Gaceta Parlamentaria, año II, número 171, jueves 3 de diciembre de 1998


Orden del Día de la sesión del jueves 3 de diciembre de 1998

Comunicaciones

Iniciativas Propuestas Actas Convocatorias  
 

 

 


Orden del Día

SESION DEL JUEVES 3 DE DICIEMBRE DE 1998. INICIO 10 HORAS

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

De los Congresos de los estados de Chihuahua, Puebla y Yucatán.

De la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política. (Cambios de integrantes de Comisiones).

Iniciativa de ciudadanos diputados

Que reforma los artículos 10; la fracción I del artículo 12; la fracción III del artículo 12-A; la fracción II del artículo 51; los artículos 67, primer párrafo, 80, 119-A, primer párrafo, y 141; se adicionan las fracciones XXIV y XXV del artículo 24 y se derogan la fracción III del artículo 25, y los artículos 80-A, 80-B, 141-A y 141-B de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado José Luis Sánchez Campos, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).

De Reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; al Código Penal para el Distrito Federal en materia de fuero común y para toda la República en materia de fuero federal; a la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y al Código Federal de Procedimientos Penales, a cargo del dip. Luis Patiño Pozas, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a Comisión).

Que crea la Comisión de la Verdad del Sistema Bancario Nacional, a cargo del C. Alvaro Arceo Corcuera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.(Turno a Comisión)

De Ley para el otorgamiento de permisos de importación para la internación definitiva de vehículos automotores de procedencia extranjera, que se hayan internado temporalmente al país, a cargo del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).

Proposiciones

Sobre un programa de deudores de la banca, a cargo del C. Dip. Alfonso Ramírez Cuéllar, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).

Agenda Política

Comentarios sobre Fobaproa, a cargo del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Deliberativo).

Solicitud de ampliación del plazo de la concesión del Puente Internacional Zaragoza-Isleta, a cargo del C. Dip. Javier Corral Jurado, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).

Comentarios sobre un programa de apoyo a los deudores de la banca, a cargo del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Deliberativo).

Propuesta para que las Comisiones de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública y de Educación reconsideren, dentro del Presupuesto para el Ejercicio de 1999, relativo a los subsidios asignados a la Universidad Nacional Autónoma de México, a cargo de la C. dip. Carolina O'Farrill Tapia. (Turno a Comisión).

Presentación de la Relatoría del Foro Sobre Justicia y Equidad de Género, a cargo de la Junta Directiva de la Comisión de Equidad y Género. (Publicada en Gaceta Parlamentaria, el jueves 26 de noviembre.-Turno a Comisión).

 

 


Comunicaciones

DEL CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA

C. Dip. Arturo Núñez Jiménez
Presidente del H. Congreso de la Unión

Adjunto al presente para su conocimiento y efectos consiguientes, Acuerdo Número 1/98 I P.O., el cual fue aprobado por la Quincuagésima Novena H. Legislatura del estado libre y soberano de Chihuahua, en su primer periodo ordinario de sesiones, dentro del primer año de ejercicio legal, así como copia del dictamen que le diera origen.

Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección
Dip. Sergio Martínez Garza
Presidente del Congreso del estado

Acuerdo núm. 1/98 I P.O.

La quincuagésima novena Legislatura constitucional del estado libre y soberano de Chihuahua, reunida en su primer periodo ordinario de sesiones, dentro del primer año de ejercicio legal,

Acuerda

Unico.- El H. Congreso del estado de Chihuahua solicita respetuosamente a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión que, previo el proceso legislativo correspondiente, se someta a la consideración del Pleno la iniciativa formulada por el C. dip. Joaquín Montaño Yamuri, mediante la cual pretende se decrete la creación del Fideicomiso para la compra de la deuda agropecuaria y reactivación del sector.

Dado en el Palacio en el Poder Legislativo en la ciudad de Chihuahua, Chih., a los veintinueve días del mes de octubre de mil novecientos noventa y ocho.
Dip. Sergio Martínez Garza, Presidente; dip. Raúl Bulmaro Márquez González, dip. José Bernardo Ruiz Ceballos, secretarios.

 

C. Dip. Arturo Núñez Jiménez
Presidente del H. Congreso de la Unión

Adjunto al presente para su conocimiento y efectos consiguientes, Acuerdo Número 4/98 I P.O., el cual fue aprobado por la Quincuagésima Novena H. Legislatura del estado libre y soberano de Chihuahua, en su primer periodo ordinario de sesiones, dentro del primer año de ejercicio Llegal; asimismo copia simple del dictamen que le diera origen.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección
Dip. Sergio Martínez Garza
Presidente del Congreso del estado

 

Acuerdo núm. 4/98 I P.O.

La quincuagésima novena legislatura constitucional del estado libre y soberano de Chihuahua, reunida en su primer periodo ordinario de sesiones, dentro del primer año de ejercicio legal,

Acuerda

Artículo Primero.- En atención a los antecedentes descritos, en el dictamen correspondiente, nos constituimos en portavoz de los planteamientos y propuestas de las organizaciones de deudores de la banca, para solicitar al Congreso de la Unión y especialmente a la Cámara de Diputados implemente los esquemas de solución más adecuados al grave problema de cartera vencida; asimismo, se apruebe la aplicación de una partida presupuestal que incluya un programa de rescate a deudores, dentro del Presupuesto de Egresos para el año de 1999.

Artículo Segundo.- Esta quincuagésima novena Legislatura del H. Congreso del estado se pronuncia a favor de que se celebren los "convenios judiciales de espera", en los términos propuestos por el Supremo Tribunal de Justicia en el estado y hace votos para que los mismos sean aceptados por los representantes de las instituciones bancarias en nuestra entidad.

Artículo Tercero.- Del presente acuerdo y del dictamen que le dio origen se remitirá copia para su conocimiento y efectos conducentes a las autoridades mencionadas en los artículos que anteceden.

Dado en el Palacio en el Poder Legislativo en la ciudad de Chihuahua, Chih., a los doce días del mes de niviembre de mil novecientos noventa y ocho.
Dip. Sergio Martínez Garza, Presidente; dip. Raúl Bulmaro Márquez González, dip. José Bernardo Ruiz Ceballos, secretarios.

 

 
DEL CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 25 de la Ley Orgánica y 26 del Reglamento Interior, ambos del Poder Legislativo, nos permitimos comunicar a Usted (es), que el Quincuagésimo Tercer Congreso Constitucional del estado libre y soberano de Puebla, en sesión pública ordinaria celebrada con esta fecha, realizó elección de Presidente y vicepresidente de la Mesa Directiva, para el periodo comprendido del 15 de noviembre al 15 de diciembre, pudiéndose prorrogar hasta el día 22 de diciembre del año en curso, para los efectos a que se refiere la fracción XVI del artículo 57 de la Constitución Política del Estado, quedando de la siguiente manera:

Presidente: Dip. Carlos Barrientos de la Rosa

Vice-Presidente: Dip. Enrique Alejandro Cerro Barrios

Lo que hacemos de su conocimiento por disposición de esta Legislatura para los efectos correspondientes.

Atentamente

Heroica Puebla de Zaragoza, noviembre 12 de 1998.
Sufragio Efectivo. No Reelección.

Dip Juan Manuel Huerta Aroche
Secretario

Dip. Bernabé Félix Marmolejo Orea
Secretario

 

 

DEL CONGRESO DEL ESTADO DE YUCATAN

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Yucatán, nos permitimos comunicar a usted que con esta fecha, se declaró formalmente la apertura del segundo periodo ordinario de sesiones correspondiente al primer año de ejercicio constitucional de la LV Legislatura del estado de Yucatán.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Mérida, Yuc., 16 de noviembre de 1998.
Los secretarios de la Mesa Directiva.
Dip. prof. Gaspar Antonio Xiú Cachón
Dip. dr. Vicente Flores Contreras

 
CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Yucatán, en Junta Preparatoria celebrada en esta fecha por la LV Legislatura del estado, se eligió a la Mesa Directiva que fungirá durante el primer mes del segundo periodo ordinario de sesiones, correspondiente al primer año de su ejercicio constitucional, quedando integrada de la forma siguiente:

Presidente: Dip. profra. Rosa Elena Baduy Isaac

Vicepresidente: Dip. abog. Mirna Esther Hoyos Shlamme

Secretarios: Dip. profr. Gaspar Antonio Xiú Cachón y dip. dr. Vicente Flores Contreras

Secretarios Suplentes: Dip. C. William Renán Sosa Altamira y dip. C. Mercedes Eleanor Estrada Mérida

Sufragio Efectivo. No Reelección.
Mérida, Yuc., 10 de noviembre de 1998.
El secretario de la diputación permanente
Dip. lic. Edwin Andrés Chuc Can

 

DE LA COMISION DE REGIMEN INTERNO Y CONCERTACION POLITICA SOBRE CAMBIOS EN COMISIONES

Dip. Gloria Lavara Mejía
Presidente de la Mesa Directiva
H. Cámara de Diputados
PRESENTE

Con fundamento por lo dispuesto en los artículos 34, 27, incisos b y d; y 45, fracciones I y VI de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el artículo 21, fracción III , del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y por los artículos quinto y noveno del Acuerdo Parlamentario relativo a las Sesiones, Integración del Orden del Día, los Debates y las Votaciones de la Cámara de Diputados, aprobado en la sesión efectuada el día 6 de noviembre de 1997, adjunto a la presente podrá encontrar el siguiente documento signado por el dip. Francisco Paoli Bolio subcoordinador del grupo parlamentario del PAN, donde solicita cambios en comisiones. Lo anterior, para que se le dé el trámite correspondiente.

*Que el dip. José Antonio del Sagrado Corazón Haghenbeck sustituye a la dip. Elodia Gutiérrez Estrada, en la Comisión de Participación Ciudadana.

*Que el dip. José Antonio del Sagrado Corazón Haghenbeck sustituye al dip. Francisco J. Berganza Escorza, en la Comisión de Artesanías.

