Gaceta Parlamentaria, año II, número 389, martes 16 de noviembre de 1999



Anexos del jueves 11 de noviembre Paquete económico para el año 2000


Orden del Día de la sesión del martes 16 de noviembre de 1999

Acuerdos

Comparecencias Posicionamientos Iniciativas Informes Convocatorias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Orden del Día

 


















SESION DEL MARTES 16 DE NOVIEMBRE DE 1999. INICIO 11 HORAS

Lectura del acta de la sesión anterior.

La Junta de Coordinación Política remite el Acuerdo Parlamentario modificado, que determina el formato de la Sesión de Examen y Discusión de la Iniciativa de Ley de Ingresos y del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, para el Ejercicio Fiscal del Año 2000.

Comparecencia del secretario de Hacienda y Crédito Público, lic. José Angel Gurría Treviño, en relación a la Ley de Ingresos de la Federación y del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, para el Ejercicio Fiscal del año 2000.
 
 







Acuerdos


 










ACUERDO PARLAMENTARIO POR EL QUE SE DETERMINA EL FORMATO PARA LA SESION DE EXAMEN Y DISCUSION DE LA INICIATIVA DE LEY DE INGRESOS Y DEL PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2000, SOMETIDOS A LA CONSIDERACION DE LA CAMARA DE DIPUTADOS POR EL EJECUTIVO FEDERAL

Considerando

1. Que el artículo 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que es facultad exclusiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, entre otras, la de examinar, discutir y aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, discutiendo primero las contribuciones que, a su juicio, deben decretarse para cubrirlo.

Indica igualmente el ordenamiento citado, que el Ejecutivo federal hará llegar a la Cámara la Iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el 15 de noviembre o hasta el 15 de diciembre cuando inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83, debiendo comparecer el secretario del despacho correspondiente a dar cuenta de los mismos.

2. Que conforme a lo dispuesto por el artículo 33 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política es la expresión de la pluralidad de la Cámara; por tanto, es el órgano colegiado en el que se impulsan los entendimientos y convergencias políticas con las instancias y órganos que resulten necesarios a fin de alcanzar acuerdos para que el Pleno esté en condiciones de adoptar las decisiones que constitucional y legalmente le corresponden.

Correlativamente a lo anterior, a la Junta de Coordinación Política le corresponde, conforme lo indica el artículo 34 de la Ley Orgánica, impulsar la conformación de acuerdos relacionados con el contenido de las propuestas, iniciativas o minutas que requieran de su votación en el Pleno, a fin de agilizar el trabajo legislativo.

3. Que para el mejor análisis de la iniciativa de Ley de Ingresos y Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del año 2000, la Junta de Coordinación Política sugirió a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, que la presentación de ambos instrumentos por parte del Ejecutivo federal sea realizada por parte del titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público durante la sesión ordinaria del Pleno de la Cámara, programada para el día 11 de noviembre, mientras que el examen y discusión de los mismos, se efectúe, con la comparecencia del citado servidor público, en la sesión correspondiente al día 16 de noviembre, bajo un formato que permita cumplir adecuadamente con la función constitucional correspondiente a esta Cámara.

Con base en las anteriores consideraciones, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 74, fracción IV, primero y segundo párrafos, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 20, 33 y 34, incisos a, y g, de la Ley Orgánica del Congreso General, la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, suscribe el siguiente

Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados recibirá del Ejecutivo federal, por conducto del titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del año 2000, en el transcurso de la sesión ordinaria programada para el 11 de noviembre.

En el acto de presentación de los instrumentos antes mencionados, el servidor público compareciente, dará una explicación general de los criterios de política económica que han orientado la elaboración de los mismos, reservándose para una sesión posterior su examen y discusión.

Segundo.- La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión llevará a cabo el examen y discusión de la Iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación Para el Ejercicio fiscal del año 2000, en la sesión de Pleno programada para el 16 de noviembre.

El examen y discusión a que se refiere el párrafo anterior se realizarán en forma separada por cada instrumento a que se refiere el párrafo anterior, en el orden en que se mencionan, conforme al siguiente formato:

a) Los diputados que cada grupo parlamentario designe, harán llegar a la Junta de Coordinación Política, por conducto de sus coordinadores, las preguntas que consideren conveniente formular al C. Secretario de Hacienda y Crédito Público, distinguiendo expresamente las relativas a la materia de ingresos, de aquellas correspondientes a la materia de egresos, a efecto de que ésta las haga llegar a la Mesa Directiva y ordene su publicación en la Gaceta Parlamentaria el día 15 de noviembre.

b) Al inicio de la sesión programada para el examen y discusión de la Iniciativa y Proyecto de que se trata, un diputado por cada grupo Parlamentario, en orden creciente según el número de diputados que lo integren, hará uso de la palabra hasta por siete minutos, para fijar la posición general de su grupo parlamentario respecto de los documentos presentados por el titular de la SHCP.

c) Acto seguido, el C. Secretario de Hacienda tendrá una intervención, hasta por diez minutos, para comentar de manera general las características generales de los instrumentos de ingresos y egresos, así como los aspectos que estime de mayor relevancia.

d) Al concluir esta exposición general, un diputado de cada grupo parlamentario podrá ejercer el derecho de réplica, hasta por tres minutos.

e) A continuación, se abrirá un primer turno de preguntas y respuestas para tratar lo relativo a la Iniciativa de Ley de Ingresos, en el que un diputado por cada grupo parlamentario formulará una pregunta sobre este tema, hasta por cinco minutos, cada una de las cuales será respondida por el C. Secretario de Hacienda y Crédito Público en forma sucesiva, hasta por cinco minutos. Al término de cada respuesta, los diputados de cada grupo parlamentario podrán ejercer su derecho de réplica, hasta por tres minutos.

f) Al concluir el primer turno de preguntas, un diputado por cada uno de los Partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Revolucionario Institucional, formulará una pregunta hasta por tres minutos, la que será respondida también por el C. Secretario compareciente hasta por tres minutos. Al término de cada respuesta, un diputado de cada partido que se menciona, podrá ejercer su derecho de réplica, hasta por tres minutos.

g) Concluidas las dos rondas de preguntas, respuestas y réplicas, sobre Ley de Ingresos, se decretará un receso de diez minutos.

h) Concluido el receso, se examinará y discutirá el Proyecto de Presupuesto de Egresos conforme al procedimiento señalado en los incisos e al g anteriores.

i) La Mesa Directiva, cuidará la exacta observancia del presente acuerdo, especialmente por lo que se refiere a la duración de los posicionamientos, preguntas, respuestas y réplicas.

Tercero.- Dése cuenta con el presente Acuerdo a la Mesa Directiva de la Cámara, para los efectos correspondientes, y publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los diez días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

Por la Junta de Coordinación Política: dip. Arturo Núñez Jiménez. Presidente, coordinador del grupo parlamentario del PRI (rúbrica); dip. Carlos Medina Plascencia, coordinador del grupo parlamentario del PAN (rúbrica); dip. Pablo Gómez Alvarez, coordinador del grupo parlamentario del PRD (rúbrica); dip. Jorge Emilio González Martínez, coordinador del grupo parlamentario del PVEM (PA dip. Verónica Velasco, rúbrica) y dip. Ricardo Cantú Garza, coordinador del grupo parlamentario del PT (PA dip. Luis Patiño Pozas, rúbrica)

Anexo

Orden de prelación para la formulación de preguntas al C. Secretario de Hacienda y Crédito Público en su comparecencia a la Cámara de Diputados para el examen y discusión de la iniciativa de Ley de Ingresos y del Proyecto de Presupuesto de Egresos del Año 2000

1. Posicionamientos generales (hasta por 7 minutos)

Partido Verde Ecologista de México
Partido del Trabajo
Partido Acción Nacional
Partido de la Revolución Democrática
Partido Revolucionario Institucional.

Comentarios del C. Secretario de Hacienda y Crédito Público (hasta por 10 minutos)

Réplicas de los grupos parlamentarios (hasta por 3 minutos)
 

2. Primera ronda. Iniciativa de Ley de Ingresos

Primer turno de preguntas y respuestas (hasta por 5 minutos)

Partido Verde Ecologista de México
Partido del Trabajo
Partido Acción Nacional
Partido de la Revolución Democrática
Partido Revolucionario Institucional.

Respuestas del secretario (hasta por 5 minutos).
Réplicas de cada grupo (hasta por 3 minutos).

Segundo turno de preguntas (hasta por 3 minutos).

Partido Acción Nacional
Partido de la Revolución Democrática
Partido Revolucionario Institucional

Respuestas del secretario (hasta por 3 minutos).
Réplicas de cada grupo (hasta por 3 minutos).

3. Receso de 10 minutos

4. Segunda ronda. Proyecto de Presupuesto de Egresos.

Primer turno de preguntas y respuestas (hasta por 5 minutos).

Partido Verde Ecologista de México
Partido del Trabajo
Partido Acción Nacional
Partido de la Revolución Democrática
Partido Revolucionario Institucional

Respuestas del secretario (hasta por 5 minutos).
Réplicas de cada grupo (hasta por 3 minutos).

Segundo turno de preguntas (hasta por 3 minutos).

Partido Acción Nacional
Partido de la Revolución Democrática
Partido Revolucionario Institucional

Respuestas del secretario (hasta por 3 minutos).
Réplicas de cada grupo (hasta por 3 minutos).
 
 








Comparecencias

 











PREGUNTAS DE LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS DE LOS PARTIDOS VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO, DEL TRABAJO, DE ACCION NACIONAL, DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA Y REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, AL SECRETARIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, LICENCIADO JOSE ANGEL GURRIA TREVIÑO, CON RELACION A LA INICIATIVA DE LEY DE INGRESOS Y AL PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2000

Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México

Ley de Ingresos

1. Consecuencias del impuesto al consumo a los estados.
2. ¿Por qué no se ha considerado la propuesta del PVEM de aumentar los impuestos al tabaco y bebidas alcohólicas?
3. Causas de la baja recaudación tributaria.
4. Justificación del gobierno para no haber presentado una propuesta de reforma fiscal integral a esta soberanía.

Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2000

1. Porcentaje del gasto programable destinado a la protección del medio ambiente y su evolución en la presente administración. Comparación con otros países.
2. Estimación de la Secretaría de Hacienda de la insuficiencia en gasto en rubros sociales e infraestructura.
3. Estimación de los compromisos generados por los PIDIREGAS para los próximos tres años.
4. Estimación de mexicanos en pobreza y pobreza extrema a 1998.

Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo

Ley de Ingresos

Primer turno

1. Una vez más le reiteramos a usted la necesidad de que para poder desarrollar nuestro trabajo legislativo de manera eficiente es indispensable que contemos con la información suficiente. En nuestro caso, le hemos solicitado la composición de los ingresos tributarios de manera desagregada, incluyendo desde las grandes corporaciones hasta la micro y pequeña empresa. Por tercera ocasión le hacemos este requerimiento para poder tener mayores elementos de juicio con relación a este rubro.

2. Nos llama la atención que el Ejecutivo federal y en particular la dependencia a su cargo ha cumplido de manera fiel las disposiciones que organismos internacionales como el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial y la OCDE, sin embargo este último organismo ha emitido recomendaciones a nuestro país en materia tributaria, en el sentido de que es indispensable incrementar de manera sustancial la recaudación fiscal para estar por lo menos al nivel de los países medios de dicho organismo. Quisiéramos saber por qué en ese punto específico no se ha hecho caso a ése planteamiento.

3. Otro elemento que también nos inquieta es el relativo al llamado régimen de consolidación fiscal. Creemos que mantenerlo en las condiciones en las que se encuentra da lugar a que las grandes corporaciones evadan su carga impositiva. Creemos que mantener este tipo de régimen atenta contra el principio de la equidad tributaria.

4. El gravamen de hasta el 2 por ciento al consumo que se propone para que las entidades federativas incrementen sus ingresos atenta contra los principios del Federalismo Fiscal, y sobre todo en contra de los consumidores de más bajos ingresos. Esta medida que desde el año pasado fue impulsada por su dependencia es altamente impopular. Nos gustaría que nos detallara el porqué nuevamente se insiste en algo que los gobiernos estatales rechazaron de manera rotunda el año pasado.

Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2000

Primer turno

1. ¿Por qué, tal como usted lo ha planteado, el gasto social tendrá un incremento real del 5.9 por ciento, pero en cambio para Diconsa, Liconsa y Fidelist no se va a incrementar la cobertura de ambos, a sabiendas de que estos programas han tenido recortes en el padrón de beneficiarios?

2. ¿Cuál es el monto absoluto que se destinará al pago de las amortizaciones de la deuda externa e interna del sector público en el marco del monto de endeudamiento neto que está solicitando el Ejecutivo federal al Congreso de la Unión?

3. Sabemos que el sector público de nuestro país está excesivamente endeudado, porque su deuda externa y la deuda interna del gobierno federal superarían fácilmente los 150 mil millones de dólares, si a esta suma le agregamos la cartera vencida del IPAB entonces estaríamos hablando de que el gobierno mexicano estaría endeudado en una proporción equivalente a más de la mitad del Producto Interno Bruto. En esas circunstancias ¿piensa el Ejecutivo Federal continuar desarrollando una política de manejo de la deuda pública que se queda en el ámbito de cubrir las necesidades de financiamiento por parte del gobierno federal, atender el refinanciamiento de la deuda histórica acumulada y mejorar el perfil de vencimientos y el costo de la deuda pública, sin ir más a fondo y emprender una renegociación de la deuda externa e interna que implique también la condonación de una parte de esa deuda? Porque nuestro país no puede seguir sacrificando su crecimiento económico y castigar al pueblo mexicano en aras de continuar pagando una deuda que es a todas luces impagable.

4. ¿Por qué razón el gobierno federal no destina más recursos a la educación superior para permitir que nuestro país compita en formación de recursos humanos en comparación con nuestros socios comerciales a sabiendas de que en el esquema de desarrollo económico y social vigente, los recursos humanos son prioritarios para poder ser competitivos?

Segundo turno

1. Información sobre los créditos solicitados por el IPAB al Banco Mundial y Banco Interamericano de Desarrollo. Monto, tasa, plazo y demás condiciones de pago.

2. Información sobre la tasa de interés a la que deberán intercambiarse los pagarés del IPAB. Diferencias adicionales a la negociabilidad con los pagarés del Fobaproa.

3. Detalle de la estimación de ingresos por venta de activos por parte del IPAB para el año 2000. Programa de venta de activos para el periodo 2000-2002 y valuaciones realizadas a la fecha.

4. Detalle de los compromisos contraídos en junio pasado con el Fondo Monetario Internacional y sus implicaciones para el programa económico del año que entra.

5. Detalle de los compromisos financieros que dejará la presente administración.

6. Evaluación de la Secretaría de Hacienda respecto de la posición de las finanzas públicas en el mediano plazo, considerando las tendencias de los recursos destinados a la seguridad social, PIDIREGAS e IPAB.

7. Evaluación del déficit fiscal considerando la banca de desarrollo y el endeudamiento vía PIDIREGAS.
 
 

Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional

Ley de Ingresos

1. Dentro de la propuesta presentada por el Ejecutivo en relación a la seguridad jurídica del contribuyente ¿en dónde está plasmada dicha propuesta?

2. A pesar que se ha manifestado cierta preocupación por lograr una simplificación fiscal ¿dónde queda el sentido de la simplificación fiscal cuando el sistema tributario mexicano aún presenta una tramitología engorrosa, que dificulta el pago de los impuestos?

3. ¿A que se debe que se estima un precio promedio del petróleo en 15.50 dólares por barril, cuando en el mercado de futuros se considera un precio superior?

4. La Ley de Ingresos estima una recaudación en el impuesto al valor agregado de 168,747.4 millones de pesos para el año 2000, que representa un crecimiento real de 3.1 por ciento. Esto contrasta con la tasa de crecimiento del PIB de 4.5 por ciento. En este sentido, las estimaciones de la Secretaría a su cargo, ¿no estarán subestimando los ingresos, en aras de reservar un monto oculto a la vista de los próximos comicios electorales o para atenuar choques externos que disminuyan los ingresos públicos?

5. El año siguiente es un año electoral, en el que por primera vez el régimen corre un enorme riesgo de perder el poder. En este sentido, los agentes económicos saben que en la medida en que se presente algún grado de incompatibilidad entre inflación y crecimiento, aquella deberá ceder ante los beneficios electorales que ofrece el crecimiento, por sus efectos en el empleo y el bienestar, aunque ambos revistan un carácter temporal. De presentarse esta incompatibilidad entre inflación y crecimiento, díganos, señor secretario ¿cuál sería sacrificada y cuál mantenida?
 

Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2000

Página 111.9. Se menciona que las empresas que participan en las licitaciones de proyectos de inversión financiada, "con frecuencia" obtienen los recursos financieros con los que se cubre el costo de los proyectos. También se dice que estos esquemas "implican menor costo".

¿Se debe entender que en algunos casos el gobierno aporta los recursos? y ¿cómo justificar que al no erogar el gobierno los recursos durante la construcción de los proyectos es el esquema más económico?.

Página 111.10. Al entregarse a satisfacción los proyectos a las entidades, se reconoce el importe de las dos primeras amortizaciones como deuda directa y el resto como deuda contingente.

¿Porque no se reconoce el costo total del proyecto como deuda directa una vez que se recibe a satisfacción? ¿ No es una manipulación de la información?.

Página 111.40. Se reconoce que Luz y Fuerza del Centro tiene un 65 por ciento menor productividad que CFE y por esa razón se le debe seguir otorgando subsidios.

¿Qué avances se han logrado? ¿Cuántos años más tendrán que transcurrir para que se eliminen los subsidios a esta empresa?

Página 111.70. Por primera vez se da a conocer desde el proyecto de presupuesto los recursos asignados a cada estado del Programa de Alianza para el Campo; reconocemos que han aceptado ésta petición de Acción Nacional.

¿Con que bases se hizo la distribución por estado?

Página 111.81. Se dice que los recursos para apoyos a la comercialización de granos aumentarán 50 por ciento en T.R. pero, no se dice que en 1999 disminuyeron 45 por ciento en T.N. contra 1998.

¿Cuáles son los cultivos que se pretende apoyar en el año 2000? ¿Cuál es el número de toneladas por cultivo y por estado? ¿Cuáles son las bases en cuanto a precios de referencia y tipo de cambio? y ¿Qué precio se pretende pagar por tonelada al productor nacional?

Página IV.100. Usted nos garantizó, señor secretario, a los integrantes de las directivas de las comisiones de Hacienda y Presupuesto del PAN y PRD a finales de octubre, que el padrón de Progresa no se aumentaría durante el 2000; para 1999 la meta fue llegar a 2.3 millones de familias. Pero resulta que explicablemente decidieron aumentar 300 mil familias en el último bimestre de 1999. Por supuesto que no podremos afirmar que faltaron una vez más a la palabra. ¿Cómo debemos interpretar esa decisión?.
 
 

Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional

Ley de Ingresos

Primera Ronda

Entorno Macroeconómico

  • Al término del año 2000 sumaremos 5 años consecutivos de crecimiento con un promedio anual del 5% real, situación que no se registraba por lo menos hace dos décadas.

  •  
  • Este comportamiento ubica la economía mexicana en la cuarta posición entre las 30 principales economías del mundo, independientemente de que en el año 95 registró una de las caídas más importantes en los últimos 30 años, de -6.2% del PIB.

  •  
  • La estrategia adoptada confirma que se está logrando un crecimiento sostenido con estabilidad lo que nos permite transitar al próximo siglo con una economía fortalecida.

  •  
  • A diferencia de otros periodos el crecimiento descansa fundamentalmente en el consumo e inversión privados y en el dinamismo de las exportaciones. La demanda interna contribuye con el 77 % y el resto las exportaciones.

  •  
  • La inversión y el ahorro interno se han fortalecido, proceso que ha hecho al país menos dependiente del ahorro externo. De un 15% que teníamos en 1994 alcanzaremos un nivel del 23.5% al finalizar el 2000.

  •  
  • El valor de nuestro comercio exterior es equivalente al 45.8% del PIB, casi el doble que en 1994, lo cual nos ha permitido transitar de un país exportador de materias primas a otro de productos manufacturados.

  •  
  • Un marco regulatorio más moderno y el proceso mismo de inserción de la economía en la globalización, ha permitido el aumento acelerado de la inversión extranjera, reflejo ante todo de la confianza de la estrategia económica adoptada y en el futuro del país. Así, mientras que en promedio el país recibía 3 mil millones de dólares entre 1984 y 93, bajo la actual administración casi se ha cuadruplicado al ser de 11 mil millones de dólares.

  •  
  • Así, mientras que las exportaciones petroleras en 1993 representaban el 38% del total, ahora suman el 9%.

  •  
  • Una menor inflación y la política de tipo de cambio flexible no sólo nos ha permitido superar adecuadamente las presiones internas e internacionales sino que ahora las proyecciones en tasas de interés la sitúan por debajo del 16% al finalizar el próximo año.

  •  
  • El promedio anual de empleos generados es de 625 mil, lo que se traduce en una reducción del desempleo, cuya tasa del 2.6% alcanzada el mes pasado resulta ser la más baja desde 1991 y frente a un nivel del 6.2% en 1995.

  •  
  • El papel de los sectores privado y social, como motores del desarrollo han venido cobrando una mayor ascendencia. Hoy por ejemplo, el 88% de la inversión productiva es del sector privado y el resto pública.

  •  
  • Si bien todos estos indicadores resultan altamente positivos, por el lado del sector financiero todavía son evidentes los rezagos que presentan. En este sentido ¿qué representa para nuestro país el haber preservado el sistema nacional de pagos y para cuándo podremos considerar que esta reestructuración que implica muchos recursos, adecuaciones legales, profundización de la normatividad aplicable, así como la participación de nuevos agentes en el sector, se ha alcanzado y nos dé mayores niveles de seguridad y confianza?

  • Política de Deuda Pública


    Segunda Ronda


    Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2000

    Primer turno

    Durante la presente administración hemos constatado el esfuerzo del Ejecutivo federal, por instrumentar políticas y programas anteponiendo sobre todo el interés supremo de la nación. Primero, para resolver los problemas de la crisis, y después, avanzar con firmeza en la recuperación.

