Gaceta Parlamentaria, año V, número 1107, viernes 11 de octubre de 2002


Comunicaciones Iniciativas Excitativas Proposiciones Convocatorias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Comunicaciones

DE LA PRESIDENTA DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNION

Palacio Legislativo, 9 de octubre de 2002.

CC. Secretarios
H. Cámara de Diputados
Presentes

Con un respetuoso saludo, informo a ustedes que he sido invitada en mi carácter de Presidenta del Parlamento Latinoamericano, a participar en la sesión inaugural del coloquio El parlamentarismo en el siglo XXI, que se realizará en la ciudad de Quebec, Canadá. Con tal motivo no asistiré a la sesión ordinaria de esta H. Cámara de Diputados que se llevará a cabo el jueves 10 de octubre en curso. Con toda oportunidad previmos, con los integrantes de la Mesa Directiva, el cubrir adecuadamente el desarrollo de dicha sesión.

Sin más por el momento, quedo de ustedes.

Dip. Beatriz Paredes Rangel (rúbrica)
Presidenta de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión

(De enterado. Octubre 10 de 2002.)
 
 
 

DE LA JUNTA DE COORDINACION POLITICA

Diputada Beatriz Paredes Rangel
Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Presente

Con fundamento en el artículo 34 numeral 1 inciso c de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y a solicitud del diputado Cuauhtémoc Cardona Benavides, subcoordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, me permito solicitar a usted, la modificación en la integración de la siguiente comisión:

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Palacio Legislativo, México, DF, a 9 de octubre de 2002.

Atentamente
Dip. Martí Batres Guadarrama (rúbrica)
Presidente

(De enterado. Octubre 10 de 2002.)
 
 

Diputada Beatriz Paredes Rangel
Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Presente

Con fundamento en el artículo 34 numeral 1 inciso c de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y a solicitud del diputado Cuauhtémoc Cardona Benavides, subcoordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, me permito solicitar a usted, la modificación en la integración de la siguiente comisión:

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Palacio Legislativo, México, DF, a 9 de octubre de 2002.

Atentamente
Dip. Martí Batres Guadarrama (rúbrica)
Presidente

(De enterado. Octubre 10 de 2002.)
 
 













Iniciativas

DE REFORMAS A LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PUBLICOS, A LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PUBLICOS Y A LA LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO JAVIER GARCIA GONZALEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

En nuestra calidad de diputados federales a la LVIII Legislatura del Congreso General, y con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 55, Fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta H. Cámara de Diputados la presente Iniciativa de Reformas a Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, así como a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de responsabilidades de Servidores Públicos en relación al desahogo de comparecencias ante las Cámaras del Congreso de la Unión o de sus Comisiones, de conformidad con la siguiente:

Exposición de Motivos

En la fracción parlamentaria del PRI nos preocupa la forma en la que harán de llevarse a cabo las comparecencias de los servidores públicos ante las distintas comisiones de las Cámara de Diputados, es por ello que deben ser objeto de estudio a fin de evitar que se conviertan en un mero evento político sin ninguna eficiencia y sin vinculación legal alguna.

En los últimos dos años, durante la administración de Vicente Fox, la presencia de Funcionarios Públicos que comparecen ante los diputados, se ha vuelto cotidiana, sólo en la Cámara de Diputados se han realizado aproximadamente más de 600 comparecencias de funcionarios de casi todos los niveles, pero los resultados de estas reuniones son cuestionables, pues si bien es cierto que ellas constituyen una forma de comunicación entre poderes, también lo es que no existe ninguna obligación o responsabilidad para los funcionarios sobre lo que informan o dejan de informar, convirtiéndose como ocurre en la mayoría de las ocasiones, en una mera formalidad.

Los funcionarios que acuden, generalmente presentan un discurso introductorio, escuchan los posicionamientos de los grupos parlamentarios y las preguntas que éstos realizan, para posteriormente proceder a contestarlas considerando en todo momento que no hay ninguna disposición que obligue a los funcionarios a conducirse con verdad y por lo tanto no les es aplicable ninguna sanción si no lo hicieren o contesten de forma falsa.

Sin ninguna disposición expresa que regule las comparecencias, la función de control del Congreso esta incompleta, ya que si ésta se refiere a la inspección, fiscalización, comprobación, revisión o examen que lleva a cabo el Congreso sobre la actividad que realiza el Ejecutivo, es obvio que si los funcionarios no tienen ninguna obligación de declarar con veracidad ante el Congreso, su presencia resulta inútil.

Muchos ejemplos existen de estas comparecencias meramente formales, basta mencionar los recortes presupuéstales, la decisión de construir y posteriormente la de no construir el aeropuerto en Texcoco, la situación de la deuda externa, la Auditoria a las Instituciones Bancarias, el funcionamiento al IPAB, por solo mencionar algunos.

La propuesta que hacemos consiste en introducir en el marco de las comparecencias, la figura jurídica de la "falsedad y negativa de información" como causa de juicio político y por lo tanto estas conductas conllevarían a sanciones tales como la destitución y la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos hasta por 20 años.

Es por ello que proponemos introducir esta norma a la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, mediante la presente Iniciativa que propone adicionar una fracción IX al Artículo 7º de dicha Ley, para establecer como un acto que redunda en perjuicio de los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho "La falsedad y negativa de información", que son los actos u omisiones de los servidores públicos que realicen durante comparecencias, sobre asuntos de su competencia, ante alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión o ante sus Comisiones, cuando a cuestionamiento expreso de los legisladores el servidor o servidores públicos no respondan o lo hicieran falsamente.

Esto implicaría que cuando algún funcionario hubiera sido citado por el Congreso a comparecer por algún asunto relacionado con sus funciones, éste declarara falsamente o se negara a dar una respuesta, podría hacerse acreedor a una sanción de hasta 20 años de inhabilitación.

Con el objeto de darle congruencia jurídica a lo anteriormente mencionado es necesario que se establezca en el Artículo 8º de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos una fracción que obligue a los servidores públicos a comparecer ante las Cámaras del Congreso de la Unión o ante sus comisiones, absteniéndose en todo momento de negarse a brindar la información requerida o a dar información falsa.

En este sentido para que sea útil el sistema de comparencia debe existir corresponsabilidad por parte de los diputados, es por ello, que se propone una adición al mismo artículo 7º de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos que establezca que los integrantes de las Cámaras del Congreso de la Unión no puedan difundir por si o por interpósita persona información relacionada con declaración de funcionarios públicos realizadas durante comparecencia ante alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión cuando las directivas de estas hubieran acordado su secresía.

Esto implica que los diputados no podrán hacer comentarios ni mucho menos hacer publicas declaraciones de funcionarios en comparencias cuando la Mesa Directiva de la Cámara hubiera acordado que dicha comparecencia estuviera resguardada por la confidencialidad y hubiera dictado las providencias necesarias para tales efectos.

Para ello, es necesario reforzar la Ley Orgánica del Congreso General introduciendo un nuevo inciso al Articulo 20 para el caso de la Cámara de Diputados y al Artículo 66 para la Cámara de Senadores, consistente en facultar a la Mesa Directiva de ambas Cámaras para dictar las providencias necesarias para asegurar la confidencialidad y secresia de las comparecencias de funcionarios públicos cuando así lo solicitaran la comisión respectiva o el propio funcionario.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a la consideración del Honorable Congreso de la Unión por conducto de la Cámara de Diputados la siguiente Iniciativa de Reformas a la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo Primero.- Se adicionan una fracción IX y X al artículo 7º de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, en los siguientes términos:

Artículo 7. Redundan en perjuicio de los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho:

...

...

IX.- La falsedad y negativa de información es el acto u omisión de los sujetos de la presente Ley que realicen durante comparecencias sobre asuntos de su competencia ante alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión o ante sus Comisiones, cuando a cuestionamiento expreso de los legisladores el servidor público no responda o lo hiciera falsamente.

X.- En relación a los integrantes de las Cámaras del Congreso de la Unión, difundir por si o por interpósita persona información relacionada con declaración de servidores públicos realizadas durante comparecencia ante alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión o de sus comisiones cuando las directivas de estas hubieran acordado su secresía.

...

Artículo Segundo.- Se adiciona una fracción XXV al artículo 8º de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en los siguientes términos:

Artículo 8. Todo servidor público tendrá las siguientes obligaciones:

...

...

XXV.- Comparecer ante las Cámaras del Congreso de la Unión o ante sus comisiones, absteniéndose en todo momento de negarse a brindar la información requerida o a dar información falsa.

Artículo Tercero.- Se adiciona un inciso j) al Artículo 20 y se adiciona un inciso m) al Artículo 66 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en los siguientes términos:

Artículo 20.

...

...

j) Dictar las providencias necesarias para asegurar la confidencialidad y secresia de las comparecencias de funcionarios públicos cuando así lo solicitaran la comisión respectiva o el propio servidor público.

Artículo 66.

...

...

m) Dictar las providencias necesarias para asegurar la confidencialidad y secresia de las comparecencias de funcionarios públicos cuando así lo solicitaran la comisión respectiva o el propio servidor público.

Artículo Transitorio

Unico.- Esta reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dip. Javier García González (rúbrica)

(Turnada a las Comisiones de Gobernación y Seguridad Pública, de Justicia y Derechos Humanos y de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. Octubre 10 de 2002.)
 
 
 

CON PROYECTO DE REFORMA DE LOS INCISOS A),C), D) Y E) DEL ARTICULO 72 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO LUCIO FERNANDEZ GONZALEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

El que suscribe Diputado Federal en la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, en ejercicio de las facultades que me confiere la fracción II del artículo 71 y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta Asamblea, la presente Iniciativa de Decreto para reformar los incisos a), c), d) y e) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con la siguiente:

Exposición de Motivos

Existen diversas disposiciones constitucionales que le señalan al Congreso de la Unión, el marco jurídico para el desarrollo de sus funciones legislativas, normas que necesariamente tiene que observar.

El artículo 65 de nuestra carta magna, dispone en su segundo párrafo, que el Congreso en los períodos de sesiones se ocupará del estudio, discusión y votación de las iniciativas de ley que se le presenten y de la resolución de los demás asuntos que le corresponden conforme a esta Constitución.

Por lo tanto, el órgano legislativo debe actuar dentro de la esfera de su competencia, de acuerdo con lo dispuesto por la Constitución y las normas que deriven de ella, sin exceso ni defecto,

Ir más allá de sus facultades, o dejar de cumplir con sus responsabilidades, afecta los derechos de los gobernados y, por consecuencia, vulnera el Estado de Derecho

En ese orden de ideas, los ordenamientos jurídicos deben aplicarse para que cada órgano del poder legislativo actúe estrictamente en el ámbito de sus responsabilidades, no para evitar, obstaculizar o condicionar el desarrollo del proceso legislativo.

Así tenemos, que el artículo 72 Constitucional determina el procedimiento legislativo para la creación de leyes o decretos, en donde se incluye la discusión, la modificación o rechazo por la Cámara revisora, a los proyectos de ley o decreto que les son enviados por la Cámara de origen.

Este precepto Constitucional dispone que todo proyecto de ley o decreto, cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose el reglamento de debates sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones

Por su parte, la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, también señala las normas que se tienen que observar en el proceso legislativo, así el artículo tercero del mencionado ordenamiento, determina que el Congreso y las Cámaras que lo componen tendrán la organización y funcionamiento que establecen la Constitución General de la República, la propia ley, el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y los ordenamientos internos que cada una de las cámaras expidan en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales.

La mencionada Ley Orgánica del Congreso General, en su artículo 20 garantiza que en los trabajos legislativos prevalezca lo dispuesto en la Constitución y la ley.

Por su parte el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, dispone categóricamente en el artículo 136, que las observaciones o modificaciones hechas a un proyecto de ley por la Cámara revisora o por el Ejecutivo, al volver a la de su origen, pasarán a la Comisión que dictaminó, y el nuevo dictamen de ésta sufrirá todos los trámites que prescribe este reglamento.

Complementa el artículo 137 del mismo ordenamiento, que solamente se discutirán y votarán en lo particular los artículos observados, modificados o adicionados.

El mencionado artículo 72 Constitucional, consta de un primer párrafo y diez incisos, del a) al j), los cuales regulan la función legislativa que realiza el Congreso de la Unión.

En su inciso a), determina que aprobado un proyecto en la Cámara de su origen, pasará para su discusión a la otra ley.

Por su parte, el inciso c) señala que El proyecto de ley o decreto desechado en todo o en parte por el Ejecutivo será devuelto, con sus observaciones, a la Cámara de su origen. Deberá ser discutido de nuevo por ésta y si fuese confirmado por las dos terceras partes del número total de votos, pasará otra vez a la Cámara revisora.

Por otro lado, el inciso d) establece que si algún proyecto de ley o decreto fuese desechado en su totalidad por la Cámara revisora, volverá a la de su origen con las observaciones que aquélla le hubiese hecho. Si examinado de nuevo, fuese aprobado por la mayoría absoluta de los miembros presentes, volverá a la Cámara que lo desecho, la cual lo tomará otra vez en consideración y si lo aprobare por la misma mayoría, pasará al Ejecutivo para los efectos de la fracción a), pero si lo reprobase, no podrá volver a presentarse en el mismo período de sesiones.

En estos incisos, a), c), d) y e) del artículo 72 de la Constitución, no se señala ningún espacio de tiempo en que la Cámara revisora deba resolver sobre el proyecto, así como las observaciones que en su caso se presentaren al mismo, lo que se podría traducir en un estancamiento de las iniciativas en revisión, originando una incertidumbre jurídica en el proceso legislativo, por lo que se hace necesario modificar los mencionados incisos, para dar así una garantía constitucional más a los mexicanos de que uno de los órganos del Estado de representación popular está obligado en atender el mandato que le fue otorgado, para impulsar debidamente el planteamiento de sus necesidades y estas tengan una respuesta pronta y clara.

Por lo expuesto, presento ante esta Honorable Cámara de Diputados, el siguiente:

Decreto por el que se reforman los incisos a), c), d) y e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Unico.- Se reforman los incisos a), c), d) y e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 72. ...

a) Aprobado un proyecto en la Cámara de origen, así como las observaciones al mismo, pasará para su discusión a la otra, para que resuelva dentro del término máximo de cuarenta y cinco días naturales a partir del día en que se remitió; si no lo resuelve dentro de este término, la Cámara de origen, excitará a la revisora, la cual debe resolver dentro del término de quince días naturales. En el caso que la Cámara revisora hubiere cerrado o suspendido sus sesiones, el término continuará el primer día en que esté reunida. Si lo aprobare se remitirá al Ejecutivo, quien, si no tuviere observaciones que hacer, lo publicará inmediatamente;

b) ...

c) El proyecto de ley o decreto desechado en todo o en parte por el Ejecutivo, será devuelto con sus observaciones, a la Cámara de su origen. Deberá ser discutido de nuevo por ésta y resolver dentro del mismo término previsto en la fracción a) y si fuese confirmado por las dos terceras partes del número total de votos, pasará otra vez a la Cámara revisora. Si por ésta fuese sancionado por la misma mayoría, el proyecto será ley o decreto y volverá al Ejecutivo para su promulgación.

...

d) Si algún proyecto de ley o decreto fuese desechado en su totalidad por la Cámara de revisión, volverá a la de su origen con las observaciones que aquélla hubiese hecho, para que resuelva dentro del mismo término previsto en la fracción a) Si examinado de nuevo, fuese aprobado por la mayoría absoluta de los miembros presentes, volverá a la Cámara que lo desechó, la cual lo tomará otra vez en consideración y si lo aprobare por la misma mayoría, pasará al Ejecutivo para los efectos de la fracción a), pero si lo reprobase, no podrá volver a presentarse en el mismo período de sesiones;

e) Si un proyecto de ley o decreto fuese desechado en parte, o modificado o adicionado por la Cámara revisora, la nueva discusión de la Cámara de su origen versará únicamente sobre lo desechado o sobre las reformas o adiciones, la cual resolverá dentro del mismo término previsto en la fracción a), sin poder alterarse en manera alguna los artículos aprobados. Si las adiciones o reformas hechas por la Cámara revisora fuesen aprobadas por la mayoría absoluta de los votos presentes en la Cámara de su origen, se pasará todo el proyecto al Ejecutivo, para los efectos de la fracción a) Si las adiciones o reformas hechas por la Cámara revisora fueren reprobadas por la mayoría de votos en la Cámara de su origen, volverá a aquélla para que tome en consideración las razones de ésta y si por mayoría absoluta de votos presentes se desecharen en esta segunda revisión dichas adiciones reformas, el proyecto, en lo que haya sido aprobado por ambas cámaras, se pasará al Ejecutivo para los efectos de la fracción a. Si la Cámara revisora insistiere, por la mayoría absoluta de votos presentes, en dichas adiciones o reformas, todo el proyecto no volverá a presentarse sino hasta el siguiente periodo de sesiones, a no ser que ambas cámaras acuerden, por la mayoría absoluta de sus miembros presentes, que se expida la ley o decreto sólo con los artículos aprobados y que se reserven los adicionados o reformados para su examen y votación en las sesiones siguientes.

f) al j) ...

Segundo.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dip. Lic. Lucio Fernández González (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Octubre 10 de 2002.)
 
 
 

QUE REFORMA EL ARTICULO 1-A DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, PRESENTADA POR EL DIPUTADO JOSE ANTONIO MAGALLANES RODRIGUEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

Iniciativa por la que se modifica y adiciona el inciso (b) de la fracción II del artículo 1-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado

Con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, el que suscribe presenta ante esta H. Cámara de Diputados la presente iniciativa de decreto que reforma y modifica el inciso (b), fracción II, del artículo 1-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, con el fin de dar claridad y precisar el concepto de desperdicios, residuos, a que se refiere dicho ordenamiento.

Hago constar que éste es un proyecto que ha sido desarrollado por el Instituto Nacional de Recicladores, AC, que por más de una década ha estado presente en la defensa de los recicladores del país, con la diaria gestión de sus asuntos y con una actitud propositiva.