*Que el dip. José Antonio del Sagrado Corazón Haghenbeck sustituye dip. Francisco J. Berganza Escorza, en la Comisión de Cultura.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
Lic. Enrique León Martínez
Secretario técnico

 

Dip. Gloria Lavara Mejía
Presidente de la Mesa Directiva
H. Cámara de Diputados
PRESENTE

Con fundamento por lo dispuesto en los artículos 34, 27, incisos b y d; y 45, fracciones I y VI de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el artículo 21, fracción III, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y por los artículos quinto y noveno del Acuerdo Parlamentario relativo a las Sesiones, Integración del Orden del Día, los Debates y las Votaciones de la Cámara de Diputados, aprobado en la sesión efectuada el día 6 de noviembre de 1997, adjunto a la presente podrá encontrar el siguiente documento signado por el dip. Arturo Núñez Jiménez, coordinador del grupo parlamentario del PRI, donde solicita cambios en comisiones. Lo anterior, para que se le dé el trámite correspondiente.

* Que el dip. Fidel Herrera Beltrán sustituye al dip. Francisco Javier Loyo Ramos, en la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

* Que el dip. Francisco Javier Loyo Ramos sustituye al dip. Fidel Herrera Beltrán, en la Comisión de Programación y Presupuesto y Cuenta Pública.

* Que el dip. Francisco Javier Martínez Zorrilla Rabelo sustituye al dip. Isidro Ismael Cigarroa Villarreal, en la Comisión de Asuntos de la Frontera Sur.

* Que el dip. Efrén Enríquez Ordóñez sustituye al dip. Armando Neyra Chávez, en la Comisión de Se-guridad Social.

* Que el dip. Carlos Jiménez Macías sustituye al dip. Orlando Arvizu Lara, en la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente
Lic. Enrique León Martínez
Secretario técnico

 

 


Iniciativas

INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 10; LA FRACCION I DEL ARTICULO 12; LA FRACCION III DEL ARTICULO 12-A; LA FRACCION II DEL ARTICULO 51; LOS ARTICULOS 67, PRIMER PARRAFO, 80, 119-A, PRIMER PARRAFO, Y 141; SE ADICIONAN LAS FRACCIONES XXIV Y XXV DEL ARTICULO 24 Y SE DEROGAN LA FRACCION III DEL ARTICULO 25, Y LOS ARTICULOS 80-A, 80-B, 141-A Y 141-B DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, A CARGO DEL DIPUTADO JOSE LUIS SANCHEZ CAMPOS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA

Los suscritos diputados a la LVII Legislatura del Congreso de la Unión e integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, sometemos a la consideración de la Asamblea de esta Honorable Cámara de Diputados, la presente Iniciativa que modifica diversas disposiciones fiscales de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Exposición de Motivos

Es de considerarse que el estado es el rector de la economía nacional, y que necesita contar con el apoyo de los sectores productivos, para alcanzar los objetivos de desarrollo económico.

Es necesario, por lo tanto, que las metas gubernamentales de recaudación de impuestos involucren al universo de contribuyentes y los hagan participar para que cooperen a solventar los gastos públicos, tal corno está estipulado en el artículo 31, fracción IV, de nuestra Constitución, es decir, de una manera proporcional y equitativa.

El Estado debe garantizar que el sistema tributario tenga cargas impositivas que no se conviertan en un obstáculo para el desarrollo sostenido de las cadenas productivas y que por tanto no se conviertan en trabas que detengan o inhiban el desarrollo económico nacional.

Antes de pensar en alcanzar las metas recaudatorias, debemos analizar el impacto que genera establecer impuestos que no estén acordes con la capacidad de contribución de los causantes.

No debemos lesionar la fuente de riqueza, sino incentivarla. Las altas tasas impositivas y la desproporcionalidad de las mismas afecta tanto a la planta productiva como al erario.

La facultad que tiene el Estado de imponer un gravamen para solventar sus gastos no implica que éste deba ser arbitrario. El Estado debe ejercer esta facultad con criterio constitucional y determinar la cuantía dependiendo de la capacidad económica del contribuyente, de tal suerte que los entes económicos con mayores ingresos deben ser los que más contribuyan. Este principio en la actualidad se da parcialmente, porque independientemente de la capacidad económica de las personas (que) no tienen actividades empresariales, la tasa que se aplica a su base gravable es única, lo que hace que relativamente paguen más los que menos tienen.

El país transita por una etapa muy difícil desde el punto de vista económico, por lo que se hace necesario implementar un sistema de exenciones fiscales para estimular la investigación y el desarrollo de la ciencia y la tecnología, sustituir la tasa única de Impuesto Sobre la Renta, estableciendo tasas progresivas tanto para personas físicas como morales, darle mayor progresividad a las tarifas que se aplica a los asalariados y sobre todo incorporar a los que tienen su actividad en la economía informal.

Por las razones anteriormente expuestas, ponemos a su consideración el siguiente
 

Proyecto de Decreto

ARTICULO PRIMERO.- Se reforman los artículos 10; la fracción I del artículo 12; la fracción III del artículo 12-A; la fracción II del artículo 51; los artículos 67, primer párrafo, 80, 119-A, primer párrafo, y 141.
 

Artículo 10.-

Las personas morales deberán calcular el Impuesto Sobre la Renta, aplicando resultado fiscal obtenido en el ejercicio la siguiente tarifa:

Utilidades

Artículo 12. Los contribuyentes efectuarán pagos provisionales mensuales a cargo del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel al que corresponde el pago, conforme a las bases que a continuación se señalan:

Fracción I, Cuarto Párrafo

Cuando en el último ejercicio de doce meses no resulte coeficiente de utilidad, conforme a lo dispuesto en esta fracción, no tendrán obligación de realizar pagos provisionales.

Artículo 12-A.- Los contribuyentes para determinar los pagos provisionales a que se refiere el artículo 12 de esta Ley, estarán en lo siguiente: I.

II.

III. En el primer mes de la segunda mitad del ejercicio se podrá optar por ajustar el impuesto correspondiente a los pagos provisionales conforme a lo siguiente:

Artículo 51.- Los contribuyentes de este Título, podrán optar por efectuar la deducción inmediata de la inversión de bienes nuevos de activo fijo, en lugar de las previstas en los artículos 41 y 47 de la Ley, deduciendo en el ejercicio en que se efectúe la inversión de los mismos, en el que se inicie su utilización o en el ejercicio siguiente, la cantidad que resulte de aplicar, al monto original de la inversión únicamente los por cientos que se establecen en este artículo. La parte de dicho monto que exceda de la cantidad que resulte de aplicar al mismo el por ciento que se autoriza en este artículo, no será deducible en ningún caso.

Los por cientos que se podrán aplicar para deducir las inversiones a que se refiere este artículo, son las que a continuación se señalan:

I.

II.

(Tercer párrafo) La opción a que se refiere este artículo podrá ejercer cuando se trate de mobiliario y equipo de oficina y automóviles utilitarios.

(Quinto párrafo) La opción a que se refiere este artículo sólo podrá ejercerse tratándose de inversiones en bienes que se utilicen permanentemente en territorio nacional.

Artículo 67.- Las personas morales que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, así como al autotransporte de carga o pasajeros, siempre y cuando en el ejercicio anterior no hayan obtenido ingresos superiores de $2,233,824.00, en lugar de aplicar lo dispuesto en el Título II de esta Ley, deberán pagar el Impuesto Sobre la Renta en los términos establecidos en este título, a excepción de aquellas que tengan el carácter de controladoras o controladas en los términos del Capítulo IV del Título IIde esta Ley, mismas que pagarán el impuesto conforme con lo previsto en dicho capítulo.
 

Artículo 80.- Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere este capítulo están obligados a efectuar retenciones y enteros mensuales que tendrán el carácter de pagos provisionales a cuenta del impuesto anual. Cuando quienes hagan los pagos correspondientes realicen pagos provisionales trimestrales en los términos de esta Ley efectuarán las retenciones respectivas mensualmente, debiendo realizar los enteros correspondientes en forma trimestral conjuntamente con sus declaraciones de pagos provisionales. No se efectuará retención a las personas que únicamente perciban salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente.

La retención se calculará aplicando a la totalidad de los ingresos obtenidos en un mes de calendario, disminuidos con las cantidades que los trabajadores aporten voluntariamente en el mes que se trate por conducto de su patrón, a la subcuenta de aportaciones voluntarias de la cuenta individual en los términos de lo señalado en la Ley de Seguro Social o a la cuenta individual del Sistema de Ahorro para el Retiro en los términos de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, mismas que no excederán del 2 por ciento de su salario base de cotización, sin que este último pueda ser superior a veinticinco veces el salario mínimo general que rija en el Distrito Federal, la siguiente:
 

Tarifa Integrada

Artículo 119-A.- Las personas físicas que se dediquen a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, así como al autotransporte de carga de pasajeros pagarán el Impuesto Sobre la Renta en los términos establecidos en esta sección, sobre los ingresos propios e intereses que se deriven de estas actividades, siempre y cuando dichos ingresos no hayan excedido en el año calendario anterior un monto de $2,233,824.00.

Artículo 141.-

Tarifa anual de cálculo de retenciones a ingresos por salario integral. Esta tarifa corresponde a la misma que se establece en el artículo 80 anualizada para efectos de este artículo.
 

ARTICULO SEGUNDO.- Se adicionan las fracciones XXIV y XXV del artículo 24 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Artículo 24.-

XXIV. Los gastos que se originen en la realización de investigaciones relacionadas a la ciencia y tecnología.

XXV. Las operaciones realizadas con auto factura, en virtud de que no se cuente con documentación comprobatoria, de acuerdo a lo establecido en el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación.

ARTICULO TERCERO.- Se deroga la fracción III del artículo 25, los artículos 80-A, 80-B, 141-A y 141-B de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Artículo 25.- No serán deducibles:

III. Derogada. Artículo 80-A.- Derogado.

Artículo 80-B.- Derogado.

Artículo 141-A.- Derogado.

Artículo 141-B.- Derogado.
 

Transitorio

UNICO.- El presente decreto sobre la Ley del Impuesto Sobre la Renta, tendrá vigencia a partir del 1 de enero de 1999. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF a 24 de noviembre de 1998. Dip. José Luis Sánchez Campos (rúbrica).

