Gaceta Parlamentaria, año I, número 151, jueves 5 de noviembre de 1998

Orden del Día de la sesión del jueves 5 de noviembre de 1998

Comunicaciones

Iniciativas Minutas De la CRICP Proposiciones Informes Acuerdos Convocatorias Fe de Erratas

Orden del Día  

SESION DEL JUEVES 5 DE NOVIEMBRE. INICIO 10 HORAS

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

Del C. dip. Joaquín A. Hernández Correa.

De los Congresos de los estados de Chihuahua y Tamaulipas.

Del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

De la Comisión de Protección Civil.

Iniciativas del Ejecutivo

De Ley de Adquisiciones. (Turno a Comisión).

De Ley de Obras Públicas. (Turno a Comisión).

Iniciativas de ciudadanos diputados

De Ley General del Libro y de reformas y adiciones a diversas disposiciones en materia fiscal, a cargo del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).

De reformas y adiciones a la Ley del Seguro Social, a cargo de la C. dip. María del Socorro Aubry Orozco, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).

De reformas a diversas disposiciones en materia hacendaria, a cargo del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión).

Minuta

Proyecto de Decreto que concede autorización al ciudadano Ernesto Zedillo Ponce de León, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del territorio nacional los días 14 al 19 de noviembre de 1998, a efecto de que realice una visita de trabajo a Japón y para que participe en la VI Cumbre de Líderes del Mecanismo de Cooperación Asia-Pacífico (APEC), a celebrarse en Kuala Lumpur, Malasia. (Turno a Comisión)

De la CRICP

Comunicaciones y proposiciones de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política.

Comunicaciones de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política. (Cambio de Integrantes de Comisiones).

Proposición de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política. (Cambio de Integrantes Mesa Directiva de Comisión).

Proposición de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política en relación a la Unidad de Finanzas Públicas. (Publicada en Gaceta Parlamentaria el martes 3 de noviembre.- Discusión y votación).

Propuesta con Punto de Acuerdo suscrita por Diputados Integrantes de los grupos parlamentarios de la LVII Legislatura, en relación con la detención del general chileno Augusto Pinochet Ugarte. (Publicada en Gaceta Parlamentaria el martes 3 de noviembre.-Votación).

Proposición de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política, de representantes de la Cámara de Diputados, en la Comisión Bicamaral que constituirá el mecanismo denominado Parlamento de Mujeres de México. (Votación)

Excitativas

A la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, a cargo del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Publicada en Gaceta Parlamentaria el martes 3 de noviembre).

Agenda Política

Debate pactado y presentación de Punto de Acuerdo para turno a Comisión, en relación al desempeño de funcionarios vinculados con el Fobaproa, a cargo del C. dip. Marcelo Ebrard Casaubón, en el turno del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Comentarios sobre las elecciones en el estado de Puebla, a cargo del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Debate Pactado).

Comentarios sobre las elecciones en el estado de Tamaulipas, a cargo del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Debate Pactado).

Comentarios sobre Seguridad Pública en el país, a cargo de los grupos parlamentarios de los Partidos: Acción Nacional y Revolucionario Institucional. (Deliberativo).

Comentarios sobre la Reforma Política del Distrito Federal, a cargo del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Debate Pactado).

Comentarios sobre elecciones en el estado de Michoacán, a cargo del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Deliberativo).

Conmemoración del natalicio de Felipe Carrillo Puerto, a cargo del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

 


Comunicaciones  

DEL. C. DIPUTADO JOAQUIN A. HERNANDEZ CORREA

Palacio Legislativo de San Lázaro, 29 de octubre de 1998.

Dip. Felipe de Jesús Preciado Coronado
Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados
PRESENTE

Por medio de la presente, me dirijo a usted y a la Mesa Directiva para informarles que, a partir de esta fecha, doy por concluida la licencia que solicité en el pasado mes de julio del presente año, para poder contender como candidato a la gubernatura del estado de Tamaulipas.

Esperando que esta misiva sirva para reincorporarme al cargo de diputado federal y continuar con mi trabajo legislativo y de comisiones de esta Honorable LVII Legislatura, me despido de ustedes enviándoles un cordial saludo.

Atentamente
Dip. Joaquín A. Hernández Correa (rúbrica)

 

DEL CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA

Chihuahua, Chih., 4 de octubre de 1998

C. Presidente de la H. Cámara de Diputados

De conformidad con lo que establece el artículo 26, segundo párrafo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Chihuahua, nos permitimos dar a conocer a usted que el día primero de los corrientes, previa protesta de sus integrantes, han sido instalados los trabajos correspondientes a la Quincuagésima Novena Legislatura, quedando integrada su mesa directiva de la siguiente forma:

Presidente: Diputado Sergio Martínez Garza

Vicepresidente: Diputado Tomás Herrera Alvarez

Vicepresidente: Diputada Alma Gómez Caballero

Secretario: Dip. Raúl Bulmaro Márquez González

Secretario: Diputado José Bernardo Ruiz Ceballos

Prosecretario: Diputado Manuel Chávez Rodríguez

Prosecretario: Diputado Víctor Manuel Garay Corral

Sin más por el momento, reiteramos a usted las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
El Presidente del H. Congreso del estado
Dip. lic. Sergio Martínez Garza

 

DEL CONGRESO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS

Ciudad Victoria, Tam., a 7 de octubre de 1998.

H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 23, 25 y 28 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del estado, nos permitimos comunicarle(s) que en sesión de Junta Previa celebrada en esta fecha, fueron electos los diputados Guadalupe González Galván y Eulalio Guerra Guerra, como Presidente y Suplente, respectivamente, para integrar la Mesa Directiva que presidirá los trabajos del Pleno Legislativo durante el mes de octubre, dentro del segundo periodo ordinario de sesiones correspondiente al tercer ejercicio legal de la Quincuagésima Sexta Legislatura del Congreso constitucional del estado libre y soberano de Tamaulipas.

Sin otro particular, reiteramos a Usted(es) nuestra consideración atenta y distinguida.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.
Dr. Enrique Javier Navarro Flores
Diputado secretario

Dip. G. Reynaldo García Martínez
Diputado secretario

 

DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO

México, DF, a 3 de noviembre de 1998.
Dip. Arturo Núñez Jiménez
Presidente de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política de la Cámara de Diputados
PRESENTE

Por medio del presente me permito informarle a Usted, que a partir del día 27 de octubre del presente año el dip. Miguel Angel Garza Vázquez ha dejado de ser miembro del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Lo anterior, con el fin de que sea tan amable de girar sus apreciables instrucciones para que al diputado en mención se le considere fuera de este partido para lo que de a lugar.

Sin más por el momento, agradezco de antemano la atención que se sirva dar al presente y aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente
Dip. Jorge Emilio González Martínez
Coordinador
 

 
DE LA COMISION DE PROTECCION CIVIL, RELATIVA A RECORRIDOS DE TRABAJO Y ENTREGA DE APOYOS A LA POBLACION CHIAPANECA

La temporada de ciclones tropicales 1998 se ha caracterizado en México por su especial potencial de afectación, así como por las cuantiosas pérdidas humanas y materiales, originadas tanto por el paso de huracanes y tormentas tropicales, como por la ocurrencia de lluvias intensas, en volúmenes pocas veces vistos, que azotaron a muchas entidades federativas, entre las que se destacó, por sus condiciones, el estado de Chiapas.

Por lo anterior, y en cumplimiento de las responsabilidades que son materia de su competencia, así como del mandato conferido por el Pleno, a través de los puntos de acuerdo del 9, 17 y 22 de septiembre último, la Comisión de Protección Civil, a través de grupos plurales de diputados, realizó visitas a la zona afectada en la referida entidad, con el objetivo de manifestar a la población la solidaridad de la Honorable Cámara de Diputados, así como emprender acciones complementarias, en ejercicio de la capacidad de gestoría que le es inherente.

Al efecto, la Comisión convocó a diputados y diputadas, tanto integrantes como no integrantes de la misma, que en su conjunto, dado que participan en otras comisiones -como la de Asuntos de la Frontera Sur; Asuntos Indígenas; Bosques y Selvas; Desarrollo Social; Información, Gestoría y Quejas- dieron un especial clima de representación diversa y plural a tales actividades.

Así, tanto en la etapa misma de ocurrencia de la calamidad, como en la del auxilio y la de la recuperación posterior, se sostuvieron diversas entrevistas con funcionarios federales, estatales y municipales, que fueron conformando una visión general de la calamidad, completada con la participación en reuniones de evaluación, así como con la realización de recorridos terrestres y sobrevuelos, que finalmente configuraron el estado de afectación de la entidad, ante el fenómeno; de las primeras dos visitas se ha dado ya cuenta a esta soberanía.

Resultado de dichas entrevistas y consultas, así como de las solicitudes formuladas por la población, se precisó en qué se aplicaría el monto de los recursos aportados por los diputados y el personal de mandos medios y superiores de la Cámara, que consistió en herramientas, carretillas y estufas de gas.

Se establecieron los canales de comunicación necesarios con el Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del estado, para cumplir fielmente con la encomienda de que dicha entrega no se partidizara, mismo que con prontitud colaboró con la Comisión para la culminación del compromiso.

Por acuerdo de la Comisión se encomendó a la Oficialía Mayor de la Cámara, en razón de contar con el personal y los mecanismos idóneos para el proceso de compra y entrega de los bienes, asumir dicha responsabilidad, misma que se satisfizo mediante la adquisición de los siguientes artículos:
 

1,000 martillos tipo de uña

1,000 palas cuadradas con mango

1,000 picos

1,000 machetes planos

1,000 azadones con mango

1,000 cucharas de albañil de 9 pulgadas

1,000 serruchos de 24 pulgadas

1,000 niveles de 18 pulgadas

200 carretillas con llanta neumática, y

1,073 estufas de gas, modelo de mesa, de dos quemadores sin piloto.
 

Considerando el costo del flete necesario para ubicar dichos artículos en Tapachula, Chiapas, se alcanzó la suma de $ 799, 942.13, a la que ascendió la aportación antes mencionada.

Para efectos de la entrega correspondiente, así como de dar pleno cumplimiento a los puntos de acuerdo antes referidos, la Comisión de Protección Civil remitió, en esta tercera oportunidad, sendas convocatorias a las de Salud; de Asuntos Indígenas; de Asuntos de la Frontera Sur; de Vivienda; de Asuntos Hidráulicos; de Comunicaciones y Transportes; de Población y Desarrollo; de Ganadería; de Fortalecimiento Municipal; de Bosques y Selvas; de la Defensa Nacional; de Ecología y Medio Ambiente; y de Desarrollo Social, de las cuales solamente algunas acudieron a las actividades programadas.

Así, el domingo 25 de octubre, un grupo plural integrado por los siguientes diputados y diputadas, se trasladó a Tapachula, Chiapas, con el fin de proceder a la entrega formal de los bienes, así como realizar un nuevo recorrido por las comunidades afectadas, para constatar el avance en las acciones de recuperación:

Dip. Noemí Z. Guzmán Lagunes (PRI)
Presidenta de la Comisión de Protección Civil

Dip. Estrella Vázquez Osorno (PRD)
Secretaria de la Comisión

Dip. Martín Matamoros Castillo (PAN)
Secretario de la Comisión

Dip. Oscar Aguilar González (PRI)
Dip. Salvio Herrera Lozano (PRI)
Dip. Sandra Segura Rangel (PAN)
Dip. Alberto López Rosas (PRD)
Dip. Héctor Larios Córdova (PAN)

Integrantes de la Comisión, y

Dip. Mario Elías Moreno Navarro (PRI)
Dip. Ranulfo Tonche Pacheco (PRD)
Dip. Isabel Villers Aispuro (PRI)
Dip. Juan Oscar Trinidad Palacios (PRI)

Se estableció un programa de trabajo que comprendió la entrega formal de los bienes, a la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Chiapas, por conducto de su Presidente, el lic. Cuauhtémoc López Sánchez, lo que se materializó en las instalaciones de la Delegación de dicha institución en Tapachula; la visita y recorrido por comunidades afectadas, especialmente del municipio de Mapastepec, y de la comunidad de Valdivia, donde se entregaron los paquetes de apoyo para la auto-construcción a los presidentes municipales de Mapastepec, Pijijiapan y Motozintla, que incluyeron las 35 comunidades específicamente propuestas por la referida comisión estatal; y se concluyó con una reunión de información de las acciones de atención de las dependencias federales y estatales en la zona de afectación, que tuvo lugar en Tapachula, a la que concurrió el gobernador de la entidad, lic. Roberto Albores Guillén.