    Reconocemos las profundas desigualdades que se presentan en nuestra sociedad, por ello, necesitamos que la política económica del 2000 se enfoque en particular a resolver las desigualdades de los diferentes sectores económicos. Consideramos que el ejercicio de los recursos públicos constituye el motor del crecimiento y permite el impulso a los grupos medios, y llevar la justicia distributiva para los más desprotegidos.

    En un entorno globalizado donde el productor más pequeño se enfrenta a las fuerzas de un mercado abierto sin los instrumentos, ni medios adecuados para mejorar su competitividad, es indispensable que el estado contemple, no sólo el marco jurídico que le dé viabilidad, sino los recursos presupuestales que le permitan resarcir la desigualdad, capacitarse y capitalizarse para mejorar su competitividad.

    El sector agropecuario, es uno de los más rezagados, los niveles de ingreso y bienestar de su población están muy por abajo de la media nacional. Dicha diferencia crecerá si no cambiamos la estrategia de apoyo y los montos de los recursos públicos destinados al fomento de su desarrollo.

    Por ello, necesitamos modificar la tendencia de la asignación presupuestal, canalizando mayores cantidades de recursos que permitan generar mejores programas para darle al sector rural bienestar y, sobre todo, certidumbre y esperanza para un mañana mejor.

    El crecimiento equilibrado demanda de una visión regional en el ejercicio del gasto, y en ella, los principios de la federalización y de la descentralización, contribuyen no sólo a dotar de recursos e instrumentos a los estados y municipios, sino también para desdoblar acciones más responsable en los tres niveles de gobierno, que haga más eficiente la promoción del desarrollo y el combate a la pobreza extrema.

    Coincidimos con la intención del proyecto de presupuesto, que a través de usted presenta el Ejecutivo federal, porque manifiesta la necesidad de realizar acciones que modernicen al campo y porque la estrategia de desarrollo rural integral concibe la acción pública, social y privada, concurrentes al mismo objetivo del desarrollo.

    Este proyecto de presupuesto, en sus dos vertientes, considera un gasto de 71 mil millones de pesos, lo cual significa un aumento del 7.0 % en relación con el de 1999.

    Por las reflexiones anteriores, demandamos un mayor apoyo al desarrollo rural y social del sector agropecuario y forestal, en los siguientes renglones:

    Primero.- Es importante un aumento en el presupuesto destinado al desarrollo rural integral por lo menos equivalente al 1.4 % del Producto Interno Bruto, para compensar la inflación estimada para 1999.

    Segundo.- El Ejecutivo federal deberá considerar la necesidad de destinar a la comercialización de los productos básicos una cantidad por lo menos superior al doble del presupuesto del presente año, los cuales deberán asignarse de manera transparente a los estados de la Federación de acuerdo con los volúmenes comercializados, según el padrón existente y validado por los propios productores.

    Tercero.- Asimismo, que se analice la viabilidad para aumentar los recursos del Procampo e incrementar la cuota actual por hectárea, tomando en cuenta la inflación estimada para el presente año, y para mantener una cobertura de 13.9 millones de hectáreas a fin de responder a la demanda.

    Cuarto.- Igualmente solicitamos el aumento de los recursos destinados al programa Alianza para el Campo.

    Quinto.- Solicitamos mayor presupuesto para subsidiar la prima de aseguramiento, a fin de que los mecanismos de cobertura de riesgos puedan ampliar su respaldo a un mayor número de productores.

    Sexto.- Proponemos aumentar el presupuesto para apoyar a los deudores del sector agropecuario y (que) de esta manera el financiamiento fresco fortalezca el crecimiento en las actividades primarias.

    Séptimo.- Demandamos que el Programa de Asistencia Técnica tenga un mayor apoyo en el presupuesto a fin de profundizar el esfuerzo en la capacitación y en la transferencia tecnológica.

    Octavo.- Reconocemos por otra parte que la ampliación de los recursos para el desarrollo rural integral sumados a los que se canalizan al desarrollo social, representan el 70 por ciento del gasto programable, cifra que no tiene precedentes en los últimos 20 años.

    Sin embargo, es prioritario mantener los programas de Liconsa, Diconsa y Fidelist, y considerar los recursos suficientes para su adecuado funcionamiento

    Finalmente, señor secretario, deseamos conocer su respuesta al ajuste propuesto, por la fracción parlamentaria de nuestro partido.
     

    Segundo turno

    Las expectativas que causa entre la población la presentación del presupuesto, se intensifican en el presente año por ser el último de la administración del Presidente Ernesto Zedillo, y el contenido del mismo influirá de manera definitiva, en el cumplimiento de uno de los principales objetivos de la política económica al evitar que se produzca una crisis de fin de sexenio.

    La política económica basada en el control de las principales variables a partir de crear las condiciones para que el presupuesto en su presentación del ingreso y del gasto público para el año 2000, permitirá mantener finanzas públicas equilibradas, y de manera concreta evitar las crisis recurrentes que consoliden las bases del crecimiento sostenido transexenal.

    El avance democrático de México, es un ingrediente adicional que permitirá se cumpla el objetivo antes planteado. Al crearse las condiciones de participación de todas las fuerzas políticas de manera equitativa, con asignación de recursos para el funcionamiento de partidos y procesos electorales, así como generar la confianza entre los electores a partir de ciudadanizar los órganos electorales, de respetar sus decisiones de elegir que contribuye, a fortalecer las actividades de los sectores sociales y productivos.

    El pueblo de México además de haber tomado la acertada decisión de avanzar en la democracia reformando la legislación, lo esta llevando a la práctica al hacer de la democracia un sistema de vida, lo que ha permitido identificar sociedad y gobierno la función diferente que juegan la administración pública y los acontecimientos electorales en los tiempos por venir, el de la elección para jefe del Ejecutivo federal así como el rol de la economía, panorama que permitirá evitar la crisis de fin de sexenio y continuar con un crecimiento sostenido con todas las ventajas que ello implica para México y sus habitantes.

    La estimación formal de ingresos que prevé el fisco en el año 2000 y permite hacer el listado de compromiso de gasto para el mismo periodo, nos hace factible observar la política financiera del gobierno, de qué hay que hacer y para quien hay que hacer a través del gasto público.

    Si al presupuesto le reducimos lo que el Estado por ley tiene ya comprometido, el responsable de las finanzas del gobierno tiene que hacer grandes esfuerzos para satisfacer las necesidades de gasto, que a través de las principales acciones es ineludible atender.

    Señor Secretario, en nuestro país subsisten demandas muy sentidas por la población, a pesar de los enormes esfuerzos presupuestales que los gobiernos de la República han realizado a lo largo de las administraciones públicas.

    Me refiero en primer término a la educación, a esa que permite a los mexicanos aprender conocimientos para que puedan satisfacer sus necesidades, a la academia que al estar relacionada a la cultura de nuestro pueblo y a los sectores de la economía permita a los jóvenes profesionistas ser competitivos y comprender los recientes procesos administrativos y las nuevas tecnologías para aspirar a mejores ingresos a partir de ser más útiles y productivos.

    Si aceptamos la estrecha relación entre la educación individual y el ingreso de las personas. Si aceptamos que la educación es un factor determinante para la expansión económica de una sociedad y la reducción de la pobreza.

    Señor Secretario, México necesita de mayores niveles de escolaridad como la educación media y superior, atendiendo solo en este rubro al 10 por ciento en comparación del 90 por ciento de los atendidos en educación básica ¿cómo hacer para darle mayor suficiencia presupuestal a estos estratos de educación para que el esfuerzo realizado, en la educación inicial rinda mayores frutos para los individuos y el país?.

    La urgente necesidad de incrementar la oferta de energía eléctrica requiere de grandes inversiones en generación, transmisión y distribución, para llevar a cabo la modernización y transformación estructural del sector y crear así un mercado de energía entre generadores y distribuidores regulados por el Estado.

    El proyecto de presupuesto del sector eléctrico para el año 2000, sobresale el renglón de subsidios, donde señala que Luz y Fuerza del Centro requiere recursos no sólo para inversión, sino también para su operación por un estimado de 11,343 millones de pesos y esto se debe principalmente al déficit en su productividad inferior a la CFE.

    Señor Secretario, la ineficiencia en la operación de Luz y Fuerza del Centro requiere de una reestructuración a fondo ¿existe la posibilidad por parte de la empresa de limitar sus ineficiencias para evitar el subsidio y destinarlo a otras actividades urgentes del presupuesto?
     
     







    Posicionamientos


     










    EL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL EN LA CAMARA DE DIPUTADOS EN TORNO AL PROGRAMA ECONOMICO PARA EL AÑO 2000

    Noviembre de 1999
    Un Programa Económico de Desarrollo con Justicia Social

    En los próximos días el Poder Ejecutivo de la Federación presentará al Honorable Congreso de la Unión su propuesta de política económica para el año 2000.

    Sobre el particular, el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Cámara de Diputados promoverá la aprobación de un paquete económico responsable y equilibrado, que fortalezca la economía nacional y garantice, sobre todo, el cumplimiento de las responsabilidades esenciales del Estado, al velar por el interés de la mayoría de la población.

    Nuestro compromiso indeclinable es el desarrollo con justicia social. Por ello queremos que la economía sea un instrumento más al servicio de la gente. Queremos que promueva el crecimiento vigoroso y sostenido de la actividad productiva, pero ante todo queremos que ese crecimiento se traduzca en más empleos permanentes y bien remunerados. De ahí el propósito de aplicar medidas que nos permitan mantener la tendencia descendente de los precios internos.

    Pugnamos por una política económica promotora de la inversión y el ahorro, en la que los sectores privado y social sean los motores del crecimiento. Pero al mismo tiempo, que el gasto público con sentido social, contribuya a generar oportunidades y a abatir rezagos que afectan al país.

    Impulsaremos las acciones necesarias para garantizar que las condiciones en que se presente el cambio de administración pública el año 2000, sean ordenadas y sin sobresaltos económicos y financieros. Estamos seguros que un programa económico responsable y congruente con las acciones de política económica, que desde tiempo atrás se ha venido aplicando, evitará una nueva crisis sexenal.

    Por todo esto, los diputados priístas proponemos un programa económico para el año 2000 que busque:

    Mantener finanzas públicas sanas, condición que favorece el crecimiento económico, alienta la inversión productiva, contribuye al combate a la inflación y da certidumbre a los agentes económicos nacionales e internacionales;

    Ingresos públicos suficientes para atender las responsabilidades fundamentales del Estado, sin elevar los niveles de endeudamiento público externo, al tiempo que se avanza en materia de simplificación fiscal y seguridad jurídica para los contribuyentes y se combate la evasión, a través de programas de autorregulación, mediante la aplicación de la ley;

    Un Presupuesto de Egresos con un sentido social claro, con mayores recursos para la educación, la salud, el campo y el combate a la pobreza; con una asignación adecuada de recursos para mejorar la seguridad pública, ampliar la infraestructura básica y productiva, y lograr avances adicionales en la descentralización del gasto, en el marco de un federalismo renovado;

    Un incremento de cuando menos 4.5 por ciento en el Producto Interno Bruto, que permita asegurar el quinto año de crecimiento sostenido;

    Un incremento salarial en un porcentaje suficiente para fortalecer los ingresos de los trabajadores y la economía familiar.

    Por una Política de Ingresos Equitativa y Transparente

    El grupo parlamentario del PRI en la Cámara de Diputados buscará que su aportación durante el proceso de análisis, discusión y aprobación del paquete económico logre, dentro del marco tributario vigente:

    Fortalecer las finanzas públicas, sin aumentar los impuestos.

    Alcanzar un sistema fiscal más sencillo, eficiente y equitativo.

    Garantizar, cada vez de mejor manera, la seguridad jurídica de los contribuyentes.

    Avanzar en la simplificación de los trámites fiscales.

    Reforzar la capacidad de la autoridad para combatir con vigor y con justicia, la evasión y elusión fiscales.

    Para el año 2000 el grupo parlamentario del PRI propone los siguientes puntos.
    Preservar la exención en el impuesto al activo a las pequeñas y medianas empresas, en virtud de su papel en el desarrollo económico y en la creación de fuentes de empleo.

    Mantener la tasa cero del IVA para el servicio de agua potable residencial, alimentos y medicinas.

    Modificar la estructura del impuesto sobre tenencia de automóviles usados, para hacerlo más justo y equitativo.

    Simplificar el cumplimiento del impuesto especial sobre producción y servicio aplicable a bebidas alcohólicas.

    Simplificar el mecanismo de acreditamiento del impuesto al valor agregado, para permitir su plena recuperación a los contribuyentes que realizan actividades gravadas.

    Pugnar porque los intereses que pagan las empresas mexicanas por sus deudas contraídas con bancos extranjeros no estén sujetos al pago del impuesto sobre la renta, que al resultar no acreditable en el extranjero, afecte su capacidad de financiamiento.

    Evitar la doble tributación del impuesto sobre la renta, que limita la actividad empresarial y que, de manera particular, habrá de beneficiar a la industria maquiladora de exportación.

    En este tema reiteramos, como lo hemos hecho durante toda esta Legislatura, nuestra disposición a debatir, con las demás fuerzas políticas representadas en el Congreso y con el Ejecutivo, la Reforma Fiscal Integral. Nuestro grupo parlamentario sabe que la reforma es indispensable para contar con ingresos públicos suficientes, para elevar el ahorro interno, promover la inversión, reducir la dependencia de las finanzas públicas de ingresos relativamente inestables como los petroleros, y atender las demandas ciudadanas de simplificación fiscal y promoción de la actividad productiva. Una Reforma Fiscal Integral que logre mayor equidad y adecuada progresividad entre los contribuyentes.

    Por un Gasto Público que beneficie a las mayorías

    En el año 2000, el gasto público debe confirmar su papel estratégico para cumplir con los objetivos de crecimiento con estabilidad de precios, mayor y mejor gasto social, desarrollo con equidad y combate a la pobreza extrema. El gasto público debe impulsar la participación y el compromiso de los gobiernos estatales y municipales en apoyo del federalismo fiscal. Estos propósitos deben guiar la política de egresos, con apego a criterios de estricta disciplina fiscal y de transparencia.

    El gasto social es la clave para que millones de compatriotas puedan acceder a mejores oportunidades. Por ello, nuestro grupo parlamentario reitera la importancia de que el gasto social aumente no sólo en términos reales, sino más rápidamente que el gasto en su conjunto, lo que sin duda implicará un esfuerzo importante de ajuste para la Administración Pública Centralizada.

    En materia de gasto público, el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Cámara de Diputados formula los siguientes planteamientos básicos:

    * Aumentar el gasto en el sector salud en términos reales.

    * Fortalecer el gasto en materia de educación. Proponemos un gasto superior, en términos reales, al programado en 1999. Es necesario canalizar mayores recursos a la educación básica y a la infraestructura educativa, en especial a la construcción y reparación de escuelas y al equipamiento tecnológico y de cómputo.

    * Atender especialmente el presupuesto para educación superior. En particular, se exige un aumento en términos reales al presupuesto de las universidades públicas estatales y a la Universidad Nacional Autónoma de México.

    * Avanzar más rápidamente en el abatimiento de los rezagos existentes e invertir en nuestra gente. Los diputados priístas consideramos impostergable realizar mayores esfuerzos para que a través del gasto social se ataquen las causas centrales de la pobreza extrema.

    * Defender y fortalecer a Diconsa, organismo que deberá recibir, por lo menos, recursos similares a los de 1999. Mantener los padrones para la cobertura de los programas de abasto social de leche y de tortilla, en particular, de Liconsa y Fidelist.

    * Erigir a la productividad rural en pilar del desarrollo económico para el sector. La pobreza en el medio rural, así como las dificultades asociadas a la comercialización de granos básicos, representan obstáculos serios para la reactivación plena del campo mexicano, por lo que es imperativo redoblar los esfuerzos presupuestales en las vertientes social y productiva del desarrollo rural integral del Presupuesto de Egresos de la Federación.

    * Mantener en términos reales los recursos del Procampo y promover una mayor cobertura y celeridad en la entrega de los mismos.

    * Aumentar los recursos destinados a la Alianza para el Campo que beneficie, en especial, a los campesinos de menores ingresos.

    * Duplicar, cuando menos, el presupuesto asignado a los Apoyos a la Comercialización y perfeccionar la normatividad aplicable en su ejercicio.

    * Apoyar a los trabajadores mexicanos, impulsando los programas de capacitación laboral, con metas superiores a las de 1999.

    * Elevar en términos reales, las aportaciones federales que habrán de destinarse al Sistema Nacional de Seguridad Pública, para su puntual ejercicio por los tres órdenes de gobierno.

    * Asignar mayores recursos para la ampliación y modernización de la infraestructura productiva estratégica, en hidrocarburos, electricidad, carreteras y puertos. En especial, apoyaremos mayor inversión para la infraestructura del Sureste de México, particularmente en lo que se refiere a la creación del Ferrocarril del Istmo, como una obra indispensable para promover el desarrollo de esa región.

    * Vigilar que los recursos destinados al Instituto de Protección al Ahorro Bancario (IPAB) se ajusten a las obligaciones derivadas del programa de apoyo a ahorradores y deudores. El esfuerzo para dotar al Instituto de los recursos suficientes deberá ubicarse en una estrategia de mediano y largo plazo que propicie la disminución real de los pasivos en un contexto de crecimiento sostenido de la economía y de la máxima recuperación de activos.

    * Asignar los recursos suficientes para atender las tareas de reconstrucción en las regiones afectadas por desastres naturales. Asimismo, incrementar los recursos asignados al Fondo de Desastres Naturales (Fonden) para hacerle frente a dichas contingencias sin que se afecte a otros programas. De igual forma, es necesario dotar de mayores recursos a las Secretarías de Defensa Nacional y de Marina, para la instrumentación del Plan DN-III-E, de auxilio a la población en casos de desastre.

    * Consolidar el federalismo, manteniendo en el año 2000 la tendencia de aumento en términos reales, de los recursos descentralizados a estados y municipios.

    * Demandar total transparencia en las asignaciones presupuestarias y en las estructuras de las remuneraciones de los servidores públicos.

    * Fortalecer el Programa de Educación, Salud y Alimentación (Progresa) con el propósito de que el promedio de las familias atendidas se amplíe en el año 2000 en comparación con 1999; para ello debe aumentar su presupuesto en términos reales. El Programa deberá llegar a por lo menos 2.5 millones de familias en situación de pobreza.

    Legislar para fortalecer la economía nacional

    El grupo parlamentario del PRI en la Cámara de Diputados buscará alcanzar acuerdos con las demás fuerzas políticas para avanzar en la promulgación de leyes que fortalezcan el sistema financiero y económico del país.

    Por ello continuaremos trabajando para que, buscando el equilibrio entre deudores y acreedores, se aprueben propuestas en materia de garantías de crédito y quiebras. Asimismo, que se fortalezcan los mecanismos de protección y defensa de los usuarios de los servicios financieros. Todo ello contribuirá a reactivar el proceso de otorgamiento de crédito.

    En este mismo sentido, nuestro grupo parlamentario pugnará porque la banca de fomento impulse nuevos programas de crédito, en especial para las actividades agropecuarias, así como para las pequeñas y medianas empresas. Promoverá el establecimiento de esquemas que permitan facilitar recursos para la reconstrucción de la planta productiva y viviendas afectadas con motivo de los recientes desastres naturales.

    Asimismo, una rendición de cuentas más efectiva compromete nuestro apoyo a favor de la Entidad de Fiscalización Superior de la Federación que habrá de iniciar sus funciones el próximo año.

    En suma, el grupo parlamentario del PRI en la Cámara de Diputados está convencido de que profundizar en las políticas implementadas en los frentes monetario, fiscal y cambiario nos permitirán sentar las bases para alcanzar, de cara al siglo XXI, mayores tasas de crecimiento, menor inflación, más empleos, salarios remuneradores, y una economía consolidada y en crecimiento.
     
     



    Iniciativas

    DE LEY FEDERAL DE JUEGOS PIROTECNICOS, A CARGO DEL C. DIP. JAVIER PAZ ZARZA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCION NACIONAL

    Pocos saben las angustias que viven las personas que se dedican a la fabricación de castillos, toritos, estelas y todo aquello que es parte de la tradición mexicana. Tal vez pocos saben las posibles extorsiones, amenazas y persecuciones que sufren los pirotécnicos por presuntas autoridades. Pocos saben del dolor de las familias que sufren al saber que un familiar está detenido por realizar trabajo lícito y honesto o tal vez menos la angustia que se vive al ocurrir una tragedia en sus familias, vecinos o clientes. Ante esa brutal y dolorosa realidad de los artesanos pirotécnicos en México el Poder Legislativo debe aportar su valioso punto y actuar en consecuencia.

    Honorable Asamblea

    Señor Presidente

    Los suscritos, diputados de la LVII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión e integrantes del grupo parlamentario de Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción segunda de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta H. Cámara de Diputados, la presente iniciativa de Decreto de la Ley Federal de Juegos Pirotécnicos, con base en al siguiente

    Exposición de Motivos

    La pirotecnia es conjugación de color, arte y cultura, tradición de un pueblo que se caracteriza por la emotividad de sus festividades y por la alegría de sus costumbres y tradiciones , expresado a través de las luces multicolores y los sonidos.

    No existe festividad popular que permanezca ajena a la tradición pirotécnica mexicana; desde la celebración del aniversario de la Independencia, el aniversario del inicio de la Revolución, la Batalla del Cinco de Mayo, el Día del Trabajo, así como en las festividades decembrinas e inclusive en el ya clásico Festival Cervantino y otras de significativo valor cívico y festivo en la vida de los mexicanos se encuentran todas impregnadas de la mística de la pirotécnia. De esta manera, la pirotecnia constituye una realidad intrínseca de nuestra cultura y nuestra identidad, no podemos ignorarla ni marginarla, sobre todo, en la medida en la que forma parte de nuestra expresión cultural y es baluarte en exposiciones mundiales e internacionales, en donde se demuestra que el ingenio y la creatividad de los mexicanos se ponen de manifiesto en cada uno de los castillos, figuras, cascadas y remolinos que se presentan.

    Estas manifestaciones de luz y forma ponen en alto el nombre de nuestro país en estos y otros eventos en los que los artesanos pirotécnicos participan orgullosamente como dignos representantes de su actividad y con el profesionalismo que les caracteriza.

