Gaceta Parlamentaria, año V, número 965, viernes 22 de marzo de 2002


Comunicaciones Iniciativas Excitativas Proposiciones Efemérides Actas Convocatorias Avisos
 
 
 
 
 
 
 


Comunicaciones

DE LA JUNTA DE COORDINACION POLITICA

Dip. Beatriz Paredes Rangel
Presidenta de la Mesa Directiva
H. Cámara de Diputados
Presente

Palacio Legislativo, México, DF, 20 de marzo de 2002.

Con fundamento en el artículo 34, numeral 1, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y a solicitud del diputado Martí Batres Guadarrama, coordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, me permito solicitar a usted, la modificación en la integración de la siguiente Comisión:

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
Dip. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa (rúbrica p.a.)
Presidente
 
 







Iniciativas

DE REFORMAS A DIVERSOS ARTICULOS DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE FORTALECIMIENTO DEL PODER LEGISLATIVO, PRESENTADA POR EL DIPUTADO MARTI BATRES GUADARRAMA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL MIERCOLES 20 DE MARZO DE 2002

En estos días se habla mucho de la transición, de equilibrio de poderes, de renacimiento del Legislativo, pero este Congreso de la Unión sigue funcionando con los viejos esquemas, por eso se percibe y se siente que algo no se ajusta a la nueva realidad. La gente ve que las cosas todavía no funcionan plenamente en el nuevo orden democrático que se va extendiendo en el país.

La sociedad cambió la correlación de fuerzas y la composición de los órganos del Estado. El Presidente ya no es el líder del Congreso ni puede serlo, la sociedad devolvió libertad al Congreso de la Unión. La nueva gobernabilidad en México, en este siglo XXI, no depende más de qué tan fuerte y autoritario pueda ser el Ejecutivo, sino qué tan compartidas son sus decisiones y medidas. No hay entonces gobernabilidad sin el Congreso de la Unión. El Ejecutivo es producto del voto de menos del 50 por ciento del electorado, el Congreso representa a casi el 100 por ciento de la diversidad del electorado.

El presidencialismo no puede ser restaurado. Y esto no tiene que ver con las bases éticas o ideológicas de la democracia, sino también con el funcionamiento de la misma. Si el Ejecutivo ya no puede decidirlo todo, si el Congreso tiene ahora una responsabilidad mayor frente a la sociedad y frente a sí mismo, entonces los plazos y tiempos de sus decisiones se tiene que ampliar. En la vieja época el Ejecutivo era el gran legislador, legal y metalegalmente. Legalmente el Ejecutivo enviaba las iniciativas legislativas en su gran mayoría y las elaboraba. Metalegalmente el Ejecutivo hacía el trabajo técnico dirigido hacía su dictaminación y políticamente para su aceptación social. Es decir, el Ejecutivo estaba prácticamente detrás de todo el proceso legislativo, desde la iniciativa hasta la promulgación.

Si México está cambiando y requiere reformas estructurales todos los días. Si tenemos un Congreso que exige un nuevo papel en la sociedad, entonces el funcionamiento del Legislativo debe cambiar. En la vieja época el Ejecutivo decidía y el Legislativo simplemente formalizaba esas decisiones. No tenía que discutir mucho y sus discusiones eran prácticamente desconocidas, incluso hasta clandestinas. Ahora el Legislativo recibe la mayoría de las iniciativas de sus propios integrantes y debe procesar y generar sus propias decisiones. Por eso nosotros proponemos un esquema de ejercicio permanente del Legislativo, sin periodos interrumpidos por largos recesos. Tenemos una gran cantidad de reformas que decidir y una gran cantidad de asuntos políticos que abordar.

Este Congreso de la Unión debe trabajar todo el año. No sólo como deber ético de sus integrantes sino también y sobre todo como premisa para sacar adelante su abultada agenda, sus voluminosos expedientes, sus numerosos pendientes. Es necesario que tengamos un Congreso que se reúna en pleno de sus respectivas Cámaras cuantas veces sea necesario para cumplir con sus atribuciones sin necesidad de citar a periodos extraordinarios en caso de estar en receso. Esto sucede en países donde el equilibrio de poderes es una realidad y pensamos que es posible y necesario en México.

Debemos recordar que con el fin de fortalecer al Ejecutivo, desde la Constitución de 1917 se estableció un solo periodo ordinario de sesiones del primero de septiembre al 31 de diciembre para el Congreso de la Unión, y no fue sino hasta 1986 cuando se estableció el sistema de dos periodos ordinarios de sesiones. En este esquema actual, mientras otros poderes toman decisiones y ejercen sus funciones todos los días de su mandato, y vemos como reivindican sus atribuciones como es el caso del Poder Judicial actualmente, el Legislativo sin embargo, tiene fechas determinadas para ejercer ciertas funciones fundamentales como es ni más ni menos que legislar y debe convocar a periodos extraordinarios de manera restrictiva para ciertos temas cuando quiere tomar decisiones fuera de esos periodos ordinario de sesiones establecidos

Lo que buscamos es fortalecer con esta reforma el sentido de permanencia en el ejercicio y uso de sus atribuciones por el Congreso, es decir, el cumplimiento y la realización de sus atribuciones todo el tiempo a lo largo de todo el año, así como el trabajo continuo e ininterrumpido de sus legisladores. Incluso de aprobarse esta reforma y obligarse a las Cámaras a sesionar cuando menos tres veces al mes a lo largo de todo el año, no estarían sesionando más veces que con el actual sistema, pero sí lo haría todos los meses del año. No hay entonces exageración alguna en el número de sesiones que entonces se derivaría de esta reforma, pero sí continuidad y permanencia en el trabajo.

Probablemente se pueda argumentar por alguien que los periodos legislativos son para dictaminar en el pleno los trabajos aprobados en las comisiones y los recesos para el trabajo de dictaminación en las propias comisiones. Se dice doctrinariamente que los recesos sirven para el trabajo en Comisiones y los periodos de sesiones para que el pleno apruebe el trabajo de las comisiones. Sin embargo esto no tiene nada que ver con la realidad, la inmensa mayoría de los dictámenes legislativos se discuten y aprueban en las comisiones durante los periodos de sesiones y no durante los recesos. Es más, la gran mayoría de los dictámenes legislativos de central importancia se aprueban en las comisiones durante los últimos días de los periodos de sesiones.

El nuevo esquema que proponemos es mejor, porque permite abrir espacios más amplios entre sesión y sesión plenaria, durante los cuales las comisiones se pueden reunir y tomar decisiones que inmediatamente pueden pasar al pleno para su aprobación, permite tomar decisiones todo el tiempo, amplía las oportunidades para agotar temas y agendas pendientes e impide llevar las cosas hasta el último momento de los periodos de sesiones. Es, en suma, una propuesta para un Congreso de la transición que asume su papel como poder del Estado, concreta numerosas reformas cotidianamente, ocupa el estado que va dejando el Ejecutivo más acotado y armónico con el resto del país.

Nos proponemos. entonces modificar de manera fundamental los artículos 65, 66, 69 y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para eliminar la mención de los periodos de sesiones ordinarias y establecer que las Cámaras del Congreso tienen que reunirse en pleno cuando menos tres veces al mes para resolver asuntos de su competencia. De manera colateral, se plantea reformar los artículos 84, 85, 87, 88, 89, 93 y 99 de la Constitución, para omitir las menciones a los recesos de las Cámaras del Congreso de la Unión. Resulta evidente que con esta reforma quedaría derogada la Comisión Permanente, pues no habría recesos y no sería necesaria.

Nadie debería oponerse a fortalecer el Congreso y menos aún cuando estamos en una coyuntura histórica en el que está formando parte de los protagonistas centrales del cambio. Obvia decir que aquellos que han sido electos representantes de la nación tienen la responsabilidad de transformar este Congreso de la Unión.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa de decreto para quedar como sigue:

Artículo Unico.- Se adicionan, reforman y derogan los artículos 65, 66, 69, 78, 84, 85, 87, 88, 93 y 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 65. Las Cámaras del Congreso se reunirán en pleno cuando menos tres veces al mes para resolver los asuntos de su competencia.

En estas sesiones el Congreso se ocupará del estudio, discusión y votación de las iniciativas de ley que se le presenten y de la resolución de los demás asuntos que le correspondan conforme a esta Constitución.

En las sesiones, el Congreso se ocupará de manera preferente de los asuntos que señale su Ley Orgánica.

Artículo 66. Derogado.

Artículo 69. El 1º de septiembre de cada año, asistirá el Presidente de la República al Congreso y presentará un informe por escrito, en el que manifieste el estado general que guarda la administración pública del país.

Artículo 78. Derogado.

Artículo 84. En caso de falta absoluta de Presidente de la República, ocurrida en los dos primeros años del periodo respectivo, el Congreso se constituirá inmediatamente en Colegio Electoral y concurriendo cuando menos las dos terceras partes del número total de sus miembros, nombrará en escrutinio secreto y por mayoría absoluta de votos, un Presidente interino; el mismo Congreso expedirá, dentro de los 10 días siguientes al de la designación de Presidente interino, la convocatoria para la elección del Presidente que deba concluir el periodo respectivo; debiendo mediar entre la fecha de la convocatoria y la que se señale para la verificación de las elecciones, un plazo no menor de 14 meses, ni mayor de 18.

Cuando la falta de Presidente ocurriese en los cuatro últimos años del periodo respectivo, el Congreso de la Unión, designará al Presidente sustituto que deberá concluir el periodo.

Artículo 85. Si al comenzar un periodo constitucional no se presentase el Presidente electo o la elección no estuviese hecha y declarada el 1º de diciembre, cesará sin embargo, el Presidente cuyo periodo haya concluido y se encargará desde luego del Poder Ejecutivo, en calidad de Presidente interino, el que designe el Congreso de la Unión.

Cuando la falta de Presidente fuese temporal, el Congreso de la Unión, designará un Presidente interino para que funcione durante el tiempo que dure dicha falta.

Cuando la falta de Presidente sea por más de 30 días el Congreso de la Unión resolverá sobre la licencia y nombramiento, en su caso, al Presidente interino.

Si la falta, de temporal se convierte en absoluta, se procederá como dispone el artículo anterior.

Artículo 87. El Presidente, al tomar posesión de su cargo, prestará ante el Congreso de la Unión la siguiente protesta: "Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Presidente de la República que el pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión y, si así no lo hiciere, que la Nación me lo demande".

Artículo 88. El Presidente de la República no podrá ausentarse del territorio nacional sin permiso del Congreso de la Unión.

Artículo 89. ...

I. a X. ...

XI. Derogada.

XII. a XV. ...

XVI. Derogada.

XVII. a XX. ...

Artículo 93. Los secretarios del despacho y los jefes de los departamentos administrativos, durante el mes de septiembre de cada año, darán cuenta al Congreso, del estado que guarden sus respectivos ramos.

...

...

Artículo 99. ...

...

...

...

I. a IX. ... ...

...

...

Los magistrados electorales que integren la Sala Superior y las regionales serán electos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores, a propuesta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La ley señalará las reglas y el procedimiento correspondientes.

...

...

... Transitorio

Unico.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 19 días del mes de marzo de 2002.

Atentamente
Dip. Martí Batres Guadarrama (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Marzo 20 de 2002.)
 
 
 
 

QUE REFORMA LA LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO JOSE MANUEL DEL RIO VIRGEN, DE CDPPN, EN LA SESION DEL MIERCOLES 20 DE MARZO DE 2002

Exposición de Motivos

Quienes pensaron que la alternancia presidencial en el poder era bastante, para cortar de tajo y para siempre nuestros males se equivocaron. En ningún país del mundo que alegue defender la democracia, es suficiente el simple cambio de partido en el poder para acceder plenamente a las transiciones políticas nacionales, complementadas por una gran y extraordinaria convergencia de las fuerzas políticas existentes, sean mayoritarias o las tradicionalmente excluidas.

El cambio no es simplemente votar por un partido diferente al que gobierna en turno, va más allá. El cambio debe inspirarse precisamente, en alejar de la vida nacional todo vestigio de autoritarismo y arrogancia presidencial que mantuvo al Poder Legislativo y al Judicial en muchas ocasiones sojuzgado y en el mejor de los casos a su merced.

El 6 de julio del 2000 la sociedad votó diferente para darse nuevamente el legítimo derecho de exigir se respete la Constitución federal. La violación a la división de poderes inscrita en el artículo 49 constitucional y, la de protestar, guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos encontrada en el artículo 87 constitucional, fue en el fondo el motivo final de que el escenario político nacional diera un giro inédito en el país. Así se presentó un nuevo rostro del Ejecutivo federal y construyose una nueva composición del Congreso de la Unión, que dio cabida a nuevas fuerzas políticas y sentó las bases de una incipiente pero fortalecida correlación de fuerzas nacionales.

La era monárquica del presidencialismo mexicano a ultranza, ha estado casi a punto de desaparecer. Sin embargo, seguidores y esbirros ante la obsesión por el poder fatuo, desde diversos escenarios la alimentan para presentarla nuevamente como una forma de complementar política e impunidad.

El presidente rey que pensamos había abandonado a un reino que en lugar de gobernarlo lo sojuzgó, seguirá vivo, y fortaleciéndose por una parte, si no arrancamos de nuestro sistema presidencial todas y cada una de esas facultades metaconstitucionales que aun predominan.

Por otra parte, el presidente monarca seguirá vivo sino desterramos para siempre todo rito existente que ha hecho del Ejecutivo federal y sus actos de gobierno, una verdadera rendición al culto casi mítico que llegó incluso a suponerlo un semidiós.

En efecto, durante muchos años el Ejecutivo fue un gran dispensador de los cargos públicos y políticos lo que motivó que muchos de sus seguidores en forma discreta o por demás pública, adularan hasta el cansancio toda actividad proveniente del Ejecutivo federal, incluso hasta sus propios errores ofensivos para el país.

En el pasado inmediato recordamos los actos masivos estratégicamente planeados para que el Ejecutivo federal llegase a sentir de alguna u otra forma el apoyo o refrendo del pueblo mexicano a su gobierno.

Llegó al grado la obcecación por la adulación, que en un acto republicano del Congreso como lo es la apertura de sesiones ordinarias del mismo, el Presidente de la República no sólo presentara por escrito un informe sino que lo leyera, lo que en estricto sentido no ha resultado tan malo para el país.

Pero a cambio de este acto durante muchos años, indistintamente se utilizó este acto para establecer cada primero de septiembre una especie de culto y pleitesía al Ejecutivo federal, que fue acompañada de verbenas populares, miles de metros de vallas humanas, hasta el recibimiento a estas puertas del Palacio Legislativo como el mayor símbolo de autoritarismo presidencial.

Es cierto que los tiempos han cambiado y que el ejecutivo ya no desfila por las calles saludando a miles de acarreados y prácticamente asfixiado por la caída de confeti multicolor. Hoy esos actos han quedado prácticamente atrás.

Pero en el fondo siguen vivos por que no hemos sido capaces de acotar constitucional y jurídicamente todas las facultades extra legales del presidente, así como los actos a los cuales asiste que se encuentra intactos, casi intocables como si quisiéramos mantenerlos vivos renegando de ellos.

Un ejemplo de esto es, que a la apertura de sesiones del Congreso de la Unión, cuando el Ejecutivo presenta por escrito un informe anual de su gestión, el acto en sí ratifica los esquemas del pasado que decimos hoy ya no existen.

Pero cómo entender que las cosas han cambiado si el formato de la apertura de sesiones del Congreso sigue siendo el mismo, absolutamente el mismo, con el cual el Presidente culmina o inicia un año más de actividades, qué hace de este acto del pueblo mexicano, un acto del ejecutivo federal, porque las fuerzas representadas en el Congreso exponen sus posicionamientos de partido sin la presencia del Ejecutivo federal, ya que así lo ha dispuesto sin modificarlo la propia Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El artículo séptimo de la citada ley, establece en su numeral segundo, entre otras cosas que "antes del arribo del Presidente de la República hará uso de la palabra un legislador federal por cada uno de los partidos políticos que concurran, representados en el Congreso".

Esto significa que los legisladores oradores presentan los posicionamientos de sus partidos sin la presencia del Presidente de la República, que aunque no demerita en sentido estricto el acto de apertura de sesiones del Congreso, tampoco lo hace realmente democrático y republicano.

No podemos entender que en un país que se dice plural y democrático donde el Congreso dispone, el Ejecutivo no escuche de viva voz, cara a cara como lo demanda la sociedad, los posicionamientos de los partidos políticos representados en el Congreso.

Como todos sabemos el Presidente llega minutos después de que los partidos fijan sus puntos de vista para adueñarse del escenario, como si fuera un acto que ratificara la presidencia imperial que tanto daño nos causó.

Por ello, es prudente cambiar el formato del primero de septiembre de cada año para que el Presidente además de asistir y dar un informe a la nación, esté presente en la sesión de apertura del Congreso y escuche los posicionamientos de los partidos políticos además de abrirse un debate plural y respetuoso que sólo se da cuando los Poderes de la Unión son simplemente republicanos.

Por lo anteriormente expuesto y de conformidad con el artículo 71 constitucional y demás relativos, así como los artículos 55 al 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de este H. Congreso de la Unión la siguiente iniciativa de reforma a la Ley Orgánica del Congreso en los siguientes términos:

Dice:

Artículo 7º.

1.- .........

...........

............

2.- Antes del arribo del Presidente de la República hará uso de la palabra un legislador federal por cada uno de los partidos políticos que concurran, representados en el congreso.

..........

..........

Debe decir:

Artículo 7º. ..........

1.- .........

...........

..........

2.- Antes de la intervención del Presidente de la República hará uso de la palabra un legislador federal por cada uno de los partidos políticos que concurran, representados en el Congreso. Además deberá abrirse por una sola vez una ronda de preguntas y respuestas por parte de los oradores al Ejecutivo federal en los términos que se fijen para este caso.

.........

.........

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 20 días del mes de marzo de 2002.

Dip. José Manuel del Río Virgen

(Turnada a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. Marzo 20 de 2002.)
 
 

DE REFORMAS A DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE FORTALECIMIENTO DEL PODER EJECUTIVO, PRESENTADA POR EL DIPUTADO EDUARDO RIVERA PEREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL MIERCOLES 20 DE MARZO DE 2002

Los suscritos diputados federales del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, integrantes de la LVIII Legislatura de la H. Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter a la consideración de esta Soberanía la presente iniciativa con proyecto de Decreto, para reformar y adicionar diversas disposiciones de la Constitución Federal, con el fin de establecer un mejor equilibrio en la función del Ejecutivo y fortalecer el principio de la división de poderes, iniciativa que se inscribe dentro de nuestros planteamiento para la reforma del Estado, misma que se fundamenta y motiva bajo la siguiente:

Exposición de Motivos

El Presidencialismo es la deformación del régimen Presidencial, nuestro país durante muchos sexenios se vio afectado por esta distorsión en la que el Presidente de la República centralizaba distintas funciones y facultades, ejerciendo una supremacía ilegítima sobre los demás Poderes Federales y Estatales, restándoles dignidad y eficacia, logrando romper de esta forma con el fundamento de la organización democrática federal.

México pasó de época en la cual el Presidente de la República era el poseedor de la última palabra, a la largamente esperada transición democrática. Ahora es tiempo de apuntalar las instituciones, para que sean éstas, y no los titulares, quienes rijan la vida democrática de México.

Sin pretender desconocer nuestra herencia y realidad respecto de nuestro régimen de gobierno, por medio de la presente iniciativa proponemos diversas reformas de carácter constitucional, las cuales no pretenden debilitar al Ejecutivo, sino lograr un efectivo equilibrio entre los Poderes del Estado.

Certidumbre en el ejercicio constitucional del veto presidencial

El veto presidencial, lejos de ser una facultad propia de un régimen donde existe un presidencialismo exacerbado, debe ser una forma de colaboración entre los Poderes Legislativo y Ejecutivo, a la vez que es un elemento para llevar ponderación en actos de naturaleza grave, como las leyes y un instrumento valioso en el juego de pesos y contrapesos que, para establecer equilibrio entre dos poderes dispone la constitución.

En el caso del denominado por la doctrina veto suspensivo, el Ejecutivo Federal tiene únicamente 10 días para ejercer su derecho al veto, de lo contrario, automáticamente se actualiza su obligación de promulgar y publicar el proyecto de ley enviado por el Poder Legislativo.

Ahora bien, en el contenido y alcance del artículo 72 existe una laguna legal, que deja en estado de incertidumbre al Congreso de la Unión, ante la falta de previsión para el caso de que una ley o decreto aprobado por esta Asamblea Nacional y enviada al Ejecutivo para su publicación, se abstenga de hacerlo, inhibiendo con ello la iniciación de la vigencia; lo que algunos doctrinarios han calificado como una especie de veto de bolsillo a favor del Ejecutivo.

El Ejecutivo puede mantener por tiempo indefinido la publicación de la ley, y con ello su eficacia ante su falta de vigencia. Consecuentemente, no puede soslayarse dicha circunstancia, por lo que con el ánimo de avanzar en el perfeccionamiento y fortalecimiento del Poder Legislativo, es que se considera necesario establecer una normatividad constitucional que de seguridad y certidumbre a las decisiones legislativas

Por lo anterior, se propone en la presente iniciativa adicionar un último párrafo al artículo 72 constitucional a fin de disponer que si transcurrido el plazo que el Ejecutivo tiene para hacer observaciones a la ley o decreto que se le remita para su publicación y no lo hiciere, se considerará promulgada y el Presidente del Congreso de la Unión, ordenará su publicación.

Nombramiento del Presidente interino, sustituto y provisional

La sustitución del Presidente ha sido una preocupación constante en las Constituciones de México, pues siendo la titularidad del Poder Ejecutivo en una persona, al estar ausente habría una carencia de poder y una acéfalia que desestabilizaría el orden constitucional del país. Por ello, perfeccionar la legislación vigente para este caso, lejos de vaticinar desastres en la vida republicana, fortalece el actuar de las instituciones, toda vez que establece normas y procedimientos claros, los cuales, de ser necesario aplicarlos, darán certidumbre a la nación, así como gobernabilidad y transparencia; la posibilidad de que la decisión electoral no se vea disminuida o anulada en su representatividad.

Por las consideraciones expuestas, es que en la presente iniciativa se propone reformar el artículo 84 constitucional para que en los casos de falta absoluta del Presidente de la República, y que con motivo de ello tenga que nombrarse un Presidente Interino, provisional o sustituto, según sea el caso, el nombramiento se sujete a lo previsto en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, pero en todo caso, la propuesta de candidato para el cargo respectivo, será presentada por el Grupo Parlamentario del Partido Político que hubiere postulado al candidato triunfador en la elección federal inmediata anterior para ese cargo.

Asimismo se plantea prever que en el caso de las coaliciones, la propuesta al cargo de Presidente provisional o sustituto, será presentada por el Grupo Parlamentario del Partido Político al que se le haya distribuido el mayor número de votos, dentro de la coalición que hubiere postulado al candidato triunfador en la elección federal inmediata para el cargo de presidente.

Adelantar la toma de posesión del Presidente de la República

El Presidente de la República asume el cargo en virtud de la protesta que rinde ante el Congreso de la Unión, misma que de conformidad con la norma constitucional lo hace el 1º de diciembre. Debe hacerlo en los términos de la fórmula ya conocida en la que existe la responsabilidad de guardar hacer guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen. La protesta marca el inicio legal del mandato presidencial, determina el momento en que comienza la responsabilidad del Presidente en los términos del Titulo Cuarto constitucional y fija, en forma indubitable, el inicio de las inmunidades y privilegios que constitucionalmente le asisten.

Asimismo este acto formal de protesta se lleva a cabo ante un órgano envestido de legitimidad democrática que le da la elección popular; es decir, el Congreso de la Unión. Es así que los legisladores actuamos como fedatarios y testigos de este acto republicano.

Sin embargo, nadie puede negar que la actual fecha de inicio del cargo y de toma de posesión, resulta inadecuada con relación a otros asuntos de suma relevancia para la vida nacional; es decir, con lo concerniente a la formulación y presentación del Presupuesto de Egresos de la Federación y la Ley de Ingreso; ya que actualmente se dispone que la presentación de este "paquete económico", deberá hacerse a más tardar el 15 de diciembre y el Congreso cerrara su sesiones el 31 de diciembre cuando inicie su encargo el Presidente

Lo cual nos conduce a situaciones negativas, tales como que el Presidente Constitucional entrante sólo cuente con 15 días para elaborar los proyectos respectivos y que como se tiene conocimiento prácticamente este es elaborado por el equipo del presidente saliente; y por la otra el que el Congreso de la Unión tenga para el cumplimiento de sus atribuciones de control presupuestal y de ingreso, únicamente 15 días. Por lo que resulta, inadecuado ya que estas funciones se constriñen a plazos perentorios que dan lugar a que sea materialmente imposible para el Ejecutivo elaborar dichas iniciativas y que el análisis sea apresurado por parte del Congreso y se renuncie a un examen minucioso, sereno y responsable.

Aunado a lo anterior, habría que añadir, que resulta también inconveniente el que exista un periodo tan amplio de transición; es decir, un plazo de aproximadamente 5 meses en donde tenemos por una lado al Presidente Constitucional saliente y un Presidente electo entrante, lo que en un marco de pluralidad y alternancia, puede llegar a resultar un riesgo de estabilidad política. Por lo que resulta oportuno establecer un marco legal adecuado que elimine estos aspectos negativos que hoy día se originan; en tal sentido, en la presente iniciativa se plantea reformar el artículo 84 constitucional para adelantar el inicio de encargo y toma de posesión del Presidente de la República, para que esto se lleve a cabo el día 1º de octubre en lugar del 1 de diciembre.

Al proponer esta reforma se hace por diversas consideraciones favorables a nuestro sistema político constitucional a saber:

1.- Que el Titular del Ejecutivo Federal entrante tenga el tiempo adecuado y suficiente para elaborar el Presupuesto de Egresos de la Federación y la ley de Ingresos del ejercicio fiscal del próximo año, que le permita planear en la medida de lo posible una mayor precisión de las políticas públicas a aplicar durante el siguiente año y desde su visión y compromiso de gobierno;

2.- Que el Congreso de la Unión, con la adecuación de esta fecha de inicio de encargo y la relativa a la modificación de las fechas de presentación de estos ordenamientos jurídicos, cuente con el tiempo debido para que realice una discusión y aprobación más objetiva de los mismos.

Refrendar la no reelección presidencial

El exceso de facultades que se fueron otorgando al Presidente de la República en detrimento del Legislativo, dio origen a la fortaleza del Poder Ejecutivo, siendo éste el centro del Poder y de toda la política que gira en torno de él.

A éste fenómeno se le ha reconocido como la enfermedad del Régimen Presidencial, es decir, el Presidencialismo, ya que lo ha degenerado, fragmentando el equilibrio estatal acaparando el poder.

Nuestra Constitución Política vigente en su artículo 82, establece las características del sistema presidencial, siendo éste unitario, electo directamente por un periodo de seis años, y sin reelección.

Actualmente y por convicción es que refrendamos la no reelección Presidencial, la cual debe conservarse como una de la facultades de la soberanía nacional para limitar al Presidente en el tiempo, para permitir un verdadero equilibrio de poderes y la pluralidad que es característica de todo sistema democrático, ya que de no ser así se perderían las sustentabilidad de nuestras bases constitucionales.

Se establece de manera tajante e indubitable que el ciudadano que haya desempeñado el cargo de Presidente de la República, electo popularmente, no podrá ser reelecto, o quien hubiere tenido el carácter de Presidente con el carácter de interino, provisional o sustituto, en ningún caso y por ningún motivo podrá volver a desempeñar el puesto de Presidente.

Finalmente en este punto cabe mencionar que se debe distinguir la reelección presidencial de la legislativa, en virtud de que la primera, generaría acaparamiento de poder, en cambio la reelección legislativa debidamente acotada, permitiría el fortalecimiento del Legislativo y de sus funciones de control sobre el Ejecutivo, permitiendo un desarrollo integral del Estado.

Por un servicio civil de carrera en la Administración Pública Federal

A nadie escapa el hecho de que la Administración Pública Federal se ha visto sometida a cambios y reformas, las cuales han buscado en todo momento su modernización, con el propósito de poder dar mejores respuestas a las crecientes demandas de la sociedad y proporcionar servicios públicos, no sólo de calidad sino en un esquema regido esencialmente por el criterio de la equidad. Existe la convicción compartida por muchos sectores de la sociedad mexicana de que una administración eficiente e imparcial, sin duda, contribuye a fortalecer el Estado de Derecho.

Resulta esencial generar nuevas aptitudes y actitudes bajo una también novedosa concepción de cultura y servicio público, en la que el centro de atención lo constituyan los miles de ciudadanos que entablan una relación día con día con la administración pública.

Organizar y coordinar el desarrollo administrativo integral de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y autorizar estructuras orgánicas y ocupacionales que permitan contribuir al mejoramiento administrativo y fortalecer la función pública, para que ésta efectivamente responda a lo que la sociedad espera y necesita de ella.

En consecuencia se plantea establecer en el artículo 90 constitucional que en la Administración Pública Federal se establecerá el servicio de carrera como elemento básico para la formación de sus servidores públicos, a fin de cumplir con los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia. Dicho servicio de carrera comprenderá los requisitos y procedimientos de selección, ingreso, formación, capacitación, adiestramiento, desarrollo, actualización, permanencia, evaluación, promoción y separación del servicio público. El Congreso de la Unión expedirá la ley respectiva.

México tiene hoy un Congreso plural y orgulloso de sí mismo. Consiente de su responsabilidad histórica. Ejecutivo y Legislativo no son opuestos entre sí, son complementarios. Los mexicanos pueden estar seguros de que los legisladores de Acción Nacional cumplirán cabalmente su compromiso.

Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo dispuesto a la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, los suscritos diputados federales, miembros del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentamos a la consideración de esta H. Representación Nacional el siguiente:

Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Unico.- Se reforma el artículo 85 párrafo primero; se adicionan al artículo 72 un párrafo segundo al inciso b); 84 párrafos cuarto y quinto; 90 un párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar de la siguiente forma:

ARTÍCULO 72.- . . .

a) ........

b) .........

Si hubiese transcurrido el plazo que el Ejecutivo tiene para formular las observaciones a que se refiere el párrafo anterior y no las hubiere hecho, el decreto o ley de que se trate será considerado promulgado y el Presidente del Congreso de la Unión ordenará su publicación.

c) . . .