Exposición de Motivos

1. Retención del impuesto

Congruente con la práctica internacional, así como con la reforma aprobada en el año de 1998 por esta H. Cámara de Diputados, oportunidad en la que se autorizó a las instituciones de crédito a efectuar la retención de este impuesto por las enajenaciones de bienes que mediante dación en pago o adjudicación judicial o fiduciaria les efectuaban sus deudores, se propuso ampliar los supuestos en los cuales quienes adquieren los bienes o servicios deben efectuar la retención y el entero del impuesto por los actos o actividades que se prevén en el artículo 1°-A.

En la presente reforma se propone ampliar el esquema de retención del IVA en los siguientes casos: para las personas morales que adquieran desperdicios industrializables de personas físicas. Este mecanismo también se establecería en el caso de las erogaciones realizadas por la Federación y sus organismos descentralizados, respecto de sus proveedores personas físicas.

Dicha propuesta tiene como objetivo reducir la evasión fiscal en sectores de difícil fiscalización, así como mejorar la administración y recaudación del impuesto, al concentrar esfuerzos en un sector de contribuyentes más reducido y susceptible de mayor control. Tomando en consideración que estos contribuyentes poseen una mayor capacidad administrativa y contable, se propone que calculen, retengan y enteren ante las autoridades fiscales el impuesto causado por dichas operaciones.

Además, con el propósito de otorgar seguridad jurídica al contribuyente a que se retuvo el IVA, se propone establecer expresamente que el retenedor lo sustituya en la obligación de pago y entero del impuesto.

Para reducir la evasión fiscal en sectores de difícil fiscalización, esta soberanía aprobó un esquema de retención del Impuesto al Valor Agregado, mediante el cual se cambia al sujeto obligado al pago y se hace recaer la obligación de enterar el gravamen sobre contribuyentes sujetos a un mayor control. Esta medida arrojó resultados inmediatos tanto en la mejor administración del gravamen como en la disminución del margen de competencia desleal de contribuyentes incumplidos respecto de los cumplidos.

Como se puede observar, los resultados que se tuvieron se reflejaron en la mayor recaudación y administración del Impuesto al Valor Agregado; y, por tal motivo, ponemos en consideración esta adición y modificación al artículo que hacemos referencia como sigue:

La presente iniciativa pretende dar una claridad en cuanto a la conceptualización de los materiales que se han generado en tres fuentes básicas: 1.- Generación en domicilios; 2.- Comercios y prestadores de servicios; y 3.- Industriales, expresión fiscal en el sector del reciclaje. Dicha actividad se realiza desde hace 70 años en nuestro país, promoviendo el rescate de bienes usados, considerando el problema de la generación y manejo de todo tipo de productos de consumo que al desecharse se convierten en materias primas alternas que se incorporan a los ciclos productivos.

Por lo anteriormente expuesto, motivado y fundado, se propone ante esta H. Cámara la siguiente iniciativa por la que se modifica y adiciona el inciso (b) de la fracción II del artículo 1-A. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado para quedar como sigue:

Unico:

Texto actual de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Dice:

Artículo 1-A. Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:

Fracción I. ...

Fracción II. Sean personas morales que:

Inciso a) ...

Inciso b) Adquieran desperdicios para ser utilizados como insumo de su actividad industrial o para su comercialización.

Propuesta de Modificación

Artículo 1-A. Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:

Fracción I. ...

Fracción II. Sean personas morales que:

Inciso a) ...

Inciso b) Adquieran desperdicios, desechos, residuos, materiales para reciclar o reciclados. Los materiales reciclados son los obtenidos de los desechos por separación, selección, limpieza, compactación, trituración, calentamiento, fundición en aleaciones o empaque.

Atentamente
Dip. José Antonio Magallanes Rodríguez (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. Octubre 10 de 2002.)
 
 
 

QUE REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CODIGO PENAL FEDERAL, DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES Y DE LA LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO ARTURO ESCOBAR Y VEGA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PVEM, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

Bernardo de la Garza Herrera, Francisco Agundis Arias, José Antonio Arévalo González, Esveida Bravo Martínez, María Teresa Campoy Ruy Sánchez, Olga Patricia Chozas y Chozas, Diego Cobo Terrazas, Arturo Escobar y Vega, José Rodolfo Escudero Barrera, Sara Guadalupe Figueroa Canedo, Nicasia García Domínguez, Alejandro Rafael García Sainz Arena, María Cristina Moctezuma Lule, Julieta Prieto Fuhrken, Concepción Salazar González, Erika Elizabeth Spezia Maldonado, diputados de la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 73, fracción XXI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos se turne a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Octava Legislatura del honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa:

Exposición de Motivos

Es una triste pero evidente realidad que, en los últimos diez años, los índices de criminalidad en nuestro país han aumentado dramáticamente. Esto se debe a una diversidad de factores, como son -entre otros- el desempleo, la pobreza y la marginación.

Sin embargo, uno de los factores más influyentes en este alto índice es, sin duda alguna, la ineficacia de nuestros ordenamientos penales, así como la relativa laxitud de nuestro sistema de procuración de justicia.

Los tipos penales, que no son más que la descripción de una determinada conducta que debe ser sancionada por el Estado, muchas veces pueden ser franqueados o esquivados por los delincuentes.

Lo anterior se debe -entre otros factores- al principio de aplicación estricta de la ley, mediante el cual la conducta realizada por un delincuente debe ser prácticamente idéntica a la descrita en el ordenamiento penal, a efecto de que los elementos objetivos del tipo penal se vean plenamente encuadrados y realizados por el sujeto activo del delito.

Esa evasión que hacen los delincuentes de las conductas tipificadas es producto de la rápida evolución criminal y de la lentitud con que nuestros ordenamientos sancionadores pueden ser reformados. Así, el delincuente llevará la ventaja; irá un paso adelante.

Si bien es cierto que puede resultar prácticamente imposible adivinar las nuevas modalidades o figuras delictivas que con el paso del tiempo vayan surgiendo, no menos lo es que una vez que éstas aparezcan, se debe actuar en consecuencia lo más expeditamente posible para evitar una incidencia generalizada para un determinado tipo de conducta y legislar en consecuencia, de manera tal que la impartición de justicia se vea fortalecida.

Nosotros, como legisladores, tenemos la obligación de mantenernos al tanto de estas figuras delictivas de reciente creación, y no tener oídos sordos ante el reclamo de la sociedad, sino que debemos hacer uso de las facultades que nos han sido concedidas, para el efecto de poner un alto a estas situaciones.

El hecho de que, como en cualquier otra sociedad, con el paso del tiempo los tipos delictivos van evolucionando y tomando diversas modalidades y los sujetos activos del delito están permanentemente innovando figuras que lesionen a la sociedad, así como buscando maneras de sustraerse de la acción judicial, nos exige la creación de normas que estén al nivel más alto para combatir eficazmente los delitos de nueva creación.

Las diversas conductas criminales de que hablamos están perfectamente estructuradas en su modus operandi, de manera tal que nuestros ordenamientos legales, lejos de sancionar estas actividades, se ven imposibilitadas -siquiera- para retener a los presuntos delincuentes que desplieguen estas conductas, razón por la cual dichas actividades pueden llegar a ser inclusive fomentadas por la propia ley.

Estas nuevas modalidades, en particular y muy específicamente la de privación ilegal de la libertad, han proliferado a partir del desmembramiento de algunas de las grandes bandas de secuestradores, cuya operación es totalmente diferente del secuestro momentáneo o de corta duración, conducta que en fechas recientes ha cobrado ya muchas víctimas.

Las recientes variantes de delitos privativos de la libertad no buscan obtener un lucro de cantidades exorbitantes, como el que pretenden las grandes organizaciones criminales dedicadas a este delito en particular, sino que tan sólo buscan el lucro mínimo indispensable que se pueda obtener en el más breve periodo de tiempo.

Lo importante para estos delincuentes es la inmediatez con que puedan obtener una suma de dinero, al contrario de lo que sucede con las grandes organizaciones, que pueden darse el lujo de prolongar el cautiverio del sujeto pasivo con el fin de obtener la mayor cantidad de dinero posible.

Actualmente, el secuestro momentáneo, a pesar de su innegable existencia y reiterado índice de comisión, no es factible de consignación ante un juez penal, dado que dicha conducta se tipifica como robo agravado o, en su defecto, como extorsión.

Lo que se persigue con esta iniciativa de ley es castigar la conducta del delincuente en lo que hace al medio comisivo para la obtención del lucro, no así el lucro como tal, que pasaría a un segundo término.

Creemos que el medio de obtención del lucro debe ser una conducta independiente y tipificada como tal en el Código Penal Federal, ya que la integridad y libertad de la víctima como bien jurídico tutelado es superior en jerarquía a cualquier beneficio patrimonial o lucro que se obtenga como resultado de dicha privación de la libertad.

Abundando al respecto, estimamos que medio comisivo para obtener el lucro constituye un quebrantamiento a bien jurídico tutelado por el Estado que es la libertad, a diferencia de lo que sucede con el delito de extorsión, en el que es forzoso que se obtenga un beneficio patrimonial por parte del activo para integrar el cuerpo del delito.

Visto lo anterior, resulta imperativo que nosotros, como legisladores, mantengamos nuestros ordenamientos punitivos lo más actualizados posible, con el fin de evitar que estas nuevas modalidades delictivas proliferen.

Por ello, sometemos a esta Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión la presente iniciativa de

Decreto.- Mediante el cual se reforman los artículos 364 y 366, ambos del Código Penal Federal; el inciso 23) de la fracción I del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales; y las fracciones I y V del artículo 2° de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

Artículo Primero.- Se reforman los artículos 364 y 366, ambos del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 364

Se impondrá de uno a tres años de prisión y de cien a quinientos días multa:

I. A la persona que prive a otra de su libertad hasta por veinticuatro horas. Si la privación de la libertad excede el término anterior, la pena de prisión será de un mes más por cada veinticuatro horas.

La pena de prisión se aumentará en una mitad cuando la privación de la libertad se realice con violencia.

La pena de prisión se aumentará en tres cuartas partes cuando la víctima sea menor de dieciséis o mayor de sesenta años de edad o cuando, por cualquier circunstancia, la víctima esté en situación de inferioridad física o mental respecto de quien la ejecuta.

La pena de prisión se aumentará el doble cuando la privación de la libertad sea realizada por persona que tenga un vínculo familiar, afectivo o contractual, en virtud del cual la víctima o sus familiares hayan depositado su confianza en dicha persona.

II. ...

Artículo 366

Al que prive de la libertad a otro se le aplicará:

I. ...

II. De veinte a cuarenta años de prisión y de dos mil a cuatro mil días multa si en la privación de la libertad a que se hace referencia en la fracción anterior concurre alguna o algunas de las circunstancias siguientes:

De la fracción a) a la d) ...

e) Que la víctima sea menor de dieciséis o mayor de sesenta años de edad o que, por cualquier otra circunstancia, se encuentre en inferioridad física o mental respecto de quien ejecuta la privación de la libertad.

Párrafos primero y segundo de este inciso derogados III. Se aplicarán de veinticinco a cincuenta años de prisión y de cuatro mil a ocho mil días multa cuando la privación de libertad se efectúe con el fin de trasladar a un menor de dieciséis años fuera de territorio nacional, con el propósito de obtener un lucro indebido por la venta o la entrega del menor.

IV. Se impondrá una pena de treinta a cincuenta años de prisión al o a los secuestradores si a la víctima del secuestro se le causa alguna lesión de las previstas en los artículos 291 a 293 de este Código.

a) En caso de que el secuestrado sea privado de la vida por su o sus secuestradores, se aplicará pena de hasta setenta años de prisión.

b) Si se detiene en calidad de rehén a una persona y se amenaza con privarla de la vida o con causarle un daño, sea a aquélla o a terceros, si la autoridad no realiza o deja de realizar un acto de cualquier naturaleza;

c) Si la detención se hace en camino público o en paraje solitario;

d) Si quienes cometen el delito obran en grupo; y

e) Si el robo de infante se comete en menor de doce años, por quien sea extraño a su familia y no ejerza la tutela sobre el menor.

V. Se impondrá pena de tres a nueve años de prisión a la persona que sin derecho prive de la libertad a otra y pretenda con ello obtener un lucro indebido para sí o para otro por cualquier medio, a fin de restituirle la libertad a ésta, independientemente del tiempo que haya transcurrido desde el primer momento de la retención hasta la total liberación del ofendido.

Artículo Segundo.- Se reforma el inciso 23) de la fracción I del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:

Artículo 194

Se califican como delitos graves, para todos los efectos legales, por afectar de manera importante valores fundamentales de la sociedad, los previstos en los ordenamientos legales siguientes:

I. Del Código Penal Federal, los delitos siguientes:

Del inciso 1) al 22) ...

23) Privación ilegal de la libertad, previsto en el artículo 364 y las modalidades establecidas en los artículos 365 Bis, 366 y 366 Ter;

Del inciso 24) al 34) ...

Artículo Tercero.- Se reforman las fracciones I y V del artículo 2° de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, para quedar como sigue:

Artículo 2º.- Cuando tres o más personas acuerden organizarse o se organicen para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que, por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos siguientes, serán sancionadas por ese solo hecho, como miembros de la delincuencia organizada:

I. Terrorismo, previsto en el artículo 139, párrafo primero; contra la salud, previsto en los artículos 194 y 195, párrafo primero; falsificación o alteración de moneda, previstos en los artículos 234, 236 y 237; privación ilegal de la libertad, previsto en el artículo 364 y las modalidades establecidas en los artículos 365 Bis, 366 y 366 Ter; operaciones con recursos de procedencia ilícita, previstas en el artículo 400 bis, todos del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal;

II. ...........

III. .........

IV. ..........

V. Asalto, previsto en los artículos 286 y 287; y robo de vehículos, previsto en el artículo 381 bis del Código Penal para el Distrito Federal y para toda la República en Materia de Fuero Federal, o en las disposiciones correspondientes de las legislaciones penales estatales.

Transitorio

Unico.- Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 10 días del mes de octubre de 2002.

Diputados: Bernardo de la Garza Herrera (rúbrica), coordinador; Francisco Agundis Arias (rúbrica), vicecoordinador; José Antonio Arévalo González, Esveida Bravo Martínez, María Teresa Campoy Ruy Sánchez (rúbrica), Olga Patricia Chozas y Chozas, Diego Cobo Terrazas, Arturo Escobar y Vega (rúbrica), José Rodolfo Escudero Barrera (rúbrica), Sara Guadalupe Figueroa Canedo (rúbrica), Nicasia García Domínguez, Alejandro Rafael García Sainz Arena, María Cristina Moctezuma Lule (rúbrica), Julieta Prieto Fuhrken, Concepción Salazar González, Erika Elizabeth Spezia Maldonado.

(Turnada a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos. Octubre 10 de 2002.)
 
 
 

QUE REFORMA EL ARTICULO 5 DE LA LEY DEL BANCO DE MEXICO PARA BENEFICIAR A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD VISUAL EN EL MANEJO DEL PAPEL MONEDA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO GUMERSINDO ALVAREZ SOTELO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

Gumersindo Alvarez Sotelo, diputado de la LVIII Legislatura del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y los diputados del Partido Acción Nacional que firman al calce, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos ante esta soberanía la iniciativa que reforma el artículo 5 de la Ley del Banco de México para beneficiar a las personas con discapacidad visual en el manejo del papel moneda, fundamentada en la siguiente:

Exposición de Motivos

En todas partes del mundo y en todos los niveles de cada sociedad hay personas con discapacidad que requieren de condiciones jurídicas, sociales y económicas que les permitan acceder a la igualdad de oportunidades y a la no discriminación.

Las organizaciones internacionales informan que el número total de personas con discapacidad en el mundo es grande y va en aumento. En México, de acuerdo al XII Censo General de Población y Vivienda 2000, existen cerca de 1.8 millones de personas con algún tipo de discapacidad de largo plazo. De este total, el 26.1% sufre discapacidad visual, el segundo tipo después de la motriz.

A través de sus distintas facultades legislativas, el Congreso Federal y particularmente esta H. Cámara de Diputados ha tratado de revertir los obstáculos que impiden a las personas con discapacidad ejercer sus derechos y libertades y que dificultan su plena participación en las actividades sociales.

Igualmente importantes son los programas que han diseñado y puesto en práctica el Poder Ejecutivo Federal y los gobiernos estatales, así como las leyes que en la materia han expedido estos últimos.

No obstante, centrándonos en nuestra facultad de modificar y expedir leyes, un balance crítico de los logros obtenidos en función de las iniciativas presentadas en esta Cámara durante la LVII y LVIII legislatura, nos indica que no podemos conformarnos con los resultados, ya que de 16 iniciativas, sólo han sido aprobadas 2, las cuales están en espera de dictamen en la colegisladora. Esto refleja que nuestras acciones legales no han sido más que buenos propósitos y no han beneficiado directamente a las personas con discapacidad.

Observamos que las pocas iniciativas que han prosperado, lo han hecho por ser modificaciones a leyes federales y no existe duda de la competencia del Congreso. En cambio, las iniciativas cuyo fundamento jurídico es ambiguo, que buscan convertirse en leyes generales o leyes federales, que invaden y contravienen disposiciones enmarcadas en otras leyes, o que están lejos de las posibilidades financieras del Estado, no han sido sujetas al proceso legislativo.

En esta ocasión no venimos a presentar una iniciativa que se presuma buena por el tamaño de sus pretensiones, sino una que consideramos grande por el beneficio que puede representar para las personas con discapacidad visual en el intercambio económico, concretamente en el manejo del papel moneda, un aspecto quizá de poca trascendencia para algunos, pero no así para los invidentes, ya que son ellos quienes enfrentan este problema día con día.

Como ustedes saben, el sentido del tacto es uno de los que más sirven para el desarrollo de las personas con discapacidad visual, sin embargo se requiere de otras medidas que faciliten el uso de este sentido y que les ayuden a enfrentar los problemas cotidianos, como en caso de la identificación del valor monetario de los billetes.

Actualmente, los elementos más sobresalientes del papel moneda son un hilo de seguridad, un registro perfecto, microimpresión, código de bloques, fibrillas de colores, tinta fluorescente, papel no fluorescente e impresión intaglio.

