Lectura del acta de la sesión anterior.
Comunicaciones
De los Congresos de los estados de Chihuahua, Coahuila y Jalisco.
Iniciativas de ciudadanos diputados
De reformas y adiciones a la Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional, y a la Ley de Responsabilidad Civil por daños nucleares, a cargo de la C. dip. Aurora Bazán López, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión)
Oficios de la Secretaría de Gobernación
Por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que los CC. Nemecio Diez Riega y Leonor Sarmiento Pubillones puedan aceptar y usar las condecoraciones que les confiere el gobierno del Reino de España. (Turno a Comisión).
Dictámenes a discusión
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con Proyecto de Decreto que concede permiso al ciudadano licenciado Doroteo Agustín Arteaga Domínguez, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de las Artes y las Letras, en grado de Caballero, que le confiere el gobierno de la República Francesa. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria el 16 de octubre.- Discusión y votación).
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con Proyecto de Decreto que concede permiso a los ciudadanos Cinthia Estudillo López, Oscar Moctezuma Arroyo y Paola Rosales Corzo, para prestar servicios en la embajada de los Estados Unidos de América en Tijuana, Baja California. (Publicado en Gaceta Parlamentaria el 16 de octubre.- Discusión y votación).
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con Proyecto de Decreto que concede permiso a la ciudadana María Luisa Ruiz Peñalosa, para prestar servicios en la embajada de Jamaica en México. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria el 16 de octubre.- Discusión y votación).
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con Proyecto de Decreto que concede permiso a la ciudadana Catherine Dubalen de Manjarrez, para prestar servicios en la embajada de la República Argelina Democrática y Popular en México. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria el 16 de octubre.- Discusión y votación).
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con Proyecto de Decreto que concede permiso a la ciudadana Victorina Castillo Rodríguez, para prestar servicios como secretaria en la embajada de Paraguay en México. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria el 16 de octubre.- Discusión y votación).
De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con Proyecto de Decreto que concede permiso a los ciudadanos María del Consuelo Carrizosa Esperanza, Claudia Erika Zavala Galindo, María Angelina Martínez Chaveste, Adoración González Pérez, Héctor Aníbal Martínez Caballero, Angel Gutiérrez Huerta, Alicia Elizabeth Guerrero Ventura y Esther Solaque Muete, para prestar servicios en la embajada de Venezuela en México. ( Publicado en la Gaceta Parlamentaria el 16 de octubre.- Discusión y votación).
Excitativas
A la Comisión de Justicia, a cargo de la C. dip. Socorro May López, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Debates
Comentarios sobre el Día Mundial de la Pobreza (Deliberativo).
Comentarios sobre Sierra Blanca, Texas. (Deliberativo).
Comentarios sobre elecciones en el estado de Tamaulipas, a cargo del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (Debate pactado)
Comentarios sobre las elecciones en Puebla, a cargo del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Debate Pactado).
Comentarios sobre las elecciones en el estado de Tlaxcala, a cargo del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Debate Pactado).
Debate pactado sobre la Cartera Vencida, a propuesta del C. dip. Maximiano Barboza Llamas.
De la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política
Proposición de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política con Puntos de Acuerdo, relativa a garantizar la difusión de la información de la Cámara de Diputados. (Publicado en la Gaceta Parlamentaria del 20 de octubre.- Discusión y Votación).
DE LOS CONGRESOS DE LOS ESTADOS DE CHIHUAHUA, COAHUILA Y JALICO
H. Cámara de Diputados del Congreso de
la Unión
PRESENTE
De conformidad a lo dispuesto por los artículos 16 y 18 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Jalisco, me permito comunicar a Usted(s), que en sesión de fecha 29 de septiembre del presente año, la Quincuagésima Quinta Legislatura del estado libre y soberano de Jalisco, aprobó la forma en como quedó integrada la Mesa Directiva que fungirá durante el mes de octubre del presente año, quedando de la siguiente manera:
Presidente: Dip. Felipe de Jesús López García
Vicepresidente: Dip. Ramiro Hernández García
Vicepresidente: Dip. María del Rocío García Gaytán
Secretario: Dip. Vicente Vargas López
Secretario: Dip. Carlos Enrique Urrea García R.
Prosecretario: Dip. Abundio Gómez Meléndrez
Prosecretario: Dip. Luis Fabricio Huerta Vidales
Lo que hago de su conocimiento, para los efectos legales procedentes.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Guadalajara, Jal. 30 de septiembre de 1998.
Lic. María Carmela Chávez Galindo.
Oficial Mayor
Chihuahua, Chih., 30 de septiembre de 1998
C. Presidente de la H. Cámara de Diputados
PRESENTE
Por este conducto nos permitimos hacer de su conocimiento que con esta fecha, la Quincuagésima Octava Legislatura del H. Congreso del estado de Chihuahua, dio inicio y clausuró los trabajos correspondientes al XII Periodo Extraordinario de Sesiones dentro del tercer año de ejercicio constitucional, quedando integrada su Mesa Directiva de la siguiente forma:
Presidente: Dip. Miguel Angel González García
Vicepresidente: Dip. Dagoberto González Uranga
Vicepresidente: Dip. Rogelio Loya Luna
Primer Secretario: Dip. Fernando Palma Gómez
Segundo Secretario: Dip. Edmundo Mendoza López
Prosecretario: Dip. Alvaro Terrazas Sánchez
Prosecretario: Dip. David Rodríguez Torres
Asimismo, les comunicamos que de igual manera la Diputación Permanente ha clausurado este día sus trabajos, dando por concluido el ejercicio legal de esta Legislatura.
Sin más por el momento, reiteramos a usted las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
El Presidente de la Diputación Permanente
del H. Congreso del estado
Dip. Leopoldo Canizales Sáenz
C. Lic. Arturo Núñez Jiménez
Presidente de la CRICP
La Diputación Permanente del H. Congreso del estado de Coahuila de Zaragoza, en su décima tercera sesión del segundo periodo de receso del segundo año de ejercicio constitucional, celebrada el día 22 de septiembre de 1998, aprobó, por votación unánime de sus integrantes, el siguiente:
Acuerdo
Primero.- Que se revise a nivel federal y estatal la política agropecuaria con el propósito de reactivar al campo mexicano y apoyar en mayor medida a los productores de menos recursos.
Segundo.- Que la política sectorial tenga como eje central la integración y vinculación del sector agropecuario a la dinámica global de la economía que desarrollan los demás sectores.
Tercero.- Que el presupuesto para el campo en Coahuila para 1999, a pesar de los problemas financieros internacionales y manejo de la política económica, obtenga incrementos reales.
Cuarto.- Se inicien los trabajos necesarios para que la Secretaría de Fomento Agropecuario del Estado coordine todos los programas relacionados con el sector rural, realizando para ello reuniones quincenales de evaluación con todas las dependencias relacionadas y con la representación de la Comisión de Fomento Agropecuario, como parte de un sistema de coordinación interinstitucional (un Consejo de Planeación para el Campo en Coahuila).
Quinto.- Que los municipios elaboren para 1999 un programa sectorial con una política agropecuaria definida y con montos presupuestales que presenten incrementos reales con respecto a 1998.
Lo anterior se hace de su conocimiento para la consideración y trámite que estime oportuno. Anexo el documento que sirvió de base para el presente acuerdo.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Saltillo, Coahuila, a 22 de septiembre de 1998.
Dip. Jesús S. Hernández Téllez, Presidente
Jorge Emilio González Martínez, Aurora Bazán López, Jorge Alejandro Jiménez Taboada, Gloria Lavara Mejía, Miguel Angel Garza Vázquez y Verónica Velasco Rodríguez, diputados de la LVII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 31 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos se turne a la Comisiones de Energéticos y Protección Civil, para su dictamen y posterior discusión en el Pleno de la H. Cámara de Diputados de la LVII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, la siguiente iniciativa de ley:
Exposición de Motivos
Hoy, la tecnología nos ha puesto en la disyuntiva de transformar la manera de producir, utilizar y consumir energía. La descomposición del átomo, y la consecuente transformación de la materia en energía nuclear, nos acerca a una fuente casi inagotable para impulsar la producción; sin embargo, los riesgos que esto implica nos hacen preguntarnos si es ésta la mejor manera en que el ser humano puede solucionar sus problemas energéticos. Si las aprovechamos, sus efectos tendrán un importante impacto no sólo en nuestra economía personal y del Estado, sino también en la seguridad pública y en la conservación de nuestro medio ambiente.