 

 

DE REFORMAS Y ADICIONES A DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGANICA DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA; AL CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DE FUERO COMUN Y PARA TODA LA REPUBLICA EN MATERIA DE FUERO FEDERAL; A LA LEY DE LA COMISION NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES, Y AL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, A CARGO DEL DIP. LUIS PATIÑO POZAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DEL TRABAJO

Los suscritos, diputados federales de la LVII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del pleno de la Honorable Cámara de Diputados, por el digno conducto de ustedes, la presente Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman diversas leyes: Reformas a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; Reformas al Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal; Adiciones a la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y Adiciones al Código Federal de Procedimientos Penales, bajo la siguiente:

Exposición de Motivos

La actividad de banca y crédito posee grandes estructuras, todas ellas importantes para su desarrollo. Por supuesto, habrá que considerar dentro de las mismas, en primer lugar, la estructura jurídica, que para el grupo parlamentario del Partido del Trabajo, es de primer orden para comprender el desarrollo de la Banca, ya que dentro de ésta, nacen las bases conforme a las cuales se organizan y regulan su actividad, se conciertan sus operaciones y se establecen sus derechos.

Además de esta estructura, no hay que perder de vista otros factores fundamentales para su desarrollo, como es el de la contabilidad, a través de la cual, las instituciones registran diariamente las innumerables operaciones que realizan, que arrojan fielmente tanto los resultados, como su equilibrio económico y de operación.

La expansión tanto financiera, como económica y de servicios de las instituciones, así como su sano crecimiento y los medios e instrumentos que habrán de utilizarse para ello, influyen de manera directa en las mismas.

Otro factor importantísimo es la selección, formación y desarrollo del personal, tanto en los niveles inferiores como medios y superiores, para contar con recursos humanos, conscientes y capacitados que actúen con probidad y honradez.

Por último, otro factor que no puede pasarse por alto son los usos y prácticas bancarias, que marcan la pauta a todas estas instituciones, ya que desde su privatización fueron debidamente señalados los requisitos tanto de fondo como de forma que debían cubrir quienes fueran a adquirir y dirigir estas Instituciones; esto para cumplir con la importante función social de ser intermediarios en el crédito, y hacer llegar éste a los sectores demandantes, al mismo tiempo de cuidar de que los beneficiarios de este crédito respondan a la confianza que en ellos se deposita para que cumplan oportunamente con sus obligaciones, pues no se debe perder de vista que los recursos del sistema bancario provienen principal y preponderantemente del ahorro del público, y por lo tanto su administración en sus operaciones tanto en sentido pasivo, activo y de servicios, demanda un hondo sentido profesional, técnico y de honradez en la operación de los mismos.

En nuestro país las instituciones bancarias fueron definidas como Instituciones de Derecho Público por la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, de 1982, así como por la de igual nombre de 15 de enero de 1985. Ambas leyes señalaron en su tiempo, en sus respectivos artículos 1, que eran disposiciones de orden público.

La nueva Ley de Instituciones de Crédito de 1990, con motivo de la privatización de los bancos ya no tiene declaraciones tan contundentes como las anteriores, sin embargo, en opinión del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, sigue siendo una disposición de orden público, atento a lo que establecen los artículos 1 y 4.

Actualmente, en nuestro país, se vigila y controla la actividad bancaria y de las instituciones de crédito, a través de órganos estatales, que son: la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; el Banco de México; y, las Comisiones Nacionales Bancarias y de Valores y de Seguros y Finanzas. En otros países, son los Bancos Centrales, los Ministerios de Hacienda u organismos especializados, los que realizan dichas funciones de vigilancia.

Al actuar a través de los órganos antes mencionados, el gobierno mexicano lo hace en su calidad de autoridad y las normas que prevén todo ese aparato administrativo y sus funciones son, consecuentemente, de Derecho Público.

El grupo parlamentario del Partido del Trabajo considera que muy a pesar de lo que disponen las leyes y reglamentos vigentes, que obligan a la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico, así como a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores -y nos referimos fundamentalmente al artículo 31, fracción VII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y al artículo 65 de la Ley de Instituciones de Crédito-, a vigilar adecuadamente las actividades de las Instituciones de Banca y Crédito en lo que se refiere a sus operaciones activas, como por ejemplo: en el otorgamiento de los créditos, la banca comercial ha incumplido con los estrictos lineamientos que se utilizan para el correcto estudio de factibilidad económica de los proyectos que se les presentan, y como consecuencia de estas graves fallas en la vigilancia por parte de las autoridades a que nos referimos, se produjo la insolvencia de todos los bancos, que tuvieron que recurrir a los apoyos preventivos y correctivos del Fondo Bancario de Protección al Ahorro, paralizando de manera general el crecimiento de la economía de nuestro país.

Si bien es cierto que nuestra legislación bancaria en su capítulo III, artículos 111 al 114, y el respectivo artículo 400 Bis del Código Penal para el Distrito Federal en materia de fuero común y para toda la República en materia de fuero federal, detalla las penas por la comisión de delitos bancarios, también lo es, que el artículo 115 de la ya referida ley limita la facultad de proceder penalmente, y previa querella si así lo considera prudente, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico y en algunos casos a las propias instituciones de crédito.

Ahora bien, ante los innumerables delitos cometidos por funcionarios del Sector Financiero, los mismos tienen que ser incluidos dentro del propio catálogo de delitos "GRAVES" que prevé el Código Federal de Procedimientos Penales, ya que las consecuencias que produce dicha comisión de delitos, afectan y trascienden en perjuicio de toda la sociedad, ya que el gobierno pretende que sean los contribuyentes quienes terminemos pagando dichas irregularidades.

Compañeras y  Compañeros Diputados:

La iniciativa que hoy somete el grupo parlamentario del Partido del Trabajo a su consideración, tiene el propósito de que en el artículo segundo de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República se adicione una fracción VI, corriéndose en su orden la sexta pasando a ser séptima y así sucesivamente, en donde se establezca la existencia de una FISCALIA ESPECIAL, en delitos bancarios. Para que la misma, y de oficio, en caso de que el fiscal especial encuentre elementos que permitan presumir la comisión del o los delitos que se detallan tanto en los artículos 111 al 114 de la legislación bancaria y a los que se refiere el artículo 400 Bis del Código Penal para el Distrito Federal en materia de fuero común y para la República en materia de fuero federal, integre la averiguación previa correspondiente y en su caso ejercite acción penal en contra de quien o quienes resulten responsables, por la comisión de estos delitos.

De igual forma y con el objeto de complementar lo antes referido se propone que en la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, dentro de su artículo 4, se adicione una fracción XI, corriéndose en su orden la actual fracción XI pasando a ser XII y así sucesivamente, donde se establezca la obligación por parte de esta Comisión de remitir al fiscal especial de delitos cometidos por funcionarios que representan las entidades del sector financiero, el resultado final de las auditorias que en su momento haya practicado, en un plazo no mayor de 30 días hábiles, a partir de su conclusión.

Asimismo, se debe reformar el artículo 400 bis párrafos cuarto y quinto del Código Penal para el Distrito Federal en materia de fuero común, y para toda la República en materia de fuero federal, en el sentido de que no se requiera la denuncia previa por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que el Ministerio Público pueda integrar averiguaciones previas en materia de delitos bancarios y ejercitar acción penal, sino que de oficio y si así se estima conveniente por parte del Fiscal Especial para la investigación de este tipo de delitos cometidos por funcionarios de Instituciones de Crédito, y por denuncia de cualquier particular que sienta violentados sus derechos, y se encuentre legitimado para ello.

De igual forma, proponemos a esta soberanía la adición al artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales con el propósito de que los delitos bancarios previstos en los artículos 111 al 114 de la Ley de Instituciones de Crédito, cometidos por las personas que forman parte de las Instituciones Nacionales de Crédito, sean catalogados como graves, esto en virtud de lo expresado con antelación.

Por lo antes expuesto y con fundamento en lo disponen los artículos 71 fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter a la consideración de la H. Cámara de Diputados, a efecto de que se turne de inmediato para dictamen a la Comisión correspondiente, la siguiente Iniciativa de decreto de Reformas a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; Reformas al Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal; Adiciones a la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y Adiciones al Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:

Artículo Primero.- Se reforma el artículo 2 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, con una fracción VI, corriéndose la actual fracción VI para pasar a ser VII y así sucesivamente, para quedar como sigue:

Artículo 2.- Corresponde al Ministerio Público de la Federación:

I. a V. ...

VI. El Fiscal Especial nombrado por el Procurador General de la República para la persecución de delitos cometidos por el personal de Instituciones Financieras en caso de que encuentre, a su juicio, los elementos suficientes que permitan presumir la comisión del o los delitos que se establecen en los artículos 111 al 114 de la Ley de Instituciones de Crédito de oficio integrará la averiguación previa correspondiente y en su caso, ejercitará acción penal en contra de quien o quienes resulten responsables.

VII a XII. ...

ArtIculo Segundo.- Se reforma el párrafo cuarto y se deroga el actual párrafo quinto, pasando los actuales párrafos sexto y séptimo a ser quinto y sexto, respectivamente, del artículo 400 Bis del Código Penal para el Distrito Federal en materia de fuero común y para toda la República en materia de fuero federal, para quedar como sigue:

Artículo 400 Bis.- ...

...

...

En caso de conductas previstas en este artículo, en las que se utilicen servicios de instituciones que integran el sistema financiero, para proceder penalmente no se requiere la denuncia previa por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sino que el Fiscal Especial puede actuar de oficio o previa denuncia formulada por particulares.

... (Derogado).

... (Pasa a ser párrafo quinto).

... (Pasa a ser párrafo sexto).

Articulo Tercero.- Se adiciona una fracción XI al artículo 4 de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, corriéndose en su orden la actual fracción XI pasando a ser XII y así sucesivamente, para quedar como sigue:

Artículo 4.- ...

I. a X. ...

Turnar al Fiscal Especial para delitos cometidos por funcionarios de Instituciones Financieras, el resultado final de las auditorías que se hayan practicado en un plazo no mayor de 30 días hábiles, a partir de su conclusión.

XII. a XXXVIII. ...

Articulo Cuarto.- Se adiciona el último párrafo, último renglón del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar como sigue.

Artículo 194.- ...

a) ...

b) ...

c) ...

...

Se califican como delitos graves, para todos los efectos legales, por afectar de manera importante valores fundamentales de la sociedad...; los previstos en los artículos 111 al 114 de la Ley de Instituciones de Crédito.

