SESION DEL LUNES 7 DE DICIEMBRE DE 1998
Lectura del acta de la sesión anterior.
Comunicaciones
De los Congresos de los estados de Baja California, Quintana Roo y Tamaulipas.
De la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
De la CRICP. (Cambios de integrantes de Comisiones).
Proposición de la CRICP. (Votación).
Iniciativas de ciudadanos diputados
De reformas a los artículos 82 y 91 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del C. dip. Víctor Rubén Montalvo Rojas, del grupo parlamentario del PRD. (Turno a Comisión).
De reformas al artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo de ciudadanos diputados integrantes de la Comisión de Asuntos de la Juventud. (Turno a Comisión)
De reformas al artículo 13 de la Ley Federal de Radio y Televisión, a cargo de la C. dip. Jacaranda Pineda Chávez, del grupo parlamentario del PRI. (Turno a Comisión).
Decreto por el que se abroga la Ley de Navegación y Comercio Marítimo y se incluye un Capítulo a la Ley de Navegación, a cargo del C. dip. Raúl Monjarás Hernández, del grupo parlamentario del PAN. (Turno a Comisión).
De reformas al artículo 57 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servidos Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado, a cargo del C. dip. Miguel Angel Solares Chávez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).
Que adiciona un párrafo tercero al artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del C. dip. Enrique Bautista Villegas, a nombre de los integrantes de la Comisión de Agricultura. (Turno a Comisión).
Que reforma el segundo párrafo de la fracción I, del artículo 3, de la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos, a cargo de la C. dip. Olga Medina Serrano, a nombre del grupo parlamentario del PRD. (Turno a Comisión).
Proposición
Sobre la revisión de Títulos de Concesión y Tarifas en Autopistas Privadas no incluidas en el Rescate Carretero, a cargo del C. dip. Sergio Valdés Arias, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).
Excitativas
A las Comisiones de Salud y del Distrito Federal, a cargo de la C. dip. Aurora Bazán López, del grupo parlamentario del PVEM. (Turno a Comisión).
A las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Vivienda, a cargo del C. dip. Alberto López Rosas, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).
Agenda Política
Comentarios sobre el Fobaproa, a cargo del grupo parlamentario del PRD. (Deliberativo).
Solicitud de ampliación del plazo de la concesión del Puente Internacional Zaragoza Isleta, a cargo del C. dip.Javier Corral Jurado, del grupo parlamentario del PAN. (Turno a Comisión).
Comentarios sobre un programa de apoyo a deudores de la banca, a cargo del grupo parlamentario del PRI. (Deliberativo).
Presentación de la Relatoría del Foro sobre Justicia y Equidad de Género, a cargo de la Junta Directiva de la Comisión de Equidad y Género. (Turno a Comisión).
Comentarios en materia de Comercialización en el Campo, a cargo del C. dip. José Gascón Mercado, del grupo parlamentario del PRI. (Deliberativo).
Sesión Secreta.
DEL CONGRESO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
H. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
Por medio del presente nos permitimos hacer de su conocimiento que en sesión ordinaria celebrada el día 13 de noviembre del año en curso por la H. XVI Legislatura del Congreso del estado de Baja California, se tomó el Acuerdo de remitir a esa H. Cámara, Punto de Acuerdo presentado por la Comisión de Educación y Cultura de esta Legislatura, mismo que se anexa al presente.
Agradeciendo de antemano la atención que se sirvan prestar a la presente, aprovechamos la oportunidad para reiterarles nuestra atenta y distinguida consideración.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Mexicali, BC, a 25 de noviembre de 1998
Lic. Edgar Arturo Fernández Bustamante
Presidente
C. Dip. lic. Edgar Arturo Fernández Bustamante
Presidente de la Mesa Directiva de la XVI Legislatura constitucional del
estado de Baja California
PRESENTE
Honorable Asamblea:
Los suscritos diputados profr. David Gutiérrez Piceno, profr. Alejandro Bahena Flores y lic. Jaime Jiménez Mercado, integrantes de la Comisión de Educación y Cultura de la H. XVI Legislatura constitucional del estado, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 36 de la Constitución Política del estado libre y soberano de Baja California, así como en lo establecido por los artículos 26, 44, 114 fracción III y 121 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Baja California, sometemos a la consideración de este Honorable Pleno, el presente Punto de Acuerdo Económico bajo los siguientes:
Antecedentes
II. Recibido que fue el punto de acuerdo en comento, el Presidente de la Mesa Directiva, conforme a la facultad conferida por el inciso e, de la fracción II del artículo 37 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Baja California, acordó turnarla a la Comisión de Educación y Cultura, para su análisis y resolución.
III. Esta Comisión de Educación y Cultura, en sesión de trabajo celebrada con fecha 5 de noviembre del presente año, discutió y votó el punto de acuerdo de referencia, estimando viable que este Honorable Congreso del estado se solidarice para efecto de solicitar al Congreso de la Unión se incremente el gasto público en el sector educativo, en virtud de la trascendencia que conlleva la materia educativa, lo que se traduciría en un beneficio que representa la aplicación de mayores fondos a dicho rubro, redundando en una mejor y mayor impartición de la educación.
Considerandos
Primero.- Que es facultad de los diputados presentar ante el Pleno de esta Soberanía, puntos de acuerdo económico, de conformidad a lo establecido en el artículo 36 de la Constitución Política local, y 26, 44, 114 sección III y 121 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California.
Segundo.- Que conforme a lo dispuesto en el artículo 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es facultad exclusiva de la Cámara de Diputados dictaminar, discutir y aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, mismo que deberá empezar a analizarse a más tardar el día 15 de noviembre del año en curso, el relativo al ejercicio fiscal de 1999.
Tercero.- Que el presupuesto federal asignado al ramo educativo para el ejercicio fiscal de 1998, no ha satisfecho muchas de las necesidades que este importante sector demanda, como son entre otras, un salario digno y decoroso que permita a los trabajadores de la educación dedicarse exclusivamente a las tareas propias de la enseñanza, y por ende, hacerlo con un mayor grado de eficiencia y calidad; y asimismo; el mejoramiento y dotación de la infraestructura necesaria que permita el desarrollo y ampliación de los servicios educativos a las zonas que lo demanden, y en particular, a las más marginadas.
Cuarto.- Que la Organización de las Naciones Unidas a través de la Unesco, propone que los recursos públicos que los gobiernos en sus presupuestos deben destinar al ramo educativo sea hasta un mínimo del 8 por ciento del Producto Interno Bruto, para efecto de que la población de un país sea debidamente atendida en el rubro de los servicios educativos; no obstante en nuestro país los recursos públicos que se asignan a este sector representan tan sólo el 4 por ciento de nuestro Producto Interno Bruto.
Por lo que bajo los anteriores antecedentes y considerandos, esta Comisión somete a la consideración de esta Honorable Asamblea para su aprobación, los siguientes puntos;
Resolutivos
Primero.- Que este Congreso del estado de Baja California, se pronuncia a favor de que la Cámara de Diputados de la Honorable LVII Legislatura Federal, autorice en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 1999, para el rubro en materia de educación pública, un incremento equivalente hasta el 8 por ciento de nuestro Producto Interno Bruto.
Segundo.- Que se autorice a la Mesa Directiva de este Congreso local, promover un convenio de colaboración e información entre esta Honorable XVI
Legislatura Constitucional y la Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, relacionado con las participaciones federales que se asignan a nuestro Estado, para su aplicación al ramo de la educación, fundamentalmente en lo que corresponde al Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal.
Tercero.- Aprobado que sea de conformidad el presente punto de acuerdo económico, se remita a la Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, minuta que deberá integrarse con copia certificada de esta propuesta de acuerdo económico, del acta de las sesiones que contenga en su caso el debate que produzca el mismo y la votación correspondiente, para su análisis, estudio y dictaminación a que haya lugar.
Dado en la Sala de Sesiones de este H. Poder Legislativo, en la ciudad de Mexicali, capital del estado de Baja California, a los cinco días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.
Comisión de Educación y Cultura: Dip.
prof. David Gutiérrez Piceno, Presidente; prof. Alejandro Bahena
Flores, secretario, y dip. lic. Jaime Jiménez Mercado, vocal (rúbricas).
DEL CONGRESO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO
CC. Diputados Secretarios del H. Congreso de la
Unión
PRESENTES
La VIII Legislatura constitucional del estado, en cumplimiento al artículo 20 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, se permite comunicar que en sesión ordinaria celebrada el día 5 de noviembre del año en curso, se procedió a la elección del Presidente y vicepresidente de la Mesa Directiva del segundo mes, del segundo periodo ordinario de sesiones, correspondiente al tercer año de ejercicio constitucional, misma que fungirá del 8 de noviembre y hasta el 15 de diciembre de 1998, resultando electos por mayoría de votos los ciudadanos:
Vicepresidente: Dip. Alvaro Ricardo Lozano Ocampo
El diputado secretario
Br. Israel Barbosa Heredia (rúbrica)
DEL CONGRESO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS
Cd. Victoria, Tamps., a 4 de noviembre de 1998.
H. Cámara de Diputados:
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 23, 25 y 28 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado, nos permitimos comunicarle(s) que en Sesión de Junta Previa celebrada en esta fecha, fueron electos los diputados Enrique Garza Tamez y Enrique Duque Villanueva, como Presidente y suplente, respectivamente, para integrar la Mesa Directiva que presidirá los trabajos del Pleno Legislativo durante el mes de noviembre del actual, dentro del segundo periodo ordinario de sesiones correspondiente al tercer año de ejercicio legal de la Quincuagésima Sexta Legislatura del Congreso Constitucional del estado libre y soberano de Tamaulipas.
Sin otro particular. reiteramos a Usted (es) nuestra consideración atenta y distinguida.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Dip. Enrique Javier Navarro Flores
Dip. Reynaldo García Martínez
Secretarios (rúbricas)
DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
Por este conducto, nos es grato comunicar a ustedes que el Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, I Legislatura, en la sesión celebrada el día de hoy, llevó a cabo la elección de la Mesa Directiva que coordinará los trabajos durante el mes de diciembre, correspondiente a su primer periodo de sesiones ordinarias de su segundo año de ejercicio, la cual quedó integrada en la siguiente forma:
Presidente: José Narro Céspedes
Vicepresidente: Roberto Rico Ramírez
Vicepresidente: Arne Sidney aus den Ruthen Haag
Vicepresidente: Alejandro Vázquez Enríquez
Vicepresidente: Francisco Ortiz Ayala
Secretario: José Luis Benítez Gil
Secretaria: Elvira Albarrán Rodríguez
Prosecretaria: María del Pilar Hiroishi Suzuki
Prosecretaria: Ma. Angélica Luna y Parra y
Lerdo Trejo.
Lo que nos permitimos hacer de su conocimiento para
los efectos a que haya lugar.
Por la Mesa Directiva
Dip. Fernando de Garay y Arenas, secretario
Dip. Manuel Minjares Jiménez, prosecretario
DE LA COMISION DE REGIMEN
INTERNO Y CONCERTACION POLITICA, SOBRE CAMBIOS EN COMISIONES
Dip. Gloria Lavara Mejía
Presidente de la Mesa Directiva
H. Cámara de Diputados
PRESENTE
Con fundamento por lo dispuesto en los artículos 34, 27 incisos b y d; y 45, fracciones I y VI, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el artículo 21, fracción III, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y por los artículos quinto y noveno del Acuerdo Parlamentario relativo a las Sesiones, Integración del Orden del Día, los Debates y las Votaciones de la Cámara de Diputados, aprobado en la sesión efectuada el día 6 de noviembre de 1997, adjunto a la presente podrá encontrar el siguiente documento signado por el dip. José de Jesús Martín del Campo Castañeda, Vicecoordinador de Proceso Legislativo del grupo parlamentario del PRD, donde solicita cambios en comisiones. Lo anterior, para que se le dé el trámite correspondiente.