Todas nuestras principales fuentes de energía actuales, basadas en combustibles derivados del petróleo y del carbón, principalmente, dañan al medio ambiente, pero la energía nuclear es la más peligrosa y dañina de todas.
Al principio de la era atómica se pensó que la energía nuclear sería segura, barata e ilimitada y, por lo tanto, que pondría punto final a la dependencia de la energía importada, de ahí que los gobiernos occidentales dedicaran la mayor parte de sus recursos a desarrollar la tecnología nuclear. Entre 1979 y 1990, los países miembros de la Agencia Internacional de Energía Atómica gastaron cerca del 60 por ciento de su presupuesto de investigación energética en materia nuclear. Sólo un 9.4 por ciento fue dedicado al desarrollo de fuentes renovables de energía y un 6.4 por ciento a métodos para ahorra el consumo de energía.
México, por su parte, no fue ajeno a esa moda impuesta por los países occidentales, pues también pensó que la operación de una planta de energía nuclear sería rentable y altamente productiva, e invirtió mucho dinero en la construcción de la única planta de energía nuclear en nuestro país, Laguna Verde, desconociendo los efectos económicos negativos que produce y el riesgo de producir daños ambientales irreversibles.
Con apoyo gubernamental casi ilimitado, los científicos y administradores nucleares de los demás países, operaron en secreto esas plantas generadoras de energía, y cuando se estaba haciendo evidente la inconveniencia de su operación no sólo en términos de su costo e operación, sino además de su alta peligrosidad, ellos mismos trataron de ocultar los hechos al público.
Fue hasta el suceso acontecido el 26 de abril de 1986, en la unidad número 4 de la planta nuclear de Chernobyl, Ucrania, en la entonces Unión Soviética, cuando la comunidad científica tuvo que aceptar los altos riesgos a que se exponen las naciones que utilizan la energía nuclear, y creemos que no es necesario que en nuestro país sucedan acontecimientos similares para que nos demos cuenta de la verdad de la industria nucleoeléctrica.
La planta que se instaló en nuestro país está ubicada en el estado de Veracruz, y es la de Laguna Verde. El periodo de construcción de esta central se prolongó por 20 años, cuenta con una tecnología obsoleta y representa un foco rojo de inseguridad, además de que su producción de energía hace evidente su incosteabilidad, como lo demostraron estudios realizados en 1994, de los que se desprende que el balance energético de la central nucleoeléctrica era negativo en cuanto al ahorro de petróleo y divisas.
Se comparó el costo de generación de electricidad de Laguna Verde en su vida útil con un conjunto de termoeléctricas convencionales que produjeran la misma cantidad de energía, resultando un déficit en contra de la planta atómica de 350 millones de barriles de petróleo y con un costo de 4,200 millones de dólares de aquel entonces; es decir, Laguna Verde es en resumidas cuentas incosteable, por lo que consideramos debe ser remplazada por otras opciones de producción más económicas y con menos riesgos ambientales, y que también sean más productivas.
El problema de la utilización de energía nuclear no se limita solamente a su producción, en relación al elevado costo económico y ambiental que tiene, sino además, incluye los efectos posteriores que la planta genera no sólo por el costo derivado del desmantelamiento de la misma, sino además, por los efectos ambientales que produce la disposición final de los residuos generados en tan peligroso proceso industrial, en los que va en juego la salud de muchos pobladores.
Si tomamos en cuenta que del accidente sucedido en Chernobyl se derivaron graves daños a la vida y salud de cientos de miles de seres humanos, entre los que se cuenta el incremento de los índices de cáncer de tiroides entre miles de niños, la muerte del personal que laboraba en las instalaciones de la planta, un notorio aumento de abortos espontáneos, así como una nube radioactiva que puso en peligro a Europa por sus efectos ambientales, y que por todo ello hemos aprendido las consecuencias inmediatas, y a largo plazo que puede producir un inadecuado manejo de las plantas nucleares, estamos seguros que debemos desterrar la posibilidad de una catástrofe similar en nuestro país.
Así, la industria nuclear ha dejado de percibirse por la Comunidad Internacional como la panacea de la solución del problema energético mundial, para convertirse en un problema más por resolver, y al que parece que nuestras autoridades en la materia desean olvidar.
Las plantas que generan electricidad a través del uso y la implementación de tecnologías que, además de obsoletas son altamente contaminantes, producen también desechos radioactivos que es difícil concentrar en lugares determinados para su confinamiento y destino final, en tanto que aún en esos lugares, siguen produciendo contaminación hasta, por lo menos, unos 100 años, contaminación que puede afectar gravemente la salud de los pobladores.
Los desechos radioactivos de los que venimos hablando, pueden producir efectos de profundo impacto negativo también en el equilibrio ecológico de las zonas en que son confinados, por lo que su adecuada ubicación resulta necesaria.
Esto nos hace recordar algo que ha quedado profundamente grabado en la conciencia de todos nuestros compatriotas, y que el sólo pronunciarlo nos hace sentir indignación: Sierra Blanca.
El confinamiento de desechos radioactivos que se producen en el país vecino del norte, por sí mismo pone en riesgo la estabilidad y el equilibrio ecológico de la región fronteriza, arriesgando innecesariamente a la población mayoritariamente mexicana que ahí habita.
El entorno geográfico y geológico del sitio donde pretende llevarse a cabo el proyecto en Sierra Blanca, cuyas características lo hacen de suyo contaminante, aumenta todavía más el riesgo y la posibilidad de afectar a un gran número de personas, pues según los estudios realizados en la zona donde se ubicará, se demuestra que la posibilidad de que ocurran accidentes es alta, y con ello la posibilidad de que se contaminen gravemente los recursos naturales de la zona en detrimento de la salud de los mexicanos no sólo que se ubican del lado de nuestro país, sino incluso los que habiten en el país vecino.
El cuidado de los recursos naturales y del equilibrio ecológico, si bien dependen originalmente del Estado, debe quedar bajo la tutela también de la sociedad y de los particulares, para que sean ellos, a través de los tribunales, cuando resulten afectados, los que impulsen la actuación de las autoridades a efecto de determinar con fundamento y estricto apego a la Ley, la determinación de la responsabilidad civil, ambiental y moral derivada de los efectos que las instalaciones nucleares produzcan dentro de territorio nacional, independientemente de que se ubiquen dentro o fuera de las fronteras de la República Mexicana.
Debido a esas circunstancias, planteamos reformas a la Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional en materia nuclear, para que cualquier interesado pueda obtener información que sea recopilada por las autoridades competentes en materia nuclear, y así pueda tener acceso a la documentación respecto a la conducción que en materia de producción de energía nuclear y de todo lo relacionado a ella obre en los archivos del Ejecutivo federal y sus dependencias; por igual, se plantea un sistema de revisión de reglas en el que cualquier interesado pueda intervenir en la elaboración e implementación de medidas, criterios e interpretaciones que en la esfera administrativa pretendan adoptarse en materia nuclear; la iniciativa también plantea el dotar a la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias de un nuevo estatuto como organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, a fin de que goce de autonomía técnica, operativa y de gestión, y así constituya una auténtica autoridad dotada de imperio en materia nuclear, con intervención de la Cámara de Diputados en el proceso de nombramiento de su titular, a fin de que el órgano máximo de representación nacional tenga injerencia en tan importante materia.
Por otra parte, en la presente iniciativa proponemos también reformas a la Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares, a fin de contar con un nuevo sistema de competencias judiciales para la solución de controversias derivadas de los daños y perjuicios que, por la utilización de materiales, instrumentos o tecnologías de energía nuclear o por el confinamiento de residuos nucleares, puedan resentirse dentro del territorio nacional por fuentes causales dentro o fuera de nuestras fronteras; asimismo, planteamos la necesidad de incrementar el monto en los límites de la responsabilidad civil que tienen los operadores de instalaciones nucleares; de igual forma establecemos la posibilidad de que la responsabilidad civil por daño nuclear sea producto de accidentes derivados de catástrofes naturales, cuando estudios previos hayan señalado al sitio de la instalación nuclear como riesgosa para tales fines; en concordancia, se proponen una serie de reformas y adiciones que adecúen diversas disposiciones de la Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares a fin de hacer posible un sistema más adecuado a la realidad nacional en la materia.