    Sin embargo, la actividad de los artesanos pirotécnicos, actividad de la que dependen más de 50,000 familias de nuestro país, es constantemente agredida o denigrada por algunas autoridades tanto del ámbito federal como local y municipal, quienes, en muchas ocasiones sin legítima competencia, amedrentan a los productores, transportistas, almacenadores y comercializadores pirotécnicos al utilizar su prepotencia para detenerlos y efectuar prácticas de cohecho y extorsion que transgreden el principio de legalidad y son inaceptables en nuestro Estado de Derecho.

    En efecto, existen en nuestro país 50,000 pirotécnicos, de los cuales debido a la discrecionalidad y oscuridad de las normas que regulan su actividad, tan sólo una mínima parte de 1,100 cuentan con permisos debidamente autorizados por la Secretaría de la Defensa Nacional. ¿Por qué este rezago en cuanto a la regularidad de las operaciones que efectúan los artesanos pirotécnicos con una tradición de más de 300 años?

    Creemos que hasta hoy prevalece esta situación, por las siguientes razones:

    a) La amplia discrecionalidad otorgada a las autoridades competentes para la expedición de los permisos de fabricación, transporte y compra venta de juegos pirotécnicos. Actualmente los criterios empleados por la Secretaría de la Defensa Nacional son poco precisos en ese sentido, ya que el otorgamiento de las autorizaciones, aún cubriendo los mismos requisitos y condiciones puede variar diametralmente por razón de la subjetividad de la decisión, a cargo de un inspector militar. De esta manera, la voluntad del inspector, afirmamos categóricamente no puede ni debe sustituir a la norma jurídica. Esta discrecionalidad no debe convertirse en arbitrariedad, porque cuando la autoridad pierde la dimensión de su encargo, se adentra en peligrosos extremos que ponen al particular en estado de incertidumbre e indefensión, ante lo que el artesano pirotécnico prefiere enfrentar los riesgos de la clandestinidad que a la espera infructuosa de una respuesta por parte de la autoridad.

    b) La obscuridad y dispersión de las normas jurídicas que pretenden regular la actividad de los artesanos pirotécnicos. Actualmente para acceder a un permiso que otorga la Secretaría de la Defensa Nacional, se deben observar al menos las disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y su reglamento, disposiciones complementarias, que ni siquiera son circulares emitidas por la propia Sedena, Bandos Municipales, Normas Oficiales Mexicanas en materia de transportación, disposiciones de la Secretaría de Gobernación a través del área de Protección Civil, disposiciones de la Secretaría del Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, a través de sus delegaciones estatales, revisiones de la Procuraduría General de la República o de las estatales, en fin, por hostigamiento y en muchos casos extosiones no paramos.

    Como vemos, el artesano pirotécnico, al encontrarse inmerso en este caos jurídico, lleno de lagunas y antinomias, prefiere realizar su actividad amparado en la clandestinidad.

    c) La persecución de la que son objeto es de similar tratamiento para aquellos que cuentan con el permiso correspondiente como para aquellos que carecen de él; tal pareciera que una actividad de la naturaleza y características de los pirotécnicos, una actividad honesta y legítima sea objeto de tales molestias por parte de diversas autoridades, quienes no están facultadas por la norma para realizar inspecciones y sin embargo las realizan, es reprobable que desde el policía municipal, los cuerpos policiacos judiciales locales y federales, personal de algunas Secretarías de Estado, entre otros, perciban esta actividad como forma de extorsión y lucro indebido, sumados a las campañas de desprestigio que cuando lamentablemente hay una tragedia son sometidos. Desprestigio que promueven las mafias que introducen ilegalmente toneladas de productos pirotecnicos . En la reciente tragedia de Celaya, Guanajuato, presuntamente más de 70 % del producto era de procedencia China.

    Estas condiciones son desfavorables e inequitativas para los trabajadores pirotécnicos de México, quienes al proveernos de la luz y el color de nuestras fiestas, son objeto de persecuciones y abusos terribles.

    Estamos convencidos de la urgente e imperiosa necesidad de cambiar esta situación, porque sabemos de la importancia de su actividad y de su responsabilidad como mexicanos, jefes de familia; sabemos de su compromiso laboral y de su voluntad de integración a la regulación con la existencia de un ordenamiento claro y específico. Es nuestra intención dotar de este ordenamiento a los trabajadores pirotécnicos de México.

    Este esfuerzo es el producto de un diálogo abierto, público y sobre todo comprometido de los artesanos pirotécnicos de la República Mexicana, quienes se acercaron, en nuestra calidad de legisladores federales, para la elaboración de un sólo cuerpo jurídico que regulara los principales rubros de la actividad pirotécnica: producción, transportación, almacenamiento y comercialización de productos, contribuyendo de esta manera al establecimiento de la seguridad jurídica y de mejores condiciones para ellos.

    Nuestra iniciativa de Ley Federal de Juegos Pirotécnicos pretende dotar a los trabajadores pirotécnicos de las condiciones mínimas que les permitan ejercer sus prerrogativas constitucionales con relación al acceso a un trabajo lícito y socialmente útil. Es lícito, no existe prohibición alguna y mucho menos está en contra de las buenas costumbres; es socialmente útil porque coadyuva a la integración y convivencia de nuestro pueblo.

    Esta iniciativa está compuesta por 71 artículos divididos en 8 títulos, que pretenden atender las necesidades de regulación de los pirotécnicos. En el título primero, nos referimos a las disposiciones generales que establecen las definiciones en torno a los juegos pirotécnicos, las materias primas pirotécnicas y a la competencia del Ejecutivo de la Unión a través de la Secretaría de la Defensa Nacional efectuar el control y la vigilancia de los juegos pirotécnicos, así como la intervención de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en lo relativo al transporte.

    Existe, en el título segundo, la primera clasificación formal de juegos pirotécnicos de nuestro país, que corresponde a los artículos de juguetería pirotécnica y los artículos de fuegos artificiales. Esta clasificación es de trascendental importancia porque hasta ahora existían frecuentemente confusiones entre las materias explosivas, las armas, las municiones y otros ingenios bélicos con la juguetería pirotécnica. Logramos así la distinción que nos permite separar eficazmente la tarea de los pirotécnicos de todas las actividades correspondientes al manejo de sustancias explosivas con fines contrarios a la diversión y al esparcimiento.

    Por otro lado, hemos incluido un título específico en cuanto a la producción. Para ello establecemos los parámetros en los que la Secretaría de la Defensa Nacional deben intervenir en el otorgamiento de permisos; por lo que toca a estos últimos, hemos formulado su constitución a partir de permisos generales, particulares, especiales, de importación y de exportación.

    Un reclamo constante de las organizaciones de pirotécnicos que han participado en la elaboración de esta iniciativa, es la resolución en el otorgamiento de las autorizaciones, por lo que se incluye la obligación de la autoridad de emitirla en un plazo de 30 días. En caso de no emitirlo, hemos introducido la figura de la afirmativa ficta, en beneficio del trabajo de los pirotécnicos. Creemos que en este plazo, la autoridad se encuentra en posibilidad de estudiar el cumplimiento de los requisitos para el otorgamiento o no de licencias.

    En este mismo título incluimos los casos en los que los permisos serán suspendidos y la obligación de los permisionarios de brindar todas las facilidades a la autoridad para efectuar las inspecciones que al tenor de la misma ley se realicen.

    El capítulo II de este título se refiere a la fabricación, estipulando los requisitos para la obtención de licencias de fabricación, una completa clasificación de Talleres de producción en Talleres A, para la fabricación de productos deflagrantes, truenos o sonoros hasta la cantidad de 1000 kilogramos, Talleres B que utilicen materia prima hasta la cantidad de 3000 Kilogramos y Fábricas, para el caso de empleo de cantidades superiores a las determinadas para los talleres.

    Para poder precisar las materias primas de las que se hace uso empleamos un catálogo de sustancias relacionadas con explosivos y con artificios. En este apartado se incluyen aspectos relacionados con el manejo de las mismas, como lo son el certificado de calidad de los productos, el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas relacionadas y la obligación por parte de los permisionarios de contar con personal capacitado para efectuar medidas de seguridad e higiene al interior de los talleres y las fábricas.

    Como siguiente apartado, manejamos los requisitos que deben de cubrir las instalaciones, en el entendido de que las fábricas y talleres no podrán ser establecidas o modificadas sustancialmente sino en virtud de autorización de la Secretaría de la Defensa Nacional, citando los requisitos mínimos que deben cumplirse para el otorgamiento de tales permisos. Estos requisitos se refieren por un lado a los espacios físicos a ocuparse, los materiales que se emplean en la construcción, señalización, alarmas, formas de vigilancia personal, capacidad de almacenamiento. Concluimos este apartado al mencionar las características de embalaje y envase que deben cumplir los productos; así como las leyendas que deben contener, para su mejor uso y sobre todo para la observancia de medidas de seguridad.

    Como título Cuarto de la Ley, manejamos lo relativo a la transportación de la juguetería pirotécnica, materia prima y producto terminado; el permiso relativo será otorgado por la Secretaria de Comunicaciones y Transporte, con el visto bueno de la Secretaría de la Defensa Nacional. Se prohibe categóricamente el envío de estos materiales por empresas de mensajería, estableciendo desde luego las obligaciones para el permisionario de portar la carga individual, la factura del remitente, guía de embarque, clases de materias y productos terminados, características, peso total, guía de emergencia y seguro de responsabilidad civil. En este mismo título, el capítulo II se refiere a las medidas de seguridad; entre las que destacan que el cumplimiento de los estándares mínimos señalados por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes de acuerdo con las Normas Oficiales Mexicanas.

    En el título quinto abordamos el aspecto relacionado con el almacenamiento de los productos, en donde manejamos las especificaciones que deben de cumplir los almacenes, mismos que podrán pertenecer a los productores o comercializadores o a la propia Secretaría de la Defensa Nacional, construidas con las medidas del seguridad del caso y el visto bueno del área de protección civil de la entidad federativa.

    En el título sexto nos referimos a la comercialización, con la inclusión de los Tianguis Piromex y una tabla de productos, única en su género que incluye la descripción de 181 productos, que contemplan gran parte de la gama de los juegos pirotécnicos, que además presenta, congruente con el capítulo de disposiciones generales la juguetería y los fuegos artificiales.

    Las características de los Tianguis Piromex, por ubicación, medidas preventivas, equipos de seguridad y emergencia, dimensiones, entre otros, están incluidos en este rubro.

    Existe, desde luego un apartado en lo referente a la importación y a la exportación. En este caso, los requisitos para el otorgamiento de permisos serán los mismos que para los permisos generales, adicionando la obligación de contar con un registro minucioso del proveedor, producto importado, cantidades, características y destino final del producto, además de que cuando el país destinatario tuviera como obligación un registro de importación del producto, deberá exhibirlo el exportador, así como las autorizaciones de su tránsito por otros países, en su caso debidamente certificadas por lo cónsules respectivos.

    El título séptimo se refiere al Control y a la Vigilancia, atribuyendo a la Secretaría de la Defensa Nacional la responsabilidad de controlar, vigilar y supervisar a todas las actividades que se derivan de la Ley de Juegos Pirotécnicos, otorgándole la posibilidad de efectuar inspecciones para corroborar la veracidad de las manifestaciones de los permisionarios.

    Finalmente, en el título octavo, se contemplan las sanciones administrativas, entre las que destacan las multas de 10 a 100 días de multa, para aquellos que incumplan cualquier otra de las obligaciones señaladas en la ley que no configuren delito o de 100 a 5000 días de multa a quien introduzca productos pirotécnicos de procedencia extranjera sin el permiso correspondiente o quien comercialice dichos productos.

    Es así como presentamos los lineamientos generales de la Ley Federal de Juegos Pirotécnicos, que como mencionamos en principio es un esfuerzo de unidad de las normas que determinan la normatividad de la actividad pirotécnica.

    Señoras y Señores Diputados

    Creemos que esta Ley atiende a un reclamo de justicia que se genera como un necesidad de los artesanos pirotécnicos de México para trabajar, de manera ordenada, lícita y honesta en beneficio de nuestro país y de nuestra identidad.

    En virtud de las razones anteriores y con fundamento en los dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los que suscribimos Diputados de la LVII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, sometemos a la consideración de esta H. Asamblea, la siguiente:

    Iniciativa de Decreto de Ley Federal de Juegos Pirotécnicos

    Título Primero
    Disposiciones Generales

    Art. 1. Esta ley es de orden e interés públicos, su objeto es regular la fabricación, almacenamiento, transportación, distribución y comercialización de los juegos pirotécnicos, sin perjuicio de lo que dispongan otros ordenamientos.

    Art. 2. Para los efectos de esta ley, se entenderá por:

    I. Juegos pirotécnicos. Los ingenios de propiedades deflagrantes sonoras, luminosas o calorificas, elaborados a partir de substancias químicas, que de manera artesanal o industrial pueden tener aplicación lícita en diferentes actividades.

    II. Materias primas pirotécnicas. Toda sustancia que por sí sola, mezclada o compuesta, tenga propiedades detonantes, fulminantes, caloríficas, sonoras, gaseosas, luminosas o sea susceptible de emplearse como precursores, así como los instrumentos de la construcción que utilizan substancias químicas para su funcionamiento.

    III. Pirotécnico. Las personas físicas o morales que se dediquen a la fabricación y manipulación de los juegos pirotécnicos.

    Art. 3. Corresponde al Ejecutivo de la Unión por conducto de la Secretaría de la Defensa Nacional en lo relativo a la fabricación, distribución, almacenamiento y comercialización, así como los insumos el control y vigilancia de los juegos pirotécnicos, conforme a las atribuciones respectivas de esta ley y que sus propios reglamentos les señalen. A la Secretaría de Comunicaciones y Transportes tendrá la competencia en lo relativo a la transportación de materias primas y productos terminados en términos de esta Ley e igualmente a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial en lo relativo a la importación y expostación de los mismos.

    Las autoridades de las entidades federativas y municipales tendrán exclusivamente las atribuciones que les señala esta ley.

    Título Segundo
    Clasificación de los Juegos Pirotécnicos

    Art. 4. Para los efectos de esta ley, los juegos pirotécnicos se clasifican en dos grupos:

    I. Artículos de juguetería pirotécnica. Los cuales, por su riesgo menor, serán los que tengan efectos exclusivamente luminoso, calórifico, impulsor, sonoro y deflagrante o de trueno.

    II. Artículos de fuegos artificiales. Los cuales serán de montaje terrestre o aéreo, que tienen las mismos efectos que los artículos enumerados en la fracción anterior y por su riesgo mayor serán operados por expertos en la materia.

    Título Tercero
    De la Producción

    Capítulo I
    Permisos

    Art. 5. Se requiere permiso de la Secretaría de la Defensa Nacional para la fabricación, transportación, comercialización, almacenamiento, distribución, importación, exportación de los productos pirotécnicos, así como de las materias primas utilizadas para su elaboración. La Secretaría de la Defensa Nacional expedirá los permisos numérica y consecutivamente.

    Una copia certificada del permiso permanecerá visible en las instalaciones del núcleo de fabricación o comercialización, debiendo ser respetada por las demás autoridades o entidades federales, estatales o municipales.

    Art. 6 Habrá cinco tipos de permiso, a saber:

    I. Generales. Son aquellos expedidos hasta por un año que se conceden a las personas físicas o morales que realizan las actividades indicadas de manera permanente y podrán ser revalidados previa solicitud 60 días antes de su vencimiento, siempre y cuando subsistan las condiciones que permitieron su expedición.

    II. Particulares. Son aquellos expedidos hasta por seis meses que se conceden a las personas físicas o morales que de manera eventual efectúen las actividades indicadas.

    III. Especiales. Son aquellos expedidos hasta por un mes que se conceden a las personas físicas o morales que realizan actividades indicadas.

    IV. Permiso de importación.

    V. Permiso de exportación.

    Art. 7. Las personas físicas o morales que pretendan dedicarse a las actividades señaladas en el artículo seis de la parte primera, solicitarán a la Secretaría de la Defensa Nacional el permiso correspondiente.

    Art. 8. La Secretaría de la Defensa Nacional designará dos peritos, los cuales formularán el dictamen bajo su estricta responsabilidad para su aprobación, en un plazo no mayor de 30 días después de presentada la solicitud. En caso de no cubrirse los requisitos podrá negar el permiso aludido, entregando copia del dictamen con los fundamentos del caso.

    Art. 9. La Secretaría de la Defensa Nacional deberá resolver la solicitudes de expedición de permisos en un plazo no mayor a 30 días hábiles después de realizada la inspección. Si no diere respuesta en dicho plazo el solicitante acudirá ante la autoridad para solicitar respuesta a su solicitud y si no lo hubiera en un plazo de 10 días se entenderá otorgado.

    Art. 10. Los permisos serán suspendidos o cancelados, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que procedan cuando los permisionarios fehacientemente :

    I. Hagan mal uso de ellos o los transfieran a terceras personas.

    II. Dejar de cumplir los requisitos para su expedición.

    III. Cambien de domicilio, sin autorización expresa de la Secretaría de la Defensa Nacional.

    IV. Realicen actividades adicionales a las del permiso.

    V. Por no contar con el inventario diario de materias primas y producto terminado previsto en esta ley.

    VI. Modifiquen las instalaciones con las cuales se otorgo el permiso sin notificación y autorización previa de la Secretaría de la Defensa Nacional.

    VII. Sean condenados por la comisión de un delito grave cometido en el empleo de artificios pirotécnicos.

    VIII. No presenten el informe periódico mensual establecido en esta ley, sin causa justificada

    IX. Almacenar cantidades de productos de materia prima o producto terminado que exceda el permiso correspondiente.

    Art. 11. A quien se le otorgue un permiso deberá cumplir los requisitos de esta ley, sin perjuicio de las autorizaciones, licencias o permisos que deban de obtenerse de conformidad con otras leyes de carácter federal o estatal y los reglamentos municipales, tales como los relativos a uso de suelo, desarrollo urbano o protección, civil, entre otros.

    Art. 12.- A quien se le otorga el permiso deberá conservar por un término de cinco años toda la documentación relacionada con las operaciones realizadas.

    Art. 13.- A partir de la suspensión de sus actividades en el ramo pirotécnico a quien se le hubiere otorgado un permiso por cualquier causa deberá dar el aviso respectivo a la Secretaría de la Defensa Nacional en un término no mayor de treinta días.

    Art. 14.- A quien se le otorgare un permiso, dará aviso sin dilación alguna a la Secretaría de la Defensa Nacional del extravío, destrucción o robo de los materiales pirotécnicos bajo su responsabilidad, sin menoscabo de su notificación ante el Ministerio Público Federal.

    Art 15.- A quien se le otorgue un permiso, deberá dar todas las facilidades para la inspección y verificación de existencias, actividades y condiciones de seguridad de la materia prima, productos terminados, almacenes, núcleos y vehículos. Estas inspecciones se practicarán previa orden por escrito de la Secretaría de la Defensa Nacional, levantándose un acta circunstanciada y firmada por los que intervengan en ella, dando copia legible al interesado.

    Capítulo II
    De la fabricación

    Art. 16.- Para la fabricación de juegos pirotécnicos se requerirá de un permiso expedido por la Secretaría de la Defensa Nacional, para cuya obtención el interesado deberá cubrir los los siguientes requisitos:

    a) Solicitud que especifique las condiciones físicas del lugar, estructura de la misma y medidas de seguridad del local, ya sea para la fabricación, comercialización y almacenaje. Estas deberán ser verificadas y aprobadas por la Secretaría de la Defensa Nacional con la opinión del área de protección civil del gobierno del estado y del municipio correspondiente.

    b) Copia certificada del Acta de Nacimiento del interesado o acta constitutiva de la sociedad en su caso y constancia domiciliaria expedida por la autoridad municipal respectiva, tanto para el productor como el comercializador.

    c) Explicación detallada de los artículos que se fabricarán o comercializaran, capacidad de producción de la misma y materia prima a utilizarse o comercializarse.

    d) Plano del Conjunto a 500 metros alrededor del sitio elegido para la fabricación; instalaciones de la construcción, especificando los materiales de las mismas; descripción de la maquinaria y equipo a utilizar y almacenes y polvorines para el productor.

    e) Relación y procedencia de la materia prima o de los elementos por utilizar. En caso de ser de importación detallarán los permisos correspondientes, los cuales deberán estar a la vista, para el productor.

    Art. 17.- Para los efectos de este capítulo se establece la clasificación siguiente: I. Talleres A, para la fabricación de productos deflagrantes, truenos o sonoros hasta la cantidad de 1000 kilogramos de substancia química y cantidad máxima de almacenamiento de tres toneladas de productos terminados y cuyo plano de conjunto sea hasta 300 m2.

    II. Talleres B, para juegos pirotécnicos que utilicen materia prima para la fabricación de productos luminosos hasta la cantidad de 3000 kilogramos de substancia química y almacenamiento hasta de 10 toneladas de producto terminado.

    III. Fábricas para la fabricación de juegos pirotécnicos que utilicen materias de más de 1000 kilogramos de substancia química y cantidad de almacenamiento de más de tres toneladas de materias primas y productos terminados y cuyo plano en conjunto sea mayor de 300 metros cuadrados.

    Capítulo III
    De las Materias Primas

    Art. 18.- Para la fabricación de los juegos pirotécnicos se deberá tener el permiso correspondiente de la Secretaría de la Defensa Nacional para el manejo o manipulación de los siguientes productos:

    I. Sustancias químicas relacionadas con explosivos:

    a) Percloratos

    b) Cloratos (Potasio, Bario y Sodio)

    c) Sodio Metálico

    d) Fósforo. (Rojo, blanco, estroncio, potasio)

    e) Magnesio en polvo.

    f) Nitratos. (Bario, estroncio y potasio)

    g) Carburo.

    h) Todas aquellas sustancias químicas que por sí solas sean susceptibles de emplearse como juegos pirotécnicos.