Transitorio

UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los tres días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

Por el grupo parlamentario del Partido del Trabajo: dip. Ricardo Cantú Garza, coordinador, dip. Juan José Cruz Martínez, dip. Luis Patiño Pozas, dip. Ma. Mercedes Maciel Ortiz, dip. José Luis López López, dip. Santiago Gustavo Pedro Cortés, dip. Gerardo Acosta Zavala.

 


QUE CREA LA COMISION DE LA VERDAD DEL SISTEMA BANCARIO NACIONAL, A CARGO DEL C. ALVARO ARCEO CORCUERA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

Los suscritos, diputados a la LVII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, sometemos a la consideración de esa soberanía la Iniciativa que crea la Comisión de la Verdad del Sistema Bancario Nacional, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

El 31 de marzo de 1998, el Ejecutivo federal envió a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión diversas iniciativas de leyes, una de las cuales, la relativa a la Ley de la Comisión para la Recuperación de Bienes, contenía el siguiente artículo transitorio cuarto:

las obligaciones contraídas por el Fondo Bancario de Protección al Ahorro y el Fondo de Apoyo al Mercado de Valores, que cuenten con el aval o la responsabilidad solidaria del Gobierno Federal, así como los compromisos adquiridos por el Fondo Bancario de Protección al Ahorro, y las obligaciones de las instituciones de banca múltiple intervenidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y apoyadas por el propio Fondo, pasarán a formar parte de la deuda publica directa del Gobierno Federal. La consolidación de esos pasivos será por tm monto de $552,300,000,000.00 de pesos (quinientos cincuenta y dos mil trescientos millones de pesos), fecha valor 28 de febrero de 1998, y deberá formalizarse, junto con sus accesorios, a más tardar el 31 de diciembre de 1998. Lo anterior significó la confesión del C. Presidente de la República de haber otorgado avales y extendido obligaciones solidarias en respaldo de compromisos contraídos por dos fideicomisos que por disposición legal expresa no formaban ni forman parte del gobierno federal. De igual modo, reconocía el Ejecutivo que las obligaciones de las instituciones de banca múltiple intervenidas por la CNBV habían sido apoyadas por el Fobaproa, en contravención a los límites que imponía el artículo 122 de la Ley de Instituciones de Crédito y que esos apoyos debían pasar a ser deuda pública directa del gobierno federal.

En resumen, el Ejecutivo había asumido endeudamiento público sin la previa autorización del Congreso de la Unión -en desacato a lo mandado en la fracción VII del artículo 73 constitucional- y había permitido, en su carácter de fideicomitente a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en los fideicomisos anotados, que estos organismos hicieran operaciones y adquirieran compromisos más allá de lo que la ley les permitía

A las flagrantes violaciones a la Constitución y a las leyes federales de la materia se unió el sigilo con que el asunto fue turnado al Congreso de la Unión y la posterior negativa del Ejecutivo a proporcionar los datos que permitieran saber qué ocurrió, por qué sucedió y quiénes fueron los protagonistas principales, aparte de las autoridades de la Secretaría de Hacienda, del Banco de México, de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y de los fideicomisos conocidos como Fobaproa y Fameval.

Como consecuencia, a más de ocho meses de presentada la iniciativa citada, el Congreso de la Unión continúa sin conocer cabalmente la composición de esos 552 mil 300 millones de pesos, más accesorios, al 28 de febrero pasado; como tampoco ha tenido acceso a los nombres de los titulares de los créditos no pagados y sí transferidos al Fobaproa, ni a las prácticas mediante las cuales los respectivos comités técnicos resolvieron los casos de que tuvieron conocimiento. Sin embargo, el Ejecutivo federal ha presionado por todos los medios para que la Cámara de Diputados apruebe el pago de intereses que han generado los títulos de crédito expedidos por el Fobaproa y avalados por aquél, y para que el Congreso de la Unión reconozca como deuda pública el monto que el propio Ejecutivo ha argüido -que no comprobado- como indispensable para el salvamento del sistema de pagos nacional.

Todo lo anterior ha derivado, comprensiblemente, en una creciente falta de confianza entre los diversos círculos ciudadanos del país en un Ejecutivo que pretende asestarle una deuda impagable y un Congreso llevado a resolver lo que no conoce ni le dejan conocer. Un Congreso reducido a la mera función de idear un mecanismo técnico-financiero para solucionar un problema que no sabe bien a bien cómo surgió y por qué creció; ni quiénes lo provocaron y se aprovecharon de su papel de resolutores para esquilmar todavía más el patrimonio público. Un Congreso suplicante de los datos necesarios para poder alimentar las auditorías que él mismo ordenó para encontrar aciertos o desaciertos operativos, pero en nada necesarios para resolver en qué casos se violó la Constitución y las leyes y quiénes son los responsables políticos de tales desobediencias y actuar en consecuencia. Un Congreso, en una palabra, rebasado.

En esta situación, urge a la República que se recobre la confianza de los gobernados en sus gobernantes y debe anotarse como un instrumento idóneo para ello una Comisión de la Verdad, integrada con ciudadanos desvinculados del gobierno, de partidos políticos y de grupos de interés, que se aboque a la averiguación de lo acontecido en el sistema bancario nacional y proponga las medidas correctivas y precautorias que el asunto merezca.

Este tipo de comisiones se ha justificado en cuanto a su existencia y operación cuando es necesario dar a cualquier proceso de investigación de intereses públicos la credibilidad y la objetividad que los actores políticos no pueden ya asegurar, como aconteció en Sudáfrica, España, Argentina, Chile y El Salvador.

Paralelamente, sabedores de que existe ciertamente un quebranto grave en el sector financiero nacional, los suscritos propondremos en documento aparte un Programa de Apoyo a Medianos y Pequeños Deudores del sistema bancario que suministre recursos frescos a los bancos acreedores, libere las posibilidades productivas de pequeños comerciantes, industriales, agricultores y ganaderos y alivie la angustiosa situación de suscriptores de créditos al consumo; en tanto surja la verdad de lo acontecido en los bancos del país y pueda, con base en ese conocimiento, realizar los planteamientos legislativos necesarios para evitar que vuelva hacerse de México campo de excesos y trinchera de impunidades.

En virtud de lo anterior, nos permitimos someter a la consideración del H. Congreso de la Unión la presente iniciativa de Ley que crea la Comisión de la Verdad del Sistema Bancario Nacional

Título Primero
De la naturaleza y objeto
Capítulo I

Artículo 1.- La Comisión de la Verdad del Sistema Bancario Nacional es un órgano dependiente de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, que tiene por objeto la averiguación de las causas del colapso bancario manifestado en el mes de diciembre de 1994; la evaluación de las medidas tomadas por las autoridades hacendarias y bancarias para enfrentar el quebranto; la comprobación de la real aplicación de aquéllas y la valoración de sus consecuencias, así como la definición de una propuesta para solucionar el problema, consolidar el sistema financiero y determinar las medidas para que no vuelva a presentarse un quebranto similar.

Artículo 2.- Para los efectos de esta ley, se entenderá por:

I. Comisión, la Comisión de la Verdad del Sistema Bancario Nacional.

II. Instituciones, las instituciones de banca múltiple a que se refiere la Ley de Instituciones de Crédito y las instituciones de valores a que se refiere la Ley del Mercado de Valores.

Título Segundo
De las Atribuciones y Obligaciones
Capítulo I
De las Atribuciones y Obligaciones en General

Artículo 3.- La Comisión, para la consecución de su objeto y la recuperación de la confianza ciudadana en sus autoridades, tendrá las atribuciones y obligaciones siguientes:

I. Revisar las transacciones crediticias que derivaron en el quebranto económico consolidado que al 28 de febrero de 1998 alcanzaba la cifra de 552 mil 300 millones de pesos, en los términos de la iniciativa suscrita por el Ejecutivo a los treinta y un días del mes de marzo de mil novecientos noventa y ocho.

II. Determinar las operaciones afectadas por causas exógenas provenientes de la situación económica del país surgida en diciembre de 1994 y no resultantes de actos ilícitos o de inexcusable negligencia administrativa por parte de las instituciones.

III. Identificar las instituciones acreedoras y a las personas físicas o morales protagonistas en términos de la primera parte del inciso anterior, así como los montos de las operaciones de que se trate.

IV. Recibir la información procedente de las auditorías al Fondo Bancario de Protección al Ahorro ordenadas por la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

V. Recabar del Ejecutivo federal y de las autoridades hacendarias y bancarias toda la información necesaria para el logro de su objeto; por lo que no serán aplicables a la Comisión las reglas relativas a los secretos bancario y fiduciario.

VI. Contratar servicios complementarios o auxiliares necesarios para el alcanzamiento de su objeto; con cargo a la partida presupuestal que la H. Cámara de Diputados establezca al respecto; así como obtener de la propia Cámara el suministro el personal de apoyo y los recursos materiales de que precise adicionalmente.

VII. Proponer a la Cámara de Diputados las medidas que a su juicio deben aplicarse para resolver el problema bancario del país e informar a la citada Cámara los resultados de sus averiguaciones.

Título Tercero
De la Organización y Gobierno
Capítulo I
De las Bases de Organización

Artículo 4.- A la Comisión corresponderá el gobierno y la administración de sí misma en el ámbito de las atribuciones que la presente ley le confiere.

Capítulo II
Del Gobierno

Artículo 5.- La Comisión se integrará por siete miembros de reconocida honorabilidad; sin vínculos con el gobierno, partidos políticos o grupos de interés; de desempeño destacado en las labores propias de su profesión; ya sea en las finanzas, la ciencia, el derecho u otras disciplinas.

Artículo 6.- Los integrantes de la Comisión serán nombrados por la mayoría de los diputados presentes en la sesión de que se trate, a propuesta de los partidos políticos representados en la Cámara de Diputados; cada uno de los cuales podrá hacer, por medio de su coordinador, hasta tres propuestas.
 

Artículo 7.- Los miembros de la Comisión designados escogerán de entre ellos a un Presidente, un Secretario y un Proscretario.
 

Artículo 8.- Las sesiones de la Comisión se llevarán a cabo con la asistencia de por lo menos cinco de sus miembros, con la periodicidad y oportunidad necesarias para el cumplimiento de su objeto, previa convocatoria que haga el Secretario a petición de cualquiera de sus miembros.

