Gaceta Parlamentaria, año VI, número 1180, jueves 30 de enero de 2003


Comunicaciones Iniciativas Dictámenes Oficios Proposiciones Convocatorias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Comunicaciones
DEL DIPUTADO HECTOR GONZALEZ REZA

Palacio Legislativo, a 27 enero 2003.

Dip. Eric Eber Villanueva Mukul
Presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión
Presente

El suscrito diputado federal a esta LVIII Legislatura, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 47 y 48 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ruego a usted se sirva someter a la consideración de la Comisión Permanente, mi solicitud de licencia para separarme del cargo de legislador, a partir del próximo día primero de febrero.

Mi petición obedece a que he sido invitado por el ciudadano secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales para asumir la Coordinación Regional de la Cuenca del Valle de México.

Al agradecer sus gestiones en lo conducente, aprovecho la ocasión para saludarle muy atentamente

Dip. Héctor González Reza (rúbrica)
 
 
 

DEL DIPUTADO TOMAS TORRES MERCADO

Palacio Legislativo, a 27 de Enero de 2003.

Dip. Eric Eber Villanueva Mukul
Presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión
Presente

Respetable diputado:

Con apoyo en lo establecido en el artículo 78, fracción VIII, de la Constitución federal; así como en los artículos 23, inciso f, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 47 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, solicito licencia por tiempo indefinido para separarme del cargo de diputado federal de la LVIII Legislatura, a partir del 29 de enero del año en curso.

Ruego a usted que a la presente solicitud se otorgue el trámite de urgente resolución.

Reciba mi respeto y consideración.

Dip. Tomás Torres Mercado (rúbrica)
 
 
 

DE LA MESA DIRECTIVA DE LA COMISION PERMANENTE

Propuesta de Sustituciones en Comisiones de Trabajo

La Mesa Directiva, con fundamento en lo que dispone el artículo 78, fracción III, de la Constitución General de la República, los artículos 116, 123 y 127 de la Ley Orgánica del Congreso General, así como en los artículos 175 y 176 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, somete a consideración del Pleno de la Comisión Permanente del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos la sustitución de integrantes en Comisiones de Trabajo conforme al siguiente

Acuerdo

Primero: Se incorpora como integrante en la Segunda Comisión -de Relaciones Exteriores, Defensa y Educación Pública- al senador Federico Ling Altamirano, en sustitución del diputado José Tomás Lozano Pardinas.

Segundo: Se incorpora como integrante en la Tercera Comisión -de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas- al diputado José Tomás Lozano Pardinas, en sustitución del senador Federico Ling Altamirano.

Salón de Sesiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, a los 29 días del mes de enero de 2003.

Dip. Eric Eber Villanueva Mukul (rúbrica)
Presidente de la Comisión Permanente

Dip. Carlos Aceves del Olmo (rúbrica)
Vicepresidente

Dip. Bernardo Borbón Vilches (rúbrica)
Vicepresidente

Dip. Olga Margarita Uriarte Rico (rúbrica)
Secretaria

Dip. José Tomás Lozano Pardinas
Secretario

Sen. Yolanda E. González Hernández (rúbrica)
Secretaria

Sen. Micaela Aguilar González (rúbrica)
Secretaria

(Aprobada en votación económica. Enero 29 de 2003.)
 
 











Iniciativas

QUE ADICIONA EL CAPITULO SEXTO BIS A LA LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA, PARA IMPLANTAR EL PROGRAMA DE PROTECCION DE IDENTIDAD, PRESENTADA POR EL DIPUTADO LUIS MIGUEL BARBOSA HUERTA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DE LA COMISION PERMANENTE DEL MIERCOLES 29 DE ENERO DE 2003

El que suscribe, Luis Miguel Barbosa Huerta, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LVIII Legislatura, en ejercicio de la facultad que me otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento ante la honorable Comisión Permanente del Congreso de la Unión iniciativa de decreto que adiciona el Capítulo Sexto Bis a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, para instrumentar el Programa de Protección de Identidad de los sujetos procesales en los procesos penales incoados contra miembros de la delincuencia organizada, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

A consecuencia de innumerables actos de violencia contra personas llamadas a testificar en procesos penales incoados contra miembros de delincuencia organizada, diversos países introdujeron en su legislación nacional normas para buscar la salvaguarda de quienes, como testigos o peritos, deben cumplir el deber constitucional de colaborar con la justicia.

La incorporación a distintos ordenamientos jurídicos de las normas sobre protección de testigos y peritos en causas penales responde, del mismo modo, a la iniciativa internacional plasmada en diversos textos e instrumentos jurídicos asumidos en el ámbito de Naciones Unidas y de la Unión Europea.

Resultan de cita obligada, a estos efectos, las recomendaciones contenidas en el nuevo Programa de las Naciones Unidas para la Prevención del Crimen y la Justicia Penal, aprobadas por resolución de la Asamblea General número 46/152, del 18 de diciembre de 1991, y las incluidas en la resolución número 45/107, del 26 de marzo de 1991, sobre cooperación internacional para la prevención del delito y la justicia penal, así como la resolución número 827/93, del 25 de mayo, del Consejo de Seguridad, que crea el Tribunal Internacional para el Enjuiciamiento de los Presuntos Responsables de Violaciones Graves del Derecho Internacional en los territorios de la antigua Yugoslavia y el más reciente estatuto del Tribunal Penal Internacional, aprobado en Roma el 17 de julio de 1998 por la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el Establecimiento de una Corte Penal Internacional.

Cuando se trata de la persecución del crimen organizado, indudablemente la responsabilidad de los ciudadanos se acentúa, pero al mismo tiempo se debe estar muy consciente de que la mayoría de las veces proveer datos conducentes a la investigación y castigo en estos casos acarrea consecuencias negativas graves para los denunciantes o las personas a ellos vinculados.

Por su carácter asociado, sus peculiaridades organizativas, la clandestinidad de sus actividades, sus reglas internas de funcionamiento y su enorme capacidad para obstaculizar y neutralizar la acción policial y judicial, la colaboración de los ciudadanos con la administración de justicia es especialmente relevante y necesaria para evitar la impunidad y garantizar una recta aplicación de la ley tratándose de delincuencia organizada porque, a falta de una libre circulación de la información emanada de testigos fidedignos, las campañas de lucha contra esa manifestación criminal serán vacías y carentes de vitalidad.

En el Diario Oficial de la Federación del 7 de noviembre de 1996 fue publicada la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada e, inmediatamente, fue instituido un programa de testigos protegidos en el ámbito de la Procuraduría General de la República.

Se sabe que actualmente la dependencia resguarda a 90 "colaboradores" que tuvieron alguna relación con el narcotráfico o que estuvieron vinculados a fraudes, extorsiones y delitos financieros. Algunos permanecen en cárceles, otros viven en casas de seguridad y hoteles, e incluso en Estados Unidos.

Sin embargo, debe reconocerse que por insuficiencias propias de la ley, el programa de testigos protegidos ha sido muy limitado, y circunscrito prácticamente como beneficio y para brindar protección a miembros de la delincuencia organizada que han prestado ayuda eficaz para la investigación y persecución de otros individuos de la misma.

Como consecuencia, con la introducción de un Capítulo Sexto Bis a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada se pretende ahora regular de manera clara, desde el mismo texto legal, un sistema de protección especial y exclusivo que salvaguarde las personas y el patrimonio de los demás sujetos procesales que se ven expuestos por declarar la verdad, dejando el actual Capítulo Séptimo de la ley para normar los beneficios de los miembros de la delincuencia organizada que han prestado ayuda eficaz para la investigación y persecución de otros individuos de la misma.

Se trata con ello de armonizar el necesario equilibrio entre el interés jurídico a la verdad, el derecho de defensa y la garantía de seguridad de los sujetos procesales, el interés público en la lucha contra la delincuencia organizada, los sujetos procesales, su situación de peligro y el derecho a la protección que les asiste por parte del Estado. Y es que las garantías arbitradas en favor de aquéllos no podrían gozar de un carácter absoluto e ilimitado; es decir, no pueden violar los principios del proceso penal.

De acuerdo con la iniciativa, el ámbito sujetivo de aplicación de las normas contenidas en el nuevo capítulo quedaría circunscrito a los sujetos procesales a que se refiere el artículo 34 de la ley (jueces, testigos, peritos, víctimas y demás personas que intervengan en un proceso penal de la especie) y a los miembros de sus familias u otras personas relacionados con ellos. E, insisto, excluyendo de su normatividad a miembros de la delincuencia organizada que han prestado ayuda eficaz para la investigación y persecución de otros individuos de la misma, cuyos beneficios seguirán siendo regulados por el actual Capítulo Séptimo de la ley.

Es razonable que el ámbito subjetivo de aplicación de estas disposiciones legales se extienda a personas vinculadas con dichos sujetos procesales, en cuanto que la experiencia demuestra que las más de las veces las amenazas de la delincuencia organizada se vierten también sobre la persona, libertad o bienes del cónyuge, ascendientes, descendientes y hermanos. Esto es obvio: la obligación ciudadana de denunciar actos delictivos no implica la obligación del informante de poner en peligro a su familia o correr el riesgo de convertirse en un mártir social.

Y, en cuanto a su ámbito objetivo de aplicación, éste quedaría ceñido a los procesos penales, excluyéndose para las investigaciones policiales y las realizadas con carácter preprocesal por el Ministerio Público.

El presupuesto de adopción de las medidas de protección que regularían las disposiciones propuestas sería la apreciación de un peligro grave para la persona, libertad o bienes de los sujetos procesales, sus cónyuges o personas ligadas por análoga relación de afectividad, ascendientes, descendientes o hermanos. Y correspondería exclusivamente a la autoridad judicial la apreciación racional del grado de riesgo o peligro y la aplicación de todas o alguna de las medidas legales de protección que considere necesarias, previa ponderación, a la luz del proceso, de los distintos bienes jurídicos constitucionalmente protegidos.

De ese modo, mediante resolución judicial podrá determinarse la inclusión de alguno de esos sujetos procesales en un programa de protección de identidad que, para guarda de su integridad física y de sus bienes y la de las personas vinculadas con él, podrá incluso instrumentar los siguientes mecanismos:

Cambio de la identidad, en cuyo caso los individuos protegidos por esta medida sólo podrían usar la nueva identidad;

Expedición de nuevos documentos sustitutivos necesarios que acrediten la identidad, como certificados del Registro Civil, documentos de identidad, pasaportes, certificados de antecedentes judiciales, certificados de trabajo o administrativos u otros documentos análogos, debiendo prescindirse de los procedimientos ordinarios que puedan revelar la identidad real;

Con su consentimiento, selección de cualquier ubicación nacional o internacional como lugar de residencia permanente o transitoria de la persona;

Protección necesaria, a cargo de los servicios de seguridad pública;

Opción de alteración de los rasgos físicos en la medida en que sea necesaria para impedir la identificación;

Medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones monetarias, civiles, laborales, comerciales, fiscales y administrativas asumidas en el marco del Programa de Protección de Identidad; y

Suministro de los recursos materiales necesarios para cubrir los gastos de subsistencia corrientes, así como todo el respaldo necesario para que las personas protegidas encuentren nuevo empleo, incluso brindándoles asistencia para su capacitación y colocación.

Asimismo, se reconocerían a los sujetos protegidos los derechos de controlar el flujo de información que contienen sus declaraciones y que a su juicio permitan identificarlos, y de renunciar en cualquier momento al régimen de protección de la identidad, lo que indudablemente es necesario no sólo para prevenir actos de discriminación sino también para impedir un efecto paralizante que inhiba el flujo de información proveniente del denunciante que no se sienta seguro.

En vista de las anteriores consideraciones, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente

Iniciativa de decreto que adiciona el Capítulo Sexto Bis a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, para instrumentar el Programa de Protección de Identidad de los sujetos procesales en los procesos penales incoados contra miembros de la delincuencia organizada.

Unico: Se adiciona el Capítulo Sexto Bis a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, para instrumentar el Programa de Protección de Identidad de los sujetos procesales en los procesos penales incoados contra miembros de la delincuencia organizada, para quedar como sigue:

Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada

Artículos 1. a 34. ...

Capítulo Sexto Bis
Del Procedimiento de Protección de las Personas

Artículo 34 Bis. Las medidas de protección previstas en este capítulo son aplicables a los sujetos a que se refiere el artículo anterior; asimismo, a sus cónyuges o personas a quienes se hallen ligados por análoga relación de afectividad o sus ascendientes, descendientes o hermanos.

Artículo 34 Bis 1. Para instrumentar la aplicación de las medidas de protección previstas en este capitulo, en el ámbito de competencia de la Procuraduría General de la República, se crea un Programa de Protección de Identidad.

Artículo 34 Bis 2. En la salvaguarda de la integridad física y bienes de los sujetos protegidos, dentro del Programa de Protección de Identidad podrán incluso instrumentarse los siguientes mecanismos:

I. Cambio de la identidad, en cuyo caso los individuos protegidos por esta medida sólo podrán usar la nueva identidad;

II. Expedición de nuevos documentos sustitutivos necesarios que acrediten la identidad, como certificados del Registro Civil, documentos de identidad, pasaportes, certificados de antecedentes judiciales, certificados de trabajo o administrativos u otros documentos análogos, debiendo prescindirse de los procedimientos ordinarios que puedan revelar la identidad de la persona protegida;

III. Con consentimiento del sujeto protegido y de las personas con él vinculadas, selección de cualquier ubicación nacional o internacional como lugar de residencia permanente o transitoria;

IV. Protección necesaria, a cargo de los servicios de seguridad pública;

V. Opción de alteración de los rasgos físicos en la medida en que sea necesaria para impedir la identificación;

VI. Medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones monetarias, civiles, laborales, comerciales o fiscales;

VII. Suministro de los recursos materiales necesarios para cubrir los gastos de subsistencia corrientes, así como todo el respaldo necesario para que las personas protegidas encuentren nuevo empleo, incluso brindándoles asistencia para su capacitación y colocación.

VIII. Que no consten en las diligencias que se practiquen el nombre, apellidos, domicilio, lugar de trabajo y profesión ni cualquier otro dato que pudiera servir para la identificación de la persona protegida, pudiéndose utilizar para ésta un número o cualquier otra clave; y

IX. Que para la práctica de cualquier diligencia, la persona protegida comparezca utilizando cualquier procedimiento que imposibilite su identificación visual normal.

Artículo 34 Bis 3. Toda actividad protegida tiene carácter privilegiado. La aceptación de información crea el correspondiente deber de protección de la persona del denunciante, en cuanto a la información revelada o la información generada por la revelación.

Artículo 34 Bis 4. Antes de aceptar cualquier dato que revele la identidad del denunciante, deberán hacerse saber los derechos que otorga la ley a quienes realizan actividades protegidas.

Artículo 34 Bis 5. Sólo mediante autorización judicial podrá incluirse a una persona en el Programa de Protección de Identidad.

Artículo 34 Bis 6. Corresponde en exclusiva a la autoridad judicial apreciar racionalmente un peligro grave para la persona, libertad o bienes de quien pretenda ampararse en el Programa de Protección de Identidad, su cónyuge o persona a quien se halle ligado por análoga relación de afectividad o sus ascendientes, descendientes o hermanos.

Artículo 34 Bis 7. En el supuesto de peligro inminente para alguno de los sujetos a que se refiere el artículo 34 de la ley o para una persona con él vinculada, o en caso de que la demora pueda causar daño irreparable a los efectos de una ulterior protección de la identidad, el Ministerio Público estará facultado para acudir ante la autoridad judicial a fin de que se le autorice proporcionar resguardo provisional aun antes de cumplir los requisitos del presente capítulo.

Artículo 34 Bis 8. Todo convenio que se celebre para acceder al Programa de Protección de Identidad deberá ser formalizado por escrito. Los beneficios derivados de un programa de protección de identidad sólo podrán dejarse sin afecto antes que expire su plazo, cuando la aceptación del testigo protegido se haya fundado en información sustancialmente falsa o se niegue a brindar cooperación en la investigación iniciada.

Antes de dejar sin efecto la protección especial proporcionada, la autoridad judicial notificará por escrito la medida al interesado con la suficiente anticipación, a fin de que éste pueda adoptar providencias alternativas suficientes en defensa de su persona y de sus bienes.

Artículo 34 Bis 9. Los sujetos beneficiados están obligados a participar de buena fe en el Programa de Protección de Identidad. Toda persona excluida del programa por haber basado en declaraciones sustancialmente falsas su solicitud de admisión en él, o que viole el referido deber de actuar de buena fe, puede ser obligada a indemnizar sobre los gastos erogados con motivo de su protección.

Artículo 34 Bis 10. Las personas beneficiadas podrán solicitar su exclusión voluntaria del Programa de Protección de Identidad, firmando a esos efectos un documento en que manifiesten su intención de prescindir de la protección que el programa les brinda.

Artículos 35. a 44. ...

Transitorio

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de enero de 2003.

Dip. Luis Miguel Barbosa Huerta (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos. Enero 29 de 2003.)
 
 
 

QUE REFORMA EL PARRAFO CUARTO DEL ARTICULO 22 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PRESENTADA POR EL SENADOR RAYMUNDO CARDENAS HERNANDEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DE LA COMISION PERMANENTE DEL MIERCOLES 29 DE ENERO DE 2003

Los legisladores federales del Partido de la Revolución Democrática a la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, 56 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración del H. Congreso de la Unión la siguiente iniciativa por la que se reforma el párrafo cuarto del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

Actualmente, la mayoría de las naciones del mundo ha abolido la pena capital, ya sea en la ley o en la práctica, aceptando con ello que no hay meta social que justifique los asesinatos patrocinados por el Estado. Esta debe ser una de las metas fundamentales de nuestra nación.

En ese contexto, presentamos hoy esta iniciativa, por la que se prohíbe de manera total la pena de muerte en los Estados Unidos Mexicanos.

Durante años, la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas ha llamado a todas las naciones que continúan las ejecuciones a que reduzcan el número de delitos por los cuales la pena de muerte podría ser impuesta y para suspender las ejecuciones con el propósito final de abolir ésta.