DE REFORMAS A LOS ARTICULOS 82 Y 91 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DEL C. DIP. VICTOR RUBEN MONTALVO ROJAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
El objeto de la presente iniciativa es la reforma a los artículos 82 y 91 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos a fin de reducir las edades mínimas para ser elegible al cargo de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, así como para ser designado Secretario del Despacho, a treinta y veinticinco años cumplidos el día de la elección o designación, respectivamente.
Exposición de Motivos
México vive uno de los momentos más trascendentes de su historia, inmerso en cambios acelerados en los órdenes social, económico y político. Es por ello que resulta indispensable una revisión general de sus instituciones constitucionales y políticas que responda plenamente a los nuevos desafíos de la democracia, de la modernidad y de la globalización, así como a los retos históricos que representan las enormes deudas sociales que arrastra el Estado mexicano desde su fundación.
Parte de los cambios a los que nos referimos la constituye la aparición casi súbita, diríamos explosiva, de un conjunto de nuevos actores sociales y políticos: mujeres, indígenas, jóvenes, que existían, naturalmente, en nuestra sociedad, pero que vivían en una marginación social, política e incluso legal, o bien eran sujetos de una cooptación por parte del Estado que reducía al mínimo sus posibilidades de acción autónoma.
Entre estos nuevos actores, remarcamos, se cuenta la juventud, que si bien tuvo un papel primordial en anteriores parteaguas de la historia mexicana, como la Revolución, fue en general marginada de la vida pública una vez consolidado el estado posrevolucionario. Una parte fundamental de las transformaciones que debe experimentar el estado mexicano para hacer frente a esta expansión de la sociedad civil es precisamente corresponder con una expansión de todos los derechos cuya limitación en principio, sólo es legítima por causa de un claro interés público.
Al respecto, las limitaciones de edad vigentes para ocupar el cargo de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, que es de 35 años, y de secretario del despacho, que es de 30, se originan en el contexto de una desconfianza de las élites políticas del siglo pasado hacia la libre participación del pueblo en general, de los jóvenes en particular, en la cosa pública, que conforman un cuadro de miedo a la democracia. No está de más recordar que la época en que se origina esta limitación en México, a principios del siglo XIX, es también la del sufragio indirecto y el voto censatario, para no hablar de la exclusión sistemática de las mujeres de casi todos los derechos civiles y políticos.
Es indudable que, sobre la condición de ciudadano y de acuerdo con la naturaleza del cargo, es imprescindible una base mínima de madurez personal y experiencia política para desempeñar los cargos públicos que concentran mayor responsabilidad individual, como los que son objeto de la presente iniciativa. Nada garantiza que la edad conlleve las condiciones mencionadas, por lo que casi cualquier requisito en esta materia tiene un contenido de arbitrariedad; empero, ésta es una limitación inherente a la pretensión de establecer calidades con base en criterios cuantitativos, limitación que debemos aceptar.
No obstante lo anterior, es claro también que las expectativas de la época en la que fue determinado el umbral de edad vigente para el cargo de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos eran las de una sociedad netamente conservadora, que no pueden ser compartidas por el México actual. Conservar los actuales umbrales de edad sería mantener esta inercia conservadora.
Por el contrario: de acuerdo con las corrientes más democráticas del constitucionalismo moderno, consideramos que para un cargo como el de Jefe del Ejecutivo Federal la condición de adulto es suficiente, misma que de acuerdo a normas de la Organización de las Naciones Unidas, se puede establecer cronológicamente a partir de los treinta años de edad, por lo que, en estricta ética democrática, no cabría restringir ningún derecho a ningún adulto, así sea un joven adulto.
El caso del umbral establecido por el artículo 91 de la Constitución General para el cargo de Secretario del Despacho, que es de treinta años, resulta aún más inaceptable, toda vez que, que requisito de edad, que era de 25 años en la anterior Constitución, fue incrementado en el Constituyente de Querétaro por temor a que se formasen castas cerradas de gobernantes, cuando es a todas luces evidente que lo que permite la formación de estos grupos es la falta de controles institucionales sobre el Poder Ejecutivo, así como las limitaciones de nuestro sistema electoral.
La participación generalizada de la juventud es indispensable en toda coyuntura de cambio social y político. Recordemos que los jóvenes han hecho históricamente las revoluciones, señaladamente la última, por lo que la siguiente gran etapa de transformación acelerada de las instituciones políticas mexicanas debe contar también con este importante elemento.
Para ilustrar el anterior punto, nada mejor que las palabras del Constituyente Tomás J. Múgica, en Querétaro:
Como ustedes comprenderán, desde luego, no vengo a defender intereses personales, porque afortunadamente voy ya en los 33 de la vida, pero sí, señores, vengo a defender en esta tribuna los fueros de la juventud. ¿Cuál es la razón fundamental que existe para exigir los 25 años cumplidos para ser diputado... ¿Qué es lo que se busca con eso de la edad... ¿Se exige la seriedad, la sabiduría, la sensatez, el reposo y todas esas cualidades que indudablemente debe tener un representante de un pueblo... Pues yo os digo, señores, y os lo puedo demostrar, que hay jóvenes de menos de 21 años, que son más serenos, más tranquilos, y muchas veces de mayor capacidad y mejor entendimiento que los que han llegado a la mayor edad. ¿Por qué, pues, esta limitación a la juventud para que tome parte activa en el funcionamiento de nuestro gobierno... Por qué razón se le quiere excluir de la representación nacional, no sólo de la representación nacional, sino del Poder Ejecutivo y del Poder Judicial... (. . )
(...) Por otra parte, nuestra Revolución actual nos ha enseñado que quien ha seguido primero al C. primer jefe en la Revolución, en esta lucha libertaria, ha sido la juventud, nos ha enseñado también la historia que los hombres más audaces, los hombres más grandes, los que han llevado a cabo las más soberbias conquistas, lo han hecho en su primer periodo de la juventud. Alejandro, Napoleón, Pompeyo (...)
Hasta aquí el Constituyente Múgica, quien es citado en esta exposición de motivos porque difícilmente puede encontrarse mejor ejemplo de apuesta por el futuro en un momento decisivo de la historia mexicana. Si bien su intervención se dio en el contexto de la discusión sobre los requisitos para ser diputado contenidos en el artículo 55, ésta implica por su contenido a prácticamente la totalidad de los cargos públicos, incluyendo a los altos cargos del Ejecutivo federal, a los que alude explícitamente.
La apuesta por el futuro es todavía más necesaria en un país como el nuestro, en el que sólo el 40 por ciento de la población rebasa los cuarenta años de edad. La reforma que se propone es parte del indispensable proceso de puesta al día del Poder Ejecutivo de la Federación en general y de la institución presidencial en particular, es, por lo tanto, parte integral de un proceso de reforma democrática del Estado mexicano.
Finalmente, el Derecho Comparado muestra claramente que la reforma que se propone forma parte de la realidad constitucional de muchos países como el nuestro, y que, por contraste, la Constitución mexicana establece requisitos de acceso a lo cargos mencionados claramente por encima del promedio en América Latina, como lo demuestran los siguientes ejemplos: en Argentina, 30 años, para Presidente; en Bolivia, 35 años para Presidente y 30 para Secretario; en Brasil, 21 años para Secretario; en Colombia y Costa Rica, 30 años para Presidente y 25 para Secretario; en Chile, 40 años para Presidente y 21 para Secretario; en República Dominicana, 25 años para Secretario; en Ecuador, 35 años para Presidente y 30 para Secretario; en El Salvador, 30 años para Presidente y 25 para Secretario; en Guatemala, 30 años para Presidente; en Honduras, 30 años para Presidente; en Nicaragua, 25 años para ambos cargos; en Panamá, 35 años para Presidente y 25 para Secretario; en Perú, 30 años para Presidente y 25 para Secretario; en Venezuela, 30 años para ambos cargos; en Uruguay, 35 años para Presidente y 30 para Secretario.
Es claro que Latinoamérica, una región joven, tiene mayoritariamente normas constitucionales menos excluyentes que las mexicanas
Señoras y señores diputados. Los tiempos que se avecinan son los de la juventud, es ella la que soportará el peso fundamental de las profundas transformaciones políticas económicas y sociales que deben insertar a nuestra nación en el siglo venidero. Quienes suscribimos esta iniciativa los convocamos a reconocer legislativamente este hecho, y a romper con la inercia conservadora que, sin ninguna justificación desde el mirador del constitucionalismo moderno, y sin ninguna base de necesidad nacional, limita derechos sin más argumento, en el fondo, que el miedo al futuro.
Por las anteriores consideraciones, y con fundamento
en el artículo 71, fracción II, de la Constitución
General de los Estados Unidos Mexicanos, los suscritos, diputados federales,
sometemos a la consideración de esta Soberanía la siguiente
Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma los artículos 82 y 91 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos
PRIMERO.- Se reforma la fracción II. del artículo 82 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 82.- Para ser Presidente se requiere:
I. (...)
II. Tener 30 años cumplidos el día de la elección;
(...)
SEGUNDO.- Se reforma el artículo 91 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 91.- Para ser Secretario del Despacho se requiere: ser ciudadano mexicano por nacimiento, estar en ejercicio de sus derechos y tener veinticinco años cumplidos.
Transitorios
UNICO. El presente Decreto entrará
en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
DE REFORMAS AL ARTICULO 40
DE LA LEY DE COORDINACION FISCAL, A CARGO DE CIUDADANOS DIPUTADOS INTEGRANTES
DE LA COMISION DE ASUNTOS DE LA JUVENTUD
Iniciativa de reformas al artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal para realizar modificaciones al proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 1999
Los suscritos diputados a la LVII Legislatura del Congreso de la Unión, integrantes de la Comisión de Asuntos de la Juventud de diversos grupos parlamentarios, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, sometemos a la consideración de esta Cámara, la presente Iniciativa de adiciones a la Ley de Coordinación Fiscal para realizar modificaciones al Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 1999 de conformidad en la siguiente:
Exposición de Motivos
En el marco del Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000, el gobierno de México afirmó que daría atención especial a aquellos mexicanos que se encuentran en condiciones desfavorables, a fin de garantizar su ingreso al proceso de desarrollo. Al identificar a la juventud como uno de estos grupos el mismo PND prevé su atención, pues considera que se encuentra con desventajas económicas y sociales, que requieren de apoyos especiales para su incorporación a la dinámica social.
Cabe destacar que desde la desaparición del Consejo Nacional de Recursos para la Atención de la Juventud (CREA), en México no existe un órgano especializado con patrimonio y personalidad jurídica propios que opere y diseñe políticas especiales de atención a la juventud. De la misma manera, los programas especiales de atención a la juventud se encuentran hoy en día subordinados a las políticas de fomento deportivo a través de la Comisión Nacional del Deporte, sin contar con un presupuesto suficiente para su correcto funcionamiento.