Capítulo III
De la Presidencia

Artículo 9.- Corresponderá al Presidente de la Comisión:

I. Tener a su cargo la administración de la Comisión y la representación de ésta.

II. Ejecutar las resoluciones de la Comisión.

III. Enviar las propuestas e informes a que se refiere la fracción VII del artículo 3 de esta ley.

IV. Informar a la Comisión sobre el ejercicio de sus atribuciones y el resultado de las encomiendas que haya recibido de aquélla.

V. Nombrar y remover al personal de la Comisión; así como contratar los servicios a que se refiere la fracción VI del artículo 3 de esta ley.

VI. Presentar a la Comisión los asuntos e informes que corresponda aprobar o conocer a dicho órgano; así como los demás que estime conveniente.

VII. Proponer a la Comisión la estructura básica de trabajo de la misma.

Título IV
Disposiciones Generales
Capítulo Unico

Artículo 10.- La Comisión se disolverá por disposición de la H. Cámara de Diputados una vez concluida la averiguación y entregado su informe final y formulado sus recomendaciones y propuestas a la citada Cámara.

Artículo 11.- Las autoridades hacendarias y bancarias, así como las correspondientes a los fideicomisos Fobaproa y Fameval, están obligadas a proporcionar a la Comisión los informes que precise para la consecución de su objeto. La violación a este mandato dará origen al fincamiento de responsabilidades.

Transitorios

PRIMERO.- La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- El Presupuesto de gastos de la Federación contendrá la partida correspondiente a la operación de la Comisión de la Verdad del Sistema Bancario Nacional hasta la extinción de ésta por haber cumplido con su objeto.

Palacio Legislativo de San Lázaro a ... de ... de 1998.

Dip. Alvaro Arceo Corcuera, dip. Jesús Martín del Campo Castañeda (rúbricas)

 


DE LEY PARA EL OTORGAMIENTO DE PERMISOS DE IMPORTACION PARA LA INTERNACION DEFINITIVA DE VEHICULOS AUTOMOTORES DE PROCEDENCIA EXTRANJERA, QUE SE HAYAN INTERNADO TEMPORALMENTE AL PAIS, A CARGO DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA

Los suscritos treinta diputados integrantes de todos los grupos parlamentarios de la Comisión de Asuntos Fronterizos de la H. Cámara de Diputados, de manera plural y en ejercicio de la facultad constitucional que nos confieren los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a esta soberanía una Iniciativa de Ley que propone solucionar el fenómeno de la estancia de vehículos usados de procedencia extranjera que circulan en el país, a través de la regularización.

Cabe hacer notar que el anteproyecto de dicha iniciativa fue suscrita, y expresaron su conformidad con la esencia de la misma, por más de ciento seis señoras y señores diputados de las cinco fracciones parlamentarias que integran esta Cámara, así como de señores senadores integrantes de las fracciones parlamentarias de los Partidos Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática, cuyo documento con las firmas autógrafas se anexa a la presente Iniciativa.

Lo anterior, en razón de la siguiente:

Exposición de Motivos

Antecedentes

Desde hace varios lustros, algunos sectores agropecuarios; ejidatarios, comuneros o pequeños propietarios, al carecer de los apoyos y recursos necesarios como maquinaria para transportar sus productos, optaron por introducir al país automotores de procedencia extranjera por su bajo costo, permitiéndoles cubrir sus necesidades de transporte. Tales vehículos eran de ciertas características, pues básicamente se trataba de tractores, camionetas y de las conocidas como estacas.

Posteriormente esta misma actitud fue adoptada por grupos urbanos ubicados principalmente en la zona fronteriza, ampliándose con ello la demanda de vehículos que fueran de utilidad para las necesidades económicas, tales como: la transportación a los centros de trabajo, escuela, etc.

Este fenómeno como todos saben; se ha ido extendiendo hacia otros estados del interior de la República, debido en parte a que muchos de los que ingresan un vehículo de procedencia extranjera han emigrado en algún momento por cuestiones de trabajo a los Estados Unidos, y los emplean para trasladarse hasta su lugar de origen.

Sin embargo la introducción y permanencia de los vehículos durante un tiempo mayor del concedido por las autoridades aduaneras, generó la violación de las disposiciones legales correspondientes sobre la adquisición de bienes extranjeros y de su importación temporal o permanente.

Durante el tiempo que ha ocurrido esto, el Estado, a través del titular del Poder Ejecutivo y sus dependencias, han expedido diversos decretos administrativos que temporalmente resolvieron las demandas de los propietarios de dichos vehículos, evitando con esto la suspensión de las sanciones respectivas a las que se habían hecho acreedores.

Ejemplo de lo anterior lo son los decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación de fechas: 25 de septiembre de 1985; 8 de enero de 1988; 8 de abril de 1988; 19 de mayo de 1988; 1 de marzo de 1990 y 21 de febrero de 1994.

A pesar de lo señalado anteriormente, en estos momentos se tiene conocimiento de la existencia de un millón de vehículos de procedencia extranjera, según informes proporcionados por organizaciones y agrupaciones de defensa de lo que denominan como patrimonio familiar.

Es importante señalar que tales organizaciones, tienen presencia en diferentes regiones del país, las cuales en múltiples y reiteradas ocasiones han solicitado a las diferentes dependencias competentes del Ejecutivo, la legal estancia de los vehículos internados en el país.

De permanecer la actual situación al igual que en años anteriores tendería a provocar efectos perjudiciales en diferentes regiones del país, puesto que produciría inestabilidad e incertidumbre para sus propietarios.

Por todo lo anterior es necesario mencionar las siguientes:

Consideraciones Generales

Marco social

1. La gran mayoría de los vehículos de estancia ilegal, que circulan actualmente en nuestro país, cumplen una función social, de carácter económico. Su internación no ha sido masiva, ésta se ha producido de forma gradual.

Dicha práctica ha significado para los propietarios de los vehículos de procedencia extranjera la solución de su transportación y el apoyo inmediato para sus actividades económicas, ya que actualmente, adquirir vehículos nuevos nacionales, está limitado a sectores económicos muy reducidos; ello, por las condiciones que privan en el mercado automotriz mexicano.

2. La internación de vehículos, se ha desenvuelto en un círculo: de demanda social y solución temporal del problema:

a) Demanda social:

Ante la imposibilidad de adquirir por parte de la mayoría de la población vehículos nuevos de fabricación nacional, se ha convertido en práctica común en algunas regiones del país, la compra de vehículos usados de procedencia extranjera para su uso. Este fenómeno no es particular de la zona fronteriza, por el contrario, se ha reproducido en diferentes regiones del interior del país. En este sentido los propietarios y poseedores de dichos vehículos en los últimos años, han actuado por caminos que violentan las disposiciones legales vigentes en la búsqueda de soluciones que garanticen una mínima satisfacción de sus necesidades.

b) Solución temporal del problema:

Ante la demanda social las instituciones y el marco jurídico vigente han sido rebasados por el fenómeno de internación de vehículos de procedencia extranjera, generando con esto que los propietarios se auxilien de organizaciones y asociaciones civiles, siendo uno de sus objetivos; la gestión legal de la estancia de los vehículos de procedencia extranjera en el país; sin embargo en algunos casos la gestión de tal actividad no ha sido lo suficientemente transparente a los ojos de la opinión pública. Sin duda ésta actividad debe ser modificada.

Marco jurídico

De acuerdo al marco jurídico actual las autoridades competentes para solucionar el problema, han ejercido la aplicación irrestricta de la ley, lo que se traduce en la imposición de sanciones, multas e incluso el decomiso de dichos vehículos, esto último sí es tomada como la única vía de solución será prácticamente imposible, porque no existen las condiciones objetivas para privar de lo que hoy forma parte de los bienes de miles de personas.

Marco económico

Actualmente la industria automotriz nacional, opera con un mercado restringido a ciertos sectores.

La presente propuesta de Ley, pretende que la industria automotriz nacional abra otros nichos de mercado, como lo es la producción de refacciones para los autos usados de procedencia extranjera.

El estado ilegal de los vehículos en su mayor parte va aparejada de practicas de corrupción en la que participan desde autoridades municipales, estatales y federales. Dichas prácticas y sus modalidades podrían ser erradicadas, siempre y cuando se produzca un marco normativo que garantice la estancia regular de estos vehículos que se encuentran ilegalmente en el país, ello traería consigo la seguridad y estabilidad del patrimonio de las familias.

Una Ley de este tipo resolverá el urgente problema económico - social, derivado del internamiento, tenencia y tránsito de vehículos usados de procedencia extranjera, que ingresaron al país de forma legal. Considerando las siguientes ventajas como producto de su regularización o legalización:

a) Existirá un catálogo de propietarios perfectamente identificables de la titularidad de los vehículos.

b) Se obtendrán ingresos adicionales Federales como Estatales; por lo que respecta al primero en los derechos de regularización y tenencia; en cuanto al segundo en lo que corresponde al pago de placas y engomado. Lo anterior dentro del principio establecido por el artículo 31 fracción IV de nuestra Carta Magna.

c) Se contribuiría a las garantías mínimas de seguridad pública, pues al conocer quien es el propietario del vehículo, éste se localizaría con mayor facilidad en caso de que fuese utilizado para la realización de alguna actividad ilícita.

d) Por otro lado, se incrementarán los ingresos con motivo del consumo de gasolina en virtud de que un porcentaje considerable de los vehículos cuyo ingreso al país y posterior estancia se considera irregular puesto que sus propietarios los mantienen inmovilizados por temor a las sanciones que pueden aplicar las autoridades hacendarias a quienes los detentan y con la regularización de dichos vehículos se incrementarían los índices de consumo de gasolinas puesto que al llevarse a cabo los efectos de la presente iniciativa los vehículos incluidos en ésta, podrán circular libre y legalmente por el territorio nacional consumiendo las gasolinas que expende PEMEX en los establecimientos destinados a este fin.

e) Por otra parte, de las opiniones vertidas por los sectores involucrados en este asunto así como las que formularon algunos diputados integrantes de la Comisión de Asuntos Fronterizos, se consideró la conveniencia de disminuir el modelo susceptible de regularización del año de 1993 al año 1992.

Consideraciones Finales

La presente Iniciativa de Ley, parte de la idea de que primero está el interés general y luego el de las ideologías partidarias. De igual forma se consideró la inconveniencia de intentar formular un decreto, puesto que de ser así, la jerarquía de éste, no es suficiente para igualar las normas jurídicas generales relacionadas con la presente iniciativa; como pudieren ser, El Código Fiscal de la Federación, Ley del Servicio de Administración Tributaria, Ley Aduanera, Ley de Comercio Exterior, entre otras.

