Que reforma el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y abroga la Ley Calles, presentada por el diputado Alfredo Oropeza García, del grupo parlamentario del PAN, en la sesión del martes 9 de julio de 1991

Gracias, señor Presidente; compañeros diputados: Creo que las circunstancias que se están presentando en este momento, y dada la variedad de temas que necesariamente nos llevarían a considerar un período extraordinario de sesiones, creo que tratar el tema que iba en este momento, bastaría para un solo tema: mereciera un período extraordinario de sesiones. Es la reforma al artículo 130 constitucional y la abrogación de la abrogación de la Ley Calles.

Dadas las circunstancias pues de tiempo ahora, con la excitativa y la petición en un momento dado, de ser atendida una petición en el sentido de un período extraordinario de sesiones, mi intervención la dejo para que se transcriba en

el Diario de los Debates y de esta manera dar por terminados los trabajos de este día.

<<En días pasados el licenciado Agustín Tellez Cruces, representante personal del licenciado Salinas de Gortari ante el papa, y con motivo de su visita al Vaticano, declaró a la Prensa entre otras cosas que el órgano adecuado para definir si el pueblo mexicano ha madurado en relación al tema del vínculo de iglesia estado, es el Congreso de la Unión. El suscrito como parte de ese Congreso viene a expresar lo siguiente: Es hora de modificar el artículo 130 de nuestra Constitución y abrogar la Ley de Calles.

Debe existir antes que otra cosa congruencia entre la ley y la realidad. Salvo para uno que otro dinosaurio digno de museo, para todos los demás es evidente la existencia y actuación de la iglesia católica, así como de otras iglesias Tomando en cuenta que la mayoría del pueblo mexicano en ejercicio de su libertad de conciencia profesa alguna religión, es necesario que nuestra Constitución reconozca las diferentes iglesias que hay en el país, de tal manera que la modificación al 130 de la Constitución es indispensable.

Recordemos que para que una ley sea benéfica, políticamente valiosa y por lo tanto obedecida por los ciudadanos, debe sustentarse en una adecuada relación de los derechos fundamentales del hombre, respetando las convicciones del pueblo en materia religiosa.

La verdadera fuerza del estado no radica en dudosas tolerancias ni en simulaciones por no poder aplicar el derecho que va en contra de la realidad y la práctica, pues esto solo logra que disminuya su autoridad; sino que la fuerza de un estado radica en el cumplimiento y aplicación del derecho.

Igualmente, solo para algunos pequeños grupos que se quedaron en el pasado, para todos los demás, hay la evidencia de que existe una entidad que es la santa sede, con la que deben tratarse igual con todas las entidades del mundo numerosos asuntos que tienen que ver con la existencia de los mexicanos; más aun cuando la mayoría de éstos profesamos la religión católica.

Tener desde hace muchos años en nuestro país a un delegado apostólico nombrado por el papa, es de hecho tener un embajador del Vaticano. Por otro lado, el nombramiento de un representante personal ante el papa, es un primer paso en la modernización que se viene pregonando por el gobierno mexicano de este sexenio. México forma parte de la comunidad internacional, tiene un lugar en la misma y eso obliga a tratar con todos los jefes de estado cualquiera que sea su afiliación o ideología.

Los siguientes son algunos ejemplos evidentes de la incongruencia del artículo 130 de nuestra Constitución con la realidad. El párrafo VII otorga facultad a las legislaturas locales para determinar el número de sacerdotes para cada estado. Esto, además de ser letra muerta, es intromisión del estado en los asuntos de la iglesia.

El párrafo XI del citado artículo señala una obligación para todos los presidentes municipales del país de llevar dos libros, uno de los templos y otro de los encargados de los templos y señala esta disposición constitucional que esta obligación bajo pena de destitución de su cargo si no los lleva. Si se aplicara este párrafo no quedaría ningún presidente municipal, pues ninguno lleva estos dos libros.

En cuanto a la abrogación de la Ley de Calles, diremos dos cosas:

1o. Debe abrogarse porque esta ley no fue aprobada por ningún legislador, sino como está pasando ahora con el Tratado de Libre Comercio la Cámara de Diputados abdicando a sus facultades y obligaciones, con dispensa de trámite dio facultades extraordinarias al presidente en turno, Plutarco Elías Calles para reformar, entre otros el Código Penal; es esta forma, el señor Plutarco ante sí y sin opinión en contra, elaboró, promulgó y ejecutó con su propia ley, desatando la persecución de católicos con base en su dictatorial ley.

2o. Es tan contraria esta ley al sentir del pueblo mexicano, que su persistencia como amenaza incumplible ofende a la razón, pues la aplicación de algunas de sus disposiciones en estos tiempos, haría el escarnio del mundo, como por ejemplo el artículo 1o. de dicha ley que dice que para ejercer el ministerio de cualquier culto se necesita ser mexicano por nacimiento, señalando al infractor que se le aplicará arresto hasta por 15 días. Además le dan facultad al Presidente de la República para expulsar al infractor del país. Otro ejemplo es el del artículo 13 que señala que hasta las simples hojitas parroquiales de cada ocho días, si llegan a hablar del presidente o del algún funcionario, se les aplicará a quien las elabore o distribuya arresto de uno a dos años y una multa; o la ridícula sanción que establece en el artículo 18, para

quien participe en un peregrinación, use crucifijos, escapularios, medallitas u otros a quienes se les aplicará arresto hasta por 15 días y si llegaran a reincidir, cárcel de uno a dos años.

Así pues, es necesario reparar esta lamentable abdicación del Poder Legislativo que hoy ante el mundo nos pone en tal atraso respecto a los defensores de los Derechos Humanos, que nos asemejan a regímenes como fueron Sudáfrica o Rumania.

Para quienes no nos empecinamos en vivir en el pasado, la transformación social a nivel mundial no sólo es indiscutible sino inevitable; así lo han entendido los sistemas basados en el materialismo marxista, quienes decepcionados han dado marcha atrás, por lo que México no puede quedarse fuera del cambio que se está dando en el mundo.

Si el Muro de Berlín cayo, ¿por qué no el 130 constitucional y la Ley Calles?

Es hora de que los creyentes de este país, especialmente los católicos sin miedos, por lo que hago un llamado a los presentes a que nos demos a la tarea de modernizar los vínculos entre iglesia y estado sobre la base de separación de estas dos entidades dejando al estado sus atribuciones y a la iglesia su labor pastoral, reconociéndola jurídicamente y reglamentando sus campos de actuación, pues ambas entidades son coadyuvantes en la ordenación social. Dejemos atrás miedos del jacobinismo que dados los cambios en el bloque antes socialista, hoy no son más que una simple caricatura, razón por la que hasta los masones han superado su radical y antigua actitud.

Es necesario que den fruto los acercamientos entre la iglesia y el Estado mexicano, pues los simples acercamientos no sirven de nada si en la práctica no se reforman nuestras leyes.

Por lo anterior, es exigencia de los creyentes de México que se reforma el 130 Constitucional de dudosa validez y vigencia pues no fue resultado de ningún consenso entre los constituyentes ni siquiera de una mayoría de éstos, así como que se abrogue la Ley de Calles, ejemplo vergonzoso de una dictadura. En suma, lo que los católicos queremos es una iglesia libre en un país libre.

Diputado Alfredo Oropeza García>>

El Presidente: - Queda inscrito en el Diario de los Debates y se hace la excitativa a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.