Gaceta Parlamentaria, año VI, número 1221, lunes 31 de marzo de 2003


Dictámenes Iniciativas Convocatorias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Dictámenes
DE LA COMISION DE REGLAMENTOS Y PRACTICAS PARLAMENTARIAS, CON PROYECTO DE DECRETO PARA QUE LA CAMARA DE DIPUTADOS OTORGUE LA MEDALLA AL MERITO CIVICO "EDUARDO NERI, LEGISLADORES DE 1913" CORRESPONDIENTE A LA LVIII LEGISLATURA

Honorable Asamblea:

Con motivo de la entrega de la Medalla al Mérito Cívico "Eduardo Neri, Legisladores de 1913", correspondiente a la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados, fueron remitidas a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias diversas postulaciones para reconocer a mexicanos que se han distinguido de manera relevante por haber servido a la colectividad nacional y a la República, destacando por sus hechos cívicos y políticos.

A efecto de analizar los méritos de las personas propuestas, los integrantes de esta Comisión llevaron a cabo diversas reuniones para elaborar el dictamen correspondiente y con ello cumplir con sus atribuciones legales.

En ese sentido y con fundamento en el Artículo 40 numeral 2 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Decreto de creación de la Medalla al Mérito Cívico "Eduardo Neri, Legisladores de 1913" y su Reglamento, la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias somete a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente Dictamen de conformidad con los siguientes:

Antecedentes

1. La Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias presentó ante la Cámara de Diputados, el 25 de abril de 2001, dictamen con proyecto de Decreto para que la Cámara de Diputados instituya la Medalla al Mérito Cívico "Eduardo Neri, Legisladores de 1913". Dicho dictamen fue aprobado por el Pleno el mismo día.

2. Una vez instituida la Medalla, la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, en ejercicio de sus facultades, consideró conveniente proponer al Pleno el proyecto de Decreto que expide el Reglamento de la citada Medalla. Dicho Reglamento se presentó y fue aprobado por la Asamblea en Sesión Ordinaria el día 29 de abril de 2002.

3. Ambas disposiciones legales que norman la Medalla al Mérito Cívico "Eduardo Neri, Legisladores de 1913" disponen que dicha presea deberá ser entregada el 9 de octubre del último año de cada Legislatura, con la salvedad que establece el Reglamento en su Artículo Primero, párrafo segundo, en el sentido de que tal acto puede celebrarse en día distinto.

4. Con fecha 5 de noviembre, la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias sometió a consideración del Pleno un proyecto de decreto para extender el plazo para la dictaminación y entrega de la Medalla al Mérito Cívico, correspondiente a la LVIII Legislatura, mismo que fue aprobado por la Asamblea.

5. La Cámara, a través de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, emitió convocatoria en la que se estableció como periodo de registro de candidatos del 15 de Noviembre al 15 de diciembre de 2002.

Con base en los antecedentes citados, esta Comisión dictaminadora expone las siguientes:

Consideraciones

Primera. La Comisión recibió en tiempo y forma propuestas que fueron evaluadas atendiendo a lo dispuesto por el Decreto de creación de la Medalla al Mérito Cívico, para reconocer "a aquél ciudadano o ciudadana que se haya distinguido relevantemente sirviendo a la colectividad nacional y a la República, destacando por sus hechos cívicos y políticos". Algunas otras propuestas llegaron después de la fecha límite estipulada en la Convocatoria y sin reunir los requisitos establecidos en ella, por lo que no se sujetaron al proceso de dictamen.

Segunda. Las propuestas que se presentaron en tiempo y forma, y que fueron consideradas por la Comisión son las siguientes:

Rubén López Rico
José Muñoz Cota
Andrés Henestrosa
José García Aguilar

Tercera. Una vez examinadas y evaluadas las propuestas, la Comisión se pronunció por reconocer los méritos indudables de los candidatos, sus aportaciones en los campos donde se desempeñaron dentro de la sociedad mexicana y la calidad de los motivos que los promoventes presentan para sustentar sus propuestas. Los miembros de la Comisión emitieron su voto por cédula avalada con su firma.

Cuarta. Con base en las consideraciones expuestas y la valoración de las candidaturas recibidas, esta comisión acordó proponer que la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados otorgue la Medalla al Mérito Cívico "Eduardo Neri, Legisladores de 1913" al Maestro Andrés Henestrosa.

Trayectoria del Galardonado

Hombre de gran talento e inagotables deseos de superación, Andrés Henestrosa nace en Ixhuatán, Oaxaca, el 30 de noviembre de 1906, realiza sus estudios de primaria en Juchitán, Oaxaca, hasta la edad de 15 años habla exclusivamente lenguas indígenas, edad en la que se traslada a la Ciudad de México.

En la capital del país estudia durante un año en la Escuela Normal de Maestros; en 1924 se inscribe en la Escuela Nacional Preparatoria, en la que se gradúa como bachiller en Ciencias y Artes; posteriormente se inscribe en la Escuela Nacional de Jurisprudencia, en la que sigue la carrera de Derecho, sin concluirla.

Asimismo, es alumno de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Nacional Autónoma de México. En 1927, al cursar la carrera de Sociología, su maestro Antonio Caso le sugiere escribir los mitos, fábulas y leyendas que refería oralmente. Esta fue la base del libro que llevaría el nombre de Los hombres que dispersó la danza, publicado en 1929.

Andrés Henestrosa ha hecho aportaciones muy destacadas al indigenismo. En Los hombres que dispersó la danza recreó e inventó cuentos y leyendas de su tierra zapoteca, en una prosa llena de brío y eficacia narrativa.

La lengua zapoteca es fonetizada por el Maestro Henestrosa, quien prepara el alfabeto y breve diccionario zapoteca-castellano, mismo en el que dicho alfabeto se pone en práctica.

