Gaceta Parlamentaria, año VI, número 1141, viernes 29 de noviembre de 2002

Programa Económico para el año 2003:     Criterios Generales de Política Económica,
Ley de Ingresos, Presupuesto de Egresos, Miscelánea fiscal y Ley Federal de Derechos

Anexo I     Iniciativas del C. Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos


Acuerdos Comunicaciones Iniciativas Excitativas Proposiciones Convocatorias Aviso
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Acuerdos

DE LA JUNTA DE COORDINACION POLITICA, A EFECTO DE EXHORTAR AL EJECUTIVO FEDERAL, PARA QUE DECLARE ZONA DE DESASTRE A LOS MUNICIPIOS DE TALPA DE ALLENDE, MASCOTA Y SAN SEBASTIAN DEL OESTE DEL ESTADO DE JALISCO, QUE FUERON SEVERAMENTE AFECTADOS EN SUS CULTIVOS AGRICOLAS POR EFECTOS DEL HURACAN KENNA

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política a efecto de exhortar al Ejecutivo Federal, para que declare zona de desastre a los municipios de Talpa de Allende, Mascota y San Sebastián del Oeste del estado de Jalisco, que fueron severamente afectados en sus cultivos agrícolas por efectos del huracán Kenna.

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, numeral 1, inciso b, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de los siguientes:

Considerandos

I. Que la Junta de Coordinación Política, en términos del artículo 34, numeral 1, inciso b, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, está facultada para presentar a la consideración del Pleno proyectos de puntos de acuerdo.

II. Que en reunión de la Junta de Coordinación Política celebrada el 25 de noviembre de 2002, se abordó el proyecto de proposición con punto de acuerdo del diputado Salvador Cosío Gaona y diversos legisladores, relativo a exhortar al Ejecutivo federal, para que declare zona de desastre a los municipios de Talpa de Allende, Mascota y San Sebastián del Oeste del estado de Jalisco, que fueron severamente afectados en sus cultivos agrícolas por efectos del huracán Kenna, misma que se consideró oportuno fuera presentada por la propia Junta a la consideración del Pleno.

Expuestos los considerandos anteriores, se adopta el siguiente

Acuerdo

Unico. Se exhorta al Poder Ejecutivo federal, para que declare zona de desastre a los municipios de: Mascota, Talpa de Allende y San Sebastián del Oeste, del estado de Jalisco, que sufrieron la pérdida total de los cultivos agrícolas en una superficie aproximada de 14 mil hectáreas por efectos directos del huracán Kenna, y que no obstante fue solicitado así en el punto de acuerdo de fecha 29 de octubre pasado que aprobó por unanimidad la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, han sido excluidos de la declaratoria oficial publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 1o. del mes y año en curso, y así, se otorgue de inmediato el acceso a los fondos federales de apoyo correspondiente y puedan ser resarcidos en sus cuantiosas pérdidas agrícolas, reactivando así la economía de dichas poblaciones.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de noviembre de 2002.

Dip. Martí Batres Guadarrama (rúbrica)
Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD

Dip. Rafael Rodríguez Barrera (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI

Dip. Felipe Calderón Hinojosa (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN

Dip. Bernardo de la Garza Herrera (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM

Dip. Alberto Anaya Gutiérrez (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del PT

(Aprobado en votación económica. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

DE LA JUNTA DE COORDINACION POLITICA, EN RELACION CON LOS DAÑOS OCASIONADOS POR EL HURACAN KENNA EN EL SECTOR PESQUERO DE LOS ESTADOS DE NAYARIT Y JALISCO

CC. Secretarios de la Mesa Directiva
H. Cámara de Diputados
Presentes

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, numeral 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de los siguientes

Considerandos

I. Que la Junta de Coordinación Política, en términos del artículo 34, numeral 1, inciso b, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, está facultada para presentar a la consideración del pleno proyectos de puntos de acuerdo.

II. Que en reunión de la Junta de Coordinación Política celebrada el 25 de noviembre de 2002, se abordó el proyecto de proposición con punto de acuerdo del diputado José Manuel Quintanilla Rentería, relativo a los acontecimientos suscitados con motivo del huracán Kenna y sus consecuencias al sector pesquero, misma que se consideró oportuno fuera presentada por la propia Junta a la consideración del Pleno.

Expuestos los considerandos anteriores, se adopta el siguiente

Acuerdo

Primero. Que se solicite al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, instruya al Comisionado Nacional de Acuacultura y Pesca para que en compañía de una delegación de diputados integrantes de la Comisión de Pesca de esta Cámara de Diputados, realicen una gira de trabajo para cuantificar los daños que sufrió el sector pesquero en las zonas afectadas de los estados de Nayarit y Jalisco.

Segundo. Que se solicite al Gobierno Federal, destine recursos de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, del Fondo Nacional de Desastres Naturales, del Programa de Empleo Temporal, del Programa de Becas y demás beneficios extraordinarios que se puedan otorgar, a los pescadores afectados por el paso del huracán Kenna en Nayarit y Jalisco, con objeto de que se pueda superar la circunstancia de emergencia y recuperar sus medios de trabajo.

Tercero. Que estos recursos se apliquen en coordinación con los ayuntamientos, delegaciones estatales de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y las autoridades pesqueras de los gobiernos de esos estados.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de noviembre de 2002.

Dip. Martí Batres Guadarrama (rúbrica)
Presidente de la Junta de Coordinación Política y Coordinador del Grupo Parlamentario del PRD

Dip. Rafael Rodríguez Barrera (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI

Dip. Felipe Calderón Hinojosa (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN

Dip. Bernardo de la Garza Herrera (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM

Dip. Alberto Anaya Gutiérrez (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del PT

(Aprobado en votación económica. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

DE LA MESA DIRECTIVA DE LA CAMARA DE DIPUTADOS, RELATIVO AL TRAMITE DE LAS PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO PRESENTADAS EN LA H. CAMARA DE DIPUTADOS

Acuerdo de la Mesa Directiva, relativo al trámite de las proposiciones con punto de acuerdo presentadas en la H. Cámara de Diputados.

La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de los siguientes:

Considerandos

I. Que en términos del artículo 21, numeral 2, inciso a), de la Ley Orgánica, la Mesa Directiva debe asegurar el adecuado desarrollo de las sesiones del Pleno de la Cámara.

II. Que en términos del artículo 21, numeral 2, inciso c), de la Ley Orgánica, la Mesa Directiva debe formular y cumplir el orden del día para las sesiones.

III. Que en los órdenes del día de las sesiones del Pleno de la Cámara de Diputados, los grupos parlamentarios y legisladores han inscrito diversas proposiciones con punto de acuerdo que son de su interés.

IV. Que debido al trabajo legislativo que se desarrolla en el Pleno, se hace necesario establecer un mecanismo para dar curso reglamentario de forma eficaz a las proposiciones con punto de acuerdo presentadas por los legisladores.

V. Que en términos del artículo 23, numeral 1, inciso f), de la Ley Orgánica, la Presidencia de la Mesa Directiva tiene como atribución dar curso a los asuntos y negocios en términos de la normatividad aplicable y determinar los trámites que deban recaer sobre las cuestiones con que se dé cuenta a la Cámara.

Expuestos los considerandos anteriores, se adopta el siguiente:

Acuerdo

Unico. La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, en consulta con el diputado o diputados proponentes, podrá remitir de forma expedita a las comisiones conducentes, aquellas proposiciones con punto de acuerdo que sean remitidas al órgano directivo, dando cuenta del turno en las sesiones correspondientes. Se hará la respectiva publicación en la Gaceta Parlamentaria.

Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 28 de noviembre del 2002.

Dip. Beatriz Paredes Rangel (rúbrica)
Presidenta

Dip. Erick Eber Villanueva Mukul (rúbrica)
Vicepresidente de la Mesa Directiva

Dip. María Elena Alvarez Bernal (rúbrica)
Vicepresidenta de la Mesa Directiva

Dip. Jaime Vázquez Castillo (rúbrica)
Vicepresidente de la Mesa Directiva

Dip. Adela Cerezo Bautista (rúbrica)
Secretaria de la Mesa Directiva

Dip. Rodolfo Dorador Pérez Gavilán (rúbrica)
Secretario de la Mesa Directiva

Dip. Adrián Rivera Pérez
Secretario de la Mesa Directiva

(Aprobado en votación económica. Noviembre 28 de 2002.)
 
 













Comunicaciones
DE LA JUNTA DE COORDINACION POLITICA

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de noviembre de 2002

Dip. Beatriz Elena Paredes Rangel
Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Presente

Con fundamento en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito informarle los siguientes cambios en comisiones del grupo parlamentario del PRD:

1. El diputado Bonifacio Castillo Cruz sale de la Comisión de Comunicaciones y entra en su lugar el diputado Humberto Mayans Canabal.

2. El diputado Bonifacio Castillo Cruz se incorpora a la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social.
3. El diputado Humberto Mayans Canabal sale de la Comisión de Ciencia y Tecnología.

Lo anterior para los efectos correspondientes.

Reciba un cordial saludo.

Atentamente
Diputado Martí Batres Guadarrama (rúbrica)
Presidente

(De enterado. Noviembre 28 de 2002.)
 
 

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de noviembre de 2002

Dip. Beatriz Elena Paredes Rangel
Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Presente

Con fundamento en el artículo 34, numeral 1, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y a solicitud del diputado Cuauhtémoc Cardona Benavides, subcoordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, me permito solicitar a usted, la modificación en la integración de las siguientes Comisiones:

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
Dip. Martí Batres Guadarrama (rúbrica)
Presidente

(De enterado. Noviembre 28 de 2002.)
 
 

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de noviembre de 2002

Dip. Beatriz Elena Paredes Rangel
Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Presente

Con fundamento en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito informarle los siguientes cambios en comisiones del grupo parlamentario del PRD:

1. El diputado Emilio Ulloa Pérez sale de la Comisión de Hacienda y Crédito Público y entra en su lugar la diputada Miroslava García Suárez. Lo anterior para los efectos correspondientes.

Reciba un cordial saludo.

Atentamente
Diputado Martí Batres Guadarrama (rúbrica)
Presidente

(De enterado. Noviembre 28 de 2002.)
 
 















Iniciativas

QUE ADICIONA UN CAPITULO IX AL TITULO DECIMO TERCERO DEL LIBRO SEGUNDO DEL CODIGO PENAL FEDERAL, PARA SANCIONAR CONDUCTAS INDEBIDAS CONTRA LOS SISTEMAS DE RESPUESTA A LLAMADAS TELEFONICAS DE URGENCIA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO OMAR FAYAD MENESES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

El suscrito diputado federal, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que me otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de este honorable Pleno la presente

Iniciativa de decreto por el que se adiciona un Capítulo IX al Título Décimo Tercero del Libro Segundo del Código Penal Federal, para sancionar conductas indebidas en contra de los sistemas de respuesta a llamadas telefónicas de emergencia, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Un elemento de gran impacto en la percepción de la calidad de vida que disfruta un pueblo es la confianza que éste tiene en la rapidez y oportunidad con que el gobierno atiende sus solicitudes de auxilio en casos de urgencias personales.

La rapidez con que se materializa la presencia de las instituciones públicas encargadas de prestar ayuda al ciudadano que ha sido víctima de la criminalidad, de la enfermedad o de diversos siniestros es la expresión más convincente de la eficacia con que opera el gobierno.

En la medida en que los ciudadanos tengan la convicción de que, ante hechos delictivos que afecten directamente a sus familias o su patrimonio, las instancias de seguridad pública actuarán con rapidez y eficiencia en su beneficio, la sociedad gozará de mayor tranquilidad y valorará en mayor grado la calidad de vida de que disfruta.

Por esta razón, los gobiernos que anteponen a los valores materiales la tranquilidad y la serenidad de la vida familiar han desarrollado los medios para garantizar un acceso rápido al ciudadano afectado por una tragedia personal a la función gubernamental de la seguridad pública.

En nuestro país, desde 1994, proporcionar seguridad pública es una función concurrente entre la Federación, las entidades federativas y los municipios, en el ámbito del Sistema Nacional de Seguridad Pública, teniendo como instancia superior de coordinación entre los tres niveles de gobierno el Consejo Nacional de Seguridad Pública.

La Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública dispone en su artículo 48 que el Consejo Nacional promoverá que la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios establezcan un servicio de comunicación que reciba los reportes de la comunidad sobre las urgencias, faltas y delitos de que tenga conocimiento. Servicio que tendrá comunicación directa con las instituciones de seguridad pública, salud, protección civil y las demás de asistencia pública y privadas.

Bajo este esquema, en 1999 el Consejo Nacional de Seguridad Pública impulsó el despliegue de una red nacional de telecomunicaciones para lograr la articulación de las acciones y procesos de operación de las diversas autoridades del Sistema Nacional.

Se crearon entonces los centros de Control, Comando, Comunicaciones y Cómputo, conocidos como C4, en todas las entidades federativas, con la infraestructura de telecomunicaciones necesaria para el intercambio de información entre los gobiernos federal, de las entidades federativas y de los municipios y sus respectivos sistemas de seguridad pública y procuración de justicia. Para su construcción y operación, fueron puestos en marcha esquemas de inversión y financiamiento conjunto entre la Federación y las entidades federativas.

Los centros de Control, Comando, Comunicaciones y Cómputo de todo el país convergen en el Centro Nacional de Información y Telecomunicaciones, el cual da cabida a la red de interconexión de redes integrales para la seguridad y al Sistema Nacional de Información, permitiendo el intercambio de la información de la base de datos de manera segura y confiable y el respaldo de la operación de los C4 estatales en caso de contingencias.

El Consejo Nacional de Seguridad Pública creó además el Servicio Telefónico Nacional de Emergencia 066, que se presta a través del C4 nacional, utilizando la más alta tecnología para la interconexión y operación real de todos los sistemas, bases de datos y redes de las instancias de seguridad pública en todo el país, dando cumplimiento a lo previsto por la ley en este rubro.

A esta red de comunicación se han ido sumando los centros de Control, Comando, Comunicaciones y Cómputo de las entidades federativas para prestar este importante servicio a través de sus redes locales de telecomunicaciones, aunque en algunas ocasiones existan variaciones en los tres dígitos que se usan para identificarlo.

Así, dentro de la diversidad de medios útiles para dar ayuda a los ciudadanos en situaciones de urgencia, la tecnología de estos sistemas telefónicos de respuesta ha sobresalido por su amplia disponibilidad y su facilidad de operación y accesibilidad desde cualquier parte del país.

El Sistema Telefónico Nacional de Emergencia es resultado de un esfuerzo tecnológico relevante y vanguardista, que aprovecha la integridad de la red nacional de telecomunicaciones en materia de seguridad pública, permitiendo que la comunidad reporte urgencias, faltas y delitos de manera directa a las instituciones de seguridad pública, salud y protección civil; y que las instancias encargadas de atenderlas lo hagan de manera rápida y efectiva.

El servicio de llamadas de urgencia a través del número 066 es un punto medular del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que permite la comunicación directa con las instituciones, garantizando una más rápida respuesta a la demanda de auxilio social.

Tener acceso a este servicio puede llegar a ser vital en muchas ocasiones. Los problemas sociales que enfrenta nuestro país, como la delincuencia, la violencia, el maltrato de menores y las urgencias causadas por desastres naturales, por accidentes o por la negligencia o descuido humanos, hacen imperativo que los mexicanos contemos con este número "universal" al cual podamos llamar en cualquier momento para solicitar servicios de urgencia.

Para responder de manera rápida y efectiva a cada reporte, se desplazan numerosos recursos humanos y materiales, y son empleados cuantiosos recursos presupuestarios en la operación de ellos mismos. Pero el mecanismo de respuesta efectiva a las solicitudes de ayuda no reside solamente en la tecnología empleada para generarla; en gran medida, el éxito de esta respuesta se encuentra en las capacidades y actitudes de quienes laboran en las dependencias públicas para atender las urgencias.

Por ello, un esfuerzo humano y tecnológico de estas características debe contar con el apoyo de todas las autoridades y sectores de la sociedad.

No obstante esto, hasta ahora la experiencia demuestra que estamos muy lejos de alcanzar un manejo adecuado y responsable de este tipo de servicios. Los actos de los menores de edad, jóvenes y adultos haciendo llamadas para dar alarmas o avisos falsos y reportar información también falsa bloquean y desvían el desenvolvimiento eficiente de las dependencias en todo el país.

Desde la aparición, en años recientes, del sistema 066, se ha venido originando un fenómeno cada vez más preocupante: en todos los sistemas telefónicos de respuesta a urgencias del país se reciben diariamente cientos de llamadas en que se dan reportes falsos sobre supuestas urgencias.

Las estadísticas al respecto son contundentes. Por ejemplo, conforme a datos de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, la central de urgencias de la policía capitalina recibe al día 6 mil llamadas. De ellas, 60% es realizado por niños y adolescentes que juegan o personas que insultan a la policía; y otras más corresponden a personas que marcan de manera equivocada. De la cifra total diaria, sólo unas mil 600 llamadas son de las que, efectivamente, requieren auxilio y necesitan movilización de personal; de éstas, sólo unas mil 200 se concretan y en el servicio para atenderlas participan los cuerpos policiacos o de urgencias, pero las otras 400 resultan falsas.

Por su parte, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal informó que el servicio telefónico denominado 061 recibió, del 1 al 31 de julio de 2002, 28,378 llamadas, de las cuales 26,227 fueron bromas, insultos, no contestan, número equivocado o felicitaciones y 179 fueron llamadas falsas, dando un total de 26,406 llamadas, lo que deja sólo 1,972 llamadas de urgencia.

La misma Procuraduría señala que este servicio recibe al día en promedio 1,000 llamadas, de las cuales 900 son falsas o son bromas, lo que deja la preocupante cifra de sólo 10% de llamadas que realmente necesitan el servicio.

En Guadalajara, Jalisco, la Secretaría de Seguridad Pública reporta que se recibe un promedio diario de 9,356 llamadas al sistema de apoyo telefónico 080. De ellas, 6,238 (es decir, 67%) son falsas. Por otra parte, del total de las 6,238 llamadas falsas, poco más de 3 mil, es decir, 47%, son realizadas por niños, y otro 33% corresponde a llamadas en que no dicen nada y cuelgan.

En la región del istmo de Oaxaca se reciben diariamente alrededor de 500 llamadas al número de atención 066, de las cuales 450 resultan falsas alarmas, provocando la movilización innecesaria de las corporaciones de auxilio.

Por su parte, el C4 de Campeche recibió 20 mil 700 llamadas de diciembre de 2001 a mayo del presente año, de las que aproximadamente 16 mil han sido falsas. De los 4 mil casos que han sido efectivos, la mayoría han correspondido a sucesos de incendios en terrenos baldíos.

También, el C4 del estado de Hidalgo reporta que en 10 meses de operación se han recibido 184,587 llamadas, de las cuales 156,055 son bromas, insultos o informes. De esta cifra, las bromas representan 85.98%; es decir, 134,183 llamadas; los insultos representan 3.22%, 5,027 llamadas; y los informes son 10.79%, es decir, 16,845 llamadas. Las llamadas reales atendidas, informa Hidalgo, sólo han sido 14,078. Las otras 14,454 llamadas para dar el total son de llamadas reiterativas sobre las llamadas reales.

Cifras similares a éstas se repiten como patrón en todas las ciudades y municipios del país que cuentan con números telefónicos para solicitar la intervención de las autoridades de seguridad pública en beneficio de la ciudadanía.

Sin duda, tan altos porcentajes de llamadas falsas representan un significativo gasto de recursos materiales, financieros y humanos de manera inútil. La movilización de un gran numero de personas y equipo para atender un reporte falso ocasiona que se dejen de atender las verdaderas urgencias, sobre todo en los lugares en que la disponibilidad de personal y recursos materiales es precaria, como acontece en la inmensa mayoría de los casos.

Estos gastos pueden variar de acuerdo con las condiciones económicas, geográficas, de infraestructura urbana y de servicios con que cuente cada municipio, estado o región del país.

Así, por ejemplo, para el administrador general de la Cruz Roja en la ciudad de Culiacán, Sinaloa, el mal uso de la línea de urgencias 065 ocasiona la movilización innecesaria de las ambulancias y representa un gasto de 150 pesos por servicio.

El jefe del Heroico Cuerpo de Bomberos de la ciudad de Oaxaca indica que la movilización de elementos para atender reportes falsos al número 066 genera costos por 700 y hasta mil pesos de manera innecesaria.

Por su parte, el alcalde de la ciudad de Aguascalientes reconoce que el municipio de la capital pierde alrededor de 500 mil pesos mensualmente por la atención de llamadas falsas realizadas al servicio telefónico municipal 080, por lo que ha solicitado al Poder Legislativo de su estado reformas para aplicar castigos severos a los responsables.

Es claro que el uso irresponsable y doloso de cualquier sistema de atención a la ciudadanía ocasiona el ejercicio ineficiente de los recursos del gobierno y puede tener trágicas consecuencias. La necesidad de acudir con rapidez al lugar de un siniestro o en ayuda de cualquier persona puede generar accidentes de tránsito y crear situaciones aún más riesgosas para los elementos de seguridad pública, el personal de urgencias médicas y la ciudadanía en general.

Por esa situación, proponemos establecer una sanción en el Código Penal Federal por esta afectación al servicio público que prestan las dependencias encargadas de la seguridad pública, en el marco de los sistemas de urgencia telefónica en todo el país.

El propósito es tratar de inhibir la acción dolosa de quienes utilizan este servicio serio y profesional como una opción para hacer bromas, hacer reportes falsos o agredir verbalmente a los operadores de los distintos sistemas telefónicos.

La creación de una medida legal más contundente que las existentes hasta ahora en algunos ordenamientos como la Ley de Justicia Cívica del Distrito Federal o algunos bandos municipales posee diversas bases de justificación adicionales a las ya expresadas.

Por un lado, nuestro país necesita, de una vez por todas, desarrollar una verdadera cultura de prevención y atención de riesgos que asocie instituciones, servicios, normas y conductas para una convivencia armónica de la sociedad.

Además, aun cuando cada año se destinan cantidades significativas del Presupuesto al financiamiento conjunto del Sistema Nacional de Seguridad Pública para mantenerlo activo y cumplir sus objetivos, los recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y el Distrito Federal han disminuido considerablemente, pasando de poco más de 5 mil 521 millones de pesos en el año 2001 a 3 mil millones en 2002 y para 2003 se estima un presupuesto de 2 mil 500 millones de pesos. De igual forma, la Secretaría de Seguridad Pública espera una disminución en su presupuesto, según el proyecto enviado por el Presidente de la República a esta Cámara de Diputados.

Ante la disminución de recursos en todos los rubros del Presupuesto nacional, debemos hacer lo que esté a nuestro alcance para garantizar el uso adecuado, racional y eficiente de los mismos.

También se justifica la presencia legal de esta conducta como tipo en el Código Penal Federal, por la jerarquía y trascendencia de los diversos ámbitos de gobierno que se vinculan en el funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública y los órganos que lo integran.

En este orden de ideas, proponemos adicionar un Capítulo IX al Título Décimo Tercero del Libro Segundo del Código Penal Federal, relativo a la falsedad, para establecer una sanción económica o incluso privativa de la libertad a quien realice llamadas a servicios telefónicos para reportar urgencias falsas o agredir a los operadores.

Asimismo, reconociendo la seriedad de esta conducta, ciertamente ya común en todo el territorio nacional, que ahora pretendemos hacer delictiva, y dadas las condiciones ya descritas, debemos establecer una modalidad agravada en casos de reincidencia, aunque resulta evidente que las graves consecuencias de este hecho se pueden dar lo mismo en la primera ocasión que se realiza como en cualquier ocasión posterior.

Finalmente, estamos conscientes de que la inclusión de la referida acción como delito no resolverá todos los problemas, pero nos queda claro que constituirá una señal tangible del propósito transformador de nuestra mentalidad y nuestros valores ciudadanos. De forma paralela, debemos pugnar por el establecimiento de una campaña permanente de concientización de la ciudadanía acerca de la importancia y respeto que merece un servicio como éste.

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de este honorable Pleno el presente proyecto de

Iniciativa de decreto por el que se adiciona un Capítulo IX al Título Décimo Tercero del Libro Segundo del Código Penal Federal, para sancionar conductas indebidas en contra de los sistemas de respuesta a llamadas telefónicas de urgencia.

Artículo Unico. Se adiciona el Capítulo IX, "Falsedad y uso indebido de llamadas telefónicas para movilizar los sistemas de respuesta a emergencias", al Título Décimo Tercero del Libro Segundo del Código Penal Federal, creándose el artículo 252 bis para sancionar conductas indebidas en contra de los sistemas de respuesta a llamadas telefónicas de urgencia, para quedar como sigue:

Libro Segundo

...

...

Título Décimo Tercero
Falsedad

...

...

Capítulo IX
Falsedad y Uso Indebido de Llamadas Telefónicas para Movilizar los Sistemas de Respuesta a Emergencias

Artículo 252 bis. Se impondrán de uno a seis meses de prisión, o de cincuenta a trescientos días multa:

I. Al que a sabiendas realice o permita que desde cualquier teléfono bajo su control se realice una llamada obscena, o más de una llamada para no contestar o bromear, a cualquier sistema de respuesta a llamadas telefónicas de emergencia del tipo conocido comúnmente como 066 o su equivalente en cualquier otro número que preste este tipo de servicio.

II. Al que a sabiendas realice o permita que desde cualquier teléfono bajo su control se realice una llamada telefónica a los sistemas de respuesta a llamadas telefónicas de emergencia a que se refiere la fracción anterior, para dar un aviso falso de alarma de fuego, emergencia médica, comisión de delito, desastre natural o cualquier otra situación que genere la movilización, despacho o presencia del Cuerpo de Bomberos, personal de emergencias médicas, elementos de las corporaciones de seguridad pública, de las policías Judicial, Ministerial o Investigadora, o de elementos de las Fuerzas Armadas.

En caso de reincidencia en las conductas señaladas en las fracciones I y II de este artículo, se impondrán de seis meses a dos años de prisión y hasta quinientos días multa.

Cuando, con motivo de la conducta prevista por la fracción II de este artículo, se provoquen daños o pérdidas materiales de cualquier índole, lesiones, privación de la vida del personal que acudió a prestar el auxilio con motivo de la llamada o de alguna otra persona, o la comisión de algún otro delito diverso, al autor o autores de la llamada se les aplicará la pena señalada para el caso de reincidencia, sin perjuicio de la reparación de los daños que pudieran ocasionar por esta conducta y de la responsabilidad penal en que incurran.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las demás disposiciones que se opongan al presente decreto.

Dip. Omar Fayad Meneses (rúbrica)

(Turnada a las Comisiones de Gobernación y Seguridad Pública, Especial de Seguridad Pública, y de Justicia y Derechos Humanos. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

DE LEY DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA CULTURA Y LAS ARTES, PRESENTADA POR LA DIPUTADA CELITA TRINIDAD ALAMILLA PADRON, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

De conformidad a lo dispuesto en la fracción II del artículo 71, la fracción XXV del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Grupo Parlamentario Acción Nacional, somete a la consideración de esta Honorable Asamblea la presente Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se expide la Ley del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

México goza de una posición privilegiada en términos culturales en el mundo, gracias a que en su seno viven, se gestan y manan una inmensa riqueza y multiplicidad de manifestaciones culturales. La cultura mexicana no es un ente monolítico de una sola faz, es un fenómeno de complejas facetas de índole heterogéneo, que refleja esta vasta diversidad.

En su ideología, Acción Nacional contempla a la cultura como el elemento que da raíz y sentido a la vida personal y social. La consideramos un bien común, y estamos convencidos en que posibilita el desarrollo permanente y constante de todos los seres humanos.

Cuando el individuo ejerce y fomenta su cultura, engrandece su espíritu y hace efectiva la diferenciación entre él y los animales a su derredor; sólo entonces es posible que sea parte activa de la identidad de su comunidad en el tiempo que transcurre, y con fortuna en el posterior. Es así que la cultura es pensamiento y acción.

Entre tanto, al Estado le corresponde participar como un proveedor de condiciones óptimas para que la cultura florezca. Debe asegurar a todos por igual, hombres y mujeres, el acceso a los valores culturales, y debe promover la libertad en la creación y expresión de la cultura. En este sentido, la acción gubernamental siempre debe estar guiada por el respeto permanente a la libertad de expresión y al bien común.

Y es sobre esta importantísima tarea del Estado, la razón por la que a nombre del Grupo parlamentario de Acción Nacional hoy vengo ante esta tribuna con el motivo de presentarles una iniciativa que sin pretender ser la panacea de las condiciones que imperan en el ámbito cultural, sí en cambio, promueva y fortalezca las instituciones y brazos operativos del gobierno en el cumplimiento de esta función.

Desde el pasado, el entramado institucional y burocrático se ha caracterizado por la sobreposición y duplicidad de funciones entre las diversas instituciones, evidenciando una deficiente, y en ocasiones irregular pertinencia de la aplicación de las acciones y los recursos públicos, lo que ha generado una lerda y poco ágil respuesta gubernamental a las demandas y necesidades del sector cultural, que a su vez se caracteriza, entre otras cosas, por ser dinámico, flexible, veloz, y vertiginoso en su actuar, lo cual demanda la misma respuesta expedita del gobierno cuando éste participa en su devenir.

Por otro lado, se requiere fortalecer la articulación entre la materia cultural y la educativa, para revertir la endeble y exigua conciencia de lo enriquecedor que resulta la cultura en el desarrollo y individual de las personas, y no perder la oportunidad de inculcar el gusto, desde el principio de la edad escolar, por la demanda de bienes y servicios culturales.

Hoy día, el ejercicio de las acciones públicas en torno a la cultura se realiza a través de múltiples instituciones que carecen de un marco jurídico congruente. Afortunadamente este diagnóstico ya ha sido detectado y en el Programa Nacional de Cultura 2001-2006 se destaca que "la falta de un marco jurídico unitario es resultado de la existencia de más de trescientas normas jurídicas aplicables a la cultura, sin reglas claras que las relacionen entre sí, sin sistematización alguna, y en muchos casos sin correspondencia con las exigencias y las realidades del mundo actual."

Existe pues la necesidad de reformar dicho marco, para dar certeza jurídica a las diversas instituciones encargadas de la cultura y las artes. La regulación debe cumplir con la organización y coordinación necesaria, que dote a los órganos gubernamentales de las facultades y recursos necesarios los cuales a su vez les permitan cumplir cabalmente sus funciones. Y a su vez, permear en toda acción pública, la eficiencia y transparencia de sus acciones. Este elemento es crucial en el momento de evaluar la actuación del gobierno, pues son estos insumos los que permitirán emitir un juicio objetivo de lo que la Administración Pública haya logrado.

La correcta y fluida coordinación de las políticas culturales incidirá en un mejor cumplimiento del papel que tiene la cultura en el desarrollo de cualquier país, en la participación, en la corresponsabilidad, en el interés, cuidado, defensa y conservación de la riqueza cultural que posee la Nación.

Ahora bien, por mayores que sean las intervenciones y ajustes en el sector público, todas éstas no se consolidarán sin la participación de la sociedad, sin que la ciudadanía coopere activamente en el acontecer de la cultura.

La corresponsabilidad de los sectores social y privado en todos los asuntos que ocurren, es un valor que no debemos obviar como sociedad democrática que somos. La participación de las personas no implica el descargo de la responsabilidad que recae en los servidores públicos. Pero la mesura y orientación que puede y debe brindar la ciudadanía, es imprescindible para lograr que el gobierno cumpla con sus funciones acertadamente.

Aquí la parte que le corresponde al gobierno, es fomentar los diversos mecanismos para que esto ocurra, ya sea a través de organizaciones civiles, patronatos, asociaciones o grupos de voluntarios. También es fundamental promover e impulsar con el sector privado y social, esquemas de financiamiento captación de ingresos, estímulos y premios a las personas, grupos, programas y proyectos que favorezcan la producción cultural y artística de calidad.

