Anexo II Dictámenes
Anexo III Dictámenes II
Anexo IV Dictamen de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Agricultura y Ganadería, y de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente modificados
Anexo V Voto particular del diputado Omar Ortega Alvarez, del grpo parlamentario del PRD, al dictamen de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Agricultura y Ganadería, y de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente modificados
Orden del Día de la sesión del martes 14 de diciembre de 2004
Acta de la sesión anterior.
Comunicaciones
Del Congreso de Quintana Roo.
De la Mesa Directiva, en relación con dictámenes de puntos de acuerdo negativos.
De la Junta de Coordinación Política.
Proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno
De la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos:
- Con proposición de acuerdo, para la discusión y votación de la proposición de acuerdo de la Mesa Directiva para la resolución del documento del Presidente de la República relativo al Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005. (Votación)
Con el que remite el tercer informe anual (julio de 2003 a junio de 2004) de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 69-E, fracción VII, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. (Turno a Comisión)
Dos, con los que se remiten contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados. (Turno a Comisión)
Dos, con los que se remiten los informes de las visitas oficiales del ciudadano Presidente de la República, Vicente Fox Quesada, a Canadá, los días 24, 25 y 26 de octubre de 2004, y a San José, Costa Rica, los días 19 y 20 de noviembre en la XIV Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno; y de la visita de trabajo a la República de Ecuador, los días 21 y 22 de noviembre de 2004. (Turno a Comisión)
Minutas
Con proyecto de decreto, por el que se expide el Reglamento del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. (Turno a Comisión)
Con proyecto de Ley General de las Personas con Discapacidad. (Turno a Comisión)
Iniciativas de ciudadanos diputados
Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Correduría Pública, a cargo de la diputada Nora Elena Yu Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
De Ley Orgánica de la Universidad a Distancia, a cargo del diputado Juan Pérez Medina, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Que reforma la fracción I del artículo 186 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)
Que reforma el artículo 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 2 y 6 de la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, a cargo del diputado Miguel Amezcua Alejo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 38 y 38 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a cargo de la diputada Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)
Que reforma la fracción XXVI del artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo de la diputada Sofía Castro Ríos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Que reforma el párrafo primero del artículo 43 y el párrafo primero del artículo 104 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Alejandro Agundis Arias, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)
Que reforma la fracción VI del artículo 2 de la Ley sobre la Celebración de Tratados, a cargo del diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)
Que adiciona la fracción XIX al artículo 17 de la Ley de Ingresos para 2005 y un artículo 225 a la Ley del Impuesto sobre la Renta, tendentes a otorgar estímulos fiscales a prestadores de servicios de ecoturismo, a cargo del diputado Raúl Piña Horta, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)
Que reforma los artículos 2, 3, 17 Bis, 130, 146, 155, 156, 157, 409 y 463 de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Leonardo Álvarez Romo, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)
Que reforma el segundo párrafo del artículo 3° del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y el artículo 2° de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, y deroga el inciso K) del artículo 75 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, a cargo del diputado Lino Celaya Luría, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Dictámenes de primera lectura
De las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Agricultura y Ganadería, y de Ciencia y Tecnología, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente modificados. (Dispensa de segunda lectura, discusión y votación)
De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular y de la Ley Orgánica del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros. (Dispensa de segunda lectura, discusión y votación)
De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros. (Dispensa de segunda lectura, discusión y votación)
De la Comisión de Seguridad Pública, con proyecto de decreto que reforma los artículos 5 y 7 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados. (Dispensa de segunda lectura, discusión y votación)
De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que adiciona una fracción VIII al artículo 35, y adiciona una Sección Octava y un artículo 57 Bis a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. (Dispensa de segunda lectura, discusión y votación)
De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre. (Dispensa de segunda lectura, discusión y votación)
De las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, de Transportes, y de Seguridad Pública, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de la Ley de Vías Generales de Comunicación, de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y de la Ley de la Policía Federal Preventiva. (Dispensa de segunda lectura, discusión y votación)
De la Comisión de Economía, con proyecto de Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones. (Dispensa de segunda lectura, discusión y votación)
Dictámenes a discusión
Cuatro de la Comisión de Gobernación, con proyectos de decreto que conceden permiso a varios ciudadanos para aceptar y usar condecoraciones que les confieren gobiernos extranjeros.
Dos de la Comisión de Gobernación, con proyectos de decreto que conceden permiso a varios ciudadanos para prestar servicios a gobiernos extranjeros.
De las Comisiones Unidas de Comunicaciones, y de Transportes, con puntos de acuerdo para solicitar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes que concluya la construcción de los tramos carreteros Siltepec-Ángel Albino Corzo (54 km) y Motozintla-Niquivil-Pavencul (48 km).
De la Comisión de Transportes, con puntos de acuerdo para solicitar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y al organismo público Aeropuertos y Servicios Auxiliares que informen con claridad de las prohibiciones y los métodos por seguir conforme al Programa de Seguridad en Aeropuertos.
De la Comisión de Transportes, con puntos de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que se lleven a cabo las verificaciones necesarias al Aeropuerto Internacional de Guadalajara, "Miguel Hidalgo"; y, en caso de que no se cumplan las obligaciones de conservación y mantenimiento en ese aeropuerto por parte del grupo concesionario, se sancione o revoque la concesión conforme a derecho.
De la Comisión de Transportes, con puntos de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que se lleven a cabo las verificaciones necesarias al Aeropuerto Internacional de Tijuana, "Gral. Abelardo L. Rodríguez"; y, en caso de que no se cumplan en éste las obligaciones que la Ley de Aeropuertos señala, se sancione y se revoque la concesión conforme a derecho.
De la Comisión de Transportes, con puntos de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para regularizar la prestación del servicio público de transporte transfronterizo.
De la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo para solicitar a la Comisión Nacional del Agua que rinda un informe pormenorizado sobre el estado actual de las reservas de agua.
De la Comisión de Recursos Hidráulicos, con puntos de acuerdo para exhortar a los tres niveles de gobierno, Congresos locales, autoridades del sector agua, organismos operadores, organismos no gubernamentales, empresas, organizaciones sociales, instituciones educativas y sociedad en general a promover programas, proyectos y acciones para captar, tratar, almacenar y aprovechar el agua de lluvia para uso potable.
De la Comisión de Desarrollo Social, con puntos de acuerdo para solicitar a la Secretaría de Desarrollo Social que informe a esta soberanía de los pormenores del incidente suscitado en la delegación en el estado de Tlaxcala por el uso con fines electorales del padrón del programa Oportunidades.
De la Comisión de Desarrollo Social, con puntos de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Desarrollo Social para que evalúe y, en su caso, reconsidere los contenidos temáticos de los cursos para padres de familia del programa Oportunidades.
De la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con puntos de acuerdo para que la Cámara de Diputados celebre un homenaje a los deportistas mexicanos que obtuvieron medalla en los Juegos Olímpicos y en los Paralímpicos de Atenas 2004.
De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a fin de que decrete como áreas naturales protegidas la zona del cerro del Colihuic, en el estado de Puebla, y la zona de Caña Alta, del estado de Veracruz; y se publique el programa de manejo de la reserva de la biosfera Archipiélago de Revillagigedo.
De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo para exhortar a la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a revisar el permiso otorgado a Pemex para explorar la zona de manejo intensivo del área natural protegida Laguna de Términos.
De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo para solicitar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales derogar la adición 4.43 a la NOM-022-SEMARNAT-2003.
De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a realizar los estudios pertinentes para decretar la zona marina ubicada al norte del parque nacional Isla Contoy y al noreste del área de protección de flora y fauna de Yum Balam como área natural protegida, de conformidad con lo previsto en el artículo 58 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo para evitar la destrucción de la reserva de la biosfera de los Pantanos de Centla, Tabasco, actualizar el programa de manejo e impulsar un paquete de inversiones destinadas al aprovechamiento sustentable de los recursos naturales contenidos en ese sitio.
De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo para exhortar a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y al gobierno del estado de Yucatán a investigar e informar a la Cámara de Diputados y, en su caso, sancionar sobre el daño ocasionado a la reserva ecológica de Cuxtal, en el municipio de Mérida.
De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que se aboque a implementar cabalmente los programas concretos que existen actualmente para combatir la degradación forestal que sufre nuestro país.
De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo para exhortar a la Procuraduría General de Protección al Ambiente y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que se investigue la muerte de 24 delfines y de 74 tortugas en las costas de Campeche.
De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo para que diversas secretarías del Ejecutivo federal realicen las gestiones necesarias para determinar los niveles de contaminación y sus efectos en la comunidad de El Hospital, municipio de Cuautla, Morelos.
De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo para que un grupo de diputados de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales integre una subcomisión que atienda la problemática relacionada con la construcción de un relleno sanitario en la mina La Bezana.
De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo para que un grupo de diputados de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales atienda la problemática relacionada con el proyecto hidroeléctrico La Parota, en el estado de Guerrero.
De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo para requerir al secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales que informe de las medidas tomadas para el confinamiento, reciclamiento y preservación de efectos contaminantes de llantas desechadas en Tultitlán, estado de México.
De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo para que se integre un grupo de diputados de las Comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Economía con objeto de que visten y atiendan la problemática relacionada con la actividad minera en el estado de San Luis Potosí.
Proposiciones
Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público incorporar en el Anexo 21 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior la Aduana de Salina Cruz, Oaxaca, para tramitar el despacho aduanero de las mercancías que en dicho anexo se enlistan, a cargo de la diputada Sofía Castro Ríos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al secretario de Economía a publicar una resolución provisional con una cuota compensatoria para las importaciones de pierna de cerdo procedentes de Estados Unidos de América, a cargo del diputado Mario Ernesto Dávila Aranda, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo, por el que se solicita al titular del Ejecutivo federal que declare 2006 "Año del 200 Aniversario del Natalicio del Lic. Benito Juárez García", a cargo del diputado José Luis Naranjo y Quintana, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo, para vigilar la correcta aplicación del programa "Bienvenido, Paisano", a fin de velar por los intereses y derechos de nuestros connacionales y evitar el abuso repetitivo a que se ven expuestos, a cargo del diputado Manuel Velasco Coello, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo, para solicitar que comparezca el secretario de Educación Pública, licenciado Reyes Tamez Guerra, ante las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicio Educativos, y de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, a fin de que informe del proceso en que se encuentran la licitación y la ejecución del programa Enciclomedia, a cargo del diputado José Adolfo Murat Macías, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo, para solicitar a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del estado de Nuevo León la modificación del proyecto de ampliación de la línea 2 del Sistema de Transporte Colectivo Metrorrey, a cargo de la diputada Norma Patricia Saucedo Moreno, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo, por el que se hace un extrañamiento a los secretarios de Hacienda y Crédito Público, y de Energía, así como al director general de Pemex, con motivo de las recientes decisiones en materia de precios del petróleo, a cargo de la diputada Rosa María Avilés Nájera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades competentes a realizar las acciones necesarias para solucionar el conflicto que se presenta en el ejido de San Antonio Nanahuatipan, Oaxaca, a cargo del diputado Manuel Velasco Coello, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a instruir al secretario de Educación Pública y a la titular del Conaculta para que organicen el Mes Nacional de la Cultura y las Lenguas, del 20 de marzo al 20 de abril de 2005, que iniciaría en la Ciudad de Cempoala, Veracruz, a cargo del diputado Marco Antonio Torres Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión Reguladora de Energía a restablecer las condiciones adecuadas al costo de distribución del gas de la empresa DGN de La Laguna, conocida como Ecogás, situada en Torreón, Coahuila, a cargo del diputado Eduardo Olmos Castro, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión)
Excitativas
A la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a solicitud del diputado Heliodoro Díaz Escárraga, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
A la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, a solicitud del diputado Marco Antonio Torres Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
A las Comisiones de Agricultura y Ganadería, y de Desarrollo Rural, a solicitud del diputado Marco Antonio Torres Hernández, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Elección de integrantes de la Comisión Permanente
Comisiones protocolarias
Clausura
ACTA DE LA SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, CELEBRADA EL JUEVES NUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL CUATRO, CORRESPONDIENTE AL PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO DE LA QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA
Presidencia del diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera
En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de trescientos cincuenta y seis diputadas y diputados, a las diez horas con dieciséis minutos del jueves nueve de diciembre de dos mil cuatro, el Presidente declara abierta la sesión.
El Presidente informa que se está distribuyendo el proyecto de orden del día y de la recepción de una solicitud del Presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público para incorporar ocho dictámenes con proyectos de decreto.
Hablan desde su curul los diputados: Federico Döring Casar, del Partido Acción Nacional, para proponer la inclusión en el orden del día de las observaciones del Ejecutivo Federal al decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil cinco; Pablo Alejo López Núñez y Sergio Vázquez García, ambos del Partido Acción Nacional, para apoyar la propuesta del diputado Döring Casar.
El Presidente hace comentarios de procedimiento y la Asamblea, en votación económica, aprueba la solicitud del Presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
Desde su curul el diputado Döring Casar, con el apoyo de otros diputados, solicita que la votación de su propuesta sea nominal y por ciento veinticuatro votos en pro, doscientos treinta y uno en contra y una abstención se desecha.
La Asamblea dispensa la lectura del orden del día en votación económica.
La Asamblea dispensa la lectura del acta de la sesión anterior en votación económica y de la misma forma la aprueba.
Comunicación de la diputada Ady García López con la que solicita licencia por tiempo indefinido para separarse del cargo de diputada federal electa en la tercera circunscripción plurinominal. La Secretaría da lectura a los puntos de acuerdo por los que se concede la licencia solicitada y se llama al suplente y la Asamblea los aprueba en votación económica.
La Comisión Especial para el Campo remite su Informe de Actividades. De enterado.
Comunicaciones de la Junta de Coordinación Política:
Con la que propone cambios en la integración de la Mesa Directiva de la Comisión de Comunicaciones. Se aprueba en votación económica.
Dos, con las que informa de cambios en la integración de las comisiones de Agricultura y Ganadería y de Justicia y Derechos Humanos. De enterado.
Con proyecto de acuerdo relativo al desahogo del orden del día de las sesiones del nueve y catorce de diciembre de dos mil cuatro. Se aprueba en votación económica. El Presidente informa que, de conformidad con el acuerdo de referencia, las iniciativas y proposiciones con punto de acuerdo inscritos en el orden del día de esta sesión serán turnadas a las comisiones correspondientes, se insertarán íntegramente en el Diario de los Debates y se publicarán en la Gaceta Parlamentaria los turnos respectivos dictados por la Presidencia.
Con proyecto de acuerdo por el que propone ampliar la vigencia de la Comisión Especial para dar Seguimiento de los Fondos de los Trabajadores Mexicanos Braceros. Se aprueba en votación económica.
Con proyecto de acuerdo por el que se propone ampliar la vigencia de la Comisión Especial para el Campo. Se aprueba en votación económica.
Con proyecto de acuerdo por el que se propone ampliar la vigencia de la Comisión Especial que dé Seguimiento a las Investigaciones Realizadas por las Autoridades Competentes en el Caso del Asesinato del Cardenal Posadas Ocampo. Desde su curul el diputado Jesús Porfirio González Schmal, de Convergencia, propone suprimir el numeral tres del acuerdo. La Asamblea desecha la propuesta y aprueba el acuerdo en sus términos en sendas votaciones económicas.
Cuatro oficios de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación con los que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados. Se turnan a las comisiones correspondientes para su conocimiento.
Oficio del Gobierno del Distrito Federal con el que remite contestación de la Secretaría de Salud capitalina a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados. Se turna a las comisiones de Salud y de Educación Pública y Servicios Educativos.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público remite contestación de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados. Se turna a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Trabajo y Previsión Social.
Oficios de la Secretaría de Gobernación:
Uno, con el que remite el informe de las visitas oficiales del Presidente de la República a la República de Panamá, los días dos y tres de noviembre de dos mil cuatro, y a la Décima Octava Cumbre del Grupo de Río, celebrada en Río de Janeiro, Brasil, los días cuatro y cinco de noviembre de dos mil cuatro. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores.
Se refieren a la conmemoración del Día Internacional de los Derechos Humanos los diputados: Jesús Porfirio González Schmal, de Convergencia; María Ávila Serna, del Partido Verde Ecologista de México; Angélica de la Peña Gómez, del Partido de la Revolución Democrática; Miguel Ángel Llera Bello, del Partido Acción Nacional; Rebeca Godínez y Bravo, del Partido Revolucionario Institucional; y Pedro Vázquez González, del Partido del Trabajo.
Dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado. Es de primera lectura.
Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Justicia y Derechos Humanos con proyecto de decreto que expide la Ley de Seguridad Nacional; y reforma los artículos cincuenta bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y veintiséis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Es de primera lectura.
Dictamen de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Es de primera lectura.
Dictamen de las Comisiones Unidas de Energía y de Justicia y Derechos Humanos con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos quince de la Ley Reglamentaria del artículo veintisiete constitucional en el ramo del petróleo, doscientos cincuenta y tres y trescientos sesenta y ocho quáter del Código Penal Federal y ciento noventa y cuatro del Código Federal de Procedimientos Penales. Es de primera lectura.
Dictamen de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Fomento Cooperativo y Economía Social con proyecto de decreto que adiciona una fracción decimatercera al artículo séptimo una fracción undécima, pasando la actual a ser duodécima, al artículo catorce de la Ley General de Educación. Es de primera lectura.
Dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia y Derechos Humanos con proyecto de decreto que adiciona un párrafo quinto al artículo veintiuno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Es de primera lectura.
Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma el artículo ciento treinta y seis de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros. Es de primera lectura.
Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Transparencia y Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado. Es de primera lectura.
Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos. Es de primera lectura.
Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que establece las características de la moneda conmemorativa del septuagésimo quinto aniversario de la autonomía de la Universidad Nacional Autónoma de México, de conformidad con el inciso c) del artículo segundo de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos. Es de primera lectura.
Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que adiciona una fracción tercera al artículo treinta y tres del Código Fiscal de la Federación. Es de primera lectura.
Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que adiciona un artículo veintiuno a la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Es de primera lectura.
Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público. Es de primera lectura.
Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que adiciona el inciso h) a la fracción cuarta del artículo veintinueve de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Es de primera lectura.
En votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado. A nombre de la Comisión la diputada Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez, del Partido Revolucionario Institucional, fundamenta el dictamen. Sin discusión se aprueba en lo general y en lo particular por trescientos ochenta y siete votos en pro y ninguno en contra. Se devuelve al Senado para los efectos del inciso e) del artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La Asamblea dispensa la segunda lectura, en votación económica, del dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Justicia y Derechos Humanos con proyecto de decreto que expide la Ley de Seguridad Nacional; y reforma los artículos cincuenta bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y veintiséis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Fundamentan el dictamen a nombre de las comisiones los diputados Julián Angulo Góngora, del Partido Acción Nacional, y Rebeca Godínez y Bravo, del Partido Revolucionario Institucional, quien propone modificaciones y la supresión del artículo tercero del proyecto de decreto con su respectivo artículo transitorio, que la Asamblea admite en votaciones económicas. Se reservan para la discusión en lo particular los artículos quinto, sexto, doce, veinticuatro, veintinueve, treinta y treinta y dos de la Ley de Seguridad Nacional. Se aprueba en lo general y en lo particular los artículos no reservados, con las modificaciones y la supresión admitidas, por trescientos cincuenta y nueve votos en pro, ninguno en contra y seis abstenciones.
Se refiere a los artículos quinto y doce reservados el diputado José Alberto Aguilar Iñárritu, del Partido Revolucionario Institucional, y propone modificaciones.
El diputado Fidel René Meza Cabrera, del Partido Revolucionario Institucional, habla sobre los artículos quinto, sexto, veinticuatro, veintinueve, treinta y treinta y dos reservados y propone modificaciones.
En votaciones económicas la Asamblea desecha las modificaciones propuestas por los diputados Aguilar Iñárritu y Meza Cabrera para el artículo quinto reservado, mismo que se aprueba en los términos del dictamen por trescientos veinticuatro votos en pro, uno en contra y tres abstenciones.
En votación económica se desechan las modificaciones propuestas por el diputado Meza Cabrera para el artículo sexto reservado, mismo que se aprueba con las modificaciones propuestas por las comisiones y previamente admitidas por la Asamblea, por trescientos veintiséis votos en pro, ninguno en contra y nueve abstenciones.
En sendas votaciones económicas se desechan las modificaciones propuestas para los artículos: doce, del diputado Aguilar Iñárritu; y veinticuatro, veintinueve, treinta y treinta y dos, del diputado Meza Cabrera, mismos que se aprueban en los términos del dictamen por trescientos treinta y cinco votos en pro, uno en contra y siete abstenciones.
El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que expide la Ley de Seguridad Nacional y reforma el artículo cincuenta bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Pasa al Senado para los efectos del inciso e) del artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Fundamenta el dictamen a nombre de la Comisión el diputado Julián Angulo Góngora, del Partido Acción Nacional. Sin nadie que solicite la palabra, se reserva para la discusión en lo particular el artículo veintiocho de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Se aprueba en lo general y en lo particular los artículos no reservados por trescientos cuarenta votos en pro y cuatro abstenciones.
Se refiere al artículo veintiocho reservado el diputado Hugo Rodríguez Díaz, del Partido Revolucionario Institucional, y propone modificaciones que la Asamblea admite en votación económica. Se aprueba el artículo de referencia, con las modificaciones admitidas, por trescientos treinta y nueve votos en pro y tres abstenciones.
El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Pasa al Senado para los efectos del inciso e) del artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen de las Comisiones Unidas de Energía y de Justicia y Derechos Humanos con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos quince de la Ley Reglamentaria del artículo veintisiete constitucional en el ramo del petróleo, doscientos cincuenta y tres y trescientos sesenta y ocho quáter del Código Penal Federal y ciento noventa y cuatro del Código Federal de Procedimientos Penales. La diputada Rebeca Godínez y Bravo, del Partido Revolucionario Institucional, y el diputado Manuel Enrique Ovalle Araiza, del Partido Acción Nacional, fundamentan el dictamen. Sin discusión se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por trescientos cincuenta y cuatro votos en pro, ninguno en contra y cuatro abstenciones. Pasa al Senado para los efectos del inciso e) del artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen de las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Fomento Cooperativo y Economía Social con proyecto de decreto que adiciona una fracción decimatercera al artículo séptimo una fracción undécima, pasando la actual a ser duodécima, al artículo catorce de la Ley General de Educación. El diputado José Juan Bárcenas González, del Partido Acción Nacional, fundamenta el dictamen a nombre de la Comisión. Sin discusión se aprueba en lo general y en lo particular por trescientos cuarenta y un votos en pro, ninguno en contra y cuatro abstenciones.
Presidencia del diputado Francisco Arroyo Vieyra
El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que adiciona una fracción decimatercera al artículo séptimo una fracción undécima, pasando la actual a ser duodécima, al artículo catorce de la Ley General de Educación. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.
Dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia y Derechos Humanos con proyecto de decreto que adiciona un párrafo quinto al artículo veintiuno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. A nombre de la Comisión fundamenta el dictamen el diputado Francisco Cuauhtémoc Frías Castro, del Partido Revolucionario Institucional.
A discusión en lo general, fijan la posición de su respectivo grupo parlamentario los diputados: Jesús Porfirio González Schmal, de Convergencia; Francisco Amadeo Espinosa Ramos, del Partido del Trabajo; Luis Antonio González Roldán, del Partido Verde Ecologista de México; Eliana García Laguna, del Partido de la Revolución Democrática; Francisco Javier Valdéz de Anda, del Partido Acción Nacional; y Leticia Gutiérrez Corona, del Partido Revolucionario Institucional. Hablan los diputados: Federico Barbosa Gutiérrez, del Partido Revolucionario Institucional, en contra; y Juan José García Ochoa, del Partido de la Revolución Democrática, en pro.
Antes de la intervención del diputado Valdéz de Anda, el Presidente informa de la presencia en el recinto de una delegación de diputados del Congreso de la República de Guatemala y les da la bienvenida.
La Asamblea considera suficientemente discutido el dictamen en votación económica y la Secretaría recoge la votación nominal del proyecto de decreto respectivo, misma que resulta aprobatoria en lo general y en lo particular por mayoría calificada de trescientos cuarenta y siete votos en pro, doce en contra y cinco abstenciones.
El Presidente declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que adiciona un párrafo quinto al artículo veintiuno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Pasa a las legislaturas de los estados para los efectos del artículo ciento treinta y cinco de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El Presidente informa de la recepción de un dictamen de las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública y de Justicia y Derechos Humanos y de dos minutas de la Cámara de Senadores y la Asamblea aprueba su incorporación en el orden del día en votación económica.
En votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos. Sin discusión se aprueba en lo general y en lo particular por trescientos cuarenta y siete votos en pro, ninguno en contra y tres abstenciones. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.
La Asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma el artículo ciento treinta y seis de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros. Sin discusión se aprueba en lo general y en lo particular por trescientos cincuenta y ocho votos en pro, ninguno en contra y dos abstenciones. Se devuelve al Senado para los efectos del inciso e) del artículo setenta y dos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que establece las características de la moneda conmemorativa del septuagésimo quinto aniversario de la autonomía de la Universidad Nacional Autónoma de México, de conformidad con el inciso c) del artículo segundo de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos. Sin discusión se aprueba en lo general y en lo particular por trescientos cincuenta y dos votos en pro y dos abstenciones. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.
En votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Transparencia y Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado. Sin que motive debate se aprueba en lo general y en lo particular por trescientos cincuenta y un votos en pro. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.
En votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público. Sin discusión se aprueba en lo general y en lo particular por trescientos cincuenta y dos votos en pro, ninguno en contra y una abstención. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.
En votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que adiciona una fracción tercera al artículo treinta y tres del Código Fiscal de la Federación. Sin discusión se aprueba en lo general y en lo particular por trescientos cuarenta y nueve votos en pro y cinco abstenciones. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.
En votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que adiciona un artículo veintiuno a la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Sin discusión se aprueba en lo general y en lo particular por trescientos cincuenta y cinco votos en pro, ninguno en contra y tres abstenciones. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.
Dictamen de las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública y de Justicia y Derechos Humanos con proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo primero de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Es de primera lectura. En votación económica la Asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen. Sin discusión se aprueba en lo general y en lo particular por trescientos cuarenta y nueve votos en pro, ninguno en contra y tres abstenciones. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.
La Cámara de Senadores remite minuta proyecto de decreto que concede permiso a la ciudadana Embajadora María del Rosario Gloria Green Macías para aceptar y usar la condecoración que le confiere el gobierno de la República Argentina. La Asamblea le dispensa todos los trámites en votación económica. La Secretaría da lectura al proyecto de decreto, mismo que se aprueba en lo general y en lo particular por trescientos cincuenta y cuatro votos en pro, ninguno en contra y tres abstenciones. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.
La Cámara de Senadores remite minuta proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del territorio nacional los días catorce y quince de diciembre de dos mil cuatro, a efecto de participar en la Vigésima Quinta Reunión Ordinaria de Presidentes Centroamericanos del Sistema de la Integración Centroamericana, que tendrá lugar en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador. La Asamblea, en votación económica, considera el asunto de urgente resolución y sin discusión aprueba el proyecto de decreto, previa lectura por parte de la Secretaría, por trescientos quince votos en pro, treinta y tres en contra y trece abstenciones. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.
La Secretaría da lectura al orden del día
de la próxima sesión. El Presidente informa que la última
votación servirá de registro final de diputadas y diputados
y levanta la sesión a las dieciséis horas con treinta minutos,
citando para la que tendrá lugar el martes catorce de diciembre
de dos mil cuatro a las once horas.
CC. Diputados Secretarios de la H. Cámara de
Diputados del Congreso de la Unión
Presentes
En sesión ordinaria celebrada con fecha 16 de noviembre del año en curso, la X Legislatura tuvo a bien aprobar el siguiente
Punto de Acuerdo
Primero. Los diputados integrantes de la H. X Legislatura del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo nos adherimos y apoyamos la iniciativa remitida por la H. LV Legislatura del estado de Puebla mediante el cual proponen la modificación del párrafo segundo de la fracción VIII del apartado A del artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Segundo. Comuníquese el presente acuerdo al honorable Congreso de la Unión y a la H. Legislatura solicitante.
Lo comunicamos a ustedes para los efectos a que haya lugar.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Cd. Chetumal, Quintana Roo, a de 17 noviembre de 2004.
Dip. Marcelino Villafaña Herrera (rúbrica)
Presidente
Dip. Pablo de Jesús Rivero Arceo (rúbrica)
Secretario
CC. Diputados Secretarios de la H. Cámara de
Diputados del Congreso de la Unión
Presentes
En sesión ordinaria celebrada con fecha 18 de noviembre del año en curso, la X Legislatura tuvo a bien aprobar el siguiente
Punto de Acuerdo
Primero. Los diputados integrantes de la H. X Legislatura del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo nos adherimos y apoyamos el acuerdo remitido por la H. LVI Legislatura del estado de Coahuila de Zaragoza mediante el cual envían un exhorto al Congreso de la Unión para que, a través de las Comisiones de Salud de las Cámaras de Senadores y de Diputados, se elabore un proyecto para incluir en la Ley General de Salud un apartado que regule la producción, distribución, comercialización, control, fomento y seguridad de productos biotecnológicos transgénicos.
Segundo. Hacer del conocimiento el presente acuerdo, a manera de un respetuoso exhorto, a los ciudadanos diputados integrantes del Congreso de la Unión para que agilicen el estudio y análisis de la iniciativa mencionada.
Tercero. Enviar un oficio a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Gobierno Federal para exhortarla a detener la importación de maíz transgénico.
Cuarto. Comunicar este punto de acuerdo a las H. Legislaturas locales del país, para los efectos correspondientes.
Lo comunicamos a usted para los efectos a que haya lugar.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Cd. Chetumal, Quintana Roo, a 19 de noviembre de 2004.
Dip. Marcelino Villafaña Herrera (rúbrica)
Presidente
Dip. Pablo de Jesús Rivero Arceo (rúbrica)
Secretario
DE LA JUNTA DE COORDINACION POLÍTICA
Palacio Legislativo, a 13 de diciembre de 2004.
Dip. Manlio Fabio Beltrones Rivera
Presidente de la Mesa Directiva
Presente
Por instrucciones del diputado Francisco Barrio Terrazas, Presidente de la Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, párrafo 1, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito atentamente someta a consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados la siguiente integración de la delegación de diputados que habrá de participar en la XIII Reunión Interparlamentaria Canadá-México, que se realizará del 24 al 27 enero de 2005:
Atentamente
Diputado José González Morfín (rúbrica)
Palacio Legislativo, a 13 de diciembre de 2004.
Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera
Presidente de la Mesa Directiva
Cámara de Diputados
Presente
Por instrucciones del diputado Francisco Barrio Terrazas, Presidente de la Junta de Coordinación Política, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, párrafo 1, inciso c), en relación con el artículo 46, párrafo 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo octavo, segundo párrafo, del Acuerdo Relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación, le solicito se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados de los siguientes cambios en comisiones, solicitados por el diputado José Antonio de la Vega Asmitia, vicecoordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional:
Sustitución del diputado Jorge Roberto Ruiz Esparza Oruña, por la diputada Marisol Vargas Bárcena, como integrante de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios.
Sustitución de la diputada Míriam Marina Muñoz Vargas, por el diputado Manuel Ovalle Araiza, como integrante de la Comisión de Recursos Hidráulicos.
Sustitución del diputado Manuel González Reyes, por la diputada Míriam Marina Muñoz Vargas, como integrante de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social.
Sustitución de la diputada María del Carmen Escudero Fabre, por el diputado Miguel Ángel Rangel Ávila, como Presidente del Grupo de Amistad México-Marruecos.
Atentamente
Diputado José González Morfín (rúbrica)
Palacio Legislativo, a 13 de diciembre de 2004.
Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera
Presidente de la Mesa Directiva
Cámara de Diputados
Presente
Por instrucciones del diputado Francisco Barrio Terrazas, Presidente de la Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, párrafo 1, inciso c), y 43, párrafo 3, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el resolutivo segundo del Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se reforma y adiciona el Acuerdo por el que se crea la Comisión Especial para los Festejos del Bicentenario del Natalicio de Benito Juárez, le solicito atentamente se dé cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados que el diputado Francisco Amadeo Espinoza Ramos ha sido designado por el grupo parlamentario del Partido del Trabajo para asumir la Presidencia de la Comisión Especial para los Festejos del Bicentenario del Natalicio de Benito Juárez, durante el periodo del 1º de diciembre de 2004 al 11 de marzo de 2005.
Lo anterior, para los efectos previstos en el artículo octavo, segundo párrafo, del Acuerdo relativo al Orden del Día de las Sesiones, las Discusiones de los Dictámenes y la Operación del Sistema Electrónico de Votación.
Sin otro particular, quedo de usted.
Diputado José González Morfín (rúbrica)
DE LA MESA DIRECTIVA DE LA CAMARA DE DIPUTADOS
Dip. Manuel López Villarreal
Presidente de la Comisión de Economía
Edificio
La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en lo que establece el artículo 23, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, modifica el trámite dictado a la iniciativa de Ley para la Regulación de Vehículos Usados de Procedencia Extranjera, que remite el Congreso del estado de Querétaro el 18 de agosto de 2004.
Dip. Graciela Larios Rivas (rúbrica)
Secretaria
Dip. Antonio Morales de la Peña (rúbrica)
Secretario
Dip. Gustavo Madero Muñoz
Presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito
Público
Edificio
La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en lo que establece el artículo 23, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, modifica el trámite dictado a la iniciativa de Ley para la Regulación de Vehículos Usados de Procedencia Extranjera, que remite el Congreso del estado de Querétaro el 18 de agosto de 2004.
Dip. Graciela Larios Rivas (rúbrica)
Secretaria
Dip. Antonio Morales de la Peña (rúbrica)
Secretario
Dip. Francisco Cuauhtémoc Frías Castro
Presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales
Edificio
La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en lo que establece el artículo 23, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, modifica el turno dictado a la comunicación del Congreso del estado de Jalisco con la que remite acuerdo por el que se manifiesta a favor de la iniciativa del Ejecutivo federal que reforma el artículo 73, fracción XXI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y que fuera aprobada por la Cámara de Senadores.
Dip. Antonio Morales de la Peña (rúbrica)
Secretario
Dip. Marcos Morales Torres (rúbrica)
Secretario
Dip. Rebeca Godínez y Bravo
Presidenta de la Comisión de Justicia y Derechos
Humanos
Edificio
La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en lo que establece el artículo 23, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, modifica el trámite dictado a la iniciativa que reforma el artículo 343 Quáter del Código Penal Federal (en materia de violencia familiar), presentada por la diputada María Elena Orantes López, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el día 30 de noviembre de 2004.
