Gaceta Parlamentaria, año III, número 399, martes 30 de noviembre de 1999



Orden del Día de la sesión del martes 30 de noviembre de 1999

Comunicaciones

Iniciativas Minutas Proposiciones Excitativas Informes Convocatorias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Orden del Día

SESION DEL MARTES 30 DE NOVIEMBRE DE 1999. INICIO 11 HORAS

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicación del C. dip. Fernando Castellanos Pacheco.

Comunicaciones de los Congresos de los estados de Campeche, Nuevo León, San Luis Potosí y Yucatán.

Comunicación de la H. Cámara de Senadores, con la que se remite acuerdo parlamentario relativo a la comparecencia del Titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Informe de resultados de la Comisión de Investigación del Funcionamiento de la Compañía Nacional de Subsistencias Populares y Empresas Filiales (Conasupo).

Comunicación del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, sobre su posición respecto al Informe de la Comisión de Investigación del Funcionamiento de la Compañía Nacional de Subsistencias Populares y Empresas Filiales (Conasupo).

Iniciativas de ciudadanos diputados

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, de la Ley de Instituciones de Crédito, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, a cargo del C. dip. Ignacio García de la Cadena Romero, suscrita por diputados integrantes de diferentes grupos parlamentarios de la LVII Legislatura. (Turno a Comisión).

Que adiciona el artículo tercero de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, suscrita por diputados integrantes de los grupos parlamentarios de los partidos Revolucionario Institucional, Acción Nacional y de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).

De reformas a diversos artículos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del C. dip. Felipe de Jesús Cantú Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).

Minuta

Con proyecto de decreto que reforma el artículo cuarto transitorio, fracción VI, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. (Turno a Comisión).

Dictámenes

De la Comisión de Asentamientos Humanos y Obras Públicas, con proyecto de decreto que modifica el párrafo segundo del artículo 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria del 26 de noviembre.- Discusión y votación).

De la Comisión de Asentamientos Humanos y Obras Públicas, con proyecto de decreto que modifica el párrafo segundo del artículo 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria del 26 de noviembre.- Discusión y votación).

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Carlos Alberto de Icaza González, César Jiménez López y Rubén García Llaguno para aceptar y usar las condecoraciones que en diferentes grados les confiere el gobierno de la República de Bolivia. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria del 26 de noviembre.- Discusión y votación).

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de Decreto que concede permiso al ciudadano Gerardo Garay Herrera para aceptar y usar la condecoración Medalla de Servicios Meritorios, que le confiere el gobierno de los Estados Unidos de América. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria del 22 de noviembre.- Discusión y votación).

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Jesús Benito Sánchez Martínez, Inocencio López Martínez, Edgar Sandoval González, Eulalio de los Santos González, Erminio Alvarez Flores, Joel del Carmen Ibáñez y Carlos Martínez Rojas para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que les confiere el gobierno de la República de Nicaragua. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria del 26 de noviembre.- Discusión y votación).

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Norberto Sandoval Toledo, Ramón Castillo Rubio, Alberto Vázquez Daniel, Eleuterio Luna Valente, Julio César de los Santos Vicente, Saúl Correa Pérez, David Bolaños Cruz, Eliseo Marcos Cornelio, Eloy López Santiago, Enedelio Albañil Osto, Fiacaro Villanueva del Carmen y Juan Arnulfo Hernández Hernández para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que les confiere el gobierno de la República de Nicaragua. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria del 23 de noviembre.- Discusión y votación).

Proposición

Con punto de acuerdo en relación con la propuesta para que se precisen en el Presupuesto de Egresos de la Federación los montos destinados para el desarrollo de los pueblos indígenas, a nombre de la Comisión de Asuntos Indígenas. (Turno a Comisión).

Excitativa

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social, a cargo del C. dip. Raúl Monjarás Hernández, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).

Agenda Política

Comentarios sobre los Créditos reportables entregados por el IPAB en su primera etapa, a cargo del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Debate pactado. 10-5).

Comentarios sobre el proceso electoral del pasado 14 de noviembre, en el estado de Hidalgo, a cargo del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Debate pactado 10-5).

Comentarios sobre la situación política en Chiapas, a cargo del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Debate pactado 10-5).

Comentarios sobre las peticiones de los productores que vienen en cabalgata, a cargo del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
 
 
















Comunicaciones

DEL DIPUTADO FERNANDO CASTELLANOS PACHECO

Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 29 de noviembre de 1999.

Dip. José Francisco Paoli Bolio
C. Presidente de la Cámara de Diputados de la LVII Legislatura del
H. Congreso de la Unión
Presente

Estimado señor:

Por este medio me permito informar a usted que desde el día 27 del mes en curso me incorporé a mis labores legislativas, ya que estuve de licencia los días 25 y 26 del mismo, para los trámites y efectos correspondientes.

Sin otro particular de momento, agradezco su atención y le reitero las seguridades de mi consideración más distinguida.

Atentamente
Dip. Fernando Castellanos Pacheco
 
 
 

DEL CONGRESO DEL ESTADO DE CAMPECHE

Campeche, Campeche, a 30 de septiembre de 1999.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
México, DF

La Diputación Permanente del H. Congreso del estado de Campeche comunica que hoy clausuró su segundo periodo de receso del segundo año de ejercicio constitucional. Lo que nos permitimos hacer de su conocimiento para los fines conducentes.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección
Dip. Salvador Gaspar Arteaga Trillo
Secretario
 
 

Campeche, Campeche, a 1 de octubre de 1999.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
México, DF

La Quincuagésima Sexta Legislatura del H. Congreso del estado de Campeche comunica que en sesión solemne, celebrada hoy, realizó la apertura de su primer periodo de sesiones ordinarias correspondiente al tercer año de ejercicio constitucional. Lo que nos permitimos hacer de su conocimiento para los fines conducentes.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección
Dip. Ana Carmen Abreu Turriza

Secretaria
Dip. Arturo Gerardo Goytia Ochoa
Secretario
 
 

Campeche, Campeche, a 28 de octubre de 1999.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
México, DF

La Quincuagésima Sexta Legislatura del H. Congreso del estado de Campeche comunica la elección del presidente y vicepresidente de la Mesa Directiva para el mes de noviembre del presente año, correspondiente al primer periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio constitucional, recayendo esta responsabilidad en los CC:

Presidente: Dip. Rodolfo Valentín Cambranis López.
Vicepresidente: Dip. César Israel Lechuga González.

Lo que nos permitimos hacer de su conocimiento para los fines legales conducentes.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Dip. Ana Carmen Abreu Turriza
Secretaria

Dip. Arturo G. Goytia Ochoa
Secretario
 
 

DEL CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI

San Luis Potosí, San Luis Potosí,
a 11 de noviembre de 1999.

C. Presidente de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
México, DF

En sesión ordinaria del H. Congreso del estado celebrada el día de la fecha se eligió al presidente y vicepresidente que fungirán durante el lapso del 15 de noviembre al 14 de diciembre de 1999, en este primer periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio legal, resultando electos los siguientes legisladores:

Presidente: Dip. Víctor Manuel Pérez González

1er. Vicepresidente: Dip. Pablo López Vargas
2a. Vicepresidenta: Dip. María Magdalena Vega Escobedo.

Lo que hacemos de su cocimiento para los efectos legales procedentes, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 24 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado, propiciando la ocasión para reiterarles la seguridad de nuestra atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.
Dip. Marco Antonio Gama Basarte
Presidente

Dip. Antonio Rivera Barrón
Secretario

Dip. José Carmen García Vázquez
Secretario
 
 
 

DEL CONGRESO DEL ESTADO DE YUCATAN

Mérida, Yucatán, a 9 de noviembre de 1999.

C. Presidente de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
México, DF

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Yucatán, en junta preparatoria celebrada en esta fecha por la LV Legislatura del estado se eligió a la Mesa Directiva que fungirá durante el primer mes del segundo período ordinario de sesiones, correspondiente al segundo año de su ejercicio constitucional, quedando integrada de la forma siguiente:

Presidente: Dip. C. Luis Emir Castillo Palma.
Vicepresidenta: Dip. abog. Myrna Hoyos.

Secretarios: Dip. ing. Miguel Arsenio Lara Sosa.
Dip. lic. José Orlando Pérez Moguel.

Secretarios Suplentes: Dip. qfb. Lucely Alpizar Carrillo.
Dip. pd. Sergio Augusto Chan Lugo.

Protesto a V. H. mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.
El secretario de la Diputación Permanente
Dip. prof. Gaspar Antonio Xiu Cachón
 
 
 

DE LA H. CAMARA DE SENADORES, CON LA QUE SE REMITE ACUERDO PARLAMENTARIO RELATIVO A LA COMPARECENCIA DE LA TITULAR DE LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

México, DF. a 25 de noviembre de 1999.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 80 y 82 de la Ley Orgánica del Congreso General, me permito hacer de su conocimiento que en sesión ordinaria celebrada en esta fecha por la Cámara de Senadores, la Junta de Coordinación Política presentó acuerdo parlamentario en relación con la comparecencia de la titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores, mismo que se anexa.

Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

La presidencia
Sen. Dionisio Pérez Jácome
Vicepresidente en funciones
 
 

Acuerdo parlamentario relativo a la comparecencia del titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 80 y 82 de Ley Orgánica del Congreso General y

Considerando

Que la fracción I del artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos otorga al Senado de la República facultades exclusivas para analizar la política exterior desarrollada por el titular del Poder Ejecutivo Federal;

Que el Senado de la República reconoce que en el contexto actual de globalización e interdependencia, la política exterior de México debe contribuir al mejor aprovechamiento de las oportunidades que ofrece el entorno mundial para vincularlas con los esfuerzos internos de desarrollo;

Que el artículo 93 de ese mismo ordenamiento establece la obligación de que los Secretarios de Estado, una vez abierto el periodo de sesiones ordinarias, informen al Congreso sobre la situación que guardan sus respectivos ramos, con el propósito de incrementar la comunicación permanente entre legisladores y los representantes de la administración pública, a fin de fortalecer el diálogo institucional sobre las acciones que lleva a cabo el Ejecutivo Federal y permitir dar vigencia a los principios republicanos; y

Que el Senado de la República ha contado con la presencia de la titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores ante el pleno de la Cámara, misma que ha tenido por objeto complementar los informes anuales de sus actividades, que son remitidos a esta soberanía y ampliar la información sobre la política exterior de nuestro país; se permite proponer a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente

Acuerdo

Primero.- El Senado de la República invitará a la ciudadana secretaria de Relaciones Exteriores, lic. Rosario Green Macías, a efecto de que comparezca ante el pleno e informe sobre la política exterior desarrollada durante el año de 1999 por el Poder Ejecutivo Federal.

Segundo.- La sesión a la que asistirá la secretaria de Relaciones Exteriores se realizará el miércoles 10 de diciembre del presente año y dará inicio a las 11:00 horas. Esta sesión será pública y el pleno no conocerá ni discutirá algún otro asunto.

Tercero.- La comparecencia de la secretaria de Relaciones Exteriores se desarrollará bajo el siguiente procedimiento:

a) Al iniciar la sesión, la secretaria de Relaciones Exteriores expondrá los principios y lineamientos desarrollados por nuestro país durante el último año en materia de política exterior.

b) Habrá una ronda de oradores en la que los senadores de la República harán uso de la tribuna para fijar la posición de sus respectivos grupos parlamentarios, con una duración de 10 minutos para cada intervención y se ordenarán de la siguiente forma: Partido Revolucionario Institucional, Partido Acción Nacional, Partido de la Revolución Democrática.

c) Al concluir la fijación de posiciones, la secretaria de Relaciones Exteriores hará uso de la tribuna para comentar las intervenciones de los grupos parlamentarios.

d) Habrá tres rondas de preguntas y respuestas, con una duración de dos minutos para cada intervención, formuladas desde su respectivo escaño, en el siguiente orden:

Primera ronda:

Partido Revolucionario Institucional
Partido Acción Nacional
Partido de la Revolución Democrática

Segunda ronda:

Partido de la Revolución Democrática
Partido Revolucionario Institucional
Partido Acción Nacional

Tercera ronda:

Partido de la Revolución Democrática
Partido Acción Nacional
Partido Revolucionario Institucional

e) La secretaria de Relaciones Exteriores contestará cada una de las preguntas planteadas.

f) Al finalizar cada una de las rondas de preguntas y respuestas, los senadores podrán hacer uso de su derecho de réplica, si así lo determinan, hasta por un minuto, desde su respectivo escaño.

g) Al finalizar las rondas de preguntas y respuestas, la secretaria de Relaciones Exteriores tendrá una intervención para exponer sus comentarios finales.

Cuarto.- Los senadores que no pertenezcan a ningún grupo parlamentario podrán participar en alguna de las rondas de preguntas, siempre y cuando presenten su solicitud ante la Mesa Directiva con, al menos, 24 horas de anticipación.

Quinto.- Se enviará invitación a los integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores de la Honorable Cámara de Diputados, a efecto de que una representación asista a la comparecencia.

Sexto.- La versión estenográfica de la sesión en la que comparezca la secretaria de Relaciones Exteriores se remitirá al ciudadano Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores, a los veinticinco días del mes de noviembre de 1999.