Acción Nacional considera esta iniciativa un primer paso en esta dirección. Por ello, una de las partes nodales de nuestra propuesta es incluir a personas de connotado prestigio e inmersas en las actividades culturales, en el seno mismo donde se toman las decisiones sobre los programas y acciones públicas que afecten directamente el acontecer cultural.

El Partido Acción Nacional, preocupado por allegarse la opinión de los principales afectados e interesados en el acontecer cultural, sostuvo una serie de reuniones con diversas personalidades de la cultura, desde junio del presente año. A partir de éstas se diseñó una estrategia legislativa integral, la cual incluye la reforma constitucional para establecer el derecho al disfrute, preservación, difusión y desarrollo de la cultura; facultar al Congreso de la Unión para legislar en materia cultural; así como reformar el marco jurídico en materia cultural.

Con base en ello, la iniciativa con proyecto de decreto que hoy proponemos es la expedición de la Ley del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, y entre las principales características deseamos mencionar las siguientes:

Que lo instituya como un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio.

Que el Conaculta se erija como el organismo rector de la política cultural y artística nacional y establezca los lineamientos, las bases y los mecanismos de participación corresponsable de los sectores público, social y privado para el estudio, fomento, difusión, preservación y fortalecimiento de las manifestaciones y expresiones culturales y artísticas, en un marco de respeto irrestricto a su diversidad.

Que se establezcan los principios a observarse en la política cultural nacional.

Que auxilien al Conaculta en el cumplimiento de su objeto diversas instancias representativas de la sociedad, así como las autoridades culturales de otros niveles de gobierno. Como por ejemplo la Conferencia de Autoridades Estatales en Cultura y el Foro Ciudadano de la Cultura y las Artes, lo cual refleja la preocupación de Acción Nacional por profundizar la descentralización de las decisiones gubernamentales, y promover la participación social en todos los ámbitos de gobierno.

Cabe recordar que instituciones, organismos, entidades y personas quienes formamos parte del Estado, debemos poseer una vocación de servicio a nuestra sociedad. Siempre en búsqueda del bien colectivo.

Por ello, me permito mencionar que la dilación en la toma de decisiones como ésta, afecta negativamente el rumbo y viveza de la cultura mexicana, pues al no encontrar en el gobierno una contraparte coadyuvante a su tarea, las manifestaciones tienen un doble reto: emprender sus ya de por sí complicadas y laboriosas actividades; y por el otro, sortear los obstáculos que un gobierno eficiente debiera allanarles.

Conmino con todo el respeto a los demás legisladores de las diferentes bancadas, a sumarse a este esfuerzo por proveer al mundo cultural de una instancia capaz y, facultada para atender acertadamente sus demandas y necesidades.

Con base en lo anteriormente expuesto, ponemos a consideración de esta soberanía el siguiente:

Proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes

Artículo Unico: Se expide la Ley del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes para quedar como sigue:

Ley del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes

Capítulo I
Disposiciones Generales

Artículo 1.- Se crea el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes como organismo público descentralizado del Estado, dependiente de la Secretaría de Educación, con personalidad jurídica, patrimonio propio y con domicilio legal en el Distrito Federal.

Artículo 2.- El Consejo es el organismo rector de la política cultural y artística nacional y tiene como objeto establecer los lineamientos, bases y mecanismos de participación corresponsable de los sectores público, social y privado para el estudio, fomento, difusión, preservación y fortalecimiento de las manifestaciones y expresiones culturales y artísticas, en un marco de respeto irrestricto a su diversidad.

Artículo 3.- Para el cumplimiento de su objeto el Consejo tendrá las siguientes atribuciones:

I.- Promover y difundir la cultura y las artes;

II.- Expedir el Programa Nacional de Cultura en términos de los principios establecidos en esta ley y la Ley de Planeación;

III.- Coordinar, conforme a las disposiciones legales aplicables, las acciones de las unidades administrativas e instituciones públicas que desempeñan funciones en materia de promoción y difusión de la cultura y las artes;

IV.- Dar congruencia al funcionamiento y asegurar la coordinación de las entidades paraestatales que realicen funciones de promoción y difusión de la cultura y las artes;

V.- Organizar la educación artística, bibliotecas públicas y museos, exposiciones artísticas, y otros eventos de interés cultural;

VI.- Establecer criterios culturales en la producción cinematográfica, de radio y televisión y en la industria editorial;

VII.- Fomentar las relaciones de orden cultural y artístico con los países extranjeros, en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de convenios y tratados internacionales, programas e intercambio de creadores, profesores, investigadores y técnicos y decidir, o en su caso opinar, sobre el otorgamiento de becas para realizar investigaciones o estudios en estas materias;

VIII.- Planear, dirigir y coordinar las tareas relacionadas en las lenguas y culturas indígenas; fomentar la investigación en estas áreas y promover las tradiciones y el arte popular;

IX.- Diseñar y promover la política editorial del subsector de cultura y proponer directrices en relación con las publicaciones y programas educativos y culturales para televisión;

X.- Promover los mecanismos de participación social en la gestión cultural, a través de organizaciones civiles, patronatos, asociaciones, y grupos de voluntarios; y establecer, conjuntamente con las entidades federativas, criterios, incentivos y apoyos a favor de aquellas que colaboren en la administración de inmuebles culturales propiedad estatal o municipal, garantizando su vocación cultural original;

XI.- Fomentar la participación del sector social, público y privado en el estudio, difusión, preservación y fortalecimiento de las manifestaciones y expresiones culturales y artísticas de las políticas culturales;

XII.- Fortalecer la cooperación interinstitucional con el Instituto Nacional de Antropología e Historia y el Instituto Nacional de Bellas Artes para conservar y proteger la riqueza cultural de México, en los términos que sus leyes determinan;

XIII.- Promover en la sociedad una cultura solidaria y altruista de responsabilidad para preservar, proteger, difundir y promover el patrimonio histórico, artístico y arqueológico nacional;

XIV.- Participar en el Sistema Educativo Nacional para la incorporación, el desarrollo y el fortalecimiento del conocimiento, valoración y defensa del patrimonio cultural tangible e intangible, de la pluriculturalidad que conforma la nación mexicana; y, opinar sobre el establecimiento o disolución de centros de enseñanza y capacitación de profesionales e investigadores en materia cultural y artística;

XV.- Instituir un programa permanente de estímulo a la lectura, con la participación conjunta del sector público, social y privado, la cadena de producción y distribución del libro y los medios de comunicación;

XVI.- Apoyar a los estados y municipios en la rehabilitación, remodelación y equipamiento de su infraestructura cultural, fijando prioridades de atención;

XVII.- Establecer un Sistema Nacional de Información Cultural;

XVIII.- Fortalecer la coordinación con instituciones académicas y culturales, organizaciones y asociaciones gremiales y gubernamentales de las diversas ramas del quehacer turístico y de la acción cultural con el fin de proteger y preservar el patrimonio cultural tangible e intangible;

XIX.- Promover, participar e impulsar con el sector privado y social, esquemas de financiamiento y captación de ingresos, estímulos y premios a personas, grupos, programas y proyectos que favorezcan la producción cultural y artística de calidad;

XX.- Promover y fortalecer las publicaciones culturales y artísticas, además de fomentar la difusión sistemática de los trabajos realizados tanto por creadores nacionales como por los extranjeros que residan en el país; así como publicar anualmente la memoria del desarrollo cultural y artístico nacional y los programas y actividades de los centros públicos de fomento y difusión cultural y artística; y

XXI.- Las demás que determine el Ejecutivo Federal.

Artículo 4.- La política cultural nacional se guiará por los siguientes principios: I. La cultura es patrimonio de la sociedad, por lo que el Estado deberá garantizar a todos los mexicanos las condiciones, medios y espacios necesarios para estimular su plena libertad de acceso a los bienes y servicios artísticos y culturales.

II. Preservar, promover, difundir, estudiar y fortalecer las diversas manifestaciones culturales y artísticas;

III. Estimular en todo momento, la participación de las personas, grupos, instituciones y organizaciones de los sectores social, público y privado en la promoción, estudio, fomento y difusión de la cultura y las artes, y en la preservación y defensa del patrimonio cultural y artístico, tangible e intangible, que conforma nuestra identidad nacional, como un pilar en el desarrollo democrático del país y reflejo de la corresponsabilidad de todos los sectores en la política cultural;

IV. Fortalecer su vinculación con el sector educativo para contribuir al desarrollo integral del individuo, para que ejerza plenamente sus capacidades humanas;

V. Impulsar la creación artística y propiciar la adquisición, el enriquecimiento y la difusión de los bienes y valores de la cultura universal, particularmente de aquellos que constituyen el patrimonio cultural de la nación;

VI. Concebir mecanismos que garanticen el conocimiento, preservación y difusión de las manifestaciones culturales y artísticas de los pueblos y comunidades indígenas asentados en el territorio nacional;

Artículo 5.- Para los efectos de esta Ley se entenderá por: I. Consejo: Consejo Nacional para la Cultura y las Artes;
II. Conferencia: Conferencia de Autoridades Estatales en Cultura;
III. Foro: Foro Ciudadano de la Cultura y las Artes; y,
IV. Fondo: Fondo Nacional para la Cultura y las Artes.

Artículo 6.- El Consejo contará con un patrimonio propio y se integrará por:

I. Los recursos que se le asignen en el Presupuesto de Egresos de la Federación para su funcionamiento;

II. Los bienes muebles e inmuebles que le sean asignados por el sector público; y demás recursos que adquiera con base en cualquier título legal;

III. Los fondos nacionales o extranjeros obtenidos para el financiamiento de programas específicos;

IV. Los subsidios, donaciones y legados que reciba de personas físicas o morales, nacionales o extranjeras, los cuales de ninguna manera podrán implicar condiciones contrarias a su objeto conforme lo establece la ley.

Capítulo II
De la Estructura Orgánica y Funcional del Consejo

Artículo 7.- El Consejo contará con los siguientes órganos de gobierno y de administración:

I. La Junta de Gobierno y
II. El Director General

El Consejo contará con una Conferencia de Autoridades Estatales en Cultura y el Foro Ciudadano de la Cultura y las Artes, quienes lo auxiliarán en el cumplimiento de su objeto.

Artículo 8.- La Junta de Gobierno se integrará por trece miembros como sigue:

I. El titular de la Secretaría de Educación quien la presidirá;
II. El titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
III. El titular de la Secretaría de Gobernación;

IV. El titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores;
V. El titular del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología;
VI. El titular del Instituto Nacional de Bellas Artes;

VII. El titular del Instituto Nacional de Antropología e Historia;
VIII. El titular del Instituto Nacional Indigenista;
IX. El representante de la Conferencia de Autoridades Estatales en Cultura;

X. Un representante del Seminario de Cultura Mexicana;
XI. La presidencia colegiada, integrada por tres miembros, del Foro Ciudadano de la Cultura y las Artes.

Cada miembro titular de la Junta de Gobierno tendrá un suplente, que será quien le siga en orden jerárquico en las funciones públicas que desempeña.

La Junta de Gobierno, con la aprobación de la mayoría de sus asistentes, y de acuerdo con el tema que trate en su agenda, podrá invitar a los representantes de otras entidades y dependencias federales, estatales o municipales, así como a cualquier miembro del Foro Ciudadano de la Cultura y las Artes, no comprendidos en el presente artículo.

Artículo 9.- Para el cumplimiento de las atribuciones del Consejo, la Junta de Gobierno tendrá las siguientes facultades:

I. Expedir el Programa Nacional de Cultura en términos de los principios establecidos en esta ley;

II. Analizar y, en su caso, aprobar el presupuesto del Consejo e informes de actividades que rinda el Director General, así como sus modificaciones, en los términos de la legislación aplicable;

III. Analizar y, en su caso, aprobar anualmente, previo informe de los comisarios y dictamen de los auditores externos, los estados financieros anuales que rinda el Directo General del Consejo y autorizar la publicación de los mismos;

IV. Conocer y aprobar los convenios de colaboración que hayan de celebrarse con dependencias y entidades públicas;

V. Delegar facultades específicas a los órganos internos y a las comisiones especiales que establezca el Reglamento del Consejo para el cumplimiento de su objeto;

VI. Aprobar el Reglamento del Consejo, sus modificaciones y los demás ordenamientos normativos del mismo;

VII. Todas aquellas establecidas en el artículo 58 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y

VIII. Las demás que le atribuyan esta Ley y el Reglamento del Consejo.

Artículo 10.- La Junta de Gobierno celebrará sesiones ordinarias por lo menos cuatro veces al año y las extraordinarias que convoque su presidente. Las sesiones serán válidas con la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus miembros titulares. Las resoluciones se tomarán por mayoría de los miembros presentes, y la presidencia tendrá voto de calidad en caso de empate.

El Director General y el Secretario Técnico acudirán a las sesiones de la Junta de Gobierno con voz, pero sin voto.

Artículo 11.- El titular del Poder Ejecutivo Federal designará al Director General del Consejo, de una terna que le presente la Junta de Gobierno, y podrá ser removido por mayoría de dos tercios de dicha Junta.

Artículo 12.- Para ser Director General del Consejo se requiere:

I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

II. Ser miembro distinguido del sector cultural;

III. No haber sido condenado por delito intencional alguno, o inhabilitado por la Contraloría de la Federación;

IV. Haber desempeñado cargos de alto nivel decisorio, cuyo ejercicio requiere conocimiento y experiencia en la materia;

V. No encontrarse en alguno de los impedimentos establecidos en la fracción tres del artículo 21 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales.

Artículo 13.- El Director General del Consejo tendrá las siguientes facultades: I. Administrar y representar legalmente al Consejo;

II. Instrumentar, ejecutar y vigilar el cumplimiento de los acuerdos de la Junta de Gobierno;

III. Formular anualmente el proyecto de presupuesto del Consejo para someterlo a la aprobación de la Junta de Gobierno;

IV. Formular los programas Institucionales de corto, mediano y largo plazos del Consejo.

V. Someter a la consideración y, en su caso, aprobación de la Junta de Gobierno el informe anual sobre el desempeño de las funciones del Consejo, para publicarlo posteriormente

VI. Nombrar al personal del Consejo;

VII. Presentar a la Junta de Gobierno, el proyecto de Reglamento del Consejo y las demás disposiciones que considere necesarias;

VIII. Emitir anualmente un informe general del estado que guarda el sector cultural y artístico nacional; y

IX. Todas aquellas establecidas en los artículos 22 y 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales,

Artículo 14.- El Director General del Consejo durará en su encargo seis años y podrá ser ratificado para un periodo más.

Capítulo III
De la Conferencia de Autoridades Estatales en Cultura

Artículo 15.- La Conferencia de Autoridades Estatales en Cultura será un órgano consultivo del Consejo para la definición de las políticas culturales y promotor de la coordinación de acciones y recursos en materia cultural.

Artículo 16.- La Conferencia se integrará por

I. El Director General del Consejo que fungirá como Coordinador Técnico;

II. Las autoridades estatales responsables de la cultura de cada entidad federativa y el Distrito Federal, quienes tendrán carácter de consejeros; y

III. Los Subdirectores Generales del Consejo.

Artículo 17.- La Conferencia tendrá las siguientes funciones: I. Fungir como la instancia de coordinación entre el Consejo, las autoridades municipales y las diversas organizaciones de la sociedad civil e instituciones de educación directamente relacionadas con la cultura estatal;

II. Promover y apoyar la ejecución de recursos y acciones coordinadas del sector cultural;

III. Elegir democráticamente a una autoridad estatal responsable de la cultura para que asista como representante de la Conferencia a las reuniones de la Junta de Gobierno.

Artículo 18.- La Conferencia realizará tres sesiones ordinarias al año cuando menos, y las extraordinarias que convoque el Coordinador Técnico o la mitad más uno de sus integrantes. El orden del día será elaborado por el Coordinador Técnico y turnado seis días antes de la sesión a los miembros de la Conferencia junto con la documentación necesaria para el estudio de los asuntos de su competencia.

Artículo 19.- Las sesiones de la Conferencia serán válidas con la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus miembros titulares. Las resoluciones y acuerdos se tomarán por consenso, y cuando esto no sea posible, por la mayoría simple de los miembros presentes; el Coordinador Técnico tendrá voto de calidad en caso de empate.

Capítulo IV
Del Foro Ciudadano de la Cultura y las Artes

Artículo 20.- El Foro será el conducto mediante el cual los creadores, instituciones académicas, especialistas, organizaciones de la sociedad civil, cámaras, asociaciones y agrupaciones relacionadas con el sector cultural, canalicen sus opiniones, propuestas y demandas de atención al gobierno federal, para que éstas sean incorporadas en las respectivas etapas de las políticas culturales.

Todos los integrantes tendrán el carácter de consejeros, y su participación será de carácter honorario.

Artículo 21.- El Foro estará coordinado por una presidencia colegiada de 3 consejeros, electos por mayoría de las dos terceras partes de sus integrantes. Cada año los integrantes de la presidencia colegiada podrán ser ratificados o sustituidos, en los términos anteriormente señalados.

Artículo 22.- El Foro se reunirá en sesión ordinaria por lo menos cuatro veces al año, y las extraordinarias a que convoque su presidencia. Las sesiones del Foro serán válidas con la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus miembros titulares. Las resoluciones y acuerdos se tomarán por consenso, y cuando esto no sea posible, por la mayoría simple de los miembros presentes.

Artículo 23.- El Foro tendrá las siguientes funciones:

I. Emitir propuestas y recomendaciones al Consejo, dependencias y entidades de la administración pública federal, estatal y municipal, sobre la aplicación y el desempeño de las políticas generales y específicas que se deben instrumentar para el estudio, fomento, difusión, preservación y fortalecimiento de las diversas manifestaciones y expresiones culturales y artísticas;

II. Apoyar al Consejo en el seguimiento y evaluación de las acciones y programas culturales;

III. Promover la inclusión de las prioridades expresadas por el Foro en los programas públicos;

IV. Asesorar al Director General del Consejo en la adopción de medidas que contribuyan a mejorar las tareas del mismo;

V. Fomentar el federalismo, en lo que hace al desarrollo de programas y actividades para el fortalecimiento institucional de las dependencias responsables de la cultura en los estados y municipios;

Capítulo V
Del Sistema Nacional de Información Cultural

Artículo 24.- El Sistema Nacional de Información Cultural tiene por objeto establecer un banco de datos público sobre la información, estudios, investigaciones, instituciones, organizaciones, empresas, recursos humanos, materiales y financieros del sector cultural y artístico, así como la creación de indicadores oportunos, objetivos y transparentes que permitan realizar un proceso permanente de seguimiento y evaluación de las políticas culturales, la toma de decisiones y salvaguardar el patrimonio cultural.

Artículo 25.- Las autoridades y servidores públicos de los ámbitos Federal, de las entidades federativas y municipales, proporcionarán al Consejo la información que éste les solicite para el Sistema, en los términos de la normatividad respectiva y de los acuerdos y convenios que para el efecto celebren.

Capítulo VI
Del Fondo Nacional para la Cultura y las Artes

Artículo 26.- El Fondo constituye un sistema integral de estímulos a la producción individual y de grupo, con apoyos que abarcan los diferentes rangos de edad y trayectoria de los creadores, todas las disciplinas y formas de la expresión cultural así como el total de las regiones, estados y localidades del país.

Artículo 27.- El Fondo observará, para todas las acciones que lleve a cabo con el fin de cumplir la tarea establecida en el artículo anterior, los siguientes objetivos:

I. Apoyar la creación artística y libre;
II. Preservar el patrimonio cultural nacional;
III. Incrementar el patrimonio cultural nacional; y
IV. Promover y difundir la cultura.
Artículo 28.- El Fondo está facultado a implementar los programas que considere oportunos para cumplir con su objetivo.

Capítulo VII
De los Organos de Control y Vigilancia

Artículo 29.- El Consejo contará con un Organo de Control Interno que formará parte de su estructura. El titular del mismo, así como los responsables de las áreas de auditoría, quejas y responsabilidades serán nombrados y removidos por la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo y dependerán de ella.

El titular del Organo de Control Interno y los responsables de las áreas a que se refiere el párrafo anterior ejercerán, en el ámbito de sus respectivas competencias, las facultades previstas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en la Ley Federal de Entidades Paraestatales, en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y en las demás disposiciones legales y administrativas aplicables.

El Consejo proporcionará al titular del Organo de Control Interno los recursos humanos y materiales que requieran para la atención de los asuntos a su cargo. Asimismo, el Consejo estará obligado a proporcionar el auxilio que requiera el titular de dicho órgano para el desempeño de sus funciones.

Artículo 30.- De acuerdo con el artículo 11 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales el Consejo gozará de autonomía de gestión, sujetándose a los sistemas de control y demás disposiciones aplicables a entidades de la Administración Pública.

Artículo 31.- Con base en el artículo 60 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, el Consejo estará sujeto a un Organo de Vigilancia, integrado por un Comisario Público propietario y un suplente, designados por la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, que ejercerán las facultades que les confiere el Capítulo VI de la propia Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

Capítulo VIII
Del Régimen Laboral

Artículo 32.- Las relaciones laborales entre el Consejo y sus trabajadores se regirán por el apartado "A" del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Transitorios

Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- El Secretario de Educación Pública expedirá, en un plazo no mayor a treinta días después de entrado en vigor el presente decreto, la convocatoria para la integración del Foro Ciudadano de la Cultura y las Artes.

Tercero.- La Junta de Gobierno deberá quedar constituida en un plazo no mayor de 90 días hábiles, contados a partir de la vigencia de este ordenamiento.

Cuarto.- El Reglamento del Consejo y demás ordenamientos normativos serán expedidos, según corresponda, dentro de los seis meses siguientes a la integración de cada órgano, y deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación.

Quinto.- Todas las unidades administrativas del órgano desconcentrado que lleva por nombre Consejo Nacional para la Cultura y las Artes se adscribirán al organismo descentralizado que llevará el mismo nombre, y pasarán con el personal, recursos financieros y materiales y bienes inmuebles, así como archivos y expedientes con que cuentan en la actualidad.

Sexto.- Los derechos laborales adquiridos por el personal del actual órgano se respetarán, y por virtud de lo dispuesto en el presente decreto, su régimen laboral se regirá por el apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 28 de noviembre del 2002.

Diputados: Celita Alamilla Padrón, Juan Alcocer Flores, Fernando Ugalde Cardona, Luis Fernando Sánchez Nava, Enoch Araujo Sánchez, Jorge A. Rivera, Luis Artemio Aldana Burgos, Lizbeth Medina Rodríguez, Moisés Alcalde Virgen, Silvia Alvarez Bruneliere, Héctor Méndez Alarcón, Oscar Ochoa Patrón, Eduardo Rivera Pérez, Gumercindo Alvarez Sotelo, Beatriz Grande López, José Carlos Luna Salas, José Jesús López Sandoval, Martín Gerardo Morales Barragán, Juan Carlos Sainz Lozano, Alfonso Vicente Díaz, Griselda Ramírez Guzmán, José Marcos Aguilar Moreno, Verónica Sada Pérez (rúbricas).

(Turnada a la Comisión de Cultura. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

QUE REFORMA LOS ARTICULOS 3° CONSTITUCIONAL Y 6 Y 33 DE LA LEY GENERAL DE EDUCACION, EN MATERIA DE BECAS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO ROGACIANO MORALES REYES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

El suscrito, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del honorable Congreso de la Unión la presente iniciativa de decreto, que reforma las fracciones IV y V del artículo 3° constitucional y los artículos 6 y 33, en su fracción VIII, de la Ley General de Educación, al tenor de los siguientes

Antecedentes

La reforma del artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 1946, siendo Presidente de México Manuel Avila Camacho, estableció que la educación impartida por el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y a fomentar en él, a la vez, el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional en la independencia y en la justicia.

La educación será democrática, nacional y contribuirá a la mejor convivencia humana. Se mantiene el requisito de la autorización previa y expresa para que los particulares impartan la educación en todos sus tipos y grados; se excluyeron las corporaciones religiosas para intervenir en los planteles de la educación primaria, secundaria y normal, así como la que se destine a obreros y campesinos.

Además, de manera trascendente, se mantiene el concepto de obligatoriedad de la enseñanza primaria y se extiende el de gratuidad a toda la educación impartida por el Estado.

La reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de marzo de 1993, siendo Presidente Carlos Salinas de Gortari, estableció que todo individuo tiene derecho a recibir educación. Asimismo, amplía la obligatoriedad de la educación secundaria.

Además, se estableció que el Estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativas, incluida la educación superior; apoyará la investigación científica y tecnológica; y alentará el fortalecimiento y difusión de nuestra cultura.

El texto vigente del artículo 3° (reforma publicada en agosto de 1994) señala en su primer párrafo: "Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado -Federación, estados y municipios- impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación primaria y secundaria son obligatorias".

Exposición de Motivos

El servicio público educativo es la primera prioridad o el primer deber a que el Estado se obliga como servicio público, por lo que corresponden a éste su reconocimiento y garantizar su efectividad.

En este contexto, la educación es uno de los derechos fundamentales del hombre, de ahí que la educación esté incluida en el capítulo "Garantías Individuales", como "garantía social".

Al respecto, el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, "Protocolo de San Salvador", suscrito en San Salvador, El Salvador, el 17 de noviembre de 1988 y ratificado por México el 16 de abril de 1996, establece respecto del derecho a la educación, en el artículo 13, numeral 1, que "toda persona tiene derecho a la educación". De igual manera, en el numeral 3 señala que "... los Estados parte en el presente Protocolo reconocen que, con objeto de lograr el pleno ejercicio del derecho a la educación: a) la enseñanza primaria debe ser obligatoria y asequible para todos gratuitamente; b) la enseñanza secundaria en sus diferentes formas, incluso la enseñanza secundaria técnica y profesional, debe ser generalizada y hacerse asequible para todos por cuantos medios sean apropiados y, en particular, con la implantación progresiva de la enseñanza gratuita; c) la enseñanza superior debe hacerse igualmente asequible para todos, sobre la base de la capacidad de cada uno, por cuantos medios sean apropiados y, en particular, por la implantación progresiva de la enseñanza gratuita".

Por otra parte, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, aprobada en la Novena Conferencia Internacional Americana (Bogotá, Colombia) en 1948, en su Capítulo Primero, Título "De Derechos", artículo XII, tercer párrafo, establece que "... el derecho a la educación comprende el de igualdad de oportunidades en todos los casos, de acuerdo con las dotes naturales, los méritos y el deseo de aprovechar los recursos que puedan proporcionar la comunidad y el Estado".

En razón de lo anterior, a los ciudadanos de la República Mexicana asiste no solamente el derecho de demandar la gratuidad de la educación en todos sus niveles sino el derecho a la igualdad jurídica.

Los derechos de igualdad jurídica de los individuos se anulan ante la inmensa brecha de desigualdad social que se profundiza, cerrando perspectivas a la nueva generación, por la aplicación de políticas de un modelo económico, social y cultural en que el mercado es el determinante de los objetivos, valores y modelos de vida personal.

Recordemos que la huelga en la Universidad Nacional Autónoma de México que estalló el 20 de abril de 1999, en rechazo del sistema de cuotas establecido en esa institución y en defensa de la educación gratuita, ha puesto de relieve los problemas, de suma gravedad, que existen y que tienen que ver no solamente con la UNAM sino con la educación media superior y superior en su conjunto, principalmente a partir de la reforma del artículo 3° constitucional, realizada en diciembre de 1992 (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de marzo del 1993) y que abrió la vía a una tendencia contra la escuela pública en esos niveles del sistema educativo nacional.

Esta reforma sustrajo la responsabilidad del Estado de impartir educación en los tipos medio superior y superior, al determinarlo en forma concreta con la educación básica (educación preescolar, primaria y secundaria). Ello significó un abandono de las obligaciones del Estado y un perjuicio a la gratuidad.

Dicha reforma implicó un retroceso a la reforma de 1946 y a 90 años de revolución que impulsó la movilidad social, permitiendo a millones de mexicanos mejorar sus condiciones de vida y tener acceso a mayores niveles de bienestar; además, una contradicción, toda vez que la fracción IV del artículo 3º constitucional vigente señala que "toda la educación que imparta el Estado será gratuita", si tomamos en cuenta el origen y el sentido que el legislador imprimió a este texto, cuando lo introdujo en el artículo 3° en 1946, al acentuar "toda" y el señalamiento de que la gratuidad no está circunscrita a la considerada obligatoria sino a toda la que impartiera el Estado.

Es decir, dicha prerrogativa se ha mantenido aun cuando se dieron con posterioridad las reformas del 9 de junio de 1980, del 28 de enero de 1992, del 5 de marzo de 1993 y la vigente de 1994.

Recordemos que la educación pública, particularmente después de la Revolución Mexicana, ha sido un instrumento de progreso, de libertad, de democracia y de defensa de la soberanía.

En conclusión, la reforma de 1993 abrió la tendencia para aminorar la responsabilidad del Estado con la educación media superior y superior, con lo que se ha golpeado brutalmente el ingreso de los sectores trabajadores y clase media, cuyos hijos van a la media superior y universidad.

El cobro de cuotas y la no gratuidad en todos los niveles o tipos de educación traen como consecuencia la deserción del sistema educativo nacional a miles de mexicanos.

Al respecto, el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) señala que México tiene una población total que, "de acuerdo con los resultados del XII Censo General de Población y Vivienda, al 14 de febrero de 2000 residía en la República Mexicana un total de 97,483,412 personas, cifra con que el país se mantiene en la undécima posición entre las naciones más pobladas del mundo. La tasa de crecimiento de la población entre 1990 y 2000 fue de poco menos de 1.9% como promedio anual. Sin embargo, es importante destacar que se distinguen claramente dos periodos: el primero, de 1990 a 1995, cuando la población crece a 2.1%; y el segundo, que cubre el último lustro, a 1.58% en promedio por año. Estas cifras confirman la paulatina disminución que ha mostrado el crecimiento demográfico del país".

De ese total de 97,483,412, el INEGI señala, en materia de educación, que " de la población de 15 años y más en 2000, se registró en México 9.5% de analfabetos. En este mismo año, 92.3 % de la población de 6 a 14 años asistía a la escuela; por otro lado, en el ciclo escolar 1999-2000 la matrícula de alumnos de preescolar ascendió a 3.4 millones, 14.8 millones en primaria, 5.3 millones en secundaria, 3.0 millones en el nivel medio superior y 1.6 millones en el nivel superior".

Asimismo, y como complemento de nuestra intención de hacer vigente la gratuidad de la educación que mandata nuestra Constitución, la cual tiene como principal intención permitir el acceso a la educación a amplios sectores pobres de nuestro país, nuestra iniciativa de reformas también considera garantizar, en el marco de la Ley General de Educación, que el conjunto de apoyos económicos que se destinan con ese fin tenga como base criterios de equidad.

En efecto, la legislación mexicana, tomando como base el postulado de justicia social heredado de la Revolución Mexicana de 1910, consideró prioritario desarrollar programas y acciones que compensaran la desigualdad social y la pobreza en que han vivido y viven millones de mexicanos.

La función compensatoria en estados y regiones, definida en la Ley General de Educación como responsabilidad del Gobierno Federal, ha sido atendida mediante programas dirigidos a las zonas de mayor rezago y marginación. Con dichas acciones, el Estado mexicano ha buscado garantizar condiciones para la educación de los sectores más desfavorecidos, a través de los diferentes programas para abatir el rezago educativo, con lo cual el país cuenta con un conjunto de acciones para que los sectores pobres accedan realmente a la educación pero, al mismo tiempo, cuenten con condiciones que aseguren su permanencia.

Cabe destacar que dichas acciones se han complementado con otros instrumentos, como el libro de texto, el cual resulta un claro ejemplo de la justicia social llevada al terreno educativo.

