Gaceta Parlamentaria, año II, número 234, lunes 29 de marzo de 1999


Orden del Día de la sesión del lunes 29 de marzo de 1999
  • Comunicaciones
  • De los Congresos de los estados de Colima, Puebla y Sonora.
  • De la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política, sobre cambio de integrante de Mesa Directiva. de Comisión, y cambio de integrantes en Comisiones.
  • Iniciativas del Ejecutivo Iniciativas Iniciativas de Ciudadanos Senadores Oficios Minutas Excitativas Proposiciones Solicitudes Dictámenes Informes Convocatorias
     
     
     
     
     
     


    Orden del Día

    SESION DEL LUNES 29 DE MARZO DE 1999. INICIO 10 HORAS

    Lectura del acta de la sesión anterior.

    Comunicaciones de los Congresos de los estados de Colima, Puebla y Sonora.

    Proposición de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política. (Cambio de integrante de Mesa Directiva de Comisión). (Votación).

    Comunicaciones de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política. (Cambio de integrantes de Comisión).

    Comunicación de la H. Cámara de Senadores.

    Iniciativas del Ejecutivo

    Por el que se crea una moneda de oro que represente a la tradición mexicana de fundición de oro y se modifican las características de las monedas de oro y de plata de la "Serie Libertad". (Turno a Comisión).

    Por el que se crea una moneda de plata conmemorativa del centenario de la Heroica Escuela Naval Militar, así como una de oro y otra de plata para conmemorar el Quincuagésimo Aniversario de la Unicef. (Turno a Comisión).

    Iniciativas de ciudadanos diputados

    Que adiciona la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para regular las actuaciones del Juez Federal de Vigilancia Penitenciaria, a cargo del C. Dip. Constancio Ríos Sánchez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).

    De adiciones a la Ley de Defensoría de Oficio en el Fuero Federal, a cargo del C. Dip. Carlos Iñiguez Cervantes, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).

    Iniciativa de ciudadanos senadores.

    La Cámara de Senadores remite Iniciativa de reformas a diversos artículos del Código Fiscal de la Federación, de la Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, presentada por el C. Sen. Arturo Nava Bolaños, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).

    Oficios de la Secretaría de Gobernación

    Por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que los CC. Luis Smith Jiménez, Eloy Cantú Segovia, Sergio Saavedra Meléndez, José Luis Barros Horcasitas, Ignacio Luquín Pérez, Julio Faesler Carlisle, José Ramón Lorenzo Franco, Ricardo Francisco Galán Méndez, Margarita Diégues y Armas y Francisco del Río y López, puedan aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los Gobiernos de las Repúblicas de: Nicaragua, Francesa, Chile, Portugal, Bolivia y del Paraguay, respectivamente. (Turno a Comisión).

    Por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que los CC. Cesarina Guglielmina Galanti, Elías Torres Montalvo, Blanca Adelina Harrinson Echeverría, María de los Dolores Montes Moreno, Alexandra Rossbach Leff, Gloria Josefina Yáñez Cruz, Ricardo Camacho Rosales, Guillermo Ugalde Cruz, Abdel Said García Maldonado y Xavier Olmos Verduzco, puedan prestar servicios a gobiernos extranjeros. (Turno a Comisión).

    Minuta

    Con Proyecto de Decreto que concede permiso a los ciudadanos embajador Pedro José González-Rubio Sánchez, licenciado Juan Rebolledo Gout, doctor Carlos Hurtado López, embajadora María del Rosario Gloria Green Macías, general de brigada DEM Roberto Miranda Sánchez, licenciado Fernando Francisco Lerdo de Tejada Luna, embajador Salvador Campos Icardo y doctor Herminio Alonzo Blanco Mendoza, para aceptar y usar condecoraciones conferidas por el gobierno de la República de Portugal. (Turno a Comisión)

    Excitativa

    A la Comisión de Salud, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión).

    Proposiciones

    Proposición con punto de Acuerdo, sobre la Importación desleal de carne de bovino, procedente de los Estados Unidos de América, a cargo del C. Dip. Joaquín Montaño Yamuni, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).

    Solicitud

    Para la formación de una Comisión Investigadora, con fundamento en el artículo 93, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del C. Dip. Cuauhtémoc Velasco Oliva, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).

    Agenda Política

    Comentario sobre agresiones a varios ciudadanos diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Deliberativo).
     
     











    Comunicaciones

    DEL CONGRESO DEL ESTADO DE COLIMA

    C. Presidente de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
    México, DF
    PRESENTE

    En sesión previa celebrada el día de hoy, el Honorable Congreso del estado, eligió la Mesa Directiva que fungirá durante el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones del Segundo Año de Ejercicio Constitucional de la LII Legislatura, que comprende del 15 de marzo al 15 de junio de 1999.

    Este Segundo Periodo lo preside por elección efectuada previamente, la Directiva cuyo Presidente y Vicepresidente durarán en su encargo del 15 de marzo al 14 de abril, en tanto que, los secretarios y suplentes, del 15 de marzo al 15 de junio, quedando integrada de la siguiente manera:

    Presidente: Dip. Ignacio Rodríguez García.
    Vicepresidente: Dip. Adalberto M. Pineda López.

    Secretario: Dip. César T. Hernández Rosas.
    Secretario: Dip. E. Germán Virgen Verduzco.
    Suplente: Dip. Marco Antonio García Toro.

    Sin otro particular, me es grato enviarle un cordial saludo.

    Atentamente
    Sufragio Efectivo. No Reelección.
    Colima, Col., marzo 11 de 1999.

    El Oficial Mayor del H. Congreso del estado de Colima
    Mtro. Jaime Salazar Silva
     
     
     

    DEL CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA

    C. Presidente de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
    México, DF
    PRESENTE

    De conformidad con lo dispuesto por los artículos 59 y 60 de la Constitución Política Local, y 53 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, nos permitimos comunicar, que el Quincuagésimo Cuarto Congreso Constitucional del estado Libre y Soberano de Puebla, en Sesión Pública Ordinaria, celebrada con esta fecha, tuvo a bien clausurar su Primer Periodo de Sesiones Ordinarias, correspondiente al primer año de Ejercicio legal. Asimismo se eligió a los integrantes de la Comisión Permanente que actuará en el Periodo de Receso comprendido del 16 de marzo al 31 de mayo de l999.

    Presidente: Dip. Moisés Carrasco Malpica

    Miembro: Dip. Martín Fuentes Morales
    Miembro: Dip. Francisco Fraile García
    Miembro: Dip. Víctor Gabriel Chedraui
    Miembro: Dip. Susana Wuotto Cruz
    Miembro: Dip. César Augusto Reyes Cabrera
    Miembro: Dip. Marco Humberto Aguilar Coronado
    Miembro: Dip. Oscar Emilio Carranza León
    Secretario: Dip. José Angel Pacheco Ahuatzin

    Lo que hacemos de su conocimiento por disposición de esta Legislatura para los efectos correspondientes.

    Atentamente
    H. Puebla de Zaragoza, marzo 15 de 1999.
    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Gerardo Arturo Rivera García
    Diputado secretario

    Silvia Elene del Valle Balbuena
    Diputada secretaria
     
     
     

    DEL CONGRESO DEL ESTADO DE SONORA

    Hermosillo, Sonora, a 10 de marzo de 1999.

    C. Presidente de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
    México, DF
    PRESENTE

    La LV Legislatura Constitucional del estado Libre y Soberano de Sonora, inauguró, previas las formalidades de estilo, el período de sesiones extraordinarias a que fue convocado por su Diputación Permanente, mediante Decreto Número 80 de fecha 8 de marzo del año en curso, quedando integrada la Mesa Directiva que funcionará durante el citado periodo, en la forma siguiente:

    Presidente: Dip. Ofelia González Miranda
    Vicepresidente: Dip. Francisco Hernández Espinoza

    Primer secretario: Dip. Julio Alfonso Martínez Romero
    Segundo secretario: Dip. Juan de Dios Castro Pacheco
    Secretario suplente: Dip. Juan Edmundo López Durand

    Lo que nos permitimos comunicar para conocimiento y efectos legales correspondientes.

    Atentamente
    Sufragio Efectivo. No Reelección.

    Julio Alfonso Martínez
    Diputado secretario

    Juan de Dios Castro Pacheco
    Diputado secretario
     
     
     

    DE LA COMISION DE REGIMEN INTERNO YCONCERTACION POLITICA, SOBRE CAMBIO DE INTEGRANTES EN MESA DIRECTIVA

    Dip. Sergio Valdés Arias
    Presidente de la Mesa Directiva

    Segundo Periodo Ordinario de Sesiones del Segundo año del ejercicio de la LVII Legislatura
    H. Cámara de Diputados
    PRESENTE

    Con fundamento por lo dispuesto en los artículos, 27, incisos b) y d); 34, 45 fracciones I, VI y 47 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el artículo 21 fracción III del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y por los artículos Quinto y Noveno del Acuerdo Parlamentario relativo a las Sesiones, Integración del Orden del Día, los Debates y las Votaciones de la Cámara de Diputados, aprobado en la Sesión efectuada el día 6 de noviembre de 1997, adjunto a la presente podrá encontrar el siguiente documento signado por el diputado José de Jesús Martín del Campo Castañeda, Vicecoordinador del grupo parlamentario del PRD, donde solicita cambios en comisiones.

    * Que el diputado Agapito Hernández Oaxaca, cause alta como secretario en la Comisión de Agricultura.

    * Que el diputado José Laurentino Sánchez Luna, como miembro de la Comisión de Agricultura.

    Lo anterior, para que se le dé el trámite correspondiente.
    Sin otro particular quedo de usted.

    Atentamente
    Lic. Adrián Michel Espino
    Secretario técnico
     
     
     

    DE LA COMISION DE REGIMEN INTERNO Y CONCERTACION POLITICA, SOBRE CAMBIO DE INTEGRANTES EN COMISIONES

    Dip. Sergio Valdés Arias
    Presidente de la Mesa Directiva

    Segundo Periodo Ordinario de Sesiones del Segundo año del ejercicio de la LVII Legislatura
    H. Cámara de Diputados
    PRESENTE

    Con fundamento por lo dispuesto en los artículos, 27, incisos b) y d); 34, 45 fracciones I y VI de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el artículo 21 fracción III del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y por los artículos Quinto y Noveno del Acuerdo Parlamentario relativo a las Sesiones, Integración del Orden del Día, los Debates y las Votaciones de la Cámara de Diputados, aprobado en la Sesión efectuada el día 6 de noviembre de 1997, adjunto a la presente podrá encontrar el siguiente documento signado por el diputado Ricardo Cantú Garza del grupo parlamentario del PT, donde solicita cambios en comisiones.

    * Que el diputado Miguel Angel Garza Vázquez, se integre en la Comisión de Información, Gestoría y Quejas.

    Lo anterior, para que se le dé el trámite correspondiente.
    Sin otro particular, quedo de usted.

    Atentamente
    Lic. Adrián Michel Espino
    Secretario técnico
     
     
     

    DEL SENADO DE LA REPUBLICA

    CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
    PRESENTE

    Para conocimiento de esa Honorable Colegisladora, tenemos el honor de comunicar a ustedes que en sesión pública ordinaria celebrada en esta fecha, se designó al ciudadano licenciado Adalberto Campuzano Rivera, como Oficial Mayor del Senado de la República.

    Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.
    México, DF, a 25 de marzo de 1999.

    Sen. Tarcisio Rodríguez Martínez
    Secretario

    Sen. Jesús Padilla Padilla
    Secretario
     
     










    Iniciativas

    POR EL QUE SE CREA UNA MONEDA DE ORO QUE REPRESENTE A LA TRADICION MEXICANA DE FUNDICION DE ORO Y SE MODIFICAN LAS CARACTERISTICAS DE LAS MONEDAS DE ORO Y DE PLATA DE LA "SERIE LIBERTAD"

    Ciudadanos Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
    PRESENTES

    Nuestra Nación se ha caracterizado en el mundo por su rica tradición en el arte de trabajar los metales preciosos. Desde el siglo X después de Cristo, el oro destacó como un metal que reunía las características ideales para elaborar con él figuras de dioses, escudos, incrustaciones, imágenes de templos, representaciones del juego de pelota, de flores y de animales, que construyeron, además de un tributo, extraordinarias joyas que expresaban la vida, las costumbres e imaginación de nuestros antepasados.

    Por sus virtudes, desde la época prehispánica el oro fue representado en diversos códices, como el Mendocino y la Matrícula, que hoy se conservan en el Museo Nacional de Antropología e Historia y existen testimonios que refieren a este metal en lengua indígena, principalmente en náhuatl. Los aztecas lo identificaron como el Teocuitiatl (excrecencia divina o por excelencia metal precioso), y frecuentemente se le ha representado con un grabado conocido como teocuitlapitzque o fundidor de metal precioso.

    En consideración a las profundas raíces que el oro tiene en la cultura nacional como vehículo para reflejar el arte mexicano prehispánico, colonial y contemporáneo y como una oportunidad para dejar un testimonio de la gran relevancia que este metal precioso ha tenido como medio de la viva expresión de la civilización de la que como mexicanos estamos orgullosos, se somete a la consideración de esa Soberanía, la acuñación de una moneda de oro en la que se muestra un grabado que representa a un azteca realizando la fundición de oro mediante el uso de la mufla y el soplete.

    Por otra parte, desde principios de la década de los años ochenta se han acuñado monedas mexicanas de oro y plata, con base en el artículo 2 bis de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, bajo el programa denominado "Serie Libertad", con las características señaladas en los Decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación los días 7 de enero de 1981, 28 de diciembre de 1981, 5 de enero de 1990 y 22 de mayo de 1996.

    Mediante el último de los Decretos mencionados en el párrafo anterior y con la finalidad de competir en diversos mercados numismáticos en igualdad de circunstancias, se modificaron las características de algunas monedas mexicanas de las señaladas en el artículo 2 bis de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y, al mismo tiempo, se mejoró su calidad con la utilización de la nueva tecnología de diseño y acuñación de la Casa de Moneda de México. Cabe comentar que las monedas integrantes de la "Serie Libertad" son comercializadas en el mercado numismático internacional, generando beneficios económicos para el Gobierno Federal.

    Asimismo, en consideración a que otros países han emitido monedas con características similares a las mexicanas, mediante la utilización de las más avanzadas técnicas de diseño y acuñación, así como la creciente competencia en los mercados numismáticos, se ha juzgado conveniente modificar el diseño del anverso de las monedas de una onza de plata y una onza de oro, integrantes de la propia "Serie Libertad", mediante una composición desarrollada por la Casa de Moneda de México, consistente en el desarrollo de los diferentes escudos utilizados por nuestro país a través de su historia, así como el águila que se encuentra en la parte central de la primera página del Códice Mendocino, teniendo como diseño principal nuestro Escudo Nacional actual.