ARTÍCULO 83.- El Presidente entrará a ejercer su encargo el 1 de octubre y durará en el 6 años. El ciudadano que haya desempeñado el cargo de Presidente de la República electo popularmente, o con el carácter de interino, provisional y sustituto, en ningún caso y por ningún motivo podrá volver a desempeñar ese puesto.

ARTÍCULO 84.- . . .

. . .

. . .

El nombramiento de Presidente provisional, interino o sustituto en los términos del presente artículo, se sujetará a lo previsto en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, pero en todo caso, la propuesta de candidato para el cargo respectivo, será presentada por el Grupo Parlamentario del Partido Político que hubiere postulado al candidato triunfador en la elección federal inmediata anterior para ese cargo.

En el caso de las coaliciones, la propuesta a que alude el párrafo anterior será presentada por el Grupo Parlamentario del Partido Político al que se le haya distribuido el mayor número de votos, dentro de la coalición que hubiere postulado al candidato triunfador en la elección federal inmediata para el cargo de presidente.

ARTÍCULO 85.- Si al comenzar un periodo constitucional no se presentase el Presidente electo o la elección no estuviese hecha y declarada el 1º de octubre, cesará sin embargo, el Presidente cuyo periodo haya concluido y se encargará desde luego del Poder Ejecutivo, en calidad de Presidente interino, el que designe el Congreso de la Unión, o en su falta, con el carácter de provisional, el que designe la Comisión Permanente, procediéndose conforme a lo dispuesto en el artículo anterior.

. . .

. . .

. . .

ARTÍCULO 90.- . . .

. . .

En la Administración Pública Federal se establecerá el servicio de carrera como elemento básico para la formación de sus servidores públicos, para garantizar los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia. El servicio de carrera comprenderá los requisitos y procedimientos de selección, ingreso, formación, capacitación, adiestramiento, desarrollo, actualización, permanencia, evaluación, promoción y separación del servicio público. El Congreso de la Unión expedirá la ley respectiva.

Transitorios

Unico. El presente decreto entrará en vigor 90 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de marzo de 2002.

Diputados: Manuel Minjares Jiménez, Armando Salinas Torre, Eduardo Rivera Pérez, Luis Fernando Sánchez Nava, María Teresa Goméz Mont y Urueta, Miguel Gutiérrez Hernández, Neftalí Salvador Escobedo Zoletto, Juan Carlos Pallares Bueno, Fernando Pérez Noriega, Yadhira Ivette Tamayo Herrera, Patricia Martínez Macías, Manuel Orozco Garza, Guillermo Anaya Llamas, Miguel Angel Mantilla Martínez, Raúl Gracia Guzmán, Cuauhtémoc Cardona Benavides, Germán Arturo Pellegrini Pérez, Gabriela Cuevas Barrón (rúbricas).

(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Marzo 20 de 2002.)
 
 

QUE REFORMA EL ARTICULO 42 DE LA LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PARA QUE CUALQUIERA DE LAS CAMARAS RATIFIQUE EL OTORGAMIENTO DE CONCESIONES POR PARTE DEL EJECUTIVO, PRESENTADA POR EL DIPUTADO ALEJANDRO RAFAEL GARCIA SAINZ ARENA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PVEM, EN LA SESION DEL MIERCOLES 20 DE MARZO DE 2002

Bernardo de la Garza Herrera, Francisco Agundis Arias, José Antonio Arévalo González, Esveida Bravo Martínez, María Teresa Campoy Ruy Sánchez, Olga Patricia Chozas y Chozas, Diego Cobo Terrazas, Arturo Escobar y Vega, José Rodolfo Escudero Barrera, Sara Guadalupe Figueroa Canedo, Nicasia García Domínguez, Alejandro Rafael García Sainz Arena, María Cristina Moctezuma Lule, Julieta Prieto Fuhrken, Concepción Salazar González, Erika Elizabeth Spezia Maldonado; diputados de la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55 fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos se turne a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Octava Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa de ley:

Exposición de Motivos

La infraestructura del país a lo largo de los años, ha sido edificada conjuntamente mediante los esfuerzos del gobierno, de la iniciativa privada y de la misma ciudadanía. Sin estas obras y construcciones no podríamos haber alcanzado por mucho, el nivel de comunicaciones y servicios con los que la Nación cuenta actualmente.

Estas transformaciones producen, en algunos casos, que el marco jurídico se vea rebasado por las nuevas realidades a las que nos enfrentamos los mexicanos, por lo cual, dichas transformaciones requieren un estudio más concienzudo y apegado a lo que el pueblo actualmente demanda.

Razón por demás necesaria, el establecer una adecuada planeación de las comunicaciones y transportes, la cual es base indispensable para el desenvolvimiento económico del país, sobre todo cuando es concebido a largo plazo. Por ello, la necesidad de que sea la misma ciudadanía, la cual deposita en el Congreso de la Unión las facultades escrutadoras del ejercicio del Poder Ejecutivo, la que revise que dichas inversiones están apegadas a derecho.

Si con estas reformas podemos dar certidumbre jurídica y moral a los actos de gobierno, resulta imperativo implementar los cambios a la legislación correspondiente y contribuir con ello a la planeación democrática del desarrollo nacional.

Las concesiones deben ser otorgadas procurando el mayor beneficio de la sociedad, pero no con una visión mediática del asunto, sino de proyectar los beneficios de una manera más integral.

Desafortunadamente, nuestro país, a través de la historia, ha vivido situaciones en las que los procedimientos para la asignación de una Concesión no han sido del todo apegadas a la honestidad y transparencia requeridos.

Lo anterior ha traído como consecuencia que la ciudadanía no tenga plena confianza en este tipo de procedimientos, pues existe la posibilidad de que las autoridades encargadas de analizar las opciones que los interesados presentan, tengan claro desde un principio quien va a ser el beneficiario, contribuyendo así a la falta de equidad que lesiona los intereses de la Nación.

Por ello, para evitar lesionar los intereses de los particulares que con ánimo y confianza invierten en México, así como para evitar postergar el expedito y sano desarrollo de dichos intereses, incluimos en nuestra propuesta la afirmativa ficta, la cual dotará de certidumbre y eficacia en estos procesos.

Asimismo, consideramos que la Comisión Permanente deberá resolver el dictamen de la Comisión Especial encargada de dictaminar si la concesión cumple satisfactoriamente a juicio de esta Cámara de Diputados la normatividad aplicable en la materia.

Para nosotros como legisladores, es de suma importancia recobrar la ya tan fracturada confianza de todos los mexicanos en sus instituciones, no basta decir que se generó un cambio si éste no es percibido por los ciudadanos.

Es necesario promover la expedición de leyes que promuevan la planeación nacional del desarrollo económico y social, garantizando con esto el saludable manejo de los recursos públicos y su relación con los particulares para proveer un desarrollo eficaz y sustentable.

Es momento de demostrar que se terminaron los privilegios a cualquier nivel, y que desde el lugar en que ahora nos encontramos, sumaremos esfuerzos para velar por los intereses generales del país y procurar que los beneficios del desarrollo lleguen a todos sus rincones.

La fiscalización del accionar en materia de concesiones otorgadas por las dependencias de la Administración Pública Federal, cuando así lo considere necesario la Cámara de Diputados, demuestra apertura y claridad en el manejo de los recursos y servicios públicos. Si con ello se aclaran manejos turbios o se dilucidan administraciones sanas y apegadas a derecho, podremos consolidar nuestro sistema democrático vigente.

El Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, tiene la plena seguridad de que con la presente iniciativa de reforma, y dados los tiempos de cambio que estamos viviendo, se dotará de una mayor transparencia a ese procedimiento de Concesiones que realiza el Ejecutivo Federal, evitando en la medida de lo posible, que se puedan presentar actos de corrupción o favorecimiento de intereses.

Por dicho motivo, se propone que el Congreso de la Unión mediante cualquiera de las dos Cámaras, sea quién ratifique el otorgamiento de concesiones en cada uno de los procedimientos de la concesión que lleve a cabo la Dependencia encargada del Ejecutivo.

Por ello, sometemos a esta Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, la presente iniciativa de:

DECRETO.- Mediante el cual se adicionan los numerales 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 al artículo 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

ARTICULO UNICO.- Se adicionan los numerales 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 al artículo 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 42.

1. ...

2. En materia de concesiones, permisos y prórrogas que otorgue la Administración Pública Federal y en las que la Cámara tenga facultad para conocer y además así lo haya solicitado, se constituirá la Comisión Especial de Concesiones conforme al numeral anterior.

3. La Comisión Especial de Concesiones, tiene a su cargo verificar que el procedimiento para otorgar concesiones, permisos y prórrogas por la Administración Pública Federal se realice conforme a las leyes aplicables en la materia.

4. Al concluir las actividades de la Comisión Especial de Concesiones, esta deberá presentar un informe detallado de todas las actividades realizadas por la misma, y de resultar procedente, formulará las recomendaciones o denuncias que correspondan.

5. El informe a que se refiere el numeral anterior, deberá discutirse en el pleno de la Cámara, y si derivado de la discusión existiesen votos particulares, éstos se agregaran al informe. El informe deberá publicarse en el Diario de los Debates.

6. Si la Cámara solicita intervenir en este proceso, esta deberá dar respuesta antes de cuarenta días naturales después de que el Ejecutivo Federal haya resuelto la concesión, en caso contrario se entenderá como resuelta sin ninguna restricción para que se otorgue la concesión.

7. En caso de que la Cámara de Diputados haya terminado su periodo ordinario y el trámite de la concesión se encuentre en la Comisión Especial o no se encuentre sesionando en un periodo ordinario de sesiones, o no haya sido convocada a periodo extraordinario de sesiones para resolver sobre una concesión en particular, la Comisión Permanente resolverá lo conducente.

8. En todo lo no previsto en este artículo, se aplicarán las disposiciones previstas por esta Ley en su Título Segundo, capítulo sexto y en el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Transitorios

Unico.- Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 20 días del mes de marzo del 2002.

Diputados: Bernardo de Garza Herrera, Coordinador; Francisco Agundis Arias, Vice-Coordinador; José Antonio Arévalo González; Esveida Bravo Martínez (rúbrica); María Teresa Campoy Ruy Sánchez (rúbrica); Olga Patricia Chozas y Chozas (rúbrica); Diego Cobo Terrazas (rúbrica); Arturo Escobar y Vega; José Rodolfo Escudero Barrera; Sara Guadalupe Figueroa Canedo; Nicasia García Domínguez (rúbrica); Alejandro Rafael García Sainz Arena; María Cristina Moctezuma Lule; Julieta Prieto Fuhrken; Concepción Salazar González (rúbrica); Erika Elizabeth Spezia Maldonado.

(Turnada a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. Marzo 20 de 2002.)
 
 
 
 

DE REFORMAS A DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE FORTALECIMIENTO DEL PODER JUDICIAL, PRESENTADA POR LA DIPUTADA YADHIRA IVETTE TAMAYO HERRERA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL MIERCOLES 20 DE MARZO DE 2002

Los suscritos diputados federales del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, integrante de la LVIII Legislatura de la H. Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter a la consideración de esta Soberanía la presente iniciativa con proyecto de Decreto, para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Constitución Federal, con el fin de fortalecer el Poder Judicial de la Federación, iniciativa que se inscriben dentro de nuestra visión de reforma del Estado en este rubro, misma que se fundamenta y motiva bajo la siguiente:

Exposición de Motivos

Acción Nacional refrenda su compromiso con la renovación y perfeccionamiento de una vida social institucionalizada, de allí se desprende la necesidad de un diseño institucional que sea congruente con el cambio que se dio a partir del 2 de julio del 2000, y que atienda a las exigencias de una auténtica reforma del Estado.

Sólo con este tipo de instituciones que cumplan eficazmente su función e interpreten los cambios de la sociedad, podemos garantizar un genuino desarrollo del Estado.

Así, encontramos la necesidad de jurisdicción que se impone como un deber del Estado, en donde el contenido de la norma no solo se exige su precisión como garantía, sino fundamentalmente su plenitud, verdadero anhelo de justicia de la nación mexicana.

Al Poder Judicial le corresponde la defensa del Derecho; interpretar la ley para establecer el orden jurídico, terminar con la incertidumbre, asegurar los derechos e intereses legalmente protegidos, reprimir las violaciones a la legalidad y resolver los conflictos de intereses, éste tiene la importante función de contribuir a mantener el orden, la seguridad, la legalidad, la justicia, asegurando la paz y la tranquilidad, concurriendo así a la realización del bienestar social y buen funcionamiento de la sociedad.

En tal virtud, el Poder Judicial de la Federación, como responsable de la administración de justicia, requiere de condiciones de legitimación mucho más exigentes, como lo son la independencia, la eficiencia y la accesibilidad.

Por lo que toca al principio de eficiencia en la justicia, es necesario que el juzgador cumpla con su tarea dentro de los tiempos y condiciones que marca la ley. Con respecto al principio de acceso a la justicia es menester señalar que las instituciones de justicia deben permanecer al alcance de la sociedad en su conjunto, y no sólo de ciertos grupos privilegiados. Por su parte, el principio de independencia, establece una separación indispensable entre la función judicial y cualquier otra actividad gubernamental o actor político, para poder proveer imparcialidad o neutralidad a dicha función.

Con las reformas constitucionales de 1994, sin duda se dio un gran avance en el fortalecimiento del Poder Judicial, que trajo consigo una profunda reestructuración orgánica, mejorando su funcionamiento administrativo, pero insuficiente en cuanto a sus alcances.

Sin embargo, la tarea de perfeccionar y consolidar nuestras instituciones de justicia debe continuar, por lo que presentamos la Iniciativa de Reforma al Poder Judicial que plantea las siguientes propuestas:

El orden federal del sistema jurisdiccional mexicano, se compone a partir de diferentes tribunales no judiciales, que a pesar de que materialmente dirimen controversias, formalmente no pertenecen al Poder Judicial, tales como el Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa, los Tribunales Agrarios, Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, entre otros.

Lo anterior, sin duda es un detrimento al Poder Judicial como poder responsable de la potestad jurisdiccional y solución de las controversias. Por ello se plantea el establecimiento de la unidad judicial, en el entendido de que todo el orden jurídico se enlace en un solo poder, que no se distribuyan en diversas instituciones y que se pierdan en una complejidad administrativa las competencias de legalidad, de anulación, o incluso de jurisdicción.

Mediante la incorporación de los tribunales en materia agraria, contencioso- administrativo y laboral, se evitarían duplicidades y disfuncionalidades en el ejercicio de la potestad jurisdiccional encomendado al Poder Judicial. No se violentarían o cuestionarían los principios de independencia, unidad y exclusividad de jurisdicción, que requiere el Poder Judicial para desarrollarse en un verdadero estado de derecho, pues la resolución de controversias sería exclusiva del Poder Judicial.

Así mismo, con esta reforma el Consejo de la Judicatura Federal, sería el único responsable de la vigilancia y disciplina de los juzgadores y del servicio de carrera judicial.

Para evitar el rezago en el que se encuentra nuestro país en materia de unicidad judicial debemos destacar que países como España, Guatemala, Perú, Panamá, Estados Unidos, Gran Bretaña, Australia, Nueva Zelanda, Japón, entre otros ya han incorporado a la fecha este mecanismo en sus sistemas jurídicos.

En virtud de lo anterior, proponemos reformar el artículo 27 a efecto de establecer que los tribunales responsables de la administración de la justicia agraria pertenezcan al Poder Judicial de la Federación.

Se pretende establecer en el artículo 94 constitucional que el ejercicio del Poder Judicial de la Federación se deposita en una Suprema Corte de Justicia, en un Tribunal Electoral, en los Tribunales en materia agraria, laboral y de lo Contencioso-Administrativo, en Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y en Juzgados de Distrito.

Congruentemente con la incorporación de los Tribunales en materia agraria, laboral y contenciosa administrativa al Poder Judicial que se hace en el primer párrafo del artículo 94, es que se plantea reformar sus subsecuentes párrafos; y planteamos las adecuaciones a los numerales 97, 100, 101, 104, 105, 107 y 110 para la viabilidad de la propuesta de unicidad judicial planteada en la presente iniciativa.

Fortalecimiento del Consejo de la Judicatura Federal

Como anteriormente se cito, en diciembre de 1994 se produjo una reforma judicial en dos vertientes principales: la reestructuración orgánica y funcional de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la creación del Consejo de la Judicatura Federal.

En la segunda vertiente, se crea el autogobierno del Poder Judicial; dando paso al Consejo de la Judicatura Federal, como un órgano cuya misión principal es garantizar la independencia del Poder Judicial en su conjunto y cuidar que se apliquen en todo tiempo los principios de la carrera judicial. Al mismo tiempo se encarga de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Cabe aclarar que en 1999 las normas constitucionales sobre el Consejo de la Judicatura Federal sufrieron reformas y adiciones. Con esta, la autonomía del Consejo de la Judicatura Federal se vio vulnerada, ya que se confirió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación la facultad de revocar las resoluciones que dicho Consejo emitiera.

Asimismo se cambio el procedimiento para la designación de los miembros del Consejo, de tal forma que ya no sería mediante insaculación, sino que fuera el pleno de la Corte el que los designe por mayoría de ocho votos.

En tal sentido, se considera indispensable reflexionar nuevamente sobre la reestructura del Consejo de la Judicatura Federal a fin de que cumpla de manera eficaz su función como órgano auxiliar en la administración del Poder Judicial de la Federación.

Se propone reformar el artículo 100 constitucional a efecto de establecer que el Consejo estará facultado para expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, pero estableciendo que las decisiones del Consejo serán definitivas e inatacables.

Se mantiene el precepto en lo tocante a que la Suprema Corte de Justicia pueda solicitar al Consejo la expedición de aquéllos acuerdos generales que consideren necesarios para asegurar un adecuado ejercicio de la función jurisdiccional federal. Sin embargo, esta iniciativa propone eliminar o derogar la disposición que permitía al pleno de la Corte el de poder revisar y, en su caso, revocar los que el Consejo apruebe, por mayoría de cuando menos ocho votos. La ley establecerá los términos y procedimientos para el ejercicio de estas atribuciones.

Facultad de iniciativa de ley a la Suprema Corte de Justicia de la Nación

La iniciativa de ley es el derecho establecido por la Constitución para poder promover en el ámbito del poder legislativo, conforme a los procedimientos determinados en el propio texto de la Ley fundamental. Actualmente conforme a nuestro artículo 71 constitucional, quienes tienen la facultad para iniciar leyes son: el Presidente de la República, los Diputados y Senadores del Congreso y las legislaturas de los Estados.

En tal sentido se propone que la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuente con esta facultad en lo concerniente a la ley Orgánica del Poder Judicial.

Con esta propuesta se permitiría dar mayor legitimidad al origen, formulación y vigencia de la ley orgánica del Poder Judicial.

Al tener la facultad de iniciativa de Ley, la Suprema Corte de Justicia de la Nación en materias de su competencia se le dota de una mayor capacidad y conocimiento para formular idóneamente una propuesta de ley.

Por otra parte, cabe destacar que en otros países se establece como facultad de la Corte el derecho de iniciar leyes, como lo son: Noruega, España, Colombia, Cuba, Ecuador, Honduras, Nicaragua, Perú, Venezuela, Panamá, Brasil, República Dominicana, El Salvador y Guatemala.

Por último, en la mayoría de las Constituciones Locales de los Estados de la República Mexicana reconocen este derecho.

Por lo anterior, se propone adicionar una fracción al artículo 71 de nuestra Ley Fundamental para establecer que corresponderá también a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la facultad de iniciativa de ley, pero únicamente en cuanto a su Ley Orgánica.

Fortalecimiento de la autonomía de los poderes judiciales locales

Uno de los principales problemas que enfrenta el Poder Judicial Federal, es el rezago de expedientes, cuya causa se fundamenta en el juicio de amparo y en la manera en que éste es interpuesto. El Poder Judicial Federal al resolver estos juicios actúa como el revisor de la legalidad de las decisiones de los tribunales del fuero común, y además, tiene la función de proteger las garantías individuales previstas en la Constitución Política. El juicio de amparo que en principio fue ideado para proteger los derechos individuales; ha derivado en ser un recurso de revisión de la legalidad de las resoluciones de las dependencias de los poderes ejecutivos federal y locales e incluso de las resoluciones de las autoridades jurisdiccionales de los poderes judiciales locales.

Por otra parte, para que la función revisora del Poder Federal disminuya, se requiere que haya mayor homogeneidad en los niveles de confiabilidad en la impartición de justicia entre el fuero federal y común. La autonomía de este poder en el ámbito local debe fortalecerse a través de la profesionalización de sus funcionarios.

Es así, que el Poder judicial en el ámbito estatal aún conservan una estructura y organización arcaicos. En algunas entidades de la Federación, en la práctica subsiste la sujeción de los tribunales superiores de justicia a la autoridad del Gobernador, el sistema de permanencia en la carrera judicial en el fuero común no está suficientemente garantizado en todas las entidades, lo que da lugar al sometimiento de algunos funcionarios a fin de preservar sus cargos, esto hace aparecer a la impartición de justicia poco confiable a los ojos de los ciudadanos.

No se puede mantener una organización judicial que conlleve dos niveles de justicia que no están articulados entre ellos: el local y el federal. Las deficiencias del primero traen como consecuencia el rezago del segundo y el único perjudicado con esta situación es el ciudadano. La articulación entre estos poderes sólo se logrará cuando el nivel de independencia y profesionalización del federal y de los locales sea en la medida de lo posible similar.

En consecuencia proponemos, reformar la fracción III del artículo 116 de la Constitución Federal a fin de implementar un procedimiento para que la independencia del Poder Judicial Local se haga de una manera clara en la selección de los magistrados que integren este poder, por lo que integramos una adición al texto constitucional a efecto de lograr plasmar en él la elección de los miembros que conformen el Poder Judicial Local, en cada una de las entidades federativas del país y del Distrito Federal, realizando un equilibrio de poderes ya que el Poder Ejecutivo será el que proponga al Congreso Local una terna, para que se apruebe el Magistrado o magistrados que la representación popular decida.

Se propone establecer la creación de Consejos de la Judicatura en las entidades federativas.

Por lo que se hace necesario una adición constitucional que permee en todo el país, indicando que se creen en todos las entidades federativas los Consejos de la Judicatura y además dotarles de facultades como la vigilancia y disciplina del Poder Judicial Local y la implantación de la carrera judicial local para que se cumplan con los principios de honradez, imparcialidad, excelencia, legalidad, lealtad y eficiencia, así como la elaboración del presupuesto de egresos de cada uno de los tribunales locales.

Con estas propuestas se podría contribuir a promover, en pocos años, poderes judiciales locales fuertes e independientes del poder político, como lo exige la división de poderes, fortaleciendo las garantías individuales de los ciudadanos y la eficacia misma de las instituciones públicas:

Por lo anteriormente expuesto, presentamos el siguiente:

Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Unico.- Se reforman los artículos 27 fracción XIX párrafo segundo; 71 último párrafo; 94 párrafos primero, quinto, sexto y noveno; 97 párrafos primero, segundo, cuarto y séptimo; 99 fracción IX párrafo séptimo; 100 párrafos segundo y octavo; 101 párrafos primero y segundo; 104 fracción 1-B; 105 fracción tercera; 107 inciso b fracciones segunda, tercera, cuarta y quinta; 110 párrafo primero; artículo 116 fracción III párrafo quinto. Se adicionan una fracción cuarta al artículo 71; un párrafo segundo a la fracción II y un inciso e) a la fracción V del artículo 107; un párrafo séptimo y octavo a la fracción III del artículo 116. Se derogan el párrafo tercero de la fracción XIX del artículo 27; la fracción XXIX-H del artículo 73; el párrafo noveno del artículo 100, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como siguen:

ARTÍCULO 27.- . . .

. . .

. . .

. . .

. . .

. . .

. . .

. . .

. . .

I a XVIII.- . . .

XIX.- . . .

Son de jurisdicción federal todas las cuestiones que por límites de terrenos ejidales y comunales, cualquiera que sea el origen de éstos, se hallen pendientes o se susciten entre dos o más núcleos de población; así como las relacionadas con la tenencia de la tierra de los ejidos y comunidades. Para estos efectos y, en general, para la administración de justicia agraria, se instituirá tribunales dotados de autonomía y plena jurisdicción del Poder Judicial de la Federación, integrados por magistrados designados por el Consejo de la Judicatura Federal, y

. . . SE DEROGA

XX.- . . .

ARTÍCULO 71.- . . . I a III . . .

IV. Al Poder Judicial respecto a su Ley Orgánica, a través del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Las iniciativas presentadas por el Presidente de la República, por las legislaturas de los Estados, por las diputaciones de los mismos, por el Poder Judicial de la Federación, pasarán desde luego a comisión. Las que presentaren los diputados o los senadores, se sujetarán a los trámites que designe el Reglamento de Debates.

ARTICULO 73.- . . .

I a XXIX-G.- . . .

XXIX-H.- . . . SE DEROGA

XXIX-I a XXX.- . . .

ARTÍCULO 94.- Se deposita el ejercicio del Poder Judicial de la Federación en una Suprema Corte de Justicia, en un Tribunal Electoral, en Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito, en Tribunales en Materia Agraria, Laboral y de lo Contencioso-Administrativo y en Juzgados de Distrito

. . .

. . .

. . .

La competencia de la Suprema Corte, su funcionamiento en Pleno y Salas, la competencia del Tribunal Electoral, de los Tribunales de Circuito, de los Tribunales en Materia Agraria, Laboral y de lo Contencioso-Administrativo y de los Juzgados de Distrito, así como las responsabilidades en que incurran los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación, se regirán por lo que dispongan las leyes, de conformidad con las bases que esta Constitución establece.

El Consejo de la Judicatura Federal determinará el número, división en circuitos, competencia territorial y, en su caso, especialización por materia, de los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito, de los Tribunales en Materia Agraria, Laboral y de lo Contencioso-Administrativo y de los Juzgados de Distrito.

. . .

. . .

La remuneración que perciban por sus servicios los Ministros de la Suprema Corte, los Magistrados de Circuito y los de Materia Agraria, Laboral y de lo Contencioso-Administrativo y los Jueces de Distrito, y los Consejeros de la Judicatura Federal, así como los Magistrados Electorales, no podrá ser disminuida durante su encargo.

. . .

. . .

ARTÍCULO 97.- Los Magistrados de Circuito, los Magistrados en Materia Agraria, Laboral y de lo Contencioso-Administrativo y los Jueces de Distrito serán nombrados y adscritos por el Consejo de la Judicatura Federal, con base en criterios objetivos y de acuerdo a los requisitos y procedimientos que establezca la ley. Durarán seis años en el ejercicio de su encargo, al término de los cuales, si fueran ratificados o promovidos a cargos superiores, sólo podrán ser privados de sus puestos en los casos y conforme a los procedimientos que establezca la ley.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá nombrar alguno o algunos de sus miembros o magistrado de Circuito, o magistrado en materia Agraria, Laboral o de lo Contencioso-administrativo o algún Juez de Distrito o designar uno o varios comisionados especiales, cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo Federal o alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, o el gobernador de algún Estado, únicamente para que averigüe algún hecho o hechos que constituyan una grave violación de alguna garantía individual. También podrá solicitar al Consejo de la Judicatura Federal, que averigüe la conducta de algún juez o magistrado federal.

. . .

La Suprema Corte de Justicia nombrará y removerá a su secretario y demás funcionarios y empleados. Los magistrados y jueces nombrarán y removerán a los respectivos funcionarios y empleados de los Tribunales de Circuito, de los Tribunales en materia Agraria, Laboral y de lo Contencioso-administrativo y de los Juzgados de Distrito, conforme a lo que establezca la ley respecto de la carrera judicial.

. . .

. . .

Los magistrados de Circuito, magistrados en materia Agraria, Laboral y de lo Contencioso-administrativo, y los Jueces de Distrito protestarán ante la Suprema Corte de Justicia y el Consejo de la Judicatura Federal.

ARTÍCULO 99.- . . .

. . .

. . .

. . .

I a IX.- . . .

. . .

. . .

. . .

. . .

. . .

Los magistrados electorales que integren las salas regionales deberán satisfacer los requisitos que señale la ley, que no podrán ser menores a los que se exigen para ser magistrados. Durarán en su encargo ocho años improrrogables, salvo si son promovidos a cargos superiores.

. . .

ARTICULO 100.- . . .

El Consejo se integrará por siete miembros de los cuales, uno será el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, quien también lo será del Consejo; tres consejeros designados por el Pleno de la Corte, por mayoría de cuando menos ocho votos, de entre los magistrados de Circuito, magistrados en materia Agraria, Laboral y de lo Contencioso-Administrativo y Jueces de Distrito; dos consejeros designados por el Senado, y uno por el Presidente de la República.

. . .

. . .

. . .

. . .

. . .

De conformidad con lo que establezca la ley, el Consejo estará facultado para expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones. Las decisiones del Consejo serán definitivas e inatacables. La Suprema Corte de Justicia podrá solicitar al Consejo la expedición de aquéllos acuerdos generales que consideren necesarios para asegurar un adecuado ejercicio de la función jurisdiccional federal.

. . . SE DEROGA (Párrafo noveno vigente)

. . .

ARTÍCULO 101.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia, los magistrados de Circuito, los magistrados en materia Agraria, Laboral y de lo Contencioso-administrativo, los jueces de Distrito, los respectivos secretarios, y los consejeros de la Judicatura Federal, así como los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, no podrán, en ningún caso, aceptar ni desempeñar empleo o encargo de la Federación, de los Estados, del Distrito Federal o de particulares, salvo los cargos no remunerados en asociaciones científicas, docentes, literarias o de beneficencia.

Las personas que hayan ocupado el cargo de ministro de la Suprema Corte de Justicia, magistrado de Circuito, magistrado en materia Agraria, Laboral y de lo Contencioso-administrativo, juez de Distrito o consejero de la Judicatura Federal, así como magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral, no podrán, dentro de los dos años siguientes a la fecha de su retiro, actuar como patronos, abogados o representantes en cualquier proceso ante los órganos del Poder Judicial de la Federación.

. . .

. . .

. . .

ARTÍCULO 104.- . . .

I.- . . .

I-B.- De los recursos de revisión que se interpongan contra las resoluciones definitivas de los Tribunales de lo contencioso-administrativo a que se refieren el artículo 94 y la fracción IV, inciso e) del artículo 122 de esta Constitución, sólo en los casos que señalen las leyes. Las revisiones, de las cuales conocerán los Tribunales Colegiados de Circuito, se sujetarán a los tramites que la ley reglamentaria de los artículos 103 y 107 de esta Constitución fije para la revisión en amparo indirecto, y en contra de las resoluciones que en ellas dicten los Tribunales Colegiados de Circuito no procederá juicio o recurso alguno.