En realidad, el reto es mayúsculo pues, según datos oficiales, más de 50% de los estudiantes de educación media superior y superior dejan sus estudios debido a cuestiones económicas. En particular, 56% de los jóvenes deja secundaria y no continúa con preparatoria.

De acuerdo con el primer informe rendido por el secretario de Educación, el conjunto de becas que otorga el Gobierno Federal se encuentra concentrado en un programa de becas, el cual tuvo un impacto en la educación básica, sobre todo a nivel de secundaria, donde la cobertura pasó de 72 a 90%, donde se concentró hasta antes de 2001, año a partir del cual se amplió para el nivel medio superior y superior.

Para atender el nivel medio superior y superior, el Programa Nacional de Becas y Financiamiento (Pronabes), creado por el nuevo gobierno, busca "propiciar que estudiantes en situación económica adversa y deseos de superación puedan continuar su proyecto educativo en el nivel de educación superior".1

Con esta acción se busca abatir la deserción escolar, si bien aún se encuentra lejos de dar respuesta a millones de jóvenes que necesitan un espacio educativo, dado que en el nivel superior menos de 5% de la matrícula es beneficiaria del programa.

El Pronabes, en 2001, contó con magro presupuesto federal de 248 millones de pesos, que se elevó al doble en la medida en que las entidades federativas aporten una cantidad igual. Destaca el hecho de que sólo participan de manera directa la UNAM, el IPN y la UAM, dejando de lado instituciones de educación superior del interior de la República.

Los mismos datos oficiales señalan que durante 2001 se dio una inversión sin precedente, pues implica cerca de 10 mil millones de pesos en becas para 4 millones 600 mil niños y jóvenes en toda la escala educativa. De esos 10,000 millones, Progresa concentra 5,584 millones, entre becas y apoyo para útiles; y el Pronabes, 248 millones. A esto habría que agregar todos los apoyos canalizados mediante las instituciones de educación media superior y superior, en donde entre IPN y UNAM otorgaron 19 mil becas escolares, por un monto cercano a 200 millones de pesos.

Para 2002, el monto para becas es superior a 12 mil millones de pesos, para dotar de cinco millones 237 mil 145 becas a estudiantes de escasos recursos. Nuevamente, Progresa es la instancia que más becas aglutina, ampliando su modalidad a la de beca de ayuda para transporte.

En 2002, el Programa Nacional de Becas da apoyos equivalentes a solventar los gastos de educación de 17% de toda la matricula estudiantil, desde el tercer grado hasta el nivel superior.

No obstante ese esfuerzo, se observa una considerable desarticulación entre estos esfuerzos compensatorios y otros programas de combate de la pobreza que manejan becas escolares, así como problemas de coordinación con la administración de cada estado y municipio, e incluso con las entidades educativas, lo que ocasiona duplicación de esfuerzos.

Además, los apoyos compensatorios han sido escasamente evaluados en términos de los resultados del aprendizaje de los alumnos y de la compensación de desigualdades en los niveles de logro educativo de los estudiantes beneficiados.

Al manejarse los programas compensatorios por separado, las innovaciones ahí generadas no pasan a la operación regular de los sistemas, cuyo funcionamiento con frecuencia reproduce las desigualdades.

La equidad requiere favorecer con mejores recursos humanos, materiales y financieros, y con servicios de mayor calidad, las regiones y sectores más desprotegidos. Por ejemplo, actualmente el Programa Nacional de Becas no logra proporcionar becas de igual cantidad y calidad en el medio rural a las que se destinan a los tipos, niveles y modalidades educativos similares del medio urbano.

En ese sentido, se hace necesario definir sobre bases de equidad el otorgamiento de becas en el conjunto del sistema educativo nacional público que permita contar con criterios públicos y transparentes para otorgar la diversidad de modalidades de becas que se otorgan a estudiantes de todo el país que cursen educación pública.

En particular, los criterios deben dirigirse hacia los sectores marginados y pobres, los que realmente las necesitan. Con ello se busca, entre otras cosas, que se otorgue un número de becas adecuado a la intensidad de la marginación en el contexto municipal, regional y nacional; que, independientemente de la modalidad de la beca de que se trate, las instituciones que las asignan den cuenta de su impacto; y que se eviten duplicaciones y discrecionalidad, entres muchas otras ventajas.

Para establecer los criterios que regirán el otorgamiento de los más de 5 millones de becas, consideramos pertinente crear por ley un sistema nacional de becas, el cual aglutine las distintas instancias encargadas de su asignación y norme su actuación.

Actualmente, la Ley General de Educación, dentro del Capítulo III, denominado "De la Equidad en la Educación", en el artículo 33 considera "actividades" las becas. En la fracción VIII señala que, en lo particular, "desarrollarán programas para otorgar becas y demás apoyos económicos a educandos".

Como se podrá apreciar, a la luz de los argumentos vertidos, ese mandato de ley resulta insuficiente para hacer que esa gran inversión y el número de beneficiarios realmente estén recibiendo un apoyo bajo bases de equidad y, con ello, estén mejorando su rendimiento académico.

Considerandos

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone en su artículo 3º que "... todo individuo tiene derecho a recibir educación".

Que la prerrogativa de que trata el artículo en cuestión establece, en la fracción IV, que "? toda educación que el Estado imparta será gratuita".

Que, de igual manera, el artículo 6 de la Ley General de Educación establece la gratuidad de la educación que imparta el Estado.

Que, dentro del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, se establece que "? el Gobierno de la República considera la educación como la primera y más alta prioridad para el desarrollo del país, prioridad que habrá de reflejarse en la asignación de los recursos crecientes para ella y en un conjunto de acciones, iniciativas y programas que la hagan cualitativamente diferente y transformen el sistema educativo".

Que, de igual manera, señala: "... La transformación del sistema educativo, además de asegurar que la educación, el aprendizaje y la instrucción estén al alcance de todo niño, joven y adulto, ha de cuidar también que nadie deje de aprender por falta de recursos, garantizar que todo centro educativo funcione y que en todo centro educativo se aprenda".

Que la Ley General de Educación, en su artículo 10, señala: "? La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares, con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, es un servicio público", lo cual está implícito en la fracción VIII del artículo 3° constitucional.

Que la función constitucional y práctica del servicio público es asistir al gobierno debidamente constituido en la formulación de políticas, la ejecución de las decisiones y la administración de los servicios públicos de que es responsable constitucionalmente.

Por todo lo anterior, se propone reformar el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para reestablecer la educación en todos sus tipos y modalidades como una responsabilidad del Estado, sea la que imparta directamente o mediante sus organismos descentralizados, con el compromiso que en forma más amplia quedó establecido en el artículo 9° de la Ley General de Educación, el cual señala que, "además de impartir la educación preescolar, la primaria y la secundaria, el Estado promoverá y atenderá -directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros; o bien, por cualquier otro medio- todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación superior, necesarios para el desarrollo de la nación; apoyará la investigación científica y tecnológica; y alentará el fortalecimiento y la difusión de la cultura nacional y universal".

Que, para ser congruentes con dicha propuesta y toda vez que no existe disposición legal que prohíba las cuotas en el sistema educativo nacional, el cual, como ya dijimos, es un servicio público; y considerando que es necesario impulsar el desarrollo educativo para estar acorde con el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, es de proponerse que se reformen los artículos 6 y 33, en su fracción VIII, de la Ley General de Educación.

Por lo antes expuesto, se propone el siguiente

Decreto

ARTICULO PRIMERO. Se reforman las fracciones IV y V del artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar así:

Artículo 3º. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado -Federación, estados y municipios- impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación primaria y la secundaria son obligatorias.

I. .........

II. ........

III. ........

IV. Toda la educación que imparta el Estado, cualquiera que sea su modalidad o tipo, incluida la que impartan las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, será gratuita.

V. Además de impartir la educación preescolar, primaria y secundaria señaladas en el primer párrafo, el Estado impartirá, promoverá y atenderá, directamente o mediante sus organismos descentralizados, incluida la que impartan las universidades e instituciones y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorga autonomía, todos los tipos y modalidades educativos -incluyendo la educación superior- necesarios para el desarrollo de la nación; apoyará la investigación científica y tecnológica; y alentará el fortalecimiento y la difusión de la cultura nacional y universal.

VI. ..........

VII. ........

VIII. .........

ARTICULO SEGUNDO. Se reforman los artículos 6 y 33, en su fracción VIII, de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 6. La educación que el Estado imparta, directamente o mediante sus organismos descentralizados, incluidas las universidades e instituciones y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorga autonomía, será gratuita, por lo que quedan prohibidas las cuotas o cualquier otro tipo de contraprestación por el servicio educativo.

Artículo 33. Para cumplir lo dispuesto en el artículo anterior, las autoridades educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, llevarán a cabo las actividades siguientes:

I. .........

II. .......

III. ........

IV. .........

V. ..........

VI. ........

VII. ........

VIII. Desarrollarán programas para otorgar becas y demás apoyos económicos a educandos.

Para ello, se contará con un Sistema Nacional de Becas, el cual establecerá las bases y criterios generales para el otorgamiento de becas por parte del Estado mexicano. Dichas bases se sustentarán en la equidad, normarán que las becas sólo se otorguen a quienes, por condiciones de pobreza y marginación, requieran un estímulo económico y que éstas sólo beneficien a estudiantes que realicen estudios en instituciones públicas.

IX. ........

X. ........

XI. .........

XII. ......

XIII. ......

Artículo Transitorio

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de noviembre de 2002.

Diputados: Rogaciano Morales Reyes, Martí Batres Guadarrama, Ramón León Morales (rúbricas).

Notas:
1 Reglas de Operación del Programa, p. 2.

(Turnada a las Comisiones de Puntos Constitucionales, y de Educación Pública y Servicios Educativos. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

QUE REFORMA Y ADICIONA EL CODIGO PENAL FEDERAL Y EL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, Y CAMBIA LA DENOMINACION DEL CAPITULO VII DEL TITULO IV DEL LIBRO PRIMERO DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, PARA DESALENTAR LA COMISION DE DELITOS AMPARADA EN UNA MULTITUD, PRESENTADA POR EL DIPUTADO ARTURO ESCOBAR Y VEGA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PVEM, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

Bernardo de la Garza Herrera, Francisco Agundis Arias, José Antonio Arévalo González, Esveida Bravo Martínez, María Teresa Campoy Ruy Sánchez, Olga Patricia Chozas y Chozas, Diego Cobo Terrazas, Arturo Escobar y Vega, Jose Rodolfo Escudero Barrera, Sara Guadalupe Figueroa Canedo, Nicasia García Domínguez, Alejandro Rafael García Sainz Arena, Mauro Huerta Díaz, María Cristina Moctezuma Lule, Julieta Prieto Fuhrken, Concepción Salazar González, Erika Elizabeth Spezia Maldonado; diputados de la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71 fracción II, 72 y 73 fracción XXI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55 fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos se turne a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Octava Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa:

Exposición de Motivos

El tema de violencia en los estadios, se viene abordando desde años atrás en éste y en otros países, sobre todo los sudamericanos y los europeos, no sólo con más experiencias, sino que también con tintes más dramáticos.

En México, este fenómeno social no se ha tratado con la seriedad y rigurosidad del caso, pese a que estamos en los albores de ellos y se evidencian hechos que dentro de su complejidad y componentes muestran sus primeros signos que señalan, de no tomarse medidas drásticas y oportunas acciones, lamentaremos situaciones que incluso llegan a producir la muerte de personas inocentes.

El punto medular en la cuestión de la violencia en los estadios esta en la cuestión de la impunidad, no podemos permitir que una persona desequilibrada socialmente, incite u ocasione violencia en los estadios y pague una simple multa.

Diversas autoridades locales señalan como primera causa de la violencia en los estadios a las "porras" de seguidores de los equipos y a la falta de una reglamentación adecuada para castigar los desmanes, que hasta ahora se limitan a un arresto máximo de 36 horas.

En un estudio del Consejo Iberoamericano del Deporte, se establece que algunos individuos de la sociedad ven el deporte la posibilidad de cumplir con muchos de sus anhelos, digamos que habría algunas frustraciones previas, que se ven insatisfechas y acrecientan su inestabilidad emocional. Algunos individuos lo reflejan en sí mismos y lo extrapolan en agresividad o bien en violencia contra los que están a su alrededor.

El futbol es un deporte de masas. Como tal, convoca a toda clase de personas, desde niños, mujeres, y grupos de diversa clase social.

No podemos permitir que se utilice al "deporte nacional" (el futbol) como excusa y trampolín para lesionar al prójimo, y cometer agresiones y actos vandálicos.

En el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, consideramos que no es suficiente con tener más policías en los estadios o cuidando las calles y avenidas aledañas. Que la seguridad pública o privada y el cateo al ingreso a los estadios, para evitar que introduzcan objetos peligrosos que puedan herir a espectadores, dirigentes, árbitros o jugadores, no es suficiente para contener a los grupos organizados o no, en el momento de su desenfreno

El Consejo Iberoamericano clasifica por su orden y peso los factores que promueven la violencia en el deporte: 1) Grupos de fanáticos. 2) Declaración de jugadores. 3) Medios de comunicación social. 4) Frustración social. 5) Declaraciones de dirigentes. 6) Connotaciones políticas y económicas. 7) Infraestructura inadecuada. 8) Criterios de los árbitros. 9) Ingesta de alcohol. 10) Agrupamientos humanos. 11) Ausencia ineficacia de los contingentes policiales. 12) Sociedad maleducada y por supuesto el que no existan medidas punitivas que desalienten a cometer el delito, entre otros.

En otras latitudes, a comienzos de los años 90, entre el 30 y 40% de los partidos de futbol en Europa eran teatro de hechos violentos. Investigaciones en Bélgica e Inglaterra (donde la violencia en los estadios está asociada a los hooligans) demostraron que los jóvenes aficionados varones que buscan compensar sus problemas sociales y personales son más susceptibles de implicarse en "barras bravas" o "porras violentas".

En un principio eran enfrentamientos aislados, pero los grupos fueron creciendo, haciéndose cada vez más radicales y violentos.

El recuerdo más lamentable que existe en el mundo, fue en la final de la Copa de Campeones de 1985 entre la Juventus de Italia y el Liverpool de Inglaterra, en donde murieron más de 30 personas por incidentes protagonizados por hooligans ingleses.

En el continente americano existen sobre todo en el Cono Sur, las barras bravas, aquellas que con cánticos y banderas no paran de animar a sus equipos durante noventa minutos. Sin embargo, la pasión desenfrenada provoca una practica común en los aficionados, el enfrentarse violentamente después de cada encuentro.

En México han ocurrido varias muertes en los estadios de futbol, caso memorable, triste e indignante, fue el suscitado en Ciudad Universitaria en una Final del Campeonato Mexicano de Futbol, entre los pumas de la UNAM y las "águilas" del América, donde perdieron la vida personas inocentes a manos de una turba desenfrenada.

En nuestro país, se han realizado por lo menos varias decenas de casos, en donde de manera cobarde y atentando a la convivencia y a la sociedad en general, uno o varios individuos, escondiéndose en la multitud, realizan todo un catalogo de faltas administrativas y delitos, con absoluta impunidad.

Si alguien tiene responsabilidad sobre estos hechos son, precisamente, las autoridades ejecutivas y legislativas locales o federales de este país, quienes no han sido capaces o no han tenido la valentía de emitir señales claras en el sentido de reprimir en forma efectiva y responsable la violencia que está enquistada en nuestra sociedad, en nuestra juventud y no sólo en los estadios de futbol.

El Estado debe ser garante de la seguridad del individuo en toda clase de espectáculos, y sancionar con la eficacia requerida a todo aquel que transgrede las normas de convivencia social.

Por ello, sometemos a esta Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, la presente

Iniciativa de decreto mediante el cual se reforman los artículos 289 y 299, y se adicionan los artículos 164 Ter y 399 Ter, así como una fracción V al artículo 316, todos del Código Penal Federal; y se reforman los artículos 93 en su fracción VII y 188 del Código Federal de Procedimientos Civiles, y se cambia la denominación del Capítulo VII del Título Cuarto del Libro Primero del Código Federal de Procedimientos Civiles

Artículo Primero.- Se reforma los artículos 289 y 299, y se adicionan los artículos 164 Ter y 399 Ter, así como una fracción V al artículo 316, todos del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 164 Ter

Cuando se cometa algún delito utilizando la concurrencia de varias personas para ocultar la comisión del mismo, se aplicará a los que intervengan en su comisión, hasta el doble de las penas que les correspondan por el o los delitos cometidos.

Se entiende por utilizar la concurrencia de varias personas para ocultar la comisión de delito o delitos, para los efectos de esta disposición; al que al estar entre un número indeterminado de personas cometiere algún delito de manera organizada o no.

Artículo 289

..........

En estos casos, el delito se perseguirá por querella, salvo los que contemplan los artículos 295 y 299, en cuyo caso se perseguirá de oficio.

..........

Artículo 299

Si las lesiones fueren inferidas conforme al supuesto establecido en el artículo 164 Ter, se le impondrán hasta el doble de las penas establecidas en este Código, sin perjuicio de las sanciones que le correspondan conforme a los artículos anteriores.

Artículo 316

Se entiende que hay ventaja:

De la fracción I. a la IV. ...........

V. Cuando se vale de la concurrencia de varias personas para ocultar la comisión del mismo.

Artículo 399 Ter

Para los delitos previstos en los Capítulos V y VI de este título no se necesitará querella de la parte ofendida cuando sean cometidos según el supuesto del artículo 164 Ter.

Artículo Segundo.- Se reforman los artículos 93 en su fracción VII y 188 del Código Federal de Procedimientos Civiles, y se cambia la denominación del Capítulo VII del Título Cuarto del Libro Primero del Código Federal de Procedimientos Civiles, para quedar como sigue:

Artículo 93

La ley reconoce como medios de prueba:

De la fracción I a la VI ..........

VII. Las fotografías, las videocintas, escritos y notas taquigráficas, y, en general, todos aquellos elementos aportados por los descubrimientos de la ciencia, y

...........

Título Cuarto

Capítulo VII

Fotografías, videocintas, escritos o notas taquigráficas, y en general, todos aquellos elementos aportados por los descubrimientos de la ciencia.

Artículo 188

Para acreditar hechos o circunstancias en relación con el negocio que se ventila, pueden las partes presentar fotografías, videocintas, escritos o notas taquigráficas, y, en general, toda clase de elementos aportados por los descubrimientos de la ciencia.

.................

Transitorios

Unico.- Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 28 días del mes de noviembre del 2002.

Diputados: Bernardo de Garza Herrera, coordinador; Francisco Agundis Arias (rúbrica), vicecoordinador; José Antonio Arévalo González, Esveida Bravo Martínez (rúbrica), María Teresa Campoy Ruy Sánchez, Olga Patricia Chozas y Chozas, Diego Cobo Terrazas, Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Jose Rodolfo Escudero Barrera, Sara Guadalupe Figueroa Canedo (rúbrica), Nicasia García Domínguez (rúbrica), Alejandro Rafael García Sainz Arena (rúbrica), Mauro Huerta Díaz, María Cristina Moctezuma Lule, Julieta Prieto Fuhrken (rúbrica), Concepción Salazar González, Erika Elizabeth Spezia Maldonado.

(Turnada a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PARA QUE EL CENTRO DE ESTUDIOS DE LAS FINANZAS PUBLICAS PRESTE SUS SERVICIOS TANTO A LA CAMARA DE DIPUTADOS COMO A LA DE SENADORES, PRESENTADA POR EL DIPUTADO MOISES ALCALDE VIRGEN (PAN), A NOMBRE DE INTEGRANTES DEL COMITE DEL CENTRO DE ESTUDIOS DE LAS FINANZAS PUBLICAS, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

Los suscritos Diputados Federales e integrantes del Comité del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 70, 71 fracción II, 72 apartado H y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de los artículos 88 y 135 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a ésta Soberanía la presente iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, bajo la siguiente:

Exposición de Motivos

Dentro de la política de apertura y eficiencia que el Congreso de la Unión actualmente instrumenta, uno de los temas que con más vehemencia se discute, es el que se refiere al fortalecimiento de los órganos internos que prestan servicios de asesoría técnica a los Legisladores Federales.

La Unidad de Estudios de Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados (UEFP), fue creada por Acuerdo Parlamentario el 2 de abril de 1998 y aprobada por el Pleno el día 25 del mismo mes y año.

Con la nueva Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de septiembre de 1999, la UEFP cambió de denominación a Centro de Estudios de las Finanzas Públicas (CEFP).

El objetivo de la creación del CEFP, respondió a la necesidad de los Diputados de contar con un órgano técnico de carácter institucional y no partidista, que los apoyase, a través de instrumentos técnicos, análisis objetivos, e investigaciones, en los temas de finanzas públicas y economía.

Actualmente el CEFP presta diversos servicios entre los que destacan: el análisis de los documentos que el Ejecutivo Federal envía a la Cámara de Diputados en materia de finanzas públicas y economía; proporciona a las Comisiones, Grupos Parlamentarios y Diputados, la información requerida para el ejercicio de sus funciones constitucionales en materia de economía y finanzas; imparte cursos, seminarios, talleres de capacitación y publica su página de internet e intranet en diferentes secciones, para el procesamiento, distribución, divulgación y fortalecimiento de los sistemas de información, que permiten apoyar el trabajo legislativo de los Diputados y personal técnico de la Cámara.

Aunque es facultad exclusiva de la Cámara de Diputados examinar, discutir y aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, así como revisar la cuenta pública del año anterior, existen facultades concurrentes, como la establecida en la fracción VII del artículo 73 constitucional, que señala que el Congreso tiene la facultad para imponer las contribuciones necesarias para cubrir el presupuesto, o la fracción VIII que faculta al Congreso para dar las bases para que el Ejecutivo celebre empréstitos, para aprobarlos y para mandar pagar la deuda nacional, que necesariamente requieren de un análisis riguroso que provea a los Legisladores (Diputados y Senadores), de los elementos necesarios para la toma de decisiones eficaz y objetiva.

Por otra parte, hay que recordar que el artículo 72 inciso h de la Constitución, establece que la formación de leyes o decretos, a excepción de las relativas a empréstitos, contribuciones o impuestos que deberán iniciar en la Cámara de Diputados, puede comenzar indistintamente en cualquiera de las dos Legisladoras; y que el artículo 73 faculta al Congreso; es decir a ambas Cámaras en forma separada y sucesiva, a legislar en materia de planeación económica (fracción XXIX-D), de programación para el abasto suficiente y oportuno de bienes y servicios (fracción XXIX-E) y de promoción a la inversión extranjera (fracción XXIX-F), por citar algunas de ellas.

Ya sea que la Cámara de Senadores actúe como Cámara de Origen o como Cámara de Revisión, es indudable que requiere de un órgano técnico que le facilite el análisis y las herramientas necesarias para agotar de manera eficiente, la facultad legislativa que le ha sido encomendada.

Asimismo, la Constitución obliga al Senado de la República de manera exclusiva, a analizar la política exterior propuesta por el Ejecutivo Federal y lo faculta para aprobar los tratados internacionales. La toma de decisiones en materia de política exterior, implica el análisis de múltiples variables económicas que el CEFP ha clasificado minuciosamente a lo largo de cuatro años de trabajo.

Por lo anteriormente mencionado, se propone que el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas preste sus servicios a ambas Cámaras, repartiendo equitativamente las cargas presupuestales que la necesaria expansión del Centro pudiese implicar. Por otra parte, la justificación del proyecto se encuentra en el ahorro de recursos que se darían al evitar la contratación externa de personal técnico especializado en materia de economía y de finanzas públicas.

Como servidores públicos, los Legisladores Federales tenemos la obligación de racionalizar los recursos que están a nuestro cargo. Bajo el actual sistema, el análisis y la evaluación de los proyectos y de las iniciativas se duplica.

Redundando en los ejemplos, la aprobación del Paquete Fiscal que el Ejecutivo envía anualmente al Congreso, requiere de la participación estrecha de ambas Cámaras. El análisis de la estimación de los ingresos públicos necesarios para cubrir el presupuesto, no debe llevarse a cabo de manera aislada, es necesario contar con un órgano de las características del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, que provea a ambas Cámaras, de los indispensables elementos para tomar decisiones de manera coordinada.

Para hacer operativo este proyecto, los suscritos Diputados integrantes del Comité del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, respetuosamente proponemos la creación de una Comisión Bicamaral que sustituya al actual Comité del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas como Organo de Gobierno del Centro, en el entendido de que la Comisión conservaría las mismas atribuciones y obligaciones que actualmente tiene el Comité.

Por lo anterior expuesto y fundado, los suscritos Diputados Federales e integrantes del Comité del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, sometemos a la consideración de ésta Soberanía la siguiente:

Iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Unico. Se reforma el numeral 3 del artículo 49 y el artículo 135 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 49.

3. La Cámara contará también, en el ámbito de la Secretaría General y adscritos a la Secretaría de Servicios Parlamentarios, con los Centros de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias y de Estudios Sociales y de Opinión Pública.

Artículo 135. Las Cámaras podrán establecer de forma conjunta o separada, instituciones de investigación jurídica y legislativa, de estudios sociales y de opinión pública y de estudios de las finanzas públicas, para la mejor información y realización de los trabajos, los cuáles tendrán la organización, integración, funcionamiento, atribuciones y ubicación que señale el acuerdo de su creación, observando en todo momento la equidad y reciprocidad en las obligaciones y derechos de ambos cuerpos colegiados.

En el caso de que las Cámaras decidan establecer de forma conjunta alguna de las instituciones señaladas en el párrafo que antecede, se creará una Comisión Bicameral que será su órgano de gobierno. La organización, integración, funcionamiento, atribuciones y competencia se establecerán en el acuerdo de su creación.

Transitorios

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 28 días del mes de noviembre de 2002.

Diputados: Moisés Alcalde Virgen, Presidente (rúbrica); Miroslava García Suárez, secretaria (rúbrica); Jorge A. Chávez Presa, secretario; Rosa Delia Cota Montaño, José María Tejeda Vázquez, Martín Hugo Solís Alatorre (rúbrica), Manuel Medellín Milán (rúbrica), Florentino Castro López (rúbrica), Rosalinda López Hernández (rúbrica), Bernardo de la Garza Herrera.

(Turnada a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

PARA QUE SE INSCRIBA EN LETRAS DE ORO EN EL MURO DE HONOR DE LA CAMARA DE DIPUTADOS EL NOMBRE DE DON MARIANO DE LA BARCENA Y RAMOS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO SALVADOR COSIO GAONA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

Con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el suscrito diputado federal Salvador Cosío Gaona, presento a la consideración de la Cámara de Diputados, la iniciativa de decreto para honrar la memoria de Don Mariano de la Barcena y Ramos, ilustre jalisciense, y gloria nacional, inscribiendo su nombre con letras de oro en el Muro de Honor del Recinto Parlamentario de la Soberanía Nacional, conforme a esta exposición de motivos.

Exposición de Motivos

El H. Congreso de la Unión reconoce a los mexicanos que han contribuido con su obra a consolidar nuestra Nación y lo expresa en el Muro de Honor del Recinto Parlamentario, en ella se encuentran aquellos ciudadanos que han dado su aportación y esfuerzo en las distintas actividades de la sociedad, y que con ello han dado lustre a México mundialmente como es el caso del ameritado jalísciense Don Mariano de la Barcena y Ramos, quien como sabio y erudito desplegó una impresionante versatilidad, incursionando con talento y excelsitud en la ciencia, la plástica, la literatura , el humanismo y el ejercicio de la función pública.

Mariano de la Barcena y Ramos, oriundo de Ameca, Jalisco, nació el 25 de julio de 1842, y llegó a descollar desde sus primeras letras como un excelente educando, tanto en la escuela de instrucción primaria de su pueblo natal, como en la de artes de la capital de Jalisco, donde curso estudios de las bellas artes, mismos que, seducido por los altos estudios a que lo llamaba su privilegiado intelecto, concurrió a perfeccionar en la famosa Academia de San Carlos de la metrópoli de la República.

Siguiendo una innata y prodigiosa vocación científica, estudió además en la Ciudad de México, las materias de Geología y Botánica en la Escuela Nacional Preparatoria, teniendo como maestro a Don Gabino Barreda y en su asignatura de Química recibió cátedra de Don Leopoldo Río de la Loza. Distinguido siempre por sus excelentes calificaciones, el 3 de octubre de 1869, Mariano de la Barcena recibió de la Sociedad Filomática Mexicana su diploma como miembro de número, en reconocimiento a su innegable talento.

Como alumno de la Escuela de Ingenieros manifestó una disposición extraordinaria en el estudio de la Mineralogía, lo que le permitió acceder, en calidad de componente, a la Sociedad Mexicana de Historia Natural, suceso ocurrido en septiembre de 1871, año en que recibió su título como Ingeniero Topógrafo, Hidromensor, Geógrafo, Ensayador y Apartador de Metales, áreas del saber en las cuales más tarde obtendría amplios reconocimientos nacionales e internacionales.

En los primeros meses de 1872, inició su brillante carrera magisterial sustituyendo temporalmente a su propio maestro, Don Antonio del Castillo, en las clases de mineralogía y geología, de las que como fruto de sus observaciones en las prácticas realizadas en el estado de Querétaro, presentó a la dirección de la Escuela de Ingenieros, una memoria que rebasaba con mucho a las asignaturas antes dichas, abarcando la estadística, la geología, la botánica, la zoología, la historia y la geografía, siendo tan acuciosas dichas prácticas que, como resultado, dio aporte a la ciencia universal con el descubrimiento de dos nuevas especies, localizadas en los fósiles de rocas mesozoicas, a las que bautizó, en honra de sus mentores, con los nombres de "Cranea Río Lozí" y "Nerinea Castilli"; entonces, ante este significativo hecho, la Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística le expidió en abril de 1872 su diploma como Socio Honorario.

Aunado a sus logros en investigaciones paleontológicas, en la ciencia botánica descubrió otras especies vegetales, las que dedicó al celebre maestro Jalisciense Don Leonardo Oliva. De igual forma, su tenacidad como investigador le llevó también al descubrimiento de nuevas especies minerales, entre ellas, un antimoniato de mercurio y calcio, que localizó en Huitzuco, Guerrero, al que en su honor la comunidad científica internacional le denominó "Barcenita", perpetuando así el descubrimiento que le mereció la Medalla de Oro que en la Gran Exposición de la Ciudad de México le fuera otorgada por el Presidente Don Sebastián Lerdo de Tejada, el 29 de noviembre de 1874.

Ocupó el puesto de ensayador de la Casa de Moneda de México, de donde salió en 1876, para ir a representar a nuestro país en la Exposición Mundial de Filadelfia realizada con motivo de las fiestas del Centenario de esa ciudad. A su vuelta, el ministro general Vicente Riva Palacio, le encomendó la fundación del actual Observatorio Meteorológico Nacional, que se inauguró el 6 de marzo de 1877 y del que fuera director hasta su muerte.

En 1884, el hallazgo en el Valle de México de los restos de un individuo, al que Antonio de Castillo y Mariano de la Barcena atribuyeron más de 8 mil años y procedente de una división superior al cuaternario, que bautizaron con el nombre de "Hombre del Peñón", conmovió a los antropólogos y geólogos de la época.

La activa participación de este homenajeado en la segunda Exposición de las Clases Productoras de Jalisco, desarrollada en Guadalajara del 1° de mayo al 6 de junio de 1880, cuyo jurado calificador le decretó un Gran Premio por su "Mapa Geológico", primero en su especie publicado en esa época, acumulando dicho premio a los similares recibidos en otras exposiciones en los Estados de México, Veracruz, Aguascalientes y Querétaro, la Nacional y Municipal de México. En el ámbito Internacional, representó a nuestro País en Congresos Científicos desarrollados con motivo de las exposiciones internacionales de Filadelfia (1876), Nueva Orleans (1885), París (1889) y Chicago (1893), dando en forma prolija mundialmente renombre a Jalisco y a nuestra patria, por sus destacadas intervenciones como erudito geólogo y naturalista.