Dip. Graciela Larios Rivas (rúbrica)
Secretaria
Dip. Marcos Morales Torres (rúbrica)
Secretario
Dip. Diva Hadamira Gastélum Bajo
Presidenta de la Comisión de Equidad y Género
Edificio
La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en lo que establece el artículo 23, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, modifica el trámite dictado a la iniciativa que reforma el artículo 343 Quáter del Código Penal Federal (en materia de violencia familiar), presentada por la diputada María Elena Orantes López, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el día 30 de noviembre de 2004.
Dip. Graciela Larios Rivas (rúbrica)
Secretaria
Dip. Marcos Morales Torres (rúbrica)
Secretario
Dip. Adriana González Furlong
Presidenta de la Comisión de Atención
a Grupos Vulnerables
Edificio
La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en lo que establece el artículo 23, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, modifica el trámite dictado a la iniciativa que reforma el artículo 343 Quáter del Código Penal Federal (en materia de violencia familiar), presentada por la diputada María Elena Orantes López, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el día 30 de noviembre de 2004.
Dip. Graciela Larios Rivas (rúbrica)
Secretaria
Dip. Marcos Morales Torres (rúbrica)
Secretario
Dip. Gustavo Madero Muñoz
Presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito
Público
Edificio
La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en lo que establece el artículo 23, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, modifica el trámite dictado a la iniciativa de Ley que Permite el Uso de Vehículos de Procedencia Extranjera que hayan sido donados al fisco federal, presentada por el diputado Guillermo Huízar Carranza, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 23 de noviembre de 2004.
Dip. Marcos Morales Torres (rúbrica)
Secretario
Dip. Graciela Larios Rivas (rúbrica)
Secretaria
Dip. Jorge Uscanga Escobar
Presidente de la Comisión de Seguridad Pública
Edificio
La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en lo que establece el artículo 23, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, modifica el trámite dictado a la iniciativa de Ley que Permite el Uso de Vehículos de Procedencia Extranjera que hayan sido donados al fisco federal, presentada por el diputado Guillermo Huízar Carranza, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 23 de noviembre de 2004.
Dip. Marcos Morales Torres (rúbrica)
Secretario
Dip. Graciela Larios Rivas (rúbrica)
Secretaria
Dip. Manuel López Villarreal
Presidente de la Comisión de Economía
Edificio
La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en lo que establece el artículo 23, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, modifica el trámite dictado a la iniciativa de Ley que Permite el Uso de Vehículos de Procedencia Extranjera que hayan sido donados al fisco federal, presentada por el diputado Guillermo Huízar Carranza, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 23 de noviembre de 2004.
Dip. Marcos Morales Torres (rúbrica)
Secretario
Dip. Graciela Larios Rivas (rúbrica)
Secretaria
Dip. Francisco Cuauhtémoc Frías Castro
Presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales
Edificio
La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en lo que establece el artículo 23, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, modifica el turno dictado a la iniciativa que reforma y adiciona el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de participación municipal en los procesos de planificación nacional y de desarrollo, presentada por la diputada María Guadalupe Morales Rubio, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 29 de abril de 2004.
Dip. Antonio Morales de la Peña (rúbrica)
Secretario
Dip. Graciela Larios Rivas (rúbrica)
Secretaria
Dip. Fernando Fernández García
Presidente de la Comisión de Desarrollo Metropolitano
Edificio
La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en lo que establece el artículo 23, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, modifica el turno dictado a la iniciativa que reforma y adiciona el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de participación municipal en los procesos de planificación nacional y de desarrollo, presentada por la diputada María Guadalupe Morales Rubio, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 29 de abril de 2004.
Dip. Antonio Morales de la Peña (rúbrica)
Secretario
Dip. Graciela Larios Rivas (rúbrica)
Secretaria
Dip. Manuel López Villarreal
Presidente de la Comisión de Economía
Edificio
La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en lo que establece el artículo 23, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, modifica el turno dictado a la iniciativa de Ley para la Inscripción de Vehículos de Procedencia Extranjera, presentada por el diputado Alfonso Nava Díaz, del grupo parlamentado del Partido Revolucionario Institucional, el 18 de febrero de 2004.
Dip. Antonio Morales de la Peña (rúbrica)
Secretario
Dip. Marcos Morales Torres (rúbrica)
Secretario
Dip. Gustavo Madero Muñoz
Presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito
Público
Edificio
La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en lo que establece el artículo 23, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, modifica el turno dictado a la iniciativa de Ley para la Inscripción de Vehículos de Procedencia Extranjera, presentada por el diputado Alfonso Nava Díaz, del grupo parlamentado del Partido Revolucionario Institucional, el 18 de febrero de 2004.
Dip. Antonio Morales de la Peña (rúbrica)
Secretario
Dip. Marcos Morales Torres (rúbrica)
Secretario
La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 38, numeral 1, inciso d y 48, numerales 2 y 3, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
II. Que en los términos de lo dispuesto por el numeral 3, del artículo 48 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la persona propuesta para ocupar el cargo de Secretario General debe cumplir con los requisitos establecidos en dicho precepto legal.
III. Que no habiéndose realizado hasta ahora, nombramiento ni ratificación alguna para ocupar la Secretaría General durante la actual LIX Legislatura de la H. Cámara de Diputados, es indispensable proveer a la designación del funcionario que ha de sustituirla a fin de garantizar la continuidad y regularidad de los servicios que proporciona dicha dependencia y el cumplimiento adecuado de las atribuciones que le señala el numeral 4, del citado artículo 48, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
IV. Que a partir de las consultas realizadas se ha estimado conveniente proponer al Pleno la designación del Lic. Guillermo Javier Haro Bélchez como Secretario General de la H. Cámara de Diputados, habiéndose verificado que cumple a cabalidad con los requisitos establecidos en la Ley.
V. Que la Conferencia para la Dirección y Programación de los Tramos Legislativos, en su reunión del lunes 13 de diciembre de 2004, acordó presentar a la consideración del Pleno de la H. Cámara de Diputados, la propuesta a que hacen referencia los artículos 38, numeral 1, inciso d y 48, numerales 2 y 3, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Acuerdo
Primero. En términos de los artículos 38, numeral 1, inciso d y 48, numerales 2 y 3, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se designa como Secretario General de la H. Cámara de Diputados al DR. GUILLERMO JAVIER HARO BÉLCHEZ, con las atribuciones, facultades y obligaciones que a dicho cargo señalan los ordenamientos aplicables.
Segundo. El servidor público designado como Secretario General deberá tomar posesión inmediata de su cargo con las prestaciones y remuneraciones que se determinen para el puesto correspondiente.
Tercero. Comuníquese el presente Acuerdo a la Cámara de Senadores, a los poderes Ejecutivo y Judicial y a las demás autoridades que haya menester.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil cuatro.
Dip. Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica)
Presidente de la Conferencia para la Dirección
y Programación de los Trabajos Legislativos
Palacio Legislativo, a 13 de diciembre de 2004.
Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera
Presidente de la Conferencia para la Dirección
y Programación de los Trabajos Legislativos
Cámara de Diputados
Presente
Por instrucciones del Diputado Francisco Barrio Terrazas, Presidente de la Junta de Coordinación Política, me permito enviarle original del acuerdo tomado en sesión celebrada en esta fecha, por el que se solicita a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, que haga suya la propuesta del Doctor en Derecho Guillermo Haro Bélchez, para asumir la Secretaría General de esta Cámara de Diputados.
Lo anterior, previo unánime reconocimiento a la labor desempeñada por la Lic. Patricia Flores Elizondo al frente de la estructura de servicios parlamentarios, administrativos y financieros de esta Cámara, responsabilidad que a juicio de los integrantes la Junta de Coordinación Política, ha desempeñado con notable profesionalismo, permanente imparcialidad e infatigable lealtad institucional.
Sin otro particular, quedo de usted.
Atentamente
Diputado José González Morfín (rúbrica)
México, Distrito Federal, a 13 de diciembre de 2004.
Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera
Presidente de la Conferencia para la Dirección
y Programación de los Trabajos Legislativos
Presente
Los suscritos, Coordinadores de los Grupos Parlamentarios que integramos la Junta de Coordinación Política de esta H. Cámara, con fundamento en los artículos 33 y 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, manifestamos a usted que no habiéndose ratificado a la Secretaria General de la Cámara que fue electa por la LVIII Legislatura, procede el caso de proveer la designación de un nuevo titular.
En tal virtud, sometemos a usted nuestro acuerdo para que la Conferencia a su digno cargo, haga suya la propuesta del Doctor en Derecho Guillermo Haro Bélchez para ocupar la Secretaría General de la Cámara. Del currículum que se adjunta, se desprende el cumplimiento de los requisitos a que se refiere la propia Ley Orgánica en su artículo 48, numeral 3.
Para los efectos del numeral 2 del mencionado artículo 48, rogamos a usted adoptar las medidas conducentes.
Dip. Francisco Barrio Terrazas (rúbrica)
Presidente de la Junta de Coordinación Política
y Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN
Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica p.a.)
Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI
Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD
Dip. Manuel Velasco Coello (rúbrica p.a.)
Coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM
Dip. Alejandro González Yañez (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del PT
Dip. Jesús Martínez Álvarez (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia
Currículum vitae
I. Nombre: Guillermo Javier Haro Bélchez.
II. Lugar y fecha de nacimiento: México,
Distrito Federal. 11 de octubre de 1959.
III. Nombre de los padres: Guillermo Haro Morales,
Rosa Elena Bélchez Abascal.
IV. Nombre de la esposa e hijos: Diana Garza López
(esposa), Guillermo Haro Garza (13 años), Daniel Haro Garza (10
años), Diana Haro Garza (7 años).
V. Escolaridad:
Profesor de tiempo parcial del Instituto Tecnológico Autónomo de México, ITAM, 1987-1988.
Profesor de Introducción a la Ciencia Política, en la Maestría de Derecho Constitucional y Amparo de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Querétaro, 1989.
Profesor de Teoría de la Administración Pública, en la Maestría de Administración Pública Estatal y Municipal de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Querétaro, 1989.
Profesor de Derecho de los Negocios y Derecho Financiero, en el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey, ITESM, campus Toluca, 1990.
Profesor de Derecho Administrativo, en la División de Estudios de Postgrado de la Universidad Panamericana, 1993.
Profesor e investigador asociado del Centro de Investigación y Estudios Avanzados en Ciencias Políticas y Administración Pública de la Facultad de Ciencias Políticas y Administración Pública de la UAEM.
Analista de la Dirección de Coordinación con el Registro Civil de la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal de la Secretaría de Gobernación, 1981.
Secretario técnico de la Coordinación General de Comisarios y Delegados de Contraloría en el Sector Público. Secretaría de la Contraloría General de la Federación, 1983.
Comisario suplente y subdelegado de la Secretaría de la Contraloría General de la Federación en el Sector Desarrollo Urbano, Vivienda y Ecología, 1987.
Director general de Responsabilidades y Situación Patrimonial de la Secretaría de la Contraloría del Poder Ejecutivo del Estado de México, noviembre de 1989 a febrero de 1993.
Secretario de la Contraloría del Poder Ejecutivo del estado de México, septiembre de 1993 a septiembre de 1999.
Contralor interno en la Secretaría de Desarrollo Social, octubre de 1999 a julio 2001.
Titular de la Unidad de Normatividad de Adquisiciones, Obra Pública, Servicios y Patrimonio Federal de la Secretaría de la Función Pública, desde julio de 2001.
La función pública en el proceso de modernización nacional, por el Instituto de Administración Pública del Estado de México; Toluca, México, 1981, 157 pp.
La contraloría en el estado de México, sinopsis histórica, jurídica. Funcionalidad actual; GEM, 1992, 281 pp., en coautoría.
El régimen disciplinario en la función pública, experiencias comparadas; UAEM-IAPEM. 1993, 186 pp.
"El servicio civil de carrera y los servidores públicos", en volumen colectivo Tendencias contemporáneas de la administración pública, ensayo sobre la modernidad nacional; Editorial Diana, México, 19 edición, 1989.
"La creación de la Secretaría de la Contraloría", en la Revista del Instituto de Administración Pública del Estado de México, AC, No. 4, octubre-diciembre, 1989.
"La vigente legislación de funcionarios en México y la necesidad de su reforma", en la Revista del Instituto de Administración Pública del Estado de México, AC, No. 5, enero-marzo, 1990.
"Reflexiones sobre la carrera profesional del servidor público", en Memorial del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México, año III, número 8, abril-junio, 1990.
"Servidores públicos estatales y sus nuevas responsabilidades", en la Revista del Instituto de Administración Pública del Estado de México, AC, No. 7, julio-septiembre, 1990.
"Responsabilidades administrativas de los servidores públicos del estado y municipios", en Memorial del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del estado de México, año III, número 10, octubre-diciembre, 1990.
"Las responsabilidades jurídicas del auditor interno", en la revista Contaduría Pública, editada por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, AC, abril 1991, año XIX, número 224.
"La nueva Ley Orgánica de la Contaduría General de Glosa del Poder Legislativo del Estado de México: contenido y alcances", en la Revista del Instituto de Administración Pública del Estado de México, AC, No. 14, abril-junio, 1992.
"Gobierno y administración estatal frente a los resultados del Censo de 1990, en la Revista del Instituto de Administración Pública del Estado de México, AC, No. 15, julio-septiembre, 1992.
"La financiación de los partidos políticos, en la Revista del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Facultad de Derecho de la UAEM, nueva época, No. 4, julio, 1992, y en la revista No. 86 del INAP, Ensayos contemporáneos.
"Función pública en México: 10 ideas para su reforma, en Boletín del Instituto de Administración Pública del Estado de Querétaro, AC, número 3, julio-agosto, 1992, págs. 3 a 5.
La simplificación administrativa en la administración pública del estado de México", en la Revista del Instituto de Administración Pública del Estado de México, AC, No. 20, octubre-diciembre, 1993.
"Reformas legales y administrativas al marco de actuación de la Secretaría de la Contraloría, en la revista Control Gubernamental, No. 2, enero-marzo de 1994.
"Reformas legales al régimen de responsabilidades de los servidores públicos 1989-1994", en la revista Control Gubernamental, No. 4, julio-septiembre de 1994.
"La formación de directivos, en la Revista del INAP, No. 87, edición del XL aniversario, México, DF, 1995.
"El control interno en la administración pública; apuntes para la discusión actual", en la revista Control Gubernamental, No. 6, enero-junio de 1995.
La administración local en México, 3 tomos, INAP, México, DF, 1997, coordinador.
"Comentarios en torno a la creación del órgano superior de fiscalización de la Federación", en la revista Contaduría Pública, editada por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, AC, agosto de 1998, año 27, No. 312, págs. 46 a 49.
"El reto de la administración pública mexicana en los albores del siglo XXI", en Revista del Instituto de Administración Pública del Estado de México, número 39, julio-septiembre de 1998.
Cómo servir mejor a los ciudadanos, INAP, 1999, México, DF, 190 pp. (coordinador).
La lucha contra la corrupción en México. El combate a la corrupción en Iberoamérica: explorando iniciativas y comparando experiencias, serie Documentos reuniones internacionales CLAD, 1999, No. 2, págs. 142 a 149.
"Supervisión y control del ejercicio del Ramo 33 que corresponde a los órganos de fiscalización: caso estado de México", en Boletín Asofis (órgano de difusión de la Asociación Nacional de Organismos Superiores de Fiscalización y Control Gubernamental), número especial, Vol. I, núms. 15 y 16, noviembre de 1998-marzo de 1999, págs. 18 a 24.
Avances y retos del sistema de control y evaluación de la gestión pública y desarrollo administrativo en el estado de México 1993-1999, INAP-IAPEM, 1999, México, DF, 546 pp. (coordinador).
La profesionalización de servidores públicos locales en México, 3 tomos, INAP, México, 1999 (coordinador).
"El control y la evaluación gubernamental en el estado de México. Constante histórica política pública institucionalizada", en Gobierno y administración pública en el estado de México. Una mirada a 175 años de historia, págs 411 a 436, El Colegio Mexiquense, AC.
El servicio público de carrera: tradición y perspectiva, INAP-Miguel Ángel Porrúa, 2000.
La responsabilidad patrimonial del Estado, vinculación de la institución de la responsabilidad patrimonial del Estado con el régimen de responsabilidad de los servidores públicos, págs. 45 a 60. INAP, 2000, 288 pp.
"Rendición de cuentas en la administración pública: pasado, presente y futuro", en Revista IAPEM, No. 46, mayo-agosto de 2000, págs. 71 a 109.
"La fonction publique de carrière", en Revue Française d?Administration Publique, No. 94, publicada por el Institut International d?Administration Publique, abril-junio de 2000, págs. 205 a 212.
"Aspectos generales del servicio de carrera", en Revista de Administración Pública, No. 103, volumen colectivo: "El servicio de carrera en la administración pública mexicana", INAP, 1999, págs. 1 a 6.
Consejero del nivel licenciatura en el Consejo Universitario
de la Universidad La Salle, AC, 1980-1982.
Miembro regular del Instituto Nacional de Administración
Pública (INAP), desde 1988.
Presidente de la Asociación Mexicana de Egresados
del INAP de España (AMEINAPE), 1987-1989.
Consejero del Instituto de Administración Pública
del Estado de México, AC (IAPEM), desde 1992.
Presidente del Instituto de Administración Pública
del Estado de México AC (IAPEM), 1994-1997.
Vicepresidente del Instituto Nacional de Administración
Pública, 1995-2001.
Coordinador de la región IV (estados de Guerrero, Morelos, Michoacán, Querétaro y México) de la Comisión Permanente de Contralores Estados-Federación, 1994 y 1997.