Ahora, más que nunca, si no estamos informados de los efectos ambientales que causan la producción de energía nuclear, el depósito final o confinamiento de los desechos radioactivos de esa misma industria, así como de los alimentos y materiales irradiados dentro de los estándares de uso y consumo permitidos, sin que afecte la salud de los mexicanos, nos arriesgaremos a que, como antes, las autoridades sigan escondiendo información vital para evitar que los responsables de los daños a la población por la contaminación radioactiva que producen esos materiales, energía y alimentos eludan su responsabilidad de cara a la Nación.
Por ello, sometemos a esta Cámara de Diputados de la LVII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, la presente iniciativa de:
DECRETO mediante el cual se adicionan los artículos 4 bis, así como los artículos 53, 54, 55, 56, 57, 58 y 59 que integrarán un capítulo VII que también se adiciona, denominado "Del Derecho a la Información Nuclear"; y se reforman los artículos 50 y 51, todos de la Ley Reglamentaria del artículo 27 Constitucional en materia nuclear; se reforman los artículos 1, el inciso c del artículo 3, 11 14 y 25, y se adiciona un párrafo 4, al inciso f, del artículo 3 de la Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares
ARTICULO PRIMERO.- Se adicionan los artículos 4 bis, así como los artículos 53, 54, 55, 56, 57, 58 y 59 que integrarán un capítulo VII que también se adiciona, denominado "Del Derecho a la Información Nuclear"; y se reforman los artículos 50 y 51 de la Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional en materia nuclear, para quedar como sigue:
Artículo 4 bis.- Se considera de interés público y social, que las autoridades nucleares, en el ámbito de su competencia, publiquen, con anterioridad a su entrada en vigor, todos los proyectos de reglamento, decreto, acuerdo o demás actos administrativos de carácter general, en el Diario Oficial de la Federación, con la finalidad de darle oportunidad a los interesados que conozcan de la materia, de formular las observaciones que consideren pertinentes a las medidas propuestas, dentro del término de treinta días siguientes al de su publicación.
Artículo 50.- La Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias es un órgano descentralizado de la Administración pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, dotada de autonomía técnica, operativa y de gestión adscrita al sector de la Secretaría de Energía con las siguientes atribuciones:
...
...
Artículo 51.- La Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias estará a cargo de un director general y contará con un Consejo Consultivo, así como con el personal necesario para ejercer las atribuciones que tiene encomendadas. El director general será designado por la Cámara de Diputados de entre una terna que proponga el Ejecutivo federal, previo dictamen de la Comisión respectiva.
Dentro del término de treinta días, posteriores al en que tome posesión el director general, éste deberá de enviar el plan de trabajo que tenga proyectado realizar en la dependencia a la Comisión de Energéticos de la Cámara de Diputados, con el fin de que ésta lo apruebe y someta al Pleno.
Capítulo VII
Derecho a la Información Nuclear
Artículo 53.- La Secretaría de Energía desarrollará, en coordinación con las demás Secretarías de Estado y con sus dependencias en el ámbito de sus respectivas competencias, un Sistema Nacional de Información Nuclear que tendrá por objeto registrar, organizar, actualizar y difundir la información nuclear nacional, que estará disponible para su consulta.
En dicho sistema, la Secretaría deberá integrar, entre otros aspectos, la información relativa a la exploración, la explotación y el beneficio de minerales radioactivos, así como el aprovechamiento de los combustibles nucleares, los usos de la energía nuclear en todos los campos, la investigación de la ciencia y técnicas nucleares, la industria nuclear y todo lo relacionado con la misma.
La Secretaría de Energía reunirá informes y documentos relevantes que resulten de las actividades científicas, académicas, trabajos técnicos o de cualquier otra índole en materia nuclear, los que serán remitidos al Sistema Nacional de Información Nuclear.
Artículo 54.- La Secretaría de Energía deberá elaborar y publicar anualmente un informe detallado de la situación general existente en el país relativa a la exploración, la explotación y el beneficio de minerales radioactivos, así como el aprovechamiento de los combustibles nucleares, los usos de la energía nuclear en todos los campos, la investigación de la ciencia y técnicas nucleares, la industria nuclear y todo lo relacionado con la misma.
Artículo 55.- La Secretaría de Energía editará una Gaceta en la que se publicarán las disposiciones jurídicas, normas oficiales mexicanas, decretos, reglamentos, acuerdos y demás actos administrativos, así como información de interés general en materia nuclear y sus efectos, que se publiquen por el gobierno federal o los gobiernos locales, o documentos internacionales en materia nuclear de interés para México, independientemente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación o en otros órganos de difusión.
Artículo 56.- Toda persona tendrá derecho a que las diversas autoridades en materia nuclear pongan a su disposición la información nuclear que les soliciten, en los términos previstos por esta Ley. En su caso, los gastos que se generen, correrán por cuenta del solicitante.
Para los efectos de lo dispuesto en el presente ordenamiento, se considera información nuclear cualquier información escrita, visual o en forma de base de datos, de que dispongan las autoridades nucleares en materia de exploración, la explotación y el beneficio de minerales radioactivos, así como el aprovechamiento de los combustibles nucleares, los usos de la energía nuclear en todos los campos, la investigación de la ciencia y técnicas nucleares, la industria nuclear y todo lo relacionado con la misma, así como las actividades o medidas que les afectan o puedan afectarlos.
Toda petición de información nuclear, deberá presentarse por escrito, especificando claramente la información que se solicita y los motivos de la petición. Los solicitantes deberán identificarse, según sea el caso, indicando su nombre o razón social, así como su domicilio.
Artículo 57.- Las autoridades a que se refiere el artículo anterior, denegarán la entrega de información cuando:
II. Se trate de información relativa a asuntos que son materia de procedimientos judiciales o de inspección o vigilancia, pendientes de resolución;
III. Se trate de información aportada por terceros cuando los mismos no estén obligados por disposición legal a proporcionarla, o
IV. Se trate de información sobre inventarios e insumos y tecnologías de proceso, incluyendo la descripción del mismo.
Si transcurrido el plazo establecido en el párrafo anterior, la autoridad competente no emite su respuesta por escrito, la petición se entenderá resuelta en sentido negativo para el promovente.
La autoridad competente, dentro de los diez días siguientes a la solicitud de información, deberá notificar al generador o propietario de la misma, de la recepción de la solicitud.
Artículo 59.- Quien reciba información
nuclear de las autoridades competentes, en los términos del presente
capítulo, será responsable de su adecuada utilización
y deberá responder por los daños y perjuicios que se ocasionen
por su indebido manejo.
ARTICULO SEGUNDO.- Se reforman los artículos 1; el inciso c, del artículo 3, 11, 14 y 25, y se adiciona un párrafo 4 al inciso f del artículo 3 de la Ley de Responsabilidad Civil por daños nucleares, para quedar como sigue:
Artículo 1.- La presente ley tiene por objeto regular la responsabilidad civil por daños que puedan causarse por el empleo, dentro o fuera del territorio de la República Mexicana, de reactores nucleares, utilización de substancias, materiales o combustibles nucleares y la disposición o confinamiento de residuos generados en los procesos de extracción, beneficio, transformación, producción o utilización de aquellos, cuando sus efectos se resientan en territorio nacional.
Artículo 3.- Para los efectos de la presente ley se entiende:
c).- La pérdida de vidas humanas, las lesiones corporales y los daños y perjuicios materiales que se causen a propiedades o que afecten a los elementos y recursos naturales de una determinada zona del territorio nacional y que sean producto directo o indirecto de las propiedades radioactivas o de su combinación con las propiedades tóxicas, explosivas u otras propiedades peligrosas de los combustibles nucleares o de los productos o de los desechos radioactivos que se encuentren en una instalación nuclear o de las substancias nucleares peligrosas que se produzcan en ella, emanan de ella o sean consignadas a ella;
...
f) Por instalación nuclear:
1. ...
2. ...
3. ...
4. El local donde se confinan para su disposición final los residuos generados en los procesos de extracción, beneficio, transformación, producción o utilización de substancias, materiales o combustibles nucleares, independientemente de que sean considerados de alto o de bajo nivel radioactivo.
Artículo 14.- Se establece como importe máximo de la responsabilidad del operador frente a terceros, por un accidente nuclear determinado, un importe hasta por el equivalente a un millón de salarios mínimos en el Distrito Federal.