Si bien en nuestro sistema dicha pena no se ha aplicado desde 1937 en el fuero común, también es cierto que sigue vigente en la Constitución General de la República, así como en el Código de Justicia Militar y, en este último caso, aunque no se ha concretado, sí ha habido sentencias en ese sentido.

La pena de muerte es cruel, inhumana y degradante, un asalto contra la dignidad humana y una violación de los derechos fundamentales del hombre. En tal virtud, es una negación del mayor de los derechos fundamentales del hombre: la vida.

En virtud de lo anterior, es inconcebible que, pretendiendo alcanzar un Estado democrático y de derecho, conservemos abierta en la Ley Fundamental la posibilidad de aplicarla.

La aplicación de la pena capital es presentada frecuentemente como un método para prevenir la violencia y brindar más seguridad a la sociedad. Desde 1961, Amnistía Internacional ha encontrado que la pena de muerte no hace nada para dar más seguridad a la sociedad.

En efecto, los Estados que aplican la pena de muerte no tienen niveles de homicidios más bajos que los existentes en los que no la aplican.

Otro de los argumentos que se han utilizado para defender el exceso de violencia en el Estado es que inhibe a los delincuentes a ejecutar actos ilícitos. Sin embargo, diversos estudios han demostrado que una forma más efectiva de lograr esto es a través de un sistema de justicia más ágil y sólido, en el que se castigue verdaderamente a quienes delinquen.

La condena capital es más un símbolo que una solución. No hay situación "correcta" para usar la violencia, especialmente en el caso de las ejecuciones aprobadas por los gobiernos. Es inconcebible, desde los valores de un Estado democrático, que el asesinato sea castigado de la misma manera.

El Segundo Protocolo Opcional al Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, cuyo objetivo es la abolición de la pena de muerte, fue adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas en 1989 y promueve la abolición total de la pena de muerte, aunque permite a los Estados conservar la pena de muerte en tiempos de guerra, siempre que esta cláusula quede debidamente estipulada en el momento de ratificar o aceptar el Protocolo.

El argumento de la efectividad de la pena de muerte para disminuir los delitos es falaz. Diversos estudios científicos han demostrado de forma convincente que la pena de muerte no tiene mayor impacto disuasivo sobre el crimen que otros tipos de castigo.

Los resultados de la última encuesta de Naciones Unidas sobre investigaciones acerca de la relación entre la pena de muerte y las estadísticas de homicidios, llevada a cabo en 1988 y actualizada en 1996, llegó a la conclusión de que "la investigación no ha conseguido demostrar científicamente que las ejecuciones tengan mayor efecto disuasivo que la cadena perpetua. Y no es probable que lo consiga próximamente. En conjunto, las pruebas científicas no ofrecen ningún respaldo a la hipótesis de la disuasión".

No puede concebirse que ningún sistema sea o pueda ser capaz de decidir de forma imparcial, coherente e infalible quién debe vivir y quién debe morir. La conveniencia, las decisiones caprichosas, las condiciones socioeconómicas del acusado y la opinión pública predominante pueden influir los procedimientos desde el arresto inicial hasta la decisión de último momento sobre la posible clemencia.

Además, la experiencia demuestra que, siempre que se aplica la pena de muerte, algunas personas mueren, mientras que otras que han cometido delitos similares o peores pueden salvarse.

Los condenados ejecutados no son necesariamente sólo los que han cometido los peores delitos sino también los que eran tan pobres, que no pudieron contratar abogados experimentados que los defendieran o los que debieron enfrentar a fiscales o jueces más severos.

Ahora bien, la pena de muerte es mucho más costosa que cualquier sistema en el que la pena máxima es la reclusión perpetua. Un estudio realizado en Nueva York estima que el costo de una ejecución es tres veces mayor que el de la reclusión o prisión perpetua.

Por ejemplo, en Florida cada ejecución cuesta al Estado 3.2 millones de dólares, en contraste con el costo de 600,000 de la prisión perpetua. Estudios realizados en California, Kansas, Maryland y Carolina del Norte han llegado a la conclusión de que la pena capital es mucho más costosa que mantener a alguien en prisión de por vida.

Sin duda, la pena de muerte desvía recursos que podrían ser aplicados para tomar medidas realmente efectivas contra el crimen.

El derecho a la vida y el derecho a no ser sometido a penas crueles, inhumanas o degradantes son los dos derechos humanos citados con más frecuencia en los debates sobre la pena de muerte. Sin embargo, éstos no son los únicos derechos contra los que atenta la pena capital.

No existe justificación penal para la pena de muerte que pueda superar los argumentos de derechos humanos que justifican su abolición. La pena de muerte es absolutamente injusta e ineficaz, suprime el derecho a la rehabilitación que todo ser humano tiene y abre la puerta a la posibilidad del más trágico e irreparable de los errores judiciales.

Esta iniciativa probablemente no sería necesaria si el PRI y el PVEM en el estado de México no hubiesen propuesto a la población de esa entidad la reposición de la pena de muerte en el Código Penal respectivo. Esta actitud, que pretende aprovechar la justa indignación de los mexiquenses contra la delincuencia, no es en términos políticos más que un intento por obtener popularidad electoral a toda costa, incluso al costo de hacer involucionar el sistema jurídico. En las condiciones sociales actuales, la consulta que dichos partidos proponen equivale a una invitación al linchamiento.

En virtud de lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente

Iniciativa con proyecto de decreto el que se reforma el cuarto párrafo del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Articulo Unico. Se reforma el cuarto párrafo del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 22. Quedan prohibidas...

No se considerará...

No se considerará...

En ningún caso, el Estado Mexicano aplicará la pena de muerte.

Transitorio

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, a los veintinueve días del mes de enero de 2003.

Sen. Raymundo Cárdenas Hernández (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Senadores. Enero 29 de 2003.)
 
 
 

QUE REFORMA DIVERSOS ARTICULOS DE LA LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS, PARA ELIMINAR EL IMPUESTO ESPECIAL A LAS AGUAS MINERALES Y NATURALES GASIFICADAS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO SALVADOR COSIO GAONA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DE LA COMISION PERMANENTE DEL MIERCOLES 29 DE ENERO DE 2003

El suscrito, diputado Salvador Cosío Gaona, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 76, fracción XXV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, 56, 62 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de la H. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a través de la Comisión Permanente, esta iniciativa de decreto, que propone reformar el inciso G del artículo 2° de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para eliminar el impuesto a las aguas minerales y naturales gasificadas, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

En diciembre del 2001 el Ejecutivo federal sometió a la consideración de la Cámara de Diputados la propuesta fiscal para el ejercicio del año 2002, entre ello las tradicionales propuestas de reformas a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en estas propuestas existía el intento de gravar con impuesto especial al agua natural embotellada, así como al agua mineral y natural gasificada, gravamen que no procedió, que no fue aprobado, porque, como consta en el Diario de los Debates, fue rechazado a petición del suscrito, apoyado por muchos legisladores de varios partidos políticos.

No obstante, el Diario Oficial de la Federación publicó en forma equivocada y el impuesto se cobra ilegalmente, durante el año 2002 al agua natural y mineral gasificada ocasionando fuerte reclamo de las industrias restauranteras, hoteleras y refresqueras, por efecto negativo en el consumo, por el incremento a los precios y la baja en el consumo, y originando perdidas de ingresos, y por supuesto, baja en la tributación.

El 7 de noviembre del año pasado el Ejecutivo Federal presentó ante esta H. Cámara de Diputados la iniciativa de ley que establece, reforma, adiciona, y deroga diversas disposiciones fiscales para el año 2003, la cual fue turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Publico para su estudio y dictamen. Dentro de esta iniciativa se abordaba lo relativo a las reformas, adiciones y derogaciones que proponía el Ejecutivo en materia de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Como lo dice el dictamen correspondiente firmado por la Comisión de Hacienda y Crédito Público este impuesto "Ha tenido que jugar un papel destacado desde hace muchos años, no solo porque es la tercera fuente mas importante de ingresos tributarios, sino porque la sociedad ha podido aceptar con relativa mayor facilidad el que se apliquen cobros mayores al consumo de ciertos bienes que, a pesar de ser de amplio consumo, por razones de seguridad pública, adicción, integración familiar, salud o por motivos ecológicos influyen en la percepción que sobre su demanda tiene la sociedad". Excluyendo el impuesto especial a las gasolinas, el diesel, el tabaco y el alcohol, el resto de productos y servicios gravados en el impuesto, no encajan en el espíritu que crea y fundamenta el gravamen, es decir, ni las bebidas sin alcohol, ni las telecomunicaciones, por citar algunos casos, son productos y servicios que deban ser gravados por razones de seguridad publica, adicción, desintegración familiar, impacto a la salud publica y/o al medio ambiente. Es decir, el fin original del impuesto, es resarcir al Estado para que obtenga recursos y pueda con ellos sufragar el gasto publico de actividades especiales de apoyo social que debe otorgar para combatir inseguridad, adicción, desintegración familiar, daño a la salud pública y al medio ambiente, generados por la producción y servicios específicos, pero este gravamen se ha convertido en un instrumento meramente recaudatorio, auxiliar a los elementos fiscales principales.

En diciembre del año pasado, el Ejecutivo Federal insistió en gravar el agua natural y el agua natural y mineral gasificadas, embotelladas para consumo humano en presentaciones menores de 10 litros.

Los diputados rechazamos el impuesto al agua natural, pero se aprobó, no obstante mi alegato y voto en contra, gravar con 20% a las aguas minerales y naturales gasificadas, lo que es motivo de fuertes reclamos por las industrias restaurantera, hotelera y refresquera, por el incremento en costos y la baja en los consumos, lo que lesiona su economía.

Según un reporte de la Asociación Nacional de Productores de Refrescos y Aguas Carbonatadas (ANPRAC), en México, la industria refresquera se ubica entre las actividades mas importantes del país.

En 1999, el PIB de esa industria representó el 13.3% del total del renglón de alimentos, bebidas y tabaco; el 3.3% del de la Industria manufacturera, y el 0.7% del PIB total.

Los principales grupos embotelladores en México son empresas transnacionales asociadas a capitales nacionales que producen y comercializan franquicias extranjeras. Otro grupo importante lo constituyen las fabricas nacionales que producen y comercializan marcas regionales.

Los canales de comercialización de esta industria son principalmente abarrotes, restaurantes, escuelas, clubes, hoteles y lugares de entretenimiento.

Se puede decir que uno de los últimos nichos del mercado con los que cuenta actualmente la industria refresquera nacional son una parte de los refrescos de sabores, pero fundamentalmente las aguas minerales y las gasificadas.

Estos refrescos, que pueden tomarse directamente o que también se utilizan como mezcladores, son consumidos principalmente en los restaurantes y bares, que se ubican como tales o formando parte de los hoteles de nuestra industria turística nacional.

Al aplicar la tasa del 20% del Impuesto Especial se afecta a la industria nacional de gran tradición en nuestro país como lo hemos comentado, así como a las instalaciones que proporcionan servicios tanto al turismo nacional como extranjero, por lo que me permito poner a su consideración sea derogado el impuesto a estas bebidas aprobado en la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios 2003.

Así las cosas, el impuesto especial aprobado a la producción y consumo de aguas minerales y naturales embotelladas es injusto, inadecuado, lesivo a la economía nacional y se aparta totalmente del espíritu de la Ley del Impuesto Especial sobre Productos y Servicios, por lo que debe ser derogado, precisando que esto abatiría costos aumentaría el consumo, provocando aumento de recaudación a los otros gravámenes que existen, beneficiando a la economía nacional.

Por ello someto a la consideración de la H. Cámara de Diputados por conducto de esta Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, la presente iniciativa de decreto que reforma el artículo 2°, inciso I, paréntesis G, de la Ley del Impuesto Especial de Productos y Servicios vigente, para derogar el mencionado impuesto, para quedar así

Decreto

Unico. Se reforma el artículo 2° inciso I, paréntesis G, de la Ley del Impuesto Especial de Productos y Servicios para quedar como sigue:

Artículo 2°

...

G) Refrescos; bebidas hidratantes o rehidratantes;
concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores, que al diluirse permitan obtener refrescos, bebidas hidratantes o rehidratantes que utilicen edulcorantes distintos del azúcar de caña..........20%
Transitorio

Unico. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 29 días del mes de enero de 2003.

Dip. Salvador Cosío Gaona (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. Enero 29 de 2003.)
 
 
 

QUE REFORMA DIVERSOS ARTICULOS DE LA LEY DEL SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA ELECTRICA, EN MATERIA DE TARIFAS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO JESUS BURGOS PINTO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DE LA COMISION PERMANENTE DEL MIERCOLES 29 DE ENERO DE 2003

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los suscritos diputados federales de la LVIII Legislatura, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentamos a la consideración del Honorable Congreso de la Unión, iniciativa de reformas a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

El artículo 27 constitucional, establece que corresponde exclusivamente a la Nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público; que en esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares; y que la nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines.

Por su parte, la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, faculta a la Secretaría de Energía para dictar las disposiciones relativas al servicio público de energía eléctrica; asimismo, establece que la prestación de dicho servicio por la Nación, estará a cargo de la Comisión Federal de Electricidad y de la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, en tanto se cumplimente lo dispuesto por el artículo cuarto transitorio de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.

El mismo ordenamiento legal, faculta a la junta de Gobierno de la Comisión Federal de Electricidad, para acordar las propuestas de ajuste a las tarifas, que deberán formularse de acuerdo con el estado patrimonial y financiero del organismo, así como aprobar, en su caso, la propuesta de reestructuración tarifaria, cuyos proyectos serán sometidos a su consideración por la Dirección General de la Comisión Federal de Electricidad; asimismo, faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, con la participación de las Secretarías de Energía y de Economía, a propuesta de la Comisión Federal de Electricidad, fije las tarifas para venta de energía eléctrica, su ajuste, modificación o reestructuración, de manera que tiendan a cubrir las necesidades financieras del organismo, así como las de ampliación del servicio público y las de racionalizar el consumo de energía.

Además de las antes señaladas, la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, no cuenta con otras disposiciones que limiten la facultad tarifaria de la Secretaría de Hacienda; es decir, la Ley no refiere factores socioeconómicos, climatológicos o de otra índole, regionales o nacionales que deban observarse por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para la fijación, ajuste, modificación o reestructuración de tarifas eléctricas.

Si bien es cierto, en términos de la Ley, las tarifas eléctricas deben tender a cubrir las necesidades financieras de los organismos suministradores y la de ampliación del servicio público; también es cierto, así lo mandata la Constitución, que el Estado debe aprovechar los recursos naturales y bienes de la Nación que requiera para cumplir con las actividades que tienen por objeto la prestación del servicio público de energía eléctrica; es decir, los recursos para la satisfacción de las necesidades financieras y patrimoniales de las empresas estatales encargadas de la prestación de dicho servicio, no tienen que provenir exclusivamente, del producto de las tarifas eléctricas aplicables.

Sin embargo, es reconocida la necesidad de que el financiamiento a dichas empresas, vía el Presupuesto de Egresos de la Federación, vaya disminuyendo paulatinamente, conforme al crecimiento del poder adquisitivo de los salarios de los trabajadores y en general, de la economía nacional; para ello, es indispensable que en el ejercicio de sus facultades tarifarias, las autoridades competentes observen, no solo los objetivos de financiamiento a los suministradores de energía, sino conjugar en ellos, las necesidades del servicio por los usuarios, la capacidad económica de estos, así como las condiciones diversas, regionales o climatológicas que inciden en la cantidad de energía requerida para su consumo.

Ante la falta de disposiciones en la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, definitorias de los factores o elementos a considerar por las autoridades competentes en la determinación de las tarifas eléctricas, el Ejecutivo Federal, en uso de la facultad reglamentaria que le atribuye la Constitución, ha establecido en el artículo 48 del Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, que las tarifas eléctricas aprobadas deben reflejar el costo económico de los rubros de generación, transmisión y distribución de la Energía eléctrica suministrada y considerar los requerimientos de ampliación de infraestructura eléctrica; asimismo, dispone que dichas tarifas se ajustarán de acuerdo con la evolución de los costos económicos a través del tiempo, tomando en cuenta, por separado, los rubros de generación, transmisión y distribución, así como las diferencias o variaciones relevantes por factores regionales o estacionales, entre otras. Estos elementos, señala el Reglamento, podrán estar explícitos o implícitos en las tarifas.

Por su parte, el artículo 51 del mismo Reglamento, establece que a la propuesta tarifaria de Comisión Federal de Electricidad o de Luz y Fuerza del Centro, deberá anexarse, cuando menos, el estudio justificativo de la propuesta en que se consigne el alcance y consecuencia de la propuesta en el estado financiero del suministrador, en la aplicación de las tarifas y cualquier otro aspecto; así como los estados financieros de resultados complementarios que fundamentarán la propuesta; el estudio de costos económicos de la energía eléctrica en los que se fundamenta la propuesta; la descripción de los elementos que integran la propuesta; y la estimación de resultados considerando el ajuste, modificación o reestructuración.

Las omisiones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica antes referidas, permiten tácitamente una gran discrecionalidad del Ejecutivo Federal para el ejercicio de sus facultades tarifarias en materia eléctrica, dando lugar a ajustes, modificaciones y reestructuraciones de las tarifas eléctricas para el consumo doméstico, cuya aplicación ha resultado excesivamente gravosa para la economía familiar de la mayoría de los usuarios del servicio.

El acuerdo que autoriza el ajuste, modificación y reestructuración a las tarifas para suministros y venta de energía eléctrica y reduce el subsidio a tarifas domésticas, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 7 de febrero de 2002, es muestra clara de la posibilidad de incurrir en excesos al ejercerse la facultad tarifaria por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en virtud de dicha discrecionalidad.

