La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen de la Comisión de Marina, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas. Tiene la palabra por 10 minutos la diputada Mónica Almeida López para fundamental el dictamen, de conformidad con el artículo 104, numeral 1, fracción II, del Reglamento.

La diputada Mónica Almeida López: Con su venia, diputada presidenta.

La presidenta diputada Laura Angélica Rojas Hernández: Adelante, diputada.

La diputada Mónica Almeida López: Compañeras y compañeros diputados, en nombre de la Comisión de Marina, como su presidente, quiero reconocer la voluntad política para poder dar este gran paso en materia ambiental, que sin duda permitirá seguir haciendo de nuestros mares un elemento fundamental para la economía, soberanía y seguridad nacional.

La declaratoria de publicidad de este dictamen, sin duda es el resultado del consenso y la voluntad política de las diversas fuerzas que componen esta Cámara, dejando en claro que desde la Comisión de Marina todos sus integrantes tenemos la firme convicción de legislar en beneficio de los mexicanos, por encima de cualquier interés.

A manera de antecedente quiero hacer de su conocimiento que con fecha 7 de abril de 2017 legisladores y legisladoras federales de la LXIII Legislatura, integrantes de la Comisión de Marina, presentaron esta iniciativa, la cual modifica la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas. Misma que cumplió con el proceso legislativo dentro de esta Cámara, para estudiarse por la colegisladora. Ya en el Senado, con fecha 9 de octubre de 2018, se remitió la minuta, y esta fue turnada a la Comisión de Marina, para dictamen, y a la Comisión del Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, para opinión.

Legislar en esta materia sin duda es de gran importancia para la conservación y sustentabilidad de nuestros mares. El hecho de que México cuente con 11 mil kilómetros de litoral y disponga de una superficie de más de 3 millones de kilómetros cuadrados de superficie marítima representa el 62 por ciento del territorio nacional. Es motivo por demás suficiente fortalecer los esfuerzos legislativos presupuestales y de política pública para hacer de nuestro país un México próspero.

México debe tener como ideal el desarrollo sostenible, siendo capaz de satisfacer las necesidades actuales sin comprometer los recursos de las generaciones futuras. Por lo tanto, en una sociedad sostenible los recursos no se deben utilizar a un ritmo superior al de su regeneración. No se emiten contaminantes a un ritmo superior al que el sistema natural es capaz de absorber o neutralizar.

Los océanos son parte esencial de nuestra biósfera, influyen en nuestro clima y afectan a nuestra salud y nuestro bienestar. Sin los océanos la vida no existiría en nuestro planeta. Hoy vivimos una era de cambio climático y no hay zona alguna del océano a lo que no haya afectado la influencia del ser humano.

Algunas zonas en particular, las cercanas a los grandes centros de población, están marcadamente afectadas por múltiples presiones. Las amenazas a que se enfrentan los océanos son muchas, los impactos adversos resultantes de estas actividades se acumulan a los efectos de la acidificación y el calentamiento de los océanos, los cambios de las corrientes, la menor mezcla del agua oceánica y la disminución de los niveles de oxígeno en el agua.

Todos estos son múltiples factores de perturbación que requieren de una gestión integrada, lo que significa que necesitamos adoptar urgentemente un enfoque más integral de la gobernanza de los océanos.

En razón de lo anterior, se debe resaltar que uno de los principales objetivos de este dictamen es armonizar la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas, con el protocolo en Londres de 1966, relativo al Convenio sobre la Preservación de la Contaminación del Mar, el Vertimiento de Desechos y otros Materiales, de 1972, que tienen por objeto proteger el medio marino y fomentar la prevención y el control de las fuentes de contaminación del mar por vertimiento de desecho y otras materias.

Por otro lado, vale la pena señalar el Objetivo de Desarrollo Sostenible 14 de la Agenda 2030 de la ONU, con su amplia serie de metas, entre las cuales destaca la oportunidad para que la gobernanza de los océanos ocupe un primer plano en el diálogo mundial sobre el desarrollo sostenible.

Para lograrlo es preciso dar un nuevo significado a la ordenación de los océanos, que se apoya en la aplicación de un enfoque ecosistémico, holístico e integrado, con respecto a la gestión de todas las actividades humanas que afectan a los océanos y como legisladores nos preocupa, pero, sobre todo, hoy nos ocupa.

En este sentido es menester señalar que el derecho es progresivo y, por lo tanto, nuestra legislación debe avanzar conforme a las condiciones mundiales y nacionales en la materia. Es por ello que estas modificaciones a la ley se convierten en el instrumento idóneo para la protección, independientemente de los derechos humanos ligados al medio ambiente.

Reformar, por lo tanto, la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas se remonta a una legislación prácticamente intacta desde el año 2014, pues en comparación con el instrumento internacional, previamente referido, contiene deficiencias en cuanto a la protección al medio marino y a la dirección de los agentes contaminantes del mar, particularmente en cuanto a la regulación de los vertimientos en las zonas marinas mexicanas, toda vez que el vertimiento debe cumplir con los parámetros y permisos correspondientes por parte de la autoridad competente, quien deberá prevenir y controlar la contaminación marina dentro del ejercicio de sus respectivas atribuciones.

Es por ello que establecer con claridad los alcances sobre lo que la ley deberá regular en materia de vertimientos, entendiéndose estos como los desechos que de forma deliberada hacen al mar, buques, aeronaves u otros artefactos navales, precisando además las formas y modalidades, excepciones, condiciones, entre otras, permitirá a la autoridad, en este caso, la Secretaría de Marina, establecer mecanismos específicos de coordinación en materia de regulación y supervisión, así como de prevención y control de la contaminación marina, precisando además que en todo momento se deberá contar con la aplicación del principio precautorio en materia ambiental.

Con este gran paso, sin duda avanzaremos en lograr para los mexicanos un derecho, concibiéndolo como la piedra angular para una correcta gobernanza, traducido en una cultura de la legalidad y combate a la corrupción, donde nada ni nadie puede estar por encima de la ley, procurando además el bienestar y el correcto desarrollo de las diversas actividades concurrentes en nuestros mares. Es cuanto. Muchas gracias.

La presidenta diputada María de los Dolores Padierna Luna: Gracias a usted, diputada.