La mayoría de estas características son visuales, las cuales han tenido como principales propósitos evitar su falsificación y facilitar el manejo por bancos y cajeros automáticos, pero no han sido pensadas para beneficiar a los discapacitados visuales.

Si bien es cierto que la impresión intaglio supone perceptibilidad al tacto en los números que indican la denominación de los billetes, ésta es poco perceptible incluso para las personas con deficiencias visuales, por lo que se sugiere reemplazar este tipo de impresión con las técnicas de huecograbado e impresión calcográfica y establecer diferentes medidas para cada denominación.

Esta medida no se presume novedosa, más bien, nace de la experiencia que en otras latitudes como en Japón y en la Unión Europa se han instrumentado para beneficiar a sus discapacitados visuales. Particularmente, en este grupo de países sobresale el interés de todos los gobiernos y de Unión Europea de Invidentes por incorporar en el diseño de los Euros las necesidades de los 7.5 millones de personas con ceguera o deficiencia visual y los más de 50 millones con algún problema visual.

En esta región, con objeto de que los invidentes puedan identificar cada uno de los billetes, se han diseñado siete tamaños diferentes según su valor: 5 Euros (120 x 62 mm); 10 euros (127 x 67 mm), 20 euros (133 x 72 mm), 50 Euros (140 x 77 mm), 100 Euros (147 x 82 mm), 200 Euros (153 x 82 mm) y 500 Euros (160 x 82 mm). Además, algunos de los elementos gráficos aparecen en relieve gracias a las técnicas de huecograbado e impresión calcográfica. Los billetes de 200 y 500 Euros son fáciles de reconocer por medio de las marcas táctiles que llevan situadas en el borde. La elección de los colores diferentes para cada valor nominal y el empleo de cifras de gran tamaño impresas en tinta más oscura están pensados para ayudar a que las personas con problemas de visión reconozcan mejor los billetes.1

Ayudar no se traduce únicamente en proponer grandes reformas o leyes que se presumen integrales, que en la mayoría de las veces rebasan la capacidad del gobierno para llevarlas a cabo. Estamos convencidos que con pequeñas acciones como esta, en México estaríamos beneficiando de forma concreta a los cientos de miles de personas con discapacidad visual de las que dan cuenta las estadísticas oficiales y a otras muchas que están adquiriendo este padecimiento.

La formalización en la ley de las necesidades de las personas con discapacidad visual no solo tiene un carácter simbólico, garantiza que de forma permanente, en las emisiones de billetes se consideren las necesidades de los discapacitados.

Señoras y señores legisladores:

Creemos que las razones expuestas son suficientes para que nos den un voto de confianza y esperamos asimismo, las mejores intenciones e ideas para ver cristalizados los objetivos que persigue esta

Iniciativa que reforma el artículo 5 de la Ley del Banco de México para beneficiar a las personas con discapacidad visual en el manejo del papel moneda.

Artículo Unico. Se reforma el artículo 5 de la Ley del Banco de México, para quedar como sigue:

Artículo 5. Los billetes que emita el Banco de México tendrán medidas únicas de acuerdo a su valor y deberán contener: la denominación con número y letra; la serie y número; la fecha del acuerdo de emisión; las firmas en facsímile de un miembro de la Junta de Gobierno y del Cajero Principal; la leyenda Banco de México, huecograbado e impresión calcográfica y las demás características que señale el propio Banco para facilitar su reconocimiento y manejo por las personas con discapacidad visual y para evitar su falsificación.

Artículos Transitorios

Artículo 1. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo 2. El Banco de México realizará las adecuaciones normativas necesarias para hacer efectiva esta reforma.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 10 días del mes de octubre de 2002.

Diputados: Gumercindo Alvarez Sotelo, Enrique Villa Preciado, José Abraham Cisneros Gómez, José Bañales Castro, Alba L. Méndez Herrera, Gregorio Arturo Meza de la Rosa, Adrián Rivera Pérez, Manuel Espino Barrientos, Tarcisio Navarrete Montes de Oca, Beatriz Grande López, Armando Salinas Torre, Manuel Minjares Jiménez (rúbricas).

(Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con opinión de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables. Octubre 10 de 2002.)

Nota:
1 Crónica Numismática, No. 133, enero de 2002.
 
 
 

QUE ADICIONA LA FRACCION III DEL ARTICULO 10 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, FIRMADA POR LOS DIPUTADOS LUIS MIGUEL BARBOSA HUERTA Y UUC-KIB ESPADAS ANCONA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, PRESENTADA EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

Los suscritos diputados de la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión e integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, sometemos a la consideración de la asamblea de esta honorable Cámara de Diputados, la presente iniciativa que adiciona la fracción III del artículo 10 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

La industria editorial en nuestro país está sumergida en una crisis constante, desde hace cuando menos dos décadas.

Entre las causas principales, podemos decir que se encuentra la disminución del nivel de ingreso de la población, como consecuencia de los problemas relacionados con nuestro sistema económico.

La baja del poder adquisitivo, sin duda es una variable que impacta directamente en la contracción del mercado interno y la caída del nivel económico de la población.

Las repercusiones en el corto plazo son, entre otras, la falta de programas que atiendan el problema habitacional; el difícil acceso a los servicios de salud y la disminución constante en la oferta de espacios en la educación de todos los niveles.

Estas características que se presentan en la economía, necesariamente repercuten de forma inmediata en el funcionamiento económico de la industria editorial.

Otro factor importante que ha contribuido en el desempeño de esta industria, es el relacionado con el monto de recursos que los gobiernos federales necesitan para cubrir los programas de su administración.

La herramienta para procurarse esos recursos ha sido la política fiscal.

La política fiscal ha sido dirigida por los gobiernos próximos pasados, con la finalidad de proveerse de fuentes estables de financiamiento, que les permitan cumplir sus objetivos.

Sin embargo, por lo que se refiere a la industria editorial, la repercusión de estas medidas ha sido negativa, y aun tratando de rechazar esta afirmación, se puede argumentar que los factores que influyen en la venta de los libros son muchos, tenemos que considerar que éstos están integrados unos con otros y todos son muy importantes para colocar el bien.

Los elementos como el contenido, la casa editorial, la campaña de publicidad, se entrelazan a los de tipo económico.

Las disposiciones fiscales han afectado a la industria editorial mexicana, pero también la concentración del mercado editorial. La importancia de las editoriales locales radica en su función de receptoras y promotoras de las manifestaciones culturales nacionales, aun cuando esta labor no genere importantes sumas de ganancias.

Esta situación es una constante en los países latinoamericanos, como consecuencia de que sus industrias editoriales no tienen elementos para enfrentar a las empresas transnacionales, como consecuencia de la falta de criterios para abastecer la red de bibliotecas, subvenciones fiscales, planes de capacitación para el sector editorial, programas para promover y estimular la lectura, créditos inaccesibles para su modernización, nulos programas para asistencia de librerías, etc.

Ante la problemática que se describe, las autoridades fiscales de Colombia exentan de cualquier impuesto a su industria editorial o a las empresas extranjeras que realizan su labor productiva en ese país cumpliendo con el requisito de establecimiento permanente para efectos fiscales.

Esta medida permitió que la producción de libros tuviera un auge de 350 a 6 mil títulos en 30 años.

En el caso de México se produjeron casi 100 millones de ejemplares en el año 2000, 116 millones en 1999 y 122 millones en 1998.

Esta baja en la producción de libros en nuestro país, pone en riesgo a las empresas editoriales. En los últimos doce años han cerrado 185 compañías, pasando de 423 que existían en 1990, a 238 que existen en la actualidad, lo que representa una caída de 40%.

Si consideramos un subsidio fiscal en el Impuesto Sobre la Renta que contemple un porcentaje de estímulo igual al monto de la reinversión de utilidades en el ejercicio en que se aplique, estaremos aliviando las presiones económicas y de comercialización que padece esta industria.

El programa anunciado por el gobierno en el mes de junio referente a dirigirnos "hacia un país de lectores" resultaría contradictorio si no le proporcionamos a la industria incentivos para crecer.

Por lo anteriormente expuesto, pongo a su consideración la siguiente iniciativa de decreto que adiciona la fracción III del artículo 10 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta para quedar como sigue:

Iniciativa de Decreto

Artículo Primero.- Se adiciona la fracción III del artículo 10 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta para quedar como sigue:

Artículo 10.- Las personas morales deberán calcular el Impuesto Sobre la Renta, aplicando al resultado fiscal obtenido en el ejercicio la tasa del 32%.

............................

I.- ..........

II.- ........

III.- Las personas morales que se dediquen exclusivamente a la edición de libros podrán disminuir del pago del Impuesto Sobre la Renta que les corresponda en el ejercicio fiscal un porcentaje similar al monto de la utilidad que reinviertan en el mismo, en su caso.

Se realizará el entero del impuesto correspondiente en el ejercicio en que se realice el retiro de las utilidades aplicando la tasa de retención vigente.

Artículo Transitorio

Artículo Unico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de octubre de 2002.

Diputados: Luis Miguel Barbosa Huerta, Uuc-kib Espadas Ancona (rúbricas).

(Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. Octubre 10 de 2002.)
 
 
 

DE DECRETO QUE ADICIONA EL INCISO V DEL ARTICULO 67 DE LA LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISION, PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

Bernardo de la Garza Herrera, Francisco Agundis Arias, José Antonio Arévalo González, Esveida Bravo Martínez, María Teresa Campoy Ruy Sánchez, Olga Patricia Chozas y Chozas, Diego Cobo Terrazas, Arturo Escobar y Vega, José Rodolfo Escudero Barrera, Sara Guadalupe Figueroa Canedo, Nicasia García Domínguez, Alejandro Rafael García Sainz Arena, María Cristina Moctezuma Lule, Julieta Prieto Fuhrken, Concepción Salazar González, Erika Elizabeth Spezia Maldonado, diputados de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II; 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos se turne a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía, para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa de ley:

Exposición de Motivos

No hay duda que la creatividad publicitaria ha evolucionado con la sociedad. Cada vez cuesta más trabajo captar la atención del consumidor, sea por medio de la televisión, la radio, un espectacular o una revista. La creatividad se pone a prueba, y como resultado un bien o servicio se debe vender apelando más a sentimientos y a estímulos de consumo, que a sus características específicas.

En la actualidad nadie puede discutir la importancia y la necesidad que el fenómeno publicitario tiene en el seno de las sociedades modernas; sin embargo, a menudo dicha exigencia por parte del mercado, se convierte en abuso a cargo de los que pretenden vender un producto o servicio a cualquier precio.

Adicionalmente y frente al surgimiento y la acción de los medios de comunicación electrónicos en México, podemos decir que en la actualidad, en el país no existen medios más eficaces para transmitir la información social que la radio y la televisión. Estos medios transportan los mensajes fundamentales que moldean en gran parte, la personalidad de los mexicanos.

Así, la publicidad de los centros de apuestas y juegos de azar, tales como los llamados "books" y bingos, ha traicionado su papel como fuente de información, haciendo una mala representación y ocultando hechos importantes. Estos anuncios comerciales se usan solamente para persuadir y motivar, para convencer a la gente de actuar de cierto modo. Es aquí donde especialmente pueden darse abusos.

Esta situación se vuelve particularmente grave en países como el nuestro por sus características socioeconómicas. En México, el atraso educativo continúa presente y hace más vulnerable a las personas ante los mensajes publicitarios, además, el ingreso de la mayoría de los mexicanos apenas alcanza para satisfacer sus necesidades básicas, por lo que la protección al salario se vuelve necesaria.

La falta de ética de esta publicidad utiliza en los mensajes la denigración o la imitación falaz de los rivales, la exageración o la omisión engañosa, la simple y llana mentira, las imágenes impactantes que llaman la atención y provocan el escándalo. La publicidad se convierte en manos de quienes no respetan sus normas en una fuente de mensajes agresivos, falsos y engañosos que causan un perjuicio injustificado.

Por otro lado, la experiencia internacional nos indica que en otros países dicha publicidad está prohibida. En España, la ley indica la prohibición de cualquier manifestación propagandística o de incitación a la práctica del juego en el exterior de los locales de juego. En Venezuela, dicha publicidad queda expresamente prohibida en la Ley para el Control de los Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles.

En México, el protagonismo económico, social y cultural de la publicidad hace cada vez más necesaria la correspondiente regulación de sus diferentes aspectos normativos. Si la publicidad ocupa un lugar importante en nuestra sociedad e influye poderosamente en nuestras vidas, es lógico que nos preocupemos por las normas que deben guiarla.

La regulación jurídica debe aumentar conforme lo hace la trascendencia de los productos anunciados o de los hábitos de consumo fomentados, como en el caso de los centros de apuestas y juegos de azar. Asimismo, la regulación debe ser más estricta cuando la publicidad se dirige a grupos de especial atención, como los niños o cuando afecta derechos fundamentales de las personas como su salud o intimidad.

Por ello, cabe mencionar que en adición a la presente iniciativa y para garantizar su aplicación y la regulación en la materia, el Ejecutivo federal, con base en las facultades exclusivas que la ley le otorga, deberá tener a bien realizar las reformas concernientes al Reglamento de la Ley Federal de Radio y Televisión y de la Ley de la Industria Cinematográfica, pudiendo quedar como sigue:

Artículo 47. Queda prohibida toda publicidad referente a:

I. Cantinas;

II. La publicidad que ofenda a la moral, el pudor y las buenas costumbres, por las características del producto que se pretenda anunciar; y

III. Centros de apuestas, juegos de números y de azar.

Por último, consideramos que ante la importancia de la integridad de la información, las comunicaciones mentirosas, engañosas, plagiadas, inmorales u ofensivas producen descalabros injustos y problemas económicos, morales o intelectuales. Ante esta circunstancia, para los legisladores del Partido Verde es indispensable defender la integridad de autores, usuarios, inversionistas o compradores.

Por lo tanto, en atención a lo anteriormente expuesto y observando los intereses de la población, los suscritos diputados proponemos la siguiente adición a la Ley Federal de Radio y Televisión, sometiendo a esta Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, la presente

Iniciativa de decreto mediante el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Radio y Televisión.

Artículo Unico. Se adiciona el inciso V del artículo 67 de la Ley Federal de Radio y Televisión, para quedar como sigue:

Artículo 67...

I a la IV...

V. Queda expresamente prohibido dar publicidad, promocionar y mercadear a los centros de apuestas, juegos de números y de azar.

Transitorios

Primero. El Ejecutivo federal realizará en un plazo no mayor a 60 días las reformas concernientes al Reglamento de la Ley Federal de Radio y Televisión y de la Ley de la Industria Cinematográfica.

Segundo. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 10 de octubre de 2002.

Diputados: Bernardo de la Garza Herrera (rúbrica), coordinador; Francisco Agundis Arias (rúbrica), vicecoordinador, José Antonio Arévalo González (rúbrica), Esveida Bravo Martínez (rúbrica), María Teresa Campoy Ruy Sánchez (rúbrica), Olga Patricia Chozas y Chozas, Diego Cobo Terrazas (rúbrica), Arturo Escobar y Vega (rúbrica), José Rodolfo Escudero Barrera (rúbrica), Sara Guadalupe Figueroa Canedo, Nicasia García Domínguez (rúbrica), Alejandro Rafael García Sainz Arena, María Cristina Moctezuma Lule, Julieta Prieto Fuhrken (rúbrica), Concepción Salazar González (rúbrica), Erika Elizabeth Spezia Maldonado (rúbrica).
 
 











Excitativas
A LA COMISION DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, PRESENTADA POR EL DIPUTADO TARCISIO NAVARRETE MONTES DE OCA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

El que suscribe, en mi calidad de diputado federal a la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 87, 21, fracción XVI, y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito respetuosamente de esta Presidencia, tenga a bien formular una excitativa a la Comisión de Puntos Constitucionales, a efecto de que se dictamine a la brevedad para su presentación ante el Pleno de este órgano legislativo, la iniciativa de reforma al artículo 89, párrafo décimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

El día 30 de abril de 2002, a nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, se presentó ante el pleno de esta H. Cámara la iniciativa que adiciona el artículo 89, párrafo décimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y es la fecha en que no se ha emitido el dictamen correspondiente.

El objetivo de dicha iniciativa es insertar en la fracción X del artículo 89 constitucional, en lo que se refiere a los principios de la política exterior de nuestro país, valores tan esenciales como la promoción del régimen democrático y el respeto a los derechos humanos como límite y principio rector de nuestra política exterior.

La iniciativa en comento pretende:

Primero: Impulsar y promover principios humanistas en la política exterior de nuestro país, incentivando la promoción y protección de los derechos humanos en las relaciones internacionales de México;

Segundo: Impulsar y promover los valores democráticos como forma de gobierno en nuestra política exterior;

Tercero: Incorporar estos principios al más alto nivel normativo a fin de que rijan la actuación del Ejecutivo federal.

Consideraciones

Desde la adopción de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, estos se han enriquecido y posicionado a nivel mundial de tal manera que hoy, bajo el nuevo paradigma del contexto internacional, es que la alusión a la soberanía no puede más amparar violaciones a los derechos humanos.

La idea de que la persona humana es el objeto y el fin de la sociedad política y de que la comunidad internacional no es una mera suma de Estados para coordinar, intereses contrapuestos o antagónicos, sino que es, o debería ser, un orden internacional de paz y justicia cuyo fin último es también el ser humano, se ha ido abriendo camino hacia su universal aceptación, teniendo como fundamento común la dignidad de las personas.

Así, para que el Estado fortalezca su soberanía y autodeterminación, debe velar por la inviolabilidad de los derechos humanos, parte fundamental de un reclamo compartido en el contexto internacional que va desarrollando órganos con mayores y más amplias facultades. Estos preceptos de observancia obligatoria y universal, van constituyéndose en la forma práctica de legitimar el ejercicio del poder público.

En ese sentido, los derechos humanos y la democracia son imprescindibles para el desarrollo equilibrado y pacífico de cualquier sociedad, y lo mismo podemos decir para la relación entre las naciones. De ahí la imperiosa necesidad de establecer en nuestra Constitución y en torno a los principios de política exterior de México, la promoción y protección de los derechos humanos y de los valores democráticos.