Respecto a accidentes nucleares que acaezcan en una determinada instalación nuclear dentro de un periodo de doce meses consecutivos, se establece como límite una suma equivalente a dos millones de salario mínimos en el Distrito Federal.
La cantidad indicada en el párrafo anterior, incluye el importe de la responsabilidad por los accidentes nucleares que se produzcan dentro de dicho período cuando en el accidente están involucradas cualesquiera sustancias nucleares de bajo o alto nivel radioactivo o cualquier remesa de sustancias nucleares destinadas a la instalación o procedentes de la misma y de las que el operador sea responsable.
Artículo 25.- Los tribunales federales serán competentes para conocer, de acuerdo a las normas del código Federal de Procedimientos civiles, de las controversias que se susciten con motivo de la aplicación de la presente Ley, en tratándose de daños nucleares cuya fuente generadora se encuentre fuera del territorio de la República Mexicana, serán competentes los tribunales del domicilio del actor y, en los demás casos, los del demandado.
Transitorio
UNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la H. Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 22 días del mes de octubre de 1998.
Diputados Jorge Emilio González Martínez (rúbrica), Aurora Bazán López (rúbrica), Jorge Alejandro Jiménez Taboada, Gloria Lavara Mejía (rúbrica), Miguel Angel Garza Vázquez y Verónica Velasco Rodríguez (rúbrica).
DE DECRETO QUE DEROGA EL SEGUNDO
PARRAFO DEL ARTICULO 108, ADICIONA EL PRIMER PARRAFO E INSERTA OTRO AL
ARTICULO 110 Y ADICIONA UN PARRAFO AL ARTICULO 111 DE LA CONSTITUCION POLITICA
DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DEL DIPUTADO AMERICO RAMIREZ RODRIGUEZ,
DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCION NACIONAL
Los suscritos diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional a la LVII Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con base en los artículos 56 y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos la siguiente iniciativa de decreto de reforma los artículos 108, 110 y 111 de la Constitución General de la República.
Exposición de motivos
El bien común constituye la ruta suprema de la comunidad política. Es el gobierno el que necesita del poder suficiente para el desempeño de su función, considerando la primacía del interés de todos por encima de unos cuantos grupos.
El poder debe ser custodio efectivo del bienestar social, la política es la herramienta con la que cuentan los servidores públicos, cuya actuación reclama una legalidad propia, para servir con energía y decisión.
La legitimidad es el requisito indispensable de la titularidad del poder. Para la obtención de dicha legitimidad, se requiere que los ciudadanos por medio del sufragio libre y secreto decidan a quien debe corresponder la realización de los actos públicos, como justificación y fundamento del ejercicio de la autoridad.
Cuando la autoridad es reconocida jurídicamente, su legitimidad de ejercicio debe desarrollarse estrechamente con los principios constitucionales, de respeto a la ley y en pro del Estado de Derecho. De no ser así, se corre el riesgo de perder la legitimación original.
La autoridad es el componente esencial en la constitución de un Estado y como todo poder de mando debe ser limitada y sometida por leyes justas.
Actualmente, no es concebible un gobierno irresponsable de sus actos, las directrices sobre su actuación están expresamente consagradas en las constituciones, que al ser violentadas producen necesariamente consecuencias deplorables para los gobernados, por lo cual, el gobierno es el primer obligado en respetar y defender el principio de legalidad y el servicio público. Y es que actuar conforme a la legalidad y el servicio al interés público constituyen las bases de todo buen gobierno.
Desde que México se convirtió en una nación independiente, ha sido una preocupación continua en nuestro sistema jurídico, el garantizar una vida democrática, y por tanto, que nuestra Ley Fundamental contenga las disposiciones acertadas para gozar del Estado de Derecho en que todo mexicano debe vivir.
Sin embargo, en México la impunidad sigue presente: las encuestas internacionales establecen que estamos en los primeros lugares de corrupción. Aunado a lo anterior, lo que más indigna es la tradición que en nuestro país existe para no castigar a los servidores de todos los niveles y que en casos excepcionales han servido como pantalla del sistema que no encuentra otra manera de disfrazar su corrupción.
Deseamos una vida más justa, en la que los ciudadanos tengan confianza en sus representantes, en los servidores, que la oportunidad genere en el funcionario y en la ciudadanía una digna y honorable relación, de la cual se construyan bienes públicos. Necesitamos disminuir la falta de confianza hacia los servidores públicos, para eso necesitamos hombres capaces, honrados y comprometidos con el país y sus leyes.
Podemos crear un sinnúmero de normas para disminuir los malos comportamientos de los servidores, pero si moralmente no estamos convencidos de que tal o cual conducta no es favorable para la sociedad, entonces el avance deseado se convierte en retroceso. En esta Cámara podemos hacer reformas, crear tipos penales, designar un auditor a cada servidor, pero nada de eso será útil si no somos responsables de nuestros actos, respetuosos de las instituciones y sobre todo de la dignidad humana. Necesitamos buen gobierno y buenas leyes, pero antes que otra cosa necesitamos hombres y mujeres buenos.
Nadie debe realizar sus objetivos por encima o al margen de la ley. La actuación de los servidores públicos únicamente deberá regirse por la Constitución y las leyes. No pueden actuar fuera de ellas, la ley es general, no admite excepciones. No olvidemos que los servidores están facultados para hacer únicamente lo que la norma indique.
No hay, no puede haber programa de gobierno, por más contenidos de valores técnicos, económicos y sociales, que deba ser desarrollado si no se encuentra ajustado a la letra de la ley. Terminemos con la esquizofrenia de vivir en dos Méxicos: el México legal y el México real.
El abuso del poder, la corrupción y la impunidad son conductas que en nuestro país deben ser combatidas, sin importar la jerarquía del servidor público de que se trate.
Al respecto, el Presidente Ernesto Zedillo durante su mensaje pronunciado ante el Congreso de la Unión con motivo de su Cuarto Informe de Gobierno, dijo: "Vivimos las consecuencias de leyes permisivas y reformas insuficientes; de años de negligencia, imprevisión y corrupción en las instituciones encargadas de procurar justicia...."
Y más adelante se compromete con seguir "haciendo su tarea para desterrar la corrupción y la impunidad, y respaldar toda medida que genuinamente ayude a fortalecer la administración honesta y eficaz de los recursos públicos".
En la historia de México, desde la Constitución de 1824 se castigaba al Ejecutivo federal por traición contra la independencia nacional o la forma de gobierno; por cohecho o soborno, así como por sus actos dirigidos a impedir la realización de elecciones del Presidente, senadores y diputados, o bien, impedir que éstos se presentasen a servir sus destinos en la época señalada en la Constitución, u obstaculizar el uso de cualquiera de las facultades de las Cámaras.
Con las Siete Leyes Constitucionales de 1836 el Presidente de la República era responsable desde el día de su nombramiento hasta un año después de terminada su presidencia, por los delitos "oficiales" en que incurriera.
Las Bases Orgánicas de la República Mexicana de 1843 establecían que el Presidente no podía ser acusado, ni procesado criminalmente durante su encargo y un año después, sino por delitos de traición contra la independencia nacional y forma de gobierno.
De acuerdo con la Constitución de 1857 se podía proceder en contra del Presidente por traición a la patria, delitos graves del orden común, violación expresa a la Constitución y ataques a la libertad electoral, siempre y cuando fuera durante el tiempo de su encargo.
En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, el régimen de responsabilidades de la Presidencia de la República continúa siendo sumamente deficiente.
El Jefe del Ejecutivo sólo es responsable, en el tiempo de su encargo, por traición a la patria y delitos graves del orden común. La norma constitucional lo exime de responsabilidad en el caso de que viole la Ley Fundamental.
El Constituyente Céspedes solicitó a sus compañeros que reconsideraran el texto del artículo con la finalidad de hacer responsable al Presidente por las violaciones Constitucionales:
Ha sido preocupación constante de Acción Nacional que la norma constitucional contemple a todos los servidores públicos para que cumplan con sus obligaciones sin excepción alguna. Dentro de ellos, el Ejecutivo federal se encuentra, por así disponerlo la Constitución, sin responsabilidad para enfrentar sus actos, cuya consecuencia pueda perjudicar los intereses nacionales, por los cuales cualquier otro servidor público pudiera ser responsable.