II a VI.- . . .

ARTÍCULO 105.- . . . I a II.- . . .

III.- De oficio o a petición fundada del correspondiente Tribunal Unitario de Circuito o del Procurador General de la República, podrá conocer de los recursos de apelación en contra de sentencias de Jueces de Distrito, Magistrados en Materia Agraria, Laboral y de lo Contencioso-Administrativo, dictadas en aquellos procesos en que la Federación sea parte y que por su interés y trascendencia así lo ameriten.

. . .

. . .

ARTICULO 107.- Todas las controversias de que habla el artículo 103 se sujetarán a los procedimientos y formas del orden jurídico que determine la ley reglamentaria, de acuerdo con las bases siguientes:

I.

. . .

. . .

. . .

. . .

III.- Cuando se reclamen actos de los Tribunales mencionados en el primer párrafo del artículo 94 de ésta Constitución, excepto en materia electoral o del trabajo, el amparo sólo procederá en los casos siguientes:

a) a c) . . .

IV.- En juicios donde intervengan Tribunales de lo Contencioso-administrativo el amparo procede, además, contra resoluciones que causen agravio no reparable mediante algún recurso, juicio o medio de defensa legal. No será necesario agotar éstos cuando la ley que los establezca exija, para otorgar la suspensión del acto reclamado, mayores requisitos que los que la Ley Reglamentaria del Juicio de Amparo requiera como condición para decretar esa suspensión;

V.- . . .

a) . . .

b) En materia administrativa, cuando se reclamen por particulares sentencias definitivas y resoluciones que ponen fin al juicio dictadas por Tribunales de lo Contencioso-administrativo, excepto en materia electoral, no reparables por algún recurso, juicio o medio ordinario de defensa legal.

c) a d) . . .

e) En materia agraria, cuando se reclamen sentencias dictadas por los Tribunales Unitarios o el Tribunal Superior Agrario.

. . .

VI a XVIII.- . . .

ARTÍCULO 110.- Podrán ser sujetos de juicio político los senadores y diputados al Congreso de la Unión,los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de despacho, los diputados a la Asamblea del Distrito Federal, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, el Procurador General de la República, el Procurador General de Justicia del Distrito Federal, los magistrados de Circuito, los magistrados en materia Agraria, Laboral o de lo Contencioso administrativo, y jueces de distrito, los magistrados y jueces del fuero común del Distrito Federal, los consejeros de la Judicatura del Distrito Federal, el consejero presidente, los consejeros electorales y el secretario ejecutivo del Instituto Federal Electoral, los magistrados del Tribunal Electoral, los directores generales y sus equivalentes de los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a éstas y fideicomisos públicos.

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ARTICULO 116.- . . .

I a II .- . . .

III.- . . .

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Los magistrados durarán en el ejercicio de su encargo el tiempo que señalen las Constituciones locales, podrán ser reelectos, y si lo fueren, sólo podrán ser privados de sus puestos en los términos que determinen las Constituciones y las leyes de responsabilidades de los Servidores Públicos de los Estados. La designación de los Magistrados se hará por el voto de las dos terceras partes de los miembros del Congreso Local presentes, en los términos que las Constituciones y las leyes de cada entidad federativa dispongan.

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La administración, vigilancia y disciplina de los Tribunal Superior de Justicia, de los juzgados y demás órganos judiciales de las entidades federativas estarán a cargo de un Consejo de la Judicatura de la entidad federativa respectiva.

Las Constituciones y leyes de los Estados determinarán las atribuciones y las normas de funcionamiento del Consejo de la Judicatura. Asimismo, fijarán los criterios conforme a los cuales se creará el servicio de la carrera judicial, sustentado en los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia. El servicio de carrera judicial establecerá los requisitos y procedimientos de selección, ingreso, formación, capacitación, adiestramiento, desarrollo, actualización, permanencia, evaluación, promoción y separación del servicio público.

IV a VII.- . . .

Transitorios

Unico. El presente decreto entrará en vigor 90 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro a 20 de marzo de 2002.

Diputados: Manuel Minjares Jiménez, Yadhira Ivette Tamayo Herrera, María Teresa Goméz Mont y Urueta, Eduardo Rivera Pérez, Luis Fernando Sánchez Nava, Salvador Escobedo Zoletto, Miguel Gutiérrez Hernández, Juan Carlos Pallares Bueno, Fernando Pérez Noriega, Martha Patricia Martínez Macías, Manuel Orozco Garza, Armando Salinas Torre, Miguel Mantilla Martínez, Guillermo Anaya Llamas, Germán Pellegrini Pérez, Raúl Gracia Guzmán (rúbricas).

(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Marzo 20 de 2002.)
 
 
 

DE REFORMAS A DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE FORTALECIMIENTO A ORGANISMOS CONSTITUCIONALES AUTONOMOS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO LUIS FERNANDO SANCHEZ NAVA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL MIERCOLES 20 DE MARZO DE 2002

Los suscritos diputados federales del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, integrante de la LVIII Legislatura de la H. Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter a la consideración de esta Soberanía la presente iniciativa con proyecto de Decreto, para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Constitución Federal, con el fin de definir las bases fundamentales de los órganos constitucionales autónomos, iniciativa que se inscribe también dentro de nuestros planteamientos de reforma del Estado, misma que se fundamenta y motiva bajo la siguiente:

Exposición de Motivos

El principio de la división de poderes obedeció a la necesidad de limitar el poder omnímodo de los reyes. Hoy, en pleno siglo XXI, la teoría sigue manteniendo trascendencia, pero se extrae de ella sólo lo que importa: evita la concentración de poder en manos de pocos centros dominantes.

La teoría de la división de poderes tiene antecedentes desde Aristóteles. Pero la forma clásica en la que se ha expuesto la doctrina de la separación de poderes, corresponde a Montesquieu, en la fórmula de pesos y contrapesos, en el sentido de un apasionado alegato en defensa de la libertad.

El poder esta en la sociedad y sus instituciones. Precisamente por eso, hoy la realidad ha impuesto nuevos órganos capaces de disminuir la ascendencia de alguno de los poderes clásico, pero también de restringir y sujetar al derecho a los otros "poderes" sociales, políticos y económicos: partidos, iglesias, medios de comunicación, grupos empresariales nacionales y transnacionales.

Aunque éstos órganos autónomos constitucionales tienen su origen en el siglo XX, se desarrollan en éste, principalmente en los países europeos -el más importante ha sido el Tribunal Constitucional- y tienen por finalidad controlar los poderes tradicionales.

Podemos decir, que el incremento de la intervención del Estado en la vida individual y social del hombre hace que se concentre el poder público en pocos órganos del mismo; lo anterior fomenta la necesidad de crear y establecer en la Constitución órganos con autonomía de actuación que no estén atribuidos a la estructura de los depositarios clásicos del poder, a fin de distribuir ciertas funciones estatales, lo que permitirá evitar su concentración, contribuyendo a la democrácia y el bienestar social, obteniendo con ello una mayor especialización, agilización, control y transparencia de las mismas. Tales entes públicos han recibido la denominación de Órganos Constitucionales Autónomos.

Una vía para conciliar partidos, poderes tradicionales, grupos económicos, sociales y democracia, es a través de los órganos constitucionales autónomos que pueden ser capaces de fiscalizar transparentar y democratizar la vida política.

Aunque las funciones y materias que pueden atender los Órganos Constitucionales Autónomos son diversas, en general éstos deben de regirse por principios como el de la inmediatez, esencialidad, dirección política, paridad de rango, autonomía, apoliticidad, inmunidad y transparencia.

De acuerdo a la experiencia que se ha venido dando a nivel nacional como internacional, podemos decir que los órganos autónomos constitucionales son o deben ser aquellos inmediatos y fundamentales establecidos en la Constitución y que no se adscriben claramente a ninguno de los poderes tradicionales del Estado, es decir, son órganos de equilibrio constitucional y político, y sus criterios de actuación no pasan por lo intereses inmediatos del momento, sino preservan la organización y el funcionamiento constitucional

En México, nuestra Constitución reconoce como órganos autónomos a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, al Banco Central y al Instituto federal Electoral. No obstante, cabe acotar que lo cierto es que hasta ahora no existe un solo artículo constitucional en el que se sistematice y compile los lineamientos generales y abstractos para la creación y funcionamiento de dichos órganos.

La propuesta aquí presentada, pretende suplir dicho vacío, por lo que se pretende establecer en el artículo 49 constitucional que disponga que el supremo poder de la Federación se divide, para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial, y los órganos autónomos que reconoce esta Constitución.

Asimismo para disponer que los órganos autónomos del Estado gozarán de independencia en su funcionamiento y administración, por lo que contarán con autonomía presupuestaria y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones, así como personalidad jurídica y patrimonio propios. Sus titulares serán elegidos por el Congreso de la Unión o una de sus Cámaras, y podrán ser removidos de sus funciones en los términos del Título Cuarto de esta Constitución o de acuerdo a lo que la ley disponga.

También se plantea prever que los titulares de los órganos autónomos no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión, con excepción de aquellos en que actúen en representación del órgano y los que desempeñen en asociaciones docentes, científicas, culturales, de investigación o beneficencia, no remunerados. La retribución que perciban será la que se determine en el Presupuesto de Egresos de la Federación, con excepción de lo previsto en esta Constitución.

Conscientes de que la autonomía no debe ser entendida como una falta de controles, es que se propone establecer que dichos órganos autónomos estarán sujetos a la fiscalización superior de la federación, en términos de lo previsto en el artículo 79 de la Constitución. Y que los titulares de los órganos autónomos presentarán anualmente a los poderes de la Unión un informe de actividades. Al efecto comparecerán ante las cámaras del Congreso en los términos que disponga la ley.

Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo dispuesto a la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, los suscritos diputados federales, miembros del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentamos a la consideración de esta H. Representación Nacional el siguiente:

Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 49 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Unico.- Se reforma el artículo 49 párrafo primero, para quedar de la siguiente forma:

ARTÍCULO 49.- El supremo poder de la Federación se divide, para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial, y los órganos autónomos que reconoce esta Constitución.

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Los órganos autónomos del Estado gozarán de independencia en su funcionamiento y administración, por lo que contarán con autonomía presupuestaria y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones, así como personalidad jurídica y patrimonio propios.

Sus titulares serán elegidos por el Congreso de la Unión o una de sus Cámaras, y podrán ser removidos de sus funciones en los términos del Título Cuarto de esta Constitución o de acuerdo a lo que la ley disponga.

Los titulares de los órganos autónomos no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión, con excepción de aquellos en que actúen en representación del órgano y los que desempeñen en asociaciones docentes, científicas, culturales, de investigación o beneficencia, no remunerados. La retribución que perciban será la que se determine en el Presupuesto de Egresos de la Federación, con excepción de lo previsto en esta Constitución.

Dichos órganos autónomos estarán sujetos a la fiscalización superior de la federación, en términos de lo previsto en el artículo 79 de esta Constitución.

Los titulares de los órganos autónomos presentarán anualmente a los poderes de la Unión un informe de actividades. Al efecto comparecerán ante las cámaras del Congreso en los términos que disponga la ley.

Transitorios

Unico. El presente decreto entrará en vigor 90 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro a 20 de marzo de 2002.

Diputados: Felipe Calderón Hinojosa, Armando Salinas Torre, Luis Fernando Sánchez Nava, María Teresa Goméz Mont y Urueta, Fernando Pérez Noriega, Miguel Gutiérrez Hernández, Neftalí Salvador Escobedo Zoletto, Juan Carlos Pallares Bueno, Eduardo Rivera Pérez, Martha Patricia Martínez Macías, Manuel Orozco Garza, Guillermo Anaya Llamas, Miguel Angel de Jesús Mantilla Martínez, Raúl Gracia Guzmán, Cuauhtémoc Cardona Benavides, Manuel Minjares Jiménez, Germán Pellegrini Pérez, Mario Reyes Oviedo (rúbricas).

(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Marzo 20 de 2002.)
 
 
 
 

DE REFORMAS A DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE FORTALECIMIENTO DEL PODER LEGISLATIVO, PRESENTADA POR EL DIPUTADO FELIPE CALDERON HINOJOSA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL MIERCOLES 20 DE MARZO DE 2002

Los suscritos diputados federales del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, integrantes de la LVIII Legislatura de la H. Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Constitución federal, con el fin de fortalecer el Poder Legislativo de la Federación, iniciativa que se inscribe dentro de nuestra visión sobre la Reforma del Estado, misma que se fundamenta y motiva bajo la siguiente:

Exposición de Motivos

El Partido Acción Nacional, en congruencia con sus 62 años de participación política, reitera su compromiso con México y asume la responsabilidad de responder ante las y los mexicanos, que en las urnas se pronunciaron por un cambio que fuera más allá de la alternancia, hacia una transformación profunda y el fortalecimiento de las instituciones democráticas de la nación.

Al reconocer que este periodo de consolidación democrática, ha sido de evaluación y estudio, Acción Nacional se hizo a la tarea de recuperar las tesis que ha guiado la ciudadanía. Esto, a través de propuestas legislativas y de gobierno que contribuyan -con serenidad- a la edificación de una reforma que vaya a la esencia de las instituciones políticas que sostienen al Estado mexicano, a la luz de los retos que la realidad nos impone.

Entendemos que una Reforma del Estado no estará completa sin las reformas en materia económica y social. Sin embargo, a la luz del rezago actual que viven las instituciones políticas, creemos que el tiempo ha llegado para abordar directamente las estructuras que habían sostenido al viejo régimen, para determinar -de una vez por todas- las bases institucionales de lo que debe ser un país en el que la justicia y la legalidad sean el motor para un desarrollo incluyente y democrático.

La persona o grupos de personas que ejercen una parte de la potestad pública, jurídicamente vienen a ser los órganos del Estado que adquieren la facultad a partir del contenido de la Constitución. En nuestro caso, emana de la soberanía como fuente de poder que reside en el pueblo, fundamentada en la libertad y en la igualdad mediante un gobierno representativo.

El Estado cuenta con tres niveles de gobierno, que cuentan a su vez con un sistema de representación y la organización de procesos mediante los cuales se hace efectiva la delegación popular.

El ejercicio del poder, había venido generando un desequilibrio que con el tiempo se fue acentuando, convirtiendo una de las funciones en concentradora de las otras dos, en los tres niveles de gobierno, anulando así al resto. Fue quizás ese desajuste el que afectó al sistema de pesos y contrapesos que debe equilibrar el ejercicio del poder y de la autoridad, hasta llegar al momento del reclamo y la definición en que hoy nos encontramos, ante la realidad impostergable de institucionalizar el ejercicio de los procesos políticos.

La consolidación de las instituciones democráticas, reclama la redefinición de normas constitucionales acordes con los preceptos previamente integrados, con el fin de hacer efectiva su función, delimitando y definiendo ámbitos y competencias, atribuciones y facultades. La definición de la estructura de cada uno de los tres poderes y de los tres niveles de gobierno debe marcar su función respectiva dentro del Estado y con base a los principios normativos que le dan forma en el ordenamiento supremo que es la Constitución. En ella se determinan la forma de gobierno, la organización y las funciones de los poderes públicos, así como la organización de los procesos democráticos y determinando los derechos y deberes de los ciudadanos.

Con la idea de fortalecer a las instituciones dentro de un sistema de equilibrios, Acción Nacional presenta una iniciativa de decreto que reforma varias disposiciones constitucionales. Entendemos que debe ser, a partir de la misma Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que se formule el proyecto de Estado, mediante el cual las instituciones de la nación puedan contar con la garantía que las defina y les dé estructura, por lo que se pronuncia por un sistema presidencial de equilibrio de poderes, federalista, municipalista, democrático y constitucional.

La tesis que sustenta que el poder desmesurado corrompe a quien lo detenta es vigente y se mantiene como fundamento del sistema de división de poderes, el cual plantea la posibilidad de frenar al poder con el poder mismo.

No obstante el reconocimiento de la división y equilibrio de poderes en el propio marco constitucional, el Poder Legislativo se ha visto siempre limitado y condicionado debido al régimen que adoptamos, el cual desde 1824, con los significativos antecedentes del legislativo omnímodo de Apatzingán y del sumiso legislativo iturbidista, marcó la pauta para el surgimiento de un sistema que a través del tiempo se convertiría en una enfermedad del régimen presidencial, en detrimento del Poder Legislativo.

La serie de reformas y modificaciones constitucionales que permitieron el robustecimiento de la figura del Presidente de la República ante el Congreso fueron mermando aún más la función legislativa y su representación nacional.

En todos los ámbitos de la vida política nacional se aprecia la necesidad de contar con un Poder Legislativo federal con mayores y mejores facultades legales para equilibrar y controlar al Poder Ejecutivo, para servirle de contrapeso. Estas coadyuvarán a lograr una Presidencia de la República democráticamente fuerte, y un gabinete sustentado en la eficiencia, la eficacia y la honestidad en el cumplimiento de sus atribuciones, con oportuna y suficiente capacidad de respuesta a las demandas de los ciudadanos.

Hoy, más que nunca, debemos pugnar por fortalecer la división de poderes y por distinguir las facultades de los mismos, sin perder de vista su función de contrapeso mutuo, asegurando así la eficaz marcha del Estado.

Reelección inmediata de legisladores

Acción Nacional considera necesario establecer mecanismos de rendición de cuentas, de control, de supervisión y calificación ciudadana respecto a la actuación de sus representantes; en tal sentido se considera conveniente establecer la reelección inmediata de legisladores. Con ello, se permitirá en primer lugar que la ciudadanía juzgará y valorara el desempeño de los legisladores, teniendo la oportunidad cada tres años, de señalar los errores y los aciertos: podrán valorar no sólo su actividad legislativa y el desempeño de las distintas comisiones de que formen parte, sino también la acción de gestión en beneficio de la sociedad.

Es el camino para que la ciudadanía tenga la posibilidad de refrendar a aquéllos representantes que hayan cumplido con eficacia y espíritu de servicio, respecto a la representación que les fue otorgada. El juicio ciudadano acerca de quiénes han cumplido con su deber, puede manifestarse con plena claridad por medio de la reelección de sus representantes.

Se profesionalizaría a los legisladores, ya que el trabajo legislativo tiene que ver con materias cuyo conocimiento no se adquiere de manera inmediata sino a través de una carrera legislativa.

Esta iniciativa no representa la iniciación de una corriente de opinión contraria al principio de no reelección para los titulares del Poder Ejecutivo federal y estatal, ya que dicho principio es esencia y razón de la Revolución Mexicana y del régimen constitucional emanado de ella, por lo que es y debe seguir siendo intocable.

Cabe recordar que en el año de 1964, en la XLVI Legislatura, el tema de reelección legislativa se retomó al presentar el Partido Popular Socialista, a través de su líder Vicente Lombardo Toledano, una propuesta cuyo objeto fue que los diputados federales pudieran ser reelectos tantas veces como lo decidieran los partidos políticos a los que pertenecían, misma que fue dictaminada con modificaciones para que los diputados no pudieran ser reelectos para un tercer periodo consecutivo.

Este dictamen fue aprobado en la Cámara de Diputados, sin embargo encontró oposición para su aprobación en la colegisladora, siendo devuelto el proyecto a la Cámara de origen, y considerando el obstáculo insuperable que imponía la Cámara de Senadores, se decidió dejar constancia pormenorizada de lo acontecido en el Diario de los Debates y archivar el proyecto.

No es razonable pensar que todos y cada uno de los diputados pudieran reelegirse a su arbitrio personal, ya que de acuerdo con el sistema electoral imperante, para ser candidato a un cargo de representación popular se requiere la postulación de un partido político registrado; pero además, quien en última instancia habrá de decidir serán los ciudadanos, quienes indudablemente reelegirán a aquel legislador que no haya cumplido con su deber, que no haya defendido los intereses de sus representados.

Actualmente, existe una reelección limitada, condicionada con intermitencias para los diputados y los senadores en la Constitución de la República. En el texto original de la Constitución de 1917, no existía tal condición. Por lo tanto no hay razón, ni doctrinaria, ni teórica, ni histórica, ni actual, ni circunstancial, que obliguen a no volver al texto original de la Constitución de 17, donde se permitía la reelección inmediata de los legisladores.

En consecuencia, se propone reformar el artículo 59 para establecer una nueva modalidad, en el sentido de que los senadores al Congreso de la Unión, podrán ser reelectos para un periodo inmediato. Que los diputados al Congreso de la Unión, podrán ser reelectos hasta por tres periodos consecutivos. Que los senadores y diputados suplentes podrán ser reelectos para el periodo inmediato con el carácter de propietario; si hubieren estado en ejercicio se computará como reelección en los términos de los párrafos anteriores. La limitación que se propone, es con la finalidad de promover nuevos cuadros parlamentarios que renueven con sus aportaciones el ambiente y la acción legislativos, con lo que se guardaría un equilibrio entre la experiencia y las ideas nuevas.

Esta iniciativa prevé que los senadores y diputados que haya sido electos a los periodos consecutivos a que se refiere este artículo no podrán ser reelectos con el carácter de propietarios ni de suplentes.

Por último se plantea disponer en el artículo 116 constitucional, relativo al régimen de los estados, que los diputados propietarios a las legislaturas de los estados, o los suplentes que hubieran estado en ejercicio, podrán ser reelectos para el periodo inmediato en los términos que señalen las constituciones de los estados, para que sean éstas las que legislen los términos y formas en la materia, de acuerdo a sus respectivas realidades.

Ampliar el segundo periodo de sesiones ordinarias

La realidad legislativa ha evidenciado que es insuficiente el tiempo de los periodos ordinarios de sesiones para cumplir con los objetivos del Congreso, ya que los periodos legislativos tan cortos no alcanzan para analizar con detalle las diversas iniciativas presentadas al Congreso y atender además sus otras obligaciones relacionadas con la fiscalización del gasto público, la aprobación del presupuesto y la atención de los incontables asuntos políticos que son motivo de las deliberaciones y debates parlamentarios.

En lo que respecta al derecho comparado, el número y extensión temporal de los periodos de sesiones ordinarias varían de país a país. En Alemania, por ejemplo, se da un sistema de asamblea permanente, es decir, ésta se reúne y cierra sus sesiones cuando lo estima pertinente. Por su parte, en Inglaterra el Parlamento sesiona casi durante todo el año, pero en algunos casos suspende su actividad por algunos meses. Otros países, como Francia, Italia y España, se inclinan por establecer dos periodos de sesiones, fijando, en algunos casos, la fecha de inicio y cierre de los mismos.

En tal virtud, se propone reformar los artículos 65 y 66 constitucionales para que el segundo periodo de sesiones se amplié de un mes y medio a cuatro meses; es decir del 1º de marzo al 30 de junio. Y se sugiere que el primer periodo de sesiones ordinarias tenga el plazo que actualmente se dispone de tres y medio meses y de cuatro meses cuando toma posesión el Presidente constitucional.

Adelantar la fecha de presentación del proyecto de la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos

El presupuesto junto con el ingreso constituyen el detonante para el desarrollo social, y son el impulso de los programas de obras y servicios públicos en materia de nutrición, salud, educación, vivienda, seguridad pública, transporte, vialidad, entre muchos más.

Por ello, existe una responsabilidad fundamental del Poder Legislativo respecto de estos instrumentos jurídicos, a fin de determinar si los mismos elevarán o deteriorarán el desarrollo humano y social de sus representados. Así, como para prever el cumplimiento de la función pública y social del gobierno. Como es sabido dicha tarea se ve mermada cuando por disposición constitucional, el Congreso de la Unión queda constreñido a analizar y discutir el Presupuesto de Egresos y la Ley de Ingresos en breves plazos. En tal sentido, es indispensable que se adelante la presentación del "paquete económico" a fin de que se amplié el plazo del Poder Legislativo y con ello se fortalezca la fiscalización, mediante el examen responsable y minucioso que realiza el propio Congreso para verificar que el gasto se ajuste a las autorizaciones financieras decretadas y sean congruentes con los planes y programas, evaluando el adecuado ejercicio de la función pública.

En consecuencia se propone reformar el artículo 74 constitucional para que el Ejecutivo Federal haga llegar a la Cámara de Diputados la iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 15 del mes de octubre o hasta el día 15 de noviembre cuando inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83, debiendo comparecer el secretario del despacho correspondiente a dar cuenta de los mismos. Luego entonces, se permite que el Congreso cuente generalmente con un plazo aproximado de dos meses y excepcionalmente de mes y medio para el estudio y análisis del llamado "paquete económico". Cabe aclarar que estas fechas son posibles, en el entendido de que en esta misma iniciativa se propone adelantar la fecha de toma de posesión del Presidente constitucional.

Adelantar la presentación y revisión de la cuenta pública

Este caso, al igual que en el anterior, los argumentos a favor de esta propuesta versan en el sentido de fortalecer la función de fiscalización del Poder Legislativo Federal, mediante un examen minucioso y detallado de la cuenta pública, actividad que permite conocer los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ajustó a los criterios señalados en el presupuesto y al cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas; es decir, es una función vinculada y complementaria del Poder Legislativo a la de la aprobación del Presupuesto y la Ley de Ingresos.

En tal sentido, se propone disponer en el artículo 74 constitucional que la Cuenta Pública del año anterior deberá ser presentada a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión dentro de los 10 primeros días del mes de abril, en lugar de los 10 primeros días del mes de junio, con esto se permitirá que el Congreso pueda realizar su función de una manera más inmediatamente y por la otra el de disponer de más tiempo para ello.

Precisar el procedimiento en caso de ausencia absoluta o vacante de algún legislador

Los Congresos son órganos de formación de la voluntad del Estado, en el seno de los cuales se forman consensos básicos en torno a las decisiones políticas que atañen a la colectividad; por esta razón, es de suma importancia que los miembros que integran las asambleas legislativas se encuentren efectivamente presentes en las reuniones en donde se toman las decisiones aludidas, para que a su vez puedan cumplir con su función legislativa, así como de vínculos de demandas y consensos entre gobernantes y gobernados.

Cabe acotar que las disposiciones relativas a las vacantes de los legisladores no las encontramos ni en la Constitución ni en la Ley Orgánica del Congreso, sino en el Cofipe. Es así que nuestro actual marco jurídico, si bien a nivel constitucional y legal prevé determinadas disposiciones para garantizar la presencia de los legisladores a las sesiones, lo cierto es que incompleto, y en ocasiones incluso genera lagunas jurídicas, respecto las vacantes que puedan presentarse, por lo que resulta una exigencia dar seguridad desde la Ley Fundamental sobre las reglas a las que ha de sujetarse las vacantes de los legisladores, y que dicho cuerpo colegiado no se vea mermada en su composición.

Por lo tanto se propone establecer que en el caso de vacantes de diputados y senadores del Congreso de la Unión por el principio de mayoría relativa, la Cámara respectiva convocará a elecciones extraordinarias, la cual se efectuará en los términos que disponga la ley. Se prevé que la vacante de miembros de la Cámara de Diputados electos por el principio de representación proporcional será cubierta por aquella fórmula de candidatos del mismo partido que siga en el orden de la lista regional respectiva, después de habérsele asignado los diputados que le hubieren correspondido.

Asimismo se plantea disponer que la vacante de miembros de la Cámara de Senadores electos por el principio de representación proporcional, deberá ser cubierta por aquella fórmula de candidatos del mismo partido que siga en el orden de la lista nacional respectiva, después de habérsele asignado los senadores que le hubieren correspondido.

Finalmente se prevé que la vacante de miembros de la Cámara de Senadores electos por el principio de primera minoría, deberá ser cubierta por aquella fórmula de candidatos del mismo partido, que para la entidad federativa de que se trate se haya registrado en segundo lugar en la lista.

Fortalecimiento de las comisiones de investigación

Durante la reforma política de 1977-1979 se modificó el artículo 93 constitucional para darle la atribución a las Cámaras del Congreso de integrar comisiones de investigación. Estas comisiones estarían limitadas a investigar a los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal mayoritaria, es decir, a la administración pública descentralizada.

Las condiciones en los últimos años se han modificado, y existe la necesidad de ampliar los supuestos sobre los que el Congreso pueda crear comisiones de investigación. Se tiene conocimiento que estas comisiones, hasta el momento, no han podido cumplir con los objetivos propuestos.

Algunos autores afirman que la finalidad de estas comisiones es la de buscar antecedentes respecto de determinado asunto, en el que ha participado la Administración Pública en su sentido más amplio, a efecto de llegar a una conclusión sobre la actuación seguida y buscar las posibles fórmulas de solución al problema planteado, si bien hay que poner claramente de relieve que una de las graves dificultades con que cuentan estos procedimientos parlamentarios es la de su deslinde con procesos y competencias atribuidas a los tribunales judiciales.

Insistimos en que el Poder Legislativo es la pieza central del sistema de la división de poderes y de la democracia representativa. La representación social que ejerce el Poder Legislativo en las esferas de poder es uno de los postulados característicos de todo régimen democrático.

Más aún esto es importante, si se toma en cuenta que no se puede concebir un sistema constitucional, si al mismo tiempo no se le estructura sobre una base amplia de límites y controles al ejercicio del poder político; y es en este contexto donde el Congreso de la Unión, como depositario del Poder Legislativo, tiene un papel relevante en la democracia. La esencia de esta competencia es la inspección, la fiscalización, la vigilancia, la revisión, el exameo, la comprobación, la denuncia, el escrutinio y la discusión pública de los asuntos que atañen a la colectividad, es decir que tienen que ver con las políticas, los entes y los órganos públicos, así como con sus titulares.

Un Poder Legislativo fortalecido en sus funciones trasmite confianza en la ciudadanía, lo que influye positivamente en el desarrollo democrático de un Estado, generando estabilidad, política, social y por ende económica. Por ello es importante considerar que debe pasarse de un simple Congreso Legislativo a un Congreso fiscalizador, en el sentido de que el control legislativo no es la mera obstrucción de la función de los otros poderes, sino fiscalizar y controlar las áreas en las que estos intervienen, con el fin de evidenciar sus errores o excesos. Es precisamente en este terreno donde debe fortalecerse a estas comisiones de investigación como instrumentos indispensables de control o fiscalización que tiene el Congreso de la Unión en el cumplimiento de su atribución dentro del principio de la división de poderes.

