Gaceta Parlamentaria, año V, número 1124, martes 5 de noviembre de 2002


Proyecto de Acta Minutas Dictámenes Actas Comunicaciones Convocatorias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Proyecto de Acta
DE LA MESA DIRECTIVA DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNION, QUE SE SOMETERÁ A CONSIDERACION DEL PLENO EL MARTES 5 DE NOVIEMBRE DE 2002

ACTA DE LA SESION DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNION, CELEBRADA EL JUEVES TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DE DOS MIL DOS, CORRESPONDIENTE AL PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO DE LA QUINCUAGESIMA OCTAVA LEGISLATURA

Presidencia de la diputada María Elena Alvarez Bernal

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de doscientos sesenta y siete diputados, a las diez horas con cincuenta y cinco minutos del jueves treinta y uno de octubre de dos mil dos, la Presidenta declara abierta la sesión.

La Secretaría da lectura al orden del día.

La Asamblea aprueba el acta de la sesión anterior en votación económica.

Comunicaciones de los congresos de los estados de:

Colima, con acuerdo por el que expresa su rechazo a la iniciativa que reforma los artículos veintisiete y veintiocho de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para los fines de que la iniciativa privada participe en la generación y distribución de la energía eléctrica. Remítase a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Energía, para su conocimiento.

Sonora, con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

Oficio de la Secretaría de Gobernación, con el que envía iniciativa del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, de Ley Orgánica de la Financiera Rural. Se turna a las comisiones de Hacienda y Crédito Público, de Agricultura y Ganadería y de Desarrollo Rural.

Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite el Informe trimestral, de julio a septiembre de dos mil dos, del avance físico - financiero del Programa de Empleo Temporal de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Se turna a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Presentan iniciativas con proyecto de decreto los diputados:

Juan Carlos Pallares Bueno, del Partido Acción Nacional, que reforma y adiciona los artículos sexto y séptimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Radio, Televisión y Cinematografía, con opinión de la Comisión Especial para la Reforma del Estado.

José Tomás Lozano y Pardinas, del Partido Acción Nacional, que expide la Ley para el Fomento y Desarrollo de la Marina Mercante Mexicana. Se turna a la Comisión de Marina.

Víctor Manuel Ochoa Camposeco, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos setenta y cuatro, setenta y ocho, ciento dos, ciento quince, ciento dieciséis y ciento veintitrés de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia laboral, y de reforma integral de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Trabajo y Previsión Social.

Juan Alcocer Flores, del Partido Acción Nacional, que reforma el numeral tercero del artículo ciento treinta y cuatro, y deroga el inciso f) del numeral primero del artículo cuarenta y nueve y la fracción cuarta del numeral primero del artículo noventa de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Genoveva Domínguez Rodríguez, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma el artículo segundo de la Ley de Coordinación Fiscal.

Presidencia del diputado Jaime Vázquez Castillo

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto por el que se establecen las características de diversas monedas conmemorativas de la Unión de los Estados de la República Mexicana en una Federación, de conformidad con el inciso c) del artículo segundo de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos. Es de primera lectura.

Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto por el que se autoriza la emisión de una quinta moneda de plata conmemorativa del Quinto Centenario del Encuentro de Dos Mundos. Es de primera lectura.

Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de los Sistemas de Pagos. Es de primera lectura.

A las once horas con cincuenta y dos minutos la Secretaría informa del registro de cuatrocientos seis diputados y ordena el cierre del sistema electrónico de asistencia y votación.

La Asamblea dispensa la lectura, en votación económica, al dictamen de la Comisión de Marina, con proyecto de Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México. Es de segunda lectura.

Fundamenta el dictamen a nombre de la Comisión el diputado Julio César Lizárraga López, del Partido Acción Nacional.

Fijan la posición de su respectivo grupo parlamentario, los diputados: Julieta Prieto Fuhrken, del Partido Verde Ecologista de México; Rufino Rodríguez Cabrera, del Partido de la Revolución Democrática; César Patricio Reyes Roel, del Partido Acción Nacional; y Eréndira Olimpia Cova Brindis, del Partido Revolucionario Institucional.

La Asamblea considera suficientemente discutido el dictamen en lo general y sin que se reserven artículos para su discusión en lo particular, la Secretaría recoge la votación nominal del proyecto de Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México, mismo que se aprueba en lo general y en lo particular por trescientos setenta y nueve votos en pro, ninguno en contra y una abstención. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

En votación económica la Asamblea dispensa la lectura al dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, y se adiciona el Código Federal de Procedimientos Penales. Es de segunda lectura.

Fundamenta el dictamen a nombre de las comisiones el diputado José Elías Romero Apis, del Partido Revolucionario Institucional.

Sin nadie más que solicite el uso de la palabra, la Asamblea considera suficientemente discutido el dictamen en lo general en votación económica.

El grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México reserva para la discusión en lo particular el artículo trece del proyecto de Ley; y el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática reserva los artículos cinco, párrafos penúltimo y último; diecinueve, última parte del párrafo segundo; veintidós, párrafo tercero; veinticuatro y ochenta del proyecto de Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, así como la denominación de ésta; y el artículo ciento ochenta y dos Q del Código Federal de Procedimientos Penales.

Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel

La Secretaría recoge la votación nominal del proyecto de decreto en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados, misma que resulta aprobatoria por trescientos ochenta votos en pro; ninguno en contra y dos abstenciones.

La Presidencia informa nuevamente de los artículos reservados y, para referirse a los artículos cinco, párrafos penúltimo y último; diecinueve, última parte del párrafo segundo; veintidós, párrafo tercero; veinticuatro y ochenta del proyecto de Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, así como a la denominación de ésta; y al artículo ciento ochenta y dos Q del Código Federal de Procedimientos Penales reservados, concede la palabra al diputado Tomás Torres Mercado, del Partido de la Revolución Democrática, quien propone modificaciones.

En pro de esos artículos reservados, en los términos del dictamen, habla el diputado Fernando Pérez Noriega, del Partido Acción Nacional, y a nombre de las comisiones dictaminadoras, propone al diputado Torres Mercado que, a fin de analizar en forma conjunta sus propuestas y, en su caso, presentar una iniciativa por consenso que reforme la ley de referencia, retire sus reservas. Desde su curul el diputado Tomás Torres Mercado acepta la propuesta y declina sus reservas.

La Presidencia reconoce la posición del diputado Torres Mercado y registra como un compromiso de las comisiones dictaminadoras la presentación de una iniciativa que recabe el consenso de sus integrantes y que tenga como elementos aquellos presentados por el propio diputado en sus reservas en lo particular, una vez analizados por las comisiones.

Desde su curul el diputado Amador Rodríguez Lozano solicita que se considere la participación de todos los diputados que tengan algo que aportar a la posible iniciativa de reformas al proyecto de ley referido. La Presidencia solicita a las comisiones dictaminadoras y específicamente a la de Justicia y Derechos Humanos, puedan informar a los legisladores del proceso de construcción de la iniciativa, para que quienes lo deseen puedan participar.

Para referirse al artículo trece reservado, se concede la palabra al diputado Diego Cobo Terrazas, del Partido Verde Ecologista de México, quien propone modificaciones y retira la reserva para sumarse a una posible iniciativa de reformas que incorporare su propuesta.

Sin nadie más que solicite el uso de la palabra, la Asamblea considera suficientemente discutidos los artículos reservados en votación económica.

La Secretaría recoge la votación nominal respectiva y por trescientos setenta votos en pro, cinco en contra y trece abstenciones se aprueban la denominación de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público; sus artículos cinco, párrafos penúltimo y último; trece; diecinueve, última parte del párrafo segundo; veintidós, párrafo tercero; veinticuatro y ochenta; así como el artículo ciento ochenta y dos Q del Código Federal de Procedimientos Penales, en los términos del dictamen.

La Presidencia declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, y se adiciona el Código Federal de Procedimientos Penales. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

La Presidenta informa que la presente sesión se levantará a las quince horas.

Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con proyecto de decreto que concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del territorio nacional del diez al dieciséis de noviembre de dos mil dos, con el fin de participar en el quinto aniversario de la Cumbre de Microcrédito, a realizarse en Nueva York, Estados Unidos de América, el diez de noviembre; del once al quince con objeto de efectuar una gira de trabajo por Europa, que incluye visitas oficiales y de trabajo al Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte el once y doce de noviembre; a la República de Irlanda el trece de noviembre, así como a la República Francesa el catorce y quince de noviembre; y el dieciséis de noviembre para participar en la Décima Segunda Conferencia Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, en Bávaro, República Dominicana. Es de primera lectura.

La Asamblea, en votación económica, dispensa la lectura de dos dictámenes de la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, con proyectos de decreto que conceden permisos:

Al ciudadano Adrián Franco Zevada para prestar servicios en la Embajada de Bulgaria en México.

A seis ciudadanos mexicanos para prestar servicios en la Embajada de los Países Bajos en México.

Son de segunda lectura.

Sin nadie que haga uso de la palabra se aprueban los proyectos de decreto en lo general y en lo particular por trescientos setenta y siete votos en pro, ninguno en contra y tres abstenciones. Pasan al Senado para los efectos constitucionales.

Por indicaciones de la Presidencia, la Secretaría da lectura a una comunicación de la Mesa Directiva relativa al sistema electrónico para el registro de asistencia. De enterado.

Solicitan excitativas los diputados:

Salvador Cosío Gaona, del Partido Revolucionario Institucional, a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, en relación con la iniciativa de Ley Federal de Juegos con Apuesta, Sorteos y Casinos, presentada el tres de marzo de mil novecientos noventa y nueve. La Presidencia hace la excitativa correspondiente.

María Elena Chávez Palacios, del Partido Acción Nacional, a la Comisión de Puntos Constitucionales, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción décima del artículo ochenta y nueve de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el treinta de abril de dos mil dos. La Presidencia formula la excitativa respectiva y, en virtud de que es la segunda, fija a más tardar el día cuatro de diciembre de dos mil dos para que la Comisión de Puntos Constitucionales presente el dictamen correspondiente ante el Pleno.

Presentan proposiciones con punto de acuerdo los diputados: Silvia América López Escoffie, del Partido Acción Nacional, a nombre de integrantes de la Comisión de Equidad y Género, para exhortar a las legislaturas locales para que se implementen las medidas legislativas necesarias que favorezcan un procedimiento expedito en materia de alimentos contra el deudor alimentario. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

José Francisco Yunes Zorrilla, el Partido Revolucionario Institucional, en relación con el cálculo del porcentaje del que participan estados y municipios del fondo de aportaciones para infraestructura social, establecido en la Ley de Coordinación Fiscal. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Gobernación y Seguridad Pública, con proyecto de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Es de primera lectura.

Continúan la presentación de proposiciones con punto de acuerdo los diputados:

Sergio Acosta Salazar, del Partido de la Revolución Democrática, para solicitar la conformación de un fideicomiso por parte de la Secretaría de Salud para el pago de gastos de hospitalización y funerarios de todos aquellos donadores de órganos que salven la vida de otra persona y cuyos familiares carezcan de recursos, y acepta interpelación del diputado Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta. Se turna a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Salud.

Armín José Valdés Torres, del Partido Revolucionario Institucional, para solicitar a la Comisión Nacional del Agua que se realicen las obras proyectadas en el distrito de riego cero seis y los municipios fronterizos del estado de Coahuila, sin condicionar las mismas a la entrega de agua de sus presas para cumplir compromisos internacionales. Se turna a la Comisión de Recursos Hidráulicos.

La Presidencia informa de la recepción de dos minutas de la Cámara de Senadores, con sendos proyectos de decreto que conceden permiso al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, y a la ciudadana Martha Sahagún de Fox, para aceptar y usar las condecoraciones que les confiere el gobierno del Reino de Suecia. Se turnan a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

Transcurrido el tiempo acordado para la duración de la presente sesión, la Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión y la Presidencia clausura la de hoy a las quince horas, citando para la próxima que tendrá lugar el martes cinco de noviembre de dos mil dos, a las diez horas.
 
 












Minutas

DOS, CON PROYECTOS DE DECRETO QUE CONCEDEN PERMISO AL CIUDADANO PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, VICENTE FOX QUESADA, PARA ACEPTAR Y USAR CONDECORACIONES QUE LE CONCEDEN GOBIERNOS EXTRANJEROS

México, DF, a 31 de octubre de 2002.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de la Legión de Honor, en grado de Gran Cruz, que le confiere el Gobierno de la República Francesa.

Atentamente
Sen. Enrique Jackson Ramírez (rúbrica)
Presidente
 

Minuta Proyecto de Decreto

Artículo Unico.- Se concede permiso al ciudadano Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de la Legión de Honor, en grado de Gran Cruz, que le confiere el Gobierno de la República Francesa.

Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 31 de octubre de 2002.

Sen. Enrique Jackson Ramírez (rúbrica)

Presidente
Sen. Yolanda E. González Hernández (rúbrica)
Secretaria
 

México, DF, a 31 de octubre de 2002.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Isabel la Católica, en grado de Collar, que le confiere el Gobierno del Reino de España.

Atentamente
Sen. Enrique Jackson Ramírez (rúbrica)
Presidente
 

Minuta Proyecto de Decreto

Artículo Unico.- Se concede permiso al ciudadano Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Isabel la Católica, en grado de Collar, que le confiere el Gobierno del Reino de España.

Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 31 de octubre de 2002.

Sen. Enrique Jackson Ramírez (rúbrica)

Presidente
Sen. Yolanda E. González Hernández (rúbrica)
Secretaria
 
 
 

CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE PERMISO A LA CIUDADANA SEÑORA MARTHA SAHAGUN DE FOX PARA ACEPTAR Y USAR LA CONDECORACION QUE LE CONFIERE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA

México, DF, a 31 de octubre de 2002.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto que concede permiso a la ciudadana señora Martha Sahagún de Fox, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Isabel la Católica, en grado de Gran Cruz, que le confiere el Gobierno del Reino de España.

Atentamente
Sen. Enrique Jackson Ramírez (rúbrica)
Presidente
 

Minuta Proyecto de Decreto

Artículo Unico.- Se concede permiso a la ciudadana señora Martha Sahagún de Fox, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Isabel la Católica, en grado de Gran Cruz, que le confiere el Gobierno del Reino de España.

Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 31 de octubre de 2002.

Sen. Enrique Jackson Ramírez (rúbrica)

Presidente
Sen. Yolanda E. González Hernández (rúbrica)
Secretaria
 
 
 

CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE PERMISO AL SENADOR JORGE ZERMEÑO INFANTE PARA ACEPTAR Y USAR LA CONDECORACION QUE LE CONFIERE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL

México, DF, a 31 de octubre de 2002.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano senador Jorge Zermeño Infante para aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional de Cruzeiro do Sul, en grado de Gran Oficial, que le confiere el Gobierno de la República Federativa del Brasil.

Atentamente
Sen. Enrique Jackson Ramírez (rúbrica)
Presidente
 

Minuta Proyecto de Decreto

Artículo Unico. Se concede permiso al ciudadano senador Jorge Zermeño Infante para aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional de Cruzeiro do Sul, en grado de Gran Oficial, que le confiere el Gobierno de la República Federativa del Brasil.

Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 31 de octubre de 2002.

Sen. Enrique Jackson Ramírez (rúbrica)
Presidente

Sen. Yolanda E. González Hernández (rúbrica)
Secretaria
 
 
 

CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA EL ARTICULO 23 DE LA LEY REGLAMENTARIA DEL ARTICULO 5º CONSTITUCIONAL, RELATIVO AL EJERCICIO DE LAS PROFESIONES EN EL DF

México, DF, a 29 de octubre de 2002.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes

Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto que adiciona el artículo 23 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal.

Atentamente
Sen. Enrique Jackson Ramírez (rúbrica)
Presidente
 

Minuta Proyecto de Decreto

Que adiciona el artículo 23 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal

Artículo Unico. Se adiciona el artículo 23 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal, para quedar como sigue:

Artículo 23. ...

I. a XIV. ...

Para el registro de los títulos profesionales, para la expedición de las cédulas correspondientes y, en general, para todos aquellos actos de control y vigilancia del ejercicio profesional, la Dirección deberá hacer la anotación del grado académico reconocido en razón del género de la persona titular o acreditada.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Dentro de los treinta días posteriores a que entre en vigor el presente decreto, la Secretaría de Educación Pública, en términos del artículo 13, fracción III, de la Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, deberá instrumentar las medidas pertinentes con los gobiernos de los estados para los efectos de la unificación del Registro Profesional.

Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores. México, DF, a 29 de octubre de 2002.

Sen. Enrique Jackson Ramírez (rúbrica)
Presidente

Sen. Sara I. Castellanos Cortés (rúbrica)
Secretaria
 
 












Dictámenes

DE LA COMISION DE SALUD, CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTICULO 376 DE LA LEY GENERAL DE SALUD

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Salud le fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 376 de la Ley General de Salud, para que la vigencia del registro sanitario se restrinja a cinco años, a fin de que se garantice la eficiencia, calidad y seguridad de los medicamentos, esta iniciativa es presentada por el diputado Neftalí Salvador Escobedo Zoletto, del grupo parlamentario del PAN, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 17 de julio de 2002.

Los integrantes de esta Comisión dictaminadora, con fundamento en las atribuciones que le otorgan los artículos 39, numerales 1º y 3º, 43, 44 y 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 89, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de los miembros de la Honorable Asamblea, el Presente dictamen de conformidad con la siguiente:

Metodología

La Comisión encargada del análisis y dictamen de la iniciativa mencionada anteriormente, desarrolla su trabajo conforme el procedimiento que a continuación se describe:

I. En el capítulo de "antecedentes" se da constancia del proceso legislativo, en su trámite de inicio, recibo de turno para el dictamen de la referida iniciativa y de los trabajos previos de la Comisión.

II. En el capítulo correspondiente a "contenido de la iniciativa" se exponen los motivos y alcance de la propuesta de reforma en estudio.

III. En el capítulo de "consideraciones", la Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la decisión de respaldar en lo general la iniciativa en análisis.

I. Antecedentes

En sesión celebrada por el Pleno de la Comisión Permanente el miércoles 17 de julio de 2002, el diputado Neftalí Salvador Escobedo Zoletto, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 376 de la Ley General de Salud, para que la vigencia del registro sanitario se restrinja a cinco años, a fin de que se garantice la eficiencia, calidad y seguridad de los medicamentos.

La Mesa Directiva, en la misma fecha acordó turnarla a la Comisión de Salud de la H. Cámara de Diputados, correspondiente a la LVIII Legislatura.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, otorga en su artículo cuarto, párrafo tercero, a todo individuo el derecho a la protección de la salud, garantía que implica el acceso a los servicios de atención médica, así como también incluye la protección de la sociedad contra riesgos a la salud que pueden ser ocasionados por el uso de medicamentos, dispositivos e insumos médicos, entre otros.

Dicha protección a la salud, en su componente de protección contra riesgos sanitarios, se ejerce a través del control y regulación sanitaria, atribución que compete a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

Por ello de conformidad con lo que establece el artículo 44 en su numeral 4 de la Ley Orgánica del Congreso, la Mesa directiva de la Comisión de Salud, encomendó a su Primera Subcomisión denominada "Asistencia Médica" preparara el dictamen respectivo, por lo cual ésta llevó a cabo reuniones de trabajo entre sus integrantes, en las que se analizaron y discutieron ampliamente la iniciativa, tanto en su exposición de motivos, como la reforma propuesta.

Asimismo, los integrantes de la Comisión se encargaron de preparar el dictamen tomando en consideración las aportaciones de los diputados de los diversos grupos parlamentarios, además de las opiniones que se recogieron de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios e investigación realizada por los miembros de la Comisión que resuelve.

II.- Contenido de la iniciativa

Referente a su exposición de motivos, manifiesta el proponente que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, otorga a todos los individuos en su artículo cuarto, párrafo tercero, a todo individuo el derecho a la protección de la salud, garantía que implica no sólo el acceso a los servicios de atención médica, sino que también incluye la protección de la sociedad contra riesgos a la salud que pueden ser ocasionados por el uso, entre otros, de medicamentos, dispositivos médicos y otros insumos médicos.

Considera que dicha protección a la salud, en sucomponente de protección contra riesgos sanitarios, se ejerce a través del control y regulación sanitaria, atribución que compete a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

Señala que en el caso de medicamentos y otros dispositivos médicos (equipos médicos, prótesis, órtesis, ayudas funcionales, agentes de diagnósticos, insumos de uso odontológico, materiales quirúrgicos, de curación y productos higiénicos) la regulación sanitaria comprende el otorgamiento de registros sanitarios, que tradicionalmente tenían una vigencia indeterminada. Pero considera que los avances tecnológicos y científicos en materia de medicamentos y dispositivos médicos hacen conveniente que la vigencia del registro sanitario se restrinja a cinco años, a fin de que la autoridad sanitaria cuente con el sustento jurídico que le permita revisar periódicamente la formulación de medicamentos, lo que permitirá que se garantice su eficiencia, calidad y seguridad. De igual manera señala que lo anterior es congruente con los criterios y la normatividad vigente en el ámbito internacional, yaque los países más avanzados como los que conforman la Unión Europea, así como Estados Unidos y Japón, por mencionar algunos, restringen a cinco años la vigencia de los registros de medicamentos y demás insumos para la salud.

Asimismo, comenta el proponente, que la vigencia limitada de los registros sanitarios de medicamentos y demás insumos para la salud permitirá a las autoridades sanitarias:

a) Retirar del mercado aquellos que ya no se justifiquen terapéuticamente o constituyan otras desventajas terapéuticas como son las reacciones adversas en el ámbito de impacto de la salud de las personas;

b) Conocer el universo de medicamentos vigentes en el mercado su utilidad terapéutica; y,

c) Contar con un padrón de registro de medicamentos real y confiable, que permita su actualización permanente al eliminarse aquellos registros que no sean comercializados y respecto de los cuales no se solicite renovación de registro.

Expone el diputado proponente que resulta importante la posibilidad de que la autoridad sanitaria se encuentre facultada, durante el proceso de renovación de los registros sanitarios, de exigir de los solicitantes las pruebas de intercambiabilidad que comprueben la eficacia del medicamento según sea el caso en concordancia con la normatividad internacional de los países de mayor desarrollo tecnológico.

Consideraciones

A continuación, esta Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la decisión de respaldar en lo general la iniciativa en análisis, considerando que la participación en actividades de farmacovigilancia, contribuir a la educación sanitaria de la población, incidir en el cumplimiento terapéutico y realizar estudios de utilización de medicamentos, entre otras, son actividades necesarias para que el sector salud mantenga una vigilancia de calidad. Por lo que resulta importante señalar que el objetivo básico y central del uso de fármacos, es modificar el curso natural de la enfermedad disminuyendo la morbi-mortalidad de la población. Consideramos los integrantes de esta Comisión de Salud, que la realización de este objetivo es la meta del Sistema Nacional de Salud, así como usar medicamentos eficaces, desterrando de la farmacopea personal, y a corto plazo, de la farmacopea mexicana, todos aquellos medicamentos de eficacia no comprobada, con indicaciones dudosas o no acreditadas de una forma unánime por la comunidad científica.

Los integrantes de esta Comisión dictaminadora sabemos que los costos de los fármacos tienen otro impacto muy cercano sobre los pacientes; los precios medios de los medicamentos han tenido un incremento y todas aquellas personas que no gozan de gratuidad en la prestación, deben abonar un precio significativo en numerosos medicamentos de uso común como antibióticos o analgésicos, así como aquellos medicamentos indicados para el tratamiento de enfermedades crónico degenerativas como la diabetes, la hipertensión arterial, cardiopatías, etc. Las alternativas más económicas entre fármacos bioequivalentes, el fomento del uso de los auténticos genéricos, la prescripción ajustada a las necesidades del paciente y no a los "gustos" o intereses del médico, constituyen compromisos básicos con la población perteneciente a la clase más desprotegida. La microeconomía de la salud también debe jugar un papel en la mejora de la calidad de la prescripción de los médicos familiares que trabajan en el sistema nacional de salud.

Actualmente existen grandes diferencias entre la oferta muy seleccionada de los países desarrollados y la oferta amplísima de nuestro país, no sólo en medicamentos autorizados para su comercialización, sino también en el número absolutamente excesivo de diferentes marcas para un mismo producto (verbigracia: la gran cantidad de marcas de sales, antibióticos, antihipertensivos, hipoglucemiantes, antipiréticos, etc.).

Consideramos a su vez, que otro aspecto controvertido es la existencia y autorización de un gran número de medicamentos homólogos, es decir sustancias relacionadas química y terapéuticamente que no presentan diferencias significativas sobre el producto previamente existente. En nuestra opinión, esta gran oferta no contribuye precisamente a un conocimiento amplio y detallado de los medicamentos para un uso correcto.

Citamos como referencia lo que expresaba Lunde en 1979:

"No se ha demostrado nunca que un número infinito de fármacos dé lugar a mayores beneficios para la salud pública que un número más limitado de productos. Por el contrario, la existencia de un número elevado de medicamentos puede dar lugar a confusión a todos los niveles de la cadena del medicamento y constituir un excesivo gasto de recursos humanos y económicos". En los últimos años se han incorporado en nuestro sistema nacional de salud los medicamentos genéricos intercambiables (GI) los cuales ya han demostrado su eficacia terapéutica en países como Canadá y USA, dichos medicamentos representan un alivio a la economía de la población pues tienen precios más accesibles y tienen la misma calidad, a continuación, esta Comisión dictaminadora, describe la información en relación a lo que son los fármacos denominados genéricos intercambiables (GI).

Un medicamento GI, es el aquel que por haber expirado la patente que le daba exclusividad a un determinado laboratorio para producirlo, puede ahora elaborarlo diversos laboratorios, tiene las mismas características que el medicamento original y aparece en las farmacias sólo con el nombre genérico del medicamento, es decir, el nombre de la sustancia activa y se encuentra en el Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables( GI) ofrecido por distintos laboratorios. Las ventajas del medicamento GI que persigue la Secretaría de Salud, es el de obtener medicamentos con la misma calidad y efectos terapéuticos de los de marca comercial y con el beneficio de poder obtenerlos a un precio más económico.

Un medicamento GI se puede comprar cuando la receta del médico indique el nombre genérico y no señale una marca comercial así como cuando el medicamento que se prescribe, se encuentre en la lista del catálogo de genéricos intercambiables. Igualmente el paciente puede solicitar al médico que le prescriba un medicamento GI.

Los medicamentos GI que conforman el catálogo son aquellos registrados por los laboratorios que producen medicamentos en México y que aparecen en el catálogo. Es importante mencionar que se han incorporado poco a poco más medicamentos a dicho catálogo.

El Diario Oficial de la Federación (DOF) del 19 de marzo de 1998 publicó el catálogo de insumos para ser susceptibles de incorporarse al Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables, así como las pruebas que deberán aplicárseles para tal fin.

Se menciona que para acreditar la intercambiabilidad de los medicamentos genéricos intercambiables se determinó que las pruebas a que éstos deben sujetarse son las de perfil de disolución o bioequivalencia, de conformidad con los criterios que establece el DOF. Para determinar el tipo de prueba que corresponde a cada medicamento se toma en cuenta su naturaleza, forma farmacéutica, uso terapéutico y farmacocinética.

Los criterios que se consideran para determinar el tipo de prueba que debe aplicarse para acreditar a un medicamento como genérico intercambiable (GI), son las siguientes:

I. Los medicamentos que no requieren someterse a pruebas de disolución o bioequivalencia son:

a) Las soluciones acuosas para uso parenteral, en las que se mantengan las condiciones del medicamento innovador;
b) Las soluciones orales exentas de excipientes conocidos que modifiquen los parámetros farmacocinéticos;
c) Los gases;
d) Los medicamentos tóxicos de uso no sistémico, cuya absorción no implique riesgo;
e) Los medicamentos para inhalación en solución acuosa, y
f) Los medicamentos para inhalación en suspensión, que demuestren que el tamaño de la partícula es equivalente con el innovador.

II. Todos los medicamentos sólidos orales, con excepción de los que se encuentran en alguno o más de los supuestos señalados en la siguiente fracción, deberán someterse a pruebas de perfil de disolución.

III. Los medicamentos que deberán someterse a pruebas de bioequivalencia son:

a) Los medicamentos sólidos orales, con fármacos que requieran para su efecto terapéutico de una concentración estable y precisa, por tener una margen terapéutico estrecho;
b) Los medicamentos empleados para enfermedades graves;

c) Los medicamentos de los cuales se tenga conocimiento, por reportes previos, que tienen problemas de biodisponibilidad, como es el caso cuando presentan una pobre absorción; un efecto de primer paso acentuado, metabolismo hepático mayor del 70%; eliminación presistémica; ventana de absorción y cenética no lineal;

d) Los medicamentos que presenten propiedades fisicoquímicas adversas, como baja solubilidad, inestabilidad y otras similares;
e) Los medicamentos que tengan una forma farmacéutica de liberación modificada;
f) Los medicamentos que presenten una proporción elevada de excipientes respecto del principio activo;
g) Los medicamentos que sean de administración tópica para efecto sistémico, como supositorios, parches transdérmicos, gel?s de aplicación en mucosas y otros similares;
h) Las combinaciones fijas de principios activos para acción sistémica;

i) Los medicamentos que sean de administración tópica de efecto no sitémico, cuya absorción sea riesgosa, los cuales deberán demostrar mediante un estudio de biodisponibilidad su no absorción, y
j) Los antibióticos en presentación sólida con vía de administración oral, que previamente a la prueba de bioequivalencia deberán realizar, como parte de las pruebas de control de calidad, un estudio de concentración mínima inhibitoria.

En este mismo Diario Oficial se publicó el primer listado de medicamentos que podrían incorporarse al Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables.

En el Diario Oficial del 26 de enero de 1999 se publicó el proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-177-SSA1-1998, que establece las pruebas y procedimientos para demostrar que un medicamento es intercambiable, definiendo como medicamento genérico intercambiable, a la especialidad farmacéutica, con igual concentración o potencia, que utiliza la misma vía de administración y con especificaciones farmacopeicas iguales o comparables, que después de cumplir con las pruebas reglamentarias requeridas, ha comprobado que sus perfiles de disolución o su biodisponibilidad u otros parámetros, según sea el caso, señalando también que, son equivalentes a las del medicamento innovador o producto de referencia, y que se encuentra registrado en el Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables y se identifica con su denominación genérica.

Para la Norma Oficial el perfil de disolución se define como la determinación experimental de la cantidad de fármaco disuelto a diferentes tiempos, en condiciones experimentales controladas, a partir de la forma farmacéutica se denomina fármaco bioequivalente, a los equivalentes farmacéuticos en los cuales no se observan diferencias significativas en la velocidad y cantidad absorbida del fármaco, cuando son administrados ya sea en dosis única o dosis múltiples bajo condiciones experimentales.

El medicamento de referencia, es el medicamento indicado por la Secretaría de Salud como tal, que cuenta con el registro de dicha dependencia, se encuentra disponible comercialmente y es seleccionado conforme a los siguientes criterios:

a) Medicamento innovador (en caso de no existir, cualquiera de los siguientes en el orden en que aparecen);
b) Producto cuya bioequivalencia esté determinada;
c) Producto que cuente con el registro más antiguo ante la autoridad sanitaria y que haya demostrado su eficacia y seguridad; y
d) Producto con una correlación in vitro-in vivo establecida.
El perfil de disolución o el estudio de bioequivalencia del medicamento de prueba se debe realizar con un lote estándar de producción o bien con un lote escalado, que asegure que no se modifica significativamente la reproducibilidad de los perfiles de disolución cuando lotes subsecuentes del medicamento se elaboren de acuerdo con la NOM-.059-SSA1-1993 y que cuente con un certificado de análisis. En caso de realizarse la prueba de bioequivalencia, además de los perfiles de disolución, ambas pruebas deben llevarse acabo con los mismos lotes del producto de prueba y de referencia.

Las conclusiones de las pruebas de intercambiabilidad son válidas para todos los lotes subsecuentes del medicamento de prueba que se elaboren de acuerdo con la NOM-059-SSA1-1993, que incluyan la validación del proceso de producción. En caso de que el proceso de producción, equipo, calidad de los componentes y criterios de aceptación se modifiquen significativamente, o bien, que haya algún cambio significativo en la formulación, es necesario realizar nuevamente la prueba.

Dentro de los criterios y requisitos para la evaluación de perfiles de disolución en formas farmacéuticas de liberación inmediata, se mencionan entre muchos otros:

Realizar los perfiles de disolución con 12 unidades, tanto del medicamento de prueba como del de referencia, en las mismas condiciones experimentales.

El método de valuación del perfil de disolución se debe registrar por escrito antes de realizar el estudio, incluyendo las condiciones experimentales como medio de disolución, aparato utilizado, velocidad de agitación, método de análisis tiempo de muestreo, forma de muestreo y fórmula del cálculo.

