierras veracruzanas.

La segunda gran presa -Cerro de Oro -posteriormente Presa Miguel de la Madrid ubicada sobre el río Santo Domingo, inició su construcción en 1972 y en consecuencia, comenzó el traslado masivo de campesinos chinantecos hacia la región selvática de Uxpanapa, en el corazón del Istmo veracruzano. La construcción de la obra se vio interrumpida repetidamente y se concluyó hasta 1988 por iniciativa del Gobierno del Estado de Oaxaca, que aportó recursos para la importante obra de desvío, asumiendo así la preponderancia en los trabajos del reacomodo de los afectados por el embalse de la presa.
 

III. CONSIDERACIONES

Respecto a su formulación, la proposición con Punto de Acuerdo cumple los términos previstos en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y el ciudadano diputado autor de la proposición, hace referencia a un asunto del cual le corresponde conocer en su carácter de representante de la Nación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Sin duda, se trata de un problema complejo y añejo, que requiere de atención desde varias perspectivas y en diversos ámbitos, por lo que es importante definir el sentido de la proposición.

De igual manera, es necesario señalar, que a pesar de las diversas obras realizadas por los gobiernos federal, estatal y municipal, prevalecen los problemas en la región, y estos se manifiestan en diversos ámbitos tal como el ambiental, el agrario, el social, el relacionado con las actividades económicas en la región y los relacionados con límites de tierras.

A efecto de fundamentar la proposición, el documento en análisis, expone la problemática de la cuenca del Papaloapan, pero basicamente, se refiere a los problemas que han enfrentado los habitantes de la región -que abarca 275 municipios- los cuales han tenido que desplazase de su lugar de origen, como consecuencia de la construcción de las presas Presidente Miguel Alemán y Presidente Miguel de la Madrid; se expropiaron cerca de 50 mil hectáreas, afectando a aproximadamente 35 mil pobladores, se señala como ejemplo el ejido de San Martín Soyaltepec el cual perdió la totalidad de sus tierras. A la fecha permanecen sin ser indemnizados muchos pobladores, los cuales, no obstante que la ley les asiste, no han recibido la indemnización correspondiente.

En este orden de ideas, se considera de importancia lo expuesto en el punto de acuerdo de referencia; existe una necesidad real de atender la problemática de la región de la Cuenca del Papaloapan de acuerdo a las razones ya expuestas; por ello, es necesario realizar las siguientes precisiones:

En términos de lo dispuesto por los artículos 39 numeral 3 y 45 numeral 1 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión, ha solicitado a las dependencias competentes involucradas en el asunto, la información relativa al caso, a efecto de contar con mayores elementos de juicio para la atención del Punto de Acuerdo que nos ocupa; lo anterior, sin menoscabo de la aprobación del presente punto de acuerdo.

Asimismo, conforme a las facultades ya referidas en el párrafo anterior, se desprende que esta Comisión legislativa, no tiene atribuciones para instruir a las dependencias del Ejecutivo Federal para que realicen una determinada acción respecto del presente asunto, ello en el ámbito de respeto a las funciones de los Poderes de la Unión; sin embargo, se deberá en todo caso exhortar a las dependencias competentes a que en el ámbito de su competencia instrumenten las acciones contenidas en la proposición con punto de acuerdo que nos ocupa.

Por lo anterior, esta Comisión de Reforma Agraria:

Conforme a las facultades que le confieren los artículos 39, 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos:

III.- RESUELVE

PRIMERO. En los términos previstos por el presente Punto de Acuerdo, se solicita al Ejecutivo Federal y en particular a la Secretaría de la Reforma Agraria así como a la Comisión Federal de Electricidad para que en el ámbito de su competencia, informen a esta Soberanía sobre las acciones realizadas para la atención de la problemática relacionada con la reubicación y el pago a que tienen derecho los ciudadanos de los pueblos afectados por la construcción de las presas Presidente Miguel Alemán y Presidente Miguel de la Madrid".

SEGUNDO. En virtud de que la problemática expuesta en el presente Punto de Acuerdo requiere de la atención permanente de esta Comisión de Reforma Agraria, se encarga a los diputados integrantes de la subcomisión de Reforma Agraria y Marco Jurídico el seguimiento y verificación de los avances en la atención del presente asunto.

Así se acordó y votó en Sesión Plenaria de la Comisión de Reforma Agraria, realizada en fecha 4 de febrero de 2004. Con fundamento en el artículo 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se emite el sentido de la votación:

Diputados: T. Manuel García Corpus (rúbrica), Presidente; Rubén Alfredo Torres Zavala (rúbrica), Margarito Fierros Tano (rúbrica), José Lamberto Díaz Nieblas (rúbrica), María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), secretarios; Margarita del Sagrado Corazón Chávez Murguía, Luis Andrés Esteva Melchor (rúbrica), Rogelio Alejandro Flores Mejía (rúbrica), Ramón González González (rúbrica), Rocío Guzmán de Paz, Ruth Trinidad Hernández Martínez, Ernesto Herrera Tovar, José Jesús Vázquez González, Francisco Chavarría Valdeolivar (rúbrica), Ana Lilia Guillén Quiroz (rúbrica), Marcelo Herrera Herbert (rúbrica), Javier Manzano Salazar (rúbrica), Enrique Torres Cuadros, Roberto Aquiles Aguilar Hernández, Juan Bustillos Montalvo, Elpidio Desiderio Concha Arellano (rúbrica), Heliodoro Carlos Díaz Escárraga, Oscar Félix Ochoa (rúbrica), Juan Antonio Gordillo Reyes, Enrique Guerrero Santana, Gustavo Moreno Ramos, José Alfonso Muñoz Muñoz (rúbrica), Eviel Pérez Magaña, Esteban Valenzuela García (rúbrica), Luis Antonio González Roldán (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISION DE REFORMA AGRARIA, AL PUNTO DE ACUERDO, PARA EXHORTAR AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL, PARA QUE EN EL AMBITO DE SUS ATRIBUCIONES SE TOMEN LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA QUE SE CONCLUYA LA RESTITUCION O EL PAGO DE LAS TIERRAS DE LOS QUE FUERON AFECTADOS, POR CAUSA DE UTILIDAD PUBLICA DE LOS EJIDOS LA CONCORDIA Y NIÑOS HEROES DEL MUNICIPIO LA CONCORDIA, CHIAPAS, PROPOSICION PRESENTADA POR EL DIPUTADO ROBERTO AQUILES AGUILAR HERNANDEZ, EL 13 DE NOVIEMBRE DE 2003

HONORABLE ASAMBLEA:

El Diputado Roberto Aquiles Aguilar Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en uso de las facultades que le confiere el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentó ante el Pleno de esta Soberanía una Proposición con Punto de Acuerdo para "Exhortar al titular del Poder Ejecutivo Federal, para que en el ámbito de sus atribuciones se tomen las medidas necesarias para que se concluya la restitución o el pago de las tierras de los que fueron afectados, por causa de utilidad pública de los ejidos La Concordia y Niños Héroes del Municipio la Concordia, Chiapas."

En los términos previstos por los artículos 39, numerales 1 y 3, y 45 numeral 6 inciso F, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, habiendo estudiado la Proposición con Punto de Acuerdo de referencia, la Comisión que suscribe presenta a la consideración de esta H. Asamblea los siguientes:

I. ANTECEDENTES

El 13 de noviembre de 2003, el Diputado Roberto Aquiles Aguilar Hernández, presentó ante el Pleno de esta Cámara de Diputados la Proposición con Punto de Acuerdo de referencia.

A dicha Proposición la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados LIX Legislatura, dictó el siguiente trámite: "túrnese a la Comisión de Reforma Agraria".

El 19 de noviembre de 2003, se recibió en la Comisión de Reforma Agraria la Proposición con Punto de Acuerdo, y en fecha 24 de noviembre de 2003 mediante oficio CRA/070/03, se turnó a los diputados integrantes de la Comisión para su conocimiento y efectos de Dictamen.

Mediante oficios CRA/107 y, CRA/116 se solicito información sobre el asunto a la Secretaría de la Reforma Agraria y a la Comisión Federal de Electricidad respectivamente. En Sesión Plenaria de la Comisión de Reforma Agraria, realizada el 21 de enero de 2004, el Diputado Roberto Aquiles Aguilar Hernández, expuso ante los diputados integrantes la problemática relativa al presente punto de acuerdo.

II. PROBLEMÁTICA

Entre los años 1959 a 1987 se construyó el sistema hidroeléctrico del río Mexcalapa- Grijalva, este sistema, esta conformado por los proyectos de las presas, Belisario Domínguez-La Angostura, Manuel Moreno Torres-Chicoasen, Netzahualcóyotl-Malpaso y Angel Albino Corzo-Las Peñitas.

Con un almacenamiento de 37000 millones de metros cúbicos, contribuye con cerca del 30% de los escurrimientos en la planicie costera de Tabasco. Al aportar una capacidad de 3900 megawatts (MW) y producción media anual de 11000 millones de kilowatts hora (kW h), requiere de manera permanente, de renovados criterios de operación y obras complementarias para fortalecer su presencia interregional.

El proyecto La Angostura, Chiapas situado a 53 kilómetros al sureste de Tuxtla Gutiérrez controla casi la mitad de la cuenca, lo cual otorga la suficiente confianza para regular los escurrimientos normales y extraordinarios en la parte alta del río Grijalva. Al mantener dentro de una variación de seis metros sus almacenamientos y niveles máximos de operación se aumenta significativamente la generación de electricidad.

El Punto de Acuerdo en comento, refiere que mediante Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 1973 se expropió al ejido "La Concordia", municipio del mismo nombre, en el estado de Chiapas, una superficie de tres mil catorce hectáreas, a favor de la Comisión Federal de Electricidad, para destinarse a la construcción de la Presa Belisario Domínguez "La Angostura". Se señala que, a más de treinta años de haberse realizado la expropiación, los ejidos La Concordia y Niños Héroes no han recibido el pago o restitución de sus tierras. Actualmente las autoridades de la Comisión Federal de Electricidad y Secretaría de la Reforma Agraria no han dado cumplimiento a la indemnización constitucional por lo que el presente Punto de Acuerdo se propone exhortar al Ejecutivo Federal para dar cumplimiento a la indemnización o en su caso se concluya la restitución de sus tierras a los afectados.

III. CONSIDERACIONES

Respecto a su formulación, la proposición con Punto de Acuerdo cumple los términos previstos en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y el ciudadano diputado autor de la proposición, hace referencia a un asunto del cual le corresponde conocer de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

A efecto de fundamentar la proposición, en el documento en análisis, se expone la problemática de los ejidos La Concordia y Niños Héroes, pero fundamentalmente, se refiere a los problemas que han enfrentado los habitantes de la región, quienes han visto afectado su patrimonio con la pérdida de sus tierras, como consecuencia de la construcción de las presa Belisario Domínguez, "La Angostura".

El documento base de la proposición, es el Decreto expropiatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 1973, el cual señala:

"DECRETO que expropia por causa de utilidad pública, una superficie de tres mil catorce hectáreas del ejido La Concordia, Municipio del mismo nombre, Estado de Chiapas, a favor de la Comisión Federal de Electricidad." En el séptimo párrafo del considerando segundo del Decreto expropiatorio, se reconoce la magnitud de la expropiación y sus efectos, por lo que es sustento para el punto de acuerdo en análisis, pues se señala: "En atención a que el desplazamiento de los miles de campesinos que trabajan sus tierras, así como el de los peones acasillados que laboran las tierras en diversos predios, significa un magno problema y a fin de resolver la situación angustiosa de estos campesinos que viven en lo que será el vaso de embalse, deberán tomarse las medidas adecuadas no solo para garantizarles una situación equivalente a la que venían disfrutando, sino que en lo posible sean superadas, por lo que no solamente serán indemnizados con tierras de mejor calidad, sino que, además, en aquellas que se les entreguen, deberán impartirse asistencia técnica y ayuda para la construcción de sus nuevos hogares..." No obstante, que el decreto expropiatorio considera la magnitud de la expropiación y por ende establece las medidas necesarias para "garantizarles (a los ejidatarios, avecindados y peones) una situación equivalente a la que venían disfrutando", el punto de acuerdo señala que no se ha cumplido con dicha obligación.

En virtud del contenido de la proposición, es necesario definir su sentido y alcance.

El objeto de la proposición, es fundamentalmente, solicitar a las dependencias involucradas del Ejecutivo Federal, el pago de la indemnización correspondiente por la expropiación de tierras al ejido "La Concordia".

Esta Comisión considera, que es necesario en primer término, contar con la información oficial sobre el asunto, a efecto de conocer su situación actual y el grado de cumplimiento de los términos establecidos en el Decreto expropiatorio, por lo que el presente dictamen habrá de proponer que esta Soberanía solicite la información correspondiente.

Por otra parte, por tratarse de un asunto complejo que requiere del tratamiento progresivo de acciones para el cumplimiento de su objeto, habrá de darse el seguimiento correspondiente para la atención del presente asunto. Por lo que una vez que se cuente con los elementos necesarios para emitir un juicio cierto sobre el asunto, se emitirá el pronunciamiento correspondiente.

En virtud de lo expuesto, es necesario realizar las siguientes precisiones:

En términos de lo dispuesto por los artículos 39 numeral 3 y 45 numeral 1 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión, solicitará a las dependencias competentes involucradas en el asunto, la información relativa al caso, a efecto de contar con mayores elementos de juicio para la atención del Punto de Acuerdo que nos ocupa; lo anterior, sin menoscabo de la aprobación del presente punto de acuerdo.

Asimismo, conforme a las facultades establecidas en los artículos señalados en el párrafo anterior, se desprende que esta Cámara de Diputados no tiene atribuciones para instruir a las dependencias del Ejecutivo Federal para que realicen una determinada acción respecto del presente asunto, ello en el ámbito de respeto a las funciones de los Poderes de la Unión; sin embargo, esta Comisión deberá en todo caso exhortar a las dependencias competentes a que en el ámbito de su competencia instrumenten las acciones contenidas en la proposición con punto de acuerdo que nos ocupa.

Por lo anterior, esta Comisión de Reforma Agraria:

Conforme a las facultades que le confieren los artículos 39, 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos:

III.- RESUELVE

PRIMERO. En los términos previstos por el presente Punto de Acuerdo, se solicita al Ejecutivo Federal y en particular a la Secretaría de la Reforma Agraria así como a la Comisión Federal de Electricidad para que en el ámbito de su competencia, informen a esta Soberanía sobre las acciones realizadas para la atención de la problemática relacionada con la reubicación y el pago a que tienen derecho los ciudadanos de los pueblos afectados por la construcción de la presa Belisario Domínguez "La Angostura".

