Gaceta Parlamentaria, año V, número 920, miércoles 16 de enero de 2002

Nueva Hacienda Pública Distributiva, incluye iniciativas enviadas al Senado, actualizado al 31 de diciembre
Votaciones registradas en el sistema de votación electrónico de la Cámara de Diputados, diciembre de 2001


Decretos     publicados en el Diario Oficial de la Federación.   (Tomados de la versión de Internet del Diario Oficial)

Proyecto de Acta

Comunicaciones Iniciativas Oficios Dictámenes Convocatorias
 
 
 



Proyecto de Acta

DE LA MESA DIRECTIVA DE LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA UNION, QUE SE SOMETERA A CONSIDERACION DE LA ASAMBLEA EL MIERCOLES 16 DE ENERO DE 2002

ACTA DE LA SESION DE LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA UNION, CELEBRADA EL MIERCOLES NUEVE DE ENERO DE DOS MIL DOS, CORRESPONDIENTE AL PRIMER RECESO DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO DE LA QUINCUAGESIMA OCTAVA LEGISLATURA

Presidencia de la diputada
Beatriz Elena Paredes Rangel

En el Salón Legisladores de la República del Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, con una asistencia de treinta y un legisladores, a las once horas con diecinueve minutos del miércoles nueve de enero de dos mil dos, la Presidenta declara abierta la sesión.

La Secretaría da lectura al orden del día.

La Asamblea aprueba, en votación económica, el acta de la sesión anterior.

Comunicaciones de los ciudadanos diputados:

* Enrique Priego Oropeza, por la que notifica que se reincorpora a sus labores legislativas. De enterado y comuníquese a la Cámara de Diputados.

* María del Rocío García Gaytán, por la que informa que se reincorpora a sus funciones como diputada federal. De enterado y comuníquese a la Cámara de Diputados.

* Fanny Arellanes Cervantes, por la que notifica que se reincorpora al cargo de diputada federal. De enterado y comuníquese a la Cámara de Diputados.

* Rufino Rodríguez Cabrera, por la que remite copia del dictamen de la Comisión Permanente de Presupuesto, Contabilidad y Cuenta Pública del Congreso del Estado de Oaxaca, con proyecto de Presupuesto de Egresos de esa entidad federativa para el ejercicio fiscal de dos mil dos, en el que se incorporan perspectivas de género. De enterado.

Comunicación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por la que notifica la apertura de su Primer Periodo de Sesiones de dos mil dos. De enterado y felicítese a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, deseándole éxito en su periodo de sesiones.

Comunicación del magistrado Alejandro Sánchez Hernández, por la que informa de su designación como Presidente del Tribunal Superior de Justicia Fiscal y Administrativa, para el bienio dos mil dos-dos mil tres. De enterado.

Comunicación del ciudadano Neftalí Jiménez Olán, diputado federal suplente por el segundo distrito electoral del Estado de Tabasco, por el que solicita a la Mesa Directiva de la Comisión Permanente diversos documentos. Se turna a la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Cámara de Diputados, para la atención procedente.

Comunicaciones de los congresos de los estados de:

* Nayarit, con acuerdo por el que solicita a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, reasignaciones presupuestarias que establezcan incrementos a favor del sector educativo nacional. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados.

* Veracruz, con acuerdo por el que solicita al Congreso de la Unión, la abrogación de la Ley sobre Tenencia o Uso de Vehículos, reservando dicho ingreso a las entidades federativas. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados.

La Presidenta informa de la recepción de una iniciativa suscrita por el diputado Uuc-kib Espadas Ancona, del Partido de la Revolución Democrática, con proyecto de decreto que reforma la fracción vigésima octava del artículo ciento nueve de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Se turna a las comisiones de Cultura y de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados.

Oficios de la Secretaría de Gobernación:

* Relativo al nombramiento por parte del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, del licenciado Juan Carlos Tamayo Pino como Procurador Fiscal de la Federación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Se turna a la Tercera Comisión.

* Relativo a la designación por parte del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, del ciudadano Mauricio de Maria Campos y Castelló como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de México en Sudáfrica. Se turna a la Segunda Comisión.

* Relativo a la designación por parte del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, del ciudadano Adolfo Miguel Aguilar Zinser como Representante Permanente de México ante la Organización de las Naciones Unidas. Se turna a la Segunda Comisión.

* Cuatro, con los que remite copias de los siguientes oficios: del licenciado Alfredo Gómez Aguirre, Director General de Banca de Desarrollo de la Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público; de los secretarios del Congreso del Estado de San Luis Potosí; del licenciado Alfonso de Maria y Campos, Director General para América del Norte de la Secretaría de Relaciones Exteriores; y del doctor Raúl Muñoz Leos, Director General de Petróleos Mexicanos, todos en relación con puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Senadores. Remítanse a la Cámara de Senadores.

* Doce, con los que remite hojas de servicios de igual número de miembros del Ejército y Fuerza Aérea nacionales, para los efectos de la fracción séptima del artículo setenta y ocho de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turnan a la Segunda Comisión.

Comunicación del ciudadano Germán Palomares Oviedo, por la que solicita el permiso constitucional necesario para aceptar y usar la condecoración que le confiere el gobierno de la República del Brasil. Se turna a la Primera Comisión.

Se refieren a la reforma al sector energético, los legisladores: María Miroslava García Suárez, del Partido de la Revolución Democrática; Mauricio Enrique Candiani Galaz, del Partido Acción Nacional; y Marco Antonio Fernández Rodríguez, del Partido Revolucionario Institucional.

Se concede la palabra al legislador José Rodolfo Escudero Barrera, del Partido Verde Ecologista de México, para presentar una proposición con punto de acuerdo para que las juntas de Coordinación Política de las cámaras de Diputados y de Senadores soliciten a la Comisión Permanente, convoque al Congreso de la Unión a un periodo extraordinario de sesiones.

Se refiere al mismo asunto el legislador Alejandro Zapata Perogordo, del Partido Acción Nacional.

Se turna a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados y a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Senadores.

Comunicación de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel, por la que solicita licencia para separarse temporalmente del cargo de diputada federal electa en la Cuarta Circunscripción Plurinominal, a partir del doce de enero de dos mil dos. Sin discusión se aprueba el punto de acuerdo respectivo en votación económica. Comuníquese a la Cámara de Diputados.

Agotados los asuntos en cartera, la Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión y la Presidenta clausura la de hoy a las doce horas con treinta y un minutos, citando para la que tendrá lugar el miércoles dieciséis de enero de dos mil dos, a las once horas.
 
 
 
 


Comunicaciones

DEL DIPUTADO FRANCISCO GARCIA CABEZA DE VACA

Palacio Legislativo, a 7 de enero de 2002.
Dip. Beatriz Paredes Rangel
Presidenta de la Comisión Permanente
Del Congreso de la Unión
Presente

Estimada diputada Paredes, por este conducto me permito hacer de su conocimiento que a partir del día 31 de diciembre del 2001, me reincorporo a mis funciones como diputado federal.

Lo anterior para los efectos administrativos y legislativos a que haya lugar.

Sin otro particular, agradezco la atención prestada a la presente reiterándome como su servidor y amigo.

Atentamente
Francisco García Cabeza de Vaca (rúbrica)
Diputado federal
 
 

DEL CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO

C. Presidente de la Comisión Permanente
Del Congreso de la Unión

La Quincuagésima Sexta Legislatura del honorable Congreso del estado de Jalisco, en sesión de fecha 13 de diciembre del presente año, aprobó el acuerdo económico número 396/01 del que le anexo copia para los efectos legales procedentes, mediante el cual se acordó enviar a esa alta representación popular atento y respetuoso oficio para solicitarles su intervención respecto de que se dé estricto y puntual cumplimiento a los puntos establecidos en el TLC de América del Norte, en razón a la adquisición de los excedentes en la producción de azúcar.

Por instrucciones de la Directiva de esta honorable soberanía jalisciense hago de su conocimiento lo anterior en vía de notificación personal y para los efectos legales subsecuentes, agradeciéndole que las acciones que se sirva tomar al respecto, las haga del conocimiento de esta representación, a la brevedad posible, a fin de darles el curso correspondiente.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.
Guadalajara, Jalisco, 14 de diciembre del 2001.
LCTC Leonardo García Camarena
Oficial mayor
 

El suscrito diputado Lázaro Arias Martínez, en mi carácter de integrante de esta LVI Legislatura de este H. Congreso del Estado, con fundamento en los artículos 28, fracción I, de la Constitución Política del estado de Jalisco; así como 85, 88, y 90, tercer párrafo, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado, me permito presentar ante esta soberanía el presente acuerdo económico, para lo cual hago la siguiente

Exposición de Motivos

En al año de 1993, Canadá, Estados Unidos de América y México, firmaron el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), el cual entró en vigor el 1 de enero de 1994. En el mencionado tratado, se estableció un apartado para el comercio de azúcar entre los Estados Unidos y México, apartado que estableció que si México era productor de excedentes netos, aplicaba una desregulación paulatina de las exportaciones de azúcar mexicana a los Estados Unidos en cuatro etapas.

La primera del 1º al 6º año de vigencia del tratado, una cuota anual máxima de acceso al mercado americano libre de arancel de 25 mil toneladas métricas, la segunda en el 7º año, una cuota de 150 mil toneladas, la tercera del 8º al 15º año, la cuota de 150 mil más un crecimiento del 10% anual y finalmente del 16º año en adelante acceso libre al mercado americano.

Se debe remarcar que el tratado define que a partir del 7º año, se podrán eliminar las cuotas máximas permitiendo un acceso libre de los excedentes, cuando México sea un productor de excedente neto por dos años consecutivos, aspecto que por lo menos, durante las últimas tres zafras nuestro país ha sido exportador neto de azúcar.

Sin embargo, previo a la aprobación del Tratado de Libre Comercio, por parte de los Poderes Legislativos de ambos países, a petición del Gobierno Americano, los Secretarios de Comercio de México y de Estados Unidos firmaron lo que se denominó Cartas Paralelas respecto al comercio de azúcar, en las cuales se establecían tres etapas de desregulación: lª del 1º al 6º año de vigencia del tratado una cuota de anual máxima de 25 mil toneladas, 2º del 7º al 14º 250 mil toneladas y 3ª del 15º año en adelante libre acceso a los excedentes.