Las condiciones experimentales para realizar la comparación del perfil de disolución deben ser las establecidas por las Norma Oficial Mexicana. En caso de que las condiciones no existan de ésta, se aceptan las descritas en las farmacopeas reconocidas internacionalmente. En caso de que no exista información se deberá realizar la prueba de bioequivalencia.

Para realizar el perfil de disolución, deben seleccionarse por lo menos cuatro tiempos de muestreo que permitan caracterizar apropiadamente la curva ascendente, pero los tiempos de muestreo deben ser suficientemente espaciados a lo largo del perfil de disolución.

El método debe demostrar una linealidad con al menos 5 puntos por triplicado, con un coeficiente de regresión mayor o igual que 0.99 y un error debido a la regresión no mayor que el 3%.

El informe final del estudio de disolución debe incluir lo siguiente:

1. Descripción de los medicamentos; denominación común internacional, denominación genérica, denominación distintiva, forma farmacéutica, dosis, número de lote, fecha de caducidad y fabricante.

2. Las condiciones de prueba; aparato utilizado, medio de disolución, velocidad de agitación, temperatura del medio, tiempos de muestreo, volumen de la alícuota tomada, indicando si hubo o no reposición del medio de disolución.

3. Breve descripción del método analítico para la disolución.
4. Resumen de los métodos para la valoración y uniformidad de contenido
5. Resumen de la validación de los métodos analíticos
6. Resultados analíticos
7. Dictamen

Con respecto a los criterios y requisitos para realizar la prueba de bioequivalencia en humanos, nos permitimos describir algunos de estos: Se deben incluir los cromatogramas de la validación del método y presentar el informe de validación analítica.

En resumen, los integrantes de esta Comisión de Salud concluimos que, los medicamentos genéricos intercambiables (GI), requieren de una serie de requisitos previos antes de salir al mercado. Por otro lado, aprovechando las circunstancias de permisión para la venta de los medicamentos (GI) aparecieron hace aproximadamente 5 años los medicamentos llamados "similares", los cuales fueron registrados ante la Secretaría de Salud, y hasta la fecha estos fármacos no han sido aprobados como genéricos intercambiables (GI), ya que no han sido sometidos a las pruebas de bioequivalencia que determina la Secretaría de Salud.

Los medicamentos "Similares", surgieron justo cuando la Secretaría de Salud instrumentaba los mecanismos para la creación del mercado de genéricos intercambiables. En estas fechas los laboratorios Best, propietarios de la línea de "similares" aprovecharon la información y crearon una gran confusión en la comunidad, y en el área médica.

Sobre el hecho de la posibilidad de que los fármacos ahora llamados "similares" sean convertidos a genéricos intercambiables (GI), es fundamental que estos medicamentos sean sometidos a las pruebas de intercambiabilidad, cumpliendo con todos los requisitos que se requiere para ser un medicamento GI, y que en estos estudios demuestren su bioequivalencia, al igual como lo realizan los medicamentos genéricos intercambiables GI, ya que en caso de no ser así, no se cuenta con la certeza de calidad farmacocinética ni farmacodinámica, es decir que no está comprobada su eficacia o inocuidad en la salud de la población que los consume.

Hasta el momento existen cerca de 100 medicamentos "similares" disponibles en el mercado, sin embargo, no existe hasta ahora una norma que exija que sean sometidos a los estudios correspondientes como los GI.

Es importante destacar que la terapia farmacológica prescrita por el médico, la cual es la base fundamental para el restablecimiento del estado patológico del individuo, constituye el mecanismo de acción para combatir la etiología y sintomatología de las enfermedades, es decir, que posterior al diagnóstico realizado por el médico (el cual se basa en el historial clínico, anamnesis, estudios de laboratorio, gabinete, etc.), se indicará el fármaco más apropiado para el cuadro clínico del paciente.

Resulta elemental enfatizar que el cambiar el medicamento prescrito por el médico, desencadena alteraciones en la patología existente, que pone en riesgo la vida del paciente. En el caso de las enfermedades crónico-degenerativas como la hipertensión si ésta no es controlada con el fármaco apropiado, en forma rápida se desarrollan alteraciones anatomopatológicas, esclerosis arteriolar generalizada, acelerando la aterogénesis y riesgos de aneurismas, hemorragia intracraneal, estenosis hasta fibrilación ventricular causando infartos y la muerte, es por ello que la administración del fármaco apropiado en cuanto a su efectividad es trascendental para mantener la salud de los individuos, al emplear fármacos que no cuentan con los parámetros que garantizan esta acción, el estado de salud del paciente se agrava súbitamente, aumentando días de recuperación, disminuyendo su capacidad productiva, y aunque el medicamento sea más económico el deterioro del núcleo familiar se ve afectado, pues las enfermedades mal tratadas, son causa de tratamiento intrahospitalario, lo que origina aun más el daño económico y el deterioro del paciente, pues muchos padecimientos dejan daños irreversibles que requieren tratamiento permanente incluyendo terapia física de rehabilitación, causando aumento del gasto familiar, y lo que resulto en un principio más barato originó a corto plazo daños a la salud y gastos inesperados.

De lo anterior, los miembros de esta Comisión dictaminadora concluimos que el uso de un medicamento que no garantiza su efectividad, lejos de aliviar perjudica la salud, economía y bienestar de la población.

Por otro lado es importante destacar que las metas que establece el Programa Nacional de Salud 2001-2006, en su estrategia 3 y en especial en las líneas de acción 3.1 y 3.2 asienta como objetivo primordial la disminución de padecimientos como la diabetes y el control de las enfermedades cardiovasculares y la hipertensión arterial, dichas patologías se encuentran entre las primeras causas de muerte en nuestro país, en el caso de la diabetes los índices de mortalidad durante los últimos 5 años, se han incrementado notablemente, por lo que es importante resaltar que el uso y la administración del medicamento apropiado, es decir aquel que reúne los requisitos ya mencionados, podrá mejorar valiosamente la salud de los mexicanos, disminuir la morbi-mortalidad y mejorar su calidad de vida.

La confusión en la comunidad médica y en la población en general de los medicamentos genéricos intercambiables (GI) con los Similares, debe ser aclarada para evitar a corto plazo daños y deterioros en la salud de la sociedad.

Por otro lado la Secretaría de salud a emitido diversos acuerdos con la finalidad de fortalecer las acciones encaminadas al respaldo de los medicamentos genéricos intercambiables (GI), dichos acuerdos han incrementado periódicamente el número de medicamentos del catálogo de (GI). y con el objeto de fortalecerlos el 7 de junio de 2002, emitió un acuerdo por el que se establece que las instituciones públicas del sistema nacional de salud, deberán comprar medicamentos genéricos intercambiables (GI), es decir, para este año 2002 el sector salud dará preferencia a los medicamentos genéricos intercambiables sobre los innovadores.

En el aspecto jurídico, esta Comisión considera que la iniciativa, en términos de facultad para legislar por parte del Congreso Federal, así como su inserción en el marco legal y el sentido de la misma, encuentra respaldo en las disposiciones normativas que se describen en párrafos siguientes. Como mencionamos, los integrantes de esta Comisión dictaminadora al principio de la exposición de motivos, nuestra Constitución en su artículo cuarto dispone como uno de los denominados derechos sociales la protección de la salud de los individuos; entendiendo el concepto de salud no sólo como la ausencia de enfermedad, sino como el estado de completo bienestar físico, mental y social en un contexto ecológico-social propicio para su sustento y desarrollo, lo cual incluye la protección contra riesgos sanitarios. Además de que la protección de la salud se consagra constitucionalmente como un derecho; cabe mencionar que nuestra Carta Magna faculta al Congreso de los Estados Unidos Mexicanos a legislar, como lo establece la fracción XVI, en salubridad general.

Por su parte, La ley General de Salud en su Título Primero, Capítulo Unico, artículo 3º define las áreas que se consideran materia de salubridad general de donde, para efecto de comentar el proyecto de iniciativa remitido, resalta la fracción XXIII con el siguiente texto:

Artículo 3.

En los términos de esta ley, es materia de salubridad general:

I.- a XXII.- .........

XXIII. El control sanitario del proceso, uso, mantenimiento, importación, exportación y disposición final de equipos médicos, prótesis, órtesis, ayudas funcionales, agentes de diagnóstico, insumos de uso odontológico, materiales quirúrgicos, de curación y productos higiénicos;

XXIV.- a XXVIII.- ........

Esté artículo es desarrollado en el Título Duodécimo "Control Sanitario de productos y servicios y de su importación y exportación", donde se establece que la Secretaría de Salud tiene la facultad para emitir las normas oficiales mexicanas a que deberá sujetarse el proceso de los productos a que se hace referencia. Ahí se fijan las normas relativas al control sanitario de alimentos bebidas alcohólicas y no alcohólicas, medicamentos, prótesis, órtesis, ayudas funcionales, agentes de diagnóstico, insumos de diagnóstico, insumos de uso odontológico, materiales quirúrgicos y de curación, de productos higiénicos, de perfumería, belleza y aseo, tabaco, plaguicidas, fertilizantes y substancias tóxicas, así como las reglas para su importación y exportación.

Del mismo modo, la Ley General de Salud en su Título Decimosexto dicta las normas y características generales a que se sujetan las autorizaciones sanitarias y los certificados. Se menciona que las autorizaciones se otorgan tanto por la federación como por las entidades federativas en al ámbito de sus respectivas competencias, en los casos en que se requiera licencia, permiso o registro. Algo importante a destacar es que este título, no obstante que establece que el registro sanitario será por tiempo indefinido, estipula en el artículo 378 que la autoridad sanitaria competente podrá revisar las autorizaciones, además de que en el Capítulo Segundo contempla los casos en que procede su revocación.

Coincidiendo con el proponente; en la actualidad, el otorgamiento de registros sanitarios tiene una vigencia indeterminada, sin embargo los avances tecnológicos y científicos en materia de medicamentos y dispositivos médicos hacen conveniente que la vigencia del registro sanitario se restrinja a cinco años, a fin de que la autoridad sanitaria cuente con el sustento jurídico que le permita revisar periódicamente la formulación de medicamentos, lo que permitirá que se garantice su eficiencia, calidad y seguridad; lo anterior tal como se expone en la iniciativa que se dictamina, sería congruente con los criterios y la normatividad vigente en el ámbito internacional, ya que los países más avanzados como los que conforman la Unión Europea, así como Estados Unidos y Japón, por mencionar algunos, restringen a cinco años la vigencia de los registros de medicamentos y demás insumos para la salud.

Así la vigencia limitada de los registros sanitarios de medicamentos y demás insumos para la salud permitirá a las autoridades sanitarias:

1. Retirar del mercado aquellos medicamentos que ya no se justifiquen terapéuticamente o constituyan otras desventajas terapéuticas.

2. Conocer el universo de medicamentos vigentes en el mercado su utilidad terapéutica; y

3. Contar con un padrón de registro de medicamentos real y confiable, que permita su actualización permanente.

Consideramos que resulta importante el hecho de que la autoridad sanitaria se encuentre facultada, durante el proceso de renovación de los registros sanitarios, de exigir de los solicitantes las pruebas de intercambiabilidad que comprueben la eficacia del medicamento en concordancia con la normatividad internacional de los países de mayor desarrollo tecnológico.

El análisis de la redacción actual del artículo que se pretende reformar es la siguiente:

Artículo 376.

Requieren registro sanitario los medicamentos, estupefacientes, substancias psicotrópicas y productos que los contengan; equipos médicos, prótesis, órtesis, ayudas funcionales, agentes de diagnóstico, insumos de uso odontológico, materiales quirúrgicos y de curación y productos higiénicos; así como los plaguicidas, nutrientes vegetales y substancias tóxicas o peligrosas. el registro sólo podrá ser otorgado por la Secretaría de Salud y será por tiempo indeterminado, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 378 de esta ley.

El artículo tal y como está establecido en la ley, contiene los siguientes elementos:

Por su parte la propuesta remitida para su análisis y dictamen se redacta en los siguientes términos: Artículo 376.

Requieren registro sanitario los medicamentos, estupefacientes, substancias psicotrópicas y productos que los contengan, los dispositivos médicos, así como los plaguicidas, nutrientes vegetales y substancias tóxicas o peligrosas. El registro sólo podrá ser otorgado por la Secretaría de Salud. En el caso de los insumos para la salud el registro tendrá una vigencia de 5 años la cual podrá prorrogarse por plazos iguales a solicitud del interesado, en los términos y condiciones que establezcan las disposiciones reglamentarias. Si el interesado no solicitara la prórroga dentro del plazo establecido para ello, la Secretaría de Salud procederá a cancelar el registro correspondiente.

Considerando los elementos contenidos en la redacción actual y la pertinencia de respetarlos, toda vez que no se está impulsando modificaciones en otras disposiciones, se vislumbra una serie de inconsistencias en el texto propuesto como a continuación se detalla.

Del texto de la propuesta se desprende qué productos requieren registro sanitario, posteriormente se separa a los insumos para la salud para especificar que la vigencia del registro sanitario otorgado será de 5 años, no se establece cual es la duración para los bienes no contemplados en dicho término. En otras palabras no se incluye la vigencia del registro para los plaguicidas, nutrientes vegetales y substancias tóxicas o peligrosas.

Dicha inconsistencia nos parece grave pues consideramos que los productos que se dejan fuera repercuten de manera directa en la salud de los mexicanos por lo que se les debe dar el mismo trato que a los insumos para la salud en este rubro.

Por otro lado se elimina una disposición aclarativa que permite a la autoridad sanitaria, en el caso de la Secretaría de Salud, revisar las autorizaciones sanitarias otorgadas, esta especificación estipula que no obstante que los registros sanitarios son otorgados por tiempo indefinido pueden ser revisados y, en su caso, revocados (artículo 378 LGS).

En virtud de los comentarios anteriores sobre la redacción del proyecto, se considera conveniente que el texto de la iniciativa quede en los siguientes términos:

Artículo 376.

Requieren registro sanitario los medicamentos, estupefacientes, substancias psicotrópicas y productos que los contengan; equipos médicos, prótesis, órtesis, ayudas funcionales, agentes de diagnóstico, insumos de uso odontológico, materiales quirúrgicos, de curación y productos higiénicos estos últimos en los términos de la fracción VI del artículo 262 de esta ley, así como los plaguicidas, nutrientes vegetales y substancias tóxicas o peligrosas.

El registro sólo podrá ser otorgado por la Secretaría de Salud, éste tendrá una vigencia de 5 años, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 378 de esta ley, dicho registro podrá prorrogarse por plazos iguales a solicitud del interesado, en los términos que establezcan las disposiciones reglamentarias. Si el interesado no solicitara la prórroga dentro del plazo establecido para ello o bien, cambiara o modificara el producto o su materia prima, sin previa autorización de la autoridad sanitaria; ésta procederá a cancelar o revocar el registro correspondiente.

Para los efectos a que se refieren los párrafos anteriores, el Ejecutivo a través de la Secretaría, mediante disposiciones de carácter general, establecerá los requisitos, pruebas y demás requerimientos que deberán cumplir los medicamentos, insumos para la salud y demás productos y sustancias que se mencionan en dichos párrafos.

Por lo anteriormente expuesto los integrantes de esta Comisión de Salud con las atribuciones que les otorga el artículo 73, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como los artículos 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior de los Estados Unidos Mexicanos, ponemos a consideración el siguiente

Dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 376 de la Ley General de Salud.

Unico: Se reforma el artículo 376 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 376.

Requieren registro sanitario los medicamentos, estupefacientes, substancias psicotrópicas y productos que los contengan; equipos médicos, prótesis, órtesis, ayudas funcionales, agentes de diagnóstico, insumos de uso odontológico, materiales quirúrgicos, de curación y productos higiénicos estos últimos en los términos de la fracción VI del artículo 262 de esta ley, así como los plaguicidas, nutrientes vegetales y substancias tóxicas o peligrosas.

El registro sólo podrá ser otorgado por la Secretaría de Salud, éste tendrá una vigencia de 5 años, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 378 de esta ley, dicho registro podrá prorrogarse por plazos iguales a solicitud del interesado, en los términos que establezcan las disposiciones reglamentarias. Si el interesado no solicitara la prórroga dentro del plazo establecido para ello o bien, cambiara o modificara el producto o su materia prima, sin previa autorización de la autoridad sanitaria; ésta procederá a cancelar o revocar el registro correspondiente.