SEGUNDO. En virtud de que la problemática expuesta en el presente Punto de Acuerdo requiere de la atención permanente de esta Comisión de Reforma Agraria, se encarga a los diputados integrantes de la subcomisión de Reforma Agraria y Marco Jurídico el seguimiento y verificación de los avances en la atención del presente asunto.

Así se acordó y votó en Sesión Plenaria de la Comisión de Reforma Agraria, realizada en fecha 4 de enero de 2004. Con fundamento en el artículo 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se emite el sentido de la votación:

Diputados: T. Manuel García Corpus (rúbrica), Presidente; Rubén Alfredo Torres Zavala (rúbrica), Margarito Fierros Tano (rúbrica), José Lamberto Díaz Nieblas (rúbrica), María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), secretarios; Margarita del Sagrado Corazón Chávez Murguía, Luis Andrés Esteva Melchor (rúbrica), Rogelio Alejandro Flores Mejía (rúbrica), Ramón González González (rúbrica), Rocío Guzmán de Paz, Ruth Trinidad Hernández Martínez, Ernesto Herrera Tovar, José Jesús Vázquez González, Francisco Chavarría Valdeolivar (rúbrica), Ana Lilia Guillén Quiroz (rúbrica), Marcelo Herrera Herbert (rúbrica), Javier Manzano Salazar (rúbrica), Enrique Torres Cuadros, Roberto Aquiles Aguilar Hernández, Juan Bustillos Montalvo, Elpidio Desiderio Concha Arellano (rúbrica), Heliodoro Carlos Díaz Escárraga, Oscar Félix Ochoa (rúbrica), Juan Antonio Gordillo Reyes, Enrique Guerrero Santana, Gustavo Moreno Ramos, José Alfonso Muñoz Muñoz (rúbrica), Eviel Pérez Magaña, Esteban Valenzuela García (rúbrica), Luis Antonio González Roldán (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISION DE SALUD, AL PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LA SECRETARIA DE SALUD, EXPIDA LA NORMA OFICIAL MEXICANA PARA LA CUANTIFICACION DE PLOMO EN POLVO Y SUELOS

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, de la LIX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen Punto de Acuerdo por el que se solicita se exhorte a la Secretaria de Salud, para la expedición de la Norma Oficial Mexicana para la cuantificación de plomo en polvo y suelos.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 65, 66, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Salud somete a la consideración de esta Honorable Asamblea, el dictamen relativo al Punto de Acuerdo antes mencionado, el cual se realiza bajo la siguiente:

METODOLOGÍA

I.- En el capítulo de "ANTECEDENTES" se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo en turno para la elaboración del dictamen respectivo, así como de los trabajos previos de la Comisión dictaminadora.

II.- En el capítulo correspondiente a "CONTENIDO" se sintetiza el alcance de la propuesta en estudio.

III.- En el capítulo de "CONSIDERACIONES", LA Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan el resolutivo del dictamen.

I ANTECEDENTES

El H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, en la novena sesión de su Diputación Permanente, correspondiente al segundo periodo de receso del primer año de ejercicio constitucional de la Quincuagésima Sexta Legislatura, celebrada el 26 de agosto del 2003, conoció la propuesta de punto de acuerdo sobre la "Norma Oficial Mexicana respecto a concentración de plomo en suelos", presentada por la Diputada Mary Telma Guajardo Villarreal, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, aprobando el siguiente Acuerdo;

Primero.- Que el Congreso del Estado emita un atento exhorto a la Secretaría de Salud para que, con base en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización expida, en forma definitiva, la Norma Oficial Mexicana para plomo en polvo y suelos;

Segundo.- Se solicite a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión su intervención ante la dependencia citada para fortalecer el anterior exhorto; y

Tercero.- Turnar este asunto a la Comisión de Salud y Desarrollo Comunitario de este Congreso, para que le dé seguimiento.

En sesión celebrada por la H. Cámara de Diputados de la LIX Legislatura, se dio lectura del acuerdo que remitió el Congreso del Estado de Coahuila, turnándolo a la Comisión de Salud el día 7 de octubre del mismo año.

II CONTENIDO

El documento que emite el Congreso del Estado de Coahuila, argumenta;

Que los problemas de salud como consecuencia de la exposición al plomo pueden provocar grave deterioro en el desarrollo físico y neurológico en los niños, y que el envenenamiento produce inicialmente retraso mental y, por ende, pobre actuación académica, y posteriormente problemas de desadaptación social.

Argumenta igualmente, que a mediados del año 2002 en más de 11,000 niños de entre 1 a 6 años de edad se detectaron niveles elevados de plomo en la sangre, debido a la exposición en el suelo de sus domicilios, área de juegos y, en fin, el medio ambiente que circunda y afecta la contaminación de la refinería Met-Mex Peñoles, en Torreón, Coahuila.

Refiere que de acuerdo con las normas vigentes en otros países, como Estados Unidos de América, el plomo es considerado un riesgo a la salud cuando se detectan cantidades mayores a 40 microgramos de plomo por pie cuadrado en el polvo del suelo; 250 en los umbrales interiores de las ventanas; 400 partes por millón en la tierra desnuda del área de juego de los niños y/o 1,200 partes por millón promedio para la tierra desnuda del resto de las áreas patio.

Hace referencia en el documento que emite, que; Identificando el plomo como un riesgo a la salud, a través de estas normas, se permitirá a inspectores y asesores de riesgo ayudar a los dueños de la propiedad expuesta a la fuente de contaminación a decidir qué medidas de remediación ambiental se necesitan y ordenar la implementación de las mismas a la autoridad competente.

Igualmente hacen hincapié, del estudio realizado por el Center for Diseases Control de Atlanta, que realizaron a petición de la LV Legislatura, del cual se desprende que es indispensable la emisión de la Norma Oficial Mexicana para vigilar el contenido de plomo en polvo y suelos alrededor de las industrias que en sus procesos lo utilizan y emiten al medio ambiente

Por ultimo hacen referencia a la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-004-SSA1-1999, que regulaba sobre salud ambiental, establecía criterios de los niveles de concentración de plomo en la sangre y determinaba acciones para proteger la salud de la población no expuesta ocupacionalmente, tuvo vigencia durante seis meses, e inexplicablemente no se ha establecido en forma definitiva.

III CONSIDERACIONES

Avocada la Comisión al estudio de la misma, para su atención y respuesta, se desprende que, de la investigación realizada y en análisis a la legalidad para conocer y resolver del asunto planteado, resulta conveniente analizar los Ordenamientos Jurídicos que a continuación se señalan.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala en su;

ARTÍCULO 4°. (PARRAFO QUINTO)

Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar.

En su Artículo 25. (PARRAFO SEXTO), establece;

Bajo criterios de equidad social y productividad se apoyará e impulsará a las empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolos a las modalidades que dicte el interés público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos cuidando su conservación y el medio ambiente.

De los anteriores preceptos Constitucionales, se deriva la siguiente Ley Reglamentaria, aclarando que en dicha Ley se hace mención a la "Secretaría", refiriéndose a la SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES:
 

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

ARTÍCULO 1.- la presente ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción. Sus disposiciones son de orden público e interés social tienen por objeto propiciar el desarrollo sustentable y establecer las bases para:

I.- garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar;

II.- definir los principios de la política ambiental y los instrumentos para su aplicación;

IV- la prevención y el control de la contaminación del aire, agua y suelo;

Artículo 5.- son facultades de la federación: I.- la formulación y conducción de la política ambiental nacional;

V.- la expedición de las normas oficiales mexicanas y la vigilancia de su cumplimiento en las materias previstas en esta ley;

VI.-........

XII.- la regulación de la contaminación de la atmósfera, proveniente de todo tipo de fuentes emisoras, así como la prevención y el control en zonas o en caso de fuentes fijas y móviles de jurisdicción federal;

Artículo 6.-las atribuciones que esta ley otorga a la federación, serán ejercidas por el poder ejecutivo federal a través de la secretaria, salvo las que directamente correspondan al presidente de la republica por disposición expresa de la ley.

Cuando, por razón de la materia y de conformidad con la ley orgánica de la administración publica federal u otras disposiciones legales aplicables, se requiera de la intervención de otras dependencias, la secretaria ejercerá sus atribuciones en coordinación con las mismas.

Las dependencias y entidades de la administración publica federal que ejerzan atribuciones que les confieren otros ordenamientos cuyas disposiciones se relacionen con el objeto de la presente ley, ajustaran su ejercicio a los criterios para preservar el equilibrio ecológico, aprovechar sustentablemente los recursos naturales y proteger el ambiente en ella incluidos , así como a las disposiciones de los reglamentos, normas oficiales mexicanas , programas de ordenamiento ecológico y demás normatividad que de la misma se derive.

En el capitulo III denominado "Política Ambiental", en su articulo 15, establece;

Artículo 15.-para la formulación y conducción de la política ambiental y la expedición de normas oficiales mexicanas y demás instrumentos previstos en esta ley, en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico y protección al ambiente, el ejecutivo federal observara los siguientes principios:

I........

IV.- quien realice obras o actividades que afecten o puedan afectar el ambiente esta obligado a prevenir, minimizar o reparar los daños que cause, así como asumir los costos que dicha afectación implique, asimismo, debe incentivarse a quien proteja el ambiente y aproveche de manera sustentable los recursos naturales;

V............

IX.- la coordinación entre las dependencias y entidades de la administración publica y entre los distintos niveles de gobierno y la concertación con la sociedad, son indispensables para la eficacia de las acciones ecológicas.

X........

XII.- toda persona tiene derecho a disfrutar de un ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar, las autoridades en los términos de esta y otras leyes, tomaran las medidas para garantizar ese derecho;

XIII......

XVI.- el control y la prevención de la contaminación ambiental, el adecuado aprovechamiento de los elementos naturales y el mejoramiento del entorno natural en los asentamientos humanos, son elementos fundamentales para elevar la calidad de vida de la población.

Por otro lado, se puede apreciar en el REGLAMENTO DE LA LEY DE EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DE LA CONTAMINACION DE LA ATMOSFERA, en su numeral 16 lo siguiente:

ARTICULO 16.- Las emisiones de olores, gases, así como de partículas sólidas y líquidas a la atmósfera que se generan por fuentes fijas, no deberán exceder los niveles máximos permisibles de emisión e inmisión, por contaminantes y por fuentes de contaminación que se establezcan en las normas técnicas ecológicas que para tal efecto expida la Secretaría en coordinación con la Secretaría de Salud, con base en la determinación de los valores de concentración máxima permisible para el ser humano de contaminantes en el ambiente que esta última determina.

Asimismo, y tomando en cuanta la diversidad de tecnologías que presentan las fuentes, podrán establecerse en la norma técnica ecológica diferentes valores al determinar los niveles máximos permisibles de emisión o inmisión, para un mismo contaminante o para una misma fuente, según se trate de:

I. Fuentes existentes;
II. Nuevas fuentes, y
III. Fuentes localizadas en zonas críticas.
La Secretaría en coordinación con la Secretaría de Salud, y previos los estudios correspondientes, determinará en la norma técnica ecológica respectiva, las zonas que deben considerarse críticas.

Cabe aclarar que el artículo 6 del Reglamento en mención define como:

EMISION.- La descarga directa o indirecta de toda sustancia, en cualquiera de sus estados físicos, o de energía.

INMISION.- La presencia de contaminantes en la atmósfera, a nivel de piso.

En lo referente a la sección sexta, en la que se hace alusión a las Normas Oficiales Mexicanas en Materia Ambiental, el artículo 36 establece:

ARTICULO 36.-Para garantizar la sustentabilidad de las actividades económicas, la secretaria emitirá normas oficiales en materia ambiental y para el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, que tengan por objeto:

I.- Establecer los requisitos especificaciones, condiciones-, procedimientos, metas, parámetros y limites permisibles que deberán observarse en regiones, zonas, cuencas o ecosistemas, en aprovechamiento de recursos naturales, en el desarrollo de actividades económicas , en el uso y destino de bienes, en insumos y en procesos;

II- Considerar las condiciones necesarias para el bienestar de la población y la preservación o restauración de los recursos naturales y la protección al ambiente;

II.- Estimular o inducir a los agentes económicos para reorientar sus procesos y tecnologías a la protección del ambiente y al desarrollo sustentable:

La expedición y modificación de las normas oficiales mexicanas en materia ambiental, se sujetara al procedimiento establecido en la ley federal sobre metrologia y normalización.

Artículo 37 bis.- Las normas oficiales mexicanas en materia ambiental son de cumplimiento en el territorio nacional y señalaran su ámbito de validez, vigencia y gradualidad en su aplicación.

Capitulo IV prevención y control de la contaminación del suelo

Artículo 134.- Para la prevención y control de la contaminación del suelo, se consideraran los siguientes criterios:

I.- Correspondiente al estado y la sociedad prevenir la contaminación del suelo;

V.- En los suelos contaminados por la presencia de materiales o residuos peligrosos, deberán llevarse a cabo las acciones necesarias para recuperar o restablecer sus condiciones, de tal manera que puedan ser utilizados en cualquier tipo de actividad prevista por el programa de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que resulte aplicable.

Artículo 136.-Los residuos que se acumulen o puedan acumularse y se depositen o infiltren en los suelos deberán reunir las condiciones necesarias para prevenir o evitar: I.- la contaminación del suelo;
II.- las alteraciones nocivas en el proceso biológico de los suelos;
III.- las alteraciones en el suelo que perjudiquen su aprovechamiento, uso o explotación, y
IV.- riesgos y problemas de salud.
Por las consideraciones anteriormente expuestas, los integrantes de esta Comisión de Salud de la LIX Legislatura, con las atribuciones que le otorga el artículo 73 fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como los artículos 45 numeral 6, inciso e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el gobierno Interior de los Estados Unidos Mexicanos, resuelve;

Único- Se emite un atento exhorto al Ejecutivo Federal, a efecto que la Secretaría de Salud, con base en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización expida, la Norma Oficial Mexicana para la medición de plomo en polvo y suelos.

Así lo acordaron los Diputados Integrantes de la Comisión de Salud de la LIX Legislatura

Diputados: José Angel Córdova Villalobos, Presidente; Pablo Anaya Rivera (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), José Javier Osorio Salcido (rúbrica), Rafael García Tinajero (rúbrica), secretarios; Jesús Aguilar Bueno, José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Julio Boltvinik Kalinka (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), María Angélica Díaz del Campo (rúbrica), Jaime Fernández Saracho (rúbrica), Irma Sinforina Figueroa Romero, Marco Antonio García Ayala (rúbrica), José García Ortiz, María del Rocío Jaspeado Villanueva, Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Javier Manzano Salazar, José Luis Naranjo Quintana (rúbrica), Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, Maki Esther Ortiz Domínguez (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez, Raúl Piña Horta (rúbrica), María Angélica Ramírez Luna (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Francisco Antonio Rojas Toledo (rúbrica), Isaías Soriano López, José Luis Treviño Rodríguez (rúbrica), Abraham Velázquez Iribe, Martín Remigio Vidaña Pérez.
 