En la reunión con el gobernador del estado y presidentes municipales, los legisladores asistentes expresaron algunas inquietudes relativas a lo observado durante la visita, que se refirieron a los aspectos siguientes:

1. Que los salarios comprometidos en los programas de empleo temporal sean pagados con oportunidad y regularidad, puesto que se detectó que un grupo de alrededor de 530 personas que participan en los mismos, no habían recibido sus ingresos hasta la fecha en que la visita tuvo lugar;

2. Que sean replanteadas las dimensiones de los pies de casa que se destinarán a responder a las necesidades de vivienda de la población, hasta una medida de 9x6 metros, en lugar de las que actualmente se proyectan, de 6x6 metros;

3. Que el río Novillero sea encauzado, previo proyecto que ofrezca las mejores condiciones de solución a la problemática que actualmente representa;

4. Que se diseñen e instrumenten proyectos productivos que permitan a las comunidades una adecuada reinserción a un proceso económico;

5. Que de manera regular se informe con amplitud a la población beneficiaria de estas acciones, de los avances de las mismas, para evitar que se caiga en la situación de que se registran importantes progresos de los que las personas no tiene ningún conocimiento;

6. Que se ofrezca el mobiliario elemental a la población afectada, a efecto de remediar en la medida de lo posible las condiciones precarias de subsistencia en las que aún se encuentran; y

7. Que se instrumenten medidas para disminuir la velocidad de los vehículos que circulan por el campamento de Valdivia, en razón de que representan un riesgo para las personas que en él se alojan.

De manera general, el grupo plural de diputados y diputadas expresó su interés porque el gobierno del estado fomente el desarrollo y consolidación de una cultura de protección civil entre la población chiapaneca.

La Comisión de Protección Civil asumió el compromiso de vigilar porque estas situaciones y cualesquiera otras que en el futuro se presenten, sean debidamente subsanadas por el gobierno de la entidad, mismo que, por su parte, se comprometió a solucionarlas a cabalidad.

Con lo anterior se dio cumplimiento a los diversos mandatos encomendados por el Pleno, existiendo el soporte documental que ampara dichas entregas, mismo que se encuentra a la disposición de las señoras y señores legisladores.

Al presente se acompañan copias de las actas de entrega, el programa de actividades y documentación adicional relacionada con el asunto que nos ocupa.

Palacio Legislativo de San Lázaro 29 de octubre de 1998

Dip. Noemí Z. Guzmán Lagunes, Presidenta de la Comisión, dip. Estrella Vásquez Osorno, secretaria de la Comisión, dip. Martín Matamoros Castillo, secretario de la Comisión, dip. Carlos Fernando Rosas Cortés, secretario de la Comisión.

 


Iniciativas  

INICIATIVA DE PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE CREA LA LEY GENERAL DEL LIBRO Y SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES A LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, LA LEY DEL IMPUESTO AL ACTIVO, LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y LA LEY ADUANERA

 Los que suscriben, diputados a la LVII Legislatura del Congreso de la Unión, miembros del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, sometemos a la consideración de esta Honorable Cámara de Diputados, la presente Iniciativa de Ley General del Libro, así como reformas y adiciones a diversas disposiciones en materia fiscal, con el fin de fomentar la lectura y la cultura del libro, con base en la siguiente.

Exposición de motivos

En la herencia del conocimiento y la evolución del pensamiento los libros representan un patrimonio del más alto valor. Significan la memoria individual y colectiva que prevalece, la memoria de la vida.

El papel insustituible del libro en la política cultural, como instrumento privilegiado para la educación, para la transmisión y la difusión de la cultura, para el desarrollo de la identidad nacional y la formación universal, obliga a reforzar la capacidad de leer y de escribir de toda la población.

Pero si el libro es un bien cultural, cuya distribución perfila la cultura de una sociedad, también es un bien económico. Desde hace algunos años el costo de los libros se ha incrementado, constituyendo un factor para restringir la demanda de los mismos por parte de la población.

La industria mexicana del libro se ha estancado, en consonancia con la mayor parte de la economía nacional. En los años cincuenta, el tiraje promedio de los autores mexicanos conocidos era de 3 mil ejemplares para 30 millones de mexicanos. En 1996, con 90 millones de mexicanos, se tiraron menos de 2 mil ejemplares, es decir, esperándose un aumento en libros debido al crecimiento demográfico del país, éstos disminuyeron en cantidad. Las estadísticas muestran claramente el descenso de la industria editorial, en un 60 por ciento en 1996, un 80 por ciento con respecto al 95; de cada cien empresas registradas en 1987, actualmente sólo quedan 10, es decir, un 90 por ciento menos.

Es claro que la demanda del libro está en relación directa con el desarrollo económico de los países, si vemos el consumo en libros por habitante. Anualmente, en Estados Unidos asciende a 89 dólares, en Alemania 102, Austria 95 y Dinamarca 92. Si los mexicanos como indica la Cámara Nacional de la Industria Editorial Mexicana (Caniem) leen 2.8 volúmenes al año, el consumo per cápita sería de 8 dólares, lo que resulta patético.1

En México, se producen diariamente 12 nuevos libros. En el mundo se publican 4 mil libros diarios, tomando en cuenta esta cifra el mexicano lee poco. En 1997 de los 93 millones de mexicanos alrededor de 79 millones no asistieron a una biblioteca el año anterior, de los cuales 39 millones están alfabetizados y se encuentran dentro de la edad productiva. La consulta del estudiantado a las más de 12 mil bibliotecas del país (según cifras del INEGI) en promedio son de 20 veces al año. Para Gabriel Zaid, el costo de mantenimiento de un libro en una biblioteca va de 47 a 110 dólares, lo cual nos hace reflexionar sobre la necesidad de dar un mayor impulso a la asistencia de bibliotecas públicas del país. 2

Aunado a lo anterior, existe un problema grave de rezago educativo, con un 9.8 por ciento de población analfabeta (IV Informe de Gobierno) y un promedio nacional de escolaridad de 7.5 años para 1997 (Programa de Desarrollo Educativo 1995-2000). En México hay un potencial de sólo 15 millones de lectores, el resto de la gente no lee.

En este orden de ideas, tenemos por un lado, un número reducido de lectores por el rezago educativo y por la falta de costumbre hacia la lectura, y por el otro lado, bibliotecas con acervos no actualizados ni con todos los ejemplares que salen al mercado. Lo cual muestra que no es posible la existencia de un pueblo lector sin medidas destinadas a resarcir este rezago y a fomentar la lectura dentro de la población instruida, garantizando el acceso de la población mexicana al libro, como factor fundamental para transmitir el conocimiento, difundir la propia cultura y la universal, así como un medio para fomentar la investigación social, técnica y científica.

En 1970, Efraín González Morfín decía (que) es una exigencia de justicia social hacer accesible a los mexicanos, no sólo la enseñanza básica, sino también los grados superiores de la cultura. "Si educar es actualizar capacidades de perfeccionamiento humano, en la inteligencia, en la voluntad, en el corazón y en la conducta".3

Sealtiel Alatriste, escritor y editor, señala: "En una industria muy débil, con muy pocos lectores y compradores. Un sistema bibliotecario muy débil en términos de acervo, sistemas de compras y reposición, y un mercado del libro secuestrado ... con crisis o sin crisis es un mercado débil y con muchas situaciones que lo ponen en peligro. Hay que decir también que en la falta de lectores incide la política educativa de la lectura, que ha sido muy débil también en los últimos años". 4

Por otro lado, Octavio Paz nos dijo: "Los escritores mexicanos trabajamos en condiciones particularmente desventajosas: nuestra industria editorial es raquítica, las ediciones son ridículas por lo que se refiere al número de ejemplares, y aun así penetran muy difícilmente en un público que no lee y no lee porque no se le ha inculcado en los hogares ni en las escuelas, el amor a la lectura. La indiferencia ante el libro en los pueblos hispánicos se convierte entre nosotros en una suerte de horror. Para la mayoría de nuestros compatriotas leer un libro es una excentricidad, una curiosidad sicológica que colinda con la patología". 5

Precisamente este tipo de factores, entre otros, son los que nos motivaron a buscar algunas alternativas para resarcir el rezago de lectores y de libros en las bibliotecas, como a perfilar medidas que estimulen tanto a los creadores como a los actores involucrados en la cadena productiva del libro para disminuir los precios de los mismos.

La promoción del libro se configura, así, como fin prioritario de la política cultural de Estado. Todas las medidas de fomento del libro, por ello, deben estar estrechamente ligadas entre sí por ser imposible alentar la actividad creadora del autor, sin desarrollar coordinadamente la producción y la distribución del libro, y al mismo tiempo crear y fomentar el hábito de la lectura.

Muchos países ya cuentan con una Ley del Libro y la Lectura. En los de habla hispana: Argentina, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, España, Guatemala, Nicaragua, Perú y la República Dominicana. El Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe, patrocinado por la Unesco, tiene un modelo de ley tipo. En 1971, México firmó el acuerdo de adhesión con los demás países latinoamericanos para el "Desarrollo del Libro y la Lectura".

Recordemos que en la legislatura pasada el grupo parlamentario de Acción Nacional presentó en 1997 una Iniciativa de Ley del Libro, donde se abordaban aspectos fundamentales para el fomento del libro y la lectura, junto con algunas disposiciones fiscales para apoyar a los actores de la cadena productiva del libro. Sin embargo, dicha iniciativa no fue dictaminada. Este hecho derivó en revisar nuevamente los diversos proyectos de Ley del Libro, así como capitalizar las diversas propuestas presentadas en el Foro Ciudadano para la Creación del Anteproyecto de la Ley Federal del Libro, que organizó la Comisión de Cultura de esta LVII Legislatura, los días 7 y 8 de febrero de 1998. Sumadas a estas acciones, contamos con la buena disposición de los representantes de la Cámara Nacional de la Industria Editorial, quienes colaboraron en parte importante del proyecto.

En este sentido, la presente iniciativa es producto de acciones e intereses conjuntos que ven en la Ley General del Libro, el vehículo para dar un paso sólido hacia la accesibilidad y fomento de la lectura. Tenemos la convicción de que, definitivamente, el libro es un medio importante de la cultura en el mundo y es uno de los pilares básicos en los que se asienta el desarrollo de las sociedades modernas.

En este reconocimiento, el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional presenta una Ley General del Libro y una serie de reformas y adiciones en materia fiscal, que establecen los estímulos y los apoyos otorgados a toda la cadena productiva editora de libros.

El contenido de la Ley General del Libro consta de 18 artículos, distribuidos en cinco capítulos, además de contener dos artículos transitorios. El capítulo primero se constituye por disposiciones generales, donde se define esta ley como de interés público y las competencias de la misma; los conceptos que integran el entorno del libro, así como las garantías constitucionales de expresión y de imprenta.

El capítulo segundo establece las actividades de las autoridades educativas a nivel federal, estatal y municipal en el fomento a la lectura y en garantizar que las bibliotecas cuenten con todos los ejemplares de libros publicados en México y en el extranjero.

En el capítulo tercero, se provee lo necesario para la creación del Consejo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura, los integrantes del mismo, su patrimonio, facultades y funciones, forma de sesionar, estructura profesional y la creación de Consejos de Fomento del Libro y la Lectura en las entidades federativas, en los términos del Consejo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura.

El capítulo cuarto trata las sanciones y el capítulo quinto es sobre disposiciones adicionales, donde alude al apoyo por parte del Ejecutivo federal para las políticas y estrategias encaminadas a promover e incrementar el libro, en sus diversas etapas y, la lectura.