La realidad de la atención a la juventud por parte del Estado mexicano está marcada por una clara insuficiencia de recursos para la operación de los programas existentes y para la creación de nuevos espacios de atención a los jóvenes. A su vez, persiste la carencia de mecanismos para llegar a la población juvenil en las regiones y localidades más desprotegidas.
En el seno de la Comisión de Asuntos de la Juventud se constituyó una Subcomisión de Análisis del Presupuesto para Programas de Atención a la Juventud por Acuerdo de la Junta Directiva con el objeto de formular propuestas de modificaciones a las leyes vigentes y al Proyecto de Presupuesto de Egresos que el Ejecutivo envía anualmente a la H. Cámara para su aprobación.
Desde su formación, la Subcomisión se abocó a estudiar las diferentes opciones por las cuales el Gobierno Federal, las entidades federativas y los municipios puedan fortalecer de manera sustancial los recursos que se destinan a los programas especializados en favor de la juventud.
El presupuesto que se ha destinado a la Dirección General Causa Joven ha sido claramente insuficiente. En 1996 la cantidad destinada a este organismo fue de tan sólo 26 millones de pesos, mientras que para 1997 el monto ascendió a un poco más de 30 millones de pesos.
Uno de los aspectos relevantes desde el punto de vista programático y presupuestal, ha sido el destinar, a partir de 1996, una parte importante del presupuesto operativo de la Dirección General, para apoyar la gestión de las áreas de trabajo con juventud, insertadas en los Institutos del Deporte y la Juventud de las Entidades Federativas, lo que ha representado un ejercicio práctico de descentralización. En 1996, se transfirieron a los estados mediante convenios de colaboración, 4.46 millones de pesos, incrementándose dicha cifra en un 87.9 por ciento para 1997, al destinarse 8.38 millones de pesos para atender programas de juventud locales.
Es importante destacar que para 1997, los recursos de apoyo a los estados se dividieron en tres partes: a) Programas Generales Juveniles Locales, b) Centros Causa Joven y c) Programas de Radio "Volar Distinto". Es así que los 8.38 millones de pesos mencionados anteriormente, el 14 por ciento se destinó para apoyar la operación permanente de los referidos centros de información e interacción juvenil y el 17 por ciento para la producción y mantenimiento de los programas de radio citados.
Adicionalmente, se ha desarrollado desde 1997 un programa prioritario para Causa Joven, consistente en el financiamiento de Proyectos Juveniles de Desarrollo Comunitario, que permitió el financiamiento de 78 proyectos de diversa naturaleza, destinando para tal fin un monto de $2.85 millones de pesos, con impacto en comunidades de 16 entidades federativas.
Las cifras anteriores demuestran un mínimo incremento en el presupuesto operativo para los programas de juventud en el periodo citado. Sin embargo, al interior de la Conade los recursos destinados a las áreas relacionadas con el deporte son substancialmente superiores, con una tendencia importante de crecimiento, mientras que el presupuesto global de la Dirección General Causa Joven, ha disminuido respecto del presupuesto total de la Conade, representando el 16 por ciento de este último en 1995, el 13 por ciento en 1996 y el 10 por ciento en 1997.
El incremento del presupuesto total de la Conade de 1995 a 1996 fue de un 51.4 por ciento alcanzando un 39.5 por ciento de 1996 a 1997, lo que representa incrementos absolutos de 120.1 y 139.8 millones de pesos, respectivamente.
Debido a lo anterior, uno de los objetivos que se persiguen al fortalecer los recursos en el área de juventud es el de descentralizar el gasto que se destina a los programas dirigidos a esta población comprendida entre los 15 y los 29 años, por lo que las reformas a la Ley de Coordinación Fiscal aprobadas por el Congreso de la Unión en diciembre del año pasado, por las cuales se crearon nuevos mecanismos para transferir recursos y responsabilidades a los estados y municipios, institucionalizando la figura de Aportaciones Federales a Entidades Federativas y Municipios como una forma complementaria a las participaciones para la descentralización del gasto federal, ha sido la vía más adecuada que la Subcomisión encontró después de estudiar las diferentes maneras de distribución del Presupuesto.
Así, las adiciones a la Ley de Coordinación Fiscal y al Presupuesto de Egresos para 1998 plantearon la creación de cinco fondos de aportaciones federales.
El Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal, FAEB, para contribuir a garantizar el acceso a la educación básica en todo el país;
* El Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, FAIS, constituido por un componente estatal y uno municipal, y orientado a incrementar la infraestructura social básica en las regiones más marginadas;
* El Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y del Distrito Federal, FAFMyDF, para contribuir preferentemente al saneamiento financiero de las haciendas municipales y fortalecer las acciones en materia de seguridad pública; y,
* El Fondo de Aportaciones Múltiples, FAM, para canalizar recursos a las entidades federativas con el fin de que lleven a cabo la construcción, equipamiento y conservación de espacios educativos en educación básica y superior, y brinden programas alimentarios y de asistencia social a la comunicad.
Los distintos niveles de gobierno han convenido fortalecer la descentralización de las funciones públicas a fin de que ésta asignación de responsabilidades sea la más adecuada para la prestación de los servicios y asegure una atención más eficiente a las demandas de la población.
La reasignación de responsabilidades y de los recursos ligados a ellas para su cumplimiento, han sido formalizados a través de instrumentos que jurídica y socialmente identifican y avalan las correspondientes atribuciones de cada nivel de gobierno. A su vez, en dichos instrumentos se establecen el espacio y los medios para que la población participe en la definición y supervisión de las acciones, lo que además permite estrechar la relación entre los jóvenes y sus gobernantes. Así, con la creación del Fondo del Ramo 33 se establece un proceso que fortalece la participación social y la democracia. Se trata de una descentralización que redistribuye el equilibrio de los órdenes de gobierno a favor de los estados federados, los municipios.
De esta manera, se propone transferir recursos a los estados para la operación de programas específicos de apoyo a la juventud a través del Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM) del Ramo 33.
Para el Presupuesto de Egresos de la Federación de 1998, el Fondo de Aportaciones Múltiples destinó recursos para:
II. Construcción, equipamiento y rehabilitación de infraestructura física de los niveles de educación básica y superior en su modalidad universitaria, por un monto de $ 1,988,100,000.00 (54 por ciento del total del Fondo);
La propuesta de esta Comisión es en el sentido de integrar un tercer rubro dentro del FAM denominado Fortalecimiento al Desarrollo de la Juventud el cual se destine exclusivamente para diseñar y operar programas de fomento y apoyo a la población comprendida entre los 15 y 29 años cuyas líneas programáticas sean el empleo, capacitación laboral, fomento a la producción, recreación y apoyo a iniciativas juveniles.
Así, la propuesta busca fortalecer la cultura de la participación juvenil rural o urbana para mejorar las condiciones de vida de este sector poblacional particularmente vulnerable destinando tan sólo el 4 por ciento del monto asignado al FAM, lo que incrementaría hasta en 400 por ciento el monto de los recursos federales que se destinan exclusivamente a la juventud, sin considerar los recursos que se canalizan a través del sector Educación y del Sector Salud y de los Fondos de Aportaciones exclusivos para estas áreas (Cuadro 1). Así, la propuesta comprende la reforma a la Ley de Coordinación Fiscal que implicaría modificaciones al Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 1999.
El esquema sugerido presenta varias ventajas respecto de los mecanismos con los que hasta la fecha se ha transferido el gasto federal. Entre ellas destaca el que estas transferencias son un referente presupuestario claro y, por así señalarlo la Ley y por ser del pleno conocimiento mutuo, no permite usos diferentes a los que están dirigidos.
Otra ventaja se refiere a que con base en los fondos establecidos, las entidades federativas pueden mejorar sus propios procesos de presupuesto. Por una parte, tienen la certeza en el monto de los recursos que se transfieren mediante los fondos; por la otra, para efectos de presupuestar sus previsiones para servicios personales para el personal de origen local, tendrán como referente el monto de las previsiones para servicios personales contenidos en el Presupuesto de Egresos que apruebe la Cámara de Diputados.
Los fondos del Ramo 33 se transfieren por disposición de Ley, y no por convenio como se hacía hasta 1997, lo que otorga diferentes ventajas, como el hecho de brindar seguridad jurídica sobre la disponibilidad de los recursos públicos, establecer reglas claras para asignar con transparencia los recursos que corresponden a cada orden de gobierno, permitir a las entidades federativas conocer anticipadamente la disponibilidad de recursos y confiere autonomía a las entidades federativas y municipios en la aplicación de los recursos federales en el marco de los fines señalados en la Ley.
El seguimiento y la fiscalización de los recursos que se asignan a las entidades federativas bajo un esquema descentralizado han sido una preocupación permanente de la Cámara de Diputados. Por ello, cobran especial relevancia los mecanismos que para estos efectos establece la propia Ley de Coordinación Fiscal.
En primera instancia es importante establecer que no hay mejor mecanismo de contraloría que la opinión de la ciudadanía respecto de los servicios que recibe. Con ello, el acercamiento de las instancias de decisión a la población beneficiaria se complementa y consolida y, por ende, se incrementa la capacidad de ésta para influir en el rumbo de cada entidad. La participación ciudadana y el fortalecimiento de las funciones de cada nivel de gobierno deben ser, sin duda, propósitos fundamentales de cualquier proceso federalizador, por lo que es conveniente determinar mecanismos de fiscalización ciudadana, además de los que se contemplan en la Ley de Coordinación Fiscal.
Con lo que respecta al Proyecto de Presupuesto de Egresos para 1999 enviado por el Ejecutivo, el Fondo de Aportaciones Múltiples del Ramo 33 comprende:
La propuesta de modificación de esta Comisión es:
Si bien la integración de un tercer rubro dentro del FAM denominado Fortalecimiento al Desarrollo de la Juventud proporcionaría certidumbre a todas las partes y permitirían una mejor atención de los rezagos de la juventud, también debe señalarse que la distribución actual de recursos puede mejorar a fin de propiciar una mayor equidad y eficiencia en el ejercicio del gasto. Ello debe ser motivo de un amplio análisis posterior.
En suma, la vía propuesta fortalece la capacidad de respuesta de las autoridades locales y municipales, les brindan autonomía de gestión y de ejercicio de los recursos, y elevan la corresponsabilidad en la atención de las demandas básicas de la juventud.
Por lo anteriormente expuesto se propone el siguiente:
Proyecto de Decreto de reformas al artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal para realizar modificaciones al Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 1999
ARTICULO UNICO.- Se reforma el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal para quedar como sigue:
Artículo 40.- Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones Múltiples reciban los Estados de la Federación y el Distrito Federal se destinarán exclusivamente al otorgamiento de desayunos escolares, apoyos alimentarios y de asistencia social a la población en condiciones de pobreza extrema, apoyos a la población en desamparo, actividades para el fortalecimiento del desarrollo de la juventud, así como a la construcción, equipamiento y rehabilitación de infraestructura física de los niveles de educación básica y superior en su modalidad universitaria.
Palacio Legislativo, diciembre de 1998
Por la Comisión de Asuntos de la Juventud:
Dip. Juan Carlos Espina von Roerich (rúbrica), dip. Mariano Sánchez
Farías (rúbrica), dip. Enrique Padilla Sánchez (rúbrica),
dip. Manuel Peñúñuri Noriega (rúbrica), dip.