Con dicho acuerdo, las tarifas domésticas redujeron los tramos de consumo básico e intermedio y, en consecuencia, se incrementan los tramos correspondientes al consumo excedente; se incrementó el cargo por consumo excedente; se crea un nuevo cargo por consumo intermedio correspondiente al segundo nivel de consumo, 17% más caro que el establecido para el consumo intermedio del primer nivel; se aplicaron ajustes mensuales a los cargos tarifarios en general que, acumulados, representaron incrementos anuales de 8.4% en las tarifas y de 31.3% en el nuevo cargo para el consumo intermedio del segundo nivel, además de crear una nueva tarifa de alto consumo desproporcional, inequitativa e injusta; modificando las tarifas de tal manera que con su aplicación se da un trato desigual a los iguales.

Hasta antes del acuerdo, la tarifa 1 era de aplicación general durante todo el año y en todo el territorio nacional, con excepción de aquellas regiones o localidades a las cuales se aplicaban las tarifas preferenciales durante la temporada de verano; pero que fuera de verano quedaban sujetos a la tarifa general. (Tarifa 1)

Con el acuerdo de referencia, la tarifa 1 solo es aplicable a las regiones que no alcanzan la temperatura media mínima en verano de 25°C, requerida para acceder a las tarifas de verano. Mientras que las tarifas preferenciales cuya finalidad ha sido apoyar a la población para contrarrestar los efectos de los climas calurosos durante el verano, se han modificado para darles un trato preferente también en la temporada fuera de verano, a las localidades sujetas a dichas tarifas, aún cuando fuera de verano presentan condiciones similares o iguales a las de las regiones sujetas a la tarifa 1.

Así, vemos como a las regiones sujetas a la tarifa 1 durante todo el año, en un primer nivel, se les limita a un consumo mensual de 140 Kw/h, de los cuales, los primeros 75 Kw/h corresponde a consumo básico y los siguientes 65 Kw/h corresponden a consumo intermedio. En ambos consumos se siguen aplicando los cargos establecidos en las tarifas de diciembre de 1995, los cuales se incrementaron entre 111% y 120%, respectivamente, al mes de febrero de 2002, y que a partir de la vigencia de dicho acuerdo tarifario, se ajustan mensualmente para crecer en un 8.4 % anual, porcentaje superior al de la inflación estimada para el año 2002 y al del crecimiento del salario de los trabajadores.

En la misma tarifa 1, en un segundo nivel, en el supuesto de que se consuman mas de 140 Kw/h mensuales, se mantiene el consumo básico de los primeros 75Kw/h con el mismo cargo; se reduce el consumo intermedio a los siguientes 50 Kw/h aplicando un cargo 17% mayor al del consumo intermedio correspondiente al primer nivel; el consumo adicional a los primeros 125 Kw/h se cobra como excedente. En este caso, los cargos por consumo intermedio, como hemos apuntado, se ajustan mensualmente aplicándoles un factor que incrementa dicho cargo en un 31.3% anual.

Con el acuerdo tarifario en comento, así como con el publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de abril de 2002, por el que se crea la tarifa preferencial 1-F, en todas las tarifas preferenciales de la 1-A a la 1-F, también se establecen dos niveles para el consumo de energía eléctrica fuera de la temporada de verano.

En el primer nivel la tarifa 1-A limita el consumo mensual a 150 Kw/h, de los cuales los primeros 75 corresponden al consumo básico y los siguientes 75 al consumo intermedio. En el segundo nivel (consumo mayor a 150 Kw/h mensual) se mantiene el consumo básico de 75 Kw/h; se reduce el intermedio a los siguientes 50 Kw/h; el consumo adicional a los 125 Kw/h se considera excedente.

A partir de lo anterior, progresivamente, en cada tarifa preferencial se va ampliando el tramo de consumo límite para el primer nivel, hasta llegar a la tarifa 1-F, para la que se establece un consumo mensual de 250 Kw/h, de los cuales, los primeros 75 son consumo básico; las siguientes 125 corresponden al consumo intermedio y las restantes 50 se consideran consumo excedente. Curiosamente, en esta tarifa, para el segundo nivel (consumo mayor a 250 Kw/h mensual) se mantienen los tramos de consumo básico e intermedio del primer nivel y, en consecuencia, es consumo excedente el adicional a los primeros 200Kw/h.

No obstante que los cargos por energía consumida aplicables en la temporada fuera de verano, conforme a las tarifas preferenciales, son las mismas que establece la tarifa 1, las diferencias existentes en los límites establecidos para el consumo del primer nivel, entre la tarifa 1 y las preferenciales, no se justifican.

No se justifican porque la mayor parte de las regiones que alcanzan las temperaturas medias mínimas requeridas para aplicarles una tarifa preferencial determinada durante la temporada de verano, fuera de verano no alcanzan la temperatura media mínima de 25°C requerida para acceder a la tarifa preferencial menor que es la 1-A y por lo tanto, se encuentra en condiciones climáticas similares, a las prevalecientes en regiones afectas de la tarifa 1.

Para sancionar el uso irracional del fluido eléctrico, adicional al incremento del 17% al cargo por consumo intermedio en el segundo nivel de las tarifas, y al incremento anual de 31.3% en el mismo cargo intermedio, vía el ajuste mensual con la aplicación del factor 1.023, se fija una tarifa de alto consumo, con la cual, se aplican cargos mas elevados a la totalidad del consumo, en sustitución de los cargos menores establecidos para todos los tramos de consumo en las tarifas ordinarias, de la 1 a la 1F.

La tarifa de alto Consumo se aplica a los usuarios del servicio cuando el consumo promedio mensual durante los últimos 12 meses sea:

Mayor a 250 Kw/h, en la tarifa 1;

Mayor a 300 Kw/h, en la tarifa 1-A;

Mayor a 400 Kw/h, en la tarifa 1-B;

Mayor a 850 Kw/h, en la tarifa 1-C;

Mayor a 1,000 Kw/h, en la tarifa 1-D;

Mayor a 2,000 Kw/h, en la tarifa 1-E;

Mayor a 2,000 Kw/h, en la tarifa 1-F

La inequidad que se observa en los límites establecidos para la determinación del alto consumo en cada una de las tarifas ordinarias domésticas, es inaceptable a todas luces. Basta señalar lo injusto que resulta castigar el consumo mensual promedio de 255 Kw/h realizado por un porcentaje muy elevado de usuarios sujetos a la tarifa 1, mientras difícilmente habrá usuarios sujetos a las tarifas 1-E y 1-F que rebasen el consumo mensual promedio de 2000 Kw/h.

Insistimos, las tarifas preferenciales ( de la 1-A a la 1-F ) se justifican plenamente para su aplicación en la temporada de verano y no fuera de ésta; es decir, el trato preferencial se justifica en la medida que tiende a contrarrestar los efectos negativos de las altas temperaturas en detrimento del confort y las actividades humanas.

No hay explicación lógica que nos lleve a considerar la existencia de congruencia alguna, ya no digamos proporcionalidad, equidad o justicia, en las disposiciones contenidas en los acuerdos de 7 de febrero de 2002 y 8 de abril del mismo año.

Para darse una idea de lo que en general implica la aplicación de estas tarifas de alto consumo, ejemplificamos:

Con la aplicación de la tarifa 1, por un consumo mensual de 255 Kw/h, un usuario pagaría:

En enero de 2002: $ 193.20 + IVA

En marzo de 2002: $ 282.92 + IVA

(sin tarifa de alto consumo)

Con la tarifa de alto consumo,

En febrero de 2002: $ 387.14 + IVA

Es de observarse que con las nuevas disposiciones tarifarias, los cargos totales por el consumo ejemplificado se incrementaron de un mes a otro, de enero a febrero de 2002, en más de 100%.

Las tarifas preferenciales de verano: 1-A, 1-B, 1-C, 1-D, 1-E y 1-F, rigen para todo el año en las regiones que durante la temporada de verano, registran una temperatura media mínima de 25°C, 28°C, 30°C, 31°C, 32°C, y 33°C, respectivamente; sin embargo, el tratamiento tarifario para dichas regiones durante la temporada fuera de verano, resulta discriminatorio de las localidades sujetas a la tarifa 1, dado que fuera de verano la mayor parte de las localidades en nuestro territorio no alcanza la temperatura media mínima requerida para acceder a tarifas preferenciales.

Por otro lado, no obstante la pública declaración de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el sentido de que las tarifas eléctricas no se incrementarían en más de un 3% durante el año 2003, el 17 de enero del presente año, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, otro Acuerdo que autoriza el ajuste y modificación a las tarifas para suministro y venta de energía eléctrica y que modifica las disposiciones complementarias a dichas tarifas; Acuerdo con el cual, si bien se derogan las disposiciones que establecían la aplicación de ajustes mensuales a las tarifas eléctricas para el consumo doméstico que representaban incrementos anualizados de 8.4% en general y de 31.3% para el cargo por consumo intermedio del segundo nivel, se establece un ajuste mensual para todos los cargos, y en todas las tarifas domésticas, con la aplicación de un factor de 1.00469 a partir del día primero de cada mes, lo que representa un incremento anualizado de 5.78%.

Adicionalmente, el Acuerdo de 17 de enero de 2003, modifica las cuotas aplicables de la tarifa 1-F, de la siguiente manera:

Para la temporada de verano:

Amplía el tramo de consumo del primer nivel, de 750 Kwh/mes a 1,200 Kwh/mes, manteniendo los cargos por cada Kwh/mes para el consumo básico que sigue aplicándose a los primeros 300 Kwh/mes, así como para el consumo intermedio que ahora se aplica a los siguientes 900 Kwh/mes, en lugar de los 450 Kwh/mes, anteriores.

En consecuencia, el segundo nivel corresponde ahora, a consumos mayores de 1,200 Kwh/mes: en este nivel se mantiene el mismo cargo para el consumo básico por los primeros 300 Kwh/mes; queda el mismo cargo para el consumo intermedio (bajo) para los siguientes 900 Kwh/mes; se establece un nuevo cargo al consumo intermedio (alto) de 1.111 pesos para cada Kwh/mes de los siguientes 1,300 consumidos; y se mantiene el cargo que ya se venía aplicando para el consumo excedente a los primeros 2,500 Kwh/mes.

Además, el acuerdo de 17 de enero del presente año, modifica el límite de alto consumo de la tarifa 1-F, estableciéndolo en los 2,500 Kwh/mes, en lugar de los 2,000 que establecía el acuerdo de 8 de abril del año anterior; también modifica el ámbito de aplicación de la Tarifa Alto Consumo, para que ahora, además de aplicarse a los servicios de energía para uso doméstico considerados de alto consumo, como estaba establecido, también se aplique a aquellos servicios que por sus características así se requiere.

Con esta última disposición, se amplía la gran discrecionalidad con la que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ejerce sus facultades tarifarias en la materia y, más aún, autoriza a la Comisión Federal de Electricidad para que aplique la Tarifa de Alto Consumo, también discrecionalmente, al no señalar cuales son esas características del servicio que así lo requieran.

Para darnos una idea de la irresponsabilidad con la que se ejerce tal discrecionalidad y la inequidad en el tratamiento a los usuarios del servicio, a través de las tarifas eléctricas para el consumo doméstico, independiente del drástico incremento a dichas tarifas y el consecuente deterioro de la economía familiar de los mexicanos, producto del Acuerdo Tarifario de 7 de febrero de 2002, veamos, tan solo con un ejemplo, los efectos que han resentido aquellas localidades que por alcanzar la temperatura media mínima de 32°C durante el verano, que hasta antes del Acuerdo de 8 de abril de 2002, estaban sujetos a la Tarifa 1-E; y que a partir de abril, se dividen para aplicar la tarifa 1-F a aquellas regiones que alcanzan la temperatura media mínima de 33°C.

Veamos: entre las muchas localidades con temperaturas promedio mínima de 32°C o mayores, principalmente del Norte del país y de las extensas zonas costeras del Territorio Nacional, se encuentran las de Los Mochis, Culiacán y Mazatlán, en el Estado de Sinaloa, así como la de Hermosillo, Sonora y la de Mexicali, Baja California, de las cuales, a las primeras tres se les aplica ahora la tarifa 1-E, mientras a las dos últimas se les aplica la tarifa 1-F.

La reasignación de tarifas antes enunciada, evidencia la inequidad en los cargos establecidos para el consumo del fluído en estas localidades, como se observa en el siguiente cuadro, cuyas cifras están calculadas en base a los cargos que para el consumo establecen las tarifas vigentes aplicables en su momento a cada caso.

El análisis de las cifras anteriores, evidencia crudamente, la ligereza con la que el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizó los ajustes, modificaciones y reestructuración de las tarifas eléctricas para el consumo doméstico, estableciendo un tratamiento falto de equidad hacia los usuarios, un tratamiento discriminatorio no solo para las localidades del Estado de Sinaloa, sino para todas aquellas del territorio nacional, sujetas a la Tarifa 1-E, frente al tratamiento de excepción con el que se beneficia principalmente a los consumidores de altos volúmenes de energía, sujetos a la Tarifa 1-F, como son los de las localidades de Hermosillo, Sonora: y Mexicali, Baja California.

Los iniciadores consideramos urgente la intervención del H. Congreso de la Unión, para emitir las disposiciones legales necesarias para poner fin a la discrecionalidad con la que actúa el Ejecutivo Federal, estableciendo en la Ley los requisitos que hayan de satisfacer o cumplimentar las autoridades competentes para ejercer sus facultades tarifarias en materia de suministro y venta de energía eléctrica para uso doméstico.

Porque independiente de que con los últimos acuerdos tarifaros se ha afectado gravemente la economía de la gran mayoría de los mexicanos, principalmente las de quienes tienen menores ingresos y que, reiteramos, se dá un trato diferenciado a los iguales, las facultades atribuídas, no solo al Ejecutivo Federal, sino a cualquier autoridad, no deben ejercerse con la discrecionalidad con la que se está actuando en materia de tarifas eléctricas, golpeando a la economía popular con incrementos desproporcionados e inequitativos como los autorizados en 2002, y al año siguiente, año de elecciones federales para integrar la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados y de elecciones locales en diversas entidades Federativas como en el caso de Sonora, se reduzcan dichas tarifas con nuevos acuerdos administrativos que se difunden con evidentes afanes de proselitismo electoral y descubriendo ante la sociedad, los falsos argumentos en que el propio Ejecutivo fundó los acuerdos tarifarios del año anterior.

Los iniciadores expresamos que debe tratarse igual a los iguales; así como en la temporada fuera de verano debe aplicarse una tarifa general en la mayor parte del territorio nacional, donde las temperaturas medias mínimas, en esa temporada, no alcancen los 25°C; también encontramos necesario que el Congreso de la Unión debe establecer en la Ley los factores climatológicos que la autoridad competente deba considerar para la determinación de las tarifas preferenciales de verano.

Conforme a los acuerdos tarifarios vigentes, una localidad alcanza la temperatura media mínima en verano para la aplicación de determinada tarifa, cuando alcance el límite indicado durante tres o más años de los últimos cinco de que se disponga la información correspondiente. Se considera que durante un año alcanzó el límite indicado cuando registra la temperatura media mensual durante dos meses consecutivos o más, según los reportes que al respecto elabora la Semarnat.

Sin embargo, la proporcionalidad que debiera observarse en la asignación de las tarifas de verano, no es posible alcanzarla, ya que solo se considera la temperatura del aire como criterio único de evaluación de las condiciones ambientales para dicha asignación.

Así, en la asignación de una determinada tarifa de verano a diferentes localidades del Territorio Nacional que alcanzan la temperatura media mínima requerida para el efecto, no se considera la diferencia existente entre dichas localidades, cuando las condiciones de humedad relativa que privan en cada una de ellas, son diversas.

De las investigaciones realizadas por la Universidad Autónoma de Sinaloa, (Fundamentos para que la Comisión Federal de Electricidad aplique la tarifa doméstica de verano 1-F para el Estado de Sinaloa) se desprende lo siguiente:

Que en México, los intentos para relacionar la Temperatura ambiente y la humedad con el confort humano están limitados principalmente al campo de la arquitectura, en el diseño de edificios confortables.

Que el Servicio Meteorológico Nacional, a pesar de las extensas zonas calientes y húmedas existentes en las regiones costeras del país, en sus estadísticas climatológicas, no reporta los índices de calor o temperatura aparente, que es la temperatura que siente el cuerpo humano cuando la temperatura y la humedad se combinan.

Que la combinación de temperaturas moderadamente altas con porcentajes elevados de humedad relativa, dificulta el bienestar físico de la población que afectan, y reduce la capacidad del cuerpo humano para perder calor vía enfriamiento evaporativo; es decir, el enfriamiento del cuerpo disminuye y se dificulta en la medida en que el aire es más húmedo.

Que a temperaturas superiores a 25°C, la piel suda y consecuentemente, el enfriamiento evaporativo promueve la pérdida de calor del cuerpo; sin embargo, si el aire es demasiado húmedo, la evaporación disminuye limitando la capacidad natural del cuerpo humano para mantener su temperatura interna constante (37°C).

Que desde 1984, el Servicio Nacional del Tiempo de los Estados Unidos, utiliza los índices de calor (efectos de temperatura y humedad ambiental sobre la fisiología humana), para evaluar y prevenir el impacto que tiene sobre el confort, la salud y las actividades humanas.

Que una persona expuesta a una temperatura ambiente de 32°C y una humedad relativa de 70%, experimenta la misma incomodidad y tensión que si estuviera expuesta a una temperatura de 40°C en clima seco.

De ahí la conveniencia de que en la determinación de las tarifas eléctricas para el consumo doméstico, concretamente en las tarifas preferenciales de verano, las autoridades competentes consideren el factor índice de Calor o temperatura aparente, desarrollados por STEADMAN en 1979, publicados rutinariamente por la Administración Nacional de la Atmósfera y el Océano de los Estados Unidos (NOAA, por sus siglas en inglés).

Reiteramos, si el propósito que se persigue con las tarifas domésticas preferenciales de verano, es apoyar a la población para contrarrestar los efectos negativos en el confort y las actividades humanas, debemos modificar el criterio utilizado hasta hoy para la determinación y asignación regional de las tarifas domésticas de verano, sustituyendo la utilización de un solo parámetro meteorológico (temperatura del aire) por el más realista y equitativo, de calcular los promedios mensuales de temperatura utilizando los índices de calor, a los que hemos hechos referencia.