En otras palabras, las citadas cartas paralelas respecto al comercio de azúcar, intentaron modificar lo siguiente:

a) Modificar el concepto de "excedente neto" que aparece en la sección A, del anexo 703.2 del TLCAN.

b) Modificar los párrafos 15 (b) y (c) de la sección A del anexo 703.2 del mismo acuerdo comercial.

c) Dejar sin efecto el párrafo 16 de la sección A del anexo 703.2 del tratado.

Tales cartas eliminan de facto el libre acceso a partir del 7º año porque se modifica el concepto de productor de excedente neto que originalmente en el tratado se define: "El excedente neto se calcula restando a la producción de azúcar nacional, el consumo de azúcar".

Contra lo anterior, en la Cartas Paralelas la definición de excedente es "El excedente neto se calcula restando a la producción de azúcar nacional el consumo de azúcar y el consumo de edulcorantes".

En México las Cartas Paralelas nunca fueron presentadas al Senado de la República por lo que la aplicación de tales cartas no cumplen con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución mexicana, que establece que todos aquellos tratados que celebre el Presidente de la República y apruebe el Senado, formarán parte integrante de la Ley Suprema de toda la Unión y el artículo 76, fracción I, de la propia Constitución en el que dispone que compete al Senado de la República aprobar los tratados internacionales y convenciones diplomáticas que celebre el Ejecutivo federal.

Lo anterior ha derivado en que actualmente la industria azucarera sólo puede exportar a los Estados Unidos 25 mil toneladas al año y dado que el volumen de fructuosa importada más la producción nacional con maíz americano asciende a las 600 mil toneladas, se genera un déficit para nuestro país de 575 mil toneladas.

Aunado a lo anterior, con reciente fecha la Organización Mundial del Comercio, concluyó que las cuotas compensatorias impuestas por México a las importaciones de jarabe de maíz de alta fructosa de Estados Unidos son incongruentes con los requerimientos del acuerdo antidumping que establece ese organismo, por lo que, a partir de tal decisión México se ve obligado a retirar las cuotas y devolver el monto generado por éstas desde el año de 1997.

Con lo anterior se ratifica el fallo que en su momento emitieron los tribunales correspondientes en cumplimiento a la orden del panel binacional conformado para tal fin, aumentando la gravedad de la crisis en la producción e industrialización de este endulzante, el presente y futuro de esta rama productiva se complica.

Así, México tendrá que devolver miles de millones de pesos a los empresarios estadounidenses que exportaron alta fructosa, luego de tal ratificación contra el cobro del arancel que el Gobierno mexicano imponía a ese producto.

Con esta situación se agudizará, aún más, la crisis de los productores y los industrializadores de la caña de azúcar en el país.

Actualmente los productores de caña están llevando a cabo reuniones de trabajo con el secretario de Economía, Luis Ernesto Derbez, en las que se encuentran analizando los impactos en la economía nacional por la importación de alta fructuosa ya que con la determinación de la OMC se deja a México en general y la industria de la caña en particular indefensos.

Es claro que la estrategia no es precisamente que el Gobierno de México apoye, en lo económico a los productores sino que se exija a los Estados Unidos que cumpla con lo establecido en el Tratado de Libre Comercio de adquirir los excedentes de la producción de azúcar mexicana.

Es de precisar que en el TLC se establece que a partir de octubre de año 2000 México tendrá que vender a los Estados Unidos los excedentes de su producción cañera, que en la zafra 2000/2001 ascendieron a 639 mil toneladas y que debieron haber sido aceptadas por el país del norte.

Recordemos que de manera unilateral los Estados Unidos impuso una cuota de 116 mil toneladas, lo que es francamente inaceptable debido a las cantidades excedentes que reporta México.

También es rechazable la afirmación de los industrializadores del maíz en alta fructuosa de que este producto y la caña de azúcar tienen mercados muy diferentes sectorizados e identificados, ya que desde 1993, cuando se la inició la importación de este jarabe, a la fecha las importaciones se han incrementado considerablemente desplazando al azúcar.

La ratificación del fallo de la OMC significa que se tendrá que regresar miles de millones de dólares a las empresas estadounidenses que exportaron alta fructuosa a México y por las que se cobraron cuotas compensatorias de entre 105 a 165 dólares por tonelada.

Con la eliminación de cuotas compensatorias la fructuosa tendrá más libertad de entrar al país sin aranceles, lo que representa que los miles de toneladas que ahora se importan se incrementaran sustancialmente en detrimento de la ya de por si lesionada industria de la caña de azúcar.

Por todo lo anteriormente expuesto y valorando lo que la producción de caña significa para la economía de México y de Jalisco, es momento de que juntos, Gobierno Federal, Gobierno Estatal, productores e industrializadores asumamos una defensa coordinada de los más altos intereses de la nación, por lo que someto a consideración de ustedes, ciudadanos diputados, el proyecto de

Acuerdo Económico

Primero.- Se apruebe enviar un exhorto al Presidente de la República Lic. Vicente Fox Quesada, mediante el cual, de manera respetuosa, se le solicite su valiosa intervención para que se dé estricto y puntual cumplimiento a los puntos establecidos en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, aprobado por el Senado de la República a fin de que los Estados Unidos de América, adquieran los excedentes en la producción de azúcar.

Segundo.- Se apruebe enviar un respetuoso escrito al gobernador del estado Lic. Francisco Javier Ramírez Acuña, en el cual se le solicite su intervención y seguimiento de lo anterior ante el Gobierno de la República.

Tercero.- Se apruebe enviar escrito a la Cámara de Senadores, mediante el cual, se solicite la intervención de los mismos para que se dé estricto y puntual cumplimiento a los puntos establecidos en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, relativos a la adquisición de los excedentes en la producción de azúcar.

Cuarto.- Envíese escrito al secretario de Economía C. Luis Ernesto Derbez, en el que se solicite se formulen las gestiones, acuerdos y trámites necesarios para que, en estricta equidad y reciprocidad comercial sean adquiridas las excedencias de azúcar tal y como lo establece el TLCAN.

Quinto.- Envíese escrito al secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Alimentación y Pesca C. Javier Usabiaga Arroyo, en los mismos términos.

Sexto.- Se notifique a las Legislaturas locales de los 15 estados con producción de caña de azúcar del país el presente acuerdo económico y se les solicite su apoyo y adhesión al mismo.

Salón de Sesiones del H. Congreso del estado de Jalisco.

Guadalajara, Jal. 13 de diciembre de 2001.

Dip. Lázaro Arias Martínez
 
 
 
 

DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS

Cuernavaca, Mor., noviembre 29 de 2001.
CC. Secretarios de la Comisión Permanente
Del H. Congreso de la Unión.

Por instrucciones del Dip. Juventino López Serrano, Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del estado de Morelos, y por acuerdo de sesión ordinaria celebrada hoy, le remitimos acuerdo mediante el cual este Congreso del estado invita respetuosamente a la Secretaría de Gobernación, como encargada y responsable de la rectoría del sistema penitenciario federal, así como al Congreso de la Unión, en su Cámara de Senadores y de Diputados en sus respectivas y competentes comisiones, para que se estudie, revise y actualice la normatividad del sistema penitenciario del país, buscando su modernización y consecuentemente una real y verdadera readaptación social de los infractores de la Ley.

Sin otro particular, le reiteramos nuestra consideración.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.

Los CC. secretarios de la Mesa Directiva del Congreso del estado de Morelos
Dip. Isaías Cortés Vázquez (rúbrica)
Dip. José León de la Rosa Lagunas (rúbrica)

Honorable Asamblea

Con fundamento en lo establecido por los artículos 40, fracción II, de la Constitución Política del estado de Morelos y 58 y 59 del Reglamento Interior para el Congreso del estado de Morelos, los integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del H. Congreso del estado de Morelos tenemos a bien exponer las siguientes:

Consideraciones

1.- La delincuencia en nuestro país, en los últimos tiempos, se ha manifestado con mayor violencia y perversidad en sus conductas antisociales en contra de la sociedad; resultando particularmente preocupante que una de sus expresiones la ha enfilado en contra de uno de los grupos más vulnerables de la misma, que son los niños, es por ello que las autoridades debemos implementar mejores medidas con el fin de asegurarles su debida protección.

2.- Muestra de lo comentado en líneas superiores, son los lamentables hechos delictivos de los que fueron víctimas las menores Paloma Monserrat López González (quien fue asesinada) y Dora Cobos Alejandre en la comunidad del municipio de Yautepec, Morelos, lo que ha generado en la sociedad morelense una gran indignación y preocupación en virtud de que los delincuentes, no sólo secuestraron a las menores, sino que las ultrajaron, asesinando a una de ellas y dejando mal herida a la otra, con armas punzocortantes, no teniéndose para con dichas víctimas el menor recato o respeto a su dignidad ni mucho menos hacia su integridad física y a su vida.

La expresión violenta de la delincuencia también se pone de manifiesto en los asaltos callejeros, en los secuestros donde mutilan a la víctima y en general en cualquiera acto delictivo.

3.- Asimismo, cabe señalar que los agentes activos del delito cometen su conducta ilícita, bajo la convergencia de dos o más acciones punibles, tal es el caso de los secuestradores que para conseguir sus objetivos mutilan, amenazan, lesionan, violan y en el peor de los casos asesinan a sus víctimas.

4.- Las víctimas del delito y sus familiares, contrario a lo que se pudiera suponer, no exigen la pena de muerte para sus victimarios, sino que se han manifestado exigiendo mayor severidad en las penas que se les impongan.

5.- En el estado de Morelos, ante esta situación, la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de esta honorable soberanía tuvo a bien convocar a las diversas instituciones del gobierno del estado de Morelos, encargadas de la procuración y de la impartición de la justicia, a las agrupaciones, colegios, barras y asociaciones de abogados de la entidad, con el propósito de analizar la situación actual de la operatividad delincuencial y sobre todo la adopción de medidas más severas para contrarrestar a la delincuencia.

