Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 1323-I, viernes 29 de agosto de 2003.

ACUERDO DE LA MESA DIRECTIVA, RELATIVO A LOS DICTAMENES DE PROYECTOS DE LEY O DECRETO NORMATIVO QUE NO ALCANZO A CONOCER EL PLENO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS, LVIII LEGISLATURA


Acuerdo de la Mesa Directiva relativo a los dictámenes de proyectos de ley o decreto normativo, que no alcanzó a conocer el Pleno de la Cámara de Diputados, LVIII Legislatura

Considerando que:

I. Conforme al párrafo 1 del artículo 20 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Mesa Directiva garantiza que en los trabajos legislativos prevalezca lo dispuesto en la Constitución y la ley.

II. A la Mesa Directiva le corresponde realizar la interpretación de las normas de la Ley Orgánica y de los demás ordenamientos relativos a la actividad parlamentaria que se requiera para el cumplimiento de sus atribuciones, así como para la adecuada conducción de la sesión, según el inciso b) del párrafo 2, del artículo 20 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

III. La Mesa Directiva tiene la atribución de cuidar que los dictámenes, propuestas, mociones, comunicados y demás escritos, cumplan con las normas que regulan su formulación y presentación, conforme al inciso e), párrafo 2, del artículo 20 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

IV. Corresponde al Presidente de la Mesa Directiva dar curso a los asuntos y negocios en términos de la normatividad aplicable y determinar los trámites que deban recaer sobre las cuestiones con que se dé cuenta a la Cámara, según el inciso f), párrafo 1, del artículo 23 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

V. La Mesa Directiva adoptará sus decisiones por consenso y, en caso de no lograrse el mismo, por la mayoría absoluta de sus integrantes, de conformidad con el párrafo 1 del artículo 21 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

VI. Diversas comisiones enviaron a la Mesa Directiva dictámenes de ley o decreto normativo que no alcanza a conocer el Pleno de la presente Legislatura y que, de conformidad con el último párrafo del artículo 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, deben pasar a la LIX Legislatura con el carácter de proyectos.

Conforme a las motivaciones y fundamentos jurídicos que anteceden, la Mesa Directiva adopta el siguiente:

Acuerdo

Primero.- Los dictámenes con proyecto de ley o decreto de los expedientes legislativos que a continuación se relacionan, pasan a la LIX Legislatura con el carácter de proyectos, de conformidad con el último párrafo del artículo 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Expediente Legislativo

Fecha de la Iniciativa

Dictamen de la (s)

Comisión (es)

924

3 de marzo de 1999

Gobernación y Seguridad Pública

1279

26 de octubre de 1999

Marina

241

16 de noviembre de 2000

Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

422

27 de diciembre de 2000

Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

521

22 de marzo de 2001

Unidas de Comercio y Fomento Industrial; de Comunicaciones y de Transportes

529

27 de marzo de 2001

Justicia y Derechos Humanos

592

9 de abril de 2001

Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

608

10 de abril de 2001

Comercio y Fomento Industrial

641

25 de abril de 2001

Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

904

22 de agosto de 2001

Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

963

25 de septiembre de 2001

Unidas de Salud y de Ciencia y Tecnología

998

2 de octubre de 2001

Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

1196

8 de noviembre de 2001

Salud

1448

15 de diciembre de 2001

Transportes

1458

15 de diciembre de 2001

Unidas de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales

1640

20 de marzo de 2002

Presupuesto y Cuenta Pública

1664

25 de marzo de 2002

Comercio y Fomento Industrial

1753

9 de abril de 2002

Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

1758

9 de abril de 2002

Medio Ambiente, Salud y de Desarrollo Rural

(faltan las resoluciones de Salud y de Desarrollo Rural, para desechar completamente el dictamen)

1882

25 de abril de 2002

Unidas de Agricultura y Ganadería y

de Desarrollo Rural

1887

29 de abril de 2002

Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

2275

26 de septiembre de 2002

Comercio y Fomento Industrial

2299

1° de octubre de 2002

Unidas de Desarrollo Rural y de Seguridad Social

3000

1° de octubre de 2002

Atención a Grupos Vulnerables

 Expediente Legislativo

Fecha de la Iniciativa

Dictamen de la (s)

Comisión (es)

2574

5 de noviembre de 2002

Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

2650

21 de noviembre de 2002

Unidas de Desarrollo Social y de Asuntos Indígenas

2703

28 de noviembre de 2002

Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

2793

5 de diciembre de 2002

Vivienda

2865

12 de diciembre de 2002

Comercio y Fomento Industrial

2873

13 de diciembre de 2002

Equidad y Género

2892

13 de diciembre de 2002

Ciencia y Tecnología, con opinión de Presupuesto y Cuenta Pública

3068

5 de marzo de 2003

Comercio y Fomento Industrial

3146

25 de marzo de 2003

Hacienda y Crédito Público

3159

27 de marzo de 2003

Hacienda y Crédito Público

3347

22 de abril de 2003

Comunicaciones


Segundo.- Los originales de los referidos dictámenes se incorporarán al expediente original. Se dará cuenta de ellos a la (s) Comisión (es) competente (s) de la próxima Legislatura, una vez que sean instaladas.

Tercero.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Parlamentaria. Comuníquese a las Comisiones.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de agosto de 2003.

Dip. Armando Salinas Torre (rúbrica)
Presidente

Dip. Jaime Vázquez Castillo (rúbrica)
Vicepresidente

Dip. María Elena Alvarez Bernal (rúbrica)
Vicepresidenta

Dip. María de las Nieves García Fernández (rúbrica)
Secretaria