Por otro lado en cuanto a la clasificación de las normas jurídicas, desde el punto de vista de su ámbito temporal de validez, el presente caso requiere que la ley en cuestión sea de una vigencia determinada, por lo que se establece en ella su ámbito temporal de validez.

Ley para el otorgamiento de permisos de importación para la internación definitiva de vehículos automotores de procedencia extranjera que se hayan internado temporalmente al país

Artículo 1.- Los propietarios de vehículos usados de procedencia extranjera, podrán regularizar la situación y estadía en el país de dichos vehículos bajo los siguientes términos:

a) Serán considerados propietarios de vehículos usados de procedencia extranjera, las personas que acrediten con el título de propiedad ese derecho o con los documentos idóneos que demuestren la titularidad de un vehículo de procedencia extranjera.

b) Los modelos de los vehículos de que se trata, no podrán ser superiores al año de fabricación 1992, ni inferiores a modelos fabricados en 1978.

Artículo 2.- Serán objeto de regulación y en su caso otorgamiento de permiso de importación definitiva los vehículos automotores cuyos modelos sean anteriores a 1993 y superiores a 1977, conforme con las disposiciones vigentes en materia aduanera y dentro de las siguientes características: a) Los vehículos automotores, camionetas pick up y vagonetas con capacidad de hasta doce pasajeros.

b) Los vehículos internados al país hasta antes del 31 de diciembre de 1998, cuyos propietarios acrediten que dicho ingreso se realizó antes de dicha fecha.

c) Los destinados al servicio público de transporte y carga y cuya capacidad no exceda de 3,100 Kg.

Artículo 3.- No podrán ser objeto de regularización los vehículos siguientes: I. Los vehículos modelos 1993 en adelante, y vehículos 1977 y anteriores.

II. Los considerados de lujo y deportivos.

Artículo 4.- Los interesados en regularizar los vehículos, deberán pagar el impuesto por Importación definitiva en las cantidades que señala la tabla de tarifas siguiente: a) Vehículos modelos 1992 $2,500.00 (Dos mil pesos quinientos pesos 00/100 MN)

b) Vehículos modelos 1991 $2,250.00 (Dos mil doscientos cincuenta pesos 00/100 MN)

c) Vehículos modelo 1990 $2,000.00 (Dos mil pesos 00/100 MN)

d) Vehículos modelo 1989 $1500.00 (Mil quinientos pesos 00/100 MN)

e) Vehículos modelos anteriores a 1988 $1000.00 (Un mil pesos 00/100 MN)

Los pagos a que se refiere la tabla anterior deberán realizarse dentro del término de seis meses a partir del siguiente día hábil de la fecha de iniciación de la vigencia de la presente Ley, en las oficinas bancarias que designe la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, previo permiso de la importación definitiva que expida la Secretaria de Comercio.

Artículo 5.- Reunidos los trámites mencionados en el artículo anterior se procederá a la inscripción del vehículo en el Registro Nacional de Vehículos, debiéndose extender al interesado la constancia de inscripción definitiva que en su caso servirá de título de propiedad del vehículo inscrito.

Artículo 6.- Los documentos necesarios para llevar a cabo el procedimiento anterior serán los siguientes:

1. Solicitud por escrito de importación definitiva del vehículo usado de procedencia extranjera, la que deberá constar por escrito con los siguientes datos:

a) Nombre completo del propietario.

b) Clave del Registro Federal de Contribuyentes del interesado.

c) Domicilio fiscal del propietario.

d) Datos de identificación del vehículo, tales como: marca, tipo, modelo, número de serie, capacidad de pasajeros, capacidad de carga de kilogramos.

e) Manifestación bajo protesta de decir verdad de que los datos son ciertos y de que el propietario tiene el dominio desde antes del 30 de noviembre de 1998.

f) Copia de la constancia de pago, al que se refiere el artículo 4 de la presente iniciativa.

g) Constancia expedida por la oficina de registro de vehículos del Estado de la Federación, del domicilio del solicitante en la que se certifique la inexistencia de vehículos automotores registrados a nombre del solicitante.

h) Firma del interesado

2. Original del título de propiedad o documento idóneo que ampare el vehículo.

3. Copia de la credencial de elector a favor del propietario.

4. Una calca, en cinta adhesiva transparente de una medida de una pulgada de ancho en la que se marcará el Número de Identificación del vehículo o número de serie.

5. Presentación ante la Secretaría de Comercio del vehículo exclusivamente para verificar datos del mismo y que sean coincidentes con los proporcionados en la solicitud y por la documentación que lo ampare.

Transitorios

PRIMERO.- La presente Ley entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y por tratarse de normas jurídicas de vigencia determinada, desde el punto de vista de su ámbito temporal de validez, estará en vigor hasta por 180 días hábiles siguientes a la publicación en el Diario Oficial.

SEGUNDO.- Durante la vigencia de la presente Ley se ordena la suspensión de toda orden de verificación, embargo precautorio y secuestro de vehículos de procedencia extranjera a cargo de la Secretaría de Hacienda de los vehículos modelos y años previstos en ésta Ley, excepto en los cruces fronterizos.

TERCERO.- El Ejecutivo Federal en la esfera de su competencia deberá expedir y publicar el Reglamento de la presente Ley a más tardar a los treinta días de la iniciación de vigencia a que se refiere el artículo 1 Transitorio.

CUARTO.- Los propietarios de los vehículos que cumplan con las disposiciones de la presente Ley, deberán además observar las disposiciones estatales relativas a ecología, vialidad, seguridad y relacionados con el tránsito de vehículos automotores.

Por todo lo antes expuesto solicitamos a esta Presidencia lo siguiente:

UNICO.- Tenernos por presentada la anterior Iniciativa y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Integrantes de la Comisión: Genaro Alanís de la Fuente, PRI, Omar Bazán Flores, PRI, Carlos Froylán Camacho Alcázar, PAN, Leobardo Casanova Magallanes, PRI, Rogelio Chabolla García, INDEP, Trinidad Escobedo Aguilar, PAN, Jorge Tomas Esparza Carlo, PAN, José Ricardo Fernández Candia, PAN, Eliher Saúl Flores Prieto, PAN, Julieta Ortencia Gallardo Mora, PRD, Francisco García Castells, PRI, Antonia Mónica García Velázquez, PRI, Rigoberto Armando Garza Cantú, PRI, Martha Dalia Gastelum Valenzuela, PRI, Isaías González Cuevas, PRI, José de Jesús González Reyes, PAN, Juan Antonio Guajardo Anzaldúa, PRD, Juan Marcos Gutiérrez González, PAN, Carlos Antonio Heredia Zubieta, PRD, Martha Irene Luna Calvo, PRD, María Mercedes Maciel Ortíz, PT, Héctor Mayer Soto, PRI, Gilberto Parra Rodríguez, PRD, Roberto Pérez de Alva Blanco, PRI, Miguel Antonio Rubiano Reyna, PRI, Guillermo Santín Castañeda, PRI, Saúl Solano Castro, PRD, Odorico Vázquez Bernal, PRI, Horacio Veloz Muñoz, PRI, Martha Veyna Soriano, PRI.

Diputados de la fracción parlamentaria del PRI: Joel Ayala Almeida, Ignacio Arrieta Aragón, María Adelaida de la Cruz Moreno, Jesús José Villalobos Sáenz, Julián Nazar Morales, José Gascón Mercado, Jesús Higuera Laura, Lombardo Guajardo Guajardo, Xóchitl Reyes Castro, Adoración Martínez Torres, Luz del Carmen López Rivera, María del R. Calderón González, Juan Manuel Félix Léon, Claudio Guerra López, Norberto Santís López.

Diputados de la fracción parlamentaria del PAN: Julio Faesler Carlisle, Francisco Javier Reynoso Nuño, Manuel C. Peñúñuri Noriega, Espiridión Sánchez López, Abelardo Perales Meléndez, Felipe Urbiola Ledesma, Margarita Pérez Gavilán, Jeffrey Max Jones Jones.

Diputados de la fracción parlamentaria del PRD: Enrique Bautista Villegas, Agapito Hernández Oaxaca, Alma Vucovich Seele, Armando Galván Gascón, Juan José González Davar, Carlos Morales Vázquez, Joaquín Hernández Correa, Jorge Silva Morales, Santiago Padilla Arriaga, Adolfo González Zamora, Justiniano Guzmán Reyna, Sergio Osorio Romero, Rosalío Hernández Beltrán, Violeta Margarita Vázquez Osorno, Gerardo Ramírez Vidal, Samuel Lara Villa, Rodrigo Maldonado Ochoa, María Guadalupe Sánchez Martínez, Marcelino Díaz de Jesús, Miguel Alonso Raya, Francisco de Souza Machorro, Manuel Pérez García, César Lonche Castellanos, Luis Rojas Chávez, Bonfilio Peñaloza García, Plutarco García Jiménez, Francisco Luna Kan, Aarón Quiroz Jiménez, Luis Meneses Murillo, Ricardo García Sainz, Angel de la Rosa Blancas, Jesús Flores Carrasco, Pablo Sandoval Ramírez, Gonzalo de la Cruz Elvira, Benito Mirón Lince, Cristina Portillo Ayala, Norma Argáiz Zurita, Dolores Padierna Luna, Antonio Palomino Rivera, Antonio Soto Sánchez, Teobaldo López Huertas, Susana Esquivel Farías, Armando Aguirre Hervis, Lenia Batres Guadarrama.

Diputados de la fracción parlamentaria del PT: Ricardo Cantú Garza, María Mercedes Maciel Ortiz, Gustavo Pedro Cortés, José Luis López López, Gerardo Acosta Zavala, Juan Cruz Martínez.

Diputados de la fracción parlamentaria del PVEM: Verónica Velasco Rodríguez, Jorge Emilio González Martínez.

Maximiano Barbosa Llamas, Miguel Angel Garza Vázquez.

Senadores del PRD: Ernesto Navarro G.

Senadores del PRI: Alvaro Vallarta, Jorge López Tijerina, Samuel Aguilar Solís, Víctor Hugo Islas, José A. Valdivia, J. Ascención Orihuela.