    II. Artificios:

    a) Iniciadores.

    b) Detonadores

    c) Mechas de seguridad

    d) Cordones detonantes

    e) Pirotécnicos y,

    f) Cualquier instrumento, máquina o ingenio con aplicación al uso de juegos pirotécnicos

    Art. 19.- El vendedor de materias primas deberá entregar constancia de que son sustancias químicas sujetas al control anexando la siguiente documentación: a) Certificado de calidad de los productos expedidos.

    b) Hoja de seguridad de los productos expedidos.

    c) Cumplir con lo dispuesto por las normas NOM - 003 - 004 - 005 - 009 - 010 - 011 - 024 - SCT 2/94

    d) Especificará las medidas necesarias para evitar la contaminación de los productos.

    e) Contará con personal capacitado para llevar a cabo estas medidas de seguridad e higiene.

    Art. 20.- Deberá ejercerse un control riguroso de las materias primas y productos terminados que introduzcan o extraigan de cada núcleo de producción, llevando un inventario diario por escrito de los saldos resultantes.

    Capítulo IV
    De las Instalaciones

    Art. 21.- La fabricación de los productos pirotécnicos sólo podrá efectuarse en las fábricas y talleres previamente autorizados por la Secretaría de la Defensa Nacional, conforme a las normas del presente capítulo.

    Art. 22.- Las fábricas y talleres no podrán ser establecidas, modificadas substancialmente ni trasladadas sino en virtud de autorización expresa de la Secretaría de la Defensa Nacional.

    Art. 23.- Quien se proponga establecer un núcleo de fabricación de artificios pirotécnicos deberán entregar a la Secretaría de la Defensa Nacional:

    I. Memoria descriptiva con detalle de los productos que se proyecte fabricar, medios de fabricación que hayan de emplearse, capacidad máxima de producción y producción efectiva anual prevista.

    II. Plan de prevención de accidentes e informe de seguridad.

    III. Plano de implantación de las instalaciones y plano topográfico, en que figure el emplazamiento del núcleo y los terrenos limítrofes en radio de un kilómetro como mínimo.

    Art. 24.- Los núcleos de producción en que se contengan o manipulen juegos pirotécnicos deberán cubrir los siguientes requisitos: I. El área mínima requerida para el núcleo de producción y polvorín de producto terminado será de 12 metros cuadrados, cada uno. La distancia mínima entre cada uno de ellos será de 30 metros y la distancia de éstos con respecto a casa habitación será de 150 metros, siendo ésta la de mayor consideración. Se hallarán en su totalidad, dentro de un recinto con cerramiento adecuado dotado de un corredor exterior, constituido por una franja de terreno de al menos tres metros de anchura, enteramente despejado de tal forma que facilite la efectiva vigilancia y protección.

    II. Dentro del recinto del núcleo deberá haber áreas con señalización propia para el almacenamiento de materias primas, productos intermedios y productos terminados.

    III. El núcleo de producción deberá ser construido de la siguiente forma:

    a) Muros: de block, ladrillo o adobe

    b) Pisos: De tierra, utilizando tarimas de madera. Las paredes de los núcleos de fabricación deberá constituirse con una superficie unida, sin grietas o fisuras, de fácil limpieza.

    c) Techo: lámina de asbesto, con una altura de 1.90 metros como mínimo.

    III. En un radio de 500 metros habrá la señalización adecuada para indicar que en la zona se manipulan o se depositan productos pirotécnicos.

    IV. Los núcleos de producción deberán ser locales, cuya construcción se realizará en función de las distancias de otras edificaciones, no menor de 500 metros.

    V. Los núcleos de fabricación contendrán en todo caso una alarma acústica en la caseta de vigilancia, que en caso de siniestro alerte hasta en un radio de 500 metros.

    VI. Los pasillos deberán ser marcados conforme a cada función a realizar. Las redes conductoras de energía eléctrica, los equipos eléctricos y los accesorios se instalarán con sistemas aislantes y la protección correspondiente.

    Estará estrictamente prohibido almacenar materiales distintos a los propios del núcleo de fabricación y que estén asentados en el inventario correspondiente, habiendo señales para la prohibición de fumar, encender fuego, almacenar materiales inflamables y uso de equipos electrónicos provocadores de chispa.

    VII. Deberá contar con un extintor por cada 500 kilogramos de materia prima. Y en los vehículos que los transportan por cada 1500 kilogramos.

    VIII. Contar con una caseta de vigilancia las 24 horas del día para la seguridad en el núcleo a fin de evitar cualquier accidente o robo, cuando haya existencias.

    IX. La capacidad máxima de almacenamiento de un taller no podrá exceder de 1000 kilogramos de sustancia pirotécnica. Podrán disponerse, además, pequeños almacenes auxiliares para pólvoras, materias o mezclas pirotécnicas u otras materias primas hasta por 50 kilogramos y otras materias primas necesarias para su funcionamiento.

    Art. 25.- Cada taller designará semestralmente a un encargado para capacitarse profesionalmente en las instalaciones que exprofeso establezca la Secretaría de la Defensa Nacional para el manejo de la materia prima.

    Esta expedirá periódicamente constancias de acreditamiento de los conocimientos básicos de los encargados.

    Art. 26.- El personal que opere en un taller deberá ser advertido por el responsable del mismo de los riesgos de su tarea y le informará sobre las precauciones que debe adoptar, entregándole un listado de las normas mínimas del funcionamiento del taller. En la manipulación de materias primas o productos terminados a menores de edad se estara a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo.

    Art. 27.- Los productos terminados, conforme al catálogo del artículo 50 de esta ley, para su puesta en el mercado habrán de estar debidamente acondicionados para su mejor conservación y a efecto de seguridad en su utilización y traslado de acuerdo con el Código de Colores y de envases que dispone el reglamento de esta ley. El acondicionamiento del producto terminado siempre se efectuará mediante envases o embalajes salvo lo dispuesto en el reglamento correspondiente.

    Art. 28.- Para efectos del artículo precedente el envase es el recipiente o recinto de retención destinado a recibir materias u objetos y el embalaje, la protección externa con que, en su caso, se dota a los envases.

    Cada embalaje deberá traer adherida una etiqueta numerada, que indique qué artículo de juego pirotécnico es, el producto, especificando su nombre técnico o comercial, materias primas utilizadas, medidas de protección y de seguridad para su manipulación, dirección, teléfono y número de permiso del fabricante, cantidad que contiene cada envase y embalaje y la leyenda "para su venta al público sólo mayor de 18 años".

    Asimismo deberán figurar las marcas, colores y señalización que indica el reglamento y en todo caso deberá figurar la frase "Riesgo de explosión, por choque fricción o fuego" y "protéjase de fuentes de calor", "no fumar" y "para su uso bajo la supervisión de un adulto"

    Art. 29.- Los primeros diez días de cada mes, el permisionario deberá rendir a la Secretaría de la Defensa Nacional un informe respecto a las operaciones realizadas, durante el mes anterior, que contenga los datos siguientes:

    a) Saldos del último informe.

    b) Compras efectuadas, con la anotación del nombre o razón social y número de permiso de los proveedores.

    c) Producción terminada y copia de la nota de remisión foliadas de las ventas realizadas, especificando nombre y domicilio de los compradores.

    d) Existencias para el mes siguiente.

    Título Cuarto
    De la Transportación

    Capítulo I
    De los Permisos

    Art. 30.- El permiso de transportación se otorgará por la Secretaría de Comunicaciones y Transporte. Igualmente la Secretaría de la Defensa Nacional pasará inspección a los vehículos dedicados al transporte especializado del ramo, sin costo para el transportista.

    Los permisionarios deberán exigir a quien contrate sus servicios, una copia del permiso por el que la Secretaría de la Defensa Nacional les autorice el manejo tanto de la materia prima como de los productos terminados.

    Art. 31.- En ningún caso se permitirá el envío de materias primas o producto terminado mediante las empresas de mensajería, ya sean de servicio público o privado.

    Art. 32.- Será requisito para obtener autorización para el transporte de estos productos, el permiso de materiales y residuos peligrosos que extiende la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para vehículos.

    Art. 33.- El transportista deberá portar por cada carga individual la factura del remitente, guía de embarque que especifique el destinatario, clases de materias y productos terminados, características, peso total bruto y neto y número de bultos o paquetes en que se envían los mismos, bitácora, guía de emergencia y seguro de responsabilidad civil.

    Art. 34.- Otorgado el permiso, previa verificación que cubre las normas establecidas por la Secretaría de la Defensa Nacional y por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y las demás leyes correspondientes, no importando el modelo del vehículo podrá transportar el producto.

    Capítulo II
    De las medidas de seguridad

    Art. 35.- El vehículo empleado para la transportación de materia prima o productos terminados deberá tener las siguientes características:

    a) Contar con caja cerrada o camper en el caso de camioneta.

    b) El interior de la caja o camper deberá estar forrado de un material aislante

    c) Cumplir con las normas de seguridad establecidas por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

    Art. 36.- Todo vehículo deberá además deberá contar con los rombos con la nomenclatura de la ONU.

    Título Quinto
    Del almacenamiento

    Art. 37.- Los productores o comercializadores estarán a lo estipulado en el artículo 23, fracción IX, y los comercializadores podrán almacenar materia prima o productos terminados hasta 50 kilogramos y la cantidad restante la podrán depositar a resguardo en los almacenes taks o bodegas de la Secretaría de la Defensa Nacional.

    Art. 38.- La Secretaría de la Defensa Nacional instalará almacenes taks o bodegas de materia prima o productos terminados en áreas específicas para su resguardo, ya fueran construidas por los productores o por la misma dependencia, con las medidas de seguridad del caso y el visto bueno del área de protección civil de la entidad.

    Art. 39.- Los almacenes taks construidos por la Secretaría de la Defensa Nacional o por productores o comercializadores deberán contar con un permiso especial expedido por la Secretaría de la Defensa Nacional donde expresaran las cantidades máximas de almacenamiento permitido. Los usuarios han de satisfacer los gastos de administración de estos locales, previa la expedición del instructivo para su funcionamiento y de la tarifa correspondiente.

    Art. 40.- Los productores o comercializadores no podrán estrictamente almacenar mayor cantidad del producto para su comercialización al público fuera de lo establecido en el artículo 38.

    Título Sexto
    De la Comercialización

    Capítulo I
    De los artículos de espectáculos

    Art. 41.- Para la comercialización al mayoreo y menudeo de juegos pirotécnicos, se deberá tramitar el permiso correspondiente ante la Secretaría de la Defensa Nacional, adjuntando los requisitos previstos en los incisos b) y c) del artículo 16 de la presente ley.

    Art. 42.- Para la utilización de artículos pirotécnicos especificados en el artículo 4, fracción II, el productor o comercializador deberá tramitar los permisos; uno expedido por la autoridad municipal correspondiente donde especifique el lugar de la colocación de los artificios; el área de seguridad alrededor de los mismos; los materiales y la cantidad que se utilizara y el otro permiso especial expedido por la Secretaría de la Defensa Nacional o la zona militar correspondiente que determine tipo de productos, cantidades y condiciones.

    Art. 43.- Sólo podrá realizarse el espectáculo cuando el proveedor se responsabilice de enviar una persona capacitada para manipular los artículos de pirotecnia con el apoyo de ayudantes.

    Art. 44.- El sitio de la descarga y exhibición deberá tener señalización previa y estar restringido el paso antes y durante el evento.

    Art. 45.- La distancia mínima existente entre el montaje terrestre y tanques de almacenamiento de sustancias inflamables deberá ser de 100 metros y esta aumentará a 200 metros cuando el dispositivo terrestre este provisto con unidades propulsoras y de sonido.

    Art. 46.- La línea de vuelo de los artículos aéreos deberá estar libre de todo obstáculo.

    Art. 47.- Antes de efectuarse el evento, el proveedor será responsable de inspeccionar que los morteros no tengan obstrucciones, hormas dobladas e interiores dañados. Sólo podrán utilizarse morteros provistos con base rígida, que no permitan la oxidación de éstos o que se caigan.

    Art. 48.- Tabla de distancias desde los puntos de disparo de artículos de pirotecnia aéreos hasta la zona de ubicación del público:

    Clase del Artículo         Diámetro         Distancia Mínima

    En general                         100 mm                  20 metros
    En general                 De 100 a 125 mm         5 metros
    En general                 De 125 a 150 mm       40 metros
    En general                 De 150 a 200 mm         60 metros
    En general                 De 200 a 250 mm         80 metros
    En general                 De 250                             100 metros
     

    Capítulo II
    De los artículos de juguetería

    Art. 49.- Las personas físicas o morales que pretendan dedicarse a la compra venta de artificios de juguetería pirotécnica para el entretenimiento y uso directo del público consumidor. Deberán solicitar un permiso ya sea general, particular o especial según sea el caso conforme lo establecido en el artículo 6 de esta ley.

    Art. 50.- Los artículos de juguetería pirotécnica serán fabricados y catalogados para su venta directa, conforme la siguiente tabla:

    Clave del producto Nombre Comercial Para su venta

    010
    011
    012
    013
    014
    015
    016
    017
    018
    019
    020

    Art. 51.- Los comercializadores de mayoreo dispondrán de un área en los almacenes taks para distribuir sus productos a los comercializadores al menudeo con su transportación a cargo del mayorista en cantidades superiores a 30 kilogramos. El comercializador al menudeo podrá transportar bajo su propio riesgo hasta 30 kilogramos de producto terminado.

    Art. 52.- Para la comercialización al menudeo de estos productos deberán instalarse en lugares expresamente fijados por la autoridad municipal correspondiente con la aportación de los comercializadores y el permiso de la Secretaría de la Defensa Nacional.

    Art. 53.- Estos centros denominados Tianguis Piromex, para la compraventa de la juguetería pirotécnica al detalle deberán cubrir las siguientes características:

    a) Se ubicarán por la autoridad de protección civil municipal correspondiente en sitios alejados de zonas densamente pobladas, así como a distancias adecuadas a vías de comunicación.

    b) Deberá presentarse un estudio de impacto de riesgos, medidas preventivas, equipos de seguridad y emergencia y de programas de realización de simulacros, por el área de protección civil de la comunidad.

    c) Croquis acotado con señalamientos con puntos de referencia, así como proyectos detallados de la forma de asegurar que dichas instalaciones son adecuadas, indicando las medidas previstas para evitar accidentes y robos.

    d) Cada centro de comercialización deberá contar con locales o vitrinas con dimensiones no mayores a 3 metros por tres metros, separados uno del otro por un metro de distancia. Habrá señalización de pasillos peatonales. Una distancia no mayor de 20 metros uno de otro se instalarán extintores propios para el producto, areneros con un monto de 150 metros cúbicos, y tambos de 200 litros de agua. Finalmente dentro del centro se instalará una alarma acústica que tendrá centros de reporte en diversas áreas del predio e) Dentro del área de establecimiento de un Tianguis Piromex, deberá instalarse un área de emergencias médicas, con una ambulancia y carro de bomberos. Art. 54.- Los productores o comercializadores podrán ellos y sus familias contar con los servicios médicos prestados por la autoridades de salud de la localidad, previo convenio entre las partes.

    Art. 55.- Cualquier persona física o moral que comercialice cualquier cantidad de productos pirotécnicos sin permiso expreso de la Secretaría de la Defensa Nacional será acreedor a la clausura y decomiso del producto, independientemente de lo establecido en el artículo ........ del Código Penal Federal y en el 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.

    Art. 56.- Se levantará un padrón de comercializadores, mismos que tendrán a la vista el permiso particular o especial expedido por la Secretaría de la Defensa Nacional y se sujetarán a las siguientes reglas:

    I. Se podrá comercializar y tener en depósito dentro del local previsto hasta la cantidad de 50 kilogramos

    II. Deberá haber un inventario por escrito de la clase de juguetes pirotécnicos y de los juegos artificiales indicando el proveedor del producto.

    III. En todo caso se llevará una nota de remisión simple del vendedor y del comprador para especificar el egreso del producto.
     

    Capítulo III
    De la importación y exportación

    Art. 57.- Para obtener el permiso establecido en el artículo 6, fracción IV, además de cubrir los requisitos que marca el artículo 16 incisos b), c), y e), sin perjuicio de que los interesados se sujeten a las demás disposiciones aplicables, deberán:

    a) Solicitar la verificación de un interventor de la Secretaría de la Defensa Nacional en la aduana correspondiente para su traslado y depósito en un almacén taks.

    b) El importador deberá contar con un registro minucioso del proveedor, producto importado, cantidades, características y destino final del producto.

    c) Cuando los artículos de importación excedan de la cantidad autorizada o no coincidan con las especificaciones en el permiso correspondiente, el producto será decomisado por la Secretaría de la Defensa Nacional, independientemente de las sanciones a que haya lugar.

    Art. 58.- La comercialización de productos pirotécnicos de procedencia extranjera, sin el permiso previo por la Secretaría de la Defensa Nacional y las autoridades correspondientes, además del decomiso y cancelación del permiso se le aplicará lo establecido en el Código Penal Federal y el relativo en el Código Federal de Procedimientos Penales, especificando el agravante de acopio de explosivos.

    Art. 59.- Para obtener el permiso establecido en el artículo 6, fracción V, además de cubrir los requisitos que marca el artículo 16 incisos b), c), y e), sin perjuicio de que los interesados se sujeten a las demás disposiciones aplicables, deberán:

    a) Solicitar la inclusión en el Padrón de Exportadores de la Secretaría de la Defensa Nacional de la persona física o moral que se pretenda dedicar a esta actividad.

    b) Solicitar la verificación de un interventor de la Secretaría de la Defensa Nacional en la aduana correspondiente.

    c) El exportador deberá contar con un registro minucioso del producto exportado, cantidades, características y destino final del producto.

    d) Cuando el país destinatario tuviera como obligación un registro de importación del producto, deberá exhibirlo el exportador, así como las autorizaciones de su tránsito por otros países, en su caso debidamente certificadas por los cónsules respectivos.

    Art. 60.- La Secretaría de la Defensa Nacional dispondrá de un padrón de exportadores de productos pirotécnicos asignándoles un número de registro para todas sus actividades.

    Art. 61.- Cuando hubiere productos de importación o exportación que en la aduana correspondiente no cubran los aranceles previstos en las leyes correspondientes, los productos quedarán en custodia de la Secretaría de la Defensa Nacional, para lo establecido en el párrafo segundo del artículo 66 de esta ley

    Título Séptimo
    Control y Vigilancia

    Art. 62.- La Secretaría de la Defensa Nacional será la entidad responsable de controlar, vigilar y supervisar todas las actividades a que se refiere esta ley, sin perjuicio de las atribuciones que competen a otras actividades, federales, estatales, municipales y del Distrito Federal, las cuales deberán informar a dicha dependencia sobre cualquier acto de control y vigilancia que lleven al cabo.

    Para dicho efecto, a través del Reglamento de esta Ley la Secretaría de la Defensa Nacional dictará y efectuará las medidas de control, vigilancia, supervisión, seguridad e información que deben observar los permisionarios y usuarios.

    Art. 63.- La Secretaría de la Defensa Nacional podrá llevar a cabo las inspecciones necesarias, previa orden que para tal efecto sea expedida para corroborar la veracidad de las manifestaciones de los permisionarios que les hayan presentado y la existencia y permanencia de las condiciones de fabricación, transportación, almacenamiento, comercialización, importación, exportación, señaladas en el permiso, en esta ley y su reglamento.

    Art. 64.- En ningún caso los productos pirotécnicos serán motivo de adjudicación judicial o administrativa por autoridad distinta a la Secretaría de la Defensa Nacional.

    Art. 65.- La Secretaría de la Defensa Nacional podrá suspender sin juicio previo cuando la entidad correspondiente lo declare, en caso de guerra o alteración del orden público.

    Art. 66.- La Secretaría de la Defensa Nacional o cualquier autoridad inmediata pondrá en aseguramiento cualquier producto pirotécnico cuando considere que los productos ponen en riesgo la seguridad física de las personas o sus propiedades. El aseguramiento definitivo de los juegos pirotécnicos estará a cargo de la autoridad judicial y del Ministerio Público Federal. Los objetos asegurados serán resguardados y administrados por la Secretaría de la Defensa Nacional, quien los deberá recibir, registrar, custodiar y conservar hasta la resolución definitiva.

    En caso de productos decomisados o abandonados, se sujetará a las disposiciones y procedimientos de la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados.

    Art. 67.- La autoridad o particular que tenga conocimiento de alguna actividad ilícita relacionada con los productos pirotécnicos, en el caso de la primera podrá retenerlas y ambos dar aviso inmediato a la Secretaría de la Defensa Nacional, la autoridad judicial o el Ministerio Público Federal.

    Art. 68.- La inutilización total o parcial y destrucción de los artificios pirotécnicos se realizará conforme a los procedimientos que señala el Reglamento de esta ley, cuando:

    a) Lo solicite su propietario por causa justificada.

    b) Estando bajo su dominio lo considere necesario

    c) Representen un peligro considerable por su alta peligrosidad o para la paz pública, cuando lo determine la autoridad judicial.
     

    Título Séptimo
    Sanciones administrativas

    Art. 69.- Independientemente de lo establecido en el Código Penal Federal y en el respectivo Código de Procedimientos Penales Federales serán sancionados con 10 a 100 días de multa:

    a) Quienes posean con el ánimo de comercialización productos pirotécnicos sin el permiso correspondiente más de 10 kilogramos.

    b) Quienes alteren o den datos falsos en los permisos correspondientes

    c) Quienes incumplan cualquier otra de las obligaciones señaladas en esta ley o en su reglamento que no configuren un delito.

    Art. 70.- Será sancionado con 100 a 5000 días de multa a: a) Quien introduzca productos pirotécnicos de procedencia extranjera sin el permiso correspondiente.

    b) Quien comercialice dichos productos.

    Art. 71.- El Ministerio Público Federal, las autoridades judiciales o la Secretaría de la Defensa Nacional, turnarán el caso a la autoridad administrativa local competente para la imposición de las sanciones administrativas a que se refiere este título.

    Artículos Transitorios

    Art. 1.- Se derogan, en lo concerniente la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos de fecha ?

    Art. 2.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Palacio Legislativo de San Lázaro
    a 11 de Noviembre de 1999.

    Por el grupo parlamentario de Acción Nacional

    Dip Javier Paz Zarza
     
     
     

    CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LA FRACCION II DEL ARTICULO 116 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DEL C. DIP. ABRAHAM BAGDADI ESTRELLA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA

    Exposición de Motivos

    Durante el último cuarto de siglo los mexicanos hemos logrado avances sustanciales en el tránsito hacia un sistema electoral plenamente democrático, en donde la compleja, cambiante y plural voluntad política de los ciudadanos mexicanos se reconozca de manera cada vez más exacta y eficaz en el proceso de constitución del poder público.