Al respecto, podemos citar dos iniciativas presentadas por nuestro partido, la primera del diputado Pablo Castillo, el veinticinco de septiembre de 1984; y la segunda por el senador Luis Santos de la Garza, el dieciocho de noviembre de 1997, ante la Cámara Alta, donde en forma contundente y con visión democrática, atinadamente argumenta en su exposición de motivos:
Violaciones graves y sistemáticas a las garantías individuales y sociales, entre las que se encuentra la libertad de sufragio.
Usurpación de atribuciones y cualquier infracción a la Constitución o a las leyes federales o a las omisiones de carácter grave "cuando causen perjuicios graves a la federación, a uno o varios Estados de la misma, a la sociedad o motiven algún trastorno en el funcionamiento normal de las instituciones".
Las violaciones graves o sistemáticas a los planes, programas y presupuestos de la administración Pública Federal o del Distrito Federal.
El Presidente de la República es quien debe dar rumbo y guía institucional y legal a sus subordinados, demás servidores públicos y al pueblo de México. No se le debe considerar con especial tratamiento. El Presidente de la República debe ser considerado como un ciudadano más. La época de los privilegios debe terminar junto con su cauda de calamidades.
En ese sentido, México debe actualizar su legislación, tal y como sucede en otros países con semejanzas culturales y políticas a nuestra nación. Es así que en países como Argentina, Estados Unidos de Norte América, Costa Rica y otros, el Presidente puede ser enjuiciado políticamente.
Debemos recordar los casos ejemplificativos de Brasil y Venezuela, en los que Fernando Collor de Mello y Carlos Andrés Pérez, respectivamente, fueron sujetos de juicio político.
Ahora bien, por lo que se refiere a su responsabilidad penal por traición a la patria y delitos graves del orden común que señala el segundo párrafo del artículo 108, consideramos que esta responsabilidad también debe incluir los delitos graves del fuero federal, en los que queda comprendido, de acuerdo con el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, el tipo penal de traición a la patria.
La iniciativa propone pues, eliminar la restricción a los delitos graves del orden común y traición a la patria, con la finalidad de que queden contemplados los delitos graves de ambos fueros, tanto el federal como el local.
En este caso, proponemos que sea la Cámara de Diputados la facultada para acusar al Ejecutivo federal ante el Senado de la República y posteriormente, con la declaración de procedencia de esta última Cámara, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolverá la causa en única instancia. Esto con la finalidad de que el Ejecutivo sea juzgado en materia penal por una instancia jurisdiccional conocedora de la materia y no por un órgano de carácter político, ya que enjuiciar penalmente constituye un procedimiento de tipo jurisdiccional que es finalmente resuelto con base en criterios procesales.
La estructura de esta reforma se refiere a derogar el segundo párrafo del artículo 108, ya que el contenido de esta disposición es de carácter penal, por tanto, debe ser ubicada en el artículo 111, por corresponder ésta a la materia mencionada. Se adiciona el primer párrafo del artículo 110, para que el Presidente de la República sea considerado como sujeto de juicio político, también se adiciona un párrafo, para especificar los casos en que el Presidente podrá ser sujeto de este juicio político.
La reforma Constitucional que se propone deberá ser complementada con sendas reformas a la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, mismas que tendrán que recoger los cambios esenciales operados en la Carta Magna.
Por lo anteriormente expuesto, presentamos la siguiente
iniciativa de:
De Decreto que deroga el segundo párrafo
del artículo 108, adiciona el primer párrafo e inserta otro
al artículo 110 y adiciona un párrafo al artículo
111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 108.- .......
Derogado.
...
Artículo 110.- Podrán ser sujetos de juicio político, los senadores y diputados al Congreso de la Unión, el Presidente de la República, los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ......
El Presidente de la República sólo podrá ser sujeto de juicio político por violaciones graves a esta Constitución y por el manejo indebido de fondos y recursos federales.
.....
.....
.....
.....
.....
Artículo 111.- ......
.....
......
El Presidente de la República durante el tiempo
de su encargo podrá ser acusado por delitos graves, tanto del fuero
federal como del fuero común establecidos en la ley. La declaración
de procedencia será resuelta por la Cámara de Senadores previa
acusación de la Cámara de Diputados. Las resoluciones de
ambas Cámaras deberán ser hechas por las dos terceras partes
de los miembros presentes. La Suprema Corte de Justicia conocerá
la causa en única instancia.
.....
.....
.....
.....
.....
Transitorios
PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- La reforma conducente a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos y a las leyes relativas al régimen de responsabilidades, deberá realizarse a más tardar en sesenta días.
DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION
CC. Secretarios de la Cámara de Diputados
del H. Congreso de la Unión
PRESENTES
La Secretaría de Relaciones Exteriores se dirigió a esta de Gobernación, a fin de solicitar se tramite ante el H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción III, apartado C, del artículo 37 de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que las personas que se citan a continuación, puedan aceptar y usar la condecoración que les confiere el gobierno del Reino de España:
Nemecio Diez Riega. Condecoración de la Orden de Isabel la Católica, en grado de Encomienda.
Leonor Sarmiento Pubillones. Condecoración de la Orden del Mérito Civil, en grado de Encomienda.
Por lo anterior me permito anexar, para que se integren en su expediente, cartas de los interesados dirigidas al H. Congreso de la Unión, solicitando el permiso respectivo, copias certificadas de las actas de nacimiento y curriculum vitae.
Agradezco a Uds. su atención a la presente reiterándoles las seguridades de mi consideración distinguida.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, DF, a 12 de octubre de 1998.
Por acuerdo del C. Secretario
El Director General de Gobierno
Sergio Orozco Aceves
Los grandes cambios y transformaciones mundiales, en los ámbitos económico, político y social, nos obligan a reflexionar en las bases de nuestras estructuras y fortalezas como nación. Una de estas bases es la población, a la cual debemos dedicar parte de nuestro tiempo y atención. Sin embargo, existe alguien más a quien a la fecha no se les ha dado la atención y trato digno que merecen como seres humanos; me refiero a los menores de edad. La niñez no es solamente un presente desfavorecido, sino que debe ser nuestra prioridad por su potencialidad en el futuro.
El Estado Mexicano tiene la facultad irrenunciable, no la facultad discrecional, sino la obligación irrenunciable, de atender los requerimientos vitales de los niños en materia alimentaria, de salud y educación para asegurar su sano desarrollo.
De frente al siglo XXI, México debe hacer explícito este compromiso con la infancia porque en él deposita su propia vitalidad como nación. Asimismo, nuestro país debe dar cumplimiento a los compromisos internacionales contraídos en el seno de las Naciones Unidas. Me refiero a que como Estado parte de la ONU, y de conformidad a lo previsto por el artículo 133 de nuestra Constitución, nuestro país participó y signó la Convención Sobre los Derechos del Niño de 1989, la cual fue aprobada por la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión, el 19 de julio de 1990, publicándose en el Diario Oficial de la Federación el día 31 de julio del mismo año. De manera que sus prescripciones se hallan debidamente elevadas a rango de norma fundamental.
Solo por enunciar algunos de los preceptos que se marcan en esta Convención, cito lo siguiente:
"Artículo 4.- Los Estados Partes adoptarán todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole, para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente Convención... derechos económicos, sociales y culturales...
"Artículo 2.- Los Estados Partes respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción...
"Artículo 3.- En todas las medidas concernientes a los niños, que tomen las Instituciones Públicas o Privadas, de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá, será el interés superior del niño.
"Artículo 5.- Los Estado Parte respetarán las responsabilidades, los derechos y los deberes de los padres o, en su caso, de los miembros de la familia ampliada o de la comunidad.
"Artículo 6.- Los Estado Parte reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida... garantizarán en la máxima medida posible la supervivencia y el desarrollo del niño.
"Artículo 18.- Las Estados Partes pondrán el máximo empeño en garantizar el reconocimiento del principio de que ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y desarrollo del niño...
"Artículo 19.- Los Estados Partes adoptaran todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier persona que lo tenga a su cargo.
"Artículo 21.- Los Estados Partes que reconocen o permiten el sistema de adopción, cuidarán de que el interés superior del niño sea la consideración primordial?
"Artículo 28.- ...Los Estados Partes adoptarán cuantas medidas sean adecuadas para velar porque la disciplina escolar se administre de modo compatible con la dignidad humana del niño..."