Por todo lo anterior, los iniciadores proponemos reformar el artículo 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, para que, retomando el mandato del artículo 27 constitucional, de que el Estado aproveche los bienes y recursos naturales de la nación que se requieran para realizar las actividades que tengan por objeto la prestación del servicio público de energía eléctrica, se establezca que las tarifas eléctricas tiendan a cubrir aquellas necesidades no satisfechas con los recursos presupuestales asignados a la Comisión Federal de Electricidad y así, dejar a salvo la facultad de la Cámara de Diputados de aprobar la asignación de dichos recursos en el Presupuesto de Egresos de la federación, aún cuando con su aplicación, se traduzcan en subsidio al consumo doméstico de energía eléctrica a favor de los económicamente más desprotegidos.

Por otro lado, proponemos la adición de dos artículos a los que corresponderían los numerales 32 y 33 en el cuerpo del mismo ordenamiento legal, recorriendo en dos numerales los actuales artículos 32 y 33, así como los demás subsecuentes, para establecer en el artículo 32, la obligación de la SHCP de expresar en las tarifas, la proporción en que inciden los recursos económicos producto de la aplicación de las tarifas, en los costos financieros de servicio y en los de ampliación de su infraestructura; por su lado el texto para el artículo 33, establecería los requisitos que habrían de cumplir las autoridades competentes para la determinación de las tarifas eléctricas para el consumo doméstico.

Por los motivos expuestos, los suscritos diputados federales ponemos a la consideración de la Honorable Cámara de Diputados, el siguiente:

Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.

Artículo Primero.- Se reforma el artículo 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, para quedar como sigue:

Artículo 31.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la participación de las Secretarías de Energía y de Economía y a propuesta de la Comisión Federal de Electricidad, fijará las tarifas, su ajuste o reestructuración, de manera que tienda a cubrir las necesidades financieras y las de ampliación del servicio público que no sean satisfechas con los recursos asignados para tal efecto a la Comisión Federal de Electricidad, en el Presupuesto de Egresos de la Federación; asimismo, tenderán a estimular el racional consumo de energía.

Artículo Segundo.- Se adicionan los artículos 32 y 33, recorriendo en dos numerales los actuales artículos 32 y 33 y demás subsecuentes, para quedar como sigue:

Artículo 32.- A efecto de lo dispuesto en el artículo anterior, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, al fijar, ajustar o reestructurar las tarifas para la venta de energía eléctrica, deberá reflejar en éstas, de manera explícita, la proporción del costo económico de los rubros de generación, transmisión y distribución de la energía eléctrica suministrada, así como el del de los requerimientos de ampliación de infraestructura eléctrica que se cubrirán con los recursos económicos provenientes de la venta de energía eléctrica.

Artículo 33.- Las tarifas para venta de energía eléctrica para uso doméstico se fijarán, ajustarán o reestructurarán por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, tomando en cuenta además de lo dispuesto en los artículos 31 y 32, anteriores, lo siguiente:

I.- La evolución de los costos económicos de los rubros generación transmisión y distribución de la energía eléctrica; así como la evolución de la economía familiar de los trabajadores.

II.- Habrá una tarifa general, de aplicación en todo el territorio nacional durante la temporada conocida como"fuera de verano", y de aplicación durante todo el año en las localidades o regiones que no alcancen durante la temporada de verano, una temperatura aparente o índice de calor media mínima de 25°C.

III.- La Secretaría de Hacienda podrá fijar las tarifas que sean necesarias para apoyar a la población contra los efectos de las temperaturas aparentes o índices de calor, cuya media mínima mensual sea de 25°C, o mayores, que incidan negativamente en el confort y las actividades humanas durante la temporada de verano.

IV.- La temperatura aparente o índice de calor se determinará en la norma oficial mexicana que al efecto expidan las Secretarías de Energía o de Economía, tomando en cuenta los efectos ambientales de la temperatura del aire y la humedad relativa sobre la fisiología humana; de conformidad con las disposiciones relativas de la Ley Federal de Metrología y Normalización.

V.- En ningún caso se considerará consumo irracional o alto consumo, aquel que no exceda de 300 Kw/h mensuales, en el consumo de energía eléctrica de uso doméstico.

Transitorios

Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación

Segundo.- Las Secretarías de Energía y de Economía, dentro de los noventa días naturales siguientes al inicio de la vigencia del presente decreto, elaborarán y expedirán la norma oficial mexicana correspondiente a la determinación del índice de calor o temperatura aparente, conforme a las disposiciones relativas de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, vigente.

Tercero.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dentro de los sesenta días siguientes a la publicación de la norma oficial mexicana a que se refiere el artículo transitorio anterior, deberá fijar, ajustar o reestructurar las tarifas para suministro y venta de energía eléctrica para uso doméstico, conforme a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, reformada con el presente decreto:

Cuarto.- Quedan sin efecto las disposiciones tarifarias que se opongan presente decreto.

Diputados: Víctor Manuel Gandarilla Carrasco (rúbrica), Jesús Burgos Pinto, José Jaime Barrón Fonseca (rúbrica), Aarón Irízar López (rúbrica), Rubén Félix Hays (rúbrica), Florentino Castro López, Martha Meza Escalante, Enrique Aguilar Borrego, Fernando Díaz de la Vega, Roberto Zavala Echevarría, Policarpo Infante Fierro.

(Turnada a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial. Enero 29 de 2003.)
 
 













Dictámenes
DE LA PRIMERA COMISION DE LA COMISION PERMANENTE, QUE CONTIENE PROPOSICION CON PUNTO DE ACUERDO PARA QUE SE SOLICITE A LA UNAM Y AL OBSERVATORIO METEOROLOGICO NACIONAL REALIZAR EL ESTUDIO QUE DETERMINE EL HUSO HORARIO CORRESPONDIENTE A DURANGO RESPECTO A LA UBICACION DEL MERIDIANO DE GREENWICH, PRESENTADA POR EL SENADOR ADRIAN ALANIS QUIÑONES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

A la Primera Comisión, de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión fue turnada para estudio y elaboración del dictamen la Proposición con Punto de Acuerdo presentado por el Senador Adrián Alanís Quiñones, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para que se solicite a la Universidad Nacional Autónoma de México y al Observatorio Meteorológico Nacional realice el estudio y análisis de ubicación del Estado de Durango en relación con el meridiano de Greenwich.

Con fundamento en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 127, párrafo 1, y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 87, 88, 176 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de esta Primera Comisión que suscriben someten a la consideración del Pleno de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión el presente dictamen.

ANTECEDENTES

1. En Sesión de la Comisión Permanente de fecha 8 de enero del año en curso, el Senador Adrián Alanís Quiñones, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó una proposición con punto de acuerdo para que se solicite a la Universidad Nacional Autónoma de México y al Observatorio Meteorológico Nacional realice el estudio que determine el huso horario que le corresponde al Estado de Durango en relación con la ubicación del meridiano de Greenwich.

2. Con fecha 15 de enero del año en curso, se turnó el referido Punto de Acuerdo a la Primera Comisión, de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.

3. Con fecha 22 de enero del mismo año, los integrantes de esta Primera Comisión, en acatamiento al turno dispuesto y en reunión de trabajo, procedimos al análisis, discusión y elaboración del presente dictamen en conjunto con base en los siguientes

CONSIDERANDOS

La Comisión que dictamina es competente para conocer y resolver el presente asunto de conformidad con lo que establecen el artículo 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 116, 122 y 127 de la Ley Orgánica de Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

La Proposición con Punto de Acuerdo que se dictamina surge a partir de la propuesta de modificación de horarios estacionales que realizó el Senador promovente, la cual fue presentada y aprobada en el mes de marzo de 2002 por el Honorable Pleno de la Cámara Senadores y enviada a la Honorable Cámara de Diputados para que la Mesa Directiva, a su vez, la turnara a la Comisión de Energía.

Al no haber obtenido respuesta, el pasado 14 de noviembre de 2002 la Cámara de Senadores envió a la Colegisladora la excitativa a fin de que la Comisión de Energía emita el dictamen correspondiente a la minuta del caso.

La Proposición que se dictamina manifiesta la problemática geográfica y astronómica derivada de un error legislativo por el cual el Estado de Durango fue ubicado en un meridiano que no le corresponde y por cuya consecuencia se tiene en forma permanente durante todo el año una hora de adelanto, situación que se agrava cuando inicia el horario estacional, a partir del primer domingo de abril, y hasta el último domingo de octubre, cuando en el horario convencional de verano son las 12 del día en la Ciudad de Durango, el sol está lejos del cenit y los relojes de sol apenas marcan las 10 de la mañana; es decir, que tenemos dos horas de desfasamiento entre la hora natural y la hora convencional.

El estado de Durango, al oeste, está localizado en el noroeste del país, colinda al norte con Chihuahua, al sur con Nayarit y al oeste con Sinaloa, estados ubicados dentro del meridiano 105º.

Los límites del territorio del estado de Durango, en línea recta con el Océano Pacífico, distan menos de 80 kilómetros. Al oriente, los límites del estado distan más de 1,600 kilómetros del Océano Atlántico, por lo que no podemos tener la misma hora que el Puerto de Veracruz, cuando al sol, al levantar el alba, tarda una hora más de llegar de Veracruz al estado de Durango.

En virtud de lo anterior, se solicita se investigue y analice la exacta situación geográfica de Durango en particular, a partir de la localización del meridiano 0o en el Real Observatorio de Greenwich del Reino Unido de la Gran Bretaña, para que con base en estos estudios científicos realizados por la máxima autoridad en la materia en México, la UNAM, la Cámara de Diputados y, en especial, la Comisión de Energía puedan tener mayor claridad al respecto y responder, en consecuencia, a la excitativa que dirigió la Cámara de Senadores en noviembre de 2002.

Asimismo, el promovente de la Proposición con Punto de Acuerdo solicita "que una vez obtenidos los resultados de estos estudios científicos, será necesario que esta Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, excite a la Comisión de Energía de la H. Cámara, para que emita el dictamen y sea presentado en los primeros días del segundo periodo extraordinario de sesiones del tercer año de la LVIII Legislatura, y pueda el Pleno hacer la modificación que corresponde, y en el caso de los duranguenses resolver la inconformidad social a que he hecho referencia o en caso contrario se exima a Durango del horario de verano".

Con base en lo antes expuesto, la Primera Comisión, de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, se permite someter a la consideración del Pleno de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión el siguiente

DICTAMEN

PRIMERO. La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión solicita atenta y respetuosamente a la Universidad Nacional Autónoma de México y al Observatorio Meteorológico Nacional realizar el estudio y análisis que determine el huso horario que le corresponde al Estado de Durango considerando su ubicación geográfica y su correspondiente meridiano.

SEGUNDO. Una vez que obre en poder de esta Primera Comisión de Trabajo el estudio y análisis que a efecto sirva remitir la Universidad Nacional Autónoma de México y el Observatorio Meteorológico Nacional se acordará lo conducente.

Dado en el Salón de Comisiones de la H. Cámara de Diputados, a los veintinueve días del mes de enero del año dos mil tres.

PRIMERA COMISIÓN DE TRABAJO

Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia

Sen. Orlando A. Paredes Lara (rúbrica), Presidente; Dip. Alejandro Zapata Perogordo (rúbrica, en contra), Dip. Salvador Cosío Gaona (rúbrica), secretarios; Dip. Alfredo Ochoa Toledo (rúbrica), Dip. César Augusto Santiago Ramírez (rúbrica), Sen. Jorge Zermeño Infante, Sen. Gerardo Buganza Salmerón, Sen. Federico Ling Altamirano (rúbrica, en contra), Sen. David Jiménez González (rúbrica), Sen. Antonio García Torres (rúbrica), Dip. Bernardo Borbón Vilches (rúbrica, en contra), Dip. Mónica Leticia Serrano Peña (rúbrica, en contra), Sen. Raymundo Cárdenas Hernández (rúbrica), Dip. Ramón León Morales (rúbrica), Dip. Julieta Prieto Fuhrken (rúbrica).

(Aprobado en votación económica. Enero 29 de 2003.)
 
 











Oficios
DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, EN RESPUESTA AL PUNTO DE ACUERDO EN RELACION AL CONFLICTO ENTRE LAS EMPRESAS TELEVISORA DEL VALLE DE MEXICO Y TELEVISION AZTECA

México, DF, a 28 de enero de 2003.

CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión
Presentes

Con fundamento en lo dispuesto por la fracción XIV del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y en atención a su oficio No. D.G.P.L. 58-II-4-401 de fecha 22 del mes en curso, en cuyo apartado primero, solicita la remisión con urgencia de la información oficial, precisa, actualizada y detallada, en relación al conflicto entre las empresas "Televisora del Valle de México" y "Televisión Azteca", en relación con la concesión federal de señal radiodifundida que ha venido siendo explotada comercialmente a través del denominado "Canal 40" de televisión abierta, con el presente me permito acompañar la información generada por las secretarías de Gobernación, de Comunicaciones y Transportes, y la Procuraduría General de la República.

Lo anterior para los efectos que estimen procedentes.

Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

Atentamente
Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo
 

Subsecretaría de Normatividad de Medios

México, DF, a 28 de enero de 2003.

Lic. Humberto Aguilar Coronado
Subsecretario de Enlace Legislativo
Secretaría de Gobernación
Presente

Con relación al punto de acuerdo referente al "conflicto entre Canal 40 y Televisión Azteca" durante la sesión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión del pasado 22 de enero de 2003, que solicita al titular del Poder Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y la Procuraduría General de la República, que remita la información oficial, precisa, actualizada y detallada en relación al conflicto entre las empresas televisoras del Valle de México y Televisión Azteca..."

La Subsecretaría a mi cargo adjunta a este oficio lo concerniente a lo solicitado.

Sin más por el momento y para los efectos procedentes, quedo de usted.

Atentamente,
Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Subsecretario de Normatividad de Medios
Ing. José Luis Durán Reveles (rúbrica)
 

Informe de la Secretaría de Gobernación en relación con la controversia suscitada entre Televisión Azteca, SA de CV, y Televisora del Valle de México, SA de CV.

1.- El 27 de diciembre de 2002, un grupo de personas que se presume son empleados de Televisión Azteca, SA de CV, tomaron las instalaciones de transmisión del Canal 40 en el Cerro del Chiquihuite. Este canal opera bajo concesión que le otorgó el Gobierno Federal a Televisora del Valle de México, SA de CV, en el año de 1994.

Televisión Azteca ha sostenido que la toma de instalaciones se realizó en forma pacífica y de manera voluntaria. Alega tener derecho a ello derivado de una serie de contratos que, junto con Operadora Mexicana de Televisión, SA de CV, celebró en el año 1998 con el Sr. Javier Moreno Valle, Televisora del Valle de México y Corporación de Noticias e Información, SA de CV, así como de un laudo arbitral pronunciado de conformidad con el Reglamento de Arbitraje de la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional, en el expediente 11286/KGA. Este laudo declaró válidos los contratos antes mencionados.

Por su parte, Televisora del Valle de México ha manifestado que dicha toma de instalaciones se hizo en forma violenta y mediante soborno con amenazas. Señala también que los contratos antes mencionados carecen de efectos legales toda vez que no se cumplió la condición suspensiva a la que estaban sujetos, consistente en la autorización de los contratos por parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la cual si bien tuvo lugar, en opinión de Televisora del Valle de México fue contraria a la voluntad de las partes.

Con motivo de lo anterior, el mismo 27 de diciembre la Procuraduría General de la República inició la averiguación previa 469/FESPLE/2002 y llevó a cabo las primeras diligencias de investigación. Como oportunamente se dio a conocer a la opinión pública.

Cabe precisar que, derivado de los contratos antes mencionados, desde la fecha de su celebración Televisión Azteca llevó a cabo la operación del Canal 40 y que esta operación fue interrumpida unilateralmente por Televisora del Valle de México el 17 de julio de 2000 con motivo de la autorización que emitió la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Televisión Azteca presentó denuncia de hechos ante la Procuraduría General de la República y promovió una serie de juicios en contra de Televisora del Valle de México y el Sr. Moreno Valle.

2- El 7 de enero de 2003, el Gobierno de la República, por conducto de las secretarías de Gobernación, y de Comunicaciones y Transportes, convocó a las televisoras para dialogar y encontrar una solución a la controversia.

Las televisoras atendieron a la convocatoria y fijaron un plazo de tres días para alcanzar un acuerdo. Se comprometieron a que, durante ese lapso de tiempo, se abstendrán de formular declaraciones o pronunciamientos públicos en relación con el asunto, y que el Canal 40 transmitiría únicamente barras cromáticas.

Las conversaciones entre los representantes de las televisoras tuvieron lugar en oficinas de la Secretaría de Gobernación. El Ing. José Luis Durán Reveles, Subsecretario de Normatividad de Medios, actuó como moderador.

En estas conversaciones participaron las siguientes personas:

Por Televisión Azteca: Ing. Ricardo Salinas Pliego, Presidente del Consejo de Administración (solamente en la reunión inicial), Lic. Jorge Mendoza, Presidente Ejecutivo de Información, y Lic. Manuel Galicia, abogado independiente.

Por Televisora del Valle de México: Lic. Javier Moreno Valle, Director General (solamente en la reunión inicial), Javier Molinar Horcasitas, asesor financiero independiente, y licenciados Javier Quijano Baz, Xavier Cortina, Fernando Gómez Mont y Julio Sponda, abogados independientes.

3.- El 9 de enero de 2003, los representantes de las televisoras optaron por seguir dirimiendo sus diferencias ante las instancias jurisdiccionales y no por la vía de la conciliación.

4.- La Secretaría de Gobernación intervino en el asunto con base en las atribuciones que le confiere el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, fracciones XII, XIII, XVII y XXVII.

Unidad de Planeación Estratégica

28 de enero de 2003.