    Así, hemos hecho al sistema político transformarse en los temas cruciales del respeto al voto ciudadano, de las garantías de legalidad en todos los momentos de los procesos electorales, y de la apertura del poder público a la sociedad.

    En este último aspecto, la sociedad mexicana, cada vez más plural, ha demandado la incorporación de esta diversidad en la conformación de los órganos colegiados de poder del Estado.

    Esta misma Cámara ha visto como consecuencia, modificadas las normas que rigen su integración en diversas ocasiones para, con avances y retrocesos, trazar una clara tendencia hacia el perfeccionamiento de la proporcionalidad en su conformación. La Cámara de Diputados

    Hasta 1961 la representación nacional se integró sólo con diputados electos uninominalmente, excluyendo sistemáticamente el voto de un número cada vez más importante de ciudadanos que, sin alcanzar mayoría en los distritos electorales de aquel momento, eran ya una proporción significativa de los votantes.

    Las reformas de 1963, si bien permitieron el acceso sistemático a la Cámara de las minorías electorales, no superaron el esquema conceptual según el cual la representación emanaba de las elecciones uninominales, definidas como mayoritarias. La nueva vía de acceso a la Cámara de Diputados, los diputados de partido, fueron desde el nombre mismo concebidos como un elemento marginal a la representación nacional, como un elemento de pluralización más bien artificial, de dicha representación: si los diputados electos uninominalmente representaban la voluntad popular, los de partido no representaban más que eso, a partidos políticos minoritarios que por esa vía ejercían presión para la obtención de cargos que, en la realidad, no habían ganado en las urnas. Las diputaciones de partido se incorporaban conceptualmente como parte de la lógica corporativa y de presión de grupos, característica del Estado mexicano, soslayando la representación social que en su momento incorporaron a esta Cámara.

    La reforma electoral de 1977 estableció por primera vez un principio electivo general distinto al de mayoría relativa y, desde luego, al principio compensatorio de los diputados de minoría. Así, incluyó un 25 por ciento de integrantes de la Cámara a ser elegidos por el principio de representación proporcional.

    Sin embargo, el diseño electivo de los nuevos diputados mantuvo consigo algunos de los elementos sustanciales característicos de la concepción de los diputados de minoría, como reducir su asignación a los partidos minoritarios, definidos como aquellos que obtuvieran menos de sesenta triunfos uninominales, o como desvincular el nuevo principio de la proporcionalidad en la integración del conjunto de la Cámara. Las reformas inmediatamente posteriores no modificaron estas características.

    No es sino hasta la reforma electoral de 1986, que incluyó un nuevo crecimiento en el número de integrantes de la Cámara de diputados, cuando se concibió al principio de representación proporcional como parte constitutiva en la integración de la representación nacional, eliminando de ésta la sobre y la sub representación, con la sola salvedad de la que, en el triste capítulo de 1989, vino a denominarse "cláusula de gobernabilidad".

    A partir de aquel año, las leyes han sostenido un privilegio constitutivo a las elecciones uninominales, favoreciendo la sobrerrepresentación de quien mayor éxito territorial demuestre en las urnas, siendo el número de triunfos distritales de mayoría relativa el principal determinante de la presencia de un partido en esta Cámara, por encima del total de votos obtenido en la nación en su conjunto, generando sistemáticamente fenómenos de sub y sobrerrepresentación de las diversas fuerzas políticas.

    Esta sobrerrepresentación sistemática ha sido, evidentemente, uno de los elementos de preocupación constante en el proceso mexicano de transición. Como resultado se le han impuesto diversas limitantes que alcanzaron, en 1996, su estado actual: Si bien no ha sido eliminada en el diseño de la representación nacional, si se ha limitado a un máximo de un 8 por ciento, existiendo una clara demanda social por eliminar aún ese margen.

    Las legislaturas locales

    La transformación de los principios electivos de la representación nacional ha influido, de manera natural, en la redefinición de los principios de integración de las legislaturas locales. Sin embargo, el ritmo de los avances en este renglón ha sido notablemente inferior al federal.

    En 1977, el texto constitucional incluyó, por primera vez para los congresos locales, un principio electivo distinto al de la mayoría relativa, al establecer: "De acuerdo con la legislación que se expida en cada una de las entidades federativas se introducirá el sistema de diputados de minoría en la elección de las legislaturas locales [?]". De esta manera, los diputados de minoría eran constitucionalmente establecidos 14 años después que para la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, y en el preciso momento en que para ésta se establecían ya los diputados de representación proporciona1.

    Si bien el texto relativo fue modificado en 1987, y trasladado al artículo 116, su contenido permaneció intacto hasta 1996.

    En este último año, fue finalmente eliminada la figura de diputados de minoría para incluir, 19 años después que a nivel federal, el principio de representación proporcional. El nuevo texto establece: "Las legislaturas de los Estados se integrarán con diputados electos por los principios de mayoría relativa y de representación proporcional, en los términos que señalen sus leyes .

    Paralelamente a la evolución de las disposiciones constitucionales en la materia, los Congresos locales han desarrollado los principios y mecanismos de su integración de forma diversa y desigual.

    Es a través de esa diversidad que los Estados federados han plasmados sus diferencias socioeconómicas, políticas, históricas y culturales en normas que les permiten transitar por rutas varias en procesos múltiples de democratización. Esta diversidad esta presente, por ejemplo, en los mecanismos de elección de diputados de representación proporcional, en el uso o no de circunscripciones plurinominales o en los procedimientos contenciosos, sin representar otra cosa que formas distintas de dar solución a problemas semejantes.

    No podemos afirmar lo mismo de las desigualdades, definidas por limitar el acceso pleno a derechos fundamentales a amplios sectores ciudadanos. De esta manera podemos encontrar, junto con una tendencia general al desarrollo de la proporcionalidad, la subsistencia inconstitucional de la cláusula de gobernabilidad, sobrerrepresentación sistemática de hasta un 20 por ciento, predominancia excesiva del principio de territorialidad, subsistencia del principio de diputados de minoría, y otros mecanismos de deformación de la representación soberana de los estados.

    En términos generales, las reformas constitucionales de 1977 y 1996 tan sólo adecuaron el texto constitucional a lo que ya era disposición legal en la mayoría de las constituciones particulares. Sin embargo, alcanzaron a tener un efecto legal directo en estados con legislaciones particularmente atrasadas, ampliando significativamente el acceso de sus ciudadanos al derecho básico de elegir a sus representantes locales. Simultáneamente, las reformas constitucionales referidas redefinieron y afinaron, adicionalmente, el espacio de debate inmediato posterior en torno a los mecanismos y principios de elección de los legisladores locales.

    En el presente, en todos los estados de la Federación predomina numéricamente el principio de mayoría relativa en la integración de las legislaturas locales, y si bien en la mayoría de ellos la proporción de los diputados electos por este principio y los electos por el de representación proporcional es análoga a la establecida para el Congreso de la Unión (60 por ciento de mayoría relativa y 40 por ciento de representación proporcional), en varios estados la proporción de diputados de representación proporcional es aún menor.

    Por otra parte, en la mayoría de las entidades federativas, donde no subsiste inconstitucionalmente una cláusula de gobernabilidad, prevalecen mecanismos de asignación de diputados de representación proporcional que subordinan este principio no sólo al de mayoría relativa, sino incluso al constitucionalmente extinto principio de diputados de partido, favoreciendo estructuralmente la sobre y la sub representación en la conformación de las legislaturas locales.

    La democratización de los espacios políticos estatales encuentra así obstáculos ya superados a nivel federal.

    Hacia una reformulación de la representación legislativa

    La legitimidad que hasta hoy se ha dado a la dominancia numérica y funcional del principio de mayoría relativa sobre el de representación proporcional parte, por un lado, de condiciones históricas particulares y superadas y, por otro, de concepciones equivocadas sobre la representación legislativa y sobre la naturaleza y beneficiado de los derechos en pugna.

    En lo histórico, la preeminencia del principio de mayoría relativa se origina en los momentos en que el dominio del espacio electoral por una sola fuerza política era de grado tal que un conjunto de diputados electos exclusivamente por el principio de mayoría relativa representaba sistemáticamente votaciones mayoritarias superiores, y en ocasiones muy superiores, al 90 por ciento del total de electores. En esas condiciones, el reclamo de la vía uninominal como la vía plena de la representación nacional sólo podía ser débilmente objetado.

    Los números de hoy son, sin embargo, notoriamente distintos. En 1997 -año en el que esta LVII Legislatura fue electa- las votaciones mayoritarias de los trescientos distritos electorales federales, consideradas independientemente del partido que la hubiera obtenido, suman un total de 29,224,741 votos, es decir, tan sólo el 46 por ciento de los votos válidos. En veinte años, la representatividad de la vía uninominal, en esos términos, se ha visto reducida, al menos, a la mitad.

    Las cifras en la conformación de la mayoría de las legislaturas locales son semejantes.

    En lo funcional, la concepción del principio de mayoría relativa como preeminente respecto al de representación proporcional tiene una evidente raíz en el carácter territorial de la elección de los diputados electos por ese principio. Se concibe así la representación como vinculada al territorio donde es votada, de modo tal que el electo resultaría representante de todos los ciudadanos del territorio donde fue electo, independientemente de que hayan votado por él o no, pero no lo sería de los ciudadanos de otros distritos.

    La tradición constitucionalista ha planteado, sin embargo, otra perspectiva para este problema, desde la cuál todos los diputados son representantes del pueblo en su conjunto, y no tan sólo de aquellos ciudadanos que en lo concreto sufragaron en su favor, o de quienes lo hicieron en la demarcación territorial en que fueron votados.

    Esta perspectiva no sólo ha fundado su legitimidad en las concepciones teóricas más acabadas sobre la naturaleza de la representación parlamentaria sino que, adicionalmente, encuentra claros referentes empíricos en la práctica política diaria de nuestro país. En México, como en muchas otras naciones, las grandes propuestas políticas de la sociedad se han venido definiendo mucho más en términos de programas demandas enarbolados por partidos y otros actores políticos de acción nacional, que en términos de demandas vinculadas a los votantes de regiones particulares.

    Más por el contrario, importantes temas locales o regionales, que han alcanzado relevancia nacional, han sido sistemáticamente enfocados desde distintas perspectivas nacionales que no se encuentran resueltas a nivel local y que en el país en su conjunto encuentran contraposiciones semejantes.

    El debate sobre los principios electivos de las legislaturas puede sin embargo clarificarse, al menos parcialmente, a partir de la redefinición de los derechos que en el proceso se ven involucrados y de la residencia de su titularidad.

    Las legislaciones han considerado, generalmente, el problema de los principios de integración de las legislaturas, como el problema de la articulación de los intereses y derechos de los actores políticos en disputa por la representación nacional. Esta concepción tiene una clara expresión, por ejemplo, en el establecimiento, ya referido, de diputaciones destinadas a dar acceso sistemático a la representación a las minorías electorales bajo la forma de las así llamadas diputaciones de partido; o en la cláusula de gobernabilidad que, en sentido inverso, concede a una minoría electoral la calidad de mayoría parlamentaria.

    El debate se ha centrado, en sus momentos críticos, en la articulación de los derechos de los partidos políticos acceder a la representación, única forma concreta del derecho a ser votado, en función de la legitimidad que a sus encontrados derechos de representación política reconozca el legislador, privilegiando uno u otro principio electivo, en las diversas situaciones políticas concretas. Sobre estas bases, y a falta de un criterio rector estable posible en la disputa de intereses entre iguales, el debate parecería irresoluble.

    Sin embargo, si el problema es considerado desde la perspectiva del elector, es decir, fundamentalmente como una consecuencia del derecho a votar, adquiere de inmediato una nueva dimensión en la cual el objetivo del diseño de los principios de integración de las legislaturas no podrá legítimamente ser otro que el de garantizar a todos los ciudadanos acceso igualitario al ejercicio del derecho a elegir.

    Cualquier otra cosa resulta poco razonable.

    Sobre esta base, indiscutible en nuestra opinión, es necesario discutir ampliamente las características que a las representaciones estatales importa hoy la preeminencia del principio de mayoría relativa en la integración de las legislaturas locales y el papel que al respecto pueden jugar otros principios electivos.

    El primer elemento sustancial en este sentido ha sido ya señalado: la proporción de votantes que en términos generales se requieren para llevar a una legislatura al total de los electos por mayoría relativa en distritos electorales es ya sistemáticamente menor al 50 por ciento. Si consideramos que sólo de manera excepcional los electos por esta vía son menos del 60 por ciento de la legislatura correspondiente se hace evidente, primero, que estructuralmente se favorece que las mayorías parlamentarias sean decididas por minorías electorales y, segundo, que en consecuencia no existen ya elementos de realidad que permitan demostrar la suficiencia del principio de mayoría relativa como vía fundamental de la representación social en su conjunto. Esto es, el principio efectivo de la mayoría relativa no puede más reclamarse como elemento central de representación, de modo tal que incluso su combinación con otros principios electivos deba realizarse sobre la base de su dominio del conjunto.

    En términos del ejercicio del derecho a votar -y a votar en términos de igualdad, única base posible para que el voto universal sea una realidad- el voto ejercido por cada ciudadano debe de tener la misma fuerza de decisión en la conformación de la representación estatal. O lo que es lo mismo, a cada ciudadano debe corresponder uno y sólo un voto.

    El fallo de la Suprema Corte emitido sobre la materia en 1998, a través del cual se declaran inconstitucionales las "cláusulas de gobernabilidad" en la integración de las legislaturas tiene sin duda una de sus bases en la consideración de la igualdad del voto, obligado punto de partida en la concepción del principio de representación proporcional. De acuerdo con este fallo, la fuente de una mayoría parlamentaria tiene que encontrarse en la proporción de votos emitidos por cada opción electoral y no en una fórmula legal que convierta de manera automática una minoría de votos en una mayoría de curules.

    Sin embargo, han sobrevivido en las legislaciones estatales formas menos directas de deformación de la proporcionalidad que las establecidas por las "cláusulas de gobernabilidad", generando el mismo efecto. Estas formas son, principalmente:

    La asignación de las diputaciones de representación proporcional de forma independiente a la proporción de curules que cada partido obtenga en el conjunto de la legislatura, de modo que la desproporción de representación obtenida por triunfos de mayoría relativa logrados con votaciones minoritarias se conserva para el conjunto.

    La subsistencia de fórmulas legales diversas que garantizan que minorías electorales decidan la mayoría de los integrantes de la generalidad de las legislaturas, dejando a la mayoría de los electores la decisión sobre la minoría de la asamblea.

    La sistemática confusión entre el principio electivo de la representación proporcional y los mecanismos concretos para su aplicación.

    De este modo, la generalidad de los mexicanos estamos sometidos hoy a un régimen de desigualdad sistemática en nuestras representaciones estatales, en virtud de la cual las minorías electorales deciden la conformación de las mayorías legislativas, en tanto que a la mayoría de los ciudadanos sólo se le permite decidir sobre la conformación de las minorías legislativas.

    De esta suerte, en no pocos casos las soberanías estatales se encuentran hoy dominadas por fuerzas políticas que resultaron derrotadas en la elección correspondiente.

    Estamos convencidos de que ha llegado para nuestro país el momento de dar un nuevo paso, el más decidido de las últimas décadas, para reformular las bases de integración de nuestros Congresos locales, garantizando que en ellos se refleje con equidad plena la intención decisoria de la ciudadanía. En el México de nuestros días, la necesidad de reflejar la amplia pluralidad de nuestra sociedad en sus representaciones soberanas estatales pasa por la necesidad de invertir el papel de los principios electivos de estas asambleas, dando el papel rector al principio de representación proporcional.

    Es por estas razones que hoy presentamos a esta Cámara una iniciativa para reformar y adicionar la fracción II del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Proponemos reformar el primer párrafo de la fracción citada a fin de adecuar el concepto ahí plasmado a las actuales condiciones políticas del país: el día de hoy no existen, ni es previsible ni deseable que lo hagan en el futuro, composiciones legislativas siquiera cercanas a los mínimos de integración ahí previstos, ni, por otra parte, ha demostrado mérito alguno la idea de establecer integraciones proporcionales al número de habitantes para distintos estados.

    En la práctica, y durante ya casi dos siglos de vida independiente, el número total de integrantes de cada legislatura local ha sido una respuesta siempre particular para condiciones estatales que, por su diversidad, exigen respuestas también particulares.

    Así, proponemos retirar del texto constitucional la jamás cumplida obligación de establecer el número de integrantes de cada legislatura en proporción al número de habitantes de cada estado. Adicionalmente, proponemos establecer un mínimo único nacional de veinticinco diputados por legislatura.

    En cuanto a los principios previstos para la integración de las legislaturas, consideramos pertinente mantener los actualmente vigentes -mayoría relativa y representación proporcional- conservando también el carácter limitativo que para estos efectos prevalece en el texto vigente.

    Sin embargo, proponemos establecer una integración mínima de diputados a elegirse por el principio de representación proporcional, de modo tal que estos nunca representen menos del 40 por ciento del total de integrantes de la asamblea.

    Finalmente, consideramos imperativo establecer que, en su integración final, las legislaturas locales deben conformarse de manera directamente proporcional al número de votos obtenido por cada uno de los partidos contendientes.
     

    Por lo expuesto, y con base en lo preceptuado por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente Iniciativa de decreto que Reforma y adiciona la fracción II del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Artículo Unico.- Se reforma la fracción segunda del artículo 116 de la Constitución para quedar como sigue:

    II. El número de representantes en las legislaturas de los Estados no será menor de quince.

    Las legislaturas de los Estados se integrarán por diputados electos por los principios de mayoría relativa y de representación proporcional.

    Los diputados electos por el principio de representación proporcional nunca representarán menos del 40 por ciento del total de integrantes de cada legislatura.

    Los mecanismos y fórmulas que las leyes establezcan para la asignación de los diputados electos por el principio de representación proporcional garantizarán la plena proporcionalidad entre el número de diputados que cada partido político obtenga del total de la legislatura y el número de votos obtenido por cada uno en la elección estatal en su conjunto.

    Los diputados de la legislaturas de los Estados no podrán ser reelectos para el periodo inmediato. Los diputados suplentes podrán ser electos para el período inmediato con el carácter de propietario, siempre que no hubieren estado en ejercicio, pero los diputados propietarios no podrán ser electos para el período inmediato con el carácter de suplentes.
     
     
     

    CON PROYECTO DE DECRETO QUE DEROGA EL ARTICULO 78-A DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, A CARGO DEL C. DIP. JOSE LUIS SANCHEZ CAMPOS DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA

    Los suscritos diputados a la LVII Legislatura del Congreso de la Unión e integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno del Congreso General, sometemos a la consideración de la Asamblea de esta Honorable Cámara de Diputados, la presente iniciativa que deroga el artículo 78-A de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, con base en la siguiente

    Exposición de Motivos

    El mencionado artículo considera como ingresos en servicios por la prestación de un servicio personal subordinado, el importe de los préstamos obtenidos a los que tienen derecho los trabajadores bancarios, aplicando para éstos una tasa equivalente a la diferencia entre la pactada por dichos préstamos y la promedio diaria de los Certificados de la Tesorería de la Federación, por lo tanto y como se mencionó en la iniciativa en comento, ha impactado de manera brutal el magro ingreso de los trabajadores bancarios, al extremo de que por esa carga impositiva, algunos trabajadores de ese sector han recibido sus pagos o sus recibos de pago en ceros o incluso con saldos deficitarios.

    Por tal motivo, presente en esta Honorable Cámara de Diputados una Iniciativa de decreto el día 28 de octubre de 1997, con la finalidad de derogar el artículo 78-A de la Ley del Impuesto Sobre la Renta por injusto, inequitativo, confiscatorio y desproporcionado, la cual fue dictaminada y rechazada por la Comisión de Hacienda de esta Cámara.

    Como podemos observar, la irracionalidad de esta disposición condujo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a declarar inconstitucional este artículo, catorce meses después de la presentación de esta iniciativa, es decir, el 12 de mayo de 1999. Sin embargo, a la fecha la Comisión de Hacienda de esta H. Cámara de Diputados no ha dictaminado sobre el particular, por lo que considero necesaria su participación para resolver de la mejor manera sobre el mencionado artículo.

    Es necesario resaltar que dichos préstamos no deben considerarse, desde el punto de vista fiscal, como ingresos, es decir, no deben pagar ese impuesto, sobre todo que es un impuesto indexado ya que crece con el comportamiento de la tasa de los cetes.

    Este procedimiento es violatorio del artículo 31, fracción IV, de la Constitución, porque no es proporcional, ni equitativo, por un lado, y por otro, no considera la capacidad del contribuyente y grava de manera desigual y regresiva, a los trabajadores, castigando más su ya de por sí deteriorado salario.

    Los préstamos que reciben los trabajadores bancarios no aumentan su capacidad de ingreso, y por lo tanto, no debe ser fuente de gravamen, sino del mismo tratamiento que regula un préstamo en cualquier empresa, el cual tiene que liquidarse necesariamente al patrón que lo concedió.

    Las condiciones económicas actuales y la opinión de inconstitucionalidad que emitió la Suprema Corte de la Nación, hace necesario que nosotros como legisladores nos pronunciemos al respecto, en virtud de que fue la LV Legislatura, la que aprobó este artículo, en diciembre de 1991, entrando en vigor en 1992.

    Como ustedes saben, el diputado Saúl Escobar Toledo, del Partido de la Revolución Democrática, presentó el la LVI Legislatura, una iniciativa para derogar este artículo, la cual fue rechazada por la mayoría del Partido Revolucionario Institucional en la Comisión de Hacienda y Crédito Publico.

    Ahora, los integrantes del Partido de la Revolución Democrática pedimos que se atienda esta demanda, para darle validez a los elementos constitucionales de equidad y proporcionalidad antes mencionados y saldar la deuda que tenemos con los trabajadores bancarios.

    Por las razones anteriormente expuestas se presenta la presente

    Iniciativa de Decreto

    Artículo Unico.- Se deroga el artículo 78-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

    Transitorios

    Artículo Unico.- El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

    Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, Partido de la Revolución Democrática

    Palacio Legislativo de San Lázaro
    México, DF, a 10 de noviembre de 1999.