Es pues un hecho irreversible y cada vez más generalizado que las relaciones internacionales, actualmente y hacia el futuro, están y estarán condicionadas por el respeto y protección que los gobiernos brinden a los derechos humanos, así como el régimen de gobierno que practiquen, particularmente el régimen democrático, el único con legitimidad internacional.

El mundo en general y México en particular están en movimiento. Dentro de un escenario variable de políticas internacionales, es innegable que México se encuentra inmerso dentro de un proceso irreversible de globalización. Frente a ello, nuestro propósito es responder, con visión y congruencia, a las transformaciones nacionales, regionales y mundiales.

Luego entonces, la iniciativa propone someter el ejercicio del poder soberano del Estado mexicano a la plena vigencia, respeto y protección de los derechos humanos, así como la promoción de la democracia como principios rectores de su política exterior, en congruencia siempre con su vocación y determinación internas. El México actual refleja en sus vínculos con el exterior la nueva realidad y ambos principios forman una parte medular.

Compañeros diputados, es el caso que desde la fecha de la presentación de la iniciativa en comento han transcurrido poco más de 5 meses, rebasando por mucho el plazo legal que establece el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para que las comisiones rindan dictamen en los negocios de su competencia. En virtud de lo anterior, es procedente que la Presidencia de esta H. Cámara de Diputados excite a la comisión a la que fue turnada la iniciativa.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, a usted, C. Presidenta de la Cámara de Diputados en la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, atentamente pido se sirva:

Unico. En los términos de lo dispuesto por el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; excite y envíe el presente documento a la Comisión de Puntos Constitucionales para que presente el dictamen respectivo a la iniciativa de reforma al artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos presentada el día 30 de abril de 2002, a nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 10 de octubre de 2002.

Dip. Tarcisio Navarrete Montes de Oca (rúbrica)

(Se excita a la Comisión de Puntos Constitucionales para que emita el dictamen correspondiente. Octubre 10 de 2002.)
 
 
 

A LA COMISION DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, PRESENTADA POR LA DIPUTADA SARA GUADALUPE FIGUEROA CANEDO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PVEM, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

Bernardo de la Garza Herrera, Francisco Agundis Arias, José Antonio Arévalo González, Esveida Bravo Martínez, María Teresa Campoy Ruy Sánchez, Olga Patricia Chozas y Chozas, Diego Cobo Terrazas, Arturo Escobar y Vega, José Rodolfo Escudero Barrera, Sara Guadalupe Figueroa Canedo, Nicasia García Domínguez, Alejandro Rafael García Sainz Arena, María Cristina Moctezuma Lule, Julieta Prieto Fuhrken, Concepción Salazar González, Erika Elizabeth Spezia Maldonado, diputados de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en el artículo 21, fracción XVI, 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos a la Presidencia de la Mesa Directiva se sirva excitar a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados, para que elabore y presente ante el Pleno de la Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, el dictamen con proyecto de decreto que expide la Ley para la Prevención y Control del Cambio Climático de los Estados Unidos Mexicanos, bajo las siguientes:

Consideraciones

Primera. El grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, interesado en la conservación del equilibrio de los ecosistemas, presenta esta excitativa para que se puedan controlar los eventuales efectos que pudiera generar el cambio climático, así como preservar y proteger los elementos naturales que contribuyan a disminuir o evitar la concentración de gases de efecto invernadero en la atmósfera.

Segunda. Ciclones, huracanes y otros fenómenos naturales, se encuentran ligados a problemas ambientales como el calentamiento de la tierra. La magnitud de los eventos catastróficos que pudiéramos enfrentar ante un cambio climático global más drástico es enorme. Sequías, inundaciones, ciclones, deslaves y otros desastres "naturales" resultan ser no tan "naturales" sino producto de la actitud destructora del ambiente por unos cuantos.

Tercera. México se encuentra situado en una zona particularmente sensible a las condiciones climáticas globales. El golfo de México es fiel indicador como lugar, de que con pequeñas variaciones en la temperatura, suceden eventos climáticos desastrosos, el huracán "Isidore" fue muestra palpable de esta afirmación.

Cuarta. Los miembros del Partido Verde Ecologista de México estamos convencidos que la mejor prevención contra este tipo de desastres implica acciones de protección, y restauración de nuestro patrimonio ecológico. Invitamos a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a considerar que la verdadera prevención en este tipo de desastres, implica atacar las causas, mismas que se encuentran en la problemática ambiental. Consecuentemente verdaderas acciones preventivas, como lo es la iniciativa de Ley para la Prevención y Control del Cambio Climático de los Estados Unidos Mexicanos deben formar ya parte de nuestro sistema jurídico y reducir con ello los efectos al medio ambiente y al ser humano.

Quinta. El treinta de abril de 1999, fue presentada ante esta tribuna una iniciativa de Ley para la Prevención y Control del Cambio Climático de los Estados Unidos Mexicanos, que busca establecer las bases sobre las cuales se someterán los sectores público, privado y social para el combate y prevención del cambio climático dentro del territorio nacional, reconociendo las responsabilidades diferenciadas de los estados de la comunidad internacional, sin perjuicio de los compromisos internacionales en la materia suscritos y ratificados por los Estados Unidos Mexicanos

Sexta. La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados no ha elaborado dictamen correspondiente, sin que a la fecha se haya dado cumplimiento al mandato del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Séptima. Por todo lo anterior y con fundamento en el artículo 21, fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos esta excitativa para que el Presidente de la Cámara de Diputados, excite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados para que presente el dictamen correspondiente; en virtud, de que ha transcurrido el plazo determinado y cumpla así con las obligaciones que el citado ordenamiento normativo le impone.

Por lo antes expuesto y fundado, a usted C. Presidenta de la Cámara de Diputados, atentamente pido:

Unico. Tenga por presentada esta excitativa y se sirva excitar a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados para que elabore y presente ante el Pleno de la misma Cámara, el dictamen con proyecto de decreto que expide la Ley para la Prevención y Control del Cambio Climático de los Estados Unidos Mexicanos. Y que en el caso de que haya un nuevo incumplimiento se le emplace para día determinado.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión de lo Estados Unidos Mexicanos a los 10 días del mes de octubre de 2002.

Diputados: Bernardo de la Garza Herrera, Francisco Agundis Arias, José Antonio Arévalo González, Esveida Bravo Martínez, María Teresa Campoy Ruy Sánchez, Diego Cobo Terrazas, José Rodolfo Escudero Barrera, Sara Guadalupe Figueroa Canedo, Nicasia García Domínguez, Julieta Prieto Fuhrken, Concepción Salazar González, Erika Elizabeth Spezia Maldonado (rúbricas).

(Se excita a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que emita el dictamen correspondiente. Octubre 10 de 2002.)
 
 
 

A LA COMISION DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, SOBRE LA INICIATIVA DE DECRETO DE REFORMAS AL ARTICULO 4º DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PARA QUE EL ESTADO GARANTICE UNA PENSION MINIMA PARA LOS ADULTOS MAYORES, PRESENTADA POR EL DIPUTADO PEDRO MIGUEL ROSALDO SALAZAR, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

En mi calidad de diputado federal de la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, y como integrante de la fracción del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 21, fracción XVI y en el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito respetuosamente de esta Presidencia tenga a bien formular la segunda excitativa a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, a efecto de que dictamine a la brevedad para su presentación ante el Pleno de este órgano legislativo, la iniciativa de decreto de reformas al artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que el Estado garantice una pensión mínima para los adultos mayores.

Antecedentes

El día de hoy hacemos uso de esta tribuna, para retomar la voz de un sector vulnerable de la población, el de la tercera edad. Reiteramos el gran significado que para nosotros como representantes tiene este grupo de la población mexicana. Por ello, meses atrás se presentó una iniciativa con proyecto de decreto, la cual se sustentó en el significado que han jugado estas personas en el entorno mundial a través de los siglos, y del respeto que especialmente las culturas antiguas les profesaron.

Como representantes del pueblo de México, debemos crear los instrumentos, que permitan asegurar la vida de nuestra población que está envejeciendo. Y no sólo eso, rescatar nuestros elementos culturales que le han conferido gran valor a la experiencia de las personas de la tercera edad.

Preocupante es, que de los 6 millones y pico que se manejan, el 40 % no percibe ingreso, en tanto que 1 millón 539 747 hogares, tienen como jefe de familia a una persona de la tercera edad que subsiste básicamente de trasferencias: pensiones de jubilación, viudez, invalidez, subsidios, donativos o indemnizaciones por despido o por accidentes de trabajo, que constituyen su única fuente de ingresos.

Por ello y en el animo de avanzar en la procuración de los derechos de este grupo de población, consideramos conveniente elevar a rango constitucional, los derechos de las personas de la tercera edad, como lo marcó en su momento la iniciativa de decreto, pretendiendo agregar un párrafo al artículo 4° de nuestra Carta Magna, en el cual se incluya un reconocimiento genérico de los derechos de la senectud y el acceso universal a una pensión mínima garantizada por el Estado.

Por lo anteriormente expuesto, consideramos de suma importancia se dictamine la iniciativa con proyecto de decreto, la cual fue presentada con fecha 22 de marzo de 2001, ante el Pleno de esta H. Cámara de Diputados, una vez leída fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara la Cámara de Diputados, para su estudio y dictamen. La primer excitativa fue presentada 18 de julio de 2001, en la sesión permanente.

Toda vez que ha transcurrido el periodo a que se refiere el artículo 87 del Reglamento de Gobierno Interior del Congreso General de Los Estados Unidos Mexicanos, sin que haya emitido hasta la fecha ningún dictamen, ni pronunciamiento alguno de la Comisión correspondiente, quienes suscribimos la presente, con fundamento en lo que disponen las fracciones III y XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, solicitamos a esta Presidencia, se sirva excitar a la Comisión de Comisión de Puntos Constitucionales, a fin de que emita un dictamen respecto del asunto mencionado.

Dip. Pedro Miguel Rosaldo Salazar (rúbrica)

(Se excita a la Comisión de Puntos Constitucionales para que emita el dictamen correspondiente y, en virtud de que es la segunda excitativa, se fija el día 22 de noviembre para que se presente ante la asamblea. Octubre 10 de 2002.)
 
 
 

A LA COMISION DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, PRESENTADA POR EL DIPUTADO RUFINO RODRIGUEZ CABRERA DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

El suscrito diputado federal a la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 21, fracción XVI, y por las disposiciones contenidas en los artículos 87 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito respetuosamente de esta Presidencia, tenga a bien formular una excitativa a la Comisión de Puntos Constitucionales, para que a la brevedad posible dictamine para su presentación en el Pleno de esta soberanía, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que comprenden el cuarto párrafo del artículo 5, el artículo 13, el último párrafo del artículo 16, la primera y segunda fracciones del artículo 31, la fracción IV del artículo 35, la fracción IV del artículo 55, la adición de la fracción XIII bis al artículo 73, la modificación de la fracción XIV de ese mismo numeral, la reforma de las fracciones II y III del artículo 76, la fracción VII del artículo 78, la fracción V del artículo 82, las fracciones IV, V y VI del artículo 89, y adicionándose la fracción IV bis al mismo numeral, y reformándose la fracción II del artículo 118, y el contenido del artículo 129 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos al tenor de los siguientes

Antecedentes

El trece de noviembre del año 2001, el que suscribe presentó a nombre del grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la iniciativa con proyecto de decreto que pretende la reforma de los artículos enlistados líneas atrás.

El objeto de la iniciativa en referencia, es propiciar la adecuación de nuestro texto constitucional, a fin de establecer apropiadamente dentro del mismo los conceptos en donde se hace referencia a las Fuerzas Armadas mexicanas y con el objeto de rectificar algunos términos correlativos a la estructura de las mismas.

En la fecha mencionada, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó dicha iniciativa para su dictamen a la Comisión de Puntos Constitucionales y para su conocimiento a la de Defensa Nacional, por ser un tema de la competencia de tales instancias, siendo el caso que a casi un año de la presentación de dicha propuesta, aún no se ha elaborado el respectivo dictamen.

Como antecedentes y fundamentos de lo anterior es preciso anotar las siguientes

Consideraciones

Primera. La relevancia en la naturaleza de las funciones del Ejército, de la Fuerza Aérea y de la Armada mexicanas, como garantes de las instituciones nacionales, hace indispensable contar con un marco legal acorde a las fundamentales tareas asignadas a las mismas.

Segunda. Las tareas a desempeñar por las Fuerzas Armadas mexicanas, deben ir encaminadas a consolidar las instituciones nacionales y a salvaguardar nuestro naciente régimen de libertades democráticas.

Es por ello que su marco normativo debe ser sumamente cuidadoso, con el objeto de que las disposiciones que lo rigen, delimiten claramente la organización, sus efectivos, sus funciones, niveles de mando, facultades, prohibiciones y en general todo aquello que es inherente a una regulación funcional y moderna.

Tercera. La iniciativa presentada por mi conducto sobre el particular, puede ser un elemento que contribuya a la necesaria modificación del marco normativo que regula el funcionamiento de nuestro Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea mexicanas, en la medida en que dichas instituciones requieren para el óptimo desempeño de su función constitucional, un marco legal acorde a la nueva realidad nacional.

Indudablemente, el régimen jurídico que sustenta el funcionamiento del sistema militar mexicano, determina el sentido y la naturaleza de nuestras fuerzas armadas.

Sin embargo, esos perfiles deben estar sujetos a los rígidos cauces de la constitucionalidad y bajo la vigencia irrestricta de los derechos humanos.

Cuarta. Considerando la importancia de proceder a discutir el marco normativo de las Fuerzas Armadas nacionales, como punto inicial en un proceso de reforma del Estado, que persiga la conservación del sistema democrático y la modernización de las instituciones, es que resulta pertinente el análisis de la propuesta de modificación constitucional presentada por mi conducto en el tema que nos ocupa. Razón por la que considero necesario el solicitar de la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados su intervención a fin de que sea rendido el dictamen correspondiente.

Quinta. Que en virtud de que ha transcurrido en exceso el término de cinco días señalado en el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para que se emita el dictamen sobre la iniciativa presentada en este Pleno el 13 de noviembre del año 2001; hoy recurro ante esta honorable asamblea invocando el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para que la Presidencia de esta Mesa Directiva excite a la Comisión de Puntos Constitucionales, a efecto de que dictamine la iniciativa que he mencionado al inicio de mi intervención.

Por lo expuesto y fundado, a esta Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, muy atentamente pido se sirva:

Unico. En los términos de los antecedentes y consideraciones expuestos, así como de conformidad con los preceptos legales invocados, se sirva excitar a la Comisión de Puntos Constitucionales, para que presente el dictamen que corresponde a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y que es materia de esta intervención.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, 10 de octubre de 2002.

Dip. Rufino Rodríguez Cabrera (rúbrica)

(Se excita a la Comisión de Puntos Constitucionales para que emita el dictamen correspondiente. Octubre 10 de 2002.)
 
 
 

A LA COMISION DE GOBERNACION Y SEGURIDAD PUBLICA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO LUIS MIGUEL BARBOSA HUERTA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

En el proceso de transición hacia la democracia, la actividad de inteligencia es una de las grandes asignaturas pendientes de las que la Reforma del Estado no puede excluirla.

Entre los acuerdos políticos existe un amplio consenso sobre la necesidad de reconvertir al sistema de inteligencia en un instrumento idóneo y eficiente al servicio de la conducción de un Estado democrático.

La disyuntiva social respecto a la inteligencia no radica en su misión intrínseca, quién podría dudar sobre su pertinencia necesaria para gobernar, su problema es de estructuración del área, de coordinación, de formación del personal, es doctrinario, su dividendo democrático consistirá en enmarcar toda actividad dentro de un marco normativo de orden público y su ingreso a los dominios de los controles legislativo y judicial y a una adecuada fiscalización presupuestaria.

Es incuestionable que toda actividad realizada por el Estado exige una planificación político-estratégica, que considera en general el análisis de situaciones y de los elementos históricos presentes y prospectivos.

La sola mención de la existencia de un proceso de decisión a nivel gubernamental con alcance estratégico, nos lleva a plantear en forma inmediata, la necesidad de contar con información oportuna y analizada sobre diversos temas y aspectos de la realidad nacional e internacional.

En México existen varias dependencias gubernamentales que realizan labores de inteligencia, como la Secretaría de la Defensa Nacional y la Secretaría de Marina en los ámbitos militar y naval, y la Procuraduría General de la República y la Policía Federal Preventiva en los terrenos del crimen organizado. La institución especializada en operar un servicio civil de inteligencia para la seguridad nacional, es el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN). El CISEN es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación con autonomía técnica y operativa, adscrito a su titular que realiza labores de inteligencia y contrainteligencia para la seguridad nacional.

Cuando se reflexiona que precisamente la fracción XIX del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, constituye el único sustento jurídico para la actividad de la institución especializada en operar un servicio civil de inteligencia para la seguridad nacional, la conclusión es tan inevitable como inaceptable, hasta ahora, los organismos de inteligencia nacional han actuado prácticamente al margen de la ley, sin una ley específica de carácter público que los regule.

Otra consecuencia nefasta para el orden democrático es que bajo el actual esquema, no existen límites claros y objetivos en materia de inteligencia interior, que excluyan de la acción de inteligencia el normal proceso político y las actividades lícitas de los particulares como miembros de organizaciones políticas, sociales, religiosas o sindicales.

Del mismo modo, no existe una clara delimitación de la inteligencia interna y externa, interior y exterior, menos aún, la asignación de cada una de esas competencias a organismos de inteligencia diferentes y ni siquiera una definición exacta de lo que para efectos de inteligencia debe entenderse como seguridad nacional.

La consecuencia, el descrédito de los organismos de inteligencia que se ha mostrado ante la opinión pública, como organizaciones secretas de espionaje político al margen del Estado de derecho, y por tanto, con una visión reactiva de la inteligencia, fundamentalmente orientada a la detección de presuntas amenazas políticas y de supuesta subversión.

Así, durante décadas el sistema de inteligencia mexicano no ha sido órgano de Estado, sino sólo instrumento de régimen al servicio de los grupos políticos en el poder.