    Por lo antes expuesto, y con fundamento en el artículo 71, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Honorable Congreso de la Unión, por el digno conducto de ustedes, ciudadanos Secretarios, la siguiente iniciativa de

    DECRETO

    ARTICULO PRIMERO.- Se establecen las características de una moneda de oro, de conformidad con el artículo 2 bis de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, las cuales serán:

    a) Diámetro: 13.0 mm. (trece milímetros).
    b) Ley: 0.999 (novecientos noventa y nueve milésimos) mínimo de oro.
    c) Peso: 1.555 g. (un gramo quinientos cincuenta y cinco miligramos).
    d) Contenido: 1/20 (un vigésimo) de onza troy de oro puro.
    e) Tolerancia en ley: 0.001 (un milésimo) en más.
    f) Tolerancia en peso: Por unidad, 0.018 g. (dieciocho miligramos); por conjunto de mil piezas, 1/2 g. (medio gramo); ambas en más o en menos.
    g) Canto: Estriado.
    h) Cuños:
    Anverso: Al centro, el Escudo Nacional en relieve escultórico con la leyenda en el exergo "ESTADOS UNIDOS MEXICANOS". El marco liso.
    Reverso: Una escena que muestra un grabado que representa a un azteca que utiliza una mufla y un soplete para fundir oro. En el contorno del marco superior, la leyenda "TEOCUITLATL"; en el campo superior derecho, la leyenda "1/20 DE ONZA ORO PURO"; en el campo superior izquierdo el símbolo de la Casa de Moneda de México; en el exergo, paralelo al marco, el año de acuñación y la leyenda "LEY 0.9999". El marco liso.
    ARTICULO SEGUNDO.- Se modifica el artículo Unico del Decreto por el que se fijan las características de las monedas de plata previstas en el artículo 2 bis de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 1981, y reformado mediante diverso publicado en el mencionado Diario el 22 de mayo de 1996, para quedar como sigue:

    ARTICULO ÚNICO.- ...

    I.- ...

    Incisos a) a f) ...

    Cuños:

    Anverso: Al centro el Escudo Nacional en relieve escultórico circundado con la leyenda "ESTADOS UNIDOS MEXICANOS". Rodeando a éste y siguiendo el contorno del marco, la reproducción de diferentes escudos utilizados a través de la historia de nuestro país, así como del águila que se encuentra en la parte central de la primera página del Códice Mendocino. El marco liso.

    .....
    ......

    ARTICULO TERCERO.- Se modifica el artículo Unico del Decreto que fija las características de las monedas de oro previstas en el artículo 2 bis de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de enero de 1981, reformado mediante diversos publicados en el mencionado Diario los días 5 de enero de 1990 y 22 de mayo de 1996, para quedar como sigue:

    ARTICULO UNICO.- ...

    I. ....

    Incisos a) a f) ...

    Cuños:

    Anverso: Al centro el Escudo Nacional en relieve escultórico circundado con la leyenda "ESTADOS UNIDOS MEXICANOS". Rodeando a éste y siguiendo el contorno del marco, la reproducción de diferentes escudos utilizados a través de la historia de nuestro país, así como del águila que se encuentra en la parte central de la primera página del Códice Mendocino. El marco liso.

    ....
    ....

    II.- ....

    III.- ....

    TRANSITORIO

    UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Reitero a ustedes, ciudadanos Secretarios, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

    Palacio Nacional, a 25 de marzo de 1999.
    Sufragio Efectivo. No Reelección

    El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos
    Ernesto Zedillo Ponce de León (rúbrica)
     

    POR EL QUE SE CREA UNA MONEDA DE PLATA CONMEMORATIVA DEL CENTENARIO DE LA HEROICA ESCUELA NAVAL MILITAR, ASI COMO UNA DE ORO Y OTRA DE PLATA PARA CONMEMORAR EL QUINCUAGESIMO ANIVERSARIO DE LA UNICEF

    Ciudadanos Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
    PRESENTES

    La Armada de México es una institución militar nacional de carácter permanente, cuya misión es emplear el poder naval militar de la Federación para la seguridad interior y defensa exterior del país, destacando entre sus atribuciones y actividades, la de cooperar en el mantenimiento del orden constitucional del Estado Mexicano, ejercer la jurisdicción naval militar en nombre de la Federación, proteger el tráfico marítimo, fluvial y lacustre, realizar operaciones de rescate y salvamento en el mar, desempeñar funciones de guardia costera y servicios de policía marítima y seguridad portuaria, prestar auxilio a la población civil en casos y en zonas de desastre, así como administrar y fomentar la educación naval militar en el país a través de los establecimientos de educación naval.

    Para la realización de sus atribuciones y actividades, en particular para la impartición de la educación naval, el 1 de julio de 1897 se fundó la Heroica Escuela Naval Militar, la cual tiene el alto encargo de formar y adiestrar oficiales, cadetes, contramaestres y marinos de la Armada de nuestro país.

    Con motivo de la celebración del Centenario de la Heroica Escuela Naval Militar, cuya notable labor ha infundido en quienes han cruzado por sus aulas el amor a la patria y la defensa de nuestra soberanía, se propone la acuñación de una moneda de plata conmemorativa de dicho aniversario, la cual mostraría en su reverso al buque escuela "Cuauhtémoc", cuyo uso en la instrucción y preparación de los alumnos de esa institución educativa, representa la vocación de servicio a la Nación a la cual el personal de la Armada de México siempre se ha comprometido.

    Por otra parte, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) desempeña un papel de suma importancia en el mejoramiento del nivel de vida de los niños en el mundo y en México. Entre sus principales objetivos destaca el proveer servicios enfocados al cuidado de la salud, la nutrición, la educación básica, el agua potable y la salubridad, actividades que realiza en más de 140 países en vías de desarrollo.

    Con motivo de la celebración de su quincuagésimo aniversario, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia ha invitado a los países con mayor tradición y prestigio en materia de acuñación de moneda, entre ellos a México, a conmemorar dicho acontecimiento con la acuñación de monedas, en el contexto del programa denominado "Colección de Monedas: Niños del Mundo UNICEF". Nuestro país ha participado anteriormente en la conmemoración de eventos similares, como la Convención sobre los Derechos del Niño.

    Considerando la oportunidad de que México continúe difundiendo al mundo diversos aspectos de nuestra cultura, se propone que nuestro país participe con la emisión de dos monedas que representen a nuestra niñez: en la primera de las piezas, acuñada en oro, se mostraría un niño vestido a la usanza charra, que ejecuta el ejercicio de exhibición de floreo de cuerda a pie; y en la segunda, acuñada en plata, se mostraría a un niño y una niña jugando con un papalote.

    Finalmente, debido a la tradicional calidad de acuñación de monedas mexicanas que se colocan en mercados mundiales, así como a las expectativas que brinda el mercado para la colocación de estas nuevas monedas, el Ejecutivo a mi cargo propone emitir las monedas que conmemoren los eventos señalados. Además, dichas emisiones permitirían obtener un beneficio económico para el Erario Federal.

    Por lo antes expuesto, y con fundamento en el artículo 71, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Honorable Congreso de la Unión, por el digno conducto de ustedes, ciudadanos Secretarios, la siguiente iniciativa de

    DECRETO

    ARTICULO PRIMERO.- Se establecen las características de la moneda de plata conmemorativa del Centenario de la Heroica Escuela Naval Militar, de conformidad con el inciso c) del artículo 2 de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, las cuales serán:

    a) Valor nominal: Cinco pesos.
    b) Diámetro: 34.0 mm. (treinta y cuatro milímetros).
    c) Ley: 0.925 (novecientos veinticinco milésimos) de plata.
    d) Metal de liga: 0.075 (setenta y cinco milésimos) de cobre.
    e) Peso: 20.0 g. (veinte gramos).
    f) Contenido: 18.500 g. (dieciocho gramos quinientos miligramos) de plata pura.
    g) Tolerancia en ley: 0.003 (tres milésimos) en más.
    h) Tolerancia en peso: Por unidad: 0.160 g. (ciento sesenta miligramos); por conjunto de mil piezas 5.060 g. (cinco gramos sesenta miligramos); ambas en más o en menos.
    i) Canto: Estriado.
    j) Cuños:
    Anverso: Al centro, el Escudo Nacional en relieve escultórico con la leyenda en el exergo "ESTADOS UNIDOS MEXICANOS". El marco liso.
    Reverso: Una escena que muestra al buque escuela Cuauhtémoc, sobre las olas del mar. En el campo izquierdo el contorno del continente americano y parte del euroasiáticoafricano. En el campo superior, siguiendo el contorno del marco, las leyendas "Buque Escuela Cuauhtémoc" y "Centenario de la H. Escuela Naval Militar"; abajo de éstas, ligeramente desfasado del centro hacia la izquierda, el signo de pesos "$" seguido del número "5" y abajo de éstos, el año de acuñación; en el campo derecho el símbolo de la Casa de Moneda de México. El marco liso.
    ARTICULO SEGUNDO.- Se establecen las características de la moneda de oro conmemorativa del Quincuagésimo Aniversario del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), de conformidad con el inciso c) del artículo 2 de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, las cuales serán: a) Valor nominal: Veinte pesos.
    b) Diámetro: 22.0 mm. (veintidós milímetros).
    c) Ley: 0.999 (novecientos noventa y nueve milésimos) mínimo de oro. d) Peso: 6.221 g. (seis gramos doscientos veintiún miligramos).
    e) Contenido: 1/5 (un quinto) de onza troy de oro puro.
    f) Tolerancia en ley: 0.001 (un milésimo) en más.
    g) Tolerancia en peso: Por unidad, 0.018 g. (dieciocho miligramos); por conjunto de mil piezas, 0.400 g. (cuatrocientos miligramos); ambas en más o menos.
    h) Canto: Estriado.
    i) Cuños:
    Anverso: Al centro, el Escudo Nacional en relieve escultórico con la leyenda en el exergo "ESTADOS UNIDOS MEXICANOS". El marco liso.
    Reverso: Una escena que muestra un niño vestido a la usanza charra dentro de un lienzo, ejecutando el ejercicio de floreo de cuerda a pie. En el campo al centro, paralelo al marco, la leyenda "PARA LOS NIÑOS DEL MUNDO"; en el campo izquierdo el signo de pesos "$" seguido del número 709; en el campo derecho el símbolo oficial de la UNICEF; en el exergo el año de acuñación y arriba a la izquierda, el símbolo de la Casa de Moneda de México. El marco liso.
    ARTICUL0 TERCERO.- Se establecen las características de la moneda de plata conmemorativa del Quincuagésimo Aniversario del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), de conformidad con el inciso c) del artículo 2 de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, las cuales serán: a) Valor nominal: Cinco pesos.
    b) Diámetro: 40.0 mm. (cuarenta milímetros).
    c) Ley: 0.999 (novecientos noventa y nueve milésimos) mínimo de plata.
    d) Peso: 31.103 g. (treinta y un gramos, ciento tres miligramos).
    e) Contenido: 1 (una) onza troy de plata pura.
    f) Tolerancia en ley: 0.001 (un milésimo) en más.
    g) Tolerancia en peso: Por unidad, 0.175 g. (ciento setenta y cinco miligramos); por conjunto de mil piezas, 1 g. (un gramo); ambas en más o en menos.
    h) Canto: Estriado.
    I) Cuños:
    Anverso: Al centro, el Escudo Nacional en relieve escultórico con la leyenda en el exergo "ESTADOS UNIDOS MEXICANOS". El marco liso.
    Reverso: Una escena que muestra un niño y una niña sujetando el hilo de un papalote; en el fondo se aprecian montañas; en el campo superior al centro, paralelo al marco, la leyenda "PARA LOS NIÑOS DEL MUNDO"; bajo ésta al centro el símbolo oficial de la UNICEF; en el campo superior izquierdo el signo de pesos "$" seguido del número "5" y abajo en el campo inferior izquierdo el símbolo de la Casa de Moneda de México; en el exergo el año de acuñación. El marco liso.
    TRANSITORIO

    UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Reitero a ustedes, ciudadanos Secretarios, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

    Palacio Nacional, a 25 de marzo de 1999.
    Sufragio Efectivo. No Reelección

    El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos
    Ernesto Zedillo Ponce de León (rúbrica)
     
     

    QUE ADICIONA LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, PARA REGULAR LAS ACTUACIONES DEL JUEZ FEDERAL DE VIGILANCIA PENITENCIARIA, A CARGO DEL C. DIP. CONSTANCIO RIOS SANCHEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCION NACIONAL

    Los suscritos diputados de la LVII legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta H. Cámara de Diputados la presente iniciativa que adiciona la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, a fin de adecuar el Sistema Penitenciario Nacional a la realidad social, en el marco del respeto a las garantías individuales y los derechos fundamentales del hombre, fortaleciendo la función judicial en congruencia con su potencialidad de persecución y alcance de los más altos valores del derecho, bajo la siguiente:

    Exposición de motivos

    En la actualidad resulta imperioso luchar por que la división de poderes que establece nuestro máximo ordenamiento sea respetada irrestrictamente en todos los órdenes, es el caso de la ejecución de las sentencias penales, que en la actualidad son ejecutadas y supervisadas por órganos del poder ejecutivo, situación que resulta opuesta a la meta del verdadero Estado de Derecho al que los mexicanos aspiramos.

    Está demostrado que la función judicial, en los países donde se practica la democracia es garante del Estado de Derecho en materia penal y por lo tanto guardián de los derechos fundamentales del ser humano, legitimando así al propio Estado Democrático.

    Es notoria la falta de legalidad en la que actualmente se encuentra nuestro sistema penitenciario, ya que las personas en él recluidas se encuentran en indefensión ante el Estado y con nula seguridad jurídica respecto de su situación sean sentenciados o procesados, por tanto debe dotárseles del marco orgánico que permita un adecuado control jurisdiccional.

    Estamos conscientes que los individuos privados de la libertad son sujetos y no objetos de derecho debiéndoseles respetar un correcto acceso a la jurisdicción del que actualmente no gozan y en gran medida por que es la autoridad administrativa quien se las niega.

    El artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ordena que "La imposición de las penas es propia y exclusiva de la autoridad judicial" y dado que en la práctica los órganos administrativos pueden en la actualidad variar la sentencia impuesta por la jurisdicción, estamos convencidos de la inconstitucionalidad de dicha actuación.

    De igual manera como hemos expuesto se viola el artículo 17 de nuestra Carta Magna numeral que señala que las leyes federales y locales establecerán los medios necesarios para que se garantice la independencia de los tribunales y la plena ejecución de sus resoluciones; la presente iniciativa, en conjunto, con la relativa reforma a la ley que establece las normas mínimas para la readaptación social de sentenciados derivadas ambas de una reforma al artículo 18 constitucional, pretende adicionar la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación a efecto de incorporar a dicho ordenamiento la figura del Juez Federal de Vigilancia Penitenciaria, el cual será competente para conocer y resolver las controversias que se susciten con motivo de la ejecución de penas privativas de la libertad, trabajo a favor de la comunidad, beneficios consistentes en la remisión parcial de la pena y lo relativo a las medidas de seguridad, en donde actualmente la autoridad administrativa goza de amplias facultades que deben ser sometidas a medios de control y revisión jurisdiccional.