Junta de Coordinación Política
Sen. María de los Angeles Moreno Uriegas
Presidenta

Sen. Gabriel Jiménez Remus
Coordinador del grupo parlamentario del PAN

Sen. Héctor Sánchez López
Coordinador del grupo parlamentario del PRD

Sen. Eduardo Andrade Sánchez
Grupo parlamentario del PRI

Sen. Sami David
Grupo parlamentario del PRI

Sen. Juan de Dios Castro Lozano
Grupo parlamentario del PAN
 
 
 

DEL DIP. JOSE DE JESUS MARTIN DEL CAMPO CASTAÑEDA, VICECOORDINADOR GENERAL DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

Palacio Legislativo, a 25 de noviembre de 1999

C. Dip. Arturo Núñez Jiménez
Presidente de la Junta de Coordinación Política
H. Cámara de Diputados
PRESENTE

Por este medio comunicamos que los diputados que integrarán la Comisión Investigadora con objeto de analizar el sistema de jubilaciones de Nacional Financiera, SNC, Institución de Banca de Desarrollo, por el partido de la Revolución Democrática son:

Jesús Martín del Campo Castañeda
Ricardo García Saínz Lavista
Atentamente
Dip. José de Jesús Martín del Campo Castañeda
 
 













Iniciativas

QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE PROTECCION Y DEFENSA AL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS, DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO, DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS, DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS Y DE LA LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO, A CARGO DEL C. DIP. IGNACIO GARCIA DE LA CADENA ROMERO, SUSCRITA POR DIPUTADOS INTEGRANTES DE DIFERENTES GRUPOS PARLAMENTARIOS DE LA LVII LEGISLATURA

Los que suscribimos, diputados de diversos grupos parlamentarios, en ejercicio de la facultad que nos otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con apoyo en lo previsto por los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos ante el pleno de esta Honorable Cámara una "Iniciativa de Decreto que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, de la Ley de Instituciones de Crédito, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, y de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro."

Exposición de Motivos

Con el objeto de proteger y defender los derechos e intereses de los usuarios de servicios financieros y de uniformar la legislación y los procedimientos previstos en esta materia, el 12 de diciembre de 1998 aprobamos la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, misma que fue publicada el 18 de enero de 1999, en el Diario Oficial de la Federación. Dicha Ley constituye un notable esfuerzo del Congreso para poner a disposición de la población que hace uso de los diversos servicios financieros procedimientos ágiles y expeditos para resolver sus controversias con las instituciones financieras, brindándoles un marco legal que proporcione mayor seguridad y certidumbre en sus relaciones con tales instituciones.

Debemos recordar que, como respuesta a la irritación social derivada de la carencia de medios de defensa eficientes y oportunos para resolver este tipo de controversias, se propuso la creación de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros -Condusef-, como organismo especializado y de competencia exclusiva, el cual brinda ahora a los mexicanos una instancia imparcial para dirimir sus controversias, en un plano de mayor igualdad frente a las instituciones financieras.

Desde el inicio de sus funciones, en abril pasado, nos hemos venido percatando de que la Comisión ha encontrado algunos aspectos de la Ley que implican obstáculos o debilidades para el adecuado cumplimiento de su objetivo fundamental y prioritario, que consiste en procurar la equidad en las relaciones entre los usuarios y las instituciones financieras, obstáculos que emanan de distintos apartados de la citada Ley, razón por la cual estimamos conveniente realizar una revisión a sus procedimientos, facultades y otras disposiciones contenidas en la misma, a fin de determinar los problemas técnicos y jurídicos que limitan la actuación de la Comisión para proporcionar un servicio acorde con las exigencias que la sociedad nos demanda, ya que tales deficiencias pudieren traducirse en un momento dado en una disminución o ineficiencia en la defensa y protección de los usuarios.

Nuestro propósito al plantear esta iniciativa es proponer una serie de reformas y adiciones para reforzar los procedimientos y las facultades de la Comisión Nacional, con el único objetivo que el de propiciar una actuación expedita y el de dar un cumplimiento efectivo de los fines para los cuales esta Cámara apoyó su creación. Ello, además, se suma a los esfuerzos que nuestro Grupo ha venido realizado para el fortalecimiento del sistema financiero del país, para hacer frente a los retos y abatir los rezagos que en esta área estratégica tan importante para el adecuado desarrollo de la nación.

Por eso, nuestra propuesta consiste en procurar la existencia de un marco legal que proporcione seguridad, celeridad y efectividad en el importante cometido que tiene dicha Comisión Nacional, como a continuación se indica:

Para lograr la equidad que debe existir en las relaciones entre los usuarios y las instituciones y a fin de no continuar dando lugar a interpretaciones que han derivado en algunas confusiones, estimamos necesario precisar que por el término usuario se contempla también a toda persona que contrate o utilice un producto o servicio con alguna institución financiera, incluyendo a los sujetos que gocen de algún derecho frente a la institución, derivado de la contratación de una operación o servicio determinado. De esta manera, podremos garantizar que dentro de la esfera de acción de la Comisión Nacional, quedan incluidos también los beneficiarios de productos o servicios financieros.

Por lo que respecta al concepto de institución financiera para no desvirtuar el propósito fundamental de la Comisión Nacional y saturarla con asuntos que no son de su competencia y que pueden ser desahogadas a través de otros organismos como la Procuraduría Federal del Consumidor, se excluyen a aquellas empresas contempladas por Norma Oficial Mexicana emitida por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

Sabemos que la creación de la Comisión Nacional obedeció a la necesidad de brindar una atención apropiada a la gran cantidad de reclamaciones, inconformidades y dudas de los usuarios de servicios financieros. No obstante ello, para poder dar solución a tales planteamientos, tanto la Comisión Nacional como los usuarios, requieren de un plazo razonable tanto para hacer valer sus reclamaciones, como para conocer de las mismas, por lo que consideramos conveniente ampliar el plazo de 3 meses, como está previsto actualmente, a un año a partir de la presentación del hecho que le dio origen. Con ello, se extiende la protección a la gran mayoría de los usuarios, en la medida que gozarán de un lapso más prolongado, evitando que su petición se deseche por extemporánea, situación que en la mayoría de los casos hemos observado responde al desconocimiento de la ley.

Con base en lo anterior, tal circunstancia será acorde con la realidad y se eliminará un importante obstáculo para lograr el adecuado desarrollo de los objetivos de la Comisión Nacional.

Por lo que respecta a los procedimientos, el arbitraje ha mostrado ser una vía alternativa para la resolución de controversias altamente eficaz, otorgando a su vez especial énfasis a la cultura de la buena fe que debe existir en los negocios jurídicos. Algunos aspectos importantes por los cuales se opta por dirimir alguna controversia ante un árbitro es la especialidad de la materia, así como, el papel fundamental que se da a la voluntad de las partes. En tal sentido consideramos pertinente establecer la posibilidad de que las partes de común acuerdo puedan designar como árbitro, además de la Comisión Nacional, como otra opción a un tercero.

En esta materia, también estamos proponiendo establecer una serie de requisitos a fin de que el árbitro que eventualmente conozca de la controversia reúna los requerimientos de imparcialidad, especialidad e idoneidad necesarios para poder dirimir la reclamación presentada. La posibilidad de que la designación de árbitro recaiga sobre terceras personas, muestra la flexibilidad, imparcialidad y prontitud a la que se aspira en la resolución de los conflictos. Esto actuaría en beneficio de las partes en conflicto.

La práctica ha demostrado nuestro acierto al atenuar las evidentes desigualdades que existen entre los usuarios y las instituciones financieras, uno de los propósitos por el que se pidió la creación de este Organismo descentralizado. En esta virtud, para procurar una debida igualdad que debe existir entre los participantes del sistema financiero, proponemos el establecimiento de exigencias más estrictas respecto de las características de los informes que las instituciones financieras están obligadas a rendir dentro del procedimiento conciliatorio. Fortalecida de esta forma, la Comisión Nacional, sin dejar de tener una actuación imparcial frente a las partes en conflicto, podrá coadyuvar al desarrollo igualitario del procedimiento.

En cumplimiento a la obligación que esta Cámara le impuso a la Comisión Nacional de procurar una mejor atención al usuario de servicios y productos financieros, se prevé la obligación para que las instituciones financieras den creación a unidades especializadas de atención a los usuarios. Dichas unidades constituirán una vía expedita para la canalización de dudas o aclaraciones que eventualmente surjan entre el público usuario, sin excluir la posibilidad de que, de darse el caso, posteriormente la Comisión Nacional intervenga en la resolución del conflicto, acotando quizás los lapsos de solución de las problemáticas planteadas.

Es importante mencionar, que con ello, no se pretende crear unidades burocráticas o estructuras adicionales a las que ya tiene, incluso será decisión de las propias instituciones financieras el tamaño que deban tener estas unidades en función de sus necesidades específicas, ya que la experiencia ha demostrado la utilidad de sus funciones, dando un servicio más directo y personalizado a sus clientes.

Consideramos que un punto importante para el fortalecimiento de la Comisión Nacional, es la de dotarlo de un mayor número de facultades que, de aprobarse, se traducirían en mayores beneficios para la atención a los usuarios. Ejemplo de ello es lo que proponemos en cuanto a dar a la Comisión Nacional la posibilidad de emitir dictámenes técnicos en aquellos casos en que por causas imputables a la institución financiera de que se trate no se dé el arbitraje, teniendo el usuario la posibilidad de hacer valer el dictamen como prueba ante los tribunales competentes.

Por otro lado, se ha percibido la necesidad de elevar algunas de las multas que contempla actualmente la ley, asociadas al incumplimiento de obligaciones a cargo de las instituciones financieras, con el propósito de inhibir prácticas deficientes o incorrectas. De igual forma, se ha detectado la necesidad de establecer una multa adicional a las existentes a la Institución que no comparezca a la junta de conciliación en los términos previstos por la Ley, o a la constitución de la unidad especializada de atención a usuarios y beneficiarios que deben tener las instituciones financieras.

Lo anterior, aunado con el objeto de procurar mejorar el servicio a los usuarios, proporcionar mayor fuerza a los actos y resoluciones de dicha Comisión Nacional y, a la vez, continuar fortaleciendo a dicho organismo.

Asimismo, se hace indispensable realizar el cambio en todo el documento para concordancia, de Reglamento Interior a Estatuto Orgánico, ya que esta Comisión no requiere de promulgación por parte del Ejecutivo, al ser un organismo descentralizado, conforme al artículo 15 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales.

A fin de agilizar los procedimientos administrativos se está proponiendo eliminar la triangulación de información que hoy día se realiza con las otras Comisiones Supervisoras, así como para proponer modificaciones a los contratos de adhesión o a los documentos que se utilicen para informar a los usuarios sobre el estado que guardan las operaciones contratadas.

Con el propósito de uniformar la actuación de la Comisión Nacional dentro de los procedimientos arbitrales de los cuales las instituciones de seguros y de fianzas sean parte, estamos proponiendo ajustes a sus leyes para hacerlas compatibles con la responsabilidad de esta Comisión.

De lo anterior, se advierte que este proyecto de reformas pretende completar y perfeccionar el marco jurídico para el mejor desempeño de las funciones encomendadas a la Comisión Nacional y, de esta manera, mejorar el apoyo que la misma debe brindar a los usuarios, así como agilizar, facilitar y en su caso, solucionar a las propias instituciones financieras las controversias que pudieran tener con sus usuarios o beneficiarios, en los mejores términos posibles. Asimismo, se están incorporando algunas precisiones y correcciones menores que muestra la ley actual.

Debemos tener presente que de aprobar las reformas que se están proponiendo, este Congreso no sólo fortalece a un organismo o institución, sino también a la estructura que conforma y fundamenta el sistema financiero mexicano, ya que en la medida en que tanto los usuarios de los servicios, como las instituciones financieras cuenten con mecanismos e instancias imparciales y especializadas ante las cuales puedan dirimir sus controversias, se refuerza la confianza sobre el funcionamiento apropiado del sistema financiero, confianza que es la base sobre la cual el mismo opera y sustenta su calidad moral.

Finalmente, nuestro Grupo Parlamentario ha procurado a través de la presente iniciativa la existencia de un marco legal más adecuado que proporcione seguridad, celeridad y efectividad en el importante cometido que tiene encomendado la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros como a continuación se indica:

Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, de la Ley de Instituciones de Crédito, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, y de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Artículo Primero.- Se reforman y adicionan las siguientes disposiciones de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros: Se reforman los artículos 2o. fracción I, II, IV y VII; 5.; 7.; 11 fracción IV, VI, XVIII, XIX y XX; 22 fracciones VI, X y XIX; 26 fracción V; 28; 29; 30; 36; 38; 42; 46; 47; 49 fracción III; 54; 56; 61; 63 fracción IV; 65; 68 fracciones III, VI, VII y X; 69; 70; 71; 72; 73; 74; 75 primer párrafo y las fracciones I, II, III y IV; 77; 80; 81; 83; 84; 93 primer párrafo; 94 primer párrafo y las fracciones I, II, III, V, VI, VII, VIII y IX; 96 y 97; se adicionan los artículos 7 segundo párrafo; 47 segundo párrafo; 50 Bis; 67 segundo párrafo; 69 segundo párrafo; 72 segundo y tercer párrafos; 72 Bis; 72 Ter ; 73 segundo párrafo; 77 segundo párrafo; 81 segundo y tercer párrafo; 85 segundo párrafo; y 94 fracción X, para quedar como sigue:

Artículo 2.- ...............

I. Usuario, en singular o plural, la persona que contrata o utiliza un producto o servicio financiero con alguna institución financiera, así como cualquier otra persona que tenga algún derecho frente a la Institución Financiera como resultado de la operación o servicio prestado;

II. Comisión Nacional, a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros;

III .................

IV. ...............

No se consideran Instituciones Financieras aquellas empresas contempladas por Norma Oficial Mexicana emitida por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

V y VI. ............

VII. Estatuto Orgánico, al estatuto orgánico de la Comisión Nacional;

VIII y IX....

Artículo 5o.- La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros promoverá, asesorará, protegerá y defenderá los derechos e intereses de los Usuarios frente a las Instituciones Financieras, así como operará un mecanismo tendiente a solucionar controversias entre usuarios e Instituciones Financieras.

Artículo 7.- En lo no previsto por esta ley, se aplicará supletoriamente, para efectos de las notificaciones, el Código Fiscal de la Federación.