Francisco Javier Salazar Diez de S. (rúbrica), dip. Lenia Batres
Guadarrama (rúbrica), dip. Victorio Rubén Montalvo Rojas
(rúbrica), dip. Jaime Castro López (rúbrica), dip.
Luis Alejandro Guevara Cobos (rúbrica), dip. Salomón Elías
Jauli y Dávila (rúbrica), dip. Víctor Manuel López
Balbuena (rúbrica), dip. Jacaranda Pineda Chávez (rúbrica),
dip. Juan Carlos Ruiz García (rúbrica).
DECRETO POR EL QUE SE ABROGA
LA LEY DE NAVEGACION Y COMERCIO MARITIMO Y SE INCLUYE UN CAPITULO A LA
LEY DE NAVEGACION, A CARGO DEL C. DIP. RAUL MONJARAS HERNANDEZ, DEL GRUPO
PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCION NACIONAL
Los suscritos diputados de la LVII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el gobierno interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta H. Cámara de Diputados, la presente iniciativa que abroga la Ley de Navegación y Comercio Marítimo y se incluye un Capítulo a la Ley de Navegación, a fin de que quede contemplado dentro de una sola legislación, todas las normas relativas a la misma, en especial las que se refieren al seguro marítimos bajo la siguiente:
Exposición de Motivos
La Ley de Navegación y Comercio Marítimo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de noviembre de 1963, que entró en vigor treinta días después de su publicación, derogaba diversos artículos del Libro Tercero del Código de Comercio. Esta ley de manera amplia regulaba todo lo referente a la navegación marítima, portuaria y sus maniobras conexas, las empresas navieras los buques, los actos, hechos y bienes relacionados con el comercio marítimo. Asimismo reglamentaba lo relativo a las autoridades marítimas, la operación de los puertos, la navegación marítima y del auxilio, salvamento y naufragios. También regulaba lo concerniente a la matrícula y abanderamiento de los buques, el Registro Público Marítimo Nacional, el comercio marítimo, de la construcción de navíos la propiedad y copropiedad de los buques. Contenía normas relacionadas con las empresas marítimas, con la fortuna de mar, lo relativo al abandono de los buques, de la tripulación y autoridades de los buques. En la misma ley, se establecían normas que reglamentaban los contratos del arrendamiento de las naves, del fletamento de los buques, de las modalidades marítimas de la compraventa y del seguro marítimo. En su parte final estaban las normas de los agentes del naviero y de los riesgos de la operación marítima y concluye con un título único titulado de las maniobras en los puertos.
Con motivo, de la entrada en vigor de la Ley de Navegación, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el día 4 de enero de 1994, y vigente a partir del día siguiente al de su publicación, se derogaron múltiples disposiciones de la Ley de Navegación y Comercio Marítimo, quedando exclusivamente vigentes los artículos 222 al 232 y 234 al 250, contemplados en el Capítulo Cuarto titulado: Del Seguro Marítimo.
Considerando que estas disposiciones que no fueron derogadas, deberían integrarse en la Ley de Navegación, toda vez que no tiene razón de ser que continúen en una ley anterior que únicamente regula lo relativo al seguro marítimo, ya que lo conveniente y conforme a una correcta técnica legislativa, estas mismas disposiciones deberían quedar en la parte final de la susodicha Ley de Navegación y para ello se propone que se agregue al titulo quinto un capítulo que se denominaría Del Contrato del seguro marítimo, modificándose como consecuencia la numeración del articulado del Titulo sexto.
Por las consideraciones expuestas y en ejercicio de sus facultades, los suscritos diputados de la Nación de la LVII Legislatura del Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, sometemos a esta Honorable Cámara, la siguiente:
Iniciativa de decreto por el que se abroga la Ley de Navegación y Comercio Marítimo y se incluye un capitulo a la Ley de Navegación vigente.
ARTICULO PRIMERO.- Se abroga la Ley de Navegación y Comercio Marítimo, de fecha 21 de noviembre de 1963 y que entró en vigor treinta días después de su publicación.
ARTICULO SEGUNDO.- Se agrega al título quinto de la Ley de Navegación vigente, un capítulo que se titula Del Contrato del Seguro Marítimo, quedando de la siguiente manera:
Artículo 111.- El seguro marítimo podrá contratarse por cuenta propia o de un tercero y se perfeccionará en el momento en que el solicitante tenga conocimiento de su aceptación por el asegurador. Su vigencia no podrá supeditarse al pago de la prima, a la entrega de la póliza o de cualquier otro documento equivalente.
La póliza podrá expedirse a nombre del solicitante, de un tercero o al portador. A falta de póliza, el contrato se probará por cualquier otro medio de prueba legal.
Artículo 112.- Las cláusulas manuscritas o mecanográficas prevalecerán sobre las impresas, cuando consten en todos los ejemplares de la póliza.
Artículo 113.- A falta de disposición legal aplicable, las cláusulas obscuras o confusas se interpretarán por la autoridad competente en el sentido menos favorable para quien las propuso.
Artículo 114.- El pago del importe del seguro será cubierto a más tardar 30 días después de que el asegurador haya recibido los documentos e informaciones que funden la reclamación.
Artículo 115.- La suma asegurada por daños y perjuicios pactados será el límite de las obligaciones del asegurador, pero sólo obligado a cubrir los efectivamente causados.
Artículo 116.- Si se celebrase un seguro, sin dolo o mala fe, por una suma superior al valor real de la cosa asegurada, el contrato será válido hasta por este mismo valor. La suma asegurada se deducirá por acuerdo de las partes o en su defecto, por dictamen de peritos. El asegurador debería bonificar al gestor del seguro o en su caso al asegurado el excedente de la prima pagada, por el periodo que no haya transcurrido desde la fecha en que recibió la solicitud correspondiente. En caso de probarse el dolo o la mala fe, el contrato será nulo y las primas pagadas quedaran a favor del asegurador.
Artículo 117.- Si se contratare con varios aseguradores un seguro contra el mismo riesgo y por el mismo interés económico, el gestor del seguro deberá poner en conocimiento de cada uno de los aseguradores, y la existencia de los otros contratos. El aviso se dará por escrito, con indicación de aseguradores y sumas aseguradas.
Artículo 118.- Los seguros de que trata el artículo anterior serán válidos aunque sumen una cantidad superior al valor real asegurado y obligarán a los aseguradores dentro de este límite, hasta la suma que cada uno hubiere asegurado, a menos que se demuestre que hubo mala fe.
Artículo 119.- En el caso del artículo anterior, el asegurador que pague podrá repetir lo pagado contra los demás, en proporción a la suma asegurada por cada uno.
Artículo 120.- Si ocurriere el siniestro, el gestor o el beneficiario de la póliza, podrán realizar todos los actos que tiendan a evitar o a disminuir el riesgo, salvo pacto en contrario. Si no hubiere peligro en la demora, los interesados pedirán instrucciones al asegurador y se atenderán a ellas.
Artículo 121.- Si la cosa se hubiere designado sólo por su género, se considerarán aseguradas todas las que de tal género existiesen en el buque.
Artículo 122.- Salvo pacto en contrario, la vigencia del seguro sobre las mercancías se iniciará en el momento en que éstas sean entregadas al porteador, cesará en el momento en que sean disposición del consignatario.
Artículo 123.- Salvo pacto en contrario el asegurador no responderá de los daños mecánicos que se ocasionen a los motores o a los instrumentos de navegación si dichos daños no fueren consecuencia directa de un accidente de mar.
Artículo 124.- Si en el siniestro se debió al cambio de ruta o de viaje, los aseguradores del buque y del cargamento sólo responderán si el cambio fue forzado o se realizó para auxiliar a buques o a personas en peligro.
Artículo 125.- Si en el contrato se expresa el nombre del buque en que las mercancías habrán de cargarse, el asegurador no responderá de la agravación del riesgo producido por el cambio del buque. El error en la designación del buque no invalida el seguro.
Artículo 126.- El asegurador responderá, salvo pacto en contrario, de los daños y pérdidas ocasionadas por vicios ocultos, de la cosa, a menos que pruebe que el asegurado o el gestor del seguro conocían tales vicios o pudieron conocerlos si hubiesen obrado con la diligencia normal.
Artículo 127.- El asegurador responderá, salvo pacto en contrario, por las sumas que correspondan a las mercancías por contribuciones de averías gruesas o comunes.
Artículo 128.- El asegurador será responsable, si no se pacta lo contrario, de las cantidades que el asegurado deba a terceros, por daños ocasionados por abordaje. Si el asegurado fuere demandado deberá denunciar el juicio al asegurado que podrá hacer valer las excepciones que competan al asegurado.
Artículo 129.- Si el seguro sobre el buque vence estando en viaje se prorrogará de pleno derecho hasta la hora veinticuatro del día en que la nave llegue a su destino final. El asegurado o su representante deberá pagar la prima suplementaria.
Artículo 130.- Si el seguro del buque hubiere sido contratado por viaje, su vigencia comenzará en el momento en que se inicie el embarque; si no hubiere sido así, desde el momento en que zarpe o desamarre y terminará en el momento en que el buque sea anclado o amarrado en el puerto de destino, o al terminarse la descarga, siempre que la duración de tales maniobras no exceda de quince días. Si el seguro se toma estando ya iniciado el viaje del buque y no se estipula la hora en que entrará en vigor, se entenderá que surte sus efectos desde la primera hora del día en que se contrató el seguro.
Artículo 131.- El daño al buque puede ser reparado o indemnizado a cargo del asegurador. Si el naviero o el capitán debidamente optan por la reparación, el asegurador tendrá derecho de vigilar la ejecución de la misma. Si optaren por la indemnización, ésta se pagará en la cantidad promedio que resulte del cálculo de valores entre nuevo y viejo. El cálculo de los valores, a falta de acuerdo entre las partes se computará según estimación de peritos.
Artículo 132.- Se considerará valor del buque el que tenga al iniciarse el riesgo.
Artículo 133.- El asegurador que indemnice por los daños, que cubra el seguro, se subrogará en los derechos y acciones que correspondan al beneficiario contra terceros, por responsabilidad de éstos en los daños sufridos, hasta el valor de lo pagado.
Artículo 134.- Cualquiera de las partes podrá pedir que el daño causado se valúe sin demora. Si alguna se niega a nombrar perito, el Juez lo designará a petición de la otra.
Artículo 135.- La intervención del asegurador en la valorización del daño no implicará su aceptación de pagar el valor del siniestro, ni su renuncia a oponer excepciones.
Artículo 136.- Cuando el buque se presuma perdido o quede imposibilitado para navegar, las mercancías aseguradas podrán abandonarse y exigirse el monto total del seguro, si no son reembarcadas en el término de tres meses.
Artículo 137.- El buque se considerará perdido si transcurren treinta días después del plazo normal para su arribo sin que llegue a destino y no se tenga noticias de él.
Artículo 138.- El asegurador perderá el derecho de objetar el abandono, si no lo hace dentro de los quince días siguientes a aquel en que reciba la declaración.
ARTICULO TERCERO.- En virtud de la inclusión de los artículos anteriores, se modifica la numeración relativa al Titulo sexto de la Ley de Navegación.
Transitorios
PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones contrarias al presente decreto.
San Lázaro, DF, a 16 de noviembre de 1998.