 

 


Propuestas

PROPUESTA PARA QUE LAS COMISIONES DE PROGRAMACION, PRESUPUESTO Y CUENTA PUBLICA Y DE EDUCACION RECONSIDEREN, DENTRO DEL PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO DE 1999, RELATIVO A LOS SUBSIDIOS ASIGNADOS A LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO, A CARGO DE LA C. DIP. INDEPENDIENTE CAROLINA O'FARRILL TAPIA

 
C. Presidente de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
PRESENTE

La suscrita, en mi calidad de diputada federal independiente de la LVII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, por medio de este ocurso, y con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, promuevo esta proposición en virtud de los siguientes:

Antecedentes

El Consejo Universitario de la UNAM ha hecho manifiesto público de sus reflexiones respecto del subsidio programado para nuestra máxima casa de estudios y ha emitido una exhortación a los diputados federales integrantes de esta LVII Legislatura a revisar dicho subsidio y a solidarizarse con la Universidad y con el pueblo de México, en congruencia con las responsabilidades inherentes a la representación ciudadana que ostentamos.

* De acuerdo al desglose que sobre la materia ha realizado el mencionado Consejo Universitario, el subsidio propuesto para el próximo año ha de sufrir la reducción en gasto de inversión de 468 millones de pesos respecto del de este año de 1998. Esto equivale a la extinción absoluta de recursos para la adquisición de libros, revistas especializadas, equipo de cómputo, de laboratorio para la enseñanza experimental, de investigación y para la construcción de obra civil.

* El monto asignado para gasto corriente es de 970 millones de pesos, lo cual implica un incremento de 11 por ciento respecto del presente año, contrastando con una inflación cercana al 18 por ciento.

* En el capítulo correspondiente a salarios y percepciones, sólo se podrá cubrir el costo de la plantilla actual de personal de la Universidad, con excepción de cien millones de pesos pendientes de ser reconocidos.

* No se podrán aprovechar los recursos disponibles del programa UNAM-BID, tanto para obras en proceso como para las autorizadas para 1999.

En consecuencia, me permito ante esta soberanía expresar las siguientes

Consideraciones

El pronunciamiento que manifiesto como respuesta a la solidaridad solicitada por el Consejo Técnico de la Investigación Científica y el Consejo Técnico de Humanidades, lo realizo simultáneamente en mi calidad de legisladora, pero más aún, en mi calidad que como universitaria me confiere tal responsabilidad. Ciertamente, la coyuntura del país en términos de las conflictualidades económicas que experimentamos requiere de decisiones, determinaciones y soluciones que implican más que criterios arbitrarios para la asignación de recursos presupuestarios, por lo que en esta misma tesitura, solicito se reconsidere lo que la reducción del mismo implica no ya para la UNAM, sino los costos que a largo plazo se suscitarían en términos macroestructurales para la nación. El proyecto universitario implica más que un subsidio gubernamental en el tópico educativo, el proyecto universitario es uno solo con el proyecto nacional, con el proyecto político y con el proyecto cultural de México, pero asimismo también debe serlo con el proyecto económico, ya que indefectiblemente, la redituabilidad que hoy en día se genere entre las filas universitarias, a futuro, se concretará en rentabilidades económicas para el país.

En este sentido, como miembro de la planta docente de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, el compromiso moral y académico me obliga a considerar que evidentemente, la preocupación fundamental no esta ni en la disminución de la planta docente, ni en las eventualidades administrativas, ya que estos últimos no representan problema alguno, y los primeros siempre, incondicionalmente, han sido coadyuvantes para el pleno desarrollo universitario. Es precisamente que por virtud de tal compromiso que la preocupación de las medidas hacendarias que se pretenden implementar cobran especial relevancia cuando determinamos que de hecho, el problema fundamental no es que se limiten las expectativas de investigación y desarrollo que prospectivamente la Universidad ha desarrollado para beneficio del país, sino que aunque discursivamente se atiende a la educación como una preocupación gubernamental, contrario sensu, en términos reales se hace nugatorio el compromiso que como política del gobierno se había realizado con antelación.

La desnaturalización de la Universidad como institución educativa resulta de hecho disonante con el sentido de modernización que se pretende inyectar, el marginar un elemento nodular y con tal actitud demeritar el esfuerzo que históricamente ha realizado nuestra Universidad, definitivamente no hará de México un país de primer mundo. La función de la Universidad como máximo escenario de la producción cognoscitiva en nuestro país va mucho más allá de la academia; en este sentido, la labor de investigación que se realiza en la Universidad impele a considerar que la cuestión del recorte presupuestario a la de ninguna manera trátase de un tópico independiente, sino que muy por el contrario, es un requisito indispensable concatenado con el Estado y la iniciativa privada para que de manera conjunta, no solamente en términos discursivos, sino reales, constantes y permanentes se continúe contribuyendo, como es ya tradición de la Universidad, con el desarrollo no sólo económico, político o social, sino en el de todo el país, porque efectivamente, el proyecto universitario es hoy por hoy asimismo, el proyecto nacional de México.

Efectivamente, se requiere de un sólido sistema de educación que impulse el desarrollo del país, así como un sistema de investigación que brinde solución a los problemas nacionales, ya que más que un rubro presupuestario, la investigación cumple un papel estratégico en la educación superior de la sociedad contemporánea; los presupuestos dedicados a la educación superior y a la investigación han sido muy reducidos frente a las necesidades de la sociedad y las exigencias de competitividad del entorno, por lo que la investigación universitaria deberá responder a las demandas de la sociedad vinculándose a la misma y nunca limitando su funcionamiento ni obstaculizando sus potencialidades. Ciertamente,

* Sin educación superior el futuro de México está cancelado;

* Sin investigación científica, humanística y tecnológica no puede haber educación;

* La reducción del gasto en la educación superior y en la investigación pone en peligro el futuro de México.

Por todo lo anteriormente expuesto es que como Diputada Federal Independiente promuevo la presente proposición como signo de solidaridad con la comunidad universitaria, para que esta Honorable Cámara realice una reconsideración a los rubros presupuestarios en lo que concierne al ámbito educativo, en especial a los subsidios asignados a la Universidad Nacional Autónoma de México.

Atentamente

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de noviembre de 1998.
Dip. lic. Carolina O'Farrill Tapia (rúbrica)
 
 


Actas

DE LA COMISION DE POBLACION Y DESARROLLO, CON MINUTA DE SU OCTAVA REUNION

 Minuta de la octava reunión celebrada el miércoles 18 de noviembre de 1998

1. Orden del Día

Primero.- Lista de asistencia y verificación de quórum legal.

Segundo.- Aprobación, en su caso, del acta de la sesión anterior.

Para votación. Remitida con anticipación a las CC. Secretarias de la Comisión.

Tercero.- Informe de la Presidencia de la Comisión.

Cuarto.- Informes de las Subcomisiones Especiales.

Quinto.- Presentación de la propuesta de esquema de trabajo en materia de Registro Civil.

Sexto.- Asuntos generales.

2. Asistentes

Dip. Rubén A. Fernández Aceves (Presidente), dip. Mercedes Juan López (secretaria por el PRI), dip. Margarita Pérez Gavilán Torres (secretaria por el PAN), dip. Elsa Patria Jiménez Flores (secretaria por el PRD), dip. Julieta Ortencia Gallardo Mora, dip. Cristina Portillo Ayala, dip. César Lonche Castellanos, dip. Mario Elías Moreno Navarro, dip. Isabel Villers Aispuro y dip. América Soto López.

Asimismo, estuvieron presentes también en la reunión representantes de los siguientes diputados: dip. Carolina O'Farrill Tapia, dip. Patricia Espinosa Torres, dip. Juan Carlos Ruiz García, y dip. Rafael Oceguera Ramos.

3. Desarrollo de la reunión

La reunión se celebró en el salón E del restaurante Los Cristales del Palacio Legislativo de San Lázaro, dando inicio a las 9:25 horas y concluyendo a las 10:40 horas.

En cumplimiento del primer punto del orden del día, se revisó la lista de asistencia de los diputados miembros de la Comisión. En vista de que no se contaba con el quorum requerido, se decidió continuar la reunión con carácter de informativa y, posteriormente, remitir a los integrantes un Acta de Acuerdos para validar los consensos alcanzados durante la junta.

En cumplimiento del segundo punto del orden del día, se dio por aprobada el acta de la sesión anterior.

En cumplimiento del tercer punto del orden del día, el Presidente dio lectura al informe de ejecución del Programa de Trabajo, mismo que se anexa con el número uno.

Respecto al Informe Nacional sobre Desarrollo Humano, el Presidente aclaró que se refiere a un concepto internacionalmente aceptado, validado por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo. Igualmente, se propuso que se elabore un protocolo de investigación en el que se considere la participación de los grupos parlamentarios.

En desahogo del cuarto punto del orden del día, la dip. Mercedes Juan López rindió un informe de avances sobre los trabajos de la Subcomisión Especial a su cargo, mismo que se anexa con el número dos, y fue recomendado como formato a la otra Subcomisión que procesa propuestas presentadas en los foros de consulta; además, se acordó que el dip. César Lonche Castellanos se integrará a esta Subcomisión por parte del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Por su parte, el representante de la dip. Carolina O'Farrill Tapia rindió un informe sobre los avances de la Subcomisión Especial a su cargo.

Respecto del tema del voto de mexicanos residentes en el extranjero, se acordó integrar una Subcomisión Especial integrada por los diputados América Soto López, Julieta Ortencia Gallardo Mora, Margarita Pérez Gavilán Torres y Mario Elías Moreno Navarro, a la que se podrá sumar un diputado más por cada grupo parlamentario; esta Subcomisión iniciará sus trabajos por convocatoria del Presidente de la Junta Directiva.

En desahogo del quinto punto del orden del día, el Presidente expuso la propuesta de esquema de trabajo en materia de registro civil, misma que se anexa con el número tres; los diputados propusieron que en este asunto se ponga especial atención a la cobertura en áreas rurales y población migrante, se incorporen las propuestas del Foro Nacional Dimensión Poblacional en la Planeación Estatal, se recopilen los formatos de registro de los diferentes estados y se considere la información estadística del padrón electoral en materia de registro de ciudadanos indígenas.

En desahogo del punto sexto del orden del día, no hubieron asuntos generales que tratar, dándose por terminada la reunión a las diez horas con cuarenta minutos.