Coordinador general de la Comisión Permanente de
Contralores Estados-Federación, 1995-1996.
Presidente de la Comisión Permanente de Contralores
Estado-Municipios, 1998.
Miembro de la Sociedad Mexicana de Geografía y
Estadística.
Premio al Servicio Público 1998, otorgado por
la Asociación Mexicana de Egresados del INAP España.
Miembro de la Asociación de Abogados del Valle de México; Colegio de Abogados, AC.
DE LA CONFERENCIA PARA LA DIRECCION Y PROGRAMACIÓN DE LOS TRABAJOS LEGISLATIVOS, CON PROPOSICIÓN DE ACUERDO PARA LA DISCUSIÓN Y VOTACIÓN DE LA PROPOSICIÓN DE ACUERDO DE LA MESA DIRECTIVA PARA LA RESOLUCIÓN DEL DOCUMENTO DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA RELATIVO AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2005
La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, con fundamento en la facultad que le atribuye el artículo 38, numeral 1, inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, propone a esta Soberanía el siguiente
ACUERDO para la discusión y votación de la Proposición de Acuerdo de la Mesa Directiva para la resolución del documento del Presidente de la República, Vicente Fox Quesada, relativo al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005.
Artículo 1°. En el orden que le corresponda, en la sesión del martes 14 de diciembre de 2004, se dará cuenta al Pleno de la proposición de Acuerdo de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para la resolución del documento del Presidente de la República, Vicente Fox Quesada, relativo al Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, remitido mediante oficio N° SEL/300/4599/04, de fecha 30 de noviembre de este año, suscrito por el Lic. M. Humberto Aguilar Coronado, Subsecretario de Enlace de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 2°. La discusión de la proposición de Acuerdo a que se refiere el artículo anterior se sujetará a las siguientes reglas:
a) Se abrirán hasta dos turnos de oradores. El primero de tres oradores en contra y tres en pro y el segundo de dos oradores en contra y dos en pro, pudiendo hablar los oradores inscritos en ambos turnos hasta por diez minutos;
b) Al finalizar el segundo turno se preguntará a la Asamblea si la proposición de Acuerdo está o no suficientemente discutida. En el primer caso, se procederá inmediatamente a la votación; en el segundo, continuará la discusión, registrándose para el efecto un nuevo turno de un orador en contra y uno en pro, hasta por cinco minutos;
c) Concluido este turno la Presidencia repetirá la pregunta y en el caso de que aún no se considere suficientemente discutida la proposición de Acuerdo, bastará con que hable un individuo en contra y uno en pro, para que se pueda consultar nuevamente a la Asamblea. Este procedimiento se repetirá sucesivamente hasta que se considere suficientemente discutido;
d) Los diputados y diputadas que no estén inscritos para hablar, podrán pedir la palabra para rectificar hechos, hasta por cinco minutos, o para responder alusiones personales, hasta por cinco minutos, pero sus intervenciones se verificarán después de concluido el turno de los oradores previamente inscritos. En este caso, el orador iniciará su exposición precisando el hecho a rectificar o la alusión a contestar;
e) Agotada la discusión, se procederá a la votación nominal de la proposición de Acuerdo, mediante el Sistema Electrónico de Votación.
Artículo 3°. En todo lo no previsto en el presente Acuerdo, se aplicarán las disposiciones de la Ley Orgánica y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
TRANSITORIO
Único. Este Acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación por el Pleno de la Cámara de Diputados.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 14 días del mes de diciembre de 2004.
Dip. Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica)
Presidente
DE LA MESA DIRECTIVA DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS, CON PROPOSICIÓN DE ACUERDO PARA LA RESOLUCIÓN DEL DOCUMENTO DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, VICENTE FOX QUESADA, RELATIVO AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2005
LA MESA DIRECTIVA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 20, NUMERALES 1 Y 2, INCISO B) Y 23, NUMERAL 1, INCISO F) DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, CON BASE EN LOS SIGUIENTES
Antecedentes
a) En su sesión de 15 de noviembre de 2004, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005.
b) El 22 de noviembre de 2004, la Cámara de Diputados remitió al Ejecutivo para sus efectos constitucionales, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005.
c) El 30 de noviembre de 2004, mediante oficio N° SEL/300/4599/04, suscrito por el Lic. Humberto Aguilar Coronado, Subsecretario de Enlace de la Secretaría de Gobernación, se envió a la Cámara de Diputados, un documento firmado por el Presidente Vicente Fox Quesada, en relación con el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, mediante el cual, invocando el inciso C del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pretende hacer observaciones al referido Decreto de Presupuesto de Egresos y por consiguiente, devuelve a la Cámara de Diputados el original del Decreto de referencia, con firmas autógrafas de los diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Marcos Morales Torres, Presidente y Secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva.
Y considerando
I. Que según lo dispuesto por el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el titular del Poder Ejecutivo sólo puede hacer observaciones a los decretos cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las Cámaras.
II. Que, en virtud de lo que dispone el primer párrafo de la fracción IV del artículo 74 Constitucional, la aprobación anual del Presupuesto de Egresos de la Federación, previo examen, discusión y, en su caso, modificación del Proyecto enviado por el Ejecutivo Federal, corresponde de manera exclusiva a la Cámara de Diputados.
III. Que del referido artículo 74, fracción IV se desprende que en el procedimiento de aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación, la facultad del titular del Poder Ejecutivo se restringe a la presentación de la iniciativa.
IV. Que, con base en los razonamientos expuestos, no puede atribuirse el carácter de observaciones al documento remitido por el Presidente de la República a la Cámara de Diputados el pasado 30 de noviembre de este año, en relación con el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, por lo que es imposible encuadrarlo en el supuesto previsto en el artículo 136 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y, por tanto, no existe fundamento alguno para que deba ser turnado a una comisión.
V. Que si bien corresponde al Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, en términos de lo que establece el artículo 23, numeral 1, inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, dar curso a los asuntos y negocios en términos de la normatividad aplicable y determinar los trámites que deban recaer sobre las cuestiones con que se dé cuenta a la Cámara, dicha normatividad no es precisa acerca de qué trámite debe recaer en relación con documentos como el enviado por el Ejecutivo Federal.
VI. Que para dotar de sentido a la normatividad aplicable, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, en ejercicio de la facultad que le atribuye el artículo 20, numeral 2, inciso b) de la propia Ley Orgánica para realizar la interpretación de las normas relativas a dicha Ley y a los demás ordenamientos que rigen la actividad parlamentaria, ha determinado que el trámite que debe proceder para la comunicación remitida por el Ejecutivo, en relación con el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, aprobado por la Cámara de Diputados, es que sea el propio Pleno quien conozca y resuelva sobre el asunto.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados adoptó el siguiente Acuerdo y lo somete a la consideración de esta Soberanía:
ACUERDO
PRIMERO. No es de admitirse con el carácter de observaciones para trámite en la Cámara de Diputados, el documento enviado por el Presidente de la República a esta Soberanía, mediante oficio N° SEL/300/4599/04, suscrito por el Lic. M. Humberto Aguilar Coronado, Subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación y fechado el 30 de noviembre de 2004, en relación con el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005.
SEGUNDO. Devuélvase al Ejecutivo el original del documento suscrito por el Presidente Vicente Fox Quesada en relación con el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, que fue remitido a la Cámara de Diputados el 30 de noviembre de este año.
TERCERO. Devuélvase al Ejecutivo el original del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, con las firmas autógrafas de los Diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Marcos Morales Torres, Presidente y Secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva, para que proceda a su publicación.
CUARTO. Comuníquese al Ejecutivo para los efectos constitucionales.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a
los nueve días de diciembre de 2004.
DE LA CONFERENCIA PARA LA DIRECCION Y PROGRAMACIÓN DE LOS TRABAJOS LEGISLATIVOS, POR EL QUE SE DECLARA LA FORMAL EXTINCIÓN DE DIVERSAS COMISIONES ESPECIALES
La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos de la H. Cámara de Diputados, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 37 y 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de los siguientes
CONSIDERANDOS
II. Que el artículo 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, establece a la letra:
"El Pleno podrá acordar la constitución de comisiones especiales cuando se estimen necesarias para hacerse cargo de un asunto específico. El acuerdo que las establezca señalará su objeto, el número de los integrantes que las conformarán y el plazo para efectuar las tareas que se les hayan encomendado. Cumplido su objeto se extinguirán. Cuando se haya agotado el objeto de una comisión especial o al final de la Legislatura, el Secretario General de la Cámara informará lo conducente a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, la cual hará la declaración de su extinción."
III. Que la Secretaria General de la H. Cámara de Diputados, Lic. Patricia Flores Elizondo, mediante escrito remitido a la Presidencia de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos ha informado del estado que guarda el acuerdo de creación, así como la terminación de la vigencia de las siguientes comisiones especiales:
1. Comisión Especial para obtener información relacionada con la aplicación de programas y fondos federales durante el desarrollo de los procesos electorales de Tabasco y San Luis Potosí (Anexo 1. Acuerdo de creación).
DECLARATORIA DE EXTINCIÓN
Primero.- Se declara la formal extinción de la "Comisión Especial para obtener información relacionada con la aplicación de programas y fondos federales durante el desarrollo de los procesos electorales de Tabasco y San Luis Potosí".
Segundo.- Se declara la formal extinción de la "Comisión Especial para obtener información relacionada con la aplicación de programas y fondos federales durante el desarrollo de los procesos electorales del Estado de Durango".
Tercero.- Se declara la formal extinción de la "Comisión Especial que dé seguimiento a los hechos de corrupción e involucramiento de funcionados públicos del Estado de Morelos con el narcotráfico".
Cuarto.- Se instruye a la Secretaría General, para que por conducto de la Secretaría de Servicios Parlamentarios sean archivados, en su caso, los expedientes de las correspondientes comisiones especiales.
Quinto.- Publíquese la presente Declaratoria de Extinción en la Gaceta Parlamentaria.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, los 13 días del mes de diciembre del 2004.
Dip. Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica)
Presidente
Dip. Francisco Barrio Terrazas (rúbrica)
Presidente de la Junta de Coordinación
Política y Coordinador del Grupo Parlamentario
del PAN
Dip. Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI
Dip. Pablo Gómez Álvarez (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD
Dip. Manuel Velasco Coello (rúbrica p.a.)
Coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM
Dip. Alejandro González Yañez (rúbrica
p.a.)
Coordinador del Grupo Parlamentario del PT
Dip. Jesús Martínez Álvarez
Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia
México, DF, a 9 de diciembre de 2004.
CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del
H. Congreso de la Unión
Presentes
Se recibió en esta Secretaría el oficio número COFEME/04/2735, signado hoy por el C. Carlos García Fernández, titular de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, mediante el cual solicita que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 69-E, fracción VII, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se les haga llegar el tercer informe anual (julio de 2003 a junio de 2004).
Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 27, fracción XIV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con el presente les acompaño copia del oficio de referencia, así como el informe que en el mismo se menciona, para los fines legales procedentes.
Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.
Atentamente
Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo
DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, DOS CON LOS QUE SE REMITEN CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO APROBADOS POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS
CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del
H. Congreso de la Unión
Presentes
En atención al oficio número D.G.P.L. 59-II-0-1122, signado el 30 de noviembre del año en curso por los CC. diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Marcos Morales Torres, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines que estimen procedentes, copia del similar número SACN/ 300/ 580/2004, suscrito hoy por el licenciado Roberto Anaya Moreno, subsecretario de Atención Ciudadana y Normatividad de la Secretaría de la Función Pública, mediante el cual da respuesta al punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a integrar una comisión formada por esa dependencia que investigue y, en su caso, sancione a quienes resulten responsables de haber ordenado la realización de tareas que no eran competencia de las personas agredidas el pasado 23 de noviembre en San Juan Ixtayoapan, delegación Tláhuac, Distrito Federal, así como de la respuesta tardía al llamado de auxilio de sus elementos. Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.
Atentamente
Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo
México, DF, a 13 de diciembre de 2004.
CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del
H. Congreso de la Unión
Presentes
En atención al oficio número D.G.P.L. 59-II-4-678, signado el 28 de septiembre del año en curso por los CC. diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Marcos Morales Torres, Presidente y secretario, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, con el presente les acompaño, para los fines que estimen procedentes, copia del similar número SACN/ 300 /585/ 2004, suscrito el 10 del actual por el licenciado Roberto Anaya Moreno, subsecretario de Atención Ciudadana y Normatividad de la Secretaría de la Función Pública, mediante el cual da contestación al punto de acuerdo en el que se exhorta a esa dependencia a dictar la resolución administrativa para fincar responsabilidades a los servidores públicos de la Dirección General de Vida Silvestre que presuntamente actuaron en el otorgamiento ilegal de los permisos de aprovechamiento extractivo cinegético.
Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.
Atentamente
Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo
DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, DOS CON LOS QUE SE REMITEN LOS INFORMES DE LAS VISITAS OFICIALES DEL CIUDADANO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, VICENTE FOX QUESADA, A CANADÁ, LOS DÍAS 24, 25 Y 26 DE OCTUBRE DE 2004, Y A SAN JOSÉ, COSTA RICA, LOS DÍAS 19 Y 20 DE NOVIEMBRE EN LA XIV CUMBRE IBEROAMERICANA DE JEFES DE ESTADO Y DE GOBIERNO; Y DE LA VISITA DE TRABAJO A LA REPÚBLICA DE ECUADOR, LOS DÍAS 21 Y 22 DE NOVIEMBRE DE 2004
México, DF, a 10 de diciembre de 2004.
CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del
H. Congreso de la Unión
Presentes
El C. Humberto Ballesteros Cruz, director general de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, se ha dirigido al suscrito mediante oficio número DCP-0710/04, signado el 6 del mes en curso, por el que solicita que se les haga llegar el informe de la visita oficial del C. Presidente de la República, Vicente Fox Quesada, a Canadá los días 24, 25 y 26 de octubre de 2004.
Por lo anterior y con fundamento en el artículo 27, fracción XIV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, les acompaño con el presente los documentos citados, para los fines que estimen procedentes.
Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.
Atentamente
Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo
México, DF, a 10 de diciembre de 2004.
CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del
H. Congreso de la Unión
Presentes
El C. Humberto Ballesteros Cruz, director general de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, se ha dirigido al suscrito mediante oficio número DCP-0709/04, signado el 6 del mes en curso, por el que solicita que se les haga llegar el informe de las visitas oficiales del C. Presidente de la República, Vicente Fox Quesada, a San José, Costa Rica, los días 19 y 20 de noviembre en la XIV Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno y de la visita de trabajo a la República de Ecuador los días 21 y 22 de noviembre de 2004.
Por lo anterior y con fundamento en el artículo 27, fracción XIV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, les acompaño con el presente los documentos citados, para los fines que estimen procedentes.
Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.
Atentamente
Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo
México, DF, a 9 de diciembre de 2004.
CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes
Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto por el que se expide el Reglamento del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Atentamente
Sen. César Jáuregui Robles (rúbrica)
MINUTA
PROYECTO DE DECRETO
POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DEL CANAL DE TELEVISIÓN DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
CAPÍTULO I
DEL OBJETO DE ESTE REGLAMENTO
Artículo 1.
Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento tienen por objeto normar el funcionamiento del Canal de Televisión del Congreso General en los términos de lo dispuesto por los artículos 130, 131 y 132 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones aplicables.
DEFINICIONES
Artículo 2.
Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:
a) Reglamento: El Reglamento del Canal de Televisión
del Congreso General;
b) La Comisión: La Comisión Bicamaral del
Canal de Televisión del Congreso General;
c) La Ley Orgánica: La Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos;
d) El Congreso: El Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos que se divide en Cámara de Diputados y Cámara de
Senadores;
e) El Canal: El Canal de Televisión del Congreso
General, y
f) El Consejo: El Consejo Consultivo.
g) Carta de Programación: Esquema general de la programación, en el que se señalan las directrices, nombres de las series de televisión y espacios fijos, con una temporalidad mínima de tres meses;
h) Bitácora de programación diaria: Pauta basada en la carta de programación integrada por las series, programas unitarios, programas o transmisiones especiales. Así mismo incluye la continuidad programática, es decir, aquellos espacios de transmisión entre programa y programa, a través de la cual se ofrecen cápsulas o promocionales. Su elaboración es diaria y abarca desde el inicio hasta el término de la transmisión.
i) Agenda de Programación: Documento de trabajo que contiene las sesiones plenarias de ambas cámaras, sesiones de trabajo de comisiones, foros y eventos en general, realizados ya sea en el Distrito Federal o en el interior de la República Mexicana que cubrirá el Canal de Televisión del Congreso, con una periodicidad semanal. Así mismo se señalara el tipo de grabación y/o transmisión.
CAPÍTULO II
DEL OBJETO, PRINCIPIOS Y FUNCIONES DEL CANAL
Artículo 3.
1. El Canal es un medio de comunicación de Estado, de servicio público, con presupuesto, organización, infraestructura técnica y personal, dependiente del Poder Legislativo y pertenece a la Nación.
2. El Canal tiene por objeto reseñar y difundir la actividad legislativa y parlamentaria que corresponda a las responsabilidades de las Cámaras del Congreso y de la Comisión Permanente, así como contribuir e informar, analizar y discutir pública y ampliamente la situación de los problemas de la realidad nacional vinculados con la actividad legislativa.
3. El Canal tiene su sede en el Distrito Federal.
Artículo 4.
El Canal deberá informar a la sociedad mexicana bajo los principios de objetividad, veracidad, ética, pluralidad, equidad, suficiencia, oportunidad y con pleno respeto a los derechos fundamentales.
Artículo 5.