Recogiendo el sentir de la sociedad morelense con motivo de las experiencias vividas, el foro morelense y las autoridades del ramo reunidos, en opinión mayoritaria, casi generalizada, de los convocados, se estimó que la agravación de las penas y particularmente el establecimiento de la pena de la cadena perpetua, no es una medida apropiada y funcional, ya que se tiene la experiencia de que en años pasados en nuestra entidad las penas se aumentaron con la finalidad de frenar la oleada delictiva que nos estaba embistiendo; pero el resultado de esa medida demostró que el delincuente no se inhibió en su conducta ante dicha medida legal, no fue una medida persuasiva adecuada.

De igual manera, en el escenario antes indicado, se comentó y discutió en torno a la pena capital, siendo este tema rechazado tajantemente por todos los representantes del gremio de los abogados y por las autoridades ahí reunidas, en razón de que con tal medida se violenta el valor más preciado del ser humano, que es la vida.

6.- En el análisis de la opinión jurídica especializada del foro morelense y de las autoridades del sector justicia del estado, se concluyó, una vez hecho el diagnóstico correspondiente, que el sistema de los centros penitenciarios de todo el país, no ha cubierto las expectativas que reclama la sociedad, al no haber conseguido una real readaptación de los que se encuentran internos pagando por sus faltas cometidas, por lo que se propone una revisión a la normatividad vigente con el propósito de eficientar el sistema penitenciario, sugiriéndose la eliminación de los beneficios legales de los que son acreedores los reos en relación a la reducción de las penas impuestas por la autoridad judicial y en general se urgió la revisión integral del sistema penitenciario nacional, que tradicionalmente es readaptador, para la búsqueda de mecanismos que permitan, por un lado, que todo aquel que agravie a la sociedad con su conducta, pague verdaderamente su delito y paralelamente se busque la readaptación de aquellos que infringen la ley y que tengan la posibilidad psicológica de ser objeto de su reinserción social.

7.- Por lo antes planteado, esta soberanía invita a las instituciones federales, a la Secretaría de Gobernación como órgano rector del sistema penitenciario federal, así como al Congreso de la Unión en sus Cámaras de Senadores y de Diputados en las áreas de su competencia, con el principal objetivo de que se realice un estudio e investigación sobre los esquemas y efectividad del sistema penitenciario de nuestro país, así como de la normatividad federal para que se revise y en su caso se modernice con el fin de eficientar la readaptación de los transgresores de la ley y de otorgarle la seguridad y certeza jurídica en dicha materia, a la sociedad.

Por lo anterior, los integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del H. Congreso del estado de Morelos, tenemos a bien presentar el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero.- Se invita respetuosamente a la Secretaría de Gobernación como encargada y responsable de la rectoría del sistema penitenciario federal, así como al Congreso de la Unión, en sus Cámaras de Senadores y de Diputados en sus respectivas y competentes comisiones, para que se estudie, revise y actualice la normatividad del sistema penitenciario del país, buscando su modernización y consecuentemente una real y verdadera readaptación social de los infractores de la ley.

Asimismo, se exhorta a las autoridades federales para que estudien, analicen y definan, lo concerniente a la efectividad del esquema de reducción de las penas y demás beneficios de los que son acreedores los reos.

Segundo.- Remítase el presente acuerdo a las Legislaturas de los Congresos del país, invitándolas a que se sumen al mismo y que lo hagan del conocimiento de la Secretaría de Gobernación y del Congreso de la Unión.

Dado en las instalaciones del Palacio del Poder Legislativo del estado de Morelos a los 27 días del mes de noviembre de 2001.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Los ciudadanos diputados integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del H. Congreso del estado de Morelos.

Dip. Jesús Antonio Tallabs Ortega (rúbrica)
Presidente

Dip. Guillermo del Valle Reyes (rúbrica)
Secretario

Dip Jorge Vicente M. Guillén (rúbrica)
Vocal
 
 

DEL CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI

13 de diciembre de 2001.
CC. Secretarios de la Comisión Permanente
Del H. Congreso de la Unión

En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 24 de la Ley Orgánica de este Poder Legislativo, nos permitimos comunicar a ustedes que con esta fecha, la Quincuagésima Sexta Legislatura del H. Congreso del estado, eligió al presidente y vicepresidentes de la Mesa Directiva, que fungirán en tales cargos del 15 de diciembre de 2001 al 15 de enero de 2002, dentro del primer periodo de sesiones correspondiente al segundo año de ejercicio legal. La referida representación recayó en los siguientes diputados:

Presidente: Dip. Sergio Ernesto García Basauri.

Primer vicepresidente: Dip. Aureliano Anaya Martínez.

Segundo vicepresidente: Dip. José Raymundo González Jiménez.

Lo que hacemos de su conocimiento para los efectos procedentes, haciendo propia la ocasión para reiterarles las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Dip. Olivo Martínez Borja (rúbrica)
Secretario

Dip. Ignacio Palacios Robledo (rúbrica)
Secretario
 
 

DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL

C. Dip. Beatriz Paredes Rangel
Presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente
Del H. Congreso de la Unión
Presente

Ruego a usted atentamente se sirva comunicar a ese H. Congreso de la Unión, que el día de hoy el Consejo de la Judicatura Federal inició su primer periodo de sesiones correspondiente al presente año.

Sin otro particular, reitero a usted la seguridad de mi consideración atenta y distinguida.

México, DF, a 2 de enero de 2002.

El Presidente del Consejo de la Judicatura Federal
Ministro Genaro David Góngora Pimentel (rúbrica)
 
 
 


Iniciativas



DEL CONGRESO DEL ESTADO DE TABASCO, DE REFORMAS A LA LEY DEL SERVICIO PUBLICO DE ENERGIA ELECTRICA

Villahermosa, Tab., diciembre 13 del 2001.
C. Presidenta de la Comisión Permanente
Del Congreso de la Unión.

En cumplimiento a lo ordenado en el decreto 046 de la iniciativa de reforma a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, anexo nos permitimos hacerle llegar el decreto de referencia, mismo que fue expedido en la sesión ordinaria de la Quincuagésima Séptima Legislatura de esta fecha.

Aprovechamos la oportunidad para reiterarle las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.

H. Congreso del estado
Dip. Pedro Rodríguez Reyes (rúbrica)
Presidente

Dip. César Ernesto Rabelo Dagdug (rúbrica)
Secretario

La Quincuagésima Séptima Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Tabasco, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 36, fracción I, de la Constitución Política local, y

Considerando

Primero. Que conforme al artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es facultad de las Legislaturas de los estados iniciar leyes o decretos.

Segundo. Que en virtud de lo anterior, con fecha 1 de marzo del año que transcurre, se recibió iniciativa signada por los presidentes de diversas comisiones de la actual Legislatura, así como, el día 8 de noviembre del presente año, el pleno, aprobó un acuerdo propuesto por las fracciones parlamentarias que conforman actualmente esta soberanía: solicitando ambos se envíe, al honorable Congreso de la Unión, iniciativa de decreto para reformar y adicionar la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, por considerar que la misma requiere de adecuaciones a la realidad actual, que permitan a los usuarios ser oídos y vencidos antes de que se les suspenda el suministro de energía eléctrica por falta de pago de las tarifas que les son cobradas unilateralmente por consumo normal o reajustes; así como, que las tarifas sean fijadas tomando en cuenta la zona geográfica, la zona salarial, la situación económica de la entidad, sus condiciones climatológicas comprendiendo temperatura, humedad, el nivel de vida de los habitantes y demás circunstancias que se estimen pertinentes, para fijar una tarifa equitativa acorde a la realidad del estado de que se trate.

Tercero. Que del análisis de la iniciativa y el acuerdo parlamentario de mérito, los integrantes de esta Comisión consideramos que resultan acertadas las propuestas y que aunado a ello debe ser el honorable Congreso de la Unión, por conducto de la Cámara de Diputados el que fije las tarifas a efecto de que exista una equidad plena, mismas que les serán propuestas por el Ejecutivo federal a quien le habrán de ser planteadas por un comité técnico integrado por los titulares de las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Energía, de Economía, y los directores generales de la Comisión Nacional del Agua, de la Comisión Federal de Electricidad y del Instituto de Investigaciones Eléctricas, quienes para hacer la propuesta correspondiente deberán escuchar las opiniones o dictámenes periciales de los colegios de ingenieros especialistas en la materia.

Cuarto. Que en virtud de lo anterior, con apoyo en los artículos 82, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y 63, fracción II, inciso H), del Reglamento Interior del honorable Congreso del estado, nos permitimos someter a la aprobación del pleno, la iniciativa de decreto que deberá ser enviada al Congreso de la Unión, en los términos que se precisa en el presente:

Decreto 046

ARTICULO UNICO. Con fundamento en el artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la LVII Legislatura del honorable Congreso del estado, envía iniciativa de decreto al honorable Congreso de la Unión, para reformar por modificación y adición los artículos 26, 30, 31 y 43, penúltimo y último párrafo, de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, en los términos siguientes:

C. Presidente de la Cámara de Diputados

Del H. Congreso de la Unión

Presente

Con la facultad que confiere el artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a las Legislaturas de los estados; por acuerdo de las fracciones parlamentarias, debidamente aprobado por el pleno del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tabasco, nos permitimos presentar a consideración del pleno del honorable Congreso de la Unión, iniciativa de decreto por la que se reforman por modificación y adición diversos numerales de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, y:

Considerando

Primero. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a las Legislaturas de los estados, les compete el derecho de iniciar leyes o decretos; facultad que en el caso se ejercita para los efectos de que el H. Congreso de la Unión, y en términos del precepto 73, fracción X, de la Norma Suprema, que le atribuye, entre otras materias, la de legislar en toda la República como es el caso, sobre energía eléctrica; en su vertiente de los costos o tarifas eléctricas, su imposición y ajustes.

Segundo. Que el artículo 4, quinto párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo que nos interesa, establece: "Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar. Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa: La ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo."

Tercero. Que conforme al artículo 25 de la mencionada Constitución, corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional, para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la soberanía de la nación y su régimen democrático, y que mediante el fomento del crecimiento económico, el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución. En consecuencia el Estado planeará, conducirá, coordinará, y orientará la actividad económica nacional, y llevará a cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga dicha Constitución.

Cuarto. Por su parte, el artículo 27, sexto párrafo, de la mencionada Carta Magna, establece que corresponde exclusivamente a la Nación, generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público. Y que en esa materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la Nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines. Disposiciones que también se reglamentan en los artículos 1 y 2 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.