 
 

DE LA COMISION DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, A LA PROPOSICION CON PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES A REALIZAR LOS ESTUDIOS Y TRAMITES NECESARIOS PARA DECRETAR LA ISLA LOBOS COMO PARQUE NACIONAL, PRESENTADO POR LA DIPUTADA JACQUELINE G. ARGÜELLES GUZMAN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PVEM

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales le fue turnada para su análisis y dictamen, la proposición con Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Poder Ejecutivo Federal a realizar los estudios y tramites necesarios para decretar a la Isla Lobos, como Parque Nacional, presentado por la diputada Jacqueline G. Argüelles Guzmán, a nombre de los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1; 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como de los diversos artículos 60, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la H. Cámara de Diputados es competente para dictaminar la proposición en comento por lo que se somete a la consideración de la Honorable Asamblea el presente Dictamen, con base en los siguientes antecedentes y consideraciones:

Antecedentes

1.- Con fecha del 21 de octubre de 2003, la diputada Jacqueline G. Argüelles Guzmán a nombre Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó una proposición con Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a realizar los estudios y tramites necesarios para decretar a la Isla Lobos, como Parque Nacional.

2.- Que en el mes de diciembre de 2003, el diputado Miguel Amezcua Alejo miembro de esta Comisión hizo llegar el documento técnico justificativo para la creación de un Área Natural Protegida en el sistema Arrecifal Lobos-Tuxpan, elaborado por la Facultad de Biología de la Universidad Veracruzana; el Centro de Ecología y Pesquerías de la Dirección General de Investigaciones en Jalapa, Veracruz y el Acuario de Veracruz, AC.

Tomando como base los elementos de información disponibles así como la propuesta multicitada, esta Comisión se abocó al estudio para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados, bajo los siguientes:

Considerandos

1.- Que la Comisión Nacional para Uso y Aprovechamiento de la Biodiversidad (Conabio), ubica esta zona como región marina prioritaria 47 por su alta diversidad biológica, comprendiendo de Pueblo Viejo a Tamiahua, donde se sugiere como menester controlar los factores adversos al ambiente con planes adecuados de manejo y se considera urgente aplicar una estrategia de manejo y conservación para los arrecifes coralinos.

2.- Que el jueves 5 de junio de 2003 se publico en el Diario Oficial de la Federación el aviso por el que se informa al publico en general que están a disposición los estudios para justificar la expedición del Decreto para declarar al sistema Arrecifal Lobos-Tuxpan con una superficie total de 52,500 hectáreas como Área Natural Protegida en la categoría de Área de Protección de Flora y Fauna.

3.- Que la Administración Portuaria Integral de Tuxpan tiene proyectados: una terminal de usos múltiples para carga general y de automóviles, terminales de cruceros y ferries para que en corto plazo, se desarrolle una terminal especializada para el arribo de cruceros, que se situará en la margen izquierda del Río Tuxpan, así como terminales especializadas de contenedores en la margen derecha del Río Tuxpan para un desarrollo especial y terminales para el manejo de gas licuado con un muelle de aproximadamente 200 metros, así como de 12 esferas de 6,000 metros cúbicos de capacidad; afectando enormemente el entorno ambiental al permitir el arribo de barcos de carga de gran calaje y el tráfico de navíos por zonas cercanas al arrecife.

Por lo anterior, esta Comisión, con fundamento en las facultades que le confieren los artículos 39, 40 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General y los artículos 58 y 60 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente dictamen:

Primero: Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), a agilizar los tramites necesarios para declarar al sistema Arrecifal Lobos-Tuxpan como Area Natural Protegida en la categoría de "Area de Protección de Flora y Fauna", así como la elaboración del correspondiente Programa de Manejo.

Segundo: Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), a suspender las autorizaciones y el otorgamiento de permisos de construcción de infraestructura comercial o turística en tanto no se decrete el Área Natural Protegida y se hagan nuevos estudios de factibilidad técnica.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 10 días del mes de febrero de dos mil cuatro.

Por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales:

Diputados: Jacqueline Argüelles Guzmán (rúbrica), Presidenta; Francisco J. Lara Arano (rúbrica), secretario; Roberto A. Aguilar Hernández, secretario; Carlos M. Rovirosa Ramírez, secretario; José Luis Cabrera Padilla (rúbrica), secretario; Irene H. Blanco Becerra (rúbrica), Raúl Leonel Paredes Vega (rúbrica), Raúl R. Chavarría Salas (rúbrica), Lorena Torres Ramos, Mario E. Dávila Aranda (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), María G. García Velasco, Guillermo E. Marcos Tamborrel Suárez, Bernardo Loera Carrillo, Oscar Rodríguez Cabrera (rúbrica), Julián Nazar Morales (rúbrica), Víctor Manuel Alcérreca Sánchez (rúbrica), Roberto A. Marrufo Torres (rúbrica), Oscar Félix Ochoa, Miguel Amezcua Alejo, Humberto Filizola Haces, Jacobo Sánchez López, Ernesto Alarcón Trujillo, Francisco A. Jiménez Merino (rúbrica), Pascual Sigala Páez (rúbrica), María del Rosario Herrera Ascencio (rúbrica), Adrián Chávez Ruiz, Carlos Silva Valdés, Nancy Cárdenas Sánchez (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Avila
 
 
 

DE LA COMISION DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, A LA PROPOSICION CON PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR AL PODER EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, A QUE DETERMINE EL RIESGO REAL EN QUE SE ENCUENTRA LA POBLACION INFANTIL DE CIUDAD JUAREZ, CHIHUAHUA, DEBIDO A LA PROBLEMATICA DE CONTAMINACION QUE SE ESTA PRESENTANDO Y EMITA INMEDIATA SOLUCION

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales le fue turnada para su análisis y dictamen, la proposición con Punto de Acuerdo para que "se exhorte al Poder Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que determine el riesgo real en que se encuentra la población infantil de Ciudad Juárez, Chihuahua, por la problemática de contaminación que se está presentando y emita la solución inmediata", presentada por la diputada María Avila Serna, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1; 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como de los diversos artículos 60, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la H. Cámara de Diputados es competente para dictaminar la proposición en comento por lo que se somete a la consideración de la Honorable Asamblea el presente Dictamen, con base en los siguientes antecedentes y consideraciones:

Antecedentes

1.- Con fecha 18 de noviembre de 2003, la diputada María Avila Serna, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó una proposición con Punto de Acuerdo, para que se exhorte al Poder Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que determine el riesgo real en que se encuentra la población infantil en Ciudad Juárez, Chihuahua, por la problemática de contaminación que se está presentando y emita la solución inmediata".

2.- Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 23, fracción f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, en esa misma fecha acordó turnar la proposición con Punto de Acuerdo que nos ocupa para su análisis y dictamen a esta Comisión.

Tomando como base los elementos de información disponibles así como la propuesta multicitada, esta Comisión se abocó al estudio para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados, bajo los siguientes:

Considerandos

El día 10 de Noviembre del año en curso, la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, presentó un informe en el que se asegura que la Contaminación del aire en Ciudad Juárez influyó significativamente en la muerte de 231 menores de edad entre 1997 y 2001.

Esta declaración ha generado un grave conflicto con acusaciones y defensas entre las autoridades de Ciudad Juárez y algunos investigadores.

Ciudad Juárez, Chihuahua ha presentado en las últimas décadas un notorio incremento poblacional con una tasa de crecimiento anual promedio de 4.8% y una densidad de 5,600 habitantes por kilometro cuadrado además de un alto índice migratorio. El fenómeno demográfico está asociado al desarrollo económico de la ciudad, observándose que éste ha sido una condición que ha propiciado el crecimiento de la misma y que ha traído un incremento en la demanda de bienes y servicios por la población, como son el transporte colectivo, el uso intensivo del automóvil, el aumento en el consumo de energéticos, tanto en las actividades productivas como domésticas.

El aumento considerable en la industria de las maquiladoras ha convertido a Ciudad Juárez, en una de las entidades mas transitadas en la franja fronteriza, a pesar de ser una región aislada y alejada de los ejes económicos tradicionales en el contexto de una economía cerrada, para convertirse en un polo de desarrollo que se beneficia y aprovecha de su localización.

Desafortunadamente esto ha provocado un deterioro considerable en la calidad del aire de esta ciudad, además de que las condiciones climáticas y geográficas de la misma, por que no se cuenta con una libre circulación del aire, lo que incrementa la problemática de contaminación.

Por otro lado, el parque vehicular de Ciudad Juárez asciende alrededor de 366.750 unidades que en su mayoría, se encuentra en el mal estado. Los estudios publicados a la fecha indican que los automóviles son los responsables del 88% del deterioro en la calidad del aire, sin embargo se considera que existen otras fuentes de contaminación como las maquiladoras y las ladrilleras las cuales deben ser tomadas en cuenta y evaluar de manera seria su participación en la ya mencionada problemática. Aunado a lo anterior se tiene las malas condiciones en la red vial de calles ya que de los 3.069 kilómetros de los que está conformada, solo el 52% está pavimentada. La falta de continuidad de las calles, las malas condiciones de mantenimiento y la ausencia de pavimentación en algunos lugares, genera graves interrupciones a la circulación, contribuyen al deterioro de la calidad del aire. Los cruces fronterizos presentan severas condiciones de congestionamiento, consecuencia del tiempo que se tardan en efectuar los trámites y revisiones aduanales. Los tiempos de espera para atravesar la frontera varían de unos pocos minutos, hasta mas de una hora. Y complicando seriamente la ya existente contaminación, en los meses de septiembre hasta diciembre se presentan el fenómeno de inversión térmica las cuales reducen el volumen disponible para el mezclado vertical y la dispersión del aire, causando con ello altas concentraciones de contaminantes.

Esta creciente contaminación ha generado una preocupación constante entre los pobladores y algunos científicos, ya que la relacionan determinantemente con la mortalidad de niños menores de 16 años que se ha presentado en Ciudad Juárez en los últimos 5 años.

Se realizó una revisión de los estudios que hasta el momento se tienen de este caso y en la mayoría de ellos se llega a la conclusión de que hay una relación significativa entre las concentraciones de partículas suspendidas igual o menores que 10 micras (PM10) y el número de consultas por asma y enfermedades respiratorias aún cuando los niveles alcanzados no excedían las normas ambientales mexicanas (Hernández-Cadena et al, 2000).

Menciona también que el sector de la población mas vulnerable son los niños menores a 4 años, así como los que viven en condiciones de marginación y pobreza.

De lo anterior se tienen dos posturas, la de un grupo de científicos que afirman que existe la asociación directa entre contaminantes en la ciudad y el número de defunciones de infantes, y la del Gobierno Municipal de Juárez quienes sostienen que si bien es cierto que el grado de contaminación si afecta a la población y más a los niños y adultos mayores en condiciones de pobreza, pero niegan categóricamente que los contaminantes del aire hayan sido la causa de las defunciones en la población infantil y lo abordan como una campaña con oscuros intereses que buscan desprestigiar a Ciudad Juárez con una competencia mundial, pues actualmente es considerado como un lugar conveniente para la inversión e importante en la relaciones binacionales según declaraciones hechas por la Dirección General de Ecología y Protección Civil del Municipio de Juárez y la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología de Gobierno del Estado de Chihuahua, publicado en el periódico El Universal, con fecha del 13 de noviembre de 2003.

Sin embargo en el Programa de Gestión de la Calidad del Aire de Ciudad Juárez 1998-2002, publicado también por el Gobierno del Estado de Chihuahua, el Gobierno Municipal de Juárez, la entonces Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Pesca y la Delegación Federal Semarnap Chihuahua, mencionan (contrario a sus antes declaraciones) que la contaminación por partículas puede causar, a corto y a largo plazo, disminución de la función pulmonar, lo cual contribuye a la presencia de enfermedades crónicas respiratorias y a la muerte prematura. La exposición a PM10 ha generado una gran preocupación en los últimos años, ya que con mayor frecuencia aparecen estudios que demuestran una asociación significativa entre la concentración ambiental de partículas de la fracción respirable y la mortalidad y morbilidad de la población. En forma consistente a través de muchos estudios se ha encontrado un 3% de incremento en la mortalidad normal diaria por cada 10 microgramos/m3 en PM10 a partir del valor de la norma. Siendo la asociación mas significativa con cánceres de pulmón. Es de especial preocupación el hecho de que parece no existir una concentración mínima en la cual ya no se detecten impactos en la salud.

Por último en esta misma publicación también se señala que Las asociaciones entre mortalidad y contaminación tienden a ser más fuertes cuando el parámetro a comparar son las partículas PM2.5, también llamadas partículas finas de la fracción respirable.

Con estas declaraciones es por demás evidente las inconsistencias en las que están cayendo las autoridades estatales y federales relacionadas, ya que ellos sí están conscientes de la grave problemática que se tiene en Ciudad Juárez, y han decidido negarlo, y es necesario se tomen las medidas urgentes a fin de disminuir la creciente contaminación ambiental.

Por otro lado la Secretaría de Salud, ha declarado que no existe una relación directa entre la contaminación del aire y la mortalidad de la población , aunque las personas con padecimientos como asma o factores asociados, como la desnutrición tienen mayor riesgo de deterioro en su calidad de vida, aseguró Julio Frenk Mora Secretario del Ramo, quien señaló también que desde 1998 se trabaja en coordinación con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Semarnat, para reducir los elevados índices de contaminación del aire, y los padecimientos del sistema respiratorio, además de un Programa de Colaboración Binacional integrado por representantes de los gobiernos federales, estatales y municipales de México y Estados Unidos.

Y en esta parte nos remitimos al ya citado Programa de Gestión de la Calidad del Aire de Ciudad Juárez en donde también la Secretaría de Salud afirma que La contaminación por partículas puede causar, a corto y a largo plazo, disminución de la función pulmonar, lo cual contribuye a la presencia de enfermedades crónicas respiratorias y a la muerte prematura y con ello se reitera la contradicción en la que están cayendo las autoridades.

En resumen, el grado de contaminación que se está viviendo en Ciudad Juárez es alto, y una gran cantidad de niños fueron trasladados de urgencia al hospital en días en que no hubo alarma ambiental respecto de la calidad del aire y esto se debe a que el en el año en el cual se establecieron las normas de concentraciones de los contaminantes atmosféricos el Gobierno Federal, no contaba con recursos ni infraestructura para realizar estudios epidemiológicos, toxicológicos y de exposición, en animales ni en seres humanos, por lo que las normas se establecieron fundamentalmente tomando en cuenta los criterios y estándares adoptados en otros países del mundo.