Esta disposición no será aplicable a las notificaciones y resoluciones dictadas dentro de procesos de conciliación y arbitraje seguidos conforme a lo previsto en esta ley.

Artículo 11.- ...................

I a III. .....................

IV. Actuar como árbitro en amigable composición o en juicio arbitral de estricto derecho, de conformidad con esta Ley, en los conflictos originados por operaciones o servicios que hayan contratado los Usuarios con las Instituciones Financieras, así como emitir dictámenes técnicos de conformidad con esta Ley;

V. ............................

VI. ..........................

Expedir, cuando así proceda, a solicitud de parte interesada y previo el pago de los gastos correspondientes, copia certificada de los documentos que obren en poder de la misma, siempre y cuando se compruebe fehacientemente el interés jurídico.

VII a XVII. ................

XVIII. Revisar y, en su caso, proponer modificaciones a los contratos de adhesión utilizados por éstas para la celebración de sus operaciones o la prestación de sus servicios;

XIX. Revisar y, en su caso, proponer a las Instituciones Financieras, modificaciones a los documentos que se utilicen para informar a los Usuarios sobre el estado que guardan las operaciones o servicios contratados;

XX. Solicitar la información y los reportes de crédito necesarios para la substanciación de los procedimientos de conciliación y de arbitraje a que se refiere esta Ley. El usuario manifiesta con la presentación de su reclamación su entera conformidad para que la Institución Financiera involucrada proporcione a la Comisión Nacional la información relativa.

XXI y XXVI .......................

Artículo 22.- ........................ I a V .....................................

VI. Aprobar su Estatuto Orgánico, así como expedir las normas internas necesarias para el funcionamiento de la misma;

VII a IX. .........................

X. Aprobar de conformidad con las leyes aplicables, las políticas, bases y programas generales que regulen los convenios, contratos, pedidos o acuerdos que la Comisión Nacional deba celebrar con terceros en obras públicas, adquisiciones, arrendamientos y prestaciones de servicios relacionados con bienes muebles. El Presidente y, en su caso, los servidores públicos que deban intervenir de conformidad con el Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional, realizarán tales actos bajo su responsabilidad, sujetándose a las directrices que fije la Junta;

XI a XVIII. .....................

XIX. Establecer los parámetros para determinar el monto, la forma y las condiciones de las garantías a que se refiere esta Ley;

XX a XXIV. .....................

Artículo 26.- ............................. I a IV ............................

V. Suscribir y negociar títulos de crédito, así como realizar operaciones de crédito;

VI a XIX ......................

.....

Artículo 28.- El Presidente, para el cumplimiento de las facultades que esta Ley y demás disposiciones le atribuyen, será auxiliado por los funcionarios que determine el Estatuto Orgánico.

Artículo 29.- Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 4o. de la presente Ley, la Comisión Nacional contará con Delegaciones Regionales o, en su caso, Estatales o Locales, las cuales, como unidades administrativas desconcentradas del mismo, estarán jerárquicamente subordinadas a la administración central y tendrán las facultades específicas y la competencia territorial para resolver sobre la materia, de conformidad con lo que se determine en el Estatuto Orgánico.

Artículo 30.- En ausencias temporales del Presidente, será suplido por los Vicepresidentes en el orden que el Estatuto Orgánico señale.

Artículo 36.- Los Consejos Consultivos sesionarán por materia, debiendo convocarse a sus sesiones exclusivamente a las personas vinculadas con el tema a tratar en ellas.

Artículo 38.- Las demás disposiciones relativas a la organización y funcionamiento de los Consejos Consultivos, se establecerán en el Estatuto Orgánico.

Artículo 42.- El órgano de control interno de la Comisión Nacional, tendrá las facultades que señalen las disposiciones legales aplicables, el Estatuto Orgánico y demás ordenamientos. Desarrollará sus atribuciones conforme a los lineamientos que emita la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, de la cual dependerá su Titular así como sus áreas de auditoría, quejas y responsabilidades.

Artículo 46.- La Comisión Nacional tendrá a su cargo el Registro de Prestadores de Servicios Financieros, cuya organización y funcionamiento se sujetará a las disposiciones que al efecto expida la propia Comisión Nacional.

Artículo 47.- Los servidores públicos que tengan a su cargo otorgar las autorizaciones para el funcionamiento y operación de las Instituciones Financieras, deberán dar aviso a la Comisión Nacional del otorgamiento de tales autorizaciones para el registro de éstas, dentro de los treinta días hábiles siguientes a su fecha. También deberán informar a la Comisión Nacional de la revocación de dichas autorizaciones, así como de la fusión, escisión, transformación o liquidación de las Instituciones Financieras, para lo cual contarán con un plazo igual al señalado en el párrafo que antecede.

Independientemente de lo anterior, las autoridades competentes, la Secretaría, las Comisiones Nacionales y las Instituciones Financieras, deberán proporcionar a la Comisión Nacional, la información adicional que ésta les solicite y que sea necesaria para establecer y mantener actualizado el Registro de Prestadores de Servicios Financieros.

Artículo 49.- ...........................

I a II. ..............................

III. Copia de la autorización expedida por la autoridad competente, para operar como Institución Financiera, de los documentos en los que conste el cambio de denominación o de domicilio social, su fusión, escisión o transformación o la revocación o liquidación de la misma, así como de cualquier acto que, a juicio de la Comisión Nacional, pudiera afectar de manera sustancial la operación o funcionamiento de la Institución Financiera.

Artículo 50 Bis.- Cada Institución Financiera deberá contar con una Unidad Especializada que tendrá por objeto atender consultas y reclamaciones de los Usuarios. Dicha Unidad se sujetará a lo siguiente: I. El Titular de la Unidad deberá tener facultades para representar y obligar con su firma a la Institución Financiera al cumplimiento de los acuerdos derivados de la atención que se dé a la reclamación;

II. Contará con personal en cada entidad federativa en que la Institución Financiera tenga sucursales u oficinas;

III. Los gastos derivados de su funcionamiento, operación y organización correrán a cargo de las Instituciones Financieras;

IV. Deberá responder por escrito al Usuario dentro de un plazo que no exceda de treinta días hábiles, contado a partir de la fecha de recepción de las consultas o reclamaciones, y

V. El titular de la Unidad Especializada deberá presentar un informe trimestral a la Comisión Nacional diferenciado por producto o servicio, identificando las operaciones o áreas que registren el mayor número de consultas o reclamaciones.

Las Instituciones Financieras deberán informar mediante avisos colocados en lugares visibles en todas sus sucursales la ubicación, horario de atención y responsable o responsables de la Unidad Especializada. Los Usuarios podrán a su elección presentar su consulta o reclamación ante la Unidad Especializada de la Institución Financiera de que se trate o ante la Comisión Nacional.

Artículo 54.- La Comisión Nacional informará al Público, sobre los índices de reclamaciones que se presenten ante ella, en contra de cada una de las Instituciones Financieras. La información será global, sin identificar a los Usuarios involucrados.

Artículo 56.- Como una medida de protección al Usuario, la Comisión Nacional revisará y, en su caso, propondrá a las Instituciones Financieras, modificaciones a los modelos de contratos de adhesión utilizados en sus diversas operaciones, en términos de lo dispuesto en la fracción XVIII, del artículo 11 de esta Ley.

Se entenderá por contrato de adhesión, para efectos de esta Ley, aquél elaborado unilateralmente por una Institución Financiera, cuyas estipulaciones sobre los términos y condiciones aplicables a la contratación de operaciones o servicios sean uniformes para los Usuarios.

Artículo 61.- La Comisión Nacional no conocerá de las reclamaciones por variaciones de las tasas de interés pactadas entre el Usuario y la Institución Financiera, cuando tales variaciones sean consecuencia de condiciones generales observadas en los mercados.

Artículo 63.- ........................

I a III. .................................

IV. Nombre de la Institución Financiera contra la que se formula la reclamación. La Comisión Nacional podrá solicitar a la Secretaría y a las Comisiones Nacionales los datos necesarios para proceder a la identificación de la Institución Financiera, cuando la información proporcionada por el Usuario sea insuficiente, y

V. ......................................

...........................................

Artículo 65.- Las reclamaciones deberán presentarse dentro del término de un año contado a partir de que se suscite el hecho que les dio origen. La reclamación podrá presentarse, a elección del Usuario, en el domicilio de la Comisión Nacional o en la Delegación de la misma que se encuentre más próxima al domicilio del Usuario.

Artículo 67.- ...........................

Tratándose de Instituciones de Fianzas, deberá citarse al fiado en el domicilio que la Institución tuviere de éste o de su representante legal.

Artículo 68.- En el caso de que el usuario presente reclamación ante la Comisión Nacional contra alguna Institución Financiera, se deberá agotar el procedimiento conciliatorio, conforme a las siguientes reglas:

I a II. ........................................

III. En el informe señalado se responderá detalladamente y de manera razonada a todos y cada uno de los hechos a que se refiere la reclamación, en caso contrario, dicho informe se tendrá por no presentado para todos los efectos legales a que haya lugar;

IV y V.......................

VI. La Comisión Nacional cuando así lo considere o a petición del Usuario, en la junta de conciliación correspondiente o dentro de los diez días hábiles anteriores a la celebración de la misma, podrá requerir información adicional a la Institución Financiera, y en su caso, diferirá la junta requiriendo a la Institución Financiera para que en la nueva fecha presente el informe adicional.

VII. En la junta respectiva se exhortará a las partes a conciliar sus intereses, y si esto no fuere posible, la Comisión Nacional las invitará a que, de común acuerdo, designen como árbitro para resolver su controversia a la propia Comisión Nacional o a alguno o algunos de los árbitros que ésta les proponga, quedando a elección de las mismas que el juicio arbitral sea en amigable composición o de estricto derecho. El compromiso correspondiente se hará constar en el acta que al efecto se levante ante la Comisión Nacional, dejándose además constancia de que las partes conocen y aceptan el contenido de lo señalado en el presente artículo. En caso de que no se sometieran a arbitraje se dejarán a salvo sus derechos para que los hagan valer ante los tribunales competentes o en la vía que proceda.

Las partes quedarán obligadas a firmar el convenio relativo dentro de los siguientes quince días hábiles. En caso de no hacerlo, se les aplicarán las reglas establecidas conforme al artículo 72 Bis, según se trate de amigable composición o de estricto derecho.

En el evento de que la Institución Financiera rechace el arbitraje o no asista a la junta de conciliación y siempre que del escrito de reclamación o del informe presentado por la Institución Financiera, se desprendan elementos que a juicio de la Comisión Nacional permitan suponer la procedencia de lo reclamado, la propia Comisión Nacional podrá emitir, previa solicitud por escrito del Usuario, un dictamen técnico que contenga su opinión. Para la elaboración del dictamen, la Comisión Nacional podrá allegarse todos los elementos que juzgue necesarios.

La Comisión Nacional entregará al reclamante, contra pago de su costo, copia certificada del dictamen técnico, a efecto de que lo pueda hacer valer ante los tribunales competentes, quienes deberán tomarlo en cuenta en el procedimiento respectivo, previo traslado a la contraparte, siempre que se presente como prueba, antes de la citación para la sentencia de primera instancia;

VIII y IX. ........................

X. Concluidas las audiencias de conciliación y en caso de que las partes no lleguen a un acuerdo, la Comisión Nacional ordenará a la Institución Financiera correspondiente que registre el pasivo contingente que derive de la reclamación, dando aviso de ello a las Comisiones Nacionales a la que corresponda su supervisión. Ese registro contable podrá ser cancelado por la Institución Financiera, bajo su estricta responsabilidad, si transcurridos ciento ochenta días naturales después de su anotación, el reclamante no ha hecho valer sus derechos ante la autoridad judicial competente o no ha dado inicio al procedimiento arbitral conforme a esta Ley.

En el caso en que las partes hayan elegido un procedimiento de solución de controversias distinto a los señalados, la cancelación procederá si ha transcurrido el plazo de ciento ochenta días naturales o el que las partes se hayan fijado de común acuerdo, sin que se hubiere dado inicio al procedimiento elegido.

Artículo 69.- En el caso de que el Usuario no acuda a la audiencia de conciliación y no presente dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha fijada para su celebración justificación de su inasistencia, se le tendrá por desistido de la reclamación y no podrá presentar otra ante la Comisión Nacional por los mismos hechos, debiendo levantarse acta en donde se haga constar la inasistencia del Usuario.

En el supuesto de que sea el fiado el que no comparezca, se desahogará en la junta de conciliación.

Artículo 70.- En caso de que la Institución Financiera incumpla con cualesquiera de las obligaciones derivadas del convenio de conciliación, la Comisión Nacional ordenará a la Institución Financiera correspondiente que registre el pasivo contingente que derive de la reclamación, o en su caso, como reserva en términos de lo establecido por los artículos 68 fracción X y 72 de esta Ley, respectivamente.

Artículo 71.- Las Delegaciones Regionales, Estatales o Locales de la Comisión Nacional en las que se presente una reclamación, estarán facultadas para substanciar el procedimiento conciliatorio y, en su caso, arbitral acogido por las partes, hasta la formulación del proyecto de laudo.

Artículo 72.- Los procedimientos de conciliación y arbitraje en contra de las instituciones y sociedades mutualistas de seguros, así como de las instituciones de fianzas, se sujetarán también a lo dispuesto por este capítulo.

Concluidas las audiencias de conciliación y en caso de que las partes no lleguen a un acuerdo, la Comisión Nacional ordenará el registro del pasivo contingente que derive de la reclamación, en términos del artículo 68, fracción X. En el caso de instituciones y sociedades mutualistas de seguros, la orden, mencionada en el párrafo anterior, se referirá a la constitución e inversión conforme a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, de una reserva técnica específica para obligaciones pendientes de cumplir, cuyo monto no deberá exceder de la suma asegurada. Dicha reserva se registrará en una partida contable determinada.