Quinto. Que es una realidad innegable distante de solucionarse, que debido a los problemas económicos existentes no sólo en el ámbito nacional, sino a nivel mundial, el poder adquisitivo se ha visto reducido al igual que las fuentes de empleo, ocasionando que la mayoría de las familias de la República, se encuentren en situación económica desfavorable, a tal grado que en miles de casos, carecen de los recursos económicos elementales para satisfacer las necesidades más apremiantes de su familia y por ende para disfrutar de los servicios.

Sexto. Que esa carencia de recursos económicos, impide a buena parte de los gobernados disfrutar de las garantías y beneficios mencionados, pues no pueden obtener bienes indispensables como: vivienda, agua potable, energía eléctrica, servicios de salud, entre otros, que constitucionalmente el mismo Estado está obligado a proporcionarles, para satisfacer las necesidades colectivas, y elevar el nivel de vida de la población, así como para lograr el aumento de las fuentes de trabajo, una mayor actividad económica, y en general el logro de un desarrollo más acelerado en beneficio de la colectividad.

Séptimo. Que entre los diversos servicios que el Estado debe proporcionar a los ciudadanos que conforman su población; se encuentra, el que puedan disfrutar de energía eléctrica, que dada la utilidad que proporciona en todos los ámbitos, debe ser considerado como un artículo de primera necesidad, o un bien de consumo necesario. Sin embargo, para disfrutar de dicho servicio, lo que debe pagarse, sigue siendo de costos elevados, ello no obstante, que por zonas o regiones económicas existen tarifas variadas.

Octavo. Que esas tarifas variadas, no han sido suficientes para permitirles a la totalidad de la población disfrutar uniforme, continúa y de manera permanente de ese beneficio, pues actualmente las tarifas que la Comisión Federal de Electricidad cobra, por el suministro de energía eléctrica de conformidad con los artículos 30, 31, y 32, de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, son fijadas por una comisión interinstitucional formada por las secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de las actualmente denominadas de Energía y de Economía a propuesta de la Comisión Federal de Electricidad. Sin embargo, como las tarifas son fijadas a nivel central, y mirando en todo momento por el suministrador del servicio, olvidándose por completo del consumidor, se origina que las tarifas establecidas sean inequitativas, por lo que lo más conveniente es que quien las fije sea el Congreso de la Unión a propuesta de un comité interinstitucional.

Noveno. En efecto, debido a lo expuesto, se da el caso, que Estados como Tabasco y Chiapas, que geográficamente, y acorde a la distribución y forma de sus extensiones territoriales, dados los recursos naturales que generan, como son, gas, petróleo, aunado a que son atravesados por los importantes ríos Usumacinta y Grijalva, así como por numerosos afluentes, que han llevado a la construcción de grandes obras de ingeniería hidráulica, que el Gobierno Federal utiliza para generar energía eléctrica, que es distribuida y aprovechada en la mayor parte del territorio nacional, otorgando la capacidad de exportar dicho servicio, principalmente a países vecinos, con la frontera sur.

Décimo. Sin embargo, los estados de Tabasco y Chiapas, no obstante los controles en las operaciones de la infraestructura hidráulica, debido a las grandes precipitaciones pluviales, que se han presentado en los últimos años, han sufrido la inundación en gran parte de su territorio incluso en la capital del primero de ellos, debido a que por la gran cantidad de agua que se ha producido la capacidad de almacenamiento de las mismas, ha sido superado, lo que origina que el excedente se vierta sobre su territorio, ocasionando severos daños a sus economías, pues afecta los ámbitos ganaderos, agrícolas, y laborales, impactando a la población, en sus ingresos y activos patrimoniales, que por otra parte se ve mermado también por el pago de altas tarifas eléctricas y por la zona salarial en la que se encuentran ubicadas que es la más baja del país: resultando incongruente con las tarifas que pagan otros estados, como los del norte y centro, que es mas baja y con los salarios mínimos que se fijan en esas zonas de la República que es más alto, por lo que no existe una distribución equitativa.

Décimo Primero. Que en tal razón, resulta necesario adecuar los artículos 30 y 31, de la mencionada ley, para que la fijación de esas tarifas sea anual y quede a cargo del Congreso de la Unión, a través de la Cámara de Diputados, a propuesta del Ejecutivo Federal al que a su vez se la planteará un comité técnico integrado por los titulares de las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Energía, de Economía, y los directores generales de la Comisión Nacional del Agua, la Comisión Federal de Electricidad, el Instituto de Investigaciones Eléctricas quienes formularán sus propuestas escuchando las opiniones o dictámenes periciales de los colegios de ingenieros especialistas en la materia, en los que se deberá tomar en cuenta la zona geográfica, la zona salarial, situación económica de la entidad, las condiciones climatológicas de las mismas, comprendiendo la temperatura que aumenta anualmente, así como la humedad, el nivel de vida de los habitantes, y demás circunstancias que se estimen pertinentes para fijar una tarifa equitativa, acorde a la realidad del estado de que se trata.

Décimo Segundo. Que además, cuando el ciudadano, por su situación económica o por cualquier otro motivo, no puede pagar a tiempo la cantidad que le es cobrada; inmediatamente, es objeto de una decisión, supuestamente legal, que le perjudica, al serle suspendido el suministro de energía eléctrica, por parte de la proveedora de ese servicio, sin necesidad de acudir a los órganos judiciales, o administrativos, ni de obtener su consenso, ya que la Comisión Federal de Electricidad, aduce ejercer las facultades de decisión que le están conferidas en los artículos 26, último párrafo, de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, y en el numeral 35, del Reglamento de la mencionada ley. ambos vigentes.

Décimo Tercero. Que ante esa situación, el usuario queda indefenso, y no tiene más opción que pagar el mencionado servicio, vivir sin energía eléctrica, o entrar en la llamada popularmente "resistencia civil", con el consabido perjuicio en su orden, para ambas partes. No obstante, que el Reglamento de la ley en la materia, señala que debe dársele un aviso con tres días de anticipación a la fecha fijada para el corte, pues tal disposición no se cumple por no establecerse que el aviso deba ser dado por escrito, personalmente y con asistencia de dos testigos y en el domicilio del usuario. Aunado a que si bien es cierto, que contempla recursos para impugnar tales actos, estos sólo suspenden por 6 días la ejecución, y para que continúe la suspensión, deben garantizar el pago que se les reclama y, si no lo hacen dentro de ese plazo, se procede al corte del suministro no obstante el recurso interpuesto.

Décimo Cuarto. Que tal circunstancia provoca ineludiblemente molestia en su esfera jurídica a los usuarios, porque como es público y notorio, las familias, las empresas privadas, las instituciones públicas, centros de salud, hospitales, dependencias de los tres niveles de gobierno, etcétera, utilizan diariamente la energía eléctrica para muchas actividades, como un artículo de primera necesidad o como un bien de consumo necesario, y al suspenderse el servicio, sin un procedimiento formal en donde se otorgue el derecho de una defensa adecuada, se le originan daños y perjuicios, por descomposición de alimentos, mercancías, medicinas, entre otros, poniéndose en peligro la vida de personas que necesiten servicios médicos, cirugías, o utilizan un aparato o instrumento que funcione con energía eléctrica. En general se paralizan sus actividades, impidiendo el desarrollo normal de las mismas y en sí de la economía de grupos importantes.

Décimo Quinto. Que ante esa delicada situación y evidenciándose que la ley aplicable, al caso concreto, data del año de 1975, y su última reforma del año de 1992 así como que el Reglamento de la misma, fue publicado en 1993 y aunque ha sido reformado; resulta necesario adecuarlos, en primer orden por la vía legislativa y luego en el ámbito administrativo, a las condiciones sociales, políticas y económica actuales, otorgando plazos más amplios y facilidades para el pago del consumo de energía eléctrica.

Décimo Sexto. Que siendo facultad del Congreso del Estado, conforme a lo establecido por el artículo 73, fracciones X y XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, legislar en toda la República sobre materia de energía eléctrica y nuclear, así como expedir todas las leyes que sean necesarias, a objeto de hacer efectivas las facultades anteriores y todas las otras concedidas por la Constitución a los Poderes de la Unión, en nuestro carácter de representantes del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tabasco, previa aprobación del pleno, nos permitimos presentar y someter a la consideración del H. Congreso de la Unión, la siguiente:

Iniciativa de Decreto

ARTICULO UNICO. Se reforman por modificación y adición los artículos 26, 30, 31 y 43, penúltimo y último párrafos, de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica para quedar como siguen:

Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica

Artículo 26. La suspensión o limitación del suministro de energía eléctrica deberá efectuarse en los siguientes casos:

 

I a VI. "..."

En los supuestos que anteceden, sólo se limitará el servicio, previa notificación que se haga en el domicilio del usuario, personalmente o ante dos testigos, haciéndole saber la hipótesis en que ha incurrido, otorgándole un plazo de 15 días para regularizar su situación, bajo apercibimiento que de no hacerlo, se procederá a la suspensión.

Para los efectos de los ajustes de tarifas por errores en el equipo de medición instalado por el suministrador a que se refiere el reglamento de esta ley, en los supuestos de este artículo, los ajustes mencionados se aplicarán a un periodo no mayor de seis meses, posteriores a la fecha en que se determine el mismo.