    Los jueces federales de vigilancia penitenciaria resolverán sobre las materias relativas a la reducción de la pena, impugnaciones respecto a faltas graves que hubiesen cometido los internos, la adecuación de las penas en los casos previstos por el artículo 56 del Código Penal Federal. Igualmente conocerán de los casos de modificación de las modalidades de la ejecución de la sanción impuesta; modificación o conclusión de las medidas de seguridad aplicadas a inimputables; modificación y revocación de las penas sustitutivas de prisión, resolución de peticiones de traslado de internos a otras instituciones penitenciarias; y las controversias que se presenten por excarcelación temporal de los sentenciados por motivos médicos o humanitarios. Los jueces de distrito y los tribunales colegiados en materia penal seguirán conociendo de toda materia no reservada al juez federal de vigilancia penitenciaria.

    La finalidad es pues, que el poder judicial federal resuelva de materias que hasta hoy han sido objeto de discrecionalidad administrativa y han generado ineficiencia, corrupción y constantes violaciones a los derechos humanos de los internos, con un espíritu de legalidad, respeto a la división de poderes y combate a las sistemáticas violaciones de las más esenciales prerrogativas del ser humano.

    Por las consideraciones expuestas, y en ejercicio de sus facultades los suscritos diputados de la Nación de la LVII Legislatura del Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, sometemos a esta Honorable Cámara la siguiente:

    Iniciativa de Decreto por el que se adiciona la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación

    ARTICULO PRIMERO.- Se adiciona una fracción al artículo primero de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación para quedar de la siguiente manera:

    Artículo 1.- El Poder Judicial de la Federación se ejerce por:

    I.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación;
    II.- El Tribunal Electoral;
    III.- Los Tribunales Colegiados de Circuito;
    IV.- Los Tribunales Unitarios de Circuito;
    V.- Los Juzgados de Distrito;

    VI.- Los Jueces Federales de Vigilancia Penitenciaria;

    VII.- E1 Consejo de la Judicatura Federal;
    VIII.- E1 Jurado Federal de Ciudadanos, y
    IX.- Los tribunales de los estados y el Distrito Federal en los casos previstos por el artículo 107, fracción XII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los demás en que, por disposición de la ley deban actuar en auxilio de la Justicia Federal.

    ARTICULO SEGUNDO.- Se adiciona un inciso a la fracción primera del artículo 37, para quedar como sigue:

    Artículo 37.- Con las salvedades a que se refieren los artículos 10 y 21 de esta ley, son competentes los tribunales de circuito para conocer:

    I. de los juicios de amparo directo contra sentencias definitivas, laudos o contra resoluciones que pongan fin a juicio por violaciones cometidas en ellas o durante la secuela del procedimiento, cuando se trate:

    a) ....
    ......

    e) En materia penitenciaria, de los recursos de apelación y denegada apelación que se interpongan en contra de las resoluciones dictadas por los jueces federales de vigilancia penitenciaria, de las excusas y recusaciones de los jueces de los mismos y de los demás asuntos que determinen las leyes.

    ARTICULO TERCERO.- Se adiciona una fracción cuarta al artículo 50 para quedar redactado de la siguiente forma:

    Artículo 50.- Los jueces federales penales conocerán:

    I. De los delitos del orden federal.

    II. ...

    III. ...

    IV. Tratándose de ejecución de sentencias penales, conocerán de las controversias que se generen con motivo del cumplimiento de las sanciones, cuya ejecución esté a su cargo.

    ARTICULO CUARTO.- Se adiciona un título a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para quedar como sigue:

    Titulo Quinto
    De los Jueces Federales de Vigilancia Penitenciaria

    Artículo 56.- Los jueces federales de vigilancia penitenciaria serán competentes para conocer de:

    I. Individualizar las penas privativas de la libertad en su fase de ejecución, mediante la aplicación de las normas relativas a la reducción de la pena, de acuerdo con lo establecido en la ley que establece las normas mínimas sobre readaptación social de sentenciados;

    II. Adecuar las penas en los casos previstos por el artículo 56 del Código Penal federal, cuando en virtud de una reforma legislativa se modifica la penalidad;

    III. Resolver, en los casos del artículo 75 del Código penal, sobre la modificación de las modalidades de la ejecución de la sanción impuesta, cuando haya incompatibilidad entre esas modalidades y la edad, sexo, salud o constitución física del sentenciado;

    IV. Resolver las cuestiones que surjan con motivo de la concurrencia de sentencias en contra de una misma persona.

    V. Decretar la modificación o conclusión de las medidas de seguridad aplicadas a personas inimputables, así como resolver lo relativo a la custodia de estas últimas por su familia o por la autoridad sanitaria, y conocer de otras controversias que se generen entre la autoridad y los particulares con motivo de la aplicación de las medidas de seguridad;

    VI. Decidir las cuestiones relacionadas con la modificación, suspensión temporal y revocación de las medidas sustitutivas de la pena de prisión, así como todas las controversias que surjan con motivo de su ejecución, y los demás incidentes que deban sustanciarse con motivo de la ejecución de las penas y medidas de seguridad;

    VII. Declarar la extinción de la pena de prisión y de trabajo a favor de la comunidad, así como de las medidas de seguridad cuando se hubieren cumplido;

    VIII. Conocer de los recursos interpuestos en contra de sanciones administrativas interpuestas por las autoridades penitenciarias por faltas calificadas como graves conforme a la ley que establece las normas mínimas sobre readaptación social de sentenciados;

    IX. Conocer del procedimiento de impugnación contra las determinaciones del director y de los consejos técnicos de los centros penitenciarios;

    X. Resolver los recursos de denegación de los procedimientos administrativos que se hayan interpuesto ante las autoridades penitenciarias;

    XI. Resolver las inconformidades interpuestas por los internos de los centros penitenciarios contra las determinaciones de la Dirección dependiente de la Secretaría de Gobernación;

    XII. Imponer las sanciones previstas en la Ley que establece las normas mínimas sobre la readaptación social de sentenciados.

    Transitorios

    PRIMERO.- E1 presente decreto entrara en vigor al día siguiente de publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones contrarias al presente decreto.
     
     

    DE ADICIONES A LA LEY DE DEFENSORIA DE OFICIO EN EL FUERO FEDERAL, A CARGO DEL C. DIP. CARLOS IÑIGUEZ CERVANTES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCION NACIONAL.

    Los suscritos diputados de la LVII legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta H. Cámara de Diputados la presente iniciativa que adiciona la Ley Federal de Defensoría Pública, a fin de adecuar el Sistema Penitenciario Nacional a la realidad social, en el marco del respeto a las garantías individuales y los derechos fundamentales del hombre, fortaleciendo la función judicial en congruencia con su potencialidad de persecución y alcance de los mas altos valores del derecho, bajo la siguiente:

    Exposición de motivos

    Al crearse la figura del Juez Federal de vigilancia penitenciaria se requiere ampliar las facultades de la defensoría publica federal a la materia penitenciaria, con la finalidad de que los representantes de esta noble institución puedan asesorar, patrocinar y representar a los individuos que están siendo sujetos de la aplicación de sanciones penales por los órganos jurisdiccionales y administrativos en materia penitenciaria.

    Creemos necesaria la presente reforma, para que se dé una correcta aplicación del marco constitucional y legal en esta materia, para que exista eficiencia y justicia en la aplicación de la sanción penal impuesta por el juez de la causa así se haga vigente la seguridad jurídica, igualmente pretende garantizar una adecuada defensa a quienes hasta hoy desgraciadamente son considerados como personas sin estos derechos.

    El interno sólo ha sido privado de la libertad, por lo tanto debe respetársele la garantía contenida en el artículo 20 fracción X de nuestra Carta Máxima que consagra el derecho subjetivo de una adecuada defensa. Así el Estado esta obligado a respetarlo y asegurar su vigencia sin distingos en función de la condición jurídica del sujeto.

    Los defensores públicos federales para el mejor desempeño de sus nuevas funciones, deberán contar con espacios junto al local destinado a los jueces federales de vigilancia penitenciaria y podrán realizar visitas a los centros penitenciarios sin previo aviso a la autoridad administrativa.

    Por las consideraciones expuestas, y en ejercicio de sus facultades los suscritos Diputados de la Nación de la LVII Legislatura del Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, sometemos a esta Honorable Cámara la siguiente:

    Iniciativa de Decreto por el que se adiciona la Ley Federal de Defensoría Pública

    ARTICULO UNICO.- Se adiciona un artículo 6 bis para quedar de la siguiente manera:

    Artículo 6 bis.- Son obligaciones de los defensores públicos adscritos a los tribunales federales de vigilancia penitenciaria:

    I. Recibir todo tipo de escritos y peticiones de asesoría de los internos que se encuentran en los centros de reclusión y en los centros de asistencia psiquátrica, así como de sus familiares;

    II. Interponer los recursos de apelación, denegada apelación y los demás que procedan en contra de los autos de los jueces federales de vigilancia penitenciaria;

    III. Prestar el servicio de asesoría y orientación jurídica a todo aquel interno de los centros penitenciarios que lo solicite y no sea sujeto del servicio de defensoría;

    IV. En los asuntos penitenciarios, los defensores públicos proporcionarán sus servicios, en los términos de la normatividad aplicable, a todas aquellas que por virtud de la ley, deban comparecer ante los tribunales federales de vigilancia penitenciaria, ante el consejo técnico o el director del centro y demás autoridades penitenciarias de acuerdo a la Ley que establece las normas mínimas sobre readaptación social de sentenciados.

    Transitorios

    PRIMERO.- E1 presente decreto entrara en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones contrarias al presente decreto.
     

    LA CAMARA DE SENADORES REMITE INICIATIVA DE REFORMAS A DIVERSOS ARTICULOS DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION, DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, PRESENTADA POR EL C. SEN. ARTURO NAVA BOLAÑOS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCION NACIONAL

    Arturo Nava Bolaños, Senador de la República y los suscritos Legisladores a la LVII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por lo dispuesto en la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del H. Congreso de la Unión la Iniciativa con Proyecto de Decreto que modifica al Código Fiscal de la Federación, a la Ley del Impuesto sobre la Renta y la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Con fundamento en lo dispuesto por el inciso h del artículo 72 de la Constitución Política, solicitamos que la presente iniciativa sea turnada a las comisiones correspondientes de la H. Cámara de Diputados, para efecto de que sea despachada en el presente periodo de sesiones ordinarias del Congreso. La iniciativa se fundamenta en la siguiente:

    Exposición de motivos

    La considerable pérdida en los ingresos públicos generada por la caída en los precios internacionales del petróleo pone en evidencia el gran rezago institucional del sistema fiscal mexicano y la vulnerabilidad de las finanzas públicas.

    Para enfrentar esta situación, el Ejecutivo propuso, como parte del paquete económico para 1999, una serie de reformas en materia fiscal que, según expresó, tenían por objeto enfrentar la situación de emergencia propiciada por la merma en los ingresos petroleros. Cabe destacar que dicha propuesta fue presentada al Congreso de la Unión tan solo 48 días antes de que terminara el año, y estaba lejos de reflejar consensos con otras fuerzas políticas, sectores académicos y productivos de la sociedad. Incluso el Ejecutivo reconoció que no se trataba de la prometida Reforma Fiscal Integral y sostuvo que muchas de las modificaciones propuestas serían temporales.

    Así, a poco más de dos meses de la entrada en vigor de las nuevas disposiciones en materia fiscal, el justo y legítimo reclamo de diversos órganos de representación del sector productivo del país, ha sido insistente y fundamentado, principalmente en tres argumentos: Primero, las medidas instrumentadas por la Secretaría de Hacienda son insuficientes para incorporar a los más de 15 millones de personas que operan en la informalidad, con lo cual no se está cumpliendo con el principio básico de justicia tributaria; segundo, algunas de las medidas tributarias privilegian la recaudación en el corto plazo y son inhibidoras de la inversión, el crecimiento económico y la creación de empleos, lo cual genera a su vez incertidumbre en el cumplimiento de las expectativas recaudatorias, y tercero, con las nuevas disposiciones, las autoridades fiscales dan señales de poca voluntad para promover la eficiencia administrativa, ya que no existe una sustancial reducción de trámites para el contribuyente.

    Las disposiciones que han sido mas combatidas por el sector empresarial porque desalientan la renovación de maquinaria y equipo han sido sin lugar a dudas la eliminación de la deducción inmediata de inversiones y la reducción de la consolidación fiscal para las empresas tenedoras de acciones. Como estos cambios fiscales son trascendentes y seguramente tienen impacto recaudatorio consideramos conveniente proponer sean agendados, para su discusión, en la reforma fiscal.

    Sin embargo queremos abordar varias medidas que tienen poco o neutro efecto recaudatorio y que sin embargo han causado irritación justificada de las agrupaciones empresariales y de profesionistas a todo lo largo del país y que no pueden esperar a que concluya el proceso de consulta y legislación de la Reforma Fiscal Integral.

    Entre las medidas fiscales que mayor molestia han generado, se encuentran las reformas que se aprobaron al artículo 22 del Código Fiscal de la Federación. Estas modificaciones imponen una obligación adicional sobre aquellos contribuyentes que reporten un saldo a favor y soliciten devolución de impuestos a la Secretaría de Hacienda. A partir de este año, estos contribuyentes están obligados a hacer y mantener un depósito bancario en favor de la Secretaría de Hacienda, por un monto equivalente a la devolución solicitada, durante un período de seis meses.

    El jueves 12 de marzo el grupo parlamentario de diputados de Acción Nacional presentó dos iniciativas importantes entre las cuales destaca la reforma al artículo 22 del Código Fiscal de la Federación para que se elimine la obligación que se menciona.

    De mantenerse los cambios que se originaron con las reformas aprobadas en diciembre pasado, que modificaron los artículos 29 fracción I de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y el artículo 108 penúltimo párrafo de la Ley Aduanera, el sector exportador tendrá que erogar una tasa del 15 por ciento en el IVA sobre los insumos que adquiera de empresas nacionales y deberá asumir un costo financiero durante los seis meses que la Secretaría de Hacienda mantenga en su poder la garantía de devolución de saldos acreditables. En consecuencia, las pequeñas y medianas empresas proveedoras de la industria exportadora perderán competitividad frente a los proveedores extranjeros y se debilitará la incipiente integración de las cadenas productivas nacionales.

    Otras modificaciones que han generado descontento, son las relativas a la retención del Impuesto al Valor Agregado, en la modificación al artículo 1-A fracción II, cuyo resultado es una reducción de liquidez para arrendadores, profesionistas y comerciantes de desperdicios industriales. Reconocemos la preocupación de las autoridades que pretenden evitar la evasión en esos casos y a pesar de que la autoridad rectificó parcialmente la medida con la resolución miscelánea del 18 de marzo, que reduce del 15 al 10 por ciento la tasa de retención, es imperioso reducir el impacto de esta disposición para los contribuyentes cumplidos y a la vez mantener las medidas que ayudarían a disminuir la evasión. Sometemos a su consideración, realizar modificaciones en el artículo 23 del Código Fiscal de la Federación. Actualmente, en el mismo artículo, únicamente se faculta a los contribuyentes a compensar cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligados a pagar por contribuciones del mismo tipo. En otros casos el mismo artículo prevé que puedan compensar los saldos a favor de contribuciones de diverso origen: a) las empresas que hayan sido dictaminadas, b) por autorización discrecional de la autoridad si el contribuyente lo solicita, c) motu propio de la Secretaría de Hacienda, con el fin de liquidar adeudos de algún contribuyente. La reforma que proponemos a esta Soberanía permitirá, de ser aprobada, que todos los contribuyentes, obligados a pagar mediante declaración, puedan optar por compensar las cantidades que tengan a su favor por concepto del Impuesto al Valor Agregado contra el Impuesto sobre la Renta, en los pagos provisionales y en la declaración anual.