Las Instituciones Financieras podrán cancelar el pasivo o reserva, cuando haya sido decretada la caducidad de la instancia, la preclusión haya sido procedente, la excepción superveniente de prescripción proceda o exista sentencia que haya causado ejecutoria en la que se absuelva a la Institución. También podrá cancelarla cuando haya efectuado pago con la conformidad del Usuario.

Artículo 72 Bis.- En los juicios arbitrales en amigable composición o de estricto derecho, las partes de común acuerdo, podrán adherirse a las reglas de procedimiento establecidas por la Comisión Nacional, total o parcialmente, las cuales serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

En aquellos casos en que un asunto represente, en cualquier forma, un conflicto de intereses entre el árbitro propuesto por la Comisión Nacional y cualquiera de las partes, el árbitro deberá excusarse para conocer del asunto, caso en el cual la Comisión Nacional deberá, dentro de los dos días hábiles siguientes, proponer a las partes un nuevo árbitro, quien podrá, a elección de las partes, continuar el procedimiento arbitral en la etapa en que se encontraba al momento de ser designado o bien reponer total o parcialmente el procedimiento.

Los árbitros que conforme al párrafo anterior deban excusarse y no lo hagan, podrán ser recusados por la parte afectada, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurran por los daños causados.

Las causas de remoción a que se refiere este artículo se determinarán conforme a lo dispuesto en el artículo 39 del Código Federal de Procedimientos Civiles.

Artículo 72 Ter.- Para poder ser propuesto como árbitro por la Comisión Nacional, deberán reunirse los siguientes requisitos:

I. Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos;
II. Tener título profesional de Licenciado en Derecho;
III. Contar por lo menos con tres años de práctica legal en asuntos financieros;
IV. Haber residido en el país durante los tres años inmediatos anteriores a su designación;
V. Gozar de reconocida competencia y honorabilidad, y
VI.- No sea accionista, consejero, funcionario o comisario de Institución Financiera.

Para que la Comisión Nacional pueda proponer al árbitro que conocerá de la controversia, será requisito indispensable que la práctica legal a que se refiere la fracción III, sea en el área a la que corresponda la materia objeto de la reclamación presentada.

Artículo 73.- En el convenio que fundamente el juicio arbitral en amigable composición, las partes facultarán, a su elección, a la Comisión Nacional o a alguno o algunos de los árbitros propuestos por ésta, para resolver en conciencia, a verdad sabida y buena fe guardada, la controversia planteada, y fijarán de común acuerdo y de manera específica las cuestiones que deberán ser objeto del arbitraje, estableciendo las etapas, formalidades, términos y plazos a que deberá sujetarse el arbitraje.

Para todo lo no previsto en el procedimiento arbitral se aplicará supletoriamente el Código de Comercio.

Artículo 74.- En el convenio que fundamente el juicio arbitral de estricto derecho, las partes facultarán, a su elección, a la Comisión Nacional o a alguno o algunos de los árbitros propuestos por ésta, a resolver la controversia planteada con estricto apego a las disposiciones legales aplicables, y determinarán las etapas, formalidades, términos y plazos a que se sujetará el arbitraje, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 75 de esta Ley.

Artículo 75.- El procedimiento arbitral de estricto derecho se sujetará como mínimo a los plazos y bases siguientes:

I. La demanda deberá presentarse dentro del plazo que voluntariamente hayan acordado las partes, el cual no podrá exceder de quince días hábiles a partir del día siguiente al del compromiso arbitral o de que venza el plazo señalado en la fracción VII del artículo 68; a falta de acuerdo entre ellas, dentro de los diez días hábiles siguientes a la celebración del convenio, debiendo el actor acompañar al escrito la documentación en que se funde la acción y las pruebas que puedan servir a su favor en el juicio o en su caso ofrecerlas;

II. La contestación a la demanda deberá presentarse dentro del plazo que voluntariamente hayan acordado las partes, el cual no podrá exceder de 15 días hábiles; a falta de acuerdo entre ellas, dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la misma, debiendo el demandado acompañar a dicho escrito la documentación en que se funden las excepciones y defensas correspondientes, así como las pruebas que puedan servir a su favor en el juicio o en su caso ofrecerlas;

III. Salvo convenio de las partes, contestada la demanda o transcurrido el plazo para hacerlo, se dictará auto abriendo el juicio a un período de prueba de quince días hábiles, de los cuales los cinco primeros serán para ofrecer aquellas pruebas que tiendan a desvirtuar las ofrecidas por el demandado y los diez restantes para el desahogo de todas las pruebas. Concluido el plazo mencionado sólo les serán admitidas las pruebas que presenten con posterioridad, conforme a lo previsto en el Código de Comercio;

Se tendrán además como pruebas todas las constancias que integren el expediente, aunque no hayan sido ofrecidas por las partes;

IV. Los exhortos y oficios se entregarán a la parte que haya ofrecido la prueba correspondiente, para que los haga llegar a su destino, para lo cual tendrá la carga de gestionar su diligenciación con la debida prontitud.

El arbitro podrá deshechar pruebas periciales o testimoniales, cuando estas no se desahoguen en el plazo fijado para ser rendidas. Por una sola ocasión y por un plazo no mayor a cinco días hábiles, el arbitro podrá prorrogar el plazo señalado.

V a IX..............................

Artículo 77.- Quien funja como árbitro, después de analizar y valorar las pruebas y alegatos aportados por las partes, emitirá un laudo que resolverá la controversia planteada por el Usuario.

Los laudos dictados por los árbitros propuestos por la Comisión Nacional que no hayan sido cumplidos en el plazo a que se refiere el artículo 81 de esta Ley, deberán ser enviados por el árbitro a la Comisión Nacional, a fin de que ésta proceda conforme a lo dispuesto en el artículo siguiente.

Artículo 80.- Corresponde a la Comisión Nacional adoptar todas aquellas medidas necesarias para el cumplimiento de los laudos dictados por la propia Comisión, así como de aquéllos emitidos por los árbitros propuestos por ella, para lo cual mandará, en su caso, que se pague a la persona en cuyo favor se hubiere emitido el laudo.

Los convenios celebrados ante la Comisión Nacional tendrán el carácter de una sentencia ejecutoria.

Artículo 81.- En caso de que el laudo emitido por la Comisión Nacional o por el árbitro propuesto por ésta, condene a la Institución Financiera a resarcir al Usuario, la Institución Financiera tendrá un plazo de quince días hábiles contado a partir de la notificación para hacerlo.

Si la Institución Financiera no cumple en el tiempo señalado, la Comisión Nacional enviará el expediente al juez competente para su ejecución

Las autoridades administrativas y los tribunales estarán obligados a auxiliar a la Comisión Nacional, en la esfera de su respectiva competencia. Cuando la Comisión Nacional, solicite el auxilio de la fuerza pública, las autoridades competentes estarán obligadas, bajo su más estricta responsabilidad, a prestar el auxilio necesario con la amplitud y por todo el tiempo que se requiera.

Artículo 83.- Tratándose de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, así como de Instituciones de Fianzas, en caso de no ejecución del laudo, se ordenará el remate de valores invertidos conforme a esta Ley.

Artículo 84.- Para verificar el cumplimiento de los laudos, la Comisión Nacional requerirá al director general o al funcionario que realice las actividades de éste, para que compruebe dentro de las setenta y dos horas siguientes, haber pagado, en los términos del artículo 81, las prestaciones a que hubiere sido condenada la Institución Financiera; en caso de omitir tal comprobación, la Comisión Nacional impondrá a la propia Institución Financiera una multa que podrá ser hasta por el importe de lo condenado o bien la establecida en el artículo 94, fracción VII y requerirá nuevamente a dicho funcionario para que compruebe el cumplimiento del laudo dentro de los quince días hábiles siguientes.

Sin perjuicio de lo anterior, la parte afectada podrá solicitar a la Comisión Nacional el envío del expediente al juez competente para su ejecución, la cual realizará conforme a lo previsto en su propia ley.

Artículo 85.- ......................

La Comisión Nacional se abstendrá de prestar estos servicios en aquellos casos en que las partes se sujeten a alguno de los procedimientos arbitrales previstos en esta Ley.

Artículo 93.- El incumplimiento o la contravención a las disposiciones previstas en esta Ley, será sancionado con multa que impondrá administrativamente la Comisión Nacional, tomando como base el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, en el momento de cometerse la infracción de que se trate.

.................................

Artículo 94.- La Comisión Nacional estará facultada para imponer las siguientes sanciones:

I. Multa de 200 a 1000 días de salario, a la Institución Financiera que no proporcione la información que le solicite la Comisión Nacional, conforme al artículo 47 de esta Ley;

II. Multa de 200 a 1000 días de salario, a la Institución Financiera que no proporcione la información que le solicite la Comisión Nacional, para el cumplimiento de su objeto, de acuerdo con los artículos 12, 53 y 58 de esta Ley;

III. Multa de 500 a 2000 días de salario, a la Institución Financiera que no presente el informe o la información adicional a que se refieren las fracciones II y VI, respectivamente, del artículo 68 de la presente Ley;

IV...............................

V. Multa de 500 a 2000 días de salario, a la Institución Financiera que no cumpla con lo dispuesto por la fracción IX del artículo 68 de esta Ley;

VI. Multa de 500 a 3000 días de salario, a la Institución Financiera que no registre el pasivo contingente o no constituya la reserva específica para obligaciones pendientes de cumplir a que se refieren los artículos 68 fracción X y 72 de esta Ley;

VII. Multa de 100 a 1000 días de salario, a la Institución Financiera que no cumpla el laudo arbitral en el plazo establecido en el artículo 81 de esta Ley;

VIII. Multa de 500 a 2000 días de salario, a la Institución Financiera que no cumpla con lo previsto en el artículo 50 Bis de esta Ley;

IX. La multa a que se refiere el artículo 84 de esta Ley, y

X. Multa de 500 a 2000 días de salario, a la Institución Financiera que no comparezca a la junta de conciliación a que se refiere el artículo 68.

.............................

Artículo 96.- Antes de imponer la multa que corresponda, la Comisión Nacional deberá oír previamente a la Institución Financiera presuntamente infractora, dentro del plazo que fije la propia Comisión Nacional y que no podrá ser inferior a cinco días hábiles y tener en cuenta las condiciones económicas de la misma, la gravedad de la falta cometida, así como la necesidad de evitar reincidencias y prácticas tendientes a contravenir las disposiciones contenidas en esta Ley.

Artículo 97.- Las multas deberán ser pagadas por la Institución Financiera sancionada, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de su notificación. Cuando como resultado de la interposición de algún medio de defensa la multa resulte confirmada total o parcialmente, su importe se actualizará en términos del Código Fiscal de la Federación y deberá ser cubierta dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que la autoridad competente le notifique al infractor la resolución definitiva. En caso de que las multas no sean cubiertas oportunamente por los infractores, se harán efectivas a través de la Secretaría.

ARTICULO SEGUNDO.- Se deroga el artículo 118-B, de la Ley de Instituciones de Crédito.
ARTICULO TERCERO.- Se deroga el artículo 135 de la Ley de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros..
ARTICULO CUARTO.- Se deroga el artículo 93 Bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.
ARTICULO QUINTO.- Se deroga el artículo 31 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Transitorios

PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- En tanto se expide el Estatuto Orgánico a que se refiere esta Ley, continuará vigente en todos sus términos el Reglamento Interior.

TERCERO.- Todos aquellos procedimientos en que intervenga la Comisión Nacional o alguna de sus unidades administrativas y que hasta la fecha de entrada en vigor de este Decreto estén en curso, serán concluidos de manera definitiva, de conformidad con las disposiciones que se encontraban vigentes al momento de iniciarse el procedimiento.

CUARTO.- Las Instituciones Financieras deberán constituir las Unidades Especializadas a que se refiere el artículo 50 Bis de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor del presente decreto.

En atención a lo expuesto y fundado, solicitamos que la presente Iniciativa sea turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de esta H. Cámara de Diputados para su análisis, discusión y dictaminación correspondiente.

Atentamente

Diputados: Ignacio García de la Cadena Romero, Fidel Herrera Beltrán, Dionisio A. Meade, Raúl Martínez Almazán, Jorge Estefan Chidiac Charbel, Alfredo Phillips Olmedo, Miguel Quirós Pérez, Fauzi Hamdán Amad, Fortunato Alvarez, Verónica Velasco Rodríguez, América Soto López, Angelina Muñoz Fernández, Ernesto A. Millán (rúbricas).
 
 

QUE ADICIONA EL ARTICULO TERCERO DE LA LEY DE ASOCIACIONES RELIGIOSAS Y CULTO PUBLICO, SUSCRITA POR DIPUTADOS INTEGRANTES DE LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS DE LOS PARTIDOS REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, ACCION NACIONAL Y DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA

Los suscritos, diputados federales de la LVII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; fracción II del artículo 55, y artículo 62 del Reglamento para el Gobierno Interno del Congreso General, sometemos a consideración de esta Honorable Asamblea la presente iniciativa de reforma, que adiciona el artículo tercero de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, con el propósito de contribuir a la tolerancia religiosa y la libertad de conciencia, conforme a la siguiente:

Exposición de motivos

Con demostración en lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 24, en el que se garantizan los derechos y libertades fundamentales en materia religiosa, libertad de pensamiento, consciencia o cualquier otra convicción, y en particular atención a la Declaración Universal de Derechos Humanos, y en general la Carta Internacional de Derechos Humanos, la Convención para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, la Declaración de Principios sobre Tolerancia y Plan de Acción de Seguimiento del Año de las Naciones Unidas para la Tolerancia, la Declaración sobre la Eliminación de Todas las Formas de Intolerancia y Discriminación Fundadas en la Religión o las Convicciones, del sistema internacional y del sistema regional del mencionado Pacto de San José, la Convención Americana de Derechos Humanos, que entró en vigor en el país el 30 de marzo de 198 1.