Lic. M. Humberto Aguilar Coronado
Subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación

Distinguido licenciado Aguilar Coronado:

En atención a su oficio número SEL/300/323/03, dirigido al C. procurador general de la República, por el cual hace del conocimiento del titular de la institución, el punto de acuerdo aprobado en sesión del 22 de los actuales por la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, en el que se solicita al titular del Poder Ejecutivo federal por conducto de la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y la Procuraduría General de la República, que remita con urgencia, la información oficial precisa, actualizada y detallada en relación al conflicto entre las empresas "Televisora del Valle de México" y "Televisión Azteca", en relación con la concesión federal de la señal radiodifundida que ha venido siendo explotada comercialmente.

Por lo anterior, me permito enviarle para su conocimiento el informe elaborado por la Subprocuraduría de Procedimientos Penales "A" para los fines que estime procedentes.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.

Jefe de la Unidad
Lic. Eduardo Enrique Gómez García (rúbrica)

(Turnada a la Primera Comisión. Enero 29 de 2003.)
 
 











Proposiciones
CON PUNTO DE ACUERDO, SOBRE LA PROBLEMATICA DE LAS GUARDERIAS DEL IMSS, PRESENTADA POR LA SENADORA YOLANDA E. GONZALEZ HERNANDEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DE LA COMISION PERMANENTE DEL MIERCOLES 29 DE ENERO DE 2003

La inserción de México en la globalización y su integración a la economía regional y mundial, han generado grandes desafíos y retos, sobre todo para enfrentar la competitividad internacional, en un ámbito que permita promover el desarrollo social de los mexicanos.

Estas transformaciones han obligado a adoptar constantes cambios en el entorno laboral, empresarial y social, así como en los aspectos productivos y de organización del Estado mexicano, siempre con la finalidad superior de incrementar el bienestar de la población.

Los factores de la producción han actuado con responsabilidad y compromiso con México, al alentar el diálogo y la cooperación, lo que se ha traducido en el aumento de la productividad, la valoración del trabajo humano y la satisfacción de necesidades básicas de los trabajadores y sus familias.

Responsabilidad en la que desde siempre se ha sumado el Instituto Mexicano del Seguro Social, que ha tenido una comprometida participación, al brindar seguridad social a muchos millones de trabajadores y a sus respectivas familias, a pesar de la difícil situación financiera por la que atraviesa.

Sabedores de ello, los grupos parlamentarios del PRI siempre hemos demostrado nuestro interés y brindado nuestro apoyo para fortalecer la viabilidad institucional del IMSS, y así lo hemos dejado de manifiesto a través de nuestro apoyo a las reformas que propuso el Seguro Social en diciembre de 2001, así como con los exhortos que hemos hecho al Poder Ejecutivo federal para que esta gran institución de la seguridad social no fuera objeto de disminución de recursos presupuestales durante el ejercicio fiscal del año pasado.

No obstante lo anterior, en diciembre de 2002, el IMSS propuso a los prestadores del servicio de guardería nuevos esquemas que tienden a disminuir el monto de las cuotas vigentes hasta en un catorce por ciento. Es fácil darse cuenta, en caso de darse esta propuesta, que se estaría afectando la economía de los prestadores y la viabilidad de estos servicios.

Es por tal razón, que a los grupos parlamentarios del PRI en la Comisión Permanente, mucho nos preocupan las protestas que se han venido expresando ante los medios de comunicación, por parte de padres de familia y de directores de guarderías subrogadas del IMSS, respecto de los nuevos contratos de servicios propuestos por el Instituto. Contratos que de acuerdo a la Asociación Nacional de Guarderías, AC, prevén reducciones de atención a menores, y disminución de personal especializado y de material didáctico, hechos que, de concretarse, afectarían de manera significativa el bienestar de miles de trabajadores y sus familias.

El problema no es menor, dado que perjudica a un universo de más de mil guarderías subrogadas y alrededor de 140 mil menores que reciben este servicio.

A los legisladores priístas nos preocupa que el nuevo esquema de contratos de operación para guarderías subrogadas repercuta de manera significativa en la calidad de los servicios que se ofrecen a los niños y que de paso dañe la economía familiar de los trabajadores asegurados.

Tampoco estaríamos de acuerdo en que los servicios de guardería que brinda el IMSS a sus trabajadores, fueran de primera y de segunda categoría, en virtud de que se estarían presentando servicios discriminatorios que no podemos aceptar. Y porque todo menor asegurado debe recibir un servicio digno y de calidad.

En este sentido, consideramos que el servicio de guardería es una prestación valiosa e imprescindible de la seguridad social en México, una conquista sindical histórica para las madres que tienen la necesidad de trabajar, a menudo como sostenedoras de la economía familiar.

Actualmente las mujeres insertas en la economía formal aportan el 35% del PIB, mientras que 25% de los hogares mexicanos son conducidos por una mujer.

Es por ello que no se les hace ningún favor al atender a sus hijos durante sus jornadas laborales, porque hacerlo es parte del régimen de seguridad social pagado en parte con las cuotas de las propias beneficiarias del servicio.

Desconocer esta realidad es un hecho reprobable e injusto, principalmente cuando el desconocimiento, por impericia o dolo, proviene de un gobierno beneficiado electoralmente del voto de la mujer, sector al que como muchos otros, el hoy presidente Vicente Fox realizó promesas que no sólo no ha cumplido, sino que revierte con atentados como el que hoy se pretende gestar en contra de las madres trabajadoras.

En este sentido, lo que está en riesgo no sólo es la calidad del servicio y la atención a los menores, sino la misma seguridad laboral de las miles de madres de familia que al no poder resolver su necesidad de cuidado y atención a sus hijos durante la jornada laboral, se ven en la disyuntiva de abandonar sus fuentes de trabajo.

La política implementada por este gobierno "del cambio" no sólo pretende desconocer el compromiso histórico del Estado mexicano en la lucha por la incorporación de las mujeres a los beneficios de la justicia social, sino que en su afán de consolidar su imagen e intereses partidistas y electorales, genera espacios de desatención institucional, para ser ocupados por instituciones privadas, que se han ido apropiando de la atención de las necesidades más apremiantes de índole social, en beneficio de sus propias causas e intereses.

Tal es el caso de la Fundación "Vamos México", que bajo el amparo y complicidad del Ejecutivo federal, pretende capitalizar políticamente, cada oportunidad de atención social que se le presenta, como si la resolución de este tipo de problemáticas no fuera competencia del Estado.

Es inaceptable que en el caso de las guarderías se pretendan ignorar las consecuencias sociales y económicas de una medida como la que se pretende imponer desde el IMSS.

¿Acaso con el desamparo de las madres trabajadoras, se está tratando de construir el siguiente espacio de acción para la señora Marta Sahagún? ¿O es una coincidencia más que todos los programas sociales que impulsa la Fundación "Vamos México" se nutran y fortalezcan inicialmente de una desatención del Ejecutivo a sectores y grupos sociales específicos, como los niños de la calle, las comunidades indígenas, y ahora, las mujeres trabajadoras?

Es un hecho que las capacidades del IMSS para ofrecer ése y otros derechos se ha restringido por sus crecientes dificultades financieras, sin embargo es lamentable que el actuar del Gobierno Federal se limite a la contemplación de los hechos y a la justificación de la medida por la aparente falta de opciones financieras.

A cada solicitud y necesidad social, este gobierno ha respondido descaradamente con una negativa, justificando su ineficacia en culpas ajenas.

Para los legisladores del PRI, las guarderías subrogadas representan una prestación indispensable para las madres que trabajan, no son, ni pueden ser nunca una dádiva, ni una acción de beneficencia, es competencia y responsabilidad del Estado; si el IMSS subroga a particulares esta responsabilidad, es ante todo por su incapacidad para hacerlo directamente en todos los casos.

Por eso nos resulta preocupante que tanto el Ejecutivo como el IMSS, pretendan desestimar la naturaleza y el alcance del conflicto, generando un clima de desconfianza alimentado por verdades a medias esparcidas con la intención de aminorar la importancia de la situación.

Por todo lo anterior, los grupos parlamentarios del PRI proponemos el siguiente punto de acuerdo:

1.- Que la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado de la República convoque a la brevedad posible a las autoridades encargadas del área de guarderías del IMSS y a los dirigentes de la Asociación Nacional de Guarderías, AC, para que de manera conjunta discutamos alternativas de solución ante la problemática.

2.- Exhortar a las partes en conflicto para que promuevan la negociación de contratos justos y equitativos, donde se preserve la calidad de los servicios de guardería, a la vez que se mantenga el equilibrio financiero del Instituto.

3.- Exhortar de nueva cuenta al Gobierno Federal para que realice un esfuerzo adicional, a fin de apoyar con recursos económicos extra al Instituto Mexicano del Seguro Social, a efecto de no disminuir los apoyos que se otorgan a la guardería subrogadas y, para que con ello, éstas puedan continuar brindando servicios de calidad a los derechohabientes.

4.- Exhortar a las organizaciones empresariales, obreras y a las autoridades del IMSS a que propongan un programa estructural de acciones a seguir, que tenga como fin último la creación de más infraestructura de guarderías, para satisfacer el aumento de la demanda de este servicio en todo el país.

México, DF, enero 28 de 2003.

Sen. Yolanda E. González Hernández (rúbrica)

(Turnada a las Comisiones de Salud y Seguridad Social, y de Trabajo de la Cámara de Senadores. Enero 29 de 2003.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA DESTINAR APOYOS EMERGENTES Y EXTRAORDINARIOS A LOS DAMNIFICADOS DE COLIMA POR EL TERREMOTO DEL PASADO 21 DE ENERO, SUSCRITA POR LOS SENADORES HÉCTOR MICHEL CAMARENA Y ERNESTO GIL ELORDUY, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, PRESENTADA POR EL SEGUNDO EN LA SESION DE LA COMISION PERMANENTE DEL MIERCOLES 29 DE ENERO DE 2003

El suscrito, Héctor Michel Camarena, senador de la República por el estado de Colima, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito proponer, como de urgente y obvia resolución, el siguiente punto de acuerdo para destinar apoyos emergentes y extraordinarios a los damnificados del estado de Colima por el terremoto ocurrido el pasado 21 de enero de 2003, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

El pasado martes 21 de enero, el estado de Colima vivió uno de los peores fenómenos naturales de su historia. Un terremoto de 7.6 grados en la escala de Richter, con epicentro en las costas colimenses, y que también dejó sentir su fuerza en 11 entidades de la República, trajo consigo la lamentable pérdida de 21 vidas humanas, centenares de heridos y destrucción y desolación para los habitantes de nuestra entidad.

Para dimensionar la fuerza y las consecuencias de la tragedia que vive hoy el pueblo de Colima, podemos mencionar que movimientos telúricos de la misma intensidad han dejado miles de muertes en otras partes del mundo. Tal es el caso de la población de Tango, Japón, que en 1927 registró un movimiento similar, causando más de 3 mil víctimas; o el del sismo que, en 1999, dejó 15,637 decesos en la ciudad de Izmit, Turquía.

Más de 800 casas destruidas en su totalidad y más de 12 mil afectadas forman escenas dantescas en 5 de los 10 municipios de la entidad, Colima, Tecomán, Villa de Alvarez, Coquimatlán y Manzanillo, con mayores estragos en la ciudad capital.

Los daños estructurales se han extendido de casas habitación a cientos de comercios, a más de 700 inmuebles escolares, lo mismo que en monumentos históricos y templos religiosos u oficinas administrativas de los tres niveles de gobierno y en la infraestructura agrícola del estado y clínicas y hospitales del ISSSTE, IMSS y de la Secretaría de Salud. Cabe mencionar que, en el caso del hospital del ISSSTE con sede en la ciudad capital, fue necesario desalojar a pacientes y personal de la institución debido a los fuertes daños que sufrió su edificio.

Ante el luto y el dolor de los colimenses, se ponen de manifiesto, una vez más, la solidaridad y hermandad de los mexicanos, el actuar de nuestras instituciones. Son de reconocerse, y se reconocen, la pronta intervención de nuestras Fuerzas Armadas, que con eficiencia y amplia capacidad han implantado el Plan DN-III-E en apoyo de damnificados; la participación espontánea y solidaria de la sociedad civil; la ayuda siempre fraterna de diversos gobiernos estatales, que ya ha llegado a Colima; y la que puntualmente ha sido propuesta y enviada por organismos internacionales y naciones como España, Estados Unidos, Grecia y el Vaticano.

La actuación de la benemérita Cruz Roja Mexicana y la cooperación de cuerpos de rescate del vecino estado de Jalisco se han sumado exitosamente a las tareas de ayuda inmediata y remoción de escombros en la entidad. A ellos, y a quienes en estas adversas circunstancias han brindado su apoyo a los miles de familias damnificadas, expresamos la gratitud y el reconocimiento del pueblo y del gobierno de Colima.

Al día siguiente del terremoto, el martes 22 de enero, el Ejecutivo federal, en compañía de los titulares de la Sedesol, Sedena, Marina y Turismo, así como de los del ISSSTE y Cenapred, realizó un recorrido por las zonas afectadas, en compañía del gobernador del estado.

En los días subsecuentes, los secretarios de Educación y de Economía y el director del Fonden llevaron a cabo una gira de trabajo, a efecto de evaluar y convenir los apoyos necesarios. La mañana del jueves 24 de enero, el Ejecutivo estatal sostuvo una reunión de trabajo encabezada por el Presidente Vicente Fox Quesada en la residencia oficial de Los Pinos, firmando acuerdos para la rehabilitación y apoyo a damnificados del terremoto por 150 millones de pesos. La respuesta y coordinación de los gobiernos estatal y Federal han sido adecuadas.

La magnitud y las evaluaciones del terremoto que han ejercido las instancias correspondientes de los tres órdenes de gobierno permiten al gobierno del estado estimar en 400 millones de pesos la cantidad de recursos necesarios para programas exclusivos de reconstrucción de viviendas, según la información proporcionada por el propio gobernador del estado, Fernando Moreno Peña, a la sociedad colimense.

Asimismo, la dimensión y las consecuencias del terremoto hicieron posible que la Secretaría de Gobernación, y a petición del propio gobierno del estado, declarara Colima zona de desastre.

Se han implantado los mecanismos que permitirán el flujo de apoyos y recursos para la recuperación de miles de inmuebles afectados en forma parcial o total. Lamentaremos siempre la invaluable pérdida de colimenses que en el fenómeno natural perecieron. A sus deudos y a todo el pueblo de Colima, nuestro apoyo y solidaridad en tan difíciles momentos.

En los hechos, Colima está demostrando que una adecuada coordinación entre los órdenes de gobierno, instituciones y sociedad es la mejor garantía para dar solución a la problemática derivada de contingencias y desastres naturales.

Ahora, es necesario redoblar esfuerzos y respaldar las acciones emprendidas a fin de garantizar que el desarrollo de un eficaz sistema de protección civil debe contar con tres estrategias de aplicación básicas: una de prevención, en la cual se busca evitar los efectos nocivos del desastre; otra de acción de urgencia, para salvar el mayor número de vidas y contrarrestar situaciones secundarias; y una última de restablecimiento, que solucione la problemática material de la colectividad.

En este contexto, no sólo se hace necesaria la redefinición de planteamientos sociológicos, políticos, históricos y legales que nos permita alcanzar repuestas más integrales y colectivas para la atención de futuros riesgos y emergencias. Se requiere ampliar, pero ante todo garantizar la suficiencia de recursos tendentes al auxilio, reconstrucción y recuperación de las condiciones de normalidad ante la presencia de situaciones de desastre.

Ahora es preciso centrar los esfuerzos en el fortalecimiento de un proceso de reconstrucción de inmuebles afectados, dar certidumbre y seguridad económica a quienes lo han perdido todo o parte de su patrimonio, forjado con el esfuerzo y tenacidad de muchos años.

De nada servirán los mecanismos de coordinación entre las distintas dependencias públicas y los tres órdenes de gobierno, con el propósito de realizar acciones unificadas que respondan efectivamente al desastre en Colima, si no se cuenta con los recursos suficientes, pero ante todo con su disposición inmediata.

Por lo anteriormente expuesto, el suscrito, senador de la República por Colima Héctor Michel Camarena, somete a la consideración del Pleno de esta honorable soberanía la aprobación del siguiente

Punto de Acuerdo

Como de urgente y obvia resolución.

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión solicita al Gobierno federal que, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 9 y 54 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2003, así como de conformidad con lo previsto en los artículos 15, 26, 27, 28, 29, 30 y demás relativos de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales, se transfieran recursos adicionales al Fonden por quinientos millones de pesos, destinados a programas de reconstrucción de inmuebles, en ayuda de los damnificados de Colima por el terremoto ocurrido el pasado martes 21 de enero, y que se ejercerán independientemente de los recursos ya acordados entre los gobiernos de la República y del estado de Colima.

Para efectos de lo anterior, los gobiernos Federal y del estado de Colima constituirán un consejo estatal, integrado por el gobierno del estado de Colima y por representantes de todas las dependencias federales involucradas, así como por los municipios afectados, a efecto de que induzca, en coordinación con el Fonden, todo lo relativo a la aplicación, fijación de metas, destino y flujo de los recursos adicionales para los programas emergentes de vivienda y ayuda a damnificados a que se refiere el presente punto de acuerdo.

Segundo. La asignación de los recursos será en el entendido de que, en los casos en que las condiciones económicas lo permitan, los particulares o beneficiarios reintegrarán el apoyo económico a la Federación en los plazos o procedimientos que para tal efecto se determinen por el fideicomiso.

Tercero. Esta soberanía exhorta al Ejecutivo federal para que, a través de los titulares de la Sedesol, Educación, ISSSTE, IMSS, Economía, Turismo, Sagarpa y el propio Fonden, agilicen el flujo de los recursos ya acordados en apoyo de los damnificados por el terremoto en el estado de Colima.

Cuarto. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión reconoce y agradece el apoyo de jefes de Estado, organismos internacionales y miembros de la comunidad internacional que, en tan difíciles momentos para el pueblo de México, han mostrado su solidaridad y apoyo, siempre entrañables.