En este tiempo, cuando el Ejecutivo federal ha abierto a la revisión de la ciudadanía más de tres millones de fichas y expedientes de los otrora tristemente célebres organismos de inteligencia, Dirección Federal de Seguridad y Dirección General de Investigaciones Políticas y Sociales de la Secretaría de Gobernación, la información ahí contenida demuestra que la falta de regulación de estos órganos públicos generó entes públicos homicidas, persecutores, vigilantes y represores en el ejercicio político del pasado inmediato en México.

La pregunta que nos debemos hacer es sobre si la actividad de inteligencia que realizan los actuales órganos del Estado en México, debe seguir sin regulación y dejar abierta la posibilidad de que el actual gobierno pueda caer en la tentación de volver al pasado.

Por ello, solicito se excite a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública para que dictamine la iniciativa de Ley Sobre Seguridad Nacional, Información y Organismos de Inteligencia, que presenté el 1º de agosto del año 2001.

México, DF, a 10 de octubre de 2002.

Dip. Luis Miguel G. Barbosa Huerta (rúbrica)

(Se excita a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública para que emita el dictamen correspondiente. Octubre 10 de 2002.)
 
 
 

A LAS COMISIONES DE EDUCACION PUBLICA Y SERVICIOS EDUCATIVOS Y DE ATENCION A GRUPOS VULNERABLES, PRESENTADA POR EL DIPUTADO MIGUEL BORTOLINI CASTILLO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

El día 17 de julio de 2002, ante el Pleno de la Comisión Permanente presenté una Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación.

La mencionada iniciativa pretende, desde el marco de las leyes, garantizar la protección integral del menor de edad en el ámbito escolar; esto es, darle seguridad en el aspecto físico, psicológico, emocional y moral. Esta normatividad busca establecer claramente las responsabilidades que a ese respecto le corresponde a autoridades, trabajadores, padres de familia, así como a la sociedad en general, en el ámbito escolar.

Es urgente legislar a este respecto, pues la inseguridad y violencia en las escuelas no es un fenómeno nuevo, pero hoy en día se manifiesta bajo nuevas formas; además es alentada por nuevos procesos de desintegración social, por lo que es necesario que el sistema escolar cuente con nuevas estrategias para prevenirlo y erradicarlo.

Asociada a la inseguridad y violencia escolar, se encuentra el creciente consumo de droga entre los adolescentes y jóvenes, que está llegando a niveles propios de una sociedad enferma y que corroe las bases mismas de la convivencia social.

Por ejemplo y según un reciente estudio de la UNAM: el 13 por ciento de los estudiantes de secundaria ha visto un arma en su escuela, y de ellos, más del 50 por ciento la identifica como un arma de fuego; 15.3 por ciento indica haber visto drogas en su plantel; 22.3 por ciento ha sido víctima de algún tipo de violencia en su escuela; y 56.8 por ciento manifiesta que las calles aledañas a su secundaria son inseguras. No obstante, el 42.7 por ciento afirma que no denunciaría a algún compañero si se enterara que cometió un delito.

Con esta legislación buscamos evitar toda posibilidad de riesgo para miles de niños y niñas que estudian en guarderías y estancias infantiles inseguras, ya sea porque la autoridad correspondiente no supervisa o porque la propia ley no le da las atribuciones necesarias para garantizar seguridad.

Tan solo recordemos el caso de los acontecimientos sucedidos en el jardín de niños Gabriela Mistral, que operaba en Ecatepec, donde se conjugó la intolerancia de una persona y la irresponsabilidad de la dueña del colegio, que era al mismo tiempo su directora, la que junto a la negligencia de la autoridad, generaron una tragedia en donde murieron dos niños y resultaron severamente lesionados más de 20. El homicidio de esos menores mostró con crudeza, cómo la falta de regulación de las condiciones de seguridad bajo las cuales operan miles de escuelas que albergan a menores de edad, pueden resultar fatales un día cualquiera.

Compañeras diputadas y diputados:

Alejar la inseguridad y las amenazas que se ciernen sobre el ámbito escolar en nuestro país, que se expresa en el maltrato, abuso y violencia hacia los más vulnerables, es una labor que si bien empieza desde la prevención, se debe complementar actuando con todas las atribuciones necesarias en un marco de derecho claro, que evite que esos fenómenos crezcan y se repitan. Esa es nuestra responsabilidad como legisladores y a ella invoco desde esta tribuna.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 21, fracción XVI y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito respetuosamente a la Presidencia de esta Cámara, tenga a bien formular una excitativa a las Comisiones de Educación y Servicios Educativos y de Atención a Grupos Vulnerables, para dictaminar la iniciativa con proyecto de decreto referida.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de octubre de 2002.

Dip. Miguel Bortolini Castillo (rúbrica)

(Se excita a las Comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Atención a Grupos Vulnerables para que emitan el dictamen correspondiente. Octubre 10 de 2002.)
 
 
 

A LA COMISION DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, CON OBJETO DE FACULTAR AL PODER LEGISLATIVO PARA DICTAMINAR, APROBAR Y EVALUAR EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO, PRESENTADA POR EL DIPUTADO JESUS GARIBAY GARCIA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

Antecedentes

1. Con fecha 10 de octubre de 2000, los diputados Jesús Garibay García y Rafael Hernández Estrada, en nombre del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, así como los CC. diputados Eduardo Abraham Leines Barrera, Pedro Manterola Sainz, Jaime Mantecón Rojo, Marcos Paulino López Mora, Nemesio Domínguez Domínguez, Martha Silvia Sánchez González, presentaron una iniciativa de decreto que reforma los artículos 26 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales.

2. El 22 de marzo del año 2001 solicité al Presidente de la Mesa Directiva, diputado Ricardo García Cervantes, se sirviera excitar a la Comisión de Puntos Constitucionales para que presentara a la brevedad el dictamen correspondiente.

3. Con dicha iniciativa se busca lograr que el Congreso de la Unión legisle sobre los procedimientos de participación y consulta popular en el sistema de planeación democrática y que se faculte al Poder Legislativo para dictaminar, aprobar y evaluar el Plan Nacional de Desarrollo.

Exposición de Motivos

En México vivimos tiempos de cambio y entre todos nos habremos de esforzar porque estos cambios sean positivos y equilibrados; es decir, cambios que se verifiquen en diversos ámbitos de la vida nacional: en lo social, en lo económico y en lo político.

El Presidente de la República tiene el mandato de elaborar el Plan Nacional de Desarrollo; sin embargo, las Cámaras no tienen ninguna facultad para observar y modificar tan importante documento ni tiempo real para estudiarlo, por lo que el futuro del país se vuelve a cimentar en la visión de un solo hombre, el Presidente de la República, y, en el mejor de los casos, en la visión de un solo Poder, el Poder Ejecutivo. Si queremos seguir fortaleciendo nuestra República y sus prácticas democráticas, tenemos que dotar de más atribuciones al Poder Legislativo en tareas tan importantes como la dictaminación, aprobación y evaluación del Plan Nacional de Desarrollo.

No olvidemos que el artículo 25 de nuestra Carta Magna establece que la rectoría económica es función del Estado y que el artículo 26 constitucional ratifica la obligación del Estado de organizar un sistema de planeación democrática. El Congreso de la Unión, como representación del pueblo y de la Federación, debe intervenir de manera directa en la aprobación del Plan Nacional de Desarrollo, ya que es la representación de la sociedad la que debe ofrecer los matices de las necesidades más apremiantes y también de las más estratégicas al titular del Poder Ejecutivo y velar porque éstas queden debidamente expresadas en el plan rector de la economía de la presente administración.

Por ello hemos propuesto la reforma a los artículos 26 y 73 constitucionales para que el Congreso de la Unión establezca en la ley los procedimientos de participación y consulta popular en el sistema nacional de planeación democrática y los criterios para la formulación, instrumentación, control y evaluación del Plan y los programas de desarrollo. Asimismo, determinará los órganos responsables del proceso de planeación y las bases para la coordinación mediante convenios con los gobiernos de las entidades federativas y para el cumplimiento y concertación con los particulares, para la elaboración y ejecución del mismo por parte del Ejecutivo federal.

Asimismo, hemos propuesto también que el Poder Legislativo dictaminará, aprobará y evaluará el Plan Nacional de Desarrollo y sus programas, los cuales tendrán carácter obligatorio para la Administración Pública Federal.

Considerando

1. Que, con fecha de 10 de octubre de 2000, los diputados Jesús Garibay García y Rafael Hernández Estrada, en nombre del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentaron una iniciativa de decreto que reforma los artículos 26 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y que fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales; y

2. El 22 de marzo del año 2001 solicité al Presidente de la Mesa Directiva, diputado Ricardo García Cervantes, se sirviera excitar a la Comisión de Puntos Constitucionales para que presentara a la brevedad el dictamen correspondiente.

3. Que ha transcurrido en exceso el plazo que el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos establece como término para expedir el dictamen correspondiente a una iniciativa presentada y turnada para su conocimiento.

Por lo expuesto y fundado:

El suscrito, diputado federal de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, párrafo 6º, inciso e, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 21, fracción XVI, y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, solicito a la Presidenta de la Mesa Directiva, diputada Beatriz Paredes Rangel, se sirva excitar, por segunda ocasión, a la Comisión de Puntos Constitucionales para que presente a la brevedad su dictamen correspondiente.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de octubre de 2002. Dip. Jesús Garibay García (rúbrica)

(Se excita a la Comisión de Puntos Constitucionales para que emita el dictamen correspondiente. Octubre 10 de 2002.)
 
 
 

A LA COMISION DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO TOMAS TORRES MERCADO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

En relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 214 y 247 del Código Penal Federal, presentada el día 9 de abril de 2002 por el diputado Tomás Torres Mercado, con objeto de fincar responsabilidad penal a los servidores públicos que no cumplan con el Presupuesto de Egresos de la Federación o que declaren con falsedad cuando comparezcan ante el Congreso de la Unión.

En mi carácter de diputado federal, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, y con apoyo en el artículo 85, último párrafo, en relación con el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del H. Congreso de la Unión, solicito se proceda a excitar a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de esa H. Cámara de Diputados, a fin de que presente dictamen en relación con la iniciativa a que a continuación me refiero:

Con fecha 9 de abril del año en curso, el suscrito presentó ante el Pleno de la H. Cámara de Diputados una iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 214 y 247 del Código Penal Federal.

La iniciativa mencionada se elaboró con objeto de fincar responsabilidad penal a los funcionarios públicos que, debiendo ejercer el gasto público o los recursos del erario, no los destinen en los términos autorizados por la Cámara de Diputados o, en su defecto, recorten, transfieran, omitan o dejen de gastar los recursos públicos autorizados por la propia Cámara de Diputados, con base en el presupuesto autorizado en el año de ejercicio correspondiente.

Asimismo, la iniciativa de referencia propone sancionar penalmente al secretario de Estado, subsecretario, oficial mayor, director general o equivalente, director de entidad o dependencia del Gobierno Federal que comparezca ante alguna de las Cámaras del Congreso federal, en Pleno, Comisión, Subcomisión o reunión de trabajo y rinda informes falsos o discordantes con la información contenida en archivos oficiales o datos publicados por los medios de comunicación, en los que se cite como fuente alguna entidad o dependencia del Gobierno Federal.

Una vez que fue leída la iniciativa que nos ocupa, la Presidencia de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados ordenó se turnara a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos para el trámite procedente.

En atención a que hasta el día de hoy el asunto no ha sido dictaminado, superando en exceso el plazo que señala el artículo 87 del Reglamento invocado, solicito de esta Presidencia de la Mesa Directiva proceda a excitar a la citada Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la H. Cámara de Diputados, a fin de que presente el dictamen que corresponda.

México, DF, a 10 de octubre de 2002.

Dip. Tomás Torres Mercado (rúbrica)

(Se excita a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos para que emita el dictamen correspondiente. Octubre 10 de 2002.)
 
 
 

A LA COMISION DE AGRICULTURA Y GANADERIA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO ARTURO HERVIZ REYES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

Con fundamento en los artículos 21, fracción XVI; 87 y 91 del Reglamento del Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos y en mi carácter de diputado federal de la LVIII Legislatura del Congreso General solicito a ustedes hacer presente a la Presidencia de la Cámara de Diputados que ha transcurrido el plazo reglamentario para que se presente el dictamen de la siguiente iniciativa:

La Presidencia de la Mesa Directiva turnó el asunto a la Comisión de Agricultura y Ganadería para su examen y dictamen correspondiente.

Ha transcurrido un año y diez meses sin que la Comisión antes citada haya resuelto la iniciativa citada que se encuentra a su consideración.

Dicha iniciativa propone transformar las estructuras productivas de la agroindustria azucarera del país teniendo como parte central la transformación y democratización de las organizaciones de productores de caña de azúcar.

Así como también que los productores organizados de manera independiente puedan acceder a los Comités de Producción Cañera, para formular de manera conjunta con los dueños de los ingenios los programas de operación, relativos a la siembra de caña de azúcar, actividades agrícolas; mecanización del campo cañero; cosecha y molienda de caña por zafra; construcción, conservación, mejoramiento de caminos cañeros y obras de infraestructura, albergues para cortadores; modificación de tarifas por trabajos ejecutados y de tarifas de trabajos de siembra, cultivo; entrega-recepción de caña y de las solicitudes de créditos en general.

La iniciativa también contempla la reconversión productiva del campo cañero, mediante la capacitación y actualización de los productores, encaminados a enfrentar la competencia del mercado de los edulcorantes distintos al azúcar, para que los productores e industriales de la caña de azúcar puedan obtener utilidades marginales de los más de 300 subproductos de la caña de azúcar.

Por todo ello y con apego a la normatividad del Congreso General, atentamente solicito:

Unico: Que la Mesa Directiva excite a la Comisión de Agricultura y Ganadería para que presente el dictamen correspondiente a la iniciativa con proyecto de Ley de la Agroindustria de la Caña de Azúcar presentada en la sesión del día 26 de diciembre del 2000.

Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 10 de octubre de 2002.

Dip. Arturo Hérviz Reyes

(Se excita a la Comisión de Agricultura y Ganadería para que emita el dictamen correspondiente. Octubre 10 de 2002.)
 
 
 

A LA COMISION DE SEGURIDAD SOCIAL, PRESENTADA POR EL DIPUTADO RAFAEL SERVIN MALDONADO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

En sesión ordinaria del pasado 23 de abril del presente año el diputado Cuauhtémoc Montero Esquivel en nombre del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, y con el respaldo de varios diputados de diversos partidos políticos, presentó iniciativa con proyecto de decreto, en la que se reforma el artículo decimocuarto transitorio, de la Ley del Seguro Social publicado en el Diario Oficial de la Federación el día jueves 20 de diciembre del año 2001.

La Presidencia de la Mesa Directiva resolvió turnar la iniciativa a las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, sin embargo, han transcurrido más de cinco meses, sin que este Pleno cuente con el dictamen respectivo para su votación.

La Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 45, párrafo 6, inciso f), especifica que es una tarea de las Comisiones "dictaminar, atender o resolver iniciativas, proyectos y proposiciones turnadas a las mismas en los términos de los programas legislativos acordados por la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos".

Por su parte, el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su artículo 88, que "toda Comisión deberá presentar su dictamen en los negocios de su competencia, dentro de los 5 días siguientes a la fecha en que se hayan recibido".

En tal virtud, y en razón de lo antes fundado conforme a los preceptos legales, ha transcurrido en exceso el término, que las Comisiones tienen para emitir el dictamen respectivo, y en base a las facultades que le confieren a la Mesa Directiva los artículo 23, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General y 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, le solicito se sirva excitar a las Comisiones de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social, para que a la brevedad emitan el dictamen respectivo de la iniciativa con proyecto de decreto en la que se reforma el artículo decimocuarto transitorio de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación del jueves 20 de diciembre del año 2001.

Atentamente
Dip. Rafael Servín Maldonado (rúbrica)

Palacio Legislativo, a 10 de octubre de 2002.

(Se excita a la Comisión de Seguridad Social para que emita el dictamen correspondiente. Octubre 10 de 2002.)
 
 
 

A LA COMISION DE GOBERNACION Y SEGURIDAD PUBLICA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO ROGACIANO MORALES REYES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

El suscrito diputado, integrante del grupo parlamentario el Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo previsto por el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito a esta Presidencia se excite a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. Con fecha 16 de abril del presente año, presenté a nombre del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, una iniciativa de decreto que adiciona disposiciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).

Segundo. Dicha iniciativa tiene como objetivo lograr que el día de las elecciones los ciudadanos internos en clínicas particulares o públicas puedan emitir su sufragio, toda vez que éstos, por causas de fuerza mayor, no están en posibilidad de concurrir a emitir su voto a ningún tipo de casillas de su sección electoral correspondiente. Para lo cual se prevé en dicho decreto un mecanismo sencillo que permita que casillas auxiliares se instituyan en las citadas clínicas y recaben el voto.

Exposición de Motivos

Es de fundamental importancia que nuestros representantes populares y servidores públicos en general, estén sustentados en una amplia base de legitimación popular, hasta donde sea posible. Es indispensable propiciar mediante este tipo de mecanismos, que de manera resuelta contribuyamos a abrir la llave de la democracia, el voto, a la posibilidad de abatir el problema político-electoral del abstencionismo.

Por ello es necesario que sigamos contribuyendo en el esfuerzo de abatir el problema político electoral que caracteriza nuestras elecciones, que sobre el particular y como es de todos conocido, si se observan las cifras, en la última elección presidencial tenemos que de un padrón de 59,584,615 empadronados, sufragaron 37,601,618, habiéndose abstenido 21,181,119 ciudadanos, lo cual representa una participación de un 63.97% y un 36.03% de abstención.

Ahora que nos acercamos a la contienda electoral del 2003 nos corresponde a nosotros los legisladores, es nuestro deber, seguir insistiendo en que necesitamos abrir la posibilidad de que los votos sean cada vez más, más sustento popular de nuestra democracia; y, por ello, en este Congreso deben darse las reformas legislativas necesarias para que esto suceda.