El Canal tiene entre sus funciones:
a) Realizar la cobertura en aquellos espacios físicos en los que se produzcan eventos relacionados con su objeto;
b) Contribuir a colocar en el espacio público los intereses de la Nación por encima de los intereses particulares o de grupo, en el marco de la pluralidad democrática y la tolerancia;
c) Considerar a la información y al conocimiento de la realidad nacional como un bien y un derecho público a las cuales tienen derecho de acceder y ejercer todos los mexicanos;
d) Fomentar que la difusión del análisis, la discusión y el debate de los problemas nacionales, para fortalecer la opinión pública, se realice con plena libertad y tolerancia;
e) Contribuir al fortalecimiento educativo y cultural que requiere el avance del país y fomentar el desarrollo de la cultura cívica y política en la sociedad; con énfasis en la población infantil y juvenil;
f) Fomentar la paz, los valores humanos y sociales, nacionales y universales, garantizados por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
g) Construir un vínculo entre el Congreso, los órganos que lo integran y la sociedad, que permita establecer una mutua, sólida y fluida relación de información entre las partes;
h) Promover la libre expresión de las ideas y fomentar un permanente debate ciudadano sobre los temas vinculados con la actividad legislativa;
i) Coadyuvar a difundir el pensamiento, la cultura, las ciencias y las artes en sus diversas manifestaciones, y
j) Contribuir a difundir la actividad legislativa y parlamentaria de los órganos legislativos de las entidades federativas.
Artículo 6.
La señal y los contenidos del Canal serán públicos. Podrán ser empleados por cualquier medio de comunicación, mencionando la fuente y respetando el logotipo del Canal, excepto los programas cuyos derechos pertenezcan a terceros, los cuales, para su reproducción, necesitarán autorización expresa de sus propietarios o de los titulares de los derechos.
CAPÍTULO III
DEL PRESUPUESTO Y FINANCIAMIENTO DEL CANAL
Artículo 7.
El presupuesto del Canal se integra con los derechos e ingresos que por cualquier título legal adquiera o perciba a través de las Cámaras del Congreso, mismo que deberá sujetarse a los principios de racionalidad y eficiencia presupuestaria.
Artículo 8.
Los ingresos del Canal se integran con:
a) Las aportaciones que anualmente realice el Congreso, a través de cada Cámara por partes iguales, de acuerdo con el presupuesto que les haya sido asignado al efecto, en el Presupuesto de Egresos de la Federación, de conformidad con la normatividad establecida en cada Cámara;
b) Los ingresos derivados de patrocinios, intercambio de servicios, tiempo al aire, programación y otros servicios prestados, conforme a la normatividad aplicable;
c) La Comisión podrá gestionar, ante los órganos competentes de ambas Cámaras, recursos extraordinarios para el desarrollo de proyectos específicos del Canal, debiendo ofrecer el debido sustento; y
d) Todo ingreso que reciba el Canal deberá enterarse a través de la oficina que para tal efecto se designe en cada Cámara.
Artículo 9.
El presupuesto de la Comisión será el que le asigne cada Cámara, en su calidad de Comisión legal, mismo que será independiente del presupuesto asignado al Canal.
Artículo 10.
Las adquisiciones y licitaciones de equipo y servicios se realizarán de acuerdo a la normatividad que al efecto rija para cada Cámara.
Artículo 11.
El Canal contará con un fondo revolvente, sujeto a la normatividad administrativa que para tales efectos rija en cada Cámara.
CAPÍTULO IV
DE LA COMISIÓN BICAMARAL
Artículo 12.
El órgano rector del Canal será la Comisión Bicamaral del Canal de Televisión del Congreso General, el cual será el responsable de conducir sus actividades.
Artículo 13.
La Comisión estará integrada por tres miembros de cada Cámara, en términos de lo dispuesto por el artículo 132 numeral 2 de la Ley Orgánica, debiendo ser constituida durante él primer mes de ejercicio de la Legislatura, misma que funcionará de la siguiente manera:
a) La Comisión tendrá una Mesa Directiva integrada por una Presidencia y dos Secretarías, electas de manera directa por los integrantes de la misma; dichas responsabilidades se ejercerán durante 12 meses, y serán rotatorias entre los Grupos Parlamentarios representados en la Comisión y alternada entre ambas Cámaras. A más tardar dentro de los primeros 30 días de cada año legislativo se deberá elegir a la Mesa Directiva que conducirá los trabajos durante el periodo establecido.
En ningún caso se podrá repetir el cargo de la Presidencia en el transcurso de una Legislatura; además las Secretarías en ningún caso, serán integradas por representantes del Grupo Parlamentario al que pertenezca el Presidente de la Comisión, ni de la Cámara de este último;
b) La Presidencia tendrá que observar en el ejercicio de sus funciones los principios de pluralidad, equidad, diversidad, inclusión, imparcialidad y democracia;
c) Para que la Comisión pueda sesionar válidamente, se requiere la asistencia de la mayoría de sus integrantes;
d) Los mecanismos de trabajo de la Comisión serán decididos libremente por la misma, tomando en cuenta las normas que regulan el trabajo en comisiones del Congreso;
e) La Comisión se reunirá en sesión ordinaria, cuando menos una vez al mes, previa convocatoria de la Presidencia, la cual deberá ser emitida por lo menos con 5 días de anticipación, recabando el acuse de recibo correspondiente. Dicha convocatoria deberá estar acompañada del orden día propuesto por la Presidencia, y en su caso de los documentos motivo del análisis o propuestas a discutirse en la sesión. En caso de sesiones extraordinarias, podrán ser solicitadas a la Presidencia, por cualesquiera de los integrantes de la Comisión y deberán convocarse por lo menos con 48 horas de anticipación;
f) Los acuerdos de la Comisión privilegiarán el consenso y, en su defecto, se adoptarán por mayoría de votos, de los integrantes presentes. En caso de empate, la Presidencia tendrá voto de calidad;
g) Ante situaciones que incidan en la programación y operación del Canal, no previstas en este reglamento, así como en las políticas internas que dicte la Comisión, la Presidencia tendrá la obligación de consultar el procedimiento a seguir a la totalidad de los integrantes de la Comisión;
h) La sede de las reuniones de la Comisión deberá alternarse entre ambas Cámaras del Congreso, salvo acuerdo en contrario de la misma;
i) La Comisión tendrá una Secretaría Técnica. La persona titular de la Secretaría Técnica deberá asistir y asesorar a la Presidencia de la Comisión y a los legisladores y/o legisladoras integrantes, en el control, seguimiento y sistematización de las tareas encomendadas que sean de su competencia y deberán cumplir con las funciones señaladas en el documento de Política Interna correspondiente.
Para el debido cumplimiento de sus funciones, dicha Secretaría Técnica contará con los recursos materiales y humanos necesarios en ambas Cámaras, a fin de atender directamente las solicitudes de los integrantes de la Comisión;
j) Cuando alguno de sus integrantes no pueda asistir a la sesión, podrá enviar comentarios por escrito a la Presidencia, o a través de la Secretaría Técnica. Su posición será tomada en cuenta para los efectos correspondientes;
k) La Comisión podrá crear subcomisiones especiales para atender asuntos específicos, debiendo dar cuenta al pleno para su resolución correspondiente, y
l) Las actas deberán ser avaladas mediante firmas, por los integrantes de la Comisión.
CAPÍTULO V
DE LAS ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA COMISIÓN
Artículo 14.
Son atribuciones de la Comisión:
a) Definir, elaborar y publicar las bases de la convocatoria para el procedimiento de designación del titular de la Dirección General del Canal, escuchando la opinión de las Juntas de Coordinación Política de ambas Cámaras;
b) Nombrar y remover al Titular de la Dirección General del Canal, observando lo dispuesto por el presente Reglamento. La decisión que para estos efectos tome la Comisión deberá ser informada a las Juntas de Coordinación Política de ambas Cámaras;
c) Aprobar las políticas internas de orden general;
d) Nombrar y remover a los funcionarios del Canal, hasta el segundo nivel, a propuesta debidamente fundada y argumentada el titular de la Dirección General del Canal o de los integrantes de la Comisión;
e) Evaluar, supervisar y aprobar el anteproyecto de presupuesto anual del Canal y el programa de trabajo correspondiente, a más tardar al 30 de junio de cada año;
f) Una vez aprobado, turnar el proyecto de presupuesto anual del Canal a los órganos de gobierno y a los funcionarios responsables de la administración de ambas Cámaras, a más tardar durante los primeros cinco días del mes de julio de cada año, para los efectos correspondientes;
g) Proponer y aprobar la carta de programación y las transmisiones del trabajo legislativo. Los órganos de gobierno de ambas Cámaras, Mesas Directivas y Juntas de Coordinación Política, recibirán una copia del proyecto de programación y podrán remitir observaciones y propuestas a la Comisión;
h) Emitir observaciones y propuestas a la bitácora de programación diaria del Canal;
i) Fijar las reglas de transmisión de las sesiones plenarias, de comisiones y comités del Congreso y de todas las demás transmisiones que se realicen;
j) Solicitar a la autoridad competente en materia de control y fiscalización del gasto, la realización de auditorias al Canal;
k) Analizar y aprobar, en su caso, el informe trimestral y el informe anual del Canal;
l) Celebrar convenios de colaboración con organismos gubernamentales y no gubernamentales, nacionales y extranjeros, en acuerdo con las Mesas Directivas de ambas Cámaras;
m) Emitir la convocatoria, así como seleccionar y aprobar la conformación del Consejo, conforme a lo dispuesto en los artículos 19 y 22 de este Reglamento. Asimismo podrá determinar la sustitución de sus integrantes en los casos previstos por el artículo 24 del presente Reglamento;
n) La presidencia de la Comisión encabezará el Consejo, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de este Reglamento;
o) Recibir, analizar y orientar las quejas, observaciones y solicitudes que diputados y senadores presenten sobre el funcionamiento del Canal, y
p) Las demás que les confieren otras disposiciones jurídicas y las que apruebe la Comisión.
CAPÍTULO VI
DEL TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CANAL
Artículo 15.
1. El Titular de la Dirección General será el responsable del Canal al que alude el numeral 4 del artículo 132 de la Ley Orgánica y su función será la de coordinar y ejecutar las tareas que permitan el mejor cumplimiento de las actividades del Canal, de conformidad a los acuerdos y/o las políticas que para tal efecto determine la Comisión.
2. El Titular de la Dirección General del Canal de Televisión durará en su encargo por un lapso de 4 años, pudiendo ser reelegido en una sola ocasión, por acuerdo de la mayoría de los integrantes de la Comisión por un segundo período con la misma duración. Dicho funcionario podrá ser objeto de extrañamientos, reconvenciones, o en su caso remoción por parte de la Comisión cuando incurra en faltas u omisiones a la Ley Orgánica, a su reglamento y demás normas aplicables, disposiciones y acuerdos que adopte la Comisión; su actuación estará sujeta a la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Artículo 16.
Para ser Titular de la Dirección General del Canal se requiere:
a) Poseer la ciudadanía mexicana, en pleno goce
y ejercicio de sus derechos;
b) Contar con amplia y probada experiencia en el campo
de los medios de comunicación;
c) No haber sido dirigente de algún partido político o registrado como candidato a cargo de elección popular, así como de alguna Agrupación Política Nacional en los cinco años anteriores a su designación;
d) Gozar de buena reputación y contar con carta
de no antecedentes penales; y
e) No pertenecer al Estado Eclesiástico, ni ser
ministro de algún culto religioso.
CAPÍTULO VII
DE LAS ATRIBUCIONES DEL TITULAR DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DEL CANAL
Artículo 17.
Son atribuciones y obligaciones del Titular de la Dirección General del Canal las siguientes:
a) Cumplir y hacer cumplir la Ley Orgánica, el presente Reglamento, las políticas internas de orden general y los programas de trabajo que apruebe la Comisión;
b) Nombrar al personal del Canal con excepción de lo dispuesto por el artículo 14 del presente ordenamiento, los nombramientos que realice el titular de la Dirección General del canal deberán ajustarse a lo detallado por el artículo 30 del presente reglamento;
c) Formular el anteproyecto de presupuesto anual del Canal y el programa de trabajo correspondiente, para presentarlo a la Comisión a más tardar el primero de junio de cada año;
d) Rendir a la Comisión Bicamaral un informe general de actividades trimestralmente, en la primera sesión ordinaria de cada trimestre, así como un informe anual que será presentado a más tardar el día 30 de noviembre de cada año;
e) Preparar, en lo que corresponda, el proyecto de informe que la Comisión debe presentar al Congreso a través de sus respectivas Mesas Directivas, al inicio de cada periodo ordinario de sesiones y de entregarlo a la Comisión, con cuando menos 15 días de anticipación, para su estudio y aprobación;
f) Formular el proyecto de Política Interna de Orden General que contenga la estructura y organización del Canal, que deberá incluir las relaciones de mando y supervisión, las áreas y oficinas que conformen el Canal de Televisión del Congreso General, así como sus modificaciones, para someterla a la consideración y aprobación de la Comisión Bicamaral;
g) Presentar a la Comisión el proyecto de Carta de programación del Canal para su revisión y aprobación;
h) Enviar la Bitácora diaria de programación a la Comisión Bicamaral en tiempo y forma para sus observaciones y propuestas;
i) Ante situaciones que incidan en la programación y operación del Canal, no previstas en el presente Reglamento, así como en las políticas internas que dicte la Comisión, estará obligado a informar a la Presidencia de la Comisión;
j) El Titular de la Dirección General del Canal asistirá, salvo acuerdo en contrario, a las reuniones de la Comisión con voz, pero sin voto;
k) El Titular de la Dirección General del Canal apoyará los trabajos del Consejo;
l) Informar a los integrantes de la Comisión el estado que guarda el funcionamiento del canal, así como cualquier situación anómala en el desempeño laboral de los trabajadores del mismo;
m) Las videograbaciones realizadas por el Canal de l Congreso forman parte del acervo documental de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores, y se obliga a tomar las previsiones técnicas necesarias para asegurar su adecuada catalogación y conservación, y
n) Las demás que le señale el Reglamento y la Comisión.
CAPÍTULO VIII
DE LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO CONSULTIVO
Artículo 18.
El Consejo Consultivo es un órgano plural de representación social, conformado por once ciudadanos, de amplio y reconocido prestigio profesional, en el campo de los medios de comunicación.
Artículo 19.
Los consejeros serán seleccionados por la Comisión, a propuesta de instituciones académicas, organizaciones civiles u otras de comprobada trayectoria y amplio reconocimiento, cuyas actividades y objetivos profesionales se relacionen principalmente con la comunicación social. Para ello, la Comisión realizará la convocatoria pública correspondiente.
Artículo 20.
El Consejo será encabezado por la Presidencia de la Comisión y apoyado por la Dirección General del Canal.
Artículo 21.
La Comisión dispondrá lo necesario para que el Consejo pueda cumplir debidamente con sus labores.
Artículo 22.
Los consejeros durarán en su cargo un año y podrán ser reelectos. El cargo es a título honorífico; su actuación y participación es de carácter personal y, por lo tanto intransferible; las instituciones que los hayan propuesto no ejercerán en ellos representación alguna.
Artículo 23.
Para formar parte del Consejo, los aspirantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Poseer la ciudadanía mexicana, en pleno uso
de sus derechos;
b) No ser dirigente de ningún partido político,
Agrupación Política Nacional o miembro del Congreso General;
c) Tener un amplio reconocimiento y prestigio profesional
en los medios de comunicación, y
d) Ser propuesto en los términos del artículo
19 del presente Reglamento.
Artículo 24.
Los consejeros podrán ser substituidos de su cargo por la Comisión, antes de la culminación de su periodo cuando:
a) Deje de asistir, en forma injustificada, a dos sesiones;
b) No cumpla o violente los objetivos del Canal o los
acuerdos del Consejo, y
c) Por renuncia expresa.
CAPÍTULO IX
DEL FUNCIONAMIENTO Y ATRIBUCIONES DEL CONSEJO CONSULTIVO
Artículo 25.
El Consejo deberá reunirse por lo menos una vez cada 6 meses en sesión ordinaria. Podrá también reunirse en sesiones extraordinarias, ya sea en pleno o por comisiones, cuando sea convocado por la Presidencia o cuando un tercio de los consejeros así lo soliciten.
Artículo 26.
Las reglas de funcionamiento y organización necesarias para sus labores deberán ser definidas por el pleno del Consejo.
Artículo 27.
Son atribuciones y por lo tanto, responsabilidades de los consejeros:
a) Coadyuvar al cumplimiento de los objetivos del Canal;
b) Sugerir mecanismos que vinculen a la sociedad con
el Canal;
c) Fungir como órgano de consulta hacia los sectores
público, social y privado;
d) Promover la libertad, pluralidad, corresponsabilidad,
calidad y rigor profesional en el desarrollo general del Canal;
e) Presentar a la Comisión las sugerencias de la
sociedad en materia de programación, y
f) Contribuir a consolidar sistemas de evaluación
del desarrollo del Canal.
CAPÍTULO X
DE LAS RELACIONES LABORALES
Artículo 28.
1. El personal del Canal será de confianza, en términos de lo dispuesto por la fracción XIV del apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás normas aplicables.
2. Sus percepciones serán las que aprueben las Mesas Directivas de ambas Cámaras a propuesta del proyecto de presupuesto que presente la Comisión Bicamaral.
3. Se asignará plaza presupuestal a los funcionarios de los dos primeros niveles, y quedarán sujetos a las Leyes de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
4. El personal técnico especializado y operativo será contratado como personal de confianza, conforme a las condiciones que determine la Secretaría General de Servicios Administrativos de cada Cámara.