    En el artículo 46, último párrafo se facultó a la Secretaría de Hacienda para volver a revisar en forma ilimitada las mismas contribuciones de un mismo ejercicio, lo cual es atentatorio al principio de seguridad jurídica, consagrado en el artículo 16 Constitucional, toda vez que se le otorgan facultades en exceso a la autoridad quien de manera ilegal podría fincar liquidaciones al contribuyente sobre contribuciones y ejercicios ya auditados y liquidados. Cito el texto: "Concluida la visita en el domicilio fiscal, para iniciar otra a la misma persona, se requerirá nueva orden, inclusive cuando las facultades de comprobación sean para el mismo ejercicio y por las mismas contribuciones" Para evitar la posibilidad de que los funcionarios puedan ilegalmente revisar en forma ilimitada proponemos la reforma al último párrafo para quedar como sigue: "Una vez terminada la auditoría y levantada el acta final, las autoridades fiscales no podrán ordenar nueva revisión para el mismo ejercicio y la misma contribución". De manera consistente proponemos reformar la fracción IV del mismo artículo 46.

    Otra problemática que enfrentan los pequeños empresarios es la falta de liquidez que los orilla a diferir u omitir obligaciones fiscales, por lo cual proponemos ampliar a los contribuyentes, pequeñas y medianas empresas la facilidad que ya existe para las personas físicas, otorgada a través de una resolución miscelánea, de cumplir con sus obligaciones, difiriendo hasta en 6 mensualidades el pago del Impuesto sobre la Renta, sin necesidad de autorización y pagando los intereses correspondientes. Los contribuyentes usarán este recurso como última instancia ya que la actualización inflacionaria y las elevadas tasas de interés no lo hacen atractivo como herramienta financiera; también ahorrarán tiempo y costo ya que la medida propuesta exime de la necesidad de garantizar el interés fiscal.

    Proponemos con la nueva redacción del artículo 64, que los pequeños empresarios con ingresos hasta de 4.8 millones de unidades de inversión puedan acceder a este beneficio. Creemos que lejos de disminuir la recaudación la Secretaría podrá incrementarla, ya que es mejor un contribuyente a plazos que un evasor al contado. La Secretaría de Hacienda no tendría perjuicio financiero ya que cobraría a los contribuyentes tasa real del 24 por ciento anual y pagaría a los mercados la tasa de certificados de la Tesorería, que al mes de marzo se ubica en 8 por ciento real.

    Ha causado irritación en los contribuyentes la elevada penalidad de los delitos fiscales calificados, que se consideran excesivos ya que estarían en el mismo rango de delitos como lenocinio, corrupción de menores, violación y homicidio en riña, y por la falta de simetría con las conductas de los funcionarios públicos que incurren en tráfico de influencias. Por esta razón, estamos proponiendo la derogación del inciso e del artículo 108 del Código Fiscal de la Federación, que considera como delito calificado, la omisión de contribuciones retenidas. Nuestra apreciación es que únicamente en los supuestos de evidente maquinación o asociación delictuosa sería procedente tal calificación, no como está actualmente que considera "omitir contribuciones retenidas o recaudadas" suficiente para incrementar hasta el 50 por ciento la sanción, aún cuando el "engaño y aprovechamiento de errores" ya está contemplado en el mismo artículo 108, como delito de defraudación fiscal.

    Hemos recibido opiniones del sector de la construcción en el sentido de que las disposiciones actuales, la adición del artículo 32 D del Código en comento, impiden al Sector Público contratar los servicios de empresas que tengan adeudos fiscales, que en muchos casos son ocasionados por la falta de pago de los avances de obra por parte de las tesorerías de las dependencias federales, por lo que proponemos se adicione un segundo párrafo a la fracción I del artículo 16 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de tal modo que los proveedores del Sector Público tengan la opción de registrar sus ingresos hasta el momento en que efectivamente reciban el pago del servicio prestado. Estamos proponiendo reformar los artículos 11 y 17 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para hacerla consistente con este propósito. De ser aprobada esta reforma se beneficiará a un sector intensivo en mano de obra.

    Por decreto presidencial del 19 de marzo pasado se exentaron a las empresas con ingresos hasta de 12 millones de pesos del pago del Impuesto al Activo, este hecho constituye la rectificación de una medida perjudicial, sin embargo nos parece un paliativo y se mantiene un impuesto que según las propias autoridades hacendarias no tiene propósito recaudador, sino más bien fiscalizador, principalmente dirigido hacia las grandes empresas exportadoras, para evitar facturen a precios inferiores al costo y transfieran utilidades al extranjero. Insistimos en que debe derogarse este impuesto y buscarse alternativas como podrían ser los precios de transferencia mínimos para bienes exportables. De mantenerse el impuesto se desalentarán las inversiones inmobiliarias y turísticas. Nuestro grupo parlamentario en la Cámara de Diputados ha presentado iniciativa para su derogación.

    En tanto no se logra la tan anhelada y diferida Reforma Fiscal Integral, este conjunto de medidas está enfocadas a dar un marco tributario transitorio menos inequitativo para el sector de pequeñas y medianas empresas que abarca casi el 80 por ciento del empleo formal y fortalece la seguridad jurídica para el contribuyente. No se justifica la salud de las finanzas del gobierno federal a costa del deterioro de la planta productiva.

    Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a la consideración del Honorable Congreso de la Unión, la siguiente:

    Iniciativa de Decreto que modifica diversos artículos del Código Fiscal de la Federación, Ley del Impuesto sobre la Renta, y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado

    ARTICULO PRIMERO.- Se reforma el primer y segundo párrafos del artículo 23; la fracción IV y el último párrafo del artículo 46; y el artículo 64; se adiciona un tercer párrafo al artículo 23 recorriéndose los actuales párrafos tercero a sexto en su orden, pasando a ser cuarto, quinto, sexto y séptimo párrafos; y se deroga el inciso e) del quinto párrafo del artículo 108, todos del Código Fiscal de la Federación, para quedar como sigue:

    Artículo 23.- Los contribuyentes obligados a pagar mediante declaración podrán optar por compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligados a pagar por adeudo propio o por retención a terceros, en los pagos provisionales y en las declaraciones anuales del Impuesto Sobre la Renta y el Impuesto al Valor Agregado del ejercicio a su cargo, incluyendo sus accesorios. Al efecto bastará que efectúen la compensación de dichas cantidades actualizadas, conforme a lo previsto en el artículo 17-A de este Código, desde el mes en que se realizó el pago de lo indebido o se presentó la declaración que contenga el saldo a favor, hasta aquél en que la compensación se realice, presentando para ello el aviso de compensación correspondiente, dentro de los cinco días siguientes a aquél en que la misma se haya efectuado.

    Tratándose de contribuyentes que dictaminen sus estados financieros en los términos de este Código, aquéllos podrán compensar, en los pagos provisionales y en la declaración anual, cualquier impuesto federal a su favor contra el impuesto sobre la renta del ejercicio a su cargo y el impuesto al valor agregado del ejercicio a su cargo, excepto el causado por operaciones de comercio exterior.

    Para compensar saldos a favor de ejercicios anteriores, tendrá el contribuyente la obligación de solicitar autorización a la autoridad fiscal, la cual deberá contestar en un término de 20 días hábiles a la fecha de su presentación. Si transcurrido este término la autoridad no contesta, se tendrán por procedentes.

    .....
    .....
    .....

    Artículo 46.- ....

    I a III ....

    IV. Con las mismas formalidades a que se refieren las fracciones anteriores, se podrán levantar actas parciales o complementarias en las que se hagan constar hechos, omisiones o circunstancias de carácter concreto, de los que se tenga conocimiento en el desarrollo de una visita.

    V. a VII. ....

    Una vez concluida la auditoría y levantada el acta final, la autoridad no podrá ordenar nueva revisión para el mismo ejercicio y la misma contribución.

    Artículo 64.- Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta, personas físicas o morales, que perciban ingresos anuales inferiores a 4.8 millones de unidades de inversión, podrán optar por pagar hasta en seis parcialidades mensuales, sin necesidad de garantizar el interés fiscal y sin necesidad de autorización, siempre que hayan presentado su declaración en el plazo establecido, sujetándose a los términos del artículo 17-A de este Código y pagando los intereses correspondientes, de conformidad con la tasa establecida en la ley.

    Artículo108.- ....

    ......
    ......
    ......
    .......
    ......

    a) a d). ....

    e) (se deroga)

    .....
    .....
    ......

    ARTICULO SEGUNDO.- Se adiciona un segundo párrafo a la fracción I del artículo 16 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y un tercer párrafo al artículo 16-A para quedar como sigue:

    Artículo 16.- ...

    I. ....

    a) a d). ....

    ......

    Los proveedores de bienes y servicios de la Administración Pública, considerarán que obtienen ingresos hasta que estos sean cobrados en efectivo, bienes o servicios."

    II a IV. ....

    ......

    ......

    Artículo 16-A.- ......

    Los contribuyentes que celebren contratos con la Administración Pública de obra inmueble, así como que celebren con ellos otros contratos en los que se obliguen a ejecutar éstas conforme a un plano, diseño o presupuesto, considerarán como acumulables los ingresos hasta que efectivamente los reciban en efectivo, bienes o servicios.

    ARTICULO TERCERO.- Se reforma el primer párrafo del artículo 17, y se adiciona la fracción IV del artículo 11, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

    Artículo 11. - ....

    I a III. .....

    IV. Respecto a las enajenaciones que se efectúen con la Administración Pública éstas se considerarán realizadas hasta que efectivamente se cobren en efectivo, bienes o servicios.

    .....

    Artículo 17.- En la prestación de servicios se tendrá la obligación de pagar el impuesto en el momento en que se cobren o sean exigibles las contraprestaciones a favor de quien los preste o se expida el comprobante que ampare el precio o contraprestación pactada, lo que suceda primero, y sobre el monto de cada una de ellas. Entre dichas contraprestaciones quedan incluidos los anticipos que reciba el prestador de servicios. Tratándose de servicios prestados a la Administración Pública, así como de seguros y fianzas, las contraprestaciones darán lugar al pago del impuesto al valor agregado en el mes en que se paguen.

    .....
    ......
    ......
    ......

    Transitorios

    ARTICULO PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    ARTICULO SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones reglamentarias que se opongan al presente Decreto.

    Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores, a 25 de marzo de 1999.
     
     








    Oficios

    POR EL QUE SE SOLICITA EL PERMISO CONSTITUCIONAL NECESARIO PARA QUE CIUDADANOS PUEDAN ACEPTAR Y USAR LAS CONDECORACIONES QUE LES CONFIEREN GOBIERNOS EXTRANJEROS

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
    PRESENTES

    La Secretaría de Relaciones Exteriores se dirigió a esta de Gobernación, a fin de solicitar se tramite ante el H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción III, apartado C, del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que las personas que se citan, puedan aceptar y usar la condecoración que se menciona:

    Nombre: Gral. Brig. Intdte. DEM Luis Smith Jiménez.
    Condecoración: Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el gobierno de la República de Nicaragua.

    Nombre: Sen. Eloy Cantú Segovia.
    Condecoración: De la Orden Nacional del Mérito, en grado de Comendador, que le confiere el gobierno de la República Francesa.

    Nombre: Min. Sergio Saavedra Meléndez.
    Condecoración: De la Orden al Mérito, en grado de Comendador, que le confiere el gobierno de la República de Chile.

    Nombre: Mtro. José Luis Barros Horcasitas Coordinador de Asesores para Asuntos de Política de Interior y Exterior de la Presidencia de la República.
    Condecoración: De la Orden al Mérito, en grado de Gran Oficial, que le confiere el gobierno de la República Portuguesa.

    Nombre: Cor. AB DEM Ignacio Luquín Pérez.
    Condecoración: De la Orden al Mérito Civil Simón Bolívar, en grado de Comendador, que le confiere el gobierno de la República de Bolivia.

    Nombre: Mtro. José Luis Barros Horcasitas, Coordinador de Asesores para Asuntos de Política Interior y Exterior de la Presidencia de la República.
    Condecoración: De la Orden al Mérito Civil Simón Bolívar, en grado de Comendador, que le confiere el gobierno de la República de Bolivia.

    Nombre: Dip. Julio Faesler Carlisle.
    Condecoración: De la Orden Nacional del Mérito, en grado de Comendador, que le confiere el gobierno de la República Francesa.

    Nombre: Almirante José Ramón Lorenzo Franco, Secretario de Marina.
    Condecoración: De la Orden Nacional del Mérito, en grado de Gran Oficial, que le confiere el gobierno de la República Francesa.

    Nombre: Emb. Ricardo Francisco Galán Méndez.
    Condecoración: De la Orden Nacional del Mérito, en grado de Gran Cruz, que le confiere el gobierno de la República del Paraguay.

    Nombre: Emb. Margarita Diegues y Armas.
    Condecoración: De la Orden al Mérito, en grado de Gran Oficial, que le confiere el gobierno de la República de Chile.

    Nombre: Emb. Francisco del Río y López.
    Condecoración: De la Orden Cóndor de los Andes, en grado de Gran Cruz, que le confiere el gobierno de la República de Bolivia.

    Por lo anterior me permito anexar, cartas de los interesados dirigidas al H. Congreso de la Unión, solicitando el permiso respectivo, copias certificadas de las actas de nacimiento, curriculum vitae y notificación en la que les comunican que les otorgaran la condecoración relativa.

    Agradezco a Uds. su atención a la presente reiterándoles las seguridades de mi consideración distinguida

    Sufragio Efectivo. No Reelección
    México, DF, 19 de marzo de 1999.

    Por acuerdo del C. Secretario
    El director general de Gobierno
    Sergio Orozco Aceves
     
     

    POR EL QUE SE SOLICITA EL PERMISO CONSTITUCIONAL NECESARIO PARA QUE CIUDADANOS PUEDAN PRESTAR SERVICIOS A GOBIERNOS EXTRANJEROS

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
    PRESENTES

    La Secretaría de Relaciones Exteriores se dirigió a esta de Gobernación, a fin de solicitar se tramite ante el H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción II, apartado C, del artículo 37, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que las personas que se citan a continuación, pueda prestar sus servicios al gobierno extranjero que se menciona:

    Nombre: Cesarina Guglielmina Galanti.
    Puesto: Analista de Mercado

    Lugar de trabajo: Instituto Italiano para el Comercio Exterior de la embajada de Italia, en México.
    Nombre: Elías Torres Montalvo.

    Puesto: Mensajero - chofer
    Lugar de trabajo: Consulado General de Chile, en México.

    Nombre: Blanca Adelina Harrinson Echeverría.
    Puesto: Secretaria

    Lugar de trabajo: Consulado General de Chile, en México.
    Nombre: María de los Dolores Montes Moreno.

    Puesto: Secretaria
    Lugar de trabajo: Embajada de Francia, en México.