Para los efectos a que se refieren los párrafos anteriores, el Ejecutivo a través de la Secretaría, mediante disposiciones de carácter general, establecerá los requisitos, pruebas y demás requerimientos que deberán cumplir los medicamentos, insumos para la salud y demás productos y sustancias que se mencionan en dichos párrafos.

Transitorios

Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- Para los efectos de lo establecido por el artículo 376 de esta ley a la entrada en vigor de este decreto las solicitudes que se encuentren en trámite de registro sanitario de medicamentos, estupefacientes, substancias psicotrópicas y productos que los contengan; equipos médicos, prótesis, órtesis, ayudas funcionales, agentes de diagnóstico, insumos de uso odontológico, materiales quirúrgicos, de curación y productos higiénicos así como los plaguicidas, nutrientes vegetales y substancias tóxicas o peligrosas, tendrán a partir de la fecha de su expedición una vigencia de 5 años.

Tercero.- Los titulares de los registros sanitarios de insumos para la salud otorgados por tiempo indeterminado deberán someterlos a revisión para obtener la renovación del registro de conformidad con el calendario que al efecto establezca la Secretaría.

La Secretaría deberá vigilar que el calendario de renovaciones permita asegurar que dentro de un plazo de cinco años a partir de la fecha de la publicación de este instrumento, se hayan revisado y en su caso renovado la totalidad de los registros otorgados por tiempo indeterminado.

La renovación se otorgará únicamente cuando la Secretaría haya constatado la seguridad y eficacia terapéutica de los insumos para la salud sometidas a revisión de conformidad a las disposiciones sanitarias vigentes, en caso contrario las autorizaciones otorgadas para tiempo indeterminado se entenderán como revocadas para todos los efectos legales y administrativos a que haya lugar.

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados.

Así lo acordaron y lo firmaron los diputados integrantes de la Comisión de Salud.

Diputados: María Eugenia Galván Antillón (rúbrica), Presidenta; Eduardo A. Leines Barrera (rúbrica), Rafael Orozco Martínez (rúbrica), Adela del Carmen Graniel Campos, Héctor Esquiliano Solís (rúbrica), secretarios; Samuel Aguilar Solís, Juan Alcocer Flores (rúbrica), Francisco J. Cantú Torres (rúbrica), Celia Martínez Bárcenas, María L. A. Domínguez Ramírez (rúbrica), Neftalí S. Escobedo Zoletto (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), Federico Granja Ricalde (rúbrica), Policarpo Infante Fierro (rúbrica), Arturo León Lerma (rúbrica), Francisco S. López Brito (rúbrica), Santiago López Hernández (rúbrica), Enrique Meléndez Pérez, Magdalena Núñez Monreal (rúbrica), Felipe Olvera Nieto (rúbrica), Manuel Wistano Orozco Garza (rúbrica), Julieta Prieto Fuhrken (rúbrica), Víctor Antonio García Dávila, Pedro Miguel Rosaldo Salazar (rúbrica), Luis Miguel Santibáñez García, Carlos A. Valenzuela Cabrales, Olga M. Uriarte Rico (rúbrica), José S. Velázquez Hernández (rúbrica), Juvenal Vidrio Rodríguez (rúbrica).

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 octubre de 2002.
 
 
 
 
 
 

DE LA COMISION DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL, CON PROYECTO DE LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Comercio y Fomento Industrial de la H. Cámara de Diputados, correspondiente a la LVIII Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, la INICIATIVA DE LEY DE COORDINACION PARA EL FOMENTO DE LA COMPETITIVIDAD DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, presentada el 11 de abril de 2002, por los CC. Diputados Rubén Benjamín Félix Hays, María Luisa Araceli Domínguez Ramírez, Jorge Urdapilleta Núñez y Gregorio Urías Germán a nombre de los Grupos Parlamentarios del Partido Revolucionario Institucional, Partido Acción Nacional y Partido de la Revolución Democrática, que en ejercicio de la fracción II, del Artículo 71, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometieron a la consideración del Honorable Congreso de la Unión.

La Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con fundamento en los Artículos 39 y 45 párrafo sexto incisos d, e y f, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en los Artículos 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la iniciativa descrita, al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES

PRIMERO. En sesión celebrada en esta H. Cámara de Diputados, el 11 de abril de 2002, los CC. Secretarios de la misma, dieron cuenta al pleno de la Iniciativa que presentaron los CC. Diputados Rubén Benjamín Félix Hays, María Luisa Araceli Domínguez Ramírez, Jorge Urdapilleta Núñez y Gregorio Urías Germán a nombre de los Grupos Parlamentarios del Partido Revolucionario Institucional, Partido Acción Nacional y Partido de la Revolución Democrática. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: "Túrnese a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial".

SEGUNDO. En sesión celebrada en esta H. Cámara de Diputados, el 12 de junio de 2002, los CC. Secretarios de la misma comunicaron que se modificaba el trámite y turno de la Iniciativa que presentaron los CC. Diputados Rubén Benjamín Félix Hays, María Luisa Araceli Domínguez Ramírez, Jorge Urdapilleta Núñez y Gregorio Urías Germán. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: "Túrnese a las Comisiones de Comercio y Fomento Industrial y de Hacienda y Crédito Público".

TERCERO. La Comisión de Hacienda y Crédito Público de esta H. Cámara de Diputados mediante oficio de fecha 30 de septiembre de 2002, solicitó a la Presidencia de la misma, la rectificación del turno, y por consiguiente, la declinación de la iniciativa de Ley de Coordinación para el Fomento de la Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. Lo anterior, en virtud a que dicho proyecto ha superado los aspectos de política tributaria y de coordinación fiscal.

CUARTO. Mediante oficio CCFI/001 368/2002 de fecha 12 de abril de 2002, se dio cuenta a los integrantes de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial del contenido de la mencionada Iniciativa.

QUINTO. Los legisladores establecen lo siguiente:

Esta Iniciativa de Ley de Coordinación para el Fomento de la Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, tiene el objetivo de sumar y coordinar las capacidades institucionales y recursos públicos, privados, sociales y del sector conocimiento, para modificar las tendencias de la economía política de los últimos veinte años, hacia la construcción de un sistema de mejora continua de la competitividad de la nación y de cada una de sus empresas, ante la economía global, con base en la inversión, rentabilidad y competitividad de las cadenas productivas de micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) nacionales, por sí o en asociación con grandes empresas nacionales o extranjeras.

Las MIPYMES mexicanas, como las de otros países, enfrentan un nuevo contexto de competencia internacional, en donde la apertura comercial, la incertidumbre financiera, la globalización productiva y especulativa, la integración regional, la dinámica y permanente transformación científica y tecnológica, las fusiones y alianzas estratégicas, así como el fortalecimiento de las grandes corporaciones y las crisis recurrentes, marcan el rumbo.

Ante estas realidades, solamente una política integral de Estado con visión de largo plazo, puede brindarles oportunidad de competir con posibilidades de éxito. Ello demanda con urgencia un marco jurídico que dé seguridad y continuidad a los esfuerzos; instituciones activas y promotores; una puntual defensa ante prácticas desleales; la coordinación de todos los agentes económicos para lograr una competitividad sistémica; la colaboración entre empresarios; los instrumentos que permitan la oportuna actualización e innovación tecnológica; la disponibilidad de recursos para el fomento y los mecanismos financieros y fiscales adecuados.

La nueva política y la legislación debe contemplar los siguientes criterios y requisitos para el fomento de las MIPYMES:

1.- Para evitar la incertidumbre y discrecionalidad, se debe buscar un marco institucional que dé coherencia, eficacia, transparencia y seguridad jurídica a los micro, pequeños y medianos empresarios;

2.- Se deben destinar recursos económicos, tecnológicos y de información significativos y crecientes para el desarrollo de la productividad y competitividad de las MIPYMES;

3.- Es necesario definir una visión estratégica nacional y regional de mediano y largo plazo, ajustada permanentemente a la dinámica económica nacional e internacional, que ponga el acento en la productividad, rentabilidad y competitividad de las empresas;

4.- Ante la existencia de multiplicidad de instrumentos entre dependencias, y sin controles, además de alcance limitado se requiere un conjunto sistemático de instrumentos de amplio alcance y cobertura;

5.- Comprometer una amplia y activa participación de gobierno, empresas, universidades, trabajadores y la sociedad civil, dentro de un esquema de organización ágil y no burocratizada, para ampliar la participación limitada y a veces desorganizada de los diversos agentes económicos.

6.- Considerar un enfoque integral, multisectorial e interdisciplinario de fomento y apoyo; con estrategias de corto, mediano y largo plazo para cada una de las cadenas productivas;

7.- En contraste con visiones centralizadas de fomento, se requiere un esquema sistémico, descentralizado, con una visión regional amplia y una participación y coordinación efectiva a nivel nacional, estatal y municipal.

8.- Instrumentar un esquema proactivo y de fomento que supere la pasividad ante la dinámica de las acciones de la economía internacional y las políticas de fomento de otras naciones.

9.- Un requisito fundamental es la asignación de recursos financieros suficientes para instrumentar la política de fomento a las MIPYMES; a través de la banca pública y privada, con un verdadero sentido de desarrollo.

10.- Establecer un sistema de información pública y de rendición de cuentas de instituciones y funcionarios sobre los recursos canalizados, los resultados alcanzados y la evolución permanente de la eficacia de los programas e instrumentos existentes.

11.- Coordinar esquemas de apoyos e incentivos para estimular a las empresas en lo individual, confiriendo también importancia a los apoyos dirigidos a organizaciones productivas, cámaras empresariales y sus confederaciones, así como a empresas e instituciones especializadas de fomento y servicio a las MIPYMES.

12.- Establecer una política de fomento que reconozca las asimetrías regionales y por tamaño de empresa, en el marco del federalismo y de las regiones que establece el Plan Nacional de Desarrollo. Las entidades federativas, los municipios y las microrregiones, deben interactuar en el marco del pacto federal, con la aplicación del principio de subsidiaridad, por el cual deberá actuar el nivel de gobierno que sea más eficiente para cada caso específico, sin apoyar proyectos que no tengan viabilidad o sean de naturaleza paternalista.

13.- Definir e instrumentar mecanismos para simplificar y descentralizar trámites a través de una ventanilla única que opere localmente, lo más cerca posible de la empresa, a efecto de reducir los costos administrativos y de transacción de las empresas.

14.- Establecer un marco normativo que más allá de proponer criterios, programas y apoyos a las MIPYMES, les otorgue de forma inmediata beneficios tangibles como la constitución de fondos de garantía, que permitan a las micro, pequeñas y medianas empresas acceder al financiamiento público y privado, a fin de que por ejemplo renueven su activo fijo, desarrollen nueva y mejor tecnología, compren más insumos y materia prima, contraten mayor personal, capaciten y profesionalicen a los que ya se tienen, todo ello con el objeto de generar las condiciones de competitividad necesaria que les permitan penetrar nuevos mercados nacionales y extranjeros con éxito. Sin la posibilidad de obtener créditos bancarios el crecimiento de nuestras empresas será prácticamente imposible, dado a que en otros países se observan políticas de estado a fin de fortalecer la columna vertebral de la industria y el comercio, como lo son precisamente las MIPYMES. Es por todo lo anterior, que los CC. Diputados que presentan esta iniciativa preocupados por brindar en esta nueva ley nuevos mecanismos, se dieron a la tarea de trabajar conjuntamente con la Secretaría de Economía, con el objeto de poder formar estos fondos dado que la mayoría de las MIPYMES no cuenta con propiedades o bienes suficientes que puedan fungir como garantías ante la contratación de líneas de crédito, razón por la cual se adicionaron nuevos numerales al texto original de la iniciativa.

15.- Históricamente, el rubro de las adquisiciones, arrendamientos de bienes y servicios, como de la obra pública en nuestro país ha sido dispuesta tanto en la normativa administrativa como en la práctica en grandes empresas, que en la gran mayoría son o cuentan con capital extranjero, haciendo nugatorios los beneficios que genera la derrama económica del gasto ejercido por las tres formas de gobierno, y en sus tres niveles. En tal virtud, la reflexión que se plantea en esta Iniciativa de ley es que precisamente toda esa derrama económica o al menos una parte importante tenga como destinatarios a las MIPYMES, de ahí que se tenga el reto de que a partir de la entrada en vigor de esta ley, las MIPYMES tengan un espacio que les permita ser proveedores de bienes y servicios al gobierno federal, estatal y municipal, claro está partiendo de un escenario que les permita afrontar gradualmente ese reto con oportunidad.

En este contexto, se ha previsto en adición al texto original de la iniciativa presentada ante esta Soberanía que en las asignaciones que con respecto de la totalidad de las adquisiciones y arrendamientos de bienes y servicios, así como de obra pública que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las MIPYMES, deberán sujetarse a los siguientes plazos y porcentajes como mínimo: I. Se establece un plazo de dos años contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, a efecto de que se destine el 10% y;

II. Concluido el plazo señalado, la Secretaría de Economía revisará la gradualidad de referencia para los siguientes cuatro años, a fin de que fenecido este término se alcance el porcentaje de hasta el 35%.

De esta forma, la Ley dará sustento a un sistema de mejora continua de la competitividad nacional, con base en la participación organizada de los empresarios, a través de sus confederaciones y cámaras, en la definición, ejecución, seguimiento y actualización de estrategias de competitividad específicas para cada una de las cadenas productivas y para la competitividad nacional en su conjunto, que permita el fortalecimiento significativo del mercado interno y la generación de superávit comercial en el futuro.

SEXTO. Que desde la instalación de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial de la presente Legislatura, se estableció como tema prioritario el desarrollo de las MIPYMES, para ello el 18 de octubre de 2000, se constituyó la Subcomisión de Fomento Industrial y Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, coordinada por el C. Diputado Rubén Benjamín Félix Hays del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

SEPTIMO. Que la Subcomisión de Fomento Industrial y Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, como uno de sus principales objetivos fue la elaboración de una Iniciativa de Ley para impulsar el desarrollo de las MIPYMES. Así, entre los meses de agosto de 2001 a abril de 2002, se llevaron a cabo 38 reuniones de trabajo, donde participaron la Confederación de Cámaras Industriales, la Confederación Patronal de la República Mexicana, la Cámara Nacional de la Industria de Transformación, los Secretarios de Desarrollo Económico de las Entidades Federativas y la Universidad Iberoamericana.

OCTAVO. Que con la presentación de esta iniciativa ante el pleno de esta H. Cámara de Diputados, fue la culminación del trabajo y esfuerzo realizado por Diputados de las diferentes fracciones parlamentarias e integrantes de la Subcomisión de Fomento Industrial y Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

NOVENO. Que con el objetivo de llevar un análisis profundo y exhaustivo, con la finalidad de emitir un ordenamiento claro, preciso, operativo y apegado a la realidad de los micro, pequeños y medianos empresarios, la Comisión de Comercio y Fomento Industrial llevó a cabo 17 reuniones de trabajo para analizar y discutir la iniciativa de referencia, con la participación de Diputados, funcionarios y asesores que se listan a continuación:

Dip. Fed. Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, Presidente de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial;

Dip. Fed. José Ramón Mantilla y González de la Llave del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, Secretario de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial;

Dip. Fed. Ildefonso Guajardo Villarreal del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, Secretario de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial;

Dip. Fed. R. Antonio Silva Beltrán del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, Secretario de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial;

Dip. Fed. Jorge Urdapilleta Núñez del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional;

Dip. Fed. Rubén Benjamín Félix Hays del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;

Dip. Fed. María Luisa Araceli Domínguez Ramírez del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional;

Dip. Fed. Gregorio Urías Germán del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática:

Lic. Luis Fernando Barbosa Sahagún, Secretario Técnico y Coordinador General de Asesores de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial;

Lic. Roberto Rodríguez Ramírez Jr., Asesor de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial;

Lic. Luis Eduardo Trejo Noguez, Asesor de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial;

Lic. María Dolores Lozano Cárdenas, Asesora del Dip. Fed. Ildefonso Guajardo Villarreal;

Lic. Juan Armando Camarillo Amaya, Asesor del Dip. Fed. R. Antonio Silva Beltrán;

Lic. Javier Iván Carrión Valencia, Asesor del Dip. Fed. Francisco Agundis Arias del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, Secretario de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial;

Lic. Alberto Montoya Martín del Campo, Asesor del Dip. Fed. Rubén Benjamín Félix Hays;

Lic. Alvaro Castañeda Arredondo, Asesor del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática del área de política económica;

Lic. Ariadna Berenice Velázquez Olivares, Asesora de la Dip. Fed. Norma Patricia Riojas Santana del Partido de la Sociedad Nacionalista;

Lic. Arturo Torres Moreno, Coordinador General de Asesores de la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa de la Secretaría de Economía;

Lic. Juan Diego Jasso Farías, Director General de Enlace de la Secretaría de Economía;

Lic. Javier Barrera Peralta, Director de Relaciones interinstitucionales de la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa de la Secretaría de Economía;

Lic. Nora Cariño Monsalvo, Directora de Enlace con el Congreso de la Secretaría de Economía;

Lic. Paulina Olvera Cabrera, Asesora de la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa de la Secretaría de Economía;

Lic. Alejandro Varela Arellano, Asesor de la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa de la Secretaría de Economía;

Lic. Alfredo Gómez Aguirre, Director General de Banca de Desarrollo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

Lic. José Alberto Balbuena Balbuena, Director General Técnico de Proyectos Normativos de la Procuraduría Fiscal de la Federación;

Lic. Ricardo Villalobos Montalvo, Director General Adjunto de la Unidad de Legislación Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

Lic. Alfonso Becerril Zarco, Director General Adjunto de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

Lic. Alfonso Ascencio Triujeque, Director Jurídico del Sistema Financiero de Fomento de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

Lic. Carlos Bandala Serrano, Jefe de la Unidad de Enlace con el Congreso de la Unión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

Lic. Mariana Palafox González-Cosío, Directora Técnica de Proyectos Normativos de la Procuraduría Fiscal de la Federación;

Lic. Elsa Ancona Sánchez Zamora, Directora de Seguimiento Legislativo de la Cámara de Diputados de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

Lic. Héctor Hugo Contreras Sierra, Subdirector de Legislación Bancaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y;

Ing. Silvia González Adame, representante de los Secretarios de Desarrollo Económico de las Entidades Federativas.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. Que con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la iniciativa de referencia.