Todo ello fundamenta y garantiza la libertad de consciencia y tiene como premisa que el profesar una religión constituye un elemento esencial de la vida de todo individuo y que, por lo tanto, la pluralidad de religiones debe ser garantizada íntegramente por el Estado.

En el Estado recae el mandato de consolidar la convivencia entre grupos sociales para fomentar el ambiente de confianza y solidaridad necesario para la sana convivencia social. Es la práctica de la tolerancia la que permitirá la presencia de diversas comunidades religiosas sin que esto sea causa de conflicto.

Para asegurar la tolerancia se exige la imparcialidad del Estado en lo referente a la legislación y la aplicación de la ley, y es el que propiciará que toda persona disfrute de dichas libertades. Es función del Estado representar a la sociedad mexicana para ratificar las convenciones internacionales actualizando la legislación y dando cumplimiento a las mismas, certificando la igualdad de trato y oportunidades a toda práctica, fe o comunidad religiosa. La laicidad del Estado es la plataforma que permite la acción positiva para impulsar la libertad de consciencia y la tolerancia religiosa y, al no preferir una religión sobre otra, su acción será equitativa.

El Estado mexicano así lo señala en la legislación; no obstante, existen brotes de intolerancia, que no por aislados dejan de ser graves y lacerantes. Se requiere de un esfuerzo más para hacer imperante en la vida cotidiana la tolerancia religiosa y la libertad de conciencia.

La Asociación Nacional de Apoyo y Defensa a la Mujer, la Escuela de Derechos Humanos 10 de Diciembre, el Comité de Ciudadanos en Defensa de los Derechos Humanos, la Casa México, la Casa de la Tradición Mexicana, el Centro Cultural Islámico de México, se han dirigido a los suscritos diputados federales para que, en un esfuerzo de colaboración entre esas organizaciones sociales y sus representantes, se coadyuve en los avances y retos que el país enfrenta, porque de este modo se enfrentará a la intolerancia religiosa en dos ámbitos: el Estado y la sociedad civil. El Estado, mediante la legislación y la ejecución de ésta. Y los grupos mencionados, con la organización de la campaña por la tolerancia religiosa y la libertad de conciencia, quienes han propuesto que el día l de enero sea declarado día nacional de la tolerancia religiosa y la libertad de conciencia.

Las razones por las que los firmantes dan cauce a dicha petición son muchas y diversas, de las que básicamente exponemos a esta soberanía las siguientes:

La novedad histórica del Estado moderno es el fundamento formal del Estado de derecho, el cual permite la emergencia del pluralismo y la divergencia.

La aceptación del principio de la tolerancia religiosa reclama la práctica de la misma, cuya única limitante es que, so pretexto de ésta, se realicen actos que denigren a la persona humana, destruyan el tejido social o atenten contra la pluralidad misma.

En toda cultura debe ser claro que el disenso dinamiza a la sociedad y que las mayorías justamente deberán garantizar la supervivencia de las minorías. Las minorías quieren seguridad y ésta debe ser proporcionada por el Estado

Para que la pluriculturalidad no sea causa de conflicto, no se debe buscar la integración de las minorías, pero tampoco la tolerancia incondicional. Una es autoritaria; la otra, pulverizante. La tarea consistiría en la construcción de la unidad nacional a partir del reconocimiento de sujetos autónomos. El consenso social es la base de la transformación y el fortalecimiento.

Por otra parte, declarar el día nacional de la tolerancia religiosa y la libertad de conciencia no es inocuo ni anacrónico, porque permite traer a la memoria el tema; al conmemorarlo se da pie para celebrarlo mediante actos y hechos tolerantes e incluyentes; establecido el día nacional de la tolerancia religiosa y la libertad de conciencia, también se cuenta con la pertinencia para la reflexión, la educación e incluso diálogos sociales y políticos; es la oportunidad de conmemorar y celebrar con una significación nacional.

La tolerancia religiosa es necesaria entre individuos, así como dentro de la familia y de la comunidad. Inculcar actitudes de apertura y solidaridad han de tener lugar en todas las dimensiones de la vida, la escuela, el trabajo el hogar. Esa es la función constructiva en contra de los prejuicios y la intolerancia religiosa.

Por las consideraciones expuestas, y en ejercicio de sus facultades, los suscritos diputados federales y con el fin de fomentar la tolerancia, sometemos a esta Honorable Asamblea la siguiente:

Iniciativa de decreto que adiciona el artículo tercero de la Ley de Asociaciones Religiosas Y Culto Público

Artículo Unico.- Se adiciona el artículo tercero de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público para quedar como sigue:

Artículo tercero: El Estado mexicano es laico. El mismo ejercerá su autoridad sobre toda manifestación religiosa, individual o colectiva, sólo en lo relativo a la observancia de las leyes, conservación del orden y la moral públicos y la tutela de derechos de terceros. El Estado no podrá establecer ningún tipo de preferencia o privilegio a favor de religión alguna. Tampoco a favor o en contra de ninguna iglesia ni agrupación religiosa.

El primero de enero es el día nacional de la tolerancia religiosa y la libertad de conciencia.

Los documentos oficiales de identificación no contendrán mención sobre las creencias religiosas del individuo.

Transitorios

Unico.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente
Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 16 de noviembre de 1999.

Dip. Mario Elías Moreno Navarro (PRI), rúbrica; dip. Javier Paz Zarza (PAN), dip. Felipe Rodríguez Aguirre (PRD), dip. Fabiola Gallegos Araujo (PRD), rúbrica; dip. Armando Aguirre Hervis (PRD), rúbrica; dip. Francisco Luna Kan (PRD), rúbrica; dip. Mariano Sánchez Farías (PRD), rúbrica; dip. Sandra Segura Rangel (PAN), rúbrica; dip. Martín Contreras (PAN), rúbrica.
 
 

DE REFORMAS A DIVERSOS ARTICULOS DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DEL C. DIP. FELIPE DE JESUS CANTU RODRIGUEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCION NACIONAL

La diversidad de pensamiento, de afinidad política y de formación profesional ha sido una de las principales características de la composición de la Cámaras que integran nuestro Congreso de la Unión en tiempos recientes. En particular, la LVII Legislatura de la H. Cámara de Diputados es muestra de un órgano legislativo plural.

En dicha pluralidad recae una mayor responsabilidad de actuar a la altura de la circunstancia impuesta por una Nación que depositó su confianza en fuerzas políticas diferentes a la que había dominado la política mexicana hasta antes de 1997.

Es en el ejercicio de esa enorme responsabilidad y de la principal facultad que a los Diputados confiere la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que la dinámica del trabajo legislativo exige al mismo tiempo mayor celeridad, profesionalismo y sensibilidad en la legislación que pretenda regir adecuadamente el desarrollo de nuestro pueblo.

Siendo el Poder Legislativo el encargado principal de la elaboración y adecuación del marco legal dentro del cual se desenvuelva toda actividad política, económica y social de los mexicanos, la situación lo obliga a que existan dentro de él grupos técnicos de apoyo comprometidos con la profesionalización de la labor legislativa.

La misma legislación debe de plasmar este compromiso de emplear el apoyo técnico con el que se cuenta, reconociendo las limitaciones del conocimiento que toda persona tiene en determinadas cuestiones y que al respecto, en cierto caso, sea necesario expresar una opinión. El caso de mayor responsabilidad de un legislador, como lo es el ejercicio del voto, no puede otorgarse en sentido alguno, sin tener la mayor cantidad de elementos que con importante claridad, sirvan para respaldar u orientar la decisión del legislador.

En este sentido, se tiene que reconocer que las leyes y el conjunto de limitaciones y sanciones que de ellas emanan, siempre tienen dentro de un país, entre otros, un impacto económico al crear incentivos entre las personas afectando las decisiones de éstas. De igual manera, influyen sobre la asignación de recursos para determinadas actividades o sectores, afectando el funcionamiento de la economía.

Se tiene que reconocer simultáneamente, la limitación de los legisladores en el reconocimiento de la totalidad de los efectos generados por la ley, dado la existencia de situaciones y variables muy complejas, pero esto no los exime de realizar el importante esfuerzo de reconocer quienes se encuentran o se volverán influenciados por determinada ley.

La identificación de beneficiados y perjudicados con el traslado de recursos como resultado de los incentivos creados por cierta legislación, así como también de la cuantía de las afectaciones y el balance que éstas presentan en la economía, debe ser parte de las consideraciones que se tomen en cuenta para la decisión que se realice acerca de algún dictamen. Dicho análisis no puede limitarse a la identificación y cálculo de los costos y beneficios, debe de incluir recomendaciones que busquen corregir las deficiencias que pudiera presentar la legislación, quedando a consideración de los Diputados su inclusión o no en el dictamen en cuestión.

Es en este proceso de análisis de costos y beneficios económicos que la legislación traslada a quienes se sujetan a ella, donde la formalización del apoyo de grupos técnicos como lo es la Unidad de Estudios de Finanzas Públicas y la Unidad de Estudios Sociales dentro de la Cámara de Diputados se vuelve de vital importancia, principalmente si se revisa la intención con la que dichas unidades fueron creadas, así como los recursos materiales y humanos con los que cuenta.

Además, debe reconocerse la trascendencia de la sistematización del proceso de análisis de costos y beneficios económicos de todas los dictámenes que incluyan reformas a ciertas leyes, en contra de acciones aisladas que no ayudarían al perfeccionamiento y familiaridad de este paso como parte de un proceso legislativo acorde a las necesidades de nuestro país.

Por esto se pretende incluir dentro del proceso que internamente se sigue en la Cámara de Diputados, para la aprobación de una iniciativa de reformas o creación de leyes el análisis en cuestión, con lo que no quedaría sujeto a consideraciones personales acerca del valor de este análisis, sino que serviría indistintamente de elemento de decisión para los legisladores.

Se considera que la elaboración del análisis de costos y beneficios económicos debe de comenzar al tiempo que la o las iniciativa sean presentadas para que dicho análisis y sus recomendaciones puedan ser tomados en cuenta para la elaboración del dictamen en caso que así lo determinen las Comisiones. Una vez que las Comisiones han aprobado el dictamen, éste debe ser turnado de nuevo a la Unidad de Estudios correspondiente para que se analice el documento consensuado, quedando por resolver sólo sobre las recomendaciones que en su caso se desprendan del análisis de las modificaciones que hubiere sufrido como resultado de las primeras recomendaciones.

De la misma manera, dada la importancia que el análisis tendrá dentro del proceso legislativo, se contempla que acto seguido de la lectura del dictamen en el pleno de la Cámara de Diputados, se haga lo propio con dicho análisis, para de esta manera formalizar su inclusión dentro del debate público del tema en cuestión.

De esta manera, en ningún caso se aprobaría legislación alguna sin conocimiento de los diputados de las consecuencias, tanto favorables como desfavorables, que traería al presupuesto y a la sociedad misma.

Por lo expuesto, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 58 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 54 y 55 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congresos General de los Estados Unidos Mexicanos, proponemos el siguiente

Iniciativa que adiciona el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General del Estados Unidos Mexicanos

Artículo Unico.- Se adiciona el párrafo único del artículo 56, el párrafo único del artículo 57, se adiciona el artículo 58 inciso III, se adiciona el artículo 60, se adicionan dos párrafos al artículo 94 ubicado entre el segundo y tercero, y se adiciona un párrafo al final del artículo 95, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 56.- Las iniciativas de Ley presentadas por el Presidente de la República, por las Legislaturas de los Estados o por uno o varios miembros de las Cámaras, pasarán desde luego a la Comisión. Al mismo tiempo se turnarán a la Unidad de Estudios de la Cámara de Diputados correspondiente, para que en no más de 7 días naturales elabore el análisis del impacto económico y social de la misma y la envíe a la Comisión enunciando a los segmentos de la sociedad afectados y beneficiados, valorando gajo este criterio la conveniencia de aprobar la iniciativa en cuestión, y en su caso proponer las modificaciones que subsanen algún desbalance entre costos y beneficios económicos y sociales que presente dicha iniciativa.

Artículo 57.- ...................

I.............................

II........................

III .- Inmediatamente se preguntará a la Cámara si admite o no a discusión la proposición. En el primer caso se pasará a la Comisión o Comisiones quienes corresponda así como también a la Unidad de Estudios de la Cámara de Diputados para la elaboración del análisis del impacto económico y social en los términos del artículo 56 de este Reglamento, y en el segundo se tendrá por desechada.

Artículo 94.- ...

...

Al mismo tiempo de enviarse a los diputados para su estudio, el dictamen será enviado a la Unidad de Estudios de Finanzas Públicas para que en no más de 7 días naturales elabore el análisis del impacto económico y social y sea enviado a las Comisiones. En dicho análisis se identificarán los costos y beneficios económicos y sociales del dictamen enunciando a los grupos afectados y beneficiados, valorando bajo este criterio la conveniencia de aprobar la iniciativa dictaminada, y en su caso, proponer las modificaciones que subsanen dicha deficiencia.

Recibido el documento de análisis, el pleno de la Comisión sesionará a fin de conocerlo y en su caso la misma decidirá incorporar o no al dictamen las recomendaciones emitidas por la Unidad de Estudios correspondiente. De no recibir la Comisión el análisis en el plazo establecido, se entenderá que el análisis se emitió avalando los términos del dictamen. Esto sin prejuzgar la responsabilidad en la que por esta omisión incurra el titular de la Unidad de Estudios correspondiente.

...

...

Artículo 95.- ...

En caso de que la Comisión hubiere recibido el análisis del impacto económico y social y con la finalidad de hacerlo público, se dará lectura al mismo después del dictamen.