La doctora Ramírez Aguilar, coautora del estudio del Instituto Nacional de Salud Pública de Ciudad de México, es una de los varios investigadores que han declarado la relación entre la mortalidad infantil y el grado de contaminación en Ciudad Juárez, por lo que se considera como una irresponsabilidad decir que no hay relación.

De todo lo anterior se desprende:

Por lo anterior, esta Comisión, con fundamento en las facultades que le confieren los artículos 39, 40 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General y los artículos 58 y 60 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente dictamen con

Punto de Acuerdo

Primero.- Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Secretaría de Salud para que lleven a cabo una evaluación conjunta de la situación ambiental y sanitaria, puntual, técnica, científica, objetiva y multidiciplinaria que establezca la veracidad de la relación entre la contaminación ambiental y la mortalidad y morbilidad en la población infantil de Ciudad Juárez, Chihuahua.

Segundo.- Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que lleve a cabo la ampliación en la cobertura de las estaciones de monitoreo de la detección de contaminantes con el objeto de conocer adecuadamente las concentraciones de ozono, PM10, PM2.5, sulfatos y nitratos existentes en el aire de Ciudad Juárez Chihuahua.

Tercero.- Se exhorta a Dirección General de Ecología y Protección Civil del Ayuntamiento de Ciudad Juárez, para que actualice el programa de verificación vehicular obligatorio en la entidad, a fin de disminuir realmente los altos índices de contaminación atmosférica.

Cuarto.- Se exhorta al gobierno para que en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales promuevan un acercamiento con sus homólogos de Estados Unidos de Norteamérica involucradas, a fin de que se implemente un programa integral para el mejoramiento de la calidad del aire en el área de Ciudad Juárez, Chihuahua.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 10 días del mes de febrero de dos mil cuatro.

Por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales:

Diputados: Jacqueline Argüelles Guzmán (rúbrica), Presidenta; Francisco J. Lara Arano (rúbrica), secretario; Roberto A. Aguilar Hernández, secretario; Carlos M. Rovirosa Ramírez, secretario; José Luis Cabrera Padilla (rúbrica), secretario; Irene H. Blanco Becerra (rúbrica), Raúl Leonel Paredes Vega (rúbrica), Raúl R. Chavarría Salas (rúbrica), Lorena Torres Ramos, Mario E. Dávila Aranda (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), María G. García Velasco, Guillermo E. Marcos Tamborrel Suárez, Bernardo Loera Carrillo, Oscar Rodríguez Cabrera (rúbrica), Julián Nazar Morales (rúbrica), Víctor Manuel Alcérreca Sánchez (rúbrica), Roberto A. Marrufo Torres (rúbrica), Oscar Félix Ochoa, Miguel Amezcua Alejo, Humberto Filizola Haces, Jacobo Sánchez López, Ernesto Alarcón Trujillo, Francisco A. Jiménez Merino (rúbrica), Adrián Chávez Ruiz, Maximino Alejandro Fernández Avila, Pascual Sigala Páez (rúbrica), Carlos Silva Valdés, María del Rosario Herrera Ascencio (rúbrica), Nancy Cárdenas Sánchez (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISION DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, A LA PROPOSICION CON PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES A ESTABLECER MEDIDAS Y PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PROTECCION DE LOS HABITAT PARA LAS ESPECIES DE CARACTER MIGRATORIO QUE ARRIBAN EN ESTA EPOCA AL TERRITORIO NACIONAL, PRESENTADO POR LA DIPUTADA JACQUELINE ARGÜELLES GUZMAN (PVEM)

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales le fue turnada para su análisis y dictamen, la Proposición con Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Poder Ejecutivo Federal para que establezca medidas y programas especiales para la protección de los hábitat para las especies de carácter migratorio que arriban en esta época al Territorio Nacional, presentado por la Diputada Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán, a nombre de los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numeral 1; 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como de los diversos artículos 60, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la H. Cámara de Diputados es competente para dictaminar la proposición en comento por lo que se somete a la consideración de la Honorable Asamblea el presente Dictamen, con base en los siguientes antecedentes y consideraciones:

Antecedentes

1.- En sesión celebrada el día 30 de octubre de 2003, fue presentada la proposición con Punto de Acuerdo por la Dip. Jacqueline G. Argüelles Guzmán a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, siendo turnado en esta fecha a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

2.- Que debido a la próxima entrada de la época invernal, periodo de migración de muchas especies, es necesario tomar medidas de protección para especies como: Mariposa Monarca, las ballenas gris y jorobada, las tortugas marinas y algunas especies de patos y aves que recorren miles de kilómetros hasta llegar al territorio mexicano.

3.- Que es facultad de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la protección, restauración y conservación de los recursos naturales, de acuerdo al Artículo 32 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Tomando como base los elementos de información disponibles así como la propuesta multicitada, esta Comisión se abocó al estudio para cumplir con el mandato del Pleno de esta Cámara de Diputados, bajo los siguientes:

Considerandos

Con respecto a ballenas:

Que México cuenta con una gran diversidad de cetáceos, en las zonas marinas que forman parte del territorio nacional, en la República Mexicana se identifican 39 de las 81 especies conocidas mundialmente;

Que nuestro país ha colaborado activamente con los esfuerzos internacionales para la protección de cetáceos, desde el año de 1933, cuando se adhiere a la Convención de Ginebra para la protección de ballenas; en 1938 aprueba el Convenio Internacional para la Reglamentación de la Caza de la Ballena; en 1948 formaliza su adhesión a la Convención Internacional y Protocolo para la reglamentación de la caza de la ballena; en 1991 se adhiere a la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres (CITES).

Que de igual forma promovió y se adhirió al Código de Conducta para la Pesca Responsable, formulado en el seno de la Organización de las Naciones Unidas para la agricultura y la alimentación, con el que se comprometió a conservar los ecosistemas acuáticos y a pescar de forma responsable, a fin de asegurar la conservación y la gestión efectiva de los recursos acuáticos vivos, mediante la inducción del uso de artes de pesca selectivas y ambientalmente seguras, con enfoque precautorio, decisiones sobre conservación y ordenación en materia de pesquerías, con base en datos científicos.

Que el artículo 60 Bis de la Ley General de Vida Silvestre, prevé que ningún ejemplar de mamífero marino, cualquiera que sea la especie, podrá ser sujeto de aprovechamiento extractivo, ya sea de subsistencia o comercial, con excepción de la captura que tenga por objeto la investigación científica y la educación en instituciones acreditadas.

Que el viernes 24 de mayo de 2003; se publicó en el Diario Oficial de la Federación N° 39, el Acuerdo por el que México se establece como área de refugio para proteger a las especies de grandes ballenas de los subórdenes Mysticeti y Odontocety en las zonas marinas que forman parte del territorio nacional y aquellas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción.

Con respecto a las tortugas:

Hasta la fecha se han aplicado diversas medidas de protección de quelonios a nivel nacional, que pueden resumirse en los siguientes incisos:

a) Instalación de campamentos en las playas de anidación para el estudio y conservación de las poblaciones de tortugas marinas.

b) Elaboración de leyes y reglamentos para la protección de los organismos y de las áreas de desove, a través de los Decretos de Veda Total (DOF 1990), declaración de Zonas de Reserva Natural para la protección, conservación, fomento e investigación de tortugas marinas y sus hábitat (DOF 1986) y Norma Oficial Mexicana NOM-059-ECOL-2001 que las mantiene en la categoría de Peligro de Extinción.

c) Que en colaboración internacional con organismos, universidades e instituciones privadas y gubernamentales, se han elaborado programas y estudios de evaluación de poblaciones.

Que se logró la disminución de la captura incidental en arrastres camaroneros, instrumentando dos dispositivos excluidores de tortugas (DETs) en estas redes.

Que en el entorno internacional, en los primeros años de la década de los setenta, para regular su explotación y comercio internacional, las tortugas marinas quedaron incluidas en el Apéndice I y II de la Convención Internacional para el Comercio de Especies de Flora y Fauna Silvestre Amenazadas (CITES); En 1973 se incluyeron en la Endangered Species Act (Ley para especies en peligro) de los EU, lo cual trajo como consecuencia en el año 1987 que las flotas camaroneras de ambos países tuvieran que utilizar de forma obligatoria los DETs en el Golfo de México y a partir de 1989 el embargo a la importación de camarón de los países que no utilizarán DETs durante captura. En el Pacífico mexicano del uso obligatorio de los DETs fue a partir de 1993 (DOF 1993).

Que el Código Penal Federal vigente en su artículo 420, establece que se impondrá de 1 a 9 años de prisión y por el equivalente de 300 a 3000 días de salario mínimo de multa a quien ilícitamente, capture, dañe o prive de la vida, a cualquier ejemplar de tortuga marina.

Con respecto a aves migratorias:

Sabemos que como grupo, las aves son sin duda uno de los componentes mejor conocidos de la diversidad biológica de América del Norte. Se estima que unas 1400 especies, es decir, casi 20% de la avifauna de todo el mundo, habitan en la región y más de 300 especies son compartidas por México, Canadá y Estados Unidos.

Que México es un país muy diverso en cuanto a avifauna; de hecho ocupa el doceavo lugar mundial en número de especies, y en el ámbito regional (Norteamérica) cuenta con la mayor diversidad de aves de los tres países, con alrededor de 1060 especies, en una superficie considerablemente menor que la que ocupan Canadá (con 600 especies) y Estados Unidos (con 800 especies). Sabemos también que alrededor de 70% de las especies de aves de México son residentes, cerca de 16% son endémicas o casi endémicas del país y aproximadamente 30% tienen hábitos migratorios.

Que nuestro país tiene signado un Convenio con los Estados Unidos de América para la protección de aves migratorias y de mamíferos cinegéticos, donde ambas partes, convinieron dictar las Leyes, Reglamentos y disposiciones conducentes para satisfacer las necesidades de: fijación de vedas, determinación de zonas de refugio en las que estará prohibida la captura de dichas aves, limitación a cuatro meses como máximo en cada año el ejercicio de la caza mediante permiso de las autoridades respectivas en cada caso, la prohibición de matar aves migratorias insectívoras, además de no permitir que por la frontera mexicana-norteamericana sean transportadas aves migratorias vivas o muertas y sus productos y despojos, sin que lleven como guía la autorización que para el efecto expida el Gobierno de cada país.

Que se creó un Comité Trilateral México, Canadá y Estados Unidos, para la Conservación y Manejo de Vida Silvestre y Ecosistemas, el cual se reúne anualmente desde 1996 en alguno de los tres países de la región consecutivamente, para discutir políticas y programas de protección coordinada entre las tres naciones.

Con respecto a la mariposa monarca:

Que en agosto de 1996, se firmo un Convenio Trinacional de Cooperación en la conservación de la Mariposa Monarca mediante el desarrollo de un Programa de América del Norte para la conservación de la Mariposa Monarca, con el fin de asegurar la viabilidad de las poblaciones de dicha especie a través del intercambio de información científica en asuntos tales como: desarrollo de metodologías comparables de monitoreo, cartografía y descripción de los sitios clave utilizados por la Mariposa Monarca durante su ciclo migratorio.

Que de acuerdo a las Reglas Administrativas del Programa de Manejo del Área Natural Protegida, Santuario de la Mariposa Monarca, establece que las violaciones al instrumento, serán sancionadas de conformidad con lo dispuesto en la LGEEPA, en el Título Vigésimo Quinto del Código Penal Federal, en la Ley Forestal, Ley de Pesca, Ley Minera, y sus respectivos Reglamentos, y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

Por lo anterior, esta Comisión, con fundamento en las facultades que le confieren los artículos 39, 40 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General y los artículos 58 y 60 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General somete a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente dictamen con:

Punto de Acuerdo

Primero: Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en coordinación con la Secretaría de Marina, agilizar la elaboración de los programas de protección regionales que integrarán el programa de protección de las áreas de refugio citadas en el Acuerdo del Santuario Ballenero.

Segundo: Se exhorta a la Procuraduría General de la República a que en coordinación con autoridades estatales y municipales, realicen monitoreos en playas, mercados y lugares de venta de quelonios y derivados, a fin de dar Cumplimiento al artículo 420 del Código Penal Federal, donde establece la sanción al aprovechamiento extractivo de la tortuga marina.

Tercero: Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a actualizar y reforzar los reglamentos y programas de protección de aves migratorias, en cumplimiento al Convenio con los Estados Unidos de América, para la protección de aves migratorias y mamíferos cinegéticos.

Cuarto: Se exhorta a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a monitorear y dar cumplimiento a lo dispuesto por la normatividad vigente en la protección de la Mariposa Monarca.

Quinto: Se solicita a la Procuraduría General de la Republica informe a la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión a través de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, sobre los resultados de los monitoreos y actividades que se realicen en los programas a que se ha hecho referencia.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 10 días del mes de febrero de dos mil cuatro.

Por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales:

Diputados: Jacqueline Argüelles Guzmán (rúbrica), Presidenta; Francisco J. Lara Arano (rúbrica), Roberto A. Aguilar Hernández, Carlos M. Rovirosa Ramírez, José Luis Cabrera Padilla (rúbrica), secretarios; Irene H. Blanco Becerra (rúbrica), Raúl Leonel Paredes Vega (rúbrica), Raúl R. Chavarría Salas (rúbrica), Lorena Torres Ramos, Mario E. Dávila Aranda (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), María G. García Velasco, Guillermo E. Marcos Tamborrel Suárez, Bernardo Loera Carrillo, Oscar Rodríguez Cabrera (rúbrica), Julián Nazar Morales (rúbrica), Víctor Manuel Alcérreca Sánchez (rúbrica), Roberto A. Marrufo Torres (rúbrica), Oscar Félix Ochoa, Miguel Amezcua Alejo, Humberto Filizola Haces, Jacobo Sánchez López, Ernesto Alarcón Trujillo, Francisco A. Jiménez Merino (rúbrica), Adrián Chávez Ruiz, Maximino Alejandro Fernández Avila, Pascual Sigala Páez (rúbrica), Carlos Silva Valdés, María del Rosario Herrera Ascencio (rúbrica), Nancy Cárdenas Sánchez (rúbrica).
 
 














Proposiciones

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A USAR LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 16 DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2004 EN EL SENTIDO DE AUTORIZAR LAS ADECUACIONES PRESUPUESTARIAS NECESARIAS A FIN DE QUE EL CONSEJO NACIONAL PARA PREVENIR LA DISCRIMINACION OBTENGA UNA AMPLIACION DE SU PRESUPUESTO, A CARGO DEL DIPUTADO OMAR BAZAN FLORES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

Con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el suscrito, diputado federal Omar Bazán Flores, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta al Pleno de la Cámara de Diputados, con carácter de urgente y obvia resolución, el siguiente punto de acuerdo que solicita al Ejecutivo federal que reasigne mayores recursos a favor del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación haciendo uso de las facultades que le otorga el artículo 16 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004, al tenor de los siguientes.