Dip. Raúl Monjarás Hernández
DE REFORMAS AL ARTICULO 57
DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVIDOS SOCIALES PARA LOS TRABAJADORES
AL SERVICIO DEL ESTADO, A CARGO DEL C. DIP. MIGUEL ANGEL SOLARES CHAVEZ,
DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD
Iniciativa de decreto que reforma el artículo 57 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Los suscritos, diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 55, fracción II, y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Honorable Soberanía, la iniciativa que reforma el artículo 57 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con base en la siguiente:
Exposición de Motivos
E1 acceso a la salud, la asistencia medica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar es un derecho irrenunciable de los trabajadores del campo y la ciudad, así como de los servidores públicos. Ello se ha hecho realidad a través un conjunto de instituciones de seguridad social cuya misión principal es mejorar la calidad de vida de la población amparada y propiciar una vejez digna para quienes han llegado al fin de su vida laboral. Además de lograr amplias y generosas expresiones de solidaridad humana, la seguridad social se ha convertido en un poderoso instrumento redistribuidor de la riqueza nacional y en el soporte del bienestar de millones de mexicanos.
En el umbral del siglo XXI, México es impensable sin sus instituciones públicas de salud y seguridad social. La tarea del legislador es, entonces, robustecer los servicios y beneficios que ofrecen y prepararlas para los desafíos del futuro. También la de recoger las inquietudes de sus beneficiarios y proponer la mejoría de los seguros, prestaciones y servicios que aquellas proporcionan, sin poner en riesgo su viabilidad financiera. Todo ello con el propósito de reafirmar los principios de solidaridad, redistribución, obligatoriedad e integralidad que le dieron aliento desde su fundación.
Una de estas nobles instituciones, que junto con el IMSS y el ISSFAM constituyen el sistema público de seguridad social mexicano erigido al amparo de nuestra Constitución Política, es el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, organismo creado por decreto de ley en l959.
La Ley del ISSSTE, cuyos antecedentes mas importantes fueron la Ley de Pensiones Civiles de 1925 y el Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión de 1938, pretendía "otorgar una protección integral a los servidores públicos y sus a familias, no sólo durante el tiempo en que prestaran sus servicios, sino, sobre todo, cuando por edad, tiempo de trabajo, separación del cargo, invalidez, vejez o muerte (requirieran) mas de un sistema tutelar". l
La ley contenía, desde aquella época, un conjunto de beneficios a favor del trabajador, mediante los cuales se materializaban las garantías sociales que la Constitución consagra. En el cuerpo de su articulado, consideraba casi la totalidad de seguros, prestaciones y servicios que ofrece la ley en vigor. Sin embargo, en el curso de los años sufrió modificaciones que plasmaron nuevos conceptos o bien reforzaron los principios que el primer texto recogía ampliando, de manera simultánea su cobertura
Sin embargo, el ISSSTE no escapó al deterioro que sufrieron las instituciones públicas de seguridad social durante la etapa del ajuste estructural de los años ochenta. La restricción del presupuesto, la caída del salario real y del empleo público, así como los efectos de la inflación en los precios de insumos y medicamentos, llevaron a ésta institución a ver minada su capacidad de respuesta y declinar la calidad y oportunidad de sus servicios. Asimismo, condujeron a poner en riesgo la viabilidad financiera de los distintos ramos de aseguramiento, no obstante que por ley el Estado garantiza el cumplimiento de las obligaciones del instituto.
Lo anterior desembocó en una contrarreforma en la Ley del ISSSTE, aprobada en diciembre de 1992 a iniciativa del Poder Ejecutivo, con la que, entre otras cosas, se sancionó la incorporación del Sistema de Ahorro para el Retiro y se produjo un retroceso en la forma de incrementar el monto de las pensiones, al modificarse el artículo 57. Cambio, este último, lesivo para el bienestar de cientos de jubilados y pensionados que, con la presente iniciativa, proponemos enmendar.
Al crearse la Ley del ISSSTE se instituyó, en su artículo 136, el concepto de pensión dinámica, cuyo monto será revisado cada seis años en función del aumento del costo de la vida en consideración de los cálculos actuariales y las reservas del instituto. En 1980, el mencionado artículo fue objeto de una modificación importante, en atención a la demanda de los propios jubilados y pensionados de "alcanzar los mismos beneficios que reciben los trabajadores en activo". 2 Así la redacción aprobada en esa fecha dispuso que las jubilaciones y pensiones aumentarían al mismo tiempo y en la misma proporción en que aumentaran los sueldos de los trabajadores en activo. Con una nueva reforma integral en 1983, el citado artículo 136 se plasmó en los párrafos tercero y cuarto del artículo 57 en rigor, determinación con la que el legislador mantuvo el mismo espíritu de justicia social y de igualdad de los pensionados y jubilados con respecto a los trabajadores en activo.
La reforma de 1992, contraviniendo ese espíritu de justicia social, introdujo una nueva redacción al párrafo tercero del artículo 57 de la Ley del ISSSTE, constituyéndose en un evidente retroceso legislativo y en un golpe a jubilados y pensionados. En aquel año se dispuso que "la cuantía de las pensiones se incrementará conforme aumente el salario mínimo general para el Distrito Federal de modo tal que todo incremento porcentual a dicho salario se refleje simultáneamente en las pensiones que paga el Instituto". De esta suerte, en adelante los beneficios obtenidos por los servidores públicos, entre los que se encuentran los de la educación y la salud, en sus revisiones salariales y contractuales o de condiciones generales de trabajo no se harían extensivos a jubilados y pensionados.
El argumento que con mayor fuerza se esgrimió durante la reforma de 1992 fue en el sentido de homologar, a la baja, el sistema de pensiones del ISSSTE con relación al del Seguro Social.
Los efectos de la reforma al artículo 57 fueron devastadores y el alud de protestas de jubilados y pensionados no se ha detenido desde entonces.
Para ilustrar lo anterior conviene hacer notar que el salario mínimo ha tenido una caída persistente desde hace mas de dos décadas, colocándose en desventaja frente a los salarios contractuales y del sector público que se revisan anualmente. Así de conformidad con los datos oficiales, comparado con la inflación, el salario mínimo se ha visto reducido los últimos cuatro años en un 42 por ciento, decremento que han resentido también las pensiones del ISSSTE. Por otra parte, mientras que de 1995 a 1998 el Índice Nacional de Precios al Consumidor -indicador que sirve de referencia para proyectar el incremento a los salarios mínimos- ha tenido un crecimiento acumulado de 186.5 por ciento, el índice de sueldo promedio mensual de plaza inicial del magisterio ha crecido en el mismo lapso 214.8 por ciento, es decir, que ha tenido un crecimiento real de 28.3 ciento. Esto significa que, en tanto que en los últimos cuatro años el salario mínimo y, por consiguiente, las pensiones del ISSSTE, han disminuido su poder de compra, el salario magisterial de los trabajadores en activo que cotizan al instituto, se ha colocado por encima de la inflación e iniciado un proceso, lento e insuficiente aún, de recuperación. La desventaja de este sector de jubilados, uno de los mas numerosos con que cuenta el ISSSTE, frente a los trabajadores en activo es más que ostensible. Jubilados y pensionados de otras dependencias se encuentran en las mismas circunstancias de desventaja e inequidad.
Dos hechos más justifican una urgente reforma al artículo 57 para devolverle el espíritu original a la pensión dinámica que el legislador le confirió con la reforma de 1980. La pensión promedio de los cerca de 335 mil jubilados y pensionados con que contaba el instituto al mes de noviembre pasado, se ubicaba en 2 mil 386 pesos con 21 centavos: 2.6 veces el salario mínimo general para el Distrito Federal, cantidad insuficiente para adquirir una canasta de productos básicos. El Consejo Nacional Mixto de Protección al Salario (Conampros), organismo de apoyo técnico al Congreso del Trabajo ha calculado que el precio de la canasta básica alimenticia (mínimos nutricionales para una familiar nuclear) a precios de abril de 1998, era de 2 mil 968 pesos con 50 centavos. En este sentido, un jubilado del ISSSTE que goza de la pensión promedio, sólo recibe recursos para comprar el 80 por ciento de los productos de dicha canasta básica, que por lo demás no incluye vivienda, salud, transporte, ropa y calzado. Si a ese monto le aplicamos el incremento del 14 por ciento que recientemente ha aprobado la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, todavía le harían falta al jubilado 250 pesos, o poco más de 7 salarios mínimos diarios, para comprar la canasta básica. Esto suponiendo que los productos no hayan aumentado desde abril, asunto difícil de sostener.
Asimismo, 23 mil 400 jubilados y pensionados apenas reciben la cuantía mínima: 1052 pesos mensuales, con lo que, adicionando el 14 por ciento de aumento, únicamente les permitirá comprar el 40 por ciento de la canasta básica calculada por el Conampros.
Finalmente, es preciso reconocer que la actual fórmula de cálculo del incremento de las pensiones, atadas al aumento de los salarios mínimos, no le permite a los beneficiarios del ISSSTE hacer frente a la inflación: en 1998 las pensiones se elevaron en 14.2 por ciento, mientras que el índice inflacionario cerrara en una cifra aproximada del 18 por ciento. Sólo en el año que termina las pensiones de los servidores públicos perderán cerca de 4 puntos porcentuales.
Señores y señoras legisladores:
La situación descrita, que han documentado cientos de jubilados y pensionados del ISSSTE a través de cartas dirigidas a nuestro grupo parlamentario y las manifestaciones masivas de rechazo a la medida aprobada en 1992, han motivado la presentación de ésta iniciativa. Su sentido es conseguir que la cuantía de las pensiones aumente al mismo tiempo y en la misma proporción en que aumenten los sueldos básicos de los trabajadores en activo.
Nuestro grupo parlamentario tiene consciencia de las enormes dificultades por las que atraviesa el ISSSTE, particularmente su fondo de pensiones. La iniciativa que presentamos es, por tanto, el inicio de un conjunto de propuestas que haremos para garantizar la permanencia del instituto como un instrumento de justicia social y afianzar su carácter público, en la senda de construir el modelo de seguridad social solidario que requieren los trabajadores mexicanos en el nuevo milenio. Es un paso necesario que reclaman los servidores públicos, quienes entregaron su trabajo con dedicación a la sociedad y al Estado mexicano. Es el cumplimiento de un compromiso que busca brindarles tranquilidad y bienestar en los últimos años de su vida Es un esfuerzo por reconocer plenamente sus derechos sociales. Por lo anteriormente expuesto, se propone el siguiente
Proyecto de Decreto
ARTICULO UNICO. Se reforma el tercer párrafo del artículo 57 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado para quedar como sigue:
Artículo 57. (primer párrafo) ...
(Segundo párrafo)...
Las cuantías de las pensiones aumentarán al mismo tiempo y en la misma proporción en que aumenten los sueldos básicos de los trabajadores en activo.
(Cuarto párrafo) ...
Artículos Transitorios
Artículo Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dip. Miguel Angel Solares Chávez (rúbrica)
Dip. Jesús Martín del Campo (rúbrica).
Notas
1 Iniciativa de Ley que crea el Instituto de Seguridad y Servicio Sociales de los Trabajadores del Estado, (exposición de motivos) enviada por Adolfo López Mateos, presidente de la República, al Senado el 8 de diciembre de 1959, Diario de los debates del Senado de la República, núm. 26 diciembre de 1959.
2 Dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social sobre la Iniciativa de reformas y adiciones a diversos artículos de la Ley del ISSSTE, presentado por el ejecutivo federal, Diario de los debates, Cámara de Diputados, diciembre 27 de 1980, pp. 250-252.