Por otra parte, para lograr una mejor eficacia a la tarea del fomento del libro se hace necesario estimular la producción del libro otorgando algunas prerrogativas fiscales dirigidas a los actores de la cadena productiva del libro, en la consideración de que éstas estimularán la disminución del costo de los libros para incidir efectivamente en el fomento al libro y la lectura. Es así que las reformas y adiciones en las leyes del Impuesto al Activo, Ley de Impuesto Sobre la Renta, Ley de Impuesto al valor Agregado y Ley de Aduana versan hacia ese objetivo.

La adición de una fracción VII al artículo 6 de la Ley del Impuesto al Activo tiene como objetivo exentar de dicho impuesto las actividades de edición, prestación de servicios editoriales, impresión o encuadernación y/o distribución y enajenación de libros.

Las reformas al artículo 13, en su fracción IV, y al artículo 77, fracción XXX, inciso b, y el artículo 143, en su fracción IV, se dirigen a reducir el 50 por ciento a los contribuyentes (personas físicas y morales) dedicados exclusivamente a la edición, producción, impresión, encuadernación, distribución y enajenación de libros y a la prestación de servicios editoriales; y hasta por el 20 por ciento del monto de reinversión de utilidades del ejercicio fiscal correspondiente, siempre que se reinvierta el 100 por ciento de las utilidades obtenidas en dicho ejercicio.

La adición de una fracción V al artículo 13, y una fracción V, al artículo 143 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, busca la reducción de dicho impuesto hasta por el 50 por ciento del monto correspondiente a la importación de insumos, maquinaria, equipo y/o refacciones exclusivamente relacionadas con la actividad editorial.

La reforma al artículo 9, en su fracción III, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado se encamina a la eliminación de exención para enajenación de libros y, la adición de un inciso i, en la fracción I, del artículo 2-A, y una fracción IX, del artículo 25 de la misma ley tienen como objetivo la implementación de tasa del 0 por ciento para la enajenación de libros y materiales complementarios para la edición, producción, servicios editoriales, impresión, encuadernación y distribución de libros. Se busca, además, exentar del IVA a las importaciones de libros y demás publicaciones a través de la adición de una fracción IX, en el artículo 25.

Con el fin de que los libros, fotografías, películas, grabados y otros elementos reproducibles, insumos, maquinaria, equipo, partes y refaccionarias para la edición y encuadernación de libros no paguen impuestos al comercio exterior por la entrada al territorio nacional o la salida del mismo, siempre y cuando se compruebe que dichos elementos o actividades se encuentren directamente vinculados a la producción de libros, se adiciona una fracción XVII al artículo 61 de la Ley Aduanera.

Estamos convencidos que de ser aprobada esta iniciativa vendrá a contribuir a fomentar la lectura y a fortalecer un bien cultural y económico: el libro. Por ello los legisladores de Acción Nacional en ésta LVII Legislatura sometemos a consideración de esta H. Asamblea la presente

Iniciativa de proyecto de Decreto por el que se crea la Ley General del Libro y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, la Ley del Impuesto al Activo, la Ley del Impuesto al Valor Agregado y la Ley Aduanera

ARTICULO PRIMERO.- Se crea la Ley General del Libro para quedar como sigue.

LEY GENERAL DEL LIBRO

Capítulo I
Disposiciones Generales

Artículo 1.- La presente ley es de orden e interés público, tiene como finalidad regular en todo el territorio nacional las siguientes actividades:

I. Promover la lectura;

II. Apoyar a las bibliotecas públicas;

III. Apoyar a los autores mexicanos de libros;

IV. Apoyar a los editores y libreros mexicanos;

V. Fomentar la producción y la calidad del libro mexicano y coediciones mexicanas;

VI. Apoyar la distribución y difusión del libro y coediciones mexicanas a nivel nacional e internacional.

Artículo 2.- Las actividades a que se refiere el artículo anterior se rigen por la presente ley, así como por lo dispuesto en el Código de Comercio y por las Leyes Mercantiles vigentes en el país, por la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley del Impuesto sobre la Renta y la Ley del Impuesto al Activo. Sin perjuicio de lo preceptuado en la Ley Federal de Derecho de Autor, la Ley General de Educación y sus respectivos reglamentos y la Ley General de Bibliotecas.

Artículo 3.- Para los efectos de esta ley se entiende por:

Libro: Toda publicación unitaria no periódica, de carácter literario, artístico, científico, técnico, educativo, informativo o recreativo, impreso en cualquier soporte, cuya edición se haga en su totalidad de una sola vez en un volumen o a intervalos en varios volúmenes o fascículos. Comprende también los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido el electrónico, que conforme conjuntamente con el libro un todo unitario que no pueda comercializarse separadamente.

Libro Mexicano: el editado y producido en México, sin importar la nacionalidad del autor.

Coediciones mexicanas: las ediciones de libros acordadas en un convenio documentado entre empresas editoras mexicanas y con similares extranjeras, respecto de un libro cuyo proceso total o parcial de producción, según el caso, se realice en México y se catalogue con ISBN nacional.

Autor: la persona que realiza alguna obra de manera parcial o total, destinada a ser difundida en forma de libro o como parte integrante de éste. También se considera como autor, sin perjuicio de los requisitos establecidos en la legislación vigente, al traductor respecto de su traducción, al compilador y a quien extracta o adapta obras originales, así como al ilustrador y al fotógrafo respecto de sus correspondientes trabajos.

Autor nacional: el autor de nacionalidad mexicana y el autor extranjero legalmente domiciliado en México.

Editor de libro: la persona física o moral, económica y legalmente responsable de la edición de un libro, que elige o concibe la obra y la realiza por cuenta propia o encarga a terceros los procesos para su transformación en libro y que es titular de los correspondientes derechos patrimoniales de autor, cuyos ingresos anuales provengan cuando menos de un noventa por ciento de su actividad editorial.

Servicios editoriales: los prestados por personas físicas o morales legalmente domiciliadas en el territorio nacional, dedicadas a las tareas denominadas de "preprensa" de libros mexicanos y coediciones mexicanas, consistentes en la corrección y revisión de textos, la composición tipográfica, diseño o diagramación mecánica o electrónica de los mismos, la fotomecánica y la formación de los libros o de sus páginas, cuyos ingresos anuales provengan cuando menos de un noventa por ciento de su actividad editorial.

Impresores y encuadernadores: las personas físicas o morales domiciliadas legalmente en el territorio nacional, dedicadas a las artes gráficas y que posean la infraestructura industrial y los medios necesarios para la impresión y encuadernación de libros cuyos ingresos anuales provengan cuando menos en un noventa por ciento de las referidas actividades.

Distribuidores: las personas físicas o morales legalmente domiciliadas en el territorio nacional, cuyos ingresos provenientes de la comercialización de libros al mayoreo, representen cuando menos el noventa por ciento del total de sus ingresos anuales.

Librerías: los establecimientos comerciales, propiedad de personas físicas o morales, cuyos ingresos provenientes de la venta de libros al público en general representen cuando menos el noventa por ciento del total de sus ingresos anuales.

Artículo 4.- Las garantías constitucionales de expresión y de imprenta, implícitas en las libertades de edición, impresión y distribución de libros y de sus complementos no podrán ser restringidas ni obstaculizadas, salvo por resolución judicial que haya causado ejecutoria.

Artículo 5- Ninguna autoridad federal, estatal o municipal podrá prohibir la promoción, creación, edición, producción, distribución y difusión del libro, salvo cuando así lo disponga expresamente una sentencia judicial que haya causado ejecutoria.

Capítulo II
De las Autoridades Educativas

Artículo 6.- A las autoridades educativas a nivel federal, estatal y municipal corresponde:

I. Formar lectores durante la educación primaria que sepan acudir a una biblioteca, escoger un libro, leerlo, cuidarlo, escribir un resumen y devolverlo, así como consultar un diccionario y un directorio telefónico;

II. Garantizar la lectura de todos los libros publicados en México en la Biblioteca Nacional, Biblioteca de México y Biblioteca del Congreso de la Unión, así como en las bibliotecas centrales estatales y en los archivos de la Dirección General del Derecho de Autor y el ISBN, a través de la compra y donación que realice el Consejo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura, de treinta y seis ejemplares de todos los libros editados en México y de todos los libros de autor mexicano publicados en el extranjero.

Para tales efectos los editores venderán cada libro de edición o coedición mexicana con un 20 por ciento de descuento;

III. Ofrecer 30 ejemplares de todos los libros de autor mexicano publicados en México o en el extranjero, a todos los lectores de otros países a través de una red mexicana de bibliotecas en el extranjero o de bibliotecas extranjeras especialmente interesadas en los autores mexicanos, distribuidos en los cinco continentes, cuya compra y donación la realizará el Consejo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura.

Para tales efectos los editores venderán cada libro de edición o coedición mexicana con un 20 por ciento de descuento; y

IV. Organizar un concurso anual, a nivel nacional, de comprensión de lectura, el cual deberá aplicarse a los alumnos de educación básica

Capítulo III
Del Consejo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura

Artículo 7.- Se crea el Consejo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura como un organismo desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública con los integrantes referidos en el artículo siguiente

Artículo 8.- El Consejo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura se integra por:

I. El Secretario de Educación Pública como presidente o quien éste nombre;

II. Un representante de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial;

III. Un representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

IV. El Presidente del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes;

V. El Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México;

VI. El Presidente de la Cámara Nacional de la Industria Editorial Mexicana;

VII. El Presidente de la Fundación Mexicana para el Fomento de la Lectura, AC;

VIII. Un representante de la Asociación Mexicana de Bibliotecarios, AC;

IX. El Presidente de la Asociación de Libreros Mexicanos, AC;

X. Un representante de la Red Nacional de Bibliotecas;

XI. Un representante de la Asociación Nacional del Libro, AC.

Artículo 9.- El patrimonio del Consejo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura, se integrará con: a) Presupuesto anual que se le autorice dentro del presupuesto de la Secretaría de Educación Pública;

b) Bienes destinados o utilizados por la Secretaría de Educación Pública;

c) Ingresos derivados de su propia actividad; y

d) Donaciones y legados.

Artículo 10.- El Consejo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura deberá coordinarse con las instituciones responsables para el cumplimiento de las siguientes facultades: I. La creación y reforzamiento de los hábitos de la lectura;

II. La promoción de las exportaciones de libros mexicanos y de coediciones mexicanas;

III. La organización de ferias locales, regionales, nacionales e internacionales del libro, fijas o itinerantes, así como apoyar a los editores de libros para su participación en ferias internacionales;

IV. La organización de actividades y cursos de capacitación, vinculados al trabajo editorial, gráfico, librero y bibliotecario;

V. El desarrollo de planes de cooperación internacional en el campo de la lectura y del libro;

VI. El desarrollo de sistemas integrales de información sobre el libro, su distribución, la lectura y los derechos de autor, así como crear una base de datos que contemple: catálogos y directorios colectivos de autores, obras, editoriales, industria gráfica, bibliotecas y librerías mexicanas, disponible para la consulta en red desde cualquier país; VII. El impulso de un sistema electrónico de consulta y conservación del patrimonio literario para la Red Nacional de Bibliotecas de la Secretaría de Educación Pública, desde los códices indígenas hasta los libros del siglo XIX. Los libros del siglo XX se irán incorporando al sistema, a medida que pasen al dominio público;

VIII. El apoyo a las instituciones que promuevan la formación profesional y la capacitación de quienes laboren en la cadena productiva y distributiva del libro mexicano y coediciones mexicanas;

IX. El apoyo a las actividades en defensa de los derechos del autor, el traductor y del editor, dentro y fuera del territorio nacional;

X. La capacitación de los profesionales de la educación en las ciencias relacionadas con el libro y la industria editorial, así como a los profesionales de los centros de documentación e información; y

XI. Las demás que estime necesarias.

Artículo 11.- Son obligaciones del Consejo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura las siguientes: I. La difusión y promoción del libro y la lectura en actividades que no constituyan publicidad de empresas o libros específicos;

II. La adquisición de los libros y coediciones mexicanas para el deposito legal de las bibliotecas, así como para los fines de elaboración de catálogos bibliográficos, de acuerdo con lo que establece la fracción II y III del artículo seis;

III. El fomento y financiamiento de las traducciones de autores mexicanos a idiomas extranjeros y a lenguas indígenas de México o de estos últimos al idioma español;

IV. La promoción y realización de campañas y adopción de medidas destinadas a evitar las reproducciones no autorizadas de libros;

V. El otorgamiento de premios y estímulos para los editores y correctores de libros mexicanos y coediciones mexicanas que se publiquen sin una sola errata; así como premios para los libros mejor escritos, los mejor traducidos y los de mejores índices y cuidados editoriales, entre otros conceptos que sugiera el Consejo;

VI. La promoción y fomento de la creación de todo género literario, mediante la organización de concursos, otorgamiento de becas y premios, así como la realización de talleres literarios y otros mecanismos de estímulos a los creadores.