Para la fijación de la cantidad que debe pagar el usuario, o que la Comisión deba generar un crédito a favor de éste con motivo de ajuste, deberá estarse al procedimiento siguiente:

a) Las cantidades correspondientes se determinarán a partir de la fecha de la detección de la irregularidad.

b) Antes de iniciar el procedimiento de verificación de las cantidades que se cobraran al usuario, por concepto de ajuste, la Comisión Federal de Electricidad, deberá notificar por escrito, de manera personal, ante dos testigos y en el domicilio del usuario, la iniciación del procedimiento.

c) Una vez que la Comisión Federal de Electricidad esté en posibilidades de determinar la cantidad que debe pagar el usuario, por concepto de ajuste, lo hará de su conocimiento, a fin de que éste lo conozca, para que dentro del término de cinco días haga valer sus derechos y ofrezca pruebas en su favor.

d) Vencido dicho término dentro de los tres días siguientes, la Comisión Federal de Electricidad, si se hubieren ofrecido pruebas, admitirá las que fueren procedentes, ordenando el desahogo de las mismas dentro de los diez días siguientes al de su admisión.

e) Vencido el término de desahogo de pruebas, emitirá la resolución correspondiente dentro de los cinco días siguientes. En caso de no haber resolución se aplicará la afirmativa ficta a favor del quejoso, en el sentido de que es improcedente el ajuste.

f) En la resolución correspondiente deberá tomar en cuenta, las probanzas, desahogadas, las condiciones económicas del usuario y demás elementos que sean necesarios para la fundamentación y motivación del fallo. En el mismo se procederá a fijar la cantidad que deberá pagar el consumidor, otorgándole el término para efectuar el pago, que no será menor de treinta días, ni mayor al plazo que abarque el ajuste, bajo apercibimiento que de no realizarlo, se procederá a hacer efectivo el mismo en los términos de ley.

g) La resolución a que se refiere este artículo será impugnable en términos del artículo 43 de la presente ley.

h) En todo lo no previsto en esta ley, se aplicará supletoriamente la Ley Federal de Procedimientos Administrativos y en lo conducente el Código Federal de Procedimientos Civiles.

Artículo 30. La venta de energía eléctrica se regirá por las tarifas que anualmente apruebe el Congreso de la Unión a través de la Cámara de Diputados.  

"..."

"..."

Artículo 31. Para la fijación de las tarifas correspondientes a la venta de energía eléctrica, su ajuste o reestructuración, el Ejecutivo Federal, propondrá a la Cámara de Diputados las tarifas correspondientes al año de que se trate, mismas que previamente habrán de ser planteadas por un Comité Técnico integrado por los titulares de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Energía, de Economía, y los directores generales de la Comisión Nacional del Agua, la Comisión Federal de Electricidad, el Instituto de Investigaciones Eléctricas quienes formularán sus propuestas escuchando las opiniones o dictámenes periciales de los colegios de ingenieros especialistas en la materia. Para hacer las propuestas correspondientes el referido comité deberá tomar en cuenta la zona geográfica de que se trate, las condiciones climatológicas, comprendiendo temperatura y humedad, la situación económica, social, salarial y demás circunstancias que se estimen pertinentes para ello, a fin de fijar en la entidad federativa correspondiente tarifas anuales equitativas; que tiendan a cubrir las necesidades financieras, las de ampliación del servicio público, el racional consumo de energía, y que a su vez las regiones del país con mayor temperatura y los hogares de menores ingresos tengan tarifas más económicas.

Artículo 43. En caso de inconformidad con las acciones de suspensión o limitación a que se refiere el artículo 26 de esta Ley y con las demás resoluciones de la secretaría competente, dictadas con fundamento en la misma y demás disposiciones derivadas de ella, el interesado podrá solicitar ante la propia secretaría, dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes a su notificación, la reconsideración de dicha resolución.

 

"..."

"..."

"..."

"..."

La interposición del recurso, podrá realizarse ante la misma secretaría en su domicilio, o a través del correo certificado, del lugar de residencia del interesado, y suspenderá la ejecución del acto o resolución recurridos, si así lo solicitare el impugnante y surtirá efectos de oficio o a petición del propio recurrente, hasta que se resuelva en definitiva, sobre el recurso planteado. La suspensión se otorgará si concurren los siguientes requisitos: I. Que se admita el recurso;

II. Que la suspensión no traiga como consecuencia la consumación o continuación de actos u omisiones que impliquen perjuicios al interés social o al orden público;

III. Que no ocasionen daños o perjuicios a terceros, a menos que se garantice el pago de éstos para el caso de no obtenerse resolución favorable;

IV. Que la ejecución de la resolución recurrida produzca daños o perjuicios de imposible o difícil reparación en contra del recurrente.

Las audiencias para el desahogo de pruebas y demás diligencias dentro del procedimiento, por economía procesal y equidad de las partes se podrán llevar a cabo, con el auxilio del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de los Estados.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Con la publicación del presente decreto, quedan derogadas las disposiciones que se opongan a los artículos modificados, por lo que el Ejecutivo deberá reformar en el término de sesenta días naturales, el Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, para adecuarlo a la misma.

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tabasco.

SEGUNDO. En su oportunidad remítase la iniciativa correspondiente al presidente de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para el tramite que en derecho corresponda.

TERCERO. De igual manera remítase copia de la presente iniciativa al presidente de la Cámara de Senadores, y de los Congresos de la entidades federativas, y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para su conocimiento y, en su caso, apoyo correspondiente.

Dado en la sede del Poder Legislativo, en la ciudad de Villahermosa, capital del estado de Tabasco, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil uno.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Honorable Congreso del estado

Dip. Pedro Rodríguez Reyes (rúbrica)
Presidente

Dip. César Ernesto Rabelo Dagdug (rúbrica)
Secretario
 
 
 
 


Oficios

DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, CON EL QUE REMITE LA SOLICITUD DE AUTORIZACION PARA QUE EL CIUDADANO VICENTE FOX QUESADA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PUEDA AUSENTARSE DEL TERRITORIO NACIONAL LOS DIAS 3 Y 4 DE FEBRERO DE 2002, A FIN DE REALIZAR UNA VISITA A LA REPUBLICA DE CUBA

CC. Secretarios de la Comisión Permanente
Del H. Congreso de la Unión
Presentes

Para los efectos de los artículos 71, fracción I, y 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, acompaño con el presente iniciativa de decreto por el que se solicita autorización para que el ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, pueda ausentarse del territorio nacional los días 3 y 4 de febrero de 2002, a fin de realizar una visita de trabajo a la República de Cuba.

Reitero a ustedes la seguridad de mi consideración.

Atentamente
El director general de Gobierno
Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica)
 
 
 

DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, DOS CON LOS QUE REMITE COPIAS DE OFICIOS DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION, EN RELACION A PUNTOS DE ACUERDO APROBADOS POR LA H. CAMARA DE DIPUTADOS

México, DF, 8 de enero de 2002
CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión
Presentes.

En atención a los oficios D.G.P.L. 58-II-4-492 y 502 de fechas 31 de octubre y 6 de noviembre de 2001, suscritos por los CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, les acompaño con el presente copia del similar No. 112.- 1224, signado por el C. Lic. Francisco Márquez Aguilar, coordinador general de Política Sectorial de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, mediante el cual informa lo relativo a las importaciones de leche en polvo y compromisos asumidos por esa Secretaría del Programa Emergente del Café, respectivamente.

Por lo anterior les acompaño copia de la documentación de referencia, para la atención que estimen procedente.

Reitero a ustedes la seguridad de mi consideración.

Atentamente
El director general de Gobierno
Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica)
 
 

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

México, DF, a 28 de diciembre de 2001
Lic. Humberto Aguilar Coronado
Director General de Gobierno de la Secretaría de Gobernación
Presente.

Me refiero a puntos de acuerdo aprobados en la H. Cámara de Diputados, mediante los cuales se solicita a las secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) y Economía (SE) informar a detalle sobre las importaciones de leche en polvo y las pruebas de calidad y sanidad de este producto. Asimismo, en otro punto, nos piden realizar una serie de acciones en apoyo al sector cafetalero. En lo que compete a la Secretaría de Agricultura, me permito informar a usted lo siguiente:

En relación al punto de acuerdo aprobado por el pleno de la H. Cámara de Diputados, de fecha 31 de octubre del presente año, adjunto me permito enviarle un cuadro que detalla las importaciones de leche en polvo efectuadas en el 2001, indicando volumen, país de origen, situación zoosanitaria del mismo, respecto a fiebre aftosa y los criterios sanitarios que se aplicaron para permitir las importaciones en cada caso.

Por otra parte, respecto al punto de acuerdo para la atención inmediata de programas de apoyo a la cafeticultura, aprobado por el pleno de la H. Cámara de Diputados con fecha 6 de noviembre del año en curso, adjunto me complace enviar a usted comentarios emitidos por el presidente ejecutivo del Consejo Mexicano del Café, Lic. Roberto Giesemann S., en torno al mencionado asunto.

Sin otro particular, al tiempo que me reitero a sus órdenes para cualquier aclaración al respecto, le envío un cordial saludo.

Atentamente
El coordinador general de Política Sectorial
Lic. Francisco Márquez Aguilar (rúbrica)
 
 
 
 

Importaciones de leche en polvo efectuadas en 2001

País de origen: Alemania

Cantidad en toneladas: 5,700.10

Situación zoosanitaria que guarda el país de origen respecto a fiebre aftosa al momento de la importación: País libre de fiebre aftosa

Criterios sanitarios que permitieron autorizar la importación: País libre de fiebre aftosa, reconocido oficialmente por México desde 1993, mediante realización de visitas técnicas para reconocer la situación epidemiológica del país

País de origen: Argentina

Cantidad en toneladas: 3,100.26

Situación zoosanitaria : País afectado por fiebre aftosa

Criterios sanitarios: Plantas autorizadas por la Sagarpa que utilizan procesos térmicos en la elaboración del producto que garantizan la destrucción del virus

País de origen: Australia

Cantidad en toneladas: 3,317.60

Situación zoosanitaria: País libre de fiebre aftosa

Criterios sanitarios: Reconocido por la Oficina Internacional de Epizootias como país libre de fiebre aftosa

País de origen: Bélgica

Cantidad en toneladas: 75.00

Situación zoosanitaria: País libre de fiebre aftosa

Criterios sanitarios: Reconocido oficialmente por México desde 1994, mediante realización de visitas técnicas para reconocer la situación epidemiológica del país

País de origen: Canadá

Cantidad en toneladas: 19,602.81

Situación zoosanitaria: País libre de fiebre aftosa

Criterios sanitarios: Reconocido por la Oficina Internacional de Epizootias como país libre de fiebre aftosa

País de origen: Chile

Cantidad en toneladas: 274.31

Situación zoosanitaria: País libre de fiebre aftosa

Criterios sanitarios: Reconocido oficialmente por México desde 1993, mediante realización de visitas técnicas para reconocer la situación epidemiológica del país

País de origen: EUA

Cantidad en toneladas: 23,524.08

Situación zoosanitaria: País libre de fiebre aftosa

Criterios sanitarios: Reconocido por la Oficina Internacional de Epizootias como país libre de fiebre aftosa