Por ello se propone que las Cámaras tengan la facultad de integrar comisiones para investigar no sólo asuntos de organismos descentralizados o empresas de participación estatal mayoritaria, sino para cualquier asunto de interés nacional, lo cual podrá hacerse a pedido de una cuarta parte de sus miembros, tratándose de los diputados, y de la mitad, si se trata de los senadores, y mediante la aprobación del pleno de la Cámara correspondiente. Se plantea en esta iniciativa que los resultados de las investigaciones, así como los informes y las recomendaciones, que en su caso se emitan, se hagan del conocimiento del pleno de la Cámara Respectiva, del Ejecutivo Federal y en su caso del Ministerio Público Federal, cuando se desprenda la posible comisión de delitos del fuero federal, para que se adopten las medidas y se ejecuten aquellas que se consideren procedentes.

Asimismo se propone que las autoridades de la Administración Pública Federal y en general cualquiera de sus servidores públicos, contribuirán al cumplimiento de las funciones encomendadas a las comisiones de investigación a que se refiere este artículo, por lo que tendrán la obligación de prestar a las mismas el apoyo que le requieran y proporcionar todo tipo de información o documentación que éstas consideren necesarias, aún la clasificada por la ley como reservada, confidencial, secreta o restringida, bajo el entendido de que dichas comisiones de investigación revisten un carácter especial de fiscalización y por la otra porque se trata de un instrumento o medio de un poder público que no justifica obstaculizar su atribución como contrapeso dentro del principio de la división de poderes.

Asimismo se prevé que el funcionamiento, organización e integración de las comisiones de investigación a que alude este artículo, así como el manejo de la información a que se refiere este artículo se sujetará a lo dispuesto en la ley reglamentaria que al efecto expida el Congreso de la Unión.

Ampliar las facultades del Congreso

Con esta reforma asimismo se plantea ampliar las facultades de revisión respecto a los ingresos y egresos de los Poderes de la Unión así como lo relativo a la imposición de contribuciones con la finalidad de transparentar el ejercicio de los recursos públicos y fortalecer la facultad de fiscalización y control. De esta manera podemos, a través de acciones de fiscalización, evitar afectar la hacienda pública federal o el patrimonio público de los entes federales, situación que ha perjudicado a nuestro país en otras ocasiones y que con esta reforma el Congreso actúa en función del interés de sus representados. El grupo parlamentario de Acción Nacional ratifica la importancia de transparentar y eficientizar el ejercicio de los recursos públicos.

Servicio legislativo de carrera

En un contexto de distribución plural del poder al interior el Congreso, existen incentivos y condiciones para formar equipos profesionales de apoyo a la tarea legislativa y de administración de las Cámaras, lo cual permitirá cumplir con mayor eficiencia y eficacia las tareas que tienen encomendado este órgano de gobierno. El establecimiento de un servicio civil de carrera contribuirá a la profesionalización de los empleados y al mismo tiempo fortalecerá las atribuciones del Congreso. En la actualidad la complejidad del trabajo parlamentario requiere de personal más especializado y profesionalizado, con servidores públicos capacitados, especializados y comprometidos.

El servicio civil de carrera permite conformar recursos humanos que están sujetos a proceso de profesionalización y capacitación permanente y que tienen una visión institucional de las tareas que tienen que cumplir, más allá de los vaivenes políticos o los deseos de legisladores o de los grupos parlamentarios. El servicio civil en el Congreso permitirá institucionalizar la tarea de memoria institucional que tienen a su cargo las Cámaras, no sólo en el aspecto de los documentos y actividades que se realizan, sino por los recursos humanos que se harán cargo de estas tareas.

No pasa desapercibido que con la nueva Ley Orgánica del Congreso de 1999 se instituyó en la Cámara de Diputados y la de Senadores un servicio de carrera, en los artículos 56, 57, 114, 115, que es la base de la organización técnica y administrativa de las cámaras, y que tiene como principio básico la profesionalización permanente de su personal.

Por parte del Senado hasta el momento el Servicio Civil de Carrera no se ha concretado ni se ha expedido el estatuto de organización interna de esta Cámara. Respecto a la Cámara de Diputados, ésta expidió en 2000 el Estatuto de la Organización Técnica y Administrativa y del Servicio, de Carrera donde se establecen los fines, principios, criterios de ingreso y desarrollo al Servicio de Carrera, el cual buscará facilitar la continuidad de las funciones parlamentarias, administrativas y financieras de la Cámara más allá de los cambios de legislatura, la conservación de una memoria institucional, y el apoyo técnico y profesional a la labor de los legisladores que sea eficiente, eficaz e imparcial. No obstante lo anterior, el servicio de carrera no se ha concretado en el Poder Legislativo, por ello se plantea la necesidad de establecerlo como una norma básica desde el orden constitucional por lo que se propone disponer en el artículo 70 que la ley establecerá las bases para la formación y actualización de funcionarios, así como para el funcionamiento del servicio de carrera legislativo, la cual se regirá por los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones, con el fin de que por mandato de la Ley Suprema se concretice auténticamente el servicio de carrera legislativo.

Con estas propuestas de reforma constitucional al Poder Legislativo, Acción Nacional refrenda su compromiso por construir desde la norma un Estado, donde las relaciones entre los poderes públicos sea más equilibrada, sin predominio de uno sobre del otro, y que realmente sea efectivo el principio democrático de la división de poderes, asimismo para que la relación de estos poderes públicos con los gobernantes sea más estrecha, responsable y vinculante.

Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo dispuesto a la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, las suscritos diputados federales, miembros del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, presentamos a la consideración de esta H. representación nacional el siguiente:

Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Unico.- Se reforman los artículos 59; 63, párrafo primero; 65, párrafo primero; 66, párrafo primero; 70, párrafos primero y segundo; 74, párrafos segundo y sexto de la fracción cuarta; 77, fracción cuarta; 93, párrafo tercero; 116, párrafo segundo de la fracción segunda; se adicionan al artículo 63 los incisos a), b), c) y d) en el párrafo primero; 70, con un párrafo cuarto y el actual párrafo cuarto se recorre al quinto; 73, dos fracciones; 93, con los párrafos cuarto y quinto; y se deroga el párrafo segundo del artículo 66, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar de la siguiente forma:

Artículo 59.- Los senadores propietarios o los suplentes que hubieren estado en ejercicio, podrán ser electos para un periodo consecutivo. Los diputados propietarios o los suplentes que hubieren estado en ejercicio, podrán ser reelectos hasta en tres periodos consecutivos.

Los senadores y diputados propietarios que hayan sido electos en los términos del párrafo anterior, no podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de suplentes.

Artículo 63.- Las Cámaras no pueden abrir sus sesiones ni ejercer su cargo sin la concurrencia, en cada una de ellas, de más de la mitad del número total de sus miembros; pero los presentes de una y otra deberán reunirse el día señalado por la ley y compeler a los ausentes a que concurran dentro de los treinta días siguientes, con la advertencia de que si no lo hiciesen se entenderá por ese sólo hecho, que no aceptan su encargo, llamándose luego a los suplentes, los que deberán presentarse en un plazo igual, y si tampoco lo hiciesen, se declarará vacante el puesto y se convocará a nuevas elecciones, de conformidad con lo siguiente:

a) En el caso de vacantes de diputados y senadores del Congreso de la Unión por el principio de mayoría relativa, la Cámara respectiva convocará a elecciones extraordinarias, en los términos que disponga la ley;

b) La vacante de miembros de la Cámara de Diputados electos por el principio de representación proporcional será cubierta por la fórmula de candidatos del mismo partido que siga en el orden de la lista regional respectiva, después de habérsele asignado los diputados que le hubieren correspondido;

c) La vacante de miembros de la Cámara de Senadores electos por el principio de representación proporcional, deberá ser cubierta por aquella fórmula de candidatos del mismo partido que siga en el orden de la lista nacional respectiva, después de habérsele asignado los senadores que le hubieren correspondido

d) La vacante de miembros de la Cámara de Senadores electos por el principio de primera minoría será cubierta por la fórmula de candidatos del mismo partido que para la entidad federativa de que se trate se haya registrado en segundo lugar en la lista.

.......

..........

..........

Artículo 65.- El Congreso se reunirá a partir del 1º de septiembre de cada año, para celebrar un primer periodo de sesiones ordinarias y a partir del 1º de marzo de cada año para celebrar un segundo periodo de sesiones.

Artículo 66.- Cada periodo de sesiones ordinarias durará el tiempo necesario para tratar los asuntos mencionados en el artículo anterior. El primer periodo no podrá prolongarse sino hasta el 15 de diciembre del mismo año, excepto cuando el Presidente de la República inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83, en cuyo caso las sesiones podrán extenderse hasta el 31 de diciembre de ese mismo año. El segundo periodo no podrá prolongarse más allá del 30 de mayo del mismo año.

... Derogado

Artículo 70.- Toda resolución del Congreso tendrá el carácter de ley, decreto o acuerdo. Las leyes o decretos se comunicarán al Ejecutivo firmados por los presidentes de ambas Cámaras y por un secretario de cada una de ellas, y se promulgarán en esta, forma: "El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos decreta: (texto de la ley o decreto)".

El Congreso expedirá la Ley que regulará su estructura y funcionamiento internos; así como las bases para la formación y actualización de funcionarios, así como para el funcionamiento del servicio de carrera legislativo, la cual se regirá por los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones.

............

De conformidad con la ley, cada Cámara contará con el número de comisiones ordinarias y especiales que requiera para el cumplimiento de sus funciones. Las comisiones son órganos que tienen a su cargo tareas de dictamen legislativo, de información y control evaluatorio, y su competencia se corresponde en lo general con las otorgadas a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Las autoridades y los funcionarios de la Administración Pública Federal tendrán la obligación de proporcionar la documentación e información que les sea solicitada por las comisiones mencionadas en este párrafo, en los términos que disponga la ley.

..............

Artículo 73.- El Congreso tiene facultad:

I. a XXIX.- ...

XXX.- Para realizar a través de sus comisiones ordinarias, con base en su competencia, actividades de control del estado que guarden las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en lo que respecta a los programas, planes y proyectos de trabajo;

XXXI.- Para realizar actividades de fiscalización, a efecto de supervisar y verificar los ingresos y egresos de los Poderes de la Unión y de los órganos autónomos federales, el manejo, custodia y aplicación de los recursos; determinar las responsabilidades, así como los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales, en los términos del artículo 79 de esta Constitución;

XXXII.- Para expedir todas las leyes que sean necesarias, a objeto de hacer efectivas las facultades anteriores y todas las otras concedidas por esta constitución a los Poderes de la Unión.

Artículo 74.- ... I a IV.- ...

El Ejecutivo Federal hará llegar a la Cámara la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 15 del mes de octubre o hasta el día 15 de diciembre cuando inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83, debiendo comparecer el secretario del despacho correspondiente a dar cuenta de los mismos.

.........

.........

.........

La Cuenta Pública del año anterior deberá ser presentada a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión dentro de los 10 primeros días del mes de abril.

........

V. a VIII.- ...

Artículo 77.-... I. a III. ...

IV.- Expedir convocatoria para elecciones extraordinarias con el fin de cubrir las vacantes de sus respectivos miembros.

Artículo 93.- ...

........

Las Cámaras, a pedido de una cuarta parte de sus miembros, tratándose de los diputados, y de la mitad, si se trata de los senadores, y mediante la aprobación del pleno de la Cámara correspondiente, tienen la facultad de integrar comisiones para investigar cualquier asunto de interés nacional. Dichas comisiones sólo podrán integrarse y funcionar dentro de la Legislatura que las constituyó. Los resultados de las investigaciones, así como los informes y las recomendaciones que en su caso se emitan, se harán del conocimiento del pleno de la Cámara respectiva y del Ejecutivo federal, así como del Ministerio Público Federal cuando se desprenda la posible comisión de delitos del fuero federal, para que se adopten las medidas procedentes.

Todos los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal prestarán a las comisiones de investigación el apoyo que les requieran y deberán proporcionarles la información y documentación que les soliciten, aun la clasificada por la ley como reservada, confidencial, secreta o restringida.

El funcionamiento, organización e integración de las comisiones de investigación a que alude este artículo, así como el manejo de la información a que se refiere este artículo se sujetará a lo dispuesto en la ley reglamentaria que al efecto expida el Congreso de la Unión.

Artículo 116.- ..........

..................

I.- ..........

II.- .........

Los diputados propietarios a las legislaturas de los estados, o los suplentes que hubieran estado en ejercicio, podrán ser reelectos para el periodo inmediato en los términos que señalen las Constituciones de los estados.

..........

III. a VII.- ...

Transitorios

Unico. El presente decreto entrará en vigor 90 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de marzo de 2002.

Diputados: Felipe Calderón Hinojosa, Manuel Minjares Jiménez, Eduardo Rivera Pérez, Salvador Ecobedo Zoletto, Miguel Gutiérrez Hernández, Juan Carlos Pallares Bueno, Fernando Pérez Noriega, Martha Patricia Martínez Macías, Manuel Orozco Garza, Cuahutémoc Cardona Benavides, German Pellegrini Pérez, Moisés Alcalde Virgen, Guillermo Anaya Llamas, Adrián Rivera Pérez, María Isabel Velasco Ramos, Esteban Sotelo Salgado, Francisco Jurado Contreras, Amado Olvera Castillo, José Tomás Lozano y Pardinas, Juan de la Cruz Alberto Cano Cortezano, Manuel Castro y del Valle, Rafael Ramírez Sánchez, Daniel Rodríguez Torres, Rafael Orozco Martínez, Lizbeth Evelia Medina Rodríguez, Rodolfo Ocampo Velázquez, Néstor Villarreal Castro (rúbricas).

(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Marzo 20 de 2002.)
 
 
 

QUE DEROGA EL ARTICULO DECIMO SEXTO TRANSITORIO DEL DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2002, PARA EVITAR LA DESCENTRALIZACION DEL FUNCIONAMIENTO DE LOS PROGRAMAS DEL INSTITUTO NACIONAL INDIGENISTA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO HECTOR SANCHEZ LOPEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL MIERCOLES 20 DE MARZO DE 2002

Con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito se turne a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para su estudio y dictamen correspondiente la siguiente iniciativa que deroga el artículo decimosexto transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Exposición de Motivos

El levantamiento armado del Ejército Zapatista de Liberación Nacional, de 1994 colocó en el centro de la agenda política nacional la situación de abandono, pobreza extrema, y discriminación hacia nuestros pueblos indígenas. Si bien el artículo cuarto constitucional reconoció en su momento la composición pluricultural de la nación mexicana, sustentada originalmente en sus pueblos indígenas, misma que estableció la condición de que la ley protegería y promovería el desarrollo de las lenguas, culturas, usos, costumbres, recursos y formas específicas de organización social, además de garantizar a sus integrantes el efectivo acceso a la jurisdicción del Estado; esta fue una obligación constitucional que jamás se cumplió por parte del Estado mexicano.

El conflicto armado así como el proceso del dialogo inconcluso mantiene vigente el derecho de los pueblos indígenas a ser reconocidos en nuestra Constitución.

El 7 de diciembre del 2000, el Presidente Vicente Fox Quesada turnó al Senado de la República la iniciativa de la Ley que reformaba los artículos 4, 18, 26, 53, 73, 115 y 116 elaborado por la Comisión de Concordia y Pacificación; el 25 de abril de 2001 el Senado de la República y posteriormente el pleno de la Cámara de Diputados en su sesión del 28 del mismo mes aprobaron las reformas a los artículos 1, 2, 4, 18 y 115, todos de nuestra Carta Magna, mismas que después de concluido el proceso legislativo fueron publicadas el 14 de agosto del 2001, en el Diario Oficial de la Federación.

El artículo 2º constitucional en sus apartados A y B, establecieron diversas disposiciones con relación a los pueblos indígenas de México.

Específicamente en el apartado B, del artículo 2º constitucional, se establecieron un conjunto de obligaciones de la Federación, los estados y los municipios en el que quedó expresado que:

B. La Federación, los estados y los municipios, para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, establecerán las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades indígenas, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos.

Para abatir las carencias y rezagos que afectan a los pueblos y comunidades indígenas, dichas autoridades, tienen la obligación de:

I. Impulsar el desarrollo regional de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de gobierno, con la participación de las comunidades. Las autoridades municipales determinarán equitativamente las asignaciones presupuestales que las comunidades administrarán directamente para fines específicos.

II. ...

III. ...

IV. ...

V. Propiciar la incorporación de las mujeres indígenas al desarrollo, mediante el apoyo a los proyectos productivos, la protección de su salud, el otorgamiento de estímulos para favorecer su educación y su participación en la toma de decisiones relacionadas con la vida comunitaria.

VI. ...

VII. Apoyar las actividades productivas y el desarrollo sustentable de las comunidades indígenas mediante acciones que permitan alcanzar la suficiencia de sus ingresos económicos, la aplicación de estímulos para las inversiones públicas y privadas que propicien la creación de empleos, la incorporación de tecnologías para incrementar su propia capacidad productiva, así como para asegurar el acceso equitativo a los sistemas de abasto y comercialización.

VIII. ...

De igual manera, en la fracción IX se establece la obligación de la Cámara de Diputados:

Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones señaladas en este apartado, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, las legislaturas de las entidades federativas y los ayuntamientos, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán las partidas específicas destinadas al cumplimiento de estas obligaciones en los presupuestos de egresos que aprueben, así como las formas y procedimientos para que las comunidades participen en el ejercicio y vigilancia de las mismas.

Como se desprende, de esta reforma constitucional, con la independencia de que se esté de acuerdo o no, quedaron establecidas las obligaciones del Estado mexicano, de la Federación para atender las condiciones de marginación, pobreza extrema y exclusión social en la que se encuentran los pueblos indígenas. Por otro lado, el Ejecutivo Federal está obligado por dichas reformas a establecer programas de atención a los pueblos indígenas que contribuyan a superar los rezagos en la que aun viven más de 10 millones de indígenas en nuestro país.

Por otra parte, el Instituto Nacional Indigenista, es un organismo con personalidad jurídica propia, cuyas facultades y atribuciones se derivan de la Ley que la crea en 1948.

El artículo 2 y 3 de la ley de dicho Instituto, establece que le corresponde desempeñar las siguientes funciones:

Artículo 2.- El Instituto Nacional Indigenista desempeña las siguientes funciones:

I.- Investigar los problemas relativos a los núcleos indígenas del país;

II.- Estudiar las medidas de mejoramiento que requieran esos núcleos indígenas;

III.- Promover ante el Ejecutivo Federal, la aprobación de estas medidas;

IV.- Intervendrá en la realización de las medidas aprobadas, coordinando y dirigiendo, en su caso, la acción de los órganos gubernamentales competentes;

V.- Fungir como cuerpo consultivo de las instituciones oficiales y privadas, de las materias que, conforme a la presente ley, son de su competencia;

VI.- Difundir, cuando lo estime conveniente y por los medios adecuados, los resultados de sus investigaciones, estudios y promociones;

VII.- Emprender aquellas obras de mejoramiento de las comunidades indígenas que le encomiende el Ejecutivo, en coordinación con la Dirección General de Asuntos Indígenas.

El artículo 3 establece que el Instituto está capacitado para adquirir y administrar bienes y formar su patrimonio con los que enseguida se enumeran: I.- La cantidad que anualmente le fije como subsidio el Gobierno Federal, a través de su Presupuesto de Egresos;

II.- Con los productos que adquiera por las obras que realicen y por la venta de sus publicaciones, y;

III.- Los que adquiera por herencia, legados, donaciones o por cualquier otro título de personas o de instituciones públicas o privadas.

El pasado 31 de diciembre el pleno de la Cámara de Diputados aprobó el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del 2002, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de enero del presente año; de sobra son conocidas las condiciones en que se dio la aprobación de este presupuesto, en el que sin tomar en consideración una opinión de la Comisión de Asuntos Indígenas se incorporó un artículo transitorio décimo sexto en el que se establece: "El Ejecutivo federal por conducto de la Secretaría de Desarrollo Social, deberá celebrar a más tardar el último día hábil de marzo convenios de reasignación con las entidades federativas en los términos del artículo 8 de este decreto con el objeto de descentralizar el funcionamiento de los programas del Instituto Nacional Indigenista y de la Comisión Nacional de las Zonas Aridas a que se refiere el artículo 64 del referido decreto. En el caso del Instituto Nacional Indigenista, se procurará que las oficinas centrales así como las instancias de atención se ubiquen lo más cerca posible de las comunidades indígenas." Por otra parte, el Convenio 169 de la OIT ratificado por el Senado de la República y que por este hecho es Ley Suprema, establece en su artículo 2° diversas obligaciones para el estado mexicano en materia de atención a los pueblos indígenas:

1. Los gobiernos deberán asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto de su integridad.

En tanto que el artículo 4 numeral 1, señala que:

1. Deberán adoptarse las medidas especiales que se precisen para salvaguardar las personas, las instituciones, los bienes, el trabajo, las culturas y el medio ambiente de los pueblos interesados. Por su parte el artículo 6 numeral 1, establece: 1. Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos deberán:

a) consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente; y el inciso

c) establecer los medios para el pleno desarrollo de las instituciones e iniciativas de esos pueblos, y en los casos apropiados proporcionar los recursos necesarios para este fin.

Por otro lado, de llegar a aplicarse este transitorio estaríamos frente a la posibilidad de afectar de manera negativa a las comunidades y pueblos indígenas que a lo largo de los años han sido beneficiadas con los programas y proyectos del Instituto Nacional Indigenista, estaríamos afectando sus procesos cotidianos y ciclos de vida, sus calendarios de producción, ritos, fiestas tradicionales y su entorno socioeconómico y cultural.

Pero frente a estos impactos negativos, están las dificultades propias que acarrearía la reasignación presupuestal, pues para el propio Instituto será prácticamente imposible concluir la adecuación presupuestal al 31 de marzo, de no llegarse a reformar el décimo sexto transitorio estamos ante la posibilidad de que desaparezca la única institución que hasta el momento tenemos los mexicanos para atender a nuestros pueblos indígenas; de igual manera sería imposible celebrar la firma de los convenios con las entidades federativas, a las que se refiere el propio transitorio.

Con base en lo anterior y en virtud de que al Instituto Nacional Indigenista se le otorgan facultades y atribuciones específicas por mandato de Ley; que el artículo 2° constitucional y el mismo Convenio 169 de la OIT, establecen las obligaciones de la Federación, los estados y municipios hacia los pueblos indígenas y que un artículo transitorio no puede estar por encima de lo que establece la ley que crea el Instituto Nacional Indigenista, ni mucho menos de lo que establece nuestra Carta Magna y el mismo Convenio 169 de la OIT; de igual manera, considerando que de aplicarse este transitorio pudieran derivarse conflictos sociales en las comunidades indígenas por la falta de recursos para los diversos proyectos productivos y programas de capacitación que el Instituto Nacional Indigenista realiza en las diversas entidades y comunidades indígenas del país; así como por las dificultades que implican las firmas de convenios de colaboración con las entidades del país ya que es un proceso burocrático demasiado complejo, se somete a la consideración de este pleno de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa que deroga el artículo décimo sexto transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del 2002.

Artículo Unico.- Se deroga el artículo décimo sexto transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para quedar como sigue:

Transitorios

Primero al décimo quinto.

Décimo sexto. Se deroga.

Décimo séptimo al décimo noveno.

Transitorios

Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- El Instituto Nacional Indigenista será el responsable de cumplir con las obligaciones que la ley le otorga.

Dip. Héctor Sánchez López (rúbrica)

(Turnada a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública; y de Asuntos Indígenas. Marzo 20 de 2002.)
 
 














Excitativas
A LA COMISION DE DESARROLLO SOCIAL, PRESENTADA POR DIPUTADO ESTEBAN DANIEL MARTINEZ ENRIQUEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL MIERCOLES 20 DE MARZO DE 2002

Los suscritos, diputados y diputadas de la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática con fundamento en lo dispuesto en el artículo 21, fracción XVI, y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos respetuosamente de esta presidencia tenga a bien formular excitativa a la Comisión de Desarrollo Social de esta Legislatura, a efecto de que se dictaminen a la brevedad las diversas iniciativas de ley en materia de desarrollo social y se presenten al pleno, con carácter de urgente, el dictamen correspondiente para su discusión en este órgano legislativo.

Antecedentes

El Programa de Educación, Salud y Alimentación, mejor conocido como Progresa, operó durante 6 años a propuesta del financiamiento internacional en nuestro país. El Banco Mundial perfiló una estrategia cuya aplicación en México se convirtió en un mínimo recurso mensual, para cerca de 3 millones de madres de las familias más pobres del territorio nacional.

Sin embargo, de 40 millones de pobres, Progresa sólo atendía alrededor de 15 millones de mexicanos en extrema pobreza, siempre que ellas cumplieran con la norma de garantizar el control de salud, educación y alimentación de sus hijos.

Las principales aristas de este programa social provenían de la insuficiencia económica.

Por incapacidad financiera, Progresa excluyó del beneficio al 70% de los más pobres del país, lo que provocó que sus padrones de beneficiarios fueron constantemente cuestionados por romper con la equidad a la que constitucionalmente estamos obligados, así como su manejo discrecional, a beneficio o en orientación con los intereses político-electorales de las regiones del país.El 6 de marzo, el Ejecutivo federal hizo pública la sustitución de este programa social de combate a la pobreza, por otro que brindará Oportunidades. Sería fundamental pensar que el cambio de nombre o sustitución significara algo más que, el criticado por la prensa, "segundo frente" de las políticas públicas del Presidente Vicente Fox.

El señor Presidente se comprometió a diseñar programas sociales que rompieran con el clientelismo político y el asistencialismo. Al presentar el nuevo programa, resaltó entre sus bondades que "en México el clientelismo (era) cosa del pasado" y que iban a "asegurar que nadie recibiera el doble y nadie se quede sin nada".

Sin embargo, la buena intención de Vicente Fox quedará en el mundo de las aspiraciones, si esta Legislatura no asume un compromiso histórico con el pueblo de México y dictamina y aprueba el marco jurídico para el desarrollo social.

El 14 de diciembre del 2001, el de la voz presentó una iniciativa de Ley General de Desarrollo Social, cuya propuesta legislativa se une al esfuerzo de una iniciativa del Partido de la Revolución Democrática presentada en esta Cámara de Diputados en la Legislatura pasada y otras dos iniciativas presentadas en la Cámara de Senadores de esta legislatura, por Acción Nacional y la Revolución Democrática.

Y es que el problema de la pobreza como una dificultad producto del sistema económico, nos obliga a reconocer al desarrollo social como una prioridad de gobierno y, por que no, de legislación. No obstante lo anterior, esta propuesta programática de Vicente Fox seguirá siendo clientelar y excluyente, pues, ningún programa focalizado será legítimo en nuestro país, si no se desprende o surja de un cuerpo normativo aprobado por este Poder Legislativo.

El estado posrevolucionario estableció las primeras medidas de gasto social en razón del pacto nacional establecido en la Constitución de 1917. Aquí se precisaban los derechos o garantías individuales de los ciudadanos mexicanos y en razón de ello se generaron políticas universales que compensaban las diferencias sociales de los individuos, así como del desarrollo desigual de las regiones geográficas.

Al fortalecimiento del neoliberalismo, la desigualdad y la pobreza crecen en nuestro país.

La inserción en el mercado es desigual en México, no sólo en razón de la diversidad geográfica y el desequilibrio en el desarrollo regional; sino por la insuficiencia de nuestro mercado interno que impide la inserción igualitaria de toda la población.

Ante esta definición económica, resulta clara la obligación del estado de procurar los derechos sociales. Lo que apenas se vislumbra es una débil intención o voluntad de reivindicar los principios de igualdad y libertad al garantizar el derecho a la vivienda, la salud, la educación, el trabajo, etcétera.

Y es poco claro el compromiso institucional del gobierno mexicano por revertir la pobreza pues se sigue actuando por intereses personales, más que por mandato constitucional, obligación gubernamental o en cumplimiento del marco reglamentario de las garantías individuales, mediante acciones compensatorias y redistributivas entre la población mexicana.

Mientras no se establezcan principios, se precisen políticas y objetivos, el Estado mexicano seguirá ejerciendo el gasto social de manera paternalista, discrecional, excluyente y por intereses electorales.

El Ejecutivo federal, como es el caso de Oportunidades,diseña políticas sociales enfocadas principalmente a la atención prioritaria de los más pobres. Sin embargo, al no existir ley reglamentaria, los esfuerzos programáticos en materia de desarrollo social para el combate a la pobreza seguirán las dos inercias políticas gubernamentales del pasado: el uso clientelar del presupuesto en la materia y la implementación de los esfuerzos gubernamentales como asistencia más que como reivindicación de los derechos sociales consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Un marco jurídico que norme los esfuerzos concurrentes en materia de combate a la pobreza, permitirá un avance sustantivo en la tarea rectora del Estado mexicano, el desarrollo económico.

Entonces, a efecto de aliviar los efectos de la política económica sobre el desarrollo desigual de los mexicanos, mediante el establecimiento de un sistema de garantías de los derechos sociales esta legislatura debe votar por un marco jurídico, o cuerpo legal que evite el uso político del gasto social tanto de partidos, como de políticos, caciques o presidentes.

Por todo lo anterior, quienes suscribimos la presente, con fundamento en lo que disponen las fracciones III y XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, solicitamos a esta Presidencia, se sirva excitar a la Comisión mencionada, a fin de que emita el dictamen sobre la iniciativa presentada en esta Cámara de Diputados como Ley General de Desarrollo Social, que fue turnada para su dictamen, a la Comisión de Desarrollo Social de esta Legislatura.

Por su atención gracias.

Dip. Esteban Daniel Martínez Enríquez (rúbrica)

(Se excita a la Comisión de Desarrollo Social para que emita el dictamen correspondiente. Marzo 20 de 2002.)
 
 
 

A LA JUNTA DE COORDINACION POLITICA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO FRANCISCO AGUNDIS ARIAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PVEM, EN LA SESION DEL MIERCOLES 20 DE MARZO DE 2002

Bernardo de la Garza Herrera, Francisco Agundis Arias, José Antonio Arévalo González, Esveida Bravo Martínez, María Teresa Campoy Ruy Sánchez, Olga Patricia Chozas y Chozas, Diego Cobo Terrazas, Arturo Escobar y Vega, José Rodolfo Escudero Barrera, Sara Guadalupe Figueroa Canedo, Nicasia García Domínguez, Alejandro Rafael García Sainz Arena, María Cristina Moctezuma Lule, Julieta Prieto Fuhrken, Concepción Salazar González, Erika Elizabeth Spezia Maldonado, diputados de la LVIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México con fundamento en el artículo 78 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 21 fracción XVI y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos a la Presidencia de la Mesa Directiva se sirva emplazar a la Junta de Coordinación Política para que en fecha determinada se lleve a cabo un nuevo acuerdo que resuelva de fondo la situación planteada en el punto de acuerdo presentado el pasado 9 de enero de 2002 por nuestro grupo parlamentario, en virtud, de no haberse llevado a cabo el acuerdo que dictaminó la Junta de Coordinación Política.