SEGUNDO. Que a nivel mundial las MIPYMES desempeñan un papel fundamental en el desarrollo económico de las naciones. En México, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), existen alrededor de 2 millones 844 mil unidades empresariales, de las cuales el 99.7% son MIPYMES, que en conjunto generan el 42% del Producto Interno Bruto (PIB) y el 64% del empleo del país. De esta forma, las MIPYMES cuentan con un gran potencial para conseguir un crecimiento económico sostenido a través de la creación de empleos, valor agregado y exportaciones.

TERCERO. Que el Ejecutivo Federal ha impulsado una serie de acciones para aumentar la competitividad y productividad de las empresa del país, para ello creó la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa dentro de la Secretaría de Economía, con la finalidad de fomentar y promover la calidad, competitividad, capacitación, desarrollo e innovación tecnológica y el desarrollo empresarial de la planta productiva, en especial de las MIPYMES, en coordinación con las dependencias y entidades de la administración pública federal y organismos del sector público, privado, social y educativo competentes.

CUARTO. Que un objetivo rector del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 es "elevar y ampliar la competitividad del país", así, se propone una política de competitividad industrial para la creación de las condiciones necesarias para extender la competitividad de los sectores y regiones, asimismo el desarrollo de las empresas, promoviendo la intensa participación de las Entidades Federativas, de los Municipios e instituciones educativas y de investigación, así como de los organismos empresariales, empresarios y emprendedores.

QUINTO. Que en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo, la Secretaría de Economía elaboró el Programa de Desarrollo Empresarial 2001-2006, el cual se establece como un programa sectorial que articula el conjunto de políticas, estrategias, acciones e instrumentos que apoyan a las empresas y a los emprendedores, en particular de las MIPYMES.

SEXTO. Que para atender de manera adecuada, y responder a la problemática y necesidad específica de cada empresa, el Gobierno Federal ha implementado 151 programas e instrumentos para apoyar a las MIPYMES, tales como: apoyos y estímulos fiscales; capacitación, asesoría y consultoría; créditos y servicios financieros; sistemas de información; desarrollo regional y encadenamientos productivos; entre otros. Las dependencias y organismos encargados de su aplicación son las Secretarías de Economía, de Hacienda y Crédito Público, del Trabajo y Previsión Social, de Contraloría y Desarrollo Administrativo, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Desarrollo Social, de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y de Educación Pública junto con el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, Nacional Financiera y el Banco Nacional de Comercio Exterior.

SEPTIMO. Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2002, asigna a Programas de Desarrollo Empresarial de la Secretaría de Economía 2 mil 600 millones de pesos, lo cual representa el 40% del presupuesto total de esa dependencia. Dichas erogaciones serán canalizadas para financiamiento y fondos de apoyo para las MIPYMES; integración de cadenas productivas y centros de distribución; consultoría, capacitación y asesoría; el Programa Marcha Hacia el Sur; y otros establecidos en el artículo 64 de la misma Ley.

OCTAVO. Que dentro de la legislación vigente, no existe un ordenamiento que coordine todos los apoyos al sector empresarial, y que corresponda a las necesidades concretas que se requieren, por lo que se estima conveniente expedir una regulación que, adecuándose a las condiciones sociales y económicas existentes, siente las bases de un desarrollo sostenible que beneficie a los micro, pequeños y medianos empresarios del país.

NOVENO. Que esta Iniciativa pretende sumar y coordinar las actividades y capacidades institucionales, con la finalidad de construir un sistema competitivo a través de una política integral de Estado con visión de largo plazo, fomentando un entorno competitivo para el desarrollo de las empresas; acceso al financiamiento; formación empresarial para la competitividad; modernización, innovación y desarrollo tecnológico; articulación e integración económica regional y sectorial; y el fortalecimiento de los mercados.

DECIMO. Que la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, ha facilitado e incentivado la interacción y el consenso con las diferentes fracciones parlamentarias y Secretarías de Estado competentes de la iniciativa en comento. Adicionalmente, se recibieron diversas aportaciones y comentarios de legisladores, funcionarios públicos, académicos, organismos empresariales y de las Secretarías de Desarrollo Económico o su equivalente en los Estados y el Distrito Federal, los cuales fueron tomados en cuenta en el presente Dictamen.

DECIMO PRIMERO. Que la participación de CC. Diputados integrantes de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial en la Novena Reunión de Ministros Responsables de las Pequeñas y Medianas Empresas dentro del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC), celebrada en la ciudad de Acapulco, Gro., el 24 y 25 de agosto de 2002, significó el enriquecimiento del presente Dictamen, dado los temas tratados en dicho evento como: microfinanciamiento y mercados de capital; desarrollo de capacidades humanas; tecnologías y participación tecnológica; acceso a mercados; entorno político; mejoras regulatorias; y en general, la experiencia y el conocimiento de otros países en el manejo de las políticas y apoyos a las MIPYMES.

DECIMO SEGUNDO. Que después de varias reuniones de trabajo con los Diputados proponentes, las Secretarías de Economía y de Hacienda y Crédito Público y con los asesores de los Grupos Parlamentarios, se ha alcanzado un consenso en la dictaminación favorable de aquellas disposiciones que debe verdaderamente contener esta nueva Ley. De ahí que la Comisión que dictamina haya procedido hacer algunas precisiones al proyecto original, con el objeto de que este ordenamiento, dé un marco legal que condense, institucionalice y eleve a carácter de Ley Federal, las políticas públicas de corto, mediano y largo plazo para la atención y apoyo de las MIPYMES, evitando así, que los programas e instrumentos de apoyo existentes hasta el momento, queden a la discrecionalidad del Ejecutivo Federal.

DECIMO TERCERO. Que la iniciativa de Ley en estudio cumple en general con los propósitos de generar nuevos mecanismos de apoyo como lo son los denominados fondos de garantía, estos esquemas servirán para facilitar el acceso al financiamiento público y privado de las MIPYMES, ya que las mismas en muchas ocasiones no tienen el respaldo para garantizar la devolución de un crédito. Sin duda las bases están dadas por esta Soberanía al mandatar al Ejecutivo Federal que provea de estos esquemas de garantía, sin embargo se advierte que el reto será que la Secretaría de Economía sepa convencer e involucrar al sector financiero mexicano en ofrecer tasas de interés preferenciales con el objeto de acercar aún más el crédito a las nuevas empresas, éste es otro factor fundamental para que verdaderamente se genere un clima de competitividad país para nuestras MIPYMES.

DECIMO CUARTO. Que es fundamental fortalecer el mercado interno a través de la incursión a las actividades económicas del país de las MIPYMES, por lo que el hecho de contemplar en una norma legal que del total de las asignaciones de las adquisiciones, arrendamientos, servicios y obra pública que ejerza el Gobierno Federal sea destinado un porcentaje de hasta el 35% a las MIPYMES, partiendo de una gradualidad que va del 10% en los dos primeros años hasta el 35% en los años sucesivos, se estima procedente como una forma de detonar el crecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas. Lo anterior, garantizará que la derrama económica que genera la atomización del gasto público a través de las diversas dependencias del Ejecutivo Federal y sus delegaciones en todo el país, así como de las empresas paraestatales, no beneficie solamente a las grandes empresas sino también a las MIPYMES en el porcentaje señalado, dado que son la base de la industria y el comercio de nuestro país, además de ser la fuente de ingresos y empleo de miles de personas.

DECIMO QUINTO. Que el Ejecutivo Federal ha tenido la visión de impulsar a las MIPYMES, ahora le corresponde al Poder Legislativo emitir una Ley que coadyuve a desarrollar y aumentar la competitividad y productividad de las empresas, para que éstas sean el detonador y el impulso del crecimiento de la economía nacional, mediante la reestructuración y creación de empresas que compitan a nivel internacional, que generen empleos con mejores salarios, establezcan encadenamientos productivos y regionales que permitan disminuir la dependencia de insumos importados, lo que incrementará el contenido nacional de las exportaciones.

En este sentido, para que las MIPYMES sean el futuro del país, es necesario trabajar en el presente, y el primer paso es la creación de una Ley, que dado los alcances como fines y objetivos que persigue la misma, los CC. Diputados integrantes de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial tomaron la determinación de denominarla oficialmente como Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en lugar del nombre propuesto originalmente en la iniciativa, en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo que establece un rubro especial en esta materia.

RESULTANDO

PRIMERO. Que en razón de lo expuesto, a juicio de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial se aprueba la Iniciativa para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, presentada con fecha del 11 de abril del 2002.

SEGUNDO. Remítase el original del presente dictamen al Pleno de esta Honorable Asamblea para su discusión y en su caso aprobación, del siguiente Decreto por el que se crea la:

Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

Capítulo Primero
Del Ambito de Aplicación y Objeto de la Ley

Artículo 1.- La presente Ley tiene por objeto promover el desarrollo económico nacional a través del fomento a la creación de micro, pequeñas y medianas empresas y el apoyo para su viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad. Asimismo incrementar su participación en los mercados, en un marco de crecientes encadenamientos productivos que generen mayor valor agregado nacional.

Lo anterior, con la finalidad de fomentar el empleo y el bienestar social y económico de todos los participantes en la micro, pequeña y mediana empresa.

La Ley es de observancia general en toda la República y sus disposiciones son de orden público.

Artículo 2.- La autoridad encargada de la aplicación de esta Ley es la Secretaría de Economía quien, en el ámbito de su competencia, celebrará convenios para establecer los procedimientos de coordinación en materia de apoyo a la micro, pequeña y mediana empresa, entre las Autoridades Federales, Estatales, del Distrito Federal y Municipales, para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada Entidad Federativa, del Distrito Federal y de los Municipios, en congruencia con la planeación nacional.

La Secretaría de Economía en el ámbito de su competencia, podrá convenir con particulares para concertar las acciones necesarias para la coordinación en materia de apoyos a la micro, pequeña y mediana empresa.

Artículo 3.- Para los efectos de esta ley, se entiende por:

I. Ley: La Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa;

II. Secretaría: La Secretaría de Economía;

III. MIPYMES: Micro, pequeñas y medianas empresas, legalmente constituidas, con base en la estratificación establecida por la Secretaría, de común acuerdo con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y publicada en el Diario Oficial de la Federación, partiendo de la siguiente:
 

Se incluyen productores agrícolas, ganaderos, forestales, pescadores, acuicultores, mineros, artesanos y prestadores de servicios turísticos;

IV. Competitividad. La calidad del ambiente económico e institucional para el desarrollo sostenible y sustentable de las actividades privadas y el aumento de la productividad; y a nivel empresa, la capacidad para mantener y fortalecer su rentabilidad y participación de las MIPYMES en los mercados, con base en ventajas asociadas a su productos o servicios, así como a las condiciones en que los ofrecen.

V. Sector Público: Dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal, así como del Distrito Federal;

VI. Sectores: Los sectores privado, social y del conocimiento;

VII. Organizaciones Empresariales: Las Cámaras Empresariales y sus Confederaciones en su carácter de organismos de interés público; así como las asociaciones, instituciones y agrupamientos que representen a las MIPYMES como interlocutores ante la Federación, las Entidades Federativas, el Distrito Federal y los Municipios;

VIII. Cadenas Productivas: Sistemas productivos que integran conjuntos de empresas que añaden valor agregado a productos o servicios a través de las fases del proceso económico;

IX. Agrupamientos Empresariales: MIPYMES interconectadas, proveedores especializados y de servicios, así como instituciones asociadas dentro de una región del territorio nacional;

X. Consultoría: Servicio empresarial que consiste en la transferencia de conocimientos, metodologías y aplicaciones, con la finalidad de mejorar los procesos de la empresa que recibe la atención;

XI. Capacitación: Servicio empresarial que consiste en la impartición de cursos, talleres y metodologías, con la finalidad de mejorar las capacidades y habilidades de los recursos humanos de las empresas que reciben la atención;

XII. Programas: Esquemas para la ejecución de acciones y participación de la Federación, las Entidades Federativas, del Distrito Federal y de los Municipios;

XIII. Actividades de Fomento: Acciones económicas, jurídicas, sociales, comerciales, de Capacitación o tecnológicas, que contribuyen al desarrollo y competitividad de las MIPYMES, que establezca el Reglamento de esta Ley;

XIV. Sistema: El Sistema Nacional para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa;

XV. Consejo: El Consejo Nacional para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa;

XVI. Consejo Estatal: El Consejo que en cada Entidad Federativa o en el Distrito Federal se establezca para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y;

XVII. Reglamento: El Reglamento de esta Ley.

Artículo 4. Son objetivos de esta Ley: I. Establecer:

a) Las bases para la planeación y ejecución de las actividades encaminadas al desarrollo de las MIPYMES en el marco de esta Ley;

b) Las bases para la participación de la Federación, de las Entidades Federativas, del Distrito Federal, de los Municipios y de los Sectores para el desarrollo de las MIPYMES;

c) Los instrumentos para la evaluación y actualización de las políticas, Programas, instrumentos y Actividades de Fomento para la productividad y competitividad de las MIPYMES, que proporcionen la información necesaria para la toma de decisiones en materia de apoyo empresarial y;

d) Las bases para que la Secretaría elabore las políticas con visión de largo plazo, para elevar la productividad y competitividad nacional e internacional de las MIPYMES.

II. Promover:

a) Un entorno favorable para que las MIPYMES sean competitivas en los mercados nacionales e internacionales;

b) La creación de una cultura empresarial y de procedimientos, prácticas y normas que contribuyan al avance de la calidad en los procesos de producción, distribución, mercadeo y servicio al cliente de las MIPYMES;

c) El acceso al financiamiento para las MIPYMES, la capitalización de las empresas, incremento de la producción, constitución de nuevas empresas y consolidación de las existentes;

d) Apoyos para el desarrollo de las MIPYMES en todo el territorio nacional, basados en la participación de los Sectores;

e) La compra de productos y servicios nacionales competitivos de las MIPYMES por parte del Sector Público, los consumidores mexicanos e inversionistas y compradores extranjeros, en el marco de la normativa aplicable;

f) Las condiciones para la creación y consolidación de las Cadenas Productivas;

g) Esquemas para la modernización, innovación y desarrollo tecnológico en las MIPYMES;

h) La creación y desarrollo de las MIPYMES sea en el marco de la normativa ecológica y que éstas contribuyan al desarrollo sustentable y equilibrado de largo plazo y;

i) La cooperación y asociación de las MIPYMES, a través de sus Organizaciones Empresariales en el ámbito nacional, estatal, regional y municipal, así como de sectores productivos y Cadenas Productivas.