VII. Servir de consulta y conciliación en todos los asuntos concernientes a la política editorial y a su ejecución, evaluación, actualización y promoción de la cultura del libro; y

VIII. Las demás que estime necesarias.

Artículo 12.- El Consejo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura sesionará como mínimo tres veces al año, en la fecha que fije su reglamento y sobre los asuntos que el mismo establezca.

Artículo 13.- El quórum para celebrar la sesión deberá ser de cuando menos el 50 por ciento más uno de sus miembros, para que las decisiones sean válidas deberán ser aprobadas por la mayoría de los miembros presentes, salvo aquellos casos en que se requiera mayoría calificada según su reglamento.

Artículo 14.- El reglamento interno del Consejo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura señalará la forma en que se celebrarán las sesiones.

Artículo 15.- El Consejo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura contará con la estructura profesional necesaria para su desarrollo, según se mencione en su reglamento.

Artículo 16.- En las entidades federativas se formarán Consejos de Fomento del Libro y la Lectura, en los términos del Consejo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura.

Capítulo IV
Sanciones

Artículo 17.- En lo conducente se aplicaran las sanciones de la Ley General de Educación, Ley Federal del Derecho de Autor y en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Capítulo V
Disposiciones Adicionales

Artículo 18.- El Ejecutivo federal pondrá en práctica las políticas y estrategias encaminadas a promover e incrementar la creación, edición, producción, distribución, difusión, venta y exportación del libro mexicano y de las coediciones mexicanas y a asegurar su presencia en las ferias nacionales e internacionales

ARTICULO SEGUNDO.- Se reforman los artículos 13, fracción IV; 77, fracción XXX, inciso b, y 143, fracción IV; además se adiciona una fracción V al artículo 13 y una fracción V al artículo 143 de la Ley del Impuesto al Impuesto Sobre la Renta para quedar como sigue:

Artículo 13 ...

I al III...

IV. 50 por ciento, si los contribuyentes están dedicados exclusivamente a la edición, producción, impresión, encuadernación, distribución y enajenación de libros, así como a la prestación de servicios editoriales; y hasta por el 20 por ciento del monto de la reinversión de utilidades del ejercicio fiscal inmediato anterior, siempre y cuando se reinvierta el 100 por ciento de las utilidades obtenidas en dicho ejercicio. Cuando no se dediquen exclusivamente a estas actividades, calcularán la reducción correspondiente sobre el monto del impuesto que corresponda a los ingresos por las actividades mencionadas en el párrafo anterior en los términos del Reglamento de esta Ley.

...

V. Hasta por el 50 por ciento del monto correspondiente a la importación de insumos, maquinaria, equipo y/o refacciones exclusivamente relacionados con la actividad editorial.

Artículo 77... I al XXIX...

XXX.-....

....

a)...

b) Cuando quien perciba estos ingresos sea socio o accionista en más del 20 por ciento del capital social de la persona moral que efectúa los pagos.

c)...

XXI a XXXII...

...

...

...

Artículo 143 ... I a III ...

IV.- 50 por ciento, si los contribuyentes están dedicados exclusivamente a la edición, producción, impresión, encuadernación, distribución y enajenación de libros, así como a la prestación de servicios editoriales; y hasta por el 20 por ciento del monto de la reinversión de utilidades del ejercicio fiscal inmediato anterior, siempre y cuando se reinvierta el 100 por ciento de las utilidades obtenidas en dicho ejercicio. Cuando no se dediquen exclusivamente a estas actividades, calcularán la reducción correspondiente sobre el monto del impuesto que corresponda a los ingresos por las actividades mencionadas en el párrafo anterior en los términos del Reglamento de esta Ley.

Para efectos de este artículo, se consideran contribuyentes dedicados exclusivamente a las actividades antes mencionadas, aquellos cuyos ingresos por dichas actividades representan cuando menos el 90 por ciento de sus ingresos totales.

V. Hasta por el 50 por ciento del monto correspondiente a la importación de insumos, maquinaria, equipo y/o refacciones exclusivamente relacionados con la actividad editorial.

ARTICULO TERCERO.- Se reforma el artículo 9 en su fracción III; se adiciona un inciso i a la fracción I y una fracción V, ambos del artículo 2-A, así como una fracción IX al artículo 25 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado para quedar como sigue:

Artículo 2-A ...

I...

a - h) ...

i) Libros, entendiéndose por libro toda publicación unitaria, no periódica, de carácter literario, artístico, científico, técnico, educativo, informativo o recreativo, impresa en cualquier soporte, cuya edición se haga en su totalidad de una sola vez en un volumen o a intervalos en varios volúmenes y fascículos. Comprenderá también los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido el electrónico, que conformen, conjuntamente con el libro, un todo unitario que no pueda comercializarse separadamente.

...

              II a IV ... V. La edición, producción, servicios editoriales, impresión, Encuadernación y distribución de libros.

...

Artículo 9 ... I a II ...

III.- Periódicos y revistas, así como el derecho para usar y explotar una obra, que realice su autor.

IV a VIII ...

Artículo 25 ... I a VIII ...

IX. Las de libros.

ARTICULO CUARTO.- Se adiciona la fracción VII al artículo 6 de la Ley del Impuesto al Activo para quedar como sigue:

Artículo 6 ...

I a VI ...

VII.- Las personas físicas o morales dedicadas a la edición, prestación de servicios editoriales, impresión, encuadernación y/o distribución de libros, así como a las librerías; cuyos ingresos anuales provengan, cuando menos en un 90 por ciento, de las actividades mencionadas.

...

...

...

ARTICULO QUINTO.- Se adiciona una fracción XVII al artículo 61 de la Ley Aduanera para quedar como sigue:

Artículo 61 ...

I a XVI ...

XVII.- Los libros, fotografías, películas, grabados y otros elementos reproducibles, insumos, maquinaria, equipo, partes y refacciones para la edición, impresión y encuadernación de libros siempre y cuando se compruebe a la autoridad fiscal que dichos elementos se encuentren directa y exclusivamente vinculados a la producción de libros.

ARTICULO SEXTO.-

Transitorios

Artículo Primero.- El presente decreto entrará en vigor entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
 

Artículo Segundo.- En el término de noventa días, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, deberá expedirse el reglamento de la Ley General del Libro, que se crea en el artículo primero de este decreto.

Citas:

(1)Margarita Villanueva, Ramírez. Exposición de motivos de la iniciativa de la Ley del Libro, LVI Legislatura, grupo parlamentario Partido Acción Nacional. 1997

(2) Idem.

(3) Idem.

(4) Espinoza, Pablo. CANIEM, "La industria papelera en México, cien por ciento protegida por el gobierno", en: La Jornada, 30 de abril de 1995, p.25.

(6) La Jornada del 6 de enero de 1993.

México, DF, a 29 de octubre de 1998.
 

Por el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional

Dip. Beatriz Zavala Peniche

Dip. Javier Algara Cossío

 


DE REFORMAS Y ADICIONES A LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, A CARGO DE LA C. DIP. MARIA DEL SOCORRO AUBRY OROZCO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA

Con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 55 fracción II, y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados de los Estados Unidos Mexicanos, los suscritos, diputados pertenecientes al grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LVII Legislatura del Congreso de la Unión, sometemos a la consideración de esta Honorable Soberanía, la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social cuyo decreto de expedición fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995.

Exposición de motivos

La seguridad social es un instrumento de justicia y equidad al servicio de la población trabajadora. Es la coronación de un esfuerzo sostenido del Estado mexicano por hacer realidad los derechos sociales plasmados en el artículo 123 de nuestra Constitución Política. Tiene por objeto garantizar el acceso a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión al trabajador en caso de presentarse alguna eventualidad que lo deje imposibilitado para el trabajo o que disfrutará al final de su vida productiva.

El legislador justificó la creación del Seguro Social, entre otras razones que fueron expuestas en la iniciativa enviada por el titular del Poder Ejecutivo Federal en 1942 al Congreso de la Unión, por el hecho de que diversos factores económicos, sociales y políticos propiciaban que las capas más necesitadas de la población mexicana vivieran en condiciones permanentes de insatisfacción de sus necesidades apremiantes e insalubridad en los lugares de trabajo. Ello provocaba un bajo rendimiento, minaba la capacidad productiva de los individuos y deterioraba su calidad de vida. Así, la medida de carácter central para contrarrestar esos factores de perjuicio social no era otra cosa que elevar el poder adquisitivo de los sectores empobrecidos, a fin de ponerlos en condiciones de satisfacer esas necesidades. Concluía el autor de la iniciativa que "por esta razón fundamental, la implantación del Seguro Social representa una cuestión de primera importancia en México, pues... coloca al obrero en posibilidad, mediante tal sistema, de recibir diversos servicios y prestaciones en los casos de enfermedad, de vejez, de invalidez, y de los demás riesgos" a que están expuestos hombres y mujeres en el trabajo1. La creación del Seguro Social en 1943, fue el punto de partida para la conformación de uno de los sistemas de seguridad social más importantes de América Latina, como sin duda lo es el mexicano.

La legislación actual considera cinco ramos de aseguramiento para quienes se acogen a la Ley del Seguro Social, vigente desde el 1 de julio de 1997: riesgos de trabajo; enfermedades y maternidad; invalidez y vida; retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y guarderías y prestaciones sociales. Los cinco ramos configuran una vasta red de protección social construida a lo largo de 55 años para beneficio de millones de asalariados del campo y la ciudad.

El Instituto Mexicano del Seguro Social, pilar de la política social, ha hecho posible la protección integral del trabajador, mejorar su eficiencia productiva y elevar su calidad de vida y la de su familia. Los servicios y beneficios que ofrece, día a día se extienden a más ciudadanos pese a las dificultades financieras que ha tenido que afrontar en épocas de crisis económica.

Consolidar las instituciones de seguridad social y preservar los principios que le dieron vida no ha sido sencillo. A lo largo de estas cinco décadas y media, la legislación ha tenido avances importantes como el tránsito del seguro social a un concepto de seguridad social amplio que permitió que un mayor número de mexicanos accediera a sus beneficios en forma integral. Pero también ha sufrido retrocesos significativos que se verán reflejados en la marcha de las mismas instituciones y en las expectativas de mejoría futura de sus beneficiarios.

Por su importancia y el impacto social que tiene, es conveniente atender uno de los efectos más nocivos de los recientes cambios al régimen de pensiones del IMSS. Como antecedente, en 1992 fue creado por iniciativa del Ejecutivo Federal el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), con el que se introdujeron en la ley conceptos y fines que entonces le eran ajenos a la seguridad social, al establecer un seguro complementario de capitalización individual administrado por instituciones de crédito. Posteriormente, en 1995 se produjo una franca ruptura con los principios que sustentaron el modelo público, solidario y redistributivo puesto en duda con el SAR. En ese año el carácter solidario de los fondos de pensiones del IMSS fue trastocado de raíz al incorporar en la ley un sistema privado de pensiones de capitalización individual de beneficios inciertos, modificando sustantivamente el régimen financiero del seguro de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte. Los recursos de los fondos de pensiones fueron entregados para su administración a entidades financieras privadas y se pasó de tajo, por cuanto hace a éstos, de la seguridad social al negocio de los seguros privados.

