SESION DEL JUEVES 6 DE ABRIL DE 2000. INICIO 11 HORAS
Lectura del acta de la sesión anterior.
Comunicaciones
El Instituto de Cultura de la Ciudad de México, invita a la ceremonia cívica que con motivo del 81 aniversario luctuoso del General Emiliano Zapata Salazar, tendrá lugar en la estatua erigida a su memoria en la Alameda del Sur, en la Delegación Coyoacán, el 10 de abril a las 10:00 horas.
De los Congresos de los estados de Puebla, Quintana Roo y Tamaulipas.
De la Junta de Coordinación Política.- (Cambio de integrantes de Mesas Directivas de comisiones).- (Votación).
De la Junta de Coordinación Política.- (Cambios de integrantes de comisiones).
Del C. Dip. Alvaro Arceo Corcuera.
Elección de Secretario de Mesa Directiva.
Iniciativas de ciudadanos diputados
De Ley de Amnistía General para todos los presos y perseguidos por motivos políticos. (Políticos de Conciencia), a cargo del C. Dip. Adolfo González Zamora, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Publicada en Gaceta Parlamentaria del martes 4 de abril de 2000; Turno a Comisión).
De reformas y adiciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, a cargo del C. Dip. Antonino Galaviz Olais, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).
De reformas y adiciones al artículo 73, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la C. Dip. Elba Capuchino Herrera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).
De Ley de Amnistía, a cargo del C. Dip. Pablo Gómez Alvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).
De reformas a los artículos 35, fracción I, inciso e) y 76 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del Año 2000, a cargo del C. Dip. Javier Castelo Parada, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).
Que establece las reglas de operación del Fondo para la Estabilización de los Ingresos Petroleros, a cargo del C. Dip. Sergio Benito Osorio Romero, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).
Oficio del Gobernador del Banco de México
Para dar cumplimiento al artículo 51, fracción III, de la Ley del Banco de México, remite el Informe sobre la ejecución de la política monetaria durante el segundo semestre de 1999 y sobre las actividades del banco en dicho ejercicio. (Turno a Comisión).
Oficio de la Secretaría de Gobernación
Por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Héctor Javier Hernández García, Jorge Tejeda Ruiz, José Fabián Ojeda Martínez, José Francisco Bache Mar, René Miranda Cerda, Martín Canela Alfonso, Jorge Alberto Andrade Gutiérrez, Iván Akira Falcón Saito, Luis Guillermo Tiburcio Hernández, José de Jesús Durán García, Marco Antonio Martínez Tenorio, Constantino Pérez García, Manuel Santibañez Pérez, Marcelino González Temix, Arturo Marín Sarabia, Apolinar Jiménez Farías, Pablo Rojas Martínez, Máximino Jiménez Hernández y Luis Arturo Torres Valverde, puedan aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que les confiere el Gobierno de la República de Nicaragua. (Turno a Comisión).
Minutas
Con Proyecto de Decreto que concede permiso a los ciudadanos Anselmo Carretero y Jiménez y Antonia Conde Nieto, para aceptar y usar condecoraciones que les confiere el Gobierno del Reino de España. (Turno a Comisión).
Con Proyecto de Decreto que concede permiso a los ciudadanos Roberto Fiel Ramírez, Hilario Guevara Hernández, José Antonio Monroy Sandoval, César Ortiz Maldonado y Gilberto Carballo Avila, para aceptar y usar condecoraciones conferidas por el Gobierno de Nicaragua. (Turno a Comisión).
Solicitudes de particular
Del C. Jorge Cervantes Castro, donde solicita el permiso constitucional necesario para aceptar y usar las condecoraciones que le confieren los Gobiernos de Venezuela y de Cuba. (Turno a Comisión).
Proposiciones
Con Punto de Acuerdo para establecer la posición que el Gobierno Mexicano, deberá asumir en la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre, a cargo de la C. Dip. Gloria Lavara Mejía, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión).
Con Punto de Acuerdo para Crear una Comisión Especial Plural que proponga las reformas, adiciones y derogaciones al Marco Jurídico del Fuero de Guerra Vigente, a cargo del C. Dip. Samuel Lara Villa, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).
Con Punto de Acuerdo para que se declare día de fiesta en los Estados Unidos Mexicanos, el día 6 de abril "Batalla de Caborca", a cargo del C. Dip. Francisco Suárez Tanori, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).
Con Punto de Acuerdo para que la Comisión Especial encargada de vigilar que no se desvíen recursos federales en el proceso del año 2000, realice auditorias a los Municipios Conurbados del estado de México, sobre los recursos públicos Federales, a cargo del C. Dip. José Luis Gutiérrez Cureño, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).
Con Punto de Acuerdo en relación a la problemática de las cajas de ahorro en el estado de Michoacán, a cargo de la C. Dip. Guadalupe Sánchez Martínez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).
Con Punto de Acuerdo sobre las repercusiones del revestimiento del canal Todo Americano y su impacto en la frontera California-Baja California, a cargo del C. Dip. Fortunato Alvarez Enríquez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).
Excitativas
A la Comisión de Comercio, a cargo del C. Dip. Edgar A. Olvera Higuera, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).
A la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, a cargo del C. Dip. César Lonche Castellanos. (Turno a Comisión).
A la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, a cargo de la C. Dip. Julieta Ortencia Gallardo Mora, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).
A la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, a cargo del C. Dip. Luis Meneses Murillo, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).
A la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, a cargo del C. Dip. Jorge Durán Chávez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión).
A las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, a cargo del C. Dip. José de Jesús Montejo Blanco, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).
Agenda política
Comentarios sobre el Programa Punto Final, a cargo del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Comentarios sobre las denuncia de Juicio Político contra la Jefa de Gobierno del Distrito Federal, a cargo del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Comentarios sobre las declaraciones del señor Vicente
Fox en torno al proceso electoral, a cargo del grupo parlamentario del
Partido Revolucionario Institucional.
DEL INSTITUTO DE CULTURA DE LA CIUDAD DE MEXICO
C. Dip. Francisco José Paoli Bolio
Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara
de Diputados
PRESENTE
El Instituto de Cultura de la Ciudad de México ha programado la ceremonia cívica conmemorativa del LXXXI (81) aniversario luctuoso del General Emiliano Zapata, que tendrá lugar en la estatua erigida a su memoria en la Alameda del Sur, ubicada en Canal de Miramontes y Calzada de las Bombas, Delegación Coyoacán, el lunes 10 de abril a las 10 horas.
Por tal motivo, me permito solicitar muy atentamente se sirva girar sus respetables instrucciones a efecto de que un representante de esa Honorable Cámara que usted preside, asista a la ceremonia de referencia.
Agradezco las atenciones que se sirva prestar a la presente y le reitero con mi reconocimiento, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
El Director General
Alejandro Aura
DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA
C. Presidente de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 59 y 60 de la Constitución Política local, y 53 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, nos permitimos comunicar que el Quincuagésimo Cuarto Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, en sesión pública ordinaria, celebrada con esta fecha, tuvo a bien clausurar su primer periodo de sesiones ordinarias, correspondiente al segundo año de ejercicio legal. Asimismo, se eligió a los integrantes de la Comisión Permanente que actuará en el periodo de receso comprendido del 16 de marzo al 31 de mayo del año 2000.
Presidente: Dip. José Angel Pacheco Ahuatzin
Miembro: Dip. Julio César Bouchot Garrido
Miembro: Dip. José Felipe Velázquez Gutiérrez
Miembro: Dip. Susana Wuotto Cruz
Miembro: Dip. René Huerta Ramales
Miembro: Dip. Ignacio Sergio Téllez Orozco
Miembro: Dip. María Angélica Cacho Baena
Miembro: Dip. Oscar Emilio Carranza León
Secretario: Dip. Martín Fuentes Morales
Lo que hacemos de su conocimiento por disposición de esta Legislatura para los efectos correspondientes.
Atentamente
Heroica Puebla de Zaragoza, marzo 15 de 2000.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
César Augusto Reyes Cabrera (rúbrica)
Diputado secretario
Horacio Gaspar Lima (rúbrica)
Diputado secretario
DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO
CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
La IX Legislatura Constitucional del estado, en cumplimiento al artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, se permite comunicar que en sesión celebrada el 1 de marzo del presente año, se clausuró el quinto periodo extraordinario de sesiones, correspondiente al primer año de ejercicio constitucional.
Sin otro particular, me es grato reiterarles las seguridades de mi consideración distinguida.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Chetumal, Q. Roo, a 2 de marzo de 2000.
La diputada secretaria
C. Martha del C. Silva Martínez (rúbrica)
DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS
Cd. Victoria, Tam., a 1 de marzo del año 2000.
C. Presidente de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 23 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y 23, 24 y 32, fracción V, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado, nos permitimos comunicarle que, en sesión de junta previa convocada por la Diputación Permanente para esta fecha, fue electa la Mesa Directiva que dirigirá los trabajos del Pleno Legislativo durante el mes de marzo del actual, dentro del primer periodo ordinario de sesiones correspondiente al segundo año de ejercicio legal de la Quincuagésima Séptima Legislatura del Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, quedando integrada de la siguiente manera:
Presidente: Dip. Libaldo Garza Moreno
Secretario: Dip. Antonio Galván Loperena
Secretario: Dip. Guillermo Hurtado Cruz
Suplente: Dip. Raúl Félix Galaviz Flores
Sin otro particular, nos es grato reiterar a usted nuestra consideración atenta y distinguida.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Diputación Permanente
Lic. Jesús Carlos Villanueva Perales (rúbrica)
Diputado secretario
C. Ubaldo Guzmán Quintero (rúbrica)
Diputado secretario
Cd. Victoria, Tam., a 1 de marzo del año 2000.
C. Presidente de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 44 de la Constitución Política local, 5 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y 32, fracción V, y 71 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado, nos permitimos comunicarle que en sesión pública y solemne celebrada por el Pleno Legislativo en esta fecha, se declaró legalmente la apertura del primer periodo ordinario de sesiones correspondiente al segundo año de ejercicio legal de la Quincuagésima Séptima Legislatura del Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas.
Sin otro particular, reiteramos a usted nuestra consideración atenta y distinguida.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
C. Antonio Galván Loperena (rúbrica)
Diputado secretario
C. Guillermo Hurtado Cruz (rúbrica)
Diputado secretario
DE LA SECRETARIA GENERAL
Palacio Legislativo, México, DF, a 4 de abril del 2000.
Dip. Francisco José Paoli Bolio
Presidente de la Mesa Directiva
H. Cámara de Diputados
PRESENTE
Por instrucciones del Presidente de la Junta de Coordinación Política, Diputado Jesús Enrique Jackson Ramírez, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, párrafo 1, inciso c), y 43, párrafo 3, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, adjunto al presente, oficio de fecha 4 de abril del año 2000, suscrito por el diputado Fortunato Alvarez Enríquez, coordinador adjunto del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, en el que solicita el siguiente cambio en la Presidencia del Comité de Administración:
Atentamente
Lic. José Fernando Franco González Salas
(rúbrica)
Secretario General
Palacio Legislativo, México, DF, a 4 de abril de 2000.
Dip. Francisco José Paoli Bolio
Presidente de la Mesa Directiva
H. Cámara de Diputados
PRESENTE
Por instrucciones del Presidente de la Junta de Coordinación Política, diputado Jesús Enrique Jackson Ramírez, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, párrafo 1, inciso c), y 43, párrafo 3, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, remito a usted oficio de fecha 4 de abril del año 2000, suscrito por el lic. Enrique León Martínez, secretario ejecutivo del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en el que solicita los siguientes cambios de integrantes en la Comisión de Justicia:
Atentamente
Lic. José Fernando Franco González Salas
(rúbrica)
Secretario General
Palacio Legislativo, México, DF, a 4 de abril del 2000.
Dip. Francisco José Paoli Bolio
Presidente de la Mesa Directiva
H. Cámara de Diputados
PRESENTE
Por instrucciones del Presidente de la Junta de Coordinación Política, diputado Jesús Enrique Jackson Ramírez, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, párrafo 1, inciso c), y 43, párrafo 3, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, adjunto al presente, oficio de fecha 4 de abril del año 2000, suscrito por el diputado Fortunato Alvarez Enríquez, coordinador adjunto del grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en el que solicita el siguiente cambio de integrantes en la Comisión de Comercio:
Atentamente
Lic. José Fernando Franco González Salas
(rúbrica)
Secretario General
Palacio Legislativo, México, DF, 5 de abril de 2000.
Dip. Francisco José Paoli Bolio
Presidente de la Mesa Directiva
H. Cámara de Diputados
PRESENTE
Por instrucciones del Presidente de la Junta de Coordinación Política, Diputado Jesús Enrique Jackson Ramírez, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, párrafo 1, inciso c), y 43, párrafo 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, remito a usted oficio de fecha 4 de abril del año 2000, suscrito por el diputado Fortunato Alvarez Enríquez, coordinador adjunto del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, en el que solicita el siguiente cambio provisional de integrantes en la Comisión de Comercio:
Atentamente
Lic. José Fernando Franco González Salas
(rúbrica)
Secretario General
Palacio Legislativo, México, DF, 5 de abril de 2000.
Dip. Francisco José Paoli Bolio
Presidente de la Mesa Directiva
H. Cámara de Diputados
PRESENTE
Por instrucciones del Presidente de la Junta de Coordinación Política, diputado Jesús Enrique Jackson Ramírez, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, párrafo 1, inciso c), y 43, párrafo 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, remito a usted oficio de fecha 4 de abril del año 2000, suscrito por el lic. Enrique León Martínez, secretario ejecutivo del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en el que solicita el siguiente cambio de integrantes en la Comisión de Comercio:
Atentamente
Lic. José Fernando Franco González Salas
(rúbrica)
Secretario General
DE LA COORDINACION DE PROCESO LEGISLATIVO DEL GPPRD
Palacio Legislativo, a 4 de abril de 2000.
C. Dip. Francisco José Paoli Bolio
Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara
de Diputados
PRESENTE
Por medio de la presente y con fundamento en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicitó gire sus apreciables instrucciones a fin de realizar el siguiente cambio en la Comisión del Distrito Federal de esta H. Cámara de Diputados:
DEL SECRETARIO EJECUTIVO DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI
México, DF, a 4 de abril de 2000.
Dip. Enrique Jackson Ramírez
Presidente de la Junta de Coordinación Política
PRESENTE
Por acuerdo del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y en virtud de que la Presidencia de la Comisión de Información, Gestoría y Quejas es rotatoria, y que dicha Presidencia le corresponde en este periodo al GP PRI, me estoy permitiendo comunicarle de la manera más atenta que nuestro grupo parlamentario ha decidido que presida dicha Comisión la dip. Bertha Hernández Rodríguez.
Sin otro particular, le envío un cordial saludo.
Muy atentamente
Lic. Enrique León Martínez (rúbrica)
Secretario ejecutivo del grupo parlamentario del PRI
Palacio Legislativo, 5 de abril de 2000.
Dip. Francisco José Paoli Bolio
Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara
de Diputados
PRESENTE
A través de las presentes líneas, me estoy permitiendo informarle de la manera más atenta que el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, acordó proponer para secretario de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados al dip. Jesús Gutiérrez Vargas, en sustitución del dip. Francisco Javier Loyo Ramos, lo que nos permitimos hacer de su conocimiento para los efectos conducentes.
Sin otro particular, le envío un cordial saludo.
Atentamente
Lic. Enrique León Martínez (rúbrica)
Secretario ejecutivo del grupo parlamentario del PRI
DEL DIPUTADO ALVARO ARCEO CORCUERA
Dip. Francisco José Paoli Bolio
Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara
de Diputados
PRESENTE
En relación con su oficio de fecha 3 de abril del presente, le informo que se me debe seguir considerando como integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Sin otro particular, reciba un saludo cordial.