Mariano de la Barcena y Ramos, fue a su vez un fecundo escritor y poseedor de bibliografía bastísima; solamente sus obras sobre geología y minería contaban con 61 fichas en el número 10 del Boletín del Instituto Geológico de México, entre los que descolla una obra que por título lleva el de "Informe y Colección de Artículos Relativos a los Fenómenos Geológicos verificados en Jalisco en el presente año y sus épocas anteriores", el que consta de dos volúmenes, en los que se contienen artículos como los siguientes: Geología Dinámica, Los Terremotos, Noticias del Ceboruco y Sismología, así como Los Terremotos de Jalisco.

Asimismo, este intelectual Jaliscience nos legó obras ameritadísimas que acreditan los sólidos conocimientos de su sabiduría comentada tanto en nuestro Continente como en Europa, siendo entre otras, "Descripción del Crustáceo Fósil del Género Sphyromo" y "Reseña Geológica del Valle de Ameca, Jalisco (México)", "Ensayo Estadístico del Estado de Jalisco", constituyendo ésta, una obra que forma un grueso volumen profusamente ilustrado y que supera a todas las de su género, que consta de 9 partes en las que trata temas como Geografía, Geología, Hidrografía, Climatología, Flora, Agricultura y aclimatación de nuevas plantas en el Estado, concluyendo con un apéndice por índice alfabético de las poblaciones del estado, altitudes y posiciones geográficas de varios puntos de Jalisco y Territorio de Tepic y catálogo de frutas, raíces y tubérculos que se producen en el estado. A estas obras importantes hay que agregar la titulada "Algunos Datos Físicos de la ciudad de Guadalajara"; también sobresalen sus tratados de "Paleontología Mexicana", "Geología Dinámica", "Tratado de Litología", "Noticia Geológica del Estado de Aguascalientes", "Las Obsidianas", "Datos para el Estudio de las Rocas Mesozoicas de México y sus Fósiles".

De igual relevancia, son sus obras "El Hombre Prehistórico de México", y "Noticia Acerca de Hallazgo de Restos Humanos Prehistóricos en el Valle de México", así como su obra denominada "Elementos Aplicables a la Agricultura, a la Ingeniería y a la Industria", y de todo esto se advierte cuan larga es la lista y qué completos son los trabajos editados de este fecundo sabio en todos los órdenes de la ciencia, tanto que, como tributo a este ameritado científico, filósofo y humanista, se eleva la presente iniciativa para enaltecer a un personaje que supo honrar en el tiempo y en el espacio de su época, a su ciudad natal, a su estado, a la República y a la humanidad y que aún proyecta sus luces hacia el porvenir.

En su respetada actuación como funcionario público, el Ingeniero Mariano de la Barcena fue apreciado por sus gobernados en razón a su atinada función y la moderación que se dio en el uso del poder que le fue conferido en calidad de gobernador sustituto del Estado Libre y Soberano de Jalisco, al separarse de su cargo de gobernador constitucional, General Ramón Corona, el 9 de enero de 1889, actuando así, del 10 al 24 de enero de dicho año y por segunda ocasión e idéntico motivo como gobernador sustituto de Jalisco del 22 de marzo al 30 del mismo mes. A la muerte del General Don Ramón Corona, sobrevenida el 11 de noviembre de 1889, el H. Congreso del estado por decreto de fecha 13 de noviembre de dicho año, designó al señor ingeniero Don Mariano de la Barcena como gobernador sustituto de Jalisco, por todo el tiempo que faltaba para que terminara el periodo constitucional. Sin embargo no fue así, pues este se separó en dos ocasiones de su cargo; la primera, por licencia ocurrida del 6 al 30 de mayo de 1890 y la segunda por renuncia que le admitió la legislatura el 8 de noviembre de 1890. A su separación del gobierno de la entidad, fue electo senador de la República y representó entonces a Jalisco en esa alta Cámara del Congreso Federal.

Como refiere su biógrafo Palomino Cañedo "pocos mexicanos han dado tanta gloria a su patria y han sido honrados con tantas preeminencias en el extranjero como el Ilustre Don Mariano Barcena", expresión atinada que se ratificó al haber sido considerado esto por real decreto el 31 de julio de 1895 como Comendador de la Real Orden de Isabel la Católica, por su reconocida capacidad científica como geólogo y naturalista.

Don Mariano de la Barcena y Ramos fallece el lunes 10 de abril de 1899, siendo sepultado en el Panteón Español de la metrópoli bajo el epitafio dictado por él mismo que dice así: "aquí reposan los restos del naturalista Mariano de la Barcena. Dedicó su vida al estudio de la naturaleza, porque ahí podía admirar la sabiduría de Dios".

Compañeras y compañeros diputados, tenemos confianza de que coincidamos todos en que efectivamente la vida de este ilustre jalisciense dejó profunda huella en la República y trascendió inconmensurablemente las fronteras de México, así como el de recordar con espíritu cívico y justeza, su labor tenaz y eficiente en el campo de la investigación científica, por su contribución a la enseñanza en el ejercicio de cargos docentes, por la producción de obras de literatura científica, en su labor de estadista, por la probidad y acierto con que se desempeñó en el cargo del gobernador sustituto de Jalisco y senador por el mismo estado en el H. Congreso de la Unión. El Congreso del estado de Jalisco en la LV Legislatura, aprobó iniciativa del suscrito entonces diputado local, presenté y se aprobó el decreto por el cual se eleva a la calidad de Benemérito del Estado en Grado Heróico a Don Mariano de la Barcena y Ramos, aquí ya fue realizada la cesión solemne para esa declaratoria y el traslado de sus restos mortales a la Plaza de la Rotonda Jalisciense de los Hombres Ilustres de la Ciudad de Guadalajara, Jal., acto que se efectuará el mes de febrero del año 2003. Por los argumentos expuestos, es procedente que determinemos se inscriba su nombre en letras de oro en los muros de honor del Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados de este honorable Congreso de la Unión, a efecto de honrar la memoria de este insigne jalisciense y mexicano y, como un muy justo homenaje a quien como político, sabio, científico, filosofo y humanista, oriundo de un entrañable jirón del estado de Jalisco como lo es la localidad de Ameca, quien accedió hasta la cúspide del reconocimiento a su obra por la comunidad científica internacional que a su vez realizó aportaciones científicas brillantes en geología, zoología, ciencia, botánica y;

En mérito de lo anteriormente fundado y motivado, se somete a la consideración de esta H. Asamblea Legislativa la siguiente Iniciativa de:

Decreto

El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos decreta:

Artículo Unico.- Inscríbase en Letras de Oro en los Muros de Honor del Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el nombre de Don Mariano de la Barcena y Ramos.

Artículo Transitorio

Unico.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de noviembre de 2002.

Diputados: Salvador Cosío Gaona, José Manuel Correa Ceseña, J. Socorro Velásquez Hernández (rúbricas).

(Turnada a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. Noviembre 28 de 2002).
 
 
 

DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UN PARRAFO DECIMO AL ARTICULO 5º Y SE REFORMAN LOS ARTICULOS 7º, 13, 16, 28 Y 32 DE LA LEY DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES, PARA LOGRAR UNA DISTRIBUCION FEDERALISTA DEL GASTO DE LOS PROGRAMAS DIRIGIDOS A LAS MUJERES, PRESENTADA POR LA DIPUTADA JOSEFINA HINOJOSA HERRERA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

Con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55, fracción II; 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la suscrita diputada del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, someto a la consideración de esta Cámara de Diputados la presente iniciativa de decreto en la que se adiciona un párrafo décimo al artículo 5º y se reforman los artículos 7º, 13, 16, 28 y 32, todos de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Hoy, actuar bajo los principios del federalismo es una exigencia no sólo discursiva, buscar y promover en consecuencia la aplicación de esos preceptos es una obligación. Nuestras normas en gran parte, y en particular las que contienen mecanismos de coordinación entre los estados y la Federación, han sido muy consecuentes con la visión y la práctica centralista, que desafortunadamente ha prevalecido a lo largo de la historia de la República.

Por ello, a esta iniciativa la motiva la necesidad de favorecer un aspecto que considero fundamental, para vigorizar el federalismo: me refiero al diseño de políticas públicas, de distribución del Presupuesto y a las obligaciones y compromisos de coordinación que esto conlleva.

En diciembre del año 2000, esta Cámara de Diputados aprobó la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, fue sin duda, el consenso entre los grupos parlamentarios lo que hizo posible que esta ley se aprobara. Para la funcionalidad del Instituto creado, esta soberanía durante dos años consecutivos ha aprobado, a iniciativa del Ejecutivo Federal, su presupuesto. Este, como sucede en todos los rubros de prioridades nacionales, no ha sido suficiente, sin embargo, le ha permitido al Instituto sentar bases de operatividad para las tareas que aceleren lograr la equidad entre los géneros.

Para potenciar las acciones por la igualdad, ciertamente que el Instituto Nacional de las Mujeres ha llevado a cabo una relación cercana con sus homólogos en las entidades federativas, este vínculo se ha concretado a través de convenios de participación o impulso en los programas que el Instituto realiza. Sin embargo, en las entidades federativas las condiciones en las que operan las instituciones para la equidad, llámense estos institutos o secretarías, son en extremo limitadas.

Por una parte, tienen como requisito, intensificar su cabildeo con los secretarios de finanzas de las entidades a fin de que les asignen presupuesto y por el otro rogarles a los Ejecutivos estatales firmen los convenios con el Instituto Nacional de las Mujeres, en la búsqueda de obtener más recursos en participación. En ese peregrinar se llevan una buena parte de su tiempo, que sin duda sería muy útil, pues en lugar de andar limosneando como luego decimos, deben de fijarse techos presupuestales tanto de la Federación como de los estados para atender de manera efectiva la causa por la equidad.

Esta iniciativa, pretende contribuir a lograr una distribución federalista del gasto de los programas dirigidos a las mujeres desde el Instituto creado para ello, para lo cual proponemos reforzar los mecanismos de operación señalados en la norma.

En la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, quedó reflejado que uno de los principios básicos sobre los cuales habrán de conducirse las políticas públicas a favor de la equidad de género, es mediante el "federalismo, en lo que hace al desarrollo de programas y actividades para el fortalecimiento institucional de las dependencias responsables de la equidad de género en los estados y municipios".

El instrumento como lo establece la ley, para mejorar dichas políticas públicas, es el Instituto Nacional de las Mujeres, que está mandatado a diseñar, evaluar y operar en algunos casos sus políticas en convenio con los institutos, secretarías u organismos de los estados de la República; sin embargo, no existe un mandato legal que prevea la repartición equitativa de los recursos entre la Federación y los estados en materia de programas de equidad.

En este sentido, proponemos se reformen diversos artículos de la citada ley, a efecto de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación, se destinen recursos para los estados y municipios, los cuales deberán ser distribuidos equitativamente entre las entidades federativas y el Distrito Federal, bajo las prioridades que el Instituto Nacional de las Mujeres y sus similares en los estados señalen.

Por otra parte, con el fin de especificar claramente los objetivos bajo los cuales se habrá de conducir, el Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y no Discriminación contra las Mujeres, se propone sean reformados diversos artículos de la ley en comento.

Es necesario hacer referencia en la ley desde su definición, el establecimiento de este importante programa para la concreción de los objetivos en el texto normativo, al igual que establecer quién deberá de aprobarlo, le dará mayor vigor y eficacia a los propósitos del legislador de plasmar en la ley, el compromiso por alcanzar la igualdad entre los géneros.

La parte central para un mejor desarrollo de las políticas públicas, es la asignación del Presupuesto de forma clara y específica, previamente discutido y consensado por las diferentes instancias involucradas y por la delimitación ordenada de las facultades y obligaciones de los organismos públicos.

La institucionalización de la perspectiva de género en la actividad cotidiana del Estado y la sociedad, es uno de los principales retos de nuestro país en el presente. Por lo antes expuesto, someto a la consideración del honorable Congreso de la Unión, la presente

Iniciativa de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres.

Artículo Unico. Se adiciona un párrafo décimo al artículo 5º, se reforma el artículo 7º fracción VI; se adicionan los artículos 13, fracción II, y 16, fracción V, y se reforman los artículos 28 y 32, todos de la Ley del Instituto Nacional de la Mujeres, para quedar como sigue:

Artículo 5º Para los efectos de esta ley se entenderá por:

...

...

...

...

...

...

...

...

...

Programa: El Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y la no Discriminación contra las Mujeres.

Artículo 7º El Instituto tendrá las siguientes atribuciones:

I a V...

VI. Elaborar, coordinar y evaluar el programa.

La elaboración del programa será anual y deberá contener el conjunto de acciones a realizar, orientadas a erradicar la discriminación hacia las mujeres y la promoción de la igualdad de oportunidades y, participación equitativa entre hombres y mujeres en la vida cultural, política, económica, familiar y social, tanto en el ámbito nacional como las propiasa desarrollar conjuntamente con los estados y municipios.

La evaluación en la aplicación del programa deberá ser periódica y sistemática.

VII a XXV...

Artículo 13. Para el cumplimiento de las atribuciones del Instituto, la Junta de Gobierno tendrá las siguientes facultades:

I...

II. Aprobar el programa.

III. Establecer, en congruencia con los programas sectoriales, las políticas generales y definir las prioridades a las que deberá sujetarse el Instituto;

IV. Aprobar el Presupuesto, informes de actividades y estatutos financieros anuales del Instituto y autorizar su publicación previo informe de los comisarios y del dictamen de los auditores externos;

V. Autorizar la creación de comités de apoyo y grupos de trabajo temporales;

VI. Aprobar, de acuerdo con las leyes aplicables, las políticas, bases y programas generales que regulen los convenios, contratos y acuerdos que deba celebrar el Instituto;

VII. Establecer, observando la ley, las normas necesarias para la adquisición, arrendamiento y enajenación de inmuebles que el Instituto requiera;

VIII. Nombrar a las vocales propietarias a que se refiere el artículo 12, fracción II, inciso b, de esta ley;

IX. Designar y remover, a propuesta de la Presidencia, a las y los servidores públicos de los niveles administrativos inferiores al de aquélla;

X. Designar y remover, a propuesta de la Presidencia, a la secretaria técnica y a la prosecretaria;

XI. Aprobar el reglamento interior, la organización general del organismo y los manuales de procedimientos;

XII. Aprobar en términos de ley, el estatuto orgánico del Instituto y los apéndices administrativos que correspondan;

XIII. Fijar las condiciones generales de trabajo;

XIV. Analizar y, en su caso, aprobar los informes periódicos que rinda la Presidencia, con la intervención que corresponda al comisario;

XV. Aprobar la aceptación de herencia, legados, donaciones y demás liberalidades;

XVI. Conocer y aprobar los convenios de colaboración que hayan de celebrarse con dependencias y entidades públicas;

XVII. Expedir la convocatoria para la integración del consejo consultivo y del consejo social, y

XVIII. Las demás que le atribuyan esta ley y el estatuto orgánico del Instituto.

Artículo 16. La Presidencia del Instituto tendrá las siguientes facultades: I. a IV. ...

V. Presentar a consideración y aprobación de la Junta de Gobierno el programa.

Se recorren las fracciones de la VI a la XVIII.

Artículo 28. El Instituto solicitará a las y los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, las y los titulares de los órganos de impartición de justicia federal, así como a la Presidencia de la Mesa Directiva de ambas Cámaras del Congreso de la Unión la información pertinente en materia de equidad de género, así como su colaboración dentro del área de su competencia, en la elaboración, ejecución y seguimiento del programa.

...

...

...

Artículo 32. El decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, deberá contener las partidas y previsiones necesarias para sufragar los gastos del Instituto, mismos que habrá de ejecutar, en lo relativo a los programas, en coordinación con los institutos, secretarías o dependencias encargadas de los programas de equidad de género en los estados.

Lo anterior sin perjuicio, de que el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación deberá, contener partidas específicas para distribuir equitativamente entre las instituciones encargadas de los programas de equidad en las entidades federativas.

Artículo Transitorio

Unico. La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de noviembre de 2002.

Diputadas: Josefina Hinojosa Herrera (rúbrica); María Elena Chapa Hernández (rúbrica).

(Turnada a la Comisión de Equidad y Género. Noviembre 28 de 2002.)
 
 












Excitativas
A LA COMISION DE GOBERNACION Y SEGURIDAD PUBLICA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO SALVADOR COSIO GAONA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

Salvador Cosío Gaona, diputado federal electo en el 05 distrito electoral del estado de Jalisco con cabecera en Puerto Vallarta, a nombre propio y de quienes también firman y avalan la presente, diputados federales de diversos partidos políticos, integrantes de la Comisión de Turismo y/o representantes de entidades federativas con vocación económica de fomento turístico, así como legisladores que buscan la modernización nacional, vengo a esta tribuna a solicitar de la Presidencia de esta Cámara a su digno cargo, tenga a bien formular una nueva excitativa a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública a efecto de que, como lo establece expresamente el Reglamento para el Gobierno Interior de esta soberanía, presente de inmediato, en la fecha exacta que usted determine y le emplace, el dictamen relativo a la iniciativa de Ley Federal de Juegos con Apuestas, Sorteos y Casinos, y, de no cumplir con dicho emplazamiento formal, proponga a esta Cámara se pase el trámite de dictamen a otra comisión, toda vez que ésta es ya la segunda iniciativa y la Comisión de referencia no cumplió con lo ordenado en la primera excitativa a que se hizo acreedora, instruida por la Presidencia de esta soberanía a petición del suscrito y de ciento ochenta legisladores más, de fecha 31 de octubre del año en curso.

Antecedentes

Como es del conocimiento de todos nosotros, compañeros diputados, a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública le fue turnada desde el día 26 de febrero de 1999, la iniciativa de Ley Federal de Juegos con Apuestas, Sorteos y Casinos, que fue presentada al Pleno de esta Cámara, por el entonces diputado Isaac González Cuevas, a nombre propio y de un numeroso grupo de diputados federales representantes de diversos partidos políticos.

Ya en esta LVIII Legislatura, la Comisión de Turismo incluyó en su agenda el impulso al dictamen pendiente a dicha iniciativa, motivando que la Comisión de Gobernación aceptase conformar un grupo plural de trabajo integrado por diputados de la comisión dictaminadora a efecto de presentar al pleno de dicha comisión un proyecto de dictamen, participando en dichas tareas la Subcomisión de Análisis para la Legislación Federal de Juegos y Sorteos que previamente había establecido formalmente la Comisión de Turismo.

El grupo de trabajo antes señalado, culminó sus tareas desde hace varios meses, produciendo un documento, proyecto de dictamen, que contiene el esfuerzo de análisis de los legisladores de diversos partidos, así como de representantes de los distintos sectores productivos y sociales, por lo que se está ya en condiciones de concluirlo y presentarlo al Pleno de inmediato, toda vez que, además, ha transcurrido en demasía el plazo legal de cinco días que el Reglamento para el Gobierno Interior de esta Cámara otorga a las comisiones legislativas para presentar los dictámenes a su cargo, y, en el tiempo que la propia reglamentación camaral establece para ese fin, es decir, antes de transcurrir los cinco días antes citados, la comisión que tiene pendiente el dictamen no cumplió en manifestar a la Cámara en sesión secreta que hubiere juzgado necesario o conveniente demorar o suspender el trámite de dictaminación correspondiente, razón por la que, es muy claro, procedió la excitativa que solicité y se realizó el día último del mes pasado y, además, procede efectuar nueva excitativa emplazando a dicha comisión a presentar el dictamen en fecha cierta y determinada expresamente por usted, diputada Presidenta, quedando claro que, igualmente, es procedente, que para el caso de incumplimiento se turnará el asunto para que otra comisión lo despache de inmediato, en los términos legales correspondientes.

Compañeras y compañeros diputados

Me permito insistir, los juegos con apuestas y sorteos, deben ser regulados, vigilados y controlados para que se efectúen con honestidad y estricto apego a la legalidad, es la ley y no su ausencia la que constituye el único instrumento para conducir las relaciones entre los individuos y las instituciones. La ilegalidad y el nulo control que hoy imperan generan riesgo a la sociedad y una gran pérdida económica a la nación.

Es imperativo establecer un marco normativo adecuado, que reconozca la realidad del país y propicie legalidad, certidumbre y desarrollo económico, pero sobre todo, que evite la gran corrupción que hoy impera en todo el país en relación con la operación clandestina en materia de juegos y sorteos.

La nación no puede esperar más este debate.

Es urgente cumplir nuestra responsabilidad.

Por lo antes expuesto, y con fundamento en lo que disponen los artículos 39 y 45 párrafo sexto, inciso e), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 21, fracción XVI, 87 y 91 del Reglamento para el Gobierno Interior de esta Cámara, solicito a usted

Unico.- Se acepte esta solicitud y se excite a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, para que en la fecha exacta que se determine, presente para su discusión en este Pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el dictamen correspondiente a la iniciativa de Ley Federal de Juegos con Apuestas, Sorteos y Casinos, y que, en caso de incumplimiento se proponga se pase el trámite de dictamen a otra comisión legislativa a fin que cumplimente de inmediato el mismo, en los términos legales.

Palacio Legislativo Federal de San Lázaro, a 28 de noviembre de 2002.

Diputados: Salvador Cosío Gaona, Manuel Añorve Baños, Federico Granja Ricalde, Reyes Silva Beltrán, José Manuel Quintanilla Rentería, Rafael Servín Maldonado, Rubén Félix Hays, Félix Salgado Macedonio, Efrén Leyva Acevedo, Jaime Mantecón Rojo, Jorge Carlos Ramírez Marín, Roberto Bueno Campos, José Manuel del Río Virgen, José Antonio Calderón Cardoso, Héctor Esquilano Solís, Jaime Hernández González, José Manuel Correa Ceseña, José Velázquez Hernández, Jaime Larrazábal Bretón, Flor Añorve Ocampo, Roberto Bueno Campos, José Núñez Murillo, Clemente Padilla Silva, Sergio Vaca Betancourt, José Ramón Mantilla y González de la Llave, Sonia López Macías, José Ramón Soto Reséndiz, José María Anaya Ochoa, Francisco Arano Montero, José Rodríguez López, Mario Sandoval Silvera, Mónica Serrano Peña, Joel Vilchez Mares, Francisco Javier Chico Goerne Covián, Amado Olvera Castillo, Jesús López Sandoval, Manuel Minjares Jiménez, Manuel Orozco Garza, Raúl Sicilia Salgado, Marcos López Mora, Eduardo Leines Barrera, Miguel Vega Pérez, Víctor García Dávila, Ismael Estrada Colín, Juan Manuel Martínez Nava, Beatriz Cervantes Mandujano, Lorena Beaurregard de los Santos, Javier García González, Eréndira Cova Brindis, Jaime Alcántara Soria, Pedro Rosaldo Salazar, José Antonio Magallanes Rodríguez, Elías Martínez Rufino, Angel Meixueiro González, Irma Piñeyro Arias, Gustavo Donis García, Jesús Burgos Pinto, Francisco Cárdenas Elizondo, Salvador Castañeda Salcedo, Policarpo Infante Fierro, Aarón Irízar López, Timoteo Martínez Pérez, Pedro Manterola Sainz, Delfino Garcés Martínez, César Duarte Jáquez, Jaime Rodrígez López, Jorge Carlos Berlín Montero, Manuel Galán Jiménez, Juan Sepúlveda Fayad, Eduardo Andrade Sánchez, Ranulfo Márquez Hernández, Ignacio Mendicuti Pavón, Gerardo Sosa Castelán (rúbricas).

(Se excita a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública para que emita el dictamen correspondiente el día 10 de diciembre. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

A LA COMISION DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, PRESENTADA POR LA DIPUTADA IRMA PIÑEYRO ARIAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

Irma Piñeyro Arias, diputada a esta LVIII Legislatura por el estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos 67, letra g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 21, fracción XVI, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito a la Presidencia de esta H. Cámara de Diputados, se sirva excitar, a nombre de la Cámara, a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para que proceda a presentar dictamen dentro del término de 10 días que marca la ley, por haber transcurrido en más de un año el plazo reglamentario desde que se turnó el asunto, para su posterior discusión en el Pleno, del punto de acuerdo sobre régimen fiscal de ejidos y comunidades forestales, presentado por la suscrita, de acuerdo a las siguientes

Consideraciones

I.- Que en la imposibilidad de presentar en tribuna dicho punto de acuerdo, debido a la saturación de la agenda legislativa, el día 30 de abril de 2001 solicité al diputado Ricardo García Cervantes, Presidente en turno de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados, se sirviera dar curso y determinar el trámite correspondiente de acuerdo a la materia del mismo.

II.- Que el Presidente de la Mesa Directiva turnó el mismo día el punto de acuerdo sobre régimen fiscal de ejidos y comunidades forestales a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, por considerar su competencia en el asunto.

III.- Que ha transcurrido en exceso el plazo de cinco días que fija el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sin que la Comisión de Hacienda y Crédito Público haya presentado su dictamen.

IV.- Que corresponde por tanto que esa Presidencia emita una excitativa a dicha Comisión para que en un término no mayor de 10 días, como lo establece el artículo 67, letra g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presente el dictamen fundado, a fin de que pueda sujetarse a votación en el Pleno de esta H. Cámara de Diputados.

Por las anteriores consideraciones, solicito con todo respeto, a esta Presidencia

Unico.- Con fundamento en las disposiciones legales y reglamentarias citadas, tenga por presentada esta solicitud y se sirva excitar a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, por medio de su Presidente, para que emita dictamen en el término de 10 días, respecto al punto de acuerdo sobre el régimen fiscal de ejidos y comunidades forestales, presentado por la suscrita diputada y firmado asimismo por diputados integrantes de la fracción del Partido Revolucionario Institucional de esta Quincuagésima Octava Legislatura del H. Congreso de la Unión, apercibiéndole, que de no cumplir con la excitativa y de no mediar causa justificada, se propondrá a la Cámara se turne a otra comisión, según lo establecen las disposiciones legales y reglamentarias citadas.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el día 28 de noviembre de 2002.

Dip. Irma Piñeyro Arias (rúbrica)

(Se excita a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para que emita el dictamen correspondiente. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

A LA JUNTA DE COORDINACION POLITICA, PRESENTADA POR LA DIPUTADA IRMA PIÑEYRO ARIAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

Irma Piñeyro Arias, diputada a esta LVIII Legislatura por el estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos 67, letra g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 21, fracción XVI, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito a esa Presidencia se sirva excitar, en nombre de la Cámara, a la Junta de Coordinación Política para que proceda a presentar dictamen, dentro del término de 10 días que marca la ley para el caso de excitativas, por haber transcurrido en exceso el plazo reglamentario desde que se turnó el asunto, para su posterior discusión en el Pleno, del punto de acuerdo en torno de las reformas constitucionales en materia indígena, presentado por la suscrita, de acuerdo con las siguientes

Consideraciones

Primero. Que dicho punto de acuerdo fue presentado en tribuna el día 11 de octubre de 2001, y la Presidencia en turno de la Mesa Directiva de esta H. Cámara de Diputados determinó el trámite correspondiente de acuerdo con la materia del mismo.

Segundo. Que el mismo día de su presentación ante el Pleno, como se ha expresado en el punto anterior, la Presidencia de esta H. Cámara lo turnó a la Junta de Coordinación Política, por considerar que el asunto es competencia de dicho órgano legislativo.

Tercero. Que la Junta de Coordinación Política emitió el 5 de septiembre un acuerdo mediante el cual expresa que se desahogará la proposición una vez que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva lo conducente respecto de las controversias constitucionales que se presentaron a causa del descontento con el contenido de las reformas en materia de derechos y cultura indígenas.

Cuarto. Que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronunció el día 6 de septiembre de 2002 respecto de 322 de las 330 controversias interpuestas contra las reformas, resolviendo declararlas improcedentes.

Quinto. Que, una vez cumplida la condición que mencionó el acuerdo de la Junta de Coordinación Política, la suscrita presentó en el Pleno de esta H. Cámara de Diputados, en sesión del 10 de septiembre del año en curso, una exhortación para que se desahogara el punto de acuerdo por el cual se propuso la formación de una Comisión Especial Plural para realizar las consultas a los pueblos, núcleos o grupos afectados, como lo establece el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.

Sexto. Que habiendo transcurrido en exceso el plazo de cinco días que fija el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos sin que las comisiones hayan presentado dictamen, teniendo en cuenta la importancia que el asunto reviste a nivel nacional en aspectos sociales, políticos y económicos que afectan a millones de nuestros compatriotas indígenas y al país en general y

Séptimo. Que corresponde por tanto que esa Presidencia emita excitativa a la Junta de Coordinación Política para que, en un término no mayor de 10 días, como lo establece el artículo 67, letra g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presente dictamen fundado, a fin de que pueda sujetarse a votación en el Pleno de esta H. Cámara de Diputados.

Por todo lo expuesto en las anteriores consideraciones, solicito con todo respeto a esa Presidencia

Unico. Tenga por presentada esta solicitud con fundamento en las disposiciones legales y reglamentarias citadas, y se sirva excitar a la Junta de Coordinación Política, por medio de su Presidente, para que emita dictamen en el término de 10 días respecto al punto de acuerdo en torno de la formación de una Comisión Plural para realizar las consultas relativas a las reformas constitucionales en materia indígena, presentado por la suscrita y firmado asimismo por diputados federales de esta Quincuagésima Octava Legislatura del H. Congreso de la Unión, apercibiéndole que, de no cumplir la excitativa y de no mediar causa justificada, se propondrá a la Cámara se turne a otra comisión, según lo establecen las disposiciones legales y reglamentarias citadas.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de noviembre de 2002.

Dip. Irma Piñeyro Arias (rúbrica)

(Se excita a la Junta de Coordinación Política. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

A LAS COMISIONES DE EDUCACION PUBLICA Y SERVICIOS EDUCATIVOS, Y DE ENERGIA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO JOSE MANUEL DEL RIO VIRGEN, DE CDPPN, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

La educación en el país es tan de vital importancia que apenas el martes pasado aprobamos la otorgación del 8% del PIB a este rubro, con lo que sin duda alguna, estamos atendiendo una de las demandas más sentidas de los mexicanos y reivindicando a tantos y tantos maestros que sabrán utilizar este logro en beneficio de su libertad de cátedra y la educación del presente y del futuro.

Ojalá este mismo sentido nacionalista nos invada en la última etapa de esta LVIII Legislatura que todavía puede ser la de la transición.

El 15 de diciembre de 2001 fue sometido a esta soberanía por diversos grupos parlamentarios, un punto de acuerdo para que la Secretaría de Educación Pública apoye la creación del Centro Nacional de Geociencias y Administración de Energéticos, turnado a la Comisión de Educación y Servicios Educativos.

En la misma se destacó la función del Instituto Politécnico Nacional, en la formación de profesionales y especialistas en distintas disciplinas relacionadas con las ciencias de la energía, vinculadas con la exploración y administración económica de los hidrocarburos del país, tema de gran importancia para el futuro, inmediato nacional.

En la sesión del 15 de octubre de 2002, nuevamente fue solicitado se dictaminara este punto, en voz del diputado Miguel Bortolini Castillo, que en esencia pretendía exhortar a la Secretaría de Educación Pública para que apoyara con recursos presupuestales la creación del Centro Nacional de Geociencias y Administración de Energéticos, así como apoyar al IPN con presupuesto, para concretar este noble fin, no sin antes destacar que esta institución ha contribuido por más de 60 años a la formación de profesionales.

Como se ha sostenido con anterioridad, la creación del Centro Nacional de Geociencias contribuiría "a capitalizar la labor realizada en las áreas de investigación geológica y administrativa, a consolidar en todo el país los programas académicos y de investigación de las maestrías, a intensificar la oferta de servicios de consultoría de diversos organismos y empresas del sector público federal y estatal; y a establecer convenios de colaboración académica y de investigación con instituciones de otras naciones".