Considerandos

El día 23 de noviembre de 2003 presenté ante esta Soberanía proposición con punto de acuerdo de la que me permito destacar lo siguiente:

"A pesar de las transformaciones culturales y tecnológicas operadas en el mundo, de los avances conseguidos durante las últimas décadas en el campo de la protección y la promoción de los derechos humanos y de las universalización de la democracia, una gran parte de la población del planeta continúa sufriendo, de manera directa o indirecta, algún tipo de discriminación.

La discriminación constituye una violación a los derechos humanos.

La discriminación se presenta en todo acto u omisión basado en prejuicios o convicciones relacionados con el sexo, la raza, la pertenencia étnica, el color de la piel, la nacionalidad, la lengua, la religión, las creencias políticas, el origen y la condición social y económica, el estado civil, el estado de salud, la situación real o potencial de embarazo, el trabajo o la profesión, las características físicas, la edad, la preferencia sexual, la identidad de género, y cualquier forma de discapacidad, o una combinación de éstos u otros atributos.

Esta situación provoca la anulación, el menoscabo o la restricción del reconocimiento, el goce o el ejercicio de los derechos humanos, las libertades fundamentales y la igualdad real de oportunidades de las personas.

De acuerdo con el estudio "La Discriminación en México: por una nueva cultura de la igualdad", en nuestro país persisten, de manera extendida y en pleno siglo XXI, prácticas discriminatorias oprobiosas que vulneran en sus derechos, libertades y oportunidades tanto a personas como a grupos y comunidades. No se trata de una problemática restringida o que solamente toque los márgenes del tejido social. Por lo contrario, la discriminación en México es un problema de carácter estructural que involucra factores culturales, económicos, jurídicos y políticos, y que se reproduce a lo largo y ancho del territorio y la vida colectiva de la nación.

Por estas razones, y la delicada lucha de mexicanos comprometidos por abatir las prácticas discriminatorias y enfrentarlas de forma institucional, esta honorable Cámara durante la pasada LVIII legislatura, aprobó la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, con el voto de todos los partidos políticos representados y con las esperanzas puestas en que su promulgación abriría el camino para combatir la discriminación en nuestro país.

Como antecedente, tenemos que el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación entregó a la Secretaría de Gobernación, a través de la Dirección General de Recursos Humanos, la propuesta que prevé las áreas mínimas para realizar las tareas encomendadas por la Ley, así como por la necesidad de crear un órgano ágil, expedito y ligero que represente un apoyo real a la población".

Tras varios meses de negociaciones, la propuesta original se modificó en tres ocasiones, y finalmente, la postura del Gobierno Federal fue otorgar un presupuesto austero del orden de 111 millones de pesos para el ejercicio fiscal del año 2004, cuando el cumplimiento de los fines atribuidos por la Ley al Consejo exige la realización de una serie de acciones que van desde la promoción y divulgación de la existencia misma del Consejo y la competencia o atribuciones de que ha sido investido; la publicación de materiales que incidan en la transformación cultural de lo que prohija la discriminación social, y la realización de aquellas otras tareas de naturaleza afirmativa (acciones afirmativas) que constituyan un instrumento eficiente para prevenir, evitar y combatir las conductas discriminatorias, entre otras tareas.

Para lo anterior se requiere de un presupuesto del orden de 150 millones de pesos, a menos que pretendamos que la ley sea letra muerta y que el Consejo nos sirva únicamente para tranquilizar nuestras conciencias ante la ausencia de una voluntad real orientada a combatir este cáncer que ha acompañado a nuestro país desde tiempos de la Colonia.

Ahora bien, el 31 diciembre pasado, este cuerpo colegiado aprobó el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004 en el que se asigna al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación un presupuesto de $61,200,000.00 lo que se tradujo en una reducción neta $49,800,000.00 en relación con la propuesta presentando por el Ejecutivo Federal y de $88,800,000.00 en relación con la solicitud de ampliación formulada por el de la voz.

En suma, el acuerdo adoptado representa un decremento que limita en extremo la posibilidad de que ese órgano de la administración pública, cuyos altos fines motivaron que su creación fuese aprobada de manera unánime por ambas cámaras del Congreso de la Unión, cumpla con las atribuciones que le encomienda la Ley que le da vida, misma que fue producto de una amplia consulta ciudadana.

Con el propósito de encontrar una solución a la problemática expuesta, el suscrito formula ante esta honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Unico: Solicitar al Ejecutivo Federal, que en uso de la facultad que le otorga el artículo 16 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004, autorice las adecuaciones presupuestales necesarias para que se asigne al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación un presupuesto suficiente para el cabal cumplimiento de los fines que le otorga la ley que lo crea, hasta un monto que no exceda los límites establecidos en el propio precepto.

Dip. Fed. Omar Bazán Flores
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, EN RELACION CON EL APROVECHAMIENTO ILEGAL DE PRODUCTOS DE TORTUGA MARINA EN EL ESTADO DE JALISCO, A CARGO DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PVEM.

Jorge Antonio Kahwagi Macari, Manuel Velasco Coello, Alejandro Agundis Arias, Francisco Xavier Alvarado Villazón, Leonardo Alvarez Romo, Jacqueline Argüelles Guzmán, María Avila Serna, Fernando Espino Arévalo, Maximino Fernández Avila, Félix Adrián Fuentes Villalobos, Luis Antonio González Roldán, Jorge Legorreta Ordorica, Julio Horacio Lujambio Moreno, Alejandra Méndez Salorio, Cuauhtémoc Ochoa Fernández, Javier Orozco Gómez, Raúl Piña Horta, diputados de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en el artículo 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurrimos a solicitar sea considerada como de urgente resolución, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

En México, país reconocido por su riqueza biológica, existen más de 2000 especies en peligro de extinción y una de ellas es la tortuga marina. A nivel mundial, existen ocho especies de las cuales siete pueden ser encontradas dentro del territorio y seis anidan en las costas de México.

Las tortugas son de gran importancia dentro de los ecosistemas marinos. Al ser especies migratorias pasan el 90% de su vida en mar abierto, desempeñando funciones importantes de reproducción y conservación de la flora y fauna. Sin embargo, para madurar, reproducirse y completar un ciclo vital necesitan de una diversidad de medios, como mar abierto, aguas continentales y franjas costeras.

La tortuga negra (Chelonia agassizi Bocourt), la golfina (Lepidochelys olivacea) y la laúd (Dermochelys coriacea) son las especies que existen en las playas del Pacífico en México. Por estadística, de cada 100 tortugas que son liberadas, sobreviven 85, pero sólo el uno por ciento llega a su edad madura en donde se pueden reproducir.

En diversas ocasiones, el Partido Verde Ecologista de México, ha denunciado la explotación y aprovechamiento ilegal de productos y subproductos de tortugas marinas dentro del país. A pesar de las reiteradas veces que se ha exhortado a la Semarnat, a que intensifique sus acciones a favor de la protección de estos quelonios, los resultados y el constante saqueo de huevos de tortuga a lo largo de las costas mexicanas, demuestran el poco interés y continuidad que esta Secretaría tiene respecto al tema.

Un nuevo caso se ha dado en la playa de Mismaloya, ubicada en el municipio de Tomatlán, estado de Jalisco, en donde se realiza impunemente la caza furtiva de la tortuga marina, trasgrediendo las leyes nacionales e internacionales que protegen a estas especies. En dicha playa, ubicada entre los paralelos de Ipala y Roca Negra, las tortugas marinas, una especie protegida por la legislación ambiental nacional e internacional1, son brutalmente cazadas para comercializar su carne. Del mismo modo, sus huevos son hurtados furtivamente de sus nidos, para su comercialización e ingesta. Estas actividades se llevan a cabo ilícitamente pero a la vista de todos, sin que las autoridades ambientales o penales competentes, hayan iniciado acciones contra quienes cometen estos crímenes ambientales.

Esto se agrava más, cuando dicha matanza ocurre en un área que ya fue declarada desde mediados de los ochenta como zona de reserva y sitio de refugio para la protección, conservación, repoblación, desarrollo y control, de las diversas especies de tortuga marina. Aún más, el día 16 de julio de 2002, dicha área fue declarada como Area Natural Protegida; con la categoría de Santuario2.

La administración de la misma le corresponde al Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, quien conoce bien la zona pues fue gobernador de dicha entidad, a través de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas (Conanp), en coordinación con la Dirección General de Vida Silvestre de la Semarnat.

Tanto la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), como la Conanp, la Dirección General de Vida Silvestre y el Ministerio Público Federal, permiten con su actitud omisa e inepta que los cazadores furtivos de tortugas en esta zona, atenten impunemente contra la subsistencia de esta especie amenazada.

Por todo lo anterior, el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, sometemos a consideración la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero.- Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que aplique lo dispuesto en el artículo 32 bis, fracción V de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal3.

Segundo.- Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Poder Ejecutivo Federal y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente a establecer medidas de protección de tortugas marinas, coordinadas con los gobiernos del estado de Jalisco; así como que promueva la acción del Ministerio Público Federal, para que se investigue y en su caso sancione penalmente, la comisión de delitos ambientales por esta causa.

Tercero.- Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Poder Ejecutivo Federal a que establezca medidas contingentes y coordinadas con las Secretarías de Marina y Defensa, así como con la Procuraduría General de la República a fin de proteger las zonas de anidación de la tortuga marina a lo largo de toda la costa del Pacífico mexicano.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 16 días del mes de marzo del 2004.

Diputados: Jorge A. Kahwagi Macari, coordinador; Manuel Velasco Coello, vicecoordinador; Alejandro Agundis Arias, Francisco Xavier Alvarado Villazón, Leonardo Alvarez Romo, Jacqueline Argüelles Guzmán, María Avila Serna, Fernando Espino Arévalo, Maximino Fernández Avila, Félix Adrián Fuentes Villalobos, Luis Antonio González Roldán, Jorge Legorreta Ordorica, Julio Horacio Lujambio Moreno, Alejandra Méndez Salorio, Cuauhtémoc Ochoa Fernández, Javier Orozco Gómez, Raúl Piña Horta.

Notas:
1 Todas las tortugas marinas, se encuentran listadas en el apéndice I de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), promulgado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de marzo de 1992; la Norma Oficial Mexicana 059-ECOL-2001 establece a las tortugas marinas como en peligro de extinción, por lo que no puede tener ningún tipo de aprovechamiento, si este no se realiza únicamente para fines científicos; finalmente, el artículo 420 del Código Penal Federal establece sanciones económicas y cárcel de 1 a 9 años a quien capture, consuma, comercie o trafique con las tortugas.

2 Los Santuarios son definidos por la Conanp como "áreas establecidas en zonas caracterizadas por una considerable riqueza de flora o fauna o por la presencia de especies subespecies o hábitat de distribución restringida. Abarcan cañadas, vegas, relictos, grutas, cavernas, cenotes, caletas u otras unidades topográficas o geográficas que requieran ser preservadas o protegidas". www.conanp.gob.mx/

3 Vigilar y estimular, en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales, el cumplimiento de las leyes, normas oficiales mexicanas y programas relacionados con recursos naturales, medio ambiente, aguas, bosques, flora y fauna silvestre, terrestre y acuática, y pesca; y demás materias competencia de la Secretaría, así como, en su caso, imponer las sanciones procedentes.
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA QUE SE OTORGUE UN RECONOCIMIENTO A LOS GANADORES DEL PREMIO NACIONAL A LA JUVENTUD 2002, SUSCRITA POR DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISION DE JUVENTUD Y DEPORTE

La juventud se ve amenazada por graves problemas como el incremento en el consumo de drogas, el desempleo y el subempleo, la dificultad de hacerse de una vivienda propia, la falta de congruencia entre la oferta educativa y la demanda laboral y la pérdida de valores, entre otros.

Sin embargo, la juventud es el sector más importante para el desarrollo del país, tanto cuantitativa como cualitativamente.

Por ello, se deben rechazar las visiones negativas y determinantes de la situación juvenil pero reconociendo la existencia de falta de oportunidades en los sectores marginados y la exclusión que aqueja a la juventud por el simple hecho de la edad.

Asimismo, es importante que el joven sea concebido como actor estratégico del desarrollo nacional y no como sólo como un grupo vulnerable. Un gran número de jóvenes contribuye con trabajo comunitario, en la difusión cultural, en la formación de empresas con visión social, en el mejoramiento del medio ambiente, en la defensa de los derechos humanos, en la atención a grupos vulnerables, en la prevención de las adicciones, entre otros.

Por ello consideramos relevante reconocer a los ganadores del Premio Nacional a la Juventud 2002 quienes destacaron por su contribución en diversos temas.

Con base en lo anterior y,

Considerando

1.- Que el 34.5% de la población total del país es joven, es decir, 33.16 millones son personas entre 12 y 29 años.

2.- Que por su fuerza laboral, su creatividad, el compromiso, el amor a México, su capacidad de innovación y deseos de superación, el sector juvenil representa al sector social de la población más importante para lograr las transformaciones que nuestro país requiere.

3.- Que es necesario destacar la labor que los jóvenes realizan en diferentes campos en forma solidaria y que contribuyen al mejoramiento de las comunidades y por lo tanto de nuestro país.

4.- Que se requieren ejemplos de personas jóvenes que motiven a otros jóvenes a ser actores estratégicos del desarrollo.

5.- Que el reconocimiento que se entregue a estos jóvenes servirá como impulso a la valiosa labor que vienen desarrollando en diferentes campos.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, los integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte de esta H. Cámara de Diputados, proponen al pleno dictamine sobre el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero.- La LIX Legislatura de la H. Cámara de Diputados extiende, a través de la Comisión de Juventud y Deporte, un reconocimiento a los ganadores del Premio Nacional de la Juventud 2002.

Segundo.- Se instruya a la Secretaría General para que se hagan las gestiones necesarias a fin de que dicho acto se realice en el Salón Legisladores de esta H. Cámara de Diputados.

Noviembre de 2003.