Atentamente
Dip. Alvaro Arceo Corcuera (rúbrica)
Los suscritos diputados de la LVII Legislatura del H. Congreso de la Unión integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el gobierno interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta H. Cámara de Diputados la presente iniciativa de decreto que reforma y adiciona la Ley Federal de Protección al Consumidor, con la finalidad de dotar de equidad a la relación entre consumidores y proveedores, asimismo, garantizar la correcta representación y respeto a los derechos del consumidor ante los tribunales, bajo la siguiente:
Exposición de Motivos
Es urgente desarrollar una verdadera política en materia de protección a los Derechos del Consumidor y en nuestra calidad de Legisladores, podemos contribuir con los otros dos poderes a la consecución de dicho objetivo.
Es una realidad innegable, que el actual modelo económico de libre mercado derivado de la globalización ha fomentado un desequilibrio entre sus actores, drama dentro del cual, la víctima resulta ser el consumidor.
Las relaciones de comercio provocan la interdependencia social, desgraciadamente, el consumidor que pretende adquirir un bien o utilizar un servicio, se encuentra, por lo general obligado a aceptar las condiciones que impone el vendedor o suministrador; en virtud de esto, consideramos urgente, que desde la legislación se dote al consumidor de mecanismos, procedimientos e instituciones que le permitan defender sus derechos sustantivos.
Para el Partido Acción Nacional, la libre competencia económica no debe ser una lucha encarnizada que tenga como consecuencia un perdedor, sino que el Estado debe intervenir fortaleciendo las instituciones jurídicas ya existentes y creando nuevas, de acuerdo a las necesidades sociales e individuales, para que de esta manera se logre combatir el desequilibrio existente entre los factores de la relación comercial. Para conseguir lo anterior se debe atender al principio de equidad, para que la Ley iguale lo que en la práctica es desigual.
Los poderes públicos se encuentran obligados a tutelar los derechos del consumidor; atendiendo a la justicia social, que no al paternalismo. En los últimos años se han venido presentando una serie de reformas tendientes a la configuración de un Derecho del Consumidor, el que hoy en día, para la mayoría de la doctrina es ya una rama autónoma del Derecho; los jurisconsultos en la materia lo definen como " El conjunto de normas estándares e instrumentos encaminados a asegurar o mejorar la protección del consumidor en el mercado económico. Mediante el reconocimiento de una serie de Derechos del Consumidor y el establecimiento de un marco jurídico específico a través del cual intenta la consecución de los fines del movimiento que tiende a promover los intereses del consumidor"
En el ámbito del Derecho Internacional comparado, encontramos variados ejemplos de cómo diversas naciones han elevado a rango Constitucional dichas prerrogativas.
Por citar sólo algunos casos, la Constitución Española establece en su artículo 51 que "Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo mediante procedimientos eficaces: la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos...". Por su parte la Constitución portuguesa en su artículo 81 recoge que " Corresponde preferentemente al Estado: proteger al consumidor, especialmente mediante el apoyo de cooperativas y de asociaciones de consumidores"
En la República Argentina por reforma de 1994 en el artículo 42 de su Constitución, se dispuso que "Los consumidores tienen derecho en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno".
Resulta evidente entonces que el problema actualmente no es de derecho sustantivo, sino de procedimientos e instituciones que garanticen en la práctica el ejercicio de las facultades y prerrogativas que se derivan de la norma. En este contexto, la presente iniciativa pretende fortalecer y garantizar el ejercicio de los Derechos del Consumidor, en dos vertientes, por una parte se crea la Defensoría de Oficio del Consumidor que tendrá como objetivo, el proporcionar de manera obligatoria y gratuita al consumidor los servicios de asistencia jurídica consistentes en la defensa, patrocinio y asesoría de los intereses y derechos del mismo y por la otra se crea un procedimiento sumario en materia en derechos del consumidor. En este caso, la competencia del tribunal que conocerá de estos asuntos se fundamenta en la primera fracción del artículo 104 Constitucional. Dicho procedimiento garantizará y eficientará los procedimientos y figuras jurídicas que reivindiquen y garanticen los derechos del consumidor ante relaciones de consumo inequitativas.
Consideramos, que estos son los mecanismos adecuados, ya que respetan la técnica legislativa y en general la estructura jurídica actual de la Legislación en materia del Consumidor; toda vez que no es conveniente, desde el punto de vista jurídico facultar a la Procuraduría Federal del Consumidor con atribuciones jurisdiccionales.
Por las consideraciones anteriormente expuestas, los diputados abajo firmantes sometemos a la consideración de esta asamblea, la siguiente:
Iniciativa de decreto por el que se reforman los artículos 1, segundo párrafo, 20 y 24 fracciones I y II y se adicionan los artículos 144 al 154 a la Ley Federal de Protección al Consumidor.
PRIMERO.- Se adicionan los artículos primero en su segundo párrafo, 20 y 24 fracciones I y II, para quedar como a continuación:
Artículo 1.- ........
El objeto de esta ley es promover, proteger y representar los derechos del consumidor y procurar la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.
.....
Artículo 20.- La Procuraduría Federal del Consumidor es un organismo descentralizado de servicio social con personalidad jurídica y patrimonio propio. Tiene funciones de autoridad administrativa y está encargada de promover, proteger y representar los derechos e intereses del consumidor y procurar la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores. Su funcionamiento se regirá por lo dispuesto en esta ley, los reglamentos de esta y su estatuto.
Artículo 24.- La Procuraduría tiene las siguientes atribuciones:
II. Procurar y representar los intereses de los consumidores proporcionándoles asistencia jurídica gratuita a través de la Defensoría de Oficio del consumidor, mediante el ejercicio de las acciones, recursos, trámites o gestiones que procedan;
Capitulo XVI
Del procedimiento en materia de Derechos del Consumidor
Artículo 144.- El consumidor que considere que se le han violado los derechos que reconoce el presente ordenamiento, podrá a su elección y sin necesidad de agotar los recursos que contempla este ordenamiento, acudir a los jueces y tribunales de la Federación o a los jueces y tribunales del orden común de los estados y del Distrito Federal, con apego a lo dispuesto por la fracción primera del artículo 104 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 145.- El consumidor presentará escrito de demanda, acompañado de los documentos respectivos y elementos de convicción necesarios para fundamentar sus pretensiones contra el proveedor. Si el juez estima que se reúnen los requisitos, en un plazo no mayor a tres días admitirá la misma y dictará auto en el cual se requiera al proveedor demandado emplazándolo a juicio.
El proveedor demandado, tendrá cinco días para dar contestación a la demanda.
En el caso de que el proveedor demandado decida allanarse, este acto producirá el efecto de que se pase el expediente a sentencia definitiva.
Artículo 146.- Tanto en la demanda como en la contestación a la misma, las partes deberán ofrecer todas sus pruebas relacionándolas con los hechos que pretendan probar y deberán asimismo presentar todos los documentos respectivos.
Artículo 147.- El demandado solo podrá oponer las siguientes excepciones:
Artículo 149.- El juez resolverá sobre la admisión o desechamiento de pruebas en el auto que tenga por contestada o no la demanda. En el mismo auto, el juez dará vista al actor con las excepciones opuestas por el demandado, por el termino de cinco días y señalará fecha y hora para la celebración de la audiencia de pruebas, alegatos y sentencia. Esta audiencia deberá celebrarse dentro de los diez días siguientes a aquel en que haya concluido el plazo fijado, para que el actor desahogue la vista, a que se refiere este artículo.
Artículo 150.- La preparación de las pruebas estará a cargo de las partes, por lo que deberán presentar los nombres de peritos y documentos que hayan sido admitidos.
Cuando las partes tengan que rendir prueba pericial, deberán ofrecerla en los escritos de demanda o contestación señalando el nombre y apellidos de sus peritos y exhibir copia del cuestionario para dichos expertos.
Una vez desahogadas las pruebas periciales, cuyos dictámenes sean contradictorios, el juez designará a un perito tercero en discordia para que rinda dictamen por separado y en su momento el juez lo califique según su prudente estimación.
Si no se presenta un documento que haya sido admitido como prueba, por causa imputable al oferente, en la misma audiencia se declarará desierta la probanza, salvo que se compruebe causa de fuerza mayor.
Artículo 151.- El juez presidirá la audiencia y ordenará el desahogo de las pruebas admitidas y preparadas y dará oportunidad a las partes para alegar lo que a su derecho convenga, por escrito o verbalmente, asentándolo en autos. Acto seguido el juez dictará sentencia.
TERCERO.- Se crea el Capítulo XVII del Defensor de Oficio del Consumidor, para quedar de la siguiente manera:
Capitulo XVII
De la Defensoría de Oficio del Consumidor
Artículo 152.- Las disposiciones del presente capítulo tienen por objeto regular la institución de la Defensoría de Oficio del Consumidor y proveer a su organización y funcionamiento, así como garantizar a los consumidores el acceso real y equitativo a los servicios de asistencia jurídica para la adecuada defensa y protección de los derechos del individuo en su calidad de consumidor.
Artículo 153.- La Defensoría de Oficio del Consumidor y la asesoría jurídica, son servicios cuya prestación corresponde a la Procuraduría Federal del consumidor.
Artículo 154.- La Defensoría de Oficio del Consumidor tiene como finalidad la de proporcionar, obligatoria y gratuitamente, los servicios de asistencia jurídica consistentes en la defensa , patrocinio y asesoría, en los asuntos que se deriven de la violación a las disposiciones contenidas en la presente ley.
Transitorios
PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.
Dip. Antonino Galaviz Olais
DE REFORMAS Y ADICIONES AL ARTICULO 73, DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DE LA C. DIP. ELBA CAPUCHINO HERRERA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
Elba Margarita Capuchino Herrera, diputada federal por el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, de la LVII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del pleno iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en base a la siguiente
Exposición de Motivos
México atraviesa por un período en el que los problemas acumulados del régimen, obligan a replantear algunos aspectos básicos en torno a la vida institucional y normativa del país. Por décadas se ha asumido con poca criticidad el desfase que evidencian algunos de nuestros referentes jurídicos más importantes en relación con nuestra realidad social. El tema del federalismo es un buen ejemplo al respecto.
Después de años en los que se ha desarrollado la costumbre de creer que nuestro sistema federal es una realidad oficial, hoy se hacen palpables los efectos del centralismo efectivo de nuestra historia. Bajo ese reconocimiento hemos tenido que revisar la veracidad de nuestro supuesto origen federal y hemos encontrado una realidad distinta. Sin embargo, el centralismo mexicano se encuentra severamente cuestionado; paso a paso, las entidades federativas se reivindican como dimensiones auténticas para la política regional.
Es necesario, entonces, discutir sobre la solución que debe darse a la ambigüedad constitucional que mantiene en una misma línea de validez formal a las disposiciones que sostienen un federalismo de tipo clásico, con otras que sustentan al federalismo del tipo cooperativo.
En México se ha desarrollado una variable de la tesis de las atribuciones implícitas a través de ciertas tesis jurisprudenciales. Bajo el influjo de estas tendencias se ha llegado a admitir que la Federación tiene facultades para legislar en aquellas materias que la Constitución habilita su intervención, aunque no se reconozca expresamente la potestad legislativa en el artículo 73 de la Carta Magna.
La Corte Suprema de Justicia ha expuesto que "es notorio que las facultades legislativas de la federación no son únicamente las consignadas de modo expreso en el artículo 73 de la constitución, puesto que diversas disposiciones de la misma Carta Fundamental, se refieren a esas facultades sobre materias distintas de las especificadas en el mencionado precepto, en cuanto tales disposiciones imparten competencia y jurisdicción a la Federación".
Después de que nuestro país asumió en el texto del artículo 124 de la Constitución la fórmula clásica del federalismo dual, el articulado de la Carta ha sido retocado en varias ocasiones para otorgarle al federalismo mexicano matices peculiares.
Al respecto destaca la adopción en ciertas materias de las llamadas leyes generales o leyes marco, a partir de las cuales se autoriza la distribución de competencias por parte del legislador entre los distintos órdenes de gobierno; tarea que antes estuvo reservada de manera exclusiva de la Federación. Tal ha sido el caso de las materias de educación, salud, asentamientos humanos, medio ambiente y recientemente, del deporte.
El otro factor trascendente para la organización federal mexicana es el fortalecimiento de las atribuciones del Municipio impulsado desde la Constitución. Las reformas al artículo 115 han enriquecido el marco de competencia de los ayuntamientos, aunque por regla general en detrimento de las facultades propias de las entidades federativas.
En el marco de concurrencia de tipo legislativo, nos enfrentamos al precepto de la segunda parte del artículo 120. Según sus términos, los ejecutivos locales están capacitados para aplicar disposiciones jurídicas de la Federación.
Esta norma orilla a confundir los ámbitos materiales de acción ejecutiva entre la Federación y los estados, porque según el sentido del precepto, los gobernadores actuarían como agentes de la Federación dentro de su propio territorio; ello sin excluir la acción ejecutiva de la Federación. El artículo 120 constitucional estaría apoyando la descentralización ejecutiva sin propiciar la descobertura federal.
La jurisprudencia poco o nada ha aportado para resolver el alcance de la segunda parte del artículo 120; el jurista Tena Ramírez incluso se ha pronunciado por desaparecer este precepto de la Carta Magna, ya que no encuentra ninguna formula inteligente para compatibilizar su sentido con el sistema del 124 constitucional, toda vez que de reconocerse una competencia ejecutiva indistinta a la federación y a los Estados, podría quedar cuestionada la certeza y la responsabilidad de los actos de autoridad. Los gobernados no tendrían cómo esperar razonablemente la acción de uno u otro de los poderes ejecutivos en el caso de la aplicación de las leyes federales.
Al hablar del marco de concurrencias de tipo legislativo, se trata de aquellas que se derivan de la atribución combinada, segmentaria y hasta compartida que efectúa el constituyente a favor de los distintos órdenes de gobierno, en relación con una materia competencial específica, a través de la distribución que se establece en una ley del Congreso llamada Ley General.
Compañeras y compañeros diputados:
Es en este sentido que se requiere, en primer término, incluir concurrencias de tipo legislativo en las materias de turismo, población, cultura, forestal y pesquera, toda vez que han quedado excluidas como facultad expresa en nuestra Constitución y por lo tanto, ha provocado incluso controversias constitucionales sobre quién tiene la facultad de legislar en las materias: si es la Federación o son las entidades federativas.
Con esta reforma estaríamos porque el Congreso de la Unión tenga facultad para expedir leyes generales o marco en las materias señaladas para distribuir las competencias entre la Federación, las entidades federativas y los municipios, otorgando las bases para el desarrollo de leyes locales correlativas y establecer en su propio cuerpo normativo el régimen federal para regular la acción de los poderes centrales en la materia de que se trate.
Las leyes marco son una realidad jurídica que ha probado eficiencia y por lo que toca las materias a las cuales nos hemos referido, se tendría la oportunidad de:
Asimismo, se plantea la adición de las fracciones XXIX-K y XXIX-L del artículo 73 constitucional para que se incluya la facultad del Congreso para expedir las leyes que establezcan la concurrencia del gobierno federal, de los estados y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia forestal y pesca; así como en materia de cultura.