En su producción literaria evoca de manera significativa su orgullosa condición indígena, uno de sus pasajes más elocuentes ha quedado plasmado en Retrato de mi madre (1940), texto que, junto con Visión de Anahuac de Alfonso Reyes, y Canek de Emilio Abreu Gómez, es la obra mexicana más editada.

En el año de 1929 participa en la campaña presidencial de José Vasconcelos. Recorre entonces una gran parte del país, al tiempo que lee y escribe cartas a sus amigos, haciendo descripciones de los pueblos que visitaban y crónicas de la gira electoral.

Por otro lado, lleva a cabo investigaciones profundas acerca de sus raíces, pues en 1936 es becado por la fundación Guggenheim de Nueva York para realizar estudios relacionados a la cultura zapoteca de América. Ello le da la oportunidad de revisar el acervo de varios archivos y bibliotecas como las de Berkeley, California; Chicago, Illinois; Nueva Orleáns, Louisiana; entre otros.

Intachable funcionario público, ha sido Diputado Federal y Senador de la República en cinco legislaturas, (Diputado en las Legislaturas XLIV, XLVI y LIV, y Senador en la LII y LIII), así como Jefe de Departamento de Literatura del Instituto Nacional de Bellas Artes.

Ejerció como catedrático de la Universidad Nacional Autónoma de México y la Escuela Normal Superior de Maestros, durante 40 años. Desarrolló también una labor periodística por más de 50 años en diversos periódicos de circulación nacional, tales como El Nacional, Excélsior, El Universal, Novedades y El Día, entre otros.

Como testimonio de su labor crítica ha dejado una extensa obra en diversos géneros: ensayos, artículos y relatos, así como prólogos y contribuciones a diversos libros, en ella, como en su obra literaria, predomina la exaltación nuestro pasado indígena, la defensa del espíritu liberal y el estudio y valoración de las expresiones nacionales.

Por su destacada trayectoria, el Maestro Andrés Henestrosa se ha hecho merecedor de diversos reconocimientos y preseas, el haber sido elegido por los integrantes de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias para recibir la Medalla al Mérito Cívico "Eduardo Neri, Legisladores de 1913", es un reconocimiento a su calidad moral, trayectoria intelectual, y su muy destacado papel como promotor de la cultura nacional.

Por lo expuesto anteriormente, y en cumplimiento de los mandatos señalados en este documento, los integrantes de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias someten a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente

Decreto por el que la Cámara de Diputados otorga la Medalla al Mérito Cívico "Eduardo Neri, Legisladores de 1913" correspondiente a la LVIII Legislatura

Artículo Primero. La LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados otorga la Medalla al Mérito Cívico "Eduardo Neri, Legisladores de 1913" al ciudadano mexicano Andrés Henestrosa Morales. Esta disposición se funda en la ilustre y destacada trayectoria intelectual, docente, periodística y política del homenajeado, cuya tarea educativa y valentía cívica constituyen muestra de los valores mexicanos, de su consecuente universalidad y son ejemplo para quienes aspiramos a una sociedad más justa.

Artículo Segundo. La Medalla al Mérito Cívico "Eduardo Neri, Legisladores de 1913", el Pergamino con el Dictamen, un ejemplar original del Decreto de la Cámara y el estímulo económico correspondiente, se entregarán al Maestro Andrés Henestrosa, en Sesión Solemne que celebrará la Cámara de Diputados la fecha que fije la Mesa Directiva de la Cámara.

Artículo Tercero. El presente Decreto será publicado en la Gaceta Parlamentaria, el Diario Oficial de la Federación y en tres diarios de circulación nacional, según lo establece el artículo noveno de su Reglamento.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, México D.F., a los veinticinco días del mes de marzo de 2003.

Por la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias:

Diputados: Augusto Gómez Villanueva, Presidente (rúbrica); Manuel Medellín Milán, secretario (rúbrica); Sergio R. Vaca Betancourt Bretón, secretario (rúbrica); Miguel Angel Martínez Cruz, secretario (rúbrica); Ma. Cristina Moctezuma Lule, secretaria (rúbrica); Eduardo Andrade Sánchez, Manuel Garza González (rúbrica), Gustavo Nabor Ojeda Delgado, Juan Manuel Martínez Nava (rúbrica), Rafael Rodríguez Barrera (rúbrica), Jesús Alí de la Torre (rúbrica), Francisco Javier Chico Goerne Cobián (rúbrica), Luis Villegas Montes (rúbrica), José de Jesús Hurtado Torres, José de Jesús López Sandoval (rúbrica), Lorenzo Rafael Hernández Estrada (rúbrica), Luis Miguel Jerónimo Barbosa Huerta (rúbrica), Ricardo Moreno Bastida (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISION DE GOBERNACION Y SEGURIDAD PUBLICA, CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE CONCEDE PERMISO AL CIUDADANO MIGUEL IGNACIO ESTRADA SAMANO, PARA ACEPTAR Y USAR LA CONDECORACION QUE LE CONFIERE EL GOBIERNO DE ESPAÑA

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública le fue turnada para su estudio y dictamen la solicitud de permiso constitucional necesario para que el ciudadano licenciado Miguel Ignacio Estrada Sámano pueda aceptar y usar la condecoración Cruz Distinguida de 1ª Clase de la Orden de San Raimundo de Peñafort, que le confiere el ministro de Justicia del Gobierno del Estado Español.

La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado C) del artículo 37 constitucional, se permite someter a la aprobación de la honorable asamblea el siguiente

Proyecto de Decreto

Artículo Unico. Se concede permiso al ciudadano licenciado Miguel Ignacio Estrada Sámano para aceptar y usar la condecoración Cruz Distinguida de 1ª Clase de la Orden de San Raimundo Peñafort, que le confiere el ministro de Justicia del Gobierno del Estado Español.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 28 de marzo de 2003.