Artículo 29.
Para efectos de contratación, el personal del Canal se ajustará a lo dispuesto por la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las políticas internas de orden general, los programas de trabajo, y demás disposiciones que apruebe la Comisión Bicamaral de acuerdo con la normatividad administrativa de las Cámaras.
Artículo 30.
1. Independientemente de la Cámara que contrate los servicios del personal, éste tiene la obligación de realizar sus actividades en beneficio del Canal, atendiendo los lineamientos de ambas Cámaras y las políticas internas de orden general.
2. La Comisión revisará y aprobará una política interna de orden general relativa a la estructura y organización del Canal, la que deberá contener las áreas, oficinas, y las relaciones de mando y supervisión que conformen el Canal de Televisión del Congreso General, así como sus modificaciones.
Artículo 31.
En todo lo no previsto en el presente Reglamento se estará a lo dispuesto por la Ley Orgánica, las políticas internas de orden general, los programas de trabajo y demás disposiciones que apruebe la Comisión.
TRANSITORIOS
Artículo Primero. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo Segundo. A más tardar 60 días naturales después de la entrada en vigor de este Reglamento, la Comisión Bicamaral del Canal de Televisión expedirá la Política Interna del Orden General relativa a la estructura y organización del Canal, la que deberá contener las relaciones de mando y supervisión, así como las áreas y oficinas que conformen el Canal de Televisión del Congreso General.
Salón de Sesiones de la Cámara de Senadores.-
México, DF, a 9 de diciembre de 2004.
Sen. César Jáuregui Robles (rúbrica)
Vicepresidente en Funciones de Presidente
Sen. Yolanda E. González Hernández (rúbrica)
Secretaria
CON PROYECTO DE LEY GENERAL DE LAS
PERSONAS CON DISCAPACIDAD
México, DF, a 9 de diciembre de 2004.
CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes
Para los efectos legales se remite a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de Ley General de las Personas con Discapacidad.
Atentamente
Sen. César Jáuregui Robles (rúbrica).
Vicepresidente en Funciones de Presidente
MINUTA
PROYECTO DE DECRETO
UNICO. Se expide la Ley General de las Personas con Discapacidad.
Ley General de las Personas con Discapacidad
Título Primero
Capítulo Único
Disposiciones Generales
Artículo 1.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público, de interés social y de observancia general en los Estados Unidos Mexicanos. Su objeto es establecer las bases que permitan la plena inclusión de las personas con discapacidad, en un marco de igualdad y de equiparación de oportunidades, en todos los ámbitos de la vida.
De manera enunciativa y no limitativa, esta Ley reconoce a las personas con discapacidad sus derechos humanos y mandata el establecimiento de las políticas públicas necesarias para su ejercicio.
Artículo 2.- Para los efectos de esta Ley se entenderá por:
I. Asistencia Social.- Conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, indefensión, desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva.
II. Ayudas técnicas.- Dispositivos tecnológicos y materiales que permiten habilitar, rehabilitar o compensar una o más limitaciones funcionales, motrices, sensoriales o intelectuales de las personas con discapacidad.
III. Comunidad de sordos.- Todo aquel grupo social cuyos miembros tienen como característica fundamental no poseer el sentido auditivo para sostener una comunicación y socialización natural y fluida en lengua oral alguna.
IV. Educación Especial.- Conjunto de servicios, programas, orientación y recursos educativos especializados, puestos a disposición de las personas que padecen algún tipo de discapacidad, que favorezcan su desarrollo integral, y faciliten la adquisición de habilidades y destrezas que les capaciten para lograr los fines de la educación.
V. Equiparación de oportunidades.- Proceso de adecuaciones, ajustes y mejoras necesarias en el entorno jurídico, social, cultural y de bienes y servicios, que faciliten a las personas con discapacidad una integración, convivencia y participación en igualdad de oportunidades y posibilidades con el resto de la población.
VI. Estenografía Proyectada.- Es el oficio y la técnica de transcribir un monólogo o un diálogo oral de manera simultánea a su desenvolvimiento y, a la vez, proyectar el texto resultante por medios electrónicos visuales o en Sistema de Escritura Braille.
VII. Estimulación Temprana.- Atención brindada al niño de entre 0 y 6 años para potenciar y desarrollar al máximo sus posibilidades físicas, intelectuales, sensoriales y afectivas, mediante programas sistemáticos y secuenciados que abarquen todas las áreas del desarrollo humano, sin forzar el curso natural de su maduración.
VIII. Consejo.- Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad.
IX. Lengua de señas.- Lengua de una comunidad de sordos, que consiste en una serie de signos gestuales articulados con las manos y acompañados de expresiones faciales, mirada intencional y movimiento corporal, dotados de función lingüística, forma parte del patrimonio lingüístico de dicha comunidad y es tan rica y compleja en gramática y vocabulario como cualquier lengua oral.
X. Organizaciones.- Todas aquellas organizaciones sociales constituidas legalmente para el cuidado, atención o salvaguarda de los derechos de las personas con discapacidad o que busquen apoyar y facilitar su participación en las decisiones relacionadas con el diseño, aplicación y evaluación de programas para su desarrollo e integración social.
XI. Persona con discapacidad.- Toda persona que presenta una deficiencia física, mental o sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social.
XII. Prevención.- La adopción de medidas encaminadas a impedir que se produzcan deficiencias físicas, intelectuales, mentales y sensoriales.
XIII. Rehabilitación.- Proceso de duración limitada y con un objetivo definido, de orden médico, social y educativo, social y educativo entre otros, encaminado a facilitar que una persona con discapacidad alcance un nivel físico, mental, sensorial óptimo, que permita compensar la pérdida de una función, así como proporcionarle una mejor integración social.
XIV. Sistema de escritura Braille.- Sistema para la comunicación representado mediante signos en relieve, leídos en forma táctil, por los ciegos.
Artículo 3.- La aplicación de esta Ley corresponde a las dependencias de la Administración Pública Federal, a las entidades paraestatales, a los órganos desconcentrados y al Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad, en el ámbito de sus respectivas competencias, así como a los Gobiernos de las Entidades Federativas y a los municipios, en los términos de los convenios que se celebren.
Artículo 4.- Los derechos que establece la presente Ley serán reconocidos a todas las personas con discapacidad, sin distinción por origen étnico o nacional, género, edad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias, estado civil, o cualquiera otra que atente contra su dignidad.
Artículo 5.- Los principios que deberán observar las políticas públicas en la materia, son:
a) La equidad;
b) La justicia social;
c) La equiparación de oportunidades;
d) El reconocimiento de las diferencias;
e) La dignidad;
f) La integración;
g) El respeto; y
h) La accesibilidad.
Artículo 6.- Son facultades del Ejecutivo Federal en materia de esta Ley, las siguientes:
I. Establecer la política de Estado acorde a las obligaciones derivadas de los tratados internacionales de derechos humanos en materia de personas con discapacidad y las acciones necesarias para dar cumplimiento a los programas nacionales;
II. Fomentar que las dependencias y organismos de los diferentes órdenes de gobierno trabajen en favor de la integración social y económica de las personas con discapacidad en el marco de la política de Estado;
III. Proponer en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación las partidas correspondientes para la aplicación y ejecución de los programas federales dirigidos a las personas con discapacidad;
IV. Establecer las políticas y acciones necesarias para dar cumplimiento a los programas federales en materia de personas con discapacidad; así como aquellas que garanticen la equidad e igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad en el ejercicio de sus derechos; y
V. Promover el otorgamiento de estímulos fiscales a personas físicas o morales que realicen acciones en favor de las personas con discapacidad.
Título Segundo
De los Derechos y Garantías para las Personas
con Discapacidad
Capítulo Primero
De la salud
Artículo 7.- Las personas con discapacidad tienen derecho a servicios públicos para la atención de su salud y rehabilitación integral. Para estos efectos, las autoridades competentes del Sector Salud, en su respectivo ámbito de competencia, realizarán las siguientes acciones:
I. Diseñar, ejecutar y evaluar programas para la orientación, prevención, detección, estimulación temprana, atención integral y rehabilitación para las diferentes discapacidades;
II. La creación de centros responsables de la ejecución de los programas señalados en la fracción anterior, la cual se extenderá a las regiones rurales y comunidades indígenas;
III. Programas de educación para la salud para las personas con discapacidad;
IV. Constituir, a través de los mecanismos institucionales que determine cada orden de gobierno, bancos de prótesis, órtesis, ayudas técnicas y medicinas de uso restringido, facilitando su gestión y obtención a la población con discapacidad de escasos recursos; y fomentar la creación de centros asistenciales, temporales o permanentes, donde las personas con discapacidad intelectual sean atendidas en condiciones que respeten su dignidad y sus derechos;
V. La celebración de convenios de colaboración con instituciones educativas públicas y privadas, para impulsar la investigación sobre la materia;
VI. Implementar acciones de capacitación y actualización, dirigidos al personal médico y administrativo, para la atención de la población con discapacidad;
VII. Establecer los mecanismos para garantizar servicios de atención y tratamiento psicológicos;
VIII. Elaborar y expedir normas técnicas para la atención de las personas con discapacidad con el fin de que los centros de salud y de rehabilitación dispongan de instalaciones y equipos adecuados para la prestación de sus servicios, así mismo, promover la capacitación del personal médico y administrativo en los centros de salud y rehabilitación del país;
IX. Ofrecer información, orientación y apoyo psicológico, tanto a las personas con discapacidad como a sus familiares;
X. Crear programas de educación, rehabilitación y orientación sexual para las personas con discapacidad; y
XI. Las demás que otros ordenamientos les otorguen.
Artículo 8.- La Secretaría de Salud en coordinación con el Consejo, emitirá la Clasificación Nacional de Discapacidades.
Capítulo Segundo
Del trabajo y la capacitación
Artículo 9.- Las personas con discapacidad tienen derecho al trabajo y la capacitación, en términos de igualdad de oportunidades y equidad. Para tales efectos, las autoridades competentes establecerán entre otras, las siguientes medidas:
I. Promover el establecimiento de políticas en materia de trabajo encaminadas a la integración laboral de las personas con discapacidad; en ningún caso la discapacidad será motivo de discriminación para el otorgamiento de un empleo;
II. Promover programas de capacitación para el empleo y el desarrollo de actividades productivas destinadas a personas con discapacidad;
III. Diseñar, ejecutar y evaluar un programa federal, estatal y municipal de trabajo y capacitación para personas con discapacidad, cuyo objeto principal será la integración laboral;
IV. Formular y ejecutar programas específicos de incorporación de personas con discapacidad como servidores públicos;
V. Instrumentar el programa nacional de trabajo y capacitación para personas con discapacidad a través de convenios con los sectores empresariales, instituciones de gobierno, organismos sociales, sindicatos y empleadores, que propicien el acceso al trabajo, incluyendo la creación de agencias de integración laboral, centros de trabajo protegido, talleres, asistencia técnica, becas económicas temporales; y
VI. Asistir en materia técnica a los sectores social y privado, en materia de discapacidad, cuando lo soliciten.
Capítulo Tercero
De la educación
Artículo 10.- La educación que imparta y regule el Estado deberá contribuir a su desarrollo integral para potenciar y ejercer plenamente sus capacidades, habilidades y aptitudes. Para tales efectos las autoridades competentes establecerán entre otras acciones, las siguientes:
I. Elaborar y fortalecer los programas de educación especial e integración educativa para las personas con discapacidad;
II. Garantizar la incorporación y oportuna canalización de las personas con discapacidad en todos los niveles del Sistema Educativo Nacional; así como verificar el cumplimiento de las normas para su integración educativa;
III. Admitir y atender a menores con discapacidad en los centros de desarrollo infantil y guarderías públicas y privadas;
IV. Formar, actualizar, capacitar y profesionalizar a los docentes y personal asignado que intervengan directamente en la incorporación educativa de personas con discapacidad;
V. Propiciar el respeto e integración de las personas con discapacidad en el Sistema Educativo Nacional;
VI. Establecer en los programas educativos que se transmiten por televisión, estenografía proyectada e intérpretes de lengua de señas mexicana;
VII. Proporcionar a los estudiantes con discapacidad materiales que apoyen su rendimiento académico;
VIII. Garantizar el acceso de la población sorda a la educación pública obligatoria y bilingüe, que comprenda la enseñanza del idioma español y la lengua de señas mexicana. El uso suplementario de otras lenguas nacionales se promoverá cuando las circunstancias regionales así lo requieran;
IX. Establecer un programa nacional de becas educativas para personas con discapacidad;
X. Implementar el reconocimiento oficial de la Lengua de Señas Mexicana y el Sistema de Escritura Braille, así como programas de capacitación, comunicación, e investigación, para su utilización en el Sistema Educativo Nacional;
XI. Diseñar e implementar programas de formación y certificación de intérpretes, estenógrafos del español y demás personal especializado en la difusión y uso conjunto del español y la Lengua de Señas Mexicana;
XII. Impulsar toda forma de comunicación escrita que facilite al sordo hablante, al sordo señante o semilingüe, el desarrollo y uso de la lengua en forma escrita;
XIII. Impulsar programas de investigación, preservación y desarrollo de la lengua de señas, de las personas con discapacidad auditiva, y de las formas de comunicación de las personas con discapacidad visual; y
XIV. Elaborar programas para las personas ciegas y débiles visuales, que los integren al Sistema Educativo Nacional, público o privado, creando de manera progresiva condiciones físicas y acceso a los avances científicos y tecnológicos, así como materiales y libros actualizados a las publicaciones regulares necesarios para su aprendizaje.
Artículo 11.- En el sistema nacional de bibliotecas, salas de lectura y servicios de información de la Administración Pública Federal se incluirán, entre otros, los equipos de cómputo con tecnología adaptada, escritura e impresión en el Sistema de Escritura Braille, ampliadores y lectores de texto, espacios adecuados y demás innovaciones tecnológicas que permita su uso a las personas con discapacidad.
El Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas del país determinará el porcentaje del acervo que cada institución tendrá disponible en Sistema de escritura Braille y en audio, tomando en consideración criterios de biblioteconomía. Asimismo se preverá que los acervos digitales estén al alcance de las personas con discapacidad.
Artículo 12.- La lengua de Señas Mexicana es una de las lenguas nacionales que forman parte del patrimonio lingüístico con que cuenta la nación mexicana.
Capítulo Cuarto
De las facilidades arquitectónicas, de desarrollo urbano y de vivienda
Artículo 13.- Las personas con discapacidad tienen derecho al libre desplazamiento en condiciones dignas y seguras en espacios públicos.
Las dependencias de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal vigilarán el cumplimiento de las disposiciones que en materia de accesibilidad, desarrollo urbano y vivienda se establecen en la normatividad vigente.
Los edificios públicos que sean construidos a partir del inicio de la vigencia de esta Ley, según el uso al que serán destinados, se adecuarán a las Normas Oficiales que expidan las autoridades competentes, para el aseguramiento de la accesibilidad a los mismos.
Artículo 14.- Las empresas privadas deberán contar con facilidades arquitectónicas para sus trabajadores con alguna discapacidad.
Artículo 15.- Para facilitar la accesibilidad, en la infraestructura básica, equipamiento urbano y espacios públicos se contemplarán entre otros, los siguientes lineamientos:
I. Que sean de carácter universal y adaptados para todas las personas;
II. Que cuenten con señalización e incluyan tecnologías para facilitar el acceso y desplazamiento, y que posibiliten a las personas el uso de ayudas técnicas, perros guía u otros apoyos; y
III. Que la adecuación de las instalaciones públicas sea progresiva.
Artículo 16.-Las personas con discapacidad tienen derecho a una vivienda digna. Los programas de vivienda del sector público incluirán proyectos arquitectónicos de construcciones que consideren las necesidades propias de las personas con discapacidad. De la misma manera, los organismos públicos de vivienda otorgarán facilidades a las personas con discapacidad para recibir créditos o subsidios para la adquisición, construcción o remodelación de vivienda.
Capítulo Quinto
Del transporte público y las comunicaciones
Artículo 17.- Las autoridades competentes realizarán entre otras acciones, las siguientes:
I. Impulsar programas que permitan la accesibilidad, seguridad, comodidad, calidad y funcionalidad en los medios de transporte público aéreo, terrestre y marítimo y medios de comunicación a las personas con discapacidad;
II. Promover que en las licitaciones de concesión del servicio de transporte público, las unidades incluyan especificaciones técnicas y antropométricas en materia de discapacidad;
III. Garantizar que las empresas del transporte de pasajeros incluyan en sus unidades especificaciones técnicas y antropométricas adecuadas para las personas con discapacidad;
IV. Promover el diseño de programas y campañas de educación vial, cortesía urbana y respeto hacia las personas con discapacidad en su tránsito por la vía pública y en lugares de acceso al público; y
V. Promover el otorgamiento de estímulos fiscales a las empresas concesionarias de las diversas modalidades de servicio de transporte público y de medios de comunicación, que realicen acciones que permitan el uso integral de sus servicios por las personas con discapacidad.
Artículo 18.- Los medios de comunicación implementarán el uso de tecnología y, en su caso, de interpretes de la Lengua de Señas Mexicana, que permitan a la comunidad de sordos las facilidades de comunicación y el acceso al contenido de su programación.