QUE ADICIONA UN PARRAFO TERCERO
AL ARTICULO 33 DE LA LEY DE COORDINACION FISCAL, A CARGO DEL C. DIP. ENRIQUE
BAUTISTA VILLEGAS, A NOMBRE DE LOS INTEGRANTES DE LA COMISION DE AGRICULTURA
Con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 55, fracción II, y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los suscritos, diputados federales integrantes de la Comisión de Agricultura, sometemos a la consideración de esta Honorable Soberanía, la iniciativa de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal, bajo la siguiente:
Exposición de Motivos
En diciembre de 1997 fue adicionado a la Ley de Coordinación Fiscal el capítulo V, denominado De los Fondos de Aportaciones Federales, con el que se crearon cinco nuevos fondos en beneficio de las entidades federativas y los municipios, con cargo a recursos de la federación. La reforma, de acuerdo con la exposición de motivos, tuvo como sustento el impulso a un federalismo renovado, en donde el Poder Ejecutivo Federal asumía la tarea de promover una amplia redistribución de funciones de decisión y operación de las políticas públicas para acercarlas a la población de los estados y municipios.
De esta forma, la creación de los nuevos fondos de aportaciones federales, tenía por objeto coadyuvar al fortalecimiento de las haciendas locales y municipales en dos ámbitos: el presupuestario a través de la institucionalización de la provisión de recursos federales en apoyo a actividades especificas y el tributario.
No obstante la importancia de dicha iniciativa, los tiempos establecidos para la discusión de la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1998, paquete legislativo al que se vincularon las reformas a la Ley de Coordinación Fiscal, impidieron examinar con detalle las características de los cinco nuevos fondos creados, los criterios de su aplicación, así como las disposiciones que garantizaran un uso adecuado y transparente de los recursos aprobados.
A un año de su ejercicio, conviene hacer algunas correcciones que permitan beneficiar a los municipios con mayores carencias. En particular, la presente iniciativa busca mejorar la asignación de recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal en favor de los municipios rurales.
De acuerdo al decreto de creación, el Fondo de aportaciones para la Infraestructura Social, está constituido a su vez por el Fondo para la Infraestructura Social Estatal y el Fondo para la Infraestructura Social Municipal. Las aportaciones federales que se hacen con cargo a dichos fondos se destinan a acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a sectores de la población, estatal y municipal, que se encuentren en condiciones de rezago social y de pobreza extrema. E1 propio decreto detalla en el artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal una serie de rubros en los que se habrá de invertir para garantizar el apoyo a la población en extrema pobreza, entre los que se encuentra la infraestructura productiva rural que nos interesa comentar.
El sector agropecuario es pieza fundamental de la economía nacional, no solamente por ser un proveedor indiscutible de insumos y productos básicos para el funcionamiento de los otros sectores sino, además, porque es muestra fiel de la desigualdad social. Sobra recordar que dos de cada tres pobres viven en el medio rural.
En este contexto, es indispensable redimensionar la función que desempeñan algunos programas de la política social. Por una parte, es indiscutible su función de apoyo a los sectores más vulnerables de la población y, por otro lado, resulta conveniente mejorar los vínculos entre los programas de corte asistencialista y las actividades productivas que realizan estas comunidades, buscando se garantice la viabilidad de los esfuerzos llevados a cabo. Todo ello sin perder de vista la importancia que revisten las políticas amplias que permitan erradicar las causas estructurales de la pobreza y el ejercicio pleno de los derechos sociales.
Frente a esta necesidad de avanzar en la justicia social que demanda el sector rural, con medidas que fortalezcan su capacidad productiva y generen más recursos y una mejor integración entre sus miembros, los integrantes de esta Comisión de Agricultura planteamos la conveniencia de crear mecanismos de apoyo entre los diferentes programas que se llevan a cabo para mejorar la situación del campo. Por ello, nos parece básico ampliar las facultades de los municipios para que a través de éstos se garantice la accesibilidad de las comunidades rurales a aquellos programas diseñados para mejorar sus condiciones productivas, concretamente a aquellos vinculados a la Alianza para el Campo. El fin que se persigue con esta propuesta es que los mencionados programas puedan apoyar o respaldar a los integrantes de las comunidades beneficiadas, para acceder a esquemas de capitalización rural.
En virtud de que el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 1999 considera un rubro de inversión productiva en el sector rural que se ejercerá mediante el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, pero que, como complemento, no se propone reformar ni precisar el artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal en el mismo sentido, se hace necesario establecer los criterios y la norma que garanticen la aplicación de estos recursos bajo el enfoque que hemos señalado. Una modificación de esta naturaleza es inaplazable si se quiere favorecer un nuevo federalismo fiscal que considere beneficios sustantivos para las comunidades rurales.
Por lo antes expuesto, se propone el siguiente:
Proyecto de decreto
Unico.- Se adiciona un tercer párrafo al artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar como sigue:
Artículo 33.- ...
...
I a IV ...
Unico. E1 presente decreto entrará
en vigor el 1 de enero de 1999.
Este proyecto de decreto fue acordado por unanimidad de los diputados presentes en la sesión de la Comisión de Agricultura celebrada el 3 de diciembre del año en curso.
Atentamente
Comisión de Agricultura
Dip. Enrique Bautista Villegas (rúbrica)
Presidente
QUE REFORMA EL SEGUNDO PARRAFO
DE LA FRACCION I, DEL ARTICULO 3, DE LA LEY FEDERAL DEL IMPUESTO SOBRE
AUTOMOVILES NUEVOS, A CARGO DE LA C. DIP. OLGA MEDINA SERRANO, A NOMBRE
DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
Los suscritos diputados a la LVII Legislatura del Congreso de la Unión, Integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno del Congreso General, sometemos a la consideración de la Asamblea de esta Honorable Cámara de Diputados, la presente iniciativa que Reforma el segundo párrafo del artículo 3, fracción I, de la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos, con base en la siguiente:
Exposición de Motivos
Con la finalidad de que se aplique lo dispuesto en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el que se señala la obligación de cumplir de manera proporcional y equitativa para solventar los gastos públicos, es necesario observar que la fracción I del artículo 3 de la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos no cumple con estos preceptos en virtud de que señala un estímulo del 7 por ciento de ahorro sobre el precio de la unidad que rebase un precio de $207,373.49 con lo cual, fomentan la adquisición de vehículos de lujo y subsidian a los sectores con mayores ingresos violando así la disposición antes mencionada, dando un trato desigual a los adquirientes de automóviles nuevos.
Por otro lado, se hace necesario que se apoyen las actividades productivas de las empresas del ramo automotriz establecidas en territorio nacional y que son residentes en México, como lo señala el artículo 2 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, ya que son éstas los que contribuyen regularmente con sus impuestos.
La presente reforma tiene como finalidad fortalecer el mercado interno automotriz, además de que las personas física o morales que adquieran una unidad paguen este impuesto de acuerdo a su capacidad contributiva
Por las razones anteriormente expuestas se presenta el siguiente:
Proyecto de Decreto
ARTICULO UNICO.- Se reforma la fracción I del artículo 3 de la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos.
Artículo 3.- Para efecto del artículo 2 de esta Ley, se estará a lo siguiente:
UNICO .- El presente decreto entrará en vigor a partir del 1 de enero de 1999. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados,
Partido de la Revolución Democrática. Palacio Legislativo
de San Lázaro, México, DF, a 3 de diciembre de 1998.
Dip. Olga Medina Serrano
C. Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara
de Diputados del H. Congreso de la Unión
PRESENTE
Jorge Emilio González Martínez, Verónica Velasco Rodríguez, Aurora Bazán López, Alejandro Jiménez Taboada y Gloria Lavara Mejía, diputados a la LVII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en el artículo 21 fracción, XVI, 87 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos a la Presidencia en turno de esta Cámara de Diputados, para que a nombre de la Cámara, se sirva excitar a las Comisiones de Salud y Distrito Federal, para que presenten dictamen correspondiente a la Iniciativa mediante la cual se reforma y adiciona la Ley Reglamentaria del artículo 5 constitucional, relativo al ejercicio de Profesiones en el Distrito Federal y la Ley General de Salud.
Consideraciones
PRIMERA.- El profesionista, en la realización de su actuar profesional, debe tener presente que los principios sobre los que descansa la ciencia o técnica que estudió, y que fundan su actividad, van cambiando constantemente, sin que pueda perder de vista que al cambiar las bases de su oficio o profesión, debe cambiar necesariamente la forma en que presta sus servicios y la perspectiva de su profesión, por lo que debe de actualizar su conocimiento para que, además de saciar su hambre intelectual, consustancial a su naturaleza humana, pueda proporcionar un mejor servicio, evitando con ello incurrir en cualquier tipo de responsabilidad.
La iniciativa presentada, para tal efecto, trata de evitar que la licitud del oficio o profesión que el individuo desarrolle, se base únicamente en cumplir los requisitos legales para la acreditación de su ejercicio profesional, sino que además, esa actividad profesional sea consciente y responsable, respondiendo adecuadamente a las nuevas realidades que se presentan y que al actualizar el profesionista sus conocimientos, cumpla con las expectativas que tienen en él depositadas sus clientes o sus pacientes.
Así también si se exige a los profesionistas su actualización para la prestación de un mejor servicio, es lógico que también a los órganos que reúnan a los miembros de los gremios de profesiones, deban cumplir con la misma finalidad. Por tal razón en la iniciativa se considera que debe agregarse como finalidad de los Colegios de Profesionistas, la de procurar la actualización de sus miembros o asociados.
Es por ello que el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, como organización política que busca canalizar las demandas de diversos sectores preocupados en el desarrollo profesional de los mexicanos, ha participado activamente, promoviendo diversas iniciativas, procurando garantizar con ello un mejor nivel de vida para la población.
SEGUNDA.- El día 21 de abril del presente año, la diputada Aurora Bazán López presentó una iniciativa de Ley a nombre del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, que tiene por objeto abatir el rezago técnico y educativo que padece nuestro país, actualizando al profesionista, capacitándolo en la rama el oficio o profesión a la que se dedica, y agregando como finalidad de los Colegios de Profesionistas, la de procurar la actualización de los miembros o asociados, habiendo transcurrido, desde entonces, y con exceso, el término de cinco días que establece el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sin que al día de hoy las Comisiones de Salud y Distrito Federal de esta Cámara de Diputados a las que les fue turnada, hayan dictaminado respecto de la misma.
TERCERA.- Por todo lo anterior, y con fundamento en el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento a nombre del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, ésta excitativa para que el Presidente de la Cámara de Diputados, requiera a los CC. Presidentes de las Comisiones de Ecología y Medio Ambiente y Gobernación y Puntos Constitucionales, a efecto de que dictaminen respecto de la iniciativa en mención y la excitativa que ahora se presenta, y cumplan así con las obligaciones que el citado ordenamiento normativo les impone.
Por lo antes expuesto, a Usted C. Presidente de la H. Cámara de Diputados en turno, atentamente pido:
UNICO.- Tenga por presentada esta excitativa, se sirva excitar y exhortar a los Presidentes de las Comisiones de Salud y Distrito Federal para que presenten su dictamen respecto de la Iniciativa mediante la cual se reforma y adiciona la Ley Reglamentaria del artículo 5 constitucional, relativo al ejercicio de Profesiones en el Distrito Federal y la Ley General de Salud, presentada por la diputada Aurora Bazán López el día 21 de abril del presente año, por la fracción parlamentaria del Partido Verde Ecologista de México, apercibiéndoles que para el caso de nuevo incumplimiento, se establecerá una fecha fija e improrrogable para que rindan su dictamen.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la H. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 7 días del mes de diciembre de 1998.