Si bien es cierto que existe continuidad y extensión de los esfuerzos realizados en la atención a la problemática de los menores, por ciudadanos, instituciones públicas y privadas, que actúan bajo la coordinación del Estado, lo cual ha permitido disminuir la mortalidad infantil, erradicar enfermedades epidémicas, establecer apoyos alimenticios y nutricionales, alcanzar una cobertura a la demanda de educación mayor al 95 por ciento, permitiendo que los niños al nacer cuenten con una expectativa de vida de 72 años; también es cierto que el abandono de niños, la desnutrición, los delitos cometidos contra menores, la deserción escolar, los niños de y en la calle, los obligados a trabajar, los menores jornaleros y migrantes, así como el embarazo de adolescentes, la farmacodependencia, la violencia intrafamiliar y juvenil, el abuso sexual, el tráfico y la prostitución o la pornografía de menores o los nacidos con sida, han conducido a la conformación de nuevas problemáticas de urgente y prioritaria resolución, ante las cuales como legisladores no debemos dejar de fijar nuestra atención.
No podemos mantener una visión de la problemática infantil si antes no la percibimos con una dimensión integral, desde cada uno de los aspectos de la vida económica, política, social, cultural, familiar, escolar, etc. Ya que cada uno de estos ámbitos, aun cuando mantienen una especificidad, componen a su vez una generalidad que atraviesa necesariamente la conformación de las niñas y los niños como seres humanos.
Por ello y debido a las condiciones de fragilidad que les son características, así como por sus limitaciones inherentes de autodeterminación, millones de niños mexicanos requieren de una seguridad bio-psicosocial, reconocida y cada vez mejor depurada, mediante un marco jurídico perfectible, sensible y adaptado a las circunstancias cambiantes de la dinámica histórica.
Por todo lo anterior, con fundamento al inciso M del artículo 27, y párrafo tercero del artículo 48 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y fracción décimo sexta del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno del Congreso, promuevo esta excitativa, en virtud de que la Comisión de Información, Gestoría y Quejas, a través de su entonces Presidenta, presentó una iniciativa que a la fecha no ha sido dictaminada por la Comisión correspondiente, por lo que nos permitimos acudir a Usted para los efectos pertinentes, y en este sentido exponemos...
Antecedentes
Con fecha 12 de noviembre de 1996, la ciudadana diputada Ofelia Casillas Ontiveros, a nombre de la Comisión de Información, Gestoría y Quejas presentó ante el pleno de esta Cámara la Iniciativa de Adiciones y Reformas a Diversas Disposiciones Relativas a los Derechos del Menor.
Con dicha iniciativa se pretende modificaciones a diversos ordenamientos; de forma que incidan en una mejora integral para el ejercicio de los derechos propios de los menores, y de la protección que estos merecen en la familia, la escuela, la sociedad y el Estado.
Asimismo el propósito de ese paquete de adiciones y reformas consiste en incidir en aspectos esenciales que desemboquen en substanciales mejoras en el estado, condiciones y expectativas de vida de los menores; teniendo presente que la ley es el mejor y más apto instrumento de culturización de los pueblos.
Además, con esta iniciativa relativa a salvaguardar los derechos del menor, se refuerzan nuestros principios fundamentales y tradición jurídicas, que nos han caracterizado en este ámbito; así la mejor aplicabilidad, sanción y operatividad de las normas vigentes.
Es propósito de la iniciativa incidir en aspectos esenciales que desemboquen en mejoras substanciales en el estado, condiciones y expectativas de vida de los menores, pretendiendo que el orden normativo favorezca el desarrollo de nuevas condiciones vitales y éticas en beneficio de la individualidad y de las comunidades de los menores, para lograr una mejora integral en el ejercicio de sus derechos.
Cabe hacer mención que la iniciativa presentada, tiene como fundamento, el ser el resultado de una Consulta Nacional en materia de Atención a los Derechos del Menor, no es una iniciativa realizada solamente con lo que los legisladores consideraban se debería de reformar. No, por el contrario, es el resultado de una consulta nacional, efectuada en 6 foros regionales, donde se conocieron las opiniones de representantes de dependencias gubernamentales y no gubernamentales, instituciones abocadas a la procuración e impartición de justicia, institutos de educación superior, universidades y organismos internacionales, así como de autoridades de gobiernos de entidades federativas, representantes de legislaturas federales y locales, partidos políticos y asociaciones de padres de familia dedicados a la defensa y promoción de los derechos del menor.
Los temas que en dicha consulta se trataron, abarcan la totalidad de ámbitos de acción y atención que la niñez de México requiere, ya que para homologar la información se dio atención al tema de los menores en lo relativo a las siguientes materias: salud, educación, legislación vigente, marco jurídico para los niños en condiciones excepcionalmente difíciles, legislación laboral y economía familiar, niños indígenas, la familia, evaluación de la relación entre los derechos de la mujer y los derechos del niño.
Aun con esta distribución temática tan amplia, fue posible dar un análisis, propuesta y diagnóstico de la situación de los menores, teniendo como resultado la respuesta integral que para tal efecto como legisladores correspondía realizar, es decir, la presentación de la iniciativa de adiciones y reformas a diversas disposiciones y reformas a diversas disposiciones relativas a los derechos del menor.
Asimismo, la importancia de este marco legar se amplía a partir de que ve la situación de la niñez no como un aspecto ajeno a lo que sucede en su entorno social y familiar, sino que se penetra a tratar el tema a partir de las políticas públicas que deben orientar a la juventud a tomar y asumir una paternidad responsable, a la familia como núcleo de unión e integridad, reguladora de las posibles desviaciones del niño, y más aún complementa la necesidad de que se tome conciencia de la responsabilidad que asume todo aquel que trate con niños incluyendo el ámbito familiar, escolar, la sociedad y el Estado.
Señoras y señores diputados, dentro de los puntos más importantes que propone la Iniciativa, México podrá actualizar los compromisos suscritos ante la Organización de las Naciones Unidas y así dar cumplimiento a sus compromisos internacionales en lo relativo a la Convención Sobre los Derechos del Niño, debido a que dicha iniciativa:
* Se refiere a perfeccionar los requisitos del matrimonio, para que los futuros cónyuges asuman una paternidad responsable.
* Propone ampliar el periodo de la infancia y disuadir de contraer matrimonio, en tanto no se alcance la madurez suficiente y el ejercicio pleno de derechos.
* Impulsa la obligación de la pensión alimenticia a menores de padres divorciados, que sancione el incumplimiento doloso de dicha pensión.
* En los casos de trámite de divorcio, se salvaguarde los derechos de los niños, independientemente de la desavenencia de sus padres.
* Los profesores tendrán la obligación de preservar la integridad de los menores.
* Los médicos que atiendan a niños, presumiblemente maltratados, deberán dar aviso inmediato al Ministerio Público, igual que los profesores.
* Regula la exhibición de publicaciones y publicidad pornográficas.
* Regula el respeto a los horarios que la ley establece para la transmisión de programas infantiles.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, acudo a esta tribuna, solicitando al Presidente de la Mesa Directiva, formule excitativa a la Comisión de Justicia de esta Cámara de Diputados, a efecto de que emita el dictamen de la iniciativa de Adiciones y Reformas a diversas disposiciones a los Derechos del Menor, presentada al Pleno de la Cámara en la LVI Legislatura por la dip. Ofelia Casillas Ontiveros, el 12 de noviembre de 1996 y turnada a dicha comisión para su estudio y dictamen.
Por su atención. Muchas Gracias.
Para el Partido Revolucionario Institucional, la preocupación por los menores parte de la profunda convicción que tenemos del significado de la niñez. No sólo en el presente, sino en el futuro de México, pues además de constituir la parte más sensible, más delicada, más indefensa de la población, es a la vez la fortaleza futura de la nación y la esperanza de una sociedad superior a la nuestra.
Nuestro partido aspira a que la sociedad forme a sus menores de tal manera que se conviertan en individuos que vean al futuro como un reto con oportunidades; seres humanos libres para elegir y conformar su destino, personas que puedan hacerse cargo del desarrollo de sus propias potencialidades; hombres y mujeres que exijan democracia y justicia, asumiendo plenamente su condición de ciudadanos, comprometiéndose con el mejoramiento de su entorno, el bienestar de sus semejantes y el progreso de su patria.
Los priístas estamos preparados para ofrecer nuestra contribución a elevar la vida futura, con una convicción democrática, como nuestra Constitución define a esta categoría en el artículo 3, no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo. Y la parte más importante de ese pueblo para nosotros lo constituyen los niños.