    Dip. José Luis Sánchez Campos (rúbrica)
     
     
     

    CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTICULO 10 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, A CARGO DEL C. DIP. ANGEL DE LA ROSA BLANCAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA

    Los suscritos diputados a la LVII Legislatura del Congreso de la Unión e integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto del artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, sometemos a la consideración de la Asamblea de ésta H. Cámara de Diputados, la presente iniciativa de decreto que reforma el artículo 10 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, con base en la siguiente:

    Exposición de Motivos

    En virtud de que la política fiscal en México está enfocada a gravar a los contribuyentes personas físicas y morales con actividad empresarial en forma similar y sin embargo tanto la capacidad de producción como la de comercialización son distintas porque el tamaño de las industrias y de los comercios no son similares desde el punto de vista económico, tenemos como consecuencia que los ingresos obtenidos por estos sujetos de impuestos son totalmente distintos por lo cual consideramos que esta política es injusta y significa una equivocación si se quiere implementar una estrategia de crecimiento a la economía.

    Hemos tenido que padecer en el año de 1982, una regresión en el sentido social en virtud de que se eliminaron las tarifas progresivas para las empresas y se impuso la tasa del 35 por ciento de utilidades sobre las que se paga del Impuesto Sobre la Renta.

    Este hecho ha perjudicado a las empresas pequeñas y ha beneficiado a las grandes, ya que entre menos capacidad de producción tengan, contribuyen en forma relativamente mayor que las de mayor ganancia.

    La base del Impuesto Sobre la Renta, por tarifas progresivas que estuvo vigente desde el año de 1953 hasta 1983, permitía una mayor equidad en el pago del impuesto. En el caso de las personas físicas la tarifa progresiva estuvo vigente desde el año de 1953 hasta 1991 ya que a partir de 1992 se impuso la misma tarifa fija que al de las personas morales.

    Las empresas ubicadas en el rango más bajo de utilidades, al pasar a la tasa fija incremento su gravamen al 1000 por ciento mientras, que las empresas con mayores ingresos vieron reducidos sus márgenes de ganancia fiscal. Por lo tanto, la reforma benefició sólo a las empresas con mayores ganancias.

    Si el objetivo es fortalecer las finanzas públicas, sin que se deteriore el desarrollo económico de las medianas empresas, que son las que generan el mayor número de empleos en este país , entonces concluimos que se hace necesario contar con un sistema fiscal más equitativo, que además pueda incrementar su eficiencia recaudatoria.

    El carácter regresivo e inequitativo de las cargas fiscales provocan evasión y elusión fiscal, las cuales son causas fundamentales de la poca capacidad recaudatoria que tiene nuestro sistema fiscal.

    Por las razones anteriormente expuestas, ponemos a su consideración el siguiente

    Proyecto de Decreto

    Artículo Primero.- Se reforma el artículo 10 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta:

    Artículo 10.- Las personas morales deberán calcular el Impuesto Sobre la Renta, aplicando resultado fiscal obtenido en el ejercicio de la siguiente tarifa:

    (Cantidad en miles de pesos)

    Ingresos                             Tasa

    De                     a

    0.00               15,000                     15 %
    15,000         50,000                       20%
    50,000         75,000                       25%
    75,000         100,00                       30%
    100,000     en adelante               35%

    Artículo Transitorio Unico.- El presente decreto entrará en vigor a partir del primero de enero del año 2000. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

    Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados Partido de la Revolución Democrática

    Palacio Legislativo de San Lázaro, México, Distrito Federal, a 15 de noviembre de 1999.

    Dip. Angel de la Rosa Blancas (rúbrica)
     
     










    Informes

     











    RELATIVO AL EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE AL EJECUTIVO FEDERAL LE CONFIERE EL ARTICULO 131 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA ARANCELARIA DURANTE EL PERIODO COMPRENDIDO DE NOVIEMBRE DE 1998 A SEPTIEMBRE DE 1999

    Ciudadanos Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
    PRESENTES

    En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 131 de la. Constitución de los Estados Unidos Mexicanos y 4 de la Ley de Comercio Exterior, el Ejecutivo

    Federal a mi cargo somete a la aprobación de esa Soberanía el uso que durante el presente año fiscal ha hecho de sus facultades en materia arancelaria.

    En congruencia con los objetivos y estrategia del Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000, las modificaciones arancelarias realizadas tuvieron como objetivo fundamental coadyuvar al desarrollo industrial equilibrado y dar mayor transparencia a las operaciones del comercio exterior, a través racionalización de la estructura arancelaria y de las regulaciones no arancelarias.

    I. Durante el periodo comprendido de noviembre de 1998 a septiembre de 1999 se efectuaron las siguientes modificaciones a la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación:

    a) Decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1998:

    1. Mediante un primer Decreto:

    * Se crearon 72 fracciones arancelarias referentes a los sectores químico, farmacéutico, cosmético, cinematográfico, plástico, metal-mecánico, electrónico, automotriz y de bienes de capital; y se adoptó la modalidad de arancel-cupo para 11 fracciones arancelarias relativas a los sectores metal-mecánico y automotriz.

    Lo anterior ha tenido como objetivo apoyar al desarrollo de los sectores de la industria mencionados, fomentando de esa manera su competitividad.

    * Se suprimieron 51 fracciones arancelarias relativas a productos químicos orgánicos y farmacéuticos. Esta medida se adoptó en virtud de que los productos correspondientes se encontraban comprendidos en otras fracciones arancelarias, 1o que provocaba confusión en las aduanas al momento de efectuar la clasificación arancelaria.

    * Se modificaron 85 fracciones arancelarias correspondientes a los sectores químico, farmacéutico, pigmentos y pinturas, plásticos, caucho, metal, electrónico, automotriz y de bienes de capital. Esto a efecto de contar con una descripción de mercancías más precisa.

    2. Mediante un segundo Decreto: * Se modificaron 10,068 fracciones arancelarias referentes a todos los sectores productivos a que se refiere la Ley del Impuesto General de Importación. Tales modificaciones fueron necesarias en virtud de que los textos anteriores no describían las mercancías con la claridad necesaria y provocaban confusión en las aduanas al momento de su clasificación. Las modificaciones realizadas permiten ahora una adecuada clasificación por parte de las aduanas, mejorando con ello el sistema de recaudación aduanera. b) Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 1999: * Se crearon 14 fracciones arancelarias relativas a los sectores agrícola, químico y farmacéutico. Ello a fin de apoyar el desarrollo y competitividad de estos sectores en los mercados.

    * Se disminuyó el arancel a 68 fracciones arancelarias referentes a los sectores de hidrocarburos, metales preciosos, metal-mecánico, electrónicos, de bienes de capital, así como el relativo a obras de arte. Este apoyo permitió reducir los costos de producción de los sectores mencionados, haciéndolos más competitivos.

    * Se suprimieron 29 fracciones relativas a productos de los sectores químico, farmacéutico y médico. Esta medida se adoptó en virtud de que las mercancías correspondientes se encontraban comprendidas en otras fracciones arancelarias, lo que provocaba confusión en las aduanas del país al momento de realizar la clasificación arancelaria.

    * Se adoptó la modalidad de arancel-cupo para la fracción arancelaria referente a la cebada sin cáscara. Esto en razón de que el sector agrícola requería de un mayor volumen para cubrir sus necesidades y así abastecer los compromisos de consumo de este producto.

    c) Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de agosto de 1999: * Se suprimió el arancel de una fracción arancelaria correspondiente al gas natural, con la finalidad de permitir un abasto seguro con precios competitivos de este producto en nuestro país. II. Durante el periodo que se informa se efectuaron las siguientes modificaciones a la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Exportación:

    a) Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1998:

    * Se crearon 41 fracciones arancelarias relativas a los sectores farmacéutico, forestal, textil, metal, de bienes de capital, relojero, instrumentos musicales, armas y municiones, muebles, juguetes y manufacturas diversas. Esto en atención a que se requería identificar con mayor precisión los referidos productos, a fin de mejorar el sistema de recaudación aduanera.

    * Se suprimieron 3 fracciones arancelarias referentes a madera. Esta supresión se debió a que las mercancías correspondientes se encontraban comprendidas en otras fracciones arancelarias, lo que provocaba confusión en las aduanas del país al momento de efectuar la clasificación arancelaria.

    * Se modificaron 6 fracciones arancelarias relativas a los sectores farmacéutico y forestal. Estas modificaciones obedecen a que en los textos anteriores no se describían las mercancías con la claridad necesaria, lo que provocaba confusión en las aduanas al momento de su clasificación.

    * Se crearon 3 fracciones arancelarias referentes a maderas preciosas a efecto de prohibir su exportación, en razón de tratarse de maderas cuya tala inmoderada ha generado la necesidad de controlar su explotación.

    * Se modificó a unidad de cantidad de kilogramo a metro cuadrado para 260 fracciones arancelarias, de kilogramo a pieza para 356 fracciones arancelarias y de kilogramo a par para 11 fracciones arancelarias. Las fracciones arancelarias señaladas se refieren a productos del sector textil, habiendo sido necesario modificar la unidad de cantidad a efecto de reflejar adecuadamente las condiciones de intercambio comercial que se llevan a cabo en la actualidad.

    b) Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 1999: * Se suprimieron 14 fracciones arancelarias referentes a productos vegetales. Esta medida se adoptó en virtud de que las mercancías correspondientes se encontraban comprendidas en otras fracciones arancelarias, lo que provocaba confusión en las aduanas del país al momento de llevar a cabo su clasificación .arancelaria.

    * Se modificaron 17 fracciones arancelarias referentes a productos del sector agropecuario a efecto de precisar su descripción.

    * En tres fracciones arancelarias, referentes a maderas preciosas, se eliminó prohibición a su exportación, a fin de permitirla de manera controlada, mediante su regulación a través de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca.

    Como resultado de las medidas señaladas, los indicadores arancelarios variaron respecto al año 1998 de la manera siguiente: la media arancelaria aritmética en la Tarifa del Impuesto General de Importación pasó de 13.2 por ciento en 1998 a 16.1 por ciento en 1999; la dispersión arancelaria varió de 7.8 por ciento en 1998 a 8.0 por ciento en 1999; y el arancel promedio ponderado (por valor de importación) pasó de 2.6 por ciento en 1998 a 2.8 por ciento en 1999.

    Reitero a Ustedes, Ciudadanos Secretarios, las seguridades distinguida consideración.

    Palacio Nacional, a 11 de noviembre de 1999.
    Sufragio Efectivo. No Reelección

    El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
    Ernesto Zedillo Ponce de León (rúbrica)
     
     

    DE LA COMISION DE POBLACION Y DESARROLLO, CON PUNTO DE ACUERDO EN MATERIA DEL REGISTRO CIVIL

    1. Antecedentes

    El 21 de octubre de 1998, a propuesta de diferentes Diputados, se incluyó el tema del registro civil en el programa de trabajo de la Comisión de Población y Desarrollo, y el 18 de noviembre del mismo año se aprobó el proyecto para iniciar los trabajos relativos con esta institución.

    Se integró una Subcomisión Especial para ejecutar la vertiente de trabajo aprobada en esta materia, a cargo de los Diputados Carolina O?Farrill Tapia, Isabel Villers Aispuro, Julieta Gallardo Mora, Margarita Pérez Gavilán Torres y Rubén Fernández Aceves.

    El día 10 de febrero de 1999 la Subcomisión sostuvo una reunión de trabajo con funcionarios de la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal, con el objeto de revisar el rezago en el registro de nacimientos, la existencia de programas locales para abatirlo, y la existencia de subsidios en favor de la población de escasos recursos.

    Con base en la información recabada, la Subcomisión produce el presente informe con un diagnóstico sobre el funcionamiento del Sistema Nacional del Registro Civil con los grupos sociales más vulnerables, así como una serie de conclusiones y propuestas que serán dirigidas a las instituciones competentes para su atención.
     

    2. Situación actual del Sistema Nacional del Registro Civil

    Introducción

    El servicio que presta el sistema registral, por la finalidad que persigue, es de suma importancia para el país. Creado en 1859, consta del registro de los siete hechos y actos de la situación civil de la persona: nacimiento, matrimonio, divorcio, reconocimiento de hijos, adopción, defunción e inscripción de sentencias; de esta manera, el Estado constata de una manera auténtica estos acontecimientos y otros datos importantes de la situación jurídica personal, asentados en forma de anotaciones marginales.

    Problemática

    Producto de algunos estudios, se han imputado varias deficiencias al Registro Civil, mismas que van desde el señalamiento de inconsistencias y rezagos importantes en los trámites, hasta descuido en la prestación del servicio al público.

    En época reciente, por razones prácticas y jurídicas de importancia para el país, se ha pugnado por su fortalecimiento. Sin embargo, este solo podrá darse en el marco de una profunda revisión de su operación y resultados, para así posibilitar la detección de sus puntos débiles.

    Por esta razón, la Comisión de Población y Desarrollo de la Cámara de Diputados se dio a la tarea de recabar la información necesaria para conocer a precisión la problemática que lo rodea, las acciones tomadas por las entidades federativas por ser la autoridad responsable de llevarlo a cabo, así como los resultados arrojados hasta el momento, con el fin de obtener un panorama de la situación a nivel nacional.

    El rezago

    Una vez reunida la información al respecto, se tomaron en consideración varias vertientes para la revisión del rezago en el Sistema Nacional del Registro Civil:

    Medidas gubernamentales para promover la inscripción oportuna de los actos del Registro Civil. En lo general, las medidas tomadas hasta el momento han sido insuficientes para evitar el rezago, sobre todo en las entidades con alto porcentaje de población indígena; aún cuando en algunos estados se han ejercido acciones específicas al respecto, las estadísticas indican que aún existe un gran número de individuos no registrados.

    Destacan por su utilidad práctica, los programas de "Oficialía Especial Itinerante" implementado en Chihuahua, el "Registro Civil a la Comunidad" del Estado de Tabasco, y las "Comisiones de Trabajo de Campo" de Oaxaca. Con ellos se permite un mayor acceso a este servicio por parte de las comunidades ubicadas en lugares distantes y de escasos recursos, o que tienen cualquier otra dificultad para trasladarse a centros poblacionales más importantes para inscribir los hechos y actos del registro civil.

    Por otro lado, la mayoría de los estados "impulsan" la inscripción oportuna fijando sanciones de hasta dos mil pesos1 a quien solicite el registro de nacimientos en forma extemporánea, esto es, a quienes acudan una vez vencido el plazo que la ley señala para el registro ordinario, que varía desde 15 hasta 180 días después de ocurrido el evento, según la entidad.

    Desafortunadamente, con esta medida las personas a quienes se les ha vencido el plazo, dudan en acudir a realizar su trámite por verse obligados a pagar, además del registro, la multa, lo cual incide particularmente en los grupos sociales de escasos recursos, ya que en este sector es donde existe mayor incidencia de registros extemporáneos.

    De la misma manera, el cobro de derechos es otro factor que desanima el registro oportuno. Aunque en 20 entidades es gratuito, todavía en los otros 12 prevalece la exacción por el servicio.2

    Una vez revisados los programas especiales que desarrollan las entidades para impulsar el registro civil, se concluye que más que una preocupación por la inscripción oportuna, se abocan principalmente a campañas de regularización. No obstante, cabe destacar el esfuerzo de algunas zonas, como el caso de los programas de registros colectivos de nacimientos de los estados de Durango y Oaxaca que, aunque en este último solo se lleva a cabo en el mes de abril, colaboran de manera importante a evitar la postergación de la inscripción.

    Implementación de programas anti-rezago. Estas acciones se han desplegado para abatir el subregistro, regularizando en la población los siete hechos y actos que constituyen el sistema registral. A nivel nacional, estos programas se aplican en el 87.5 por ciento de las entidades federativas.

    La mayoría de los programas son impulsados por instituciones como el DIF, INI e INEA, así como por agrupaciones sociales que solicitan el servicio, por lo que existe poca iniciativa por parte de las autoridades estatales o municipales para promoverlos.

    Estos programas son insuficientes para abatir el rezago. No se cuenta con los recursos necesarios para operarlos en forma permanente, por lo que su cumplimiento dependerá del apoyo específico de cada gobierno. Esto último se ha tratado de reforzar con la celebración de convenios entre la federación y cada uno de los estados y del Distrito Federal, a fin de que lleguen a un nivel operativo las facilidades necesarias para que los grupos marginados cuenten con sus documentos registrales.

    Para el año de 1998 se había concluido la suscripción de convenios en toda la República, y la firma de anexos de ejecución en 11 entidades federativas, proyectándose trabajar con otras cuatro en 1999.

    El desaliento en el cumplimiento de la obligación, provocado por la misma institución. Entre las causas por las que se detecta evasión en el registro, es el desánimo que origina el actuar de la misma dependencia entre la comunidad.

    En materia de registro extemporáneo los plazos y requisitos son variables según la entidad, haciendo el trámite más o menos oneroso. Veinte entidades federativas califican como extemporáneo el asiento realizado 180 días a partir de la fecha en que ocurrió el nacimiento, y una entidad, 30; las multas y procedimientos a llevar a cabo también son disímbolos.

    En estos casos las determinaciones que toma el Registro Civil son consecuencia directa de la legislación local, como en el caso de las multas impuestas por el registro extemporáneo mencionadas en apartado anterior, que suelen provocar el aplazamiento del registro. No obstante, en algunos lugares se ha tomado la medida de exentar el pago o condonar la multa por medio de programas especiales.

    Otros obstáculos a los que se enfrenta la población al acudir ante las oficinas del registro civil es la corrupción, el burocratismo y la una mala calidad en la atención al público, provocado por la falta de concientización y capacitación adecuada del personal. Esto, sumado a horarios de trabajo insuficientes en muchos casos, se refleja en largas esperas o la realización de varias visitas a las oficinas para finalizar un mismo trámite.

    El rezago actual en materia de registro de nacimientos. Aún cuando en toda la República existen 5,167 oficinas registrales denominadas oficialías o juzgados, y laboran en ellas alrededor de 35,000 servidores públicos, se ha detectado un margen de atraso en la inscripción de los nacimientos.

    La Encuesta Nacional de Dinámica Demográfica3 establece que el 5.34% de la población no cuenta con acta de nacimiento, correspondiente de manera principal a grupos marginados formados en su mayoría por jornaleros agrícolas, campesinos, indígenas y habitantes de colonias populares, entre otros.

    La tendencia en este rubro es de retroceso; en el período 1980-82 existía un 3.95% de no registrados, seguido en 1983-85 con 4.36%. Cabe destacar que el porcentaje más reciente (5.34%) representa una población de 5.2 millones de personas sin registro4.

    En este año se esperan 2.2 millones de nacimientos y cerca de 420 mil defunciones5, encontrándonos en contrapartida con la existencia de programas especiales que son incapaces de enfrentar la dinámica poblacional. En 1998, tan solo resultaron beneficiados por los programas en el ámbito nacional, un total aproximado de 661 mil personas por servicios diversos6, lo que hace evidente su insuficiencia para atender el atraso.

    Las deficiencias de estos programas son su carácter temporal (en la mayoría de los casos), la falta de evaluación de sus resultados para mejorar el rendimiento, y el desinterés por parte de algunas entidades por implementarlos, quedando suspendidos por algunos años, o ni siquiera idearlos como en el caso de Hidalgo que en 1998 no organizó programa alguno.

    Los derechos causados

    Monto de los derechos. El cobro de derechos varía según el trámite a realizar; de esta manera, por el asentamiento de un nacimiento se cobra entre 5 y 45 pesos7, por una copia certificada de 11 a 59 pesos, una búsqueda de documentos de 4 a 55 pesos, y las constancias de inexistencia de 11 a 131 pesos.

    Estas disparidades se registran también al interior de cada entidad federativa, e incluso entre distintas oficialías o juzgados de un mismo municipio.

    Los costos tienen una variación dramática que no se justifica, ya que tratándose de un trámite idéntico se fijan precios de hasta 13 veces más con relación a otro estado.

    Entre las entidades con los cobros más accesibles se encuentran Oaxaca, Yucatán y el Estado de México, donde el más económico es de 3 pesos; en contrapartida, Baja California, Quintana Roo y San Luis Potosí fijan hasta 131 pesos por el trámite más costoso.

    Existencia de subsidios para incentivar la inscripción. La exención de pago o descuentos en los trámites, son las medidas más frecuentemente utilizadas por las oficinas que buscan promover las inscripciones.

    Estas se realizan generalmente por medio de campañas temporales o programas especiales, dirigiéndose principalmente a regularizar la situación de quienes viven en unión libre, no registrados, obtención de certificaciones, defunciones o corrección de actas.

    En apoyo de lo anterior, se organizan matrimonios colectivos, facilidades para llevar a cabo los trámites, o se trasladan a localidades alejadas y marginadas ofreciendo los descuentos o exenciones. Los beneficiados principalmente por estas medidas son los niños, los internos de los centros de readaptación social, las parejas en unión libre y los habitantes de zonas marginadas o afectadas por desastres naturales.

    Además de lo anterior, 19 entidades exentan actualmente de manera permanente el asentamiento de los nacimientos y en 12, la búsqueda de documentos, con lo que se motiva de manera importante a la comunidad a presentarse a realizar sus gestiones.

    3. Conclusiones y propuestas

    1. El rezago en el registro y el desconocimiento de la importancia del asentamiento de los actos y hechos de la situación civil de la persona, existen principalmente en grupos marginados compuestos en su mayoría por jornaleros agrícolas, indígenas y habitantes de colonias populares. Por ello, deben enfocarse los esfuerzos en facilitar el acceso de estas personas hacia los servicios que se prestan.

    2. Con respecto al fomento de la inscripción oportuna, es pertinente tomar en cuenta que la sanción por registro extemporáneo, si bien tiene como finalidad evitar el retraso en el cumplimiento de la obligación, de manera práctica se convierte en un obstáculo para que las personas en situación de pobreza acudan al registro al vencerse los plazos que marca la ley. La eliminación de estas sanciones es una alternativa para incentivar la inscripción, dada la trascendencia de este acto, aún cuando se logre de manera extemporánea.

    3. Debe impulsarse el registro civil itinerante en toda la República ya que por representar un acercamiento a zonas marginales y por facilitar una inscripción oportuna, coadyuva a la regularización de la situación civil de las personas y en general, allana el acceso de la comunidad a estos servicios.