País de origen: Francia

Cantidad en toneladas: 15.00

Situación zoosanitaria: País afectado el 12 de marzo de 2001, y recupera su estatus sanitario a partir del 19 de septiembre de 2001 ante la OIE

Criterios sanitarios: Se autorizó la importación de lácteos elaborados antes del brote de fiebre aftosa. A partir de diciembre se permite la importación de productos procedentes de plantas aprobadas por la Sagarpa que utilizan procesos térmicos en su elaboración que garantizan la destrucción del virus

País de origen: Holanda

Cantidad en toneladas: 49.50

Situación zoosanitaria: País afectado el 21 de marzo de 2001, y recupera su estatus sanitario a partir del 19 de septiembre de 2001 ante la OIE

Criterios sanitarios: Se autorizó la importación de lácteos procesados antes del brote de fiebre aftosa. A partir del 3 de agosto se permite la importación de productos lácteos procedentes de plantas aprobadas por la Sagarpa que utilizan procesos térmicos en la elaboración del producto que garantizan la destrucción del virus

País de origen: Irlanda

Cantidad en toneladas: 521.40

Situación zoosanitaria: País afectado el 22 de marzo de 2001, y recupera su estatus sanitario a partir del 19 de septiembre de 2001 ante la OIE

Criterios sanitarios: Se autorizó la importación de lácteos procesados antes del brote de fiebre aftosa. A partir del 6 de agosto se permite la importación de productos lácteos procedentes de plantas aprobadas por la Sagarpa que utilizan procesos térmicos en la elaboración del producto que garantizan la destrucción del virus

País de origen: Nueva Zelanda

Situación zoosanitaria: País libre de fiebre aftosa

Criterios sanitarios: Reconocido por la Oficina Internacional de Epizootias como país libre de fiebre aftosa

País de origen: Polonia

Cantidad en toneladas: 7,229.00

Situación zoosanitaria: País libre de fiebre aftosa

Criterios sanitarios: País libre de fiebre aftosa, reconocido oficialmente por México desde 1994, mediante realización de visitas técnicas para reconocer la situación epidemiológica del país

País de origen: Reino Unido

Cantidad en toneladas: 1,523.00

Situación zoosanitaria: País afectado el 21 de febrero de 2001

Criterios sanitarios: Se autorizó la importación de lácteos procesados antes del brote de fiebre aftosa. A partir de agosto de 2001 se permite la importación de productos lácteos procedentes de plantas aprobadas por la Sagarpa que utilizan procesos térmicos en la elaboración del producto que garantizan la destrucción del virus

País de origen: Suecia

Cantidad en toneladas: 525.00

Situación zoosanitaria: País libre de fiebre aftosa

Criterios sanitarios: Reconocido por México la Oficina Internacional de Epizootias como país libre de fiebre aftosa

País de origen: Uruguay

Cantidad en toneladas: 3,000.00

Situación zoosanitaria: País afectado el 23 de abril por fiebre aftosa

Criterios sanitarios: Se autorizó la importación de lácteos procesados antes del brote de fiebre aftosa. A partir de octubre se permite la autorización de lácteos de plantas autorizadas por la Sagarpa que utilizan procesos térmicos en la elaboración del producto que garantizan la destrucción del virus

Consejo Mexicano del Café

México, DF, a 17 de diciembre del 2001.

Hacemos referencia a su oficio No. 112.- 1206, de fecha diciembre 12 del que cursa, en el cual cita el documento denominado punto de acuerdo, aprobado en el pleno de la H. Cámara de Diputados. Sobre el particular, me permito señalar algunos aspectos que dan sustento al referido punto de acuerdo:

Primero: Referente al Fondo Emergente para el Levantamiento de la Cosecha 2001-2002, le informo que el ejercicio de los recursos programados para este 2001, se inició en el pasado mes de octubre en los estados de Puebla, Hidalgo y Veracruz, de conformidad a la normatividad establecida por la Sagarpa, es decir, la entrega de recursos se realiza nominalmente y como requisito indispensable para recibir el apoyo, el productor beneficiario deberá estar inscrito en el Padrón Cafetalero 2001-2002. Efectivamente se inició el pago en las zonas bajas que es en donde empieza la cosecha y como es de su conocimiento la normatividad del Programa de Empleo Temporal nos indica que los productores deberán integrar los comités Pro-obra, ya que para recibir el pago correspondiente la obra (cosecha de café) deberá estar concluida, acción que deberá ser verificada en campo por el equipo de trabajo conformado para tal fin.

Debo comentarle que en nuestro país las zonas bajas representan el 12 por ciento de la superficie total, lo que nos indica que aunque se han presentado retrasos en el levantamiento del Padrón Cafetalero Nacional, estamos en condiciones de cumplir en tiempo y forma con la entrega de los recursos en estas zonas, previstos para el periodo octubre-diciembre un importe de 213.8 millones de pesos que representan el 40 por ciento del total de recursos para este programa, el cual con las acciones conjuntas que estamos realizando con los gobiernos de los estados y la propia Sagarpa lograremos su cumplimiento.

Con relación a la integración del padrón, le informo que se tenía contemplado para el mes de noviembre concluir los trabajos en los estados de Querétaro, Colima, Jalisco, Tabasco y Nayarit. Para este mes de diciembre se prevé concluir con los estados de Hidalgo, Guerrero, Puebla, San Luis Potosí y Veracruz, los estados de Chiapas y Oaxaca en todas aquellas zonas donde se cuenta con cosecha. El propósito es entregar los recursos conforme se concluya el censo y las comunidades hubieran cosechado el café.

Ante la necesidad de concluir en tiempo y forma estos trabajos, la Sagarpa a través de ASERCA y el CMC incrementó el número de brigadas, lo que representa un importantísimo esfuerzo y la manifestación del interés por concluirlo. Es importante destacar que en este nuevo esfuerzo no sólo se involucra la contratación de nuevo personal, sino también la capacitación y equipamiento.

Segundo: Con relación al Padrón Cafetalero Nacional 2001-2002, le informo que con fecha 10 de enero del 2001 la Sagarpa y el sector cafetalero convinieron llevar a cabo esta iniciativa tan importante para el sector, en donde participan la Sagarpa (CMC, ASERCA, SIAP, SDR), los gobiernos de los estados (CEC, delegaciones de la Sagarpa, secretarías de Desarrollo Rural, etc.) y las organizaciones y los productores cafetaleros.

De enero a julio se llevaron a cabo diversas reuniones de trabajo entre las instituciones y los productores para definir la mecánica operativa y el levantamiento de la encuesta en campo y la georreferenciación de predios, actividades que se concretaron según lo previsto.

En reunión de trabajo con el Sr. Secretario de la Sagarpa y el sector en su conjunto el pasado 3 de agosto se convino en establecer el Paquete Financiero de Apoyo al Sector Cafetalero que incluye los programas de:

* Fondo Emergente para el Levantamiento de la Cosecha 2001-2002

* Fondo de Estabilización de Precios

* Programa de Mejoramiento de la Calidad a Nivel Mundial

* Programa de Promoción y Desarrollo de Mercados.

Con el compromiso que para recibir los apoyos gubernamentales, los reales y verdaderos productores deberán estar inscritos en el Padrón Cafetalero Nacional 2001.

Como es de su conocimiento, en el Encuentro Nacional Cafetalero celebrado en el mes de octubre en la ciudad de Boca del Río, Veracruz, el sector cafetalero, pero principalmente los productores expresaron su determinación para concluir con el censo y para que sea a través de ese instrumento como se identifique a los verdaderos productores de café para canalizar los recursos que apoyen a éstos en la actual crisis.

Tercero: Con respecto al Fondo de Estabilización de Precios de Café, comento a usted que la Sagarpa solicitó para su constitución recursos del orden de $1,440 millones de pesos. En tanto ello ocurre, se trabaja en la elaboración para la normativa de este programa.

Cuarto: Referente al Programa de Impulso a la Producción de Café de la Alianza para el Campo 2001, le informo que se programó un total de recursos federales por $281.0 millones de pesos, los cuales se tienen comprometidos al 30 de octubre del 2001 al 100 por ciento a través de proyectos rentables que den valor agregado al café que fueron presentados por los productores de café y/o sus organizaciones por conducto de los Consejos Regionales y Estatales del Café al Consejo Mexicano del Café para su dictamen en su carácter de agente técnico del programa de acuerdo a la normatividad establecida por la Sagarpa en las reglas de operación publicadas el pasado l5 de marzo en el Diario Oficial de la Federación. En dicho programa se tiene un ejercicio del 80 por ciento en la entrega de recursos de acuerdo al calendario de ejecución programado, estando previsto concluir la entrega de los mismos al cierre del presente ejercicio.

Con relación al quinto y sexto puntos de acuerdo, referente a las importaciones de café, le informo que la Sagarpa, la Secretaría de Economía y el CMC, han trabajado en coordinación con la industria y los productores en el análisis para la instrumentación de una política de importaciones en materia de café que satisfaga al sector cafetalero en su conjunto, con objeto de llegar a un consenso que permitan emitir las bases para la celebración de convenios de abastecimiento.

Esperando haber dado respuesta satisfactoriamente a sus comentarios, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente
El presidente ejecutivo
Lic. Roberto Giesseman S. (rúbrica)
 

México, DF, 9 de enero de 2002.
CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión
Presentes.

En relación al oficio No. D.G.P.L. 58-II-2-478 de fecha 30 de octubre de 2001, suscrito por los CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con el presente les acompaño copia del similar No. 100.-2573, de fecha 23 de noviembre próximo pasado, signado por el C. Javier B. Usabiaga Arroyo, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, mediante el cual comenta lo relativo al punto de acuerdo presentado por el C. Dip. Silverio López Magallanes.

Lo anterior para los fines que estimen procedentes.

Reitero a ustedes la seguridad de mi consideración.

Atentamente
Por acuerdo del director general
El director
Lic. José Luis Carmona Ruiz (rúbrica)
 
 
 

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

México, DF, a 23 de noviembre de 2001.
Lic. Ramón Martín Huerta
Subsecretario de Gobierno
Secretaría de Gobernación
Presente.