Sin embargo, las estadísticas muestran que la realidad es otra, muy distinta a la que nosotros queremos, de tal forma que, de acuerdo a cifras del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), durante 1997, esta institución comprobó 16 mil 843 denuncias de maltrato infantil, que afectaron a 25 mil 259 niños, principalmente en los estados de Nuevo León, Chihuahua, Oaxaca, Jalisco y el Distrito Federal.
Del total de estos niños perjudicados, 9 mil 174 presentaron daño físico, mientras que 10 mil 317 (casi 50 por ciento) fueron maltratados por su madre.
Respecto al tipo de maltrato, además del daño físico, en 5 mil 760 menores se denuncia falta de cuidados, 5 mil 130 fueron afectados emocionalmente, mil 479 fueron abandonados y mil 57 resultaron víctimas de abuso sexual.
Por lo anterior, hoy acudo a esta tribuna, con fundamento en lo dispuesto por el inciso M, del artículo 27 y párrafo tercero del artículo 48 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y fracción décimo sexta del artículo 31 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, y promuevo esta excitativa, en virtud de que el Partido Revolucionario Institucional, presentó una iniciativa que a la fecha no ha sido dictaminada por la Comisión de Justicia, por lo que nos permitimos acudir a usted para los efectos pertinentes y en este sentido exponemos los siguientes:
Antecedentes
En la LVI Legislatura, la C. dip. Ofelia Casillas Ontiveros, Presidenta de la Comisión de Información, Gestoría y Quejas, presentó ante el Pleno de esta Cámara, el día l2 de noviembre de 1996, una Iniciativa de Ley General de la Procuraduría de Defensa a los Derechos del Menor.
La iniciativa reconoce que el menor de edad, por su propia condición, requiere de una protección especial que le permita su realización como ser humano y de esta manera prepararse para contribuir en el desarrollo de la sociedad en que se desenvuelve; razón por la cual el orden legal, a través de sus preceptos e instituciones, ha de fomentar que los niños crezcan en un ambiente de protección y participación en el seno de las familias, la escuela y la sociedad.
Con la iniciativa en comento se tiene por objeto la prioridad legal que merecen y requieren los menores, facilitándoles una vida digna y la satisfacción de sus necesidades; busca el pleno y armónico desarrollo de su personalidad, protegiéndoles contra toda forma de maltrato, daño, perjuicio, agresión, abuso o explotación, y evita que sean víctimas de cualquier forma de discriminación, violencia, crueldad y opresión, por acción u omisión a sus derechos por parte de terceros, mediante la efectiva procuración de la equidad y seguridad jurídica en las relaciones en que participen.
Asimismo propone constituir un organismo que, en su nombre, intervenga y funde lo que a derecho corresponda, promueva una justa y expedita impartición de justicia; realice acciones de representación y defensa ante las autoridades jurisdiccionales, administrativas o entidades sociales, y lleve a cabo convenios con entidades y organismos gubernamentales en el ámbito de su competencia.
La importancia de la creación de la Procuraduría General de Defensa de los Derechos del Menor, es que vigilará la observancia de las garantías constitucionales referentes al menor, promoverá las acciones y las medidas concernientes, brindará asesoría jurídica, procurará, representará y ejercerá ante entidades jurisdiccionales, gestionará ante las instancias convencionales que prevengan o restituyan derechos de los niños.
En todos los casos, la Procuraduría buscará establecer medidas preventivas, correctivas y reparadoras del daño. De manera que la iniciativa estimula la coordinación institucional, la suma de esfuerzos, que tengan por objeto prevenir, preservar o restituir los derechos de los menores.
Congruente con nuestros principios, nuestro programa de acción y compromisos con la sociedad, esta propuesta está encaminada a la búsqueda del respeto a los derechos del menor, plasmados en nuestra Carta Magna, al mismo tiempo que se promueve la observancia de la Convención de los Derechos del Niño establecida por las Naciones Unidas y suscrita por México.
Diputado Presidente:
Habiendo transcurrido con exceso el plazo previsto por la ley para que la Comisión de Justicia emitiera su dictamen, pero sobre todo, porque hoy más que nunca estamos obligados a legislar en favor de los más desprotegidos, que en este caso siguen siendo los niños y niñas de México, es que con fundamento en lo dispuesto por la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos solicitamos a usted que exhorte a la Comisión para que emita su dictamen y lo presente a este pleno para su discusión.
Muchas gracias.
Informe de la gira de trabajo de la delegación de diputados, por el estado de Chiapas, del 9 al 11 de octubre de 1998
Y la naturaleza volvió a mostrar su enojo. El pasado mes de septiembre los habitantes de la costa y sierra de Chiapas padecieron los estragos causados por la tromba tropical, mismos que desde hace más de una década no se veían en Chiapas.
El Partido Verde Ecologista de México presentó un Punto de Acuerdo a esta Honorable Cámara de Diputados, el cual fue apoyado por la Comisión de Asuntos Indígenas, para que una comisión plural de diputados constatara la situación en que se encuentran los municipios y comunidades de la costa y sierra de Chiapas. La delegación visitó los municipios de Pijijiapan, Mapaztepec, Huixtla y Tapachula en la costa, así como Motozintla en la sierra.
Durante el recorrido constatamos la irregularidad de los apoyos por parte de las instancias federales y el Ejército Mexicano. Los diputados nos percatamos de la insensibilidad en la mayoría de los miembros del Ejército Mexicano responsable de la aplicación del plan DN-3 para casos de desastres. Por ejemplo, en Pijijiapan fue notable el desinterés de los militares para atender a la población en su conjunto limitándose solamente a una treintena de damnificados que se encontraban en un albergue a su cargo. Los casos de Huixtla, Mapaztepec e incluso Motozintla ilustran el uso inadecuado de las fuerzas castrenses en su ayuda a los damnificados.
Si se toma en cuenta que de acuerdo a la Cámara Nacional de Comercio (Canaco), Tapachula solamente fue afectada pero no dañada como el caso de Pijijiapan, nos permite dar fe de un alto grado de insensibilidad de los soldados hacia la población civil que no se acogieron a ser ordenados por las fuerzas castrenses.
Los hechos son muy claros, las actitudes del Ejército Mexicano son similares a las asumidas por el gobierno del estado e incluso por el mismo Presidente de la República. Las afirmaciones son parte de los señalamientos y quejas de los vecinos y autoridades de Huixtla, Pijijiapan y Tapachula. La Canaco fue más allá en sus críticas a las acciones gubernamentales y acusó a las instituciones de la República de usar el dolor humano para actos de proselitismo, solamente les interesa la foto dijeron.
Los ejemplos vertidos por los habitantes de Huixtla complementan el sentimiento de que para Sedesol, la Comisión Nacional del Agua, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la Semarnap, entre otras, es más importante justificar su imagen que resolver a fondo los problemas de la comunidad.
En el mismo sentido aunque de manera más sutil se refirió el obispo de Tapachula sobre la situación en ese estado. El prelado señaló las bondadosas aportaciones del gobierno de la República, ejemplificó los esfuerzos para Tapachula de la Sedesol, la SCT o la Semarnap, pero puso en duda la eficiencia del plan DN-3 bajo el mando del Ejercito Mexicano, porque desde su punto de vista el programa contiene muchas dudas que en lugar de contribuir a avanzar en el trabajo, limita la participación de la ciudadanía y por eso es que solicitó que la Cámara de Diputados revise a profundidad el caso para contribuir a salvar un importante número de vidas.
Nuestras impresiones son coincidentes con el punto de vista de los habitantes de la región devastada. En Huixtla, Mapaztepec, Pijijiapan, Motozintla o Tapachula se lamentaban éstos por la posición que en ocasiones asumen los legisladores, como si fuéramos más defensores de las instituciones de la República que de nuestros electores.
En general podemos resumir que la demanda central de los damnificados es la declaración inmediata como zona de desastre a la costa y sierra de Chiapas y se pida al Presidente de la República aplicar la partida presupuestal especial que contribuya a la estabilización social económica de infraestructura humana en la zona. Que las diferentes comisiones de la Cámara de Diputados acudan al estado de Chiapas como garantía para que las dependencias responsables a nivel federal y estatal cumplan con sus obligaciones para con los afectados.
También aprobar por este pleno el urgir a las Secretarías de Estado para que aceleren los recursos económicos de manera directa independiente de la fuerza política que se encuentre al frente.