Bajo el mismo marco de ideas, y como ya quedó planteado con anterioridad, es necesario eliminar del precepto del 120 constitucional lo referente a la obligación de los gobernadores de los estados para hacer cumplir las leyes federales, toda vez que no existe formula inteligente alguna para compatibilizarlo con el sistema del 124 constitucional, más aun que los gobernados, como ya quedó señalado, no tendrían cómo esperar razonablemente la acción de uno u otro de los poderes ejecutivos en el caso de la aplicación de las leyes federales.
Finalmente, es necesario afianzar constitucionalmente el federalismo cooperativo, estableciendo de manera expresa dentro del artículo 124 un ámbito restrictivo al sistema dual. En consecuencia, tendría que introducirse al efecto un nuevo párrafo que autorizara de manera expresa al Congreso de la Unión para que las leyes generales pudieran habilitar los convenios de traslado de atribuciones a los poderes locales. De este modo coexistirían dos sistemas de distribución de atribuciones y no cabría duda sobre la constitucionalidad del ejercicio de las potestades descentralizadas.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en el artículo 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del pleno la siguiente
Iniciativa que reforma las fracciones X y XVI, primer párrafo, y adiciona las fracciones XXIX-K y XXIX-L, del artículo 73; que reforma el artículo 120 y adiciona un párrafo al artículo 124, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
ArtIculo Primero.- Se reforman las fracciones X y XVI, primer párrafo, del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:
Artículo 73. El Congreso tiene facultad:
X. Para legislar en toda la República sobre hidrocarburos, minería, industria cinematográfica, comercio, juegos con apuesta y sorteos, intermediación y servicios financieros, energía eléctrica, nuclear y fuentes alternativas de energía; expedir las leyes del trabajo reglamentarias del artículo 123, así como las leyes que establezcan la concurrencia del gobierno federal, de los estados y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de turismo sustentable;
XI al XV....
XVI. Para expedir las leyes que establezcan la concurrencia del gobierno federal, de los estados y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de población; así como para dictar leyes sobre nacionalidad, migración, condición jurídica de los extranjeros, ciudadanía, naturalización y salubridad general de la República:
ArtIculo Segundo.- Se adicionan las fracciones XXIX-K y XXIX-L del artículo 73 constitucional para quedar como sigue:
Artículo 73. El Congreso tiene facultad:
XXIX-L. Para expedir las leyes que establezcan la concurrencia del gobierno federal, de los estados y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de cultura; y
Artículo 120. Los gobernadores de los estados están obligados a publicar las leyes federales.
ArtIculo Cuarto.- Se adiciona un párrafo segundo al artículo 124 constitucional para quedar como sigue:
Artículo 124.
Los contenidos de los convenios que suscriban la Federación con las entidades federativas en materia de traslado de atribuciones federales a éstas que establezcan las leyes generales que expida el Congreso de la Unión, serán habilitados como atribuciones de las entidades federativas a través de las leyes correspondientes que al efecto expidan los Congresos de los Estados.
UNICO. El presente decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Por el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática
Diputada Elba Margarita Capuchino Herrera
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara
de Diputados el día seis de abril del año dos mil.
DE LEY DE AMNISTIA, A CARGO DEL C. DIP. PABLO GOMEZ ALVAREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
Los suscritos, diputados al Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, presentan la siguiente iniciativa de Ley de Amnistía, con base en la facultad que les confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de aquella conferida al Congreso de los Estados Unidos Mexicanos por el artículo 73, fracción XXII, de la misma Carta Magna.
Exposición de Motivos
El Conflicto que ha aquejado a la Universidad Nacional Autónoma de México requiere un análisis sociológico profundo, pero, ante todo, un conjunto de medidas de carácter político que ayuden a encontrar una salida inmediata.
En las últimas semanas se han producido acontecimientos que han traído como consecuencia el ejercicio de la acción penal contra varias personas, acusadas de diversos delitos.
Es evidente que, independientemente de que se hayan o no cometido todos o algunos de estos delitos, el problema de la Universidad fue originado por una controversia en el seno de la comunidad universitaria, la cual debe ser resuelta dentro de ésta misma, como ha sido el deseo manifiesto del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos durante todos estos meses.
Con el propósito de promover, desde el Poder Legislativo de la Unión, una salida universitaria al conflicto de la UNAM, que no produzca nuevos rencores, se propone la expedición de una Ley de Amnistía para todos aquellos que han sido sujetos de la acción penal por parte del Ministerio Público de la Federación.
Como se sabe, la amnistía es un recurso de carácter eminentemente político, depositado en el Poder Legislativo, con el propósito de atemperar la aplicación directa de la ley, aunque también de los excesos en la impartición de justicia, y contribuir al entendimiento entre partes enfrentadas en el terreno de las disputas de ideas e intereses de carácter social.
La amnistía no es un perdón de quienes han sido sentenciados, ni pretende establecer culpabilidad o inocencia de los procesados o perseguidos, sino un recurso legítimo del legislador, cuando éste considera necesario dar un aporte a la solución de un conflicto o a dejar atrás enfrentamientos entre partes de la sociedad o entre grupos de ésta y el Estado.
En nuestro país se han expedido numerosas leyes de amnistía, incluso relacionadas con el delito de rebelión. Más recientemente, el Congreso ha expedido leyes de amnistía a favor de los procesados con motivo del movimiento estudiantil de 1968 y de aquellos presunta o realmente involucrados en acciones armadas contra el gobierno de la República durante los años setenta. Se trata, en efecto, de las leyes promulgadas el 20 de mayo de 1976 y el 27 de septiembre de 1978.
La experiencia demuestra que las leyes de amnistía dictadas por el Congreso mexicano han sido respuestas políticas a problemas de la misma naturaleza y, en todas las ocasiones, han sido políticamente benéficas para la República.
En el momento actual, la liberación de los detenidos en el marco del conflicto que ha afectado a la Universidad Nacional Autónoma de México ayudaría a que esta institución resuelva la situación conflictiva en la que se encuentra.
Por los anteriores motivos, los legisladores firmantes presentan la siguiente iniciativa con proyecto de decreto:
Ley de Amnistía
Artículo 1º. Se decreta amnistía para las personas contra las que se haya ejercido acción penal ante los tribunales de la Federación por los delitos de robo, motín, lesiones, daño en propiedad ajena y despojo, por hechos ocurridos a partir del 20 de abril de 1999 y hasta la fecha del presente decreto, relacionados con el conflicto de la Universidad Nacional Autónoma de México.
Artículo 2º. La presente amnistía extingue las acciones penales y las sanciones impuestas respecto de los delitos que comprende, dejando subsistente la responsabilidad civil y a salvo los derechos de quienes puedan exigirla.
Artículo 3º. El Procurador General de la República solicitará de oficio la aplicación de la presente Ley. Las autoridades judiciales y administrativas competentes cancelarán las órdenes de aprehensión pendientes y pondrán en libertad a los procesados o sentenciados.
En el caso de que se hubiere interpuesto juicio de amparo por parte de las personas a quienes beneficie la presente Ley, la autoridad que conozca del mismo dictará auto de sobreseimiento y se procederá conforme al presente artículo.
Artículo 4º. Las personas a quienes aproveche la presente Ley no podrán ser en el futuro detenidos ni procesados por los mismos hechos.
TRANSITORIO
UNICO: La presente Ley surtirá sus efectos el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo, a 4 de abril del 2000.
Diputados: Pablo Gómez Alvarez, Demetrio
Sodi de la Tijera, Bernardo Bátiz Vázquez, Agapito Hernández
Oaxaca, Antonio Palomino Rivera, Antonio Lagunas Angel, Ma. de la Luz Núñez
Ramos, Samuel Maldonado Bautista, Susana Esquivel Farías, Esperanza
Villalobos, Rosalío Hernández Beltrán, Francisco Luna
Kan, César Pineda Castillo, Alfonso Ramírez Cuéllar,
Fernando Elías Hernández Mendoza, David Cervantes Peredo,
Patria Jiménez Flores, Lenia Batres Guadarrama, Adolfo González
Zamora, Bruno Espejel Basaldúa, José Octavio Díaz
Reyes, Samuel Lara Villa, Israel Barraza Ayón, Julieta Gallardo
Mora, José Luis García Cortés, Sergio Benito Osorio
Romero, Jesús Flores Carrasco, Gonzalo Augusto de la Cruz Elvira,
Manuel Pérez García, Germán Rufino Contreras, Claudia
C. Fragoso López, Armando Aguirre Hervis, Isael Petronio Cantú
Nájera, Leopoldo Enrique Bautista Villegas, Leonardo Torres D.,
Gilberto Parra Rodríguez, José Luis Sánchez Campos,
Pedro Salcedo García, María Guadalupe Sánchez Martínez
(rúbricas)
DE REFORMAS A LOS ARTICULOS 35, FRACCION I, INCISO E) Y 76 DEL DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2000, A CARGO DEL C. DIP. JAVIER CASTELO PARADA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCION NACIONAL
Los suscritos diputados federales miembros del grupo parlamentario de Acción Nacional, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en lo dispuesto en los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, nos permitimos presentar por su conducto la siguiente
Iniciativa de Decreto para modificar los artículos 35, fracción I, inciso e), y el 76, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del Año 2000.
Exposición de Motivos
El titular del Poder Ejecutivo ha expuesto en diversos documentos la política de su administración en materia agropecuaria:
En el proyecto de presupuesto de egresos para 1997 manifestó: "Los objetivos de la política de desarrollo del sector agropecuario se orientan a incrementar los ingresos netos de los productores". "Las líneas de acción de la política sectorial están enfocadas a fortalecer la rentabilidad del sector".
En el proyecto de presupuesto de egresos para 1998 el Presidente subrayó: "El objetivo es centrar todos los esfuerzos en el aumento de la productividad y la rentabilidad". "La estrategia debe estar dirigida a elevar de manera permanente los ingresos de los productores".
La política de precios de los granos básicos tradicionalmente en manos del Gobierno por conducto de Conasupo, sufrió un drástico cambio al decidir el gobierno retirarse de la comercialización de las cosechas, dejando a los productores más expuestos a los precios y condiciones de los mercados internacionales, aunque nuestros costos de insumos: fertilizantes, energía, combustibles, semillas, refacciones maquinaria, intereses, agroquímicos, fletes, agua, etc., aumenten a ritmos muy por encima de los externos.
Estas diferencias no compensadas han causado la descapitalización, los desequilibrios y penurias que vive y sufre el sector agrícola productor de granos básicos.
La política de precios utilizada por Conasupo, siempre consideró el incremento de los costos para la fijación de los mismos; reponía el poder adquisitivo al productor.
Una muestra palpable de la situación crítica del sector agropecuario, es su cartera vencida. Los saldos al inicio del Programa de Rescate de Deudores, sumaban $63 mil millones de pesos que adeudaban 802 mil productores. El Fondo para el Rescate de Deudores Agropecuarios (Finape) y el Programa Punto Final, solamente han reestructurado el 68 por ciento de los montos vencidos. Quedaron por fuera 200 mil productores, por no tener efectivo para abonar y/o garantías adicionales que ofrecer. Sus saldos suman más de $ 20 mil millones de pesos.
Resulta preocupante que los deudores que reestructuraron no podrán pagar al vencimiento, por no estar generando los flujos suficientes, a causa del bajo ingreso en la venta de sus cosechas de granos básicos.
La falta de redituabilidad, el no tener utilidades impide a los productores de básicos beneficiarse de los programas de la Alianza para el Campo, por requerirse la aportación del productor; en el de Mecanización, el productor que necesite comprar un tractor debe contar con el 90 por ciento del valor.
Los ingresos resultantes de los cultivos de granos básicos no son suficientes para sostener a la familia del productor, abonar a las carteras vencidas y mucho menos para renovar su maquinaria.
Para los productores de básicos, los precios de las cosechas son lo que los salarios para los trabajadores, su única fuente de sustento de ellos y sus familias.
La actualización anual de los salarios mínimos, pretende acercar los mismos a los incrementos de la inflación para efecto de mantener el poder adquisitivo de la clase trabajadora.
Los productores de granos básicos piden un trato similar, equitativo y equiparable al del sector trabajador y además congruente con la política agropecuaria delineada por el Ejecutivo Federal comentada anteriormente.
Los gobiernos de todos los países apoyan a su sector primario, pero es más justificado hacerlo en países como México, donde todavía dependen o están ligadas al campo más del 25 por ciento de la población.
Los funcionarios de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural reconocen que a los productores de granos les asiste la razón en su petición de mayores ingresos, pero siempre les han argumentado no tener recursos para darles respuesta positiva. Ahora agregan que la Cámara de Diputados no autorizó fondos suficientes para apoyarlos.
En seguida presentamos los montos que por conducto de Aserca se destinó a cada cultivo y el volumen de toneladas apoyadas:
Cuadro con los recursos que Aserca destinó a cada cultivo
Los recursos propuestos por el Ejecutivo para el año 2000 se incrementaron en 52 por ciento en términos reales contra los de 1999, pero debe hacerse notar que para el año 2000 el total de toneladas a apoyar aumenta en 61 por ciento, en 3 millones de toneladas.
Cuadro con las toneladas apoyadas de cada cultivo por Acerca
Los precios para los granos básicos que Sagar por conducto de su órgano técnico Aserca ha establecido para las cosechas del ciclo 1999/2000 y 2000/2000, son los mismos en términos nominales a los pagados en 1997, es decir, este es el cuarto año con los mismos precios nominales.
Los costos de producción se han elevado desde el
ciclo agrícola 1996/1997 al ciclo 1999/2000 en más de 60
por ciento; si se reconociera el aumento de la inflación, los precios
de los cultivos estarían muy por encima de los que se solicitan:
Como respuesta parcial se aprobaron $ un mil millones de pesos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del Año 2000, quedando pendiente por autorizar por esta Soberanía y requerido $ 2,926 millones de pesos.
Los ingresos excedentes por el mayor precio del petróleo nos permiten dar respuesta positiva a esta injusticia social que se ha cometido durante cuatro años en contra de ejidatarios y particulares productores de granos básicos, sin sacrificar otros programas previamente autorizados.
El precio promedio del barril de la mezcla mexicana en enero fue de $ 22.20 dlls.; en febrero $ 25.78; en marzo el promedio estará sobre los $ 27 dlls. Para efectos de presupuesto se fijó el precio en $ 16 dlls. el barril; por cada dólar adicional en precio le ingresan al país $ 15,000 millones de pesos; considerando $ 25 dólares el precio promedio del barril durante el primer trimestre del año 2000, se tienen ya ingresos superiores a los $ 37,500 millones de pesos, anualizado serán $ 135,000 millones.
Apoyos y Servicios a la Comercialización (Aserca) durante el mes de enero de este año revisó con las Secretarías de Fomento Agrícola de los gobiernos estatales, sus superficies de siembra y la producción estimada para el año 2000; encontró diferencias entre las toneladas aprobadas en el Decreto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal del año 2000 en las siguientes entidades: en Baja California, 189,000 tons. adicionales de trigo; en Jalisco 221,000 tons. adicionales de trigo; en Sonora 545,000 tons. adicionales de trigo; en Sinaloa 417,000 tons. adicionales de maíz; en Tamaulipas 411,000 tons. adicionales de sorgo.
Para otorgar apoyos a toda la producción y evitar problemas o enfrentamientos entre productores, deberá corregirse las toneladas autorizadas con apoyo a las entidades federativas mencionadas y aumentar en consecuencia el total de toneladas a apoyar para cada cultivo.
Los excedentes en los ingresos públicos por el precio del barril de petróleo muy por encima del considerado en el Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal para el Año 2000 nos permitirá otorgar a ejidatarios y particulares productores de granos básicos mayores apoyos.
Proponemos adicionar la fracción I, inciso e), del artículo 35 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2000.