Con la excitativa que se solicita se pretende impulsar el dictamen y buscar la aprobación de la iniciativa presentada en esta Legislatura; por lo que habiendo transcurrido en exceso el plazo que el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos establece como término para expedir el dictamen correspondiente a una iniciativa presentada y turnada para su conocimiento; y, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 45, párrafo sexto, inciso e, de la Ley Orgánica, y 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior, ambos del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, pido:

Unico. Que la Presidencia de la Mesa Directiva, se sirva excitar a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública para que presente el dictamen correspondiente de la iniciativa de decreto a que se ha hecho mérito.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de octubre de 2002.

Dip. Rogaciano Morales Reyes (rúbrica)

(Se excita a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública para que emita el dictamen correspondiente. Octubre 10 de 2002.)
 
 
 

A LA COMISION DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, PRESENTADA POR EL DIPUTADO JOSE ANTONIO MAGALLANES RODRIGUEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

El suscrito, diputado federal José Antonio Magallanes Rodríguez, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en la fracción XVI de los artículos 21 y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito a esta Presidencia tenga a bien formular excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a efecto de que dictamine a la brevedad para su presentación al Pleno de este órgano legislativo, la iniciativa de reformas al Código Fiscal de la Federación.

Antecedentes

El 8 de noviembre de 2001, presenté ante este Pleno una iniciativa de decreto que adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, misma que fue turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su dictamen. Once meses después, dicha iniciativa se mantiene suspendida, sin que hasta el momento se haya elaborado el trámite correspondiente para su dictaminación.

Considero que la iniciativa en cuestión contribuye a reducir la evasión fiscal a través de la simplificación administrativa, cumpliendo con el principio de simplicidad y claridad.

Los problemas político-administrativos del sistema tributario mexicano están asociados con la elevada cantidad de trámites que se deben cubrir, la dificultad para llenar las formas fiscales y el tiempo que se emplea. Asimismo, la provisión de bienes y servicios públicos de cuestionada calidad asociada con la alta corrupción y falta de transparencia en el manejo de los recursos públicos también inciden negativamente en la recaudación fiscal.

El sistema tributario mexicano ha incurrido en ineficiencias en la recaudación. Sólo por citar el ejemplo del IVA: las pérdidas que generan las exenciones y excepciones significan que de cada peso que se podría recaudar, sólo ingresan al erario público 52 centavos.

En el caso del Impuesto Sobre la Renta, cada año dejan de ingresar al erario público cerca de 180 mil millones de pesos.

Otro problema que debe enfrentarse de manera permanente es el de la elusión fiscal, por medio de la cual algunos contribuyentes buscan encontrar en los textos legales una interpretación conceptual distinta a la intención del legislador, todo ello con el ánimo de obtener un beneficio económico.

Tanto la evasión como la elusión, junto con otros problemas estructurales de nuestro sistema impositivo, obligan a una reforma fiscal integral, pero una en la que no se dependa del consumo de las mayorías para obtener más recursos. Una que no dependa del IVA en alimentos y medicinas. Recordemos que la cifra que pretende recaudar el Ejecutivo por concepto de IVA es casi equivalente a la que se evade por el pago del mismo impuesto: cerca de 120 mil millones de pesos.

Nuestra propuesta de reformas al Código Fiscal de la Federación busca también propiciar que el contribuyente no quede en un estado de indefensión por un acontecimiento ajeno a él y con ello se pretende dar cumplimiento al principio de seguridad jurídica.

Otra parte de la propuesta tiene un carácter más bien económico, pues busca eliminar la iniquidad que existe en la devolución de contribuciones, pues cuentan con una tasa de interés que hace más atractivo para algunas empresas invertir en el fisco que en activos productivos.

Estas propuestas son trascendentes, considerando que son el principio para reformar nuestro sistema tributario, acorde con las necesidades del país y con el objetivo de obtener mayores ingresos para el Estado; asimismo, el sistema tributario mexicano ha incurrido en ineficiencias en la recaudación. Sólo por citar el ejemplo del IVA: las pérdidas que generan las exenciones y excepciones significan que de cada peso que se podría recaudar, sólo ingresan al erario público 52 centavos, propiciando en los contribuyentes incentivos para que sigan invirtiendo en nuestro país.

Estas propuestas son importantes, considerando que son el principio para reformar nuestro sistema tributario, acorde con las necesidades del país y con el objetivo de obtener mayores ingresos tributarios para el Estado.

Por lo anteriormente expuesto, solicito a esta Presidencia envíe la presente excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Público a fin de que se elabore el dictamen correspondiente.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 10 días de octubre de 2002.

Dip. José Antonio Magallanes Rodríguez (rúbrica)

(Se excita a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para que emita el dictamen correspondiente. Octubre 10 de 2002.)
 
 
 

A LAS COMISIONES DE PUNTOS CONSTITUCIONALES Y DE GOBERNACION Y SEGURIDAD PUBLICA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO SERGIO ACOSTA SALAZAR, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

El suscrito diputado de la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 21, fracción XVI, y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita respetuosamente de esta Presidencia tenga a bien formular excitativa a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Gobernación y Seguridad Pública, a efecto de que dictaminen a la brevedad para su presentación al Pleno de este órgano legislativo, la iniciativa de decreto presentada el día 6 de septiembre de 2001, referente a los derechos políticos de los mexicanos en el extranjero.

Antecedentes

Hoy en día uno de los asuntos pendientes en las discusiones de los órganos legislativos es el que se refiere al tema del voto de los mexicanos residentes en el extranjero. La resolución positiva a este tema se hace necesaria para consolidar el cambio democrático en el sistema de gobierno de nuestro país.

El voto, como sabemos, es el derecho político que los ciudadanos tienen a participar en los asuntos públicos de su país, directamente o por medio de representantes libremente elegidos. Se trata de un derecho público subjetivo de naturaleza política.

Algunas de las bondades de dicha iniciativa son:

1. La consolidación y el reconocimiento del derecho al voto de los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero tienen como finalidad lograr que los ciudadanos que se encuentren en esta situación participen directa o indirectamente en la estructura del poder estatal y en la realización del orden jurídico de la nación.

2. Que la reforma permita a cientos de miles de nuestros compatriotas una mejor defensa de sus derechos donde quiera que se encuentren residiendo.

3. Busca solventar las lagunas legales, ya que está encaminada a defender y garantizar el pleno ejercicio del derecho al voto de los ciudadanos mexicanos que radican en el extranjero, tratando así de fortalecer los lazos de unión entre ellos y la nación mexicana, la cual han tenido que dejar, la mayoría de las veces, obligados por los altos índices de desempleo y por las faltas de oportunidad en su país.

4. Permitiría fortalecer el sistema democrático mexicano, reforzará los nexos con nuestros compatriotas que están en el extranjero y reafirmará su sentimiento de pertenencia a la patria, que se considera no perdido.

Toda vez que ha transcurrido el periodo a que se refiere el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sin que haya emitido hasta la fecha ningún dictamen, ni pronunciamiento alguno por parte de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación y Seguridad Pública.

Quienes suscribimos la presente, con fundamento en lo que disponen las fracciones III y XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, solicitamos a esta Presidencia, se sirva excitar a las Comisiones mencionadas, a fin de que emitan un dictamen respecto del asunto mencionado.

Dip. Sergio Acosta Salazar (rúbrica)

(Se excita a las Comisiones de Puntos Constitucionales y de Gobernación y Seguridad Pública para que emitan el dictamen correspondiente. Octubre 10 de 2002.)
 
 
 

A LAS COMISIONES DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Y DE ATENCION A GRUPOS VULNERABLES, PRESENTADA POR EL DIPUTADO ALFREDO HERNANDEZ RAIGOSA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

Los suscritos, diputadas y diputados a la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, párrafo VI, inciso e, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 21, fracción XVI, y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos respetuosamente de esta Presidencia tenga a bien formular excitativa a las Comisiones de Justicia y Derechos Humanos y de Atención a Grupos Vulnerables de la Cámara de Diputados, a efecto de emplazarlas a emitir el dictamen correspondiente en día determinado, a fin de que sea presentado ante el Pleno de este órgano legislativo el decreto, en sentido positivo o negativo, correspondiente a la iniciativa de reformas y adiciones a diversos ordenamientos jurídicos, presentada ante el Pleno de esta Cámara, consistente en dotar de mayor certeza jurídica a nuestra niñez y a los niños que se encuentran robados, sustraídos ilícitamente, secuestrados, extraviados o ausentes del núcleo familiar en todo el territorio nacional, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Con fecha 25 de abril del año en curso, en nombre del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, se presentó ante el Pleno de esta Cámara la iniciativa de reformas y adiciones a diversos ordenamientos jurídicos, consistente en dotar de mayor certeza jurídica a nuestra niñez y a las niñas y niños que se encuentran robados, sustraídos ilícitamente, secuestrados, extraviados o ausentes del núcleo familiar en todo el territorio nacional.

Esta iniciativa reviste gran importancia para dotar de mejores instrumentos jurídicos al Ejecutivo federal para perseguir y sancionar este flagelo en contra del núcleo familiar y en perjuicio de la sociedad en su conjunto.

Las reformas planteadas pretenden dar seguridad jurídica a nuestra niñez, evitando a toda costa que el número de 140 mil niñas y niños desaparecidos de 1996 a la fecha se incremente día a día.

Asimismo, las reformas prevén el mecanismo para que instrumentos como el acta de nacimiento tengan mayores candados que eviten su falsificación.

Actualmente, por expulsión, por robo, por secuestro, por extravío o por sustracción ilegal se pierden alrededor de 50 niños y niñas diariamente en todo el país.

Esta misma iniciativa se complementa con el punto de acuerdo presentado ante esta soberanía el 12 de noviembre de 2001, mediante el cual se solicitan, como ejes fundamentales, la Procuraduría Federal Infantil, el Centro Nacional de Apoyo para la Recuperación de Menores Robados y el Registro Nacional de Menores Robados.

Pero además, en esta tribuna, diversos compañeros de diversas fracciones parlamentarias han presentado iniciativas tendentes a proteger a nuestra niñez, situación que refleja la preocupación de esta soberanía por nuestra niñez.

Consideraciones

En abril del presente año se presentó ante el Pleno de esta soberanía la iniciativa de decreto para modificar el Código Penal Federal, el Código Civil Federal, la Ley General de Salud y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación con objeto de poner fin a los robos que se cometen a diario en contra de nuestros hijos e hijas. Esta situación no ha cambiado en absoluto, pues los niños siguen siendo separados del vínculo familiar por las razones antes expuestas.

Los robos, secuestros, sustracciones ilegales, extravíos o ausencias del núcleo familiar pueden ser corroborados fácilmente, pues los medios de comunicación dan cuenta a diario del robo de niñas y de niños en el país.

Por lo anteriormente expuesto, exponemos las siguientes

Consideraciones de Derecho

1. Con fundamento en el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ha transcurrido más tiempo del concedido para que una Comisión dictamine una iniciativa. Así, del 26 de abril del año en curso a la fecha, no se ha emitido el dictamen correspondiente.

2. En tal virtud, es procedente que el Presidente de la Cámara de Diputados, en cumplimiento de lo dispuesto en la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento antes señalado, excite a las Comisiones de Justicia y Derechos Humanos y de Atención a Grupos Vulnerables a fin de que emitan el dictamen correspondiente en el día que así determine esta Presidencia.

Por lo anteriormente expuesto, a usted, Presidenta de la H. Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión, solicitamos:

Unico. Se sirva excitar a las Comisiones de Puntos Constitucionales y de Energía para que presenten el día que determine la Presidencia el dictamen que corresponda a la "iniciativa de ley por la que se adicionan y reforman el Código Civil Federal, la Ley General de Población, la Ley de Servicio Exterior Mexicano, la Ley General de Salud, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y el Código Penal Federal".

Dip. Alfredo Hernández Raigosa (rúbrica)

(Se excita a las Comisiones de Justicia y Derechos Humanos, y de Atención a Grupos Vulnerables para que emitan el dictamen correspondiente. Octubre 10 de 2002.)
 
 












Proposiciones
CON PUNTO DE ACUERDO, PARA EXHORTAR AL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL A FIN DE QUE ESTABLEZCA LOS PROCEDIMIENTOS NECESARIOS PARA QUE EN LAS CONTIENDAS ELECTORALES LA POBLACION CON DISCAPACIDAD EJERZA SU DERECHO UNIVERSAL DEL VOTO, PRESENTADA POR LA DIPUTADA LAURA PAVON JARAMILLO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

La que suscribe, diputada de la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito que sea considerado de urgente y obvia resolución el punto de acuerdo con la finalidad de hacer una atenta exhortación al Instituto Federal Electoral, a fin de que establezca los procedimientos necesarios para que en las contiendas electorales la población, con discapacidad ejerza su derecho universal de voto; lo anterior con fundamento en las siguientes:

Consideraciones

Los derechos humanos son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada. Estos derechos, establecidos en la Constitución y en las leyes, deben ser reconocidos y garantizados por el Estado.

La tarea de proteger los derechos humanos representa para el Estado la exigencia de proveer y mantener las condiciones necesarias para que, dentro de una situación de justicia, paz y libertad, las personas puedan gozar realmente de todos sus derechos. El bienestar común supone que el poder público debe hacer todo lo necesario para que, de manera paulatina, sean superadas la desigualdad, la pobreza y la discriminación.

En este tenor, el texto constitucional establece la prohibición de toda discriminación, motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra, que atente contra su dignidad y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Los derechos políticos dan al ciudadano la prerrogativa de participar en la vida política de la nación, es decir, le permiten, entre otros, los de elegir a sus gobernantes, ser elegido en cargos de elección popular y afiliarse a partidos políticos. Asimismo, el sufragio como derecho político fundamental requiere para su pleno ejercicio que el voto sea universal, libre y secreto.

Las principales dificultades que enfrentan las personas con discapacidad al ejercer su derecho al sufragio son: la existencia de barreras arquitectónicas que dificultan el acceso a los lugares de votación; la ubicación de las mesas de sufragio; las largas colas; la dificultad para trasladarse hacia los locales de votación; la mala atención; y el desconocimiento por parte de las autoridades encargadas del proceso electoral de los requerimientos especiales necesarios para atender a las personas con discapacidad. Estas dificultades impiden un ejercicio libre e igualitario del derecho al sufragio.

Si bien es cierto que el artículo 218, inciso 2, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales dispone que: "Aquellos electores que no sepan leer o que se encuentren impedidos físicamente para marcar sus boletas de voto, podrán hacerse asistir por una persona de su confianza que les acompañe", debe tomarse en cuenta que a las personas ciegas, al ser acompañadas o asistidas por otra persona, se vulnera su derecho de secrecía en el voto, ya que no se ejerce de forma "libre, secreta, directa e intransferible".

A una persona con minusvalía, cuando se le niegan las oportunidades de que dispone en general la comunidad y que son necesarias para su desarrollo natural, incluida la vida familiar, la educación, el empleo, la vivienda, la seguridad económica y personal, y la participación en grupos sociales y políticos, se le vulnera en el ejercicio de sus derechos.

Esto se debe fundamentalmente a que no existe en nuestra sociedad la cultura de respeto a la discapacidad, entendiendo ésta en su acepción más amplia, es decir, como aquellos valores que se transmiten de generación en generación. Por el contrario, prevalece la actitud de rechazo, indiferencia y temor, hacia las personas con alguna discapacidad. Se sabe que en las diferentes épocas han sido objeto de trato discriminatorio; desde atribuirles facultades sobrenaturales, hasta querer eliminarlas. Siempre han sido segregadas.

Todo lo expuesto anteriormente, es decir, "el derecho a iguales oportunidades de participación" está consagrado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Sin embargo esto no ha garantizado en lo absoluto que se lleve a la práctica; la realidad es que se suele negar a las personas con discapacidad la oportunidad de participar plenamente en las actividades públicas.

Los procesos electorales son una prerrogativa para que los ciudadanos determinen con su voto, a quien o a quienes les ofrezcan mejores expectativas de vida y defensa de sus derechos; es imprescindible que los mecanismos tecnológicos y materiales de la actualidad, permitan a este importante sector de la población (10%), acudir a los centros de votación con las mismas ventajas que el resto de la población, tomando en cuenta sus posibilidades de acceso, altura de las mamparas, información que les oriente y la respectiva capacitación a todos los diversos niveles de autoridades en el proceso electoral.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero.- Exhortar al Instituto Federal Electoral, a fin de que adopte las medidas y establezca los procedimientos necesarios, para que en las boletas electorales y casillas de votación a utilizarse en el proceso electoral del año 2003 y en los subsiguientes, se incluya el Sistema Braille y las condiciones que faciliten la accesibilidad de la población con discapacidad en general, para ejercer su derecho universal de voto.

Segundo.- Recomendar al Instituto Federal Electoral, difunda entre las personas con discapacidad y en general, entre la sociedad civil, a través de campañas de divulgación y de programas de educación electoral, la forma de ejercer el derecho al voto de los ciudadanos que presenten una discapacidad, cualquiera que sea ésta.

Tercero.- Exhortar al Instituto Federal Electoral para que facilite el acceso de las personas con discapacidad auditiva a la información electoral, mediante el empleo de intérpretes que conozcan el lenguaje de señas o el uso de subtítulos escritos cuando dichos mensajes sean emitidos por televisión.

Cuarto.- Recomendar al Instituto Federal Electoral realice la capacitación de las mesas directivas de casillas, también sobre los derechos que corresponden a las personas con discapacidad, para que éstas puedan ejercer adecuadamente su derecho al sufragio.

Quinto.- Sugerir al Instituto Federal Electoral la realización de estudios orientados a evaluar la posibilidad material de establecer en los posteriores procesos electorales un sistema de voto domiciliario para aquellas personas cuya discapacidad severa, impida su asistencia a la casilla electoral, pues estos ciudadanos y ciudadanas no están impedidos legalmente para ejercer su derecho al sufragio.

Sexto.- Que el Instituto Federal Electoral se sirva informar en un plazo de 60 (sesenta) días a la H. Cámara de Diputados sobre las medidas y acciones que se puedan realizar para atender el presente punto de acuerdo.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a los 10 días del mes de octubre de dos mil dos.