Diputados: Tomás Coronado Olmos (rúbrica), Presidente; José Antonio Hernández Fraguas (rúbrica), Víctor Manuel Gandarilla Carrasco (rúbrica), Eduardo Rivera Pérez (rúbrica), Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta (rúbrica), secretarios; Manuel Añorve Baños (rúbrica), José Francisco Blake Mora (rúbrica), Gabriela Cuevas Barrón (rúbrica), Arturo Escobar y Vega, Omar Fayad Meneses (rúbrica), María Teresa Gómez Mont y Urueta (rúbrica), Federico Granja Ricalde (rúbrica), Lorenso Rafael Hernández Estrada, Efrén Nicolás Leyva Acevedo, María Guadalupe López Mares (rúbrica), Jaime Mantecón Rojo (rúbrica), Miguel Angel Martínez Cruz (rúbrica), Rodrigo David Mireles Pérez (rúbrica), José Narro Céspedes (rúbrica), Ricardo Augusto Ocampo Fernández, Beatriz Elena Paredes Rangel (rúbrica), Germán Arturo Pellegrini Pérez, José Jesús Reyna García, Jorge Esteban Sandoval Ochoa, César Augusto Santiago Ramírez, David Augusto Sotelo Rosas (rúbrica), Néstor Villarreal Castro (rúbrica), Roberto Zavala Echavarría (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISION DE GOBERNACION Y SEGURIDAD PUBLICA, CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE CONCEDE PERMISO A CIUDADANOS PARA PRESTAR SERVICIOS A GOBIERNOS EXTRANJEROS

Honorable Asamblea:

En oficio de fecha 12 de agosto de 2002, la ciudadana Graciela Torres González solicita el permiso constitucional necesario para prestar servicios como asistente comercial en la Embajada de Estados Unidos de América en México.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el 27 de marzo del año en curso se turnó a la suscrita Comisión, para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

Considerando

a) Que la peticionaria acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;
b) Que los servicios que la propia interesada prestará en la Embajada de Estados Unidos de América en México serán de carácter administrativo; y
c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado C) del artículo 37 constitucional.
Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea el siguiente

Proyecto de Decreto

Artículo Unico. Se concede permiso a la ciudadana Graciela Torres González para prestar servicios como asistente comercial en la Embajada de Estados Unidos de América en México.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 28 de marzo de 2003.

Diputados: Tomás Coronado Olmos (rúbrica), Presidente; José Antonio Hernández Fraguas (rúbrica), Víctor Manuel Gandarilla Carrasco (rúbrica), Eduardo Rivera Pérez (rúbrica), Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta (rúbrica), secretarios; Manuel Añorve Baños (rúbrica), José Francisco Blake Mora (rúbrica), Gabriela Cuevas Barrón (rúbrica), Arturo Escobar y Vega, Omar Fayad Meneses (rúbrica), María Teresa Gómez Mont y Urueta (rúbrica), Federico Granja Ricalde (rúbrica), Lorenso Rafael Hernández Estrada, Efrén Nicolás Leyva Acevedo, María Guadalupe López Mares (rúbrica), Jaime Mantecón Rojo (rúbrica), Miguel Angel Martínez Cruz (rúbrica), Rodrigo David Mireles Pérez (rúbrica), José Narro Céspedes (rúbrica), Ricardo Augusto Ocampo Fernández, Beatriz Elena Paredes Rangel (rúbrica), Germán Arturo Pellegrini Pérez, José Jesús Reyna García, Jorge Esteban Sandoval Ochoa, César Augusto Santiago Ramírez, David Augusto Sotelo Rosas (rúbrica), Néstor Villarreal Castro (rúbrica), Roberto Zavala Echavarría (rúbrica).
 

Honorable Asamblea:

En oficio de fecha 10 de febrero de 2003, el ciudadano Abel García Guzmán solicita el permiso constitucional necesario para prestar servicios como ayudante general en la Embajada de Estados Unidos de América en México.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el 27 de marzo del año en curso se turnó a la suscrita Comisión, para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

Considerando

a) Que el peticionario acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;
b) Que los servicios que el propio interesado prestará en la Embajada de Estados Unidos de América en México serán de carácter administrativo; y
c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado C) del artículo 37 constitucional.
Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea el siguiente

Proyecto de Decreto

Artículo Unico. Se concede permiso al ciudadano Abel García Guzmán para prestar servicios como ayudante general en la Embajada de Estados Unidos de América en México.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 27 de marzo de 2003.

Diputados: Tomás Coronado Olmos (rúbrica), Presidente; José Antonio Hernández Fraguas (rúbrica), Víctor Manuel Gandarilla Carrasco (rúbrica), Eduardo Rivera Pérez (rúbrica), Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta (rúbrica), secretarios; Manuel Añorve Baños (rúbrica), José Francisco Blake Mora (rúbrica), Gabriela Cuevas Barrón (rúbrica), Arturo Escobar y Vega, Omar Fayad Meneses (rúbrica), María Teresa Gómez Mont y Urueta (rúbrica), Federico Granja Ricalde (rúbrica), Lorenso Rafael Hernández Estrada, Efrén Nicolás Leyva Acevedo, María Guadalupe López Mares (rúbrica), Jaime Mantecón Rojo (rúbrica), Miguel Angel Martínez Cruz (rúbrica), Rodrigo David Mireles Pérez (rúbrica), José Narro Céspedes (rúbrica), Ricardo Augusto Ocampo Fernández, Beatriz Elena Paredes Rangel (rúbrica), Germán Arturo Pellegrini Pérez, José Jesús Reyna García, Jorge Esteban Sandoval Ochoa, César Augusto Santiago Ramírez, David Augusto Sotelo Rosas (rúbrica), Néstor Villarreal Castro (rúbrica), Roberto Zavala Echavarría (rúbrica).
 