Mediante oficio No. DGG/210/2182/01, este despacho fue informado sobre el punto de acuerdo alcanzado por los CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, mediante el cual exhortan al Ejecutivo a crear un fondo especial para combatir brotes de enfermedades o plagas exóticas de las especies vegetales y pecuarias del país.

Sobre el particular, es menester precisar que desde el inicio de esta gestión, se cuenta con fondos que, pese a ser escasos, están concentrados como reserva operativa en los Dispositivos Nacionales de Emergencias Ficozoosanitarias operados por esta Secretaría, lo que nos permite contar con capacidad técnica y financiera para enfrentar con celeridad la fase inicial de cualquier contingencia sanitaria que ponga en riesgo al patrimonio agropecuario del país. Adicionalmente, debo señalar que esta oficina cuenta con un fondo de atención a todo tipo de emergencias sectoriales, con lo que se garantizan recursos complementarios puestos a disposición de emergencias sanitarias de baja envergadura.

Finalmente, es oportuno destacar el interés que compartimos con ese cuerpo legislativo, ya que mucho antes de la presentación de su punto de acuerdo, dimos inicio a la promoción de una serie de reformas legales que de ser aprobadas permitirán al Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, recuperar e invertir directamente los ingresos que obtiene por el cobro de los servicios que ofrece a la ciudadanía, destinando parte de esos recursos a la creación de un fondo acumulable orientado al combate de contingencias y campañas sanitarias, por lo que resulta gratamente estimulante saber que encontraremos aliados naturales en el H. Congreso al momento de buscar la aprobación de esta iniciativa.

Por lo anterior, mucho agradeceré ser el conducto para dar a conocer al Poder Legislativo lo expuesto, no sin antes reiterarle mi consideración distinguida.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
El secretario del Despacho
Javier B. Usabiaga Arroyo (rúbrica)
 
 
 

DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, DOS POR LOS QUE SOLICITA EL PERMISO CONSTITUCIONAL NECESARIO PARA QUE CIUDADANOS PUEDAN ACEPTAR Y USAR CONDECORACIONES

México, DF, 10 de enero de 2002.
CC. Secretarios de la Comisión Permanente del
H. Congreso de la Unión
Presentes.

La Secretaría de Relaciones Exteriores se dirigió a esta de Gobernación, solicitando se tramite ante el H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción III, apartado C, del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que el C. Mayor de Artillería DEM. Bernabé Bernardo Chávez Lira, pueda aceptar y usar la condecoración de la Medalla del Pacificador, que le confiere el Gobierno de la República Federativa del Brasil.

Por lo anterior me permito anexar, para que se integren en su expediente, original de la carta del interesado dirigida al H. Congreso de la Unión, solicitando el permiso respectivo; copia certificada del acta de nacimiento; y copia simple de su curriculum vitae y de la notificación en la que se le comunica la intención de otorgarle la condecoración de que se trata.

Agradezco a ustedes su atención a la presente, reiterándoles la seguridad de mi consideración.

Atentamente
El director general de Gobierno
Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica)
 

México, DF, 14 de enero de 2002.
CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión
Presentes.

La Secretaría de Relaciones Exteriores se dirigió a esta de Gobernación, solicitando se tramite ante el H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción III, apartado C, del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que el C. Norberto Rivera Carrera, Arzobispo Primado de México, pueda aceptar y usar la condecoración de la Sacra y Militar Orden Constantiniana de San Jorge, en grado de Bailío Gran Cruz de Justicia, que le confiere Su Alteza Real Don Carlos de Borbón.

Por lo anterior me permito anexar, para que se integren en su expediente, original de la carta del interesado dirigida al H. Congreso de la Unión, solicitando el permiso respectivo; copia certificada del acta de nacimiento; y copias simples de su curriculum vitae y de la notificación en la que le comunican la intención de otorgarle la condecoración de que se trata.

Agradezco a ustedes su atención a la presente reiterándoles la seguridad de mi consideración.

Atentamente
El director general de Gobierno
Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica)
 
 
 

DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, POR LOS QUE SOLICITA EL PERMISO CONSTITUCIONAL NECESARIO PARA QUE CIUDADANOS PUEDAN PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS, Y COMUNICA QUE OTROS CIUDADANOS HAN DEJADO DE PRESTAR SERVICIOS

México, DF, a 7 de enero de 2002.
CC. Secretarios de la Comisión Permanente del
H. Congreso de la Unión
Presentes.

La Secretaría de Relaciones Exteriores se dirigió a esta de Gobernación, solicitando se tramite ante el H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción II, apartado C, del artículo 37, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que las personas que se citan a continuación, puedan prestar sus servicios al gobierno que se menciona:

Nombre: Andrés Antonio Torres Scott.
Puesto: Especialista político.
Lugar de trabajo: Embajada de los Estados Unidos de América en México.

Nombre: Raymundo Julián Navarrete Buenrostro.
Puesto: Intendencia/mantenimiento.
Lugar de trabajo: Embajada de los Estados Unidos de América en México.

Nombre: Gerardo Torner Márquez.
Puesto: Empleado de mantenimiento.
Lugar de trabajo: Centro de Comercio de los Estados Unidos de América en México.

Nombre: Pedro Vargas Soto
Puesto: Empleado de limpieza.
Lugar de trabajo: Centro de Comercio de los Estados Unidos de América en México.

Para tal efecto, se anexan copias certificadas de las actas de nacimiento que acreditan la nacionalidad mexicana de las personas mencionadas, así como los originales de los escritos en que solicitan se realicen los trámites correspondientes.

Por otra parte, comunico a usted que las siguientes personas se dirigieron a la Secretaría de Relaciones Exteriores solicitando la cancelación del permiso que les fuera concedido por el H. Congreso de la Unión, para prestar sus servicios al gobierno estadounidense:

Nombre: María Teresa Estebanés H.
Puesto: Empleada.
Lugar de trabajo: Embajada de los Estados Unidos de América en México.

Nombre: Madeleine Carreón Cuevas.
Puesto: Auxiliar de visas
Lugar de trabajo: Consulado General de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua.

Nombre: María Delgado Rendón.
Puesto: Empleada de correo.
Lugar de trabajo: Embajada de los Estados Unidos de América en México.

Agradezco a ustedes su atención a la presente reiterándoles la seguridad de mi consideración.

Atentamente
El director general de Gobierno
Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica)
 
 
 

DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, POR LOS QUE SOLICITA EL PERMISO CONSTITUCIONAL NECESARIO PARA QUE CIUDADANOS PUEDAN PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

México, DF, 26 de diciembre de 2001.
CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión
Presentes.

La Secretaría de Relaciones Exteriores se dirigió a esta de Gobernación, solicitando se tramite ante el H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere el artículo 37, inciso II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que las personas que se citan a continuación, puedan prestar sus servicios al gobierno extranjero que se menciona:

Nombre: Francisco Javier Vázquez Lázaro.
Puesto: Mensajero.
Lugar de trabajo: Embajada de la República del Ecuador en México.

Nombre: Silvia de la Luz Rivera.
Puesto: Conserje.
Lugar de trabajo: Embajada de la República del Ecuador en México.

Por lo anterior me permito anexar, para que se integren en su expediente, originales de las actas de nacimiento y de las solicitudes dirigidas al H. Congreso de la Unión, de los interesados.

Reitero a ustedes la seguridad de mi consideración.

Atentamente
El director general de Gobierno
Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica)
 
 
 

DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, CON LOS QUE REMITE DOCE HOJAS DE SERVICIO DE MIEMBROS DEL EJERCITO MEXICANO, PARA LOS EFECTOS DE LA FRACCION VII DEL ARTICULO 78 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

CC. Secretarios de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión
Presentes.

La Secretaría de la Defensa Nacional se dirigió a esta de Gobernación enviando las hojas de servicios de los CC:

Coronel de Infantería Diplomado de Estado Mayor José Fausto Torres Sánchez (10561950)

Coronel de Infantería Diplomado de Estado Mayor Raúl Ruiz García (10542544)

Coronel de Infantería Diplomado de Estado Mayor Enrique Ortega Cardoso Salinas (10775628)

Coronel de Infantería Diplomado de Estado Mayor Ernesto José Zapata Pérez (B-1148174)

Coronel de Infantería Diplomado de Estado Mayor Edgar Humberto Flores García (9448218)

Coronel del Arma Blindada Diplomado de Estado Mayor Guillermo Almazán Bertotto (10561770)

Coronel de Caballería Diplomado de Estado Mayor Iram Moreno Gutiérrez (B-1148031)

Coronel Ingeniero en Comunicaciones y Electrónica Juan Pablo Juárez Pérez (6103562)

Coronel Ingeniero Industrial Nicolás Zepeda Villegas (8516430)

Coronel Cirujano Dentista Graciela Carranza Castorena (A-10004003)

Coronel de Fuerza Aérea Piloto Aviador Diplomado de Estado Mayor Marcelino Pedro Jaime Ríos Basaldud (8704776)

Coronel de Fuerza Aérea Piloto Aviador Diplomado de Estado Mayor Marco Antonio Zaragoza Vázquez (9957557).

Que me permito enviar para los efectos de lo dispuesto en la fracción VII del artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo anterior, acompaño a las presentes hojas de servicios de los citados militares, con carácter devolutivo.

Reitero a ustedes la seguridad de mi consideración.

México, DF, 17 de diciembre de 2001.

Atentamente
El director general de Gobierno
Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica)
 
 



Dictámenes



DE LA TERCERA COMISION, CON PUNTO DE ACUERDO RELATIVO A LA DESIGNACION DEL CIUDADANO BERNARDO GONZALEZ ARECHIGA RAMIREZ WIELLA, COMO VOCAL DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL INSTITUTO DE PROTECCION DEL AHORRO BANCARIO

H. Comisión Permanente

A la Comisión que suscribe fue turnado para su estudio y análisis el expediente integrado referente al nombramiento que el Presidente de la República extiende a favor del Sr. Bernardo González Aréchiga Ramírez Wiella, como vocal de la Junta de Gobierno del Instituto de Protección al Ahorro Bancario por el periodo del 1 de enero del año 2002 al 31 de diciembre del 2005, enviado a esta Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, para los efectos de su ratificación en los términos de la fracción VI del artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el artículo 89, fracciones IV y XVI, de la propia Carta Magna.