Por ello es importante que, dicho punto de acuerdo sea dictaminado a la brevedad posible por la Comisión de Educación y Servicios Educativos, al tiempo que solicitar conozca nuevamente de la misma la Comisión de Energía de esta soberanía, por ser un tema de simultáneo interés para ambas comisiones, pero ante todo de interés social.

Unico: Con fundamento en el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito respetuosamente a la Presidencia de la Mesa Directiva de esta soberanía, tenga a bien formular una excitativa a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, a fin de que dictamine a la brevedad posible la proposición con punto de acuerdo referida, así como se turne a la Comisión de Energía de esta soberanía con el mismo fin.

Dip. José Manuel del Río Virgen (rúbrica)

(Se excita a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para que emita el dictamen correspondiente; y a la Comisión de Energía. En virtud de que es la segunda excitativa, se fija el día 10 de diciembre para que se emita el presente dictamen. Noviembre 28 de 2002.)
 
 












Proposiciones
CON PUNTO DE ACUERDO, RELATIVA A EXHORTAR AL IFE A QUE ESTUDIE LA POSIBILIDAD DE IMPLANTAR EL USO DE UNA BOLETA ESPECIAL PARA DISCAPACITADOS VISUALES EN LAS ELECCIONES DE 2003, PRESENTADA POR LA DIPUTADA GABRIELA CUEVAS BARRON, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

Con fundamento en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento el siguiente punto de acuerdo para exhortar al Instituto Federal Electoral a implantar el uso de una boleta especial en sistema Braille que permita a los discapacitados visuales ejercer su derecho al voto, al tenor de las siguientes
 

Consideraciones

Nuestra Carta Magna, en su artículo 1º, deja asentada la prohibición de toda discriminación por origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y las libertades de las personas.

Al respecto, no cabe duda de que estamos avanzado hacia una sociedad incluyente y democrática. Prueba de ello es la ratificación por nuestro país de diversos convenios y tratados internacionales contra todas las formas de discriminación, los cambios de la legislación actual y creación de nuevas leyes, así como las políticas públicas implantadas.

Sin embargo, hay esferas que debemos fortalecer para hacer efectivo uno de los presupuestos básicos que define a la democracia: la extensión del sufragio popular a todos los ciudadanos, con independencia de sus capacidades diferentes.

De acuerdo con las cifras del XII Censo de Población y Vivienda 2000, en México existen cerca de 1.8 millones de personas con algún tipo de discapacidad de largo plazo. De este total, 26.1% sufre discapacidad visual, el segundo tipo después de la motriz.

De 467,040 personas con discapacidad visual, cerca de 415,000 (es decir, casi 90%) están en edad de votar. No obstante, este derecho, plasmado en nuestra Carta Magna, se ve en la realidad limitado a causa de este tipo de discapacidad, ya que para el ejercicio del voto se utiliza como instrumento la boleta electoral, la cual tiene únicamente características visuales, en especial los colores, para que los votantes diferencien su voto por el partido o el candidato de su elección.

El sentido del tacto es uno de los que más sirven para el desarrollo de las personas con discapacidad visual. Por ello se requieren otras medidas, que potencien el uso de este sentido y faciliten el ejercicio del derecho al voto por parte de los ciudadanos con discapacidad.

Las personas con discapacidad visual se han visto limitadas en el ejercicio de esta prerrogativa o, en su caso, requieren ayuda de otra persona, afectando su derecho de elegir a sus representantes de acuerdo con lo establecido en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y en términos de las características del voto: de forma universal, libre, secreta, directa, personal e intransferible.

El reconocimiento jurídico para participar en la política mexicana por parte de los ciudadanos mexicanos con discapacidad visual requiere que las autoridades en materia electoral implanten los instrumentos que permitan a todos los ciudadanos participar en las elecciones en igualdad de condiciones en la emisión del sufragio.

El ejercicio de la ciudadanía es la base de sustentación del poder del Estado, ya que otorga la capacidad a quien ostenta dicha categoría jurídica de participar en los asuntos públicos del país: básicamente, en el proceso democrático de designación de autoridades públicas y representantes populares, así como en el ejercicio de las atribuciones fundamentales de los órganos del Estado.

En virtud de lo anterior, y en aras del desarrollo democrático de nuestro país, por las razones antes expuestas presento y someto a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Unico. Que esta H. Cámara de Diputados, respetuosa de la división de poderes, solicite al Instituto Federal Electoral, por conducto del Consejo General Electoral, que en el ejercicio de sus facultades y atribuciones analice la posibilidad de implantar el uso de una boleta especial en sistema Braille que permita a discapacitados visuales acceder al voto universal y secreto en igualdad de condiciones para las elecciones federales de 2003.

H. Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.- México, Distrito Federal, a 28 de noviembre de 2002.

Dip. Gabriela Cuevas Barrón (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA EXHORTAR AL TITULAR DEL EJECUTIVO FEDERAL A QUE INICIE LAS NEGOCIACIONES PARA PROTEGER LAS RAMAS DE LA PRODUCCION AGRICOLA Y GANADERA, EN EL MARCO DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMERICA DEL NORTE, PRESENTADA POR EL DIPUTADO SANTIAGO GUERRERO GUTIERREZ (PRI), A NOMBRE DE DIPUTADOS DE DIVERSOS GRUPOS PARLAMENTARIOS, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

El que suscribe, diputado Jaime Rodríguez López, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, acudo a esta tribuna para someter a la consideración de esta soberanía una proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a iniciar negociaciones para la aplicación de medidas de emergencia, inscritas en el marco del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, para la protección de las ramas productivas agrícolas y ganaderas.

Considerandos

Los legisladores integrantes de los grupos parlamentarios de los partidos de la Alianza Social, de la Sociedad Nacionalista, Convergencia por la Democracia, del Trabajo, Verde Ecologista de México, de la Revolución Democrática, Acción Nacional y Revolucionario Institucional queremos manifestar nuestra preocupación por la situación prevaleciente en el campo mexicano a consecuencia de la indiferencia oficial ante el daño que están causando las importaciones indiscriminadas de productos agrícolas y pecuarios y ante la inminente eliminación de aranceles a casi la totalidad de alimentos y materias primas de origen agropecuario.

Para fundamentar nuestra solicitud cabe remontarnos a anotar algunos de los objetivos generales del Tratado de Libre Comercio de América del Norte.

Previa aprobación de las instancias legislativas, nuestro país suscribió, el 17 de diciembre de 1992, el Tratado de Libre Comercio de América del Norte con Canadá y Estados Unidos, mismo que entró en vigor el primero de enero de 1994.

A partir del Consenso de Washington, en los gobiernos de los países latinoamericanos ha imperado la convicción de que la modernización de las economías está supeditada a la globalización, realidad que impone la obligación de participar en procesos de competencia internacional, en un marco de especialización en aquellas actividades en las que cada país tiene mayores ventajas comparativas y competitivas.

La creciente competencia internacional impone elevar la productividad y competitividad de nuestros productores como medios para estar en condiciones de evitar que las mercancías nacionales sean desplazadas por las importaciones provenientes de regiones donde se producen de mejor calidad y precios más reducidos. Asimismo, sólo mediante la mayor productividad interna se podrán crear condiciones de competitividad que permitan a los productos nacionales evitar su desplazamiento del mercado nacional y concurrir al mercado internacional. Ambas premisas son válidas en la medida que no haya distorsiones en la fijación del tipo de cambio.

En fin, la globalización obliga a la introducción masiva de innovaciones tecnológicas para elevar la eficiencia productiva, pero también impone a los gobiernos la obligación de promover la concurrencia abierta y decidida de los productores privados para invertir en nuevas técnicas de producción y en innovadores de conservación, transporte y comercialización.

En particular; en el sector rural se pretendió establecer nuevas relaciones entre gobierno y productores. A partir de la firma del TLCAN, el Estado no habría de ser el principal actor del crecimiento sino que serían los productores, los protagonistas centrales del proceso de desarrollo.

Con estas premisas de filosofía económica, se planteó la integración de la agricultura mexicana a la economía internacional. El desarrollo agropecuario se sustentaría, en lo sucesivo, en el intercambio con los principales socios comerciales, mediante la inversión de capitales y la asimilación de tecnologías que permitiesen maximizar el valor de la producción agropecuaria y del ingreso rural, mediante una especialización creciente en las áreas y rubros donde existen ventajas comparativas.

Otra parte destacada del tratado refiere los plazos para la liberalización del comercio.

Conscientes de la enorme asimetría entre los sectores agropecuarios de México respecto a los de Estados Unidos y Canadá, en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte se negoció un programa gradual de apertura. Eliminados de antemano en su inmensa mayoría los permisos previos de importación, abrogados los precios oficiales corno método de valuación de los productos importados, reducidos a la mitad, en promedio, los aranceles a la importación y desechados casi todos los obstáculos no arancelarios al comercio exterior, el Gobierno mexicano negoció varios sistemas de desgravación progresiva, a partir del primero de enero de 1994, a saber:

Categoría "A", que implicaba la eliminación inmediata de los aranceles.
Categoría "B", que comprendía un grupo de productores con liberación arancelaria a cinco años.

Categoría "C", con liberación prevista a 10 años.
Categoría "C+", con liberación a 15 años.

Categoría "D", que comprendieron los artículos cuya importación ya estaba liberada previamente a la negociación del TLCAN.

Expresado en términos de fracciones arancelarias y valores, el impacto de la eliminación gradual de los aranceles para los productos agropecuarios, en el momento de la negociación, fue el siguiente con respecto a los Estados Unidos: Categoría "A" + "D", el 46 por ciento de las fracciones y el 36 por ciento del comercio.
Categoría "B", el 10 por ciento de las fracciones y el 3 por ciento del comercio.
Categoría "C", el 43 por ciento de las fracciones y el 43 por ciento del comercio.
Categoría "C+", menos de 1 por ciento de las fracciones y el 18 por ciento de las fracciones.
Con Canadá, los valores del comercio eran los siguientes: Categoría "A" y "D", 4 por ciento del comercio.
Categoría "B", 4 por ciento del comercio.

Categoría "C", 28 por ciento del comercio.
Categoría "C+", 37 por ciento del comercio.

Productos exclusivos, 27 por ciento del comercio (productos lácteos y avícolas).

La liberalización de los productos que en esa época estaban sujetos al régimen de permiso previo de importación fue motivo de un tratamiento especial: se acordó sustituir el régimen de permisos previos de importación por un nuevo esquema de aranceles cuota que permite a México establecer cuotas de importación predeterminadas.

Entre los productos comprendidos en la categoría de desgravación "C" están las carnes, arroz, aceites, productos lácteos, preparaciones de carne, entre otros. El maíz, el fríjol y la leche en polvo quedaron comprendidos en la categoría "C+", es decir, la liberalización arancelaria entrará en vigor en un plazo de 15 años, o sea, dentro de seis años.

Datos del periodo 1994-2001 indican que los cupos negociados en el marco del TLCAN para papa, cebada y malta, jugo de naranja, huevo fresco, trozos y despojos de ave, materias primas de ave, grasas y aceites animales, maíz y frijol, entre otros, fueron rebasados hasta en un 140 por ciento en el mismo.

Por su parte, todos los productos derivados del cerdo, papas, café y manzana, entre otros, negociados con salvaguardas, sus cupos fueron rebasados en más de 300 por ciento.

Las anteriores fallas han afectado, gravemente, a los diferentes productores nacionales, quienes han visto que, desde 1994 a la fecha, antes que se desgraven la mayoría de los productos, se han dado importaciones masivas y desordenadas que les han causado graves pérdidas en su actividad económico-productiva, con la consecuente pérdida de mercados e ingreso para las familias.

No podemos dejar de lado mencionar algunos de los resultados relevantes.

Un análisis objetivo del impacto de la liberalización comercial en materia agropecuaria habrá de mostrar que nuestro país ha obtenido resultados muy favorables, en algunos renglones en los que es determinante el clima y el bajo costo de la mano de obra. En efecto, en los renglones de la fruticultura y la horticultura se han logrado resultados satisfactorios, incluso sorprendentes como ocurre con las exportaciones de aguacate.

Las mayores exportaciones en estos renglones han venido acompañadas, de ordinario, de prácticas asociadas con la agricultura de contrato que involucran la provisión de crédito a los productores y la incorporación de avances tecnológicos ajenos al control de las autoridades mexicanas.

Empero, en otros renglones de las actividades agropecuarias, la situación es radicalmente diferente. La dependencia alimentaria de productos importados y la creciente miseria rural son realidades inocultables. Cientos de miles de productores rurales, especialmente los jóvenes, han abandonado sus parcelas, emigrando al extranjero, y muy a menudo, sus familias se han convertido en simples receptoras de los recursos gubernamentales del Procampo y, ocasionalmente, han quedado reducidas a la condición de encargadas de recibir los pagos por el arrendamiento de sus parcelas.

Por encima de cualquier consideración comercial, existe una dramática asimetría en la estructura productiva agropecuaria entre México y sus socios comerciales. Mientras en Estados Unidos y Canadá la población dedicada a las actividades agropecuarias representa menos del 2 por ciento de la Población Económicamente Activa, en México asciende a alrededor del 25 por ciento; es decir, en México uno de cada cuatro trabajadores viven y labora en el campo mientras que en las otras dos economías, dos de cada 100 trabajadores dependen de las actividades agropecuarias. En tales condiciones, el deterioro del poder de compra de lo campesinos provoca en México, una crisis social, mientras que en Estados Unidos y Canadá es un asunto de impacto transitorio.

La competitividad agropecuaria tiene relación con el tamaño medio de las explotaciones agrícolas. En México, la explotación agrícola por productor es de 2.8 hectáreas, en tanto que en Estados Unidos es de 91 hectáreas y, en Canadá de 119 hectáreas.

A este hecho debe agregarse que en México los productores agropecuarios reciben subsidios por la vía del Procampo por alrededor de 1 mil 300 millones de dólares, mientras que los productores rurales estadounidenses son beneficiarios de 92 mil millones de dólares mientras tanto en la Unión Europea, los productores agrícolas son beneficiarios de subsidios del orden de los 112 mil millones de dólares. Estimaciones de la OCDE señalan que los subsidios que destinan Estados Unidos, la Unión Europea y los países asiáticos, nuestros socios comerciales, ascienden a 245 mil millones de dólares. La diferencia entre uno y otro no es sólo cuantitativa sino cualitativa: en México, el Procampo tiene un carácter asistencialista mientras que nuestros socios comerciales otorgan esas enormes sumas de recursos con claros propósitos de fomento agropecuario, desarrollo y protección de mercados, administración de riesgos, desarrollo tecnológico, desarrollo rural y sustentabilidad de los recursos naturales, entre otros.

A todas las debilidades del sector agropecuario debe agregarse una circunstancia esencial, reconocida por las propias autoridades: el campo ha carecido y prosigue careciendo de apoyos financieros. Los recursos crediticios que fluyen a las actividades agropecuarias provienen, en gran medida, de las operaciones de la agricultura de contrato, es decir, de los compradores exportadores. La banca comercial y la oficial brindan apoyos crediticios casi simbólicos, a tasas de interés muy superiores a las contratadas por los competidores extranjeros.

Como corolario a lo anterior es menester insistir en que, desde la fecha de entrada en vigor del TLCAN hasta nuestros días, la política cambiaria ha operado en contra de los productores en general y de los agropecuarios en particular. En efecto, a lo largo de estos años y, en especial desde 1997, la política del Banco de México se ha traducido en una sobrevaluación del tipo de cambio, dando como resultado que, día con día, los productos agropecuarios importados sean más baratos que los nacionales. No es un asunto originado en diferenciales de la productividad sino en el patrón cambiario.

Ahora bien, ¿cuáles son las perspectivas ante todo esto?

En primer lugar, es imperativo corregir estas tendencias.

A la firma del TLCAN, el Gobierno propaló que México no renunciaba a su derecho a la impulsar la producción agropecuaria a través de diversos instrumentos de fomento a la producción rural. Se podrán utilizar, se repitió insistentemente, apoyos al campo con la flexibilidad requerida para impulsar el cambio estructural, impulsar la reconversión productiva y favorecer la sustitución de cultivos hacia aquellos en los que existen ventajas comparativas.

En fin, afirmó que los campesinos recibirían los apoyos destinados a la creación y desarrollo de la infraestructura hidroagrícola, a la investigación científica, a campañas sanitarias, a la difusión de nuevas tecnologías así como a apoyos directos a la comercialización agropecuaria.

Después de nueve años, las promesas no han rebasado el terreno de las declaraciones oficiales. La evidencia del desinterés gubernamental hacia el campo se evidencia, por ejemplo, con el progresivo deterioro del poder de compra de los precarios subsidios otorgados por Procampo.

Además del "blindaje agropecuario" se requiere para enfrentar la dramática situación rural un plan de mediano y largo plazos, de fomento a la producción agrícola y ganadera del país. Los gobiernos del pasado reciente y del presente han rehuido el compromiso de promover el desarrollo rural; se han rehusado a asumir la responsabilidad de fomentar las actividades agropecuarias, pues les ha parecido más cómodo actuar como simples espectadores. Lo reconozcan o no, asumen una actitud contemplativa, con la esperanza de que sean los propios productores quienes, sin apoyos comerciales ni respaldos financieros y productivos, superen esta situación de atraso y abandono reinantes.

Es, por tanto, inaplazable que el Poder Ejecutivo, en acatamiento de los mandatos previstos en los artículos 25 y 26 constitucionales, proceda a formular el Programa de Desarrollo Agrícola y Ganadero que deberá contemplar objetivos claros, metas verificables y mecanismos precisos de instrumentación. Se trata, en rigor, de que el Gobierno Federal establezca un claro compromiso de fomento con los productores rurales.

En cuanto a las relaciones comerciales internacionales es, igualmente indispensable, iniciar las negociaciones con nuestros socios comerciales en el TLCAN en lo concerniente a los plazos de desgravación de aquellos productos agropecuarios altamente sensibles a los niveles de vida de la población rural. En concreto, el Capítulo VIII del TLCAN contempla las medidas de emergencia que un país está en aptitud de aplicar en caso de que las importaciones de alguno o varios productos estén causando daños a la actividad nacional. En esta situación aflictiva se encuentran varios renglones de la producción agrícola y pecuaria de nuestro país.

El Ejecutivo tiene la facultad para tomar esta determinación. En efecto, la Ley de Comercio Exterior de 1993, reglamentaria del artículo 131 constitucional, faculta al Ejecutivo para establecer salvaguardas cuando las importaciones de alguna mercancía crezcan a ritmos que pudiesen causar daño a los productores nacionales.

A su vez, el artículo 45, en su segundo y tercer párrafos, establece:

Estas medidas sólo se impondrán cuando se haya constatado que las importaciones han aumentado en tal cantidad y en condiciones tales que causan o amenazan causar un daño serio a la producción nacional. Las medidas de salvaguarda podrán consistir en aranceles específicos o ad valorem, permisos previos o cupos máximos.

Varios renglones de la actividad agropecuaria se encuentran, sin duda, en estos extremos.

Iniciar estas negociaciones no puede ser interpretado por propios o extraños, como una intención simplemente proteccionista o como expresión de una voluntad contraria al TLCAN sino como reconocimiento de realidades económicas y políticas.

Así, por ejemplo; el gobierno estadounidense no ha cumplido las cláusulas alusivas a la eliminación de las cuotas de importación de azúcar al amparo de acuerdos administrativos, contrarios al texto aprobado por las instancias legislativas. Tampoco ha cumplido con el compromiso de permitir el acceso a territorio estadounidense del transporte terrestre del servicio público de carga. Esas, son realidades que rebasan los propósitos de la política comercial.

A la luz de las anteriores consideraciones, en nombre de los grupos parlamentarios de los partidos de la Alianza Social, de la Sociedad Nacionalista, Convergencia por la Democrática, del Trabajo, Verde Ecologista de México, de la Revolución Democrática, Acción Nacional y Revolucionario Institucional someto a su consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Unico. Se exhorta el Ejecutivo Federal para que, con fundamento en el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados unidos Mexicanos, en los artículos 45 y demás relativos de la Ley de Comercio Exterior y, atendiendo los procedimientos previstos en el Capítulo VIII del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, relativo a las medidas de emergencia, proceda a iniciar las negociaciones conducentes a proteger las ramas de producción agrícola y ganadera que están, o pueden ser, dañadas por la concurrencia de productos importados.

Palacio Legislativo, a 26 de noviembre de 2002.

Diputados: Jaime Rodríguez López, Mario Cruz Andrade, J. Jesús Dueñas Llerenas, Tomás Ríos Bernal, José Manuel del Río Virgen, Manuel Duarte Ramírez, Alfonso O. Elías Cardona, José Rodolfo Escudero Barrera, Juan Carlos Regis Adame, Víctor A. García Dávila, José A. Calderón Cardoso, Bertha Simental García, Norma Riojas Santana, Melitón Morales Sánchez, Rubén Aguirre Ponce, Rogaciano Morales Reyes (rúbricas).

(Turnada a las Comisiones de Agricultura y Ganadería, y de Comercio y Fomento Industrial. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, RESPECTO A LAS TARIFAS ELECTRICAS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO ALFREDO HERNANDEZ RAIGOSA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

El suscrito diputado federal, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento que rige el trabajo parlamentario de esta soberanía, me permito presentar ante esta soberanía el siguiente punto de acuerdo, a fin de que el Ejecutivo federal revise las tarifas eléctricas que se aplican en todo el territorio nacional, con objeto de que el subsidio llegue a quienes realmente lo necesitan.

Este punto lo sustento en las siguientes

Consideraciones

I. La Comisión Federal de Electricidad (CFE) y la Compañía de Luz y Fuerza del Centro (LFC) atienden en conjunto a más de 25 millones de clientes. De ellos, 20 millones son atendidos por la CFE; y más de 5 millones, por LFC.

II. De los 25 millones de clientes en el país, 87.95% es usuario doméstico y 10.32% corresponde al sector comercio; 0.65%, al sector servicios; 0.59%, al sector industrial; y 0.49%, al sector agrícola.

III. El 7 de febrero del año en curso se emitió un decreto donde se elimina el subsidio y se incrementan las tarifas de energía eléctrica. La publicación de este decreto violentó nuestra Constitución Política y las leyes que de ella emanan.

IV. Para denunciar esas violaciones de nuestra Constitución, el pasado 20 de marzo presenté ante esta tribuna un punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, mediante el cual solicitaba se interpusiera controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Sin embargo, no hubo consenso de esta soberanía para someter la decisión del Presidente Fox al escrutinio del Poder Judicial de la Federación.

V. Es claro que, cuando se publicó el decreto del 7 de febrero, los usuarios no tenían idea del grave problema a que se enfrentaban, sino después de la aplicación de la tarifa por parte de la CFE y LFC, incrementándose aún más el rechazo cuando a miles de usuarios llega el recibo de luz con un incremento criminal, en promedio de más de 100%.

VI. Además, en el caso de las ciudades y estados donde se viven climas extremos, el consumo de energía es mayor, debido al uso intensivo de energía por el empleo de aparatos que refrescan o calientan el ambiente. El consumo promedio es de alrededor de 1,700 kilowatts, muy superior a lo establecido por el gobierno para respetar la aplicación de los subsidios de las tarifas domésticas.

VII. Para la población de esas ciudades, el subsidio del consumo eléctrico de ninguna manera significa un acto paternalista, tal como lo considera Vicente Fox. Por el contrario, es un derecho y un acto de justicia, debido a la necesidad de subsistencia de su población ante las condiciones extremas de un clima poco benigno para la vida humana.

VIII. A pesar de esa primera declaración, el Presidente ha reconocido el grave problema de la aplicación de estas tarifas en la zona norte del país. Por ello, en el punto 12 de las 15 Acciones Multianuales para el Desarrollo Regional de los Estados de la Zona Noreste y Noroeste del País se establece que "se regionalizará, de acuerdo con las necesidades regionales, la estructura tarifaria de los servicios públicos federales, principalmente tarifas eléctricas".

IX. Asimismo, las últimas declaraciones del Presidente Fox las ha dado en el sentido de hacer una revisión "estructural" de las tarifas en la región norte del país. Sin embargo, y a pesar de ser loable la intención del Presidente, ésta es mocha, pues el problema no radica en el norte o en el sur de la República Mexicana: está en todo lo largo y ancho del país. Por eso, millones de usuarios se han pronunciado por un total rechazo a los estratosféricos aumentos de las tarifas de energía eléctrica. Se han hecho marchas, cierres de calles y carreteras; se realizan cotidianamente protestas públicas en varias partes de México con un solo objetivo: solicitar que se dé marcha atrás al aumento de las tarifas eléctricas.

X. De hecho, la revisión estructural no puede hacerse únicamente en el norte del país, sino que la revisión estructural debe hacerse en todo el territorio nacional, a fin de que el subsidio otorgado por la Federación llegue a quienes lo necesitan.

XI. De hecho, varios sectores de la sociedad denunciaron, desde la entrada en vigor del decreto del 7 de febrero, que el incremento y la eliminación del subsidio de las tarifas eléctricas causaban estragos en la economía de más de 80% de la población y que se incrementaría la burbuja inflacionaria. Lo anterior se confirma con la declaración hecha hace unas semanas por el gobernador del Banco de México.

XII. Para muestra, basta mencionar que, con el incremento y la eliminación del subsidio de las tarifas eléctricas, a usuarios del sector eléctrico que pagaban en promedio 179.00 pesos bimestrales el pago se incrementó de la noche a la mañana en 81.34%; o familias que pagaban 249.00 pesos en promedio al bimestre hoy pagan 183% más cara la luz.

XIII. Hoy, basta salir a la calle para ser testigos de cómo familias completas que viven en zonas populosas del país y cuyo ingreso no alcanza sino para medio sobrevivir se han visto en la necesidad de colgarse de la luz, pues los funcionarios de Hacienda, de la CFE y de Luz y Fuerza del Centro han colocado a millones de mexicanos en la disyuntiva de comer o pagar la luz.

XIV. Esta coyuntura se agrava con el desplazamiento mensual de 1% que sigue teniendo el precio de la electricidad. Por tanto, de no darse marcha atrás al decreto del 7 de febrero, el Gobierno Federal estará orillando a que millones de familias estén en la clandestinidad, al preferir colgarse del servicio eléctrico que dejar de comer. Por ello, la estructura tarifaria debe ser revisada, a fin de devolver el subsidio a usuarios que carecen de recursos para solventar el criminal aumento emitido el 7 de febrero pasado.

XV. El Senado de la República se ha pronunciado ya en favor de la derogación del decreto del 7 de febrero y estamos solicitando lo mismo de esta soberanía ya que, de lo contrario, se correrá el riesgo de que exista un estallido social en el país. Pero creemos que la derogación no basta por sí misma sino que, además, debe crearse una mesa de trabajo que se encargue de revisar de manera estructural las tarifas que se aplican en toda la Federación.

Por esos motivos, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Uno. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorte al Ejecutivo federal para que cumpla la petición del Senado de la República de derogar el decreto del 7 de febrero del año en curso, con el que se cancelan los subsidios a tarifas domésticas y se aumentan las tarifas del servicio público de energía eléctrica hasta en 185%.

Dos. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, de acuerdo con las propuestas del Ejecutivo federal de revisar las tarifas en el noreste y noroeste del país, designe una comisión especial para que revise, junto con la CFE y LFC, la estructura tarifaria que se aplica en todo el territorio nacional y no sólo en la región propuesta por el Presidente.

Palacio Legislativo, a 28 de noviembre de 2002.

Dip. Alfredo Hernández Raigosa (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, RESPECTO A LOS TRABAJOS DEL BANRURAL, PRESENTADA POR EL DIPUTADO JOSE MANUEL DEL RIO VIRGEN, DE CDPPN, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

Tal parece que los rescates no han acabado; el turno es ahora del Banco Nacional de Crédito Rural (Banrural). El gobierno tendrá que inyectarle recursos, por encontrarse en graves problemas financieros.

Después de la historia negra en que por mucho tiempo la vox populi llamó esa institución Bandidal, se hace público el quebranto que ha sufrido durante años, reduciéndose irremediablemente a su desaparición, una desaparición que es tan real como dramática.

El propio secretario de Hacienda declaró que sólo llega al campo uno de cada cuatro pesos erogados por el Banrural (es decir, 25%) y que, con el nuevo organismo que está por crearse, se pretende elevar esa cifra hasta entregar efectivamente 90 % del capital erogado.

Hace apenas unos meses, el quebranto se estimó en 8 mil millones de pesos. Semanas después creció a 12 mil, luego a 20 mil, después a 28 mil, y ahora se habla de 30 mil millones de pesos.

De acuerdo con la auditoría externa que se realizó al banco, sólo una tercera parte del quebranto fue por cartera vencida, considerando que actualmente 90% de esta cartera total registra problemas de vencimiento y cobro.

Banrural registra 10 mil millones de pesos de cartera crediticia prácticamente irrecuperable de préstamos que, en su mayoría, se otorgaron en el sexenio pasado. Cabe entonces preguntarse: ¿de dónde salen los otros 20 mil millones de pesos?

Es por todos sabido que en esa institución se han registrado innumerables desfalcos vergonzosos, que ahora repercuten en su "insanidad" financiera.

En la administración anterior se aprobaron préstamos a "hoteles de paso" por el simple hecho de ubicarse junto a zonas ejidales, aunque su actividad nada tenía que ver con la competencia del banco. En cambio, a ejidatarios pobres se les asusta, persigue y presiona para que paguen penas de $6,000.

Ahora, se dice que la mala administración del Banrural lo lleva a su inevitable desaparición. Sin embargo, la deuda sigue ahí y serán los ciudadanos los que nuevamente se van a encargar de pagar los desfalcos y el despilfarro que sus directivos efectuaron durante años.

Se puede contemplar como trasfondo que la desaparición del Banrural está pactada para favorecer a los grandes productores estadounidenses que desde hace tiempo reclaman el agua mexicana y ahora van sobre la producción de alimentos del país; y, con la eliminación de esa institución, estará a merced de los productores extranjeros.

Desde mediados del año pasado, la Secodam presentó ante la PGR diversas denuncias por más de 300 millones de pesos en operaciones auditadas. Además, a través de los órganos de fiscalización interna de las propias dependencias de la Administración Pública Federal, se han interpuesto otras denuncias con presunta responsabilidad penal, como las derivadas de las auditorías practicadas a programas realizados con financiamiento federal en el estado de Chiapas, donde se detectaron irregularidades superiores a 174 millones de pesos.

Al día de hoy, no se han dado respuestas.

Sin embargo, la corrupción, en este momento, está en todo su apogeo. La podredumbre sigue solapándose en el "gobierno del cambio".

La vergüenza y el abuso originados en instituciones fundamentales como ésta siguen pesando sobre la espalda de todos los mexicanos.

El robo y el desfalco no han pasado, siguen.

Unico. Que la Auditoría Superior de la Federación realice las auditorías correspondientes y se consigne a los responsables del quebranto.

Palacio Legislativo, a 22 de octubre de 2002.

Diputados: José Manuel del Río Virgen (rúbrica), José Antonio Calderón Cardoso, José Narro Céspedes.

(Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, EN RELACION CON LA POSICION DE MEXICO, EN SU CALIDAD DE MIEMBRO NO PERMANENTE DEL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LA ONU, ANTE EL CONFLICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA-IRAK, PRESENTADA POR LA DIPUTADA HEIDI GERTRUD STORSBERG MONTES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

Con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional somete a la consideración del Pleno la adopción de la siguiente proposición con punto de acuerdo para que la participación de México como miembro no permanente del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y en apego a la posición que asumimos frente al conflicto de Irak, no ceje en su empeño para seguir desplegando una diplomacia activa, misma que apoye la lucha en contra del terrorismo internacional en estricta concordancia con el derecho internacional y privilegiando el sistema multilateral de seguridad mundial.