    Nombre: Alexandra Rossbach Leff.
    Puesto: Secretaria Bilingüe

    Lugar de trabajo: Embajada de Francia, en México.
    Nombre: Gloria Josefina Yáñez Cruz.

    Puesto: Asistente Secretarial
    Lugar de trabajo: Embajada de Guatemala, en México.

    Nombre: Ricardo Camacho Rosales.
    Puesto: Encargado de Biblioteca

    Lugar de trabajo: Embajada de Guatemala, en México.
    Nombre: Guillermo Ugalde Cruz.

    Puesto: Mensajero
    Lugar de trabajo: Embajada de Guatemala, en México.

    Nombre: Abdel Said García Maldonado.
    Puesto: Ayudante de Visas

    Lugar de trabajo: Consulado de los Estados Unidos de América en Nogales, Sonora.
    Nombre: Xavier Olmos Verduzco.

    Puesto: Empleado de Visas
    Lugar de trabajo: Embajada de los Estados Unidos de América en la Ciudad de México.

    Por lo anterior, me permito anexar copias certificadas de las actas de nacimiento que acreditan la nacionalidad mexicana de dichas personas y los escritos en que solicitan se realicen los trámites correspondientes.

    Agradezco a Uds. su atención a la presente reiterándoles las seguridades de mi consideración distinguida.

    Sufragio Efectivo. No Reelección
    México, DF, 19 de marzo de 1999.

    Por acuerdo del C. Secretario
    El director general de Gobierno
    Sergio Orozco Aceves
     
     









    Minutas

    CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE PERMISO A CIUDADANOS PARA ACEPTAR Y USAR CONDECORACIONES CONFERIDAS POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE PORTUGAL

    CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
    PRESENTES

    Para los efectos legales correspondientes, nos permitimos remitir a ustedes el expediente que contiene Minuta Proyecto de Decreto que concede permiso a los ciudadanos embajador, Pedro José GonzálezRubio Sánchez, licenciado Juan Rebolledo Gout, doctor Carlos Hurtado López, embajadora María del Rosario Gloria Green Macías, General de Brigada Diplomado de Estado Mayor Roberto Miranda Sánchez, licenciado Fernando Francisco Lerdo de Tejada Luna, embajador Salvador Campos Icardo y doctor Herminio Alonzo Blanco Mendoza, para aceptar y usar Condecoraciones conferidas por el gobierno de la República de Portugal.

    Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

    México, DF, a 25 de marzo de 1999.

    Sen. Tarcisio Rodríguez Martínez
    Secretario

    Sen. Jesús Padilla Padilla
    Secretario
     

    Minuta Proyecto de Decreto

    ARTICULO PRIMERO.- Se concede permiso al ciudadano embajador Pedro José González-Rubio Sánchez, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden del Infante Don Enrique, en grado de Gran Cruz, que le confiere el gobierno de la República de Portugal.

    ARTICULO SEGUNDO.- Se concede permiso al ciudadano licenciado Juan Rebolledo Gout, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden del Infante Don Enrique, en grado de Gran Oficial, que le confiere el gobierno de la República de Portugal.

    ARTICULO TERCERO.- Se concede permiso al ciudadano doctor Carlos Hurtado López, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden al Mérito, en grado de Gran Oficial, que le confiere el gobierno de la República de Portugal.

    ARTICULO CUARTO.- Se concede permiso a la ciudadana embajadora María del Rosario Gloria Green Macías, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden del Infante Don Enrique, en grado de Gran Cruz, que le confiere el gobierno de la República de Portugal.

    ARTICULO QUINTO.- Se concede permiso al ciudadano General Brigada Diplomado de Estado Mayor Roberto Miranda Sánchez, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden al Mérito, en grado de Gran Cruz, que le confiere el gobierno de la República de Portugal.

    ARTICULO SEXTO.- Se concede permiso al ciudadano licenciado Fernando Francisco Lerdo de Tejada Luna, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden al Mérito, en grado de Gran Oficial, que le confiere el gobierno de la República de Portugal.

    ARTICULO SEPTIMO.- Se concede permiso al ciudadano embajador Salvador Campos Icardo, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden del Infante Don Enrique, en grado de Gran Cruz, que le confiere el gobierno de la República de Portugal.

    ARTICULO OCTAVO.- Se concede permiso al ciudadano doctor Herminio Alonzo Blanco Mendoza, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden Infante Don Enrique, en grado de Gran Cruz, que le confiere el gobierno de la República de Portugal.

    Salón de sesiones de la Honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 25 de marzo de 1999.

    Sen. Juan Antonio García Villa
    Presidente

    Sen. Tarcisio Rodríguez Martínez
    Secretario

    Sen. Jesús Padilla Padilla
    Secretario
     
     








    Excitativas

    A LA COMISION DE SALUD, A CARGO DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO

    C. Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
    PRESENTE

    Jorge Emilio González Martínez, Verónica Velasco Rodríguez, Jorge Alejandro Jiménez Taboada, Gloria Lavara Mejía y Aurora Bazán López, Diputados a la LVII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en el artículo 21 fracción XVI, 87 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos a la Presidencia en turno de esta Cámara de Diputados se sirva excitar a la Comisión de Salud, proceda al análisis, discusión y dictamen de la iniciativa que adiciona un artículo 190-Bis a la Ley General de Salud.

    Consideraciones

    I.- La situación ambiental y de salud que prevalece en el mundo, y particularmente la de nuestro país, requiere de acciones concretas e inmediatas de aquellas autoridades que dentro de sus respectivas competencias, coordinen sus esfuerzos para evitar que se siga deteriorando la salud de los no fumadores, y logren paulatinamente erradicar el peligro que se vislumbra sobre ellos, procurando, para tal fin, la instrumentación de medidas legales y administrativas necesarias para conseguirlo.

    El establecer medidas preventivas para desincentivar el consumo de tabaco, resulta completamente necesaria e impostergable, en tanto que, de no aplicarse lo antes posible, el índice de personas con afecciones en las vías respiratorias aumentaría de manera considerable, aún en aquellas que no tienen este tipo de vicio.

    De esta manera, la iniciativa que presentó el Partido Verde Ecologista de México está orientada a erradicar ese mal que afecta la salud de los que no tienen interés ni deseo de fumar; por eso, la creación de medidas legales y administrativas resulta un elemento imprescindible sin el cual no se podría evitar se produjera tanto daño a la salud de los no fumadores.

    Es por ello que el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, como organización política defensora y salvaguardia del medio ambiente y de la salud de los mexicanos, al preocuparse por la adopción e instrumentación de medidas que no incidan en su deterioro, ha participado activamente, presentando diversas iniciativas, procurando evitar con ello todo lo que pudiera afectarlo.

    La necesidad de evitar que se fume en edificios públicos de jurisdicción federal con la mayor prontitud, radica en que el estado debe procurar que en sus instalaciones no se vea afectada, ni atacada la salud de todos y cada uno de nuestros compatriotas, de no hacerlo así, caeríamos en una omisión por parte de nosotros los legisladores para con la ciudadanía.

    II.- El día 11 de diciembre de 1998, presentó el diputado Jorge Alejandro Jiménez Taboada una iniciativa de Ley a nombre del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, que tiene por objeto adicionar un artículo 190-Bis a la Ley General de Salud, habiendo transcurrido desde entonces con exceso el término de cinco días que establece el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y sin que al día de hoy la Comisión de Salud de esta Cámara de Diputados a la que le fue turnada, haya dictaminado respecto de la misma.

    III.- Por todo lo anterior, y con fundamento en el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos ésta excitativa para que el Presidente de la Cámara de Diputados, requiera al C. Presidente de la Comisión de Salud a efecto de que dictamine respecto de la iniciativa en mención y la excitativa que ahora se presentan y cumpla así con las obligaciones que el citado ordenamiento normativo le impone.

    Por lo antes expuesto, a usted C. Presidente de la H. Cámara de Diputados en turno, atentamente pido:

    UNICO.- Tenga por presentada esta excitativa, se sirva excitar y exhortar al Presidente de la Salud para que presente su dictamen respecto de la iniciativa que adiciona un artículo 190-Bis a la Ley General de Salud presentada por el diputado Jorge Alejandro Jiménez Taboada el día 7 de abril del presente año, por la fracción parlamentaria del Partido Verde Ecologista de México, apercibiéndole que para el caso de nuevo incumplimiento, se fijará una fecha fija e improrrogable para que rinda su dictamen.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la H. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 29 días del mes de marzo de 1999.

    Atentamente
    Por la fracción parlamentaria del Partido Verde Ecologista de México
    Dip. Jorge Emilio González Martínez
    Coordinador

    Dip. Verónica Velasco Rodríguez
    Vicecoordinadora

    Dip. Jorge Alejandro Jiménez Taboada
    Dip. Aurora Bazán López
    Dip. Gloria Lavara Mejía
     
     









    Proposiciones

    CON PUNTO DE ACUERDO, SOBRE LA IMPORTACION DESLEAL DE CARNE DE BOVINO, PROCEDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, A CARGO DEL C. DIP. JOAQUIN MONTAÑO YAMUNI, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCION NACIONAL

    Sr. Presidente
    Compañeros Diputados
    Considerando

    Que en los últimos siete años y a raíz de la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio en 1994; se han venido acentuando graves prácticas desleales y de discriminación de precios en el progresivo volumen de importaciones de productos cárnicos que ingresan al país, originarias principalmente de los Estados Unidos de América. Los ganaderos, engordadores de ganado e industriales mexicanos de la carne y sus organizaciones; afectados profundamente por estos factores distorsionantes, la han venido denunciado, sin encontrar una prospectiva efectiva de solución;

    Que a lo largo de dos solicitudes de investigación promovidas por organizaciones de productores e industriales de la carne, se ha venido demostrando desde 1992 la incidencia de amplios márgenes de discriminación de precios en la importación de ganado, carne y subproductos cárnicos de bovino; práctica que se recrudece y potencializa sus efectos al concentrar EUA cerca del 100 por ciento de las importaciones totales, a raíz del Tratado de Libre Comercio;

    Que hoy día como resultado del constante y progresivo desplazamiento desleal de mas del 33 por ciento del consumo nacional aparente y equivalente al 49 por ciento de la oferta efectiva interna. Los productores nacionales se encuentran en una inminente situación de quiebra generalizada; los ranchos, praderas y corrales de engorda se encuentran a menos del 40 por ciento de su capacidad instalada; las plantas de sacrificio trabajan al 30 por ciento y las salas de corte y empaque de carne operan a menos del 30 por ciento de su capacidad. Este panorama de grave descapitalización origina el cierre de fuentes de empleo y conlleva a la desaparición de las empresas pecuarias como resultado de la pérdida del mercado nacional;

    Que lejos de oponerse a la libre competencia en el comercio internacional, que evidentemente puede reportar beneficios al mercado nacional e importantes oportunidades de colocar en el extranjero productos de mayor valor agregado, como los cortes finales. Los industriales mexicanos de la carne exigen lo que a derecho corresponde; es decir, la aplicación inmediata de una cuota compensatoria que permita subsanar el grave daño que el dumping les ocasiona;

    Que esta demostrado la incidencia de márgenes muy superiores al 50 por ciento de dumping, es decir el valor mínimo que deberá tener la cuota compensatoria para permitir la reactivación de la ganadería, para que, dado su proceso biológico productivo, en un período de dos a cuatro años vuelva por el cauce del crecimiento dentro de una competencia equitativa. Ante esto se exige y justifica una medida emergente que prevenga la pérdida total de este importante patrimonio nacional en el mediano plazo;

    Que la ganadería nacional siempre ha convivido con retrasos temporales de lluvias, y bajo un entorno económico de limitación financiera; factores estos que probablemente se seguirán presentando y a los cuales los ganaderos se han visto obligados a adaptarse. Y si a esto se agrega, la práctica de dumping; comprobada por siete años y cada día más grave, es el factor que ha venido a desplazar del mercado a los productores nacionales. Por lo que conforme a la Ley de Comercio Exterior, se debe sancionar con todo rigor, sin supeditar, únicamente, a que esta sea causa del daño que se denuncia;

    Que no se justifica, que un país como México, incorporado a la apertura comercial bajo el paradigma de un comercio internacional transparente en busca de oportunidades para su industria; los importadores de manera constante prefieran adquirir productos cárnicos de bovino a precios de dumping dañando gravemente la planta productiva nacional;

    Que contrario a cualquier posible incremento del precio al consumidor, esta cuota, bajo la estrecha supervisión oficial, permitirá reasignar los márgenes extraordinarios de utilidad con que se han beneficiado los importadores; quienes no han derivado equitativamente el bajo precio al consumidor, y si han condicionado los precios a las compras al productor nacional de carne, lo que ha impactado negativa y directamente hasta el ganadero y el engordador;

    Que los 25 millones de mexicanos que viven en el campo, dedicados a las actividades agrícolas y pecuarias en más de 1.4 millones de unidades de producción o ranchos, estrechamente vinculados a la productividad económica de la ganadería bovina que genera autoempleo y complementa de manera importante sus ingresos. De no tomar las medidas conducentes para enfrentar esta situación, la incidencia del dumping, deteriorará considerablemente la calidad de vida de los campesinos, al abandonar estos sus unidades de producción;

    Que con el objeto de defender la ganadería y la industria cárnica mexicana de esta injusticia y buscando alcanzar la redituabilidad que incentive la reinversión en estos rubros. Resulta trascendental que esta LVII Legislatura del H. Congreso de la Unión se solidarice y apoye a los ganaderos e industriales mexicanos de la carne, para la recuperación de nuestro propio mercado nacional; hoy en día, ampliamente saturado de productos cárnicos de importación.

    En consecuencia, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados unidos Mexicanos, los suscritos, Diputados Federales de la LVII Legislatura; sometemos a la consideración de esta H. asamblea, el siguiente:

    Punto de Acuerdo

    En apoyo a los productores de carne del país, ante el problema de las importaciones con dumping provenientes de Estados Unidos de Norteamérica a México

    UNICO.- Que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial en términos de lo dispuesto por la norma aplicable en la materia; expida la resolución correspondiente para la determinación y aplicación de los aranceles a que se deba sujetar la importación desleal de carne de bovino procedente de los Estados Unidos de Norteamérica.

    Atentamente
    Dip. Joaquín Montaño Yamuni
     
     








    Solicitudes

    PARA LA FORMACION DE UNA COMISION INVESTIGADORA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 93, DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DEL C. DIP. CUAUHTEMOC VELASCO OLIVA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA

    Dip. Sergio Valdés Arias
    Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados
    PRESENTE

    El pasado dos de febrero el Presidente Zedillo anunció, en cadena nacional, la puesta en marcha de la privatización del sector eléctrico.

    Los argumentos del gobierno zedillista son: que es inminente una crisis del sector si en los próximos seis años no se inyectan inversiones por alrededor de los 250 mil millones de pesos. La pregunta inmediata y obligada a tal afirmación es, ¿será real la situación energética del país que transmite el Gobierno Federal, de una bancarrota de la paraestatal CFE, y de una crisis estructural severa en el sector eléctrico?. ¿Será cierto que, como lo afirma el Presidente Zedillo, el único camino viable es la desincorporación de la industria eléctrica? ¿Se requieren efectivamente 250 mil millones de pesos para atender la expansión de la demanda del sector eléctrico en los próximos años?.