Capítulo Sexto
Del desarrollo y la asistencia social
Artículo 19.- Las autoridades competentes deberán:
I. Establecer medidas que garanticen la plena incorporación de las personas con discapacidad en todas las acciones y programas de desarrollo social; además, verificarán la observancia de todas aquellas disposiciones que les sean aplicables de la Ley General de Desarrollo Social;
II. Establecer los lineamientos para la recopilación de información y estadística de la población con discapacidad, en el Censo Nacional de Población y demás instrumentos que conjuntamente se determinen;
III. Impulsar la prestación de servicios de asistencia social, aplicándolos para personas con discapacidad en situación de abandono o marginación;
IV. Concertar la apertura de centros asistenciales y de protección para personas con discapacidad;
V. Buscar que las políticas de asistencia social que se promuevan para las personas con discapacidad estarán dirigidas a lograr su plena integración social y a la creación de programas interinstitucionales de atención integral;
VI. Propiciar el diseño y la formación de un sistema de información sobre los servicios públicos en materia discapacidad, con el objeto de identificar y difundir la existencia de los diferentes servicios de asistencia social y las instancias que los otorguen;
VII. Impulsar el desarrollo de la investigación de la asistencia social para las personas con discapacidad, a fin de que la prestación de estos servicios se realice adecuadamente;
VIII. Considerar prioritariamente, en materia de asistencia social para personas con discapacidad:
a. La prevención de discapacidades;
b. La rehabilitación de las personas con discapacidad;
IX. Todas las demás que tengan como objeto mejorar las condiciones sociales y permita potenciar las capacidades de las personas con discapacidad.
Artículo 20.- Las autoridades competentes de los gobiernos Federal, de las Entidades Federativas y los Municipios podrán celebrar convenios con los sectores privado y social, a fin de:
I. Promover los servicios de asistencia social para las
personas con discapacidad en todo el país;
II. Promover la aportación de recursos materiales,
humanos y financieros;
III. Procurar la integración y el fortalecimiento
de la asistencia pública y privada;
IV. Establecer mecanismos para la demanda de servicios
de asistencia social; y
V. Los demás que tengan por objeto garantizar la prestación de servicios de asistencia social para las personas con discapacidad.
Capítulo Sexto
Del deporte y la cultura
Artículo 21.- Las autoridades competentes formularán y aplicarán programas y acciones que otorguen las facilidades administrativas y las ayudas técnicas, humanas y financieras requeridos para la práctica de actividades físicas y deportivas a la población con discapacidad, en sus niveles de desarrollo nacional e internacional.
El Consejo, en coordinación con dichas autoridades concurrirá a la elaboración del Programa Nacional de Deporte Paralímpico.
Artículo 22.- Todas las personas con discapacidad podrán acceder y disfrutar de los servicios culturales, participar en la generación de cultura y colaborar en la gestión cultural.
Las autoridades competentes promoverán el desarrollo de las capacidades artísticas de las personas con discapacidad. Además procurarán la definición de políticas tendientes a:
I. Fortalecer y apoyar las actividades artísticas vinculadas con las personas con discapacidad;
II. Prever que las personas con discapacidad cuenten con las facilidades necesarias para acceder y disfrutar de los servicios culturales; y
III. Promover el uso de tecnologías en la cinematografía y el teatro, que faciliten la adecuada comunicación de su contenido a las personas con discapacidad.
Artículo 23.- Las políticas a que se refiere el artículo anterior y los programas que se establezcan se deberán orientar a:
I. Generar y difundir entre la sociedad el respeto a la diversidad y participación de las personas con discapacidad en el arte y la cultura;
II. Establecer condiciones de inclusión de personas con discapacidad para lograr equidad en la promoción, el disfrute y la producción de servicios artísticos y culturales; y
III. Promover la realización de las adecuaciones materiales necesarias para que las personas con discapacidad tengan acceso a todo recinto donde se desarrolle cualquier actividad cultural. Difusión de las actividades culturales. Impulsar la capacitación de recursos humanos y el uso de materiales y tecnología a fin de lograr la integración de las personas con discapacidad en las actividades culturales; y fomentar la elaboración de materiales de lectura.
Capítulo Séptimo
De la Seguridad Jurídica
Artículo 24.- Las personas con discapacidad tendrán derecho a recibir un trato digno y apropiado en los procedimientos administrativos y judiciales en que sean parte, así como asesoría y representación jurídica en forma gratuita en dichos procedimientos, bajo los términos que establezcan las leyes respectivas.
Artículo 25.- El Gobierno Federal y los Gobiernos de las Entidades Federativas promoverán al interior de la estructura orgánica de sus respectivas instituciones de administración e impartición de justicia, la disponibilidad de los recursos de comunicación, ayudas técnicas y humanas necesarias para el acceso equitativo de las personas con discapacidad a su jurisdicción.
Capítulo Octavo
De la concurrencia
Artículo 26.- Las autoridades competentes de la Federación, las entidades federativas y los municipios, concurrirán para determinar las políticas hacia las personas con discapacidad, así como ejecutar, dar seguimiento y evaluar sus programas y acciones, de acuerdo con lo previsto en esta Ley.
Artículo 27.- Cuando las disposiciones de esta Ley comprendan materias y acciones que incidan en diversos ámbitos de competencia de la Federación, las entidades federativas y los municipios; éstas se aplicarán y ejecutarán mediante convenios generales y específicos entre cualquiera de los tres niveles de gobierno que lo suscriban.
Artículo 28.- Corresponde a los órganos de los Gobiernos Federal, de las entidades federativas, y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicción, participar en la elaboración del Programa Nacional para el Desarrollo de las Personas con Discapacidad, observar y hacer observar las responsabilidades y obligaciones con relación a las personas con discapacidad, establecidas en la presente ley.
Título Tercero
Del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad
Capítulo Primero
De su objeto y atribuciones
Artículo 29.- El Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad es el instrumento permanente de coordinación intersecretarial e interinstitucional que tiene por objeto contribuir al establecimiento de una política de Estado en la materia, así como promover, apoyar, fomentar, vigilar y evaluar las acciones, estrategias y programas derivadas de esta Ley.
Artículo 30.- El Consejo tendrá las siguientes atribuciones:
I. Elaborar y coordinar, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo, el Programa Nacional para el Desarrollo de las Personas con Discapacidad, promoviendo, convocando y concertando acuerdos o convenios con las dependencias de la Administración Pública Federal, las entidades federativas, los municipios, los sectores social o privado, o las organizaciones, evaluando periódica y sistemáticamente la ejecución del mismo;
II. Promover acciones para generar la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad;
III. Impulsar el ejercicio pleno de los derechos de las personas con discapacidad y hacer de su conocimiento los canales institucionales para hacerlos exigibles ante la autoridad competente;
IV. Establecer la política general de desarrollo integral de las personas con discapacidad, mediante la coordinación de los programas interinstitucionales;
V. Proponer al Ejecutivo Federal la inclusión en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de partidas para la aplicación y ejecución de los programas dirigidos a las personas con discapacidad;
VI. Promover medidas para incrementar la infraestructura física de instalaciones públicas y los recursos técnicos, materiales y humanos necesarios para la atención de la población con discapacidad;
VII. Realizar estudios de investigación que apoyen al desarrollo integral de las personas con discapacidad;
VIII. Promover y fomentar la cultura de la dignidad y respeto de las personas con discapacidad, a través de programas y campañas de sensibilización y concientización;
IX. Solicitar información a las dependencias y entidades de la Administración Pública en sus tres niveles de gobierno;
X. Participar en el diseño de las reglas para la operación de los programas en la materia;
XI. Promover entre los Poderes de la Unión y la sociedad acciones dirigidas a mejorar la condición social de la población con discapacidad;
XII. Promover la firma y cumplimiento de los instrumentos internacionales y regionales, relacionados con la materia;
XIII. Difundir y dar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones contraídas con gobiernos o entidades de otros países o con organismos internacionales relacionados con la discapacidad;
XIV. Establecer relaciones con las autoridades de procuración de justicia y de seguridad pública de la Federación y de las Entidades Federativas para proponer medidas en esta materia;
XV. Concertar acuerdos de colaboración con organismos públicos y privados, nacionales e internacionales, para el desarrollo de proyectos que beneficien a las personas con discapacidad;
XVI. Difundir, promover y publicar obras relacionadas con las materias objeto de esta Ley;
XVII. Promover a través del Secretario Ejecutivo la suscripción de convenios para que las organizaciones y empresas otorguen descuentos a personas con discapacidad en centros comerciales, transporte de pasajeros, farmacias y otros establecimientos.
XVIII. Ser el organismo de consulta y asesoría obligatoria para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y en su caso, voluntaria para las instituciones de los sectores social y privado, que realicen acciones o programas relacionados con las personas con discapacidad;
Artículo 31.- El Consejo estará integrado por los titulares de las siguientes dependencias:
I. Secretaría de Salud;
II. Secretaría de Comunicaciones y Transportes;
III. Secretaría de Desarrollo Social;
IV. Secretaría de Educación Pública
V. Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
VI. Secretaría de Trabajo y Previsión Social;
VII. Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
Los integrantes propietarios designarán a sus suplentes, quienes deberán tener un nivel mínimo de Director General.
El Consejo será presidido por el Secretario de Salud y contará con un Secretario Ejecutivo que será el titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. Tendrá su sede en la Ciudad de México y contará con las unidades administrativas necesarias para el cumplimiento de sus atribuciones.
Artículo 32.- Podrán participar como miembros del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad seis integrantes del Consejo Consultivo los cuáles tendrán derecho a voz y voto.
El Consejo, con la aprobación de la mayoría de sus asistentes, convocará a otras dependencias públicas federales, estatales o municipales, así como a otros organismos privados y sociales, los que tendrán derecho a voz y no a voto en la sesión o sesiones correspondientes, para tratar asuntos de su competencia.
Artículo 33.- El Consejo se reunirá con la periodicidad que señale el reglamento correspondiente. Para la validez de las reuniones se requerirá de la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus miembros, siempre que la mayoría de los asistentes sean representantes de la Administración Pública Federal.
Artículo 34.- Las resoluciones o acuerdos se tomarán por mayoría de los miembros presentes, teniendo el Presidente del Consejo voto de calidad en caso de empate.
Capítulo Tercero
Del Consejo Consultivo de Personas con Discapacidad
Artículo 35.- El Consejo Consultivo es un órgano de asesoría y consulta, de carácter honorífico, que tendrá por objeto proponer y opinar sobre los programas o acciones que se emprendan a favor de las personas con discapacidad, así como recabar propuestas y presentarlas al Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad.
El Consejo Consultivo estará integrado por representantes de las organizaciones, que participarán en calidad de consejeros de acuerdo con la convocatoria pública que para estos efectos emitirá el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad.
Título Cuarto
De las Responsabilidades y Sanciones
Artículo 36.- El incumplimiento de los preceptos establecidos por esta Ley será sancionado conforme lo prevé la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y demás ordenamientos aplicables.
Transitorios
Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.- Se abroga el decreto publicado el 4 de diciembre de 2000 en el Diario Oficial de la Federación por el que se crea la Oficina de Representación para la Promoción e Integración Social de las Personas Discapacidad.
Tercero.- Se abroga el decreto publicado el 13 de febrero de 2001 en el Diario Oficial de la Federación por el que se crea el Consejo Nacional Consultivo para la Integración de las Personas con Discapacidad.
Cuarto.- El Titular del Poder Ejecutivo Federal convocará e instalará el Consejo Nacional y hará la designación del Presidente y del Director General dentro de los sesenta días siguientes al inicio de la vigencia de la presente Ley.
Quinto.- El Ejecutivo Federal expedirá el Reglamento de esta Ley en un plazo de 180 días, contados a partir de la entrada en vigor de esta Ley.
Sexto.- La convocatoria para la integración del Consejo Consultivo deberá publicarse dentro de los 60 días siguientes a la instalación del Consejo Nacional.
Séptimo.- Los recursos presupuestales que se generen para el ejercicio de las funciones y el establecimiento del Consejo Nacional deberán ser incluidos en el gasto presupuestal de la Secretaría de Salud.
Octavo.-La renovación y adaptación del parque vehicular de transporte público deberán incluir espacios especiales para personas con discapacidad en un periodo máximo de 5 años, a partir de la entrada en vigor de la presente ley.
Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 9 de diciembre de 2004.
Sen. César Jáuregui Robles (rúbrica)
Vicepresidente en Funciones de Presidente
Sen Yolanda E. González Hernández (rúbrica)
Secretaria
Los suscritos, diputados federales a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción V del artículo 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo la siguiente
Exposición de Motivos
La consolidación de la democracia en México sin lugar a dudas está directamente vinculada a las normas electorales, tanto constitucionales, como de legislación secundaria que establecen los procedimientos por medio de los cuales el pueblo de México accede al Poder Público.
Una característica esencial de la democracia mexicana lo es que es una democracia representativa, en la que si bien es cierto el pueblo es el titular de la soberanía, en la función de gobierno dicha titularidad se ejerce por medio de las personas que resultan electas como titulares de los órganos del Poder Público.
Durante todo el siglo XX se realizaron importantes esfuerzos para hacer que la voz de las oposiciones se escucharan en las Cámaras del Congreso.
Desde 1929 con la formación del Partido Nacional Revolucionario, hasta 1963 con la creación de los Diputados de Partido, prácticamente la totalidad de los integrantes del Congreso eran miembros de un mismo partido.
El mérito de la reforma al artículo 54 constitucional de 1963 es que permite que en la Cámara de Diputados se expresen los ciudadanos por medio de la emisión de su voto a favor de otras opciones políticas.
La reforma al artículo 54 constitucional señalaba en su fracción primera que "Todo partido político nacional al obtener el dos y medio por ciento de la votación total en el país, en la elección respectiva, tendrá derecho a que se acrediten, de sus candidatos, a cinco diputados, y a uno más, hasta 20 como máximo, por cada medio por ciento más de los votos emitidos".
De lo anterior se desprende que el primer requisito para la obtención de este tipo de diputados lo era obtener al menos el dos y medio por ciento de la votación total en el país, y que el máximo de diputados que se podrían tener por este principio lo era de 20 diputados.
Paradójicamente y no obstante esta apertura hacia las oposiciones para acceder a las Cámaras del Congreso, esta reforma se aplica en las etapas más duras del autoritarismo gubernamental que se dio en el sexenio del Presidente Díaz Ordaz.
En 1972, siendo Presidente de la República Luis Echeverría se da una nueva reforma al artículo 54 constitucional y en la fracción I se establece "Todo partido político nacional al obtener el uno y medio por ciento de la votación total en el país, en la elección de diputados respectiva, tendrá derecho a que se acrediten de sus candidatos a cinco diputados, y a uno más hasta 25 como máximo, por cada medio por ciento más de los votos obtenidos".
Como podemos apreciar y a diferencia de la reforma de 1963, se disminuye el porcentaje de votación de dos y medio por ciento de la votación total a uno y medio por ciento de la votación total en el país y aumenta de 20 a 25 el número de diputados que un partido político puede tener.
En la administración del Presidente José López Portillo se da inicio al proceso conocido como "Reforma Política", en el que fue modificado, nuevamente, el artículo 54 constitucional, y en la que a diferencia de las dos reformas constitucionales antes citadas, se establece un numero fijo de diputados, denominados de representación proporcional, a los que los partidos políticos minoritarios podrían acceder, siendo este número de 100.
El requisito para acceder a estos diputados se consignó en la fracción II del artículo 54 y se exigía no haber obtenido sesenta o más constancias de mayoría ni tener al menos el uno y medio por ciento del total de la votación emitida para todas las listas regionales en las circunscripciones plurinominales.
Bajo la gestión del Presidente Miguel de la Madrid, se reforma nuevamente el artículo 54 constitucional, el propósito central de esta reforma es de aumentar a 200 el número de diputados de representación proporcional, y manteniendo el requisito de obtener por lo menos el uno y medio por ciento del total de la votación emitida en las cinco circunscripciones.
Las reformas de 1990 y de 1993 mantienen el número de diputados de representación proporcional en 200 y el porcentaje de votación necesario para acceder a los mismos era del uno y medio por ciento de la votación.
Ahora bien, la última reforma al artículo 54 fue la de 1996, en la que se mantiene el número de 200 diputados de representación proporcional, sólo que se aumenta el porcentaje de votación necesario para tener derecho diputados al dos por ciento.
Compañeras y compañeros legisladores:
Las diferentes reformas al artículo 54 de la Constitución han tenido el propósito fundamental de abrir mayores espacios dentro de la Cámara de Diputados a las fuerzas de oposición. Desde los Diputados de partido hasta los Diputados de representación proporcional se ha pretendido involucrar a los partidos en los trabajos del Poder Legislativo.
Sin embargo, es necesario seguir consolidando el marco de la representación proporcional y de que efectivamente el número de diputados con los que cada partido cuenta esté en relación directa con los votos obtenidos.
Resulta paradójico que el partido político que en su oportunidad se vio favorecido con la existencia de los diputados de partido, ahora presente iniciativas de reformas constitucionales para disminuir de 200 a 100 el número de Diputados de representación proporcional que integran la Cámara de Diputados.
Por el contrario, el grupo parlamentario del Partido del Trabajo propone, en la presente iniciativa, que se mantenga el número de los 200 Diputados de representación proporcional, pero que se cuente con un mecanismo que permita una relación más real entre porcentaje de votación nacional emitida, respecto del porcentaje del total de los 500 diputados que conforman esta Cámara.
Proponemos la reforma de la fracción V del artículo 54 constitucional con el propósito de que todo partido político que tenga por lo menos el dos por ciento de la votación nacional emitida cuente con el número de diputados por ambos principios que sea igual a su porcentaje de votación nacional.
Eliminamos de este artículo 54 la posibilidad de que algún partido político pueda contar con un número de diputados que represente un porcentaje del total de la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de su votación nacional emitida; esto nos parece contrario a la igualdad electoral de un régimen verdaderamente democrático en México.