A partir del estudio del expediente en cuestión y de conformidad con los artículos 93, 94 y 98 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos exponer los siguientes:

Considerandos

I. Los nombramientos que realiza el Presidente de la República de empleados superiores de Hacienda, en uso de las atribuciones conferidas en las fracciones IV y XVI del artículo 89 constitucional, deben ser ratificados por la Comisión Permanente, según lo establece el artículo 78, fracción VII, de la propia Carta Magna.

II. El precepto constitucional que establece la ratificación de los empleados superiores de Hacienda, tiene su antecedente en la Constitución Federal de 1824 y persigue como finalidad, asegurar que la recaudación, la custodia y el destino del erario público se realicen con eficiencia, eficacia y honradez, como lo ordena el primer párrafo del artículo 134 de la Ley Fundamental de la República.

III. El artículo 79 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario establece que los vocales tendrán el carácter de servidores públicos y serán considerados como empleados superiores de Hacienda, y no podrán durante su encargo, aceptar o ejercer ningún otro empleo, cargo o comisión, salvo los no remunerados.

IV. Del análisis cuidadoso de los documentos que acompañan al expediente que nos ocupa, se obtienen elementos suficientes de juicio para realizar una valoración sobre la capacidad y experiencia administrativa y profesional, del Dr. González Aréchiga, además, sobre el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 78 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario.

En tal virtud y con objeto de estar en condiciones de emitir una resolución suficientemente fundada y motivada, los integrantes de la Comisión que suscribe, en cumplimiento del artículo 3 del acuerdo emitido por el Senado de la República de fecha 7 de diciembre de 1987, citamos al Sr. Bernardo González Aréchiga Ramírez Wiella,a una entrevista que tuvo verificativo el día de 9 de enero del año en curso y en la que, además de constatar la documentación contenida en el expediente base del presente dictamen, intercambiamos puntos de vista con el funcionario nombrado sobre su formación y trayectoria profesional, así como sobre funciones.

V. Para ilustrar a esta Comisión Permanente se hace del conocimiento la siguiente síntesis curricular del Dr. Bernardo González Aréchiga Ramírez Wiella:

Es mexicano por nacimiento, nació en la Ciudad de México, el veintisiete de junio de mil novecientos cincuenta y siete, por lo que a la fecha cuenta con 44 años de edad, encontrándose en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.

El ciudadano Bernardo González Aréchiga Ramírez Wiella obtuvo el título de licenciado en Economía en el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey, la maestría en Economía en la Universidad de Essex, Inglaterra y el doctorado en la especialidad de Desarrollo Económico en la Universidad del Sur de California.

El Dr. González Aréchiga, cuenta con una amplia experiencia profesional en cuestión de administración de empresas privadas, como docente en diversas instituciones de educación superior, tanto públicas como privadas, y en los mercados bursátiles del país.

Es de destacar que fungió en diversos niveles de dirección en la Bolsa Mexicana de Valores SA de CV y actualmente es el coordinador de la Oficina de la Presidencia de la República para las Políticas Públicas.

En virtud de lo anteriormente expuesto y en razón de que el Dr. Bernardo González Aréchiga Ramírez Wiella posee la capacidad profesional necesaria para el desempeño del cargo que se le ha conferido, que acreditó un conocimiento puntual de las actividades a desarrollar en su próxima encomienda y que cumplió con los requisitos que establece el artículo 78 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, nos permitimos someter a consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Unico.- Con fundamento en la fracción VII del artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, aprueba el nombramiento que el titular del Poder Ejecutivo Federal expidió en favor del Dr. Bernardo González Aréchiga Ramírez Wiella, como vocal de la Junta de Gobierno del Instituto de Protección al Ahorro Bancario para el periodo que comprende del 1 de enero del año 2002 al 31 de diciembre del 2005.

Salón Verde de la honorable Cámara de Diputados.- México, DF, a 16 de enero del 2002.

Tercera Comisión

Dip. Efrén Leyva Acevedo (rúbrica), Presidente; Dip. Miroslava García Suárez (rúbrica en contra), Secretaria; Sen, César Camacho Quiroz, Secretario; Dip. J. Camilo Mouriño Terrazo (rúbrica), Secretario; Sen. José Antonio Aguilar Bodegas (rúbrica); Sen. Miguel Angel Navarro Quintero; Sen. Fauzi Hamdam Amad (rúbrica); Sen. Francisco Fraile García (rúbrica); Sen. Gerardo Buganza Salmerón (rúbrica); Sen. Francisco Fernández de Cevallos (rúbrica); Dip. Roberto Ruiz Angeles (rúbrica); Dip. Manuel Sepúlveda Fayad; Dip. Manuel Medellín Milán (rúbrica); Dip. Jorge Carlos Ramírez Marín; Dip. Jaime Salazar Silva (rúbrica); Dip. Herbert Taylor Arthur (rúbrica); Dip. Juan Carlos Regis Adame (rúbrica en contra).
 
 
 
 


Convocatorias

DE LA COMISION DE PARTICIPACION CIUDADANA

A su reunión plenaria, que se efectuará el martes 15 de enero de 2002, a las 17 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales, a la cual asistirá como invitado especial el Sr. John Foster, especialista sobre sociedad civil del North-South Institute del Canadá.

Atentamente
Dip. Miguel Gutiérrez Hernández
Presidente
 
 

DE LA COMISION DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, AGRICULTURA Y FOMENTO, COMUNICACIONES Y OBRAS PUBLICAS DE LA COMISION PERMANENTE

A su reunión de trabajo, el miércoles 16 de enero, a las 12:30 horas, en el salón D del restaurante Los Cristales.

En dicha reunión se presentará el Lic. Juan Carlos Tamayo Pino, quien ha sido propuesto por el C. Presidente de la República para ocupar el cargo de Procurador Fiscal de la Federación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico, nombramiento que deberá ser aprobado por la Comisión Permanente.

Atentamente
Dip. Efrén Leyva Acevedo
Presidente
 
 
 
 

DE LA COMISION ESPECIAL DE LA AGROINDUSTRIA AZUCARERA DE MEXICO

A su reunión ordinaria de trabajo, que se realizará el miércoles 16 de enero de 2002, a las 9 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. Francisco Castro González
Presidente
 
 
 

DE LAS COMISIONES UNIDAS DE DESARROLLO SOCIAL; DE EQUIDAD Y GENERO; DE SALUD, Y DE ATENCION A GRUPOS VULNERABLES

A su reunión de trabajo con la delegación de Parlamentarios de la República de Finlandia, que se realizará el jueves 17 de enero de 2002, a las 10 horas, en la zona C del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

* Lista de asistencia y declaración de quórum.

* Palabras de bienvenida.

* Palabras a cargo de la presidencia de la delegación de Parlamentarios de la República de Finlandia.

* Exposición de cada uno de los presidentes de las comisiones.

* Sesión de preguntas y respuestas.

Atentamente
Dip. Francisco J. Cantú Torres
Presidente de la Comisión de Desarrollo Social

Dip. Concepción González Molina
Presidenta de la Comisión de Equidad y Género

Dip. Ma. Eugenia Galván Antillón
Presidenta de la Comisión de Salud

Dip. Enrique Villa Preciado
Presidente de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables
 
 
 
 
 
 

DE LA COMISION DE VIGILANCIA DE LA AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION

A su reunión ordinaria de trabajo, que se efectuará el jueves 17 de enero de 2002, a las 12 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Asistencia y declaratoria de quórum.

2. Lectura de las actas de las reuniones extraordinarias de los días 27 y 29 de noviembre de 2001, y ordinaria del 4 de diciembre de 2001; discusión y, en su caso, aprobación.

3. Análisis, discusión y, en su caso, aprobación del informe de actividades de la Comisión del periodo marzo-agosto de 2001.

4. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Manuel Galán Jiménez
Presidente
 
 

DE LA COMISION DE REFORMA AGRARIA

A su XIV reunión plenaria, que se llevará a cabo el martes 22 de enero de 2002, a las 14 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Pase de lista.

2. Verificación de quórum.

3. Presentación de propuesta de calendarización y, en su caso, aprobación de los Foros de Consulta del Marco Jurídico Agrario.

4. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Félix Castellanos Hernández
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE SEGURIDAD SOCIAL

A su reunión ordinaria, que se efectuará el miércoles 30 de enero de 2002, a las 10 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura y aprobación del orden del día.

3. Lectura y aprobación, en su caso, de las actas de las reuniones anteriores, realizadas el 29 de noviembre y el 4 de diciembre de 2001.

4. Intervención del Lic. Benjamín González Roaro, director general del ISSSTE.

5. Espacio para preguntas de los CC. diputados y respuestas de los funcionarios del ISSSTE.

6. Asuntos pendientes de trámite legislativo.

7. Asuntos generales.

8. Clausura de la reunión.

Atentamente
Dip. Cuauhtémoc Montero Esquivel
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE FORTALECIMIENTO DEL FEDERALISMO

A su reunión de trabajo, el miércoles 30 de enero de 2002, a las 11 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. Enoch Araujo Sánchez
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE ATENCION A GRUPOS VULNERABLES

A la reunión de su Mesa Directiva, que se realizará el miércoles 30 de enero de 2002, a las 14 horas, en las oficinas de la Comisión.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura y aprobación del orden del día.

3. Lectura y aprobación del acta anterior.

4. Adquisición de libros.

5. Presentación de propuesta del plan de trabajo de la Comisión para el año 2002.

6. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Enrique Adolfo Villa Preciado
Presidente
 
 
 
 

DE LA COMISION DE ATENCION A GRUPOS VULNERABLES

A su reunión plenaria, que se efectuará el miércoles 30 de enero de 2002, a las 15 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura y aprobación del orden del día.

3. Lectura y aprobación del acta anterior.

4. Presentación de propuesta del plan de trabajo de la Comisión para el año 2002.

5. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Enrique Adolfo Villa Preciado
Presidente
 
 

DE LA COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

A su reunión ordinaria mensual, que se llevará a cabo el jueves 31 de enero de 2002, a las 9 horas en el salón B del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaratoria de quórum.

2. Lectura y aprobación del orden del día.

3. Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la sesión anterior.

4. Análisis, discusión y aprobación, en su caso, de dictámenes.

5. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. José Ramírez Gamero
Presidente