    4. Es importante promover la exención de pago de derechos por el asiento de los nacimientos en los 13 estados en que aún prevalece el cobro8. Además, disminuir el costo o exentarlo en el caso de búsqueda de documentos ya que ello favorece el conocimiento de la situación civil de la persona, previo a una posible regularización o realización de otro trámite. Igualmente, es recomendable que los costos que se generan por la rectificación de datos en las actas del registro civil corran a cargo del erario público y no del usuario, cuando la corrección se derive de errores en la captura de la información correctamente proporcionada por el interesado.

    5. Resulta de primordial importancia que el Registro Civil incursione en el terreno de la difusión. Existen amplios sectores donde se desconoce la necesidad del servicio y las consecuencias que produce en los derechos de las personas. Debe informarse a la comunidad la trascendencia de la formalización legal de los hechos de las personas, desde el tránsito de una unión libre a un matrimonio, el realizar un reconocimiento, o los derechos que se adquieren por parte de un adoptado.

    6. Concientizar a la población utilizando los medios de comunicación adecuados, debe ser prioridad de los gobiernos estatales. Los programas que hoy se ejecutan encontrarían mayor acogida de publicitarse, en lugar de la socorrida folletería disponible en las oficinas registrales, a la que tiene acceso quien ya acudió ante ellas. Los recursos del gobierno federal en materia de comunicación, incluyendo los tiempos oficiales en medios electrónicos y los servicios de los Talleres Gráficos de la Nación deben ponerse al servicio de estos programas.

    7. Es recomendable que se instalen en las oficinas del registro civil en todo el país anuncios por los que se explique con claridad a los usuarios de los servicios la naturaleza de éstos, el procedimiento respectivo y el monto de los derechos previstos en la Ley por la realización de los trámites.

    8. Para realizar el Registro Nacional de Población, es indispensable la colaboración de las entidades federativas para promoverlo, exigiendo la cédula en los trámites locales. Además, es importante que estos gobiernos provean información sobre las actas rectificadas, reconocimientos, y adopciones cuando cambien los apellidos, así como actas de defunciones, con el fin de depurar y actualizar el registro.

    9. Las entidades federativas deben revisar la posibilidad de adoptar en su mayor parte los formatos "tipo" para los registros extemporáneos de nacimiento, así como las propuestas de reformas a la legislación civil, con el fin de unificar los criterios, ya que actualmente las posibilidades son diversas en cada región, utilizándose en ocasiones costumbres o interpretaciones locales para facilitar los procedimientos. La simplificación y claridad evitará el desaliento para solicitar los servicios.

    10. Es fundamental que en los convenios de colaboración que se celebran entre el Ejecutivo Federal y las entidades federativas para la modernización del registro civil, se fortalezcan los apartados relacionados con la capacitación y la sensibilización de los servidores públicos de estas oficinas. Los ordenes de gobierno competentes deben procurar mejorar las condiciones laborales y salariales del personal para motivar un mejor desempeño y aminorar los actos de corrupción.

    11. En lo general, es necesario un cambio en las estrategias empleadas hasta hoy. De no modificarse la filosofía misma del servicio, los recursos materiales serán insuficientes; para ello, nos pronunciamos por el cumplimiento a cabalidad de los convenios para la modernización integral del Registro Civil, celebrados entre el gobierno federal y algunos estados, así como su promoción para que se extiendan al resto de la República.

    4. Punto de acuerdo de la Comisión de Población y Desarrollo

    La Comisión de Población y Desarrollo de la H. Cámara de Diputados en su reunión ordinaria del día 27 de octubre de 1999, procedió a revisar el estudio sobre la situación actual del sistema de Registro Civil en toda la República; una vez analizado el informe de la Subcomisión y recibidos los comentarios de los Diputados presentes, el pleno aprueba los siguientes puntos de acuerdo:

    PRIMERO.- Se aprueba en todos los puntos el informe sobre el estado actual del Registro Civil en el país, elaborado por la Subcomisión Especial comisionada para tal efecto. Asimismo, se ordena su publicación en la Gaceta Parlamentaria de esta H. Cámara de Diputados para su difusión.

    SEGUNDO.- Remítase el referido análisis a la Dirección General del Registro Nacional de Población para su debida atención, así como a los titulares del Registro Civil de cada una de las entidades federativas a título de recomendación, con las consideraciones pertinentes en lo particular hacia cada uno de ellos.

    TERCERO.- Remítase este análisis a las Legislaturas locales, recomendando la adecuación del marco jurídico del registro civil a los lineamientos tipo propuestos por la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal.

    Palacio Legislativo de San Lázaro,
    octubre 27 de 1999.

    Por la Comisión de Población y Desarrollo:

    Dip. Rubén A. Fernández Aceves, Presidente (rúbrica); dip. Margarita Pérez Gavilán Torres, secretaria, PAN (rúbrica); dip. Gloria Xóchitl Reyes Castro, secretaria, PRI (rúbrica); dip. Julieta Ortencia Gallardo Mora, secretaria, PRD (rúbrica); dip. Carolina O?Farrill Tapia, secretaria, Independiente (rúbrica); dip. Isabel Villers Aispuro, PRI (rúbrica); dip. Juan Carlos Ruiz García, PAN (rúbrica); dip. Ma. Elena Cruz Muñoz, PAN (rúbrica); dip. Mario Elías Moreno Navarro, PRI (rúbrica); dip. Germán Martínez Cazares, PAN; dip. Antonio B. Manriquez Guluarte, PRI (rúbrica); dip. Patricia Espinosa Torres, PAN (rúbrica); dip. Joel Ayala Almeida, PRI; dip. Marcelo Cervantes Huerta, PRI (rúbrica); dip. Irma Chedraui Obeso, PRI (rúbrica); dip. Fabiola Gallegos Araujo, PRD; dip. Miguel Angel Godinez Bravo, PRI (rúbrica); dip. Adolfo González Zamora, PRD (rúbrica); dip. Salvio Herrera Lozano, PRI (rúbrica); dip. Elsa Patria Jiménez Flores, PRD (rúbrica); dip. César Lonche Castellanos, PRD; dip. Ma. del Socorro May López, PRI (rúbrica); dip. Martín Mora Aguirre, PRD (rúbrica); dip. Cristina Portillo Ayala, PRD (rúbrica); dip. América Soto López, PRI (rúbrica).

    Notas:

    1 En Oaxaca, la legislación civil en su artículo 67 establece esta sanción por solicitar la inscripción después de los 6 años.
    2 Referido a las 31 entidades y al Distrito Federal. Estos cobros son originados por las leyes de ingresos y ordenamientos municipales.
    3 Encuesta Nacional de Dinámica Demográfica, 1992. Muestra los resultados de nacidos vivos en los periodos 1980-82, 1983-85 yu 1986-88.
    4 Con base en la cifra de 98.1 millones de habitantes a mediados de 1999. tomado de La situación demgráfica de México, Consejo Nacional de Población, México, 1999.
    5 La situación demgráfica de México, Consejo Nacional de Población, México, 1999.
    6 Los servicios consisten en la expedición de copias certificadas, celebración de matrimonios, registro de nacimientos, reconocimientos, etc. Datos tomados del Cuadro Sinóptico de Programas Especiales 1999, de la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal.
    7 Cobros vigentes de 1999.
    8 Coahuila, Chiapas, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Querétaro, Tamaulipas y Veracruz.
     
     















    Convocatorias

     














    DE LA COMISION ESPECIAL ENCARGADA DE VIGILAR QUE NO SE DESVIEN RECURSOS FEDERALES EN EL PROCESO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUERRERO

    A su reunión de trabajo el día martes 16 de noviembre, a las 10 horas, en el salón de usos múltiples, ubicado en el edificio F, segundo nivel.

    Orden del Día

    1 Intervención del Presidente de la Comisión.
    2. Análisis de las denuncias y elementos de prueba recabados en Guerrero.
    3. Preparación del informe final.
    4. Asuntos generales.

    Atentamente
    Dip. Armando Aguirre Hervis
    Presidente
     

    DE LA COMISION DE PROGRAMACION, PRESUPUESTO Y CUENTA PUBLICA

    A su reunión plenaria el martes 16 de noviembre, a las 16:30 horas, en el salón de usos múltiples del edificio D, primer nivel.

    Orden del Día

    1. Verificación del quórum.
    2. Análisis, discusión y votación del anteproyecto de dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 9 y 10 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1999. Aprobado el día 26 de octubre de 1999, por la Subcomisión creada para tal efecto.
    3. Asuntos generales.

    Atentamente
    Dip. Ricardo García Sáinz
    Presidente
     
     
     

    DE LA COMISION DE PATRIMONIO Y FOMENTO INDUSTRIAL

    A su reunión de trabajo el miércoles 17 de noviembre, a las 8:30 horas, en el salón de usos múltiples, ubicado en la planta baja del edificio D.

    Orden del día

    1. Lista de asistencia y declaración de quórum.
    2. Lectura del acta anterior.
    3. Presentación del borrador preliminar de la iniciativa de Ley para el Fomento de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
    4. Discusión del borrador preliminar de la iniciativa de Ley para el Fomento de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
    5. Clausura.

    Atentamente
    Dip. Juan Bueno Torio
    Presidente
     
     
     

    DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES LEGISLATIVAS

    Ala clausura del diplomado de Derecho Parlamentario, el martes 16 de noviembre, a las 17 horas, en el salón Legisladores de la República.

    Atentamente
    Dip. Bernardo Bátiz Vázquez
    Presidente
     
     
     

    DE LA COMISION DE GANADERIA

    A su vigésima reunión plenaria, a celebrarse el martes 16 de noviembre, a las 17 horas, en el salón D del restaurante Los Cristales de este Palacio Legislativo de San Lázaro.

    Orden del Día

    1. Lista de asistencia.
    2. Dictamen de la Comisión Nacional de la Carne.
    3. Dictamen de la Comisión Nacional de la Leche.
    4. Dictamen de la Iniciativa de Ley de Sanidad Animal.
    5. Asuntos generales.

    Atentamente
    Lic. Ma. Elizabeth Cruz Macías
    Secretaria técnica (rúbrica)
     
     
     

    DE LA COMISION INVESTIGADORA DE LA COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD Y LA COMPAÑIA DE LUZ Y FUERZA DEL CENTRO

    A su séptima reunión plenaria el miércoles 17 de noviembre, a las 9 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

    Orden del Día

    1. Lista de asistencia y verificación de quórum.
    2. Lectura del acta de la sesión anterior y aprobación.
    3. Presentación del Plan de Trabajo acordado por la Mesa Directiva.
    4. Tratamiento a información pendiente de solventar por CFE.
    5. Asuntos generales

    Atentamente
    Dr. Ricardo Mota Palomino
    Secretario técnico
     
     
     

    DE LA COMISION DE COMERCIO

    A su reunión de trabajo que se llevará a cabo el miércoles 17 de noviembre de 1999, a las 11 horas, en el salón de usos múltiples del edificio D, primer piso.

    Orden del Día

    1. Lista de asistencia y declaración de quórum legal.
    2. Aprobación del acta anterior.
    3. Exposición de la problemática de los Embotelladores de Agua (15 minutos).
    4. Análisis, discusión y en su caso votación del dictamen correspondiente de las tres iniciativas de reformas y adiciones a la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones.
    5. Otros.

    Atentamente
    Dip. Juan José de Alba Bustamante
    Presidente
     
     
     

    DE LA COMISION DE ENERGETICOS

    A su decimocuarta reunión de trabajo, el miércoles 17 de noviembre, a las 11 horas, en el salón de usos múltiples del edificio F, primer nivel.

    Proyecto de Orden del Día

    1. Registro de asistencia y verificación del quórum.
    2. Instalación de la reunión de trabajo.
    3. Lectura de la minuta de la sesión anterior, y aprobación en su caso.
    4. Horario de verano.
    5. El presupuesto de egresos del sector energía.
    a) Propuesta para el establecimiento de un Fondo de Contingencia.
    b) Propuesta de exhorto al gobierno federal para el reforzamiento de la política de concertación para la limitación de la oferta petrolera mundial.
    6. Avance en la entrega de informes y dictámenes derivados de los turnos de la Mesa Directiva de la Cámara de
    Diputados.

    Atentamente
    Dip. Sergio Benito Osorio Romero
    Presidente
     
     

    DE LA COMISION DE VIVIENDA

    A su reunión plenaria el miércoles 17 de noviembre, a las 11 horas, en el salón Leona Vicario.

    Orden del Día

    1. Asistencia y verificación de quórum.
    2. Aprobación del orden del día.
    3. Análisis de Proyecto de Presupuesto de Vivienda.
    4. Asuntos generales.

    Atentamente
    Dip. Juan Cruz Martínez
    Presidente
     
     

    DE LA COMISION DE COMERCIO

    A su reunión con la delegación de la Comisión de Comercio y Tecnología del Parlamento Federal Alemán, de visita a la Cámara de Diputados, el miércoles 17 de noviembre, a las 12:30 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

    Orden del Día

    12:30 horas. Recepción en la puerta de la entrada principal del Palacio Legislativo por los diputados presidentes de las Comisiones de Comercio, de Ciencia y Tecnología, Relaciones Exteriores y del Comité de Asuntos Internacionales, por los secretarios técnicos respectivos y por el director de Relaciones Interinstitucionales y de Protocolo.

    12:35 horas. Visita guiada al salón de Sesiones y toma de la fotografía oficial.
    12:45 horas. Visita al diputado Francisco Paoli Bolio, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.
    13:15 horas. Reunión de Trabajo con la delegación visitante en el salón de Protocolo.

    14:15 horas. Almuerzo que ofrece la Comisión de Comercio de la Cámara de Diputados a la delegación de la Comisión de Comercio y Tecnología del Parlamento Federal Alemán, en el salón B del restaurante Los Cristales.

    15:20 horas. Firma del Libro de Visitantes Distinguidos.
    15:30 horas. Fin de la visita y despedida.

    Atentamente
    Dip. Juan José de Alba Bustamante
    Presidente
     
     

    DE LA COMISION DE PROGRAMACION, PRESUPUESTO Y CUENTA PUBLICA

    A su reunión de trabajo con funcionarios de la Comisión Federal de Electricidad y de Luz y Fuerza del Centro, SA, el miércoles 17 de noviembre, a las 17 horas, en los salones C y D del restaurante Los Cristales.

    El objeto de dicha reunión será realizar el análisis de los resultados de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio fiscal de 1998.

    Atentamente
    Dip. Ricardo García Sáinz
    Presidente
     
     

    DEL COMITE DE ASUNTOS INTERNACIONALES

    A la conferencia Los derechos de los artistas en un mundo globalizado dictada por el maestro Luis Cobos, el miércoles 17 de noviembre, a las 18 horas, en la Biblioteca del H. Congreso de la Unión, Tacuba 29, Centro Histórico.

    Síntesis

    Hasta hace algunos años hablar de que alguna persona y/o su obra pudiera ser conocida en todo el mundo era la excepción. Sin embargo hoy, a raíz del desarrollo de las comunicaciones -en todas sus facetas- y de los acuerdos comerciales internacionales celebrados, principalmente, esto se ha convertido en una posibilidad real y constante.

    Basta con sólo apretar unos botones y hacer algunas conexiones para tener acceso a basta información de cualquier tema, en cualquier lugar y a cualquier hora.

    Frente a esta situación vale la pena preguntarse: ¿Y el artista? ¿Qué está sucediendo con la persona creativa? ¿Es válido seguir creyendo que el autor es una persona o, considerando el avance tecnológico, también podrá ser autor un ente creado por el hombre? Ahora bien, respecto del aspecto económico: ¿Cómo se protege al artista en los medios de comunicación electrónicos? ¿Quién se encarga de las regalías que se generan por la exhibición o ejecución de sus obras? ¿Es adecuado el esquema normativo existente en materia autoral?

    A ésta y otras preguntas nos responde el maestro Luis Cobos, tomando en cuenta su experiencia personal y profesional y los logros y acuerdos alcanzados por las instituciones europeas que preside en Europa, mismos que han propiciado avances legislativos a favor del artista.

    Se invita muy especialmente a los señores diputados y profesionistas de esta H. Cámara de Diputados a este importante evento.

    Atentamente
    Dip. Julio Faesler Carlisle
    Presidente
     
     
     

    DE LA COMISION DE COMERCIO

    A su reunión de trabajo que se realizará el jueves 18 de noviembre de 1999, a las 9 horas, en el salón de usos múltiples del edificio D, primer piso.

    Orden del Día

    1. Lista de asistencia y declaración de quórum legal.
    2. Aprobación del acta anterior.
    3. Análisis, discusión y en su caso votación del dictamen correspondiente de las tres iniciativas sobre la regularización de vehículos de procedencia extranjera que circulan en el país.
    4. Otros.

    Atentamente
    Dip. Juan José de Alba Bustamante
    Presidente
     
     
     

    DE LA COMISION DE JUSTICIA

    A su reunión del jueves 18 de noviembre, a las 8:30 horas, en el salón D del restaurante Los Cristales.

    Orden del Día

    1. Lista de asistencia y verificación del quórum.
    2. Lectura, y en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.
    3. Discusión y en su caso, aprobación de:
    a) Minuta Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales.
    b) Discusión y aprobación de dictámenes y documentos de trabajo.
    4. Asuntos generales.

    Atentamente
    Dip. Sadot Sánchez Carreño
    Presidente
     
     

    DE LA COMISION INVESTIGADORA DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

    A su reunión plenaria, el jueves 18 de noviembre, a las 9 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales.

    Atentamente
    Lic. Ernesto Villarreal Cantú
    Secretario técnico
     
     
     
     

    DE LA COMISION DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS

    Lista de todos los que cumplieron los requisitos y por tanto procedió su inscripción al Ultimo Seminario de Derecho Constitucional y Parlamentario del Milenio.

    1. Lic. Eleael Acevedo Velázquez
    2. Dip. Reynaldo Acoltzi Conde
    3. Lic. Enrique Acosta Sáenz
    4. C. Ulises Aguilar Bravo
    5. Lic. Laura Aguilar Chagoya
    6. Lic. Alberto Aguilar Rétiz
    7. Lic. Rogelio David Aguilera Ramírez
    8. Lic. Rita Aguirre Castañeda
    9. Lic. Delfino Alarcón Ventura
    10. Dip. Javier Algara Cossío
    11. C. María Elena Altamirano Treviño
    12. Lic. Edgar Alvarado Domínguez
    13. Lic. Israel Alvarado Martínez
    14. Lic. Daniel Anteliz Magaña
    15. Lic. Carol Antonio Altamirano
    16. Lic. Artemio Anzo Andrade
    17. Lic. Ricardo Arce Aguiar
    18. Lic. Andres Aubry de Castro
    19. Lic. Carlos Iván Arenas Angeles
    20. C. Ricardo Arenas León
    21. C. Cristian Rafael Arias González
    22. Lic. Altynai Arias Hernández
    23. Lic. Virgilio Adrián Arias Ramírez
    24. Lic. Julio César Arizmendi Espino
    25. Lic. Sergio Arrambide Cantú
    26. Mtro. Adrián Arredondo Alvarez
    27. Dip. María del Socorro Aubry Orozco
    28. C. Carlos Salvador Avila Mariscal
    29. Quim. Gisela Avila Val
    30. C. Rocío Edith Ayala Ramírez
    31. Ing. Juan Báez Rodríguez
    32. Dip. Adalberto Balderrama Fernández
    33. Lic. María Fabiola Barrios Islas
    34. Dip. Lenia Batres Guadarrama
    35. Lic. Felipe Baylón García
    36. Lic. Julisa Becerril Cabrera
    37. Lic. Sergio René Becerril Herrera
    38. Lic. Marisol Beltrán León
    39. Lic. Sergio de Jesús Bernal Gómez
    40. Lic. Margarita Elena Bojórquez Cervantes
    41. C. Salvador Bojórquez Santos
    42. Lic. Leónardo Bolaños Cárdenas
    43. Dip. José Eulogio Bonilla Robles
    44. Dip. Juan Francisco Javier Borbolla Alegría
    45. Lic. Alvaro Rafael Cabrera Monroy
    46. Lic. Luz María Cahero Cornejo
    47. C. Erika Martha Elena Calleja Aldulcín
    48. Ing. Alejandro Cancino León
    49. Lic. Ernesto Cantú Villarreal
    50. Lic. Enrique Cárdenas Huezo

    51. C. Alejandro Cardoso González
    52. Lic. José Luis Carmona Ruíz
    53. Lic. Miroslava Carrillo Martínez
    54. C. Rebeca Maribel Castañeda Rodríguez
    55. Lic. Alberto Castro Arrona
    56. C. Domingo Sergio Castro Ortega
    57. Lic. Claudia Liliana Castro Velázquez
    58. C. Raúl Cedillo Torres
    59. C. David Israel Ceron Aparicio
    60. C. Norma Angelica Cervantes Gutiérrez
    61. Lic. Claudia Cervantes Hernández
    62. Lic. Juan Carlos Cervantes Gómez
    63. Lic. Hada Cisneros Merino
    64. Lic. Domingo Bernardo Clavel Nicolás
    65. Lic.Hugo Erasmo Colín Rodríguez
    66. Lic. José Rubén Contreras García
    67. C. Octavio Contreras Manríque
    68. Lic. Milka Eunice Correa Rubio
    69. C. José Campuzano
    70. Lic. Obdulia Cortés Cervantes
    71. Lic. Arno Cortés Corral
    72. C Themis Cortés López
    73. C. Gustavo Cortés Mejia
    74. Lic. Luis Ricardo Crespi Ortega
    75. Lic. Juan José Crispín Borbolla
    76. C. Isabel Lorena Cruz Alvarez
    77. Lic. Eduardo Cruz Latournerie
    78. Lic. Efrén Cruz Rico
    79. Lic. Guillermo Cuellar Chávez
    80. Lic. Raul de Jesús Navarrete
    81. Lic. Luis Manuel de la Teja Aguilar
    82. C. María de Jesús Antonieta Dehesa Baena
    83. Lic. Mario Martín Delgado Carrillo
    84. Lic. Enrique Díaz Díaz
    85. C. Paúl Bernardo Díaz Gómez
    86. C. Adriána Díaz Ortega
    87. Lic. María Esther Díaz Rivero
    88. Lic. José Alfredo Domingo Hernández
    89. Dip. Horacio Duarte Olivares
    90. Lic. Ma. del Rosario Escobedo Olmos
    91. Lic. Lucía María de Jesús E. Esparza Pérez
    92. C. Carmen Esparza Rodríguez
    93. Dip. Patricia Espinosa Torres
    94. Lic. Rosa Belén Fabián Cruz
    95. Lic. Víctor Manuel Fabián Cruz
    96. Lic. Alfredo Félix Díaz Alvarez
    97. Lic. Arturo Jesús Ferro López
    98. Lic. Javier Ferrón Suárez
    99. Lic. Juan Manuel Figueroa López
    100. Lic. Sandra Marisela Flores Alonso