Diputados: Laura Pavón Jaramillo, Lizbeth Evelia Medina Rodríguez, Celita Alamilla Padrón, Hortensia Aragón Castillo, Alicia Ricalde Magaña, Jorge Carlos Ramírez Marín, Gustavo Carvajal Moreno, Enrique Martínez Orta, Reyes Antonio Silva Beltrán, Juan Manuel del Río Virgen, Aarón Irízar López, Policarpo Infante Fierro, Olga Uriarte Rico, Martha Ofelia Meza Escalante, Esperanza Santillán, Araceli Domínguez Ramírez, Jesús Alí de la Torre, Martha Silvia Sánchez González, Jaime Mantecón Rojo, Marcos López Mora, Jorge Schettino Pérez, Juan Nicolás Callejas, Edith Escobar Camacho, María del Rosario Oroz Ibarra, Hilda Anderson Nevárez, Bernardo de la Garza Herrera, Francisco Agundis Arias, Librado Treviño Guriérrez, Pedro Miguel Rosaldo Salazar, Enrique Herrera y Bruquetas, Norma Patricia Riojas Santana, Alberto Anaya Gutiérrez, José Narro Céspedes, Víctor García Dávila, Justino Hernández Hilaria, Adela Cerezo Bautista, Concepción González Molina, Guillermo Hopkins Gámez, Fernando Martínez Cué, Héctor Sánchez López, María de las Nieves García, María Helena Chapa Hernández (rúbricas).

(Turnada a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública. Octubre 10 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA A LAS AUTORIDADES EDUCATIVAS FEDERALES Y ESTATALES, ASI COMO A LAS AUTORIDADES DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR PUBLICAS, A FORMALIZAR UN PACTO NACIONAL PARA AFRONTAR LOS REZAGOS Y RETOS DE LA EDUCACION SUPERIOR, PRESENTADA POR EL DIPUTADO EDUARDO RIVERA PEREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

Los que suscriben, diputados federales de la LVIII Legislatura de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, presentamos la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades educativas federales y estatales, así como a las autoridades de las instituciones de educación superior públicas a formalizar un pacto nacional para afrontar los rezagos y retos de la educación superior en base a los siguientes:

Antecedentes

La educación es un tema de carácter prioritario para todo país. Esta va de la mano del nivel de desarrollo de las naciones, en particular en un contexto de cambios y competitividad mundiales como el que hoy vivimos. Cambios que suceden de forma acelerada en todos los campos y que obligan a los países a esforzarse cada día en brindarle a los educandos los conocimientos, habilidades y oportunidades que les permitan alcanzar su desarrollo personal y tener éxito en un entorno cada vez más dominado por el conocimiento y la información. Así, la educación se convierte en el único medio al alcance de las naciones y las sociedades para lograr estar al día de este nuevo estado de cosas.

En este contexto, sin duda la educación es una materia prioritaria para el gobierno mexicano. No sólo se demuestra con el hecho de que el Plan Nacional de Desarrollo la contemple como la columna vertebral y articulación de las acciones de la política pública del desarrollo social, sino que también el Poder Legislativo ha dado muestras claras y fehacientes de que el impulso, promoción y apoyo a la educación son un pilar del trabajo legislativo.

Por su parte, las instituciones de educación superior en nuestro país durante las últimas décadas, se han esforzado por ir transformándose y adoptando medidas que respondan a los nuevos tiempos, para ir logrando la consolidación del proceso de profesionalización del personal académico; en elevar notablemente la calidad de la investigación y en encontrar nuevos modelos de organización de sus sistemas. Aunque debemos reconocer que, estas medidas se implementan aún en forma muy desigual por los problemas financieros y de equidad que padecen las instituciones de educación superior de nuestro país.

En el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2002, el Gobierno Federal y el Poder Legislativo hemos atendido con carácter prioritario la educación, a pesar de las limitaciones presupuestales que presenta la actual situación económica de nuestro país. Sin embargo, este esfuerzo sólo cubre un mínimo de sus requerimientos básicos de operación y los problemas más urgentes de las instituciones de educación superior.

Como es de todos conocido, entre estos problemas el programa de jubilaciones es uno de los principales retos financieros a los que se enfrentan. Para asegurar la jubilación a los trabajadores de éstas se requiere de 70 mil millones de pesos. Y si se tratara de asegurar que los nuevos trabajadores cuenten con un régimen de pensión equivalente, la cifra aumentará a alrededor de 130 mil millones de pesos. Ante esto, las autoridades educativas y los directivos han reconocido deficiencias en este sistema de pensiones, además de que deberá someterse a una revisión, dado que actualmente se están otorgando retiros a trabajadores con edad de 52 años.

Durante la XV Sesión Extraordinaria de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior fueron anunciadas por la Secretaría de Educación Pública las Reglas de Operación del Fondo Extraordinario a las Universidades Públicas Estatales que el Congreso de la Unión aprobó para el ejercicio presupuestal de este año 2002. Esta partidase trata de una provisión presupuestal de mil millones de pesos con el propósito de apoyar la realización de proyectos por parte de las instituciones estatales de educación superior públicas, que incidan en la solución de fondo de problemas de carácter financiero, en particular los derivados de la situación financiera del sistema de pensiones dinámicas en la que se encuentran 39 universidades.

Pero, esta solución es apenas una solución parcial para las instituciones de educación superior públicas, pues ocurren otra serie de necesidades que no podemos dejar de considerar. Efectivamente, otro reto es atender la demanda de una población creciente de estudiantes, que buscan espacios en las escuelas de educación superior, además de que deberán diversificarse los programas que ofrecen estas instituciones ante la demanda de la modernización del país.

Por otro lado, un reto de carácter prioritario será dotar de mayores recursos a las instituciones de educación superior públicas de los estados, mismas que reciben en promedio 30 por ciento del subsidio del gobierno estatal y 60 por ciento de la Federación. Entre estas instituciones los porcentajes de las aportaciones fluctúan entre el 94 por ciento de aportación federal y 6 por ciento estatal hasta 45 por ciento federal y 55 por ciento estatal. Esto hace ver una desequilibrio en la asignación de recursos, toda vez que, no todos los gobiernos locales le dan la misma importancia al gasto educativo, y que será necesario un mayor esfuerzo por parte de éstos.

En consecuencia y a pesar de la existencia de otros programas de tipo compensatorio destinados a las instituciones de educación superior públicas, que los obtienen a través de mecanismos de concurso, como son el Fondo para la Modernización de la Educación Superior (Fomes), o el Programa para el Mejoramiento del Profesorado (Promep), las inequidades siguen prevaleciendo.

Otro asunto que no puede dejar de considerarse, es que año con año las instituciones de educación superior públicas afrontan las demandas de aumento salarial de parte de sus trabajadores, que, con restricciones presupuestales y todo, se han otorgado.

En este sentido, no sólo los directivos de las instituciones de educación superior públicas estatales reclaman un nuevo modelo de financiamiento, las mismas autoridades educativas reconocen esta necesidad, que responda a nuevos criterios atendiendo la calidad y eficiencia de las mismas, y no sólo opere en función de crecimientos e inercias inflacionarias, pues los actuales criterios reconocen muy poco de los esfuerzos en pro de la calidad.

Las instituciones de educación superior públicas deben fortalecerse y resolver su problemática para prevalecer, lo que exige soluciones de fondo y la formulación de políticas de largo plazo, en las que se involucren todos los actores relacionados con la educación superior: autoridades de las instituciones, autoridades educativas federales y estatales, los legisladores, trabajadores, estudiantes y sociedad en general.

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, los diputados integrantes del grupo parlamentario del PAN promovemos el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero: Exhortamos a todos los actores involucrados en la educación superior: Gobierno Federal, gobiernos estatales y del Distrito Federal, autoridades educativas federales y estatales, autoridades de las instituciones de educación superior públicas, legisladores, estudiantes, trabajadores y sociedad, a establecer un "pacto nacional por la educación superior", que establezca metas claras, compromisos y soluciones de fondo a la problemática y retos que afronta la educación superior.

Segundo: Eficientar los criterios de distribución de financiamiento tendientes a la equidad, manteniendo el desempeño de las instituciones de educación superior públicas mediante mecanismos evaluatorios, atendiendo la calidad y eficiencia de éstas, así como, simplificar los procedimientos de los concursos la obtención de recursos adicionales.

Tercero: Exhortar a los gobiernos estatales y del Distrito Federal, a revisar los criterios de asignación de financiamiento a las instituciones de educación superior públicas.

Palacio Legislativo, a 10 de octubre de 2002.

Diputados: Eduardo Rivera Pérez, José Alfredo Botello Montes, Ma. Teresa Tapia Bahena, Luis A. Aldana Burgos (rúbricas).

(Turnada a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos. Octubre 10 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE SOLICITA A LA COMISION DE REGLAMENTOS Y PRACTICAS PARLAMENTARIAS PROPONGA AL PLENO LOS CRITERIOS PARA DICTAMINAR LA INSCRIPCION EN LETRAS DE ORO EN EL MURO DE HONOR DEL PALACIO LEGISLATIVO DE SAN LAZARO DEL NOMBRE DE PERSONALIDADES DE LA HISTORIA MEXICANA, ASI COMO DE APOTEGMAS Y REFERENCIAS HISTORICAS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO LUIS MIGUEL BARBOSA HUERTA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

Consideraciones

1. El recinto parlamentario ha sido escenario de grandes debates a lo largo de nuestra historia; el origen de nuestra República, así como los cambios que experimentó en los grandes momentos que sucedieron a su Independencia, pueden reconstruirse en sus fuentes documentales; la historia moderna de México transitó por el Congreso, en él dejó huella no sólo por los ilustres personajes que en distintos momentos integraron sus Legislaturas, sino por las grandes decisiones que emanaron del Poder Legislativo, una vez que nuestra nación adoptó el régimen constitucional.

2. El recinto legislativo también ha albergado en sus muros la historia de México a través de las referencias a grandes personajes. Ello explica por qué en los albores de nuestra Independencia, el Soberano Congreso Mexicano declaró, en 1823, "... que jamás ha visto con indiferencia los sacrificios que los buenos patriotas han prestado a la nación en todas épocas para sostener su independencia y libertad". Por ello tuvo a bien decretar Beneméritos de la Patria en grado heroico a Miguel Hidalgo y Costilla, Ignacio Allende, Juan Aldama, Mariano Abasolo, José María Morelos, Mariano Matamoros, Leonardo y Miguel Bravo, Hermenegildo Galeana, José Mariano Jiménez, Francisco Xavier Mina, Pedro Moreno y Víctor Rosales. Además, anunció y ordenó que se inscribieran con letras de oro, en el Salón de las Cortes, los nombres de estos héroes que se sacrificaron por la independencia y libertad nacional.

Desde entonces hasta nuestros días, esa vocación por reconocer y reivindicar en el Muro de Honor del Palacio Legislativo los personajes y grandes momentos de nuestra historia se ha mantenido, aun cuando la visión que sobre ésta se tuvo respondió a una perspectiva particular de los grupos hegemónicos que monopolizaron el poder.

3. De esta manera, hasta la pasada Legislatura, no se acordó la inscripción en letras de oro de 49 nombres de héroes, 7 heroínas, 10 leyendas a grupos determinados y 2 apotegmas. A pesar de su relevancia y de su incuestionable lugar en la historia mexicana, parece no haberse seguido criterios precisos por parte de la Comisión Dictaminadora o del propio Poder Ejecutivo, que por vía de decreto determinó diversas inscripciones.

Así, los nombres de las heroínas de la Independencia, Josefa Ortiz de Domínguez y Leona Vicario se inscribieron hasta 1948, más de un siglo después de haberse inscrito los nombres de los varones que encabezaron ese movimiento. Asimismo, el nombre de Benito Juárez se inscribió un año después de su muerte, en 1873, mientras que los nombres de ilustres revolucionarios como Francisco Villa hasta 1966, y los de Emiliano Zapata y Venustiano Carranza no se inscribieron hasta 1931.

Resalta el caso de Ignacio Zaragoza quien fue declarado Benemérito de la Patria en grado heroico, sólo tres días después de su muerte, y decretada la inscripción de su nombre en letras de oro en el mismo decreto. El caso extremo es Sor Juana Inés de la Cruz, cuyo nombre fue inscrito tres siglos después de su muerte, en 1995, durante la LVI Legislatura.

Por si ello no fuera suficiente, no existe inscrito hasta la fecha ningún nombre de personaje insigne de la Época Prehispánica.

4. Sin embargo, las bases de aquella visión de la historia patria oficial, a partir de las cuales se erigieron héroes, siempre buenos, puros e impolutos y que señalaron villanos siempre malévolos o apátridas, son totalmente anacrónicas y hoy están a discusión, incluso en el Congreso. Algunas características de esa vieja historia oficial fueron adoptadas por los Presidentes de la República y las comisiones encargadas de dictaminar las iniciativas de decreto para inscribir en letras de oro nombres y apotegmas. Estuvo centrada en personas y no en grupos y colectividades; sólo miró la historia de los vencedores, olvidando a los vencidos; se atuvo al ideario político dominante, no a los proyectos subalternos, como si la realidad presente fuera sólo producto de una sola visión y no la conjugación de muchas prácticas y visiones. Se sustentó siempre en el mito de la unidad nacional como expresión monolítica: "El héroe nunca le apostó a la disidencia". Lo pluricultural y multiétnico rara vez encontró expresión; la valorización de la mujer siempre fue secundaria; los valores democráticos sólo fueron considerados en tanto fortalecieron a los regímenes en turno.

Prueba de ello es que treinta años después de que fue presentada la iniciativa de inscribir en letras de oro el nombre de Ricardo Flores Magón, la Comisión Dictaminadora presentó el proyecto de decreto.

Asimismo, a tres años de haberse presentado la iniciativa para inscribir en letras de oro la leyenda: "A los mártires de Tlatelolco de 1968", y a 34 años de la masacre, la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias no ha presentado dictamen.

En estas circunstancias, urge dotar a la Cámara de criterios para resolver este importante asunto.

Por lo antes expuesto y con fundamento en lo dispuesto por el articulo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, el legislador suscrito somete a consideración del Pleno la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Unico. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión acuerda instruir a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para que presente al Pleno, para su aprobación, los criterios para dictaminar la inscripción en letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro, los nombres de personalidades de la historia mexicana, así como de apotegmas y referencias históricas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de octubre de 2002.

Diputados: Luis Miguel Barbosa Huerta (rúbrica), Adela Cerezo Bautista (rúbrica), Jorge Carlos Ramírez Marín (rúbrica).

(Turnada a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. Octubre 10 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL CUAL SE EXHORTA AL PODER EJECUTIVO FEDERAL PARA QUE, EN EL MARCO DE APEC, SE PROMUEVA QUE ESTADOS UNIDOS REDUZCA LOS SUBSIDIOS A SUS PRODUCTOS AGRICOLAS, PRESENTADA POR LA DIPUTADA HEIDI STORSBERG MONTES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

Con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, legisladores de todos los grupos parlamentarios y partidos políticos representados en la LVIII Legislatura someten a la consideración del Pleno la adopción de la siguiente proposición con

Punto de acuerdo por el cual se solicita respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal a que, en el marco de la Reunión de Líderes Económicos del mecanismo de Cooperación Económica Asia-Pacífico, en el cual nuestro país funge como Presidente y anfitrión, se busque, con base en convergencias y puntos de vista compartidos con los países de Asia y de América Latina, un compromiso para promover que Estados Unidos reduzca los subsidios que otorga a sus productos agrícolas.

Exposición de Motivos

La decisión adoptada por el Gobierno de México desde 1998, de asumir la responsabilidad de presidir los trabajos del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico, respondió a la convicción de que el proceso APEC 2002 sería una oportunidad muy valiosa para mostrarnos frente al mundo como una nación del Pacífico dispuesta a alcanzar una mayor integración económica y con ello asegurar la prosperidad, estabilidad y bienestar de los pueblos de la región.

México, sede de la próxima Reunión de Líderes Económicos, que tendrá lugar en Los Cabos el 26 y 27 de octubre, en donde se reunirán Presidentes, ministros de Hacienda, de Relaciones Exteriores, de Economía y de Comercio de las 21 naciones miembros, será punto focal de atención pública mundial. No en vano, APEC 2002 se considera por muchos especialistas uno de los encuentros internacionales más importantes del sexenio del Presidente Vicente Fox.

APEC tiene un peso económico, político, social y cultural trascendental para el mundo. La suma de sus economías representa alrededor de 56% del PIB mundial, 49% de la población y 42% de la superficie terrestre de nuestro planeta. La participación de sus miembros es aún más elevada si tomamos en cuenta que el sector manufacturero de esta región representa alrededor de 58% de esta actividad a nivel mundial.

Este foro de diálogo intergubernamental, en el que participan las economías más importantes y las más dinámicas de la región del Pacífico, sostiene sus actividades sobre los pilares de la liberalización y la facilitación del comercio y las inversiones, así como la cooperación económica y técnica.

Desde su adhesión, México ha tenido una participación especialmente activa en APEC y sumamente comprometida con las labores que favorecen las relaciones económicas justas, las prácticas leales de comercio y el crecimiento y el desarrollo sostenido con base en el sistema de comercio multilateral abierto, mismo que rechaza el comercio restrictivo y proteccionista entre sus miembros. Esta posición nos ha brindado la oportunidad de promover y defender nuestros intereses con el sector privado, gubernamental y académico de APEC y fortalecer nuestras relaciones económicas y comerciales con las economías asiáticas conforme a un diálogo institucionalizado.

Este instrumento de cooperación multilateral y mecanismo de concertación, que tiene a bien generar las oportunidades para el desarrollo, debe también concentrar su atención en detectar oportunamente aquellas políticas o prácticas de países miembros que están afectando y condicionado negativamente el desarrollo de la región. Es por tal razón y en tal ocasión que México debe mostrar su insatisfacción por la decisión de Estados Unidos de incrementar en últimas fechas sus subsidios agrícolas, decisión que pone en entredicho el compromiso de la economía más grande del mundo con el libre comercio a nivel hemisférico y mundial.