Por la fracción parlamentaria del Partido Verde Ecologista de México: Dip. Jorge Emilio González Martínez, coordinador (rúbrica); dip. Verónica Velasco Rodríguez, vicecoordinadora; dip, Jorge Alejandro Jiménez Taboada, dip. Aurora Bazán López (rúbrica); dip. Gloria Lavara Mejía.
DEL COMITE DE ADMINISTRACION, RELATIVA AL PRESUPUESTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS CORRESPONDIENTE AL MES DE DICIEMBRE DE 1998
Palacio Legislativo, 25 de noviembre de 1998.
Dip. Arturo Núñez Jiménez
Presidente de la Comisión de Régimen
Interno y Concertación Política
PRESENTE
En atención a lo dispuesto por los artículos 57 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 51 del Reglamento para el Gobierno Interno del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, remito a usted para su inclusión en el orden del día de la Sesión Ordinaria del Pleno de la H. Cámara de Diputados, el siguiente documento:
Presupuesto de la H. Cámara de Diputados
correspondiente al mes de diciembre de 1998
Integración por capítulos de gasto
(Miles de pesos)
Materiales y suministros 5,214.4
Servicios generales 74,920.3
Transferencias 149.0
Bienes muebles e inmuebles 6,284.1
Obras públicas 4, 000.0
Total $ 232,969.6
El Presidente del Comité de Administración
Dip. Ramón Corral Avila (rúbrica)
El Tesorero General
CP. Gregorio Guerrero Pozas (rúbrica)
DE LA COMISION DE PROTECCION CIVIL, SOBRE SU VISITA DE TRABAJO A LA CIUDAD DE COLIMA
Palacio Legislativo, a 2 de diciembre de 1998.
En el cumplimiento de las funciones contempladas en su Programa de Trabajo y con el propósito específico de evaluar los mecanismos de respuesta instrumentados por los gobiernos federal y estatal, para atender las eventualidades que pudiese generar por su actividad el Volcán de Fuego también llamado Nevado de Colima, un grupo plural de señoras diputadas y señores diputados, integrantes de la Comisión de Protección Civil se trasladó a la ciudad de Colima, el pasado jueves 26 de noviembre de 1998.
Las actividades iniciaron en cuanto el grupo de legisladores arribó a la ciudad de Colima, para ello las autoridades estatales de protección civil trasladaron a la comitiva a un punto de observación ubicado aproximadamente a 14 kilómetros del volcán, en el sitio se agregaron el dr. J. Jesús Muñiz Murguía, moderador del Comité Técnico Científico Asesor para el Volcán de Colima, así como el dr. Justino Pineda, Consejero del Comité, quienes informaron a la comitiva de la Comisión de Protección Civil, sobre lo siguiente:
* El comité es un órgano de consulta para la prevención de un desastre asociado a la actividad del volcán de Colima, teniendo como función primordial la de "emitir opiniones y recomendaciones sobre el origen y evolución del peligro volcánico, a efecto de inducir técnicamente la toma oportuna de decisiones de las autoridades de Protección Civil del estado de Colima y Jalisco, encaminadas a la prevención y auxilio de la población asentada en zonas de riesgo volcánico.
* Las autoridades estatales determinaron que fuese el comité la única fuente de información oficial sobre la emisión de comunicados relativos a la actividad del volcán y se estableció que este órgano no tendría funciones operativas ni ejecutivas, solo fungiría como asesor.
* En dicho comité participan científicos de los estados de Colima y Jalisco, adicionándose a éste, por invitación expresa por sus trabajos en materia de investigación, científicos de España, Japón, Francia, Estados Unidos e Inglaterra.
Adicional a la información recibida, los señores legisladores presenciaron algunas de las emisiones de lava que el volcán registra actualmente, respecto a las cuales es oportuno mencionar que, si bien el volcán está arrojando lava, lo hace de manera paulatina y no en forma de "ríos" como en muchas gráficas de diarios nacionales se presenta a la población en general. Esas placas han sido tomadas mediante una técnica de exposición prolongada, con el apoyo de filtros y tripiés, mismas que permiten ofrecer esa imagen, por lo que esta aclaración es pertinente a efecto de enfocar el problema en su justa dimensión.
Para el viernes 27, la comitiva legislativa en un desayuno de trabajo se entrevistó con el lic. Héctor Michel Camarena, secretario general de Gobierno, quien acompañado del director estatal de Protección Civil, cmdte. Melchor Urzúa Quiroz, el subdirector operativo de la Unidad Estatal de Protección Civil, lic. Ramón Barrera Barreto, así como autoridades estatales en la materia y el dr. J. Jesús Muñiz Murguía, moderador del Comité Científico Asesor, expusieron ante los señores diputados los esquemas operativos dispuestos para la atención del volcán, con arreglo a sus riesgos implícitos, remarcando el funcionario estatal que el sr. gobernador Fernando Moreno Peña, está sumamente sensibilizado en la materia, ya que desde su gestión como rector de la Universidad de Colima, conoció el riesgo volcánico, sus métodos de investigación así como la necesidad de contar con estructuras sólidas dedicadas a la Protección Civil
Comentó también el sr. Secretario de Gobierno que la población desalojada del poblado La Yerbabuena está siendo atendida en un albergue administrado por la Secretaría de la Defensa Nacional, en una secundaria oficial; dentro de esto se informó que se realizaron las gestiones necesarias para que en un inmueble cedido al gobierno del estado se lleven a cabo las adecuaciones necesarias para contar con un albergue permanente que permita atender a la población evacuada, sin alterar las funciones docentes de la escuela que actualmente alberga a los pobladores de La Yerbabuena.
Comentó el dip. Salvio Herrera Lozano, coordinador de la Subcomisión de Auxilio y Recuperación de la Comisión de Protección Civil, que en el marco de la reunión de trabajo se constató la disposición de las instancias involucradas por contar con un sistema de Protección Civil que asegure la salvaguarda de la vida humana, sus bienes y entorno, o como mínimo, reducir en lo posible los daños que se pudiesen generar por la actividad del volcán o cualesquiera otra calamidad de las clasificadas en el Sistema Nacional de Protección Civil, por lo que conminó a la Autoridad estatal a continuar trabajando en las directrices que se han trazado.
El diputado Alberto López Rosas, integrante de la comisión, hizo uso de la palabra en el evento y agradeció a nombre de la H. Cámara de Diputados y de la Comisión de Protección Civil en particular, la disponibilidad del gobierno colimense para cooperar con la labor legislativa que nos ocupa y aprovechó el espacio para remarcar que el objetivo de la Comisión de Protección Civil, es el de crear el marco jurídico a nivel nacional sobre la materia y precisamente al tocar este punto, pone a consideración del funcionario estatal el estudiar la posibilidad de realizar en la ciudad de Colima, uno de los foros de consulta que se instrumentaran para el fin mencionado.
La siguiente actividad del grupo de legisladores fue conocer en las instalaciones de la Universidad de Colima, los trabajos de monitoreo y vigilancia del volcán, la explicación de estos trabajos, estudios, mecanismos y medios de observación, estuvo a cargo del dr. Gabriel Reyes Dávila, coordinador de la RESCO (Red Sísmica de Colima) quien apoyándose en los registros de la actividad sísmica que se verificó en las inmediaciones del volcán durante los días anteriores a la visita, así como del equipo utilizado para la detección de movimientos de tierra, comentó que el volcán aun cuando disminuyó considerablemente su actividad, estará permanentemente vigilado, toda vez que no se sabe con precisión su tendencia. Concluyó diciendo que el territorio del estado de Colima, es el sitio ideal para el estudio de las ciencias dedicadas a los fenómenos geológicos, ya que la entidad, aun con sus dimensiones, cuenta con casi todo tipo de estos, por lo que se hace necesario ampliar el campo de investigación a través de la inversión en tecnología de punta, misma que apoyaría a nivel nacional la investigación dedicada a los sismos
En las mismas instalaciones de la Universidad de Colima, el director del Centro Universitario de Investigaciones en Ciencias del Ambiente, el dr. Ignacio Galindo Estrada, expuso ante los legisladores que las funciones sustantivas del área a su cargo son las de realizar vía el servicio de los satélites NOAA, mediciones de parámetros ambientales que tienen particular injerencia en la toma de decisiones en casos de desastres naturales como son los de origen volcánico, sísmico y los hidrometeorológicos, así como las emergencias ambientales y para esto alimenta permanentemente al sistema estatal de Protección Civil así como a otras áreas afines.
Actualmente se operan los siguientes programas: El de detección de nubes de cenizas en todos los volcanes activos del país; Determinación de la temperatura del cráter en todos los volcanes activos; Detección de incendios forestales a nivel nacional; Recepción de datos sismológicos vía satélite de las estaciones sismológicas instaladas en el volcán del fuego y en la Isla socorro y Seguimiento de los principales fenómenos hidrometeorológicos.
Cerró su exposición el dr. Galindo solicitando a los señores legisladores su intervención a efecto de que se apoyen estos proyectos con recursos adicionales, que permitan complementar y modernizar la tecnología con que operan actualmente.
Para finalizar el recorrido por las áreas especializadas y dedicadas al estudio del volcán, los diputados conocieron los trabajos que se desarrollaron sobre la información que se le proporciona a la población a efecto de fomentarle una cultura de protección civil y mantenerle informado sobre los riesgos que implica el Volcán de Colima, así como el qué hacer y a quién recurrir en caso de una contingencia.
Al término del evento en las mismas instalaciones de la Universidad, los señores legisladores, a través del dip. Martín Matamoros Castillo atendieron a los medios de comunicación, externando su conformidad con los trabajos que desarrollan tanto el gobierno estatal como el Comité Técnico Científico Asesor para atender a través de sus estructuras de Protección Civil cualquier eventualidad que pudiese generar el Volcán de Colima.
La comitiva legislativa visitó también el albergue instalado en la Escuela Secundaria Técnica # 5, en donde constato las dignas condiciones en que las personas desalojadas del poblado La Yerbabuena son atendidas y se apreció el buen ánimo con el que reciben techo, comida, atención médica y servicios complementarios por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional, Secretaría de Salud y el gobierno estatal.
Las personas que ocupan el albergue externaron que están siendo bien atendidos y agradecieron a los señores legisladores el que se preocuparán por su bienestar. La dip. María del Socorro May López hizo uso de la palabra y les patentizó la solidaridad y preocupación de la Comisión de Protección Civil y de la H. Cámara de Diputados por su seguridad y bienestar, no omitiendo el comentarles que se van conformes con las atenciones que en el albergue se les brinda a las personas que, como medida preventiva, fueron evacuadas de su lugar de residencia.
Posteriormente se asistió a una de las sesiones del Comité Técnico Asesor y al igual que en las actividades antes mencionadas se constató la seriedad y profesionalismo con el cual todos los involucrados en el Sistema Estatal de Protección Civil participan en las acciones que, conforme al ámbito de su perfil y/o responsabilidad, les corresponde desempeñar.