Diputados: José Manuel Carrillo Rubio (rúbrica), Presidente; Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica), Jorge Roberto Ruiz Esparza Oruña (rúbrica), secretarios; Rafael Alejandro Moreno Cárdenas, Jesús Zúñiga Romero, Jorge Ortiz Alvarado (rúbrica), Isaías Soriano López, María Isabel Maya Pineda, Miguel Amezcua Alejo, José Alfonso Muñoz Muñoz, Sergio Chávez Dávalos (rúbrica), Armando Leyson Castro, Gonzalo Guízar Valladares, Angel Paulino Canul Pacab, José Francisco Lanero Gutiérrez (rúbrica), Maximiliano Alexander Rábago (rúbrica), Baruch Alberto Barrera Zurita, J. Erandi Bermúdez Méndez (rúbrica), Rodolfo Esquivel Landa (rúbrica), Jorge Triana Tena (rúbrica), José Javier Osorio Salcido, José Angel Córdova Villalobos, Marisol Urrea Camarena (rúbrica), Rogelio Franco Castán (rúbrica), Gerardo Ulloa Pérez (rúbrica), Yadira Serrano Crespo (rúbrica), Juan Pérez Medina, Lizbeth Eugenia Rosas Montero (rúbrica), Alejandra Méndez Salorio.
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA QUE SE OTORGUE UN RECONOCIMIENTO A LOS GANADORES DE MEDALLA EN LOS JUEGOS MUNDIALES UNIVERSITARIOS QUE SE REALIZARON EN DAEGU, COREA, SUSCRITA POR DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISION DE JUVENTUD Y DEPORTE

La cultura física y el deporte son esenciales para la integración social, elementos indispensables de un desarrollo integral del individuo y valiosos instrumentos de promoción de la salud.

Detrás de toda actividad deportiva está la participación de muchos: de quienes lo practican, de quienes lo organizan, de quienes apoyan su desarrollo.

El deporte hace, en quien lo practica, una convicción de ser y demostrar que es el mejor. Por eso, al fomentar el deporte se forja a nuevas generaciones de mexicanos: alentando su espíritu de competencia, haciendo que sus miras sean cada vez más altas, infundiendo el ánimo de serle útil a la sociedad donde se vive y la ambición legítima de ser uno de sus motivos de orgullo.

El potencial que tenemos enfrente es enorme; sólo la gente que ve hacia adelante, que afronta los retos y comparte las responsabilidades, será capaz de llegar a la cumbre.

Por ello, en esta ocasión, los miembros de la Comisión de Juventud y Deporte de la LIX Legislatura consideramos que, debemos reconocer a nuestros ganadores de medalla en los juegos mundiales universitarios mundiales que se realizaron en Daegu, Corea del Sur.

Con base en lo anterior y

Considerando

1.- El deporte le ha dado al país mucho prestigio, y el país tiene que compensar a esos atletas, sean o no de aquellas ramas que son altamente cotizadas en el mercado. De modo que todos aquellos atletas que dieron tantas pruebas de lealtad a su patria y tantas pruebas de desinterés ocuparán el lugar digno que les corresponde en la sociedad y serán recordados con cariño por su pueblo aun cuando ya no vivan.

El deporte es fundamental para poder lograr el desarrollo integral de los mexicanos.

Es importante que los jóvenes se estén desarrollando en el campo de su profesión.

2.- Como legisladores federales, queremos expresarles nuestro reconocimiento a cada uno de los nuestros ganadores de medalla en los juegos mundiales universitarios que se realizaron en Daegu, Corea del Sur, que son:

Tae kwan do: Verónica Theurel - Bronce
Tenis doble varonil: Carlos Lozano y Rodrigo Echegaray - Plata
Tenis doble femenil: Erika Valdés y Lorena Arias - Bronce
Clavados sincronizados: Jorge Martínez Vaca y Omar Ojeda- Plata
Clavados por equipo: Alberto Alcántara, Jorge Martínez Vaca, Omar Ojeda y Francisco Pérez - Plata
Los reconocemos porque llegaron a lograr su objetivo, los premiamos porque son sinónimo de excelencia, porque han destacado y porque sus triunfos inspiran a otros.

Los reconocemos porque han trabajado duro sin otra recompensa que su propia satisfacción.

Hoy reconocemos, a través de ustedes, a quienes, practicando alguna disciplina, hacen conmovedores esfuerzos, remontan obstáculos, superan la adversidad; a los que compiten consigo mismos; a los que, sin vencer a nadie, merecen todo honor porque se dan y nos dan una lección de entereza y de coraje.

Reconocemos, también, a quienes están detrás de todo deportista: a los entrenadores, a los técnicos, a los terapeutas. Y, por supuesto también, a cada una de las familias de ustedes, a la gran familia ampliada también la reconocemos y esa familia ampliada es la familia mexicana.

Queremos decirles que su desempeño ha sido para todos motivo de admiración y que su triunfo nos dio alegría y orgullo.

3.- Necesitamos en el Estado que haya una mejor educación, pero también que la práctica del deporte sea más intensa; ustedes están contribuyendo de manera significativa para que así sea.

Ustedes son auténticos ejemplos para nuestra juventud; los exhortamos a que hagamos mucho más en la promoción del deporte.

Tenemos la seguridad de que a través del deporte y de nuestra convivencia diaria, nuestra gente seguirá su empeñoso ejemplo para seguir poniendo en alto el nombre de su estado y el de todo México.

Su dedicación es un estímulo para, con la participación de todos, alcanzar los ideales que nos proponemos cotidianamente, porque el deporte es un lazo universal que impulsa sentimientos muy nobles, que nos hace ser más optimistas y ver la vida de manera positiva.

4.- Como legisladores, seguiremos apoyando su esfuerzo, apoyando la participación de todos ustedes en competencias tanto nacionales como internacionales.

El objetivo es encontrar y promover nuevos talentos y propiciar en ellos los hábitos deportivos para mejorar sus dotes físicas, espirituales y mentales.

Con su ejemplo nos queda claro que con esfuerzo y aplicación es posible alcanzar lo que nos propongamos.

Hacemos un reconocimiento especial a todas las mujeres deportistas por su actuación sobresaliente.

El trabajo conjunto entre autoridades deportivas, federaciones y atletas contribuye a cosechar importantes triunfos, por lo que reiteramos nuestro reconocimiento a los ganadores de medalla en los juegos mundiales universitarios que se realizaron en Daegu, Corea del Sur.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, los integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte de esta H. Cámara de Diputados, proponen a esta soberanía dicte el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero.- La LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, extiende a través de la Comisión de Juventud y Deporte, un reconocimiento a los ganadores de medalla en los juegos mundiales universitarios que se realizaron en Daegu, Corea del Sur.

Segundo.- Se instruya a la Secretaría General para que se hagan las gestiones necesarias para que dicho acto se realice en el salón Legisladores (Salón Verde) de esta H. Cámara de Diputados.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el 26 de noviembre de 2003.

Diputados: José Manuel Carrillo Rubio (rúbrica), Presidente; Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica), Jorge Roberto Ruiz Esparza Oruña (rúbrica), secretarios; Rafael Alejandro Moreno Cárdenas, Jesús Zúñiga Romero, Jorge Ortiz Alvarado (rúbrica), Isaías Soriano López, María Isabel Maya Pineda, Miguel Amezcua Alejo, José Alfonso Muñoz Muñoz, Sergio Chávez Dávalos (rúbrica), Armando Leyson Castro, Gonzalo Guízar Valladares, Angel Paulino Canul Pacab, José Francisco Lanero Gutiérrez (rúbrica), Maximiliano Alexander Rábago (rúbrica), Baruch Alberto Barrera Zurita, J. Erandi Bermúdez Méndez (rúbrica), Rodolfo Esquivel Landa (rúbrica), Jorge Triana Tena (rúbrica), José Javier Osorio Salcido, José Angel Córdova Villalobos, Marisol Urrea Camarena (rúbrica), Rogelio Franco Castán (rúbrica), Gerardo Ulloa Pérez (rúbrica), Yadira Serrano Crespo (rúbrica), Juan Pérez Medina, Lizbeth Eugenia Rosas Montero (rúbrica), Alejandra Méndez Salorio.
 
 
 

CON DE ACUERDO, PARA QUE SE REALICE UN EXTRAÑAMIENTO A LA CONADE POR LA FALTA DE INVITACION A LA COMISION DE JUVENTUD Y DEPORTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA LIX LEGISLATURA A LA ENTREGA DEL PREMIO NACIONAL DEL DEPORTE 2003, SUSCRITA POR DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISION DE JUVENTUD Y DEPORTE

Detrás de toda actividad deportiva está la participación de muchos: de quienes lo practican, de quienes lo organizan, de quienes apoyan su desarrollo.

El deporte hace, en quien lo practica, una convicción de ser y demostrar que es el mejor. Por eso, al fomentar el deporte se forja a nuevas generaciones de mexicanos: alentando su espíritu de competencia, haciendo que sus miras sean cada vez más altas, infundiendo el ánimo de serle útil a la sociedad donde se vive y la ambición legítima de ser uno de sus motivos de orgullo.

El deporte le ha dado al país mucho prestigio, y el país tiene que compensar a esos atletas, sean o no de aquellas ramas que son altamente cotizadas en el mercado. De modo que todos aquellos atletas que dieron tantas pruebas de lealtad a su patria y tantas pruebas de desinterés ocuparán el lugar digno que les corresponde en la sociedad y serán recordados con cariño por su pueblo aun cuando ya no vivan.

El deporte es fundamental para poder lograr el desarrollo integral de los mexicanos.

Con base en lo anterior y

Considerando

1.- El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, por conducto de la Secretaría de Educación Pública, a través del Consejo del Premio Nacional de Deportes, con fundamento en los artículos: 3º, 6º, fracción IV, 8º, 19, fracciones I y VII, 24º, 27º, 52º, 53º, 54º, 55º, 56º, 57º, 58º, 59º y demás relativos de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, entrego el pasado 20 de noviembre de manos del Presidente Vicente Fox, el Premio Nacional del Deporte 2003.

Dicho premio fue entregado en la rama de atleta: los fondistas Adriana Fernández y Andrés Espinoza. En la rama de atleta discapacitado: la velocista en silla de ruedas Ariadne Hernández. En la rama de equipos: las clavadistas Laura Sánchez y Paola Espinoza. En la rama de entrenador: José Almanford, entrenador de tiro.

2.- Para los legisladores es un gran orgullo, porque representa lo más alto del deporte en México.

Así que hacemos un reconocimiento a cada uno de los ganadores ya que consideramos que son una muestra de que en el país hay deportistas de talla mundial.

Los ganadores del "Premio Nacional de Deportes 2003" son gente destacada y dignos representantes del deporte.

Al ser reconocidos mediante este premio, es una manera de valorar su trabajo y dedicación a lo que hace, y consideramos que es bueno que se otorgue este premio porque estimula a todos los deportistas, los reconforta y además los motiva a seguir representando a México como lo han hecho hasta ahora.

3.- El "Premio Nacional de Deportes 2003" constó de un cheque de 260 mil pesos, una medalla de oro y un diploma, y se entregó durante un desayuno que tuvo en Palacio Nacional el Jefe del Ejecutivo, al cual no fuimos invitados y como legisladores Federales integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte, nos hubiera gustado expresarles nuestro reconocimiento a cada uno de los nuestros ganadores.

Los reconocemos porque llegaron a lograr su objetivo, porque son sinónimo de excelencia, porque han destacado y porque sus triunfos inspiran a otros.

Merecen todo honor porque se dan y nos dan una lección de entereza y de coraje.

Queremos decirles que su desempeño ha sido para todos motivo de admiración y que su triunfo nos dio alegría y orgullo.

Su dedicación es un estímulo para, con la participación de todos, alcanzar los ideales que nos proponemos cotidianamente, porque el deporte es un lazo universal que impulsa sentimientos muy nobles, que nos hace ser más optimistas y ver la vida de manera positiva.

4.- Como legisladores seguiremos apoyando su esfuerzo, apoyando la participación de todos ustedes en competencias tanto nacionales como internacionales.

Por eso es de suma importancia entregar el Premio Nacional del Deporte a aquellos jóvenes que se han distinguido por su compromiso con México.

Mientras haya en nuestro país jóvenes capaces y comprometidos, podemos enfrentar con absoluta confianza el futuro.

5.- Tenemos la más absoluta confianza en nuestros deportistas: en su calidad humana, en su empeño educativo, en su energía transformadora, en su capacidad para convertir los problemas y los desafíos en oportunidades.

Queremos compartir estos logros con los deportistas, que el pasado 20 de noviembre recibieron, como uno de los reconocimientos que otorga el Estado, ya que tenemos en común que nuestras acciones deben estar orientadas al beneficio de nuestra comunidad.

6.- Para los integrantes de esta Comisión de Juventud y Deporte, es de gran importancia el estar presentes en la entrega de este Premio porque nos llena de gozo, no solo por el reconocimiento, por haber representado dignamente a nuestro país, lo que nos ha permitido retribuir a la sociedad un poco de lo que la misma nos ha otorgado.

Así, es importante que trabajemos en equipo.

Como legisladores, seguiremos apoyando su esfuerzo, apoyando la participación de todos los deportistas en competencias tanto nacionales como internacionales, porque con su ejemplo nos queda claro que con esfuerzo y aplicación es posible alcanzar lo que nos propongamos.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, los integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte de esta H. Cámara de Diputados, proponen a esta soberanía dicte el siguiente

Punto de Acuerdo

Unico.- La LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a través de la Comisión de Juventud y Deporte, hace un extrañamiento a la Conade por la falta de invitación de esta Comisión a la entrega del Premio Nacional del Deporte 2003.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el 8 de enero de 2004.

Diputados: José Manuel Carrillo Rubio (rúbrica), Presidente; Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica), Jorge Roberto Ruiz Esparza Oruña (rúbrica), secretarios; Rafael Alejandro Moreno Cárdenas, Jesús Zúñiga Romero, Jorge Ortiz Alvarado (rúbrica), Isaías Soriano López, María Isabel Maya Pineda, Miguel Amezcua Alejo, José Alfonso Muñoz Muñoz, Sergio Chávez Dávalos (rúbrica), Armando Leyson Castro, Gonzalo Guízar Valladares (rúbrica), Angel Paulino Canul Pacab, José Francisco Lanero Gutiérrez (rúbrica), Maximiliano Alexander Rábago (rúbrica), Baruch Alberto Barrera Zurita, J. Erandi Bermúdez Méndez (rúbrica), Rodolfo Esquivel Landa (rúbrica), Jorge Triana Tena (rúbrica), José Javier Osorio Salcido, José Angel Córdova Villalobos, Marisol Urrea Camarena (rúbrica), Rogelio Franco Castán (rúbrica), Gerardo Ulloa Pérez (rúbrica), Yadira Serrano Crespo, Juan Pérez Medina, Lizbeth Eugenia Rosas Montero (rúbrica), Alejandra Méndez Salorio (rúbrica).
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA QUE SE REALICE UN EXTRAÑAMIENTO AL INSTITUTO MEXICANO DE LA JUVENTUD, POR LA FALTA DE INVITACION A LA COMISION DE JUVENTUD Y DEPORTE DE ESTA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA LIXLEGISLATURA, A LA ENTREGA DEL PREMIO NACIONAL DE LA JUVENTUD 2002

Los jóvenes son los actores centrales en el proceso de esta país. Sus aportaciones son uno de los principales motores del avance democrático, del desarrollo económico y la innovación tecnológica.