Transitorios

Artículo Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo Segundo.- Se derogan las disposiciones que se opongan al contenido del presente decreto.
Artículo Tercero.- Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 29 días del mes de noviembre de 1999, el suscrito dip. federal Felipe de Jesús Cantú Rodríguez.
 
 















Minutas

CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTICULO CUARTO TRANSITORIO, FRACCION VI, DE LA LEY ORGANICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Artículo Unico.- Se reforma el artículo cuarto transitorio, fracción VI de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de septiembre de 1999 para quedar como sigue:

Artículo Cuarto.-...

I a V.- ...

VI.- Los artículos 112 y 113 de la ley materia del presente decreto entrarán en vigor el 1 de enero del 2000. El artículo 114 de esta Ley Orgánica lo hará a partir del 1 de septiembre del 2000.

VII y VIII.-...

Artículo Transitorio

Unico.- Esta reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 25 de noviembre de 1999.

Sen. Dionisio Pérez Jácome
Vicepresidente en funciones

Sen. Porfirio Camarena Castro
Secretario

Se remite a la Honorable Cámara de Diputados, para los efectos constitucionales.- México, DF, a 25 de noviembre de 1999.

Lic. Adalberto Campuzano Rivera, rúbrica
 
 














Proposiciones

CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACION CON LA PROPUESTA PARA QUE SE PRECISEN EN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION LOS MONTOS DESTINADOS PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, A NOMBRE DE LA COMISION DE ASUNTOS INDIGENAS

Dip. José Francisco Paoli Bolio
Presidente de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos
PRESENTE

En términos de los artículos 23 y 38 inciso e de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de la Comisión de Asuntos Indígenas, en reunión celebrada el día 25 de noviembre de 1999, acordamos solicitar a usted los siguientes puntos:

1. Solicitar a la mesa directiva conmine a los presidentes de las comisiones de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública; dip. Ricardo García Sainz y de Hacienda y Crédito Público, el dip. Dionisio Meade García de León, a atender de manera urgente las propuestas de los diputados para incorporar un presupuesto justo para la solución a las demandas de los pueblos indígenas.

2. Siendo los indígenas el sector social donde se concentran los mayores índices de marginalidad y pobreza y conociendo la irrisoria cantidad presupuestada para el año 2000 al Instituto Indigenista, expresamos nuestro profundo desacuerdo a asignar menos de $100.00 al año para cada uno de los indígenas del país.

3. Que de las asignaciones destinadas en el presupuesto del gasto social y combate a la pobreza o dedicado al sector social, aplicada a las Secretarías e Instituciones, incluyendo organismos desconcentrados y descentralizados, se destine el 10 por ciento para financiar proyectos, iniciativas comunitarias o asociativas, presentados por los pueblos o comunidades indígenas para ser orientados al desarrollo humano, mayores oportunidades de bienestar y desarrollo, así como para la creación de una infraestructura básica.

4. Crear un Fondo Nacional para el Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas con una aportación inicial superior a los 1,000.00 millones de pesos, con carácter de compensativos para los indígenas de extrema pobreza, destinado a atender de manera permanente, suficiente y digna de desarrollo económico de esos pueblos.

5. Que se identifique a través de un Ramo del Presupuesto de Egresos de Egresos de la Federación, el monto total y desagregado de los recursos que se destinen a la atención de, la población indígena, además de señalar los programas que los integran y los organismos públicos que los ofrecen.

6. Insistimos una vez más en la creación de un programa especial con recursos etiquetados, acorde a las necesidades, demandas y porcentaje real de la población indígena

7. Que se instrumente una política presupuestaria diferenciada respetando las particularidades de cada uno de los 56 pueblos indígenas.

8. Que dentro del 10 por ciento del gasto social presupuestado a favor de los pueblos indígenas, se contemple la reestructuración de las instituciones indigenistas y para crear un Sistema de Atención Prioritaria a Pueblos Indígenas, que dependan directamente del ejercicio.

Le reiterarnos que es voluntad de nosotros los diputados miembros de la Comisión de Asuntos Indígenas, se atienda de manera prioritaria nuestra solicitud, a fin de contribuir a la solución definitiva de las causas que marginan y condenan a la pobreza a los indígenas del país.

Atentamente
Dip. Efraín Zúñiga Galeana
Presidente

Dip Marcelino Díaz de Jesús (rúbrica)
Secretario

Dip. Jorge Gómez Mérida (rúbrica)
Secretario

Dip. Enrique Ku Herrera (rúbrica)
Secretario

Dip. Aurora Bazán López (rúbrica)
Por el Partido Verde Ecologista de México
 
 














Excitativas

A LA COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, A CARGO DEL C. DIP. RAUL MONJARAS HERNANDEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCION NACIONAL

C. Presidente de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
PRESENTE

Señoras y señores diputados

El suscrito, en mi calidad de diputado federal a la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, vengo a promover esta excitativa, en virtud de que el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional presentó una iniciativa que a la fecha no ha sido dictaminada por la Comisión correspondiente; por lo que me permito acudir a Usted para los efectos pertinentes, y en este sentido expongo:

Antecedentes

1.- Con fecha veintiocho de abril de mil novecientos noventa y nueve, el Ciudadano diputado Javier Paz Zarza del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, presento ante el pleno de ésta Cámara de Diputados, una iniciativa de reforma al artículo 371 de la Ley Federal del Trabajo.

2.- La iniciativa encomento pretende fortalecer los derechos fundamentales de los trabajadores en su relación con los sindicatos, a fin de que los mismos queden precisados en los Estatutos de los sindicatos, como son: el ejercicio de su derecho de voto personal y secreto en cuatro aspectos fundamentales: la elección de la Mesa Directiva; su participación en aspectos fundamentales de la organización sindical que le soliciten las dos terceras partes de los trabajadores, el ejercicio de emplazar a huelga y el de levantamiento de la misma. Asimismo dicha propuesta de reforma pretende establecer la no-reelección de los dirigentes sindicales, salvo en una ocasión siempre y cuando sea de por la mayoría calificada y finalmente el de proclamar el derecho de pleno de la libertad del trabajador para afiliarse o pertenecer o no al partido político, organización religiosa o cultural que a sus convicciones corresponda.

3.- La reforma aludida, es de fondo no simplemente de forma, porque Acción Nacional entiende la urgencia de garantizar en el marco jurídico de la materia, que el derecho de asociación o de organización que tienen los trabajadores para defender sus intereses, no se vea desviado o distorsionado, e incluso subordinado a intereses ajenos a la propia constitución del sindicato.

El sindicato se constituye para la promoción y defensa de los intereses comunes. Este es el fin y la razón de su existencia, por lo que su función es de la más alta trascendencia. En este sentido para asegurar el cumplimiento de esa función es necesario el establecimiento legal de un sistema que garantice la libre filiación, los derechos mínimos fundamentales de los agremiados, democracia sindical mediante la elección de sus funcionarios a través del voto libre y secreto, la obligación y responsabilidad de sus funcionarios de rendir cuentas detalladas y comprobadas, procedimientos sencillos y ágiles para exigir y hacer efectiva su responsabilidad, entre otros.

Acción Nacional esta convencido que desde el punto de vista nacional como desde el punto de vista de la persona es necesario proclamar por la dignidad del derecho y de la obligación del trabajo. El Estado y la comunidad entera deben garantizar el libre ejercicio de este derecho y hacer fecundo el cumplimiento de esta obligación. Esto es importante, porque el trabajo presenta una proyección de la persona humana, porque es ante todo camino de superación y de perfeccionamiento en lo individual, familiar y colectivo, es también ocupación de vida El trabajo participa indudablemente, de la dignidad de la persona, por que como afirmara Emmanuel Kant "las cosas tienen precio, los seres humanos tienen dignidad, no precio".

Por ello, las propuestas por mejorar la legislación laboral en pro de la dignificación del trabajo, mediante la transformación de sus instituciones, a fin de que respondan a las necesidades de hoy. Este es el caso de los sindicatos, cuya misión hoy exige una mejor y más auténtica expresión de los intereses y consecuentemente el bienestar de sus agremiados.

En efecto, ya lo apuntaba Don Efraín González Luna "cuando los trabajadores, en el ejercicio de un derecho indiscutible, más aún, en cumplimiento de un claro deber, se unen para el estudio, la promoción, la representación y la defensa de sus intereses, tiene que evitarse toda desviación sindical. Si el trabajador, en vez de encontrar en el sindicato el amparo de su libertad y de su dignidad de hombre y la protección de su derecho al trabajo, vive oprimido por el sector que supuestamente lo representa, por el apetito de predominio o de lucro económico y amenazado por la cláusula de exclusión que lo condena al hambre y a la desesperación cuando no incurre en sumisión abyecta; si el sindicato no esta al servicio del trabajador, sino de intereses y causas extraños que sólo lo utilizan; si el sindicato no tiene como objetivo real el bien humano y profesional del trabajador, indudablemente es el peor enemigo del trabajador y del trabajo".

Insistimos, en la necesidad de proscribir el falso sindicalismo y garantizar a los trabajadores una auténtica libertad de organización sindical. Para ello, resulta de sentido común y de urgente realización que la ley garantice los derechos fundamentales de los agremiados a un sindicato de una manera actualizada a los nuevos tiempos. El derecho de asociación sindical constituye un derecho básico, inviolable e inalienable de la persona humana.

En este sentido, es que la iniciativa encomento debe ser analizada, discutida por la Comisión respectiva, ya que propone que la persona que decide agremiarse a un sindicato encuentre en él las condiciones necesarias para su pleno desarrollo y obviamente las medidas de protección claramente definidas en la ley que prevean y eviten cualquier atentado a sus derechos y dignidad como persona libre.

4.- Es el caso que una vez presentada la iniciativa señalada, el Presidente de la Cámara la turnó para su estudio, análisis y dictamen a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Hechos y consideraciones

1.- Desde el día 28 de abril del año en curso a la fecha han transcurrido mucho más de los cinco días que como plazo concede la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados unidos Mexicanos, para que las Comisiones de la Cámara competentes presente el dictamen correspondiente a la iniciativa descrita.

2.- En tal virtud, es procedente que el Presidente de la Cámara de Diputados, en cumplimiento con lo dispuesto en la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento citado, excite a la Comisión de Trabajo y Previsión Social a fin de que emita el Dictamen correspondiente.

Por lo anteriormente expuesto y fundado;

A Usted Presidente, atentamente le solicito:

Unico.- En los términos de los antecedentes y consideraciones expuestos, así como de conformidad con los preceptos legales invocados, se sirva excitar a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para que presente el dictamen que corresponda a la iniciativa de reforma al artículo 371 de la Ley Federal del Trabajo, que presentó el Partido Acción Nacional ante este Pleno con fecha 28 de abril en curso.

Por una Patria Ordenada y Generosa y una vida mejor y más digna para todos.

Dado en Palacio Legislativo el día 25 de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

Atentamente
Dip. Raul Monjarás Hernández
 
 












Informes

QUE PRESENTA EL DIPUTADO CARLOS HEREDIA ZUBIETA SOBRE SU PARTICIPACION EN LA 102 CONFERENCIA DE LA UNION INTERPARLAMENTARIA MUNDIAL (UIP) EN BERLIN, ALEMANIA, DEL 10 AL 16 DE OCTUBRE DE 1999

La Comisión de Régimen Interno y Concertación Política acordó enviar una delegación de la Cámara de Diputados para participar en la CII Conferencia de la Unión Interparlamentaria Mundial. Fui designado por el Grupo Parlamentario del PRD en la Cámara de Diputados para representarlo en dicha reunión, celebrada del 10 al 16 de octubre en Berlín, Alemania. A continuación presento a consideración de los legisladores el informe de mi participación en dicha misión internacional.

La delegación mexicana estuvo integrada por: Senador Fernando Solana Morales (PRI), Senadora Sonia Alcántara (PRI), Senador Rodolfo Elizondo (PAN), Senador Higinio Martínez Miranda (PRD), Diputado Federal Enrique Jackson (PRI), Diputado Federal Miguel Quirós Pérez (PRI), Diputado Federal Carlos Medina Plascencia (PAN), Diputado Federal Carlos Heredia Zubieta (PRD).

Como observadores asistieron: Senador Héctor Ximénez (PRI), Senadora María Elena Alvarez de Vicencio (PAN), Senador Fernando Herrero Arandia (PAN), Senador Cuauhtémoc Sandoval (PRD), Diputada Federal Patricia Espinosa Torres (PAN), Diputado Federal Alejandro Jiménez Taboada (PVEM).

La ceremonia inaugural se llevó a cabo en el edificio del Reichstag, sede del Parlamento federal alemán. Realizó la declaración de apertura el Señor Johannes Rau, Presidente de la República Federal de Alemania. Los temas de la Conferencia fueron: 1) Elección del Presidente y Vicepresidentes de la 102 Conferencia: fue electo presidente el Diputado Wolfgang Thierse, presidente del Parlamento Federal Alemán; 2) Consideración de solicitudes para la inclusión de temas suplementarios: a propuesta de México y Alemania, y con la respectiva aprobación del Pleno, se incluyó como tema suplementario "Los derechos humanos de los migrantes" en la agenda de la Conferencia; 3) Debate general sobre la situación política, económica y social del mundo; 4) Contribución de los parlamentos para asegurar el respeto y la promoción de los derechos humanos en ocasión del 50 aniversario de la Convención de Ginebra; 5) La necesidad de revisar el modelo económico y financiero global actual.