Asimismo, proponemos ajustar lo referente a la diferencia en el volumen de toneladas en el Decreto de Presupuesto y lo que realmente se producirá en varias entidades federativas y en consecuencia el nuevo total de toneladas para los cultivos de trigo, maíz y sorgo; para ello se modificará el artículo 76 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del Año 2000.
Con fundamento en lo previsto en las disposiciones constitucionales
y secundarias invocadas al inicio, los diputados firmantes nos permitimos
someter a la consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente
Iniciativa de Decreto que modifica la fracción I, inciso e), del artículo 35 y el artículo 76 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del Año 2000.
ARTICULO UNICO.- Se modifican la fracción I, inciso e), del artículo 35 y el artículo 76 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2000.
Artículo 35. ....
I. ...
...
a) ...
b) ...
c) ...
d) La suma que resulte de los excedentes...
...
...
... a que hace referencia el artículo 84 en lo
conducente más $ 2,926 millones de pesos para asignarse al Ramo
Administrativo 08, Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural para
que sean destinados al programa de apoyos a la comercialización
de granos básicos, para efectos de que los productores del sector
ejidal y particular puedan recibir adicional al precio nominal pagado por
tonelada en 1999: $ 500 pesos para trigo; $ 350 para maíz; $ 315
para sorgo y $ 165 para arroz; descontando $750,000,000. ...
...
...
II. ...
... El programa también podrá apoyar la comercialización de hasta 3,635 miles de toneladas de trigo, 1,661 miles de toneladas de sorgo, 4,383 miles de toneladas de maíz...
...
...
...
...
...
ARTICULO TRANSITORIO
UNICO.- El presente Decreto entrara en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Reiteramos a ustedes ciudadanos secretarios nuestra distinguida consideración.
Palacio Legislativo, 4 de abril del año 2000.
Diputados: Javier Castelo Parada, Joaquín
Montaño Yamuni, Samuel Gustavo Villanueva García, Felipe
de Jesús Preciado Coronado, Sergio César Alejandro Jáuregui
Robles, Héctor Larios Córdova, Marco Antonio Adame Castillo,
Felipe Vicencio Alvarez, Espiridión Sánchez López,
Felipe de Jesús Rangel Vargas, Benjamín Gallegos Soto, Abelardo
Perales Meléndez, Armando Rangel Hernández (rúbricas).
QUE ESTABLECE LAS REGLAS DE OPERACION DEL FONDO PARA LA ESTABILIZACION DE LOS INGRESOS PETROLEROS, A CARGO DEL C. DIP. SERGIO BENITO OSORIO ROMERO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
El que suscribe, diputado del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en la LVII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, 56, 59, 60 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de la H. Cámara de Diputados, la presente Iniciativa de Decreto que establece las reglas de operación del Fondo para la Estabilización de los Ingresos Petroleros, conforme a la siguiente
Exposición de Motivos
Dependencia de las finanzas públicas de los ingresos petroleros
El ingreso de divisas por la exportación de petróleo crudo tiene una gran importancia para las finanzas públicas. Estos ingresos representan más de una tercera parte de los ingresos fiscales anuales del Estado mexicano. Por ello, las finanzas públicas y, por consiguiente, el cumplimiento de objetivos y metas del gobierno y la misma estabilidad económica nacional están en riesgo si la dinámica del mercado internacional se torna en variaciones bruscas de los precios del petróleo.
Este riesgo que se tradujo en realidad durante 1998 con sus secuelas recesivas y de inestabilidad, es lo que nos obliga a tomar las providencias necesarias a fin de salvaguardar el buen curso de la economía nacional y de los organismos públicos encargados de la operación de los recursos energéticos básicos del país.
En efecto, después de que los precios de los crudos mexicanos de exportación alcanzaron un máximo de más de 22 dólares por barril, a fines de 1996 se inició su declive progresivo hasta diciembre de 1998, cuando se observaron los precios más bajos desde los años setenta.
En 1998 los ingresos ordinarios del sector público fueron menores en 2.5 por ciento al nivel previsto en la Ley de Ingresos y en 6.6 por ciento, en términos reales, al alcanzado en el ejercicio anterior. Como principal respuesta a esta situación, el ejercicio del gasto durante ese año se vio afectado por tres recortes, mismos que totalizaron 29,775.3 millones de pesos, equivalentes al 4.8 por ciento del gasto programable aprobado por esta Soberanía.
El 52 por ciento del ajuste al gasto público recayó en los organismos públicos del sector energético Petróleos Mexicanos y Comisión Federal de Electricidad, a los cuales se les disminuyó en 8,623 y 6,910 millones de pesos el presupuesto autorizado, respectivamente, habiéndose aplicado mediante el diferimiento, cancelación y reducción en el ritmo de ejecución de obras.
El comportamiento de los precios internacionales del petróleo crudo al inicio de 1999 era la continuación del declive que se observaba desde el último trimestre de 1997. A partir de estos meses y durante todo el año de 1998, la tendencia a la baja de los precios llevó a los crudos marcadores internacionales a los niveles más bajos de su historia.
La caída general de los precios alcanzados obligaron a los principales países exportadores a convenir la limitación de la oferta global de crudo con la finalidad de revertir esa tendencia. Estos esfuerzos de reducción culminaron con los acuerdos de Riyadh y Amsterdam y, en el caso de México, con la reducción de 200 mil barriles diarios en su plataforma de exportación.
Estos esfuerzos de concertación internacional realizados durante 1998 no fueron suficientes para revertir la tendencia de las cotizaciones, pero evitaron que la caída de los precios se profundizara, por lo que en diciembre de ese año tocaron fondo las cotizaciones internacionales de petróleo.
Debido a que el mercado continuó deprimido durante 1999, en los meses de febrero y marzo fue ampliándose el consenso acerca de la necesidad de ampliar los recortes a la producción de crudo. Así, en la Declaración de Amsterdam del 12 de marzo de 1999, un grupo de países productores de crudo, miembros de la OPEP y productores independientes, como México, dieron a conocer un consenso a favor de retirar del mercado un volumen total de 2 millones de barriles diarios de petróleo adicionales a los convenidos durante 1998, los cuales se repartirían en cuotas que serían confirmadas en la Reunión Ministerial de la OPEP del 23 de marzo.
De esta forma se inició la recuperación de los precios, misma que se ha mantenido casi de forma sostenida, por lo que ahora es previsible un promedio anual de la mezcla mexicana que en el año 2000 nos permita alcanzar niveles superiores a los 16 usd/barril.
Se estima que por cada dólar de variación en el precio promedio del crudo de exportación, los ingresos fiscales varían en alrededor de 8,000 millones de pesos. De hecho, los precios del petróleo para 1999 superaron, en promedio anual, los 15.5 dólares por barril. Esto significó ingresos adicionales por concepto de exportación de petróleo por más de 3,000 millones de dólares. En su totalidad, estos ingresos adicionales de Petróleos Mexicanos se destinaron a la Tesorería de la Federación. Mientras tanto, la inversión de las entidades paraestatales del sector energía sigue llevándose adelante principalmente con el esquema de impacto diferido del gasto.
La inversión en las entidades públicas del sector energético
Después de varios años de restricción a la inversión pública en las entidades del sector energético, para el ejercicio fiscal del año 2000 se ha previsto un crecimiento de 20.1 por ciento, con respecto a 1999, sin embargo, más de la mitad de esa inversión (56 por ciento) corresponde a inversión financiada.
Desde que se inició este procedimiento de incorporación de la inversión privada a obras de infraestructura pública, su crecimiento se ha distinguido del ritmo de ampliación de la inversión presupuestal, porque esta ha experimentado una dinámica opuesta: durante 1998 y 1999 se ha visto reducida en términos reales.
Para el año 2000, la inversión presupuestal de las entidades del sector energético mantienen el mismo comportamiento: mientras que la inversión presupuestal crece apenas el 2.8 por ciento, la inversión financiada lo hace en 38.4 por ciento.
En particular, en el caso de Petróleos Mexicanos las tasas de crecimiento de la inversión presupuestal y la inversión financiada son similares: 14.2 y 15.5 por ciento, respectivamente. No así en el caso de la Comisión Federal de Electricidad, cuya inversión presupuestal se reduce en 10.4 por ciento, mientras que la inversión financiada aumenta 136 por ciento.
Por esta razón, es urgente encontrar los medios que permitan satisfacer las necesidades de inversión.
Al riesgo que implica el hecho del cada vez más importante peso de la inversión financiada sobre la inversión presupuestal, se añade el incumplimiento de las metas en este renglón, lo cual pone en serio riesgo el funcionamiento de las entidades energéticas y la producción de los bienes y servicios que generan.
Según la Cuenta de la Hacienda Pública 1998, la inversión financiada del sector energético para ese año tuvo una reducción en relación con los montos programados de 46.8 por ciento. Para los casos particulares de Pemex y la Comisión Federal de Electricidad, los porcentajes son similares.
De acuerdo con documentos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (véase el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del año 2000), 1999 también arroja ejercicios menores a lo programado inicialmente para este tipo de inversión. Para el pasado ejercicio fiscal, el porcentaje de recursos que se dejaron de aplicar fue de 62.6 por ciento en el caso de la Comisión Federal de Electricidad y más de 33 por ciento en el caso de Pemex.
No obstante que se ha señalado que los proyectos en los que se aplica esta modalidad de financiamiento son proyectos altamente rentables, este atractivo no es suficiente para garantizar su ejecución.
Atendiendo a esta problemática, un grupo de ciudadanos diputados, promovimos en diciembre pasado la creación del Fondo para la Estabilización de los Ingresos Petroleros, dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación para el año en curso. La idea persigue un doble objetivo: por una parte, evitar que las oscilaciones en el precio del petróleo crudo, sometan a las finanzas públicas y, por consiguiente, a la economía en su conjunto a condiciones de emergencia que conllevan a los recortes presupuestales y al incumplimiento de programas y metas de gobierno, así como a la contracción de la demanda y amenazas de inestabilidad. Por otro lado, el Fondo debe permitir canalizar recursos a las entidades paraestatales del sector energía para su aplicación en proyectos estratégicos y de expansión, que hagan posible un desarrollo y modernización tal que les permita estar en condiciones para hacer frente al propósito de ser uno de los principales soportes del desarrollo económico del país.
Hoy, el Fondo para la Estabilización de los Precios del Petróleo se encuentra establecido por la fracción novena del artículo 84 del Presupuesto de Egresos de la Federación, y cuenta ya, en el artículo 35 del mismo ordenamiento, con el mecanismo que habrá de procurarle los recursos económicos suficientes para su función. Sin embargo, no cuenta aún con una reglamentación que le permita una operación efectiva, según sus propios objetivos.
Es menester la creación de reglas claras que permitan una operación eficaz y transparente del Fondo, a fin de que no se trunque el esfuerzo realizado por esta legislatura, y a la luz de la inestabilidad económica que prevalece en materia de exportación de petróleo crudo en el ámbito internacional.
Pro ello, acudimos ahora a someter a la consideración del pleno, una iniciativa de decreto que establecerá las reglas mínimas de operación del Fondo para la estabilización de los ingresos petroleros. Reglas que fomentan el manejo trasparente de los recursos del Fondo y la eficacia en su utilización, y que en resumen se expresan como sigue.
El mecanismo de estabilidad e inversión
Los objetivos del Fondo se conseguirán mediante un mecanismo doble de disposición de recursos definido en los artículos tercero y cuarto de la presente iniciativa.
Como se advierte necesario que se defina una parte del Fondo, aquella destinada a cubrir contingencias económicas, como un ahorro con imposibilidad de inversión en proyectos de desarrollo, se decidió dividir la cuenta concentradora en dos partes: la primera, destinada a conservar dicho capital de contingencia, y una segunda, destinada al depósito del capital que podrá orientarse a los proyectos de inversión de las empresas paraestatales del sector prioritario de la energía.
El artículo cuarto establece el mecanismo de capitalización del Fondo en dos etapas:
Sin embargo, con el propósito de capitalizar la segunda subcuenta, y con ello abrir las posibilidades de inversión con mayor prontitud, se reservará el restante 25 por ciento de la recaudación aplicable para ir alimentando la subcuenta destinada a la inversión.
Una vez alcanzado el nivel de acumulación que se dispone para la subcuenta de contingencia, comenzará la segunda etapa. En ella, se destinarán los montos de la recaudación aplicable, en conjunto con los rendimientos financieros del Fondo y siempre que no se exceda el 75 por ciento, para recapitalizar la subcuenta de contingencia hasta cubrir el máximo acumulable, destinándose el resto a la subcuenta de inversión.
De la subcuenta de inversión sólo podrá disponerse mediante la presupuestación específica de proyectos nuevos en el PEF. Para lo cual se tendrá un catálogo de proyectos prioritarios aplicables únicamente en las áreas definidas por la fracción II del artículo tercero de este decreto, es decir, en el sector prioritario de los energéticos.
La restricción relativa a la posibilidad de inversión sólo en proyectos nuevos, y la imposibilidad de inversión en proyectos en proceso de ejecución y de rehabilitación, se desprende de la necesidad de impedir los recortes presupuestales a las paraestatales, en condiciones normales de estabilidad económica, con la finalidad de que dichos recortes sean cubiertos con el fondo.
La "situación de contingencia" es definida en el artículo sexto mediante el mecanismo de liberación de los recursos de la primera subcuenta. Entendiéndose de esta forma por situación de contingencia, un descenso de los precios de exportación del petróleo crudo de 10 por ciento promedio trimestral, por debajo del precio estimado en la Ley de Ingresos de cada año.
Para propiciar que la toma de decisiones con respecto al Fondo reflejen los intereses de los diversos órganos encargados de administrar el área estratégica de los energéticos, el artículo séptimo confiere la dirección del Fondo a un órgano colegiado denominado Consejo, integrado por representantes de dichos órganos.
Por último, en el artículo noveno se establecen medios de control para que la Cámara de Diputados supervise la actuación del Consejo.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 73, fracción XXIX-E, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, 56, 59, 60 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, el abajo firmante, diputado integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta el siguiente:
Proyecto de Decreto que establece las reglas de operación del Fondo para la Estabilización de los Ingresos Petroleros
PRIMERO.- En el presente Decreto se establecen las reglas de operación para el Fondo para la Estabilización de los Ingresos Petroleros.
SEGUNDO.- Los recursos del Fondo se integrarán de conformidad con lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
Los recursos se concentrarán en una cuenta especial en el Banco de México, contra la que se podrá girar por resolución del Consejo del Fondo para el cumplimiento de los fines que para el mismo se establecen en este Decreto.
TERCERO.- Los recursos del Fondo se aplicarán:
II. Para financiar proyectos cuya ejecución sea prioritaria para el desarrollo de las entidades públicas del sector energético. Para lo cual se deben considerar únicamente proyectos estratégicos y de expansión en las áreas siguientes:
1. Sector hidrocarburos:
a) Gas natural;
b) Refinación; y
c) Petroquímica.
2. Sector eléctrico:
a) Generación; y
b) Transmisión.
CUARTO.- Para efecto de lo señalado en el artículo tercero, los recursos que correspondan al Fondo se depositarán en dos subcuentas separadas. Según el siguiente mecanismo:
Una vez alcanzado el máximo acumulable, los recursos remanentes de dicha recaudación y los rendimientos del Fondo se depositarán en la segunda subcuenta.
II.- La fracción restante de la recaudación destinada al Fondo, se depositará en la segunda subcuenta y se aplicará a los fines dispuestos por la fracción II del mismo precepto.
Los recursos incorporados a la subcuenta para hacer frente a las situaciones de contingencia, descritas en la fracción I del artículo tercero, deberán mantenerse en instrumentos de alta liquidez.