Quinto. Se gire atento oficio al Presidente de la República, con el anexo del punto de acuerdo respectivo, para los efectos que se indica en los puntos citados con anterioridad.

Dado en la Ciudad de México, en la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, durante el Primer Receso del Tercer Año de Ejercicio Constitucional de la LVIII Legislatura, a los 29 días de enero de 2003.

Senadores: Héctor Michel Camarena, Ernesto Gil Elorduy (rúbricas).

(Turnada a la Primera Comisión. Enero 29 de 2003.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA SOLICITAR AL GOBIERNO FEDERAL APOYO EXTRAORDINARIO A FIN DE ATENDER A LOS DAMNIFICADOS EN EL ESTADO DE COLIMA POR EL TERREMOTO OCURRIDO EL 21 DE ENERO, PRESENTADA POR EL SENADOR VICTOR MANUEL TORRES HERRERA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DE LA COMISION PERMANENTE DEL MIERCOLES 29 DE ENERO DE 2003

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el suscrito, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional en la LVIII Legislatura, somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo, con objeto de solicitar al Gobierno Federal apoyo extraordinario, para atender a los damnificados del terremoto ocurrido el 21 de enero en el estado de Colima, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

Los habitantes del estado de Colima viven una situación de emergencia a consecuencia del terremoto ocurrido el pasado día 21 del mes en curso. El movimiento telúrico con una intensidad de 7.6 en la escala de Richter, causó tal daño en la entidad, que se considera como el fenómeno natural más destructivo en Colima desde hace medio siglo. Con este fenómeno se colapsaron numerosas edificaciones lo cual arrojó un saldo de 500 personas heridas y 21 muertas.

Además de los lamentables daños a la integridad física de las personas, el terremoto causó grandes perjuicios a la infraestructura habitacional, industrial y del comercio, en los municipios de Ixtlahuacan, Tecomán, Armería, Colima, Villa de Alvarez y Coquimatlán. De acuerdo a una evaluación preliminar, se estima que en la entidad, alrededor de 11 mil edificaciones sufrieron daños; de ellas, 2 mil 135 se consideran como de pérdida total, 4 mil 237 tienen pérdida parcial y 4 mil 657 presentan daños leves, que según funcionarios del gobierno estatal, se necesitará una inversión aproximada a los 400 millones de pesos para su reconstrucción. Sin embargo, el número de edificaciones dañadas ha ido aumentando con el paso de los días, por lo que el número final de éstas podría llegar a las 14 mil. Como consecuencia, de las viviendas colapsadas o en peligro de caer, miles de personas se encuentran alojadas en casas ajenas o en albergues públicos.

Además del daño a las viviendas, también resultaron afectadas diversas instalaciones de salud pública, como el IMSS y el ISSSTE, centros educativos públicos y privados de todos los niveles, iglesias, entre otras. Las pérdidas sufridas tan sólo en la Universidad de Colima, se estiman en alrededor de 150 millones de pesos.

También son cuantiosas las pérdidas en la planta productiva de la entidad, como son los sectores del comercio, de servicios y de la transformación, los cuales fueron afectados en sus edificios, muebles y mercancías.

En su conjunto, los daños provocados por el terremoto están afectando gravemente la vida familiar y la economía de una alta proporción de colimenses, colocando a la entidad en una situación de emergencia como no se conocía desde hace varias décadas.

Debe reconocerse que los tres niveles de gobierno han trabajado coordinada y prontamente para restablecer los servicios básicos, como electricidad, agua potable, vías de comunicación y limpieza de escombros. Sin embargo, el problema es de tal magnitud, que se requieren medidas urgentes y extraordinarias para solucionar la falta de vivienda y reactivar la economía de los diversos sectores productivos de la entidad.

Por lo anteriormente expuesto, los suscritos legisladores federales del Partido Acción Nacional, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. El Congreso de la Unión manifiesta su solidaridad a todo el pueblo de Colima, por la irreparable pérdida de vidas humanas, así como por los cuantiosos daños a los bienes de la población, ocurridos a consecuencia del sismo del día 21 del presente mes.

Segundo. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal a utilizar toda la fuerza de las instituciones a su cargo, para que en coordinación con las autoridades estatales y municipales, se auxilie en la medida necesaria y rápida a la población damnificada, con la finalidad de que en el menor tiempo posible se normalice la vida familiar, social y productiva en el estado de Colima. En estas condiciones de emergencia, deben considerarse prioritarios los programas de reconstrucción de viviendas y para estimular que las micro, pequeñas y medianas empresas puedan seguir operando y mantengan la ocupación de mano de obra.

Considerando que las instituciones de seguridad social sufrieron daños en su infraestructura, deben tomarse las medidas emergentes para la normalización de su servicio y asegurar el abasto suficiente de medicinas.

Todos los programas de apoyo deberán ser supervisados para asegurar su aplicación transparente, alejados de intereses partidistas.

Tomando en cuenta la emergencia del asunto tratado, solicitamos se considere este punto de acuerdo como de urgente y obvia resolución y se ponga a discusión de inmediato.

Salón de Sesiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, a los 29 días de enero de 2003.

El presente punto de acuerdo lo firman los legisladores:

Dip. Alejandro Zapata Perogordo (rúbrica), Dip. Jesús Dueñas Llerenas (rúbrica), Sen. Salvador Becerra Rodríguez (rúbrica), Dip. Ma. Teresa Tapia Bahena, Dip. Raúl Martínez González (rúbrica), Sen. Víctor Manuel Torres Herrera (rúbrica).
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA QUE EL GOBIERNO FEDERAL DESTINE MAYORES APOYOS A LOS AFECTADOS EN LOS ESTADOS DE COLIMA Y JALISCO POR EL DESASTRE NATURAL OCURRIDO EL 21 DE ENERO, PRESENTADA POR EL DIPUTADO RAMON LEON MORALES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DE LA COMISION PERMANENTE DEL MIERCOLES 29 DE ENERO DE 2003

Los suscritos diputados federales Ramón León Morales, del Partido de la Revolución Democrática; Salvador Cosío Gaona, del Partido Revolucionario Institucional; y el senador Víctor Manuel Torres Herrera, del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta Comisión Permanente una proposición con punto de acuerdo para que se amplíen los apoyos que deberán recibir los afectados del sismo ocurrido el 21 de enero en los municipios de Colima y algunos del estado de Jalisco.

1.- El temblor de 7.6 grados de intensidad en la escala de Richter, con epicentro en las costas de Colima, castigó a la entidad y algunos municipios del estado de Jalisco colindantes con el estado de Colima como no había sucedido hace décadas.

El ocurrido la semana pasada dejó en tan sólo 50 segundos a muchas familias literalmente en la calle, el recuento de los daños hasta el día de ayer era de 12 mil 284 viviendas dañadas, de las cuales, 2 mil 969 deberán ser derrumbadas, 4 mil 444 resultaron con daños parciales y mil 871 con daños leves, igualmente tres hospitales y 29 escuelas resultaron inhabilitados por lo que cientos de enfermos y alumnos son reacomodados, siete iglesias consideradas como monumentos históricos, igualmente quedaron severamente dañadas.

2.- Todos los municipios que integran el estado resultaron afectados, hoy la gente convive con el ruido de las máquinas que derrumban casas y edificios, cientos de personas viven en albergues y miles en sus cocheras o patios ante el temor de que continúe temblando, como ha sucedido. La población de Colima al momento ha guardado la calma y solidaridad, se hace un reconocimiento el Ejército Mexicano, que desde el primer momento ha apoyado a las familias que han necesitado cobertores, comida, medicina, albergue, por supuesto a los médicos y enfermeras, ingenieros y miembros de protección civil que igualmente se han destacado por su apoyo desinteresado a los que se les agradece afectuosamente.

El día de ayer el Gobierno Federal declaró zona de desastre natural a los diez municipios del estado a los que se destinarán recursos del Fondo de Desastres Naturales para apoyar a los afectados, se habla de unos 80 millones de pesos, que se suman a otras cantidades que han sido prometidas por los gobiernos de otros estados y de otras naciones, además de otros apoyos que en especie han entregado organizaciones y personas en lo particular.

3.- De acuerdo con las Reglas de Operación para la entrega del Fondo de Desastres, éstos serán entregados a familias que tienen ingresos de uno a tres salarios mínimos, lo cual significa que miles de afectados no podrán recibir los apoyos por tener ingresos superiores, esto es, en el estado de Colima, como en muchas partes, la mayoría de la gente percibe de dos a cinco salarios mínimos, razón por la cual se propone para que se reciban los apoyos, se flexibilicen la reglas para que se amplíe de uno a cinco salarios mínimos, independiente de lo anterior, se solicita se agilice la entrega de los recursos del fondo, para que los afectados comiencen a construir sus viviendas, además se amplíe el monto destinado para apoyar a los afectados, lo suficiente para que alcance a cubrir las necesidades de un mayor número de damnificados.

4.- Que también resultaron afectados casas y negocios de familias que tienen una mayor solvencia económica, pero que requerirán también de apoyos, por lo que se propone que se otorguen créditos blandos, esto es con facilidades de pago, lo anterior promoverá a la reactivación de la economía y de los empleos que se perdieron a partir del sismo.

5.- Por último se propone que se haga un exhorto o recomendación al Ejecutivo, se analice la situación que guardan otros municipios que viven el mismo problema como el de Zapotitlán de Vadillo, Tolimán, Tonila y Pihuamo del estado de Jalisco, para que se les declare zona de desastre y reciban los recursos del Fondo de Desastres Naturales.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, el legislador suscrito somete a la consideración del Pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Se recomiende al Ejecutivo federal se amplíe progresivamente el derecho de aquellos ciudadanos afectados por el sismo que perciban hasta cinco salarios mínimos y hasta agotar el fondo destinado por el gobierno.

Segundo. Se agilice la entrega de los recursos del Fondo de Desastres Naturales, para que los afectados comiencen a reparar y reconstruir sus viviendas, y solventar así sus necesidades.

Tercero. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal a efecto de que se otorgue y publique de inmediato la declaración de zona de desastre natural para los municipios de Zapotitlán de Vadillo, Tolimán, Tonila y Pihuamo del estado de Jalisco, que ya fueron declarados en su oportunidad en estado de emergencia, independientemente de continuar y resolver con diligencia extrema el trámite con relación al resto de los municipios afectados en la entidad, que en su conjunto conforman la solicitud de dicha declaratoria formulada oportunamente por el ciudadano gobernador del estado de Jalisco.

Se solicita otorgar a dicho estado una línea de crédito suficiente que permita a las autoridades municipales y estatales, disponer de inmediato de recursos financieros para atender los gastos de emergencia a fin de reembolsarse en cuanto se liberen recursos del Fonden que les correspondan.

Cuarto. Se exhorte al Ejecutivo federal y al estatal para que implementen programas adicionales a los apoyos del Fonden para que los afectados puedan acceder a uno o más programas que le permitan su más ágil recuperación.

Por último, solicito respetuosamente a la Presidencia de la Mesa Directiva se sirva dictar trámite de urgente y obvia resolución a esta proposición.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 29 de enero de 2003.

Diputados: Ramón León Morales (rúbrica), Salvador Cosío Gaona (rúbrica), Jesús Orozco Alfaro, Jesús Dueñas Llereñas, Víctor Antonio García Dávila (rúbrica). Senadores: Víctor Manuel Torres Herrera (rúbrica), Salvador Becerra Rodríguez (rúbrica), Felipe Vicencio Alvarez (rúbrica).

(Aprobado en votación económica. Enero 29 de 2003.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA QUE SE RECLASIFIQUE LA TARIFA ELECTRICA EN EL ESTADO DE TABASCO, SUSCRITA POR LOS SENADORES RAYMUNDO CARDENAS HERNANDEZ Y JOSE MOISES CASTRO CERVANTES, PRESENTADA POR EL SENADOR RUTILIO CRUZ ESCANDON CADENAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DE LA COMISION PERMANENTE DEL MIERCOLES 29 DE ENERO DE 2003

Los suscritos senadores Rutilio Cruz Escandón Cadenas, Raymundo Cárdenas Hernández y José Moisés Castro Cervantes, integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 67, numeral 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del Presidente de la Mesa Directiva, una proposición con punto de acuerdo con base en los siguientes

Antecedentes

El 8 de noviembre de 2001 el senador José Moisés Castro Cervantes, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó un punto de acuerdo para que la Comisión Federal de Electricidad incorporase a los consumidores domésticos del estado de Tabasco en la tarifa 1E.

En virtud de que la geografía del estado de Tabasco se caracteriza por un clima ecuatorial con lluvias todo el año cuyas precipitaciones se ubican entre las más altas del mundo (3000 a 3500 mm anuales), generando inundaciones recurrentes sobre una gran parte de la entidad.

Las temperaturas promedio son de 28º C, alcanzando extremos de 44º C por periodos considerables en distintas regiones del estado y que esas temperaturas, a diferencia de otras entidades del país, se mantienen durante el día y la noche.

La combinación de las características anteriores produce un clima cálido con humedad relativa de hasta 80%, lo que tiene efectos que dificultan la actividad cotidiana, el descanso y la recuperación física de los habitantes del estado.

En estas condiciones el uso de equipos de aire acondicionado por los habitantes de nuestra entidad es una necesidad que, sin embargo, genera una erogación de tal magnitud que afecta de manera importante la economía de la mayoría de los hogares de Tabasco.

El 8 de noviembre de 2001 la senadora Georgina Trujillo Zentella, del grupo parlamentario de Partido Revolucionario Institucional, presentó un punto de acuerdo por el que exhorta a la Comisión Federal de Electricidad a que incorpore el factor calorífico como criterio para la definición de las tarifas eléctricas, tal que permita disminuir éstas en el estado de Tabasco y en todos aquellos que tienen altos niveles de humedad relativa.

Asimismo, exhorta a dicho organismo a que, para el caso específico de Tabasco, se implemente a la mayor brevedad posible un programa de regularización para los usuarios de dicha entidad que actualmente se encuentran en resistencia civil, a fin de revisar y corregir su situación.

El 23 de abril de 2002 el senador Oscar Cantón Zetina, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó un punto de acuerdo por el que exhorta a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Energía, así como a la Comisión Reguladora de Energía, para que consideren la temperatura, la humedad relativa, la necesidad de sistemas de ventilación y refrigeración, el alza de tarifas y la zona salarial, así como la situación socioeconómica, para que se reclasifique al estado de Tabasco la tarifa eléctrica residencial 1E, en vez de 1B y 1C.

En virtud de que en el sureste mexicano, específicamente en el estado Tabasco la humedad relativa promedio anual es del 80% y sus temperaturas ascienden a 30 grados centígrados, fenómeno que no ocurre en el norte del país, donde la humedad relativa es en promedio de 50% en verano, y sus temperaturas en esta misma época oscilan arriba de los 30 grados centígrados, como en el caso de Sonora.

El 1º de octubre de 2002 en sesión pública de la Cámara de Senadores, se aprueban las propuestas con punto de acuerdo antes referidas.

Exhortando al Ejecutivo federal a que considere, además de la temperatura, los siguientes factores como parámetros para fijar las tarifas eléctricas residenciales: la humedad relativa, las necesidades de consumo y de producción de electricidad, los daños ambientales producidos por la industria eléctrica, las zonas salariales y las condiciones socioeconómicas correspondientes a cada uno de los estados de la República y el Distrito Federal.

Así también a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público; de Economía; de Energía, así como a la Comisión Federal de Electricidad y a la Comisión Reguladora de Energía, a que en el ámbito de su competencia reclasifiquen a los estados de Tabasco, Campeche, Yucatán, Veracruz, Tamaulipas, Baja California Sur, Quintana Roo y Chiapas en las tarifas eléctricas 1E, tomando para ello los factores antes mencionados.

Por lo que las autoridades correspondientes darán respuesta a esta Cámara de Senadores a la brevedad posible a los exhortos y solicitudes antes planteados.

Por lo expuesto, nos permitimos presentar las siguientes

Consideraciones

El esfuerzo de los últimos años para consolidar la estabilidad económica, ha relegado la equidad social, al mismo tiempo, los desequilibrios estructurales, se han recrudecido en cuanto a los sectores modernos de la economía, no han logrado incorporar al resto de las actividades productivas, a la nueva dinámica económica

Existen zonas del país donde se concentra la infraestructura social, los servicios de salud y educación, el empleo y la tecnología productiva. En el resto, hay graves carencias y una inequitativa distribución de la riqueza.

Es necesario recuperar una política de desarrollo regional que, de manera integral y con una visión de largo plazo, abra nuevas opciones para el desarrollo del campo y de las ciudades. Debemos empezar por aquellas zonas que demandan mayor apoyo, compromiso y solidaridad de todos los mexicanos.

Los senadores refieren que de considerarse la humedad relativa como un elemento más para fijar las tarifas eléctricas, su temperatura media mínima en su estado sería distinta. Por lo que, consecuentemente, deberían ser ubicados en la tarifa 1E. Las zonas norte y costeras de México acusan condiciones de humedad especiales que no son consideradas en la estimación de las tarifas eléctricas domésticas.

Esta temperatura proporciona una medida directa de la sensación térmica que experimenta el cuerpo humano con relación a las condiciones del clima. A mayor humedad relativa, la sudoración, mecanismo de enfriamiento del cuerpo humano, tiene menor efectividad, y consecuentemente la sensación de calor se intensifica.

Debido al efecto del vapor del agua en el aire ambiental (alta humedad relativa, aproximadamente 80%) los acondicionadores del aire requieren un 25% más de energía para su operación comparado con un lugar con 50% de humedad relativa como el norte del país, se puede decir que el hecho que en el medio ambiente tenga alta humedad equivaldría a unos 4.7º C adicionales de temperatura en un medio ambiente seco, situación que a nivel de tarifas residenciales, tan sólo por este factor se debería cambiar de la tarifa 1C a la 1E para todo el estado.