Exposición de Motivos

Frente a la nueva agenda de seguridad mundial que emergió tras los atentados terroristas del 11 de septiembre, México se convirtió en un aliado fiel en la lucha contra el terrorismo internacional con base en el compromiso de favorecerla con apego a derecho y de conducirla en el marco del sistema de seguridad internacional que otorga al Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, la responsabilidad de mantener la paz mundial.

En nuestro paso por el Consejo de Seguridad, como miembro no permanente, México instó desde un principio a la comunidad internacional a solucionar el enfrentamiento de Irak de forma pacífica y con base en nuestra tradicional postura en torno al desarme y a la no proliferación de armas de destrucción masiva. En apego a esa posición, México reiteró la importancia de apoyar el desarme iraquí en el marco de las Naciones Unidas y de otorgar nuestro respaldo a la postura francesa, debido a que amplía la probabilidad de alcanzar una salida diplomática al conflicto y privilegia el sistema multilateral de seguridad mundial.

No fue hasta después de largas discusiones, arduas negociaciones y de numerosas rondas de consultas que se logró establecer un acuerdo entre los países miembros del Consejo de Seguridad sobre Irak. Las posturas divergentes de Estados Unidos y Francia se lograron empatar en una posición más unida, reflejada en el texto del último proyecto de resolución que presentaron Estados Unidos y Gran Bretaña al Consejo, aprobado por unanimidad el pasado 8 de noviembre.

La resolución que se concertó integra algunas de las peticiones más puntuales que hayan hecho Francia, Rusia y México para construir un documento que ampliará la posibilidad de alcanzar una solución pacífica al conflicto de Irak. El documento descarta el uso automático de la fuerza y acepta el enfoque francés de los dos tiempos, que estipula en un primer momento, la necesidad de considerar los informes que se desprendan de los inspectores de armas de Naciones Unidas, para evaluar con mayor detenimiento la verdadera capacidad armamentista, intención de uso y potencial acceso de grupos terroristas a armas de destrucción masiva iraquíes, y en un segundo momento y en caso de que el Consejo determinara el incumplimiento por parte de Bagdad de las disposiciones acordadas, convocar a nuevas deliberaciones en el seno de dicho órgano, a fin de acordar lo que procede hacer.

Sin duda, otra de las grandes virtudes que encierra la resolución votada por nuestra misión permanente, es que establece que el Consejo de Seguridad será quien preserve en todo momento su autoridad para determinar la composición y las reglas de operación de los grupos de inspectores. Cabe mencionar, que se evitan las inspecciones de tipo armadas y se aseguran principios de neutralidad y de imparcialidad al deber rendir cuentas al Consejo y no a otros países en lo individual.

Por todo ello, el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional se congratula por el hecho de que después de una larga jornada de discusiones entre los distintos miembros del Consejo de Seguridad sobre diversos proyectos de resoluciones, la actuación de México en dicho Consejo se haya capitalizado a favor de abrir un compás de espera, mismo que elimina la automaticidad de un ataque en contra de Irak y otorga una nueva oportunidad a la diplomacia y a la paz mundial.

Reiteramos que la resolución acordada por todos los miembros del Consejo, fortalece el derecho internacional, refuerza el equilibrio regional y despeja la posibilidad inmediata de cobrar vidas de iraquíes y de soldados estadounidenses y europeos, lo que constituye un implacable éxito de la diplomacia mundial. Asimismo, nos mostramos confiados que la unidad del Consejo en torno a esta resolución, emita un mensaje claro y firme a Bagdad para que cumpla a cabalidad y sin dilaciones con las resoluciones que le impone el Consejo de Seguridad.

Reconocemos el valioso esfuerzo desplegado por México, la decisiva contribución que hace con el sistema multilateral en la adopción de medidas eficaces en la solución de conflictos y su puntual cumplimiento con las responsabilidades que le asigna la Carta de Naciones Unidas, preservando su espíritu y resguardando el sistema internacional de normas y principios que nos impone.

Precisamente, el haber formado parte del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en momentos tan cruciales para la política internacional, nos otorgó la oportunidad histórica de reafirmar nuestra vocación pacifista y de convertir en realidad no sólo la aspiración de México de participar activamente en las decisiones a nivel mundial, sino de coadyuvar con aquellas que resguardan la paz y la seguridad internacionales.

Por último, el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional sostiene que México en calidad de miembro del Consejo de Seguridad no debiera perder la oportunidad de manifestar que la lucha en contra del terrorismo internacional pudiera ser mitigada, en la medida en que se combata en estricta concordancia con el derecho internacional y persuadiendo ideológicamente a los países avanzados a involucrarse de manera más intensa y activa en la promoción del desarrollo económico sustentable a nivel mundial.

Que por las razones expuestas con anterioridad, se presenta la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Para que la participación de México como miembro no permanente del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y en apego a la posición que asumimos frente al conflicto de Irak, no ceje en su empeño para seguir desplegando una diplomacia activa, misma que apoye la lucha en contra del terrorismo internacional en estricta concordancia con el derecho internacional y privilegiando el sistema multilateral de seguridad mundial.

Palacio Legislativo, a los 28 días de noviembre de 2002.

Dip. Heidi Gertrud Storsberg Montes (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Relaciones Exteriores. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA EXHORTAR AL EJECUTIVO FEDERAL A QUE DECLARE AREA NATURAL PROTEGIDA LA ZONA DEL CERRO DEL COLIHUIC, UBICADA EN HUEYTAMALCO, TEZIUTLAN, PUEBLA, PRESENTADA POR LA DIPUTADA CONCEPCION GONZALEZ MOLINA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

Quienes suscribimos, diputadas y diputados federales integrantes de distintos grupos parlamentarios representados en esta Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el 73, fracción XXIX-G, de la Constitución General de la República, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea, la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita declarar área natural protegida a la zona del cerro del Colihuic, Hueytamalco, Teziutlán, Puebla. De conformidad con las siguientes

Consideraciones

El cerro del Colihuic se encuentra enclavado en la Sierra Madre Oriental, entre los municipios de Hueytamalco y Teziutlán en el estado de Puebla.

La región forma parte de la vertiente de la sierra hacia el golfo de México, existen dos grandes cuencas principales que descienden hacia el norte y que con la afluencia de algunos arroyos en sus cauces, forman dos ríos de importancia: el río de Nautla y el río de Tecolutla.

Por ser un terreno de humedad constante, los cultivos principales son árboles de frutas tales como el ciruelo, peral, manzano, durazno, membrillo, tejocote y capulín.

El cerro del Colihuic se distingue por una impresionante variedad forestal y por su riqueza en maderas, ahí encontramos cedro, honguillo, empoalcahuatl, pimiento, chico zapote, caoba, caobilla, encino, naranjo, ocotillo, el petrificante, chijol, bienvenido, pitzoyac, rosadillo, trompillo, árbol de hule, laurel, haya, tigrillo, platanillo, palosanto, madroño, mesanteco, jobo, jamalcuahuitl, moral, liquidámbar, ojancho, espino, oyamel, pino, sauz, fresno y boj.

También se encuentran albergadas en la zona una amplia gama de especies animales tales como el cojilite, venado temazate, coautuza, shaltigrillo, codorniz, perdiz, conejo, armadillo, pájaros carpinteros, picos canoa, papanes, martos, chivo de monte y más.

Actualmente el cerro del Colihuic, y toda la riqueza en flora y fauna que representa, viven diversas problemáticas ambientales que contribuyen a la destrucción y fragmentación del hábitat silvestre, enfrentando, a la vez, una sobreexplotación de las especies por cacerías furtivas, extracción no regulada, tala ilegal y comercio ilícito.

Es importante señalar que cada día se acrecienta la contaminación en la zona por el uso de productos químicos nocivos y de tecnologías inadecuadas para la fertilización de suelos y la fumigación de cultivos. A todo lo anterior se suma la extracción ilícita de bromelias y la transformación del paisaje a consecuencia de obras vinculadas con el crecimiento de los centros urbanos, que de a poco invaden la zona.

Frente a estos riesgos, urge que autoridades locales y federales se unan con los pobladores para transformar la preocupación que esta problemática les genera en posibles soluciones, formando un frente común que permita rescatar esta zona a través de declararla área natural protegida, logrando con ello el beneficio de la comunidad.

Esta preocupación por preservar nuestros recursos es un asunto compartido y se relaciona con la estrategia mundial para la conservación (1980), en donde la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente, trata de conciliar el desarrollo económico y social con la conservación de los recursos naturales, surgiendo el término "desarrollo sustentable".

Según el documento Cuidar la Tierra: Estrategia para el Futuro de la Vida, publicado por la UICN del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y el Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF, por sus siglas en inglés), menciona que una estrategia de conservación tiene como objetivo lograr una combinación sostenible de desarrollo y conservación en forma integrada. Una estrategia además, es un proceso tendiente a alcanzar una serie de objetivos predefinidos, que a partir de una valoración diagnóstica de la realidad identifica oportunidades y amenazas, y determina las decisiones que deben tomarse y ejecutarse por el conjunto de actores del área que se trata. Para plantear una estrategia de conservación se requiere identificar y diagnosticar un problema principal y sus consecuencias.

En el caso del cerro del Colihuic se ha identificado que el problema principal es deforestación y degradación por falta de una adecuada conservación y manejo de los recursos. La solución posible consiste entonces en declarar la zona como un área protegida y en consecuencia generar mecanismos que la rescaten y garanticen su existencia.

Por todo lo antes expuesto sometemos a consideración de esta soberanía, el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Que se proceda respetuosamente a exhortar al Ejecutivo federal, para que emita el decreto por el que se declare a la zona del cerro del Colihuic, Hueytamalco, Teziutlán, estado de Puebla, área natural protegida.

Segundo. Se proceda a exhortar al Ejecutivo federal, para que proceda de manera coordinada con las autoridades locales del estado de Puebla y de las comunidades aledañas: Zompaquizoya, Ejido Hueytamalco, a la zona del cerro del Colihuic, Hueytamalco, Teziutlán, a llevar a cabo las estrategias de rescate necesarias para la conservación de esta zona.

Tercero. Comuníquese.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los cinco días del mes de noviembre del año 2002.

Diputados: Concepción González Molina, Jaime Alcántara Silva, Alberto Amador Leal, Cutberto Cantorán Espinosa, Melitón Morales Sánchez, Adela Cerezo Bautista, Araceli Domínguez Ramírez, Víctor E. Díaz Palacios, Benito Vital Ramírez, José Gaudencio León Castañeda, Erika Elizabeth Spezia Maldonado, José Ramón Mantilla y González de la Llave, Neftalí Salvador Escobedo Zoletto, Miguel Angel de Jesús Mantilla Martínez, Alfonso Vicente Díaz, Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, Victoria Ruth Sonia López Macías, Eduardo Rivera Pérez (rúbricas).

(Turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA QUE LAS COMISIONES DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, Y DE PRESUPUESTO Y CUENTA PUBLICA ESTABLEZCAN COMO REQUISITO PARA APROBAR LA LEY DE INGRESOS Y EL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2003 LA VALIDACION DE LA CALENDARIZACION MENSUAL DE LOS INGRESOS Y GASTOS DEL SECTOR PUBLICO, PRESENTADA POR EL DIPUTADO JOSE ANTONIO MAGALLANES RODRIGUEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

Por el que se propone que la Comisión de Hacienda y Crédito Público y la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Cámara de Diputados establezcan como requisito para aprobar la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos para el año 2003, la validación por parte de dichas Comisiones de la calendarización mensual de los ingresos y gastos del sector público.

Antecedentes

I. Durante los dos últimos años, en el decreto de Presupuesto se han incluido mecanismos automáticos de ajuste en las finanzas públicas, que le han permitido al Gobierno Federal llevar a cabo ajustes en su gasto cuando los ingresos que obtiene provenientes de la recaudación son menores a los programados en la Ley de Ingresos.

II. Desafortunadamente, la inclusión de estos mecanismos de ajuste automático, ha permitido que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ejerza con discrecionalidad el manejo de las finanzas públicas nacionales.

III. Para ello, sólo basta revisar cualquier informe de finanzas públicas de los dos últimos años, donde nos encontraremos frecuentemente que a decir de la SHCP, los ingresos fueron "menores a los programados", aunque en muchos casos se observen en los mismos informes crecimientos reales y nominales de los mismos.

IV. Lo anterior no sólo provoca confusión entre los legisladores, sino que coadyuva a este manejo discrecional de las finanzas públicas nacionales, ya que la "calendarización de los ingresos y gastos públicos" hasta ahora, no es revisada por la Cámara de Diputados.

V. De esta manera, nada impide que la SHCP realice una calendarización que favorezca al Ejecutivo "sobreestimando la recaudación durante los tres primeros trimestres del año", para llevar a cabo recortes al gasto, bajo el argumento de que "no se alcanzaron los ingresos programados".

VI. Así en el último trimestre del año, nadie revisa las cifras de Hacienda, pues ya se discute el paquete financiero del siguiente año, permitiéndole al gobierno tener "excedentes sin la necesidad de resarcirlos en el gasto público".

Considerando

I. Que la evidencia muestra que durante los últimos dos años, la SHCP ha recurrido al ajuste del gasto, como una herramienta permanente en el control de las finanzas públicas.

II. Que la calendarización de los ingresos y gastos del sector público, ha incidido de manera determinante en el ejercicio del gasto público.

III. Que la aprobación, control y supervisión del gasto público son una facultad que la Constitución Política de nuestro país le confiere a la Cámara de Diputados.

IV. Que durante los dos últimos años, se ha observado, "ex-post" que la calendarización realizada por la SHCP, ha sido diferente al histórico observado durante los últimos 5 años.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 58 y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General solicito a la Presidencia de la Mesa Directiva someta a consideración de este Pleno, el siguiente

Acuerdo

Unico. Que la Comisión de Hacienda y Crédito Público y la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Cámara de Diputados establezcan como requisito para aprobar la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos para el año 2003, la validación por parte de dichas Comisiones de la calendarización mensual de los ingresos y gastos del sector público.

Palacio Legislativo, a 31 de octubre de 2002.

Dip. José Antonio Magallanes Rodríguez (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédto Público. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA EXHORTAR AL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL Y A LA FISCALIA ESPECIAL PARA LA ATENCION DE DELITOS ELECTORALES DE LA PGR A REALIZAR UNA CAMPAÑA PERMANENTE DE DIFUSION DE LOS DELITOS ELECTORALES Y SU SANCION CORRESPONDIENTE, PRESENTADA POR EL DIPUTADO FRANCISCO JURADO CONTRERAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

Punto de Acuerdo

Diputado Francisco E. Jurado Contreras del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo a efecto de exhortar al Instituto Federal Electoral, así como a la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Electorales de la PGR, para que se realice una campaña permanente de difusión de los delitos electorales y su sanción correspondiente, bajo las siguientes

Consideraciones

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la soberanía nacional reside esencial y originalmente en el pueblo y que el poder público dimana de éste y se instituye para su beneficio, así como que la soberanía del pueblo será ejercida por los Poderes de la Unión, en los casos de competencia de éstos y por los estados en su régimen interior.

Asimismo, estipula quiénes son ciudadanos y reconoce los derechos y obligaciones conferidos a éstos. Dentro de los derechos se encuentran el de votar y ser votado en elecciones populares, el de asociarse libre y pacíficamente y tomar parte en los asuntos políticos del país y dentro de las obligaciones la de inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos, votar en las elecciones populares en los términos que establecen las leyes, desempeñar los cargos de elección popular de la Federación o de los estados, entre otras.

De estas disposiciones deriva la necesidad de que, en los términos que señala la ley, se realicen distintos procesos electorales a nivel federal, estatal o municipal con el fin de que el pueblo exprese su voluntad mediante el sufragio libre y secreto, asegurando la representación de sus intereses por conducto de aquellos que han sido electos para dicho fin.

Como bien sabemos por mandato constitucional, la realización de estos procesos electorales está conferida a un órgano autónomo especializado cuya función fundamental es organizar las elecciones federales, con certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad. Asimismo, tratándose de elecciones locales, existen órganos de la misma naturaleza, con las mismas funciones y atribuciones, pero adscritos únicamente a la competencia local.

Ahora bien, tanto los derechos político-electorales, como la función electoral federal y local, deben ser protegidos de cualquier atropello o acciones de ilegalidad, ya que por exigencia de su propia naturaleza, deben ser garantizados por los ordenamientos jurídicos y por las instituciones políticas de nuestro país, por lo que el Estado ha establecido figuras delictivas, tutelando la adecuada función electoral.

De lo anterior se desprende que el bien jurídico protegido, en el sentido amplio y general para los delitos electorales sean la imparcialidad, seguridad y exactitud del ejercicio de los derechos electorales de todo ciudadano mexicano, garantizando así la soberanía y la democracia que constituyen principios básicos de nuestra organización como República dentro de un sistema representativo y federal.

Todo ciudadano debe estar consciente de sus derechos, pero también de sus obligaciones frente al Estado, y de la responsabilidad que de éstos dimana. Si bien es cierto que conocemos el principio general de derecho que consigna el artículo 21 del Código Civil Federal en el sentido de que "la ignorancia de las leyes no excusa su cumplimiento", no es menos cierto que en el ánimo de alcanzar un verdadero Estado de derecho, los órganos del Estado deben coadyuvar en la difusión y conocimiento de los mismos.

Es importante que toda persona que se encuentre en territorio nacional y particularmente durante un proceso electoral, conozca los delitos electorales y las consecuencias que deriven de la realización de la hipótesis establecidas en los mismos.

Es innegable y alarmante el desconocimiento en materia político electoral de la mayoría de los mexicanos, que si bien es cierto que a partir de las elecciones de 2000 la mayoría de los ciudadanos considera que vivimos en una democracia, no es menos cierto que en materia electoral y sobre todo tratándose de delitos y responsabilidades electorales, existe un desconocimiento generalizado, situación que de no atenderse y corregirse a la brevedad, puede agravarse, obstaculizando en el futuro el correcto y transparente ejercicio democrático.

Ahora bien, dentro de las funciones del Instituto Federal Electoral, se encuentran la de contribuir al desarrollo de la vida democrática y llevar a cabo la promoción del voto y coadyuvar a la difusión de la cultura democrática, por lo que se considera que bien podría ser un conducto, en coordinación con institutos electorales de los estados y demás dependencias públicas, como la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Electorales de la PGR, para hacer del conocimiento de la sociedad en general de los delitos electorales y de las consecuencias de los mismos.

La democracia no sólo implica los derechos político-electorales que los ciudadanos puedan ejercer, sino el asumir obligaciones que se tienen frente al Estado y la sociedad. Lamentablemente, el desconocimiento general de estas obligaciones y conductas de hacer o no hacer que pueden derivar en la consecución de un delito en materia electoral, son en realidad poco conocidas. Por todo lo anterior, se somete a consideración de este Pleno, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Unico. Se proceda a exhortar al Instituto Federal Electoral, como máxima autoridad en materia electoral, así como a la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Electorales, de la Procuraduría General de la República, para que inicien a la brevedad una campaña de difusión continua y permanente de los delitos electorales tipificados en nuestro ordenamiento jurídico, a efecto de generar y fortalecer una cultura de respeto a la legalidad democrática.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de noviembre de 2002.

Dip. Francisco E. Jurado Contreras (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, A FIN DE IMPULSAR UN PROGRAMA DE CARRETERAS PARA EL ESTADO DE MEXICO, PRESENTADA POR EL DIPUTADO JAIME VAZQUEZ CASTILLO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

Los suscritos, diputados federales a la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del PRI, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos al Pleno de la Cámara Diputados una proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

1. Una de las prioridades estratégicas de nuestro país es fortalecer la infraestructura carretera, que representa un canal fundamental de comunicación interregional para los mexicanos.

2. Sin duda, el sistema nacional de carreteras federales constituye un instrumento de integración social, económica y cultural que agiliza las cadenas productivas. En este sentido, es necesario insistir en que, sin mejores carreteras, se obstaculiza el desarrollo; y, sin desarrollo, se dificulta el crecimiento regional y nacional.

3 La modernización, mantenimiento y conservación de las carreteras federales del territorio nacional deben ser prioridad para garantizar la movilización de personas y de mercancías mediante caminos modernos y seguros que permitan disminuir los tiempos de recorrido, los costos de operación y la frecuencia de accidentes carreteros.

4. Los tramos carreteros federales correspondientes a los estados de México, Tlaxcala, Hidalgo, Puebla, Guerrero, Michoacán y Morelos juegan un papel fundamental en el transporte para personas y en la circulación y distribución de bienes y servicios, tanto en el centro del país como en los demás estados hacia los que irradian.

5. Los tramos de las entidades federativas señaladas tienen la desventaja de constituir carreteras federales que no corresponden a los requerimientos de las necesidades actuales. Es menester construir carriles de rebase que agilicen la vía de transporte, con el fin de que los usuarios gocen de seguridad y disminuyan los tiempos de traslado, los costos de transporte y los accidentes carreteros.

6. Es necesario plantear la modernización de esas carreteras para que aporten nuevas oportunidades de crecimiento interregional y permitan coadyuvar al desarrollo económico y social de los estados de referencia.

7. Es necesario continuar saldando el adeudo histórico de infraestructura, lo que, de paso, significa fortalecer el sistema de comunicación carretero, que beneficia a todo el país.

Por lo expuesto y con apoyo en lo establecido en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, proponemos el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Se solicita a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes la ejecución de un subprograma de construcción de carriles de rebase, dentro del Programa Nacional de Construcción y Modernización de Carreteras Federales, en los estados de México, Tlaxcala, Hidalgo, Puebla, Guerrero, Michoacán y Morelos.

Segundo. Se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública otorgue, dentro del dictamen con proyecto de Presupuesto de Egresos 2003 que presentará al Pleno de esta Cámara de Diputados, una partida presupuestaria a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que cumpla la ejecución de obras de carriles de rebase en las carreteras federales de los estados de México, Tlaxcala, Hidalgo, Puebla, Guerrero, Michoacán y Morelos.

Palacio Legislativo, a 4 de noviembre de 2002.

Diputados: Jaime Vázquez Castillo, Enrique Flores Martínez Orta, Salvador Castañeda Salcedo, Beatriz Mandujano Cervantes, Elba Arrieta Pérez, Enrique Priego Oropeza, Aarón Irizar López, Maricruz Cruz Morales, Esperanza Santillán Castillo, Gustavo Alonso Donis García, Ismael Estrada Colín, Rodolfo Gerardo González Guzmán, José Jaimes García, Esther López Cruz, Juan Manuel Martínez Nava, Hermilo Monroy Pérez, Laura Pavón Jaramillo, José Elías Romero Apis, Roberto Ruiz Angeles, Reyes Antonio Silva Beltrán, Angel Meixueiro González, Beatriz Paredes Rangel, Javier González González, Eréndira Cova Brindis, Albino Mendieta Cuapio, Gerardo Sosa Castelán, Omar Fayad Meneses, David Penchyna Grub, Juan Manuel Sepúlveda Fayad, Raúl Efrén Sicilia Salgado, José Alonso Hernández Hernández, Carlos Antonio Romero Deschamps, Jaime Rodríguez López, Manuel Galán Jiménez, Hilda Anderson Nevárez, José Luis González Aguilera, Rafael López Hernández, José Jesús Reyna García, Agustín Trujillo Iñiguez, Jaime Alcántara Silva, Narciso Alberto Amador Leal, Cutberto Cantorán Espinosa, Adela Cerezo Bautista, Víctor Emanuel Díaz Palacios, María Luisa Araceli Domínguez Ramírez, Concepción González Molina, Melitón Morales Sánchez, Benito Vital Ramírez, Raúl Homero González Villalva, Manuel Añorve Baños, Flor Añorve Ocampo, Celestino Bailón Guerrero, Santiago Guerrero Gutiérrez, Juan José Noguera Ruiz, Efrén Leyva Acevedo, Sergio Maldonado Aguilar, Gustavo Nabor Ojeda Delgado, Héctor Pineda Vázquez, Lourdes Gallardo Pérez, Silvia Romero Suárez, Maricela Sánchez Cortés, Rubén Aguirre Ponce, José Ramírez Gamero (rúbricas).

(Turnada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, EN RELACION CON EL PRESUPUESTO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO PARA EL 2003, PRESENTADA POR EL DIPUTADO ALFREDO HERNANDEZ RAIGOSA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

El suscrito diputado federal, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; me permito presentar ante esta soberanía el siguiente punto de acuerdo, en base en las siguientes:

Consideraciones

I. La Constitución de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la educación para todos los mexicanos, define los principios que sustentan nuestro proyecto educativo y establece los instrumentos para hacer de la educación, la palanca de desarrollo nacional.

II. Nuestra Carta Magna establece la obligación del Estado de impartir, promover e impulsar los esfuerzos en materia educativa, y faculta al Congreso de la Unión para expedir las leyes necesarias que permitan coordinar los esfuerzos que en materia educativa realizan los tres órdenes de gobierno y los sectores social y privado. Por mandato constitucional corresponde al Congreso la responsabilidad de fijar las aportaciones económicas, principalmente a través del presupuesto federal que requiere la prestación de este servicio público vital.

III. Impulsar y fomentar la educación representó una de las más altas prioridades del Estado mexicano, y como tal tiene que verse reflejada en la definición de las políticas públicas.

IV. Aunque el Ejecutivo federal ha reiterado su compromiso de hacer de la educación "el eje fundamental y prioridad central de su gobierno"; por lo que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 remarca que "la elevada prioridad de la educación habrá de reflejarse en la asignación de recursos crecientes para ella y en un conjunto de acciones, iniciativas y programas que la hagan cualitativamente diferente y transformen el sistema educativo.

V. Se ha ignorado el mandato constitucional y los compromisos asumidos públicamente, la iniciativa de Presupuesto de Egresos del Ejecutivo no es congruente con las necesidades financieras del sector educativo nacional, ni con las aspiraciones de progreso y justicia social de los mexicanos. En tiempos de estrechez económica, los ajustes presupuestales del Gobierno Federal sacrifican especialmente al gasto social frente a otros ramos presupuestales, agravando la desigualdad social y frustrando la esperanza de cambio de millones de mexicanos expresada el 2 de julio de 2000.

VI. Los diputados vemos con preocupación que la iniciativa presupuestal para el año 2002 en materia de gasto social, particularmente en el ramo educativo, no corresponde con la más elevada prioridad comprometida por el jefe del Ejecutivo.

VII. El presupuesto asignado al sector educativo, en términos reales es de -8.9% con relación al de 2002; y el presupuesto para educación superior y de postgrado es de -5.48% con relación al del presente año. A su vez con respecto al Producto Interno Bruto (PIB), el presupuesto asignado al sector educativo descendió de 1.8% a 1.6% y el destinado a la Educación Superior de 0.31% a 0.29%.

VIII. En caso de aprobarse, el descenso de recursos afectaría negativamente la cobertura y la calidad de los servicios que imparte el sistema educativo nacional. Al limitar los recursos destinados al desarrollo de proyectos sustantivos para la educación y la investigación científica del país, se pone en riesgo los avances registrados durante décadas, con gran esfuerzo, por nuestras instituciones educativas.

IX. Un país que no invierte recursos crecientes en su desarrollo educativo, está condenado al atraso tecnológico y al rezago social y económico. Hoy más que nunca ni la sociedad ni el Estado mexicano pueden eludir su responsabilidad con las nuevas generaciones. Está fuera de duda el papel que la inversión educativa tiene para el desarrollo equitativa y sostenible, tanto como para el fortalecimiento de la identidad nacional y la democracia.

X. En el caso de la Universidad Nacional Autónoma de México, la iniciativa enviada por el Ejecutivo federal al Congreso de la Unión, plantea asignar 13 mil 309.4 millones de pesos, que en términos reales, significa un incremento de sólo 1.65% frente al presupuesto estimado para el cierre del año en curso, cuando en años anteriores las tasas de crecimiento anual reales se ubicaron en 15.33% y 7.03% en 2002 y 2001, respectivamente.

XI. En particular resulta preocupante que la iniciativa de proyecto de Presupuesto 2003 no contemple, por segundo año consecutivo, un solo peso a inversión física, afectando así no solamente a obras en proceso, mantenimiento y rehabilitación de inmuebles, adquisición de equipo e instrumental de laboratorio e insumos para proyectos de investigación, sino incluso para la compra de libros y material de investigación, que resultan indispensables para las funciones de docencia y extensión universitaria. Baste señalar que la UNAM tiene a su cargo 141 bibliotecas.

XII. El impacto directo en las actividades sustantivas de la UNAM se estima en 4 mil 166.6 millones de pesos, afectando seriamente los programas de inversión, así como los servicios generales indispensables para la operación de la institución, como son comunicaciones, consumo de energía eléctrica, cómputo, fotocopiado, transporte, gastos de intercambios, gastos de edición e impresión de publicaciones, entre otros.

XIII. Los efectos sobre las funciones sustantivas de la UNAM son ciertamente incuantificables, si consideramos que están en riesgo actividades tan importantes como es la cobertura y calidad de los servicios educativos a una población de más de 249 mil estudiantes, 60 mil de los cuales son de nuevo ingreso, así como el desarrollo de cientos de investigaciones de alto impacto científico, social y productivo.

XIV. Igualmente, las restricciones presupuestales incidirían sobre el pleno funcionamiento de sistemas estratégicos para el país como el Servicio Sismológico, Mareográfico y el Observatorio Astronómico Nacional.

XV. El aporte de la UNAM al engrandecimiento del país está fuera de toda duda. La UNAM atiende a más de 249 mil alumnos de bachillerato, licenciatura y postgrado. Cada año ingresan 60 mil alumnos a esta noble institución, uno de cada diez estudiantes de licenciatura del país está inscrito en la UNAM, así como uno de cada seis estudiantes de postgrado. Uno de cada dos doctores graduados en México egresó de la UNAM. En la UNAM se realiza la mitad de la investigación científica del país.

XVI. Destinar mayores recursos para el fortalecimiento del sistema educativo la educación superior y en especial para universidades públicas como la UNAM, es un elemental acto de congruencia política y ética.

XVI . Es urgente elevar los recursos para educación, por lo que desde esta alta tribuna hacemos un llamado a todos los integrantes de la Cámara de Diputados para que en ejercicio de sus facultades lleve a cabo las modificaciones al Presupuesto de Egresos para el año 2003, que permita ampliar dichos recursos en congruencia con las metas y compromisos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 y el Programa Nacional de Educación 20012006.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados considera que el decremento del presupuesto federal destinado a educación ciencia y tecnología, en combinación con las restricciones impuestas a los recursos destinados a las entidades federativas, tendría un impacto adverso sobre el desarrollo del sector educativo y el bienestar social, presente y futuro de la nación, por lo cual es urgente llevar a cabo adecuaciones a la iniciativa de Presupuesto de Egresos para el año 2003 enviada por el Ejecutivo a esta soberanía, que permita el crecimiento real de los recursos destinados al sector educativo del país.

Segundo. En materia de educación superior, ciencia y tecnología debe realizarse un esfuerzo para que el gasto público alcance las metas que el Ejecutivo federal ha comprometido públicamente ante la nación, de manera que los recursos crezcan de manera sostenida y aseguren la continuidad de los programas encomendados a las instituciones públicas de educación superior.

Tercero. La propuesta enviada por el Ejecutivo federal afectaría gravemente la operación institucional, así como el desarrollo de proyectos sustantivos no sólo para la UNAM, sino para el país. Por lo tanto, se debe asegurar el incremento del subsidio federal asignado a la UNAM para el ejercicio 2003, en particular en los que corresponde a sus necesidades de inversión y servicios generales esenciales para operar y asegurar la calidad de los servicios que presta a la sociedad mexicana.

Palacio Legislativo, a 28 de noviembre del 2001.