SEXTO.- Contra la subcuenta de contingencia podrá girarse únicamente cuando los precios de exportación de petróleo crudo registren un descenso de 10 por ciento promedio trimestral por debajo del precio estimado en la Ley de Ingresos, y sólo en el monto necesario para cubrir la diferencia resultante de restar el precio promedio trimestral observado, al estimado en dicha Ley.
SEPTIMO.- La administración del Fondo estará a cargo de un Consejo presidido por el Secretario de Hacienda y Crédito Público y sendos representantes de las Secretarías de Energía y de la Contraloría y Desarrollo Administrativo, así como de Petróleos Mexicanos, la Comisión Federal de Electricidad y Luz y Fuerza del Centro.
OCTAVO.- El Consejo sesionará válidamente con la concurrencia de la mayoría de sus miembros.
Los acuerdos se tomarán mediante votación paritaria de la mayoría de sus miembros. Cuando la resolución a tomar trate de asignaciones del Fondo destinadas a inversiones, será necesaria la votación a favor de cuatro de sus miembros.
NOVENO.- Trimestralmente, el Consejo rendirá un informe a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre los estados financieros y las operaciones presupuestales realizadas, a fin de que sea anexado, bajo un rubro específico, al informe trimestral que esta Secretaría rinde a la Cámara de Diputados, según lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de cada año.
El Consejo realizará las previsiones necesarias a fin de que las operaciones financieras y aplicaciones del Fondo queden contenidas bajo un rubro específico de la Cuenta de la Hacienda Pública anual.
El Consejo mantendrá bajo su cargo la vigilancia sobre el buen manejo de los recursos que se destinen a inversiones
TRANSITORIO
UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dip. Sergio Benito Romero (rúbrica)
POR EL QUE SE SOLICITA EL PERMISO CONSTITUCIONAL NECESARIO PARA QUE CIUDADANOS PUEDAN ACEPTAR Y USAR LAS CONDECORACIONES QUE LES CONFIERE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
C. Dip. Francisco José Paoli Bolio
Presidente de la Cámara de Diputados del Congreso
de la Unión
PRESENTE
La Secretaría de Relaciones Exteriores se dirigió a esta de Gobernación, solicitando se tramite ante el H. Congreso de la Unión el permiso a que se refiere la fracción III, apartado C, del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que los ciudadanos que se citan a continuación puedan aceptar y usar la condecoración que se menciona:
Nombre: Segundo Maestre Aeronáutica Naval,
Técnico en Electrónica de Aviación Héctor Javier
Hernández García.
Condecoración: Medalla Honor al Mérito
Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República
de Nicaragua.
Nombre: Teniente de Navío Cuerpo de Aeronáutica
Naval, Piloto Aviador Helicopterista Jorge Tejeda Ruiz.
Condecoración: Medalla Honor al Mérito
Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República
de Nicaragua.
Nombre: Primer Maestre Aeronáutica Naval,
Técnico en Aeronaves y Motores José Fabián Ojeda Martínez.
Condecoración: Medalla Honor al Mérito
Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República
de Nicaragua.
Nombre: Capitán de Fragata Cuerpo General
Piloto Aviador José Francisco Bache Mar.
Condecoración: Medalla Honor al Mérito
Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República
de Nicaragua.
Nombre: Teniente de Fragata Cuerpo de Aeronáutica
Naval, Piloto Aviador Helicopterista René Miranda Cerda.
Condecoración: Medalla Honor al Mérito
Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República
de Nicaragua.
Nombre: Marinero Aeronáutica Naval, Técnico
en Aeronaves y Motores Martín Canela Alfonso.
Condecoración: Medalla Honor al Mérito
Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República
de Nicaragua.
Nombre: Tercer Maestre Aeronáutica Naval,
Técnico en Aeronaves y Motores Jorge Alberto Andrade Gutiérrez.
Condecoración: Medalla Honor al Mérito
Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República
de Nicaragua.
Nombre: Teniente de Navío Cuerpo de Aeronáutica
Naval, Piloto Aviador Helicopterista Iván Akira Falcón
Saito.
Condecoración: Medalla Honor al Mérito
Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República
de Nicaragua.
Nombre: Teniente de Fragata Cuerpo de Aeronáutica
Naval, Piloto Aviador Helicopterista Luis Guillermo Tiburcio Hernández.
Condecoración: Medalla Honor al Mérito
Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República
de Nicaragua.
Nombre: Capitán de Corbeta Cuerpo de Aeronáutica
Naval, Piloto Aviador Helicopterista DEM José de Jesús Durán
García.
Condecoración: Medalla Honor al Mérito
Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República
de Nicaragua.
Nombre: Capitán de Corbeta Cuerpo de Aeronáutica
Naval, Piloto Aviador Helicopterista Marco Antonio Martínez Tenorio.
Condecoración: Medalla Honor al Mérito
Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República
de Nicaragua.
Nombre: Segundo Maestre Aeronáutica Naval,
Técnico en Aeronaves y Motores Constantino Pérez García.
Condecoración: Medalla Honor al Mérito
Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República
de Nicaragua.
Nombre: Teniente de Navío Cuerpo de Aeronáutica
Naval, Piloto Aviador Helicopterista Manuel Santibáñez Pérez.
Condecoración: Medalla Honor al Mérito
Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República
de Nicaragua.
Nombre: Segundo Maestre Aeronáutica Naval,
Técnico en Aeronaves y Motores Marcelino González Temix.
Condecoración: Medalla Honor al Mérito
Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República
de Nicaragua.
Nombre: Segundo Maestre Aeronáutica Naval,
Técnico en Aeronaves y Motores Arturo Marín Sarabia.
Condecoración: Medalla Honor al Mérito
Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República
de Nicaragua.
Nombre: Primer Maestre Aeronáutica Naval,
Técnico en Aeronaves y Motores Apolinar Jiménez Farías.
Condecoración: Medalla Honor al Mérito
Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República
de Nicaragua.
Nombre: Tercer Maestre Aeronáutica Naval,
Técnico en Aeronaves y Motores Pablo Rojas Martínez.
Condecoración: Medalla Honor al Mérito
Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República
de Nicaragua.
Nombre: Tercer Maestre Aeronáutica Naval,
Técnico en Aeronaves y Motores Maximino Jiménez Hernández.
Condecoración: Medalla Honor al Mérito
Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República
de Nicaragua.
Nombre: Capitán de Navío Cuerpo General
Piloto Helicopterista, Diplomado de Estado Mayor Luis Arturo Torres Valverde.
Condecoración: Medalla Honor al Mérito
Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República
de Nicaragua.
Por lo anterior, me permito anexar cartas de los interesados dirigidas al H. Congreso de la Unión solicitando el permiso respectivo, copia certificada de las actas de nacimiento, curriculum vitae y notificación en la que les comunican que les otorgarán la condecoración relativa.
Agradezco a usted su atención a la presente reiterándole la seguridad de mi consideración distinguida.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, DF, 31 de marzo de 2000.
Por acuerdo del C. Secretario
El Director General de Gobierno
Sergio Orozco Aceves (rúbrica)
CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE PERMISO A CIUDADANOS PARA ACEPTAR Y USAR CONDECORACIONES QUE LES CONFIERE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA
CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
PRESENTES
Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene Minuta Proyecto de Decreto que concede permiso a los ciudadanos Anselmo Carretero y Jiménez y licenciada Antonia Conde Nieto, para aceptar y usar condecoraciones que les confiere el Gobierno del Reino de España.
Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
México, DF, a 4 de abril de 2000.
La Presidencia
Sen. Dionisio Pérez Jácome (rúbrica)
Vicepresidente en funciones
Minuta Proyecto de Decreto
ARTICULO PRIMERO.- Se concede permiso al ciudadano Anselmo Carretero y Jiménez, para aceptar y usar la condecoración de la Orden del Mérito Civil, en Grado de Encomienda, que le confiere el Gobierno del Reino de España.
ARTICULO SEGUNDO.- Se concede permiso a la ciudadana licenciada Antonia Conde Nieto, para aceptar y usar la condecoración de la Orden del Mérito Civil, en Grado de Encomienda, que le confiere el Gobierno del Reino de España.
Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 4 de abril de 2000.
Sen. Dionisio Pérez Jácome (rúbrica)
Vicepresidente en funciones
Sen. Raúl Juárez Valencia (rúbrica)
Secretario
CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE PERMISO A CIUDADANOS PARA ACEPTAR Y USAR CONDECORACIONES CONFERIDAS POR EL GOBIERNO DE NICARAGUA
CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
PRESENTES
Para los efectos legales correspondientes, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene Minuta Proyecto de Decreto que concede permiso a los ciudadanos Capitán de Corbeta del Cuerpo de Aeronáutica Naval Piloto Aviador Roberto Fiel Ramírez, Tercer Maestre de Aeronáutica Naval, Técnico en Electrónica de Aviación Hilario Guevara Hernández, Segundo Maestre de Aeronáutica Naval Técnico en Aeronaves y Motores José Antonio Monroy Sandoval, Teniente de Navío del Cuerpo de Aeronáutica Naval Piloto Aviador César Ortiz Maldonado, y Teniente de Navío del Cuerpo de Aeronáutica Naval Piloto Aviador Gilberto Carballo Avila, para aceptar y usar condecoraciones conferidas por el Gobierno de Nicaragua.
Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
México, DF, a 4 de abril de 2000.
La Presidencia
Sen. Dionisio Pérez Jácome (rúbrica)
Vicepresidente en funciones
Minuta Proyecto de Decreto
ARTICULO PRIMERO.- Se concede permiso al ciudadano Capitán de Corbeta del Cuerpo de Aeronáutica Naval Piloto Aviador Roberto Fiel Ramírez, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República de Nicaragua.
ARTICULO SEGUNDO.- Se concede permiso al ciudadano Tercer Maestre de Aeronáutica Naval Técnico en Electrónica de Aviación Hilario Guevara Hernández, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República de Nicaragua.
ARTICULO TERCERO.- Se concede permiso al ciudadano Segundo Maestre de Aeronáutica Naval Técnico en Aeronaves y Motores José Antonio Monroy Sandoval, para aceptar y usar la Condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República de Nicaragua.
ARTICULO CUARTO.- Se concede permiso al ciudadano Teniente de Navío del Cuerpo de Aeronáutica Naval Piloto Aviador César Ortiz Maldonado, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República de Nicaragua.
ARTICULO QUINTO.- Se concede permiso al ciudadano y Teniente de Navío del Cuerpo de Aeronáutica Naval Piloto Aviador Gilberto Carballo Avila, para aceptar y usar la condecoración Medalla Honor al Mérito Militar Soldado de la Patria, que le confiere el Gobierno de la República de Nicaragua.
Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 4 de abril de 2000.
Sen. Dionisio Pérez Jácome (rúbrica)
Vicepresidente en funciones
Sen. Raúl Juárez Valencia (rúbrica)
Secretario
DEL C. JORGE CERVANTES CASTRO, DONDE SOLICITA EL PERMISO CONSTITUCIONAL NECESARIO PARA ACEPTAR Y USAR LAS CONDECORACIONES QUE LE CONFIEREN LOS GOBIERNOS DE VENEZUELA Y DE CUBA
H. Congreso de la Unión
Jorge Cervantes Castro, Médico Cirujano, con domicilio para oír notificaciones y recibir toda clase de documentos en Sierra Itambe 109, colonia Real de las Lomas, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11920, Tel. 5596-0730 de esta ciudad, con todo respeto expongo:
1. Soy Mexicano por nacimiento, como lo acredito con la copia certificada que acompaño como Anexo número 1.
2. En oficio del 4 de noviembre de 1991, el Gobierno de Venezuela me otorgó la condecoración de la Orden Francisco de Miranda, como lo acredito con la copia del oficio que acompaño como Anexo número 3.
3. De acuerdo con lo dispuesto en artículo 37-B), fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicito permiso de ese H. Congreso de la Unión para recibir y usar dicha condecoración.
Atentamente
Dr. Jorge Cervantes Castro (rúbrica)
México, DF, a 14 de marzo del 2000.
H. Congreso de la Unión
Jorge Cervantes Castro, Médico Cirujano, con domicilio para oír notificaciones y recibir toda clase de documentos en Sierra ltambe 109, colonia Real de las Lomas, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11920, Tel. 5596-0730 de esta ciudad, con todo respeto expongo:
2. En oficio de 25 de Junio de 1999, el Comandante Fidel Castro Ruz, Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, tuvo a bien otorgarme la condecoración "Carlos J. Finlay", como lo acredito con la copia del oficio que acompaño como Anexo número 2.
3. De acuerdo con lo dispuesto en artículo 37-B), fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicito permiso de ese H. Congreso de la Unión para recibir y usar dicha condecoración.
México, DF, a 14 de marzo del 2000.
C. Presidente de la Cámara de Diputados de la
LVII Legislatura del H. Congreso de la Unión
PRESENTE
Jorge Emilio González Martínez, Verónica Velasco Rodríguez, Gloria Lavara Mejía, Aurora Bazán López y Jorge Alejandro Jiménez Taboada, diputados de la LVII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurro a solicitar se tenga a bien someter a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados de la LVII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, el siguiente:
Acuerdo
Antecedentes:
a) En virtud de la obligación que tienen los titulares de las diversas dependencias del Ejecutivo, misma que encuentra su fundamento en el párrafo primero del artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la C. Titular de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, Maestra Julia Carabias Lillo, manifestó durante su comparecencia a esta Cámara en 1998 y ante la preocupación de que fuera reclasificada la ballena gris mexicana en el Apéndice II de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre como especie sujeta a protección especial, que el Gobierno de México caracterizado por la protección de la ballena gris, no dejaría de proteger a ésta y a otras especies amenazadas por las actividades del ser humano ni de aquellas que requieren de su repoblación para subsistir.
b) Con el mismo propósito, la C. Titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores, la canciller Rosario Green Macías, también durante una comparecencia en 1998 del tipo a que se refiere el párrafo anterior, reiteró el compromiso del Gobierno Mexicano de continuar con la protección de los mamíferos marinos, en particular de las ballenas grises, en razón de que no existen elementos suficientes que permitan autorizar un cambio en la clasificación de las ballenas grises para permitir su aprovechamiento cinegético.
c) Por su parte, el titular del Poder Ejecutivo Federal, dr. Ernesto Zedillo Ponce de León, manifestó el compromiso del Gobierno de México, de proteger a la ballena gris en el pasado mes de marzo cuando manifestó su compromiso de proteger el entorno de la Laguna de San Ignacio, lo que corrobora que la presenta administración, tal y como ha sucedido con otras anteriores, están de acuerdo en proteger a las especies amenazadas y en peligro de extinción.
d) La reciente reforma al artículo 4° Constitucional, permite a los mexicanos gozar del derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar, lo que necesariamente conduce a que la protección de las especies que se encuentren amenazadas, deben ser categóricamente protegidas por nuestras autoridades mediante declaraciones nacionales e internacionales que reiteren ese compromiso de protección de manera explícita; sólo de esta forma alcanzará la realización de objetivos de protección ambiental.
e) Del día 10 al 20 del presente mes, en la Ciudad de Nairobi, Kenya, se celebrará la Reunión de la Conferencia de las Partes contratantes de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, en la cual, varios países han solicitado la propuesta de transferencia del Apéndice I al II con el fin de agregar a algunas especies actualmente amenazadas o bajo un sistema de protección especial, a un apéndice en el que se permite su aprovechamiento sin que exista una justificación suficiente para ello.
f) Al igual que la ballena gris, existen otras especies que igualmente se encuentran amenazadas y que también requieren de una protección especial en virtud de que su repoblación no amerita el cambio del Apéndice I al II dentro de la citada Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre. La postura que deberá asumir el Gobierno de México en la Reunión de la Convención respecto de las propuestas formuladas por los países solicitantes, es la siguiente:
a) Propuesta 11.4: Disocactus magdougali. Transferir del Apéndice I al Apéndice II. País solicitante: Suiza.Cactaceas
Posición que debe adoptar México: RECHAZAR.b) Propuesta 11.16: Balaenoptera acutorostrata. Transferir la población del hemisferio sur del apéndice I al II. País solicitante: Japón.