La reforma obedeció a un propósito deliberado de sustituir la responsabilidad pública en la generación del bienestar colectivo de los trabajadores por la intervención del mercado no sólo en el régimen de pensiones sino en los cinco ramos de aseguramiento. Esta reforma profunda se realizó en un contexto de cambio estructural y en sintonía con las políticas económicas privatizantes que han tenido un alto costo social en los países donde se han implantado. La justificación fue garantizar la viabilidad financiera del Instituto y el cumplimiento futuro de las obligaciones contraídas con los cotizantes. Con la reforma se indujo el ahorro forzoso de 12.6 millones de trabajadores con que cuenta hoy el modelo de las Afore y se espera fortalecer, por esta vía, el ahorro interno como palanca de desarrollo.

De conjunto, el impacto de aquellas reformas en el nivel de vida de los derechohabientes del IMSS y en la economía del país no se verá de inmediato, más allá de la reducción de las cuotas obrero-patronales y de la constatación del floreciente negocio de las Afore y las compañías de seguros privados. Los beneficios económicos esperados con la reforma de 1995: la fortaleza financiera del instituto; La mejoría en la calidad, eficiencia y calidez de los servicios médicos que presta; la incorporación de un número creciente de ciudadanos a los seguros y prestaciones que ofrece y la garantía de una vejez digna para los futuros pensionados y jubilados no dejarán de ser una gran duda por mucho tiempo. E1 nuevo régimen de pensiones madurará en 25 años y hasta entonces podremos verificar la certeza de las ventajas ofrecidas hace 4 años.

En tanto eso ocurre los contribuyentes pagarán el costo fiscal de la transición de un régimen a otro por un largo periodo de tiempo. Lo que si se ha podido constatar es que el alto costo fiscal de la reforma a la seguridad social ha sido mayor al estimado por sus autores: de acuerdo a los Criterios Generales de Política Económica para 1998, el costo fiscal total acumulado es de 1.47 por ciento del Producto Interno Bruto. No obstante, el gobierno federal ha tenido que recurrir al Banco Mundial para soportar el gasto financiero del seguro de Enfermedades y Maternidad del IMSS, lo que pone en entredicho el nuevo régimen financiero de este seguro.

La reforma de 1995 pretendía, también, sentar los cimientos para un sistema de pensiones más equitativo al modificar la base de cálculo, el régimen financiero y los criterios para incrementar el monto de éstas, no obstante haber aumentado el tiempo de espera para el disfrute de una pensión por cesantía en edad avanzada o por vejez de 500 a 1250 semanas. Empero, y esta es la motivación de nuestra iniciativa, dejó sin resolver la situación de 1 millón 200 mil jubilados y pensionados existentes al momento de producirse la reforma, 90 por ciento de los cuales percibían un salario mínimo general del Distrito Federal como pensión. El supuesto beneficio del nuevo régimen de pensiones, como el incremento de su monto conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor, no le fue aplicado a este sector. Las pensiones que reciben en la actualidad continúan atadas a los incrementos al salario mínimo.

A ese numeroso grupo de la sociedad, que contribuyó con su trabajo al desarrollo del país y al engrandecimiento de la seguridad social, simplemente se le dejó en el olvido, al convertirlo en un pasivo incómodo de la transición de un régimen de pensiones a otro. Para los autores de la iniciativa fue más importante considerar los supuestos beneficios para los potenciales ahorradores que para quienes ya habían consumido su vida laboral y contribuido a generar la riqueza del país. En las mismas circunstancias quedaron quienes se acogen a la ley anterior si desean disfrutar de una pensión por riesgos de trabajo, cesantía en edad avanzada y vejez.

Para estos pensionados la garantía del Estado para cubrir sus pensiones, no se traduce en la seguridad de mejoría futura ni de justicia social: sus ingresos seguirán siendo insuficientes para proporcionarles una vida decorosa.

A tres años de haberse aprobado la reforma, la situación de los pensionados con el régimen anterior ha empeorado llegando, incluso, a límites dramáticos que los legisladores estamos obligados a revertir. De acuerdo al IV Informe de Gobierno del Poder Ejecutivo Federal, son ya 1 millón 711 mil 293 pensionados del IMSS amparados en la ley anterior. El monto que recibe el 90 por ciento de esos jubilados, de acuerdo a nuestras estimaciones, es de 918.58 pesos mensuales, es decir, 1.01 veces el salario mínimo general en el Distrito Federal. Nadie puede aspirar a tener una vejez digna con ese ingreso tan bajo. La situación de las viudas es aún peor, en virtud de que la pensión que reciben es equivalente al noventa por ciento de la que recibía el asegurado fallecido.

Para tener una idea más precisa del drama en que viven los pensionados del IMSS, de conformidad con nuestros cálculos, que coinciden con las cifras oficiales, baste recordar que al mes de septiembre de este año el deterioro del salario mínimo con respecto a la inflación, si se toma como referencia 1977, ha sido del 71 por ciento y de alrededor de 21 por ciento desde 1994. En pesos de enero de 1998, esta remuneración equivalía a 92 pesos con 31 centavos diarios de hace 21 años y a 32 pesos con 91 centavos a inicios del presente sexenio. La situación de los pensionados se agravará aún más en 1998, habida cuenta de que el incremento aplicado a las pensiones fue del 14.2 por ciento y la inflación, en el mejor de los casos será del 16 por ciento, lo que provocará una nueva caída real en el monto de las pensiones en cerca de 2 puntos porcentuales.

Asimismo, diversas investigaciones universitarias dedicadas al análisis del poder adquisitivo en relación a los productos básicos, han demostrado que en los últimos 11 años, la canasta obrera indispensable se ha incrementado mil 574 por ciento, mientras que el salario mínimo ha subido apenas 367 por ciento en el mismo lapso. El costo de dicha canasta pasó de 6.86 pesos en diciembre de 1987 a 114.82 pesos al 15 de abril de 1998. Es decir, la inmensa mayoría de los pensionados del IMSS ni siquiera recibe lo suficiente para cubrir sus necesidades alimenticias de sobrevivencia. Por lo demás, la canasta obrera indispensable no incluye vivienda, vestido, calzado, agua, energía eléctrica, gas, transporte o jabón.

Si nos atenemos a su nivel de ingresos, estos pensionados no alcanzan a superar la franja de la pobreza, ubicándose en la mayoría de los casos en el ejército de pobres extremos.

Todo lo anterior ha llevado a los legisladores que suscribimos esta iniciativa, a concluir que es urgente reformar la Ley del Seguro Social para beneficio de quienes se pensionaron con la ley que fue derogada y de las viudas de los actuales y futuros pensionados. Ello es posible si convenimos que hacerlo sería un acto de justicia social que reclaman la sociedad y los propios afectados.

De esta manera, una vez puesta en vigor la reforma que presentamos, la pensión de viudez será igual al cien por ciento de la que le hubiera correspondido al asegurado en caso de invalidez o de la que venía disfrutando el pensionado por este supuesto en el nuevo o el anterior régimen.

Para los asegurados inscritos con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la Ley del Seguro Social que, de acuerdo al transitorio Undécimo, decidieran acogerse al régimen de la ley anterior, la pensión de vejez o cesantía en edad avanzada, no podrá ser menor a 2 veces el salario mínimo general para el Distrito Federal. En virtud de que con este cambio se modifica el monto de las pensiones por riesgos de trabajo, por seguridad jurídica se hacen las precisiones necesarias. Las pensiones por riesgos de trabajo, vejez o cesantía en edad avanzada y viudez otorgadas bajo el régimen derogado, serán incrementadas anualmente en el mes de febrero conforme al índice Nacional de Precios al Consumidor.

En esta misma línea de reformas, las pensiones de invalidez, de vejez o cesantía en edad avanzada, incluyendo las asignaciones familiares y las ayudas asistenciales en curso de pago, que señala el articulo Duodécimo transitorio, no podrán ser inferiores a 2 veces el salario mínimo general para el Distrito Federal. Consecuentes con la búsqueda de equidad, las pensiones en curso de pago por riesgos de trabajo, invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada y viudez, serán incrementadas anualmente en el mes de febrero conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor.

Conscientes de que las reformas y adiciones descritas tendrán un impacto en las finanzas públicas, proponemos que el incremento de la pensión mínima sea gradual, hasta alcanzar un monto de 2 veces el salario mínimo general, como cuantía mínima en el año 2000. Así los diputados tendremos la oportunidad de hacer las previsiones presupuestales necesarias en los años subsecuentes.

Legislar en favor de los sectores más desprotegidos es un compromiso adquirido con la sociedad a quien representamos. Es el momento de hacer justicia para quien más la reclaman. Es la oportunidad de pagar la deuda social con los jubilados y pensionados.

Por lo antes expuesto, se propone el siguiente:

Proyecto de decreto

ARTICULO PRIMERO.- Se reforma el artículo 131 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:

Artículo 131.- La pensión de viudez será igual al cien por ciento de la que hubiera correspondido al asegurado en caso de invalidez o de la que venía disfrutando el pensionado por este supuesto.

ARTICULO SEGUNDO.- Se adicionan los transitorios Undécimo y Duodécimo de la Ley del Seguro Social para quedar como sigue:

Undécimo.- Los asegurados inscritos con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de esta Ley, al momento de cumplirse los supuestos legales o el siniestro respectivo que, para el disfrute de las pensiones de vejez, cesantía en edad avanzada o riesgos de trabajo, se encontraban previstos por la Ley del Seguro Social que se deroga, podrán optar por acogerse a los beneficios por ella contemplados o a los que establece la presente Ley.

Si la decisión es acogerse al régimen de la ley que se deroga, la pensión de vejez o cesantía en edad avanzada, incluyendo las asignaciones familiares y las ayudas asistenciales que en su caso correspondan, no podrá ser inferior a 1.5 veces el salario mínimo general que rija para el Distrito Federal. Dicho monto deberá incrementarse a 2 veces el salario mínimo general para el Distrito Federal, a partir del 1° de enero del año 2000.

Asimismo, la pensión de viudez será igual al cien por ciento de la pensión de invalidez, de vejez o de cesantía en edad avanzada, que el pensionado fallecido disfrutaba, o de la que le hubiere correspondido al asegurado en caso de invalidez.

La pensión que se otorgue en caso de incapacidad permanente total, será siempre superior a la que le corresponda al asegurado por invalidez, comprendidas las asignaciones familiares y la ayuda asistencial.

Si el riesgo de trabajo trae como consecuencia la muerte del asegurado, a la viuda se le otorgará una pensión equivalente al cuarenta por ciento de la que hubiese correspondido a aquel. La misma pensión corresponde al viudo o concubinario que hubiera dependido económicamente de la asegurada. El importe de esta prestación no podrá ser inferior a la cuantía mínima que corresponda a la pensión de viudez del seguro de invalidez y vida.

Las pensiones por riesgos de trabajo, vejez o cesantía en edad avanzada y viudez otorgadas bajo el régimen que se deroga, serán incrementadas anualmente en el mes de febrero conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor.

Duodécimo.- Estarán a cargo del gobierno federal las pensiones que se encuentren en curso de pago, así como las prestaciones o pensiones de aquellos sujetos que se encuentren en periodo de conservación de derechos y las pensiones que se otorguen a los asegurados que opten por el esquema establecido por la Ley que se deroga.

Las pensiones en curso de pago, se cubrirán conforme a lo siguiente: las de invalidez, de vejez o cesantía en edad avanzada, incluyendo las asignaciones familiares y las ayudas asistenciales que en su caso correspondan, no podrán ser inferiores a 1.5 veces el salario mínimo general que rija para el Distrito Federal. Dicho monto deberá incrementarse a 2 veces el salario mínimo general para el Distrito Federal, a partir del 1 de enero del año 2000.

Asimismo, la pensión de viudez será igual al cien por ciento de la pensión de invalidez, de vejez o de cesantía en edad avanzada, que el pensionado fallecido disfrutaba.