 













Iniciativas

QUE ADICIONA LOS ARTICULOS 100 BIS Y 473 DE LA LEY GENERAL DE SALUD, PARA PROHIBIR LA CLONACION HUMANA CON FINES DE REPRODUCCION DE INDIVIDUOS GENETICAMENTE IDENTICOS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO ARTURO LEON LERMA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN NOMBRE DE INTEGRANTES DE DIVERSOS GRUPOS PARLAMENTARIOS, EN LA SESION DEL JUEVES 27 DE MARZO DE 2003

Con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 constitucional y el artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los CC. diputados integrantes de las fracciones parlamentarias del Partido Revolucionario Institucional, Partido de la Revolución Democrática, Partido del Trabajo y Partido Verde Ecologista de México, sometemos a la consideración de esta honorable Cámara, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 100 bis y 473 a la Ley General de Salud, con la finalidad de prohibir la clonación humana con fines de reproducción de individuos genéticamente idénticos y se especifican las sanciones correspondientes, al tenor siguiente:

Exposición de Motivos

Los avances de las ciencias biomédicas y de la biotecnología hacen posible en la actualidad mejorar la calidad de la vida y de la salud de los seres humanos y estos importantes logros pueden también ser utilizados en contra de la propia vida humana, de la dignidad de la persona, así como a la violación de los derechos humanos.

Lo anterior obliga especialmente a los legisladores a generar las leyes y normas jurídicas que por un lado propicien la investigación clínica y científica en apoyo al desarrollo de técnicas y tecnologías biológicas que contribuyan a elevar los niveles de calidad de vida y salud, pero que en este contexto se establezcan métodos que permitan valorar las posibles consecuencias que deriven de las aplicaciones del conocimiento científico.

Derivado de lo anterior, a continuación se detallan las bases jurídicas, científicas, tecnológicas y éticas para prohibir la práctica del procedimiento de clonación humana con fines de reproducción de individuos genéticamente idénticos.

Considerandos

Primero

Es un hecho universalmente aceptado que, derivado de los conocimientos científicos y tecnológicos surgidos del desarrollo de la medicina y de la biología, el ser humano ha sido capaz de modificar genéticamente las características de los organismos vivos. El conocimiento generado y acumulado le ha posibilitado lograr en experimentos genéticos, la obtención de animales y plantas de mayor calidad, resistencia a plagas y otras cualidades.

Igualmente, hemos sido testigos del descubrimiento de la estructura molecular de los genes y los mecanismos de duplicación y transmisión de los caracteres hereditarios, de la capacidad de modificar la expresión de proteínas, la posibilidad de manipular los genes y crear embriones a través de la clonación, considerando la producción de éstos mediante técnicas instrumentales; lo cual nos obliga a analizar estos hechos desde el punto de vista científico, sociológico, filosófico y jurídico que permita legislar para conducir la investigación científica hacia el beneficio del ser humano.

Segundo

La vida humana tiene su origen y desarrollo en un proceso gradual compuesto por una serie de fases que comprende desde la fecundación hasta la formación del feto. La fecundación desde el punto de vista médico-biológico inicia al momento en que se unen los gametos femenino (óvulo) y masculino (espermatozoide), pasa por la formación del cigoto y culmina en la mitosis o primera división celular. Llegado este punto se forma el embrión de dos células (blastómeros), que posteriormente se agrupan formando un conjunto compacto de células que recibe el nombre de mórula. Las células de esta fase embrionaria son totipotentes porque cada una de ellas, por separado, puede dar lugar a un embrión entero así como originar cualquier linaje de células. Ahora bien, la totipotencialidad de las células es una característica efímera, pues dura apenas el lapso que va del segundo al tercer día posterior a la fecundación, ya que a partir del séptimo día y después de sucesivas divisiones celulares, la mórula se convierte en blastocisto, el cual consta de una capa externa y otra interna de células. Las células de la masa interna del blastocisto adquieren progresivamente un cierto grado de especialización que permitirá la formación, a partir de ellas, de cualquier tipo de tejido celular del cuerpo humano, pero no pueden producir un organismo completo, por tanto, son células pluripotenciales en tanto que carecen de la propiedad de totipotencialidad. Debe señalarse que en la fase de blastocisto todas las células son iguales y no se puede tener la certeza de que en esas primeras células aportadas por ambos gametos con igual número de cromosomas se encuentren determinadas las cualidades genéticas del producto, ya que sólo podemos hablar del mismo y de embarazo hasta la implantación del embrión en el útero.

Tercero

La palabra clon se define en el Diccionario de la Lengua Española como estirpe celular o serie de individuos pluricelulares nacidos de ésta, absolutamente homogéneos desde el punto de vista de su estructura genética; equivale a estirpe o raza pura.

Algunos autores consideran, en estricto sentido, incorrecta esta definición porque enfatiza la homogeneidad genética absoluta entre clones, ignorando la existencia de los 37 genes mitocondriales que en la clonación se derivan exclusivamente de la madre, mientras que en la reproducción sexual se heredan de la combinación completa de los cromosomas paternos y maternos.

Asimismo es necesario puntualizar que la clonación es un fenómeno fisiológico normal, tanto al nivel celular como individual: al nivel celular, la clonación o multiplicación es responsable del crecimiento, proceso que permite la construcción y la conservación de los organismos multicelulares normales, mientras que el nivel individual explica la existencia de embarazos múltiples univitelinos (cada uno de los productos proviene del mismo cigoto original, que después de la primera o segunda división ocurridas a partir de la fecundación del óvulo por el espermatozoide, siguieron su propia evolución).