Participé en las deliberaciones del Grupo Latinoamericano (GRULA), presidido por el Dip. Juan Adolfo Singer (Uruguay), Presidente del Parlamento Latinoamericano. Allí se adoptaron los acuerdos contenidos en el siguiente documento, cuyo comité de redacción me correspondió coordinar:

Declaración del Grupo Latinoamericano (GRULA)

De cara a la situación que viven nuestros pueblos y a los problemas experimentados por las economías latinoamericanas, los legisladores latinoamericanos presentes en la 102 Conferencia Interparlamentaria hemos debatido al respecto, con el propósito de coordinar acciones que den mayor dinamismo a nuestro trabajo en este ámbito. El presente documento expone en grandes líneas los consensos que hemos alcanzado y las propuestas que nos proponemos impulsar desde nuestros países:

El problema: En años recientes, nuestros países se han caracterizado por una marcada dependencia del financiamiento externo que impulsa al alza las tasas de interés y dificulta el acceso al crédito interno. Asimismo, las economías latinoamericanas registran una deuda externa cuyo servicio compromete recursos presupuestales que deberían asignarse a las ingentes necesidades en materia de desarrollo social.

Las respuestas: El tema de la deuda externa ha estado presente en numerosas reuniones internacionales; su recurrencia deja ver que aún no se ha alcanzado una solución de raíz y de carácter permanente. Asimismo, su agravamiento en años recientes ha motivado una multiplicidad de propuestas, originadas ya no sólo en los pueblos y los gobiernos de la región sino en foros multilaterales e incluso en el seno de las economías industrializadas.

En este sentido, el Grupo Latinoamericano de la UIP saluda como positivas las declaraciones y propuestas que en este sentido han planteado, entre otros, el Señor Presidente de Francia, Jacques Chirac, apoyada por el Grupo de los Siete en la reunión de Colonia, Alemania, en junio pasado; el Papa Juan Pablo II, en el marco del Jubileo 2000; así como distintos parlamentarios que se proponen llevar el tema a consideración del Tribunal Internacional de la Haya para que éste se pronuncie sobre la legitimidad de la deuda externa.

Es importante que la condicionalidad que acompaña a los programas de reducción o cancelación de la deuda externa no convierta este problema en algo permanente. De otra manera, solamente se abordarían las consecuencias, propiciando que a la vuelta de algún tiempo los problemas reaparezcan con mayor gravedad.

La propuesta: una iniciativa política: Los parlamentarios participantes en la GRULA hemos acordado las siguientes medidas:

a) Proponer al Consejo de la UIP la creación de un ámbito de discusión y análisis sobre el problema de la deuda externa, preocupación que compartimos de manera prioritaria los países del Sur. Para tal efecto, el Grupo Latinoamericano plantea la constitución de un Comité Ad-Hoc sobre Deuda Externa;

b) Dar seguimiento a los acuerdos adoptados en las reuniones de Namibia, Moscú y Bruselas, especialmente en lo relacionado con la deuda externa;

c) Respaldar la propuesta en el sentido de que los directivos de las instituciones financieras internacionales (Banco Mundial y Fondo Monetario Internacional) sean invitados a comparecer ante las Conferencias de la Unión Interparlamentaria para dar cuenta de sus políticas;

d) Proponer el tema de la deuda externa para la 103 Conferencia de la Unión Interparlamentaria, a celebrarse en Amman, Jordania, en abril del año 2000.

En buena medida, estos puntos fueron incluidos en la Declaración Final adoptada por la asamblea. Se dirigieron también al Pleno el Canciller Federal y Jefe de Gobierno de Alemania, Sr. Gerhard Schröder; el Presidente del Comité Internacional de la Cruz Roja, Sr. Cornelio Sommaruga, y la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Sra. Mary Robinson,. En su alocución, la Sra. Robinson subrayó que las violaciones a los derechos humanos comienzan con la discriminación y terminan en ocasiones con la muerte violenta. Llamó a los parlamentarios a diseñar un mecanismo eficaz de alerta temprana para evitar las violaciones a los derechos humanos, e indicó que tal sería el propósito de una Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y la Intolerancia, a llevarse a cabo en la República Sudafricana en el año 2001.

Por mi parte, tuve la oportunidad de participar en la asamblea que discutió el tema 5, "La necesidad de revisar el modelo económico y financiero actual", con la ponencia que sigue a continuación, y que presenté ante los delegados el miércoles 13 de octubre:

Estimadas colegas, estimados colegas:

Cuando nos referimos a la construcción de la Nueva Arquitectura para el Sistema Financiero Internacional, es preciso tomar en cuanta que esta nueva arquitectura de ser, a final de cuentas, un medio para un objetivo ulterior, que es la elevación del nivel de vida de la gente.

En América Latina, la estructura de nuestras economías con frecuencia presenta una polarización entre los sectores vinculados a la exportación y aquellos orientados hacia el mercado interno. Por ello, no podemos hablar de un nuevo diseño para el sistema financiero internacional sin abordar la necesidad de políticas económicas que fortalezcan al mercado interno, que apoyen a nuestros campesinos y a nuestros productores agropecuarios nacionales, a los pequeños y medianos empresarios de nuestros países.

La construcción de la nueva arquitectura del sistema financiero internacional debe estar fundada sobre una economía local saludable. Por ello es indispensable abordar la dimensión social de la arquitectura financiera, lo que nos proponemos hacer para el caso de México.

México es miembro de la Organización para la Cooperación Económica y el Desarrollo (OCDE), que reúne a los países industrializados con ingreso por habitante elevado, y sin embargo, tiene regiones donde la pobreza es similar a la que se encuentra en el Africa Sub-Sahariana o en Asia Central. De acuerdo con estadísticas internacionales, en nuestro país 6 de cada 10 personas subsisten con un ingreso inferior a dos dólares por día.

Concordamos en términos generales con la agenda para la construcción de la nueva arquitectura financiera que ha planteado el economista en jefe del Banco Mundial, Joseph Stiglitz. Entre dichas reformas se incluyen:

Un aumento en la transparencia;
Una mejor regulación de las instituciones financieras;
La estabilización de los flujos financieros de corto plazo;
Una más vigorosa política de competencia;
Una mejor regulación de las grandes corporaciones;
Un mejor sistema de prevención y respuesta a las crisis
Un mejor manejo de los riesgos
En nuestro país se han impulsado diversas iniciativas para el salvamento del sistema bancario y financiero; se debe en cambio poner el acento en el rescate de la planta productiva, la promoción del empleo y el acceso universal a los servicios básicos. Por ello, las nuevas reformas no deben seguirse condicionando bajo el marco de los préstamos de ajuste estructural, que en México han respondido a los intereses de las élites económicas y financieras, en detrimento de los productores locales y de los trabajadores, y por consiguiente, del mercado interno.

Dichas reformas deben, en cambio, compaginarse con los propósitos declarados del desarrollo social, como los ha promovido la Organización de las Naciones Unidas (ONU) a partir de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social en Copenhague, en marzo del año 1995.

Señor Presidente de la Asamblea, estimadas colegas, estimados colegas:

Es imperativo impulsar políticas económicas que tengan como prioridad a la gente. La verdadera modernización pasa por la democratización de la política, y por lo tanto, por la democratización de las políticas públicas, y en especial, de las políticas económicas. Sólo con políticas democráticas e incluyentes podremos construir una economía sobre bases sanas. Muchas gracias.

Para futuras reuniones de la Unión Interparlamentaria, sugiero:

a) Procurar la continuidad en la representación de los legisladores;
b) Definir con precisión la distribución de los votos de la delegación mexicana según el peso ponderado de los grupos parlamentarios de cada partido;
c) Dar una dimensión de mayor alcance a la UIP en nuestra Cámara de Diputados.
Dip. Fed. Carlos Heredia Zubieta
 
 















Convocatorias

DE LA COMISION DE CORRECCION DE ESTILO

A su reunión de trabajo, el martes 30 de noviembre, a las 9 horas, en el salón F del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Lista de asistencia.
2. Presentación del original del séptimo número de la revista Moción!
3. Presentación de los originales de los textos: Justo Sierra: Cuestiones Constitucionales, Vida y Obra de Pastor Rouaix, que se encuentran en imprenta.
4. Informe de la presidencia de la Comisión de Corrección de Estilo en la Feria Internacional del Libro en la ciudad de Guadalajara.
5. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. América Soto López
Presidenta
 
 
 

DE LA COMISION DE GOBERNACION Y PUNTOS CONSTITUCIONALES

A su sesión de trabajo, el martes 30 de noviembre, a las 12 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Verificación del quórum.
2. Discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Discusión y, en su caso, aprobación del proyecto de dictamen relativo a la Iniciativa de Ley General para Personas Desplazadas Internamente.

Atentamente
Dip. Abelardo Perales Meléndez
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES

A su reunión de trabajo, el martes 30 de noviembre, a las 12 horas, en el salón Protocolo.

Orden del Día

1. Lista de asistencia.
2. Lectura del expediente del año tercero, sección primera, número 1389, de fecha 25 de noviembre de 1999, remitido por el Pleno de la Cámara de Diputados para su análisis y dictamen.
3. Participación de los funcionarios públicos designados por la Secretaría de Relaciones Exteriores, para ampliar y complementar la información de las actividades del ciudadano Presidente de la República, durante su visita oficial de trabajo a los Estados Unidos de América.
4. Sesión de preguntas y respuestas por los ciudadanos diputados.
5. Presentación de la propuesta proyecto de dictamen.
6. Modificación y/o aprobación en su caso de la Propuesta Proyecto de Dictamen.
7. Suscripción del dictamen.
8. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Alfredo Phillips Olmedo
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE SALUD

A su reunión de trabajo, el martes 30 de noviembre, a las 14:30 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y comprobación del quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la sesión anterior.
4. Evaluación de las cuatro etapas del Foro Nacional de Consulta Pública La salud de los mexicanos.
5. Asuntos generales.
6. Clausura de la reunión

Atentamente
Dip. Santiago Padilla Arriaga
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE TURISMO

A su quinta sesión plenaria, el martes 30 de noviembre, a las 14:30 horas, en el salón de usos múltiples del edificio D, primer piso.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y verificación del quórum.
2. Lectura del acta de la sesión anterior.
3. Revisión de la Ley de Ingresos de la Federación.
4. Revisión del proyecto de Presupuesto de Egresos del Sector Turismo y Consejo de Promoción Turística de México. Propuesta Punto de Acuerdo.
5. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Fernando González Corona
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE PENSIONADOS Y JUBILADOS

A su reunión de trabajo, el martes 30 de noviembre, a las 16:30 horas, en el salón Leona Vicario ubicado en el edificio H, primer nivel.

Orden del Día

1. Lista de presentes.
2. Lectura y en su caso aprobación del acta de la sesión anterior.
3. Informe de asuntos de gestión atendidos.
4. Programa de visitas a instituciones de seguridad social, a realizarse a partir del mes de enero del año 2000.
5. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Alberto Curi Naime
Presidente
 
 

DE COMISION DE ASENTAMIENTOS HUMANOS Y OBRAS PUBLICAS

A su duodécima reunión plenaria, el miércoles 1 de diciembre, a las 8:30 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

A dicha reunión se ha convocado al C. dr. Carlos M. Jarque Uribe, secretario de Desarrollo Social, con el objeto de intercambiar opiniones en relación a los resultados del Programa Nacional de Desarrollo Urbano.

Atentamente
Dip. Angelina Muñoz Fernández
Presidenta
 
 
 

DEL COMITE DE ADMINISTRACION

Al foro Los Retos de la Administración Pública ante el Nuevo Milenio, cuya sesión inaugural se llevará a cabo el miércoles 1 de diciembre, a las 8:30 horas, en el salón Verde.

Programa

8:30 horas Ceremonia de inauguración

Palabras del dip. Ramón Corral Avila, Presidente del Comité de Administración de la H. Cámara de Diputados; del dip. Enrique Tito González Isunza y del mtro. Enrique González Torres, rector de la Universidad Iberoamericana.

9:45 horas MESA 1 Retos políticos de la Administración Pública ante el Nuevo Milenio
Dr. Edgar Jiménez
Dr. David Arellano
Mtro. Rubén Muñoz (moderador)

10:45 horas Mesa de discusión 1
Dip. Angélica de la Peña Gómez
Mtro. Carlos Lugo Galera

12:00 horas MESA 2 Modernización de los gobiernos locales: estatales y municipales
Dr. José Mejía Lira
Mtro. Tonatiuh Guillén
Lic. Javier Neblina (moderador)

13:00 horas Mesa de discusión 2
Dr. Enrique González Isunza
Mtro. Manuel Ramírez
14:00 Comida

16:00 MESA 3 Servicio Profesional Legislativo
Dr. José Luis Méndez
Mtro. Gustavo López Montiel

17:00 Mesa de discusión 3
Dip. Ramón Corral Avila
Mtro. Rubén Muñoz

18:30 Lectura de conclusiones
Dip. Angélica de la Peña Gómez
Mtro. Carlos Lugo Galera

19:00 Clausura del Foro

Atentamente
Dip. Ramón Corral Avila
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE DISTRIBUCION Y MANEJO DE BIENES DE CONSUMO Y SERVICIOS

Al desayuno que, con motivo de su reunión plenaria de trabajo, se ofrecerá el miércoles 1 de diciembre, a las 9 horas, en el salón de usos múltiples, ubicado en el edificio F, primer nivel.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura de conclusiones del acta anterior.
3. Análisis de la iniciativa de reformas y adiciones a la Ley General de Salud.
4. Propuesta para estudiar el marco jurídico de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
5. Análisis de la iniciativa de decreto sobre el Derecho a la Alimentación.
6. Asuntos generales.

Atentamente
Lic. Fernando Romero García
Secretario técnico
 
 
 

DE LA COMISION DE POBLACION Y DESARROLLO

A su reunión ordinaria, el miércoles 1 de diciembre, a las 9:30 horas, en los salones C y D del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y verificación del quórum legal.
2. Aprobación, en su caso, de la minuta de la 18 reunión ordinaria para votación. Remitida con anticipación a las CC. secretarias de la Comisión.
3. Informe de la Presidencia de la Comisión correspondiente a los meses de octubre-noviembre de 1999.
4. Presentación de la información presupuestal vinculada con la ejecución del Programa Nacional de Población 1995-2000 en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2000, por parte de las instituciones dependientes de la Subsecretaría de Población y de Servicios Migratorios de la Secretaría de Gobernación.