Las pensiones en curso de pago por riesgos de trabajo, invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada y viudez, serán incrementadas anualmente en el mes de febrero conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor.

Artículos Transitorios

Artículo Unico.- E1 presente decreto entrará en vigor el 1 de enero de 1999.

Solicito a la presidencia, turne la presente iniciativa a la Comisión de Seguridad Social.

Diputados Roselia Margarita Barajas Olea, Lázaro Cárdenas Batel, Jesús Flores Carrasco y César Agustín Pineda Castillo.

Notas: (1) Exposición de motivos de la iniciativa de Ley del Seguro Social, presentada por Manuel Avila Camacho al Congreso de la Unión el 18 de diciembre de 1942, Diario de los Debates, Cámara de Diputados, Congreso de la Unión, página 12.

 


Minutas  

PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE AUTORIZACION AL CIUDADANO ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEON, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PARA AUSENTARSE DEL TERRITORIO NACIONAL LOS DIAS 14 AL 19 DE NOVIEMBRE DE 1998, A EFECTO DE QUE REALICE UNA VISITA DE TRABAJO A JAPON Y PARA QUE PARTICIPE EN LA VI CUMBRE DE LIDERES DEL MECANISMO DE COOPERACION ASIA-PACIFICO (APEC), A CELEBRARSE EN KUALA LUMPUR, MALASIA

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
PRESENTE

Para los efectos legales correspondientes, nos permitimos remitir a ustedes el expediente que contiene Minuta Proyecto de Decreto que concede autorización al Ciudadano Ernesto Zedillo Ponce de León, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del territorio nacional los días 14 al 19 de noviembre de 1998, a efecto de que realice una visita de trabajo a Japón y para que participe en la VI Cumbre de Líderes del Mecanismo de Cooperación Asia-Pacífico (APEC), a celebrarse en Kuala Lumpur, Malasia.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

México, a 3 de noviembre de 1998.

Sen. Laura Pavón Jaramillo
Secretaria

Sen. Alfredo Garcimarrero Ochoa
Secretario

Minuta proyecto de Decreto

Artículo Unico.- Se concede autorización al ciudadano Ernesto Zedillo Ponce de León, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del territorio nacional los días 14 al 19 de noviembre de 1998, a efecto de que realice una visita de trabajo a Japón y para que participe en la VI Cumbre de Líderes del Mecanismo de Cooperación Asia-Pacífico (APEC), a celebrarse en Kuala Lumpur, Malasia.

Transitorio

Artículo Unico.- El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación, en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 3 de noviembre de 1998.

Sen. Oscar López Velarde Vega, Presidente, sen. Laura Pavón Jaramillo, secretaria, sen. Alfredo Garcimarrero Ochoa, secretario.

 


De la CRICP  

SOBRE CAMBIOS DE INTEGRANTES DE COMISIONES

Palacio Legislativo, México, DF, a 3 de noviembre de 1998.

Dip. Juan Cruz Martínez
Presidente de la Mesa Directiva
H. Cámara de Diputados
PRESENTE

Con fundamento por lo dispuesto en los artículos 34, 27, incisos b y d; y 45 fracciones I y VI de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el artículo 21, fracción III, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y por los artículos quinto y noveno del Acuerdo Parlamentario relativo a las Sesiones, Integración del Orden del Día, los Debates y las Votaciones de la Cámara de Diputados, aprobado en la sesión efectuada el día 6 de noviembre de 1997, adjunto a la presente podrá encontrar el siguiente documento signado por el dip. Carlos Medina Plascencia, coordinador del grupo parlamentario del PAN, donde solicita cambios en comisiones, lo anterior para que se le dé el trámite correspondiente.

* Que el dip. Francisco José Paoli Bolio sustituya al dip. Juan Miguel Alcántara Soria, en la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. Atentamente

Lic. Enrique León Martínez
Secretario técnico
Palacio Legislativo, México, DF, a 3 de noviembre de 1998.
 

Dip. Juan Cruz Martínez
Presidente de la Mesa Directiva
H. Cámara de Diputados
PRESENTE

Con fundamento por lo dispuesto en los artículos 34, 27, incisos b y d; y 45, fracciones I y VI, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el artículo 21, fracción III, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y por los artículos quinto y noveno del Acuerdo Parlamentario relativo a las Sesiones, Integración del Orden del Día, los Debates y las Votaciones de la Cámara de Diputados, aprobado en la sesión efectuada el día 6 de noviembre de 1997, adjunto a la presente oficio suscrito por el diputado José de Jesús Martín del Campo Castañeda, en que informa sobre su incorporación a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, en sustitución del diputado Demetrio Sodi de la Tijera.

Lo anterior, para lo conducente.

Sin más por el momento, quedo de Usted.

Atentamente
Lic. Enrique León Martínez
Secretario técnico

 

Palacio Legislativo, México, DF, a 3 de noviembre de 1998.

Dip. Juan Cruz Martínez
Presidente de la Mesa Directiva
H. Cámara de Diputados
PRESENTE

Con fundamento por lo dispuesto en los artículos 34, 27, incisos b y d; y 45, fracciones I y VI, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el artículo 21, fracción III, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y por los artículos quinto y noveno del Acuerdo Parlamentario relativo a las Sesiones, Integración del Orden del Día, los Debates y las Votaciones de la Cámara de Diputados, aprobado en la sesión efectuada el día 6 de noviembre de 1997, adjunto a la presente podrá encontrar el siguiente documento signado por el dip. Ricardo Cantú Garza, Coordinador del grupo parlamentario del PT, donde solicita cambios en comisiones, lo anterior para que se le dé el trámite correspondiente.

* Que el dip. Santiago Gustavo Pedro Cortés deja la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía y se incorpora a la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda.

* Que el dip. Ricardo Cantú Garza deja la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda y se incorpora a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
Lic. Enrique León Martínez
Secretario técnico

 
Palacio Legislativo, México, DF, a 3 de noviembre de 1998.

Dip. Juan Cruz Martínez
Presidente de la Mesa Directiva
H. Cámara de Diputados
PRESENTE

Con fundamento por lo dispuesto en los artículos 34, 27, incisos b y d; y 45, fracciones I y VI, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el artículo 21, fracción III, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y por los artículos quinto y noveno del Acuerdo Parlamentario relativo a las Sesiones, Integración del Orden del Día, los Debates y las Votaciones de la Cámara de Diputados, aprobado en la sesión efectuada el día 6 de noviembre de 1997, adjunto a la presente podrá encontrar el siguiente documento signado por el dip. Arturo Núñez Jiménez, coordinador del grupo parlamentario del PRI, donde solicita cambios en comisiones, lo anterior para que se le dé el trámite correspondiente.

* Que el dip. José Oscar Aguilar González sustituye en la Secretaría de la Comisión de Protección Civil al dip. Carlos Fernando Rosas Cortés.

* Que la dip. Blanca Rosa García Galván sustituye en la Secretaría de la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía al dip. Braulio Manuel Fernández Aguirre, quién seguirá siendo integrante de dicha Comisión.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
Lic. Enrique León Martínez
Secretario técnico

 
Palacio Legislativo, México,DF, 3 de noviembre de 1998.

Dip. Juan Cruz Martínez
Presidente de la Mesa Directiva
H. Cámara de Diputados
PRESENTE

Con fundamento por lo dispuesto en los artículos 34, 27 incisos b y d; y 45 fracciones I y VI de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el artículo 21 fracción III del reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y por los artículos Quinto y Noveno del Acuerdo Parlamentario relativo a las Sesiones, Integración del Orden del Día, los Debates y las Votaciones de la Cámara de Diputados, aprobado en la Sesión efectuada el día 6 de noviembre de 1997, adjunto a la presente podrá encontrar el siguiente documento signado por el dip. Arturo Núñez Jiménez, Coordinador del grupo parlamentario del PRI, donde solicita cambios en comisiones, lo anterior para que se le dé el trámite correspondiente.

* Que el dip. Miguel Angel Quirós Pérez sustituye al dip. Eduardo Bernal Martínez, en la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. Asimismo el dip. Miguel Angel Quirós causará baja en la Comisión del Distrito Federal. Atentamente
Lic. Enrique León Martínez
Secretario técnico
 


Proposiciones  
  
DE LA COMISION DE REGIMEN INTERNO Y CONCERTACION POLITICA, DE REPRESENTANTES DE LA CAMARA DE DIPUTADOS, EN LA COMISION BICAMERAL QUE CONSTITUIRA EL MECANISMO DENOMINADO PARLAMENTO DE MUJERES DE MEXICO

Palacio Legislativo, 14 de octubre de 1998.

C. Dip. Arturo Núñez Jiménez
Presidente de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política de la Cámara de Diputados
PRESENTE

Nos es grato comunicar a usted que en sesión plenaria de la Comisión de Equidad y Género de la LVII Legislatura de la Cámara de Diputados, celebrada el pasado miércoles 7 de octubre del año en curso, esta Mesa Directiva presentó a la consideración del Pleno de la Comisión, el proyecto de Punto de Acuerdo sobre la Integración de la Comisión Bicamaral, constituida ésta también por punto de acuerdo emanado de los trabajos del Parlamento de Mujeres de México que tuvo lugar en este Recinto Legislativo los días 7 y 8 de marzo de 1998.

En virtud de que dicho Punto de Acuerdo fue aprobado en sus términos por las diputadas y diputados que asistieron a la reunión de referencia, en este acto nos permitimos enviar a la consideración de ese Organo de Gobierno Camaral, el referido punto de acuerdo debidamente firmado por quienes integramos la Mesa Directiva de la Comisión, a fin de que tenga usted a bien promover su desahogo y efectos legales que corresponden, durante alguna de las próximas reuniones ordinarias del Pleno de la Cámara de Diputados.

Punto de Acuerdo del Pleno de la Comisión de Equidad y Género de la Cámara de Diputados, sobre la integración de la Comisión Bicamaral del Parlamento de Mujeres de México

Como resultado de la celebración del Parlamento de Mujeres de México, convocado por las Comisiones de Equidad y Género de la LVII Legislatura de las Cámaras de Diputados y de Senadores, que tuvo lugar en este recinto legislativo de San Lázaro los días 7 y 8 de marzo de 1998, emanó un Punto de Acuerdo que establece que dicho parlamento se constituye a través de una Comisión Bicamaral, integrada por legisladoras de ambas Cámaras; de conformidad con los artículos 46, párrafo segundo, 77 y 90, segundo párrafo de la Ley Orgánica Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 90 del Reglamento para su Gobierno Interior y,

Considerando

Que el propósito fundamental que motivó la creación de la Comisión Bicamaral del Parlamento de Mujeres de México, es y será el análisis y deliberación plural sobre el marco jurídico nacional actual en relación con los derechos de la mujer mexicana, que dé sustento a la promoción e integración de una agenda legislativa nacional que contribuya a eliminar toda forma de discriminación de género en el país, así como la promoción de políticas públicas y la aplicación de programas de gobierno con visión y perspectiva de género que las beneficien.

Que conforme a lo establecido en el párrafo diez del Punto de Acuerdo del Parlamento, el 24 de marzo de 1998 el Pleno del Senado de la República conoció en voz de la Presidenta de la Comisión de Equidad y Género de ese Cuerpo Colegiado, respecto al contenido del acuerdo de referencia, el que conforme al procedimiento práctica parlamentaria fue turnado a la Gran Comisión para su dictamen. Esta última presentó al Pleno Senatorial el acuerdo donde se designó a las CC. Senadoras que ahora forman parte de la Comisión Bicamaral del Parlamento de Mujeres de México.

Que en sesión pública del Pleno de la Cámara de Diputados de fecha 29 de abril de 1998, la Presidenta Colegiada en turno de la Comisión de Equidad y Género hizo del conocimiento de esta Soberanía el ya citado Punto de Acuerdo, mismo que fue aprobado, quedando pendiente la designación de las CC. Diputadas Federales que integrarían la representación de esta Cámara en dicha Comisión Bicamaral.