    La revisión de las cantidades contenidas en la propuesta de cambio estructural de la industria eléctrica en México revela manipulación de cifras, tanto en lo que se refiere a las necesidades adicionales de generación de energía eléctrica como en la situación financiera del sector eléctrico (Comisión Federal de Electricidad y Compañía de Luz y Fuerza del Centro), por lo que juzgamos indispensable la creación de una Comisión de Investigación que tenga por objeto obtener información confiable que sirva de base para definir con transparencia los requerimientos del sector eléctrico.

    La Comisión que se propone sobre el sector eléctrico, se fundamenta en el artículo 93 constitucional, último párrafo, que faculta a la Cámara de Diputados para la integración de Comisiones Investigadoras de organismos descentralizados y a empresas de participación estatal mayoritaria, como es el presente caso.

    Atentamente

    Porfirio Muñoz Ledo, Jesús Martín del Campo, Plutarco García Jiménez, Dolores Padierna Luna, Fabiola Gallegos Araujo, Olga Medina Serrano, José Luis Gutiérrez Cureño, Angel de la Rosa Blancas, Enrique Santillán Viveros, Alfonso Ramírez Cuéllar, César Lonche Castellanos, Aarón Quiroz Jiménez, Esperanza Villalobos Pérez, Estrella Vázquez Osorno, Luis Rojas Chávez, Cristina Portillo Ayala, Julieta Gallardo Mora, Pablo Gómez Alvarez, Antonio Palomino Rivera, Ricardo García Sainz, Carlos Heredia Zubieta, Bonfilio Peñaloza García, Pedro Magaña Guerrero, Isael Petronio Cantú Nájera, Jorge León Díaz, Rodrigo Maldonado Ochoa, Patria Jiménez Flores, Alejandro Ordorica Saavedra, Felipe Rodríguez Aguirre, Luis David Gálvez Gasca, Adolfo González Zamora, Lenia Batres Guadarrama, Demetrio Sodi de la Tijera, Antonio Cabello Sánchez, Samuel Lara Villa, Francisco Guevara Alvarado, Gilberto López y Rivas, Roselia Barajas Olea, Ricardo Armenta Beltrán, Alma Vucovich Seele, Antonio Prats García, Leticia Robles Colín, David Cervantes Peredo, Angélica de la Peña Gómez, Victorio Montalvo Rojas, Silvia Oliva Fragoso, Samuel Maldonado Bautista, Gonzalo A. de la Cruz Elvira, Luis Meneses Murillo, Sergio Valdés Arias, Alvaro López Ríos, Jorge Silva Morales, Pedro Salcedo García, María de la Luz Núñez Ramos, Laura Itzel Castillo Juárez, Joaquín Hernández Correa, José Luis Sánchez Campos, Sergio B. Osorio Romero, Francisco de Souza Machorro, Armando López Romero, Violeta Margarita Vázquez Osorno, Miguel Angel Solares Chávez, Rosalío Hernández Beltrán, Mariano Sánchez Farías, Gerardo Ramírez Vidal, Francisco Luna Kan, Norma G. Argáiz Zurita, Gilberto Parra Rodríguez, Teobaldo López Huerta, Cuauhtémoc Velasco Oliva, Benito Mirón Lince, María Rojo e Incháustegui, Santiago Padilla Arriaga, Gonzalo Rojas Arreola, Armando Galván Gazcón, Socorro Aubry Orozco, Juan González Davar, Carmen Escobedo Pérez, Lázaro Cárdenas Batel, Antonio Lagunas Angel, Clara Brugada Molina, Bernardo Bátiz Vázquez, Armando Aguirre Hervis, Saúl Solano Castro, Marcelino Díaz de Jesús, Ana Lila Ceballos Trujeque, Sergio George Cruz, Pioquinto Damián Huato, María Victoria Peñaloza Izazaga, Bernardo Segura Rangel, José Octavio Díaz Reyes, Justiniano Guzmán Reyna, Germán Rufino Contreras Velázquez., Elba Capuchino Herrera, Juan Antonio Guajardo Anzaldúa, César Pineda Castillo, Jesús Flores Carrasco, Susana Esquivel Farías, María Guadalupe Sánchez Martínez, Anastacio Solís Lezo, Antonio Soto Sánchez, Pablo Sandoval Ramírez, Martín Mora Aguirre, Miguel Alonso Raya, Martha Dalia Gastélum Valenzuela, Enrique Bautista Villegas, Claudia C. Fragoso López, Ranulfo Tonche Pacheco, Primitivo Ortega Olays, Bruno Espejel Basaldúa, Miguel Noyola Martínez, Carmelo Enríquez Rosado, Ricardo Cantú Garza, Gustavo Pedro Cortés, Flavio Valdez García, Alberto López Rosas, Felipe Rangel Vargas, Marcelo Ebrard Casaubón, Fernando Hernández Mendoza, Carlos Morales Vázquez, Manuel Pérez García, María Mercedes Maciel Ortíz, Agapito Hernández Oaxaca, Juan Cruz Martínez, Gloria Lavara Mejía, Verónica Velasco Rodríguez, Martha Irene Luna Calvo, Alberto Martínez Miranda, José Luis García Cortés.
     
     












    Dictámenes

    DE LA COMISION DE TURISMO, SOBRE LA INICIATIVA PRESENTADA AL PLENO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS EL DIA 10 DE NOVIEMBRE DE 1998, QUE CONTIENE DIVERSAS REFORMAS A LA LEY FEDERAL DE TURISMO EN MATERIA DE PROMOCION TURÍSTICA

    Honorable Asamblea:

    A la Comisión de Turismo de esta Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa que contiene proyecto de Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Turismo presentada a nombre de diversos grupos parlamentarios de la LVII Legislatura de la Cámara de Diputados por la C. Diputada Federal María de la Luz Núñez Ramos.

    En ejercicio de la facultad que le confieren los artículos 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 56 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 65, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión que suscribe habiendo estudiado la iniciativa de referencia, presenta a la consideración de ésta H. Asamblea, el siguiente:

    Dictamen

    La Cámara de Diputados, en sesión plenaria del día dos de abril de mil novecientos noventa y ocho, mandató a la Comisión de Turismo para que hiciera los trabajos necesarios con vista a un Acuerdo Nacional para impulsar al turismo, mejorando su marco jurídico. Con este mandato, la Comisión de Turismo realizó Foros de Consulta, entre mayo y agosto en diversas regiones del país, en los cuales se recogieron múltiples propuestas que pedían dar atención prioritaria a la promoción de la industria turística.

    En sesión celebrada por esta H. Cámara de Diputados el día 10 de noviembre de 1998 la C. Diputada Federal María de la Luz Núñez Ramos a nombre de diversos grupos parlamentarios de la LVII Legislatura de la Cámara de Diputados, presentó la iniciativa que contiene proyecto de Iniciativa de reformas a diversas disposiciones de la Ley Federal de Turismo en materia de Promoción Turística.

    Por acuerdo del Presidente de la Mesa Directiva se ordenó remitir la Iniciativa de referencia a la Comisión que suscribe para la elaboración del presente dictamen, con base en los siguientes:

    Considerandos

    1.- En la exposición de motivos de la iniciativa en estudio se señala que el turismo es una de las actividades más importantes del mundo pues aporta aproximadamente el 11 por ciento de la producción total y genera uno de cada once empleos, estimándose que para el año 2020 el turismo crecerá a una tasa del 6.7 por ciento. Para captar dicha derrama, diferentes países realizan importantes esquemas de promoción que involucran a todos los actores de la actividad turística.

    2.- La iniciativa tiene por objeto situar al turismo como una actividad prioritaria que pretende ubicar al país entre uno de los primeros captadores de divisas por concepto de turismo en el orden mundial, así como hacer una revisión de la actividad de promoción turística. En ese sentido, pretende potenciar la promoción turística con la participación de las entidades federativas y de los municipios, debidamente coordinados, e impulsar políticas acordes al nuevo contexto mundial.

    3.- Asimismo, la promovente señala que la violencia, los desastres naturales o los provocados por la mano del ser humano son una propaganda que nulifica la escasa promoción y que provoca un costo altísimo en el sector turístico nacional. Por esa razón se propone destinar recursos necesarios a la misma así como reformar la Ley Federal de Turismo para establecer en su texto lo que sería la promoción turística de México, función a cargo del Estado mexicano.

    La promoción quedaría en manos de una entidad especializada, integrada por el sector público y privado, que obtendría los recursos necesarios para ejecutar los programas y las actividades necesarias en materia de promoción turística.

    4. - De acuerdo con la promovente de la iniciativa, la promoción turística debe ser revalorizada. De acuerdo con ello, el que dictamina considera conveniente que la promoción turística sea un área prioritaria de las funciones que el Estado mexicano debe realizar. En este sentido, el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 considera la creación de un órgano mixto que se encargue de la promoción turística de México como un área prioritaria, lo que reafirma lo fundamental de la reforma a la Ley Federal de Turismo.

    5.- Así, la iniciativa en estudio propone la creación de un Consejo de Promoción Turística de México, bajo la figura de una empresa mixta de participación estatal mayoritaria. Dicho Consejo, en conjunción con la Secretaría de Turismo del Poder Ejecutivo Federal tendrá, como objeto social la promoción turística de México. Para asesorarse en las áreas por afrontar, podrá crear comités técnicos especializados. La rectoría en la materia quedará en manos de ambas instituciones en un marco de cordial respeto y de vida democrática, encargándose de formular las políticas de promoción a nivel nacional e internacional.

    La iniciativa en estudio tomó en cuenta lo señalado en los artículos 17 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales y 17 del Reglamento de la misma, al conceptuar los órganos que darán vida jurídica a la entidad paraestatal y al señalar que a dicho órgano lo compondrán una Asamblea General, una Junta de Gobierno, un Contralor General y un Director General, arrojando al Estatuto de la empresa las funciones de los mismos.

    En cuanto a los recursos que se destinen al Consejo y que aporte el Gobierno Federal, se considera que se designen del monto destinado a promoción turística por los mecanismos constitucionales que fije el Congreso de la Unión.

    Asimismo, se deja la posibilidad de que en el Consejo también participen las entidades federativas, los municipios y los particulares.

    Conclusiones

    I. Que esta Comisión es competente para conocer y dictaminar sobre la presente iniciativa con base en los artículos 42, 43, 47, 48, 54, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 55, 56, 60, 65, 66, 83, 87, 88, 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 6, 12 del Acuerdo Parlamentario relativo a la Organización y Reuniones de las Comisiones y Comités de la Cámara de Diputados, y los artículos 14, 15, 16, 17, 18 del Acuerdo Parlamentario relativo a las Sesiones, Integración del Orden del Día, de los Debates y las Votaciones de la Cámara de Diputados.

    II. Que esta Comisión considera de mucha importancia y trascendencia la iniciativa en estudio, y por tanto conviene el proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones a la Ley Federal de Turismo en materia de promoción.

    III. Consideramos de importancia lo señalado en los artículos transitorios, sobre todo en los plazos que prudentemente se han indicado para la constitución y reglamentación interna que deberá tener dicho organismo.

    IV. Los suscritos, en aras del mandato que se dio por el Pleno de esta Soberanía el dos de abril de mil novecientos noventa y ocho, y en razón de la iniciativa presentada al Pleno de esta Soberanía el diez de noviembre del mismo año por la diputada federal María de la Luz Núñez Ramos, y dado que el Estado mexicano tiene la obligación de crear o modificar nuestra legislación para darle a dicho sector económico un impulso importante dentro de la economía nacional, es que consideramos importante que se apruebe este proyecto de reformas y adiciones a la Ley Federal de Turismo en materia de promoción turística, presentada en ejercicio de la facultad prevista en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el diez de noviembre de mil novecientos noventa y ocho, a nombre de varios Diputados Federales integrantes de los diversos grupos parlamentarios, por la Ciudadana Diputada Federal María de la Luz Núñez Ramos ante el Pleno de la LVII Legislatura, incluyendo las modificaciones realizadas por quien esto dictamina en su sesión de trabajo del dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y nueve, siendo dicho cuerpo legal el siguiente:

    Proyecto de Decreto que reforma y adiciona las siguientes disposiciones relativas a la Ley Federal de Turismo

    ARTICULO PRIMERO.- Se modifica el enunciado del Capítulo I del Título Cuarto, así como se reforman los artículos 19 a 22 de la Ley Federal de Turismo, los que lo compondrán, para quedar como sigue:

    Capítulo I
    De la Promoción Turística

    Artículo 19.- Debe entenderse como promoción turística, la planeación y programación de la publicidad y difusión, por cualquier medio gráfico o electrónico, de la información especializada, la actividad, destinos, atractivos y servicios que el país ofrece en materia de turismo, dentro del marco de esta Ley, de la Ley de Planeación y de las disposiciones que al efecto determine el Ejecutivo Federal, así como las actividades de promoción derivadas de los convenios suscritos con las entidades federativas, el Distrito Federal, los municipios y los particulares interesados en incrementar la afluencia turística de México.

    Artículo 20.- Es facultad de la Secretaría de Turismo el ejercicio de las actividades de promoción turística de México a nivel nacional e internacional, a través de un Consejo de Promoción Turística de México, que adoptará la figura, en lo conducente, de una empresa de participación estatal mayoritaria.

    Artículo 21.- El Consejo de Promoción Turística de México se integra por representantes de los sectores público y privado, teniendo por objeto el de planear, diseñar y coordinar, conjuntamente con la Secretaría de Turismo, las políticas y estrategias de promoción turística a nivel nacional e internacional.

    Artículo 22.- Para la promoción de la imagen de México como destino turístico, existirán representantes en los lugares que estratégicamente determinen la Secretaría y el Consejo de Promoción Turística de México, que distribuirán la información turística y coordinarán la realización de las tareas promocionales en el exterior.

    ARTICULO SEGUNDO.- Se modifica el enunciado del Capítulo II del Título Cuarto, así como se reforman los artículos 23 a 25 de dicha Ley Federal, para quedar como sigue:

    Capítulo II
    Del Consejo de Promoción Turística de México

    Artículo 23.- El Consejo de Promoción Turística de México se compondrá de una Asamblea General, de una Junta de Gobierno, de un Contralor General, de un Comisario y de un Director General.

    La Asamblea General es el órgano supremo del Consejo y se compondrá de todas aquellas personas tanto físicas como morales, ya sea del sector público o del privado que se obliguen recíprocamente a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización de la promoción turística, ajustándose a los estatutos orgánicos que al efecto expida su Organo de Gobierno. La Asamblea se integra por los miembros de la Junta de Gobierno, el Director General, el Comisario y por los socios que aporten recursos o esfuerzos al Consejo.

    La Junta de Gobierno se integra por veintinueve miembros repartidos de la siguiente manera: tres del gobierno Federal; ocho rotatorios por cada tres años de las entidades federativas; cuatro rotatorios por igual tiempo de los municipios turísticos, y catorce para los representantes de las organizaciones de prestadores de servicios turísticos o empresas turísticas cuya representatividad sea nacional. Dentro de los representantes del Gobierno Federal estará incluido el Presidente del Consejo.