Por otra parte, el procedimiento conocido como clonación artificial más relevante es el experimento de clonación de mamíferos, que tuvo lugar en Edimburgo, Escocia, en el año de 1997, con el nacimiento de la oveja Dolly, llevado a cabo por los científicos escoceses Ian Wilmut y Campbell con sus colaboradores del Instituto Roslin de la Universidad de Edimburgo. La novedad de este acontecimiento es que era el primero en lograr una clonación artificial en un mamífero usando el núcleo de una célula diferenciada (una célula epitelial de un conducto mamario) de un animal adulto.

El hecho al que se hace referencia demostró que se podía aumentar la rapidez del proceso de reproducción selectiva, pero la eficiencia de la clonación artificial era muy pobre, tuvo lugar después de 277 fusiones ovocito-núcleo del donante. Sólo 8 de las 277 iniciaron el desarrollo embrionario, y de esos 8 embriones, 1 llegó a nacer: la oveja Dolly. Esto significa que de acuerdo con los resultados obtenidos por los científicos, en este caso existió menos de 1% de factibilidad de que la clonación concluyera exitosamente. De manera lenta pero segura, se ha ido incrementando el grado de efectividad en las sucesivas experimentaciones. Sin embargo, de acuerdo con el estado actual de la ciencia es recomendable prohibir la clonación reproductiva.

Ahora bien, puede distinguirse una modalidad de la clonación que no tiene como finalidad la reproducción. Esta es la investigación biomédica básica y clínica cuyo único fin es desarrollar métodos terapéuticos y de diagnóstico de enfermedades, en virtud de que las células pluripotenciales son las que ofrecen mayores posibilidades de aplicación clínica y la experimentación con este tipo de células puede conducir a solucionar el problema de falta de órganos destinados a trasplantes, ya que a partir de las células madre se pueden producir órganos o, en su caso, restablecer el correcto funcionamiento de un órgano dañado mediante transferencia celular.

Cuarto

Con base en las diversas fases evolutivas del embrión descritas en el considerando segundo, podemos afirmar que el manejo de embriones en la etapa anterior a su implantación en el útero no pone en riesgo alguno la "dignidad personal", puesto que para que ésta exista no es suficiente su identidad genética dada por el ADN. Si así fuera, cada célula desechada sería un atentado contra la dignidad personal. En esta etapa, el embrión preimplantatorio empleado para extraer células madre es una masa indiferenciada de células en fase de blastocisto aún no individualizada.

Con este tipo de intervención sobre el embrión preimplantatorio, de ningún modo se puede decir que se destruya a un individuo humano o, menos aún, que se esté afectando el desarrollo de una persona. Antes de la implantación es jurídicamente viable el manejo del embrión, sin que esto implique desconocer que el embrión preimplantatorio (al igual que el embrión y el feto), sin tener el carácter de persona, es un bien constitucionalmente protegido.

La pertinencia de prohibir la clonación reproductiva, no tiene por qué implicar la prohibición para la manipulación de embriones preimplantatorios (el Tribunal Constitucional de España en sentencia 116/1999, derivada del recurso de inconstitucionalidad 376/1989, promovido por diputados del grupo parlamentario Popular contra la Ley 35/1988 del 22 de noviembre, de técnicas de reproducción asistida, señala que ni los preembriones no implantados ni, con mayor razón, los simples gametos son, a efectos "persona humana y que... los preembriones in vitro no gozan de una protección equiparable a la de los ya transferidos al útero materno". El Tribunal Constitucional de la República Federal de Alemania, en sentencia de 25 de febrero de 1975, reconoció que "según los conocimientos fisiológicos y biológicos la vida humana existe desde el día catorce que sigue a la fecundación").

Se argumenta que el uso de las células troncales adultas puede evitar la utilización de tejido embrionario, sin embargo éstas son poco numerosas, presentan dificultades para su identificación, aislamiento y purificación, sólo tienen capacidad para formar un número limitado de células especializadas, no existe, hasta la fecha, una población aislada de células troncales adultas que permitan formar todos los tipos de células del organismo, hay un número insuficiente de células para ser trasplantadas, y no se replican indefinidamente en cultivo.

De ahí que consideremos que en el periodo previo a la implantación en el útero, no existen razones éticas para impedir la experimentación en embriones para fines terapéuticos. Por lo tanto, no se aplica aquí ningún criterio utilitario que instrumentalice a una persona causándole un daño irreversible, mucho menos que se esté pensando en los embriones como material de "desguace" o como "materia prima en procesos industriales o en investigación". En todo caso, para evitar cualquier exceso se deben establecer controles legales estrictos y excluir, por falaz, el argumento de la "pendiente resbaladiza" en el sentido de que comenzar con la experimentación en embriones para fines terapéuticos conduciría necesariamente a su industrialización para fines comerciales.

Quinto

Es claro que hasta el momento la clonación reproductiva no es aceptada por ninguna legislación en el mundo, y es rechazada en la Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos y en el Protocolo Adicional al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y la Dignidad Humana en relación con la aplicación de la biología y la medicina sobre la prohibición de clonar seres humanos, a diferencia de lo que ocurre con la clonación con fines terapéuticos, ya que varios países, entre ellos el Reino Unido, Francia, Australia, Japón, Bélgica, Singapur y China y recientemente el estado de California en la Unión Americana han regulado de forma permisiva la clonación con fines terapéuticos.

Sólo a manera de ejemplo, vale la pena citar la Ley de Fertilización Humana y Embriología promulgada en el Reino Unido en 1990 y modificada en enero de 2001, que permite la creación de embriones siempre y cuando responda a los siguientes fines: a) promover avances en el tratamiento de la infertilidad; b) aumentar el conocimiento sobre las causas de enfermedades congénitas (leucemia, diabetes, enfermedad de Alzheimer, Parkinson, afecciones coronarias, remedios para espinas dorsales dañadas, etcétera); c) conocer las causas de los abortos espontáneos; d) desarrollar técnicas contraceptivas más eficaces; e) desarrollar métodos para detectar la presencia de un gen o anormalidad cromosómica en embriones preimplantatorios.