Como consecuencia de lo anterior, y atendiendo la conformación plural que observa la Comisión de Equidad y Género de la Cámara de Diputados, los grupos parlamentarios que la integramos nos pronunciamos en favor del siguiente

Punto de Acuerdo

Primero: Se integra la representación de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión en la Comisión Bicamaral, que constituirá el mecanismo denominado Parlamento de Mujeres de México con las Diputadas Federales Siguientes:

Por el Partido Revolucionario Institucional:

Dip. Sara Esthela Velázquez Sánchez

Dip. María Laura Carranza Aguayo

Dip. Carmen Moreno Contreras

 
Por el Partido de la Revolución Democrática:

Dip. Alma Angelina Vucovich Seele

Dip. María D. GastélumValenzuela

Dip. Angélica de la Peña Gómez

 
Por el Partido Acción Nacional:

Dip. María Elena Cruz Muñoz

Dip. Patricia Espinosa Torres

Dip. María Beatriz Zavala Peniche
 

Por el Partido del Trabajo:

Dip. María Mercedes Maciel Ortiz.
 

Segundo: Preséntese a la consideración de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política para su correspondiente dictamen y presentación al Pleno de la Cámara de Diputados, a fin de que se someta a votación y en su caso aprobación.

Palacio Legislativo, Salón de Comisiones del edificio D, 7 de octubre de 1998.

Dip. María Mercedes Maciel Ortíz (rúbrica), Presidenta Colegiada en Turno; dip. Sara Esthela Velázquez Sánchez (rúbrica), Presidenta Colegiada; dip. Alma Angelina Vucovich Seele (rúbrica), Presidenta Colegiada; dip. María Elena Cruz Muñoz (rúbrica), Presidenta Colegiada; dip. Verónica Velasco Rodríguez (rúbrica), Presidenta Colegiada; dip. Luz del Carmen López Rivera (rúbrica), secretaria; dip. Martha Dalia Gastélum Valenzuela (rúbrica), secretaria, dip. Patricia Espinoza Torres (rúbrica), secretaria.
 


Informes  

DE LA COMISION DE PROTECCION CIVIL, SOBRE LA TEMPORADA DE INVIERNO EN TERRITORIO MEXICANO

Información sobre la temporada de invierno en territorio mexicano

Según el Glosario de Términos de la Protección Civil y el Atlas Nacional de Riesgos, elaborados y editados por la Secretaría de Gobernación en 1992,

Nevada es la precipitación atmosférica sólida en pequeños cristales de hielo en forma hexagonal, o estrellada, que se reúnen en grupos formando copos. En México, este tipo de fenómeno ocurre por la influencia de las corrientes frías provenientes del norte, cuando las condiciones de temperatura y presión referidas a la altitud de un lugar, y el cambio de humedad del ambiente, se conjugan para provocar la precipitación de la nieve.

Las nevadas son frecuentes en el norte del país, y sólo en escasas ocasiones se presentan en las zonas del sur.

En las sierras del estado de Chihuahua, durante la estación invernal, ocurren más de seis nevadas anuales en promedio y en algunas pequeñas regiones al norte de Durango y Sonora, éstas tienen una frecuencia de tres veces al año.

Helada es un fenómeno hidrometeorológico producido por masas de aire polar con bajo contenido de humedad, cuando el aire alcanza temperaturas inferiores a los 0º C. Cuanto más baja sea la temperatura, más intensa resultará la helada.

Las heladas se han presentado, con mayor frecuencia, durante largos periodos, en los estados de Coahuila, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, México, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tlaxcala y Veracruz.

Dadas las condiciones que se registraron durante la temporada de ciclones tropicales del presente año, así como por el elevado volumen de precipitaciones pluviales, las autoridades del Servicio Meteorológico Nacional prevén que la próxima temporada de invierno registre temperaturas insólitamente bajas, acompañadas en algunos casos, por heladas y nevadas de diversa intensidad.

Por lo anterior, adicionalmente a las recomendaciones usuales de la protección civil para cualquier tipo de calamidad (como definir un punto de reunión y un familiar o amigo que viva fuera de la zona afectable, por si la familia se viera separada; hacer acopio de alimentos y agua potable; reunir documentos personales y medicamentos de uso familiar; prever ropa gruesa y calzado adecuado; atender las indicaciones de las autoridades y tener un directorio de teléfonos de emergencia), se sugiere no exponerse a cambios bruscos de temperatura, utilizar ropa de abrigo, consumir líquidos en abundancia y especialmente no encender anafres o braseros en espacios cerrados puesto que pueden provocar la muerte por envenenamiento de las personas.

En los casos en que las personas habiten en las zonas anteriormente referidas, es importante cerciorarse de que los techos se encuentren en condiciones de resistir el peso del hielo o la nieve, los drenajes no estén obstruidos y los sistemas de calefacción se encuentren en la mejor situación posible, especialmente aquellos que cuenten con chimeneas, cuyos tiros deberán ser limpiados con anterioridad.

La temporada de invierno, coincidente con el fin del año, se acompaña normalmente de festejos y salidas nocturnas, en las que se debe ser especialmente cuidadoso, a efecto de no exponerse innecesariamente y sufrir consecuencias en nuestras personas y bienes.

La Comisión de Protección Civil mantendrá un monitoreo permanente sobre la problemática, especialmente en relación a las acciones preventivas y de respuesta instrumentadas por el Sistema Nacional de Protección Civil, dando cuenta puntual de su evolución a esta Legislatura.

Atentamente
Dip. Noemí Guzmán Lagunes
Presidenta de la Comisión

 


Acuerdos  

DE LA COMISION DE REGIMEN INTERNO Y CONCERTACION POLITICA, PARA GARANTIZAR LA DIFUSION DE LA INFORMACION DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS

 Acuerdo para garantizar la difusión de la Información de la H. Cámara de Diputados

Considerando

1. Que la Cámara de Diputados, como órgano del Estado, se encuentra obligada a garantizar, en el ámbito de sus competencias, el derecho a la información, de conformidad con el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Que la Cámara de Diputados está comprometida a proporcionar información confiable y oportuna al pueblo mexicano, de manera directa, y a través de los medios de información.

3. Que la Cámara de Diputados ha carecido hasta ahora de un ordenamiento que establezca los procedimientos y condiciones para brindar información al público.

4. Que no ha existido definición suficiente sobre los deberes informativos de la Cámara, sus grupos parlamentarios, comisiones, comités, diputados y diputadas.

5. Que la Cámara de Diputados cuenta con una Coordinación General de Comunicación Social, cuya política informativa debe ser normada por la propia Cámara.

6. Que las informaciones que se originan en la Cámara tienen diversas procedencias, ya sea de ésta como tal, de sus comisiones y comités, de sus grupos parlamentarios, así como de los legisladores, por lo que es necesario que se defina con claridad el origen de las distintas informaciones para evitar confusiones.

7. Que es necesario informar sobre el contenido y alcance de las actividades, decisiones y diversas propuestas que se presentan ante la Cámara.

8. Que debe otorgarse un trato equitativo a los diversos medios de información acreditados ante la Cámara.

Capítulo Primero
Disposiciones Generales

Artículo 1.- E1 presente acuerdo tiene como finalidad garantizar las actividades tendientes a difundir una información oportuna y objetiva sobre las actividades que realice la Cámara de Diputados, conforme a sus atribuciones constitucionales.

Artículo 2.- La Cámara de Diputados informará sobre el estado que guardan sus trabajos y los de sus comisiones y comités, en los términos del presente acuerdo.

Artículo 3.- Los informadores tienen el derecho de solicitar a la Cámara de Diputados, grupos parlamentarios, comisiones, comités y legisladores en lo individual, la información que consideren pertinente, incluyendo la realización de sesiones de preguntas y respuestas.

Artículo 4.- La Cámara de Diputados prestará a los informadores de los diversos medios, acreditados ante la misma, los elementos materiales que estén a su alcance para el desempeño de su trabajo.

I. Los representantes de los medios de información registrados ante la Cámara podrán estar presentes dentro del Salón de Sesiones.

II. Cuando el Presidente de la Mesa Directiva toque la campanilla para dar inicio a la sesión, los informadores deberán trasladarse a los lugares asignados dentro del Salón de Sesiones.

III. Una vez iniciada la sesión y durante el desarrollo de la misma, los periodistas por ningún motivo podrán realizar entrevistas en el Salón de Sesiones

IV. En la plataforma lateral derecha se habilitarán lugares para ser ocupados por los informadores, adicionalmente al palco de prensa. A dicha plataforma podrá tener acceso un informador por medio acreditado. Los reporteros gráficos tendrán acceso al palco de prensa y a los balcones laterales; a la plataforma mencionada podrán tener acceso simultáneamente hasta cinco reporteros gráficos.

V. La Coordinación General de Comunicación Social organizará un sistema de enlace reporteros-legisladores en el Salón de Sesiones.

VI. La Coordinación de Comunicación Social dotará a los informadores registrados ante la Cámara de una identificación que portarán en todo momento en lugar visible. Esta será retirada en caso de incumplimento de alguna de estas disposiciones, por instrucción del Presidente de la Mesa Directiva, de acuerdo con el artículo 27, inciso F de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 5.- La Cámara de Diputados en ningún caso podrá remunerar el trabajo de los informadores al servicio de los medios de información ajenos a la misma, ya sean éstos privados, sociales, estatales, concesionados o de cualquier otra naturaleza.

Artículo 6.- La publicidad institucional de la Cámara de Diputados será asignada de acuerdo con los niveles de circulación y cobertura de cada medio informativo.

En el caso específico de los medios de información del interior del país, serán los interesados los responsables de comprobar ante la Coordinación General de Comunicación Social los niveles de circulación y cobertura, a través de medios reconocidos y confiables.

Para los medios informativos de reciente creación o de circulación limitada o selectiva, que por su especialización, prestigio de sus integrantes u objetivos reconocidos, sean útiles para la Cámara de Diputados, será el Comité de Comunicación Social quien proponga a la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política la asignación de publicidad y los alcances de la misma, para su autorización.

Artículo 7.- Los grupos parlamentarios podrán tener su propia oficina de comunicación social, la cual contará con el apoyo de la Coordinación General de Comunicación Social de la Cámara.

Artículo 8.- En sus comparecencias ante los medios informativos, los diputados y diputadas precisarán si sus opiniones o proyectos son a título personal o corresponden a disposiciones oficiales de los grupos parlamentarios a los que pertenecen, a expresión mayoritaria de alguna comisión o comité, o al consenso de las mismas.

Artículo 9.- Los diputados y diputadas procurarán hacer las rectificaciones que fueran necesarias a la publicación de hechos o declaraciones que se les atribuyen; para ello contarán, según sea el caso, con el apoyo de la oficina de comunicación social del respectivo grupo parlamentario o de la Coordinación General de Comunicación Social de la Cámara. Las rectificaciones se harán siempre en forma respetuosa.

Artículo 10.- En la medida en que los medios técnicos de la Cámara lo permitan, las sesiones de las comisiones serán transmitidas por televisión y los informadores acreditados podrán verlas a través de circuito cerrado. En las transmisiones se dará prioridad a la información relevante, a consideración de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política.
 

Capítulo Segundo

De la Coordinación de Comunicación Social de la Cámara de Diputados

Artículo 11.- La Coordinación General de Comunicación Social de la Cámara de Diputados es la dependencia profesional y apartidista, encargada de informar sobre los acontecimientos que se produzcan en la misma, así como de atender y dar servicios a los informadores acreditados.

Artículo 12.- La Coordinación General de Comunicación Social será dirigida por un Coordinador, nombrado por la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política.

Artículo 13.- La Coordinación General de Comunicación Social tendrá las siguientes funciones:

I. Proporcionar a los informadores acreditados ante la Cámara, y en general a todos los medios, la información que se genere en la misma.

II. Informar sobre las iniciativas de ley o decreto, las propuestas que no constituyan iniciativas y que se reciban por la Cámara, así como sobre los proyectos de dictamen que sean discutidos y resueltos por el Pleno.

III. Poner a disposición de los informadores las versiones estenográficas, la Gaceta Parlamentaria y el Diario de los Debates.