De la presente visita se desprenden las siguientes observaciones:
-Deberán ubicarse y destinarse una serie de apoyos financieros hacia las áreas operativas y de investigación, a efecto de reforzar y complementar la estructura del sistema estatal de protección civil.
Atentamente
Dip. Noemí Guzmán Lagunes
Presidenta
DE LA COMISION DE ATENCION Y APOYO A DISCAPACITADOS
Al Foro Internacional Integración Laboral de las Personas con Discapacidad, "Experiencias en el Mundo", que se llevará a cabo el lunes 7 de diciembre, a partir de las 10 horas, en el Salón Verde de este recinto legislativo.
Temas y Programa
10:30 a 10:45 Bienvenida por parte de la Comisión de Atención y Apoyo a Discapacitados de la Cámara de Diputados.
10:45 a 11:00 Mensaje y declaratoria inaugural por parte del dip. Arturo Núñez Jiménez, Presidente de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política de la Cámara de Diputados.
11:00 a 11:30 Incentivos fiscales para empresas que contraten a personas con discapacidad.
11:30 a 11:45 Sesión de preguntas y respuestas .
11:45 a 12:15 Experiencia internacional sobre legislación laboral.
12:15 a 12:30 Sesión de preguntas y respuestas.
12:30 a 13:00 Receso.
13:00 a 13:30 Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación para las personas con discapacidad de la OEA.
13:30 a 13:45 Sesión de preguntas y respuestas.
13:45 a 14:15 Procesos de rehabilitación laboral de personas con discapacidad.
14:15 a 16:00 Comida.
16:00 a 16:30 Las personas con discapacidad en la legislación: Una panorámica mundial.
16:30 a 16:45 Sesión de preguntas y respuestas.
16:45 a 17:15 Creación de empresas productivas para personas con discapacidad.
17:15 a 17:30 Sesión de preguntas y respuestas.
17:30 a 17:45 Entrega de reconocimientos.
17:45 a 18:00 Clausura por parte de la Comisión de Asistencia Social del Senado de la República.
DE LA COMISION DE COMERCIO
A su reunión de trabajo del lunes 7 de diciembre, a las 12 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales de este recinto parlamentario.
Orden del Día
2. Aprobación del acta de la reunión del día 5 de noviembre de 1998.
3. Análisis, discusión y en su caso emisión del dictamen que corresponda a las siguiente iniciativas:
......Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones:
Presentada el 4 de diciembre de 1997.
Presentada el 30 de abril de 1998.
Presentada el 10 de noviembre de 1998.
......Iniciativa de reforma al artículo 13 de la Ley Federal de Metrología y Normalización
Presentada el 13 de mayo de 1996.
......Iniciativa de adiciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor
Presentada el 28 de octubre de 1998.
4. Aprobación del informe de actividades de la Comisión
5. Otros.
DE LAS COMISIONES UNIDAS DE
VIVIENDA Y DEL DISTRITO FEDERAL
A su reunión del lunes 7 de diciembre, a las 14 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales, para analizar, y en su caso, aprobar el dictamen sobre la iniciativa de Ley del Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.
Atentamente
Dip. Alejandro Ordorica Saavedra
Presidente de la Comisión del Distrito Federal
Dip. Juan José Cruz Martínez
Presidente de la Comisión de Vivienda
DE LA COMISION DE REGLAMENTOS
Y PRACTICAS PARLAMENTARIAS
A su reunión del lunes 7 de diciembre, a las 19 horas, en las oficinas de esta Comisión, edificio F, primer nivel, de este Palacio Legislativo.
Orden del Día
2. Discusión, y en su caso, aprobación del Anteproyecto de dictamen de reformas a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentado por los grupos parlamentarios de los Partidos de la Revolución Democrática y Acción Nacional.
3. Discusión, y en su caso, aprobación del Anteproyecto de dictamen de reformas a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentado por el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
DE LA COMISION DE POBLACION
Y DESARROLLO
A su novena reunión ordinaria, que se llevará a cabo el lunes 7 de diciembre, a las 18 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
2. Informe de la presidencia de la Comisión.
3. Propuesta de Punto de Acuerdo en materia de presupuesto para las dependencias de la Subsecretaría de Población y Servicios Migratorios para el ejercicio fiscal de 1999.
4. Informe de la dip. Julieta Ortencia Gallardo Mora, relativo a su participación en el II Foro Interestatal del Programa Paisano.
5. Asuntos generales.
DE LA COMISION DE ECOLOGIA
Y MEDIO AMBIENTE
A su sexta reunión plenaria y desayuno, que se llevará a cabo el martes 8 de diciembre, a las 8:30 horas en el salón E del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
2. Dispensa de lectura del acta anterior (3 minutos).
3. Presentación del nuevo secretario técnico y del nuevo asesor de la Comisión, por el dip. Alejandro Jiménez Taboada. (3 minutos).
4. Informe de trabajo de las 5 subcomisiones a cargo de los diputados y asesores coordinadores. (tiempo para cada subcomisión 10 minutos).
5. Informe del estado de cuenta de la Comisión, por el dr. Mario Bañuelos Onori, asesor de la Comisión. ( 5 minutos).
6. Informe sobre el Foro de Biodiversidad y Ecoturismo, propuesta de autorización para la formación de una Subcomisión especial sobre ecoturismo, por el dr. Aarón Gallego (5 minutos).
7. Informe y propuesta de punto de acuerdo sobre el Foro de Reforma Fiscal Ecológica, por el dip. Francisco Xavier Salazar (10 minutos).
8. Informe sobre el Foro de Rastros, por el dr. Aarón Gallego (5 minutos).
9. Comentar agenda para reuniones con:
El dr. Víctor Villalobos:
* Incendios forestales
* Veda en Oaxaca y Guerrero
Lic. Enrique Provencio:
* Arrecifes coralíferos
* Areas naturales protegidas
* Itsmo de Tehuantepec
* Muelle de Cozumel
(tiempo aproximado 5 minutos.)
Definir visitas a:
* Parque Ecológico Loreto y Peña Pobre
* Ciceana con la dra. Tiahoga Ruge
* Aviario La Siberia, con el dr. Jesús Estudillo
* Mar de Cortés: problemática pesquera, salineras y plan de ordenamiento ecológico
* Selva de los Chimalapas
* Cozumel (atención de 4 denuncias)
11. Definir postura de la Comisión sobre el cambio climático por la mesa directiva (5 minutos).
12. Comentarios generales y conclusiones (10 minutos).
DE LA COMISION DE TURISMO
A su décimo tercera reunión plenaria, que se llevará a cabo el martes 8 de diciembre, a las 9 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
2. Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la sesión anterior.
3. Dictamen sobre la iniciativa de adición al artículo de la Ley Federal de Turismo.
4. Dictamen sobre la iniciativa de reformas a diversas disposiciones de la Ley Federal de Turismo en materia de Promoción Turística.
5. Asuntos generales.
DE LA COMISION DE ESTUDIOS
LEGISLATIVOS
A la inauguración de la muestra fotográfica Los Constituyentes de 1916-17, 81 Años Después, que se llevará a cabo el martes 8 de diciembre, a las 10 horas, en el Vestíbulo de este Recinto Legislativo.
Atentamente
Dip. José Luis Herrera
Presidente
DE LA COMISION DE PESCA
A su octava reunión de trabajo, que se llevará a cabo el martes 8 de diciembre, a las 17 horas, en la sala Leona Vicario, ubicada en la planta baja del edificio H.
Orden del Día
2. Aprobación del acta de la 7a reunión.
3. Aprobación. Reunión extraordinaria del 22 de septiembre.
4. Celebración. Foros: Tuxpan, Ver; Guaymas, Son; Manzanillo, Col; Progreso, Yuc; Infiernillo, Mich.
5. Presupuesto de Egresos. Sector Pesca.
6, Informe. Subcomisión de Picudos. Iniciativa que Reforma al art. 13 de la Ley de Pesca.
7. Asuntos generales.
* Invitación San Blas, Nayarit.
* Expo-Lisboa 98...
DE LAS SUBCOMISIONES PARA LA INVESTIGACION DE LOS PROGRAMAS DE SANEAMIENTO FINANCIERO Y DE SEGUIMIENTO Y APLICACION DE LOS RECURSOS DESTINADOS A LOS PROGRAMAS DE APOYO A DEUDORES
A su reunión de trabajo del martes 8 de diciembre, a las 18:30 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales de esta H. Cámara de Diputados.
Orden del Día
2. Incorporación del dip. Gustavo Pedro Cortés, en sustitución del dip. Ricardo Cantú Garza.
3. Informe que presenta a las Subcomisiones Unidas, el C. Michael W. Mackey, de los avances obtenidos hasta la fecha.
4. Intervención de los diputados miembros de las Subcomisiones Unidas.
5. Asuntos generales.
DEL COMITE DE BIBLIOTECA E
INFORMATICA
A los conciertos con la Orquesta de Cámara y Coro de la Secretaría de Marina, que interpretará villancicos bajo la dirección de César Amora Aguilar, capitán de fragata del Servicio Musical Naval, el miércoles 9 de diciembre, a las 13 horas, en la Plaza Legislativa de esta Cámara de Diputados.
DE LA COMISION DE PATRIMONIO
Y FOMENTO INDUSTRIAL
A su sesión ordinaria del miércoles 9 de diciembre, a las 9 horas, en el salón A del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
2. Lectura y aprobación del acta anterior.
3. Propuestas de reforma fiscal para el Fomento Industrial.
4. Propuesta de presupuesto a Secofi para el fomento Industrial.
5. Clausura.
DEL COMITE DE ASUNTOS INTERNACIONALES
A su reunión plenaria del miércoles 9 de diciembre, a las 14:30 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales de esta H. Cámara de Diputados.
Orden del Día
2. Informe Anual del Comité de Asuntos Internacionales.
3. Integración de Subcomités Regionales.
4. Próximas reuniones interparlamentarias.
España
Guatemala
Belice
Cuba
Estados Unidos
Canadá
Reunión con la Duma Estatal Rusa
5. Mecanismos de seguimiento de reuniones interparlamentarias.
6. Calendario de eventos internacionales 1999.
7. Calendario de conferencias organizadas por el CAI.
8. Resultados de visitas recientes a la Cámara de Diputados.
Delegación de diputados del Parlamento Cen- troamericano (Parlacen).
Presidente de Francia Jaques Chirac.
Delegación de Parlamentarios de la República Helénica.
9. Boletín del CAI.
10. Lineamientos Complementarios para la Asistencia a Eventos parlamentarios Internacionales.
11. Asuntos generales.
DE LA SUBCOMISION DE PATRIMONIO
A su reunión del miércoles 9 de diciembre, a las 15 horas, en el salón A del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
2. Verificación de quórum.
3. Presentación de propuestas para el anteproyecto de dictamen de la iniciativa de ley del dip. Juan Bueno Torio, de la Ley General de Bienes Nacionales, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, para reglamentar las licitaciones y concesiones del gobierno federal.
4. Clausura
DE LA COMISION DE DEFENSA
NACIONAL
A su reunión y desayuno de trabajo del jueves 10 de diciembre, a las 9 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales de este recinto parlamentario.
Orden del Día
2. Análisis de las iniciativas pendientes turnadas a la Comisión de Defensa Nacional.
3. Presentación y, en su caso, aprobación del programa de visitas para el próximo año.
4. Asuntos generales.