Capítulo Segundo
Del Desarrollo para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

Artículo 5. La Secretaría elaborará los programas sectoriales correspondientes en el marco de la normativa aplicable, tomando en cuenta los objetivos y criterios establecidos en la presente Ley, así como los acuerdos que tome el Consejo.

Artículo 6. La Secretaría en el ámbito de su competencia, promoverá la participación de los Sectores para facilitar a las MIPYMES el acceso a Programas previstos en la presente Ley.

Artículo 7. La Secretaría diseñará, fomentará y promoverá la creación de instrumentos y mecanismos de garantía, así como de otros esquemas que faciliten el acceso al financiamiento a las MIPYMES.

Artículo 8. Los esquemas a que se refiere el artículo anterior, podrán ser acordados con los Organismos Empresariales, los Gobiernos de las Entidades Federativas, del Distrito Federal y de los Municipios, así como con entidades financieras.

Artículo 9. Los programas sectoriales referidos en el Artículo 5 de esta Ley, deberán contener, entre otros:

I. La definición de los sectores prioritarios para el desarrollo económico;

II. Las líneas estratégicas para el desarrollo empresarial;

III. Los mecanismos y esquemas mediante los cuales se ejecutarán las líneas estratégicas y;

lV. Los criterios, mecanismos y procedimientos para dar seguimiento, a la evolución y desempeño de los beneficios previstos en esta Ley.

Artículo 10. La planeación y ejecución de las políticas y acciones de fomento para la competitividad de las MIPYMES debe atender los siguientes criterios: I. Propiciar la participación y toma de decisiones de las Entidades Federativas, del Distrito Federal y de los Municipios, en un marco de federalismo económico;

II. Procurar esquemas de apoyo a las MIPYMES a través de la concurrencia de recursos de la Federación, de las Entidades Federativas, del Distrito Federal y de los Municipios, así como de los Sectores;

III. Enfocar los esfuerzos de acuerdo con las necesidades, el potencial y las vocaciones regionales, estatales y municipales;

IV. Contener objetivos a corto, mediano y largo plazo;

V. Contener propuestas de mejora y simplificación normativa en materia de desarrollo y apoyo a las MIPYMES;

VI. Enfocar estrategias y proyectos de modernización, innovación y desarrollo tecnológico para las MIPYMES;

VII. Propiciar nuevos instrumentos de apoyo a las MIPYMES considerando las tendencias internacionales de los países con los que México tenga mayor interacción;

VIII. Contar con mecanismos de medición de avances para evaluar el impacto de las políticas de apoyo a las MIPYMES y;

IX. Promover que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y sus delegaciones en las Entidades Federativas y en el Distrito Federal realicen la planeación de sus adquisiciones de bienes, contratación de servicios y realización de obra pública para destinarlas a las MIPYMES de manera gradual, hasta alcanzar un mínimo del 35%, conforme a la normativa aplicable.

La participación de las Entidades Federativas, del Distrito Federal, de los Municipios y de los Sectores, se podrá realizar en el marco de los convenios que la Secretaría celebre con éstos.

Artículo 11. Para la ejecución de las políticas y acciones contenidas en el artículo anterior, deberán considerarse los siguientes Programas:

I. Capacitación y formación empresarial, así como de asesoría y Consultoría para las MIPYMES;

II. Fomento para la constitución de incubadoras de empresas y formación de emprendedores;

III. Formación, integración y apoyo a las Cadenas Productivas, Agrupamientos Empresariales y vocaciones productivas locales y regionales;

IV. Promover una cultura tecnológica en las MIPYMES; modernización, innovación y desarrollo tecnológico;

V. Desarrollo de proveedores y distribuidores con las MIPYMES;

VI. Consolidación de oferta exportable;

VII. Información general en materia económica acordes a las necesidades de las MIPYMES y;

VIII. Fomento para el desarrollo sustentable en el marco de la normativa ecológica aplicable.

Adicionalmente, la Secretaría promoverá esquemas para facilitar el acceso al financiamiento público y privado a las MIPYMES.

Artículo 12. La Secretaría tendrá en materia de coordinación y desarrollo de la competitividad de las MIPYMES, las siguientes responsabilidades:

I. La Secretaría promoverá ante las instancias competentes que los programas y apoyos previstos en esta Ley a favor de las MIPYMES, sean canalizados a las mismas, para lo cual tomará las medidas necesarias conforme al Reglamento;
II. Impulsar un entorno favorable para la creación, desarrollo y crecimiento con calidad de las MIPYMES;

III. Promover con las Entidades Federativas, el Distrito Federal y con los Municipios, la celebración de convenios para coordinar las acciones e instrumentos de apoyo a las MIPYMES de conformidad con los objetivos de la presente Ley;

IV. Evaluar de manera conjunta con las Entidades Federativas, el Distrito Federal y con los Municipios, los resultados de los convenios a que se refiere el inciso anterior para formular nuevas acciones. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de las autoridades competentes en la materia;

V. Evaluar anualmente el desempeño de la Competitividad nacional en relación al entorno internacional;

VI. Proponer la actualización de los Programas de manera continua para establecer objetivos en el corto, mediano y largo plazo;

VII. Realizar la función de coordinación a que se refiere la presente Ley, para el desarrollo de la competitividad de las MIPYMES;

VIII. Desarrollar a través de los instrumentos con que cuenta y los que genere, un sistema general de información y consulta para la planeación sobre los sectores productivos y Cadenas Productivas;

IX. Proponer a través de las instancias competentes, la homologación de la normativa y trámites, por lo que se refiera a la materia de la presente Ley y;

X. Diseñar un esquema de seguimiento e identificación de resultados de los Programas de apoyo establecidos por el Gobierno Federal.

Para tal efecto, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal proporcionarán la información que corresponda en términos de la normativa aplicable.

Artículo 13. La Secretaría promoverá la participación de las Entidades Federativas, del Distrito Federal y de los Municipios, a través de los convenios que celebre para la consecución de los objetivos de la presente Ley, de acuerdo a lo siguiente:

I. Un entorno favorable para la creación, desarrollo y crecimiento con calidad de las MIPYMES considerando las necesidades, el potencial y vocación de cada región;

II. La celebración de acuerdos con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, las Entidades Federativas, el Distrito Federal, los Municipios o grupos de Municipios, para una promoción coordinada de las acciones de fomento para la competitividad de las MIPYMES, que desarrollen las propuestas regionales y la concurrencia de Programas y proyectos;

III. Participar en el desarrollo de un sistema general de información y consulta para la planeación sobre los sectores productivos y Cadenas Productivas;

IV. El diseño de esquemas que fomenten el desarrollo de proveedores y distribuidores locales del sector público y de los Sectores y;

V. La generación de políticas y Programas de apoyo a las MIPYMES en sus respectivos ámbitos de competencia.

Artículo 14. La Secretaría promoverá la participación del Sector Público y de los Sectores para la consecución de los objetivos de esta Ley, a través de los convenios que celebre, de acuerdo a lo siguiente: I. La formación de una cultura empresarial enfocada al desarrollo de la competitividad en las MIPYMES a través de la detección de necesidades en Capacitación, Asesoría y Consultoría;
II. El fomento a la constitución de incubadoras de empresas, y a la iniciativa y creatividad de los emprendedores;
III. La formación de especialistas en Consultoría y Capacitación;
IV. La certificación de especialistas que otorguen servicios de Consultoría y Capacitación a las MIPYMES;
V. La formación y capacitación de recursos humanos para el crecimiento con calidad;
VI. La investigación enfocada a las necesidades específicas de las MIPYMES;
VII. La integración y fortalecimiento de las Cadenas Productivas;
VIII. Los esquemas de asociación para el fortalecimiento de las MIPYMES;
IX. La modernización, innovación, desarrollo y fortalecimiento tecnológico de las MIPYMES;
X. El desarrollo de proveedores y distribuidores;
XI. La atracción de inversiones;
XII. El acceso a la información con el propósito de fortalecer las oportunidades de negocios de las MIPYMES y;
XIII. La ejecución y evaluación de una estrategia para generar las condiciones que permitan una oferta exportable.
Capítulo Tercero
Del Sistema Nacional para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

Artículo 15. Para el cumplimiento de los objetivos de la presente Ley se establece el Sistema.

Artículo 16. El Sistema comprende el conjunto de acciones que realice el Sector Público y los Sectores que participen en los objetivos de esta Ley, para el desarrollo de las MIPYMES, considerando las opiniones del Consejo y coordinados por la Secretaría en el ámbito de su competencia.

Capítulo Cuarto
Del Consejo Nacional para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

Artículo 17. El Consejo es la instancia que promueve, analiza y da seguimiento a los esquemas, Programas, instrumentos y acciones que deben desarrollarse en apoyo a las MIPYMES.

Artículo 18. El Consejo estará conformado por 31 integrantes:

I. El Secretario de Economía, quien lo presidirá;
II. El Secretario de Hacienda y Crédito Público;
III. El Secretario de Educación Pública;
IV. El Secretario del Trabajo y Previsión Social;
V. El Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;
VI. El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales;
VII. El Secretario de Energía;
VIII. El Secretario de Comunicaciones y Transportes;
IX. El Secretario de Turismo;
X. El Subsecretario para la Pequeña y Mediana Empresa de la Secretaría de Economía;
XI. El Director General de Nacional Financiera, SNC;
XII. El Director General del Banco Nacional de Comercio Exterior, SNC;
XIII. El Director General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología;
XIV. Seis representantes de los Secretarios de Desarrollo Económico o su equivalente en el Distrito Federal y en las Entidades Federativas;
XV. El Presidente de la Confederación Nacional de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos;
XVI. El Presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo;
XVII. El Presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana;
XVIII. El Presidente de la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación;
XIX. El Presidente de la Cámara de la Industria de la Transformación de Nuevo León;
XX. El Presidente del Consejo de Cámaras Industriales de Jalisco y;
XXI. Seis miembros de los Sectores que incidan en el cumplimiento de los objetivos de esta Ley, quienes serán designados por la Secretaría.
El Consejo podrá invitar a participar en las sesiones, con voz pero sin voto, a otras dependencias, entidades, miembros de los Consejos Estatales y especialistas en los temas a discusión.

Por cada uno de los miembros propietarios se deberá nombrar un suplente, en el caso de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, deberá tener al menos el nivel de director general o su equivalente.

En las ausencias del presidente del Consejo, el Subsecretario para la Pequeña y Mediana Empresa asumirá dichas funciones.

Artículo 19. El Consejo contará con un secretario técnico, a cargo de la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa, quien dará seguimiento a los acuerdos que emanen de dicha instancia; informará semestralmente al Congreso de la Unión sobre la evolución de los Programas y los resultados alcanzados; y se coordinará con los Consejos Estatales en lo conducente.

Artículo 20. El Consejo se reunirá trimestralmente de manera ordinaria, de acuerdo con el calendario que se apruebe en la primera sesión ordinaria del ejercicio, pudiendo celebrar las reuniones extraordinarias que se requieran.

El Consejo sesionará válidamente con la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus miembros, siempre que se cuente con la asistencia del presidente o su suplente, y que la mayoría de los asistentes sean representantes de la Administración Pública Federal.

Las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los miembros presentes, teniendo el presidente el voto de calidad en caso de empate.

El presidente, a través del secretario técnico, convocará a las sesiones ordinarias con un mínimo de cinco días hábiles de anticipación. En el caso de las extraordinarias, se convocará con tres días hábiles de anticipación.

Artículo 21. El domicilio del Consejo será en el Distrito Federal y sesionará en las instalaciones de la Secretaría, siempre que éste no acuerde una sede alterna.

Artículo 22. El Consejo tendrá por objeto:

I. Estudiar y proponer medidas de apoyo para el desarrollo de la competitividad de las MIPYMES a través del análisis de las propuestas surgidas del sector público y de los Sectores;

II. Desarrollar mecanismos para que las MIPYMES reciban Consultoría y Capacitación en las áreas de comercialización y mercadeo, tecnología y procesos de producción, diseño de producto y financiamiento, así como en materia de normalización y certificación;

III. Fomentar la constitución de incubadoras de empresas, y la iniciativa y creatividad de los emprendedores;

IV. Procurar la formación de especialistas en Consultoría y Capacitación;

V. Promover la certificación de especialistas que otorguen servicios de Consultoría y Capacitación a las MIPYMES;

VI. Facilitar la integración entre las MIPYMES;

VII. Impulsar la vinculación de las MIPYMES con la gran empresa;

VIII. Estimular la integración y eficiencia de las cadenas productivas, con la participación de los Sectores, con una visión de corto, mediano y largo plazo;

IX. Formular mecanismos y estrategias de promoción a la exportación directa e indirecta de las MIPYMES;

X. Impulsar esquemas que faciliten el acceso al financiamiento de las MIPYMES y;

XI. Instituir los premios nacionales que reconozcan la competitividad de las MIPYMES en los términos que él mismo determine.

Capítulo Quinto
De los Consejos Estatales para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

Artículo 23. En cada Entidad Federativa y en el Distrito Federal se podrá conformar un Consejo Estatal para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, que estudiará y propondrá en el ámbito regional, estatal y municipal, medidas de apoyo para el desarrollo de la competitividad de las MIPYMES a través del análisis de las propuestas surgidas del sector público y de los Sectores.

El Consejo Estatal estará sujeto a los lineamientos que emita el Consejo.

Artículo 24. El Consejo Estatal será presidido por el secretario de desarrollo económico o su equivalente en cada Entidad Federativa o Distrito Federal, quien informará periódicamente al Consejo los resultados obtenidos en el desarrollo de sus actividades.

Para que sesione válidamente, el Consejo Estatal deberá contar con la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus miembros y siempre que se cuente con la asistencia del secretario técnico del Consejo Estatal, o su suplente. Dicho Consejo se reunirá trimestralmente de manera ordinaria, de acuerdo con el calendario que se apruebe en la primera sesión ordinaria del ejercicio, pudiendo celebrar las reuniones extraordinarias que se requieran.

El Consejo Estatal contará con un secretario técnico, que será el delegado de la Secretaría en el Distrito Federal o en la Entidad Federativa de que se trate, quien tendrá la función de dar seguimiento a los acuerdos que de él emanen, así como apoyar al secretario técnico del Consejo para coordinar acciones con el Consejo Estatal.

Por cada uno de los miembros propietarios se deberá nombrar un suplente, en el caso del Gobierno Estatal o del Distrito Federal, deberá tener al menos un nivel jerárquico inferior inmediato al del propietario.

Artículo 25. El Consejo Estatal deberá integrase por un número no mayor al establecido para el Consejo, debiendo estar representados cada uno de los Sectores y delegados en la Entidad Federativa de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que tengan Programas para las MIPYMES.

El Consejo Estatal podrá invitar a participar en las sesiones, con voz pero sin voto, a las distintas dependencias, entidades, Municipios, y en el caso del Distrito Federal a sus delegaciones, así como también a especialistas en los temas a discusión.

Artículo 26. El Consejo Estatal tendrá por objeto:

I. Evaluar y proponer medidas de apoyo para promover la competitividad de las Cadenas Productivas y de las MIPYMES;

II. Promover mecanismos para el cumplimiento de los objetivos de esta Ley y;

III. Discutir y analizar las propuestas que realicen los Municipios, y en el caso del Distrito Federal sus delegaciones, y los Sectores para el desarrollo y cumplimiento de los objetivos de esta Ley.

Transitorios

Artículo Primero. La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. A partir de la entrada en vigor de la presente Ley, se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan a lo establecido en la misma.

Artículo Tercero. Dentro de los noventa días posteriores a la entrada en vigor de la presente Ley, deberá instalarse el Consejo a que se refiere el capítulo cuarto de la misma.

Artículo Cuarto. El Reglamento de esta Ley, deberá expedirse en un plazo no mayor a ciento ochenta días, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.

Artículo Quinto. Para efectos de lo dispuesto en la fracción IX del artículo 10 de esta Ley, la gradualidad en las asignaciones que con respecto de la totalidad de las adquisiciones y arrendamientos de bienes y servicios, así como de obra pública que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las MIPYMES, deberán sujetarse a los siguientes plazos y porcentajes como mínimo:

I. Se establece un plazo de dos años contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, a efecto de que se destine el 10% y;

II. Concluido el plazo a que se refiere la fracción I del presente artículo, la Secretaría revisará la gradualidad de referencia para los siguientes cuatro años, a fin de que fenecido este término se alcance el porcentaje del 35%.