IV. Facilitar a los informadores acreditados en la Cámara los elementos para su mejor desempeño, conforme a las previsiones presupuestales de la misma.

V. Coadyuvar con los informadores a concertar entrevistas, exclusivas o de difusión general, con los diputados y diputadas.

VI. Acreditar a los representantes de los medios de información, dotarles de identificación de la Cámara y otorgarles las atenciones necesarias para el cumplimiento de su función.

VII. Divulgar entre los diputados y diputadas el compendio de noticias de los diversos medios relacionadas con las funciones de la Cámara.

VIII. Apoyar a las oficinas de comunicación social de los grupos parlamentarios de la Cámara.

IX. Realizar conforme a las instrucciones que reciba de la instancia competente de la Cámara, las aclaraciones pertinentes sobre informaciones publicadas por los medios de información del país y del extranjero.

X. Ordenar las publicaciones pagadas en los medios de información, cuidando que éstas señalen con total claridad la procedencia de la Cámara. No podrán ordenarse inserciones en prensa, radio y televisión en forma de gacetilla que no identifiquen a la Cámara como la responsable de la inserción.

Artículo 14.- La Coordinación General de Comunicación Social aplicará la política definida por el Comité de Comunicación Social y aprobada por la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política. La Coordinación estará bajo la autoridad permanente de esta última.

Artículo 15.- La Coordinación General de Comunicación Social dará igual trato a todos los informadores acreditados. Los medios de información que no estén acreditados permanentemente podrán hacerlo para determinado evento de la Cámara.

Artículo 16.- La Coordinación General de Comunicación Social se abstendrá de acreditar a personas que no demuestren que efectivamente laboran para algún medio de información nacional o extranjero.

Artículo 17.- Los medios de información que tengan representantes acreditados ante la Cámara recibirán de la Coordinación General de Comunicación Social, previa solicitud, la información diaria producida por ésta, aun cuando su propio representante haya estado presente en la Cámara. La transmisión de esta información se llevará a cabo a través de los medios técnicos disponibles en la Cámara.

La Comisión de Régimen Interno y Concertación Política: Dip. Arturo Núñez Jiménez, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, Presidente; dip. Carlos Medina Plascencia, coordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional; dip. Porfirio Muñoz Ledo, coordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; dip. Jorge Emilio González Martínez, coordinador del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, y dip. Ricardo Cantú Garza, coordinador del grupo parlamentario del PT.

 


Convocatorias  

DE LA COMISION DE SEGURIDAD SOCIAL

 A su reunión ordinaria del jueves 5 de noviembre, a las 9 horas, en la zona D del restaurante Los Cristales de esta H. Cámara de Diputados, con el objeto de dar Instalación formal a las Subcomisiones de Dictamen de los asuntos turnados a la Comisión.

Atentamente
Dip. dr. Gonzalo Rojas Arreola
Presidente

 
DE LA COMISION DE COMERCIO

A la reunión de trabajo de esta Comisión el jueves 5 de noviembre, a las 9 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales de este recinto legislativo.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y verificación de quórum.

2. Aprobación del acta de la reunión del día 20 de agosto de 1998.

3. Análisis, discusión y en su caso emisión del dictamen que corresponda a la Iniciativa de reforma al artículo 13 de la Ley Federal de Metrología y Normalización.

4. Asuntos recibidos en la Comisión de Comercio a la fecha.

5. Información del secretario de la fracción del Partido Revolucionario Institucional en la Comisión de Comercio.

6. Presentación del proyecto de esquema de trabajo para la elaboración del informe anual de actividades, con fundamento en el artículo duodécimo, inciso d, del acuerdo parlamentario relativo a al organización y reuniones de las comisiones y comités de la Cámara de Diputados.

7. Otros.

Atentamente
Dip. Juan José García de Alba Bustamante
Presidente

 
DE LA COMISION DE ASUNTOS DE LA JUVENTUD

 A la reunión de la Subcomisión constituida para especificar a nivel constitucional la edad penal, la cual se llevará a cabo el jueves 5 de noviembre, a las 9:30 horas, en el restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Lista de asistencia.

2. Designación del coordinador.

3. Determinación del plazo para elaborar el Anteproyecto de opinión.

4. Fijación del calendario de reuniones.

5. Asuntos generales.

Atentamente
Biol. Diego Cobo Terrazas
Secretario técnico

 
DE LAS SUBCOMISIONES UNIDAS PARA LA INVESTIGACION DE LOS PROGRAMAS DE SANEAMIENTO FINANCIERO Y DE SEGUIMIENTO Y APLICACION DE LOS RECURSOS DESTINADOS A LOS PROGRAMAS DE APOYO A DEUDORES

A su reunión de trabajo del jueves 5 de noviembre, a las 11 horas, en el salón Libertadores, ubicado en el primer nivel del edificio H de este recinto legislativo.

Orden del Día

1. Aprobación del acta de la sesión del martes 27 de octubre de 1998.

2. Renovación de las Presidencias en turno de las Subcomisiones Unidas para la Investigación de los Programas de Saneamiento Financiero y de Seguimiento y Aplicación de los Recursos Destinados a los Programas de Apoyo a Deudores.

3. Asuntos generales.

Atentamente

Dip. Arturo Sáiz Calderón
Presidente en turno

Dip. Felipe de Jesús Cantú
Presidente en turno

 
DE LA COMISION ESPECIAL DE SEGUIMIENTO A LAS INVESTIGACIONES EN TORNO A LOS ASESINATOS EN CONTRA DE LOS CIUDADANOS LUIS DONALDO COLOSIO MURRIETA Y JOSE FRANCISCO RUIZ MASSIEU

A su reunión interna de trabajo, el jueves 5 de noviembre, a las 14:30 horas, en el salón de Usos Múltiples, ubicado en el primer nivel del edificio F de este recinto legislativo.

Atentamente
Dip. Manuel González Espinoza
Presidente

 
DE LA COMISION DE INVESTIGACION DEL FUNCIONAMIENTO DE CONASUPO Y SUS EMPRESAS FILIALES

A su vigésima quinta reunión de trabajo, que se llevará a cabo el viernes 6 de noviembre, a las 11 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales de este H. recinto legislativo.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y establecimiento del quórum.

2. Aprobación del orden del día y del acta de la 24a. reunión de trabajo.

3. Vigencia de la Comisión.

4. Entrega-Recepción de la Presidencia.

5. Asuntos generales.

* Informe viaje Monterrey.

Atentamente
Dip. Juan José Martínez
Presidente

 
DE LA COMISION DE FORTALECIMIENTO MUNICIPAL

Al Foro de Análisis sobre Recursos financieros para los municipios mexicanos hacia el ejercicio fiscal de 1999, a celebrarse el viernes 6 de noviembre, de las 9 a las 19 horas, en el salón Verde de la Cámara de Diputados.

Objetivo General

Evaluar los efectos, en 1998, de la Reforma a la Ley de Coordinación Fiscal, en relación a los fondos municipales: Aportaciones Federales (FAISM, y Fortalecimiento Municipal); Participaciones Federales (Ramo 28); así como la situación de la Deuda Municipal; con el propósito de encontrar soluciones legales y presupuestales para el Fortalecimiento Financiero Municipal, en ocasión del paquete legislativo Fiscal para el 1999.

Dirigido a

Ayuntamientos, Presidentes Municipales, Tesoreros, Secretarios de Finanzas Estatales, Diputados, Senadores, Instituciones Académicas, Asociaciones Municipales y Público en General

Bases

Primera: Los participantes deberán registrarse a más tardar el 5 de noviembre de 1998, a las 18 horas, por correo, fax o teléfono, en la Comisión de Fortalecimiento Municipal de la Cámara da Diputados: Avenida Congreso de 1a Unión # 66. Palacio Legislativo, Edificio D Primer Piso, México Distrito Federal. (5) 6288-1300 Extensión 1208 y 1209 (Fax).

Segunda: En su petición de registro, los participantes deberán señalar: Nombre, Domicilio, Cargo e Institución que representan en su caso, Teléfono y/o Fax y/o correo electrónico. Asimismo deberán indicar si lo hacen como ponentes o como asistentes.

Tercera: Las ponencias deberán constar de un mínimo de 6 cuartillas según el tema, más un resumen de la misma que no sobrepase 1as 2 cuartillas, y deberán ser entregadas en el domicilio de la Comisión señalado para el registro, o el día del foro a1 inicio de cada mesa de trabajo.

Cuarta: De conformidad con el programa descrito en el siguiente capítulo de la presente convocatoria, cada tema se irá abordando mediante la participación de ponentes, designados previamente por la Junta Directiva Plural de la Comisión de Fortalecimiento Municipal, mediante intervenciones de no más de diez minutos cada una. Al término de dichas intervenciones, los participantes con calidad de asistentes podrán realizar preguntas y los que tengan calidad de ponentes podrán intervenir mediante la exposición del resumen de sus ponencias previamente registradas o debatir directamente aspectos de las exposiciones iniciales.

Quinta: La relatoría y moderación de las mesas de trabajo estarán a cargo de diputados miembros de la Comisión de Fortalecimiento Municipal, previamente designados por la Junta Directiva Plural de la misma y el resultado del foro será un documento que oriente las reformas necesarias al paquete legislativo fiscal para 1999.

Sexta: Cualquier propuesta en materia municipal de la competencia del Congreso de la Unión no relacionada directamente con los temas específicos del foro, podrán ser entregados por escrito con las mismas características indicadas en la base tercera da la presente convocatoria, en la mesa de la secretaría técnica del foro.

Séptima: Todo lo no previsto en la presente convocatoria será resuelto por la Mesa Directiva de la Comisión de Fortalecimiento Municipal.

Programa

9:00 Inauguración.

9:30-12:30 horas. Primera Mesa: Experiencias y propuestas sobre el Fondo III del artículo 25 de la Ley de Coordinación Fiscal "Aportaciones para infraestructura social Municipal" (FAISM-FAIS).

12:30-12:40 horas Receso.

12:40-15:00 horas. Segunda Mesa: Experiencia y propuestas sobre el Fondo IV del artículo 25 de la Ley de Coordinación Fiscal "Fortalecimiento Municipal y del Distrito Federal y Ramo 28 Participaciones Federales".

15:00-16:30 Horas Comida.

16:30-19:00 horas. Tercera Mesa: Situación de los Municipios con deuda pública y Propuestas de solución.

19:00 Clausura.

Atentamente
Dip. Juan Marcos Gutiérrez González
Presidente

 


Fe de Erratas  

DE LAS COMISIONES UNIDAS DE GOBERNACION Y PUNTOS CONSTITUCIONALES Y DE JUSTICIA, DE SU DICTAMEN PUBLICADO EN GACETA PARLAMENTARIA EL MARTES 3 DE NOVIEMBRE DE 1998

 En la publicación del dictamen por el cual se reforman los artículos 16, 19, 22 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, existe un error en la página 32 de Gaceta Parlamentaria, relativo al artículo 22 constitucional.

Dice:

La resolución judicial se dictará previo procedimiento en el que se otorgue audiencia a terceros y se acredite plenamente el cuerpo del delito previsto por la ley como de delincuencia organizada, siempre y cuando se trate de bienes respecto de los cuales el inculpado en la investigación o proceso citados haya sido poseedor, propietario o se haya conducido como tal, independientemente de que hubieran sido transferidos a terceros, salvo que éstos acrediten que son poseedores o adquirentes de buena fe. Debe decir: La resolución judicial se dictará previo procedimiento en el que se otorgue audiencia a terceros y se acredite plenamente el cuerpo del delito previsto por la ley como de delincuencia organizada, siempre y cuando se trate de bienes respecto de los cuales el inculpado en la investigación o proceso citados haya sido poseedor, propietario o se haya conducido como tales, independientemente de que hubieran sido transferidos a terceros, salvo que éstos acrediten que son poseedores o adquirentes de buena fe. Atentamente

Dip. Santiago Creel Miranda
Presidente de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales

Dip. Sadot Sánchez Carreño
Presidente de la Comisión de Justicia