La fortaleza de nuestro presente y nuestro futuro depende de la fortaleza y las oportunidades que tengan nuestras nuevas generaciones.

Por eso es de suma importancia entregar el Premio Nacional de la Juventud a aquellos jóvenes que se han distinguido por su compromiso con México.

Mientras haya en nuestro país jóvenes capaces y comprometidos, podemos enfrentar con absoluta confianza el futuro.

La colaboración de la juventud mexicana es fundamental para la construcción del país al día y a la vanguardia económica y elevado desarrollo humano, cultural y educativo que todos queremos para la consolidación del cambio que está viviéndose en México.

Participaron en este certamen, cerca de 4 mil jóvenes que se inscribieron, y para nosotros los legisladores son un orgullo y lo demuestran quienes han resultado ganadores, que son corresponsables, que tienen ese sentido de responsabilidad para con su país.

Los jóvenes, son nuestra mayor reserva de talento y de energía, son la mejor expresión de la vitalidad del país, de un sentido de verdadera responsabilidad. En sus manos está la clave del futuro de México y la posibilidad de actuar en un mundo mejor.

México cuenta con el sentido crítico de la juventud para saber lo que debemos corregir e innovar, y también lo que debemos de cosechar. México cuenta con las propuestas de su juventud, cuenta con las demandas de su juventud; México cuenta con los ideales y el entusiasmo de sus jóvenes para ser siempre una gran nación.

Con base en lo anterior y

Considerando

1.- El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, por conducto de la Secretaría de Educación Pública, a través del Consejo de Premiación correspondiente al Premio Nacional de la Juventud, de conformidad con los artículos 1º, 2º, 3º, 5º, 6º fracción VIII, 8º, 19º, fracciones I, II y VII, 24º y 72º al 76º de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.

2.- Como legisladores tenemos la más absoluta confianza en los jóvenes: en su calidad humana, en su empeño educativo, en su energía transformadora, en su capacidad para convertir los problemas y los desafíos en oportunidades.

Este premio para nuestra juventud es una distinción que simboliza las aspiraciones, las esperanzas y la confianza de la sociedad en la juventud. Un nosotros, como factor incluyente, de una generación de jóvenes, identificados con nuestras raíces históricas y culturales, y vinculados a la generación que nos antecede.

3.- Como legisladores federales queremos expresarles nuestro reconocimiento a cada uno de los jóvenes ganadores al Premio Nacional de la Juventud 2002, porque ellos son un ejemplo de lo que puede lograrse con base en la preparación, en el estudio, en la determinación y en el sentido de responsabilidad para servir a las y los demás.

Su brillante trayectoria en la academia, en las actividades productivas, en el arte, en la protección ambiental, es una lección para todas y todos los mexicanos. Sus méritos cívicos y su labor social son una prueba indiscutible de que somos una sociedad con vocación solidaria.

4.- Queremos compartir estos logros con los jóvenes, que el pasado 24 de noviembre recibieron, de manos del Presidente de la República, Vicente Fox Quesada, uno de los reconocimientos que otorga el Estado, ya que tenemos en común que nuestras acciones deben estar orientadas al beneficio de nuestra comunidad.

5.- Para los integrantes de esta Comisión de Juventud y Deporte, es de gran importancia el estar presentes en la entrega de este premio porque nos llena de gozo, no solo por el reconocimiento, por haber representado dignamente a nuestro país; lo que nos ha permitido retribuir a la sociedad un poco de lo que la misma nos ha otorgado.

Así es importante que trabajemos en equipo. Juntos debemos promover los derechos humanos, la cultura democrática, la equidad de género, juntos debemos impulsar actividades productivas, el turismo juvenil, los servicios culturales, la práctica del deporte.

6.- Como legisladores seguiremos apoyando su esfuerzo, apoyando la participación de todos los jóvenes en competencias tanto nacionales como internacionales, porque con su ejemplo nos queda claro que con esfuerzo y aplicación es posible alcanzar lo que nos propongamos.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, los integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte de esta H. Cámara de Diputados, proponen a esta soberanía dicte el siguiente:

Punto de Acuerdo

Unico.- La LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a través de la Comisión de Juventud y Deporte, hace un extrañamiento al Instituto Mexicano de la Juventud por la falta de invitación de esta Comisión a la entrega del Premio Nacional de la Juventud 2002.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión al día 8 de enero de 2004.

Diputados: José Manuel Carrillo Rubio (rúbrica), Presidente; Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica), Jorge Roberto Ruiz Esparza Oruña (rúbrica), secretarios; Rafael Alejandro Moreno Cárdenas, Jesús Zúñiga Romero, Jorge Ortiz Alvarado (rúbrica), Isaías Soriano López, María Isabel Maya Pineda, Miguel Amezcua Alejo, José Alfonso Muñoz Muñoz, Sergio Chávez Dávalos (rúbrica), Armando Leyson Castro, Gonzalo Guízar Valladares (rúbrica), Angel Paulino Canul Pacab, José Francisco Lanero Gutiérrez, Maximiliano Alexander Rábago (rúbrica), Baruch Alberto Barrera Zurita, J. Erandi Bermúdez Méndez (rúbrica), Rodolfo Esquivel Landa (rúbrica), Jorge Triana Tena (rúbrica), José Javier Osorio Salcido, José Angel Córdova Villalobos, Marisol Urrea Camarena (rúbrica), Rogelio Franco Castán (rúbrica), Gerardo Ulloa Pérez (rúbrica), Yadira Serrano Crespo, Juan Pérez Medina, Lizbeth Eugenia Rosas Montero (rúbrica), Alejandra Méndez Salorio (rúbrica).
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA QUE SE OTORGUE UN RECONOCIMIENTO A LA DEPORTISTA NANCY LLARELY CONTRERAS REYES Y AL ATLETA PARALIMPICO SAUL MENDOZA HERNANDEZ, SUSCRITA POR DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISION DE JUVENTUD Y DEPORTE

La crítica, el debate y las propuestas fortalecen la pluralidad; la palabra, construye, enamora, derrota, así también unifica mediante la suma de voluntades, que sin lugar a duda transforman el mundo.

La cultura física y el deporte se convierten en instrumentos de paz.

¿Quién no sabe que en el deporte se encuentran las más claras manifestaciones de esperanza?, en donde la igualdad y la fraternidad se convierten en uno solo, ¡la unidad de la humanidad!, en donde las fronteras no tienen alcance, en donde las limitaciones únicamente se enmarcan en el mero encuentro de un vencedor y un vencido, en donde la expresión física contiene un solo lenguaje, el compañerismo.

Desde cualquier trinchera los deportistas en México, han demostrado que sin los apoyos, con sus propios esfuerzos y sin recursos necesarios, contrario a otros deportistas del mundo quienes sí cuentan con los apoyos necesarios para destacar en esta hermosa y pero también difícil tarea, han logrado grandes éxitos deportivos.

Por lo anterior expuesto y

Considerando

Asimismo, al tener dignos representantes de México ante el mundo, no podemos dejar pasar por alto la firmeza y tenacidad que estos excelentes deportistas han demostrado, ya que desde su niñez y adolescencia han conquistado la cima del éxito, forjando desde sus entrañas el orgullo de nuestra patria, por ello, solicitamos un merecido homenaje a los deportistas Nancy Llarely Contreras Reyes y Saúl Mendoza Hernández por su destacada trayectoria en el ámbito internacional.

La ciclista Nancy Contreras ha obtenido un sin número de éxitos, por mencionar algunos:

Primer lugar en velocidad 500 metros contrarreloj en la cuarta fase Copa del Mundo realizada en la Ciudad de México en agosto de 2001.
Campeona mundial en los 500 metros contrarreloj, en Amberes, Bélgica, septiembre de 2001.
Fue galardonada con el Premio Nacional del Deporte en 2001.

En septiembre de 2002, segundo lugar en quinientos metros contrarreloj en el campeonato del mundo realizado en Copenhague, Dinamarca.
En mayo de 2003, segunda copa del mundo, tercer lugar en 500 metros contrarreloj en Sydney, Australia.
En noviembre de 2002, primer lugar en 500 metros contrarreloj en los Juegos Centroamericanos y del Caribe en San Salvador.
En abril de 2003, primer lugar quinientos metros contrarreloj en la tercera copa del mundo en Sudáfrica.

En mayo de 2003, primer lugar de velocidad 200 metros en el Festival Olímpico Mexicano, Ciudad de México.
En mayo de 2003, primer lugar en velocidad en 200 metros y primer lugar en 500 metros contrarreloj en la Cuarta Copa del Mundo en Sydney, Australia.
En agosto de 2003, primer lugar en 500 metros contrarreloj en los Juegos Panamericanos realizados en República Dominicana.

En este mismo orden de ideas, es digno reconocer los éxitos obtenidos por el atleta paralímpico Saúl Mendoza Hernández, quien: En su participación en los Juegos Olímpicos de Sydney 2000, en los 1,500 metros ganó medalla de oro, imponiendo récord olímpico.
Fue nombrado el atleta del siglo del deporte mexicano en el año 2000.
Poseedor del récord mundial de los 800 metros, logrado en Carlsbad en el mismo año.
Ganador en dos ocasiones del Premio Nacional del Deporte, en 1996 y 1999.
Nombrado el atleta juvenil de México en 1986, llamado también el Premio Nacional de la Juventud.
Saúl Mendoza Hernández originario de la Ciudad de México, nació el 6 de enero de 1967, contrajo polio a los 6 meses de edad, estuvo involucrado en los deportes a una temprana edad tanto en muletas como en silla de ruedas. Tiene planes de continuar con su carrera, con la firme confianza de obtener medallas en los Juegos Paralímpicos de Atenas Grecia 2004.

Con más de 200 primeros lugares en diversas carreras internacionales de pista y ruta, etc., etc., etc.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, los integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte de esta H. Cámara de Diputados, proponen a esta soberanía dicte el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero.- La LIX Legislatura de la H. Cámara de Diputados, extiende a través de la Comisión de Juventud y Deporte, un reconocimiento a los deportistas Nancy Llarely Contreras Reyes y Saúl Mendoza Hernández.

Segundo.- Se instruya a la Secretaría General para que se hagan las gestiones necesarias para que dicho acto se realice en el salón Legisladores (Salón Verde) de esta H. Cámara de Diputados.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el 8 de enero de 2004.

Diputados: José Manuel Carrillo Rubio (rúbrica), Presidente; Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica), Jorge Roberto Ruiz Esparza Oruña (rúbrica), secretarios; Rafael Alejandro Moreno Cárdenas, Jesús Zúñiga Romero, Jorge Ortiz Alvarado (rúbrica), Isaías Soriano López, María Isabel Maya Pineda, Miguel Amezcua Alejo, José Alfonso Muñoz Muñoz, Sergio Chávez Dávalos, Armando Leyson Castro, Gonzalo Guízar Valladares (rúbrica), Angel Paulino Canul Pacab, José Francisco Lanero Gutiérrez (rúbrica), Maximiliano Alexander Rábago (rúbrica), Baruch Alberto Barrera Zurita, J. Erandi Bermúdez Méndez (rúbrica), Rodolfo Esquivel Landa (rúbrica), Jorge Triana Tena (rúbrica), José Javier Osorio Salcido, José Angel Córdova Villalobos, Marisol Urrea Camarena (rúbrica), Rogelio Franco Castán (rúbrica), Gerardo Ulloa Pérez (rúbrica), Yadira Serrano Crespo (rúbrica), Juan Pérez Medina, Lizbeth Eugenia Rosas Montero (rúbrica), Alejandra Méndez Salorio (rúbrica).
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA QUE SE OTORGUE UN RECONOCIMIENTO A LOS DEPORTISTAS GANADORES DEL PREMIO NACIONAL DEL DEPORTE 2003, SUSCRITA POR DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISION DE JUVENTUD Y DEPORTE

La cultura física y el deporte son esenciales para la integración social, elementos indispensables de un desarrollo integral del individuo y valiosos instrumentos de promoción de la salud.

Detrás de toda actividad deportiva está la participación de muchos: de quienes lo practican, de quienes lo organizan, de quienes apoyan su desarrollo.

El deporte hace, en quien lo practica, una convicción de ser y demostrar que es el mejor. Por eso, al fomentar el deporte se forja a nuevas generaciones de mexicanos: alentando su espíritu de competencia, haciendo que sus miras sean cada vez más altas, infundiendo el ánimo de serle útil a la sociedad donde se vive y la ambición legítima de ser uno de sus motivos de orgullo.

El potencial que tenemos enfrente es enorme; sólo la gente que ve hacia adelante, que afronta los retos y comparte las responsabilidades, será capaz de llegar a la cumbre.

Es por ello que en esta ocasión, los miembros de la Comisión de Juventud y Deporte de la LIX Legislatura consideramos que debemos reconocer a nuestros ganadores al Premio Nacional del Deporte 2003.

Con base en lo anterior y

Considerando

1.- El deporte le ha dado al país mucho prestigio, y el país tiene que compensar a esos atletas, sean o no de aquellas ramas que son altamente cotizadas en el mercado. De modo que todos aquellos atletas que han puesto en alto el nombre de México y que en pruebas de desinterés ocuparán el lugar digno que les corresponde en la sociedad y serán recordados con cariño por su pueblo aun cuando ya no vivan.

El deporte es fundamental para poder lograr el desarrollo integral de los mexicanos.

Es importante que los jóvenes se estén desarrollando en el campo de su profesión.

2.- Como legisladores federales queremos expresarles nuestro reconocimiento a los ganadores al Premio Nacional del Deporte.

Reconocemos a los que lograron llegar a la meta y conquistar su objetivo, a los que superaron sus propias marcas, a los que alcanzaron la gloria olímpica. Los premiamos porque son sinónimo de excelencia, porque han destacado y porque sus triunfos inspiran a otros.

Reconocemos también a los que, han trabajado duro sin otra recompensa que su propia satisfacción.

Hoy reconocemos, a través de ustedes, a quienes, practicando alguna disciplina, hacen conmovedores esfuerzos, remontan obstáculos, superan la adversidad; a los que compiten consigo mismos; a los que, sin vencer a nadie, merecen todo honor porque se dan y nos dan una lección de entereza y de coraje.