Sexto

Con respecto a la legislación mexicana vigente, la Ley General de Salud, en su artículo 314 define al embrión como "producto de la concepción, a partir de ésta y hasta la duodécima semana gestacional". La concepción supone la implantación del embrión en el útero, a diferencia de la fecundación, que es el momento de la unión del espermatozoide y el óvulo. Si se quiere seguir empleando el término embrión desde el momento de la fecundación, sería conveniente utilizar las expresiones "embrión preimplantatorio" y "embrión postimplantatorio".

Se entiende por embrión preimplantatorio el periodo que abarca desde la fecundación hasta la implantación del embrión en el útero (aproximadamente catorce días después de la fecundación); y por embrión postimplantatorio, al embrión desde la implantación en el útero hasta el término de la duodécima semana gestacional, recibiendo un tratamiento diferenciado en la mayor parte de las legislaciones del mundo.

Por otra parte, si se concluyera que en la fase preimplantatoria el embrión es una persona humana, esto implicaría, entre otras cosas: 1) que no obstante la elevada frecuencia de pérdida natural de óvulos fertilizados que nunca llegan a implantarse, se considere a éstos como personas y por lo tanto como personas sujetos de derechos, con lo cual esta acción calificaría jurídicamente como delito; 2) que se conviertan en ilegales aquellos métodos anticonceptivos que actúan modificando el ambiente del endometrio para impedir o interferir con la implantación, como es el caso de los hormonales orales de progestina sola, de progestina y estrógeno, de los dispositivos intrauterinos medicados y los anticonceptivos modernos de bajas dosis que bloquean la ovulación o que podrían actuar sobre el proceso de la implantación; 3) que se limite el ejercicio de la libertad reproductiva y sus correspondientes derechos, por la razón inmediata anterior y porque se pondría en riesgo la viabilidad de la fertilización in vitro, técnica que en muchos casos constituye el único recurso de las parejas imposibilitadas para tener hijos.

Séptimo

La libertad de investigación es necesaria para el progreso del saber, procede de la libertad de pensamiento y sus aplicaciones deben orientarse a aliviar el sufrimiento y mejorar la salud del individuo y de toda la humanidad, siempre garantizando el respeto de los derechos humanos, las libertades fundamentales, la dignidad humana y protegiendo la salud pública. Además, en el párrafo tercero del artículo cuarto de la Constitución federal se reconoce el derecho a la protección de la salud, que ha sido interpretado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación como una garantía individual que, entre otros aspectos, obliga al Estado a brindar a las personas la mejor alternativa terapéutica entendida como aquella que produce la mayor prolongación de la vida y el mayor mejoramiento de la calidad de vida, por lo que la permisión de la clonación con fines de investigación y terapéuticos es consecuente con el derecho a la protección a la salud, al tiempo que permite hacer efectivo el derecho que tienen todas las personas de gozar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones, que se encuentra reconocido en el inciso b) del parágrafo 1 del artículo 15 de Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Por tanto, se propone modificar el texto original de la iniciativa, para quedar como sigue:

Dictamen con proyecto de decreto que adiciona los artículos 100 bis y 473 de la Ley General de Salud.

Artículo Primero.- Se adiciona el artículo 100 bis a la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 100 bis.- Está prohibida toda actividad que tenga como finalidad realizar cualquier tipo de clonación humana con fines de reproducción de individuos genéticamente idénticos.

Se entiende por clonación humana el procedimiento artificial y asexual mediante el cual se induce la duplicación o multiplicación del material genético de un individuo en forma idéntica, con el objeto de reproducirlo, sin distinción por el método, técnica o tecnología utilizados para conseguir tal propósito.

La investigación con células troncales con fines terapéuticos y de investigación se sujetará a lo que establecen los títulos Quinto y Decimocuarto de esta ley, así como a las demás disposiciones aplicables.

Artículo Segundo.- Se adiciona el artículo 473 a la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 473.- Al que realice acciones de clonación humana para reproducir individuos genéticamente idénticos se le impondrá prisión de cuatro a diez años y multa por el equivalente de cuatro mil a diez mil veces el salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate.

Si intervinieren profesionales, técnicos o auxiliares de las disciplinas para la salud, se les aplicará, además, suspensión de tres a cinco años en el ejercicio profesional, técnico y auxiliar y hasta diez años más en caso de reincidencia.

Diputados del Partido Revolucionario Institucional: Policarpo Infante Fierro, Samuel Aguilar Solís, María de las Nieves García Fernández, Ma. Luisa Araceli Domínguez Ramírez, Federico Granja Ricalde, Arturo León Lerma, Eduardo Abraham Leines Barrera, Héctor Nemesio Esquiliano Solís (rúbricas).

Diputados del Partido de la Revolución Democrática: Pedro Miguel Rosaldo Salazar, Adela del Carmen Graniel Campos, Magdalena del Socorro Núñez Monreal (rúbricas).

Diputado del Partido del Trabajo: Víctor Antonio García Dávila.

Diputada del Partido Verde Ecologista de México: Julieta Prieto Fuhrken (rúbrica).

(Turnada a la Comisión de Salud. Marzo 27 de 2003.)