Posición que debe adoptar México: RECHAZAR
por contravenir el artículo 3 de la Convención del CITES.
g) El Gobierno de México, debe reiterar su compromiso de protección al medio ambiente como hasta ahora lo ha venido haciendo en diversas instancias nacionales e internacionales, de manera tal que la delegación del Gobierno de México en la Convención Internacional, participe activamente y vote en contra de las propuestas de modificación del Apéndice II y evitar con ello un riesgo en la alteración irreparable de los ecosistemas. De la manifestación expresa que haga de la protección de las especies anteriormente señaladas, dependerá la certeza en la protección de nuestro derecho a vivir en un medio ambiente adecuado para nuestro desarrollo y bienestar.
h) Esta Cámara de Diputados, como representante de la Nación, tiene la tarea de proteger y defender no solo los recursos naturales con que cuenta nuestro país, que ocupa el quinto lugar mundial como depositario de la biodiversidad mundial, y además, por el compromiso que de ello se deriva con el resto de la humanidad, debe proteger a las especies de flora y fauna que atraviesan por una etapa de repoblación que les permita reproducirse y continuar, además de la perpetuación de su especie, con el equilibrio ecológico de los ecosistemas en el que se encuentran insertos y participantes, y de conservar el acervo biológico mundial dentro de un marco de trato humanitario.
i) Si se busca la conservación y respeto por las especies, en consecuencia actuaremos para evitar que a ellas se les cace, maltrate o extermine de la faz de la Tierra.
Por ser de urgente resolución en virtud de que la reunión de la Convención se celebrará los próximos días 10 al 20 del presente, y de obvia resolución en virtud de la tradicional posición de México en materia de protección de especies amenazadas, y en particular la ballena gris, así como por la trascendencia que implica la conservación de varias especies, algunas de ellas necesarias para el cuidado del equilibrio de los ecosistemas, y por la necesaria labor de conservación de especies amenazadas a que se ha comprometido el Gobierno de México, y de acuerdo a lo que dispone el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, solicitamos a esta Cámara se someta a votación el siguiente:
Punto de Acuerdo
UNICO.- Que la Cámara de Diputados exhorte al Ejecutivo Federal para que instruya al representante del Gobierno de México ante la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), a celebrarse del 10 al 20 de abril de este año en la Ciudad de Nairobi, Kenya, a fin de evitar toda propuesta tendiente a modificar la catalogación que en la actualidad mantiene a las ballenas grises como especie amenazada, evitando que pasen del Apéndice I en el que se encuentran inscritas, al Apéndice II, donde pueden ser objeto actos de cacería, así como las demás especies de fauna y flora que se encuentran mencionadas en este Acuerdo.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a los 6 días del mes de abril de 2000.
Diputados: Jorge Emilio González Martínez,
coordinador; Verónica Velasco Rodríguez, vice coordinadora;
Aurora Bazán López; Gloria Lavara Mejía; Jorge Alejandro
Jiménez Taboada.
CON PUNTO DE ACUERDO PARA CREAR UNA COMISION ESPECIAL PLURAL QUE PROPONGA LAS REFORMAS, ADICIONES Y DEROGACIONES AL MARCO JURIDICO DEL FUERO DE GUERRA VIGENTE, A CARGO DEL C. DIP. SAMUEL LARA VILLA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
C. Presidente de la Mesa Directiva de la H.Cámara
de Diputados
LVII Legislatura.
Propuesta para que se forme con carácter de urgente una Comisión Especial para analizar el marco jurídico del fuero de guerra vigente, con el proposito de que la administración de justicia militar deje de ser facultad legal del Secretario de la Defensa Nacional, reformando el artículo 13 constitucional y efectuando las reformas, adiciones y derogaciones que procedan al Código de Justicia Militar y marco jurídico del Poder Judicial de la federación y leyes del fuero común y militares que resulten involucradas.
Considerandos
PRIMERO: Un principio insoslayable del derecho es que nadie puede ser juez y parte en los procesos legales encaminados a la aplicación de la justicia y esta aberración es legal en la aplicación de justicia del fuero de guerra.
SEGUNDO: La legalidad de esta situación se soporta jurídicamente en el artículo 13 constitucional y el Libro Primero del Código de Justicia Militar vigente a partir del primero de enero de 1934.
TERCERO: El artículo 13 constitucional al respecto dispone que "Subsiste el fuero de Guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar" limitando estrictamente la jurisdicción de los tribunales militares a las personas que pertenezcan al ejército.
CUARTO: El Libro Primero del Código de Justicia Militar se refiere a la organización y competencia de las estructuras responsables de la administración de justicia, de la prevención y persecución del delito y de la defensoria de oficio.
QUINTO: Es de hacer notar que la Constitución no contiene disposición alguna para restringir facultades o competencia de los supremos y alto mandos militares y él Código de Justicia Militar les otorga particularmente al segundo (Secretario de la Defensa Nacional)de manera explícita, amplia discrecionalidad en cuanto a designar responsables para la prevención del delito y control de este en flagrancia, para la procuración de justicia, incluyendo la defensa de oficio y para la administración de justicia en primera y segunda instancias (las sentencias de esta última son definitivas). Además es consuetudinario solicitar acuerdos en todas las fases de la aplicación de la justicia al mando jerárquico que proceda, llegando en su caso hasta él mas alto nivel de decisión.
SEXTO: Las peculiaridades jurídicas del fuero de guerra brevemente reseñadas originan que la administración de justicia militar, sea en la práctica una ficción, proclive a los errores jurídicos y al abuso de autoridad con la consecuente y rutinaria violación de las garantías constitucionales y derechos humanos.
SEPTIMO: Las características individuales y conductales propias del sector social que integran las Fuerzas Armadas, las exigencias del servicio público de trascendencia estratégica y de importantísima influencia en la seguridad nacional que están obligados a analizar, prevenir, atender y cumplir, hasta él limite de su resistencia individual y colectiva y la necesidad de orden y disciplina, hace imprescindible la necesidad del fuero militar (Fuero de Guerra), estimando que deben acotarse las facultades absolutas que actualmente tiene el Secretario de la Defensa Nacional en cuanto a la administración de Justicia Militar, mediante las modificaciones, adiciones y derogaciones de los artículos constitucionales y de el Código de Justicia Militar y las Leyes Civiles y Militares que procedan.
Por los considerandos expuestos que demuestran que es de suma urgencia y obvia resolución evitar que los abusos de autoridad y errores jurídicos sigan afectando la moral, disciplina y desarrollo profesional del sector social armado, responsable a ultranza de la integridad, independencia, soberanía y seguridad exterior e interior de la Nación; con fundamento en lo que disponen los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito a la Presidencia se califiquen discutan y voten los siguientes ;
Puntos de Acuerdo
PRIMERO: Se constituya con carácter de urgente una Comisión Especial en la que con la participación de diputados de todos los grupos parlamentarios con representación en esta H. Cámara de Diputados se propongan las reformas, adiciones y derogaciones procedentes al marco jurídico involucrado.
SEGUNDO: Esta comisión propondrá el texto que una vez aprobado por el Poder Legislativo Federal deba tener él artículo 13 constitucional para que subsistiendo el Fuero de Guerra, solo quede como facultad de los mandos Supremo y Alto de las Fuerzas Armadas Mexicanas la prevención del delito, el control de este en flagrancia y la procuración de justicia militar.
TERCERO: Esta Comisión Especial Conjunta propondrá el nuevo texto que deba tener El Libro Primero del Código de Justicia Militar considerando la conveniencia de que :
2. Subsista como órgano para la administración de la justicia militar el Supremo Tribunal Militar que podrá conocer de los recursos derivados de las decisiones de los Jueces Militares y de los Consejos de guerra, debiendo sus integrantes ser nombrados a propuesta de el Consejo de la Judicatura Federal y aprobada por mayoría simple de la H. Cámara de Diputados.
3. Los Consejos de Guerra Ordinarios solo serán competentes para conocer de los presuntos delitos contra la seguridad exterior e interior de la nación, contra la jerarquía y autoridad y contra el honor militar, siendo sus integrantes designados en cada caso por el Consejo de la Judicatura Federal.
4. Subsista la organización y competencia vigentes para los Consejos de Guerra Extraordinarios, dadas las circunstancias de excepción y urgentes que para su funcionamiento privarían.
5. A efecto de no afectar la disciplina militar los Jueces continúen siendo competentes para investigar y sentenciar en los casos de los delitos militares cuya penalidad media sea igual o inferior a un año de prisión, debiendo ser designados así como los secretarios por el Consejo de la Judicatura Federal.
6. Quede expresa y claramente dispuesto que la administración de Justicia Militar es de la absoluta jurisdicción y competencia del Poder Judicial de la Federación, y facultad de los órganos competentes de este y del Congreso de la Unión la designación y toma de protesta de los funcionarios civiles y militares responsables de su funcionamiento, con excepción de los Consejos de Guerra Extraordinarios para tiempo de guerra.
7. Se fortalezca el Cuerpo de Defensores de Oficio y se constituya en un órgano de la administración de la justicia militar, especializado e independiente de las Fuerzas Armadas, debiendo tener capacidad funcional equiparable al órgano de procuración de justicia militar y sus funcionarios y defensores, jurisconsultos en derecho y reglamentación militar.
Palacio Legislativo a, 16 de marzo del 2000.
Dip.Gral. Brig. Ret. Samuel Lara Villa
Secretario del GPPRD de la Comisión de la Defensa
Nacional
CON PUNTO DE ACUERDO PARA QUE SE DECLARE DIA DE FIESTA EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EL DIA 6 DE ABRIL "BATALLA DE CABORCA", A CARGO DEL C. DIP. FRANCISCO SUAREZ TANORI, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCION NACIONAL
C. Presidente
C. Secretarios
Señoras y Señores Diputados:
He solicitado el uso de la palabra, para someter al pleno de esta H. Cámara de Diputados, la petición que por mi conducto, hacen importantes grupos de ciudadanos, con el propósito fundamental de convocar a la Presidencia, para que se tome un punto de acuerdo, que permita fomentar la exaltación y la búsqueda de los valores cívicos, haciendo mención de un hecho histórico que ejemplifica la necesidad de rendir homenaje a nivel nacional, algunos hechos que han pasado desapercibidos para la historia como la batalla de Caborca, Sonora.
Es necesario en este momento, recordar que entre los valores fundamentales de cualquier nación, se encuentra el de la defensa de la soberanía, que tanto enorgullece, y fortalece el sentimiento de la más pura lealtad a la patria. Este hecho cobra vigencia hoy más que nunca, cuando estamos siendo testigos y protagonistas de los más extraordinarios cambios políticos y sociales a nivel mundial, reflejados de manera natural en nuestro país, sobre todo en las nuevas formas de organización, políticas, culturales y económicas.
En este sentido, vale la pena destacar, que los mexicanos tenemos un gran patrimonio: nuestra historia, misma que se refleja en las luchas liberadas, al rechazar brillantemente el asalto en diversas ocasiones de grupos armados que han pretendido apoderarse de lo que nos pertenece, como en la histórica Batalla de Puebla, o la de los Niños Héroes de Chapultepec.
Hoy los mexicanos nos encontramos en plena efervescencia política, proyectos y programas de partidos se enfrentan en la contienda electoral, las pasiones se exaltan y encuentran los diques del equilibrio y la cordura, es aquí, compañeros diputados, cuando tenemos la responsabilidad de engrandecer las mejores experiencias que hemos tenidos como país, y transformarlas en símbolos que revelen nuestra distinción como ciudadanos capaces de reconocerse así mismo como valerosos soldados en el momento necesario.
Rescatemos pues, a nuestros héroes y soldados anónimos que aún no han sido reconocidos a nivel nacional y aquellos hombres sin rostro que han contribuído a levantar a esta nación, que hoy se enfrenta a nuevos retos, para que la gloriosa jornada del 6 de abril, quede inscrita con honor en las más importantes páginas de nuestra historia.
Merece nuestro homenaje el heróico pueblo de Caborca, ya que en su valentía y patriotismo demostró su grandeza, recordar un hecho histórico en este recinto parlamentario, caja de resonancia de la nación, tiene una gran importancia, porque instala en la historia hechos, hombres y acontecimientos. No es muy aventurado decir que esta batalla ha permanecido en el olvido nacional; y su tradición corre el riesgo de irse perdiendo paulatinamente, si no se le da el lugar que le corresponde en la historia mexicana.
Lo que se busca conmemorar en las fiestas del seis de abril
Los acontecimientos que se desarrollaron al repeler la agresión salvaje que hiciera en los primeros días del mes de abril de 1857, el grupo de filibusteros que reconocía como jefe a Henry Alexander Crabb, y que culminaron con el deceso de 27 personas y 25 conciudadanos más que resultaron heridos, y por el lado contrario más de 100 filibusteros, que fueron victimados, siendo una lección muy dura para aquellos que intentaran volverla a repetir, violando los sagrados derechos de un pueblo soberano y libre.
Para que perdure en nuestro país, sobre el inexorable paso del tiempo el recuerdo de esta sangrienta acción tantas veces mencionada, a través de las generaciones que pasan, rindiendo un sincero homenaje de gratitud en este día para perpetuar el sacrificio de patriotas mexicanos.
Al dar a la publicidad la historia de los hechos de aquella época, apenas si se hace justicia a los que patriótica y desinteresadamente defendieron nuestro honor, y se salda una deuda de gratitud contraída con los que heroicamente cayeron atravesados por las balas del invasor, cumpliendo con el mas alto de los deberes que impone la patria: defenderla hasta morir.
Turbulenta y agitada de los tiempos que corren, no olvida, no desconoce y sabe aquilatar los sacrificios que en épocas pretéritas consumaron sus héroes y sus benefactores, para legarnos en herencia una patria libre y respetada, cuyo honor, no mancillado aún, ese mismo pueblo tiene la ineludible obligación y el deber de conservar siempre incólume.
Investigando aquí e inquiriendo allá, se pudieron obtener copias de algunos documentos de estimable valor histórico, así como una interesante reseña histórica de los sucesos de entonces, misma que se adjunta, con los cuales se hizo posible forjar éste punto de acuerdo.
Es por todo lo anterior, que solicito a este pleno, sea considerado el siguiente:
Punto de Acuerdo que pretende fomentar la exaltación y la búsqueda de los valores cívicos, declarando día de fiesta en los Estados Unidos Mexicanos, el 6 de abril, como "La Batalla de Caborca"
ArtIculo Unico.- Sea declarado día de fiesta en los Estados Unidos Mexicanos, el 6 de abril, aniversario del triunfo obtenido por las Guardias Presidenciales de Sonora y los habitantes del Distrito de Altar, sobre la expedición filibustera encabezada por Henry Alexander Crabb, hecho de armas verificando en el pueblo de Caborca el año 1857.
"El pueblo que quiere ser libre tiene que serlo"
Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados.
Abril 6 del 2000.
Dip. Francisco Suárez Tánori.