Reconocemos, también, a quienes están detrás de todo deportista: a los entrenadores, a los técnicos, a los terapeutas. Y, por supuesto también, a cada una de las familias de ustedes, a la gran familia ampliada también la reconocemos y esa familia ampliada es la familia mexicana.

Queremos decirles que su desempeño ha sido para todos motivo de admiración y que su triunfo nos dio alegría y orgullo.

3.- Necesitamos en el Estado que haya una mejor educación, pero también que la práctica del deporte sea más intensa; ustedes están contribuyendo de manera significativa para que así sea.

Ustedes son auténticos ejemplos para nuestra juventud; los exhortamos a que hagamos mucho más en la promoción del deporte.

Tenemos la seguridad de que a través del deporte y de nuestra convivencia diaria, nuestra gente seguirá su empeñoso ejemplo para seguir poniendo en alto el nombre de su estado y el de todo México.

Su dedicación es un estímulo para, con la participación de todos, alcanzar los ideales que nos proponemos cotidianamente, porque el deporte es un lazo universal que impulsa sentimientos muy nobles, que nos hace ser más optimistas y ver la vida de manera positiva.

Como legisladores seguiremos apoyando su esfuerzo, apoyando la participación de todos ustedes en competencias tanto nacionales como internacionales.

El objetivo es encontrar y promover nuevos talentos y propiciar en ellos los hábitos deportivos para mejorar sus dotes físicas, espirituales y mentales.

Con su ejemplo nos queda claro que con esfuerzo y aplicación es posible alcanzar lo que nos propongamos.

Hacemos un reconocimiento especial a todas las mujeres deportistas por su actuación sobresaliente.

El trabajo conjunto entre autoridades deportivas, federaciones y atletas contribuye a cosechar importantes triunfos, por lo que reiteramos nuestro reconocimiento a los ganadores al Premio Nacional del Deporte 2003.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, los integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte de esta H. Cámara de Diputados, proponen a esta soberanía dicte el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero.- La LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, extiende a través de la Comisión de Juventud y Deporte, un reconocimiento a los deportistas ganadores al premio Nacional del Deporte 2003.

Segundo.- Se instruya a la Secretaría General para que se hagan las gestiones necesarias para que dicho evento se realice en el Salón Legisladores (Salón Verde)de esta H. Cámara de Diputados.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión al día 26 de noviembre de 2003.

Diputados: José Manuel Carrillo Rubio (rúbrica), Presidente; Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica), Jorge Roberto Ruiz Esparza Oruña (rúbrica), secretarios; Rafael Alejandro Moreno Cárdenas, Jesús Zúñiga Romero, Jorge Ortiz Alvarado (rúbrica), María Isabel Maya Pineda, Miguel Amezcua Alejo, José Alfonso Muñoz Muñoz, Sergio Chávez Dávalos (rúbrica), Armando Leyson Castro, Gonzalo Guízar Valladares, Angel Paulino Canul Pacab, José Francisco Lanero Gutiérrez (rúbrica), Maximiliano Alexander Rábago (rúbrica), Baruch Alberto Barrera Zurita, J. Erandi Bermúdez Méndez (rúbrica), Rodolfo Esquivel Landa (rúbrica), Jorge Triana Tena (rúbrica), José Javier Osorio Salcido, José Angel Córdova Villalobos, Marisol Urrea Camarena (rúbrica), Rogelio Franco Castán (rúbrica), Gerardo Ulloa Pérez (rúbrica), Yadira Serrano Crespo (rúbrica), Juan Pérez Medina, Lizbeth Eugenia Rosas Montero (rúbrica), Alejandra Méndez Salorio (rúbrica).
 
 













Convocatorias
DE LA COMISION DE EQUIDAD Y GENERO

A su reunión plenaria, que se efectuará el martes 16 de marzo, a las 9 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. Diva Hadamira Gastélum Bajo
Presidenta
 
 
 

DE LA COMISION DE VIVIENDA

A la reunión de trabajo de su Mesa Directiva con el grupo de industriales de la construcción y el Colegio de Ingenieros Civiles del estado de Quintana Roo, que se llevará a cabo el martes 16 de marzo, a las 10 horas, en el salón A del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. Roberto Pedraza Martínez
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE PUNTOS CONSTITUCIONALES

A su reunión de trabajo, que se efectuará el martes 16 de marzo, a las 15 horas, en la sala de juntas de la Comisión (edificio D, planta baja).

Orden del Día

1. Lista de asistencia.
2. Declaración de quórum.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
4. Discusión y, en su caso, aprobación del proyecto de dictamen por el que se reforma el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativo a la facultad de iniciativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
5. Análisis y discusión del proyecto de dictamen por el que se reforman los artículos 4° y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativo al derecho a la alimentación.
6. Informe de las actividades realizadas por las subcomisiones ordinarias y específicas de la Comisión.
7. Asuntos generales.
8. Clausura de la reunión.
Atentamente
Dip. Miguel Angel Yunes Linares
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE CULTURA

A su sexta reunión plenaria, que se llevará a cabo el martes 16 de marzo, a las 15:30 horas, en el salón D del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. Filemón Arcos Suárez
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE ECONOMIA

A su reunión plenaria, que se llevará a cabo el martes 16 de marzo, a las 17 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. Manuel López Villarreal
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE EDUCACION PUBLICA Y SERVICIOS EDUCATIVOS

A su reunión de trabajo, que se realizará el martes 16 de marzo, a las 17 horas, en la sala de juntas de la Comisión (edificio F, cuarto nivel).

Orden del Día

1. Lista de asistencia.
2. Declaración de quórum.
3. Lectura y aprobación del orden del día.
4. Revisión de los dictámenes pendientes.
5. Informe de las subcomisiones.
6. Calendarización de las reuniones de la Comisión y de las subcomisiones.
7. Revisión de las asistencias a las reuniones de la Comisión.
8. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. Salvador Pablo Martínez Della Rocca
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE SEGURIDAD PUBLICA

A su reunión plenaria, que se llevará a cabo el martes 16 de marzo, a las 17 horas, en el salón Libertadores, ubicado en el edificio H, primer nivel.

Atentamente
Dip. Jorge Uscanga Escobar
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE SEGURIDAD SOCIAL

A su reunión ordinaria de trabajo, que se realizará el martes 16 de marzo, a las 17 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y aprobación, en su caso, de las actas de las reuniones de trabajo de la Comisión celebradas los días 27 de enero y 10 y 11 de febrero de 2004.
4. Recepción de asuntos turnados a la Comisión.
5. Informe del grupo de trabajo para el análisis de los asuntos relativos al Infonavit.
6. Respuesta a solicitudes de información formuladas por la Comisión.
7. Propuestas de conformación de subcomisiones en la Comisión para el desahogo de asuntos pendientes.
8. Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2001.
9. Calendario de reuniones.
10. Asuntos generales.
11. Clausura.
Atentamente
Dip. Miguel Alonso Raya
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE DESARROLLO RURAL

A la reunión de trabajo de su Mesa Directiva, que se llevará a cabo el miércoles 17 de marzo, a las 9 horas, en las oficinas de la Comisión.

Orden del Día

1. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
2. Informe del avance del trabajo de las Comisiones Unidas, en torno al presupuesto de egresos para el campo, por lo referente a la reasignación de los 10 mil 800 millones de pesos.
3. Informe del avance de presentación de propuesta de asuntos legislativos por dictaminar por la Comisión.
4. Definición de la agenda de presentación de propuestas de reforma institucional, por parte de las instituciones que aparecen en el artículo segundo del Presupuesto de Egresos de la Federación.
5. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. J. Miguel Luna Hernández
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE PESCA

A su reunión de trabajo, que se efectuará el miércoles 17 de marzo, a las 9 horas, en el salón D del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. Francisco Javier Obregón Espinoza
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE TRANSPORTES

A su sesión ordinaria de trabajo, correspondiente al mes de marzo, que se llevará a cabo el miércoles 17, a las 11 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y verificación de quórum.
2. Palabras por el Presidente de la Comisión.
3. Lectura y aprobación del acta anterior.
4. Presentación del Programa de Trabajo de Carreteras Federales. Expone el director general de Carreteras Federales de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, ingeniero Iván Cedric Escalante Sauri.
5. Asuntos generales.
6. Clausura.
Atentamente
Dip. Francisco Juan Avila Camberos
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE DESARROLLO SOCIAL

A su quinta sesión ordinaria, que tendrá lugar el miércoles 17 de marzo, a las 12 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y verificación del quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la sesión anterior.
4. Análisis del artículo quinto transitorio de la Ley General de Desarrollo Social.

5. Análisis, discusión y, en su caso, aprobación de proyectos de dictamen de los siguientes:
5.1 Punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Desarrollo Social a garantizar la incorporación de las personas con capacidades diferentes a los programas sociales, estableciendo cambios a las reglas de operación programática que sean pertinentes, en particular a los programas Oportunidades y Hábitat.
5.2 Punto de acuerdo para que se exhorte a la Secretaría de Desarrollo Social, a lograr niveles suficientes de bienestar con equidad en los estados de Chiapas, Guerrero y Oaxaca, utilizando políticas y aciones de ordenación territorial y de desarrollo urbano y vivienda, para mejorar las condiciones sociales, económicas y políticas.
6. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Beatriz Zavala Peniche
Presidenta
 
 
 

DE LA COMISION DE AGRICULTURA Y GANADERIA

A su reunión ordinaria, que se efectuará el miércoles 17 de marzo, a las 14 horas, en el salón D del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. Cruz López Aguilar
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE SALUD

A la décima reunión de su Mesa Directiva, que tendrá lugar el miércoles 17 de marzo, a las 19 horas, en el salón A del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Verificación de asistencia.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.
4. Presentación de la minuta del Senado "Ley de Asistencia Social".
5. Revisión de proyectos de dictamen de los asuntos turnados a la Comisión de Salud.
6. Revisión de la minuta del Senado que adiciona los artículos 222 Bis y 286 Ter a la Ley General de Salud.
7. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. José Angel Córdova Villalobos
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE REGLAMENTOS Y PRACTICAS PARLAMENTARIAS

Al ciclo de mesas redondas Reformas urgentes al marco jurídico del Congreso mexicano, que se llevará a cabo en coordinación con el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México los miércoles 17, 24 y 31 de marzo, en el Salón de Protocolo del Palacio Legislativo.

Miércoles 17 de marzo de 2004

Ceremonia de apertura

10:00 a 10:15 horas: Inauguración, por parte del Presidente de la Comisión Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, diputado Iván García Solís.
10:15 a 10:30 horas: Palabras del doctor Diego Valadés Ríos, director general del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
10:30 a 11:30 horas: Intervención de los coordinadores de los grupos parlamentarios de la H. Cámara de Diputados.


Mesa 1. Proceso Legislativo.

Miércoles 17 de marzo de 2004, a las 12:00 horas
Moderador: Diputado Raúl José Mejía González.

Ponentes:

12:00 a 12:15 horas: Senador César Jáuregui Robles, H. Cámara de Senadores.
12:15 a 12:30 horas: Sen. PRI (pendiente), H. Cámara de Senadores.
12:30 a 12:45 horas: Diputado Eduardo Espinoza Pérez, H. Cámara de Diputados.
12:45 a 13:00 horas: Doctor Pedro Salazar Ugarte, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
13:00 a 13:15 horas: Doctor Benito Nacif Hernández, CIDE.
13:15 a 13:45 horas: Ronda de preguntas y respuestas.
14:30 a 16:00 horas: Comida que ofrecerá la Comisión a los ponentes, a los coordinadores parlamentarios y a sus integrantes.


Mesa 2. El Futuro de la Función Parlamentaria. Estatuto de los Legisladores.
Miércoles 24 de marzo de 2004, a las 10:00 horas

Moderador: Diputado Pedro Vázquez González.

Ponentes:

10:00 a 10:15 horas: Diputada Socorro Díaz Palacios, H. Cámara de Diputados.
10:15 a 10:30 horas: Diputado Francisco A. Arroyo Vieyra, H. Cámara de Diputados.
10:30 a 10:45 horas: Diputado Germán Martínez Cázares, H. Cámara de Diputados.
10:45 a 11:00 horas: Doctor Jaime Cárdenas Gracia, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
11:00 a 11:15 horas: Doctora Cecilia Mora Donato, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
11:15 a 11:45 horas: Ronda de preguntas y respuestas.


Mesa 3. Administración Interna.
Miércoles 31 de marzo de 2004, a las 10:00 horas

Moderador: Diputado Jorge Luis Preciado Rodríguez.

Ponentes:

10:00 a 10:15 horas: Diputada Marcela González Salas y Petriccioli, H. Cámara de Diputados.
10:15 a 10:30 horas: Diputado PRI (pendiente), H. Cámara de Diputados.
10:30 a 10:45 horas: Diputado José González Morfín, H. Cámara de Diputados.
10:45 a 11:00 horas: Doctora Susana T. Pedroza de la Llave, Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM.
11:00 a 11:15 horas: Doctor Jorge Moreno Collado, CEDIP.
11:15 a 11:45 horas: Ronda de preguntas y respuestas.
Clausura del ciclo.

Atentamente
Dip. Iván García Solís
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE ASUNTOS INDIGENAS

A su reunión de trabajo con la maestra Silvia Schmelkes del Valle, coordinadora de Educación Intercultural Bilingüe de la Secretaría de Educación Pública, que se llevará a cabo el jueves 18 de marzo, a las 9 horas, en los salones C y D del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. Javier Manzano Salazar
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE SALUD

A su octava reunión plenaria, que se realizará el miércoles 24 de marzo, a las 14 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Verificación de asistencia.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.
4. Lectura, análisis y, en su caso, aprobación de proyectos de dictamen.
5. Asuntos generales.
5.1. Aspectos relevantes de legislación comparada de las bebidas que contienen cafeína.
Atentamente
Dip. José Angel Córdova Villalobos
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DEL DISTRITO FEDERAL

A su tercera reunión plenaria, que se llevará a cabo el jueves 25 de marzo, a las 13 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Bienvenida.
2. Lista des asistencia y declaratoria de quórum.
3. Ratificación de los asuntos tomados en la reunión anterior.
4. Presentación para su consideración y, en su caso, aprobación del programa de trabajo 2003-2006 de la Comisión.
5. Integración de la Subcomisión de la Reforma Política del Distrito Federal.
6. Asuntos por tratar en la Subcomisión de la Reforma Política del Distrito Federal.
7. Asuntos generales.
8. Clausura de la reunión.
Atentamente
Dip. José Agustín Ortiz Pinchetti
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE SALUD

Al foro La fibrosis quística, diagnóstico y tratamiento en México, que se efectuará el miércoles 14 de abril, de las 9:30 a las 13 horas, en el salón Legisladores de la República (Salón Verde).

Atentamente
Dip. José Angel Córdova Villalobos
Presidente