Convocatorias
DE LA COMISION DE VIGILANCIA DE LA AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION

A su reunión ordinaria de trabajo, que se llevará a cabo el lunes 31 de marzo, a las 12 horas, en los salones C y D del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Asistencia y declaratoria de quórum.
2. Sesión de trabajo con el CP Arturo González de Aragón Ortiz, auditor superior de la Federación, para la entrega-recepción del Informe de Resultados sobre la Revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente el ejercicio fiscal de 2001.
3. Sesión de preguntas y respuestas.
4. Clausura de la reunión de trabajo.

Atentamente
Dip. Manuel Galán Juménez
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE PARTICIPACION CIUDADANA

Al Primer Parlamento de las Niñas y los Niños de México, que se llevará a cabo del martes 1º al sábado 5 de abril.

Programa

Martes 1º de abril del 2003

Horario: Todo el día

Actividades:

Recepción de niños
Traslado al hotel
Identificación de participantes y maestros
Entrega de díptico con información del H. Congreso de la Unión
Integración y actividades recreativas en el hotel

Horario: 20:00 a 21:00
Actividad: Cena en el hotel

Miércoles 2 de abril del 2003

Horario: 7:30 a 8:00
Actividad: Desayuno en el hotel

Horario: 8:00 a 8:45
Actividad: Abordaje y traslado al Palacio Legislativo

Horario: 8:45 a 9:30
Toma de fotografía en la entrada del Palacio Legislativo

Horario: 9:30 a 10:15
Actividad: Visita guiada a las instalaciones del Palacio Legislativo

Horario: 10:30 a 11:00
Actividad: Bienvenida por parte de legisladores y autoridades

Horario: 11:00 a 12:30
Actividad: Instalación del Parlamento de las Niñas y los Niños de México

Horario: 12:30 a 19:00
Actividad: Dinámicas infantiles sobre derechos humanos

Horario: 19:00 a 20:00
Actividad: Regreso al hotel

Horario: 20:00 a 21:00
Actividad: Cena en el hotel

Jueves 3 de abril del 2003

Horario: 7:30 a 8:00
Actividad: Desayuno en el hotel

Horario: 8:00 a 9:00
Actividad: Abordaje y traslado al Palacio Legislativo

Horario: 9:00 a 19:00

Actividades:

Trabajo en comisiones
Comida formal con diputados federales
Visita guiada al Museo Legislativo
Elaboración de conclusiones

Horario: 19:00 a 20:00
Actividad: Regreso al hotel

Horario: 20:00 a 21:00
Actividad: Cena en el hotel

Viernes 4 de abril del 2003

Horario: 7:30 a 8:30
Actividad: Desayuno en el hotel

Horario: 8:30 a 9:30
Actividad: Abordaje y traslado al Palacio Legislativo

Horario: 9:30 a 12:30
Actividad: Sesión plenaria (aprobación de conclusiones)

Horario: 12:30 a 13:00
Actividad: Lectura de la Declaración del Parlamento de las Niñas y los Niños de México y ceremonia de clausura

Horario: 13:00 a 14:30
Actividad: Comida

Horario: 14:45 a 16:00
Actividad: Reunión de trabajo (promoción de la Consulta Infantil y Juvenil 2003)

Horario: 16:00 a 17:30
Actividad: Obra de teatro

Horario: 17:30 a 18:30
Actividad: Regreso al hotel

Horario: 18:30 a 19:30
Actividad: Descanso

Horario: 19:30 a 20:00
Actividad: Entrega de fotografía y material didáctico (hotel)

Horario: 20:00 a 21:00
Actividad: Cena especial de despedida en el hotel

Sábado 5 de abril del 2003

Horario: 6:00 a 9:00
Actividad: Desayuno en el hotel

Horario: Todo el día
Actividades:
Traslado al aeropuerto y la central de autobuses
Integración y actividades recreativas en el hotel
 
 
 

DE LA COMISION DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

A su reunión de trabajo, que se llevará a cabo el martes 1 de abril, a las 9 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y verificación de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.
3. Discusión y, en su caso, aprobación del dictamen con proyecto de decreto por el cual se reforma el artículo 77 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
4. Discusión y, en su caso, aprobación del dictamen con proyecto de decreto por el cual se expide la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
5. Discusión y, en su caso, aprobación del dictamen con proyecto de decreto por el cual se reforma el inciso b) del artículo 85 del Código Penal Federal.
6. Discusión y, en su caso, aprobación del dictamen con proyecto de decreto por el cual se reforma el artículo 15 bis del Código Civil Federal.
7. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. José Elías Romero Apis
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE PUNTOS CONSTITUCIONALES

A su sesión plenaria, que se llevará a cabo el martes 1 de abril, a las 11 horas, en la sala de juntas de la Comisión.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.

3. Discusión y, en su caso, aprobación del dictamen con proyecto de decreto mediante el cual se reforma el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Alimentación.
4. Discusión y, en su caso, aprobación del dictamen con proyecto de decreto mediante el cual se adiciona una fracción XXIX-L al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Concurrencia en pesca y acuacultura.

5. Discusión y, en su caso, aprobación del dictamen con proyecto de decreto mediante el cual se reforma el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Veto de bolsillo.
6. Discusión y, en su caso, aprobación del dictamen con proyecto de decreto mediante el cual se reforma el artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Presupuesto mínimo del Poder Judicial de la Federación.

7. Discusión y, en su caso, aprobación del dictamen con proyecto de decreto mediante el cual se reforma el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Facultad de iniciativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
8. Discusión y, en su caso, aprobación del dictamen con proyecto de decreto mediante el cual se reforma el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Eliminación de la pena de muerte.

9. Discusión y, en su caso, aprobación del dictamen con proyecto de decreto mediante el cual se reforman y adicionan los artículos 51, 55, 56, 65, 66, 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Reelección de presidentes municipales, legisladores federales y locales.
10. Discusión y, en su caso, aprobación del dictamen con proyecto de decreto mediante el cual se reforma el artículo 70 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Contenidos y alcances de los puntos de acuerdo de las Cámaras.