Por este motivo, es también que los usuarios precisan de un mayor consumo de energía eléctrica para sus sistemas de ventilación y refrigeración.

Es por ello que sin soslayar la atención de los rezagos que demanda la población de otras zonas económicas del país, debe otorgarse al sur la más elevada de las prioridades.

Por lo que demandamos de manera enérgica al Ejecutivo federal para que la reclasificación de tarifas eléctricas anunciada el pasado 15 de enero para los estados de Baja California y Sonora, se extienda también al estado de Tabasco, donde se presentan los mayores problemas por altos cobros residenciales.

Por todo lo anterior, sometemos a la consideración del Pleno de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión el siguiente

Punto de Acuerdo

Unico.- Se exhorte al titular del Ejecutivo federal, así como a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Energía, para que en uso de sus facultades concedidas en la ley, y en virtud de las condiciones climatológicas extremas que imperan en el estado de Tabasco se reclasifique su tarifa eléctrica a 1E, como se hizo con los estados de Baja California y Sonora.

Salón de Sesiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, a 29 de enero de 2003.

Senadores: José Moisés Castro Cervantes, Rutilio Cruz Escandón Cadenas (rúbricas).

(Turnada a la Comisión de Energía de la Cámara de Senadores. Enero 29 de 2003.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA QUE MEXICO RATIFIQUE EL SEGUNDO PROTOCOLO FACULTATIVO DEL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLITICOS, PRESENTADO POR EL SENADOR RAYMUNDO CARDENAS HERNANDEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DE LA COMISION PERMANENTE DEL MIERCOLES 29 DE ENERO DE 2003

El suscrito, integrante de la representación del Partido de la Revolución Democrática en esta Comisión Permanente, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta H. asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

1. Que la Asamblea General es el principal órgano deliberante de la Organización de las Naciones Unidas, pues en ella se encuentran representados todos los Estados miembros y garantizado el principio de igualdad jurídica.

2. Que la Carta de San Francisco asigna a la Asamblea General, entre otras atribuciones, la facultad y el poder de hacer recomendaciones para fomentar la cooperación política internacional, impulsar el derecho internacional y su codificación, así como ayudar a hacer efectivos los derechos humanos y las libertades fundamentales.

3. Que a pesar de que los gobiernos no están obligados jurídicamente a cumplir las resoluciones de la Asamblea General, éstas tienen el peso de la opinión pública mundial y la autoridad moral de la comunidad internacional.

4. Que los protocolos internacionales constituyen instrumentos complementarios fundamentales en la lucha por la defensa de los derechos humanos.

5. Que la resolución 14/128, en virtud de la cual la Asamblea General aprobó y proclamó el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, debe ser acatada por el Estado mexicano en estricto apego al compromiso adquirido por la administración del Presidente Fox con la promoción y el fortalecimiento de la protección de los derechos humanos, de conformidad con las normas universalmente reconocidas en la materia, asegurando la plena aplicación de los instrumentos internacionales y la armonización de nuestra legislación interna con las obligaciones internacionales.

6. Que, de conformidad con el artículo 3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, no hay derecho más importante que el relativo a la vida, la libertad y la seguridad personales de todo individuo.

7. Que, de conformidad con el artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el derecho a la vida es inherente a la persona humana y deberá estar protegido por la ley.

8. Que las tendencias éticas, jurídicas y políticas internacionales contemporáneas indican claramente que la abolición de la pena de muerte no sólo es deseable y recomendable, sino que debe considerarse mecanismo indispensable para garantizar completamente el derecho más fundamental, el derecho a la vida.

9. Que, en diciembre de 2001, el Senado de la República aprobó la ratificación del Primer Protocolo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, comprometiéndose desde aquel momento a convertirse en un actor protagónico en la puesta al día de los compromisos y las responsabilidades internacionales de México en materia de derechos humanos.

10. Que la ratificación del Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte, resulta perfectamente coherente con la vocación universalista del Estado mexicano y representa una gran oportunidad para contribuir a proteger y garantizar la vigencia de los derechos humanos fundamentales en nuestro país.

11. Que la pena capital no sólo es la forma más premeditada de asesinato, sino que también constituye la autonegación de la responsabilidad fundamental del Estado, garantizar la seguridad y la integridad física del individuo; y, finalmente,

12. Que, el día de hoy, el Partido de la Revolución Democrática ha presentado ante esta misma asamblea una iniciativa de reforma constitucional que suprime la pena de muerte del sistema jurídico mexicano y elimina las posibles incompatibilidades o contradicciones entre el protocolo en comento y nuestra Ley Suprema.

Por todo lo anteriormente expuesto, solicito a usted, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Comisión Permanente, se sirva dar el trámite correspondiente a la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Unico. La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal y al Senado de la República a fin de que inicien el procedimiento constitucional correspondiente para que nuestro país ratifique el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, aprobado y proclamado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en su resolución 44/128, el 15 de diciembre de 1989.

Dado en el Salón Verde de la Cámara de Diputados, a los 29 días del mes de enero de 2003.

Sen. Raymundo Cárdenas Hernández (rúbrica)

(Turnado a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Senadores. Enero 29 de 2003.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, EN RELACION CON LA SITUACION DEL CAMPO MEXICANO, PRESENTADA POR EL DIPUTADO JESUS BURGOS PINTO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DE LA COMISION PERMANENTE DEL MIERCOLES 29 DE ENERO DE 2003

Los suscritos legisladores del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional integrantes de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, correspondiente al primer receso del tercer año de ejercicio constitucional de la LVIII Legislatura, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, presentamos esta proposición con punto de acuerdo, relativa al sector agropecuario del país, bajo las siguientes

Consideraciones

A nadie escapa la necesidad y urgencia de adoptar políticas, estrategias, normas, procedimientos y mecanismos que aseguren, de una vez por todas, la solución a la grave crisis campesina, agropecuaria y rural que padece nuestro país y que tiene atrapados a los productores del agro en un contexto de inviabilidad financiera, endeudamiento, improductividad, éxodo migratorio, pobreza y marginación, que pone en riesgo al país en su conjunto, a la consolidación de su desarrollo económico y social, a la permanencia del régimen democrático, al Estado de derecho como pacto político de legalidad y a la misma soberanía nacional, uno de cuyos pilares es la soberanía alimentaria, por la que luchan y se esmeran los productores del agro mexicano.

El problema del campo no es un asunto privativo de los campesinos, sino que atañe a la sociedad nacional entera; es de todo México, histórica y geográficamente hablando; lo es, desde el punto de vista económico, social y político, por lo que su atención debe ser integral e interesar a la representación nacional asentada en este órgano del H. Congreso de la Unión.

Las organizaciones campesinas de productores agropecuarios, de todos los signos y posiciones, hemos coincidido en la necesidad de promover una política de Estado en materia de desarrollo rural e impedir que acuerdos coyunturales de políticas públicas, incluido el TLCAN y el ALCA, conviertan en estructural la dependencia de México y el empobrecimiento del sector campesino.

El anterior ha sido el espíritu del actual movimiento campesino, del Encuentro Internacional sobre el Campo, celebrado para conmemorar el LXXXVIII (88) aniversario de la Ley Agraria del 6 de enero en Veracruz, en el que las ligas de comunidades agrarias de todo el país se pronunciaron a favor de la revisión de acuerdos comerciales como el TLCAN o el ALCA, no para poner en crisis la negociación internacional de México, sino para agrandar las posibilidades de desarrollo de una política alimentaria autónoma de nuestro país, al igual que manifestarse contra el debilitamiento de las políticas sociales de los gobiernos de la región y en especial de nuestra República, posiciones que se justifican al contrastar la Ley Agrícola de nuestro vecino más próximo y socio del TLCAN, que protege y apoya a los agricultores norteamericanos con 180 mil millones de dólares durante diez años, frente a la exigua aportación prevista para nuestros campesinos, que nos colocan en situación exigua y desigual en la competencia de la apertura comercial, pese a los apoyos otorgados por la H. Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para este año.

Sobre estos y muchos temas igualmente importantes para el campo, han hecho pronunciamientos y movilizaciones recientes las organizaciones campesinas y de productores agropecuarios de nuestro país, de los que ha conocido con amplitud la opinión pública nacional, y que han conducido a las mismas organizaciones a plantear ante las autoridades federales, al más alto nivel, la exigencia de una auténtica política de Estado para el campo mexicano, misma que sustente un programa de transición para resolver la coyuntura, y otro de mediano y largo plazos para el cambio estructural, sobre la base de un desarrollo rural y social integral, diversificado, sustentable e incluyente.

Advertimos que el Gobierno de la República pretende responder a una parte de las anteriores demandas expuestas en diversos foros con las organizaciones campesinas, mediante la reciente convocatoria al diálogo para una política de Estado para el campo, sin aclarar el destino que tendrían las conclusiones de las mesas de dicho diálogo, las que a su juicio deben llevar a un acuerdo nacional, derivado de la Convención Nacional Agropecuaria, tal como fue el compromiso expresado por el C. Vicente Fox Quesada, Presidente de la República y de los que dan cuenta los manifiestos a la opinión pública, signados por organizaciones campesinas, suscrito igualmente por el Comité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario Institucional, aparecidos el día de hoy en periódicos de circulación nacional.

Por las anteriores consideraciones, sometemos a la aprobación de esta Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión el siguiente

Punto de Acuerdo

Unico. La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión se solidariza con las agrupaciones y organizaciones campesinas y de productores del campo mexicano, en su exigencia al Gobierno Federal para que éste se comprometa públicamente a llevar las conclusiones de las mesas del diálogo a las que está convocando, al seno de una Convención Nacional Agropecuaria, a celebrarse posteriormente, en la que pasarían a formar parte del acuerdo nacional agropecuario que se suscriba en la misma.

Salón de Sesiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de enero de 2003.

Dip. Jesús Burgos Pinto (rúbrica)

(Turnada a la Tercera Comisión. Enero 29 de 2003.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO SOBRE EL PROBLEMA DE SALUD EN EL ESTADO DE CHIAPAS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO CESAR AUGUSTO SANTIAGO RAMIREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DE LA COMISION PERMANENTE DEL MIERCOLES 29 DE ENERO DE 2003

En los últimos años, Chiapas ha estado en el mapa político del país muchas veces por circunstancias inéditas, otras por evidentes excesos, y desafortunadamente a veces, por hechos incalificables.

La pobreza, se ha dicho, está en el fondo de todos estos acontecimientos. La pobreza así, como si fuera un sustantivo que actúa por generación espontánea y no como lo que es, el resultado de la ineficacia del gobierno como un todo y desde siempre, que no ha sabido conducir el desarrollo del estado; ante la complacencia de la República que sólo ha recibido los recursos y la imaginación de la gente de Chiapas con la que no ha sabido ser solidaria.

En el fondo se trata de un problema de falta de eficacia. Un problema de abandono, de insensatez que ha trivializado los asuntos para sólo transmitir una imagen festiva, folclórica, de lo que no podemos aceptar, es el carácter chiapaneco, que de verdad sólo existe en el comportamiento y la personalidad de sus gobernantes.

No sé cuántos niños hayan muerto ya en Chiapas; pero son muchos, y ésta es la noticia alarmante que hay en todo el mundo, como antes lo fueron los muchos adultos también muertos en conflictos generados por la polarización social o en la insurgencia que ha sido la mejor expresión de un estado de cosas que ya en verdad es insoportable.

Eficacia es el problema: cuando menos desde 1994, cuando la realidad de Chiapas fue mostrada a los ojos del mundo, el gobierno como un todo, tenía que haberse esmerado en ser eficaz: El Poder Ejecutivo y el Legislativo, las instituciones de la República; el gobierno del PRI y de los otros partidos tendrían que haber mostrado su eficacia y su solidaridad para actualizar la justicia.

Lamentablemente, no hemos podido ser eficaces. No hemos podido salvar nuestras desavenencias partidarias en el contexto de una problemática mayor que se debe imponer, al mero logro del poder público en las alianzas, o en las componendas más inconfesables.

Por la ineficacia hemos perdido todos, y sólo han ganado los que detentan el poder, porque ante la dificultad entre partidos que no cesa y la polarización social, en Chiapas que cada vez es mayor, ellos, los del poder gubernamental han encontrado la impunidad de sus individualidades, la oportunidad para crear pequeñas opciones políticas personales que no tienen compromiso con nadie, ni con la ideología, ni con la religión, mucho menos con la gente. Sólo alrededor de la satisfacción de sus apetitos y en la perversa intención, que ojalá no se vuelva costumbre, de pretender manipular a la gente.

Hace una semana aquí en esta Comisión Permanente, se aprobó crear una Comisión Especial, ahora ya no sé si quedó en grupo de trabajo, o finalmente en una entelequia de ésas que salen en los periódicos, pero que no sirven para nada.

De aquella fecha, muchos otros sucesos han ocurrido: la muerte de los niños se ha complicado con la violencia reiterada en las comunidades indígenas. Las visitas a las instituciones hospitalarias, han mostrado el abandono y el desprecio en los asuntos de salud. Han puesto en evidencia que frente al potencial de la entidad, sólo hay abandono, conflictos potenciales, desatención y miseria.

Falta de eficacia otra vez, porque el gobierno confiando en que después de la algarada publicitaria, todo se olvidará para seguir en las mismas, ha respondido con dispendio: desplegados en la prensa nacional, que cada uno de ellos cuesta $260,000 pesos en días ordinarios, anuncios en la televisión y pretendidos manipuleos mediáticos para disimular sus excesos, pasar el trago amargo y regresar a la impunidad política, a los excesos, al disfrute del poder omnímodo porque los otros poderes tampoco quieren ser eficaces.

La prensa local chiapaneca y luego la nacional, han dado cuenta del folclorismo gubernamental que pronto ha asimilado la intentona de gobernar por la diversión y la mistificación. Más interesados parecen en las alineaciones de sus equipos deportivos, en la adquisición de patalargas extranjeras, en salvar los negocios del Sr. Burillo, asociado a las televisoras, en formular chascarrillos de mal gusto y sentarse en la mesa de los reyes de las visitas presidenciales, que en el compromiso serio de gobernar para la gente que fue estrictamente para lo que fueron elegidos.

Pero señoras y señores de la Permanente, si estas conductas exageradas de quienes están en la política sin entenderla, son reprobables para los fines de la democracia en condiciones más o menos normales; por favor, ubiquen la magnitud de esas acciones, el pago de los desplegados, los comerciales de la tele, los viajes internacionales y toda la parafernalia futbolera en una entidad donde los niños se mueren en los hospitales públicos, donde la violencia resuelve a muertes lo que el Gobierno no puede conciliar; en una entidad agobiada por los problemas económicos dada su precaria situación agrícola, en una entidad donde no hay industria, con magras comunicaciones, con productos exportables sin precio, con una rebelión en sus montañas.

Qué vamos a hacer señoras y señores integrantes de la Comisión Permanente: defender al gobernador, defender al secretario Frenk, para no lastimarle sus aspiraciones internacionalistas, insistir en nuestros intereses partidarios pretendiendo que nadie pierda en los próximos comicios electorales. ¿Qué vamos hacer? Formular declaraciones, puntos de acuerdo que no prosperan, salir del paso y contribuir al espectáculo o nos decidimos como cuerpo, como políticos serios, como senadores de la República y diputados de la nación, a honrar la buena política, que busca la eficacia.

Tiene que ser el Congreso de la Unión el que dé muestra de sensatez y produzca acciones ejemplares. La frivolidad debe tener un hasta aquí cuando agrede vidas humanas, polariza a la sociedad y destruye la confianza de la gente. Ya no debiéramos aceptar que frente a cada problema la única respuesta sea una andanada publicitaria para llamar la atención, pretendiendo que el olvido sea la única respuesta de la política.

Señoras y señores de la Comisión Permanente, más allá de las diferencias políticas entre nosotros, propongo prestigiar a la política y honrar a los políticos que estén de acuerdo. Ya llegó el tiempo de tomar acuerdos que resuelvan y respondan a la realidad de Chiapas, que ahí está todos los días en lo que le da a la República y en lo que la República no le otorga en reciprocidad.

Por eso pido que el Grupo de Trabajo constituido se traslade pronto al estado de Chiapas, para visitar las instituciones hospitalarias de la entidad y rendir un informe a esta soberanía nacional. Pido que el grupo de trabajo abra una sesión de audiencias públicas, para conocer con precisión los alcances y la gravedad del problema.

Finalmente, propongo que, con la mayor seriedad, el Grupo de Trabajo se constituya en un foro de investigación y análisis jurídico para que, en absoluto respeto a la soberanía de las entidades federativas, pueda proponer reformas legales o constitucionales necesarias a efecto de normar la intervención del Gobierno en negocios de profesionales y en el pago, uso y abuso de la publicidad oficial.

No se trata de dictar sentencias antes de tiempo, ni de iniciar debates intrascendentes se trata de buscar que las acciones del Legislativo sean eficaces y sirvan para que la gente sepa que el Poder Legislativo si está en la defensa de sus intereses.

Dip. César Augusto Santiago Ramírez (rúbrica)

(Turnada al Grupo de Trabajo que conocerá del fallecimiento de niños en el hospital de la ciudad de Comitán, Chiapas. Enero 29 de 2003.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, EN RELACION CON LOS NIÑOS FALLECIDOS EN EL CENTRO DE SALUD EN COMITAN, CHIAPAS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO RAMON LEON MORALES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DE LA COMISION PERMANENTE DEL MIERCOLES 29 DE ENERO DE 2003

El hospital general de Comitán, Chiapas, cuenta con 90 camas y en su área de influencia viven 506 mil personas. La planta laboral está integrada por 5 pediatras, 2 ginecólogos, médicos generales y enfermeras. Según el Secretario de Salud de Chiapas, los recién nacidos que fallecieron entre diciembre y enero en dicho hospital, tuvieron complicaciones severas: como haber nacido prematuros, que las madres padecían desnutrición y muchas de ellas eran menores de edad, lo que los acercaba "al riesgo de no poder salvarles la vida.

Además, el funcionario negó que los decesos hayan ocurrido por presunta negligencia médica y que fue la escasez de recursos económicos la única causal.