    Si fuera necesario, por acuerdo de sus integrantes, la Junta podrá ampliarse en todo momento, siempre y cuando guarde la proporcionalidad entre representantes de los sectores público y privado que se señala en el párrafo anterior.

    El Consejo y su Junta de Gobierno estarán presididos por el Secretario de Turismo o por quien éste designe y sus miembros participarán en él de manera honoraria, y tendrán como domicilio legal el Distrito Federal.

    E1 funcionamiento de la Junta de Gobierno, las atribuciones específicas del Director General, de la Contraloría General del Consejo, del Comisario y los procedimientos para designar a los representantes que la integran se detallarán en el Estatuto Orgánico que al efecto publique, en el Diario Oficial de la Federación, la Junta de Gobierno con base en la presente Ley, en la Ley Federal de Entidades Paraestatales y en sus Reglamentos.

    Para el desempeño de sus funciones el Organo de Gobierno del Consejo de Promoción Turística de México creará los comités técnicos especializados que se determinen, a fin de asesorar al Consejo sobre las áreas o sectores a promocionar.

    La política de promoción turística que fije el Consejo vigilará y atenderá en todo momento el desarrollo integral del país.

    Artículo 24.- E1 Consejo de Promoción Turística de México tendrá un patrimonio que se integrará con:

    I. Las transferencias que se fijen anualmente para promoción turística en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

    Dicha aportación será propuesta por la Federación, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con base en las necesidades y razones que sean planteadas por la Secretaría de Turismo y el Consejo de Promoción Turística de México;

    II. Las aportaciones que efectúen los Gobiernos Estatales y los Municipales y las Entidades Paraestatales;

    III. Las aportaciones que efectúen los particulares;

    IV. Por recursos que por sí mismo el Consejo de Promoción Turística de México recaude derivados de productos o derechos por bienes o servicios prestados a terceros, y

    V. Los demás recursos que se obtengan por cualquier otro concepto.

    Artículo 25.- El Consejo de Promoción Turística de México tendrá las siguientes facultades y atribuciones propias: I. Diseñar los planes y programas de promoción turística dentro del marco del Plan Nacional de Desarrollo y dentro del Programa del Sector, así como diseñar y proponer las prioridades y estrategias para la ejecución de dichos planes y programas de promoción turística;

    II. Proporcionar, por cualquier medio, información turística especializada a los turistas nacionales y extranjeros que pretendan visitar los destinos y atractivos del país;

    III. Desarrollar estudios que permitan orientar las actividades de promoción turística;

    IV. Allegarse recursos complementarios, económicos, técnicos y materiales, en territorio nacional o en el exterior, para el desarrollo de sus facultades;

    V. Suscribir convenios con las entidades federativas, el Distrito Federal, los municipios y los organismos mixtos estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias, para instrumentar campañas de promoción turística;

    VI. Suscribir convenios con los prestadores de servicios turísticos nacionales y extranjeros y con los particulares interesados en incrementar la afluencia turística de México, con el fin de instrumentar campañas de promoción turística;

    VII. Difundir a través de los medios masivos de comunicación, gráficos o electrónicos, la publicidad y la información turística;

    VIII. Fomentar, con la participación que corresponda a otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como de las entidades federativas y de los municipios, todo tipo de actividades que promuevan los atractivos y servicios turísticos del país;

    IX. Celebrar, con la participación de la Secretaría de Relaciones Exteriores, acuerdos de cooperación turística con órganos gubernamentales y organizaciones internacionales con el fin de promover los atractivos y los servicios turísticos que ofrece el país, y

    X. Todas aquellas que sean necesarias para la realización de su objeto.

    ARTICULO TERCERO.- Se reforma el contenido de la fracción VII del artículo 28 de la Ley Federal de Turismo, quedando como sigue:

    Artículo 28.- El Fondo Nacional de Fomento al Turismo tendrá las siguientes funciones:

    Fracciones I a VI ...

    VII. Realizar la promoción y publicidad de sus actividades;

    Fracciones VIII a XVI ...

    ARTICULO CUARTO.- Se adiciona un artículo 36 bis al Capítulo II del Título Quinto de la Ley Federal de Turismo para quedar como sigue:

    Artículo 36 bis.- La Secretaría, con la participación del Consejo, de las demás dependencias del gobierno federal, de los gobiernos estatal y municipal, y de los sectores social y privado, elaborará el Catálogo Nacional Turístico que contendrá una relación de los servicios y de los prestadores de servicios turísticos registrados ante la Secretaría, así como de los bienes y recursos naturales, organismos y facilidades que constituyan, o puedan constituir factores para el desarrollo turístico.

    Transitorios

    PRIMERO.- E1 presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    SEGUNDO.- Dentro de un plazo de 150 días contados a partir de la publicación del presente decreto, la Secretaría de Turismo deberá realizar las acciones necesarias para la constitución e instalación del Consejo de Promoción Turística de México.

    Para tal efecto, al integrarse el Consejo se deberá tomar en cuenta la disposición contenida en el último párrafo del inciso 1 del punto II (Proyecto de Gasto Programable del Ejecutivo Federal) del dictamen del Presupuesto de Egresos de la Federación para 1999, de acuerdo con la cual un porcentaje de los ingresos adicionales que se generen por derechos migratorios se pueden otorgar para promoción turística.

    De igual modo, y sin perjuicio de lo señalado en los párrafos anteriores, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dotará al Consejo de los recursos presupuestales necesarios para el inicio de sus operaciones.

    TERCERO.- Será facultad de la Secretaría de Turismo definir la integración de la primera Junta de Gobierno.

    CUARTO.- Dentro de los 90 días contados a partir de la constitución del Consejo de Promoción Turística de México, la Junta de Gobierno designada elaborará y publicará su Estatuto Orgánico.

    QUINTO.- Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan o transgredan al presente decreto.

    SEXTO.- Una vez constituido, el Consejo de Promoción Turística de México se hará cargo de la administración de los recursos destinados a promoción turística.

    Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a los dieciocho días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve.

    Comisión de Turismo

    Diputados: Luis Fernando González Corona, Presidente (rúbrica), Gloria B. Ocampo Aranda, Secretaria PAN (rúbrica), Salvio Herrera Lozano, Secretario PRI (rúbrica), Elba M. Capuchino Herrera, Secretaria PRD (rúbrica), Mario G. Haro Rodríguez (rúbrica), Blanca Rosa García Galván (rúbrica), Espiridión Sánchez López (rúbrica), Susana Esquivel Farías (rúbrica), Víctor A. Galván Gascón (rúbrica), Silvia Oliva Fragoso (rúbrica), José Carlos Cota Osuna (rúbrica), Luz del Carmen López Rivera (rúbrica), Héctor Mayer Soto (rúbrica), Juan Manuel Parás González (rúbrica), Orlando Alberto Paredes Lara (rúbrica), Juan Oscar Trinidad Palacios (rúbrica), Alfredo Villegas Arreola (rúbrica), María de la Luz Núñez Ramos (rúbrica).
     
     








    Informes

    DE LA COMISION DE POBLACION Y DESARROLLO

    Informe de la Delegación Parlamentaria de los Estados Unidos Mexicanos ante el Foro Internacional de Parlamentarios para revisar Cairo+5, celebrado en La Haya, Países Bajos, del 4 al 6 de febrero de 1999

    Con el objeto de aportar la visión de los parlamentarios del mundo en la revisión de los compromisos del Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo celebrada en El Cairo en 1994, así como de la Conferencia de Parlamentarios que sobre la materia se realizó previamente a aquella reunión, legisladores de 103 países se reunieron en La Haya en el mes de febrero del año en curso.

    La delegación mexicana estuvo integrada por los Diputados Federales Rubén Alfonso Fernández Aceves (Presidente de la Delegación), Mercedes Juan López, Elsa Patria Jiménez Flores, Carolina O?Farrill Tapia y Héctor Valdés Romo; la delegación mexicana rindió un informe, que fue publicado en la Gaceta Parlamentaria el día 3 de febrero de 1999 y difundido en medios impresos y electrónicos.

    El Foro fue inaugurado por J. Van Niewuwenhoven, miembro del Parlamento de los Países Bajos, y por la Dr. Nafis Sadik, Directora Ejecutiva del Fondo de Población de Naciones Unidas.

    La reunión se organizó en siete sesiones de trabajo:

    1. Presentación de grupos regionales; en el caso del continente americano, la presentación corrió a cargo de la Dra. Marta Suplicy, legisladora brasileña y Presidente en turno del Grupo Parlamentario Interamericano sobre Población y desarrollo (GPI).

    2. Estado de la salud y derechos en materia reproductiva y sexual, a cargo de los parlamentarios Dr. Timothy Mute Sasira (Uganda), Zury Ríos Montt (Guatemala) y Pia Hollenstein (Suiza).

    3. Políticas en materia de género, a cargo de los parlamentarios Teresa Aquino Oreta (Filipinas), Cynthia McKinney (Estados Unidos) y Ibrahima Fall (Senegal).

    4. Adolescencia, juventud y tercera edad, a cargo de los parlamentarios Rose-Marie Losier-Cool (Canadá), Fanny Pollarolo Villa (Chile) y Elisabeth Hlavac (Austria).

    5. Seguridad alimentaria, población y desarrollo sustentable, a cargo de los parlamentarios T. Marimuthu (Malasia) y Brian Sedgemore (Reino Unido).

    6. Crisis económica y población, a cargo de los parlamentarios P. Chitammbram (India) y M. Chinamasa (Zimbabwe).

    7. Movilización de recursos con énfasis en el papel de los parlamentarios, a cargo de los legisladores Helen Beim (Dinamarca), Carolyn Maloney (Estados Unidos) y Francis Giraud (Francia).

    Durante el Foro se celebraron reuniones de las organizaciones regionales de parlamentarios; en la reunión del GPI, se confirmó la aceptación de la Comisión de Población y Desarrollo en esta agrupación internacional y la delegación mexicana propuso la realización de tres eventos regionales en México: una Cumbre Latinoamericana de Parlamentarios sobre mujer y pobreza, una Conferencia de Parlamentarios de América del Norte para revisar los temas de población y desarrollo en el marco del Tratado de Libre Comercio, y una reunión regional sobre violencia intrafamiliar.

    Cabe destacar que durante las diferentes sesiones de trabajo, los integrantes de la delegación mexicana tuvieron una amplia participación.

    El Foro de La Haya arrojó como resultado la Declaración de La Haya, aprobada por aclamación, y que se transcribe a continuación:

    Declaración de La Haya

    I. Preámbulo

    Nosotros, los 210 parlamentarios procedentes de 103 países reunidos en La Haya, Holanda, entre el 4 y 6 de febrero de 1999, en el Foro Internacional de Parlamentarios sobre la Revisión de la puesta en práctica del Programa de Acción de la CIPD, en vísperas del Foro Internacional de La Haya, emitimos la siguiente declaración:

    1. Reafirmamos el Programa de Acción de la CIPD, sus principios y su relación con cuestiones concernientes a la seguridad alimentaria y al medio ambiente, así como a la salud reproductiva y a los derechos reproductivos. También reafirmamos la Declaración de El Cairo sobre Población y Desarrollo, adoptada por los parlamentarios en vísperas de la CIPD. Saludamos al Foro de la Haya que realizará una revisión del Programa de Acción mediante un análisis del progreso alcanzado hasta la fecha, examinando los obstáculos encontrados y formulando un conjunto de acciones prácticas para implementar en forma expedita y efectiva las recomendaciones del Programa de Acción.

    2. Continuamos instando a los gobiernos a poner en práctica las recomendaciones del Programa de Acción, en estrecha asociación con la sociedad civil.

    3. Urgimos a que los temas de población y salud reproductiva sean colocados en lugar prominente en las agendas de las reuniones de Jefes de Estado, tanto a nivel regional como global.

    4. Reconocemos que se ha logrado algún progreso en áreas claves del Programa de Acción de la CIPD, a través de la asignación de mayores recursos, formulación de políticas, revisión de programas, creciente colaboración y asociación con diversos actores sociales sin embargo, muchos desafíos siguen aun pendientes.

    II. Acciones prioritarias

    a) Salud Reproductiva y Derechos Reproductivos

    5. La CIPD determinó un cambio radical de paradigma en el área de población al pasar de un enfoque basado en metas demográficas a uno que se centra claramente en la calidad de los servicios de salud reproductiva a lo largo de todo el ciclo vital. En la CIPD la comunidad internacional acordó que todos los países debían esforzarse en hacer accesibles para todos los individuos en las edades apropiadas la información y los servicios de salud reproductiva, incluida la planificación familiar y la salud sexual, a través del sistema de atención primaria de la salud, tan pronto como sea posible y, en todo caso, antes del año 2015. La CIPD reconoció la importancia de la educación sexual para los adolescentes. El Programa de Acción también subraya la importancia del reconocimiento de los derechos reproductivos, incluyendo la promoción del ejercicio responsable de esos derechos en todas las políticas y programas gubernamentales y comunitarios de salud reproductiva, incluyendo la planificación familiar y la salud sexual.

    6. Reconociendo que un considerable progreso ha sido alcanzado en algunas áreas de la salud reproductiva y de los derechos reproductivos, observamos que aun existen muchos obstáculos: un alto numero de muertes y casos de morbilidad materna evitables; una alarmante expansión del VIH/SIDA, particularmente entre los jóvenes, y una alta demanda insatisfecha de opciones anticonceptivas, así como de acceso a información y servicios de salud reproductiva, incluyendo planificación familiar y salud sexual, especialmente entre los grupos más marginalizados, entre los cuales se cuentan los refugiados, las personas desplazadas, los inmigrantes, los jóvenes, las mujeres solas, los grupos indígenas y las personas discapacitadas.

    Acciones

    7. Hacemos un llamado a todos los países a fin de que hagan una revisión de la legislación vigente sobre salud reproductiva, incluyendo la planificación familiar y la salud sexual, y se pongan en vigencia nuevas leyes en los casos en los cuales resulten necesarias.

    8. Nosotros, los parlamentarios presentes en La Haya nos comprometemos a redoblar esfuerzos para promover la salud reproductiva, incluyendo la planificación familiar y la salud sexual, y los derechos reproductivos. En ese sentido, favoreceremos una mayor participación de todos los sectores interesados, incluyendo miembros de la sociedad civil, líderes religiosos, líderes comunitarios, líderes políticos y medios de comunicación. Daremos especial atención al aumento de la responsabilidad masculina en el área de la salud sexual y reproductiva. Crearemos y promoveremos un ambiente favorable a través de legislación y promoción de apoyos y alianzas, así como también de la movilización de recursos para asegurar que los gobiernos cumplan con sus obligaciones.

    b) Género y Población

    9. El Programa de Acción de la CIPD reconoce el empoderamiento como un fin en sí mismo y como parte integral de las estrategias de Población y Desarrollo. También reconoce que el logro de la igualdad y la equidad entre mujeres y hombres, así como la plena participación e integración de las mujeres en las políticas y procesos de toma de decisiones son esenciales para alcanzar un desarrollo sostenible. La educación y los derechos de la niña son determinantes para alcanzar la igualdad y la equidad de género y el pleno empoderamiento de la mujer. Muchos países han realizado cambios en sus políticas y en su legislación para proteger los derechos de la mujer y promover su empoderamiento social, político y económico. A pesar de estos logros, aún quedan países con débiles compromisos políticos, baja representación de mujeres en posiciones de alta responsabilidad, estereotipos sobre la mujer en los medios de comunicación y prevalencia de patrones socioculturales que obstaculizan el empoderamiento de la mujer.