Artículo Sexto. En las Entidades Federativas o en el caso del Distrito Federal, que exista algún consejo con características similares a un Consejo Estatal, podrán asumir el carácter de éstos llevando a cabo el objeto y las funciones establecidas en esta Ley, realizando las adecuaciones legales correspondientes.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 16 días del mes de octubre de 2002.

Diputados: Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere (rúbrica), Presidente; José Ramón Mantilla y González de la Llave (rúbrica), Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Reyes Antonio Silva Beltrán (rúbrica), Francisco Agundis Arias (rúbrica), secretarios; José Bañales Castro (rúbrica), Orlando Alfonso García Flores (rúbrica), Moisés Alcalde Virgen (rúbrica), Jaime Salazar Silva (rúbrica), Francisco Javier Ortiz Esquivel (rúbrica), Francisco Luis Treviño Cabello (rúbrica), María Teresa Tapia Bahena (rúbrica), Jorge Urdapilleta Núñez (rúbrica), Carlos Nicolás Villegas Flores (rúbrica), Samuel Yoselevitz Fraustro (rúbrica), Miguel Castro Sánchez, Elías Dip Rame (rúbrica), María Luisa Domínguez Ramírez (rúbrica), Rubén Benjamín Félix Hays (rúbrica), Jaime Hernández González (rúbrica), Julián Luzanilla Contreras (rúbrica), Hermilo Monroy Pérez (rúbrica), Manuel Payán Novoa (rúbrica), Roberto Ruiz Angeles (rúbrica), Jorge Schettino Pérez (rúbrica), Adolfo Zamora Cruz (rúbrica), Miroslava García Suárez, Rafael Servín Maldonado (rúbrica), Gregorio Urías Germán (rúbrica), Norma Patricia Riojas Santana (rúbrica).
 
 













Actas

DE LA COMISION DE SALUD, DE SU REUNION DE MESA DIRECTIVA REALIZADA EL MIERCOLES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2002

Siendo las doce horas, del día veinticinco del mes de septiembre del año dos mil dos, da inicio la sesión de Mesa Directiva de la Comisión de Salud, en la sala de juntas de sus instalaciones ubicadas en el edificio F, 2º nivel, de esta H. Cámara de Diputados, bajo el siguiente orden del día:

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.
4. Intervención de representantes de la Compañía Cerillera la Central, SA de CV: licenciado Héctor Aranda Sala e ingeniero Carlos G. Escobedo González.
5. Análisis, discusión, y en su caso, aprobación de los anteproyectos de dictamen
6. Asuntos generales.

La diputada Presidenta María Eugenia Galván Antillón da la bienvenida a los integrantes de la Mesa Directiva de la Comisión de Salud y al cuerpo técnico de la misma, procediendo a desahogar el correspondiente orden del día.

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.

Se da cuenta del registro de asistencia encontrándose presente la Presidenta María Eugenia Galván Antillón, Adela del Carmen Graniel Campos, Rafael Orozco Martínez, Eduardo Abraham Leines Barrera y Héctor Esquiliano Solís, secretarios.

La diputada Presidenta María Eugenia Galván Antillón declara quórum en virtud de que se encuentran todos los diputados miembros de la Mesa Directiva

2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.

Como siguiente punto del orden del día, la diputada Presidenta María Eugenia Galván Antillón somete a consideración la aprobación del orden del día correspondiente para el desarrollo de la sesión.

Aprobado.

3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.

La Presidenta, licenciada María Eugenia Galván Antillón, informa que en virtud de que el acta correspondiente a la vigésima quinta sesión de Mesa Directiva, de fecha 26 de junio de 2002, fue enviada el pasado 20 de septiembre a cada uno de sus integrantes para su conocimiento, revisión, y en su caso, aprobación, se solicita la dispensa de la lectura y aprobación de la misma.

Aprobado.

4. Intervención de representantes de la Compañía Cerillera la Central, SA de CV: licenciado Héctor Aranda Sala e ingeniero Carlos G. Escobedo González.

La Presidenta María Eugenia Galván Antillón concede el uso de la palabra a los representantes de la Compañía Cerillera la Central, mismos que manifestaron entre otras cosas, su inconformidad relacionada con la prohibición de publicidad en las cajetillas de cerillos, prohibición que se encuentra reglamentada por la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios.

Los empresarios manifestaron que el uso de los cerillos no siempre se relaciona con el hábito del tabaco, por lo que consideran que esta medida ha disminuido en la venta de sus productos. Igualmente hacen mención que el uso de los cerillos generalmente es para aplicaciones domésticas (encendido de estufa, veladoras, boilers, velas, etc.), por lo que solicitan la intervención de esta honorable Comisión para la legislación respectiva.

La Presidenta de la Comisión de Salud sugiere, al respecto, que dicha problemática sea planteada al Comisionado Nacional de Riesgos Sanitarios, ya que se trata de un reglamento que procede de la Secretaría de Salud.

5. Análisis, discusión, y en su caso, aprobación de los anteproyectos de dictamen.

La Presidenta manifiesta que se presentan para su análisis en esta reunión, los siguientes anteproyectos de dictamen consistentes en:

Segunda Subcomisión "Medicina Preventiva o Prevención Primaria".
Coordinador: diputado Manuel Wistano Orozco.

Expediente 42.
Clorhidrato de Zilpaterol. Punto de acuerdo para exhortar al Secretario de la Sagarpa, gire sus instrucciones a fin de prohibir el uso, por parte de los ganaderos, de los beta agonistas, incluyendo el clorhidrato de zilpaterol, conocido comercialmente como zilmax, hasta en tanto no se compruebe la inocuidad para el ser humano (2 de abril de 2002).
Turno: Comisión de Agricultura y Ganadería, con opinión de la Comisión de Salud.

Con respecto a este expediente, los integrantes de la Mesa Directiva de la Comisión acordaron presentarlo en el Pleno para su análisis y discusión. Expediente 51
Norma Oficial de Plomo en Suelos. Punto de acuerdo en el que se solicita que la Secretaría de Salud expida la Norma Oficial Mexicana de emergencia para la determinación de los niveles de concentración de plomo en el polvo y suelo, presentada por el Congreso de Coahuila el 28 de agosto de 2002.
Turno: Comisión de Salud.
En relación a este expediente, los diputados integrantes de la Mesa Directiva de la Comisión, acuerdan presentarlo en el Pleno para su análisis y discusión; y de igual forma, escuchar la opinión del coordinador de la Subcomisión.

Como siguiente punto del orden del día, la diputada María Eugenia Galván Antillón trató lo referente a:

6. Asuntos generales.

Se informa que el día 14 de agosto del presente, se llevó a cabo el foro "La Clonación y sus implicaciones", en el Salón Legisladores de la República, de 9 de la mañana a 3 de la tarde, con la asistencia de 165 personas; y el día 21 de agosto del presente, a las 11 horas, el "Módulo Legislativo VIH y SIDA", en el Salón Legisladores de la República, con las Comisiones de Salud, Atención a Grupos Vulnerables, Equidad y Género, y Seguridad Social.

Se hace la presentación del licenciado Juan Ramón Herrera, como asesor Jurídico de la Comisión.

Mediante oficio CS/0629/02 del 18 de septiembre del actual, enviado al diputado Martí Batres Guadarrama, Presidente de la Junta de Coordinación Política, se informó del viaje de trabajo pluripartidista a la sede de la Organización Mundial de la Salud (OMS), Ginebra, Suiza, a la LV Asamblea Mundial de la Salud.

Mediante oficio CS/0551/02, se envió a la Presidencia de la Mesa Directiva el dictamen de la minuta con proyecto de decreto que adiciona un artículo 282 bis 3, a la Ley General de Salud, para su publicación en la Gaceta Parlamentaria y trámite legislativo.

Informe de actividades correspondiente al período septiembre 2000 a febrero 2002, el cual fue enviado a la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados para su publicación en la Gaceta Parlamentaria, mediante oficio CS/0642/02 del 20 de septiembre de 2002.

Mediante oficio de la Presidencia de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados de fecha 18 de los corrientes, nos confirman que la comparecencia del Dr. Julio Frenk Mora, titular de la Secretaría de Salud, ha sido reprogramada para el próximo 4 de octubre de 2002, a las 10:00 horas.

Se solicita la declinación del asunto referente a la reubicación de los habitantes de la Congregación del Mundo Nuevo, del municipio de Coatzacoalcos, Veracruz.

Por medio del oficio número D.G.P.I. 58-II-0-311 del 30 de abril del presente, la Presidencia de Mesa Directiva autoriza su declinación.

Mediante oficio CS/0426/02 del 18 de julio del presente año, dirigido a la Junta de Apoyo Administrativo, se solicitó autorizar la erogación por concepto de gastos a comprobar, de 100 mil pesos, para la celebración del foro "La clonación y sus implicaciones", y la comprobación de los mismos.

Con relación a la invitación del Colegio de Médicos Cirujanos Mexiquenses, se informa a los diputados integrantes de esta Comisión, como propuesta el próximo 23 de octubre, para tratar los trabajos de la Comisión de Salud. Cita en superavenida Lomas Verdes, número 67, fraccionamiento Lomas Verdes (Auditorio del laboratorio Astra Zeneca) en Naucalpan de Juárez, estado de México.

Actualización del cuadro que contiene los asuntos turnados a esta comisión, junto con los cuadros y gráficos de productividad.

Finalmente, se informa que el próximo 30 de octubre del año en curso, se llevará a cabo la vigésimo séptima reunión de Mesa directiva de la Comisión de Salud, a las 12 horas, en propias instalaciones.

Tratados todos los asuntos del orden del día, la Presidenta María Eugenia Galván Antillón, clausura la sesión a las trece horas con cincuenta minutos del día miércoles 25 de septiembre del año dos mil dos, agradeciendo la participación de los diputados presentes.

Diputados: María Eugenia Galván Antillón, Presidenta; Eduardo Leines Barrera, Héctor Esquiliano Solís, Rafael Orozco Martínez (rúbricas), y Adela del Carmen Graniel Campos, secretarios.
 
 
 
 

DE LA COMISION DE SALUD, DE SU VIGESIMA TERCERA SESION PLENARIA, REALIZADA EL MIERCOLES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2002

Acta de la vigésima tercera sesión plenaria; 25 de septiembre del 2002.

En la Ciudad de México, Distrito Federal, siendo las catorce horas del día miércoles veinticinco de septiembre del año dos mil dos, acuden a la vigésima tercera sesión ordinaria en el salón C del restaurante Los Cristales del Palacio Legislativo de San Lázaro los miembros de la Comisión de Salud de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, de conformidad con la convocatoria publicada en la Gaceta Parlamentaria, para el desahogo del siguiente orden del día:

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.
4. Intervención del CP Víctor González Torres, sobre los medicamentos vigentes en el mercado.
5. Análisis, discusión y, en su caso, aprobación de los anteproyectos de dictamen.
6. Asuntos generales.

1.- Registro de asistencia y declaración del quórum.

Se realiza el registro de asistencia, encontrándose presentes los diputados: Dr. Rafael Orozco Martínez (PAN); Dr. Juan Alcocer Flores (PAN); Lic. Santiago López Hernández (PRI); Dr. Héctor Esquiliano Solís (PRI); CP Magdalena Núñez Monreal (PRD); QFB Adela del Carmen Graniel Campos, (PRD); Dr. Luis Miguel Santibáñez García, (PAN); Lic. José Socorro Velázquez Hernández, (PRI); Dra. María de las Nieves García Fernández, (PRI); Lic. Policarpo Infante Fierro, (PRI); Dr. Francisco López Brito, (PAN); Dr. Neftalí S. Escobedo Zoletto, (PAN); Dr. Eduardo A. Leines Barrera, (PRI); CD Dr. Francisco J. Cantú Torres, (PAN); Prof. Enrique Meléndez Pérez, (PRI); Lic. Felipe Olvera Nieto, (PAN); Enf. Celia Martínez Bárcenas (independiente) y el Dr. Manuel Wistano Orozco Garza.

En virtud de que se encuentran presentes diecinueve diputados de un total de treinta, se declara que existe quórum de ley, por lo tanto, se continúa con el desahogo del orden del día.

4. Intervención del CP Víctor González Torres, sobre los medicamentos vigentes en el mercado.

La diputada Presidenta María Eugenia Galván Antillón presenta a los invitados, de quienes la diputada Julieta Prieto Fuhrken, integrante de esta Comisión, y el diputado Antonio Arévalo González solicitaron la presencia y una exposición del contador González, quien es propietario de las farmacias denominadas Similares. De igual forma en que se ha recibido a las Asociaciones de Genéricos Intercambiables, a la Asociación de Industriales Fabricantes de Medicamentos y a los Representantes de Laboratorios Transnacionales, se le brinda la palabra para que haga su exposición haciéndole mención de que tiene máximo 20 minutos, para dejar unos 10 minutos para preguntas y respuestas.

El contador público Víctor González Torres agradece la invitación y menciona, entre otras cosas, que han hecho varios desplegados en prensa diciendo los problemas principales que hay en la salud en el país. Refiere que el problema número uno es que todos los medicamentos que se venden en nuestro país deben de tener pruebas de equivalencia, pero bien hechas, controlando la materia prima que es el alma del medicamento. Actualmente puede hacerse una prueba de la equivalencia con un proveedor y sustituirlo por otro; eso pierde la validez, por eso su petición a las autoridades de Salud de que todo lo que se venda en el país tenga pruebas de equivalencia, pero bien hechas como se hacen en Estados Unidos y en Europa. Si no se controla la materia prima de un medicamento no se puede garantizar que este medicamento tenga la calidad necesaria. Es tan grave esto que considera que 2 mil millones de dólares salen del país sin pagar impuestos.

La diputada María de las Nieves García Fernández expresa que el documento entregado por el contador Víctor González sólo hace mención del sida y el cáncer como dos de los principales problemas de salud en México, pregunta: ¿nunca compró medicamentos a farmacias y laboratorios de Farmacias de Similares el Seguro Social?

El contador público Víctor González Torres contesta que en su grupo tienen un laboratorio que se llama Laboratorios Rest, le ha vendido al Instituto Mexicano del Seguro Social medicamentos desde 1955, siendo una de las empresas más antiguas que le han surtido al Instituto, siendo en una época los proveedores más importantes.

El diputado Eduardo Abraham Leines Barrera informa que en la Comisión de Salud se está legislando para que el 100 por ciento de todos los medicamentos que se consumen en el sector salud y en la población en general tengan pruebas de bioequivalencia y biodisponibilidad. El espíritu es dotar al sector salud para adquirir medicamentos a bajo costo pero con calidad.

El contador público Víctor González dice que Farmacias de Similares es un distribuidor, los laboratorios que le venden a Farmacias de Similares son 50 laboratorios nacionales, ellos son los que pueden hacer pruebas de bioequivalencia. Menciona que los genéricos intercambiables actualmente aquí no están bien hechos. Para las pruebas, aquí se puede cambiar de proveedor ¿entonces para qué sirve hacer una prueba de bioequivalencia con un proveedor A, si puedo cambiar a uno B?, entonces realmente las pruebas de bioequivalencia, afirma, están mal hechas. Pregunta a los diputados: ¿van a recomendar al sector salud comprar más caro, lo mismo?

La diputada María de las Nieves García Fernández enuncia que en un futuro sólo va a haber dos medicamentos: los innovadores y los genéricos. Está de acuerdo con el expositor en que se debe revisar cuál es la mejor prueba, pero menciona que se debe tener un referente, a lo mejor no dentro del mismo país, como menciona el contador, sino a lo mejor afuera.

El contador público expresa que un medicamento para que tenga calidad tiene que tener cuatro cosas:

l.- Materia prima de calidad. Si la materia prima no es buena, el medicamento no va a ser bueno, para eso tienen que estar validadas las empresas a las que les compraron materia prima, o tener una validación del FDA o de alguna institución europea para que garanticen que la materia prima sea buena.

2.- Instalaciones adecuadas. Si el laboratorio tiene instalaciones malas, debe de desaparecer.

3.- Buenas prácticas de manufactura. Pero en ese orden, primero la materia prima, segundo la instalación, tercero el control de calidad con buenas prácticas de manufactura.

4.- Como consecuencia de que todo esté bien hecho, la prueba de la equilvalencia va a salir también bien, porque es consecuencia de que todo fue bien hecho.

El contador afirma que en este país tenemos 50 años de usar genéricos, pero el hecho es que tácitamente todas las dependencias del gobierno dan genéricos, afirma categóricamente que las pruebas de bioequivalencia como están actualmente, sin control en la materia prima, no están bien hechas.