Asimismo, revisar por el legislativo el plan DN-3 para una mayor eficiencia y en su caso hacer los reordenamientos pertinentes.
Dip. Aurora Bazán López (PVEM), dip. Jorge Gómez Mérida (PAN), dip. Ranulfo Tonche (PRD), dip. César Lonche Castellanos (PRD), dip. Norberto Santiz López (PRI).
Al Foro La Informática en el Año 2000: Crisis o Problemática, que organiza esta Comisión a través de al Subcomisión del Año 2000, el cual se llevará a cabo el miércoles 21 de octubre, de 8:30 a 15 horas, en el Auditorio Norte de esta H. Cámara de Diputados.
Programa
08:30 Registro.
9:00 Bienvenida y presentación. Dip. Ma del Carmen Díaz Amador, Presidenta de la Comisión de Ciencia y Tecnología de la Cámara de Diputados.
9:15 Posiciones de los grupos parlamentarios ante el problema:
Dip Porfirio Muñoz Ledo (PRD)
Dip. Arturo Núñez Jiménez (PRI)
9:50 Carlos M. Jarque, Presidente del INEGI.
10:10 Dip. Jorge H. Zamarripa Díaz, Subcomisión para el año 2000 de la Comisión de Ciencia y Tecnología de la Cámara de Diputados.
Moderador y comentarista: Dip. Javier Guerrero García (PRI).
10:30 Sesión de preguntas y respuestas.
11:30 Panel 2. La visión empresarial del problema.
Ing. Jorge Laborín, experto en el año 2000 del Consejo Coordinador Empresarial.
Moderador y comentarista: Dip. Jorge H. Zamarripa Díaz (PAN).
12:30 Sesión de preguntas y respuestas
13:20 Ing. Felipe Sánchez Romero, director general de Microsoft México.
13:30 Ing. Lourdes Quiroz, directora de Mercadotecnia de Compaq de México.
13:50 Lic. Antonio Pérez Sales, presidente de EDS en México.
Moderador y comentarista: Dip. Armando López Romero (PRD).
14:10 Sesión de preguntas y respuestas
DE LA SUBCOMISION DE PATRIMONIO DE LA COMISION DE PATRIMONIO Y FOMENTO INDUSTRIAL
A su reunión de trabajo del miércoles 21 de octubre de 1998, a las 9 horas, en el salón A del restaurante Los Cristales.
Orden del día
2. Verificación del quórum.
3. Entrega de información de la SCT, que turna la Presidencia de la Comisión de Patrimonio y Fomento Industrial.
4. Definir posición ante el anuncio de la Secretaría de Energía de que licitará más plantas petroquímicas.
5. Iniciativa del dip. Juan Bueno Torio, para reglamentar las licitaciones y concesiones del gobierno federal.
6. Correspondencia.
7. Clausura.
DE LA COMISION DE POBLACION Y DESARROLLO
A su séptima reunion ordinaria, que tendrá lugar el miércoles 21 de octubre de 1998, a las 9 horas, en el salón Leona Vicario, ubicado en la planta baja del edificio H de este Palacio Legislativo.
Proyecto de Orden del Día
2. Aprobación, en su caso, del acta de la sesión anterior. Para votación. Remitida con anticipación a los CC. secretarios de la Comisión.
3. Análisis, discusión y aprobación, en su caso, del proyecto de Programa de Trabajo para los años segundo y tercero de la LVII Legislatura. Para votación. Aprobado por la Junta Directiva en reunión celebrada el 14 de noviembre de 1998.
4. Integración de Subcomisiones Especiales.
5. Asuntos generales.
DE LA COMISION DE PROGRAMACION, PRESUPUESTO Y CUENTA PUBLICA
A su reunión de trabajo con funcionarios de las Secretarías de Relaciones Exteriores, Turismo y Gobernación, el miércoles 21 de octubre, a las 10 horas, en el salón Presidentes, ubicado en el edificio H, segundo nivel, de este Palacio Legislativo.
También han sido invitadas las Comisiones de Relaciones Exteriores, Turismo, Asuntos Fronterizos y Gobernación y Puntos Constitucionales.
Atentamente
Dip. Ricardo García Sainz
Presidente
DE LAS SUBCOMISIONES UNIDAS PARA LA INVESTIGACION DE LOS PROGRAMAS DE SANEAMIENTO FINANCIERO Y DE SEGUIMIENTO Y APLICACION DE LOS RECURSOS DESTINADOS A LOS PROGRAMAS DE APOYO A DEUDORES
A su reunión de trabajo del miércoles 21 de octubre, a las 12 horas, en el salón de Usos Múltiples, edificio D, primer nivel, de este recinto legislativo.
Atentamente
Lic. Cuauhtémoc Lorenzana Gómez
Secretario técnico de las Comisiones Unidas
DE LA COMISION DE INVESTIGACION
DEL FUNCIONAMIENTO DE CONASUPO Y SUS EMPRESAS FILIALES
A su vigésima cuarta reunión de trabajo, que se llevará a cabo el 21 de octubre, a las 17 horas, en el salón A del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
2. Aprobación del orden del día y del acta de la vigésima tercera reunión de trabajo.
3. Ampliación del periodo de vigencia de la Comisión.
4. Visita al liquidador de Miconsa en la ciudad de Monterrey, NL.
5. Informe de las diligencias realizadas ante la PGR.
6. Informe de avance del despacho contable.
7. Presidencia de la Comisión para el nuevo periodo.
8. Asuntos generales:
Informe de la leche
Renovación de los contratos del personal
Información sobre el diseño de la base de datos
DE LA COMISION DE DESARROLLO REGIONAL Y APOYO A LA PRODUCCION
A su cuarta reunión ordinaria de este periodo de sesiones, que se llevará a cabo el miércoles 21 de octubre, a las 17:15 horas, en el salón Presidentes, ubicado en el edificio H, segundo nivel, de esta Cámara de Diputados. En esta reunión se contará con la presencia de los directores de diferentes Secretarías:
C. lic. Cuauhtémoc Sánchez Ossio, director general de Programas Sociales de Sedesol.
C. ing. Enrique de León de la Barra Montelongo, titular de la Unidad de Infraestructura carretera para el desarrollo regional de la SCT.
C. mc. Carlos Toledo Manzur, director general de Programas Regionales de Semarnap.
DE LA COMISION DE COMERCIO
A su reunión trabajo del jueves 22 de octubre, a las 9 horas, en la zona D del restaurante Los Cristales de este Recinto Legislativo.
Orden del Día
2. Aprobación del acta de la reunión del día 20 de agosto de 1998.
3. Análisis, discusión y, en su caso, emisión del dictamen que corresponda de la Iniciativa de reforma al artículo 13 de la Ley Federal de Metrología y Normalización.
4. Asuntos recibidos en la Comisión de Comercio a la fecha.
5. Información del Secretario de la fracción del Partido Revolucionario Institucional en la Comisión de Comercio.
6. Presentación de proyecto de esquema de trabajo para la elaboración del Informe anual de actividades, con fundamento en el artículo decimosegundo, inciso d, del Acuerdo Parlamentario relativo a la Organización y Reuniones de las Comisiones y Comités de la Cámara de Diputados.
7. Otros.
DE LAS SUBCOMISIONES UNIDAS PARA LA INVESTIGACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE SANEAMIENTO FINANCIERO Y DE SEGUIMIENTO Y APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS A LOS PROGRAMAS DE APOYO A DEUDORES
A su reunión de trabajo del jueves 22 de octubre, a las 17 horas, en el salón de Libertadores, edificio H, primer nivel, de este recinto legislativo.
Atentamente
Lic. Cuauhtémoc Lorenzana Gómez
Secretario técnico de las Comisiones Unidas
DE LAS COMISIONES DE BOSQUES
Y SELVAS, Y DE ECOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE
Al Foro Nacional sobre Políticas, Programas y Presupuesto para el Sector Forestal en México, que se llevará a cabo el 22 y 23 de octubre, de las 10 a las 19 horas, en el auditorio en el Auditorio Norte, edificio A, segundo nivel, de este Palacio Legislativo de San Lázaro.
Atentamente:
Dip. fed. Manuel Hernández Gómez
Presidente de la Comisión de Bosques y Selvas
Dip. fed. Jorge A. Jiménez Taboada
Pdte. de la Comisión de Ecología y
Medio Ambiente