Lic. José Angel Pescador Osuna, subsecretario
Subsecretaría de Población y de Servicios Migratorios

Secretaría de Gobernación
Dr. Rodolfo Tuirán Gutiérrez, secretario general

Consejo Nacional de Población
Lic. Alejandro Carrillo Castro, comisionado

Instituto Nacional de Migración
Lic. Miguel Angel López Reyes, director general

Registro Nacional de Población e Identificación Personal
Lic. Pedro Vázquez Colmenares, coordinador general

Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados
Lic. Guadalupe Gómez Maganda de Anaya, coordinadora

Comisión Nacional de la Mujer

5. Sesión de preguntas y respuestas.

Atentamente
Dip. Rubén Fernández Aceves
Presidente
 
 
 

DEL COMITE DE BIBLIOTECA E INFORMATICA

A la presentación del libro Gobierno y Oposición Democrática, que se llevará a cabo el miércoles 1 de diciembre, a las 12 horas, en el vestíbulo de la Biblioteca Legislativa, ubicado en el segundo nivel del edificio C de esta Cámara de Diputados.

Programa

Exposición del autor
Dr. Daniel Ramos Torres, Colegio Nacional de Ciencias Políticas y Administración Pública, AC.

Comentaristas

Dip. Arturo Núñez Jiménez, Presidente de la Junta de Coordinación Política.
Dip. Francisco A. Arroyo Vieyra, Presidente del Comité de Biblioteca e Informática.
Lic. José Patricio Patiño Arias, Presidente del Colegio Nacional de Ciencias Políticas y Administración Pública, AC.

Atentamente
Lic. Gabino González Alvarez
Secretario técnico
 
 
 

DE LA COMISION DE EQUIDAD Y GENERO

A su reunión plenaria, el miércoles 1 de diciembre, a las 14:30 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Comentarios de la C. dip. Ma. Elena Cruz Muñoz, respecto a los avances en la organización de la Jornada Nacional, para Prevenir y Sancionar la Violencia Intrafamiliar, convocada por la Comisión de Equidad y Género, a través de talleres sobre la materia en todos los estados de la República.
2. Intervención de la senadora con licencia lic. Guadalupe Gómez Maganda, coordinadora general de la Comisión Nacional de la Mujer de la Secretaría de Gobernación para abordar los temas siguientes:

Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del año 2000.
Proyecto de iniciativa para la creación del Instituto Nacional de la Mujer.
Proyecto de iniciativa de decreto que reforma la fracción I y deroga la fracción V del artículo 24 de Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (1SSSTE)

3. Intervención de la C. dip. Alma A. Vucovich Seele, para referirse a la realización de la Semana Cívico-Cultural La mujer mexicana, recogiendo frutos, frente al nuevo milenio.
4. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Ma. Elena Cruz Munoz
Presidenta colegiada en turno
 
 
 

DE LA COMISION DE LA REFORMA AGRARIA

Al Coloquio Internacional Reforma Agraria y Desarrollo: la Transformación de la Sociedad Rural en el Siglo XXI, el cual se llevará a cabo los días 6, 7 y 8 de diciembre, en la ciudad de Puebla.

Atentamente
Dip. Joel Guerrero Juárez
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES

A la reunión y desayuno que sostendrán diputados con el excelentísimo embajador Bilahari Kausikan, enviado especial del primer ministro de Singapur y subsecretario de Relaciones Exteriores de ese país, el miércoles 1 de diciembre, a partir de las 8:30 horas.

Programa de Actividades

8:30 horas. Recepción en la acera oriente de avenida Congreso de la Unión por los secretarios técnicos de las Comisiones de Relaciones Exteriores y del Comité de Asuntos Internacionales, acompañados por el director de Relaciones Interinstitucionales y de Protocolo.

8:45 horas. Traslado al Salón de Sesiones. Visita guiada
Fotografía Oficial
9:00 horas. Traslado al salón A del comedor Los Cristales.

Desayuno que ofrecen en su honor los integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores.

Presentación de participantes
Intercambio de Impresiones
10:10 horas. Traslado a las oficinas de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

10:15 horas. Entrevista con el diputado Francisco José Paoli Bolio, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Firma del Libro de Visitantes Distinguidos. 10:40 horas. Traslado al Museo Legislativo Los Sentimientos de la Nación. Visita guiada
Video introductorio en inglés
11:30 horas. Traslado al Salón de Sesiones Observación del desarrollo de la sesión plenaria.
Saludo y reconocimiento protocolario.
11:40 horas. Traslado a la puerta principal de la Cámara de Diputados. Despedida Atentamente
Dip. Alfredo Phillips Olmedo
Presidente (rúbrica)
 
 
 

DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES

Al Seminario de Politólogos Rusos y Mexicanos, quienes disertarán sobre el tema: Rusia y México en el Mundo Contemporáneo, que se llevará a cabo el día 8 de diciembre, a las 11:30 horas, en el Salón Verde.

Programa

11:30 Inauguración por el dip. Francisco José Paoli Bolio, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

11:45 Introducción al tema Rusia y México, en el Mundo Contemporáneo, por el dip. Alfredo Phillips Olmedo, Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores.

12:95 Intervención del excelentísimo señor Konstantin Mozel, embajador de la Federación de Rusia en México.

Expositores

12:25 Doctor Zbigniew W. Iwanowski, Director del Centro de Análisis, politólogo y sociólogo del Instituto de América Latina, de la Academia de Ciencias de Rusia.

13:00 Doctor Alexander I. Sizonenko, Director del Centro de Relaciones de Rusia con América Latina y especialista en las relaciones ruso-mexicanas,
del Instituto de América Latina, de la Academia de Ciencias de Rusia.

14:00 Doctor Miguel García Reyes, Investigador de Proyecto en el Centro de Estudios de Asia y Africa de El Colegio de México.

14:30 Preguntas y respuestas.

15:00 Término del seminario.

Agradeceremos su presencia 15 minutos antes del evento.

Atentamente
Dip. Alfredo Phillips Olmedo
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE EQUIDAD Y GENERO

A la realización de talleres estatales en la Jornada Nacional para prevenir, atender y sancionar la violencia intrafamiliar, que se llevarán a cabo a partir del 25 de noviembre de 1999 hasta el 29 de febrero del año 2000.

La Comisión de Equidad y Género de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión convoca: a sus Comisiones homólogas, así como a las de Derechos Humanos o Asistencia Social en los Congresos de los estados de la República; a las y los Magistrados y Jueces de lo familiar y demás representantes del Poder Judicial; a las Procuradurías de Justicia de los estados; a los Institutos Estatales de la Mujer; a los sistemas DIF y a las y los especialistas en la materia, a sumarse a la "Jornada Nacional para prevenir, atender y sancionar la violencia intrafamiliar", mediante la realización de talleres estatales relativos al tema, que tendrán verificativo a partir del día 25 de noviembre de 1999 hasta el 29 de febrero del año 2000.

Objetivos Generales

Organización y realización de diversos talleres estatales en torno a la violencia intrafamiliar, su legislación y aplicación, a fin de constituir espacios de diálogo, trabajo y propuestas entre los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial con la ciudadanía organizada en el ámbito local.

Conformar las líneas directrices sobre las cuales habrá de definirse una mejor legislación, con un sistema perfeccionado para su aplicación en los ámbitos local y federal en materia de violencia intrafamiliar.
 

Objetivos Específicos

Construir un puente de comunicación entre la ciudadanía, los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial en el contexto estatal y federal, en relación con las distintas legislaciones sobre violencia intrafamiliar, así como los procesos para su aplicación.

Recopilar diversas propuestas y elaborar un diagnóstico lo suficientemente acabado en torno a la problemática de la violencia intrafamiliar y las herramientas con las que cuentan los poderes locales para su atención y disminución.

Analizar los alcances y los límites que arrojen las distintas experiencias estatales en torno a la aplicación de las actuales legislaciones en contra de la violencia intrafamiliar.

Destacar las líneas básicas convenientes sobre la legislación en materia de la violencia intrafamiliar y su aplicación en todo el país.

Fortalecer los vínculos y aprovechar las acciones emprendidas tanto por la ciudadanía organizada como de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial en el ámbito de las distintas entidades federativas, en el ánimo de atender, prevenir y sancionar la violencia intrafamiliar en México.

Los temas específicos a tratar en las Mesas de Trabajo de los Talleres estatales son:

Mesa uno: Políticas públicas de prevención.
Mesa dos: Procedimientos administrativos, civiles y penales en materia de violencia intrafamiliar.
Mesa tres: Modelos de atención y formas de rehabilitación para generadores y receptores (víctimas) de violencia intrafamiliar.
Mesa cuatro: "Sensibilización" al personal encargado de brindar apoyo a las víctimas de violencia intrafamiliar en los sectores de salud y procuración de justicia.

Bases de Participación

Para la participación en cualquiera de las cuatro mesas se les solicita llevar ponencias por escrito (en un máximo de tres cuartillas, por duplicado), cuya presentación no deberá de rebasar los cinco minutos.

Los aspectos no contemplados en la presente Convocatoria serán resueltos por el Comité Coordinador a nivel de los estados.

Atentamente
Dip. Ma. Elena Cruz Muñoz
Presidenta Colegiada en turno
 
 
 

DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES LEGISLATIVAS

A las instituciones educativas, de investigación, investigadores interesados y estudiosos en general a presentar Proyectos de Investigación y Estudios sobre el

Congreso y Temas Parlamentarios

Objetivo

Con el fin de promover y difundir la producción académica que, desde una perspectiva teórica, histórica, comparativa o técnica, auspicie temas relacionados con el estudio de las funciones, la actividad y las prácticas de la vida parlamentaria en México y en otros países. Y en la búsqueda de impulsar el desarrollo de un centro de documentación sobre el análisis de legislaturas, se prevé brindar apoyo financiero y/o de publicación a proyectos de investigación que sobre estudios del Congreso Mexicano y temas parlamentarios, postulen investigadores independientes o instituciones académicas y de investigación.

Bases generales de participación

1. Podrán participar en la postulación todos los trabajos de investigadores mexicanos o residentes en el país o cualquier institución de educación superior mexicana y, que sean acompañados de un proyecto de investigación rigurosamente estructurado, cuyos avances permanezcan inéditos para la fecha de cierre de esta convocatoria.

2. Los proyectos de investigación podrán tener de uno a tres coordinadores generales, en cuyos casos se indicará quién será en última instancia el responsable principal de continuar y finalizar la investigación.

Temas

Historia del Congreso Mexicano
Análisis Comparativos sobre Derecho Parlamentario
Análisis sobre Reformas Constitucionales
Consolidación del Poder Legislativo en la Historia Mexicana
Evolución de la Organización y Práctica Legislativa
Estructura y Funcionamiento de las Legislaturas
Importancia del Poder Legislativo en los Procesos de Transición Democrática
Estudios Comparativos sobre Congresos a Nivel Nacional e Internacional
Prospectiva Política y Parlamentaria

Procedimiento

1. Deberán enviarse tres ejemplares del proyecto de investigación al Instituto de Investigaciones Legislativas, antes del 31 de diciembre de 1999.

2. Se tomarán en cuenta la claridad y la coherencia en el planteamiento de los objetivos, así como en la elaboración de los programas de trabajo y de difusión y la estimación de los costos reales del proyecto en todas sus etapas.

3. Todas las propuestas deberán incluir un programa detallado para la totalidad del trabajo que se propongan realizar, incluyendo las etapas de planeación, investigación, desarrollo, producción, obtención de recursos adicionales, difusión etc, según sea el caso.

Financiamiento

Los proyectos seleccionados recibirán un apoyo financiero que contemple las necesidades propias del programa de trabajo de cada uno, siendo entregado en función de su cronograma de actividades, así como un apoyo en la publicación de los resultados finales.

Documentación

Todas las propuestas deberán estar acompañadas de la documentación que se indica enseguida. Las propuestas incompletas, o cuyo material no se ajuste a las especificaciones indicadas, no serán turnadas al Comité de Evaluación.

1. Original y dos copias del proyecto (máximo 20 cuartillas).
2. Original y dos copias de la síntesis del proyecto (máximo cinco cuartillas).
3. Original y dos copias del presupuesto detallado del costo total del proyecto.
4. Original y dos copias del cronograma de actividades.
5. Original y dos copias de curriculum vitae, resumido (máximo dos cuartillas). Deberá destacarse la trayectoria previa en relación con la disciplina del proyecto que se pretende realizar.

Consideraciones finales

A partir de la fecha de entrega del proyecto, el Comité de Evaluación integrado por la Mesa Directiva del Instituto de Investigaciones Legislativas, quien a su vez podrá auxiliarse de especialistas y miembros, del Consejo y del equipo editorial de la revista Quórum, tendrá un plazo máximo de sesenta días hábiles para responder oficialmente a través de un dictamen sobre las posibilidades de financiamiento y/o publicación de la propuesta en cuestión.

Todos los trabajos deberán enviarse al Instituto de Investigaciones Legislativas de la H. Cámara de Diputados, edificio B planta baja, en av. Congreso de la Unión s/n, col. El Parque, Venustiano Carranza, CP 15969, México, DF, con atención a la lic. Yolanda Silvia Olvera o entregarse directamente en el domicilio señalado antes del 31 de diciembre de 1999.

Para mayor información comunicarse con la lic. Yolanda Silvia Olvera, coordinadora de Investigaciones del Instituto de investigaciones Legislativas a los siguientes teléfonos: 56 28 14 21 y 56 28 13 00 ext. 3129; fax 55 42 30 62, dirección electrónica: irmaeren@servidor.unam.mx

Atentamente
Dip. Bernardo Bátiz Vázquez
Presidente