    10. Es necesaria una mayor igualdad para las niñas con el propósito de garantizar el desarrollo pleno de su potencial como mujeres. A tal fin, el acceso universal a la educación de la niña y la alfabetización funcional de las mujeres es crucial. Debe proveérseles tanto educación formal, como informal.

    Acciones

    11. Como parlamentarios nos comprometemos a remover las barreras legales, sociales y culturales que impiden una plena participación social a las mujeres, incluyendo su participación en el diseño de políticas. Considerando que se trata de una prioridad nacional e internacional, apoyamos todos los esfuerzos de legislación, formulación de políticas, implementación y asignación de recursos para empoderar a las mujeres, a fin de que logren una mayor igualdad y equidad y se prevenga asimismo la violencia contra las mujeres, incluyendo practicas lesivas como la mutilación genital (FGM).

    c) Adolescentes, Jóvenes, Adultos Mayores y Discapacitados

    12. Estamos siendo testigos de profundos cambios demográficos en el mundo. La alta tasa de fecundidad del pasado ha dado lugar a la más amplia generación de jóvenes entre 15 y 24 años que registra la historia. Los jóvenes enfrentan riesgos mayores de embarazos no planificados, violencia sexual y enfermedades de transmisión sexual (ETS), incluyendo VIH/SIDA, y carecen de acceso a información, educación y servicios apropiados. Al mismo tiempo, como resultado de la declinación de la fecundidad ocurrida en el pasado en muchos países, en los cuales se ha producido simultáneamente un incremento en la expectativa de vida, hay en ellos un aumento sustancial de la población mayor de 60 años. Estos aumentos están poniendo a prueba la capacidad de sociedades y países para proveer educación y servicios de salud reproductiva a los jóvenes y personas discapacitadas, y asistencia médica, social y financiera a los adultos mayores.

    13. Deberíamos dar alta prioridad a la atención de los asuntos de salud sexual y reproductiva de los adolescentes, incluyendo los embarazos no deseados, el aborto inseguro, las ETSs, así como también a la provisión de servicios apropiados, educación sexual y consejería adecuada para los jóvenes y adolescentes.

    Acciones

    14. Como parlamentarios creemos que los gobiernos y otras instituciones deben dar más alta prioridad al bienestar de los adolescentes, los jóvenes, los adultos mayores y los discapacitados. En tal sentido, instamos a los gobiernos a promover todas las reformas que sean necesarias, a fin de incrementar los niveles del gasto en educación y salud para estos grupos.

    15. Se insta a los parlamentarios a desarrollar acciones con el propósito de atender las necesidades de los adolescentes y jóvenes en el área de la salud reproductiva. En ese sentido, se les hace un llamado para que: promuevan la aprobación de leyes; hagan explícito su compromiso con el tema; fiscalicen los programas de salud reproductiva, dando especial atención a las necesidades de adolescentes, incluyendo la prevención del VIH/SIDA; incrementen sus acciones en favor de la promoción de apoyos; apoyen el suministro de información y servicios; establezcan vínculos con el movimiento en favor de los derechos humanos y promuevan e incrementen redes sociales que incluyan a organizaciones no gubernamentales (ONGs) y a otros sectores de la sociedad civil.

    d) Población, Ambiente y Seguridad Alimentaria

    16. La satisfacción de las necesidades básicas de una población creciente depende de un contexto ambiental favorable. Factores demográficos combinados con la pobreza y la falta de acceso a recursos en algunas áreas, aunados al consumo excesivo, a patrones ineficientes de producción y a la carencia de una tecnología apropiada en otras áreas, causan o exacerban los problemas de degradación ambiental, contaminación y agotamiento de recursos, bloqueando el desarrollo sustentable.

    17. El crecimiento poblacional acompañado por una declinación en la productividad agrícola, agotamiento y contaminación de las aguas, erosión de la tierra y degradación ambiental amenazan la seguridad alimentaria. El acceso a la alimentación es un derecho humano. Toda nación debe esforzarse por promover empleo y asegurar, cuando ello sea posible, la autosuficiencia alimentaria y el mantenimiento de un sistema de provisión de alimentos que utilice la estructura productiva tradicional Es igualmente importante el establecimiento de sistemas de almacenamiento y distribución.

    18. Las mujeres contribuyen en forma determinante a la seguridad alimentaria, pero carecen de una tecnología adecuada y suficientes recursos. Más aún, a menudo tienen un acceso desigual a los alimentos, debido a sesgos derivados de consideraciones de género.

    Acciones

    19. Hacemos un llamado a parlamentarios y gobiernos para que examinen los acuerdos internacionales, incluyendo aquellos de la Organización Mundial de Comercio, a fin de identificar los que afectan la producción agrícola y la calidad del ambiente en sus países. También debe darse atención a las barreras comerciales y no comerciales y al efecto estas tienen en los países en desarrollo. Las reglas del comercio internacional deben ser totalmente consistentes con la seguridad alimentaria en el largo plazo.

    20. El establecimiento de un banco mundial de alimentación debe ser considerado como un régimen global efectivo de cooperación para suministrar el acceso a alimentos en forma igualitaria y justa.

    e) Movilización de Recursos

    21. En la CIPD, la comunidad internacional fijó para el año 2000 una meta financiera de $17 billones a ser utilizados en los programas de población y salud, incluyendo planificación familiar. De este total, $11.3 billones debían provenir de fondos nacionales y $5.7 billones debían ser aportados por donantes externos. A pesar de que muchos países en desarrollo y desarrollados han incrementado sus contribuciones para financiar actividades de salud reproductiva desde la CIPD, la meta de $17 billones dista aún de ser alcanzada. Los aportes hechos constituyen apenas un 60 por ciento del total propuesto. Aún están por materializarse el 25 por ciento de los aportes nacionales y el 60 por ciento de los fondos externos. Este es uno de los más grandes desafíos para lograr la implementación de las recomendaciones del Programa de Acción de la CIPD.

    22. Si se desea alcanzar las metas y los objetivos de la CIPD en las primeras décadas del próximo siglo, es esencial un compromiso para la acción colectiva. Basados en el principio de la colaboración, las responsabilidades deben ser compartidas por todas las partes interesadas. En el futuro cercano se debería lograr la diversificación de las fuentes de apoyo, internas y externas.

    23. Se requieren mayores esfuerzos para la conformación de alianzas entre el sector publico y el privado en favor de la movilización de fondos para la puesta en práctica del Programa de Acción así como también para ampliar los recursos humanos con experiencia en población y salud reproductiva. Se necesitan con urgencia bases de datos con información para hacer seguimiento y evaluar la puesta en practica del Programa de Acción de la CIPD.

    Acciones

    24. Solicitamos a los gobiernos donantes y a otros, incrementar los flujos de la asistencia oficial para el desarrollo, a fin de alcanzar la meta del 0.7 por ciento y dedicar del 4.5 al 5.0 por ciento de esos recursos a población y salud reproductiva.

    25. Los parlamentarios deberían proponer y apoyar medidas de orden presupuestario dirigidas al financiamiento de programas de población y de salud reproductiva.

    26. Los gobiernos deberían descentralizar los programas de salud reproductiva y proveer los recursos necesarios para su puesta en marcha.

    27. Instamos a una reconsideración de los gastos globales poniendo especial énfasis al desproporcionado gasto militar, a expensas de las necesidades sociales.

    f) Crisis económica

    28. Los efectos de las crisis económicas recientes han sido muy severos, incluyendo la caída del producto interno bruto, el aumento del desempleo y de la inflación, la declinación brusca en los niveles de consumo y las dificultades en el pago del servicio de la deuda externa. Las implicaciones para el sector salud y para los otros sectores sociales, han sido particularmente devastadoras.

    Acciones

    29. Instamos a los gobiernos a tomar medidas preventivas contra las crisis económicas y a hacer todo lo posible para proteger a los pobres contra las consecuencias de un colapso económico.

    30. Instamos a los gobiernos acreedores a reevaluar el pago de la deuda por parte de los países en desarrollo, de los países más pobres y de los países afectados por desastres naturales.

    g) Redes de Parlamentarios

    31. Reconocemos la importancia tanto de nuestras acciones individuales como de los esfuerzos colectivos. Como parlamentarios somos el vínculo entre los pueblos y los gobiernos.

    32. El movimiento de los parlamentarios sobre población y salud reproductiva ha empezado a echar raíces en muchos países y también en los niveles regional y global. En este contexto saludamos la existencia y la contribución de asociaciones de parlamentarios regionales y nacionales, entre otras, interesadas en población y desarrollo, tales como el Foro Asiático de Parlamentarios en Población y Desarrollo (AFPPDD), el Grupo Parlamentario Interamericano sobre Población y Desarrollo (GPI), el Grupo de Parlamentarios Africanos y Arabes en Población y Desarrollo (FMPPD), el Grupo de Trabajo sobre Población y Desarrollo Sostenible y Salud Reproductiva en el Parlamento Europeo (EPWG), la Unión Interparlamentaria Interamericana, el Parlamento Centroamericano, el Comité Global de Parlamentarios en Población y Desarrollo (GCPPD), la Organización Internacional de Médicos Parlamentarios (IMPO), los Parlamentarios para la Acción Global (PGA), y la Unión Interparlamentaria (IPU).

    Acciones

    33. Con este fin estableceremos una red mundial de parlamentarios sobre población y desarrollo, no sólo para intercambiar información, lecciones aprendidas y experiencias exitosas, sino para promover y apoyar acciones legislativas, actividades de promoción de apoyos en todos los países con el propósito de lograr las metas del Programa de Acción de la CIPD.

    34. Trabajaremos en favor de la movilización de recursos en cantidad suficiente para apoyar esta red mundial de parlamentarios y asegurar su funcionamiento efectivo.

    III. Compromisos

    35. Hacemos un llamado a los grupos nacionales de parlamentarios a fin de que jueguen un papel más activo en el seguimiento e implementación del Programa de Acción de la CIPD.

    36. Prometemos, por medio de esta Declaración, traducir nuestro compromiso personal en una acción política colectiva, tanto en nuestros Parlamentos nacionales como en otros escenarios de relevancia. Hacemos también un llamado a los gobiernos para que cumplan sus deberes con los pueblos, mediante una efectiva puesta en práctica del Programa de Acción de la CIPD.

    México, DF, marzo de 1999.

    Atentamente

    Dip.Rubén A. Fernández Aceves (rúbrica)
    Dip. Mercedes Juan López (rúbrica)
    Dip. Carolina O´Farril Tapia (rúbrica)
    Dip. Elsa Patria Jiménez Flores (rúbrica)
    Dip.Héctor Valdés Romo (rúbrica)
     
     










    Convocatorias

    DE LA COMISION DE PATRIMONIO Y FOMENTO INDUSTRIAL

    A la reunión de trabajo de la Subcomisión de Patrimonio que se llevará a cabo el lunes 29 de marzo, a las 8:30 horas, en el salón A del restaurante Los Cristales.

    Orden del Día

    1. Lista de asistencia.
    2. Verificación del quórum.
    3. Recepción de propuestas para el dictámen de la iniciativa del diputado Juan Bueno Torio, para reformar la Ley General de Bienes Nacionales y la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
    4. Clausura.

    Atentamente
    Dip. Ana Lila Ceballos Trujeque
    Coordinadora de la Subcomisión
     
     

    DE LA COMISION DE JUSTICIA

    A su sesión de trabajo, que se llevará a cabo el lunes 29 de marzo de 1999, a las 17 horas, en el salón E del resturante Los Cristales.

    Orden del Día

    1. Lista de asistencia y verificación del quórum.
    2. Proyectos de dictámenes a presentar en el segundo periodo de sesiones del segundo año de ejercicio.
    3. Calendario de reuniones.
    4. Propuesta del Asesor Jurídico de la Comisión.
    5. Asuntos generales.

    Atentamente
    Lic. Fernando Méndez Ortega
    Secretario técnico
     
     

    DE LA COMISION DE ASENTAMIENTOS HUMANOS Y OBRAS PUBLICAS

    A su séptima reunión plenaria donde se llevará a cabo la presentación del anteproyecto de dictamen para la Iniciativa de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el lunes 29 de marzo de 1999, a las 17 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

    Atentamente
    Dip. arq. Angelina Muñoz Fernández
    Presidenta
     
     

    DE LA COMISION DE AGRICULTURA

    A su sesión plenaria del martes 30 de marzo de 1999, a las 8:30 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

    Orden del Día

    1. Lista de asistencia.
    2. Lectura y aprobación del acta anterior.
    3. Presentación de la iniciativa de Ley de Desarrollo Rural (documento borrador).
    * Análisis y aprobación de las actividades a desarrollar.
    * Seminario sobre la iniciativa de Ley de Desarrollo Rural (7-9 de abril de 1999).
    4. Asuntos generales.

    Atentamente
    Dip. Enrique Bautista Villegas
    Presidente
     
     

    DE LA COMISION DE CULTURA

    A su reunión plenaria del martes 30 de marzo de 1999, a las 10:30 horas, en el salón de usos múltiples ubicado en el primer piso del edificio D.

    Orden del Día

    1. Lista de asistencia. .
    2. Lectura de la minuta correspondiente a la reunión plenaria celebrada el 4 de febrero de 1999.
    3. Informe de las actividades realizadas por la Comisión durante 1998.
    4. Entrega de documentación correspondiente al proceso legislativo de la reformas y adiciones a la Ley Federal de Cinematografía.
    5. Informe de las solicitudes planteadas a esta Comisión relativas a la protección de patrimonio cultural y entrega de las síntesis de la demandas correspondientes.
    6. Informe de las actividades realizadas con relación a la Subcomisión del Dictamen de la Ley General del Libro.
    7. Informe de las actividades realizadas con relación a la Subcomisión de Patrimonio Cultural.
    8. Presentación de la edición de la Ley Federal de Cinematografía auspiciada por la Comisión de Cultura.
    9. Asuntos generales.

    Atentamente
    Dip. María Rojo
    Presidenta
     
     

    DE LA COMISION DE EQUIDAD Y GENERO

    A la reunión de su Mesa Directiva el martes 6 de abril, a las 17 horas, en el salón Leona Vicario, ubicado en el edificio H planta baja.

    Atentamente
    Lic. María de Jesús Méndez Alvarado
    Secretaria técnica
     
     

    DE LA COMISION DE EQUIDAD Y GENERO

    A su reunión de trabajo con la dip. maestra Gladys Lange Highland, de Venezuela, representante de la Comisión de Asuntos de la Mujer del Parlamento Latinoamericano y Legisladoras mexicanas, para intercambiar puntos de vista y experiencias en materia de género y asuntos de la mujer, en nuestros respectivos países, el miércoles 7 de abril del presente, de 9 a 11 horas, (desayuno trabajo) en la zona C del restaurante Los Cristales.

    Atentamente
    Lic. María de Jesús Méndez Alvarado
    Secretaria técnica