Consideraciones

Primera.- El pasado 9 de enero de 2002, los integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México presentamos, ante el pleno de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, un punto de acuerdo a fin de que la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, en combinación con la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Senadores, convocaran a un periodo extraordinario de sesiones para corregir aquellos errores y omisiones jurídicas de las reformas a diversas disposiciones fiscales aprobadas el 31 de diciembre de 2001.

La preocupación de nuestro grupo parlamentario en ese momento, y ahora, es atender una de las demandas más contundentes, que sin duda, ha manifestado el pueblo mexicano en fechas recientes, la revisión del paquete fiscal aprobado.

Esto es claro, en virtud de que el sistema tributario mexicano dio un súbito vuelco, que lejos de proporcionar impuestos y procedimientos más equitativos y simples, provocó un severo impacto en los ingresos de los individuos y en el sistema productivo.

Asimismo, es necesario reconocer y responsabilizarnos, de que a pesar de haberse convocado a un período extraordinario de sesiones para el mejor análisis de las propuestas fiscales, la aprobación de algunas reformas se llevó a cabo en la última sesión correspondiente al día 31 de diciembre de 2001.

Evidentemente, esto implicó que por la premura del tiempo existieran algunas imprecisiones en las disposiciones aprobadas, trayendo como consecuencia, amplias críticas por parte de los principales sectores productivos de nuestro país, llegando hasta calificar varias reformas de inconstitucionales.

Sin embargo, por la importancia que revisten las leyes fiscales para los ingresos de nuestro país y ante el evidente recorte presupuestal que se aproxima, consideramos que la revisión de la reforma fiscal es un trabajo legislativo que no puede quedar en el olvido, pues, como ya se ha mencionado en múltiples ocasiones, México representa una de las cargas impositivas más bajas de América Latina.

A pesar de que el gobierno mexicano cuenta con ingresos de privilegio por el petróleo, los bajos ingresos tributarios representan un creciente obstáculo para que el gobierno pueda cumplir con sus responsabilidades básicas. Por ello, resulta fundamental la transformación del sistema tributario, de manera tal, que aumente su eficiencia y se modernice.

De igual forma, si se quiere llegar a las metas de recaudación fijadas, es necesario modificar y enmendar las imprecisiones que han quedado en la ley, a fin de no permitir que existan vaguedades que estimulen la evasión y la elusión fiscal, así como la posible violación de los principios constitucionales.

Segunda.- Un periodo extraordinario, parecía ser una solución excesiva para nuestros compañeros legisladores, sin embargo, los mexicanos necesitamos medidas drásticas, urgentes y contundentes para resolver las grandes controversias que ha provocado la reforma fiscal.

A pesar de ello, se dictaminó formar un grupo de trabajo durante el receso legislativo para discutir y elaborar las modificaciones a las reformas fiscales aprobadas el 31 de diciembre del 2001, a fin de realizar un trabajo legislativo previo, que agilizara el estudio de este tema en el período ordinario.

Tercera.- Sin embargo, esto no fue así porque el grupo de trabajo señalado nunca entró en funciones. Es más, nunca se observó interés alguno para solucionar esta etapa coyuntural de nuestro país.

De esta forma observamos, que no sólo no se respetan los acuerdos políticos, sino que no se cumplen. Somos una institución, la Junta de Coordinación Política lo es, por lo tanto es fundamental que se hagan valer las disposiciones y decisiones ahí acordadas, y no sirvan tan solo para la conformación de un discurso político que no resuelva, que engaña y no es respetado.

Por la importancia que implican las reformas fiscales aprobadas y que reviste un acuerdo político, presentamos esta excitativa, no podemos dejar de insistir en que se dé cabal cumplimiento a los acuerdos de la Junta de Coordinación Política y a los dictámenes de cualquier punto de acuerdo.

Hoy, sin embargo, hemos comenzado el segundo periodo ordinario de sesiones y los acuerdos tomados por la Comisión Permanente parecen no importar, el tiempo nos ha rebasado, y con ello, evidentemente, existe ahora un argumento bajo el cual se pueda justificar el no cumplimiento de los acuerdos dictaminados en la Junta de Coordinación Política.

Pero aún así, nuestro grupo parlamentario ha querido presentar esta excitativa para manifestar nuestra inconformidad con lo sucedido y para insistir en buscar una solución para resolver la situación planteada en el punto de acuerdo antes ya mencionado.

Es nuestra responsabilidad conformar una buena legislación fiscal. No permitamos que otras entidades gubernamentales intenten ejercer facultades que no les corresponden, a través de disposiciones que exceden su facultad, como lo es algunas disposiciones de la miscelánea fiscal emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Los mexicanos necesitan que los legisladores hagamos un trabajo de calidad, no es posible que no podamos tener excelencia y calidad en cuestiones que son de simple técnica legislativa.

México requiere de leyes claras y concisas, y sin duda, las leyes fiscales no cuentan con estas características.

Estamos ante una situación, en donde los acuerdos no se cumplen a pesar de ser disposiciones acordadas por consenso para llevar a cabo un objetivo en beneficio de la nación.

Aún es tiempo de convocar a un gran acuerdo nacional con la participación de los sectores sociales y empresariales, así como con los partidos políticos, con la finalidad de buscar y obtener, en forma única y en benéfico de México, una auténtica y legítima reforma fiscal a largo plazo que le dé certidumbre al sistema financiero y productivo mexicano.

Por lo que pedimos se haga una enérgica manifestación al no cumplimiento del acuerdo.

Cuarta.- Por todo lo anterior y en virtud de que no se ha dado cabal cumplimiento por esta soberanía al acuerdo ya mencionado, y por lo tanto, no se ha resuelto de fondo el asunto; con fundamento en el artículo 78 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos esta excitativa para que la Presidencia de la Mesa Directiva se sirva emplazar a la Junta de Coordinación Política para que en fecha determinada se lleve a cabo un nuevo acuerdo que resuelva de fondo la situación planteada en el Punto de Acuerdo presentado el pasado 9 de enero de 2002 por nuestro grupo parlamentario, pues como se ha mencionado, no se ha resuelto la proposición de manera satisfactoria.

Por lo antes expuesto y fundado, a usted C. Presidente de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, atentamente pido:

Unico.- Tenga por presentada esta excitativa, y se sirva emplazar a la Junta de Coordinación Política para que en fecha determinada lleve a cabo un nuevo acuerdo que resuelva de fondo la situación planteada en el punto de acuerdo presentado el pasado 9 de enero de 2002 por nuestro grupo parlamentario.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 20 días del mes de marzo de 2002.

Diputados: Bernardo de Garza Herrera, Francisco Agundis Arias, Diego Cobo Terrazas, Sara Guadalupe Figueroa Canedo, Alejandro Rafael García Sainz Arena, Julieta Prieto Fuhrken (rúbricas).
 
 
 

SOBRE LA PROPOSICION CON PUNTO DE ACUERDO REFERENTE A LA CONTAMINACION DE TRANSGENICOS DEL MAIZ CRIOLLO Y NATIVO DE OAXACA Y PUEBLA, PRESENTADO POR EL DIPUTADO MIGUEL BORTOLINI CASTILLO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL MIERCOLES 20 DE MARZO DE 2002

El suscrito, diputado de la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 21, fracción XVI, y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito respetuosamente de esta presidencia tenga a bien formular un cambio de turno a efecto de que se dictamine a la brevedad para su presentación al pleno de éste órgano legislativo, la proposición con punto de acuerdo referente a la contaminación por transgénicos del maíz criollo y nativo de Oaxaca y Puebla.

Antecedentes

La preocupación por la contaminación de maíz transgénico que invade tanto a los estados de Oaxaca y de Puebla, tiene que ver con la necesidad de reconocer el daño que puede causar en la salud de los seres vivos, su medio ambiente, y en la sustentabilidad de la agricultura mexicana, la difusión de este maíz en el territorio nacional.

El día 15 de diciembre de 2001 se turnó a comisión, la proposición con punto de acuerdo, que su servidor hizo llegar a la Mesa Directiva de esta H. Cámara de Diputados.

El punto de acuerdo, hace mención del artículo que es publicado en la revista Nature, por dos científicos de calidad internacional, David Quist e Ignacio H. Chapela, titulado: "Introgresión de ADN transgénico en variedades tradicionales de maíz en Oaxaca, México", en el cual se demostró científicamente la presencia de genes provenientes de variedades comerciales de maíz transgénico en maíces criollos de esta región, más aún, se señala explícitamente que el maíz distribuido por Diconsa en comunidades del municipio de Ixtlán está contaminado por transgénicos.

Además, en su momento, enfaticé que:

Con esto el debate sobre la existencia de una contaminación masiva de transgénicos en Oaxaca y Puebla quedó cerrada.

Con esto se demostró que era totalmente correcto lo que denunciaron las autoridades indígenas de Guelatao, por medio de su presidente municipal, el compañero Aldo González, hoy amenazado de muerte, y la Unión de Organizaciones de la Sierra Juárez de Oaxaca.

Con esto se demostró la actitud negligente e irresponsable de las autoridades federales, en especial de la Sagarpa, las cuales hasta la fecha se siguen negando a reconocer el problema.

Con esto se demostró que es indispensable una ley que regule y limite la importación de transgénicos a México.

También, señalé, que es obligación de las instituciones federales realizar una investigación sobre este problema. Pero aún más importante, es fundamental llevar a cabo todo un programa para descontaminar toda la región de Puebla y Oaxaca, lo mismo que iniciar la investigación de otras zonas del país que pudieran estar contaminadas. Esto tiene que ver con un grave problema que fue señalado por un grupo de científicos bajo la coordinación del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, desde abril de 1999, en este documento se decía: "...el maíz es una especie con polinización cruzada y abierta, y el viento es el principal vector del polen, por lo que está claro que los genes de maíces transgénicos se moverán a las variedades criollas o parientes silvestres cuando entren en contacto con ellos".

El punto de acuerdo, establecía que:

1 .- Esta Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal para que, a través de la Sagarpa y la Secretaría de Economía, se haga efectiva la prohibición absoluta de maíz transgénico que se ha demostrado es la fuente de la contaminación de maíz criollo.

2.- La Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal para que, a través del titular de la Sagarpa y de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, conjuntamente con una comisión de investigadores y representantes de las organizaciones sociales y ciudadanas afectadas, lleve a cabo los diagnósticos confiables y transparentes para determinar la magnitud y la distribución de esta contaminación transgénica en todo el territorio nacional, desde luego partiendo de investigar el impacto que esa contaminación ha tenido en el gen del maíz.

3.- Que el Ejecutivo federal lleve a cabo, por medio de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, un programa para detener y revertir los procesos de contaminación del maíz criollo y nativo mexicano.

4.- La necesidad de que el Ejecutivo federal realice una alerta internacional, en especial a los países hermanos de Centroamérica, sobre la contaminación del maíz criollo y nativo mexicano, tomando en consideración el artículo 3º del Convenio de Diversidad Biológica, que plantea que los Estados tienen la obligación de asegurar que las actividades que lleven a cabo dentro de su jurisdicción o bajo su control, no perjudiquen el medio ambiente de otros países o zonas situadas por fuera de su jurisdicción Nacional.

En virtud de la imposibilidad de presentar en el pleno el punto de acuerdo en su momento, por darle prioridad a los temas presupuestales, y en base a que la Presidenta decidió enviarlo a la Comisión de Salud, solicito de la manera más atenta que el punto de acuerdo se turne a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión de Agricultura y Ganadería, para que dictaminen en Comisiones Unidas.

Atentamente
Dip. Miguel Bortolini Castillo (rúbrica)

(Se modifica el turno para que intervengan la Comisión de Medio Ambiente y la Comisión de Salud. Marzo 20 de 2002.)
 
 















Proposiciones
CON PUNTO DE ACUERDO PARA QUE SE ESTABLEZCA LA VEDA DEL BORREGO CIMARRON, EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO JUVENAL VIDRIO RODRIGUEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL MIERCOLES 20 DE MARZO DE 2002

El que suscribe, diputado federal Juvenal Vidrio Rodríguez, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito a usted, sea presentada a la consideración del pleno de esta Honorable Cámara de Diputados, la proposición con punto de acuerdo para que se establezca la veda del borrego cimarrón en el estado de Baja California con el objeto de que se restablezca la población de esta subespecie animal en peligro de extinción, con base en las siguientes

Consideraciones

México es uno de los países más ricos en biodiversidad del mundo. Baste decir que el 40% de las especies vertebradas de Mesoamérica son endémicas de nuestro país, ya que en él existe una gran variedad de condiciones climáticas y geográficas que hacen posible su existencia.

En México también se encuentran 194 especies animales consideradas como amenazadas o en peligro de extinción, de las cuales, 123 son aves, 52 son mamíferos, 35 reptiles y 4 anfibios. De entre todas estas especies, destacan aquellas cuyo hábitat es geográficamente muy restringido, como en el caso del conejo de los volcanes o del quetzal. Sin embargo, existen especies que se hallan bajo una seria amenaza o a punto de extinguirse, debido a causas que son producto de la acción humana. Tal es el caso del borrego cimarrón, en su subespecie Avis Canadensis Cremnobates, que es endémica del estado de Baja California.

Desde 1986, la Universidad Autónoma de Baja California (UABC) realizó una exhaustiva evaluación en torno a la población existente de borrego cimarrón en Baja California, resultado de ella fue el avistamiento de tan sólo 180 ejemplares. Por esta razón,la UABC recomendó desde ese entonces el establecimiento de una veda de forma inmediata y por tiempo indefinido.

Tuvieron que pasar más de 3 años para que en 1990, la entonces Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (Sedue), estableciera la veda del aprovechamiento de la especie del borrego cimarrón (Avis Canadensis) en su subespecie Avis Canadensis Cremnobates, en el estado de Baja California solamente para la temporada 1990-1991, y se prohibiera estrictamente la caza, captura, transporte, posesión y comercio de la mencionada subespecie.

El Plan Nacional de Desarrollo (PND) -publicado el 31 de mayo de 1989 en el Diario Oficial de la Federación- establecía el aprovechamiento racional y sostenible de los recursos naturales, poniendo especial énfasis en los programas para la protección y aprovechamiento de las especies de flora y fauna amenazadas, raras, endémicas y en peligro de extinción.

Asimismo, en el PND se disponía que todas las especies animales silvestres que subsisten libremente en el territorio nacional serían consideradas como parte del patrimonio nacional, que la fauna silvestre es un recurso natural renovable y que su aprovechamiento debía sustentarse en el conocimiento de sus ciclos biológicos, su distribución y cuantificación

Todos estos argumentos continúan siendo válidos hoy en día en cuanto a lo que se refiere a nuestros recursos naturales, sin embargo, ni ahora ni entonces han sido tomados en cuenta en el caso que nos ocupa, ya que al quedar establecida la veda solamente para una temporada, el aprovechamiento del borrego cimarrón prácticamente quedó en "tasa cero".

De 1990 a 1996, se realizaron otros cuatro censos, con pleno conocimiento de la Semarnap. La UABC llevó a cabo la inspección de 900 km2 en 1992, encontrando solamente 140 ejemplares de borrego cimarrón, lo cual significa una densidad poblacional de tan sólo 0.15 borregos por km2 cifra que se encuentra muy por debajo de la registrada en 1986, cuando era de 0.50 borregos por km. Otros censos llevados a cabo en 1995 y 1996 por la Semarnap así como por la Fundación Mexicana del Borrego Cimarrón, arrojaron las cantidades de 0.20 y 0.09 especímenes por km2, en una extensión de 3 mil km2; aún más: un último censo, realizado por la UABC arrojó el resultado de 0.006 borregos en un área de 10 mil km2de tal manera que la población de borregos decreció de forma alarmante, y en la actualidad existen menos de 70 ejemplares en esta misma zona del estado de Baja California.

Las causas de esta gravísima situación, se encuentran sobre todo en la caza indiscriminada y clandestina, ya que al no haber una veda permanente, y a pesar de que algunas zonas en las que vive el borrego cimarrón son áreas protegidas, se continúa su caza, incluso de hembras a punto de parir y de especímenes jóvenes.

En 1998 y 1999, la Semarnap otorgó permisos para cazar borrego cimarrón en la isla Tiburón. Estos permisos fueron subastados por la Fundación del Borrego de Norteamérica -una organización estadounidense- entre sus socios, y como resultado de esta subasta se obtuvieron 592 mil 500 dólares. Hasta ahora, tampoco se sabe qué sucedió con este dinero, a qué fue destinado por quienes otorgaron los permisos, ni en este caso ni en el caso de otros permisos subastados en 1996, 1998 y 1999 para cazar borregos en la reserva de la Biosfera del Vizcaíno, en Baja California, de los cuales se obtuvo un monto de 391 mil dólares.

A la situación anterior, ya muy grave, se suma el hecho de que se han cometido violaciones a la Ley Federal de Caza, cuyo artículo 18 señala que los permisos para cazar en México se otorgarán a los miembros de las asociaciones o clubes de cazadores registrados y reconocidos por la Semarnat", situación que no ha ocurrido, puesto que todos los permisos subastados fueron para cazadores de los Estados Unidos de Norteamérica, país en el que también vive el borrego cimarrón, concretamente al sur de California, pero que se encuentra en veda desde hace 120 años. Dadas estas circunstancias, hay cazadores de Estados Unidos que estarían dispuestos a pagar hasta 300 mil dólares por cada permiso legal que se otorgue, aun cuando en la Ley Federal de Derechos ha quedado asentado que el permiso tiene un costo de 270 mil pesos mexicanos.

Otra violación a la Ley Federal de Caza, ha sido la de su artículo 27, en el cual se establece que las reservas nacionales (reservas de la biosfera e islas) son áreas naturales protegidas, por lo que se decreta una veda permanente. En otras palabras, no está permitida la caza de fauna silvestre, además de que el artículo 30 de esta misma Ley tipifica como delito federal el ejercicio de la caza de especies en veda permanente.

Por otra parte, el artículo 87 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico establece que el dinero recaudado a través del otorgamiento de licencias o permisos de caza, debe ser destinado a la restauración del hábitat en que viven los animales cazados. Sin embargo, hasta ahora -como se señaló con anterioridad- se desconoce el destino de tales recursos económicos, los que al parecer tampoco han sido destinados para el propósito enunciado, ya que no se tiene conocimiento de que se esté realizando trabajo alguno de conservación y/o restauración del hábitat del borrego cimarrón.

Debido a todas estas circunstancias, el país no se ha visto beneficiado de ninguna forma por el aprovechamiento del borrego cimarrón, además de que las implicaciones de su desaparición sin duda alguna traerían un más grave desequilibrio en el ecosistema de la región.

Compañeras y compañeros legisladores:

Es de suma importancia que la Semarnat se ocupe de manera seria de la solución de esta problemática, no sólo porque se trata de una especie en peligro de extinción que aún puede recuperarse, sino porque su recuperación también redundaría en el beneficio de los actores sociales presentes en la región, ya que sería posible a un corto y mediano plazo, el establecimiento de programas que involucren el ecoturismo y otras actividades de índole económica. Asimismo, es de suma importancia que se implementen programas para la restauración y conservación del hábitat del borrego cimarrón, vinculando a todos los actores de la región que guarden relación con esta especie. Es necesaria la suma de esfuerzos, puesto que se requiere un análisis de la situación desde distintos puntos de vista: el científico-técnico, el económico, el social, el agropecuario.

El artículo 4º de la Ley General de Vida Silvestre dispone que "es un deber de todos los habitantes del país conservar la vida silvestre, queda prohibido cualquier acto que implique su destrucción, daño o perturbación, en perjuicio de los intereses de la nación". Por tanto, compañeras y compañeros, como mexicanos y como legisladores, es nuestro deber vigilar el cumplimiento de la ley y contribuir a la preservación de nuestro medio ambiente, ¿o esperaremos hasta que sea demasiado tarde?

Por lo que hasta aquí ha sido expuesto, el suscrito, diputado del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, pone a consideración del pleno de esta Honorable Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Unico.- Que el Poder Ejecutivo Federal instruya a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales para que se establezca la veda del borrego cimarrón en su subespecie Avis Canadensis Cremnobates en el estado de Baja California, de forma inmediata y por tiempo indefinido, a fin de que se recupere la población de la mencionada subespecie y de que puedan llevarse a cabo las investigaciones y estudios necesarios para determinar la mejor forma de aprovechar este recurso natural, en beneficio del país.

Palacio Legislativo de San Lázaro,
20 de marzo de 2001.

Diputados: Juvenal Vidrio Rodríguez, Gina Cruz Blackledge, Alfonso Sánchez Rodríguez, Javier Castañeda Pomposo, Jaime Martínez Veloz (rúbricas).

(Turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Marzo 20 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO RELATIVO A LOS DERECHOS HUMANOS EN MEXICO Y LA PROCURACION E IMPARTICION DE JUSTICIA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO JOSE MANUEL DEL RIO VIRGEN, DE CDPPN, EN LA SESION DEL MIERCOLES 20 DE MARZO DE 2002

Hemos sostenido siempre que los derechos humanos son inseparables al ser humano. Un catálogo inacabado de elementos indispensables para que toda persona logre su máximo desarrollo en lo individual y lo social, donde la vida, sea el derecho más preciado que se tenga y respete, porque sin éste, los demás no existen.

La etapa de la tortura, vejación y violación de los derechos humanos, creímos haberla desanimado. Ahora regresan el asesinato y vejación sistemáticos de los derechos humanos, en la actualidad sobre sus principales defensores; son una muestra de que el pasado revive sobre las cenizas de la impunidad.

El 19 de octubre del año pasado horrorizó a toda la nación y a los organismos defensores de los derechos ciudadanos nacionales e internacionales, la noticia de que la activista pro derechos humanos Digna Ochoa, había sido asesinada en sus oficinas en forma por demás planeada y brutal. Un tiro en el femoral de la pierna izquierda y uno más en la sien le quitó la vida.

En esos días, manifestamos en esta tribuna, que las características del asesinato no correspondían a las de un crimen común, casual. Los móviles del mismo, respondían al de un asesinato estratégicamente planeado, escalofriantemente asestado sobre una defensora de la justicia y los derechos humanos, como una advertencia sobre quien atente contra los intereses de las mafias criminales nacionales.

Dijimos que el crimen correspondía más bien a uno de Estado, porque no se podía concebir que a Digna Ochoa le arrebatara la vida una delincuencia común. No fue asesinada para robarle, el perfil profesional de Digna Ochoa, correspondía a actividades pro derechos humanos muy delicadas, que ponían permanentemente su vida en peligro, ante la proximidad de sus investigaciones por descubrir actos incriminatorios y complicidad entre diversos cuerpos policiacos, autoridades y la delincuencia organizada.

Digna Ochoa defendía campesinos, obreros, ecologistas, mujeres, indígenas, en sí, toda persona que sintiera ver afectados su patrimonio o integridad por actos de autoridad violatorios de garantías individuales. Así se enfrentó contra quien oponía resistencia a respetar el Estado de derecho y la legalidad, es decir, contra cualquier autoridad que veía en la debilidad de los desposeídos una suculenta mina de oro, su platillo preferido.

Lo cierto de esto, es que no se nos ha dicho realmente cuales son los avances en la investigación de este crimen, lo que ha orillado a que la sociedad mexicana esté realmente desconcertada y confundida respecto a las investigaciones sobre el particular.

Respetuosamente lo digo, nadie cree que Digna Ochoa se haya suicidado, después de las amenazas de muerte que tenía por su trabajo en pro de los derechos humanos.

El Gobierno de la capital del país y el Gobierno de la República deben darnos una explicación al respecto, para saber la verdad, únicamente la verdad que exige la justicia, que reclama un pueblo entero sabedor de que sus derechos humanos siguen siendo violados, por la autoridad, por la policía, por la delincuencia, hasta por anónimos que tratan de intimidar a otros defensores como es el caso de periodistas.

Este mismo criterio debemos tomar para demandar que el Gobierno Federal, el de la capital y los estados, establezcan una agenda conjunta para la defensa de la vida y garantizar el trabajo de todos los promotores del respeto de los derechos humanos en el país, porque si hoy no detenemos la violación sistemática de los derechos humanos y los asesinatos de los mismos, mañana estaremos conviviendo abiertamente con la delincuencia organizada, las nomenklaturas y cofradías políticas que desean seguir actuando a la sombra de la impunidad.

Por lo anteriormente expuesto, de conformidad con los artículos 55 al 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos ante ustedes para su aprobación el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero: solicitar al Gobierno del Distrito Federal y en especial a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, se informe a esta soberanía los avances reales en las investigaciones sobre el asesinato de Digna Ochoa.

Segundo: Demandar de los gobiernos de la República, del Distrito Federal y los de los estados, establezcan una agenda mínima de atención y protección de los promotores de los derechos humanos en el país, así como a periodistas, donde participen los propios afectados.

Dip. José Manuel del Río Virgen (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos. Marzo 20 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A ESTE CONGRESO DE LA UNION PARA QUE DENTRO DEL ACUERDO POLITICO SE PROMUEVA UN FRENTE COMUN NACIONAL POR LA SEGURIDAD PUBLICA CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO Y ASI MEXICO OFREZCA ALTERNATIVAS EN UN CONTEXTO GLOBALIZADO DE INTERRELACIONES EN EL CUAL PRESERVEMOS LA SOBERANIA Y AUTONOMIA DE NUESTRAS POLITICAS DE ESTADO EN SEGURIDAD PUBLICA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO INDEPENDIENTE JAIME MARTINEZ VELOZ, EN LA SESION DEL MIERCOLES 20 DE MARZO DE 2002

Exposición de Motivos

Deseo llamar a todos ustedes, compañeros legisladores, para que valoremos la conveniencia de reflexionar acerca de las ventajas de que el Congreso de la Unión se consolide como una de las fuerzas políticas que están fortaleciendo a las demás instituciones del país. Las transformaciones políticas de los últimos años, se han caracterizado por manifestarse como cambios vertiginosos que fueron gestados en momentos históricos previos, y el Poder Legislativo no puede desfasarse.

La consolidación de este equilibrio republicano de poderes es un proceso gradual, que nada tiene de automático ni de sencillo. La dinámica inercial que nos envuelve, y la debilidad de muchas instituciones, ocasiona que por momentos parezca extrañarse melancólicamente la mítica fortaleza adjudicada al presidencialismo. En esas circunstancias, es cuando la responsabilidad del Congreso de la Unión adquiere mayor significado, a fin de constituirnos en agente activo de la buena marcha de las instituciones.

Con el ocaso de la presidencia omnipotente, otras fuerzas políticas adquieren relevancia; una de esas fuerzas es el Poder Legislativo, éste Congreso de la Unión. La independencia y autonomía de este Poder de la Unión, sin embargo, debe mantenerse y sustentarse día a día, momento a momento; no basta con exigir respeto al Poder Ejecutivo federal, ese respeto debe hacerse valer, debe ganarse.

Una de las maneras de hacerlo valer, de ganárselo, es asumiendo con responsabilidad los deberes que la investidura nos exige, y que la sociedad nos encomendó. Y dentro de las formas de asumir la responsabilidad, la colaboración y coordinación institucional juegan un papel destacado.

El 7 de octubre del año pasado, el Poder Ejecutivo tuvo a bien convocar a un gran Acuerdo Político para el Desarrollo Nacional, que es el marco institucional en el cual se sustenta parte de la propuesta que pongo a su consideración. A este Acuerdo Político se sumaron fuerzas y grupos con representatividad social en el país. Los firmantes originales fueron los partidos políticos; posteriormente, este Congreso de la Unión se sumó a este esfuerzo.

En los considerandos del Acuerdo Político, se advierte textualmente "Que la situación actual reclama la construcción de acuerdos básicos a fin de que México enfrente con éxito los retos planteados por el entorno internacional prevaleciente. Un entorno caracterizado por nuevas normas, agresiones y amenazas a la seguridad nacional de los Estados ..."

Más adelante, dentro del ámbito social de la agenda del Acuerdo Político, el numeral once establece la necesidad de "Impulsar una política integral de seguridad pública que comprenda: la revisión del marco normativo de prevención del delito; la procuración y administración de justicia; el sistema penitenciario; la reparación del daño; la readaptación social y, en general, los delitos y las penas".

Por lo que respecta al ámbito internacional de la agenda del Acuerdo Político, se pretende, según el numeral dos, "Fortalecer nuestra soberanía, la seguridad nacional y la integridad territorial, para hacer frente a las amenazas que provienen del exterior". Asimismo, el numeral cinco dice: "Colaborar en el diseño y aplicación de una política contra el terrorismo y el crimen organizado, siempre en el marco de los acuerdos de los organismos internacionales y con el estricto apego a los principios de la política exterior mexicana y a la soberanía del país".

En lo referente a las acciones inmediatas sugeridas en el Acuerdo Político, quiero destacar el numeral doce, referido a "Mejorar el intercambio de información y de los servicios de inteligencia con países amigos para hacer frente a las amenazas del crimen organizado y del terrorismo".

En lo que toca al procedimiento del Acuerdo Político, entre las exhortaciones al Congreso de la Unión se destaca que "La Agenda Legislativa contendrá las prioridades que se derivan de este Acuerdo y tomará en cuenta, en lo conducente, las propuestas del Ejecutivo federal".

Los alcances del Acuerdo Político para el Desarrollo Nacional son vastos, y las atribuciones del Poder Legislativo sólo están limitadas por nuestra voluntad de acción. Entre las precisiones resaltadas que he extraído del Acuerdo Político, he privilegiado las que representan una de las actuales grandes exigencias sociales. Estas grandes exigencias sociales hemos tenido oportunidad todos nosotros de escucharlas, recibirlas, atenderlas, y en ese sentido, debemos proponer medidas de solución a esas justas peticiones ciudadanas.

Entre algunos de los reclamos ciudadanos, deseo resaltar el relacionado a lo que ya se percibe como la institucionalización de la inseguridad pública y la violencia estructurales en el país y su focalización en sitios determinados de la geografía nacional.