Familiares de los recién nacidos que perdieron la vida en dicho hospital, rechazaron los resultados que emitió la Secretaría de Salud (Ssa) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS) sobre estas muertes. Y exigen que se les haga justicia.

El gobernador, Pablo Salazar, dijo que las familias "serían indemnizadas", pero funcionarios del DIF sólo hablan de que a los padres les darán una ayuda económica y que serán atendidos por la Procuraduría General del estado. Los cuerpos de los recién nacidos que murieron en el hospital de Comitán fueron exhumados, como parte de las investigaciones que buscan esclarecer las causas de los decesos de los menores.

En este sentido, el informe de resultados de los análisis bacteriológicos realizados por el propio Laboratorio Estatal de Salud Pública de Chiapas, confirma el aislamiento de bacterias coliformes en el interior de incubadoras y catéteres de oxígeno; la presencia de Klebsiella pneumoniae en la tarja de pediatría y en el agua de garrafón; Pseudomona aeruginosa en una sonda de aspiración y en la llave de agua, entre otras bacterias causantes de sepsis neonatal; pero lo más grave es que de las manos de enfermeras y pediatras se aislaron cepas de Staphilococcus, Klebsiellas y Escherichia coli, probablemente porque no les daba tiempo ni de lavarse las manos.... antes de manejar a los menores.

También los padres de familia pidieron que la Contraloría del gobierno estatal intensifique la investigación sobre el cumplimiento de la jornada de trabajo del personal de salud que ahí presta sus servicios, pues según ellos, no cumplen con el horario estipulado.

Esta exigencia no terminará hasta que se vea restituido el derecho a una vida digna al pueblo de Comitán. Por otra parte, cabe destacar que mujeres y hombres, en su mayoría indígenas tojolabales, tomaron el hospital de la Secretaría de Salud de Las Margaritas, Chiapas. Demandan medicinas y médicos "las 24 horas del día", para la población de escasos recursos, y la salida de la directora Maribel Torres Cancino. Denuncian que médicos y enfermeras les dan "malos tratos" a las mujeres, niños y ancianos de este municipio.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en la fracción III del artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los suscritos, diputados federales del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de Salud, a que se apliquen y hagan efectivas en todos los hospitales, de los distintos niveles del país, las medidas para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de las infecciones nosocomiales, con apego a la Norma Oficial 026.

Segundo. Esta soberanía, acuerda solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público programe recursos extraordinarios del orden de 600 millones de pesos, para la Secretaría de Salud, a fin de que se destine a las áreas de atención hospitalaria materno-infantil de todo el país, principalmente del estado de Chiapas.

Tercero. Asimismo, que el Congreso de la Unión solicite a la Procuraduría General de la República, haga público el dictamen de cuáles fueron las verdaderas causas que provocaron los decesos de los infantes, para que en el ámbito de sus atribuciones, coadyuve a su pronta solución.

Cuarto. Esta soberanía, solicita a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, que lleve a cabo una auditoría médica para fincar, en su caso, responsabilidades, con el objeto de darle una solución justa a la problemática establecida en el presente punto de acuerdo.

Sala de Sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 29 de enero de 2003.

Diputados: Adela del Carmen Graniel Campos, Ramón León Morales (rúbricas).

(Turnada al Grupo de Trabajo que conocerá del fallecimiento de niños en el hospital de Comitán, Chiapas. Enero 29 de 2003.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA DEMANDAR QUE SE INVESTIGUE AL SERVICIO POSTAL MEXICANO Y SE FINQUEN RESPONSABILIDADES POR LA DESAPARICION DE 15 MIL CHEQUES, SUSCRITA POR LOS DIPUTADOS SERGIO ACOSTA SALAZAR Y RAMON LEON MORALES, Y PRESENTADA POR ESTE ULTIMO, AMBOS DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DE LA COMISION PERMANENTE DEL MIERCOLES 29 DE ENERO DE 2003

El suscrito, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en la fracción III del artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito presentar ante esta Comisión Permanente una propuesta con punto de acuerdo.

Consideraciones

La migración de mexicanos hacia los Estados Unidos tiene como uno de sus antecedentes históricos, el Programa Bracero, que dio inicio en 1942 y concluyó en 1964. Uno de los objetivos principales del gobierno del entonces presidente norteamericano Franklin Roosevelt, era contratar mano de obra mexicana para los granjeros de aquel país, ya que sus trabajadores se habían enrolado en el ejército de su país que combatía en la Segunda Guerra Mundial.

La migración trae consigo un elemento de interdependencia en el mercado laboral de México y Estados Unidos. Las empresas estadounidenses se benefician al pagar sueldos bajos y la economía mexicana se libra de presiones laborales, puesto que no puede proveer suficientes empleos para satisfacer la demanda de trabajo.

Este tema ha sido abordado infinitamente en esta honorable Cámara de Diputados, pero pocas veces ofreciendo respuestas a nuestros hermanos que se encuentran del otro lado de la frontera, así como a sus familiares que se encuentran en territorio nacional.

Todos sabemos que nuestros connacionales en Estados Unidos envían a sus familias entre 8 y 9 mil millones de dólares cada año por medio de remesas, y que sirven para solventar en 100 por ciento los gastos de necesidades básicas como alimentación, educación, salud y mejoras de vivienda, entre otras. Accediendo por ellos mismos a servicios que van mejorando su calidad de vida.

Este recinto ha sido testigo de una variedad de denuncias hechas por las diferentes fracciones parlamentarias, en torno a las violaciones y vejaciones que sufren nuestros nacionales. Tal ha sido el caso de las empresas, Western Union y Money Gram, dedicadas al envío de remesas a nuestro país, por lo cual cobran porcentajes mayores a los que prometen en su publicidad.

Nuestros nacionales, después de haber brindado su trabajo a las empresas norteamericanas tienen en sobremanera merecida una pensión, que les permite llevar a buen término el resto de su vida.

El día de hoy, en esta tribuna, quiero expresar, a través de mis compañeros de bancada, mi indignación y preocupación por la desaparición ocurrida en el Servicio Postal Mexicano (Sepomex) de casi 15 mil cheques. Estos cheques los envía el gobierno de Estados Unidos a nuestro país, por el concepto de pago de pensiones a los trabajadores inmigrantes que prestaron servicios en aquel país, y cuyas cantidades oscilan entre 300 a 800 dólares. Los pensionados afectados por esta situación pertenecen a los estados de Zacatecas, Jalisco y Michoacán.

En el caso de este último, el día catorce de enero en la parroquia de La Merced, ubicada en Morelia, Michoacán, hicieron fila cientos y cientos de pensionados para corroborar el cobro de sus cheques ante Mary Hellen de la Torre, cónsul de EU en nuestro país.

Funcionarios del gobierno norteamericano confirmaron esta situación, calificándola de preocupante, ya que la pérdida de los documentos de valor se dio en un periodo de tres meses, julio, agosto y septiembre del año pasado.

Fue así como nos dimos cuenta del desvío de estos cheques y es por ello que no podemos dejar impune tal hecho.

No es posible que el Servicio Postal Mexicano (Sepomex) permita que ocurran este tipo de actos delictivos, que sólo evidencian su ineficiencia y la corrupción que existe al interior del mismo.

Si los directivos de Sepomex hablan de eficientar cada vez más esta institución, y donde en el periodo de 1998 a 2001, han reportado pérdidas operativas de 726 millones de pesos, y la caída en un 54 por ciento de sus ingresos desde 1995, hasta el año pasado. Deberían de empezar por clarificar dónde se encuentran los responsables de la sustracción de estos cheques.

Es necesario que nos manifestemos en contra de este tipo de actos que lesionan cada día a nuestra población, no debemos de ser insensibles ante la voz de nuestros representados que nos demandan justicia.

Por lo anteriormente expuesto, el suscrito, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, propone el siguiente

Punto de Acuerdo

Unico.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita la intervención de Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, así como de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para que cada una de ellas, de acuerdo con sus atribuciones, procedan inmediatamente al esclarecimiento del destino que tuvieron los pagos de las pensiones de los ex trabajadores braceros mexicanos. Deslindándose las responsabilidades en contra de quien resulte culpable por la desaparición de los aproximadamente 15 mil cheques. Y de ser el caso, dar parte a la Procuraduría General de la República, para que en el ámbito de sus facultades integre la averiguación previa correspondiente.

Comisión Permanente, a 29 de enero de 2003.

Diputados: Sergio Acosta Salazar, Ramón León Morales (rúbricas)

(Turnada a la Comisión de Comunicaciones. Enero 29 de 2003.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO SOBRE LA RELACION MEXICO-ESTADOS UNIDOS EN MATERIA DE TRANSPORTE, PRESENTADA POR EL SENADOR ESTEBAN ANGELES CERON DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DE LA COMISION PERMANENTE DEL MIERCOLES 29 DE ENERO DE 2003

Las relaciones bilaterales entre México y Estados Unidos históricamente han estado definidas por la asimetría entre ambos países. Dada la frecuente falta de reciprocidad en el trato y cumplimiento de lo acordado, este componente ha sido motivo de incertidumbre y desencuentro; sin embargo, resulta inaceptable que México deba permanecer como espectador ante las constantes vicisitudes de una agenda bilateral a todas luces compleja. Los acontecimientos recientes sin duda reclaman alzar la voz ante la imposición de voluntades caprichosas.

Muestra evidente de la intransigencia de nuestro vecino ha sido el reciente fallo de una corte de apelaciones en la ciudad de San Francisco (16 de enero de 2003), la cual determinó que Estados Unidos de ninguna manera puede abrir sus fronteras en forma indiscriminada a los autotransportes mexicanos; no obstante que con ello reitera la falta de compromiso de ese país para respetar y cumplir las obligaciones contraídas con la firma del Tratado de Libre Comercio, en donde claramente se estipula que los camiones mexicanos podían ingresar a territorio estadounidense sin ninguna restricción desde el 18 de diciembre de 1995.

El pasado 27 de noviembre, el Presidente George Bush autorizó que los transportes mexicanos podían ingresar a territorio de Estados Unidos más allá de las veinte millas permitidas, y pudieran programar servicios regulares de transporte desde y hacia destinos de México y Estados Unidos. A pesar de que dicha decisión no eliminaba todos los procesos de inspección en la frontera, y que se trataba de una medida temporal, ya que exigía nuevas revisiones después de 18 meses, representó una acción que sentaba un importante precedente en las relaciones comerciales entre los dos países.

Sin embargo, haciendo evidente una vez más la práctica común de la doble agenda y del doble discurso, la Corte concluyó que la decisión ejecutiva, la decisión de Bush, no entraría en vigor porque violaba la normativa en materia ambiental al no haber promovido antes, la realización de un estudio sobre el impacto que dicha medida tendría en el medio ambiente de ese país. Más aún, el fallo añadió que el gobierno del Presidente Bush actuó de "manera arbitraria y caprichosa" al decidir abrir las fronteras.

Hoy en día los trasportes mexicanos, al igual que su personal operativo, son sometidos a largas revisiones. Sin embargo, el compromiso compartido que se ha ido construyendo en ambos lados de la frontera en esta materia, lejos de cimentar un escenario de cooperación que encauce a ambas sociedades a ser partícipes comunes de los beneficios del tratado comercial bilateral, al parecer ha sido tomado como el consentimiento mexicano de las políticas y prácticas evidentemente discriminatorias que pone en marcha ese país.

Aunque la propia legislación norteamericana, en particular la ley del medio ambiente, establece que el gobierno antes de pronunciarse por una decisión debe realizar una evaluación sobre el impacto ambiental de la misma, este tipo de acciones transgreden los principios de derecho internacional más básicos al justificar a través de una argumentación doméstica la violación de una obligación internacional.

La Corte de San Francisco concluyó explícitamente que las obligaciones que impone el TLCAN no priman sobre las leyes medioambientales de ese país; por lo que la "decisión del Presidente Bush definitivamente no es válida". Este tipo de evasiones legaloides de ninguna manera puede ser aceptable, ya que van en contra de la letra y el espíritu del tratado.

El devenir de la relación bilateral entre México y Estados Unidos no puede estar sujeto a intereses políticos y posiciones gremiales; como los que han sido evidentes en la adopción de esta medida. Mucho menos debemos aceptar que las presiones de organizaciones de transportistas transnacionales, sean punta de lanza para continuar vulnerando los compromisos pactados en el acuerdo comercial bilateral.

No es válido convertir el Tratado de Libre Comercio firmado de buena fe, en el "tratado del embudo", ancho para los transportistas norteamericanos y angosto para los transportistas mexicanos. No es justo, no es legal, no es moral.

México solicitó hace más de cuatro años (septiembre 22 de 1998) la conformación de un panel para resolver la controversia en vista de las múltiples restricciones que a todas luces violaban el Tratado. Su decisión (6 de enero de 2001) fue favorable a México; sin embargo, las determinaciones de este panel no fueron aceptables para Estados Unidos, ya que sus conclusiones no sólo han sido ignoradas del otro lado de la frontera, en los hechos nos respondieron el 16 de marzo de 2002 imponiendo una serie de reglas, que pretenden regular aspectos técnicos, operativos y de seguridad inaceptables para México por ser unilaterales, discrecionales, discriminatorios y proteccionistas.

En todo momento, México ha tratado de encontrar fórmulas satisfactorias que permitan seguir dándole continuidad y vigencia a los propósitos que dieron origen al Tratado de Libre Comercio de América del Norte; no obstante, ante la falta de compromisos serios por alcanzar un acuerdo en esta materia, las fracciones parlamentarias del PRI en la Comisión Permanente del H. Congreso de Unión no pueden dejar de pronunciarse sobre este nuevo ardid que sólo busca mantener en el letargo obligaciones ya convenidas.

Consideramos que México ha hecho esfuerzos por tratar de preservar el respeto al espíritu y letra del tratado comercial con Estados Unidos, y como respuesta sólo tiene su trasgresión sistemática, para los transportistas mexicanos significa en los hechos, quedar limitados a circular solamente en las zonas comerciales fronterizas de Estados Unidos, donde nuestros camioneros están obligados a transferir su carga a sus homólogos estadounidenses para que la lleven a su destino final.

Por estas razones y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, me permito someter a su consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo.

Punto de Acuerdo

Primero. Se solicita a la Secretaría de Economía del Gobierno Federal, en su carácter de administradora del TLCAN, de conformidad con las facultades que le otorga la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, informe a esta soberanía de las actuaciones realizadas con motivo del informe final del panel arbitral establecido en términos del capítulo XX del TLCAN, de fecha 6 de enero de 2001, en el caso de las restricciones de Estados Unidos en materia de servicios transfronterizos e inversión en el sector transporte de carga, toda vez que las partes contendientes deberán convenir la solución de la controversia y notificar a sus secciones del Secretariado toda resolución acordada en virtud de lo establecido en el artículo 2018 del TLCAN.

Segundo. Se solicita a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Gobierno Federal, informe al H. Congreso de la Unión, la relación, el número y las características de las solicitudes presentadas, por transportistas extranjeros interesados en prestar el servicio en territorio nacional y las de connacionales, presentadas a Estados Unidos con el propósito de prestar servicios en ese país.

Tercero. Toda vez que se ha excedido el plazo de 30 días de la recepción de la resolución final del panel arbitral (6 de enero de 2001) y no se ha convenido la solución de la controversia -inacción del Gobierno Federal que está afectando de manera grave a los transportistas mexicanos-, hacemos un exhorto al Ejecutivo federal para que suspenda la aplicación de beneficios de efecto equivalente a la parte demandada y se impida el ingreso de transportes estadounidenses a nuestro país hasta en tanto no se asuma por parte de Estados Unidos una actitud de respeto a lo señalado en el Tratado de Libre Comercio o, en su caso, nos informe los inconvenientes de tomar esta medida a la que tenemos derecho.

Salón de Sesiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, a los 29 días del mes de enero del año 2003.

Sen. Esteban Miguel Angeles Cerón (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado de la República. Enero 29 de 2003)
 
 











Convocatorias
DE LA COMISION ESPECIAL PARA LA REFORMA DEL ESTADO

A su reunión de trabajo, que se efectuará el jueves 30 de enero, a las 10 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. Uuc-kib Espadas Ancona
Presidente
 
 
 

DEL COMITE DE INFORMACION, GESTORIA Y QUEJAS

A su primera reunión plenaria del tercer año legislativo, que se efectuará el jueves 30 de enero, a las 11:45 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura del acta anterior.
3. Informe de actividades del Presidente del Comité, diputado Esteban Daniel Martínez Enríquez.
4. Jornada legislativa de atención ciudadana.
5. Firma del convenio de colaboración con la Barra de Abogados, AC, y la Cámara de Diputados.
6. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. Esteban Daniel Martínez Enríquez
Presidente
 
 
 

DE LAS COMISIONES UNIDAS DE AGRICULTURA Y GANADERIA, Y DE DESARROLLO RURAL

A su reunión de trabajo, que se llevará a cabo el viernes 31 de enero, a las 9 horas, en los salones C y D del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y verificación del quórum.
2. Acta de la sesión anterior.
3. Entrega del informe de labores 2002.
4. Entrega de la propuesta del programa de trabajo.
5. Intervención del C. secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, CP Javier Usabiaga Arroyo.
6. Sesión de preguntas y respuestas.
Atentamente

Dip. Jaime Rodríguez López
Presidente de la Comisión de Agricultura y Ganadería

Dip. Alfonso Elías Oliverio Cardona
Presidente de la Comisión de Desarrollo Rural
 
 
 

DEL CENTRO DE CAPACITACION

A la ceremonia de clausura del Diplomado en Derecho Parlamentario y Técnica Legislativa, Cuarta Generación, que se llevará a cabo el martes 4 de febrero, a las 17 horas, en el salón Legisladores de la República.

Atentamente
Lic. Arturo Alvarez Ruiz
Director Adjunto
 
 
 

DE LA COMISION DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL

A su reunión ordinaria, que se efectuará el miércoles 12 de febrero, a las 11 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere
Presidente