Compañeras y compañeros diputados:
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma la fracción V del artículo 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
ARTÍCULO PRIMERO. Sereforma la fracción V del artículo 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 54. ...
V. El partido político que haya obtenido por lo menos el dos por ciento de la votación nacional emitida, tendrá derecho a que se le asignen diputados por el principio de representación proporcional, hasta que el número de diputados por ambos principios sea igual a su porcentaje de votación nacional emitida sin rebasar el límite señalado en la fracción IV de este artículo.
VI. ...
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil cuatro.
Diputados: Alejandro González Yáñez,
Pedro Vázquez González, Juan Antonio Guajardo Anzaldúa,
Joel Padilla Peña, Óscar González Yáñez,
Francisco A. Espinosa Ramos.
QUE REFORMA EL SEGUNDO PARRAFO
DEL ARTÍCULO 3 DEL CÓDIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS
ELECTORALES Y EL ARTÍCULO 2 DE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS
DE IMPUGNACIÓN EN MATERIA ELECTORAL; Y DEROGA EL INCISO K) DEL ARTÍCULO
75 DE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN MATERIA
ELECTORAL, A CARGO DEL DIPUTADO LINO CELAYA LURÍA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO
DEL PRI
El suscrito integrante de la LIX Legislatura de la H Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía, la presente iniciativa de reforma que modifica el párrafo 2 del artículo 3 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el artículo 2 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y deroga el inciso K) del artículo 75 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, con el objeto de eliminar la "causal abstracta o genérica" de nulidad de elección; bajo la siguiente
Exposición de Motivos
En una Democracia, Poder Constituyente, Soberanía y Pueblo son sinónimos, por eso, el voto popular constituye la única fuente de legitimidad y legalidad del Poder Público. Así lo entendió el pueblo de México a través del movimiento armado de 1910 con su proclama "Sufragio efectivo, No reelección".
El Constituyente originario de 1917 reconoció en el Proyecto de Constitución de Venustiano Carranza lo siguiente: "Siendo el sufragio una función esencialmente colectiva, es la condición indispensable del ejercicio de la soberanía, debe ser atribuido a todos los miembros del cuerpo social que comprendan el interés y el valor de esa altísima función". Esto pone de manifiesto la íntima relación que existe entre el Voto popular y la soberanía nacional.
En tal virtud, una consecuencia práctica de la Soberanía es la aplicación del sufragio universal, que otorga a cada ser humano un voto, independientemente de su condición social, económica o cultural.
Así mismo, en los últimos años, el sistema electoral mexicano ha experimentado una serie de cambios cuyas consecuencias no siempre han producido los escenarios y fines "democráticos" exigidos por la dinámica coyuntural marcada por la transición política de un régimen de corte autoritario, donde los principios democráticos de la contienda electoral eran comúnmente vulnerados y manipulados para beneficioso de grupo político determinado o para favorecer los objetivos de la coalición dominante, a la instauración de un sistema político distinto, donde la credibilidad en las instituciones y procedimientos electorales desempeñen un papel trascendental en el difícil proceso de consolidación democrática.
Ahora bien, el impacto que tiene estas disfuncionalidades en la eficacia y viabilidad del sistema electoral dista mucho de ser una de las causas primordiales del menosprecio ciudadano hacia la política y las instituciones, más bien introduce un conjunto de conflictos alternos al clima de descontento ciudadano, los cuales pueden ser subsanables de forma satisfactoria, ya sea por medio de una modificación legislativa, por conducto de la intervención de los órganos electorales, en especial, jurisdiccionales, o mediante el acuerdo entre actores políticos (concertasesión), siendo este último una vía de resolución identificada con prácticas "antidemocráticas" de nuestro pasado reciente.
En materia de nulidades electorales, tradicionalmente había regido, entre otros, el principio de que la nulidad de una votación o elección, solo podría declarase por las causas de nulidad expresa y taxativamente previstas en la Ley; así durante los años de 1991,1994, y 1997, dicto sus resoluciones el Tribunal Electoral Federal. Sin embargo, este principio dejó de ser aplicado, en la medida en que obligaba a convalidar comicios en los que hubieren cometido conductas no incluidas en una casual de nulidad, pero que vulneran los principios básicos de las elecciones democráticas, pero también abrieron la puerta a nuevos riesgos para la democracia como por ejemplo, que los tribunales electorales, con fundamento no en una norma legal expresa, sino en la jurisprudencia por integración que ellos mismos decretan, cuenten con amplios márgenes de discrecionalidad para que sean ellos mismos los que determinen cuáles son los elementos esenciales de una elección democrática y en que supuestos tales elementos deben considerarse ausentes, y cuándo esta ausencia traducirse en nulidad de los comicios.
Ahora bien para resolver los anteriores inconvenientes del Sistema de Nulidad solo por causa expresa, la jurisprudencia del Tribunal Electoral Federal, tomando en cuenta un criterio de naturaleza de Derecho Civil y privado, ha introducido por vía de la jurisprudencia, un verdadero sistema genérico de nulidades, particularmente a través de la denominada "Causa abstracta" de nulidad de elección. Así, la denominada causal "abstracta" de nulidad de elección, como causal adicional a las denominadas causales "expresas", ha sido reiterada por el Tribuna Electoral Federal, en diversas entidades federativas, entre otras, la sentencia dictada para resolver los juicios acumulados SUP-JRC-487/2000 y SUP-JRC-489/2000 ("caso Tabasco"), y la sentencia dictada en el expediente SUP-JRC-120/2001 ("caso Yucatán"). Lo que lejos de solucionar un problema conforme a derecho, lo ha agravado y ha roto su naturaleza armónica en la sociedad.
Con lo anterior, bien puede decirse que en México empezó a regir un sistema genérico de nulidades semejante, al que rige en España. En España la ley electoral establece en términos genéricos que la nulidad de votación y de elección deberá ser declarada cuando ocurran "irregularidades invalidantes". Ahora en México, como fundamento en la jurisprudencia, también podrán anularse votaciones y elecciones cuando genéricamente ocurran "irregularidades determinantes".
El sistema genérico de nulidades en materia electoral, particularmente basado en la denominada "causa abstracta de nulidad", indudablemente que resuelve los inconvenientes del anterior sistema de nulidad sólo por causa expresa. Esto es así porque el nuevo sistema permite anular cualquier elección en la que hubieren ocurrido irregularidades que impidan la celebración de comicios, con independencia de que tales irregularidades estén o no previstas en una causa expresa de numidad.
No obstante lo anterior, el sistema genérico de nulidades electorales con enfoque subjetivo de Derecho Civil y Privado, presenta los siguientes inconvenientes:
Edifica el régimen de nulidades sobre una norma, la "causa abstracta", construida por integración del derecho. Esto es, se trata de una norma a la que el justificable no puede acceder a través de la simple lectura de la Ley, si no que es producto de la interpretación de esta. La denominada "causa abstracta" tiene como presupuesto necesario, el afirmar que la ley no contiene norma expresa aplicable al caso, esto es, que el legislador fue omiso en incluir la irregularidad respectiva, en una casual expresa de nulidad. Y tal silencio de legislador, el juez lo colma integrando el derecho aplicable al caso concreto.
PRIMERO.- Se modifica el párrafo 2 del artículo 3 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:
Artículo 3 ...
2. La interpretación se hará conforme a los criterios gramatical, sistemático y funcional, atendiendo a los dispuesto en el tercer párrafo del artículo 14 de la Constitución.
Artículo 2.
K) (se deroga).
Primero.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.
Segundo.- La presente reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dip. Lino Celaya Luría (rúbrica)
A su reunión plenaria, que se efectuará el martes 14 de diciembre, a las 8 horas, en el salón C del edificio G (Los Cristales).
Orden del Día
DE LA COMISION DE REGLAMENTOS Y PRÁCTICAS PARLAMENTARIAS
A su reunión de trabajo, que se llevará a cabo el martes 14 de diciembre, a las 9 horas, en el salón 2 del edificio H (tercer piso).
Orden del Día
4. Dictamen a discusión y aprobación:
Dictamen de la Comisión de Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias a la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la
Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
5. Asuntos generales.
DE LA COMISION DE GOBERNACION
A su sesión plenaria, que se llevará a cabo el martes 14 de diciembre, a las 9:30 horas, en la sala de juntas de la Comisión (edificio D, tercer nivel).
Orden del Día
4. Discusión y votación del anteproyecto
de dictamen relativo a:
I. Iniciativas de reformas y adiciones al Cofipe para
establecer el "voto de los mexicanos en el extranjero".
II. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un
párrafo al artículo 29 de la Ley Federal de Responsabilidades
de los Servidores Públicos, presentada por el diputado Alejandro
Murat Hinojosa, integrante del grupo parlamentario del PRI, el jueves 9
de diciembre de 2004.
5. Asuntos varios.
DE LA COMISION DEL DISTRITO FEDERAL
A su séptima reunión plenaria, que tendrá lugar el martes 14 de diciembre, a las 10:30 horas, en el salón B del edificio G (Los Cristales).
Se convoca a los CC. Diputados el próximo 14 de Diciembre de 2004 a las 10:30 horas, en el salón "B" del edificio "G" del Restaurante los Cristales.
En virtud de configurar el quórum correspondiente para llevar a efecto nuestra Séptima Reunión Plenaria, toda vez que no se ha podido reunir en dos ocasiones por falta del mismo, se convoca en este día de sesiones.
Se recuerda a los CC. Diputados integrantes de la Comisión del Distrito Federal que, de acuerdo con la práctica que se sigue en esta Comisión, se da un término de 20 minutos de espera para que haya quórum y, en su caso, iniciar la sesión.
La reunión se llevará a cabo bajo el siguiente:
Orden del Día
4. Dar cuenta del Proyecto de modificación del
Estatuto del Distrito Federal para dotar de personalidad jurídica
y patrimonio a las Delegaciones.
5. Dar cuenta de la Propuesta con Punto de Acuerdo mediante
el cual la Asamblea Legislativa del Distrito Federal solicita se realicen
acciones que incrementen sustancialmente el Presupuesto de Salud asignado
al Gobierno del Distrito Federal.
6. Dar cuenta del Punto de Acuerdo de la Asamblea Legislativa
del Distrito Federal relativo a la desconcentración educativa integral
para el Distrito Federal para que no solo se transfiera a las entidades
locales los servicios educativos, sino también la administración
de los recursos financieros necesarios para una educación pública
de calidad.
7. Dar cuenta del Punto de Acuerdo para reiterar al Congreso
de la Unión el exhorto a que se incluya al Distrito Federal en el
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social para el ejercicio
fiscal de 2005. Remite la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
8. Dar cuenta de la iniciativa que reforma el inciso a)
del sexto párrafo, del artículo 37 del Estatuto de Gobierno
del Distrito Federal, presentada por el Dip. Jorge Legorreta Ordorica del
Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
9. Dar cuenta de la iniciativa que adiciona un artículo
Décimo Séptimo Transitorio al Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal, presentada por el diputado Jorge Legorreta Ordorica del Grupo
Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
10. Fecha de instalación y programa de trabajo
para las diversas subcomisiones.
11. Informe sobre las Conferencias Magistrales durante
el mes de septiembre.
12. Asuntos generales.
13. Clausura.
DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES
A la reunión de instalación del Grupo de Trabajo sobre Seguridad Hemisférica, que se llevará a cabo el martes 14 de diciembre, a las 11 horas, en la sala de juntas de la Comisión, situada en el edificio D, planta baja.
Atentamente
Dip. Adriana González Carrillo
Presidenta
DE LA COMISION DE TRANSPORTES
A su reunión mensual de trabajo, que se llevará a cabo el martes 14 de diciembre, a las 11 horas, en el salón E del edificio G (Los Cristales).
Orden del Día
DE LA COMISION DE JUVENTUD Y DEPORTE
A su reunión plenaria, que se efectuará el martes 14 de diciembre, a las 12 horas, en el salón C del edificio G (Los Cristales).
Orden del Día
3. Presentación del proyecto de dictamen de las
iniciativas de ley con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan
los artículos 3º, 4º y 21 de la Constitución federal,
presentada por la diputada Enriqueta Basilio Sotelo, de la LVIII Legislatura;
y 4º y 73, fracción XXIX-J de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado José
Manuel Carrillo Rubio, de la LIX Legislatura.
4. Análisis y discusión de la minuta proyecto
de decreto por el que se reforma y adiciona la Ley del Instituto Mexicano
de la Juventud, remitida por la H. Cámara de Senadores.
5. Presentación del proyecto de dictamen de la
proposición con punto de acuerdo para exhortar al jefe del Ejecutivo
federal a que modifique el decreto que destina el predio en el que se encuentran
ubicadas las instalaciones del Centro Deportivo Olímpico Mexicano
CDOM, al Comité Olímpico Mexicano, AC, para que dicho predio,
así como las instalaciones, sean administradas por la Comisión
Nacional de Cultura Física y Deporte, presentada por el diputado
Jorge Triana Tena.
6. Presentación del proyecto de dictamen de la
iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 104
Bis a la Ley General de Cultura Física y Deporte, a efecto de que
se otorgue una beca vitalicia a los deportistas ganadores de medalla en
juegos olímpicos y paralímpicos, presentada por el diputado
Femando Espino Arévalo.
DE LA COMISION DE DESARROLLO METROPOLITANO
A la reunión de su Mesa Directiva, que se efectuará el martes 14 de diciembre, a las 13 horas, en el salón de juntas de la Comisión.
Atentamente
Dip. Fernando Fernández García
Presidente
DEL GRUPO DE AMISTAD MÉXICO-GUATEMALA
A su reunión de instalación, que se realizará el martes 14 de diciembre, a las 13 horas, en la sala de juntas de la Comisión de Relaciones Exteriores (edificio H, planta baja).
Atentamente
Dip. Ubaldo Aguilar Flores
Presidente
DE LA COMISION DE DESARROLLO RURAL
A su tercera reunión extraordinaria de trabajo, que se llevará a cabo el martes 14 de diciembre, de las 14 a las 15:30 horas, en el salón B del edificio G (Los Cristales).
Orden del Día
DE LA COMISION DE PARTICIPACION CIUDADANA
A su sesión plenaria, que tendrá verificativo el 14 de diciembre, de las 14 a las 17 horas, en el salón E del edificio G (Los Cristales).
Atentamente
Dip. Jaime Miguel Moreno Garavilla
Presidente
DE LA COMISION DE SALUD
A su decimosexta reunión plenaria, que se realizará el martes 14 de diciembre, a las 17 horas, en el salón B del edificio G (Los Cristales).
Orden del Día
DE LA COMISION DE EQUIDAD Y GÉNERO
A la reunión plenaria de la Comisión Bicamaral del Parlamento de Mujeres de México, que se llevará a cabo el miércoles 15 de diciembre, a las 9 horas, en el salón D del edificio G (Los Cristales).
Atentamente
Dip. Diva Hadamira Gastelum Bajo
Presidenta
DE LA COMISION BICAMARAL DEL CANAL DE TELEVISIÓN DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN
A su reunión de trabajo, que se llevará a cabo el miércoles 15 de diciembre, a las 10:30 horas, en el salón Fundadores, situado en el edificio H, cuarto nivel.
Atentamente
Dip. Ady García López
Dip. José Luis Medina Lizalde
Dip. Norma Patricia Saucedo Moreno
DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES
A la reunión de instalación del Grupo de Trabajo sobre Procesos de Integración, que se llevará a cabo el miércoles 15 de diciembre, a las 12 horas, en la sala de juntas de la Comisión, situada en el edificio D, planta baja.
Atentamente
Dip. Adriana González Carrillo
Presidenta
DE LA COMISION DE TURISMO
A su decimocuarta reunión plenaria, que se efectuará el miércoles 15 de diciembre, a las 14 horas, en los salones 1 y 2 del edificio B, planta baja.
Orden del Día
4. Análisis y posible aprobación de los
siguientes proyectos de dictamen:
Acuerdo por el que se exhorta a la Cámara
de Diputados para que se apruebe la iniciativa de la Ley Federal de Juegos
con Apuestas, Sorteos y Casinos.
Punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría
de Turismo a cumplir lo estipulado en los convenios celebrados desde 1992
con el estado de Quintana Roo y el municipio de Benito Juárez.
Punto de acuerdo para que se incluya en el PEF
de 2004 la propuesta de construcción, en el área del cerro
del Machorro, de una zona de proyección y embarcadero para las actividades
de los pescadores de San Felipe, Baja California.
Punto de acuerdo para que se analice y estudie
la iniciativa que reforma la Ley Federal de Juegos y Sorteos.
Punto de acuerdo del Congreso de Tlaxcala por el
que se adhiere al acuerdo del Congreso de Guerrero para solicitar a la
Cámara de Diputados que se aboque al estudio minucioso de la iniciativa
de la Ley Federal de Juegos con Apuestas, Sorteos y Casinos.
Punto de acuero por el que se propone que
se analice y se discuta la iniciativa de Ley Federal de Juegos con Apuestas,
Sorteos y Casinos.
Punto de acuerdo por el que se solicita a diversas
comisiones de la Cámara de Diputados que se analice y, en su caso,
considere la opinión de personalidades y organizaciones para que,
previo dictamen de la iniciativa de Ley Federal de Juegos con Apuestasy
Sorteos, en particular sobre el tema de casinos, se realice un estudio
imparcial y a fondo de este proyecto.
Opinión respecto a la iniciativa
que adiciona las fracciones X y XI del artículo 25, y las fracciones
V y VI al artículo 35 de la Ley Federal de Turismo.
5. Asuntos generales.