No es nada exagerado llegar a afirmar que el crimen parece haber desbordado la capacidad de las instituciones para controlarlo. El crimen organizado dispone de recursos monetarios casi ilimitados, de armamento sofisticado, utiliza tecnología de punta, tiene a su servicio a cuadros profesionales que trabajan en muy diversos campos y que se encargan desde el lavado de dinero hasta de la defensa y organización de estas vastas redes ilícitas.

El crimen organizado es capaz de infiltrarse y utilizar cualquier estructura partidaria, política y organizacional. El crimen organizado penetra y pervierte a las instituciones; el crimen ocasional o por motivaciones socioeconómicas atemoriza y aumenta la desconfianza en la capacidad gubernamental para combatirlo eficazmente. Entre ambos, lesionan la unidad social y a la larga amenazan la estabilidad y gobernabilidad.

La globalización de la economía, nuestra cercanía como país al mercado de consumo de drogas y de mano de obra más grande del mundo traen aparejados efectos indeseados, entre ellos la internacionalización del crimen organizado, que opera en forma profesional con territorialidad propia aunque en permanente disputa por las zonas de influencia.

Del inmenso mercado de drogas que caracteriza a los Estados Unidos se ha derivado una serie de tragedias a otros países; uno de los ejemplos más crudos es la violencia endémica que envuelve a Colombia. En esa nación hermana, se conjugan diversos elementos de descomposición de su tejido social, pero la institucionalizada producción de enervantes para el consumo norteamericano ha contribuido jerárquicamente a la tragedia de ese país.

¿Cuál es la situación en cuanto al consumo de drogas en Estados Unidos? Según la Encuesta Nacional sobre Uso y Abuso de Drogas en los Hogares de ese país, en el año 2000, catorce millones de norteamericanos eran consumidores regulares de enervantes. Un consumidor regular es quien consumió drogas el mes anterior a la fecha de ser encuestado.

Ese cifra significa que el 6.3% de la población norteamericana es consumidora regular de narcóticos. El 10% de los jóvenes norteamericanos entre los 12 y los 17 años consume drogas regularmente. Para ese rango de edad se descubrió la misma tasa de uso de drogas entre hombres y mujeres; es decir, hombres y mujeres consumen sustancias ilegales en la misma proporción.

Se estima además que entre los jóvenes norteamericanos alcohólicos, el 65% de ellos también consume drogas ilícitas de manera regular. El 15.4% de los adultos desempleados es consumidor habitual de sustancias ilícitas. Un poco más de nueve millones de consumidores son trabajadores de tiempo completo o parcial.

Siete millones de norteamericanos admitieron haber conducido un vehículo bajo los influjos de droga el año anterior al levantamiento de la encuesta. El 55% de los norteamericanos considera que es fácil o muy fácil conseguir marihuana; el 30% considera que es sencillo obtener cocaína; el 30% piensa que es fácil obtener crack, y el 20% considera relativamente sencillo comprar heroína.

De los catorce millones de consumidores norteamericanos, el 59% dijo consumir sólo marihuana; el 17% aseguró usar marihuana junto con otra droga; el 24% de los consumidores afirmó usar drogas distintas a la marihuana.

Un millón doscientos mil norteamericanos son consumidores habituales de cocaína. Un millón de consumidores usa alucinógenos. Para el año 2000, unos seis millones cuatrocientos mil norteamericanos habían usado el éxtasis al menos una vez en su vida. Para el mismo año, 130 mil estadounidenses eran consumidores regulares de heroína.

El 13% de las embarazadas entre 15 y 17 años de edad fueron consumidoras regulares de droga en el año 2000. El 6% de las embarazadas entre 18 y 25 años informó ser usuaria regular de sustancias ilícitas.

Como podemos darnos cuenta, el consumo drogas en Estados Unidos es muy grave y es reflejo de un lamentable proceso de degradación y descomposición social. Sufrimiento, dolor, muerte, pérdidas económicas y sociales, y vidas arruinadas Esa situación necesariamente genera impactos negativos en países como México, utilizados como sitios de tránsito en el tráfico de estupefacientes, lo que ha traído como consecuencia, el despliegue de una enorme red de tráfico de estupefacientes y lo que es más, el consumo de drogas ya es una siniestra realidad en muchas regiones de México.

Pero ha sido desgraciadamente la demanda norteamericana, la que ha generado las condiciones para que en nuestro país, el narcotráfico constituya una organización criminal, que ha contaminado el desarrollo de la sociedad.

Las noticias de los últimos años en México, nos informan acerca de la detención de algunos de los capos que dirigen los cárteles de la droga; sin embargo, el tráfico, y las acciones criminales ligadas con este cáncer, se repiten y se incrementan.

¿Entonces qué es lo que pasa?

Lo que pasa es que la demanda del consumo norteamericano no cesa. Millones de dólares de la economía más poderosa del mundo, se utilizan para consumir estupefacientes.

Es aquí donde vemos cómo las acciones de México en materia delictiva, están determinadas por la lógica del consumo de drogas en el vecino país del norte. La exigencia norteamericana para atrapar los capos de la droga en México no va acompañada por un compromiso de Estados Unidos, por disminuir el consumo de la droga en ese país y por perseguir a los distribuidores de drogas en ese país. Cuando menos no han sido tan efectivos, porque el consumo de drogas va en incremento en esa nación.

La enorme cantidad de millones de dólares que se manejan en éste comercio ilícito, ha creado una enorme red de complicidades, en un país y en el otro. Por tanto, este fenómeno delictivo tiene que enfrentarse con una visión integral, y estableciendo una relación bilateral México-Estados Unidos, donde cada país asuma la parte que le corresponda y las tareas que le competan. Nunca más México puede, ni debe aceptar una evaluación norteamericana, en este tema, ni en ningún otro que afecte su soberanía y su libre autodeterminación.

La instituciones mexicanas, con quien están obligadas es con la sociedad mexicana, con su gente. No queremos saber que una policía defiende a un grupo de narcotraficantes y otra policía esta coludida con otro de los cárteles. No queremos saber más, como nos lo informa don Jesús Blancornelas, que la Policía Judicial Federal, dificultaba las tareas del Ejército en el combate al narcotráfico, y que la milicia ha debido prescindir de la colaboración de las procuradurías para luchar contra el flagelo.

En este marco de complejidad, la responsabilidad de las instituciones es proporcional a su capacidad de convocatoria y de acción. Dentro de las instituciones, el Poder Legislativo debe asumir un papel activo y preponderante, que marque el rumbo y genere impactos multiplicadores, potenciando las capacidades intrínsecas de órganos del Estado y de la sociedad.

Los tres órdenes de gobierno deben participar en todos los ámbitos necesarios y requeridos para entender, frenar, revertir y erradicar causas, manifestaciones y consecuencias de la criminalidad en el país. Los tres poderes que conforman la estructura del Estado deben intervenir por el mismo motivo. Todas las fuerzas organizadas de la sociedad civil tienen asimismo la obligación y el compromiso de aportar esfuerzos y propuestas a la autoridad para enfrentar este flagelo.

La situación que enfrentamos en el país nos lleva a sugerir la constitución de un frente común por la seguridad pública, considerado como un lugar de encuentro para la acción; como un movimiento amplio cuyo sustento sea una base social plural y organizada, que involucre la actividad y el compromiso, sin titubeos, de los sectores y grupos que la conformen, de las instituciones y de todas las fuerzas políticas en el diseño, ejecución y evaluación de acciones en materia de seguridad pública.

Compañeros legisladores, con distintas funciones y responsabilidades, debemos asumir que la seguridad pública es labor de todos los mexicanos y no sólo de las autoridades. Incorporar a la enorme fuerza de la sociedad como actor protagónico es vital para garantizar el éxito de este Frente Común Nacional por la Seguridad Pública.

Revisemos esta propuesta, cuyos objetivos parten de la idea central de que es necesario proceder a la brevedad en el planteamiento y sobre todo la instrumentación de soluciones factibles y creativas al problema.

La criminalidad daña la democracia y la libertad, al favorecer un endurecimiento de los órganos encargados de la seguridad pública, y al fomentar un clima de incertidumbre, pero sobre todo porque se pone en riesgo la existencia misma de la sociedad y del Estado.

Este Frente Común Nacional por la Seguridad Pública debe ser fruto de una acción coordinada entre instituciones y organismos ciudadanos. Con ello, estaremos contribuyendo a que México continúe siendo un lugar de paz y de esperanza, de trabajo y de progreso.

Asimismo, la consolidación de propuestas efectivas y viables para combatir debidamente al crimen organizado, nos proveerá de argumentos y razones para evitar subordinarnos a las estrategias norteamericanas de enfrentamiento a las amenazas regionales contra la seguridad. México debe preservar su independencia y soberanía en la determinación de políticas autónomas de Estado en lo referente a seguridad nacional.

Impidamos que la ausencia de propuestas ante las políticas norteamericanas sobre seguridad nos fuercen a negociar desde posiciones desventajosas en un tema tan delicado como es la lucha contra la criminalidad.

Con base en lo anteriormente expuesto y con fundamento en el artículo 58 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se propone a esta Honorable Legislatura el siguiente:

Punto de Acuerdo económico

Unico.- Que esta soberanía considere la pertinencia de convocar a los tres poderes de la Unión, a las instituciones de los tres órdenes de Gobierno, a los Gobiernos y Congresos estatales, a los partidos políticos, a las organizaciones sindicales y empresariales, a constituir un Frente Común Nacional por la Seguridad Pública, dentro del marco del Acuerdo Político para el Desarrollo Nacional, que permita el establecimiento de una negociación sólida y firme frente al Gobierno norteamericano en condiciones de igualdad, en donde cada país asuma las responsabilidades y las acciones que le competan.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de marzo de 2002.

Atentamente
Dip. Jaime Martínez Veloz (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública; y a la Comisión Especial de Seguridad Pública. Marzo 20 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACION AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN BAJA CALIFORNIA Y EL MUNICIPIO DE PLAYAS DE ROSARITO, BC, PRESENTADA POR EL DIPUTADO INDEPENDIENTE JAIME MARTINEZ VELOZ, EN LA SESION DEL MIERCOLES 20 DE MARZO DE 2002

Exposición de Motivos

Entre las mayores conquistas de los trabajadores mexicanos en la historia contemporánea de México se encuentra la creación del Instituto Mexicano del Seguro Social. De acuerdo con documentos del propio Instituto, su base constitucional se fundamenta en el artículo 123 de la Carta Magna del 5 de febrero de 1917, en donde se declara "de utilidad social el establecimiento de "cajas de seguros populares como los de invalidez, de vida, de cesación voluntaria en el trabajo, de accidentes y de otros con fines similares".

Mencionando algunos de sus antecedentes, en 1929 el Congreso de la Unión considera de utilidad pública la Ley del Seguro Social, pero es hasta 1938, cuando el Presidente Lázaro Cárdenas envió a los legisladores un proyecto de ley que ya se refería a la creación de un Instituto de Seguros Sociales de aportación tripartita, que incluía al Estado, a los trabajadores asegurados y a sus patrones. Sin embargo, la coyuntura de la expropiación petrolera y la crisis consecuente, exigía promover, antes que nada, la unidad nacional.

En 1942, ya siendo presidente Manuel Avila Camacho, se envío a las Cámaras la iniciativa de ley, cuya suprema justificación, fue que se cumpliría uno de los más caros ideales de la Revolución Mexicana. El Congreso aprobó la iniciativa y el 19 de enero de 1943, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley del Seguro Social.

En dicha ley se indica, desde sus artículos iniciales, que la finalidad de la seguridad social es garantizar el derecho humano a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo.

Así, desde su creación, bajo el lema "Seguridad para Todos" la misión del Instituto implicó una decidida postura a favor de la clase trabajadora y sus familiares; misión tutelar que va mucho más allá de la simple asistencia pública y tiende a hacer realidad el principio de la solidaridad entre los sectores de la sociedad y del Estado hacia sus miembros más vulnerables.

La cobertura de población mexicana al amparo de esta institución es uno de los indicadores de bienestar previamente referidos, como evidencia del grado de desarrollo de la sociedad.

Considero importante hacer mención de estos antecedentes para referirme a las necesidades de la población del municipio bajacaliforniano de Playas de Rosarito. Este municipio se caracteriza por su creciente actividad socioeconómica, que en términos relativos tiene el crecimiento más dinámico de los cinco municipios que componen la entidad. Su empuje económico se debe fundamentalmente a sus atractivos turísticos, su privilegiada ubicación cercana a la frontera y a la personalidad emprendedora de los rosaritenses, demostrada en su dedicación al trabajo.

Rosarito, es uno de los más claros ejemplos donde el avance social ha superado la capacidad de respuesta de las instituciones para atender las crecientes demandas. Aquí, ha sido la sociedad la que ha determinado el rumbo y el ritmo de avance del municipio. Entre los años 1995 y 2000, la población del municipio aumentó un 36%, siendo el crecimiento más rápido de Baja California, y con ello, expresando una de las manifestaciones del dinamismo municipal.

Hasta hace dos años, había en Rosarito un médico por cada 2,000 personas de la localidad, cifra que no ha variado en nuestros días. A la fecha y debido tanto a la dinámica de crecimiento poblacional, como a la insuficiente infraestructura y capacidad instalada en las instituciones públicas y dependencias del sector salud, para dar servicio a los habitantes del municipio que requieren atención médica especializada, miles de rosaritenses deben trasladarse anualmente a otras ciudades como Tijuana o Mexicali.

Contar con una clínica propia, al menos de segundo nivel, es una demanda que por años ha unificado a los trabajadores del municipio, quienes esperan acceder a los servicios médicos disponibles e instalaciones que cubran las actuales y crecientes demandas de la población derechohabiente del IMSS.

Con servicios médicos de segundo nivel, sería posible atender a los pacientes que requieren diagnósticos, terapias y rehabilitación, actualmente inexistentes con la infraestructura médica del municipio, además de resolver la carencia de unidades médicas suficientes para una población en constante aumento.

Sin embargo, la situación problemática del IMSS en Baja California no es privativa de Rosarito. La operación estatal del Seguro Social presenta diversos aspectos dramáticos, entre los que destacan: la baja calidad en la prestación del servicio; el desabasto y la escasez de medicamentos, que parece ser ya un fenómeno estructural; la carencia de material y equipo curativo; así como la falta de servicios especializados de tercer nivel.

Desde su creación, el IMSS se formó como un organismo tripartita, y cuenta con una importante fuente de recursos en las cuotas obrero-patronales. Con las cuotas de los trabajadores no existe problema. Los descuentos les llegan vía nómina o se les rebajan de sus pagos. Pero ¿realmente se entregan estas cuotas al IMSS en tiempo y forma y también se hace esto con las cuotas patronales?

Las estadísticas, al menos en Baja California y particularmente en la ciudad de Tijuana, revelan que no. Según datos proporcionados por funcionarios de alto nivel del Instituto, en Tijuana el monto de adeudos al IMSS por concepto del pago de las cuotas obrero-patronales de 2 mil 200 empresas asciende 53 millones 474 mil pesos, que representa el 12.9% del total de patrones registrados en la institución.

Esa es otra de las razones que me impulsan a plantear ante esta soberanía la necesidad de conocer, específicamente para el caso de Baja California, el estado de sus finanzas relacionadas con la fuente de ingresos por cuotas obrero-patronales.

Los habitantes de nuestro estado y especialmente los de Rosarito, que carecen de servicios especializados de seguridad social, merecen reciprocidad de sus instituciones; toda vez que así como ellos han contribuido al engrandecimiento de su entorno, lo menos que pueden esperar de la autoridad es la garantía de que sus cuotas son bien administradas y los patrones aportan lo que les corresponde para asegurarles una provisión de servicios mínimos.

Si grupos corporativos o conglomerados industriales han interrumpido sus obligaciones para cubrir sus cotizaciones, los bajacalifornianos tienen el derecho a informarse de esa situación, así como de exhortar a las autoridades para que remedien las irregularidades.

La gravedad de los servicios y de la atención que brinda el IMSS en Baja California también llega a niveles alarmantes en otros ámbitos de la institución. Durante la pasada Administración Pública federal se construyó en el municipio de Tijuana, el Hospital General de Especialidades número uno del IMSS, el cual tuvo un costo de más de mil millones de pesos y tendría capacidad para atender una demanda potencial de más de 625 mil derechohabientes en un año.

Sin embargo, la falta de presupuesto para la contratación de personal y la insensibilidad social de las autoridades provoca que el hospital más importante del noreste del país no sea puesto en total funcionamiento con los consiguientes costos sociales: la falta de servicios especializados en materia de salud que cancela las esperanzas de vida por el incremento de probabilidades de fallecimiento de miles de trabajadores y familiares bajacalifornianos y de estados circunvecinos; además de propiciar la inutilidad de las instalaciones e improductividad del equipo médico adquirido, valuado en más de 80 millones de pesos.

Resulta absurdo que la puesta en marcha de una institución que generaría efectos multiplicadores favorables en todos los sentidos, ya que respondería a una de las necesidades más imperiosas de los bajacalifornianos y coadyuvaría a la construcción de una economía y de una sociedad más equitativas, además de brindar servicios médicos especializados a los derechohabientes también crearía cientos de fuentes de trabajos directos e indirectos, se mantenga subutilizado por la insensibilidad gubernamental.

Paradójicamente, se requieren más de mil 500 espacios laborales eventuales en las instituciones del Seguro Social en Baja California para brindar un servicio suficientemente satisfactorio. Si realmente se quiere un gobierno transparente y sensible a las necesidades más apremiantes de la ciudadanía, la salud de los trabajadores puede ser buen inicio.

Compañeras y compañeros legisladores:

Como representantes populares y servidores públicos, estamos obligados a redoblar esfuerzos en la búsqueda de medios y formas de provisión de oportunidades y condiciones por las cuales la población mexicana acceda a niveles superiores de bienestar y calidad de vida. De estas oportunidades y condiciones, algunas de las cuales debe proveer completamente el Estado; y otras, como en el caso del IMSS, son posibles por la concurrencia de otros elementos institucionales.

Por lo anteriormente expuesto y

Considerando

Primero.- Que el Instituto Mexicano del Seguro Social es una institución que consolidó en su momento las aspiraciones de la clase trabajadora mexicana, mismas que siguen vigentes; y que es una institución de carácter público cuya misión es otorgar a los trabajadores mexicanos y a sus familias la protección suficiente y oportuna ante contingencias tales como la enfermedad, la invalidez, la vejez o la muerte.

Segundo.- Que los ingresos del IMSS se integran con cuotas obrero-patronales a las que, bajo un esquema tripartita establecido por la ley, se suman las aportaciones del estado mexicano.

Tercero.- Que el Instituto Mexicano del Seguro Social, como ente de servicio público, debe otorgar sus servicios con cortesía, eficiencia y eficacia a todos y cada uno de los trabajadores que cotizan al mismo; así como a sus familias; proveyendo los tratamientos y medicamentos suficientes para cada caso.

Cuarto.- Que en el municipio de Playas de Rosarito se carece de los servicios médicos de segundo nivel, que permitan atender a sus derechohabientes, por lo que estos tienen que trasladarse a clínicas e instalaciones de ciudades vecinas, con los consecuentes riesgos y gastos.

Quinto.- Que el Gobierno mexicano y todas y cada una de sus dependencias y organismos deben administrarse con absoluta transparencia; misma que se refleja, entre otros aspectos, en la información pública no sólo de sus ingresos y gastos, sino de otros datos relevantes de interés público; como por ejemplo en el caso del IMSS en el número de patrones que conforman el padrón, el número de empleados que tienen, las cuotas que pagan al Instituto, la fecha en que lo hacen, para en esta forma certificar que cumplen con la ley.

Con base en lo anteriormente expuesto y con fundamento en el artículo 58 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se propone a esta Honorable Legislatura el siguiente:

Punto de Acuerdo económico

Que la Cámara de Diputados solicite a la Dirección General del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS):

Primero.- Que el IMSS oriente sus esfuerzos a diagnosticar, evaluar y solventar el desabasto de medicinas, equipo y material curativo en las unidades que forman el complejo hospitalario de ese Instituto en Baja California.

Segundo.- Que se proceda a realizar los trámites necesarios, para apoyar con el personal médico, de enfermería y administrativo que reclama la situación de los trabajadores y sus familiares adscritos al IMSS en Baja California.

Tercero.- Que el IMSS diagnostique, analice, y evalúe técnica y socialmente, la factibilidad de responder a la sentida demanda de los bajacalifornianos para que sea edificada una unidad médica de segundo nivel de atención en el municipio de Playas de Rosarito, Baja California y con ello lograr la cobertura completa a los derechohabientes de la localidad.

Cuarto.- Que el IMSS comunique a esta soberanía, la información relativa al número de patrones y trabajadores inscritos en los respectivos padrones y el importe de las cuotas que recibe; tanto correspondientes al estado de Baja California como a cada uno de sus municipios. Asimismo, dé a conocer los montos de los adeudos que a la fecha se tengan por parte de los patrones con el Instituto, así como a quienes hayan incurrido en mora en lo referente al pago de las cuotas obrero-patronales pendientes de ser ingresadas dentro de las finanzas de su delegación en Baja California.

Quinto.- Que el IMSS informe a esta soberanía, qué porcentaje de las cuotas recaudadas en Baja California se invierten en el propio estado; y en su caso, considere la viabilidad de invertir una mayor cantidad de recursos de lo recaudado en Baja California en la misma entidad.

Sexto.- Que el Hospital Regional de Especialidades inicie a la brevedad la prestación de los 35 servicios integrales para los cuales fue construido durante la pasada administración federal; que por su magnitud beneficiaría a los casi dos millones de derechohabientes que tiene el estado de Baja California y que representa en su tipo el más grande e importante en todo el noreste del país.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de marzo de 2002.

Atentamente
Dip. Jaime Martínez Veloz (rúbrica)

(Turnada a las comisiones de Seguridad Social y de Presupuesto y Cuenta Pública. Marzo 20 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA QUE EL CONGRESO DE LA UNION MANIFIESTE SU INCONFORMIDAD POR LA PRETENSION INTERVENCIONISTA DE LAS AUTORIDADES MUNICIPALES DE LA CIUDAD DE TIJUANA EN CONTRA DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE BAJA CALIFORNIA EN EL CAMPUS DE ESE MUNICIPIO, PRESENTADA POR EL DIPUTADO INDEPENDIENTE JAIME MARTINEZ VELOZ, EN LA SESION DEL MIERCOLES 20 DE MARZO DE 2002

Exposición de Motivos

He solicitado dirigirme a esta audiencia para exponer ante todos ustedes, compañeros diputados, un asunto de trascendencia para todos los bajacalifornianos.

Con el pretexto de proteger la integridad y el patrimonio de la comunidad universitaria en la ciudad de Tijuana, el gobierno municipal pretende conseguir un acuerdo de colaboración con el rector de la Universidad Autónoma de Baja California (UABC), a fin de allanar la presencia de elementos de la policía municipal en instalaciones de esta magna institución.

La intención de situar elementos policiacos en instalaciones educativas, se inscribe en el contexto de descomposición del tejido social bajacaliforniano que ha hecho que nuestro estado encabece el primer lugar nacional en denuncias por delitos del fuero federal y del fuero común.

Diversas razones y justificaciones han pretendido excusar la situación de inseguridad pública que padecemos en la entidad, situación que se consolidó en la última década. Las más de las veces, las justificaciones para pretender explicar la violencia y la inseguridad que nos afligen, son pretextos con los cuales la autoridad pretende desviar la atención ciudadana sobre su incapacidad institucional.

Ninguna de las justificaciones esgrimidas por la autoridad ha girado en torno a la realidad incuestionable: como depositario de la voluntad individual de cada sujeto para con la colectividad, es el Estado el responsable único de garantizar la seguridad a todos los miembros de la comunidad.

El Estado es el único agente social que debe monopolizar legalmente el ejercicio de la fuerza. En muchos rincones del país, esta atribución del Estado ha sido renunciada por la misma autoridad, dejando en la indefensión a la ciudadanía. Ya sea por omisión, o por complicidad, los órganos de seguridad del Estado han sido rebasados por la criminalidad, que en sus variantes diversas de peligrosidad y capacidad organizativa, parecen disputarle a la autoridad el ejercicio de la violencia.

En este contexto es que se debe situar el estado de emergencia social que por momentos parece eternizarse en entidades como Baja California, y concretamente en ciudades como Tijuana.

Ante la impotencia de la autoridad y en circunstancias de justa indignación ciudadana por los altos índices delictivos que azotan al estado, es que las medidas espectaculares y supuestamente adecuadas, sirven para justificar abusos y como herramientas de control de sectores sociales que el gobierno observa receloso.

Dadas esas circunstancias es que la presidencia municipal de Tijuana intenta firmar un acuerdo con la rectoría de la UABC a fin de que fuerzas policiacas se instalen permanentemente en el campus universitario de esa ciudad. El pretexto para situar policías en la UABC es supuestamente garantizar la tranquilidad y la integridad de la comunidad universitaria en el lugar, aun a costa de la autonomía de nuestra máxima casa de estudios en Baja California.

El acuerdo entre la presidencia municipal y la rectoría universitaria serviría como cabeza de playa para introducir a la fuerza pública a una institución que goza de autonomía, independencia, y cuyos órganos de gobierno se bastan para atender y resolver cualquier contingencia presentada en su comunidad.

Un centro de enseñanza, de educación, de difusión del conocimiento, no puede ser un cuartel.

En ninguna universidad es posible que se pretenda introducir a la fuerza pública bajo ningún pretexto. Las comunidades universitarias se bastan y sobran para solucionar sus contingencias.

En toda ocasión en que se ha llegado al abuso de utilizar la fuerza pública contra las escuelas, hemos causado heridas profundas en el ánimo social, hemos lastimado la conciencia estudiantil, y hemos enfrentado con la fuerza bruta el natural activismo juvenil del que deberíamos sacar ejemplo de voluntad y responsabilidad.

Si la policía entra a la UABC, se estará violando su autonomía, se estará pisoteando su independencia, se estará sentando un precedente muy riesgoso.

Es inadmisible que toleremos la violación impune de la autonomía universitaria que en Baja California pretende ejercerse sin ninguna consideración de raciocinio político y sin ninguna razón. Los pretextos y las justificaciones le sobran a la autoridad para pretender llevar a cabo este auténtico abuso de fuerza, pero nunca podrán respaldarse en la ley ni en el derecho.

Existe un riesgo muy palpable de confrontar a la comunidad universitaria por este despropósito.

Para ejercer el arte de la política se debe tener la sensibilidad necesaria en una actividad que es compleja por naturaleza. Sin razón, sin necesidad, y sin estrategia se pretende violar la autonomía universitaria, atentando además contra la legalidad.

El sector mayoritario de la comunidad universitaria está consciente de la situación de emergencia por los altos índices de inseguridad que se padecen en Tijuana. Sin embargo, comprenden que esa no puede ser excusa para violar la autonomía universitaria bajo el pretexto de garantizar supuestamente la tranquilidad en las instalaciones escolares. La institución universitaria está consciente de que los mismos órganos de gobierno internos de la UABC bastan y sobran para atender cualquier situación que involucre a la comunidad.

Los universitarios bajacalifornianos no están dispuestos a permitir ningún agravio a la integridad de su alma mater. Ellos mismos saben que sus órganos colegiados podrán resolver cualquier contingencia que influya en sus actividades cotidianas, sin necesidad de intervención foránea. No necesitan de la intervención de fuerzas ajenas a la universidad y mucho menos necesitan ni desean validar la presencia policiaca en sus instalaciones.

Una escuela, una universidad es por naturaleza centro de congregación del entusiasmo juvenil, de sus anhelos, de su comportamiento audaz, progresista. Introducir fuerzas policiales y darles atribuciones que la misma comunidad no le ha otorgado, es un agravio a la naturaleza de una instancia educativa, científica, centro del progreso y el conocimiento.

La pretensión de las autoridades municipales para introducir e instalar permanentemente en la UABC elementos policiacos puede servir a otro propósito oculto: disuadir y controlar a un sector social por naturaleza inquieto y solidario con las causas y demandas populares.

Tomemos en cuenta que en ciudades bajacalifornianas como Mexicali se está gestando un movimiento de amplia base social en contra del retiro abusivo de los subsidios federales al consumo de energía eléctrica en un clima harto extremoso.

La efervescencia social que tiene lugar en Mexicali bien puede atemorizar al poder ejecutivo estatal y hacerlo suponer que el sector estudiantil en Baja California pueda empezar a participar en las movilizaciones sociales. ¿Qué mejor medida, entonces, que acostumbrar al estudiantado a la presencia policiaca en el paisaje universitario?

La intención de instalar retenes policiales en territorio de la UABC nunca se ha sancionado con la comunidad universitaria, que es la que más derechos tiene para decir algo al respecto.

Porque además de estarse ya gestando una generalizada oposición organizada estudiantil para rechazar la entrada de la fuerza pública al campus, los universitarios resaltan el hecho de la poca credibilidad del cuerpo policial encargado de supuestamente velar por la seguridad en la UABC.

Grupos estudiantiles han señalado la contradicción de intentar delegar el cuidado del patrimonio y la integridad universitaria, en una policía que desgraciadamente carece de credibilidad social. Para los tijuanenses no resulta extraña la participación ocasional de elementos policiacos en la comisión de crímenes y delitos que han lastimado a la ciudadanía. Sin generalizar, ni suponer que los aparatos de seguridad del Estado estén contaminados con prácticas delictivas, la consciencia universitaria sí ha recelado de quienes estarían comisionados para supuestamente protegerlos.

La presencia policiaca en el campus universitario podría pretender buscar la desmovilización de un segmento social que por su naturaleza es inquieto, rebelde, entusiasta, solidario, propositivo, participativo.

No podemos tolerar la violación a la autonomía universitaria. Rechazamos esta equivocada pretensión, y nos pronunciamos porque el gobierno municipal y aquellas autoridades de la rectoría, rectifiquen este despropósito, dimensionando el acto ilegal que están a punto de perpetrar en contra de una de las instituciones de las que estamos más orgullosos todos los bajacalifornianos.

Con base en lo anteriormente expuesto y con fundamento en el artículo 58 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de este pleno, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Unico.- Que esta H. Cámara de Diputados haga un respetuoso exhorto a las autoridades del Poder Ejecutivo del municipio de Tijuana, Baja California, a fin de que se respete la ley y se evite atentar contra la autonomía de nuestra máxima casa de estudios en la entidad, la Universidad Autónoma de Baja California (UABC), cuya integridad se encuentra en riesgo ante la pretensión de instalar de manera permanente fuerzas y equipo policiaco en terrenos soberanos de esa casa de estudio; asimismo, que se recuerde a la autoridad municipal su obligación de respetar y hacer respetar la ley orgánica y los cuerpos colegiados de la UABC, mismos que se bastan para atender y resolver cualquier contingencia al interior de la comunidad universitaria.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de marzo de 2002.