Diputados: Alfredo Hernández Raigosa, José Manuel del Río Virgen (rúbricas).

(Turnada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO PARA SOLICITAR AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL EXPIDA EL DECRETO QUE ASEGURE EL CUMPLIMIENTO CABAL DE LOS PROPOSITOS Y COMPROMISOS DEL CONSEJO NACIONAL DE AUTORIDADES EDUCATIVAS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO HECTOR MENDEZ ALARCON, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

Los que suscriben, ciudadanos diputados integrantes de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la LVIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, nos permitimos presentar la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita al titular del Poder Ejecutivo federal expedir el decreto que asegure el cabal cumplimiento de los propósitos y compromisos del Consejo Nacional de Autoridades Educativas, conforme a las normas y objetivos consensuados por las propias autoridades educativas.

Antecedentes

Primero. Como antecedentes legales existen dos motivos en la Ley para la Creación del Consejo Nacional de Autoridades Educativas, a saber: la Exposición de Motivos de la Ley General de Educación que el Presidente de la República en turno presentó al Poder Legislativo en 1993 y, el artículo 17 de la misma ley.

a) En cuanto al primero, la Exposición de Motivos establece lo siguiente: "El federalismo educativo permite la creación de un Consejo Nacional de Autoridades Educativas que reunirá a los responsables de aplicar las políticas educativas de cada entidad en el marco de los objetivos nacionales y las disposiciones legales. Ello entraña una garantía adicional para el aseguramiento del carácter nacional que continuará teniendo la educación.

Al construirse un sistema educativo en el que concurren la autoridad local y la autoridad nacional con responsabilidad claramente delimitadas, se conjugan democracia local y rectoría de la autoridad federal, participación comunitaria y unidad nacional, fortaleza de las expresiones regionales y el sentimiento de pertenencia a una gran nación."

b) Y en el artículo 17 de la vigente Ley General de Educación, que dispone: "Las autoridades educativas, federal y locales, se reunirán periódicamente con el propósito de analizar e intercambiar opiniones sobre el desarrollo del sistema educativo nacional, formular recomendaciones y convenir acciones para apoyar la función social educativa. Estas reuniones serán presididas por la Secretaría".

Segundo. El 29 de abril de 1999, durante la LVII Legislatura de la Cámara de Diputados, el diputado José Ricardo Fernández Candia, a nombre de los integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó ante el Pleno de la Cámara una iniciativa que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley General de Educación, con la finalidad de crear un Consejo Nacional de Autoridades Educativas.

Tercero. Con fecha 24 de octubre de 2000, el ciudadano diputado José Mario Rodríguez Alvarez de la LVIII Legislatura, a nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó una excitativa al Pleno de la Cámara para que la Comisión de Educación emitiera el dictamen relativo a la iniciativa de creación del Consejo Nacional de Autoridades Educativas.

Cuarto. El Ejecutivo federal ha contemplado la creación y funcionamiento del Consejo Nacional de Autoridades Educativas, en el proyecto del Presupuesto de Egresos de la Federación 2001, presentado en el año 2000, mismo que contiene en el apartado de Exposición de Motivos, correspondiente a la sección de Desarrollo Humano, lo siguiente:

"El consenso en la toma de decisiones y el reconocimiento a la diversidad regional podrán fortalecer el compromiso de las autoridades educativas estatales con la evolución del federalismo y la implantación de los programas nacionales. Con base en lo anterior, se crea el Consejo Nacional de Autoridades Educativas, órgano colegiado que se consagrará al desarrollo de los programas destinados a incrementar la calidad de la educación y que determinará los principales lineamientos para la instrumentación de las políticas educativas nacionales."

Quinto. La actual Comisión de Educación y Servicios Educativos, conformó la "Subcomisión de Artículos de la Ley General de Educación para la Creación del Consejo Nacional de Autoridades Educativas", integrada por los diputados José María Tejeda Vázquez, Bertha Alicia Simental García, José Manuel Correa Ceseña, Gerardo Sosa Castelán, Jorge Luis García Vera, Cutberto Cantorán Espinosa, Ramón León Morales, Héctor Méndez Alarcón y como coordinador de la misma Eduardo Rivera Pérez, la cual ha realizado los trabajos siguientes:

a) La Subcomisión llevó a cabo reuniones periódicas para el análisis de la iniciativa a lo largo de los últimos meses, en las cuales, participaron además de los integrantes de ésta, los funcionarios y asesores de la Secretaría de Educación Pública, Lic. Luis Vega García, director general de Asuntos Jurídicos; Lic. Víctor Manuel Amescua, de la Dirección de Proyectos Legislativos; Lic. Jesús Alvarez Gutiérrez, director general de la Unidad de Desarrollo Educativo en los Estados; y el Lic. José de Jesús Arias Rodríguez, coordinador de la Oficina de Enlace de la Secretaría de Educación Pública con el Congreso de la Unión.

b) De su análisis la subcomisión rechazó la iniciativa y acordó en un anteproyecto de dictamen votarla en sentido negativo, debido a que ésta restaba importantes facultades al Ejecutivo en materia de educación trasladándolas al Consejo. Además de no tenerse una valoración completa sobre las repercusiones que implican las adiciones y reformas planteadas en la iniciativa. Sin embargo, los integrantes de la subcomisión coincidieron en la trascendencia y necesidad de este Consejo, por lo que se comprometieron a impulsar su creación revisando todos los mecanismos legales para este efecto; así como la necesidad, naturaleza, funcionamiento y alcances.

c) La subcomisión en mesa de trabajo con los representantes de la Secretaría de Educación Pública y los secretarios de Educación de los estados de Sinaloa, Ing. Jesús Antonio Malacón Díaz; de Jalisco, Lic. Miguel Agustín Limón Macías; de Quintana Roo, Lic. Cecilia Rosalía Loria Marín; de Tlaxcala, Lic. Roberto Cubas Carlín; y de Nuevo León Lic. José Martínez González, realizada el 14 de agosto del presente, se valoró que el mecanismo legal que da mayor viabilidad y celeridad para alcanzar el objetivo de crear el Consejo Nacional de Autoridades Educativas, es la vía administrativa, por lo que se acordó a solicitud expresa de las autoridades educativas promover un punto de acuerdo, mediante el cual, se solicite al titular del Poder Ejecutivo expedir las normas reglamentarias y que por su parte, la Secretaría de Educación Pública presentara el proyecto de reglamentación trabajado y acordado con los secretarios de Educación de los estados.

d) El pleno de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, en su sesión del día 2 octubre de 2001, desechó la iniciativa relativa a la creación del Consejo Nacional de Autoridades Educativas, bajo las consideraciones y resultados de los trabajos de la subcomisión expuestos en el punto anterior.

e) De esta manera, se lograron además los consensos en los siguientes puntos:

1. La creación del Consejo significa avanzar adecuadamente hacia un verdadero federalismo educativo.

2. La creación del Consejo es el primer paso para una agenda más amplia en la discusión de los temas educativos nacionales con una visión de mediano y largo plazos, enfatizando aquellos que se refieren a la culminación de los procesos de descentralización pendientes.

3. Se pretende que el Consejo Nacional de Autoridades Educativas sea un organismo que permita el permanente seguimiento y evaluación del sistema educativo, para la toma de decisiones conjuntas sobre las políticas y aspectos de descentralización de la educación; y, construyendo una vía de cooperación entre las autoridades, para delinear conjuntamente el esquema de planeación del modelo educativo.

4. Que el Consejo sea presidido por la autoridad educativa federal e integrado por las autoridades educativas de las entidades federativas como lo establece la Ley General de Educación en su artículo 17.

5. El Consejo tendrá, según se definan los mecanismos en su reglamentación, facultades consultivas.

f) Los secretarios de Educación de los estados han elaborado mediante la integración de mesas de trabajo y consenso un proyecto de reglamento relativo a la integración, funcionamiento y operación del Consejo Nacional de Autoridades Educativas, mismo que fue presentado a esta subcomisión por conducto de la Secretaría de Educación Pública.

Este reglamento se titula Reglamento Interno del Consejo Nacional de Autoridades Educativas, y se estructura en los cuatro capítulos siguientes y cuyo contenido es:

Primero. De las Disposiciones Generales; se destaca que el Consejo es una instancia formal y permanente de interlocución en materia educativa entre las entidades federativas y la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal, teniendo como principios rectores la corresponsabilidad y participación de éstas, en un órgano de discusión de carácter consultivo y de consenso. De ninguna manera invadirá facultades normativas ni operativas que le competen a la Secretaría de Educación Pública y/o a las autoridades locales.

Segundo: De la Integración, Objetivos y Atribuciones del Consejo; el Consejo se integra únicamente por autoridades educativas, es decir, por el secretario de Educación Pública del Gobierno Federal, quien lo presidirá, por los secretarios de Educación de las entidades federativas, como miembros con voz y voto.

Son objetivos y atribuciones del Consejo: contribuir en la consolidación de un auténtico federalismo educativo, proponer las acciones necesarias para la adecuada y armónica organización y articulación de los sistemas educativos nacional y estatales; apoyar a las autoridades educativas para que continúen y profundicen en la descentralización educativa y, discutir, analizar y construir acuerdos que garanticen el diseño, formulación, implementación y evaluación de forma pertinente de políticas federales con los gobiernos estatales.

Tercero. De los Organos del Gobierno; describe las funciones del Presidente y secretario técnico del Consejo, así como la integración de las comisiones de trabajo que se requieran para el mejor funcionamiento del Consejo en las que participarán las propias autoridades, especialistas y actores sociales involucrados.

Cuarto. De la Operación del Consejo; el Consejo celebrará reuniones ordinarias trimestralmente y extraordinarias cuando el Presidente lo considere conveniente. Estas tendrán validez únicamente con la presencia de las dos terceras partes de sus miembros, y asimismo, las resoluciones, cuando sean tomados acuerdos por votación dado que se privilegiará el consenso, será por mayoría calificada de dos tercios de los consejeros.

El Consejo podrá vincularse con otras entidades u organismos públicos y privados que por sus actividades, fines o metas se relacionen con la educación.

g) El viernes 28 de septiembre de 2001 en el Palacio de Bellas Artes es firmada el Acta de Instalación del Consejo Nacional de Autoridades Educativas.

Honorable asamblea, los consensos y acuerdos a los que se llegaron son resultado de meses de trabajo responsable y maduro de los diputados federales de esta comisión de conformación plural. Asimismo, esta comisión hace un reconocimiento a la disposición de la Secretaría de Educación Pública, para establecer un diálogo y coordinación con el Poder Legislativo, por lo que se establece un precedente para posteriores temas a discusión. Se ha actuado con responsabilidad en un ámbito de vital importancia para el desarrollo y progreso de nuestro país, como es el tema de la educación, en el que no pueden prevalecer los intereses individuales o de grupo por ser de preeminencia nacional.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, los diputados integrantes de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos promovemos el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Se solicita respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal, Vicente Fox Quesada, expida con base en el artículo 17 de la Ley General de Educación, las normas reglamentarias para formalizar y asegurar el adecuado funcionamiento del Consejo Nacional de Autoridades Educativas y lograr el cabal cumplimiento de sus objetivos y propósitos, tomando en consideración el proyecto de normas internas consensuado por las autoridades educativas, mismo que se adjunta al presente y al que se alude en el inciso f) del antecedente quinto de este punto de acuerdo.

Segundo. Se apruebe por el Pleno de la Cámara de Diputados el presente punto de acuerdo por urgente y obvia resolución.

México, Distrito Federal, Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de noviembre de 2002.

Diputados: Enrique Meléndez Pérez (rúbrica), Presidente; Jorge Luis García Vera (rúbrica), secretario; Alonso Vicente Díaz (rúbrica), secretario; Oscar Ochoa Patrón, secretario; Miguel Bortolini Castillo (rúbrica), secretario; Rosa Elena Baduy Isaac; Norma Enriqueta Bacilio Sotelo (rúbrica); Juan Nicolás Callejas Arrollo (rúbrica); Cutberto Cantorán Espinosa; José Manuel Correa Ceseña; Miguel Angel Donaciano Moreno Tello (rúbrica); José Ramírez Gamero (rúbrica); Gerardo Sosa Castelán (rúbrica); Olga Margarita Uriarte Rico (rúbrica); Celita Trinidad Alamilla Padrón (rúbrica); Luis Artemio Aldana Burgos (rúbrica); Silvia Alvarez Bruneliere (rúbrica); José Carlos Luna Salas (rúbrica); Héctor Méndez Alarcón (rúbrica); Eduardo Rivera Pérez (rúbrica); Rodolfo Guadalupe Ocampo Velázquez (rúbrica); José María Tejeda Vázquez; Fernando Ugalde Cardona (rúbrica); María Isabel Velasco Ramos (rúbrica); Hortensia Aragón Castillo (rúbrica); Ramón León Morales (rúbrica); Alberto Anaya Gutiérrez (rúbrica); José del Carmen Soberanis González (rúbrica); María Cristina Moctezuma Lule; Nahúm Ildefonso Zorrilla Cuevas (rúbrica); Bertha Alicia Simental García (rúbrica).

(Turnada a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO SOBRE EL DERECHO DE LOS TRABAJADORES A UNA VIVIENDA DIGNA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO ARMIN VALDES TORRES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

El derecho a la vivienda es un derecho constitucional consagrado por la Constitución General de la República en su artículo 4º, en el cual se establece con toda precisión que, toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decorosa, señala también que la ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.

Asimismo, el Título VI de nuestra Carta Magna, en el apartado "Del Trabajo y la Previsión Social" señala, en su artículo 123, fracción XII, que toda empresa, agrícola, industrial, minera o de cualquier clase de trabajo, está obligada según lo determinan las leyes reglamentarias, a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas.

Esta obligación se cumplirá mediante las aportaciones, que las empresas hagan a un Fondo Nacional de la Vivienda, a fin de constituir depósitos a favor de los trabajadores y establecer un sistema de financiamiento que permita otorgar a éstos, crédito barato y suficiente para que adquieran en propiedad tales habitaciones.

Se considera de utilidad social la expedición de una ley para la creación de un organismo integrado por representantes del Gobierno Federal, de los trabajadores y los patrones, que administre los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda. Dicha ley regulará las formas y procedimientos conforme a los cuales los trabajadores podrán adquirir en propiedad las habitaciones.

Estas disposiciones del más alto nivel jurídico constitucional, que otorgan derechos sociales a los trabajadores están siendo violados por la delegación de Infonavit en el estado de Coahuila.

Me refiero concretamente al caso de los trabajadores de la empresa Altos Hornos de México, la cual tiene su sede en Monclova, Coahuila, y sostiene en buena medida la economía de la región centro del estado, con una contratación de más de diez mil trabajadores.

Dada la situación financiera por la que atraviesa actualmente, los pagos de las aportaciones al Fondo Nacional de Vivienda, o los pagos al Infonavit se han retrazado en el ultimo año con rezagos mínimos de 1 o 2 bimestres. Esta situación administrativa de la empresa ha generado que la delegada del Infonavit en el estado, Ing. Imelda González Zavala haya dado instrucciones precisas a sus subalternos de no recibir expedientes personales de los trabajadores que solicitan créditos para vivienda, e incluso ha girado indicaciones de que no se libere el pago de aquellos créditos que habiendo sido autorizados, se encuentran en programación para su liquidación.

Esta disposición administrativa es desde todo punto de vista anticonstitucional, en virtud de que cancela la posibilidad de que miles de trabajadores de esta empresa accedan a un crédito para adquirir una vivienda digna.

Por otro lado, la Ley de Instituto Nacional de la Vivienda para los trabajadores, la cual se crea para dar vigencia al precepto constitucional de referencia, determina en el artículo 30 que las obligaciones de efectuar las aportaciones, así como su cobro tienen carácter fiscal.

Define, también al Infonavit como un organismo fiscal autónomo, facultado en los términos del Código Fiscal de la Federación para, entre otras cosas, determinar en caso de incumplimiento, el importe de las aportaciones patronales y los descuentos omitidos, así como calcular su actualización y recargos, señalando las bases para su liquidación y el procedimiento para requerir su pago.

Asimismo, en la fracción IV del mismo artículo se establece la facultad de resolver en los casos que proceda, los recursos previstos en el Código Fiscal de la Federación relativos al procedimiento administrativo de ejecución con lo cual se protege o salvaguarda el interés fiscal de la institución.

Como se puede apreciar en la Ley del Infonavit, no existe disposición alguna, en la que se determine, que el incumplimiento del pago de las aportaciones por parte de los patrones, deba afectar los derechos constitucionales de los trabajadores, a quienes se les descuenta de su nomina la aportación al fondo de la vivienda.

Estos comentarios y razonamientos se han hecho de manera directa a la delegada del Infonavit, buscando con el diálogo resolver esta problemática de los trabajadores de Altos Hornos; hasta la fecha la actitud de la funcionaria se mantiene en el mismo nivel de intolerancia y despotismo, argumentando que tiene instrucciones precisas del director general, de no recibir expedientes de los trabajadores de esta empresa hasta en tanto no mejore su situación financiera, ya que son créditos que a su juicio no podrán ser recuperados.

Por todo lo anteriormente citado y de acuerdo al artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estado Unidos Mexicanos, me permito poner a consideración de esta honorable asamblea e! siguiente

Punto de Acuerdo

Solicitar al director general del Infonavit, cancele la disposición administrativa que viola el precepto constitucional del derecho a la vivienda y que impide a los trabajadores de Altos Hornos de México, tener acceso a un crédito para la adquisición de vivienda.

Que se aplique la Ley de Responsabilidades a la delegada del Infonavit en el estado de Coahuila, por actuar al margen de la ley y por lesionar los derechos de los trabajadores de Altos Hornos de México.

Dip. Armín José Valdés Torres (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA QUE AUTORIDADES FEDERALES Y LOCALES SE ABOQUEN AL SANEAMIENTO Y A LA REFORESTACION DEL PARQUE NACIONAL DESIERTO DE LOS LEONES, PRESENTADA POR EL DIPUTADO JORGE ALBERTO LARA RIVERA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

Con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, exponemos los siguientes

Antecedentes

1. En abril de 1998, el Desierto de los Leones se vio afectado por un incendio en sus partes altas, afectando aproximadamente 500 hectáreas de los bosques localizados en la Cañada de Contreras, punto de unión de las delegaciones Cuajimalpa, Alvaro Obregón y La Magdalena Contreras del Distrito Federal.

2. En 1981, el entonces Presidente José López Portillo publicó en el Diario Oficial de la Federación del 6 de mayo un decreto, en el cual se reconoció que el Desierto de los Leones es propiedad de los bienes comunales de San Mateo Tlaltenango, con las comunidades de Santa Rosa (equivalentes a 732 hectáreas) y La Magdalena Contreras (con 543 hectáreas), y que actualmente se ubican fuera del parque nacional, con las siguientes características:

- El Desierto de los Leones, con una superficie de 1,525 hectáreas.
- El predio de La Venta que, por la lejanía de la región afectada por el incendio, no tiene importancia en el proyecto de reforestación.
3. Actualmente, se encuentran en litigio algunas extensiones de tierra entre los bienes comunales de San Mateo Tlaltenango con el Gobierno del Distrito Federal, así como con las comunidades de Santa Rosa y La Magdalena Contreras. Esto, a consecuencia de la expropiación realizada por el entonces Presidente Miguel de la Madrid Hurtado, quien expropió 1,529 hectáreas en favor del entonces Departamento del Distrito Federal, cuya superficie conforma actualmente el Desierto de los Leones. Este procedimiento expropiatorio no se realizó de forma adecuada, motivo por el cual los representantes de los comuneros se inconformaron.

Con base en lo antes expuesto, se realizan los siguientes

Considerandos

1. Que la región afectada por el incendio ha gozado de fama por su belleza boscosa y que un bosque en condiciones normales se recupera por sí solo de un incendio. Sin embargo, por las condiciones de los bosques del Distrito Federal, las cuales no son normales porque requieren el cuidado del hombre para su preservación, debido al cambio climático, la contaminación por ozono (que provoca el deterioro y muerte de los árboles) y la sobreexplotación del agua en el Valle de México, son factores que ocasionan que los bosques no se recuperen de manera natural. El bosque mencionado no ha dado muestras de recuperación.

2. Que una parte de la región afectada por los incendios se caracteriza por sus pendientes acentuadas, la falta de arbolado y las abundantes lluvias características de la zona, que están causando una rápida erosión y el arrastre de la tierra a regiones más bajas, por lo cual, de seguir posponiendo la realización de un serio proyecto de saneamiento y reforestación, esta zona quedará dañada permanente e irreversiblemente.

3. Que, como consecuencia de los litigios que actualmente existen entre los comuneros de San Mateo Tlaltenango y el Gobierno del Distrito Federal, en las zonas afectadas por el incendio de 1998 no se han realizado programas de rehabilitación y reforestación, propiciando el empeoramiento de las zonas dañadas.

Por las consideraciones antes expuestas y con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos al Pleno de esta H. Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Que, como se ha afirmado en el considerando número tres, el principal obstáculo por el cual no se han llevado a cabo los programas de rehabilitación y reforestación de las zonas afectadas por el incendio de 1998 lo constituyen los litigios entre los comuneros de San Mateo Tlaltenango y las autoridades del Gobierno del Distrito Federal, así como entre los primeros y las comunidades de Santa Rosa y La Magdalena Contreras. Dicha circunstancia nos obliga a pronunciarnos por un arreglo urgente que permita que inicien y se apliquen los programas de saneamiento y reforestación de manera inmediata.

Segundo. Que, considerando y reconociendo que los actuales representantes de los bienes comunales de San Mateo Tlaltenango están conscientes de que su actividad no se restringe a defender la posesión de acuerdo con la legislación agraria sino que también tienen la responsabilidad de cuidar los bosques, un gran beneficio para la Ciudad de México, se han comprometido a solicitar el apoyo a las autoridades ejecutivas y a las legislativas, así como dentro del juicio de expropiación, para que se realice la reforestación requerida. Por virtud de lo anterior, solicitamos a las autoridades del Gobierno Federal y del Distrito Federal que inicien los programas de forma inmediata y así poder recuperar los bosques pertenecientes al Desierto de los Leones.

Tercero. Dado el deterioro que está sufriendo esa región, se solicita al Gobierno Federal y del Distrito Federal que se realicen los esfuerzos necesarios para que el saneamiento y la reforestación del Desierto de los Leones sean una actividad con presupuesto asignado para el próximo año en sendas administraciones en el rubro correspondiente.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 28 días de noviembre de 2002.

Dip. Jorge Alberto Lara Rivera (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA SOLICITAR A LA AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION QUE INVESTIGUE EL POSIBLE DESVIO DE RECURSOS FEDERALES POR PARTE DE LA FUNDACION VAMOS, MEXICO, AC, PRESENTADA POR EL DIPUTADO ELIAS MARTINEZ RUFINO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

El suscrito, diputado federal integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito presentar ante esta honorable asamblea una proposición con punto de acuerdo a fin de que la Auditoría Superior de la Federación investigue el posible desvío de recursos públicos federales de la fundación Vamos, México, AC, al tenor de las siguientes

Consideraciones

1. Las políticas públicas para superar la pobreza extrema colisionan con el modelo económico puesto en marcha desde hace dos décadas. Las promesas del Gobierno Federal de reducir la pobreza, generar empleos y recuperar el poder adquisitivo de los salarios comparten su vacuidad con las de sus antecesores priístas.

Ante el abandono que hace el gobierno de su responsabilidad, las instituciones e individuos que dedican sus esfuerzos a la filantropía, o sea, la provisión de bienes a la población necesitada, a través de actos voluntarios de caridad cobran un peso específico mayor, al grado de confundirse con la política pública en la materia.

2. La confusión entre asistencia y desarrollo social se agrega a la mezcla de lo público y lo privado en el caso de la fundación Vamos, México, AC.

El apoyo de la Presidencia de la República y de diversas instituciones del Gobierno Federal ha apuntalado el financiamiento y la actividad de la fundación. En su primer evento, ésta nació con pañales de seda, en contraposición con la legislación vigente, con el préstamo del alcázar del Castillo de Chapultepec para organizar una cena concierto con un músico británico. Desde el inicio, tuvo a sus pies a los más renombrados líderes empresariales de la nación; instituciones y grupos económicos serían incapaces de decir "no" a la Primera Dama. Imprime 78 millones de guías para padres usando el presupuesto de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos; viaja con una agenda propia en las giras presidenciales por México y el mundo usando los recursos que para ello destina la Presidencia.

Sin el respaldo gubernamental, ninguna de las mil 700 instituciones de asistencia privada registradas en el país alcanzaría en su primer trimestre de ejercicio la recaudación de casi 72 millones de pesos.1

Esos apoyos constituyen una clara desviación de recursos públicos, pues se utiliza el poder político para una institución de carácter privado y para fines exclusivamente personales.

A través de este organismo, la señora Marta Sahagún de Fox ha utilizado recursos públicos federales a su servicio, se ha aprovechado de su posición privilegiada e influyente como consorte del Primer Mandatario y ha generado una estructura paralela a la Presidencia de la República y a las instituciones del Estado dedicadas a la atención de la pobreza extrema.

Más allá del profuso anecdotario de los excesos de la "Señora Presidenta", de la fundación, preocupa a nuestro grupo parlamentario que, cubriéndose con el discurso de las buenas obras y del esfuerzo válido de sectores específicos de la sociedad para superar los problemas nacionales, se cometan actos de ilegalidad y se utilicen una posición privilegiada y recursos públicos para un proyecto político personal. Como expresa la articulista Denise Dreeser, "no se puede usar el argumento de que, ?yendo a trabajar por mi país, tengo el derecho a usar recursos federales?".2

Hay instituciones públicas y presupuesto para eso, ¿por qué no destinar mayores recursos a ellas? Si el afán es crear una organización privada, ¿por qué valerse ilegalmente de influyentismos y de recursos públicos federales?

La Constitución faculta la Auditoría Superior de la Federación para fiscalizar los recursos federales que ejerzan los particulares. Si es realidad que el gobierno actual y su partido están comprometidos con la transparencia, no encontrarían mayor objeción a que se atienda la solicitud contenida en esta proposición.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, el suscrito somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Unico. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita a la Auditoría Superior de la Federación que, en ejercicio de sus atribuciones, investigue el posible desvío de recursos públicos federales cometidos en favor de la fundación Vamos, México, AC; y, si hay lugar, finque las responsabilidades que correspondan.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de noviembre de 2002.

Diputados: Elías Martínez Rufino, Librado Treviño Gutiérrez (rúbricas).

Notas:
1 Informe de auditores independientes sobre estados financieros de la fundación Vamos, México, AC, "Periodo inicial de operaciones, del 24 de septiembre al 31 de diciembre de 2001".
2 Denise Dreeser, "El mareo de Marta", Proceso, 1 de septiembre de 2002.

(Turnada a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA SOLICITAR A LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO QUE INICIE UN PROGRAMA DE REGULARIZACION DE HOTELES Y ESTABLECIMIENTOS TURISTICOS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO LUIS ALBERTO VILLARREAL GARCIA (PAN), A NOMBRE DE INTEGRANTES DE LA COMISION DE TURISMO, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

Los diputados federales integrantes de la Comisión de Turismo de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General del los Estados Unidos Mexicanos, venimos a proponerle a esta asamblea, el siguiente punto de acuerdo para solicitarle a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que lleve a cabo un "programa de regularización" de hoteles y establecimientos para hospedaje, en varios destinos turísticos del país, bajo las siguientes

Consideraciones

1.- Desde hace algunos años ha venido proliferado la creación de hoteles y establecimientos de hospedaje irregulares en distintos destinos turísticos del país. Establecimientos que no dan cuenta de su ocupación ni al gobierno ni a las distintas asociaciones hoteleras que existen en México. Esto provoca, por un lado, la falta de captación de impuestos por parte del Estado y por el otro, la falta de datos estadísticos que permitan a la industria turística implementar políticas, programas y acciones que ayuden a mejorar los servicios turísticos y el rumbo que los destinos deben de seguir, en un afán de desarrollar con mejores resultados los destinos donde están establecidos.

2.- La mayoría de estos establecimientos irregulares son propiedad de extranjeros que, bajo el disfraz de casa habitación o descaradamente como casa de huéspedes o bed & breakfast, se dedican en Internet a ofrecer servicios de alojamiento a altos precios, mismos que se pagan desde el extranjero, se depositan en cuentas del extranjero y se quedan en el extranjero.

3.- La falta de regulación por parte de la autoridad deja a los huéspedes en total estado de indefensión, pues no hay autoridad alguna, ni hacendaria, ni de salubridad, ni de ninguna otra, que revise la calidad de servicios que éstos prestan.

4.- La falta de aplicación de la ley por parte de la Secretaría de Hacienda, ha provocado que este tipo de negocios irregulares proliferen cada día más. Al tiempo de incentivar la competencia desleal.

Es realmente desmotivante para quienes cumplen a cabalidad con sus obligaciones fiscales, otorgan seguridad social a sus trabajadores, pagan nomina, etcétera, ver cómo, ante la falta de acciones por parte de Hacienda, estos establecimientos irregulares crezcan, invitando a los propietarios de hoteles, moteles, posadas, hostales, y demás negocios de alojamiento establecidos dentro del marco de la ley, a pensar que en este país, hay más protección por parte de la autoridad para quienes se sitúan fuera de la ley, que para quienes la cumplen.

5.- La industria turística nacional está en franca crisis, los lamentables acontecimientos del 11 de septiembre del 2001, la recesión económica a nivel mundial, la falta de créditos accesibles, entre otras cosas, han herido profundamente a la industria. Se han cerrado cientos de negocios, se han perdido miles de empleos; la situación por ningún lado es sencilla. Que no sea la omisión de Hacienda y la falta de cumplimiento a la ley, la que le dé la puntilla al turismo.

Son muchos años de esfuerzo, dedicación y trabajo los que han invertido los hoteleros de estos destinos para levantar sus negocios, para generar empleos, para ganarse una reputación y dejar en alto el nombre de México. No es justo que extranjeros como los propietarios de estos B&B vengan a competir deslealmente con nuestros nacionales y la autoridad se quede parada. No se trata de una cacería de brujas, ni una persecución, se trata de instaurar un programa de regularización, poner orden y hacer cumplir la ley.

6.- La situación se vuelve más delicada, cuando vemos que en algunos destinos turísticos como: Pátzcuaro, Puerto Vallarta, San Miguel de Allende y otros, la oferta hotelera irregular es casi la misma que la oferta de la hotelería legalmente establecida. En otras palabras, los cuartos de hotel que ofrecen estas casas de huéspedes o B&B son prácticamente los mismos que los que puede ofrecer la hotelería formal.

Compañeras y compañeros diputados:

Promovemos este punto de acuerdo porque en la Comisión de Turismo creemos que no podemos tolerar la falta de aplicación de la leyes que este Congreso ha legislado y que obligan a la autoridad hacendaria a recaudar del ciudadano los impuestos establecidos en ellas y al ciudadano gobernado a pagar estos tributos cuando está en los supuestos de la norma.

Ante un Estado que requiere con urgencia recursos para cumplir todos los compromisos adquiridos, no podemos comprender la omisión de la Secretaría de Hacienda y Crédito y su falta de regularización de estos negocios ilegales. Se requiere entonces actuar de inmediato y crear un "programa de regularización" de los mismos, para que, no sólo paguen los impuestos a que la ley les obliga, sino además den seguridad a sus trabajadores, a sus huéspedes y garanticemos su adecuado funcionamiento.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la aprobación de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero.- Se solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la creación de un programa de regularización de establecimientos para alojamiento que actualmente trabajan de manera irregular en distintos destinos del país.

Segundo.- Que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público informe a esta soberanía en un lapso breve del programa de regularización que pretende instaurar para dar cumplimiento del punto anterior, y de igual forma informe periódicamente los resultados de la ejecución del programa correspondiente.

Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 28 de noviembre de 2002.

Diputados: Jaime Larrázabal Bretón, Presidente; Mercedes Hernández Rojas (rúbrica), secretaria; Flor Añorve Ocampo, secretaria; Luis Alberto Villarreal García (rúbrica), secretario; Rafael Servín Maldonado, secretario.

(Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA SOLICITAR AL EJECUTIVO FEDERAL INFORMACION SOBRE EL ESTADO QUE GUARDAN ALGUNAS OFICINAS DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO CESAR AUGUSTO SANTIAGO RAMIREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

En los términos de los artículos 58 y 59 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, César Augusto Santiago Ramírez, del Partido Revolucionario Institucional, en mi calidad de diputado, representante de la nación, pongo a consideración de la honorable Cámara de Diputados el siguiente punto de acuerdo, conforme a las siguientes

Consideraciones

Que con fecha 4 de diciembre del año 2000 el titular del Ejecutivo federal emitió el acuerdo mediante el cual se creó la Oficina Ejecutiva de la Presidencia de la República con la intención de "fomentar una administración eficiente y coordinada".

Que el titular del Poder Ejecutivo adujo la necesidad de propiciar una constante evaluación de la actuación de su administración con el objeto de "cumplir las expectativas que la sociedad ha puesto en él".

Que para ello creó la Oficina de la Presidencia para la Innovación Gubernamental; las Políticas Públicas; la Planeación Estratégica y el Desarrollo Regional; la Comisión para el Desarrollo Social y Humano, la Comisión para el Crecimiento con Calidad; la Comisión para el Desarrollo Social; la Oficina de Representación para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; el Consejo Nacional Consultivo para la Integración de las Personas con Discapacidad; el Consejo Nacional Consultivo para las Comunidades Mexicanas en el Exterior y la Coordinación Presidencial para la Alianza Ciudadana.

Además, creó las oficinas de Coordinación General de Comunicación Social, la Coordinación General de Opinión Pública e Imagen; la figura del consejero presidencial de Seguridad Nacional, la Comisión para Asuntos de la Frontera Norte; la Coordinación General del Plan Puebla-Panamá, el Consejo Nacional para la Infancia y la Adolescencia, el Consejo Nacional de la Educación para la Vida y el Trabajo.

Por la prensa nos hemos enterado de que algunas de estas oficinas han desaparecido o se han asumido a otras áreas: la de Orden y Respeto presidida por quien era llamado consejero presidencial de Seguridad Nacional, el Lic. Adolfo Aguilar Zinzer, hoy representante de México ante la Organización de las Naciones Unidas, la Coordinación de Desarrollo Social, a cargo de José Sarukhán, quién parece ha regresado a la academia en la UNAM. El Consejo Nacional de la Educación para la Vida y el Trabajo, a cargo de Ramón de la Peña, se fusionó con el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos.

La Coordinación Presidencial para la Alianza Ciudadana parece haberse diluido a partir de que su titular, Rodolfo Elizondo, se hizo cargo de la Coordinación General de Comunicación de la Presidencia de República. La Oficina para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas opera ya a través del Instituto Nacional Indigenista y la Oficina de Promoción e Integración Social para las Personas con Discapacidad, a cargo de Víctor Flores, fue adscrita al DIF.

Finalmente la Oficina del Plan Puebla-Panamá, encabezada por Florencio Salazar pasó a formar parte de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Todo lo anterior pone de manifiesto que el Ejecutivo creó dieciocho oficinas, de las cuales siete ya han desaparecido, sin que se informe cabalmente a esta Cámara y a la opinión pública, de las actividades que desarrollaron, y de los gastos realizados durante su gestión. Y si bien está dentro de las facultades del Ejecutivo la de crear unidades de asesoría, apoyo técnico y de coordinación que estime convenientes, también es cierto que el Ejecutivo está obligado a dar cuenta de sus actos y transparentar las actividades de la administración pública a su cargo.

Por ello y con base en el artículo 93, fracción primera, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de acuerdo a lo anteriormente expuesto se propone el siguiente

Punto de Acuerdo

Unico. La Cámara de Diputados solicita a la Presidencia de la República envíe, a través de la Secretaría de Gobernación, un informe escrito y pormenorizado donde dé cuenta a esta soberanía de las actividades que realizaron las oficinas creadas por acuerdo presidencial y que se mencionan en el cuerpo de los considerandos del presente punto de acuerdo; que informe de las razones para la desaparición de algunas de ellas; la incorporación a otras unidades de la administración pública de otras de ellas; así como que se rinda un informe detallado del ejercicio de los gastos e inversiones de cada una de ellas y del éxito alcanzado por cada una de ellas.

México, DF, octubre de 2002.

Dip. César Augusto Santiago Ramírez (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, EN RELACION CON LA COMUNICACION TERRESTRE EN EL ESTADO DE CHIAPAS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO CESAR AUGUSTO SANTIAGO RAMIREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

Con fundamento en los artículos 58 y 59 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía la solicitud de un punto de acuerdo a efecto de que la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados incluya en el Presupuesto que habrá de aprobarse por esta soberanía en fecha próxima, los recursos necesarios para concluir las obras indispensables para la comunicación terrestre del centro del país con el estado de Chiapas, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Coincidimos todos los mexicanos en que el estado de Chiapas no puede ni debe continuar ya en los últimos indicadores de marginación y pobreza de la República Mexicana.

Es de moralidad política y de razón pública lograr que Chiapas se incorpore plenamente al proceso del desarrollo nacional en mejores condiciones que puedan permitirte acortar la enorme brecha que existe entre aquella entidad y el resto del país.

Es de sobra conocida la aportación que históricamente Chiapas ha entregado a la nación mexicana, desde su mismo territorio, que por voluntad ciudadana, anexó a la República, hasta las grandes contribuciones en materia de petróleo, gas natural, energía eléctrica, y diversos productos agropecuarios, que siempre han contribuido al desarrollo nacional.

Todo mundo habla de las riquezas del entorno geográfico chiapaneco, y de su gran potencial humano, de esta gran sociedad chiapaneca, que sólo por la deficiencia de sus gobiernos, no ha tenido la oportunidad de incorporación plena a la República a la que, por razones históricas, está vinculada indefectiblemente.

La moda de la modernización neoliberal supone que Chiapas podrá desarrollarse cuando inversiones importantes arraiguen en la entidad, para promover el empleo y generar riqueza; pero la gran ironía de esta aseveración simplista, es que si no pueden llegar físicamente los inversionistas, difícilmente llegarán las inversiones.

A Chiapas se le ha tratado demagógicamente con inversiones cosméticas, a veces con obras suntuarias y muchas otras con excesos: ante la pobreza que impera, la diversión institucionalizada.

Pero los problemas de fondo ahí están y es urgente que empiecen a resolverse. Chiapas tiene que comunicarse bien, de alguna forma y de manera que pueda definitivamente dar pasos sólidos hacia su desarrollo, veamos:

Por vía aérea, la comunicación es un fracaso. El aeropuerto de la capital "Llano San Juan" tiene problemas desde su construcción que no han podido resolverse, ni podrán en ese mismo espacio que ya lleva más de 20 años especulando sobre su eventual mejoría. La solución cosmética fue habilitar el viejo aeropuerto de Terán, con instalaciones improvisadas y con dificultades esenciales que no permitirán su desarrollo saludable. La comunicación aérea sólo es eficaz en Tapachula porque los aeropuertos de Palenque, San Cristóbal y Comitán, también construidos apresuradamente, no resolverán el problema de la aviación comercial en grande escala.

Por la vía marítima, Puerto Madero sigue siendo un inmenso elefante blanco: pasan los años, no se advierten ni las soluciones, ni las intenciones de entrar a resolver este problema de manera integral y definitiva. Y,

Por la vía terrestre, sólo por el influjo de Luis Donaldo Colosio, cuando fue secretario de Desarrollo Social, se logró el acuerdo para construir la carretera que comunique al centro del país con la capital del estado, que se identifica en la parte que está en construcción con el nombre de Tuxtla Gutiérrez-Cosoloacaque, y que acortará teóricamente, en ocho horas, el viaje de Tuxtla Gutiérrez a la Ciudad de México.

Debe decirse que la carretera en servicio se construyó en 1940, que es la llamada carretera Panamericana, que constituyó un gran avance en su época, ya que antiguamente la comunicación con el centro del país se realizaba por el ferrocarril con duración mayor a 45 horas y que ahora desde luego, ya está totalmente en desuso.

En el Diario Oficial de la Federación se publicó con fecha 3 de septiembre del 2001, el decreto expropiatorio por el que se "declara de utilidad pública la construcción de la autopista Las Choapas-Ocozocuatla, tramo las Choapas-Raudales y entronque Las Choapas III, por lo que se expropian a favor de la Federación diversas superficies".

En el programa de trabajo de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del año 2002, se programó un gasto de 1,327.6 millones de pesos del Fides (Fideicomiso de Desarrollo del Sureste), de los cuales se destinarían 1,264.1 millones para la construcción de 43.9 kilómetros de la carretera San Cristóbal-Tuxtla Gutiérrez y el puente San Cristóbal. Y se avanzará en la construcción de la carretera Ocozocuautla-Las Choapas y el puente Chiapas; con estas acciones se podrían en operación 1,999.9 kilómetros. Sin embargo, ambas obras no concluyen.

Las dos carreteras son fundamentales para los chiapanecos, están detenidas y sólo faltan pequeños tramos para concluirlas, como lo son el llamado puente Chiapas y el puente San Cristóbal, en donde se han encontrado problemas técnicos para su construcción.

La carretera que comunicaría al centro del país con la capital del estado ya no debe seguir con la inercia de otras épocas que en Chiapas parece constituir un modelo: obras importantes que se inician y nunca concluyen.

Si se pretende de verdad invitar a la inversión, y convocar a los inversionistas, primero se tiene que resolver, cómo podrán mover con facilidad y en costos competitivos, las mercancías o las materias primas que salgan de Chiapas o se requieran en Chiapas.

No se trata sólo de una obra pública que debe realizarse, sino de un imperativo que dé a la ciudadanía confianza en el gobierno porque concluye sus proyectos, y no deja una secuela de obras inconclusas, que siendo indispensables, siempre dejan el paso a otras vistosas, publicitariamente rentables aunque carezcan de la inversión e importancia de las mencionadas.

La carretera de Tuxtla a San Cristóbal realmente es la única vía eficaz de comunicación de la zona de Los Altos y La Selva, y su enorme población indígena con la capital del estado y de ahí al centro del país. Esta carretera está prácticamente concluida, pero el gobierno del estado maneja información diseñada para no concluirla. El gasto público más importante para el diseño y construcción ya se ha realizado, está la obra a la vista de todos, quienes viajamos por la actual carretera Panamericana y enfrentamos cotidianamente los peligros por el tráfico excesivo y las condiciones tan antiguas del trazo de una carretera de hace más de sesenta años, vemos con impotencia, cómo en paralelo existe una carretera mucho mejor, que no se puede usar porque al gobierno no le da la gana.

Por eso pedimos que se asignen en el Presupuesto federal los recursos suficientes y etiquetados para lograr la conclusión exitosa de estas dos carreteras y proponemos que de igual manera, se asigne un presupuesto adecuado a efecto de que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes pueda, en plazo perentorio, realizar los estudios para que el asunto del aeropuerto de la capital del estado y el asunto de Puerto Madero, puedan, algún día, encontrar una solución definitiva.

Este punto de acuerdo, que esperamos resuelva favorablemente la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, lo estamos también enviando al señor secretario de Hacienda y al señor secretario de Comunicaciones y Transportes para que se enteren y contribuyan a la gestión que realizamos.

Debo decir finalmente, que desde hace un año, se está insistiendo ante las instancias correspondientes para que estos asuntos sean tratados sin necesidad de una exposición pública como la que hacemos ahora; sin embargo ante la imposibilidad de encontrar interés alguno en intentar siquiera resolver estos asuntos intentamos esta nueva vía que ojalá prospere.

Dip. César Augusto Santiago Ramírez (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, SOBRE LA APLICACION DEL ARTICULO DECIMOSEXTO TRANSITORIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION DE 2002 Y LAS PARTIDAS ESPECIFICAS PARA PUEBLOS INDIOS, ESTABLECIDA EN EL ARTICULO 2º CONSTITUCIONAL, PRESENTADA POR LA DIPUTADA GENOVEVA DOMINGUEZ RODRIGUEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

Con fundamento en lo ordenado en los artículos 74, fracciones V y VIII, 77, fracción I, 108 y 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39.1, 42, 43 y 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 71 y 78 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, vengo a someter a consideración de esta H. asamblea de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el siguiente punto de acuerdo, para solicitar a la Presidencia de la República, a los gobernadores de los estados y, por su conducto, a los ayuntamientos de todo el país un informe sobre la situación que guarda la aplicación del artículo decimosexto transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación del año 2002, que obliga a la transferencia de programas del Instituto Nacional Indigenista y Programa Nacional de Zonas Aridas, así como de la aprobación y aplicación de las partidas presupuestarias específicas para pueblos indios para ese mismo año, establecida en el artículo 2º de la Constitución General de la República.

La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión discutió en la madrugada de 1 de enero el Presupuesto de Egresos de la Federación. Durante las últimas horas del 31 de diciembre de 2001 fue introducido el artículo transitorio decimosexto. En éste se obliga al Instituto Nacional Indigenista (INI) a trasladar a las entidades federativas sus programas, bienes muebles e inmuebles y personal, obligando también a hacer lo mismo como el Programa de Zonas Aridas.

El INI fue aprobado por decreto del Congreso de la Unión1 y este transitorio no lo desaparece sino que le reasigna sus programas porque, a la fecha, no existe ninguna iniciativa que modifique el decreto sobre el INI, que de llegar el mes de diciembre, el Congreso deberá incorporar el INI al Presupuesto del año 2003, reasignándole un presupuesto, ya que es una dependencia existente y forma parte de la administración pública.

El debate se encuentra en la aplicación de la política hacia los pueblos indios y, una vez reformada la Constitución General, corresponde a las entidades federativas y a los municipios su desarrollo, por lo que el papel del Ejecutivo en este ámbito está en discusión, así como las oficinas y personal dedicado a esta tarea.

El INI ha convocado a una consulta nacional que, a decir por sus propios documentos, pretende dos objetivos básicos: la construcción de una nueva relación entre el Estado, los pueblos indígenas y la sociedad nacional; y una reforma del Instituto Nacional Indigenista.

Para que esta Cámara inicie un debate más a fondo sobre el tema, es necesario considerar que:

1. El INI es un organismo que depende del Gobierno Federal y que cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propios. Este último no sólo proviene del Presupuesto y sus bienes no podrán ser gravados ni enajenados sin previa autorización del Gobierno Federal. Además, tiene un gobierno propio.

2. La crítica al papel del INI y a la política indigenista en el país a lo largo de las últimas décadas ocupa ya un importante acervo, pero no ha dado lugar a opciones que solucionen la pobreza, marginación, discriminación y derechos de los pueblos indios. La política asistencialista integracionista y aculturalista persiste.

3. Los indios mexicanos, desde su conquista por los europeos, han mantenido sus demandas y luchado por ellas en las más diversas formas. La última de ellas, expresada por el Ejército Zapatista de Liberación Nacional y por el Congreso Nacional Indigenista, demandó la autonomía de los pueblos y comunidades indios y el reconocimiento de su autonomía y de su personalidad jurídica. La respuesta del Senado de la República y de la mayoría de esta Cámara de Diputados fue la misma, respuesta histórica de quienes construyeron esta nación de conquista, explotación de los desposeídos, discriminación y despojo de bienes y vidas. El argumento fue la defensa del Estado nacional mexicano, un discurso que giró -como en los viejos tiempos- contra los que supuestamente atentan contra él. Fue ratificado el viejo sistema económico, social y político de división de clases, de diferencias entre pobres y ricos, entre indígenas y mestizos, entre campesinos y agricultores, entre peones y terratenientes. En fin, fue ratificado el odio racial que caracteriza la defensa de los intereses de los pocos poseedores de la riqueza nacional.

4. La reforma constitucional negó la posibilidad de construir una política nacional de Estado en torno de los indígenas mexicanos, al disgregarla en 33 políticas estatales, incluido el Distrito Federal. Ratificó la separación de los distintos pueblos indios existentes, limitándolos al territorio y a la jurisdicción estatal y municipal. Dividió a los miembros de un solo pueblo indio en tantas partes como entidades federativas se encuentren. Los pueblos indios, en estos 500 años de conquista, se han opuesto con las armas en la mano y en revueltas y declaraciones de guerra a su desintegración. Por ello no están alejados de la verdad quienes afirman que la reforma constitucional aprobada en abril de 2001 fue una verdadera declaración de guerra contra los pueblos indios mexicanos.

5. Los pueblos y comunidades indígenas sólo pueden nombrar representantes ante los ayuntamientos, con la capacidad de trámite inferior a las asociaciones civiles y a los presidentes de las juntas auxiliares.

Por ello, cada paso que hasta ahora ha dado el Congreso de la Unión en materia indígena no es más que la ratificación minuciosa de la restricción de la autonomía de los pueblos y comunidades indígenas. Lo mismo sucede con las Legislaturas locales, ya sea en materia de derechos lingüísticos, de justicia o de educación.

Consecuente con esta posición, pero más obvia y entusiasta, es la política del Presidente Vicente Fox en materia indígena, pues pretende hacer llegar la modernidad capitalista y neoliberal a las comunidades indígenas, por medio de actividades económicas y productivas rentables.

En una crítica al trato que hasta ahora se ha dado a la política indigenista, propone sus "Retos y Oportunidades" hacia la reconstitución y autoafirmación de los pueblos indígenas.

Para el gobierno de Fox, esta orientación es clave para la aplicación de una nueva política, aunque no suprime los programas asistenciales y sostiene el conjunto de políticas culturalistas y de preservación de lo indígena como parte del folclor mexicano susceptible de hacerlo rentable en una explotación turística.

En un acto demagógico, en el documento Líneas estratégicas generales para la acción indigenista critica lo que hasta ahora ha sido la política integracionista hasta antes del año 2000 y desarrolla claramente las intenciones neoliberales de convertir este sector social en un sujeto económico relevante.

Por todo ello, resulta determinante y estratégico para el gobierno de Vicente Fox la aplicación del Plan Puebla-Panamá, en el cual se sintetiza su propuesta.

Un siguiente paso congruente con la aplicación de esta política antiindigenista y neoliberal lo dio esta Cámara al aprobar el artículo transitorio decimosexto de la Ley de Presupuesto para el año 2002 en materia indígena que, por su contenido, rebasa lo dispuesto por la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público.

Este es sólo una reasignación de los programas del Presupuesto federal y no de transformación institucional del INI. Pero la forzada introducción y aprobación la madrugada del 1 de enero del año 2002 del transitorio pretenden crear las condiciones para su inanición por la vía de negarle los recursos y no por la del debate amplio que implicaría su transformación quitando al INI y a la Oficina para la Atención de los Pueblos Indios de la Presidencia su materia de trabajo.

El plazo impuesto ha sido imposible de cumplir, pero además no se especifican las condiciones y términos de la reasignación, lo que debe ser parte del convenio. De esta manera, el presupuesto de Instituto Nacional Indigenista, incorporado en la Secretaría de Desarrollo social, cuenta con todos los elementos legales necesarios para ser considerada partida presupuestaria federal, por lo que su actividad, programas y objetivos están claramente determinados, así como los plazos para cumplirlos. Estos dependen de una entidad del Gobierno Federal y ésta debe, por tanto, responder al órgano superior de fiscalización sobre el cumplimiento de los programas, cuando sea necesario.

El Partido de la Revolución Democrática no está por la desaparición del INI y, mucho menos, con el procedimiento aplicado de la irregular reasignación de sus programas, así como los de zonas áridas a los estados. Más bien, planteamos la transformación del mencionado Instituto en un organismo autónomo, con personalidad jurídica propia y con un presupuesto asignado por esta Cámara que incluya todos los programas federales hacia los pueblos indios y se complemente con los aprobados por los estados y municipios. Además, que sea un organismo gobernado por representaciones de los pueblos indios, en estados y municipios elegidos definidos por ellos mismos y en una coordinación presupuestaria con éstos.

Sin embargo, es evidente que tal posibilidad se ha hecho inviable, en los marcos de la actual legislación. En ella no tiene cabida ningún organismo nacional, ninguna política federal o norma internacional Y, mucho menos, una política nacional de Estado hacia los pueblos indios mexicanos. De ahí que insistamos en una reforma constitucional como lo mencionaba la ley que propuso la Comisión de Concordia y Pacificación.

El Presupuesto nos obliga a los programas aprobados para el INI y a zonas áridas por las entidades federativas, lo que será imposible debido a los cortos plazos para la reasignación presupuestaria y al traslado de oficinas a los lugares cercanos a las comunidades indígenas. Estos programas quedarán incumplidos y los responsables deberán ser sujetos de responsabilidad administrativa y política.

Por otro lado, el artículo 2° constitucional obliga a las entidades federativas, a los Congresos de los estados y a los ayuntamientos a especificar partidas específicas para el beneficio de las comunidades indígenas, lo cual obviamente no se cumplió.

Por ello, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión acuerda

Primero. Solicitar a la Presidencia de la República, a la Secretaría de Desarrollo Social y al Instituto Nacional Indigenista informen de la situación de aplicación de los programas presupuestarios asignados al INI y al Programa de Zonas Aridas.

Segundo. Solicitar a la Presidencia de la República, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Social, y a los gobiernos de los estados informen a esta Cámara sobre la aplicación del artículo decimosexto transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación del año 2002 y la transferencia de programas del Instituto Nacional Indigenista, Programa de Zonas Aridas.

Tercero. Solicita a los Congresos de los estados informen a esta Cámara sobre la aprobación de las partidas específicas para pueblos indios establecidas en el artículo 2º de la Constitución General de la República.

Cuarto. Solicita a los gobernadores de las entidades federativas que, por su conducto, los ayuntamientos de todo el país informen a esta Cámara sobre la aprobación de las partidas específicas para pueblos indios establecidas en el artículo 2º de la Constitución General de la República.

México, DF, a 12 de noviembre de 2002.

Dip. Genoveva Domínguez Rodríguez (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Noviembre 28 de 2002.)

Nota:
1 Decreto de Ley que Crea el Instituto Nacional Indigenista, expedida por el Congreso de la Unión y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 1948.
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, A FIN DE QUE EL EJECUTIVO FEDERAL PRORROGUE LA VIGENCIA DEL ARANCEL APLICABLE A LAS IMPORTACIONES DE ACEITES DE COCO Y DE ALMENDRA DE PALMA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO JESUS DUEÑAS LLERENAS (PAN), EN NOMBRE DE DIPUTADOS DE DIVERSOS GRUPOS PARLAMENTARIOS, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

Los suscritos diputados de la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes de diversos grupos parlamentarios con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Cámara de Diputados, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Que la producción de copra es una actividad económica de la que dependen productores de diversas entidades del país, como Guerrero, Colima, Tabasco, Oaxaca y Campeche.

Que la actividad coprera nacional atraviesa por una difícil situación derivada tanto de problemas estructurales como de las condiciones del mercado internacional afectando a los productores y a todas las regiones copreras del país.

Que el precio de la copra nacional depende significativamente del comportamiento del precio internacional del aceite de coco, que a su vez depende de la oferta que registran los principales países productores.

Que en los últimos años los precios internacionales han mostrado una tendencia a la baja, lo que se ha traducido en crecientes importaciones por parte del sector industrial, impactando negativamente en el precio de la copra nacional.

Que el sector enfrenta situaciones que agravan tanto la crisis de las regiones copreras como la longevidad de las plantaciones, utilización de variedades de bajo rendimiento, escasa tecnificación de las plantaciones, ausencia de mejoramiento genético, entre otros, escasa atención a las áreas atacadas por enfermedades como el amarillamiento letal, lo que provoca que la superficie coprera haya caído en los últimos años.

Que la disminución de las superficies cosechadas deriva en estancamiento de la producción y reducción de los rendimientos, ocasionando pérdida de competitividad del producto con los consecuentes daños al sector coprero nacional.

Que de mantenerse las condiciones actuales, la superficie dedicada al cultivo se reducirá aún más y agudizará el abandono de la actividad como principal fuente de ingresos de los productores nacionales de copra.

Que en el presente año el Gobierno Federal instrumentó medidas temporales en materia de política comercial y arancelaria para mejorar las condiciones de los productores nacionales, en tanto se concretan acciones de cambio estructural para el sector.

Que mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 17 de abril de 2002, se estableció un arancel a las importaciones de aceites de coco y almendra de palma del 45%, máximo permitido en la Organización Mundial de Comercio, que permanecerá vigente hasta el 31 de diciembre de 2002.

Que con el fin de apoyar a la cadena agroindustrial de la copra y resolver los problemas estructurales de su producción, el Gobierno Federal ha instrumentado, conjuntamente con los gobiernos estatales, los productores y la industria jabonera, medidas que permitan mejorar de manera sostenible la productividad de la actividad y el ingreso de los productores.

Que estas acciones de carácter estructural para mejorar la integración de la cadena agroalimentaria, elevar la productividad y diversificar las fuentes de ingreso de los productores se concentran en el Programa de Desarrollo Integral, cuyos avances han sido limitados para dar una respuesta inmediata a las demandas de los productores copreros.

Que el aumento de los aranceles en la copra es sólo una medida parcial y que para resolver el problema de los productores nacionales de ese producto, se requieren medidas estructurales tendientes a mejorar la productividad y el ingreso de los productores.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero.- Que el Ejecutivo federal informe a esta Cámara de Diputados el grado de avance de las acciones implementadas para elevar la productividad de los copreros, mejorar la integración de la cadena agroalimentaria y diversificar las fuentes de ingreso de los productores.

Segundo.- Que considerando la información anterior, se considera necesario que sigan vigentes los aranceles aplicables (45%) a la importación de aceite de coco y aceite de palma y copra.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 28 días del mes de noviembre del 2002.

Diputados: Jesús Dueñas Llerenas, Tomás Ríos Bernal, Ramón Ponce Contreras, José María Anaya Ochoa, José Roque Rodríguez López, Carlos A. Valenzuela Cabrales, Santiago Guerrero Gutiérrez, José R. Escudero Barrera, Manuel W. Orozco Garza, Rogaciano Morales Reyes (rúbricas).

(Turnada a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial. Noviembre 28 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, EN RELACION A LOS TRABAJOS DE LA SECCION INSTRUCTORA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO LUIS MIGUEL BARBOSA HUERTA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 2002

Punto de Acuerdo

Se exhorta a la Sección Instructora para que concluya sus trabajos en los procedimientos de declaración de procedencia que tienen en marcha, a más tardar el día 15 de diciembre del año 2002.

México, DF, a 28 de noviembre de 2002.

Dip. Luis Miguel Barbosa Huerta (rúbrica)

(Turnada a la Comisión Jurisdiccional y a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos. Noviembre 28 de 2002.)
 
 













Convocatorias
DE LA COMISION DE FOMENTO COOPERATIVO Y ECONOMIA SOCIAL

A la reunión de trabajo de las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Fomento Cooperativo y Economía Social, que se efectuará el lunes 2 de diciembre, a las 17 horas, en los salones C y D del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Asistencia y verificación de quórum.
2. Presentación del proyecto de dictamen de la iniciativa de reformas a la Ley de Ahorro y Crédito Popular.
3. Análisis, estudio y, en su caso, aprobación del proyecto de dictamen de la iniciativa de reformas a la Ley de Ahorro y Crédito Popular.
4. Asuntos generales.
5. Clausura.
Atentamente
Dip. Fernando Herrera Avila
Presidente
 
 
 

DE LAS COMISIONES UNIDAS DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, Y DEL DISTRITO FEDERAL

A su reunión de trabajo, el martes 3 de diciembre, a las 11:30 horas, en la zona C del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Recepción formal de la iniciativa de reformas al artículo 122, apartado C, Base Primera en su fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Víctor Antonio García Dávila, a nombre del grupo parlamentario del PT.
4. Discusión y, en su caso, aprobación del dictamen con proyecto de decreto que reforma la fracción III de la Base Primera, apartado C del artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
5. Asuntos generales.
Atentamente

Dip. Salvador Rocha Díaz
Presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales

Dip. Jorge Alberto Lara Rivera
Presidente de la Comisión del Distrito Federal
 
 
 

DE LA COMISION DE VIVIENDA

A la reunión de su Mesa Directiva, el martes 3 de diciembre, a las 15 horas, en las oficinas de la Comisión.

Atentamente
Dip. José Marcos Aguilar Moreno
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE REFORMA AGRARIA

Al panel de discusión y análisis El presupuesto que el campo necesita, que se llevará a cabo el martes 3 de diciembre, a las 16 horas, en el salón Legisladores de la República (Salón Verde).

Atentamente
Dip. Félix Castellanos Hernández
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE VIVIENDA

A su reunión plenaria de trabajo, que se efectuará el martes 3 de diciembre, a las 17 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.
4. Bienvenida al ingeniero José Luis Naranjo Esquivel.
5. Intervención del ingeniero José Luis Naranjo Esquivel, director general del Fonhapo.
6. Sesión de preguntas y respuestas.
7. Asuntos generales.
8. Clausura de la sesión.
Atentamente
Dip. José Marcos Aguilar Moreno
Presidente
 
 
 

DE LAS COMISIONES UNIDAS DE DESARROLLO RURAL, Y DE ENERGIA

A su reunión de trabajo, el miércoles 4 de diciembre, a las 9 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura, discusión y votación de dictámenes.
Atentamente

Dip. Alfonso Oliverio Elías Cardona
Presidente de la Comisión de Desarrollo Rural

Dip. Juan Camilo Mouriño Terrazo
Presidente de la Comisión de Energía
 
 
 

DE LA COMISION DE MARINA

A su reunión de trabajo de dictamen de la Ley de Navegación y Comercio Marítimo, el miércoles 4 de diciembre, a las 10 horas, en el salón Protocolo, ubicado en el edificio A.

Atentamente
Dip. César Patricio Reyes Roel
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE CULTURA

A su reunión de trabajo, el miércoles 4 de diciembre, a las 11 horas, en la zona C del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. José Manuel Correa Ceseña
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE PARTICIPACION CIUDADANA

A su reunión plenaria ordinaria, el miércoles 4 de diciembre, a las 11 horas, en el salón Libertadores, ubicado en el edificio H, primer piso.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y verificación de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la reunión plenaria anterior.
3. Discusión y, en su caso, aprobación del dictamen de Ley de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social realizadas por Organizaciones Civiles.
4. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. Miguel Gutiérrez Hernández
Presidente
 
 
 

DEL COMITE DEL CENTRO DE ESTUDIOS SOCIALES Y DE OPINION PUBLICA

Al Primer Ciclo de Mesas Redondas sobre diferentes temas de interés legislativo, con la participación del CIDE, ITAM, Colmex, UIA, UNAM, e IIS, de la UNAM, que se efectuarán hasta el 5 de diciembre en el Auditorio Norte.

Crecimiento Económico y Desarrollo
3 de diciembre, de las 17 a las 19 horas.

Participantes:

Dr. Ugo Pipitone (CIDE)
Dr. Alejandro Villagómez (CIDE)
Dr. Rolando Cordera (Nexos)
Dr. Carlos Rozo (UAM)
Moderador: Dr. Angel de la Vega (UNAM)
Reforma Eléctrica
5 de diciembre, de las 17 a las 19 horas.

Participantes:

Lic. David Shields (Reforma)
Dr. Víctor Carreón (CIDE)
Ing. José Manuel Muñoz (Mesa Ciudadana de Observación de la Energía)
Moderador: Dr. Angel de la Vega (UNAM)
Atentamente
Dip. José Antonio Hernández Fraguas
Presidente