11. Discusión y, en su caso, aprobación del dictamen con proyecto de decreto mediante el cual se reforma el artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Afirmativa ficta en las autorizaciones para que el Ejecutivo federal pueda ausentarse del territorio nacional.
12. Discusión y, en su caso, aprobación del dictamen con proyecto de decreto mediante el cual se reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Fortalecimiento del municipio.
13. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Salvador Rocha Díaz
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE SEGURIDAD SOCIAL

A su reunión extraordinaria, que se llevará a cabo el martes 1 de abril, a las 17 horas, en la zona C del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Análisis del documento de observaciones al decreto de Ley del ISSFAM.
4. Asuntos generales.
5. Clausura de la reunión.
Atentamente
Dip. Cuauhtémoc Montero Esquivel
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE SEGURIDAD SOCIAL

A su reunión extraordinaria, que se llevará a cabo el miércoles 2 de abril, a las 9 horas, en la zona C del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Presentación de los invitados a la reunión, director general del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, y subsecretario de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
4. Análisis del documento de observaciones al decreto de Ley del ISSFAM y propuestas para elaborar el dictamen.
5. Asuntos generales.
6. Clausura de la reunión.
Atentamente
Dip. Cuauhtémoc Montero Esquivel
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION ESPECIAL DE SEGURIDAD PUBLICA

A su reunión ordinaria, que se efectuará el miércoles 2 de abril, a las 10 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. Manuel Espino Barrientos
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE REFORMA AGRARIA

A su vigésima reunión plenaria, que se efectuará el miércoles 2 de abril, a las 10 horas, en el salón Libertadores (edificio H, primer nivel) del Palacio Legislativo.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y verificación del quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.
4. Análisis, discusión y, en su caso, aprobación del proyecto de dictamen de las iniciativas en materia de expropiación de bienes ejidales y comunales, presentadas por los diputados Augusto Gómez Villanueva y Ramón Ponce Contreras.
5. Informe de avance de los trabajos de revisión del marco jurídico agrario.
6. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. Félix Castellanos Hernández
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL

A su reunión de trabajo con el Lic. Fernando Canales Clariond, secretario de Economía, el miércoles 2 de abril, a las 11 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE AGRICULTURA Y GANADERIA

A su vigésima sexta reunión plenaria, que tendrá lugar el miércoles 2 de abril, a las 14:30 horas, en el salón D del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y verificación del quórum.
2. Acta de la sesión anterior.
3. Exposición por parte del Presidente del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, doctor Gilberto Calvillo Vives.
4. Análisis, discusión y, en su caso, aprobación de diversos proyectos de dictamen.
5. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. Jaime Rodríguez López
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE ENERGIA

A su undécima reunión de trabajo ordinaria, que se llevará a cabo el miércoles 2 de abril, a las 14:30 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.
3. Correspondencia con diversos Congresos locales.
4. Dictámenes a discusión.
5. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. Noé Navarrete González
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

A su reunión ordinaria, que se efectuará el miércoles 2 de abril, al término de la sesión de conferencia ya convocada, en las instalaciones del Senado de la República, ubicadas en Paseo de la Reforma 10, Torre del Caballito, quinto piso.

Orden del Día

Registro de asistencia y declaratoria de quórum.
Lectura y aprobación del orden del día.
Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la sesión anterior.
Informe de las subcomisiones sobre los expedientes turnados de iniciativas y asuntos diversos, y presentación de proyectos de dictamen.
Asuntos generales.
Clausura de la sesión.
Atentamente
Dip. José Ramírez Gamero
Presidente
 
 
 

DE LAS COMISIONES UNIDAS DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, Y DEL DISTRITO FEDERAL

A su reunión de trabajo, que se llevará a cabo el jueves 3 de abril, a las 11 horas, en el salón de usos múltiples de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Recepción formal del dictamen donde la H. Cámara de Senadores resolvió desechar en su totalidad la minuta que contiene proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 73, 76, 89, 108, 110, 111 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
4. Discusión y, en su caso, aprobación del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 73, 76, 89, 108, 110, 111 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
5. Asuntos generales.
Atentamente

Dip. Salvador Rocha Díaz
Presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales

Dip. Jorge Alberto Lara Rivera
Presidente de la Comisión del Distrito Federal
 
 
 

DE LA COMISION DE ASUNTOS INDIGENAS

A su reunión plenaria, que se realizará el martes 8 de abril, a las 9 horas, en el salón D del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

a) Lista de asistencia y declaración de quórum.
b) Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
c) Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la última reunión.
d) Asuntos turnados por la Mesa Directiva a la Comisión.
e) Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Héctor Sánchez López
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE DESARROLLO SOCIAL

A la reunión de la Subcomisión de Asentamientos Humanos y Desarrollo, que se llevará a cabo el miércoles 9 de abril, a las 9 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y declaración de quórum.
2. Reunión de trabajo para darle continuidad a los trabajos de gestoría para las personas de Barrio Nuevo Tultitlán.
3. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. Víctor León Castañeda
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE SEGURIDAD SOCIAL

A su reunión ordinaria, que se llevará a cabo el miércoles 9 de abril, a las 9 horas, en la zona C del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la reunión anterior, realizada el 19 de marzo de 2003.
4. Análisis del documento de observaciones al decreto de Ley del ISSFAM y del anteproyecto de dictamen.
5. Asuntos generales.
6. Clausura de la reunión.
Atentamente
Dip. Cuauhtémoc Montero Esquivel
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE DESARROLLO SOCIAL

A la reunión de trabajo de la Subcomisión de Análisis Legislativo, que se llevará a cabo el miércoles 9 abril, a las 12 horas, en el salón A del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. Víctor León Castañeda
Presidente