Atentamente
Dip. Jaime Martínez Veloz (rúbrica)

(Turnada a las comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos; y de Gobernación y Seguridad Pública. Marzo 20 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO PARA SOLICITAR A LA SECRETARIA DE TURISMO INFORME DE LA PETICION HECHA POR LA COMISION DE TURISMO EN JULIO DE 2001, EN RELACIÓN A DIVERSOS AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO DE JALISCO, Y QUE CONSISTE EN LA INTEGRACION DE UNA MISMA ZONA DEL PACIFICO MEXICANO, COMO DESTINO VALLARTA Y QUE SE DETERMINE COMO ZONA TURISTICA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO SALVADOR COSIO GAONA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL MIERCOLES 20 DE MARZO DE 2002

El suscrito Salvador Cosío Gaona, diputado federal por el 05 Distrito de Jalisco con cabecera en Puerto Vallarta, integrante de la Comisión de Turismo, someto a la consideración de ustedes esta propuesta con punto de acuerdo, que tiene por objeto solicitar la comparecencia de los titulares de la Secretaría de Turismo, Leticia Navarro Ochoa, y de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Pedro Cerisola y Weber, a fin de que acudan a explicar sobre la falta de acciones efectivas para respaldar el esfuerzo de los gobiernos estatales y municipales, así como de los prestadores de servicios y de la comunidad en general de Puerto Vallarta y de los municipios que conforman la región de bahía de Banderas en los estados de Jalisco y Nayarit, especialmente al supuesto avance en el trámite de la declaración oficial como zona turística prioritaria y en relación a los proyectos y programas de promoción y de construcción de obras de infraestructura en comunicaciones, pues a la fecha no existe formalidad al respecto.

Exposición de Motivos

1.- Aunque es evidente y sólo los ciegos o quienes quieran serlo podrán dejarlo de apreciar, Puerto Vallarta y la región conurbada que conforma la bahía de Banderas en Jalisco y Nayarit, es un muy importante polo de desarrollo, y es fundamental para el país, pues el esfuerzo que en esta zona se realiza, contribuye fuertemente al desarrollo económico y social de la nación y es fundamental para la creación de empleos y la captación de divisas. De los propias estadísticas oficiales que emite la Secretaría de Turismo del Ejecutivo federal, queda clara la importancia de Puerto Vallarta y su región, consolidada en global como el segundo destino de playa en captación turística y, por ello insisto es tan importante para nuestra economía nacional.

Ante esto es sorprendente la escasa atención que Vallarta recibe del Gobierno Federal, lo que queda muy claro al observarse que ni siquiera mereció ser mencionado en el Informe Presidencial, ni en el sectorial que entregó la Secretaría de Turismo, y, por otro lado, es también inaceptable el poco respaldo que recibe para continuar creciendo en infraestructura, pues hace ya muchos años que el Poder Ejecutivo federal no apoya a la administración pública local para concluir o realizar diversas obras que se requieren para consolidar su oferta de servicios a la población y al turismo, para mejorar así la calidad de los servicios y, con ello, incrementar la dimensión y calidad de la oferta turística nacional, con el respectivo aumento de ingresos, de divisas y, por supuesto, fortalecer así nuestro mercado interno, y, por ende, nuestra economía nacional.

Añejos son los reclamos de la población y de los gobiernos locales porque, al no ser un destino privilegiado por Fonatur y quizá por su lejanía del centro del país, el crecimiento y consolidación de Vallarta y su región se ha dado con el esfuerzo propio de la comunidad local y esto no puede seguir así.

La secretaria de Turismo, acudió por primera vez a Vallarta a finales de agosto del año pasado, a un día de cumplir un año la actual administración federal. El secretario de Comunicaciones y Transportes, no ha tenido tiempo aún de visitar a esta región. Es normal, poco le importa.

A la secretaria de Turismo, en su visita a Vallarta, se le hizo un recuento, de los requerimientos y carencias de proyectos y programas de. promoción e inversión para consolidar al destino, y constató el esfuerzo que ha realizado la comunidad local.

Puedo enumerar lo más importante de lo que está pendiente.

En cuanto a la Secretaría de Turismo, la inclusión de Vallarta y su región en el Programa de Apoyo a Destinos de Playa y, por qué no, la inclusión en el proyecto "Escalera Náutica" y del Programa "Pueblos Mágicos", así como incluir a Vallarta en la promoción que de México se hace en el extranjero, pues es absurdo que no aparezca, para nada, en documento promocional alguno en las campañas internacionales para atraer turismo a México.

Mención especial requiere, el atender de inmediato y aprobar la solicitud presentada por mi conducto, a nombre de la Comisión de Turismo y en representación de los presidentes municipales de Puerto Vallarta y Cabo Corrientes en Jalisco, ambos del Partido Acción Nacional, así como del presidente municipal de bahía de Banderas, que es del Partido Revolucionario Institucional, los que con el respaldo de sus respectivos gobernadores, ambos de Acción Nacional, solicitaron desde julio del año pasado, la "declaración formal como zona turística prioritaria" para la región que conforman estos municipios de ambos estados. Esto es muy importante, pues beneficiaría a esta región con algunos estímulos fiscales y la obtención de diversos apoyos para la consolidación de infraestructura para el servicio turístico que se requiere, sin descartar el que, finalmente, el Fonatur ponga sus ojos y pueda pasar de las palabras a los hechos en su respaldo a Vallarta.

De la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; se requiere le acelere lo más posible la conclusión del puente sobre el río Ameca en la autopista de ingreso, mismo que después de muchos años de estarlo solicitando ya se inició en su construcción, pero podría ser más ágil el terminar esta obra tan importante, que es el acceso a este destino.

Igualmente, ya lo hemos dicho muchas veces, y seguiremos insistiendo, es necesaria la conclusión de la carretera federal que debe unir directamente y por territorio jalisciense a Guadalajara con Vallarta, no para que sea ésta la famosa vía corta, sino como una obra necesaria para impulsar y consolidar la oferta turística, diversificando la oferta al incluir el turismo de montaña en la sierra aledaña al puerto, así como incorporar plenamente a esta oferta el turismo religioso que se genera a partir de quienes en gran cantidad acuden a visitar la imagen de la denominada "Nuestra Señora del Rosario de Talpa", en el municipio serrano del mismo nombre en Jalisco, también famoso por sus artesanías de chicle natural y agroindustria.

Cabe señalar que esta carretera federal ha sido construida con mucho esfuerzo por los jaliscienses en sus primeros casi doscientos kilómetros y los restantes ochenta están pendientes desde hace diez años, sólo por falta de voluntad política.

También importante es conocer si en realidad, como fue anunciado hace ya muchos meses, el Gobierno Federal tiene contemplado un amplio programa de construcción de obras, entre las que estarla la autopista de cuota entre las poblaciones de Jala, Nayarit, a partir de su entronque con la autopista que une a Guadalajara con Tepic y la población costera nayarita de Bucerías que está conurbada con Puerto Vallarta. Esta sí sería la famosa vía corta entre Guadalajara y Vallarta, es decir la ruta directa y breve entre el Bajío y el Occidente de México y la zona costera de bahía de Banderas.

No puedo dejar de señalar la urgente necesidad de modernizar el aeropuerto internacional Gustavo Díaz Ordaz, que da servicio a esta región, el cual como antes lo he expresado, es realmente una vergüenza. Cabe señalar, en este punto en particular, que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes no ha siquiera instalado el Consejo Consultivo, como ya lo hizo, a petición de esta Cámara, en otros aeropuertos del país, a los que sí le otorgan importancia.

Compañeras y Compañeros Diputados:

Finalmente, me sigo preguntando:

¿Por qué ese extraño desdén hacia Vallarta?

¿Por qué esa ausencia de apoyo del Gobierno Federal?

¿Por qué no se le toma en cuenta en los programas federales de promoción y desarrollo?

¿Cuándo, entonces, se va a hacer algo por parte de este Gobierno Federal, para empezar a impulsar a esta región turística tan importante?

Me queda claro que el Ejecutivo federal tiene las respuestas, y es por ello que solicito comparezcan y lo expliquen los secretarios correspondientes.

Compañeras y compañeros diputados:

Por las consideraciones antes expuestas, luego entonces, someto a su atenta consideración el siguiente

Punto de Acuerdo

Unico.- Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 39, párrafo I; artículo 45, párrafo III, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás relativos aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se acuerda citar a comparecer a la secretaria de Turismo, Leticia Navarro Ochoa, y al secretario de Comunicaciones y Transportes, Pedro Cerisola y Weber, a fin de que informen y expliquen la falta de respaldo al esfuerzo de los gobiernos locales y de la comunidad de Puerto Vallarta y de los municipios que conforman la bahía de Banderas en Jalisco y Nayarit; especialmente en cuanto a la declaración oficial de zona turística prioritaria, y al avance real en los proyectos y programas de promoción y de construcción de infraestructura en comunicaciones.

Palacio Legislativo Federal, marzo 20 de 2002.

Dip. Salvador Cosío Gaona (rúbrica)

(Turnada a las comisiones de Turismo, y de Comunicaciones. Marzo 20 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, PARA QUE A TRAVES DE LA PROCURADURIA FEDERAL DE PROTECCION AL AMBIENTE, PROCEDA DE INMEDIATO EN CONTRA DE LA TALA INMODERADA DE LOS BOSQUES EN EL ESTADO DE MEXICO, PRESENTADO POR EL DIPUTADO FELIPE VELASCO MONROY, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL MIERCOLES 20 DE MARZO DE 2002

Los abajo firmantes, diputados federales del estado de México, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de esta LVIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta asamblea, el punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, proceda de inmediato conforme a la normatividad vigente, en contra de la tala inmoderada de bosques en el estado de México, de acuerdo a las consideraciones que a continuación se narran.

Compañeras y compañeros diputados:

Si no cambiamos las tendencias actuales, se seguirá deteriorando la relación del hombre con la naturaleza, por la explotación irracional de sus recursos y la contaminación ambiental, con el aumento de graves daños al hombre y al equilibrio ecológico.

Por lo que nuestro objetivo es:

Preservar los recursos dados por la naturaleza para todos los hombres, a fin de transmitirlos como herencia enriquecedora a las generaciones futuras.

No hay nadie que frene la deforestación, se asfixia el estado de México por la impune tala de árboles.

El estado de México es víctima de la impune tala de árboles, por lo que se ha perdido una cuarta parte de nuestros bosques, lo que significa haber perdido uno de los pulmones más importantes que oxigenaban a toda esta región, que ahora es también una de las más contaminadas, después del Distrito Federal.

Son dos los aspectos que preocupan en mayor medida a la población: la criminal deforestación y los poderosos grupos que alientan y protegen esta ilícita actividad, denunciada por años pero sin ser castigada hasta el momento.

La tala inmoderada de árboles resulta un buen negocio para los depredadores y todos sus cómplices. Nada más un árbol adulto genera ganancias hasta por dos mil 400 pesos. Y diario, tan sólo de un sitio, suelen salir hasta 10 camiones cargados de la ilegal madera. Esos 10 camiones significan ganancias de hasta 150 mil pesos.

El saqueo en los bosques está a la orden del día, y no hay autoridad alguna que ponga un alto con severidad y con la ley en la mano, porque no es aprehendiendo a uno que otro talador, como se va a resolver el gravísimo problema que se vive en esta entidad y que ya está derivando en serios daños a la salud de muchos pobladores, mientras otros se embolsan carretadas de billetes al devastar un patrimonio invaluable de la humanidad: las áreas forestales, las zonas ecológicas que son, o deben ser, intocables.

Están detectados los sitios donde se esconden los taladores clandestinos: Cahuacán, en Nicolás Romero; Ocuilán, en la frontera con el estado de Morelos; Izta-Popo, que abarca de Ixtapaluca hasta Ecatzingo; el Nevado de Toluca, que va desde Temascaltepec, pasa por Zinacantepec y llega hasta Toluca. También se ha visto afectada la región donde arriban las mariposas monarca, procedentes de Canadá.

Se trata de las áreas forestales de San Felipe del Progreso, Donato Guerra y Villa de Allende. Otra de las áreas afectadas es la sierra de las coletas, en el tramo de Sultepec a Amatepec.

De las 894 mil hectáreas que conforman la superficie total, 558 mil son bosques de pino, oyamel, encino y otras especies. De estas 558 mil hectáreas, 325 mil están consideradas como todo un potencial económico y comercial, pero más del 40 por ciento de estas áreas es detentado por los taladores a los que se llama clandestinos, pero que la verdad hacen su ilícita labor a la vista de todos. Los mismos helicópteros de que disponen televisoras y radiodifusoras, han detectado los momentos en que se realiza la ilegal labor.

A pesar de las denuncias que se han hecho en relación a la tala de árboles, las autoridades no han dado una respuesta en concreto y mucho menos una solución, tal pareciera que son cómplices en este ilícito negocio, y ya es tiempo de que el patrimonio ecológico al que se hace referencia se cuide, ya que cada día sufre mayores daños.

¿Por qué? No hay otra respuesta: porque la misma autoridad, los mismos servidores públicos o funcionarios están coludidos en esta terrible deforestación, a la que sirven día con día y de una manera impune. ¿Quién o quiénes están detrás de los taladores?

¿Quién o quiénes se encargan de expedir los permisos para aprovechar los recursos naturales? ¿Quién o quiénes se encargan de expedir permisos para que funcionen las industrias forestales o los aserraderos?

Muchas son las preguntas que están en el aire, todas ellas exigiendo una pronta respuesta, pero quizá la más inquietante y a la vez preocupante es ¿por qué tenemos que esperar más tiempo y no detienen en el momento mismo en que se denuncia a los clandestinos taladores?

¿Por qué no se hace caso cuando esas denuncias se hacen con oportunidad, a través de la televisión o del radio?

¿Quién o quiénes son los principales depredadores en esta entidad y que nos está conduciendo a una muerte lenta vía asfixia?

¿Quién o quiénes están matando nuestros pulmones ? ¿Por qué los taladores y quienes los protegen tienen impunidad ante la justicia?

¿Qué respuesta les daremos a los ciudadanos mexiquenses cuando nos pregunten por la defensa de nuestros bosques y por no aplicar la ley?

"Basta ya", a la tala inmoderada de nuestros bosques en el estado de México.

Por lo anteriormente expuesto proponemos el siguiente

Punto de Acuerdo

Artículo Primero.- Solicitar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que en uso de sus atribuciones legales, le dé vista a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y a la Comisión Nacional Forestal y se emprendan las acciones necesarias, a efecto de que se investiguen las denuncias de talas inmoderadas en los bosques del estado de México.

Artículo Segundo.- En caso de ser procedente, que se finquen las responsabilidades a quienes corresponda.

Artículo Tercero.- Que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y las autoridades locales, se coordinen para darle una respuesta concreta y eficiente al problema, con el objetivo de ponerle fin.

Artículo Cuarto.- Que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales informe a esta Honorable Cámara de Diputados sobre los resultados que obtenga.

Palacio Legislativo, a los 20 días del mes de marzo del año 2002.

Diputados: Felipe Velasco Monroy, Lucio Fernández González, Mario Sandoval Silvera, Lionel Funes Díaz, Ulises Ramírez Núñez, Felipe Olvera Nieto, Alfonso G. Bravo y Mier, Armando Enríquez Flores (rúbricas).

(Turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Marzo 20 de 2002.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO PARA SOLICITAR QUE EL CONGRESO DE LA UNION INTERPONGA UNA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL CONTRA EL EJECUTIVO FEDERAL POR LA DISMINUCION DE SUBSIDIOS EN LAS TARIFAS ELECTRICAS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO ALFREDO HERNANDEZ RAIGOSA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL MIERCOLES 20 DE MARZO DE 2002

El suscrito diputado federal, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en el artículo 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; me permito presentar ante esta soberanía el siguiente punto de acuerdo como de urgente y de obvia resolución, a fin de proteger los intereses de millones de consumidores de energía eléctrica, así como para conservar nuestro Estado de derecho y los principios fundamentales de nuestra Constitución Política.

Dicho punto lo sustento con base en las siguientes

Consideraciones

I. De nueva cuenta, esta representación popular, se encuentra frente a una política por parte del Ejecutivo federal, de hechos consumados. En efecto, a partir de la fecha en que fue publicada la cancelación de los subsidios y aumento a las tarifas del servicio publico de energía eléctrica, para los usuarios o consumidores domésticos, se ha dado en el debate de la nación y dentro del territorio nacional, un mayoritario rechazo ciudadano a tales decisiones, sin olvidar que los servicios prestados por los organismos públicos descentralizados denominados Comisión Federal de Electricidad y Luz y Fuerza del Centro respectivamente, se aplican a un promedio de 24.5 millones de usuarios en la República, de ellos, 0.59 por ciento se destina al sector industrial; 10.32, al sector comercio; 0.49, al sector agrícola; 0.65, al sector servicios, y 87.95 por ciento a los usuarios domésticos, creando seis nuevas tarifas de servicio doméstico de alto consumo (DAC), que van de los 250 kwh-mes, hasta los 2 mil kwh-mes, impactando a 70 por ciento de la población usuaria del servicio, siendo que el subsidio para la tarifa industrial, asciende a 60 por ciento del mismo y se encuentra intocado a la fecha, y el restante 40 por ciento para el servicio doméstico que ahora se reduce, afectando, con un incremento real de 80 por ciento por las nuevas tarifas domésticas de alto consumo, que significan alrededor de 12 millones de hogares, de los sectores medios y populares de la ciudad y del campo, de una manera desproporcionada e inequitativa.

II. Al respecto, esta decisión de gobierno, debió sustentarse en el cumplimiento de los mandatos constitucionales y sus leyes secundarias, dado su carácter estratégico y pilar fundamental para la soberanía energética de la nación y de su desarrollo y no es permisible su incumplimiento por razones ajenas al interés nacional, en virtud de que no es válido que un acuerdo administrativo que suscribió el secretario de Hacienda y Crédito Publico en forma individual, licenciado José Francisco Gil Díaz, para reducir o cancelar los subsidios y aumentar por otra parte las tarifas domésticas, cuyo impacto social y económico es en detrimento de la población de ingresos medios y bajos, principalmente. Tal y como lo hemos observado en las distintas manifestaciones y expresiones ciudadanas y de actores y sujetos sociales en el país, durante las últimas semanas, a partir de la publicación del referido acuerdo, mismo que en la sociedad, no ha tenido apoyo popular alguno. Por el contrario, únicamente ha generado rechazo y profundos reclamos respecto a promesas postergadas y contrarias al interés social.

III. Es fundamental señalar ante esta soberanía, que el controvertido acuerdo administrativo que se cuestiona, violenta a nuestra carta magna, en diversos preceptos constitucionales, en perjuicio de las facultades y atribuciones de esta honorable Cámara de Diputados, así como al orden social; al orden público y al orden jurídico constitucional. En efecto, desde el artículo 1º de nuestra carta magna, el cual establece que las garantías otorgadas por la propia Constitución no podrán suspenderse o restringirse, sino en los casos y las condiciones que ella misma establece, quedando claro que el precitado acuerdo, ha cancelado, suspendido y restringido hasta cierto punto el subsidio al servicio publico de energía eléctrica a millones de usuarios domésticos o residenciales, sin oportunidad de defensa u opinión al respecto y de paso en forma inconsulta se les aumentan las tarifas, a un escaso mes de haberse aprobado por esta Cámara la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal del año 2002.

IV. Por consecuencia, nos encontramos que por igual, se vulnera el artículo 14 constitucional, el cual dispone acerca de la irretroactividad de la ley y de las garantías individuales y sociales de los ciudadanos, que también son usuarios del servicio público de energía eléctrica, como también lo establecido en su artículo 25 respecto a la rectoría del Estado para el desarrollo nacional y su planeación democrática en su artículo 26 y como principio y mandato fundamental, la exclusividad de la nación para generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación del servicio público, como lo establecen el artículo 27 y su fracción VII constitucionales. De igual importancia resulta lo ordenado en el artículo 28, en su párrafo quinto constitucional, para que el Estado cuente con lo organismos y empresas que requieran para el manejo de las áreas estratégicas a su cargo, de carácter prioritario y de acuerdo a las leyes de la nación.

V. El infundado e inmotivado acuerdo que se cuestiona, contraviene lo dispuesto por el artículo 72, en su inciso h); el que expresamente mandata: "La formación de las leyes o decretos puede comenzar indistintamente en cualquiera de las dos Cámaras con excepción de los proyectos que versaren sobre empréstitos, contribuciones o impuestos, o sobre reclutamiento de tropas, todos los cuales deberán discutirse en la Cámara de Diputados". Teniendo este artículo relación con el artículo 73, en su fracción X, como facultad del propio Congreso de la Unión, para legislar en toda la República sobre energía eléctrica y nuclear, y en su fracción XXIX-A, para establecer contribuciones y en su apartado quinto como contribuciones especiales sobre: a) energía eléctrica y como facultad exclusiva de la Cámara de Diputados en su artículo 74 fracción IV para examinar, discutir y aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, discutiendo primero las contribuciones que ha su juicio, deban decretarse para cubrirlo.

VI. En el artículo 92 constitucional, a su vez se establece, que los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente, deben estar firmados por el secretario del despacho a que el asunto corresponda, observando que el acuerdo en cuestión, carece del refrendo constitucional correspondiente que le dé sustento, legalidad, legitimidad y validez jurídica-constitucional, ya que el secretario de Hacienda y Crédito Público debió haber suscrito conjuntamente con el secretario de Energía el acuerdo del 7 de febrero y con ello guardar la constitución y las leyes que de ella emanen, haciendo que la administración de la Secretaría a su cargo y de las paraestatales del sector eléctrico involucradas, se desempeñen con eficiencia, eficacia y honradez, en beneficio de la ciudadanía en general, dada su naturaleza de ser un servicio público, establecidos a su vez en los artículos 128 y 134 de nuestra Norma Fundamental. Situación que no cumplió el secretario de Hacienda y Crédito Público, violando con ello nuestra Constitución Política y lo correspondiente de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su artículo 13, que señala: "...y cuando se refieran asuntos de la competencia de dos o más secretarías o departamentos, deberán ser refrendados por todos los titulares de los mismos".

VII. ¿En estas decisiones fundamentales, participaron los sectores público, privado o social? ¿Intervino en tiempo y forma, el Banco de México conforme a las Leyes aplicables al caso? ¿Acaso fue consultado el Congreso de la Unión y particularmente esta Cámara en tiempo y forma? ¿Por qué olvidó y omitió el Ejecutivo federal, cuáles son las facultades y atribuciones del propio Congreso al respecto y las exclusivas de esta legisladora?

VIII. Conviene recordar, que el día 1° de enero del presente año, que en la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del presente Ejercicio Fiscal, fue considerado el presupuesto, tanto de la Comisión Federal de Electricidad, como el del organismo descentralizado denominado Luz y Fuerza del Centro y en ambos presupuestos están incluidos los subsidios que serán cubiertos a la población por concepto de servicio doméstico, formando parte los subsidios de ambas entidades del sector eléctrico, a propuesta del Poder Ejecutivo federal, y examinado, discutido y aprobado anualmente en forma exclusiva por la H. Cámara de Diputados.

IX. En este sentido, el artículo 59 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el presente Ejercicio Fiscal, establece que serán responsables, en el ámbito de sus competencias los titulares de las dependencias y entidades con cargo a dichos presupuestos, para la administración de estos subsidios y sus transferencias, como la asignación de recursos federales previstos en el mismo decreto y que se otorgan a los diferentes sectores de la sociedad o a las entidades federativas, proporcionando a los usuarios o consumidores los bienes y servicios a precios y tarifas, en condiciones distintas a las del mercado, para el desarrollo de las actividades prioritarias de interés general y considerando las regiones o estados de la República en condiciones climáticas extremas, circunstancias que el referido acuerdo que se impugna, no tomó en consideración.

X. Asimismo en el artículo 11 del precitado Presupuesto de Egresos de la Federación, se establece que el Ejecutivo podrá autorizar adecuaciones presupuestales por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mismas que deben ser enteradas a la Cámara de Diputados en los informes trimestrales correspondientes y si estas adecuaciones presupuestales ocasionan en conjunto una variación mayor al 10 por ciento del presupuesto total de alguno de los ramos que comprende el Presupuesto, o de las entidades públicas, se deberá solicitar opinión a la Cámara y está deberá emitir opinión a las adecuaciones solicitadas en un plazo máximo de 10 días naturales a partir de la remisión de la solicitud planteada por el Ejecutivo federal, con lo que el Ejecutivo resolverá lo conducente conforme a la ley.

XI. Además, el Ejecutivo federal, debió, con responsabilidad republicana y respetando el principio fundamental de la división de poderes, informar a esta soberanía las modificaciones de los ingresos de las entidades involucradas, incumpliendo lo establecido en el artículo 11 del Presupuesto de Egresos de la Federación y solicitar de igual manera la opinión de la H. Cámara de Diputados sobre dichas adecuaciones presupuestales y hecho que fuere, proceder en consecuencia.

XII. Por ello, tardíamente el subsecretario de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Lic. Guillermo Bernal Miranda, envió al Presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, Luis Pazos de la Torre, el 6 de marzo del 2001, la propuesta de adecuación al presupuesto de la CFE y LyFC autorizado en el 2002, respectivamente. La propuesta consiste en los siguientes puntos:

a) La CFE solicita una ampliación a su techo de gasto programable por 8 mil 677.5 millones de pesos, incremento que se destinará al capítulo de obra pública (9.5 por ciento mayor al autorizado que fue de 91 mil 107.5 millones de pesos).

b) LyFC solicita una ampliación a su techo de gasto programable por un mil 653.0 millones de pesos en inversión física (10.5 superior al autorizado que fue de 15 mil 749.1 millones de pesos).

c) Aclara la dependencia que ambos incrementos al gasto programable, los sustentan en lo establecido en el artículo 19 del decreto de Presupuesto de Egresos 2002, ya que se estiman mayores ingresos derivados del acuerdo que autoriza el ajuste, modificación y reestructuración a las tarifas para suministro y venta de energía eléctrica y reduce el subsidio a las tarifas domésticas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero del año 2002.

XIII. En el presente caso, se cuestiona el acuerdo en comento, porque en forma discrecional y arbitraria se adecuaron los Presupuestos de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, en el cual, se consideró lo presupuestado tanto a la Comisión Federal de Electricidad como de Luz y Fuerza del Centro respectivamente, acordados, sancionados, promulgados y publicados en el Diario Oficial de la Federación, en su Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos correspondiente, el cual fue examinado, discutido y aprobado por ésta legisladora, en forma exclusiva, y los subsidios asignados o autorizados para dichas paraestatales, que forman parte integral del presupuesto y ejercicio anual de ambas entidades del sector eléctrico, contraviniendo la constitucionalidad y su normatividad, en agravio y perjuicio de la división de poderes y del Estado de derecho, por lo cual se solicita se interponga controversia constitucional en contra del Ejecutivo federal al tenor de las siguiente:

Exposición de Motivos

I. Dado que es necesario conservar nuestro Estado de derecho, donde el gobernado como el gobernante respeten todas y cada una de la leyes a las que estamos sujetos, máxime si se trata de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

II. Dado que el Poder Ejecutivo federal en opinión de los diputados abajo firmantes consideran que el Ejecutivo federal, a través del secretario de Hacienda y Crédito Público violó nuestra Carta Magna en sus artículos 1º,14, 25, 26, 27, 28, 92, 128 y 134.

III. Dado que el Poder Ejecutivo federal asimismo a través del Secretario de Hacienda y Crédito Público invadió funciones del Poder Legislativo expresadas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos 72, inciso h); 73, fracción X y XXIX-A, apartado quinto, y 74, fracción IV.

IV. Dado que el secretario de Hacienda y Crédito Público violó lo establecido en los artículos 11 y 59 del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del 2002.

V. Dado que el secretario de Hacienda y Crédito Público, violó lo dispuesto y ordenado en el artículo 13 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

VI. Dado que es responsabilidad de esta soberanía hacer valer su derechos en un marco de respeto y de equilibrio de Poderes.

Por lo anteriormente expuesto y fundado someto a la consideración de esta soberana el siguiente:

Punto de Acuerdo

Unico. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, acuerda presentar ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación por conducto del Presidente de la Mesa Directiva y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, de conformidad con el inciso I), párrafo 1º, del artículo 23 de la Ley Orgánica del Congreso General, una demanda de controversia constitucional en contra del Ejecutivo Federal en términos de lo previsto por el artículo 105, en su fracción I, inciso c), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por la inconstitucionalidad del acuerdo de fecha 7 de febrero del año 2002, publicado y promulgado en el Diario Oficial de la Federación, por la extralimitación de facultades y atribuciones del Ejecutivo federal, por el cual autorizó el ajuste, modificación y reestructuración a las tarifas para el suministro y venta de energía eléctrica y reduce el subsidio de las tarifas domésticas, en perjuicio de las facultades y atribuciones de esta H. Cámara de Diputados, expresamente señaladas en la Constitución de la República, perjudicando asimismo a los usuarios domésticos en la República Mexicana.

Compañeras diputadas y estimados legisladores, es preciso que aprobemos el presente punto de acuerdo a fin de que respetemos los principios de igualdad y equilibrio entre los Poderes de la Unión.

El Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial tienen asignadas sus funciones, no permitamos que ninguno de ellos invada las funciones del otro y caigamos en una simulación de República federal democrática.

No nos opongamos a aprobar el presente punto de acuerdo, si lo hacemos, esta soberanía se estará convirtiendo en protector de la ilegalidad del Ejecutivo Federal, pero lo más grave es que estaríamos siendo juez y parte, al no permitir que las instancias que hemos creado y en la cual hemos confiado resuelvan esta controversia.

Entonces que no haya desconfianza en dejar al Poder Judicial de la federación en resolver si el Ejecutivo federal invadió funciones de esta soberanía que sea este Poder el encargado de dirimir la controversia y no nosotros, no una fracción parlamentaria no un grupo de legisladores sino el Poder Judicial de la Federación.

Palacio Legislativo a 20 de marzo del 2002

Diputados: Alfredo Hernández Raigoza, María de las Nieves García Fernández, Arturo Hervis Reyes, Ricardo Moreno Bastida, Juan Carlos Regis Adame, Víctor García Dávila, José Manuel del Río Virgen, Pedro Miguel Rosaldo Salazar, Patricia Aguilar García, Hortensia Enríquez Ortega, Esther López Cruz, Norma Enriqueta Basilio Sotelo, José Calderón Cardoso (rúbricas).