El proyecto de ley agrícola conocido como "Farm Bill", que otorgará 180,000 millones de dólares para apoyar a agricultores y ganaderos estadounidenses, en un periodo de 10 años, es una medida que no sólo resulta atentatoria contra el mismo espíritu de la cooperación internacional y con los principios que pregona el regionalismo abierto que distingue a APEC, sino cuestiona los acuerdos alcanzados en la Cuarta Reunión Ministerial de Doha, Qatar, para eliminar los subsidios agrícolas y pone en peligro el éxito de la próxima Reunión Ministerial de la Organización Mundial de Comercio (OMC), por celebrarse el próximo septiembre de 2003, en Cancún.

Una de las formas más adecuadas para convertirnos en un país protagónico dentro de la escena latinoamericana y para influenciar positivamente en el destino de nuestros pueblos es justamente llevando nuestras más serias peticiones y demandas al debate público internacional, a los foros económicos y políticos más relevantes del orbe y a los instrumentos de cooperación multilateral que sostenemos con regiones cruciales para México. El desarrollo, aspiración y asignatura pendiente en la mayoría de nuestros países, mismo que difícilmente se consigue sin la interrelación de otros países, nos impone la obligación de llevar a la mesa de discusión el tema de los subsidios agrícolas de los países avanzados, contra los que difícilmente pueden competir las economías en desarrollo.

Resulta esencial detonar el liderazgo político mexicano para impedir que se reduzca la competitividad de las exportaciones agrícolas de los países del hemisferio, se siga estrechando nuestro horizonte generador de divisas y se retrase la fase de precios internacionales bajos que vive el sector primario o agrícola en el mundo. La dependencia que generan determinadas economías latinoamericanas por concepto de exportaciones de productos agrícolas es verdaderamente preocupante. Según la Organización Mundial de Comercio, de las exportaciones totales de mercancías, la parte que correspondió a los productos agrícolas en el 2000 para Paraguay fue de 82%, Uruguay 60.1%, Argentina 51.3%, Ecuador 40.2%, Chile 35.2%, Perú 26.8% y países de Centroamérica: Nicaragua 87.5%, Belice 86.1% y Guatemala 61.2%, entre otros.

Es precisamente México, en calidad de Presidente de la Reunión de Líderes Económicos, instancia política superior de APEC, y conforme al tema propuesto por nuestro país para orientar las labores de APEC durante 2002, "La ampliación de los beneficios de la cooperación para el crecimiento y desarrollo económicos, realizando la visión", donde se debe hacer un llamado a Estados Unidos para que se involucre de manera más intensa y activa en la promoción del desarrollo económico mundial, convirtiéndose en un actor que contribuya justamente a combatir las verdaderas raíces que estimulan y propagan el terrorismo internacional, tales como la miseria, marginación, desigualdad, pobreza extrema e injusticia social.

Es menester que, como legisladores, exhortemos al Poder Ejecutivo federal a no priorizar una agenda de APEC sesgada al tema de la seguridad y del terrorismo internacional, sino colocar el tema del desarrollo en un orden de primera importancia. Es en este sentido que el Poder Ejecutivo federal, responsable de dirigir la política exterior de México y las negociaciones económicas y comerciales internacionales, promueva un diálogo abierto y franco entre las naciones integrantes de APEC, a propósito de propiciar mejores condiciones para fomentar el desarrollo en la región.

En esta oportunidad, debemos examinar la posibilidad no sólo de conformar una alianza tripartita con Chile y Perú y con demás países de Asia para pronunciarnos en contra de la medida que Estados Unidos adoptó a contrapelo de la comunidad internacional, sino de evaluar la viabilidad en esta misma reunión, de llevar el tema a las instancias respectivas en el seno de la Organización Mundial de Comercio (OMC).

Que por las razones expuestas con anterioridad, se presenta la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Unico. Solicitar respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal a que, en el marco de la Reunión de Líderes Económicos del mecanismo de Cooperación Económica Asia-Pacífico, del cual nuestro país funge como Presidente y anfitrión, se busque, con base en convergencias y puntos de vista compartidos con los países de Asia y de América Latina, un compromiso para promover que Estados Unidos reduzca los subsidios que otorga a sus productos agrícolas.

Palacio Legislativo, a los 10 días de octubre de 2002.

Diputados: Heidi Storsberg Montes, Norma Patricia Riojas Santana, Bertha Alicia Simental García, José Antonio Calderón Cardoso, Beatriz Patricia Lorenzo Juárez, José Manuel del Río Virgen, Jaime Rodríguez López, Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, Eddie James Varón Levy, Sergio Acosta Salazar, César Horacio Duarte Jáquez, Santiago Guerrero Gutiérrez, Rubén García Farías, Rubén Aguirre Ponce, Alfonso Oliverio Elías Cardona, J. Jesús Dueñas Llerenas, José Alfredo Botello Montes, Carlos Alberto Valenzuela Cabrales, José Rodolfo Escudero Barrera, María Teresa Campoy Ruy Sánchez, Sara Guadalupe Figueroa Canedo, Julieta Prieto Fuhrken, Juan Carlos Regis Adame (rúbricas).

(Turnado a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial. Octubre 10 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL CUAL SE EXHORTA AL CONGRESO ESTADOUNIDENSE A RATIFICAR EL PROTOCOLO DE KYOTO, PRESENTADA POR EL DIPUTADO DIEGO COBO TERRAZAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PVEM, EN LA SESION DEL JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2002

Bernardo de la Garza Herrera, Francisco Agundis Arias, José Antonio Arévalo González, Esveida Bravo Martínez, María Teresa Campoy Ruy Sánchez, Olga Patricia Chozas y Chozas, Diego Cobo Terrazas, Arturo Escobar y Vega, José Rodolfo Escudero Barrera, Sara Guadalupe Figueroa Canedo, Nicasia García Domínguez, Alejandro Rafael García Sainz Arena, Juan Ignacio García Zalvidea, María Cristina Moctezuma Lule, Julieta Prieto Fuhrken, Concepción Salazar González, Erika Elizabeth Spezia Maldonado, diputados de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurrimos a solicitar se turne a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados en la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión el siguiente punto de acuerdo por el cual se exhorta al Congreso de los Estados Unidos de América a ratificar el Protocolo de Kyoto;

Acuerdo, de conformidad con los siguientes

I. Antecedentes

1. En 1992 el entonces Presidente de los Estados Unidos de América George H. W. Bush firmó la Convención de Cambio Climático, integrándose al Grupo de Trabajo sobre Cambio Climático de las Naciones Unidas, invitando a otras naciones a participar activamente en la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

2. En 1997 se firmó el Protocolo Sobre Cambio Climático, en la reunión celebrada del 1 al 10 de diciembre del mismo año en la ciudad de Kyoto, Japón, cuya finalidad es promover mecanismos internacionales para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.

3. En la reunión de la Unión Parlamentaria Internacional celebrada en Johannesburgo, Sudáfrica, dentro del marco de la Cumbre Mundial para el Desarrollo Sostenible organizada por al ONU en agosto del 2002, se hizo una declaración parlamentaria donde se instó a las partes adherentes para que ratificaran los protocolos que en materia ambiental ha promovido la Organización de las Naciones Unidas, en particular el Protocolo de Kyoto.

4. El Departamento de Estado de los Estados Unidos de América presentó el Reporte de Acción Climática 2002 donde se detallan los efectos que generará el calentamiento global para esa nación, sin embargo no ofrece un plan de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

5. Para el año 2002, el Gobierno de los Estados Unidos de América no ha ratificado el Protocolo de Kyoto, a pesar de que reconoce que el calentamiento global es un cambio climático real y el actual Presidente ha manifestado públicamente su intención de no ratificar dicho acuerdo internacional por considerar que afecta a la economía de aquella nación.

Los integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, a partir de estos antecedentes, exponemos las siguientes

II. Consideraciones

1. El calentamiento global es el resultado de las actividades humanas al liberar gases de efecto invernadero como el dióxido de carbono, el metano y los clorofluorocarbonos, con graves impactos para el medio ambiente, la economía y la salud mundial.

2. Los posibles impactos generados por este fenómeno meteorológico antropogénico serán, según lo expresa el propio estudio realizado por el Departamento de Estado de los Estados Unidos de América, los siguientes:

- Un incremento en la intensidad de los huracanes lo que resultará en una completa devastación de las comunidades costeras de Florida y Louisiana (situación que evidentemente afectará por la proximidad del territorio a las costas mexicanas del golfo de México).

- El nivel del agua del mar se incrementará, con lo que se inundarán las partes bajas de la costa del golfo de México y con ello habrá una mayor intrusión de agua de mar en los mantos freáticos que abastecen a los estados costeros del golfo, con sus repercusiones para la economía y abastecimiento de agua a la población. (Lo mismo ocurrirá en los estados costeros del golfo, mar Caribe y Pacífico mexicanos).

- Las comunidades que se encuentren cercanas a la costa, verán modificado su entorno natural de selvas bajas caducifolias a pastos altos.

- La industria agrícola verá mermada su producción como resultado de la disminución en las precipitaciones de verano.

- En la región del suroeste americano (noroeste mexicano) aparecerán modificaciones en las distribuciones e intensidad de las lluvias lo que modificará drásticamente la vegetación.

- Dicha modificación en la vegetación generará un incremento en la biomasa disponible para los meses de estiaje lo que favorecerá los incendios forestales en la región.

3. Los resultados del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas para la Convención de Cambio Climático demuestran los efectos regionales que tendrá el calentamiento global, que para América Latina serán los siguientes: - En la región de Centroamérica (que incluye el sureste mexicano), los niveles del mar se elevarán, afectando la infraestructura, la agricultura y los recursos naturales a lo largo de las costas.

- La población de América Latina se verá afectada por un incremento en la desnutrición relacionada con los efectos del cambio climático sobre la producción agropecuaria en la región y además sufrirá un incremento en la presencia de enfermedades transmitidas por vector como la malaria, resultado de los cambios favorables para la sobrevida y reproducción de dichos vectores.

- La biodiversidad de los ecosistemas latinoamericanos se verá afectada por cambios mínimos en la temperatura, lo que puede condicionar su subsistencia y con ello el equilibrio ecológico de la región.

4. Los modelos científicos nacionales e internacionales coinciden en que México es uno de los países más vulnerables a los efectos provocados por el cambio climático, dada su situación geográfica.

5. Los últimos acontecimientos meteorológicos que han afectado a la República Mexicana comprueban en la práctica las predicciones científicas sobre el cambio climático. Prueba de ello es la intensificación en la fuerza y frecuencia de huracanes como fue el caso de Isidore, que devastó amplias porciones de Yucatán y Campeche; la proliferación de enfermedades asociadas a las condiciones climático-ambientales como el dengue en su versión hemorrágica, así como la llegada de nuevas enfermedades como la producida por el virus del Nilo transmitida por vectores, y por si fuera poco el norte del país vive una prolongada sequía de 11 años, que ha mermado las reservas de agua en las presas ubicándolas por debajo de 20% de su capacidad de almacenamiento. Estos sucesos son prueba fehaciente de que el cambio climático sí genera los daños a que se refieren los distintos grupos científicos estudiosos del fenómeno.

6. Los Estados Unidos de América es el principal productor de gases de efecto invernadero a nivel mundial, con una cantidad de 1,526.12 millones de toneladas métricas equivalentes de carbón a la atmósfera por año, o sea una cuarta parte de la generación total mundial de dichas emisiones.

7. Los Estados Unidos de América, con una población de 288,212,300 habitantes, genera el equivalente a 10 veces las emisiones totales de gases efecto invernadero de los países en vías de desarrollo por millón de habitantes.

8. Con relación a México, que produce por millón de habitantes 0.49 millones de toneladas métricas equivalentes de carbón, los Estados Unidos de América produce 10.8 veces la cantidad generada por millón de habitantes en nuestro país, situación por demás alarmante si consideramos que somos socios comerciales vecinos y países amigos que veremos afectados nuestros intereses comerciales, sanitarios, alimenticios y ecológicos de no controlar dicha emisión de contaminantes a la atmósfera.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, los diputados del Partido Verde Ecologista de México proponemos el siguiente:

Punto de Acuerdo

Unico. Se hace un respetuoso exhorto al Congreso de los Estados Unidos de América para que ratifique el Protocolo de Kyoto Sobre Cambio Climático en los términos que establece el mismo, y contribuya así al desarrollo sustentable de la región norteamericana.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 10 días del mes de octubre de 2002.

Diputados: Bernardo de la Garza Herrera, Francisco Agundis Arias, José Antonio Arévalo González, Esveida Bravo Martínez (rúbrica), María Teresa Campoy Ruy Sánchez (rúbrica), Olga Patricia Chozas y Chozas, Diego Cobo Terrazas (rúbrica), Arturo Escobar y Vega, José Rodolfo Escudero Barrera (rúbrica), Sara Guadalupe Figueroa Canedo (rúbrica), Nicasia García Domínguez (rúbrica), Alejandro Rafael García Sainz Arena, Erika Elizabeth Spezia Maldonado, María Cristina Moctezuma Lule, Julieta Prieto Fuhrken (rúbrica), Concepción Salazar González (rúbrica), Jesús Garibay (rúbrica).

(Turnada a la Comisión de Relaciones Exteriores. Octubre 10 de 2002.)
 
 












Convocatorias
DE LA COMISION DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

A la reunión de trabajo de su Mesa Directiva, el martes 15 de octubre, a las 8:30 horas, en la sala de juntas de la Comisión (edificio F, tercer nivel).

Atentamente
Dip. Diego Cobo Terrazas
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE ASUNTOS INDIGENAS

A su reunión plenaria, el martes 15 de octubre, a las 10 horas, en los salones C y D del restaurante Los Cristales, para la instalación de la Conferencia Parlamentaria de las Comisiones de Asuntos Indígenas del Senado de la República y de la Cámara de Diputados, para el análisis del proceso de reformas al Instituto Nacional Indigenista.

Atentamente
Dip. Héctor Sánchez López
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE JUVENTUD Y DEPORTE

Al homenaje y entrega del reconocimiento a la atleta Ana Gabriela Guevara Espinoza, que se llevará a cabo el martes 15 de octubre, a las 13 horas, en el salón Legisladores de la República.

Atentamente
Dip. Olga Patricia Chozas y Chozas
Presidenta
 
 
 

DE LA COMISION DE ATENCION A GRUPOS VULNERABLES

A la reunión de la Subcomisión de Niñas, Niños y Adolescentes, que se efectuará el martes 15 de octubre, a las 15 horas, en el salón A del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y comprobación de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Intervención de la diputada Elba Arrieta Pérez, coordinadora de la Subcomisión, para referirse a los avances y pendientes del programa de trabajo de la Subcomisión.
4. Intervenciones de las y los diputados integrantes de la Subcomisión sobre asuntos que estimen pertinentes.
5. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Elba Arrieta Pérez
Coordinadora de la Subcomisión
 
 
 

DE LA COMISION DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

A su reunión plenaria, que se llevará a cabo el miércoles 16 de octubre, a las 8:30 horas, en el salón D del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. Diego Cobo Terrazas
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE DESARROLLO SOCIAL

A la reunión de trabajo con su Subcomisión de Análisis Legislativo, la cual se llevará a cabo el miércoles 16 de octubre, a las 11 horas, en las instalaciones de la Comisión (edificio D, segundo nivel).

Atentamente
Dip. Francisco Javier Cantú Torres
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE VIVIENDA

A la reunión de su Mesa Directiva, el miércoles 16 de octubre, a las 14:30 horas, en las oficinas de la Comisión.

Atentamente
Dip. José Marcos Aguilar Moreno
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE SALUD

A la reunión de trabajo en Comisiones Unidas de Salud, de Agricultura y Ganadería, y Especial Sur Sureste con los industriales de la leche y funcionarios federales, que se realizará el miércoles 16 de octubre, a las 17 horas, en la zona C del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. María Eugenia Galván Antillón
Presidenta
 
 
 

DE LA COMISION DE PUNTOS CONSTITUCIONALES

A su reunión de trabajo, el jueves 17 de octubre, a las 11:30 horas, en la zona C del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Discusión y, en su caso, aprobación del dictamen con proyecto de decreto que adciona una fracción XXIX-K al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
4. Discusión y, en su caso, aprobación del dictamen con proyecto de decreto que reforma el párrafo primero y el inciso b) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
5. Discusión y, en su caso, aprobación del dictamen con proyecto de decreto que reforma el párrafo primero del artículo 63 y la fracción IV del artículo 77 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
6. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Salvador Rocha Díaz
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE FOMENTO COOPERATIVO Y ECONOMIA SOCIAL

A los Foros de Consulta Cooperativa, como parte del desarrollo del proceso de formulación de políticas públicas para el fortalecimiento cooperativo que han construido y proyectado en conjunto la Comisión de Fomento Económico del Senado de la República, la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social de la Cámara de Diputados, el Fondo Nacional de Apoyo a Empresas Sociales (Fonaes) y Conrad-Adenauer-Stiftung.

Lugar y Fecha

Quinto foro. Acapulco, Guerrero: Centro Cultural y de Convenciones de Acapulco, avenida Costera Miguel Alemán 4455, colonia Costa Azul, CP 39850. 18 de octubre.
 
 
 

DE LA COMISION ESPECIAL DE GANADERIA

A su reunión de trabajo, el miércoles 23 de octubre, a las 10 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Lista de asistencia.
2. Lectura del acta de la sesión anterior.
3. Presentación de invitados.
4. Discusión del tema Análisis de los apoyos a la ganadería para el 2003.
5. Comentarios.
6. Clausura.

Atentamente
Dip. Arturo B. de la Garza Tijerina
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

A su sesión ordinaria de trabajo, que se efectuará el jueves 24 de octubre, a las 9 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. José Ramírez Gamero
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION BICAMARAL DEL SISTEMA DE BIBLIOTECAS

A la reunión de trabajo con su Consejo Consultivo, la cual se llevará a cabo el martes 29 de octubre, a las 10:15 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. Juan Alcocer Flores
Presidente