Compañeras y compañeros legisladores:
El suscrito, en calidad de diputado federal a la LVII Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 70, numeral 1, inciso m), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 21, fracción XVI, y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, promuevo la siguiente Excitativa, en virtud de que se presentó una Iniciativa que a la fecha no ha sido dictaminada por la Comisión correspondiente, por lo que me permito acudir a usted para los efectos a que diera lugar, y en este sentido expongo lo siguiente:
Antecedentes
1.- Con fecha 7 de abril de 1998, el C. dip. Héctor Flavio Valdez García, a nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, propuso ante el Pleno de esta Honorable Cámara de Diputados, una Iniciativa que reforma al Código Civil para el DF en materia común y para toda la República en materia federal, y al Código de Comercio, cuyo objeto es aplicar el término "imprevisión", esta implementación en los Códigos señalados podría evitar los conflictos ya conocidos por todos en la contratación de un Crédito de cualquier instancia entre dos particulares y evitar los conflictos legales que se han generado en estos últimos años entre banqueros y deudores.
2.- Esta iniciativa tiene su sustento jurídico en los juristas romanos quienes crearon el principio rebus sic stantibus o teoría de la imprevisión, que es un principio general de la contratación que atribuye al deudor el derecho de demandar la reducción de su obligación cuando ésta se vuelva excesivamente onerosa por acontecimientos imprevisibles, generales y ajenos al riesgo propio del contrato.
Durante este siglo, países como Italia, Portugal y Argentina lo han incorporado a sus Códigos. En México ya se regula este principio en los Códigos de Aguascalientes, Jalisco y Veracruz, además; México es parte en el Tratado de Viena para el Derecho de los Tratados firmado el 29 de octubre de 1964, en el que se regula la imprevisión y que hasta la fecha el ejecutivo no ha emitido las reformas que se requieren al respecto.
3.- La exposición de motivos de la Iniciativa señala claramente que nuestro actual Código Civil para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal permite sustentar en sus artículos 19, 1796, 1845, 1857 y 2455 el criterio de la regulación positiva para la excesiva onerosidad de las obligaciones originadas en los contratos de ejecución diferida, y se relacionan con la aplicación del término "imprevisión".
Consideraciones
1.- Uno de los fundamentos legales que sustenta esta Iniciativa, se encuentra en el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el mencionado articulo dispone que todos los tratados internacionales celebrados por el Presidente de la República con la aprobación del Senado y que estén de acuerdo con la Constitución, serán ley suprema de toda la Nación.
2.- El Tratado Internacional de Viena sobre el Derecho de los Tratados en su artículo 62 señala lo siguiente: Que un cambio fundamental de las circunstancias que existieron al celebrar un contrato, es causa para incumplir sin responsabilidad o para reducir equitativamente las obligaciones pendientes de ejercitar. Con lo que indiscutiblemente esta implícita en todos los contratos mercantiles y civiles la cláusula rebus sic stantibus o "imprevisión".
3.- La concordancia que existe con la Ley de Instituciones de Crédito en su artículo 65, en el cual señala que en los contratos de crédito en los que sea parte un Banco encuentra lógica, jurídica y sistemática concordancia y establece que para el otorgamiento de los financiamientos las instituciones de crédito deberán, entre otras circunstancias, tener en cuenta la "situación presente y la situación previsible de los acreditados", con lo cual tenemos una relación más con el término "imprevisión".
4.- A dos años en que se presento la iniciativa, han transcurrido más de los cinco días que como plazo concede el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para que las Comisiones de esta H. Cámara presenten su dictamen en los negocios de su competencia dentro del plazo en que los hayan recibido.
5.- Es procedente que el Presidente de la H. Cámara de Diputados, en cumplimiento de su obligación, expresada en el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite a la Comisión de Comercio a fin de que emita el dictamen correspondiente a la Iniciativa de reformas al Código Civil para el DF en materia común y para toda la República en materia federal, y al Código de Comercio presentada ante esta H. Cámara el día 7 de abril de 1998.
Por lo anteriormente expuesto y fundado:
A usted C. Presidente de la H. Cámara de Diputados en la LVII Legislatura del H. Congreso de la Unión, muy atentamente solicito se sirva:
UNICO.- En los términos del artículo 70, numeral 1, inciso m), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 21, fracción XVI, y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, envíe la siguiente Excitativa a la Comisión de Comercio para que presente el Dictamen correspondiente a la Iniciativa que reforma al Código Civil para el DF en materia común y para toda la República en materia federal, y al Código de Comercio, presentada y remitida a la Comisión el día 7 de abril de 1998.
Dip. Edgar A. Olvera Higuera
Grupo parlamentario Partido Acción Nacional
H. Cámara de Diputados del Honorable Congreso de
la Unión.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de abril
de 2000.
A LA COMISION DE GOBERNACION Y PUNTOS CONSTITUCIONALES, A CARGO DE LA C. DIP. JULIETA ORTENCIA GALLARDO MORA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
Compañeras y compañeros diputados
El 28 de octubre próximo pasado, diputadas y diputados federales del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática propusimos una iniciativa de reformas y adiciones a los artículos 11 y 33 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, debidamente fundada y motivada, la cual no ha sido objeto de análisis en la comisión a la que fue turnada.
En dicha iniciativa mencionamos que en el marco del reconocimiento internacional de los derechos humanos de los extranjeros es imperativo que dichos derechos sean también reconocidos en el territorio nacional, toda vez de que a pesar de que cada Estado de la comunidad mundial tiene el derecho inalienable de reglamentar la condición jurídica de los extranjeros, existen derechos generales que ningún Estado puede negarles, como es el ser sujetos de derecho y el derecho a un debido proceso.
En consecuencia, propusimos cambios al artículo 11, toda vez que la competencia y atribuciones de la autoridad administrativa en materia de migración, son totalmente discrecionales, máxime en lo que concierne al concepto sobre "extranjeros perniciosos", el cual no se encuentra definido ni en la propia constitución ni en sus leyes emanadas, lo cual propicia un abuso de poder y violación no sólo a la garantía de tránsito, sino también a la de audiencia.
En materia del artículo 33, su redacción vigente ha tenido como consecuencia que las leyes reglamentarias contengan una cantidad considerable de disposiciones que facultan a las autoridades para imponer discrecionalmente sus decisiones, incluyendo el término ya señalado de "extranjeros perniciosos", utilizándolo arbitrariamente para que, sin mayor trámite, se expulse del país a personas extranjeras residentes o no en él.
Aunado a lo anterior, en los casos de los extranjeros indocumentados, la protección de la justicia federal es todavía relativa, y en lo que concierne a la justicia local, el acceso a la misma, en la práctica, es un derecho negado, ya que implica la presentación de una denuncia ante el Ministerio Público, en carácter de ilegal, exponiéndose a robos, extorsiones y vejaciones de toda clase, por parte de particulares y de las autoridades.
Asimismo, se planteó la necesidad de instar ante el Senado de la República para que apruebe los diversos artículos que el gobierno mexicano se ha reservado o abstenido de aceptar de diversos convenios y tratados internacionales, mismos que se enlistan en la iniciativa en cuestión, más aún cuando en el análisis de la glosa del último informe presidencial, la titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores hizo mención del envío de un paquete de convenios y tratados internacionales a los cuales se les habían hecho reservas y que habrían que considerarse para su eliminación, sobre las cuales aún se desconoce su trámite.
Es menester señalar que en el propio Senado de la República se está analizando una reforma al artículo 33 constitucional, presentada por el Partido Acción Nacional en 1998, por lo cual convendría que la Comisión de Puntos Constitucionales y Sistema Federal intercambiara opiniones con la colegisladora para poder arribar a un dictamen consensuado entre ambas instancias del Poder Legislativo Federal en el asunto en cuestión.
En tal virtud, la suscrita, diputada federal de la LVII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, e integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, solicita a la Presidencia de la Mesa Directiva que con fundamento en la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite a la Comisión de Puntos Constitucionales y Sistema Federal para que en un plazo de cinco días emita el dictamen correspondiente de la iniciativa de reformas y adiciones a los artículos 11 y 33 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Por el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Dip. Julieta Ortencia Gallardo Mora
Dado en el Palacio Legislativo a los seis días
del mes de abril del año dos mil.
A LA COMISION DE GOBERNACION Y PUNTOS CONSTITUCIONALES, A CARGO DEL C. DIP. LUIS MENESES MURILLO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
Palacio Legislativo, 6 de abril de 2000.
Honorable Asamblea de Diputados,
No obstante que la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) convocó a los dirigentes de todo el mundo del 13 al 17 de noviembre de 1996 en Roma para celebrar la Cumbre Mundial sobre la Alimentación con la finalidad de renovar el compromiso mundial en favor de la lucha contra el hambre; para afrontar el hecho de que unos 800 millones de personas tienen hoy un acceso insuficiente a los alimentos; y también como una respuesta a la reciente preocupación por la capacidad que pueda tener la agricultura para cubrir en el futuro las necesidades alimentarias; el gobierno mexicano ha dado pocas muestras de interés sobre este asunto y ha privilegiado los acuerdos signados con el Fondo Monetario Internacional y con el Banco Mundial, sobre los acuerdos y compromisos adquiridos con las Naciones Unidas en Roma en 1996, aún cuando éstos no se yuxtaponen.
Los Jefes de Estado y de Gobierno, por invitación de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación se reunirán nuevamente los días 13 y 14 de este mes en Mérida, Yucatán, con el fin de dar seguimiento a los Acuerdos de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación y reafirmar el derecho de toda persona a tener acceso a alimentos sanos y nutritivos, en consonancia con el derecho a una alimentación apropiada y con el derecho fundamental de toda persona a no padecer hambre.
Asimismo, los días 10 y 11 de este mes que transcurre, se celebrará en Mérida una reunión de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), con dirigentes de las principales organizaciones agropecuarias y de la industria alimentaria en México, con el fin de identificar los factores que obstaculizan el acceso a los suministros y la continua insuficiencia de los ingresos.
Otro aspecto fundamental que cabe mencionar es que los problemas del hambre y la inseguridad alimentaria tienen dimensiones mundiales, y es probable que persistan e incluso se agraven dramáticamente en algunas regiones si no se adopta con urgencia una acción decidida y concertada, dado el incremento de la población mundial previsto y la tensión a que están sometidos los recursos naturales.
Los principales Acuerdos de la Cumbre están contenidos en la Declaración de Roma sobre Seguridad Alimentaria, del 13 de noviembre de 1996 y el Plan de Acción de la Cumbre. Los compromisos básicos que asumieron los países para alcanzar la seguridad alimentaria son:
Lejos de ser considerada la alimentación como un factor fundamental en la agenda de desarrollo del país, es asumida como un acto de caridad estatal, al cambiar su acción de universal a focalizada y temporal. Lo anterior se refleja no sólo en lo limitado de las acciones, sino en el desmantelamiento estatal del organismo encargado de conducir la política alimentaria y de abasto social en el país.
Actualmente, la producción mundial de alimentos es suficiente para proporcionar a todos los seres humanos sobre la tierra una dieta adecuada. Sin embargo, cientos de millones de personas en el mundo, no consumen las 2,340 calorías diarias generalmente aceptadas como el límite alimenticio mínimo. Alrededor del 20 por ciento de la población de los países no desarrollados, incluido México, está crónicamente desnutrida.
No se trata de un problema de producción, sino de distribución. Algunos campesinos que cultivan la tierra, sufren hambre. La principal razón de la disparidad entre tener y no tener alimento, es política. En este sentido, en el país se requiere una política de seguridad alimentaria para garantizar los elementos básicos para el abastecimiento de alimento.
En otros lugares del mundo, los gobiernos proporcionan las semillas y las herramientas, así como la conservación del suelo que los agricultores requieren, pero su prioridad es ofrecer estabilidad política. En nuestro país, las necesidades de los agricultores están cada vez más lejos de ser satisfechas, por el contrario, las políticas han llegado a perjudicar a los agricultores para privilegiar a los socios comerciales de México.
México vive hoy una crisis alimentaria sin precedentes que afecta a amplios sectores rurales y urbanos:
La población marginal, especialmente la indígena,
padece hambre.
De los niños mexicanos, 80 por ciento vive en
las familias más pobres del país.
Somos importadores y consumidores de subproductos y desechos de las corporaciones agroalimentarias de origen trasnacional y se nos imponen nuevos patrones de consumo de alimentos chatarra.
Ante esta circunstancia proponemos que sobre cualquier interés político, privado o de mercado, se reconozca el derecho constitucional a la alimentación y los compromisos asumidos con la FAO; asimismo, sugerimos que se propongan metas de sustentabilidad, producción y empleo para combatir el hambre.
Por todo lo anterior y considerando:
Que el 16 de octubre de 1992, Día Mundial de la Alimentación, el Frente por el Derecho a la Alimentación solicitó a esta Soberanía se legislara sobre tan importante materia para la vida de los mexicanos.
Que el 13 de julio de 1994, el diputado Francisco Saucedo Pérez, presidente de la Comisión de Distribución y Manejo de Bienes de Consumo y Servicios de la LV Legislatura de la Cámara de Diputados, presentó la iniciativa de referencia y fue turnada a dichas comisiones en la misma fecha.
Que México firmó y ratificó el Pacto Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas, que en su artículo 11, párrafo 2 señala específicamente el derecho a la alimentación, y la necesidad de que los países legislen nacionalmente sobre este derecho.
Que en 1996 en Roma, México votó a favor de la Declaración y el Plan de Acción de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación.
Que con fecha 16 de octubre de 1997, la diputada Clara Brugada Molina del grupo parlamentario del PRD, presentó una solicitud para que se exhorte a las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Distribución y Manejo de Bienes de Consumo, a fin de que se dictamine la iniciativa y en fechas posteriores diferentes diputados hemos presentado consiguientes excitativas.
Que la necesidad de legislar al respecto es apremiante y la culminación de este proceso será la aprobación formal en esta Soberanía de la iniciativa que adiciona el artículo cuarto constitucional que a la letra consagra:
Artículo Unico. Se adiciona un párrafo a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Habiendo transcurrido con exceso el plazo previsto por la ley para que la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales emitiera su dictamen, pero sobre todo, porque la Nación nos exige a todos que generemos ya respuestas a la situación alimentaria en México y con fundamento en las atribuciones que le confiere la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito a la Presidencia de esta Cámara que exhorte a las Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Distribución y Manejo de Bienes de Consumo y Servicios, para que emitan su dictamen y lo presenten a este Pleno a efecto de que sea adicionado con un párrafo el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Dip. Luis Meneses Murillo (rúbrica)
A LA COMISION DE REGLAMENTOS Y
PRACTICAS PARLAMENTARIAS, A CARGO DEL C. DIP. JORGE DURAN CHAVEZ, DEL GRUPO
PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
C. Presidente de la Cámara de Diputados del
Honorable Congreso de la Unión
PRESENTE
El suscrito, en mi calidad de diputado federal a la LVII Legislatura del H. Congreso de la Unión, por medio de este ocurso y con fundamento en la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, vengo a promover esta excitativa con base al punto de acuerdo que a la fecha no ha sido dictaminado por la Comisión correspondiente; por lo que me permito acudir a usted para los efectos pertinentes, exponiendo, en tal sentido, lo siguiente:
Antecedentes
l.- Con fecha 25 de noviembre de 1997, el suscrito dip. Jorge Durán Chávez, en nombre de la fracción obrera del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, propuso ante el Pleno de ésta H. Cámara de Diputados un Punto de Acuerdo para solicitar se inscriba con letras de oro el nombre de Ricardo Flores Magón.