    101. Lic Edgardo Flores Campbell
    102. Lic. Arcelia Flores Castro
    103. Dip. Arturo Flores Grande
    104. Lic. José Alfredo Flores Rocha
    105. Soc. Rafael Flores Torres
    106. Dip. Claudia Carmen Fragoso López
    107. C. Dalia Berenice Fuentes Pérez
    108. Lic. Abner Enoc Fuentes Treviño
    109. Dip. Lionel Funez Díaz
    110. Prof. Carlos Fernando Galán Domínguez
    111. Lic. Mericia Galarza Rivera
    112. Lic. Víctor Manuel Galindo López
    113. Ing. Jorge Galván Moreno
    114. Dip. Luis David Gálvez Gasca
    115. Lic. Alejandro Gallardo Arroyo
    116. Lic. Claudia Gamboa Montejano
    117. Lic. Dulce María Gandera de Anda
    118. Lic. Efraín García Gómez
    119. Lic. Claudia García González
    120. Lic. Luz del Carmen García López
    121. Lic. Vanessa García Luna
    122. Lic. Herón García Martínez
    123. Lic. Gonzalo García Maya
    124. Lic. Noé García Ortiz
    125. Lic. León Felipe García Roldan
    126. Lic. Edgar García Vázquez
    127. Lic. Pedro Miguel Angel Garita Alonso
    128. Lic. José Gilberto Garza Grimaldo
    129. Lic. Corvalán Gaytán Casas
    130. Lic. Marco Vinicio Gaytán Hernández
    131. Lic. Cristina Iseme Gaytán Hernández
    132. C. Rosa María Giorgana Pedrero
    133. C. Maricela Gómez Enriquez
    134. Lic. Jorge Carlos Gómez Pérez
    135. Lic. Carlos Gómez Valero
    136. Lic. María Elvira González del Monte
    137. Lic. Felipe de Jesús González Camarena
    138. Lic. Laura Ivette González Cortés
    139. Lic. Jorge González Chavez
    140. C. Ma. de Lourdes González Hernández
    141. Ing. Noé González Lira
    142. Lic. Jesús Manuel González Luviano
    143. Dip. Juana González Ortiz
    144. Lic. Xihomara González Reyes
    145. Lic. Alfonso González Rubio
    146. Dip. María Guadalupe González Ruíz
    147. Lic. María Elizabeth González Vázquez
    148. Lic. María Beatriz Granillo Vázquez
    149. C. Víctor Manuel Guadarrama García
    150. Lic. Mario Arturo Guerrero Corrales

    151. Lic. Gustavo Guerrero Roldán
    152. Lic. José Miguel Guevara Lara
    153. Lic. Luis René Gutiérrez Martínez
    154. Lic. Juan José Gutiérrez Monroy
    155. Lic. Omar Adrián Heredia Mariche
    156. Lic. Said Hernández Quintana
    157. Lic. Nuria Gabriela Hernández Abarca
    158. Mtro. José Hernández Calderon
    159. Lic. Estela Aurora Hernández Fuentes
    160. C. Luis Alberto Hernández Herrera
    161. Lic. Hugo Gustavo Hernández Huerta
    162. Lic. Antonio Hernández Legaspi
    163. Lic. Bertha Patricia Hernández López
    164. Lic. José Luis Hernández Montiel
    165. Lic. Sonia Hernández Pineda
    166. Lic. Floriza Hernández Ramírez
    167. C. José Luis Hernández Sánchez
    168. Lic. Martha Silvia Hernández Sánchez
    169. C Beatriz Hernández Sánchez
    170. Lic. Merly Lorena Hernández Sosa
    171. C. Raciel Hernández Suastes
    172. Lic. Eliseo Juan Hernández Villaverde
    173. Lic. José del Carmen Herrera Sánchez
    174. Lic. Oscar Herrera Varela
    175. Lic. José Cuauhtémoc Hinojosa Herrera
    176. C. Natyely Hoyos Ocariz
    177. Lic. José Antonio Huitrón Santoyo
    178. Lic. Luis Alonso Hurtado Alvarez
    179. C. Christian Hurtado Solorzano
    180. Lic. Sadot Ibarra Amaya
    181. Lic. José Adolfo Jiménez Aldana
    182. Dip. Nicolas Jiménez Carrillo
    183. Lic. Araceli Jiménez Ricoy
    184. Dip. Hector Jiménez y Meneses
    185. Lic. José Antonio Juárez Castañeda
    186. C. Daniel Juárez Venancio
    187. Lic. Cesar Julián Bernal
    188. LAE Alfonso Labastida Cerezo
    89. Ing. Ernesto Ladrón de Guevara Alafita
    190. Lic. Leóncio Lagunas Lagunas
    191. Lic. Marcela Landeta Corona
    192. C. J. Francisco León Hernández
    193. Lic. Dulce María Liahut Baldomar
    194. Lic. Rosa Icela Lita Morales
    195. Lic. Carlos Alberto Lomas Laurel
    196. Lic. Víctor Ernesto López Aguilera
    197. Lic. Rosalinda López Covarrubias
    198. Lic. Eduardo López Falcón
    199. Lic. Alejandro Guillermo López González
    200. Lic. Diana López Hipólito

    201. Lic. Federico López Huerta
    202. Dip. Luz de Carmen López Rivera
    203. Lic. Armando López Santibañez
    204. Lic. Pedro Loredo Vera
    205. Dip. Ramón Lorence Hernández
    206. Lic. David Martín Lozano Mercado
    207. Lic. Arturo Lugo Ríos
    208. Dip. Esteban Luján Vega
    209. Lic. Sandino Luna Almeida
    210. Lic. Claudia Lilia Luna Islas
    211. Lic. José Manuel Llanos Vázquez
    212. Lic. Joel Macías de Lara
    213. Dip. Pedro Magaña Guerrero
    214. C. María de Lourdes Mancera Cruz
    215. Dip. Rosendo Marín Díaz
    216. Lic. Solange Márquez Espinoza
    217. Lic. José María Martínez Corona
    218. Lic. Oscar Martínez Gutiérrez
    219. C. Jonathan Martínez Martínez
    220. Lic. Jorge Isidro Martínez Montoya
    221. Lic. Eduardo Martínez Noriega
    222. Lic. Salvador Martínez Ortiz
    223. Lic. Edgar Martínez Salgado
    224. Lic. Alejandro Martínez Sotelo
    225. Lic. Jovita Mata Rosas
    226. Lic. Felipe Mayoral Medina
    227. Lic. Tomás Medellin Tinoco
    228. Dip. Gabriel Medina Rodríguez
    229. C. Alexis Mellín Rebolledo
    230. LAE Jesús Manuel Mendez Aguilar
    231. Dip. Luis Meneses Murillo
    232. Lic. María del Rocio Meneses Uvera
    233. Lic. José Luis Monroy Flores
    234. Lic. Rodolfo Hugo Monroy Ortiz
    235. Lic. Rogelio Montaño Sosa
    236. Lic. Miriam Montes de Oca Albarrán
    237. Lic. Aurora Morales Delgadillo
    238. Prof. Rey Morales Sánchez
    239. Lic. Ma. Ysaura Moreno Alamina
    240. Lic. Trinidad Otilia Moreno Becerra
    241. Lic. Victoria Moreno Pompa
    242. Lic. Luis Manuel Muñoz Carrillo
    243. Dip. Raúl Muñoz de León
    244. Lic. Karina Musalem Santiago
    245. C. Arturo Nava Sánchez
    246. Lic. Hermilio Navarrete Laurent
    247. Lic. José Luis Nungaray Rodríguez
    248. Dip. Juan Carlos Nuñez Armas
    249. Lic. Blanca Lilia Ojeda Valdés
    250. Lic. Orlando Alfonso Olguín Miranda

    251. Prof. Ismael Olivares Ortiz
    252. Lic. Hugo César Olivares Velasco
    253. Lic. Ricardo Olvera Burguete
    254. Lic. Graciela Olvera Villegas
    255. Lic. Mauricio Ondarreta Huerta
    256. Lic. Jesús Onofre Ortiz
    257. Lic. Verónica Gabriela Oropeza Gámez
    258. Lic. Librada Ortega Manzanares
    259. Lic. Hector Ernesto Ortega Sandoval
    260. Lic. José Luis Ortega y Morales
    261. Dip. Francisco Ortiz Ayala
    262. Lic. Roberto de Jesús Ortiz Vega
    263. C. Gerónimo Demián Otero Bravo
    264. Lic. Karim Antonio. Oviedo Ramírez
    265. Lic. Diana Ozuna Millán
    266. C. María Alejandra Ozuna Ramírez
    267. Lic. José Manuel Ozuna Ramírez
    268. Dip. José Angel Pacheco Ahuactizin
    269. Dip. Bernardino Padilla Sánchez
    270. Dip. Amalia Padilla Uribe
    271. C. Jorge Alejandro Arellano
    272. C. Silvia Guadalupe Palazuelos
    273. Lic. Susana Margarita Palma Flores
    274. Lic. José Sergio Palma Galvan
    275. C. Pablo Alberto Pazos Delgado
    276. Lic. Sandra Pérez Chacón
    277. C. Beatriz Anayansi Pérez Gordillo
    278. Lic. Fernando Eduardo Pérez Rasgado
    279. Lic. Jorge Pérez Rosas
    280. Lic. Héctor Pérez Serrano
    281. C. Miguel Angel Picazo Hurtado
    282. C. María del Pilar Pineda Gómez
    283. Lic. Liliana Alejandra Pineda Jiménez
    284. Lic. Gabriel Ponce Velázquez
    285. Dip. Cristina Portillo Ayala
    286. C. María de Lourdes Quevedo Peña
    287. C Armando Ramírez Fuentes
    288. Lic. Georgina Ramírez Fuentes
    289. C. Marco Antonio Ramírez Galván
    290. Lic. Patricia Ramírez J.
    291. Dip. Germán Ramírez López
    292. Dip. José Concepción Ramírez Rosales
    293. Lic. Octavio Ramos Ramos
    294. Lic. José Renteria García
    295. Lic. Jazmín Reséndiz Mata
    296. Dip. Gloria Xochitl Reyes Castro
    297. Lic. Víctor Rubén Reyes Tapia
    298. Lic. Cesar Rivas Valdivia
    299. Lic. Juan Carlos Rivas Valdivia
    300. Lic. Patricio Rivera Jiménez

    301. Lic. José Luis Rivera Reyes
    302. Lic. Angel Rodríguez Bernal
    303. Lic. Ismael Rodríguez Cariño
    304. C. Juan Luis Rodríguez Flores
    305. Dip. Reynaldo Rodríguez Montes
    306. Lic. Arturo Rodríguez Paredes
    307. Lic. Miguel Angel Rodríguez Reyes
    308. Lic. Juan Rafael Rodríguez Rodríguez
    309. Lic. Claudia Vanesa Guadalupe Rodríguez Rodríguez
    310. Dip. Carlos Jaime Rodríguez Velasco
    311. C. José Jorge Rodríguez Vite
    312. Lic. Laura Angelica Rojas Hernández
    313. Lic. Juan José Rojas Herrera
    314. Lic. Demetrio Rojas Torrres
    315. Lic. José Valentín Romero Cedillo
    316. C. Lucila Romero Huerta
    317. C. Víctor Romero Maldonado
    318. C. Hugo Rosado Lagunes
    319. Lic. Jorge Alfonso Rovirosa Quiroz
    320. Lic. Eugenio Rubio Franco
    321. Ing. Isidro Ruíz González
    322. Lic. Teresa Esperanza Saavedra Vázquez
    323. Lic. Mao Americo Sáenz Culebro
    324. Dr. Miguel Angel Sáenz Garza
    325. Lic. Roberto Sáenz Ramírez
    326. Lic. Armando. Salazar López
    327. Lic. María del Carmen Salinas Lecona
    328. Lic. Luis Gabriel Salvador Delgadillo
    329. C. Minerva Sánchez Avila
    330. Dr. Guillermo Antonio Sánchez Bustamante
    331. Lic. Gerardo Sánchez Camacho
    332. Dip. Mariano Sánchez Farías
    333. Dip. Espiridión Sánchez López
    334. Lic. Manuel Antonio Sánchez Osorio
    335. Lic. Maribel Sánchez Paredes
    336. C. José Antonio Sánchez Rodríguez
    337. Lic. Daniel Sánchez Rojas
    338. C. Adriana Fabiola Sánchez Sagal
    339. Lic. Abraham Santiago Soriano
    340. Dip. Gerardo Arturo Saucedo Delgado
    341. Lic. Eloiza Mitzi Segoviano Luna
    342. Dr. Sergio Segreste Rios
    343. Lic. Oscar Segura Nava
    344. Lic. Ana Ydalia Sesma Caballero
    345. Lic. Leticia Silva López
    346. Dip. Javier Silva Sánchez
    347. Lic. Yolanda Silva Velázquez
    348. Lic. Fanny Sleman Valdes
    349. Lic. Erika Solana Escalera
    350. C. Dolores Sommer Zetina

    351. Lic. Beatriz Fabiola Sosa Muñiz
    352. Lic. Gustavo Sotelo Villegas
    353. Lic. María Isabel Torres Lira
    354. Lic. Francisco Rafael Torres Pérez
    355. C. Paola Torres Robles
    356. Li. Juan Job Torres Sánchez
    357. Lic. Jesús Trapaga Reyes
    358. Dip. Sergio Valdés Arias
    359. Lic. Ismael Valdez Hernández
    360. C. Consuelo Valencia Cruz
    361. Sen. Mario Vargas Aguiar
    362. CP Agustín Vargas Alcala
    363. Lic. Marisol Vargas Bárcena
    364. Dip. María Estrella Vázquez Osorno
    365. C. Benjamín Vázquez Benítez
    366. Mtra. Silvia Vázquez Galina
    367. Lic. Everardo Martín Vázquez Serrano
    368. Lic. Pedro Velasco Sodi
    369. Dip. Miguel Angel Velázquez Valdez
    370. Lic. Arturo Velázquez Valencia
    371. Lic. Ruben José Vigueras Calderon
    372. C. Juan Bruno Vilchis Cuevas
    373. Lic. Bertha Cecilia Villafaña Arellano
    374. Dip. Samuel Gustavo Villanueva García
    375. Lic. José Manuel Villegas Cuevas
    376. Dip. Susana Wuotto Cruz
    377. C. Carlos Alberto Yáñez Carmona
    378. Lic. María Zaragoza Singler
    379. Lic. María Idalia Zarazua Fuentes
    380. Lic. Gerardo Zarza Uribe
    381. Dip. José Luis Zapahua Hernández
    382. C. Julio Zuñiga Vilchis
    383. Lic. Anayansi López Toraya Zuzuki
    384. Lic. Luis Cisneros Moro
    385. Lic. Rocio Iliana Herrera Deciga
    386. Lic. Luis Nicolás Martínez García
    387. C. Miguel Angel Morales Eguia Liz
    388. Lic. Lucresia Muñoz Juárez
    389. Lic. Fernando Romero García
    390. Lic. Carmelo Mario Valdés Guadarrama
    391. Lic. Arianda Berenice Velázquez Olivares
    392. Lic. Salvador Guzmán Zapata
    393. Dip. Soledad Baltazar
    394. Lic. Héctor Fermín Valera Aguilar
    395. Dip. Blanca Rosa García Galván
    396. Lic. Norma Teresa Acevedo Miguel
    397. Lic. María de la Soledad Baltazar Segura
    398. C. Oscar Carmona Beltran
    399. Ing. José Luis del Angel Lemus
    400. Lic. Ubaldo Valentín Flores Alpizar

    401. Lic. Leticia Flores Cepeda
    402. Dip. Blanca Rosa García Galván
    403. Lic. Sergio Humberto González Díaz
    404. C. José Gpe. Guadarrama Ortega
    405. C. Humberto León Fregoso
    406. C. Federico Manzo Sarquis
    407. Dip. Raúl Monjarás Hernández
    408. C. María Antonieta Palatto Cedillo
    409. Lic. Victorino Peralta Terrazas
    410. Lic. Víctor Efraín Peralta Terrazas
    411. C. Ana Luisa Ponce Suastes
    412. Lic. Rafael Ramírez Arana
    413. Lic. Evelyn Fabiola Romero Abreu
    414. C. María Esther Sánchez Trejo
    415. Lic. Octavio Villalva Morales
    416. Profr. Arturo Sánchez Guerrero
    417. C. Ma. de Lourdes Meza García
    418. C. Antonio López Sánchez
    419. Dip. José Antonio Alvarez
    420. Dip. Isabel Villers Aispuro
    421. Ing. Raúl Alvarez López
    422. Lic. Julio Samuel González Parada
    423. C. Luis Nicolás Martínez García

    Atentemente
    Palacio Legislativo a 8 de noviembre de 1999.

    El Comité Académico del Ultimo Seminario de Derecho Constitucional y Parlamentario del Milenio
    Dr. Víctor M. Martínez Bulle-Goyri
    Lic. José Luis Herrera
    Lic. Ma. Claudia Monreal Avila
     
     
     

    DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES LEGISLATIVAS

    A las instituciones educativas, de investigación, investigadores interesados y estudiosos en general a presentar Proyectos de Investigación y Estudios sobre el

    Congreso y Temas Parlamentarios

    Objetivo

    Con el fin de promover y difundir la producción académica que, desde una perspectiva teórica, histórica, comparativa o técnica, auspicie temas relacionados con el estudio de las funciones, la actividad y las prácticas de la vida parlamentaria en México y en otros países. Y en la búsqueda de impulsar el desarrollo de un centro de documentación sobre el análisis de legislaturas, se prevé brindar apoyo financiero y/o de publicación a proyectos de investigación que sobre estudios del Congreso Mexicano y temas parlamentarios, postulen investigadores independientes o instituciones académicas y de investigación.

    Bases generales de participación

    1. Podrán participar en la postulación todos los trabajos de investigadores mexicanos o residentes en el país o cualquier institución de educación superior mexicana y, que sean acompañados de un proyecto de investigación rigurosamente estructurado, cuyos avances permanezcan inéditos para la fecha de cierre de esta convocatoria.

    2. Los proyectos de investigación podrán tener de uno a tres coordinadores generales, en cuyos casos se indicará quién será en última instancia el responsable principal de continuar y finalizar la investigación.

    Temas

    Historia del Congreso Mexicano
    Análisis Comparativos sobre Derecho Parlamentario
    Análisis sobre Reformas Constitucionales
    Consolidación del Poder Legislativo en la Historia Mexicana
    Evolución de la Organización y Práctica Legislativa
    Estructura y Funcionamiento de las Legislaturas
    Importancia del Poder Legislativo en los Procesos de Transición Democrática
    Estudios Comparativos sobre Congresos a Nivel Nacional e Internacional
    Prospectiva Política y Parlamentaria

    Procedimiento

    1. Deberán enviarse tres ejemplares del proyecto de investigación al Instituto de Investigaciones Legislativas, antes del 31 de diciembre de 1999.

    2. Se tomarán en cuenta la claridad y la coherencia en el planteamiento de los objetivos, así como en la elaboración de los programas de trabajo y de difusión y la estimación de los costos reales del proyecto en todas sus etapas.

    3. Todas las propuestas deberán incluir un programa detallado para la totalidad del trabajo que se propongan realizar, incluyendo las etapas de planeación, investigación, desarrollo, producción, obtención de recursos adicionales, difusión etc., según sea el caso.

    Financiamiento

    Los proyectos seleccionados recibirán un apoyo financiero que contemple las necesidades propias del programa de trabajo de cada uno, siendo entregado en función de su cronograma de actividades, así como un apoyo en la publicación de los resultados finales.

    Documentación

    Todas las propuestas deberán estar acompañadas de la documentación que se indica enseguida. Las propuestas incompletas, o cuyo material no se ajuste a las especificaciones indicadas, no serán turnadas al Comité de Evaluación.

    1. Original y dos copias del proyecto (máximo 20 cuartillas).
    2. Original y dos copias de la síntesis del proyecto (máximo cinco cuartillas).
    3. Original y dos copias del presupuesto detallado del costo total del proyecto.
    4. Original y dos copias del cronograma de actividades.
    5. Original y dos copias de curriculum vitae, resumido (máximo dos cuartillas). Deberá destacarse la trayectoria previa en relación con la disciplina del proyecto que se pretende realizar.

    Consideraciones finales

    A partir de la fecha de entrega del proyecto, el Comité de Evaluación integrado por la Mesa Directiva del Instituto de Investigaciones Legislativas, quien a su vez podrá auxiliarse de especialistas y miembros, del Consejo y del equipo editorial de la revista Quórum, tendrá un plazo máximo de sesenta días hábiles para responder oficialmente a través de un dictamen sobre las posibilidades de financiamiento y/o publicación de la propuesta en cuestión.

    Todos los trabajos deberán enviarse al Instituto de Investigaciones Legislativas de la H. Cámara de Diputados, edificio B planta baja, en av. Congreso de la Unión s/n, col. El Parque, Venustiano Carranza, CP 15969, México, DF, con atención a la lic. Yolanda Silvia Olvera o entregarse directamente en el domicilio señalado antes del 31 de diciembre de 1999.

    Para mayor información comunicarse con la lic. Yolanda Silvia Olvera, coordinadora de Investigaciones del Instituto de investigaciones Legislativas a los siguientes teléfonos: 56 28 14 21 y 56 28 13 00 ext. 3129; fax 55 42 30 62, dirección electrónica: irmaeren@servidor.unam.mx

    Atentamente
    Dip. Bernardo Bátiz Vázquez
    Presidente