El diputado Manuel Orozco Garza considera que la afirmación del contador es muy delicada y habría que confirmarla, que puedan estar poniendo en el sistema nacional de salud alguna caja donde se afirme que es un genérico intercambiable al que se le hayan hecho las pruebas de bioequivalencia y que no sea cierto, eso es muy grave.

El contador público Víctor González Torres finalmente expresa que, en medicamentos inyectables y suspensiones, no se hacen pruebas de bioequivalencia. Por tanto, nada más se cambia la caja y ya es GI; así está la ley. El está a favor de las pruebas de bioequivalencia bien hechas, pero éstas no las hará Farmacias Similares porque son distribuidores; los laboratorios nacionales y extranjeros tienen que hacerlas porque son los fabricantes.

La diputada María Eugenia Galván Antillón agradece al expositor su participación y le pide que permita dar inicio a la sesión del pleno de la Comisión de Salud.

2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.

La diputada María Eugenia Galván Antillón solicita la dispensa de la lectura y aprobación del orden del día, toda vez que fue enviado oportunamente, por lo que somete a consideración del pleno.

Aprobado.

3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.

La diputada María Eugenia Galván Antillón informa que el acta de la sesión anterior, correspondiente al día 10 de julio del año dos mil dos, fue enviada con la debida anticipación a cada uno de los diputados miembros de la Comisión para su correspondiente revisión, por lo que somete a consideración del pleno omitir la lectura y aprobación del acta.

Aprobado.

5. Análisis, discusión y, en su caso, aprobación de los anteproyectos de dictamen.

La diputada María Eugenia Galván somete a consideración del pleno de la Comisión dos asuntos correspondientes a

Segunda Subcomisión "Medicina Preventiva o Prevención Primaria".
Coordinador: Diputado Manuel Wistano Orozco.

Expediente 42. Clorhidrato de zilpaterol. Punto de acuerdo, para exhortar al titular de la Sagarpa gire instrucciones a fin de prohibir el uso, por parte de los ganaderos, de los beta-agonistas, incluido el clorhidrato de zilpaterol, conocido comercialmente como Zilmax, hasta en tanto no se compruebe la inocuidad para el ser humano. (2/abr/02.)
Turno: Comisión de Agricultura y Ganadería, con opinión de la de Salud.

El diputado Manuel Wistano Orozco Garza expresa que se pidió opinión a la Comisión de Salud, en materia específicamente del zilpaterol, clorhidrato de zilpaterol, llamado comercialmente Zilmax. La opinión que se emite es la siguiente: "Aun y cuando la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación informó que se ha comprobado que, bien empleado, el producto Zilmax, clorhidrato de zilpaterol, no deja residuos tóxicos en la carne destinada al consumo humano, no deben permitirse la producción, manufactura, fabricación, elaboración, preparación, acon-
dicionamiento, transportación, tráfico, comercialización y, muy especialmente, en importación, suministro y/o utilización del mismo, pues dicha Secretaría condiciona el producto a su uso adecuado."
Por ello, esta Comisión de Salud considera que debe prohibirse el uso del multicitado producto, así como todos los beta-agonistas enumerados en la Norma Oficial Mexicana EM015ZOO2002, no obstante que cuenten con registro, debido a que las autoridades sanitarias no cuentan con la infraestructura necesaria para el diagnóstico y monitoreo constante y permanente de productos cárnicos que permita garantizar a los consumidores la inocuidad de los mismos.

Sumado a esta opinión, los miembros de esta Segunda Subcomisión piden que se agregue en esta opinión que dan a la Comisión de Agricultura y Ganadería lo siguiente:

"Es importante destacar que las autoridades competentes deben supervisar de manera adecuada y permanente las actividades de importación de productos cárnicos para consumo humano, no permitiendo la entrada de dichos productos en los casos en que se detecten residuos de clorhidrato de zilpaterol, así como del resto de los beta-agonistas enumerados en esta norma.

"Lo anterior, a efecto de salvaguardar la salud de los consumidores y evitar la competencia desleal de los productores extranjeros para con los nacionales."

De esta manera, se da una opinión completa en el sentido de beneficiar a todos los mexicanos en su salud, pero también a los productores y ganaderos mexicanos en su competencia con los productores extranjeros.

La diputada Galván Antillón pone a consideración del pleno el dictamen en los términos en que lo expresó el diputado Manuel Wistano Orozco.

Aprobado por unanimidad.

De igual forma, aprovecha el momento para presentar al licenciado José Ramón Herrera como nuevo asesor jurídico y el doctor Martín Nacif Rojas, quien vino a sustituir la ausencia del doctor García Romero, que está en la Comisión Nacional de Bioética.

Expediente 51. Norma oficial de plomo en suelos, punto de acuerdo en el que solicita que la Secretaría de salud expida la norma oficial mexicana de emergencia para la determinación de los niveles de concentración de plomo en el polvo y suelo, presentada por el Congreso de Coahuila el 28 de agosto de 2002.
Turno: Comisión de Salud.
La diputada María de las Nieves García Fernández hace la consideración de que el punto de acuerdo debe retroalimentarse en el sentido de que la determinación de plomo debe de ser "ambiental". Lo anterior lo expresa basada en su experiencia en medicina del trabajo en el Seguro Social, donde manejaban enfermedades profesionales, dentro de las facultades de lo que es medicina del trabajo y ahí se hace la "determinación ambiental" de plomo.

La diputada Magdalena Núñez Monreal expresa que ha trabajado muy de cerca con la Conagua, por problemas de contaminación de aguas residuales en Zacatecas, por presencia de mercurio; es un problema que las zonas de explotación minera tienen. La Conagua ha recibido recursos internacionales del Banco Mundial para buscar el saneamiento de estas zonas de alta contaminación y hay un rubro que manejan de inversión para aguas pesadas, aguas pesadas de concentración de plomo, concentración de plomo y de cianuro.

En este caso, los ingenieros de la Conagua dicen que no existe la norma en esa materia y no hay estudios con bases sólidas. Por tal motivo, la preocupación de la diputada Magdalena Núñez reside en la forma de contrastar la norma, ya que no existe un precedente, por lo que solicita le amplíen la información.

El diputado Neftalí Escobedo Zoletto explica que las que expiden las normas oficiales, son las dependencias federales, todas a través de la Dirección de Normas, que es de la Secretaría de Economía. Entonces, la Secretaría de Medio Ambiente tendrá que convocar a la Secretaría de Salud y demás, para reunirnos en la Secretaría de Economía y ahí hacer la norma, porque es donde está la Dirección de Normas Oficiales Mexicanas; todas las normas oficiales a final de cuentas, tienen que caer en esta Dirección.

La diputada María de las Nieves García Fernández expresa que hizo su comentario porque debería de ampliarse y decir: "Determinación de plomo ambiental", que el ambiente es agua, es aire, es suelo, si no al rato va a venir otro que dice, agua; y al rato va a venir otro, es ambiental, es el ambiente y en el ambiente está el agua, está el aire, el suelo; entonces, cree que sí vale la pena que no se hable específicamente en este momento de agua, sino que la norma diga: "Determinación de plomo ambiental".

La diputada Celia Martínez Bárcenas pregunta si es declinación o es coadyuvar con la Comisión de Medio Ambiente.

La diputada Galván, después de hacer la aclaración de que es declinar, somete a consideración la declinación de este asunto, por no ser competencia de la Comisión de Salud.

Aprobado por unanimidad.

5. Asuntos generales.

Se informa que el día 14 de agosto del presente, se llevó a cabo el foro "La clonación y sus implicaciones", en el salón Legisladores de la República, de 9 a 15 horas, con la asistencia de 165 personas, de igual forma, el día 21 de agosto del presente, a las 11 horas se llevó a cabo el "Módulo legislativo VIH y sida", en el salón Legisladores de la República, con las Comisiones de Salud, Atención a Grupos Vulnerables, Equidad y Género, y Seguridad Social.

Mediante oficio CS/0629/02 del 18 de septiembre del actual, enviado al diputado Martí Batres Guadarrama, Presidente de la Junta de Coordinación Política, se informó del viaje de trabajo pluripartidista a la sede de la Organización Mundial de la Salud (OMS), Ginebra, Suiza, a la LV Asamblea Mundial de la Salud.

Se informa de los siguientes oficios enviados a la Mesa Directiva: CS/0551/02, la minuta con proyecto de decreto que adiciona un artículo 282 bis 3, a la Ley General de Salud, para su publicación en la Gaceta Parlamentaria y trámite legislativo. Informe de actividades correspondiente al periodo septiembre 2000 a febrero 2002, el cual fue enviado a la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados para su publicación en la Gaceta Parlamentaria, mediante oficio C5/0642/02 del 20 de septiembre de 2002; confirmación de la comparecencia del Dr. Julio Frenk Mora, titular de la Secretaría de Salud, reprogramada para el 4 de octubre de 2002, a las 10:00 horas.

Se solicitó la declinación del asunto referente a la reubicación de los habitantes de la Congregación del Mundo Nuevo, del municipio de Coatzacoalcos, Veracruz. Por medio del oficio número D.G.P.I. 58-II-0-311 del 30 de abril del presente; mediante oficio CS/O426/02 del 18 de julio del presente año, dirigido a la Junta de Apoyo Administrativo, se solicitó autorizar la erogación por concepto de gastos a comprobar de 100 mil pesos, para la celebración del foro "La clonación y sus implicaciones", y la comprobación de los mismos.

Finalmente, el diputado Eduardo Abraham Leines Barrera expresa que es meritorio mencionar algunas iniciativas que tienen en estudio y que están a cargo de la Subcomisión de la diputada María de las Nieves, van a tener una reunión previa con la gente encargada, relacionada con la Comisión Nacional de Riesgos Sanitarios para ventilar muchas dudas que tienen sobre las iniciativas que se han planteado, para que en lo futuro tengan una opinión madura.

La Presidenta María Eugenia Galván Antillón agradece la presencia de todos los diputados y los cita para la próxima reunión plenaria del día 30 de octubre, en virtud de que se han tratado todos los asuntos del orden del día, da por concluida la sesión siendo las quince horas con treinta minutos del día 25 de septiembre del año dos mil dos.

Diputados: María Eugenia Galván Antillón (rúbrica), Presidenta; Eduardo Abraham Leines Barrera (rúbrica), Rafael Orozco Martínez (rúbrica), Adela del Carmen Graniel Campos, Héctor Esquiliano Solís (rúbrica), secretarios.
 
 






Convocatorias
DE LA COMISION DE SEGURIDAD SOCIAL

A su reunión ordinaria mensual, el martes 5 de noviembre, a las 9 horas, en los salones C y D del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la reunión anterior realizada el 2 de octubre de 2002.
4. Presentación de los invitados a la reunión.
5. Intervención del diputado Cuauhtémoc Montero Esquivel, Presidente de la Comisión de Seguridad Social.
6. Intervención del Gral. de División DEM Tomás Angeles Dauahare, director general del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.
7. Espacio para preguntas y respuestas.
8. Asuntos generales.
9. Clausura de la reunión.

Atentamente
Dip. Cuauhtémoc Montero Esquivel
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE ASUNTOS INDIGENAS

A su segunda reunión de la sesión permanente del pleno, el martes 5 de noviembre, a las 14 horas, en el salón de usos múltiples de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, ubicado en el edificio D, planta baja.

Orden del Día

1. Lista de asistencia.
2. Análisis en lo particular de los artículos de la Ley de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, reservados para su discusión y, en su caso, aprobación.
3. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Héctor Sánchez López
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE MARINA

A la reunión de la Subcomisión de Dictamen de la Iniciativa que Modifica la Ley de Navegación, que se efectuará el martes 5 de noviembre, a las 18 horas, en las oficinas de la Comisión.

Atentamente
Dip. César Patricio Reyes Roel
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE REGLAMENTOS Y PRACTICAS PARLAMENTARIAS

A su XII reunión de trabajo, que se efectuará el martes 5 de noviembre, a las 18 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Declaración de quórum.
2. Lectura del orden del día.
3. Asuntos pendientes:

a) Proyecto de dictamen de reformas y adiciones al Título II de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
b) Proyecto de dictamen sobre la minuta del Senado de la República que contiene proyecto de Reglamento del Canal de Televisión del Congreso General.
c) Acuerdo de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias para extender el plazo para que se dictamine y entregue la "Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri, Legisladores de 1913".

d) Criterios de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias para dictaminar las iniciativas de inscripción en letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo.
e) Iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide el Reglamento Interior y de Debates de la Cámara de Diputados.

4. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Augusto Gómez Villanueva
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

A su sesión, que se realizará el miércoles 6 de noviembre, a las 10 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

a) Pase de lista y verificación de quórum.
b) Discusión y, en su caso, aprobación del proyecto de decreto que reforma el artículo 259 bis del Código Penal Federal.

c) Discusión y, en su caso, aprobación del proyecto de decreto por el que se reforman el Código Penal Federal, el Código Federal de Procedimiento Penales, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley General de Educación, con materia de pederastia y pedofilia.
d) Asuntos generales.

Atentamente
Dip. José Elías Romero Apis
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE REFORMA AGRARIA

A la reanudación de la XIX reunión plenaria, que se llevará a cabo el miércoles 6 de noviembre, a las 10 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y verificación de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.

4. Lectura y, en su caso, aprobación del proyecto de dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Agraria en materia de expropiación de propiedad ejidal o comunal.
5. Lectura y, en su caso, aprobación del proyecto de dictamen de la proposición con punto de acuerdo para solicitar a la Secretaría de la Reforma Agraria que acelere la conclusión del Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares Urbanos (Procede).

6. Asuntos generales:
Primer Encuentro de Comisiones Legislativas de Reforma Agraria.

Atentamente
Dip. Félix Castellanos Hernández
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE EQUIDAD Y GENERO

A su reunión de Mesa Directiva, el miércoles 6 de noviembre, a las 12 horas, en la Presidencia de la Comisión.

Atentamente
Dip. Concepción González Molina
Presidenta
 
 
 

DE LA COMISION DE AGRICULTURA Y GANADERIA

A su reunión de trabajo en Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería y de Desarrollo Rural, con el secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Javier Usabiaga Arroyo, el miércoles 6 de noviembre, a las 13 horas, en el salón Legisladores de la República (Salón Verde).

Atentamente
Dip. Jaime Rodríguez López
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE VIVIENDA

A su reunión plenaria, que se efectuará el miércoles 6 de noviembre, a las 14 horas, en el salón D del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.
4. Bienvenida al licenciado Manuel Zepeda Payeras.
5. Intervención del licenciado Manuel Zepeda Payeras, director general de la Sociedad Hipotecaria Federal.
6. Sesión de preguntas y respuestas.
7. Asuntos generales.
8. Clausura de la sesión.

Atentamente
Dip. José Marcos Aguilar Moreno
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE TRANSPORTES

A su reunión de trabajo para tratar los puntos de vista del sector marítimo y puertos del proyecto de Ley de Transporte Federal, el miércoles 6 de noviembre, a las 15 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.

Atetamente
Dip. Juan Manuel Duarte Dávila
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE SALUD

A su vigésima quinta sesión plenaria, que se realizará el miércoles 6 de noviembre, a las 18 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y verificación de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Análisis, discusión y, en su caso, aprobación de los anteproyectos de dictamen.
4. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. María Eugenia Galván Antillón
Presidenta
 
 
 

DE LA COMISION DE ENERGIA

A la conferencia La situación actual del sistema eléctrico en la Gran Bretaña, que se efectuará el jueves 7 de noviembre, a las 9 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. Juan Camilo Mouriño Terrazo
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION ESPECIAL SUR SURESTE

A su comida-reunión de trabajo, el miércoles 13 de noviembre, a las 14 horas, en el Patio Sur de la H. Cámara de Diputados.

Orden del Día

1.- Registro de asistencia y, en su caso, declaración de quórum.
2.- Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3.- Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.
4.- Palabras de bienvenida del diputado N. Salvador Escobedo Zoletto, Presidente de la Comisión Especial Sur Sureste.
5.- Planteamiento del coordinador del Grupo de Enlace Estatal de la región sur sureste en materia de salud.
6.- Exposición de un funcionario de la Secretaría de Salud, con respecto a este sector en la región sur sureste.
7.- Sesión de preguntas y respuestas.
8.- Presentación de un punto de acuerdo, para que en los Congresos locales de los estados del sur sureste, creen una comisión que dé seguimiento a los programas de dicha región, incluyendo el Plan Puebla-Panamá.
9.- Asuntos generales.

Atentamente
Dip. N. Salvador Escobedo Zoletto
Presidente