Contenido del Acta de Acuerdos derivada de la Octava Reunión Ordinaria de la Comisión de Población y Desarrollo:

Aspectos sobre los cuales se adoptaron los siguientes consensos:

Por votación económica se aprobó la Minuta de la Séptima Reunión de Trabajo de la Comisión de Población y Desarrollo.

Se acordó el establecimiento de una Subcomisión para el tema del Voto de los Mexicanos en el Extranjero. Los diputados que expresaron su interés en participar en la misma fueron: por parte del PRI, América Soto López y Mario Elías Moreno Navarro; por el PRD, Julieta Ortencia Gallardo y Margarita Pérez Gavilán Torres por parte del PAN. La Presidencia de la Comisión convocará a reunión a la Subcomisión para nombrar un coordinador o coordinadora. Queda abierta la posibilidad de duplicar la composición de la misma por la carga de trabajo que implica.

Previa presentación de los comentarios que se consideraron oportunos, se aprobó por votación económica el Proyecto para la Vertiente de Trabajo sobre Registro Civil.

La Mesa Directiva de la Comisión de Población y Desarrollo: Dip. Rubén A. Fernández Aceves (presidente), dip. Mercedes Juan López (secretaria), dip. Margarita Pérez Gavilán (secretaria), dip. Elsa Patria Jiménez Flores (secretaria), dip. Carolina O'Farril Tapia.

 


Convocatorias

DEL COMITE DE COMUNICACION SOCIAL

A su octava sesión de trabajo, a celebrarse el jueves 3 de diciembre, a las 8 horas, en la zona D del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Revisión de solicitudes de medios alternativos (publicidad institucional).

2. Aviso de cambio de integrantes en el Comité y correspondencia del mismo.

3. Informe de punto de acuerdo de la directiva para citar a la Coordinación de Comunicación Social, en Comités Unidos con el Comité de Administración.

4. Proposición de la Presidencia para crear un Subcomité para la elaboración de la carta programática del Canal de Televisión del Congreso.

5. Fiesta de fin de año para los representantes de los medios de comunicación.

6. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Francisco de Souza
Presidente
 

DE LA COMISION DE REGLAMENTOS Y PRACTICAS PARLAMENTARIAS

A su reunión del jueves 3 de diciembre, a las 8:30 horas, en la sala de juntas del edificio F de este Palacio Legislativo de San Lázaro, con el objeto de analizar el Proyecto de Dictamen de Reformas a la Ley Orgánica delCongreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Atentamente
Dip. Fidel Herrera Beltrán
Presidente

 
DE LA COMISION DE SALUD

A su reunión ordinaria del jueves 3 de diciembre, a las 9 horas, en el salón de Protocolo de este Palacio Legislativo.

Orden del Día

1. Registro de asistencia.

2. Lectura y aprobación del orden del día.

3. Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la sesión anterior.

4. Intervención del C. dip. Santiago Padilla Arriaga, Presidente de la Comisión de Salud.

5. Intervención del C. dr. Juan Ramón de la Fuente, Secretario de Salud.

6. Intervenciones de CC. diputados de las diferentes fracciones parlamentarias.

7. Clausura de la reunión.

Atentamente
Dip. dr. Santiago Padilla Arriaga
Presidente

 
DE LA SUBCOMISION PARA LA INVESTIGACION DE LOS PROGRAMAS DE SANEAMIENTO FINANCIERO Y SUBCOMISION DE SEGUIMIENTO Y APLICACION DE LOS RECURSOS DESTINADOS A LOS PROGRAMAS DE APOYO A DEUDORES

 A su reunión de trabajo del jueves 3 de diciembre, a las 10:30 horas en el salón Libertadores, ubicado en el primer nivel del edificio H de esta H. Cámara.

Orden del Día

1. Aprobación del acta de la sesión del jueves 5 de noviembre de 1998.

2. Renovación de las presidencias en turno de las Subcomisiones Unidas para la Investigación de los Programas de Saneamiento Financiero y Aplicación de Recursos Destinados a los Programas de Apoyo a Deudores.

Atentamente
Dip. Dionisio A. Meade y García de León
Presidente en turno
 

DE LA COMISION DE PROGRAMACION, PRESUPUESTO Y CUENTA PUBLICA

A su reunión de trabajo con el doctor Martín Werner, Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, para tratar temas relativos al Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1999, el jueves 3 de diciembre, a las 18 horas, en el salón Presidentes, ubicado en el edificio H, segundo nivel.

Atentamente
Dip. Ricardo García Sainz
Presidente

 
DE LA COMISION DE AGRICULTURA

Al Foro Nacional de Consulta a Productores e Industriales de la Caña de Azúcar para la Formulación de la Iniciativa de Ley de Desarrollo Rural, que se realizará el viernes 4 de diciembre de 1998, de las 9 a las 14 horas, en el auditorio norte de este Palacio Legislativo.

Convoca

A las uniones nacionales, uniones locales y asociaciones de productores de caña de azúcar, así como al sector industrial y comercial, a las legislaturas de los estados, a instituciones públicas y privadas, asociaciones y sociedades de producción, organismos paraestatales, fideicomisos, universidades e instituciones de educación agrícola, académicos e investigadores, organismos gremiales, productores agropecuarios, organizaciones campesinas, fundaciones, consejos estatales agropecuarios, empresarios del campo, instituciones financieras enfocadas al medio rural, ONG, sociedades y asociaciones técnico-científicas, despachos agropecuarios y personas interesadas en el desarrollo rural y vinculadas a la rama de caña de azúcar, a participar en el

Foro Nacional de Consulta a Productores e Industriales de Caña para la Formulación de la Iniciativa de Ley de Desarrollo Rural

Temas

I. Legislación y normatividad cañera.

II. Comercialización del azúcar y Tratado de Libre Comercio.

III. Financiamiento para el desarrollo del sector azucarero.

IV. Producción e industrialización de la caña.

Comisión de Agricultura de la H. Cámara de Diputados, Mesa Directiva: Dip. Enrique Bautista Villegas, Presidente; dip. Armando Rangel Hernández, secretario; dip. Jorge Galo Medina Torres, secretario; dip. Plutarco García Jiménez, secretario. Comité Organizador: dip. Rafael Spinoso Foglia, dip. Plutarco García Jiménez, dip. José E. Bonilla Robles.
¡El Poder Legislativo requiere tu voz!

 
DE LA COMISION DE CORRECCION DE ESTILO

A la firma del Convenio de Colaboración con la H. Cámara de Diputados y la Generación Dr. Andrés Serra Rojas, de la Facultad de Derecho de la UNAM, el sábado 5 de diciembre de 1998, a las 9 horas, en la zona A del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. América Soto López
Presidenta

 
DE LA COMISION DE ATENCION Y APOYO A DISCAPACITADOS

 Al Foro Internacional Integración Laboral de las Personas con Discapacidad, "Experiencias en el Mundo", que se llevará a cabo el lunes 7 de diciembre, a partir de las 10 horas, en el Salón Verde de este recinto legislativo, en colaboración con la Comisión de Asistencia Social delSenado de la República y la Comisión del Trabajo y Previsión Social de esta H. Cámara de Diputados.

Objetivos

Compartir y evaluar experiencias legislativas en materia de integración laboral de personas con discapacidad en otros países, así como fórmulas legales que se aplican en el mundo para lograr que obtengan un empleo digno y que progresen en igualdad de oportunidades.

Temas y Programa

10:00 a 10:30 Registro.

10:30 a 10:45 Bienvenida por parte de la Comisión de Atención y Apoyo a Discapacitados de la Cámara de Diputados.

10:45 a 11:00 Mensaje y declaratoria inaugural por parte del dip. Arturo Núñez Jiménez, Presidente de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política de la Cámara de Diputados.

11:00 a 11:30 Incentivos fiscales para empresas que contraten a personas con discapacidad.

11:30 a 11:45 Sesión de preguntas y respuestas .

11:45 a 12:15 Experiencia internacional sobre legislación laboral.

12:15 a 12:30 Sesión de preguntas y respuestas.

12:30 a 13:00 Receso.

13:00 a 13:30 Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación para las personas con discapacidad de la OEA.

13:30 a 13:45 Sesión de preguntas y respuestas.

13:45 a 14:15 Procesos de rehabilitación laboral de personas con discapacidad.

14:15 a 16:00 Comida.

16:00 a 16:30 Las personas con discapacidad en la legislación: Una panorámica mundial.

16:30 a 16:45 Sesión de preguntas y respuestas.

16:45 a 17:15 Creación de empresas productivas para personas con discapacidad.

17:15 a 17:30 Sesión de preguntas y respuestas.

17:30 a 17:45 Entrega de reconocimientos.

17:45 a 18:00 Clausura por parte de la Comisión de Asistencia Social del Senado de la República.

Mayor información, comunicarse con el C.P. José Mauricio Fernández, secretario técnico de la Comisión de Atención y Apoyo a Discapacitados de la H. Cámara de Diputados, al tel. (015) 420-18-02 o al correo electrónico comapol@info.cddch.org.mx

Atentamente
Dip. Héctor Larios Córdova
Presidente de la Comisión de Atención y Apoyo a Discapacitados

Sen. María Elena Alvarez Bernal
Presidenta Comisión de Asistencia Social del Senado de la República

Dip. Juan Moisés Calleja Castañón
Presidente de la Comisión del Trabajo y Previsión Social

 
DEL COMITE DE BIBLIOTECA E INFORMATICA

A los conciertos con la Orquesta de Cámara y Coro de la Secretaría de Marina, que interpretará villancicos bajo la dirección de César Amora Aguilar, capitán de fragata del Servicio Musical Naval, los miércoles 9 de diciembre, a las 13 horas, en la Plaza Legislativa de esta Cámara de Diputados.

 
DE LA COMISION DE DEFENSA NACIONAL

A su reunión y desayuno de trabajo del jueves 10 de diciembre, a las 9 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales de este recinto parlamentario.

Orden del Día

1. Discusión y, en su caso, aprobación del Informe Anual de Actividades de la Comisión de Defensa Nacional.

2. Análisis de las iniciativas pendientes turnadas a la Comisión de Defensa Nacional.

3. Presentación y, en su caso, aprobación del programa de visitas para el próximo año.

4. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. gral. Ramón Mota Sánchez
Presidente