(Turnada a la Junta de Coordinación Política. Marzo 20 de 2002.)
 
 




Efemérides
SOBRE EL DIA DE LA FORESTACION, PRESENTADA POR LA DIPUTADA JULIETA PRIETO FUHRKEN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PVEM, EN LA SESION DEL MIERCOLES 20 DE MARZO DE 2002

Desde tiempos inmemorables, el ser humano y los bosques hemos estado conectados a través de una especial relación basada en la supervivencia mutua, relación que antes manteníamos con respeto y dignidad.

Sin embargo, el hombre comenzó a trastornar este equilibrio y empezó a ver al bosque no como parte de sí mismo, sino como algo a ser conquistado, como algo que aparentaban no tener límites, por lo que su explotación ha sido de manera irresponsable.

Los niveles de deforestación son alarmantes, según datos de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, la cobertura forestal del planeta ha pasado de seis mil millones de hectáreas hace unos ocho mil años, a cerca de tres mil 500 millones en la actualidad. Cada año desaparecen en el mundo entre 14 y 15 millones de hectáreas.

En México, en los últimos siete años, la tasa de deforestación anual casi se ha duplicado, convirtiéndonos en el segundo país, después de Brasil, con graves problemas de deforestación, teniendo una pérdida de masa forestal y vegetal que ha pasado de 600 mil hectáreas, a más de un millón cada año, extensión similar a la del estado de Querétaro.

De seguir con esta tendencia, en 127 años los bosques mexicanos desaparecerían en su totalidad, mientras que en 58 años no habría más selvas.

Estos datos, claramente indican que los bosques sí tienen límites, y por ello, es tiempo de regresar al anterior equilibrio para asegurar que el clima y la atmósfera, sean adecuados para la sobrevivencia humana, ya que los bosques y selvas son indispensables en los procesos de captura de carbono, ciclo hidrológico, protección de suelos y biodiversidad.

Es aquí donde surge la importancia de la forestación que a nivel mundial, celebramos este 21 de marzo y cuya atención y promoción es de la mayor relevancia para los legisladores del Partido Verde Ecologista de México.

Prueba de ello, es que en la discusión del Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2002, promovimos un incremento de mil millones de pesos al presupuesto de la Comisión Nacional Forestal para que se incentiven programas de forestación, tales como el Pronare, Prodefor y Prodeplan.

Hacemos un exhorto a las autoridades ambientales, especialmente a la Conafor, para que realmente se vea reflejado este esfuerzo legislativo en el cumplimiento de sus objetivos y metas. Solo así podremos destinar cada vez más recursos a la conservación y restauración de nuestros bosques.

Así mismo, debemos reconocer que aún cuando la actividad de forestación todavía constituye un proceso reciente en el país, México es una de las naciones que exhibe innumerables ventajas naturales para el desarrollo forestal.

Estamos convencidos que es indispensable impulsar una enérgica política forestal que permita el desarrollo de nuevas tecnologías, mejoramiento de las especies forestales más eficientes, aprovechamiento de los mejores sitios forestales y una gran capacidad de inversión en el sector.

Finalmente, consideramos que se debe fomentar urgentemente la cultura forestal para impulsar el uso eficiente, diversificado y sostenido de los elementos que integran los ecosistemas forestales, a fin de incrementar la participación de este sector en la economía local y nacional, pero garantizando la conservación de nuestros bosques y selvas.

Es tiempo de pensar en la conservación de los bosques para lograr la preservación de nuestra especie, el hombre.

Atentamente
Dip. Julieta Prieto Fuhrken
 
 



Actas

DE LA COMISION DE ASUNTOS INDIGENAS, DE SU REUNION PLENARIA REALIZADA EL MIERCOLES 28 DE NOVIEMBRE DE 2001

Acta de la Comisión de Asuntos Indígenas, celebrada el 28 de noviembre de 2001

Presidencia del diputado
Héctor Sánchez López

En la capital de los Estados Unidos Mexicanos, a las quince horas con treinta minutos, el Presidente de la Comisión al cumplirse con el quórum reglamentario declara instalada formalmente el pleno de la Comisión con la asistencia de 25 legisladores.

El Presidente de la Comisión, Héctor Sánchez López, da lectura al orden del día:

1.- Lista de asistencia y declaración de quórum.
2.- Lectura y aprobación del orden del día.
3.- Comparecencia de la Ing. Xóchitl Gálvez Ruiz, coordinadora de la Oficina para el Desarrollo de los Pueblos Indios de la Presidencia de la República al antropólogo Marcos Matías Alonso, director general del Instituto Nacional Indigenista, y al licenciado Eduardo Escalante, director general de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el fin de presentar los programas de trabajo para la atención de los pueblos indígenas en el proyecto de Presupuesto de Egresos del 2002.

4.- Rondas de participación de los grupos parlamentarios.
5.- Respuestas.
6.- Comentarios finales.

Es aprobado el orden del día por unanimidad.

El diputado Héctor Sánchez López, Presidente de la Comisión de Asuntos Indígenas, da la bienvenida a la ingeniera Xóchitl Gálvez Ruiz, coordinadora del Programa Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de la Presidencia de la República, al antropólogo Marcos Matías Alonso, director general del Instituto Nacional Indigenista, y al licenciado Eduardo Escalante director general de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Hacienda, con el fin de presentar los programas de trabajo para la atención de los pueblos indígenas en el proyecto de Presupuesto de Egresos del 2002.

Hace uso de la palabra la ingeniera Xóchitl Gálvez Ruiz, para referirse al Presupuesto y a los programas que se implementaron a la atención de los pueblos indígenas, por parte del Gobierno Federal considerando las reformas constitucionales al artículo 2º, inciso b), de la Constitución Política.

El Presidente de la Comisión cede el uso de la palabra al director general del Instituto Nacional Indigenista, antropólogo Marcos Matías Alonso, quien informa los diversos programas y proyectos que se realizan en el Instituto Nacional Indigenista; el primero es la reestructuración y evaluación de los fondos regionales para el desarrollo de los pueblos indígenas, en virtud de que se concentra el mayor monto financiero que recibe la Institución.

El segundo es el fortalecimiento del Programa Nacional para la Liberación de Presos Indígenas.

El tercero es la intención de crear el Instituto Nacional de las Lenguas Indígenas.

El cuarto elaboración de dos diagnósticos sobre los problemas de los pueblos indígenas.

El quinto la creación del Consejo Asesor para la Presidencia en el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. Este Consejo contribuyó a dos grandes temas: la reforma constitucional y el desarrollo económico para los pueblos indígenas.

El Presidente de la Comisión, Héctor Sánchez López, cede el turno al director general de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Hacienda, Eduardo Escalante, quien manifiesta que el Presupuesto de Egresos de la Federación, establecía la obligación del Gobierno Federal para otorgar recursos directos para la incorporación de los pueblos indígenas al desarrollo del país. De los programas orientados a las comunidades Indígenas se establecen recursos para: la Secretaría de Desarrollo Social por 5 mil 521.3 millones de pesos; la SEP 2 mil 783.6 millones de pesos; Secretaría de Salud 2 mil 390.2 millones de pesos; el IMSS e IMSS Solidaridad 7,240 millones de pesos; Sagarpa mil 298.2 millones de pesos.

El Presidente de la Comisión menciona que se abre la ronda de preguntas y respuestas.

El diputado José Melitón Morales Sánchez del PRI, menciona que el Presupuesto tiene una connotación de alta profundidad divina porque está en todos lados, pero nadie la puede ver porque no se concreta, y será cuestión de que comencemos a ver las cosas concretas. El diputado hace la siguiente pregunta a la ingeniera Xóchitl Gálvez Ruiz: ¿cuál es el sustento legal de sus funciones?

Señala que el Presupuesto está en escuelas, se les paga a los maestros, a los médicos, se les paga a los médicos de la seguridad social. El Presupuesto Federal sirve para pagar los gastos también de la Cámara de Diputados, de la Cámara de Senadores, el Presupuesto es tangible.

El diputado José Melitón hace uso de su derecho de replica y señala que le parece de mala fe la respuesta del licenciado Eduardo Escalante y la omisión de la ingeniera Xóchitl Gálvez a la pregunta planteada por el diputado.

El diputado Cándido Coheto, Presidente en funciones, hace uso de la palabra, para ofrecer una disculpa por parte del Presidente de la Comisión, diputado Héctor Sánchez López, ya que por razones de fuerza mayor tuvo que retirarse de la reunión, agradece la asistencia y la comparecencia de la ingeniera Xóchitl Gálvez, del antropólogo Marcos Matías y del director general de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Hacienda, Eduardo Escalante.

No habiendo otro asunto que tratar se levanta la sesión siendo las 18 horas con 40 minutos.

Mesa Directiva

Dip. Héctor Sánchez López (rúbrica)
Presidente

Dip. Feliciano Moo y Can (rúbrica)
Secretario

Dip. Pablo de Jesús Arnaud Carreño (rúbrica)
Secretario

Dip Bonifacio Castillo Cruz
Secretario

Dip. Cándido Coheto Martínez (rúbrica)
Secretario
 
 
 

DE LA COMISION DE ASUNTOS INDIGENAS, DE SU REUNION PLENARIA REALIZADA EL JUEVES 13 DE DICIEMBRE DE 2001

Acta de la Comisión de Asuntos Indígenas, celebrada el jueves 13 de diciembre de 2001

Presidencia del diputado
Héctor Sánchez López

En la capital de los Estados Unidos Mexicanos, siendo las 16 horas con 20 minutos el Presidente de la Comisión al cumplirse con el quórum reglamentario declara instalado formalmente el pleno de la Comisión, con la asistencia de 26 legisladores.

El diputado Pablo de Jesús Arnaud Carreño da lectura al orden del día:

1.- Lista de asistencia y declaración de quórum.
2.- Lectura y aprobación del orden del día.
3.- Lectura y aprobación del acta de la reunión de pleno del 21 de noviembre de 2001.

4.- Análisis y discusión de una propuesta de "proposición con punto de acuerdo para presentar un presupuesto alternativo para la atención de los pueblos indígenas en el Presupuesto de Egresos de 2002".
5.- Análisis y discusión de una propuesta de "proposición con punto de acuerdo para el establecimiento de una tarifa preferencial del cobro de energía eléctrica en las comunidades indígenas".

6.- Propuesta de visita de trabajo en el mes de marzo con los reubicados de la presa Cerro de Oro en Oaxaca.
7.- Asuntos generales.

El diputado secretario somete a consideración de la asamblea el orden del día, mismo que es aprobado por unanimidad.

El diputado Presidente concede el uso de la palabra al secretario de la Comisión, diputado Pablo de Jesús Arnaud Carreño, para referirse al punto 3 del orden del día, lectura y aprobación, en su caso, del acta de la reunión anterior. En virtud de que el acta se remitió a todos los integrantes con fecha 12 de diciembre de 2001, se propone dispensar su lectura y someterla a votación. La asamblea aprueba la propuesta.

El diputado José Melitón Morales solicita de manera específica que se conste en el acta lo que preguntó y en los términos como no contestó la ingeniera Xóchitl Gálvez Ruiz.

El secretario Pablo de Jesús Arnaud Carreño somete a votación la aprobación del acta, misma que se aprobó por unanimidad.

El Presidente de la Comisión propone discutir la elaboración de un punto de acuerdo para crear una Subcomisión Plural con el fin de elaborar una propuesta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para que los recursos que sean destinados en cada una de las secretarías a los pueblos indígenas, estén etiquetados y tengan un impacto directo en dichas comunidades.

El diputado José María Guillén Torres, manifiesta su aprobación con el punto de acuerdo propuesto por el Presidente de la Comisión, y señala que no hay que olvidar lo que textualmente señala el artículo 2, apartado B, párrafo noveno de la Constitución de que hay que aprobar una partida específica, independientemente de lo que se vaya a aprobar en cada secretaría de Estado.

Hace uso de la palabra el diputado Santiago López Hernández, señala que al no haber más recursos va haber más problemas en las regiones, en las comunidades, por lo cual es de gran importancia crear dicha Subcomisión, señala que en el estado de Chiapas se deben de buscar centros de integración social y se cree una Instituto de Lenguas en Chiapas, por eso la importancia de buscar mas recursos para evitar problemas y rezagos que tienen las comunidades.

Hace uso de la palabra el diputado Cándido Coheto Martínez, señala que apoya la propuesta de crear una Subcomisión que no solamente sea el ordenamiento del presupuesto; sino que también se vea qué asuntos tienen una prioridad superior en los pueblos indígenas para su desarrollo y que se vean los mecanismos para que se garanticen los recursos que efectivamente impacten a los pueblos indígenas.

Otro problema fundamental es la falta de caminos que es un gran detonador del desarrollo, al no haber caminos no permiten la salida de productos al mercado, de igual forma el asunto de la luz, el agua potable, los albergues escolares, tomando en cuenta la vigencia del artículo 2, apartado B, recientemente reformado.

Hace uso de la palabra la diputada Celia Martínez Barcenas, la cual señala que apoya la propuesta de crear una Subcomisión para la elaboración de una propuesta de proyecto alternativo para la atención de los pueblos indígenas en el Presupuesto de Egresos del 2002.

En el mismo sentido el diputado Héctor Sánchez López, propone que sea mayor el presupuesto del INI para dar atención a los albergues, educación, cultura, programas productivos, etcétera.

Hace uso de la palabra la diputada Nelly Campos Quiroz, señala que está de acuerdo que se dé la creación de una Subcomisión pero le surge una interrogante: ¿a qué le vamos a quitar para que pueda haber mayor ingreso?

El diputado Miguel Angel Mantilla Martínez, en usos de la palabra, manifiesta que hay que canalizar recursos en forma mas significativa pero también se debe señalar de dónde van a salir dichos recursos.

Para el mismo asunto el diputado Justino Hernández Hilaria, manifiesta que está de acuerdo en que se forme una Subcomisión para tratar sobre la propuesta del presupuesto y hace alusión al artículo 2, fracción novena, en el que se necesita un presupuesto específico destinado a los pueblos indígenas.

Hace uso de la palabra el diputado Pablo de Jesús Arnaud Carreño, para señalar que el problema central es de dónde se obtendrían los recursos para los pueblos indígenas, asegura que en la Sagarpa, Semarnat, en la CNA hay mucho dinero para los pueblos indígenas pero dichas instituciones no mencionan exactamente en que se van a ocupar, y se necesitaría un organismo que coordine a las diferentes secretarías para vigilar los recursos y lleguen a estos pueblos indígenas.

Hace uso de la palabra el diputado José Feliciano Moo y Can, manifiesta que está de acuerdo en que se forme una Subcomisión y propone crear una dependencia autónoma que tenga peso específico en la administración pública, reconocida y valorada, para tomar decisiones en los estados y en las regiones, hacer una revisión a nivel nacional y de todos los rubros del presupuesto.

El diputado Santiago López Hernández, manifiesta que está de acuerdo en la creación de dicha Subcomisión.

Para el mismo asunto y para presentar una propuesta hace uso de la palabra el diputado Santiago Guerrero, quien menciona que el artículo 19, fracción I, inciso i), del proyecto de Presupuesto de Egresos para el 2002 se contemplan fondos: por ejemplo, el Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros, al que se le asigna el 33%; otro 33% para mejorar el balance económico del sector público y el 34% para impulsar programas y obras de infraestructura para el Sur-Sureste, que se refieren a la infraestructura hidráulica, agua potable, alcantarillado, en las regiones con mayor rezago, etcétera, propone reducir esos porcentajes a 30%, por cada uno de estos fondos que ya están y que el 10% estuvieran contemplados para crear el fondo de desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas.

Hace uso de la palabra el diputado José Melitón Morales, señala que está de acuerdo en la creación de una Subcomisión para el estudio y propuesta presupuestal, la cual tiene que ser racional y viable, señala que para efectos de divulgación informativa el Congreso de la Unión sólo cuenta con setenta y seis millones de pesos, mientras que el titular del Poder Ejecutivo cuenta con 190 millones.

El diputado José María Guillén, manifiesta que hay un Centro de Estudios de Finanzas Públicas y propone que se reúnan las comisiones de Hacienda, de Presupuesto, y la Comisión de Asuntos Indígenas, y dicho Centro de Estudios proporcione una opinión sobre el Presupuesto.

Para el mismo asunto la diputada Beatriz Grande López señala que está de acuerdo en esos porcentajes que manifiesta el diputado Santiago Guerrero y se busque ese 10% para que se aplique directamente al desarrollo de los pueblos indígenas, que es el momento para que los fondos ya no sean manejados por los gobernadores sino de forma directa en beneficio de los pueblos indígenas.

El diputado Miguel Angel Mantilla Martínez señala la importancia de sacar a los pueblos indígenas del rezago y comenta tres acciones, primero el asunto de depurar la operación y hacerla eficiente, segundo el asunto de la iniquidad presupuestal visto como nación, y tercero la propuesta fiscal.

El diputado Gumercindo Alvarez Sotelo, hace uso de la palabra y propone que se debe presentar un punto de acuerdo en el que se establezcan todos los recursos que maneja el INI actualmente y se analicen con detenimiento su función para las comunidades indígenas.

Para el mismo asunto el diputado Pablo de Jesús Arnaud Carreño hace uso de la palabra y propone que la Subcomisión aprobada en reuniones anteriores, sea la que se aboque a elaborar una propuesta de presupuesto a la mayor brevedad posible.

El Presidente de la Comisión menciona que esta Subcomisión está integrada por los diputados Augusto Gómez Villanueva (PRI), José Feliciano Moo y Can (PRI), Nelly Campos Quiroz (PAN), Samuel Yoselevitz Fraustro (PAN), Miguel de Jesús Mantilla Martínez (PAN) Héctor Sánchez López (PRD), Pablo de Jesús Arnaud Carreño (PAN), Francisco Ríos Alarcón (PRI), José María Guillén Torres (PRI).

El secretario somete a votación dicha propuesta misma que es aprobada por unanimidad.

En virtud de la hora quedando pendientes los puntos cinco y seis y asuntos generales del orden del día, siendo las 17 horas con 30 minutos se suspende la sesión hasta nuevo aviso.

Mesa Directiva

Dip. Héctor Sánchez López (rúbrica)
Presidente

Dip. Feliciano Moo y Can (rúbrica)
Secretario

Dip. Pablo de Jesús Arnaud Carreño (rúbrica)
Secretario

Dip Bonifacio Castillo Cruz
Secretario

Dip. Cándido Coheto Martínez (rúbrica)
Secretario
 
 







Convocatorias
DE LA COMISION DEL DISTRITO FEDERAL

A su reunión de trabajo con la Lic. Claudia Sheinbaum Pardo, secretaria de Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal, el lunes 25 de marzo, a las 10 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. Jorge Alberto Lara Rivera
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE RADIO, TELEVISION Y CINEMATOGRAFIA

A la reunión de su Junta Directiva, el lunes 25 de marzo, a las 14 horas, en la sala de juntas de la Comisión.

Orden del Día

1. Lista de asistencia.
2. Declaración de quórum.
3. Informe de la Direccción General de Apoyo Parlamentario.
4. Foro Los infantes y adolescentes frente a los medios electrónicos de comunicación.
5. Proyecto Intelite.
6. V Conferencia Internacional Los medios electrónicos en el marco de la Reforma del Estado en México.
7. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Lionel Funes Díaz
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE COMUNICACIONES

A su reunión de trabajo, el martes 26 de marzo, a las 15 horas, en el salón D del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y verificación de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.
4. Informe de asuntos turnados por la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.
5. Informe de los trabajos para la revisión integral de la Ley Federal de Telecomunicaciones.
6. Discusión y, en su caso, aprobación de proyectos de dictámenes de asuntos turnados a la Comisión,
7. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Jesús Orozco Alfaro
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE ATENCION A GRUPOS VULNERABLES

A su reunión plenaria, el martes 26 de marzo, a las 8:30 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales, en la cual estará como invitado especial el Lic. Pedro Borda Hartmann, director general del Instituto Nacional de Adultos en Plenitud (Inaplen).

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.
4. Intervención del Lic. Pedro Borda Hartmann, director general del Instituto Nacional de Adultos en Plenitud (Inaplen).
5. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Enrique Adolfo Villa Preciado
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

A la reunión de su Mesa Directiva, el martes 26 de marzo, a las 8:30 horas, en la sala de juntas de la Comisión.

Atentamente
Dip. Diego Cobo Terrazas
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE VIGILANCIA DE LA AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION

A su reunión de trabajo para atender la comparecencia del Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Jonathan Davis Arzac, el martes 26 de marzo, a las 8:30 horas, en el salón Leona Vicario, ubicado en el edificio H, planta baja.

Atentamente
Dip. Manuel Galán Jiménez
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE REFORMA AGRARIA

A su décima quinta reunión plenaria, el martes 26 de marzo, a las 9 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Pase de lista.
2.. Verificación de quórum.
3. Informe de avances de los Foros de Consulta sobre el Marco Jurídico Agrario.
4. Informe de trabajo legislativo.
5. Propuesta de actividades para el 10 de abril.
6. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Félix Castellanos Hernández
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE SEGURIDAD SOCIAL

A la reunión de su Junta Directiva, que se efectuará el martes 26 de marzo, a las 9 horas, en las oficinas de la Comisión, ubicadas en el segundo piso del edificio D.

Atentamente
Dip. Cuauhtémoc Montero Esquivel
Presidente
 
 
 

DEL COMITE DEL CENTRO DE ESTUDIOS SOCIALES Y DE OPINION PUBLICA

A su reunión de trabajo, el martes 26 de marzo, a las 9 horas, en el salón F del restaurante Los Cristales, con las personas seleccionadas para integrar el Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública.

Atentamente
Dip. José Antonio Hernández Fraguas
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION ESPECIAL DE SEGURIDAD PUBLICA

A su reunión ordinaria de trabajo, el martes 26 de marzo, a las 9:30 horas, en el salón de usos múltiples del edificio D, planta baja.

Atentamente
Dip. Manuel Espino Barrientos
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE SEGURIDAD SOCIAL

A su reunión ordinaria, que se llevará a cabo el martes 26 de marzo, a las 10 horas, en la zona C del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la reunión anterior, celebrada el 27 de febrero.
4. Análisis de anteproyectos de dictamen pendientes de trámite legislativo.
5. Asuntos generales.
6. Clausura de la reunión.

Atentamente
Dip. Cuauhtémoc Montero Esquivel
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE PESCA

A su reunión de trabajo, que se llevará a cabo el martes 26 de marzo, a las 14 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Lista de asistencia.
2. Lectura del acta de la asamblea anterior.
3. Instalación de la Subcomisión para el Estudio de la iniciativa que reforma el párrafo segundo del artículo 13 de la Ley de Pesca, turnada a la Comisión el día 14 de diciembre de 2001.

4. Proyecto de dictamen que presenta la Subcomisión para el Estudio de la iniciativa que reforma y adiciona los artículos 24, 25, 26 y 27 de la Ley de Pesca y 420 del Código Penal Federal.
5. Proyecto de Dictamen a la proposición con punto de acuerdo presentada por el diputado Jaime Larrazábal Bretón, para que la flota atunera se retire a 30 millas de la costa, del faro del Morro Ayuta a Puerto Escondido, en el estado de Oaxaca.

6. La Comisión de Pesca del H. Congreso del estado de Sinaloa ha enviado a esta Comisión una propuesta para promover la celebración de congresos nacionales de legisladores a cuya competencia corresponda el sector pesca, con objeto de analizar, promover e impulsar las políticas pesqueras acordes al desarrollo que demanda el sector pesquero nacional.
7. Asuntos generales.
8. Clausura.

Atentamente
Dip. Guillermo Díaz Gea
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE EQUIDAD Y GENERO

A la reunión de su Mesa Directiva, el martes 26 de marzo, a las 14:30 horas, en la sala de juntas de la Comisión.

Atentamente
Dip. Concepción González Molina
Presidenta
 
 
 

DE LA COMISION DE DESARROLLO SOCIAL

A la reunión de trabajo de la Subcomisión de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano, el martes 26 de marzo, a las 15 horas, en las instalaciones de la Comisión.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y declaración de quórum
2. Reunión con los miembros del Comité Técnico y de Distribución del Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares con el objeto de exponer la gestoría de vecinos de diversas colonias de la ciudad de Torreón, Coahuila.
3. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Francisco Javier Cantú Torres
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE VIGILANCIA DE LA AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION

A su reunión ordinaria de trabajo, el martes 26 de marzo, a las 17 horas, en el salón Leona Vicario, ubicado en el edificio H, planta baja.

Orden del Día

1. Asistencia y declaratoria de quórum.
2. Lectura del acta de la reunión del 27 de febrero de 2001, discusión y, en su caso, aprobación.
3. Sobre el proceso de selección del candidato para el nombramiento del titular de la Unidad de Evaluación y Control.
4. Informe sobre los trabajos de análisis al Manual General de Organización de la Auditoría Superior de la Federación.
5. Subcomisión de Seguimiento al Rescate Bancario. Informativo.
6. Invitación de la Asamblea Nacional de Organos de Fiscalización Superior (ASOFIS), y visita de funcionario de la Oficina Nacional de Auditoría de la República China.
7. Asuntos generales.

Atentmente
Dip. Manuel Galán Jiménez
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE JUVENTUD Y DEPORTE

A su reunión plenaria, el miércoles 27 de marzo, a las 9:30 horas, en el salón D del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Declaración de quórum.
2. Votación y aprobación de las actas de las sesiones anteriores.
3. Discusión, votación y aprobación del dictamen a la iniciativa de Ley Federal de la Juventud.
4. Acuerdos relativos al Foro de la Juventud en Toluca, estado de México.
5. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Arturo Escobar y Vega
Presidente
 
 
 

DEL COMITE DEL CENTRO DE ESTUDIOS DE LAS FINANZAS PUBLICAS

A su reunión de trabajo, el miércoles 27 de marzo, a las 10 horas, en la sala de juntas del Centro.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.
4. Propuesta de temas y ponentes para realizar el foro Reformas al Sector Energético.
5. Presentación y análisis del Convenio Marco de Colaboración Institucional.
6. Presentación del Proyecto Certificación ISO 9000, que de aplicarse a los procesos técnico-adminitrativos que realiza el CEEP, permitiría elevar la eficiencia y calidad de los mismos.
7. Análisis y, en su caso, aprobación de la agenda de trabajo a desarrollar en la próxima visita al Congressional Budget Office (CBO).
8. Presentación del proyecto del diplomado Las Finanzas Públicas y su Impacto en el Bienestar Poblacional.
9. Asuntos generales.
10. Clausura de la reunión.

Atentamente
Dip. Moisés Alcalde Virgen
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE TRANSPORTES

A su reunión ordinaria de trabajo, que tendrá verificativo el miércoles 27 de marzo, a las 10 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales

Orden del Día

1. Lista de asistencia y declaración de quórum.

2. Discusión y, en su caso, aprobación de los siguientes dictámenes:

3. Asuntos generales.
4. Clausura.

Atentamente
Dip. Juan Manuel Duarte Dávila
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE VIGILANCIA DE LA AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION

La Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, de conformidad con lo previsto en los artículos 67, fracción IX, y 93, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación:

Convoca

Al proceso de selección del candidato para el nombramiento del Titular de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, de acuerdo con las siguientes:

Bases

I. Los aspirantes deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 73 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación; a saber:

a) Ser ciudadano mexicano por nacimiento y no adquirir otra nacionalidad, en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

b) Tener por lo menos treinta y cinco años cumplidos el día de la designación;

c) Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito intencional que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se trata de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro, que afecte seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena;

d) Haber residido en el país durante los dos años anteriores al día de la designación;

e) No haber sido Secretario de Estado, Jefe de Departamento Administrativo, Procurador General de la República o de Justicia del Distrito Federal, Senador, Diputado Federal, Gobernador de algún Estado o Jefe de Gobierno del Distrito Federal; ni dirigente de algún partido político, ni haber sido postulado para cargo de elección popular en los cuatro años anteriores a la propia designación;

f) Contar al momento de su designación con una experiencia de cinco años en el control, manejo o fiscalización de recursos, y

g) Contar el día de su designación, con antigüedad mínima de diez años, con título profesional de contador público, licenciado en derecho, licenciado en economía, licenciado en administración o cualquier otro título profesional relacionado con las actividades de fiscalización expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello.

II. Los aspirantes deberán presentar, por escrito, una solicitud en la que expresen su interés de participar, su currículum vitae, al cual deberán acompañar copias de las constancias y demás documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos para este proceso.

III. La documentación requerida deberá entregarse en cinco ejemplares, del 11 al 15 y del 18 al 22 de marzo de 2002, de 10:00 a 21:00 horas, en la oficina de la Comisión de Vigilancia, sito en Avenida Congreso de la Unión Nº 66, Colonia El Parque, Delegación Venustiano Carranza, México, DF, edificio F, segundo piso, Cámara de Diputados.

IV. Concluido el plazo anterior y recibidas las solicitudes con los documentos que se señalan en la presente convocatoria, los integrantes de la Comisión procederán a la revisión y análisis de las mismas.

V. Del análisis de las solicitudes, los integrantes de la Comisión entrevistarán por separado, para la evaluación respectiva, a los candidatos que a su juicio considere idóneos para ocupar el cargo de Titular de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia.

VI. Concluida la etapa de entrevistas, la Comisión elegirá al candidato que habrá de proponer al Pleno de la Cámara de Diputados, a fin de que se proceda a la designación del Titular de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia.

VII. La persona designada para ocupar el cargo de Titular de la Unidad de Evaluación y Control, protestará ante el Pleno de la Cámara de Diputados.

México, Distrito Federal, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil dos.

Directiva de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación

Diputados:Manuel Galán Jiménez (rúbrica), Presidente; Francisco Cárdenas Elizondo (rúbrica), secretario; José Ma. Eugenio Núñez Murillo (rúbrica), secretario; Amado Olvera Castillo (rúbrica), secretario; José Antonio Magallanes Rodríguez (rúbrica), secretario; José Antonio Arévalo González (rúbrica), secretario; José Narro Céspedes (rúbrica), secretario.
 
 
 
 

DE LA COMISION DE INVESTIGACION DE LA PLANTA NUCLEOELECTRICA DE LAGUNA VERDE, VERACRUZ

A su séptima reunión de trabajo, el miércoles 3 de abril, a las 9 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Intervención de los CC. diputados.
3. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Héctor González Reza
Presidente