En tal propuesta se expuso que los que ignoran que Ricardo Flores Magón fue el artífice que gestó la Revolución Mexicana, caen dentro de la sentencia que el propio Flores Magón dijera en el gran Congreso Liberal del 23 de febrero de 1910, en donde afirmó: "Solamente los timoratos, los indiferentes, los escépticos y toda esa mala semilla que ha pesado sobre la patria y que contrabalanceando la opinión enérgica y viril, sólo ha servido para estancar las energías, debilitándolas a fuerza de permanecer siempre inmutables; esa mala semilla que lleva esteriotipada en un rostro idiota la sonrisa diabólica para todo lo que sea culto por los ideales democráticos y veneración por las institucionales liberales, y para cuyos individuos nada significan la democracia, la república y la libertad".
Igual hoy, como ayer, Flores Magón surge como un paladín, que actualmente tiene vigencia para dejar testimonio de sus principios y valores que justifican que su nombre quede inscrito en estas paredes de la patria que son el símbolo del homenaje eterno a hombres que como Flores Magón, dieron al México de hoy, democracia, justicia social y libertad.
Es por ello que el sector obrero y la diputación de Oaxaca apoyan sin condiciones que esta Honorable Cámara de Diputados, apruebe la Iniciativa para que sea inscrito, con letras de oro, el nombre de Ricardo Flores Magón, convencidos de que este héroe revolucionario, honrará este recinto, por su vida egregia y sus heroicas luchas por alcanzar un nuevo mundo de armonía y paz, igualdad, trabajo y justicia social para los mexicanos.
Por todo lo anterior y considerando que la función nuestra, como legisladores federales, es reconocer y propiciar la vida ejemplar de muchos mexicanos que engrandecieron nuestra patria y fomentaron el avance social en el logro de los derechos de los trabajadores en su eterno camino de viejas luchas aún inconclusas.
2.- Una vez señalado todo lo dicho, el Presidente de la Cámara lo turnó para su estudio, análisis y dictamen a la Comisión correspondiente.
Desde tal fecha, noviembre 25 de 1997, ha transcurrido mucho tiempo superior al plazo señalado en el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, para que las Comisiones de la Cámara presenten su dictamen en los negocios de su competencia dentro de dicho plazo al de la fecha en que los hayan recibido.
En tal virtud, es procedente que el presidente de la Cámara, en cumplimiento de su obligación, expresada en el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias a fin de emitir el dictamen correspondiente.
Por lo anteriormente expuesto y fundado; a usted presidente de la Cámara de Diputados de la LVII Legislatura del Congreso de la Unión, muy atentamente pedimos se sirva:
UNICO.- En los términos de la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, realice la excitativa a la Comisión de Reglamento y Prácticas Parlamentarias para que presente el dictamen correspondiente a la propuesta de Punto de Acuerdo de fecha 25 de noviembre de 1997, que tiene como único objetivo solicitar sea inscrito con letras de oro el nombre de Ricardo Flores Magón.
Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.- México Distrito Federal, a 6 de abril de 2000.
Atentamente
Dip. Jorge Durán Chávez (rúbrica)
A LAS COMISIONES UNIDAS DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL, A CARGO DEL C. DIP. JOSE DE JESUS MONTEJO BLANCO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCION NACIONAL
C. Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara
de Diputados
PRESENTE
El suscrito diputado a la LVII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en la fracción XVI del artículo 21 y del artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicito respetuosamente proponga a la Cámara de Diputados que se pase a otra Comisión, la iniciativa que a continuación señalo, en base a las siguientes:
Consideraciones
El artículo 87 de nuestro Reglamento Interno, señala que toda comisión deberá presentar su dictamen en los negocios de su competencia, dentro de los cinco días siguientes al de la fecha en que los haya recibido.
De no ser así, en estos casos, el Presidente de la Cámara tiene la obligación, conforme a la fracción XVI del artículo 21 del mencionado Reglamento, de excitar a las comisiones a que presenten dictamen y, si no fuere suficiente, emplazar para día determinado, y si ni así se presenta el dictamen, el proponer a la Cámara que se pase a otra comisión.
Es el caso, que el día 22 de abril de 1999, nuestro grupo parlamentario, a través del dip. José de Jesús Montejo Blanco presentó una iniciativa de Decreto que reforma los artículos 58, 62 y 64 de la Ley del Seguro Social, con el propósito de que el IMSS cubra, con las cuotas que recibe del ramo de Riesgos de Trabajo, los montos constitutivos necesarios para que el trabajador que sufra algún riesgo de trabajo, pueda contratar una renta vitalicia con alguna Institución de seguros, sin que se toque los recursos de la cuenta individual del Fondo de Ahorro para el Retiro.
El Presidente de la Mesa Directiva, recibió y turnó la iniciativa a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y Seguridad Social, para el dictamen respectivo.
Es de señalarse que han transcurrido 353 días a partir de que la iniciativa pasó a las comisiones, las cuales no han presentado al pleno su dictamen, incumpliendo lo establecido por el artículo 87 del Reglamento Interior, que señala cinco días para dictaminar.
En virtud de no haberse dictaminado la iniciativa presentada, el 29 de marzo del 2000 se presentó la solicitud para que se excitara a las comisiones unidas a dictaminarla.
La Presidencia dio curso a la petición excitando a las comisiones a emitir su dictamen.
Por otra parte, como integrante de la Comisión de Seguridad Social, se me informó que el 14 de diciembre de 1999, el Partido de la Revolución Democrática presentó ante esta Asamblea una iniciativa de Decreto similar de reforma a la Ley del Seguro Social en el ramo de Riesgos de Trabajo que se turnó únicamente a la Comisión de Seguridad Social y esta iniciativa de Decreto ya cuenta con un anteproyecto de dictamen.
Como han transcurrido 8 días más, de haberse excitado a las Comisiones Unidas a reunirse para elaborar el dictamen respectivo de la iniciativa presentada por el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, y en virtud de que se ha transgredido lo dispuesto por los artículos anteriormente invocados del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, ya que no se ha presentado al pleno el referido dictamen, presento a usted, C. Presidente, la siguiente:
Solicitud
UNICO.- Se proponga al pleno de esta soberanía, que la iniciativa de Decreto que reforma los artículos 58, 62 y 64 de la Ley del Seguro Social, presentada el 22 de abril de 1999 por un servidor en nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, sea turnada a la Comisión de Seguridad Social exclusivamente, para su estudio, análisis y elaboración del dictamen correspondiente.
Atentamente
Dip. José de Jesús Montejo Blanco
Siendo las 14:25 horas del día 5 de abril del 2000, en el salón B del Restaurante los Cristales de la H. Camara de Diputados, se reunieron los integrantes de la Comisión de Atención y Apoyo a Discapacitados bajo la siguiente orden del día:
1. Lista de asistencia
2. Dictámenes de las iniciativas presentadas por
la Comisión.
3. Concurso de Ensayo sobre Discapacidad 2000
4. Comentarios de los Foros Regionales "Convenio 159"
5. Contenido de la página en internet de la Comisión.
6. Asuntos generales
Asistieron los siguientes C. diputados: dip. Héctor Larios Córdova, dip. Carlos Iñiguez Aguirre, dip. Gustavo Espinosa Plata, dip. Eliher Saúl Flores Prieto, dip. Jaime Castro López y dip. Addy Cecilia Joaquin Coldwell, dip. Martha Palafox Gutiérrez, dip. José de Jesús Montejo Blanco, dip. José Luis Acosta Herrera, dip. Felipe Rodríguez Aguirre, dip. María de Lourdes Rojo e Inchaustegui, dip. Emilia García Guzmán, dip. Salomón Elias Jauli y Dávila y la dip. María Guadalupe Francisca Martínez Cruz.
El dip. Héctor Larios comentó que el objetivo de la reunión es impulsar los dictamenes a las iniciativas presentadas por la Comisión, a la fecha se han presentado un total de 12 iniciativas de ley, de las cuales ya se aprobaron 2 dictámenes por el pleno de esta H. Cámara; además existen 2 dictámenes para su presentación; y 3 anteproyectos de dictamen. La Comisión en esta Legislatura también presentó 3 puntos de acuerdo, 7 excitativas y giró 4 opiniones a diversas comisiones. Los asistentes se comprometiéron a apoyar el trabajo de dictamen entre los miembros de sus respectivos grupos parlamentarios.
En el siguiente punto, el dip. Larios reiteró la invitación a los diputados para difundir y promover el Concurso de Ensayo sobre Discapacidad 2000, que organizan en forma coordinada con la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), la Asociacion Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), y la Federación Mexicana de Instituciones Particulares de Educación Superior (FIMPES), y reiteró la imporatcia que tiene el concurso a nivel nacional.
En el cuarto punto de la agenda el dip. Carlos Iñiguez presentó un informe de los Foros Regionales sobre el Convenio 159 de la OIT. Comentó que el objetivo de los foros es difundir la importancia de la ratificación y recopilar propuestas legislativas para impulsar cambios legislativos que mejoren las condiciones de empleo para las personas con discapacidad. Se han realizado 3 foros; el primero el 28 de febrero en la ciudad de Aguascalientes, Ags., organizado por el dip. José Luis Acosta Herrera, con una asistencia total de 90 personas; el 2º foro regional se realizó en la ciudad de Mérida, Yucatán, el 10 de marzo, conjuntamente con el Ayuntamiento de Mérida, y con una asistencia de 146 personas, además se recibieron mas de 13 propuestas; el 3er. foro se llevó a cabo en la ciudad de Tampico, Tamps., organizado conjuntamente con los Sistemas DIF de Tamaulipas y Tampico, con un total de 167 participantes, y se recibieron un total de 6 propuestas. El dip. Héctor Larios, reiteró la invitación a los diputados asistentes para que se sumen a los trabajos de los siguientes foros a realizarse en las ciudades de Tijuana, Ciudad Juárez y Distrito Federal.
El CP. Mauricio Fernández, informó que ya se encuentra funcionando la nueva página de internet de la comisión, la cual recopila toda la legislación estatal, federal y buena parte de la legislación internacional en materia de discapacidad, así como las actividades y el plan de trabajo que a la fecha tiene la Comisión. El dip. Héctor Larios exhortó a los presentes para aprovechar el contenido de la página y propuso la entrega de un disco compacto para cada diputado integrante de la comisión.
En asuntos generales, la dip. Addy Cecilia Joaquín Coldwell, extendió una felicitación al dip. Héctor Larios por los excelentes resultados que ha tenido al frente de la comisión, y se comprometió a seguir apoyando y colaborando en los trabajos de la misma. El dip. Jaime Castro, manifestó su inquietud acerca de la minuta que paso al senado referente al Dictamen de la Ley del Seguro Social, a lo que le manifestó el dip. Larios que se encuentra en trámite. El dip. Eliher Flores, propuso la edición de un número más de la revista de la comisión, a lo que se sugirió el mes de junio para su publicación.
La reunión concluyó a las 15:35 horas.
Atentamente
Lic. Mauricio Fernández Candia
Secretario técnico
DE LA COMISION DE COMERCIO
A su reunión ordinaria de trabajo, el jueves 6 de abril, a las 9 horas, en el salón de usos múltiples ubicado en el primer piso del edificio F.
Orden del Día
1. Lista de asistencia y declaración de quórum
legal.
2. Aprobación del acta anterior.
3. Análisis, discusión y, en su caso, votación
del dictamen de las tres iniciativas de regularización de vehículos
de procedencia extranjera, así como de la iniciativa de Ley de Protección
y Renovación del Parque Vehicular Mexicano.
4. Análisis, discusión y, en su caso, votación
del dictamen de las tres iniciativas en materia de comercio electrónico.
5. Análisis, discusión y, en su caso, votación
del dictamen de la iniciativa de reformas a diversas disposiciones de la
Ley Aduanera, referentes a la importación de vehículos a
la franja fronteriza por personas físicas.
6. Otros.
Atentamente
Dip. Juan José García de Alba Bustamante
Presidente
DE LA COMISION DE CIENCIA Y TECNOLOGIA
A la reunión de su Junta Directiva, el jueves 6 de abril, a las 9 horas, en el restaurante Los Cristales.
El objetivo de esta reunión es discutir el Plan de Trabajo de la Comisión durante el periodo ordinario de sesiones.
Atentamente
Lic. Luis Cisneros Moro
Asistente
DE LA COMISION DE LA REFORMA AGRARIA
A su reunión de trabajo, el jueves 6 de abril, a las 9:30 horas, en el salón E del primer nivel.
Atentamente
Dip. Joel Guerrero Juárez
Presidente
DE LA COMISION DE JUSTICIA
A su sesión de trabajo, el jueves 6 de abril, a las 10 horas, en el salón Libertadores, ubicado en el primer nivel del edificio H.
Orden del Día
1. Lista de asistencia y verificación de quórum.
2. Lectura y en su caso, aprobación del acta de
la sesión anterior.
3. Comunicaciones de sustituciones en la Comisión
de Justicia.
4. Comunicaciones de sustituciones en la Subcomisión
de Examen Previo.
5. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. Francisco Javier Loyo Ramos
Presidente
DE LA SUBCOMISION DE EXAMEN PREVIO DE LAS COMISIONES UNIDAS DE GOBERNACION Y PUNTOS CONSTITUCIONALES Y DE JUSTICIA
A la reunión de trabajo de la Subcomisión de Examen Previo de Denuncias de Juicios Políticos, el jueves 6 de abril, a las 12 horas, en el salón Protocolo.
Orden del Día
1. Verificación de quórum.
2. Discusión y, en su caso, aprobación
de la minuta de la sesión celebrada el 8 de diciembre de 1999.
3. Presentación de la propuesta sobre el trámite
a seguir en el procedimiento de Declaración de Procedencia.
Atentamente
Dip. Abelardo Perales Meléndez
Presidente de la Comisión de Gobernación
y Puntos Constitucionales
Dip. Francisco Javier Loyo Ramos
Presidente de la Comisión de Justicia
DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES
A su desayuno-reunión de trabajo, el viernes 7 de abril, a las 9 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.
En esta reunión, el lic. Jorge Nicolín, presidente de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL), tratará asuntos relacionados sobre la situación de Teléfonos de México en los Estados Unidos de América.
Atentamente
Dip. Alfredo Phillips Olmedo
Presidente
DEL COMITE DE ASUNTOS INTERNACIONALES
A la conferencia que dictará el Embajador de la República Francesa, señor Bruno Delaye, sobre el tema Significado del TLC entre la Unión Europea y México, en la Biblioteca del Congreso de la Unión, ubicada en la calle de Tacuba número 29, colonia Centro Histórico, el miércoles 12 de abril de 2000, a las 18 horas.
Atentamente
Dip. Julio Faesler C.
Presidente
DE LAS COMISIONES UNIDAS DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Y GOBERNACION Y PUNTOS CONSTITUCIONALES
A su sesión de trabajo, el martes 11 de abril, a las 9 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
1. Verificación de quórum.
2. Discusión y, en su caso, aprobación
del proyecto de orden del día.
3. Discusión y, en su caso, aprobación
del proyecto de dictamen por el que se reforma el inciso e) de la
fracción IX del apartado A del artículo 123 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Atentamente
Dip. Juan Moisés Calleja Castañón
Presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión
Social
Dip. Abelardo Perales Meléndez
Presidente de la Comisión de Gobernación
y Puntos Constitucionales
DEL COMITE DE BIBLIOTECA E INFORMATICA
A los eventos culturales y recreativos promovidos por este Comité para el mes de abril de éste año:
Concierto Infantil Pedro y el Lobo, de Prokofiev, también con la participación de la Orquesta de Cámara y Coro de la Secretaría de Marina, el miércoles 26, a las 18 horas.
Atentamente
Ing. Gilberto L. Tovar Correa
Coordinador de Relaciones Públicas y Eventos